INFORME 01 (Limites Permisibles)

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UNIVERSIDAD “CESAR VALLEJO” – TRUJILLO Facultad de Ingeniería Escuela Profesional de Ingeniería Civil TEMA : LIMITES MÁXIMOS PERMSIBLES NOMBRE DEL CURSO : INGENIERÍA SANITARIA PROFESOR : ING. RODRÍGUEZ FLORES ELVIS FECHA : Trujillo 17 de Abril del 2015 OBSERVACIONES: 1.-……………………………………………………………………………………… 2.-……………………………………………………………………………………… 3.-……………………………………………………………………………………… NOTA: INTEGRANTES CÓDIGO 1 UCEDA MOSTACERO, Vania 2102058782

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Sanitarias

Transcript of INFORME 01 (Limites Permisibles)

Ingeniera Sanitaria

Ingeniera Sanitaria Escuela De Ing. Civil

UNIVERSIDAD CESAR VALLEJO TRUJILLO

Facultad de IngenieraEscuela Profesional de Ingeniera Civil

TEMA :LIMITES MXIMOS PERMSIBLES NOMBRE DEL CURSO :INGENIERA SANITARIA PROFESOR : ING. RODRGUEZ FLORES ELVIS FECHA : Trujillo 17 de Abril del 2015NINTEGRANTESCDIGO

1UCEDA MOSTACERO, Vania2102058782

OBSERVACIONES:

1.-

2.-

3.-

NOTA:............................. ........................................... EN NMEROEN LETRAFIRMA DEL PROFESOR

INFORME N 01 2015 I UCV/FI/EIC

DE: UCEDA MOSTACERO, Vania

AL: ING. RODRIGUEZ FLORES, Elvis

ASUNTO: LMITES MXIMOS PERMISIBLES

FECHA: TRUJILLO 17 DE ABRIL DEL 2015

Me es grato dirigirme a su persona para saludarla cordialmente y as mismo presentarle el desarrollo del informe: LMITES MXIMOS PERMISIBLES. Es todo cuanto tengo que presentar.

Atentamente.

__________________________Vania Uceda Mostacero

INTRODUCCIN El agua es un recurso natural indispensable para la vida; sin embargo no todos conocemos con detalle las condiciones especficas que debe cumplir este importante recurso, para que podamos consumirla, ms all de que a simple vista nos parezca limpia y transparente. El presente informe pretende informar los parmetros que debe cumplir el agua para ser consumida por las personas.

PARMETROS DE CALIDAD Y LMITES MXIMO PERMISIBLESEl agua potable, tambin llamada para consumo humano, debe cumplir con las disposiciones legales nacionales, a falta de stas, se toman en cuenta normas internacionales. Los lmites mximos permisibles (LMP) referenciales (**) para el agua potable de los parmetros que se controlan actualmente, se indican en el cuadro siguiente.

Notas: (1) Valores tomados provisionalmente de los valores gua recomendados por la Organizacin Mundial de la Salud (1995) (2) Valores establecidos en la norma nacional Reglamento de Requisitos Oficiales fsicos, qumicos y bacteriolgicos que deben reunir las aguas de bebida para ser consideradas potables, aprobado por Resolucin Suprema del 17 de Diciembre de 1946 (3) En el caso de los parmetros de conductividad y dureza, considerando que son parmetros que afectan solamente la calidad esttica del agua, tomar como referencia los valores indicados, los que han sido propuestos para la actualizacin de la norma de calidad de agua para consumo humano especialmente para aguas subterrneas. (*) Compuestos txicos(**) Oficio Circular No 677-2000/SUNASS-INF. Mediante este oficio la SUNASS estableci los valores lmite mximo permisibles referenciales de los parmetros de control; ello originado por la carencia de una norma nacional actualizada, ya que la vigente data del ao 1946 y no considera varios parmetros, como turbiedad, coliformes, pH, aluminio, nitratos, cadmio, mercurio, cromo, entre otros: para los cuales se ha tomado los valores gua que recomienda la Organizacin Mundial de la Salud, OMS.LIMITE MAXIMO PERMISIBLELmite Mximo Permisible (LMP): Es la medida de concentracin o del grado de elementos, sustancias o parmetros fsicos, qumicos y biolgicos, que caracterizan al efluente o una emisin, que al ser excedido causa o puede causar daos a la salud, al bienestar humano y al ambiente. Su cumplimiento es exigible legalmente por el MINAM y los organismos que conforman el Sistema de Gestin Ambiental.NOCIONES GENERALES En el 2010, con el objetivo de proteger y promover la salud y bienestar en la poblacin, la Direccin General de Salud Ambiental (DIGESA), elabor el Reglamento de la Calidad del Agua para Consumo Humano. Este reglamento determina los valores mximos (o ms conocidos como los lmites mximos permisibles) que puede tener el agua de elementos fsicos, qumicos y microbiolgicos, para ser considerada potable y por tanto bebible por el ser humano. Tambin, se establecieron las autoridades encargadas de dirigir y supervisar la gestin de la calidad del agua para consumo humano, el papel de los gobiernos regionales y locales; adems de fortalecer la posicin de DIGESA, como autoridad sanitaria, entre otros. Las entidades encargadas del cuidado del aguapara consumo humano a nivel nacional, son las siguientes:

CONSIDERACIONES BSICAS SOBRE EL AGUAEl ser humano puede obtener agua para su consumo, producto de un proceso de tratamiento o de fuentes naturales, como pueden ser los ros, lagos, nevados, etc. En este ltimo caso, es frecuente que el agua contenga diversas sustancias de manera natural, por ejemplo, sales y algunos minerales que no necesariamente resultan perjudiciales para la salud humana, en tanto no excedan los lmites establecidos. Se considera agua apta para consumo humano, toda aquella que no dae la salud de las personas, y puede provenir de fuentes naturales o haber sido tratada especficamente para uso humano. En el Reglamento de la Calidad del Agua para Consumo Humano, se especifican los parmetros microbiolgicos, organolpticos y qumicos, que debe cumplir el agua para ser considerada bebible por el ser humano. Los describimos brevemente: Parmetros microbiolgicos Referido a seres vivos muy pequeos, como las bacterias, los virus, hongos y parsitos, visibles slo bajo los lentes de un microscopio. Uno de los ms mencionados y cuya presencia est prohibida en el agua, es el referido a las bacterias coliformes (Echerichia Coli, la ms comn de ellas), que al incrementar su cantidad de manera abrupta, puede producir infecciones intestinales. De igual forma, no se deben encontrar en el agua, huevos de larvas de gusanos, protozoarios dainos para la salud del ser humano, entre otros.Parmetros OrganolpticosBasados en el uso de los sentidos, toman en cuenta parmetros que afectan la calidad esttica del agua. Para lo que se han establecido rangos con distintas unidades de medida para caractersticas como el olor, sabor, turbiedad, entre otros.Parmetros Qumicos Orgnicos e Inorgnicos Establece la cantidad mxima de ciertos elementos en el agua, como son el arsnico, mercurio, plomo, boro, etc. Adems, limita la concentracin de sustancias orgnicas (compuestos de carbono), como los hidrocarburos disueltos, el benceno, aldrn, cloruro de vinilo, etc.Parmetros de Control Obligatorio Si bien la lista es extensa para cada uno de los grupos de parmetros que mencionamos, es importante tomar en cuenta que algunos de estos son parte de los controles obligatorios para las empresas o personas que distribuyen agua para el consumo humano (proveedores de agua), es decir son de cumplimiento obligatorio. Estos son: 1.- Bacterias coliformes totales 2.- Bacterias coliformes termotolerantes (Escherichia coli) 3.- Color 4.- Turbiedad 5.- Residual de desinfectante; y 6.- pHEn las condiciones de DIGESA, se seala que el proveedor del agua despus de realizar la desinfeccin para eliminar todo tipo de microorganismos, deber dejar un residual del desinfectante (cloro o solucin clorada) para proteger el aguade una posible contaminacin microbiolgica, durante su distribucin.

LIMITES MAXIMOS PERMISIBLES PARA CUERPOS RECEPTORES

TIEMPO DE LLENADO DE UN RESERVORIOEl volumen del reservorio sera calculado con el diagrama de masa correspondiente a las variaciones horarias de la demanda. Cuando se comprueba la no disponibilidad de esta informacion se deber adoptar como mnimo el 25% del promedio anual de la demanda como capacidad de regulacin, siempre que el suministro de la fuente de abastecimiento sea calculado para 24 horas de funcionamiento. En caso contrario deber ser determinado en funcin del horario de suministro. Deber tenerse en cuenta criterio de economa en costo, uso y costumbres de la poblacin

La poblacin corresponde a una poblacin de diseo futura, la cual ser determinada de acuerdo a los diversos mtodos de clculo poblacional. En zonas rurales el % de regulacin no deber sobre pasar los siguientes valores:1. Para reservorios alimentados por LC por gravedad: 15%2. Para reservorios alimentados por LC por bombeo: 20% El tiempo de llenado del reservorio se calcula con la siguiente frmula:

Vania Uceda Mostacero