Incoterms 2012
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INCOTERMS ® 2010
Sábado 10 de marzo de 2012
Elaboró: Dr. © Luis Fernando Pantoja A.

Conocer la aplicación práctica de los Incoterms derivados de la revisión 2010 y su impacto en las operaciones de comercio internacional.

INternational COmmerce TERMS
INCOTERMS
Términos de Comercio Internacional

Establecer un conjunto de términos de carácter facultativo, que permitan acordar los riesgos, derechos y obligaciones, tanto del Vendedor como del Comprador, en las transacciones comerciales internacionales de mercancías.

Cámara Internacional de Comercio (ICC) Fecha de fundación: 1919 Sede: Paris, Francia Versiones publicadas:
19361953196719761980199020002010 10 años

Los Incoterms®, son un conjunto de reglas internacionales que definen las obligaciones y responsabilidades recíprocas entre el vendedor y el comprador ocasionadas por el desplazamiento de mercancías internacionalmente, evitando incertidumbres y estandarizando la terminología de las negociaciones

Determinar el punto exacto de la responsabilidad de entrega y la transferencia del riesgo de daño de la mercancía

Contrato de Compra – Venta
Contrato de TransporteContrato de SeguroContrato de
Financiamiento (Cartas de Crédito)
Los Incoterms 2010 se refieren únicamente a los Contratos de Compra – Venta de
mercancías, NO de servicios.

Esta limitado a asuntos relacionados con los derechos y obligaciones de las personas vinculadas al contrato de compra – venta, respecto a la entrega de los bienes.
Contratos.
Riesgos.
Costes
Transporte
Tipo de mercancía
Aduanas
Marketing.
Documentos
Logística
Estrategia
Seguros
Formas de pago

Se cuenta con “notas guías” que explican la fundamentación y alcance de cada regla: Cuándo deben de usarse por tipo de operación. Momento de traspaso de riesgo. Costos y tareas incluidos.

ANÁLISIS DE INCOTERMS 2010
Elaboró: Dr. © Luis Fernando Pantoja A.

Son acrónimos – siglas identificadas por 3 letras.
Se deben señalar el lugar convenido de entrega y la
revisión usada (FOB + puerto de Manzanillo + REVISIÓN
2010)
Se agrupan de la MENOR a la mayor obligación del
vendedor.
Nueva clasificación considerando el medio de transporte.

1er grupo: Cualquier medio de transporte (Multimodal, Incluye buques)
EXW (En fábrica)
FCA (Libre transportista)
CPT ( Trasporte pagado hasta)
CIP (Transporte y seguro pagado hasta)DAT (Entregada en terminal)
DAP (Entregada en lugar)
DDP (Entregada derechos pagados)

2do grupo: Reglas para transporte marítimo y vías navegables interiores.
(Ambos Puertos)
FAS (Libre al costado del buque)FOB (Libre a bordo)
CFR ( Costo y flete)
CIF ( Costo, seguro y flete)



Obligaciones generales Obligaciones del vendedor Obligaciones del comprador
Representar la menor obligación del Vendedor
Mercancía + facturas (Medios electrónicos) Designar el transporte
Responsabilidad del Vendedor hasta la entrega (Planta, Empresa, Almacén, u otro relacionado)
Apoyo para el despacho de las mercancías Recibir la mercancía
No existe obligación de carga Entrega dentro de la fecha o periodo acordado
Proporcionar prueba de recepción de la entrega
En caso de que se requiera la carga FCA
Sin obligación del contrato de transporte o seguro
Pagar el precio de la mercancía
Pagar operaciones de verificación, comprobación, calidad, medida, peso
Obtener licencias, permisos de exportación, pago de impuestos y formalidades de exportación
Suministrar a riesgo y expensas de comprador la información con la seguridad
Ninguna en cuanto de transporte y seguro

Entregar mercancía en el transporte designado por el compradorIncluye carga en el medio de transporte, pero no la descargaDespacho de exportación
Elegir el modo de transporte y transportistaSoportar los gastos y riesgos del transporte (Seguro de la mercancía hasta el país de destino)Efectuar el despacho de importación.

Contratar transporte hasta punto de destino convenidoEntregar en el lugar convenido (Incluye la carga)Efectuar despacho de exportación
Contratar seguro hasta punto de destinoEfectuar el despacho de importaciónSoportar los riesgos inherentes a la mercancía desde que el vendedor la entrega al primer transportistas, así como cualquier gasto adicional en transito (carga, daños en tránsito, etc.)

Contratar transporte hasta punto de destino convenidoEfectuar el despacho de exportaciónContratar una póliza de seguro de protección de la mercancía en el transporte por un importe mínimo de 110% de su valor.
Soportar los riesgos inherentes a la desde que el vendedor la entrega el primer transportista, así como cualquier gasto adicional en tránsito (carga, descarga, daños en tránsito )Despacho de importación

Contratar transporte y seguro hasta la terminal de destino.Efectuar despacho de Exportación.Entregar la mercancía descargada en el punto acordado de destino, soportando hasta ese momento los gastos y riesgos inherentes a la misma.
Soportar todo riesgo de pérdida o daño de la mercancía desde el momento en que el vendedor la ha puesto a disposición en la terminal acordada, del puerto de destino.Despacho de importación.

TERMINALQuay MuelleWarehouse BodegaContaineryard Patio de contenedoresAir cargo terminal Terminal de cargo aérea

Contratar y pagar transporte hasta el lugar acordado en país de destino.Efectuar despacho de Exportación.Entregar la mercancía, sin descargar, en el lugar acordado del país de destino
Efectuar despacho de importaciónAsumir por su cuenta los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde que el vendedor la pone a disposición en el lugar convenido.

Entregar la mercancía y ponerla a disposición del comprador, sin descargar en el lugar de destino convenido en el país del importador, incluyendo el despacho de exportación e importación de la mercancía, incluyendo aranceles.
Soportar los riesgos de descarga y gastos que ocurran después de recibida la mercancía en el lugar convenido


Entregar mercancía en el lugar designado por el comprador en el puerto convenio (al costado del buque)No incluye la carga en el medio de transporte principalEfectuar despacho de Exportación
Elegir empresa naviera y dar nombre del buque al vendedor Subir la mercancía al buqueContratar transporte y seguro hasta destino desde el costado del buqueEfectuar el despacho de importación

Entregar la mercancía sobre el buque elegido por el comprador en el puerto de embarque convenido o ante la compañía designada por el compradorEfectuar el despacho de exportación de la mercancía, pero no se tiene obligación alguna sobre la importación
Designar y reservar el buque o compañía navieraContratar transporte y seguro hasta el país de destinoEfectuar el despacho de importación.Correr con los gastos y riesgos inherentes a la mercancía desde el punto de entrega

Contratar transporte hasta puerto de destino siendo por su cuenta flete y la cargaEntregar sobre el buqueEfectuar despacho de exportación
Contratar seguro hasta puerto de destinoSoportar cualquier gasto adicional, riesgo de perdida, reclamación o seguimiento desde que la mercancía es colocada sobre el buque en el puerto de embarqueEfectuar el despacho de importación

Contratar el buque y pagar el flete y la carga hasta el puerto de destinoEfectuar el despacho de exportaciónSuscribir una póliza de seguro de protección de la mercancía
Efectuar despacho de importaciónAunque el vendedor contrata y paga el seguro, la mercancía viajar a riesgo del comprador, quien es el beneficiario de la póliza por designación directa por el carácter transferible de la misma

Dr. Dr. ©Luis Fernando Pantoja AmaroLuis Fernando Pantoja Amaro

1812 - El término FOB aparece en las Cortes Británicas siendo el primer antecedente de los INCOTERMS
1880 - Se agrega el término CIF.
1919 - Se funda en París, Francia, la Cámara Internacional de Comercio (ICC; International Chamber of Commerce)
1936 - La ICC crea la primera versión de los INCOTERMS
1941 - La Cámara de Comercio de los E.U.A. crea los RAFTD’S (Revised American Foreign Trade Definitions) o Definiciones Revisadas de Comercio Exterior.

40’s y 50’s - Organismos internacionales como la UNCITRAL (United Nations Commision for International Trade Law) la UNECE (United Nations Economic Commision for Europe) aceptan los Incoterms.
60’s y 70’s - Se desarrolla el transporte multimodal y se inicia el uso de contenedores.
1980 - Convención de Viena de las Naciones Unidas sobre Contratos Internacionales de Compraventa de Mercaderías (CICVM).

1985 - Los RAFTD’s son derogados por el Congreso de los E.U.A. aceptando en su lugar los Incoterms.
80’s y 90’s - Aparecen los términos FCA, CPT y CIP por la especialización en el transporte (door-to-door, roll on roll off, piggy back, etc.) y el aumento del uso de contenedores.
1990 - El 1 de Julio entra en vigor la versión de los INCOTERMS de la ICC que incorpora el término DDU y obliga al vendedor, a confirmar por escrito la entrega de la mercancía.

• Nos ayudan a integrar la base gravable para el pago de los impuestos al comercio exterior.
VALOR EN ADUANA = valor de la mercancía + fletes + seguros + embalajes + otros incrementables.

A medida que se pasa de una condición a otra, aumentan las obligaciones del vendedor y disminuyen las del comprador.
En el precio se incluyen todos los cargos que se originen, hasta el momento en que el comprador se hace cargo de la mercancía.

COSTING
COSTEO ABSORBENTE
EFECTO MARGINAL
COSTEO DIRECTO
PRICINGDeterminación
del precio de exportación, tomando como referencia el precio de mercado del país destino.

Lugar de entrega de
la mercancía.
Medio de transporte.
Flete.
Seguro.
Permisos.
Despacho aduanero
Carga y descarga
Pago de impuestos y
derechos
Embalaje
Notificaciones entre
las partes

“E” Salida 1. EXW
“F” Transporte principal NO pagado.
2. FCA3. FAS4. FOB
“C” Transporte principal PAGADO5. CFR6. CIF7. CPT8. CIP
“D” Llegada9. DAF10. DES11. DEQ12. DDU13. DDP

DESAPARECEN SE CREAN
DES – Delivered Ex Ship DAT – Delivered At Terminal
DEQ – Delivered Ex Quay DAP – Delivered At Place
DAF – Delivered At Frontier
DDU – Delivered Duty Unpaid

Se establecen obligaciones entre partes, relativas a la obtención o aportación de asistencia a la seguridad ( Porción de control logístico).
Información de la cadena de valor
Se delimita al costo de flete, sin incluir la descarga en destino, y debe cerciorarse que el contrato de transporte no incluye el THC (Terminal Handling Charges).
CPT, CIP, CFR, CIF, DAP, y DDP

Obligación del comprador de despachar de exportación e importación: EXW
Obligación del vendedor de despachar de exportación e importación:
DDP
Obligación del vendedor de despachar de exportación y del comprador de despachar de importación:
FAS, FCA, FOB, CFR,CPT, CIP, DAT, y DAP

Ventajas competitivas ( Precio de la mercancía)
Capacidad de control logístico Riesgos (pérdida, robo, daño,
extravío, etc.) Gastos:
Fletes, seguros doméstico e internacionales
Maniobras de carga y descarga (punto de embarque o destino)
Tramites Exportación o importación
Punto de entrega de la mercancía ( Definición de responsabilidades y riesgos)

• Desde y hasta cualquier parte del mundo
• Asegura la materia prima, partes y componentes
• Maquinaria y equipo

La ICC (INTERNATIONAL CHAMBER OF COMMERCE) recomienda utilizar las palabras “Incoterms® 2010” después de la abreviación de regla utilizada.
EXW “Incoterms® 2010” DAP “Incoterms® 2010”
¿Se pueden añadir coletillas o especificaciones más especificas a los Incoterms® 2010?
Si, aquí tres ejemplos de cómo utilizar correctamente los Incoterms® 2010
FCA Kuala Lumpur Incoterms® 2010 FOB puerto Liverpool Incoterms® 2010 DDP Planta mabe Saltillo, Incoterms® 2010

• Nombre: Reglas Incoterms® 2010 (Antes “términos”)
• Número: Reducción de 13 a 11 Reglas
• Zonas Francas: Reconoce operaciones entre mercados únicos (Ej.
Mercosur, Unión Europea)
• Comunicación electrónica: Considera el incremento de documentos
electrónicos en cualquier plataforma (Antes EDI)
• Incremento Seguridad: Reconoce impacto eventos 9/11 en USA
• Nuevas practicas de transporte: Reconoce cambios de última
década
• Neutraliza Genero: Vendedor (a) / Comprador (a)
• Refuerzo para la aplicación en operaciones domésticas

• Se establecen las bases para incrementar la protección y el
uso de la marca registrada:
– Usar la palabra “Incoterms” siempre con “I” mayúscula
– No utilizarlo en singular siempre en plural “Incoterms”
– Siempre utilizar el símbolo ®
– GRACIAS POR SU PARTICIPACIÓN

1. ¿Qué regla se puede usar para el comercio doméstico o nacional?
2. Si la entrega se hace en contenedores, en el puerto marítimo de salida, con el pago del flete principal y el seguro por parte del vendedor ¿Qué regla debe usarse?
3. Si la entrega se hace en contenedores, en el puerto marítimo de salida, sin el pago del flete principal y el seguro por parte del vendedor ¿Qué regla debe usarse?
4. Si la entrega se hace en el aeropuerto de salida, sin el pago del flete aéreo, por parte del vendedor ¿Qué regla debe usarse?
5. Si la entrega se hace como carga suelta, en el puerto marítimo de salida, dentro del buque, sin el pago del flete principal y el seguro, por parte del vendedor ¿Qué regla debe usarse?
6. Si la mercancía viaja como carga suelta y se entrega en el puerto marítimo de destino, con el pago del flete principal y el seguro por parte del vendedor pero sin riesgo para él ¿Qué regla debe usarse?

7. Si la mercancía se entrega en destino, con responsabilidad y riesgo del vendedor, aún cargada en el medio de transporte, sin el pago de impuestos de importación ¿Qué regla es la apropiada?
8. Si la mercancía se entrega en destino, descargada del medio de transporte con responsabilidad y riesgo del vendedor, sin pago de impuestos de importación ¿Qué regla es la apropiada?
9. Si la mercancía viaja contenerizada y la entrega se hace en destino,, sin riesgo pero con la responsabilidad única del pago del flete principal por parte del vendedor ¿Qué regla es la apropiada?
10. Si la mercancía viaja contenerizada y se entrega en destino, sin riesgo pero con la responsabilidad del pago del flete y del seguro por parte del vendedor ¿Qué regla es la apropiada?

MUCHAS GRACIAS POR
SU PACIENCIA Y
ENTUSIASTA
PARTICIPACIÓN