Incoterms 2.010
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( U L T I M A R E V I S I Ó N )
T É R M I N O S C O M E R C I A L E S E N L A C T É R M I N O S C O M E R C I A L E S E N L A C O N T R A T A C I Ó N I N T E R N A C I O N A LO N T R A T A C I Ó N I N T E R N A C I O N A L
Octubre, 2011 Lic. Ysa Pérez
J-00239014-0J-00157741-6

Se definen como las reglas internacionales para la interpretación de los términos comerciales usados en la compra-venta de bienes tangibles.
Son fijados por la Cámara de Comercio Internacional (CCI), organismo internacional de carácter privado, constituido en 1919 y con sede en Paris.
Desde 1936 la CCI se ha encargado de la elaboración y actualización de estos términos, conforme a los cambios y evolución que ha tenido el Comercio Internacional. Actualmente están en vigor los INCOTERMS 2010.
Los primeros Incoterms fueron publicados en 1936 y posteriormente en 1953, 1967, 1976, 1980, 1990, 2000 y 2010 fueron modificados.
Ahora existe un total de 11 INCOTERMS divididos en dos grupos, a saber:
GRUPO 1: (7 INCOTERMS) GRUPO 2: (4 INCOTERMS)
J-00239014-0J-00157741-6

J-00239014-0J-00157741-6
Los INCOTERMS “NO” regulan la forma de pago del comprador, solo describen:
tareas. gastos.
riesgos.
que asume cada una de las partes involucradas en la compra-venta.
Los INCOTERMS regulan 4 aspectos básicos del contrato compra-venta:
1. la entrega de la mercancía.2. la transmisión de los riesgos.3. la distribución de los gastos.4. los trámites de los documentos aduaneros.
¿Qué regulan?

DIVISION POR GRUPO
Grupo 1 Multimodales
EXW En fábrica
FCA Franco transportista
CPT Transporte pagado hasta
CIP Transporte y Seguro pagados hasta
DAT Entrega en Terminal
DAP Entrega en Lugar
DDP Entrega con Derechos de Aduana pagados
Grupo 2 Solo Marítimo / Vías Navegables Interiores
FAS Franco al Costado del Buque
FOB Franco a Bordo
CFR Costo y Flete
CIF Costo, Seguro y Flete
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GRUPO INCOTERMS PARTICULARIDADTIPO DEVENTA
GRUPO 1 EXW MERCANCIA DE SALIDA
EN ORIGEN
GRUPO 1GRUPO 2GRUPO 2
FCAFASFOB
SIN PAGO DETRANSPORTE
PRINCIPAL
EN ORIGENEN ORIGENEN ORIGEN
GRUPO 2GRUPO 2GRUPO 1GRUPO 1
CFRCIFCPTCIP
CON PAGO DE TRANSPORTE
PRINCIPAL
EN ORIGENEN ORIGENEN ORIGENEN ORIGEN
GRUPO 1GRUPO 1GRUPO 1
DATDAPDDP
MERCANCIA DELLEGADA
EN DESTINOEN DESTINOEN DESTINO
DIVISION POR GRUPO
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DIVISION POR GRUPO
GRUPO 1 (MULTIMODALES)
EXWFCACPTCIPDATDAPDDP
ANTES DAF, DES, DEQ Y DDU
Uso en containers
GRUPO 2 (SOLO MARITIMOS)
FASFOBCFRCIF
Uso para graneleros, buques petroleros, alquiler de espacios en bodega…
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DAT (DELIVERED AT TERMINAL / ENTREGA EN TERMINAL)
• El vendedor asume todo, incluyendo flete principal más seguro, hasta colocar la mercancía en terminal de puerto definido (todos los riesgos hasta ese momento).
• El comprador asume la nacionalización o desaduanamiento de la mercancía.
• Reemplaza al antiguo DEQ.
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DAP (DELIVERED AT PLACE / ENTREGA EN LUGAR)
• El vendedor asume todo incluyendo el flete principal y seguro, hasta colocar la mercancía en posición de “lista” para ser descargada.
• Reemplaza a DAF, DDU y DES.
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En: CPTCIPCFRCIF
En: EXWFCADATDAPDDPFASFOB
Coinciden, siendo el lugar donde el riesgo se transfiere de vendedor a comprador.
No tienen que coincidir, siendo el lugar designado el sitio de destino hasta el cual se pagò el flete internacional.
Lugar designado y/o lugar de entrega pueden o no coincidir:
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No se aconseja el uso del EXW: No incluye carga en vehículo, que usualmente lo hace
el vendedor (el FCA si lo incluye así como los trámites de Aduana).
La idea es usar INCOTERMS que incluyan la Aduana de exportación, que es más fácil hacerla por quien vive allá.
Más conveniente usar FCA, CPT y CIP, menos riesgo para el que vende, al entregar al primer transportista de la cadena y le es menos costoso negociar fletes y otros gastos de exportaciòn en puerto de salida, lo cual en
teorìa se traslada al comprador.
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ANTIGUOS DAF, DES, DEQ Y DDU
En ambos INCOTERMS, el vendedor corre con todos los costos (excepto costos de aduana en país importador)
y riesgos, llevando la mercancía hasta el lugar de
destino designado.
Ahora son:
DAT Entrega en Terminal
(Antes DEQ) - A disposición del comprador.
- Mercancía descargada.
DAP Entrega en Lugar
- A disposición del comprador.
- Mercancía preparada para la descarga.
(Antes DAF, DES y DDU)
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COMO USARLOS
1) Incorpórelos en el contrato de compra-venta.
2) Especifique el lugar o el puerto de forma precisa.
3) Debemos verlos como parte del contrato de compra-venta, es decir, a ese contrato siempre le faltarán las demás cláusulas o condiciones específicas que lo rigen.
4) Se debe especificar en el contrato de compra-venta que el mismo está sometido a las reglas de la Cámara de Comercio Internacional.
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Fuente: www.incoterms-2010.com / www.remigipalmes.com

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