Incentivos Fiscales para la Inversión en Puerto...
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Puerto Rico: Régimen Impositivo
Como norma general, en la ausencia de incentivos fiscales, el
régimen impositivo para corporaciones establece lo siguiente:
Impuesto sobre Ingresos: una tasa máxima para corporaciones que
puede ser de hasta 39%
Dividendos: un impuesto especial de 10%
Ganancias de Capital a largo plazo: un impuesto de 10%
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Puerto Rico: Incentivos Fiscales
Manufactura
Turismo
Energía Verde
Agricultura
Centro Financiero Internacional
Industria Fílmica
Seguros
Exportación de Servicios
3
Incentivos para la Manufactura: Ley 73-2008
Desde los 1940's Puerto Rico ha tenido en vigor varias leyes de
incentivos fiscales para la manufactura. Esto ha logrado la
transformación de Puerto Rico de una economía agrícola a una
industrial.
La más reciente de estas leyes es la Ley Núm. 73 del 2008.
Los incentivos se establecen mediante decretos firmados por el
Gobierno de Puerto Rico y la entidad a beneficiarse, que son
contratos vinculates entre las partes.
4
Manufactura: Incentivos
Impuesto sobre ingresos de hasta un 4%
En el caso de industrias pioneras hasta un 1%
100% de exención en la tributación de dividendos
Tasa reducida de 4% sobre la ganancia en la venta o intercambio
de acciones
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Manufactura: Incentivos
Créditos Disponibles:
25%-35% del monto de la compra de productos manufacturados en PR
Hasta $5,000 por cada empleo creado
50% de la inversión en Investigación y Desarrollo
Créditos relacionados con energía:
Para generación de energía renovable
Para reducir costo de energía
50% de la inversión en negocios a punto de cerrar
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Manufactura: Incentivos
Exención de contribución sobre la propiedad de 90%
Exención patente municipal de entre 60% y 75%
Exención arbitrios estatales e IVU/IVA
100% exención arbitrios estatales e IVU/IVA para la mayoría de los
artículos comprados directa o indirectamente por un negocio exento
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Incentivos para la Industria Turística: Ley 74-
2010
Posesión, operación y / o administración de:
Hoteles
Co-propiedades (“time shares”) / Clubes vacacionales
Condohoteles
Paradores
Casa de huéspedes
Parques temáticos
Campos de golf
Marinas con fines turísticos
Instalaciones en zonas portuarias
Agroturismo
Turismo médico
Turismo náutico
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Turismo: Créditos
Créditos fiscales disponibles para un inversionista:
Crédito igual al máximo de 50% de la inversión en efectivo o el 10%
del Costo Elegible por Proyecto Turístico.
Posibilidad de vender crédito (mercado oscila entre 85% y 93%)
Capacidad para asignar crédito entre los inversionistas
La diferencia entre el valor nominal del crédito y su precio de venta está
exenta de impuestos.
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Turismo: Créditos
Ilustración:
Un proyecto con un costo total de $100 millones; financiado mediante
un préstamo de construcción de $60 millones y $40 millones en capital
en efectivo.
El crédito disponible es de $10 millones, que es el 10% del costo total
del proyecto y el 50% de la inversión de capital en efectivo.
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Turismo: Exención de impuestos
Negocios exentos—impuestos de Puerto Rico cubiertos:
En general, hasta el 90% de exención de impuestos sobre:
Ingresos / ganancias.
Dividendos
Distribuciones
Distribuciones de liquidación
En general, hasta el 90% de exención de la ganancia sobre la venta /
intercambio de acciones o de todos los activos utilizados por un
negocio exento en una actividad turística.
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Turismo: Exención de impuestos
En general, hasta el 90% de exención de impuestos de bienes
inmuebles / muebles.
100% / 90% de exención del impuesto sobre el volumen de negocios
(patente municipal).
100% de exención de impuestos de consumo e impuestos sobre
ventas y uso (IVU).
100% de exención del impuesto municipal sobre construcción.
Período de exención:
10 años - todos los impuestos.
10 años de exención adicional disponible.
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Turismo: Otros incentivos
Corporación para el Desarrollo Hotelero (“CDH”), subsidiaria de la
Compañía de Turismo de Puerto Rico que invierte en proyectos
turísticos.
Provee hasta un 10% del costo del proyecto como préstamo
subordinado o como capital preferente.
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Turismo: Estructura de Capital Modelo 2015
En Base al Porciento del Costo del Proyecto:
55%: Préstamo de construcción con hipoteca en 1er rango.
10%: Préstamo subordinado de CDH.
10%: Créditos vendidos y re-invertidos.
25%: Aportación de capital de promotor del proyecto turístico
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Ley de Incentivos de Energía Verde: Ley 83-
2010
Los incentivos se otorgan mediante un decreto de concesión
contributiva entre el Gobierno de Puerto Rico y la parte
beneficiada, que es un contrato vinculante entre las partes
Período de Exención: 25 años
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Energía: Actividad Elegible
Cualquier negocio dedicado a la producción y venta de energía
verde a una escala comercial para el consumo en Puerto Rico, ya
sea como propietario u operador de la actividad.
La producción de energía renovable como actividad principal
Montaje del equipo de generación de energía verde, incluyendo
instalación en las facilidades del usuario
Propiedad dedicada a la producción de energía verde
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Energía: Actividad Elegible
Energía Renovable Sostenible
Solar
Eólica
Geotérmica
Combustión de Biomasa Renovable
Combustión de Gas derivado de Biomasa Renovable
Combustión de Biocombustibles derivados exclusivamente de Biomasa
Renovable
Hidroeléctrica Calificada
Hydrocinética
Marina
Océano Termal
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Energía: Actividad Elegible
Energía Renovable Alterna
Conversión de Desperdicios Sólidos Municipales
Combustión de Gas derivado de un Sistema de Relleno Sanitario
Pilas o Celdas de Combustible
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Energía: Incentivo
Tasas de Tributación
Tasa Fija de Tributación sobre Ingresos - 4%
Retención sobre las regalías a extranjeros - 12%
Distribuciones - 100% exentas
Ganancias en la Venta de Acciones o Activos - 4% durante el término
de la concesión
Liquidaciones - 0% sobre liquidaciones de operaciones exentas
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Energía: Créditos
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Compra de Productos Manufacturados en Puerto Rico
Cantidad: 25% de las compras (35% si son productos reciclados).
Limitaciones: Hasta un 50% de la responsabilidad tributaria
Crédito por Creación de Empleo
Actividad Elegible: negocios elegibles comenzando operaciones en o
después de la aprobación de la Ley de Incentivos y sostenida por 3
posteriores
Cantidad/Monto: Hasta $5,000 por cada empleo creado
Transferabilidad: No-transferible
Habilidad de reclamar exceso de crédito en años subsiguientes
Energía: Exenciones de Imposiciones Locales
Imposiciones sobre la Propiedad Mueble e Inmueble
90% de exención en propiedad mueble e inmueble
100% de exención en el período de construcción
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Incentivos Agrícolas: Ley 225-1995
La Ley 225-1995 fue aprobada para promover la permanencia y desarrollo
de la industria agrícola, aprovechando las fortalezas tradicionales de
Puerto Rico, atenuado las cargas contributivas y otorgando ayudas por la
inversión a productores o núcleos de inversión.
•Este incentivo se otorga a empresas o individuos calificados como
“Agricultor Bona Fide”, lo cual significa que tengan una certificación
expedida por el Secretario de Agricultura, y que se dedique a una
actividad agrícola o que sus ingresos de diversos sectores estén
representados en un 50% por actividades agrícolas.
Cada certificación es valida por 3 años y puede ser renovada.
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Agricultura: Actividades Elegibles
Labranza y/o cultivo de la tierra para la producción de frutas y vegetales, y toda
clase de alimentos para seres humanos y animales.
Crianza de animales para la producción de carnes, leche y huevos;
Crianza de caballos.
Operaciones agroindustriales y agropecuarias que compren la materia prima
producida en Puerto Rico.
Productores elaboradores o esterilizadores de leche y sus agentes.
Operaciones dedicadas al empaque, envase o clasificación de productos
agrícolas cultivados que forman parte del mismo negocio agrícola.
Maricultura, pesca comercial y acuacultura.
Producción comercial de flores y plantas ornamentales; Elaboración de granos
para el consumo de las empresas pecuarias por asociaciones compuestas de
agricultores bona fide.
Crianza de gallos de pelea y para la reproducción de espuelas.
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Agricultura: Incentivos Fiscales
Ingresos generados por el negocio agrícola: 90% exentos de
impuestos sobre ingresos.
Dividendos y distribuciones a accionistas: tasa de impuesto de 10-
15%.
Impuesto sobre la propiedad mueble e inmueble utilizada en negocio
agrícola: 100% exención.
Patente municipal sobre volumen de negocio agrícola: 100% de
exención.
Arbitrios e IVU/IVA sobre ciertos artículos introducidos a P.R. para el
negocio agrícola: 100% exención.
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Agrcultura: Pareo de Inversiones
Se puede conceder hasta $250,000 dólares por cada agricultor y $1.5
millones por centro, equivalente al 50% de la inversión.
25
Centro Financiero Internacional: Ley 273-2012
Esta ley provee beneficios fiscales mediante la concesión de
decretos para promover a Puerto Rico como un Centro Financiero
Internacional.
La Ley concede un decreto de 15 años renovable por dos periodos
de 15 años adicionales, para un total de 45 años.
26
Centro Financiero Internacional: Actividades
Elegibles
Aceptar depósitos de personas extranjeras tanto en cuenta
corriente como a demanda o plazo fijo, incluyendo depósitos a la
demanda y depósitos de fondos entre bancos, o de otra forma
tomar dinero a préstamo de EFI’s y de cualquier persona
extranjera.
Cartas de crédito, siempre que el cliente y el beneficiario no sean
personas doméstica o para personas domesticas en transacciones
de financiamiento de exportaciones.
Comprar y vender valores fuera de PR y proveer asesoría de
inversión a personas extranjeras
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Centro Financiero Internacional: Actividades
Elegibles
Organizar, manejar y proveer servicios gerenciales a EFI’s y otras
entidades de carácter financiero fuera de PR, como compañías de
inversión y fondos mutuos.
Durante 2012-2017, comprar préstamos en Puerto Rico que sean
considerados préstamos en pérdida.
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Centro Financiero Internacional: Actividades
Elegibles
Servicios a personas extranjeras de:
Manejo de activos
Manejo de inversiones alternativas
Manejo de actividades relacionadas a inversiones de capital privado
Manejo de fondos de cobertura o fondos de alto riesgo
Manejo de pools de capital
Administración de fideicomisos que sirvan para convertir en valores
distintos grupos de activos
Servicios de administración de cuentas de plica
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McConnell Valdés LLC
Fundado en 1946
Bufete de Abogados más grande de Puerto Rico y el Caribe
Bufete Hispano más grande en los EE UU
Sobre 115 abogados
Bufete de servicio integral orientado al comercio
Oficinas en San Juan y Washington, D.C.
El Bufete cuenta con 6 Grupos de Práctica:
Corporativo
Ambiental, Energía y Uso de Terrenos
Laboral
Litigios
Bienes Raíces y Finanzas
Tributario