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IMPUESTO SOBRE LA RENTAPERSONAS FISICAS
L.C. Y MDF DIONISIO PEREZ CASTAÑEDA
INGRESOS POR ENAJENACION DE BIENES
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El art 14 del CFF nos señala que se entiende porenajenación de bienes, pero no lo define.
Tampoco existe una definición en el Código Civilfederal, aun cuando usa el termino en algunosartículos.
El Diccionario de la Real Academia de la LenguaEspañola, señala como primera acepción deltérmino Enajenación, Pasar o transmitir a alguienel dominio de algo o algún otro derecho sobre ello.
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El art 119 de la LISR en su primer párrafo, nosindica que se consideran ingresos porenajenación de bienes, los considerados en elart 14 del CFF.
• Permuta
• Monto del Ingreso
• Ingresos no acumulables
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¿Qué se considera enajenación de bienes?
Art. 14 CFF
I.- Toda transmisión de la propiedad, aún en la que elenajenante se reserve el dominio del bien enajenado.
II.- Las adjudicaciones, aun cuando se realicen a favor delacreedor.
III.- La aportación a una sociedad o asociación.
IV.- La que se realiza mediante arrendamiento financiero
V.- La que se realiza a través de fideicomisos
a) Cuando el fideicomitente designa o se obligaa designar fideicomisario diverso de él.
b) En el caso de que el fideicomitente pierda elderecho a readquirir los bienes del fiduciario.
Cuando el fideicomitente reciba certificados departicipación por los bienes que afecten elfideicomiso, se consideraran enajenados losbienes………. salvo que se trate de acciones.
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VI.- Cesión de derechos sobre bienes enfideicomiso, en los siguientes momentos:
a) En el acto en el que el fideicomisariodesignado ceda sus derechos o deinstrucciones para que transmita lapropiedad de los bienes a un tercero.
b) En el acto en el que el fideicomitente cedasus derechos, si entre estos se incluye el deque los bienes se transmitan a su favor.
VII.- La transmisión de dominio de un bientangible o del derecho para adquirirlo que seefectué a través de enajenación de títulos decrédito o a la cesión de derechos que losrepresenten. Esto no es aplicable a las accioneso partes sociales.
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VIII.- Transmisión de derechos de crédito através de factoraje financiero.
IX.- Las que se realicen mediante fusión oescisión de sociedades, excepto a las que serefiere el art 14B del CFF.
De la lectura de las fracciones que integran elartículo 14 del Código Fiscal de la Federación,encontramos que tiene sentido lo que indica elDiccionario de la Real Academia de la LenguaEspañola.
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Entendiendo por enajenación la transmisión del dominio dealgo, mucho se ha discutido sobre el momento en que taltransmisión tiene verificativo, para lo cual los contribuyentesy los estudiosos del derecho fiscal en general, han acudido alas leyes civiles y mercantiles que regulan los contratos y actosjurídicos traslativos de propiedad, pretendiendo considerarque si conforme al derecho común la transmisión depropiedad no se ha verificado, entonces para fines fiscales, nose pueden dar los efectos aplicables a la transmisión depropiedad, hasta que ésta se verifica.
Fisco actualidades Núm.. 52: El concepto de enajenación para fines fiscales
Un caso evidente se encuentra en la fracción Idel artículo 14 del Código Fiscal de la Federaciónque establece que se entiende por enajenaciónde bienes: Toda transmisión de propiedad, aunen la que el enajenante se reserve el dominiodel bien enajenado.
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Condiciones sustanciales de toda enajenaciónson en relación con la cosa o derecho:
1.- Ser dueño del derecho;
2.- Transmitirlos en propiedad a un tercero y;
3.- Que la transmisión sea de manera voluntaria
Los bienes de acuerdo con nuestra legislación seclasifican en:
Bienes muebles e inmuebles
Bienes según a quienes pertenecen
Bienes mostrencos y vacantes
Bienes fungibles y no fungibles
Bienes consumibles y no consumibles
Bienes corpóreos y no corpóreos
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En un contrato siempre será importante contar con unbien susceptible de enajenación, de no ser así, notendrían sentido los contratos traslativos de dominio.
La propiedad, cabalmente dicha, recae sobre los bienes, de ahí la importancia básica de distinguirlos, comprenderlos, y en su caso estudiar su enajenación.
Es muy importante la clasificación de los bienes, pues nos damos cuenta cuáles son los bienes que no son susceptibles de enajenación. Los bienes son, por así decirlo, la materia de la materia de la propiedad
La enajenación se materializa por medio de:
• La compraventa
• Las adjudicaciones
• Dación en pago
• La donación
• La Permuta
• El arrendamiento financiero en algunos casos
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• Escisión de sociedades
• Fusión de sociedades
• Fideicomiso en algunos casos
¿Qué se considera Ingreso?
Se considera como ingresos el monto de lacontraprestación obtenida, inclusive a crédito,con motivo de la enajenación; cuando por lanaturaleza no haya contraprestación, seatenderá el valor de avalúo practicado porpersona autorizada por las autoridades fisca
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No es ingreso
No se considerarán ingresos por enajenación,los que deriven de la transmisión de lapropiedad de bienes por causa de muerte,donación o fusión de sociedades
La adquisición significa en términos generalesla incorporación de una cosa o de un derecho ala esfera patrimonial de una persona. En materiade propiedad se puede afirmar que laadquisición es el hecho o acto jurídico entérminos del cual se incorpora al patrimonio deuna persona un bien mueble o inmueble
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La enajenación y la adquisición se vinculan.
Por lo tanto, cuando se lleva a cabo el actojurídico de la enajenación de bienes,implícitamente se da el de la transmisión de lapropiedad de dicho bien, a favor del adquirientepor medio del titulo que ampara el acto
En ambas situaciones, se presentanimplicaciones para efectos del ISR a las personasimplicadas.
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El tema de la obtención de ingresos por parte delas personas físicas por la enajenación debienes, esta fundamentada de los artículos 119al 129 de la LISR .
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El art, 120 de la LISR en su primer párrafo, nosindica como se determina la base.
Ingreso por enajenaciónMenos
Deducciones del art 121 de la LISRIgual
GANANCIA O BASE
Como ya vimos en el art 119 de la LISR y el art14 del CFF, nos mencionan e indican cuales sonlos ingresos objeto de este impuesto.
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Para aquellas personas que hayan compradouna casa como inversión y desean venderla,debe tener en claro que se lo podrá alcanzarhasta con un 35% de Impuesto Sobre la Renta(ISR).
El artículo 93 de la Ley del ISR. En este seestablece que para presentarse como exento delpago de este impuesto va a ser necesariodemostrar fehacientemente que ha habitado enla vivienda por un tiempo no menor a 5 años (3años desde 2016). Con la reforma fiscal de 2014,también deberá probar que su valor no exceda700.000 unidades de inversión (Udis).
Lo cual equivale a cerca de 3.9 millones de pesos
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El fedatario publico deberá consultar a lasautoridades fiscales si previamente elcontribuyente ha enajenado alguna casahabitación durante el año de calendario de quese trate y, y en caso de que sea procedente laexención, dará aviso a las autoridades fiscales.
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También es exento el ingreso por la enajenaciónde los bienes muebles, distintos de lasacciones, de las partes sociales, de los títulosde valor y de las inversiones del contribuyente,cuando en un año calendario la diferencia entreel total de las enajenaciones y el costocomprobado de las adquisiciones, no exceda de3 veces el SMG del área geográfica delcontribuyente, por la utilidad que exceda,pagara el impuesto.
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Deducciones Autorizadas según el art. 121 de laLISR, son las siguientes:
• Costo comprobado de adquisición
• Inversiones hechas en construcciones,mejoras y ampliaciones
• Gastos notariales, impuestos y derechos, porescrituras de adquisición y de enajenación ypagos por avalúos.
• Comisiones y mediaciones
Las deducciones antes señaladas, se puedenactualizar desde el mes en que se hizo laerogación y hasta el mes anterior en que serealice la enajenación.
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Costo de adquisición
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Terrenos
En el caso de los terrenos el costo de adquisición se actualizara por el periodo comprendido :
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Determinación del ISR anual
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Pagos Provisionales
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El mismo art 126 de la LISR nos indica que elnotario será quien calcule, retenga y entere elimpuesto por la operación que se haya realizadocon escritura publica
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El art 212 del RISR señala que el notario noretendrá el impuesto cuando la transacciónsuceda con contribuyentes de actividadempresarial, que declaren que el inmuebleforma parte del activo de su actividad.
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Generación y disminución de perdidas.
El art 121 de la LISR, nos indica que quienessufran perdidas la podrán aplicar en el añocalendario de que se trate o en los tressiguientes, conforme al art 122 de la misma ley.
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El art 127 de la LISR, nos señala que conindependencia de lo señalado en el art 126, loscontribuyentes efectuaran un pago por cadaoperación, aplicando la tasa del 5% sobre laganancia obtenida y se enterara a la EntidadFederativa correspondiente , siendo acreditablecontra el impuesto determinado según elarticulo 126, es importante remitirse a la regla3.15.8 de la RMF
POR SU ATENCION MIL GRACIAS