II - PLIEGO DE ESPECIFICACIONES PARTICULARES
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ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA
“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
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II - PLIEGO DE ESPECIFICACIONES
PARTICULARES
LICITACIÓN PÚBLICA N° 01/2021
OBRA: “REHABILITACIÓN LINEA “C” DEL FERROCARRIL
BELGRANO EN LA PROVINCIA DE JUJUY – TRAMO VOLCAN-
TILCARA”.
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INDICE
SECCION I 8
1.- ASPECTOS GENERALES 8
1°. DISPOSICIONES GENERALES 8
2°. PLAZO DE OBRA 9
3°. DE LAS OFERTAS 9
4°. DE LAS ADJUDICACIONES 9
5°. RELACION COMITENTE CONTRATISTA 9
6°. PRESUPUESTO OFICIAL - FINANCIACION DE LA OBRA 10
7°. PROVISIÓN DE MATERIALES ESCENCIALES 10
8°. OFERTAS 11
9°. ALCANCE 11
10°. PLAZO DE EJECUCION DE LA OBRA 11
11°. CRONOGRAMA DE EJECUCION DE LA OBRA 11
12°. SUPERFICIES PARA OBRADORES Y OFICINA DE OBRA 12
13°. MANTENIMIENTO, LIMPIEZA Y CONSERVACION DE LA OBRA 12
14°. DE LOS PRESTADORES DE EQUIPOS 12
15°. CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO 13
16°. FACULTADES INTERPRETATIVAS. ORDEN DE PRELACIÓN 13
17°. PLANOS 13
18°. JURISDICCION 13
19°. MODALIDAD Y SISTEMA DE CONTRATACION 14
20°. ANTICIPO FINANCIERO 15
21°. LAS PROPUESTAS 16
22°. LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS 18
23°. FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS 18
24°. LEY DE COMPRE JUJEÑO 18
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GARANTIAS
25°. GARANTIAS 19
26°. GARANTIA DE MANTENIMIENTO DE OFERTAS 19
27°. FORMAS DE CONSTITUCION DE GARANTIAS 19
28°. PRESENTACION DE LAS OFERTAS 20
29°. APERTURA DE LAS OFERTAS 21
30°. ACCESO A LAS OFERTAS 21
31°. OBSERVACIONES 21
PROCEDIMIENTO DE EVALUACION DE LAS OFERTAS 21
32°. EVALUACION DE LAS PROPUESTAS 21
33°. DESEMPATE DE OFERTAS 21
34°. RETIRO Y DEVOLUCION DE LA GARANTIA DE MANTENIMIENTO
DE OFERTAS
22
ADJUDICACION DE LA OBRA 22
35°. ADJUDICACION – GARANTIA DE IMPUGNACION 22
36°. DOCUMENTACION A PRESENTAR POR EL ADJUDICATARIO 22
FIRMA DEL CONTRATO 23
37°. GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO 23
38°. DOCUMENTOS INTEGRANTES DEL CONTRATO 23
39°. IMPUESTO DE SELLOS 24
40°. TRANSFERENCIA DEL CONTRATO 24
41°. CAMBIO DE DOMICILIO DEL CONTRATISTA 24
SECCION II 24
CONDICIONES DE EJECUCION CONTRACTUAL 24
CAPITULO I 24
ORGANIZACIÓN DE LA OBRA 24
42°. ORDEN DE INICIO 24
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43°. VIGILANCIA, SEGURIDAD E HIGIENE 25
44°. ALUMBRADO Y LUCES DE PELIGRO 25
45°. CONSTRUCCIONES PROVISIONALES 25
46°. OFICINA PARA LA INSPECCION 25
47°. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA 26
48°. INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS 26
49°. LETREROS 27
50°. LIMPIEZA DE OBRA 27
51°. PROVISION DE SERVICIOS 27
52°. PRORROGAS DEL PLAZO DE OBRA 27
53°. SUSPENSION DE LA EJECUCION DE LAOBRA 28
DIRECCION DE OBRA 28
54°. REPRESENTANTE TECNICO 28
55°. INSPECCION DE LA OBRA 29
56°. ORDENES DE SERVICIO Y OBSERVACIONES DE LA INSPECCION 29
57°. NOTAS DE PEDIDO. PARTE DIARIO. 29
58°. INTERPRETACION DE LA DOCUMENTACION TECNICA 30
59°. TERMINACION DE LOS TRABAJOS 30
PERSONAL OBRERO 30
60°. SALARIOS 30
61°. IDONEIDAD DEL PERSONAL 30
MATERIALES Y TRABAJOS 31
62°. ABASTECIMIENTO DE MATERIALES 31
63°. CALIDAD DE LOS MATERIALES Y TRABAJOS 31
64°. APROBACION DE MATERIALES. ENSAYOS Y PRUEBAS 31
65°. CALIDAD DEL EQUIPO 32
66°. CORRECION DE TRABAJOS DEFECTUOSOS 32
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67°. VICIOS OCULTOS 32
RELACIONES CON OTROS CONTRATISTAS 32
68°. SUBCONTRATISTAS 32
69°. RESPONSABILIDAD 33
70°. OTROS CONTRATISTAS 33
DESARROLLO DE LA OBRA 33
71°. PLAZO 33
72°. MORA 33
73°. CONTRALOR DE TRABAJOS 33
74°. UNION DE OBRAS NUEVAS CON EXISTENTES 34
75°. CONTROL DE PLAZOS 34
75.1. Actualización del Plan de Trabajos 34
75.2. Prórroga de la Fecha Prevista de Terminación 34
75.3. Aceleración 35
75.4. Demoras Ordenadas por el Inspector 35
75.5. Reuniones administrativas 35
75.6. Aviso Anticipado Oportuno 35
MODIFICACIONES DE OBRA 36
76°. MODIFICACIONES DE OBRA 36
77°. REAJUSTE DE GARANTIA 36
78°. TRABAJOS EJECUTADOS CON MATERIALES DE MAYOR VALOR
O SIN LA CONFORMIDAD DEL COMITENTE
36
LIQUIDACION, CERTIFICACION Y PAGO DE LAS OBRAS 37
79°. MEDICION. CERTIFICACION. 37
80°. RETENCIONES SOBRE LOS CERTIFICADOS 37
81°. SUSTITUCION DEL FONDO DE REPARO 38
82°. PAGO DE LOS CERTIFICADOS 38
RECEPCION DE LA OBRA 40
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83°. RECEPCION PROVISORIA 40
84°. PLAZO DE GARANTIA 40
85°. RECEPCION DEFINITIVA 40
86°. DEVOLUCION DE GARANTIAS Y FONDO DE REPAROS 40
RESCISION DE CONTRATO 41
87°. CAUSAS DE RESCISION 41
88°. TOMA DE POSESION DE LA OBRA 42
89°. INVENTARIO 42
90°. AVALUO 42
91°. LIQUIDACION DE LOS TRABAJOS Y MATERIALES 42
DISPOSICIONES VARIAS 43
92°. SEGUROS 43
93°. REDETERMINACION DE PRECIOS 46
94°. BONIFICACIONES 46
SANCIONES 46
95°. HECHOS QUE PUEDEN ORIGINAR SANCIONES 46
MULTAS 47
96°. MULTAS 47
96.1°. MULTAS 47
96.1.1. Multa por Mora en la entrega del Proyecto Ejecutivo 47
96.1.2. Multa por Mora en la Iniciación de los trabajos 47
96.1.3. Multa por Mora en la Finalización de los trabajos 47
96.1.4. Multa por Paralización de los Trabajos sin causa Justificada 47
96.1.5. Multas por faltas o incumplimiento de Ordenes de Servicio 48
97°. PERCEPCIÓN DE LAS MULTAS 48
98°. REGIMEN Y PROCEDIMIENTO DE PENALIZACION 48
99°. PAUTAS INTERPRETATIVAS 49
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CLAUSULA ANTICORRUPCION 49
100°. CLAUSULA ANTICORRUPCION 49
SECCION III 51
ANEXOS. FORMULARIOS Y PLANILLAS 51
Anexo I. Formulario de Oferta 51
Anexo II. Planilla de Análisis de Precios 52
Anexo III. Planilla de Cotización 53
Anexo IV. Plan de Trabajo 54
Anexo V. Cartel de Obra 55
Anexo VI. Planilla de Jornales 56
Anexo IX. Plan de Gestión Ambiental 60
SECCION IV 60
ESPECIFICACIONES TECNICAS AMBIENTALES 60
INTRODUCCIÓN 60
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SECCIÓN I
CONDICIONES DE LA LICITACIÓN
Artículo 1° DISPOSICIONES GENERALES
El Gobierno de la Provincia de Jujuy, a través del Decreto Acuerdo Nº 1759-G-16, ha planteado la
necesidad de recuperar el ferrocarril en la Provincia de Jujuy, en particular, en el tramo con cabeceras en
las localidades de San Salvador de Jujuy y La Quiaca y contar con un tren turístico en la Quebrada y Puna
Jujeña, con un primer objetivo de hacer correr un tren de pasajeros de tipo turístico y a futuro trenes de
pasajeros y cargas.
Para ello, se ha creado y puesto en funcionamiento la “Unidad Ejecutora Provincial Tren Jujuy - La Quiaca”
(UEPT) del “Proyecto Eje de Movilidad Tren Jujuy - La Quiaca para la Integración”.
La Unidad Ejecutora actúa en la órbita, bajo dependencia y con la coordinación general, del ENTE
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También se ha definido que resulta imperioso concretar el tramo San Salvador de Jujuy - La Quiaca, en tres
(3) etapas, iniciando la reconstrucción del mismo con la ETAPA 1: Tramo Volcán - Humahuaca. Etapa que
inició obras en el mes de marzo de 2017.
En ese sentido, es preciso comenzar por la primera ETAPA Volcán - Humahuaca con un TREN TURÍSTICO
– TRAMO VOLCÁN - TILCARA, acorde al potencial de desarrollo social y turístico que tiene la Quebrada de
Humahuaca, para luego seguir con transporte de pasajeros y de carga. Posteriormente, se continuará con
las ETAPAS 2 Y 3: Tramos Humahuaca - La Quiaca, y San Salvador de Jujuy – Volcán, respectivamente.
El tramo Volcán - Tilcara comienza antes de los cambios Sur del cuadro de Estación Volcán, progresiva
1.190+700 (lado San Salvador de Jujuy) y finaliza después de los cambios Norte del cuadro de la estación
Tilcara, progresiva 1.233+044 (lado La Quiaca).
El tramo abarcará las estaciones Volcán, Tumbaya, Purmamarca, Maimará y Tilcara.
Partiendo de los cambios lado Sur de Volcán se puede avanzar en sentido ascendente de las progresivas
hacia hasta Purmamarca donde la traza gira hacia el Norte y continúa en esa dirección hasta los cambios
lado Norte de Tilcara.
Un observador parado en los cambios lado Sur de Volcán, con sus espaldas hacia San Salvador de Jujuy y
mirando hacia La Quiaca tendrá, salvo situaciones muy puntuales a su izquierda (Oeste) la montaña y
avanzando hacia la derecha (Este) la Ruta Nacional N° 9; avanzando más a la derecha (más al Este) el
trazado ferroviario y cruzando la vía más a la derecha aún (o más al Este) el Rio Grande.
Es decir que el trazado ferroviario se sitúa al pie del faldeo de la montaña teniendo a su izquierda (Oeste) el
trazado carretero, salvo dos cruces ferroviales a nivel, y a su derecha (Este) el Río Grande.
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El trazado cuenta con nueve puentes que serán tratados en esta misma licitación y once pasos a nivel con
habilitación oficial.
El trazado objeto de esta licitación se desarrolla entre el Sur de Volcán y el Norte de Tilcara a lo
largo de 42.344 metros, esto es 500 m al Sur del eje de la estación Volcán y 300 m al Norte del eje de la
estación Tilcara.
La longitud de vías segundas o de cruce en cada estación será de unos 500 metros cada una, por lo que
suman 2.500 metros, totalizando un metraje total de obra de 44.844 metros.
El eje de cada estación corresponde al punto medio del edificio principal de la estación de pasajeros, salvo
indicación diferente. La progresiva kilométrica del eje del edificio de la estación Volcán es 1.191,200 y la
del eje del edificio de la estación Tilcara es 1.232,744, con una distancia de 41.544 m entre sí.
Si el observador parado en los cambios Sur de Volcán avanza hacia la Quiaca alejándose de San
Salvador de Jujuy rápidamente llegará a la estación Volcán (prog 1191+200) desde donde asciende por
una rampa hacia Coiruro, pasando por Huajra, para ingresar al ensanche residencial de Tumbaya, donde
se halla la segunda estación del tramo (km 1.198+525). Continúa así el trazado paralelo a la Ruta 9,
confinado entre esta última y el cauce del Río Grande, pasando por Tumbaya Grande, Molle Punco y
Chañarcito para llegar a la tercera estación ubicada en Purmamarca (km 1.210+782). Cambia la
orientación la dirección al Norte para, una vez sobrepasados los parajes de Tunalito, Cieneguilla y
Hornillos, alcanzar la cuarta estación, Maimará (km 1.225+942), luego la traza se prolonga hasta llegar a la
quinta estación, Tilcara. -
Artículo 2° PLAZO DE OBRA
El plazo de obra a contar de la fecha de su inicio, establecida por el Acta de Inicio de Obra, será de
VEINTICUATRO (24) MESES, incluyendo elaboración y presentación de proyecto ejecutivo, armado de
obrador, realización de las obras proyectadas, etc.
Artículo 3° DE LAS OFERTAS
Las condiciones que deben cumplir las empresas en sus Ofertas son las detalladas en el presente Pliego
de Especificaciones Particulares más las indicadas en el Pliego de Especificaciones Técnicas (PET).
Artículo 4° DE LAS ADJUDICACIONES
El COMITENTE notificará al OFERENTE seleccionado para la contratación y ejecución de la obra, y le
solicitará una nueva póliza de seguros por ejecución de obra. A los demás OFERENTES se les devolverá
la póliza por mantenimiento de ofertas y quedará cerrada la vinculación.
Artículo 5° RELACION COMITENTE Y CONTRATISTA
El OFERENTE que pase a ser CONTRATISTA por firmar el CONTRATO adquirirá dos libros foliados por
hojas triplicadas. Uno será el LIBRO DE ÓRDENES y el otro el LIBRO DE PEDIDOS.
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El COMITENTE escribirá en el LIBRO DE ÓRDENES y el CONTRATISTA usará el LIBRO DE PEDIDOS.
El CONTRATISTA inaugurará el LIBRO DE PEDIDOS, con la firma del Represente Legal, autorizando al
Jefe de Obra a recibir y emitir Órdenes de Servicio y Notas de Pedidos respectivamente.
Semanalmente ambas partes elaborarán de común acuerdo un listado cronológico de cada folio de los
libros de comunicación arriba mencionados con sus títulos y folios de respuestas correspondientes.
Artículo 6° PRESUPUESTO OFICIAL - FINANCIACION DE LA OBRA
El presupuesto Oficial de la presente obra asciende a la suma de PESOS MIL TRESCIENTOS NUEVE
MILLONES, SETECIENTOS CUARENTA Y DOS MIL, QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO CON
CUARENTA Y NUEVE CENTAVOS ($1.309.742.548,49) con IVA Incluido. La Obra será financiada en su
totalidad por el Gobierno de la Provincia de Jujuy.
Artículo 7° PROVISIÓN DE MATERIALES DE OBRA
Los materiales del esquelotoneado de la obra (rieles, durmientes, fijaciones y elementos de unión de
rieles), serán entregados por el Comitente, siendo estos elementos recuperados, para la ejecución del
tramo que se licita, conforme el PET.
Los elementos que proveerá el Contratista deberán ser NUEVOS y cumplir con las normativas vigentes
según la CNRT
Una vez que el COMITENTE haga entrega al Contratista del total o parcial de los materiales, su custodia
pasará a ser responsabilidad del Contratista: Rieles, tirafondos, eclisas y bulones recuperados. Durmientes
de madera dura recuperados
El CONTRATISTA deberá proveer los siguientes materiales:
• Balasto de piedra partida, que se determine en las Especificaciones Técnicas.
• Todo otro material para aporte de terraplenes.
• Materiales para reparación y/o reconstrucción de cabezales de puentes y obras de arte.
• Arena para limpieza de vigas armadas de obras de arte, puentes y otros elementos metálicos.
• Soldaduras, chapas, planchas, perfiles para reparación y reconstrucción de obras de arte y
puentes.
• Antióxidos, pinturas, etc. para terminación de obras de arte y puentes.
• Elementos de cartelería reglamentaria para pasos a nivel, tanto ferroviaria como carretera.
• Conductos para desagües
• Durmientes de madera dura nuevos para ADV, PAN, Obras de Artes mayores y Encarriladoras de
acuerdo a PET.
• Tirafondos y bulones para eclisas nuevos para ADV, PAN, Obras de Artes mayores y
Encarriladoras de acuerdo a PET.
• Aparatos de Vías.
• Tacos de Fundición de Acero para Encarriladoras.
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7.1. Otras obligaciones del contratista
El Oferente/Contratista debe considerar que en su oferta estará incluido el costo de todos los trabajos que,
aunque no estén expresamente indicados en la documentación contractual (incluyendo pero no limitado a
la ingeniería constructiva, la provisión de mano de obra y materiales que se le contrata, los equipos y
herramientas y todos los elementos legales y técnicos que resulten necesarios para materializar el
conjunto de la totalidad de los trabajos contratados que se le encomienden, y que sean imprescindibles
ejecutar o proveer para que la obra resulte concluida con arreglo a su fin y a lo previsto en tal
documentación y de conformidad a las reglas del buen arte. Esto comprende, entre otras obligaciones, el
desarrollo de cálculos y estimaciones de ingeniería, el transporte interno y externo de obra, la disposición
final de los materiales y residuos, los ensayos, verificaciones y demás comprobaciones de calidad, las
mediciones, etcétera.
Artículo 8° OFERTA
Todo OFERENTE para resultar Adjudicatario deberá ajustarse en un todo a los pliegos y planos de la
documentación que rige la licitación, muy especialmente en lo que se establece en el PET y sus Anexos.
Artículo 9° ALCANCE
La presente licitación es por el normal y completo funcionamiento de la obra que se licita, aun cuando
algún ítem no esté incluido en el presente pliego, o listado de ítem de la oferta, el/los que se considerará/n
prorrateado/s en el presupuesto de la oferta.
Artículo 10° PLAZO DE EJECUCION DE LA OBRA
El plazo establecido será contado en días corridos siendo el número 1 el posterior siguiente al Acta de
Inicio de la obra.
Deberá tenerse en cuenta que en ese lapso está incluido un período de 90 días para que el
ADJUDICATARIO elabore el legajo técnico del Proyecto Ejecutivo, gestione compras, transporte de
materiales, implemente los obradores y efectúen mediciones, planes, planos y programas de todos los
trabajos necesarios para realización de la obra.
Artículo 11° CRONOGRAMA DE EJECUCION DE LA OBRA
La secuencia referencial de obra contemplará lo siguiente:
1. Relevamiento de obra.
2. Proyecto de ejecución de obra.
3. Colocación de suelo para terraplén.
4. Provisión de piedra para capa de bateo y tapada.
5. Adecuación de rieles usados.
6. Adecuación de durmientes usados.
7. Terraplenamientos y atrincheramientos.
8. Transporte de rieles.
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9. Transporte de durmientes
10. Mejoramiento de vía existente.
11. Puentes y Obras de Arte.
12. Transporte de piedra balasto.
13. Transporte de fijaciones.
14. Adquisición y transporte de kits de soldaduras que fueran necesarios.
15. Desagües y zanjas longitudinales.
16. Aprovisionamiento de Aparatos de Vía.
17. Desvíos o vías auxiliares.
18. Pasos a Nivel.
El CONTRATISTA podrá usar su propio criterio para modificar esta secuencia siempre que obtenga la
conformidad del COMITENTE.
Artículo 12° SUPERFICIES PARA OBRADORES Y OFICINAS DE OBRA
El ADJUDICATARIO podrá solicitar en calidad de mera tenencia precaria al COMITENTE y este acceder
sin costo, con un compromiso escrito por el tiempo que dure el contrato de la obra, dentro de las
superficies que pertenezcan al ferrocarril, las superficies necesarias para la instalación de obradores,
oficina de obras y campamentos para el personal que trabaja en la obra.
El predio que se solicite se utilizará para instalación del obrador principal, sea único o no. En caso de la
necesidad de otros predios para sub-obradores que se necesiten en locaciones puntuales para que sirvan
a la construcción de obras de arte mayores y/o menores y otros rubros, serán solicitados a la
INSPECCIÓN DE OBRA.
El ADJUDICATARIO dejará el predio totalmente libre al finalizar la obra tal como lo recibió.
Artículo 13° MANTENIMIENTO, LIMPIEZA Y CONSERVACION DE LA OBRA
A partir de que inicie trabajos en el sector y por el período que en esta documentación se establece, el
CONTRATISTA estará obligado a mantener la limpieza del mismo y el tratamiento de residuos de todo tipo
que se generen, conforme a las normativas nacionales, provinciales y municipales que correspondan, y a
lo previsto en el Anexo IX Gestión Ambiental y Social
Quedarán a cargo del CONTRATISTA hasta la Recepción Definitiva, todas aquellas tareas de reparación
y/o conservación y/o seguridad que resulten necesarias al solo juicio de la INSPECCIÓN DE OBRA frente
a vicios aparentes de las obras.
Artículo 14° DE LOS PRESTADORES DE EQUIPOS
Una persona de existencia real o persona jurídica podrá comprometerse a alquilar equipos ferroviarios y/o
viales para que un OFERENTE incluya en su OFERTA.
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Artículo 15° CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
El CONTRATISTA se ajustará al cronograma de trabajos para no atrasar la obra pero no podrá, salvo
conformidad de la INSPECCIÓN DE OBRA, adelantarse para no desbalancear el programa financiero del
COMITENTE.
Artículo 16° FACULTADES INTERPRETATIVAS. ORDEN DE PRELACIÓN
Si durante el desarrollo del llamado a Licitación o durante la ejecución del Contrato se produjesen
discrepancias o incompatibilidades en cuanto a lo indicado o previsto en los diversos documentos que
rigen el proceso licitatorio, la controversia se resolverá a favor de lo contenido en aquel documento que,
tratando el tema en cuestión, tenga prioridad de acuerdo al orden de prelación que se indica a
continuación:
1. El Pliego de Bases y Condiciones Generales y sus circulares aclaratorias.
2. El Pliego de Condiciones Particulares.
3. El Pliego de Especificaciones Técnicas.
4. El Contrato y sus anexos.
5. Las aclaraciones, normas o instrucciones complementarias expedidas por escrito por la Inspección de
Obra.
6. Legislación local vigente.
Artículo 17° PLANOS
En caso de discrepancias entre la dimensión apreciada a escala y la expresada en cifras o letras,
prevalecerá esta última.
En caso de discrepancias entre una cifra expresada en números y la expresada en letras, prevalecerá
esta última.
Todos los documentos que integran el Contrato serán considerados como recíprocamente explicativos,
pero en el caso de surgir ambigüedades o discrepancias prevalecerá la lista arriba enunciada y sus
anexos con las aclaraciones o modificaciones emitidas por circular y las aclaraciones contenidas en la
orden de provisión de servicios. Las circulares tienen prelación, en el orden inverso al que han sido
emitidas, sobre los Pliegos. La interpretación definitiva de las normas en cuestión es facultad exclusiva del
Comitente.
ARTÍCULO 18° JURISDICCIÓN
Los OFERENTES deberán someterse a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios con sede en la
CIUDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción territorial. La
sola presentación de la Oferta importa la aceptación de esta jurisdicción.
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Los OFERENTES al presentar su Oferta, el ADJUDICATARIO y el CONTRATISTA al suscribir el
CONTRATO renuncian expresamente a invocar la aplicación de cualquier Tratado de Promoción y
Protección Recíproca de Inversiones suscriptos por nuestro país para habilitar la Jurisdicción de
Tribunales Extranjeros, sean administrativos, judiciales o arbitrales frente a cualquier cuestión derivada
del proceso de Licitación, celebración, ejecución y terminación del contrato de Ejecución de Obra.
ARTÍCULO 19° MODALIDAD Y SISTEMA DE CONTRATACION
1. La modalidad de la contratación es por el sistema de Ajuste Alzado.
En el sistema de contratación por Ajuste Alzado, los Oferentes cotizarán un precio único, global e
invariable para la ejecución de las Obras, sin perjuicio de lo cual deberá presentar su oferta de acuerdo
con una planilla de cotización, que se corresponderá con los rubros, ítems o sub-ítems del presupuesto
oficial que deberá aprobar el licitante.
Por lo tanto, al cotizar por Ajuste Alzado, los Oferentes se comprometen a ejecutar la Obra completa por la
suma única y global que hayan establecido en sus propuestas y aceptan que el monto del Contrato no
variará, cualquiera sea la cantidad de obras o trabajos ejecutados, provisiones y/o servicios que se
requieran para terminar la Obra contratada en su totalidad y que ésta funcione de acuerdo al fin para el
cual fue proyectada.
La división del Presupuesto Oficial o “planilla de cotización” en ítems, rubros y con sus precios parciales,
se efectuará con el exclusivo objeto de ordenar la certificación y el pago de los trabajos a medida que
éstos se vayan ejecutando, pero de ninguna manera se entenderá que el precio parcial asignado
representa el precio de ese ítem, rubro o partida, ya que el Precio Total cotizado por el sistema de
contratación por Ajuste Alzado sólo considera un precio global, único e invariable por toda la Obra.
Asimismo, también se entenderá que el monto de contrato cotizado por Ajuste Alzado incluye cualquier
trabajo, material o servicio que, sin tener ítem, rubro o partida expresa en el Presupuesto Oficial o en la
planilla de cotización, sea necesario e imprescindible ejecutar para que la Obra quede totalmente
terminada y funcione de acuerdo a su fin, con los rendimientos garantizados por el Oferente.
El Contratista no podrá bajo ningún pretexto de error u omisión, reclamar aumento en el valor del contrato.
Los errores de cómputos oficiales, si los hubiere, no darán derecho a reclamación al Contratista, ya que se
entiende que el Oferente al formular su propuesta ha hecho las verificaciones correspondientes.
2. Se entiende que la cotización de la Oferta incluye todos los impuestos, contribuciones y tasas
nacionales, provinciales y municipales, gastos de importación, nacionalización, ensayos y demás gastos
asociados directos o indirectos que pudieren estar involucrados en la ejecución de la totalidad de las
tareas objeto de la presente Licitación.
3. El total de la Oferta Económica deberá expresarse en moneda de curso legal en la
República Argentina, con el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
4. El Comitente, unilateralmente, podrá aumentar las prestaciones contempladas en el Contrato hasta en
un VEINTE POR CIENTO (20%) del monto del contrato original, o disminuirlas hasta en un DIEZ POR
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CIENTO (10%), en las mismas condiciones y precios pactados y con la correspondiente adecuación de los
plazos respectivos. Con ese cometido, podrá autorizar también la ejecución de nuevos ítems que no se
encontraren originalmente previstos, siempre respetando, en la medida de lo posible, la estructura general
de precios, gastos generales, beneficios, impuestos y costos de los materiales, insumos, mano de obra y
equipos presentados por el Oferente.
5. Cuando resulte necesaria la determinación de nuevos valores a los efectos de la conformación del
precio de ítems no previstos en el Contrato original, se tomarán como pautas de referencia los valores y
estructura de aquellos precios que sí se encontraban previstos.
6. Asimismo, las Partes podrán convenir la ejecución de otros ítems que no se encontraren originalmente
previstos, cuya estructura general de precios, gastos generales, beneficios, impuestos y costos de los
materiales, insumos, mano de obra y equipos se ajustará a la estructura de los análisis de precios
presentados por el Contratista para la Licitación.
ARTÍCULO 20° ANTICIPO FINANCIERO
1.- La presente obra prevé el pago de un Anticipo Financiero por un monto máximo equivalente al DIEZ
(10%) del monto del contrato, IVA incluido.
2.- Para acceder al Anticipo Financiero, el Contratista deberá solicitarlo dentro de los QUINCE (15) días
posteriores a la Firma del Contrato, acompañando una fianza bancaria o póliza de seguro de caución a
satisfacción del Comitente por el monto del anticipo solicitado y extendida a favor del Comitente -Ente
Autárquico Regulador de Planificación Urbana, debiendo constituirse el fiador en liso, llano y principal
pagador, con expresa renuncia a los beneficios de excusión y división y demás condiciones previstas en
el presente pliego.
3.- El Contratista deberá usar el anticipo únicamente para pagar estudios en general para la elaboración
del Proyecto Ejecutivo, así también equipos, materiales y gastos de movilización que se requieran
específicamente para la ejecución del Contrato. El Contratista deberá demostrar que ha utilizado el
anticipo para tales fines mediante la presentación de copias de las facturas u otros documentos, cuando
así se lo exija el Comitente o la Inspección.
4.- El pago del Anticipo Financiero se tramitará con idéntico procedimiento al previsto para los
Certificados de Obra. El Comitente abonará el Certificado de Anticipo Financiero dentro de los QUINCE
(15) días posteriores de presentada a su satisfacción la documentación necesaria para su otorgamiento.
5.- Para la devolución del Anticipo Financiero, el Comitente procederá a realizar un descuento en los
DOCE (12) primeros certificados de obra hasta cubrir la suma anticipada. Ello procederá, una vez iniciada
la Obra. La suma de los importes descontados considerados a valores básicos del contrato será
equivalente a la suma anticipada.
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ARTÍCULO 21° LAS PROPUESTAS
Los OFERENTES presentarán sus propuestas en 1 (uno) sobre, siguiendo los lineamientos establecidos
por el DECRETO N° 3676–ISPTyV/2021. En el exterior del sobre se indicará: designación de la obra
para la cual se oferta, fecha y hora de apertura.
LICITACIÓN PÚBLICA N° 01/2021
OBRA: “REHABILITACIÓN LINEA “C” DEL FERROCARRIL
BELGRANO EN LA PROVINCIA DE JUJUY – TRAMO VOLCAN-
TILCARA”.
FECHA: HORA:
A – DOCUMENTACION QUE DEBE CONTENER EL SOBRE (Será presentada en original y con una (1)
copia, debidamente foliada).
1.-Original de garantía de oferta del uno por ciento (1 %) (Art.26° Ley N° 1864) en dinero en efectivo,
títulos provinciales, pólizas de seguro de caución o valores que la Provincia acepte en los decretos
reglamentarios que se encuentren vigentes. Para el caso de dinero en efectivo, el depósito deberá
efectuarse en tesorería del organismo licitante o sector que se indique en los respectivos pliegos, en
horario administrativo y hasta el día hábil anterior a la fecha de apertura. En dicho sector se extenderá
un recibo que acreditará el cumplimiento de esta obligación.
2.- Copia autenticada de la resolución de Inscripción o de su renovación, emitida por el Registro
Permanente de Licitadores de Obras Públicas de la Provincia.
3.- La oferta deberá ser presentada en Planilla de formato similar al proporcionado por el organismo
licitante; en caso que no esté prevista deberá contener la oferta en números y letras y en cualquier
supuesto deberá efectuarse a valores básicos correspondientes al mes indicado en el Pliego de Bases y
Condiciones.
4.- Original del certificado de capacidad libre de contratación anual para la sección que corresponda
(Arquitectura o Ingeniería) la que no podrá ser inferior a la fijada para la obra licitada, de acuerdo a su
presupuesto oficial y el plazo de ejecución establecido (Art.13°, inc. c Decreto-Acuerdo N° 1194-H-82),
el que contendrá además el informe sobre Índices Financieros (Anexo III del presente) emitido por el
Registro Permanente de Licitadores de Obras Públicas de la Provincia.
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5.-Copia autenticada de la documentación que acredite la calidad que se invoca como titular y/o
representante.
6.- En caso de que los oferentes se presentaren como Unión Transitoria (UT) deberán acreditar en su
oferta: a) copia certificada del contenido de acuerdo de asociación, el que deberá prever expresamente
la solidaridad de los miembros por los actos y operaciones que realice la UT. De resultar adjudicataria,
la UT deberá presentar el contrato constitutivo previo a la firma del contrato y concluir su inscripción
en el Registro Público pertinente, en un plazo no superior a 60 días computados desde la firma del
contrato de obra. Excepcionalmente el plazo podrá ser prorrogado por el organismo licitante, si la
demora en la inscripción no fuera imputable a la UT. b) La oferta deberá ser suscripta por los
representantes de cada empresa, o por el representante designado en el acuerdo de asociación. c) los
demás requisitos legales de constitución de la UT, deberán estar conformados en los términos del
Código Civil y Comercial de la Nación y/o norma legal que la sustituyere o modificare.
7.- Declaración Jurada suscrita por el Proponente y su Representante Técnico de lo siguiente: a) que
conoce el lugar y condiciones en que se realizará la obra. b) Sometimiento la jurisdicción de la justicia
ordinaria de la Provincia de Jujuy y su renuncia expresa al fuero federal para cualquier cuestión judicial
que se suscitare. c) De nacionalidad del proponente y fijación de su domicilio especial en la Ciudad de
San Salvador de Jujuy (Art. 28° inc. d y e, Ley Nº 1864);
8.- Declaración Jurada del equipo y personal técnico que se afectara a la obra. –
9.- Planilla indicativa de la metodología aplicada para la determinación del jornal horario, de las
categorías de obreros del gremio de la construcción o de la cuadrilla tipo utilizada en los análisis de
precios, debiendo contener como mínimo: jornal, horario aplicado, porcentual de asistencia perfecta,
cargas sociales e incidencia del seguro obrero, conforme a la A.R.T. a la que se encuentre adherida.
10.- Los análisis de costos y precios que deberán ser completos, no globales, discriminando todos los
componentes del análisis realizado (materiales, mano de obra, equipos, etc.) de todos y cada uno de
los ítems y subítems que componen la oferta a valores básicos correspondientes al mes indicado en el
Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Dichos análisis serán presentados en forma clara e integral,
teniendo el oferente libertad en cuanto a la elección del formato, salvo que el Pliego de Bases y
Condiciones establezca uno en particular.
11.- Planilla conteniendo el cómputo y presupuesto, con expresa indicación de la cantidad de unidades
de cada ítem y/o subítems, precio unitario y total del mismo, confeccionada en forma clara e integral,
teniendo el oferente libertad en cuanto a la elección del formato, salvo que el Pliego de Bases y
Condiciones establezca uno en particular. El importe total de dicha planilla debe coincidir con el monto
total indicado en la oferta.
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12.- Plan de trabajo y curva de inversión realizado conforme a las exigencias del organismo licitante
establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones de la obra. Una vez firmado el contrato, deberá ser
confeccionado ajustado a fecha real de inicio de obra.
13.- El sellado de ley correspondiente a las actuaciones (Art. 28, inc. b Ley N° 1864) de acuerdo a la
legislación tributaria vigente.
14.- Experiencia de UNA (1) obra concluida a satisfacción del Comitente en los últimos DIEZ (10) años
de naturaleza y magnitud similar a la licitada
La falta de presentación de cualquiera de los requisitos exigidos en los apartados 1), 2) y 3) será causal de
rechazo de la propuesta en el acto de apertura, por parte del funcionario que lo presida. En caso de
omisión de los requisitos exigidos en los apartados 4) a 12) los mismos deberán ser presentados dentro de
los dos (2) días hábiles siguientes al acto de apertura sin necesidad de notificación alguna por parte del
organismo licitante. El sellado de ley indicado en el apartado 13) podrá ser presentado durante el acto de
apertura (Art. 29 Ley Nº 1864).
De advertirse errores materiales en la presentación de la oferta, el organismo licitante podrá requerir al
oferente lo subsane o aclare en el plazo de 48 hs. Si, el oferente no diera cumplimiento, deberá
procederse a desestimar su propuesta. No se admitirán aclaraciones que no hayan sido solicitadas, ni
respuestas que modifiquen el precio de la oferta o que alteren las condiciones substanciales de la misma
y/o principio de igualdad de los oferentes.
ARTÍCULO 22° LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Las propuestas se presentarán en las oficinas del Organismo Comitente, situado en calle Prolongación Dr.
Vidal N°1295 – Barrio Alto Padilla – San Salvador de Jujuy, de lunes a viernes de hs. 9 a 12, hasta un día
antes de la fecha prevista para la Apertura de Sobres, la que se publicara en el Aviso de Llamado a
Licitación.
En caso de que la fecha fuera sábado, domingo, no-laborable o feriado la apertura se trasladará a al
primer día hábil siguiente a la misma hora,
Si se decidiera modificar la fecha y hora de la apertura mencionada en este artículo se comunicará
fehacientemente al público en general y en particular a los adquirentes del pliego por Circular Aclaratoria.
Dicha Circular deberá incluirse en la documentación a presentar con la oferta.
ARTÍCULO 23° FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Las propuestas deberán presentarse redactadas en idioma nacional, sin enmiendas, raspaduras o errores
que no hayan sido debidamente salvados. Se presentarán en original, foliadas y debidamente firmadas y
selladas en todas sus hojas por los representantes legal y técnico de los proponentes. Se presentarán,
salvo indicación en contrario del Pliego, en “ORIGINAL” y UNA (1) copia de toda la oferta, las que se
identificarán como “ORIGINAL”, y “DUPLICADO”, en todas sus hojas. Las cajas, sobres o paquetes
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deberán presentarse cerrados y con indicación del proponente y número de la Licitación, y la fecha y hora
de apertura.
Las aclaraciones que quieran agregarse deberán quedar asentadas por escrito en la propuesta.
El proponente podrá ofrecer variantes, alternativas y/o descuentos por separado, si el Pliego las admitiera
y siempre que lo hiciera acompañado a la propuesta conforme a Pliego.
En caso de discrepancia entre los ejemplares prevalecerá sobre los demás el señalado como
“ORIGINAL”.
La presentación de la propuesta significará de parte del proponente el pleno conocimiento y aceptación de
las cláusulas que rigen el llamado a Licitación, por lo que no resultará necesario incorporar a la propuesta
el ejemplar de los pliegos, ni tampoco los planos y toda otra documentación técnica que acompañen a los
mismos.
Las propuestas que se reciban después del día y hora fijados serán rechazadas y devueltas sin abrir con
prescindencia de la fecha en la que fueron despachadas. El licitante no asume responsabilidad alguna, ni
admitirá reclamos por la no apertura de dicha propuesta.
ARTÍCULO 24° LEY COMPRE JUJEÑO
La presente Licitación quedará, en cuanto corresponda, sujeta a la aplicación de la Ley Provincial N°
5.185 de Compre Jujeño, aplicables tanto a productos, proveedores y/o empresas.
ARTÍCULO 25º GARANTÍAS
a) de Mantenimiento de Oferta.
b) de Cumplimiento de Contrato.
c) de Impugnación.
d) De Anticipo Financiero
ARTÍCULO 26° GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
El proponente deberá asegurar el mantenimiento de la oferta que presenta mediante la constitución de
una garantía a favor del Comitente, constituida por el UNO (1%) POR CIENTO del Presupuesto Oficial, y
por un período de SESENTA (60) días a contar de la fecha de presentación de las propuestas.
La obligación del mantenimiento de la Oferta se renovará en forma automática por períodos de TREINTA
(30) días, si el Oferente no hiciese saber su voluntad expresa de desistir de la Oferta con no menos de
DIEZ (10) días de antelación a su vencimiento.
ARTÍCULO 27º FORMAS DE CONSTITUCIÓN DE GARANTÍAS
La constitución de esta garantía podrá realizarse en cualquiera de las siguientes formas:
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1) Certificado de depósito efectuado en el Banco Macro, Sucursal Jujuy, a la orden del Comitente, en la
cuenta corriente bancaria N° N°320009408658433, CBU N°2850200930094086584331.
2) Fianza bancaria que cubra el valor exigido, en la que conste que la entidad bancaria se constituye
en fiador codeudor solidario, liso y llano y principal pagador, con la expresa renuncia de los
beneficios de división y excusión en los términos del Código Civil y Comercial de la Nación. No
deberá contener fecha de vencimiento, allanándose expresamente a la Ley y al Contrato motivo del
mismo, aun cuando fueran pagados por el tomador los valores que demande su costo. Asimismo,
deberá expresar: nombre de la entidad bancaria, si es casa matriz o sucursal, domicilio y firma
autorizante, con aclaración de la misma. El fiador deberá aceptar la jurisdicción correspondiente al
domicilio del Comitente renunciando a cualquier otra jurisdicción.
3) Póliza de Seguro de Caución, en compañías de seguros de primera línea, todo ello a satisfacción
del Comitente, por medio de la cual la aseguradora se obliga en carácter de codeudor solidario, liso
y llano, principal y directo pagador con renuncia expresa de los beneficios de división y de excusión
previa del obligado.
No se aceptarán cheques, letras de cambio, facturas, ni título alguno que no esté expresamente indicado
en el presente Pliego, como depósito de garantía.
Las garantías deberán expresar que mantienen su vigencia por el plazo de mantenimiento de oferta y con
las modalidades establecidas en el presente pliego y que el garante declara conocer y aceptar.
Los proponentes estarán obligados a mantener su oferta durante el plazo previsto en los artículos 2° y 31°
del presente.
ARTÍCULO 28° PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Las propuestas deberán ser presentadas en 1 (uno) sobre cerrado, de acuerdo a lo que se indique en el
PCP, y llevará como únicas leyendas las siguientes: denominación de la obra a la cual corresponde la
propuesta; número de licitación; identificación del proponente; día y hora fijados para la apertura.
El licitante dará recibo de la entrega de los sobres hasta el día y la hora fijados para la apertura. Recibido
los sobres se le pondrá cargo, indicando fecha y hora.
Las propuestas serán abiertas en un acto de apertura de acuerdo a lo establecido en la Legislación
Provincial.
ARTÍCULO 29° APERTURA DE LAS OFERTAS
En fecha y hora que se establezca para la Apertura de los sobres de las propuestas presentadas, se
labrará acta de todo lo actuado con intervención de un representante de Escribanía de Gobierno y de
Fiscalía de Estado, indicándose nombre de las empresas proponentes con mención de los montos de las
cotizaciones y/o porcentajes de aumento o disminución de la oferta con respecto al presupuesto oficial.
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ARTÍCULO 30º ACCESO A LAS OFERTAS
Durante TRES (3) días hábiles luego del Acto de Apertura en las oficinas del Organismo Licitante estarán a
disposición de todos los Oferentes las Ofertas para su examinación. Pasado ese tiempo se declarará
concluido el período de observación.
ARTÍCULO 31º OBSERVACIONES
Dentro de los TRES (3) días hábiles a partir de la finalización del plazo establecido en el artículo
precedente, los proponentes cuyas ofertas hayan sido abiertas, podrán observar cualquiera de las
restantes. Las mismas se fundamentarán en forma clara y precisa y serán presentadas en la Mesa de
Entradas del Comitente.
Las actuaciones que se originen en tal sentido, serán giradas inmediatamente a la COMISIÓN DE
EVALUACIÓN, quien resolverá en forma inapelable.
ARTÍCULO 32º EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
El método de evaluación, así como el criterio de selección de la adjudicataria se realizará de conformidad
a lo previsto PBC y en el presente pliego.
Recibidas las propuestas, se dará intervención a la Comisión Evaluadora, que procederá a examinarlas y
podrá requerir de los proponentes cualquier información complementaria, aclaraciones o subsanación de
defectos formales que considere necesarias, siempre que no impliquen la modificación de los elementos
esenciales de la oferta ni altere de modo alguno el principio de igualdad de los Oferentes. Los Oferentes
deberán dar cumplimiento al pedido de informes complementarios dentro del plazo de TRES (3) días
hábiles y si no se cumpliera en término con dicho pedido se tendrá por retirada la propuesta con pérdida
de la garantía de mantenimiento de oferta.
No se requerirá o aceptará aclaración o información complementaria por parte de un Oferente que
implique una alteración de la igualdad en la evaluación de las ofertas, dado el tiempo transcurrido con
posterioridad a la fecha de apertura, el conocimiento adquirido de las demás ofertas o cualquier otra
condición que represente una ventaja para quien formula la aclaración o complementación de la
información.
La Comisión Evaluadora fijará un orden de mérito de las propuestas basado en el menor precio de las
mismas, y a continuación procederá a verificar el cumplimiento substancial de la totalidad de los requisitos
legales, económicos, financieros y técnicos establecidos en los pliegos, para determinar la oferta más
conveniente. Estableciendo este procedimiento para las tres primeras ofertas, si las hubiere, no
resultando necesario en este caso el estudio y análisis de las restantes ofertas, salvo el fracaso de las tres
primeras.
Luego emitirá el correspondiente Dictamen de Evaluación, de conformidad a lo previsto en los pliegos
licitatorios y sus ANEXOS.
ARTÍCULO 33º DESEMPATE DE OFERTAS
En caso de empate de las Propuestas, se procederá según lo dispuesto en el PBC.
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ARTÍCULO 34º RETIRO Y DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
El proponente que retire su oferta durante el plazo de vigencia de la misma, perderá la garantía de
mantenimiento de oferta en concepto de indemnización por tal incumplimiento.
La garantía será devuelta de inmediato:
a) A todos los proponentes que no resulten adjudicatarios; una vez firmado el contrato con el que resulte
adjudicatario.
b) Al vencimiento del plazo de mantenimiento de la oferta, a aquellos que lo hubieran solicitado.
Con respecto al proponente que resulte adjudicatario, la devolución o desafectación de la garantía no
tendrá lugar hasta que dé cumplimiento satisfactorio a la constitución de la garantía de cumplimiento del
contrato en las formas y los plazos previstos en este pliego.
ADJUDICACION DE LA OBRA
ARTÍCULO 35º ADJUDICACIÓN-GARANTIA DE IMPUGNACION
La Comisión Evaluadora elevará a la Autoridad Superior el Dictamen de Evaluación para que, en caso de
compartir el criterio, dicte el acto de adjudicación. Dicho acto será notificado fehacientemente al
adjudicatario y al resto de los proponentes.
Dentro de los TRES (3) días hábiles siguientes a la Notificación de la Adjudicación del Contrato, los
Oferentes podrán formular las impugnaciones que estimen pertinentes.
Estas impugnaciones deberán presentarse por escrito por ante la Mesa de Entrada del Comitente en el
horario de 8 a 12 horas y se deberá adjuntar una Garantía de Impugnación por un monto equivalente a
Pesos Dos Millones ($2.000.000,00). La garantía de impugnación podrá ser ejecutada al primer
requerimiento del Comitente, de no proceder la impugnación.
El Comitente responderá prontamente por escrito a cada Oferente que hubiere formulado impugnaciones.
Será facultad del Comitente el decidir sobre la suspensión del proceso de suscripción del contrato, en
cuyo caso lo comunicará al adjudicatario y a los restantes oferentes.
El licitante podrá rechazar todas las propuestas o aceptar variantes previstas en el PBC, sin que ello dé
derecho a reclamo por parte de los proponentes.
Podrá adjudicarse aun cuando se haya presentado una sola propuesta.
ARTÍCULO 36° DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL ADJUDICATARIO
Es requisito indispensable para la adjudicación, que la oferta que resultare seleccionada en primer
término, presente en un plazo no superior a diez (10) días hábiles, desde la notificación de la
preadjudicación, debe contener la siguiente:
36.1. Constancia de Inscripción y certificado fiscal para contratar, emitido por el Organismo Fiscal
Nacional, vigente. En caso de no tener vigente el certificado fiscal para contratar, la empresa deberá
presentar las declaraciones juradas y acuse de recibo de las presentaciones del impuesto al valor
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agregado (I.V.A.) y las contribuciones y aportes a la Seguridad Social y Obras Sociales (F.931), que se
debieron tributar en los tres meses anteriores.
36.2. Cédula Fiscal y Constancia original de Regularización fiscal o Certificación de Deuda
vigentes, expedidas por la Dirección Provincial de Rentas de Jujuy.
36.3.- Copia de constancia de pago del arancel mensual en el Instituto de Estadística y Registro de
la Industria de la Construcción (Ley N° 22.250) y de las tres (3) últimas declaraciones juradas de aportes
al I.E.R.I.C. y al Fondo de Investigación, Capacitación y Seguridad para la Industria de la Construcción
(FICS), ambos calculados sobre los montos del Fondo de Cese Laboral (Ley N° 22.250).
36.4.- Copia del contrato de adhesión o del certificado emitido por la Aseguradora de Riesgo de
Trabajo (A.R.T.).
36.5.- Copia autenticada de la constancia expedida por el Colegio de Ingenieros, el de Arquitectos
o el Consejo Profesional, según corresponda, de que el profesional Representante Técnico se encuentra
matriculado y habilitado para el ejercicio de la profesión en el periodo durante el cual se concreta el
llamado a licitación (Ley Nº 4957).
Si el oferente no diera cumplimiento en el plazo estipulado a la presentación de la documentación
requerida en este Anexo, o lo hiciere de forma parcial, el organismo licitante deberá rechazar la oferta,
disponiendo la perdida de la Garantía de Oferta, y quedará facultado para continuar el proceso de
adjudicación con la oferta que continúe en el orden de mérito, para lo cual la Comisión de Evaluación,
deberá clasificar como mínimo tres ofertas, si las hubiere.
Para empresas extranjeras se aceptará la presentación de la documentación equivalente de origen
debidamente certificada y traducida, si es que existe la equivalencia o, en caso de que no existiera, se
analizará cada caso en particular para determinar si corresponde la excepción a la presentación.
FIRMA DEL CONTRATO
ARTÍCULO 37° GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Simultáneamente con la firma del contrato, el Contratista deberá afianzar su cumplimiento mediante una
garantía, constituida en alguna de las formas previstas en este Pliego, por el DIEZ POR CIENTO (10 %)
del importe total del contrato. Si el contratista no integrara la garantía de cumplimiento del contrato, el
Comitente podrá rescindirlo, en cuyo caso el contratista perderá la garantía de mantenimiento de oferta.
Es facultad exclusiva del Comitente proceder en esta forma o acordar, si mediaren razones atendibles, un
plazo adicional para integrar la garantía de cumplimiento del contrato.
ARTÍCULO 38° DOCUMENTOS INTEGRANTES DEL CONTRATO
1) Serán documentos integrantes del contrato:
a- El presente pliego;
b- El PBC;
c- Los planos y planillas de la licitación;
d- El PET;
e- Las circulares con consulta y sin consulta;
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f- El presupuesto de la obra cuando así corresponda en razón del sistema de contratación;
g- La propuesta;
h- El acto de adjudicación.
i- Los partes diarios de obra.
2) Se considerará documentación accesoria, la que se indica a continuación:
a- La orden de inicio de los trabajos;
b- El acta de inicio;
c- El plan y diagrama de ejecución de la obra, aprobados por el
Comitente;
d- Las Órdenes de Servicio que por escrito imparta la Inspección;
e- Libro de notas de pedido;
g- Los planos complementarios que el comitente entregue al contratista durante la ejecución de la
obra y los preparados por el contratista que fueran aprobados por aquél;
h- Actas de recepción;
i- Los comprobantes de trabajos adicionales o las modificaciones ordenados por el COMITENTE o
quien este determine.
ARTÍCULO 39° IMPUESTO DE SELLOS
Cuando el contrato se encontrare alcanzado por impuesto de sellos, cada una de las partes abonará el
cincuenta por ciento (50 %) del valor del impuesto. El Comitente podrá optar por cancelar también la parte
del Contratista, procediendo a descontarla del primer o primeros pagos del contrato.
ARTÍCULO 40° TRANSFERENCIA DEL CONTRATO
Firmado el contrato, el contratista no podrá transferirlo ni cederlo, en todo o en parte, a otra persona o
entidad, ni asociarse para su cumplimiento, sin autorización y aprobación del Comitente.
ARTÍCULO 41° CAMBIO DE DOMICILIO DEL CONTRATISTA
En caso de modificarse el domicilio especial del contratista durante la ejecución del contrato, aquél está
obligado a comunicar sin demora, en forma fehaciente al Comitente, su nuevo domicilio, el que deberá
constituirse en la jurisdicción de San Salvador de Jujuy.
SECCIÓN II
CONDICIONES DE EJECUCION CONTRACTUAL
CAPITULO I
ORGANIZACIÓN DE LA OBRA
ARTÍCULO 42° ORDEN DE INICIO
Firmado el Contrato, el Comitente dará la orden de inicio. El Contratista queda obligado a comenzar los
trabajos contractuales. Las partes labrarán la correspondiente Acta de Inicio en la fecha que se dé
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comienzo efectivo a esos trabajos, fecha a partir de la cual se computarán los plazos fijados en el
contrato.
Si emitida la Orden de inicio, el Contratista no hubiera iniciado los trabajos en el plazo que se le establece,
el Comitente tendrá derecho a la rescisión del Contrato, en cuyo caso el Contratista perderá la garantía de
cumplimiento del Contrato y responderá por los daños y perjuicios causados. Si el Comitente no ejerciera
este derecho, el plazo de ejecución de Obra se computará automáticamente a partir de la fecha de
vencimiento del plazo de inicio establecido en la Orden de Inicio.
ARTÍCULO 43º VIGILANCIA, SEGURIDAD E HIGIENE
La responsabilidad que le incumbe al Contratista respecto de la vigilancia continua de la Obra, para
prevenir robos o deterioros de los materiales, estructuras u otros bienes propios o ajenos, se extiende a
todo lo relativo al servicio de prevención de accidentes que puedan afectar a personas o a bienes del
Estado o de terceros.
La adopción de las medidas a las que se alude precedentemente no eximirá al Contratista de las
consecuencias de los hechos referidos.
ARTÍCULO 44º ALUMBRADO Y LUCES DE PELIGRO
El Contratista instalará en todo el recinto de la Obra, alumbrado suficiente para permitir una vigilancia
nocturna eficiente y colocará las luces de peligro reglamentarias, estando a su cargo el consumo de
energía eléctrica o de combustible de toda esta instalación.
ARTÍCULO 45º CONSTRUCCIONES PROVISIONALES
Los depósitos, galpones, tinglados y en general todas las construcciones provisionales para oficinas,
almacenes, talleres, vestuarios, comedores, cocinas y recintos sanitarios, serán instalados y mantenidos
por el Contratista en perfecto estado de limpieza y conservación, estando también a su cargo el
alumbrado y la provisión y distribución de agua a los mismos y, a la terminación de la Obra, serán
demolidos y retirados por el Contratista.
ARTÍCULO 46º OFICINA PARA LA INSPECCIÓN
El Contratista instalará en lugar próximo a sus propias oficinas de Obra, los locales para oficinas de la
Inspección, con las características y moblaje indicados en el PET. Estas instalaciones serán retiradas
cuando lo disponga la Inspección, siempre antes de la Recepción Definitiva de la Obra, y todos los
elementos de ellas son de propiedad del Contratista, quien mantendrá la limpieza permanente y
conservación de las oficinas de la Inspección hasta la Recepción Provisoria.
Cuando la Inspección disponga que sus oficinas se mantengan en servicio después de la Recepción
Provisoria, su conservación, limpieza, suministro de energía eléctrica y servicio telefónico quedarán a
cargo del Comitente hasta que el Contratista reciba la orden de retirar esas instalaciones.
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ARTÍCULO 47º RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA
El Contratista es responsable ante el Comitente o terceros por las obligaciones y requisitos para llevar
adelante la contratación y ejecutar el Contrato en debida forma.
La prestación objeto del Contrato será asumida por el Contratista a su propio riesgo en cuanto a la gestión
y su ejecución y desde el punto de vista técnico, jurídico económico y financiero.
El Comitente no será responsable ante terceros por las obligaciones que asume o debiera asumir el
Contratista.
Esto no exime tampoco al Subcontratista de su responsabilidad, quien deberá agregar al Subcontrato, una
garantía de manera concordante a lo establecido en el presente pliego.
El Contratista tomará todas las disposiciones y precauciones necesarias o las que indique la Inspección,
para evitar daños a las Obras que ejecute, a las personas que dependan de él, a las del Comitente o
Inspección destacadas en la Obra, a terceros y a los bienes del Comitente o de terceros, ya sea que
provengan esos daños de maniobras del Obrador, de la acción de los elementos o de causas eventuales.
Si esos daños se produjeran, será responsable por el resarcimiento de los perjuicios.
Estas responsabilidades subsistirán hasta la Recepción Provisoria de la Obra y durante la ejecución de los
trabajos complementarios que se realice en el período de garantía.
A tal efecto, el Contratista deberá contar con una póliza de seguros por responsabilidad civil afectada a la
Obra.
El Comitente podrá retener en su poder, de las sumas que adeudara al Contratista, el importe que estime
conveniente hasta que los reclamos o acciones que llegaran a formularse por alguno de aquellos
conceptos sean definitivamente resueltos y hayan sido satisfechas las indemnizaciones pertinentes.
ARTÍCULO 48º INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS
El Contratista deberá cumplir con todas las disposiciones reglamentarias, emanadas de autoridad
competente, vigentes en el lugar de las Obras y será responsable por las multas y resarcimientos a que
dieran lugar infracciones cometidas por él o su personal.
La aplicación de la penalidad no eximirá al Contratista de sus obligaciones. A tales efectos, al notificar la
penalidad se intimará al cumplimiento de la obligación, en el plazo razonable que se le fije, y bajo
apercibimiento de nuevas penalidades.
Sin perjuicio de la multa, si la demora en la entrega de la totalidad de las tareas supera la cantidad de
SESENTA (60) días corridos o su importe alcanzare al QUINCE POR CIENTO (15%) del Contrato, lo que
ocurra primero, el Contrato se considerará rescindido automáticamente y sujeto a las reclamaciones de
daños y perjuicios que correspondan
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ARTÍCULO 49º LETREROS
No se podrá colocar en la Obra letrero alguno sin la previa conformidad del Comitente, el que decidirá
sobre su texto, ubicación, diseño y dimensiones.
ARTÍCULO 50º LIMPIEZA DE LA OBRA
Es obligación del Contratista mantener en la Obra y en el Obrador una limpieza adecuada a juicio del
Comitente y mantener el Obrador libre de residuos. A la terminación de los trabajos deberá entregar la
Obra y los terrenos antes ocupados por el Obrador en perfecto estado de limpieza y sin ninguna clase de
residuos ni equipos de su propiedad.
Queda entendido que el sitio de los trabajos a cargo de cada Contratista, debe quedar limpio en forma
diaria. La limpieza final de la Obra incluirá todo lo que haya quedado sucio como consecuencia de la
ejecución de los trabajos.
ARTÍCULO 51º PROVISIÓN DE SERVICIOS
Los servicios (agua, gas y electricidad) necesarios para la ejecución de la Obra, deberán ser costeados
por el Contratista, a cuyo cargo estará el pago de todos los derechos por ese concepto.
ARTÍCULO 52º PRÓRROGAS DEL PLAZO DE OBRA
A pedido del Contratista, el Comitente podrá acordar prórrogas de plazo cuando, a su solo juicio, se
presenten algunas de las siguientes causas:
1) Trabajos adicionales que lo justifiquen;
2) Demora en el estudio de la solución de dificultades técnicas imprevistas que impidan el normal
desarrollo de las obras;
3) Alegación y prueba de la teoría de la imprevisión;
4) Falta notoria y debidamente comprobada de materiales o elementos de transporte que no provengan
de causas originadas por el contratista;
5) Demoras ocasionadas por otros contratistas;
6) Conflictos gremiales de carácter general;
7) Por siniestro;
8) Toda otra circunstancia que, a juicio del comitente, haga procedente el otorgamiento de la prórroga.
Las solicitudes de prórroga deberán presentarse al Comitente en el plazo de TREINTA (30) días de la
producción del hecho o causa que las motiva, transcurrido el cual podrán no ser tomadas en
consideración.
El Comitente podrá tramitar de oficio la ampliación del plazo contractual cuando la causa o hecho
determinante de la demora le sea imputable, sin necesidad de la presentación previa del Contratista.
Dentro de un plazo de QUINCE (15) días de otorgada una prórroga se ajustará el Plan de Trabajos y la
Curva de Inversiones que se someterán a la aprobación del Comitente.
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ARTÍCULO 53º SUSPENSIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA
Por cualquier causa justificada, el Comitente podrá suspender en todo o en parte la obra contratada,
comunicando al Contratista la orden correspondiente por medio fehaciente y procediendo a la medición de
la obra ejecutada en la parte que alcance la suspensión.
El Contratista podrá solicitar la suspensión temporaria de los derechos y obligaciones correspondientes al
contrato cuando:
a) Así se requiera para la reconstrucción de los trabajos que hubieran resultado destruidos o
demolidos.
b) Exista estado de guerra, de conmoción interior o de grave alteración del orden público, que
impidan la normal ejecución de los trabajos o funcionamiento de la totalidad de los mismos en la
forma pactada.
El Contratista deberá poner en conocimiento del Comitente la existencia de los impedimentos aludidos y
solicitar la suspensión del plazo de ejecución de la obra, aún en casos que se trate de hechos de pública
notoriedad.
DIRECCION DE OBRA
ARTÍCULO 54º REPRESENTANTE TÉCNICO
El Representante Técnico designado por el Contratista deberá reunir los requisitos de aptitud, formación,
experiencia e idoneidad requeridos para la función y encontrarse habilitado profesionalmente para ejercer
la misma.
El reemplazo del Representante Técnico sólo podrá proceder bajo razones fundadas debidamente
acreditadas por el Contratista ante el Comitente.
El Comitente podrá solicitar la remoción y reemplazo del Representante Técnico en cualquier etapa del
contrato.
El Representante Técnico tendrá a su cargo la conducción de los trabajos y estará autorizado por el
Contratista para recibir órdenes de la Inspección, notificarse de Órdenes de Servicio y darles
cumplimiento. La firma del Representante Técnico obliga al Contratista ante el Comitente.
La permanencia del Representante Técnico, Jefe de Obra o de otro personal del Contratista requerido por
la documentación licitatoria será permanente durante la ejecución de los trabajos, salvo criterio distinto en
el PCP.
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ARTÍCULO 55º INSPECCIÓN DE OBRA
La Inspección de Obra estará a cargo de quien designe el Comitente; éste comunicará por nota al
Contratista cuáles son las personas autorizadas para visitar la Obra en cualquier momento sin previo
permiso y cuáles están autorizadas para dar órdenes escritas con carácter de Inspección.
El Contratista y su personal cumplirán las instrucciones y órdenes impartidas por la Inspección. La
inobservancia de esta obligación, o los actos de cualquier índole que perturben la marcha de la Obra,
harán pasibles al culpable de su inmediata expulsión del recinto de los trabajos.
ARTÍCULO 56° ÓRDENES DE SERVICIO Y OBSERVACIONES DE LA INSPECCIÓN
Todas las órdenes de la Inspección de Obra, y también las observaciones cuando su importancia lo
justifique, serán cronológicamente consignadas por escrito en un libro foliado, sellado y rubricado por el
Comitente, que la Inspección guardará en la Obra.
Toda Orden de Servicio deberá ser firmada por el Contratista dentro de los TRES (3) días hábiles del
requerimiento de la Inspección. Su negativa lo hará pasible de la multa correspondiente. Cuando se trate
de reincidencia, el valor de las multas establecidas se duplicará.
El Comitente podrá además, mandar a ejecutar en cualquier momento, a costa del Contratista, los
trabajos ordenados, deduciéndose su importe del primer certificado que se extienda y, en caso necesario,
del fondo de reparos.
Se considerará que toda Orden de Servicio está comprendida dentro de las estipulaciones del Contrato y
que no importa modificación de lo pactado ni encomienda de trabajos adicionales.
Aun cuando el Contratista considere que en una Orden de Servicio se exceden los términos del Contrato,
deberá notificarse de ella, sin perjuicio de presentar ante el Comitente, por intermedio de la Inspección de
Obra y en el término de CUATRO (4) días hábiles, un reclamo fundando detalladamente las razones que
le asisten para observar la orden recibida. No se considerarán como observadas las órdenes de servicio
cuando al hacerlo el Contratista no asentare los fundamentos de su observación.
Transcurrido el plazo anterior sin hacer uso de ese derecho, el Contratista quedará obligado a cumplir la
orden de inmediato, sin tener derecho a reclamos posteriores.
La observación del Contratista, opuesta a cualquier Orden de Servicio, no lo eximirá de la obligación de
cumplirla, si ella fuera reiterada.
ARTÍCULO 57º NOTAS DE PEDIDO. PARTE DIARIO
Todas las reclamaciones y/u observaciones del Contratista serán cronológicamente consignadas por
escrito en un libro foliado, sellado y rubricado por el Comitente, que aquel guardará en la Obra.
Cuando no se establezcan expresamente plazos en otras partes de este pliego o en el PET, deberán ser
interpuestas dentro de los CINCO (5) días de producido el hecho que las motive. El Contratista deberá
fundarlas debidamente con determinación de valores, especies, etc., en el plazo de QUINCE (15) días a
partir de la presentación del reclamo y/u observación formulados.
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El Contratista entregará el Parte Diario a la Inspección, en una planilla donde consten los trabajos
ejecutados, insumos y material aportado, el personal empleado y las condiciones climáticas, de acuerdo a
las instrucciones que se le impartan.
El Parte Diario será la base para el Acta de Medición que se firmará el último día de cada mes
ARTÍCULO 58º INTERPRETACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
El Contratista es responsable de la correcta interpretación de los planos para la realización de la Obra y
responderá de los defectos que puedan producirse por su incorrecta interpretación durante la ejecución y
conservación de la misma hasta la Recepción Definitiva.
Si el Contratista creyera advertir errores en la documentación técnica, tiene la obligación de señalarlo a la
Inspección antes de iniciar el trabajo. Ésta, de considerarlo pertinente, indicará al Contratista que se
efectúen las correcciones que correspondan.
Si el Contratista no los señalara oportunamente, serán a su cargo los trabajos que fuera necesario
ejecutar para corregir las fallas. Dichos trabajos no podrán justificar ampliaciones de plazo.
ARTÍCULO 59º TERMINACIÓN DE LOS TRABAJOS
Los trabajos deberán quedar terminados enteros, completos y adaptados a sus fines, y la falta de mención
expresa de detalles necesarios no libera al Contratista de la obligación de realizarlos ni le da derecho al
pago de adicional alguno.
PERSONAL OBRERO
ARTÍCULO 60º SALARIOS
El Contratista abonará a todo su personal salarios iguales o superiores a los establecidos por las
convenciones en vigencia aprobadas por autoridad competente y dará cumplimiento a todas las
obligaciones legales o emergentes de esas convenciones en materia de cargas sociales. El pago de cada
certificado mensual de Obra estará condicionado a la presentación conjunta, por el Contratista, de los
comprobantes de depósitos por aportes previsionales y fondo de desempleo correspondientes al mes
precedente al de los trabajos certificados.
La demora en el pago de certificados motivada por incumplimientos del Contratista no dará derecho a éste
a reclamación alguna, ni correrán intereses por el retardo.
ARTÍCULO 61º IDONEIDAD DEL PERSONAL
El personal deberá ser idóneo y suficiente para los trabajos a ejecutarse y la Inspección podrá exigir el
cambio de todo obrero que considere incompetente o su asignación a otra tarea.
Asimismo podrá exigir la desvinculación de todo personal del Contratista que provocara desórdenes o
indisciplina y la ampliación del personal cuando éste resultare insuficiente.
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MATERIALES Y TRABAJOS
ARTÍCULO 62º ABASTECIMIENTO DE MATERIALES
El Contratista tendrá siempre en la Obra la cantidad de materiales que a juicio del Comitente se necesite
para su buena marcha y no podrá utilizarlos en otros trabajos que no sean de la Obra contratada.
Estará también obligado a usar métodos y enseres que a juicio de la Inspección aseguren la calidad
satisfactoria de la Obra y su terminación dentro del plazo fijado en el Contrato.
Sin embargo, el hecho de que la Inspección nada observe sobre el particular, no eximirá al Contratista de
la responsabilidad que le concierne por la mala calidad de las Obras ejecutadas o por la demora en
terminarlas.
ARTÍCULO 63º CALIDAD DE LOS MATERIALES Y TRABAJOS
Todos los materiales, artefactos y accesorios serán de la mejor calidad existente en plaza entre los de su
clase y los trabajos ejecutados con ellos, ajustados a las mejores reglas del arte. El Contratista deberá
presentar muestras de los elementos por adquirir y requerir la previa aprobación del Comitente. Para los
elementos que requieran elaboración previa en taller, el Comitente podrá inspeccionarlos en los talleres
donde se ejecuten y si dicho lugar se encontrara a más de 100 kilómetros del lugar de la Obra, el
Contratista deberá asumir los gastos de traslado y estadía del personal de la Inspección.
ARTÍCULO 64º APROBACIÓN DE MATERIALES. ENSAYOS Y PRUEBAS
Los materiales y las materias primas de toda clase a incorporar en Obra por la Contratista, serán sin uso y
de la mejor calidad y tendrán las formas y dimensiones prescriptas en los planos, en la documentación del
Contrato o las exigidas por la Inspección. Cuando se prescriba que algún material o artefacto deba
ajustarse a tipo o muestra determinada, se entenderá que ellos servirán para efectuar comparaciones,
pudiendo el Contratista suministrar materiales que sean equivalentes a juicio del Comitente.
El Contratista depositará en Obra, con suficiente tiempo para su examen y aprobación, las muestras de
los materiales que la Inspección determine, las que servirán para comparar los abastecimientos
correspondientes a los trabajos.
Los materiales y los elementos de toda clase que la Inspección rechazare, serán retirados de la Obra por
el Contratista a su costa, dentro del plazo que la Orden de Servicio respectiva señale. Transcurrido ese
plazo sin haber dado cumplimiento a la orden, el Contratista se hará pasible de multa.
Los materiales y elementos defectuosos o rechazados que llegasen a colocarse en la Obra, a igual que
aquéllos de buena calidad puestos en desacuerdo con las reglas del arte, serán reemplazados por el
Contratista, estando a su cargo los gastos a los que los trabajos de sustitución dieran lugar.
El Comitente podrá hacer todos los ensayos y pruebas que considere convenientes para comprobar si los
materiales o estructuras son los que se determinan en los pliegos.
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El personal y los elementos necesarios para este objeto, como ser: instrumentos de medida, balanzas,
combustibles, etc., serán facilitados y costeados por el Contratista. Este además, pagará cualquier ensayo
o análisis físico, químico o mecánico que deba encomendarse a efectos de verificar la naturaleza de algún
material, incluso los gastos de transporte, recepción, manipuleo y despacho, reembolsándosele los gastos
solamente cuando se comprobare que el material es el especificado.
ARTÍCULO 65º CALIDAD DEL EQUIPO
El Contratista usará equipo de calidad apropiada a los trabajos por ejecutar y el Comitente podrá exigir
cambio o refuerzo de equipos cuando el provisto, ya sea por su estado o características, no permita la
ejecución de un trabajo correcto y al ritmo previsto.
ARTÍCULO 66º CORRECCIÓN DE TRABAJOS DEFECTUOSOS
Cuando un trabajo resultare defectuoso ya sea por fallas del material o de la ejecución, el Contratista lo
corregirá si es posible o, en caso contrario, lo demolerá y reconstruirá a su costa, sin que ello pueda
justificar ampliación de plazo. El Comitente establecerá cuándo corresponde corregir un trabajo
defectuoso, debiendo la corrección realizarse a satisfacción de aquél.
ARTÍCULO 67º VICIOS OCULTOS
Cuando se considere que pudieran existir vicios en trabajos no visibles, la Inspección podrá ordenar las
demoliciones o desmontajes y las reconstrucciones necesarias para constatar la existencia de los
mismos. Si los defectos fueran comprobados, todos los gastos originados por tal motivo estarán a cargo
del Contratista. En caso contrario, los abonará el Comitente.
Si los vicios se manifestaran en el transcurso del plazo de garantía, el Contratista deberá reparar o
cambiar las Obras defectuosas en el plazo que se le fije, a contar desde la fecha de su notificación;
transcurrido ese plazo, dichos trabajos podrán ser ejecutados por el Comitente o por terceros, a costa de
aquél, deduciéndose su importe del fondo de reparos.
La Recepción Definitiva de los trabajos no implicará la pérdida del derecho del Comitente de exigir el
resarcimiento de los gastos, daños o intereses que le produjera la reconstrucción de aquellas partes de la
Obra en las cuales se descubriera ulteriormente la existencia de vicios.
RELACIONES CON OTROS CONTRATISTAS
ARTÍCULO 68º SUBCONTRATISTAS
El Contratista solamente podrá subcontratar parte de sus trabajos si media la autorización previa del
Comitente y la aceptación del Subcontratista. La subcontratación no exime al Contratista de sus
obligaciones con relación al Comitente.
El Comitente podrá denegar la autorización a la subcontratación, sin que tal negativa otorgue derecho
alguno al Contratista ni justifique atrasos en el Plan de Trabajos.
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ARTÍCULO 69º RESPONSABILIDAD
El Contratista es el único responsable, ante el Comitente, de todo lo hecho por sus Subcontratistas.
Esto no exime tampoco al Subcontratista de su responsabilidad, quien deberá agregar al
Subcontrato, una garantía de manera concordante a lo establecido en el Artículo 35º del presente pliego.
ARTÍCULO 70º OTROS CONTRATISTAS
El Contratista está obligado a permitir la ejecución de los trabajos, ajenos a su Contrato, que
El Comitente encomiende a otros Contratistas y acatará las órdenes que dé la Inspección para evitar
interferencias.
Estará igualmente obligado a unir en forma apropiada su Obra a la de los demás Contratistas o a la que
realice directamente el Comitente, ajustándose a las indicaciones que se le impartan y a los planos y
especificaciones.
Si el Contratista experimentare demoras o fuese estorbado en sus trabajos por causas imputables a otros
Contratistas, deberá dar inmediatamente cuenta del hecho a la Inspección para que ésta tome las
determinaciones pertinentes.
DESARROLLO DE LA OBRA
ARTÍCULO 71º PLAZO
La Obra debe ser totalmente realizada en el plazo fijado en la documentación del Contrato y en las
prórrogas que hubieran sido acordadas, de acuerdo al Plan de Trabajos vigente.
ARTÍCULO 72º MORA
Si las Obras contratadas no se terminaran dentro del plazo contractual y sus prórrogas otorgadas, por
causas no justificadas a juicio del Comitente, el Contratista se hará pasible de la multa correspondiente.
Cuando el Contratista incurriera en atrasos en la ejecución del Plan de Trabajos, previa intimación a
regularizar el ritmo de Obra, se hará también pasible de multa que se prevé en el presente.
En caso que en el PCP se establecieran plazos parciales para determinados trabajos, si ellos no
estuvieran terminados en el plazo fijado, entrarán en mora parcial y se le aplicará la multa por
incumplimiento de plazo parcial.
ARTÍCULO 73º CONTRALOR DE TRABAJOS
El Contratista deberá dar aviso escrito con una anticipación mínima de CUARENTA Y OCHO (48) horas
del comienzo de todo trabajo cuya correcta ejecución no pudiera ser verificada después de ejecutado. Si
el Contratista omitiere este requisito, serán por su cuenta los gastos de cualquier índole que se originaren
para verificar la corrección de su ejecución.
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ARTÍCULO 74º UNIÓN DE OBRAS NUEVAS CON EXISTENTES
Cuando las Obras a ejecutar debieran ser unidas o pudieran afectar en cualquier forma Obras existentes,
estarán a cargo del Contratista y se considerarán comprendidas, sin excepción, en la propuesta
presentada: a) la reconstrucción de todas las partes removidas y la reparación de todos los desperfectos
que a consecuencia de los trabajos licitados se produzcan en la parte existente; b) la provisión de todos
los materiales y la ejecución de todos los trabajos necesarios para unir las Obras licitadas con las
existentes.
Todo material provisto o trabajo ejecutado en virtud de esta cláusula será de la calidad, tipo, forma y
demás requisitos equivalentes y análogos a los similares previstos o existentes, según corresponda a
juicio del Comitente.
ARTÍCULO 75º CONTROL DE PLAZOS
75.1. Actualización del Plan de Trabajos
Dentro de los CINCO (5) días hábiles, de aprobado por el Comitente el Proyecto Ejecutivo, el Contratista
presentará al Comitente para su aprobación la actualización del Plan de Trabajos presentado con su
oferta en el que constarán los métodos generales, procedimientos, secuencias y tiempos de ejecución de
todas las actividades relativas a la Obra.
Asimismo, el Contratista deberá presentar también a la Inspección para su aprobación una actualización
trimestral del Plan de Trabajos y la Curva de Inversión o con una frecuencia menor, si ocurrieran hechos
que así lo hicieran necesario o si así lo solicitara la Inspección.
La actualización del Plan de Trabajos mostrará los avances reales de cada actividad y efectos de tales
avances sobre los plazos de las tareas restantes, incluyendo cualquier cambio en la secuencia de las
actividades y cualquier modificación aprobada en los montos o plazos de contrato.
Si el Contratista no entregara oportunamente el Plan de Trabajos o sus actualizaciones, el Comitente
podrá aplicar las respectivas sanciones.
La aprobación del Plan de Trabajos por la Inspección no modificará de manera alguna las obligaciones del
Contratista.
75.2. Prórroga de la Fecha Prevista de Terminación.
75.2.1. El Comitente podrá prorrogar la Fecha Prevista de Terminación cuando ordene una Modificación
de Obra o cualquier otra causa justificada que hiciera imposible la Terminación de las Obras o una de sus
etapas en la Fecha Prevista de Terminación, sin que el Contratista tuviera que adoptar medidas para
acelerar el ritmo de ejecución de los trabajos pendientes que exigieran al Contratista incurrir en costos
adicionales.
75.2.2 El Comitente determinará si debe prorrogarse la fecha prevista de terminación y por cuánto tiempo,
dentro de los TREINTA (30) días siguientes a la fecha en que el Contratista solicita una decisión sobre los
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efectos de una Variación o de un Evento Compensable y proporciona toda la información de respaldo. Si
el Contratista no hubiere dado alerta anticipada acerca de alguna demora o no hubiere cooperado para
resolverla, la demora debida a esa falta de cooperación no será considerada para determinar la nueva
Fecha Prevista de Terminación.
75.2.3. El Contratista adecuará su labor para cumplir con el plazo establecido, aunque deba trabajar en
días u horas inhábiles. Si el Contratista dispone trabajar en esos días u horas lo hará a su exclusiva costa
e informará a la Inspección con antelación suficiente.
75.3Aceleración.
75.3.1. Cuando el Comitente decida que el Contratista finalice las Obras antes de la Fecha Prevista de
Terminación, la Inspección deberá solicitar al Contratista propuestas con indicación de precios para
conseguir la necesaria aceleración en la ejecución de los trabajos.
Si el Comitente aceptara dichas propuestas, la Fecha Prevista de Terminación será modificada en
consecuencia y confirmada por el Contratante y el Contratista.
75.3.2. Si el Contratante aceptara las propuestas y precios del Contratista para acelerar la ejecución de
los trabajos, ellas se incorporarán al precio del Contrato y se tratarán como Variaciones.
75.4 Demoras Ordenadas por el Inspector.
El Inspector podrá ordenar al Contratista que demore la iniciación o el avance de cualquier actividad
relativa a las Obras.
75.5 Reuniones de Administración.
75.5.1. Tanto el Inspector como el Contratista podrán solicitar a la otra parte la asistencia a reuniones de
administración.
El objetivo de dichas reuniones será revisar la programación de los trabajos pendientes y resolver asuntos
planteados conforme al procedimiento de alerta temprana.
75.5.2. El Inspector deberá llevar un registro de lo tratado en las reuniones de administración y
suministrar copias del mismo a los asistentes y al Comitente. Ya sea en la propia reunión o con
posterioridad a ella, el Inspector deberá decidir y comunicar por escrito a todos los asistentes, las
respectivas obligaciones con respecto a las medidas que deban adoptarse.
75.6 Aviso Anticipado Oportuno
75.6.1 El Contratista deberá avisar al Inspector lo antes posible acerca de futuros eventos probables
específicos o circunstancias que puedan perjudicar la calidad de los trabajos, elevar el precio del Contrato
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o demorar la ejecución de las Obras. El Inspector podrá solicitar que el Contratista entregue una
estimación de los efectos esperados del hecho o circunstancia futuros en el Precio del Contrato y la Fecha
de Terminación. El Contratista deberá proporcionar dicha estimación a la brevedad posible.
75.6.2 El Contratista deberá colaborar con el Inspector en la preparación y consideración de propuestas
acerca de la manera en que los efectos de dicho hecho o circunstancia puedan ser evitados o reducidos
por alguno de los participantes en el trabajo y para ejecutar las instrucciones correspondientes que
ordenare el Inspector.
MODIFICACIONES DE OBRA
ARTÍCULO 76º MODIFICACIONES DE OBRA
Si fuera necesario realizar trabajos no previstos en el Contrato, su precio deberá ser previamente
convenido con el Comitente y establecido, cuando sea posible, partiendo de los precios contractuales
correspondientes a trabajos análogos o semejantes, teniendo en cuenta las alteraciones de los costos que
se hubieren producido desde la fecha de la Licitación.
Cuando no existan trabajos previstos de características semejantes o análogas a las del nuevo trabajo, el
precio será propuesto por el Contratista y ajustado por el Comitente en función de los elementos
determinantes del costo directo del nuevo trabajo.
Aún en caso de no llegarse a un acuerdo previo sobre el precio, el Contratista deberá proceder
inmediatamente a la ejecución de los trabajos si así lo ordenara la Inspección, dejando a salvo sus
derechos. En este caso se llevará cuenta minuciosa de las inversiones realizadas, cuyo detalle, con la
aprobación o reparos de la Inspección, servirá como elemento ilustrativo para fijar luego el precio en
instancia administrativa o judicial.
A este último efecto, las partes aceptan los porcentajes de recargo en concepto de gastos generales y
beneficios, que se hubieran aplicado a la propuesta original.
Sin perjuicio de lo establecido precedentemente, el Comitente podrá disponer que los trabajos de que se
trata se lleven a cabo directamente o por nuevo Contrato.
ARTÍCULO 77º REAJUSTE DE GARANTÍA
Cuando se encomienden modificaciones que impliquen aumento del Contrato, el Contratista deberá
ampliar en un DIEZ POR CIENTO (10 %) de tal aumento, la Garantía de Cumplimiento del Contrato.
ARTÍCULO 78º TRABAJOS EJECUTADOS CON MATERIALES DE MAYOR VALOR O SIN LA
CONFORMIDAD DEL COMITENTE
Los Contratos ejecutados con materiales de mayor valor que los estipulados, ya sea por su naturaleza,
calidad o procedencia, serán computados al Contratista como si los hubiese ejecutado con los materiales
especificados. Los trabajos no ejecutados de conformidad con las órdenes de servicio comunicadas al
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Contratista, o que no respondiesen a las especificaciones técnicas, podrán ser rechazados, aunque
fuesen de mayor valor que los estipulados, y en este caso, la Inspección podrá ordenar su demolición y
reconstrucción de acuerdo con lo estipulado en el Contrato, estando a cargo del Contratista los gastos
provocados por esta causa.
LIQUIDACION, CERTIFICACION Y PAGO DE LAS OBRAS.
ARTÍCULO 79º MEDICIÓN. CERTIFICACIÓN.
El Ítem PROYECTO EJECUTIVO, se certificará una vez que el mismo haya sido evaluado y aprobado en
forma parcial, para su ejecución.
Al final de cada mes calendario, el Contratista en colaboración y bajo la supervisión de la Inspección,
efectuará la medición ajustándose a las normas que establezcan los PBC, PCP y PET.
Conformada la mensura por la Inspección, el Contratista preparará, de acuerdo con ella, los certificados
de Obra, ajustándose también para ello a lo estipulado en los pliegos y a las indicaciones
complementarias que pudiera haber formulado la Inspección.
Cada certificado, debe comprender la totalidad de los trabajos ejecutados, desde el comienzo de la Obra
hasta la fecha del certificado o hasta el hito especificado en los pliegos y su valor parcial estará dado por
su excedente sobre el total del certificado del mes anterior.
Los certificados constituirán en todos los casos, documentos provisionales para pagos a cuenta, sujetos a
posteriores rectificaciones, hasta tanto se produzca la liquidación final y ésta sea aprobada por la
autoridad competente.
Las formalidades y detalles de los certificados se ajustarán a lo establecido en el presente pliego.
En caso de desacuerdo en relación con la medición, se extenderá el certificado con los resultados
obtenidos por la Inspección, haciéndose a posteriori, si correspondiera, la rectificación pertinente, o
difiriendo para la liquidación final el ajuste de las diferencias sobre las que no hubiera acuerdo.
ARTÍCULO 80º: RETENCIONES SOBRE LOS CERTIFICADOS.
Sobre todos los certificados, excepto el anticipo de obra en caso de corresponder, El Comitente retendrá
el CINCO POR CIENTO (5%). Estos descuentos se realizarán sin perjuicio de la garantía de cumplimiento
de Contrato, para constituir el Fondo de Reparo. Este fondo quedará en poder del Comitente hasta la
Recepción Definitiva de la Obra en garantía de la correcta ejecución de los trabajos y para hacer frente a
reparaciones que fueran necesarias y que el Contratista no ejecutara cuando le fuera ordenado. El
Comitente no pagará intereses por las retenciones realizadas en dicho concepto.
El monto retenido se reintegrará al Contratista dentro de los TREINTA (30) días de emitido el certificado
de liquidación final (Recepción Definitiva) y una vez efectuadas las deducciones que correspondieren al
Contratista tanto por reparaciones, sanciones no percibidas o en concepto de resarcimiento.
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ARTÍCULO 81º SUSTITUCIÓN DEL FONDO DE REPAROS.
El Contratista podrá sustituir el CIEN POR CIENTO (100 %) de la suma retenida en concepto de fondo de
reparo por alguna de las garantías previstas en el presente pliego. El Contratista sólo podrá hacer uso de
esta sustitución cuando el avance de la certificación de la obra al mes de que se trate no resulte menor al
NOVENTA POR CIENTO (90 %) del avance financiero previsto según la Curva de Inversión vigente.
ARTÍCULO 82º PRESENTACIÓN Y PAGO DE FACTURAS Y CERTIFICADOS.
1. Al final de cada mes calendario se realizará la medición de los trabajos realizados labrándose el
acta correspondiente conformada por el CONTRATISTA y la Inspección de Obra. Durante la medición de
las tareas, la Inspección de Obra y el Representante Técnico del CONTRATISTA evaluarán las tareas
descriptas en la división por ítems y consignarán el avance físico correspondiente al período medido.
2. El Certificado Mensual de Avance de Obra deberá ser acumulativo, es decir, comprenderá la
totalidad de los trabajos ejecutados desde el comienzo de la obra hasta la fecha de la última medición y su
valor parcial estará dado por su excedente sobre el total del certificado anterior.
3. Aún en caso de disconformidad del CONTRATISTA con el resultado de las mediciones, el
certificado se deberá confeccionar con el criterio sustentado por la Inspección de Obra, haciéndose
posteriormente, si correspondiera, la rectificación pertinente o difiriendo para la liquidación final el ajuste de
las diferencias sobre las que no hubiera acuerdo.
4. Los certificados constituirán en todos los casos, documentos provisionales para el pago a cuenta,
sujetos a posteriores rectificaciones, hasta tanto se produzca la medición y la liquidación final, y ésta sea
aprobada por el Comitente al momento de la Recepción Definitiva.
5. Sobre la base de la medición realizada, el CONTRATISTA elaborará y remitirá al Comitente el
Certificado del Mes –con la información indicada en el punto 6 del presente artículo, quien deberá
conformarlo o rechazarlo.
6. El CONTRATISTA deberá presentar para su aprobación el Certificado y acta de medición
conformados por el Inspector de Obra por ante la Mesa de Entrada del Comitente en el horario de lunes a
viernes de 08 a 12 horas, en original y tres (3) copias. Sin perjuicio de la información complementaria que
se le indique con la debida antelación, la documentación mínima que deberá presentarse en esta
instancia, constará de:
a) Nota de Elevación.
b) Memoria descriptiva de los trabajos realizados y detalle de las novedades del mes con
eventual incidencia en el costo, plazo y calidad de las obras.
c) Detalle del avance físico de las obras, discriminado por ítem, en cantidades y porcentajes.
Acta de Medición conformada por la Inspección de Obra.
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d) Detalle del avance financiero de las obras, discriminado por ítem, en pesos. Certificado
básico conformado por la Inspección de Obra.
e) Detalle de multas y penalidades aplicadas y pendientes de aplicar con indicación de los
montos correspondientes.
f) Documentación fotográfica de 12x15 cm, con formato JPG o RAW, que ilustre los aspectos
salientes de los trabajos ejecutados.
g) Avance del Plan de Gestión Ambiental y Social para la etapa constructiva (PGAySc), con su
correspondiente Informe Ambiental.
h) Aprobación de la Inspección de Obra de la Documentación presentada hasta aquí detallada,
con indicación del monto certificado.
i) Certificado de ART vigente.
j) Formulario AFIP 931.
k) Certificado del pago de jornales emitido por la Agencia Territorial del Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social de la Nación y copia del Acuse de Recibo de las declaraciones juradas de
contribuciones y aportes, emitido por la Administración Federal de Ingresos Públicos. Ambos
documentos corresponderán al mes inmediato anterior a los trabajos ejecutados cuyo pago se
tramita.-
l) Toda la demás documentación que la Inspección de Obra y/o Comitente le requiera con la
debida antelación.
m) Toda la documentación mencionada, deberá estar conformada por el representante Técnico
del CONTRATISTA y el Inspector en Obra. Se deberá presentar un original conformado de acuerdo
a lo indicado y 3 copias del mismo.
7. Luego de aprobado el Certificado de Obra por parte del Comitente, el CONTRATISTA presentará
conjuntamente con el Certificado aprobado la Factura por el monto a abonar (original, copia y fotocopias
necesarias) y deberá acompañar a los efectos del pago Constancia de Regularización y/o Certificación de
Deuda, según corresponda, expedida por la Dirección Provincial de Rentas.
8. El pago del Certificado se efectuará dentro de los SESENTA (60) días corridos de la fecha de
presentación de la Factura de acuerdo al punto 7 precedente por ante la Mesa de Entrada del Comitente
en el horario de 08 a 12horas, con la documentación pertinente en forma completa.
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RECEPCION DE OBRA
ARTÍCULO 83º RECEPCIÓN PROVISORIA.
La Obra será recibida provisionalmente por la Inspección, cuando se encuentre terminada de acuerdo con
el Contrato y se hayan cumplido satisfactoriamente las pruebas y procedimientos conforme la normativa
ferroviaria y otras normativas estructurales vigente.
Se labrará un acta en presencia del Contratista o de su representante debidamente autorizado, prestando
conformidad con el resultado de la obra. En dicha acta se consignará la fecha de la efectiva terminación
de los trabajos, a partir de la cual correrá el plazo de garantía.
En caso de que el Contratista se negara a presenciar el acto o no contestara la invitación, la que deberá
notificarse, la autoridad competente efectuará por sí y ante la presencia de testigos, esa diligencia,
dejando constancia de la citación y de la ausencia del Contratista.
En el acta se consignarán, además, las observaciones que merezcan los trabajos ejecutados por el
Contratista, estableciéndose el plazo que se otorgue para la corrección de los mismos. En caso de
incumplimiento por parte del Contratista, se podrá decidir la rescisión del Contrato y la ejecución de los
trabajos necesarios para corregir las observaciones formuladas, con cargo al Contratista.
ARTÍCULO 84º PLAZO DE GARANTÍA.
El plazo de garantía será de VEINTICUATRO (24) meses. Durante ese plazo el Contratista es
responsable de las reparaciones requeridas por los defectos o desperfectos provenientes de la mala
calidad o ejecución deficiente de los trabajos, o vicios ocultos, siempre que ellos no sean consecuencia
del uso indebido de las Obras.
ARTÍCULO 85º RECEPCIÓN DEFINITIVA.
Transcurrido el plazo de garantía, se efectuará una inspección para realizar la Recepción
Definitiva, que se hará con las mismas formalidades que la Recepción Provisoria. Si se comprobare el
buen estado de la Obra y el correcto funcionamiento de las instalaciones, la Obra quedará recibida
definitivamente, dejándose constancia en acta.
En caso de observarse defectos, se acordará un plazo para su corrección, a cuya expiración se efectuará
una nueva verificación del estado de las Obras y, si en esta oportunidad el Comitente resolviera aceptar
los trabajos, quedará efectuada la Recepción Definitiva.
Si el Contratista no hubiese subsanado las observaciones en el plazo acordado, el Comitente podrá
corregirlos con su propio personal o el de terceros, tomando las sumas necesarias del fondo de reparos.
ARTÍCULO 86º DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS Y FONDO DE REPAROS.
La garantía de cumplimiento de Contrato y los importes retenidos en concepto de fondo de reparo o los
saldos que hubiere de estos importes le serán devueltos al Contratista después de aprobada la Recepción
Definitiva de la Obra y una vez satisfechas las indemnizaciones de daños y perjuicios o cualquier otra
deuda que corra por su cuenta.
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RESCISION DEL CONTRATO
ARTÍCULO 87º CAUSAS DE RESCISIÓN.
1. Rescisión del Contrato.
El Comitente queda facultado a rescindir el Contrato con antelación a su vencimiento, en forma inmediata
y sin que el Contratista tenga derecho a indemnización alguna, en los siguientes casos:
a) Incumplimiento grave y reiterado de cualquiera de las obligaciones emergentes del Contrato y los
documentos que lo integran.
b) Abandono de la Obra o cesación de los trabajos en la misma por un plazo mayor de DIEZ (10) días
continuos o VEINTE (20) días discontinuos, siempre que no mediare causas de fuerza mayor
aceptadas por el Comitente;
c) Cuando en la Oferta se hubiera incurrido en inexactitudes que determinaron la adjudicación.
d) Cuando el Contratista sea culpable de fraude o negligencia o incumpla las obligaciones y condiciones
estipuladas en el Contrato.
e) Vencido el plazo de cumplimiento de Contrato, de su prórroga o en su caso, del Contrato rehabilitado,
sin que se hubiesen ejecutado la totalidad de las obras objetos del presente llamado, el Comitente
podrá considerarla causal de rescisión del Contrato sin necesidad de interpelación judicial o
extrajudicial, con pérdida de la garantía de cumplimiento del Contrato.
f) Cuando exista cesión de todo o parte del Contrato, sin que la misma haya sido autorizada previamente
por el Comitente
g) Quiebra o concurso preventivo del Contratista, mientras no obtengan su rehabilitación
h) Asimismo, en los casos previstos en el art. 48 del presente pliego
En todos los casos enunciados, la rescisión operada acarreará la pérdida de la garantía del cumplimiento
del Contrato por la parte no cumplida hasta ese momento.
Asimismo, el Comitente podrá, previo informe fehaciente establecer las sumas líquidas exigibles,
reteniendo los importes que deba al Contratista, las multas, daños y perjuicios estimados, correcciones
por deficiencias, etc., originados en tal rescisión o emergentes del desenvolvimiento del Contrato, sin
necesidad de consentimiento de los saldos por parte del Contratista, quien podrá oportunamente realizar
las acciones que estime pertinente.
El Comitente, en caso de rescisión se reserva el derecho de continuar en forma inmediata los trabajos
faltantes por sí o contratando a un tercero con cargo al Contratista incumplidor, sin perjuicio de las demás
sumas que le corresponda reclamar de acuerdo a lo previsto en el Contrato.
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ARTÍCULO 88º TOMA DE POSESIÓN DE LA OBRA.
Producida la rescisión, el Comitente tomará posesión inmediata de la Obra en el estado en que se
encuentre, a cuyo efecto se hará inventario y avalúo de los trabajos, materiales y equipos, labrándose las
actas correspondientes.
El Comitente tomará, si lo creyera conveniente y previa valuación convencional, sin aumento de ninguna
especie, los equipos y materiales necesarios para la continuación de la Obra.
Podrá también ordenar la prosecución de la Obra en las condiciones que estime más convenientes,
respondiendo el Contratista por los perjuicios que sufra el Comitente cuando la rescisión haya sido
declarada por culpa de aquel.
ARTÍCULO 89º INVENTARIO.
El inventario se realizará con un representante de cada parte. Si el Contratista, previamente citado al
efecto, no concurriese o no estuviera representado en el acto del inventario, el Comitente estará habilitado
para realizarlo, en cuyo caso enviará al Contratista, bajo constancia, una copia de aquél.
ARTÍCULO 90º AVALÚO.
El avalúo se realizará de mutuo acuerdo o por medio de peritos, nombrados uno por cada parte. En caso
de disconformidad entre ellos, el Comitente dispondrá que el diferendo se resuelva por la vía judicial. Si
dentro del plazo de TRES (3) días hábiles de notificado el Contratista no nombrare a su perito, se
entenderá que renuncia a ese derecho y se somete al resultado del avalúo que practique el perito
nombrado por el Comitente.
ARTÍCULO 91º LIQUIDACIÓN DE LOS TRABAJOS Y MATERIALES.
El Comitente practicará la liquidación de todos los trabajos ejecutados por el Contratista y terminados con
arreglo al Contrato y determinará las cantidades y clases de trabajos inconclusos, que sean de recibo.
Asimismo, procederá a la liquidación de los importes de los materiales y equipos inventariados que sean
indispensables para la continuación de la Obra que hayan sido incautados.
Los materiales y equipos no aceptados por el Comitente serán retirados de la Obra por el Contratista a su
costa, dentro del término que aquél le señale, el que no será menor de QUINCE (15) días siguientes a la
notificación. Si el Contratista no diera cumplimiento en el plazo señalado, el Comitente podrá hacer retirar
y depositar fuera de la Obra esos materiales y equipos, corriendo todos los gastos a cargo de aquél.
Los trabajos que no fueran de recibo serán demolidos por el Contratista en el plazo que señale el
Comitente; si no lo hiciera, éste los demolerá a cuenta del Contratista.
El importe de la liquidación de los trabajos ejecutados que fueran de recibo, tanto los terminados como los
inconclusos y los materiales y equipos incautados a precio de avalúo, constituirá un crédito a favor del
Contratista, previa deducción de los gastos efectuados a cuenta. Este crédito, cuando la rescisión hubiere
sido causada por el Contratista, quedará pendiente de pago hasta la terminación y liquidación final de los
trabajos, para responder por el excedente de costos de éstos, y de los perjuicios que se originen por la
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rescisión del Contrato, o la mala ejecución de los trabajos hechos por el Contratista. Si en el caso anterior
las sumas retenidas no bastaren para cubrir los mayores desembolsos y perjuicios que la rescisión irrogue
al Comitente, el Contratista deberá abonar el saldo que por ese concepto resulte.
DISPOSICIONES VARIAS
ARTÍCULO 92º SEGUROS.
El Contratista deberá por su cuenta y cargo contratar y mantener en vigencia los seguros que se
establecen en el presente Artículo. Dichos seguros podrán ser contratados en pólizas por separado o
integrando un solo contrato de seguro.
Todos los seguros deberán ser contratados con una aseguradora autorizada y aceptada por el
Comitente, como mínimo por el término del plazo del Contrato, sus prórrogas, el plazo de garantía y el
plazo de mantenimiento, e incluirán al Comitente como coasegurado o beneficiario, según
corresponda.
El Contratista entregará al Comitente los originales de las pólizas y sus comprobantes de pago. Las
pólizas no deberán tener cláusulas restrictivas que limiten la continuidad de su vigencia en caso de
incumplimiento del pago de cuotas, si la prima de seguro tuviere esa forma de pago.
En caso que el monto de los seguros contratados no alcanzare a cubrir los daños provocados, las
diferencias resultantes deberán ser cubiertas exclusivamente por el Contratista. De igual manera en caso
de insolvencia o quiebra de la aseguradora, el Contratista deberá afrontar por su exclusiva cuenta y cargo
todos los daños en cuestión, debiendo dejar liberado al Comitente de cualquier responsabilidad al
respecto.
Si el Contratista dejase de contratar y mantener en vigor los seguros especificados en la documentación
contractual, el Comitente podrá en tales casos- al margen de cualquier otro derecho o recurso que pudiera
ejercer- contratar y mantener en vigor dichos seguros y pagar las primas necesarias que fueran
adeudadas por el Contratista. El Comitente deducirá las primas así desembolsadas del primer certificado
que a continuación de este hecho presente el Contratista.
Dado que estos seguros cubren riesgos o responsabilidades respecto a los cuales el Contratista
es responsable de acuerdo con estos Documentos Contractuales, será obligación del Contratista notificar
a los aseguradores sobre cualquier cuestión o evento que requiera dicha notificación de acuerdo con las
cláusulas aplicables de las pólizas correspondientes. El Contratista será responsable por todas las
pérdidas, reclamaciones, demandas, acciones judiciales, costas, costos y gastos de cualquier índole
originados o resultantes de cualquier incumplimiento de dichos requerimientos.
En caso de no contarse con un ítem expreso en la planilla de cotización, se entenderá que el precio de los
seguros se encuentra prorrateados en los gastos generales del Contratista.
Correrán por cuenta del Contratista los intereses y costos por pago fuera de término y las consecuencias
económicas y contractuales por la no vigencia del Seguro.
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El Comitente podrá suspender los trabajos por falta de cobertura, no siendo ello causa de prórroga del
programa de trabajo.
En caso que el plazo real de ejecución del Contrato supere el plazo contractual original más las
eventuales ampliaciones de plazo concedidas por el Comitente, los costos de los seguros por todo dicho
tiempo excedente serán de exclusiva cuenta y cargo del Contratista.
La falta de contratación de Seguros o su extinción por falta de pago, o cualquier otra causal que impidiera
su ejecución, no eximirá al Contratista de la totalidad de las responsabilidades pecuniarias, civiles y
penales que surjan explícita o implícitamente del presente, sin que la eventual falta de intimación previa o
requerimiento de incumplimiento por el Comitente sirva como causal de excepción.
El Contratista deberá contratar los seguros que se indican a continuación y cualquier otro que se solicite
en la celebración del Contrato:
1. Seguro de accidentes y/o lesiones al personal
Antes de iniciar la ejecución del Contrato, el Contratista deberá tomar un seguro que cubra los riesgos de
trabajo, a nombre conjunto del Comitente, de la Inspección de Obra y del Contratista, cubriendo las
responsabilidades emergentes de daños o pagaderas por compensaciones con motivo o como
consecuencia de cualquier accidente o lesión a cualquier empleado del Contratista y de cualquier
Subcontratista, del Comitente y de la Inspección de Obra.
El seguro que se contrate podrá además proveer indemnización por cualquier reclamo, juicio, costos y
costas o cualquier otro gasto emergente o relacionado con cualquier otro accidente o lesión.
El contratista deberá presentar el Contrato de afiliación a una Aseguradora de Riesgos de Trabajo
conforme a lo establecido por las Normas vigentes en materia de Higiene y Seguridad en la construcción,
como así también toda otra Norma legal que resulte vigente durante el desarrollo de la Obra.
Esta póliza debe establecer específicamente que será mantenida vigente durante todo el período de la
construcción de la OBRA y durante el Período de Garantía, establecidos en la póliza o subsecuentemente
endosados a la misma, dando la cobertura requerida al personal asignado en cada período y los
aseguradores deberán hacer renuncia específica a su derecho de cancelación.
2. Seguro Colectivo de Vida Obligatorio que cubra a todo el personal afectado a la Obra, de acuerdo
a la legislación vigente.
3. Seguro de accidentes que cubra al personal del Comitente afectado a la Obra.
4. Seguro contra Terceros y Responsabilidad Civil Extracontractual, a su nombre y del Comitente -
Ente Autárquico Regulador de Planificación Urbana-, manteniendo a ésta cubierto por toda pérdida y/o
reclamo por lesiones, daños y perjuicios causados a cualquier persona y/o bienes de cualquier clase,
que puedan producirse como consecuencia de la ejecución y mantenimiento de las Obras; y por todo
reclamo judicial y gastos de cualquier naturaleza, en relación con ello.
- Los costos legales recuperables del asegurado, por cualquier reclamante.
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- Los costos y gastos en los que haya incurrido el asegurado con el consentimiento escrito del asegurador.
5. Seguro para todo riesgo de Obra (seguro de Obra)
Antes de iniciar la ejecución del Contrato, el Contratista deberá asegurar la Obra y todos los trabajos
temporarios, materiales y equipos destinados a ser incorporados a la misma con motivo de la ejecución
del Contrato, con una póliza denominada "todo riesgo de obra".
Estos seguros deberán ser contratados a nombre conjunto del Comitente y del Contratista y/o de todos los
subcontratistas o proveedores que participen de la construcción de la Obra, por sus respectivos derechos
o intereses, y deberán cubrirlos contra toda pérdida o daño total o parcial de edificios, instalaciones,
equipamientos y elementos afectados al servicio, etc., originados en cualquier causa excepto las
especificadas como exclusiones aceptables, y en forma tal que el Comitente y el Contratista y/o cualquier
otro mencionado como asegurado queden cubiertos durante el período de construcción de la Obra y
durante el Período de Garantía hasta la Recepción Definitiva de la Obra.
Cualesquiera sean las exclusiones contenidas en la póliza, el Comitente sólo liberará de responsabilidad
al Contratista por las pérdidas o daños que ocurran a consecuencia de las siguientes exclusiones
aceptables:
I) Actividades u operaciones de guerra declarada o no, hostilidades, invasión o cualquier acto
enemigo extranjero, guerra civil, revolución, rebelión, insurrección, asonada, ley marcial, conmoción civil,
sublevación, requisición de hecho o de destrucción de bienes por orden de cualquier autoridad nacional,
provincial o municipal de hecho o de derecho.
II) Pérdida o daños como consecuencia de reacción nuclear, radiación nuclear o
contaminación radiactiva en cuanto no se hallen aseguradas.
El Seguro de Obra deberá ser contratado por el CONTRATISTA en forma tal que permita ampliaciones a
partir del momento en que el COMITENTE lo disponga.
El Seguro de Obra establecerá específicamente que la cobertura otorgada permanecerá vigente durante
todo el período de construcción y también durante el Período de Garantía, establecidos en la póliza o
subsecuentemente endosados a la misma, con respecto a cualquiera de los riesgos por ella cubiertos.
En lo que se refiere a los bienes asegurados por dichos seguros, la cobertura debe comenzar en el
momento de la llegada de dichos bienes al área de la OBRA o al comenzar cualquier trabajo relacionado
con la misma, excluyendo pérdidas o daños que ocurran con anterioridad a
la fecha de comienzo de la vigencia del seguro o de la ampliación pactada para cubrir determinados
bienes.
Asimismo, el Contratista deberá asegurar la Obra contra incendio y otros riesgos, debiendo tener la póliza
valor progresivo que, en todo momento, cubra el total certificado, y con vigencia hasta la Recepción
Definitiva.
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Todos los seguros serán contratados en compañías de primera línea y a entera satisfacción del
Comitente.
En caso de verificarse el incumplimiento de alguno de los requisitos precedentemente descriptos, no
podrá el Contratista dar inicio a las tareas, siendo de su exclusiva responsabilidad las
consecuencias que esta situación genere. En caso de que tal circunstancia se configure con
posterioridad al inicio de la Obra, se procederá a la suspensión de ésta, con cargo al Contratista, no
abonándose ningún importe en concepto de certificados; pudiéndose inclusive llegar a la rescisión del
Contrato.
El Contratista deberá acompañar al expediente informes semestrales de la Superintendencia de Seguros
de la Nación, donde se determine el estado patrimonial y de solvencia de la compañía con la que haya
contratado el seguro.
El Comitente, luego de la evaluación de dichos informes, podrá requerir el cambio de aseguradora, que
deberá efectuarse en el plazo de setenta y dos (72) horas de notificada esa decisión.
ARTÍCULO 93º REDETERMINACIÓN DE PRECIOS.
El presupuesto oficial se encuentra elaborado al mes de Julio del año 2021.-
Los oferentes deberán confeccionar sus ofertas coincidentes con la misma base que el Presupuesto
Oficial.
Las re-determinaciones de precios que se verifiquen durante la ejecución de la obra, serán reconocidas de
acuerdo a lo normado por el Decreto Nacional N° 691/2016, al que se adhirió el Gobierno de la Provincia
de Jujuy a través del Decreto Acuerdo Nº 1687-ISPTyV/2016.
ARTÍCULO 94º BONIFICACIONES.
El Comitente no abonará bonificación alguna al Contratista por la terminación anticipada de las Obras o de
parte de ellas.
SANCIONES
ARTÍCULO 95º HECHOS QUE PUEDEN ORIGINAR SANCIONES.
Todo incumplimiento de las condiciones previstas en la documentación contractual o de órdenes de
servicio dará lugar a la aplicación de sanciones, debiéndose tener en cuenta que las multas deberán ser
progresivas y acumulativas en proporción a los incumplimientos producidos y al monto del Contrato.
A tal efecto, podrá habilitarse una cuenta de deméritos en la que se asentará el puntaje que reflejará las
faltas cometidas por el Contratista, a partir del cual se medirá el grado de incumplimiento registrado por
éste.
A los efectos del cálculo de las multas, se entenderá por monto del Contrato al monto original del mismo
más los importes de las modificaciones y Redeterminaciones aprobadas.
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ARTÍCULO 96º MULTAS
96.1 Multas
Se impondrán multas por las causas especificadas en los artículos siguientes.
La imposición de las penalidades establecidas en este Artículo, no impide la aplicación de otras que
estuvieran en el presente.
96.1.1 Multas por Mora en la entrega del Proyecto Ejecutivo
Si el Contratista no presentare el Proyecto Ejecutivo en el plazo previsto en el art. 10 del presente pliego,
se le aplicará una multa de cinco décimos por mil (0,5/00) del monto total del contrato por cada día de
demora en dicha entrega.
La multa que se aplique por demora en la entrega del Proyecto Ejecutivo, no autoriza al Contratista a
tener por prorrogado el plazo de la obra por el número de días correspondientes a aquella. Solo se
incluirán en el cómputo del plazo del contrato, las prórrogas y ampliaciones aprobadas expresamente por
el Comitente.
96.1.2 Multas por Mora en la Iniciación de los Trabajos
Si el Contratista no iniciare los trabajos dentro del plazo establecido, se le aplicará una multa de cinco
décimos por mil (0,5/1000) del monto total del contrato por cada día de demora en iniciar las obras.
La multa que se aplique por demora en la iniciación de los trabajos, no autoriza al Contratista a tener por
prorrogado el plazo de la obra por el número de días correspondientes a aquella. Solo se incluirán en el
cómputo del plazo del contrato, las prórrogas y ampliaciones aprobadas expresamente por el Comitente.
96.1.3 Multas por Mora en Finalización de los Trabajos
Si el Contratista no diera total y correcta terminación a los trabajos dentro del plazo contractual se le
aplicará una multa equivalente a cinco décimos por mil (0,5/1000) del monto total del contrato por cada
día de atraso en la terminación de la obra.
La multa que se aplique por demora en la finalización de los trabajos, no autoriza al Contratista a tener por
prorrogado el plazo de la obra por el número de días correspondientes a aquella.
Solo se incluirán en el cómputo del plazo del contrato, las prórrogas y ampliaciones aprobadas
expresamente por el Comitente.
96.1.4 Multas por Paralización de los Trabajos sin causa justificada
Si el Contratista paralizara los trabajos sin causa justificada, se le aplicará una multa equivalente a UN
DECIMO POR MIL (0,10/1000) del monto total del contrato por cada día de paralización
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96.1.5 Multas por faltas o incumplimiento de Órdenes de Servicio
Si el Contratista cometiera faltas o infracciones a lo dispuesto contractualmente, o incumpliera las
Ordenes de Servicio emanadas de la Inspección de Obra, se hará pasible de la aplicación de multas que
podrán variar del 0,5 al 10 por mil del monto del contrato de obra, según la importancia de la infracción o
incumplimiento. Estas multas podrán ser reiteradas diariamente hasta el cese de la infracción o
incumplimiento.
Las infracciones y la cuantificación de su sanción son las siguientes:
a. Ausencia injustificada del Jefe de Obra: 0,10 por mil del monto contractual por cada día de ausencia
injustificada.
b. Negativa a notificarse de una Orden de Servicio: 0,25 por mil del monto contractual.
c. Atraso en la entrega de las pólizas de los seguros obligatorios: 0,10 por mil del monto contractual.
d. Incumplimiento de disposiciones locales vigentes para el cierre de obras y seguridad en la vía pública:
0,10 por mil del monto contractual.
e. Incumplimiento de una Orden de Servicio: 0,5 por mil del monto contractual por cada día de
incumplimiento contado a partir de su notificación.
f. Paralización de trabajos (total o parcial) por divergencias no resueltas: 0,5 por mil del monto contractual
por cada día de paralización.
ARTÍCULO 97º PERCEPCIÓN DE MULTAS.
El importe de las multas será descontado del primer certificado que se extienda después de aplicada la
sanción, y si el monto del certificado no fuera suficiente, de cualquier otro crédito que por cualquier
concepto tuviera el Contratista ante el Comitente.
Si los créditos precedentemente enunciados tampoco fueren suficientes, los importes correspondientes
podrán ser deducidos de la garantía de cumplimiento del Contrato, en cuyo caso ésta deberá ser repuesta
dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas siguientes, con apercibimiento, en caso contrario, de
rescisión del Contrato y la pérdida del saldo de dicha garantía. La percepción de las multas se hará
efectiva aun cuando la resolución que impuso la sanción hubiese sido recurrida. Si con posterioridad se
dejara sin efecto la sanción, se devolverán los importes retenidos con más un interés compensatorio de
acuerdo a la tasa fijada por el Banco de la Nación Argentina para los descuentos sobre certificados de
Obra.
ARTÍCULO 98º. RÉGIMEN Y PROCEDIMIENTO DE PENALIZACIÓN.
La aplicación de penalidades será independiente de la obligación del Contratista de indemnizar los
perjuicios ocasionados al Comitente o a terceros por la infracción penalizada por el mismo Comitente.
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Las infracciones tendrán carácter objetivo y se configurarán con prescindencia del dolo o culpa del
Contratista y de las personas por quienes aquél debe responder, salvo disposición expresa en contrario.
La aplicación de la penalidad no eximirá al Contratista de sus obligaciones. A tales efectos, al notificar la
penalidad se intimará al cumplimiento de la obligación, en el plazo razonable que se le fije y bajo
apercibimiento de nuevas penalidades.
La aplicación de penalidades deberá ajustarse al siguiente procedimiento:
a) Detección por el Comitente del presunto incumplimiento de oficio o a causa de una presentación.
b) Determinación del incumplimiento del Contratista por parte del Comitente.
c) Notificación del acto de incumplimiento e intimación al Contratista al cese del mismo para la
presentación de su descargo en un plazo no mayor a DIEZ (10) días
d) Producido el descargo o vencido el plazo para ello, el Comitente resolverá sin otra sustanciación y
notificará fehacientemente la penalidad aplicada.
ARTÍCULO 99º PAUTAS INTERPRETATIVAS.
Las penalidades se graduarán en atención a:
a) El grado de afectación al interés público y al objeto del presente pliego.
b) La gravedad y la reiteración de la infracción.
c) Las dificultades o perjuicios que la infracción ocasionare al correcto y normal funcionamiento del objeto
del presente pliego. Sin perjuicio de la multa, si la demora en la entrega de la totalidad de las tareas
supera la cantidad de días determinados en los pliegos o su importe alcanzare al QUINCE POR
CIENTO (15 %) del Contrato, lo que ocurra primero, el Contrato se considerará rescindido
automáticamente y sujeto a las reclamaciones de daños y perjuicios que correspondan.
d) El grado de negligencia, culpa y/o dolo incurrido.
e) La diligencia puesta de manifiesto en subsanar los efectos del acto o la omisión imputados.
CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN
ARTÍCULO 100º CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN.
Será causal determinante del rechazo sin más trámite de la propuesta u oferta en cualquier estado de la
licitación, o de la rescisión de pleno derecho del contrato, dar u ofrecer dinero o cualquier dádiva a fin de
que:
a) Funcionarios o empleados con competencia referida a una licitación o contrato, hagan o dejen de hacer
algo relativo a sus funciones.
b) O para que hagan valer la influencia de su cargo ante otro empleado con la competencia descripta, a
fin de que esos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.
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50
c) Cualquier persona haga valer su relación o influencia sobre un funcionario o empleado con la
competencia descripta, a fin de que éstos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones. Serán
considerados sujetos activos de esta conducta quienes hayan cometido tales actos en interés del
contratista directa o indirectamente, ya sea como representantes, administradores, socios, mandatarios,
gerentes, factores, empleados, contratados, gestores de negocios, síndicos, o cualquier otra persona
física o jurídica.
Las consecuencias de estas conductas ilícitas se producirán aun cuando se hubiesen consumado en
grado de tentativa.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA
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51
ANEXOS
Anexo I:
FORMULARIO DE OFERTA
El que suscribe, ………………………………………………………. en nombre y representación de
……………………………….………………………………….., con domicilio legal en
……………………………………………………………………………., compenetrado de toda documentación
del Pliego de Bases y Condiciones para la Obra: ………………………………………………………….. ofrece
ejecutar todos los trabajos correspondientes de la misma en un todo de acuerdo con los Pliegos de Bases
y Condiciones, Clausulas Complementarias, Especificaciones Técnicas correspondientes, por la suma
única e invariable de PESOS…………..……………………………………………..…… ($
……………………….), en el plazo de …………. meses corridos, a partir de la fecha de suscripción del Acta
de Inicio de obra.
Nuestra Oferta será válida por un período de ………… días a partir de la fecha límite de presentación de
las Ofertas estipulada en el Documento de Licitación; la Oferta será de carácter vinculante para nosotros y
podrá ser aceptada por ustedes en cualquier momento antes de que venza dicho plazo
Nos comprometemos que dentro del proceso de selección (y en caso de resultar adjudicatarios, en la
ejecución) del contrato, a observar las leyes sobre fraude y corrupción, incluyendo soborno, aplicables en
el país del cliente.
San Salvador de Jujuy, ….. de …………………. de 2021
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA
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PLANILLA DE ANALISIS DE PRECIOS
Obra: REHABILITACIÓN LINEA "C" DEL FERROCARRIL BELGRANO EN LA PROVINCIA DE JUJUY
TRAMO: VOLCÁN - TILCARA
RUBRO: UNIDAD DE MEDIDA (UdM)
ITEM Nº : RENDIMIENTO (UdM/D)
SUB ITEM Nº : RENDIMIENTO (UdM/H)
CODIGO INSUMO U. CANTIDADCOSTO
UNITARIO
COSTO
PARCIALCOSTO TOTAL
A MATERIALES Cantidad $/U Sub Total
B MANO DE OBRA Cantidad $/Hora Sub Total
C EQUIPOS: Amortiz., Respuestos, Combustibles Cantidad $/Hora Sub Total
COSTO DIRECTO
GASTOS GENERALES %
SUB-TOTAL 1
BENEFICIO %
SUB-TOTAL 2
BASE IMPONIBLE para IVA e II BB
I.V.A. 21%
II BB %
PRECIO TOTAL CON IVA
MONEDA
ANEXO II:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
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53
ANEXO III:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA
“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
ITE
M
SU
BIT
EM
DESCRIPCION CANTIDAD PRECIO UNITARIO PRECIO TOTAL $ INCIDENCIA % VERIFICACIÓN
A INGENIERIA BASICA Y OBRAS PRELIMINARES $ 27,679,418.62
1 MOVILIZACION E INSTALACION DEL OBRADOR
1.1 Segun P.E.T. (Pliego de Especificaciones Técnicas Particlulares) 1.00 $ 12,706,667.08 $ 12,706,667.08 1.17% 100% 33% $ 4,235,132.14 33% $ 4,235,132.14 33% $ 4,235,132.14
2 PROYECTO EJECUTIVO
2.1 Segun P.E.T. 1.00 $ 11,409,879.78 $ 11,409,879.78 1.05% 100% 33% $ 3,802,912.93 33% $ 3,802,912.93 33% $ 3,802,912.93
3 TAREAS PRELIMINARES
3.1LIBERACION DE TRAZA POR ALUVIONES, OBRAS DE DEFENSA Y
TERRAPLENES AJENOS AL FERROCARRIL6,000.00 $ 593.81 $ 3,562,871.76 0.33% 100.00% 50% $ 1,781,435.88 50% $ 1,781,435.88
B VIA FERREA 1,054,875,748.31$
B1 INFRAESTRUCTURA DE VIA 418,825,895.74$
4 REPLANTEO TOPOGRAFICO
4.1 MEDICIÓN TOPOGRÁFICA 44,844.00 $ 22.29 $ 999,792.08 0.09% 100% 33% $ 333,230.70 33% $ 333,230.70 33% $ 333,230.70
5 MOVIMIENTO DE SUELOS
5.1 DESBOSQUE, DESTRONQUE Y LIMPIEZA DEL TERRENO 418,128.00 $ 33.15 $ 13,862,743.66 1.28% 100% 33% $ 4,620,452.46 33% $ 4,620,452.46 33% $ 4,620,452.46
5.2 EXCAVACION NO CLASIFICADA 44,844.00 $ 78.05 $ 3,500,253.34 0.32% 100% 33% $ 1,166,634.44 33% $ 1,166,634.44 33% $ 1,166,634.44
5.3 TERRAPLENES 52,266.00 $ 732.98 $ 38,309,676.39 3.52% 100% 20% $ 7,661,935.28 20% $ 7,661,935.28 20% $ 7,661,935.28 20% $ 7,661,935.28 20% $ 7,661,935.28
5.4 CUÑA DE APROXIMACION 4,085.00 $ 588.70 $ 2,404,831.84 0.22% 100% 50% $ 1,202,415.92 50% $ 1,202,415.92
6 OBRAS DE ARTE MAYORES Y MENORES
6.1 PUENTES NUEVOS A CONSTRUIR
6.1.1 PUENTE A CONSTRUIR SOBRE A° DE LOS FILTROS (PROG. 1191+532) 1.00 $ 25,194,377.81 $ 25,194,377.81 2.32% 0.00% 20% $ 5,038,875.56 20% $ 5,038,875.56 20% $ 5,038,875.56 20% $ 5,038,875.56 20% $ 5,038,875.56
6.1.2 PUENTE A CONSTRUIR EN A° COIRURO (PROG. 1193+034) 1.00 $ 17,168,076.67 $ 17,168,076.67 1.58% 0.00% 20% $ 3,433,615.33 20% $ 3,433,615.33 20% $ 3,433,615.33 20% $ 3,433,615.33 20% $ 3,433,615.33
6.1.3 PUENTE A CONSTRUIR EN A° TUMBAYA GRANDE (PROG. 1201+473) 1.00 $ 25,194,377.81 $ 25,194,377.81 2.32% 0.00% 20% $ 5,038,875.56 20% $ 5,038,875.56 20% $ 5,038,875.56 20% $ 5,038,875.56 20% $ 5,038,875.56
6.1.4 PUENTE A CONSTRUIR EN A° PURMAMARCA (PROG. 1211+393) 1.00 $ 25,194,377.81 $ 25,194,377.81 2.32% 0.00% 20% $ 5,038,875.56 20% $ 5,038,875.56 20% $ 5,038,875.56 20% $ 5,038,875.56 20% $ 5,038,875.56
6.1.5 PUENTE NUEVO A CONSTRUIR EN A° QUEBRADA COLORADA (PROG. 1214+868) 1.00 $ 25,194,377.81 $ 25,194,377.81 2.32% 0.00% 20% $ 5,038,875.56 20% $ 5,038,875.56 20% $ 5,038,875.56 20% $ 5,038,875.56 20% $ 5,038,875.56
6.1.6 PUENTE NUEVO A CONSTRUIR EN A° INCAHUASI (PROG. 1216+682) 1.00 $ 17,137,446.97 $ 17,137,446.97 1.58% 0.00% 20% $ 3,427,489.39 20% $ 3,427,489.39 20% $ 3,427,489.39 20% $ 3,427,489.39 20% $ 3,427,489.39
6.1.7 PUENTE A CONSTRUIR EN A° LAS PERAS (PROG. 1224+285) 1.00 $ 9,080,789.58 $ 9,080,789.58 0.84% 0.00% 20% $ 1,816,157.92 20% $ 1,816,157.92 20% $ 1,816,157.92 20% $ 1,816,157.92 20% $ 1,816,157.92
6.1.8 PUENTE NUEVO A CONSTRUIR A° HUICHAIRA (PROG. 1230+611) 1.00 $ 25,194,377.81 $ 25,194,377.81 2.32% 0.00% 20% $ 5,038,875.56 20% $ 5,038,875.56 20% $ 5,038,875.56 20% $ 5,038,875.56 20% $ 5,038,875.56
6.1.9 PUENTE A CONSTRUIR EN A° QUEBRADA DE LA CRUZ (PROG. 1231+647) 1.00 $ 17,137,446.97 $ 17,137,446.97 1.58% 0.00% 20% $ 3,427,489.39 20% $ 3,427,489.39 20% $ 3,427,489.39 20% $ 3,427,489.39 20% $ 3,427,489.39
6.2 OBRAS DE ARTE MENORES A CONSTRUIR
6.2.1 TAREAS PRELIMINARES 51.00 $ 109,012.55 $ 5,559,640.05 0.51% 0.00% 50% $ 2,779,820.03 50% $ 2,779,820.03
6.2.2 OBRAS DE ARTE MENORES A CONSTRUIR EN EL TRAMO VOLCÁN-TILCARA 51.00 $ 1,853,371.89 $ 94,521,966.39 8.70% 0.00% 20% $ 18,904,393.28 20% $ 18,904,393.28 20% $ 18,904,393.28 20% $ 18,904,393.28 20% $ 18,904,393.28
6.3 PUENTES EXISTENTES
6.3.1 PUESTA EN VALOR DE ESTRUCTURAS EXISTENTES 14.00 $ 279,794.58 $ 3,917,124.12 0.36% 0.00% 20% $ 783,424.82 20% $ 783,424.82 20% $ 783,424.82 20% $ 783,424.82 20% $ 783,424.82
6.4 ALCANTARILLAS EXISTENTES
6.4.1 PUESTA EN VALOR ES DE ESTRUCTURAS EXISTENTES 31.00 $ 102,541.04 $ 3,178,772.24 0.29% 0.00% 20% $ 635,754.45 20% $ 635,754.45 20% $ 635,754.45 20% $ 635,754.45 20% $ 635,754.45
7 OBRAS MULTIPROPOSITO
7.1 OBRAS MUTLI-PROPÓSITO COIRURO-TUMBAYA Prog. 1196+550 - 1196+750 200.00 $ 41,297.15 $ 8,259,430.80 0.76% 0.00% 50% $ 4,129,715.40 50% $ 4,129,715.40
7.2OBRAS MUTLI-PROPÓSITO TUMBAYA-TUMBAYA GRANDE Prog. 1199+550 -
1199+700150.00 $ 41,297.15 $ 6,194,573.10 0.57% 0.00% 50% $ 3,097,286.55 50% $ 3,097,286.55
7.3OBRAS MUTLI-PROPÓSITO TUMBAYA-TUMBAYA GRANDE Prog. 1202+350 -
1202+550200.00 $ 41,297.15 $ 8,259,430.80 0.76% 0.00% 50% $ 4,129,715.40 50% $ 4,129,715.40
7.4OBRAS MUTLI-PROPÓSITO TUMBAYA GRANDE-PURMAMARCA Prog.
1204+725 - 1205+025300.00 $ 41,297.15 $ 12,389,146.20 1.14% 0.00% 50% $ 6,194,573.10 50% $ 6,194,573.10
7.5OBRAS MUTLI-PROPÓSITO TUMBAYA GRANDE-PURMAMARCA Prog.
1204+725 - 1205+025150.00 $ 41,297.15 $ 6,194,573.10 0.57% 0.00% 50% $ 3,097,286.55 50% $ 3,097,286.55
7.6OBRAS MUTLI-PROPÓSITO TUMBAYA GRANDE-PURMAMARCA Prog.
1207+050 - 1207+200150.00 $ 41,297.15 $ 6,194,573.10 0.57% 0.00% 50% $ 3,097,286.55 50% $ 3,097,286.55
7.7OBRAS MUTLI-PROPÓSITO PURMAMARCA-TUNALITO Prog. 1214+900 -
1215+050150.00 $ 41,297.15 $ 6,194,573.10 0.57% 0.00% 50% $ 3,097,286.55 50% $ 3,097,286.55
7.8OBRAS MUTLI-PROPÓSITO TUMBAYA GRANDE-PURMAMARCA Prog.
1216+500 - 1216+800300.00 $ 41,297.15 $ 12,389,146.20 1.14% 0.00% 50% $ 6,194,573.10 50% $ 6,194,573.10
8 PASOS A NIVEL
8.1 PASO A NIVEL 130.00 $ 9,588.77 $ 1,246,539.91 0.11% 0.00% 50% $ 623,269.96 50% $ 623,269.96
B2 SUPERESTRUCTURA DE VIA $ 636,049,852.57
9 MATERIALES
9.1PROVISION Y COLOCACIÓN DE BALASTO, INCLUYE EXTRACIÓN Y ACOPIO,
TRANSPORTE DESDE CANTERA, CARGA, DESCARGA, EXTENDIDO 44,812.80 $ 2,560.31 $ 114,734,585.33 10.55% 0.00% 20% $ 22,946,917.07 20% $ 22,946,917.07 20% $ 22,946,917.07 20% $ 22,946,917.07 20% $ 22,946,917.07
9.2 PROVISIÓN Y COLOCACIÓN DE MEMBRANA GEOTEXTIL 149,376.00 $ 273.98 $ 40,925,861.46 3.76% 0.00% 50% $ 20,462,930.73 50% $ 20,462,930.73
10 REHABILITACIÓN DE VIA
10.1 ARMADO Y MONTAJE DE VIA NUEVA 34,044.00 $ 9,033.75 $ 307,544,884.47 28.29% 0.00% 10% $ 30,754,488.45 10% $ 30,754,488.45 10% $ 30,754,488.45 10% $ 30,754,488.45 10% $ 30,754,488.45 10% $ 30,754,488.45 10% $ 30,754,488.45 10% $ 30,754,488.45 10% $ 30,754,488.45 10% $ 30,754,488.45
10.2 SOLADADURAS ALUMINOTÉRMICAS (Materiales y Ejecución) 130.00 $ 32,355.95 $ 4,206,273.17 0.39% 0.00% 33% $ 1,401,950.85 33% $ 1,401,950.85 33% $ 1,401,950.85
10.3 TRABAJOS COMPLEMENTARIOS SOBRE TRAMO ARMADO 7,500.00 $ 5,948.91 $ 44,616,839.84 4.10% 0.00% 50% $ 22,308,419.92 50% $ 22,308,419.92
10.4 TERMINACION MANUAL DE VIA 44,844.00 $ 1,891.45 $ 84,820,233.30 7.80% 0.00% 10% $ 8,482,023.33 10% $ 8,482,023.33 10% $ 8,482,023.33 10% $ 8,482,023.33 10% $ 8,482,023.33 10% $ 8,482,023.33 10% $ 8,482,023.33 10% $ 8,482,023.33 10% $ 8,482,023.33 10% $ 8,482,023.33
10.5 ADV - APARATOS DE VIA 10.00 $ 3,920,117.50 $ 39,201,175.00 3.61% 0.00% 33% $ 13,066,927.66 33% $ 13,066,927.66 33% $ 13,066,927.66
C ALAMBRADOS 4,522,097.08$
11 ALAMBRADOS
11.1 ALAMBRADOS ZONAS URBANAS 1,000.00 $ 4,522.10 $ 4,522,097.08 0.42% 0.00% 50% $ 2,261,048.54 50% $ 2,261,048.54
1,087,077,264.01$
0.77% $ 8,371,275.77 0.77% $ 8,371,275.77 0.77% $ 8,371,275.77 0.59% $ 6,401,888.34 0.70% $ 7,568,522.78 0.53% $ 5,787,086.90 3.75% $ 40,721,139.95 4.24% $ 46,085,407.39 2.61% $ 28,400,303.69 3.47% $ 37,738,881.72 4.10% $ 44,525,148.45 9.47% $ 102,919,426.18 9.06% $ 98,522,148.74 7.37% $ 80,094,440.19 7.71% $ 83,867,790.81 8.85% $ 96,217,013.66 6.80% $ 73,885,130.99 7.83% $ 85,135,900.73 7.30% $ 79,313,600.35 7.17% $ 77,911,331.76 3.80% $ 41,261,732.58 0.91% $ 9,883,974.18 0.78% $ 8,482,023.33 0.78% $ 8,482,023.33
0.77% $ 8,371,275.77 0.77% $ 16,742,551.53 0.77% $ 25,113,827.30 0.59% $ 31,515,715.65 0.70% $ 39,084,238.43 0.53% $ 44,871,325.33 3.75% $ 85,592,465.28 4.24% $ 131,677,872.67 2.61% $ 160,078,176.35 3.47% $ 197,817,058.07 4.10% $ 242,342,206.52 9.47% $ 345,261,632.70 9.06% $ 443,783,781.44 7.37% $ 523,878,221.64 7.71% $ 607,746,012.44 8.85% $ 703,963,026.10 6.80% $ 777,848,157.09 7.83% $ 862,984,057.82 7.30% $ 942,297,658.17 7.17% $ 1,020,208,989.93 3.80% $ 1,061,470,722.51 0.91% $ 1,071,354,696.69 0.78% $ 1,079,836,720.02 0.78% $ 1,088,318,743.35
MES 1 MES 2
AVANCES PARCIALES
AVANCES ACUMULADOS
ITEM POR AJUSTE ALZADO
COSTO DE OBRA
MES 14MES 3 MES 4 MES 5 MES 6 MES 7 MES 8 MES 9 MES 10 MES 11 MES 12 MES 13 MES 21 MES 22 MES 23 MES 24MES 15 MES 16 MES 17 MES 18 MES 19 MES 20
US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$-
$ 8,371,275.77 $ 8,371,275.77 $ 8,371,275.77
$ 6,401,888.34 $ 7,568,522.78
$ 5,787,086.90
$ 40,721,139.95
$ 46,085,407.39
$ 28,400,303.69
$ 37,738,881.72
$ 44,525,148.45
$ 102,919,426.18
$ 98,522,148.74
$ 80,094,440.19
$ 83,867,790.81
$ 96,217,013.66
$ 73,885,130.99
$ 85,135,900.73
$ 79,313,600.35 $ 77,911,331.76
$ 41,261,732.58
$ 9,883,974.18 $ 8,482,023.33 $ 8,482,023.33
US$-
US$20,000,000.00
US$40,000,000.00
US$60,000,000.00
US$80,000,000.00
US$100,000,000.00
US$120,000,000.00
mes 1 mes 2 mes 3 mes 4 mes 5 mes 6 mes 7 mes 8 mes 9 mes 10 mes 11 mes 12 mes 13 mes 14 mes 15 mes 16 mes 17 mes 18 mes 19 mes 20 mes 21 mes 22 mes 23 mes 24
US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$-$ 8,371,275.77
$ 16,742,551.53 $ 25,113,827.30 $ 31,515,715.65
$ 39,084,238.43 $ 44,871,325.33
$ 85,592,465.28
$ 131,677,872.67
$ 160,078,176.35
$ 197,817,058.07
$ 242,342,206.52
$ 345,261,632.70
$ 443,783,781.44
$ 523,878,221.64
$ 607,746,012.44
$ 703,963,026.10
$ 777,848,157.09
$ 862,984,057.82
$ 942,297,658.17
$ 1,020,208,989.93
$ 1,061,470,722.51 $ 1,071,354,696.69
$ 1,079,836,720.02 $ 1,088,318,743.35
US$-
US$200,000,000.00
US$400,000,000.00
US$600,000,000.00
US$800,000,000.00
US$1,000,000,000.00
US$1,200,000,000.00
mes 1 mes 2 mes 3 mes 4 mes 5 mes 6 mes 7 mes 8 mes 9 mes 10 mes 11 mes 12 mes 13 mes 14 mes 15 mes 16 mes 17 mes 18 mes 19 mes 20 mes 21 mes 22 mes 23 mes 24
ANEXO IV:
PLAN DE TRABAJO Y CURVA DE INVERSION
NOTA: LOS VALORES EXPRESADOS SON A MODO ILUSTRATIVOS Y NO SE AJUSTAN A LA OBRA DE REFERENCIA
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ANEXO V
CARTEL DE OBRA
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ANEXO VI
PLANILLA DE JORNALES
PLANILLA A
JORNALES DE APLICACION EN LA PROVINCIA DE JUJUY
N° Orden CATEGORÍA VALOR UNITARIO VALOR UNITARIO VALOR UNITARIO
# $/DÍA $/HORA $/MES
1 Oficial Esp.
2 Oficial
3 Medio Oficial
4 Ayudante
5 Sereno
PLANILLA B
CARGAS SOCIALES DE APLICACIÓN EN LA PROVINCIA DE JUJUY
(En cada concurso o licitación se indicará la fecha de vigencia y valores que
correspondan, de acuerdo a las modificaciones que se produzcan en el futuro)
N° Orden
CONCEPTO DISMINUCIÓN DISMINUCIÓN
APORTES 70 % APORTES 70 %
1 Asistencia perfecta 18,00 18,00
2 Salarios pagos no trabajados* 15,04 15,04
3 Asignación por vestimenta 1,29 1,29
4 Sueldo anual complementario 11,13 11,13
5 Fondo de desempeño e
16,32 16,32 indemnización por fallecimiento
6 Seguro colectivo obligatorio 0,03 0,03
SUBTOTAL LIQUIDADO 61,81 61,81
7 Aportes patronales 18,95 18,95
TOTAL CARGAS SOCIALES 80,76 80,76
* Incluida indemnización por causas climáticas.
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ANEXO IX
PLAN DE GESTION AMBIENTAL Y SOCIAL
INDICE
INTRODUCCIÓN Pagina 1
IDENTIFICACIÓN DE LAS ETAPAS DONDE SE ESTABLECEN
LAS ACTIVIDADES IMPACTANTES
Pagina 4
A. ETAPA DE PRE CONSTRUCCIÓN Pagina 5
B. ETAPA DE CONSTRUCCIÓN Pagina 5
Difusión y Comunicación (Incluye equidad de Género). Pagina 5
Acciones comunes durante el inicio de la Obra Pagina 5
Acciones comunes finales. Pagina 5
Acciones específicas de la obra Pagina 5
Construcción Vías y Obras Pagina 6
Obras multipropósito Pagina 6
Acciones Específicas finales. Pagina 6
C. ETAPA DE OPERACIÓN Pagina 6
VARIABLES AMBIENTALES AFECTADAS Pagina 6
MEDIO FISICO NATURAL Pagina 6
AIRE Pagina 7
AGUA Pagina 7
SUELOS Y GEOFORMAS Pagina 8
MEDIO BIOTICO Pagina 10
FLORA Y FAUNA Pagina 11
MEDIO ANTROPICO SOCIOECONÓMICO Pagina 11
HISTÓRICO CULTURAL Pagina 12
Paisaje Pagina 12
ASPECTOS PATRIMONIALES Y SOCIOCULTURALES Pagina 12
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ASENTAMIENTOS – POBLACION Pagina 13
ACTIVIDADES ECONÓMICAS Pagina 14
INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS Pagina 18
TURISMO Y ESPARCIMIENTO Pagina 18
INTEGRACIÓN TERRITORIAL Pagina 19
MEDIDAS DE MITIGACION Pagina 20
INTRODUCCIÓN Pagina 21
MEDIDAS DE MITIGACION GENERALES Pagina 21
MEDIDAS DE MITIGACION ESPECIFICAS Pagina 21
MM – 1: MEDIDAS DE MITIGACIÓN EN RELACIÓN CON EL AIRE Pagina 22
MM – 2: MEDIDAS DE MITIGACIÓN EN RELACIÓN CON EL AGUA Pagina 22
MM – 3: MEDIDAS DE MITIGACIÓN EN RELACIÓN CON EL RELIEVE Y LOS
SUELOS Pagina 22
MM – 4: MEDIDAS DE MITIGACIÓN EN RELACIÓN CON LA VEGETACIÓN Y
FAUNA Pagina 22
MM – 5: MEDIDAS DE MITIGACIÓN EN RELACIÓN CON EL PAISAJE Pagina 22
MM – 6: MEDIDAS DE MITIGACIÓN EN RELACIÓN CON LA CALIDAD DE
VIDA DE LA POBLACIÓN Pagina 23
MM – 7: MEDIDAS DE MITIGACIÓN EN RELACIÓN CON LA
INFRAESTRUCTURA DE SERVICIO Y EQUIPAMIENTO Pagina 23
MM – 8: MEDIDAS DE MITIGACIÓN EN RELACIÓN CON LAS ACTIVIDADES
PRODUCTIVAS Y ECONÓMICAS Pagina 23
MM – 9: MEDIDAS DE MITIGACIÓN EN RELACIÓN CON LAS ACTIVIDADES,
USOS DEL SUELO Y ASPECTOS SOCIOCULTURALES Pagina 23
MM – 10: M E D I D A S DE MITIGACIÓN EN RELACIÓN CON EL
TRÁNSITO Y TRANSPORTE, CONECTIVIDAD E INTEGRACIÓN
TERRITORIAL
Pagina 24
EPECIFICACIONES TECNICAS AMBIENTALES (ETAS) Pagina 24
NORMAS GENERALES Pagina 24
OBJETO Pagina 24
REQUERIMIENTOS GENERALES DEL CONTRATISTA Pagina 24
RESPONSABILIDADES AMBIENTALES DEL CONTRATISTA Pagina 25
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Permisos Ambientales (PA) Pagina 26
Responsable Ambiental (RA) Pagina 27
Responsable Social (RS) Pagina 27
Responsable Arqueólogo (RQ) Pagina 27
Responsable en Higiene y Seguridad (RHS) Pagina 28
Conducta, Higiene y Seguridad laboral Pagina 28
Responsable en Medicina del Trabajo (RMT) Pagina 29
MEDIDAS Y ACCIONES DE PREVENCIÓN, MITIGACIÓN DE IMPACTOS
NEGATIVOS Y OPTIMIZACIÓN DE IMPACTOS POSITIVOS Pagina 29
ACTIVIDADES PRE-CONSTRUCTIVAS Pagina 30
MEDIDAS EN OBRA Pagina 30
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL (EIAS). Pagina 31
AMPLIACIÓN DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL Pagina 34
Informe de actualización Pagina 34
Informe de Seguimiento y Monitoreo Ambiental y social Pagina 34
Informe de Seguimiento y Monitoreo Ambiental y Social Final Pagina 34
PLAN DE MANEJO AMBIENTAL Pagina 34
PROGRAMA DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN LA OBRA. Pagina 35
PROGRAMA DE SALUD Pagina 35
PROGRAMA DE RIESGOS DEL TRABAJO Pagina 37
PROGRAMA DE CALIDAD DE VIDA Y CONDICIONES DE TRABAJO EN
OBRA Pagina 38
PROGRAMA DE CAPACITACIÓN Pagina 39
PROGRAMA DE VIGILANCIA AMBIENTAL Pagina 41
PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE EMERGENCIAS, CONTINGENCIAS Pagina 42
PROGRAMA DE COMUNICACIÓN SOCIAL Pagina 43
Mecanismo de Gestión de Quejas y Reclamos Pagina 44
PROGRAMA DE SEGUIMIENTO DE LAS MEDIDAS DE MITIGACIÓN Pagina 45
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PROGRAMA DE CONTROL AMBIENTAL DE LA OBRA Pagina 45
ASPECTOS AMBIENTALES A CONSIDERAR Pagina 46
ASPECTOS RELATIVOS AL AIRE Pagina 47
EJECUCIÓN Y MOVIMIENTO DE SUELO Y REMOCIÓN DE COBERTURA
VEGETAL Pagina 47
EROSIÓN Y SEDIMENTACIÓN. Pagina 48
CONTROL DE LA CORRECTA GESTIÓN DE LOS EFLUENTES LÍQUIDOS Pagina 49
PROTECCIÓN, CALIDAD Y EL USO DEL AGUA Pagina 50
CONTROL DE DRENAJES, DESAGÜES Y ANEGAMIENTOS EN ZONA DE
OBRA Pagina 51
CONTROL DE EMISIONES GASEOSAS, MATERIAL PARTICULADO Y
RUIDOS Y VIBRACIONES Pagina 51
PROTECCIÓN DE LA VEGETACIÓN Y EL HÁBITAT Pagina 52
ASPECTOS RELATIVOS A LA FLORA Y FAUNA Pagina 54
MATERIALES DE PRÉSTAMOS, CANTERAS Y APERTURA DE
YACIMIENTOS Pagina 57
INSTALACIÓN DE CAMPAMENTOS Pagina 58
CONTROL DEL ACOPIO Y UTILIZACIÓN DE MATERIALES E INSUMOS Pagina 58
INSTALACIÓN DE PLANTAS DE PRODUCCIÓN DE MATERIALES. Pagina 61
Plantas de hormigón Pagina 61
MANEJO DE RESIDUOS, EMISIONES Y EFLUENTES Pagina 62
CONTROL DE LA CORRECTA GESTIÓN DE LOS RESIDUOS TIPO SÓLIDO
URBANO Y PELIGROSOS Pagina 63
MANEJO Y TRANSPORTE DE MATERIALES CONTAMINANTES Y
PELIGROSOS Pagina 65
ESCOMBROS Y SOBRANTES DE OBRA. Pagina 66
CONTROL DE VEHÍCULOS, EQUIPOS Y MAQUINARIA PESADA Pagina 66
PROTECCIÓN, SEÑALIZACIÓN Y ACONDICIONAMIENTO DE LA OBRA Y
ACCESOS Pagina 66
AREAS NATURALES PROTEGIDAS O PATRIMONIALES Pagina 68
HALLAZGOS ARQUEOLÓGICOS, PALEONTOLÓGICOS Y DE MINERALES
DE INTERÉS CIENTÍFICO Pagina 69
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61
PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO ANTROPOLÓGICO SOCIAL DE LUGAR Pagina 69
CAMINOS AUXILIARES Y ESTACIONAMIENTOS Pagina 70
ALERTA FRENTE A PRECIPITACIONES Y CRECIDAS Pagina 70
USO DE EXPLOSIVOS Pagina 71
ATENUACIÓN DE LAS AFECTACIONES A LOS SERVICIOS PÚBLICOS E
INFRAESTRUCTURA SOCIALES DURANTE LA OBRA Pagina 71
COMUNIDADES CERCANAS Pagina 71
SUSPENSIÓN TEMPORAL POR PERÍODOS PROLONGADOS Pagina 72
DESOCUPACIÓN DEL SITIO – FASE DE ABANDONO Pagina 73
MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO Pagina 73
PENALIDADES Pagina 73
PLAN DE GESTIÓN AMBIENTAL Y SOCIAL – PGAS. Pagina 73
CONSIDERACIONES GENERALES Pagina 74
OBJETO Y ALCANCE Pagina 74
MARCO INSTITUCIONAL Pagina 74
ÁREA DE APLICACIÓN DEL PGAS Pagina 75
CONDICIONANTES DEL PLAN DE GESTIÓN AMBIENTAL Pagina 75
MARCO LEGAL GENERAL Pagina 76
REQUERIMIENTOS GENERALES Pagina 76
MECANISMOS DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRA. AUTORIDAD DE
APLICACIÓN. INSPECCIÓN Y SUPERVISIÓN AMBIENTAL. Pagina 76
LAS FUNCIONES Y ACTIVIDADES DE LA IAS SERÁN: Pagina 76
PERMISOS AMBIENTALES Pagina 77
SEGUIMIENTO DEL PMAS Pagina 78
DESCRIPCION DE LOS PROGRAMAS DEL PGAS Pagina 79
ETAPA PRE – CONSTRUCTIVA Pagina 80
ETAPA CONSTRUCTIVA Pagina 80
PLAN DE GESTIÓN AMBIENTAL Y SOCIAL PARA LA ETAPA
PRECONSTRUCTIVA Pagina 80
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62
ETAPA CONSTRUCTIVA Pagina 81
MARCO LEGAL E INSTITUCIONAL Pagina 86
SIGLAS Pagina 192
SECCION IV
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS AMBIENTALES Y SOCIALES
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1. INTRODUCCIÓN
Las presentes Especificaciones Técnicas Ambientales y Sociales (ETAS) y
especificaciones del Plan de Gestión Ambiental y Social (PGAS) deberán ser
considerados como requisitos de cumplimiento obligatorio para el desarrollo e
implementación del Plan de Manejo Ambiental y Social (PMAS) por parte del Contratista,
durante la etapa de Desarrollo del Proyecto Ejecutivo y la construcción de la obra de
“REHABILITACIÓN LINEA “C” DEL FERROCARRIL BELGRANO EN LA PROVINCIA
DE JUJUY – TRAMO VOLCAN-TILCARA”. A fin de prevenir y mitigar los Impactos
Ambientales y Sociales característicos de la ejecución de las distintas actividades
implicadas en el desarrollo integral del Proyecto y obra.
En caso de que el Proyecto ejecutivo genere variaciones significativas respecto del
diseño original, los mecanismos de evaluación ambiental a los que quedarán sujetos
dichos cambios se realizarán conforme a lo previsto Marco de Gestión Ambiental y
Social del proyecto.
En particular deberá dar cumplimiento a la Ley Nacional N° 25.675, Ley General del
Ambiente, que establece en su Artículo 1°, los presupuestos mínimos para el logro de
una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la
diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable y su Decreto
Reglamentario Decreto N° 2413/02 y a la normativa Provincial concurrente.
La presente documentación establece las normas a seguir para el desarrollo e
implementación de PMAS cumplimentando con las Medidas de Prevención, Mitigación,
Plan de Gestión Ambiental y Social PGAS y Plan de Seguimiento y Control Ambiental y
Social (PSCAS) previstos para la etapa de construcción, de mantenimiento y todas las
obras previstas para el Proyecto y obra de “REHABILITACIÓN LINEA “C” DEL
FERROCARRIL BELGRANO EN LA PROVINCIA DE JUJUY – TRAMO VOLCAN-
TILCARA” hasta su recepción definitiva, con el objeto de prevenir y mitigar los Impactos
Ambientales negativos y potenciar los positivos, producidos por la ejecución de las
distintas tareas necesarias para su materialización.
Complementa lo establecido en el Pliego de Especificaciones Particulares,
constituyendo una Especificación Técnica Particular para la Licitación de las Obras, en
cuanto a Obligaciones del Contratista con relación a aspectos específicos con el Medio
Ambiente.
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Las obligaciones contraídas por los sub-contratistas serán las mismas que establecen
estas normas para el Contratista, siendo estos últimos responsables, en todo concepto,
por el cumplimiento de dichas normas por parte de los sub-contratistas.
2. IDENTIFICACIÓN DE LAS ETAPAS DONDE SE ESTABLECEN LAS ACTIVIDADES IMPACTANTES
En el ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL TREN JUJUY – ETAPA Nº 1 VOLCAN
TILCARA. EIA elaborado para el Proyecto, se han definido dos etapas en el desarrollo
de las actividades del proyecto sujetas a la evaluación de impactos ambientales, la
etapa de construcción y la etapa de operación, considerando que es necesario al licitar
el Proyecto Ejecutivo y la obra considerar la etapa de Pre construcción
A. ETAPA DE PRE CONSTRUCCIÓN
− Difusión del Anteproyecto e información a la comunidad (asociado a etapa de
Relevamiento in situ, topografía
− Difusión del Proyecto e Información a la Comunidad (post licitatorio) – Proyecto
Ejecutivo
B. ETAPA DE CONSTRUCCIÓN
− Difusión y Comunicación (Incluye equidad de Género).
− Acciones comunes durante el inicio de la Obra
Limpieza del sitio
Instalación y funcionamiento de oficinas, obrador y planta de materiales
Instalación y funcionamiento del Obrador y Zona de acopios
Instalación y funcionamiento de la Planta elaboradora de hormigón.
Instalación y funcionamiento de la Planta Clasificadora de áridos.
Explotación de canteras de áridos.
Movimientos de suelo
Construcción de plataforma
construcción de super estructura
puesta en valor y construcción alcantarillas y puentes
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65
construcción de ADV, aparatos de vías en playas de estación
Circulación de equipos, maquinarias y camiones
Desvío de tránsito por sectores y reducción de media calzada
Cierre y aperturas de nuevos accesos
Disposición transitoria de material excavado y/o escombros.
Transporte de materiales de construcción a frentes de obra (hormigón, ripio, rieles,
entre otros)
Obras de drenaje, defensas, gaviones
− Acciones comunes finales.
Desmantelamiento del Obrador.
Fin cierre de obras. Desmovilización, limpieza y restauración ambiental y
paisajística
Reforestación, provisión de especies arbóreas y revegetación
− Acciones específicas de la obra
Construcción Vías y Obras
Limpieza (Desbosque, destronque, limpieza de terreno y línea de Bandera).
Extracción de rieles
Excavaciones no clasificadas y movimiento de suelos.
Construcción de plataforma (Terraplenes)
Construcción de super estructura de vía (geotextil, balasto, distribución de durmientes,
tendido de rieles, fijación unión nivelación alineación de vías incluido el refuerzo del
Balasto
construcción de ADV – aparatos de vías,
construcción de pasos a Nivel.
Puesta en valor de alcantarillas y puentes existentes
Construcción de Alcantarillas y Puentes
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Obras multipropósito
Construcción de defensa marginal de la Red Ferroviaria.
Construcción de defensa de Colchonetas y gaviones.
Encauces y cuencos de disipación
Acciones Específicas finales.
Desmantelamiento de plantas de acopio de materiales y obrador.
Desmantelamiento de Plantas de Árido y Hormigón
Fin cierre de obras. Desmovilización, limpieza y restauración ambiental y
paisajística
Reforestación, provisión de especies arbóreas y revegetación
C. ETAPA DE OPERACIÓN
Para la valoración de los impactos ambientales de la Etapa de Operación se han
tomado en cuenta las siguientes actividades que pueden generar posibles impactos:
Funcionamiento de la Red Ferroviaria.
Mantenimientos periódicos y rutinarios de la Red Ferroviaria.
Mantenimiento de la Señalizaciones.
Forestación y revegetación.
Generación de Residuos.
Contratación de personal.
3. VARIABLES AMBIENTALES AFECTADAS
Las variables ambientales que pudieran ser afectadas directa e indirectamente durante
la construcción y operación del proyecto y las actividades que generarán dicha
afectación, se muestran en la matriz de identificación de impactos. Estas variables han
sido agrupadas en los siguientes elementos:
MEDIO FISICO NATURAL
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El proyecto de prevé una serie de acciones potencialmente generadoras de
alteraciones en el medio físico natural y socioeconómico, tanto para la etapa de
construcción como para la de operación.
Se prevé que las actividades y acciones de las etapas de construcción y operación de
la obra, producirán afectaciones sobre diversos componentes del medio natural. Los
componentes del medio que sufrirán los efectos de las actividades son:
AIRE
Se refiere a los impactos potenciales por la modificación de la calidad del aire (a partir
de la emisión de gases contaminantes y polvo/partículas en suspensión) afectando los
procesos biológicos de su entorno, así como la calidad del aire y condiciones del
entorno de los habitantes del área y de los trabajadores de la obra.
Las partículas en suspensión pueden formar nubes de polvo con una extensión
variable en función de las condiciones climáticas.
Asimismo, los gases que emitirán los vehículos y maquinarias corresponden a CO
(monóxido de carbono), hidrocarburos no quemados (HC), óxidos de nitrógeno (NOx),
plomo (PB), y dióxido de azufre (SO2) y en menor medida, algunos metales pesados
(Zn, Mn, Ni y Fe). Este conjunto de gases puede precipitar al suelo con la lluvia
(afectando sus propiedades químicas) o son absorbidos directamente por los
organismos vivos pudiendo ocasionar afecciones a la salud.
Se refiere también a la generación de ruido que podrían producirse fundamentalmente
durante la construcción y puesta en funcionamiento de la obra como consecuencias del
nuevo tráfico.
De esta forma, se entiende que la mayor parte de las actividades y acciones asociadas
a la etapa de construcción, podrían afectar la calidad del aire y generar ruidos de
manera temporal mientras duren las diferentes acciones. La intensidad final de los
impactos dependerá de las medidas de prevención y mitigación que se adopten, en
especial las aquellas referidas al desarrollo de las actividades constructivas y el control
de las emisiones a la atmósfera.
Entre las acciones de la obra que podrían afectar negativamente la calidad del aire y
generar ruidos molestos se pueden mencionar:
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Los impactos de estas acciones están vinculados a la alteración de la calidad del aire,
la generación y/o incremento de los niveles de ruido y vibraciones, y la emisión de
gases contaminantes (principalmente de la planta de materiales / planta de áridos,
aunque su emisión depende de la tecnología aplicada, las condiciones de
funcionamiento, estados de los filtros, etc.) por la circulación de vehículos o las posibles
demoras temporarias ocasionadas por el desvío de tránsito. Durante la etapa de
construcción, la detención o circulación restringida de la cantidad de vehículos que
circulan en la ruta paralela a traza ferroviaria generará un mayor aporte de gases de
combustión tóxicos y de partículas a la atmósfera además del ruido producido por los
motores en marcha.
El riesgo de potenciales derrames de combustibles, aceites y otras sustancias
empleadas en los obradores puede generar procesos contaminantes que afecten la
calidad del suelo, así como también la posible filtración de líquidos derivados de la
acumulación de residuos, efluentes cloacales o el lavado de maquinarias en la zona
de obradores y frentes de obra.
El suelo puede ser alterado en la etapa de obra, en el área por procesos de
compactación a partir de la circulación de vehículos y maquinarias pesadas,
principalmente sobre aquellas superficies que han sido desprovistas de la cubierta
vegetal.
En la etapa de operación
El funcionamiento del ferrocarril provocará un incremento de los niveles de algunos
gases ya mencionados en la atmósfera (CO2, CO y en menor cantidad NOx, SO2) y
material particulado (carbonos y carbonos orgánicos), situación que será compensada
con un mayor diseño tecnológico de la formación de tren que permitirá sustituir en
parte, la tecnología basada en combustible diésel para usar específicamente la
energía solar. Esta tecnología permitirá su análisis cuando se presente el proyecto de
formaciones y se ejecuten las mismas.
El paso de la formación También generará un incremento de los niveles de ruido, el
cual será más intenso en las zonas contiguas a las vías. Dependiendo también de las
innovaciones que se introducirán con la energía solar.
AGUA
La calidad del agua superficial tanto en la etapa de construcción como en la de
funcionamiento, puede ser alterada de manera puntual como consecuencia de vertidos
o derrames accidentales de sustancias contaminantes que alcancen dichos cursos
(aceites, hidrocarburos, efluentes, residuos orgánicos, etc.).
Se debe considerar también la potencial afectación de los cuerpos de agua, teniendo
en cuenta los afluentes que por quebrada nutren a los ríos principales, como
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69
consecuencia de partículas en suspensión sobre su superficie, como consecuencia de
la manipulación / movimiento se suelos y materiales de construcción (por ejemplo
volcado de balasto).
La calidad de las aguas subterráneas también puede ser alterada por estos mismos
motivos, a partir de la lixiviación de dichas sustancias hacia las napas freáticas,
contaminando las aguas subterráneas.
Con relación a los recursos hídricos, se analiza la calidad del agua, el drenaje y
escorrentía, tanto para las aguas superficiales como subterráneas.
Ahora bien, en cuanto a la calidad del agua, se puede estimar una eventual
contaminación del agua de escorrentía superficial en obrador hacia zanjas y cunetas
para drenaje temporario. De todos modos, se estima que los potenciales impactos
negativos sobre la calidad del agua podrían deberse no por acciones directas, sino al
riesgo que supone la ocurrencia de contingencias, tales como la eventual
contaminación del agua producto de arrastre de partículas (asociados al movimiento de
tierras), derrames ocasionales de materiales asfálticos, derrames de aceites y
lubricantes (en los sectores de depósitos o en la planta de Hormigon), y el posible
escurrimiento de los materiales (por acción pluvial) hacia zanjas y cunetas para
drenaje de excedentes pluviales temporarios (por derrames ocasionales o
sistemáticos de sustancias contaminantes) dentro o cerca del área de las obras.
Asimismo, el manejo y depósito de aceites y lubricantes manejados de forma
defectuosa, podría también ser fuente de contaminación.
En esta línea de análisis, en cuanto a las aguas subterráneas, no se esperan impactos
negativos si se mantienen los cuidados necesarios en la manipulación y disposición de
sustancias químicas potencialmente tóxicas, principalmente en el obrador y planta de
materiales y se realiza el adecuado mantenimiento de los equipos y maquinarias.
Analizando específicamente el drenaje y escurrimiento, se estima alteración de la
escorrentía por la modificación de las condiciones topográficas, movimiento de suelos y
el acopio transitorio de materiales dentro y fuera de la zona de camino, como así
también una modificación de patrones de drenaje por demolición de alcantarillas, retiro
de árboles y vegetación, junto con la impermeabilización de suelos. El impacto negativo
podría ser mayor si estas obras (demolición de alcantarillas) se llevan a cabo durante
los meses de diciembre a marzo, dado que en dicho periodo se identifican temporada
de tormentas intensas en el área. Caso contrario, el impacto negativo sobre esta
variable será relativamente menor. Cabe aclarar a su vez, que la demolición de las
alcantarillas actuales como parte de las acciones de obra, es considerada como
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70
impacto negativo alto, pero con duración transitoria, dado que se reemplazan luego por
nuevos drenajes y alcantarillas.
Por otra parte, el área donde se instalará el obrador y zona de acopio no supone
mayores movimientos de suelos, no presentando variaciones que hagan suponer que
se modifique alguno de los desagües de superficie, sin embargo, la nivelación del
terreno mínimamente puede afectar las caídas de agua naturales existentes.
A su vez, en cuanto al movimiento de suelos, el acopio de material de descarte o
material sobrante ubicado en zona de escurrimiento, pueden conformar una obstrucción
para el normal escurrimiento del agua, lo que puede repercutir negativamente en
cuanto a la generación de anegamientos (riesgosos o no), desvíos del cauce o la
salinización del suelo.
En cuanto a los impactos positivos, la renovación y profundización de alcantarillas en
zonas afectadas frecuentemente por aluviones e inundaciones originados por lluvias de
alta intensidad, y donde constituye una zona de recepción y/o escurrimiento del agua
precipitada, generará un impacto positivo muy alto.
Durante los procesos de operación, las tareas de limpieza y mantenimiento de obras
de arte (alcantarillas, desagües, zanjas, caños de desagüe transversal) favorecerán
los procesos de escorrentía superficial, evitando / minimizando las aguas estancadas.
SUELOS Y GEOFORMAS
Se evalúan los impactos sobre el sustrato físico superficial, considerando sus
características en la actualidad, en cuanto a la estructura del relieve, topografía, la
composición del suelo, a partir de la construcción de la obra.
En este contexto, se estima que el suelo será afectado negativamente por los impactos
directos ocasionados por los movimientos de suelos y otras acciones propia de la obra,
en la zona de obra directa y en zona cercanas.
Si bien se trata de una obra en una zona ya intervenida por la actual traza de vía, la
misma prevé un trabajo de recambio total a lo largo de la traza. Estas obras
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conllevarán principalmente el movimiento de tierra y construcción de terraplenes que
modificarán el relieve de la zona. El principal impacto estará dado por el volumen de
suelos a movilizar.
Si bien se trata de algunas acciones puntuales, se trata de impactos negativos en
general que oscilan entre valores moderados y altos, restringidos espacialmente al Área
de Influencia de la obra.
Los procesos erosivos por el lavado del suelo pueden potenciarse debido a acciones
de desmalezamiento y pérdida de tierra vegetal durante la etapa inicial de
construcción.
Durante la etapa de operación pueden producirse potenciales derrames de aceites y/o
combustibles derivados de las tareas de mantenimiento de las vías.
No se prevén modificaciones sustanciales sobre el relieve, ya que las tareas previstas
comprenden acciones de adecuación y mejoramiento de la traza ferroviaria existente.
No obstante, deben considerarse las tareas asociadas a la apertura de accesos y/o
adecuación de caminos de servicio, así como las de reacondicionamiento del
terraplén, las que potencialmente podrían alterar procesos geomorfológicos.
Por otra parte, los procesos de compactación del suelo podrían afectar de manera
puntual el normal escurrimiento del agua superficial.
En cuanto a la totalidad de impactos negativos previstos sobre el relieve y suelo, se
consideran los siguientes:
- Afectación de la topografía actual, a partir de movimiento de suelos para la
construcción de las obras en traza ferroviaria
- Pérdida de suelo orgánico y de la cobertura vegetal en general, principalmente en
la zona de obras tanto en traza de vía como en cuadros de Estación
- Afectación de estructura edáfica en los suelos de los espacios verdes de la zona
de camino, a partir de la extracción de tierra vegetal (Horizonte O y A, parte de zona ya
afectada por la construcción de la traza de vía
- Compactación del suelo por instalaciones, circulación de equipos y vehículos.
- Compactación especial del suelo para el terraplenado o ampliación de los mismos.
- Eventual incremento de los procesos erosivos a partir de la pérdida de la cobertura
vegetal en el entorno de las obras por efecto de los movimientos de equipos y desvíos.
- Eventual contaminación puntual del suelo por derrames ocasionales o sistemáticos
de materiales o derrames de aceites y lubricantes en los sectores de depósitos. de
maquinarias, talleres, o en la eventual planta de hormigón.
Finalmente, se espera que las tareas de restauración ambiental y paisajística impacten
de manera positiva sobre los suelos.
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- MEDIO BIOTICO
Se prevé que las actividades y acciones de las etapas de construcción y operación de
la obra, producirán afectaciones sobre diversos componentes del medio Biótico. Los
componentes del medio que sufrirán los efectos de las actividades son:
FLORA Y FAUNA
Las obras no se localizan sobre sectores con bosques nativos, hábitats silvestres ni
áreas naturales protegidas. Ya que se respeta la traza existente y se desarrolla con el
recambio de los componentes ferroviarios. De Igual manera en los cuadros de Estación el
Proyecto se desarrolla sobre los predios de radio Estación que en muchos casos presentan
familias que viven en sitios cercanos y en forma precaria en los mismos.
Se analizan los potenciales impactos por parte de las distintas acciones de obra con
relación con la afectación o alteración de ejemplares de las especies arbóreas en la
zona de traza y la alteración del hábitat de fauna por la remoción de suelo y cobertura
vegetal que será realizada como parte de las acciones de construcción del conjunto de
obras y las diversas emisiones provenientes del transporte materiales dentro y fuera de
la zona, principalmente.
A su vez, se espera una pérdida de cobertura o estratificación vegetal por remoción de
la tierra vegetal (horizonte O y A de la estructura edáfica).
Con relación a la fauna, se considera que el impacto negativo se generará por la
limpieza de terreno (principalmente por los árboles a remover), considerando el impacto
a los sitios de nidificación, refugio y alimentación de la fauna (fundamentalmente,
avifauna). Asimismo, se considera otra afectación se generará de manera indirecta por
la generación de ruidos, vibraciones y diversas emisiones gaseosas por las diversas
acciones de obras, como la construcción de los elementos de obras y el transporte de
maquinaria dentro y fuera de la zona de obras. Con relación a ello, puede suponerse
que inicialmente la fauna se verá afectada por el eventual incremento de los niveles de
ruido en los frentes de trabajo, sin embargo, este efecto se verá acotado al tiempo que
dure la obra. Debe señalarse que el funcionamiento ferroviario genera una importante
cantidad de ruido, gases y partículas que ya ha producirán una modificación de la vida
silvestre y una migración o una adaptación (según los casos) en muchos de los
ejemplares de la fauna actual. Al incorporarse en el aspecto de diseño la investigación
y desarrollo para las formaciones ferroviaria con tecnología solar, permitirá reducir el
impacto respecto a ruidos y gases.
Es probable la ocurrencia de atropellos producidos por el transporte de personal y
materiales fuera y dentro de la zona de obra, así como por la circulación de maquinaria
pesada.
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Estos efectos podrían prevalecer durante la etapa inicial de la operación dado el
incremento en la frecuencia del ferrocarril, luego de largos períodos de nula actividad.
Además, principalmente durante la fase, se estima que la traza ferroviaria producirá un
aumento del efecto barrera para los desplazamientos transversales de la fauna
silvestre, especialmente pequeños mamíferos, como también para los animales de cría
(cabras, ovejas) lo cual redundaría en un impacto negativo, lo que puede conllevar a un
aumento de posibles atropellamiento de fauna dado que el camino por recorrer por los
animales (para el cruce de la vía) será nuevo. Sin embargo, en función del entorno
urbano o suburbano fuertemente antropizado la abundancia y biodiversidad de la fauna
silvestre es bajo y por ello no se esperan impactos significativos.
MEDIO ANTROPICO SOCIOECONÓMICO
Los factores del medio socioeconómico que podrán verse afectados son;
HISTÓRICO CULTURAL
Paisaje, modificación de las condiciones paisajísticas
Sitios Históricos y Arqueológicos.
Paisaje
En el presente ítem se analizan los componentes territoriales del paisaje por su
aportación visual a la percepción en su conjunto y no en su forma individual, por
ejemplo, en la vegetación no se distinguen ejemplares o especies sino que se realiza
un análisis a escala del bioma y en el entorno poblado no se consideran las viviendas
en particular sino el conjunto de poblaciones en su totalidad. No todas estas
características de los componentes adquieren la misma importancia relativa en los
paisajes, sino que éstas habitualmente se definen sólo por la combinación de algunas
de ellas.
Aunque se considera que el paisaje es un factor intrínseco, la accesibilidad a un lugar de
observación puede ser un condicionante para la valoración a realizar. En este sentido,
se puede distinguir entre varias acepciones del concepto de acceso, como ser, acceso
visual en cada punto de territorio fijo desde una instalación o bien en tránsito por el
territorio desde un espacio público. En este estudio se comentan los paisajes visuales
accesibles desde los espacios de acceso libre o bien restringido de acceso público.
Asimismo, las obras relacionadas con la señalización, adecuación y reconstrucción de
los pasos a nivel, vallado y desvío de vehículos también impactarán de manera
temporaria sobre el componente paisajístico.
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Durante la etapa de funcionamiento el flujo de las unidades ferroviarias impactará en
el paisaje local. Por otra parte, las tareas de mantenimiento producirán una alteración
en los cuadros de estación seleccionados.
Asimismo, las tareas de limpieza (alcantarillas, desagües) y mantenimiento de la
infraestructura ferroviaria a realizarse en forma periódica, favorecerán las condiciones
de higiene disminuyendo los efectos nocivos sobre la salud: evitando la proliferación
de vectores, eliminando aguas estancadas, olores y mejorando la calidad visual del
paisaje.
A su vez, se esperan impactos positivos sobre el paisaje en cuanto a las siguientes
acciones de la fase:
- Fin cierre de obras. Desmovilización, limpieza y restauración ambiental y
paisajística
- Mantenimiento de infraestructura y equipamiento ferrovial
Los impactos de las obras vinculadas al proyecto en el paisaje estarán determinados por
la intrusión de elementos antrópicos en el medio, la modificación de elementos
naturales y la alteración en las propiedades morfológicas: líneas, forma, color, textura y
unicidad del paisaje. En este contexto, cabe destacar que parte del área de influencia de
la obra ya se encuentra modificada antrópicamente tanto por el desarrollo urbano como
así también por la misma existencia de la traza ferroviaria, hoy en desuso. La existencia
de la traza de vía, disminuye la intensidad el impacto negativo que generará las mejoras
en esta obra ferroviaria, dado que es una zona que cuenta ya con una intervención
antrópica y por lo tanto una modificación paisajística puntual.
En particular, durante la fase de construcción, con respecto a las diferentes etapas de
la obra del proyecto itemizadas precedentemente, que conlleva entre otros, la
presencia de maquinarias, elementos de obra y áreas de suelo desnudo y en remoción
que irrumpen la percepción de estética del paisaje, derivado de la pérdida de
naturalidad del área, y con consecuente disminución de su calidad visual, alcanzando
valores de impactos negativos altos. No obstante, dichos impactos se hallan acotados a
la zona de trabajo y áreas de influencia, como así también al tiempo al que duren las
obras.
Con respecto a la generación de residuos durante la fase de construcción, cualquier
residuo en sí mismo quizá no resulte causante de un impacto ambiental paisajístico
contundente, ello depende de su correcto manejo y disposición en contenedores
apropiados y no la presencia de residuos abandonados en espacios abiertos, lo cual
podría deteriorar las condiciones del paisaje existentes y comprometer a la estética y al
medio. En este contexto, se destaca que deberá procurarse óptimas condiciones de
manejo de residuos productos de la obra.
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Finalmente, cabe destacar que las tareas de cierre de las obras implican un impacto
positivo muy alto dado que finalizan gran parte de los impactos negativos paisajísticos
que se originarán durante la etapa de construcción.
El cumplimiento de las medidas de restauración de los sitios de obra y la recomposición
paisajística del lugar al finalizar la etapa de construcción asegurarán que los impactos
directos e indirectos sean ambiental y socialmente aceptables.
ASPECTOS PATRIMONIALES Y SOCIOCULTURALES
No se estiman por la localización del Proyecto impactos negativos altos asociados
principalmente a los sitios de Patrimoniales y arqueológicos, si se prevén en plantas de
áridos, Hormigón, canteras, posibles impactos sobre yacimientos arqueológicos,
debiendo preverse los protocolos para su eficiente gestión
Es necesario aclara que al ejecutar el proyecto sobre traza existente no se afecta a
territorios de comunidades indígenas, teniendo la obra carácter de rehabilitación de
traza ferroviaria existente.
Por otra parte, debe considerarse la presencia de establecimientos educativos,
culturales y asociaciones, en localidades donde se trabajara en los Cuadros de
Estación. Como también actividades culturales relacionadas a la cultura, que serán
afectados por actividades como la limpieza del sitio, circulación de equipos y
maquinarias, movimiento de suelos, entre otros. La generación, de manera indirecta, a
partir del deterioro o afectación de las condiciones ambientales descriptas en los
Puntos de impactos sobre el medio físiconatural sobre las actividades, por ejemplo por
la modificación de las condiciones de calidad del aires o la generación de ruidos,
podrían afectar, de manera temporaria el normal funcionamiento de estos
establecimientos.
Finalmente, en cuanto a los impactos positivos, se considera que las distintas acciones
de la obra previstas para las etapas del proyecto repercutirán positivamente sobre los
aspectos socioculturales, culturales y patrimoniales, fundamentalmente en lo que tiene
que ver con las mejoras directas o indirectas sobre la calidad de vida de la población. Si
bien podrá generarse inconvenientes durante la etapa de construcción sobre el ingreso
a algunos establecimientos como por ejemplo, sitios recreativos o de turismo, en líneas
generales para la etapa se prevé un beneficio indirecto sobre la calidad de vida de la
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población, debido a las mejores condiciones de circulación sobre este tramo vial, que
reducirá riesgos de accidentes en general, y posibles daños sobre el material rodante.
En cuanto a los impactos positivos, se estiman beneficios indirectos sobre la calidad de
vida de la población y por ende sobre los aspectos socioculturales, debido a las
mejores condiciones de circulación vial (tanto en términos de accesibilidad como de
seguridad).
ASENTAMIENTOS – POBLACION
Se consideran los impactos sobre la calidad de vida de la población afectada en
general. En este estudio, la calidad de vida se asocia al concepto de bienestar,
comprendiendo la percepción que un individuo tiene de su lugar en la existencia y su
relación con el entorno.
Durante la etapa de construcción, la obra provocará una serie de efectos en la
población local. La generación de empleo (directo e indirecto) asociado a la obra es
considerada un efecto beneficioso que se extiende a la etapa de funcionamiento
debido a las tareas de mantenimiento de las vías e instalaciones. Asimismo, las
operaciones vinculadas a la obra pueden influir en la reactivación de otras actividades
relacionadas directa e indirectamente con el ferrocarril y con el Turismo (por ej.
demanda del empleo informal asociado a actividades de turismo, artesanías,
comercio, gastronomía y servicios).
El área requiere de la capacitación de los Recursos Humanos.
El desarrollo de las actividades propias de la obra, junto con la instalación de las
oficinas y obradores generará un incremento en la demanda de bienes y de servicios
con efectos beneficiosos para el comercio de la zona.
Esta demanda se conserva, aunque en menor medida, durante la etapa de
funcionamiento con el requerimiento de insumos para la actividad ferroviaria
directamente y de los usuarios del ferrocarril.
En este contexto, deben considerarse los efectos asociados a la salud y seguridad
laboral para los operarios de la obra. Los mismos derivan de la probabilidad de
accidentes con herramientas o maquinarias requeridas para las tareas, entre otras
soldaduras de rieles, movimiento de rieles y durmientes, contacto con materiales o
efluentes tóxicos o peligrosos, derrames, etc.
La seguridad de la población puede verse vulnerada a causa del riesgo potencial de
accidentes por la circulación de maquinarias, transporte de materiales y de personal,
funcionamiento de obradores y frentes de obra, acopio de materiales a granel y
manipulación de sustancias peligrosas, etc., en particular en aquellas localizaciones
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donde se ha observado población asentada en predios lindantes a las traza de vías
como a los cuadros de Estación Ferroviarios (Radio Estación)
Se destaca en este tramo, en varias estaciones, la existencia de ocupantes cercanos a
los predios. El cierre de los pasos a nivel informales y el reacondicionamiento de los
habilitados, provocará inicialmente molestias en la población usuaria, aunque
posteriormente se traduzca en un aumento de su seguridad, generando también un
ordenamiento de los espacios relacionados con el ferrocarril.
Durante la etapa de operación, su mantenimiento permitirá una mejor visibilidad
aumentando la seguridad de dichos cruces, disminuyendo el riesgo de accidentes
vinculados al flujo peatonal, vehicular y ferroviario.
Los Espacios de uso público o comunitario en terrenos ferroviarios, Cuadros de
estación (Radio Estación, donde se localizan galpones, talleres o estaciones en los
cuales se realizaran actividades de esparcimiento, recreativas, deportivas, culturales y
educativas) pueden verse afectados de forma negativa por la instalación y
funcionamiento del obrador, acopio de insumos y/o materiales, restricción temporal o
cese de uso social. Permitiendo de esa manera también la construcción de los nuevos
edificios.
Sin embargo, las obras previstas en el Proyecto, (etapa de operación) generarán
efectos beneficiosos sobre el uso de dichos espacios.
La ejecución de las actividades de obra generará de manera puntual una serie de
efectos de carácter negativo como molestias a la población y riesgos potenciales
sobre la salud, a causa de la generación de ruidos, olores, vibraciones.
El transporte de materiales y el movimiento de suelo afectarán la salud de la
comunidad local a partir de la emisión de partículas en suspensión. Las partículas
suspendidas en el aire por las actividades de construcción quedan disponibles para
ser incorporadas al organismo por medio de las vías respiratorias y del sistema
digestivo, originando afecciones de tipo respiratorias.
La posible existencia de derrames, así como el potencial contacto con combustibles,
productos químicos, efluentes y/o residuos durante la etapa de construcción y
operación se constituyen como un riesgo potencial para la salud de la población
involucrada en las áreas próximas a los obradores y frentes de obra.
Se estima que la construcción del conjunto de obras, que implica no solo el movimiento
de suelos, sino también la afectación de la circulación vial en Ruta nacional n° 9 en
paralelo a la traza ferrovial, así como la circulación de maquinarias, equipos y
camiones desde el sector del obrador hacia los distintos frentes de obra, repercutirá
negativamente sobre las condiciones de la calidad de vida de la población. Cabe
destacar que serán transitorias y localizadas, donde incluso se considera que el
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obrador como zonas de acopio ubicados en sectores que no necesitan movimientos de
suelos grande, no suponen un impacto alto en el proyecto.
Del mismo modo, la actividad ganadera informal puede perder espacios de pastoreo
como consecuencia de la ocupación de tales espacios por las actividades de
desmalezado, limpieza y desmonte, la circulación de maquinarias y otros vehículos,
acopio de materiales, etc.
Durante la etapa de operación, la reactivación del servicio ferroviario beneficiará al
comercio de las actividades productivas locales, regionales y nacionales a través del
transporte de turista aportando demanda a este mercado por la reactivación de la
actividad, principalmente dentro del área de influencia.
Respecto de la infraestructura de servicios se prevé el retiro y la reubicación de
señales, lo cual genera inconvenientes a la población durante la etapa de
construcción, y efectos beneficiosos durante la etapa de funcionamiento en los pasos
de nivel habilitados.
Se estima que repercutirán también de forma indirecta sobre la calidad de vida los
impactos que se manifiesten sobre los distintos componentes del medio físico y biótico
(analizados anteriormente) durante la fase de construcción, por ejemplo:
• Congestión o demoras en el tránsito en calles vecinales como en Ruta Nacional n° 9
a partir de los desvíos o reducción de calzada en la etapa de construcción y la
consecuente generación y/o incremento de ruidos y emisiones gaseosas. Debido a la
proximidad de traza de vía de Ruta Nacional
• Aumento de la afectación de la conectividad transversal (por ejemplo, en las
calles y veredas de las localidades donde se encuentran los cuadros de Estación. )
• Aumento del riesgo de accidentes viales, de ciclistas y peatones, como
consecuencia de desvíos y reducciones de calzadas durante el periodo de construcción
de las obras.
• Impactos acumulados por la afectación de los distintos componentes del medio
físico natural que puedan considerarse extensivos sobre la calidad de vida de la población,
como consecuencia de acciones como la circulación de equipos y maquinarias,
demoliciones, acciones ligadas a la propia construcción vial (por ej. construcción de
paquete estructural, terraplenes, nivelación de suelos, etc.) que generarán entre otros:
- Deterioro de la calidad del aire a partir de la generación ruidos y/o emisión de polvo
(material particulado en suspensión) y olores.
- Incremento ocasional en el nivel de vibraciones debido a la circulación de equipos
y maquinarias.
- Modificación de las condiciones paisajísticas del entorno.
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• Modificación de la dinámica urbana, rural, agropecuaria, comercial y turística,
durante el periodo de construcción del conjunto de obras a causa de los cortes y/o
reducciones predios agropecuarios que hoy habían avanzado sobre zona de seguridad
de las vías, reducción de espacios de circulación y dificultades de conectividad urbana.
• Eventual afectación, a partir de la manipulación de maquinaria pesada (como
retroexcavadoras) en la provisión de servicios y la consecuente afectación de la calidad
de vida de la población durante la etapa de construcción. Por ejemplo, a partir de la
interrupción en la provisión de servicio de agua y saneamiento, eléctrico en caso de
suceder daños ocasionales sobre el tendido que pasa adyacente a la traza de las obras.
• No se han identificado impactos sociales diferenciados desde el punto de vista de
género ni en la etapa de construcción ni de operación. Solo podría mencionarse
eventuales situaciones de conductas inadecuadas (acoso sexual) por parte del personal
de obra (dominantemente masculino) sobre las mujeres del entorno de la zona. En
este sentido, deberá implementarse un adecuado código de conducta para el personal
de obra y un mecanismo de quejas y reclamos, así como otras medidas preventivas.
También respecto a la empleabilidad se promoverá la inserción y empoderamiento de la
mujer en el medio laboral que el proyecto demanda.
• También podrían producirse algunas afectaciones negativas temporales indirectas
durante la fase de construcción a las actividades económicas, que podrían ocasionar
pérdidas económicas.
• Acciones como la difusión y consulta pública, particularmente a las partes
afectadas repercutirá positivamente sobre la población, dando lugar a un diálogo
constructivo entre las diferentes partes (partes afectadas y el proponente del proyecto),
con el fin de escuchar opiniones, intereses, expectativas y propuestas. Así las acciones
de consulta y validación sobre todo del Proyecto de Arquitectura en cuadro de
Estaciones. Se efectuará también a nivel proyecto ejecutivo como se hizo a nivel de
anteproyecto.
Se estiman impactos positivos mayormente durante la etapa de operación, en cuanto a la
circulación vehicular, seguridad vial y conectividad urbana, entre otros. Beneficios
indirectos sobre la calidad de vida de la población y las actividades turísticas, de
esparcimiento, productivas y económicas, debido a las mejores condiciones de
circulación vial (tanto en términos de accesibilidad como de seguridad), y las acciones
de restauración paisajística (ej. a partir de la forestación compensatoria en espacios
verdes residuales) en las etapas de operación y mantenimiento.
Es así como, las acciones llevadas durante la fase de construcción revitalizarán la zona
durante la fase de Operación.
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A su vez, se estima impactos positivos en cuanto a que la población contará con mejor
integración territorial en el área, mitigando los efectos barrera que hoy en día
caracterizan a esta infraestructura ferrovial sin uso, estimándose un impacto positivo
alto respecto al mayor arribo de turista a la región
Además, a escala provincial, la población contará con mejor conectividad vial, bajo
parámetros aceptables de servicio y seguridad.
ACTIVIDADES ECONÓMICAS
Se evalúan los impactos sobre los aspectos socioeconómicos analizados con relación a
las actividades económicas y productivas. Si bien se identifican diversos impactos
negativos presentes en la etapa de construcción, los impactos positivos muestran una
notable relevancia.
Los usos dominantes que pueden ser afectados son: residencial, recreativo y turístico,
agropecuario, comercial.
Por otra parte, los predios frentistas en las localidades de cuadros de Estación (por
ejemplo, comercios y locales de recreación) a la obra podrán sufrir durante la fase de
construcción, dificultades de acceso, pudiendo afectar de manera leve y transitoria las
cadenas productivas vinculadas a la actividad desarrollada en dicho predio.
Asimismo, siendo que en la zona se potencia con actividades turísticas recreación,
esparcimiento, cultural, patrimonial, histórico y, considerando las demoras viales y
molestias generadas por las obras (ruidos, vibraciones, etc. detalladas en los puntos
que anteceden), se esperan impactos negativos sobre estas actividades, acotado al
tiempo que dure la obra.
De todos modos, algunas acciones de obra (principalmente durante la etapa de
operación y mantenimiento) podrían redundar parcialmente en un impacto positivo, en
cuanto a la generación de empleo y requerimiento de mano de obra, incluido a su vez
el impacto positivo indirecto sobre la mayor demanda de insumos, bienes y servicios,
pudiéndose ver beneficiadas las zonas aledañas a la obra.
Se estima que la contratación de mano de obra en el proyecto será dominantemente
masculina, generando desigualdades de género. En el PGAS y posteriormente en el
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PMAS a desarrollar se incluirá un Programa de equidad de género y código de
conducta de personal de la contratista y subcontratista.
INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS
Se esperan impactos negativos transitorios, bajos, locales e indirectos a partir de la
instalación y funcionamiento del obrador y planta de acopio fundamentalmente por la
mayor demanda de consumo de agua y energía eléctrica para los procesos
constructivos. En todos los casos, se deberá asegurar que la nueva demanda de estos
servicios no afectará su normal provisión a la población y actividades locales. Por otro
lado, vista la ubicación de la obra, no se estima necesario que se establezca un
campamento, y por otro lado es muy factible que la Contratista utilice plantas de
producción de concreto asfáltico y hormigón ya establecidas en zonas cercanas.
Cabe destacar que si bien se llevará a cabo la relocalización de algunos espacios de
familias como también en zonas de cultivos y viviendas que avanzaron sobre
espacios de seguridad a lo largo de la traza, no se esperan impactos altos en los
mismos y se recomienda que estas actividades deben ser adecuadamente planificadas
y comunicadas con la suficiente anticipación a los eventuales afectados.
La existencia de un relevamiento detallado de la localización de toda la infraestructura
de servicios (tendidos de gasoductos, red de agua, red de cloacas, líneas de baja y
media tensión y fibra óptica) a lo largo de la traza es una información clave para
minimizar el riesgo de afectación por eventuales contingencias
En la etapa de construcción.
Sin embargo debe prevenirse una eventual afectación por contingencias, a partir de
accidentes en la manipulación de maquinaria pesada (como retroexcavadoras) por la
interrupción en la provisión de servicio de agua y saneamiento, eléctrico o fibra óptica
por daños ocasionales sobre el tendido que pasa adyacente a la traza de la obra.
Además, se espera una mayor demanda para la recolección y disposición de residuos
en obrador y frentes de obra.
En contraposición, se esperan impactos positivos para la etapa de operación de la
obra, a partir de las mejoras en las condiciones de seguridad y en la señalización.
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En resumen, se esperan impactos, tanto negativos como positivos, predominantemente
positivos sobre esta componente.
TURISMO Y ESPARCIMIENTO
Este punto hace referencia principalmente al nivel de actividad turística, recreativa, de
esparcimiento y al desarrollo económico vinculado a estos. Como también a las
actividades relacionadas a la artesanía que se vinculan con el área del Proyecto en los
diferentes cuadros de estación.
Durante la etapa de construcción estas actividades se verán perturbadas por las obras
vinculadas al proyecto. La reducción de calzada y circulación de equipos y maquinarias
generará demoras de tránsito turístico y molestias a los turistas que deseen realizar
paseos en bicicletas o caminatas. Asimismo, la generación de ruidos, vibraciones y
emisiones gaseosas y de material particulado perturbará la tranquilidad que buscan los
usuarios de restaurantes y otros.
Las afectaciones paisajísticas durante la etapa de construcción, disminuirán
probablemente la belleza panorámica que pretende encontrar el turista en la zona
donde se realizará el proyecto o visitantes de fin de semana o en período de
vacaciones.
La presencia de sitios representativos de los patrones culturales locales (por ejemplo
locales de artesanías en terraplenes próximos a las vías) podrían ser afectados por el
desarrollo de las tareas de obra, razón por la cual de existir, deberán ser identificados
arbitrando las medidas de mitigación adecuadas para su conservación.
Del mismo modo con respecto al Patrimonio histórico conformado por varias estaciones
ferroviarias e instalaciones complementarias. Su reacondicionamiento durante la etapa
de construcción, y su mantenimiento durante la etapa de operación, implican efectos
beneficiosos para la sociedad. Incrementando las alternativas turísticas culturales que
generaran un mayor arribo de turistas
Las actividades productivas locales asociadas al área, sufrirán efectos negativos
directos por el desarrollo de las tareas de obra durante la etapa de construcción, dados
por el entorpecimiento temporal de los caminos de acceso (vallados, desvíos) y
potencial afectación directa de las parcelas de cultivo linderas a las vías.
Los principales impactos positivos sobre la población surgen a través de los beneficios
relacionados con la alternativa de crecimiento turístico que el proyecto brinda en la zona
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así al entrar en funcionamiento la nueva infraestructura ferrovial, se espera un
incremento de turismo y recreación, arribando en las mejoras de los lugares
En términos generales, la puesta en funcionamiento, reconstrucción y
refuncionalización del tren generará impactos positivos sobre las distintas actividades
turísticas, culturales y de esparcimiento, estimándose de duración permanente a lo
largo de la vida útil de la obra.
INTEGRACIÓN TERRITORIAL
La integración territorial resulta clave para la dinámica socioeconómica de la región. La
gestión del territorio debe ser dada por un conjunto de políticas, planes y proyectos
destinados a tal fin. En este contexto, la alternativa de un tren turístico y el regreso del
ferrocarril, por sí misma garantiza el desarrollo y la articulación de un territorio, ya que
no sólo se deben considerar los aspectos económicos, comerciales, sino que entran en
juego otros aspectos no menos importantes, tales como los sociales, culturales y
ambientales, por medio de las mejoras en la integración regional de las localidades de
Quebrada de Humahuaca, y de los diferentes puntos geográficos alcanzando una
mayor integración del territorio y de sus integrantes. Todo lo cual concluye en diversos
impactos positivos durante la fase de operación de la obra.
La obra ferroviaria, también cumple la función de integración del territorio, conectando
así diferentes puntos geográficos. Es así que en el caso en estudio se pretende facilitar
el acceso a aspectos de crecimiento y desarrollo de la Población.
4. MEDIDAS DE MITIGACION
INTRODUCCIÓN
En este ítem se presenta las medidas de mitigación a aplicar durante la etapa de
construcción, operación y mantenimiento de la OBRA: “REHABILITACIÓN LINEA “C”
DEL FERROCARRIL BELGRANO EN LA PROVINCIA DE JUJUY – TRAMO
VOLCAN-TILCARA”.
Esta propuesta se realiza en función de los probables impactos ambientales,
identificados y valorados, considerando a su vez la normativa nacional y de la provincia
de JUJUY sobre Evaluación de Impacto Ambiental y Gestión Ambiental de Obras.
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“Las medidas de mitigación son un conjunto de acciones de prevención, control,
atenuación, restauración y compensación de impactos ambientales negativos que
deben acompañar el desarrollo del Proyecto para asegurar la protección del ambiente.”
A su vez “el Contratista deberá producir el menor impacto ambiental perjudicial sobre la
población humana, la fauna, la flora, el suelo, el agua, el aire, el paisaje, el patrimonio
histórico y/o cultural, las relaciones sociales, las comunidades indígenas y el medio
ambiente, en general. Los daños a terceros causados por incumplimiento de estas
normas serán de responsabilidad del Contratista, quien deberá resarcir los costos que
resulten de dicho incumplimiento.”
El Contratista deberá contribuir al uso racional e integrado de los recursos naturales
correspondientes al área de influencia directa de la obra vial; así como a la mejor
calidad de vida de los usuarios y de la población aledaña a la franja de dominio público.
Los daños a terceros causados por incumplimiento de estas normas serán de
responsabilidad de la Contratista, quien deberá resarcir los costos que resulten de
dicho incumplimiento. Por estos motivos la Empresa Contratista deberá divulgar el
pliego a sus trabajadores, a través de los medios que considere adecuados.
MEDIDAS DE MITIGACION GENERALES
Se presentan las medidas de mitigación en relación a los impactos ambientales y
sociales identificados a partir de las distintas acciones de la obra, que luego se
sintetizan en formato de tablas a fin de facilitar su comprensión, aplicación y
seguimiento.
Los aspectos aquí desarrollados se complementan con las consideraciones incluidas
en el Capítulo donde se presenta una propuesta de Plan de Gestión Ambiental y Social
del proyecto.
Cabe destacar que, como resultado de los aportes que se obtengan de los actores
sociales que concurrirán a la consultas que se realizara para el Proyecto definitivo de
Cuadros de Estación, pueden resultar con modificaciones al proyecto que al
incorporarse al mismo se consideran como partes integrantes de las medidas de
mitigación relativas al proyecto.
Las medidas de mitigación específicas según componente del medio receptor que
acompañan al desarrollo del Proyecto (particularmente en su etapa de construcción), y
que se desarrollan en el ítem presentado a continuación, son las siguientes:
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Medidas de mitigación sobre el medio físico
natural
MM – 1: Aire (emisiones sonoras, vibraciones y
calidad del aire)
MM – 2: Relieve y suelo (topografía, estructura y
calidad de suelos)
MM – 3: Agua (calidad del agua, drenaje y
escurrimiento)
MM – 4: Vegetación y fauna (abundancia y
diversidad)
MM – 5: Paisaje (arbolado y espacios verdes)
Medidas de mitigación sobre el medio
socioeconómico
MM – 6: Calidad de vida de la población
MM – 7: Infraestructura de servicio y equipamiento
MM – 8: Actividades productivas y económicas
MM – 9: Usos de suelo y aspectos socioculturales
MM–10: Tránsito y transporte, conectividad e
integración territorial
MEDIDAS DE MITIGACION ESPECIFICAS
MM – 1: MEDIDAS DE MITIGACIÓN EN RELACIÓN CON EL AIRE
El componente atmosférico del medio físico y natural está vinculado a la calidad del
aire, y el nivel de ruidos y vibraciones. Se han identificado las acciones que generarán
los mayores impactos, tanto en el área como el área de influencia. En ese sentido se
proponen las medidas que se sintetizan en las fichas del PGAS.
MM – 2: MEDIDAS DE MITIGACIÓN EN RELACIÓN CON EL AGUA
Para el caso de los recursos hídricos, se consideran una serie de medidas dirigidas a
prevenir su potencial afectación de forma directa e indirecta, por ejemplo, a partir de la
afectación del suelo o por el escurrimiento superficial hacia el sistema de drenaje y
alcantarillado.
MM – 3: MEDIDAS DE MITIGACIÓN EN RELACIÓN CON EL RELIEVE Y LOS
SUELOS
Mediante este componente se incluyen las consideraciones referidas tanto al
componente edáfico, en términos de estabilidad y calidad de los suelos para el
desarrollo de las actividades en el área, como en relación al relieve y a las
características geomorfológicas del área de influencia. Así, en base a las acciones
identificadas como causantes de impactos relevantes sobre este componente, se
presentan las medidas que se sintetizan en las fichas del PGAS.
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MM – 4: MEDIDAS DE MITIGACIÓN EN RELACIÓN CON LA VEGETACIÓN Y
FAUNA
Acciones destinadas a atenuar o mitigar los impactos identificados sobre el medio
biótico, fundamentalmente aquellos que afectan de forma directa la vegetación y/o
fauna asociada al área de la obra.
Para el caso de la vegetación, estas medidas han sido pensadas fundamentalmente con
relación a las acciones para la etapa de construcción de la obra.
MM – 5: MEDIDAS DE MITIGACIÓN EN RELACIÓN CON EL PAISAJE
A partir de los impactos identificados sobre este componente, que se concentran en la
etapa de construcción, se presentan las siguientes medidas tendientes a la
conservación del patrimonio natural y el paisaje.
MM – 6: MEDIDAS DE MITIGACIÓN EN RELACIÓN CON LA CALIDAD DE VIDA DE
LA POBLACIÓN
En este estudio, la calidad de vida se asocia al concepto de bienestar,
comprendiendo la percepción que un individuo tiene de su lugar en la existencia y su
relación con el entorno. Setrata de un concepto que está influido por la salud física y
el estado psicológico del sujeto, así como su vinculación con el desarrollo social,
económico, cultural, equidad, salud y medio ambiente.
En este contexto, el presente estudio se indica, en cuanto a la calidad de vida de los
pobladores ubicados en el área de influencia de las obras y específicamente en los
márgenes del área, las acciones que generan los impactos más relevantes
MM – 7: MEDIDAS DE MITIGACIÓN EN RELACIÓN CON LA INFRAESTRUCTURA
DE SERVICIO Y EQUIPAMIENTO
Para el caso de la infraestructura de servicios y equipamientos, se han identificado
algunas acciones que, al fomentar la mayor demanda de servicios asociada, podrían
generar algunos impactos negativos sobre esta componente. Asimismo, se prevé la
posibilidad del traslado y/o reubicación de algunos servicios. De todos modos, cabe
aclarar que la evaluación general de los impactos sobre esta componente resulta
positiva en las etapas de operación y mantenimiento, una vez finalizada la obra (por ej.
debido a la mejora de la red vial).
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MM – 8: MEDIDAS DE MITIGACIÓN EN RELACIÓN CON LAS ACTIVIDADES
PRODUCTIVAS Y ECONÓMICAS
Mediante este componente se incluyen las consideraciones referidas tanto a las
actividades productivas, vinculadas fundamentalmente a la actividad Agropecuaria,
comercial y de servicios en el entorno del área de la obra, en traza como en cuadro
de Estación. Como así también al conjunto de actividades económicas del entorno que
de forma directa o indirecta se vinculan con la obra. Así, en base a las acciones
identificadas este componente, se presentan las medidas que se sintetizan en la
siguiente ficha.
MM – 9: MEDIDAS DE MITIGACIÓN EN RELACIÓN CON LAS ACTIVIDADES, USOS
DEL SUELO Y ASPECTOS SOCIOCULTURALES
Por medio de este componente se incluyen las consideraciones referidas a las
actividades, usos de suelos y aspectos socioculturales afectados por el conjunto de
obras.
MM – 10: M E D I D A S DE MITIGACIÓN EN RELACIÓN CON EL TRÁNSITO
Y TRANSPORTE, CONECTIVIDAD E INTEGRACIÓN TERRITORIAL
La justificación de la obra está dada por la necesidad de mejorar la seguridad y el
tránsito vehicular, resolver el acceso a los predios frentistas y la integración territorial a
ambos lados del eje de proyecto y mejorar la conectividad metropolitana bajo
parámetros aceptables de servicio y seguridad.
Sin embargo dado que se han identificado impactos negativos de tipo transitorios
durante la etapa de construcción de las obras, en la siguiente ficha se presentan las
medidas de mitigación diseñadas a fin de reducir o mitigar dichos impactos.
5. EPECIFICACIONES TECNICAS AMBIENTALES (ETAS)
Todas las especificaciones técnicas, deberán ser consideradas por el Contratistas de
las obras, sin desconocer las recomendaciones específicas resultantes de los estudios
de Evaluación de Impacto Ambiental, para el proyecto a ejecutar.
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Los daños a terceros causados por incumplimiento de estas normas serán de
responsabilidad del contratista, quien deberá resarcirlos a su costo. Será obligación del
contratista divulgar el PMAS, por medio de actividades de inducción, capacitaciones,
conferencias, avisos informativos y preventivos sobre los asuntos ambientales y/o a
través de los medios que considere adecuados.
NORMAS GENERALES
El Contratista deberá cumplir con las siguientes normas para la ejecución del PMAS y
durante la construcción y conservación, además de ser responsable del cumplimiento
de las mismas.
OBJETO
La presente especificación establece las normas a seguir para cumplir con las Medidas
de Prevención, Mitigación y elaboración del Plan de Manejo Ambiental PMAS,
previstos para la etapa de construcción, mantenimiento y operación de las obras hasta
su recepción definitiva, con el objeto de prevenir y mitigar los Impactos Ambientales
negativos y potenciar los positivos, producidos por la ejecución de las distintas tareas
necesarias para su materialización.
En este Documento se incorporan las Especificaciones Técnicas Particulares
ambientales enmarcadas dentro del Plan de gestión Ambiental, consideradas como
obligaciones básicas a cumplir por El Contratista para el desarrollo del Plan de Manejo
ambiental, documento final de cumplimiento durante la Etapa de Construcción y
Operación Inicial de la Obra, pruebas de recepción, hasta su Recepción Definitiva.
REQUERIMIENTOS GENERALES DEL CONTRATISTA
El Contratista deberá tener en cuenta, en la preparación del PMAS, que ante
eventuales discrepancias en la Legislación, requerimientos de los Organismos
intervinientes y lo indicado en los pliegos y anexos, se deberán considerar los
requerimientos más exigentes.
El Presupuesto Total de los Costos del Plan de Manejo Ambiental, será incorporando
dentro del Costo de la Obra.
El Contratista deberá cumplir, durante todo el período del contrato, con todas las
normativas ambientales, laborales, de riesgos del trabajo y de higiene y seguridad, y
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con toda aquella legislación que preserve el derecho del trabajador y de terceros, que
corresponda aplicar, vigente a la fecha de la adjudicación, se encuentre o no indicada
en las especificaciones técnicas del Pliego de Licitación. Asimismo deberá cumplir con
las normas que pudieran dictarse durante el desarrollo del contrato.
El Contratista deberá cumplir con las observaciones, requerimientos o sanciones
realizadas por las autoridades y organismos de control, nacionales, provinciales y/o
municipales, asumiendo a su exclusivo cargo los costos, impuestos, derechos, multas o
sumas debidas por cualquier concepto.
El Contratista, tendrá la obligación de cumplir con lo indicado en los puntos
precedentes, no aceptándose por estos conceptos y bajo ninguna circunstancia, la
solicitud de pagos adicionales ni de ampliación de los plazos de entrega de la Obra.
El Contratista deberá respetar estrictamente las medidas que correspondan aplicar, en
lo referente a contaminación de suelos, aguas subterráneas y superficiales, aire, ruido y
vibraciones, contingencias tales como incendios, derrames, etc., utilización de
productos peligrosos o contaminantes y explosivos, disposición final de residuos
contaminados, peligrosos o patológicos, áreas de préstamo y diseño de explotación,
protección del patrimonio histórico cultural, arqueológico, paleontológico,
arquitectónico, escénico, antropológico y natural, prevención de enfermedades
endémicas, epidémicas o infecto contagiosas, higiene y seguridad, riesgos del trabajo,
protección de la flora y la fauna, control de procesos erosivos y calidad de vida del
personal de la obra y de la población afectada, evitando afectar la infraestructura y
equipamiento de servicios existente en el Área de localización e influencia directa de
las obras.
El Contratista durante la ejecución del Proyecto ejecutivo y previo a la iniciación de
excavaciones o movimientos de suelos para la preparación del terreno deberá realizar
un reconocimiento cuidadoso del sitio, analizar su historial, la información disponible y
sacar sus propias conclusiones respecto de la naturaleza de las condiciones existentes
que acompañarán el desarrollo de los trabajos de la obra. En función de ello
determinará las medidas de seguridad que será necesario tomar en cada una de las
áreas de trabajo de preparación del terreno.
En particular, frente al hallazgo de restos de interés Arqueológico, Antropológico,
Histórico, Cultural, Paleontológico, procederá a detener las tareas, en el punto del
hallazgo, y notificar a la Inspección y a las Autoridades de Aplicación en la materia,
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según corresponda, en cada jurisdicción. Podrá continuar con las tareas que realice en
los frentes de trabajo
situados fuera del punto de hallazgo y su entorno inmediato.
El Contratista deberá mantener indemne a El Comitente frente a cualquier reclamo
judicial o extrajudicial por incumplimiento de la reglamentación ambiental en las tareas
a su cargo.
A partir del momento de inicio del Contrato, El Contratista será responsable del análisis
y evaluación de los datos climáticos, con el objeto de establecer mecanismos de alerta
y actuaciones frente a contingencias, que resulten necesarios para adoptar medidas
que eviten afectaciones a las obras, personas y bienes corriendo a su exclusivo riesgo
los potenciales daños por contingencias climáticas.
A partir del momento de inicio del Contrato, El Contratista será responsable del análisis
y evaluación del estado de situación de los cursos de aguas superficiales y de los
niveles freáticos, con el objeto de establecer los mecanismos de alerta, que resulten
necesarios para adoptar medidas que eviten afectaciones a las obras, corriendo a su
exclusivo riesgo los potenciales daños a las mismas por contingencias por
inundaciones y anegamientos.
Las Normativas y Reglamentaciones (Leyes, Decretos, Resoluciones y Disposiciones
Nacionales, Provinciales y Municipales, etc.) que se indican dentro de este pliego,
deben ser consideradas como referencia y al simple título de informativas. En
consecuencia El Contratista tendrá la obligación de respetar la totalidad del
ordenamiento jurídico, sin que ello de motivo a la solicitud de pagos adicionales ni de
ampliación de los plazos de entrega, ni responsabilidad alguna del COMITENTE.
RESPONSABILIDADES AMBIENTALES DEL CONTRATISTA
El Contratista asumirá la responsabilidad total de los requerimientos ambientales,
incluyendo Higiene y Seguridad, Medicina del Trabajo y Riesgos del Trabajo, debiendo
contar, dentro de su personal, con profesionales habilitados para el ejercicio de las
funciones bajo su responsabilidad, en las etapas de diseño, construcción, puesta en
marcha y período de prueba hasta la recepción final de la obra.
Los Profesionales designados por El Contratista para ejercer las funciones de
Responsable Ambiental/social y Responsable en Higiene y Seguridad, deberán poseer
habilitación profesional, y antecedentes adecuados para la función a desarrollar.
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Permisos Ambientales (PA)
El Contratista obtendrá los permisos ambientales y los permisos de utilización,
aprovechamiento o afectación de los recursos correspondientes. Está facultado para
contactar las autoridades ambientales para obtener los permisos ambientales o en la
eventualidad de ser necesaria una modificación a cualquiera de los permisos o
autorizaciones requeridos para la ejecución de proyecto
El Contratista deberá presentar a la Inspección un programa detallado y un plan de
manejo de todos los permisos y licencias requeridos para la obra que no les sean
suministrados y que se requieran para ejecutar el trabajo.
El Contratista debe acatar todas las estipulaciones y debe cumplir con todos los
requisitos para cada permiso procesado, sujetando la ejecución de las obras a las
resoluciones y dictámenes que emitan las autoridades provinciales competentes.
Responsable Ambiental (RA)
El Contratista designará una persona física, profesional con título universitario, como
Responsable Ambiental, que tendrá a su cargo el cumplimiento de los requerimientos
ambientales y sociales durante la totalidad de las etapas de la Obra.
Deberá poseer amplios y probados conocimientos y experiencia como Responsable
Ambiental de proyectos y obras; quien asimismo deberá acreditar el cumplimiento de
las normas y reglamentaciones provinciales que lo habiliten a desempeñarse en tales
funciones.
El Contratista deberá presentar currículum, y constancias de los principales
antecedentes, del profesional, a los efectos de su aprobación por la Inspección del
COMITENTE.
El Responsable Ambiental efectuará las presentaciones, ante las autoridades
nacionales, provinciales y/o municipales y/o Organismos de Control, según
corresponda y será el responsable de su cumplimiento durante todo el desarrollo de la
obra.
El Responsable Ambiental será el representante del Contratista en relación con la
Inspección designada por El Comitente.
El Responsable Ambiental actuará como interlocutor en todos los Aspectos
Ambientales entre la Empresa Contratista, las Autoridades Municipales, Provinciales y
Nacionales Competentes y la Comunidades Locales.
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Responsable Social (RS)
El Contratista deberá designar una persona física como Responsable Social (RS) de la
obra, Deberá tratarse de un profesional, con título universitario en las áreas de
sociología, antropología, o carreras afines, de probada experiencia en la identificación,
análisis y gestión de riesgos y conflictos sociales, cuyos antecedentes deberán ser
comunicados a la COMITENTE, quien deberá aprobar su designación.
En caso de la designación de un RS, el mismo compartirá las responsabilidades
básicas a cargo del Responsable Ambiental indicadas en el punto anterior, y estará
encargado específicamente del tratamiento de quejas y reclamos, de la implementación
del pertinente programa de comunicación social, de la implementación de los Planes de
Reasentamiento Involuntario, de Pueblos Indígenas y otros en el marco de
incumbencia de su área. Los informes solicitados durante la obra serán realizados en
conjunto por el RA y RS.
Responsable Arqueólogo (RQ)
El Plan de Manejo incluirá un Plan de Seguimiento de Obra, que comprende su
inspección o monitoreo, particularmente de las remociones de tierras para prever la
aparición de incidencias arqueológicas no previstas y tomar medidas para proceder ante
estos impactos, y un Plan de Intervenciones Arqueológicas, en el que se articulen
diferentes acciones para paliar, mitigar o compensar el impacto arqueológico, que
incluyen controles, sondeos, excavaciones, muestreos, revalorizaciones, entre otras
tareas (Criado Boado et al. 2000)..
Por las características de la obra, trabajos de recambio de vías en traza ferroviaria
existente se prevé un bajo impacto e intervenciones arqueológicas. Si es que resulta
necesario implementar un plan de intervenciones arqueológicas el Contratista de la Obra
deberá contar con una Arqueólogo que dirija el Plan de intervenciones. Asimismo, es
función de este profesional elevar informes y notificar con inmediatez la aparición de
hallazgos arqueológicos al Arqueólogo de la Supervisión, asesor y encargado también del
monitoreo de las obras. Como auxiliar al Responsable Arqueólogo, el contratista deberá
contratar a un técnico en obra contratado específicamente para realizar estas tareas.
En caso de que se descubran restos arqueológicos se deberán paralizar
momentáneamente las actividades en el sector de hallazgo, restringir el acceso a
personas no autorizadas, y proteger los materiales arqueológicos.
Se procederá a comunicar a los Encargados de Obra y la Supervisión de Equipo de
campo del COMITENTE y a las autoridades de aplicación de la Secretaría de Cultura del
Ministerio de Cultura y Turismo de Jujuy.
Se acordarán entre las partes, según la dimensión del hallazgo, los procedimientos para
el Plan de Intervención Arqueológica. La Intervención Arqueológica podrá estar a cargo
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de la Supervisión, con su Arqueólogo y su equipo de trabajo, contemplando la
correspondiente autorización y permisos de trabajo vigentes emitidos por las autoridades
de aplicación.
Responsable en Higiene y Seguridad (RHS)
El Contratista designará un profesional responsable de la Higiene y Seguridad de la
Obra, que posea título universitario que lo habilite para el ejercicio de sus funciones.
El profesional deberá poseer amplios y probados conocimientos sobre el tema bajo su
responsabilidad y experiencia en obras de similar magnitud y características a la sujeta
a contrato. El Contratista deberá presentar su currículum, a los efectos de su
aprobación por la Inspección del COMITENTE.
El profesional deberá estar inscripto en los registros profesionales pertinentes, acorde
con los requerimientos de la legislación vigente en las diferentes jurisdicciones.
El Responsable de Higiene y Seguridad efectuará las presentaciones pertinentes a su
área y solicitará los permisos correspondientes, ante las autoridades nacionales,
provinciales y/o municipales y/u Organismos de Control, según corresponda y será el
responsable de su cumplimiento durante todo el desarrollo de la obra.
Será obligación del Profesional Responsable del Servicio de Higiene y Seguridad del
Contratista llevar durante todo el desarrollo de la Obra, un libro en donde asentará los
aspectos más importantes y relevantes relacionados con el tema a su cargo. Este libro
será firmado en su primer hoja, por el responsable del Contratista, según corresponda,
y por la inspección del COMITENTE. En este libro la inspección asentará sus
observaciones, a los efectos de que El Contratista las implemente. El Contratista tiene
la obligación de asentar en el citado libro los aspectos más relevantes en Higiene y
Seguridad, tales como accidentes, incendios, contingencias, cursos de capacitación,
entrega de elementos de protección personal, etc., que se presenten o desarrollen
durante la obra.
El Responsable de Higiene y Seguridad será el representante de El Contratista, sobre
los temas de su competencia, en relación con la Inspección designada por El
Comitente.
Conducta, Higiene y Seguridad laboral
Quedarán a cargo del Contratista los costos necesarios para el cabal cumplimiento de
la legislación vigente en materia de Higiene y Seguridad Laboral y Riesgos del Trabajo.
El Contratista deberá confeccionar y presentar un Programa de Seguridad, de acuerdo
a los requerimientos de la Resolución 51/97 de la Superintendencia de Riesgos del
Trabajo y al Decreto 911/96 sobre condiciones de higiene y seguridad en la industria de
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la construcción. A estos efectos, y conforme se resaltó anteriormente, el Contratista
deberá contar con los servicios de un encargado en Higiene y Seguridad Laboral.
Todo el personal del Contratista será provisto de equipo de seguridad personal de uso
obligatorio, que consistirá de calzado reglamentario, casco y guantes, además de otros
elementos de protección personal requeridos por la legislación vigente en la materia.
El Contratista deberá, a través del encargado de Higiene y Seguridad Laboral, generar
los correspondientes permisos de trabajo que contemplen el Análisis de Trabajos
Seguros (ATS) para identificar los peligros y riesgos de accidentes a los que pueden
estar expuestos los trabajadores.
El Contratista deberá asegurar por parte del personal el cumplimiento de la normativa
laboral pertinente, realizando campañas preventivas de seguridad en el trabajo y de
prevención de enfermedades.
El Contratista deberá elaborar y dar a conocer, asimismo, un Código de Conducta para
su personal con el objeto de preservar las condiciones de higiene así como las
condiciones ambientales y sanitarias en toda el área del proyecto y su área de
influencia. El mismo debería abarcar la obligación del sometimiento a los exámenes
iniciales de salud, así como la observación de una conducta en el desempeño laboral
que garantice la seguridad y tranquilidad de las comunidades vecinas a las obras,
incluyendo la preservación ambiental y del patrimonio social del área.
Responsable en Medicina del Trabajo (RMT)
El Contratista arbitrará los medios para cumplir con las disposiciones de las normativas
aplicables en materia de Medicina del Trabajo. Asimismo, El profesional deberá estar
inscripto en los registros profesionales pertinentes, acorde con los requerimientos de la
legislación vigente en las diferentes jurisdicciones.
La Empresa o el Profesional designado, deberá poseer amplios y probados
conocimientos sobre el tema bajo su responsabilidad y experiencia en obras similares a
la sujeta a contrato. El Contratista deberá presentar sus antecedentes y currículum
del/los Profesionales habilitados, a los efectos de su aprobación por la Inspección del
COMITENTE.
Deberá estar inscripto en los registros profesionales pertinentes, acorde con los
requerimientos de la legislación vigente en las diferentes jurisdicciones.
El Responsable del Servicio de Medicina del Trabajo efectuará las presentaciones y
solicitará los permisos correspondientes, sobre los temas de su competencia, ante las
autoridades nacionales, provinciales y/o municipales y/u Organismos de Control, según
corresponda y será el responsable de su cumplimiento durante todo el desarrollo de la
obra.
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Será obligación del Responsable del Servicio de Medicina del Trabajo llevar durante
todo el desarrollo de la Obra, un libro con hojas foliadas por triplicado, en donde
asentará los aspectos más importantes y relevantes relacionados con el tema a su
cargo. Este libro será firmado en su primer hoja, por el responsable del Contratista,
según corresponda, y por la
inspección del COMITENTE. En este libro la inspección asentará sus observaciones, a
los efectos de que el Contratista las implemente.
El Contratista tiene la obligación de asentar en el citado libro los aspectos más
relevantes, tales como enfermedades, control de vectores de enfermedades, exámenes
médicos, derivaciones frente a contingencias, entrega de documentación estadística,
cursos de capacitación en salud, medidas correctivas, etc., que se presenten o
desarrollen durante la ejecución del Proyecto.
El Responsable del Servicio de Medicina del Trabajo será el representante del
Contratista, sobre los temas de su competencia, en relación con la Inspección
designada por El Comitente.
MEDIDAS Y ACCIONES DE PREVENCIÓN, MITIGACIÓN DE IMPACTOS
NEGATIVOS Y OPTIMIZACIÓN DE IMPACTOS POSITIVOS
ACTIVIDADES PRE-CONSTRUCTIVAS
Se considera etapa pre-constructiva a la etapa de desarrollo del Proyecto Ejecutivo de
obra, planificación de la construcción y diseño de Ingeniería de Detalle de las obras,
métodos y cronogramas de construcción.
Durante esta etapa se recomienda:
- Incorporar a la construcción y operación todos los aspectos normativos,
reglamentarios y procesales establecidos por la legislación vigente relativos a la
protección del ambiente, a la autorización y coordinación de cruces e interrupciones
con diversos elementos de infraestructura, etc.
- Elaborar un programa de actividades constructivas y de coordinación que minimicen
los efectos ambientales indeseados. Esto resulta particularmente relevante en relación
a la planificación de obradores, secuencias constructivas, técnicas de hormigonado,
construcción del terraplén, etc.
- Planificar una adecuada información y capacitación del personal de obra sobre los
problemas ambientales esperados, la implementación y control de medidas de
protección ambiental, los planes de contingencia y las normativas y reglamentaciones
ambientales aplicables a las actividades y sitios de construcción.
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- Planificar la necesidad de asignar responsabilidades específicas al personal de obra
en relación a la implementación, operación, monitoreo y control de las medidas de
mitigación.
- Tener en cuenta, sobre la base del estudio de impacto ambiental, la necesidad de
elaborar planes de contingencia detallados y precisos para atender situaciones de
emergencia (derrames de combustible y aceite de maquinaria durante la construcción,
erosión de significación por fuertes vientos, etc.) que puedan ocurrir y tener
consecuencias ambientales significativas.
- Planificar los mecanismos a instrumentar para la coordinación y consenso de los
programas de mitigación con los organismos públicos competentes.
- Ejecutar una eficiente y apropiada implementación de mecanismos de comunicación
social que permita establecer un contacto efectivo con todas las partes afectadas o
interesadas respecto de los planes y acciones a desarrollar durante la construcción y
operación de la obra, todo ello en función de resguardar el derecho al acceso a la
información, a la participación efectiva y al involucramiento de los vecinos.
MEDIDAS EN OBRA
Las medidas y acciones de prevención, mitigación de impactos negativos y de
optimización de impactos positivos deben ser consideradas como una parte
fundamental del Plan de Manejo Ambiental, tanto como en los criterios aplicables al
planeamiento y a su desarrollo concreto, durante las etapas de construcción,
mantenimiento hasta la recepción definitiva de la obra, comprendiendo las Condiciones
Generales de Diseño relacionadas con:
Construcción de las Obras
La protección contra accidentes y contingencias
La protección de la salud
El control de ruidos
La geología y geomorfología
La hidrología superficial y subterránea
La protección de los suelos
La vegetación
La fauna
El paisaje
La Capacitación Laboral
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Los lineamientos principales a los que se ajustará la construcción y operación de las
obras deberán demostrar que:
- Las condiciones de vulnerabilidad ambiental a que pudiera estar sometido el
proyecto, han sido compensadas por el diseño de obras y estrategia constructiva,
y/o a través de medidas preventivas o correctivas específicas, de manera de
garantizar la sustentabilidad de las inversiones y la protección del ambiente, y el
bienestar de la población afectada.
- Los potenciales impactos negativos del proyecto, tanto en su etapa de
construcción como de operación, han sido neutralizados apropiadamente por el
diseño de obras, y/o a través de medidas de mitigación que garanticen que no se
afecta a la población y que no disminuye la calidad ambiental tanto en el nivel
local como regional.
- Las condiciones ambientales positivas han sido puestas en valor por el proyecto,
mantenidas o incrementadas por el diseño de obras, y/o acciones ambientales
recomendadas para sus etapas de construcción y de operación.
Para la programación de las medidas y acciones de prevención y mitigación deberán
considerarse los aspectos relacionados con:
1. Medidas de Ingeniería
2. Medidas de manejo de la obra y del sistema ambiental
3. Medidas de participación social e igualdad de género
- Las medidas de Ingeniería se fundamentan en la incorporación de criterios de
Ingeniería Ambiental dentro del diseño del Proyecto, Programación de la Obra y
su efectiva aplicación durante la ejecución de la obra.
- Las medidas de manejo de la obra y del sistema ambiental involucran el
conocimiento de las condiciones de operación del aprovechamiento de las
demandas sobre el medio natural y socioeconómico, ejercidas por la operación,
con el objeto de adecuar el proceso operativo al ambiente.
Las medidas de participación social e igualdad de género comprenden:
- La adopción de formas eficaces y eficientes de comunicación e intercambio de
opiniones con la comunidad involucrada con la obra, con las Autoridades
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Competentes a Nivel Nacional, Provincial y Municipal, con las Entidades
Intermedias y con Universidades, entre otros, respecto del proyecto, de los planes
y acciones previstas durante la Etapa de Construcción y de Operación de las
Obras.
- La incorporación dentro del Proyecto de las opiniones y observaciones, de los
actores sociales involucrados, que resulten pertinentes.
- La inducción a la participación de los actores sociales locales y regionales, en la
prestación de servicios directos e indirectos relacionados con la Construcción y
Operación de la Obra, comprendiendo la capacitación laboral pertinente para el
caso de prestación de servicios directos a El Contratista.
- Promover la participación de las mujeres en la toma de decisiones, asegurar que
participan en los beneficios del proyecto, fortalecer las organizaciones de mujeres
y promover su participación en el desarrollo comunitario; y prevenir los riesgos,
acciones de discriminación o afectación por condiciones de género que puedan
derivar del proyecto.
Se denominan medidas de mitigación de impactos negativos a aquellas que:
a) Minimizan el impacto negativo, mediante el correcto diseño del Proyecto, y lo ubican
dentro de una magnitud de importancia de valor bajo, existiendo dentro de la región,
recursos que constituyan réplicas o son análogos al sistema afectado.
b) Permiten alcanzar un nuevo equilibrio sustentable a corto plazo.
c) Posibilitan que a mediano o largo plazo se revierta el proceso, por la adopción de
operaciones de conservación y manejo, restituyéndose las condiciones iniciales, total o
parcialmente.
d) Constituyan mecanismos de respuestas frente a contingencias, para acotar los
efectos y posibiliten la restauración de la situación original.
e) Permitan la remediación de las áreas afectadas, por métodos viables desde la
perspectiva económica y ambiental.
f) Compensan el efecto negativo mediante el suministro de recursos sustitutivos al
ecosistema.
En el caso particular de la obra, cabe incorporar dentro del punto:
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a) Diseño: la selección de la ubicación de las obras, campamentos, obradores y áreas
de préstamo, evitando las áreas sensibles tanto del sistema natural como
socioeconómico.
El Contratista deberá dar prioridad a las medidas de atenuación comprendidas en los
puntos a, b y c; tomar medidas de prevención y de capacitación laboral para las
situaciones comprendidas en el punto d y dar cumplimiento a los compromisos
asumidos con relación a los puntos e y f.
Se denominan medidas de optimización de Impactos Positivos a todas aquellas
concurrentes a alcanzar un máximo de beneficio durante las etapas de construcción de
la obra y de su operación.
Tanto las medidas de prevención, mitigación de impactos negativos como de
optimización de impactos positivos, deberán constituir un conjunto integrado de
medidas y acciones, que se complementen entre sí, para alcanzar superiores metas de
beneficio de la obra durante su construcción y operación, con especial énfasis en los
beneficios locales y regionales.
Para la elaboración de su propuesta, el CONTRATISTA deberá considerar cuatro (4)
escenarios temporales para la incorporación de los criterios de Ingeniería ambiental a
la Obra. Medidas y acciones de prevención, mitigación de impactos negativos y
optimización de impactos positivos durante:
a) La ejecución de los ajustes de la Ingeniería de detalle
b) La planificación de la construcción durante el período de movilización de obra,
comprendiendo la toma y capacitación de mano de obra, de preparación de la
infraestructura y del equipamiento para la ejecución de la obra y de acopio de insumos.
c) La Etapa de Construcción de la Obra.
d) El Manual de Mantenimiento y operación a entregar por El Contratista con la
Recepción de la Obra.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL (EIAS).
El Oferente deberá tener en cuenta para la elaboración de su Oferta, la documentación
del EIAS, desarrollado en el marco del Proyecto, el cual como Anexo forma parte del
presente pliego. El Comitente pondrá a disposición del Oferente toda la documentación
existente, para su consulta.
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100
AMPLIACIÓN DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL
Informe de actualización
El Contratista tendrá la obligación contractual de profundizar el Estudio de Impacto
Ambiental y Social, en función de los ajustes del Proyecto de Ingeniería a desarrollar
según tecnología constructiva, debiendo elaborar un informe de Ampliación del Estudio
de Impacto Ambiental Básico, a desarrollar durante la Etapa de Proyecto Ejecutivo y a
entregar al finalizar dicha etapa.
En función de los avances registrados en los distintos Programas del Plan de Manejo
Ambiental, durante la Construcción de la Obra, completará y ajustará en forma
sistemática las conclusiones de la Ampliación del Estudio de Impacto Ambiental,
incorporando los resultados alcanzados durante la ejecución de los Programas y sus
correspondientes relevamientos en el medio natural o en el medio socioeconómico
directamente involucrados con la Obra.
Informe de Seguimiento y Monitoreo Ambiental y social
El Contratista presentará informes sistemáticos mensuales a efectos de la certificación,
así como la inspección producirá los suyos y ambos serán elevados con certificado de
avance mensual.
A tal fin procederá a elaborar mensualmente un informe de avance del Plan de Manejo
Ambiental y Social de la etapa constructiva, que refleje los avances registrados, las
adecuaciones del PMAS, el seguimiento a estas Especificaciones Técnicas y que
informe de los hallazgos ambientales y sociales identificados, que indique las acciones
correctivas realizadas y/o solicitadas y de seguimiento al cumplimiento de las mismas.
Deberá tener la No Objeción del COMITENTE
Informe de Seguimiento y Monitoreo Ambiental y Social Final
Al finalizar la Obra, La Contratista elaborará un documento de Estudio de Impacto
Ambiental de la Etapa Constructiva, ajustada según los resultados alcanzados durante
la ejecución de los Programas y sus relevamientos A tal fin procederá a elaborar
mensualmente un informe de avance del Plan de Manejo Ambiental (PMA), que refleje
los avances registrados en el Estudio de Impacto Ambiental, que demanden
adecuaciones del PMA. Un Informe Final de los resultados del Estudio de Impacto
Ambiental correspondientes a la ejecución de la Etapa de Construcción y un Estudio de
Impacto Ambiental de la Etapa de Operación, a partir de la experiencia acumulada
durante la Construcción del Proyecto formará parte de la Documentación a entregar
con la Recepción de la Obra.
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101
PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
Como requisito del Proyecto Ejecutivo, el contratista deberá incluir un PMAS.
Incluyendo el cronograma de tareas. El PMAS deberá ser aprobado por el comitente
conjuntamente al Proyecto Ejecutivo.
El Responsable Ambiental del Contratista coordinará con la COMITENTE la
implementación del respectivo PMAS.
En el desarrollo del Plan se contemplarán los siguientes Programas
PROGRAMA DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN LA OBRA.
El Contratista deberá incorporar un Programa de Higiene y Seguridad en la Obra que
comprenda los servicios y prestaciones a desarrollar, bajo su directa responsabilidad,
en la zona de obras y de afectación directa, incorporando los costos del Programa
dentro del Costo de la Obra. La deberá cumplir con las obligaciones emergentes de la
Legislación vigente.
El Contratista deberá incorporar una propuesta de organización del Servicio para la
Presente Obra.
El Contratista será el único responsable frente a las autoridades pertinentes y a
terceros, del cumplimiento de sus obligaciones, acorde con las leyes y
reglamentaciones en materia de Higiene y Seguridad vigentes, con la ley sobre
Riesgos de Trabajo y de la transferencia de responsabilidades a sus subcontratistas y
proveedores.
Todo trabajador que ingrese a la Obra deberá disponer de capacitación sobre las
medidas de Higiene y Seguridad, de Riesgos del Trabajo y del Programa de
Contingencias, implementadas para la ejecución del Proyecto. Para el cumplimiento de
este requerimiento, el responsable de Higiene y Seguridad del Contratista preparará
cursos simplificados a dictarse previo a la incorporación de los trabajadores y en forma
sistemática durante todo el desarrollo de la obra.
Todo trabajador que ingrese a la Obra deberá disponer de vestimenta adecuada y de
medios de seguridad acorde con cada puesto y ambiente de trabajo, y recibirá
capacitación previa al inicio de sus tareas, sobre el correcto uso y mantenimiento de los
elementos de seguridad provisto por el contratista, para cada tipología de trabajo y
características particulares del terreno en el que se realice la tarea. Para el
cumplimiento de este requerimiento, el responsable de Higiene y Seguridad del
Contratista preparará cursos simplificados.
El diseño y mantenimiento de los obradores y de existir, de los campamentos, la
planificación de las tareas en los distintos frentes de obras, las prevenciones adoptadas
para cada puesto de trabajo y los planes de contingencia deberán tener especialmente
en cuenta las características de cada zona de desarrollo de la obra, condiciones
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102
climáticas e hidrológicas particulares y existencia de enfermedades endémicas y/o
infecciosas del lugar.
El Contratista, para la consideración y aprobación del COMITENTE y previo a la
iniciación de sus trabajos en obra, deberá presentar documentación suficiente que
acredite la organización de su Servicio de Higiene y Seguridad. Dicha documentación
deberá contar con especificaciones referidas a los aspectos de su organización y
funcionamiento, al
cumplimiento de las previsiones y contenidos que establece la legislación vigente y a
los planes que hayan elaborado para la integración y operación de sus programas en el
contexto de las políticas globales definidas para la atención de estas materias en todo
el ámbito del Proyecto.
De modificarse la planificación de las tareas por la introducción de nueva maquinaria,
modificación de la existente o la incorporación de nueva tecnología, El Contratista
entregará los planes especiales de seguridad aplicables al caso, para su aprobación
por El Comitente.
El Contratista, haciendo uso de la tecnología más moderna en materia de higiene y
seguridad, en cada área o etapa de la obra, adoptará todas las medidas necesarias
para evitar que los trabajadores y terceros, se encuentren expuestos a accidentes o
enfermedades.
Será responsabilidad ineludible del Contratista eliminar o reducir los riesgos que
puedan amenazar la seguridad y salud de los trabajadores y de terceros, como
consecuencia de la obra, como también disminuir los efectos y consecuencias de
dichos riesgos.
Se deberán enfatizar las acciones preventivas, tomándose los recaudos necesarios
para la inmediata y efectiva atención en los casos en que se produzcan accidentes o
daños.
En particular deberá realizar en forma permanente, sistemática y periódica programas
de formación del personal, por los que se capacite al mismo en lo referido a los riesgos
de las actividades a cumplir, como también respecto de los medios disponibles para
evitarlos y de las medidas de prevención y protección que se deberán tomar en cada
caso.
El Contratista deberá prever sistemas preventivos para eliminar potenciales riesgos,
que puedan amenazar la seguridad de los trabajadores por acciones delictivas, dentro
de los sectores afectados por las obras.
Con respecto a la construcción del proyecto, las acciones a desarrollar por el
Contratista para mantener una baja incidencia de accidentes personales y alto grado de
seguridad en las instalaciones y procedimientos operativos se sintetizan en:
- Capacitación periódica de empleados y SUBCONTRATISTAS.
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- Control médico de salud.
- Emisión y control de Permisos de Trabajo.
- Inspección de Seguridad de los Equipos.
- Auditoria Regular de Seguridad de Equipos y Procedimientos.
- Programa de Reuniones Mensuales de Seguridad.
- Informes e Investigación de Accidentes y difusión de los mismos.
- Revisión del Plan de Contingencias de Obra.
- Curso de inducción a la seguridad para nuevos empleados. Curso de inducción a
la seguridad para nuevos SUBCONTRATISTAS.
- Actualización de procedimientos operativos.
- Mantenimiento de Estadísticas de Seguridad propias y de SUBCONTRATISTAS.
El Responsable de Higiene y Seguridad presentará informes mensuales al Comitente.
Estos informes incluirán una descripción sintética de nuevos asientos y constancias
que se hayan registrado en el período, todo ello acorde con sus planes y programas
operativos aprobados, y de conformidad con las obligaciones establecidas.
Finalizada la obra, el responsable incluirá en el informe ambiental final de la obra las
estadísticas de Higiene y Seguridad.
El cumplimiento de las condiciones exigibles de Higiene y Seguridad por parte del
CONTRATISTA será condición necesaria para la aprobación de los certificados de
obra.
Debe ser puesta en evidencia en los informes y debe notificarse a la ART
correspondiente
PROGRAMA DE SALUD
El Contratista deberá incorporar un Programa de Salud que comprenda los servicios y
prestaciones a desarrollar, bajo su directa responsabilidad, en la zona de obras y de
afectación directa, considerando la atención médica y el saneamiento, incorporando los
costos del Programa dentro del Costo de la Obra. El Programa deberá cumplir con las
obligaciones emergentes de la Legislación vigente.
El Contratista será responsable de los exámenes médicos y del cumplimiento de los
requerimientos de la Legislación vigente en materia de Medicina del Trabajo, en
particular de los análisis médicos reglamentados por la Superintendencia de Riesgos
del Trabajo, y toda otra legislación que lo reemplace, modifique o complemente, y los
aconsejados por las Autoridades Sanitarias de cada zona en particular, adoptando
todos los controles y requerimientos que indiquen. Es obligación del Contratista
disponer de los servicios autorizados necesarios para cumplir con estos exámenes.
El Contratista, dada la naturaleza y características propias del Proyecto, deberá dar
cumplimiento, a las siguientes funciones:
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104
a) Proveer a la atención primaria completa de las enfermedades que sufra el personal
afectado a la obra.
b) Programar y efectuar campañas de protección de la salud, que se refieran a riesgos
particulares del ámbito de trabajo en el que se desarrollan las tareas. En particular se
ubicarán los sectores contaminados por basuras, residuos industriales y efluentes de
diverso tipo y se determinarán los riesgos de contraer enfermedades, así como
aquellos en los que existe riesgo para el personal frente al potencial ataque de
animales ponzoñosos o peligrosos, para efectuar la planificación de la limpieza del área
y saneamiento previo al inicio de las actividades constructivas, en el sector
directamente afectado por la localización de las obras principales y complementarias,
según cronograma de trabajo para cada frente de obra colaborando con el Programa
de higiene y seguridad para determinar la vestimenta y medios de seguridad adecuado
a cada caso.
c) Establecer pautas para la atención de los diferentes tipos de accidentes de trabajo y
enfermedades profesionales, y disponer de medios y formas operativos que permitan
una rápida y eficaz derivación a centros de salud o unidades hospitalarias bien
equipadas para la atención de todo tipo de accidentes, inclusive aquellos de
tratamiento complejo. A
tal fin, durante el período de movilización de Obra, previo al inicio de las actividades de
construcción, El Contratista deberá presentar un plan de acción para derivación de
accidentados según frente de trabajo, para su aprobación por parte de la inspección.
d) Mantener, en estrecha colaboración con los órganos técnicos del COMITENTE, un
contacto permanente con las instituciones y centros asistenciales de la comunidad.
e) Organizar entre los trabajadores brigadas de primeros auxilios y capacitarlas para el
cumplimiento de su cometido.
El Contratista deberá cumplir con los requerimientos establecidos en reglamentaciones
vigentes en materia Primeros Auxilios.
Deberá contar en lugar visible y de fácil acceso con un número adecuado de botiquines
de primeros auxilios, dotados de elementos que permitan la atención inmediata en caso
de accidentes. Es responsabilidad de Medicina del Trabajo determinar el instrumental y
los medicamentos que deberán contener dichos botiquines, de acuerdo con las
necesidades
particulares que puedan preverse en los distintos lugares en que se ejecuta la obra y
de instrumentar un Servicio de Emergencias Médicas para derivación de Accidentados.
PROGRAMA DE RIESGOS DEL TRABAJO
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El Contratista deberá incorporar un Programa de Riesgos del Trabajo que comprenda
los servicios y prestaciones a desarrollar, bajo la directa responsabilidad del
Contratista, incorporando los costos del Programa dentro del Costo del Contrato.
El Programa deberá cumplir con las obligaciones emergentes de la Legislación vigente.
El Contratista deberá presentar su propuesta de Programa de Riesgos del Trabajo en
el marco de la Ley 24.557 y sus Decretos Reglamentarios y toda otra que la reemplace
o complemente.
El Contratista deberá incorporar una propuesta de relación con una empresa
Aseguradora de Riesgos del Trabajo, ART, y de poseer antecedentes en otras obras,
incorporarlos en la documentación.
El Contratista deberá desarrollar el análisis de los riesgos particulares de cada puesto
de trabajo, para el desarrollo detallado del Programa de Riesgos del Trabajo y contratar
los Servicios de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART).
Mediante el Programa de Riesgos del Trabajo El Contratista deberá:
- Asegurar la reducción de la siniestralidad laboral a través de la prevención de los
riesgos derivados del trabajo.
- Reparar los daños derivados de los accidentes de trabajo y de las enfermedades
profesionales, incluyendo la rehabilitación del trabajador damnificado, acorde con
la legislación vigente.
- Promover la recalificación y la recolocación de los trabajadores damnificados.
- El Contratista será el único responsable del cumplimiento de los requerimientos de
la Legislación vigente en materia de Riesgos del Trabajo.
PROGRAMA DE CALIDAD DE VIDA Y CONDICIONES DE TRABAJO EN OBRA
El Objetivo es diseñar y formular propuestas para garantizar un elevado nivel de
calidad de vida y de condiciones de trabajo que comprendan la adecuada provisión y
operación de instalaciones sanitarias, agua potable y transporte. En el caso de que la
empresa ofrezca alojamiento y comida a sus operarios debe extenderse la obligación a
los comedores y alojamientos.
El Contratista deberá incorporar un Programa de Calidad de Vida y Condiciones de
Trabajo que comprenda los servicios y prestaciones a desarrollar, bajo su directa
responsabilidad, incorporando los costos del Programa dentro del Costo del Contrato.
El Programa deberá cumplir con las obligaciones emergentes de la Legislación vigente.
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106
El Contratista deberá incorporar la planificación de los servicios y prestaciones e
informar sobre las características de los mismos, acorde con la legislación vigente, con
las características de las obras y con las particularidades en los distintos frentes de
trabajo en materia de provisión de agua potable, alimentos, servicios sanitarios,
alojamientos, comedores y transportes.
El Contratista será responsable del cumplimiento de los requerimientos de la
Legislación vigente en la materia y de las obligaciones asumidas .
El Contratista considerara la Provisión de Agua para Bebida de los Trabajadores,
acorde con los requisitos de Calidad exigibles. El Contratista, deberá adoptar
preferentemente el sistema de abastecimiento de agua a partir de un servicio de agua
potable corriente. De no disponerse de sistemas de agua potable corriente, El
Contratista deberá especificar, los medios previstos para la Provisión de Agua Potable.
El Contratista tomará a su cargo la instalación de baños aptos desde el punto de vista
higiénico, en número suficiente, y en condiciones adecuadas de mantenimiento para su
uso por los trabajadores. Deberán responder a las más avanzadas tecnologías y
adecuarse a las particularidades de la obra, diversos frentes de trabajo y amplia
longitud de avance de las tareas, en función de asegurar la correcta prestación del
servicio, evitar riesgos sobre la salud y la contaminación del ambiente y asegurar el
mantenimiento de estos servicios en buenas condiciones de uso.
La desinfección, supresión de emanaciones, ventilación, luz y desniveles de los pisos
deberán permitir el mantenimiento de condiciones satisfactorias de higiene. Cuando se
disponga de alcantarillado, deben unirse a éste los inodoros, letrinas, mingitorios u
orinales.
En caso de no existir dicho alcantarillado, deberá recurrirse a fosas sépticas u otra
clase de tratamiento adecuado.
Las instalaciones o grupos sanitarios deberán ser ubicados en lugares cercanos a los
sitios de trabajo.
El Contratista deberá proveer locales destinados al aseo del personal, los que deberán
tener amplitud suficiente y buenas condiciones de higiene, pudiendo estar ubicados
sobre vehículos, debiendo proveer los elementos de aseo. Los servicios para el
personal femenino y los del personal masculino deberán ser instalados separadamente.
El agua utilizada en los lavabos y duchas no debe presentar ningún peligro para la
salud de los trabajadores. Cuando el agua que se use en los mismos no sea potable,
deberá procederse a la señalización de dicha situación.
En el caso de que se programen alojamientos transitorios para el personal, los mismos
deberán cumplir con las condiciones de higiene, seguridad y confort que aseguren una
adecuada calidad de vida de los trabajadores.
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107
En el caso de que se programen comedores, se localizarán en sitio separado y alejado
de todo lugar donde exista la posibilidad de exposición a sustancias tóxicas o
contaminantes.
Sus instalaciones podrán ser fijas o móviles, al igual que las de la cocina, en función de
las características particulares de las Obras y de los diferentes frentes de trabajo,
debiendo en todos los casos cumplir con los requisitos de aptitud desde el punto de
vista higiénico sanitario.
Las características de construcción del comedor deberán asegurar un adecuado
confort. Deben observarse las normas básicas sobre ventilación e iluminación y
cantidad y calidad de artefactos.
Los comedores deberán ser sometidos a procesos de desinfección y de control de
insectos con la debida periodicidad, conservarse en las mejores condiciones de
limpieza y con instalaciones que permitan mantener condiciones satisfactorias de
iluminación, ventilación y temperatura, atendiendo a la humedad ambiente
característica de la zona.
De proveer El Contratista la alimentación, los comedores deberá observar las reglas de
una dieta sana, acorde con las determinaciones de la Organización Mundial de la
Salud, y en relación con el clima de la zona. La dieta podrá ser controlada por el
Comitente, sin perjuicio del control de alimentos que deberá realizar Medicina del
Trabajo del Contratista.
La eliminación de residuos de los comedores deberá realizarse con una frecuencia que
evite la descomposición de los mismos, de acuerdo con la normativa. Este proceso
deberá efectuarse con camiones con caja preparada con ese fin, los que deberán
descargar los residuos en el sitio que señalen las oficinas técnicas de El Comitente o
establezcan la Autoridades locales.
En todos los casos, no podrá ubicarse instalación alguna para las prestaciones de
servicios de aseo, sanitarios, comedores, provisión de agua, prestaciones de salud,
depósitos de materiales y equipos, obradores, campamentos, etc, dentro de áreas
detectadas como contaminadas por el Programa de Salud, hasta que se realice el
saneamiento total de las mismas. A tal fin el Contratista deberá presentar, para su
aprobación por la Inspección, una propuesta de ubicación de las distintas instalaciones
a su cargo y los planos de distribución de las distintas unidades de servicio.
El tránsito en el área de la localización de la obra estará sujeto al cumplimiento de las
normas jurisdiccionales vigentes en materia de tránsito. Las características y
condiciones de los vehículos que circulen y operen en el ámbito del Proyecto deberán
observar la normativa que sobre el particular prescribe la Legislación vigente, en
particular la establecida por la
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Resolución 38/96 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, Grupo II Varios, 18:
Vehículos, Reglamentaria de la Ley 24.557 y toda otra posterior que la reemplace o
complemente. Los vehículos deberán estar sujetos a mantenimiento cuidadoso y
permanente
Las velocidades a desarrollar para el tránsito en el emplazamiento de las obras,
campamentos, obradores, accesos y otras áreas controladas por el Contratista,
deberán ser establecidas, en el marco de la legislación vigente, por el Servicio de
Higiene y Seguridad del Contratista, debiendo también ser de responsabilidad de dicho
servicio el control del cumplimiento de los límites y regulaciones que se establezcan
con ese fin. La normativa correspondiente deberá instrumentarse con especial
consideración a las características de los caminos y accesos, los tipos de vehículos y
los riesgos potenciales existentes, tanto para los trabajadores y para terceros, cuanto
para edificios y construcciones.
El Contratista implantará un sistema de control de conductores que asegure el
entrenamiento permanente en el manejo seguro de los vehículos y equipos, y el
cumplimiento de las normas legales de habilitación de los operadores de todos los
vehículos en obra, en especial los de maquinarias y camiones pesados.
Los caminos que construya el Contratista para el acceso a los lugares de trabajo
deberán ser adecuados para el transporte del personal y, en general, para la
circulación de los vehículos que deban transitarlos. Deberán tenerse en especial
consideración las condiciones de seguridad que presente cada caso particular. En el
caso de ser accesos temporarios, la restauración del sitio deberá formar parte del
Programa de Retiro de la Contratista incorporado en este Plan de Manejo Ambiental.
En las zonas de la obra que entrañen peligro para los vehículos de carretera y para el
personal y terceros, se deberán colocar vallas de protección, señales y avisos
adecuados, fácilmente observables. Las señales de peligro deberán ser claramente
visibles de día y de noche.
En general y en particular para el caso de Excavaciones, deberá incluirse dentro del
Plan de Capacitación del Personal de la Obra, en Higiene y Seguridad y Riesgo en el
Trabajo, la formación del Personal en cuanto a procedimientos de entubamiento y
refuerzos de los trabajos en pozos de drenaje durante la construcción, de Iluminación y
ventilación de
los sitios de trabajo y de manejo de circuitos y cables eléctricos.
PROGRAMA DE CAPACITACIÓN
El Contratista deberá incorporar un Programa de Capacitación que comprenda los
servicios y prestaciones a desarrollar, bajo su directa responsabilidad, incorporando los
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costos del Programa dentro del Costo del Contrato. El Programa deberá cumplir con las
obligaciones emergentes de la Legislación vigente.
El Contratista deberá desarrollar su Programa de Capacitación, en sus aspectos
laborales, en el marco de la Ley de Empleo vigente, incorporando la formación
profesional como componente básico de las políticas y programas de empleo,
fomentando las oportunidades de empleo para los grupos que enfrentan mayores
dificultades de inserción laboral y para los jóvenes locales y de la región, sin formación
previa, en busca de su primer empleo, con el fin de adquirir una formación teórica
práctica para desempeñarse en un puesto de trabajo.
El Contratista deberá desarrollar su Programa de Capacitación, en Higiene y Seguridad
y Riesgos del Trabajo, en el marco del Decreto 351/79, Reglamentario de la Ley
19.587/72, Título VII, Capítulo 21, Artículos 208 a 214 y Ley 24.557/95, Decreto 170/
96, Resolución Superintendencia de Riesgos del Trabajo, Grupo III, 16, Capacitación y
Decreto 1338/96, Artículo 5º, Servicio de Medicina del Trabajo, acciones de Educación
Sanitaria y toda otra legislación pertinente que la reemplace, complemente o modifique.
El Contratista tomará los recaudos necesarios y acordará las facilidades
correspondientes, para la concurrencia de su personal a cursos de capacitación laboral
y formación profesional que organice, por sí mismo o por terceros, con el fin de
optimizar la capacitación de los trabajadores en todo el ámbito del Proyecto, con
particular énfasis en la capacitación de la mano de obra local y regional.
El Contratista tomará a su cargo el financiamiento de los Programas de Capacitación,
pudiendo recurrir a las fuentes de financiamiento a cargo de terceros, ya sean
Organismos Gubernamentales o Privados, existentes en nuestro país u otra fuente del
exterior.
El Contratista elaborará y desarrollará un Plan Especial de Entrenamiento y
Capacitación del Personal frente a Contingencias, necesario para que una efectiva
operación en los distintos frentes de trabajo asegure que los trabajadores puedan
cumplir sus funciones de una manera segura y efectiva para responder ante
emergencias y contingencias.
El Contratista informará mensualmente a El Comitente respecto del cumplimiento del
Proyecto de Capacitación, actividades cumplidas y programadas.
En su propuesta deberá incluir distintas formas de prevención y de ejecución.
Recibirá capacitación todo el personal en sus distintos niveles:
La planificación y ejecución del Programa de Capacitación para Contingencias será
responsabilidad conjunta de los Servicios de Higiene y Seguridad y de Medicina del
Trabajo.
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El Contratista, deberá incorporar un Proyecto General de Capacitación Laboral local, en
función de sus demandas de Mano de Obra del área en la que se inserta la obra. El
Contratista desarrollará dicho proyecto en forma detallada, sometiéndolo a su
aprobación por El Comitente.
El Proyecto General de Capacitación Laboral, deberá incluir Proyectos Específicos de
Capacitación según Puestos de Trabajo, en particular para aquellos que entrañen
mayor riesgo (conducción de vehículos y manejo de maquinarias; y zanjas; manejo de
instalaciones eléctricas; uso de elementos químicos, desmontes y deforestaciones,
etc.), debiendo definir el Responsable en Higiene y Seguridad de El Contratista, los
puestos de trabajo de mayor riesgo y presentar los Proyectos Específicos de
Capacitación para su aprobación por la Inspección.
PROGRAMA DE VIGILANCIA AMBIENTAL
Se deberá implementar durante la construcción de la obra con el fin de verificar el
cumplimiento del plan de medidas preventivas, de mitigación, correctoras y de actuar
sobre los impactos residuales o imprevistos que pudieran surgir. Las acciones
relacionadas con el presente programa permitirán, además, determinar la eficacia de
las medidas correctoras para su eventual modificación. La ejecución del programa es
de índole obligatoria. Las acciones previstas en el mismo permitirán:
a) Controlar el cumplimiento del plan de mitigación de impacto.
b) Hacer un seguimiento sobre la evolución de los impactos.
c) Actuar sobre impactos residuales que pudieran surgir.
d) Actuar en el caso que surjan situaciones no previstas.
A los fines de dar cumplimiento al mismo, con referencia a los puntos arriba
enunciados, las actuaciones contempladas para cada caso serán:
a) La tarea de control estará a cargo del Inspector de la Obra comunicando a través de
Órdenes de Servicio a la Contratista y notificando a el COMITENTE
b) La tarea de seguimiento se llevará a cabo a través de las inspecciones mensuales.
c) La tarea de verificación de impactos residuales se llevará a cabo durante la
recepción de la obra.
d) La tarea de aviso de situaciones no previstas estará a cargo del Inspector de la Obra
comunicando a través de Órdenes de Servicio a la Contratista y notificando a el
COMITENTE.
PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE EMERGENCIAS, CONTINGENCIAS
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El Contratista deberá diseñar un Programa de Contingencias comprendiendo planes
particulares de Contingencias, según distintos riesgos, para la Etapa de Construcción
de la Obra, el que formará parte de la Propuesta Técnica de la Obra y de las
Obligaciones a cumplimentar bajo su directa responsabilidad, en la zona de obras y de
afectación directa, incorporando los costos del Programa dentro del Costo del Contrato.
El Programa deberá cumplir con las obligaciones emergentes de la Legislación vigente.
El Plan de Acciones ante Contingencias ocurridas durante las tareas de ejecución de
obras, con alcance en el área del obrador, talleres, depósitos, frentes de obra, etc., y
todo aquel sector vinculado directamente a la obra en el que potencialmente se pudiera
generar una situación de emergencia.
El programa debe ser elevado para su aprobación por la Inspección, previo al inicio de
las obras. Una vez autorizado El Contratista deberá ejecutarlo, siendo su
responsabilidad mantenerlo en funcionamiento hasta el retiro total de la Obra al finalizar
la construcción de la misma y ser recibida en conformidad por el Comitente.
Los Programas y sus Planes particulares se sustentarán en el análisis previo de los
distintos factores de riesgos que existan, tanto sean físicos, químicos o biológicos.
También se considerará la magnitud en que se presenten dichos riesgos.
El Contratista está obligado a denunciar, inmediatamente de conocido, todo accidente
de trabajo o enfermedad profesional que sufran sus dependientes. La denuncia deberá
contener como mínimo los datos que a tal fin requiera la Superintendencia de Riesgos
del Trabajo.
Se incluirán tanto las actividades que desarrolla el contratista como los subcontratistas,
proveedores o cualquier otra persona que tenga relación directa con la obra.
Deberá ser de estricto conocimiento y cumplimiento por parte de todo el personal
afectado a la obra, independientemente de su pertenencia a la Contratista o a terceros
involucrados, jerarquía y ocupación.
PROGRAMA DE COMUNICACIÓN SOCIAL
El Contratista deberá incorporar en su Propuesta, un Programa de Comunicación
Social que comprenda las tareas, los servicios y las prestaciones a desarrollar, bajo su
directa responsabilidad, incorporando los costos del Programa dentro del Costo del
Contrato. El Programa deberá cumplir con las obligaciones emergentes de la
Legislación vigente
El Objetivo del Programa será el de desarrollar formas eficaces y eficientes de
comunicación entre y con la comunidad involucrada con la obra, con las Autoridades
Competentes a Nivel Nacional, Provincial y Municipal, con El Comitente, con los
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Subcontratistas, con las Entidades Intermedias y Universidades, entre otros, respecto
de los planes y acciones previstas y desarrolladas durante la Etapa de Construcción.
En particular deberá desarrollar mecanismo de comunicación efectivo respecto a la
información sobre los impactos ambientales del Proyecto y las previsiones adoptadas,
las fuentes de trabajo para la construcción y operación de la obra, los propósitos de la
obra, los cursos de capacitación laboral, los planes de contingencia y todo otro efecto y
actividad
relacionada con el medio ambiente de la obra.
El Contratista deberá relevar, en forma permanente, los temas relacionados con el Plan
de Manejo Ambiental que requieran difusión y un intercambio activo de opiniones o
acciones con las Autoridades, Actores Sociales, Instituciones Intermedias,
Universidades, Organizaciones No Gubernamentales, Población afectada, El Comitente
y Organizaciones o personas involucradas. En particular deberá mantener actualizada
la información del desarrollo de los distintos Programas, para dar respuesta inmediata a
todo tipo de consulta, observaciones u objeciones, identificando los problemas y
adoptando las acciones para su solución
En el caso de que como resultado de procedimientos administrativos o judiciales,
petición de Autoridades, Organizaciones o personas, resulte necesario o conveniente, a
juicio de El Comitente, celebrar reuniones, seminarios, talleres u otra forma de
comunicación y discusión de la Obra, de carácter privado o público, incluidas las
denominadas Audiencias
Públicas, El Contratista deberá preparar toda la documentación y prestar el apoyo
técnico necesario durante el desarrollo de las mismas. Para el caso de las Audiencias
Públicas deberá tomar como referencia las instrucciones que a sus efectos determinará
El Comitente o los Organismos de Aplicación.
El Programa de Comunicaciones será desarrollado por el Contratista y deberá ser
aprobado por el Comitente. Será implementado por el responsable de medio ambiente
del Contratista o por terceros calificados designados especialmente.
Las acciones prioritarias a desarrollar son las siguientes:
- Colocar un cartel en cada frente de obra indicando: Nombre del Proyecto, nombre
del COMITENTE, nombre del Contratista, sus direcciones y teléfonos.
- Establecer un procedimiento de comunicación formal y documentado, que facilite
la comunicación con la sociedad y al mismo tiempo permita recibir sus opiniones,
- sugerencias o reclamos relacionados con el desarrollo de la obra.
- Realizar consultas a los directamente relacionados con el desarrollo del proyecto
respecto de la obra y sus alternativas de ejecución, con el propósito de incorporar
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sus observaciones al proceso de toma de decisiones y de esta manera minimizar
el riesgo de conflictos sociales.
- Comunicar a las autoridades, vecinos, ocupantes de campos, empresas u
organismos que posean instalaciones próximas a la obra, con la suficiente
anticipación a las obras que se ejecutarán en los días subsiguientes.
- Comunicar con anticipación a los posibles afectados o a las autoridades
pertinentes aquellas acciones de la obra que pudieran generar conflictos con
actividades de terceros. La notificación podrá realizarse telefónicamente y
registrarse en un libro para su seguimiento.
- Notificar mensualmente a las autoridades locales, provinciales y nacionales del
avance de la obra y lo programado para el mes siguiente.
Mecanismo de Gestión de Quejas y Reclamos
El Contratista deberá elaborar un Mecanismo para la gestión de quejas y reclamos,
arbitrando los medios para facilitar la recepción de inquietudes (consultas, reclamos,
quejas, sugerencias) de las partes interesadas del proyecto y responder a las mismas
en tiempo y forma, a fin de solucionarlas, anticipando la ocurrencia de potenciales
conflictos. De no poder evitar éstos últimos, deberá promover la negociación,
esforzándose en alcanzar su resolución de manera de alcanzar una solución ventajosa
para todos los actores involucrados, incluido el proyecto.
El mecanismo estará disponible desde el inicio de la obra y durante todo el ciclo de vida
del proyecto siendo El Contratista responsable de su implementación, bajo la
supervisión de la COMITENTE. El proceso deberá ser accesible a todos los
interesados ( con especial atención de aquellos grupos más vulnerables), culturalmente
apropiado, transparente, debe asegurar la confidencialidad de la parte que interpone la
inquietud, queja o reclamo y sus resultados deben ser justos, efectivos y duraderos
A efectos de la redacción del Mecanismo de Quejas y Reclamos, el Contratista deberá
considerar los contenidos del Manual de Gestión de Reclamos Ambientales y Sociales
de Resolución a cargo del Contratista, que como Anexo II forma parte de este
Documento
PROGRAMA DE SEGUIMIENTO DE LAS MEDIDAS DE MITIGACIÓN
El Contratista deberá incorporar en su Propuesta, un Programa de seguimiento de las
medidas de que comprenda las tareas, los servicios y las prestaciones a desarrollar,
bajo su directa responsabilidad, incorporando los costos del Programa dentro del Costo
del Contrato.
El Programa deberá cumplir con las obligaciones emergentes de la Legislación vigente
y con el compromiso asumido en
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El Contratista deberá elaborar un Programa detallado y ajustado de seguimiento de las
medidas de mitigación. El programa debe ser elevado para su aprobación por la
Inspección, previo al inicio de las obras. Una vez autorizado El Contratista deberá
ejecutarlo, siendo su responsabilidad mantenerlo en funcionamiento hasta el retiro total
de la Obra al finalizar la
construcción de la misma y ser recibida en conformidad por el Comitente.
El programa de seguimiento de las Medidas de Mitigación será instrumentado por el
Responsable de Medio Ambiente del Contratista o por terceros calificados designados
especialmente.
Se confeccionarán a tal efecto listas de chequeo elaboradas a partir de las medidas de
mitigación propuestas en el Estudio de Impacto Ambiental.
El responsable de medio ambiente inspeccionará la obra regularmente para verificar el
cumplimiento de las medidas de mitigación. Deberá evaluar la eficacia de las medidas
propuestas para mitigar los impactos negativos y proponer al Comitente para su
aprobación los cambios necesarios cuando lo considere oportuno. El objetivo será en
todo momento
minimizar efectos no deseados vinculados a la obra.
El responsable de medio ambiente deberá manifestar disposición al diálogo y al
intercambio de ideas con el objeto de incorporar opiniones de terceros que pudieran
enriquecer y mejorar las metas a lograr. En particular de aquellos directamente
involucrados y de las autoridades.
El responsable de medio ambiente controlará quincenalmente el grado de cumplimiento
de las Medidas de Mitigación aplicando listas de chequeo y emitirá un Informe
Ambiental Mensual. En el informe se indicarán las acciones pertinentes para efectuar
los ajustes necesarios. El responsable presentará su Informe Ambiental Mensual al
Comitente destacando la situación, las mejoras obtenidas, los ajustes pendientes de
realización y las metas logradas.
Finalizada la obra, el responsable emitirá un INFORME AMBIENTAL DE FINAL DE
OBRA donde consten las metas alcanzadas.
El cumplimiento de las Medidas de Mitigación por parte del Contratista será condición
necesaria para la aprobación de los certificados de obra. Debe ser puesta en evidencia
en los informes y debe notificarse a las autoridades correspondientes.
PROGRAMA DE CONTROL AMBIENTAL DE LA OBRA
El Contratista deberá incorporar en su Propuesta, un Programa de control ambiental de
la obra que comprenda las tareas, los servicios y las prestaciones a desarrollar, bajo su
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directa responsabilidad, incorporando los costos del Programa dentro del Costo del
Contrato.
El Programa deberá cumplir con las obligaciones emergentes de la Legislación vigente
y con el compromiso asumido en la El Contratista deberá cumplir con el compromiso
asumido .El Contratista deberá elaborar un Programa de Control Ambiental de la Obra
detallado y ajustado. El programa debe ser elevado para su aprobación por la
Inspección, previo al inicio de las obras. Una vez autorizado El Contratista deberá
ejecutarlo, siendo su responsabilidad mantenerlo en funcionamiento hasta el retiro total
de la Obra al finalizar la construcción de la misma y ser recibida en conformidad por el
Comitente.
El programa de Control Ambiental de la Obra será instrumentado por el responsable de
medio ambiente del Contratista o por terceros calificados designados especialmente.
Durante la etapa de construcción, este programa estará muy ligado al de verificación de
cumplimiento de las Medidas de Mitigación. Sin embargo su espectro de acción debe
ser más amplio para detectar eventuales conflictos ambientales eventualmente no
percibidos en el Estudio de Impacto Ambiental y aplicar las medidas correctivas
pertinentes. En función de los ajustes del Proyecto de Ingeniería a desarrollar según
tecnología constructiva y singularidades Empresarias.
En función de los avances registrados en los distintos Programas del Plan de Manejo
Ambiental, durante la Construcción de la Obra, completará y ajustará en forma
sistemática las conclusiones de la Ampliación del Estudio de Impacto Ambiental,
incorporando los resultados alcanzados durante la ejecución de los Programas y sus
correspondientes relevamientos en el ámbito físico del medio natural o en el medio
socioeconómico directamente involucrados con la Obra. Se confeccionarán listas de
chequeo a partir del Estudio de Impacto Ambiental elaborada, con posibilidad de incluir
elementos ambientales nuevos.
El responsable de medio ambiente inspeccionará la obra regularmente para verificar la
situación ambiental del proyecto. Deberá evaluar la eficacia de las medidas propuestas
para mitigar los impactos negativos y proponer los cambios cuando lo considere
necesario. El objetivo será en todo momento minimizar efectos no deseados vinculados
a la obra.
El responsable de medio ambiente deberá manifestar disposición al diálogo y al
intercambio de ideas con el objeto de incorporar opiniones de terceros que pudieran
enriquecer y mejorar las metas a lograr. En particular de las autoridades.
El responsable de medio ambiente controlará quincenalmente la situación ambiental de
la obra aplicando listas de chequeo y emitirá un INFORME AMBIENTAL MENSUAL de
situación.
En el informe se indicarán las acciones pertinentes para efectuar los ajustes
necesarios. El responsable incluirá en su Informe Ambiental Mensual todos los
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resultados del Monitoreo Ambiental, destacando resultados y proponiendo al Comitente
para su aprobación, los ajustes que crea oportuno realizar.
Finalizada la obra, el responsable incluirá en el informe ambiental final de la obra los
resultados obtenidos en el Programa de Control Ambiental de la Obra y las metas
logradas.
6. ASPECTOS AMBIENTALES A CONSIDERAR
ASPECTOS RELATIVOS AL AIRE
Deberán encontrarse los equipos y maquinaria en óptimas condiciones mecánicas y de
funcionamiento. Deberán utilizarse cobertores al trasladar material (suelo, agregados
pétreos, arena y/ o estabilizados granulares).
Deberá presentar Declaración Jurada de efluentes gaseosos de cualquier equipo que
así lo requiera, ante organismos competentes
EJECUCIÓN Y MOVIMIENTO DE SUELO Y REMOCIÓN DE COBERTURA VEGETAL
El Contratista deberá controlar que las excavaciones, remoción de suelo y cobertura
vegetal que se realicen en el área de los obradores, campamento, locales de
inspección, depósito de excavaciones, perforaciones y paquete estructural, sean las
estrictamente necesarias para la instalación y correcto funcionamiento de los mismos.
Deberán evitarse excavaciones y remociones de suelo innecesarias, ya que las mismas
producen daños al hábitat, perjudicando a la flora y fauna silvestre, e incrementan
procesos erosivos, inestabilidad y escorrentía superficial del suelo. Asimismo se afecta
al paisaje local en forma negativa.
Los trabajos de limpieza del terreno deberán llevarse al ancho mínimo compatible con
la construcción de la obra a fin de mantener la mayor superficie posible con la cubierta
vegetal existente. No se permitirá eliminar el producto no utilizable de estos trabajos
por medio de la acción del fuego.
En los casos que la secuencia y necesidad de los trabajos lo permitan se optará por
realizar, en forma manual, las tareas menores de excavaciones, remoción de suelo y
cobertura vegetal.
En la ejecución de los cortes del terreno y en los rellenos, las crestas deben ser
modeladas con el objeto de evitar terminaciones angulosas. Las cunetas, zanjas de
guardia y de desagüe y demás trabajos de drenaje, se ejecutarán con anterioridad a los
demás trabajos de movimiento de suelos o simultáneamente con estos, de manera de
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lograr que la ejecución de excavaciones, la formación de terraplenes, tengan
asegurado un desagüe correcto en todo tiempo, a fin de protegerlos de la erosión.
El suelo o material sobrante de las excavaciones, se depositará en lugares previamente
aprobados por la Inspección. Cuando sea posible se evitará el depósito en pilas que
excedan los dos metros de altura. Dichas pilas deberán tener forma achatada para
evitar la erosión y deberán ser cubiertas con la tierra vegetal extraída antes de su
disposición. No se depositará material excedente de las excavaciones en las
proximidades de cursos de agua, o lagunas. Los suelos vegetales que necesariamente
serán removidos, deberán acumularse y conservarse para ser utilizados posteriormente
en la recomposición de la cobertura vegetal. Toda biomasa no comercializada como
madera, leña o arbustos, debe ser cortada, desmenuzada y depositada en pilas en
lugares expresamente autorizados por la Inspección.
En caso de vertidos accidentales, los suelos contaminados serán retirados y sustituidos
por otros de calidad y características similares. Los suelos retirados serán llevados a un
depósito controlado.
Se PROHIBE el control químico de la vegetación con productos nocivos para el medio
ambiente. En caso de resultar indispensable aplicar control químico sobre la
vegetación, todos los productos que se utilicen deberán estar debidamente autorizados
por el comitente y contar con su hoja de seguridad en el frente de obra.
Se PROHIBE el uso de defoliantes. En el caso de que fuera indispensable, se deben
utilizar sólo aquellos que no contengan dioxinas y que estén inscriptos en el Registro
Nacional de Terapéutica Vegetal publicado en el Manual de Procedimientos, Criterios y
Alcances para el Registro de Productos Fitosanitarios de la República Argentina del
Instituto Argentino de Sanidad y Calidad Vegetal dependiente del SENASA.
La aplicación de estos productos estará a cargo de personal capacitado y entrenado y
previo a cada aplicación deberán ser notificadas las autoridades locales.
Para el transporte de suelos se recomienda la utilización de equipos adecuados y en
óptimo estado de funcionamiento, humedeciendo la carga, cuidando de enrasar la
misma y, en caso de ser necesario, cubrirla para el traslado de modo de evitar la
diseminación de los materiales transportados por voladura o vuelco, en las vías de
transporte.
Con los materiales excavados que no fuesen utilizados para los propósitos
anteriormente especificados, se conformaran los terraplenes laterales de depósito, para
su posterior traslado. Los materiales desechables, excedente y/o desperdicios,
debieran ser retirados y volcados en depósitos destinados a tal efecto.
Se recomienda utilizar equipos adecuados para la excavación, conservándolo en
buenas condiciones.
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EROSIÓN Y SEDIMENTACIÓN.
El Contratista deberá incorporar , un Programa de control de la Erosión Eólica e Hídrica
y de Protección de las Excavaciones en la zona de afectación directa de las obras así
como en los caminos de accesos necesarios para la construcción de las obras, que
comprenda las tareas, las obras, los servicios y las prestaciones a desarrollar, bajo su
directa
responsabilidad, incorporando los costos del Programa dentro del Costo del Contrato.
El Programa deberá cumplir con las obligaciones emergentes de la Legislación vigente.
El Contratista deberá cumplir con el compromiso asumido .
El Contratista deberá ejercer la máxima precaución en la ejecución de las obras,
tendientes a controlar la erosión y minimizar la sedimentación.
El Contratista, previo al inicio de las tareas de limpieza y de movimiento de tierras
dentro de la zona directamente afectada por las obras, deberá revisar el ámbito físico a
afectar con el objeto de detectar la existencia de procesos erosivos actuales o la
potencialidad de ocurrencia de los mismos como resultado de las Obras. En particular
deberá tomar especiales precauciones en aquellas áreas con mayor susceptibilidad a
este tipo de procesos en las que deberá realizar un detallado estudio de la topografía,
la geomorfología y los procesos edáficos existentes en el terreno.
Las vías de concentración de escorrentías y los focos de erosión hídrica y eólica serán
ubicadas en forma detallada con el objeto de ajustar las obras de drenaje de forma tal
que aseguren una eficaz conducción de los excedentes hídricos y permitan adoptar las
medidas de protección contra la erosión eólica, respectivamente.
En los sectores directamente afectados por razones constructivas de las obras,
susceptibles a procesos erosivos deberá de tratar de mantener la vegetación existente
al máximo posible, debiéndose asegurar la construcción e implementación de medidas
tales como protección de taludes, cárcavas, sectores con pendientes excesivas,
sectores con suelos sueltos, etc., antes de proceder a la remoción de la vegetación y
movimiento de suelos
En los trabajos de excavación deberá adoptar las precauciones necesarias para evitar
derrumbamientos y erosiones, según la naturaleza y las condiciones del terreno y la
forma de realización de las tareas. A tal fin y dentro del contexto de la Protección de las
Excavaciones, El Contratista proveerá y se hará responsable de todos los soportes
temporarios y permanentes de las excavaciones, durante todo el período que dure el
Contrato y hasta la finalización del plazo de garantía.
El producto de la excavación que no haya de retirarse inmediatamente, así como los
materiales que hayan de acopiarse y que sean susceptibles a voladuras por erosión
eólica o a erosión hídrica se apilarán a distancia suficiente del borde de la excavación
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con el fin de que no constituyan una sobrecarga que pueda dar lugar a
desprendimientos, deslizamiento o
aportes de material erosionado. En los casos que resulten necesarios serán protegidos
mediante métodos eficaces para evitar su dispersión y los daños a la obra, su personal,
a terceros o afectaciones a la Calidad del Aire que excedan la normativa aplicable al
caso y a la Calidad del Agua.
El Contratista inspeccionará los dispositivos de control de erosión y sedimentación
transitorias y permanentes para verificar deficiencias después de cada lluvia. Las
deficiencias serán corregidas de inmediato. La Inspección se reserva el derecho a
tomar las medidas apropiadas para exigir que el Contratista deje de trabajar en otras
áreas y concentre sus
esfuerzos para rectificar las deficiencias especificadas dentro de 24 hs después de la
notificación.
CONTROL DE LA CORRECTA GESTIÓN DE LOS EFLUENTES LÍQUIDOS
El Contratista deberá disponer los medios necesarios para lograr una correcta gestión
de los efluentes líquidos durante todo el desarrollo de la obra, aplicando el Programa
de Manejo de Residuos, Emisiones y Efluentes.
En caso de verificar desvíos a los procedimientos estipulados, el Responsable
Ambiental deberá documentar la situación dando un tiempo acotado para la solución de
las no conformidades.
El Contratista deberá evitar la degradación del paisaje por la generación de efluentes
líquidos durante la etapa de Montaje y Funcionamiento del Obrador Principal y
Campamento.
Los efluentes que se pudieran generar durante las distintas etapas de la obra, deberán
ser controlados de acuerdo con lo estipulado en el Programa de Manejo de Residuos,
Emisiones y Efluentes.
Se deberá contar con recipientes adecuados y en cantidad suficiente para el
almacenamiento seguro de los efluentes líquidos generados.
El Contratista dispondrá de personal o terceros contratados a tal fin para retirar y
disponer los efluentes líquidos de acuerdo a las normas vigentes.
El Contratista será responsable de capacitar adecuadamente al personal para la
correcta gestión de los efluentes líquidos de la obra.
El Contratista será responsable de evitar el lavado o enjuague de maquinarias y
equipos que pueda producir escurrimientos y/o derrames de contaminantes.
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PROTECCIÓN, CALIDAD Y EL USO DEL AGUA
Se deberá evitar la captación de aguas en fuentes susceptibles de secarse o que
presenten conflictos con los usos por parte de las comunidades locales.
La empresa deberá efectuar las tareas de limpieza de vehículos, maquinarias u otro
elemento, como así también el lavado y enjuague de hormigoneras, en un lugar
específico de acuerdo a las leyes vigentes, a fin de evitar cualquier acción que
modifique la calidad y aptitud de las aguas superficiales y/o subterráneas.
Prohibir cualquier acción que modifique la calidad y aptitud de las aguas superficiales o
subterráneas.
Evitar la interrupción de los drenajes, para ello se colocarán las alcantarillas
simultáneamente con la nivelación de la traza y la construcción de terraplenes, nunca
se postergará esto para después de la construcción de las super estructura ferroviaria.
Cuando las cunetas de una obra o trabajo confluyan directamente a un río o quebrada,
éstos tendrán que estar provistos de obras civiles que permitan la decantación de
sedimentos, y de ser necesario, hacer algún tratamiento previo antes de conducirlos al
curso receptor.
Cuando exista la necesidad de desviar un curso natural de agua o se haya construido
un paso de agua y éste no sea requerido posteriormente, el curso abandonado o el
paso de agua serán restaurados a sus condiciones originales por el constructor.
Los drenajes transitorios deberán conducirse siguiendo las curvas de nivel hacia
canales naturales protegidos.
El Contratista no deberá arrojar cemento, limos, arcillas, concreto fresco, aditivos,
estabilizadores químicos para suelo o cualquier deshecho de obra en cuerpos o cursos
de agua.
Los residuos de tala y rozado no deben llegar a las corrientes de agua. Estos deben ser
apilados de tal forma que no causen disturbios en las condiciones del área.
Queda prohibido que los materiales o elementos contaminantes tales como
combustibles, lubricantes bitúmenes, aditivos, residuos provenientes de operaciones de
mezclado de los hormigones, aguas servidas no tratadas, sean descargados en ningún
cuerpo de agua, sean estos naturales o artificiales.
CONTROL DE DRENAJES, DESAGÜES Y ANEGAMIENTOS EN ZONA DE OBRA
El Contratista deberá incorporar , un Programa de Control de Drenajes, Desagües y de
los sectores que sufren procesos de anegamientos en la zona de localización de las
obras, que comprenda las tareas, las obras, los servicios y las prestaciones a
desarrollar, bajo su directa responsabilidad, incorporando los costos del Programa
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dentro del Costo del Contrato. El Programa deberá cumplir con las obligaciones
emergentes de la Legislación vigente.
El Contratista deberá cumplir con el compromiso asumido .
El Contratista, previo al inicio de las tareas de limpieza y de movimiento de tierras,
trabajos de extracción de suelos de cualquier naturaleza, dentro de la zona de
localización de las obras, deberá revisar el ámbito físico a afectar con el objeto de
detectar la existencia de vías de drenajes, de desagües y de sectores sujetos a
procesos de anegamientos actuales,
evaluando la potencialidad de afectación a las obras existentes y a construir, o al medio
como resultado de las tareas constructivas.
En todos los casos deberá mantener el correcto funcionamiento de los desagües
pluviales existentes, hasta que se encuentren terminados y en funcionamiento las
nuevas estructuras resultantes de las acciones de adecuación y sistematización de los
desagües pluviales.
En particular deberá tomar especiales precauciones en aquellas áreas con mayor
presencia y/o susceptibilidad a este tipo de procesos en las que deberá realizar un
detallado estudio de la topografía, la geomorfología y los procesos edáficos existentes
en el terreno, con el objeto de proceder a confeccionar planos en los que se reflejen los
procesos, actuales
y potenciales. Las vías de drenaje y las áreas anegables serán señaladas en forma
detallada con el objeto de ajustar las obras de forma tal que aseguren una eficaz
captación y conducción de los excedentes hídricos.
En los trabajos de excavación, en general, deberá adoptar las precauciones necesarias
para asegurar el desvío y conducción controlada de las aguas superficiales y
subterráneas, desaguar los excedentes de agua y mantener en seco las excavaciones,
debiendo prever la provisión y mantenimiento de las instalaciones de drenaje y de
bombeo, que sean necesarias para asegurar la estabilidad de los taludes, evitar
derrumbamientos y erosiones, según la naturaleza y las condiciones del terreno y la
forma de realización de las tareas.
Deberán extremarse las precauciones en los lugares en que las excavaciones se
encuentren aledañas a obras de infraestructura o edificaciones de cualquier tipo,
incluyendo a las propias de la obra en construcción.
El agotamiento del agua producida por lluvias, filtraciones u otros motivos se realizará
de forma tal que el personal pueda realizar la tarea en las mejores condiciones
posibles, incluyendo la iluminación y ventilación de los sitios de trabajo, en los casos
que lo demanden.
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CONTROL DE EMISIONES GASEOSAS, MATERIAL PARTICULADO Y RUIDOS Y
VIBRACIONES
El Contratista deberá incorporar , un Programa de Control de Ruidos, Vibraciones y de
la Contaminación del Aire en la zona de afectación directa de las obras, yacimientos y
caminos de acceso, que comprenda las tareas, las obras, los servicios y las
prestaciones a desarrollar, bajo su directa responsabilidad, incorporando los costos del
Programa dentro del Costo del Contrato. El Programa deberá cumplir con las
obligaciones emergentes de la Legislación vigente.
El Contratista deberá cumplir con el compromiso asumido .
El Contratista, previo al inicio de las tareas de instalación de campamentos y
obradores, de desmonte y de movimiento de tierras dentro de la franja de servidumbre,
accesos y sectores directamente afectados por las obras, deberá revisar sus equipos
móviles o fijos, para garantizar que los ruidos se ubiquen dentro de los requerimientos
de la normativa vigente, según el ámbito físico en el que se desarrollen las obras.
Con la finalidad de brindar seguridad a los vehículos que circulan y de proteger el
hábitat en general, se deberá impedir la generación de nubes de polvo durante la etapa
de construcción. Estas tareas deberán ser evitadas en días muy ventosos.
Para ello el Contratista realizará el riego con agua con el caudal y la frecuencia que
sean necesarias para evitar el polvo en suspensión, en los lugares dónde haya
receptores sensibles y dónde indique la Inspección.
Durante la fase de construcción, el Contratista controlará las emisiones de polvo
procedentes de las operaciones de carga y descarga de camiones y otras instalaciones
de obra. Las tolvas de carga de materiales deberán estar protegidas con pantallas
contra el polvo y los camiones que circulen con materiales áridos o pulverulentos,
deberán llevar su carga tapada con un plástico o lonas para evitar fugas de los mismos.
Asimismo controlará el correcto estado de la maquinaria para evitar emisiones
contaminantes superiores a las permitidas.
En los ambientes Periurbanos y Urbanos, deberá cumplimentar con la legislación sobre
Ruidos y Vibraciones aplicables a cada Jurisdicción en particular, debiendo extremar
las medidas para evitar la afectación de las personas y de la fauna. Si la Inspección
Ambiental lo considera conveniente, El Contratista deberá realizar la medición del nivel
sonoro y de vibraciones de todas sus maquinarias y vehículos de transporte,
procediendo al análisis de bandas de octavas, a los efectos de la evaluación de las
frecuencias y constatación del cumplimiento de las normas pertinentes.
El Contratista, de ser posible, establecerá vías de transporte que alejen a sus vehículos
de zonas pobladas y aseguren que las molestias ocasionadas por las operaciones de
transporte se reduzcan al mínimo. La Inspección se reserva el derecho a prohibir o
restringir en ciertas porciones del proyecto cualquier trabajo que produzca un ruido
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objetable en horas normales de descanso, de 22 hs a 06 hs, o en los horarios
establecidos por las ordenanzas locales.
Las vibraciones de los equipos y maquinarias pesadas y la contaminación sonora por el
ruido de los mismos, durante su operación, pueden producir molestias a los operarios,
y afectar apostaderos de aves y a la fauna terrestre cuando los trabajos se desarrollen
cerca de áreas sensibles. Por lo tanto, se deberá minimizar al máximo la generación de
ruidos y
vibraciones de estos equipos, controlando los motores y el estado de los silenciadores.
Las tareas que produzcan altos niveles de ruidos, como el movimiento de camiones de
transporte de suelos de excavaciones, materiales, insumos y equipos, y los ruidos
producidos por las máquinas de excavaciones y de apoyo a las plantas en la zona de
obra, ya sea por la elevada emisión de la fuente o suma de efectos de diversas fuentes,
deberán
estar planeadas adecuadamente para mitigar la emisión total lo máximo posible, de
acuerdo al cronograma de la obra.
Concretamente, la Contratista evitará el uso de máquinas que producen niveles altos
de ruidos (martillo neumático, máquina de excavación, grupo generador y compresor)
simultáneamente con la carga y transporte de camiones de los suelos extraídos,
debiéndose alternar dichas tareas dentro del área de trabajo.
No podrán ponerse en circulación simultáneamente más de tres camiones para el
transporte de suelos de excavación hacia el sitio de depósito y la máquina que
distribuirá y asentará los suelos en este sitio deberá trabajar en forma alternada con los
camiones.
Si los equipos produjeran emisiones gaseosas o que los niveles de ruido de
maquinarias superen parámetros razonables que exceden la normativa vigente El
Contratista deberá adoptar las medidas necesarias para reducir la emisión de
contaminantes, hasta alcanzar los valores aceptables.
Se deberá verificar el correcto funcionamiento de los motores a explosión para evitar
desajustes en la combustión que pudieran producir emisiones de gases fuera de
norma.
En particular deberá tomar especiales precauciones en aquellas áreas con mayor
concentración de personal y/o susceptibilidad de la fauna.
PROTECCIÓN DE LA VEGETACIÓN Y EL HÁBITAT
El Contratista deberá incorporar , un Programa de Manejo de la Vegetación y de la
Fauna que comprenda las tareas, las obras, los servicios y las prestaciones a
desarrollar, bajo su directa responsabilidad, incorporando los costos del Programa
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dentro del Costo del Contrato. El Programa deberá cumplir con las obligaciones
emergentes de la
Legislación vigente.
El Contratista deberá cumplir con el compromiso asumido .
El Contratista deberá realizar los trabajos de limpieza y remoción de la vegetación, en
la zona de obra y de accesos, reduciendo las tareas a un mínimo compatible con los
requerimientos constructivos y los criterios establecidos en la presente especificación.
No podrá en ningún caso, operar equipamiento o remover vegetación fuera de la zona
de obra
delimitada, sin contar con un permiso específico por parte del Propietario o de la
autoridad competente y la autorización de la Inspección de El Comitente.
El Contratista deberá atenuar y limitar los impactos ambientales vinculados con la
limpieza, el desmalezado y el desmonte, para disminuir el peligro de erosión del suelo,
la afectación del paisaje natural, las interferencias con la actividad económica del sitio y
las Alteraciones en los hábitats naturales de la flora y de la fauna autóctona o
adaptada.
- A tal efecto El Contratista deberá:
- Mantener al máximo posible la vegetación natural.
- Utilizar maquinarias y equipamiento que minimice la perturbación del suelo, su
compactación y la pérdida de la cubierta vegetal.
- Conservar la cubierta del suelo removida para su uso posterior y para la
restauración de los sitios afectados que lo demanden, en el caso de que resulte
apta para tal fin.
En la limpieza de vegetación deberá adoptar medidas de seguridad para el derribo de
árboles, en el caso de que resulte indispensable por razones constructivas, y para el
corte de plantas, que puedan ser nocivos para el personal por contacto o por inhalación
de los gases producidos por la quema.
Durante el desarrollo de todas las tareas, deberá adoptar medidas preventivas respecto
de mordeduras o picaduras de las alimañas existentes en el área de emplazamiento de
la obra. Deberá instrumentar los mecanismos de tratamiento en el lugar y las
estrategias de derivación del personal para el caso de accidentes por mordeduras o
picaduras.
De resultar necesaria la limpieza de vegetación arbórea, todas las maquinarias que
realicen tareas de derribo de árboles deberán tener un techo protector resistente, que
resguarde al conductor de cualquier contingencia producida por las caídas de los
troncos.
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Los árboles a talar deben estar orientados, según su corte, para que caigan sobre la
zona de camino, evitando así que en su caída, deterioren la masa forestal restante.
No se permitirá en horarios nocturnos la realización de tareas operación de máquinas
para la limpieza de vegetación, si no es con la autorización expresa de La Inspección,
con la presencia de un responsable de las tareas y, con la provisión de un adecuado
sistema de iluminación, que evite potenciales daños sobre los operarios, personas,
animales, patrimonio cultural, obras de infraestructura o bienes de terceros.
El Contratista deberá prever el retiro y disposición final de los materiales provenientes
de la limpieza de vegetación. Los materiales serán propiedad de El Contratista, excepto
en aquellos caso en que los mismos sean reclamados como propiedad por terceros.
El Contratista deberá solicitar a La Inspección autorización para la entrega del material
a terceros, manteniendo El Contratista su responsabilidad por el destino o disposición
final del material.
El Contratista deberá cumplir con la restauración de los sitios según su propuesta.
El Contratista deberá solicitar autorización a La Inspección para proceder a quemar
aquellos productos no aprovechables de la limpieza de la vegetación. La autorización
por parte de La Inspección no elimina las responsabilidades de El Contratista en cuanto
a la disposición final de los residuos, por lo que ejercerá especial control frente a las
posibilidades
de incendio del material vegetal dentro de las áreas de las Obras y desarrollará, bajo su
entera responsabilidad, los mecanismos previstos frente a contingencias por incendio,
de producirse hechos de esta naturaleza.
De resultar necesaria la utilización de herbicidas, por parte del Contratista deberá ser
efectuada mediante el empleo de productos adecuados, y con la utilización de técnicas
de aplicación y manipuleos de acuerdo a las normas ambientales y de higiene y
seguridad que correspondan. La disposición final de los recipientes que han contenido
herbicidas deberá
realizarse en los lugares habilitados para materiales peligrosos y/o contaminantes y de
acuerdo a las normas vigentes. Para el uso de herbicidas El Contratista deberá contar
con la autorización previa de la Inspección.
El Contratista deberá incorporar el desarrollo de un Proyecto de Forestación
Compensatoria a implantar
El Contratista deberá presentar al Comitente un proyecto Ejecutivo de Forestación
Compensatoria con la finalidad de mejorar las condiciones escénicas paisajísticas y de
adecuación ambiental de las obras, en particular de compensación por la vegetación
afectada por la construcción de las obras y de mejoramiento de las condiciones
ambientales.
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Queda expresamente prohibido que los trabajadores efectúen actividades predatorias
sobre la fauna y la flora; tampoco podrán colocar clavos en los árboles, cuerdas, cables
o cadenas sin la protección adecuada; manipular combustibles, lubricantes o productos
químicos en las zonas de raíces; apilar material contra los troncos, circular con
maquinaria fuera de los lugares previstos; cortar ramas y seccionar raíces importantes;
dejar raíces sin cubrir en zanjas y desmontes.
En el caso que resulte necesaria la utilización de biocidas, por parte del Contratista,
para las tareas de control de la fauna que por razones de salud, de seguridad, o
constructivas resulten indispensables, deberá ser efectuada mediante el empleo de
productos adecuados, y con la utilización de técnicas de aplicación y manipuleos de
acuerdo a las normas ambientales y de higiene y seguridad que correspondan. La
disposición final de los recipientes que han contenido biocidas deberá realizarse en los
lugares habilitados para materiales peligrosos y/o contaminantes y de acuerdo a las
normas vigentes. Para el uso de biocidas El Contratista deberá contar con la
autorización previa de la Inspección.
El Contratista deberá manejar a la Fauna existente dentro de zona de Obra, impidiendo
mediante mecanismos de control, que los propios trabajadores o terceros desarrollen
actividades que pudieran dañarla.
El Contratista tomará todas las precauciones razonables para impedir y eliminar los
incendios, evitando que los trabajadores 8enciendan fuegos no imprescindibles a las
tareas propias de la obra. El PMA identificará un responsable del manejo de equipos e
instalaciones de extinción de fuego, que en caso de ser necesario avisará con celeridad
a la autoridad
local competente colaborando con la misma en el informe, prevención y eliminación de
los incendios. Si por algún motivo debieran hacerse quemas, deberán contar en caso
de necesidad con la autorización de la autoridad competente Municipal o Provincial.
Sé prohíbe estrictamente al personal de la Obra la portación y uso de armas de fuego
en el área de trabajo, excepto por el personal de vigilancia expresamente autorizado
para ello. Quedan prohibidas las actividades de caza o la pesca en las áreas aledañas
a la zona de construcción, obradores, campamentos, así como la compra o trueque a
lugareños de animales silvestres (vivos, embalsamados, pieles, y otros subproductos),
cualquiera sea su objetivo.
En el caso de detectar nidales o madrigueras deberá implementarse (habiendo
notificado previamente a las autoridades locales) un rescate y desplazamiento a zona
segura de los individuos o nidos que podrían ser afectados. Esta tarea debe ser
realizada por personal especializado, con la anuencia de las autoridades locales
Para resguardar adecuadamente la fauna y sus hábitats durante el período de
construcción, las labores de desbroce se realizarán fuera de los periodos reproductivos
de la fauna.
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127
Durante la construcción de la Obra se efectuará un monitoreo a fin de conocer la tasa
de animales muertos en la ruta y zona de camino. Utilizados en la obra. El inventario
será confeccionado por el Contratista a través de su Responsable Ambiental, quien
informará a la Inspección que tendrá a su cargo la coordinación con el organismo
competente provincial
ASPECTOS RELATIVOS A LA FLORA Y FAUNA
a) Se prohíbe estrictamente al personal de la obra la portación y uso de armas de fuego
en el área de trabajo, excepto por el personal de vigilancia expresamente autorizado
para ello.
b) Quedan prohibidas las actividades de caza en las áreas aledañas a la zona de
construcción, así como la compra o trueque a lugareños de animales silvestres (vivos,
embalsamados, pieles y otros subproductos), cualquiera sea su objetivo.
c) Se limitará la presencia de animales domésticos, tales como gatos, perros, cerdos,
etc. principalmente en áreas silvestres y estarán prohibidos en jurisdicción de Áreas
Naturales Protegidas.
d) Queda prohibida la pesca por parte del personal de la obra, en cursos y cualquier
cuerpo de agua.
e) Si por algún motivo han de efectuarse quemas de residuos de tala o rozado, éstas
sólo podrán ser autorizadas por el Inspector de las obras, previo conocimiento del
Representante del COMITENTE.
f) Es obligación del Contratista prohibir al personal de la obra, el desplazamiento del
mismo fuera del área de trabajo en áreas silvestres, pertenezcan estas al dominio
público o privado.
g) La extracción y/o corte de vegetación (árboles, raíces y raigones) previamente
dispuestos debe hacerse con elementos acordes al porte y tamaño de los ejemplares
afectados, para evitar daños en zonas aledañas y vegetación cercana.
h) La reposición compensatoria por cada árbol extraído deberá respetar las pautas
establecidas en el proyecto de obra o bien lo asesorado por el COMITENTE en el caso
que sea requerido.
i) Los árboles a talar deberán estar debidamente orientados en su caída a efectos de
lograr el menor daño a la masa forestal circundante.
j) Para la construcción de los encofrados de obras de drenaje y obras de arte deberá
utilizarse la madera de aserraderos.
k) No deberán efectuarse actividades depredatorias ni encender fuegos no
imprescindibles a la construcción, especialmente en zonas donde existe peligro
potencial de incendio de la vegetación circundante.
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128
l) Se deberán dotar de equipos e instalaciones adecuadas para asegurar el control y
extinción de incendio.
m) En el caso de Áreas Naturales Protegidas y/o sensibles se deberá consultar las
disposiciones vigentes del Área correspondiente y trabajar en conjunto con los
organismos responsables para producir el mínimo impacto perjudicial.
n) Se deberá minimizar cualquier tipo de daño que involucre cambios de hábitat, como
por ejemplo sitios de nidificación, etc. de la fauna del lugar.
ñ) Minimizar la destrucción de la cobertura vegetal existente en zona de banquinas y en
el área en que se instalen obrador, depósito de materiales y plantas elaboradoras de
materiales.
o) Cuando se finalice la obra se deberá revegetar el área de préstamo de la vía, según
proyecto o directivas de la inspección.
MATERIALES DE PRÉSTAMOS, CANTERAS Y APERTURA DE YACIMIENTOS
a) Acopio de áridos y/o suelos: De acuerdo con la legislación vigente en provincia la
Contratista deberá presentar ante el COMITENTE, respecto a la provisión de
agregados pétreos y/o suelos, certificados de Registro de productor Minero y Estudio
de Impacto Ambiental aprobado o en trámite de las canteras proveedoras acorde a
legislación vigente.
La documentación citada deberá estar disponible en las oficinas del obrador. Cualquier
cambio de proveedor deberá ser comunicado respetando las mismas pautas.
b) La extracción de materiales de los préstamos deberá ser llevada a cabo en zonas
seleccionadas tras una evaluación de alternativas. La explotación será sometida a la
aprobación por la Inspección de Obra, quienes deberán recibir del Contratista el plan
de explotación e información del plan de recuperación del sitio.
c) En el caso de remoción de suelo orgánico de zona de préstamo, se lo deberá apilar y
cubrir con plástico con el fin de resguardarlo para su utilización en futuras
restauraciones.
d) Cuando la calidad del material lo permita, se aprovecharán los materiales de los
cortes para realizar rellenos o como fuente de materiales constructivos, con el fin de
minimizar la necesidad de explotar otras fuentes y disminuir los costos ambientales y
económicos.
e) Los desechos de los cortes no podrán ser dispuestos a media ladera, ni arrojados a
los cursos de agua. Se los deberá disponer de modo que no produzcan modificaciones
en el drenaje, en la calidad paisajística u otros problemas ambientales. f) Se deberá
fijar la localización de los yacimientos y canteras, en general, a no menos de 200 m del
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eje y fuera de la vista del camino, excepto cuando se demuestre su imposibilidad, y
deberá cumplimentar la legislación Provincial y Municipal vigentes en la materia.
g) Todas las excavaciones de los préstamos deberán contar con drenaje adecuado que
impida la acumulación de agua, o alteren el natural escurrimiento de los cursos de
agua, excepto por pedido expreso y documentado de autoridad competente.
h) Una vez terminadas los trabajos, de extracción del préstamo se deberán adecuar a
la topografía circundante con taludes 2: 1 (H: V) con bordes superiores y redondeados
de modo que pueda arraigarse la vegetación y no presentar problemas para personas y
animales.
i) Está prohibida la destrucción de bosques o áreas de vegetación autóctono de
importancia.
INSTALACIÓN DE CAMPAMENTOS
Previo a la instalación del/los campamento/s, el Contratista presentará para aprobación
de la Inspección, un croquis detallado, mostrando ubicación del/los campamento/s, sus
partes y los detalles necesarios. Además, deberá presentar un registro gráfico de la
situación previa a la obra, para asegurar su restitución plena.
En la construcción de campamentos se evitará realizar cortes de terreno, rellenos, y
remoción de vegetación. En lo posible las instalaciones serán prefabricadas. En ningún
caso los campamentos quedarán ubicados aguas arriba de las fuentes de
abastecimiento de agua de núcleos poblados, por los riesgos sanitarios que esto
implica. Todos los campamentos contarán con pozos sépticos. Por ningún motivo se
verterán aguas servidas en los cursos de agua.
No se arrojarán desperdicios sólidos de los campamentos a las corrientes de agua.
Estos se depositarán adecuadamente, en un relleno sanitario. (Fosa de residuos
sólidos), o se dispondrán conjuntamente con los de los Municipios de la zona. El pozo
séptico y la fosa de residuos sólidos deberán cumplir con los requerimientos
ambientales de impermeabilización y tubería de infiltración
Para los residuos peligrosos incluidos en la Ley 24051 y legislación Provincial rigen las
normas sobre manipulación, transporte y disposición final especificadas en dicha ley y
en sus decretos reglamentarios.
Los campamentos contendrán equipos de extinción de incendios y un responsable con
material de primeros auxilios y cumplir con la Normativa sobre seguridad e higiene
laboral.
Los campamentos deberán mantenerse en perfectas condiciones de funcionamiento
durante todo el desarrollo de la obra.
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130
Los campamentos serán desmantelados una vez que cesen las obras, dejando el área
en perfectas condiciones e integrada al medio ambiente circundante. En el caso que
sus instalaciones pudieran ser donadas a las comunidades locales para beneficio
común, como para ser destinados a escuelas o centros de salud, el Contratista
presentará para aprobación de la Inspección el convenio de donación donde conste las
condiciones en que se entregan las instalaciones y la responsabilidad de su
mantenimiento.
Los Campamentos y sus instalaciones, aprobados por la Inspección deberán
mantenerse en perfectas condiciones de funcionamiento durante todo el desarrollo de
la obra.
a) La ubicación definitiva del obrador deberá contar con la aprobación del
COMITENTE.
b) La Contratista deberá ubicar al mismo en un sitio alejado de los centros poblados,
lugares peligrosos por dificultades en el acceso (seguridad en el tránsito), o cercanía a
escuelas, hospitales, etc., o lugares próximos a centros donde se comercialice,
fabrique, distribuya o deposite elementos considerados peligrosos; a cursos de agua,
zonas bajas o anegadizas, aguas arriba de las fuentes de abastecimiento de agua a
núcleos poblados, áreas ambientalmente sensibles o con valor Patrimonial.
c) En el caso que indefectiblemente se deba ubicar en zona urbana, el predio deberá
contar con la aprobación del municipio correspondiente.
d) Deberá estar ubicado de forma tal que no modifique sustancialmente la visibilidad ni
signifiqué una intrusión visual importante
e) En la construcción de los obradores se deberá evitar la realización de cortes de
terreno, rellenos y remoción de vegetación y se preservarán árboles de gran tamaño o
de valor genético, paisajístico, cultural o histórico
f) El predio del obrador deberá estar debidamente delimitado con cerco perimetral
g) Deberá presentar declaración de pasivo ambiental si su uso previo así lo requiere.
h) Deberá presentar memoria descriptiva de las instalaciones con indicación en croquis
de ubicación exacta, con medidas y flujo del movimiento interno de los vehículos, con
antelación al inicio de la actividad.
i) Deberán estar diferenciados, los sectores destinados al personal (sanitarios,
dormitorios, comedor) de aquellos destinados a tareas técnicas (oficina, laboratorio) o
vinculados con los vehículos y maquinarias (zona de guarda, reparaciones, lavado,
engrase, etc.)
j) Deberá disponer los residuos derivados de máquinas, equipos, probetas, neoprene u
otros elementos, lavados, etc., que conformen residuos peligrosos de acuerdo a las
normativas vigentes en el orden nacional y provincial. La Contratista deberá presentar
ante el COMITENTE la documentación que acredite el tipo de residuos peligrosos
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generados y los circuitos utilizados para su eliminación y/o envío para su tratamiento
(manifiestos de los residuos transportados, copia de los certificados ambientales de las
empresas transportistas y de tratamiento o disposición final); asimismo la citada
documentación deberá estar disponible en las oficinas del obrador.
k) Deberá concentrar en un lugar del obrador todos los restos de diferente índole
(domésticos y/o no habituales) que se hayan generado durante la obra para su
posterior traslado al lugar de disposición final autorizado por el Municipio
correspondiente. La Contratista deberá presentar ante el COMITENTE la
documentación que lo acredite.
l) Las sustancias aglomerantes deberán estar en tolvas o bajo techo con piso
impermeabilizado.
m) Deberán ubicarse tambores de emulsión, aceites, aditivos, etc., en un sector bajo
techo y sobre platea de hormigón, con pendiente hacia una canaleta que concentre en
un pozo de las mismas características para facilitar la extracción y disposición final de
eventuales derrames de aceites y combustibles.
n) Se deberá utilizar estabilizadores de suelo, aditivos, etc., que estén aprobados por la
autoridad competente.
ñ) En el caso de que la carga de combustible se realice en el predio del obrador, los
tanques deberán estar sobre piso de hormigón, con murete revocado adecuado al
tamaño del tanque y cubriendo con solado del mismo tipo el piso de la zona de carga
del mismo.
o) La instalación para tubos de gas deberá adecuarse en cuanto a su ubicación,
distancias, instalación, del equipo propiamente dicha, distribución interna, protección
contra incendio, cartelería, etc. de acuerdo a lo estipulado en las normativas vigentes.
Cuando se requiera la utilización de tubos de oxígeno, equipos de soldaduras, etc. ya
sean fijos o móviles, se deberán tomar los recaudos necesarios tanto para la protección
del equipo en sí como de los operarios, debiendo en todos los casos adecuarse a las
regulaciones provinciales vigentes.
p) Se deberá instalar servicios sanitarios en número y calidad para atender las
necesidades del personal, con plano de instalaciones incluyendo el sistema estático de
efluentes cloacales, en el caso de que se requiera la ejecución de un pozo séptico.
q) Deberá presentar protocolo de análisis físicoquímico y bacteriológico del agua
destinada al consumo y uso humano.
r) Los obradores deberán tener equipos de extinción de incendios y de primeros
auxilios
s) Los obradores deberán cumplir con la normativa sobre seguridad e higiene laboral,
siendo imprescindible contar con un profesional idóneo en la materia.
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t) Se deberá señalizar con cartel identificador de la ubicación del obrador y empresa
responsable, como así también su acceso con carteles de entrada y salida, teniendo en
cuenta el movimiento de vehículos y peatones
u) Una vez finalizada la obra, el Contratista deberá quitar el obrador del lugar donde
fuera emplazado y restituir el suelo de la zona afectada a su estado anterior. Con
anterioridad a la emisión del acta provisoria de recepción de la obra se deberá
recuperar ambientalmente y restaurar la zona ocupada a su estado preoperacional, en
coordinación con la inspección de COMITENTE.
v) Una vez finalizada la obra, el COMITENTE podrá requerir, un estudio de Pasivo
Ambiental en el caso que lo considere necesario, como así también el cumplimiento de
las tareas de remediación resultantes del citado estudio. Esta tarea, debidamente
documentada y comunicada en tiempo y forma a la citada Unidad, deberá llevarse a
cabo siguiendo las normativas Nacionales y Provinciales sobre Residuos Peligrosos y
deberá ser realizada por Empresa habilitada por la Autoridad Ambiental Provincial, bajo
la supervisión del COMITENTE.
w) En el momento que la Contratista cese sus actividades en el Obrador y previo al
desarmado de sus instalaciones, deberá comunicar al COMITENTE a fin de que ésta
verifique el estado ambiental en que se encuentra el sitio ocupado a efectos de tomar
las medidas que correspondan para su aceptación definitiva, siendo compatibles las
premisas del ítem anterior.
x) Ante cualquier daño ambiental imprevisto que involucre a los factores naturales
(suelo, agua, aire, etc.) afectados por vuelcos y/o derrames de hidrocarburos, como así
también de cualquier otra sustancia considerada peligrosa, la Contratista deberá
remediar dicha situación de forma inmediata, comunicándolo al COMITENTE mediante
la Inspección de la Obra.
y) En caso de que el propietario del predio, en el cual está instalado el obrador, desee
quedarse con alguna instalación, base y/o camino interno dentro del mismo, la
Contratista deberá presentar el pertinente pedido y conformidad del titular.
CONTROL DEL ACOPIO Y UTILIZACIÓN DE MATERIALES E INSUMOS
Durante todo el desarrollo de la obra el Contratista deberá controlar los sitios de acopio
y las maniobras de manipuleo y utilización de materiales e insumos como productos
químicos, pinturas y lubricantes, en los obradores, campamento y locales de
inspección, a los efectos de reducir los riesgos de contaminación ambiental. Este
control debe incluir la capacitación del personal responsable de estos productos en el
frente de obra.
El Contratista deberá controlar que tanto los materiales de obra como los insumos
anteriormente mencionados sean almacenados correctamente. Además los últimos se
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acopien en recintos protegidos del sol y cercados (con restricciones de acceso) y piso
impermeable (o recipientes colocados sobre bateas).
Todo producto químico utilizado en la obra debe contar con su hoja de seguridad en un
lugar accesible donde conste claramente la peligrosidad del producto, las medidas de
prevención de riesgos para las personas y el ambiente y las acciones a desarrollar en
caso de accidente a las personas o al medio ambiente.
INSTALACIÓN DE PLANTAS DE PRODUCCIÓN DE MATERIALES.
a) Las instalaciones de plantas de hormigón, seleccionadoras de áridos, etc. deberán
asegurar una reducida emisión de ruido, humos, gases y residuos o partículas.
b) Cuando estén próximas a áreas urbanas las tareas de producción y construcción
deberán realizarse en horario diurno. Los estándares de emisión y los horarios de
funcionamiento serán convenidos con el área ambiental y la inspección de acuerdo al
tipo de equipo y localización.
Plantas de hormigón
Planta de Hormigón: a) Se deberá presentar Memoria Descriptiva de sus instalaciones
con indicación en croquis y gestión integral de la misma.
b) A los fines de localizar adecuadamente la planta, se deberá llevar a cabo el
correspondiente estudio, en el que se deberán considerar pautas tales como
escurrimiento superficial del agua, dirección predominante del viento, proximidad de
mano de obra, etc. Asimismo no tendrá que ejercer una modificación relevante de la
calidad visual de la zona, ni una intrusión visual significativa, ni una fuente potencial de
accidentes por causa del ingreso / egreso de vehículos.
c) En el caso de estar ubicada en la cercanía de núcleos poblados, de cualquier
magnitud, las tareas se deberán realizar en horario diurno con una emisión sonora que
no supere los niveles tolerados por el oído humano.
d) Que los áridos ingresen lo suficientemente limpios de modo tal que al movilizar el
material no se produzca un movimiento de partículas tal que sea perjudicial al medio en
el que se sitúa la planta.
e) En el caso que por acción de los vientos se produzca un excesivo movimiento de
material del acopio que afecte núcleos poblados de cualquier magnitud o
emprendimientos de cualquier tipo se deberá implementar, mediante el uso de postes y
lona, la delimitación de dicho sector.
f) Utilizar plantas de hormigón con tecnología acorde a los requerimientos de polución
controlada, mediante el uso de colectores de polvo.
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g) Según sea la fuente de alimentación de energía y en el caso que sea por grupo
electrógeno, deberá contar con la aprobación de la autoridad competente.
h) Se deberá dejar perfectamente establecido el origen del agua utilizada para la
elaboración del producto final.
i) Una vez retirada la planta del lugar de emplazamiento se deberá restituir el terreno
utilizado a su estado preoperacional. j) Se deberá colocar cartelería identificatoria de la
Empresa y de entrada y salida de Vehículos.
k) Densímetro Nuclear: Deberá estar ubicado en un precinto adecuado según las
normativas vigentes y perfectamente identificado. Deberá presentar certificación de la
autoridad de aplicación y los controles que se solicite a través de COMITENTE en el
caso de su utilización. Asimismo el vehículo que lo transporte como el chofer deben
cumplir con las normativas del citado organismo.
l) La adquisición de hormigón deberá efectuarse a empresas debidamente habilitadas
por la autoridad pertinente. La Contratista deberá presentar ante el COMITENTE la
documentación que lo acredite.
MANEJO DE RESIDUOS, EMISIONES Y EFLUENTES
El Contratista deberá incorporar un Programa de Manejo de Residuos que comprenda
los servicios y prestaciones a desarrollar, bajo su directa responsabilidad, en la zona de
localización de las obras, incorporando los costos del Programa dentro del Costo del
Contrato. El Programa deberá cumplir con las obligaciones emergentes de la
Legislación vigente.
El Contratista deberá incorporar la planificación de los servicios y prestaciones y un
informe sobre las características de los mismos, acorde con la legislación vigente y con
las características de las obras principales y complementarias. A tal efecto deberá
adoptar las precauciones y prever la disponibilidad del equipamiento adecuado para
la recolección, almacenamiento y disposición final de los desechos, excedentes y
desperdicios.
Los mismos comprenden la adecuada disposición de los materiales residuales
producidos durante la limpieza de los sitios de trabajo, los materiales excedentes de las
excavaciones y cualquier otro material desechable, excedente y desperdicios
generados durante las acciones de preparación y construcción de Obra y del
funcionamiento de campamentos y obradores.
Involucran la localización e identificación adecuada de contenedores para almacenar
diferentes materiales de desecho, la recolección y disposición de residuos orgánicos,
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de grasas, aceites, combustibles y el desarrollo de medidas y acciones para evitar los
derrames, pérdidas y la generación innecesaria de desperdicios.
Comprenden los lugares en que se emplazarán los vaciaderos.
El Contratista, al inicio de las obras, según frente de trabajo, deberá proceder a la
limpieza y acondicionamiento del sector afectado por las obras principales y
complementarias, de las áreas aledañas según requerimientos constructivos, sectores
de sistematización de desagües, accesos y otras áreas necesarias de afectar por
requerimientos constructivos. Previo a la puesta en marcha de las obras deberá
proceder a la limpieza de los residuos existentes Todos los residuos procedentes de las
obras y limpiezas deberán estar sujetos a un proceso de disposición final autorizado
por la Autoridad de Aplicación y El Comitente.
El Programa será de estricto cumplimiento para todos los subcontratistas.
El Contratista será responsable del cumplimiento de los requerimientos de la
Legislación vigente en la materia, según los diferentes tipos de residuos, y de las
obligaciones asumidas .
El Contratista deberá proveer un sistema adecuado de contenedores para el
almacenamiento transitorio de residuos sólidos contaminados, debiendo prever su
retiro del lugar de su instalación, con una periodicidad adecuada a cada circunstancia,
debiendo cumplir con las indicaciones de la Inspección.
El Contratista destinará un sector específico del obrador para la disposición transitoria
de los residuos peligrosos dentro del cual se ubicarán los contenedores especialmente
habilitados para tal fin, debidamente rotulados e identificados respecto al tipo de
contaminantes que poseen los residuos y los riesgos que implican. Dicho sector deberá
presentar carteles en los que se advierte el riesgo. Asimismo deberá disponer de piso
de cemento y un peralte lateral o muro de contención en todo su entorno que asegure
la retención del material dentro del sector, ante cualquier derrame.
El Contratista deberá realizar el transporte de los distintos residuos, en equipos
habilitados según la naturaleza de los residuos, en el marco de la legislación aplicable
a esas tareas y de los requerimientos específicos de la o las autoridades de aplicación.
La disposición final de los residuos peligrosos deberá efectuarse en lugares o plantas
de tratamiento expresamente autorizadas para tal fin, por la Autoridad de Aplicación
que corresponda.
Todo otro tipo de residuo sólido no contaminado deberá ser convenientemente
recolectado y almacenado en un sistema de contenedores apropiados, con tapa
hermética, debiendo ser transportados por transportistas habilitados a tal fin, hasta las
áreas aprobadas por las autoridades locales para su disposición final.
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El contratista deberá contar con la autorización previa de la Inspección para la
utilización de materiales producto de las excavaciones y limpieza que resulten aptos
para ser usados como rellenos demandados por la construcción de las obras.
En el caso de que se prevea el almacenamiento de combustibles y lubricantes
demandados por los equipos afectados a la construcción de la obra, dentro del sector
de obradores, los depósitos de combustibles y lubricantes deben cumplir con las reglas
de máxima seguridad, incluyendo un recinto de contención. La impermeabilización del
piso y de bordes es obligatoria, para evitar que cualquier derrame contamine el suelo.
Las cañerías deberán estar a la vista, protegidas del tránsito, evitando derrames
subterráneos. Se dispondrá en obra de tambores plásticos debidamente rotulados para
almacenar trapos y estopas con hidrocarburos. El almacenamiento de combustibles
debe cumplir con la normativa vigente provincial que fijen las normas de seguridad para
estas instalaciones.
En el caso de que se prevea la provisión de combustibles y el cambio de lubricantes
demandados por los equipos y vehículos afectados a la construcción de la obra, dentro
del sector de obradores, El Contratista deberá presentar un proyecto que comprenda
los mecanismos para la provisión y las instalaciones afectadas a tales fines, el que
deberá ser
autorizado mediante aprobación explícita de la Inspección y, de requerirse, de los
organismos de aplicación. Deberá asegurar la disposición final de los lubricantes
utilizados según la normativa vigente.
En el caso que se prevea la provisión de combustible y el cambio de lubricantes
demandados por los equipos y vehículos afectados a la construcción de la obra, por
servicios de terceros, el servicio pertinente deberá estar habilitado para la prestación de
dichos servicios, por la autoridad competente.
Para suelos Afectados por Derrame Accidental de Combustible o Rotura de Vehículos,
la acción inmediata es atender rápidamente el accidente para minimizar el vuelco de
hidrocarburos. En este sentido la acción prioritaria será interrumpir el vuelco evitando
su propagación y eventual afectación de suelos o cursos de agua.
Si por cuestiones de pendiente local existiera el riesgo de arrastre de hidrocarburos a
algún sector del Canal, deberán implementarse barreras de contención de
escurrimientos que funcionen como “trampas de fluidos”.
Aplicar sobre los líquidos derramados material absorbente especial para hidrocarburos.
Este tipo de materiales deben estar almacenados en lugar seguro en el Obrador
durante el desarrollo de las tareas.
Cuando el derrame supere los 5 m2, el suelo afectado debe ser delimitado (cercado) y
señalizado como sitio en “recuperación ambiental” y aplicar en él técnicas de laboreo y
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tecnologías de biorremediación. El sitio debe ser monitoreado bimensualmente,
mediante extracción de muestras para verificar el decaimiento en la concentración de
hidrocarburos.
Una vez saneado definitivamente puede liberarse el sitio a sus usos originales.
Para todos los casos en que la legislación vigente exija la adopción de mecanismos de
transporte y de disposición final de residuos por operadores autorizados, El Contratista
deberá presentar a la Inspección, constancia del cumplimiento de la norma legal.
Todos los materiales procedentes de las excavaciones que no sean necesarios para
rellenos u otros fines, deberán llevarse a las zonas designadas como escombreras. El
Contratista deberá realizar una proposición de áreas para escombrera, las que indicará
en los planos, siendo sometidas a la aprobación de El Comitente, Autoridades locales y
competentes, siendo la tramitación y el logro de las autorizaciones de exclusiva
responsabilidad de Los Contratistas. Deberá preverse dentro del Programa de
Capacitación del punto anterior, la capacitación general del Personal sobre el manejo
de residuos, y la
capacitación específica según puesto de trabajo y residuos específicos resultantes del
desarrollo de su tarea.
El Contratista deberá tomar todas las medidas del caso para preservar las vías de
drenaje existentes, prevenir cualquier acumulación de agua objetable que resulte de la
formación de las escombreras y la contaminación de las aguas superficiales y
subterráneas por residuos de distinto tipo.
El Contratista deberá tomar las medidas que se establezcan en los planos del
Proyecto, Especificaciones Particulares o en su proposición de escombrera, para la
preservación de los aspectos ambientales y ecológicos que pudieran alterarse.
CONTROL DE LA CORRECTA GESTIÓN DE LOS RESIDUOS TIPO SÓLIDO
URBANO Y PELIGROSOS
El Contratista deberá disponer los medios necesarios para lograr una correcta gestión
de residuos durante todo el desarrollo de la obra, aplicando el Programa de Manejo de
Residuos, Emisiones y Efluentes.
En caso de verificar desvíos a los procedimientos estipulados, el Responsable
Ambiental deberá documentar la situación dando un tiempo acotado para la solución de
las no conformidades.
El Contratista deberá evitar la degradación del paisaje por la incorporación de residuos
y su posible dispersión por el viento.
Recoger los sobrantes diarios, hormigón, maderas y plásticos de manera de hacer un
desarrollo y finalización de obra prolijo.
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Los residuos y sobrantes de material que se producirán en los obradores y
campamento y durante la construcción del paquete estructural, deberán ser controlados
y determinarse su disposición final de acuerdo con lo estipulado en el programa de
manejo de residuos de la obra.
Se deberá contar con recipientes adecuados y en cantidad suficiente para el
almacenamiento seguro de los residuos producidos.
El Contratista dispondrá de personal o terceros contratados a tal fin para retirar y
disponer los residuos generados de acuerdo a las normas vigentes.
El Contratista será responsable de capacitar adecuadamente al personal para la
correcta gestión de los residuos de la obra.
MANEJO Y TRANSPORTE DE MATERIALES CONTAMINANTES Y PELIGROSOS
Los materiales, tales como combustibles, explosivos, lubricantes, bitúmenes, aguas
servidas no tratadas, deshechos y basuras deberán transportarse y almacenarse
adoptando las medidas necesarias para evitar derrames, pérdida y/o daños, lluvias y/o
anegamientos, robos, incendios. Se deberá cumplir con la normativa vinculada al tema.
ESCOMBROS Y SOBRANTES DE OBRA.
a) No se deberá depositar sobrantes (escombros, deshechos de lechada, etc.) en
predios aledaños o a lo largo de la traza o en zonas de escurrimiento.
b) Deberá implementarse un registro de la cantidad y calidad del material obtenido por
remoción de rieles y durmientes existente, obras de arte, etc. indicándose la gestión a
implementar en función de sus características, así como los sitios escogidos para su
disposición final y autorizaciones pertinentes. La documentación que acredite esta
gestión deberá ser presentada ante el COMITENTE y asimismo estar disponible en las
oficinas del obrador.
c) Las probetas de ensayo de materiales, deberán ser debidamente ubicadas en un
lugar acondicionado a tal fin dentro del obrador, debiéndose documentar la disposición
final de los mismos.
d) Al finalizar los trabajos de obra se deberán retirar todos los escombros y
acumulaciones, independientemente de su tamaño, hasta restituir el sitio a la situación
en que se encontraba previo al inicio de las tareas.
e) El material sobrante de la obra, libre de contaminantes y factible de ser reciclado,
podrá ser entregado a municipios y/o comunidad locales si fuera requerido por estos,
debiendo cumplimentar el trámite administrativo pertinente.
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f) Los residuos provenientes de cualquier tipo de obra pasibles de estar contaminados,
deberán ser remitidos a disposición final en concordancia con la legislación vigente,
g) El material sobrante comúnmente denominado “chatarra” deberá ser retirado del
ámbito de la obra y obrador con autorización de inspección COMITENTE y garantizarse
su disposición en un sitio adecuado
CONTROL DE VEHÍCULOS, EQUIPOS Y MAQUINARIA PESADA
El Contratista deberá controlar el correcto estado de mantenimiento y funcionamiento
del parque automotor, equipos y maquinarias pesadas, tanto PROPIO como de los
SUBCONTRATISTAS, así como verificar el estricto cumplimiento de las normas de
tránsito vigentes, en particular la velocidad de desplazamiento de los vehículos.
El contratista deberá elaborar manuales para la operación segura de los diferentes
equipos y máquinas que se utilicen en labores de excavación y el operador estará
obligado a utilizarlos y manejarse en forma segura y correcta.
Los equipos pesados para el cargue y descargue deberán contar con alarmas
acústicas y ópticas, para operaciones de retroceso. En las cabinas de los equipos no
deberán viajar ni permanecer personas diferentes al operador, salvo que lo autorice el
encargado de seguridad.
El contratista deberá realizar un plan o cronograma de tareas (excavación, montaje de
los puentes y construcción de accesos y enlace) con el fin de obstaculizar lo menos
posible el tránsito, minimizando de esta manera las afectaciones a la infraestructura vial
y el impacto negativo a la cuenca visual.
Esta medida tiene por finalidad prevenir accidentes hacia las personas que transitan
por la ruta y operarios de los equipos y maquinarias pesadas, especialmente en la zona
de obra, y minimizar al máximo la probabilidad de ocurrencia de incidentes. Así como
prevenir daños a la fauna silvestre por atropellamiento.
Las siguientes medidas están diseñadas para prevenir el deterioro ambiental, evitando
conflictos por contaminación de las aguas, suelos y atmósfera.
a) El equipo móvil, incluyendo maquinaria pesada, deberá estar en buen estado
mecánico y de carburación, de tal manera que se queme el mínimo necesario de
combustible reduciendo así las emisiones atmosféricas.
b) Se deberán evitar los escapes de combustibles o lubricantes que puedan afectar los
suelos o cursos de agua, temporarios o permanentes. Si se llegara a producir
accidentalmente, se deberá remediar en forma perentoria, debiendo comunicarse en
tiempo y forma a el COMITENTE y llevar a cabo siguiendo las normativas Nacionales y
Provinciales sobre Residuos Peligrosos. Las tareas deberán ser realizada por Empresa
habilitada por la Autoridad Ambiental Provincial, bajo la supervisión de la citada Unidad.
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c) Se deberá disponer los residuos derivados de máquinas, equipos, etc., que
conformen residuos peligrosos de acuerdo a las normativas vigentes en el orden
nacional y provincial. La Contratista deberá presentar ante el COMITENTE la
documentación que acredite el tipo de residuos peligrosos generados y los circuitos
utilizados para su eliminación y/o envío para su tratamiento (manifiestos de los residuos
transportados, copia de los certificados ambientales de las empresas transportistas y
de tratamiento o disposición final). Asimismo la citada documentación deberá estar
disponible en las oficinas del obrador.
d) Deberá efectuarse el aprovisionamiento y el mantenimiento del equipo móvil y
maquinaria, incluyendo lavado y cambio de aceites, prueba de funcionamiento de los
picos del camión regador, etc. en el sector del obrador destinado a tal fin. Si por algún
motivo estas tareas se llevaran a cabo fuera del obrador se deberán realizar en sitios
habilitados para tal fin y la Contratista deberá presentar ante el COMITENTE la
documentación que lo acredite.
e) El estado de los silenciadores de los motores deberá ser tal que se minimice el ruido,
los mismos no deberán superar los 85 decibeles.
f) Los trabajos deberán efectuarse en horario diurno. En caso de efectuarse trabajos
nocturnos deberán ser debidamente aprobados por la Inspección de la obra y el lugar
en que se realicen deberá estar suficientemente iluminado para la buena ejecución de
los mismos, seguridad del personal y usuarios. En caso de efectuarse trabajos en días
feriados o fuera del horario normal deberán ser autorizados por la Inspección.
PROTECCIÓN, SEÑALIZACIÓN Y ACONDICIONAMIENTO DE LA OBRA Y
ACCESOS
El Contratista deberá incluir los lineamientos de un Programa de Protección y
señalización de la Obra, tanto durante el período diurno como nocturno, que
comprenda vallados efectivos, señalizaciones de precaución y medios de
mantenimiento y control permanente para evitar daños e inconvenientes a las
personas, actividades y bienes, incorporando los costos dentro del precio total de la
obra.
El contratista deberá cumplir con sus obligaciones siendo el único responsable de los
accidentes, daños y afectaciones durante el desarrollo de la obra, debiendo asumir bajo
su responsabilidad y costo, la solución inmediata del problema y afrontar los costos de
los daños que se generen.
El Contratista habilitará la señalización necesaria y accesos seguros para la maquinaria
de obra y camiones de modo que produzca las mínimas molestias al tránsito habitual
como a las viviendas e instalaciones próximas.
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El Contratista será responsable de preservar la circulación, estableciendo y haciéndose
cargo de los costos respectivos, incluyendo el mantenimiento de los medios
alternativos de paso, con el fin de no interrumpir el acceso a las propiedades.
El Contratista deberá mantener los accesos dando prioridad al uso de los existentes.
De no ser posible se construirán nuevos accesos, con el acuerdo del responsable del
predio o propiedad y / o de la autoridad competente.
La señalización de riesgo de la obra debe implementarse de acuerdo con el estado
actual del arte en señaléctica de seguridad con el objeto de minimizar los riesgos hacia
la población en general.
Durante toda la construcción del proyecto el Contratista dispondrá los medios
necesarios para lograr una correcta señalización de los frentes de obra, especialmente
en las zonas de campamento, obradores y depósitos.
La señalización de riesgo será permanente, incluyendo vallados, carteles indicadores y
señales luminosas cuando correspondan.
El Contratista estará obligado a colocar una señalización que resulte visible durante las
horas diurnas y nocturnas mediante la colocación de las señales lumínicas pertinentes.
CAMINOS DE DESVÍO
a) La zona de ocupación de los caminos de desvíos, deberá ser la menor posible,
ajustándose a las características del tránsito.
b) En el caso de que estos caminos se realicen en zonas ambientalmente sensibles se
deberán minimizar al máximo su uso, restituyéndolo a su estado original una vez
finalizada la obra.
c) Una vez finalizada la necesidad del desvío, se deberá restituir la zona afectada a su
estado anterior (paisaje, topografía, drenaje, etc.), previo a su construcción.
d) Se deberá señalizar adecuadamente el desvío en todos sus puntos, mientras este
permanezca en uso.
AREAS NATURALES PROTEGIDAS O PATRIMONIALES
En aquellas áreas en que existan Áreas Naturales Protegidas o Patrimoniales de
jurisdicción internacional, nacional, provincial, municipal u otras, además de las normas
anteriores se tendrá en cuenta lo siguiente:
a) Deberá extremar las medidas de vigilancia en lo ateniente a caza, pesca y tráfico de
especies animales y vegetales.
b) Deberán ser ejecutadas bajo la supervisión de la inspección de obra y con
conocimiento del área encargada de la gestión y preservación del área Natural
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protegida o Patrimonial., las tareas de desbosque, destronque, así como las de
limpieza y raleo.
c) Deberán realizarse los trabajos de construcción con maquinarias adecuadas y en
perfecto estado mecánico a fin de minimizar los ruidos y vibraciones.
d) No deberán instalarse plantas de hormigón sin el conocimiento y autorización de la
autoridad competente.
e) No deberá efectuarse la extracción de áridos (arena, piedra, conchilla, etc.) y suelos
sin la aprobación de la autoridad competente
HALLAZGOS ARQUEOLÓGICOS, PALEONTOLÓGICOS Y DE MINERALES DE
INTERÉS CIENTÍFICO
El Contratista, previo al inicio de las tareas de limpieza de la vegetación y de
movimiento de tierras deberá revisar, el ámbito físico a afectar con el objeto de detectar
la existencia de restos del patrimonio arqueológico, antropológico, paleontológico,
histórico cultural, cuya denuncia resulte obligatoria en el marco de la legislación
vigente.
En particular deberá tomar especiales precauciones en aquellas áreas propicias para
este tipo de hallazgo. A tal efecto deberá efectuar consultas por escrito, en forma
permanente, a la Autoridad Competente e Instituciones Oficiales y Privadas con
capacidad técnica sobre la materia, analizar las respuestas y documentaciones e
incorporarlas en sus informes.
En el caso de algún descubrimiento de material arqueológico, sitios de asentamiento
indígena o de los primeros colonos, cementerios, reliquias, fósiles, meteoritos, u otros
objetos de interés arqueológico, paleontológico o de raro interés mineralógico durante
la realización de las obras, el Contratista tomará de inmediato medidas para suspender
transitoriamente los trabajos en el sitio de descubrimiento, colocará un vallado
perimetral para delimitar la zona en cuestión y dejará personal de custodia con el fin de
evitar los posibles saqueos.
Dará aviso a la Inspección, y notificará de inmediato a la Autoridad Estatal a cargo de la
responsabilidad de investigar y evaluar dicho hallazgo. Quedará prohibida la
explotación de yacimientos de materiales para la construcción del camino en las
proximidades de yacimientos arqueológicos, paleontológicos o etnográficos.
PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO ANTROPOLÓGICO SOCIAL DE LUGAR
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El Contratista deberá incorporar , un Programa de Detección y Rescate del Patrimonio
Cultural que comprenda las tareas, las obras, los servicios y las prestaciones a
desarrollar, bajo su directa responsabilidad, incorporando los costos del Programa
dentro del Costo del Contrato. El Programa deberá cumplir con las obligaciones
emergentes de la normativa vigente.
Frente a la detección de restos de interés o hallazgo de materiales o piezas, El
Contratista deberá interrumpir, en el punto de hallazgo y su entorno inmediato, el
desarrollo de las tareas que pudieran dañar al material o dificultar su rescate y notificar,
a la Inspección y a la Autoridad Competente, tal circunstancia, hasta que la Autoridad y
El Comitente autoricen la continuación de las tareas, El Contratista deberá asegurar la
protección de los restos. El Contratista no podrá solicitar mayores costos ni ampliación
de los plazos de entrega de la Obra causados por hallazgos de material del patrimonio
cultural protegido por la legislación vigente.
El Contratista deberá informar a la Dirección de Patrimonio Cultural acerca de las obras
a realizarse en esta sección.
En el caso de fiestas populares y/o conmemoraciones religiosas, el Contratista evitará
cierres y/o clausuras en la ruta en proximidad de las respectivas fechas, para no
entorpecer el desplazamiento de vehículos y personas.
De ser necesarios movimientos de estructuras de valor histórico o cultural (por ejemplo
cementerios o cruces o lápidas que identifican el lugar del accidente donde la persona
perdió la vida, u otras), deberán ser discutidos o acordados con la población.
CAMINOS AUXILIARES Y ESTACIONAMIENTOS
El Contratista previo a la iniciación de los distintos frentes de obra, presentará a la
Inspección para su aprobación, los planos correspondientes a los desvíos o caminos
auxiliares y áreas de estacionamientos de equipos que utilizará durante la construcción.
El Contratista deberá proceder a una correcta señalización diurna y nocturna de estos
desvíos transitorios de manera de poder asegurar el tránsito en forma permanente y
segura.
El Contratista deberá disponer permanentemente en el lugar de los trabajos, de los
elementos que sean necesarios para auxiliar a los vehículos y sus ocupantes que
queden imposibilitados de seguir viaje como consecuencia de los inconvenientes
producidos a raíz de la ejecución de las obras.
Se tratará de evitar en grado máximo la circulación y el estacionamiento en las áreas
de zona de camino que contengan vegetación autóctona, o alguna otra particularidad
que a juicio de la Inspección y desde el punto de vista ambiental mereciera
conservarse.
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A medida que se vayan cambiando los frentes de obras y se abandonen caminos
auxiliares y sitios de estacionamiento de maquinaria, el Contratista deberá escarificar
los lugares sobre compactados por el tránsito de obra y estacionamiento de equipos y
recomponer la estructura vegetal con los suelos removidos en la limpieza del terreno.
ALERTA FRENTE A PRECIPITACIONES Y CRECIDAS
El Contratista deberá incorporar un Programa de Alerta frente a precipitaciones y
crecidas, que permita la aplicación de Planes de Contingencia ante la ocurrencia de
lluvias que provoquen crecidas en forma torrencial, que puedan afectar el desarrollo de
la Etapa Constructiva de las Obras. A tal fin deberá prever la adopción de un sistema
de alerta temprana, que evite riesgos sobre la vida humana, bienes y daños a las
obras.
Conjuntamente con este Programa de Alerta, deberá incorporar medidas de prevención
y actuación frente a situaciones de este tipo, dentro del Programa de Contingencias.
El Contratista deberá cumplir con el compromiso asumido en la oferta y actuar en
consecuencia bajo su entera responsabilidad.
USO DE EXPLOSIVOS
a) El uso de los materiales explosivos se restringirá únicamente a las labores propias
de la construcción que así lo requiera. Su custodia estará a cargo de un operario
calificado, bajo la supervisión del Ingeniero Jefe de Obra de la Contratista y el Inspector
de la Obra. Contará con la vigilancia de las Fuerzas Armadas, especialmente en áreas
con problemas de orden público. Su ubicación tendrá en cuenta las normas de
seguridad que permitan garantizar que no se pongan en peligro las vidas humanas y el
medio ambiente, así como infraestructura, equipamiento y vivienda existentes, por
riesgo de accidentes.
b) Se procurará almacenar el mínimo posible de explosivo que permita realizar
razonablemente las obras de construcción, según el cronograma establecido para su
uso.
c) El uso de explosivos debe ser realizado por un experto, con el fin de evitar los
excesos, que pueden desestabilizar los taludes, causando problemas en un futuro.
d) En áreas sensibles, Protegidas, con Declaración Patrimonial o lindantes a ellas se
deberá contar con la aprobación de la autoridad provincial pertinente
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ATENUACIÓN DE LAS AFECTACIONES A LOS SERVICIOS PÚBLICOS E
INFRAESTRUCTURA SOCIALES DURANTE LA OBRA
El Contratista deberá incluir los lineamientos de un Programa de Atenuación de las
afectaciones a los Servicios Públicos e infraestructura social afectada durante la
construcción de las Obras, incluyendo aquella resultante del desplazamiento o
transporte de maquinarias y equipos afectados a la construcción, incorporando los
costos de las afectaciones dentro del precio total de la obra.
El Contratista deberá identificar toda Obra de Infraestructura y de Servicios Públicos,
factible de ser afectada, comprendiendo las tareas necesarias para la construcción de
las obras y las actividades de transporte de insumos o de movimiento de equipos y
maquinarias que pudieran generar el deterioro de la infraestructura o limitaciones en la
prestación de los servicios.
El Contratista deberá mantener permanentemente en servicio toda la infraestructura
afectada por las obras y actividades conexas con la construcción, comprendiendo
aquella emplazada sobre el espacio aéreo, sobre la superficie o soterrada. En particular
deberá mantener en servicio las líneas de transmisión y de distribución de energía
eléctrica, de telecomunicaciones y televisión, los caminos, puentes y alcantarillas, los
sistemas de evacuación de excedentes hídricos y efluentes industriales y municipales,
los ductos aéreos y soterrados, los sistemas de canales, etc. y restituir todo sistema de
señalización de riesgos y de información existente en el área afectada por la obra.
El Contratista deberá efectuar los trámites para lograr la autorización por parte de los
propietarios o responsables de los servicios e infraestructura que serán afectadas y/o,
de la autoridad de aplicación, y asumir los gastos, por pérdidas en la prestación de los
servicios y por restitución de la infraestructura afectada. Asimismo, deberá coordinar
con los organismos
públicos o privados prestatarios de los servicios o responsables de la infraestructura y
con las autoridades de control pertinentes, las medidas y acciones a encarar, para
mantener el servicio y restaurar las afectaciones, efectuando los trabajos a entera
satisfacción de los mismos.
Para el caso de los caminos de uso público, El Contratista deberá coordinar el
desarrollo de las obras, evitando interrumpir la circulación pública, ya sea de vehículos
o de personas. De resultar necesario cortar, cerrar u obstruir vías de comunicación de
uso público, deberá establecer y hacerse cargo de los costos y responsabilidades de
mantenimiento de
los medios alternativos de paso para evitar inconvenientes en la circulación del tránsito.
Los medios alternativos de tránsito deberán cumplir con condiciones para el tránsito,
similares a las existentes en la vía de comunicación afectada, aún frente a situaciones
de circulación intensiva, de cargas pesadas o voluminosas o de condiciones
meteorológicas adversas.
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El Contratista será el directo y único responsable de la correcta protección y
señalización en las zonas de afectación de la infraestructura, debiendo colocar vallados
efectivos y señalizaciones de precaución, que funcionen correctamente frente a
cualquier situación meteorológica, de día y de noche, debiendo mantener
permanentemente el sistema en correcto estado de funcionamiento.
Ante la posibilidad de provocar daños o inconvenientes a la infraestructura y servicios
públicos, prestado por el estado o privados, se deberán suspender los trabajos o
actividades hasta haber tomado los recaudos necesarios para su protección y obtenido
la autorización aplicable en cada caso.
El Contratista será el único responsable por los accidentes, daños y limitaciones o
inconvenientes que se produzcan por afectaciones en los servicios e infraestructura,
durante el desarrollo de la obra, debiendo asumir a su exclusivo cargo la solución
inmediata del problema.
COMUNIDADES CERCANAS
a) El personal de obra no podrá posesionarse de terrenos aledaños a las áreas de
trabajo.
b) Prohibir al personal en general el consumo de bebidas alcohólicas.
c) La construcción de cualquier obra tanto en áreas de reservas indígenas u otras
comunidades, deberá ser autorizada por la autoridad competente.
SUSPENSIÓN TEMPORAL POR PERÍODOS PROLONGADOS
En los casos de regiones con una estacionalidad marcada, alteraciones climáticas
graves o suspensión por otros motivos, que no permita la prosecución de las obras, se
deberá asegurar que las mismas permitan el escurrimiento del agua de las
precipitaciones provocando la mínima erosión posible y tomando los recaudos con
respecto a la seguridad de hombres, animales y bienes.
DESOCUPACIÓN DEL SITIO – FASE DE ABANDONO
El Contratista deberá incorporar , un Programa de Retiro de la Contratista al Finalizar la
Construcción de la Obra, comprendiendo el levantamiento de obradores y, de existir, de
los campamentos y comedores, la adecuación del paisaje en la zona de obra, el
saneamiento y/o remediación de las áreas contaminadas por actividades de las obras,
la
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disposición final de residuos, el traslado de los materiales reciclables, las maquinarias y
equipamientos utilizados en la construcción, la restauración de los accesos transitorios,
las restauración de los sitios afectados por socavación, perforaciones, etc. señalando
los servicios y las prestaciones a desarrollar, bajo su directa responsabilidad,
incorporando los costos del Programa dentro del Costo del Contrato. El Programa
deberá cumplir con las obligaciones emergentes de la Legislación vigente.
El Contratista deberá cumplir con lo establecido en la Oferta.
Solo podrán permanecer los elementos que signifiquen una mejora, o tengan un uso
posterior claro, determinado y beneficioso para la comunidad. Se deberá contar con la
solicitud expresa del Propietario del terreno particular donde se instalarán las mejoras y
la autorización fehaciente de la Inspección
MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO
El costo que demande el cumplimiento de la presente especificación se deberá incluir
en el ítem “Plan de Manejo Ambiental y Social”, considerado, incluidas en el precio del
ítem todas las tareas, materiales, mano de obra, movilidades, alquiler de equipos, etc.
para dar cumplimiento a todo aspecto señalado en la presente especificación.
Los Informes Ambientales y Sociales mensuales de la CONTRATISTA deben
acompañar cada certificado de Obra y será Condición para el PAGO.
Se deja expresa constancia que toda disposición contenida en la presente
documentación que se oponga a lo antes expresado queda anulada.
PENALIDADES
En el caso que El Contratista no cumpla con alguna de las condiciones establecidas en
estas Especificaciones será advertido la primera vez mediante Orden de Servicio por la
Inspección, la que dará un plazo para su corrección. Si el contratista no cumple con lo
solicitado en la advertencia dentro del plazo establecido en la notificación de la
Inspección se aplicará la multa correspondiente a incumplimiento de Ordenes de
Servicio.
No se realizará la Recepción provisional de la Obra hasta tanto no se hayan ejecutado
a satisfacción de la Inspección, los trabajos de limpieza, revegetación y restauración de
las zonas de préstamo y conforme a lo indicado en esta Especificación.
7. PLAN DE GESTIÓN AMBIENTAL Y SOCIAL – PGAS.
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CONSIDERACIONES GENERALES
El Plan de Gestión Ambiental PGAS, será base para la formulación por la contratista
del PMAS que se deberá estructurar como una instancia ejecutiva que sintetice y
articule los objetivos y resultados de los programas y determine las estrategias a
implementar para impulsar una efectiva acción dirigida a la protección del medio, su
monitoreo, control y vigilancia.
La información producida, deberá estar a disposición de los actores y sectores
involucrados e interesados, particularmente la población involucrada a fin de establecer
las bases de una correcta y eficiente coordinación tanto en las acciones de prevención,
como en las control y vigilancia relativas al cumplimiento de la normativa vigente en la
materia.
Antes de comenzar, es conveniente aclaran algunos términos que se presentarán en
este PGAS.:
Mitigar, alude a las acciones tendientes a reducir el daño que el impacto ambiental
negativo ha producido.
Remediar: hace referencia a las medidas o acciones tendientes a recuperar el estado
inicial del medio que ha sido impactado negativamente.
Compensar, en cambio, hace referencia a acciones que se producirán como
compensación por un daño que es irreversible pero que puede ser en parte
compensado con otra acción en el mismo sitio del emprendimiento o en otro.
En este documento se incorporan los aspectos particulares del PGAS., considerados
como obligaciones básicas a cumplir por el titular de “La Contratista” a cargo de la
construcción, durante los distintos plazos para cada una de las etapas fijadas en los
pliegos licitatorios. Por lo cual queda expresamente aclarado, que las Empresas
Contratistas tendrán a su cargo el cumplimiento de lo especificado en el presente
PGAS para el desarrollo del PMAS que será documentación de cumplimiento efectivo,
durante el plazo de obra y hasta la recepción definitiva de la misma, incluyendo la
etapa de operación y mantenimiento a cargo de la misma, quedando luego como
responsable de la continuación del mencionado PMAS., el operador
OBJETO Y ALCANCE
El Plan de Gestión Ambiental y Social establecerá las directrices para el desarrollo del
Plan de Manejo ambiental y social, por LA CONTRATISTA.
El plan de manejo ambiental y social instrumentara las estrategias, criterios y
procedimientos necesarios para asegurar la sustentabilidad del Proyecto, la protección
y seguridad ambiental de las poblaciones involucradas y del ambiente intervenido,
durante la Etapa de Proconstrucción, construcción y operación de las obras relativas a
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la OBRA: “REHABILITACIÓN LINEA “C” DEL FERROCARRIL BELGRANO EN LA
PROVINCIA DE JUJUY – TRAMO VOLCAN-TILCARA”.
El PGAS. Tiene como objetivo introducir los lineamientos para:
• Establecer las obligaciones a cumplir (por parte del Contratista) y la inspección
permanente (por parte del COMITENTE) de todos los aspectos contemplados en el
presente PGAS.
• Ajustar la vigilancia preventiva sobre aquellos procesos detectados como potenciales
generadores de impactos.
• Brindar los lineamientos generales para la implementación de medidas estructurales y
no estructurales por parte del Contratista.
El PGAS, enuncia los criterios y programas previstos que se constituyen, en Normas y
Especificaciones Técnicas Generales y Particulares para la implementación, eficiente y
eficaz, de los procedimientos necesarios para garantizar los objetivos ambientales
previstos, observando el cumplimiento de todas las regulaciones y requerimientos
vigentes en el marco legal establecido.
El Plan de Gestión Ambiental y Social y las consecuentes Especificaciones Técnicas
Generales y Particulares pasarán, en las Etapas mencionadas, a constituir parte del
Pliego de Licitación y serán de cumplimiento obligatorio para el Contratista y los
Subcontratistas que intervendrán en la construcción de las obras antes mencionadas.
El PGAS, será base para la elaboración del PMAS., a ser presentado por la Contratista
a la Inspección de Obra, conjuntamente al Proyecto ejecutivo, a fin de ser evaluado y
elevado a las Autoridades y organismos correspondientes.
MARCO INSTITUCIONAL
El Organismo Responsable del Proyecto como licitación de OBRA es el COMITENTE,
EARPU, Ente Autárquico Regulador De Planificación Urbana.
La Secretaría de Gestión Ambiental de la Provincia (SEGAP), será la autoridad de
aplicación de la Ley de Medio Ambiente en el ámbito de la jurisdicción provincial.
La Secretaría de Gestión Ambiental, será función de aquélla, en los términos de la
presente Ley, ejecutar la política provincial de protección, preservación, conservación,
defensa y mejoramiento del medio ambiente.
En particular, la Secretaría deberá:
a. Coordinar las funciones de protección ambiental que ejercen los distintos organismos
provinciales;
ÁREA DE APLICACIÓN DEL PGAS
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El Plan de Gestión Ambiental y Social se enuncia para las obra:
“REHABILITACIÓN LINEA “C” DEL FERROCARRIL BELGRANO EN LA PROVINCIA
DE JUJUY – TRAMO VOLCAN-TILCARA”. en sus Etapas Pre constructiva,
Constructiva y de operación. Será de aplicación obligatoria, en los Frentes de Obra y
en el Área de influencia de las mismas.
CONDICIONANTES DEL PLAN DE GESTIÓN AMBIENTAL
El Plan de Gestión Ambiental debe:
- Incorporar la consideración ambiental como elemento de decisión permanente.
- Asegurar el cumplimiento de las normas vigentes en materia ambiental, territorial,
de seguridad, higiene y salud ocupacional.
- Garantizar que las obras del Proyecto Tren Jujuy , Etapa Volcán / Tilcara, se
desarrollen considerando el ambiente natural y antrópico de su área , asegurando el
usufructo de las obras e instalaciones y posibilitando el cumplimiento de los objetivos
propuestos.
- Materializar, monitorear y controlar la ejecución de las acciones de prevención y
mitigación identificadas y toda otra que surja como necesaria, durante las distintas etapas
de su desarrollo.
- Asegurar una relación fluida entre los responsables de la construcción de las
obras y las autoridades competentes, en los diferentes niveles jurisdiccionales.
- Materializar adecuados mecanismos de información a la comunidad así como la
participación organizada de la misma en aspectos de interés para el proyecto.
MARCO LEGAL GENERAL
Las Normativas y Reglamentaciones (Leyes, Decretos, Resoluciones y Disposiciones
Nacionales, Provinciales y Municipales, etc.), deben ser consideradas como referencia
y al simple título de informativas. En consecuencia, el Contratista tendrá la obligación
de respetar la totalidad del ordenamiento jurídico, sin que ello de motivo a la solicitud
de pagos adicionales ni de ampliación de los plazos de entrega, ni responsabilidad
alguna del COMITENTE.
El Contratista deberá cumplir además de las condiciones establecidas en el pliego, con
la legislación nacional, provincial, y/o municipal, que correspondan a aspectos socio
ambientales que puedan sean afectados por las obras.
REQUERIMIENTOS GENERALES
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Desde el inicio del contrato hasta la recepción final de la obra. El contratista deberá
contar, dentro de su personal, con profesionales habilitados para el ejercicio de las
actividades y funciones bajo su responsabilidad. Acorde a ETAS
MECANISMOS DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRA. AUTORIDAD DE
APLICACIÓN. INSPECCIÓN Y SUPERVISIÓN AMBIENTAL.
• La responsabilidad de verificar y auditar el cumplimiento de las medidas
Ambientales y Sociales del Proyecto será la Inspección Ambiental y Social (IAS). Esta
será designa por el COMITENTE. Podrán actuar como Inspección Ambiental y Social,
Profesionales o Firmas Consultoras Ambientales debidamente Habilitadas por la
provincia de Jujuy por la Secretaria de Calidad Ambiental.
• La Inspección Ambiental y Social del COMITENTE, actuará como interlocutor en
todos los aspectos ambientales entre el Contratista, las Autoridades Competentes, las
comunidades locales para el Proyecto.
• El cumplimiento de las medidas Ambientales y Sociales del Proyecto, será
condición necesaria para la certificación mensual de la obra. La IAS del COMITENTE
verificará su cumplimiento y la entrega por parte del Contratista de los informes
mensuales y final correspondientes.
• Durante la ejecución de la Obra, la IAS tendrá libre acceso a todos los sectores de
obra, a campamentos, obradores, gabinetes o laboratorios del Contratista, estando
facultada para verificar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato y
para efectuar observaciones por escrito que serán comunicadas a la Contratista a
través de la Inspección de Obra mediante órdenes de servicio.
• El Contratista está obligado a considerar las observaciones de la IAS y a
desarrollar las acciones requeridas, sin que ello de motivo a la solicitud de reclamos o a
la ampliación de los plazos de obra.
LAS FUNCIONES Y ACTIVIDADES DE LA INSPECCION AMBIENTAL Y SOCIAL
(IAS) SERÁN:
• Asesorar a la Inspección de la Obra en todo lo relacionado a la temática Ambiental
y Social, prevista en el Proyecto
• Conformar, en su caso, las modificaciones a las medidas de los Planes
Ambientales y Sociales que surjan durante el desarrollo de la obra.
• Auditar el cumplimiento del respectivo contrato por parte del Contratista en lo
referido a la implementación de las medidas ambientales y sociales durante la
ejecución y cierre de las obras.
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152
• Informar a la Inspección de obras acerca de los eventuales incumplimientos en la
aplicación de estas medidas ambientales y sociales, intimando a proceder a
subsanarlas y/o labrar las actas de constatación correspondientes.
• Aconsejar la suspensión inmediata de la ejecución de las obras si se constataran
incumplimientos que así lo requieran.
• Informar a la respectiva Inspección de las Obras para la emisión de las Órdenes
de Servicio relacionadas con las presentes medidas ambientales y sociales
• suministrar al Contratista toda información que le sea requerida o se considere
conveniente para una mejor ejecución de las obras en todo lo atinente a las medidas
ambientales y evacuar consultas que realice el Contratista sobre cualquier aspecto de
la obra relacionado a temas vinculados al medio ambiente para lo cual podrá actuar por
medio de sus integrantes o convocar a expertos o consultores externos.
• Informes de inspección ambiental y Social. La IAS, con base a los informes
presentados por el Contratista y las auditorías realizadas, preparará en forma mensual
un Informe Ambiental y Social de Seguimiento (IAS) con los resultados sobre el avance
de la implementación. Este informe se presentará una vez al mes desde la firma del
Acta de Inicio de Obra y hasta el otorgamiento del Acta de Finalización de los Trabajos,
en coincidencia con el plazo previsto para la presentación de cada Certificado de Obra.
Incluirá una reseña de la implementación de los Planes y Programas del PGAS acorde
a PMAS presentada por contratista, incluyendo fotografías significativas, presupuesto
ambiental ejecutado y un análisis evaluatorio.
• En conjunto con el Inspector de Obra deberá rubricar los Informes Ambientales de
Seguimiento (IAS) de los trabajos ejecutados con cada Certificado de Obra.
PERMISOS AMBIENTALES
El CONTRATISTA obtendrá los permisos ambientales y los permisos de utilización
aprovechamiento o afectación de recursos correspondientes. Está facultado para
contactar a las autoridades ambientales para obtener los permisos ambientales, o en el
evento de ser necesaria una modificación a cualquiera de los permisos o
autorizaciones requeridos para la ejecución del proyecto.
El CONTRATISTA deberá presentar a la INSPECCIÓN un programa detallado y un
Plan de Manejo de todos los permisos y licencias requeridos para la obra que se
requieran para ejecutar el trabajo. Los costos de todas las acciones, permisos,
explotaciones y declaraciones deberán ser incluidos dentro de los costos del
CONTRATISTA.
El CONTRATISTA debe acatar todas las estipulaciones y debe cumplir con todos los
requisitos para cada permiso procesado, sujetando la ejecución de las obras a las
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153
resoluciones y dictámenes que emitan las autoridades provinciales y/o municipales
competentes.
La contratista presentara un Anexo Marco Legal, donde se presentan las Tablas
relativas a los permisos requeridos, sin perjuicio de lo expresado. Los permisos que
debe obtener El CONTRATISTA incluyen (pero no estarán limitados a los permisos
operacionales tales como:
El Contratista está facultado para contactar a las autoridades ambientales con el objeto
de obtener los permisos ambientales, o en el evento de ser necesaria una modificación
a cualquiera de los permisos o autorizaciones requeridos para la ejecución del
proyecto.
El Contratista deberá presentar a la COMITENTE, un programa detallado y un plan de
gestión de todos los permisos y licencias que se requieran para ejecutar el trabajo. Los
costos de todas las acciones, permisos, explotaciones y declaraciones deberán ser
incluidas dentro del pago para ejecución del ítem “Plan de Manejo Ambiental y Social”.
los permisos ambientales y permisos de uso que deberán ser gestionados por el
contratista antes del inicio de la obra, incluyen los siguientes, acorde tipología de obra,
infraestructura para el transporte y normativa nacional, provincial y municipal
- certificado de calidad ambiental o declaración de impacto ambiental de las canteras
(marco jurídico ambiental para la actividad minera).
- permisos de liberación de traza (ley nacional nº 21.499 y nº 21.626).
- permisos de captación de agua superficial o subterránea
- utilización y explotación de recursos hídricos
- disposición de materiales de desbosque y de excavaciones
- localización de obrador y campamentos (cuando se prevea su emplazamiento en
áreas cercanas a zonas urbanizadas).
- permiso de disposición de residuos sólidos urbanos
- permiso de vertimiento de efluentes líquidos.
- inscripción como generador de residuos peligrosos (según requerimientos de
legislación nacional y provincial).
- permiso para la gestión de todos los residuos generados, de cualquier naturaleza y
en cualquier estado de agregación, de acuerdo a la normativa vigente en la materia.
- habilitación de depósitos de combustible por parte de la autoridad competente.
- permisos de transporte: incluyendo el transporte de materiales peligrosos
(combustibles, explosivos) y de residuos peligrosos (aceites usados entre otros).
- factibilidad de conexiones a las redes existentes de agua, cloacas, gas natural, y
electricidad, cuando correspondiere.
- transporte, vuelco y disposición final de efluentes líquidos
- habilitación y permisos de los vehículos que transportan materiales para la obra o
sustancias químicas o peligrosas.
- Habilitación de tanques de combustibles por la Secretaria de Energía de la Nación.
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154
- continuación de la construcción después de hallazgos relacionados con el patrimonio
cultural, incluidos yacimientos arqueológicos y paleontológicos.
- permisos para cierre temporal de pasos a nivel para reparación ó reconstrucción.
- permisos para reconstrucción de vías de acceso a los pasos a nivel construidos.
- permisos por reparación de vías por cierre temporal de accesos a propiedades
privadas o construcción de vías de acceso
- permiso para la explotación de yacimientos, canteras
- extracción de especies forestales.
- permiso para poda, raleo y escamonda.
- manejo de áreas y de especies naturales protegidas.
- conformidades de autoridades
- seguro obligatorio de caución por daño ambiental de incidencia colectiva.
El Contratista debe cumplir con todos los requisitos inherentes a cada permiso
tramitado, sujeto a todas las resoluciones y dictámenes que emitan las autoridades
provinciales y/o municipales competentes. Los permisos deben ser obtenidos y
presentados a la COMITENTE dentro de los plazos estipulados en las especificaciones
técnicas particulares, según corresponda.
SEGUIMIENTO DEL PMAS
Con el objeto de detectar y corregir oportunamente las posibles fallas de manejo, el
CONTRATISTA debe implementar los mecanismos y acciones que permitan un
adecuado seguimiento del PMAS.
Las actividades a desarrollar son:
Monitoreo / Inspecciones / Informes
El monitoreo es el conjunto de actividades que permiten calificar las modificaciones
de parámetros ambientales. El CONTRATISTA debe cumplir con el Programa de
Vigilancia, Monitoreo y Control previsto, garantizando la buena operación de sus
tecnologías de construcción, el control de la erosión de suelos, el tratamiento de aguas
para consumo humano y vertidos de aguas producidas en sus operaciones, entre otros
aspectos.
Las inspecciones tendrán por objetivo verificar el grado de cumplimiento del PMAS. La
Inspección deberá elaborar una lista de chequeo para su realización, la cual presentará
al Comitente.
Los informes se elevarán mensualmente a la Inspección conteniendo el avance y
estado de cumplimiento del PMAS, en etapa de obra. incluirá un resumen de los
incidentes y accidentes ambientales, con Anexos que ilustren los problemas
presentados y las medidas propuestas y/o tomadas al respecto.
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155
Para la etapa de construcción de la obra, las tareas de fiscalización y control se
ajustaran según el desarrollo y requerimiento de los trabajos en ejecución. En general y
dado que los programas de ejecución de obra demandan una continuidad de las tareas,
los monitoreos ambientales se realizarán de manera permanente.
DESCRIPCION DE LOS PROGRAMAS DEL PGAS
El PGAS establecerá las normas a seguir para evitar, mitigar o compensar, dentro de lo
posible, los eventuales impactos ambientales negativos producidos por la ejecución de
las distintas tareas necesarias para la Pre construcción, construcción y operación, las
que reconocen como ejes sustantivos para su desarrollo a:
Las etapas del Proyecto
Los componentes ambientales (naturales, bióticos y socioeconómicos) intervenidos
Las actividades y acciones del Proyecto
Los efectos/impactos identificados para la etapa de Anteproyecto.
Los procedimientos de mitigación, prevención y/o corrección.
La implementación del PGAS, se efectuará a partir del desarrollo y aplicación de una
estrategia centrada en programas, con sus correspondientes objetivos, metas y
actividades.
Los Programas previstos serían:
ETAPA PRE – CONSTRUCTIVA
P
1
Programa de Difusión del Anteproyecto e información a la comunidad
(asociado a etapa de Relevamiento in situ, topografía
P
2
Programa de Difusión del Proyecto e Información a la Comunidad
(postlicitatorio) – Proyecto Ejecutivo Cuadros de Estación
ETAPA CONSTRUCTIVA
P3 Programa de Capacitación al Inicio de la Construcción
P4 Programa de Gestión Ambiental y social de la Obra y Control de la
Contaminación Ambiental
P4S1 Subprograma de Manejo de Fauna, Vegetación y Arbolado
P4S2 Subprograma Manejo Integral y control de plagas y vectores
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156
P4S3 Subprograma de Gestión del Movimiento de Suelos
P4S4 Subprograma de Protección de los Recursos Hídricos y Drenaje
P4S5 Subprograma de Manejo de Canteras
P4S6 Subprograma de Gestión de Residuos
P4S7 Subprograma de Derrame de Hidrocarburos
P4S8 Subprograma de Manejo y Transporte de Materiales
Contaminantes y Peligrosos
P4S9 Subprograma de Gestión Ambiental y social del Obrador y
Planta de Acopio
P4S10 Subprograma Maquinaria y Equipos
P4S11 Subprograma Planta de clasificación de Áridos y de Hormigón
P4S12 Subprograma drenajes, desagües y anegamientos en zona de
obra
P4S13 Subprograma de Manejo de las Interferencias
P4S14 Subprograma de Suspensión Temporal por Períodos
Prolongados
P4S15 Subprograma de Transporte durante la Construcción
P4S16 Subprograma de Desmovilización y Restauración. Cierre de
Obrador y Plantas
P5 Programa de Equidad de Género y Código de Conducta del
Personal
P6 Programa de Salud y Seguridad en el Trabajo
P7 Programa de Contingencias
P7S1 Subprograma de respuesta ante la ocurrencia de desastres
naturales
P8 Programa de Seguridad Vial, Ordenamiento de Tránsito y
Señalización
P9 Programa de Comunicación y relaciones comunitarias
P10 Programa de Gestión de Quejas y Reclamos
P11 Programa para Minimizar Afectaciones a actividades económicas
P12 Programa de forestación compensatoria
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157
P13 Programa de Protección del Patrimonio Cultural y Arqueológico
P14 Programa de Vigilancia y Monitoreo
P15 Programa de Supervisión del Cumplimiento de las Medidas de
Mitigación
P16 Programa de seguimiento y control ambiental y social
P17 Programa de desocupación de sitios, fase de cierre
Quedará a cargo de la Contratista en función del Plan de Gestión Ambiental y Social,
la Elaboración del Plan de Manejo Ambiental y Social, para ser aprobado por el Área
Socio Ambiental del COMITENTE
Quedará a cargo del Responsable Ambiental y Social de la Contratista, informar y
capacitar al personal involucrado en la obra, y a subcontratistas y proveedores
cuando correspondiera, sobre las medidas de mitigación y los criterios de gestión
ambiental y social, mediante reuniones previas al inicio de la obra y durante la etapa de
construcción a través de las correspondientes actividades.
PLAN DE GESTIÓN AMBIENTAL Y SOCIAL
ETAPA PRECONSTRUCTIVA
Para la etapa preconstructiva se desarrollan dos Programas específicos en el que se
consideran los aspectos referidos a la comunicación social, tanto del Anteproyecto
como del Proyecto Ejecutivo, a fin de garantizar los canales de información
correspondientes para la población local y usuarios (fundamentalmente aquellos
dentro del área de influencia de la Obra).
El primer programa incluye la difusión por parte del COMITENTE, de las
características Proyecto Ejecutivo desarrollado, que será puesto a consideración de
la comunidad y tendrá una instancia validación, si así se dispusiese. Durante este
proceso pueden surgir modificaciones que incorporadas a la obra transformarán el
Proyecto Ejecutivo que contará así con el aval social. Se salvaran las inquietudes que
los pobladores expresen para el desarrollo definitivo de las obras.
P1 Programa de Difusión del Anteproyecto e información a la comunidad (asociado a
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158
etapa de Relevamiento in situ, topografía
Área de
Aplicación Área x
De influencia
directa x De influencia indirecta x
Responsabl
es
Implementación
del Programa
Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico
Empresa Contratista
Supervisión del
Programa
Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra
COMITENTE –
Objetivo Identificar, relevar, organizar e implementar las tareas que conformaran el legajo
técnico del proyecto ejecutivo, en función del anteproyecto ejecutado por DEL
COMITENTE, Recopilación de aspectos técnicos topográficos a lo largo de la traza
de via ferroviaria. Se determinarán las medidas y pautas dirigidas a promover y
facilitar la comunicación con las autoridades y la población local, con relación a la
correspondiente al Proyecto Ejecutivo Tren Jujuy , Etapa Volcán Tilcara, situación
y diseño de traza ferroviaria y medidas en fase de acuerdo para minimizar
impactos.
Se abordarán las características generales del Proyecto Ejecutivo Final, a finque
se establezcan pautas de diseños que operativamente minimicen el impacto a la
población en el área y de influencia directa de la obra vial, lo cual incluye tanto
evitar o mitigar los impactos negativos de las acciones como reducir la exposición
de los mismos a la población.
Característic
as y
Contenidos
- Se establecerá un procedimiento de comunicación formal y documentado,
que facilite la comunicación con vecinos e interesados relacionados con el desarrollo
de la obra.
- Las modalidades de presentación y acceso de la información facilitarán el
acceso igualitario a todos los sectores sociales interesados.
- Se elaborará y difundirán los resultados del EIAyS ampliado y se
implementarán los procedimientos habituales para facilitar la comunicación con los
pobladores locales.
- Se realizará una espacio comunitario de comunicación, que constituye una
instancia en la cual se habilita la participación ciudadana, como insumo para el
proceso de toma de decisiones, a través de un espacio institucional en el que todos
aquellos interesados que puedan sentirse afectados por el proyecto, manifiesten su
incertidumbre, duda, opinión, propuesta, conocimiento o experiencia y presenten su
perspectiva individual, grupal o colectiva.
- En esta instancia se acordará con la inspección COMITENTE las
modalidades, alcances y formas de contenidos de la información a difundir, y la
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159
relación con vecinos e interesados.
Medidas de
mitigación
relacionadas
(Detalladas
en el EIA
MM – 6. Medidas de mitigación en relación con la calidad de vida de la
población
MM – 7. Medidas de mitigación en relación con la infraestructura de servicios y
equipamiento
MM – 8. Medidas de mitigación en relación con las actividades productivas y
económicas
MM – 9. Medidas de mitigación en relación con las actividades, usos del suelo y
aspectos socioculturales
MM – 10. Medidas de mitigación en relación con el Turismo y esparcimiento
MM – 11. Medidas de mitigación en relación con el tránsito y transporte
Indicadores
de éxito
- Vecinos e interesados son adecuadamente informados sobre el proyecto, el
EIAS ampliado y sus principales impactos positivos y negativos.
- Documentación gráfica y escrita soporte de las actividades de obra
- Ausencia de reclamos por parte de los usuarios y pobladores locales que no
hayan sido atendidos y/o resueltos.
- Participación de los actores sociales representativos en la Consulta Pública.
- Ver indicadores de éxito de las MM – 6, MM – 8, MM – 9 y MM10
Supervisión
Externa
Área socio ambiental COMITENTE
Costo
estimado
A ser indicado por el
contratista en su Efectividad esperada Alta
Observacion
es
P2 Programa de Difusión del Proyecto e Información a la Comunidad (postlicitatorio) –
Proyecto Ejecutivo
Área de
Aplicación Área x
De influencia
directa x
De influencia
indirecta x
Responsables Implementación
del Programa
Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico
Empresa Contratista
Supervisión del Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra
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160
Programa COMITENTE
Objetivo Identificar, organizar e implementar las medidas preventivas y correctivas,
dirigidas a promover y facilitar la comunicación con las autoridades y la
población local, sobre las características del Proyecto Definitivo, de su
cronograma de Obra, los impactos ambientales y sociales más probables, los
impactos residuales y las medidas de mitigación adoptadas por el Contratista a
fin de prevenir los riesgos ambientales para la población en el área y de
influencia directa de la obra vial, lo cual incluye tanto evitar o mitigar los
impactos negativos de las acciones como reducir la exposición de los mismos
a la población.
Este Programa se aplicará previo a la ejecución de las acciones de obra,
durante toda la duración de la misma
Características
y Contenidos
* Se establecerá un procedimiento de comunicación formal y documentado,
que facilite la comunicación con los usuarios de la vía y frentistas, para
recolectar opiniones, sugerencias o reclamos relacionados con el desarrollo de
la obra.
* La manera en que se realizará la difusión y comunicación a la comunidad se
ajustará a lo establecido por la normativa Nacional, provincial
* La Contratista deberá desarrollar un Plan de Comunicación a la Comunidad
que incluye a frentistas y usuarios.
* Se comunicará a las autoridades, vecinos, empresas u organismos que
posean instalaciones o desarrollen actividades próximas a la obra, con
suficiente anticipación a las acciones a ejecutar en los períodos subsiguientes.
* Se deberá informar a la comunidad a través de los canales adecuados
sobre: el proyecto ejecutivo, el cronograma de obras y responsables, la
evaluación final de impactos y medidas de manejo ambiental y social a
implementar, el procedimiento de atención de quejas y reclamos, etc.
* Se pondrá a disposición de la población del área de influencia un libro de
quejas (cuya localización deberá ser comunicada), así como también un
número de telefónico de contacto operativo las 24 horas (puede trabajarse con
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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
161
un celular con Whatsapp, una dirección de email y agregar una inter fase web
mediante la cual la sociedad pueda hacer llegar sus reclamos, quejas y
sugerencias.
Medidas de
mitigación
relacionadas
(Detalladas en
el EIA
Medio Socio Económico
MM – 6. Medidas de mitigación en relación con la calidad de vida de la
población
MM – 7. Medidas de mitigación en relación con la infraestructura de servicios y
equipamiento
MM – 8. Medidas de mitigación en relación con las actividades productivas y
económicas
MM – 9. Medidas de mitigación en relación con las actividades, usos del suelo
y aspectos socioculturales
MM – 10. Medidas de mitigación en relación con el tránsito y transporte
Indicadores de
éxito
* Vecinos e interesados adecuadamente informados sobre el proyecto, el EIAS
ampliado y sus principales impactos positivos y negativos.
* Ausencia de reclamos que no hayan sido atendidos y/o resueltos en el
periodo previo a la licitación / en el periodo constructivo de la obra
* Participación de los actores sociales principales en la reuniones comunitarias
y acciones comunitarias que se ejecuten
* Ver indicadores de éxito de las MM – 6, MM – 8, MM – 9 y MM10
Supervisión
Externa
Área socio ambiental DEL COMITENTE
Costo estimado A ser indicado por el
contratista en su Efectividad esperada Alta
Observaciones
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• ETAPA CONSTRUCTIVA
P3 Programa de Capacitación previo al Inicio de la Construcción
Área de
Aplicación Área x De influencia directa x
De influencia
indirecta x
Responsabl
es
Implementación
del Programa
Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico
Empresa Contratista
Supervisión del
Programa
Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra
COMITENTE
Objetivo Identificar, organizar e implementar las medidas preventivas y correctivas,
dirigidas a promover y facilitar la comunicación con los operarios y la población
local, con relación a la correspondiente a los trabajos a ejecutar, responsabilidades,
medidas de higiene y seguridad de obra, impactos ambientales y sociales más
probables, los impactos residuales y las medidas de mitigación recomendadas por
este ETAS a fin de prevenir los riesgos ambientales en el área y de influencia
directa de la obra vial, lo cual incluye tanto evitar o mitigar los impactos negativos
de las acciones como reducir la exposición de los mismos a la población.
Característic
as y
Contenidos
Descripción:
Se realizarán cursos de capacitación para todas las personas que participan directa
o
indirectamente de las tareas de construcción
. El número de cursos será un mínimo de 10 de 2 hs cada uno, donde se expondrán
las siguientes temáticas:
Reglamentaciones legales vigentes.
Higiene y seguridad en el trabajo,
Técnicas de protección y manejo ambiental / PMAS
Aspectos constructivos y estructurales más destacados del proyecto.
Las temáticas presentadas son las mínimas requeridas, permitiendo ampliarse o
modificarse el temario o la carga horaria.
Durante los cursos y en sucesivas inspecciones a las obras se fomentará la actitud
de atención y revisión constante de las tareas de construcción por parte de los
operarios y consulta permanente con los supervisores acerca de situaciones no
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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
163
previstas (interferencias con servicios o con cursos de agua, hallazgos
arqueológicos, etc.).
Medidas de
mitigación
relacionadas
(Detalladas
en el EIAyS)
Aumento de accidentes de trabajo durante las obras de construcción.
Impactos múltiples por fallas en la construcción.
Molestias a la población.
Obstrucción del tránsito y transporte público.
Obstrucción del drenaje superficial.
Deterioro de instalaciones y servicios.
Indicadores
de éxito
Asistencia. validación de comprensión a los participantes (inmediato y mediante
auditoria de COMITENTE .
Supervisión
Externa
Área socio ambiental de DEL COMITENTE
Costo
estimado
A ser indicado por el
contratista en su Efectividad esperada Alta
Observacion
es
P
4
Programa de Gestión Ambiental y social de la Obra y Control de la
Contaminación Ambiental
P4 –S1 Subprograma de Manejo de Fauna, Vegetación y Arbolado
Área de
Aplicación
Área X De influencia directa X De
influencia
indirecta
X
Responsables Implementación
del Programa
Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico
Empresa Contratista
Supervisión del
Programa
Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra
COMITENTE –
Objetivo Identificar, organizar e implementar las medidas preventivas y correctivas,
dirigidas a evitar la afectación de la vegetación (y de manera indirecta, la fauna
asociada) en su conjunto, como consecuencia de la ejecución de la obra en
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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
164
traza ferroviaria.
Características
y Contenidos
La contratista deberá informar al momento de desarrollo del PMAS., los
ejemplares nativos, autóctonos como exóticos que se localizan en el área de
trabajo, y que deberán ser erradicados para ejecutar la obra, siendo este
relevamiento el insumo para el plan de Forestación Compensatoria a
desarrollar
Queda prohibida la remoción de vegetación por fuera de lo establecido en el
PMAS.
Se deberán adoptar las medidas necesarias a fin de minimizar los daños o
accidentes durante las tareas de remoción de vegetación y durante el retiro de
los troncos y follaje. El personal de obra asignado para dichas tareas deberá
contar con los elementos de seguridad básicos para la realización de dichas
tareas (guantes, protectores auditivos y visuales, sogas para sujeción de
ramas, etc.). Se deberá liberar el perímetro del árbol a extraer (en un radio
igual o mayor a la altura del árbol), antes de iniciar los trabajos de corte o poda.
El traslado de los troncos y follaje fuera de la zona de camino deberá ser
realizado en camiones que cuenten con los insumos básicos para asegurar la
sujeción de la carga transportada en su traslado hacia los sitios de disposición
final. Debe considerase que para el traslado de los mismos se utilizarán los
corredores viales existentes, lo cuales registran altos valores de tránsito, por lo
que la adopción de medidas vinculadas a la seguridad vial, resultan de vital
importancia.
Se prohíbe el acopio de restos de corte en terrenos de terceros sin su
aprobación documentada, en zonas anegables o cercanas a la red de drenaje,
o dentro de masas forestales. No se permitirá el acopio transitorio en el frente
de obra por más de 10 días corridos.
Se prohíbe encender cualquier tipo de fuego o fuente que pueda provocar
incendios que pudieran afectar la vegetación, la fauna urbana y los demás
componentes naturales (esta medida es de aplicación también para la
protección del personal de obra, vecinos, transeúntes, bienes, etc.).
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ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA
“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
165
El Contratista deberá confeccionar y ejecutar el ‘Plan de reforestación y de su
mantenimiento’ para la zona de camino y los sectores complementarios
pertinentes.
Los trabajos de reforestación y parquización de la zona en general se
deberán realizar siguiendo los lineamientos establecidos por la normativa
provincial y PMAS, asesorado por especialistas en cuanto al momento y tipo
de especies y técnicas o requerimientos necesarios según las especies
involucradas.
Queda prohibido el control de la vegetación mediante productos químicos no
autorizados por la autoridad competente.
El corte de vegetación en zonas de trabajo durante el mantenimiento de la
obra, se realizará de forma tal que no se produzcan daños en las zonas
aledañas y a otra vegetación cercana.
En cuanto a la fauna, queda prohibida, por parte de los trabajadores, la
captura o daño de especies de todo tipo y por cualquier medio.
Se prohíbe la tenencia de animales domésticos por parte del personal de
obra. En el caso de su uso para la seguridad, su presencia deberá ser
autorizada por la Inspección de Obra.
Medidas de
mitigación
relacionadas
(Detalladas en
el EIA
Medio Físico Natural
MM – 1. Medidas de mitigación en relación con el aire
MM – 2. Medidas de mitigación en relación con el relieve y suelo
MM – 3. Medidas de mitigación en relación con el agua
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166
MM – 4. Medidas de mitigación en relación con la vegetación y fauna urbana
MM – 5. Medidas de mitigación en relación con el paisaje
Indicadores de
éxito
No existencia de registro de fauna capturada o muerta accidental o
intencionalmente
No tala de árboles fuera del área de intervención del proyecto
No se produjeron incendios
No se acumularon residuos vegetales de corte por más de 10 días corridos.
Desarrollo exitoso de áreas forestadas y mantenimiento del parquizado en
cuadros de Estación.
Ver indicadores de éxito de las MM – 1, MM – 2, MM – 3, MM – 4 y MM – 5
Supervisión
Externa
Área socio ambiental DEL COMITENTE
Costo estimado A ser indicado por el
contratista en su Efectividad esperada Alta
Observaciones
P
4
Programa de Gestión Ambiental y social de la Obra y Control de la
Contaminación Ambiental
P4 –S2 Subprograma Manejo integral y control de plagas y vectores
Área de
Aplicación
Área X De influencia directa X De
influencia
indirecta
X
Responsables Implementación Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico
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ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA
“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
167
del Programa Empresa Contratista
Supervisión del
Programa
Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra
COMITENTE –
Objetivo Planificar, organizar, implementar y monitorear actividades para la modificación
y manipulación integral de factores ambientales con miras a prevenir o
minimizar la propagación de plagas y reducir el contacto entre patógenos,
vectores y el ser humano
Características
y Contenidos
Actividades y medidas a implementar:
El manejo integrado de plagas (MIP) es un instrumento, que se basa en la
combinación de prácticas, con el fin de lograr un manejo eficaz y
ambientalmente adecuado de plagas, minimizando el riesgo de desarrollar
plagas resistentes a los plaguicidas y reducir el uso de plaguicidas químicos.
El método consiste en evaluar primero la situación de la plaga, evaluando la
dinámica poblacional de los organismos-plaga y su relación con el medio
ambiente asociado, utilizando técnicas para mantenerlos en niveles inferiores a
aquellos que perjudiquen la salud y al ambiente.
El control integrado de plagas consta de varios componentes:
- Control directo:
• Método Físico: basan su acción en alguna propiedad física que provoque
la muerte, captura o alejamiento de ratas (ultrasonido, trampas de captura viva
o muerta, pegamento).
• Métodos biológicos: es el estudio y la utilización de predadores y
parásitos, en la regulación de la población de una plaga.
• Métodos químicos: utiliza productos se síntesis de diversos orígenes y
aplicación (fumigantes, repelentes, rodenticidas agudos o rodenticidas
anticoagulantes).
- Control indirecto:
- Se basa en el ordenamiento del medio, mediante la planificación,
organización, realización y vigilancia de actividades para la modificación y/o
alteración de factores ambientales o antrópicos.
Para controlar una plaga y definir un plan de control, primero es necesario
identificar las especies presentes.
Contratación de Proveedor
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168
El contratista deberá asegurar la contratación de un proveedor habilitado por
norma, para la ejecución de las tareas de control de roedores.
El contratista deberá mapear los siguientes aspectos a fin de identificar la
situación de base y la priorización de las intervenciones:
- Estado sanitario general del ambiente;
- Características de las calles (tierra o pavimento);
- Tipo de material y de edificación de las viviendas (bajas o de altura);
- Presencia y tipo de comercios (alimenticios o no alimenticios);
- Evidencias directas o indirectas de actividad de roedores (roedores vivos
o muertos, senderos, excrementos de roedores, madrigueras, etc.);
- Presencia de basurales;
- Presencia de animales de consumo y domésticos
- Vehículos abandonados y depósitos de material en desuso.
La contratista asumirá un rol técnico, informando la estrategia de control de
plagas a medida que avanza el proyecto.
Planificación: En función de los resultados obtenidos en la primera etapa se
definirá un Plan de control de plagas. Se trabajará con la empresa de control
de plagas para acordar el trabajo y calidad de productos necesarios.
Se deberá dar prioridad al uso de métodos de control de plagas naturales y
amigables con el ambiente. En caso de que estos métodos no sean
técnicamente factibles, se podrán utilizar pesticidas para el control de vectores.
El criterio para su selección deberá cumplir con las aprobaciones legales
correspondientes en la normativa local y con la Clasificación de los Plaguicidas
por Riesgo y las Directrices para su Clasificación, elaborado por la
Organización Mundial de la Salud.
En este sentido, se encuentran prohibidos el uso y aplicación de pesticidas y/o
plaguicidas que pertenezcan a las clases IA e IB de la Organización Mundial de
la Salud (OMS) extremada y altamente peligrosos, respectivamente. Para los
casos de formulaciones de productos de la Clase II, de sustancias
moderadamente peligrosas, se deberá evaluar previo a su autorización las
consideraciones legales nacionales sobre restricciones sobre su uso y
distribución, así como realizar un análisis de riesgo de las condiciones de
almacenamiento, manipulación, capacitación del personal que lo aplicará y los
riesgos a la población.
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169
Los principios activos deberán cumplir con condiciones de fabricación,
embalaje, etiquetado, manipulación, almacenamiento, aplicación, tratamiento y
disposición final acorde a normas nacionales y las guías internacionales.
El contratista deberá contratar una empresa habilitada para asegurar el control
de plagas y vectores en los obradores.
Se capacitará al personal de la contratista principal y al de las subcontratistas
si las hubiere.
En caso de existir contenedores o lugares donde se acumuló agua, por
ejemplo, luego de lluvias, se debe proceder al vaciado y limpieza de los
mismos refregando con cepillos o esponjas el interior de los mismos a fin de
desprender posibles huevos. En caso de detectar larvas, vaciar
inmediatamente los recipientes y proceder a su limpieza. En caso de ser RSU o
residuos de obra, proceder a la correcta disposición.
Se recomienda un desmalezamiento periódico y cortes de pasto para evitar la
reproducción del mosquito en esos sitios.
Limpiar superficies, que se sospecha haya estado en contacto con roedores,
con lavandina y agua o agua y jabón.
También puede procederse a la colocación de cebos con veneno raticida una
vez realizada la desratización.
La frecuencia de limpieza del lugar debe ser diaria, sobre todo de residuos
orgánicos o residuos que puedan acumular agua, a fin de evitar la proliferación
de mosquitos o la atracción de roedores.
Luego de cada lluvia, es importante detectar posibles lugares de acumulación
de agua a fin de vaciar y proceder a la limpieza de los mismos.
Dejar cualquier tipo de residuos fuera de contendedores designados para tal
fin.
Mantener alimentos o bebidas en lugar destinado a ese fin y lejos del alcance
de roedores
Evitar todo tipo de contacto con roedores. Evitar permanecer en sitios, donde
se detectaron roedores, sin previa ventilación.
Medidas de
mitigación
relacionadas
(Detalladas en
Medio Físico Natural
MM – 5. Medidas de mitigación en relación con el paisaje
Medio Socio Económico
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170
el EIA MM – 6. Medidas de mitigación en relación con la calidad de vida de la
población
Indicadores de
éxito
No propagación ni existencia de plagas en áreas de obra y
complementarias a la misma
Supervisión
Externa
Área socio ambiental DEL COMITENTE
Costo estimado A ser indicado por el
contratista en su Efectividad esperada Alta
Observaciones
P4 Programa de Gestión Ambiental y social de la Obra y Control de la
Contaminación
Ambiental
P4 S3 SUBPROGRAMA Gestión del Movimiento de Suelos
Área de
Aplicación
Área x De influencia directa x De influencia
indirecta
Responsabl
es
Implementación
del Programa
Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico
Empresa Contratista
Supervisión del
Programa
Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra
COMITENTE –
Objetivo Identificar, organizar e implementar las medidas preventivas y correctivas,
constructivas y no constructivas, dirigidas a evitar riesgos derivados por los
movimientos de suelos.
Característic
as y
Contenidos
El suelo resultante del movimiento de tierras será clasificado para su uso en la
obra o para ser transportado a sitios de disposición autorizados por el organismo
competente y la Inspección de Obra.
Todo material resultante de la excavación deberá ser almacenado y
clasificado, en áreas delimitadas y señalizadas, en forma adecuada para que no
se genere arrastre de materiales como consecuencia de las precipitaciones ni del
viento.
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171
El suelo remanente, que no se utilice en la obra, deberá ser transportado a sitios o
a rellenos autorizados por el organismo competente y la Inspección de Obra.
En los sitios receptores del suelo sobrante solo podrá depositarse el material
proveniente de excavaciones. Cualquier otro tipo de desecho sólido que no cumpla
con los criterios de calidad ambiental debido a la presencia de sustancias
peligrosas, deberá ser dispuesto a través de la normativa y gestores autorizados.
El acopio transitorio de materiales y los movimientos de suelos no deberán
obstruir el escurrimiento de los excedentes pluviales.
Debe minimizarse la circulación de los camiones que trasladen el material sobrante
a sitios de disposición final en horarios diurnos para no obstaculizar la circulación
en la zona.
Medidas de
mitigación
relacionadas
(Detalladas
en el EIA
Medio Físico Natural
MM – 2. Medidas de mitigación en relación con el relieve y suelo
MM – 5. Medidas de mitigación en relación con el paisaje
Medio Socio Económico
MM – 6. Medidas de mitigación en relación con la calidad de vida de la
población
Indicadores
de éxito
Se lleva un registro del manejo de movimientos de suelo y disposición final de los
mismos.
Se encuentra delimitada el área en la cual se almacena el material de
excavación.
Mínima dispersión de polvo o arrastre por la lluvia de los suelos y
materiales acopiados.
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172
Ausencia o mínima cantidad de quejas no resueltas de frentistas, vecinos y
automovilistas por la afectación de excesivo polvo en el aire proveniente de los
acopios, movimientos y transporte de suelos.
Ausencia de excesiva acumulación de agua de lluvia durante el
movimiento de suelos como consecuencia de alteración de los patrones de
drenaje habituales.
Mínimas de interferencias al tránsito y circulación vehicular en la zona por la
circulación de transportes con el suelo movilizado.
Ver indicadores de éxito de las MM – 2, MM – 5, MM – 6
Supervisión
Externa
Área socio ambiental DEL COMITENTE
Costo estimado A ser indicado por el
contratista en su Efectividad esperada Alta
Observaciones
P4 Programa de Gestión Ambiental y social de la Obra y Control de la Contaminación
Ambiental
P4 S4 SUBPROGRAMA Protección de los Recursos Hídricos y Drenaje
Área de
Aplicación
Área X De influencia directa X De influencia indirecta
Responsabl
es
Implementación
del Programa
Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico
Empresa Contratista
Supervisión del
Programa
Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra
COMITENTE –
Objetivo Identificar, organizar e implementar las medidas preventivas y correctivas,
constructivas y no constructivas, dirigidas a evitar la afectación de las
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173
características y funciones de los recursos hídricos superficiales (drenaje
superficial) y subterráneos, como consecuencia del accionar del personal afectado
a la obra, tanto propio como subcontratistas.
Característic
as y
Contenidos
En casos de drenajes, a fin de evitar su interrupción, se verificará el
adecuado funcionamiento de las alcantarillas existentes y propuestas,
verificando la no obturación de las mismas.
Durante los movimientos y acopios de suelos, los drenajes de excedentes hídricos
se conducirán respetando al máximo posible su curso natural y los niveles de
escorrentía del terreno.
La provisión de agua para la obra en cuanto a caudales y períodos deberá ser
acordada de tal manera de no afectar la provisión del servicio a la comunidad local.
En caso de utilizar agua proveniente de canales de riego existentes para los
procesos constructivos, se solicitará autorización previa a la autoridad competente,
indicando claramente los alcances del proyecto y su duración, de tal manera que esta
pueda diseñar y planificar con la debida anticipación el transporte, consumo y
acopio de agua, reduciendo a un mínimo las molestias a otros usuarios.
La preservación de dicha fuente se asegurará en cuanto a calidad y
mantenimiento del recurso, debiendo el personal ajustarse a los regímenes de
extracción determinados por la autorización de la autoridad pertinente en base al
estudio de explotación respectivo, según corresponda.
Medidas de
mitigación
relacionadas
(Detalladas
en el EIA
Medio Físico Natural
MM – 2. Medidas de mitigación en relación con el relieve y suelo
MM – 3. Medidas de mitigación en relación con el agua
MM – 5. Medidas de mitigación en relación con el paisaje
Indicadores Ausencia de excesiva acumulación de agua de lluvia durante el movimiento de suelos
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174
de éxito como consecuencia de alteración de los patrones de drenaje habituales.
Normal escurrimiento de los excedentes pluviales una vez finalizada la etapa de
la construcción.
Disponibilidad y calidad (física, química y microbiológica) del recurso hídrico
abastecido por canales o de fuentes subterráneas sin alteraciones.
Ausencia de contaminación de los recursos hídricos como consecuencia de las
actividades del proyecto.
Ausencia de reclamos por parte de las autoridades y vecinos por
variaciones en la disponibilidad del recurso.
Ver indicadores de éxito de las MM – 2, MM – 3 y MM – 5
Supervisión
Externa
Área socio ambiental DEL COMITENTE
Costo
estimado
A ser indicado por el
contratista en su Efectividad esperada Alta
Observacion
es
P4 Programa de Gestión Ambiental y social de la Obra y Control de la Contaminación
Ambiental
P4 S5 SUBPROGRAMA de Manejo de Canteras
Área de
Aplicación
Área X De influencia directa X De influencia
indirecta
Responsables Implementación
del Programa
Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico
Empresa Contratista
Supervisión del
Programa
Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra
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175
COMITENTE –
Objetivo El presente programa tiene como objetivos fundamentales los siguientes:
Controlar el cumplimiento de las medidas preventivas y correctoras previstas en
las fases pre operacional, de explotación y restauración.
Verificar que los impactos producidos por la explotación no exceden de los
previstos. Cuantificar la incidencia sobre el entorno y optimizar y corregir las
medidas preventivas y correctoras propuestas.
Detectar si se producen otros impactos, y poner en marcha las medidas
correctoras oportunas.
Verificar la correcta ejecución del proyecto de restauración.
Cumplir los estándares de calidad de todos los materiales empleados en la
restauración
Características
y Contenidos
La contratista deberá asegurarse que la concesión de localización de cantera
cuente con las aprobaciones acorde a legislación vigente.
La concesión deberá contar con la aprobación del respectivo Estudio Ambiental
si asi lo requiriese el organismo competente.
Los permisos de explotación como la autorización para uso y derechos de paso
será de responsabilidad de la contratista o concesionarios autorizados.
Los lineamientos para el manejo de cantera deberán estar basado en los
reglamentos para las actividades que el organismo competente y legislación
exija.
Fase de preparación
Esta fase es de duración muy reducida y en buena parte se solapa con la etapa
primera de la fase de explotación. Las acciones previstas en la fase de
preparación, capaces de ocasionar impactos son las siguientes:
1. Retirada de cubierta y tierra vegetal
2. Construcción y acondicionamiento de pistas y sistema de drenaje perimetral
3. Construcción de la balsa de decantación
4. Construcción de instalaciones auxiliares y acondicionamiento de la plataforma
que las albergue a ellas y a los acopios.
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176
Fase de explotación
Desde el punto de vista de las afecciones al medio, esta es la fase del proyecto
más relevante, tanto por su duración como por el espacio que afectará. La
duración prevista para esta fase es de aproximadamente 2 años, según el
proyecto. En esta fase se han considerado 6 acciones del Proyecto que pueden
afectar al medio, reflejadas en la correspondiente matriz de identificación de
impactos:
5. Perforación
6. Apertura de cantera clasificación
7. Transporte a planta móvil de trituración
8. Trituración y re clasificación primaria
9. Acopios
10. Transporte a zona de obra
Fase de restauración
En esta fase del proyecto se analizan las siguientes acciones:
11. Remodelación de taludes
12. Reposición de tierra vegetal y revegetación
13. Desmantelamiento de edificios e instalaciones auxiliares
Por las ubicaciones en cuencas y cercana a márgenes de ríos no se observan
impactos sobre el patrimonio cultural de la zona, dada la inexistencia de bienes
artísticos, arquitectónicos y/o arqueológicos en el área afectada, aunque en caso
de aparecer alguno durante la explotación será de obligado cumplimiento el
protocolo de Patrimonio y arqueología.
Tampoco se han detectado impactos sobre suelos contaminados, debido a la
inexistencia de suelos potencialmente contaminados en el área.
Se han caracterizado como impactos NEGATIVOS REVERSIBLES
MODERADOS en fase de explotación a las afecciones a:
Especies bióticas en la zona
La vitalidad foliar vegetal por polvo, a las molestias a fauna
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177
Vibraciones sobre las personas (en especial sobre los trabajadores de la
cantera).
Se ha estimado como NEGATIVO, REVERSIBLE y de efecto IMPROBABLE:
La alteración de la calidad de las aguas y el posible incremento de la
contaminación por la generación de residuos, ya que sólo se darían de forma
accidental dadas las medidas preventivas, además, para el caso de las aguas, la
vulnerabilidad de acuíferos en la zona no es elevada.
No es posible conocer la probabilidad de ocurrencia de estos riesgos o
accidentes, ni su magnitud en caso de suceder; no obstante se contara con los
medios necesarios y suficientes para detectarlos con prontitud y actuar en
consecuencia.
La modificación de la morfología se considera un impacto NEGATIVO,
IRREVERSIBLE NO SEVERO. Por las características de arrastre de las
cuencas afluentes y rio principal de la región.
La mayor parte de los impactos detectados requieren de la adopción de medidas
protectoras, correctoras e incluso compensatorias; excepto los más leves o
asumibles como:
la emisión de agentes contaminantes a la atmósfera a causa del tráfico de
camiones generado,
La contaminación lumínica causada por la necesidad de iluminar el área de
trabajo en horario diurno en los cortos días de invierno. Con la implementación
de las medidas protectoras, correctoras y compensatorias, no se generarán
impactos ambientales relevantes.
Con la adopción de las medidas, así como la Restauración Ambiental final ,
supondrán una oportunidad para acometer ciertas actuaciones de mejora
ambiental como:
• revegetar los entornos de cuenca y
• revegetar la parcela si fuera necesario
Emisiones de Ruido
Las actividades de explotación de la cantera producirán una serie de ruidos que
pueden agruparse en tres tipos distintos:
Ruidos producidos por clasificación y extracción.
Ruidos de las operaciones de carga, transporte y descarga.
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178
Ruidos procedentes de la planta de trituración y clasificación.
La localización de la explotación, alejada de núcleos urbanos, disminuirá el
impacto significativo de los ruidos producidos durante la operación. El control de
los niveles de ruido existentes se realizará con medidas periódicas,
Emisiones de Polvo
Las explotaciones a cielo abierto producen una serie de emisiones de polvo que
originan contaminación atmosférica y un impacto sobre los suelos y vegetación
del entorno.
• Clasificación
• Maquinaria de carga y transporte
• Máquina de trituración y descarte
• Tránsito de vehículos pesados
Se tomarán las siguientes medidas:
Riego periódico de accesos, viales, plataformas y zonas de trabajo mediante
aspersores o camiones cisterna.
Control de la velocidad de los camiones tanto en la propia explotación como en
los viales de acceso a la misma
Instalación de lavado de bajos a la salida de la planta.
barreras como apantallamientos naturales del relieve y vegetación
Adopción de un sistema de explotación adecuado y coherente con la
minimización de impactos,
Verificar La dominancia de los vientos para la ubicación de zonas en cantera
Para determinar el grado de eficacia de todas las medidas de lucha contra el
polvo se realizarán medidas de los niveles de inmisión periódicas.
Vibraciones y onda aérea
Como es sabido, los efectos de las vibraciones pueden clasificarse en tres
grupos:
Molestias a las personas y especies animales que se encuentren próximas a la
voladura.
Daños estructurales y arquitectónicos en las edificaciones.
Inestabilidades en sector operativo.
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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
179
La reducción del nivel de vibraciones y onda aérea se conseguirá optimizando el
diseño de la cantera, se realizará un control sistemático de vibraciones, acorde a
Plan de Vigilancia.
Aguas Superficiales
Para evitar la contaminación de las aguas superficiales, únicamente por sólidos
en suspensión al no utilizarse productos de tipo industrial en los procesos de la
planta, se tomarán las siguientes medidas:
Establecimiento de canales perimetrales y de una adecuada red de cunetas de
drenaje de la explotación que protegerán al medio circundante
Realización de balsas de decantación que recogerán las aguas de la explotación
y que decantarán la materia sólida en suspensión antes de su vertido al arroyo.
Aguas Subterráneas
No está prevista la utilización de ningún tipo de componente químico que pueda
afectar a la calidad de las aguas subterráneas o superficiales en las labores de
explotación y concentración. Además, se tomarán especiales precauciones en
las actividades de mantenimiento de la maquinaria:
Cambio de aceite, engrase, reposición de combustible, etc. que se llevarán a
cabo siempre que sea posible en locales protegidos y suficientemente
hormigonados para evitar cualquier vertido accidental directo sobre los suelos.
Impacto Visual
Las medidas que el proyecto modificado ha incorporado para mitigar el impacto
visual de la explotación son las siguientes:
Mantenimiento de una zona sin explotar que servirá de pantalla visual para toda
la vida del proyecto
Modificación del sentido de avance y de la geometría de los frentes, para evitar
el impacto visual desde las zonas, coincidentes con puntos de flujo de
observadores, de desde las y parte de la Ruta Nacional N° 9.
Mantenimiento de una zona sin explotar,
Creación de pantallas arbóreas para ocultar acopios temporales de tierras y
estériles. Prevención del Proceso de Erosión Debido a la naturaleza rocosa del
material a extraer, para prever la erosión de zonas removidas (pistas, etc) el
proyecto prevé la realización de drenajes adecuados para preservar esos
elementos ante una erosión de las aguas de escorrentía. Además se protegerán
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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
180
los acopios temporales tanto de la acción de las aguas meteóricas como del
viento. En el primer caso, construyendo drenajes perimetrales y en el segundo
realizando siembra de gramíneas y leguminosas en los cordones de tierras
destinadas a la restauración.
Perdida de suelo
Las acciones del proyecto que potencialmente afectarán a la perdida de suelo
son:
• Fase de preparación: la retirada intencionada de tierra vegetal previa
construcción y acondicionamiento de pistas, drenajes, balsas de decantación,
etc.
• Fase de explotación: la retirada intencionada de tierra vegetal conforme se
abren bancos de trabajo. La retirada de tierra vegetal del cerro y de los trazados
de los accesos, etc. se hará de forma paulatina conforme se acometan las
labores de construcción de pistas y apertura de bancos de trabajo y será
simultánea a la retirada de cubierta vegetal. Como medida correctora se ha
propuesto en el proyecto, que el suelo vegetal se retirará y acopiará en
cordones, para su final utilización en la restauración ambiental del área afectada.
Así podrá reutilizarse para acondicionar la superficie revegetable de los
caballones que harán de pantalla acústica y paisajística,
Prevención sobre residuos no peligrosos
Se generarán ciertos residuos no peligrosos tales como papel, cartón, envases
metálicos y de plástico no contaminados, basura orgánica, madera, etc. Como se
ha dicho, se implementaran los procedimientos para gestión de los residuos,
tanto peligrosos como no peligrosos, así como procedimientos para la formación
e información del personal en estas tareas.
Dadas las características del proyecto y los elementos ambientales a tener en
cuenta, los puntos en los que debe hacerse mayor hincapié son los siguientes:
Restauración de las áreas de explotación que hayan alcanzado su situación final
y control de los resultados de la reimplantación.
Verificación de en la clasificación movimiento y carga se evitan proyecciones y
niveles sonoros elevados.
Mediciones de los niveles de vibraciones en las edificaciones de cantera fin de
asegurar que no se produzcan daños.
Comprobación y seguimiento de la extensión superficial afectada a lo largo de
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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
181
todas sus fases e inspección de posibles afecciones arqueológicas.
Control de la geometría y diseño de los elementos del proyecto en cuanto su
papel como soporte de la restauración.
Control de las propiedades de la tierra vegetal prevista para la restauración.
Control de emisiones a la atmósfera.
Control de la calidad del medio hídrico del entorno, afección a las aguas
superficiales y subterráneas.
Control de los residuos generados durante la explotación y las labores de
restauración.
Implementación de un Programa de vigilancia de cantera
El sistema de documentación del Programa de Vigilancia Ambiental
Con tres objetivos:
Registrar las mediciones y observaciones definidas en el programa de vigilancia
para su consulta y análisis.
Recoger e identificar la legislación medioambiental aplicable.
Mantener ordenado y archivado el conjunto documental compuesto por estudios
del medio físico, característicos el proyecto, tramitaciones, comunicaciones e
incidentes, reclamaciones, etc.
Para cumplir estos objetivos, el sistema documental estará formado por tres
partes:
Una primera de tablas de registro de las mediciones y observaciones del
Programa de Vigilancia.
La segunda parte del sistema será un archivo de la legislación medioambiental
aplicable. En este archivo de legislación habrá un listado de normas clasificadas
según los diferentes aspectos ambientales.
Por último, se mantendrá un archivo actualizado con los informes y estudios del
medio físico promovidos por la contratista o empresa y con aquellos realizados
en su entorno, que tengan relación con los aspectos ambientales y a los que se
pueda acceder.
Medidas de
mitigación
relacionadas
(Detalladas en
MM – 1: Aire (emisiones sonoras, vibraciones y calidad del aire)
MM – 2: Relieve y suelo (topografía, estructura y calidad de suelos)
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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
182
el EIA MM – 3: Agua (calidad del agua, drenaje y escurrimiento)
MM – 4: Vegetación y fauna (abundancia y diversidad)
MM – 5: Paisaje (arbolado y espacios verdes)
Indicadores de
éxito
Canteras dispuestas y gestionadas adecuadamente según normativa vigente.
Ausencia de afectación del suelo, agua, aire, flora y fauna, personas, bienes y
actividades como consecuencia del inadecuado almacenamiento, transporte y
disposición transitoria o final de los residuos de obra.
Ausencia de reclamos por parte de las autoridades y pobladores locales.
Ausencia de potenciales fuentes de vectores de enfermedades asociados a
canteras
Ver indicadores de éxito de las MM – 1, MM – 2, MM – 3, MM – 4, MM –
5, MM – 6 y MM 9
Supervisión
Externa
Área socio ambiental DEL COMITENTE
Costo estimado A ser indicado por el
contratista en su Efectividad esperada Alta
Observaciones
P4 Programa de Gestión Ambiental y social de la Obra y Control de la
Contaminación
Ambiental
P4 S6 SUBPROGRAMA de Gestión de Residuos
Área de
Aplicación
Área X De influencia directa X De influencia
indirecta
Responsables Implementación
del Programa
Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico
Empresa Contratista
Supervisión del
Programa
Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra
COMITENTE –
Objetivo Identificar, organizar e implementar las medidas preventivas y correctivas,
dirigidas a evitar la afectación del ambiente a partir de la generación,
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ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA
“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
183
transporte, manejo y disposición final de los residuos sólidos, semisólidos, y
líquidos generados durante la ejecución.
Características
y Contenidos
Se brindará capacitación de forma continua al personal designado para los
trabajos en las distintas etapas de la obra, acerca de la adopción de prácticas
apropiadas para el manejo de los residuos. Se implementarán medidas
tendientes a concientizar al personal e instruirlo sobre acciones y
procedimientos necesarios para lograr una adecuada recolección, clasificación,
deposición y control de los residuos generados por la obra, dando cuenta de
los medios disponibles para ello.
Se realizarán evaluaciones periódicas en lugares donde se estén generando o
almacenando residuos peligrosos, para registrar sus fuentes y las cantidades
que se estén generando.
Se asignarán responsabilidades entre el personal para dar cumplimiento a los
diferentes componentes de este Subprograma.
Se elaborará un Formulario de Control de Gestión de Residuos.
El Contratista deberá arbitrar los medios necesarios para mantener la obra
limpia. Deberá organizar su trabajo de modo que los residuos provenientes de
todas las tareas correspondientes a su contrato o de sus subcontratos, es decir
de la totalidad del personal de obra, sean dispuestos en contenedores
apropiados hasta el momento de ser retirados de la obra, para proceder a su
disposición final.
Minimizar en la medida de lo posible la generación de todo tipo de
residuos.
Promover el reciclado y reúso de la mayor cantidad de materiales posibles.
Almacenar los materiales reciclables en contenedores identificados para tal
fin.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA
“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
184
Estará terminantemente prohibido arrojar residuos desde el recinto de la obra
al exterior, ya sea directamente o por medio de mangas. Los residuos deberán
extraerse por medios mecánicos, embolsarse o verterse en contenedores
específicos.
Se deberá priorizar la reutilización o venta del escombro proveniente de las
demoliciones para su reciclado, el que deberá ser rápidamente retirado del
predio y transportado a un sitio habilitado para tal fin y aprobado por la
Inspección.
Los residuos serán clasificados en dos grandes grupos (ver Observaciones):
aquellos “asimilables a domiciliarios o AD” (de baja peligrosidad o peligrosidad
despreciable) y los “no asimilables a domiciliarios o NAD” (o de peligrosidad
considerable). Asimismo, serán controlados en su ciclo de vida, desde la
generación hasta su tratamiento y/o disposición final, incluyendo su
almacenamiento, acopio transitorio o definitivo, según corresponda, en áreas
bajo vigilancia y control, preferentemente en la zona del obrador, para lo
cual se elaborará un listado de residuos a generarse y definir entonces
previamente su tratamiento y/o disposición final.
En el caso de los residuos clasificados como AD generados en los frentes de
obra, deberán ser gestionados conforme a lo que establezca la autoridad
competente y en el marco de la legislación provincial Ley Provincial N° 5954 de
“Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos de la Provincia de Jujuy. No se
autoriza la disposición de residuos en vertederos no autorizados por la
autoridad competente.
En el caso de los AD generados en el obrador, se dispondrán en el sitio
indicado para tal fin, según lo dispuesto por la autoridad competente.
La extracción de aceites, combustibles, líquidos del radiador y aceites
hidráulicos se deberá hacer exclusivamente en un galpón de mantenimiento
adecuadamente construido y aislado, evitando el contacto de los mismos con el
suelo.
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185
Se deberá proveer al personal de instalaciones sanitarias químicas,
mantenidas en la forma adecuada y periódica. Si se utilizara una planta portátil,
se deberá gestionar el correspondiente permiso.
Se deberá realizar el almacenamiento de aceites, lubricantes,
combustibles, efluentes contaminados, etc. en recipientes / tambores / tanques
/ contenedores estancos identificados correctamente. Estos contenedores para
almacenamiento deberán ser de doble pared o bien estar ubicados dentro de
un recinto adecuado, impermeable y con muros de contención.
Se deberá realizar el almacenamiento de trapos, maderas, guantes, etc.
manchados con aceites, o absorbentes provenientes de derrames en
contenedores identificados para tal fin dentro del recinto de residuos
peligrosos.
Para el caso de derrames, los mismos deberán ser absorbidos / colectados
inmediatamente, informando al respecto al Jefe de Obra.
Para aquellos residuos clasificados como NAD no peligrosos se deberán
seguir los lineamientos establecidos por la normativa vigente, así como las
disposiciones que se detallan en el ítem ‘Observaciones’ de la presente ficha.
Para aquellos residuos clasificados como NAD se seguirán criterios
concordantes con la legislación de residuos peligrosos, ley Nacional de
Residuos Peligrosos n° 24051, con adhesión de la Provincia de Jujuy, en
particular lo referente a combustibles, lubricantes, compuestos asfálticos y
materiales, elementos (trapos, filtros, etc.) y suelos contaminados con este tipo
de sustancias.
El transporte de los residuos peligrosos, así como su tratamiento se llevará a
cabo por una empresa inscripta en el Registro de Generadores y Operadores
de Residuos Peligrosos Acorde a Resolución N° 478/18 de la Secretaría de
Calidad Ambiental, Ministerio de Ambiente de la provincia de Jujuy, Decreto de
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órgano competente (Dec. N° 6002/06). Que por su actividad generen residuos
peligrosos, categorías Y12 de acuerdo a la Tabla I y Tabla II Anexo de la Ley
N° 24051. En vehículos debidamente adecuados, con los elementos de
contención de derrames accidentales y los seguros correspondientes.
Se deberán arbitrar las medidas necesarias a fin de que la ejecución de esta
obra no deje Pasivos Ambientales, para lo cual se implementarán las medidas
de mitigación correspondientes a cada caso. La Inspección de Obra tendrá a
cargo el control de la mencionada implementación; para lo cual se prevé la
elaboración de informes periódicos por parte del Responsable Ambiental y
Social, para la identificación de potenciales pasivos, a partir de relevamientos
in situ, a fin de relevar la información específica, con cartografía, esquemas,
fotografías, e identificación de potenciales riesgos y recomendaciones para
su tratamiento y solución.
No se efectuarán tareas de limpieza de vehículos o maquinaria sobre o en la
cercanías de canales o desagües (como por ej., canales de riego, zanjas y
cunetas para drenaje de excedentes pluviales temporarios en las adyacencias
de la zona de camino, donde el alcantarillado en caminos secundarios indique
la presencia de escurrimiento temporarios), como así también estará prohibido
el vuelco de cualquier tipo residuo a los mismos.
Se evitará que las actividades como el lavado de equipos y camiones, así
como algunos procesos y de funcionamiento del obrador pueden cargar de
sedimentos o de otros contaminantes a los canales de riego, las zanjas y
cunetas construidas originalmente para drenaje de excedentes pluviales
temporarios, de tal forma que puedan superarse los valores establecidos por la
Autoridad de Aplicación.
La gestión de residuos y tratamiento de materiales peligrosos deberá
contemplar la no afectación de los recursos hídricos, cualesquiera que sean.
En cuanto a las gestiones realizadas para la disposición de residuos
domiciliarios y peligrosos, la misma deberá realizarse conforme a lo
requerido por la autoridad pertinente.
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Los materiales potencialmente contaminantes (tanto por calidad como por
concentración, se trate de combustibles, lubricantes, hidrocarburos, soluciones
o sólidos con base acida o básica), así como aguas servidas no tratadas o
aguas de lavado, no serán descargadas en ningún cuerpo o curso de agua,
sean éstos naturales o artificiales.
Se deberá garantizar el almacenamiento adecuado de materiales o
residuos potencialmente contaminantes (por ejemplo, sobre solados
impermeables) a fin de evitar la contaminación del suelo y eventualmente de las
fuentes subterráneas de agua.
Se controlarán los residuos en su ciclo de vida, desde la generación hasta su
tratamiento y/o disposición final, incluyendo su almacenamiento, acopio
transitorio o definitivo, según corresponda, en áreas bajo vigilancia y control,
preferentemente en la zona de las instalaciones en tierra (si las hubiere).
Quedará prohibido el lavado de equipos, vuelco de restos de hormigón o de
asfaltos, etc., en zona de camino. Todos deben ser removidos antes de las 48 h
de ser observados por la Inspección Ambiental y Social. Se tomarán todas las
medidas necesarias para garantizar que los excedentes de asfaltos, cemento,
suelos, materiales, etc. que pudieran persistir tras su utilización sean retirados
del sector para evitar el eventual arrastre y contaminación. Se los trasladará al
lugar seleccionado para la disposición final de los residuos sólidos (ver
Subprograma de gestión de residuos), a menos que pudiesen ser reutilizables
como insumo en la obra.
Los materiales o elementos contaminantes tales como combustibles,
lubricantes, aguas servidas no tratadas, no serán descargados en o cerca de
ninguno de los cuerpos o cursos de agua (canales, zanjas, desagües, etc.).
Las aguas de lavado o enjuague de equipos, maquinarias, plantas de
materiales, no serán vertidas a lechos o cursos de agua sin acondicionamiento
previo (depuración, evaporación, reciclaje, tratamientos biológicos, etc.) para
cumplir con las normas de vuelco reguladas por la autoridad competente en la
materia y la reglamentación vigente.
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188
En caso de que eventualmente se genere algún residuo de tipo patológico, se
gestionará su transporte y tratamiento a través de un servicio/s habilitado/s por
las Autoridades Nacionales competentes.
La quema de basura quedará estrictamente prohibida.
Bajo ningún concepto podrán enterrarse materiales en el terreno
Medidas de
mitigación
relacionadas
(Detalladas en
el EIA
Medio Físico Natural
MM – 1. Medidas de mitigación en relación con el aire
MM – 2. Medidas de mitigación en relación con el relieve y suelo
MM – 3. Medidas de mitigación en relación con el agua
MM – 4. Medidas de mitigación en relación con la vegetación y fauna urbana
MM – 5. Medidas de mitigación en relación con el paisaje
Medio Socio Económico
MM – 6. Medidas de mitigación en relación con la calidad de vida de la
población
MM – 9. Medidas de mitigación en relación con las actividades, usos del suelo y
aspectos socioculturales
Indicadores de
éxito
Residuos dispuestos adecuadamente según su caracterización y normativa
vigente.
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189
Ausencia de afectación del suelo, agua, aire, flora y fauna, personas, bienes y
actividades como consecuencia del inadecuado almacenamiento, transporte y
disposición transitoria o final de los residuos de obra.
Ausencia de reclamos por parte de las autoridades y pobladores locales.
Ausencia de potenciales fuentes de vectores de enfermedades asociados a los
residuos de obra.
Ver indicadores de éxito de las MM – 1, MM – 2, MM – 3, MM – 4, MM –
5, MM – 6 y MM 9
Supervisión
Externa
Área socio ambiental DEL COMITENTE
Costo estimado A ser indicado por el
contratista en su Efectividad esperada Alta
Observaciones Se definen como residuos a todos aquellos materiales desechados en los
procesos y operaciones vinculados con la actividad ferroviaria y de obra
ferroviaria, sean estos generados en la zona de camino, dentro del área , por
las maquinarias utilizadas o cualquier otra componente vinculada a las
acciones de obra.
Como gestión ambientalmente segura de los residuos, se entiende al
proceso de planificación, implementación y evaluación de medidas sanitarias
que aseguren la preservación de la salud pública y del ambiente. Estas
medidas actúan sobre los procesos de minimización, separación,
recolección, almacenamiento, transporte, tratamiento, disposición final,
vigilancia y control de los residuos. En este marco la responsabilidad e
incumbencia se deberá ajustar al cumplimiento de la normativa vigente y
aplicable al tipo de residuo de que se trate. Los residuos generados pueden
ser clasificados según cual sea el origen de los mismos, adoptándose para
cada uno de estos componentes procedimientos específicos que aseguran el
cumplimiento de la normativa vigente.
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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
190
Los residuos pueden ser clasificados de acuerdo a sus características (lo cual
determinará las formas de manejo), es decir, diferenciándolos según se trate de
residuos no peligrosos (o comunes), residuos peligrosos, o metálicos
(chatarra), cuyas características se presentan a continuación:
Residuos no peligrosos (o comunes): se dividen en orgánicos (restos de
alimentos procedentes de comedores, si los hubiere) e inorgánicos (incluyen
papeles, cartones, vidrios, plásticos, u otros insumos no peligrosos). Son
asimilables a los residuos municipales o domésticos.
Residuos peligrosos: Son aquellos que presentan una o más de las
siguientes características: corrosividad, reactividad, explosividad, toxicidad e
inflamabilidad. Su inadecuado manejo puede implicar un serio riesgo a la salud
pública o efectos adversos al ambiente. Entre los mismos se encuentran:
aceites, líquidos refrigerantes y combustibles usados; filtros, paños, trapos
impregnados con hidrocarburos, baterías usadas, luminarias y fluorescentes,
tarros y sprays de pintura, entre otros.
Residuos metálicos (chatarra): Son considerados residuos no peligrosos
(siempre y cuando no estén contaminados con materiales o sustancias
peligrosas), e incluyen tantos objetos usados, enteros o no, como a
fragmentos resultantes de productos metálicos que estén en desuso o que no
puedan ser reutilizados.
La figura presentada a continuación, ejemplifica la utilización del código de
colores a aplicar en los cestos de residuos a fin de facilitar su clasificación:
Clasificación de residuos sólidos según código de colores
Tipo de
Residuo
Color y rótulo
de
recipiente
Tipo de
Residuo
Color y rótulo
de
recipiente
Residuos
comunes
orgánicos
Residuos
comunes
inorgánicos
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191
Residuos
Peligrosos
Residuos
metálicos
El responsable de la aplicación de este PGAS.yS, podrá adoptar esta
propuesta de clasificación o proponer otra que deberá ser aprobada
oportunamente por la Inspección de Obra.
Las características de los recipientes a utilizar detallados en figura
precedente, se detalla a continuación:
Residuos no peligrosos (o comunes): Para los residuos orgánicos, se
utilizarán cilindros (de color rojo o marrón) con tapa. La tapa es necesaria como
medida de protección contra los mosquitos, roedores y cualquier otro vector.
Adicionalmente los cilindros contarán con bolsas plásticas en su interior, para
facilitar su posterior recolección. Se encontrarán ubicados principalmente cerca
de la zona donde se originan este tipo de residuos (ej. instalaciones del
Obrador y eventualmente frentes de obra), y estarán debidamente señalizados
y con resguardo para evitar los efectos del clima. Para los residuos
inorgánicos, se utilizarán cilindros (de color verde), y serán de las mismas
características que los anteriores, aunque se encontrarán ubicados en un área
específica dentro de las zonas de trabajos (ej. comedores).
Residuos peligrosos: Deberán ser puestos en cilindros metálicos (de color
azulo oscuro), con tapa y tendrán bolsas plásticas en su interior, para facilitar
su posterior recolección. Se encontrarán ubicados en un área específica dentro
de las zonas de trabajos debidamente señalizados y bajo techo. El piso donde
se ubiquen estos cilindros deberá ser de cemento para evitar contaminar el
suelo en caso de derrames (ver foto presentada a continuación. El recinto debe
contar además con un cerco perimetral.
Ejemplo de recinto (con aislamiento en el solado y techado y muro de
contención) para residuos peligrosos
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192
Residuos metálicos (chatarra): Serán almacenados en cilindros
metálicos (de color amarillo). Estarán ubicados en un área específica dentro de
las zonas de trabajos debidamente señalizados y bajo techo.
A su vez, como parte de este Subprograma, se propone implementar un
inventario de los residuos en función de la clasificación anteriormente descrita,
para lo cual se propone el siguiente cuadro, que muestra las características de
peligrosidad de cada uno de los residuos.
Inventario y características de los residuos generados por la obra ferrovial
Tipo de Residuo Características
Peligroso
No
Peli
gro
so
Infl
am
ab
le
Co
rro
siv
o
Reacti
vo
Exp
losiv
o
To
xic
o
Residuos Comunes Orgánicos (AD)
Restos de comida X
Residuos Comunes Inorgánicos (AD)
Botellas de plástico X
Botellas de vidrio X
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193
Papeles X
Latas de comida
Tarimas de madera X
Cajas de cartón X
Bolsas de plástico X
Cables no eléctricos X
Residuos metálicos X
Residuos Peligrosos (NAD)
Aceite usado X X
Pilas y baterías usadas X X
Luminarias fluorescentes X
Filtros de aceites usados X X
Tierra impregnada con
hidrocarburos (HC)
X
Trapos impreg. c/HC X
Tarros, sprays de pintura X
Combust. usado, sucio X X
Líquidos refrig. usados X
P4 Programa de Gestión Ambiental y social de la Obra y Control de la
Contaminación
Ambiental
P4 S7 SUBPROGRAMA de derrame de hidrocarburos
Área de
Aplicación
Área X De influencia directa X De influencia
indirecta
Responsabl
es
Implementación del
Programa
Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico
Empresa Contratista
Supervisión del Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra
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194
Programa COMITENTE –
Objetivo Evitar la afectación del medio físico y natural y del medio socio económico, por la
posible generación de efluentes líquidos durante la etapa de construcción, debido
al lavado de maquinarias y equipos que puedan producir escurrimientos y/o
derrames de contaminantes.
Característic
as y
Contenidos
Se minimizará el vertido de aceites y grasas provenientes de las maquinarias
(específicamente por lavado in situ de la misma) al suelo y/o cuerpos de agua
debido a que se prevé áreas específicas de talleres y lavados de equipos, además
de la disposición final adecuada de los mismos. Los lavaderos de vehículos,
equipos y maquinarias deberán contar con desarenadores y trampa de grasas.
(Trampa de Grasas: Consiste en una caja cubierta provista de una entrada
sumergida y una tubería de salida que parte de cerca del fondo). Su función es la
de separar las grasas y jabones de aguas negras provenientes de cocinas,
lavaderos y áreas de lavados de vehículos. Sus dimensiones dependen de las
personas servidas o el volumen de maquinarias que serán objeto de limpiezas y
mantenimientos. Deberán ubicarse entre las tuberías que conducen aguas de
cocinas, lavaderos y el tanque séptico.
Los lodos retirados de las cámaras que recepcionan estos efluentes deberán ser
gestionados de acuerdo a los requerimientos legales vigentes en materia de
residuos peligrosos.
Los vehículos como maquinarias serán
Medidas de
mitigación
relacionadas
(Detalladas
en el EIA
Afectación de la Flora y Fauna
MM – 1: Aire (emisiones sonoras, vibraciones y calidad del aire)
MM – 2: Relieve y suelo (topografía, estructura y calidad de suelos)
MM – 3: Agua (calidad del agua, drenaje y escurrimiento)
MM – 4: Vegetación y fauna (abundancia y diversidad)
MM – 5: Paisaje (arbolado y espacios verdes)
MM – 6: Calidad de vida de la población
Indicadores
de éxito
Gestión de Hidrocarburos en etapa constructiva y específicamente en el lavado de
vehículos y maquinarias según Procedimientos óptimos y normativa vigente.
Correspondiendo además si se efectuasen reparaciones de equipos o si hubiera
mal funcionamiento de los mismos con perdida de residuos peligrosos
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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
195
Ausencia de afectación del suelo, agua, aire, flora y fauna, personas, bienes y
actividades como consecuencia del inadecuado almacenamiento, transporte y
disposición transitoria o final de los residuos de obra.
Ausencia de reclamos por parte de las autoridades y pobladores locales.
Ausencia de potenciales fuentes de vectores de enfermedades asociados al manejo
de hidrocarburos
Ver indicadores de éxito de las MM – 1, MM – 2, MM – 3, MM – 4, MM – 5 y MM
– 6
Supervisión
Externa
Área socio ambiental DEL COMITENTE
Costo
estimado
A ser indicado por el
contratista en su Efectividad esperada Alta
Observacion
es
P4
Programa de Gestión Ambiental y social de la Obra y Control de la
Contaminación
Ambiental
P4 S8 SUBPROGRAMA Manejo y Transporte de Materiales Contaminantes y Peligrosos
Área de
Aplicación
Área X De influencia directa X De influencia
indirecta
Responsables Implementación
del Programa
Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico
Empresa Contratista
Supervisión del
Programa
Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra
COMITENTE –
Objetivo Identificar, evaluar, prevenir y mitigar los impactos que pudieran generarse
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196
sobre el ambiente en general, como resultado de la manipulación y
acondicionamiento para el transporte de materiales contaminantes y/o
peligrosos dentro o fuera de la zona .
Características
y Contenidos
El manejo y transporte de materiales contaminantes y peligrosos cumplirá con
los términos definidos por la normativa ambiental y social de aplicación
de nivel provincial o nacional según corresponda.
En sintonía con lo establecido en el marco legal, cabe destacar que, para
manipular con riesgos mínimos los materiales contaminantes y peligrosos, será
necesario cumplir con las siguientes condiciones:
Los envases deben ser los adecuados y estar en buen estado. Deben ser
tratados en forma tal de evitar daños a los mismos.
Los envases vacíos que hayan contenido productos peligrosos deben ser
tratados como si estuvieran llenos, salvo que se haya procedido a su limpieza
según los procedimientos establecidos.
No deben dañarse ni retirarse de los envases (aun de los vacíos) las
etiquetas ya que contienen información importante sobre el producto contenido.
Se tomarán muy especiales precauciones con envases que no tienen
identificación de los productos contenidos. Se los considerará como peligrosos.
Los envases conteniendo productos peligrosos deberán estibarse en forma
segura, respetando las posibles incompatibilidades entre substancias (ej.:
combustibles con oxidantes). Será necesario tomar las medidas adecuadas
para evitar el derrame de combustible o hidrocarburos, debiendo existir, en
cada sector específico de trasvase, elementos para contener los derrames
accidentales.
En cuanto a las excavaciones, los materiales, la tierra vegetal o suelos que
pudiesen haber sido contaminados, deberán ser evaluados a fin de determinar
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197
el grado de contaminación del material mediante un muestreo y análisis de
contaminantes. A partir de esos resultados, se la tratará como residuo peligroso
o común. La tierra eventualmente contaminada con productos oleosos,
hidrocarburos o químicos deberá ser dispuesta en forma separada a la
normalmente enviada a los terrenos de descarga. No podrá ser reutilizada
como elemento de relleno o aporte y deberá ser tratada, de acuerdo con el
origen y tipología de los contaminantes que contenga.
En caso de aparición de materiales contaminantes (caucho, plásticos, pilas,
baterías, etc.), no deberán ser cargados junto a los demás elementos no
contaminantes.
Los residuos de demolición que sean retirados de la obra, recibirán el mismo
tratamiento que los residuos sólidos no contaminantes. En lo posible se
diferenciará el material de demolición, es decir, el hierro del material de
mampostería u hormigón. No se deberá mezclar la tierra que esté contaminada
por cualquier sustancia (hidrocarburos, lixiviados, cauchos, plásticos, pilas,
baterías, etc.), con el material de demolición.
Todo elemento que se hallare junto al material de demolición, que pudiera
resultar contaminante del suelo, deberá ser separado, clasificado y retirado
para su disposición final apropiada.
Se deberá cumplimentar toda la normativa nacional, provincial y municipal
vigente para el traslado de los mismos
Medidas de
mitigación
relacionadas
(Detalladas en
el EIA
Medio Físico Natural
MM – 1. Medidas de mitigación en relación con el aire
MM – 2. Medidas de mitigación en relación con el relieve y suelo
MM – 5. Medidas de mitigación en relación con el paisaje
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198
Medio Socio Económico
MM – 6. Medidas de mitigación en relación con la calidad de vida de la
población
Indicadores de
éxito
Ausencia de reportes de derrames de materiales contaminantes
Ausencia de reportes de afectación de recursos naturales por
manipulación indebida de materiales contaminantes y/o peligrosos
Adecuada manipulación y disposición de materiales eventualmente
contaminados
Provisión reglamentaria de Elementos para la Protección del Personal
Ausencia de pasivos ambientales producidos por el manejo y transporte de
materiales.
Ver indicadores de éxito de las MM – 1, MM – 2, MM – 5 y MM – 6
Supervisión
Externa
Área socio ambiental DEL COMITENTE
Costo estimado A ser indicado por el
contratista en su Efectividad esperada Alta
Observaciones
P4
Programa de Gestión Ambiental y social de la Obra y Control de la
Contaminación
Ambiental
P4 S9 SUBPROGRAMA Gestión Ambiental y social del Obrador y planta de acopio
Área de
Aplicación
Área X De influencia directa De influencia indirecta
Responsabl
es
Implementació
n del
Programa
Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico
Empresa Contratista
Supervisión Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA
“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
199
del Programa COMITENTE –
Objetivo Identificar, organizar e implementar las medidas preventivas y correctivas,
constructivas y no constructivas, dirigidas a evitar la afectación al ambiente, a las
personas, al patrimonio natural y al cultural como consecuencia de las actividades
relacionadas con la instalación y funcionamiento del obrador y plantas de acopio ,
campamentos o frentes de obra e instalaciones complementarias.
controlar los sitios de acopio y las maniobras de manipuleo y utilización de
materiales e insumos como productos químicos, pinturas y lubricantes, en el
obrador, campamento, a los efectos de reducir los riesgos de contaminación
ambiental.
El Contratista deberá controlar que tanto los materiales de obra como los insumos
anteriormente mencionados sean almacenados correctamente. Además, los
últimos deben acopiarse en recintos protegidos del sol, cercados (con restricciones
de acceso) y con piso impermeable (o recipientes colocados sobre bateas).
Todo producto químico utilizado en la obra debe contar con su hoja de seguridad
en un lugar accesible donde conste claramente la peligrosidad del producto, las
medidas de prevención de riesgos para las personas y el ambiente y las acciones
a desarrollar en caso de accidente a las personas o al medio ambiente.
Característic
as y
Contenidos
La localización del obrador, planta de acopios, campamentos, frentes de obra e
instalaciones complementarias deberá minimizar los impactos ambientales y
sociales negativos.
El sitio de emplazamiento deberá garantizar que se minimice la afectación de la
dinámica socioeconómica de la zona, ya sea por el uso de los servicios públicos (a
partir de la conexión de las instalaciones a las redes disponibles) o debido a las
posibles interferencias sobre el tránsito (ej. debido a que la salida del obrador,
donde se depositarán maquinarias y camiones, etc.).
Se prohíben en el predio seleccionado, las actividades (ej. cortes de terreno,
rellenos y remoción de vegetación de gran tamaño) que no estén contempladas
en el proyecto.
Los distintos sectores estarán claramente diferenciados: oficina de la Inspección
y oficina principal, comedor, vestuario, laboratorio, depósito y área de acopio de
materiales (arena, piedra, hierro, armaduras, etc.),(rieles, durmientes, elementos
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200
de fijación) así como las áreas específicas de guarda de vehículos y maquinarias
(zona de guarda, reparaciones, lavado, engrase, etc.), a la eventual planta de
materiales y a los acopios.
En todo momento se deberá mantener el orden y la limpieza de los
sectores de trabajo, recogiendo todo aquel desperdicio y arrojándolo dentro de los
recipientes adecuados: los desperdicios se colocarán dentro de contenedores
apropiados; se deberá limpiar rápidamente cualquier pérdida o derrame de
productos; no se dejarán puntas salientes de clavos en tablas, cajones, etc. (estos
deben ser retirados o doblados para aplastar su punta); se deberá prever un lugar
adecuado de almacenaje de productos para limpieza.
Se señalizará adecuadamente el acceso, teniendo en cuenta el movimiento de
vehículos y peatones. Si se realiza giro a izquierda en calle de doble sentido y de
tránsito regular, se exigirá una dársena de giro.
Se contará con las instalaciones sanitarias adecuadas, contemplando la adecuada
evacuación de los líquidos cloacales (cámara séptica, pozo absorbente,
sanitarios químicos, etc. según sea la modalidad seleccionada y las instrucciones
de la Autoridad de Aplicación).
Los sectores donde se realicen tareas de reparación y mantenimiento de vehículos
y maquinaria serán acondicionados (construcción de un tinglado o similar dentro
del obrador con solado impermeable – con dispositivos para la captación de
derrames o aguas contaminadas y de separación de la fracción de hidrocarburos –,
las herramientas y equipamiento necesario para la reparación de vehículos, así
como una conexión a la red de energía eléctrica, equipos extintores de incendios,
señalización clara de las vías de emergencia, sistema de alarmas automático o
manual, etc.), de modo tal que se minimicen los riesgos por contingencias
(derrames de combustibles, lubricantes, incendio).
Se deberá contar con instalaciones para la provisión de agua para consumo y con
adecuadas instalaciones sanitarias, y con el debido equipamiento para el
tratamiento de los efluentes generados y toda instalación necesaria para minimizar
las implicancias sobre el ambiente donde se encuentra el obrador.
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201
La generación de residuos sólidos en el obrador deberá responder al Plan de
manejo establecido (ver Subprograma de gestión de residuos) cumpliendo con las
normas de acopio, recolección, traslado y disposición final en los sitios que la
Autoridad de Aplicación resuelva o determine.
Se contará con áreas cercadas (con alambrado perimetral), cerradas y construidas
específicamente para el almacenamiento de aceites y lubricantes considerados
como insumos de obra.
El cierre del obrador contará con una evaluación previa de pasivos
ambientales a cargo del Contratista, con la auditoria de la Inspección,
principalmente focalizándose en áreas conflictivas tales como áreas de
almacenamiento de combustibles y lubricantes, eventuales pozos y cámaras
sépticas, áreas de mantenimiento de maquinarias y equipos, áreas de
estacionamiento de unidades, talleres, etc. En caso de detectar pasivos, se
realizarán los estudios pertinentes para determinar los niveles de contaminación y
establecer las medidas de remediación a implementar.
Se deberá contar con equipos suficientes de extinción de incendios y un
responsable debidamente capacitado y calificado con material de primeros auxilios
y los elementos necesarios para cumplir con la normativa sobre seguridad e higiene
laboral. Se realizará un plano de incendio del obrador, y se gestionará la
aprobación por Bomberos. Se capacitará al personal en primeros auxilios y se
colocará material en puntos de alta concurrencia y posibilidad de accidentes como
el taller a la vista.
El obrador deberá implementar las medidas de seguridad que sean
necesarias a los fines de este Programa, así como implementar la señalización y
cartelería informativa y preventiva de la obra que permita la correcta realización de
las acciones de obra, en base a la normativa vigente y las ‘buenas prácticas’. Para
ello, el Contratista deberá contar con los servicios de un profesional de
seguridad e higiene que deberá recomendar las medidas de seguridad a establecer
en toda la operación. Las oportunidades de mejora que el Responsable de
Seguridad e Higiene detecte deberán ser atendidas.
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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
202
Descripción de la medida:
Durante todo el desarrollo de la obra el CONTRATISTA deberá controlar los sitios
de acopio y las maniobras de manipuleo y utilización de materiales e insumos
como productos químicos, pinturas y lubricantes, en el obrador, campamento, a los
efectos de reducir los riesgos de contaminación ambiental.
El Contratista deberá controlar que tanto los materiales de obra como los insumos
anteriormente mencionados sean almacenados correctamente. Además, los
últimos deben acopiarse en recintos protegidos del sol, cercados (con restricciones
de acceso) y con piso impermeable (o recipientes colocados sobre bateas).
Todo producto químico utilizado en la obra debe contar con su hoja de seguridad
en un lugar accesible donde conste claramente la peligrosidad del producto, las
medidas de prevención de riesgos para las personas y el ambiente y las acciones
a desarrollar en caso de accidente a las personas o al medio ambiente.
Depósitos de materiales
La localización y funcionamiento de las Plantas de Elaboración de Materiales
deberán tener en cuenta las siguientes indicaciones:
Las instalaciones de plantas de materiales, seleccionadoras de áridos, etc.
deberán asegurar una reducida emisión de ruidos, gases y partículas compatible
con los estándares de la normativa nacional y provincial vigente.
Depósitos de materiales sobrantes
1) No Contaminantes
Se acordarán los lugares de depósito de los materiales de demolición fuera de la
zona de camino cumpliendo con todas las disposiciones contractuales, Nacionales,
Provinciales o Municipales vigentes sobre el particular. Estos lugares se deberán
acondicionar de manera de asemejarse a la situación previa a la obra. Se deberá
retirar de la vista todos los escombros y residuos de tamaño considerable hasta
dejar la zona limpia y despejada. La disposición de los materiales gruesos o
sobrantes para relleno, nunca sobrepasará la cota del terreno circundante,
deberán recubrirse finalmente con suelos finos, recubriéndose luego con suelos
orgánicos, que faciliten restaurar la configuración del terreno y la vegetación
natural. Se implementará el re utilización de materiales producto del sobrante de
las demoliciones, como alternativa prioritaria. Se podrá esparcir el material
sobrante dentro de la zona de camino, cuidando no dañar la vegetación y/o
escurrimiento de las aguas superficiales. Esta alternativa se considerará como
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ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA
“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
203
viable siempre que los materiales puedan ser reutilizados. Se estudiará como
alternativa el uso de áreas de yacimiento para el depósito de materiales inertes.
2) Contaminantes
Con referencia a los materiales, elementos o residuos contaminantes peligrosos,
tales como: combustibles, lubricantes, bitúmenes, aguas servidas no tratadas se
tendrá especial cuidado en que los mismos:
No se descargarán en o cerca de ningún cuerpo de agua, sean estos naturales o
artificiales.
Estos residuos se tratarán de acuerdo a la normativa vigente tanto de orden
Nacional, Provincial como Municipal.
b) Depósitos de materiales recuperados
Los materiales extraídos durante la ejecución de los trabajos serán retirados y
transportados de la zona de camino a los lugares que indique la Inspección. El
área adyacente a la de trabajo debe acondicionarse y restaurarse de manera de
asemejarse a las condiciones previas a la obra.
c) Depósitos de Áridos
Las áreas utilizadas para depósitos de áridos se restaurarán. Para la provisión y
localización del almacenamiento de los agregados y aglomerantes deberá cumplir
con lo especificado para el punto de Obradores. Los Depósitos de Agregados y
Aglomerantes, serán desmantelados por el Contratista, el cual será responsable
de retirar de las áreas de depósito, los taludes, las instalaciones complementarias
y todo elemento que no esté destinado a un uso claro y específico posterior.
Ámbito de aplicación: Esta medida debe aplicarse en todas las zonas de
acumulación de depósitos.
Momento / Frecuencia: Durante toda la construcción con una frecuencia mensual.
Al abandono control de restauración.
Respecto a la desmovilización del obrador y restauración del lugar, remitirse
a las observaciones planteadas en el Ítem Subprograma de Desmovilización y
Restauración. Cierre de obrador.
Medidas de
mitigación
relacionadas
(Detalladas
en el EIA
Medio Físico Natural
MM – 1. Medidas de mitigación en relación con el aire
MM – 2. Medidas de mitigación en relación con el relieve y suelo
MM – 3. Medidas de mitigación en relación con el agua
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ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA
“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
204
MM – 4. Medidas de mitigación en relación con la vegetación y fauna urbana
MM – 5. Medidas de mitigación en relación con el paisaje
Medio Socio Económico
MM – 6. Medidas de mitigación en relación con la calidad de vida de la
población
M – 7. Medidas de mitigación en relación con la infraestructura de servicios y
equipamiento
MM – 10. Medidas de mitigación en relación con el tránsito y transporte
Indicadores
de éxito
Autorizaciones de funcionamiento por parte de los responsables primarios
del predio
Ausencia de no conformidades por parte del inspector socio ambiental de la obra
Ausencia de reportes de accidentes que afecten los componentes del medio
receptor o en el caso de ocurrencia, los mismos deben haber sido adecuadamente
resueltos y remediados si correspondiere.
Ausencia de quejas de frentistas y vecinos.
Ausencia de consecuencias significativas de siniestros y contingencias en el
obrador
Ausencia de depósitos no autorizado a lo largo de la traza de obra
Ver indicadores de éxito de las MM – 1, MM – 2, MM – 3, MM – 4, MM – 5, MM –
6, MM – 7 y MM – 10
Supervisión
Externa
Área socio ambiental DEL COMITENTE
Costo
estimado
A ser indicado por
el contratista en su Efectividad esperada Alta
Observacion
es
Respecto a la desmovilización del Obrador y restauración del lugar,
remitirse a las observaciones planteadas en el Ítem Subprograma de
Desmovilización y Restauración. Cierre de obrador.
P4 Programa de Gestión Ambiental y social de la Obra y Control de la
Contaminación
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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
205
Ambiental
P4 S10 SUBPROGRAMA Maquinaria y Equipos
Área de
Aplicación
Área X De influencia directa De influencia
indirecta
Responsables Implementación
del Programa
Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico
Empresa Contratista
Supervisión del
Programa
Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra
COMITENTE –
Objetivo Identificar, evaluar y prevenir o mitigar los impactos que generarán los
equipos, maquinarias, herramientas y transporte sobre el ambiente en general,
atendiendo en especial lo referido a la emisión de ruidos, gases y partículas, la
contaminación sobre el suelo, el aire y el agua, la interferencia con otros usos
del suelo y el manejo de residuos, principalmente los peligrosos resultantes de
la operación y mantenimiento de los mismos y de su transporte dentro o fuera
de la zona .
Características
y Contenidos
Los equipos y maquinarias deberán tener las correspondientes RTV, acorde a
legislación vigente.
Los equipos móviles y maquinaria pesada, estarán en buen estado
mecánico y de carburación, minimizando las emisiones a la atmósfera. Las
vibraciones de los equipos y maquinarias pesadas y la contaminación
sonora por el ruido de los mismos, durante su operación, pueden producir
molestias a los operarios y/o afectar personas cuando los trabajos se
desarrollen cerca de áreas sensibles, por lo que se minimizará al máximo la
generación de ruidos y vibraciones de estos equipos, controlando los motores y
el estado de los silenciadores, complementado los equipos de protección
auditiva del personal de obra cuando correspondiere.
Quedará prohibido el uso de los equipos fuera de las zonas habilitadas, por
personal no autorizado o fuera de los horarios de trabajo.
El mantenimiento preventivo y correctivo apuntará a las buenas
condiciones de funcionamiento de las unidades, previniendo los escapes de
combustibles o lubricantes que puedan afectar al ambiente. De suceder, se
aplicarán las técnicas inmediatas para acotar y limitar el área afectada
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ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA
“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
206
(mediante el uso de sectores de solado impermeable y bateas, la utilización de
contenedores para acopiar el material derramado, el sellado, cierre o bloqueo de
los lugares de fuga del material contaminante, y la implementación de un
sistema de respuesta que involucre los recursos necesarios según la magnitud
de la pérdida, aplicar las técnicas de remediación pertinentes a la situación e
informar a la Inspección de Obra y a la autoridad competente.
En el caso del aprovisionamiento y el mantenimiento del equipo móvil y
maquinaria, incluyendo lavado y cambio de aceites, el mismo se llevará a cabo
en el sector del obrador destinado a tal fin (zona de lavado, engrase, etc.).
En el caso de aceites, lubricantes o hidrocarburos líquidos, se los
almacenará en bidones o tambores, diferenciando nuevos y usados, siguiendo
los procedimientos establecidos en el Subprograma de gestión de residuos.
Se cumplimentará con la normativa vigente en lo referido al transporte y
recepción de los mismos.
Medidas de
mitigación
relacionadas
(Detalladas en
el EIA
Medio Físico Natural
MM – 1. Medidas de mitigación en relación con el aire
MM – 2. Medidas de mitigación en relación con el relieve y suelo
MM – 5. Medidas de mitigación en relación con el paisaje
Medio Socio Económico
MM – 6. Medidas de mitigación en relación con la calidad de vida de la
población
MM – 7. Medidas de mitigación en relación con la infraestructura de servicios y
equipamiento
MM – 10. Medidas de mitigación en relación con el tránsito y transporte
Indicadores de
éxito
Ausencia de situaciones de contaminación por causa de funcionamiento de
maquinarias y equipos.
Ausencia de no conformidades por parte del Inspector Ambiental y Social
Ausencia de reportes de accidentes que involucren operarios o población,
adjudicables a las acciones de obra
Ausencia de reclamos de vecinos y autoridades
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ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA
“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
207
Ver indicadores de éxito de las MM – 1, MM – 2, MM – 5, MM – 6, MM –7 y
MM – 10
Supervisión
Externa
Área socio ambiental DEL COMITENTE
Costo estimado A ser indicado por el
contratista en su Efectividad esperada Alta
Observaciones
P4
Programa de Gestión Ambiental y social de la Obra y Control de la
Contaminación
Ambiental
P4 S11 SUBPROGRAMA Planta de clasificación de Áridos y de Hormigón
Área de
Aplicación
Área X De influencia directa De influencia
indirecta
Responsabl
es
Implementación
del Programa
Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico
Empresa Contratista
Supervisión del
Programa
Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra
COMITENTE –
Objetivo Identificar, organizar e implementar las medidas preventivas y correctivas,
constructivas y no constructivas, dirigidas a evitar la afectación del ambiente por la
operación de las plantas de clasificación de Áridos y de hormigón durante la
ejecución de la obra.
Característic
as y
Contenidos
En el caso de instalarse una planta de Áridos y de elaboración de hormigón que
implica el manejo de agregados secos con la potencialidad de afectar la calidad
del aire por dispersión de polvos, deberá, por lo tanto, contemplar la instalación
de un sistema de filtro de mangas capaz de controlar las mismas, al cual deberá
darse adecuado y continuo mantenimiento.
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ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA
“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
208
El funcionamiento de la misma, se adecuará a los horarios y modalidades de
funcionamiento establecidos por la legislación vigente.
Localizar adecuadamente la planta, considerando no solo la disponibilidad de
espacio físico, sino también las normativas locales, además de las propias
recomendaciones del personal técnico, en lo atinente a: fabricación,
almacenamiento de sustancias peligrosas; dificultades en el acceso, visibilidad e
intrusión visual; remoción de vegetación y preservación de forestales. Se deberá
evitar su instalación en las adyacencias a viviendas o a caminos, si no se dispone
de los elementos para la aislación del material particulado producto de las
emisiones y niveles de ruido.
Para la instalación de la planta de se considerarán asimismo aspectos tales como
dirección predominante del viento y régimen pluvial. Asimismo no tendrá que
ejercer una modificación relevante de la calidad visual de la zona, intrusión visual
significativa, y verificar que los riesgos por accidentes a causa del ingreso/egreso
de vehículos sean minimizados a través de cartelería y señalética adecuada (de
tipo chapa galvanizada reflectiva por microesferas de vidrio, con esmalte sintético,
etc.; indicando velocidades permitidas, equipamiento indispensable, señales de
advertencia a los riesgos a los que se está expuesto, dirigidos tanto al personal de
Obra como a los vehículos).
En el caso de estar ubicada en la cercanía de núcleos poblados de cualquier
magnitud, las tareas se realizarán en horario diurno con una emisión sonora que
no supere los niveles establecidos como límites según la normativa vigente.
Las tareas se realizarán con una emisión sonora que no supere los niveles límite
establecido en ambientes de trabajo.
Se aplicarán medidas para que los áridos a acopiar y su movimiento genere el
menor impacto posible en el medio atmosférico por el movimiento de partículas.
Para minimizar la cantidad de polvo en suspensión, se deberán regar
periódicamente las playas de maniobras de las maquinarias, equipos y vehículos,
tanto de los obradores y campamento como del depósito de áridos e
inmediaciones a la planta de materiales. La frecuencia de riego estará determinada
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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
209
con el contenido de humedad del suelo y la intensidad del viento.
En los sectores de acopio de áridos se implementará un sistema mediante el uso
de postes y lona u otro método y la delimitación de dicho sector a fin de minimizar
el movimiento de polvos por acción de los vientos.
La prueba del funcionamiento de los equipos empleados para la ejecución de los
mismos (por ejemplo, los picos del camión regador) será realizada en los lugares
indicados por el área ambiental y social de la Inspección de Obras, con el fin de no
contaminar componentes del ambiente. Todo daño ambiental y social producido
será remediado, de modo tal que el predio quede sin ningún pasivo ambiental.
Durante la fase de abandono y en la evaluación de pasivos ambientales, una vez
finalizados los trabajos y desarmada la planta de materiales, se procederá a
verificar la existencia o no de pasivos ambientales que ameriten remediación. Si
hubiera indicios de contaminación de suelos se acordará con la Inspección un
muestreo de suelos y análisis de hidrocarburos.
Se deberá dar cumplimiento a la normativa respecto a emisiones de ruido, humos,
gases y residuos o partículas.
Los horarios de funcionamiento serán convenidos con la Inspección de Obra de
acuerdo al tipo de equipo y localización y según lo dicte la Autoridad de Aplicación.
Se realizarán las mediciones pertinentes para cumplir con las normas y estándares
establecidos en la normativa de aplicación en lo que se refiere a ambiente, salud y
seguridad laboral (el responsable competente designado para el control de
mediciones considerará los umbrales estipulados para cada uno de los parámetros
en consideración, de acuerdo a la reglamentación vigente).
Medidas de
mitigación
relacionadas
(Detalladas
en el EIA
Medio Físico Natural
MM – 1: Aire (emisiones sonoras, vibraciones y calidad del aire)
MM – 2: Relieve y suelo (topografía, estructura y calidad de suelos)
MM – 3: Agua (calidad del agua, drenaje y escurrimiento)
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA
“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
210
MM – 4: Vegetación y fauna (abundancia y diversidad)
MM – 5. Medidas de mitigación en relación con el paisaje
Medio Socio Económico
MM – 6. Medidas de mitigación en relación con la calidad de vida de la
población
Indicadores
de éxito
Autorizaciones de funcionamiento por parte de los organismos de competencias
Ausencia de no conformidades por parte del inspector socio ambiental de la obra
Ausencia de reportes de accidentes que afecten los componentes del medio
receptor o en el caso de ocurrencia, los mismos deben haber sido adecuadamente
resueltos y remediados si correspondiere.
Ausencia de quejas de frentistas y vecinos.
Ausencia de contaminación ambiental (especialmente del aire o suelo) como
consecuencia del funcionamiento de la planta.
Ausencia de consecuencias significativas de siniestros y contingencias en el
obrador
Ver indicadores de éxito de las MM – 1, MM – 2, MM – 3, MM – 4, MM – 5, y MM
– 6,
Conformidad de la Inspección Ambiental y Social
Ausencia de pasivos ambientales producidos por la planta luego del cierre del
Obrador.
Supervisión
Externa
Área socio ambiental DEL COMITENTE
Costo
estimado
A ser indicado por el
contratista en su Efectividad esperada Alta
Observacion
es
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA
“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
211
P4
Programa de Gestión Ambiental y social de la Obra y Control de la
Contaminación
Ambiental
P4 S12 SUBPROGRAMA CONTROL DE DRENAJES, DESAGÜES Y ANEGAMIENTOS EN
ZONA DE OBRA
Área de
Aplicación
Área X De influencia directa De influencia
indirecta
Responsabl
es
Implementación
del Programa
Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico
Empresa Contratista
Supervisión del
Programa
Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra
COMITENTE –
Objetivo Identificar, organizar e implementar las medidas preventivas y correctivas,
constructivas y no constructivas, dirigidas a evitar los anegamientos y la
obstrucción de drenajes o desagües naturales y pluviales
Característic
as y
Contenidos
Descripción de la medida:
- El Contratista, previo al inicio de las tareas de limpieza y de movimiento de
tierras, trabajos de extracción de suelos de cualquier naturaleza, dentro de la traza
de obras, deberá revisar el ámbito físico a afectar con el objeto de detectar la
existencia de vías de drenajes, de desagües y de sectores sujetos a procesos de
anegamientos actuales, evaluando la potencialidad de afectación a las obras
existentes y a construir, o al medio como resultado de las tareas constructivas.
- En todos los casos deberá mantener el correcto funcionamiento de los desagües
pluviales existentes, hasta que se encuentren terminados y en funcionamiento las
nuevas estructuras resultantes de las acciones de adecuación y sistematización de
los desagües pluviales. En ambos casos, se analizará el escurrimiento final en
detalle con el fin de evitar que el funcionamiento de los desagües genere
situaciones de anegamiento no existentes antes del inicio de la obra.
- En particular deberá tomar especial precaución en aquellas áreas con mayor
presencia y/o susceptibilidad a este tipo de procesos en las que deberá realizar un
detallado estudio de topografía, geomorfología y los procesos edáficos existentes
en el terreno, con el objeto de proceder a confeccionar planos en los que se
reflejen los procesos, actuales y potenciales. Las vías de drenaje y las áreas
anegables serán señaladas en forma detallada con el objeto de ajustar las obras
de forma tal que aseguren una eficaz captación y conducción de los excedentes
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA
“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
212
hídricos.
- En los trabajos de excavación, en general, deberá adoptar las precauciones
necesarias para asegurar el desvío y conducción controlada de las aguas
superficiales y subterráneas, desaguar los excedentes de agua y mantener en
seco las excavaciones, debiendo prever la provisión y mantenimiento de las
instalaciones de drenaje y de bombeo, que sean necesarias para asegurar la
estabilidad de los taludes, evitar derrumbamientos y erosiones, según la
naturaleza y las condiciones del terreno y la forma de realización de las tareas.
- Deberán extremarse las precauciones en los lugares en que las excavaciones se
encuentren aledañas a obras de infraestructura o edificaciones de cualquier tipo,
incluyendo a las propias de la obra en construcción.
- El agotamiento del agua producida por lluvias, filtraciones u otros motivos se
realizará de forma tal que el personal pueda realizar la tarea en las mejores
condiciones posibles, incluyendo la iluminación y ventilación de los sitios de
trabajo, en los casos que lo demanden.
Medidas de
mitigación
relacionadas
(Detalladas
en el EIA
Medio Físico Natural
MM – 2: Relieve y suelo (topografía, estructura y calidad de suelos)
MM – 3: Agua (calidad del agua, drenaje y escurrimiento)
MM – 4: Vegetación y fauna (abundancia y diversidad)
MM – 5. Medidas de mitigación en relación con el paisaje
Medio Socio Económico
MM – 6. Medidas de mitigación en relación con la calidad de vida de la
población
Indicadores
de éxito
Ausencia de anegamientos u obstrucción de desagües pluviales
Supervisión
Externa
Área socio ambiental DEL COMITENTE
Costo
estimado
A ser indicado por el
contratista en su Efectividad esperada Alta
Observacion
es
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA
“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
213
P4
Programa de Gestión Ambiental y social de la Obra y Control de la
Contaminación
Ambiental
P4 S13 SUBPROGRAMA Manejo de las Interferencias
Área de
Aplicación
Área x De influencia directa De influencia indirecta
Responsabl
es
Implementación
del Programa
Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico
Empresa Contratista
Supervisión del
Programa
Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra
COMITENTE –
Objetivo Identificar, evaluar, prevenir y mitigar los impactos que pudieran generarse sobre el
ambiente en general, como resultado de las acciones correspondientes a la etapa
de construcción de la obra que pudiesen, de forma directa o indirecta, implicar
algún riesgo sobre las interferencias de servicios públicos (y otros) identificados
dentro del área de influencia directa de la obra (gasoductos, electricidad urbana,
fibra óptica, agua potable, etc.).
Característic
as y
Contenidos
Se deberá evitar la interferencia y/o perturbación de los servicios públicos que se
encuentren en el área de la obra o su entorno inmediato.
De ser necesario la remoción o relocalización permanente o temporaria de un
servicio se deberá coordinar con las autoridades respectivas y/o los prestatarios de
dicho servicio.
Si las tareas que deban desarrollarse se encuentran en áreas cercanas a
instalaciones de servicios públicos y si existiera la posibilidad de provocar daños o
inconvenientes, se deberán instrumentar los mecanismos adecuados para tomar
los recaudos necesarios para protegerlas (siempre en total acuerdo e información
con la empresa prestadora de dicho servicio).
Medidas de
mitigación
relacionadas
(Detalladas
Medio Socio Económico
MM – 7. Medidas de mitigación en relación con la infraestructura de servicios y
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA
“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
214
en el EIA equipamiento
MM – 10. Medidas de mitigación en relación con el tránsito y transporte
Indicadores
de éxito
Existencia de un Plan de Prevención de Emergencias
Conformidad del Inspector Ambiental y Social con respecto al
procedimiento a aplicar
Implementación de mecanismos de prevención y alerta ante la afectación de un
servicio.
Ausencia de afectación en la provisión de servicios a los usuarios, como
consecuencia de la obra.
Ver indicadores de éxito de las MM – 7 y MM – 11
Supervisión
Externa
Área socio ambiental DEL COMITENTE
Costo
estimado
A ser indicado por el
contratista en su Efectividad esperada Alta
Observacion
es
P4
Programa de Gestión Ambiental y social de la Obra y Control de la
Contaminación
Ambiental
P4 S14 SUBPROGRAMA Suspensión Temporal por Períodos Prolongados
Área de
Aplicación
Área X De influencia directa De influencia
indirecta
Responsables Implementació
n del
Programa
Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico
Empresa Contratista
Supervisión
del Programa
Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra
COMITENTE –
Objetivo Identificar, evaluar, prevenir y mitigar los impactos que pudieran generarse
sobre el ambiente en general, como resultado de la suspensión temporal por
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA
“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
215
periodos prolongados de las actividades tanto en los frentes de obra de traza
de vía como de cuadros de Estación.
Características
y Contenidos
Se continuará con las tareas de mantenimiento y limpieza de los frentes de
obra a fin de evitar que elementos del mismo o contingencias, accidentes o
sucesos inherentes a la ausencia de control o de mantenimiento, puedan
traducirse en contingencias ambientales que afecten a ambiente (suelos, agua,
aire, personas, bienes, actividades, etc.)
En los casos que por motivos de cualquier índole se suspenda la ejecución de
la obra por un tiempo prolongado, se asegurará que dicha situación no impida
el normal escurrimiento del agua de las precipitaciones ni provoque
contaminación, erosión o daños ambientales respecto a la condición y
seguridad de personas, animales y bienes (fundamentalmente en el sector de
implantación de lo Obrador, así como en todos los frentes de obra en la zona
de camino especialmente en alcantarillas y cunetas).
Medidas de
mitigación
relacionadas
(Detalladas en
el EIA
MM – 1: Aire (emisiones sonoras, vibraciones y calidad del aire)
MM – 2: Relieve y suelo (topografía, estructura y calidad de suelos)
MM – 3: Agua (calidad del agua, drenaje y escurrimiento)
MM – 5: Paisaje (arbolado y espacios verdes)
MM – 6: Calidad de vida de la población
Indicadores de
éxito
Ausencia de no conformidades por parte del Inspector Ambiental y Social de la
obra.
Ausencia de reclamos y quejas por parte de frentistas, vecinos y
autoridades.
Ausencia de reportes de accidentes
Ausencia de daños a personas, bienes, actividades productivas o servicios
como consecuencia de la suspensión temporal de la obra
Supervisión Área socio ambiental DEL COMITENTE
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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
216
Externa
Costo estimado A ser indicado por el
contratista en su Efectividad esperada Alta
Observaciones
P4
Programa de Gestión Ambiental y social de la Obra y Control de la
Contaminación
Ambiental
P4 S15 SUBPROGRAMA de Transporte durante la Construcción
Área de
Aplicación
Área X De influencia directa X De influencia
indirecta
Responsabl
es
Implementación
del Programa
Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico
Empresa Contratista
Supervisión del
Programa
Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra
COMITENTE –
Objetivo Identificar, evaluar, prevenir y mitigar los impactos que pudieran generarse sobre
el ambiente en general, como resultado de la manipulación y acondicionamiento
para el transporte de materiales dentro o fuera del área . Sobre todo por el
volumen de los componentes trasportado (rieles, durmientes, puentes)
Característic
as y
Contenidos
El manejo y transporte de componentes de obras ferroviarias como de
materiales debe cumplir con los términos definidos por la normativa de aplicación
según el alcance y aplicabilidad. En caso de no contarse con normativa local se
remitirá a las normas nacionales y/o adecuación a otras normas aplicables
orientadas a la prevención de contingencias en el transporte.
Se asegurará que ningún componente de obra y material caiga de los vehículos
durante el paso por caminos públicos. En caso de suceder, se deberá suspender
inmediatamente el traslado. Se deberán colocar dispositivos para la advertencia a
los demás transeúntes o conductores, a una distancia del vuelco tal, que permita
a los demás transeúntes la maniobrabilidad con tiempo y espacio prudencial, a fin
de evitar accidentes. Se deberá trabajar en la carga del material a los vehículos, o
bien, su traslado fuera de la calzada. Se deberá dar aviso inmediato al
Responsable Ambiental y Social, de modo tal de coordinar acciones con las
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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
217
autoridades competentes para dar respuesta a dicha contingencia.
Los circuitos de transporte de componentes ferroviarios t materiales estarán
convenientemente señalizados y acordados con la autoridad pertinente, a fin de
evitar los daños a equipamientos públicos, vehículos y/o peatones y a las
actividades sociales y productivas.
Se utilizarán solamente camiones y transportes con los debidos seguros que
cubran posibles contingencias así como ser unidades con las verificaciones
técnicas actualizadas y aprobadas.
Medidas de
mitigación
relacionadas
(Detalladas
en el EIA
Medio Socio Económico
MM – 6. Medidas de mitigación en relación con la calidad de vida de la
población
MM – 8. Medidas de mitigación en relación con las actividades productivas
y económicas
MM – 9. Medidas de mitigación en relación con las actividades, usos del suelo
y aspectos socioculturales
MM – 10. Medidas de mitigación en relación con el tránsito y transporte
Indicadores
de éxito
Ausencia de no conformidades por parte del Inspector Ambiental y Social de la
obra
Ausencia de reportes de accidentes de operarios y población local.
Ausencia de reclamos de vecinos, usuarios y autoridades.
Ver indicadores de éxito de las MM – 6, MM – 8, MM – 9, y MM – 10
Supervisión
Externa
Área socio ambiental DEL COMITENTE
Costo
estimado
A ser indicado por el
contratista en su Efectividad esperada Alta
Observacion
es
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ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA
“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
218
P4
Programa de Gestión Ambiental y social de la Obra y Control de la
Contaminación
Ambiental
P4 S16 SUBPROGRAMA de Desmovilización y Restauración. Cierre de Obrador y
Plantas
Área de
Aplicación
Área X De influencia directa X De influencia
indirecta
Responsabl
es
Implementación
del Programa
Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico
Empresa Contratista
Supervisión del
Programa
Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra
COMITENTE –
Objetivo Identificar, organizar e implementar las medidas preventivas y correctivas,
constructivas y no constructivas, dirigidas a revertir las consecuencias del deterioro
del ambiente como consecuencia del funcionamiento del obrador, una vez
finalizada la obra vial y producido su cierre
Característic
as y
Contenidos
Concluidos los trabajos del proyecto vial, el predio donde se encontraba el obrador
o planta de Acopio será devuelto con todas las mejoras necesarias realizadas para
devolver el predio en condiciones similares o mejores a las iniciales.
Se considerará el retiro de la totalidad de las instalaciones fijas o móviles y el retiro
y correcta disposición de todo residuo o sobrante de insumos o tareas. Se
realizará el estudio de pasivos ambientales y se remediaran aquellos detectados.
Previo a la evaluación de pasivos ambientales:
Se recogerán todos los desperdicios y materiales sólidos y trasladarán a lugares
aprobados por la supervisión ambiental y social.
Se restituirá en lo posible, en los espacios verdes residuales, la vegetación
removida (especialmente cuando se trate de especies nativas) utilizando en lo
posible ejemplares de las mismas especies (u otras nativas).
Se demolerán las construcciones transitorias hechas con hormigón o
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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
219
albañilería y estos residuos serán eliminados en los lugares asignados por la
Inspección Ambiental y Social.
Los materiales sobrantes reusables o reciclables podrán ser donados, previa
aprobación de la Inspección Ambiental y Social y de la Autoridad de Aplicación.
Quedará prohibida la entrega de materiales que constituyan pasivos ambientales.
En el proceso de desmantelamiento no se permitirá la quema de basuras ni de
otros residuos.
Una vez retiradas todas las instalaciones, se procederá con las tareas de limpieza
(retiro de todo tipo de instalaciones, residuos y/o escombros del obrador),
restauración (fundamentalmente, mediante la cubierta de suelo vegetal) y
revegetación (ej. mediante hidrosiembra, a fin de garantizar la no exposición del
área a procesos erosivos).
Una vez desmantelados los frentes de obra, los sitios deberán ser dejados en
perfectas condiciones e integrados al ambiente, recubriéndose el sector con el
suelo vegetal extraído y revegetando los sitios afectados.
Los caminos existentes que hayan sido utilizados para acceder a áreas de obra y
al obrador serán restaurados. Se reconstruirá toda la infraestructura privada que
hubiera resultado afectada durante las acciones de obra (alambrados, postes,
senderos, etc.).
Los espacios construidos por el Contratista para acceder al obrador, a zonas de
acopio serán cerrados y restaurados su condición original.
Con anterioridad a la emisión del acta de recepción de la obra, la zona será
recuperada ambientalmente y acondicionada de forma tal que se pueda ayudar al
proceso de restauración natural. Esta recuperación debe contar con la aprobación
de la Inspección de Obra.
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ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA
“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
220
Finalizadas las tareas se deberá realizar el adecuado abandono y cierre de la obra,
retirando todas las instalaciones fijas o desmontables, eliminándose los residuos,
escombros, chatarra, cercos, y otros.
Medidas de
mitigación
relacionadas
(Detalladas
en el EIA
Medio Socio Económico
MM – 6. Medidas de mitigación en relación con la calidad de vida de la
población
MM – 8. Medidas de mitigación en relación con las actividades productivas y
económicas
MM – 9. Medidas de mitigación en relación con las actividades, usos del suelo y
aspectos socioculturales
MM – 10. Medidas de mitigación en relación con el tránsito y transporte
Indicadores
de éxito
Ausencia de no conformidades por parte del Inspector Ambiental y Social
Calidad de los recursos sin alteraciones significativas con respecto a su estado
original
Ausencia de reclamos por parte de las autoridades y los frentistas y vecinos
Material dispuesto en sitios adecuados
Ausencia de pasivos ambientales como consecuencia del funcionamiento del
obrador
Ver indicadores de éxito de las MM – 6, MM – 8, MM – 9 y MM – 10
Supervisión
Externa
Área socio ambiental DEL COMITENTE
Costo
estimado
A ser indicado por el
contratista en su Efectividad esperada Alta
Observaciones
P5 Programa de Equidad de Género y Código de Conducta del Personal
Área de
Aplicación
Área X De influencia directa De influencia
indirecta
Responsables Implementación
del Programa
Responsable Socio Ambiental – Representante
Técnico
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ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA
“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
221
Empresa Contratista
Supervisión del
Programa
Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra
COMITENTE –
Objetivo El objetivo del presente es establecer pautas de conducta para el personal de
la obra y de equidad de género, sin importar jerarquía, para con la comunidad.
Características
y Contenidos
Las charlas informativas sobre la obra, para con la comunidad deberán
estar dirigidas a toda la población, teniendo la obligación de invitar y participar
a las mujeres potencialmente afectadas y/o interesadas en el proyecto.
En la Participación comunitaria deberá estar presente la población
objetivo, haciendo énfasis en la participación de las mujeres de las comunidades
del área de influencia.
La contratación de personal deberá considerar la equidad de género y no podrá
solicitar la entrega de currículum vitae con foto para las postulaciones
laborales.
No se contratará a personal con antecedentes penales vinculados con delitos
sexuales, acoso sexual, prostitución y trata de personas, con el fin de proteger
la integridad de la población vinculada a la obra, principalmente mujeres y
niños.
El Contratista deberá elaborar e implementar un Código de Conducta del
Personal de obra (Contratista y Subcontratistas). El Contratista deberá
tomar las medidas y precauciones necesarias a fin de evitar la generación de
conflictos de género, sociales, políticos o culturales y para prevenir tumultos o
desórdenes por parte del personal de obra y empleados contratados por ellos o
por sus subcontratistas, así como para la preservación del orden, la protección
de los habitantes y la seguridad de los bienes públicos y privados dentro el
área de influencia del proyecto. Este Código de Conducta, estará incluido en
los contratos de trabajo.
El Código de Conducta será aplicable tanto durante la jornada laboral, como
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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
222
fuera de la misma. Todo personal de la obra, cualquiera sea su nivel jerárquico,
deberá cumplir los códigos de conducta con el propio personal de la obra, como
así también cualquier persona residente de la zona afectada por la obra y
transeúntes.
El incumplimiento o la infracción a las normas de conducta del Código, deberá
estar sujeto a sanciones, multas y despidos, conforme el nivel de gravedad.
Ello deberá estar establecido en el Código de Conducta.
Deberá llevarse a cabo charlas y capacitaciones sobre el Código de
Conducta en la obra, donde deberán asistir todo el personal de obra, sin
importar el nivel jerárquico.
El Código de conducta deberá tener un consentimiento firmado por todo el
personal de obra de la Contratista y Subcontratista, sin importar el rango
jerárquico.
Las interacciones entre el personal de obra, sin importar rango jerárquico, y del
mismo para con la comunidad y transeúntes (por ej. turistas, ciclistas), deberá
mantenerse siempre bajo la actitud del respeto y no discriminación (por ej.,
sobre la base de la situación familiar, origen étnico, raza, sexo, idioma, religión,
estado civil, nacimiento, edad, discapacidad o convicción política).
Queda prohibido el acoso sexual (por ej. Uso del lenguaje o el
comportamiento, en particular hacia las mujeres o los niños, que es
inapropiado, acosador, abusivo, provocativo, sexualmente degradantes o
culturalmente inapropiado), bajo riesgo de sanción o despido.
Queda prohibida la violencia o la explotación (por ej. la prohibición del
intercambio de dinero, empleo, bienes o servicios por sexo, incluyendo favores
sexuales u otras formas de trato humillante, degradante o el comportamiento
explotador). Será responsabilidad del Contratista poner en conocimiento de
estos hechos a la autoridad competente (por ejemplo, denuncia ante la policía,
fiscalía, juzgado) para que aplique las medidas legales que correspondan. En
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223
cualquiera de los casos la persona deberá ser despedida.
Protección de los niños. Se incluyen las prohibiciones contra el abuso, maltrato,
acoso sexual, o de otra manera inaceptable comportamiento con los niños,
limitando las interacciones con niños, y garantizando su seguridad en las zonas
del proyecto.
Deberán instalarse sanitarios en lugares y cantidad suficiente para
asegurar a los trabajadores las condiciones sanitarias adecuadas.
Estará prohibido el uso de sustancias ilegales.
Deberán protegerse y usarse adecuadamente los bienes de la obra.
Deberá prohibirse la apropiación de los bienes del personal de obra, frentistas
y transeúntes (por ejemplo, prohibir el robo, el descuido o residuos).
El Contratista y/o los Subcontratistas serán responsables de la estricta
observación de prohibición de la caza y la pesca en los sitios de obra, y áreas
afectadas, aún en los días feriados, de descanso y/o domingos. No se
permitirá la compra o trueque de animales silvestres o de alguna de sus partes.
Los empleados y obreros del Contratista no podrán poseer o portar armas de
fuego, explosivos, cañas o redes de pesca u otros equipos relacionados con
prácticas de caza y pesca en los Campamentos.
No se permitirá la tala innecesaria de árboles, ni tampoco la generación de
fuego o fogatas que podrían propagarse y producir incendios incontrolables.
El Contratista o Subcontratistas no podrán vender, dar, poseer, permutar o de
otro modo disponer de bebidas alcohólicas, drogas o cualquier clase de armas,
municiones y explosivos a ninguna persona, ni permitirá ni tolerará tales
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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
224
ventas, entregas o posesión, por parte de sus agentes o empleados en los
sitios de obras, y áreas de campamentos o planta de materiales. Será
responsabilidad del Contratista poner en conocimiento de estos hechos a la
autoridad competente para que aplique las medidas que correspondan.
Deberá informarse y registrarse toda violación al Código de Conducta.
No podrá tomarse represalias contra los trabajadores que informan sobre
violaciones del Código, en caso de que el informe está hecho de buena fe.
El Contratista deberá remitir a la Inspección, a su requerimiento la nómina del
personal ocupado, clasificado según trabajos y especialidades.
La Inspección tendrá facultades para exigir el retiro inmediato de cualquier
empleado, profesional, técnico u obrero que comprobadamente observase
mala conducta y no cumpliese con las normas aquí indicadas.
Habrá un libro en el obrador, como así también en una oficina a convenir
(prestación de sector por parte de entidad pública) donde estará detallado el
Código de Conducta del personal de obra, para conocimiento de la población, y
donde se podrán realizar reclamos y quejas. Cabe aclarar que el libro que será
ubicado en la oficina a convenir, tiene el fin de facilitar el reclamo o queja de las
personas que no deseen por razón alguna acercarse al obrador.
Habrá una línea telefónica y página web donde se podrán realizar
reclamos y quejas de manera privada. A su vez, en el sitio web se encontrarán
detalles del proyecto y el Código de conducta
En las reuniones con la población se dará a conocer el Código de Conducta y la
existencia de los libros, teléfonos y página web para llevar a cabo quejas y
reclamos.
Todos los reclamos y quejas deben ser atendidos en tiempo y forma.
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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
225
Género y empleo
A lo largo de todo el ciclo del Proyecto, es decir para la etapa de preparación,
construcción y operación, deberá asegurarse el trato igualitario de géneros
tanto entre su personal como en el personal de sus contratistas y proveedores.
Por su parte, se deberá asegurar la contratación de mujeres, particularmente
para puestos de media y alta cualificación, durante la preparación e
implementación del Proyecto.
Obligaciones para la empresa contratista
La afluencia de trabajadores temporarios contratados por la empresa
contratista podría generar disrupciones en la vida cotidiana de los habitantes
de las áreas de intervención de los proyectos e incluso, en los casos que no se
tomen las medidas adecuadas, conflictos con la población local.
En algunas circunstancias, las mujeres resultan mayormente perjudicadas por
este tipo de conductas. Por este motivo, la empresa contratista deberá optar
por la contratación de trabajadores locales en todos los casos en los que ello
sea posible.
Asimismo, en caso de que la empresa contratista prevea campamentos de
obradores, se deberá asegurar que la misma cumpla con el régimen laboral
que permita a los trabajadores regresar a sus lugares de origen con la
frecuencia establecida en los convenios laborales.
Por último, deberá desarrollar capacitaciones que indiquen buenas prácticas
con las comunidades de acogida, incluyendo cuestiones relativas a la
prevención de violencia de género en todas sus formas.
Las mismas deberán estar en línea con las previsiones que se indiquen en el
Código de Conducta.
El Código de Conducta debe asegurar que existan vínculos respetuosos y
armónicos entre población local y trabajadores contratados por la empresa
contratista.
Entre las cuestiones a abordar, deberá tratar temas de prevención de
conductas delictivas y de violencia, con particular énfasis en prevención de
violencia contra mujeres, niñas y adolescentes.
Todo el personal de la empresa contratista deberá encontrarse debidamente
informado de estas previsiones, a través de capacitaciones y campañas de
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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
226
comunicación a través de cartelería y folletos.
Estos materiales deberán incluir contactos para que, tanto la comunidad como
el personal de la empresa contratista, puedan recurrir telefónicamente y
presencialmente en caso de denuncias y/o consultas.
Ello deberá implementarse al inicio de obra y continuar durante todo el ciclo de
Proyecto.
Para la elaboración del Código de Conducta se espera que la empresa
contratista cuente la asesoría de un profesional idóneo en temas de salud
sexual y reproductiva y violencia de género. El mismo podrá ser el encargado
de llevar a cabo las capacitaciones del personal de la empresa contratista en
estos temas, asegurándose que las mismas sean culturalmente adecuadas a
las audiencias objetivo
Medidas de
mitigación
relacionadas
(Detalladas en
el EIA
Medio antrópico
MM – 6. Calidad de vida de la población
Indicadores de
éxito
Se han llevado charlas informativas sobre la obra, para con la comunidad
dirigidas a toda la población, invitando y participando a las mujeres
afectadas y/o interesadas en el proyecto.
Se ha participado a las mujeres en forma equitativa en las acciones
comunitarias
Se ha considerado la equidad de género en la contratación de personal y no
se han solicitado currículum vitae con foto para las postulaciones
laborales.
El Contratista ha desarrollado un Código de Conducta dirigido a personal, de
todas las jerarquías, del contratista y subcontratista. Toda persona vinculada
laboralmente a la obra ha sido capacitada sobre el mismo, y ha firmado su
consentimiento.
No se han registrado, recibidas quejas, ni denuncias por acciones u
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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
227
omisiones por parte de cualquier personal de la obra, sin importar jerarquía,
que signifiquen el incumplimiento de algún punto del Código de Conducta, ni de
este Programa.
En caso de incumplimiento del Código de Conducta, se han dictado las multas,
sanciones o despidos correspondientes. Como así también las denuncias a los
organismos pertinentes, en caso de corresponder.
Se ha facilitado un libro en el obrador, como así también en una oficina a
convenir con el Código de Conducta del personal de obra, para conocimiento
de la población, y donde se podrán recibir reclamos y quejas, las cuales
serán levantadas y atendidas correctamente.
Se ha creado una línea telefónica y página web donde se pueden realizar
reclamos y quejas de manera privada. A su vez, en el sitio web se encuentran
detalles del proyecto y el Código de conducta.
En las reuniones con la población se ha dado a conocer el Código de Conducta
y la existencia de los libros, teléfonos y página web para llevar a cabo quejas y
reclamos.
Todos los reclamos y quejas han sido atendidos en tiempo y forma.
Supervisión
Externa
Área socio ambiental DEL COMITENTE
Costo estimado A ser indicado por el
contratista en su Efectividad esperada Alta
Observaciones
P6 Programa de Salud y Seguridad en el Trabajo
Área de
Aplicación
Área X De influencia directa x De influencia
indirecta
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228
Responsabl
es
Implementación
del Programa
Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico
Empresa Contratista
Supervisión del
Programa
Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra
COMITENTE –
Objetivo Identificar, organizar e implementar las medidas tendientes a aumentar la
seguridad en la operación de las tareas a realizar en la obra y mayor celeridad frente
a las emergencias, acorde a legislación vigente.
Característic
as y
Contenidos
Se maximizarán las medidas de seguridad e higiene generales y
particulares para la protección de transeúntes y frentistas.
Se tomarán las medidas necesarias para garantizar a los empleados y
trabajadores obreros, las mejores condiciones de seguridad, higiene, estadía,
nutrición y salud.
En todos los casos se asegurará la provisión en tiempo y forma de agua potable
para consumo humano. La provisión de agua será mediante dispenser.
Se controlará una operación segura de los diferentes equipos y máquinas, que se
utilicen en labores de manutención, los mismos serán utilizados y manejados de
manera segura y correcta.
Serán de uso obligatorio calzado reglamentario, cascos, guantes y demás
elementos de protección requeridos por la normativa vigente en la materia. Se
proveerán los elementos que minimicen los efectos producidos por el ruido como
tapones u orejeras, y anteojos de seguridad para prevenir lesiones en la vista. Se
controlará el uso de los mismos.
A fin de evitar accidentes, se delimitarán zonas de circulación vehicular dentro del
área de trabajo. Las mismas estarán señalizadas e informadas a todos los
operarios. Asimismo, se estipularán áreas de circulación peatonal exclusiva, donde
las maquinarias y vehículos no podrán tener acceso.
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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
229
Se colocarán extinguidores en sitios visibles y de fácil acceso, y en cantidad
adecuada según la normativa de seguridad e higiene.
Se contará con un botiquín de emergencias en los frentes de obra y en el obrador,
así como una persona responsable de aplicar los primeros auxilios si la legislación
vigente lo requiriera.
Se identificará el centro de salud y/u hospital más cercano, y la ruta de acceso
más corta y segura al mismo.
Los vehículos y maquinarias, que no se encuentren operando, se
estacionarán en el lugar designado para tal fin dentro del obrador o en el sitio
correspondiente en el frente de obra, quedando prohibido el estacionamiento fuera
la zona destina a este uso.
Los vehículos estacionados, lo harán de tal forma que no se impida el libre egreso e
ingreso al obrador o la circulación de otros vehículos en el frente de obra. Se
planificará la disposición de los equipos, a fin de optimizar el uso de la superficie
empleada para estacionamiento.
En ningún momento se dejará el equipo estacionado con el motor en marcha. El
conductor, antes de retirarse del vehículo, dejará al mismo con freno de
estacionamiento colocado y calzado en sentido de la pendiente.
Se cumplirá con todo lo reglado en la Ley Nacional Nº 24.028/91
Accidentes de Trabajo (y sus modificatorias y complementarias) y se
complementará con medidas específicas del Programa de Contingencias.
Se contará con la presencia permanente de un profesional en Seguridad e Higiene
(por la Contratista). El mismo realizará capacitaciones al personal y elaborará
informes periódicamente, indicando los desvíos observados y las recomendaciones
de cada caso.
Se registrarán los accidentes en planillas preparadas a tal fin.
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ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA
“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
230
El análisis estadístico de los accidentes de trabajo se llevará a cabo
mediante índices de siniestralidad (índice de frecuencia e índice de gravedad).
Medidas de
mitigación
relacionadas
(Detalladas
en el EIA
MM – 6: Calidad de vida de la población y de los operarios locales que presten
tareas en la construcción del Proyecto
Indicadores
de éxito
Se han llevado a cabo capacitaciones a todo el personal de obra, desde el cargo
más alto, hasta el más bajo. Todos deben estar capacitados.
Toda la personal cuenta con los correspondientes elementos de seguridad, y todo
el personal usa los elementos de seguridad.
Se ha cumplimentado con la normativa de higiene y seguridad en obra
No se ha presentado personal de obra que haya sufrido accidentes, ni
enfermedades, productos de la obra.
En caso de accidente, o algún tipo de riesgo a la salud, se ha actuado con
celeridad.
Supervisión
Externa
Área socio ambiental DEL COMITENTE
Costo
estimado
A ser indicado por el
contratista en su Efectividad esperada Alta
Observacion
es
P7 Programa de Contingencias
P7 S1 SUBPROGRAMA de respuesta ante la ocurrencia de desastres naturales
Área de
Aplicación
Área X De influencia directa X De influencia
indirecta
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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
231
Responsabl
es
Implementación
del Programa
Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico
Empresa Contratista
Supervisión del
Programa
Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra
COMITENTE –
Objetivo Identificar, organizar e implementar las medidas preventivas y correctivas,
tendientes a aumentar la seguridad en la construcción y operación de la obra vial y
mayor celeridad ante las emergencias, considerando que éstas se pueden
producir entre vehículos, entre vehículos y peatones y/o ciclistas y entre vehículos
y el ambiente.
Característic
as y
Contenidos
Se identificarán y tipificarán las posibles contingencias (volcado de
hormigón, volcado de combustibles o aceites, accidentes, incendios) en función de
las características de esta obra, sus posibles daños (sobre las personas o el
ambiente, fundamentalmente el suelo y los recursos hídricos) y formas de
prevención y respuesta.
Se asegurará la identificación de responsabilidades, cadena de
comunicación, mecanismos de respuestas, adecuada capacitación, existencia de
los elementos de seguridad previstos según los riesgos de cada contingencia
analizada
Se capacitará al personal de obra en materia de seguridad, prevención y cuidado
del medio ambiente. Respecto al personal de obra, se asegurarán en todo
momento vías de escape de los posibles lugares de ocurrencia del siniestro,
disponiéndose de un sistema de alarmas para alertar a todos los presentes.
Se protegerá al personal que actúe en la emergencia.
Se minimizarán los efectos de una contingencia una vez producida,
desarrollando acciones de control, contención, recuperación y en caso contrario
restauración de los daños siguiendo un plan predeterminado, con responsables y
actores debidamente capacitados, entrenados y con tareas específicas y pautadas.
Se protegerá a terceros relacionados con la obra, salvaguardando la vida humana
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ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA
“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
232
y preservando el ambiente.
Medidas de
mitigación
relacionadas
(Detalladas
en el EIA
Medio Físico Natural
MM – 1. Medidas de mitigación en relación con el aire
MM – 4. Medidas de mitigación en relación con la vegetación y fauna urbana
MM – 5. Medidas de mitigación en relación con el paisaje
Medio Socio Económico
MM – 6. Medidas de mitigación en relación con la calidad de vida de la
población
MM – 8. Medidas de mitigación en relación con las actividades, usos del suelo
y aspectos socioculturales
Indicadores
de éxito
Existencia de un Plan de Prevención de Emergencias y Contingencias
Ambientales de la Obra.
Conformidad del Inspector Ambiental y Social
Ausencia de contingencias
Adecuada respuesta a contingencias
Ausencia de consecuencias negativas resultantes de eventuales
contingencias
Ausencia de pasivos ambientales
Ver indicadores de éxito de las MM – 1, MM – 4, MM – 5, MM – 6 y MM – 8
Supervisión
Externa
Área socio ambiental DEL COMITENTE
Costo estimado A ser indicado por el
contratista en su Efectividad esperada Alta
Observaciones
P8 Programa de Seguridad Vial, Ordenamiento de Tránsito y Señalización
Área de
Aplicación
Área X De influencia directa X De influencia
indirecta
Responsabl Implementación Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico
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ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA
“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
233
es del Programa Empresa Contratista
Supervisión del
Programa
Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra
COMITENTE –
Objetivo Identificar, organizar e implementar las medidas preventivas y correctivas,
tendientes a aumentar la seguridad vial durante la construcción y operación de la
obra vial, incluyendo una mayor celeridad ante las emergencias a través de una
adecuada señalización y desvíos de tránsito.
Característic
as y
Contenidos
Considerar la normativa y recomendaciones sobre seguridad vial en obras aplicables a
nivel provincial
El manejo del tránsito vehicular en el área de influencia directa y de la obra requerirá
que se prevean y apliquen adecuadas medidas de manejo y señalización para evitar
o minimizar contingencias, percances y accidentes.
Se maximizará la seguridad en la circulación de vehículos y peatones, por lo que es
importante que se minimicen las interferencias de la obra con el tránsito. El
mantenimiento de uno de los carriles en funcionamiento permitirá disminuir la
afectación al tránsito aunque produciendo demoras.
En relación al manejo de las señalizaciones, informativas y preventivas, se
contemplarán las medidas propuestas ya sea para la señalización de desvíos
transitorios de tránsito, el establecimiento de los dispositivos de control de tránsito y
protección de obras, la señalización interna de la obra y del obrador y el
mantenimiento de las mismas.
En relación al manejo del tránsito, el Contratista deberá contemplar la
accesibilidad de los frentistas, la accesibilidad a los centros de interés comunitario e
infraestructura de comercial, el diseño de senderos peatonales y desvíos transitorios
de tránsito, la circulación de vehículos y maquinarias y la modificación de recorridos
de transporte público.
En relación al manejo de las señalizaciones, informativas y preventivas, el
Contratista deberá contemplar las medidas para la señalización de desvíos
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ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA
“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
234
transitorios de tránsito, el establecimiento de los dispositivos de control de tránsito
y protección de obras, la señalización interna de la obra y del obrador.
En base a la jerarquía de la ruta Nacional n° 9 paralela a la traza de vía, zona de
obra y a la evaluación de riesgos de accidentes, definir las velocidades máximas
permitidas, implementando la señalización correspondiente.
Incluir señalización sobre el uso obligatorio de cinturón de seguridad para
automovilistas.
Incluir señalización sobre la utilización de casco, protecciones e
indumentaria reflectante para motociclistas y ciclistas según lo requiera la normativa
de aplicación
Desalentar los cruces informales (no habilitados) de la ruta que aumenten el riesgo
de accidentes
Implementar una campaña de educación vial en establecimientos
educativos, productivos, residenciales del área de influencia de las obras, tanto en la
etapa de construcción como de operación.
Localizar y señalizar adecuadamente las paradas del transporte público,
construidas con las condiciones de seguridad y confort adecuadas
Medidas de
mitigación
relacionadas
(Detalladas
en el EIA
Medio Físico Natural
MM – 4. Medidas de mitigación en relación con la vegetación y fauna urbana
Medio Socio Económico
MM – 6. Medidas de mitigación en relación con la calidad de vida de la
población
MM – 10. Medidas de mitigación en relación con el tránsito y transporte
Indicadores Ausencia de accidentes de operarios y población
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ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA
“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
235
de éxito Ausencia de reclamos de vecinos y usuarios
Minimización de la afectación al tránsito y al transporte de personas, bienes y
servicios
Ver indicadores de éxito de las MM – 4, MM – 6 y MM – 10
Supervisión
Externa
Área socio ambiental DEL COMITENTE
Costo
estimado
A ser indicado por el
contratista en su Efectividad esperada Alta
Observacion
es
P9 Programa de Comunicación y relaciones comunitarias
Área de
Aplicación
Área X De influencia directa X De influencia
indirecta
Responsables Implementación
del Programa
Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico
Empresa Contratista
Supervisión del
Programa
Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra
COMITENTE –
Objetivo Identificar, organizar e implementar las medidas preventivas y correctivas, dirigidas
a promover y facilitar la comunicación con las autoridades y la población local, sobre
las acciones que lleva a cabo la obra, a fin de prevenir los riesgos ambientales para
la población en el área y de influencia directa de la obra vial, lo cual incluye tanto
evitar o mitigar los impactos negativos de las acciones como reducir la exposición de
los mismos a la población.
generar y difundir la información actualizada respecto del avance del proyecto, de
las afectaciones a su entorno, de la implementación de Medidas de Mitigación y
Programas
del PGAS. y PMAS previstos, todo otro aspecto de las tareas desarrolladas con
relación al ambiente, en lo que concierne a la Empresa Contratista y que resulten de
interés público
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ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA
“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
236
Este Programa se aplicará durante la ejecución de las acciones de obra.
Característic
as y
Contenidos
Se establecerá un procedimiento de comunicación formal y documentado, que facilite
la comunicación con las comunidades (opiniones, sugerencias, quejas o reclamos)
relacionados con el desarrollo de la obra.
Se comunicará a las autoridades, vecinos, empresas u organismos que posean
instalaciones o desarrollen actividades próximas a la obra, con anticipación a las
acciones a ejecutar en los períodos subsiguientes.
Se comunicará con anticipación a los posibles afectados o a las autoridades
pertinentes aquellas acciones de la obra que pudieran generar conflictos con
actividades de terceros.
Se implementara un Plan de Comunicación.
Se desarrollaran folletos a entregar a los vecinos indicando alternativas a tomar para
evitar la interrupción de tránsito, dejando la elección a criterio del usuario. También
puede utilizarse cartelería colocada en vías cercanas en puntos tales que permitan
que el conductor seleccione una vía alternativa.
Se colocará cartelería en cada frente de obra indicando: Nombre del Proyecto,
Nombre del COMITENTE, Nombre del Concesionario, direcciones y teléfonos de
consulta y recepción de quejas.
Se señalizará e informará de los caminos o tramos por la cual se
desplazaran los vehículos pesados afectados a la obra.
Se preparará y dispondrá en el obrador de material gráfico (afiche o cartel) no técnico,
de divulgación de la Obra.
Este Programa deberá articularse especialmente con el de manejo del tránsito a fin
de dar aviso adecuado, en tiempo y forma, a la comunidad sobre los desvíos de
tránsito y peatonales y movimientos de transporte de materiales y escombros que
puedan afectar el normal funcionamiento del tránsito en la zona.
El alcance de este Programa se refiere sólo a las responsabilidades de la firma
Contratista en cuanto a sus requerimientos de información a la comunidad. El
COMITENTE mantendrá arreglos de Información y Participación Comunitaria por
fuera de este Programa, incluyendo la Instalación de un Centro de Información y
Relaciones con la Comunidad, en un lugar accesible y fácilmente identificable,
cercano a la obra física.
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ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA
“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
237
La información referida a la implementación y avances del proyecto se mantendrá
actualizada para dar respuesta inmediata a todo tipo de consulta, observaciones,
quejas y reclamos, identificando los problemas y adoptando las acciones para su
solución y canalizadas a solicitud de la Dirección de Obra.
El Programa de información y participación comunitaria debe implementarse a lo
largo del ciclo de la obra.
Previo acuerdo de la Inspección de Obra, la Contratista será responsable de la
difusión del cronograma aprobado, resaltando las acciones que alterarán el normal
desarrollo de actividades en el entorno inmediato.
Con acuerdo de la Inspección de Obra, la Contratista establecerá una modalidad de
vinculación con la comunidad y actores sociales afectados por el desarrollo de la
Obra que a continuación se citan (sin perjuicio de aquellos que pudiesen surgir como
involucrados a futuro):
*Responsables de actividades Productivas, Artesanales, comerciales, educativas, de
salud, culturales etc. , con el fin de prevenir o minimizar los inconvenientes a
ocasionar en el desenvolvimiento de sus actividades;
*Empresas de transporte de pasajeros urbano con recorridos en el área, con el fin
informar con antelación la información acerca de cierres parciales o totales de calles,
que sirva para determinar un circuito alternativo para la prestación de su servicio, y
generar la difusión del cambio a sus usuarios.
Previo al inicio de ejecución de las obras, la Contratista deberá enviar a la
Inspección de Obra el esquema de circulación (desvíos, salidas de emergencias,
señales, etc.) de todos los vehículos y maquinarias utilizados en la etapa
constructiva. La Contratista deberá implementar una adecuada señalización en obra,
de modo de favorecer el orden y limpieza de los sitios de trabajo, así como la
protección y seguridad del personal en obra y pobladores cercanos.
También deberá acordar con autoridad local, si correspondiese, las posibles
alteraciones a la circulación.
Del mismo modo, deberá señalizar las salidas normales y de emergencias
necesarias para casos de posibles emergencias, según normas referidas al tema.
Todos los vehículos utilizados para el transporte de material extraído en obra
deberán cumplir con las reglamentaciones de tránsito, tara, permiso de transporte de
carga y toda otra reglamentación que atiendan el caso.
Medidas de
mitigación
relacionadas
Medio Socio Económico
MM – 6. Medidas de mitigación en relación con la calidad de vida de la
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA
“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
238
(Detalladas
en el EIA
población
MM – 8. Medidas de mitigación en relación con las actividades productivas y
económicas
MM – 9. Medidas de mitigación en relación con las actividades, usos del suelo y
aspectos socioculturales
MM – 10. Medidas de mitigación en relación con el tránsito y transporte
Indicadores
de éxito
Ausencia de reclamos por arte de los pobladores locales.
Pronta consideración, solución y comunicación frente a eventuales
contingencias o impactos ambientales y sociales
Ausencia de no conformidades por parte del inspector ambiental y social
Ver indicadores de éxito de las MM – 6, MM – 8, MM – 9 y MM – 11
Supervisión
Externa
Área socio ambiental DEL COMITENTE
Costo
estimado
A ser indicado por el
contratista en su Efectividad esperada Alta
Observacion
es
P1
0
Programa de Gestión de Quejas y Reclamos
Área de
Aplicación
Área X De influencia directa X De influencia
indirecta
Responsabl
es
Implementación
del Programa
Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico
Empresa Contratista
Supervisión del
Programa
Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra
COMITENTE –
Objetivo Desarrollar e implementar un sistema de recepción y gestión de quejas, reclamos y
sugerencias con mecanismos acordes con el contexto local y las características
socioculturales de los grupos involucrados del Proyecto, con especial consideración
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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
239
y respeto a los grupos más vulnerables.
Difundir y promover los procedimientos para reclamar, realizar el seguimiento, y
conocer los plazos y los mecanismos de resolución
Característic
as y
Contenidos
El Contratista estará a cargo de la recepción, sistematización,
procesamiento y respuesta a los reclamos que surgieran durante la etapa
constructiva causados por riesgos o impactos propios de la construcción.
Si la resolución no fuese posible luego de los análisis de la Contratista se remitirá a
el COMITENTE para su análisis y resolución.
Para el caso en el que la queja no pueda manejarse en el ámbito de la obra, el
interesado podrá exponer su reclamo en sede administrativa, ante la Defensora del
pueblo y/o ante los Tribunales de Justicia de la Provincia de Jujuy.
El Mecanismo deberá contar con una herramienta eficiente para la
recolección, el seguimiento y la notificación de las quejas. El proceso se
documentará mediante un registro de quejas (en un archivo físico y en una base de
datos). El procedimiento se inicia con la presentación de la denuncia (de manera oral
o escrita) por el demandante. El proceso termina con el cierre y la conformidad en la
resolución de ambas partes (el demandante y el Proyecto).
Medidas de
mitigación
relacionadas
(Detalladas
en el EIA
Medio Socio Económico
MM – 6. Medidas de mitigación en relación con la calidad de vida de la
población
MM – 8. Medidas de mitigación en relación con las actividades productivas y
económicas
MM – 9. Medidas de mitigación en relación con las actividades, usos del suelo y
aspectos socioculturales
MM – 10. Medidas de mitigación en relación con el tránsito y transporte
Indicadores
de éxito
Ausencia de reclamos por parte de los usuarios y pobladores locales sin registrar
y contestar.
Verificación de reclamos y quejas semanales, constatadas con consultas
comunitarias
Pronta consideración, solución y comunicación frente a eventuales
contingencias o impactos ambientales y sociales
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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
240
Ausencia de no conformidades por parte del Inspector Ambiental y Social
Ver indicadores de éxito de las MM – 6, MM – 8, MM – 9 y MM – 11
Supervisión
Externa
Área socio ambiental DEL COMITENTE
Costo
estimado
A ser indicado por el
contratista en su Efectividad esperada Alta
Observacion
es
De manera general, el Mecanismo seguirá los siguientes lineamientos:
Proporcional: El Mecanismo tendrá en cuenta de manera proporcional el nivel de
riesgo y los posibles impactos negativos en las zonas afectadas.
Culturalmente apropiado: El Mecanismo está diseñado para tener en cuenta las
costumbres locales de la zona.
Accesible: El Mecanismo está diseñado de una manera clara y sencilla para que
sea comprensible para todas las personas. No habrá ningún costo relacionado con
el mismo.
Anónimo: El demandante puede permanecer en el anonimato, siempre y cuando no
interfiera con la posible solución a la queja o problema. El anonimato se distingue de
la confidencialidad en que es una denuncia anónima, no se registran los datos
personales (nombre, dirección) del demandante.
Confidencial: El proyecto respetará la confidencialidad de la denuncia.
La información y los detalles sobre una denuncia confidencial sólo se comparten de
manera interna, y tan sólo cuando sea necesario informar o coordinar con las
autoridades.
Transparente: El proceso y funcionamiento del Mecanismo es
transparente, previsible, y fácilmente disponible para su uso por la población.
P1
1
Programa para Minimizar Afectaciones a actividades económicas
Área de
Aplicación
Área X De influencia directa X De influencia
indirecta
Responsables Implementación
del Programa
Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico
Empresa Contratista
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA
“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
241
Supervisión del
Programa
Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra
COMITENTE –
Objetivo El objetivo del presente es que se eviten o minimicen las afectaciones a las
actividades económicas de la zona, en particular en el área .
Características
y Contenidos
Se deberá dar a conocer a todos los comerciantes Artesanos, pequeños
productores y trabajadores el plan de obras con su cronograma previsto y se
facilitará un teléfono y página web de consulta.
Se llevarán a cabo reuniones con los actores productivos y económicos frentistas
de los cuadros de Estación y de las trazas de vía, a quienes se les dará a
conocer las actividades de la obra y, se les consultará preferencias de días y
horas de trabajos de obra. En base a las sugerencias, se intentarán acordar las
obras, circulación de equipos, personas y materiales, el depósito de materiales,
etc. en condiciones, días y horarios que minimicen la afectación de las
actividades económicas (comercio, gastronomía, turismo, etc.)
No podrá afectarse el acceso ni las condiciones de seguridad a ningún
establecimiento comercial, ni actividad económica durante la ejecución de los
trabajos. Con excepción de que sean accesos no aprobados por área técnica del
COMITENTE
Medidas de
mitigación
relacionadas
(Detalladas en
el EIA
Medio antrópico
MM – 6. Calidad de vida de la población
MM – 8. Actividades productivas y económicas
Indicadores de
éxito
No se relevan reclamos de actores económicos productivos locales por tareas de
obras
Las consultas de actores económicos y productivos han tenido respuesta
Se verificaron las reuniones con los actores productivos y comerciantes
frentistas de cuadros de estación y traza de vía, se relevaron sugerencias en
actas y se tomaron en cuenta.
El cronograma de obras ha sido consensuado con los actores sociales
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ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA
“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
242
involucrados.
No se han registrado quejas sin atender o resolver.
No se registran no conformidades respecto al programa
Supervisión
Externa
Área socio ambiental DEL COMITENTE
Costo estimado A ser indicado por el
contratista en su Efectividad esperada Alta
Observaciones
P1
2
Programa de forestación compensatoria
Área de
Aplicación
Área X De influencia directa X De influencia indirecta
Responsabl
es
Implementación
del Programa
Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico
Empresa Contratista
Supervisión del
Programa
Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra
COMITENTE –
Objetivo Mitigar la afectación a la flora, fauna y paisaje por las afectaciones generadas tras el
desmonte y perdidas de aboles por obra.
Característic
as y
Contenidos
LA CONTRATISTA deberá evitar todo desmonte, desforestación, pérdida de
árboles, etc.
innecesarias y evitables a fin de proteger, cuidar y preservar el hábitat natural de las
especies animales.
Deberá efectuar la parquización y forestación de reposición con especies nativas, a
los efectos de compensar la limpieza de la vegetación, cobertura vegetal y la
extracción de árboles, a lo largo de todo el tramo de traza de vías como de cuadros
de Estación,
Además deberá efectuar la revegetación y forestación, una vez concluidas las tareas
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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
243
en los obradores, plantas, campamentos y depósitos.
La ubicación, alcance y cantidad definitiva de la forestación de reposición será
acordada durante el desarrollo de la obra y ajustada con las autoridades locales y
especialistas en la temática.
En aquellos espacios a ocupar transitoria o permanentemente por excavaciones u
obras y en los cuales existe vegetación arbórea de gran valor, se deberá proceder a
su remoción y trasplante.
LA CONTRATISTA deberá proveer los recursos necesarios para lograr la
supervivencia de los
ejemplares plantados y su posterior reposición por daños, muerte del plantín, etc.,
durante el período de garantía de la obra.
El suministro de las plantas provendrá de viveros acreditados.
Al finalizar el proyecto, el responsable ambiental deberá dejar las áreas de trabajo
en condiciones iguales al principio de la obra. Deberá recrear las condiciones
favorables para aumentar la producción de la vegetación nativa, restituyendo las
características del suelo, y eliminando las especies exóticas o invasoras.
LA CONTRATISTA deberá reponer todos los ejemplares plantados que no hubieren
prosperado.
Medidas de
mitigación
relacionadas
(Detalladas
en el EIA
MM – 2: Relieve y suelo (topografía, estructura y calidad de suelos)
MM – 4: Vegetación y fauna (abundancia y diversidad)
MM – 5: Paisaje (arbolado y espacios verdes)
MM – 6: Calidad de vida de la población
Indicadores
de éxito
Grado de recuperación de las condiciones originales.
Desarrollo exitoso de nuevas áreas forestadas con especies nativas en traza de vía
como en Cuadro de Estaciones.
Indicadores de éxitos de MM2, MM4, MM5 y MM6
Supervisión
Externa
Área socio ambiental DEL COMITENTE
Costo
estimado
A ser indicado por el
contratista en su Efectividad esperada Alta
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ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA
“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
244
Observacion
es
P1
3
Programa de Protección del Patrimonio Cultural y Arqueológico
Área de
Aplicación
Área x De influencia directa x De influencia
indirecta
Responsables Implementación
del Programa
Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico
Empresa Contratista
Supervisión del
Programa
Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra
COMITENTE –
Objetivo Identificar, organizar e implementar las medidas preventivas y correctivas
dirigidas a evitar la afectación del patrimonio históricocultural y arqueológico en el
entorno del Proyecto.
Minimizar efectos sobre el patrimonio cultural local, arqueológico y
paleontológico.
El fin de la Puesta en Valor y restauración de los edificios históricos ferroviarios
es conservar y revelar los valores estéticos e históricos y testimoniales de los
edificios,
Es necesario respetar y salvaguardar hasta donde sea posible la integridad y la
materialidad original.
El resultado de la intervención dejará ver con sutileza la diferencia entre lo
original y lo agregado y no buscará nunca el camuflaje total o la imitación.
Perseguirá la conservación y el realce de los valores que de finen al edificio
histórico apoyando la lectura de la tipología original con discreción y respeto.
Características
y Contenidos
Se aplicarán medidas de protección con relación a los elementos históricos
(por ejemplo, los monumentos o sitios de históricos), que se encuentren en el
entorno del de las trazas de vía o en los cuadros de Estación, en particular en
relación a la afectación de su valor patrimonial debido al movimiento de
maquinarias y equipos.
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ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA
“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
245
Si se detectan evidencias históricas o culturales de relevancia, se deberá
proceder a informar a las Autoridades Competentes a fin de que arbitren las
medidas necesarias para su relocalización en el marco de una planificación
adecuada, y que guarden todos los recaudos necesarios del caso acorde a
protocolos y salvaguardas correspondientes.
Si se detectase la existencia de elementos arqueológicos o paleontológicos
en la zona operación o anexas a las mismas, el Contratista, ante eventuales
hallazgos que puedan suscitarse, se recomienda aplicar el siguiente plan de
procedimientos.
El mismo requiere de su divulgación, en particular por parte de aquellos
operarios que tengan a su cargo personal que realiza tareas de campo.
1. Paralización o desvío momentáneo de las actividades en el sector de
hallazgos.
2. Comunicación al Encargado de Obra.
3. Comunicación a la Jefatura del Proyecto de la situación detectada.
4. Comunicación al responsable de arqueología o en su defecto comunicarse con
la autoridad de aplicación provincial correspondiente.
5. La Jefatura del Proyecto debe asegurar la protección y resguardo de los
materiales arqueológicos.
La forma de proceder deberá ser acordada una vez establecida la comunicación
con el arqueólogo, tal cual se refiere en las medidas de mitigación.
6. De ser necesario, y ante determinado tipo de registro, como por ejemplo
estructuras, se debe restringir el ingreso al lugar de personas no autorizadas o
animales que puedan afectar al sitio. Para el caso de manifestaciones rupestres,
deberá prohibirse el contacto físico con cualquier tipo de elemento.
7. Elevación de una nota de denuncia de hallazgo con datos generales de los
mismos (ubicación y características) a ser presentada a las autoridades de
aplicación correspondiente.
8. Elaboración de una propuesta de acción adecuada al tipo y contexto de los
hallazgos realizados por parte del responsable de arqueología al encargado de
obra (cantidad de personal y tiempo necesario para realizar las tareas de
arqueología) que incluya labores a realizar con el propósito de recuperar toda la
información arqueológica del sector directamente afectado.
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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
246
9. Elevación de información sobre la decisión adoptada a las autoridades de
aplicación de la provincia pertinente.
10. Elaboración del informe de las tareas realizadas a las autoridades de
aplicación.
Cualquier intervención en edificios históricos ferroviarios y sus elementos se hará
con total consideración a la autenticidad de los mismos.
La solución que se adopte deberá estar amparada en la aplicación de los
principios de la Preservación y de edificios patrimoniales y buscará integrarse en
la visión del original, facilitando su lectura y la apreciación de sus valores.
Se implementarán sistemas de diferenciación, documentación y notación en
lugares no visibles en sustituciones o reintegraciones de paramentos y/o
elementos faltantes o degradados. Se utilizara como documentación base las
especificaciones técnicas de obras patrimoniales.
Se propiciará una operación arquitectónica de incorporación de elementos
contemporáneos basada en la integración empática, no invasiva, ni simuladora
de una historia que nunca poseyó.
La Contratista deberá presentar un plan integral acorde a legislación vigente
patrimonial de obras, mantenimiento y conservación constituyéndose la
culminación de todo proceso de recuperación de un edificio de valor patrimonial
Este instrumento legal, técnico y administrativo, persigue mantener en el tiempo
las condiciones y atributos que hacen a la identidad del bien recuperado s
Se implementarán rutinas de control y seguimiento del edificio, así como planes
de mantenimiento para prevenir y retardar el deterioro de las obras intervenidas,
procurando asegurar las condiciones idóneas durante el máximo tiempo posible.
Se implementarán normativas y acciones que regulen el buen uso del edificio
patrimonial para preservarlo, siempre procurando el acceso de la comunidad a
su conocimiento y disfrute.
Se deberá plantear para los objetivos de conservación del edificio intervenido,
acciones técnicas y económicamente factibles y sustentables, evitando el clásico
ciclo de intervención correctiva y deterioro, incorporando el concepto de
mantenimiento preventivo. Las tareas de conservación deberán contar con la
supervisión de profesionales idóneos y ser llevadas a cabo por profesionales con
probada experiencia en los rubros sensibles que le competa. S
Las intervenciones de restauración que se realicen en el patrimonio
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ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA
“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
247
arquitectónico tienen la obligación de conservar los aspectos mencionados,
tanto:
- el conjunto de materiales y
- sistemas constructivos que constituyen al edificio como sus espacios,
Sin embargo, en las labores de investigación y conservación de los materiales de
construcción de un inmueble este especialista deberá apoyarse y asesorarse con
los conocimientos de otros profesionales como son: químicos, físicos, biólogos,
geólogos, ingenieros especialistas en estructuras históricas y en mecánica de
suelos, especialistas en ciencias de los materiales y en mineralogía,
restauradores de bienes muebles y arqueólogos, historiadores e historiadores del
arte, profesionales cuyo quehacer debe estar inmerso en el campo de la
restauración con el fi n de que sus asesorías, diagnósticos, pronósticos y/o
intervenciones sobre el patrimonio arquitectónico “... no sean contrarias a los
principios de la restauración, para que sus acciones tomen en cuenta el contexto
de los trabajos de restauración en que están incluidos y para que no se
produzcan por sus acciones alteraciones y deterioros en los inmuebles”.
También, en un momento dado se requerirá de información sobre ciertos
productos o materiales comerciales o industriales, misma que podrá adquirir con
los agentes de las casas comerciales o laboratorios que los fabrican.
Deberá efectuarse una serie de planteamientos que conduzcan al empleo de
una metodología para la elección de los materiales, tratamientos y/o técnicas
idóneos para la restauración y puesta en valor de cada caso en particular.
Para la elección de los tratamientos de restauración es fundamental el
conocimiento de los materiales y sistemas constructivos con que se ha erigido el
monumento que se intervendrá, tanto de los que conforman su estructura
constructiva (en la cual intervienen diversos materiales como distintos tipos de
piedra, ladrillo, adobe, madera, morteros de lodo, de calarena, etc.), como en su
estructura decorativa (en la que aparecen materiales como la madera, piedra,
ladrillo, argamasas, yeserías y azulejos) y en sus acabados (efectuados
mediante aplanados de cal, de lodo o pintura mural, por citar algunos).
El arquitecto o profesional especialista deberá conocer perfectamente en qué
consisten, su composición química y mineralógica, cómo funcionan, las
características, sus propiedades, las fallas materiales, posibles defectos de
manufactura, comportamiento y tiempo de vida útil de los materiales y técnicas
de construcción (comúnmente conocidas como tradicionales), así como el trabajo
estructural de los monumentos históricos.
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ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA
“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
248
Medidas de
mitigación
relacionadas
(Detalladas en
el EIA
MM – 5: Paisaje (arbolado y espacios verdes)
MM – 9. Medidas de mitigación en relación con las actividades, usos del suelo y
aspectos socioculturales
Indicadores de
éxito
Ausencia de reclamos por parte de los pobladores locales.
Ausencia de no conformidades por parte del inspector ambiental y social
Ver indicadores de éxito de las MM – 5, MM 9
Supervisión
Externa
Área socio ambiental DEL COMITENTE
Costo estimado A ser indicado por el
contratista en su Efectividad esperada Alta
Observaciones
P1
4
Programa de Vigilancia y Monitoreo
Área de
Aplicación
Área X De influencia directa X De influencia
indirecta
Responsables Implementación
del Programa
Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico
Empresa Contratista
Supervisión del
Programa
Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra
COMITENTE –
Objetivo Identificar, organizar e implementar los muestreos y ensayos a realizar
Fundamentalmente sobre los factores aire, agua y suelo para realizar un
monitoreo del área de influencia directa y fundamentalmente del área .
Características
y Contenidos
Durante toda la etapa de construcción, el CONTRATISTA dispondrá los medios
necesarios para maximizar el desempeño ambiental de su obra a los efectos de
potenciar los beneficios de la gestión ambiental. Se desarrollará e implantará un
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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
249
programa de Monitoreo Ambiental cuyos resultados serán presentados
regularmente a la Inspección técnica Ambiental, social, n los Informes
Ambientales Mensuales.
El CONTRATISTA incluirá en su Plan de Manejo Ambiental de la Obra un
Programa de Monitoreo Ambiental que deberá incluir como mínimo el monitoreo
de la calidad del aire, suelos y de agua superficial, tanto en la Etapa de
Construcción como en la Etapa de Funcionamiento.
ETAPA DE CONSTRUCCIÓN:
Monitoreo del Suelo:
En la zona de proyecto el CONTRATISTA deberá monitorear el suelo,
comprobando que durante la ejecución de las obras los movimientos de tierra se
ejecutan según lo establecido en las medidas correctoras.
Frecuencia: Mensual durante toda la obra
Monitoreo del Aire. Contaminación atmosférica y contaminación sonora (ruido y
vibraciones):
En la zona de proyecto el CONTRATISTA deberá monitorear la calidad de aire,
midiendo los niveles de ruido y material particulado, producto de las emisiones
de las máquinas y herramientas y de los vehículos y maquinarias pesadas.
Los parámetros mínimos a considerar son:
Ruido audible en dBA (Norma IRAM 4062 Ruidos Molestos al Vecindario) y
Material Particulado en suspensión (PM 10), CO, SO y Nivel de Olores.
Atenuación de ruidos, así como de emisiones gaseosas y de material particulado
a través de la implementación de: silenciadores en maquinarias, uso de
combustibles de bajo contenido de azufre, filtros, y reducción del tiempo de
exposición a fuentes de emisión.
Entrenamiento del personal en el manejo operativo del equipamiento a fin de
reducir afectaciones a a calidad del aire.
Frecuencia: Mensual durante toda la obra
ETAPA DE FUNCIONAMIENTO:
Monitoreo del Suelo:
En la zona en las que se requiera realizar tareas de mantenimiento y éstas
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ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA
“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
250
involucren movimientos de suelo, el CONTRATISTA deberá monitorear el suelo,
comprobando que durante la ejecución de as obras los movimientos de tierra se
ejecuten según lo establecido en las medidas correctoras.
Frecuencia: Mensual durante toda la obra
Monitoreo de Escurrimientos Superficiales
El Contratista deberá garantizar el normal escurrimiento de los excedentes
pluviales que pueden verse afectados por los movimientos de suelo en obras de
mantenimiento. En el transcurso de las obras se deberá proveer de desvíos de
los mismos, y al finalizarlas se deberá dejar el terreno en condiciones tales que
permitan su normal escurrimiento.
Frecuencia: Mensual durante toda la obra
Medidas de
mitigación
relacionadas
(Detalladas en
el EIA
Este programa guarda relación con todas las Medidas de Mitigación
planteadas en el Proyecto
Indicadores de
éxito
Ausencia de reclamos por arte de los usuarios y pobladores locales e
instituciones vinculadas (zonas de riego)
Pronta consideración, solución y comunicación frente a eventuales
contingencias
Los ensayos realizados indican que el aumento de ruido o particulado es el
mínimo, que no se ha contaminado el suelo ni el agua de riego
Ausencia de no conformidades por parte del Supervisor ambiental y social
Ver indicadores de éxito de las MM
Supervisión
Externa
Área socio ambiental DEL COMITENTE
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA
“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
251
Costo estimado A ser indicado por el
contratista en su Efectividad esperada Alta
Observaciones
P1
5
Programa de Supervisión del Cumplimiento de las Medidas de Mitigación
SUBPROGRAMA
Área de
Aplicación
Área X De influencia directa X De influencia indirecta
Responsables Implementació
n del
Programa
Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico
Empresa Contratista
Supervisión
del Programa
Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra
COMITENTE –
Objetivo Identificar, organizar e implementar las acciones que formarán parte de la
supervisión de las medidas de mitigación, dirigidas a promover y facilitar la
comunicación con las autoridades y la Contratista, sobre las acciones que lleva a
cabo la obra, a fin de prevenir los riesgos ambientales para la población en el área
y de influencia directa de la Obra vial y para los operarios.
Característica
s y
Contenidos
Se realizará un seguimiento detallado y verificación del cumplimiento del PMAS
con frecuencia mensual y de la normativa ambiental y social de aplicación, según
las responsabilidades establecidas para cada medida de manejo y de acuerdo al
PMAS presentada por Contratista.
Se verificará y exigirá que la Contratista cumpla con los monitoreos
ambiental y sociales (agua, aire, ruido, Inventarios, etc.) y sociales estipulados en
el PGAS, PMAS y/o acordados en el Contrato. Estos monitoreo deben realizarse
con laboratorios certificados.
En el caso de contingencias ambientales responsabilidad del Contratista, la
Inspección podrá solicitar al Contratista de obra, la ejecución de monitoreo
ambientales no previstos originalmente, que serán exclusiva responsabilidad de la
Contratista.
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ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA
“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
252
Se asesorará al Contratista para la correcta implementación del PGAS.
Se establecerán mecanismos de control y monitoreo para cada Plan y
Programa de Gestión Ambiental y Social presentado en el PGAS. Y en el PMAS
Se evaluarán las modificaciones al PGAS en e l PMAS del proyecto que
proponga la Contratista de Obra.
Se atenderán las solicitudes de información, visitas de inspección y cualquier
actividad programada respecto a la gestión ambiental y social del proyecto.
Se elaborará un informe mensual detallado sobre los avances y resultados en el
cumplimiento de las responsabilidades ambientales y sociales de la Contratista,
reportando disconformidades en la aplicación del PMAS Además del
Informe mensual, deberá elaborar y presentar informes de integración semestrales
y el informe de término de obra, sobre el control de impactos ambientales y
sociales y medidas de manejo (ver planilla modelo a continuación).
Se velará por un adecuado manejo de las áreas de mayor vulnerabilidad ambiental
y social del área de influencia del proyecto por parte de la Contratista
Se exigirá que toda contravención o acciones de personas que residan o trabajen
en la obra y que originen daño ambiental o social, sea reportada al Contratista de
obra en forma inmediata, para que este corrija y/o tome las acciones pertinentes.
Se verificará el resarcimiento de los daños y perjuicios a la comunidad, que sean
causados por la obra (acción u omisión) durante su desarrollo. Estos eventos y su
resarcimiento deberán ser reportados en sus informes mensuales e incluirán los
registros de aceptación a satisfacción del representante legal de la comunidad
afectada.
Se verificará la oportuna aplicación de medidas de emergencia para
contrarrestar el peligro en accidentes acaecidos o que previsiblemente puedan
ocurrir, que causen deterioro ambiental o social.
Se realizará el acompañamiento en todas las actividades ambientales y sociales
del proyecto en concordancia a los planos y especificaciones técnicas, las
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ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA
“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
253
fuentes de materiales y requisitos de mano de obra, de equipos, la seguridad de
los trabajadores y de la comunidad en general y en todo aquello que conlleve a
una adecuada y eficiente dirección, ejecución y control ambiental y social.
La Contratista se obliga, en desarrollo de sus actividades de obra, a dar
cumplimiento a todas las normas legales y técnicas sobre Higiene y Seguridad en
el Trabajo, ambiente, prevención y control de accidentes, así como las
instrucciones y recomendaciones que se impartan a este respecto. El personal
técnico y administrativo que trabaja en la zona de obra, deberá tener conocimiento
del panorama de riesgos involucrado en las actividades a ejecutar.
Se verificará que el personal esté provisto de los elementos de protección
requeridos para la ejecución del servicio, tales como: overoles o pantalón y
camisa, casco, gafas de seguridad, protectores auditivos, botas, guantes, entre
otros, que cumplan con las especificaciones de seguridad vigentes
Medidas de
mitigación
relacionadas
(Detalladas en
el EIA
Este programa guarda relación con todas las Medidas de Mitigación
planteadas en el en el Proyecto
Indicadores
de éxito
Ausencia de reclamos por arte de los usuarios y pobladores locales.
- Ausencia de contingencias
- Ausencia de no conformidades por parte del Supervisor ambiental y social
Supervisión
Externa
Área socio ambiental DEL COMITENTE
Costo
estimado
A ser indicado por
el contratista en su Efectividad esperada Alta
Observacione
s
P1
6
PROGRAMA DE SEGUIMIENTO y CONTROL AMBIENTAL Y SOCIAL
SUBPROGRAMA
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA
“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
254
Área de
Aplicación
Área X De influencia directa X De influencia indirecta
Responsables Implementació
n del
Programa
Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico
Empresa Contratista y sub contratistas de obra
Supervisión
del Programa
Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra
COMITENTE –
Objetivo Asegurar el correcto desempeño del PMAS y definir las herramientas de
verificación de manera que permita observar la implementación de las medidas
definidas al tiempo de identificar posibles desvíos para corregir la gestión
Característica
s y
Contenidos
Roles y responsabilidades:
Contratista: asegurar la implementación del PMAS y remitir a Comitente un reporte
mensual con los principales indicadores y actividades desarrolladas en el marco
ambiental y social del Proyecto a su cargo.
CONTRATISTA
• Detectar eventuales conflictos ambientales y sociales no reflejados en el
EIAS y aplicar las medidas correctivas pertinentes. En función de los avances
registrados en los distintos Programas del PMAS, durante la Construcción de la
Obra, completará y ajustará en forma sistemática las conclusiones de la
Ampliación del EIAS, incorporando los resultados alcanzados durante la ejecución
de los Programas y sus correspondientes relevamientos en el ámbito físico del
medio natural y en el medio socioeconómico directamente involucrados con las
obras.
• Inspeccionará la obra regularmente para verificar el cumplimiento de las
medidas de mitigación. Deberá evaluar la eficacia de las medidas propuestas para
mitigar los impactos negativos y proponer para su aprobación los cambios
necesarios cuando lo considere oportuno. El objetivo será en todo momento
minimizar efectos no deseados vinculados a la obra.
• Deberá manifestar disposición al diálogo y al intercambio de ideas con el
objeto de incorporar opiniones de terceros que pudieran enriquecer y mejorar las
metas a lograr. En particular de aquellos directamente involucrados y de las
autoridades.
• Controlará el grado de cumplimiento de las Medidas de Mitigación aplicando
listas de chequeo. En el informe se indicarán las acciones pertinentes para
efectuar los ajustes necesarios. Dicho informe socio Ambiental Mensual se lo
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ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA
“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
255
presentará al Comitente y la Inspección destacando la situación, las mejoras
obtenidas, los ajustes pendientes de realización y las metas logradas.
Finalizada la obra, el responsable ambiental del Contratista emitirá un INFORME
AMBIENTAL Y SOCIAL FINAL DE OBRA donde consten las metas alcanzadas
El COMITENTE efectuara la inspección del presente PMAS, a través de la
recepción mensual de un reporte por parte de contratista. Evaluar y verificar
informe a través de su inspección ambiental.
Impactos y riesgos asociados:
• Accidentes personales y colectivos (sociedad civil)
• Riesgos Ambientales (contaminación de agua, suelo y aire)
• Riesgos Sociales (Afluencia de mano obra)
• Riesgos laborales asociados a las actividades de cada proyecto.
• Contingencias
Descripción:
Es responsabilidad del contratista consolidar en un tablero de control los
indicadores y registros requeridos en el PMAS. Se establecerán así también los
métodos, frecuencias y responsabilidades para medir la evolución de esos
parámetros definidos.
Los indicadores seleccionados se elaborarán de manera mensual (o de acuerdo a
la frecuencia definida), y deberán ser representativos de los riesgos más
significativos para establecer las estrategias de prevención y control de los
aspectos relevantes de la gestión del PMAS.
Asimismo, se definen a continuación los indicadores de seguridad mínimos, que
formarán parte del informe mensual a realizar por el Contratista, a saber:
• Accidentes y enfermedades laborales (con y sin pérdida de días) y
particularmente en cualquier caso de accidente fatal tanto entre el personal del
proyecto o miembro de la comunidad adyacente o transeúnte, el Contratista
deberá informar al COMITENTE de manera inmediata,
• Incidentes. Se entiende por “incidente” a un evento imprevisto e indeseado
que podría haber resultado en un daño a personas, al ambiente o al patrimonio
(propio o de terceros).
• Gestión de desvíos: se deberá mantener un registro de todos los desvíos
que se han identificado, incluyendo los correspondientes análisis, investigaciones y
medidas implementadas para asegurar que la eliminación o mitigación de riesgos
de impacto negativo sobre los trabajadores y la población local (en particular casos
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ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA
“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
256
en los que se afecte su ingreso en forma temporal), y que no vuelvan a repetirse,
informando el estado de gestión de cada desvío y fechas estimadas de
implementación.
• Personas capacitadas / Registros de cursos: Se deberá informar
mensualmente la cantidad de empleados y/o vecinos y vecinas capacitadas. Se
elaborará un formulario de registro de las instancias implementadas, identificando
como mínimo fecha, lugar, tema, duración de la misma, materiales, nombre y
apellido del facilitador, nombre y apellido de los presentes y firmas, como cualquier
comentario/inquietud que surja en particular durante la capacitación, incluyendo la
respuesta
• Equipo de Protección Personal (EPP). El contratista deberá elaborar un
formulario donde quede registro de la entrega de los EPP, el cual evidencie la
fecha y el nombre y apellido de los empleados que recibieron los mismos.
Igualmente, el Contratista mantendrá un registro permanente del uso adecuado de
los EPP, incluyendo la necesidad de aplicar las medidas disciplinarias establecidas
para casos de falta del uso de los EPP.
• Preguntas, Quejas, Reclamos y Sugerencias (PQRS). Se elaborará un
formulario para la recepción de las mismas, el cual permitirá como mínimo registrar
fecha, nombre y apellido, contacto, dirección, descripción de las PQRS, sector
territorial y conclusiones de la solución brindada, a fin de que puedan canalizarse
por las vías existentes en el territorio.
• Residuos sólidos (peligrosos, urbanos, escombros): se mantendrá un
registro de los volúmenes y/o peso de los residuos sólidos generados en el marco
del presente proyecto. Se diferenciarán las corrientes de residuos peligrosos,
escombros y tierra y urbanos.
• Efluentes/residuos líquidos residuales: se mantendrá un registro de los
efluentes generados y tratados acorde a norma por los baños químicos asociados
a la obra. •
• Derrames: se mantendrá un registró de los accidentes vinculados a
derrames de combustibles asociados al mantenimiento de los vehículos.
• Monitoreos de agua, aire, suelo, ruido: Según programa
• Presupuesto del PMAS: Se mantendrá un registro permanente del
presupuesto usado para ejecutar el PMAS.
Procedimiento para la detección, documentación y gestión de no conformidades
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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
257
Deberán desarrollarse procedimientos concretos para asegurar la detección de no
conformidades de manera proactiva y la gestión de la mismas de manera rápida y
eficiente. Asimismo, deberá detallarse cómo documentar estos procesos.
Los procedimientos para la detección y gestión de no conformidades pueden
incluir a varios actores, como ser, personal del COMITENTE, el responsable de
ambiente y/o higiene y seguridad del contratista, el jefe de obra, el encargado de
mantenimiento, inspectores, etc.
Se sugiere que las no conformidades sean registradas en el tablero de control de
la intervención, identificar rápidamente responsables para su gestión, aplicar o
desarrollar nuevos procedimientos para su solución, y registrar la fecha de
solución. En caso de que se hayan desarrollado nuevos procedimientos para su
solución, documentarlos. También se sugiere incluir en los procedimientos la
posibilidad de que la propia población del lugar alerte sobre no conformidades en
el PMAS de la intervención, su conocimiento y capacidad de detección de
problemas deben ser capitalizados.
Auditorías
El PMAS será auditado internamente por el responsable ambiental y social del
Contratista a fin de cada mes, y por intermedio de auditorías por parte del
COMITENTE o auditorías externas que estos organismos hayan acordado.
Las auditorías internas y externas se encontrarán documentadas a fin de facilitar
su trazabilidad, permaneciendo durante la etapa de construcción en áreas
administrativas del COMITENTE y en el obrador para consulta de la Inspección de
Obra y observación por parte de las distintas Autoridades de Aplicación.
El PMAS y los procedimientos de auditoría deben considerar las siguientes
premisas:
• El responsable ambiental y social (RAS) del contratista/operador de la obra será
el responsable de efectuar las autorías internas y deberá estar presente durante
las auditorías externas.
• Se coordinará con el RAS las auditorías externas (por parte del COMITENTE),
así como de otros Organismos, para facilitar su desarrollo en tiempo y forma.
Se deberá definir con anticipación el alcance y aspectos a verificar.
• El informe de auditoría/registro será archivado en forma digital en el registro de
información de la obra (en los registros del operador)
• El informe de auditoría tendrá los siguientes contenidos: Temas tratados,
Puntos sobresalientes de la visita, Temas pendientes del PMAS a ejecutar, No
Conformidades y Observaciones.
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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
258
• Los informes de Seguimiento Ambiental y Social (mensuales) a entregar al
COMITENTE deberán reflejar los resultados de las auditorías realizadas en ese
periodo.
Informes de Seguimiento Ambiental y Social
Durante la construcción, el seguimiento incluye el envío mensual del Informe de
avance de la ejecución y cumplimiento de los PMAS específicos. Para tal fin, el
contratista deberá elaborar un formulario de control donde se volcarán los
aspectos ambientales y sociales relevantes a ser evaluados periódicamente, los
cuales darán cuenta del desarrollo del PMAS. Este documento deberá ser
aprobado por el COMITENTE antes de su implementación.
El informe deberá contener, entre otros aspectos posibles, el avance y estado de
cumplimiento del PMAS a través de una lista de chequeo que represente el
monitoreo realizado, los resultados correspondientes al período de la
implementación del plan de monitoreo y el desempeño de los indicadores
correspondientes al mes anterior (y su evolución mensual). Podrá también
contener anexos que ilustren los problemas presentados y las medidas propuestas
y/o tomadas al respecto.
El informe podrá también contener anexos que ilustren los problemas presentados
y las medidas propuestas y/o tomadas al respecto. De suma importancia serán
registros fotográficos “antes”, “mientras” y “después” de las actividades clave del
proyecto, y cada observación realizada en el campo deberá ser documentada por
respaldo fotográfico.
En caso de sucederse una contingencia o interferencia sobre un servicio básico,
deberá realizar un informe excepcional explicando la contingencia acontecida, el
plan de mitigación adoptado y sus resultados
Medidas de
mitigación
relacionadas
(Detalladas en
el EIA
Este programa guarda relación con todas las Medidas de Mitigación
planteadas en el en el Proyecto
Indicadores
de éxito
Informes de seguimiento enviados a COMITENTE
Supervisión Área socio ambiental DEL COMITENTE
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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
259
Externa
Costo
estimado
A ser indicado por
el contratista en su Efectividad esperada Alta
Observacione
s
P1
7
Programa desocupación de sitios. Fase de Cierre.
Área de
Aplicación
Área X De influencia directa X De influencia indirecta
Responsabl
es
Implementación
del Programa
Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico
Empresa Contratista
Supervisión del
Programa
Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra
COMITENTE –
Objetivo
Característic
as y
Contenidos
Descripción del Programa:
El Contratista elaborará un Programa de Retiro de la Contratista al Finalizar la
Construcción de la Obra, que comprenda el cierre de los obradores, Plantas,
campamentos, la adecuación del paisaje en la zona de obra, el saneamiento y/o
remediación de las áreas contaminadas por actividades de las obras, la disposición
final de residuos (con certificados o remitos correspondientes), el traslado de los
materiales reciclables (con certificados o remitos correspondientes), las maquinarias
y equipamientos utilizados en la construcción, la restauración de los accesos
transitorios, las restauración de los sitios afectados, señalando los servicios y las
prestaciones a desarrollar, bajo su directa responsabilidad. El Programa deberá
cumplir con las obligaciones derivadas de la Legislación vigente.
Solo podrán permanecer en los predios los elementos que signifiquen una mejora, o
tengan un uso posterior claro, determinado y beneficioso para la comunidad.
Se deberá contar con la solicitud expresa del propietario del terreno particular donde
se instalarán las mejoras y la autorización fehaciente de la Inspección.
La permanencia de instalaciones no deberá significar transgresiones a leyes,
resoluciones o disposiciones municipales o provinciales.
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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
260
Medidas de
mitigación
relacionadas
(Detalladas
en el EIA
MM – 1: Aire (emisiones sonoras, vibraciones y calidad del aire)
MM – 2: Relieve y suelo (topografía, estructura y calidad de suelos)
MM – 3: Agua (calidad del agua, drenaje y escurrimiento)
MM – 4: Vegetación y fauna (abundancia y diversidad)
MM – 5: Paisaje (arbolado y espacios verdes)
MM – 6: Calidad de vida de la población
Indicadores
de éxito
Ausencia de reclamos por arte de los usuarios y pobladores locales.
Ausencia de contingencias
Ausencia de no conformidades por parte del Supervisor ambiental y social
Ver indicadores de éxito de las MM – 1, MM – 2, MM – 3, MM – 4, MM – 5, MM – 6
Supervisión
Externa
Área socio ambiental DEL COMITENTE
Costo
estimado
A ser indicado por el
contratista en su Efectividad esperada Alta
Observacion
es
8. MARCO LEGAL E INSTITUCIONAL
El plan de gestión y manejo ambiental y social de la obra ferroviaria se encuadra en el marco
legal e institucional debiendo mencionar especialmente la legislación relativa al los
componentes que inciden en las etapas del Proyecto y Obra a la que estarán sujetas las
obras a ejecutarse.
MARCO JURÍDICO NACIONAL
• Constitución Nacional (1994):
Los derechos y deberes de los habitantes con relación al Medio Ambiente están
explícitamente incorporados en el nivel Constitucional de la República Argentina.
En el contexto de la Constitución Nacional, reformada en el año 1994, se considera como
marco referencial principal al Artículo 41º, el que constituye el fundamento del derecho de
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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
261
todos los habitantes del país a un ambiente sano y el deber de preservarlo y, establece la
relación entre las normas nacionales y provinciales. Su texto es el siguiente:
“Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el
desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades
presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo.
El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo
establezca la ley.
Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los
recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad
biológica, y a la información y educación ambientales.
Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de
protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquéllas alteren
las jurisdicciones locales”.
El Artículo 6º, de la Ley Nacional N ° 25.675, Ley General del Ambiente, especifica que:
“Se entiende por presupuesto minimo, establecido en el articulo 41 de la Constitución
Nacional, a toda norma que concede una tutela ambiental uniforme o común para todo el
territorio nacional, y tiene por objeto imponer condiciones necesarias para asegurar la
protección ambiental. En su contenido, debe prever las condiciones necesarias para
garantizar la dinámica de los sistemas ecológicos, mantener su capacidad de carga y, en
general, asegurar la preservación ambiental y el desarrollo sustentable”.
El Artículo 41 establece el derecho de los habitantes y de las generaciones futuras a un
ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano. Asimismo, establece el deber
de las autoridades de proveer ese derecho. Se entiende que al referirse a las autoridades lo
hace respecto de las que resulten competentes en cada caso.
El Artículo 43 establece que toda persona puede interponer acción de amparo contra todo
acto u omisión de autoridades públicas o de particulares, que en forma actual o inminente
lesione, restrinja, altere o amenace derechos y garantías reconocidos por la Constitución
Nacional, un tratado o una ley. Indica que podrán interponer esta acción contra cualquier
forma de discriminación y en lo relativo a los derechos que protegen al ambiente.
El Artículo 75 en su inciso 22 señala que los tratados concluidos con las demás naciones y
con las organizaciones internacionales y los concordatos con la Santa Sede tienen jerarquía
superior a las leyes.
El Artículo 124: Establece que corresponde a las provincias el dominio original de los
recursos naturales existentes en el territorio provincial. Su texto es el siguiente:
“Las provincias podrán crear regiones para el desarrollo económico y social y establecer
órganos con facultades para el cumplimiento de sus fines y podrán también celebrar
convenios internacionales en tanto no sean incompatibles con la política exterior de la
Nación y no afecten las facultades delegadas al Gobierno federal o el crédito público de la
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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
262
Nación; con conocimiento del Congreso Nacional. La ciudad de Buenos Aires tendrá el
régimen que se establezca a tal efecto”.
Corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos naturales
existentes en su territorio”.
• Ley Nacional N° 25.675, Ley General del Ambiente, bien jurídicamente protegido,
sancionada el 6 de noviembre de 2002, promulgada parcialmente el 27 de noviembre de 2002,
que establece en :
Artículo 1°, los presupuestos mínimos para el logro de una gestión sustentable y adecuada del
ambiente, la preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación del
desarrollo sustentable.
El Artículo Nº 2, define los Objetivos de la Política Ambiental Nacional, destacándose entre
ellos, aquellos relacionados con el desarrollo de una obra de infraestructura urbana, tales
como:
a. Asegurar la preservación, conservación, recuperación y mejoramiento de la calidad de los
recursos ambientales, tanto naturales como culturales, en la realización de las diferentes
actividades antrópicas;
b. Promover el mejoramiento de la calidad de vida de las generaciones presentes y futuras,
en forma prioritaria;
c. Fomentar la participación social en los procesos de toma de decisión;
d. Organizar e integrar la información ambiental y asegurar el libre acceso de la población a
la misma;
Estos cuatro objetivos, están directamente conectados con los requerimientos de estudios
ambientales, previos al diseño y construcción de toda obra que modifique las condiciones
ambientales, tanto del medio natural como cultural y, enmarca la participación de la
población involucrada.
El Artículo Nº 3 de la Ley N° 25675 expresa: “La presente ley regirá en todo el territorio de la
Nación, sus disposiciones son de orden público, operativas y se utilizarán para la
interpretación y aplicación de la legislación específica sobre la materia, la cual mantendrá su
vigencia en cuanto no se oponga a los principios y disposiciones contenidas en ésta”.
El Artículo Nº 4, establece: “La interpretación y aplicación de la presente ley, y de toda otra
norma a través de la cual se ejecute la política Ambiental, estarán sujetas al cumplimiento de
los siguientes principios:
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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
263
Principio de congruencia: La legislación provincial y municipal referida a lo ambiental deberá
ser adecuada a los principios y normas fijadas en la presente ley; en caso de que así no
fuere, éste prevalecerá sobre toda otra norma que se le oponga.
Principio de prevención: Las causas y las fuentes de los problemas ambientales se
atenderán en forma prioritaria e integrada, tratando de prevenir los efectos negativos que
sobre el ambiente se pueden producir.
Principio precautorio: Cuando haya peligro de daño grave o irreversible la ausencia de
información o certeza científica no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción
de medidas eficaces, en función de los costos, para impedir la degradación del medio
ambiente.
Principio de equidad intergeneracional: Los responsables de la protección ambiental deberán
velar por el uso y goce apropiado del ambiente por parte de las generaciones presentes y
futuras.
Principio de progresividad: Los objetivos ambientales deberán ser logrados en forma
gradual, a través de metas interinas y finales, proyectadas en un cronograma temporal que
facilite la adecuación correspondiente a las actividades relacionadas con esos objetivos.
Principio de responsabilidad: El generador de efectos degradantes del ambiente, actuales o
futuros, es responsable de los costos de las acciones preventivas y correctivas de
recomposición, sin perjuicio de la vigencia de los sistemas de responsabilidad ambiental que
correspondan.
Principio de subsidiariedad: El Estado nacional, a través de las distintas instancias de la
administración pública, tiene la obligación de colaborar y, de ser necesario, participar en
forma complementaria en el accionar de los particulares en la preservación y protección
ambientales.
Principio de sustentabilidad: El desarrollo económico y social y el aprovechamiento de los
recursos naturales deberán realizarse a través de una gestión apropiada del ambiente, de
manera tal, que no comprometa las posibilidades de las generaciones presentes y futuras.
Principio de solidaridad: La Nación y los Estados provinciales serán responsables de la
prevención y mitigación de los efectos ambientales transfronterizos adversos de su propio
accionar, así como de la minimización de los riesgos ambientales sobre los sistemas
ecológicos compartidos.
Principio de cooperación: Los recursos naturales y los sistemas ecológicos compartidos
serán utilizados en forma equitativa y racional, El tratamiento y mitigación de las
emergencias ambientales de efectos transfronterizos serán desarrollados en forma conjunta.
El Artículo Nº 7 de la Ley N° 25675 establece que: La aplicación de esta ley corresponde a
los tribunales ordinarios según corresponda por el territorio, la materia, o las personas.
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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
264
En los casos que el acto, omisión o situación generada provoque efectivamente degradación
o contaminación en recursos ambientales interjurisdiccionales, la competencia será federal.
El Artículo Nº 8 de la Ley N° 25675, considera entre otros al ordenamiento ambiental del
territorio, la evaluación de impacto ambiental y al sistema de diagnóstico e información
ambiental.
El Artículo Nº 11, establece que: Toda obra o actividad que, en el territorio de la Nación, sea
susceptible de degradar el ambiente, alguno de sus componentes, o afectar la calidad de
vida de la población, en forma significativa, estará sujeta a un procedimiento de evaluación
de impacto ambiental, previo a su ejecución.
Los Artículos Nº 16, Nº 17, Nº 18, Nº 19, Nº 20 y Nº 21 establecen que:
• Las personas físicas y jurídicas, públicas o privadas, deberán proporcionar la información
que esté relacionada con la calidad ambiental y referida a las actividades que desarrollan.
Todo habitante podrá obtener de las autoridades la información ambiental que administren y
que no se encuentre contemplada legalmente como reservada.
• La autoridad de aplicación deberá desarrollar un sistema nacional integrado de información
que administré los datos significativos y relevantes del ambiente, y evalué la información
ambiental disponible; asimismo, deberá proyectar y mantener un sistema de toma de datos
sobre los parámetros ambientales básicos, estableciendo los mecanismos necesarios para
la instrumentación efectiva a través del Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA).
• Las autoridades serán responsables de informar sobre el estado del ambiente y los
posibles efectos que sobre el puedan provocar las actividades antrópicas actuales y
proyectadas.
• Toda persona tiene derecho (a ser consultada y) (*) a opinar en procedimientos
administrativos que se relacionen con la preservación y protección del ambiente.
• Las autoridades deberán institucionalizar procedimientos de consultas o audiencias
públicas como instancias obligatorias para la autorización de aquellas actividades que
puedan generar efectos negativos y significativos sobre el ambiente. Para el presente EsIA.,
el mecanismo de consulta debe ser el exigido mediante Resolución Nº 133/2012, por la
Dirección Provincial de Calidad Ambiental.
• La opinión u objeción de los participantes no será vinculante para las autoridades
convocantes; pero en caso de que estas presenten opinión contraria a los resultados
alcanzados en la audiencia o consulta pública deberán fundamentarla y hacerla pública.
• La participación ciudadana deberá asegurarse, principalmente, en los procedimientos de
evaluación de impacto ambiental y en los planes y programas de ordenamiento ambiental
del territorio, en particular, en las etapas de planificación y evaluación de resultados.
(*) Observada en el Decreto Reglamentario Nº 2413/02.
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265
Los Artículos Nº 23 y Nº 24, determinan que:
• Se establece el Sistema Federal Ambiental con el objeto de desarrollar la coordinación de
la política ambiental, tendiente al logro del desarrollo sustentable, entre el gobierno nacional,
los gobiernos provinciales y el de la Ciudad de Buenos Aires. El mismo será instrumentado a
través del Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA).
• El Poder Ejecutivo propondrá a la Asamblea del Consejo Federal de Medio Ambiente el
dictado de recomendaciones o de resoluciones, según corresponda, de conformidad con el
Acta Constitutiva de ese organismo federal, para la adecuada vigencia y aplicación efectiva
de las leyes de presupuestos mínimos, las complementarias provinciales, y sus
reglamentaciones en las distintas jurisdicciones.
• Convenio 169 OIT (Organización Internacional del Trabajo)
Reconocimiento comunidades originarias
A partir de la reforma constitucional de 1994, y a tenor de lo dispuesto por el artículo 75
inciso 17 de la Constitución Argentina, se abrieron nuevos caminos para los derechos
colectivos de los pueblos indígenas. Nuestro país reconoció en esa cláusula constitucional,
su pluralismo cultural constitutivo y un plexo de derechos explícitos e implícitos. En efecto,
se reconoció la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos al propio
estado nacional, la personería jurídica de sus comunidades, la posesión y propiedad
comunitaria, con garantías al dominio que aseguran el goce en pié de igualdad de tal señorío
de las tierras que tradicionalmente habitan, la educación bilingüe e intercultural, su derecho
a la
participación en el manejo de sus recursos naturales y de todos aquellos intereses que los
afecten.
Consulta Previa y participación
El espíritu de la consulta y la participación constituye la piedra angular del Convenio núm.
169 sobre la cual se basan todas sus disposiciones. El Convenio exige que los pueblos
indígenas y tribales sean consultados en relación con los
temas que los afectan. También exige que estos pueblos puedan participar de manera
informada, previa y libre en los procesos de desarrollo y de formulación de políticas que los
afectan.
La consulta a los pueblos indígenas debe realizarse a través de procedimientos apropiados,
de buena fe, y a través de sus instituciones representativas.
La consulta apropiada es fundamental para poder alcanzar un diálogo constructivo y para la
resolución efectiva de los diferentes desafíos asociados con la implementación de los
derechos de los pueblos indígenas y tribales.
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266
• Ley Nº9.080 y su reglamentación de fecha 29 de diciembre de 1921: Declara de
propiedad de la Nación, las ruinas y yacimientos arqueológicos y paleontológicos de interés
científico.
• Ley Nº12.665 de Lugares y Monumentos Históricos. Crea la Comisión Nacional de
Museos y de Monumentos y Lugares Históricos.
• Ley Nº19.587/1972 de Salud y Seguridad Ocupacional fija las condiciones de higiene y
seguridad en el trabajo para todo el territorio de la República Argentina. Su Decreto
Reglamentario N°351/79 y disposiciones complementarias, tales como el Decreto N°911/96,
regulan la higiene y seguridad en la industria de la construcción. Por su parte, la Ley N°24.557
regula la prevención de los riesgos del trabajo, la gestión de las prestaciones, los derechos y
prohibiciones, entre otros.
• Ley Nacional Nº 23.302/1985. Política Indígena y Apoyo a las Comunidades Indígenas.
Esta ley además de crear la Comisión Nacional de Asuntos Indígenas, propone un impulso en
las condiciones básicas de educación, salud y bienestar general de las comunidades
aborígenes. Más allá de esto, en su primer artículo da cuenta de la necesidad de que estas
comunidades sean incluidas en los procesos culturales y socioeconómicos del país
• Ley Nº24.051/1991 de Gestión de residuos peligrosos, previa a la constitución del año
1994, regula la generación, manipulación, transporte, tratamiento y disposición final de
residuos peligrosos, cuando se tratare de
residuos generados o ubicados en lugares sometidos a jurisdicción nacional o, aunque
ubicados en territorio de una provincia estuvieren destinados al transporte fuera de ella, o
cuando, a criterio de la autoridad de aplicación, dichos residuos pudieren afectar a las
personas o el ambiente más allá de la frontera de la provincia en que se hubiesen generado,
o cuando las medidas higiénicas o de seguridad que a su respecto fuere conveniente
disponer, tuvieren una repercusión económica sensible tal, que tornare aconsejable
uniformarlas en todo el territorio de la Nación, a fin de garantizar la efectiva competencia de
las empresas que debieran soportar la carga de dichas medidas. Genera un registro de
generadores y operadores de residuos peligrosos.
Algunos de los Decretos (D.) y Resoluciones (Res.) a nivel nacional que reglamentan esta
ley son: D. Nº831/93, Res. Nº224/94, Res. Nº250/94, Res. 253/94, Res. Nº1367/99, Res.
Nº1221/00, Res. 255/01, Res. Nº599/01, Res. Nº11/02, Res.
Nº896/02, Res. Nº897/02, Res. Nº03/08, Res. Nº830/08, entre otros.
• Ley Nº24.295/1993 aprueba la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre
cambio climático.
• Ley Nº24.354/1994 de Inversiones Públicas regula la secuencia de pasos que debe
seguir una inversión pública dentro del Sistema Nacional de Inversiones Públicas (SNIP) que la
misma crea y establece como uno de los pasos obligatorios la realización de estudios de
factibilidad o impacto ambiental y social dentro de la etapa de Pre inversión. Los proyectos de
inversión que la ley somete a la realización de estudios de factibilidad o impacto ambiental y
social son: todos los proyectos de inversión pública de los organismos integrantes del sector
público nacional; todos los proyectos de
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inversión públicos o privados que requieran de transferencias, subsidios, aportes, avales,
créditos o cualquier tipo de beneficios que afecten directa o indirectamente al patrimonio
público nacional.
• Ley Nº25.438/2001 aprueba el Protocolo de Kyoto de la Convención Marco sobre
Cambio Climático.
• Ley Nº25.612/2002 de gestión integral de Residuos Industriales y de Actividades de
Servicio
• Ley Nº25.670/2002 de Gestión de Eliminación de los PCBs (Bifenilos Policlorados).
• Ley Nº25.675/2002 General del Ambiente, regula los presupuestos mínimos de
protección establecidos por el Artículo 41 de la CN, profundiza y detalla este deber de tutela.
Además de esta ley general en materia ambiental, también tenemos leyes sectoriales de
presupuestos mínimos en las principales áreas temáticas como la gestión de aguas, el acceso
a la información pública ambiental, la gestión integral de los residuos domiciliarios, de los
residuos industriales, los PCBs, que nos guiarán hacia una interpretación armónica del
complejo marco jurídico.
Esta ley establece la obligación de realizar EIA respecto de toda actividad susceptible de
degradar el ambiente en forma significativa (Artículo 11°) y establece unos requisitos básicos
mínimos para realizarla destacando la participación pública.
En su artículo 12° establece que “Las personas físicas o jurídicas darán inicio al
procedimiento con la presentación de una declaración jurada, en la que se manifieste si las
obras o actividades afectarán el ambiente. Las autoridades competentes determinarán la
presentación de un estudio de impacto ambiental y social, cuyos requerimientos estarán
detallados en ley particular y, en consecuencia, deberán realizar una evaluación de impacto
ambiental y social y emitir una declaración de impacto ambiental y social en la que se
manifieste la aprobación o rechazo de los estudios presentados.” En su artículo 13°
establece que “Los estudios de impacto ambiental y social deberán contener, como mínimo,
una descripción detallada del proyecto de la obra o actividad a realizar, la identificación de
las consecuencias sobre el ambiente, y las acciones destinadas a mitigar los efectos
negativos.”
• Ley Nº25.688/2002 de Gestión Ambiental de los Recursos Hídricos
• Ley Nº25.743/2003: de Protección del Patrimonio Arqueológico y Paleontológico.
Distribución de competencias y de las autoridades de aplicación. Dominio sobre los bienes
arqueológicos y paleontológicos. Registro Oficial de Yacimientos Arqueológicos y
Paleontológicos y de Colección u Objetos Arqueológicos o Restos Paleontológicos.
Concesiones. Limitaciones a la propiedad particular. Infracciones y sanciones. Delitos y
Penas. Traslado de objetos. Protección especial de los materiales tipo paleontológico.
Sancionada el 4 de Junio de 2003 y promulgada el 25 Junio de 2003.
Artículo 1º. Es objeto de la presente ley la preservación, protección y tutela del Patrimonio
Arqueológico y Paleontológico como parte integrante del Patrimonio Cultural de la Nación y
el aprovechamiento científico y cultural del mismo.
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Artículo 2º. Forman parte del Patrimonio Arqueológico las cosas muebles e inmuebles o
vestigios de cualquier naturaleza que se encuentren en la superficie, subsuelo o sumergidos
en aguas jurisdiccionales, que puedan proporcionar información sobre los grupos
socioculturales que habitaron el país desde épocas precolombinas hasta épocas históricas
recientes.
Artículo 3º. La presente ley será de aplicación en todo el territorio de la Nación.
• Ley Nº25.831/2003 Libre acceso a la información ambiental establece los presupuestos
mínimos de protección ambiental para garantizar el derecho de acceso a la información
ambiental que se encontrare en poder del Estado, tanto en el ámbito nacional, como provincial
y municipal, como así también de entes autárquicos y empresas prestadoras de servicios
públicos.
Esta ley amplía lo estipulado por la Ley General de Ambiente y garantiza el derecho a toda
persona física o jurídica a acceder a la Información Pública Ambiental en forma libre y
gratuita (Artículo 3º).
• Ley Nº25.916/2004 de Gestión de Residuos Domiciliarios pone en los municipios la
responsabilidad de garantizar las distintas etapas de la gestión integral de residuos sólidos
urbanos en su jurisdicción. Deberán establecer sistemas de gestión de residuos adaptados a
las características y particularidades de su jurisdicción, los que deberán prevenir y minimizar
los posibles impactos negativos sobre el ambiente y la calidad de vida de la población.
Asimismo, deberán promover la valorización de residuos mediante la implementación de
programas de cumplimiento e implementación gradual. Deberán garantizar que los residuos
domiciliarios sean recolectados y transportados a los sitios habilitados mediante métodos que
prevengan y minimicen los impactos negativos sobre el ambiente y la calidad de vida de la
población. Asimismo, deberán determinar la metodología y frecuencia con que se hará la
recolección, la que deberá adecuarse a la cantidad de residuos generados y a las
características ambientales y geográficas de su jurisdicción. Los centros de disposición final
deberán ubicarse en sitios suficientemente alejados de áreas urbanas, de manera tal de no
afectar la calidad de vida de la población
• Decreto Nacional Nº 1.022/2004. Reglamentación Ley Nacional Nº 25.743. Apruébese
la reglamentación de la Ley Nº 25.743. Establéese que el Instituto Nacional de Antropología y
Pensamiento Latinoamericano y el Museo Argentino de Ciencias Naturales “Bernardino
Rivadavia” serán autoridades de aplicación nacional en relación con la preservación y
protección del Patrimonio Arqueológico y Paleontológico. Creación de los Registros Nacionales
de Yacimientos, Colecciones y Restos Paleontológicos, de Yacimientos, Colecciones y Objetos
Arqueológicos, y de Infractores y Reincidentes, en las materias mencionadas. Artículo 1º Es
responsabilidad de las Provincias, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de la Nación, en
sus respectivas jurisdicciones, la aplicación de la Ley Nº 25.743, para preservación y
protección del Patrimonio Arqueológico y Paleontológico, siendo de responsabilidad exclusiva
de la Nación la tutela del mismo.
Artículo 2º – Serán organismos de aplicación nacionales de la presente reglamentación y de
protección del patrimonio, el Instituto Nacional de Antropología y Pensamiento
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269
Latinoamericano dependiente de la Secretaria de Cultura de la Presidencia de la Nación y el
Museo Argentino de Ciencias Naturales “Bernardino Rivadavia”, dependiente de la
Secretaria de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva del Ministerio de Educación,
Ciencia y Tecnología, en materia de bienes paleontológicos y arqueológicos,
respectivamente. Tales organismos, según sus competencias, definirán, a los efectos de la
ley, los siguientes términos: Objeto Arqueológico, Fósil, Lote, Colección, Yacimiento y
Pasado Geológico, a fin de elaborar una organización administrativa uniforme. La expresión
Épocas Históricas Recientes abarca a los últimos cien (100) años contados a partir de la
fecha de sucedidos los hechos o los actos de que se trate.
Artículo 4º. A los efectos del inciso a) del artículo 4º de la Ley Nº 25.743, entiéndase por
tutela ejercida por el ESTADO NACIONAL, la protección jurídica o legal de todo el
patrimonio arqueológico y paleontológico del territorio nacional, más allá del derecho de
dominio y de protección y preservación que corresponda a las autoridades competentes de
cada jurisdicción
Artículo 6º. En las distintas jurisdicciones regirán las normas que se dicten por las
autoridades locales para adecuar la legislación en materia registral, de concesiones,
infracciones y sanciones a la Ley Nº 25.743. Los traslados, dentro del
país, de objetos, colecciones y/o restos paleontológicos y/o arqueológicos, serán
comunicados al organismo competente local y a los directores de los museos o centros de
investigaciones involucrados. Los traslados, fuera del país, de los objetos, colecciones y/o
restos paleontológicos y/o arqueológicos, se comunicarán al organismo competente
nacional, con una anticipación no inferior a TREINTA (30) días, plazo en el que éste podrá
adoptar al respecto las medidas que fueran
necesarias, a fin de asegurar la recuperación y retorno al país de los elementos de que se
trate
• Ley Nº26.331/2007 de protección y conservación de los Bosques Nativos y Decreto
Nº91/09 de reglamentación.
• Ley Nº26.639/2007 de preservación de los glaciares y del ambiente periglaciar.
• Ley Nº26.562 de Veda de Quema de Pastizales
• Ley Nº26.944/2014; Código Civil y Comercial de la Nación actualizó la legislación
civil en vigencia desde el siglo XIX. Incorporó una referencia amplia a los derechos humanos y
a la tutela de los intereses colectivos, incluyendo los derechos al ambiente sano y a la salud.
Refuerza la tutela a los derechos constitucionales de tercera generación, entre los cuales cabe
consignar el derecho a la vivienda digna. Sin perjuicio de la protección establecida, el artículo
255 del citado Código contempla la desafectación en caso de expropiación, reivindicación
o ejecución autorizada por ese capítulo, con los límites indicados en el artículo 249,
siguiendo la técnica del derecho civil y las garantías constitucionales en la materia.
• Decreto Nº84.005 Reglamenta el funcionamiento de la Comisión Nacional de Museos y
de Monumentos y Lugares Históricos, señalando en su Art. 2º que son atribuciones de la
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270
Comisión la custodia, conservación, refacción y restauración de los muebles históricos e
históricosartísticos, de los lugares, monumentos e inmuebles históricos del dominio de la
Nación y, en su caso, en concurrencia con las autoridades respectivas que se acojan a la Ley
Nº 12.665, sobre los del dominio provincial, municipal y de la Iglesia Católica.
• Decreto Nº95.687: Declara Monumentos Históricos a la Capilla de Huacalera, Iglesia
de la Candelaria y San Antonio de Humahuaca, Iglesia Santa Rosa de Lima Purmamarca,
Iglesia de San Francisco de Tilcara, Capilla de Tumbaya y Capilla de Uquía, ubicadas en la
Provincia de Jujuy.
NORMAS NACIONALES
Resolución N° 501/95 de la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente Humano de
la Nación.
Dispuso la elaboración de la Guía, por la Subsecretaría de Relaciones Institucionales, y la
instrumentación y reglamentación de un Registro de Consultores Individuales y de Firmas
Consultoras Ambientales.
Ley N ° 25.612 (03/07/2002): Gestión integral de residuos industriales y de actividades
de servicios.
Las disposiciones de la ley establecen los presupuestos mínimos de protección ambiental
sobre la gestión integral de residuos de origen industrial y de actividades de servicio, que
sean generados en todo el territorio nacional, y sean derivados de procesos industriales o de
actividades de servicios.
Decreto 1343/02. Promulgación parcial de la Ley.
Observa los artículos 51, 52, 53, 54 y 60 del Proyecto de Ley registrado bajo el Nº 25.612 y
con las salvedades establecidas en los artículos anteriores, promulga dicha Ley de la
Nación.
Ley N° 20.284 – Contaminación Atmosférica. 16/04/73.
Determina que: Los vehículos propulsados por motores con ignición a chispa que ingresen al
parque automotor en cualquier punto del país, deberán dar cumplimiento a las normas sobre
emisiones contaminantes fijadas en este anexo y en las disposiciones que se dicten en su
consecuencia. El Anexo II determina los niveles de emisiones gaseosas y el Artículo III, el
glosario de términos.
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Ley N° 25.831 Régimen de libre acceso a la información pública ambiental.
26/11/2003.
El Objeto de la ley, es establecer los presupuestos mínimos de protección ambiental para
garantizar el derecho de acceso a la información ambiental que se encontrare en poder del
Estado, tanto en el ámbito nacional como provincial, municipal y de la Ciudad de Buenos
Aires, como así también de entes autárquicos y empresas prestadoras de servicios públicos,
sean públicas, privadas o mixtas.
Ley N° 22.421 Protección y Conservación de la Fauna Silvestre. 05/03/81.
La Ley declara de interés público la fauna silvestre que temporal o permanentemente habita
el Territorio de la República, así como su protección, conservación, propagación, repoblación
y aprovechamiento racional y establece que todos los habitantes de la Nación tienen el
deber de proteger la fauna silvestre, conforme a los reglamentos que para su conservación y
manejo dicten las autoridades de aplicación.
Decreto Nacional N° 666/97.
Reglamentario sobre la Protección de la Fauna Silvestre.
Ley Nacional Nº 22.344 Convención sobre el comercio internacional de especies
amenazadas de Fauna y Flora Silvestre. B.O.01/10/82.
Aprueba la Convención sobre el Comercio internacional de Especies Amenazadas de Fauna
y Flora Silvestre", firmada en la ciudad de Washington el 3 de marzo de 1973, con sus
Apéndices, así como las Enmiendas a los Apéndices I, II y III, adoptadas en las Reuniones
de la Conferencia de las Partes, que tuvieran lugar en las ciudades de Berna entre los días 2
y 6 de noviembre de 1976 y San José de
Costa Rica entre los días 19 y 30 de marzo de1979
Decreto N° 522/97 – Especies amenazadas de fauna y flora silvestre. 05/06/97.
Decreto Reglamentario. Comercio Exterior. Protección de la Flora y Fauna Silvestre.
Protección de las Especies. El Decreto determina que será Autoridad de Aplicación de la Ley
N. 22.344 la Secretaría de Estado de Recursos naturales y Desarrollo Sustentable de la
Presidencia de la Nación, actual Secretaría de ambiente y Desarrollo Sustentable.
Ley N° 24.449 Ley de Tránsito y de Seguridad vial. 23/11/94.
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272
La ley N° 24.449 y sus normas reglamentarias regulan el uso de la vía pública, y son de
aplicación a la circulación de personas, animales y vehículos terrestres en la vía pública, y a
las actividades vinculadas con el transporte, los vehículos, las personas, las concesiones
viales, la estructura vial y el medio ambiente, en cuanto fueren con causa del tránsito.
Quedan excluidos los ferrocarriles. Será ámbito de aplicación la jurisdicción federal. Podrán
adherir a la presente ley los gobiernos provinciales y municipales.
Decreto Nacional N° 179/95.
Promulga la Ley de Tránsito N° 24.449/95, con observaciones en los Artículos 11, 13, 14, 15,
33, 38, 40, 60 y 94. (Boletín Oficial 10/02/95).
Decreto Nacional N° 779/95. 20/11/95.
Aprueba la reglamentación de la Ley N° 24.449, según lo establecido en el artículo 92 de la
mencionada Ley, en consulta con las provincias y organismos federales, dando participación
a la actividad privada.
Resolución N° 1058/01 Secretaria de Desarrollo Sustentable y Política Ambiental.
31/07/01.
Determina de conformidad con el artículo 33 de la Ley Nº 24.449, todos los automotores
deben ajustarse a los límites sobre emisión de contaminantes, ruidos y radiaciones parásitas
que se establecen en la reglamentación, para establecer una política de control que permita
mejorar la calidad del aire.
Ley N° 22.428 Conservación y Recuperación de la Capacidad Productiva de los
Suelos. 16/03/81.
Declárase de interés general la acción privada y pública tendiente a la conservación y
recuperación de la capacidad productiva de los suelos.
Decreto N ° 681/81. 27/03/81.
Reglamenta la Ley N° 22.428/81. Conservación y Recuperación de la Capacidad Productiva
de los Suelos.
Ley Nº 25.743 Protección del Patrimonio Arqueológico y Paleontológico. B.O.:
26/06/03.
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273
Es objeto de la ley la preservación, protección y tutela del Patrimonio Arqueológico y
Paleontológico como parte integrante del Patrimonio Cultural de la Nación y el
aprovechamiento científico y cultural del mismo.
Forman parte del Patrimonio Arqueológico las cosas muebles e inmuebles o vestigios de
cualquier naturaleza que se encuentren en la superficie, subsuelo o sumergidos en aguas
jurisdiccionales, que puedan proporcionar información sobre los grupos socioculturales que
habitaron el país desde épocas precolombinas hasta épocas históricas recientes.
Forman parte del Patrimonio Paleontológico los organismos o parte de organismos o indicios
de la actividad vital de organismos que vivieron en el pasado geológico y toda concentración
natural de fósiles en un cuerpo de roca o sedimentos expuestos en la superficie o situados
en el subsuelo o bajo las aguas jurisdiccionales.
Ley N° 24.585 Actividad Minera. Impacto Ambiental
Esta Ley sustituye el artículo 282 del Código de Minería por el siguiente: "Los mineros
pueden explotar sus pertenencias libremente, sin sujeción a otras reglas que las de su
seguridad, policía y conservación del ambiente.
La protección del ambiente y la conservación del patrimonio natural y cultural en el ámbito de
la actividad minera quedarán sujetas a las disposiciones del Título Complementario y a las
que oportunamente se establezcan en virtud del artículo 41 de la Constitución Nacional."
Ley Nacional Nº 13.273/48 Defensa de la Riqueza Forestal. 30/09/48.
Esta Ley declara de utilidad pública y sujetos a expropiación, cualquiera sea el lugar de
ubicación, los bosques clasificados como protectores y/o permanentes y los inmuebles
necesarios para realizar obras de forestación y reforestación, tendientes al mejor
aprovechamiento de las tierras.
Ley Nacional N° 19.587 y su Decreto Reglamentario N° 351/79.
Higiene y Seguridad Industrial. Medicina del Trabajo.
Ley Nacional N° 24.555/95.
Riesgos del Trabajo. Medicina del Trabajo.
Ley Nacional N° 24.028 y su Decreto Reglamentario N° 1.792/92.
Accidentes y Enfermedades del Trabajador
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Resolución N° 1.069 Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación
Protección y Preservación de la Salud de los Trabajadores durante la Construcción de la
Obra.
Resolución Nº 523/95 Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación y
Resolución Nº 38/96
Superintendencia de Riesgo del Trabajo.
Provisión y Calidad del Agua de Bebida para los Trabajadores durante la construcción de la
Obra.
Ley Nacional Nº 25.675/2002. Ley General del Ambiente.
Para el logro de una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y
protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable.
Principios de la política ambiental. Presupuesto mínimo. Competencia judicial. Instrumentos
de política y gestión.
Ordenamiento ambiental. Evaluación de impacto ambiental. Educación e información.
Participación ciudadana. Seguro ambiental y fondo de restauración. Sistema Federal
Ambiental. Ratificación de acuerdos federales. Autogestión. Daño ambiental. Fondo de
Compensación Ambiental.
Ley Nacional. Nº 25.688 Régimen de Gestión Ambiental de Aguas
Artículo 2°: A los efectos de la presente ley se entenderá: Por agua, aquélla que forma parte
del conjunto de los cursos y cuerpos de aguas naturales o artificiales, superficiales y
subterráneas, así como a las contenidas en los acuíferos, ríos subterráneos y las
atmosféricas. Por cuenca hídrica superficial, a la región geográfica delimitada por las
divisorias de aguas que discurren hacia el mar a través de una red de cauces secundarios
que convergen en un cauce principal único y las endorreicas.
Artículo 3°: Las cuencas hídricas como unidad ambiental de gestión del recurso se
consideran indivisibles.
Ley Nacional. 25.916 – Gestión Integral de Residuos
Artículo 2: Denomínese residuo domiciliario a aquellos elementos, objetos o sustancias que
como consecuencia de los procesos de consumo y desarrollo de actividades humanas, son
desechados y/o abandonados. Artículo 3º) Se denomina gestión integral de residuos
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275
domiciliarios al conjunto de actividades interdependientes y complementarias entre sí, que
conforman un proceso de acciones para el manejo de residuos domiciliarios, con el objeto de
proteger el ambiente y la calidad de vida de la población...
Decreto Nº 140/07, del 21 de diciembre de 2007.
Programa Nacional de Uso Racional y Eficiente de la Energía.
Ley Nº 24.295, del 07 de diciembre de 1993.
Aprueba la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático
Ley Nº 25.438, del 20 de junio de 2001
Aprueba el Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio
Climático.
Ley Nacional Nº 25.612, del 3 de julio de 2002. Residuos Industriales
Gestión integral de residuos industriales y de actividades de servicios. Establece los
presupuestos mínimos de protección ambiental sobre la gestión integral de residuos de
origen industrial y de actividades de servicio, que sean generados en todo el territorio
nacional, y sean derivados de procesos industriales o de actividades de servicios.
Aclara que:
Hasta tanto se sancione una ley específica de presupuestos mínimos sobre gestión de
residuos patológicos, se mantendrá vigente lo dispuesto en la Ley 24.051 y sus anexos,
respecto de la materia. Asimismo, hasta que la reglamentación establezca la creación de los
diferentes registros determinados por la presente, se mantendrán vigentes los anexos y
registros contenidos en dicha ley
Decreto 1343/2002, del 25 de julio de 2002
Promulga la Ley Nº 25612, con observaciones.
Ley Nacional Nº 26.331, del 28 de noviembre de 2007.
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Presupuestos mínimos de protección ambiental de los bosques nativos.
Decreto Nº 91/09, del 13 de febrero de 2009.
Reglamenta la Ley Nº 26.331, Presupuestos mínimos de protección ambiental de los
bosques nativos.
Ley Nº 24.449, del 23 de diciembre de 1994 (texto actualizado).
Ley Nacional de Tránsito.
Resolución 196/97
Establece el Reglamento general para el transporte de mercaderías peligrosas por carretera.
Modifica el Decreto 779/95. Deroga la Resolución 233/86.
Ley N º 24.653
Establece el Régimen del Transporte Automotor de Cargas. Modifica la Ley Nº 12.346.
Deroga los decretos Nº 1494/92 y 1.495/94.
Decreto Nacional N ° 179/95.
Promulga la Ley de Tránsito N ° 24.449/95, con observaciones en los Artículos 11, 13, 14,
15, 33, 38, 40, 60 y 94.
Decreto Nacional N °779/95
Aprueba la reglamentación de la Ley N ° 24.449, según lo establecido en el artículo 92 de la
mencionada Ley, en consulta con las provincias y organismos federales, dando participación
a la actividad privada.
Las Secretaría de Industria y de Transporte del Ministerio de Economía y Obras y Servicios
Públicos, son las autoridades competentes en todo lo referente a la fiscalización de las
disposiciones reglamentarias de los Artículos 28 al 32 de la Ley de Tránsito. La Secretaría
de Recursos Naturales y Ambiente Humano expedirá el certificado de aprobación en lo
relativo a emisiones de gases contaminantes y nivel sonoro.
En Anexo 1, Reglamentación General, determina, entre otros,
Anexo N: Medición de emisiones en vehículos livianos equipados con motores ciclo Otto;
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Anexo Ñ: Medición de emisiones de partículas visibles (humo) de motores Diésel y de
vehículos equipados con ellos.
Resolución Nº 65/00
Establece el curso de Capacitación Básico para conductores de Vehículos empleados en el
transporte de Mercaderías peligrosas por Carretera.
Resolución N ° 1058/01. (31/07/01)
Determina de conformidad con el artículo 33 de la Ley Nº 24.449, todos los automotores
deben ajustarse a los límites sobre emisión de contaminantes, ruidos y radiaciones parásitas
que se establecen en la reglamentación, para establecer una política de control que permita
mejorar la calidad del aire; y que dicha Secretaría es la autoridad competente para todos los
aspectos relativos a emisión de gases contaminantes, ruidos y radiaciones parásitas
provenientes de automotores.
Res. 953/04
En orden a los convenios ratificados por la República Argentina mediante Ley N° 23.724 y
23.778 – Convenio de Viena para la protección de la capa de ozono, el Protocolo de
Montreal relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono ,y las Leyes Nº. 24.167.
24.418 y 25.389 – que aprueban las enmiendas de Londres, Copenhague, y Montreal al
Protocolo de Montreal, respectivamente.
Por Resolución N º. 953/04, se establece la definición de sustancias controladas,
controladas recuperadas, controladas redoladas, controladas regeneradas. Se crea el
Registro histórico de importaciones. Se determina el cupo de importación, cuota de
importación/exportación. Se define la calidad de importador nuevo o eventual, Se habilita
Registro de Importadores y Exportadores de Sustancias que Agotan la Capa de Ozono
(RIESAO).
Ley Nº 26.363, del 09 de abril de 2008.
Crea la Agencia Nacional de Seguridad Vial.
Decreto 1716/2008, del 20 de octubre de 2008.
Reglamentación de la Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Nacional Nº 26.363.
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Ley 24.071
Aprueba la Convención de Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación.
Ley Nº 24.375. Biodiversidad
Aprueba el Convenio sobre Biodiversidad de Río de Janeiro. CNUMAD Año 1992. Naciones
Unidas.
Ley Nº 23.919
Aprueba la Convención relativa a los humedales de importancia Internacional como Hábitat
de Aves Acuáticas (Convención Ramsar).
Ley Nº 22.351 de Parques Nacionales
De los Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacionales. Creación,
Regula los Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacionales. Dominio
Público. Atribuciones y Funciones.
Artículo 18: Además de las atribuciones y deberes conferidos por esta ley y su
reglamentación, así como las que implícitamente correspondan con arreglo a los fines de su
creación, la Administración de Parques Nacionales tendrá los siguientes: a) El manejo y
fiscalización de los Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacionales y la
administración del patrimonio del Organismo y de los bienes afectados a su servicio.
Artículo 19: Toda entidad o autoridad pública que realice o deba realizar actos
administrativos que se relacionen con las atribuciones y deberes determinados en este
Título, deberá dar intervención previa a la Administración de Parques Nacionales.
Resolución N º 16/94
Aprueba el Reglamento para la Evaluación de Impacto Ambiental en Áreas de la
Administración de Parques Nacionales.
Ley Nº 23.302. Pueblos Indígenas
Declara la Política Indígena y el Apoyo a las Comunidades Aborígenes
Decreto Nº 155/89
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Reglamentación de la Ley Nº 23.302.
Ley 13660/49 y sus decretos reglamentarios. Secretaria de Energía.
Sobre instalaciones de elaboración, transformación y almacenamiento de combustibles
sólidos minerales, líquidos o gaseosos. Establece que las instalaciones de elaboración,
transformación y almacenamiento de combustibles sólidos minerales, líquidos o gaseosos
deberán ajustarse a las normas que se establezcan a través de normas nacionales para
satisfacer la seguridad y salubridad de la población.
Decreto 1087/60
Reglamenta Ley 13660.
Resolución 419/93
Sobre tanques de combustibles. Se crea el registro de Profesionales Independientes para
llevar a cabo auditorias de tanques de combustibles. Toda empresa que posea instalaciones
de almacenamiento de combustibles para sus procesos deberá realizar auditorias técnicas
sobre esas instalaciones una vez por año con los profesionales independientes registrados
en la Secretaría de Energía.
Resolución SE 167/04
Sobre Combustibles Hidrocarburos, Registro de Bocas de Expendio. Establece los requisitos
para su inscripción de registros.
Decreto 401/05
Sobre combustibles, Almacenamiento, Condiciones de Seguridad. Sustituye el Artículo 1702
del Decreto 10.877/60, reglamentario de la Ley Nacional 13.660.
Resolución 785/05
Sobre tanques de combustibles
Crea el Programa Nacional de Control de Pérdidas de Tanques de Almacenamiento de
Hidrocarburos y sus Derivados y el Registro de Empresas de dicho programa.
Resolución Nº 266. 11 de abril de 2008
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Registro de Universidades Nacionales para la realización de auditorias técnicas, ambientales
y de seguridad.
Ley N° 26.352 Trenes Argentinos Infraestructura
ancionada el 28 de febrero de 2008 y promulgada el 25 de marzo del mismo año, que
establece el ordenamiento de la actividad ferroviaria y le encomienda la administración de la
infraestructura ferroviaria que el Estado Nacional le asigne, de los bienes necesarios para el
cumplimiento de aquella, de los bienes ferroviarios concesionados a privados cuando por
cualquier causa finalice la concesión, o se resuelva desafectar de la explotación bienes
muebles o inmuebles.
Ley 2873/1891
Reglamentación General de Ferrocarriles.
Ley Nª 19.550/84.
Regula la constitución y funcionamiento de sociedades comerciales.
Norma de aplicación subsidiaria a las Sociedades del Estado.
Ley 20.705/74.
Establece las normas aplicables a las Sociedades del Estado.
Ley 24.156/92.
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.
Integración de los Sistemas Presupuestario, de Crédito Público, de Tesorería, de
Contabilidad Gubernamental y de Control Interno.
Ley 26.352/2008.
Ley de Reordenamiento de la Actividad Ferroviaria. Se crean las sociedades Administración
de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado (ADIFSE) y Operadora Ferroviaria
Sociedad del Estado (SOFSE) y define sus funciones, competencias y ámbito de aplicación.
Ley 27.132/2015.
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Política de reactivación de los ferrocarriles de pasajeros y de cargas, renovación y
mejoramiento de la infraestructura ferroviaria, incorporación de tecnologías y servicios.
Creación de Ferrocarriles Argentinos Sociedad del Estado (FA S.E.) cuyas principales
competencias son: proponer prácticas y líneas de acción coordinadas entre la sociedad
Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado (SOF S.E.), la Administración de Infraestructuras
Ferroviarias Sociedad del Estado (ADIF S.E.) y la Sociedad Belgrano Cargas y Logística
Sociedad Anónima (BCyL); y aprobar las políticas, planes, programas y proyectos tendientes
a la mejora constante del transporte ferroviario que lleven adelante la SOF S.E.,
ADIF S.E. y BCyL y supervisar su implementación.
Decreto 752/2008.
Aprobación de los Estatutos de Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del
Estado (ADIF S.E.) y de Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado (SOF S.E.).
Decreto 1382/2012.
Creación de la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) como órgano rector
de la actividad inmobiliaria del Estado Nacional.
Decreto 2670/2015.
Reglamentación del Decreto N° 1382/2012.
Resolución MINPLAN 1413/2008.
Transfiere en afectación a Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del
Estado (ADIF S.E.) por entonces en jurisdicción del entonces ORGANISMO NACIONAL DE
ADMINISTRACION DE BIENES (ONABE).
Ley 27.132
Ferrocarriles Argentinos.
Decreto 872/2015
Establece la promulgación Ley 27.132.
MARCO JURÍDICO PROVINCIAL
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• Constitución de la Provincia de Jujuy
La Constitución de la Provincia de Jujuy ha contemplado específicamente la Temática
Ambiental dentro de su articulado. En efecto, el Art. Nº 22, determina el: “Derecho a un
medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado”.
1. Todos los habitantes de la provincia tienen el derecho a gozar de un medio ambiente sano
y ecológicamente equilibrado, así como el deber de defenderlo.
2. Incumbe a la provincia, en colaboración con los respectivos organismos o con la
cooperación de las instituciones y asociaciones dedicadas a la materia:
a) Prevenir, vigilar, contener y prohibir las fuentes de polución evitando sus efectos, así
como los perjuicios que la erosión ocasiona;
b) Eliminar o evitar, ejerciendo una efectiva vigilancia y fiscalización, todos los elementos
que puedan ser causa de contaminación del aire, el agua, el suelo y en general, todo aquello
que de algún modo afecte o pudiere afectar el entorno de sus pobladores y de la comunidad;
c) Promover el aprovechamiento racional de los recursos naturales, salvaguardando su
capacidad de renovación y la estabilidad ecológica.
3. Se declaran de interés público, a los fines de su preservación, conservación, defensa y
mejoramiento, los lugares con todos sus elementos constitutivos que por su función o
características mantienen o contribuyen a mantener la organización ecológica del modo más
conveniente.
4. La provincia debe propender, de manera perseverante y progresiva, a mejorar la calidad
de vida de todos sus habitantes.
La provincia debe propender, de manera perseverante y progresiva, a mejorar la calidad de
vida de todos sus habitantes
• LEY N° 5063."LEY GENERAL DE MEDIO AMBIENTE" Sancionada el 14 de julio de
1998.
Establece, con carácter de orden público, las normas tendientes a garantizar la protección,
preservación, conservación, defensa y mejoramiento del ambiente, promoviendo una política
de desarrollo sustentable y compatible con esos fines, que hagan posible una óptima calidad
de vida para las generaciones presentes y futuras que habiten en el territorio de la Provincia
de Jujuy.
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ARTÍCULO Nº l. La presente Ley establece, con carácter de orden público, las normas
tendientes a garantizar la protección, preservación, conservación, defensa y mejoramiento
del ambiente, promoviendo una política de desarrollo sustentable y compatible con esos
fines, que hagan posible una óptima calidad de vida para las generaciones presentes y
futuras que habiten en el territorio de la Provincia de Jujuy.
ARTÍCULO Nº 2. El ambiente es patrimonio común de todos los habitantes de la Provincia y
en su preservación, conservación, defensa, recuperación y mejoramiento deben participar
tanto los poderes públicos como los particulares, con arreglo a las disposiciones de la
presente Ley. Para ello recurrirán a todos los medios técnicos, legales, institucionales y
económicos que estén a su alcance.
ARTÍCULO Nº 3. Todos los habitantes de la provincia tienen derecho a obtener de las
autoridades administrativas y jueces competentes una efectiva protección del ambiente, sea
esta preventiva o correctiva, frente a hechos o acciones producidas o previsibles que lo
deterioren, en conformidad con lo dispuesto en los artículos Nº 27 y concordantes de la
presente Ley.
ARTÍCULO Nº 4. La presente Ley tiene los siguientes objetivos:
a. La regulación de la conducta de los particulares y de los poderes públicos con el fin de
proteger el ambiente;
b. La formulación de las pautas para la fijación de los límites máximos permisibles de
emisión de sustancias susceptibles de contaminar;
c. La corrección, y en el caso de no ser ello posible, la prohibición de las actividades
susceptibles de degradar el ambiente humano y natural o que afecten el equilibrio ecológico
excediendo los límites máximos permisibles que se establezcan en cada caso;
d. La promoción del uso racional de los recursos naturales;
e. La protección de los recursos naturales, renovables o no;
f. La regulación de factores ajenos a los recursos naturales y que puedan afectar el
ambiente, tales como residuos, sustancias tóxicas y peligrosas, olores y cualquier forma de
energía;
g. El análisis y la prevención de los efectos ambientales de la explotación de los recursos
naturales no renovables;
h. La ordenación y planificación del uso del territorio y de los procesos de desarrollo
económico y social, para minimizar el impacto ambiental de las actividades humanas;
i. La organización y puesta en funcionamiento de un sistema provincial de información
ambiental;
j. La evaluación previa del impacto ambiental de proyectos de obras o actividades, públicas o
privadas;
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k. La orientación, fomento y desarrollo de procesos educativos y culturales, formales y no
formales, que contribuyan a formar y difundir la conciencia ambiental;
l. La orientación, fomento y desarrollo de los estudios e investigaciones concernientes al
ambiente;
m. La generación de los recursos económicos necesarios para el cumplimiento de los
objetivos de esta Ley;
n. La formulación de pautas para la creación y gestión de áreas naturales protegidas y para
la conservación y defensa de los paisajes;
o. La coordinación de políticas, programas y actividades relacionadas con los diversos
aspectos que son objeto de regulación por esta Ley y que desarrollen los distintos
organismos provinciales y municipales competentes;
p. La orientación, fomento y promoción de la participación ciudadana en la preservación,
defensa y mejoramiento del ambiente;
q. La previsión y prevención de las emergencias o catástrofes ambientales.
ARTÍCULO Nº 5. Quienes desarrollen o emprendan actividades susceptibles de degradar o
contaminar el ambiente están obligados, en los términos establecidos en la presente Ley y
reglamentaciones que en su consecuencia se dicten, a:
a. Adoptar las medidas preventivas del caso para evitar o disminuir dicha degradación o
contaminación;
b. Soportar limitaciones con fines de prevención, reducción o eliminación de actividades
degradantes o contaminantes;
c. En su caso, rectificar las alteraciones producidas al entorno; d. Ejecutar, a su costa las
tareas de prevención y restauración que fueren necesarias.
Capítulo II
Del Marco Institucional
ARTÍCULO Nº 14. Créase la Secretaría de Gestión Ambiental de la Provincia (SEGAP), la
que dependerá directamente del Poder Ejecutivo Provincial.
ARTÍCULO Nº 15. La Secretaría de Gestión Ambiental de la Provincia (SEGAP), será la
autoridad de aplicación de la presente Ley en el ámbito de la jurisdicción provincial y
ejercerá el poder de policía en todas aquellas materias que se detallen en el artículo Nº 17
de la presente Ley.
ARTÍCULO Nº 16. El poder de policía en materia ambiental respecto de actividades que se
encuentran sujetas a otros organismos provinciales, será ejercido por éstos, quienes tendrán
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285
bajo su responsabilidad hacer cumplir las disposiciones de la presente Ley en las
actividades de sus respectivos ámbitos de incumbencia.
ARTÍCULO 17. Sin perjuicio de las facultades concurrentes de la Secretaría de Gestión
Ambiental con otros organismos provinciales, será función de aquélla, en los términos de la
presente Ley, ejecutar la política provincial de protección, preservación, conservación,
defensa y mejoramiento del medio ambiente.
En particular, la Secretaría deberá:
a. Coordinar las funciones de protección ambiental que ejercen los distintos organismos
provinciales;
De la Evaluación de Impacto ambiental
ARTÍCULO Nº 41. A los fines de la presente Ley, se entiende por Evaluación de Impacto
Ambiental el procedimiento destinado a identificar, interpretar, prevenir, evitar o disminuir las
consecuencias o efectos que tengan, sobre los elementos que integran al ambiente natural y
humano, los proyectos de obras o actividades públicas o privadas.
ARTÍCULO Nº 42. En la planificación de obras o actividades públicas o privadas
susceptibles de producir deterioro ambiental, será obligatoria en todo el territorio provincial,
la realización de estudios previos de impacto ambiental, a efectos de su debida evaluación
por la autoridad de aplicación o los demás organismos provinciales competentes, según
corresponda. La reglamentación determinará qué proyectos de obras o actividades deberán
someterse necesariamente a la evaluación de impacto ambiental y cuáles podrán ser
exceptuados.
ARTÍCULO Nº 43. Los proyectos de obras o actividades comprendidos en la reglamentación
que se dicte, deberán ser comunicados, antes del inicio de su ejecución, a la autoridad de
aplicación o a los demás organismos provinciales competentes que correspondan, los que
deberán determinar en el plazo que reglamentariamente se establezca, si los mismos deben
o no ser sometidos a la evaluación de impacto ambiental.
ARTÍCULO Nº 44. El proponente de un proyecto de obra o actividad que quede sujeto a la
evaluación de impacto ambiental deberá dentro del plazo y en la forma que determine la
reglamentación, efectuar y presentar un estudio previo de impacto ambiental, ejecutado por
personas físicas o jurídicas, públicas o privadas idóneas en las materias que comprendan,
debidamente inscriptos en el registro que creará al efecto la autoridad de aplicación y
elegidos por el proponente, a cuyo cargo estará el costo de su ejecución. Tales estudios
tendrán el carácter de declaración jurada.
ARTÍCULO Nº 45. La reglamentación preverá los mecanismos que aseguren la debida
difusión de los estudios de impacto ambiental de los proyectos sometidos a evaluación, a fin
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de que los mismos puedan ser consultados por los interesados que quieran formularle
observaciones. Asimismo, preverá también la celebración de audiencias públicas con el
objeto de someter el proyecto a consulta de la comunidad involucrada.
ARTÍCULO Nº 46. Los responsables del proyecto podrán solicitar que se mantenga en
reserva la información que haya sido integrada al estudio de impacto ambiental y que, de
hacerse pública, afectaría derechos de propiedad intelectual, industrial o intereses lícitos de
naturaleza mercantil.
ARTÍCULO Nº 47. En la evaluación y análisis de los estudios de impacto ambiental, las
autoridades competentes que correspondan observarán los siguientes criterios:
a. La consideración de la realidad ecológica de la provincia y de los aspectos sociales,
culturales y económicos de la población o comunidad involucrada; b. Las normas legales
nacionales, provinciales o municipales, los convenios interprovinciales y regionales
celebrados por la Provincia y los tratados internacionales a los que adhiera la Argentina, que
tengan vinculación con el proyecto sometido a evaluación;
c. Los criterios ecológicos para la preservación y el aprovechamiento racional de los
recursos naturales y demás valores relativos a la protección del ambiente;
d. Los principios enunciados en la Sección I del Capítulo IV del Título I de esta Ley;
e. Los objetivos de política ambiental tendientes a conciliar las necesidades de desarrollo
económico con la necesidad de preservar el ambiente para las generaciones presentes y
futuras;
f. Los demás principios enunciados en esta Ley.
ARTÍCULO Nº 48. Las autoridades competentes de la evaluación de impacto ambiental
deberán pronunciarse:
a. Otorgando la autorización para la ejecución de la obra o la realización de la actividad de
que se trate;
b. Otorgando la autorización para la ejecución de la obra o la realización de la actividad
proyectada, condicionada a la modificación del proyecto de obra o actividad, en cuyo caso,
el interesado podrá proponer medidas alternativas o adicionales;
c. Negando la autorización, siempre que no exista alternativas técnicas y económicas
adecuadas, que permitan superar las objeciones que se realicen.
ARTÍCULO Nº 49. Los establecimientos industriales y las demás actividades ya existentes,
que queden comprendidos en la reglamentación a dictarse, deberán presentar un estudio de
situación ambiental, como así también deberán cumplir con las disposiciones que se
establezcan reglamentariamente sobre información de actualización periódica.
ARTÍCULO Nº 50. En la reglamentación que se dicte, además de los aspectos ya
mencionados en las disposiciones precedentes, deberá establecerse:
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a. Las características y contenidos del estudio previo de impacto ambiental y del estudio de
situación ambiental, según corresponda;
b. Las normas de procedimiento para la evaluación de los mismos.
Capítulo II
De la Protección Ambiental de los Recursos Naturales Renovables
Sección II
De las Aguas
ARTÍCULO Nº 87. El Estado Provincial adoptará las medidas necesarias con el objeto de
que todas las aguas superficiales y subterráneas de la Provincia se mantengan en un óptimo
estado de preservación y que hagan posible el aprovechamiento racional del recurso por
parte de la población y el normal desarrollo de la vida animal y vegetal propia del medio.
ARTICULO Nº 88. Para la prevención y control de la contaminación del agua corresponde al
Poder Ejecutivo Provincial, a propuesta de la autoridad de aplicación y previo dictamen del
Comité Interministerial y del Consejo Provincial del Medio
Ambiente, lo siguiente:
a. Dictar, en armonía con las disposiciones nacionales en la materia, las normas técnicas
ambientales y los criterios de calidad de las aguas, con el objeto de limitar y reducir la
degradación y contaminación de las mismas;
b. Fijar los límites máximos razonables y permisibles de contaminación de los cuerpos
hídricos, hasta lograr los niveles de calidad ambiental deseados. Tales límites máximos
serán actualizados en forma periódica y progresiva de acuerdo
con el avance científico tecnológico y en cumplimiento de los objetivos de esta Ley;
c. Fijar las normas técnicas para el vertimiento del agua residuales de origen doméstico,
urbano, industrial o agropecuario a depósitos, cuerpos o corrientes de agua, así como para
la infiltración en el terreno;
d. Establecer restricciones y prohibiciones respecto de determinadas actividades, con
especificación del área afectada y del tiempo de duración, como así también las medidas de
recuperación pertinentes;
e. Aprobar los métodos técnicos más adecuados para los sistemas de captación,
almacenamiento, tratamiento y distribución del agua para uso público y privado;
f. Regular la evacuación, tratamiento y descarga de aguas tratadas y no tratadas
provenientes de actividades del agro, lixiviación de materiales residuales y no residuales y
de descargas accidentales que pudieran contaminar las masas de
agua;
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288
g. Diseñar medidas tendientes a favorecer el uso racional del agua natural y tratada;
h. Realizar la clasificación de las aguas y fijar su destino y posibilidades de
aprovechamiento;
i. Fijar los caudales mínimos ecológicos que deberán conservarse en cada curso de agua
natural.
ARTÍCULO Nº 89. Corresponde a las autoridades competentes, según lo dispuesto en los
artículos 15° y 16º de la presente Ley, lo siguiente:
a. Ejercer el poder de policía relativo al cumplimiento de las normas técnicas de calidad
vinculadas a la conservación de los recursos hídricos;
b. Aconsejar los métodos y técnicas alternativas apropiadas para impedir, evitar o reducir la
contaminación de los cuerpos hídricos;
c. Ejercer todos los controles pertinentes a efectos de que se cumplan las disposiciones
sobre volcamientos, descargas, recolección, abastecimientos, conducción y calidad de las
aguas;
d. Controlar la calidad de las aguas mediante la realización de análisis periódicos de sus
características físicas, químicas y biológicas, para que se mantengan aptas para los fines a
los cuales está destinada, de acuerdo con su clasificación;
e. Someter a control las aguas que se conviertan en focos de contaminación;
f. Promover el tratamiento de aguas residuales y su posterior rehúso, particularmente en
actividades agrícolas e industriales;
g. Someter a control periódico a las industrias o actividades que, por su naturaleza, puedan
contaminar las aguas. Los titulares de esos emprendimientos no podrán oponerse a tales
controles y deberán suministrar los datos que se les requieran
con tal finalidad;
h. Organizar y poner en funcionamiento estaciones, laboratorios y redes de muestreo para
determinar la calidad de las aguas y verificar su peligro actual o potencial;
i. Aplicar sanciones a los infractores de las normas de protección ambiental de las aguas.
• Decreto Nº 5980. 24/07/06.
Evaluación de Impacto Ambiental y Normas Técnicas de Calidad Ambiental para la
Protección de la Atmósfera de las Aguas y del Suelo.
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289
Declaración de Patrimonio Natural y Cultural de la Humanidad: A la Quebrada de
Humahuaca efectuada en el mes de julio del año 2003, en París, Francia, por la
Organización de Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura
(UNESCO).
En esta Declaración la UNESCO se manifiesta que la Quebrada de Humahuaca, es un lugar
donde el hombre vive y transita con una enorme herencia cultural en medio de un paisaje
natural extraordinario constituido a lo largo de 10 mil años de historia. Comienza a 39
kilómetros de la ciudad de San Salvador de Jujuy, por la Ruta 9 y abarca unos 170
kilómetros de valles y montañas trazadas de sur a norte.
En el afán de proteger y reclamar la preservación de sitios pertenecientes al Patrimonio de la
Humanidad, bajo el auspicio de la Unesco, se han dictado diversas directivas y
recomendaciones que apuntan a la integración de la preservación patrimonial con los
criterios ambientales. Al respecto la misma organización en la Declaración de Nairobi
recomendó que la protección del ambiente al que pertenecen los conjuntos históricos deben
ser protegidos contra toda clase de deterioro, en especial los resultantes de un uso
inapropiado, aditamentos parásitos y transformaciones abusivas o desprovistas de
sensibilidad que dañan su autenticidad, así como los provocados por cualquier tipo de
contaminación.
Tanto el derecho positivo vigente en materia ambiental como la consensuada interpretación
que se le otorga al mismo, fueron adoptados para la producción del presente EIA, ello en el
absoluto convencimiento que resulta de vital importancia su observancia tanto en la etapa de
ejecución como en su puesta en marcha.
Ley Nº161/1950; Código de Aguas y su modificatoria la Ley Nº 4.396: De su articulado surge
que faculta a quien ejerce la Administración del agua, la superior tutela sobre el agua
pública, sus cauces y riberas, extendiéndose esta tutela
sobre las aguas privadas, siendo quien otorgará los permisos que en razón de este proyecto
sean necesarios.
• Ley Nº3014/1973 Ley Provincial de caza
• Ley Nº3866/1982; Patrimonio Cultural
Artículo 1º. Declárase de propiedad de la Provincia, las ruinas, yacimientos y vestigios
arqueológicos, paleontológicos, paleoantropológicos e históricos de interés científico
existentes dentro del territorio de la Provincia de Jujuy.
Artículo 2º. Prohíbase en todo el territorio de la Provincia, la utilización, exploración,
explotación y estudios de ruinas, yacimientos y vestigios referidos en el artículo precedente,
sin autorización del Poder Ejecutivo. A los efectos de la
autorización, prestará el pertinente asesoramiento la Dirección de Archivo Histórico y
Antropológico de la Provincia.
Artículo 4º. La investigación científica de los bienes especificados en el
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290
Artículo 1º, dentro del territorio de la Provincia, sólo podrá ser realizado por instituciones
científicas o por investigadores de acreditada competencia con propósitos de estudio y sin
fines de especulación comercial.
Artículo 13º. La Dirección de Archivo Histórico y Antropología de la Provincia será la
autoridad de aplicación de la presente Ley.
• Decreto 2663/1985; la destrucción de la vegetación mediante el uso de fuego, solo
podrá efectuarse en forma de “Quema Controlada”, de acuerdo con las condiciones y
requisitos del decreto.
• Ley Nº4399/1988: de Régimen Procesal para la Tutela de los Intereses Difusos o
Derechos Colectivos: La presente ley prevé un mecanismo ágil y de fácil acceso, para la
defensa jurisdiccional de los intereses difusos o derechos colectivos, brindando protección a
esos efectos al medio ambiente, a la conservación del equilibrio ecológico, los valores
estéticos, históricos, urbanísticos, artísticos, arquitectónicos, arqueológicos y paisajísticos,
entre otros.
Ampliando el número de legitimados activos y pasivos, a los fines de que la tutela que se
persigue sea efectiva.
• Ley Nº4542/1991; de Protección del Árbol y del Bosque.
Artículo 1º: BOSQUE PROTECTOR Con el alcance previsto en el artículo 8º de la Ley
Nacional Nº 13.273, declarase bosque protector, a todo monte natural que vegete en
terrenos del dominio público o privado en la Provincia de Jujuy.
• Ley Nº4730/1993; Artículo 1º: Apruébese el PACTO FEDERAL AMBIENTAL suscripto
en la ciudad de Buenos Aires el 5 de julio de 1993.
• Ley Nº5011/1997; De adhesión a la Ley Nacional Nº 24.051 de residuos peligrosos.
• Ley Nº5018/1997; Prevención y lucha contra incendios en áreas rurales y/o forestales
• Ley Nº5018/1998: Prevención y lucha contra incendios en áreas rurales y/o forestales.
Tiene por objeto establecer las acciones, normas y procedimientos para la prevención y lucha
contra incendios en áreas rurales y forestales, tanto en bosques nativos como de cultivo, en el
territorio de la Provincia.
• Ley N°5206/2000: Artículo 1º: Designase como Paisaje Protegido a la Quebrada de
Humahuaca en toda su extensión, en los términos del artículo 122 inc. a.) de la Ley 5063 “Ley
General de Medio Ambiente”.
• Ley Nº5255/2001: Áreas Típicas de Conservación. Son de interés público las
localidades de Tumbaya, Purmamarca, Tilcara, Humahuaca, Uquía, Rinconada y Yavi en lo
referente a la conservación, mantenimiento, mantenimiento y desarrollo del conjunto de sus
bienes tangibles e intangibles, entendiéndose por tales, los recursos naturales, culturales,
históricos, paisajísticos y turísticos de las mismas, y la defensa de ellos ante acciones,
construcciones, usos o instalaciones que las pudieran degradar.
• Decreto Reglamentario Nº5.606/2002: Este decreto reglamenta el Capítulo II “De las
Infracciones y Sanciones”, del Título V de la ley Nº 5063.
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- El Capítulo I define Daño Ambiental y los clasifica. El capítulo II se refiere a las
sanciones las que pueden ser multas, apercibimientos y clausuras de distinto tipo. Finalmente,
el capítulo III se refiere al Procedimiento para la Sustanciación de los Sumarios por
Infracciones Ambientales.
• Resolución Nº220/05 Manifiesto de generación, transporte y operación de residuos
peligrosos.
• Resolución Nº168/06 Habilita el Registro Provincial de generadores, transportistas y
operadores de residuos peligrosos y el Registro Provincial de residuos patogénicos.
• Decreto Nº4.805/2006: Artículo 1°: Declárase Montes Permanentes las zonas donde
vegeten las cactáceas, conforme lo establece en el art. 9° la Ley Nacional Nº 13.273 de
“Defensa de la Riqueza Forestal”.
Artículo 2°: Prohíbase el corte y extracción de cactáceas en propiedades del Estado
Provincial en todo el territorio de la Provincia y particularmente en toda la zona de protección
de la Quebrada de Humahuaca, inscripta en la UNESCO en la
Lista de Patrimonio Mundial en la categoría de Paisaje Cultural.
Artículo 3° En propiedades privadas la Dirección Provincial de Medio Ambiente y Recursos
Naturales reglamentará el aprovechamiento sustentable de las especies y sólo para uso
artesanal, quedando totalmente prohibido el uso con fines de construcción y de mobiliario.
Artículo 4° La Dirección Provincial de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en
coordinación con las demás dependencias del Estado Provincial que tengan alguna
incumbencia en el tema, propondrá y llevará adelante acciones de
concientización, destinado a fomentar la protección integral de las cactáceas.
• Decreto Reglamentario Nº5980/2006: Evaluación de Impacto Ambiental y Normas
Técnicas de Calidad Ambiental para la Protección de la Atmósfera de las Aguas y del Suelo.
Artículo 1°): Apruébense el Cuerpo de Disposiciones que a partir del Artículo 2° del presente
Decreto, constituye la "Reglamentación de la Ley General de Medio Ambiente – Estudio de
Impacto Ambiental", como Régimen de la Ley N° 5063; y los Anexos I, II, III, IV y V que
forman parte integrante del presente.
Artículo 2°): Entiéndase por Evaluación del Impacto Ambiental (EIA) al procedimiento
técnicoadministrativo al que se refiere el Art. 41 de la Ley N° 5063 General del Ambiente,
procedimiento destinado a identificar, interpretar, prevenir,
evitar o disminuir las los elementos que integran al ambiente natural y humano, los proyectos
de obras o actividades públicas o privadas.
Se entiende por Impacto Ambiental a cualquier cambio neto, positivo o negativo, que se
provoca sobre el ambiente como consecuencia, directa o indirecta, de acciones antrópicas
que puedan producir alteraciones susceptibles de afectar la
salud y la calidad de vida, la capacidad productiva de los recursos naturales y los procesos
ecológicos esenciales.
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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”
292
Para la ejecución de obras y/o actividades públicas o privadas a realizase dentro del
territorio provincial y susceptibles de producir efectos o alteraciones sobre el medio
ambiente, deberán realizarse estudios previos de impacto ambiental, que
serán sometidos al procedimiento de evaluación de impacto ambiental por la autoridad de
aplicación de la Ley N° 5.063, conforme lo establecido en los artículos 40 a 51de esa Ley y
en el presente Decreto Reglamentario.
Quedan expresamente comprendidos los proyectos o acciones que desarrollen el Estado
Nacional, Provincial y Municipal.
Artículo 3º): De acuerdo a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 42 de la Ley 5063,
los proyectos de obras o actividades incluidos en los Anexos I y II del presente Decreto,
quedan sometidos obligatoriamente al procedimiento de
evaluación de impacto ambiental que se reglamenta en el presente.
• Decreto Reglamentario Nº6002/2006: Regula lo referente a la gestión de los residuos
peligrosos. En este sentido crea el Registro Provincial de Generadores, Transportistas y
Operadores de Residuos Peligrosos, Industriales y de Servicios, y el Registro Provincial de
Residuos Patogénicos (artículo 1).
En el Anexo I se establece el funcionamiento general del registro. Convoca a todas las
personas físicas y jurídicas públicas y privadas a inscribirse en el Registro y a gestionar el
Certificado Ambiental Provincial Anual el que acreditará, exclusivamente, la aprobación del
sistema de manipulación, transporte, tratamiento, operación y disposición final que se
aplicará a los residuos peligrosos generados y se otorgará por resolución fundada de la
Autoridad de Aplicación.
En el artículo 6 se define residuos peligrosos, adoptándose los Anexos I y II de la Ley
Nacional Nº 24051.
En los 7, 8, 9, 10, 11 y 12 se definen generador, transportista, operador, plantas de
tratamiento, plantas de eliminación y plantas de disposición final.
Se dispone con el fin de la inscripción de todos los sujetos alcanzados por esta norma la
presentación de una declaración jurada de conformidad a los Anexo II, III, IV y V de la
norma.
En el capítulo III se hace referencia a la Tasa Ambiental Provincial Anual, la que deberá ser
abonada por generadores, transportistas y operadores y cuya liquidación debe hacerse
sobre los residuos peligrosos generados u operados en el
año calendario inmediato anterior. A tal efecto en dicho capítulo se indica la fórmula a aplicar
para el cálculo de la misma.
El capítulo IV hace referencia al Manifiesto de Generación, Transporte y Operación de
Residuos Peligrosos y establece el procedimiento a seguir al momento de su utilización.
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Se establece asimismo la información mínima que debe contener el certificado de
destrucción emitido por los operadores habilitados.
Como normativa complementaria la Resolución Nº 168/ 06 – DPPAyRN habilitó el Registro
Provincial de Residuos Peligrosos. Mediante Resolución Nº 261/07 DPPAyRN se dispuso la
inscripción de oficio de todos aquellos que hubiesen omitido inscribirse en el Registro.
Se deberán cumplir con las disposiciones de esta norma en lo se refiere a la generación de
residuos peligrosos que puedan darse en el frente de obra. Consideraciones al respecto se
presentan en el PMAS.
• Decreto Nº 6003, 27/07/07. Residuos Patogénicos.
• Decreto Reglamentario Nº9067/2007: Este decreto modifica parcialmente el Decreto
Reglamentario Nº 5980/06 que se refiere a la Evaluación de Impacto Ambiental.
Dentro de las modificaciones se destaca el procedimiento previsto en el artículo Nº 5 del
D.R. 5980/06. En este sentido el procedimiento se modifica disponiéndose que una vez
“recibida la Solicitud de Factibilidad Ambiental, la Autoridad de Aplicación deberá expedirse
dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la recepción de la misma,
emitiendo un acto administrativo por medio del cual:
a) Disponga la inclusión del proyecto y/o actividad en el procedimiento de evaluación de
impacto ambiental previsto en éste Decreto o su recalificación; o
b) Exceptúe al proyecto y/o actividad del procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental
y emita una declaración de ausencia de impacto ambiental significativo; en este caso la
decisión administrativa deberá ser publicada en el Boletín Oficial”. Asimismo, modifica lo
indicado en el artículo 22 disponiendo que “Dentro de los diez (10) días hábiles de
presentado el estudio de impacto ambiental de un proyecto y/o sus ampliaciones el
responsable del mismo deberá publicar a su cargo en el Boletín Oficial de la Provincia –
durante tres (3) veces en cinco (5) días – una declaración que contenga la descripción
sucinta de las características principales del proyecto y/o actividad. En dicha publicación se
deberá indicar que el estudio previo de impacto ambiental se encuentra a disposición del
público en los lugares ue fije la Autoridad de Aplicación, para que puedan dirigirse los
interesados”.
También faculta a la Autoridad de Aplicación a determinar que el mecanismo de
participación ciudadana se realice a través de audiencia pública.
En cualquiera de los dos casos, el artículo 26 también modificado queda de la siguiente
forma: “La Autoridad de Aplicación, una vez finalizado el plazo para formular las
observaciones por los interesados, analizará todos los antecedentes y dictaminará sobre la
factibilidad ambiental del proyecto en los sucesivos treinta (30) días hábiles contados a partir
del vencimiento del plazo para realizar observaciones o de la finalización de la Audiencia
Pública.”
En relación a este Decreto ya se dispuso la publicación en el Boletín Oficial como
mecanismos de participación pública.
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Artículo 1°. Delegar al Ministerio de Cultura y Turismo, como parte del Poder Ejecutivo de la
Provincia y en un todo de acuerdo con la Ley de Ministerios, las facultades de emitir las
resoluciones de autorizaciones/concesiones referidas a la
realización de investigaciones arqueológicas y paleontológicas; estudios de impacto
arqueológico y la realización de rescates arqueológicos y paleontológicos en el territorio de
la Provincia de Jujuy de acuerdo a lo enunciado en el Artículo 2° y 3° de la Ley N°
3866/1982 sobre la ¨Protección del Patrimonio Arqueológico, Paleontológico e Histórico
Provincial¨.
• Ley Nº6080/2018 del Sistema Provincial de Áreas Naturales Protegidas
• Ley Nº6.097/2018 de Actualización del Ordenamiento Territorial Adaptativo de Bosques
Nativos. Entre los objetivos que menciona la Ley están la conservación, restauración,
preservación, aprovechamiento y manejo
sostenible de los bosques nativos. Establece una zonificación en tres colores de acuerdo a
la importancia ecosistémica de los bosques, con lo que se permiten y restringen ciertos usos
de la masa boscosa.
• Ley Nº6099/2018 de Ordenamiento Territorial, Uso y Fraccionamiento de Suelo
Urbano.
• Ley Nº 5954, GIRSU a través de la cual se crea el Plan “Pachamama te cuido” y la
empresa GIRSU Sociedad del Estado. Se trata de una norma estratégica que implica un
modelo colaborativo entre Provincia y Municipios para abordar la gestión de los residuos,
establece las directrices ambientales. GIRSU S.E. es una herramienta para la resolución de
poblematicas vinculadas a RSU.
• Ley Nº 114, de 23/12/49 , Adhesión a la Ley Nacional Nº 13.273 de Defensa de la
Riqueza Forestal.
• Decreto 5113/78. Reglamentación de diámetros de especies arbóreas para extracción.
• Ley Nº 4203. 20/11/85. Preservación de los Recursos Naturales, Parques, Reservas y
Monumentos Provinciales.
• Decreto Nº 2.187. 28/11/08. Plan de Ordenamiento Territorial Adaptativo para Áreas
Boscosas.
• Ley Nº 5.371. 25/09/03. Adhesión a la Declaración Universal de los Derechos del
Animal y de la Ley Nacional nº 14.346, de Protección de los Animales.}
• Ley Nº 4396. 17/11/88. Modifica la Ley 4090.
• Ley Nº 4530/90. Fija sanciones por contaminación de recursos hídricos.
• Decreto Nº 2186OP/88. Procedimientos para nuevas actividades con efluentes.
• Decreto. Nº 5937OP/88 Límites de calidad de vuelco de efluentes líquidos, obligatorio
para los nuevos y para los existentes.
• Ley Nº 3866/82 Defensa del patrimonio arqueológico, paleontológico,
paleoantropológico e histórico de interés científico de la provincia de Jujuy. Defensa del
Patrimonio Arqueológico.
• Ley Nº 3643/79. De adhesión a Ley Nacional 20284 de preservación del recurso aire.
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• Resolución Nº 46/85, Valores máximos permisibles de calidad del aire.
• Ley Nº 161/50. Código de Aguas, Las aguas privadas quedan sometidas a las
disposiciones policiales contenidas en el presente, y a las que se dicten en adelante.
• Ley Nº 4090 Administración de Recursos Hídricos y Régimen de Servicios de
Agua, Saneamiento y Energía, Tiende a la protección del patrimonio natural y al
aprovechamiento integral de los recursos hídricos provinciales mediante su adecuada
administración, estableciendo el régimen general y básico para la prestación de los servicios
de agua, saneamiento y energía.
• Ley Nº 3014/1973 Ley de Caza. 27/07/73. Declara de interés público la protección,
conservación, restauración y propagación de todas las especies de la fauna terrestre,
autóctona o exótica que temporal o permanentemente habitan el territorio de la Provincia o
lugares sometidos a su jurisdicción y que viven libres o Independientes del hombre, en
ambientes naturales o artificiales. Declara de propiedad del Estado Provincial a toda la fauna
silvestre existente.
• Decreto Reglamentario Nº 5096 – Ley de Caza. Reglamenta la Ley de Caza.
• Ley Nº 3011/73 Ley de Pesca. 18/07/73. Declara de interés público la protección,
conservación, restauración y propagación de todas las especies de las faunas ícticas,
autóctona o exótica que temporal o permanentemente habitan el territorio de la Provincia o
lugares sometidos a su jurisdicción, en ambientes naturales o artificiales. Declara de propiedad
del Estado Provincial a toda la fauna ícticas existente en ambientes de agua de uso público.
• Ley Nº 5011. 21/08/97, Adhesión a la Ley Nacional Nº 24.051 y el Decreto Nacional Nº
831/93, de Residuos Peligrosos.
• Ley Nº 5231 Población Aborigen. 26/12/00. De aprobación del protocolo adicional al
convenio de regularización y adjudicación de tierras a la población aborigen de Jujuy y
modificación de la ley N° 5030.
• Ley Nº 4444 Libre Acceso a la Información. 28/3/90. Reglamenta la publicidad de los
actos de gobierno y el libre acceso a las fuentes oficiales de información, de acuerdo a lo que
se establece en la Constitución de la Provincia.
Artículo 2º. DEBER DE INFORMAR: Sin perjuicio de la información pública que produzcan por
propia iniciativa, los poderes públicos del Estado brindarán toda aquella que se les requiera.
• Decreto Acuerdo 1072/04 – Información Pública, A efectos de poder ejercer el
derecho al libre acceso a las fuentes de información del Estado consagrado por la ley 4444, el
interesado deberá cumplir con los siguientes recaudos:
a) Efectuar su pedido por escrito ante la autoridad correspondiente.
b) Acreditar el carácter invocado mediante la presentación de los títulos, instrumentos,
habilitaciones e inscripciones pertinentes exigidas por la normativa legal aplicable a la materia.
c) Acreditar el pago del sellado o tasas de actuación establecida en el art. 15 de la ley.
• Ley Nº 5317 Audiencias Públicas. 13/06/02, Tiene por objeto posibilitar la consulta de
la opinión y regular la participación de los ciudadanos en la toma de aquellas decisiones
administrativas que puedan afectar o que inciden sobre toda o parte de la población.
• Ley Nº 4.695 Adhesión a la Ley de Inversiones Minera. Adhiere la Provincia de
Jujuy al Régimen de la Ley Nº 24.196 de Inversiones mineras.
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• Ley 4392/88, De promoción Industrial.
• Resolución Nº 0175CyT. Gobierno de Jujuy, Protocolo para el otorgamiento de
autorizaciones para realizar investigaciones Arqueológicas, Protocolo para Arqueología de
Rescate y Protocolo para Estudios de Impacto Arqueológico.
SIGLAS
EARPU Ente Autárquico Regulador De Planificación Urbana
PGAS Plan de Gestión Ambiental y Social para la construcción
PMAS Plan de Manejo Ambiental y Social para la construcción
ETAS Especificaciones Técnicas Ambientales y Sociales
MMIT Medidas de mitigación
IAS Inspección Ambiental y Social
ATS Análisis de Trabajos Seguros
SCA Secretaría de Calidad Ambiental
EIAS Estudio de Impacto Ambiental y Social
PA Permisos Ambientales
RA Responsable Ambiental
RS Responsable Social
RQ Responsable Arqueólogo
RHS Responsable en Higiene y Seguridad
RMT Responsable en Medicina del Trabajo
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