II - PLIEGO DE ESPECIFICACIONES PARTICULARES

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GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA 2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY1 II - PLIEGO DE ESPECIFICACIONES PARTICULARES LICITACIÓN PÚBLICA N° 01/2021 OBRA: “REHABILITACIÓN LINEA “C” DEL FERROCARRIL BELGRANO EN LA PROVINCIA DE JUJUY TRAMO VOLCAN- TILCARA”.

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II - PLIEGO DE ESPECIFICACIONES

PARTICULARES

LICITACIÓN PÚBLICA N° 01/2021

OBRA: “REHABILITACIÓN LINEA “C” DEL FERROCARRIL

BELGRANO EN LA PROVINCIA DE JUJUY – TRAMO VOLCAN-

TILCARA”.

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INDICE

SECCION I 8

1.- ASPECTOS GENERALES 8

1°. DISPOSICIONES GENERALES 8

2°. PLAZO DE OBRA 9

3°. DE LAS OFERTAS 9

4°. DE LAS ADJUDICACIONES 9

5°. RELACION COMITENTE CONTRATISTA 9

6°. PRESUPUESTO OFICIAL - FINANCIACION DE LA OBRA 10

7°. PROVISIÓN DE MATERIALES ESCENCIALES 10

8°. OFERTAS 11

9°. ALCANCE 11

10°. PLAZO DE EJECUCION DE LA OBRA 11

11°. CRONOGRAMA DE EJECUCION DE LA OBRA 11

12°. SUPERFICIES PARA OBRADORES Y OFICINA DE OBRA 12

13°. MANTENIMIENTO, LIMPIEZA Y CONSERVACION DE LA OBRA 12

14°. DE LOS PRESTADORES DE EQUIPOS 12

15°. CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO 13

16°. FACULTADES INTERPRETATIVAS. ORDEN DE PRELACIÓN 13

17°. PLANOS 13

18°. JURISDICCION 13

19°. MODALIDAD Y SISTEMA DE CONTRATACION 14

20°. ANTICIPO FINANCIERO 15

21°. LAS PROPUESTAS 16

22°. LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS 18

23°. FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS 18

24°. LEY DE COMPRE JUJEÑO 18

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GARANTIAS

25°. GARANTIAS 19

26°. GARANTIA DE MANTENIMIENTO DE OFERTAS 19

27°. FORMAS DE CONSTITUCION DE GARANTIAS 19

28°. PRESENTACION DE LAS OFERTAS 20

29°. APERTURA DE LAS OFERTAS 21

30°. ACCESO A LAS OFERTAS 21

31°. OBSERVACIONES 21

PROCEDIMIENTO DE EVALUACION DE LAS OFERTAS 21

32°. EVALUACION DE LAS PROPUESTAS 21

33°. DESEMPATE DE OFERTAS 21

34°. RETIRO Y DEVOLUCION DE LA GARANTIA DE MANTENIMIENTO

DE OFERTAS

22

ADJUDICACION DE LA OBRA 22

35°. ADJUDICACION – GARANTIA DE IMPUGNACION 22

36°. DOCUMENTACION A PRESENTAR POR EL ADJUDICATARIO 22

FIRMA DEL CONTRATO 23

37°. GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO 23

38°. DOCUMENTOS INTEGRANTES DEL CONTRATO 23

39°. IMPUESTO DE SELLOS 24

40°. TRANSFERENCIA DEL CONTRATO 24

41°. CAMBIO DE DOMICILIO DEL CONTRATISTA 24

SECCION II 24

CONDICIONES DE EJECUCION CONTRACTUAL 24

CAPITULO I 24

ORGANIZACIÓN DE LA OBRA 24

42°. ORDEN DE INICIO 24

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43°. VIGILANCIA, SEGURIDAD E HIGIENE 25

44°. ALUMBRADO Y LUCES DE PELIGRO 25

45°. CONSTRUCCIONES PROVISIONALES 25

46°. OFICINA PARA LA INSPECCION 25

47°. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA 26

48°. INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS 26

49°. LETREROS 27

50°. LIMPIEZA DE OBRA 27

51°. PROVISION DE SERVICIOS 27

52°. PRORROGAS DEL PLAZO DE OBRA 27

53°. SUSPENSION DE LA EJECUCION DE LAOBRA 28

DIRECCION DE OBRA 28

54°. REPRESENTANTE TECNICO 28

55°. INSPECCION DE LA OBRA 29

56°. ORDENES DE SERVICIO Y OBSERVACIONES DE LA INSPECCION 29

57°. NOTAS DE PEDIDO. PARTE DIARIO. 29

58°. INTERPRETACION DE LA DOCUMENTACION TECNICA 30

59°. TERMINACION DE LOS TRABAJOS 30

PERSONAL OBRERO 30

60°. SALARIOS 30

61°. IDONEIDAD DEL PERSONAL 30

MATERIALES Y TRABAJOS 31

62°. ABASTECIMIENTO DE MATERIALES 31

63°. CALIDAD DE LOS MATERIALES Y TRABAJOS 31

64°. APROBACION DE MATERIALES. ENSAYOS Y PRUEBAS 31

65°. CALIDAD DEL EQUIPO 32

66°. CORRECION DE TRABAJOS DEFECTUOSOS 32

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67°. VICIOS OCULTOS 32

RELACIONES CON OTROS CONTRATISTAS 32

68°. SUBCONTRATISTAS 32

69°. RESPONSABILIDAD 33

70°. OTROS CONTRATISTAS 33

DESARROLLO DE LA OBRA 33

71°. PLAZO 33

72°. MORA 33

73°. CONTRALOR DE TRABAJOS 33

74°. UNION DE OBRAS NUEVAS CON EXISTENTES 34

75°. CONTROL DE PLAZOS 34

75.1. Actualización del Plan de Trabajos 34

75.2. Prórroga de la Fecha Prevista de Terminación 34

75.3. Aceleración 35

75.4. Demoras Ordenadas por el Inspector 35

75.5. Reuniones administrativas 35

75.6. Aviso Anticipado Oportuno 35

MODIFICACIONES DE OBRA 36

76°. MODIFICACIONES DE OBRA 36

77°. REAJUSTE DE GARANTIA 36

78°. TRABAJOS EJECUTADOS CON MATERIALES DE MAYOR VALOR

O SIN LA CONFORMIDAD DEL COMITENTE

36

LIQUIDACION, CERTIFICACION Y PAGO DE LAS OBRAS 37

79°. MEDICION. CERTIFICACION. 37

80°. RETENCIONES SOBRE LOS CERTIFICADOS 37

81°. SUSTITUCION DEL FONDO DE REPARO 38

82°. PAGO DE LOS CERTIFICADOS 38

RECEPCION DE LA OBRA 40

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83°. RECEPCION PROVISORIA 40

84°. PLAZO DE GARANTIA 40

85°. RECEPCION DEFINITIVA 40

86°. DEVOLUCION DE GARANTIAS Y FONDO DE REPAROS 40

RESCISION DE CONTRATO 41

87°. CAUSAS DE RESCISION 41

88°. TOMA DE POSESION DE LA OBRA 42

89°. INVENTARIO 42

90°. AVALUO 42

91°. LIQUIDACION DE LOS TRABAJOS Y MATERIALES 42

DISPOSICIONES VARIAS 43

92°. SEGUROS 43

93°. REDETERMINACION DE PRECIOS 46

94°. BONIFICACIONES 46

SANCIONES 46

95°. HECHOS QUE PUEDEN ORIGINAR SANCIONES 46

MULTAS 47

96°. MULTAS 47

96.1°. MULTAS 47

96.1.1. Multa por Mora en la entrega del Proyecto Ejecutivo 47

96.1.2. Multa por Mora en la Iniciación de los trabajos 47

96.1.3. Multa por Mora en la Finalización de los trabajos 47

96.1.4. Multa por Paralización de los Trabajos sin causa Justificada 47

96.1.5. Multas por faltas o incumplimiento de Ordenes de Servicio 48

97°. PERCEPCIÓN DE LAS MULTAS 48

98°. REGIMEN Y PROCEDIMIENTO DE PENALIZACION 48

99°. PAUTAS INTERPRETATIVAS 49

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CLAUSULA ANTICORRUPCION 49

100°. CLAUSULA ANTICORRUPCION 49

SECCION III 51

ANEXOS. FORMULARIOS Y PLANILLAS 51

Anexo I. Formulario de Oferta 51

Anexo II. Planilla de Análisis de Precios 52

Anexo III. Planilla de Cotización 53

Anexo IV. Plan de Trabajo 54

Anexo V. Cartel de Obra 55

Anexo VI. Planilla de Jornales 56

Anexo IX. Plan de Gestión Ambiental 60

SECCION IV 60

ESPECIFICACIONES TECNICAS AMBIENTALES 60

INTRODUCCIÓN 60

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SECCIÓN I

CONDICIONES DE LA LICITACIÓN

Artículo 1° DISPOSICIONES GENERALES

El Gobierno de la Provincia de Jujuy, a través del Decreto Acuerdo Nº 1759-G-16, ha planteado la

necesidad de recuperar el ferrocarril en la Provincia de Jujuy, en particular, en el tramo con cabeceras en

las localidades de San Salvador de Jujuy y La Quiaca y contar con un tren turístico en la Quebrada y Puna

Jujeña, con un primer objetivo de hacer correr un tren de pasajeros de tipo turístico y a futuro trenes de

pasajeros y cargas.

Para ello, se ha creado y puesto en funcionamiento la “Unidad Ejecutora Provincial Tren Jujuy - La Quiaca”

(UEPT) del “Proyecto Eje de Movilidad Tren Jujuy - La Quiaca para la Integración”.

La Unidad Ejecutora actúa en la órbita, bajo dependencia y con la coordinación general, del ENTE

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También se ha definido que resulta imperioso concretar el tramo San Salvador de Jujuy - La Quiaca, en tres

(3) etapas, iniciando la reconstrucción del mismo con la ETAPA 1: Tramo Volcán - Humahuaca. Etapa que

inició obras en el mes de marzo de 2017.

En ese sentido, es preciso comenzar por la primera ETAPA Volcán - Humahuaca con un TREN TURÍSTICO

– TRAMO VOLCÁN - TILCARA, acorde al potencial de desarrollo social y turístico que tiene la Quebrada de

Humahuaca, para luego seguir con transporte de pasajeros y de carga. Posteriormente, se continuará con

las ETAPAS 2 Y 3: Tramos Humahuaca - La Quiaca, y San Salvador de Jujuy – Volcán, respectivamente.

El tramo Volcán - Tilcara comienza antes de los cambios Sur del cuadro de Estación Volcán, progresiva

1.190+700 (lado San Salvador de Jujuy) y finaliza después de los cambios Norte del cuadro de la estación

Tilcara, progresiva 1.233+044 (lado La Quiaca).

El tramo abarcará las estaciones Volcán, Tumbaya, Purmamarca, Maimará y Tilcara.

Partiendo de los cambios lado Sur de Volcán se puede avanzar en sentido ascendente de las progresivas

hacia hasta Purmamarca donde la traza gira hacia el Norte y continúa en esa dirección hasta los cambios

lado Norte de Tilcara.

Un observador parado en los cambios lado Sur de Volcán, con sus espaldas hacia San Salvador de Jujuy y

mirando hacia La Quiaca tendrá, salvo situaciones muy puntuales a su izquierda (Oeste) la montaña y

avanzando hacia la derecha (Este) la Ruta Nacional N° 9; avanzando más a la derecha (más al Este) el

trazado ferroviario y cruzando la vía más a la derecha aún (o más al Este) el Rio Grande.

Es decir que el trazado ferroviario se sitúa al pie del faldeo de la montaña teniendo a su izquierda (Oeste) el

trazado carretero, salvo dos cruces ferroviales a nivel, y a su derecha (Este) el Río Grande.

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El trazado cuenta con nueve puentes que serán tratados en esta misma licitación y once pasos a nivel con

habilitación oficial.

El trazado objeto de esta licitación se desarrolla entre el Sur de Volcán y el Norte de Tilcara a lo

largo de 42.344 metros, esto es 500 m al Sur del eje de la estación Volcán y 300 m al Norte del eje de la

estación Tilcara.

La longitud de vías segundas o de cruce en cada estación será de unos 500 metros cada una, por lo que

suman 2.500 metros, totalizando un metraje total de obra de 44.844 metros.

El eje de cada estación corresponde al punto medio del edificio principal de la estación de pasajeros, salvo

indicación diferente. La progresiva kilométrica del eje del edificio de la estación Volcán es 1.191,200 y la

del eje del edificio de la estación Tilcara es 1.232,744, con una distancia de 41.544 m entre sí.

Si el observador parado en los cambios Sur de Volcán avanza hacia la Quiaca alejándose de San

Salvador de Jujuy rápidamente llegará a la estación Volcán (prog 1191+200) desde donde asciende por

una rampa hacia Coiruro, pasando por Huajra, para ingresar al ensanche residencial de Tumbaya, donde

se halla la segunda estación del tramo (km 1.198+525). Continúa así el trazado paralelo a la Ruta 9,

confinado entre esta última y el cauce del Río Grande, pasando por Tumbaya Grande, Molle Punco y

Chañarcito para llegar a la tercera estación ubicada en Purmamarca (km 1.210+782). Cambia la

orientación la dirección al Norte para, una vez sobrepasados los parajes de Tunalito, Cieneguilla y

Hornillos, alcanzar la cuarta estación, Maimará (km 1.225+942), luego la traza se prolonga hasta llegar a la

quinta estación, Tilcara. -

Artículo 2° PLAZO DE OBRA

El plazo de obra a contar de la fecha de su inicio, establecida por el Acta de Inicio de Obra, será de

VEINTICUATRO (24) MESES, incluyendo elaboración y presentación de proyecto ejecutivo, armado de

obrador, realización de las obras proyectadas, etc.

Artículo 3° DE LAS OFERTAS

Las condiciones que deben cumplir las empresas en sus Ofertas son las detalladas en el presente Pliego

de Especificaciones Particulares más las indicadas en el Pliego de Especificaciones Técnicas (PET).

Artículo 4° DE LAS ADJUDICACIONES

El COMITENTE notificará al OFERENTE seleccionado para la contratación y ejecución de la obra, y le

solicitará una nueva póliza de seguros por ejecución de obra. A los demás OFERENTES se les devolverá

la póliza por mantenimiento de ofertas y quedará cerrada la vinculación.

Artículo 5° RELACION COMITENTE Y CONTRATISTA

El OFERENTE que pase a ser CONTRATISTA por firmar el CONTRATO adquirirá dos libros foliados por

hojas triplicadas. Uno será el LIBRO DE ÓRDENES y el otro el LIBRO DE PEDIDOS.

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El COMITENTE escribirá en el LIBRO DE ÓRDENES y el CONTRATISTA usará el LIBRO DE PEDIDOS.

El CONTRATISTA inaugurará el LIBRO DE PEDIDOS, con la firma del Represente Legal, autorizando al

Jefe de Obra a recibir y emitir Órdenes de Servicio y Notas de Pedidos respectivamente.

Semanalmente ambas partes elaborarán de común acuerdo un listado cronológico de cada folio de los

libros de comunicación arriba mencionados con sus títulos y folios de respuestas correspondientes.

Artículo 6° PRESUPUESTO OFICIAL - FINANCIACION DE LA OBRA

El presupuesto Oficial de la presente obra asciende a la suma de PESOS MIL TRESCIENTOS NUEVE

MILLONES, SETECIENTOS CUARENTA Y DOS MIL, QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO CON

CUARENTA Y NUEVE CENTAVOS ($1.309.742.548,49) con IVA Incluido. La Obra será financiada en su

totalidad por el Gobierno de la Provincia de Jujuy.

Artículo 7° PROVISIÓN DE MATERIALES DE OBRA

Los materiales del esquelotoneado de la obra (rieles, durmientes, fijaciones y elementos de unión de

rieles), serán entregados por el Comitente, siendo estos elementos recuperados, para la ejecución del

tramo que se licita, conforme el PET.

Los elementos que proveerá el Contratista deberán ser NUEVOS y cumplir con las normativas vigentes

según la CNRT

Una vez que el COMITENTE haga entrega al Contratista del total o parcial de los materiales, su custodia

pasará a ser responsabilidad del Contratista: Rieles, tirafondos, eclisas y bulones recuperados. Durmientes

de madera dura recuperados

El CONTRATISTA deberá proveer los siguientes materiales:

• Balasto de piedra partida, que se determine en las Especificaciones Técnicas.

• Todo otro material para aporte de terraplenes.

• Materiales para reparación y/o reconstrucción de cabezales de puentes y obras de arte.

• Arena para limpieza de vigas armadas de obras de arte, puentes y otros elementos metálicos.

• Soldaduras, chapas, planchas, perfiles para reparación y reconstrucción de obras de arte y

puentes.

• Antióxidos, pinturas, etc. para terminación de obras de arte y puentes.

• Elementos de cartelería reglamentaria para pasos a nivel, tanto ferroviaria como carretera.

• Conductos para desagües

• Durmientes de madera dura nuevos para ADV, PAN, Obras de Artes mayores y Encarriladoras de

acuerdo a PET.

• Tirafondos y bulones para eclisas nuevos para ADV, PAN, Obras de Artes mayores y

Encarriladoras de acuerdo a PET.

• Aparatos de Vías.

• Tacos de Fundición de Acero para Encarriladoras.

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7.1. Otras obligaciones del contratista

El Oferente/Contratista debe considerar que en su oferta estará incluido el costo de todos los trabajos que,

aunque no estén expresamente indicados en la documentación contractual (incluyendo pero no limitado a

la ingeniería constructiva, la provisión de mano de obra y materiales que se le contrata, los equipos y

herramientas y todos los elementos legales y técnicos que resulten necesarios para materializar el

conjunto de la totalidad de los trabajos contratados que se le encomienden, y que sean imprescindibles

ejecutar o proveer para que la obra resulte concluida con arreglo a su fin y a lo previsto en tal

documentación y de conformidad a las reglas del buen arte. Esto comprende, entre otras obligaciones, el

desarrollo de cálculos y estimaciones de ingeniería, el transporte interno y externo de obra, la disposición

final de los materiales y residuos, los ensayos, verificaciones y demás comprobaciones de calidad, las

mediciones, etcétera.

Artículo 8° OFERTA

Todo OFERENTE para resultar Adjudicatario deberá ajustarse en un todo a los pliegos y planos de la

documentación que rige la licitación, muy especialmente en lo que se establece en el PET y sus Anexos.

Artículo 9° ALCANCE

La presente licitación es por el normal y completo funcionamiento de la obra que se licita, aun cuando

algún ítem no esté incluido en el presente pliego, o listado de ítem de la oferta, el/los que se considerará/n

prorrateado/s en el presupuesto de la oferta.

Artículo 10° PLAZO DE EJECUCION DE LA OBRA

El plazo establecido será contado en días corridos siendo el número 1 el posterior siguiente al Acta de

Inicio de la obra.

Deberá tenerse en cuenta que en ese lapso está incluido un período de 90 días para que el

ADJUDICATARIO elabore el legajo técnico del Proyecto Ejecutivo, gestione compras, transporte de

materiales, implemente los obradores y efectúen mediciones, planes, planos y programas de todos los

trabajos necesarios para realización de la obra.

Artículo 11° CRONOGRAMA DE EJECUCION DE LA OBRA

La secuencia referencial de obra contemplará lo siguiente:

1. Relevamiento de obra.

2. Proyecto de ejecución de obra.

3. Colocación de suelo para terraplén.

4. Provisión de piedra para capa de bateo y tapada.

5. Adecuación de rieles usados.

6. Adecuación de durmientes usados.

7. Terraplenamientos y atrincheramientos.

8. Transporte de rieles.

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9. Transporte de durmientes

10. Mejoramiento de vía existente.

11. Puentes y Obras de Arte.

12. Transporte de piedra balasto.

13. Transporte de fijaciones.

14. Adquisición y transporte de kits de soldaduras que fueran necesarios.

15. Desagües y zanjas longitudinales.

16. Aprovisionamiento de Aparatos de Vía.

17. Desvíos o vías auxiliares.

18. Pasos a Nivel.

El CONTRATISTA podrá usar su propio criterio para modificar esta secuencia siempre que obtenga la

conformidad del COMITENTE.

Artículo 12° SUPERFICIES PARA OBRADORES Y OFICINAS DE OBRA

El ADJUDICATARIO podrá solicitar en calidad de mera tenencia precaria al COMITENTE y este acceder

sin costo, con un compromiso escrito por el tiempo que dure el contrato de la obra, dentro de las

superficies que pertenezcan al ferrocarril, las superficies necesarias para la instalación de obradores,

oficina de obras y campamentos para el personal que trabaja en la obra.

El predio que se solicite se utilizará para instalación del obrador principal, sea único o no. En caso de la

necesidad de otros predios para sub-obradores que se necesiten en locaciones puntuales para que sirvan

a la construcción de obras de arte mayores y/o menores y otros rubros, serán solicitados a la

INSPECCIÓN DE OBRA.

El ADJUDICATARIO dejará el predio totalmente libre al finalizar la obra tal como lo recibió.

Artículo 13° MANTENIMIENTO, LIMPIEZA Y CONSERVACION DE LA OBRA

A partir de que inicie trabajos en el sector y por el período que en esta documentación se establece, el

CONTRATISTA estará obligado a mantener la limpieza del mismo y el tratamiento de residuos de todo tipo

que se generen, conforme a las normativas nacionales, provinciales y municipales que correspondan, y a

lo previsto en el Anexo IX Gestión Ambiental y Social

Quedarán a cargo del CONTRATISTA hasta la Recepción Definitiva, todas aquellas tareas de reparación

y/o conservación y/o seguridad que resulten necesarias al solo juicio de la INSPECCIÓN DE OBRA frente

a vicios aparentes de las obras.

Artículo 14° DE LOS PRESTADORES DE EQUIPOS

Una persona de existencia real o persona jurídica podrá comprometerse a alquilar equipos ferroviarios y/o

viales para que un OFERENTE incluya en su OFERTA.

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Artículo 15° CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

El CONTRATISTA se ajustará al cronograma de trabajos para no atrasar la obra pero no podrá, salvo

conformidad de la INSPECCIÓN DE OBRA, adelantarse para no desbalancear el programa financiero del

COMITENTE.

Artículo 16° FACULTADES INTERPRETATIVAS. ORDEN DE PRELACIÓN

Si durante el desarrollo del llamado a Licitación o durante la ejecución del Contrato se produjesen

discrepancias o incompatibilidades en cuanto a lo indicado o previsto en los diversos documentos que

rigen el proceso licitatorio, la controversia se resolverá a favor de lo contenido en aquel documento que,

tratando el tema en cuestión, tenga prioridad de acuerdo al orden de prelación que se indica a

continuación:

1. El Pliego de Bases y Condiciones Generales y sus circulares aclaratorias.

2. El Pliego de Condiciones Particulares.

3. El Pliego de Especificaciones Técnicas.

4. El Contrato y sus anexos.

5. Las aclaraciones, normas o instrucciones complementarias expedidas por escrito por la Inspección de

Obra.

6. Legislación local vigente.

Artículo 17° PLANOS

En caso de discrepancias entre la dimensión apreciada a escala y la expresada en cifras o letras,

prevalecerá esta última.

En caso de discrepancias entre una cifra expresada en números y la expresada en letras, prevalecerá

esta última.

Todos los documentos que integran el Contrato serán considerados como recíprocamente explicativos,

pero en el caso de surgir ambigüedades o discrepancias prevalecerá la lista arriba enunciada y sus

anexos con las aclaraciones o modificaciones emitidas por circular y las aclaraciones contenidas en la

orden de provisión de servicios. Las circulares tienen prelación, en el orden inverso al que han sido

emitidas, sobre los Pliegos. La interpretación definitiva de las normas en cuestión es facultad exclusiva del

Comitente.

ARTÍCULO 18° JURISDICCIÓN

Los OFERENTES deberán someterse a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios con sede en la

CIUDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción territorial. La

sola presentación de la Oferta importa la aceptación de esta jurisdicción.

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Los OFERENTES al presentar su Oferta, el ADJUDICATARIO y el CONTRATISTA al suscribir el

CONTRATO renuncian expresamente a invocar la aplicación de cualquier Tratado de Promoción y

Protección Recíproca de Inversiones suscriptos por nuestro país para habilitar la Jurisdicción de

Tribunales Extranjeros, sean administrativos, judiciales o arbitrales frente a cualquier cuestión derivada

del proceso de Licitación, celebración, ejecución y terminación del contrato de Ejecución de Obra.

ARTÍCULO 19° MODALIDAD Y SISTEMA DE CONTRATACION

1. La modalidad de la contratación es por el sistema de Ajuste Alzado.

En el sistema de contratación por Ajuste Alzado, los Oferentes cotizarán un precio único, global e

invariable para la ejecución de las Obras, sin perjuicio de lo cual deberá presentar su oferta de acuerdo

con una planilla de cotización, que se corresponderá con los rubros, ítems o sub-ítems del presupuesto

oficial que deberá aprobar el licitante.

Por lo tanto, al cotizar por Ajuste Alzado, los Oferentes se comprometen a ejecutar la Obra completa por la

suma única y global que hayan establecido en sus propuestas y aceptan que el monto del Contrato no

variará, cualquiera sea la cantidad de obras o trabajos ejecutados, provisiones y/o servicios que se

requieran para terminar la Obra contratada en su totalidad y que ésta funcione de acuerdo al fin para el

cual fue proyectada.

La división del Presupuesto Oficial o “planilla de cotización” en ítems, rubros y con sus precios parciales,

se efectuará con el exclusivo objeto de ordenar la certificación y el pago de los trabajos a medida que

éstos se vayan ejecutando, pero de ninguna manera se entenderá que el precio parcial asignado

representa el precio de ese ítem, rubro o partida, ya que el Precio Total cotizado por el sistema de

contratación por Ajuste Alzado sólo considera un precio global, único e invariable por toda la Obra.

Asimismo, también se entenderá que el monto de contrato cotizado por Ajuste Alzado incluye cualquier

trabajo, material o servicio que, sin tener ítem, rubro o partida expresa en el Presupuesto Oficial o en la

planilla de cotización, sea necesario e imprescindible ejecutar para que la Obra quede totalmente

terminada y funcione de acuerdo a su fin, con los rendimientos garantizados por el Oferente.

El Contratista no podrá bajo ningún pretexto de error u omisión, reclamar aumento en el valor del contrato.

Los errores de cómputos oficiales, si los hubiere, no darán derecho a reclamación al Contratista, ya que se

entiende que el Oferente al formular su propuesta ha hecho las verificaciones correspondientes.

2. Se entiende que la cotización de la Oferta incluye todos los impuestos, contribuciones y tasas

nacionales, provinciales y municipales, gastos de importación, nacionalización, ensayos y demás gastos

asociados directos o indirectos que pudieren estar involucrados en la ejecución de la totalidad de las

tareas objeto de la presente Licitación.

3. El total de la Oferta Económica deberá expresarse en moneda de curso legal en la

República Argentina, con el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

4. El Comitente, unilateralmente, podrá aumentar las prestaciones contempladas en el Contrato hasta en

un VEINTE POR CIENTO (20%) del monto del contrato original, o disminuirlas hasta en un DIEZ POR

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CIENTO (10%), en las mismas condiciones y precios pactados y con la correspondiente adecuación de los

plazos respectivos. Con ese cometido, podrá autorizar también la ejecución de nuevos ítems que no se

encontraren originalmente previstos, siempre respetando, en la medida de lo posible, la estructura general

de precios, gastos generales, beneficios, impuestos y costos de los materiales, insumos, mano de obra y

equipos presentados por el Oferente.

5. Cuando resulte necesaria la determinación de nuevos valores a los efectos de la conformación del

precio de ítems no previstos en el Contrato original, se tomarán como pautas de referencia los valores y

estructura de aquellos precios que sí se encontraban previstos.

6. Asimismo, las Partes podrán convenir la ejecución de otros ítems que no se encontraren originalmente

previstos, cuya estructura general de precios, gastos generales, beneficios, impuestos y costos de los

materiales, insumos, mano de obra y equipos se ajustará a la estructura de los análisis de precios

presentados por el Contratista para la Licitación.

ARTÍCULO 20° ANTICIPO FINANCIERO

1.- La presente obra prevé el pago de un Anticipo Financiero por un monto máximo equivalente al DIEZ

(10%) del monto del contrato, IVA incluido.

2.- Para acceder al Anticipo Financiero, el Contratista deberá solicitarlo dentro de los QUINCE (15) días

posteriores a la Firma del Contrato, acompañando una fianza bancaria o póliza de seguro de caución a

satisfacción del Comitente por el monto del anticipo solicitado y extendida a favor del Comitente -Ente

Autárquico Regulador de Planificación Urbana, debiendo constituirse el fiador en liso, llano y principal

pagador, con expresa renuncia a los beneficios de excusión y división y demás condiciones previstas en

el presente pliego.

3.- El Contratista deberá usar el anticipo únicamente para pagar estudios en general para la elaboración

del Proyecto Ejecutivo, así también equipos, materiales y gastos de movilización que se requieran

específicamente para la ejecución del Contrato. El Contratista deberá demostrar que ha utilizado el

anticipo para tales fines mediante la presentación de copias de las facturas u otros documentos, cuando

así se lo exija el Comitente o la Inspección.

4.- El pago del Anticipo Financiero se tramitará con idéntico procedimiento al previsto para los

Certificados de Obra. El Comitente abonará el Certificado de Anticipo Financiero dentro de los QUINCE

(15) días posteriores de presentada a su satisfacción la documentación necesaria para su otorgamiento.

5.- Para la devolución del Anticipo Financiero, el Comitente procederá a realizar un descuento en los

DOCE (12) primeros certificados de obra hasta cubrir la suma anticipada. Ello procederá, una vez iniciada

la Obra. La suma de los importes descontados considerados a valores básicos del contrato será

equivalente a la suma anticipada.

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ARTÍCULO 21° LAS PROPUESTAS

Los OFERENTES presentarán sus propuestas en 1 (uno) sobre, siguiendo los lineamientos establecidos

por el DECRETO N° 3676–ISPTyV/2021. En el exterior del sobre se indicará: designación de la obra

para la cual se oferta, fecha y hora de apertura.

LICITACIÓN PÚBLICA N° 01/2021

OBRA: “REHABILITACIÓN LINEA “C” DEL FERROCARRIL

BELGRANO EN LA PROVINCIA DE JUJUY – TRAMO VOLCAN-

TILCARA”.

FECHA: HORA:

A – DOCUMENTACION QUE DEBE CONTENER EL SOBRE (Será presentada en original y con una (1)

copia, debidamente foliada).

1.-Original de garantía de oferta del uno por ciento (1 %) (Art.26° Ley N° 1864) en dinero en efectivo,

títulos provinciales, pólizas de seguro de caución o valores que la Provincia acepte en los decretos

reglamentarios que se encuentren vigentes. Para el caso de dinero en efectivo, el depósito deberá

efectuarse en tesorería del organismo licitante o sector que se indique en los respectivos pliegos, en

horario administrativo y hasta el día hábil anterior a la fecha de apertura. En dicho sector se extenderá

un recibo que acreditará el cumplimiento de esta obligación.

2.- Copia autenticada de la resolución de Inscripción o de su renovación, emitida por el Registro

Permanente de Licitadores de Obras Públicas de la Provincia.

3.- La oferta deberá ser presentada en Planilla de formato similar al proporcionado por el organismo

licitante; en caso que no esté prevista deberá contener la oferta en números y letras y en cualquier

supuesto deberá efectuarse a valores básicos correspondientes al mes indicado en el Pliego de Bases y

Condiciones.

4.- Original del certificado de capacidad libre de contratación anual para la sección que corresponda

(Arquitectura o Ingeniería) la que no podrá ser inferior a la fijada para la obra licitada, de acuerdo a su

presupuesto oficial y el plazo de ejecución establecido (Art.13°, inc. c Decreto-Acuerdo N° 1194-H-82),

el que contendrá además el informe sobre Índices Financieros (Anexo III del presente) emitido por el

Registro Permanente de Licitadores de Obras Públicas de la Provincia.

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5.-Copia autenticada de la documentación que acredite la calidad que se invoca como titular y/o

representante.

6.- En caso de que los oferentes se presentaren como Unión Transitoria (UT) deberán acreditar en su

oferta: a) copia certificada del contenido de acuerdo de asociación, el que deberá prever expresamente

la solidaridad de los miembros por los actos y operaciones que realice la UT. De resultar adjudicataria,

la UT deberá presentar el contrato constitutivo previo a la firma del contrato y concluir su inscripción

en el Registro Público pertinente, en un plazo no superior a 60 días computados desde la firma del

contrato de obra. Excepcionalmente el plazo podrá ser prorrogado por el organismo licitante, si la

demora en la inscripción no fuera imputable a la UT. b) La oferta deberá ser suscripta por los

representantes de cada empresa, o por el representante designado en el acuerdo de asociación. c) los

demás requisitos legales de constitución de la UT, deberán estar conformados en los términos del

Código Civil y Comercial de la Nación y/o norma legal que la sustituyere o modificare.

7.- Declaración Jurada suscrita por el Proponente y su Representante Técnico de lo siguiente: a) que

conoce el lugar y condiciones en que se realizará la obra. b) Sometimiento la jurisdicción de la justicia

ordinaria de la Provincia de Jujuy y su renuncia expresa al fuero federal para cualquier cuestión judicial

que se suscitare. c) De nacionalidad del proponente y fijación de su domicilio especial en la Ciudad de

San Salvador de Jujuy (Art. 28° inc. d y e, Ley Nº 1864);

8.- Declaración Jurada del equipo y personal técnico que se afectara a la obra. –

9.- Planilla indicativa de la metodología aplicada para la determinación del jornal horario, de las

categorías de obreros del gremio de la construcción o de la cuadrilla tipo utilizada en los análisis de

precios, debiendo contener como mínimo: jornal, horario aplicado, porcentual de asistencia perfecta,

cargas sociales e incidencia del seguro obrero, conforme a la A.R.T. a la que se encuentre adherida.

10.- Los análisis de costos y precios que deberán ser completos, no globales, discriminando todos los

componentes del análisis realizado (materiales, mano de obra, equipos, etc.) de todos y cada uno de

los ítems y subítems que componen la oferta a valores básicos correspondientes al mes indicado en el

Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Dichos análisis serán presentados en forma clara e integral,

teniendo el oferente libertad en cuanto a la elección del formato, salvo que el Pliego de Bases y

Condiciones establezca uno en particular.

11.- Planilla conteniendo el cómputo y presupuesto, con expresa indicación de la cantidad de unidades

de cada ítem y/o subítems, precio unitario y total del mismo, confeccionada en forma clara e integral,

teniendo el oferente libertad en cuanto a la elección del formato, salvo que el Pliego de Bases y

Condiciones establezca uno en particular. El importe total de dicha planilla debe coincidir con el monto

total indicado en la oferta.

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12.- Plan de trabajo y curva de inversión realizado conforme a las exigencias del organismo licitante

establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones de la obra. Una vez firmado el contrato, deberá ser

confeccionado ajustado a fecha real de inicio de obra.

13.- El sellado de ley correspondiente a las actuaciones (Art. 28, inc. b Ley N° 1864) de acuerdo a la

legislación tributaria vigente.

14.- Experiencia de UNA (1) obra concluida a satisfacción del Comitente en los últimos DIEZ (10) años

de naturaleza y magnitud similar a la licitada

La falta de presentación de cualquiera de los requisitos exigidos en los apartados 1), 2) y 3) será causal de

rechazo de la propuesta en el acto de apertura, por parte del funcionario que lo presida. En caso de

omisión de los requisitos exigidos en los apartados 4) a 12) los mismos deberán ser presentados dentro de

los dos (2) días hábiles siguientes al acto de apertura sin necesidad de notificación alguna por parte del

organismo licitante. El sellado de ley indicado en el apartado 13) podrá ser presentado durante el acto de

apertura (Art. 29 Ley Nº 1864).

De advertirse errores materiales en la presentación de la oferta, el organismo licitante podrá requerir al

oferente lo subsane o aclare en el plazo de 48 hs. Si, el oferente no diera cumplimiento, deberá

procederse a desestimar su propuesta. No se admitirán aclaraciones que no hayan sido solicitadas, ni

respuestas que modifiquen el precio de la oferta o que alteren las condiciones substanciales de la misma

y/o principio de igualdad de los oferentes.

ARTÍCULO 22° LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS

Las propuestas se presentarán en las oficinas del Organismo Comitente, situado en calle Prolongación Dr.

Vidal N°1295 – Barrio Alto Padilla – San Salvador de Jujuy, de lunes a viernes de hs. 9 a 12, hasta un día

antes de la fecha prevista para la Apertura de Sobres, la que se publicara en el Aviso de Llamado a

Licitación.

En caso de que la fecha fuera sábado, domingo, no-laborable o feriado la apertura se trasladará a al

primer día hábil siguiente a la misma hora,

Si se decidiera modificar la fecha y hora de la apertura mencionada en este artículo se comunicará

fehacientemente al público en general y en particular a los adquirentes del pliego por Circular Aclaratoria.

Dicha Circular deberá incluirse en la documentación a presentar con la oferta.

ARTÍCULO 23° FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS

Las propuestas deberán presentarse redactadas en idioma nacional, sin enmiendas, raspaduras o errores

que no hayan sido debidamente salvados. Se presentarán en original, foliadas y debidamente firmadas y

selladas en todas sus hojas por los representantes legal y técnico de los proponentes. Se presentarán,

salvo indicación en contrario del Pliego, en “ORIGINAL” y UNA (1) copia de toda la oferta, las que se

identificarán como “ORIGINAL”, y “DUPLICADO”, en todas sus hojas. Las cajas, sobres o paquetes

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deberán presentarse cerrados y con indicación del proponente y número de la Licitación, y la fecha y hora

de apertura.

Las aclaraciones que quieran agregarse deberán quedar asentadas por escrito en la propuesta.

El proponente podrá ofrecer variantes, alternativas y/o descuentos por separado, si el Pliego las admitiera

y siempre que lo hiciera acompañado a la propuesta conforme a Pliego.

En caso de discrepancia entre los ejemplares prevalecerá sobre los demás el señalado como

“ORIGINAL”.

La presentación de la propuesta significará de parte del proponente el pleno conocimiento y aceptación de

las cláusulas que rigen el llamado a Licitación, por lo que no resultará necesario incorporar a la propuesta

el ejemplar de los pliegos, ni tampoco los planos y toda otra documentación técnica que acompañen a los

mismos.

Las propuestas que se reciban después del día y hora fijados serán rechazadas y devueltas sin abrir con

prescindencia de la fecha en la que fueron despachadas. El licitante no asume responsabilidad alguna, ni

admitirá reclamos por la no apertura de dicha propuesta.

ARTÍCULO 24° LEY COMPRE JUJEÑO

La presente Licitación quedará, en cuanto corresponda, sujeta a la aplicación de la Ley Provincial N°

5.185 de Compre Jujeño, aplicables tanto a productos, proveedores y/o empresas.

ARTÍCULO 25º GARANTÍAS

a) de Mantenimiento de Oferta.

b) de Cumplimiento de Contrato.

c) de Impugnación.

d) De Anticipo Financiero

ARTÍCULO 26° GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA

El proponente deberá asegurar el mantenimiento de la oferta que presenta mediante la constitución de

una garantía a favor del Comitente, constituida por el UNO (1%) POR CIENTO del Presupuesto Oficial, y

por un período de SESENTA (60) días a contar de la fecha de presentación de las propuestas.

La obligación del mantenimiento de la Oferta se renovará en forma automática por períodos de TREINTA

(30) días, si el Oferente no hiciese saber su voluntad expresa de desistir de la Oferta con no menos de

DIEZ (10) días de antelación a su vencimiento.

ARTÍCULO 27º FORMAS DE CONSTITUCIÓN DE GARANTÍAS

La constitución de esta garantía podrá realizarse en cualquiera de las siguientes formas:

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1) Certificado de depósito efectuado en el Banco Macro, Sucursal Jujuy, a la orden del Comitente, en la

cuenta corriente bancaria N° N°320009408658433, CBU N°2850200930094086584331.

2) Fianza bancaria que cubra el valor exigido, en la que conste que la entidad bancaria se constituye

en fiador codeudor solidario, liso y llano y principal pagador, con la expresa renuncia de los

beneficios de división y excusión en los términos del Código Civil y Comercial de la Nación. No

deberá contener fecha de vencimiento, allanándose expresamente a la Ley y al Contrato motivo del

mismo, aun cuando fueran pagados por el tomador los valores que demande su costo. Asimismo,

deberá expresar: nombre de la entidad bancaria, si es casa matriz o sucursal, domicilio y firma

autorizante, con aclaración de la misma. El fiador deberá aceptar la jurisdicción correspondiente al

domicilio del Comitente renunciando a cualquier otra jurisdicción.

3) Póliza de Seguro de Caución, en compañías de seguros de primera línea, todo ello a satisfacción

del Comitente, por medio de la cual la aseguradora se obliga en carácter de codeudor solidario, liso

y llano, principal y directo pagador con renuncia expresa de los beneficios de división y de excusión

previa del obligado.

No se aceptarán cheques, letras de cambio, facturas, ni título alguno que no esté expresamente indicado

en el presente Pliego, como depósito de garantía.

Las garantías deberán expresar que mantienen su vigencia por el plazo de mantenimiento de oferta y con

las modalidades establecidas en el presente pliego y que el garante declara conocer y aceptar.

Los proponentes estarán obligados a mantener su oferta durante el plazo previsto en los artículos 2° y 31°

del presente.

ARTÍCULO 28° PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

Las propuestas deberán ser presentadas en 1 (uno) sobre cerrado, de acuerdo a lo que se indique en el

PCP, y llevará como únicas leyendas las siguientes: denominación de la obra a la cual corresponde la

propuesta; número de licitación; identificación del proponente; día y hora fijados para la apertura.

El licitante dará recibo de la entrega de los sobres hasta el día y la hora fijados para la apertura. Recibido

los sobres se le pondrá cargo, indicando fecha y hora.

Las propuestas serán abiertas en un acto de apertura de acuerdo a lo establecido en la Legislación

Provincial.

ARTÍCULO 29° APERTURA DE LAS OFERTAS

En fecha y hora que se establezca para la Apertura de los sobres de las propuestas presentadas, se

labrará acta de todo lo actuado con intervención de un representante de Escribanía de Gobierno y de

Fiscalía de Estado, indicándose nombre de las empresas proponentes con mención de los montos de las

cotizaciones y/o porcentajes de aumento o disminución de la oferta con respecto al presupuesto oficial.

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ARTÍCULO 30º ACCESO A LAS OFERTAS

Durante TRES (3) días hábiles luego del Acto de Apertura en las oficinas del Organismo Licitante estarán a

disposición de todos los Oferentes las Ofertas para su examinación. Pasado ese tiempo se declarará

concluido el período de observación.

ARTÍCULO 31º OBSERVACIONES

Dentro de los TRES (3) días hábiles a partir de la finalización del plazo establecido en el artículo

precedente, los proponentes cuyas ofertas hayan sido abiertas, podrán observar cualquiera de las

restantes. Las mismas se fundamentarán en forma clara y precisa y serán presentadas en la Mesa de

Entradas del Comitente.

Las actuaciones que se originen en tal sentido, serán giradas inmediatamente a la COMISIÓN DE

EVALUACIÓN, quien resolverá en forma inapelable.

ARTÍCULO 32º EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS

El método de evaluación, así como el criterio de selección de la adjudicataria se realizará de conformidad

a lo previsto PBC y en el presente pliego.

Recibidas las propuestas, se dará intervención a la Comisión Evaluadora, que procederá a examinarlas y

podrá requerir de los proponentes cualquier información complementaria, aclaraciones o subsanación de

defectos formales que considere necesarias, siempre que no impliquen la modificación de los elementos

esenciales de la oferta ni altere de modo alguno el principio de igualdad de los Oferentes. Los Oferentes

deberán dar cumplimiento al pedido de informes complementarios dentro del plazo de TRES (3) días

hábiles y si no se cumpliera en término con dicho pedido se tendrá por retirada la propuesta con pérdida

de la garantía de mantenimiento de oferta.

No se requerirá o aceptará aclaración o información complementaria por parte de un Oferente que

implique una alteración de la igualdad en la evaluación de las ofertas, dado el tiempo transcurrido con

posterioridad a la fecha de apertura, el conocimiento adquirido de las demás ofertas o cualquier otra

condición que represente una ventaja para quien formula la aclaración o complementación de la

información.

La Comisión Evaluadora fijará un orden de mérito de las propuestas basado en el menor precio de las

mismas, y a continuación procederá a verificar el cumplimiento substancial de la totalidad de los requisitos

legales, económicos, financieros y técnicos establecidos en los pliegos, para determinar la oferta más

conveniente. Estableciendo este procedimiento para las tres primeras ofertas, si las hubiere, no

resultando necesario en este caso el estudio y análisis de las restantes ofertas, salvo el fracaso de las tres

primeras.

Luego emitirá el correspondiente Dictamen de Evaluación, de conformidad a lo previsto en los pliegos

licitatorios y sus ANEXOS.

ARTÍCULO 33º DESEMPATE DE OFERTAS

En caso de empate de las Propuestas, se procederá según lo dispuesto en el PBC.

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ARTÍCULO 34º RETIRO Y DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA

El proponente que retire su oferta durante el plazo de vigencia de la misma, perderá la garantía de

mantenimiento de oferta en concepto de indemnización por tal incumplimiento.

La garantía será devuelta de inmediato:

a) A todos los proponentes que no resulten adjudicatarios; una vez firmado el contrato con el que resulte

adjudicatario.

b) Al vencimiento del plazo de mantenimiento de la oferta, a aquellos que lo hubieran solicitado.

Con respecto al proponente que resulte adjudicatario, la devolución o desafectación de la garantía no

tendrá lugar hasta que dé cumplimiento satisfactorio a la constitución de la garantía de cumplimiento del

contrato en las formas y los plazos previstos en este pliego.

ADJUDICACION DE LA OBRA

ARTÍCULO 35º ADJUDICACIÓN-GARANTIA DE IMPUGNACION

La Comisión Evaluadora elevará a la Autoridad Superior el Dictamen de Evaluación para que, en caso de

compartir el criterio, dicte el acto de adjudicación. Dicho acto será notificado fehacientemente al

adjudicatario y al resto de los proponentes.

Dentro de los TRES (3) días hábiles siguientes a la Notificación de la Adjudicación del Contrato, los

Oferentes podrán formular las impugnaciones que estimen pertinentes.

Estas impugnaciones deberán presentarse por escrito por ante la Mesa de Entrada del Comitente en el

horario de 8 a 12 horas y se deberá adjuntar una Garantía de Impugnación por un monto equivalente a

Pesos Dos Millones ($2.000.000,00). La garantía de impugnación podrá ser ejecutada al primer

requerimiento del Comitente, de no proceder la impugnación.

El Comitente responderá prontamente por escrito a cada Oferente que hubiere formulado impugnaciones.

Será facultad del Comitente el decidir sobre la suspensión del proceso de suscripción del contrato, en

cuyo caso lo comunicará al adjudicatario y a los restantes oferentes.

El licitante podrá rechazar todas las propuestas o aceptar variantes previstas en el PBC, sin que ello dé

derecho a reclamo por parte de los proponentes.

Podrá adjudicarse aun cuando se haya presentado una sola propuesta.

ARTÍCULO 36° DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL ADJUDICATARIO

Es requisito indispensable para la adjudicación, que la oferta que resultare seleccionada en primer

término, presente en un plazo no superior a diez (10) días hábiles, desde la notificación de la

preadjudicación, debe contener la siguiente:

36.1. Constancia de Inscripción y certificado fiscal para contratar, emitido por el Organismo Fiscal

Nacional, vigente. En caso de no tener vigente el certificado fiscal para contratar, la empresa deberá

presentar las declaraciones juradas y acuse de recibo de las presentaciones del impuesto al valor

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agregado (I.V.A.) y las contribuciones y aportes a la Seguridad Social y Obras Sociales (F.931), que se

debieron tributar en los tres meses anteriores.

36.2. Cédula Fiscal y Constancia original de Regularización fiscal o Certificación de Deuda

vigentes, expedidas por la Dirección Provincial de Rentas de Jujuy.

36.3.- Copia de constancia de pago del arancel mensual en el Instituto de Estadística y Registro de

la Industria de la Construcción (Ley N° 22.250) y de las tres (3) últimas declaraciones juradas de aportes

al I.E.R.I.C. y al Fondo de Investigación, Capacitación y Seguridad para la Industria de la Construcción

(FICS), ambos calculados sobre los montos del Fondo de Cese Laboral (Ley N° 22.250).

36.4.- Copia del contrato de adhesión o del certificado emitido por la Aseguradora de Riesgo de

Trabajo (A.R.T.).

36.5.- Copia autenticada de la constancia expedida por el Colegio de Ingenieros, el de Arquitectos

o el Consejo Profesional, según corresponda, de que el profesional Representante Técnico se encuentra

matriculado y habilitado para el ejercicio de la profesión en el periodo durante el cual se concreta el

llamado a licitación (Ley Nº 4957).

Si el oferente no diera cumplimiento en el plazo estipulado a la presentación de la documentación

requerida en este Anexo, o lo hiciere de forma parcial, el organismo licitante deberá rechazar la oferta,

disponiendo la perdida de la Garantía de Oferta, y quedará facultado para continuar el proceso de

adjudicación con la oferta que continúe en el orden de mérito, para lo cual la Comisión de Evaluación,

deberá clasificar como mínimo tres ofertas, si las hubiere.

Para empresas extranjeras se aceptará la presentación de la documentación equivalente de origen

debidamente certificada y traducida, si es que existe la equivalencia o, en caso de que no existiera, se

analizará cada caso en particular para determinar si corresponde la excepción a la presentación.

FIRMA DEL CONTRATO

ARTÍCULO 37° GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

Simultáneamente con la firma del contrato, el Contratista deberá afianzar su cumplimiento mediante una

garantía, constituida en alguna de las formas previstas en este Pliego, por el DIEZ POR CIENTO (10 %)

del importe total del contrato. Si el contratista no integrara la garantía de cumplimiento del contrato, el

Comitente podrá rescindirlo, en cuyo caso el contratista perderá la garantía de mantenimiento de oferta.

Es facultad exclusiva del Comitente proceder en esta forma o acordar, si mediaren razones atendibles, un

plazo adicional para integrar la garantía de cumplimiento del contrato.

ARTÍCULO 38° DOCUMENTOS INTEGRANTES DEL CONTRATO

1) Serán documentos integrantes del contrato:

a- El presente pliego;

b- El PBC;

c- Los planos y planillas de la licitación;

d- El PET;

e- Las circulares con consulta y sin consulta;

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f- El presupuesto de la obra cuando así corresponda en razón del sistema de contratación;

g- La propuesta;

h- El acto de adjudicación.

i- Los partes diarios de obra.

2) Se considerará documentación accesoria, la que se indica a continuación:

a- La orden de inicio de los trabajos;

b- El acta de inicio;

c- El plan y diagrama de ejecución de la obra, aprobados por el

Comitente;

d- Las Órdenes de Servicio que por escrito imparta la Inspección;

e- Libro de notas de pedido;

g- Los planos complementarios que el comitente entregue al contratista durante la ejecución de la

obra y los preparados por el contratista que fueran aprobados por aquél;

h- Actas de recepción;

i- Los comprobantes de trabajos adicionales o las modificaciones ordenados por el COMITENTE o

quien este determine.

ARTÍCULO 39° IMPUESTO DE SELLOS

Cuando el contrato se encontrare alcanzado por impuesto de sellos, cada una de las partes abonará el

cincuenta por ciento (50 %) del valor del impuesto. El Comitente podrá optar por cancelar también la parte

del Contratista, procediendo a descontarla del primer o primeros pagos del contrato.

ARTÍCULO 40° TRANSFERENCIA DEL CONTRATO

Firmado el contrato, el contratista no podrá transferirlo ni cederlo, en todo o en parte, a otra persona o

entidad, ni asociarse para su cumplimiento, sin autorización y aprobación del Comitente.

ARTÍCULO 41° CAMBIO DE DOMICILIO DEL CONTRATISTA

En caso de modificarse el domicilio especial del contratista durante la ejecución del contrato, aquél está

obligado a comunicar sin demora, en forma fehaciente al Comitente, su nuevo domicilio, el que deberá

constituirse en la jurisdicción de San Salvador de Jujuy.

SECCIÓN II

CONDICIONES DE EJECUCION CONTRACTUAL

CAPITULO I

ORGANIZACIÓN DE LA OBRA

ARTÍCULO 42° ORDEN DE INICIO

Firmado el Contrato, el Comitente dará la orden de inicio. El Contratista queda obligado a comenzar los

trabajos contractuales. Las partes labrarán la correspondiente Acta de Inicio en la fecha que se dé

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

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comienzo efectivo a esos trabajos, fecha a partir de la cual se computarán los plazos fijados en el

contrato.

Si emitida la Orden de inicio, el Contratista no hubiera iniciado los trabajos en el plazo que se le establece,

el Comitente tendrá derecho a la rescisión del Contrato, en cuyo caso el Contratista perderá la garantía de

cumplimiento del Contrato y responderá por los daños y perjuicios causados. Si el Comitente no ejerciera

este derecho, el plazo de ejecución de Obra se computará automáticamente a partir de la fecha de

vencimiento del plazo de inicio establecido en la Orden de Inicio.

ARTÍCULO 43º VIGILANCIA, SEGURIDAD E HIGIENE

La responsabilidad que le incumbe al Contratista respecto de la vigilancia continua de la Obra, para

prevenir robos o deterioros de los materiales, estructuras u otros bienes propios o ajenos, se extiende a

todo lo relativo al servicio de prevención de accidentes que puedan afectar a personas o a bienes del

Estado o de terceros.

La adopción de las medidas a las que se alude precedentemente no eximirá al Contratista de las

consecuencias de los hechos referidos.

ARTÍCULO 44º ALUMBRADO Y LUCES DE PELIGRO

El Contratista instalará en todo el recinto de la Obra, alumbrado suficiente para permitir una vigilancia

nocturna eficiente y colocará las luces de peligro reglamentarias, estando a su cargo el consumo de

energía eléctrica o de combustible de toda esta instalación.

ARTÍCULO 45º CONSTRUCCIONES PROVISIONALES

Los depósitos, galpones, tinglados y en general todas las construcciones provisionales para oficinas,

almacenes, talleres, vestuarios, comedores, cocinas y recintos sanitarios, serán instalados y mantenidos

por el Contratista en perfecto estado de limpieza y conservación, estando también a su cargo el

alumbrado y la provisión y distribución de agua a los mismos y, a la terminación de la Obra, serán

demolidos y retirados por el Contratista.

ARTÍCULO 46º OFICINA PARA LA INSPECCIÓN

El Contratista instalará en lugar próximo a sus propias oficinas de Obra, los locales para oficinas de la

Inspección, con las características y moblaje indicados en el PET. Estas instalaciones serán retiradas

cuando lo disponga la Inspección, siempre antes de la Recepción Definitiva de la Obra, y todos los

elementos de ellas son de propiedad del Contratista, quien mantendrá la limpieza permanente y

conservación de las oficinas de la Inspección hasta la Recepción Provisoria.

Cuando la Inspección disponga que sus oficinas se mantengan en servicio después de la Recepción

Provisoria, su conservación, limpieza, suministro de energía eléctrica y servicio telefónico quedarán a

cargo del Comitente hasta que el Contratista reciba la orden de retirar esas instalaciones.

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ARTÍCULO 47º RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA

El Contratista es responsable ante el Comitente o terceros por las obligaciones y requisitos para llevar

adelante la contratación y ejecutar el Contrato en debida forma.

La prestación objeto del Contrato será asumida por el Contratista a su propio riesgo en cuanto a la gestión

y su ejecución y desde el punto de vista técnico, jurídico económico y financiero.

El Comitente no será responsable ante terceros por las obligaciones que asume o debiera asumir el

Contratista.

Esto no exime tampoco al Subcontratista de su responsabilidad, quien deberá agregar al Subcontrato, una

garantía de manera concordante a lo establecido en el presente pliego.

El Contratista tomará todas las disposiciones y precauciones necesarias o las que indique la Inspección,

para evitar daños a las Obras que ejecute, a las personas que dependan de él, a las del Comitente o

Inspección destacadas en la Obra, a terceros y a los bienes del Comitente o de terceros, ya sea que

provengan esos daños de maniobras del Obrador, de la acción de los elementos o de causas eventuales.

Si esos daños se produjeran, será responsable por el resarcimiento de los perjuicios.

Estas responsabilidades subsistirán hasta la Recepción Provisoria de la Obra y durante la ejecución de los

trabajos complementarios que se realice en el período de garantía.

A tal efecto, el Contratista deberá contar con una póliza de seguros por responsabilidad civil afectada a la

Obra.

El Comitente podrá retener en su poder, de las sumas que adeudara al Contratista, el importe que estime

conveniente hasta que los reclamos o acciones que llegaran a formularse por alguno de aquellos

conceptos sean definitivamente resueltos y hayan sido satisfechas las indemnizaciones pertinentes.

ARTÍCULO 48º INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS

El Contratista deberá cumplir con todas las disposiciones reglamentarias, emanadas de autoridad

competente, vigentes en el lugar de las Obras y será responsable por las multas y resarcimientos a que

dieran lugar infracciones cometidas por él o su personal.

La aplicación de la penalidad no eximirá al Contratista de sus obligaciones. A tales efectos, al notificar la

penalidad se intimará al cumplimiento de la obligación, en el plazo razonable que se le fije, y bajo

apercibimiento de nuevas penalidades.

Sin perjuicio de la multa, si la demora en la entrega de la totalidad de las tareas supera la cantidad de

SESENTA (60) días corridos o su importe alcanzare al QUINCE POR CIENTO (15%) del Contrato, lo que

ocurra primero, el Contrato se considerará rescindido automáticamente y sujeto a las reclamaciones de

daños y perjuicios que correspondan

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ARTÍCULO 49º LETREROS

No se podrá colocar en la Obra letrero alguno sin la previa conformidad del Comitente, el que decidirá

sobre su texto, ubicación, diseño y dimensiones.

ARTÍCULO 50º LIMPIEZA DE LA OBRA

Es obligación del Contratista mantener en la Obra y en el Obrador una limpieza adecuada a juicio del

Comitente y mantener el Obrador libre de residuos. A la terminación de los trabajos deberá entregar la

Obra y los terrenos antes ocupados por el Obrador en perfecto estado de limpieza y sin ninguna clase de

residuos ni equipos de su propiedad.

Queda entendido que el sitio de los trabajos a cargo de cada Contratista, debe quedar limpio en forma

diaria. La limpieza final de la Obra incluirá todo lo que haya quedado sucio como consecuencia de la

ejecución de los trabajos.

ARTÍCULO 51º PROVISIÓN DE SERVICIOS

Los servicios (agua, gas y electricidad) necesarios para la ejecución de la Obra, deberán ser costeados

por el Contratista, a cuyo cargo estará el pago de todos los derechos por ese concepto.

ARTÍCULO 52º PRÓRROGAS DEL PLAZO DE OBRA

A pedido del Contratista, el Comitente podrá acordar prórrogas de plazo cuando, a su solo juicio, se

presenten algunas de las siguientes causas:

1) Trabajos adicionales que lo justifiquen;

2) Demora en el estudio de la solución de dificultades técnicas imprevistas que impidan el normal

desarrollo de las obras;

3) Alegación y prueba de la teoría de la imprevisión;

4) Falta notoria y debidamente comprobada de materiales o elementos de transporte que no provengan

de causas originadas por el contratista;

5) Demoras ocasionadas por otros contratistas;

6) Conflictos gremiales de carácter general;

7) Por siniestro;

8) Toda otra circunstancia que, a juicio del comitente, haga procedente el otorgamiento de la prórroga.

Las solicitudes de prórroga deberán presentarse al Comitente en el plazo de TREINTA (30) días de la

producción del hecho o causa que las motiva, transcurrido el cual podrán no ser tomadas en

consideración.

El Comitente podrá tramitar de oficio la ampliación del plazo contractual cuando la causa o hecho

determinante de la demora le sea imputable, sin necesidad de la presentación previa del Contratista.

Dentro de un plazo de QUINCE (15) días de otorgada una prórroga se ajustará el Plan de Trabajos y la

Curva de Inversiones que se someterán a la aprobación del Comitente.

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ARTÍCULO 53º SUSPENSIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA

Por cualquier causa justificada, el Comitente podrá suspender en todo o en parte la obra contratada,

comunicando al Contratista la orden correspondiente por medio fehaciente y procediendo a la medición de

la obra ejecutada en la parte que alcance la suspensión.

El Contratista podrá solicitar la suspensión temporaria de los derechos y obligaciones correspondientes al

contrato cuando:

a) Así se requiera para la reconstrucción de los trabajos que hubieran resultado destruidos o

demolidos.

b) Exista estado de guerra, de conmoción interior o de grave alteración del orden público, que

impidan la normal ejecución de los trabajos o funcionamiento de la totalidad de los mismos en la

forma pactada.

El Contratista deberá poner en conocimiento del Comitente la existencia de los impedimentos aludidos y

solicitar la suspensión del plazo de ejecución de la obra, aún en casos que se trate de hechos de pública

notoriedad.

DIRECCION DE OBRA

ARTÍCULO 54º REPRESENTANTE TÉCNICO

El Representante Técnico designado por el Contratista deberá reunir los requisitos de aptitud, formación,

experiencia e idoneidad requeridos para la función y encontrarse habilitado profesionalmente para ejercer

la misma.

El reemplazo del Representante Técnico sólo podrá proceder bajo razones fundadas debidamente

acreditadas por el Contratista ante el Comitente.

El Comitente podrá solicitar la remoción y reemplazo del Representante Técnico en cualquier etapa del

contrato.

El Representante Técnico tendrá a su cargo la conducción de los trabajos y estará autorizado por el

Contratista para recibir órdenes de la Inspección, notificarse de Órdenes de Servicio y darles

cumplimiento. La firma del Representante Técnico obliga al Contratista ante el Comitente.

La permanencia del Representante Técnico, Jefe de Obra o de otro personal del Contratista requerido por

la documentación licitatoria será permanente durante la ejecución de los trabajos, salvo criterio distinto en

el PCP.

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ARTÍCULO 55º INSPECCIÓN DE OBRA

La Inspección de Obra estará a cargo de quien designe el Comitente; éste comunicará por nota al

Contratista cuáles son las personas autorizadas para visitar la Obra en cualquier momento sin previo

permiso y cuáles están autorizadas para dar órdenes escritas con carácter de Inspección.

El Contratista y su personal cumplirán las instrucciones y órdenes impartidas por la Inspección. La

inobservancia de esta obligación, o los actos de cualquier índole que perturben la marcha de la Obra,

harán pasibles al culpable de su inmediata expulsión del recinto de los trabajos.

ARTÍCULO 56° ÓRDENES DE SERVICIO Y OBSERVACIONES DE LA INSPECCIÓN

Todas las órdenes de la Inspección de Obra, y también las observaciones cuando su importancia lo

justifique, serán cronológicamente consignadas por escrito en un libro foliado, sellado y rubricado por el

Comitente, que la Inspección guardará en la Obra.

Toda Orden de Servicio deberá ser firmada por el Contratista dentro de los TRES (3) días hábiles del

requerimiento de la Inspección. Su negativa lo hará pasible de la multa correspondiente. Cuando se trate

de reincidencia, el valor de las multas establecidas se duplicará.

El Comitente podrá además, mandar a ejecutar en cualquier momento, a costa del Contratista, los

trabajos ordenados, deduciéndose su importe del primer certificado que se extienda y, en caso necesario,

del fondo de reparos.

Se considerará que toda Orden de Servicio está comprendida dentro de las estipulaciones del Contrato y

que no importa modificación de lo pactado ni encomienda de trabajos adicionales.

Aun cuando el Contratista considere que en una Orden de Servicio se exceden los términos del Contrato,

deberá notificarse de ella, sin perjuicio de presentar ante el Comitente, por intermedio de la Inspección de

Obra y en el término de CUATRO (4) días hábiles, un reclamo fundando detalladamente las razones que

le asisten para observar la orden recibida. No se considerarán como observadas las órdenes de servicio

cuando al hacerlo el Contratista no asentare los fundamentos de su observación.

Transcurrido el plazo anterior sin hacer uso de ese derecho, el Contratista quedará obligado a cumplir la

orden de inmediato, sin tener derecho a reclamos posteriores.

La observación del Contratista, opuesta a cualquier Orden de Servicio, no lo eximirá de la obligación de

cumplirla, si ella fuera reiterada.

ARTÍCULO 57º NOTAS DE PEDIDO. PARTE DIARIO

Todas las reclamaciones y/u observaciones del Contratista serán cronológicamente consignadas por

escrito en un libro foliado, sellado y rubricado por el Comitente, que aquel guardará en la Obra.

Cuando no se establezcan expresamente plazos en otras partes de este pliego o en el PET, deberán ser

interpuestas dentro de los CINCO (5) días de producido el hecho que las motive. El Contratista deberá

fundarlas debidamente con determinación de valores, especies, etc., en el plazo de QUINCE (15) días a

partir de la presentación del reclamo y/u observación formulados.

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El Contratista entregará el Parte Diario a la Inspección, en una planilla donde consten los trabajos

ejecutados, insumos y material aportado, el personal empleado y las condiciones climáticas, de acuerdo a

las instrucciones que se le impartan.

El Parte Diario será la base para el Acta de Medición que se firmará el último día de cada mes

ARTÍCULO 58º INTERPRETACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN TÉCNICA

El Contratista es responsable de la correcta interpretación de los planos para la realización de la Obra y

responderá de los defectos que puedan producirse por su incorrecta interpretación durante la ejecución y

conservación de la misma hasta la Recepción Definitiva.

Si el Contratista creyera advertir errores en la documentación técnica, tiene la obligación de señalarlo a la

Inspección antes de iniciar el trabajo. Ésta, de considerarlo pertinente, indicará al Contratista que se

efectúen las correcciones que correspondan.

Si el Contratista no los señalara oportunamente, serán a su cargo los trabajos que fuera necesario

ejecutar para corregir las fallas. Dichos trabajos no podrán justificar ampliaciones de plazo.

ARTÍCULO 59º TERMINACIÓN DE LOS TRABAJOS

Los trabajos deberán quedar terminados enteros, completos y adaptados a sus fines, y la falta de mención

expresa de detalles necesarios no libera al Contratista de la obligación de realizarlos ni le da derecho al

pago de adicional alguno.

PERSONAL OBRERO

ARTÍCULO 60º SALARIOS

El Contratista abonará a todo su personal salarios iguales o superiores a los establecidos por las

convenciones en vigencia aprobadas por autoridad competente y dará cumplimiento a todas las

obligaciones legales o emergentes de esas convenciones en materia de cargas sociales. El pago de cada

certificado mensual de Obra estará condicionado a la presentación conjunta, por el Contratista, de los

comprobantes de depósitos por aportes previsionales y fondo de desempleo correspondientes al mes

precedente al de los trabajos certificados.

La demora en el pago de certificados motivada por incumplimientos del Contratista no dará derecho a éste

a reclamación alguna, ni correrán intereses por el retardo.

ARTÍCULO 61º IDONEIDAD DEL PERSONAL

El personal deberá ser idóneo y suficiente para los trabajos a ejecutarse y la Inspección podrá exigir el

cambio de todo obrero que considere incompetente o su asignación a otra tarea.

Asimismo podrá exigir la desvinculación de todo personal del Contratista que provocara desórdenes o

indisciplina y la ampliación del personal cuando éste resultare insuficiente.

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MATERIALES Y TRABAJOS

ARTÍCULO 62º ABASTECIMIENTO DE MATERIALES

El Contratista tendrá siempre en la Obra la cantidad de materiales que a juicio del Comitente se necesite

para su buena marcha y no podrá utilizarlos en otros trabajos que no sean de la Obra contratada.

Estará también obligado a usar métodos y enseres que a juicio de la Inspección aseguren la calidad

satisfactoria de la Obra y su terminación dentro del plazo fijado en el Contrato.

Sin embargo, el hecho de que la Inspección nada observe sobre el particular, no eximirá al Contratista de

la responsabilidad que le concierne por la mala calidad de las Obras ejecutadas o por la demora en

terminarlas.

ARTÍCULO 63º CALIDAD DE LOS MATERIALES Y TRABAJOS

Todos los materiales, artefactos y accesorios serán de la mejor calidad existente en plaza entre los de su

clase y los trabajos ejecutados con ellos, ajustados a las mejores reglas del arte. El Contratista deberá

presentar muestras de los elementos por adquirir y requerir la previa aprobación del Comitente. Para los

elementos que requieran elaboración previa en taller, el Comitente podrá inspeccionarlos en los talleres

donde se ejecuten y si dicho lugar se encontrara a más de 100 kilómetros del lugar de la Obra, el

Contratista deberá asumir los gastos de traslado y estadía del personal de la Inspección.

ARTÍCULO 64º APROBACIÓN DE MATERIALES. ENSAYOS Y PRUEBAS

Los materiales y las materias primas de toda clase a incorporar en Obra por la Contratista, serán sin uso y

de la mejor calidad y tendrán las formas y dimensiones prescriptas en los planos, en la documentación del

Contrato o las exigidas por la Inspección. Cuando se prescriba que algún material o artefacto deba

ajustarse a tipo o muestra determinada, se entenderá que ellos servirán para efectuar comparaciones,

pudiendo el Contratista suministrar materiales que sean equivalentes a juicio del Comitente.

El Contratista depositará en Obra, con suficiente tiempo para su examen y aprobación, las muestras de

los materiales que la Inspección determine, las que servirán para comparar los abastecimientos

correspondientes a los trabajos.

Los materiales y los elementos de toda clase que la Inspección rechazare, serán retirados de la Obra por

el Contratista a su costa, dentro del plazo que la Orden de Servicio respectiva señale. Transcurrido ese

plazo sin haber dado cumplimiento a la orden, el Contratista se hará pasible de multa.

Los materiales y elementos defectuosos o rechazados que llegasen a colocarse en la Obra, a igual que

aquéllos de buena calidad puestos en desacuerdo con las reglas del arte, serán reemplazados por el

Contratista, estando a su cargo los gastos a los que los trabajos de sustitución dieran lugar.

El Comitente podrá hacer todos los ensayos y pruebas que considere convenientes para comprobar si los

materiales o estructuras son los que se determinan en los pliegos.

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El personal y los elementos necesarios para este objeto, como ser: instrumentos de medida, balanzas,

combustibles, etc., serán facilitados y costeados por el Contratista. Este además, pagará cualquier ensayo

o análisis físico, químico o mecánico que deba encomendarse a efectos de verificar la naturaleza de algún

material, incluso los gastos de transporte, recepción, manipuleo y despacho, reembolsándosele los gastos

solamente cuando se comprobare que el material es el especificado.

ARTÍCULO 65º CALIDAD DEL EQUIPO

El Contratista usará equipo de calidad apropiada a los trabajos por ejecutar y el Comitente podrá exigir

cambio o refuerzo de equipos cuando el provisto, ya sea por su estado o características, no permita la

ejecución de un trabajo correcto y al ritmo previsto.

ARTÍCULO 66º CORRECCIÓN DE TRABAJOS DEFECTUOSOS

Cuando un trabajo resultare defectuoso ya sea por fallas del material o de la ejecución, el Contratista lo

corregirá si es posible o, en caso contrario, lo demolerá y reconstruirá a su costa, sin que ello pueda

justificar ampliación de plazo. El Comitente establecerá cuándo corresponde corregir un trabajo

defectuoso, debiendo la corrección realizarse a satisfacción de aquél.

ARTÍCULO 67º VICIOS OCULTOS

Cuando se considere que pudieran existir vicios en trabajos no visibles, la Inspección podrá ordenar las

demoliciones o desmontajes y las reconstrucciones necesarias para constatar la existencia de los

mismos. Si los defectos fueran comprobados, todos los gastos originados por tal motivo estarán a cargo

del Contratista. En caso contrario, los abonará el Comitente.

Si los vicios se manifestaran en el transcurso del plazo de garantía, el Contratista deberá reparar o

cambiar las Obras defectuosas en el plazo que se le fije, a contar desde la fecha de su notificación;

transcurrido ese plazo, dichos trabajos podrán ser ejecutados por el Comitente o por terceros, a costa de

aquél, deduciéndose su importe del fondo de reparos.

La Recepción Definitiva de los trabajos no implicará la pérdida del derecho del Comitente de exigir el

resarcimiento de los gastos, daños o intereses que le produjera la reconstrucción de aquellas partes de la

Obra en las cuales se descubriera ulteriormente la existencia de vicios.

RELACIONES CON OTROS CONTRATISTAS

ARTÍCULO 68º SUBCONTRATISTAS

El Contratista solamente podrá subcontratar parte de sus trabajos si media la autorización previa del

Comitente y la aceptación del Subcontratista. La subcontratación no exime al Contratista de sus

obligaciones con relación al Comitente.

El Comitente podrá denegar la autorización a la subcontratación, sin que tal negativa otorgue derecho

alguno al Contratista ni justifique atrasos en el Plan de Trabajos.

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ARTÍCULO 69º RESPONSABILIDAD

El Contratista es el único responsable, ante el Comitente, de todo lo hecho por sus Subcontratistas.

Esto no exime tampoco al Subcontratista de su responsabilidad, quien deberá agregar al

Subcontrato, una garantía de manera concordante a lo establecido en el Artículo 35º del presente pliego.

ARTÍCULO 70º OTROS CONTRATISTAS

El Contratista está obligado a permitir la ejecución de los trabajos, ajenos a su Contrato, que

El Comitente encomiende a otros Contratistas y acatará las órdenes que dé la Inspección para evitar

interferencias.

Estará igualmente obligado a unir en forma apropiada su Obra a la de los demás Contratistas o a la que

realice directamente el Comitente, ajustándose a las indicaciones que se le impartan y a los planos y

especificaciones.

Si el Contratista experimentare demoras o fuese estorbado en sus trabajos por causas imputables a otros

Contratistas, deberá dar inmediatamente cuenta del hecho a la Inspección para que ésta tome las

determinaciones pertinentes.

DESARROLLO DE LA OBRA

ARTÍCULO 71º PLAZO

La Obra debe ser totalmente realizada en el plazo fijado en la documentación del Contrato y en las

prórrogas que hubieran sido acordadas, de acuerdo al Plan de Trabajos vigente.

ARTÍCULO 72º MORA

Si las Obras contratadas no se terminaran dentro del plazo contractual y sus prórrogas otorgadas, por

causas no justificadas a juicio del Comitente, el Contratista se hará pasible de la multa correspondiente.

Cuando el Contratista incurriera en atrasos en la ejecución del Plan de Trabajos, previa intimación a

regularizar el ritmo de Obra, se hará también pasible de multa que se prevé en el presente.

En caso que en el PCP se establecieran plazos parciales para determinados trabajos, si ellos no

estuvieran terminados en el plazo fijado, entrarán en mora parcial y se le aplicará la multa por

incumplimiento de plazo parcial.

ARTÍCULO 73º CONTRALOR DE TRABAJOS

El Contratista deberá dar aviso escrito con una anticipación mínima de CUARENTA Y OCHO (48) horas

del comienzo de todo trabajo cuya correcta ejecución no pudiera ser verificada después de ejecutado. Si

el Contratista omitiere este requisito, serán por su cuenta los gastos de cualquier índole que se originaren

para verificar la corrección de su ejecución.

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ARTÍCULO 74º UNIÓN DE OBRAS NUEVAS CON EXISTENTES

Cuando las Obras a ejecutar debieran ser unidas o pudieran afectar en cualquier forma Obras existentes,

estarán a cargo del Contratista y se considerarán comprendidas, sin excepción, en la propuesta

presentada: a) la reconstrucción de todas las partes removidas y la reparación de todos los desperfectos

que a consecuencia de los trabajos licitados se produzcan en la parte existente; b) la provisión de todos

los materiales y la ejecución de todos los trabajos necesarios para unir las Obras licitadas con las

existentes.

Todo material provisto o trabajo ejecutado en virtud de esta cláusula será de la calidad, tipo, forma y

demás requisitos equivalentes y análogos a los similares previstos o existentes, según corresponda a

juicio del Comitente.

ARTÍCULO 75º CONTROL DE PLAZOS

75.1. Actualización del Plan de Trabajos

Dentro de los CINCO (5) días hábiles, de aprobado por el Comitente el Proyecto Ejecutivo, el Contratista

presentará al Comitente para su aprobación la actualización del Plan de Trabajos presentado con su

oferta en el que constarán los métodos generales, procedimientos, secuencias y tiempos de ejecución de

todas las actividades relativas a la Obra.

Asimismo, el Contratista deberá presentar también a la Inspección para su aprobación una actualización

trimestral del Plan de Trabajos y la Curva de Inversión o con una frecuencia menor, si ocurrieran hechos

que así lo hicieran necesario o si así lo solicitara la Inspección.

La actualización del Plan de Trabajos mostrará los avances reales de cada actividad y efectos de tales

avances sobre los plazos de las tareas restantes, incluyendo cualquier cambio en la secuencia de las

actividades y cualquier modificación aprobada en los montos o plazos de contrato.

Si el Contratista no entregara oportunamente el Plan de Trabajos o sus actualizaciones, el Comitente

podrá aplicar las respectivas sanciones.

La aprobación del Plan de Trabajos por la Inspección no modificará de manera alguna las obligaciones del

Contratista.

75.2. Prórroga de la Fecha Prevista de Terminación.

75.2.1. El Comitente podrá prorrogar la Fecha Prevista de Terminación cuando ordene una Modificación

de Obra o cualquier otra causa justificada que hiciera imposible la Terminación de las Obras o una de sus

etapas en la Fecha Prevista de Terminación, sin que el Contratista tuviera que adoptar medidas para

acelerar el ritmo de ejecución de los trabajos pendientes que exigieran al Contratista incurrir en costos

adicionales.

75.2.2 El Comitente determinará si debe prorrogarse la fecha prevista de terminación y por cuánto tiempo,

dentro de los TREINTA (30) días siguientes a la fecha en que el Contratista solicita una decisión sobre los

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efectos de una Variación o de un Evento Compensable y proporciona toda la información de respaldo. Si

el Contratista no hubiere dado alerta anticipada acerca de alguna demora o no hubiere cooperado para

resolverla, la demora debida a esa falta de cooperación no será considerada para determinar la nueva

Fecha Prevista de Terminación.

75.2.3. El Contratista adecuará su labor para cumplir con el plazo establecido, aunque deba trabajar en

días u horas inhábiles. Si el Contratista dispone trabajar en esos días u horas lo hará a su exclusiva costa

e informará a la Inspección con antelación suficiente.

75.3Aceleración.

75.3.1. Cuando el Comitente decida que el Contratista finalice las Obras antes de la Fecha Prevista de

Terminación, la Inspección deberá solicitar al Contratista propuestas con indicación de precios para

conseguir la necesaria aceleración en la ejecución de los trabajos.

Si el Comitente aceptara dichas propuestas, la Fecha Prevista de Terminación será modificada en

consecuencia y confirmada por el Contratante y el Contratista.

75.3.2. Si el Contratante aceptara las propuestas y precios del Contratista para acelerar la ejecución de

los trabajos, ellas se incorporarán al precio del Contrato y se tratarán como Variaciones.

75.4 Demoras Ordenadas por el Inspector.

El Inspector podrá ordenar al Contratista que demore la iniciación o el avance de cualquier actividad

relativa a las Obras.

75.5 Reuniones de Administración.

75.5.1. Tanto el Inspector como el Contratista podrán solicitar a la otra parte la asistencia a reuniones de

administración.

El objetivo de dichas reuniones será revisar la programación de los trabajos pendientes y resolver asuntos

planteados conforme al procedimiento de alerta temprana.

75.5.2. El Inspector deberá llevar un registro de lo tratado en las reuniones de administración y

suministrar copias del mismo a los asistentes y al Comitente. Ya sea en la propia reunión o con

posterioridad a ella, el Inspector deberá decidir y comunicar por escrito a todos los asistentes, las

respectivas obligaciones con respecto a las medidas que deban adoptarse.

75.6 Aviso Anticipado Oportuno

75.6.1 El Contratista deberá avisar al Inspector lo antes posible acerca de futuros eventos probables

específicos o circunstancias que puedan perjudicar la calidad de los trabajos, elevar el precio del Contrato

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o demorar la ejecución de las Obras. El Inspector podrá solicitar que el Contratista entregue una

estimación de los efectos esperados del hecho o circunstancia futuros en el Precio del Contrato y la Fecha

de Terminación. El Contratista deberá proporcionar dicha estimación a la brevedad posible.

75.6.2 El Contratista deberá colaborar con el Inspector en la preparación y consideración de propuestas

acerca de la manera en que los efectos de dicho hecho o circunstancia puedan ser evitados o reducidos

por alguno de los participantes en el trabajo y para ejecutar las instrucciones correspondientes que

ordenare el Inspector.

MODIFICACIONES DE OBRA

ARTÍCULO 76º MODIFICACIONES DE OBRA

Si fuera necesario realizar trabajos no previstos en el Contrato, su precio deberá ser previamente

convenido con el Comitente y establecido, cuando sea posible, partiendo de los precios contractuales

correspondientes a trabajos análogos o semejantes, teniendo en cuenta las alteraciones de los costos que

se hubieren producido desde la fecha de la Licitación.

Cuando no existan trabajos previstos de características semejantes o análogas a las del nuevo trabajo, el

precio será propuesto por el Contratista y ajustado por el Comitente en función de los elementos

determinantes del costo directo del nuevo trabajo.

Aún en caso de no llegarse a un acuerdo previo sobre el precio, el Contratista deberá proceder

inmediatamente a la ejecución de los trabajos si así lo ordenara la Inspección, dejando a salvo sus

derechos. En este caso se llevará cuenta minuciosa de las inversiones realizadas, cuyo detalle, con la

aprobación o reparos de la Inspección, servirá como elemento ilustrativo para fijar luego el precio en

instancia administrativa o judicial.

A este último efecto, las partes aceptan los porcentajes de recargo en concepto de gastos generales y

beneficios, que se hubieran aplicado a la propuesta original.

Sin perjuicio de lo establecido precedentemente, el Comitente podrá disponer que los trabajos de que se

trata se lleven a cabo directamente o por nuevo Contrato.

ARTÍCULO 77º REAJUSTE DE GARANTÍA

Cuando se encomienden modificaciones que impliquen aumento del Contrato, el Contratista deberá

ampliar en un DIEZ POR CIENTO (10 %) de tal aumento, la Garantía de Cumplimiento del Contrato.

ARTÍCULO 78º TRABAJOS EJECUTADOS CON MATERIALES DE MAYOR VALOR O SIN LA

CONFORMIDAD DEL COMITENTE

Los Contratos ejecutados con materiales de mayor valor que los estipulados, ya sea por su naturaleza,

calidad o procedencia, serán computados al Contratista como si los hubiese ejecutado con los materiales

especificados. Los trabajos no ejecutados de conformidad con las órdenes de servicio comunicadas al

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Contratista, o que no respondiesen a las especificaciones técnicas, podrán ser rechazados, aunque

fuesen de mayor valor que los estipulados, y en este caso, la Inspección podrá ordenar su demolición y

reconstrucción de acuerdo con lo estipulado en el Contrato, estando a cargo del Contratista los gastos

provocados por esta causa.

LIQUIDACION, CERTIFICACION Y PAGO DE LAS OBRAS.

ARTÍCULO 79º MEDICIÓN. CERTIFICACIÓN.

El Ítem PROYECTO EJECUTIVO, se certificará una vez que el mismo haya sido evaluado y aprobado en

forma parcial, para su ejecución.

Al final de cada mes calendario, el Contratista en colaboración y bajo la supervisión de la Inspección,

efectuará la medición ajustándose a las normas que establezcan los PBC, PCP y PET.

Conformada la mensura por la Inspección, el Contratista preparará, de acuerdo con ella, los certificados

de Obra, ajustándose también para ello a lo estipulado en los pliegos y a las indicaciones

complementarias que pudiera haber formulado la Inspección.

Cada certificado, debe comprender la totalidad de los trabajos ejecutados, desde el comienzo de la Obra

hasta la fecha del certificado o hasta el hito especificado en los pliegos y su valor parcial estará dado por

su excedente sobre el total del certificado del mes anterior.

Los certificados constituirán en todos los casos, documentos provisionales para pagos a cuenta, sujetos a

posteriores rectificaciones, hasta tanto se produzca la liquidación final y ésta sea aprobada por la

autoridad competente.

Las formalidades y detalles de los certificados se ajustarán a lo establecido en el presente pliego.

En caso de desacuerdo en relación con la medición, se extenderá el certificado con los resultados

obtenidos por la Inspección, haciéndose a posteriori, si correspondiera, la rectificación pertinente, o

difiriendo para la liquidación final el ajuste de las diferencias sobre las que no hubiera acuerdo.

ARTÍCULO 80º: RETENCIONES SOBRE LOS CERTIFICADOS.

Sobre todos los certificados, excepto el anticipo de obra en caso de corresponder, El Comitente retendrá

el CINCO POR CIENTO (5%). Estos descuentos se realizarán sin perjuicio de la garantía de cumplimiento

de Contrato, para constituir el Fondo de Reparo. Este fondo quedará en poder del Comitente hasta la

Recepción Definitiva de la Obra en garantía de la correcta ejecución de los trabajos y para hacer frente a

reparaciones que fueran necesarias y que el Contratista no ejecutara cuando le fuera ordenado. El

Comitente no pagará intereses por las retenciones realizadas en dicho concepto.

El monto retenido se reintegrará al Contratista dentro de los TREINTA (30) días de emitido el certificado

de liquidación final (Recepción Definitiva) y una vez efectuadas las deducciones que correspondieren al

Contratista tanto por reparaciones, sanciones no percibidas o en concepto de resarcimiento.

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ARTÍCULO 81º SUSTITUCIÓN DEL FONDO DE REPAROS.

El Contratista podrá sustituir el CIEN POR CIENTO (100 %) de la suma retenida en concepto de fondo de

reparo por alguna de las garantías previstas en el presente pliego. El Contratista sólo podrá hacer uso de

esta sustitución cuando el avance de la certificación de la obra al mes de que se trate no resulte menor al

NOVENTA POR CIENTO (90 %) del avance financiero previsto según la Curva de Inversión vigente.

ARTÍCULO 82º PRESENTACIÓN Y PAGO DE FACTURAS Y CERTIFICADOS.

1. Al final de cada mes calendario se realizará la medición de los trabajos realizados labrándose el

acta correspondiente conformada por el CONTRATISTA y la Inspección de Obra. Durante la medición de

las tareas, la Inspección de Obra y el Representante Técnico del CONTRATISTA evaluarán las tareas

descriptas en la división por ítems y consignarán el avance físico correspondiente al período medido.

2. El Certificado Mensual de Avance de Obra deberá ser acumulativo, es decir, comprenderá la

totalidad de los trabajos ejecutados desde el comienzo de la obra hasta la fecha de la última medición y su

valor parcial estará dado por su excedente sobre el total del certificado anterior.

3. Aún en caso de disconformidad del CONTRATISTA con el resultado de las mediciones, el

certificado se deberá confeccionar con el criterio sustentado por la Inspección de Obra, haciéndose

posteriormente, si correspondiera, la rectificación pertinente o difiriendo para la liquidación final el ajuste de

las diferencias sobre las que no hubiera acuerdo.

4. Los certificados constituirán en todos los casos, documentos provisionales para el pago a cuenta,

sujetos a posteriores rectificaciones, hasta tanto se produzca la medición y la liquidación final, y ésta sea

aprobada por el Comitente al momento de la Recepción Definitiva.

5. Sobre la base de la medición realizada, el CONTRATISTA elaborará y remitirá al Comitente el

Certificado del Mes –con la información indicada en el punto 6 del presente artículo, quien deberá

conformarlo o rechazarlo.

6. El CONTRATISTA deberá presentar para su aprobación el Certificado y acta de medición

conformados por el Inspector de Obra por ante la Mesa de Entrada del Comitente en el horario de lunes a

viernes de 08 a 12 horas, en original y tres (3) copias. Sin perjuicio de la información complementaria que

se le indique con la debida antelación, la documentación mínima que deberá presentarse en esta

instancia, constará de:

a) Nota de Elevación.

b) Memoria descriptiva de los trabajos realizados y detalle de las novedades del mes con

eventual incidencia en el costo, plazo y calidad de las obras.

c) Detalle del avance físico de las obras, discriminado por ítem, en cantidades y porcentajes.

Acta de Medición conformada por la Inspección de Obra.

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d) Detalle del avance financiero de las obras, discriminado por ítem, en pesos. Certificado

básico conformado por la Inspección de Obra.

e) Detalle de multas y penalidades aplicadas y pendientes de aplicar con indicación de los

montos correspondientes.

f) Documentación fotográfica de 12x15 cm, con formato JPG o RAW, que ilustre los aspectos

salientes de los trabajos ejecutados.

g) Avance del Plan de Gestión Ambiental y Social para la etapa constructiva (PGAySc), con su

correspondiente Informe Ambiental.

h) Aprobación de la Inspección de Obra de la Documentación presentada hasta aquí detallada,

con indicación del monto certificado.

i) Certificado de ART vigente.

j) Formulario AFIP 931.

k) Certificado del pago de jornales emitido por la Agencia Territorial del Ministerio de Trabajo y

Seguridad Social de la Nación y copia del Acuse de Recibo de las declaraciones juradas de

contribuciones y aportes, emitido por la Administración Federal de Ingresos Públicos. Ambos

documentos corresponderán al mes inmediato anterior a los trabajos ejecutados cuyo pago se

tramita.-

l) Toda la demás documentación que la Inspección de Obra y/o Comitente le requiera con la

debida antelación.

m) Toda la documentación mencionada, deberá estar conformada por el representante Técnico

del CONTRATISTA y el Inspector en Obra. Se deberá presentar un original conformado de acuerdo

a lo indicado y 3 copias del mismo.

7. Luego de aprobado el Certificado de Obra por parte del Comitente, el CONTRATISTA presentará

conjuntamente con el Certificado aprobado la Factura por el monto a abonar (original, copia y fotocopias

necesarias) y deberá acompañar a los efectos del pago Constancia de Regularización y/o Certificación de

Deuda, según corresponda, expedida por la Dirección Provincial de Rentas.

8. El pago del Certificado se efectuará dentro de los SESENTA (60) días corridos de la fecha de

presentación de la Factura de acuerdo al punto 7 precedente por ante la Mesa de Entrada del Comitente

en el horario de 08 a 12horas, con la documentación pertinente en forma completa.

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RECEPCION DE OBRA

ARTÍCULO 83º RECEPCIÓN PROVISORIA.

La Obra será recibida provisionalmente por la Inspección, cuando se encuentre terminada de acuerdo con

el Contrato y se hayan cumplido satisfactoriamente las pruebas y procedimientos conforme la normativa

ferroviaria y otras normativas estructurales vigente.

Se labrará un acta en presencia del Contratista o de su representante debidamente autorizado, prestando

conformidad con el resultado de la obra. En dicha acta se consignará la fecha de la efectiva terminación

de los trabajos, a partir de la cual correrá el plazo de garantía.

En caso de que el Contratista se negara a presenciar el acto o no contestara la invitación, la que deberá

notificarse, la autoridad competente efectuará por sí y ante la presencia de testigos, esa diligencia,

dejando constancia de la citación y de la ausencia del Contratista.

En el acta se consignarán, además, las observaciones que merezcan los trabajos ejecutados por el

Contratista, estableciéndose el plazo que se otorgue para la corrección de los mismos. En caso de

incumplimiento por parte del Contratista, se podrá decidir la rescisión del Contrato y la ejecución de los

trabajos necesarios para corregir las observaciones formuladas, con cargo al Contratista.

ARTÍCULO 84º PLAZO DE GARANTÍA.

El plazo de garantía será de VEINTICUATRO (24) meses. Durante ese plazo el Contratista es

responsable de las reparaciones requeridas por los defectos o desperfectos provenientes de la mala

calidad o ejecución deficiente de los trabajos, o vicios ocultos, siempre que ellos no sean consecuencia

del uso indebido de las Obras.

ARTÍCULO 85º RECEPCIÓN DEFINITIVA.

Transcurrido el plazo de garantía, se efectuará una inspección para realizar la Recepción

Definitiva, que se hará con las mismas formalidades que la Recepción Provisoria. Si se comprobare el

buen estado de la Obra y el correcto funcionamiento de las instalaciones, la Obra quedará recibida

definitivamente, dejándose constancia en acta.

En caso de observarse defectos, se acordará un plazo para su corrección, a cuya expiración se efectuará

una nueva verificación del estado de las Obras y, si en esta oportunidad el Comitente resolviera aceptar

los trabajos, quedará efectuada la Recepción Definitiva.

Si el Contratista no hubiese subsanado las observaciones en el plazo acordado, el Comitente podrá

corregirlos con su propio personal o el de terceros, tomando las sumas necesarias del fondo de reparos.

ARTÍCULO 86º DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS Y FONDO DE REPAROS.

La garantía de cumplimiento de Contrato y los importes retenidos en concepto de fondo de reparo o los

saldos que hubiere de estos importes le serán devueltos al Contratista después de aprobada la Recepción

Definitiva de la Obra y una vez satisfechas las indemnizaciones de daños y perjuicios o cualquier otra

deuda que corra por su cuenta.

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RESCISION DEL CONTRATO

ARTÍCULO 87º CAUSAS DE RESCISIÓN.

1. Rescisión del Contrato.

El Comitente queda facultado a rescindir el Contrato con antelación a su vencimiento, en forma inmediata

y sin que el Contratista tenga derecho a indemnización alguna, en los siguientes casos:

a) Incumplimiento grave y reiterado de cualquiera de las obligaciones emergentes del Contrato y los

documentos que lo integran.

b) Abandono de la Obra o cesación de los trabajos en la misma por un plazo mayor de DIEZ (10) días

continuos o VEINTE (20) días discontinuos, siempre que no mediare causas de fuerza mayor

aceptadas por el Comitente;

c) Cuando en la Oferta se hubiera incurrido en inexactitudes que determinaron la adjudicación.

d) Cuando el Contratista sea culpable de fraude o negligencia o incumpla las obligaciones y condiciones

estipuladas en el Contrato.

e) Vencido el plazo de cumplimiento de Contrato, de su prórroga o en su caso, del Contrato rehabilitado,

sin que se hubiesen ejecutado la totalidad de las obras objetos del presente llamado, el Comitente

podrá considerarla causal de rescisión del Contrato sin necesidad de interpelación judicial o

extrajudicial, con pérdida de la garantía de cumplimiento del Contrato.

f) Cuando exista cesión de todo o parte del Contrato, sin que la misma haya sido autorizada previamente

por el Comitente

g) Quiebra o concurso preventivo del Contratista, mientras no obtengan su rehabilitación

h) Asimismo, en los casos previstos en el art. 48 del presente pliego

En todos los casos enunciados, la rescisión operada acarreará la pérdida de la garantía del cumplimiento

del Contrato por la parte no cumplida hasta ese momento.

Asimismo, el Comitente podrá, previo informe fehaciente establecer las sumas líquidas exigibles,

reteniendo los importes que deba al Contratista, las multas, daños y perjuicios estimados, correcciones

por deficiencias, etc., originados en tal rescisión o emergentes del desenvolvimiento del Contrato, sin

necesidad de consentimiento de los saldos por parte del Contratista, quien podrá oportunamente realizar

las acciones que estime pertinente.

El Comitente, en caso de rescisión se reserva el derecho de continuar en forma inmediata los trabajos

faltantes por sí o contratando a un tercero con cargo al Contratista incumplidor, sin perjuicio de las demás

sumas que le corresponda reclamar de acuerdo a lo previsto en el Contrato.

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ARTÍCULO 88º TOMA DE POSESIÓN DE LA OBRA.

Producida la rescisión, el Comitente tomará posesión inmediata de la Obra en el estado en que se

encuentre, a cuyo efecto se hará inventario y avalúo de los trabajos, materiales y equipos, labrándose las

actas correspondientes.

El Comitente tomará, si lo creyera conveniente y previa valuación convencional, sin aumento de ninguna

especie, los equipos y materiales necesarios para la continuación de la Obra.

Podrá también ordenar la prosecución de la Obra en las condiciones que estime más convenientes,

respondiendo el Contratista por los perjuicios que sufra el Comitente cuando la rescisión haya sido

declarada por culpa de aquel.

ARTÍCULO 89º INVENTARIO.

El inventario se realizará con un representante de cada parte. Si el Contratista, previamente citado al

efecto, no concurriese o no estuviera representado en el acto del inventario, el Comitente estará habilitado

para realizarlo, en cuyo caso enviará al Contratista, bajo constancia, una copia de aquél.

ARTÍCULO 90º AVALÚO.

El avalúo se realizará de mutuo acuerdo o por medio de peritos, nombrados uno por cada parte. En caso

de disconformidad entre ellos, el Comitente dispondrá que el diferendo se resuelva por la vía judicial. Si

dentro del plazo de TRES (3) días hábiles de notificado el Contratista no nombrare a su perito, se

entenderá que renuncia a ese derecho y se somete al resultado del avalúo que practique el perito

nombrado por el Comitente.

ARTÍCULO 91º LIQUIDACIÓN DE LOS TRABAJOS Y MATERIALES.

El Comitente practicará la liquidación de todos los trabajos ejecutados por el Contratista y terminados con

arreglo al Contrato y determinará las cantidades y clases de trabajos inconclusos, que sean de recibo.

Asimismo, procederá a la liquidación de los importes de los materiales y equipos inventariados que sean

indispensables para la continuación de la Obra que hayan sido incautados.

Los materiales y equipos no aceptados por el Comitente serán retirados de la Obra por el Contratista a su

costa, dentro del término que aquél le señale, el que no será menor de QUINCE (15) días siguientes a la

notificación. Si el Contratista no diera cumplimiento en el plazo señalado, el Comitente podrá hacer retirar

y depositar fuera de la Obra esos materiales y equipos, corriendo todos los gastos a cargo de aquél.

Los trabajos que no fueran de recibo serán demolidos por el Contratista en el plazo que señale el

Comitente; si no lo hiciera, éste los demolerá a cuenta del Contratista.

El importe de la liquidación de los trabajos ejecutados que fueran de recibo, tanto los terminados como los

inconclusos y los materiales y equipos incautados a precio de avalúo, constituirá un crédito a favor del

Contratista, previa deducción de los gastos efectuados a cuenta. Este crédito, cuando la rescisión hubiere

sido causada por el Contratista, quedará pendiente de pago hasta la terminación y liquidación final de los

trabajos, para responder por el excedente de costos de éstos, y de los perjuicios que se originen por la

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rescisión del Contrato, o la mala ejecución de los trabajos hechos por el Contratista. Si en el caso anterior

las sumas retenidas no bastaren para cubrir los mayores desembolsos y perjuicios que la rescisión irrogue

al Comitente, el Contratista deberá abonar el saldo que por ese concepto resulte.

DISPOSICIONES VARIAS

ARTÍCULO 92º SEGUROS.

El Contratista deberá por su cuenta y cargo contratar y mantener en vigencia los seguros que se

establecen en el presente Artículo. Dichos seguros podrán ser contratados en pólizas por separado o

integrando un solo contrato de seguro.

Todos los seguros deberán ser contratados con una aseguradora autorizada y aceptada por el

Comitente, como mínimo por el término del plazo del Contrato, sus prórrogas, el plazo de garantía y el

plazo de mantenimiento, e incluirán al Comitente como coasegurado o beneficiario, según

corresponda.

El Contratista entregará al Comitente los originales de las pólizas y sus comprobantes de pago. Las

pólizas no deberán tener cláusulas restrictivas que limiten la continuidad de su vigencia en caso de

incumplimiento del pago de cuotas, si la prima de seguro tuviere esa forma de pago.

En caso que el monto de los seguros contratados no alcanzare a cubrir los daños provocados, las

diferencias resultantes deberán ser cubiertas exclusivamente por el Contratista. De igual manera en caso

de insolvencia o quiebra de la aseguradora, el Contratista deberá afrontar por su exclusiva cuenta y cargo

todos los daños en cuestión, debiendo dejar liberado al Comitente de cualquier responsabilidad al

respecto.

Si el Contratista dejase de contratar y mantener en vigor los seguros especificados en la documentación

contractual, el Comitente podrá en tales casos- al margen de cualquier otro derecho o recurso que pudiera

ejercer- contratar y mantener en vigor dichos seguros y pagar las primas necesarias que fueran

adeudadas por el Contratista. El Comitente deducirá las primas así desembolsadas del primer certificado

que a continuación de este hecho presente el Contratista.

Dado que estos seguros cubren riesgos o responsabilidades respecto a los cuales el Contratista

es responsable de acuerdo con estos Documentos Contractuales, será obligación del Contratista notificar

a los aseguradores sobre cualquier cuestión o evento que requiera dicha notificación de acuerdo con las

cláusulas aplicables de las pólizas correspondientes. El Contratista será responsable por todas las

pérdidas, reclamaciones, demandas, acciones judiciales, costas, costos y gastos de cualquier índole

originados o resultantes de cualquier incumplimiento de dichos requerimientos.

En caso de no contarse con un ítem expreso en la planilla de cotización, se entenderá que el precio de los

seguros se encuentra prorrateados en los gastos generales del Contratista.

Correrán por cuenta del Contratista los intereses y costos por pago fuera de término y las consecuencias

económicas y contractuales por la no vigencia del Seguro.

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El Comitente podrá suspender los trabajos por falta de cobertura, no siendo ello causa de prórroga del

programa de trabajo.

En caso que el plazo real de ejecución del Contrato supere el plazo contractual original más las

eventuales ampliaciones de plazo concedidas por el Comitente, los costos de los seguros por todo dicho

tiempo excedente serán de exclusiva cuenta y cargo del Contratista.

La falta de contratación de Seguros o su extinción por falta de pago, o cualquier otra causal que impidiera

su ejecución, no eximirá al Contratista de la totalidad de las responsabilidades pecuniarias, civiles y

penales que surjan explícita o implícitamente del presente, sin que la eventual falta de intimación previa o

requerimiento de incumplimiento por el Comitente sirva como causal de excepción.

El Contratista deberá contratar los seguros que se indican a continuación y cualquier otro que se solicite

en la celebración del Contrato:

1. Seguro de accidentes y/o lesiones al personal

Antes de iniciar la ejecución del Contrato, el Contratista deberá tomar un seguro que cubra los riesgos de

trabajo, a nombre conjunto del Comitente, de la Inspección de Obra y del Contratista, cubriendo las

responsabilidades emergentes de daños o pagaderas por compensaciones con motivo o como

consecuencia de cualquier accidente o lesión a cualquier empleado del Contratista y de cualquier

Subcontratista, del Comitente y de la Inspección de Obra.

El seguro que se contrate podrá además proveer indemnización por cualquier reclamo, juicio, costos y

costas o cualquier otro gasto emergente o relacionado con cualquier otro accidente o lesión.

El contratista deberá presentar el Contrato de afiliación a una Aseguradora de Riesgos de Trabajo

conforme a lo establecido por las Normas vigentes en materia de Higiene y Seguridad en la construcción,

como así también toda otra Norma legal que resulte vigente durante el desarrollo de la Obra.

Esta póliza debe establecer específicamente que será mantenida vigente durante todo el período de la

construcción de la OBRA y durante el Período de Garantía, establecidos en la póliza o subsecuentemente

endosados a la misma, dando la cobertura requerida al personal asignado en cada período y los

aseguradores deberán hacer renuncia específica a su derecho de cancelación.

2. Seguro Colectivo de Vida Obligatorio que cubra a todo el personal afectado a la Obra, de acuerdo

a la legislación vigente.

3. Seguro de accidentes que cubra al personal del Comitente afectado a la Obra.

4. Seguro contra Terceros y Responsabilidad Civil Extracontractual, a su nombre y del Comitente -

Ente Autárquico Regulador de Planificación Urbana-, manteniendo a ésta cubierto por toda pérdida y/o

reclamo por lesiones, daños y perjuicios causados a cualquier persona y/o bienes de cualquier clase,

que puedan producirse como consecuencia de la ejecución y mantenimiento de las Obras; y por todo

reclamo judicial y gastos de cualquier naturaleza, en relación con ello.

- Los costos legales recuperables del asegurado, por cualquier reclamante.

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

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- Los costos y gastos en los que haya incurrido el asegurado con el consentimiento escrito del asegurador.

5. Seguro para todo riesgo de Obra (seguro de Obra)

Antes de iniciar la ejecución del Contrato, el Contratista deberá asegurar la Obra y todos los trabajos

temporarios, materiales y equipos destinados a ser incorporados a la misma con motivo de la ejecución

del Contrato, con una póliza denominada "todo riesgo de obra".

Estos seguros deberán ser contratados a nombre conjunto del Comitente y del Contratista y/o de todos los

subcontratistas o proveedores que participen de la construcción de la Obra, por sus respectivos derechos

o intereses, y deberán cubrirlos contra toda pérdida o daño total o parcial de edificios, instalaciones,

equipamientos y elementos afectados al servicio, etc., originados en cualquier causa excepto las

especificadas como exclusiones aceptables, y en forma tal que el Comitente y el Contratista y/o cualquier

otro mencionado como asegurado queden cubiertos durante el período de construcción de la Obra y

durante el Período de Garantía hasta la Recepción Definitiva de la Obra.

Cualesquiera sean las exclusiones contenidas en la póliza, el Comitente sólo liberará de responsabilidad

al Contratista por las pérdidas o daños que ocurran a consecuencia de las siguientes exclusiones

aceptables:

I) Actividades u operaciones de guerra declarada o no, hostilidades, invasión o cualquier acto

enemigo extranjero, guerra civil, revolución, rebelión, insurrección, asonada, ley marcial, conmoción civil,

sublevación, requisición de hecho o de destrucción de bienes por orden de cualquier autoridad nacional,

provincial o municipal de hecho o de derecho.

II) Pérdida o daños como consecuencia de reacción nuclear, radiación nuclear o

contaminación radiactiva en cuanto no se hallen aseguradas.

El Seguro de Obra deberá ser contratado por el CONTRATISTA en forma tal que permita ampliaciones a

partir del momento en que el COMITENTE lo disponga.

El Seguro de Obra establecerá específicamente que la cobertura otorgada permanecerá vigente durante

todo el período de construcción y también durante el Período de Garantía, establecidos en la póliza o

subsecuentemente endosados a la misma, con respecto a cualquiera de los riesgos por ella cubiertos.

En lo que se refiere a los bienes asegurados por dichos seguros, la cobertura debe comenzar en el

momento de la llegada de dichos bienes al área de la OBRA o al comenzar cualquier trabajo relacionado

con la misma, excluyendo pérdidas o daños que ocurran con anterioridad a

la fecha de comienzo de la vigencia del seguro o de la ampliación pactada para cubrir determinados

bienes.

Asimismo, el Contratista deberá asegurar la Obra contra incendio y otros riesgos, debiendo tener la póliza

valor progresivo que, en todo momento, cubra el total certificado, y con vigencia hasta la Recepción

Definitiva.

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Todos los seguros serán contratados en compañías de primera línea y a entera satisfacción del

Comitente.

En caso de verificarse el incumplimiento de alguno de los requisitos precedentemente descriptos, no

podrá el Contratista dar inicio a las tareas, siendo de su exclusiva responsabilidad las

consecuencias que esta situación genere. En caso de que tal circunstancia se configure con

posterioridad al inicio de la Obra, se procederá a la suspensión de ésta, con cargo al Contratista, no

abonándose ningún importe en concepto de certificados; pudiéndose inclusive llegar a la rescisión del

Contrato.

El Contratista deberá acompañar al expediente informes semestrales de la Superintendencia de Seguros

de la Nación, donde se determine el estado patrimonial y de solvencia de la compañía con la que haya

contratado el seguro.

El Comitente, luego de la evaluación de dichos informes, podrá requerir el cambio de aseguradora, que

deberá efectuarse en el plazo de setenta y dos (72) horas de notificada esa decisión.

ARTÍCULO 93º REDETERMINACIÓN DE PRECIOS.

El presupuesto oficial se encuentra elaborado al mes de Julio del año 2021.-

Los oferentes deberán confeccionar sus ofertas coincidentes con la misma base que el Presupuesto

Oficial.

Las re-determinaciones de precios que se verifiquen durante la ejecución de la obra, serán reconocidas de

acuerdo a lo normado por el Decreto Nacional N° 691/2016, al que se adhirió el Gobierno de la Provincia

de Jujuy a través del Decreto Acuerdo Nº 1687-ISPTyV/2016.

ARTÍCULO 94º BONIFICACIONES.

El Comitente no abonará bonificación alguna al Contratista por la terminación anticipada de las Obras o de

parte de ellas.

SANCIONES

ARTÍCULO 95º HECHOS QUE PUEDEN ORIGINAR SANCIONES.

Todo incumplimiento de las condiciones previstas en la documentación contractual o de órdenes de

servicio dará lugar a la aplicación de sanciones, debiéndose tener en cuenta que las multas deberán ser

progresivas y acumulativas en proporción a los incumplimientos producidos y al monto del Contrato.

A tal efecto, podrá habilitarse una cuenta de deméritos en la que se asentará el puntaje que reflejará las

faltas cometidas por el Contratista, a partir del cual se medirá el grado de incumplimiento registrado por

éste.

A los efectos del cálculo de las multas, se entenderá por monto del Contrato al monto original del mismo

más los importes de las modificaciones y Redeterminaciones aprobadas.

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ARTÍCULO 96º MULTAS

96.1 Multas

Se impondrán multas por las causas especificadas en los artículos siguientes.

La imposición de las penalidades establecidas en este Artículo, no impide la aplicación de otras que

estuvieran en el presente.

96.1.1 Multas por Mora en la entrega del Proyecto Ejecutivo

Si el Contratista no presentare el Proyecto Ejecutivo en el plazo previsto en el art. 10 del presente pliego,

se le aplicará una multa de cinco décimos por mil (0,5/00) del monto total del contrato por cada día de

demora en dicha entrega.

La multa que se aplique por demora en la entrega del Proyecto Ejecutivo, no autoriza al Contratista a

tener por prorrogado el plazo de la obra por el número de días correspondientes a aquella. Solo se

incluirán en el cómputo del plazo del contrato, las prórrogas y ampliaciones aprobadas expresamente por

el Comitente.

96.1.2 Multas por Mora en la Iniciación de los Trabajos

Si el Contratista no iniciare los trabajos dentro del plazo establecido, se le aplicará una multa de cinco

décimos por mil (0,5/1000) del monto total del contrato por cada día de demora en iniciar las obras.

La multa que se aplique por demora en la iniciación de los trabajos, no autoriza al Contratista a tener por

prorrogado el plazo de la obra por el número de días correspondientes a aquella. Solo se incluirán en el

cómputo del plazo del contrato, las prórrogas y ampliaciones aprobadas expresamente por el Comitente.

96.1.3 Multas por Mora en Finalización de los Trabajos

Si el Contratista no diera total y correcta terminación a los trabajos dentro del plazo contractual se le

aplicará una multa equivalente a cinco décimos por mil (0,5/1000) del monto total del contrato por cada

día de atraso en la terminación de la obra.

La multa que se aplique por demora en la finalización de los trabajos, no autoriza al Contratista a tener por

prorrogado el plazo de la obra por el número de días correspondientes a aquella.

Solo se incluirán en el cómputo del plazo del contrato, las prórrogas y ampliaciones aprobadas

expresamente por el Comitente.

96.1.4 Multas por Paralización de los Trabajos sin causa justificada

Si el Contratista paralizara los trabajos sin causa justificada, se le aplicará una multa equivalente a UN

DECIMO POR MIL (0,10/1000) del monto total del contrato por cada día de paralización

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96.1.5 Multas por faltas o incumplimiento de Órdenes de Servicio

Si el Contratista cometiera faltas o infracciones a lo dispuesto contractualmente, o incumpliera las

Ordenes de Servicio emanadas de la Inspección de Obra, se hará pasible de la aplicación de multas que

podrán variar del 0,5 al 10 por mil del monto del contrato de obra, según la importancia de la infracción o

incumplimiento. Estas multas podrán ser reiteradas diariamente hasta el cese de la infracción o

incumplimiento.

Las infracciones y la cuantificación de su sanción son las siguientes:

a. Ausencia injustificada del Jefe de Obra: 0,10 por mil del monto contractual por cada día de ausencia

injustificada.

b. Negativa a notificarse de una Orden de Servicio: 0,25 por mil del monto contractual.

c. Atraso en la entrega de las pólizas de los seguros obligatorios: 0,10 por mil del monto contractual.

d. Incumplimiento de disposiciones locales vigentes para el cierre de obras y seguridad en la vía pública:

0,10 por mil del monto contractual.

e. Incumplimiento de una Orden de Servicio: 0,5 por mil del monto contractual por cada día de

incumplimiento contado a partir de su notificación.

f. Paralización de trabajos (total o parcial) por divergencias no resueltas: 0,5 por mil del monto contractual

por cada día de paralización.

ARTÍCULO 97º PERCEPCIÓN DE MULTAS.

El importe de las multas será descontado del primer certificado que se extienda después de aplicada la

sanción, y si el monto del certificado no fuera suficiente, de cualquier otro crédito que por cualquier

concepto tuviera el Contratista ante el Comitente.

Si los créditos precedentemente enunciados tampoco fueren suficientes, los importes correspondientes

podrán ser deducidos de la garantía de cumplimiento del Contrato, en cuyo caso ésta deberá ser repuesta

dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas siguientes, con apercibimiento, en caso contrario, de

rescisión del Contrato y la pérdida del saldo de dicha garantía. La percepción de las multas se hará

efectiva aun cuando la resolución que impuso la sanción hubiese sido recurrida. Si con posterioridad se

dejara sin efecto la sanción, se devolverán los importes retenidos con más un interés compensatorio de

acuerdo a la tasa fijada por el Banco de la Nación Argentina para los descuentos sobre certificados de

Obra.

ARTÍCULO 98º. RÉGIMEN Y PROCEDIMIENTO DE PENALIZACIÓN.

La aplicación de penalidades será independiente de la obligación del Contratista de indemnizar los

perjuicios ocasionados al Comitente o a terceros por la infracción penalizada por el mismo Comitente.

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Las infracciones tendrán carácter objetivo y se configurarán con prescindencia del dolo o culpa del

Contratista y de las personas por quienes aquél debe responder, salvo disposición expresa en contrario.

La aplicación de la penalidad no eximirá al Contratista de sus obligaciones. A tales efectos, al notificar la

penalidad se intimará al cumplimiento de la obligación, en el plazo razonable que se le fije y bajo

apercibimiento de nuevas penalidades.

La aplicación de penalidades deberá ajustarse al siguiente procedimiento:

a) Detección por el Comitente del presunto incumplimiento de oficio o a causa de una presentación.

b) Determinación del incumplimiento del Contratista por parte del Comitente.

c) Notificación del acto de incumplimiento e intimación al Contratista al cese del mismo para la

presentación de su descargo en un plazo no mayor a DIEZ (10) días

d) Producido el descargo o vencido el plazo para ello, el Comitente resolverá sin otra sustanciación y

notificará fehacientemente la penalidad aplicada.

ARTÍCULO 99º PAUTAS INTERPRETATIVAS.

Las penalidades se graduarán en atención a:

a) El grado de afectación al interés público y al objeto del presente pliego.

b) La gravedad y la reiteración de la infracción.

c) Las dificultades o perjuicios que la infracción ocasionare al correcto y normal funcionamiento del objeto

del presente pliego. Sin perjuicio de la multa, si la demora en la entrega de la totalidad de las tareas

supera la cantidad de días determinados en los pliegos o su importe alcanzare al QUINCE POR

CIENTO (15 %) del Contrato, lo que ocurra primero, el Contrato se considerará rescindido

automáticamente y sujeto a las reclamaciones de daños y perjuicios que correspondan.

d) El grado de negligencia, culpa y/o dolo incurrido.

e) La diligencia puesta de manifiesto en subsanar los efectos del acto o la omisión imputados.

CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN

ARTÍCULO 100º CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN.

Será causal determinante del rechazo sin más trámite de la propuesta u oferta en cualquier estado de la

licitación, o de la rescisión de pleno derecho del contrato, dar u ofrecer dinero o cualquier dádiva a fin de

que:

a) Funcionarios o empleados con competencia referida a una licitación o contrato, hagan o dejen de hacer

algo relativo a sus funciones.

b) O para que hagan valer la influencia de su cargo ante otro empleado con la competencia descripta, a

fin de que esos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.

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c) Cualquier persona haga valer su relación o influencia sobre un funcionario o empleado con la

competencia descripta, a fin de que éstos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones. Serán

considerados sujetos activos de esta conducta quienes hayan cometido tales actos en interés del

contratista directa o indirectamente, ya sea como representantes, administradores, socios, mandatarios,

gerentes, factores, empleados, contratados, gestores de negocios, síndicos, o cualquier otra persona

física o jurídica.

Las consecuencias de estas conductas ilícitas se producirán aun cuando se hubiesen consumado en

grado de tentativa.

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51

ANEXOS

Anexo I:

FORMULARIO DE OFERTA

El que suscribe, ………………………………………………………. en nombre y representación de

……………………………….………………………………….., con domicilio legal en

……………………………………………………………………………., compenetrado de toda documentación

del Pliego de Bases y Condiciones para la Obra: ………………………………………………………….. ofrece

ejecutar todos los trabajos correspondientes de la misma en un todo de acuerdo con los Pliegos de Bases

y Condiciones, Clausulas Complementarias, Especificaciones Técnicas correspondientes, por la suma

única e invariable de PESOS…………..……………………………………………..…… ($

……………………….), en el plazo de …………. meses corridos, a partir de la fecha de suscripción del Acta

de Inicio de obra.

Nuestra Oferta será válida por un período de ………… días a partir de la fecha límite de presentación de

las Ofertas estipulada en el Documento de Licitación; la Oferta será de carácter vinculante para nosotros y

podrá ser aceptada por ustedes en cualquier momento antes de que venza dicho plazo

Nos comprometemos que dentro del proceso de selección (y en caso de resultar adjudicatarios, en la

ejecución) del contrato, a observar las leyes sobre fraude y corrupción, incluyendo soborno, aplicables en

el país del cliente.

San Salvador de Jujuy, ….. de …………………. de 2021

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PLANILLA DE ANALISIS DE PRECIOS

Obra: REHABILITACIÓN LINEA "C" DEL FERROCARRIL BELGRANO EN LA PROVINCIA DE JUJUY

TRAMO: VOLCÁN - TILCARA

RUBRO: UNIDAD DE MEDIDA (UdM)

ITEM Nº : RENDIMIENTO (UdM/D)

SUB ITEM Nº : RENDIMIENTO (UdM/H)

CODIGO INSUMO U. CANTIDADCOSTO

UNITARIO

COSTO

PARCIALCOSTO TOTAL

A MATERIALES Cantidad $/U Sub Total

B MANO DE OBRA Cantidad $/Hora Sub Total

C EQUIPOS: Amortiz., Respuestos, Combustibles Cantidad $/Hora Sub Total

COSTO DIRECTO

GASTOS GENERALES %

SUB-TOTAL 1

BENEFICIO %

SUB-TOTAL 2

BASE IMPONIBLE para IVA e II BB

I.V.A. 21%

II BB %

PRECIO TOTAL CON IVA

MONEDA

ANEXO II:

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ANEXO III:

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ITE

M

SU

BIT

EM

DESCRIPCION CANTIDAD PRECIO UNITARIO PRECIO TOTAL $ INCIDENCIA % VERIFICACIÓN

A INGENIERIA BASICA Y OBRAS PRELIMINARES $ 27,679,418.62

1 MOVILIZACION E INSTALACION DEL OBRADOR

1.1 Segun P.E.T. (Pliego de Especificaciones Técnicas Particlulares) 1.00 $ 12,706,667.08 $ 12,706,667.08 1.17% 100% 33% $ 4,235,132.14 33% $ 4,235,132.14 33% $ 4,235,132.14

2 PROYECTO EJECUTIVO

2.1 Segun P.E.T. 1.00 $ 11,409,879.78 $ 11,409,879.78 1.05% 100% 33% $ 3,802,912.93 33% $ 3,802,912.93 33% $ 3,802,912.93

3 TAREAS PRELIMINARES

3.1LIBERACION DE TRAZA POR ALUVIONES, OBRAS DE DEFENSA Y

TERRAPLENES AJENOS AL FERROCARRIL6,000.00 $ 593.81 $ 3,562,871.76 0.33% 100.00% 50% $ 1,781,435.88 50% $ 1,781,435.88

B VIA FERREA 1,054,875,748.31$

B1 INFRAESTRUCTURA DE VIA 418,825,895.74$

4 REPLANTEO TOPOGRAFICO

4.1 MEDICIÓN TOPOGRÁFICA 44,844.00 $ 22.29 $ 999,792.08 0.09% 100% 33% $ 333,230.70 33% $ 333,230.70 33% $ 333,230.70

5 MOVIMIENTO DE SUELOS

5.1 DESBOSQUE, DESTRONQUE Y LIMPIEZA DEL TERRENO 418,128.00 $ 33.15 $ 13,862,743.66 1.28% 100% 33% $ 4,620,452.46 33% $ 4,620,452.46 33% $ 4,620,452.46

5.2 EXCAVACION NO CLASIFICADA 44,844.00 $ 78.05 $ 3,500,253.34 0.32% 100% 33% $ 1,166,634.44 33% $ 1,166,634.44 33% $ 1,166,634.44

5.3 TERRAPLENES 52,266.00 $ 732.98 $ 38,309,676.39 3.52% 100% 20% $ 7,661,935.28 20% $ 7,661,935.28 20% $ 7,661,935.28 20% $ 7,661,935.28 20% $ 7,661,935.28

5.4 CUÑA DE APROXIMACION 4,085.00 $ 588.70 $ 2,404,831.84 0.22% 100% 50% $ 1,202,415.92 50% $ 1,202,415.92

6 OBRAS DE ARTE MAYORES Y MENORES

6.1 PUENTES NUEVOS A CONSTRUIR

6.1.1 PUENTE A CONSTRUIR SOBRE A° DE LOS FILTROS (PROG. 1191+532) 1.00 $ 25,194,377.81 $ 25,194,377.81 2.32% 0.00% 20% $ 5,038,875.56 20% $ 5,038,875.56 20% $ 5,038,875.56 20% $ 5,038,875.56 20% $ 5,038,875.56

6.1.2 PUENTE A CONSTRUIR EN A° COIRURO (PROG. 1193+034) 1.00 $ 17,168,076.67 $ 17,168,076.67 1.58% 0.00% 20% $ 3,433,615.33 20% $ 3,433,615.33 20% $ 3,433,615.33 20% $ 3,433,615.33 20% $ 3,433,615.33

6.1.3 PUENTE A CONSTRUIR EN A° TUMBAYA GRANDE (PROG. 1201+473) 1.00 $ 25,194,377.81 $ 25,194,377.81 2.32% 0.00% 20% $ 5,038,875.56 20% $ 5,038,875.56 20% $ 5,038,875.56 20% $ 5,038,875.56 20% $ 5,038,875.56

6.1.4 PUENTE A CONSTRUIR EN A° PURMAMARCA (PROG. 1211+393) 1.00 $ 25,194,377.81 $ 25,194,377.81 2.32% 0.00% 20% $ 5,038,875.56 20% $ 5,038,875.56 20% $ 5,038,875.56 20% $ 5,038,875.56 20% $ 5,038,875.56

6.1.5 PUENTE NUEVO A CONSTRUIR EN A° QUEBRADA COLORADA (PROG. 1214+868) 1.00 $ 25,194,377.81 $ 25,194,377.81 2.32% 0.00% 20% $ 5,038,875.56 20% $ 5,038,875.56 20% $ 5,038,875.56 20% $ 5,038,875.56 20% $ 5,038,875.56

6.1.6 PUENTE NUEVO A CONSTRUIR EN A° INCAHUASI (PROG. 1216+682) 1.00 $ 17,137,446.97 $ 17,137,446.97 1.58% 0.00% 20% $ 3,427,489.39 20% $ 3,427,489.39 20% $ 3,427,489.39 20% $ 3,427,489.39 20% $ 3,427,489.39

6.1.7 PUENTE A CONSTRUIR EN A° LAS PERAS (PROG. 1224+285) 1.00 $ 9,080,789.58 $ 9,080,789.58 0.84% 0.00% 20% $ 1,816,157.92 20% $ 1,816,157.92 20% $ 1,816,157.92 20% $ 1,816,157.92 20% $ 1,816,157.92

6.1.8 PUENTE NUEVO A CONSTRUIR A° HUICHAIRA (PROG. 1230+611) 1.00 $ 25,194,377.81 $ 25,194,377.81 2.32% 0.00% 20% $ 5,038,875.56 20% $ 5,038,875.56 20% $ 5,038,875.56 20% $ 5,038,875.56 20% $ 5,038,875.56

6.1.9 PUENTE A CONSTRUIR EN A° QUEBRADA DE LA CRUZ (PROG. 1231+647) 1.00 $ 17,137,446.97 $ 17,137,446.97 1.58% 0.00% 20% $ 3,427,489.39 20% $ 3,427,489.39 20% $ 3,427,489.39 20% $ 3,427,489.39 20% $ 3,427,489.39

6.2 OBRAS DE ARTE MENORES A CONSTRUIR

6.2.1 TAREAS PRELIMINARES 51.00 $ 109,012.55 $ 5,559,640.05 0.51% 0.00% 50% $ 2,779,820.03 50% $ 2,779,820.03

6.2.2 OBRAS DE ARTE MENORES A CONSTRUIR EN EL TRAMO VOLCÁN-TILCARA 51.00 $ 1,853,371.89 $ 94,521,966.39 8.70% 0.00% 20% $ 18,904,393.28 20% $ 18,904,393.28 20% $ 18,904,393.28 20% $ 18,904,393.28 20% $ 18,904,393.28

6.3 PUENTES EXISTENTES

6.3.1 PUESTA EN VALOR DE ESTRUCTURAS EXISTENTES 14.00 $ 279,794.58 $ 3,917,124.12 0.36% 0.00% 20% $ 783,424.82 20% $ 783,424.82 20% $ 783,424.82 20% $ 783,424.82 20% $ 783,424.82

6.4 ALCANTARILLAS EXISTENTES

6.4.1 PUESTA EN VALOR ES DE ESTRUCTURAS EXISTENTES 31.00 $ 102,541.04 $ 3,178,772.24 0.29% 0.00% 20% $ 635,754.45 20% $ 635,754.45 20% $ 635,754.45 20% $ 635,754.45 20% $ 635,754.45

7 OBRAS MULTIPROPOSITO

7.1 OBRAS MUTLI-PROPÓSITO COIRURO-TUMBAYA Prog. 1196+550 - 1196+750 200.00 $ 41,297.15 $ 8,259,430.80 0.76% 0.00% 50% $ 4,129,715.40 50% $ 4,129,715.40

7.2OBRAS MUTLI-PROPÓSITO TUMBAYA-TUMBAYA GRANDE Prog. 1199+550 -

1199+700150.00 $ 41,297.15 $ 6,194,573.10 0.57% 0.00% 50% $ 3,097,286.55 50% $ 3,097,286.55

7.3OBRAS MUTLI-PROPÓSITO TUMBAYA-TUMBAYA GRANDE Prog. 1202+350 -

1202+550200.00 $ 41,297.15 $ 8,259,430.80 0.76% 0.00% 50% $ 4,129,715.40 50% $ 4,129,715.40

7.4OBRAS MUTLI-PROPÓSITO TUMBAYA GRANDE-PURMAMARCA Prog.

1204+725 - 1205+025300.00 $ 41,297.15 $ 12,389,146.20 1.14% 0.00% 50% $ 6,194,573.10 50% $ 6,194,573.10

7.5OBRAS MUTLI-PROPÓSITO TUMBAYA GRANDE-PURMAMARCA Prog.

1204+725 - 1205+025150.00 $ 41,297.15 $ 6,194,573.10 0.57% 0.00% 50% $ 3,097,286.55 50% $ 3,097,286.55

7.6OBRAS MUTLI-PROPÓSITO TUMBAYA GRANDE-PURMAMARCA Prog.

1207+050 - 1207+200150.00 $ 41,297.15 $ 6,194,573.10 0.57% 0.00% 50% $ 3,097,286.55 50% $ 3,097,286.55

7.7OBRAS MUTLI-PROPÓSITO PURMAMARCA-TUNALITO Prog. 1214+900 -

1215+050150.00 $ 41,297.15 $ 6,194,573.10 0.57% 0.00% 50% $ 3,097,286.55 50% $ 3,097,286.55

7.8OBRAS MUTLI-PROPÓSITO TUMBAYA GRANDE-PURMAMARCA Prog.

1216+500 - 1216+800300.00 $ 41,297.15 $ 12,389,146.20 1.14% 0.00% 50% $ 6,194,573.10 50% $ 6,194,573.10

8 PASOS A NIVEL

8.1 PASO A NIVEL 130.00 $ 9,588.77 $ 1,246,539.91 0.11% 0.00% 50% $ 623,269.96 50% $ 623,269.96

B2 SUPERESTRUCTURA DE VIA $ 636,049,852.57

9 MATERIALES

9.1PROVISION Y COLOCACIÓN DE BALASTO, INCLUYE EXTRACIÓN Y ACOPIO,

TRANSPORTE DESDE CANTERA, CARGA, DESCARGA, EXTENDIDO 44,812.80 $ 2,560.31 $ 114,734,585.33 10.55% 0.00% 20% $ 22,946,917.07 20% $ 22,946,917.07 20% $ 22,946,917.07 20% $ 22,946,917.07 20% $ 22,946,917.07

9.2 PROVISIÓN Y COLOCACIÓN DE MEMBRANA GEOTEXTIL 149,376.00 $ 273.98 $ 40,925,861.46 3.76% 0.00% 50% $ 20,462,930.73 50% $ 20,462,930.73

10 REHABILITACIÓN DE VIA

10.1 ARMADO Y MONTAJE DE VIA NUEVA 34,044.00 $ 9,033.75 $ 307,544,884.47 28.29% 0.00% 10% $ 30,754,488.45 10% $ 30,754,488.45 10% $ 30,754,488.45 10% $ 30,754,488.45 10% $ 30,754,488.45 10% $ 30,754,488.45 10% $ 30,754,488.45 10% $ 30,754,488.45 10% $ 30,754,488.45 10% $ 30,754,488.45

10.2 SOLADADURAS ALUMINOTÉRMICAS (Materiales y Ejecución) 130.00 $ 32,355.95 $ 4,206,273.17 0.39% 0.00% 33% $ 1,401,950.85 33% $ 1,401,950.85 33% $ 1,401,950.85

10.3 TRABAJOS COMPLEMENTARIOS SOBRE TRAMO ARMADO 7,500.00 $ 5,948.91 $ 44,616,839.84 4.10% 0.00% 50% $ 22,308,419.92 50% $ 22,308,419.92

10.4 TERMINACION MANUAL DE VIA 44,844.00 $ 1,891.45 $ 84,820,233.30 7.80% 0.00% 10% $ 8,482,023.33 10% $ 8,482,023.33 10% $ 8,482,023.33 10% $ 8,482,023.33 10% $ 8,482,023.33 10% $ 8,482,023.33 10% $ 8,482,023.33 10% $ 8,482,023.33 10% $ 8,482,023.33 10% $ 8,482,023.33

10.5 ADV - APARATOS DE VIA 10.00 $ 3,920,117.50 $ 39,201,175.00 3.61% 0.00% 33% $ 13,066,927.66 33% $ 13,066,927.66 33% $ 13,066,927.66

C ALAMBRADOS 4,522,097.08$

11 ALAMBRADOS

11.1 ALAMBRADOS ZONAS URBANAS 1,000.00 $ 4,522.10 $ 4,522,097.08 0.42% 0.00% 50% $ 2,261,048.54 50% $ 2,261,048.54

1,087,077,264.01$

0.77% $ 8,371,275.77 0.77% $ 8,371,275.77 0.77% $ 8,371,275.77 0.59% $ 6,401,888.34 0.70% $ 7,568,522.78 0.53% $ 5,787,086.90 3.75% $ 40,721,139.95 4.24% $ 46,085,407.39 2.61% $ 28,400,303.69 3.47% $ 37,738,881.72 4.10% $ 44,525,148.45 9.47% $ 102,919,426.18 9.06% $ 98,522,148.74 7.37% $ 80,094,440.19 7.71% $ 83,867,790.81 8.85% $ 96,217,013.66 6.80% $ 73,885,130.99 7.83% $ 85,135,900.73 7.30% $ 79,313,600.35 7.17% $ 77,911,331.76 3.80% $ 41,261,732.58 0.91% $ 9,883,974.18 0.78% $ 8,482,023.33 0.78% $ 8,482,023.33

0.77% $ 8,371,275.77 0.77% $ 16,742,551.53 0.77% $ 25,113,827.30 0.59% $ 31,515,715.65 0.70% $ 39,084,238.43 0.53% $ 44,871,325.33 3.75% $ 85,592,465.28 4.24% $ 131,677,872.67 2.61% $ 160,078,176.35 3.47% $ 197,817,058.07 4.10% $ 242,342,206.52 9.47% $ 345,261,632.70 9.06% $ 443,783,781.44 7.37% $ 523,878,221.64 7.71% $ 607,746,012.44 8.85% $ 703,963,026.10 6.80% $ 777,848,157.09 7.83% $ 862,984,057.82 7.30% $ 942,297,658.17 7.17% $ 1,020,208,989.93 3.80% $ 1,061,470,722.51 0.91% $ 1,071,354,696.69 0.78% $ 1,079,836,720.02 0.78% $ 1,088,318,743.35

MES 1 MES 2

AVANCES PARCIALES

AVANCES ACUMULADOS

ITEM POR AJUSTE ALZADO

COSTO DE OBRA

MES 14MES 3 MES 4 MES 5 MES 6 MES 7 MES 8 MES 9 MES 10 MES 11 MES 12 MES 13 MES 21 MES 22 MES 23 MES 24MES 15 MES 16 MES 17 MES 18 MES 19 MES 20

US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$-

$ 8,371,275.77 $ 8,371,275.77 $ 8,371,275.77

$ 6,401,888.34 $ 7,568,522.78

$ 5,787,086.90

$ 40,721,139.95

$ 46,085,407.39

$ 28,400,303.69

$ 37,738,881.72

$ 44,525,148.45

$ 102,919,426.18

$ 98,522,148.74

$ 80,094,440.19

$ 83,867,790.81

$ 96,217,013.66

$ 73,885,130.99

$ 85,135,900.73

$ 79,313,600.35 $ 77,911,331.76

$ 41,261,732.58

$ 9,883,974.18 $ 8,482,023.33 $ 8,482,023.33

US$-

US$20,000,000.00

US$40,000,000.00

US$60,000,000.00

US$80,000,000.00

US$100,000,000.00

US$120,000,000.00

mes 1 mes 2 mes 3 mes 4 mes 5 mes 6 mes 7 mes 8 mes 9 mes 10 mes 11 mes 12 mes 13 mes 14 mes 15 mes 16 mes 17 mes 18 mes 19 mes 20 mes 21 mes 22 mes 23 mes 24

US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$- US$-$ 8,371,275.77

$ 16,742,551.53 $ 25,113,827.30 $ 31,515,715.65

$ 39,084,238.43 $ 44,871,325.33

$ 85,592,465.28

$ 131,677,872.67

$ 160,078,176.35

$ 197,817,058.07

$ 242,342,206.52

$ 345,261,632.70

$ 443,783,781.44

$ 523,878,221.64

$ 607,746,012.44

$ 703,963,026.10

$ 777,848,157.09

$ 862,984,057.82

$ 942,297,658.17

$ 1,020,208,989.93

$ 1,061,470,722.51 $ 1,071,354,696.69

$ 1,079,836,720.02 $ 1,088,318,743.35

US$-

US$200,000,000.00

US$400,000,000.00

US$600,000,000.00

US$800,000,000.00

US$1,000,000,000.00

US$1,200,000,000.00

mes 1 mes 2 mes 3 mes 4 mes 5 mes 6 mes 7 mes 8 mes 9 mes 10 mes 11 mes 12 mes 13 mes 14 mes 15 mes 16 mes 17 mes 18 mes 19 mes 20 mes 21 mes 22 mes 23 mes 24

ANEXO IV:

PLAN DE TRABAJO Y CURVA DE INVERSION

NOTA: LOS VALORES EXPRESADOS SON A MODO ILUSTRATIVOS Y NO SE AJUSTAN A LA OBRA DE REFERENCIA

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ANEXO V

CARTEL DE OBRA

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ANEXO VI

PLANILLA DE JORNALES

PLANILLA A

JORNALES DE APLICACION EN LA PROVINCIA DE JUJUY

N° Orden CATEGORÍA VALOR UNITARIO VALOR UNITARIO VALOR UNITARIO

# $/DÍA $/HORA $/MES

1 Oficial Esp.

2 Oficial

3 Medio Oficial

4 Ayudante

5 Sereno

PLANILLA B

CARGAS SOCIALES DE APLICACIÓN EN LA PROVINCIA DE JUJUY

(En cada concurso o licitación se indicará la fecha de vigencia y valores que

correspondan, de acuerdo a las modificaciones que se produzcan en el futuro)

N° Orden

CONCEPTO DISMINUCIÓN DISMINUCIÓN

APORTES 70 % APORTES 70 %

1 Asistencia perfecta 18,00 18,00

2 Salarios pagos no trabajados* 15,04 15,04

3 Asignación por vestimenta 1,29 1,29

4 Sueldo anual complementario 11,13 11,13

5 Fondo de desempeño e

16,32 16,32 indemnización por fallecimiento

6 Seguro colectivo obligatorio 0,03 0,03

SUBTOTAL LIQUIDADO 61,81 61,81

7 Aportes patronales 18,95 18,95

TOTAL CARGAS SOCIALES 80,76 80,76

* Incluida indemnización por causas climáticas.

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ANEXO IX

PLAN DE GESTION AMBIENTAL Y SOCIAL

INDICE

INTRODUCCIÓN Pagina 1

IDENTIFICACIÓN DE LAS ETAPAS DONDE SE ESTABLECEN

LAS ACTIVIDADES IMPACTANTES

Pagina 4

A. ETAPA DE PRE CONSTRUCCIÓN Pagina 5

B. ETAPA DE CONSTRUCCIÓN Pagina 5

Difusión y Comunicación (Incluye equidad de Género). Pagina 5

Acciones comunes durante el inicio de la Obra Pagina 5

Acciones comunes finales. Pagina 5

Acciones específicas de la obra Pagina 5

Construcción Vías y Obras Pagina 6

Obras multipropósito Pagina 6

Acciones Específicas finales. Pagina 6

C. ETAPA DE OPERACIÓN Pagina 6

VARIABLES AMBIENTALES AFECTADAS Pagina 6

MEDIO FISICO NATURAL Pagina 6

AIRE Pagina 7

AGUA Pagina 7

SUELOS Y GEOFORMAS Pagina 8

MEDIO BIOTICO Pagina 10

FLORA Y FAUNA Pagina 11

MEDIO ANTROPICO SOCIOECONÓMICO Pagina 11

HISTÓRICO CULTURAL Pagina 12

Paisaje Pagina 12

ASPECTOS PATRIMONIALES Y SOCIOCULTURALES Pagina 12

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ASENTAMIENTOS – POBLACION Pagina 13

ACTIVIDADES ECONÓMICAS Pagina 14

INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS Pagina 18

TURISMO Y ESPARCIMIENTO Pagina 18

INTEGRACIÓN TERRITORIAL Pagina 19

MEDIDAS DE MITIGACION Pagina 20

INTRODUCCIÓN Pagina 21

MEDIDAS DE MITIGACION GENERALES Pagina 21

MEDIDAS DE MITIGACION ESPECIFICAS Pagina 21

MM – 1: MEDIDAS DE MITIGACIÓN EN RELACIÓN CON EL AIRE Pagina 22

MM – 2: MEDIDAS DE MITIGACIÓN EN RELACIÓN CON EL AGUA Pagina 22

MM – 3: MEDIDAS DE MITIGACIÓN EN RELACIÓN CON EL RELIEVE Y LOS

SUELOS Pagina 22

MM – 4: MEDIDAS DE MITIGACIÓN EN RELACIÓN CON LA VEGETACIÓN Y

FAUNA Pagina 22

MM – 5: MEDIDAS DE MITIGACIÓN EN RELACIÓN CON EL PAISAJE Pagina 22

MM – 6: MEDIDAS DE MITIGACIÓN EN RELACIÓN CON LA CALIDAD DE

VIDA DE LA POBLACIÓN Pagina 23

MM – 7: MEDIDAS DE MITIGACIÓN EN RELACIÓN CON LA

INFRAESTRUCTURA DE SERVICIO Y EQUIPAMIENTO Pagina 23

MM – 8: MEDIDAS DE MITIGACIÓN EN RELACIÓN CON LAS ACTIVIDADES

PRODUCTIVAS Y ECONÓMICAS Pagina 23

MM – 9: MEDIDAS DE MITIGACIÓN EN RELACIÓN CON LAS ACTIVIDADES,

USOS DEL SUELO Y ASPECTOS SOCIOCULTURALES Pagina 23

MM – 10: M E D I D A S DE MITIGACIÓN EN RELACIÓN CON EL

TRÁNSITO Y TRANSPORTE, CONECTIVIDAD E INTEGRACIÓN

TERRITORIAL

Pagina 24

EPECIFICACIONES TECNICAS AMBIENTALES (ETAS) Pagina 24

NORMAS GENERALES Pagina 24

OBJETO Pagina 24

REQUERIMIENTOS GENERALES DEL CONTRATISTA Pagina 24

RESPONSABILIDADES AMBIENTALES DEL CONTRATISTA Pagina 25

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Permisos Ambientales (PA) Pagina 26

Responsable Ambiental (RA) Pagina 27

Responsable Social (RS) Pagina 27

Responsable Arqueólogo (RQ) Pagina 27

Responsable en Higiene y Seguridad (RHS) Pagina 28

Conducta, Higiene y Seguridad laboral Pagina 28

Responsable en Medicina del Trabajo (RMT) Pagina 29

MEDIDAS Y ACCIONES DE PREVENCIÓN, MITIGACIÓN DE IMPACTOS

NEGATIVOS Y OPTIMIZACIÓN DE IMPACTOS POSITIVOS Pagina 29

ACTIVIDADES PRE-CONSTRUCTIVAS Pagina 30

MEDIDAS EN OBRA Pagina 30

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL (EIAS). Pagina 31

AMPLIACIÓN DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL Pagina 34

Informe de actualización Pagina 34

Informe de Seguimiento y Monitoreo Ambiental y social Pagina 34

Informe de Seguimiento y Monitoreo Ambiental y Social Final Pagina 34

PLAN DE MANEJO AMBIENTAL Pagina 34

PROGRAMA DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN LA OBRA. Pagina 35

PROGRAMA DE SALUD Pagina 35

PROGRAMA DE RIESGOS DEL TRABAJO Pagina 37

PROGRAMA DE CALIDAD DE VIDA Y CONDICIONES DE TRABAJO EN

OBRA Pagina 38

PROGRAMA DE CAPACITACIÓN Pagina 39

PROGRAMA DE VIGILANCIA AMBIENTAL Pagina 41

PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE EMERGENCIAS, CONTINGENCIAS Pagina 42

PROGRAMA DE COMUNICACIÓN SOCIAL Pagina 43

Mecanismo de Gestión de Quejas y Reclamos Pagina 44

PROGRAMA DE SEGUIMIENTO DE LAS MEDIDAS DE MITIGACIÓN Pagina 45

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PROGRAMA DE CONTROL AMBIENTAL DE LA OBRA Pagina 45

ASPECTOS AMBIENTALES A CONSIDERAR Pagina 46

ASPECTOS RELATIVOS AL AIRE Pagina 47

EJECUCIÓN Y MOVIMIENTO DE SUELO Y REMOCIÓN DE COBERTURA

VEGETAL Pagina 47

EROSIÓN Y SEDIMENTACIÓN. Pagina 48

CONTROL DE LA CORRECTA GESTIÓN DE LOS EFLUENTES LÍQUIDOS Pagina 49

PROTECCIÓN, CALIDAD Y EL USO DEL AGUA Pagina 50

CONTROL DE DRENAJES, DESAGÜES Y ANEGAMIENTOS EN ZONA DE

OBRA Pagina 51

CONTROL DE EMISIONES GASEOSAS, MATERIAL PARTICULADO Y

RUIDOS Y VIBRACIONES Pagina 51

PROTECCIÓN DE LA VEGETACIÓN Y EL HÁBITAT Pagina 52

ASPECTOS RELATIVOS A LA FLORA Y FAUNA Pagina 54

MATERIALES DE PRÉSTAMOS, CANTERAS Y APERTURA DE

YACIMIENTOS Pagina 57

INSTALACIÓN DE CAMPAMENTOS Pagina 58

CONTROL DEL ACOPIO Y UTILIZACIÓN DE MATERIALES E INSUMOS Pagina 58

INSTALACIÓN DE PLANTAS DE PRODUCCIÓN DE MATERIALES. Pagina 61

Plantas de hormigón Pagina 61

MANEJO DE RESIDUOS, EMISIONES Y EFLUENTES Pagina 62

CONTROL DE LA CORRECTA GESTIÓN DE LOS RESIDUOS TIPO SÓLIDO

URBANO Y PELIGROSOS Pagina 63

MANEJO Y TRANSPORTE DE MATERIALES CONTAMINANTES Y

PELIGROSOS Pagina 65

ESCOMBROS Y SOBRANTES DE OBRA. Pagina 66

CONTROL DE VEHÍCULOS, EQUIPOS Y MAQUINARIA PESADA Pagina 66

PROTECCIÓN, SEÑALIZACIÓN Y ACONDICIONAMIENTO DE LA OBRA Y

ACCESOS Pagina 66

AREAS NATURALES PROTEGIDAS O PATRIMONIALES Pagina 68

HALLAZGOS ARQUEOLÓGICOS, PALEONTOLÓGICOS Y DE MINERALES

DE INTERÉS CIENTÍFICO Pagina 69

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61

PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO ANTROPOLÓGICO SOCIAL DE LUGAR Pagina 69

CAMINOS AUXILIARES Y ESTACIONAMIENTOS Pagina 70

ALERTA FRENTE A PRECIPITACIONES Y CRECIDAS Pagina 70

USO DE EXPLOSIVOS Pagina 71

ATENUACIÓN DE LAS AFECTACIONES A LOS SERVICIOS PÚBLICOS E

INFRAESTRUCTURA SOCIALES DURANTE LA OBRA Pagina 71

COMUNIDADES CERCANAS Pagina 71

SUSPENSIÓN TEMPORAL POR PERÍODOS PROLONGADOS Pagina 72

DESOCUPACIÓN DEL SITIO – FASE DE ABANDONO Pagina 73

MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO Pagina 73

PENALIDADES Pagina 73

PLAN DE GESTIÓN AMBIENTAL Y SOCIAL – PGAS. Pagina 73

CONSIDERACIONES GENERALES Pagina 74

OBJETO Y ALCANCE Pagina 74

MARCO INSTITUCIONAL Pagina 74

ÁREA DE APLICACIÓN DEL PGAS Pagina 75

CONDICIONANTES DEL PLAN DE GESTIÓN AMBIENTAL Pagina 75

MARCO LEGAL GENERAL Pagina 76

REQUERIMIENTOS GENERALES Pagina 76

MECANISMOS DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRA. AUTORIDAD DE

APLICACIÓN. INSPECCIÓN Y SUPERVISIÓN AMBIENTAL. Pagina 76

LAS FUNCIONES Y ACTIVIDADES DE LA IAS SERÁN: Pagina 76

PERMISOS AMBIENTALES Pagina 77

SEGUIMIENTO DEL PMAS Pagina 78

DESCRIPCION DE LOS PROGRAMAS DEL PGAS Pagina 79

ETAPA PRE – CONSTRUCTIVA Pagina 80

ETAPA CONSTRUCTIVA Pagina 80

PLAN DE GESTIÓN AMBIENTAL Y SOCIAL PARA LA ETAPA

PRECONSTRUCTIVA Pagina 80

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ETAPA CONSTRUCTIVA Pagina 81

MARCO LEGAL E INSTITUCIONAL Pagina 86

SIGLAS Pagina 192

SECCION IV

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS AMBIENTALES Y SOCIALES

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1. INTRODUCCIÓN

Las presentes Especificaciones Técnicas Ambientales y Sociales (ETAS) y

especificaciones del Plan de Gestión Ambiental y Social (PGAS) deberán ser

considerados como requisitos de cumplimiento obligatorio para el desarrollo e

implementación del Plan de Manejo Ambiental y Social (PMAS) por parte del Contratista,

durante la etapa de Desarrollo del Proyecto Ejecutivo y la construcción de la obra de

“REHABILITACIÓN LINEA “C” DEL FERROCARRIL BELGRANO EN LA PROVINCIA

DE JUJUY – TRAMO VOLCAN-TILCARA”. A fin de prevenir y mitigar los Impactos

Ambientales y Sociales característicos de la ejecución de las distintas actividades

implicadas en el desarrollo integral del Proyecto y obra.

En caso de que el Proyecto ejecutivo genere variaciones significativas respecto del

diseño original, los mecanismos de evaluación ambiental a los que quedarán sujetos

dichos cambios se realizarán conforme a lo previsto Marco de Gestión Ambiental y

Social del proyecto.

En particular deberá dar cumplimiento a la Ley Nacional N° 25.675, Ley General del

Ambiente, que establece en su Artículo 1°, los presupuestos mínimos para el logro de

una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la

diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable y su Decreto

Reglamentario Decreto N° 2413/02 y a la normativa Provincial concurrente.

La presente documentación establece las normas a seguir para el desarrollo e

implementación de PMAS cumplimentando con las Medidas de Prevención, Mitigación,

Plan de Gestión Ambiental y Social PGAS y Plan de Seguimiento y Control Ambiental y

Social (PSCAS) previstos para la etapa de construcción, de mantenimiento y todas las

obras previstas para el Proyecto y obra de “REHABILITACIÓN LINEA “C” DEL

FERROCARRIL BELGRANO EN LA PROVINCIA DE JUJUY – TRAMO VOLCAN-

TILCARA” hasta su recepción definitiva, con el objeto de prevenir y mitigar los Impactos

Ambientales negativos y potenciar los positivos, producidos por la ejecución de las

distintas tareas necesarias para su materialización.

Complementa lo establecido en el Pliego de Especificaciones Particulares,

constituyendo una Especificación Técnica Particular para la Licitación de las Obras, en

cuanto a Obligaciones del Contratista con relación a aspectos específicos con el Medio

Ambiente.

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Las obligaciones contraídas por los sub-contratistas serán las mismas que establecen

estas normas para el Contratista, siendo estos últimos responsables, en todo concepto,

por el cumplimiento de dichas normas por parte de los sub-contratistas.

2. IDENTIFICACIÓN DE LAS ETAPAS DONDE SE ESTABLECEN LAS ACTIVIDADES IMPACTANTES

En el ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL TREN JUJUY – ETAPA Nº 1 VOLCAN

TILCARA. EIA elaborado para el Proyecto, se han definido dos etapas en el desarrollo

de las actividades del proyecto sujetas a la evaluación de impactos ambientales, la

etapa de construcción y la etapa de operación, considerando que es necesario al licitar

el Proyecto Ejecutivo y la obra considerar la etapa de Pre construcción

A. ETAPA DE PRE CONSTRUCCIÓN

− Difusión del Anteproyecto e información a la comunidad (asociado a etapa de

Relevamiento in situ, topografía

− Difusión del Proyecto e Información a la Comunidad (post licitatorio) – Proyecto

Ejecutivo

B. ETAPA DE CONSTRUCCIÓN

− Difusión y Comunicación (Incluye equidad de Género).

− Acciones comunes durante el inicio de la Obra

Limpieza del sitio

Instalación y funcionamiento de oficinas, obrador y planta de materiales

Instalación y funcionamiento del Obrador y Zona de acopios

Instalación y funcionamiento de la Planta elaboradora de hormigón.

Instalación y funcionamiento de la Planta Clasificadora de áridos.

Explotación de canteras de áridos.

Movimientos de suelo

Construcción de plataforma

construcción de super estructura

puesta en valor y construcción alcantarillas y puentes

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construcción de ADV, aparatos de vías en playas de estación

Circulación de equipos, maquinarias y camiones

Desvío de tránsito por sectores y reducción de media calzada

Cierre y aperturas de nuevos accesos

Disposición transitoria de material excavado y/o escombros.

Transporte de materiales de construcción a frentes de obra (hormigón, ripio, rieles,

entre otros)

Obras de drenaje, defensas, gaviones

− Acciones comunes finales.

Desmantelamiento del Obrador.

Fin cierre de obras. Desmovilización, limpieza y restauración ambiental y

paisajística

Reforestación, provisión de especies arbóreas y revegetación

− Acciones específicas de la obra

Construcción Vías y Obras

Limpieza (Desbosque, destronque, limpieza de terreno y línea de Bandera).

Extracción de rieles

Excavaciones no clasificadas y movimiento de suelos.

Construcción de plataforma (Terraplenes)

Construcción de super estructura de vía (geotextil, balasto, distribución de durmientes,

tendido de rieles, fijación unión nivelación alineación de vías incluido el refuerzo del

Balasto

construcción de ADV – aparatos de vías,

construcción de pasos a Nivel.

Puesta en valor de alcantarillas y puentes existentes

Construcción de Alcantarillas y Puentes

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Obras multipropósito

Construcción de defensa marginal de la Red Ferroviaria.

Construcción de defensa de Colchonetas y gaviones.

Encauces y cuencos de disipación

Acciones Específicas finales.

Desmantelamiento de plantas de acopio de materiales y obrador.

Desmantelamiento de Plantas de Árido y Hormigón

Fin cierre de obras. Desmovilización, limpieza y restauración ambiental y

paisajística

Reforestación, provisión de especies arbóreas y revegetación

C. ETAPA DE OPERACIÓN

Para la valoración de los impactos ambientales de la Etapa de Operación se han

tomado en cuenta las siguientes actividades que pueden generar posibles impactos:

Funcionamiento de la Red Ferroviaria.

Mantenimientos periódicos y rutinarios de la Red Ferroviaria.

Mantenimiento de la Señalizaciones.

Forestación y revegetación.

Generación de Residuos.

Contratación de personal.

3. VARIABLES AMBIENTALES AFECTADAS

Las variables ambientales que pudieran ser afectadas directa e indirectamente durante

la construcción y operación del proyecto y las actividades que generarán dicha

afectación, se muestran en la matriz de identificación de impactos. Estas variables han

sido agrupadas en los siguientes elementos:

MEDIO FISICO NATURAL

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67

El proyecto de prevé una serie de acciones potencialmente generadoras de

alteraciones en el medio físico natural y socioeconómico, tanto para la etapa de

construcción como para la de operación.

Se prevé que las actividades y acciones de las etapas de construcción y operación de

la obra, producirán afectaciones sobre diversos componentes del medio natural. Los

componentes del medio que sufrirán los efectos de las actividades son:

AIRE

Se refiere a los impactos potenciales por la modificación de la calidad del aire (a partir

de la emisión de gases contaminantes y polvo/partículas en suspensión) afectando los

procesos biológicos de su entorno, así como la calidad del aire y condiciones del

entorno de los habitantes del área y de los trabajadores de la obra.

Las partículas en suspensión pueden formar nubes de polvo con una extensión

variable en función de las condiciones climáticas.

Asimismo, los gases que emitirán los vehículos y maquinarias corresponden a CO

(monóxido de carbono), hidrocarburos no quemados (HC), óxidos de nitrógeno (NOx),

plomo (PB), y dióxido de azufre (SO2) y en menor medida, algunos metales pesados

(Zn, Mn, Ni y Fe). Este conjunto de gases puede precipitar al suelo con la lluvia

(afectando sus propiedades químicas) o son absorbidos directamente por los

organismos vivos pudiendo ocasionar afecciones a la salud.

Se refiere también a la generación de ruido que podrían producirse fundamentalmente

durante la construcción y puesta en funcionamiento de la obra como consecuencias del

nuevo tráfico.

De esta forma, se entiende que la mayor parte de las actividades y acciones asociadas

a la etapa de construcción, podrían afectar la calidad del aire y generar ruidos de

manera temporal mientras duren las diferentes acciones. La intensidad final de los

impactos dependerá de las medidas de prevención y mitigación que se adopten, en

especial las aquellas referidas al desarrollo de las actividades constructivas y el control

de las emisiones a la atmósfera.

Entre las acciones de la obra que podrían afectar negativamente la calidad del aire y

generar ruidos molestos se pueden mencionar:

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68

Los impactos de estas acciones están vinculados a la alteración de la calidad del aire,

la generación y/o incremento de los niveles de ruido y vibraciones, y la emisión de

gases contaminantes (principalmente de la planta de materiales / planta de áridos,

aunque su emisión depende de la tecnología aplicada, las condiciones de

funcionamiento, estados de los filtros, etc.) por la circulación de vehículos o las posibles

demoras temporarias ocasionadas por el desvío de tránsito. Durante la etapa de

construcción, la detención o circulación restringida de la cantidad de vehículos que

circulan en la ruta paralela a traza ferroviaria generará un mayor aporte de gases de

combustión tóxicos y de partículas a la atmósfera además del ruido producido por los

motores en marcha.

El riesgo de potenciales derrames de combustibles, aceites y otras sustancias

empleadas en los obradores puede generar procesos contaminantes que afecten la

calidad del suelo, así como también la posible filtración de líquidos derivados de la

acumulación de residuos, efluentes cloacales o el lavado de maquinarias en la zona

de obradores y frentes de obra.

El suelo puede ser alterado en la etapa de obra, en el área por procesos de

compactación a partir de la circulación de vehículos y maquinarias pesadas,

principalmente sobre aquellas superficies que han sido desprovistas de la cubierta

vegetal.

En la etapa de operación

El funcionamiento del ferrocarril provocará un incremento de los niveles de algunos

gases ya mencionados en la atmósfera (CO2, CO y en menor cantidad NOx, SO2) y

material particulado (carbonos y carbonos orgánicos), situación que será compensada

con un mayor diseño tecnológico de la formación de tren que permitirá sustituir en

parte, la tecnología basada en combustible diésel para usar específicamente la

energía solar. Esta tecnología permitirá su análisis cuando se presente el proyecto de

formaciones y se ejecuten las mismas.

El paso de la formación También generará un incremento de los niveles de ruido, el

cual será más intenso en las zonas contiguas a las vías. Dependiendo también de las

innovaciones que se introducirán con la energía solar.

AGUA

La calidad del agua superficial tanto en la etapa de construcción como en la de

funcionamiento, puede ser alterada de manera puntual como consecuencia de vertidos

o derrames accidentales de sustancias contaminantes que alcancen dichos cursos

(aceites, hidrocarburos, efluentes, residuos orgánicos, etc.).

Se debe considerar también la potencial afectación de los cuerpos de agua, teniendo

en cuenta los afluentes que por quebrada nutren a los ríos principales, como

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consecuencia de partículas en suspensión sobre su superficie, como consecuencia de

la manipulación / movimiento se suelos y materiales de construcción (por ejemplo

volcado de balasto).

La calidad de las aguas subterráneas también puede ser alterada por estos mismos

motivos, a partir de la lixiviación de dichas sustancias hacia las napas freáticas,

contaminando las aguas subterráneas.

Con relación a los recursos hídricos, se analiza la calidad del agua, el drenaje y

escorrentía, tanto para las aguas superficiales como subterráneas.

Ahora bien, en cuanto a la calidad del agua, se puede estimar una eventual

contaminación del agua de escorrentía superficial en obrador hacia zanjas y cunetas

para drenaje temporario. De todos modos, se estima que los potenciales impactos

negativos sobre la calidad del agua podrían deberse no por acciones directas, sino al

riesgo que supone la ocurrencia de contingencias, tales como la eventual

contaminación del agua producto de arrastre de partículas (asociados al movimiento de

tierras), derrames ocasionales de materiales asfálticos, derrames de aceites y

lubricantes (en los sectores de depósitos o en la planta de Hormigon), y el posible

escurrimiento de los materiales (por acción pluvial) hacia zanjas y cunetas para

drenaje de excedentes pluviales temporarios (por derrames ocasionales o

sistemáticos de sustancias contaminantes) dentro o cerca del área de las obras.

Asimismo, el manejo y depósito de aceites y lubricantes manejados de forma

defectuosa, podría también ser fuente de contaminación.

En esta línea de análisis, en cuanto a las aguas subterráneas, no se esperan impactos

negativos si se mantienen los cuidados necesarios en la manipulación y disposición de

sustancias químicas potencialmente tóxicas, principalmente en el obrador y planta de

materiales y se realiza el adecuado mantenimiento de los equipos y maquinarias.

Analizando específicamente el drenaje y escurrimiento, se estima alteración de la

escorrentía por la modificación de las condiciones topográficas, movimiento de suelos y

el acopio transitorio de materiales dentro y fuera de la zona de camino, como así

también una modificación de patrones de drenaje por demolición de alcantarillas, retiro

de árboles y vegetación, junto con la impermeabilización de suelos. El impacto negativo

podría ser mayor si estas obras (demolición de alcantarillas) se llevan a cabo durante

los meses de diciembre a marzo, dado que en dicho periodo se identifican temporada

de tormentas intensas en el área. Caso contrario, el impacto negativo sobre esta

variable será relativamente menor. Cabe aclarar a su vez, que la demolición de las

alcantarillas actuales como parte de las acciones de obra, es considerada como

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impacto negativo alto, pero con duración transitoria, dado que se reemplazan luego por

nuevos drenajes y alcantarillas.

Por otra parte, el área donde se instalará el obrador y zona de acopio no supone

mayores movimientos de suelos, no presentando variaciones que hagan suponer que

se modifique alguno de los desagües de superficie, sin embargo, la nivelación del

terreno mínimamente puede afectar las caídas de agua naturales existentes.

A su vez, en cuanto al movimiento de suelos, el acopio de material de descarte o

material sobrante ubicado en zona de escurrimiento, pueden conformar una obstrucción

para el normal escurrimiento del agua, lo que puede repercutir negativamente en

cuanto a la generación de anegamientos (riesgosos o no), desvíos del cauce o la

salinización del suelo.

En cuanto a los impactos positivos, la renovación y profundización de alcantarillas en

zonas afectadas frecuentemente por aluviones e inundaciones originados por lluvias de

alta intensidad, y donde constituye una zona de recepción y/o escurrimiento del agua

precipitada, generará un impacto positivo muy alto.

Durante los procesos de operación, las tareas de limpieza y mantenimiento de obras

de arte (alcantarillas, desagües, zanjas, caños de desagüe transversal) favorecerán

los procesos de escorrentía superficial, evitando / minimizando las aguas estancadas.

SUELOS Y GEOFORMAS

Se evalúan los impactos sobre el sustrato físico superficial, considerando sus

características en la actualidad, en cuanto a la estructura del relieve, topografía, la

composición del suelo, a partir de la construcción de la obra.

En este contexto, se estima que el suelo será afectado negativamente por los impactos

directos ocasionados por los movimientos de suelos y otras acciones propia de la obra,

en la zona de obra directa y en zona cercanas.

Si bien se trata de una obra en una zona ya intervenida por la actual traza de vía, la

misma prevé un trabajo de recambio total a lo largo de la traza. Estas obras

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conllevarán principalmente el movimiento de tierra y construcción de terraplenes que

modificarán el relieve de la zona. El principal impacto estará dado por el volumen de

suelos a movilizar.

Si bien se trata de algunas acciones puntuales, se trata de impactos negativos en

general que oscilan entre valores moderados y altos, restringidos espacialmente al Área

de Influencia de la obra.

Los procesos erosivos por el lavado del suelo pueden potenciarse debido a acciones

de desmalezamiento y pérdida de tierra vegetal durante la etapa inicial de

construcción.

Durante la etapa de operación pueden producirse potenciales derrames de aceites y/o

combustibles derivados de las tareas de mantenimiento de las vías.

No se prevén modificaciones sustanciales sobre el relieve, ya que las tareas previstas

comprenden acciones de adecuación y mejoramiento de la traza ferroviaria existente.

No obstante, deben considerarse las tareas asociadas a la apertura de accesos y/o

adecuación de caminos de servicio, así como las de reacondicionamiento del

terraplén, las que potencialmente podrían alterar procesos geomorfológicos.

Por otra parte, los procesos de compactación del suelo podrían afectar de manera

puntual el normal escurrimiento del agua superficial.

En cuanto a la totalidad de impactos negativos previstos sobre el relieve y suelo, se

consideran los siguientes:

- Afectación de la topografía actual, a partir de movimiento de suelos para la

construcción de las obras en traza ferroviaria

- Pérdida de suelo orgánico y de la cobertura vegetal en general, principalmente en

la zona de obras tanto en traza de vía como en cuadros de Estación

- Afectación de estructura edáfica en los suelos de los espacios verdes de la zona

de camino, a partir de la extracción de tierra vegetal (Horizonte O y A, parte de zona ya

afectada por la construcción de la traza de vía

- Compactación del suelo por instalaciones, circulación de equipos y vehículos.

- Compactación especial del suelo para el terraplenado o ampliación de los mismos.

- Eventual incremento de los procesos erosivos a partir de la pérdida de la cobertura

vegetal en el entorno de las obras por efecto de los movimientos de equipos y desvíos.

- Eventual contaminación puntual del suelo por derrames ocasionales o sistemáticos

de materiales o derrames de aceites y lubricantes en los sectores de depósitos. de

maquinarias, talleres, o en la eventual planta de hormigón.

Finalmente, se espera que las tareas de restauración ambiental y paisajística impacten

de manera positiva sobre los suelos.

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- MEDIO BIOTICO

Se prevé que las actividades y acciones de las etapas de construcción y operación de

la obra, producirán afectaciones sobre diversos componentes del medio Biótico. Los

componentes del medio que sufrirán los efectos de las actividades son:

FLORA Y FAUNA

Las obras no se localizan sobre sectores con bosques nativos, hábitats silvestres ni

áreas naturales protegidas. Ya que se respeta la traza existente y se desarrolla con el

recambio de los componentes ferroviarios. De Igual manera en los cuadros de Estación el

Proyecto se desarrolla sobre los predios de radio Estación que en muchos casos presentan

familias que viven en sitios cercanos y en forma precaria en los mismos.

Se analizan los potenciales impactos por parte de las distintas acciones de obra con

relación con la afectación o alteración de ejemplares de las especies arbóreas en la

zona de traza y la alteración del hábitat de fauna por la remoción de suelo y cobertura

vegetal que será realizada como parte de las acciones de construcción del conjunto de

obras y las diversas emisiones provenientes del transporte materiales dentro y fuera de

la zona, principalmente.

A su vez, se espera una pérdida de cobertura o estratificación vegetal por remoción de

la tierra vegetal (horizonte O y A de la estructura edáfica).

Con relación a la fauna, se considera que el impacto negativo se generará por la

limpieza de terreno (principalmente por los árboles a remover), considerando el impacto

a los sitios de nidificación, refugio y alimentación de la fauna (fundamentalmente,

avifauna). Asimismo, se considera otra afectación se generará de manera indirecta por

la generación de ruidos, vibraciones y diversas emisiones gaseosas por las diversas

acciones de obras, como la construcción de los elementos de obras y el transporte de

maquinaria dentro y fuera de la zona de obras. Con relación a ello, puede suponerse

que inicialmente la fauna se verá afectada por el eventual incremento de los niveles de

ruido en los frentes de trabajo, sin embargo, este efecto se verá acotado al tiempo que

dure la obra. Debe señalarse que el funcionamiento ferroviario genera una importante

cantidad de ruido, gases y partículas que ya ha producirán una modificación de la vida

silvestre y una migración o una adaptación (según los casos) en muchos de los

ejemplares de la fauna actual. Al incorporarse en el aspecto de diseño la investigación

y desarrollo para las formaciones ferroviaria con tecnología solar, permitirá reducir el

impacto respecto a ruidos y gases.

Es probable la ocurrencia de atropellos producidos por el transporte de personal y

materiales fuera y dentro de la zona de obra, así como por la circulación de maquinaria

pesada.

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Estos efectos podrían prevalecer durante la etapa inicial de la operación dado el

incremento en la frecuencia del ferrocarril, luego de largos períodos de nula actividad.

Además, principalmente durante la fase, se estima que la traza ferroviaria producirá un

aumento del efecto barrera para los desplazamientos transversales de la fauna

silvestre, especialmente pequeños mamíferos, como también para los animales de cría

(cabras, ovejas) lo cual redundaría en un impacto negativo, lo que puede conllevar a un

aumento de posibles atropellamiento de fauna dado que el camino por recorrer por los

animales (para el cruce de la vía) será nuevo. Sin embargo, en función del entorno

urbano o suburbano fuertemente antropizado la abundancia y biodiversidad de la fauna

silvestre es bajo y por ello no se esperan impactos significativos.

MEDIO ANTROPICO SOCIOECONÓMICO

Los factores del medio socioeconómico que podrán verse afectados son;

HISTÓRICO CULTURAL

Paisaje, modificación de las condiciones paisajísticas

Sitios Históricos y Arqueológicos.

Paisaje

En el presente ítem se analizan los componentes territoriales del paisaje por su

aportación visual a la percepción en su conjunto y no en su forma individual, por

ejemplo, en la vegetación no se distinguen ejemplares o especies sino que se realiza

un análisis a escala del bioma y en el entorno poblado no se consideran las viviendas

en particular sino el conjunto de poblaciones en su totalidad. No todas estas

características de los componentes adquieren la misma importancia relativa en los

paisajes, sino que éstas habitualmente se definen sólo por la combinación de algunas

de ellas.

Aunque se considera que el paisaje es un factor intrínseco, la accesibilidad a un lugar de

observación puede ser un condicionante para la valoración a realizar. En este sentido,

se puede distinguir entre varias acepciones del concepto de acceso, como ser, acceso

visual en cada punto de territorio fijo desde una instalación o bien en tránsito por el

territorio desde un espacio público. En este estudio se comentan los paisajes visuales

accesibles desde los espacios de acceso libre o bien restringido de acceso público.

Asimismo, las obras relacionadas con la señalización, adecuación y reconstrucción de

los pasos a nivel, vallado y desvío de vehículos también impactarán de manera

temporaria sobre el componente paisajístico.

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Durante la etapa de funcionamiento el flujo de las unidades ferroviarias impactará en

el paisaje local. Por otra parte, las tareas de mantenimiento producirán una alteración

en los cuadros de estación seleccionados.

Asimismo, las tareas de limpieza (alcantarillas, desagües) y mantenimiento de la

infraestructura ferroviaria a realizarse en forma periódica, favorecerán las condiciones

de higiene disminuyendo los efectos nocivos sobre la salud: evitando la proliferación

de vectores, eliminando aguas estancadas, olores y mejorando la calidad visual del

paisaje.

A su vez, se esperan impactos positivos sobre el paisaje en cuanto a las siguientes

acciones de la fase:

- Fin cierre de obras. Desmovilización, limpieza y restauración ambiental y

paisajística

- Mantenimiento de infraestructura y equipamiento ferrovial

Los impactos de las obras vinculadas al proyecto en el paisaje estarán determinados por

la intrusión de elementos antrópicos en el medio, la modificación de elementos

naturales y la alteración en las propiedades morfológicas: líneas, forma, color, textura y

unicidad del paisaje. En este contexto, cabe destacar que parte del área de influencia de

la obra ya se encuentra modificada antrópicamente tanto por el desarrollo urbano como

así también por la misma existencia de la traza ferroviaria, hoy en desuso. La existencia

de la traza de vía, disminuye la intensidad el impacto negativo que generará las mejoras

en esta obra ferroviaria, dado que es una zona que cuenta ya con una intervención

antrópica y por lo tanto una modificación paisajística puntual.

En particular, durante la fase de construcción, con respecto a las diferentes etapas de

la obra del proyecto itemizadas precedentemente, que conlleva entre otros, la

presencia de maquinarias, elementos de obra y áreas de suelo desnudo y en remoción

que irrumpen la percepción de estética del paisaje, derivado de la pérdida de

naturalidad del área, y con consecuente disminución de su calidad visual, alcanzando

valores de impactos negativos altos. No obstante, dichos impactos se hallan acotados a

la zona de trabajo y áreas de influencia, como así también al tiempo al que duren las

obras.

Con respecto a la generación de residuos durante la fase de construcción, cualquier

residuo en sí mismo quizá no resulte causante de un impacto ambiental paisajístico

contundente, ello depende de su correcto manejo y disposición en contenedores

apropiados y no la presencia de residuos abandonados en espacios abiertos, lo cual

podría deteriorar las condiciones del paisaje existentes y comprometer a la estética y al

medio. En este contexto, se destaca que deberá procurarse óptimas condiciones de

manejo de residuos productos de la obra.

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Finalmente, cabe destacar que las tareas de cierre de las obras implican un impacto

positivo muy alto dado que finalizan gran parte de los impactos negativos paisajísticos

que se originarán durante la etapa de construcción.

El cumplimiento de las medidas de restauración de los sitios de obra y la recomposición

paisajística del lugar al finalizar la etapa de construcción asegurarán que los impactos

directos e indirectos sean ambiental y socialmente aceptables.

ASPECTOS PATRIMONIALES Y SOCIOCULTURALES

No se estiman por la localización del Proyecto impactos negativos altos asociados

principalmente a los sitios de Patrimoniales y arqueológicos, si se prevén en plantas de

áridos, Hormigón, canteras, posibles impactos sobre yacimientos arqueológicos,

debiendo preverse los protocolos para su eficiente gestión

Es necesario aclara que al ejecutar el proyecto sobre traza existente no se afecta a

territorios de comunidades indígenas, teniendo la obra carácter de rehabilitación de

traza ferroviaria existente.

Por otra parte, debe considerarse la presencia de establecimientos educativos,

culturales y asociaciones, en localidades donde se trabajara en los Cuadros de

Estación. Como también actividades culturales relacionadas a la cultura, que serán

afectados por actividades como la limpieza del sitio, circulación de equipos y

maquinarias, movimiento de suelos, entre otros. La generación, de manera indirecta, a

partir del deterioro o afectación de las condiciones ambientales descriptas en los

Puntos de impactos sobre el medio físiconatural sobre las actividades, por ejemplo por

la modificación de las condiciones de calidad del aires o la generación de ruidos,

podrían afectar, de manera temporaria el normal funcionamiento de estos

establecimientos.

Finalmente, en cuanto a los impactos positivos, se considera que las distintas acciones

de la obra previstas para las etapas del proyecto repercutirán positivamente sobre los

aspectos socioculturales, culturales y patrimoniales, fundamentalmente en lo que tiene

que ver con las mejoras directas o indirectas sobre la calidad de vida de la población. Si

bien podrá generarse inconvenientes durante la etapa de construcción sobre el ingreso

a algunos establecimientos como por ejemplo, sitios recreativos o de turismo, en líneas

generales para la etapa se prevé un beneficio indirecto sobre la calidad de vida de la

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población, debido a las mejores condiciones de circulación sobre este tramo vial, que

reducirá riesgos de accidentes en general, y posibles daños sobre el material rodante.

En cuanto a los impactos positivos, se estiman beneficios indirectos sobre la calidad de

vida de la población y por ende sobre los aspectos socioculturales, debido a las

mejores condiciones de circulación vial (tanto en términos de accesibilidad como de

seguridad).

ASENTAMIENTOS – POBLACION

Se consideran los impactos sobre la calidad de vida de la población afectada en

general. En este estudio, la calidad de vida se asocia al concepto de bienestar,

comprendiendo la percepción que un individuo tiene de su lugar en la existencia y su

relación con el entorno.

Durante la etapa de construcción, la obra provocará una serie de efectos en la

población local. La generación de empleo (directo e indirecto) asociado a la obra es

considerada un efecto beneficioso que se extiende a la etapa de funcionamiento

debido a las tareas de mantenimiento de las vías e instalaciones. Asimismo, las

operaciones vinculadas a la obra pueden influir en la reactivación de otras actividades

relacionadas directa e indirectamente con el ferrocarril y con el Turismo (por ej.

demanda del empleo informal asociado a actividades de turismo, artesanías,

comercio, gastronomía y servicios).

El área requiere de la capacitación de los Recursos Humanos.

El desarrollo de las actividades propias de la obra, junto con la instalación de las

oficinas y obradores generará un incremento en la demanda de bienes y de servicios

con efectos beneficiosos para el comercio de la zona.

Esta demanda se conserva, aunque en menor medida, durante la etapa de

funcionamiento con el requerimiento de insumos para la actividad ferroviaria

directamente y de los usuarios del ferrocarril.

En este contexto, deben considerarse los efectos asociados a la salud y seguridad

laboral para los operarios de la obra. Los mismos derivan de la probabilidad de

accidentes con herramientas o maquinarias requeridas para las tareas, entre otras

soldaduras de rieles, movimiento de rieles y durmientes, contacto con materiales o

efluentes tóxicos o peligrosos, derrames, etc.

La seguridad de la población puede verse vulnerada a causa del riesgo potencial de

accidentes por la circulación de maquinarias, transporte de materiales y de personal,

funcionamiento de obradores y frentes de obra, acopio de materiales a granel y

manipulación de sustancias peligrosas, etc., en particular en aquellas localizaciones

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donde se ha observado población asentada en predios lindantes a las traza de vías

como a los cuadros de Estación Ferroviarios (Radio Estación)

Se destaca en este tramo, en varias estaciones, la existencia de ocupantes cercanos a

los predios. El cierre de los pasos a nivel informales y el reacondicionamiento de los

habilitados, provocará inicialmente molestias en la población usuaria, aunque

posteriormente se traduzca en un aumento de su seguridad, generando también un

ordenamiento de los espacios relacionados con el ferrocarril.

Durante la etapa de operación, su mantenimiento permitirá una mejor visibilidad

aumentando la seguridad de dichos cruces, disminuyendo el riesgo de accidentes

vinculados al flujo peatonal, vehicular y ferroviario.

Los Espacios de uso público o comunitario en terrenos ferroviarios, Cuadros de

estación (Radio Estación, donde se localizan galpones, talleres o estaciones en los

cuales se realizaran actividades de esparcimiento, recreativas, deportivas, culturales y

educativas) pueden verse afectados de forma negativa por la instalación y

funcionamiento del obrador, acopio de insumos y/o materiales, restricción temporal o

cese de uso social. Permitiendo de esa manera también la construcción de los nuevos

edificios.

Sin embargo, las obras previstas en el Proyecto, (etapa de operación) generarán

efectos beneficiosos sobre el uso de dichos espacios.

La ejecución de las actividades de obra generará de manera puntual una serie de

efectos de carácter negativo como molestias a la población y riesgos potenciales

sobre la salud, a causa de la generación de ruidos, olores, vibraciones.

El transporte de materiales y el movimiento de suelo afectarán la salud de la

comunidad local a partir de la emisión de partículas en suspensión. Las partículas

suspendidas en el aire por las actividades de construcción quedan disponibles para

ser incorporadas al organismo por medio de las vías respiratorias y del sistema

digestivo, originando afecciones de tipo respiratorias.

La posible existencia de derrames, así como el potencial contacto con combustibles,

productos químicos, efluentes y/o residuos durante la etapa de construcción y

operación se constituyen como un riesgo potencial para la salud de la población

involucrada en las áreas próximas a los obradores y frentes de obra.

Se estima que la construcción del conjunto de obras, que implica no solo el movimiento

de suelos, sino también la afectación de la circulación vial en Ruta nacional n° 9 en

paralelo a la traza ferrovial, así como la circulación de maquinarias, equipos y

camiones desde el sector del obrador hacia los distintos frentes de obra, repercutirá

negativamente sobre las condiciones de la calidad de vida de la población. Cabe

destacar que serán transitorias y localizadas, donde incluso se considera que el

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obrador como zonas de acopio ubicados en sectores que no necesitan movimientos de

suelos grande, no suponen un impacto alto en el proyecto.

Del mismo modo, la actividad ganadera informal puede perder espacios de pastoreo

como consecuencia de la ocupación de tales espacios por las actividades de

desmalezado, limpieza y desmonte, la circulación de maquinarias y otros vehículos,

acopio de materiales, etc.

Durante la etapa de operación, la reactivación del servicio ferroviario beneficiará al

comercio de las actividades productivas locales, regionales y nacionales a través del

transporte de turista aportando demanda a este mercado por la reactivación de la

actividad, principalmente dentro del área de influencia.

Respecto de la infraestructura de servicios se prevé el retiro y la reubicación de

señales, lo cual genera inconvenientes a la población durante la etapa de

construcción, y efectos beneficiosos durante la etapa de funcionamiento en los pasos

de nivel habilitados.

Se estima que repercutirán también de forma indirecta sobre la calidad de vida los

impactos que se manifiesten sobre los distintos componentes del medio físico y biótico

(analizados anteriormente) durante la fase de construcción, por ejemplo:

• Congestión o demoras en el tránsito en calles vecinales como en Ruta Nacional n° 9

a partir de los desvíos o reducción de calzada en la etapa de construcción y la

consecuente generación y/o incremento de ruidos y emisiones gaseosas. Debido a la

proximidad de traza de vía de Ruta Nacional

• Aumento de la afectación de la conectividad transversal (por ejemplo, en las

calles y veredas de las localidades donde se encuentran los cuadros de Estación. )

• Aumento del riesgo de accidentes viales, de ciclistas y peatones, como

consecuencia de desvíos y reducciones de calzadas durante el periodo de construcción

de las obras.

• Impactos acumulados por la afectación de los distintos componentes del medio

físico natural que puedan considerarse extensivos sobre la calidad de vida de la población,

como consecuencia de acciones como la circulación de equipos y maquinarias,

demoliciones, acciones ligadas a la propia construcción vial (por ej. construcción de

paquete estructural, terraplenes, nivelación de suelos, etc.) que generarán entre otros:

- Deterioro de la calidad del aire a partir de la generación ruidos y/o emisión de polvo

(material particulado en suspensión) y olores.

- Incremento ocasional en el nivel de vibraciones debido a la circulación de equipos

y maquinarias.

- Modificación de las condiciones paisajísticas del entorno.

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• Modificación de la dinámica urbana, rural, agropecuaria, comercial y turística,

durante el periodo de construcción del conjunto de obras a causa de los cortes y/o

reducciones predios agropecuarios que hoy habían avanzado sobre zona de seguridad

de las vías, reducción de espacios de circulación y dificultades de conectividad urbana.

• Eventual afectación, a partir de la manipulación de maquinaria pesada (como

retroexcavadoras) en la provisión de servicios y la consecuente afectación de la calidad

de vida de la población durante la etapa de construcción. Por ejemplo, a partir de la

interrupción en la provisión de servicio de agua y saneamiento, eléctrico en caso de

suceder daños ocasionales sobre el tendido que pasa adyacente a la traza de las obras.

• No se han identificado impactos sociales diferenciados desde el punto de vista de

género ni en la etapa de construcción ni de operación. Solo podría mencionarse

eventuales situaciones de conductas inadecuadas (acoso sexual) por parte del personal

de obra (dominantemente masculino) sobre las mujeres del entorno de la zona. En

este sentido, deberá implementarse un adecuado código de conducta para el personal

de obra y un mecanismo de quejas y reclamos, así como otras medidas preventivas.

También respecto a la empleabilidad se promoverá la inserción y empoderamiento de la

mujer en el medio laboral que el proyecto demanda.

• También podrían producirse algunas afectaciones negativas temporales indirectas

durante la fase de construcción a las actividades económicas, que podrían ocasionar

pérdidas económicas.

• Acciones como la difusión y consulta pública, particularmente a las partes

afectadas repercutirá positivamente sobre la población, dando lugar a un diálogo

constructivo entre las diferentes partes (partes afectadas y el proponente del proyecto),

con el fin de escuchar opiniones, intereses, expectativas y propuestas. Así las acciones

de consulta y validación sobre todo del Proyecto de Arquitectura en cuadro de

Estaciones. Se efectuará también a nivel proyecto ejecutivo como se hizo a nivel de

anteproyecto.

Se estiman impactos positivos mayormente durante la etapa de operación, en cuanto a la

circulación vehicular, seguridad vial y conectividad urbana, entre otros. Beneficios

indirectos sobre la calidad de vida de la población y las actividades turísticas, de

esparcimiento, productivas y económicas, debido a las mejores condiciones de

circulación vial (tanto en términos de accesibilidad como de seguridad), y las acciones

de restauración paisajística (ej. a partir de la forestación compensatoria en espacios

verdes residuales) en las etapas de operación y mantenimiento.

Es así como, las acciones llevadas durante la fase de construcción revitalizarán la zona

durante la fase de Operación.

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

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A su vez, se estima impactos positivos en cuanto a que la población contará con mejor

integración territorial en el área, mitigando los efectos barrera que hoy en día

caracterizan a esta infraestructura ferrovial sin uso, estimándose un impacto positivo

alto respecto al mayor arribo de turista a la región

Además, a escala provincial, la población contará con mejor conectividad vial, bajo

parámetros aceptables de servicio y seguridad.

ACTIVIDADES ECONÓMICAS

Se evalúan los impactos sobre los aspectos socioeconómicos analizados con relación a

las actividades económicas y productivas. Si bien se identifican diversos impactos

negativos presentes en la etapa de construcción, los impactos positivos muestran una

notable relevancia.

Los usos dominantes que pueden ser afectados son: residencial, recreativo y turístico,

agropecuario, comercial.

Por otra parte, los predios frentistas en las localidades de cuadros de Estación (por

ejemplo, comercios y locales de recreación) a la obra podrán sufrir durante la fase de

construcción, dificultades de acceso, pudiendo afectar de manera leve y transitoria las

cadenas productivas vinculadas a la actividad desarrollada en dicho predio.

Asimismo, siendo que en la zona se potencia con actividades turísticas recreación,

esparcimiento, cultural, patrimonial, histórico y, considerando las demoras viales y

molestias generadas por las obras (ruidos, vibraciones, etc. detalladas en los puntos

que anteceden), se esperan impactos negativos sobre estas actividades, acotado al

tiempo que dure la obra.

De todos modos, algunas acciones de obra (principalmente durante la etapa de

operación y mantenimiento) podrían redundar parcialmente en un impacto positivo, en

cuanto a la generación de empleo y requerimiento de mano de obra, incluido a su vez

el impacto positivo indirecto sobre la mayor demanda de insumos, bienes y servicios,

pudiéndose ver beneficiadas las zonas aledañas a la obra.

Se estima que la contratación de mano de obra en el proyecto será dominantemente

masculina, generando desigualdades de género. En el PGAS y posteriormente en el

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PMAS a desarrollar se incluirá un Programa de equidad de género y código de

conducta de personal de la contratista y subcontratista.

INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS

Se esperan impactos negativos transitorios, bajos, locales e indirectos a partir de la

instalación y funcionamiento del obrador y planta de acopio fundamentalmente por la

mayor demanda de consumo de agua y energía eléctrica para los procesos

constructivos. En todos los casos, se deberá asegurar que la nueva demanda de estos

servicios no afectará su normal provisión a la población y actividades locales. Por otro

lado, vista la ubicación de la obra, no se estima necesario que se establezca un

campamento, y por otro lado es muy factible que la Contratista utilice plantas de

producción de concreto asfáltico y hormigón ya establecidas en zonas cercanas.

Cabe destacar que si bien se llevará a cabo la relocalización de algunos espacios de

familias como también en zonas de cultivos y viviendas que avanzaron sobre

espacios de seguridad a lo largo de la traza, no se esperan impactos altos en los

mismos y se recomienda que estas actividades deben ser adecuadamente planificadas

y comunicadas con la suficiente anticipación a los eventuales afectados.

La existencia de un relevamiento detallado de la localización de toda la infraestructura

de servicios (tendidos de gasoductos, red de agua, red de cloacas, líneas de baja y

media tensión y fibra óptica) a lo largo de la traza es una información clave para

minimizar el riesgo de afectación por eventuales contingencias

En la etapa de construcción.

Sin embargo debe prevenirse una eventual afectación por contingencias, a partir de

accidentes en la manipulación de maquinaria pesada (como retroexcavadoras) por la

interrupción en la provisión de servicio de agua y saneamiento, eléctrico o fibra óptica

por daños ocasionales sobre el tendido que pasa adyacente a la traza de la obra.

Además, se espera una mayor demanda para la recolección y disposición de residuos

en obrador y frentes de obra.

En contraposición, se esperan impactos positivos para la etapa de operación de la

obra, a partir de las mejoras en las condiciones de seguridad y en la señalización.

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En resumen, se esperan impactos, tanto negativos como positivos, predominantemente

positivos sobre esta componente.

TURISMO Y ESPARCIMIENTO

Este punto hace referencia principalmente al nivel de actividad turística, recreativa, de

esparcimiento y al desarrollo económico vinculado a estos. Como también a las

actividades relacionadas a la artesanía que se vinculan con el área del Proyecto en los

diferentes cuadros de estación.

Durante la etapa de construcción estas actividades se verán perturbadas por las obras

vinculadas al proyecto. La reducción de calzada y circulación de equipos y maquinarias

generará demoras de tránsito turístico y molestias a los turistas que deseen realizar

paseos en bicicletas o caminatas. Asimismo, la generación de ruidos, vibraciones y

emisiones gaseosas y de material particulado perturbará la tranquilidad que buscan los

usuarios de restaurantes y otros.

Las afectaciones paisajísticas durante la etapa de construcción, disminuirán

probablemente la belleza panorámica que pretende encontrar el turista en la zona

donde se realizará el proyecto o visitantes de fin de semana o en período de

vacaciones.

La presencia de sitios representativos de los patrones culturales locales (por ejemplo

locales de artesanías en terraplenes próximos a las vías) podrían ser afectados por el

desarrollo de las tareas de obra, razón por la cual de existir, deberán ser identificados

arbitrando las medidas de mitigación adecuadas para su conservación.

Del mismo modo con respecto al Patrimonio histórico conformado por varias estaciones

ferroviarias e instalaciones complementarias. Su reacondicionamiento durante la etapa

de construcción, y su mantenimiento durante la etapa de operación, implican efectos

beneficiosos para la sociedad. Incrementando las alternativas turísticas culturales que

generaran un mayor arribo de turistas

Las actividades productivas locales asociadas al área, sufrirán efectos negativos

directos por el desarrollo de las tareas de obra durante la etapa de construcción, dados

por el entorpecimiento temporal de los caminos de acceso (vallados, desvíos) y

potencial afectación directa de las parcelas de cultivo linderas a las vías.

Los principales impactos positivos sobre la población surgen a través de los beneficios

relacionados con la alternativa de crecimiento turístico que el proyecto brinda en la zona

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así al entrar en funcionamiento la nueva infraestructura ferrovial, se espera un

incremento de turismo y recreación, arribando en las mejoras de los lugares

En términos generales, la puesta en funcionamiento, reconstrucción y

refuncionalización del tren generará impactos positivos sobre las distintas actividades

turísticas, culturales y de esparcimiento, estimándose de duración permanente a lo

largo de la vida útil de la obra.

INTEGRACIÓN TERRITORIAL

La integración territorial resulta clave para la dinámica socioeconómica de la región. La

gestión del territorio debe ser dada por un conjunto de políticas, planes y proyectos

destinados a tal fin. En este contexto, la alternativa de un tren turístico y el regreso del

ferrocarril, por sí misma garantiza el desarrollo y la articulación de un territorio, ya que

no sólo se deben considerar los aspectos económicos, comerciales, sino que entran en

juego otros aspectos no menos importantes, tales como los sociales, culturales y

ambientales, por medio de las mejoras en la integración regional de las localidades de

Quebrada de Humahuaca, y de los diferentes puntos geográficos alcanzando una

mayor integración del territorio y de sus integrantes. Todo lo cual concluye en diversos

impactos positivos durante la fase de operación de la obra.

La obra ferroviaria, también cumple la función de integración del territorio, conectando

así diferentes puntos geográficos. Es así que en el caso en estudio se pretende facilitar

el acceso a aspectos de crecimiento y desarrollo de la Población.

4. MEDIDAS DE MITIGACION

INTRODUCCIÓN

En este ítem se presenta las medidas de mitigación a aplicar durante la etapa de

construcción, operación y mantenimiento de la OBRA: “REHABILITACIÓN LINEA “C”

DEL FERROCARRIL BELGRANO EN LA PROVINCIA DE JUJUY – TRAMO

VOLCAN-TILCARA”.

Esta propuesta se realiza en función de los probables impactos ambientales,

identificados y valorados, considerando a su vez la normativa nacional y de la provincia

de JUJUY sobre Evaluación de Impacto Ambiental y Gestión Ambiental de Obras.

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“Las medidas de mitigación son un conjunto de acciones de prevención, control,

atenuación, restauración y compensación de impactos ambientales negativos que

deben acompañar el desarrollo del Proyecto para asegurar la protección del ambiente.”

A su vez “el Contratista deberá producir el menor impacto ambiental perjudicial sobre la

población humana, la fauna, la flora, el suelo, el agua, el aire, el paisaje, el patrimonio

histórico y/o cultural, las relaciones sociales, las comunidades indígenas y el medio

ambiente, en general. Los daños a terceros causados por incumplimiento de estas

normas serán de responsabilidad del Contratista, quien deberá resarcir los costos que

resulten de dicho incumplimiento.”

El Contratista deberá contribuir al uso racional e integrado de los recursos naturales

correspondientes al área de influencia directa de la obra vial; así como a la mejor

calidad de vida de los usuarios y de la población aledaña a la franja de dominio público.

Los daños a terceros causados por incumplimiento de estas normas serán de

responsabilidad de la Contratista, quien deberá resarcir los costos que resulten de

dicho incumplimiento. Por estos motivos la Empresa Contratista deberá divulgar el

pliego a sus trabajadores, a través de los medios que considere adecuados.

MEDIDAS DE MITIGACION GENERALES

Se presentan las medidas de mitigación en relación a los impactos ambientales y

sociales identificados a partir de las distintas acciones de la obra, que luego se

sintetizan en formato de tablas a fin de facilitar su comprensión, aplicación y

seguimiento.

Los aspectos aquí desarrollados se complementan con las consideraciones incluidas

en el Capítulo donde se presenta una propuesta de Plan de Gestión Ambiental y Social

del proyecto.

Cabe destacar que, como resultado de los aportes que se obtengan de los actores

sociales que concurrirán a la consultas que se realizara para el Proyecto definitivo de

Cuadros de Estación, pueden resultar con modificaciones al proyecto que al

incorporarse al mismo se consideran como partes integrantes de las medidas de

mitigación relativas al proyecto.

Las medidas de mitigación específicas según componente del medio receptor que

acompañan al desarrollo del Proyecto (particularmente en su etapa de construcción), y

que se desarrollan en el ítem presentado a continuación, son las siguientes:

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Medidas de mitigación sobre el medio físico

natural

MM – 1: Aire (emisiones sonoras, vibraciones y

calidad del aire)

MM – 2: Relieve y suelo (topografía, estructura y

calidad de suelos)

MM – 3: Agua (calidad del agua, drenaje y

escurrimiento)

MM – 4: Vegetación y fauna (abundancia y

diversidad)

MM – 5: Paisaje (arbolado y espacios verdes)

Medidas de mitigación sobre el medio

socioeconómico

MM – 6: Calidad de vida de la población

MM – 7: Infraestructura de servicio y equipamiento

MM – 8: Actividades productivas y económicas

MM – 9: Usos de suelo y aspectos socioculturales

MM–10: Tránsito y transporte, conectividad e

integración territorial

MEDIDAS DE MITIGACION ESPECIFICAS

MM – 1: MEDIDAS DE MITIGACIÓN EN RELACIÓN CON EL AIRE

El componente atmosférico del medio físico y natural está vinculado a la calidad del

aire, y el nivel de ruidos y vibraciones. Se han identificado las acciones que generarán

los mayores impactos, tanto en el área como el área de influencia. En ese sentido se

proponen las medidas que se sintetizan en las fichas del PGAS.

MM – 2: MEDIDAS DE MITIGACIÓN EN RELACIÓN CON EL AGUA

Para el caso de los recursos hídricos, se consideran una serie de medidas dirigidas a

prevenir su potencial afectación de forma directa e indirecta, por ejemplo, a partir de la

afectación del suelo o por el escurrimiento superficial hacia el sistema de drenaje y

alcantarillado.

MM – 3: MEDIDAS DE MITIGACIÓN EN RELACIÓN CON EL RELIEVE Y LOS

SUELOS

Mediante este componente se incluyen las consideraciones referidas tanto al

componente edáfico, en términos de estabilidad y calidad de los suelos para el

desarrollo de las actividades en el área, como en relación al relieve y a las

características geomorfológicas del área de influencia. Así, en base a las acciones

identificadas como causantes de impactos relevantes sobre este componente, se

presentan las medidas que se sintetizan en las fichas del PGAS.

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MM – 4: MEDIDAS DE MITIGACIÓN EN RELACIÓN CON LA VEGETACIÓN Y

FAUNA

Acciones destinadas a atenuar o mitigar los impactos identificados sobre el medio

biótico, fundamentalmente aquellos que afectan de forma directa la vegetación y/o

fauna asociada al área de la obra.

Para el caso de la vegetación, estas medidas han sido pensadas fundamentalmente con

relación a las acciones para la etapa de construcción de la obra.

MM – 5: MEDIDAS DE MITIGACIÓN EN RELACIÓN CON EL PAISAJE

A partir de los impactos identificados sobre este componente, que se concentran en la

etapa de construcción, se presentan las siguientes medidas tendientes a la

conservación del patrimonio natural y el paisaje.

MM – 6: MEDIDAS DE MITIGACIÓN EN RELACIÓN CON LA CALIDAD DE VIDA DE

LA POBLACIÓN

En este estudio, la calidad de vida se asocia al concepto de bienestar,

comprendiendo la percepción que un individuo tiene de su lugar en la existencia y su

relación con el entorno. Setrata de un concepto que está influido por la salud física y

el estado psicológico del sujeto, así como su vinculación con el desarrollo social,

económico, cultural, equidad, salud y medio ambiente.

En este contexto, el presente estudio se indica, en cuanto a la calidad de vida de los

pobladores ubicados en el área de influencia de las obras y específicamente en los

márgenes del área, las acciones que generan los impactos más relevantes

MM – 7: MEDIDAS DE MITIGACIÓN EN RELACIÓN CON LA INFRAESTRUCTURA

DE SERVICIO Y EQUIPAMIENTO

Para el caso de la infraestructura de servicios y equipamientos, se han identificado

algunas acciones que, al fomentar la mayor demanda de servicios asociada, podrían

generar algunos impactos negativos sobre esta componente. Asimismo, se prevé la

posibilidad del traslado y/o reubicación de algunos servicios. De todos modos, cabe

aclarar que la evaluación general de los impactos sobre esta componente resulta

positiva en las etapas de operación y mantenimiento, una vez finalizada la obra (por ej.

debido a la mejora de la red vial).

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MM – 8: MEDIDAS DE MITIGACIÓN EN RELACIÓN CON LAS ACTIVIDADES

PRODUCTIVAS Y ECONÓMICAS

Mediante este componente se incluyen las consideraciones referidas tanto a las

actividades productivas, vinculadas fundamentalmente a la actividad Agropecuaria,

comercial y de servicios en el entorno del área de la obra, en traza como en cuadro

de Estación. Como así también al conjunto de actividades económicas del entorno que

de forma directa o indirecta se vinculan con la obra. Así, en base a las acciones

identificadas este componente, se presentan las medidas que se sintetizan en la

siguiente ficha.

MM – 9: MEDIDAS DE MITIGACIÓN EN RELACIÓN CON LAS ACTIVIDADES, USOS

DEL SUELO Y ASPECTOS SOCIOCULTURALES

Por medio de este componente se incluyen las consideraciones referidas a las

actividades, usos de suelos y aspectos socioculturales afectados por el conjunto de

obras.

MM – 10: M E D I D A S DE MITIGACIÓN EN RELACIÓN CON EL TRÁNSITO

Y TRANSPORTE, CONECTIVIDAD E INTEGRACIÓN TERRITORIAL

La justificación de la obra está dada por la necesidad de mejorar la seguridad y el

tránsito vehicular, resolver el acceso a los predios frentistas y la integración territorial a

ambos lados del eje de proyecto y mejorar la conectividad metropolitana bajo

parámetros aceptables de servicio y seguridad.

Sin embargo dado que se han identificado impactos negativos de tipo transitorios

durante la etapa de construcción de las obras, en la siguiente ficha se presentan las

medidas de mitigación diseñadas a fin de reducir o mitigar dichos impactos.

5. EPECIFICACIONES TECNICAS AMBIENTALES (ETAS)

Todas las especificaciones técnicas, deberán ser consideradas por el Contratistas de

las obras, sin desconocer las recomendaciones específicas resultantes de los estudios

de Evaluación de Impacto Ambiental, para el proyecto a ejecutar.

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Los daños a terceros causados por incumplimiento de estas normas serán de

responsabilidad del contratista, quien deberá resarcirlos a su costo. Será obligación del

contratista divulgar el PMAS, por medio de actividades de inducción, capacitaciones,

conferencias, avisos informativos y preventivos sobre los asuntos ambientales y/o a

través de los medios que considere adecuados.

NORMAS GENERALES

El Contratista deberá cumplir con las siguientes normas para la ejecución del PMAS y

durante la construcción y conservación, además de ser responsable del cumplimiento

de las mismas.

OBJETO

La presente especificación establece las normas a seguir para cumplir con las Medidas

de Prevención, Mitigación y elaboración del Plan de Manejo Ambiental PMAS,

previstos para la etapa de construcción, mantenimiento y operación de las obras hasta

su recepción definitiva, con el objeto de prevenir y mitigar los Impactos Ambientales

negativos y potenciar los positivos, producidos por la ejecución de las distintas tareas

necesarias para su materialización.

En este Documento se incorporan las Especificaciones Técnicas Particulares

ambientales enmarcadas dentro del Plan de gestión Ambiental, consideradas como

obligaciones básicas a cumplir por El Contratista para el desarrollo del Plan de Manejo

ambiental, documento final de cumplimiento durante la Etapa de Construcción y

Operación Inicial de la Obra, pruebas de recepción, hasta su Recepción Definitiva.

REQUERIMIENTOS GENERALES DEL CONTRATISTA

El Contratista deberá tener en cuenta, en la preparación del PMAS, que ante

eventuales discrepancias en la Legislación, requerimientos de los Organismos

intervinientes y lo indicado en los pliegos y anexos, se deberán considerar los

requerimientos más exigentes.

El Presupuesto Total de los Costos del Plan de Manejo Ambiental, será incorporando

dentro del Costo de la Obra.

El Contratista deberá cumplir, durante todo el período del contrato, con todas las

normativas ambientales, laborales, de riesgos del trabajo y de higiene y seguridad, y

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con toda aquella legislación que preserve el derecho del trabajador y de terceros, que

corresponda aplicar, vigente a la fecha de la adjudicación, se encuentre o no indicada

en las especificaciones técnicas del Pliego de Licitación. Asimismo deberá cumplir con

las normas que pudieran dictarse durante el desarrollo del contrato.

El Contratista deberá cumplir con las observaciones, requerimientos o sanciones

realizadas por las autoridades y organismos de control, nacionales, provinciales y/o

municipales, asumiendo a su exclusivo cargo los costos, impuestos, derechos, multas o

sumas debidas por cualquier concepto.

El Contratista, tendrá la obligación de cumplir con lo indicado en los puntos

precedentes, no aceptándose por estos conceptos y bajo ninguna circunstancia, la

solicitud de pagos adicionales ni de ampliación de los plazos de entrega de la Obra.

El Contratista deberá respetar estrictamente las medidas que correspondan aplicar, en

lo referente a contaminación de suelos, aguas subterráneas y superficiales, aire, ruido y

vibraciones, contingencias tales como incendios, derrames, etc., utilización de

productos peligrosos o contaminantes y explosivos, disposición final de residuos

contaminados, peligrosos o patológicos, áreas de préstamo y diseño de explotación,

protección del patrimonio histórico cultural, arqueológico, paleontológico,

arquitectónico, escénico, antropológico y natural, prevención de enfermedades

endémicas, epidémicas o infecto contagiosas, higiene y seguridad, riesgos del trabajo,

protección de la flora y la fauna, control de procesos erosivos y calidad de vida del

personal de la obra y de la población afectada, evitando afectar la infraestructura y

equipamiento de servicios existente en el Área de localización e influencia directa de

las obras.

El Contratista durante la ejecución del Proyecto ejecutivo y previo a la iniciación de

excavaciones o movimientos de suelos para la preparación del terreno deberá realizar

un reconocimiento cuidadoso del sitio, analizar su historial, la información disponible y

sacar sus propias conclusiones respecto de la naturaleza de las condiciones existentes

que acompañarán el desarrollo de los trabajos de la obra. En función de ello

determinará las medidas de seguridad que será necesario tomar en cada una de las

áreas de trabajo de preparación del terreno.

En particular, frente al hallazgo de restos de interés Arqueológico, Antropológico,

Histórico, Cultural, Paleontológico, procederá a detener las tareas, en el punto del

hallazgo, y notificar a la Inspección y a las Autoridades de Aplicación en la materia,

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según corresponda, en cada jurisdicción. Podrá continuar con las tareas que realice en

los frentes de trabajo

situados fuera del punto de hallazgo y su entorno inmediato.

El Contratista deberá mantener indemne a El Comitente frente a cualquier reclamo

judicial o extrajudicial por incumplimiento de la reglamentación ambiental en las tareas

a su cargo.

A partir del momento de inicio del Contrato, El Contratista será responsable del análisis

y evaluación de los datos climáticos, con el objeto de establecer mecanismos de alerta

y actuaciones frente a contingencias, que resulten necesarios para adoptar medidas

que eviten afectaciones a las obras, personas y bienes corriendo a su exclusivo riesgo

los potenciales daños por contingencias climáticas.

A partir del momento de inicio del Contrato, El Contratista será responsable del análisis

y evaluación del estado de situación de los cursos de aguas superficiales y de los

niveles freáticos, con el objeto de establecer los mecanismos de alerta, que resulten

necesarios para adoptar medidas que eviten afectaciones a las obras, corriendo a su

exclusivo riesgo los potenciales daños a las mismas por contingencias por

inundaciones y anegamientos.

Las Normativas y Reglamentaciones (Leyes, Decretos, Resoluciones y Disposiciones

Nacionales, Provinciales y Municipales, etc.) que se indican dentro de este pliego,

deben ser consideradas como referencia y al simple título de informativas. En

consecuencia El Contratista tendrá la obligación de respetar la totalidad del

ordenamiento jurídico, sin que ello de motivo a la solicitud de pagos adicionales ni de

ampliación de los plazos de entrega, ni responsabilidad alguna del COMITENTE.

RESPONSABILIDADES AMBIENTALES DEL CONTRATISTA

El Contratista asumirá la responsabilidad total de los requerimientos ambientales,

incluyendo Higiene y Seguridad, Medicina del Trabajo y Riesgos del Trabajo, debiendo

contar, dentro de su personal, con profesionales habilitados para el ejercicio de las

funciones bajo su responsabilidad, en las etapas de diseño, construcción, puesta en

marcha y período de prueba hasta la recepción final de la obra.

Los Profesionales designados por El Contratista para ejercer las funciones de

Responsable Ambiental/social y Responsable en Higiene y Seguridad, deberán poseer

habilitación profesional, y antecedentes adecuados para la función a desarrollar.

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Permisos Ambientales (PA)

El Contratista obtendrá los permisos ambientales y los permisos de utilización,

aprovechamiento o afectación de los recursos correspondientes. Está facultado para

contactar las autoridades ambientales para obtener los permisos ambientales o en la

eventualidad de ser necesaria una modificación a cualquiera de los permisos o

autorizaciones requeridos para la ejecución de proyecto

El Contratista deberá presentar a la Inspección un programa detallado y un plan de

manejo de todos los permisos y licencias requeridos para la obra que no les sean

suministrados y que se requieran para ejecutar el trabajo.

El Contratista debe acatar todas las estipulaciones y debe cumplir con todos los

requisitos para cada permiso procesado, sujetando la ejecución de las obras a las

resoluciones y dictámenes que emitan las autoridades provinciales competentes.

Responsable Ambiental (RA)

El Contratista designará una persona física, profesional con título universitario, como

Responsable Ambiental, que tendrá a su cargo el cumplimiento de los requerimientos

ambientales y sociales durante la totalidad de las etapas de la Obra.

Deberá poseer amplios y probados conocimientos y experiencia como Responsable

Ambiental de proyectos y obras; quien asimismo deberá acreditar el cumplimiento de

las normas y reglamentaciones provinciales que lo habiliten a desempeñarse en tales

funciones.

El Contratista deberá presentar currículum, y constancias de los principales

antecedentes, del profesional, a los efectos de su aprobación por la Inspección del

COMITENTE.

El Responsable Ambiental efectuará las presentaciones, ante las autoridades

nacionales, provinciales y/o municipales y/o Organismos de Control, según

corresponda y será el responsable de su cumplimiento durante todo el desarrollo de la

obra.

El Responsable Ambiental será el representante del Contratista en relación con la

Inspección designada por El Comitente.

El Responsable Ambiental actuará como interlocutor en todos los Aspectos

Ambientales entre la Empresa Contratista, las Autoridades Municipales, Provinciales y

Nacionales Competentes y la Comunidades Locales.

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

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Responsable Social (RS)

El Contratista deberá designar una persona física como Responsable Social (RS) de la

obra, Deberá tratarse de un profesional, con título universitario en las áreas de

sociología, antropología, o carreras afines, de probada experiencia en la identificación,

análisis y gestión de riesgos y conflictos sociales, cuyos antecedentes deberán ser

comunicados a la COMITENTE, quien deberá aprobar su designación.

En caso de la designación de un RS, el mismo compartirá las responsabilidades

básicas a cargo del Responsable Ambiental indicadas en el punto anterior, y estará

encargado específicamente del tratamiento de quejas y reclamos, de la implementación

del pertinente programa de comunicación social, de la implementación de los Planes de

Reasentamiento Involuntario, de Pueblos Indígenas y otros en el marco de

incumbencia de su área. Los informes solicitados durante la obra serán realizados en

conjunto por el RA y RS.

Responsable Arqueólogo (RQ)

El Plan de Manejo incluirá un Plan de Seguimiento de Obra, que comprende su

inspección o monitoreo, particularmente de las remociones de tierras para prever la

aparición de incidencias arqueológicas no previstas y tomar medidas para proceder ante

estos impactos, y un Plan de Intervenciones Arqueológicas, en el que se articulen

diferentes acciones para paliar, mitigar o compensar el impacto arqueológico, que

incluyen controles, sondeos, excavaciones, muestreos, revalorizaciones, entre otras

tareas (Criado Boado et al. 2000)..

Por las características de la obra, trabajos de recambio de vías en traza ferroviaria

existente se prevé un bajo impacto e intervenciones arqueológicas. Si es que resulta

necesario implementar un plan de intervenciones arqueológicas el Contratista de la Obra

deberá contar con una Arqueólogo que dirija el Plan de intervenciones. Asimismo, es

función de este profesional elevar informes y notificar con inmediatez la aparición de

hallazgos arqueológicos al Arqueólogo de la Supervisión, asesor y encargado también del

monitoreo de las obras. Como auxiliar al Responsable Arqueólogo, el contratista deberá

contratar a un técnico en obra contratado específicamente para realizar estas tareas.

En caso de que se descubran restos arqueológicos se deberán paralizar

momentáneamente las actividades en el sector de hallazgo, restringir el acceso a

personas no autorizadas, y proteger los materiales arqueológicos.

Se procederá a comunicar a los Encargados de Obra y la Supervisión de Equipo de

campo del COMITENTE y a las autoridades de aplicación de la Secretaría de Cultura del

Ministerio de Cultura y Turismo de Jujuy.

Se acordarán entre las partes, según la dimensión del hallazgo, los procedimientos para

el Plan de Intervención Arqueológica. La Intervención Arqueológica podrá estar a cargo

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

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de la Supervisión, con su Arqueólogo y su equipo de trabajo, contemplando la

correspondiente autorización y permisos de trabajo vigentes emitidos por las autoridades

de aplicación.

Responsable en Higiene y Seguridad (RHS)

El Contratista designará un profesional responsable de la Higiene y Seguridad de la

Obra, que posea título universitario que lo habilite para el ejercicio de sus funciones.

El profesional deberá poseer amplios y probados conocimientos sobre el tema bajo su

responsabilidad y experiencia en obras de similar magnitud y características a la sujeta

a contrato. El Contratista deberá presentar su currículum, a los efectos de su

aprobación por la Inspección del COMITENTE.

El profesional deberá estar inscripto en los registros profesionales pertinentes, acorde

con los requerimientos de la legislación vigente en las diferentes jurisdicciones.

El Responsable de Higiene y Seguridad efectuará las presentaciones pertinentes a su

área y solicitará los permisos correspondientes, ante las autoridades nacionales,

provinciales y/o municipales y/u Organismos de Control, según corresponda y será el

responsable de su cumplimiento durante todo el desarrollo de la obra.

Será obligación del Profesional Responsable del Servicio de Higiene y Seguridad del

Contratista llevar durante todo el desarrollo de la Obra, un libro en donde asentará los

aspectos más importantes y relevantes relacionados con el tema a su cargo. Este libro

será firmado en su primer hoja, por el responsable del Contratista, según corresponda,

y por la inspección del COMITENTE. En este libro la inspección asentará sus

observaciones, a los efectos de que El Contratista las implemente. El Contratista tiene

la obligación de asentar en el citado libro los aspectos más relevantes en Higiene y

Seguridad, tales como accidentes, incendios, contingencias, cursos de capacitación,

entrega de elementos de protección personal, etc., que se presenten o desarrollen

durante la obra.

El Responsable de Higiene y Seguridad será el representante de El Contratista, sobre

los temas de su competencia, en relación con la Inspección designada por El

Comitente.

Conducta, Higiene y Seguridad laboral

Quedarán a cargo del Contratista los costos necesarios para el cabal cumplimiento de

la legislación vigente en materia de Higiene y Seguridad Laboral y Riesgos del Trabajo.

El Contratista deberá confeccionar y presentar un Programa de Seguridad, de acuerdo

a los requerimientos de la Resolución 51/97 de la Superintendencia de Riesgos del

Trabajo y al Decreto 911/96 sobre condiciones de higiene y seguridad en la industria de

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

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la construcción. A estos efectos, y conforme se resaltó anteriormente, el Contratista

deberá contar con los servicios de un encargado en Higiene y Seguridad Laboral.

Todo el personal del Contratista será provisto de equipo de seguridad personal de uso

obligatorio, que consistirá de calzado reglamentario, casco y guantes, además de otros

elementos de protección personal requeridos por la legislación vigente en la materia.

El Contratista deberá, a través del encargado de Higiene y Seguridad Laboral, generar

los correspondientes permisos de trabajo que contemplen el Análisis de Trabajos

Seguros (ATS) para identificar los peligros y riesgos de accidentes a los que pueden

estar expuestos los trabajadores.

El Contratista deberá asegurar por parte del personal el cumplimiento de la normativa

laboral pertinente, realizando campañas preventivas de seguridad en el trabajo y de

prevención de enfermedades.

El Contratista deberá elaborar y dar a conocer, asimismo, un Código de Conducta para

su personal con el objeto de preservar las condiciones de higiene así como las

condiciones ambientales y sanitarias en toda el área del proyecto y su área de

influencia. El mismo debería abarcar la obligación del sometimiento a los exámenes

iniciales de salud, así como la observación de una conducta en el desempeño laboral

que garantice la seguridad y tranquilidad de las comunidades vecinas a las obras,

incluyendo la preservación ambiental y del patrimonio social del área.

Responsable en Medicina del Trabajo (RMT)

El Contratista arbitrará los medios para cumplir con las disposiciones de las normativas

aplicables en materia de Medicina del Trabajo. Asimismo, El profesional deberá estar

inscripto en los registros profesionales pertinentes, acorde con los requerimientos de la

legislación vigente en las diferentes jurisdicciones.

La Empresa o el Profesional designado, deberá poseer amplios y probados

conocimientos sobre el tema bajo su responsabilidad y experiencia en obras similares a

la sujeta a contrato. El Contratista deberá presentar sus antecedentes y currículum

del/los Profesionales habilitados, a los efectos de su aprobación por la Inspección del

COMITENTE.

Deberá estar inscripto en los registros profesionales pertinentes, acorde con los

requerimientos de la legislación vigente en las diferentes jurisdicciones.

El Responsable del Servicio de Medicina del Trabajo efectuará las presentaciones y

solicitará los permisos correspondientes, sobre los temas de su competencia, ante las

autoridades nacionales, provinciales y/o municipales y/u Organismos de Control, según

corresponda y será el responsable de su cumplimiento durante todo el desarrollo de la

obra.

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Será obligación del Responsable del Servicio de Medicina del Trabajo llevar durante

todo el desarrollo de la Obra, un libro con hojas foliadas por triplicado, en donde

asentará los aspectos más importantes y relevantes relacionados con el tema a su

cargo. Este libro será firmado en su primer hoja, por el responsable del Contratista,

según corresponda, y por la

inspección del COMITENTE. En este libro la inspección asentará sus observaciones, a

los efectos de que el Contratista las implemente.

El Contratista tiene la obligación de asentar en el citado libro los aspectos más

relevantes, tales como enfermedades, control de vectores de enfermedades, exámenes

médicos, derivaciones frente a contingencias, entrega de documentación estadística,

cursos de capacitación en salud, medidas correctivas, etc., que se presenten o

desarrollen durante la ejecución del Proyecto.

El Responsable del Servicio de Medicina del Trabajo será el representante del

Contratista, sobre los temas de su competencia, en relación con la Inspección

designada por El Comitente.

MEDIDAS Y ACCIONES DE PREVENCIÓN, MITIGACIÓN DE IMPACTOS

NEGATIVOS Y OPTIMIZACIÓN DE IMPACTOS POSITIVOS

ACTIVIDADES PRE-CONSTRUCTIVAS

Se considera etapa pre-constructiva a la etapa de desarrollo del Proyecto Ejecutivo de

obra, planificación de la construcción y diseño de Ingeniería de Detalle de las obras,

métodos y cronogramas de construcción.

Durante esta etapa se recomienda:

- Incorporar a la construcción y operación todos los aspectos normativos,

reglamentarios y procesales establecidos por la legislación vigente relativos a la

protección del ambiente, a la autorización y coordinación de cruces e interrupciones

con diversos elementos de infraestructura, etc.

- Elaborar un programa de actividades constructivas y de coordinación que minimicen

los efectos ambientales indeseados. Esto resulta particularmente relevante en relación

a la planificación de obradores, secuencias constructivas, técnicas de hormigonado,

construcción del terraplén, etc.

- Planificar una adecuada información y capacitación del personal de obra sobre los

problemas ambientales esperados, la implementación y control de medidas de

protección ambiental, los planes de contingencia y las normativas y reglamentaciones

ambientales aplicables a las actividades y sitios de construcción.

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- Planificar la necesidad de asignar responsabilidades específicas al personal de obra

en relación a la implementación, operación, monitoreo y control de las medidas de

mitigación.

- Tener en cuenta, sobre la base del estudio de impacto ambiental, la necesidad de

elaborar planes de contingencia detallados y precisos para atender situaciones de

emergencia (derrames de combustible y aceite de maquinaria durante la construcción,

erosión de significación por fuertes vientos, etc.) que puedan ocurrir y tener

consecuencias ambientales significativas.

- Planificar los mecanismos a instrumentar para la coordinación y consenso de los

programas de mitigación con los organismos públicos competentes.

- Ejecutar una eficiente y apropiada implementación de mecanismos de comunicación

social que permita establecer un contacto efectivo con todas las partes afectadas o

interesadas respecto de los planes y acciones a desarrollar durante la construcción y

operación de la obra, todo ello en función de resguardar el derecho al acceso a la

información, a la participación efectiva y al involucramiento de los vecinos.

MEDIDAS EN OBRA

Las medidas y acciones de prevención, mitigación de impactos negativos y de

optimización de impactos positivos deben ser consideradas como una parte

fundamental del Plan de Manejo Ambiental, tanto como en los criterios aplicables al

planeamiento y a su desarrollo concreto, durante las etapas de construcción,

mantenimiento hasta la recepción definitiva de la obra, comprendiendo las Condiciones

Generales de Diseño relacionadas con:

Construcción de las Obras

La protección contra accidentes y contingencias

La protección de la salud

El control de ruidos

La geología y geomorfología

La hidrología superficial y subterránea

La protección de los suelos

La vegetación

La fauna

El paisaje

La Capacitación Laboral

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Los lineamientos principales a los que se ajustará la construcción y operación de las

obras deberán demostrar que:

- Las condiciones de vulnerabilidad ambiental a que pudiera estar sometido el

proyecto, han sido compensadas por el diseño de obras y estrategia constructiva,

y/o a través de medidas preventivas o correctivas específicas, de manera de

garantizar la sustentabilidad de las inversiones y la protección del ambiente, y el

bienestar de la población afectada.

- Los potenciales impactos negativos del proyecto, tanto en su etapa de

construcción como de operación, han sido neutralizados apropiadamente por el

diseño de obras, y/o a través de medidas de mitigación que garanticen que no se

afecta a la población y que no disminuye la calidad ambiental tanto en el nivel

local como regional.

- Las condiciones ambientales positivas han sido puestas en valor por el proyecto,

mantenidas o incrementadas por el diseño de obras, y/o acciones ambientales

recomendadas para sus etapas de construcción y de operación.

Para la programación de las medidas y acciones de prevención y mitigación deberán

considerarse los aspectos relacionados con:

1. Medidas de Ingeniería

2. Medidas de manejo de la obra y del sistema ambiental

3. Medidas de participación social e igualdad de género

- Las medidas de Ingeniería se fundamentan en la incorporación de criterios de

Ingeniería Ambiental dentro del diseño del Proyecto, Programación de la Obra y

su efectiva aplicación durante la ejecución de la obra.

- Las medidas de manejo de la obra y del sistema ambiental involucran el

conocimiento de las condiciones de operación del aprovechamiento de las

demandas sobre el medio natural y socioeconómico, ejercidas por la operación,

con el objeto de adecuar el proceso operativo al ambiente.

Las medidas de participación social e igualdad de género comprenden:

- La adopción de formas eficaces y eficientes de comunicación e intercambio de

opiniones con la comunidad involucrada con la obra, con las Autoridades

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Competentes a Nivel Nacional, Provincial y Municipal, con las Entidades

Intermedias y con Universidades, entre otros, respecto del proyecto, de los planes

y acciones previstas durante la Etapa de Construcción y de Operación de las

Obras.

- La incorporación dentro del Proyecto de las opiniones y observaciones, de los

actores sociales involucrados, que resulten pertinentes.

- La inducción a la participación de los actores sociales locales y regionales, en la

prestación de servicios directos e indirectos relacionados con la Construcción y

Operación de la Obra, comprendiendo la capacitación laboral pertinente para el

caso de prestación de servicios directos a El Contratista.

- Promover la participación de las mujeres en la toma de decisiones, asegurar que

participan en los beneficios del proyecto, fortalecer las organizaciones de mujeres

y promover su participación en el desarrollo comunitario; y prevenir los riesgos,

acciones de discriminación o afectación por condiciones de género que puedan

derivar del proyecto.

Se denominan medidas de mitigación de impactos negativos a aquellas que:

a) Minimizan el impacto negativo, mediante el correcto diseño del Proyecto, y lo ubican

dentro de una magnitud de importancia de valor bajo, existiendo dentro de la región,

recursos que constituyan réplicas o son análogos al sistema afectado.

b) Permiten alcanzar un nuevo equilibrio sustentable a corto plazo.

c) Posibilitan que a mediano o largo plazo se revierta el proceso, por la adopción de

operaciones de conservación y manejo, restituyéndose las condiciones iniciales, total o

parcialmente.

d) Constituyan mecanismos de respuestas frente a contingencias, para acotar los

efectos y posibiliten la restauración de la situación original.

e) Permitan la remediación de las áreas afectadas, por métodos viables desde la

perspectiva económica y ambiental.

f) Compensan el efecto negativo mediante el suministro de recursos sustitutivos al

ecosistema.

En el caso particular de la obra, cabe incorporar dentro del punto:

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a) Diseño: la selección de la ubicación de las obras, campamentos, obradores y áreas

de préstamo, evitando las áreas sensibles tanto del sistema natural como

socioeconómico.

El Contratista deberá dar prioridad a las medidas de atenuación comprendidas en los

puntos a, b y c; tomar medidas de prevención y de capacitación laboral para las

situaciones comprendidas en el punto d y dar cumplimiento a los compromisos

asumidos con relación a los puntos e y f.

Se denominan medidas de optimización de Impactos Positivos a todas aquellas

concurrentes a alcanzar un máximo de beneficio durante las etapas de construcción de

la obra y de su operación.

Tanto las medidas de prevención, mitigación de impactos negativos como de

optimización de impactos positivos, deberán constituir un conjunto integrado de

medidas y acciones, que se complementen entre sí, para alcanzar superiores metas de

beneficio de la obra durante su construcción y operación, con especial énfasis en los

beneficios locales y regionales.

Para la elaboración de su propuesta, el CONTRATISTA deberá considerar cuatro (4)

escenarios temporales para la incorporación de los criterios de Ingeniería ambiental a

la Obra. Medidas y acciones de prevención, mitigación de impactos negativos y

optimización de impactos positivos durante:

a) La ejecución de los ajustes de la Ingeniería de detalle

b) La planificación de la construcción durante el período de movilización de obra,

comprendiendo la toma y capacitación de mano de obra, de preparación de la

infraestructura y del equipamiento para la ejecución de la obra y de acopio de insumos.

c) La Etapa de Construcción de la Obra.

d) El Manual de Mantenimiento y operación a entregar por El Contratista con la

Recepción de la Obra.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL (EIAS).

El Oferente deberá tener en cuenta para la elaboración de su Oferta, la documentación

del EIAS, desarrollado en el marco del Proyecto, el cual como Anexo forma parte del

presente pliego. El Comitente pondrá a disposición del Oferente toda la documentación

existente, para su consulta.

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AMPLIACIÓN DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

Informe de actualización

El Contratista tendrá la obligación contractual de profundizar el Estudio de Impacto

Ambiental y Social, en función de los ajustes del Proyecto de Ingeniería a desarrollar

según tecnología constructiva, debiendo elaborar un informe de Ampliación del Estudio

de Impacto Ambiental Básico, a desarrollar durante la Etapa de Proyecto Ejecutivo y a

entregar al finalizar dicha etapa.

En función de los avances registrados en los distintos Programas del Plan de Manejo

Ambiental, durante la Construcción de la Obra, completará y ajustará en forma

sistemática las conclusiones de la Ampliación del Estudio de Impacto Ambiental,

incorporando los resultados alcanzados durante la ejecución de los Programas y sus

correspondientes relevamientos en el medio natural o en el medio socioeconómico

directamente involucrados con la Obra.

Informe de Seguimiento y Monitoreo Ambiental y social

El Contratista presentará informes sistemáticos mensuales a efectos de la certificación,

así como la inspección producirá los suyos y ambos serán elevados con certificado de

avance mensual.

A tal fin procederá a elaborar mensualmente un informe de avance del Plan de Manejo

Ambiental y Social de la etapa constructiva, que refleje los avances registrados, las

adecuaciones del PMAS, el seguimiento a estas Especificaciones Técnicas y que

informe de los hallazgos ambientales y sociales identificados, que indique las acciones

correctivas realizadas y/o solicitadas y de seguimiento al cumplimiento de las mismas.

Deberá tener la No Objeción del COMITENTE

Informe de Seguimiento y Monitoreo Ambiental y Social Final

Al finalizar la Obra, La Contratista elaborará un documento de Estudio de Impacto

Ambiental de la Etapa Constructiva, ajustada según los resultados alcanzados durante

la ejecución de los Programas y sus relevamientos A tal fin procederá a elaborar

mensualmente un informe de avance del Plan de Manejo Ambiental (PMA), que refleje

los avances registrados en el Estudio de Impacto Ambiental, que demanden

adecuaciones del PMA. Un Informe Final de los resultados del Estudio de Impacto

Ambiental correspondientes a la ejecución de la Etapa de Construcción y un Estudio de

Impacto Ambiental de la Etapa de Operación, a partir de la experiencia acumulada

durante la Construcción del Proyecto formará parte de la Documentación a entregar

con la Recepción de la Obra.

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PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

Como requisito del Proyecto Ejecutivo, el contratista deberá incluir un PMAS.

Incluyendo el cronograma de tareas. El PMAS deberá ser aprobado por el comitente

conjuntamente al Proyecto Ejecutivo.

El Responsable Ambiental del Contratista coordinará con la COMITENTE la

implementación del respectivo PMAS.

En el desarrollo del Plan se contemplarán los siguientes Programas

PROGRAMA DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN LA OBRA.

El Contratista deberá incorporar un Programa de Higiene y Seguridad en la Obra que

comprenda los servicios y prestaciones a desarrollar, bajo su directa responsabilidad,

en la zona de obras y de afectación directa, incorporando los costos del Programa

dentro del Costo de la Obra. La deberá cumplir con las obligaciones emergentes de la

Legislación vigente.

El Contratista deberá incorporar una propuesta de organización del Servicio para la

Presente Obra.

El Contratista será el único responsable frente a las autoridades pertinentes y a

terceros, del cumplimiento de sus obligaciones, acorde con las leyes y

reglamentaciones en materia de Higiene y Seguridad vigentes, con la ley sobre

Riesgos de Trabajo y de la transferencia de responsabilidades a sus subcontratistas y

proveedores.

Todo trabajador que ingrese a la Obra deberá disponer de capacitación sobre las

medidas de Higiene y Seguridad, de Riesgos del Trabajo y del Programa de

Contingencias, implementadas para la ejecución del Proyecto. Para el cumplimiento de

este requerimiento, el responsable de Higiene y Seguridad del Contratista preparará

cursos simplificados a dictarse previo a la incorporación de los trabajadores y en forma

sistemática durante todo el desarrollo de la obra.

Todo trabajador que ingrese a la Obra deberá disponer de vestimenta adecuada y de

medios de seguridad acorde con cada puesto y ambiente de trabajo, y recibirá

capacitación previa al inicio de sus tareas, sobre el correcto uso y mantenimiento de los

elementos de seguridad provisto por el contratista, para cada tipología de trabajo y

características particulares del terreno en el que se realice la tarea. Para el

cumplimiento de este requerimiento, el responsable de Higiene y Seguridad del

Contratista preparará cursos simplificados.

El diseño y mantenimiento de los obradores y de existir, de los campamentos, la

planificación de las tareas en los distintos frentes de obras, las prevenciones adoptadas

para cada puesto de trabajo y los planes de contingencia deberán tener especialmente

en cuenta las características de cada zona de desarrollo de la obra, condiciones

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climáticas e hidrológicas particulares y existencia de enfermedades endémicas y/o

infecciosas del lugar.

El Contratista, para la consideración y aprobación del COMITENTE y previo a la

iniciación de sus trabajos en obra, deberá presentar documentación suficiente que

acredite la organización de su Servicio de Higiene y Seguridad. Dicha documentación

deberá contar con especificaciones referidas a los aspectos de su organización y

funcionamiento, al

cumplimiento de las previsiones y contenidos que establece la legislación vigente y a

los planes que hayan elaborado para la integración y operación de sus programas en el

contexto de las políticas globales definidas para la atención de estas materias en todo

el ámbito del Proyecto.

De modificarse la planificación de las tareas por la introducción de nueva maquinaria,

modificación de la existente o la incorporación de nueva tecnología, El Contratista

entregará los planes especiales de seguridad aplicables al caso, para su aprobación

por El Comitente.

El Contratista, haciendo uso de la tecnología más moderna en materia de higiene y

seguridad, en cada área o etapa de la obra, adoptará todas las medidas necesarias

para evitar que los trabajadores y terceros, se encuentren expuestos a accidentes o

enfermedades.

Será responsabilidad ineludible del Contratista eliminar o reducir los riesgos que

puedan amenazar la seguridad y salud de los trabajadores y de terceros, como

consecuencia de la obra, como también disminuir los efectos y consecuencias de

dichos riesgos.

Se deberán enfatizar las acciones preventivas, tomándose los recaudos necesarios

para la inmediata y efectiva atención en los casos en que se produzcan accidentes o

daños.

En particular deberá realizar en forma permanente, sistemática y periódica programas

de formación del personal, por los que se capacite al mismo en lo referido a los riesgos

de las actividades a cumplir, como también respecto de los medios disponibles para

evitarlos y de las medidas de prevención y protección que se deberán tomar en cada

caso.

El Contratista deberá prever sistemas preventivos para eliminar potenciales riesgos,

que puedan amenazar la seguridad de los trabajadores por acciones delictivas, dentro

de los sectores afectados por las obras.

Con respecto a la construcción del proyecto, las acciones a desarrollar por el

Contratista para mantener una baja incidencia de accidentes personales y alto grado de

seguridad en las instalaciones y procedimientos operativos se sintetizan en:

- Capacitación periódica de empleados y SUBCONTRATISTAS.

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- Control médico de salud.

- Emisión y control de Permisos de Trabajo.

- Inspección de Seguridad de los Equipos.

- Auditoria Regular de Seguridad de Equipos y Procedimientos.

- Programa de Reuniones Mensuales de Seguridad.

- Informes e Investigación de Accidentes y difusión de los mismos.

- Revisión del Plan de Contingencias de Obra.

- Curso de inducción a la seguridad para nuevos empleados. Curso de inducción a

la seguridad para nuevos SUBCONTRATISTAS.

- Actualización de procedimientos operativos.

- Mantenimiento de Estadísticas de Seguridad propias y de SUBCONTRATISTAS.

El Responsable de Higiene y Seguridad presentará informes mensuales al Comitente.

Estos informes incluirán una descripción sintética de nuevos asientos y constancias

que se hayan registrado en el período, todo ello acorde con sus planes y programas

operativos aprobados, y de conformidad con las obligaciones establecidas.

Finalizada la obra, el responsable incluirá en el informe ambiental final de la obra las

estadísticas de Higiene y Seguridad.

El cumplimiento de las condiciones exigibles de Higiene y Seguridad por parte del

CONTRATISTA será condición necesaria para la aprobación de los certificados de

obra.

Debe ser puesta en evidencia en los informes y debe notificarse a la ART

correspondiente

PROGRAMA DE SALUD

El Contratista deberá incorporar un Programa de Salud que comprenda los servicios y

prestaciones a desarrollar, bajo su directa responsabilidad, en la zona de obras y de

afectación directa, considerando la atención médica y el saneamiento, incorporando los

costos del Programa dentro del Costo de la Obra. El Programa deberá cumplir con las

obligaciones emergentes de la Legislación vigente.

El Contratista será responsable de los exámenes médicos y del cumplimiento de los

requerimientos de la Legislación vigente en materia de Medicina del Trabajo, en

particular de los análisis médicos reglamentados por la Superintendencia de Riesgos

del Trabajo, y toda otra legislación que lo reemplace, modifique o complemente, y los

aconsejados por las Autoridades Sanitarias de cada zona en particular, adoptando

todos los controles y requerimientos que indiquen. Es obligación del Contratista

disponer de los servicios autorizados necesarios para cumplir con estos exámenes.

El Contratista, dada la naturaleza y características propias del Proyecto, deberá dar

cumplimiento, a las siguientes funciones:

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a) Proveer a la atención primaria completa de las enfermedades que sufra el personal

afectado a la obra.

b) Programar y efectuar campañas de protección de la salud, que se refieran a riesgos

particulares del ámbito de trabajo en el que se desarrollan las tareas. En particular se

ubicarán los sectores contaminados por basuras, residuos industriales y efluentes de

diverso tipo y se determinarán los riesgos de contraer enfermedades, así como

aquellos en los que existe riesgo para el personal frente al potencial ataque de

animales ponzoñosos o peligrosos, para efectuar la planificación de la limpieza del área

y saneamiento previo al inicio de las actividades constructivas, en el sector

directamente afectado por la localización de las obras principales y complementarias,

según cronograma de trabajo para cada frente de obra colaborando con el Programa

de higiene y seguridad para determinar la vestimenta y medios de seguridad adecuado

a cada caso.

c) Establecer pautas para la atención de los diferentes tipos de accidentes de trabajo y

enfermedades profesionales, y disponer de medios y formas operativos que permitan

una rápida y eficaz derivación a centros de salud o unidades hospitalarias bien

equipadas para la atención de todo tipo de accidentes, inclusive aquellos de

tratamiento complejo. A

tal fin, durante el período de movilización de Obra, previo al inicio de las actividades de

construcción, El Contratista deberá presentar un plan de acción para derivación de

accidentados según frente de trabajo, para su aprobación por parte de la inspección.

d) Mantener, en estrecha colaboración con los órganos técnicos del COMITENTE, un

contacto permanente con las instituciones y centros asistenciales de la comunidad.

e) Organizar entre los trabajadores brigadas de primeros auxilios y capacitarlas para el

cumplimiento de su cometido.

El Contratista deberá cumplir con los requerimientos establecidos en reglamentaciones

vigentes en materia Primeros Auxilios.

Deberá contar en lugar visible y de fácil acceso con un número adecuado de botiquines

de primeros auxilios, dotados de elementos que permitan la atención inmediata en caso

de accidentes. Es responsabilidad de Medicina del Trabajo determinar el instrumental y

los medicamentos que deberán contener dichos botiquines, de acuerdo con las

necesidades

particulares que puedan preverse en los distintos lugares en que se ejecuta la obra y

de instrumentar un Servicio de Emergencias Médicas para derivación de Accidentados.

PROGRAMA DE RIESGOS DEL TRABAJO

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El Contratista deberá incorporar un Programa de Riesgos del Trabajo que comprenda

los servicios y prestaciones a desarrollar, bajo la directa responsabilidad del

Contratista, incorporando los costos del Programa dentro del Costo del Contrato.

El Programa deberá cumplir con las obligaciones emergentes de la Legislación vigente.

El Contratista deberá presentar su propuesta de Programa de Riesgos del Trabajo en

el marco de la Ley 24.557 y sus Decretos Reglamentarios y toda otra que la reemplace

o complemente.

El Contratista deberá incorporar una propuesta de relación con una empresa

Aseguradora de Riesgos del Trabajo, ART, y de poseer antecedentes en otras obras,

incorporarlos en la documentación.

El Contratista deberá desarrollar el análisis de los riesgos particulares de cada puesto

de trabajo, para el desarrollo detallado del Programa de Riesgos del Trabajo y contratar

los Servicios de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART).

Mediante el Programa de Riesgos del Trabajo El Contratista deberá:

- Asegurar la reducción de la siniestralidad laboral a través de la prevención de los

riesgos derivados del trabajo.

- Reparar los daños derivados de los accidentes de trabajo y de las enfermedades

profesionales, incluyendo la rehabilitación del trabajador damnificado, acorde con

la legislación vigente.

- Promover la recalificación y la recolocación de los trabajadores damnificados.

- El Contratista será el único responsable del cumplimiento de los requerimientos de

la Legislación vigente en materia de Riesgos del Trabajo.

PROGRAMA DE CALIDAD DE VIDA Y CONDICIONES DE TRABAJO EN OBRA

El Objetivo es diseñar y formular propuestas para garantizar un elevado nivel de

calidad de vida y de condiciones de trabajo que comprendan la adecuada provisión y

operación de instalaciones sanitarias, agua potable y transporte. En el caso de que la

empresa ofrezca alojamiento y comida a sus operarios debe extenderse la obligación a

los comedores y alojamientos.

El Contratista deberá incorporar un Programa de Calidad de Vida y Condiciones de

Trabajo que comprenda los servicios y prestaciones a desarrollar, bajo su directa

responsabilidad, incorporando los costos del Programa dentro del Costo del Contrato.

El Programa deberá cumplir con las obligaciones emergentes de la Legislación vigente.

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El Contratista deberá incorporar la planificación de los servicios y prestaciones e

informar sobre las características de los mismos, acorde con la legislación vigente, con

las características de las obras y con las particularidades en los distintos frentes de

trabajo en materia de provisión de agua potable, alimentos, servicios sanitarios,

alojamientos, comedores y transportes.

El Contratista será responsable del cumplimiento de los requerimientos de la

Legislación vigente en la materia y de las obligaciones asumidas .

El Contratista considerara la Provisión de Agua para Bebida de los Trabajadores,

acorde con los requisitos de Calidad exigibles. El Contratista, deberá adoptar

preferentemente el sistema de abastecimiento de agua a partir de un servicio de agua

potable corriente. De no disponerse de sistemas de agua potable corriente, El

Contratista deberá especificar, los medios previstos para la Provisión de Agua Potable.

El Contratista tomará a su cargo la instalación de baños aptos desde el punto de vista

higiénico, en número suficiente, y en condiciones adecuadas de mantenimiento para su

uso por los trabajadores. Deberán responder a las más avanzadas tecnologías y

adecuarse a las particularidades de la obra, diversos frentes de trabajo y amplia

longitud de avance de las tareas, en función de asegurar la correcta prestación del

servicio, evitar riesgos sobre la salud y la contaminación del ambiente y asegurar el

mantenimiento de estos servicios en buenas condiciones de uso.

La desinfección, supresión de emanaciones, ventilación, luz y desniveles de los pisos

deberán permitir el mantenimiento de condiciones satisfactorias de higiene. Cuando se

disponga de alcantarillado, deben unirse a éste los inodoros, letrinas, mingitorios u

orinales.

En caso de no existir dicho alcantarillado, deberá recurrirse a fosas sépticas u otra

clase de tratamiento adecuado.

Las instalaciones o grupos sanitarios deberán ser ubicados en lugares cercanos a los

sitios de trabajo.

El Contratista deberá proveer locales destinados al aseo del personal, los que deberán

tener amplitud suficiente y buenas condiciones de higiene, pudiendo estar ubicados

sobre vehículos, debiendo proveer los elementos de aseo. Los servicios para el

personal femenino y los del personal masculino deberán ser instalados separadamente.

El agua utilizada en los lavabos y duchas no debe presentar ningún peligro para la

salud de los trabajadores. Cuando el agua que se use en los mismos no sea potable,

deberá procederse a la señalización de dicha situación.

En el caso de que se programen alojamientos transitorios para el personal, los mismos

deberán cumplir con las condiciones de higiene, seguridad y confort que aseguren una

adecuada calidad de vida de los trabajadores.

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

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En el caso de que se programen comedores, se localizarán en sitio separado y alejado

de todo lugar donde exista la posibilidad de exposición a sustancias tóxicas o

contaminantes.

Sus instalaciones podrán ser fijas o móviles, al igual que las de la cocina, en función de

las características particulares de las Obras y de los diferentes frentes de trabajo,

debiendo en todos los casos cumplir con los requisitos de aptitud desde el punto de

vista higiénico sanitario.

Las características de construcción del comedor deberán asegurar un adecuado

confort. Deben observarse las normas básicas sobre ventilación e iluminación y

cantidad y calidad de artefactos.

Los comedores deberán ser sometidos a procesos de desinfección y de control de

insectos con la debida periodicidad, conservarse en las mejores condiciones de

limpieza y con instalaciones que permitan mantener condiciones satisfactorias de

iluminación, ventilación y temperatura, atendiendo a la humedad ambiente

característica de la zona.

De proveer El Contratista la alimentación, los comedores deberá observar las reglas de

una dieta sana, acorde con las determinaciones de la Organización Mundial de la

Salud, y en relación con el clima de la zona. La dieta podrá ser controlada por el

Comitente, sin perjuicio del control de alimentos que deberá realizar Medicina del

Trabajo del Contratista.

La eliminación de residuos de los comedores deberá realizarse con una frecuencia que

evite la descomposición de los mismos, de acuerdo con la normativa. Este proceso

deberá efectuarse con camiones con caja preparada con ese fin, los que deberán

descargar los residuos en el sitio que señalen las oficinas técnicas de El Comitente o

establezcan la Autoridades locales.

En todos los casos, no podrá ubicarse instalación alguna para las prestaciones de

servicios de aseo, sanitarios, comedores, provisión de agua, prestaciones de salud,

depósitos de materiales y equipos, obradores, campamentos, etc, dentro de áreas

detectadas como contaminadas por el Programa de Salud, hasta que se realice el

saneamiento total de las mismas. A tal fin el Contratista deberá presentar, para su

aprobación por la Inspección, una propuesta de ubicación de las distintas instalaciones

a su cargo y los planos de distribución de las distintas unidades de servicio.

El tránsito en el área de la localización de la obra estará sujeto al cumplimiento de las

normas jurisdiccionales vigentes en materia de tránsito. Las características y

condiciones de los vehículos que circulen y operen en el ámbito del Proyecto deberán

observar la normativa que sobre el particular prescribe la Legislación vigente, en

particular la establecida por la

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

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Resolución 38/96 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, Grupo II Varios, 18:

Vehículos, Reglamentaria de la Ley 24.557 y toda otra posterior que la reemplace o

complemente. Los vehículos deberán estar sujetos a mantenimiento cuidadoso y

permanente

Las velocidades a desarrollar para el tránsito en el emplazamiento de las obras,

campamentos, obradores, accesos y otras áreas controladas por el Contratista,

deberán ser establecidas, en el marco de la legislación vigente, por el Servicio de

Higiene y Seguridad del Contratista, debiendo también ser de responsabilidad de dicho

servicio el control del cumplimiento de los límites y regulaciones que se establezcan

con ese fin. La normativa correspondiente deberá instrumentarse con especial

consideración a las características de los caminos y accesos, los tipos de vehículos y

los riesgos potenciales existentes, tanto para los trabajadores y para terceros, cuanto

para edificios y construcciones.

El Contratista implantará un sistema de control de conductores que asegure el

entrenamiento permanente en el manejo seguro de los vehículos y equipos, y el

cumplimiento de las normas legales de habilitación de los operadores de todos los

vehículos en obra, en especial los de maquinarias y camiones pesados.

Los caminos que construya el Contratista para el acceso a los lugares de trabajo

deberán ser adecuados para el transporte del personal y, en general, para la

circulación de los vehículos que deban transitarlos. Deberán tenerse en especial

consideración las condiciones de seguridad que presente cada caso particular. En el

caso de ser accesos temporarios, la restauración del sitio deberá formar parte del

Programa de Retiro de la Contratista incorporado en este Plan de Manejo Ambiental.

En las zonas de la obra que entrañen peligro para los vehículos de carretera y para el

personal y terceros, se deberán colocar vallas de protección, señales y avisos

adecuados, fácilmente observables. Las señales de peligro deberán ser claramente

visibles de día y de noche.

En general y en particular para el caso de Excavaciones, deberá incluirse dentro del

Plan de Capacitación del Personal de la Obra, en Higiene y Seguridad y Riesgo en el

Trabajo, la formación del Personal en cuanto a procedimientos de entubamiento y

refuerzos de los trabajos en pozos de drenaje durante la construcción, de Iluminación y

ventilación de

los sitios de trabajo y de manejo de circuitos y cables eléctricos.

PROGRAMA DE CAPACITACIÓN

El Contratista deberá incorporar un Programa de Capacitación que comprenda los

servicios y prestaciones a desarrollar, bajo su directa responsabilidad, incorporando los

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costos del Programa dentro del Costo del Contrato. El Programa deberá cumplir con las

obligaciones emergentes de la Legislación vigente.

El Contratista deberá desarrollar su Programa de Capacitación, en sus aspectos

laborales, en el marco de la Ley de Empleo vigente, incorporando la formación

profesional como componente básico de las políticas y programas de empleo,

fomentando las oportunidades de empleo para los grupos que enfrentan mayores

dificultades de inserción laboral y para los jóvenes locales y de la región, sin formación

previa, en busca de su primer empleo, con el fin de adquirir una formación teórica

práctica para desempeñarse en un puesto de trabajo.

El Contratista deberá desarrollar su Programa de Capacitación, en Higiene y Seguridad

y Riesgos del Trabajo, en el marco del Decreto 351/79, Reglamentario de la Ley

19.587/72, Título VII, Capítulo 21, Artículos 208 a 214 y Ley 24.557/95, Decreto 170/

96, Resolución Superintendencia de Riesgos del Trabajo, Grupo III, 16, Capacitación y

Decreto 1338/96, Artículo 5º, Servicio de Medicina del Trabajo, acciones de Educación

Sanitaria y toda otra legislación pertinente que la reemplace, complemente o modifique.

El Contratista tomará los recaudos necesarios y acordará las facilidades

correspondientes, para la concurrencia de su personal a cursos de capacitación laboral

y formación profesional que organice, por sí mismo o por terceros, con el fin de

optimizar la capacitación de los trabajadores en todo el ámbito del Proyecto, con

particular énfasis en la capacitación de la mano de obra local y regional.

El Contratista tomará a su cargo el financiamiento de los Programas de Capacitación,

pudiendo recurrir a las fuentes de financiamiento a cargo de terceros, ya sean

Organismos Gubernamentales o Privados, existentes en nuestro país u otra fuente del

exterior.

El Contratista elaborará y desarrollará un Plan Especial de Entrenamiento y

Capacitación del Personal frente a Contingencias, necesario para que una efectiva

operación en los distintos frentes de trabajo asegure que los trabajadores puedan

cumplir sus funciones de una manera segura y efectiva para responder ante

emergencias y contingencias.

El Contratista informará mensualmente a El Comitente respecto del cumplimiento del

Proyecto de Capacitación, actividades cumplidas y programadas.

En su propuesta deberá incluir distintas formas de prevención y de ejecución.

Recibirá capacitación todo el personal en sus distintos niveles:

La planificación y ejecución del Programa de Capacitación para Contingencias será

responsabilidad conjunta de los Servicios de Higiene y Seguridad y de Medicina del

Trabajo.

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El Contratista, deberá incorporar un Proyecto General de Capacitación Laboral local, en

función de sus demandas de Mano de Obra del área en la que se inserta la obra. El

Contratista desarrollará dicho proyecto en forma detallada, sometiéndolo a su

aprobación por El Comitente.

El Proyecto General de Capacitación Laboral, deberá incluir Proyectos Específicos de

Capacitación según Puestos de Trabajo, en particular para aquellos que entrañen

mayor riesgo (conducción de vehículos y manejo de maquinarias; y zanjas; manejo de

instalaciones eléctricas; uso de elementos químicos, desmontes y deforestaciones,

etc.), debiendo definir el Responsable en Higiene y Seguridad de El Contratista, los

puestos de trabajo de mayor riesgo y presentar los Proyectos Específicos de

Capacitación para su aprobación por la Inspección.

PROGRAMA DE VIGILANCIA AMBIENTAL

Se deberá implementar durante la construcción de la obra con el fin de verificar el

cumplimiento del plan de medidas preventivas, de mitigación, correctoras y de actuar

sobre los impactos residuales o imprevistos que pudieran surgir. Las acciones

relacionadas con el presente programa permitirán, además, determinar la eficacia de

las medidas correctoras para su eventual modificación. La ejecución del programa es

de índole obligatoria. Las acciones previstas en el mismo permitirán:

a) Controlar el cumplimiento del plan de mitigación de impacto.

b) Hacer un seguimiento sobre la evolución de los impactos.

c) Actuar sobre impactos residuales que pudieran surgir.

d) Actuar en el caso que surjan situaciones no previstas.

A los fines de dar cumplimiento al mismo, con referencia a los puntos arriba

enunciados, las actuaciones contempladas para cada caso serán:

a) La tarea de control estará a cargo del Inspector de la Obra comunicando a través de

Órdenes de Servicio a la Contratista y notificando a el COMITENTE

b) La tarea de seguimiento se llevará a cabo a través de las inspecciones mensuales.

c) La tarea de verificación de impactos residuales se llevará a cabo durante la

recepción de la obra.

d) La tarea de aviso de situaciones no previstas estará a cargo del Inspector de la Obra

comunicando a través de Órdenes de Servicio a la Contratista y notificando a el

COMITENTE.

PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE EMERGENCIAS, CONTINGENCIAS

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El Contratista deberá diseñar un Programa de Contingencias comprendiendo planes

particulares de Contingencias, según distintos riesgos, para la Etapa de Construcción

de la Obra, el que formará parte de la Propuesta Técnica de la Obra y de las

Obligaciones a cumplimentar bajo su directa responsabilidad, en la zona de obras y de

afectación directa, incorporando los costos del Programa dentro del Costo del Contrato.

El Programa deberá cumplir con las obligaciones emergentes de la Legislación vigente.

El Plan de Acciones ante Contingencias ocurridas durante las tareas de ejecución de

obras, con alcance en el área del obrador, talleres, depósitos, frentes de obra, etc., y

todo aquel sector vinculado directamente a la obra en el que potencialmente se pudiera

generar una situación de emergencia.

El programa debe ser elevado para su aprobación por la Inspección, previo al inicio de

las obras. Una vez autorizado El Contratista deberá ejecutarlo, siendo su

responsabilidad mantenerlo en funcionamiento hasta el retiro total de la Obra al finalizar

la construcción de la misma y ser recibida en conformidad por el Comitente.

Los Programas y sus Planes particulares se sustentarán en el análisis previo de los

distintos factores de riesgos que existan, tanto sean físicos, químicos o biológicos.

También se considerará la magnitud en que se presenten dichos riesgos.

El Contratista está obligado a denunciar, inmediatamente de conocido, todo accidente

de trabajo o enfermedad profesional que sufran sus dependientes. La denuncia deberá

contener como mínimo los datos que a tal fin requiera la Superintendencia de Riesgos

del Trabajo.

Se incluirán tanto las actividades que desarrolla el contratista como los subcontratistas,

proveedores o cualquier otra persona que tenga relación directa con la obra.

Deberá ser de estricto conocimiento y cumplimiento por parte de todo el personal

afectado a la obra, independientemente de su pertenencia a la Contratista o a terceros

involucrados, jerarquía y ocupación.

PROGRAMA DE COMUNICACIÓN SOCIAL

El Contratista deberá incorporar en su Propuesta, un Programa de Comunicación

Social que comprenda las tareas, los servicios y las prestaciones a desarrollar, bajo su

directa responsabilidad, incorporando los costos del Programa dentro del Costo del

Contrato. El Programa deberá cumplir con las obligaciones emergentes de la

Legislación vigente

El Objetivo del Programa será el de desarrollar formas eficaces y eficientes de

comunicación entre y con la comunidad involucrada con la obra, con las Autoridades

Competentes a Nivel Nacional, Provincial y Municipal, con El Comitente, con los

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Subcontratistas, con las Entidades Intermedias y Universidades, entre otros, respecto

de los planes y acciones previstas y desarrolladas durante la Etapa de Construcción.

En particular deberá desarrollar mecanismo de comunicación efectivo respecto a la

información sobre los impactos ambientales del Proyecto y las previsiones adoptadas,

las fuentes de trabajo para la construcción y operación de la obra, los propósitos de la

obra, los cursos de capacitación laboral, los planes de contingencia y todo otro efecto y

actividad

relacionada con el medio ambiente de la obra.

El Contratista deberá relevar, en forma permanente, los temas relacionados con el Plan

de Manejo Ambiental que requieran difusión y un intercambio activo de opiniones o

acciones con las Autoridades, Actores Sociales, Instituciones Intermedias,

Universidades, Organizaciones No Gubernamentales, Población afectada, El Comitente

y Organizaciones o personas involucradas. En particular deberá mantener actualizada

la información del desarrollo de los distintos Programas, para dar respuesta inmediata a

todo tipo de consulta, observaciones u objeciones, identificando los problemas y

adoptando las acciones para su solución

En el caso de que como resultado de procedimientos administrativos o judiciales,

petición de Autoridades, Organizaciones o personas, resulte necesario o conveniente, a

juicio de El Comitente, celebrar reuniones, seminarios, talleres u otra forma de

comunicación y discusión de la Obra, de carácter privado o público, incluidas las

denominadas Audiencias

Públicas, El Contratista deberá preparar toda la documentación y prestar el apoyo

técnico necesario durante el desarrollo de las mismas. Para el caso de las Audiencias

Públicas deberá tomar como referencia las instrucciones que a sus efectos determinará

El Comitente o los Organismos de Aplicación.

El Programa de Comunicaciones será desarrollado por el Contratista y deberá ser

aprobado por el Comitente. Será implementado por el responsable de medio ambiente

del Contratista o por terceros calificados designados especialmente.

Las acciones prioritarias a desarrollar son las siguientes:

- Colocar un cartel en cada frente de obra indicando: Nombre del Proyecto, nombre

del COMITENTE, nombre del Contratista, sus direcciones y teléfonos.

- Establecer un procedimiento de comunicación formal y documentado, que facilite

la comunicación con la sociedad y al mismo tiempo permita recibir sus opiniones,

- sugerencias o reclamos relacionados con el desarrollo de la obra.

- Realizar consultas a los directamente relacionados con el desarrollo del proyecto

respecto de la obra y sus alternativas de ejecución, con el propósito de incorporar

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sus observaciones al proceso de toma de decisiones y de esta manera minimizar

el riesgo de conflictos sociales.

- Comunicar a las autoridades, vecinos, ocupantes de campos, empresas u

organismos que posean instalaciones próximas a la obra, con la suficiente

anticipación a las obras que se ejecutarán en los días subsiguientes.

- Comunicar con anticipación a los posibles afectados o a las autoridades

pertinentes aquellas acciones de la obra que pudieran generar conflictos con

actividades de terceros. La notificación podrá realizarse telefónicamente y

registrarse en un libro para su seguimiento.

- Notificar mensualmente a las autoridades locales, provinciales y nacionales del

avance de la obra y lo programado para el mes siguiente.

Mecanismo de Gestión de Quejas y Reclamos

El Contratista deberá elaborar un Mecanismo para la gestión de quejas y reclamos,

arbitrando los medios para facilitar la recepción de inquietudes (consultas, reclamos,

quejas, sugerencias) de las partes interesadas del proyecto y responder a las mismas

en tiempo y forma, a fin de solucionarlas, anticipando la ocurrencia de potenciales

conflictos. De no poder evitar éstos últimos, deberá promover la negociación,

esforzándose en alcanzar su resolución de manera de alcanzar una solución ventajosa

para todos los actores involucrados, incluido el proyecto.

El mecanismo estará disponible desde el inicio de la obra y durante todo el ciclo de vida

del proyecto siendo El Contratista responsable de su implementación, bajo la

supervisión de la COMITENTE. El proceso deberá ser accesible a todos los

interesados ( con especial atención de aquellos grupos más vulnerables), culturalmente

apropiado, transparente, debe asegurar la confidencialidad de la parte que interpone la

inquietud, queja o reclamo y sus resultados deben ser justos, efectivos y duraderos

A efectos de la redacción del Mecanismo de Quejas y Reclamos, el Contratista deberá

considerar los contenidos del Manual de Gestión de Reclamos Ambientales y Sociales

de Resolución a cargo del Contratista, que como Anexo II forma parte de este

Documento

PROGRAMA DE SEGUIMIENTO DE LAS MEDIDAS DE MITIGACIÓN

El Contratista deberá incorporar en su Propuesta, un Programa de seguimiento de las

medidas de que comprenda las tareas, los servicios y las prestaciones a desarrollar,

bajo su directa responsabilidad, incorporando los costos del Programa dentro del Costo

del Contrato.

El Programa deberá cumplir con las obligaciones emergentes de la Legislación vigente

y con el compromiso asumido en

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El Contratista deberá elaborar un Programa detallado y ajustado de seguimiento de las

medidas de mitigación. El programa debe ser elevado para su aprobación por la

Inspección, previo al inicio de las obras. Una vez autorizado El Contratista deberá

ejecutarlo, siendo su responsabilidad mantenerlo en funcionamiento hasta el retiro total

de la Obra al finalizar la

construcción de la misma y ser recibida en conformidad por el Comitente.

El programa de seguimiento de las Medidas de Mitigación será instrumentado por el

Responsable de Medio Ambiente del Contratista o por terceros calificados designados

especialmente.

Se confeccionarán a tal efecto listas de chequeo elaboradas a partir de las medidas de

mitigación propuestas en el Estudio de Impacto Ambiental.

El responsable de medio ambiente inspeccionará la obra regularmente para verificar el

cumplimiento de las medidas de mitigación. Deberá evaluar la eficacia de las medidas

propuestas para mitigar los impactos negativos y proponer al Comitente para su

aprobación los cambios necesarios cuando lo considere oportuno. El objetivo será en

todo momento

minimizar efectos no deseados vinculados a la obra.

El responsable de medio ambiente deberá manifestar disposición al diálogo y al

intercambio de ideas con el objeto de incorporar opiniones de terceros que pudieran

enriquecer y mejorar las metas a lograr. En particular de aquellos directamente

involucrados y de las autoridades.

El responsable de medio ambiente controlará quincenalmente el grado de cumplimiento

de las Medidas de Mitigación aplicando listas de chequeo y emitirá un Informe

Ambiental Mensual. En el informe se indicarán las acciones pertinentes para efectuar

los ajustes necesarios. El responsable presentará su Informe Ambiental Mensual al

Comitente destacando la situación, las mejoras obtenidas, los ajustes pendientes de

realización y las metas logradas.

Finalizada la obra, el responsable emitirá un INFORME AMBIENTAL DE FINAL DE

OBRA donde consten las metas alcanzadas.

El cumplimiento de las Medidas de Mitigación por parte del Contratista será condición

necesaria para la aprobación de los certificados de obra. Debe ser puesta en evidencia

en los informes y debe notificarse a las autoridades correspondientes.

PROGRAMA DE CONTROL AMBIENTAL DE LA OBRA

El Contratista deberá incorporar en su Propuesta, un Programa de control ambiental de

la obra que comprenda las tareas, los servicios y las prestaciones a desarrollar, bajo su

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directa responsabilidad, incorporando los costos del Programa dentro del Costo del

Contrato.

El Programa deberá cumplir con las obligaciones emergentes de la Legislación vigente

y con el compromiso asumido en la El Contratista deberá cumplir con el compromiso

asumido .El Contratista deberá elaborar un Programa de Control Ambiental de la Obra

detallado y ajustado. El programa debe ser elevado para su aprobación por la

Inspección, previo al inicio de las obras. Una vez autorizado El Contratista deberá

ejecutarlo, siendo su responsabilidad mantenerlo en funcionamiento hasta el retiro total

de la Obra al finalizar la construcción de la misma y ser recibida en conformidad por el

Comitente.

El programa de Control Ambiental de la Obra será instrumentado por el responsable de

medio ambiente del Contratista o por terceros calificados designados especialmente.

Durante la etapa de construcción, este programa estará muy ligado al de verificación de

cumplimiento de las Medidas de Mitigación. Sin embargo su espectro de acción debe

ser más amplio para detectar eventuales conflictos ambientales eventualmente no

percibidos en el Estudio de Impacto Ambiental y aplicar las medidas correctivas

pertinentes. En función de los ajustes del Proyecto de Ingeniería a desarrollar según

tecnología constructiva y singularidades Empresarias.

En función de los avances registrados en los distintos Programas del Plan de Manejo

Ambiental, durante la Construcción de la Obra, completará y ajustará en forma

sistemática las conclusiones de la Ampliación del Estudio de Impacto Ambiental,

incorporando los resultados alcanzados durante la ejecución de los Programas y sus

correspondientes relevamientos en el ámbito físico del medio natural o en el medio

socioeconómico directamente involucrados con la Obra. Se confeccionarán listas de

chequeo a partir del Estudio de Impacto Ambiental elaborada, con posibilidad de incluir

elementos ambientales nuevos.

El responsable de medio ambiente inspeccionará la obra regularmente para verificar la

situación ambiental del proyecto. Deberá evaluar la eficacia de las medidas propuestas

para mitigar los impactos negativos y proponer los cambios cuando lo considere

necesario. El objetivo será en todo momento minimizar efectos no deseados vinculados

a la obra.

El responsable de medio ambiente deberá manifestar disposición al diálogo y al

intercambio de ideas con el objeto de incorporar opiniones de terceros que pudieran

enriquecer y mejorar las metas a lograr. En particular de las autoridades.

El responsable de medio ambiente controlará quincenalmente la situación ambiental de

la obra aplicando listas de chequeo y emitirá un INFORME AMBIENTAL MENSUAL de

situación.

En el informe se indicarán las acciones pertinentes para efectuar los ajustes

necesarios. El responsable incluirá en su Informe Ambiental Mensual todos los

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resultados del Monitoreo Ambiental, destacando resultados y proponiendo al Comitente

para su aprobación, los ajustes que crea oportuno realizar.

Finalizada la obra, el responsable incluirá en el informe ambiental final de la obra los

resultados obtenidos en el Programa de Control Ambiental de la Obra y las metas

logradas.

6. ASPECTOS AMBIENTALES A CONSIDERAR

ASPECTOS RELATIVOS AL AIRE

Deberán encontrarse los equipos y maquinaria en óptimas condiciones mecánicas y de

funcionamiento. Deberán utilizarse cobertores al trasladar material (suelo, agregados

pétreos, arena y/ o estabilizados granulares).

Deberá presentar Declaración Jurada de efluentes gaseosos de cualquier equipo que

así lo requiera, ante organismos competentes

EJECUCIÓN Y MOVIMIENTO DE SUELO Y REMOCIÓN DE COBERTURA VEGETAL

El Contratista deberá controlar que las excavaciones, remoción de suelo y cobertura

vegetal que se realicen en el área de los obradores, campamento, locales de

inspección, depósito de excavaciones, perforaciones y paquete estructural, sean las

estrictamente necesarias para la instalación y correcto funcionamiento de los mismos.

Deberán evitarse excavaciones y remociones de suelo innecesarias, ya que las mismas

producen daños al hábitat, perjudicando a la flora y fauna silvestre, e incrementan

procesos erosivos, inestabilidad y escorrentía superficial del suelo. Asimismo se afecta

al paisaje local en forma negativa.

Los trabajos de limpieza del terreno deberán llevarse al ancho mínimo compatible con

la construcción de la obra a fin de mantener la mayor superficie posible con la cubierta

vegetal existente. No se permitirá eliminar el producto no utilizable de estos trabajos

por medio de la acción del fuego.

En los casos que la secuencia y necesidad de los trabajos lo permitan se optará por

realizar, en forma manual, las tareas menores de excavaciones, remoción de suelo y

cobertura vegetal.

En la ejecución de los cortes del terreno y en los rellenos, las crestas deben ser

modeladas con el objeto de evitar terminaciones angulosas. Las cunetas, zanjas de

guardia y de desagüe y demás trabajos de drenaje, se ejecutarán con anterioridad a los

demás trabajos de movimiento de suelos o simultáneamente con estos, de manera de

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

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lograr que la ejecución de excavaciones, la formación de terraplenes, tengan

asegurado un desagüe correcto en todo tiempo, a fin de protegerlos de la erosión.

El suelo o material sobrante de las excavaciones, se depositará en lugares previamente

aprobados por la Inspección. Cuando sea posible se evitará el depósito en pilas que

excedan los dos metros de altura. Dichas pilas deberán tener forma achatada para

evitar la erosión y deberán ser cubiertas con la tierra vegetal extraída antes de su

disposición. No se depositará material excedente de las excavaciones en las

proximidades de cursos de agua, o lagunas. Los suelos vegetales que necesariamente

serán removidos, deberán acumularse y conservarse para ser utilizados posteriormente

en la recomposición de la cobertura vegetal. Toda biomasa no comercializada como

madera, leña o arbustos, debe ser cortada, desmenuzada y depositada en pilas en

lugares expresamente autorizados por la Inspección.

En caso de vertidos accidentales, los suelos contaminados serán retirados y sustituidos

por otros de calidad y características similares. Los suelos retirados serán llevados a un

depósito controlado.

Se PROHIBE el control químico de la vegetación con productos nocivos para el medio

ambiente. En caso de resultar indispensable aplicar control químico sobre la

vegetación, todos los productos que se utilicen deberán estar debidamente autorizados

por el comitente y contar con su hoja de seguridad en el frente de obra.

Se PROHIBE el uso de defoliantes. En el caso de que fuera indispensable, se deben

utilizar sólo aquellos que no contengan dioxinas y que estén inscriptos en el Registro

Nacional de Terapéutica Vegetal publicado en el Manual de Procedimientos, Criterios y

Alcances para el Registro de Productos Fitosanitarios de la República Argentina del

Instituto Argentino de Sanidad y Calidad Vegetal dependiente del SENASA.

La aplicación de estos productos estará a cargo de personal capacitado y entrenado y

previo a cada aplicación deberán ser notificadas las autoridades locales.

Para el transporte de suelos se recomienda la utilización de equipos adecuados y en

óptimo estado de funcionamiento, humedeciendo la carga, cuidando de enrasar la

misma y, en caso de ser necesario, cubrirla para el traslado de modo de evitar la

diseminación de los materiales transportados por voladura o vuelco, en las vías de

transporte.

Con los materiales excavados que no fuesen utilizados para los propósitos

anteriormente especificados, se conformaran los terraplenes laterales de depósito, para

su posterior traslado. Los materiales desechables, excedente y/o desperdicios,

debieran ser retirados y volcados en depósitos destinados a tal efecto.

Se recomienda utilizar equipos adecuados para la excavación, conservándolo en

buenas condiciones.

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EROSIÓN Y SEDIMENTACIÓN.

El Contratista deberá incorporar , un Programa de control de la Erosión Eólica e Hídrica

y de Protección de las Excavaciones en la zona de afectación directa de las obras así

como en los caminos de accesos necesarios para la construcción de las obras, que

comprenda las tareas, las obras, los servicios y las prestaciones a desarrollar, bajo su

directa

responsabilidad, incorporando los costos del Programa dentro del Costo del Contrato.

El Programa deberá cumplir con las obligaciones emergentes de la Legislación vigente.

El Contratista deberá cumplir con el compromiso asumido .

El Contratista deberá ejercer la máxima precaución en la ejecución de las obras,

tendientes a controlar la erosión y minimizar la sedimentación.

El Contratista, previo al inicio de las tareas de limpieza y de movimiento de tierras

dentro de la zona directamente afectada por las obras, deberá revisar el ámbito físico a

afectar con el objeto de detectar la existencia de procesos erosivos actuales o la

potencialidad de ocurrencia de los mismos como resultado de las Obras. En particular

deberá tomar especiales precauciones en aquellas áreas con mayor susceptibilidad a

este tipo de procesos en las que deberá realizar un detallado estudio de la topografía,

la geomorfología y los procesos edáficos existentes en el terreno.

Las vías de concentración de escorrentías y los focos de erosión hídrica y eólica serán

ubicadas en forma detallada con el objeto de ajustar las obras de drenaje de forma tal

que aseguren una eficaz conducción de los excedentes hídricos y permitan adoptar las

medidas de protección contra la erosión eólica, respectivamente.

En los sectores directamente afectados por razones constructivas de las obras,

susceptibles a procesos erosivos deberá de tratar de mantener la vegetación existente

al máximo posible, debiéndose asegurar la construcción e implementación de medidas

tales como protección de taludes, cárcavas, sectores con pendientes excesivas,

sectores con suelos sueltos, etc., antes de proceder a la remoción de la vegetación y

movimiento de suelos

En los trabajos de excavación deberá adoptar las precauciones necesarias para evitar

derrumbamientos y erosiones, según la naturaleza y las condiciones del terreno y la

forma de realización de las tareas. A tal fin y dentro del contexto de la Protección de las

Excavaciones, El Contratista proveerá y se hará responsable de todos los soportes

temporarios y permanentes de las excavaciones, durante todo el período que dure el

Contrato y hasta la finalización del plazo de garantía.

El producto de la excavación que no haya de retirarse inmediatamente, así como los

materiales que hayan de acopiarse y que sean susceptibles a voladuras por erosión

eólica o a erosión hídrica se apilarán a distancia suficiente del borde de la excavación

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

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con el fin de que no constituyan una sobrecarga que pueda dar lugar a

desprendimientos, deslizamiento o

aportes de material erosionado. En los casos que resulten necesarios serán protegidos

mediante métodos eficaces para evitar su dispersión y los daños a la obra, su personal,

a terceros o afectaciones a la Calidad del Aire que excedan la normativa aplicable al

caso y a la Calidad del Agua.

El Contratista inspeccionará los dispositivos de control de erosión y sedimentación

transitorias y permanentes para verificar deficiencias después de cada lluvia. Las

deficiencias serán corregidas de inmediato. La Inspección se reserva el derecho a

tomar las medidas apropiadas para exigir que el Contratista deje de trabajar en otras

áreas y concentre sus

esfuerzos para rectificar las deficiencias especificadas dentro de 24 hs después de la

notificación.

CONTROL DE LA CORRECTA GESTIÓN DE LOS EFLUENTES LÍQUIDOS

El Contratista deberá disponer los medios necesarios para lograr una correcta gestión

de los efluentes líquidos durante todo el desarrollo de la obra, aplicando el Programa

de Manejo de Residuos, Emisiones y Efluentes.

En caso de verificar desvíos a los procedimientos estipulados, el Responsable

Ambiental deberá documentar la situación dando un tiempo acotado para la solución de

las no conformidades.

El Contratista deberá evitar la degradación del paisaje por la generación de efluentes

líquidos durante la etapa de Montaje y Funcionamiento del Obrador Principal y

Campamento.

Los efluentes que se pudieran generar durante las distintas etapas de la obra, deberán

ser controlados de acuerdo con lo estipulado en el Programa de Manejo de Residuos,

Emisiones y Efluentes.

Se deberá contar con recipientes adecuados y en cantidad suficiente para el

almacenamiento seguro de los efluentes líquidos generados.

El Contratista dispondrá de personal o terceros contratados a tal fin para retirar y

disponer los efluentes líquidos de acuerdo a las normas vigentes.

El Contratista será responsable de capacitar adecuadamente al personal para la

correcta gestión de los efluentes líquidos de la obra.

El Contratista será responsable de evitar el lavado o enjuague de maquinarias y

equipos que pueda producir escurrimientos y/o derrames de contaminantes.

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PROTECCIÓN, CALIDAD Y EL USO DEL AGUA

Se deberá evitar la captación de aguas en fuentes susceptibles de secarse o que

presenten conflictos con los usos por parte de las comunidades locales.

La empresa deberá efectuar las tareas de limpieza de vehículos, maquinarias u otro

elemento, como así también el lavado y enjuague de hormigoneras, en un lugar

específico de acuerdo a las leyes vigentes, a fin de evitar cualquier acción que

modifique la calidad y aptitud de las aguas superficiales y/o subterráneas.

Prohibir cualquier acción que modifique la calidad y aptitud de las aguas superficiales o

subterráneas.

Evitar la interrupción de los drenajes, para ello se colocarán las alcantarillas

simultáneamente con la nivelación de la traza y la construcción de terraplenes, nunca

se postergará esto para después de la construcción de las super estructura ferroviaria.

Cuando las cunetas de una obra o trabajo confluyan directamente a un río o quebrada,

éstos tendrán que estar provistos de obras civiles que permitan la decantación de

sedimentos, y de ser necesario, hacer algún tratamiento previo antes de conducirlos al

curso receptor.

Cuando exista la necesidad de desviar un curso natural de agua o se haya construido

un paso de agua y éste no sea requerido posteriormente, el curso abandonado o el

paso de agua serán restaurados a sus condiciones originales por el constructor.

Los drenajes transitorios deberán conducirse siguiendo las curvas de nivel hacia

canales naturales protegidos.

El Contratista no deberá arrojar cemento, limos, arcillas, concreto fresco, aditivos,

estabilizadores químicos para suelo o cualquier deshecho de obra en cuerpos o cursos

de agua.

Los residuos de tala y rozado no deben llegar a las corrientes de agua. Estos deben ser

apilados de tal forma que no causen disturbios en las condiciones del área.

Queda prohibido que los materiales o elementos contaminantes tales como

combustibles, lubricantes bitúmenes, aditivos, residuos provenientes de operaciones de

mezclado de los hormigones, aguas servidas no tratadas, sean descargados en ningún

cuerpo de agua, sean estos naturales o artificiales.

CONTROL DE DRENAJES, DESAGÜES Y ANEGAMIENTOS EN ZONA DE OBRA

El Contratista deberá incorporar , un Programa de Control de Drenajes, Desagües y de

los sectores que sufren procesos de anegamientos en la zona de localización de las

obras, que comprenda las tareas, las obras, los servicios y las prestaciones a

desarrollar, bajo su directa responsabilidad, incorporando los costos del Programa

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dentro del Costo del Contrato. El Programa deberá cumplir con las obligaciones

emergentes de la Legislación vigente.

El Contratista deberá cumplir con el compromiso asumido .

El Contratista, previo al inicio de las tareas de limpieza y de movimiento de tierras,

trabajos de extracción de suelos de cualquier naturaleza, dentro de la zona de

localización de las obras, deberá revisar el ámbito físico a afectar con el objeto de

detectar la existencia de vías de drenajes, de desagües y de sectores sujetos a

procesos de anegamientos actuales,

evaluando la potencialidad de afectación a las obras existentes y a construir, o al medio

como resultado de las tareas constructivas.

En todos los casos deberá mantener el correcto funcionamiento de los desagües

pluviales existentes, hasta que se encuentren terminados y en funcionamiento las

nuevas estructuras resultantes de las acciones de adecuación y sistematización de los

desagües pluviales.

En particular deberá tomar especiales precauciones en aquellas áreas con mayor

presencia y/o susceptibilidad a este tipo de procesos en las que deberá realizar un

detallado estudio de la topografía, la geomorfología y los procesos edáficos existentes

en el terreno, con el objeto de proceder a confeccionar planos en los que se reflejen los

procesos, actuales

y potenciales. Las vías de drenaje y las áreas anegables serán señaladas en forma

detallada con el objeto de ajustar las obras de forma tal que aseguren una eficaz

captación y conducción de los excedentes hídricos.

En los trabajos de excavación, en general, deberá adoptar las precauciones necesarias

para asegurar el desvío y conducción controlada de las aguas superficiales y

subterráneas, desaguar los excedentes de agua y mantener en seco las excavaciones,

debiendo prever la provisión y mantenimiento de las instalaciones de drenaje y de

bombeo, que sean necesarias para asegurar la estabilidad de los taludes, evitar

derrumbamientos y erosiones, según la naturaleza y las condiciones del terreno y la

forma de realización de las tareas.

Deberán extremarse las precauciones en los lugares en que las excavaciones se

encuentren aledañas a obras de infraestructura o edificaciones de cualquier tipo,

incluyendo a las propias de la obra en construcción.

El agotamiento del agua producida por lluvias, filtraciones u otros motivos se realizará

de forma tal que el personal pueda realizar la tarea en las mejores condiciones

posibles, incluyendo la iluminación y ventilación de los sitios de trabajo, en los casos

que lo demanden.

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CONTROL DE EMISIONES GASEOSAS, MATERIAL PARTICULADO Y RUIDOS Y

VIBRACIONES

El Contratista deberá incorporar , un Programa de Control de Ruidos, Vibraciones y de

la Contaminación del Aire en la zona de afectación directa de las obras, yacimientos y

caminos de acceso, que comprenda las tareas, las obras, los servicios y las

prestaciones a desarrollar, bajo su directa responsabilidad, incorporando los costos del

Programa dentro del Costo del Contrato. El Programa deberá cumplir con las

obligaciones emergentes de la Legislación vigente.

El Contratista deberá cumplir con el compromiso asumido .

El Contratista, previo al inicio de las tareas de instalación de campamentos y

obradores, de desmonte y de movimiento de tierras dentro de la franja de servidumbre,

accesos y sectores directamente afectados por las obras, deberá revisar sus equipos

móviles o fijos, para garantizar que los ruidos se ubiquen dentro de los requerimientos

de la normativa vigente, según el ámbito físico en el que se desarrollen las obras.

Con la finalidad de brindar seguridad a los vehículos que circulan y de proteger el

hábitat en general, se deberá impedir la generación de nubes de polvo durante la etapa

de construcción. Estas tareas deberán ser evitadas en días muy ventosos.

Para ello el Contratista realizará el riego con agua con el caudal y la frecuencia que

sean necesarias para evitar el polvo en suspensión, en los lugares dónde haya

receptores sensibles y dónde indique la Inspección.

Durante la fase de construcción, el Contratista controlará las emisiones de polvo

procedentes de las operaciones de carga y descarga de camiones y otras instalaciones

de obra. Las tolvas de carga de materiales deberán estar protegidas con pantallas

contra el polvo y los camiones que circulen con materiales áridos o pulverulentos,

deberán llevar su carga tapada con un plástico o lonas para evitar fugas de los mismos.

Asimismo controlará el correcto estado de la maquinaria para evitar emisiones

contaminantes superiores a las permitidas.

En los ambientes Periurbanos y Urbanos, deberá cumplimentar con la legislación sobre

Ruidos y Vibraciones aplicables a cada Jurisdicción en particular, debiendo extremar

las medidas para evitar la afectación de las personas y de la fauna. Si la Inspección

Ambiental lo considera conveniente, El Contratista deberá realizar la medición del nivel

sonoro y de vibraciones de todas sus maquinarias y vehículos de transporte,

procediendo al análisis de bandas de octavas, a los efectos de la evaluación de las

frecuencias y constatación del cumplimiento de las normas pertinentes.

El Contratista, de ser posible, establecerá vías de transporte que alejen a sus vehículos

de zonas pobladas y aseguren que las molestias ocasionadas por las operaciones de

transporte se reduzcan al mínimo. La Inspección se reserva el derecho a prohibir o

restringir en ciertas porciones del proyecto cualquier trabajo que produzca un ruido

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objetable en horas normales de descanso, de 22 hs a 06 hs, o en los horarios

establecidos por las ordenanzas locales.

Las vibraciones de los equipos y maquinarias pesadas y la contaminación sonora por el

ruido de los mismos, durante su operación, pueden producir molestias a los operarios,

y afectar apostaderos de aves y a la fauna terrestre cuando los trabajos se desarrollen

cerca de áreas sensibles. Por lo tanto, se deberá minimizar al máximo la generación de

ruidos y

vibraciones de estos equipos, controlando los motores y el estado de los silenciadores.

Las tareas que produzcan altos niveles de ruidos, como el movimiento de camiones de

transporte de suelos de excavaciones, materiales, insumos y equipos, y los ruidos

producidos por las máquinas de excavaciones y de apoyo a las plantas en la zona de

obra, ya sea por la elevada emisión de la fuente o suma de efectos de diversas fuentes,

deberán

estar planeadas adecuadamente para mitigar la emisión total lo máximo posible, de

acuerdo al cronograma de la obra.

Concretamente, la Contratista evitará el uso de máquinas que producen niveles altos

de ruidos (martillo neumático, máquina de excavación, grupo generador y compresor)

simultáneamente con la carga y transporte de camiones de los suelos extraídos,

debiéndose alternar dichas tareas dentro del área de trabajo.

No podrán ponerse en circulación simultáneamente más de tres camiones para el

transporte de suelos de excavación hacia el sitio de depósito y la máquina que

distribuirá y asentará los suelos en este sitio deberá trabajar en forma alternada con los

camiones.

Si los equipos produjeran emisiones gaseosas o que los niveles de ruido de

maquinarias superen parámetros razonables que exceden la normativa vigente El

Contratista deberá adoptar las medidas necesarias para reducir la emisión de

contaminantes, hasta alcanzar los valores aceptables.

Se deberá verificar el correcto funcionamiento de los motores a explosión para evitar

desajustes en la combustión que pudieran producir emisiones de gases fuera de

norma.

En particular deberá tomar especiales precauciones en aquellas áreas con mayor

concentración de personal y/o susceptibilidad de la fauna.

PROTECCIÓN DE LA VEGETACIÓN Y EL HÁBITAT

El Contratista deberá incorporar , un Programa de Manejo de la Vegetación y de la

Fauna que comprenda las tareas, las obras, los servicios y las prestaciones a

desarrollar, bajo su directa responsabilidad, incorporando los costos del Programa

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dentro del Costo del Contrato. El Programa deberá cumplir con las obligaciones

emergentes de la

Legislación vigente.

El Contratista deberá cumplir con el compromiso asumido .

El Contratista deberá realizar los trabajos de limpieza y remoción de la vegetación, en

la zona de obra y de accesos, reduciendo las tareas a un mínimo compatible con los

requerimientos constructivos y los criterios establecidos en la presente especificación.

No podrá en ningún caso, operar equipamiento o remover vegetación fuera de la zona

de obra

delimitada, sin contar con un permiso específico por parte del Propietario o de la

autoridad competente y la autorización de la Inspección de El Comitente.

El Contratista deberá atenuar y limitar los impactos ambientales vinculados con la

limpieza, el desmalezado y el desmonte, para disminuir el peligro de erosión del suelo,

la afectación del paisaje natural, las interferencias con la actividad económica del sitio y

las Alteraciones en los hábitats naturales de la flora y de la fauna autóctona o

adaptada.

- A tal efecto El Contratista deberá:

- Mantener al máximo posible la vegetación natural.

- Utilizar maquinarias y equipamiento que minimice la perturbación del suelo, su

compactación y la pérdida de la cubierta vegetal.

- Conservar la cubierta del suelo removida para su uso posterior y para la

restauración de los sitios afectados que lo demanden, en el caso de que resulte

apta para tal fin.

En la limpieza de vegetación deberá adoptar medidas de seguridad para el derribo de

árboles, en el caso de que resulte indispensable por razones constructivas, y para el

corte de plantas, que puedan ser nocivos para el personal por contacto o por inhalación

de los gases producidos por la quema.

Durante el desarrollo de todas las tareas, deberá adoptar medidas preventivas respecto

de mordeduras o picaduras de las alimañas existentes en el área de emplazamiento de

la obra. Deberá instrumentar los mecanismos de tratamiento en el lugar y las

estrategias de derivación del personal para el caso de accidentes por mordeduras o

picaduras.

De resultar necesaria la limpieza de vegetación arbórea, todas las maquinarias que

realicen tareas de derribo de árboles deberán tener un techo protector resistente, que

resguarde al conductor de cualquier contingencia producida por las caídas de los

troncos.

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Los árboles a talar deben estar orientados, según su corte, para que caigan sobre la

zona de camino, evitando así que en su caída, deterioren la masa forestal restante.

No se permitirá en horarios nocturnos la realización de tareas operación de máquinas

para la limpieza de vegetación, si no es con la autorización expresa de La Inspección,

con la presencia de un responsable de las tareas y, con la provisión de un adecuado

sistema de iluminación, que evite potenciales daños sobre los operarios, personas,

animales, patrimonio cultural, obras de infraestructura o bienes de terceros.

El Contratista deberá prever el retiro y disposición final de los materiales provenientes

de la limpieza de vegetación. Los materiales serán propiedad de El Contratista, excepto

en aquellos caso en que los mismos sean reclamados como propiedad por terceros.

El Contratista deberá solicitar a La Inspección autorización para la entrega del material

a terceros, manteniendo El Contratista su responsabilidad por el destino o disposición

final del material.

El Contratista deberá cumplir con la restauración de los sitios según su propuesta.

El Contratista deberá solicitar autorización a La Inspección para proceder a quemar

aquellos productos no aprovechables de la limpieza de la vegetación. La autorización

por parte de La Inspección no elimina las responsabilidades de El Contratista en cuanto

a la disposición final de los residuos, por lo que ejercerá especial control frente a las

posibilidades

de incendio del material vegetal dentro de las áreas de las Obras y desarrollará, bajo su

entera responsabilidad, los mecanismos previstos frente a contingencias por incendio,

de producirse hechos de esta naturaleza.

De resultar necesaria la utilización de herbicidas, por parte del Contratista deberá ser

efectuada mediante el empleo de productos adecuados, y con la utilización de técnicas

de aplicación y manipuleos de acuerdo a las normas ambientales y de higiene y

seguridad que correspondan. La disposición final de los recipientes que han contenido

herbicidas deberá

realizarse en los lugares habilitados para materiales peligrosos y/o contaminantes y de

acuerdo a las normas vigentes. Para el uso de herbicidas El Contratista deberá contar

con la autorización previa de la Inspección.

El Contratista deberá incorporar el desarrollo de un Proyecto de Forestación

Compensatoria a implantar

El Contratista deberá presentar al Comitente un proyecto Ejecutivo de Forestación

Compensatoria con la finalidad de mejorar las condiciones escénicas paisajísticas y de

adecuación ambiental de las obras, en particular de compensación por la vegetación

afectada por la construcción de las obras y de mejoramiento de las condiciones

ambientales.

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Queda expresamente prohibido que los trabajadores efectúen actividades predatorias

sobre la fauna y la flora; tampoco podrán colocar clavos en los árboles, cuerdas, cables

o cadenas sin la protección adecuada; manipular combustibles, lubricantes o productos

químicos en las zonas de raíces; apilar material contra los troncos, circular con

maquinaria fuera de los lugares previstos; cortar ramas y seccionar raíces importantes;

dejar raíces sin cubrir en zanjas y desmontes.

En el caso que resulte necesaria la utilización de biocidas, por parte del Contratista,

para las tareas de control de la fauna que por razones de salud, de seguridad, o

constructivas resulten indispensables, deberá ser efectuada mediante el empleo de

productos adecuados, y con la utilización de técnicas de aplicación y manipuleos de

acuerdo a las normas ambientales y de higiene y seguridad que correspondan. La

disposición final de los recipientes que han contenido biocidas deberá realizarse en los

lugares habilitados para materiales peligrosos y/o contaminantes y de acuerdo a las

normas vigentes. Para el uso de biocidas El Contratista deberá contar con la

autorización previa de la Inspección.

El Contratista deberá manejar a la Fauna existente dentro de zona de Obra, impidiendo

mediante mecanismos de control, que los propios trabajadores o terceros desarrollen

actividades que pudieran dañarla.

El Contratista tomará todas las precauciones razonables para impedir y eliminar los

incendios, evitando que los trabajadores 8enciendan fuegos no imprescindibles a las

tareas propias de la obra. El PMA identificará un responsable del manejo de equipos e

instalaciones de extinción de fuego, que en caso de ser necesario avisará con celeridad

a la autoridad

local competente colaborando con la misma en el informe, prevención y eliminación de

los incendios. Si por algún motivo debieran hacerse quemas, deberán contar en caso

de necesidad con la autorización de la autoridad competente Municipal o Provincial.

Sé prohíbe estrictamente al personal de la Obra la portación y uso de armas de fuego

en el área de trabajo, excepto por el personal de vigilancia expresamente autorizado

para ello. Quedan prohibidas las actividades de caza o la pesca en las áreas aledañas

a la zona de construcción, obradores, campamentos, así como la compra o trueque a

lugareños de animales silvestres (vivos, embalsamados, pieles, y otros subproductos),

cualquiera sea su objetivo.

En el caso de detectar nidales o madrigueras deberá implementarse (habiendo

notificado previamente a las autoridades locales) un rescate y desplazamiento a zona

segura de los individuos o nidos que podrían ser afectados. Esta tarea debe ser

realizada por personal especializado, con la anuencia de las autoridades locales

Para resguardar adecuadamente la fauna y sus hábitats durante el período de

construcción, las labores de desbroce se realizarán fuera de los periodos reproductivos

de la fauna.

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

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Durante la construcción de la Obra se efectuará un monitoreo a fin de conocer la tasa

de animales muertos en la ruta y zona de camino. Utilizados en la obra. El inventario

será confeccionado por el Contratista a través de su Responsable Ambiental, quien

informará a la Inspección que tendrá a su cargo la coordinación con el organismo

competente provincial

ASPECTOS RELATIVOS A LA FLORA Y FAUNA

a) Se prohíbe estrictamente al personal de la obra la portación y uso de armas de fuego

en el área de trabajo, excepto por el personal de vigilancia expresamente autorizado

para ello.

b) Quedan prohibidas las actividades de caza en las áreas aledañas a la zona de

construcción, así como la compra o trueque a lugareños de animales silvestres (vivos,

embalsamados, pieles y otros subproductos), cualquiera sea su objetivo.

c) Se limitará la presencia de animales domésticos, tales como gatos, perros, cerdos,

etc. principalmente en áreas silvestres y estarán prohibidos en jurisdicción de Áreas

Naturales Protegidas.

d) Queda prohibida la pesca por parte del personal de la obra, en cursos y cualquier

cuerpo de agua.

e) Si por algún motivo han de efectuarse quemas de residuos de tala o rozado, éstas

sólo podrán ser autorizadas por el Inspector de las obras, previo conocimiento del

Representante del COMITENTE.

f) Es obligación del Contratista prohibir al personal de la obra, el desplazamiento del

mismo fuera del área de trabajo en áreas silvestres, pertenezcan estas al dominio

público o privado.

g) La extracción y/o corte de vegetación (árboles, raíces y raigones) previamente

dispuestos debe hacerse con elementos acordes al porte y tamaño de los ejemplares

afectados, para evitar daños en zonas aledañas y vegetación cercana.

h) La reposición compensatoria por cada árbol extraído deberá respetar las pautas

establecidas en el proyecto de obra o bien lo asesorado por el COMITENTE en el caso

que sea requerido.

i) Los árboles a talar deberán estar debidamente orientados en su caída a efectos de

lograr el menor daño a la masa forestal circundante.

j) Para la construcción de los encofrados de obras de drenaje y obras de arte deberá

utilizarse la madera de aserraderos.

k) No deberán efectuarse actividades depredatorias ni encender fuegos no

imprescindibles a la construcción, especialmente en zonas donde existe peligro

potencial de incendio de la vegetación circundante.

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

128

l) Se deberán dotar de equipos e instalaciones adecuadas para asegurar el control y

extinción de incendio.

m) En el caso de Áreas Naturales Protegidas y/o sensibles se deberá consultar las

disposiciones vigentes del Área correspondiente y trabajar en conjunto con los

organismos responsables para producir el mínimo impacto perjudicial.

n) Se deberá minimizar cualquier tipo de daño que involucre cambios de hábitat, como

por ejemplo sitios de nidificación, etc. de la fauna del lugar.

ñ) Minimizar la destrucción de la cobertura vegetal existente en zona de banquinas y en

el área en que se instalen obrador, depósito de materiales y plantas elaboradoras de

materiales.

o) Cuando se finalice la obra se deberá revegetar el área de préstamo de la vía, según

proyecto o directivas de la inspección.

MATERIALES DE PRÉSTAMOS, CANTERAS Y APERTURA DE YACIMIENTOS

a) Acopio de áridos y/o suelos: De acuerdo con la legislación vigente en provincia la

Contratista deberá presentar ante el COMITENTE, respecto a la provisión de

agregados pétreos y/o suelos, certificados de Registro de productor Minero y Estudio

de Impacto Ambiental aprobado o en trámite de las canteras proveedoras acorde a

legislación vigente.

La documentación citada deberá estar disponible en las oficinas del obrador. Cualquier

cambio de proveedor deberá ser comunicado respetando las mismas pautas.

b) La extracción de materiales de los préstamos deberá ser llevada a cabo en zonas

seleccionadas tras una evaluación de alternativas. La explotación será sometida a la

aprobación por la Inspección de Obra, quienes deberán recibir del Contratista el plan

de explotación e información del plan de recuperación del sitio.

c) En el caso de remoción de suelo orgánico de zona de préstamo, se lo deberá apilar y

cubrir con plástico con el fin de resguardarlo para su utilización en futuras

restauraciones.

d) Cuando la calidad del material lo permita, se aprovecharán los materiales de los

cortes para realizar rellenos o como fuente de materiales constructivos, con el fin de

minimizar la necesidad de explotar otras fuentes y disminuir los costos ambientales y

económicos.

e) Los desechos de los cortes no podrán ser dispuestos a media ladera, ni arrojados a

los cursos de agua. Se los deberá disponer de modo que no produzcan modificaciones

en el drenaje, en la calidad paisajística u otros problemas ambientales. f) Se deberá

fijar la localización de los yacimientos y canteras, en general, a no menos de 200 m del

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eje y fuera de la vista del camino, excepto cuando se demuestre su imposibilidad, y

deberá cumplimentar la legislación Provincial y Municipal vigentes en la materia.

g) Todas las excavaciones de los préstamos deberán contar con drenaje adecuado que

impida la acumulación de agua, o alteren el natural escurrimiento de los cursos de

agua, excepto por pedido expreso y documentado de autoridad competente.

h) Una vez terminadas los trabajos, de extracción del préstamo se deberán adecuar a

la topografía circundante con taludes 2: 1 (H: V) con bordes superiores y redondeados

de modo que pueda arraigarse la vegetación y no presentar problemas para personas y

animales.

i) Está prohibida la destrucción de bosques o áreas de vegetación autóctono de

importancia.

INSTALACIÓN DE CAMPAMENTOS

Previo a la instalación del/los campamento/s, el Contratista presentará para aprobación

de la Inspección, un croquis detallado, mostrando ubicación del/los campamento/s, sus

partes y los detalles necesarios. Además, deberá presentar un registro gráfico de la

situación previa a la obra, para asegurar su restitución plena.

En la construcción de campamentos se evitará realizar cortes de terreno, rellenos, y

remoción de vegetación. En lo posible las instalaciones serán prefabricadas. En ningún

caso los campamentos quedarán ubicados aguas arriba de las fuentes de

abastecimiento de agua de núcleos poblados, por los riesgos sanitarios que esto

implica. Todos los campamentos contarán con pozos sépticos. Por ningún motivo se

verterán aguas servidas en los cursos de agua.

No se arrojarán desperdicios sólidos de los campamentos a las corrientes de agua.

Estos se depositarán adecuadamente, en un relleno sanitario. (Fosa de residuos

sólidos), o se dispondrán conjuntamente con los de los Municipios de la zona. El pozo

séptico y la fosa de residuos sólidos deberán cumplir con los requerimientos

ambientales de impermeabilización y tubería de infiltración

Para los residuos peligrosos incluidos en la Ley 24051 y legislación Provincial rigen las

normas sobre manipulación, transporte y disposición final especificadas en dicha ley y

en sus decretos reglamentarios.

Los campamentos contendrán equipos de extinción de incendios y un responsable con

material de primeros auxilios y cumplir con la Normativa sobre seguridad e higiene

laboral.

Los campamentos deberán mantenerse en perfectas condiciones de funcionamiento

durante todo el desarrollo de la obra.

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

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Los campamentos serán desmantelados una vez que cesen las obras, dejando el área

en perfectas condiciones e integrada al medio ambiente circundante. En el caso que

sus instalaciones pudieran ser donadas a las comunidades locales para beneficio

común, como para ser destinados a escuelas o centros de salud, el Contratista

presentará para aprobación de la Inspección el convenio de donación donde conste las

condiciones en que se entregan las instalaciones y la responsabilidad de su

mantenimiento.

Los Campamentos y sus instalaciones, aprobados por la Inspección deberán

mantenerse en perfectas condiciones de funcionamiento durante todo el desarrollo de

la obra.

a) La ubicación definitiva del obrador deberá contar con la aprobación del

COMITENTE.

b) La Contratista deberá ubicar al mismo en un sitio alejado de los centros poblados,

lugares peligrosos por dificultades en el acceso (seguridad en el tránsito), o cercanía a

escuelas, hospitales, etc., o lugares próximos a centros donde se comercialice,

fabrique, distribuya o deposite elementos considerados peligrosos; a cursos de agua,

zonas bajas o anegadizas, aguas arriba de las fuentes de abastecimiento de agua a

núcleos poblados, áreas ambientalmente sensibles o con valor Patrimonial.

c) En el caso que indefectiblemente se deba ubicar en zona urbana, el predio deberá

contar con la aprobación del municipio correspondiente.

d) Deberá estar ubicado de forma tal que no modifique sustancialmente la visibilidad ni

signifiqué una intrusión visual importante

e) En la construcción de los obradores se deberá evitar la realización de cortes de

terreno, rellenos y remoción de vegetación y se preservarán árboles de gran tamaño o

de valor genético, paisajístico, cultural o histórico

f) El predio del obrador deberá estar debidamente delimitado con cerco perimetral

g) Deberá presentar declaración de pasivo ambiental si su uso previo así lo requiere.

h) Deberá presentar memoria descriptiva de las instalaciones con indicación en croquis

de ubicación exacta, con medidas y flujo del movimiento interno de los vehículos, con

antelación al inicio de la actividad.

i) Deberán estar diferenciados, los sectores destinados al personal (sanitarios,

dormitorios, comedor) de aquellos destinados a tareas técnicas (oficina, laboratorio) o

vinculados con los vehículos y maquinarias (zona de guarda, reparaciones, lavado,

engrase, etc.)

j) Deberá disponer los residuos derivados de máquinas, equipos, probetas, neoprene u

otros elementos, lavados, etc., que conformen residuos peligrosos de acuerdo a las

normativas vigentes en el orden nacional y provincial. La Contratista deberá presentar

ante el COMITENTE la documentación que acredite el tipo de residuos peligrosos

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generados y los circuitos utilizados para su eliminación y/o envío para su tratamiento

(manifiestos de los residuos transportados, copia de los certificados ambientales de las

empresas transportistas y de tratamiento o disposición final); asimismo la citada

documentación deberá estar disponible en las oficinas del obrador.

k) Deberá concentrar en un lugar del obrador todos los restos de diferente índole

(domésticos y/o no habituales) que se hayan generado durante la obra para su

posterior traslado al lugar de disposición final autorizado por el Municipio

correspondiente. La Contratista deberá presentar ante el COMITENTE la

documentación que lo acredite.

l) Las sustancias aglomerantes deberán estar en tolvas o bajo techo con piso

impermeabilizado.

m) Deberán ubicarse tambores de emulsión, aceites, aditivos, etc., en un sector bajo

techo y sobre platea de hormigón, con pendiente hacia una canaleta que concentre en

un pozo de las mismas características para facilitar la extracción y disposición final de

eventuales derrames de aceites y combustibles.

n) Se deberá utilizar estabilizadores de suelo, aditivos, etc., que estén aprobados por la

autoridad competente.

ñ) En el caso de que la carga de combustible se realice en el predio del obrador, los

tanques deberán estar sobre piso de hormigón, con murete revocado adecuado al

tamaño del tanque y cubriendo con solado del mismo tipo el piso de la zona de carga

del mismo.

o) La instalación para tubos de gas deberá adecuarse en cuanto a su ubicación,

distancias, instalación, del equipo propiamente dicha, distribución interna, protección

contra incendio, cartelería, etc. de acuerdo a lo estipulado en las normativas vigentes.

Cuando se requiera la utilización de tubos de oxígeno, equipos de soldaduras, etc. ya

sean fijos o móviles, se deberán tomar los recaudos necesarios tanto para la protección

del equipo en sí como de los operarios, debiendo en todos los casos adecuarse a las

regulaciones provinciales vigentes.

p) Se deberá instalar servicios sanitarios en número y calidad para atender las

necesidades del personal, con plano de instalaciones incluyendo el sistema estático de

efluentes cloacales, en el caso de que se requiera la ejecución de un pozo séptico.

q) Deberá presentar protocolo de análisis físicoquímico y bacteriológico del agua

destinada al consumo y uso humano.

r) Los obradores deberán tener equipos de extinción de incendios y de primeros

auxilios

s) Los obradores deberán cumplir con la normativa sobre seguridad e higiene laboral,

siendo imprescindible contar con un profesional idóneo en la materia.

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t) Se deberá señalizar con cartel identificador de la ubicación del obrador y empresa

responsable, como así también su acceso con carteles de entrada y salida, teniendo en

cuenta el movimiento de vehículos y peatones

u) Una vez finalizada la obra, el Contratista deberá quitar el obrador del lugar donde

fuera emplazado y restituir el suelo de la zona afectada a su estado anterior. Con

anterioridad a la emisión del acta provisoria de recepción de la obra se deberá

recuperar ambientalmente y restaurar la zona ocupada a su estado preoperacional, en

coordinación con la inspección de COMITENTE.

v) Una vez finalizada la obra, el COMITENTE podrá requerir, un estudio de Pasivo

Ambiental en el caso que lo considere necesario, como así también el cumplimiento de

las tareas de remediación resultantes del citado estudio. Esta tarea, debidamente

documentada y comunicada en tiempo y forma a la citada Unidad, deberá llevarse a

cabo siguiendo las normativas Nacionales y Provinciales sobre Residuos Peligrosos y

deberá ser realizada por Empresa habilitada por la Autoridad Ambiental Provincial, bajo

la supervisión del COMITENTE.

w) En el momento que la Contratista cese sus actividades en el Obrador y previo al

desarmado de sus instalaciones, deberá comunicar al COMITENTE a fin de que ésta

verifique el estado ambiental en que se encuentra el sitio ocupado a efectos de tomar

las medidas que correspondan para su aceptación definitiva, siendo compatibles las

premisas del ítem anterior.

x) Ante cualquier daño ambiental imprevisto que involucre a los factores naturales

(suelo, agua, aire, etc.) afectados por vuelcos y/o derrames de hidrocarburos, como así

también de cualquier otra sustancia considerada peligrosa, la Contratista deberá

remediar dicha situación de forma inmediata, comunicándolo al COMITENTE mediante

la Inspección de la Obra.

y) En caso de que el propietario del predio, en el cual está instalado el obrador, desee

quedarse con alguna instalación, base y/o camino interno dentro del mismo, la

Contratista deberá presentar el pertinente pedido y conformidad del titular.

CONTROL DEL ACOPIO Y UTILIZACIÓN DE MATERIALES E INSUMOS

Durante todo el desarrollo de la obra el Contratista deberá controlar los sitios de acopio

y las maniobras de manipuleo y utilización de materiales e insumos como productos

químicos, pinturas y lubricantes, en los obradores, campamento y locales de

inspección, a los efectos de reducir los riesgos de contaminación ambiental. Este

control debe incluir la capacitación del personal responsable de estos productos en el

frente de obra.

El Contratista deberá controlar que tanto los materiales de obra como los insumos

anteriormente mencionados sean almacenados correctamente. Además los últimos se

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acopien en recintos protegidos del sol y cercados (con restricciones de acceso) y piso

impermeable (o recipientes colocados sobre bateas).

Todo producto químico utilizado en la obra debe contar con su hoja de seguridad en un

lugar accesible donde conste claramente la peligrosidad del producto, las medidas de

prevención de riesgos para las personas y el ambiente y las acciones a desarrollar en

caso de accidente a las personas o al medio ambiente.

INSTALACIÓN DE PLANTAS DE PRODUCCIÓN DE MATERIALES.

a) Las instalaciones de plantas de hormigón, seleccionadoras de áridos, etc. deberán

asegurar una reducida emisión de ruido, humos, gases y residuos o partículas.

b) Cuando estén próximas a áreas urbanas las tareas de producción y construcción

deberán realizarse en horario diurno. Los estándares de emisión y los horarios de

funcionamiento serán convenidos con el área ambiental y la inspección de acuerdo al

tipo de equipo y localización.

Plantas de hormigón

Planta de Hormigón: a) Se deberá presentar Memoria Descriptiva de sus instalaciones

con indicación en croquis y gestión integral de la misma.

b) A los fines de localizar adecuadamente la planta, se deberá llevar a cabo el

correspondiente estudio, en el que se deberán considerar pautas tales como

escurrimiento superficial del agua, dirección predominante del viento, proximidad de

mano de obra, etc. Asimismo no tendrá que ejercer una modificación relevante de la

calidad visual de la zona, ni una intrusión visual significativa, ni una fuente potencial de

accidentes por causa del ingreso / egreso de vehículos.

c) En el caso de estar ubicada en la cercanía de núcleos poblados, de cualquier

magnitud, las tareas se deberán realizar en horario diurno con una emisión sonora que

no supere los niveles tolerados por el oído humano.

d) Que los áridos ingresen lo suficientemente limpios de modo tal que al movilizar el

material no se produzca un movimiento de partículas tal que sea perjudicial al medio en

el que se sitúa la planta.

e) En el caso que por acción de los vientos se produzca un excesivo movimiento de

material del acopio que afecte núcleos poblados de cualquier magnitud o

emprendimientos de cualquier tipo se deberá implementar, mediante el uso de postes y

lona, la delimitación de dicho sector.

f) Utilizar plantas de hormigón con tecnología acorde a los requerimientos de polución

controlada, mediante el uso de colectores de polvo.

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g) Según sea la fuente de alimentación de energía y en el caso que sea por grupo

electrógeno, deberá contar con la aprobación de la autoridad competente.

h) Se deberá dejar perfectamente establecido el origen del agua utilizada para la

elaboración del producto final.

i) Una vez retirada la planta del lugar de emplazamiento se deberá restituir el terreno

utilizado a su estado preoperacional. j) Se deberá colocar cartelería identificatoria de la

Empresa y de entrada y salida de Vehículos.

k) Densímetro Nuclear: Deberá estar ubicado en un precinto adecuado según las

normativas vigentes y perfectamente identificado. Deberá presentar certificación de la

autoridad de aplicación y los controles que se solicite a través de COMITENTE en el

caso de su utilización. Asimismo el vehículo que lo transporte como el chofer deben

cumplir con las normativas del citado organismo.

l) La adquisición de hormigón deberá efectuarse a empresas debidamente habilitadas

por la autoridad pertinente. La Contratista deberá presentar ante el COMITENTE la

documentación que lo acredite.

MANEJO DE RESIDUOS, EMISIONES Y EFLUENTES

El Contratista deberá incorporar un Programa de Manejo de Residuos que comprenda

los servicios y prestaciones a desarrollar, bajo su directa responsabilidad, en la zona de

localización de las obras, incorporando los costos del Programa dentro del Costo del

Contrato. El Programa deberá cumplir con las obligaciones emergentes de la

Legislación vigente.

El Contratista deberá incorporar la planificación de los servicios y prestaciones y un

informe sobre las características de los mismos, acorde con la legislación vigente y con

las características de las obras principales y complementarias. A tal efecto deberá

adoptar las precauciones y prever la disponibilidad del equipamiento adecuado para

la recolección, almacenamiento y disposición final de los desechos, excedentes y

desperdicios.

Los mismos comprenden la adecuada disposición de los materiales residuales

producidos durante la limpieza de los sitios de trabajo, los materiales excedentes de las

excavaciones y cualquier otro material desechable, excedente y desperdicios

generados durante las acciones de preparación y construcción de Obra y del

funcionamiento de campamentos y obradores.

Involucran la localización e identificación adecuada de contenedores para almacenar

diferentes materiales de desecho, la recolección y disposición de residuos orgánicos,

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de grasas, aceites, combustibles y el desarrollo de medidas y acciones para evitar los

derrames, pérdidas y la generación innecesaria de desperdicios.

Comprenden los lugares en que se emplazarán los vaciaderos.

El Contratista, al inicio de las obras, según frente de trabajo, deberá proceder a la

limpieza y acondicionamiento del sector afectado por las obras principales y

complementarias, de las áreas aledañas según requerimientos constructivos, sectores

de sistematización de desagües, accesos y otras áreas necesarias de afectar por

requerimientos constructivos. Previo a la puesta en marcha de las obras deberá

proceder a la limpieza de los residuos existentes Todos los residuos procedentes de las

obras y limpiezas deberán estar sujetos a un proceso de disposición final autorizado

por la Autoridad de Aplicación y El Comitente.

El Programa será de estricto cumplimiento para todos los subcontratistas.

El Contratista será responsable del cumplimiento de los requerimientos de la

Legislación vigente en la materia, según los diferentes tipos de residuos, y de las

obligaciones asumidas .

El Contratista deberá proveer un sistema adecuado de contenedores para el

almacenamiento transitorio de residuos sólidos contaminados, debiendo prever su

retiro del lugar de su instalación, con una periodicidad adecuada a cada circunstancia,

debiendo cumplir con las indicaciones de la Inspección.

El Contratista destinará un sector específico del obrador para la disposición transitoria

de los residuos peligrosos dentro del cual se ubicarán los contenedores especialmente

habilitados para tal fin, debidamente rotulados e identificados respecto al tipo de

contaminantes que poseen los residuos y los riesgos que implican. Dicho sector deberá

presentar carteles en los que se advierte el riesgo. Asimismo deberá disponer de piso

de cemento y un peralte lateral o muro de contención en todo su entorno que asegure

la retención del material dentro del sector, ante cualquier derrame.

El Contratista deberá realizar el transporte de los distintos residuos, en equipos

habilitados según la naturaleza de los residuos, en el marco de la legislación aplicable

a esas tareas y de los requerimientos específicos de la o las autoridades de aplicación.

La disposición final de los residuos peligrosos deberá efectuarse en lugares o plantas

de tratamiento expresamente autorizadas para tal fin, por la Autoridad de Aplicación

que corresponda.

Todo otro tipo de residuo sólido no contaminado deberá ser convenientemente

recolectado y almacenado en un sistema de contenedores apropiados, con tapa

hermética, debiendo ser transportados por transportistas habilitados a tal fin, hasta las

áreas aprobadas por las autoridades locales para su disposición final.

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El contratista deberá contar con la autorización previa de la Inspección para la

utilización de materiales producto de las excavaciones y limpieza que resulten aptos

para ser usados como rellenos demandados por la construcción de las obras.

En el caso de que se prevea el almacenamiento de combustibles y lubricantes

demandados por los equipos afectados a la construcción de la obra, dentro del sector

de obradores, los depósitos de combustibles y lubricantes deben cumplir con las reglas

de máxima seguridad, incluyendo un recinto de contención. La impermeabilización del

piso y de bordes es obligatoria, para evitar que cualquier derrame contamine el suelo.

Las cañerías deberán estar a la vista, protegidas del tránsito, evitando derrames

subterráneos. Se dispondrá en obra de tambores plásticos debidamente rotulados para

almacenar trapos y estopas con hidrocarburos. El almacenamiento de combustibles

debe cumplir con la normativa vigente provincial que fijen las normas de seguridad para

estas instalaciones.

En el caso de que se prevea la provisión de combustibles y el cambio de lubricantes

demandados por los equipos y vehículos afectados a la construcción de la obra, dentro

del sector de obradores, El Contratista deberá presentar un proyecto que comprenda

los mecanismos para la provisión y las instalaciones afectadas a tales fines, el que

deberá ser

autorizado mediante aprobación explícita de la Inspección y, de requerirse, de los

organismos de aplicación. Deberá asegurar la disposición final de los lubricantes

utilizados según la normativa vigente.

En el caso que se prevea la provisión de combustible y el cambio de lubricantes

demandados por los equipos y vehículos afectados a la construcción de la obra, por

servicios de terceros, el servicio pertinente deberá estar habilitado para la prestación de

dichos servicios, por la autoridad competente.

Para suelos Afectados por Derrame Accidental de Combustible o Rotura de Vehículos,

la acción inmediata es atender rápidamente el accidente para minimizar el vuelco de

hidrocarburos. En este sentido la acción prioritaria será interrumpir el vuelco evitando

su propagación y eventual afectación de suelos o cursos de agua.

Si por cuestiones de pendiente local existiera el riesgo de arrastre de hidrocarburos a

algún sector del Canal, deberán implementarse barreras de contención de

escurrimientos que funcionen como “trampas de fluidos”.

Aplicar sobre los líquidos derramados material absorbente especial para hidrocarburos.

Este tipo de materiales deben estar almacenados en lugar seguro en el Obrador

durante el desarrollo de las tareas.

Cuando el derrame supere los 5 m2, el suelo afectado debe ser delimitado (cercado) y

señalizado como sitio en “recuperación ambiental” y aplicar en él técnicas de laboreo y

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tecnologías de biorremediación. El sitio debe ser monitoreado bimensualmente,

mediante extracción de muestras para verificar el decaimiento en la concentración de

hidrocarburos.

Una vez saneado definitivamente puede liberarse el sitio a sus usos originales.

Para todos los casos en que la legislación vigente exija la adopción de mecanismos de

transporte y de disposición final de residuos por operadores autorizados, El Contratista

deberá presentar a la Inspección, constancia del cumplimiento de la norma legal.

Todos los materiales procedentes de las excavaciones que no sean necesarios para

rellenos u otros fines, deberán llevarse a las zonas designadas como escombreras. El

Contratista deberá realizar una proposición de áreas para escombrera, las que indicará

en los planos, siendo sometidas a la aprobación de El Comitente, Autoridades locales y

competentes, siendo la tramitación y el logro de las autorizaciones de exclusiva

responsabilidad de Los Contratistas. Deberá preverse dentro del Programa de

Capacitación del punto anterior, la capacitación general del Personal sobre el manejo

de residuos, y la

capacitación específica según puesto de trabajo y residuos específicos resultantes del

desarrollo de su tarea.

El Contratista deberá tomar todas las medidas del caso para preservar las vías de

drenaje existentes, prevenir cualquier acumulación de agua objetable que resulte de la

formación de las escombreras y la contaminación de las aguas superficiales y

subterráneas por residuos de distinto tipo.

El Contratista deberá tomar las medidas que se establezcan en los planos del

Proyecto, Especificaciones Particulares o en su proposición de escombrera, para la

preservación de los aspectos ambientales y ecológicos que pudieran alterarse.

CONTROL DE LA CORRECTA GESTIÓN DE LOS RESIDUOS TIPO SÓLIDO

URBANO Y PELIGROSOS

El Contratista deberá disponer los medios necesarios para lograr una correcta gestión

de residuos durante todo el desarrollo de la obra, aplicando el Programa de Manejo de

Residuos, Emisiones y Efluentes.

En caso de verificar desvíos a los procedimientos estipulados, el Responsable

Ambiental deberá documentar la situación dando un tiempo acotado para la solución de

las no conformidades.

El Contratista deberá evitar la degradación del paisaje por la incorporación de residuos

y su posible dispersión por el viento.

Recoger los sobrantes diarios, hormigón, maderas y plásticos de manera de hacer un

desarrollo y finalización de obra prolijo.

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Los residuos y sobrantes de material que se producirán en los obradores y

campamento y durante la construcción del paquete estructural, deberán ser controlados

y determinarse su disposición final de acuerdo con lo estipulado en el programa de

manejo de residuos de la obra.

Se deberá contar con recipientes adecuados y en cantidad suficiente para el

almacenamiento seguro de los residuos producidos.

El Contratista dispondrá de personal o terceros contratados a tal fin para retirar y

disponer los residuos generados de acuerdo a las normas vigentes.

El Contratista será responsable de capacitar adecuadamente al personal para la

correcta gestión de los residuos de la obra.

MANEJO Y TRANSPORTE DE MATERIALES CONTAMINANTES Y PELIGROSOS

Los materiales, tales como combustibles, explosivos, lubricantes, bitúmenes, aguas

servidas no tratadas, deshechos y basuras deberán transportarse y almacenarse

adoptando las medidas necesarias para evitar derrames, pérdida y/o daños, lluvias y/o

anegamientos, robos, incendios. Se deberá cumplir con la normativa vinculada al tema.

ESCOMBROS Y SOBRANTES DE OBRA.

a) No se deberá depositar sobrantes (escombros, deshechos de lechada, etc.) en

predios aledaños o a lo largo de la traza o en zonas de escurrimiento.

b) Deberá implementarse un registro de la cantidad y calidad del material obtenido por

remoción de rieles y durmientes existente, obras de arte, etc. indicándose la gestión a

implementar en función de sus características, así como los sitios escogidos para su

disposición final y autorizaciones pertinentes. La documentación que acredite esta

gestión deberá ser presentada ante el COMITENTE y asimismo estar disponible en las

oficinas del obrador.

c) Las probetas de ensayo de materiales, deberán ser debidamente ubicadas en un

lugar acondicionado a tal fin dentro del obrador, debiéndose documentar la disposición

final de los mismos.

d) Al finalizar los trabajos de obra se deberán retirar todos los escombros y

acumulaciones, independientemente de su tamaño, hasta restituir el sitio a la situación

en que se encontraba previo al inicio de las tareas.

e) El material sobrante de la obra, libre de contaminantes y factible de ser reciclado,

podrá ser entregado a municipios y/o comunidad locales si fuera requerido por estos,

debiendo cumplimentar el trámite administrativo pertinente.

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

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f) Los residuos provenientes de cualquier tipo de obra pasibles de estar contaminados,

deberán ser remitidos a disposición final en concordancia con la legislación vigente,

g) El material sobrante comúnmente denominado “chatarra” deberá ser retirado del

ámbito de la obra y obrador con autorización de inspección COMITENTE y garantizarse

su disposición en un sitio adecuado

CONTROL DE VEHÍCULOS, EQUIPOS Y MAQUINARIA PESADA

El Contratista deberá controlar el correcto estado de mantenimiento y funcionamiento

del parque automotor, equipos y maquinarias pesadas, tanto PROPIO como de los

SUBCONTRATISTAS, así como verificar el estricto cumplimiento de las normas de

tránsito vigentes, en particular la velocidad de desplazamiento de los vehículos.

El contratista deberá elaborar manuales para la operación segura de los diferentes

equipos y máquinas que se utilicen en labores de excavación y el operador estará

obligado a utilizarlos y manejarse en forma segura y correcta.

Los equipos pesados para el cargue y descargue deberán contar con alarmas

acústicas y ópticas, para operaciones de retroceso. En las cabinas de los equipos no

deberán viajar ni permanecer personas diferentes al operador, salvo que lo autorice el

encargado de seguridad.

El contratista deberá realizar un plan o cronograma de tareas (excavación, montaje de

los puentes y construcción de accesos y enlace) con el fin de obstaculizar lo menos

posible el tránsito, minimizando de esta manera las afectaciones a la infraestructura vial

y el impacto negativo a la cuenca visual.

Esta medida tiene por finalidad prevenir accidentes hacia las personas que transitan

por la ruta y operarios de los equipos y maquinarias pesadas, especialmente en la zona

de obra, y minimizar al máximo la probabilidad de ocurrencia de incidentes. Así como

prevenir daños a la fauna silvestre por atropellamiento.

Las siguientes medidas están diseñadas para prevenir el deterioro ambiental, evitando

conflictos por contaminación de las aguas, suelos y atmósfera.

a) El equipo móvil, incluyendo maquinaria pesada, deberá estar en buen estado

mecánico y de carburación, de tal manera que se queme el mínimo necesario de

combustible reduciendo así las emisiones atmosféricas.

b) Se deberán evitar los escapes de combustibles o lubricantes que puedan afectar los

suelos o cursos de agua, temporarios o permanentes. Si se llegara a producir

accidentalmente, se deberá remediar en forma perentoria, debiendo comunicarse en

tiempo y forma a el COMITENTE y llevar a cabo siguiendo las normativas Nacionales y

Provinciales sobre Residuos Peligrosos. Las tareas deberán ser realizada por Empresa

habilitada por la Autoridad Ambiental Provincial, bajo la supervisión de la citada Unidad.

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

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c) Se deberá disponer los residuos derivados de máquinas, equipos, etc., que

conformen residuos peligrosos de acuerdo a las normativas vigentes en el orden

nacional y provincial. La Contratista deberá presentar ante el COMITENTE la

documentación que acredite el tipo de residuos peligrosos generados y los circuitos

utilizados para su eliminación y/o envío para su tratamiento (manifiestos de los residuos

transportados, copia de los certificados ambientales de las empresas transportistas y

de tratamiento o disposición final). Asimismo la citada documentación deberá estar

disponible en las oficinas del obrador.

d) Deberá efectuarse el aprovisionamiento y el mantenimiento del equipo móvil y

maquinaria, incluyendo lavado y cambio de aceites, prueba de funcionamiento de los

picos del camión regador, etc. en el sector del obrador destinado a tal fin. Si por algún

motivo estas tareas se llevaran a cabo fuera del obrador se deberán realizar en sitios

habilitados para tal fin y la Contratista deberá presentar ante el COMITENTE la

documentación que lo acredite.

e) El estado de los silenciadores de los motores deberá ser tal que se minimice el ruido,

los mismos no deberán superar los 85 decibeles.

f) Los trabajos deberán efectuarse en horario diurno. En caso de efectuarse trabajos

nocturnos deberán ser debidamente aprobados por la Inspección de la obra y el lugar

en que se realicen deberá estar suficientemente iluminado para la buena ejecución de

los mismos, seguridad del personal y usuarios. En caso de efectuarse trabajos en días

feriados o fuera del horario normal deberán ser autorizados por la Inspección.

PROTECCIÓN, SEÑALIZACIÓN Y ACONDICIONAMIENTO DE LA OBRA Y

ACCESOS

El Contratista deberá incluir los lineamientos de un Programa de Protección y

señalización de la Obra, tanto durante el período diurno como nocturno, que

comprenda vallados efectivos, señalizaciones de precaución y medios de

mantenimiento y control permanente para evitar daños e inconvenientes a las

personas, actividades y bienes, incorporando los costos dentro del precio total de la

obra.

El contratista deberá cumplir con sus obligaciones siendo el único responsable de los

accidentes, daños y afectaciones durante el desarrollo de la obra, debiendo asumir bajo

su responsabilidad y costo, la solución inmediata del problema y afrontar los costos de

los daños que se generen.

El Contratista habilitará la señalización necesaria y accesos seguros para la maquinaria

de obra y camiones de modo que produzca las mínimas molestias al tránsito habitual

como a las viviendas e instalaciones próximas.

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

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El Contratista será responsable de preservar la circulación, estableciendo y haciéndose

cargo de los costos respectivos, incluyendo el mantenimiento de los medios

alternativos de paso, con el fin de no interrumpir el acceso a las propiedades.

El Contratista deberá mantener los accesos dando prioridad al uso de los existentes.

De no ser posible se construirán nuevos accesos, con el acuerdo del responsable del

predio o propiedad y / o de la autoridad competente.

La señalización de riesgo de la obra debe implementarse de acuerdo con el estado

actual del arte en señaléctica de seguridad con el objeto de minimizar los riesgos hacia

la población en general.

Durante toda la construcción del proyecto el Contratista dispondrá los medios

necesarios para lograr una correcta señalización de los frentes de obra, especialmente

en las zonas de campamento, obradores y depósitos.

La señalización de riesgo será permanente, incluyendo vallados, carteles indicadores y

señales luminosas cuando correspondan.

El Contratista estará obligado a colocar una señalización que resulte visible durante las

horas diurnas y nocturnas mediante la colocación de las señales lumínicas pertinentes.

CAMINOS DE DESVÍO

a) La zona de ocupación de los caminos de desvíos, deberá ser la menor posible,

ajustándose a las características del tránsito.

b) En el caso de que estos caminos se realicen en zonas ambientalmente sensibles se

deberán minimizar al máximo su uso, restituyéndolo a su estado original una vez

finalizada la obra.

c) Una vez finalizada la necesidad del desvío, se deberá restituir la zona afectada a su

estado anterior (paisaje, topografía, drenaje, etc.), previo a su construcción.

d) Se deberá señalizar adecuadamente el desvío en todos sus puntos, mientras este

permanezca en uso.

AREAS NATURALES PROTEGIDAS O PATRIMONIALES

En aquellas áreas en que existan Áreas Naturales Protegidas o Patrimoniales de

jurisdicción internacional, nacional, provincial, municipal u otras, además de las normas

anteriores se tendrá en cuenta lo siguiente:

a) Deberá extremar las medidas de vigilancia en lo ateniente a caza, pesca y tráfico de

especies animales y vegetales.

b) Deberán ser ejecutadas bajo la supervisión de la inspección de obra y con

conocimiento del área encargada de la gestión y preservación del área Natural

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

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protegida o Patrimonial., las tareas de desbosque, destronque, así como las de

limpieza y raleo.

c) Deberán realizarse los trabajos de construcción con maquinarias adecuadas y en

perfecto estado mecánico a fin de minimizar los ruidos y vibraciones.

d) No deberán instalarse plantas de hormigón sin el conocimiento y autorización de la

autoridad competente.

e) No deberá efectuarse la extracción de áridos (arena, piedra, conchilla, etc.) y suelos

sin la aprobación de la autoridad competente

HALLAZGOS ARQUEOLÓGICOS, PALEONTOLÓGICOS Y DE MINERALES DE

INTERÉS CIENTÍFICO

El Contratista, previo al inicio de las tareas de limpieza de la vegetación y de

movimiento de tierras deberá revisar, el ámbito físico a afectar con el objeto de detectar

la existencia de restos del patrimonio arqueológico, antropológico, paleontológico,

histórico cultural, cuya denuncia resulte obligatoria en el marco de la legislación

vigente.

En particular deberá tomar especiales precauciones en aquellas áreas propicias para

este tipo de hallazgo. A tal efecto deberá efectuar consultas por escrito, en forma

permanente, a la Autoridad Competente e Instituciones Oficiales y Privadas con

capacidad técnica sobre la materia, analizar las respuestas y documentaciones e

incorporarlas en sus informes.

En el caso de algún descubrimiento de material arqueológico, sitios de asentamiento

indígena o de los primeros colonos, cementerios, reliquias, fósiles, meteoritos, u otros

objetos de interés arqueológico, paleontológico o de raro interés mineralógico durante

la realización de las obras, el Contratista tomará de inmediato medidas para suspender

transitoriamente los trabajos en el sitio de descubrimiento, colocará un vallado

perimetral para delimitar la zona en cuestión y dejará personal de custodia con el fin de

evitar los posibles saqueos.

Dará aviso a la Inspección, y notificará de inmediato a la Autoridad Estatal a cargo de la

responsabilidad de investigar y evaluar dicho hallazgo. Quedará prohibida la

explotación de yacimientos de materiales para la construcción del camino en las

proximidades de yacimientos arqueológicos, paleontológicos o etnográficos.

PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO ANTROPOLÓGICO SOCIAL DE LUGAR

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El Contratista deberá incorporar , un Programa de Detección y Rescate del Patrimonio

Cultural que comprenda las tareas, las obras, los servicios y las prestaciones a

desarrollar, bajo su directa responsabilidad, incorporando los costos del Programa

dentro del Costo del Contrato. El Programa deberá cumplir con las obligaciones

emergentes de la normativa vigente.

Frente a la detección de restos de interés o hallazgo de materiales o piezas, El

Contratista deberá interrumpir, en el punto de hallazgo y su entorno inmediato, el

desarrollo de las tareas que pudieran dañar al material o dificultar su rescate y notificar,

a la Inspección y a la Autoridad Competente, tal circunstancia, hasta que la Autoridad y

El Comitente autoricen la continuación de las tareas, El Contratista deberá asegurar la

protección de los restos. El Contratista no podrá solicitar mayores costos ni ampliación

de los plazos de entrega de la Obra causados por hallazgos de material del patrimonio

cultural protegido por la legislación vigente.

El Contratista deberá informar a la Dirección de Patrimonio Cultural acerca de las obras

a realizarse en esta sección.

En el caso de fiestas populares y/o conmemoraciones religiosas, el Contratista evitará

cierres y/o clausuras en la ruta en proximidad de las respectivas fechas, para no

entorpecer el desplazamiento de vehículos y personas.

De ser necesarios movimientos de estructuras de valor histórico o cultural (por ejemplo

cementerios o cruces o lápidas que identifican el lugar del accidente donde la persona

perdió la vida, u otras), deberán ser discutidos o acordados con la población.

CAMINOS AUXILIARES Y ESTACIONAMIENTOS

El Contratista previo a la iniciación de los distintos frentes de obra, presentará a la

Inspección para su aprobación, los planos correspondientes a los desvíos o caminos

auxiliares y áreas de estacionamientos de equipos que utilizará durante la construcción.

El Contratista deberá proceder a una correcta señalización diurna y nocturna de estos

desvíos transitorios de manera de poder asegurar el tránsito en forma permanente y

segura.

El Contratista deberá disponer permanentemente en el lugar de los trabajos, de los

elementos que sean necesarios para auxiliar a los vehículos y sus ocupantes que

queden imposibilitados de seguir viaje como consecuencia de los inconvenientes

producidos a raíz de la ejecución de las obras.

Se tratará de evitar en grado máximo la circulación y el estacionamiento en las áreas

de zona de camino que contengan vegetación autóctona, o alguna otra particularidad

que a juicio de la Inspección y desde el punto de vista ambiental mereciera

conservarse.

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A medida que se vayan cambiando los frentes de obras y se abandonen caminos

auxiliares y sitios de estacionamiento de maquinaria, el Contratista deberá escarificar

los lugares sobre compactados por el tránsito de obra y estacionamiento de equipos y

recomponer la estructura vegetal con los suelos removidos en la limpieza del terreno.

ALERTA FRENTE A PRECIPITACIONES Y CRECIDAS

El Contratista deberá incorporar un Programa de Alerta frente a precipitaciones y

crecidas, que permita la aplicación de Planes de Contingencia ante la ocurrencia de

lluvias que provoquen crecidas en forma torrencial, que puedan afectar el desarrollo de

la Etapa Constructiva de las Obras. A tal fin deberá prever la adopción de un sistema

de alerta temprana, que evite riesgos sobre la vida humana, bienes y daños a las

obras.

Conjuntamente con este Programa de Alerta, deberá incorporar medidas de prevención

y actuación frente a situaciones de este tipo, dentro del Programa de Contingencias.

El Contratista deberá cumplir con el compromiso asumido en la oferta y actuar en

consecuencia bajo su entera responsabilidad.

USO DE EXPLOSIVOS

a) El uso de los materiales explosivos se restringirá únicamente a las labores propias

de la construcción que así lo requiera. Su custodia estará a cargo de un operario

calificado, bajo la supervisión del Ingeniero Jefe de Obra de la Contratista y el Inspector

de la Obra. Contará con la vigilancia de las Fuerzas Armadas, especialmente en áreas

con problemas de orden público. Su ubicación tendrá en cuenta las normas de

seguridad que permitan garantizar que no se pongan en peligro las vidas humanas y el

medio ambiente, así como infraestructura, equipamiento y vivienda existentes, por

riesgo de accidentes.

b) Se procurará almacenar el mínimo posible de explosivo que permita realizar

razonablemente las obras de construcción, según el cronograma establecido para su

uso.

c) El uso de explosivos debe ser realizado por un experto, con el fin de evitar los

excesos, que pueden desestabilizar los taludes, causando problemas en un futuro.

d) En áreas sensibles, Protegidas, con Declaración Patrimonial o lindantes a ellas se

deberá contar con la aprobación de la autoridad provincial pertinente

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

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ATENUACIÓN DE LAS AFECTACIONES A LOS SERVICIOS PÚBLICOS E

INFRAESTRUCTURA SOCIALES DURANTE LA OBRA

El Contratista deberá incluir los lineamientos de un Programa de Atenuación de las

afectaciones a los Servicios Públicos e infraestructura social afectada durante la

construcción de las Obras, incluyendo aquella resultante del desplazamiento o

transporte de maquinarias y equipos afectados a la construcción, incorporando los

costos de las afectaciones dentro del precio total de la obra.

El Contratista deberá identificar toda Obra de Infraestructura y de Servicios Públicos,

factible de ser afectada, comprendiendo las tareas necesarias para la construcción de

las obras y las actividades de transporte de insumos o de movimiento de equipos y

maquinarias que pudieran generar el deterioro de la infraestructura o limitaciones en la

prestación de los servicios.

El Contratista deberá mantener permanentemente en servicio toda la infraestructura

afectada por las obras y actividades conexas con la construcción, comprendiendo

aquella emplazada sobre el espacio aéreo, sobre la superficie o soterrada. En particular

deberá mantener en servicio las líneas de transmisión y de distribución de energía

eléctrica, de telecomunicaciones y televisión, los caminos, puentes y alcantarillas, los

sistemas de evacuación de excedentes hídricos y efluentes industriales y municipales,

los ductos aéreos y soterrados, los sistemas de canales, etc. y restituir todo sistema de

señalización de riesgos y de información existente en el área afectada por la obra.

El Contratista deberá efectuar los trámites para lograr la autorización por parte de los

propietarios o responsables de los servicios e infraestructura que serán afectadas y/o,

de la autoridad de aplicación, y asumir los gastos, por pérdidas en la prestación de los

servicios y por restitución de la infraestructura afectada. Asimismo, deberá coordinar

con los organismos

públicos o privados prestatarios de los servicios o responsables de la infraestructura y

con las autoridades de control pertinentes, las medidas y acciones a encarar, para

mantener el servicio y restaurar las afectaciones, efectuando los trabajos a entera

satisfacción de los mismos.

Para el caso de los caminos de uso público, El Contratista deberá coordinar el

desarrollo de las obras, evitando interrumpir la circulación pública, ya sea de vehículos

o de personas. De resultar necesario cortar, cerrar u obstruir vías de comunicación de

uso público, deberá establecer y hacerse cargo de los costos y responsabilidades de

mantenimiento de

los medios alternativos de paso para evitar inconvenientes en la circulación del tránsito.

Los medios alternativos de tránsito deberán cumplir con condiciones para el tránsito,

similares a las existentes en la vía de comunicación afectada, aún frente a situaciones

de circulación intensiva, de cargas pesadas o voluminosas o de condiciones

meteorológicas adversas.

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

146

El Contratista será el directo y único responsable de la correcta protección y

señalización en las zonas de afectación de la infraestructura, debiendo colocar vallados

efectivos y señalizaciones de precaución, que funcionen correctamente frente a

cualquier situación meteorológica, de día y de noche, debiendo mantener

permanentemente el sistema en correcto estado de funcionamiento.

Ante la posibilidad de provocar daños o inconvenientes a la infraestructura y servicios

públicos, prestado por el estado o privados, se deberán suspender los trabajos o

actividades hasta haber tomado los recaudos necesarios para su protección y obtenido

la autorización aplicable en cada caso.

El Contratista será el único responsable por los accidentes, daños y limitaciones o

inconvenientes que se produzcan por afectaciones en los servicios e infraestructura,

durante el desarrollo de la obra, debiendo asumir a su exclusivo cargo la solución

inmediata del problema.

COMUNIDADES CERCANAS

a) El personal de obra no podrá posesionarse de terrenos aledaños a las áreas de

trabajo.

b) Prohibir al personal en general el consumo de bebidas alcohólicas.

c) La construcción de cualquier obra tanto en áreas de reservas indígenas u otras

comunidades, deberá ser autorizada por la autoridad competente.

SUSPENSIÓN TEMPORAL POR PERÍODOS PROLONGADOS

En los casos de regiones con una estacionalidad marcada, alteraciones climáticas

graves o suspensión por otros motivos, que no permita la prosecución de las obras, se

deberá asegurar que las mismas permitan el escurrimiento del agua de las

precipitaciones provocando la mínima erosión posible y tomando los recaudos con

respecto a la seguridad de hombres, animales y bienes.

DESOCUPACIÓN DEL SITIO – FASE DE ABANDONO

El Contratista deberá incorporar , un Programa de Retiro de la Contratista al Finalizar la

Construcción de la Obra, comprendiendo el levantamiento de obradores y, de existir, de

los campamentos y comedores, la adecuación del paisaje en la zona de obra, el

saneamiento y/o remediación de las áreas contaminadas por actividades de las obras,

la

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

147

disposición final de residuos, el traslado de los materiales reciclables, las maquinarias y

equipamientos utilizados en la construcción, la restauración de los accesos transitorios,

las restauración de los sitios afectados por socavación, perforaciones, etc. señalando

los servicios y las prestaciones a desarrollar, bajo su directa responsabilidad,

incorporando los costos del Programa dentro del Costo del Contrato. El Programa

deberá cumplir con las obligaciones emergentes de la Legislación vigente.

El Contratista deberá cumplir con lo establecido en la Oferta.

Solo podrán permanecer los elementos que signifiquen una mejora, o tengan un uso

posterior claro, determinado y beneficioso para la comunidad. Se deberá contar con la

solicitud expresa del Propietario del terreno particular donde se instalarán las mejoras y

la autorización fehaciente de la Inspección

MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO

El costo que demande el cumplimiento de la presente especificación se deberá incluir

en el ítem “Plan de Manejo Ambiental y Social”, considerado, incluidas en el precio del

ítem todas las tareas, materiales, mano de obra, movilidades, alquiler de equipos, etc.

para dar cumplimiento a todo aspecto señalado en la presente especificación.

Los Informes Ambientales y Sociales mensuales de la CONTRATISTA deben

acompañar cada certificado de Obra y será Condición para el PAGO.

Se deja expresa constancia que toda disposición contenida en la presente

documentación que se oponga a lo antes expresado queda anulada.

PENALIDADES

En el caso que El Contratista no cumpla con alguna de las condiciones establecidas en

estas Especificaciones será advertido la primera vez mediante Orden de Servicio por la

Inspección, la que dará un plazo para su corrección. Si el contratista no cumple con lo

solicitado en la advertencia dentro del plazo establecido en la notificación de la

Inspección se aplicará la multa correspondiente a incumplimiento de Ordenes de

Servicio.

No se realizará la Recepción provisional de la Obra hasta tanto no se hayan ejecutado

a satisfacción de la Inspección, los trabajos de limpieza, revegetación y restauración de

las zonas de préstamo y conforme a lo indicado en esta Especificación.

7. PLAN DE GESTIÓN AMBIENTAL Y SOCIAL – PGAS.

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CONSIDERACIONES GENERALES

El Plan de Gestión Ambiental PGAS, será base para la formulación por la contratista

del PMAS que se deberá estructurar como una instancia ejecutiva que sintetice y

articule los objetivos y resultados de los programas y determine las estrategias a

implementar para impulsar una efectiva acción dirigida a la protección del medio, su

monitoreo, control y vigilancia.

La información producida, deberá estar a disposición de los actores y sectores

involucrados e interesados, particularmente la población involucrada a fin de establecer

las bases de una correcta y eficiente coordinación tanto en las acciones de prevención,

como en las control y vigilancia relativas al cumplimiento de la normativa vigente en la

materia.

Antes de comenzar, es conveniente aclaran algunos términos que se presentarán en

este PGAS.:

Mitigar, alude a las acciones tendientes a reducir el daño que el impacto ambiental

negativo ha producido.

Remediar: hace referencia a las medidas o acciones tendientes a recuperar el estado

inicial del medio que ha sido impactado negativamente.

Compensar, en cambio, hace referencia a acciones que se producirán como

compensación por un daño que es irreversible pero que puede ser en parte

compensado con otra acción en el mismo sitio del emprendimiento o en otro.

En este documento se incorporan los aspectos particulares del PGAS., considerados

como obligaciones básicas a cumplir por el titular de “La Contratista” a cargo de la

construcción, durante los distintos plazos para cada una de las etapas fijadas en los

pliegos licitatorios. Por lo cual queda expresamente aclarado, que las Empresas

Contratistas tendrán a su cargo el cumplimiento de lo especificado en el presente

PGAS para el desarrollo del PMAS que será documentación de cumplimiento efectivo,

durante el plazo de obra y hasta la recepción definitiva de la misma, incluyendo la

etapa de operación y mantenimiento a cargo de la misma, quedando luego como

responsable de la continuación del mencionado PMAS., el operador

OBJETO Y ALCANCE

El Plan de Gestión Ambiental y Social establecerá las directrices para el desarrollo del

Plan de Manejo ambiental y social, por LA CONTRATISTA.

El plan de manejo ambiental y social instrumentara las estrategias, criterios y

procedimientos necesarios para asegurar la sustentabilidad del Proyecto, la protección

y seguridad ambiental de las poblaciones involucradas y del ambiente intervenido,

durante la Etapa de Proconstrucción, construcción y operación de las obras relativas a

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

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la OBRA: “REHABILITACIÓN LINEA “C” DEL FERROCARRIL BELGRANO EN LA

PROVINCIA DE JUJUY – TRAMO VOLCAN-TILCARA”.

El PGAS. Tiene como objetivo introducir los lineamientos para:

• Establecer las obligaciones a cumplir (por parte del Contratista) y la inspección

permanente (por parte del COMITENTE) de todos los aspectos contemplados en el

presente PGAS.

• Ajustar la vigilancia preventiva sobre aquellos procesos detectados como potenciales

generadores de impactos.

• Brindar los lineamientos generales para la implementación de medidas estructurales y

no estructurales por parte del Contratista.

El PGAS, enuncia los criterios y programas previstos que se constituyen, en Normas y

Especificaciones Técnicas Generales y Particulares para la implementación, eficiente y

eficaz, de los procedimientos necesarios para garantizar los objetivos ambientales

previstos, observando el cumplimiento de todas las regulaciones y requerimientos

vigentes en el marco legal establecido.

El Plan de Gestión Ambiental y Social y las consecuentes Especificaciones Técnicas

Generales y Particulares pasarán, en las Etapas mencionadas, a constituir parte del

Pliego de Licitación y serán de cumplimiento obligatorio para el Contratista y los

Subcontratistas que intervendrán en la construcción de las obras antes mencionadas.

El PGAS, será base para la elaboración del PMAS., a ser presentado por la Contratista

a la Inspección de Obra, conjuntamente al Proyecto ejecutivo, a fin de ser evaluado y

elevado a las Autoridades y organismos correspondientes.

MARCO INSTITUCIONAL

El Organismo Responsable del Proyecto como licitación de OBRA es el COMITENTE,

EARPU, Ente Autárquico Regulador De Planificación Urbana.

La Secretaría de Gestión Ambiental de la Provincia (SEGAP), será la autoridad de

aplicación de la Ley de Medio Ambiente en el ámbito de la jurisdicción provincial.

La Secretaría de Gestión Ambiental, será función de aquélla, en los términos de la

presente Ley, ejecutar la política provincial de protección, preservación, conservación,

defensa y mejoramiento del medio ambiente.

En particular, la Secretaría deberá:

a. Coordinar las funciones de protección ambiental que ejercen los distintos organismos

provinciales;

ÁREA DE APLICACIÓN DEL PGAS

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

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El Plan de Gestión Ambiental y Social se enuncia para las obra:

“REHABILITACIÓN LINEA “C” DEL FERROCARRIL BELGRANO EN LA PROVINCIA

DE JUJUY – TRAMO VOLCAN-TILCARA”. en sus Etapas Pre constructiva,

Constructiva y de operación. Será de aplicación obligatoria, en los Frentes de Obra y

en el Área de influencia de las mismas.

CONDICIONANTES DEL PLAN DE GESTIÓN AMBIENTAL

El Plan de Gestión Ambiental debe:

- Incorporar la consideración ambiental como elemento de decisión permanente.

- Asegurar el cumplimiento de las normas vigentes en materia ambiental, territorial,

de seguridad, higiene y salud ocupacional.

- Garantizar que las obras del Proyecto Tren Jujuy , Etapa Volcán / Tilcara, se

desarrollen considerando el ambiente natural y antrópico de su área , asegurando el

usufructo de las obras e instalaciones y posibilitando el cumplimiento de los objetivos

propuestos.

- Materializar, monitorear y controlar la ejecución de las acciones de prevención y

mitigación identificadas y toda otra que surja como necesaria, durante las distintas etapas

de su desarrollo.

- Asegurar una relación fluida entre los responsables de la construcción de las

obras y las autoridades competentes, en los diferentes niveles jurisdiccionales.

- Materializar adecuados mecanismos de información a la comunidad así como la

participación organizada de la misma en aspectos de interés para el proyecto.

MARCO LEGAL GENERAL

Las Normativas y Reglamentaciones (Leyes, Decretos, Resoluciones y Disposiciones

Nacionales, Provinciales y Municipales, etc.), deben ser consideradas como referencia

y al simple título de informativas. En consecuencia, el Contratista tendrá la obligación

de respetar la totalidad del ordenamiento jurídico, sin que ello de motivo a la solicitud

de pagos adicionales ni de ampliación de los plazos de entrega, ni responsabilidad

alguna del COMITENTE.

El Contratista deberá cumplir además de las condiciones establecidas en el pliego, con

la legislación nacional, provincial, y/o municipal, que correspondan a aspectos socio

ambientales que puedan sean afectados por las obras.

REQUERIMIENTOS GENERALES

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

151

Desde el inicio del contrato hasta la recepción final de la obra. El contratista deberá

contar, dentro de su personal, con profesionales habilitados para el ejercicio de las

actividades y funciones bajo su responsabilidad. Acorde a ETAS

MECANISMOS DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRA. AUTORIDAD DE

APLICACIÓN. INSPECCIÓN Y SUPERVISIÓN AMBIENTAL.

• La responsabilidad de verificar y auditar el cumplimiento de las medidas

Ambientales y Sociales del Proyecto será la Inspección Ambiental y Social (IAS). Esta

será designa por el COMITENTE. Podrán actuar como Inspección Ambiental y Social,

Profesionales o Firmas Consultoras Ambientales debidamente Habilitadas por la

provincia de Jujuy por la Secretaria de Calidad Ambiental.

• La Inspección Ambiental y Social del COMITENTE, actuará como interlocutor en

todos los aspectos ambientales entre el Contratista, las Autoridades Competentes, las

comunidades locales para el Proyecto.

• El cumplimiento de las medidas Ambientales y Sociales del Proyecto, será

condición necesaria para la certificación mensual de la obra. La IAS del COMITENTE

verificará su cumplimiento y la entrega por parte del Contratista de los informes

mensuales y final correspondientes.

• Durante la ejecución de la Obra, la IAS tendrá libre acceso a todos los sectores de

obra, a campamentos, obradores, gabinetes o laboratorios del Contratista, estando

facultada para verificar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato y

para efectuar observaciones por escrito que serán comunicadas a la Contratista a

través de la Inspección de Obra mediante órdenes de servicio.

• El Contratista está obligado a considerar las observaciones de la IAS y a

desarrollar las acciones requeridas, sin que ello de motivo a la solicitud de reclamos o a

la ampliación de los plazos de obra.

LAS FUNCIONES Y ACTIVIDADES DE LA INSPECCION AMBIENTAL Y SOCIAL

(IAS) SERÁN:

• Asesorar a la Inspección de la Obra en todo lo relacionado a la temática Ambiental

y Social, prevista en el Proyecto

• Conformar, en su caso, las modificaciones a las medidas de los Planes

Ambientales y Sociales que surjan durante el desarrollo de la obra.

• Auditar el cumplimiento del respectivo contrato por parte del Contratista en lo

referido a la implementación de las medidas ambientales y sociales durante la

ejecución y cierre de las obras.

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

152

• Informar a la Inspección de obras acerca de los eventuales incumplimientos en la

aplicación de estas medidas ambientales y sociales, intimando a proceder a

subsanarlas y/o labrar las actas de constatación correspondientes.

• Aconsejar la suspensión inmediata de la ejecución de las obras si se constataran

incumplimientos que así lo requieran.

• Informar a la respectiva Inspección de las Obras para la emisión de las Órdenes

de Servicio relacionadas con las presentes medidas ambientales y sociales

• suministrar al Contratista toda información que le sea requerida o se considere

conveniente para una mejor ejecución de las obras en todo lo atinente a las medidas

ambientales y evacuar consultas que realice el Contratista sobre cualquier aspecto de

la obra relacionado a temas vinculados al medio ambiente para lo cual podrá actuar por

medio de sus integrantes o convocar a expertos o consultores externos.

• Informes de inspección ambiental y Social. La IAS, con base a los informes

presentados por el Contratista y las auditorías realizadas, preparará en forma mensual

un Informe Ambiental y Social de Seguimiento (IAS) con los resultados sobre el avance

de la implementación. Este informe se presentará una vez al mes desde la firma del

Acta de Inicio de Obra y hasta el otorgamiento del Acta de Finalización de los Trabajos,

en coincidencia con el plazo previsto para la presentación de cada Certificado de Obra.

Incluirá una reseña de la implementación de los Planes y Programas del PGAS acorde

a PMAS presentada por contratista, incluyendo fotografías significativas, presupuesto

ambiental ejecutado y un análisis evaluatorio.

• En conjunto con el Inspector de Obra deberá rubricar los Informes Ambientales de

Seguimiento (IAS) de los trabajos ejecutados con cada Certificado de Obra.

PERMISOS AMBIENTALES

El CONTRATISTA obtendrá los permisos ambientales y los permisos de utilización

aprovechamiento o afectación de recursos correspondientes. Está facultado para

contactar a las autoridades ambientales para obtener los permisos ambientales, o en el

evento de ser necesaria una modificación a cualquiera de los permisos o

autorizaciones requeridos para la ejecución del proyecto.

El CONTRATISTA deberá presentar a la INSPECCIÓN un programa detallado y un

Plan de Manejo de todos los permisos y licencias requeridos para la obra que se

requieran para ejecutar el trabajo. Los costos de todas las acciones, permisos,

explotaciones y declaraciones deberán ser incluidos dentro de los costos del

CONTRATISTA.

El CONTRATISTA debe acatar todas las estipulaciones y debe cumplir con todos los

requisitos para cada permiso procesado, sujetando la ejecución de las obras a las

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

153

resoluciones y dictámenes que emitan las autoridades provinciales y/o municipales

competentes.

La contratista presentara un Anexo Marco Legal, donde se presentan las Tablas

relativas a los permisos requeridos, sin perjuicio de lo expresado. Los permisos que

debe obtener El CONTRATISTA incluyen (pero no estarán limitados a los permisos

operacionales tales como:

El Contratista está facultado para contactar a las autoridades ambientales con el objeto

de obtener los permisos ambientales, o en el evento de ser necesaria una modificación

a cualquiera de los permisos o autorizaciones requeridos para la ejecución del

proyecto.

El Contratista deberá presentar a la COMITENTE, un programa detallado y un plan de

gestión de todos los permisos y licencias que se requieran para ejecutar el trabajo. Los

costos de todas las acciones, permisos, explotaciones y declaraciones deberán ser

incluidas dentro del pago para ejecución del ítem “Plan de Manejo Ambiental y Social”.

los permisos ambientales y permisos de uso que deberán ser gestionados por el

contratista antes del inicio de la obra, incluyen los siguientes, acorde tipología de obra,

infraestructura para el transporte y normativa nacional, provincial y municipal

- certificado de calidad ambiental o declaración de impacto ambiental de las canteras

(marco jurídico ambiental para la actividad minera).

- permisos de liberación de traza (ley nacional nº 21.499 y nº 21.626).

- permisos de captación de agua superficial o subterránea

- utilización y explotación de recursos hídricos

- disposición de materiales de desbosque y de excavaciones

- localización de obrador y campamentos (cuando se prevea su emplazamiento en

áreas cercanas a zonas urbanizadas).

- permiso de disposición de residuos sólidos urbanos

- permiso de vertimiento de efluentes líquidos.

- inscripción como generador de residuos peligrosos (según requerimientos de

legislación nacional y provincial).

- permiso para la gestión de todos los residuos generados, de cualquier naturaleza y

en cualquier estado de agregación, de acuerdo a la normativa vigente en la materia.

- habilitación de depósitos de combustible por parte de la autoridad competente.

- permisos de transporte: incluyendo el transporte de materiales peligrosos

(combustibles, explosivos) y de residuos peligrosos (aceites usados entre otros).

- factibilidad de conexiones a las redes existentes de agua, cloacas, gas natural, y

electricidad, cuando correspondiere.

- transporte, vuelco y disposición final de efluentes líquidos

- habilitación y permisos de los vehículos que transportan materiales para la obra o

sustancias químicas o peligrosas.

- Habilitación de tanques de combustibles por la Secretaria de Energía de la Nación.

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

154

- continuación de la construcción después de hallazgos relacionados con el patrimonio

cultural, incluidos yacimientos arqueológicos y paleontológicos.

- permisos para cierre temporal de pasos a nivel para reparación ó reconstrucción.

- permisos para reconstrucción de vías de acceso a los pasos a nivel construidos.

- permisos por reparación de vías por cierre temporal de accesos a propiedades

privadas o construcción de vías de acceso

- permiso para la explotación de yacimientos, canteras

- extracción de especies forestales.

- permiso para poda, raleo y escamonda.

- manejo de áreas y de especies naturales protegidas.

- conformidades de autoridades

- seguro obligatorio de caución por daño ambiental de incidencia colectiva.

El Contratista debe cumplir con todos los requisitos inherentes a cada permiso

tramitado, sujeto a todas las resoluciones y dictámenes que emitan las autoridades

provinciales y/o municipales competentes. Los permisos deben ser obtenidos y

presentados a la COMITENTE dentro de los plazos estipulados en las especificaciones

técnicas particulares, según corresponda.

SEGUIMIENTO DEL PMAS

Con el objeto de detectar y corregir oportunamente las posibles fallas de manejo, el

CONTRATISTA debe implementar los mecanismos y acciones que permitan un

adecuado seguimiento del PMAS.

Las actividades a desarrollar son:

Monitoreo / Inspecciones / Informes

El monitoreo es el conjunto de actividades que permiten calificar las modificaciones

de parámetros ambientales. El CONTRATISTA debe cumplir con el Programa de

Vigilancia, Monitoreo y Control previsto, garantizando la buena operación de sus

tecnologías de construcción, el control de la erosión de suelos, el tratamiento de aguas

para consumo humano y vertidos de aguas producidas en sus operaciones, entre otros

aspectos.

Las inspecciones tendrán por objetivo verificar el grado de cumplimiento del PMAS. La

Inspección deberá elaborar una lista de chequeo para su realización, la cual presentará

al Comitente.

Los informes se elevarán mensualmente a la Inspección conteniendo el avance y

estado de cumplimiento del PMAS, en etapa de obra. incluirá un resumen de los

incidentes y accidentes ambientales, con Anexos que ilustren los problemas

presentados y las medidas propuestas y/o tomadas al respecto.

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

155

Para la etapa de construcción de la obra, las tareas de fiscalización y control se

ajustaran según el desarrollo y requerimiento de los trabajos en ejecución. En general y

dado que los programas de ejecución de obra demandan una continuidad de las tareas,

los monitoreos ambientales se realizarán de manera permanente.

DESCRIPCION DE LOS PROGRAMAS DEL PGAS

El PGAS establecerá las normas a seguir para evitar, mitigar o compensar, dentro de lo

posible, los eventuales impactos ambientales negativos producidos por la ejecución de

las distintas tareas necesarias para la Pre construcción, construcción y operación, las

que reconocen como ejes sustantivos para su desarrollo a:

Las etapas del Proyecto

Los componentes ambientales (naturales, bióticos y socioeconómicos) intervenidos

Las actividades y acciones del Proyecto

Los efectos/impactos identificados para la etapa de Anteproyecto.

Los procedimientos de mitigación, prevención y/o corrección.

La implementación del PGAS, se efectuará a partir del desarrollo y aplicación de una

estrategia centrada en programas, con sus correspondientes objetivos, metas y

actividades.

Los Programas previstos serían:

ETAPA PRE – CONSTRUCTIVA

P

1

Programa de Difusión del Anteproyecto e información a la comunidad

(asociado a etapa de Relevamiento in situ, topografía

P

2

Programa de Difusión del Proyecto e Información a la Comunidad

(postlicitatorio) – Proyecto Ejecutivo Cuadros de Estación

ETAPA CONSTRUCTIVA

P3 Programa de Capacitación al Inicio de la Construcción

P4 Programa de Gestión Ambiental y social de la Obra y Control de la

Contaminación Ambiental

P4S1 Subprograma de Manejo de Fauna, Vegetación y Arbolado

P4S2 Subprograma Manejo Integral y control de plagas y vectores

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

156

P4S3 Subprograma de Gestión del Movimiento de Suelos

P4S4 Subprograma de Protección de los Recursos Hídricos y Drenaje

P4S5 Subprograma de Manejo de Canteras

P4S6 Subprograma de Gestión de Residuos

P4S7 Subprograma de Derrame de Hidrocarburos

P4S8 Subprograma de Manejo y Transporte de Materiales

Contaminantes y Peligrosos

P4S9 Subprograma de Gestión Ambiental y social del Obrador y

Planta de Acopio

P4S10 Subprograma Maquinaria y Equipos

P4S11 Subprograma Planta de clasificación de Áridos y de Hormigón

P4S12 Subprograma drenajes, desagües y anegamientos en zona de

obra

P4S13 Subprograma de Manejo de las Interferencias

P4S14 Subprograma de Suspensión Temporal por Períodos

Prolongados

P4S15 Subprograma de Transporte durante la Construcción

P4S16 Subprograma de Desmovilización y Restauración. Cierre de

Obrador y Plantas

P5 Programa de Equidad de Género y Código de Conducta del

Personal

P6 Programa de Salud y Seguridad en el Trabajo

P7 Programa de Contingencias

P7S1 Subprograma de respuesta ante la ocurrencia de desastres

naturales

P8 Programa de Seguridad Vial, Ordenamiento de Tránsito y

Señalización

P9 Programa de Comunicación y relaciones comunitarias

P10 Programa de Gestión de Quejas y Reclamos

P11 Programa para Minimizar Afectaciones a actividades económicas

P12 Programa de forestación compensatoria

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

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P13 Programa de Protección del Patrimonio Cultural y Arqueológico

P14 Programa de Vigilancia y Monitoreo

P15 Programa de Supervisión del Cumplimiento de las Medidas de

Mitigación

P16 Programa de seguimiento y control ambiental y social

P17 Programa de desocupación de sitios, fase de cierre

Quedará a cargo de la Contratista en función del Plan de Gestión Ambiental y Social,

la Elaboración del Plan de Manejo Ambiental y Social, para ser aprobado por el Área

Socio Ambiental del COMITENTE

Quedará a cargo del Responsable Ambiental y Social de la Contratista, informar y

capacitar al personal involucrado en la obra, y a subcontratistas y proveedores

cuando correspondiera, sobre las medidas de mitigación y los criterios de gestión

ambiental y social, mediante reuniones previas al inicio de la obra y durante la etapa de

construcción a través de las correspondientes actividades.

PLAN DE GESTIÓN AMBIENTAL Y SOCIAL

ETAPA PRECONSTRUCTIVA

Para la etapa preconstructiva se desarrollan dos Programas específicos en el que se

consideran los aspectos referidos a la comunicación social, tanto del Anteproyecto

como del Proyecto Ejecutivo, a fin de garantizar los canales de información

correspondientes para la población local y usuarios (fundamentalmente aquellos

dentro del área de influencia de la Obra).

El primer programa incluye la difusión por parte del COMITENTE, de las

características Proyecto Ejecutivo desarrollado, que será puesto a consideración de

la comunidad y tendrá una instancia validación, si así se dispusiese. Durante este

proceso pueden surgir modificaciones que incorporadas a la obra transformarán el

Proyecto Ejecutivo que contará así con el aval social. Se salvaran las inquietudes que

los pobladores expresen para el desarrollo definitivo de las obras.

P1 Programa de Difusión del Anteproyecto e información a la comunidad (asociado a

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

158

etapa de Relevamiento in situ, topografía

Área de

Aplicación Área x

De influencia

directa x De influencia indirecta x

Responsabl

es

Implementación

del Programa

Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico

Empresa Contratista

Supervisión del

Programa

Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra

COMITENTE –

Objetivo Identificar, relevar, organizar e implementar las tareas que conformaran el legajo

técnico del proyecto ejecutivo, en función del anteproyecto ejecutado por DEL

COMITENTE, Recopilación de aspectos técnicos topográficos a lo largo de la traza

de via ferroviaria. Se determinarán las medidas y pautas dirigidas a promover y

facilitar la comunicación con las autoridades y la población local, con relación a la

correspondiente al Proyecto Ejecutivo Tren Jujuy , Etapa Volcán Tilcara, situación

y diseño de traza ferroviaria y medidas en fase de acuerdo para minimizar

impactos.

Se abordarán las características generales del Proyecto Ejecutivo Final, a finque

se establezcan pautas de diseños que operativamente minimicen el impacto a la

población en el área y de influencia directa de la obra vial, lo cual incluye tanto

evitar o mitigar los impactos negativos de las acciones como reducir la exposición

de los mismos a la población.

Característic

as y

Contenidos

- Se establecerá un procedimiento de comunicación formal y documentado,

que facilite la comunicación con vecinos e interesados relacionados con el desarrollo

de la obra.

- Las modalidades de presentación y acceso de la información facilitarán el

acceso igualitario a todos los sectores sociales interesados.

- Se elaborará y difundirán los resultados del EIAyS ampliado y se

implementarán los procedimientos habituales para facilitar la comunicación con los

pobladores locales.

- Se realizará una espacio comunitario de comunicación, que constituye una

instancia en la cual se habilita la participación ciudadana, como insumo para el

proceso de toma de decisiones, a través de un espacio institucional en el que todos

aquellos interesados que puedan sentirse afectados por el proyecto, manifiesten su

incertidumbre, duda, opinión, propuesta, conocimiento o experiencia y presenten su

perspectiva individual, grupal o colectiva.

- En esta instancia se acordará con la inspección COMITENTE las

modalidades, alcances y formas de contenidos de la información a difundir, y la

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

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relación con vecinos e interesados.

Medidas de

mitigación

relacionadas

(Detalladas

en el EIA

MM – 6. Medidas de mitigación en relación con la calidad de vida de la

población

MM – 7. Medidas de mitigación en relación con la infraestructura de servicios y

equipamiento

MM – 8. Medidas de mitigación en relación con las actividades productivas y

económicas

MM – 9. Medidas de mitigación en relación con las actividades, usos del suelo y

aspectos socioculturales

MM – 10. Medidas de mitigación en relación con el Turismo y esparcimiento

MM – 11. Medidas de mitigación en relación con el tránsito y transporte

Indicadores

de éxito

- Vecinos e interesados son adecuadamente informados sobre el proyecto, el

EIAS ampliado y sus principales impactos positivos y negativos.

- Documentación gráfica y escrita soporte de las actividades de obra

- Ausencia de reclamos por parte de los usuarios y pobladores locales que no

hayan sido atendidos y/o resueltos.

- Participación de los actores sociales representativos en la Consulta Pública.

- Ver indicadores de éxito de las MM – 6, MM – 8, MM – 9 y MM10

Supervisión

Externa

Área socio ambiental COMITENTE

Costo

estimado

A ser indicado por el

contratista en su Efectividad esperada Alta

Observacion

es

P2 Programa de Difusión del Proyecto e Información a la Comunidad (postlicitatorio) –

Proyecto Ejecutivo

Área de

Aplicación Área x

De influencia

directa x

De influencia

indirecta x

Responsables Implementación

del Programa

Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico

Empresa Contratista

Supervisión del Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

160

Programa COMITENTE

Objetivo Identificar, organizar e implementar las medidas preventivas y correctivas,

dirigidas a promover y facilitar la comunicación con las autoridades y la

población local, sobre las características del Proyecto Definitivo, de su

cronograma de Obra, los impactos ambientales y sociales más probables, los

impactos residuales y las medidas de mitigación adoptadas por el Contratista a

fin de prevenir los riesgos ambientales para la población en el área y de

influencia directa de la obra vial, lo cual incluye tanto evitar o mitigar los

impactos negativos de las acciones como reducir la exposición de los mismos

a la población.

Este Programa se aplicará previo a la ejecución de las acciones de obra,

durante toda la duración de la misma

Características

y Contenidos

* Se establecerá un procedimiento de comunicación formal y documentado,

que facilite la comunicación con los usuarios de la vía y frentistas, para

recolectar opiniones, sugerencias o reclamos relacionados con el desarrollo de

la obra.

* La manera en que se realizará la difusión y comunicación a la comunidad se

ajustará a lo establecido por la normativa Nacional, provincial

* La Contratista deberá desarrollar un Plan de Comunicación a la Comunidad

que incluye a frentistas y usuarios.

* Se comunicará a las autoridades, vecinos, empresas u organismos que

posean instalaciones o desarrollen actividades próximas a la obra, con

suficiente anticipación a las acciones a ejecutar en los períodos subsiguientes.

* Se deberá informar a la comunidad a través de los canales adecuados

sobre: el proyecto ejecutivo, el cronograma de obras y responsables, la

evaluación final de impactos y medidas de manejo ambiental y social a

implementar, el procedimiento de atención de quejas y reclamos, etc.

* Se pondrá a disposición de la población del área de influencia un libro de

quejas (cuya localización deberá ser comunicada), así como también un

número de telefónico de contacto operativo las 24 horas (puede trabajarse con

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

161

un celular con Whatsapp, una dirección de email y agregar una inter fase web

mediante la cual la sociedad pueda hacer llegar sus reclamos, quejas y

sugerencias.

Medidas de

mitigación

relacionadas

(Detalladas en

el EIA

Medio Socio Económico

MM – 6. Medidas de mitigación en relación con la calidad de vida de la

población

MM – 7. Medidas de mitigación en relación con la infraestructura de servicios y

equipamiento

MM – 8. Medidas de mitigación en relación con las actividades productivas y

económicas

MM – 9. Medidas de mitigación en relación con las actividades, usos del suelo

y aspectos socioculturales

MM – 10. Medidas de mitigación en relación con el tránsito y transporte

Indicadores de

éxito

* Vecinos e interesados adecuadamente informados sobre el proyecto, el EIAS

ampliado y sus principales impactos positivos y negativos.

* Ausencia de reclamos que no hayan sido atendidos y/o resueltos en el

periodo previo a la licitación / en el periodo constructivo de la obra

* Participación de los actores sociales principales en la reuniones comunitarias

y acciones comunitarias que se ejecuten

* Ver indicadores de éxito de las MM – 6, MM – 8, MM – 9 y MM10

Supervisión

Externa

Área socio ambiental DEL COMITENTE

Costo estimado A ser indicado por el

contratista en su Efectividad esperada Alta

Observaciones

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

• ETAPA CONSTRUCTIVA

P3 Programa de Capacitación previo al Inicio de la Construcción

Área de

Aplicación Área x De influencia directa x

De influencia

indirecta x

Responsabl

es

Implementación

del Programa

Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico

Empresa Contratista

Supervisión del

Programa

Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra

COMITENTE

Objetivo Identificar, organizar e implementar las medidas preventivas y correctivas,

dirigidas a promover y facilitar la comunicación con los operarios y la población

local, con relación a la correspondiente a los trabajos a ejecutar, responsabilidades,

medidas de higiene y seguridad de obra, impactos ambientales y sociales más

probables, los impactos residuales y las medidas de mitigación recomendadas por

este ETAS a fin de prevenir los riesgos ambientales en el área y de influencia

directa de la obra vial, lo cual incluye tanto evitar o mitigar los impactos negativos

de las acciones como reducir la exposición de los mismos a la población.

Característic

as y

Contenidos

Descripción:

Se realizarán cursos de capacitación para todas las personas que participan directa

o

indirectamente de las tareas de construcción

. El número de cursos será un mínimo de 10 de 2 hs cada uno, donde se expondrán

las siguientes temáticas:

Reglamentaciones legales vigentes.

Higiene y seguridad en el trabajo,

Técnicas de protección y manejo ambiental / PMAS

Aspectos constructivos y estructurales más destacados del proyecto.

Las temáticas presentadas son las mínimas requeridas, permitiendo ampliarse o

modificarse el temario o la carga horaria.

Durante los cursos y en sucesivas inspecciones a las obras se fomentará la actitud

de atención y revisión constante de las tareas de construcción por parte de los

operarios y consulta permanente con los supervisores acerca de situaciones no

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

163

previstas (interferencias con servicios o con cursos de agua, hallazgos

arqueológicos, etc.).

Medidas de

mitigación

relacionadas

(Detalladas

en el EIAyS)

Aumento de accidentes de trabajo durante las obras de construcción.

Impactos múltiples por fallas en la construcción.

Molestias a la población.

Obstrucción del tránsito y transporte público.

Obstrucción del drenaje superficial.

Deterioro de instalaciones y servicios.

Indicadores

de éxito

Asistencia. validación de comprensión a los participantes (inmediato y mediante

auditoria de COMITENTE .

Supervisión

Externa

Área socio ambiental de DEL COMITENTE

Costo

estimado

A ser indicado por el

contratista en su Efectividad esperada Alta

Observacion

es

P

4

Programa de Gestión Ambiental y social de la Obra y Control de la

Contaminación Ambiental

P4 –S1 Subprograma de Manejo de Fauna, Vegetación y Arbolado

Área de

Aplicación

Área X De influencia directa X De

influencia

indirecta

X

Responsables Implementación

del Programa

Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico

Empresa Contratista

Supervisión del

Programa

Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra

COMITENTE –

Objetivo Identificar, organizar e implementar las medidas preventivas y correctivas,

dirigidas a evitar la afectación de la vegetación (y de manera indirecta, la fauna

asociada) en su conjunto, como consecuencia de la ejecución de la obra en

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

164

traza ferroviaria.

Características

y Contenidos

La contratista deberá informar al momento de desarrollo del PMAS., los

ejemplares nativos, autóctonos como exóticos que se localizan en el área de

trabajo, y que deberán ser erradicados para ejecutar la obra, siendo este

relevamiento el insumo para el plan de Forestación Compensatoria a

desarrollar

Queda prohibida la remoción de vegetación por fuera de lo establecido en el

PMAS.

Se deberán adoptar las medidas necesarias a fin de minimizar los daños o

accidentes durante las tareas de remoción de vegetación y durante el retiro de

los troncos y follaje. El personal de obra asignado para dichas tareas deberá

contar con los elementos de seguridad básicos para la realización de dichas

tareas (guantes, protectores auditivos y visuales, sogas para sujeción de

ramas, etc.). Se deberá liberar el perímetro del árbol a extraer (en un radio

igual o mayor a la altura del árbol), antes de iniciar los trabajos de corte o poda.

El traslado de los troncos y follaje fuera de la zona de camino deberá ser

realizado en camiones que cuenten con los insumos básicos para asegurar la

sujeción de la carga transportada en su traslado hacia los sitios de disposición

final. Debe considerase que para el traslado de los mismos se utilizarán los

corredores viales existentes, lo cuales registran altos valores de tránsito, por lo

que la adopción de medidas vinculadas a la seguridad vial, resultan de vital

importancia.

Se prohíbe el acopio de restos de corte en terrenos de terceros sin su

aprobación documentada, en zonas anegables o cercanas a la red de drenaje,

o dentro de masas forestales. No se permitirá el acopio transitorio en el frente

de obra por más de 10 días corridos.

Se prohíbe encender cualquier tipo de fuego o fuente que pueda provocar

incendios que pudieran afectar la vegetación, la fauna urbana y los demás

componentes naturales (esta medida es de aplicación también para la

protección del personal de obra, vecinos, transeúntes, bienes, etc.).

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

165

El Contratista deberá confeccionar y ejecutar el ‘Plan de reforestación y de su

mantenimiento’ para la zona de camino y los sectores complementarios

pertinentes.

Los trabajos de reforestación y parquización de la zona en general se

deberán realizar siguiendo los lineamientos establecidos por la normativa

provincial y PMAS, asesorado por especialistas en cuanto al momento y tipo

de especies y técnicas o requerimientos necesarios según las especies

involucradas.

Queda prohibido el control de la vegetación mediante productos químicos no

autorizados por la autoridad competente.

El corte de vegetación en zonas de trabajo durante el mantenimiento de la

obra, se realizará de forma tal que no se produzcan daños en las zonas

aledañas y a otra vegetación cercana.

En cuanto a la fauna, queda prohibida, por parte de los trabajadores, la

captura o daño de especies de todo tipo y por cualquier medio.

Se prohíbe la tenencia de animales domésticos por parte del personal de

obra. En el caso de su uso para la seguridad, su presencia deberá ser

autorizada por la Inspección de Obra.

Medidas de

mitigación

relacionadas

(Detalladas en

el EIA

Medio Físico Natural

MM – 1. Medidas de mitigación en relación con el aire

MM – 2. Medidas de mitigación en relación con el relieve y suelo

MM – 3. Medidas de mitigación en relación con el agua

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166

MM – 4. Medidas de mitigación en relación con la vegetación y fauna urbana

MM – 5. Medidas de mitigación en relación con el paisaje

Indicadores de

éxito

No existencia de registro de fauna capturada o muerta accidental o

intencionalmente

No tala de árboles fuera del área de intervención del proyecto

No se produjeron incendios

No se acumularon residuos vegetales de corte por más de 10 días corridos.

Desarrollo exitoso de áreas forestadas y mantenimiento del parquizado en

cuadros de Estación.

Ver indicadores de éxito de las MM – 1, MM – 2, MM – 3, MM – 4 y MM – 5

Supervisión

Externa

Área socio ambiental DEL COMITENTE

Costo estimado A ser indicado por el

contratista en su Efectividad esperada Alta

Observaciones

P

4

Programa de Gestión Ambiental y social de la Obra y Control de la

Contaminación Ambiental

P4 –S2 Subprograma Manejo integral y control de plagas y vectores

Área de

Aplicación

Área X De influencia directa X De

influencia

indirecta

X

Responsables Implementación Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico

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167

del Programa Empresa Contratista

Supervisión del

Programa

Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra

COMITENTE –

Objetivo Planificar, organizar, implementar y monitorear actividades para la modificación

y manipulación integral de factores ambientales con miras a prevenir o

minimizar la propagación de plagas y reducir el contacto entre patógenos,

vectores y el ser humano

Características

y Contenidos

Actividades y medidas a implementar:

El manejo integrado de plagas (MIP) es un instrumento, que se basa en la

combinación de prácticas, con el fin de lograr un manejo eficaz y

ambientalmente adecuado de plagas, minimizando el riesgo de desarrollar

plagas resistentes a los plaguicidas y reducir el uso de plaguicidas químicos.

El método consiste en evaluar primero la situación de la plaga, evaluando la

dinámica poblacional de los organismos-plaga y su relación con el medio

ambiente asociado, utilizando técnicas para mantenerlos en niveles inferiores a

aquellos que perjudiquen la salud y al ambiente.

El control integrado de plagas consta de varios componentes:

- Control directo:

• Método Físico: basan su acción en alguna propiedad física que provoque

la muerte, captura o alejamiento de ratas (ultrasonido, trampas de captura viva

o muerta, pegamento).

• Métodos biológicos: es el estudio y la utilización de predadores y

parásitos, en la regulación de la población de una plaga.

• Métodos químicos: utiliza productos se síntesis de diversos orígenes y

aplicación (fumigantes, repelentes, rodenticidas agudos o rodenticidas

anticoagulantes).

- Control indirecto:

- Se basa en el ordenamiento del medio, mediante la planificación,

organización, realización y vigilancia de actividades para la modificación y/o

alteración de factores ambientales o antrópicos.

Para controlar una plaga y definir un plan de control, primero es necesario

identificar las especies presentes.

Contratación de Proveedor

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

168

El contratista deberá asegurar la contratación de un proveedor habilitado por

norma, para la ejecución de las tareas de control de roedores.

El contratista deberá mapear los siguientes aspectos a fin de identificar la

situación de base y la priorización de las intervenciones:

- Estado sanitario general del ambiente;

- Características de las calles (tierra o pavimento);

- Tipo de material y de edificación de las viviendas (bajas o de altura);

- Presencia y tipo de comercios (alimenticios o no alimenticios);

- Evidencias directas o indirectas de actividad de roedores (roedores vivos

o muertos, senderos, excrementos de roedores, madrigueras, etc.);

- Presencia de basurales;

- Presencia de animales de consumo y domésticos

- Vehículos abandonados y depósitos de material en desuso.

La contratista asumirá un rol técnico, informando la estrategia de control de

plagas a medida que avanza el proyecto.

Planificación: En función de los resultados obtenidos en la primera etapa se

definirá un Plan de control de plagas. Se trabajará con la empresa de control

de plagas para acordar el trabajo y calidad de productos necesarios.

Se deberá dar prioridad al uso de métodos de control de plagas naturales y

amigables con el ambiente. En caso de que estos métodos no sean

técnicamente factibles, se podrán utilizar pesticidas para el control de vectores.

El criterio para su selección deberá cumplir con las aprobaciones legales

correspondientes en la normativa local y con la Clasificación de los Plaguicidas

por Riesgo y las Directrices para su Clasificación, elaborado por la

Organización Mundial de la Salud.

En este sentido, se encuentran prohibidos el uso y aplicación de pesticidas y/o

plaguicidas que pertenezcan a las clases IA e IB de la Organización Mundial de

la Salud (OMS) extremada y altamente peligrosos, respectivamente. Para los

casos de formulaciones de productos de la Clase II, de sustancias

moderadamente peligrosas, se deberá evaluar previo a su autorización las

consideraciones legales nacionales sobre restricciones sobre su uso y

distribución, así como realizar un análisis de riesgo de las condiciones de

almacenamiento, manipulación, capacitación del personal que lo aplicará y los

riesgos a la población.

Page 169: II - PLIEGO DE ESPECIFICACIONES PARTICULARES

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

169

Los principios activos deberán cumplir con condiciones de fabricación,

embalaje, etiquetado, manipulación, almacenamiento, aplicación, tratamiento y

disposición final acorde a normas nacionales y las guías internacionales.

El contratista deberá contratar una empresa habilitada para asegurar el control

de plagas y vectores en los obradores.

Se capacitará al personal de la contratista principal y al de las subcontratistas

si las hubiere.

En caso de existir contenedores o lugares donde se acumuló agua, por

ejemplo, luego de lluvias, se debe proceder al vaciado y limpieza de los

mismos refregando con cepillos o esponjas el interior de los mismos a fin de

desprender posibles huevos. En caso de detectar larvas, vaciar

inmediatamente los recipientes y proceder a su limpieza. En caso de ser RSU o

residuos de obra, proceder a la correcta disposición.

Se recomienda un desmalezamiento periódico y cortes de pasto para evitar la

reproducción del mosquito en esos sitios.

Limpiar superficies, que se sospecha haya estado en contacto con roedores,

con lavandina y agua o agua y jabón.

También puede procederse a la colocación de cebos con veneno raticida una

vez realizada la desratización.

La frecuencia de limpieza del lugar debe ser diaria, sobre todo de residuos

orgánicos o residuos que puedan acumular agua, a fin de evitar la proliferación

de mosquitos o la atracción de roedores.

Luego de cada lluvia, es importante detectar posibles lugares de acumulación

de agua a fin de vaciar y proceder a la limpieza de los mismos.

Dejar cualquier tipo de residuos fuera de contendedores designados para tal

fin.

Mantener alimentos o bebidas en lugar destinado a ese fin y lejos del alcance

de roedores

Evitar todo tipo de contacto con roedores. Evitar permanecer en sitios, donde

se detectaron roedores, sin previa ventilación.

Medidas de

mitigación

relacionadas

(Detalladas en

Medio Físico Natural

MM – 5. Medidas de mitigación en relación con el paisaje

Medio Socio Económico

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

170

el EIA MM – 6. Medidas de mitigación en relación con la calidad de vida de la

población

Indicadores de

éxito

No propagación ni existencia de plagas en áreas de obra y

complementarias a la misma

Supervisión

Externa

Área socio ambiental DEL COMITENTE

Costo estimado A ser indicado por el

contratista en su Efectividad esperada Alta

Observaciones

P4 Programa de Gestión Ambiental y social de la Obra y Control de la

Contaminación

Ambiental

P4 S3 SUBPROGRAMA Gestión del Movimiento de Suelos

Área de

Aplicación

Área x De influencia directa x De influencia

indirecta

Responsabl

es

Implementación

del Programa

Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico

Empresa Contratista

Supervisión del

Programa

Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra

COMITENTE –

Objetivo Identificar, organizar e implementar las medidas preventivas y correctivas,

constructivas y no constructivas, dirigidas a evitar riesgos derivados por los

movimientos de suelos.

Característic

as y

Contenidos

El suelo resultante del movimiento de tierras será clasificado para su uso en la

obra o para ser transportado a sitios de disposición autorizados por el organismo

competente y la Inspección de Obra.

Todo material resultante de la excavación deberá ser almacenado y

clasificado, en áreas delimitadas y señalizadas, en forma adecuada para que no

se genere arrastre de materiales como consecuencia de las precipitaciones ni del

viento.

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

171

El suelo remanente, que no se utilice en la obra, deberá ser transportado a sitios o

a rellenos autorizados por el organismo competente y la Inspección de Obra.

En los sitios receptores del suelo sobrante solo podrá depositarse el material

proveniente de excavaciones. Cualquier otro tipo de desecho sólido que no cumpla

con los criterios de calidad ambiental debido a la presencia de sustancias

peligrosas, deberá ser dispuesto a través de la normativa y gestores autorizados.

El acopio transitorio de materiales y los movimientos de suelos no deberán

obstruir el escurrimiento de los excedentes pluviales.

Debe minimizarse la circulación de los camiones que trasladen el material sobrante

a sitios de disposición final en horarios diurnos para no obstaculizar la circulación

en la zona.

Medidas de

mitigación

relacionadas

(Detalladas

en el EIA

Medio Físico Natural

MM – 2. Medidas de mitigación en relación con el relieve y suelo

MM – 5. Medidas de mitigación en relación con el paisaje

Medio Socio Económico

MM – 6. Medidas de mitigación en relación con la calidad de vida de la

población

Indicadores

de éxito

Se lleva un registro del manejo de movimientos de suelo y disposición final de los

mismos.

Se encuentra delimitada el área en la cual se almacena el material de

excavación.

Mínima dispersión de polvo o arrastre por la lluvia de los suelos y

materiales acopiados.

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

172

Ausencia o mínima cantidad de quejas no resueltas de frentistas, vecinos y

automovilistas por la afectación de excesivo polvo en el aire proveniente de los

acopios, movimientos y transporte de suelos.

Ausencia de excesiva acumulación de agua de lluvia durante el

movimiento de suelos como consecuencia de alteración de los patrones de

drenaje habituales.

Mínimas de interferencias al tránsito y circulación vehicular en la zona por la

circulación de transportes con el suelo movilizado.

Ver indicadores de éxito de las MM – 2, MM – 5, MM – 6

Supervisión

Externa

Área socio ambiental DEL COMITENTE

Costo estimado A ser indicado por el

contratista en su Efectividad esperada Alta

Observaciones

P4 Programa de Gestión Ambiental y social de la Obra y Control de la Contaminación

Ambiental

P4 S4 SUBPROGRAMA Protección de los Recursos Hídricos y Drenaje

Área de

Aplicación

Área X De influencia directa X De influencia indirecta

Responsabl

es

Implementación

del Programa

Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico

Empresa Contratista

Supervisión del

Programa

Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra

COMITENTE –

Objetivo Identificar, organizar e implementar las medidas preventivas y correctivas,

constructivas y no constructivas, dirigidas a evitar la afectación de las

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

173

características y funciones de los recursos hídricos superficiales (drenaje

superficial) y subterráneos, como consecuencia del accionar del personal afectado

a la obra, tanto propio como subcontratistas.

Característic

as y

Contenidos

En casos de drenajes, a fin de evitar su interrupción, se verificará el

adecuado funcionamiento de las alcantarillas existentes y propuestas,

verificando la no obturación de las mismas.

Durante los movimientos y acopios de suelos, los drenajes de excedentes hídricos

se conducirán respetando al máximo posible su curso natural y los niveles de

escorrentía del terreno.

La provisión de agua para la obra en cuanto a caudales y períodos deberá ser

acordada de tal manera de no afectar la provisión del servicio a la comunidad local.

En caso de utilizar agua proveniente de canales de riego existentes para los

procesos constructivos, se solicitará autorización previa a la autoridad competente,

indicando claramente los alcances del proyecto y su duración, de tal manera que esta

pueda diseñar y planificar con la debida anticipación el transporte, consumo y

acopio de agua, reduciendo a un mínimo las molestias a otros usuarios.

La preservación de dicha fuente se asegurará en cuanto a calidad y

mantenimiento del recurso, debiendo el personal ajustarse a los regímenes de

extracción determinados por la autorización de la autoridad pertinente en base al

estudio de explotación respectivo, según corresponda.

Medidas de

mitigación

relacionadas

(Detalladas

en el EIA

Medio Físico Natural

MM – 2. Medidas de mitigación en relación con el relieve y suelo

MM – 3. Medidas de mitigación en relación con el agua

MM – 5. Medidas de mitigación en relación con el paisaje

Indicadores Ausencia de excesiva acumulación de agua de lluvia durante el movimiento de suelos

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

174

de éxito como consecuencia de alteración de los patrones de drenaje habituales.

Normal escurrimiento de los excedentes pluviales una vez finalizada la etapa de

la construcción.

Disponibilidad y calidad (física, química y microbiológica) del recurso hídrico

abastecido por canales o de fuentes subterráneas sin alteraciones.

Ausencia de contaminación de los recursos hídricos como consecuencia de las

actividades del proyecto.

Ausencia de reclamos por parte de las autoridades y vecinos por

variaciones en la disponibilidad del recurso.

Ver indicadores de éxito de las MM – 2, MM – 3 y MM – 5

Supervisión

Externa

Área socio ambiental DEL COMITENTE

Costo

estimado

A ser indicado por el

contratista en su Efectividad esperada Alta

Observacion

es

P4 Programa de Gestión Ambiental y social de la Obra y Control de la Contaminación

Ambiental

P4 S5 SUBPROGRAMA de Manejo de Canteras

Área de

Aplicación

Área X De influencia directa X De influencia

indirecta

Responsables Implementación

del Programa

Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico

Empresa Contratista

Supervisión del

Programa

Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra

Page 175: II - PLIEGO DE ESPECIFICACIONES PARTICULARES

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

175

COMITENTE –

Objetivo El presente programa tiene como objetivos fundamentales los siguientes:

Controlar el cumplimiento de las medidas preventivas y correctoras previstas en

las fases pre operacional, de explotación y restauración.

Verificar que los impactos producidos por la explotación no exceden de los

previstos. Cuantificar la incidencia sobre el entorno y optimizar y corregir las

medidas preventivas y correctoras propuestas.

Detectar si se producen otros impactos, y poner en marcha las medidas

correctoras oportunas.

Verificar la correcta ejecución del proyecto de restauración.

Cumplir los estándares de calidad de todos los materiales empleados en la

restauración

Características

y Contenidos

La contratista deberá asegurarse que la concesión de localización de cantera

cuente con las aprobaciones acorde a legislación vigente.

La concesión deberá contar con la aprobación del respectivo Estudio Ambiental

si asi lo requiriese el organismo competente.

Los permisos de explotación como la autorización para uso y derechos de paso

será de responsabilidad de la contratista o concesionarios autorizados.

Los lineamientos para el manejo de cantera deberán estar basado en los

reglamentos para las actividades que el organismo competente y legislación

exija.

Fase de preparación

Esta fase es de duración muy reducida y en buena parte se solapa con la etapa

primera de la fase de explotación. Las acciones previstas en la fase de

preparación, capaces de ocasionar impactos son las siguientes:

1. Retirada de cubierta y tierra vegetal

2. Construcción y acondicionamiento de pistas y sistema de drenaje perimetral

3. Construcción de la balsa de decantación

4. Construcción de instalaciones auxiliares y acondicionamiento de la plataforma

que las albergue a ellas y a los acopios.

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

176

Fase de explotación

Desde el punto de vista de las afecciones al medio, esta es la fase del proyecto

más relevante, tanto por su duración como por el espacio que afectará. La

duración prevista para esta fase es de aproximadamente 2 años, según el

proyecto. En esta fase se han considerado 6 acciones del Proyecto que pueden

afectar al medio, reflejadas en la correspondiente matriz de identificación de

impactos:

5. Perforación

6. Apertura de cantera clasificación

7. Transporte a planta móvil de trituración

8. Trituración y re clasificación primaria

9. Acopios

10. Transporte a zona de obra

Fase de restauración

En esta fase del proyecto se analizan las siguientes acciones:

11. Remodelación de taludes

12. Reposición de tierra vegetal y revegetación

13. Desmantelamiento de edificios e instalaciones auxiliares

Por las ubicaciones en cuencas y cercana a márgenes de ríos no se observan

impactos sobre el patrimonio cultural de la zona, dada la inexistencia de bienes

artísticos, arquitectónicos y/o arqueológicos en el área afectada, aunque en caso

de aparecer alguno durante la explotación será de obligado cumplimiento el

protocolo de Patrimonio y arqueología.

Tampoco se han detectado impactos sobre suelos contaminados, debido a la

inexistencia de suelos potencialmente contaminados en el área.

Se han caracterizado como impactos NEGATIVOS REVERSIBLES

MODERADOS en fase de explotación a las afecciones a:

Especies bióticas en la zona

La vitalidad foliar vegetal por polvo, a las molestias a fauna

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

177

Vibraciones sobre las personas (en especial sobre los trabajadores de la

cantera).

Se ha estimado como NEGATIVO, REVERSIBLE y de efecto IMPROBABLE:

La alteración de la calidad de las aguas y el posible incremento de la

contaminación por la generación de residuos, ya que sólo se darían de forma

accidental dadas las medidas preventivas, además, para el caso de las aguas, la

vulnerabilidad de acuíferos en la zona no es elevada.

No es posible conocer la probabilidad de ocurrencia de estos riesgos o

accidentes, ni su magnitud en caso de suceder; no obstante se contara con los

medios necesarios y suficientes para detectarlos con prontitud y actuar en

consecuencia.

La modificación de la morfología se considera un impacto NEGATIVO,

IRREVERSIBLE NO SEVERO. Por las características de arrastre de las

cuencas afluentes y rio principal de la región.

La mayor parte de los impactos detectados requieren de la adopción de medidas

protectoras, correctoras e incluso compensatorias; excepto los más leves o

asumibles como:

la emisión de agentes contaminantes a la atmósfera a causa del tráfico de

camiones generado,

La contaminación lumínica causada por la necesidad de iluminar el área de

trabajo en horario diurno en los cortos días de invierno. Con la implementación

de las medidas protectoras, correctoras y compensatorias, no se generarán

impactos ambientales relevantes.

Con la adopción de las medidas, así como la Restauración Ambiental final ,

supondrán una oportunidad para acometer ciertas actuaciones de mejora

ambiental como:

• revegetar los entornos de cuenca y

• revegetar la parcela si fuera necesario

Emisiones de Ruido

Las actividades de explotación de la cantera producirán una serie de ruidos que

pueden agruparse en tres tipos distintos:

Ruidos producidos por clasificación y extracción.

Ruidos de las operaciones de carga, transporte y descarga.

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Ruidos procedentes de la planta de trituración y clasificación.

La localización de la explotación, alejada de núcleos urbanos, disminuirá el

impacto significativo de los ruidos producidos durante la operación. El control de

los niveles de ruido existentes se realizará con medidas periódicas,

Emisiones de Polvo

Las explotaciones a cielo abierto producen una serie de emisiones de polvo que

originan contaminación atmosférica y un impacto sobre los suelos y vegetación

del entorno.

• Clasificación

• Maquinaria de carga y transporte

• Máquina de trituración y descarte

• Tránsito de vehículos pesados

Se tomarán las siguientes medidas:

Riego periódico de accesos, viales, plataformas y zonas de trabajo mediante

aspersores o camiones cisterna.

Control de la velocidad de los camiones tanto en la propia explotación como en

los viales de acceso a la misma

Instalación de lavado de bajos a la salida de la planta.

barreras como apantallamientos naturales del relieve y vegetación

Adopción de un sistema de explotación adecuado y coherente con la

minimización de impactos,

Verificar La dominancia de los vientos para la ubicación de zonas en cantera

Para determinar el grado de eficacia de todas las medidas de lucha contra el

polvo se realizarán medidas de los niveles de inmisión periódicas.

Vibraciones y onda aérea

Como es sabido, los efectos de las vibraciones pueden clasificarse en tres

grupos:

Molestias a las personas y especies animales que se encuentren próximas a la

voladura.

Daños estructurales y arquitectónicos en las edificaciones.

Inestabilidades en sector operativo.

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179

La reducción del nivel de vibraciones y onda aérea se conseguirá optimizando el

diseño de la cantera, se realizará un control sistemático de vibraciones, acorde a

Plan de Vigilancia.

Aguas Superficiales

Para evitar la contaminación de las aguas superficiales, únicamente por sólidos

en suspensión al no utilizarse productos de tipo industrial en los procesos de la

planta, se tomarán las siguientes medidas:

Establecimiento de canales perimetrales y de una adecuada red de cunetas de

drenaje de la explotación que protegerán al medio circundante

Realización de balsas de decantación que recogerán las aguas de la explotación

y que decantarán la materia sólida en suspensión antes de su vertido al arroyo.

Aguas Subterráneas

No está prevista la utilización de ningún tipo de componente químico que pueda

afectar a la calidad de las aguas subterráneas o superficiales en las labores de

explotación y concentración. Además, se tomarán especiales precauciones en

las actividades de mantenimiento de la maquinaria:

Cambio de aceite, engrase, reposición de combustible, etc. que se llevarán a

cabo siempre que sea posible en locales protegidos y suficientemente

hormigonados para evitar cualquier vertido accidental directo sobre los suelos.

Impacto Visual

Las medidas que el proyecto modificado ha incorporado para mitigar el impacto

visual de la explotación son las siguientes:

Mantenimiento de una zona sin explotar que servirá de pantalla visual para toda

la vida del proyecto

Modificación del sentido de avance y de la geometría de los frentes, para evitar

el impacto visual desde las zonas, coincidentes con puntos de flujo de

observadores, de desde las y parte de la Ruta Nacional N° 9.

Mantenimiento de una zona sin explotar,

Creación de pantallas arbóreas para ocultar acopios temporales de tierras y

estériles. Prevención del Proceso de Erosión Debido a la naturaleza rocosa del

material a extraer, para prever la erosión de zonas removidas (pistas, etc) el

proyecto prevé la realización de drenajes adecuados para preservar esos

elementos ante una erosión de las aguas de escorrentía. Además se protegerán

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180

los acopios temporales tanto de la acción de las aguas meteóricas como del

viento. En el primer caso, construyendo drenajes perimetrales y en el segundo

realizando siembra de gramíneas y leguminosas en los cordones de tierras

destinadas a la restauración.

Perdida de suelo

Las acciones del proyecto que potencialmente afectarán a la perdida de suelo

son:

• Fase de preparación: la retirada intencionada de tierra vegetal previa

construcción y acondicionamiento de pistas, drenajes, balsas de decantación,

etc.

• Fase de explotación: la retirada intencionada de tierra vegetal conforme se

abren bancos de trabajo. La retirada de tierra vegetal del cerro y de los trazados

de los accesos, etc. se hará de forma paulatina conforme se acometan las

labores de construcción de pistas y apertura de bancos de trabajo y será

simultánea a la retirada de cubierta vegetal. Como medida correctora se ha

propuesto en el proyecto, que el suelo vegetal se retirará y acopiará en

cordones, para su final utilización en la restauración ambiental del área afectada.

Así podrá reutilizarse para acondicionar la superficie revegetable de los

caballones que harán de pantalla acústica y paisajística,

Prevención sobre residuos no peligrosos

Se generarán ciertos residuos no peligrosos tales como papel, cartón, envases

metálicos y de plástico no contaminados, basura orgánica, madera, etc. Como se

ha dicho, se implementaran los procedimientos para gestión de los residuos,

tanto peligrosos como no peligrosos, así como procedimientos para la formación

e información del personal en estas tareas.

Dadas las características del proyecto y los elementos ambientales a tener en

cuenta, los puntos en los que debe hacerse mayor hincapié son los siguientes:

Restauración de las áreas de explotación que hayan alcanzado su situación final

y control de los resultados de la reimplantación.

Verificación de en la clasificación movimiento y carga se evitan proyecciones y

niveles sonoros elevados.

Mediciones de los niveles de vibraciones en las edificaciones de cantera fin de

asegurar que no se produzcan daños.

Comprobación y seguimiento de la extensión superficial afectada a lo largo de

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181

todas sus fases e inspección de posibles afecciones arqueológicas.

Control de la geometría y diseño de los elementos del proyecto en cuanto su

papel como soporte de la restauración.

Control de las propiedades de la tierra vegetal prevista para la restauración.

Control de emisiones a la atmósfera.

Control de la calidad del medio hídrico del entorno, afección a las aguas

superficiales y subterráneas.

Control de los residuos generados durante la explotación y las labores de

restauración.

Implementación de un Programa de vigilancia de cantera

El sistema de documentación del Programa de Vigilancia Ambiental

Con tres objetivos:

Registrar las mediciones y observaciones definidas en el programa de vigilancia

para su consulta y análisis.

Recoger e identificar la legislación medioambiental aplicable.

Mantener ordenado y archivado el conjunto documental compuesto por estudios

del medio físico, característicos el proyecto, tramitaciones, comunicaciones e

incidentes, reclamaciones, etc.

Para cumplir estos objetivos, el sistema documental estará formado por tres

partes:

Una primera de tablas de registro de las mediciones y observaciones del

Programa de Vigilancia.

La segunda parte del sistema será un archivo de la legislación medioambiental

aplicable. En este archivo de legislación habrá un listado de normas clasificadas

según los diferentes aspectos ambientales.

Por último, se mantendrá un archivo actualizado con los informes y estudios del

medio físico promovidos por la contratista o empresa y con aquellos realizados

en su entorno, que tengan relación con los aspectos ambientales y a los que se

pueda acceder.

Medidas de

mitigación

relacionadas

(Detalladas en

MM – 1: Aire (emisiones sonoras, vibraciones y calidad del aire)

MM – 2: Relieve y suelo (topografía, estructura y calidad de suelos)

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el EIA MM – 3: Agua (calidad del agua, drenaje y escurrimiento)

MM – 4: Vegetación y fauna (abundancia y diversidad)

MM – 5: Paisaje (arbolado y espacios verdes)

Indicadores de

éxito

Canteras dispuestas y gestionadas adecuadamente según normativa vigente.

Ausencia de afectación del suelo, agua, aire, flora y fauna, personas, bienes y

actividades como consecuencia del inadecuado almacenamiento, transporte y

disposición transitoria o final de los residuos de obra.

Ausencia de reclamos por parte de las autoridades y pobladores locales.

Ausencia de potenciales fuentes de vectores de enfermedades asociados a

canteras

Ver indicadores de éxito de las MM – 1, MM – 2, MM – 3, MM – 4, MM –

5, MM – 6 y MM 9

Supervisión

Externa

Área socio ambiental DEL COMITENTE

Costo estimado A ser indicado por el

contratista en su Efectividad esperada Alta

Observaciones

P4 Programa de Gestión Ambiental y social de la Obra y Control de la

Contaminación

Ambiental

P4 S6 SUBPROGRAMA de Gestión de Residuos

Área de

Aplicación

Área X De influencia directa X De influencia

indirecta

Responsables Implementación

del Programa

Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico

Empresa Contratista

Supervisión del

Programa

Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra

COMITENTE –

Objetivo Identificar, organizar e implementar las medidas preventivas y correctivas,

dirigidas a evitar la afectación del ambiente a partir de la generación,

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

183

transporte, manejo y disposición final de los residuos sólidos, semisólidos, y

líquidos generados durante la ejecución.

Características

y Contenidos

Se brindará capacitación de forma continua al personal designado para los

trabajos en las distintas etapas de la obra, acerca de la adopción de prácticas

apropiadas para el manejo de los residuos. Se implementarán medidas

tendientes a concientizar al personal e instruirlo sobre acciones y

procedimientos necesarios para lograr una adecuada recolección, clasificación,

deposición y control de los residuos generados por la obra, dando cuenta de

los medios disponibles para ello.

Se realizarán evaluaciones periódicas en lugares donde se estén generando o

almacenando residuos peligrosos, para registrar sus fuentes y las cantidades

que se estén generando.

Se asignarán responsabilidades entre el personal para dar cumplimiento a los

diferentes componentes de este Subprograma.

Se elaborará un Formulario de Control de Gestión de Residuos.

El Contratista deberá arbitrar los medios necesarios para mantener la obra

limpia. Deberá organizar su trabajo de modo que los residuos provenientes de

todas las tareas correspondientes a su contrato o de sus subcontratos, es decir

de la totalidad del personal de obra, sean dispuestos en contenedores

apropiados hasta el momento de ser retirados de la obra, para proceder a su

disposición final.

Minimizar en la medida de lo posible la generación de todo tipo de

residuos.

Promover el reciclado y reúso de la mayor cantidad de materiales posibles.

Almacenar los materiales reciclables en contenedores identificados para tal

fin.

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184

Estará terminantemente prohibido arrojar residuos desde el recinto de la obra

al exterior, ya sea directamente o por medio de mangas. Los residuos deberán

extraerse por medios mecánicos, embolsarse o verterse en contenedores

específicos.

Se deberá priorizar la reutilización o venta del escombro proveniente de las

demoliciones para su reciclado, el que deberá ser rápidamente retirado del

predio y transportado a un sitio habilitado para tal fin y aprobado por la

Inspección.

Los residuos serán clasificados en dos grandes grupos (ver Observaciones):

aquellos “asimilables a domiciliarios o AD” (de baja peligrosidad o peligrosidad

despreciable) y los “no asimilables a domiciliarios o NAD” (o de peligrosidad

considerable). Asimismo, serán controlados en su ciclo de vida, desde la

generación hasta su tratamiento y/o disposición final, incluyendo su

almacenamiento, acopio transitorio o definitivo, según corresponda, en áreas

bajo vigilancia y control, preferentemente en la zona del obrador, para lo

cual se elaborará un listado de residuos a generarse y definir entonces

previamente su tratamiento y/o disposición final.

En el caso de los residuos clasificados como AD generados en los frentes de

obra, deberán ser gestionados conforme a lo que establezca la autoridad

competente y en el marco de la legislación provincial Ley Provincial N° 5954 de

“Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos de la Provincia de Jujuy. No se

autoriza la disposición de residuos en vertederos no autorizados por la

autoridad competente.

En el caso de los AD generados en el obrador, se dispondrán en el sitio

indicado para tal fin, según lo dispuesto por la autoridad competente.

La extracción de aceites, combustibles, líquidos del radiador y aceites

hidráulicos se deberá hacer exclusivamente en un galpón de mantenimiento

adecuadamente construido y aislado, evitando el contacto de los mismos con el

suelo.

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185

Se deberá proveer al personal de instalaciones sanitarias químicas,

mantenidas en la forma adecuada y periódica. Si se utilizara una planta portátil,

se deberá gestionar el correspondiente permiso.

Se deberá realizar el almacenamiento de aceites, lubricantes,

combustibles, efluentes contaminados, etc. en recipientes / tambores / tanques

/ contenedores estancos identificados correctamente. Estos contenedores para

almacenamiento deberán ser de doble pared o bien estar ubicados dentro de

un recinto adecuado, impermeable y con muros de contención.

Se deberá realizar el almacenamiento de trapos, maderas, guantes, etc.

manchados con aceites, o absorbentes provenientes de derrames en

contenedores identificados para tal fin dentro del recinto de residuos

peligrosos.

Para el caso de derrames, los mismos deberán ser absorbidos / colectados

inmediatamente, informando al respecto al Jefe de Obra.

Para aquellos residuos clasificados como NAD no peligrosos se deberán

seguir los lineamientos establecidos por la normativa vigente, así como las

disposiciones que se detallan en el ítem ‘Observaciones’ de la presente ficha.

Para aquellos residuos clasificados como NAD se seguirán criterios

concordantes con la legislación de residuos peligrosos, ley Nacional de

Residuos Peligrosos n° 24051, con adhesión de la Provincia de Jujuy, en

particular lo referente a combustibles, lubricantes, compuestos asfálticos y

materiales, elementos (trapos, filtros, etc.) y suelos contaminados con este tipo

de sustancias.

El transporte de los residuos peligrosos, así como su tratamiento se llevará a

cabo por una empresa inscripta en el Registro de Generadores y Operadores

de Residuos Peligrosos Acorde a Resolución N° 478/18 de la Secretaría de

Calidad Ambiental, Ministerio de Ambiente de la provincia de Jujuy, Decreto de

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186

órgano competente (Dec. N° 6002/06). Que por su actividad generen residuos

peligrosos, categorías Y12 de acuerdo a la Tabla I y Tabla II Anexo de la Ley

N° 24051. En vehículos debidamente adecuados, con los elementos de

contención de derrames accidentales y los seguros correspondientes.

Se deberán arbitrar las medidas necesarias a fin de que la ejecución de esta

obra no deje Pasivos Ambientales, para lo cual se implementarán las medidas

de mitigación correspondientes a cada caso. La Inspección de Obra tendrá a

cargo el control de la mencionada implementación; para lo cual se prevé la

elaboración de informes periódicos por parte del Responsable Ambiental y

Social, para la identificación de potenciales pasivos, a partir de relevamientos

in situ, a fin de relevar la información específica, con cartografía, esquemas,

fotografías, e identificación de potenciales riesgos y recomendaciones para

su tratamiento y solución.

No se efectuarán tareas de limpieza de vehículos o maquinaria sobre o en la

cercanías de canales o desagües (como por ej., canales de riego, zanjas y

cunetas para drenaje de excedentes pluviales temporarios en las adyacencias

de la zona de camino, donde el alcantarillado en caminos secundarios indique

la presencia de escurrimiento temporarios), como así también estará prohibido

el vuelco de cualquier tipo residuo a los mismos.

Se evitará que las actividades como el lavado de equipos y camiones, así

como algunos procesos y de funcionamiento del obrador pueden cargar de

sedimentos o de otros contaminantes a los canales de riego, las zanjas y

cunetas construidas originalmente para drenaje de excedentes pluviales

temporarios, de tal forma que puedan superarse los valores establecidos por la

Autoridad de Aplicación.

La gestión de residuos y tratamiento de materiales peligrosos deberá

contemplar la no afectación de los recursos hídricos, cualesquiera que sean.

En cuanto a las gestiones realizadas para la disposición de residuos

domiciliarios y peligrosos, la misma deberá realizarse conforme a lo

requerido por la autoridad pertinente.

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187

Los materiales potencialmente contaminantes (tanto por calidad como por

concentración, se trate de combustibles, lubricantes, hidrocarburos, soluciones

o sólidos con base acida o básica), así como aguas servidas no tratadas o

aguas de lavado, no serán descargadas en ningún cuerpo o curso de agua,

sean éstos naturales o artificiales.

Se deberá garantizar el almacenamiento adecuado de materiales o

residuos potencialmente contaminantes (por ejemplo, sobre solados

impermeables) a fin de evitar la contaminación del suelo y eventualmente de las

fuentes subterráneas de agua.

Se controlarán los residuos en su ciclo de vida, desde la generación hasta su

tratamiento y/o disposición final, incluyendo su almacenamiento, acopio

transitorio o definitivo, según corresponda, en áreas bajo vigilancia y control,

preferentemente en la zona de las instalaciones en tierra (si las hubiere).

Quedará prohibido el lavado de equipos, vuelco de restos de hormigón o de

asfaltos, etc., en zona de camino. Todos deben ser removidos antes de las 48 h

de ser observados por la Inspección Ambiental y Social. Se tomarán todas las

medidas necesarias para garantizar que los excedentes de asfaltos, cemento,

suelos, materiales, etc. que pudieran persistir tras su utilización sean retirados

del sector para evitar el eventual arrastre y contaminación. Se los trasladará al

lugar seleccionado para la disposición final de los residuos sólidos (ver

Subprograma de gestión de residuos), a menos que pudiesen ser reutilizables

como insumo en la obra.

Los materiales o elementos contaminantes tales como combustibles,

lubricantes, aguas servidas no tratadas, no serán descargados en o cerca de

ninguno de los cuerpos o cursos de agua (canales, zanjas, desagües, etc.).

Las aguas de lavado o enjuague de equipos, maquinarias, plantas de

materiales, no serán vertidas a lechos o cursos de agua sin acondicionamiento

previo (depuración, evaporación, reciclaje, tratamientos biológicos, etc.) para

cumplir con las normas de vuelco reguladas por la autoridad competente en la

materia y la reglamentación vigente.

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

188

En caso de que eventualmente se genere algún residuo de tipo patológico, se

gestionará su transporte y tratamiento a través de un servicio/s habilitado/s por

las Autoridades Nacionales competentes.

La quema de basura quedará estrictamente prohibida.

Bajo ningún concepto podrán enterrarse materiales en el terreno

Medidas de

mitigación

relacionadas

(Detalladas en

el EIA

Medio Físico Natural

MM – 1. Medidas de mitigación en relación con el aire

MM – 2. Medidas de mitigación en relación con el relieve y suelo

MM – 3. Medidas de mitigación en relación con el agua

MM – 4. Medidas de mitigación en relación con la vegetación y fauna urbana

MM – 5. Medidas de mitigación en relación con el paisaje

Medio Socio Económico

MM – 6. Medidas de mitigación en relación con la calidad de vida de la

población

MM – 9. Medidas de mitigación en relación con las actividades, usos del suelo y

aspectos socioculturales

Indicadores de

éxito

Residuos dispuestos adecuadamente según su caracterización y normativa

vigente.

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

189

Ausencia de afectación del suelo, agua, aire, flora y fauna, personas, bienes y

actividades como consecuencia del inadecuado almacenamiento, transporte y

disposición transitoria o final de los residuos de obra.

Ausencia de reclamos por parte de las autoridades y pobladores locales.

Ausencia de potenciales fuentes de vectores de enfermedades asociados a los

residuos de obra.

Ver indicadores de éxito de las MM – 1, MM – 2, MM – 3, MM – 4, MM –

5, MM – 6 y MM 9

Supervisión

Externa

Área socio ambiental DEL COMITENTE

Costo estimado A ser indicado por el

contratista en su Efectividad esperada Alta

Observaciones Se definen como residuos a todos aquellos materiales desechados en los

procesos y operaciones vinculados con la actividad ferroviaria y de obra

ferroviaria, sean estos generados en la zona de camino, dentro del área , por

las maquinarias utilizadas o cualquier otra componente vinculada a las

acciones de obra.

Como gestión ambientalmente segura de los residuos, se entiende al

proceso de planificación, implementación y evaluación de medidas sanitarias

que aseguren la preservación de la salud pública y del ambiente. Estas

medidas actúan sobre los procesos de minimización, separación,

recolección, almacenamiento, transporte, tratamiento, disposición final,

vigilancia y control de los residuos. En este marco la responsabilidad e

incumbencia se deberá ajustar al cumplimiento de la normativa vigente y

aplicable al tipo de residuo de que se trate. Los residuos generados pueden

ser clasificados según cual sea el origen de los mismos, adoptándose para

cada uno de estos componentes procedimientos específicos que aseguran el

cumplimiento de la normativa vigente.

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

190

Los residuos pueden ser clasificados de acuerdo a sus características (lo cual

determinará las formas de manejo), es decir, diferenciándolos según se trate de

residuos no peligrosos (o comunes), residuos peligrosos, o metálicos

(chatarra), cuyas características se presentan a continuación:

Residuos no peligrosos (o comunes): se dividen en orgánicos (restos de

alimentos procedentes de comedores, si los hubiere) e inorgánicos (incluyen

papeles, cartones, vidrios, plásticos, u otros insumos no peligrosos). Son

asimilables a los residuos municipales o domésticos.

Residuos peligrosos: Son aquellos que presentan una o más de las

siguientes características: corrosividad, reactividad, explosividad, toxicidad e

inflamabilidad. Su inadecuado manejo puede implicar un serio riesgo a la salud

pública o efectos adversos al ambiente. Entre los mismos se encuentran:

aceites, líquidos refrigerantes y combustibles usados; filtros, paños, trapos

impregnados con hidrocarburos, baterías usadas, luminarias y fluorescentes,

tarros y sprays de pintura, entre otros.

Residuos metálicos (chatarra): Son considerados residuos no peligrosos

(siempre y cuando no estén contaminados con materiales o sustancias

peligrosas), e incluyen tantos objetos usados, enteros o no, como a

fragmentos resultantes de productos metálicos que estén en desuso o que no

puedan ser reutilizados.

La figura presentada a continuación, ejemplifica la utilización del código de

colores a aplicar en los cestos de residuos a fin de facilitar su clasificación:

Clasificación de residuos sólidos según código de colores

Tipo de

Residuo

Color y rótulo

de

recipiente

Tipo de

Residuo

Color y rótulo

de

recipiente

Residuos

comunes

orgánicos

Residuos

comunes

inorgánicos

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

191

Residuos

Peligrosos

Residuos

metálicos

El responsable de la aplicación de este PGAS.yS, podrá adoptar esta

propuesta de clasificación o proponer otra que deberá ser aprobada

oportunamente por la Inspección de Obra.

Las características de los recipientes a utilizar detallados en figura

precedente, se detalla a continuación:

Residuos no peligrosos (o comunes): Para los residuos orgánicos, se

utilizarán cilindros (de color rojo o marrón) con tapa. La tapa es necesaria como

medida de protección contra los mosquitos, roedores y cualquier otro vector.

Adicionalmente los cilindros contarán con bolsas plásticas en su interior, para

facilitar su posterior recolección. Se encontrarán ubicados principalmente cerca

de la zona donde se originan este tipo de residuos (ej. instalaciones del

Obrador y eventualmente frentes de obra), y estarán debidamente señalizados

y con resguardo para evitar los efectos del clima. Para los residuos

inorgánicos, se utilizarán cilindros (de color verde), y serán de las mismas

características que los anteriores, aunque se encontrarán ubicados en un área

específica dentro de las zonas de trabajos (ej. comedores).

Residuos peligrosos: Deberán ser puestos en cilindros metálicos (de color

azulo oscuro), con tapa y tendrán bolsas plásticas en su interior, para facilitar

su posterior recolección. Se encontrarán ubicados en un área específica dentro

de las zonas de trabajos debidamente señalizados y bajo techo. El piso donde

se ubiquen estos cilindros deberá ser de cemento para evitar contaminar el

suelo en caso de derrames (ver foto presentada a continuación. El recinto debe

contar además con un cerco perimetral.

Ejemplo de recinto (con aislamiento en el solado y techado y muro de

contención) para residuos peligrosos

Page 192: II - PLIEGO DE ESPECIFICACIONES PARTICULARES

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

192

Residuos metálicos (chatarra): Serán almacenados en cilindros

metálicos (de color amarillo). Estarán ubicados en un área específica dentro de

las zonas de trabajos debidamente señalizados y bajo techo.

A su vez, como parte de este Subprograma, se propone implementar un

inventario de los residuos en función de la clasificación anteriormente descrita,

para lo cual se propone el siguiente cuadro, que muestra las características de

peligrosidad de cada uno de los residuos.

Inventario y características de los residuos generados por la obra ferrovial

Tipo de Residuo Características

Peligroso

No

Peli

gro

so

Infl

am

ab

le

Co

rro

siv

o

Reacti

vo

Exp

losiv

o

To

xic

o

Residuos Comunes Orgánicos (AD)

Restos de comida X

Residuos Comunes Inorgánicos (AD)

Botellas de plástico X

Botellas de vidrio X

Page 193: II - PLIEGO DE ESPECIFICACIONES PARTICULARES

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

193

Papeles X

Latas de comida

Tarimas de madera X

Cajas de cartón X

Bolsas de plástico X

Cables no eléctricos X

Residuos metálicos X

Residuos Peligrosos (NAD)

Aceite usado X X

Pilas y baterías usadas X X

Luminarias fluorescentes X

Filtros de aceites usados X X

Tierra impregnada con

hidrocarburos (HC)

X

Trapos impreg. c/HC X

Tarros, sprays de pintura X

Combust. usado, sucio X X

Líquidos refrig. usados X

P4 Programa de Gestión Ambiental y social de la Obra y Control de la

Contaminación

Ambiental

P4 S7 SUBPROGRAMA de derrame de hidrocarburos

Área de

Aplicación

Área X De influencia directa X De influencia

indirecta

Responsabl

es

Implementación del

Programa

Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico

Empresa Contratista

Supervisión del Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra

Page 194: II - PLIEGO DE ESPECIFICACIONES PARTICULARES

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

194

Programa COMITENTE –

Objetivo Evitar la afectación del medio físico y natural y del medio socio económico, por la

posible generación de efluentes líquidos durante la etapa de construcción, debido

al lavado de maquinarias y equipos que puedan producir escurrimientos y/o

derrames de contaminantes.

Característic

as y

Contenidos

Se minimizará el vertido de aceites y grasas provenientes de las maquinarias

(específicamente por lavado in situ de la misma) al suelo y/o cuerpos de agua

debido a que se prevé áreas específicas de talleres y lavados de equipos, además

de la disposición final adecuada de los mismos. Los lavaderos de vehículos,

equipos y maquinarias deberán contar con desarenadores y trampa de grasas.

(Trampa de Grasas: Consiste en una caja cubierta provista de una entrada

sumergida y una tubería de salida que parte de cerca del fondo). Su función es la

de separar las grasas y jabones de aguas negras provenientes de cocinas,

lavaderos y áreas de lavados de vehículos. Sus dimensiones dependen de las

personas servidas o el volumen de maquinarias que serán objeto de limpiezas y

mantenimientos. Deberán ubicarse entre las tuberías que conducen aguas de

cocinas, lavaderos y el tanque séptico.

Los lodos retirados de las cámaras que recepcionan estos efluentes deberán ser

gestionados de acuerdo a los requerimientos legales vigentes en materia de

residuos peligrosos.

Los vehículos como maquinarias serán

Medidas de

mitigación

relacionadas

(Detalladas

en el EIA

Afectación de la Flora y Fauna

MM – 1: Aire (emisiones sonoras, vibraciones y calidad del aire)

MM – 2: Relieve y suelo (topografía, estructura y calidad de suelos)

MM – 3: Agua (calidad del agua, drenaje y escurrimiento)

MM – 4: Vegetación y fauna (abundancia y diversidad)

MM – 5: Paisaje (arbolado y espacios verdes)

MM – 6: Calidad de vida de la población

Indicadores

de éxito

Gestión de Hidrocarburos en etapa constructiva y específicamente en el lavado de

vehículos y maquinarias según Procedimientos óptimos y normativa vigente.

Correspondiendo además si se efectuasen reparaciones de equipos o si hubiera

mal funcionamiento de los mismos con perdida de residuos peligrosos

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

195

Ausencia de afectación del suelo, agua, aire, flora y fauna, personas, bienes y

actividades como consecuencia del inadecuado almacenamiento, transporte y

disposición transitoria o final de los residuos de obra.

Ausencia de reclamos por parte de las autoridades y pobladores locales.

Ausencia de potenciales fuentes de vectores de enfermedades asociados al manejo

de hidrocarburos

Ver indicadores de éxito de las MM – 1, MM – 2, MM – 3, MM – 4, MM – 5 y MM

– 6

Supervisión

Externa

Área socio ambiental DEL COMITENTE

Costo

estimado

A ser indicado por el

contratista en su Efectividad esperada Alta

Observacion

es

P4

Programa de Gestión Ambiental y social de la Obra y Control de la

Contaminación

Ambiental

P4 S8 SUBPROGRAMA Manejo y Transporte de Materiales Contaminantes y Peligrosos

Área de

Aplicación

Área X De influencia directa X De influencia

indirecta

Responsables Implementación

del Programa

Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico

Empresa Contratista

Supervisión del

Programa

Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra

COMITENTE –

Objetivo Identificar, evaluar, prevenir y mitigar los impactos que pudieran generarse

Page 196: II - PLIEGO DE ESPECIFICACIONES PARTICULARES

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ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA

“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

196

sobre el ambiente en general, como resultado de la manipulación y

acondicionamiento para el transporte de materiales contaminantes y/o

peligrosos dentro o fuera de la zona .

Características

y Contenidos

El manejo y transporte de materiales contaminantes y peligrosos cumplirá con

los términos definidos por la normativa ambiental y social de aplicación

de nivel provincial o nacional según corresponda.

En sintonía con lo establecido en el marco legal, cabe destacar que, para

manipular con riesgos mínimos los materiales contaminantes y peligrosos, será

necesario cumplir con las siguientes condiciones:

Los envases deben ser los adecuados y estar en buen estado. Deben ser

tratados en forma tal de evitar daños a los mismos.

Los envases vacíos que hayan contenido productos peligrosos deben ser

tratados como si estuvieran llenos, salvo que se haya procedido a su limpieza

según los procedimientos establecidos.

No deben dañarse ni retirarse de los envases (aun de los vacíos) las

etiquetas ya que contienen información importante sobre el producto contenido.

Se tomarán muy especiales precauciones con envases que no tienen

identificación de los productos contenidos. Se los considerará como peligrosos.

Los envases conteniendo productos peligrosos deberán estibarse en forma

segura, respetando las posibles incompatibilidades entre substancias (ej.:

combustibles con oxidantes). Será necesario tomar las medidas adecuadas

para evitar el derrame de combustible o hidrocarburos, debiendo existir, en

cada sector específico de trasvase, elementos para contener los derrames

accidentales.

En cuanto a las excavaciones, los materiales, la tierra vegetal o suelos que

pudiesen haber sido contaminados, deberán ser evaluados a fin de determinar

Page 197: II - PLIEGO DE ESPECIFICACIONES PARTICULARES

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

197

el grado de contaminación del material mediante un muestreo y análisis de

contaminantes. A partir de esos resultados, se la tratará como residuo peligroso

o común. La tierra eventualmente contaminada con productos oleosos,

hidrocarburos o químicos deberá ser dispuesta en forma separada a la

normalmente enviada a los terrenos de descarga. No podrá ser reutilizada

como elemento de relleno o aporte y deberá ser tratada, de acuerdo con el

origen y tipología de los contaminantes que contenga.

En caso de aparición de materiales contaminantes (caucho, plásticos, pilas,

baterías, etc.), no deberán ser cargados junto a los demás elementos no

contaminantes.

Los residuos de demolición que sean retirados de la obra, recibirán el mismo

tratamiento que los residuos sólidos no contaminantes. En lo posible se

diferenciará el material de demolición, es decir, el hierro del material de

mampostería u hormigón. No se deberá mezclar la tierra que esté contaminada

por cualquier sustancia (hidrocarburos, lixiviados, cauchos, plásticos, pilas,

baterías, etc.), con el material de demolición.

Todo elemento que se hallare junto al material de demolición, que pudiera

resultar contaminante del suelo, deberá ser separado, clasificado y retirado

para su disposición final apropiada.

Se deberá cumplimentar toda la normativa nacional, provincial y municipal

vigente para el traslado de los mismos

Medidas de

mitigación

relacionadas

(Detalladas en

el EIA

Medio Físico Natural

MM – 1. Medidas de mitigación en relación con el aire

MM – 2. Medidas de mitigación en relación con el relieve y suelo

MM – 5. Medidas de mitigación en relación con el paisaje

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

198

Medio Socio Económico

MM – 6. Medidas de mitigación en relación con la calidad de vida de la

población

Indicadores de

éxito

Ausencia de reportes de derrames de materiales contaminantes

Ausencia de reportes de afectación de recursos naturales por

manipulación indebida de materiales contaminantes y/o peligrosos

Adecuada manipulación y disposición de materiales eventualmente

contaminados

Provisión reglamentaria de Elementos para la Protección del Personal

Ausencia de pasivos ambientales producidos por el manejo y transporte de

materiales.

Ver indicadores de éxito de las MM – 1, MM – 2, MM – 5 y MM – 6

Supervisión

Externa

Área socio ambiental DEL COMITENTE

Costo estimado A ser indicado por el

contratista en su Efectividad esperada Alta

Observaciones

P4

Programa de Gestión Ambiental y social de la Obra y Control de la

Contaminación

Ambiental

P4 S9 SUBPROGRAMA Gestión Ambiental y social del Obrador y planta de acopio

Área de

Aplicación

Área X De influencia directa De influencia indirecta

Responsabl

es

Implementació

n del

Programa

Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico

Empresa Contratista

Supervisión Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra

Page 199: II - PLIEGO DE ESPECIFICACIONES PARTICULARES

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

199

del Programa COMITENTE –

Objetivo Identificar, organizar e implementar las medidas preventivas y correctivas,

constructivas y no constructivas, dirigidas a evitar la afectación al ambiente, a las

personas, al patrimonio natural y al cultural como consecuencia de las actividades

relacionadas con la instalación y funcionamiento del obrador y plantas de acopio ,

campamentos o frentes de obra e instalaciones complementarias.

controlar los sitios de acopio y las maniobras de manipuleo y utilización de

materiales e insumos como productos químicos, pinturas y lubricantes, en el

obrador, campamento, a los efectos de reducir los riesgos de contaminación

ambiental.

El Contratista deberá controlar que tanto los materiales de obra como los insumos

anteriormente mencionados sean almacenados correctamente. Además, los

últimos deben acopiarse en recintos protegidos del sol, cercados (con restricciones

de acceso) y con piso impermeable (o recipientes colocados sobre bateas).

Todo producto químico utilizado en la obra debe contar con su hoja de seguridad

en un lugar accesible donde conste claramente la peligrosidad del producto, las

medidas de prevención de riesgos para las personas y el ambiente y las acciones

a desarrollar en caso de accidente a las personas o al medio ambiente.

Característic

as y

Contenidos

La localización del obrador, planta de acopios, campamentos, frentes de obra e

instalaciones complementarias deberá minimizar los impactos ambientales y

sociales negativos.

El sitio de emplazamiento deberá garantizar que se minimice la afectación de la

dinámica socioeconómica de la zona, ya sea por el uso de los servicios públicos (a

partir de la conexión de las instalaciones a las redes disponibles) o debido a las

posibles interferencias sobre el tránsito (ej. debido a que la salida del obrador,

donde se depositarán maquinarias y camiones, etc.).

Se prohíben en el predio seleccionado, las actividades (ej. cortes de terreno,

rellenos y remoción de vegetación de gran tamaño) que no estén contempladas

en el proyecto.

Los distintos sectores estarán claramente diferenciados: oficina de la Inspección

y oficina principal, comedor, vestuario, laboratorio, depósito y área de acopio de

materiales (arena, piedra, hierro, armaduras, etc.),(rieles, durmientes, elementos

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

200

de fijación) así como las áreas específicas de guarda de vehículos y maquinarias

(zona de guarda, reparaciones, lavado, engrase, etc.), a la eventual planta de

materiales y a los acopios.

En todo momento se deberá mantener el orden y la limpieza de los

sectores de trabajo, recogiendo todo aquel desperdicio y arrojándolo dentro de los

recipientes adecuados: los desperdicios se colocarán dentro de contenedores

apropiados; se deberá limpiar rápidamente cualquier pérdida o derrame de

productos; no se dejarán puntas salientes de clavos en tablas, cajones, etc. (estos

deben ser retirados o doblados para aplastar su punta); se deberá prever un lugar

adecuado de almacenaje de productos para limpieza.

Se señalizará adecuadamente el acceso, teniendo en cuenta el movimiento de

vehículos y peatones. Si se realiza giro a izquierda en calle de doble sentido y de

tránsito regular, se exigirá una dársena de giro.

Se contará con las instalaciones sanitarias adecuadas, contemplando la adecuada

evacuación de los líquidos cloacales (cámara séptica, pozo absorbente,

sanitarios químicos, etc. según sea la modalidad seleccionada y las instrucciones

de la Autoridad de Aplicación).

Los sectores donde se realicen tareas de reparación y mantenimiento de vehículos

y maquinaria serán acondicionados (construcción de un tinglado o similar dentro

del obrador con solado impermeable – con dispositivos para la captación de

derrames o aguas contaminadas y de separación de la fracción de hidrocarburos –,

las herramientas y equipamiento necesario para la reparación de vehículos, así

como una conexión a la red de energía eléctrica, equipos extintores de incendios,

señalización clara de las vías de emergencia, sistema de alarmas automático o

manual, etc.), de modo tal que se minimicen los riesgos por contingencias

(derrames de combustibles, lubricantes, incendio).

Se deberá contar con instalaciones para la provisión de agua para consumo y con

adecuadas instalaciones sanitarias, y con el debido equipamiento para el

tratamiento de los efluentes generados y toda instalación necesaria para minimizar

las implicancias sobre el ambiente donde se encuentra el obrador.

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

201

La generación de residuos sólidos en el obrador deberá responder al Plan de

manejo establecido (ver Subprograma de gestión de residuos) cumpliendo con las

normas de acopio, recolección, traslado y disposición final en los sitios que la

Autoridad de Aplicación resuelva o determine.

Se contará con áreas cercadas (con alambrado perimetral), cerradas y construidas

específicamente para el almacenamiento de aceites y lubricantes considerados

como insumos de obra.

El cierre del obrador contará con una evaluación previa de pasivos

ambientales a cargo del Contratista, con la auditoria de la Inspección,

principalmente focalizándose en áreas conflictivas tales como áreas de

almacenamiento de combustibles y lubricantes, eventuales pozos y cámaras

sépticas, áreas de mantenimiento de maquinarias y equipos, áreas de

estacionamiento de unidades, talleres, etc. En caso de detectar pasivos, se

realizarán los estudios pertinentes para determinar los niveles de contaminación y

establecer las medidas de remediación a implementar.

Se deberá contar con equipos suficientes de extinción de incendios y un

responsable debidamente capacitado y calificado con material de primeros auxilios

y los elementos necesarios para cumplir con la normativa sobre seguridad e higiene

laboral. Se realizará un plano de incendio del obrador, y se gestionará la

aprobación por Bomberos. Se capacitará al personal en primeros auxilios y se

colocará material en puntos de alta concurrencia y posibilidad de accidentes como

el taller a la vista.

El obrador deberá implementar las medidas de seguridad que sean

necesarias a los fines de este Programa, así como implementar la señalización y

cartelería informativa y preventiva de la obra que permita la correcta realización de

las acciones de obra, en base a la normativa vigente y las ‘buenas prácticas’. Para

ello, el Contratista deberá contar con los servicios de un profesional de

seguridad e higiene que deberá recomendar las medidas de seguridad a establecer

en toda la operación. Las oportunidades de mejora que el Responsable de

Seguridad e Higiene detecte deberán ser atendidas.

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

202

Descripción de la medida:

Durante todo el desarrollo de la obra el CONTRATISTA deberá controlar los sitios

de acopio y las maniobras de manipuleo y utilización de materiales e insumos

como productos químicos, pinturas y lubricantes, en el obrador, campamento, a los

efectos de reducir los riesgos de contaminación ambiental.

El Contratista deberá controlar que tanto los materiales de obra como los insumos

anteriormente mencionados sean almacenados correctamente. Además, los

últimos deben acopiarse en recintos protegidos del sol, cercados (con restricciones

de acceso) y con piso impermeable (o recipientes colocados sobre bateas).

Todo producto químico utilizado en la obra debe contar con su hoja de seguridad

en un lugar accesible donde conste claramente la peligrosidad del producto, las

medidas de prevención de riesgos para las personas y el ambiente y las acciones

a desarrollar en caso de accidente a las personas o al medio ambiente.

Depósitos de materiales

La localización y funcionamiento de las Plantas de Elaboración de Materiales

deberán tener en cuenta las siguientes indicaciones:

Las instalaciones de plantas de materiales, seleccionadoras de áridos, etc.

deberán asegurar una reducida emisión de ruidos, gases y partículas compatible

con los estándares de la normativa nacional y provincial vigente.

Depósitos de materiales sobrantes

1) No Contaminantes

Se acordarán los lugares de depósito de los materiales de demolición fuera de la

zona de camino cumpliendo con todas las disposiciones contractuales, Nacionales,

Provinciales o Municipales vigentes sobre el particular. Estos lugares se deberán

acondicionar de manera de asemejarse a la situación previa a la obra. Se deberá

retirar de la vista todos los escombros y residuos de tamaño considerable hasta

dejar la zona limpia y despejada. La disposición de los materiales gruesos o

sobrantes para relleno, nunca sobrepasará la cota del terreno circundante,

deberán recubrirse finalmente con suelos finos, recubriéndose luego con suelos

orgánicos, que faciliten restaurar la configuración del terreno y la vegetación

natural. Se implementará el re utilización de materiales producto del sobrante de

las demoliciones, como alternativa prioritaria. Se podrá esparcir el material

sobrante dentro de la zona de camino, cuidando no dañar la vegetación y/o

escurrimiento de las aguas superficiales. Esta alternativa se considerará como

Page 203: II - PLIEGO DE ESPECIFICACIONES PARTICULARES

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ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA

“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

203

viable siempre que los materiales puedan ser reutilizados. Se estudiará como

alternativa el uso de áreas de yacimiento para el depósito de materiales inertes.

2) Contaminantes

Con referencia a los materiales, elementos o residuos contaminantes peligrosos,

tales como: combustibles, lubricantes, bitúmenes, aguas servidas no tratadas se

tendrá especial cuidado en que los mismos:

No se descargarán en o cerca de ningún cuerpo de agua, sean estos naturales o

artificiales.

Estos residuos se tratarán de acuerdo a la normativa vigente tanto de orden

Nacional, Provincial como Municipal.

b) Depósitos de materiales recuperados

Los materiales extraídos durante la ejecución de los trabajos serán retirados y

transportados de la zona de camino a los lugares que indique la Inspección. El

área adyacente a la de trabajo debe acondicionarse y restaurarse de manera de

asemejarse a las condiciones previas a la obra.

c) Depósitos de Áridos

Las áreas utilizadas para depósitos de áridos se restaurarán. Para la provisión y

localización del almacenamiento de los agregados y aglomerantes deberá cumplir

con lo especificado para el punto de Obradores. Los Depósitos de Agregados y

Aglomerantes, serán desmantelados por el Contratista, el cual será responsable

de retirar de las áreas de depósito, los taludes, las instalaciones complementarias

y todo elemento que no esté destinado a un uso claro y específico posterior.

Ámbito de aplicación: Esta medida debe aplicarse en todas las zonas de

acumulación de depósitos.

Momento / Frecuencia: Durante toda la construcción con una frecuencia mensual.

Al abandono control de restauración.

Respecto a la desmovilización del obrador y restauración del lugar, remitirse

a las observaciones planteadas en el Ítem Subprograma de Desmovilización y

Restauración. Cierre de obrador.

Medidas de

mitigación

relacionadas

(Detalladas

en el EIA

Medio Físico Natural

MM – 1. Medidas de mitigación en relación con el aire

MM – 2. Medidas de mitigación en relación con el relieve y suelo

MM – 3. Medidas de mitigación en relación con el agua

Page 204: II - PLIEGO DE ESPECIFICACIONES PARTICULARES

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

204

MM – 4. Medidas de mitigación en relación con la vegetación y fauna urbana

MM – 5. Medidas de mitigación en relación con el paisaje

Medio Socio Económico

MM – 6. Medidas de mitigación en relación con la calidad de vida de la

población

M – 7. Medidas de mitigación en relación con la infraestructura de servicios y

equipamiento

MM – 10. Medidas de mitigación en relación con el tránsito y transporte

Indicadores

de éxito

Autorizaciones de funcionamiento por parte de los responsables primarios

del predio

Ausencia de no conformidades por parte del inspector socio ambiental de la obra

Ausencia de reportes de accidentes que afecten los componentes del medio

receptor o en el caso de ocurrencia, los mismos deben haber sido adecuadamente

resueltos y remediados si correspondiere.

Ausencia de quejas de frentistas y vecinos.

Ausencia de consecuencias significativas de siniestros y contingencias en el

obrador

Ausencia de depósitos no autorizado a lo largo de la traza de obra

Ver indicadores de éxito de las MM – 1, MM – 2, MM – 3, MM – 4, MM – 5, MM –

6, MM – 7 y MM – 10

Supervisión

Externa

Área socio ambiental DEL COMITENTE

Costo

estimado

A ser indicado por

el contratista en su Efectividad esperada Alta

Observacion

es

Respecto a la desmovilización del Obrador y restauración del lugar,

remitirse a las observaciones planteadas en el Ítem Subprograma de

Desmovilización y Restauración. Cierre de obrador.

P4 Programa de Gestión Ambiental y social de la Obra y Control de la

Contaminación

Page 205: II - PLIEGO DE ESPECIFICACIONES PARTICULARES

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ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA

“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

205

Ambiental

P4 S10 SUBPROGRAMA Maquinaria y Equipos

Área de

Aplicación

Área X De influencia directa De influencia

indirecta

Responsables Implementación

del Programa

Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico

Empresa Contratista

Supervisión del

Programa

Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra

COMITENTE –

Objetivo Identificar, evaluar y prevenir o mitigar los impactos que generarán los

equipos, maquinarias, herramientas y transporte sobre el ambiente en general,

atendiendo en especial lo referido a la emisión de ruidos, gases y partículas, la

contaminación sobre el suelo, el aire y el agua, la interferencia con otros usos

del suelo y el manejo de residuos, principalmente los peligrosos resultantes de

la operación y mantenimiento de los mismos y de su transporte dentro o fuera

de la zona .

Características

y Contenidos

Los equipos y maquinarias deberán tener las correspondientes RTV, acorde a

legislación vigente.

Los equipos móviles y maquinaria pesada, estarán en buen estado

mecánico y de carburación, minimizando las emisiones a la atmósfera. Las

vibraciones de los equipos y maquinarias pesadas y la contaminación

sonora por el ruido de los mismos, durante su operación, pueden producir

molestias a los operarios y/o afectar personas cuando los trabajos se

desarrollen cerca de áreas sensibles, por lo que se minimizará al máximo la

generación de ruidos y vibraciones de estos equipos, controlando los motores y

el estado de los silenciadores, complementado los equipos de protección

auditiva del personal de obra cuando correspondiere.

Quedará prohibido el uso de los equipos fuera de las zonas habilitadas, por

personal no autorizado o fuera de los horarios de trabajo.

El mantenimiento preventivo y correctivo apuntará a las buenas

condiciones de funcionamiento de las unidades, previniendo los escapes de

combustibles o lubricantes que puedan afectar al ambiente. De suceder, se

aplicarán las técnicas inmediatas para acotar y limitar el área afectada

Page 206: II - PLIEGO DE ESPECIFICACIONES PARTICULARES

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA

“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

206

(mediante el uso de sectores de solado impermeable y bateas, la utilización de

contenedores para acopiar el material derramado, el sellado, cierre o bloqueo de

los lugares de fuga del material contaminante, y la implementación de un

sistema de respuesta que involucre los recursos necesarios según la magnitud

de la pérdida, aplicar las técnicas de remediación pertinentes a la situación e

informar a la Inspección de Obra y a la autoridad competente.

En el caso del aprovisionamiento y el mantenimiento del equipo móvil y

maquinaria, incluyendo lavado y cambio de aceites, el mismo se llevará a cabo

en el sector del obrador destinado a tal fin (zona de lavado, engrase, etc.).

En el caso de aceites, lubricantes o hidrocarburos líquidos, se los

almacenará en bidones o tambores, diferenciando nuevos y usados, siguiendo

los procedimientos establecidos en el Subprograma de gestión de residuos.

Se cumplimentará con la normativa vigente en lo referido al transporte y

recepción de los mismos.

Medidas de

mitigación

relacionadas

(Detalladas en

el EIA

Medio Físico Natural

MM – 1. Medidas de mitigación en relación con el aire

MM – 2. Medidas de mitigación en relación con el relieve y suelo

MM – 5. Medidas de mitigación en relación con el paisaje

Medio Socio Económico

MM – 6. Medidas de mitigación en relación con la calidad de vida de la

población

MM – 7. Medidas de mitigación en relación con la infraestructura de servicios y

equipamiento

MM – 10. Medidas de mitigación en relación con el tránsito y transporte

Indicadores de

éxito

Ausencia de situaciones de contaminación por causa de funcionamiento de

maquinarias y equipos.

Ausencia de no conformidades por parte del Inspector Ambiental y Social

Ausencia de reportes de accidentes que involucren operarios o población,

adjudicables a las acciones de obra

Ausencia de reclamos de vecinos y autoridades

Page 207: II - PLIEGO DE ESPECIFICACIONES PARTICULARES

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

207

Ver indicadores de éxito de las MM – 1, MM – 2, MM – 5, MM – 6, MM –7 y

MM – 10

Supervisión

Externa

Área socio ambiental DEL COMITENTE

Costo estimado A ser indicado por el

contratista en su Efectividad esperada Alta

Observaciones

P4

Programa de Gestión Ambiental y social de la Obra y Control de la

Contaminación

Ambiental

P4 S11 SUBPROGRAMA Planta de clasificación de Áridos y de Hormigón

Área de

Aplicación

Área X De influencia directa De influencia

indirecta

Responsabl

es

Implementación

del Programa

Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico

Empresa Contratista

Supervisión del

Programa

Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra

COMITENTE –

Objetivo Identificar, organizar e implementar las medidas preventivas y correctivas,

constructivas y no constructivas, dirigidas a evitar la afectación del ambiente por la

operación de las plantas de clasificación de Áridos y de hormigón durante la

ejecución de la obra.

Característic

as y

Contenidos

En el caso de instalarse una planta de Áridos y de elaboración de hormigón que

implica el manejo de agregados secos con la potencialidad de afectar la calidad

del aire por dispersión de polvos, deberá, por lo tanto, contemplar la instalación

de un sistema de filtro de mangas capaz de controlar las mismas, al cual deberá

darse adecuado y continuo mantenimiento.

Page 208: II - PLIEGO DE ESPECIFICACIONES PARTICULARES

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA

“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

208

El funcionamiento de la misma, se adecuará a los horarios y modalidades de

funcionamiento establecidos por la legislación vigente.

Localizar adecuadamente la planta, considerando no solo la disponibilidad de

espacio físico, sino también las normativas locales, además de las propias

recomendaciones del personal técnico, en lo atinente a: fabricación,

almacenamiento de sustancias peligrosas; dificultades en el acceso, visibilidad e

intrusión visual; remoción de vegetación y preservación de forestales. Se deberá

evitar su instalación en las adyacencias a viviendas o a caminos, si no se dispone

de los elementos para la aislación del material particulado producto de las

emisiones y niveles de ruido.

Para la instalación de la planta de se considerarán asimismo aspectos tales como

dirección predominante del viento y régimen pluvial. Asimismo no tendrá que

ejercer una modificación relevante de la calidad visual de la zona, intrusión visual

significativa, y verificar que los riesgos por accidentes a causa del ingreso/egreso

de vehículos sean minimizados a través de cartelería y señalética adecuada (de

tipo chapa galvanizada reflectiva por microesferas de vidrio, con esmalte sintético,

etc.; indicando velocidades permitidas, equipamiento indispensable, señales de

advertencia a los riesgos a los que se está expuesto, dirigidos tanto al personal de

Obra como a los vehículos).

En el caso de estar ubicada en la cercanía de núcleos poblados de cualquier

magnitud, las tareas se realizarán en horario diurno con una emisión sonora que

no supere los niveles establecidos como límites según la normativa vigente.

Las tareas se realizarán con una emisión sonora que no supere los niveles límite

establecido en ambientes de trabajo.

Se aplicarán medidas para que los áridos a acopiar y su movimiento genere el

menor impacto posible en el medio atmosférico por el movimiento de partículas.

Para minimizar la cantidad de polvo en suspensión, se deberán regar

periódicamente las playas de maniobras de las maquinarias, equipos y vehículos,

tanto de los obradores y campamento como del depósito de áridos e

inmediaciones a la planta de materiales. La frecuencia de riego estará determinada

Page 209: II - PLIEGO DE ESPECIFICACIONES PARTICULARES

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA

“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

209

con el contenido de humedad del suelo y la intensidad del viento.

En los sectores de acopio de áridos se implementará un sistema mediante el uso

de postes y lona u otro método y la delimitación de dicho sector a fin de minimizar

el movimiento de polvos por acción de los vientos.

La prueba del funcionamiento de los equipos empleados para la ejecución de los

mismos (por ejemplo, los picos del camión regador) será realizada en los lugares

indicados por el área ambiental y social de la Inspección de Obras, con el fin de no

contaminar componentes del ambiente. Todo daño ambiental y social producido

será remediado, de modo tal que el predio quede sin ningún pasivo ambiental.

Durante la fase de abandono y en la evaluación de pasivos ambientales, una vez

finalizados los trabajos y desarmada la planta de materiales, se procederá a

verificar la existencia o no de pasivos ambientales que ameriten remediación. Si

hubiera indicios de contaminación de suelos se acordará con la Inspección un

muestreo de suelos y análisis de hidrocarburos.

Se deberá dar cumplimiento a la normativa respecto a emisiones de ruido, humos,

gases y residuos o partículas.

Los horarios de funcionamiento serán convenidos con la Inspección de Obra de

acuerdo al tipo de equipo y localización y según lo dicte la Autoridad de Aplicación.

Se realizarán las mediciones pertinentes para cumplir con las normas y estándares

establecidos en la normativa de aplicación en lo que se refiere a ambiente, salud y

seguridad laboral (el responsable competente designado para el control de

mediciones considerará los umbrales estipulados para cada uno de los parámetros

en consideración, de acuerdo a la reglamentación vigente).

Medidas de

mitigación

relacionadas

(Detalladas

en el EIA

Medio Físico Natural

MM – 1: Aire (emisiones sonoras, vibraciones y calidad del aire)

MM – 2: Relieve y suelo (topografía, estructura y calidad de suelos)

MM – 3: Agua (calidad del agua, drenaje y escurrimiento)

Page 210: II - PLIEGO DE ESPECIFICACIONES PARTICULARES

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ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA

“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

210

MM – 4: Vegetación y fauna (abundancia y diversidad)

MM – 5. Medidas de mitigación en relación con el paisaje

Medio Socio Económico

MM – 6. Medidas de mitigación en relación con la calidad de vida de la

población

Indicadores

de éxito

Autorizaciones de funcionamiento por parte de los organismos de competencias

Ausencia de no conformidades por parte del inspector socio ambiental de la obra

Ausencia de reportes de accidentes que afecten los componentes del medio

receptor o en el caso de ocurrencia, los mismos deben haber sido adecuadamente

resueltos y remediados si correspondiere.

Ausencia de quejas de frentistas y vecinos.

Ausencia de contaminación ambiental (especialmente del aire o suelo) como

consecuencia del funcionamiento de la planta.

Ausencia de consecuencias significativas de siniestros y contingencias en el

obrador

Ver indicadores de éxito de las MM – 1, MM – 2, MM – 3, MM – 4, MM – 5, y MM

– 6,

Conformidad de la Inspección Ambiental y Social

Ausencia de pasivos ambientales producidos por la planta luego del cierre del

Obrador.

Supervisión

Externa

Área socio ambiental DEL COMITENTE

Costo

estimado

A ser indicado por el

contratista en su Efectividad esperada Alta

Observacion

es

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ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA

“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

211

P4

Programa de Gestión Ambiental y social de la Obra y Control de la

Contaminación

Ambiental

P4 S12 SUBPROGRAMA CONTROL DE DRENAJES, DESAGÜES Y ANEGAMIENTOS EN

ZONA DE OBRA

Área de

Aplicación

Área X De influencia directa De influencia

indirecta

Responsabl

es

Implementación

del Programa

Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico

Empresa Contratista

Supervisión del

Programa

Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra

COMITENTE –

Objetivo Identificar, organizar e implementar las medidas preventivas y correctivas,

constructivas y no constructivas, dirigidas a evitar los anegamientos y la

obstrucción de drenajes o desagües naturales y pluviales

Característic

as y

Contenidos

Descripción de la medida:

- El Contratista, previo al inicio de las tareas de limpieza y de movimiento de

tierras, trabajos de extracción de suelos de cualquier naturaleza, dentro de la traza

de obras, deberá revisar el ámbito físico a afectar con el objeto de detectar la

existencia de vías de drenajes, de desagües y de sectores sujetos a procesos de

anegamientos actuales, evaluando la potencialidad de afectación a las obras

existentes y a construir, o al medio como resultado de las tareas constructivas.

- En todos los casos deberá mantener el correcto funcionamiento de los desagües

pluviales existentes, hasta que se encuentren terminados y en funcionamiento las

nuevas estructuras resultantes de las acciones de adecuación y sistematización de

los desagües pluviales. En ambos casos, se analizará el escurrimiento final en

detalle con el fin de evitar que el funcionamiento de los desagües genere

situaciones de anegamiento no existentes antes del inicio de la obra.

- En particular deberá tomar especial precaución en aquellas áreas con mayor

presencia y/o susceptibilidad a este tipo de procesos en las que deberá realizar un

detallado estudio de topografía, geomorfología y los procesos edáficos existentes

en el terreno, con el objeto de proceder a confeccionar planos en los que se

reflejen los procesos, actuales y potenciales. Las vías de drenaje y las áreas

anegables serán señaladas en forma detallada con el objeto de ajustar las obras

de forma tal que aseguren una eficaz captación y conducción de los excedentes

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ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA

“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

212

hídricos.

- En los trabajos de excavación, en general, deberá adoptar las precauciones

necesarias para asegurar el desvío y conducción controlada de las aguas

superficiales y subterráneas, desaguar los excedentes de agua y mantener en

seco las excavaciones, debiendo prever la provisión y mantenimiento de las

instalaciones de drenaje y de bombeo, que sean necesarias para asegurar la

estabilidad de los taludes, evitar derrumbamientos y erosiones, según la

naturaleza y las condiciones del terreno y la forma de realización de las tareas.

- Deberán extremarse las precauciones en los lugares en que las excavaciones se

encuentren aledañas a obras de infraestructura o edificaciones de cualquier tipo,

incluyendo a las propias de la obra en construcción.

- El agotamiento del agua producida por lluvias, filtraciones u otros motivos se

realizará de forma tal que el personal pueda realizar la tarea en las mejores

condiciones posibles, incluyendo la iluminación y ventilación de los sitios de

trabajo, en los casos que lo demanden.

Medidas de

mitigación

relacionadas

(Detalladas

en el EIA

Medio Físico Natural

MM – 2: Relieve y suelo (topografía, estructura y calidad de suelos)

MM – 3: Agua (calidad del agua, drenaje y escurrimiento)

MM – 4: Vegetación y fauna (abundancia y diversidad)

MM – 5. Medidas de mitigación en relación con el paisaje

Medio Socio Económico

MM – 6. Medidas de mitigación en relación con la calidad de vida de la

población

Indicadores

de éxito

Ausencia de anegamientos u obstrucción de desagües pluviales

Supervisión

Externa

Área socio ambiental DEL COMITENTE

Costo

estimado

A ser indicado por el

contratista en su Efectividad esperada Alta

Observacion

es

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

213

P4

Programa de Gestión Ambiental y social de la Obra y Control de la

Contaminación

Ambiental

P4 S13 SUBPROGRAMA Manejo de las Interferencias

Área de

Aplicación

Área x De influencia directa De influencia indirecta

Responsabl

es

Implementación

del Programa

Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico

Empresa Contratista

Supervisión del

Programa

Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra

COMITENTE –

Objetivo Identificar, evaluar, prevenir y mitigar los impactos que pudieran generarse sobre el

ambiente en general, como resultado de las acciones correspondientes a la etapa

de construcción de la obra que pudiesen, de forma directa o indirecta, implicar

algún riesgo sobre las interferencias de servicios públicos (y otros) identificados

dentro del área de influencia directa de la obra (gasoductos, electricidad urbana,

fibra óptica, agua potable, etc.).

Característic

as y

Contenidos

Se deberá evitar la interferencia y/o perturbación de los servicios públicos que se

encuentren en el área de la obra o su entorno inmediato.

De ser necesario la remoción o relocalización permanente o temporaria de un

servicio se deberá coordinar con las autoridades respectivas y/o los prestatarios de

dicho servicio.

Si las tareas que deban desarrollarse se encuentran en áreas cercanas a

instalaciones de servicios públicos y si existiera la posibilidad de provocar daños o

inconvenientes, se deberán instrumentar los mecanismos adecuados para tomar

los recaudos necesarios para protegerlas (siempre en total acuerdo e información

con la empresa prestadora de dicho servicio).

Medidas de

mitigación

relacionadas

(Detalladas

Medio Socio Económico

MM – 7. Medidas de mitigación en relación con la infraestructura de servicios y

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

214

en el EIA equipamiento

MM – 10. Medidas de mitigación en relación con el tránsito y transporte

Indicadores

de éxito

Existencia de un Plan de Prevención de Emergencias

Conformidad del Inspector Ambiental y Social con respecto al

procedimiento a aplicar

Implementación de mecanismos de prevención y alerta ante la afectación de un

servicio.

Ausencia de afectación en la provisión de servicios a los usuarios, como

consecuencia de la obra.

Ver indicadores de éxito de las MM – 7 y MM – 11

Supervisión

Externa

Área socio ambiental DEL COMITENTE

Costo

estimado

A ser indicado por el

contratista en su Efectividad esperada Alta

Observacion

es

P4

Programa de Gestión Ambiental y social de la Obra y Control de la

Contaminación

Ambiental

P4 S14 SUBPROGRAMA Suspensión Temporal por Períodos Prolongados

Área de

Aplicación

Área X De influencia directa De influencia

indirecta

Responsables Implementació

n del

Programa

Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico

Empresa Contratista

Supervisión

del Programa

Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra

COMITENTE –

Objetivo Identificar, evaluar, prevenir y mitigar los impactos que pudieran generarse

sobre el ambiente en general, como resultado de la suspensión temporal por

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

215

periodos prolongados de las actividades tanto en los frentes de obra de traza

de vía como de cuadros de Estación.

Características

y Contenidos

Se continuará con las tareas de mantenimiento y limpieza de los frentes de

obra a fin de evitar que elementos del mismo o contingencias, accidentes o

sucesos inherentes a la ausencia de control o de mantenimiento, puedan

traducirse en contingencias ambientales que afecten a ambiente (suelos, agua,

aire, personas, bienes, actividades, etc.)

En los casos que por motivos de cualquier índole se suspenda la ejecución de

la obra por un tiempo prolongado, se asegurará que dicha situación no impida

el normal escurrimiento del agua de las precipitaciones ni provoque

contaminación, erosión o daños ambientales respecto a la condición y

seguridad de personas, animales y bienes (fundamentalmente en el sector de

implantación de lo Obrador, así como en todos los frentes de obra en la zona

de camino especialmente en alcantarillas y cunetas).

Medidas de

mitigación

relacionadas

(Detalladas en

el EIA

MM – 1: Aire (emisiones sonoras, vibraciones y calidad del aire)

MM – 2: Relieve y suelo (topografía, estructura y calidad de suelos)

MM – 3: Agua (calidad del agua, drenaje y escurrimiento)

MM – 5: Paisaje (arbolado y espacios verdes)

MM – 6: Calidad de vida de la población

Indicadores de

éxito

Ausencia de no conformidades por parte del Inspector Ambiental y Social de la

obra.

Ausencia de reclamos y quejas por parte de frentistas, vecinos y

autoridades.

Ausencia de reportes de accidentes

Ausencia de daños a personas, bienes, actividades productivas o servicios

como consecuencia de la suspensión temporal de la obra

Supervisión Área socio ambiental DEL COMITENTE

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

216

Externa

Costo estimado A ser indicado por el

contratista en su Efectividad esperada Alta

Observaciones

P4

Programa de Gestión Ambiental y social de la Obra y Control de la

Contaminación

Ambiental

P4 S15 SUBPROGRAMA de Transporte durante la Construcción

Área de

Aplicación

Área X De influencia directa X De influencia

indirecta

Responsabl

es

Implementación

del Programa

Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico

Empresa Contratista

Supervisión del

Programa

Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra

COMITENTE –

Objetivo Identificar, evaluar, prevenir y mitigar los impactos que pudieran generarse sobre

el ambiente en general, como resultado de la manipulación y acondicionamiento

para el transporte de materiales dentro o fuera del área . Sobre todo por el

volumen de los componentes trasportado (rieles, durmientes, puentes)

Característic

as y

Contenidos

El manejo y transporte de componentes de obras ferroviarias como de

materiales debe cumplir con los términos definidos por la normativa de aplicación

según el alcance y aplicabilidad. En caso de no contarse con normativa local se

remitirá a las normas nacionales y/o adecuación a otras normas aplicables

orientadas a la prevención de contingencias en el transporte.

Se asegurará que ningún componente de obra y material caiga de los vehículos

durante el paso por caminos públicos. En caso de suceder, se deberá suspender

inmediatamente el traslado. Se deberán colocar dispositivos para la advertencia a

los demás transeúntes o conductores, a una distancia del vuelco tal, que permita

a los demás transeúntes la maniobrabilidad con tiempo y espacio prudencial, a fin

de evitar accidentes. Se deberá trabajar en la carga del material a los vehículos, o

bien, su traslado fuera de la calzada. Se deberá dar aviso inmediato al

Responsable Ambiental y Social, de modo tal de coordinar acciones con las

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

217

autoridades competentes para dar respuesta a dicha contingencia.

Los circuitos de transporte de componentes ferroviarios t materiales estarán

convenientemente señalizados y acordados con la autoridad pertinente, a fin de

evitar los daños a equipamientos públicos, vehículos y/o peatones y a las

actividades sociales y productivas.

Se utilizarán solamente camiones y transportes con los debidos seguros que

cubran posibles contingencias así como ser unidades con las verificaciones

técnicas actualizadas y aprobadas.

Medidas de

mitigación

relacionadas

(Detalladas

en el EIA

Medio Socio Económico

MM – 6. Medidas de mitigación en relación con la calidad de vida de la

población

MM – 8. Medidas de mitigación en relación con las actividades productivas

y económicas

MM – 9. Medidas de mitigación en relación con las actividades, usos del suelo

y aspectos socioculturales

MM – 10. Medidas de mitigación en relación con el tránsito y transporte

Indicadores

de éxito

Ausencia de no conformidades por parte del Inspector Ambiental y Social de la

obra

Ausencia de reportes de accidentes de operarios y población local.

Ausencia de reclamos de vecinos, usuarios y autoridades.

Ver indicadores de éxito de las MM – 6, MM – 8, MM – 9, y MM – 10

Supervisión

Externa

Área socio ambiental DEL COMITENTE

Costo

estimado

A ser indicado por el

contratista en su Efectividad esperada Alta

Observacion

es

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

218

P4

Programa de Gestión Ambiental y social de la Obra y Control de la

Contaminación

Ambiental

P4 S16 SUBPROGRAMA de Desmovilización y Restauración. Cierre de Obrador y

Plantas

Área de

Aplicación

Área X De influencia directa X De influencia

indirecta

Responsabl

es

Implementación

del Programa

Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico

Empresa Contratista

Supervisión del

Programa

Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra

COMITENTE –

Objetivo Identificar, organizar e implementar las medidas preventivas y correctivas,

constructivas y no constructivas, dirigidas a revertir las consecuencias del deterioro

del ambiente como consecuencia del funcionamiento del obrador, una vez

finalizada la obra vial y producido su cierre

Característic

as y

Contenidos

Concluidos los trabajos del proyecto vial, el predio donde se encontraba el obrador

o planta de Acopio será devuelto con todas las mejoras necesarias realizadas para

devolver el predio en condiciones similares o mejores a las iniciales.

Se considerará el retiro de la totalidad de las instalaciones fijas o móviles y el retiro

y correcta disposición de todo residuo o sobrante de insumos o tareas. Se

realizará el estudio de pasivos ambientales y se remediaran aquellos detectados.

Previo a la evaluación de pasivos ambientales:

Se recogerán todos los desperdicios y materiales sólidos y trasladarán a lugares

aprobados por la supervisión ambiental y social.

Se restituirá en lo posible, en los espacios verdes residuales, la vegetación

removida (especialmente cuando se trate de especies nativas) utilizando en lo

posible ejemplares de las mismas especies (u otras nativas).

Se demolerán las construcciones transitorias hechas con hormigón o

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

219

albañilería y estos residuos serán eliminados en los lugares asignados por la

Inspección Ambiental y Social.

Los materiales sobrantes reusables o reciclables podrán ser donados, previa

aprobación de la Inspección Ambiental y Social y de la Autoridad de Aplicación.

Quedará prohibida la entrega de materiales que constituyan pasivos ambientales.

En el proceso de desmantelamiento no se permitirá la quema de basuras ni de

otros residuos.

Una vez retiradas todas las instalaciones, se procederá con las tareas de limpieza

(retiro de todo tipo de instalaciones, residuos y/o escombros del obrador),

restauración (fundamentalmente, mediante la cubierta de suelo vegetal) y

revegetación (ej. mediante hidrosiembra, a fin de garantizar la no exposición del

área a procesos erosivos).

Una vez desmantelados los frentes de obra, los sitios deberán ser dejados en

perfectas condiciones e integrados al ambiente, recubriéndose el sector con el

suelo vegetal extraído y revegetando los sitios afectados.

Los caminos existentes que hayan sido utilizados para acceder a áreas de obra y

al obrador serán restaurados. Se reconstruirá toda la infraestructura privada que

hubiera resultado afectada durante las acciones de obra (alambrados, postes,

senderos, etc.).

Los espacios construidos por el Contratista para acceder al obrador, a zonas de

acopio serán cerrados y restaurados su condición original.

Con anterioridad a la emisión del acta de recepción de la obra, la zona será

recuperada ambientalmente y acondicionada de forma tal que se pueda ayudar al

proceso de restauración natural. Esta recuperación debe contar con la aprobación

de la Inspección de Obra.

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

220

Finalizadas las tareas se deberá realizar el adecuado abandono y cierre de la obra,

retirando todas las instalaciones fijas o desmontables, eliminándose los residuos,

escombros, chatarra, cercos, y otros.

Medidas de

mitigación

relacionadas

(Detalladas

en el EIA

Medio Socio Económico

MM – 6. Medidas de mitigación en relación con la calidad de vida de la

población

MM – 8. Medidas de mitigación en relación con las actividades productivas y

económicas

MM – 9. Medidas de mitigación en relación con las actividades, usos del suelo y

aspectos socioculturales

MM – 10. Medidas de mitigación en relación con el tránsito y transporte

Indicadores

de éxito

Ausencia de no conformidades por parte del Inspector Ambiental y Social

Calidad de los recursos sin alteraciones significativas con respecto a su estado

original

Ausencia de reclamos por parte de las autoridades y los frentistas y vecinos

Material dispuesto en sitios adecuados

Ausencia de pasivos ambientales como consecuencia del funcionamiento del

obrador

Ver indicadores de éxito de las MM – 6, MM – 8, MM – 9 y MM – 10

Supervisión

Externa

Área socio ambiental DEL COMITENTE

Costo

estimado

A ser indicado por el

contratista en su Efectividad esperada Alta

Observaciones

P5 Programa de Equidad de Género y Código de Conducta del Personal

Área de

Aplicación

Área X De influencia directa De influencia

indirecta

Responsables Implementación

del Programa

Responsable Socio Ambiental – Representante

Técnico

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

221

Empresa Contratista

Supervisión del

Programa

Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra

COMITENTE –

Objetivo El objetivo del presente es establecer pautas de conducta para el personal de

la obra y de equidad de género, sin importar jerarquía, para con la comunidad.

Características

y Contenidos

Las charlas informativas sobre la obra, para con la comunidad deberán

estar dirigidas a toda la población, teniendo la obligación de invitar y participar

a las mujeres potencialmente afectadas y/o interesadas en el proyecto.

En la Participación comunitaria deberá estar presente la población

objetivo, haciendo énfasis en la participación de las mujeres de las comunidades

del área de influencia.

La contratación de personal deberá considerar la equidad de género y no podrá

solicitar la entrega de currículum vitae con foto para las postulaciones

laborales.

No se contratará a personal con antecedentes penales vinculados con delitos

sexuales, acoso sexual, prostitución y trata de personas, con el fin de proteger

la integridad de la población vinculada a la obra, principalmente mujeres y

niños.

El Contratista deberá elaborar e implementar un Código de Conducta del

Personal de obra (Contratista y Subcontratistas). El Contratista deberá

tomar las medidas y precauciones necesarias a fin de evitar la generación de

conflictos de género, sociales, políticos o culturales y para prevenir tumultos o

desórdenes por parte del personal de obra y empleados contratados por ellos o

por sus subcontratistas, así como para la preservación del orden, la protección

de los habitantes y la seguridad de los bienes públicos y privados dentro el

área de influencia del proyecto. Este Código de Conducta, estará incluido en

los contratos de trabajo.

El Código de Conducta será aplicable tanto durante la jornada laboral, como

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

222

fuera de la misma. Todo personal de la obra, cualquiera sea su nivel jerárquico,

deberá cumplir los códigos de conducta con el propio personal de la obra, como

así también cualquier persona residente de la zona afectada por la obra y

transeúntes.

El incumplimiento o la infracción a las normas de conducta del Código, deberá

estar sujeto a sanciones, multas y despidos, conforme el nivel de gravedad.

Ello deberá estar establecido en el Código de Conducta.

Deberá llevarse a cabo charlas y capacitaciones sobre el Código de

Conducta en la obra, donde deberán asistir todo el personal de obra, sin

importar el nivel jerárquico.

El Código de conducta deberá tener un consentimiento firmado por todo el

personal de obra de la Contratista y Subcontratista, sin importar el rango

jerárquico.

Las interacciones entre el personal de obra, sin importar rango jerárquico, y del

mismo para con la comunidad y transeúntes (por ej. turistas, ciclistas), deberá

mantenerse siempre bajo la actitud del respeto y no discriminación (por ej.,

sobre la base de la situación familiar, origen étnico, raza, sexo, idioma, religión,

estado civil, nacimiento, edad, discapacidad o convicción política).

Queda prohibido el acoso sexual (por ej. Uso del lenguaje o el

comportamiento, en particular hacia las mujeres o los niños, que es

inapropiado, acosador, abusivo, provocativo, sexualmente degradantes o

culturalmente inapropiado), bajo riesgo de sanción o despido.

Queda prohibida la violencia o la explotación (por ej. la prohibición del

intercambio de dinero, empleo, bienes o servicios por sexo, incluyendo favores

sexuales u otras formas de trato humillante, degradante o el comportamiento

explotador). Será responsabilidad del Contratista poner en conocimiento de

estos hechos a la autoridad competente (por ejemplo, denuncia ante la policía,

fiscalía, juzgado) para que aplique las medidas legales que correspondan. En

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ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA

“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

223

cualquiera de los casos la persona deberá ser despedida.

Protección de los niños. Se incluyen las prohibiciones contra el abuso, maltrato,

acoso sexual, o de otra manera inaceptable comportamiento con los niños,

limitando las interacciones con niños, y garantizando su seguridad en las zonas

del proyecto.

Deberán instalarse sanitarios en lugares y cantidad suficiente para

asegurar a los trabajadores las condiciones sanitarias adecuadas.

Estará prohibido el uso de sustancias ilegales.

Deberán protegerse y usarse adecuadamente los bienes de la obra.

Deberá prohibirse la apropiación de los bienes del personal de obra, frentistas

y transeúntes (por ejemplo, prohibir el robo, el descuido o residuos).

El Contratista y/o los Subcontratistas serán responsables de la estricta

observación de prohibición de la caza y la pesca en los sitios de obra, y áreas

afectadas, aún en los días feriados, de descanso y/o domingos. No se

permitirá la compra o trueque de animales silvestres o de alguna de sus partes.

Los empleados y obreros del Contratista no podrán poseer o portar armas de

fuego, explosivos, cañas o redes de pesca u otros equipos relacionados con

prácticas de caza y pesca en los Campamentos.

No se permitirá la tala innecesaria de árboles, ni tampoco la generación de

fuego o fogatas que podrían propagarse y producir incendios incontrolables.

El Contratista o Subcontratistas no podrán vender, dar, poseer, permutar o de

otro modo disponer de bebidas alcohólicas, drogas o cualquier clase de armas,

municiones y explosivos a ninguna persona, ni permitirá ni tolerará tales

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ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA

“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

224

ventas, entregas o posesión, por parte de sus agentes o empleados en los

sitios de obras, y áreas de campamentos o planta de materiales. Será

responsabilidad del Contratista poner en conocimiento de estos hechos a la

autoridad competente para que aplique las medidas que correspondan.

Deberá informarse y registrarse toda violación al Código de Conducta.

No podrá tomarse represalias contra los trabajadores que informan sobre

violaciones del Código, en caso de que el informe está hecho de buena fe.

El Contratista deberá remitir a la Inspección, a su requerimiento la nómina del

personal ocupado, clasificado según trabajos y especialidades.

La Inspección tendrá facultades para exigir el retiro inmediato de cualquier

empleado, profesional, técnico u obrero que comprobadamente observase

mala conducta y no cumpliese con las normas aquí indicadas.

Habrá un libro en el obrador, como así también en una oficina a convenir

(prestación de sector por parte de entidad pública) donde estará detallado el

Código de Conducta del personal de obra, para conocimiento de la población, y

donde se podrán realizar reclamos y quejas. Cabe aclarar que el libro que será

ubicado en la oficina a convenir, tiene el fin de facilitar el reclamo o queja de las

personas que no deseen por razón alguna acercarse al obrador.

Habrá una línea telefónica y página web donde se podrán realizar

reclamos y quejas de manera privada. A su vez, en el sitio web se encontrarán

detalles del proyecto y el Código de conducta

En las reuniones con la población se dará a conocer el Código de Conducta y la

existencia de los libros, teléfonos y página web para llevar a cabo quejas y

reclamos.

Todos los reclamos y quejas deben ser atendidos en tiempo y forma.

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ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA

“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

225

Género y empleo

A lo largo de todo el ciclo del Proyecto, es decir para la etapa de preparación,

construcción y operación, deberá asegurarse el trato igualitario de géneros

tanto entre su personal como en el personal de sus contratistas y proveedores.

Por su parte, se deberá asegurar la contratación de mujeres, particularmente

para puestos de media y alta cualificación, durante la preparación e

implementación del Proyecto.

Obligaciones para la empresa contratista

La afluencia de trabajadores temporarios contratados por la empresa

contratista podría generar disrupciones en la vida cotidiana de los habitantes

de las áreas de intervención de los proyectos e incluso, en los casos que no se

tomen las medidas adecuadas, conflictos con la población local.

En algunas circunstancias, las mujeres resultan mayormente perjudicadas por

este tipo de conductas. Por este motivo, la empresa contratista deberá optar

por la contratación de trabajadores locales en todos los casos en los que ello

sea posible.

Asimismo, en caso de que la empresa contratista prevea campamentos de

obradores, se deberá asegurar que la misma cumpla con el régimen laboral

que permita a los trabajadores regresar a sus lugares de origen con la

frecuencia establecida en los convenios laborales.

Por último, deberá desarrollar capacitaciones que indiquen buenas prácticas

con las comunidades de acogida, incluyendo cuestiones relativas a la

prevención de violencia de género en todas sus formas.

Las mismas deberán estar en línea con las previsiones que se indiquen en el

Código de Conducta.

El Código de Conducta debe asegurar que existan vínculos respetuosos y

armónicos entre población local y trabajadores contratados por la empresa

contratista.

Entre las cuestiones a abordar, deberá tratar temas de prevención de

conductas delictivas y de violencia, con particular énfasis en prevención de

violencia contra mujeres, niñas y adolescentes.

Todo el personal de la empresa contratista deberá encontrarse debidamente

informado de estas previsiones, a través de capacitaciones y campañas de

Page 226: II - PLIEGO DE ESPECIFICACIONES PARTICULARES

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ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA

“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

226

comunicación a través de cartelería y folletos.

Estos materiales deberán incluir contactos para que, tanto la comunidad como

el personal de la empresa contratista, puedan recurrir telefónicamente y

presencialmente en caso de denuncias y/o consultas.

Ello deberá implementarse al inicio de obra y continuar durante todo el ciclo de

Proyecto.

Para la elaboración del Código de Conducta se espera que la empresa

contratista cuente la asesoría de un profesional idóneo en temas de salud

sexual y reproductiva y violencia de género. El mismo podrá ser el encargado

de llevar a cabo las capacitaciones del personal de la empresa contratista en

estos temas, asegurándose que las mismas sean culturalmente adecuadas a

las audiencias objetivo

Medidas de

mitigación

relacionadas

(Detalladas en

el EIA

Medio antrópico

MM – 6. Calidad de vida de la población

Indicadores de

éxito

Se han llevado charlas informativas sobre la obra, para con la comunidad

dirigidas a toda la población, invitando y participando a las mujeres

afectadas y/o interesadas en el proyecto.

Se ha participado a las mujeres en forma equitativa en las acciones

comunitarias

Se ha considerado la equidad de género en la contratación de personal y no

se han solicitado currículum vitae con foto para las postulaciones

laborales.

El Contratista ha desarrollado un Código de Conducta dirigido a personal, de

todas las jerarquías, del contratista y subcontratista. Toda persona vinculada

laboralmente a la obra ha sido capacitada sobre el mismo, y ha firmado su

consentimiento.

No se han registrado, recibidas quejas, ni denuncias por acciones u

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

227

omisiones por parte de cualquier personal de la obra, sin importar jerarquía,

que signifiquen el incumplimiento de algún punto del Código de Conducta, ni de

este Programa.

En caso de incumplimiento del Código de Conducta, se han dictado las multas,

sanciones o despidos correspondientes. Como así también las denuncias a los

organismos pertinentes, en caso de corresponder.

Se ha facilitado un libro en el obrador, como así también en una oficina a

convenir con el Código de Conducta del personal de obra, para conocimiento

de la población, y donde se podrán recibir reclamos y quejas, las cuales

serán levantadas y atendidas correctamente.

Se ha creado una línea telefónica y página web donde se pueden realizar

reclamos y quejas de manera privada. A su vez, en el sitio web se encuentran

detalles del proyecto y el Código de conducta.

En las reuniones con la población se ha dado a conocer el Código de Conducta

y la existencia de los libros, teléfonos y página web para llevar a cabo quejas y

reclamos.

Todos los reclamos y quejas han sido atendidos en tiempo y forma.

Supervisión

Externa

Área socio ambiental DEL COMITENTE

Costo estimado A ser indicado por el

contratista en su Efectividad esperada Alta

Observaciones

P6 Programa de Salud y Seguridad en el Trabajo

Área de

Aplicación

Área X De influencia directa x De influencia

indirecta

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

228

Responsabl

es

Implementación

del Programa

Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico

Empresa Contratista

Supervisión del

Programa

Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra

COMITENTE –

Objetivo Identificar, organizar e implementar las medidas tendientes a aumentar la

seguridad en la operación de las tareas a realizar en la obra y mayor celeridad frente

a las emergencias, acorde a legislación vigente.

Característic

as y

Contenidos

Se maximizarán las medidas de seguridad e higiene generales y

particulares para la protección de transeúntes y frentistas.

Se tomarán las medidas necesarias para garantizar a los empleados y

trabajadores obreros, las mejores condiciones de seguridad, higiene, estadía,

nutrición y salud.

En todos los casos se asegurará la provisión en tiempo y forma de agua potable

para consumo humano. La provisión de agua será mediante dispenser.

Se controlará una operación segura de los diferentes equipos y máquinas, que se

utilicen en labores de manutención, los mismos serán utilizados y manejados de

manera segura y correcta.

Serán de uso obligatorio calzado reglamentario, cascos, guantes y demás

elementos de protección requeridos por la normativa vigente en la materia. Se

proveerán los elementos que minimicen los efectos producidos por el ruido como

tapones u orejeras, y anteojos de seguridad para prevenir lesiones en la vista. Se

controlará el uso de los mismos.

A fin de evitar accidentes, se delimitarán zonas de circulación vehicular dentro del

área de trabajo. Las mismas estarán señalizadas e informadas a todos los

operarios. Asimismo, se estipularán áreas de circulación peatonal exclusiva, donde

las maquinarias y vehículos no podrán tener acceso.

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

229

Se colocarán extinguidores en sitios visibles y de fácil acceso, y en cantidad

adecuada según la normativa de seguridad e higiene.

Se contará con un botiquín de emergencias en los frentes de obra y en el obrador,

así como una persona responsable de aplicar los primeros auxilios si la legislación

vigente lo requiriera.

Se identificará el centro de salud y/u hospital más cercano, y la ruta de acceso

más corta y segura al mismo.

Los vehículos y maquinarias, que no se encuentren operando, se

estacionarán en el lugar designado para tal fin dentro del obrador o en el sitio

correspondiente en el frente de obra, quedando prohibido el estacionamiento fuera

la zona destina a este uso.

Los vehículos estacionados, lo harán de tal forma que no se impida el libre egreso e

ingreso al obrador o la circulación de otros vehículos en el frente de obra. Se

planificará la disposición de los equipos, a fin de optimizar el uso de la superficie

empleada para estacionamiento.

En ningún momento se dejará el equipo estacionado con el motor en marcha. El

conductor, antes de retirarse del vehículo, dejará al mismo con freno de

estacionamiento colocado y calzado en sentido de la pendiente.

Se cumplirá con todo lo reglado en la Ley Nacional Nº 24.028/91

Accidentes de Trabajo (y sus modificatorias y complementarias) y se

complementará con medidas específicas del Programa de Contingencias.

Se contará con la presencia permanente de un profesional en Seguridad e Higiene

(por la Contratista). El mismo realizará capacitaciones al personal y elaborará

informes periódicamente, indicando los desvíos observados y las recomendaciones

de cada caso.

Se registrarán los accidentes en planillas preparadas a tal fin.

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

230

El análisis estadístico de los accidentes de trabajo se llevará a cabo

mediante índices de siniestralidad (índice de frecuencia e índice de gravedad).

Medidas de

mitigación

relacionadas

(Detalladas

en el EIA

MM – 6: Calidad de vida de la población y de los operarios locales que presten

tareas en la construcción del Proyecto

Indicadores

de éxito

Se han llevado a cabo capacitaciones a todo el personal de obra, desde el cargo

más alto, hasta el más bajo. Todos deben estar capacitados.

Toda la personal cuenta con los correspondientes elementos de seguridad, y todo

el personal usa los elementos de seguridad.

Se ha cumplimentado con la normativa de higiene y seguridad en obra

No se ha presentado personal de obra que haya sufrido accidentes, ni

enfermedades, productos de la obra.

En caso de accidente, o algún tipo de riesgo a la salud, se ha actuado con

celeridad.

Supervisión

Externa

Área socio ambiental DEL COMITENTE

Costo

estimado

A ser indicado por el

contratista en su Efectividad esperada Alta

Observacion

es

P7 Programa de Contingencias

P7 S1 SUBPROGRAMA de respuesta ante la ocurrencia de desastres naturales

Área de

Aplicación

Área X De influencia directa X De influencia

indirecta

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

231

Responsabl

es

Implementación

del Programa

Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico

Empresa Contratista

Supervisión del

Programa

Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra

COMITENTE –

Objetivo Identificar, organizar e implementar las medidas preventivas y correctivas,

tendientes a aumentar la seguridad en la construcción y operación de la obra vial y

mayor celeridad ante las emergencias, considerando que éstas se pueden

producir entre vehículos, entre vehículos y peatones y/o ciclistas y entre vehículos

y el ambiente.

Característic

as y

Contenidos

Se identificarán y tipificarán las posibles contingencias (volcado de

hormigón, volcado de combustibles o aceites, accidentes, incendios) en función de

las características de esta obra, sus posibles daños (sobre las personas o el

ambiente, fundamentalmente el suelo y los recursos hídricos) y formas de

prevención y respuesta.

Se asegurará la identificación de responsabilidades, cadena de

comunicación, mecanismos de respuestas, adecuada capacitación, existencia de

los elementos de seguridad previstos según los riesgos de cada contingencia

analizada

Se capacitará al personal de obra en materia de seguridad, prevención y cuidado

del medio ambiente. Respecto al personal de obra, se asegurarán en todo

momento vías de escape de los posibles lugares de ocurrencia del siniestro,

disponiéndose de un sistema de alarmas para alertar a todos los presentes.

Se protegerá al personal que actúe en la emergencia.

Se minimizarán los efectos de una contingencia una vez producida,

desarrollando acciones de control, contención, recuperación y en caso contrario

restauración de los daños siguiendo un plan predeterminado, con responsables y

actores debidamente capacitados, entrenados y con tareas específicas y pautadas.

Se protegerá a terceros relacionados con la obra, salvaguardando la vida humana

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

232

y preservando el ambiente.

Medidas de

mitigación

relacionadas

(Detalladas

en el EIA

Medio Físico Natural

MM – 1. Medidas de mitigación en relación con el aire

MM – 4. Medidas de mitigación en relación con la vegetación y fauna urbana

MM – 5. Medidas de mitigación en relación con el paisaje

Medio Socio Económico

MM – 6. Medidas de mitigación en relación con la calidad de vida de la

población

MM – 8. Medidas de mitigación en relación con las actividades, usos del suelo

y aspectos socioculturales

Indicadores

de éxito

Existencia de un Plan de Prevención de Emergencias y Contingencias

Ambientales de la Obra.

Conformidad del Inspector Ambiental y Social

Ausencia de contingencias

Adecuada respuesta a contingencias

Ausencia de consecuencias negativas resultantes de eventuales

contingencias

Ausencia de pasivos ambientales

Ver indicadores de éxito de las MM – 1, MM – 4, MM – 5, MM – 6 y MM – 8

Supervisión

Externa

Área socio ambiental DEL COMITENTE

Costo estimado A ser indicado por el

contratista en su Efectividad esperada Alta

Observaciones

P8 Programa de Seguridad Vial, Ordenamiento de Tránsito y Señalización

Área de

Aplicación

Área X De influencia directa X De influencia

indirecta

Responsabl Implementación Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

233

es del Programa Empresa Contratista

Supervisión del

Programa

Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra

COMITENTE –

Objetivo Identificar, organizar e implementar las medidas preventivas y correctivas,

tendientes a aumentar la seguridad vial durante la construcción y operación de la

obra vial, incluyendo una mayor celeridad ante las emergencias a través de una

adecuada señalización y desvíos de tránsito.

Característic

as y

Contenidos

Considerar la normativa y recomendaciones sobre seguridad vial en obras aplicables a

nivel provincial

El manejo del tránsito vehicular en el área de influencia directa y de la obra requerirá

que se prevean y apliquen adecuadas medidas de manejo y señalización para evitar

o minimizar contingencias, percances y accidentes.

Se maximizará la seguridad en la circulación de vehículos y peatones, por lo que es

importante que se minimicen las interferencias de la obra con el tránsito. El

mantenimiento de uno de los carriles en funcionamiento permitirá disminuir la

afectación al tránsito aunque produciendo demoras.

En relación al manejo de las señalizaciones, informativas y preventivas, se

contemplarán las medidas propuestas ya sea para la señalización de desvíos

transitorios de tránsito, el establecimiento de los dispositivos de control de tránsito y

protección de obras, la señalización interna de la obra y del obrador y el

mantenimiento de las mismas.

En relación al manejo del tránsito, el Contratista deberá contemplar la

accesibilidad de los frentistas, la accesibilidad a los centros de interés comunitario e

infraestructura de comercial, el diseño de senderos peatonales y desvíos transitorios

de tránsito, la circulación de vehículos y maquinarias y la modificación de recorridos

de transporte público.

En relación al manejo de las señalizaciones, informativas y preventivas, el

Contratista deberá contemplar las medidas para la señalización de desvíos

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

234

transitorios de tránsito, el establecimiento de los dispositivos de control de tránsito

y protección de obras, la señalización interna de la obra y del obrador.

En base a la jerarquía de la ruta Nacional n° 9 paralela a la traza de vía, zona de

obra y a la evaluación de riesgos de accidentes, definir las velocidades máximas

permitidas, implementando la señalización correspondiente.

Incluir señalización sobre el uso obligatorio de cinturón de seguridad para

automovilistas.

Incluir señalización sobre la utilización de casco, protecciones e

indumentaria reflectante para motociclistas y ciclistas según lo requiera la normativa

de aplicación

Desalentar los cruces informales (no habilitados) de la ruta que aumenten el riesgo

de accidentes

Implementar una campaña de educación vial en establecimientos

educativos, productivos, residenciales del área de influencia de las obras, tanto en la

etapa de construcción como de operación.

Localizar y señalizar adecuadamente las paradas del transporte público,

construidas con las condiciones de seguridad y confort adecuadas

Medidas de

mitigación

relacionadas

(Detalladas

en el EIA

Medio Físico Natural

MM – 4. Medidas de mitigación en relación con la vegetación y fauna urbana

Medio Socio Económico

MM – 6. Medidas de mitigación en relación con la calidad de vida de la

población

MM – 10. Medidas de mitigación en relación con el tránsito y transporte

Indicadores Ausencia de accidentes de operarios y población

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

235

de éxito Ausencia de reclamos de vecinos y usuarios

Minimización de la afectación al tránsito y al transporte de personas, bienes y

servicios

Ver indicadores de éxito de las MM – 4, MM – 6 y MM – 10

Supervisión

Externa

Área socio ambiental DEL COMITENTE

Costo

estimado

A ser indicado por el

contratista en su Efectividad esperada Alta

Observacion

es

P9 Programa de Comunicación y relaciones comunitarias

Área de

Aplicación

Área X De influencia directa X De influencia

indirecta

Responsables Implementación

del Programa

Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico

Empresa Contratista

Supervisión del

Programa

Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra

COMITENTE –

Objetivo Identificar, organizar e implementar las medidas preventivas y correctivas, dirigidas

a promover y facilitar la comunicación con las autoridades y la población local, sobre

las acciones que lleva a cabo la obra, a fin de prevenir los riesgos ambientales para

la población en el área y de influencia directa de la obra vial, lo cual incluye tanto

evitar o mitigar los impactos negativos de las acciones como reducir la exposición de

los mismos a la población.

generar y difundir la información actualizada respecto del avance del proyecto, de

las afectaciones a su entorno, de la implementación de Medidas de Mitigación y

Programas

del PGAS. y PMAS previstos, todo otro aspecto de las tareas desarrolladas con

relación al ambiente, en lo que concierne a la Empresa Contratista y que resulten de

interés público

Page 236: II - PLIEGO DE ESPECIFICACIONES PARTICULARES

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

236

Este Programa se aplicará durante la ejecución de las acciones de obra.

Característic

as y

Contenidos

Se establecerá un procedimiento de comunicación formal y documentado, que facilite

la comunicación con las comunidades (opiniones, sugerencias, quejas o reclamos)

relacionados con el desarrollo de la obra.

Se comunicará a las autoridades, vecinos, empresas u organismos que posean

instalaciones o desarrollen actividades próximas a la obra, con anticipación a las

acciones a ejecutar en los períodos subsiguientes.

Se comunicará con anticipación a los posibles afectados o a las autoridades

pertinentes aquellas acciones de la obra que pudieran generar conflictos con

actividades de terceros.

Se implementara un Plan de Comunicación.

Se desarrollaran folletos a entregar a los vecinos indicando alternativas a tomar para

evitar la interrupción de tránsito, dejando la elección a criterio del usuario. También

puede utilizarse cartelería colocada en vías cercanas en puntos tales que permitan

que el conductor seleccione una vía alternativa.

Se colocará cartelería en cada frente de obra indicando: Nombre del Proyecto,

Nombre del COMITENTE, Nombre del Concesionario, direcciones y teléfonos de

consulta y recepción de quejas.

Se señalizará e informará de los caminos o tramos por la cual se

desplazaran los vehículos pesados afectados a la obra.

Se preparará y dispondrá en el obrador de material gráfico (afiche o cartel) no técnico,

de divulgación de la Obra.

Este Programa deberá articularse especialmente con el de manejo del tránsito a fin

de dar aviso adecuado, en tiempo y forma, a la comunidad sobre los desvíos de

tránsito y peatonales y movimientos de transporte de materiales y escombros que

puedan afectar el normal funcionamiento del tránsito en la zona.

El alcance de este Programa se refiere sólo a las responsabilidades de la firma

Contratista en cuanto a sus requerimientos de información a la comunidad. El

COMITENTE mantendrá arreglos de Información y Participación Comunitaria por

fuera de este Programa, incluyendo la Instalación de un Centro de Información y

Relaciones con la Comunidad, en un lugar accesible y fácilmente identificable,

cercano a la obra física.

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

237

La información referida a la implementación y avances del proyecto se mantendrá

actualizada para dar respuesta inmediata a todo tipo de consulta, observaciones,

quejas y reclamos, identificando los problemas y adoptando las acciones para su

solución y canalizadas a solicitud de la Dirección de Obra.

El Programa de información y participación comunitaria debe implementarse a lo

largo del ciclo de la obra.

Previo acuerdo de la Inspección de Obra, la Contratista será responsable de la

difusión del cronograma aprobado, resaltando las acciones que alterarán el normal

desarrollo de actividades en el entorno inmediato.

Con acuerdo de la Inspección de Obra, la Contratista establecerá una modalidad de

vinculación con la comunidad y actores sociales afectados por el desarrollo de la

Obra que a continuación se citan (sin perjuicio de aquellos que pudiesen surgir como

involucrados a futuro):

*Responsables de actividades Productivas, Artesanales, comerciales, educativas, de

salud, culturales etc. , con el fin de prevenir o minimizar los inconvenientes a

ocasionar en el desenvolvimiento de sus actividades;

*Empresas de transporte de pasajeros urbano con recorridos en el área, con el fin

informar con antelación la información acerca de cierres parciales o totales de calles,

que sirva para determinar un circuito alternativo para la prestación de su servicio, y

generar la difusión del cambio a sus usuarios.

Previo al inicio de ejecución de las obras, la Contratista deberá enviar a la

Inspección de Obra el esquema de circulación (desvíos, salidas de emergencias,

señales, etc.) de todos los vehículos y maquinarias utilizados en la etapa

constructiva. La Contratista deberá implementar una adecuada señalización en obra,

de modo de favorecer el orden y limpieza de los sitios de trabajo, así como la

protección y seguridad del personal en obra y pobladores cercanos.

También deberá acordar con autoridad local, si correspondiese, las posibles

alteraciones a la circulación.

Del mismo modo, deberá señalizar las salidas normales y de emergencias

necesarias para casos de posibles emergencias, según normas referidas al tema.

Todos los vehículos utilizados para el transporte de material extraído en obra

deberán cumplir con las reglamentaciones de tránsito, tara, permiso de transporte de

carga y toda otra reglamentación que atiendan el caso.

Medidas de

mitigación

relacionadas

Medio Socio Económico

MM – 6. Medidas de mitigación en relación con la calidad de vida de la

Page 238: II - PLIEGO DE ESPECIFICACIONES PARTICULARES

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

238

(Detalladas

en el EIA

población

MM – 8. Medidas de mitigación en relación con las actividades productivas y

económicas

MM – 9. Medidas de mitigación en relación con las actividades, usos del suelo y

aspectos socioculturales

MM – 10. Medidas de mitigación en relación con el tránsito y transporte

Indicadores

de éxito

Ausencia de reclamos por arte de los pobladores locales.

Pronta consideración, solución y comunicación frente a eventuales

contingencias o impactos ambientales y sociales

Ausencia de no conformidades por parte del inspector ambiental y social

Ver indicadores de éxito de las MM – 6, MM – 8, MM – 9 y MM – 11

Supervisión

Externa

Área socio ambiental DEL COMITENTE

Costo

estimado

A ser indicado por el

contratista en su Efectividad esperada Alta

Observacion

es

P1

0

Programa de Gestión de Quejas y Reclamos

Área de

Aplicación

Área X De influencia directa X De influencia

indirecta

Responsabl

es

Implementación

del Programa

Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico

Empresa Contratista

Supervisión del

Programa

Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra

COMITENTE –

Objetivo Desarrollar e implementar un sistema de recepción y gestión de quejas, reclamos y

sugerencias con mecanismos acordes con el contexto local y las características

socioculturales de los grupos involucrados del Proyecto, con especial consideración

Page 239: II - PLIEGO DE ESPECIFICACIONES PARTICULARES

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

239

y respeto a los grupos más vulnerables.

Difundir y promover los procedimientos para reclamar, realizar el seguimiento, y

conocer los plazos y los mecanismos de resolución

Característic

as y

Contenidos

El Contratista estará a cargo de la recepción, sistematización,

procesamiento y respuesta a los reclamos que surgieran durante la etapa

constructiva causados por riesgos o impactos propios de la construcción.

Si la resolución no fuese posible luego de los análisis de la Contratista se remitirá a

el COMITENTE para su análisis y resolución.

Para el caso en el que la queja no pueda manejarse en el ámbito de la obra, el

interesado podrá exponer su reclamo en sede administrativa, ante la Defensora del

pueblo y/o ante los Tribunales de Justicia de la Provincia de Jujuy.

El Mecanismo deberá contar con una herramienta eficiente para la

recolección, el seguimiento y la notificación de las quejas. El proceso se

documentará mediante un registro de quejas (en un archivo físico y en una base de

datos). El procedimiento se inicia con la presentación de la denuncia (de manera oral

o escrita) por el demandante. El proceso termina con el cierre y la conformidad en la

resolución de ambas partes (el demandante y el Proyecto).

Medidas de

mitigación

relacionadas

(Detalladas

en el EIA

Medio Socio Económico

MM – 6. Medidas de mitigación en relación con la calidad de vida de la

población

MM – 8. Medidas de mitigación en relación con las actividades productivas y

económicas

MM – 9. Medidas de mitigación en relación con las actividades, usos del suelo y

aspectos socioculturales

MM – 10. Medidas de mitigación en relación con el tránsito y transporte

Indicadores

de éxito

Ausencia de reclamos por parte de los usuarios y pobladores locales sin registrar

y contestar.

Verificación de reclamos y quejas semanales, constatadas con consultas

comunitarias

Pronta consideración, solución y comunicación frente a eventuales

contingencias o impactos ambientales y sociales

Page 240: II - PLIEGO DE ESPECIFICACIONES PARTICULARES

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

240

Ausencia de no conformidades por parte del Inspector Ambiental y Social

Ver indicadores de éxito de las MM – 6, MM – 8, MM – 9 y MM – 11

Supervisión

Externa

Área socio ambiental DEL COMITENTE

Costo

estimado

A ser indicado por el

contratista en su Efectividad esperada Alta

Observacion

es

De manera general, el Mecanismo seguirá los siguientes lineamientos:

Proporcional: El Mecanismo tendrá en cuenta de manera proporcional el nivel de

riesgo y los posibles impactos negativos en las zonas afectadas.

Culturalmente apropiado: El Mecanismo está diseñado para tener en cuenta las

costumbres locales de la zona.

Accesible: El Mecanismo está diseñado de una manera clara y sencilla para que

sea comprensible para todas las personas. No habrá ningún costo relacionado con

el mismo.

Anónimo: El demandante puede permanecer en el anonimato, siempre y cuando no

interfiera con la posible solución a la queja o problema. El anonimato se distingue de

la confidencialidad en que es una denuncia anónima, no se registran los datos

personales (nombre, dirección) del demandante.

Confidencial: El proyecto respetará la confidencialidad de la denuncia.

La información y los detalles sobre una denuncia confidencial sólo se comparten de

manera interna, y tan sólo cuando sea necesario informar o coordinar con las

autoridades.

Transparente: El proceso y funcionamiento del Mecanismo es

transparente, previsible, y fácilmente disponible para su uso por la población.

P1

1

Programa para Minimizar Afectaciones a actividades económicas

Área de

Aplicación

Área X De influencia directa X De influencia

indirecta

Responsables Implementación

del Programa

Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico

Empresa Contratista

Page 241: II - PLIEGO DE ESPECIFICACIONES PARTICULARES

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ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA

“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

241

Supervisión del

Programa

Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra

COMITENTE –

Objetivo El objetivo del presente es que se eviten o minimicen las afectaciones a las

actividades económicas de la zona, en particular en el área .

Características

y Contenidos

Se deberá dar a conocer a todos los comerciantes Artesanos, pequeños

productores y trabajadores el plan de obras con su cronograma previsto y se

facilitará un teléfono y página web de consulta.

Se llevarán a cabo reuniones con los actores productivos y económicos frentistas

de los cuadros de Estación y de las trazas de vía, a quienes se les dará a

conocer las actividades de la obra y, se les consultará preferencias de días y

horas de trabajos de obra. En base a las sugerencias, se intentarán acordar las

obras, circulación de equipos, personas y materiales, el depósito de materiales,

etc. en condiciones, días y horarios que minimicen la afectación de las

actividades económicas (comercio, gastronomía, turismo, etc.)

No podrá afectarse el acceso ni las condiciones de seguridad a ningún

establecimiento comercial, ni actividad económica durante la ejecución de los

trabajos. Con excepción de que sean accesos no aprobados por área técnica del

COMITENTE

Medidas de

mitigación

relacionadas

(Detalladas en

el EIA

Medio antrópico

MM – 6. Calidad de vida de la población

MM – 8. Actividades productivas y económicas

Indicadores de

éxito

No se relevan reclamos de actores económicos productivos locales por tareas de

obras

Las consultas de actores económicos y productivos han tenido respuesta

Se verificaron las reuniones con los actores productivos y comerciantes

frentistas de cuadros de estación y traza de vía, se relevaron sugerencias en

actas y se tomaron en cuenta.

El cronograma de obras ha sido consensuado con los actores sociales

Page 242: II - PLIEGO DE ESPECIFICACIONES PARTICULARES

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ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA

“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

242

involucrados.

No se han registrado quejas sin atender o resolver.

No se registran no conformidades respecto al programa

Supervisión

Externa

Área socio ambiental DEL COMITENTE

Costo estimado A ser indicado por el

contratista en su Efectividad esperada Alta

Observaciones

P1

2

Programa de forestación compensatoria

Área de

Aplicación

Área X De influencia directa X De influencia indirecta

Responsabl

es

Implementación

del Programa

Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico

Empresa Contratista

Supervisión del

Programa

Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra

COMITENTE –

Objetivo Mitigar la afectación a la flora, fauna y paisaje por las afectaciones generadas tras el

desmonte y perdidas de aboles por obra.

Característic

as y

Contenidos

LA CONTRATISTA deberá evitar todo desmonte, desforestación, pérdida de

árboles, etc.

innecesarias y evitables a fin de proteger, cuidar y preservar el hábitat natural de las

especies animales.

Deberá efectuar la parquización y forestación de reposición con especies nativas, a

los efectos de compensar la limpieza de la vegetación, cobertura vegetal y la

extracción de árboles, a lo largo de todo el tramo de traza de vías como de cuadros

de Estación,

Además deberá efectuar la revegetación y forestación, una vez concluidas las tareas

Page 243: II - PLIEGO DE ESPECIFICACIONES PARTICULARES

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ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA

“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

243

en los obradores, plantas, campamentos y depósitos.

La ubicación, alcance y cantidad definitiva de la forestación de reposición será

acordada durante el desarrollo de la obra y ajustada con las autoridades locales y

especialistas en la temática.

En aquellos espacios a ocupar transitoria o permanentemente por excavaciones u

obras y en los cuales existe vegetación arbórea de gran valor, se deberá proceder a

su remoción y trasplante.

LA CONTRATISTA deberá proveer los recursos necesarios para lograr la

supervivencia de los

ejemplares plantados y su posterior reposición por daños, muerte del plantín, etc.,

durante el período de garantía de la obra.

El suministro de las plantas provendrá de viveros acreditados.

Al finalizar el proyecto, el responsable ambiental deberá dejar las áreas de trabajo

en condiciones iguales al principio de la obra. Deberá recrear las condiciones

favorables para aumentar la producción de la vegetación nativa, restituyendo las

características del suelo, y eliminando las especies exóticas o invasoras.

LA CONTRATISTA deberá reponer todos los ejemplares plantados que no hubieren

prosperado.

Medidas de

mitigación

relacionadas

(Detalladas

en el EIA

MM – 2: Relieve y suelo (topografía, estructura y calidad de suelos)

MM – 4: Vegetación y fauna (abundancia y diversidad)

MM – 5: Paisaje (arbolado y espacios verdes)

MM – 6: Calidad de vida de la población

Indicadores

de éxito

Grado de recuperación de las condiciones originales.

Desarrollo exitoso de nuevas áreas forestadas con especies nativas en traza de vía

como en Cuadro de Estaciones.

Indicadores de éxitos de MM2, MM4, MM5 y MM6

Supervisión

Externa

Área socio ambiental DEL COMITENTE

Costo

estimado

A ser indicado por el

contratista en su Efectividad esperada Alta

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

244

Observacion

es

P1

3

Programa de Protección del Patrimonio Cultural y Arqueológico

Área de

Aplicación

Área x De influencia directa x De influencia

indirecta

Responsables Implementación

del Programa

Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico

Empresa Contratista

Supervisión del

Programa

Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra

COMITENTE –

Objetivo Identificar, organizar e implementar las medidas preventivas y correctivas

dirigidas a evitar la afectación del patrimonio históricocultural y arqueológico en el

entorno del Proyecto.

Minimizar efectos sobre el patrimonio cultural local, arqueológico y

paleontológico.

El fin de la Puesta en Valor y restauración de los edificios históricos ferroviarios

es conservar y revelar los valores estéticos e históricos y testimoniales de los

edificios,

Es necesario respetar y salvaguardar hasta donde sea posible la integridad y la

materialidad original.

El resultado de la intervención dejará ver con sutileza la diferencia entre lo

original y lo agregado y no buscará nunca el camuflaje total o la imitación.

Perseguirá la conservación y el realce de los valores que de finen al edificio

histórico apoyando la lectura de la tipología original con discreción y respeto.

Características

y Contenidos

Se aplicarán medidas de protección con relación a los elementos históricos

(por ejemplo, los monumentos o sitios de históricos), que se encuentren en el

entorno del de las trazas de vía o en los cuadros de Estación, en particular en

relación a la afectación de su valor patrimonial debido al movimiento de

maquinarias y equipos.

Page 245: II - PLIEGO DE ESPECIFICACIONES PARTICULARES

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA

“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

245

Si se detectan evidencias históricas o culturales de relevancia, se deberá

proceder a informar a las Autoridades Competentes a fin de que arbitren las

medidas necesarias para su relocalización en el marco de una planificación

adecuada, y que guarden todos los recaudos necesarios del caso acorde a

protocolos y salvaguardas correspondientes.

Si se detectase la existencia de elementos arqueológicos o paleontológicos

en la zona operación o anexas a las mismas, el Contratista, ante eventuales

hallazgos que puedan suscitarse, se recomienda aplicar el siguiente plan de

procedimientos.

El mismo requiere de su divulgación, en particular por parte de aquellos

operarios que tengan a su cargo personal que realiza tareas de campo.

1. Paralización o desvío momentáneo de las actividades en el sector de

hallazgos.

2. Comunicación al Encargado de Obra.

3. Comunicación a la Jefatura del Proyecto de la situación detectada.

4. Comunicación al responsable de arqueología o en su defecto comunicarse con

la autoridad de aplicación provincial correspondiente.

5. La Jefatura del Proyecto debe asegurar la protección y resguardo de los

materiales arqueológicos.

La forma de proceder deberá ser acordada una vez establecida la comunicación

con el arqueólogo, tal cual se refiere en las medidas de mitigación.

6. De ser necesario, y ante determinado tipo de registro, como por ejemplo

estructuras, se debe restringir el ingreso al lugar de personas no autorizadas o

animales que puedan afectar al sitio. Para el caso de manifestaciones rupestres,

deberá prohibirse el contacto físico con cualquier tipo de elemento.

7. Elevación de una nota de denuncia de hallazgo con datos generales de los

mismos (ubicación y características) a ser presentada a las autoridades de

aplicación correspondiente.

8. Elaboración de una propuesta de acción adecuada al tipo y contexto de los

hallazgos realizados por parte del responsable de arqueología al encargado de

obra (cantidad de personal y tiempo necesario para realizar las tareas de

arqueología) que incluya labores a realizar con el propósito de recuperar toda la

información arqueológica del sector directamente afectado.

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

246

9. Elevación de información sobre la decisión adoptada a las autoridades de

aplicación de la provincia pertinente.

10. Elaboración del informe de las tareas realizadas a las autoridades de

aplicación.

Cualquier intervención en edificios históricos ferroviarios y sus elementos se hará

con total consideración a la autenticidad de los mismos.

La solución que se adopte deberá estar amparada en la aplicación de los

principios de la Preservación y de edificios patrimoniales y buscará integrarse en

la visión del original, facilitando su lectura y la apreciación de sus valores.

Se implementarán sistemas de diferenciación, documentación y notación en

lugares no visibles en sustituciones o reintegraciones de paramentos y/o

elementos faltantes o degradados. Se utilizara como documentación base las

especificaciones técnicas de obras patrimoniales.

Se propiciará una operación arquitectónica de incorporación de elementos

contemporáneos basada en la integración empática, no invasiva, ni simuladora

de una historia que nunca poseyó.

La Contratista deberá presentar un plan integral acorde a legislación vigente

patrimonial de obras, mantenimiento y conservación constituyéndose la

culminación de todo proceso de recuperación de un edificio de valor patrimonial

Este instrumento legal, técnico y administrativo, persigue mantener en el tiempo

las condiciones y atributos que hacen a la identidad del bien recuperado s

Se implementarán rutinas de control y seguimiento del edificio, así como planes

de mantenimiento para prevenir y retardar el deterioro de las obras intervenidas,

procurando asegurar las condiciones idóneas durante el máximo tiempo posible.

Se implementarán normativas y acciones que regulen el buen uso del edificio

patrimonial para preservarlo, siempre procurando el acceso de la comunidad a

su conocimiento y disfrute.

Se deberá plantear para los objetivos de conservación del edificio intervenido,

acciones técnicas y económicamente factibles y sustentables, evitando el clásico

ciclo de intervención correctiva y deterioro, incorporando el concepto de

mantenimiento preventivo. Las tareas de conservación deberán contar con la

supervisión de profesionales idóneos y ser llevadas a cabo por profesionales con

probada experiencia en los rubros sensibles que le competa. S

Las intervenciones de restauración que se realicen en el patrimonio

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

247

arquitectónico tienen la obligación de conservar los aspectos mencionados,

tanto:

- el conjunto de materiales y

- sistemas constructivos que constituyen al edificio como sus espacios,

Sin embargo, en las labores de investigación y conservación de los materiales de

construcción de un inmueble este especialista deberá apoyarse y asesorarse con

los conocimientos de otros profesionales como son: químicos, físicos, biólogos,

geólogos, ingenieros especialistas en estructuras históricas y en mecánica de

suelos, especialistas en ciencias de los materiales y en mineralogía,

restauradores de bienes muebles y arqueólogos, historiadores e historiadores del

arte, profesionales cuyo quehacer debe estar inmerso en el campo de la

restauración con el fi n de que sus asesorías, diagnósticos, pronósticos y/o

intervenciones sobre el patrimonio arquitectónico “... no sean contrarias a los

principios de la restauración, para que sus acciones tomen en cuenta el contexto

de los trabajos de restauración en que están incluidos y para que no se

produzcan por sus acciones alteraciones y deterioros en los inmuebles”.

También, en un momento dado se requerirá de información sobre ciertos

productos o materiales comerciales o industriales, misma que podrá adquirir con

los agentes de las casas comerciales o laboratorios que los fabrican.

Deberá efectuarse una serie de planteamientos que conduzcan al empleo de

una metodología para la elección de los materiales, tratamientos y/o técnicas

idóneos para la restauración y puesta en valor de cada caso en particular.

Para la elección de los tratamientos de restauración es fundamental el

conocimiento de los materiales y sistemas constructivos con que se ha erigido el

monumento que se intervendrá, tanto de los que conforman su estructura

constructiva (en la cual intervienen diversos materiales como distintos tipos de

piedra, ladrillo, adobe, madera, morteros de lodo, de calarena, etc.), como en su

estructura decorativa (en la que aparecen materiales como la madera, piedra,

ladrillo, argamasas, yeserías y azulejos) y en sus acabados (efectuados

mediante aplanados de cal, de lodo o pintura mural, por citar algunos).

El arquitecto o profesional especialista deberá conocer perfectamente en qué

consisten, su composición química y mineralógica, cómo funcionan, las

características, sus propiedades, las fallas materiales, posibles defectos de

manufactura, comportamiento y tiempo de vida útil de los materiales y técnicas

de construcción (comúnmente conocidas como tradicionales), así como el trabajo

estructural de los monumentos históricos.

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

248

Medidas de

mitigación

relacionadas

(Detalladas en

el EIA

MM – 5: Paisaje (arbolado y espacios verdes)

MM – 9. Medidas de mitigación en relación con las actividades, usos del suelo y

aspectos socioculturales

Indicadores de

éxito

Ausencia de reclamos por parte de los pobladores locales.

Ausencia de no conformidades por parte del inspector ambiental y social

Ver indicadores de éxito de las MM – 5, MM 9

Supervisión

Externa

Área socio ambiental DEL COMITENTE

Costo estimado A ser indicado por el

contratista en su Efectividad esperada Alta

Observaciones

P1

4

Programa de Vigilancia y Monitoreo

Área de

Aplicación

Área X De influencia directa X De influencia

indirecta

Responsables Implementación

del Programa

Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico

Empresa Contratista

Supervisión del

Programa

Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra

COMITENTE –

Objetivo Identificar, organizar e implementar los muestreos y ensayos a realizar

Fundamentalmente sobre los factores aire, agua y suelo para realizar un

monitoreo del área de influencia directa y fundamentalmente del área .

Características

y Contenidos

Durante toda la etapa de construcción, el CONTRATISTA dispondrá los medios

necesarios para maximizar el desempeño ambiental de su obra a los efectos de

potenciar los beneficios de la gestión ambiental. Se desarrollará e implantará un

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

249

programa de Monitoreo Ambiental cuyos resultados serán presentados

regularmente a la Inspección técnica Ambiental, social, n los Informes

Ambientales Mensuales.

El CONTRATISTA incluirá en su Plan de Manejo Ambiental de la Obra un

Programa de Monitoreo Ambiental que deberá incluir como mínimo el monitoreo

de la calidad del aire, suelos y de agua superficial, tanto en la Etapa de

Construcción como en la Etapa de Funcionamiento.

ETAPA DE CONSTRUCCIÓN:

Monitoreo del Suelo:

En la zona de proyecto el CONTRATISTA deberá monitorear el suelo,

comprobando que durante la ejecución de las obras los movimientos de tierra se

ejecutan según lo establecido en las medidas correctoras.

Frecuencia: Mensual durante toda la obra

Monitoreo del Aire. Contaminación atmosférica y contaminación sonora (ruido y

vibraciones):

En la zona de proyecto el CONTRATISTA deberá monitorear la calidad de aire,

midiendo los niveles de ruido y material particulado, producto de las emisiones

de las máquinas y herramientas y de los vehículos y maquinarias pesadas.

Los parámetros mínimos a considerar son:

Ruido audible en dBA (Norma IRAM 4062 Ruidos Molestos al Vecindario) y

Material Particulado en suspensión (PM 10), CO, SO y Nivel de Olores.

Atenuación de ruidos, así como de emisiones gaseosas y de material particulado

a través de la implementación de: silenciadores en maquinarias, uso de

combustibles de bajo contenido de azufre, filtros, y reducción del tiempo de

exposición a fuentes de emisión.

Entrenamiento del personal en el manejo operativo del equipamiento a fin de

reducir afectaciones a a calidad del aire.

Frecuencia: Mensual durante toda la obra

ETAPA DE FUNCIONAMIENTO:

Monitoreo del Suelo:

En la zona en las que se requiera realizar tareas de mantenimiento y éstas

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

250

involucren movimientos de suelo, el CONTRATISTA deberá monitorear el suelo,

comprobando que durante la ejecución de as obras los movimientos de tierra se

ejecuten según lo establecido en las medidas correctoras.

Frecuencia: Mensual durante toda la obra

Monitoreo de Escurrimientos Superficiales

El Contratista deberá garantizar el normal escurrimiento de los excedentes

pluviales que pueden verse afectados por los movimientos de suelo en obras de

mantenimiento. En el transcurso de las obras se deberá proveer de desvíos de

los mismos, y al finalizarlas se deberá dejar el terreno en condiciones tales que

permitan su normal escurrimiento.

Frecuencia: Mensual durante toda la obra

Medidas de

mitigación

relacionadas

(Detalladas en

el EIA

Este programa guarda relación con todas las Medidas de Mitigación

planteadas en el Proyecto

Indicadores de

éxito

Ausencia de reclamos por arte de los usuarios y pobladores locales e

instituciones vinculadas (zonas de riego)

Pronta consideración, solución y comunicación frente a eventuales

contingencias

Los ensayos realizados indican que el aumento de ruido o particulado es el

mínimo, que no se ha contaminado el suelo ni el agua de riego

Ausencia de no conformidades por parte del Supervisor ambiental y social

Ver indicadores de éxito de las MM

Supervisión

Externa

Área socio ambiental DEL COMITENTE

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

251

Costo estimado A ser indicado por el

contratista en su Efectividad esperada Alta

Observaciones

P1

5

Programa de Supervisión del Cumplimiento de las Medidas de Mitigación

SUBPROGRAMA

Área de

Aplicación

Área X De influencia directa X De influencia indirecta

Responsables Implementació

n del

Programa

Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico

Empresa Contratista

Supervisión

del Programa

Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra

COMITENTE –

Objetivo Identificar, organizar e implementar las acciones que formarán parte de la

supervisión de las medidas de mitigación, dirigidas a promover y facilitar la

comunicación con las autoridades y la Contratista, sobre las acciones que lleva a

cabo la obra, a fin de prevenir los riesgos ambientales para la población en el área

y de influencia directa de la Obra vial y para los operarios.

Característica

s y

Contenidos

Se realizará un seguimiento detallado y verificación del cumplimiento del PMAS

con frecuencia mensual y de la normativa ambiental y social de aplicación, según

las responsabilidades establecidas para cada medida de manejo y de acuerdo al

PMAS presentada por Contratista.

Se verificará y exigirá que la Contratista cumpla con los monitoreos

ambiental y sociales (agua, aire, ruido, Inventarios, etc.) y sociales estipulados en

el PGAS, PMAS y/o acordados en el Contrato. Estos monitoreo deben realizarse

con laboratorios certificados.

En el caso de contingencias ambientales responsabilidad del Contratista, la

Inspección podrá solicitar al Contratista de obra, la ejecución de monitoreo

ambientales no previstos originalmente, que serán exclusiva responsabilidad de la

Contratista.

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

252

Se asesorará al Contratista para la correcta implementación del PGAS.

Se establecerán mecanismos de control y monitoreo para cada Plan y

Programa de Gestión Ambiental y Social presentado en el PGAS. Y en el PMAS

Se evaluarán las modificaciones al PGAS en e l PMAS del proyecto que

proponga la Contratista de Obra.

Se atenderán las solicitudes de información, visitas de inspección y cualquier

actividad programada respecto a la gestión ambiental y social del proyecto.

Se elaborará un informe mensual detallado sobre los avances y resultados en el

cumplimiento de las responsabilidades ambientales y sociales de la Contratista,

reportando disconformidades en la aplicación del PMAS Además del

Informe mensual, deberá elaborar y presentar informes de integración semestrales

y el informe de término de obra, sobre el control de impactos ambientales y

sociales y medidas de manejo (ver planilla modelo a continuación).

Se velará por un adecuado manejo de las áreas de mayor vulnerabilidad ambiental

y social del área de influencia del proyecto por parte de la Contratista

Se exigirá que toda contravención o acciones de personas que residan o trabajen

en la obra y que originen daño ambiental o social, sea reportada al Contratista de

obra en forma inmediata, para que este corrija y/o tome las acciones pertinentes.

Se verificará el resarcimiento de los daños y perjuicios a la comunidad, que sean

causados por la obra (acción u omisión) durante su desarrollo. Estos eventos y su

resarcimiento deberán ser reportados en sus informes mensuales e incluirán los

registros de aceptación a satisfacción del representante legal de la comunidad

afectada.

Se verificará la oportuna aplicación de medidas de emergencia para

contrarrestar el peligro en accidentes acaecidos o que previsiblemente puedan

ocurrir, que causen deterioro ambiental o social.

Se realizará el acompañamiento en todas las actividades ambientales y sociales

del proyecto en concordancia a los planos y especificaciones técnicas, las

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

253

fuentes de materiales y requisitos de mano de obra, de equipos, la seguridad de

los trabajadores y de la comunidad en general y en todo aquello que conlleve a

una adecuada y eficiente dirección, ejecución y control ambiental y social.

La Contratista se obliga, en desarrollo de sus actividades de obra, a dar

cumplimiento a todas las normas legales y técnicas sobre Higiene y Seguridad en

el Trabajo, ambiente, prevención y control de accidentes, así como las

instrucciones y recomendaciones que se impartan a este respecto. El personal

técnico y administrativo que trabaja en la zona de obra, deberá tener conocimiento

del panorama de riesgos involucrado en las actividades a ejecutar.

Se verificará que el personal esté provisto de los elementos de protección

requeridos para la ejecución del servicio, tales como: overoles o pantalón y

camisa, casco, gafas de seguridad, protectores auditivos, botas, guantes, entre

otros, que cumplan con las especificaciones de seguridad vigentes

Medidas de

mitigación

relacionadas

(Detalladas en

el EIA

Este programa guarda relación con todas las Medidas de Mitigación

planteadas en el en el Proyecto

Indicadores

de éxito

Ausencia de reclamos por arte de los usuarios y pobladores locales.

- Ausencia de contingencias

- Ausencia de no conformidades por parte del Supervisor ambiental y social

Supervisión

Externa

Área socio ambiental DEL COMITENTE

Costo

estimado

A ser indicado por

el contratista en su Efectividad esperada Alta

Observacione

s

P1

6

PROGRAMA DE SEGUIMIENTO y CONTROL AMBIENTAL Y SOCIAL

SUBPROGRAMA

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

254

Área de

Aplicación

Área X De influencia directa X De influencia indirecta

Responsables Implementació

n del

Programa

Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico

Empresa Contratista y sub contratistas de obra

Supervisión

del Programa

Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra

COMITENTE –

Objetivo Asegurar el correcto desempeño del PMAS y definir las herramientas de

verificación de manera que permita observar la implementación de las medidas

definidas al tiempo de identificar posibles desvíos para corregir la gestión

Característica

s y

Contenidos

Roles y responsabilidades:

Contratista: asegurar la implementación del PMAS y remitir a Comitente un reporte

mensual con los principales indicadores y actividades desarrolladas en el marco

ambiental y social del Proyecto a su cargo.

CONTRATISTA

• Detectar eventuales conflictos ambientales y sociales no reflejados en el

EIAS y aplicar las medidas correctivas pertinentes. En función de los avances

registrados en los distintos Programas del PMAS, durante la Construcción de la

Obra, completará y ajustará en forma sistemática las conclusiones de la

Ampliación del EIAS, incorporando los resultados alcanzados durante la ejecución

de los Programas y sus correspondientes relevamientos en el ámbito físico del

medio natural y en el medio socioeconómico directamente involucrados con las

obras.

• Inspeccionará la obra regularmente para verificar el cumplimiento de las

medidas de mitigación. Deberá evaluar la eficacia de las medidas propuestas para

mitigar los impactos negativos y proponer para su aprobación los cambios

necesarios cuando lo considere oportuno. El objetivo será en todo momento

minimizar efectos no deseados vinculados a la obra.

• Deberá manifestar disposición al diálogo y al intercambio de ideas con el

objeto de incorporar opiniones de terceros que pudieran enriquecer y mejorar las

metas a lograr. En particular de aquellos directamente involucrados y de las

autoridades.

• Controlará el grado de cumplimiento de las Medidas de Mitigación aplicando

listas de chequeo. En el informe se indicarán las acciones pertinentes para

efectuar los ajustes necesarios. Dicho informe socio Ambiental Mensual se lo

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

255

presentará al Comitente y la Inspección destacando la situación, las mejoras

obtenidas, los ajustes pendientes de realización y las metas logradas.

Finalizada la obra, el responsable ambiental del Contratista emitirá un INFORME

AMBIENTAL Y SOCIAL FINAL DE OBRA donde consten las metas alcanzadas

El COMITENTE efectuara la inspección del presente PMAS, a través de la

recepción mensual de un reporte por parte de contratista. Evaluar y verificar

informe a través de su inspección ambiental.

Impactos y riesgos asociados:

• Accidentes personales y colectivos (sociedad civil)

• Riesgos Ambientales (contaminación de agua, suelo y aire)

• Riesgos Sociales (Afluencia de mano obra)

• Riesgos laborales asociados a las actividades de cada proyecto.

• Contingencias

Descripción:

Es responsabilidad del contratista consolidar en un tablero de control los

indicadores y registros requeridos en el PMAS. Se establecerán así también los

métodos, frecuencias y responsabilidades para medir la evolución de esos

parámetros definidos.

Los indicadores seleccionados se elaborarán de manera mensual (o de acuerdo a

la frecuencia definida), y deberán ser representativos de los riesgos más

significativos para establecer las estrategias de prevención y control de los

aspectos relevantes de la gestión del PMAS.

Asimismo, se definen a continuación los indicadores de seguridad mínimos, que

formarán parte del informe mensual a realizar por el Contratista, a saber:

• Accidentes y enfermedades laborales (con y sin pérdida de días) y

particularmente en cualquier caso de accidente fatal tanto entre el personal del

proyecto o miembro de la comunidad adyacente o transeúnte, el Contratista

deberá informar al COMITENTE de manera inmediata,

• Incidentes. Se entiende por “incidente” a un evento imprevisto e indeseado

que podría haber resultado en un daño a personas, al ambiente o al patrimonio

(propio o de terceros).

• Gestión de desvíos: se deberá mantener un registro de todos los desvíos

que se han identificado, incluyendo los correspondientes análisis, investigaciones y

medidas implementadas para asegurar que la eliminación o mitigación de riesgos

de impacto negativo sobre los trabajadores y la población local (en particular casos

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

256

en los que se afecte su ingreso en forma temporal), y que no vuelvan a repetirse,

informando el estado de gestión de cada desvío y fechas estimadas de

implementación.

• Personas capacitadas / Registros de cursos: Se deberá informar

mensualmente la cantidad de empleados y/o vecinos y vecinas capacitadas. Se

elaborará un formulario de registro de las instancias implementadas, identificando

como mínimo fecha, lugar, tema, duración de la misma, materiales, nombre y

apellido del facilitador, nombre y apellido de los presentes y firmas, como cualquier

comentario/inquietud que surja en particular durante la capacitación, incluyendo la

respuesta

• Equipo de Protección Personal (EPP). El contratista deberá elaborar un

formulario donde quede registro de la entrega de los EPP, el cual evidencie la

fecha y el nombre y apellido de los empleados que recibieron los mismos.

Igualmente, el Contratista mantendrá un registro permanente del uso adecuado de

los EPP, incluyendo la necesidad de aplicar las medidas disciplinarias establecidas

para casos de falta del uso de los EPP.

• Preguntas, Quejas, Reclamos y Sugerencias (PQRS). Se elaborará un

formulario para la recepción de las mismas, el cual permitirá como mínimo registrar

fecha, nombre y apellido, contacto, dirección, descripción de las PQRS, sector

territorial y conclusiones de la solución brindada, a fin de que puedan canalizarse

por las vías existentes en el territorio.

• Residuos sólidos (peligrosos, urbanos, escombros): se mantendrá un

registro de los volúmenes y/o peso de los residuos sólidos generados en el marco

del presente proyecto. Se diferenciarán las corrientes de residuos peligrosos,

escombros y tierra y urbanos.

• Efluentes/residuos líquidos residuales: se mantendrá un registro de los

efluentes generados y tratados acorde a norma por los baños químicos asociados

a la obra. •

• Derrames: se mantendrá un registró de los accidentes vinculados a

derrames de combustibles asociados al mantenimiento de los vehículos.

• Monitoreos de agua, aire, suelo, ruido: Según programa

• Presupuesto del PMAS: Se mantendrá un registro permanente del

presupuesto usado para ejecutar el PMAS.

Procedimiento para la detección, documentación y gestión de no conformidades

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

257

Deberán desarrollarse procedimientos concretos para asegurar la detección de no

conformidades de manera proactiva y la gestión de la mismas de manera rápida y

eficiente. Asimismo, deberá detallarse cómo documentar estos procesos.

Los procedimientos para la detección y gestión de no conformidades pueden

incluir a varios actores, como ser, personal del COMITENTE, el responsable de

ambiente y/o higiene y seguridad del contratista, el jefe de obra, el encargado de

mantenimiento, inspectores, etc.

Se sugiere que las no conformidades sean registradas en el tablero de control de

la intervención, identificar rápidamente responsables para su gestión, aplicar o

desarrollar nuevos procedimientos para su solución, y registrar la fecha de

solución. En caso de que se hayan desarrollado nuevos procedimientos para su

solución, documentarlos. También se sugiere incluir en los procedimientos la

posibilidad de que la propia población del lugar alerte sobre no conformidades en

el PMAS de la intervención, su conocimiento y capacidad de detección de

problemas deben ser capitalizados.

Auditorías

El PMAS será auditado internamente por el responsable ambiental y social del

Contratista a fin de cada mes, y por intermedio de auditorías por parte del

COMITENTE o auditorías externas que estos organismos hayan acordado.

Las auditorías internas y externas se encontrarán documentadas a fin de facilitar

su trazabilidad, permaneciendo durante la etapa de construcción en áreas

administrativas del COMITENTE y en el obrador para consulta de la Inspección de

Obra y observación por parte de las distintas Autoridades de Aplicación.

El PMAS y los procedimientos de auditoría deben considerar las siguientes

premisas:

• El responsable ambiental y social (RAS) del contratista/operador de la obra será

el responsable de efectuar las autorías internas y deberá estar presente durante

las auditorías externas.

• Se coordinará con el RAS las auditorías externas (por parte del COMITENTE),

así como de otros Organismos, para facilitar su desarrollo en tiempo y forma.

Se deberá definir con anticipación el alcance y aspectos a verificar.

• El informe de auditoría/registro será archivado en forma digital en el registro de

información de la obra (en los registros del operador)

• El informe de auditoría tendrá los siguientes contenidos: Temas tratados,

Puntos sobresalientes de la visita, Temas pendientes del PMAS a ejecutar, No

Conformidades y Observaciones.

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

258

• Los informes de Seguimiento Ambiental y Social (mensuales) a entregar al

COMITENTE deberán reflejar los resultados de las auditorías realizadas en ese

periodo.

Informes de Seguimiento Ambiental y Social

Durante la construcción, el seguimiento incluye el envío mensual del Informe de

avance de la ejecución y cumplimiento de los PMAS específicos. Para tal fin, el

contratista deberá elaborar un formulario de control donde se volcarán los

aspectos ambientales y sociales relevantes a ser evaluados periódicamente, los

cuales darán cuenta del desarrollo del PMAS. Este documento deberá ser

aprobado por el COMITENTE antes de su implementación.

El informe deberá contener, entre otros aspectos posibles, el avance y estado de

cumplimiento del PMAS a través de una lista de chequeo que represente el

monitoreo realizado, los resultados correspondientes al período de la

implementación del plan de monitoreo y el desempeño de los indicadores

correspondientes al mes anterior (y su evolución mensual). Podrá también

contener anexos que ilustren los problemas presentados y las medidas propuestas

y/o tomadas al respecto.

El informe podrá también contener anexos que ilustren los problemas presentados

y las medidas propuestas y/o tomadas al respecto. De suma importancia serán

registros fotográficos “antes”, “mientras” y “después” de las actividades clave del

proyecto, y cada observación realizada en el campo deberá ser documentada por

respaldo fotográfico.

En caso de sucederse una contingencia o interferencia sobre un servicio básico,

deberá realizar un informe excepcional explicando la contingencia acontecida, el

plan de mitigación adoptado y sus resultados

Medidas de

mitigación

relacionadas

(Detalladas en

el EIA

Este programa guarda relación con todas las Medidas de Mitigación

planteadas en el en el Proyecto

Indicadores

de éxito

Informes de seguimiento enviados a COMITENTE

Supervisión Área socio ambiental DEL COMITENTE

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259

Externa

Costo

estimado

A ser indicado por

el contratista en su Efectividad esperada Alta

Observacione

s

P1

7

Programa desocupación de sitios. Fase de Cierre.

Área de

Aplicación

Área X De influencia directa X De influencia indirecta

Responsabl

es

Implementación

del Programa

Responsable Socio Ambiental – Representante Técnico

Empresa Contratista

Supervisión del

Programa

Inspección Ambiental y Social – Inspección de obra

COMITENTE –

Objetivo

Característic

as y

Contenidos

Descripción del Programa:

El Contratista elaborará un Programa de Retiro de la Contratista al Finalizar la

Construcción de la Obra, que comprenda el cierre de los obradores, Plantas,

campamentos, la adecuación del paisaje en la zona de obra, el saneamiento y/o

remediación de las áreas contaminadas por actividades de las obras, la disposición

final de residuos (con certificados o remitos correspondientes), el traslado de los

materiales reciclables (con certificados o remitos correspondientes), las maquinarias

y equipamientos utilizados en la construcción, la restauración de los accesos

transitorios, las restauración de los sitios afectados, señalando los servicios y las

prestaciones a desarrollar, bajo su directa responsabilidad. El Programa deberá

cumplir con las obligaciones derivadas de la Legislación vigente.

Solo podrán permanecer en los predios los elementos que signifiquen una mejora, o

tengan un uso posterior claro, determinado y beneficioso para la comunidad.

Se deberá contar con la solicitud expresa del propietario del terreno particular donde

se instalarán las mejoras y la autorización fehaciente de la Inspección.

La permanencia de instalaciones no deberá significar transgresiones a leyes,

resoluciones o disposiciones municipales o provinciales.

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260

Medidas de

mitigación

relacionadas

(Detalladas

en el EIA

MM – 1: Aire (emisiones sonoras, vibraciones y calidad del aire)

MM – 2: Relieve y suelo (topografía, estructura y calidad de suelos)

MM – 3: Agua (calidad del agua, drenaje y escurrimiento)

MM – 4: Vegetación y fauna (abundancia y diversidad)

MM – 5: Paisaje (arbolado y espacios verdes)

MM – 6: Calidad de vida de la población

Indicadores

de éxito

Ausencia de reclamos por arte de los usuarios y pobladores locales.

Ausencia de contingencias

Ausencia de no conformidades por parte del Supervisor ambiental y social

Ver indicadores de éxito de las MM – 1, MM – 2, MM – 3, MM – 4, MM – 5, MM – 6

Supervisión

Externa

Área socio ambiental DEL COMITENTE

Costo

estimado

A ser indicado por el

contratista en su Efectividad esperada Alta

Observacion

es

8. MARCO LEGAL E INSTITUCIONAL

El plan de gestión y manejo ambiental y social de la obra ferroviaria se encuadra en el marco

legal e institucional debiendo mencionar especialmente la legislación relativa al los

componentes que inciden en las etapas del Proyecto y Obra a la que estarán sujetas las

obras a ejecutarse.

MARCO JURÍDICO NACIONAL

• Constitución Nacional (1994):

Los derechos y deberes de los habitantes con relación al Medio Ambiente están

explícitamente incorporados en el nivel Constitucional de la República Argentina.

En el contexto de la Constitución Nacional, reformada en el año 1994, se considera como

marco referencial principal al Artículo 41º, el que constituye el fundamento del derecho de

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261

todos los habitantes del país a un ambiente sano y el deber de preservarlo y, establece la

relación entre las normas nacionales y provinciales. Su texto es el siguiente:

“Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el

desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades

presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo.

El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo

establezca la ley.

Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los

recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad

biológica, y a la información y educación ambientales.

Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de

protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquéllas alteren

las jurisdicciones locales”.

El Artículo 6º, de la Ley Nacional N ° 25.675, Ley General del Ambiente, especifica que:

“Se entiende por presupuesto minimo, establecido en el articulo 41 de la Constitución

Nacional, a toda norma que concede una tutela ambiental uniforme o común para todo el

territorio nacional, y tiene por objeto imponer condiciones necesarias para asegurar la

protección ambiental. En su contenido, debe prever las condiciones necesarias para

garantizar la dinámica de los sistemas ecológicos, mantener su capacidad de carga y, en

general, asegurar la preservación ambiental y el desarrollo sustentable”.

El Artículo 41 establece el derecho de los habitantes y de las generaciones futuras a un

ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano. Asimismo, establece el deber

de las autoridades de proveer ese derecho. Se entiende que al referirse a las autoridades lo

hace respecto de las que resulten competentes en cada caso.

El Artículo 43 establece que toda persona puede interponer acción de amparo contra todo

acto u omisión de autoridades públicas o de particulares, que en forma actual o inminente

lesione, restrinja, altere o amenace derechos y garantías reconocidos por la Constitución

Nacional, un tratado o una ley. Indica que podrán interponer esta acción contra cualquier

forma de discriminación y en lo relativo a los derechos que protegen al ambiente.

El Artículo 75 en su inciso 22 señala que los tratados concluidos con las demás naciones y

con las organizaciones internacionales y los concordatos con la Santa Sede tienen jerarquía

superior a las leyes.

El Artículo 124: Establece que corresponde a las provincias el dominio original de los

recursos naturales existentes en el territorio provincial. Su texto es el siguiente:

“Las provincias podrán crear regiones para el desarrollo económico y social y establecer

órganos con facultades para el cumplimiento de sus fines y podrán también celebrar

convenios internacionales en tanto no sean incompatibles con la política exterior de la

Nación y no afecten las facultades delegadas al Gobierno federal o el crédito público de la

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262

Nación; con conocimiento del Congreso Nacional. La ciudad de Buenos Aires tendrá el

régimen que se establezca a tal efecto”.

Corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos naturales

existentes en su territorio”.

• Ley Nacional N° 25.675, Ley General del Ambiente, bien jurídicamente protegido,

sancionada el 6 de noviembre de 2002, promulgada parcialmente el 27 de noviembre de 2002,

que establece en :

Artículo 1°, los presupuestos mínimos para el logro de una gestión sustentable y adecuada del

ambiente, la preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación del

desarrollo sustentable.

El Artículo Nº 2, define los Objetivos de la Política Ambiental Nacional, destacándose entre

ellos, aquellos relacionados con el desarrollo de una obra de infraestructura urbana, tales

como:

a. Asegurar la preservación, conservación, recuperación y mejoramiento de la calidad de los

recursos ambientales, tanto naturales como culturales, en la realización de las diferentes

actividades antrópicas;

b. Promover el mejoramiento de la calidad de vida de las generaciones presentes y futuras,

en forma prioritaria;

c. Fomentar la participación social en los procesos de toma de decisión;

d. Organizar e integrar la información ambiental y asegurar el libre acceso de la población a

la misma;

Estos cuatro objetivos, están directamente conectados con los requerimientos de estudios

ambientales, previos al diseño y construcción de toda obra que modifique las condiciones

ambientales, tanto del medio natural como cultural y, enmarca la participación de la

población involucrada.

El Artículo Nº 3 de la Ley N° 25675 expresa: “La presente ley regirá en todo el territorio de la

Nación, sus disposiciones son de orden público, operativas y se utilizarán para la

interpretación y aplicación de la legislación específica sobre la materia, la cual mantendrá su

vigencia en cuanto no se oponga a los principios y disposiciones contenidas en ésta”.

El Artículo Nº 4, establece: “La interpretación y aplicación de la presente ley, y de toda otra

norma a través de la cual se ejecute la política Ambiental, estarán sujetas al cumplimiento de

los siguientes principios:

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263

Principio de congruencia: La legislación provincial y municipal referida a lo ambiental deberá

ser adecuada a los principios y normas fijadas en la presente ley; en caso de que así no

fuere, éste prevalecerá sobre toda otra norma que se le oponga.

Principio de prevención: Las causas y las fuentes de los problemas ambientales se

atenderán en forma prioritaria e integrada, tratando de prevenir los efectos negativos que

sobre el ambiente se pueden producir.

Principio precautorio: Cuando haya peligro de daño grave o irreversible la ausencia de

información o certeza científica no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción

de medidas eficaces, en función de los costos, para impedir la degradación del medio

ambiente.

Principio de equidad intergeneracional: Los responsables de la protección ambiental deberán

velar por el uso y goce apropiado del ambiente por parte de las generaciones presentes y

futuras.

Principio de progresividad: Los objetivos ambientales deberán ser logrados en forma

gradual, a través de metas interinas y finales, proyectadas en un cronograma temporal que

facilite la adecuación correspondiente a las actividades relacionadas con esos objetivos.

Principio de responsabilidad: El generador de efectos degradantes del ambiente, actuales o

futuros, es responsable de los costos de las acciones preventivas y correctivas de

recomposición, sin perjuicio de la vigencia de los sistemas de responsabilidad ambiental que

correspondan.

Principio de subsidiariedad: El Estado nacional, a través de las distintas instancias de la

administración pública, tiene la obligación de colaborar y, de ser necesario, participar en

forma complementaria en el accionar de los particulares en la preservación y protección

ambientales.

Principio de sustentabilidad: El desarrollo económico y social y el aprovechamiento de los

recursos naturales deberán realizarse a través de una gestión apropiada del ambiente, de

manera tal, que no comprometa las posibilidades de las generaciones presentes y futuras.

Principio de solidaridad: La Nación y los Estados provinciales serán responsables de la

prevención y mitigación de los efectos ambientales transfronterizos adversos de su propio

accionar, así como de la minimización de los riesgos ambientales sobre los sistemas

ecológicos compartidos.

Principio de cooperación: Los recursos naturales y los sistemas ecológicos compartidos

serán utilizados en forma equitativa y racional, El tratamiento y mitigación de las

emergencias ambientales de efectos transfronterizos serán desarrollados en forma conjunta.

El Artículo Nº 7 de la Ley N° 25675 establece que: La aplicación de esta ley corresponde a

los tribunales ordinarios según corresponda por el territorio, la materia, o las personas.

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

264

En los casos que el acto, omisión o situación generada provoque efectivamente degradación

o contaminación en recursos ambientales interjurisdiccionales, la competencia será federal.

El Artículo Nº 8 de la Ley N° 25675, considera entre otros al ordenamiento ambiental del

territorio, la evaluación de impacto ambiental y al sistema de diagnóstico e información

ambiental.

El Artículo Nº 11, establece que: Toda obra o actividad que, en el territorio de la Nación, sea

susceptible de degradar el ambiente, alguno de sus componentes, o afectar la calidad de

vida de la población, en forma significativa, estará sujeta a un procedimiento de evaluación

de impacto ambiental, previo a su ejecución.

Los Artículos Nº 16, Nº 17, Nº 18, Nº 19, Nº 20 y Nº 21 establecen que:

• Las personas físicas y jurídicas, públicas o privadas, deberán proporcionar la información

que esté relacionada con la calidad ambiental y referida a las actividades que desarrollan.

Todo habitante podrá obtener de las autoridades la información ambiental que administren y

que no se encuentre contemplada legalmente como reservada.

• La autoridad de aplicación deberá desarrollar un sistema nacional integrado de información

que administré los datos significativos y relevantes del ambiente, y evalué la información

ambiental disponible; asimismo, deberá proyectar y mantener un sistema de toma de datos

sobre los parámetros ambientales básicos, estableciendo los mecanismos necesarios para

la instrumentación efectiva a través del Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA).

• Las autoridades serán responsables de informar sobre el estado del ambiente y los

posibles efectos que sobre el puedan provocar las actividades antrópicas actuales y

proyectadas.

• Toda persona tiene derecho (a ser consultada y) (*) a opinar en procedimientos

administrativos que se relacionen con la preservación y protección del ambiente.

• Las autoridades deberán institucionalizar procedimientos de consultas o audiencias

públicas como instancias obligatorias para la autorización de aquellas actividades que

puedan generar efectos negativos y significativos sobre el ambiente. Para el presente EsIA.,

el mecanismo de consulta debe ser el exigido mediante Resolución Nº 133/2012, por la

Dirección Provincial de Calidad Ambiental.

• La opinión u objeción de los participantes no será vinculante para las autoridades

convocantes; pero en caso de que estas presenten opinión contraria a los resultados

alcanzados en la audiencia o consulta pública deberán fundamentarla y hacerla pública.

• La participación ciudadana deberá asegurarse, principalmente, en los procedimientos de

evaluación de impacto ambiental y en los planes y programas de ordenamiento ambiental

del territorio, en particular, en las etapas de planificación y evaluación de resultados.

(*) Observada en el Decreto Reglamentario Nº 2413/02.

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265

Los Artículos Nº 23 y Nº 24, determinan que:

• Se establece el Sistema Federal Ambiental con el objeto de desarrollar la coordinación de

la política ambiental, tendiente al logro del desarrollo sustentable, entre el gobierno nacional,

los gobiernos provinciales y el de la Ciudad de Buenos Aires. El mismo será instrumentado a

través del Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA).

• El Poder Ejecutivo propondrá a la Asamblea del Consejo Federal de Medio Ambiente el

dictado de recomendaciones o de resoluciones, según corresponda, de conformidad con el

Acta Constitutiva de ese organismo federal, para la adecuada vigencia y aplicación efectiva

de las leyes de presupuestos mínimos, las complementarias provinciales, y sus

reglamentaciones en las distintas jurisdicciones.

• Convenio 169 OIT (Organización Internacional del Trabajo)

Reconocimiento comunidades originarias

A partir de la reforma constitucional de 1994, y a tenor de lo dispuesto por el artículo 75

inciso 17 de la Constitución Argentina, se abrieron nuevos caminos para los derechos

colectivos de los pueblos indígenas. Nuestro país reconoció en esa cláusula constitucional,

su pluralismo cultural constitutivo y un plexo de derechos explícitos e implícitos. En efecto,

se reconoció la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos al propio

estado nacional, la personería jurídica de sus comunidades, la posesión y propiedad

comunitaria, con garantías al dominio que aseguran el goce en pié de igualdad de tal señorío

de las tierras que tradicionalmente habitan, la educación bilingüe e intercultural, su derecho

a la

participación en el manejo de sus recursos naturales y de todos aquellos intereses que los

afecten.

Consulta Previa y participación

El espíritu de la consulta y la participación constituye la piedra angular del Convenio núm.

169 sobre la cual se basan todas sus disposiciones. El Convenio exige que los pueblos

indígenas y tribales sean consultados en relación con los

temas que los afectan. También exige que estos pueblos puedan participar de manera

informada, previa y libre en los procesos de desarrollo y de formulación de políticas que los

afectan.

La consulta a los pueblos indígenas debe realizarse a través de procedimientos apropiados,

de buena fe, y a través de sus instituciones representativas.

La consulta apropiada es fundamental para poder alcanzar un diálogo constructivo y para la

resolución efectiva de los diferentes desafíos asociados con la implementación de los

derechos de los pueblos indígenas y tribales.

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

266

• Ley Nº9.080 y su reglamentación de fecha 29 de diciembre de 1921: Declara de

propiedad de la Nación, las ruinas y yacimientos arqueológicos y paleontológicos de interés

científico.

• Ley Nº12.665 de Lugares y Monumentos Históricos. Crea la Comisión Nacional de

Museos y de Monumentos y Lugares Históricos.

• Ley Nº19.587/1972 de Salud y Seguridad Ocupacional fija las condiciones de higiene y

seguridad en el trabajo para todo el territorio de la República Argentina. Su Decreto

Reglamentario N°351/79 y disposiciones complementarias, tales como el Decreto N°911/96,

regulan la higiene y seguridad en la industria de la construcción. Por su parte, la Ley N°24.557

regula la prevención de los riesgos del trabajo, la gestión de las prestaciones, los derechos y

prohibiciones, entre otros.

• Ley Nacional Nº 23.302/1985. Política Indígena y Apoyo a las Comunidades Indígenas.

Esta ley además de crear la Comisión Nacional de Asuntos Indígenas, propone un impulso en

las condiciones básicas de educación, salud y bienestar general de las comunidades

aborígenes. Más allá de esto, en su primer artículo da cuenta de la necesidad de que estas

comunidades sean incluidas en los procesos culturales y socioeconómicos del país

• Ley Nº24.051/1991 de Gestión de residuos peligrosos, previa a la constitución del año

1994, regula la generación, manipulación, transporte, tratamiento y disposición final de

residuos peligrosos, cuando se tratare de

residuos generados o ubicados en lugares sometidos a jurisdicción nacional o, aunque

ubicados en territorio de una provincia estuvieren destinados al transporte fuera de ella, o

cuando, a criterio de la autoridad de aplicación, dichos residuos pudieren afectar a las

personas o el ambiente más allá de la frontera de la provincia en que se hubiesen generado,

o cuando las medidas higiénicas o de seguridad que a su respecto fuere conveniente

disponer, tuvieren una repercusión económica sensible tal, que tornare aconsejable

uniformarlas en todo el territorio de la Nación, a fin de garantizar la efectiva competencia de

las empresas que debieran soportar la carga de dichas medidas. Genera un registro de

generadores y operadores de residuos peligrosos.

Algunos de los Decretos (D.) y Resoluciones (Res.) a nivel nacional que reglamentan esta

ley son: D. Nº831/93, Res. Nº224/94, Res. Nº250/94, Res. 253/94, Res. Nº1367/99, Res.

Nº1221/00, Res. 255/01, Res. Nº599/01, Res. Nº11/02, Res.

Nº896/02, Res. Nº897/02, Res. Nº03/08, Res. Nº830/08, entre otros.

• Ley Nº24.295/1993 aprueba la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre

cambio climático.

• Ley Nº24.354/1994 de Inversiones Públicas regula la secuencia de pasos que debe

seguir una inversión pública dentro del Sistema Nacional de Inversiones Públicas (SNIP) que la

misma crea y establece como uno de los pasos obligatorios la realización de estudios de

factibilidad o impacto ambiental y social dentro de la etapa de Pre inversión. Los proyectos de

inversión que la ley somete a la realización de estudios de factibilidad o impacto ambiental y

social son: todos los proyectos de inversión pública de los organismos integrantes del sector

público nacional; todos los proyectos de

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

267

inversión públicos o privados que requieran de transferencias, subsidios, aportes, avales,

créditos o cualquier tipo de beneficios que afecten directa o indirectamente al patrimonio

público nacional.

• Ley Nº25.438/2001 aprueba el Protocolo de Kyoto de la Convención Marco sobre

Cambio Climático.

• Ley Nº25.612/2002 de gestión integral de Residuos Industriales y de Actividades de

Servicio

• Ley Nº25.670/2002 de Gestión de Eliminación de los PCBs (Bifenilos Policlorados).

• Ley Nº25.675/2002 General del Ambiente, regula los presupuestos mínimos de

protección establecidos por el Artículo 41 de la CN, profundiza y detalla este deber de tutela.

Además de esta ley general en materia ambiental, también tenemos leyes sectoriales de

presupuestos mínimos en las principales áreas temáticas como la gestión de aguas, el acceso

a la información pública ambiental, la gestión integral de los residuos domiciliarios, de los

residuos industriales, los PCBs, que nos guiarán hacia una interpretación armónica del

complejo marco jurídico.

Esta ley establece la obligación de realizar EIA respecto de toda actividad susceptible de

degradar el ambiente en forma significativa (Artículo 11°) y establece unos requisitos básicos

mínimos para realizarla destacando la participación pública.

En su artículo 12° establece que “Las personas físicas o jurídicas darán inicio al

procedimiento con la presentación de una declaración jurada, en la que se manifieste si las

obras o actividades afectarán el ambiente. Las autoridades competentes determinarán la

presentación de un estudio de impacto ambiental y social, cuyos requerimientos estarán

detallados en ley particular y, en consecuencia, deberán realizar una evaluación de impacto

ambiental y social y emitir una declaración de impacto ambiental y social en la que se

manifieste la aprobación o rechazo de los estudios presentados.” En su artículo 13°

establece que “Los estudios de impacto ambiental y social deberán contener, como mínimo,

una descripción detallada del proyecto de la obra o actividad a realizar, la identificación de

las consecuencias sobre el ambiente, y las acciones destinadas a mitigar los efectos

negativos.”

• Ley Nº25.688/2002 de Gestión Ambiental de los Recursos Hídricos

• Ley Nº25.743/2003: de Protección del Patrimonio Arqueológico y Paleontológico.

Distribución de competencias y de las autoridades de aplicación. Dominio sobre los bienes

arqueológicos y paleontológicos. Registro Oficial de Yacimientos Arqueológicos y

Paleontológicos y de Colección u Objetos Arqueológicos o Restos Paleontológicos.

Concesiones. Limitaciones a la propiedad particular. Infracciones y sanciones. Delitos y

Penas. Traslado de objetos. Protección especial de los materiales tipo paleontológico.

Sancionada el 4 de Junio de 2003 y promulgada el 25 Junio de 2003.

Artículo 1º. Es objeto de la presente ley la preservación, protección y tutela del Patrimonio

Arqueológico y Paleontológico como parte integrante del Patrimonio Cultural de la Nación y

el aprovechamiento científico y cultural del mismo.

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

268

Artículo 2º. Forman parte del Patrimonio Arqueológico las cosas muebles e inmuebles o

vestigios de cualquier naturaleza que se encuentren en la superficie, subsuelo o sumergidos

en aguas jurisdiccionales, que puedan proporcionar información sobre los grupos

socioculturales que habitaron el país desde épocas precolombinas hasta épocas históricas

recientes.

Artículo 3º. La presente ley será de aplicación en todo el territorio de la Nación.

• Ley Nº25.831/2003 Libre acceso a la información ambiental establece los presupuestos

mínimos de protección ambiental para garantizar el derecho de acceso a la información

ambiental que se encontrare en poder del Estado, tanto en el ámbito nacional, como provincial

y municipal, como así también de entes autárquicos y empresas prestadoras de servicios

públicos.

Esta ley amplía lo estipulado por la Ley General de Ambiente y garantiza el derecho a toda

persona física o jurídica a acceder a la Información Pública Ambiental en forma libre y

gratuita (Artículo 3º).

• Ley Nº25.916/2004 de Gestión de Residuos Domiciliarios pone en los municipios la

responsabilidad de garantizar las distintas etapas de la gestión integral de residuos sólidos

urbanos en su jurisdicción. Deberán establecer sistemas de gestión de residuos adaptados a

las características y particularidades de su jurisdicción, los que deberán prevenir y minimizar

los posibles impactos negativos sobre el ambiente y la calidad de vida de la población.

Asimismo, deberán promover la valorización de residuos mediante la implementación de

programas de cumplimiento e implementación gradual. Deberán garantizar que los residuos

domiciliarios sean recolectados y transportados a los sitios habilitados mediante métodos que

prevengan y minimicen los impactos negativos sobre el ambiente y la calidad de vida de la

población. Asimismo, deberán determinar la metodología y frecuencia con que se hará la

recolección, la que deberá adecuarse a la cantidad de residuos generados y a las

características ambientales y geográficas de su jurisdicción. Los centros de disposición final

deberán ubicarse en sitios suficientemente alejados de áreas urbanas, de manera tal de no

afectar la calidad de vida de la población

• Decreto Nacional Nº 1.022/2004. Reglamentación Ley Nacional Nº 25.743. Apruébese

la reglamentación de la Ley Nº 25.743. Establéese que el Instituto Nacional de Antropología y

Pensamiento Latinoamericano y el Museo Argentino de Ciencias Naturales “Bernardino

Rivadavia” serán autoridades de aplicación nacional en relación con la preservación y

protección del Patrimonio Arqueológico y Paleontológico. Creación de los Registros Nacionales

de Yacimientos, Colecciones y Restos Paleontológicos, de Yacimientos, Colecciones y Objetos

Arqueológicos, y de Infractores y Reincidentes, en las materias mencionadas. Artículo 1º Es

responsabilidad de las Provincias, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de la Nación, en

sus respectivas jurisdicciones, la aplicación de la Ley Nº 25.743, para preservación y

protección del Patrimonio Arqueológico y Paleontológico, siendo de responsabilidad exclusiva

de la Nación la tutela del mismo.

Artículo 2º – Serán organismos de aplicación nacionales de la presente reglamentación y de

protección del patrimonio, el Instituto Nacional de Antropología y Pensamiento

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

269

Latinoamericano dependiente de la Secretaria de Cultura de la Presidencia de la Nación y el

Museo Argentino de Ciencias Naturales “Bernardino Rivadavia”, dependiente de la

Secretaria de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva del Ministerio de Educación,

Ciencia y Tecnología, en materia de bienes paleontológicos y arqueológicos,

respectivamente. Tales organismos, según sus competencias, definirán, a los efectos de la

ley, los siguientes términos: Objeto Arqueológico, Fósil, Lote, Colección, Yacimiento y

Pasado Geológico, a fin de elaborar una organización administrativa uniforme. La expresión

Épocas Históricas Recientes abarca a los últimos cien (100) años contados a partir de la

fecha de sucedidos los hechos o los actos de que se trate.

Artículo 4º. A los efectos del inciso a) del artículo 4º de la Ley Nº 25.743, entiéndase por

tutela ejercida por el ESTADO NACIONAL, la protección jurídica o legal de todo el

patrimonio arqueológico y paleontológico del territorio nacional, más allá del derecho de

dominio y de protección y preservación que corresponda a las autoridades competentes de

cada jurisdicción

Artículo 6º. En las distintas jurisdicciones regirán las normas que se dicten por las

autoridades locales para adecuar la legislación en materia registral, de concesiones,

infracciones y sanciones a la Ley Nº 25.743. Los traslados, dentro del

país, de objetos, colecciones y/o restos paleontológicos y/o arqueológicos, serán

comunicados al organismo competente local y a los directores de los museos o centros de

investigaciones involucrados. Los traslados, fuera del país, de los objetos, colecciones y/o

restos paleontológicos y/o arqueológicos, se comunicarán al organismo competente

nacional, con una anticipación no inferior a TREINTA (30) días, plazo en el que éste podrá

adoptar al respecto las medidas que fueran

necesarias, a fin de asegurar la recuperación y retorno al país de los elementos de que se

trate

• Ley Nº26.331/2007 de protección y conservación de los Bosques Nativos y Decreto

Nº91/09 de reglamentación.

• Ley Nº26.639/2007 de preservación de los glaciares y del ambiente periglaciar.

• Ley Nº26.562 de Veda de Quema de Pastizales

• Ley Nº26.944/2014; Código Civil y Comercial de la Nación actualizó la legislación

civil en vigencia desde el siglo XIX. Incorporó una referencia amplia a los derechos humanos y

a la tutela de los intereses colectivos, incluyendo los derechos al ambiente sano y a la salud.

Refuerza la tutela a los derechos constitucionales de tercera generación, entre los cuales cabe

consignar el derecho a la vivienda digna. Sin perjuicio de la protección establecida, el artículo

255 del citado Código contempla la desafectación en caso de expropiación, reivindicación

o ejecución autorizada por ese capítulo, con los límites indicados en el artículo 249,

siguiendo la técnica del derecho civil y las garantías constitucionales en la materia.

• Decreto Nº84.005 Reglamenta el funcionamiento de la Comisión Nacional de Museos y

de Monumentos y Lugares Históricos, señalando en su Art. 2º que son atribuciones de la

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

270

Comisión la custodia, conservación, refacción y restauración de los muebles históricos e

históricosartísticos, de los lugares, monumentos e inmuebles históricos del dominio de la

Nación y, en su caso, en concurrencia con las autoridades respectivas que se acojan a la Ley

Nº 12.665, sobre los del dominio provincial, municipal y de la Iglesia Católica.

• Decreto Nº95.687: Declara Monumentos Históricos a la Capilla de Huacalera, Iglesia

de la Candelaria y San Antonio de Humahuaca, Iglesia Santa Rosa de Lima Purmamarca,

Iglesia de San Francisco de Tilcara, Capilla de Tumbaya y Capilla de Uquía, ubicadas en la

Provincia de Jujuy.

NORMAS NACIONALES

Resolución N° 501/95 de la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente Humano de

la Nación.

Dispuso la elaboración de la Guía, por la Subsecretaría de Relaciones Institucionales, y la

instrumentación y reglamentación de un Registro de Consultores Individuales y de Firmas

Consultoras Ambientales.

Ley N ° 25.612 (03/07/2002): Gestión integral de residuos industriales y de actividades

de servicios.

Las disposiciones de la ley establecen los presupuestos mínimos de protección ambiental

sobre la gestión integral de residuos de origen industrial y de actividades de servicio, que

sean generados en todo el territorio nacional, y sean derivados de procesos industriales o de

actividades de servicios.

Decreto 1343/02. Promulgación parcial de la Ley.

Observa los artículos 51, 52, 53, 54 y 60 del Proyecto de Ley registrado bajo el Nº 25.612 y

con las salvedades establecidas en los artículos anteriores, promulga dicha Ley de la

Nación.

Ley N° 20.284 – Contaminación Atmosférica. 16/04/73.

Determina que: Los vehículos propulsados por motores con ignición a chispa que ingresen al

parque automotor en cualquier punto del país, deberán dar cumplimiento a las normas sobre

emisiones contaminantes fijadas en este anexo y en las disposiciones que se dicten en su

consecuencia. El Anexo II determina los niveles de emisiones gaseosas y el Artículo III, el

glosario de términos.

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271

Ley N° 25.831 Régimen de libre acceso a la información pública ambiental.

26/11/2003.

El Objeto de la ley, es establecer los presupuestos mínimos de protección ambiental para

garantizar el derecho de acceso a la información ambiental que se encontrare en poder del

Estado, tanto en el ámbito nacional como provincial, municipal y de la Ciudad de Buenos

Aires, como así también de entes autárquicos y empresas prestadoras de servicios públicos,

sean públicas, privadas o mixtas.

Ley N° 22.421 Protección y Conservación de la Fauna Silvestre. 05/03/81.

La Ley declara de interés público la fauna silvestre que temporal o permanentemente habita

el Territorio de la República, así como su protección, conservación, propagación, repoblación

y aprovechamiento racional y establece que todos los habitantes de la Nación tienen el

deber de proteger la fauna silvestre, conforme a los reglamentos que para su conservación y

manejo dicten las autoridades de aplicación.

Decreto Nacional N° 666/97.

Reglamentario sobre la Protección de la Fauna Silvestre.

Ley Nacional Nº 22.344 Convención sobre el comercio internacional de especies

amenazadas de Fauna y Flora Silvestre. B.O.01/10/82.

Aprueba la Convención sobre el Comercio internacional de Especies Amenazadas de Fauna

y Flora Silvestre", firmada en la ciudad de Washington el 3 de marzo de 1973, con sus

Apéndices, así como las Enmiendas a los Apéndices I, II y III, adoptadas en las Reuniones

de la Conferencia de las Partes, que tuvieran lugar en las ciudades de Berna entre los días 2

y 6 de noviembre de 1976 y San José de

Costa Rica entre los días 19 y 30 de marzo de1979

Decreto N° 522/97 – Especies amenazadas de fauna y flora silvestre. 05/06/97.

Decreto Reglamentario. Comercio Exterior. Protección de la Flora y Fauna Silvestre.

Protección de las Especies. El Decreto determina que será Autoridad de Aplicación de la Ley

N. 22.344 la Secretaría de Estado de Recursos naturales y Desarrollo Sustentable de la

Presidencia de la Nación, actual Secretaría de ambiente y Desarrollo Sustentable.

Ley N° 24.449 Ley de Tránsito y de Seguridad vial. 23/11/94.

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

272

La ley N° 24.449 y sus normas reglamentarias regulan el uso de la vía pública, y son de

aplicación a la circulación de personas, animales y vehículos terrestres en la vía pública, y a

las actividades vinculadas con el transporte, los vehículos, las personas, las concesiones

viales, la estructura vial y el medio ambiente, en cuanto fueren con causa del tránsito.

Quedan excluidos los ferrocarriles. Será ámbito de aplicación la jurisdicción federal. Podrán

adherir a la presente ley los gobiernos provinciales y municipales.

Decreto Nacional N° 179/95.

Promulga la Ley de Tránsito N° 24.449/95, con observaciones en los Artículos 11, 13, 14, 15,

33, 38, 40, 60 y 94. (Boletín Oficial 10/02/95).

Decreto Nacional N° 779/95. 20/11/95.

Aprueba la reglamentación de la Ley N° 24.449, según lo establecido en el artículo 92 de la

mencionada Ley, en consulta con las provincias y organismos federales, dando participación

a la actividad privada.

Resolución N° 1058/01 Secretaria de Desarrollo Sustentable y Política Ambiental.

31/07/01.

Determina de conformidad con el artículo 33 de la Ley Nº 24.449, todos los automotores

deben ajustarse a los límites sobre emisión de contaminantes, ruidos y radiaciones parásitas

que se establecen en la reglamentación, para establecer una política de control que permita

mejorar la calidad del aire.

Ley N° 22.428 Conservación y Recuperación de la Capacidad Productiva de los

Suelos. 16/03/81.

Declárase de interés general la acción privada y pública tendiente a la conservación y

recuperación de la capacidad productiva de los suelos.

Decreto N ° 681/81. 27/03/81.

Reglamenta la Ley N° 22.428/81. Conservación y Recuperación de la Capacidad Productiva

de los Suelos.

Ley Nº 25.743 Protección del Patrimonio Arqueológico y Paleontológico. B.O.:

26/06/03.

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273

Es objeto de la ley la preservación, protección y tutela del Patrimonio Arqueológico y

Paleontológico como parte integrante del Patrimonio Cultural de la Nación y el

aprovechamiento científico y cultural del mismo.

Forman parte del Patrimonio Arqueológico las cosas muebles e inmuebles o vestigios de

cualquier naturaleza que se encuentren en la superficie, subsuelo o sumergidos en aguas

jurisdiccionales, que puedan proporcionar información sobre los grupos socioculturales que

habitaron el país desde épocas precolombinas hasta épocas históricas recientes.

Forman parte del Patrimonio Paleontológico los organismos o parte de organismos o indicios

de la actividad vital de organismos que vivieron en el pasado geológico y toda concentración

natural de fósiles en un cuerpo de roca o sedimentos expuestos en la superficie o situados

en el subsuelo o bajo las aguas jurisdiccionales.

Ley N° 24.585 Actividad Minera. Impacto Ambiental

Esta Ley sustituye el artículo 282 del Código de Minería por el siguiente: "Los mineros

pueden explotar sus pertenencias libremente, sin sujeción a otras reglas que las de su

seguridad, policía y conservación del ambiente.

La protección del ambiente y la conservación del patrimonio natural y cultural en el ámbito de

la actividad minera quedarán sujetas a las disposiciones del Título Complementario y a las

que oportunamente se establezcan en virtud del artículo 41 de la Constitución Nacional."

Ley Nacional Nº 13.273/48 Defensa de la Riqueza Forestal. 30/09/48.

Esta Ley declara de utilidad pública y sujetos a expropiación, cualquiera sea el lugar de

ubicación, los bosques clasificados como protectores y/o permanentes y los inmuebles

necesarios para realizar obras de forestación y reforestación, tendientes al mejor

aprovechamiento de las tierras.

Ley Nacional N° 19.587 y su Decreto Reglamentario N° 351/79.

Higiene y Seguridad Industrial. Medicina del Trabajo.

Ley Nacional N° 24.555/95.

Riesgos del Trabajo. Medicina del Trabajo.

Ley Nacional N° 24.028 y su Decreto Reglamentario N° 1.792/92.

Accidentes y Enfermedades del Trabajador

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274

Resolución N° 1.069 Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación

Protección y Preservación de la Salud de los Trabajadores durante la Construcción de la

Obra.

Resolución Nº 523/95 Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación y

Resolución Nº 38/96

Superintendencia de Riesgo del Trabajo.

Provisión y Calidad del Agua de Bebida para los Trabajadores durante la construcción de la

Obra.

Ley Nacional Nº 25.675/2002. Ley General del Ambiente.

Para el logro de una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y

protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable.

Principios de la política ambiental. Presupuesto mínimo. Competencia judicial. Instrumentos

de política y gestión.

Ordenamiento ambiental. Evaluación de impacto ambiental. Educación e información.

Participación ciudadana. Seguro ambiental y fondo de restauración. Sistema Federal

Ambiental. Ratificación de acuerdos federales. Autogestión. Daño ambiental. Fondo de

Compensación Ambiental.

Ley Nacional. Nº 25.688 Régimen de Gestión Ambiental de Aguas

Artículo 2°: A los efectos de la presente ley se entenderá: Por agua, aquélla que forma parte

del conjunto de los cursos y cuerpos de aguas naturales o artificiales, superficiales y

subterráneas, así como a las contenidas en los acuíferos, ríos subterráneos y las

atmosféricas. Por cuenca hídrica superficial, a la región geográfica delimitada por las

divisorias de aguas que discurren hacia el mar a través de una red de cauces secundarios

que convergen en un cauce principal único y las endorreicas.

Artículo 3°: Las cuencas hídricas como unidad ambiental de gestión del recurso se

consideran indivisibles.

Ley Nacional. 25.916 – Gestión Integral de Residuos

Artículo 2: Denomínese residuo domiciliario a aquellos elementos, objetos o sustancias que

como consecuencia de los procesos de consumo y desarrollo de actividades humanas, son

desechados y/o abandonados. Artículo 3º) Se denomina gestión integral de residuos

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275

domiciliarios al conjunto de actividades interdependientes y complementarias entre sí, que

conforman un proceso de acciones para el manejo de residuos domiciliarios, con el objeto de

proteger el ambiente y la calidad de vida de la población...

Decreto Nº 140/07, del 21 de diciembre de 2007.

Programa Nacional de Uso Racional y Eficiente de la Energía.

Ley Nº 24.295, del 07 de diciembre de 1993.

Aprueba la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático

Ley Nº 25.438, del 20 de junio de 2001

Aprueba el Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio

Climático.

Ley Nacional Nº 25.612, del 3 de julio de 2002. Residuos Industriales

Gestión integral de residuos industriales y de actividades de servicios. Establece los

presupuestos mínimos de protección ambiental sobre la gestión integral de residuos de

origen industrial y de actividades de servicio, que sean generados en todo el territorio

nacional, y sean derivados de procesos industriales o de actividades de servicios.

Aclara que:

Hasta tanto se sancione una ley específica de presupuestos mínimos sobre gestión de

residuos patológicos, se mantendrá vigente lo dispuesto en la Ley 24.051 y sus anexos,

respecto de la materia. Asimismo, hasta que la reglamentación establezca la creación de los

diferentes registros determinados por la presente, se mantendrán vigentes los anexos y

registros contenidos en dicha ley

Decreto 1343/2002, del 25 de julio de 2002

Promulga la Ley Nº 25612, con observaciones.

Ley Nacional Nº 26.331, del 28 de noviembre de 2007.

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276

Presupuestos mínimos de protección ambiental de los bosques nativos.

Decreto Nº 91/09, del 13 de febrero de 2009.

Reglamenta la Ley Nº 26.331, Presupuestos mínimos de protección ambiental de los

bosques nativos.

Ley Nº 24.449, del 23 de diciembre de 1994 (texto actualizado).

Ley Nacional de Tránsito.

Resolución 196/97

Establece el Reglamento general para el transporte de mercaderías peligrosas por carretera.

Modifica el Decreto 779/95. Deroga la Resolución 233/86.

Ley N º 24.653

Establece el Régimen del Transporte Automotor de Cargas. Modifica la Ley Nº 12.346.

Deroga los decretos Nº 1494/92 y 1.495/94.

Decreto Nacional N ° 179/95.

Promulga la Ley de Tránsito N ° 24.449/95, con observaciones en los Artículos 11, 13, 14,

15, 33, 38, 40, 60 y 94.

Decreto Nacional N °779/95

Aprueba la reglamentación de la Ley N ° 24.449, según lo establecido en el artículo 92 de la

mencionada Ley, en consulta con las provincias y organismos federales, dando participación

a la actividad privada.

Las Secretaría de Industria y de Transporte del Ministerio de Economía y Obras y Servicios

Públicos, son las autoridades competentes en todo lo referente a la fiscalización de las

disposiciones reglamentarias de los Artículos 28 al 32 de la Ley de Tránsito. La Secretaría

de Recursos Naturales y Ambiente Humano expedirá el certificado de aprobación en lo

relativo a emisiones de gases contaminantes y nivel sonoro.

En Anexo 1, Reglamentación General, determina, entre otros,

Anexo N: Medición de emisiones en vehículos livianos equipados con motores ciclo Otto;

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277

Anexo Ñ: Medición de emisiones de partículas visibles (humo) de motores Diésel y de

vehículos equipados con ellos.

Resolución Nº 65/00

Establece el curso de Capacitación Básico para conductores de Vehículos empleados en el

transporte de Mercaderías peligrosas por Carretera.

Resolución N ° 1058/01. (31/07/01)

Determina de conformidad con el artículo 33 de la Ley Nº 24.449, todos los automotores

deben ajustarse a los límites sobre emisión de contaminantes, ruidos y radiaciones parásitas

que se establecen en la reglamentación, para establecer una política de control que permita

mejorar la calidad del aire; y que dicha Secretaría es la autoridad competente para todos los

aspectos relativos a emisión de gases contaminantes, ruidos y radiaciones parásitas

provenientes de automotores.

Res. 953/04

En orden a los convenios ratificados por la República Argentina mediante Ley N° 23.724 y

23.778 – Convenio de Viena para la protección de la capa de ozono, el Protocolo de

Montreal relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono ,y las Leyes Nº. 24.167.

24.418 y 25.389 – que aprueban las enmiendas de Londres, Copenhague, y Montreal al

Protocolo de Montreal, respectivamente.

Por Resolución N º. 953/04, se establece la definición de sustancias controladas,

controladas recuperadas, controladas redoladas, controladas regeneradas. Se crea el

Registro histórico de importaciones. Se determina el cupo de importación, cuota de

importación/exportación. Se define la calidad de importador nuevo o eventual, Se habilita

Registro de Importadores y Exportadores de Sustancias que Agotan la Capa de Ozono

(RIESAO).

Ley Nº 26.363, del 09 de abril de 2008.

Crea la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

Decreto 1716/2008, del 20 de octubre de 2008.

Reglamentación de la Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Nacional Nº 26.363.

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278

Ley 24.071

Aprueba la Convención de Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación.

Ley Nº 24.375. Biodiversidad

Aprueba el Convenio sobre Biodiversidad de Río de Janeiro. CNUMAD Año 1992. Naciones

Unidas.

Ley Nº 23.919

Aprueba la Convención relativa a los humedales de importancia Internacional como Hábitat

de Aves Acuáticas (Convención Ramsar).

Ley Nº 22.351 de Parques Nacionales

De los Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacionales. Creación,

Regula los Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacionales. Dominio

Público. Atribuciones y Funciones.

Artículo 18: Además de las atribuciones y deberes conferidos por esta ley y su

reglamentación, así como las que implícitamente correspondan con arreglo a los fines de su

creación, la Administración de Parques Nacionales tendrá los siguientes: a) El manejo y

fiscalización de los Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacionales y la

administración del patrimonio del Organismo y de los bienes afectados a su servicio.

Artículo 19: Toda entidad o autoridad pública que realice o deba realizar actos

administrativos que se relacionen con las atribuciones y deberes determinados en este

Título, deberá dar intervención previa a la Administración de Parques Nacionales.

Resolución N º 16/94

Aprueba el Reglamento para la Evaluación de Impacto Ambiental en Áreas de la

Administración de Parques Nacionales.

Ley Nº 23.302. Pueblos Indígenas

Declara la Política Indígena y el Apoyo a las Comunidades Aborígenes

Decreto Nº 155/89

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279

Reglamentación de la Ley Nº 23.302.

Ley 13660/49 y sus decretos reglamentarios. Secretaria de Energía.

Sobre instalaciones de elaboración, transformación y almacenamiento de combustibles

sólidos minerales, líquidos o gaseosos. Establece que las instalaciones de elaboración,

transformación y almacenamiento de combustibles sólidos minerales, líquidos o gaseosos

deberán ajustarse a las normas que se establezcan a través de normas nacionales para

satisfacer la seguridad y salubridad de la población.

Decreto 1087/60

Reglamenta Ley 13660.

Resolución 419/93

Sobre tanques de combustibles. Se crea el registro de Profesionales Independientes para

llevar a cabo auditorias de tanques de combustibles. Toda empresa que posea instalaciones

de almacenamiento de combustibles para sus procesos deberá realizar auditorias técnicas

sobre esas instalaciones una vez por año con los profesionales independientes registrados

en la Secretaría de Energía.

Resolución SE 167/04

Sobre Combustibles Hidrocarburos, Registro de Bocas de Expendio. Establece los requisitos

para su inscripción de registros.

Decreto 401/05

Sobre combustibles, Almacenamiento, Condiciones de Seguridad. Sustituye el Artículo 1702

del Decreto 10.877/60, reglamentario de la Ley Nacional 13.660.

Resolución 785/05

Sobre tanques de combustibles

Crea el Programa Nacional de Control de Pérdidas de Tanques de Almacenamiento de

Hidrocarburos y sus Derivados y el Registro de Empresas de dicho programa.

Resolución Nº 266. 11 de abril de 2008

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

280

Registro de Universidades Nacionales para la realización de auditorias técnicas, ambientales

y de seguridad.

Ley N° 26.352 Trenes Argentinos Infraestructura

ancionada el 28 de febrero de 2008 y promulgada el 25 de marzo del mismo año, que

establece el ordenamiento de la actividad ferroviaria y le encomienda la administración de la

infraestructura ferroviaria que el Estado Nacional le asigne, de los bienes necesarios para el

cumplimiento de aquella, de los bienes ferroviarios concesionados a privados cuando por

cualquier causa finalice la concesión, o se resuelva desafectar de la explotación bienes

muebles o inmuebles.

Ley 2873/1891

Reglamentación General de Ferrocarriles.

Ley Nª 19.550/84.

Regula la constitución y funcionamiento de sociedades comerciales.

Norma de aplicación subsidiaria a las Sociedades del Estado.

Ley 20.705/74.

Establece las normas aplicables a las Sociedades del Estado.

Ley 24.156/92.

Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.

Integración de los Sistemas Presupuestario, de Crédito Público, de Tesorería, de

Contabilidad Gubernamental y de Control Interno.

Ley 26.352/2008.

Ley de Reordenamiento de la Actividad Ferroviaria. Se crean las sociedades Administración

de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado (ADIFSE) y Operadora Ferroviaria

Sociedad del Estado (SOFSE) y define sus funciones, competencias y ámbito de aplicación.

Ley 27.132/2015.

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

281

Política de reactivación de los ferrocarriles de pasajeros y de cargas, renovación y

mejoramiento de la infraestructura ferroviaria, incorporación de tecnologías y servicios.

Creación de Ferrocarriles Argentinos Sociedad del Estado (FA S.E.) cuyas principales

competencias son: proponer prácticas y líneas de acción coordinadas entre la sociedad

Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado (SOF S.E.), la Administración de Infraestructuras

Ferroviarias Sociedad del Estado (ADIF S.E.) y la Sociedad Belgrano Cargas y Logística

Sociedad Anónima (BCyL); y aprobar las políticas, planes, programas y proyectos tendientes

a la mejora constante del transporte ferroviario que lleven adelante la SOF S.E.,

ADIF S.E. y BCyL y supervisar su implementación.

Decreto 752/2008.

Aprobación de los Estatutos de Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del

Estado (ADIF S.E.) y de Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado (SOF S.E.).

Decreto 1382/2012.

Creación de la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) como órgano rector

de la actividad inmobiliaria del Estado Nacional.

Decreto 2670/2015.

Reglamentación del Decreto N° 1382/2012.

Resolución MINPLAN 1413/2008.

Transfiere en afectación a Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del

Estado (ADIF S.E.) por entonces en jurisdicción del entonces ORGANISMO NACIONAL DE

ADMINISTRACION DE BIENES (ONABE).

Ley 27.132

Ferrocarriles Argentinos.

Decreto 872/2015

Establece la promulgación Ley 27.132.

MARCO JURÍDICO PROVINCIAL

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

282

• Constitución de la Provincia de Jujuy

La Constitución de la Provincia de Jujuy ha contemplado específicamente la Temática

Ambiental dentro de su articulado. En efecto, el Art. Nº 22, determina el: “Derecho a un

medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado”.

1. Todos los habitantes de la provincia tienen el derecho a gozar de un medio ambiente sano

y ecológicamente equilibrado, así como el deber de defenderlo.

2. Incumbe a la provincia, en colaboración con los respectivos organismos o con la

cooperación de las instituciones y asociaciones dedicadas a la materia:

a) Prevenir, vigilar, contener y prohibir las fuentes de polución evitando sus efectos, así

como los perjuicios que la erosión ocasiona;

b) Eliminar o evitar, ejerciendo una efectiva vigilancia y fiscalización, todos los elementos

que puedan ser causa de contaminación del aire, el agua, el suelo y en general, todo aquello

que de algún modo afecte o pudiere afectar el entorno de sus pobladores y de la comunidad;

c) Promover el aprovechamiento racional de los recursos naturales, salvaguardando su

capacidad de renovación y la estabilidad ecológica.

3. Se declaran de interés público, a los fines de su preservación, conservación, defensa y

mejoramiento, los lugares con todos sus elementos constitutivos que por su función o

características mantienen o contribuyen a mantener la organización ecológica del modo más

conveniente.

4. La provincia debe propender, de manera perseverante y progresiva, a mejorar la calidad

de vida de todos sus habitantes.

La provincia debe propender, de manera perseverante y progresiva, a mejorar la calidad de

vida de todos sus habitantes

• LEY N° 5063."LEY GENERAL DE MEDIO AMBIENTE" Sancionada el 14 de julio de

1998.

Establece, con carácter de orden público, las normas tendientes a garantizar la protección,

preservación, conservación, defensa y mejoramiento del ambiente, promoviendo una política

de desarrollo sustentable y compatible con esos fines, que hagan posible una óptima calidad

de vida para las generaciones presentes y futuras que habiten en el territorio de la Provincia

de Jujuy.

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

283

ARTÍCULO Nº l. La presente Ley establece, con carácter de orden público, las normas

tendientes a garantizar la protección, preservación, conservación, defensa y mejoramiento

del ambiente, promoviendo una política de desarrollo sustentable y compatible con esos

fines, que hagan posible una óptima calidad de vida para las generaciones presentes y

futuras que habiten en el territorio de la Provincia de Jujuy.

ARTÍCULO Nº 2. El ambiente es patrimonio común de todos los habitantes de la Provincia y

en su preservación, conservación, defensa, recuperación y mejoramiento deben participar

tanto los poderes públicos como los particulares, con arreglo a las disposiciones de la

presente Ley. Para ello recurrirán a todos los medios técnicos, legales, institucionales y

económicos que estén a su alcance.

ARTÍCULO Nº 3. Todos los habitantes de la provincia tienen derecho a obtener de las

autoridades administrativas y jueces competentes una efectiva protección del ambiente, sea

esta preventiva o correctiva, frente a hechos o acciones producidas o previsibles que lo

deterioren, en conformidad con lo dispuesto en los artículos Nº 27 y concordantes de la

presente Ley.

ARTÍCULO Nº 4. La presente Ley tiene los siguientes objetivos:

a. La regulación de la conducta de los particulares y de los poderes públicos con el fin de

proteger el ambiente;

b. La formulación de las pautas para la fijación de los límites máximos permisibles de

emisión de sustancias susceptibles de contaminar;

c. La corrección, y en el caso de no ser ello posible, la prohibición de las actividades

susceptibles de degradar el ambiente humano y natural o que afecten el equilibrio ecológico

excediendo los límites máximos permisibles que se establezcan en cada caso;

d. La promoción del uso racional de los recursos naturales;

e. La protección de los recursos naturales, renovables o no;

f. La regulación de factores ajenos a los recursos naturales y que puedan afectar el

ambiente, tales como residuos, sustancias tóxicas y peligrosas, olores y cualquier forma de

energía;

g. El análisis y la prevención de los efectos ambientales de la explotación de los recursos

naturales no renovables;

h. La ordenación y planificación del uso del territorio y de los procesos de desarrollo

económico y social, para minimizar el impacto ambiental de las actividades humanas;

i. La organización y puesta en funcionamiento de un sistema provincial de información

ambiental;

j. La evaluación previa del impacto ambiental de proyectos de obras o actividades, públicas o

privadas;

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

284

k. La orientación, fomento y desarrollo de procesos educativos y culturales, formales y no

formales, que contribuyan a formar y difundir la conciencia ambiental;

l. La orientación, fomento y desarrollo de los estudios e investigaciones concernientes al

ambiente;

m. La generación de los recursos económicos necesarios para el cumplimiento de los

objetivos de esta Ley;

n. La formulación de pautas para la creación y gestión de áreas naturales protegidas y para

la conservación y defensa de los paisajes;

o. La coordinación de políticas, programas y actividades relacionadas con los diversos

aspectos que son objeto de regulación por esta Ley y que desarrollen los distintos

organismos provinciales y municipales competentes;

p. La orientación, fomento y promoción de la participación ciudadana en la preservación,

defensa y mejoramiento del ambiente;

q. La previsión y prevención de las emergencias o catástrofes ambientales.

ARTÍCULO Nº 5. Quienes desarrollen o emprendan actividades susceptibles de degradar o

contaminar el ambiente están obligados, en los términos establecidos en la presente Ley y

reglamentaciones que en su consecuencia se dicten, a:

a. Adoptar las medidas preventivas del caso para evitar o disminuir dicha degradación o

contaminación;

b. Soportar limitaciones con fines de prevención, reducción o eliminación de actividades

degradantes o contaminantes;

c. En su caso, rectificar las alteraciones producidas al entorno; d. Ejecutar, a su costa las

tareas de prevención y restauración que fueren necesarias.

Capítulo II

Del Marco Institucional

ARTÍCULO Nº 14. Créase la Secretaría de Gestión Ambiental de la Provincia (SEGAP), la

que dependerá directamente del Poder Ejecutivo Provincial.

ARTÍCULO Nº 15. La Secretaría de Gestión Ambiental de la Provincia (SEGAP), será la

autoridad de aplicación de la presente Ley en el ámbito de la jurisdicción provincial y

ejercerá el poder de policía en todas aquellas materias que se detallen en el artículo Nº 17

de la presente Ley.

ARTÍCULO Nº 16. El poder de policía en materia ambiental respecto de actividades que se

encuentran sujetas a otros organismos provinciales, será ejercido por éstos, quienes tendrán

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285

bajo su responsabilidad hacer cumplir las disposiciones de la presente Ley en las

actividades de sus respectivos ámbitos de incumbencia.

ARTÍCULO 17. Sin perjuicio de las facultades concurrentes de la Secretaría de Gestión

Ambiental con otros organismos provinciales, será función de aquélla, en los términos de la

presente Ley, ejecutar la política provincial de protección, preservación, conservación,

defensa y mejoramiento del medio ambiente.

En particular, la Secretaría deberá:

a. Coordinar las funciones de protección ambiental que ejercen los distintos organismos

provinciales;

De la Evaluación de Impacto ambiental

ARTÍCULO Nº 41. A los fines de la presente Ley, se entiende por Evaluación de Impacto

Ambiental el procedimiento destinado a identificar, interpretar, prevenir, evitar o disminuir las

consecuencias o efectos que tengan, sobre los elementos que integran al ambiente natural y

humano, los proyectos de obras o actividades públicas o privadas.

ARTÍCULO Nº 42. En la planificación de obras o actividades públicas o privadas

susceptibles de producir deterioro ambiental, será obligatoria en todo el territorio provincial,

la realización de estudios previos de impacto ambiental, a efectos de su debida evaluación

por la autoridad de aplicación o los demás organismos provinciales competentes, según

corresponda. La reglamentación determinará qué proyectos de obras o actividades deberán

someterse necesariamente a la evaluación de impacto ambiental y cuáles podrán ser

exceptuados.

ARTÍCULO Nº 43. Los proyectos de obras o actividades comprendidos en la reglamentación

que se dicte, deberán ser comunicados, antes del inicio de su ejecución, a la autoridad de

aplicación o a los demás organismos provinciales competentes que correspondan, los que

deberán determinar en el plazo que reglamentariamente se establezca, si los mismos deben

o no ser sometidos a la evaluación de impacto ambiental.

ARTÍCULO Nº 44. El proponente de un proyecto de obra o actividad que quede sujeto a la

evaluación de impacto ambiental deberá dentro del plazo y en la forma que determine la

reglamentación, efectuar y presentar un estudio previo de impacto ambiental, ejecutado por

personas físicas o jurídicas, públicas o privadas idóneas en las materias que comprendan,

debidamente inscriptos en el registro que creará al efecto la autoridad de aplicación y

elegidos por el proponente, a cuyo cargo estará el costo de su ejecución. Tales estudios

tendrán el carácter de declaración jurada.

ARTÍCULO Nº 45. La reglamentación preverá los mecanismos que aseguren la debida

difusión de los estudios de impacto ambiental de los proyectos sometidos a evaluación, a fin

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286

de que los mismos puedan ser consultados por los interesados que quieran formularle

observaciones. Asimismo, preverá también la celebración de audiencias públicas con el

objeto de someter el proyecto a consulta de la comunidad involucrada.

ARTÍCULO Nº 46. Los responsables del proyecto podrán solicitar que se mantenga en

reserva la información que haya sido integrada al estudio de impacto ambiental y que, de

hacerse pública, afectaría derechos de propiedad intelectual, industrial o intereses lícitos de

naturaleza mercantil.

ARTÍCULO Nº 47. En la evaluación y análisis de los estudios de impacto ambiental, las

autoridades competentes que correspondan observarán los siguientes criterios:

a. La consideración de la realidad ecológica de la provincia y de los aspectos sociales,

culturales y económicos de la población o comunidad involucrada; b. Las normas legales

nacionales, provinciales o municipales, los convenios interprovinciales y regionales

celebrados por la Provincia y los tratados internacionales a los que adhiera la Argentina, que

tengan vinculación con el proyecto sometido a evaluación;

c. Los criterios ecológicos para la preservación y el aprovechamiento racional de los

recursos naturales y demás valores relativos a la protección del ambiente;

d. Los principios enunciados en la Sección I del Capítulo IV del Título I de esta Ley;

e. Los objetivos de política ambiental tendientes a conciliar las necesidades de desarrollo

económico con la necesidad de preservar el ambiente para las generaciones presentes y

futuras;

f. Los demás principios enunciados en esta Ley.

ARTÍCULO Nº 48. Las autoridades competentes de la evaluación de impacto ambiental

deberán pronunciarse:

a. Otorgando la autorización para la ejecución de la obra o la realización de la actividad de

que se trate;

b. Otorgando la autorización para la ejecución de la obra o la realización de la actividad

proyectada, condicionada a la modificación del proyecto de obra o actividad, en cuyo caso,

el interesado podrá proponer medidas alternativas o adicionales;

c. Negando la autorización, siempre que no exista alternativas técnicas y económicas

adecuadas, que permitan superar las objeciones que se realicen.

ARTÍCULO Nº 49. Los establecimientos industriales y las demás actividades ya existentes,

que queden comprendidos en la reglamentación a dictarse, deberán presentar un estudio de

situación ambiental, como así también deberán cumplir con las disposiciones que se

establezcan reglamentariamente sobre información de actualización periódica.

ARTÍCULO Nº 50. En la reglamentación que se dicte, además de los aspectos ya

mencionados en las disposiciones precedentes, deberá establecerse:

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a. Las características y contenidos del estudio previo de impacto ambiental y del estudio de

situación ambiental, según corresponda;

b. Las normas de procedimiento para la evaluación de los mismos.

Capítulo II

De la Protección Ambiental de los Recursos Naturales Renovables

Sección II

De las Aguas

ARTÍCULO Nº 87. El Estado Provincial adoptará las medidas necesarias con el objeto de

que todas las aguas superficiales y subterráneas de la Provincia se mantengan en un óptimo

estado de preservación y que hagan posible el aprovechamiento racional del recurso por

parte de la población y el normal desarrollo de la vida animal y vegetal propia del medio.

ARTICULO Nº 88. Para la prevención y control de la contaminación del agua corresponde al

Poder Ejecutivo Provincial, a propuesta de la autoridad de aplicación y previo dictamen del

Comité Interministerial y del Consejo Provincial del Medio

Ambiente, lo siguiente:

a. Dictar, en armonía con las disposiciones nacionales en la materia, las normas técnicas

ambientales y los criterios de calidad de las aguas, con el objeto de limitar y reducir la

degradación y contaminación de las mismas;

b. Fijar los límites máximos razonables y permisibles de contaminación de los cuerpos

hídricos, hasta lograr los niveles de calidad ambiental deseados. Tales límites máximos

serán actualizados en forma periódica y progresiva de acuerdo

con el avance científico tecnológico y en cumplimiento de los objetivos de esta Ley;

c. Fijar las normas técnicas para el vertimiento del agua residuales de origen doméstico,

urbano, industrial o agropecuario a depósitos, cuerpos o corrientes de agua, así como para

la infiltración en el terreno;

d. Establecer restricciones y prohibiciones respecto de determinadas actividades, con

especificación del área afectada y del tiempo de duración, como así también las medidas de

recuperación pertinentes;

e. Aprobar los métodos técnicos más adecuados para los sistemas de captación,

almacenamiento, tratamiento y distribución del agua para uso público y privado;

f. Regular la evacuación, tratamiento y descarga de aguas tratadas y no tratadas

provenientes de actividades del agro, lixiviación de materiales residuales y no residuales y

de descargas accidentales que pudieran contaminar las masas de

agua;

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288

g. Diseñar medidas tendientes a favorecer el uso racional del agua natural y tratada;

h. Realizar la clasificación de las aguas y fijar su destino y posibilidades de

aprovechamiento;

i. Fijar los caudales mínimos ecológicos que deberán conservarse en cada curso de agua

natural.

ARTÍCULO Nº 89. Corresponde a las autoridades competentes, según lo dispuesto en los

artículos 15° y 16º de la presente Ley, lo siguiente:

a. Ejercer el poder de policía relativo al cumplimiento de las normas técnicas de calidad

vinculadas a la conservación de los recursos hídricos;

b. Aconsejar los métodos y técnicas alternativas apropiadas para impedir, evitar o reducir la

contaminación de los cuerpos hídricos;

c. Ejercer todos los controles pertinentes a efectos de que se cumplan las disposiciones

sobre volcamientos, descargas, recolección, abastecimientos, conducción y calidad de las

aguas;

d. Controlar la calidad de las aguas mediante la realización de análisis periódicos de sus

características físicas, químicas y biológicas, para que se mantengan aptas para los fines a

los cuales está destinada, de acuerdo con su clasificación;

e. Someter a control las aguas que se conviertan en focos de contaminación;

f. Promover el tratamiento de aguas residuales y su posterior rehúso, particularmente en

actividades agrícolas e industriales;

g. Someter a control periódico a las industrias o actividades que, por su naturaleza, puedan

contaminar las aguas. Los titulares de esos emprendimientos no podrán oponerse a tales

controles y deberán suministrar los datos que se les requieran

con tal finalidad;

h. Organizar y poner en funcionamiento estaciones, laboratorios y redes de muestreo para

determinar la calidad de las aguas y verificar su peligro actual o potencial;

i. Aplicar sanciones a los infractores de las normas de protección ambiental de las aguas.

• Decreto Nº 5980. 24/07/06.

Evaluación de Impacto Ambiental y Normas Técnicas de Calidad Ambiental para la

Protección de la Atmósfera de las Aguas y del Suelo.

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

289

Declaración de Patrimonio Natural y Cultural de la Humanidad: A la Quebrada de

Humahuaca efectuada en el mes de julio del año 2003, en París, Francia, por la

Organización de Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura

(UNESCO).

En esta Declaración la UNESCO se manifiesta que la Quebrada de Humahuaca, es un lugar

donde el hombre vive y transita con una enorme herencia cultural en medio de un paisaje

natural extraordinario constituido a lo largo de 10 mil años de historia. Comienza a 39

kilómetros de la ciudad de San Salvador de Jujuy, por la Ruta 9 y abarca unos 170

kilómetros de valles y montañas trazadas de sur a norte.

En el afán de proteger y reclamar la preservación de sitios pertenecientes al Patrimonio de la

Humanidad, bajo el auspicio de la Unesco, se han dictado diversas directivas y

recomendaciones que apuntan a la integración de la preservación patrimonial con los

criterios ambientales. Al respecto la misma organización en la Declaración de Nairobi

recomendó que la protección del ambiente al que pertenecen los conjuntos históricos deben

ser protegidos contra toda clase de deterioro, en especial los resultantes de un uso

inapropiado, aditamentos parásitos y transformaciones abusivas o desprovistas de

sensibilidad que dañan su autenticidad, así como los provocados por cualquier tipo de

contaminación.

Tanto el derecho positivo vigente en materia ambiental como la consensuada interpretación

que se le otorga al mismo, fueron adoptados para la producción del presente EIA, ello en el

absoluto convencimiento que resulta de vital importancia su observancia tanto en la etapa de

ejecución como en su puesta en marcha.

Ley Nº161/1950; Código de Aguas y su modificatoria la Ley Nº 4.396: De su articulado surge

que faculta a quien ejerce la Administración del agua, la superior tutela sobre el agua

pública, sus cauces y riberas, extendiéndose esta tutela

sobre las aguas privadas, siendo quien otorgará los permisos que en razón de este proyecto

sean necesarios.

• Ley Nº3014/1973 Ley Provincial de caza

• Ley Nº3866/1982; Patrimonio Cultural

Artículo 1º. Declárase de propiedad de la Provincia, las ruinas, yacimientos y vestigios

arqueológicos, paleontológicos, paleoantropológicos e históricos de interés científico

existentes dentro del territorio de la Provincia de Jujuy.

Artículo 2º. Prohíbase en todo el territorio de la Provincia, la utilización, exploración,

explotación y estudios de ruinas, yacimientos y vestigios referidos en el artículo precedente,

sin autorización del Poder Ejecutivo. A los efectos de la

autorización, prestará el pertinente asesoramiento la Dirección de Archivo Histórico y

Antropológico de la Provincia.

Artículo 4º. La investigación científica de los bienes especificados en el

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

290

Artículo 1º, dentro del territorio de la Provincia, sólo podrá ser realizado por instituciones

científicas o por investigadores de acreditada competencia con propósitos de estudio y sin

fines de especulación comercial.

Artículo 13º. La Dirección de Archivo Histórico y Antropología de la Provincia será la

autoridad de aplicación de la presente Ley.

• Decreto 2663/1985; la destrucción de la vegetación mediante el uso de fuego, solo

podrá efectuarse en forma de “Quema Controlada”, de acuerdo con las condiciones y

requisitos del decreto.

• Ley Nº4399/1988: de Régimen Procesal para la Tutela de los Intereses Difusos o

Derechos Colectivos: La presente ley prevé un mecanismo ágil y de fácil acceso, para la

defensa jurisdiccional de los intereses difusos o derechos colectivos, brindando protección a

esos efectos al medio ambiente, a la conservación del equilibrio ecológico, los valores

estéticos, históricos, urbanísticos, artísticos, arquitectónicos, arqueológicos y paisajísticos,

entre otros.

Ampliando el número de legitimados activos y pasivos, a los fines de que la tutela que se

persigue sea efectiva.

• Ley Nº4542/1991; de Protección del Árbol y del Bosque.

Artículo 1º: BOSQUE PROTECTOR Con el alcance previsto en el artículo 8º de la Ley

Nacional Nº 13.273, declarase bosque protector, a todo monte natural que vegete en

terrenos del dominio público o privado en la Provincia de Jujuy.

• Ley Nº4730/1993; Artículo 1º: Apruébese el PACTO FEDERAL AMBIENTAL suscripto

en la ciudad de Buenos Aires el 5 de julio de 1993.

• Ley Nº5011/1997; De adhesión a la Ley Nacional Nº 24.051 de residuos peligrosos.

• Ley Nº5018/1997; Prevención y lucha contra incendios en áreas rurales y/o forestales

• Ley Nº5018/1998: Prevención y lucha contra incendios en áreas rurales y/o forestales.

Tiene por objeto establecer las acciones, normas y procedimientos para la prevención y lucha

contra incendios en áreas rurales y forestales, tanto en bosques nativos como de cultivo, en el

territorio de la Provincia.

• Ley N°5206/2000: Artículo 1º: Designase como Paisaje Protegido a la Quebrada de

Humahuaca en toda su extensión, en los términos del artículo 122 inc. a.) de la Ley 5063 “Ley

General de Medio Ambiente”.

• Ley Nº5255/2001: Áreas Típicas de Conservación. Son de interés público las

localidades de Tumbaya, Purmamarca, Tilcara, Humahuaca, Uquía, Rinconada y Yavi en lo

referente a la conservación, mantenimiento, mantenimiento y desarrollo del conjunto de sus

bienes tangibles e intangibles, entendiéndose por tales, los recursos naturales, culturales,

históricos, paisajísticos y turísticos de las mismas, y la defensa de ellos ante acciones,

construcciones, usos o instalaciones que las pudieran degradar.

• Decreto Reglamentario Nº5.606/2002: Este decreto reglamenta el Capítulo II “De las

Infracciones y Sanciones”, del Título V de la ley Nº 5063.

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

291

- El Capítulo I define Daño Ambiental y los clasifica. El capítulo II se refiere a las

sanciones las que pueden ser multas, apercibimientos y clausuras de distinto tipo. Finalmente,

el capítulo III se refiere al Procedimiento para la Sustanciación de los Sumarios por

Infracciones Ambientales.

• Resolución Nº220/05 Manifiesto de generación, transporte y operación de residuos

peligrosos.

• Resolución Nº168/06 Habilita el Registro Provincial de generadores, transportistas y

operadores de residuos peligrosos y el Registro Provincial de residuos patogénicos.

• Decreto Nº4.805/2006: Artículo 1°: Declárase Montes Permanentes las zonas donde

vegeten las cactáceas, conforme lo establece en el art. 9° la Ley Nacional Nº 13.273 de

“Defensa de la Riqueza Forestal”.

Artículo 2°: Prohíbase el corte y extracción de cactáceas en propiedades del Estado

Provincial en todo el territorio de la Provincia y particularmente en toda la zona de protección

de la Quebrada de Humahuaca, inscripta en la UNESCO en la

Lista de Patrimonio Mundial en la categoría de Paisaje Cultural.

Artículo 3° En propiedades privadas la Dirección Provincial de Medio Ambiente y Recursos

Naturales reglamentará el aprovechamiento sustentable de las especies y sólo para uso

artesanal, quedando totalmente prohibido el uso con fines de construcción y de mobiliario.

Artículo 4° La Dirección Provincial de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en

coordinación con las demás dependencias del Estado Provincial que tengan alguna

incumbencia en el tema, propondrá y llevará adelante acciones de

concientización, destinado a fomentar la protección integral de las cactáceas.

• Decreto Reglamentario Nº5980/2006: Evaluación de Impacto Ambiental y Normas

Técnicas de Calidad Ambiental para la Protección de la Atmósfera de las Aguas y del Suelo.

Artículo 1°): Apruébense el Cuerpo de Disposiciones que a partir del Artículo 2° del presente

Decreto, constituye la "Reglamentación de la Ley General de Medio Ambiente – Estudio de

Impacto Ambiental", como Régimen de la Ley N° 5063; y los Anexos I, II, III, IV y V que

forman parte integrante del presente.

Artículo 2°): Entiéndase por Evaluación del Impacto Ambiental (EIA) al procedimiento

técnicoadministrativo al que se refiere el Art. 41 de la Ley N° 5063 General del Ambiente,

procedimiento destinado a identificar, interpretar, prevenir,

evitar o disminuir las los elementos que integran al ambiente natural y humano, los proyectos

de obras o actividades públicas o privadas.

Se entiende por Impacto Ambiental a cualquier cambio neto, positivo o negativo, que se

provoca sobre el ambiente como consecuencia, directa o indirecta, de acciones antrópicas

que puedan producir alteraciones susceptibles de afectar la

salud y la calidad de vida, la capacidad productiva de los recursos naturales y los procesos

ecológicos esenciales.

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ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA

“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

292

Para la ejecución de obras y/o actividades públicas o privadas a realizase dentro del

territorio provincial y susceptibles de producir efectos o alteraciones sobre el medio

ambiente, deberán realizarse estudios previos de impacto ambiental, que

serán sometidos al procedimiento de evaluación de impacto ambiental por la autoridad de

aplicación de la Ley N° 5.063, conforme lo establecido en los artículos 40 a 51de esa Ley y

en el presente Decreto Reglamentario.

Quedan expresamente comprendidos los proyectos o acciones que desarrollen el Estado

Nacional, Provincial y Municipal.

Artículo 3º): De acuerdo a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 42 de la Ley 5063,

los proyectos de obras o actividades incluidos en los Anexos I y II del presente Decreto,

quedan sometidos obligatoriamente al procedimiento de

evaluación de impacto ambiental que se reglamenta en el presente.

• Decreto Reglamentario Nº6002/2006: Regula lo referente a la gestión de los residuos

peligrosos. En este sentido crea el Registro Provincial de Generadores, Transportistas y

Operadores de Residuos Peligrosos, Industriales y de Servicios, y el Registro Provincial de

Residuos Patogénicos (artículo 1).

En el Anexo I se establece el funcionamiento general del registro. Convoca a todas las

personas físicas y jurídicas públicas y privadas a inscribirse en el Registro y a gestionar el

Certificado Ambiental Provincial Anual el que acreditará, exclusivamente, la aprobación del

sistema de manipulación, transporte, tratamiento, operación y disposición final que se

aplicará a los residuos peligrosos generados y se otorgará por resolución fundada de la

Autoridad de Aplicación.

En el artículo 6 se define residuos peligrosos, adoptándose los Anexos I y II de la Ley

Nacional Nº 24051.

En los 7, 8, 9, 10, 11 y 12 se definen generador, transportista, operador, plantas de

tratamiento, plantas de eliminación y plantas de disposición final.

Se dispone con el fin de la inscripción de todos los sujetos alcanzados por esta norma la

presentación de una declaración jurada de conformidad a los Anexo II, III, IV y V de la

norma.

En el capítulo III se hace referencia a la Tasa Ambiental Provincial Anual, la que deberá ser

abonada por generadores, transportistas y operadores y cuya liquidación debe hacerse

sobre los residuos peligrosos generados u operados en el

año calendario inmediato anterior. A tal efecto en dicho capítulo se indica la fórmula a aplicar

para el cálculo de la misma.

El capítulo IV hace referencia al Manifiesto de Generación, Transporte y Operación de

Residuos Peligrosos y establece el procedimiento a seguir al momento de su utilización.

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

293

Se establece asimismo la información mínima que debe contener el certificado de

destrucción emitido por los operadores habilitados.

Como normativa complementaria la Resolución Nº 168/ 06 – DPPAyRN habilitó el Registro

Provincial de Residuos Peligrosos. Mediante Resolución Nº 261/07 DPPAyRN se dispuso la

inscripción de oficio de todos aquellos que hubiesen omitido inscribirse en el Registro.

Se deberán cumplir con las disposiciones de esta norma en lo se refiere a la generación de

residuos peligrosos que puedan darse en el frente de obra. Consideraciones al respecto se

presentan en el PMAS.

• Decreto Nº 6003, 27/07/07. Residuos Patogénicos.

• Decreto Reglamentario Nº9067/2007: Este decreto modifica parcialmente el Decreto

Reglamentario Nº 5980/06 que se refiere a la Evaluación de Impacto Ambiental.

Dentro de las modificaciones se destaca el procedimiento previsto en el artículo Nº 5 del

D.R. 5980/06. En este sentido el procedimiento se modifica disponiéndose que una vez

“recibida la Solicitud de Factibilidad Ambiental, la Autoridad de Aplicación deberá expedirse

dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la recepción de la misma,

emitiendo un acto administrativo por medio del cual:

a) Disponga la inclusión del proyecto y/o actividad en el procedimiento de evaluación de

impacto ambiental previsto en éste Decreto o su recalificación; o

b) Exceptúe al proyecto y/o actividad del procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental

y emita una declaración de ausencia de impacto ambiental significativo; en este caso la

decisión administrativa deberá ser publicada en el Boletín Oficial”. Asimismo, modifica lo

indicado en el artículo 22 disponiendo que “Dentro de los diez (10) días hábiles de

presentado el estudio de impacto ambiental de un proyecto y/o sus ampliaciones el

responsable del mismo deberá publicar a su cargo en el Boletín Oficial de la Provincia –

durante tres (3) veces en cinco (5) días – una declaración que contenga la descripción

sucinta de las características principales del proyecto y/o actividad. En dicha publicación se

deberá indicar que el estudio previo de impacto ambiental se encuentra a disposición del

público en los lugares ue fije la Autoridad de Aplicación, para que puedan dirigirse los

interesados”.

También faculta a la Autoridad de Aplicación a determinar que el mecanismo de

participación ciudadana se realice a través de audiencia pública.

En cualquiera de los dos casos, el artículo 26 también modificado queda de la siguiente

forma: “La Autoridad de Aplicación, una vez finalizado el plazo para formular las

observaciones por los interesados, analizará todos los antecedentes y dictaminará sobre la

factibilidad ambiental del proyecto en los sucesivos treinta (30) días hábiles contados a partir

del vencimiento del plazo para realizar observaciones o de la finalización de la Audiencia

Pública.”

En relación a este Decreto ya se dispuso la publicación en el Boletín Oficial como

mecanismos de participación pública.

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“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

294

Artículo 1°. Delegar al Ministerio de Cultura y Turismo, como parte del Poder Ejecutivo de la

Provincia y en un todo de acuerdo con la Ley de Ministerios, las facultades de emitir las

resoluciones de autorizaciones/concesiones referidas a la

realización de investigaciones arqueológicas y paleontológicas; estudios de impacto

arqueológico y la realización de rescates arqueológicos y paleontológicos en el territorio de

la Provincia de Jujuy de acuerdo a lo enunciado en el Artículo 2° y 3° de la Ley N°

3866/1982 sobre la ¨Protección del Patrimonio Arqueológico, Paleontológico e Histórico

Provincial¨.

• Ley Nº6080/2018 del Sistema Provincial de Áreas Naturales Protegidas

• Ley Nº6.097/2018 de Actualización del Ordenamiento Territorial Adaptativo de Bosques

Nativos. Entre los objetivos que menciona la Ley están la conservación, restauración,

preservación, aprovechamiento y manejo

sostenible de los bosques nativos. Establece una zonificación en tres colores de acuerdo a

la importancia ecosistémica de los bosques, con lo que se permiten y restringen ciertos usos

de la masa boscosa.

• Ley Nº6099/2018 de Ordenamiento Territorial, Uso y Fraccionamiento de Suelo

Urbano.

• Ley Nº 5954, GIRSU a través de la cual se crea el Plan “Pachamama te cuido” y la

empresa GIRSU Sociedad del Estado. Se trata de una norma estratégica que implica un

modelo colaborativo entre Provincia y Municipios para abordar la gestión de los residuos,

establece las directrices ambientales. GIRSU S.E. es una herramienta para la resolución de

poblematicas vinculadas a RSU.

• Ley Nº 114, de 23/12/49 , Adhesión a la Ley Nacional Nº 13.273 de Defensa de la

Riqueza Forestal.

• Decreto 5113/78. Reglamentación de diámetros de especies arbóreas para extracción.

• Ley Nº 4203. 20/11/85. Preservación de los Recursos Naturales, Parques, Reservas y

Monumentos Provinciales.

• Decreto Nº 2.187. 28/11/08. Plan de Ordenamiento Territorial Adaptativo para Áreas

Boscosas.

• Ley Nº 5.371. 25/09/03. Adhesión a la Declaración Universal de los Derechos del

Animal y de la Ley Nacional nº 14.346, de Protección de los Animales.}

• Ley Nº 4396. 17/11/88. Modifica la Ley 4090.

• Ley Nº 4530/90. Fija sanciones por contaminación de recursos hídricos.

• Decreto Nº 2186OP/88. Procedimientos para nuevas actividades con efluentes.

• Decreto. Nº 5937OP/88 Límites de calidad de vuelco de efluentes líquidos, obligatorio

para los nuevos y para los existentes.

• Ley Nº 3866/82 Defensa del patrimonio arqueológico, paleontológico,

paleoantropológico e histórico de interés científico de la provincia de Jujuy. Defensa del

Patrimonio Arqueológico.

• Ley Nº 3643/79. De adhesión a Ley Nacional 20284 de preservación del recurso aire.

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ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA

“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

295

• Resolución Nº 46/85, Valores máximos permisibles de calidad del aire.

• Ley Nº 161/50. Código de Aguas, Las aguas privadas quedan sometidas a las

disposiciones policiales contenidas en el presente, y a las que se dicten en adelante.

• Ley Nº 4090 Administración de Recursos Hídricos y Régimen de Servicios de

Agua, Saneamiento y Energía, Tiende a la protección del patrimonio natural y al

aprovechamiento integral de los recursos hídricos provinciales mediante su adecuada

administración, estableciendo el régimen general y básico para la prestación de los servicios

de agua, saneamiento y energía.

• Ley Nº 3014/1973 Ley de Caza. 27/07/73. Declara de interés público la protección,

conservación, restauración y propagación de todas las especies de la fauna terrestre,

autóctona o exótica que temporal o permanentemente habitan el territorio de la Provincia o

lugares sometidos a su jurisdicción y que viven libres o Independientes del hombre, en

ambientes naturales o artificiales. Declara de propiedad del Estado Provincial a toda la fauna

silvestre existente.

• Decreto Reglamentario Nº 5096 – Ley de Caza. Reglamenta la Ley de Caza.

• Ley Nº 3011/73 Ley de Pesca. 18/07/73. Declara de interés público la protección,

conservación, restauración y propagación de todas las especies de las faunas ícticas,

autóctona o exótica que temporal o permanentemente habitan el territorio de la Provincia o

lugares sometidos a su jurisdicción, en ambientes naturales o artificiales. Declara de propiedad

del Estado Provincial a toda la fauna ícticas existente en ambientes de agua de uso público.

• Ley Nº 5011. 21/08/97, Adhesión a la Ley Nacional Nº 24.051 y el Decreto Nacional Nº

831/93, de Residuos Peligrosos.

• Ley Nº 5231 Población Aborigen. 26/12/00. De aprobación del protocolo adicional al

convenio de regularización y adjudicación de tierras a la población aborigen de Jujuy y

modificación de la ley N° 5030.

• Ley Nº 4444 Libre Acceso a la Información. 28/3/90. Reglamenta la publicidad de los

actos de gobierno y el libre acceso a las fuentes oficiales de información, de acuerdo a lo que

se establece en la Constitución de la Provincia.

Artículo 2º. DEBER DE INFORMAR: Sin perjuicio de la información pública que produzcan por

propia iniciativa, los poderes públicos del Estado brindarán toda aquella que se les requiera.

• Decreto Acuerdo 1072/04 – Información Pública, A efectos de poder ejercer el

derecho al libre acceso a las fuentes de información del Estado consagrado por la ley 4444, el

interesado deberá cumplir con los siguientes recaudos:

a) Efectuar su pedido por escrito ante la autoridad correspondiente.

b) Acreditar el carácter invocado mediante la presentación de los títulos, instrumentos,

habilitaciones e inscripciones pertinentes exigidas por la normativa legal aplicable a la materia.

c) Acreditar el pago del sellado o tasas de actuación establecida en el art. 15 de la ley.

• Ley Nº 5317 Audiencias Públicas. 13/06/02, Tiene por objeto posibilitar la consulta de

la opinión y regular la participación de los ciudadanos en la toma de aquellas decisiones

administrativas que puedan afectar o que inciden sobre toda o parte de la población.

• Ley Nº 4.695 Adhesión a la Ley de Inversiones Minera. Adhiere la Provincia de

Jujuy al Régimen de la Ley Nº 24.196 de Inversiones mineras.

Page 296: II - PLIEGO DE ESPECIFICACIONES PARTICULARES

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA

“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

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• Ley 4392/88, De promoción Industrial.

• Resolución Nº 0175CyT. Gobierno de Jujuy, Protocolo para el otorgamiento de

autorizaciones para realizar investigaciones Arqueológicas, Protocolo para Arqueología de

Rescate y Protocolo para Estudios de Impacto Arqueológico.

SIGLAS

EARPU Ente Autárquico Regulador De Planificación Urbana

PGAS Plan de Gestión Ambiental y Social para la construcción

PMAS Plan de Manejo Ambiental y Social para la construcción

ETAS Especificaciones Técnicas Ambientales y Sociales

MMIT Medidas de mitigación

IAS Inspección Ambiental y Social

ATS Análisis de Trabajos Seguros

SCA Secretaría de Calidad Ambiental

EIAS Estudio de Impacto Ambiental y Social

PA Permisos Ambientales

RA Responsable Ambiental

RS Responsable Social

RQ Responsable Arqueólogo

RHS Responsable en Higiene y Seguridad

RMT Responsable en Medicina del Trabajo

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GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA

“2021: BICENTENARIO DEL DIA GRANDE DE JUJUY”

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