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iEV Triburul E«toral de Veramz CONTRATO N'43ITEEV/OA,/O]/ I 8 CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA COMO "EL TRIBUNAL", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR SU MAGISTRADO PRESTDENTE, DOCTOR JOSÉ OLVEROS RUIZ, ASISTIDO POR LA DIRECTORA DE ADMINISTRACIÓN, MAESTRA MAR¡A ESTHER REYES GONZÁLEZ; Y POR LA OTRA PARTE, C. ISMAEL EFREN LÓPEZ GoNáLEz, A QUIEN EN Lo SUcEsIVo SE LE DENoMINARÁ COMO "EL PRESTADOR DE SERVICIOS", AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS: ANTECEDENTES: l. De conformidad con lo dispuesto por los artículos I 16, fracción lV, inciso c), numeral 5, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 105 de la Ley General de lnstituciones y Procedimientos Electorales; 66, Apartado B, de la Constitución Política del Estado de Veracruz de lgnacio de la Llave; 405 del Código Electoral estatal; y 5 de su Reglamento lnterior, el Tribunal Electoral del Estado de Veracruz es el órgano jurisdiccional especializado en materia electoral que, aplicando la legislación estatal, tiene a su cargo la resolución de las controversias que se susciten con motivo de los procesos electorales locales, así como las derivadas de los actos y resoluciones que emitan las autoridades electorales locales. ll. De acuerdo a lo establecido en el artículo 66, apartado B, de la Constitución Política del Estado de Veracruz, el Tribunal Electoral del Estado debe cumplir sus funciones bajo los princif ios de certeza, imparcialidad, objetividad, legalidad y probidad; y goza de autonomía técnica y de gestión en su funcionam¡ento e independencia en sus decisiones en los términos y condiciones que establezca la ley. Se integra con tres Magistrados que duran en su cargo s¡ete años y son nombrados por el Senado de la República de acuerdo a lo previsto en la Constitución Federal y en la Ley General de lnstituciones y Procedimientos Electorales. lll. El día 10 de diciembre de 2015, la H. Cámara de Senadores de la República tuvo a bien nombrar a los señores magistrados q ue conforman la actua integración en funciones del Tribunal Electoral del Estado de Verac quedando formalmente instalado el órgano jurisdiccional el día '14 de diciemb de 2015, en cumplimiento a lo establecid o en los artículos 1 16, fracción lV, inciso 1 de7 C, numeral 5 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 66, Apartado B, de la Constitución Política del Estado de Veracruz, y artículos transitorios octavo y décimorséptimo del Código Electoral para el Estado de Veracruz.

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iEVTriburul E«toral de Veramz

CONTRATO N'43ITEEV/OA,/O]/ I 8

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES QUECELEBRAN, POR UNA PARTE, EL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADODE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, A QUIEN EN LO SUCESIVO SELE DENOMINARA COMO "EL TRIBUNAL", REPRESENTADO EN ESTE ACTOPOR SU MAGISTRADO PRESTDENTE, DOCTOR JOSÉ OLVEROS RUIZ,ASISTIDO POR LA DIRECTORA DE ADMINISTRACIÓN, MAESTRA MAR¡AESTHER REYES GONZÁLEZ; Y POR LA OTRA PARTE, C. ISMAEL EFRENLÓPEZ GoNáLEz, A QUIEN EN Lo SUcEsIVo SE LE DENoMINARÁCOMO "EL PRESTADOR DE SERVICIOS", AL TENOR DE LAS SIGUIENTESDECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

ANTECEDENTES:

l. De conformidad con lo dispuesto por los artículos I 16, fracción lV, inciso c),numeral 5, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 105 dela Ley General de lnstituciones y Procedimientos Electorales; 66, Apartado B, dela Constitución Política del Estado de Veracruz de lgnacio de la Llave; 405 delCódigo Electoral estatal; y 5 de su Reglamento lnterior, el Tribunal Electoral delEstado de Veracruz es el órgano jurisdiccional especializado en materia electoralque, aplicando la legislación estatal, tiene a su cargo la resolución de lascontroversias que se susciten con motivo de los procesos electorales locales, asícomo las derivadas de los actos y resoluciones que emitan las autoridadeselectorales locales.

ll. De acuerdo a lo establecido en el artículo 66, apartado B, de la ConstituciónPolítica del Estado de Veracruz, el Tribunal Electoral del Estado debe cumplirsus funciones bajo los princif ios de certeza, imparcialidad, objetividad, legalidady probidad; y goza de autonomía técnica y de gestión en su funcionam¡ento eindependencia en sus decisiones en los términos y condiciones que establezcala ley. Se integra con tres Magistrados que duran en su cargo s¡ete años y sonnombrados por el Senado de la República de acuerdo a lo previsto en laConstitución Federal y en la Ley General de lnstituciones y ProcedimientosElectorales.

lll. El día 10 de diciembre de 2015, la H. Cámara de Senadores de la Repúblicatuvo a bien nombrar a los señores magistrados que conforman la actuaintegración en funciones del Tribunal Electoral del Estado de Veracquedando formalmente instalado el órgano jurisdiccional el día '14 de diciembde 2015, en cumplimiento a lo establecid o en los artículos 1 16, fracción lV, inciso

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C, numeral 5 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 66,Apartado B, de la Constitución Política del Estado de Veracruz, y artículostransitorios octavo y décimorséptimo del Código Electoral para el Estado deVeracruz.

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iEVTriDtrnl Bedord de Verasuz

coNTRAf O N'43/TEEV/DA,/o3/ I 8

¡V. Que actualmente está en curso el proceso electoral ordinario 2017 -2018, porel que elegirán al t¡tular del Ejecutivo del Estado y a los D¡putados que integranel Poder Legislativo.

!. DECLARACIONES DE "EL TRIBUNAL'':

l.l Es un organismo autónomo del Estado, con personalidad jurídica y patrimoniopropios, representado por su Magistrado Presidente, Doctor José OliverosRuiz, en términos de lo dispuesto en los arficulos 415 y 4'16, fracción ll, delCódigo Electoral del Estado de Veracruz de lgnacio de la Llave, personalidadque acredita con el nombramiento expedido por el Senado de la República, defecha 10 de diciembre de 2015, y con acta de sesión privada del día 05 dediciembre de2017.

1.3 El artículo 15 del Reglamento lnterior del Tribunal Electoral de Veracruz,dispone que cuando las cargas de trabajo así lo requieran, el Tribunal podrácontratar servicios profesionales por un tiempo u obra determinada, paraprogramas o proyectos específicos. Las y los profesionales prestarán susservicios al Tribunal con base en el contraqo formalizado en términos de labgidhción civil.

1.4 De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 169 del Código Electoral deVeracruz, el proceso electoral es el conjunto de actos ordenados por la

Constitución Política del Estado, las leyes generales de la materia y el propioCódigo, que realizan las autoridades electorales, las organizaciones políticas yos ciudadanos, tendentes a renovar periódicamente a los integrantes de los

eres Ejecutivo y Legislativo, así como a los miembros de los ayuntamientosdel tado. El proceso electoral ordinario inicia con la primera sesión que elConsejo General del Organismo Público Local Electoral del Estado de Veracruzcelebre en los primeros diez días del mes de noviembre del año previo al de laelección y concluirá el último día del mes de julio para la elección de Diputados,y el último día de agosto para la elección de Gobernador o, en su caso, hasta entanto el Tribunal emita las sentencias definitivas respecto de los medios deimpugnación pendientes de resolución.

.,

1.5 De conformidad con lo anterior, el día 01 de noviembre de 20'17 el ConsejoGeneral del Organismo Público Local Electoral del Estado de Veracruz, dio inicioformal al Proceso Electoral 2017 -2018, por el que se renovarán el PoderLegislativo y Ejecutivo del Estado. En tal situación, el Tribunal Electoral requiere

1.2 En términos de lo establecido por el artículo 410 del Código Electoral deVeracruz, el Tr¡bunal Electoral del Estado administrará y ejercerá el presupuestoque le sea asignado y estará obligado a presertta los informes de cuenta públicaen los términos de ley.

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iEVTritunal Eedsd de Yerasuz

CONTRATO N'43/TEEV/DA,/03/ I 8

de la contratación de servicios profes¡onales para afrontar la carga de trabajoque representa el proceso electoral en curso, y con la finalidad de podercumpl¡r eficazmente con su encom¡enda constitucional y legal de impartición dejusticia electoral en el Estado de Veracruz.

1.6 El cinco de enero del dos mil dieciocho, el Pleno del Tribunal Electoral deVeracruz, emit¡ó el acuerdo plenario por el que se autoriza la distribuciónmensual del presupuesto aprobado por el H. Congreso del Estado para elEjercicio Fiscal 2018 y su ejerc¡c¡o. Asimismo, med¡ante acuerdo plenario defecha veintitrés de febrero del presente año, se aprobó la celebración decontratos a prestadores de servicios profesionales. El Tribunal Electoral deVeracruz cuenta con Registro Federal de Contribuyentes TEE150109HF2,expedido por el Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría deHacienda y Crédito Público.

1.8 Para efectos del presenté contrato señala como su dom¡cilio el ubicado enCalle Zempoala número 28, Fraccionamiento Los Angeles, en la Ciudad deXalapa - Enriqucz, Veracruz, Código Postal 91060.

II. DE "EL PRESTADOR DE SERVICIOS'':

ll.l Que ss ¡¡svicano por nacimiento y se encuentra legalmente capac¡tadopara contratar y obligarse en, los términos del presente contrato, manifestandobajo protesta de decir',erdad, que no se encuentra inhabilitado para ocupar unempleo, cargo o comisión en el servicio público.

ll.2 Manifiesta nc haber sido condenado por delito que amerite pena de más déun año de pris,rn, ni por delitos de robo, fraude, falsificación, abuso deconfianza u otro cue lastime seriamente la buena fama en el concepto públicó.

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ll.3 Su clave del Registro Federal de Contribuyentes inscrito ante el Sistema Qe .,Administración T"lbutaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público eY

ll.4 Reconoce expresa nente que el motivo de su contratación por parte de "ELTRIBUNAL", es única y exclusivamente para la prestación de los servicioseventuales oble'n del )resente contrato, por lo que su relación jurídica con elmismo será de c.,ráctei-eventual, quedando sujeta a los términos y condicionesdel presente insi' rmenio jurídico y se regirá por las normas civiles aplicables.

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1,7 Con la asistencia de la Maestra María Esther Reyes González, en sucalidad de Direciora de Administración del Tribunal Electoral, en términos de loestablecido en el artículo 62, fracciones l, ll y lll del Reglamento lnterior delTribunal Electoral de Veracruz.

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iEVTrh¡al &ctord de Verasu

üONTRATO N'43/TEEV/DA/03/I8

ll.5 Cuenta con los conoc¡mientos en la materia, recursos técnicos y materialesnecesarios para la ejecuc¡ón de los servicios eventuales mater¡a de estecontrato, reconoc¡endo expresamente su condición como prestador deservicios eventuales.

ll.6 Para efectos del presente contrato señala como su domic¡lio el ubicado en

. :.

Expuesto lo anterior, "EL TRIBUNAL" y ,,EL PRESTADOR DE SERVICIOS",en lo sucesivo "LAS PARTES", celebran el presente contrato con fundamentoen los articulos 2539 al 2548 y demás relativos y aplicables del Código Civilpara el Estado de Veracruz de lgnacio de la Llave, en los términos ycondiciones previstos en las siguientes:

CLÁUSULAS:PRIMERA.. OBJETO."EL PRESTADOR DE SERVICIOS" se obliga a prestar a ,.EL TRIBUNAL" susservicios como AUXILIAR, ejecutando las actividades que se describen acont¡nuac¡ón:

1. Apoyar en el dictamen y trámite de los expedientes que le encargue elSecretario de Acuerdos;2. Apoyar al Secretario de Acuerdos en la rávisión de los expedientes quese formen con los medios de impugnación, para determ¡nar lo quecorresponda;3. Apoyar a los Actuarios Judiciales en los asuntos que le encargue elSecretario General de Acuerdos; y4. Los demás asuntos que les sean encomendados para el eficazfuncionam¡enlo de "EL TRIBUNAL',

SEGUNDA.. MONTO YPROFESIONALES."EL TRIBUNAL" como contraprestación por lós servicios contratados se obligaa pagar a "EL PRESTADOR DE SERVICIOS" por la vigencia establecida en lacláusula tercera de este contrato, la cantidad de $9,440.56 (Nueve MilCuatrocientos Cuarenta Pesos 56/1 00 M.N.) por concepto de servicios

fesionales , más el Impuesto al Valor Agregado por la cantidad de $ 1,S10.49(Un Mil Quinientos Diez Pesos 49/100 M.N.)¡aciendo un total de $ 10,951,05Diez Mil Novecientos Cincuenta y Un Pesos 05/100 M.N.), previa entrega delomprobante fiscal digital por Internet (CFDI) correspondiente por parte de "EL

PRESTADOR DE SERVICIOS", así comla cláusula séptima del presente contrato

o del informe mensual mencionado en

FORMA DE PAGO DE LOS SERVICIOS

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iEVIr¡hrd flectoral de Yerasu

CONTRATO N"I3/TEEV/DA,/o3/I 8

TERCERA.. VIGENCIA DEL CONTRATO."LAS PARTES" convienen que la vigencia del presente contrato será del 01 al31 de mazo de 2018.

Queda como una facultad discrecional de "EL TRIBUNAL" eI determinar sobrela celebración de un nuevo contrato de igual o similar naturaleza, ya que esteinstrumento jurídico expira el día de su vencimiento sin aviso previo alguno.

En caso de que "EL TRIBUNAL" determine la celebración de un nuevo contrato,éste notificará por escrito tal decisión a "EL PRESTADOR DE SERVICIOS,,, concuando menos cinco días hábiles de anticipación al término de la vigenciapreviamente pactada, en el entendido de que si no existe tal comunicación, larelación jurídica entre "LAS PARTES" concluirá al término de la vigencia delpresente contrato sin necesidad de declaración judicial previa, quedandoexpresamente prohibido a "EL PRESTADOR DE SERVICIOS" prestar servicioalguno a "EL TRIBUNAL" con posterioridad a esa fecha.

CUARTA.. NATURALEZA JURíDICA DEL CONTRATO,"LAS PARTES" acuerdan expresamente que el presente contrato es denaturaleza civil, por lo que, bajo ninguna circunstancia de hecho o de derecho,surtirá efectos jurídicos de índole laboral, ya que el presente inskumento jurídicose refiere únicamente a una relación de servicios profesionales en términos de lalegislación civil. Por ende, "EL TRIBUNAL" no tendrá ninguna obligación decarácter laboral.

QUINTA.- RETENCIONES DEL ISR E IVA."EL PRESTADOR DE SERVICIOS" está de acuerdo en que "EL TRIBUNAL"efectúe las retenciones de los pagos que reciba por concepto de honorarios, porla cantidad que resulte aplicable en los términos de la Ley del lmpuesto Sobre laRenta y la Ley del lmpuesto al Valor Agregado, obligándose "EL TRIBUNAL" aenterar dichos impuestos ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

SEXTA.- SOBRE LA PRESTACIóN DE LOS SERVICIOS."EL PRESTADOR DE SERVICIOS" se manifiesta conocedor de la necesidadoperativa de "EL TRIBUNAL" de garantizar la función jurisdiccional electoralque brinda a la ciudadanía en el estado de Veracruz y que para tal efeplanea, programa ylo ¡nstrumenta estrateg¡as de operación respecto aatención ciudadana, por lo que expresa su entera conformidad y se obligaarealizar en forma eflciente los servicios materia de este contrato para "ELTRIBUNAL".

la

)En atención a lo anter¡or, "LAS PARTES" acuerdan que, si derivado de laplaneac¡ón, programación o de las estrategias que ¡nstrumente "EL TRIBUNAL"respecto a Ia operación y/o atención ciudadana, "EL TRIBUNAL" llegara asuspender parcialmente o por determinado periodo la prestación de los servicios

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iEVTrñuul Bectoral de Ver¿ru2

CONTRATO N"43/TEEV/DA/o3/ I 8

DÉCIMA PRIMERA,- coNcLuslÓN DEL CONTRATO."LAS PARTES" acuerdan que la relac¡ón contractual concluirá por:a) Venc¡miento de la vigenc¡a o cumplimiento del contrato;b) Terminación anticipada del contrato por consentim¡ento mutuo dePARTES";c) Fallecimiento, od) Rescisión del contrato por parte de "EL TRIBUNAL".

"LAS

OCTAVA.- CONFIDENCIALTDAD DE LA INFORMACIÓN."EL PRESTADOR DE SERVICIOS" reconoce y conviene que por ningún motivodivulgará Ia información que por virtud de lbs servicios objeto del presentecontrato tenga a su disposición o en su conocimiento, ya que la misma esconfidencial y propiedad de "EL TRIBUNAL". En caso de que "ELPRESTADOR DE SERVICIOS" infrinja esta cláusula, "EL TRIBUNAL" podráejercer las acciones administrativas, penales y/o civiles que correspondan.

NOVENA.- DERECHOS DE PROP¡EDAD INTELECTUAL."LAS PARTES" reconocen que los derechos de autor que pudieran derivarse delas actividades que con motivo del présente contrato desarrolle "ELPRESTADOR DE SERVICIOS" pertenecerán de manera exclusiva a "ELTRIBUNAL", toda vez que su colaboración es rekibuida, de conformidad con loestablecido en el artículo 83 de la Ley Federal del Derecho de Autor y demásrelativos y aplicables de su Reglamento.

DECIMA.- RESCISION DEL CONTRATO,La falsedad a cualquiera de las declaraciones o el incumplimiento de cualquierade las obligaciones consignadas en el preiente conirato a cargo de "ELPRESTADOR DE SERVICIOS", faculta a "EL TRIBUNAL" a rescindirlounilateralmente sin necesidad de declaración judicial y sin responsabilidad

lguna, bastando la notificación que al efecto le haga "EL TRIBUNAL" a "ELSTADOR DE SERVICIOS" con cinco días hábiles de anticipación

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materia de este contrato, tal situación, por ser,.producto de la operación de "ELTRIBUNAL", no implicaria incumplimiento' o responsabilidad para "ELTRIBUNAL".

SÉPTIMA.. INFoRME MENSUAL.Como parte integrante de los servicios objeto del presente conlrato, "ELPRESTADOR DE SERVICIOS" se obliga a entregar en la Jefatura de RecursosHumanos de "EL TRIBUNAL", un informe mensual de las actividades realizadasen el periodo respectivo, debidamente firmado y aprobado, según sea el caso,siendo responsabilidad de los titulares de las áreas de "EL TRIBUNAL" o delpersonal de mando que éstos designen para tal efecto, supervisar y vigilar sobreel cumplimiento de las actlvidades realizadas por "EL PRESTADOR DEsERVtCrOS".

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iEVlrih¡ul Eedord de Yeramn

POR "EL TRIBUNAL" ,,

DR. JOS OLIV OS RUIZMAGISTRADO P ESIDENTE

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MTRA. HER REYES

CONTRATO N'43/TEEVi DA/03/ I 8

POR ,.EL PR RDSERVICI

c. ts L EFREN LÓPEZ ONALEZ

En caso de conclusión del ,contrato, la responsabilidad de ,,EL TRIBUNAL"comprenderá exclusivamente el pago de los honorarios que se hayan generadohasta la fecha de dicha conclusión y que no se hubiesen pagado previámente a"EL PRESTADOR DE SERVICIOS".

DÉCIMA SEGUNDA.- AUSENCIA DE VIcIoS EN LA VoLUNTAD DE "LASPARTES"."LAS PARTES" manifiestan que en el presente contrato no existe error, dolo omala fe, ni causa alguna querpudiera invalidarlo, comprometiéndose a cumplirloen el tiempo, lugar y bajo las condiciones contratadas.

DIRECT DELEZMINISTRACIÓN

Las úmas l¡ntenidas en la presente foja foman parte del Contrato de Prestación de Servic¡os profes¡onales, celebradoenke el Tribunal Eledoral del Estado de Veracruz de lgnacio de la Llave y c. lsmael Efren López González, ;l dla ol demaeo de 20f8, documento que consta de 4 fojas út¡les c¡n texto en ambos lados.

DÉCIMA TERCERA.- JURISD|ccIÓN.Para todo lo relativo a la solución de controversias que surjan con motivo de laapficación del presente contrato, "LAS PARTES', se obligan a someterse a losTribunales competentes del Distrito Judicial de Xalapa-Enríquez, Veracruz delgnacio de Ia Llave, renunciando desde este momento al fuero que en razón desu domicilio presente o futuro';' pudiera correspondertes.

Leido que fue el presente contrato y enteradas ,,LAS PARTES,, de su contenido,valor y alcance legal, lo firman de conformidad los que en él intervienen, en laciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz, a 01 de mazo de 2018.

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