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CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR Junio 2017 Aprobado por el Consejo Escolar en sesión ordinaria celebrada el 30 de junio de 2017

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CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR

Junio 2017

Aprobado por el Consejo Escolar en sesión

ordinaria celebrada el 30 de junio de 2017

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 2

ÍNDICE.

INTRODUCCIÓN…………………………………………………………………………………… 5

1. Base legal.

2. Ámbito de aplicación y principios generales.

3. Características del centro.

TÍTULO I: ESTRUCTURA ORGANIZATIVA……………………………………………………... 7

CAPÍTULO I: DIRECCIÓN DEL CENTRO………………………………………………………... 7

1. Director.

2. El Equipo directivo.

CAPÍTULO II: ÓRGANOS COLEGIADOS DE GOBIERNO…………………………................ 8

1. El Consejo escolar.

2. El Claustro de profesores.

CAPÍTULO III: ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE……………………………..…. 11

1. Departamentos.

2. Coordinadores y responsables.

3. Comisión de Coordinación pedagógica.

4. Tutores y juntas de profesores de grupo.

CAPÍTULO IV: COORDINADOR DE CONVIVENCIA……………………………………….… 16

CAPÍTULO V: JUNTA DE DELEGADOS DE ALUMNOS. AMPA Y ASOCIACIONES DE ALUMNOS…………………………………………………………………………………………... 16

CAPÍTULO VI: PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS……………………….… 17

TÍTULO II: RECURSOS MATERIALES Y FUNCIONALES…………………………………... 18

CAPÍTULO I: HORARIO GENERAL DEL INSTITUTO……………………………………........ 18

CAPÍTULO II: ESPACIOS E INSTALACIONES………………………………………………… 18

1. Consideraciones generales.

2. Instalaciones y aulas específicas.

3. Normas para el uso de aulas de audiovisuales.

4. Normas para el uso de aulas de informática.

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5. Normas para el uso de talleres y aulas específicas.

6. La biblioteca escolar.

CAPÍTULO III: PRESUPUESTOS, COMPRAS E INVENTARIO…………………………..…. 29

CAPÍTULO IV: REPROGRAFÍA Y COMUNICACIONES…………………………………….… 30

1. Reprografía.

2. Comunicaciones.

CAPÍTULO V: ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRAESCOLARES………..…… 31

1. Objetivos.

2. Criterios para la realización de actividades complementarias y extraescolares.

3. Normas generales para la realización de actividades.

4. Protocolo a seguir en la organización de las actividades.

5. Normas de convivencia durante el desarrollo de la actividad.

6. Viaje de estudios de fin de curso.

CAPÍTULO VI: GUARDIAS………………………………………………………………..………. 41

1. Procedimiento.

2. Guardias de aula de convivencia.

TÍTULO III: CONVIVENCIA EN EL CENTRO…………………………………………...……… 44

CAPÍTULO I: DERECHOS Y DEBERES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA………...…….. 44

1. De los profesores.

2. De las familias.

3. De los alumnos.

4. Regulación del Derecho a la Manifestación Colectiva de Discrepancias.

CAPÍTULO II: NORMAS DE CONVIVENCIA……………………………………………..…….. 52

1. Consideraciones generales.

2. Asistencia y puntualidad.

3. Desarrollo de las actividades docentes.

4. Uso de las instalaciones y material del centro.

5. Higiene y salud.

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6. Transporte escolar.

7. Uso del móvil y aparatos electrónicos.

8. Mecanismos para el conocimiento y difusión de las normas de convivencia.

CAPÍTULO III: CONDUCTAS PERTURBADORAS DE LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO…………………………………………………………………………………………….. 62

1. Procedimiento.

2. Conductas contrarias al normal desarrollo de las actividades docentes.

CAPÍTULO IV: ACTUACIONES CORRECTORAS, RÉGIMEN DISCIPLINARIO Y SANCIONADOR…………………………………………………………….......... 66

1. Ámbito de las conductas a corregir.

2. Criterios para la aplicación de las actuaciones correctoras.

3. Gradación de las medidas correctoras y de las sanciones.

4. Responsabilidad por daños.

5. Medidas de corrección de conductas contrarias a las normas de convivencia.

6. Sanciones correspondientes a las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia del centro.

7. Mecanismos para el conocimiento y difusión de las normas de convivencia.

CAPÍTULO V: EVALUACIÓN, PROMOCIÓN Y TITULACIÓN………………………….…….. 74

1. Procedimiento y garantías de evaluación, promoción y titulación.

2. Procedimiento para las reclamaciones en las evaluaciones trimestrales de ciclos formativos.

TÍTULO IV: DISPOSICIONES FINALES…………………………………………………...…… 76

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INTRODUCCIÓN

1. BASE LEGAL

La normativa vigente en materia educativa en el territorio dependiente de la Junta de

Castilla y León, es el marco legal en el que se inscribe este R.R.I. Este Reglamento no

podrá incluir entre sus disposiciones norma alguna que contradiga la normativa citada.

Para todas las cuestiones no comprendidas expresamente en este Reglamento, habrá que

atenerse a lo establecido en la normativa legal vigente.

Si las disposiciones que la Administración publique con posterioridad a la aprobación del

presente Reglamento lo contradicen, el mismo dejará de ser aplicable solo en aquellos

artículos o aspectos que intervengan en contradicción, ajustándose a las nuevas normas

con una nueva redacción a la mayor brevedad posible, tras el conocimiento del Claustro y

la aprobación de las modificaciones por el Consejo Escolar. A continuación se actualizarán

las copias escritas y electrónicas existentes y se dará nueva difusión entre la Comunidad

Educativa.

2. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y PRINCIPIOS GENERALES.

El ámbito de aplicación de este Reglamento se extenderá a todo lo ocurrido dentro del

recinto escolar en horario lectivo, durante la realización de actividades complementarias o

extraescolares o en los servicios de transporte escolar. Las medidas correctoras a que

hubiera lugar también podrán llevarse a cabo en relación con aquellas conductas de los

alumnos u otros miembros de la comunidad que, aunque se realicen fuera del recinto

escolar, estén directa o indirectamente relacionadas con la vida escolar y afecten a algún

miembro de la comunidad educativa. Todo ello sin perjuicio de la obligación de poner en

conocimiento de las autoridades competentes dichas conductas y de que pudieran ser

sancionadas por otros órganos o administraciones, en el ámbito de sus respectivas

competencias.

El presente Reglamento establece un marco de referencia para la organización y

funcionamiento del I.E.S. “Sierra del Valle”, afecta a toda la Comunidad educativa del I.E.S.

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y es de obligado conocimiento y cumplimiento para cada uno de sus miembros. En su

desarrollo y aplicación se atiene a los siguientes principios generales:

El desarrollo de la educación y la convivencia dentro de un marco de tolerancia y

respeto a la libertad del individuo, a su personalidad y convicciones, que no podrán ser

perturbadas por ningún tipo de coacción ni de discriminación.

El derecho de todos los miembros de la Comunidad Educativa a intervenir, dentro de

sus competencias, en las decisiones que les afecten, bien directamente o a través de sus

representantes libremente elegidos en los distintos órganos de participación del centro.

La orientación de los alumnos para que puedan asumir progresivamente la

responsabilidad de su propia educación y formación, a través de todas las actividades

académicas llevadas a cabo en el centro.

El derecho de todos a expresar su pensamiento, ideas y opiniones, siendo respetadas

las libertades académicas que corresponden a los profesores, sin que el saber sea nunca

utilizado como medio de dominación o manipulación de los alumnos.

Asegurar la organización y el orden interno que permita conseguir con la mayor eficacia

los objetivos educativos del Centro.

La formación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales y de la igualdad

entre hombres y mujeres, así como en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro de

los principios democráticos de convivencia.

3. CARACTERÍSTICAS DEL CENTRO

En el I.E.S. "Sierra del Valle" de La Adrada se imparten enseñanzas de la E.S.O., las

modalidades de Bachillerato de Humanidades y Ciencia y Tecnología, dos Ciclos

Formativos de Grado Medio: Gestión Administrativa y Electromecánica de vehículos, un

Ciclo Formativo de Grado Superior de Administración y Finanzas, y, dos programas de

Formación Profesional Básica (Auxiliar de servicios administrativos y Auxiliar de

reparación de vehículos).

El período de vida escolar que transcurre en un centro es decisivo para la formación

integral del alumno. Coincide con una etapa fundamental de su vida, la adolescencia y la

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primera juventud, pues vienen al Instituto a los 12 años y acaban alrededor de los 18 años

(aunque en los Ciclos Formativos la edad supera los 18). Es decir, pasan de la niñez hasta

la mayoría de edad, en el Instituto. Creemos, por tanto, que es conveniente crear una

normativa que regule la convivencia entre los distintos estamentos, lo que, obviamente,

repercutirá en la buena marcha de la actividad académica.

El I.E.S. "Sierra del Valle" de la Adrada es un Centro que, dentro del respeto a la

Constitución y demás leyes vigentes, procurará que todas sus actividades se dirijan al

logro de una formación integral y amplia de sus alumnos.

TÍTULO I: ESTRUCTURA ORGANIZATIVA.

CAPÍTULO I: DIRECCIÓN DEL CENTRO.

1. Director

El Director es el representante de la Administración educativa en el centro. El DECRETO

23/2014, de 12 de junio, recoge que, el Director debe: “Favorecer la convivencia del

centro, garantizar la mediación en la resolución de conflictos e imponer las medidas

disciplinarias que corresponden a los alumnos y alumnas, sin perjuicio de las atribuidas al

consejo escolar en el artículo 19 de este decreto y aprobar el plan de convivencia y las

normas que sobre esta materia se contemplen en el reglamento de régimen interior.”

2. El Equipo directivo

El Director, previa comunicación al Claustro de profesores y al Consejo Escolar, formulará

propuesta de nombramiento y cese de los cargos de Jefe de Estudios y Secretario entre

los profesores en el Centro, que serán, junto al Director, los órganos ejecutivos de

gobierno del centro y constituirán el Equipo directivo.

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CAPÍTULO II: ÓRGANOS COLEGIADOS DE GOBIERNO.

1. El Consejo Escolar.

De acuerdo al DECRETO 23/2014, de 12 de junio, por el que se establece el marco del

gobierno y autonomía de los centros docentes sostenidos con fondos públicos, que impartan

enseñanzas no universitarias en la Comunidad de Castilla y León.

El Consejo Escolar es el órgano mediante el que los distintos sectores que constituyen la

comunidad educativa participan en el control y gestión del Centro.

Componen el Consejo Escolar:

a) El Director, como presidente.

b) El Jefe de Estudios.

c) Un concejal o representante del Ayuntamiento de La Adrada.

d) Siete profesores elegidos por el Claustro.

e) Cuatro alumnos elegidos por y entre los alumnos del centro. En ningún caso puede ser

elegido un alumno que haya sido objeto de sanción por conductas gravemente

perjudiciales para la convivencia del centro durante el curso en que tenga lugar la

celebración de las elecciones.

f) Tres padres elegidos por y entre los padres de los alumnos del centro.

g) Un representante del personal de administración y servicios del centro.

h) El Secretario del centro, que actuara como secretario del Consejo, con voz pero sin voto.

Atribuciones y funcionamiento del Consejo Escolar.

Las atribuciones del Consejo Escolar están reglamentadas en el articulo 127 de la LOE, y

en lo referente a convivencia en el articulo 19 del Decreto 51/2007.

Su funcionamiento está regulado en el artículo 19 del ROC, salvo en el siguiente punto:

- Las votaciones serán a mano alzada salvo que alguno de sus miembros lo solicite, en

cuyo caso serán secretas.

Comisiones del Consejo Escolar.

En nuestro centro, y en aplicación del artículo 20 del ROC, podrán existir tres comisiones:

Comisión de Convivencia, Comisión Económica y Comisión de Urgencias.

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Comisión de Convivencia.

Está formada por el Director (que actuara como presidente), el Secretario (que actuara

como secretario de la misma, con voz pero sin voto), el Jefe de Estudios y dos profesores,

dos padres y dos alumnos elegidos por y entre los miembros del Consejo Escolar, como

representantes de cada uno de sus respectivos estamentos; el coordinador de convivencia

también forma parte de esta Comisión (a la que asistirá con voz pero sin voto, salvo que

sea también representante del profesorado).

La constitución y el régimen de funcionamiento de esta comisión están regulados

específicamente por el artículo 20 del Decreto 51/2007 y por el artículo 3º de la Resolución

de 31 de enero de 2005.

Sus atribuciones son:

a) Elaborar el informe trimestral sobre Convivencia del centro, así como el informe final

que se incluirá en la Memoria Anual.

b) Colaborar en la planificación de medidas preventivas.

c) Estudiar todos los casos que puedan producirse de conductas contrarias a las normas

de convivencia y actuar dentro del marco legal vigente, así como orientar las

actuaciones relativas a la resolución de los conflictos de convivencia.

d) Informar al Consejo Escolar (al menos dos veces durante el curso) sobre todo aquello

que este pueda encomendarle, dentro del ámbito de su competencia.

e) En cualquier caso, garantizar la aplicación correcta de lo dispuesto en este Reglamento

y en el Decreto51/2007.

f) Canalizar las iniciativas de todos los sectores de la Comunidad Educativa para mejorar

la convivencia, el respeto mutuo así como promover la cultura de la paz y la resolución

pacífica de los conflictos. En este sentido, el trabajo del coordinador de convivencia

puede complementar las actividades de la Comisión, sobre todo en la inmediatez de las

acciones.

Las intervenciones de la Comisión de Convivencia prestarán especial atención a las

pautas de actuación establecidas en el “Plan de Convivencia” del I.E.S.

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Comisión Económica.

Si se decide su constitución en el Consejo, estará formada por el Director, que actuará

como presidente, el Secretario, que actuará como secretario de la misma, con voz pero sin

voto y un profesor, un padre y un alumno elegidos por y entre los miembros del Consejo

Escolar representantes de cada uno de sus colectivos.

Será convocada por el Director cuando lo considere necesario, y se exigirá la

asistencia de la mitad más uno de sus miembros, sin perjuicio de que puedan ser invitados

otros miembros de la comunidad escolar, con voz pero sin voto.

Estarán dentro de sus atribuciones:

a) Analizar la eficacia en la gestión de los recursos del centro, colaborando con el Consejo

Escolar en el informe que sobre el tema se hará al final de cada curso.

b) Colaborar en la elaboración del proyecto de presupuesto del centro y su liquidación, a

fin de someterlos a la aprobación posterior por el Consejo Escolar.

c) Analizar y decidir sobre la elaboración de presupuestos destinados a la adquisición de

material o a obras e infraestructuras.

d) Informar al Consejo Escolar de todo aquello que este pueda encomendarle, dentro del

ámbito de sus competencias.

Comisión de Urgencias.

Si se decide su constitución en el Consejo, estará formada por el Director, que actuará

como presidente, el Secretario, que actuara como secretario de la misma (con voz, pero

sin voto) y un profesor, un padre y un alumno elegidos por y entre los miembros del

Consejo Escolar representantes de cada uno de sus colectivos.

Será convocada por el Director cuando lo considere necesario, y se exigirá la asistencia

de la mitad más uno de sus miembros, sin perjuicio de que puedan ser invitados otros

miembros de la comunidad escolar, con voz, pero sin voto.

Sus atribuciones son:

a) Estudiar y, si procede, aprobar todas las propuestas de Actividades Complementarias y

Extraescolares que surjan a lo largo del curso y no hayan sido aprobadas en la PGA, y

que por su premura no permitan la convocatoria del Consejo Escolar en pleno.

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b) Informar al Consejo Escolar de todo aquello que éste pueda encomendarle, dentro del

ámbito de su competencia.

3. El Claustro de profesores

El Claustro de profesores es el órgano propio de participación de los profesores en el

control y gestión del centro y tiene la responsabilidad de planificar, informar y, en su caso,

decidir sobre todos los aspectos docentes del centro.

Además, propondrá las medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.

Asimismo, conocerá la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones

y velará para que éstas se atengan a la normativa vigente.

El Claustro está presidido por el Director y está integrado por la totalidad de los profesores

que prestan servicio en el centro.

Atribuciones y funcionamiento del Claustro de profesores

Las atribuciones del Claustro de profesores están reguladas en el artículo 129 de la LOE.

El funcionamiento del Claustro está regulado por el artículo 23 del ROC y por los siguientes

acuerdos propios del centro:

Las votaciones serán a mano alzada, salvo que, ocasionalmente, algún miembro

solicite que sean secretas.

Las actas del Claustro serán informatizadas para ser expuestas, con antelación

suficiente, en la Sala de profesores.

Los profesores representantes en el Consejo Escolar votarán en las reuniones de este

órgano teniendo en cuenta decisiones y acuerdos tomados en el Claustro de Profesores.

CAPÍTULO III: ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE.

1. Departamentos y familias profesionales.

En el Instituto de Educación Secundaria “Sierra del Valle”, siguiendo las normas

reguladoras de funcionamiento de los I.E.S. se constituyen los siguientes Departamentos:

- Departamento de Orientación.

- Departamento de Actividades Complementarias y Extraescolares.

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Departamentos Didácticos:

- Departamento Administrativo

- Departamento de Artes Plásticas

- Departamento de Automoción

- Departamento de Ciencias Naturales

- Departamento de Cultura Clásica

- Departamento de Educación Física y Deportiva

- Departamento de Filosofía

- Departamento de Física y Química

- Departamento de F.O.L.

- Departamento de Francés

- Departamento de Geografía e Historia

- Departamento de Inglés

- Departamento de Lengua Castellana y Literatura

- Departamento de Matemáticas

- Departamento de Música

- Departamento de Tecnología

La composición, funciones y competencias de los Jefes de Departamento, así como los

requisitos para su nombramiento y cese vienen establecidos en el Capitulo II del Titulo III

del ROC y los apartados 2 al 5 de la Orden de 29 de junio de 1994, modificada por la

Orden ECD/3388/2003 en su apartado único.

2. Coordinadores y responsables.

Profesor responsable de medios audiovisuales.

A principios de curso, el Director, a propuesta del Jefe de estudios, nombrará a un

profesor responsable de los medios audiovisuales, que tendrá, entre otras, las siguientes

funciones:

- Dinamizar la utilización de los medios audiovisuales.

- Elaborar los calendarios semanales de utilización de los medios.

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- Registrar, custodiar y organizar los materiales en coordinación con el Secretario del

centro.

- Cualesquiera otras que les pueda ser asignada por el Director dentro del ámbito de

sus competencias.

- Elaborar un presupuesto de mantenimiento y actualización

Profesor responsable de biblioteca.

El Director designará, siempre que sea posible, un profesor encargado de la biblioteca que

asignará las tareas a cumplir y velará por el buen funcionamiento de la misma, según las

normas establecidas en este Reglamento.

Profesor responsable de medios informáticos.

El director designará, siempre que sea posible, un responsable de medios informáticos,

tarea compatible con la responsabilidad de medios audiovisuales. Las funciones del

responsable de medios informáticos son las siguientes:

- Coordinar y dinamizar el desarrollo de las TIC’s y la utilización de los medios

informáticos en el centro.

- Hacer propuestas para el establecimiento de las normas de uso del aula o aulas de

informática, y velar por su cumplimiento.

- Proponer al equipo directivo, para su inclusión en la Programación General Anual, el

plan de trabajo anual con los medios informáticos del centro disponibles para su uso

didáctico, así como coordinar la elaboración de informes por departamentos y

general del centro para su inclusión en la Memoria Final del curso.

- Responsabilizarse del material y del correcto uso de los equipos instalados, en

colaboración con el secretario del centro.

- Participar en las reuniones de los departamentos destinadas a la coordinación del

uso de los medios informáticos y al establecimiento de programaciones que

desarrollen proyectos basados en las TIC’s.

- Instalar y desinstalar los programas educativos en los equipos, asesorando al

profesorado sobre el más adecuado para cada actividad y nivel.

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- Hacer propuestas al Equipo Directivo para la gestión del presupuesto, en relación con

los medios audiovisuales e informáticos.

- Dinamizar la utilización de los medios audiovisuales.

- Elaborar los calendarios semanales de utilización de los medios audiovisuales.

- Registrar, custodiar y organizar los materiales en coordinación con el Secretario del

centro.

- Fomentar la participación del resto de los profesores en proyectos basados en las

TIC’s.

- Encargarse de recoger el estadillo anexo de anomalías e incidentes que diariamente

puedan surgir en los equipos. Anomalías o incidencias notificadas por el profesor

que impartía clase en el aula en el momento de la incidencia o usaba los equipos en

cualquier otra dependencia y observó el problema.

- Mantener las relaciones técnicas que se consideren oportunas con el Asesor de

Tecnologías de la Información y la Comunicación del CFIE de la zona

correspondiente. Así como con los responsables del Servicio de Gestión Informática

de la Consejería de Educación, en todo lo relacionado con los medios informáticos y

programas de gestión; y con el Técnico externo de la empresa de mantenimiento, si

lo hubiere.

- Ayudar al encargado de las páginas web del centro, u otros medios web; y colaborar

en su gestión.

Cualesquiera otras que les pueda ser asignada por el Director dentro del ámbito de sus

competencias.

Otros coordinadores:

Atendiendo a las necesidades del Centro, la Directora puede nombrar otros coordinadores

tales como Coordinador de asignaturas pendientes, Coordinador de Formación

Profesional, etc.

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3. Comisión de Coordinación Pedagógica.

La composición, competencias, actuaciones específicas y el número de reuniones de la

Comisión de Coordinación Pedagógica vienen establecidos en los artículos 53 y 54 del

ROC y en los apartado 7, 8 y 9 de la Orden de 29 de junio de1994.

4. Tutores y juntas de profesores de grupo (equipo docente).

Todo lo referente a este artículo está regulado en los artículos 55 al 58 del ROC y en los

apartados 14 a 16 de la Orden de 29 de junio de 1994. En lo referente a la convivencia en

el centro, se regirán por lo establecido en el artículo 24 del Decreto 51/2007.

El sistema de reuniones periódicas entre el departamento de Orientación y los tutores de

los grupos de ESO y Bachillerato se establecerá al comienzo de cada curso escolar.

1. La tutoría y orientación de los alumnos forma parte de la función docente. Todos los

profesores están por tanto implicados en esa tarea.

2. El profesor tutor coordinará el grupo de alumnos conforme a lo establecido en el

plan de Acción Tutorial para las diferentes etapas educativas.

3. El tutor llevará el control de asistencia a clase de sus alumnos. En este sentido los

alumnos deberán presentar al Tutor los justificantes de falta de asistencia.

Periódicamente deberá comunicar a la familia y a Jefatura de Estudios las faltas de

asistencia..

4. Los Tutores impulsarán las actuaciones que se lleven a cabo, dentro del plan de

Convivencia, con el alumnado de su grupo de tutoría.

5. El Tutor tendrá conocimiento de las actuaciones inmediatas y medidas adoptadas

por los profesores que impartan docencia en su grupo, con el objeto de resolver los

conflictos y conseguir un adecuado marco de convivencia. Estas comunicaciones se

realizarán mediante los partes anexos a este reglamento, en los términos reflejados

en el artículo 36 del Decreto 51/2007.

6. Los tutores informarán a las familias, por los medios que crean oportunos, de los

aspectos significativos de la conducta y rendimiento escolar de sus hijos.

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CAPÍTULO IV: COORDINADOR DE CONVIVENCIA.

La figura del coordinador de convivencia, que desempeñará, sin perjuicio de las

competencias de la comisión de convivencia del centro, las funciones establecidas en la

Orden EDU/1921/2007, de 27 de noviembre, por la que se establecen medidas y

actuaciones para la promoción y mejora de la convivencia en los centros educativos de

Castilla y León.

El Director designa, entre los miembros del Claustro, un coordinador de convivencia, quien

colabora con el Jefe de Estudios en la coordinación de las actividades previstas para la

consecución de los objetivos del Plan de Convivencia anexo a este Reglamento.

Dispondrá en su horario semanal de hasta tres horas lectivas, de las cuales utilizará una

para coordinarse con Jefatura de Estudios y el Dpto. de Orientación y las demás para

procedimientos específicos de actuación con alumnos que precisen atención

individualizada y derivadas del Plan de Acción Tutorial.

Funciones:

a) Participar en la elaboración y aplicación del Plan de Acción Tutorial.

b) Participar en las actuaciones de mediación como modelo para la resolución de

conflictos. El Coordinador de Convivencia intervendrá como asesor en los procesos de

mediación del Centro.

c) Coordinar las actuaciones de apoyo individual interviniendo, juntamente con el Tutor en

actividades de fomento de habilidades sociales y solución pacífica de conflictos.

d) Promover la cooperación con las familias.

CAPÍTULO V: JUNTA DE DELEGADOS DE ALUMNOS, ASOCIACIONES DE PADRES

DE ALUMNOS Y ASOCIACIONES DE ALUMNOS.

1. Junta de delegados de alumnos.

Su composición, régimen de funcionamiento y funciones, así como la reglamentación

sobre los delegados de grupo y sus funciones, vienen establecidos en los artículos 74 al

77 del ROC.

Al asumir el puesto de delegado se responsabiliza de, entre otras, las siguientes

funciones:

1. Asistir a las reuniones de la junta de delegados y participar en sus deliberaciones.

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2. Exponer a los órganos de gobierno y de coordinación didáctica las sugerencias y

reclamaciones del grupo al que representan.

3. Fomentar la convivencia entre los alumnos de su grupo.

4. Colaborar con el tutor y con la junta de profesores del grupo en los temas que

afecten al funcionamiento de éste.

5. Colaborar con los profesores y con los órganos de gobierno del Instituto para el buen

funcionamiento del mismo.

6. Cuidar de la adecuada utilización del material y de las instalaciones del Instituto.

7. Todas aquellas funciones que establezca el reglamento de régimen interior.

Los Delegados de los distintos grupos, elegidos en el primer mes del curso escolar,

constituirán una Junta de Delegados. Dicha Junta tendrá las siguientes funciones y

atribuciones:

a) Informar a los consejeros escolares estudiantiles y Equipo Directivo de la problemática

de cada grupo o curso.

b) Ser informados por los representantes de los alumnos en el Consejo Escolar sobre los

temas tratados en el mismo.

c) Elaborar informes para el Consejo Escolar a iniciativa propia o a petición del mismo.

d) Informar al resto de los alumnos de sus actividades

e) Elaborar propuestas de mejora de actividades docentes y extraescolares.

2. Asociaciones de madres y padres de alumnos y asociaciones de alumnos.

Su composición, régimen de funcionamiento y funciones vienen establecidos en el articulo

78 del ROC.

CAPÍTULO VI: PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS.

Las funciones vienen establecidas en el Convenio Colectivo para el personal laboral de la

Administración General de la Comunidad de Castilla y León y Organismos Autónomos

dependientes de ésta, en la Ley 7/207 del Estatuto Básico del Empleado Público, y otras

que pudieran ser de aplicación en función de la normativa vigente.

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 18

TÍTULO II: RECURSOS MATERIALES Y FUNCIONALES.

CAPÍTULO I: HORARIO GENERAL DEL INSTITUTO

El Instituto permanece abierto desde las 8:00 hasta la 15:00 horas de lunes a viernes y los

miércoles de 16:30 a 19:00 horas, siempre que estos sean laborables. Las actividades

lectivas se desarrollan entre las 8:30 y las14:20 horas.

La PGA de cada curso y las instrucciones de inicio de curso u otras resoluciones serán

tenidas en cuenta para posibles modificaciones de este horario.

CAPÍTULO II: ESPACIOS E INSTALACIONES.

1. CONSIDERACIONES GENERALES.

Las dependencias, instalaciones y material del Centro estarán al servicio de la Comunidad

Educativa para el desarrollo y cumplimiento de los objetivos programados. Todos los

usuarios pondrán especial cuidado en su mantenimiento y conservación en buen estado.

Uso de aulas y materiales comunes (audiovisuales, biblioteca, carros y aulas de

informática) durante el horario lectivo:

A. Jefatura de Estudios arbitrará la forma de distribuir su utilización de forma ecuánime

entre quienes lo requieran. En cualquier caso, deberá observarse la normativa que

aparece en este Reglamento, relativa espacios y recursos comunitarios.

B. Todas las aulas permanecerán cerradas en los periodos que no se imparta clase en

ellas, con la obligación de cerrar con llave al finalizar la 3ª hora. Las aulas o

instalaciones específicas tienen su llave correspondiente, que se recogerá y

devolverá en Conserjería al término de cada periodo lectivo.

C. Como norma general, no se realizarán guardias en las aulas específicas.

D. Sólo se autorizará el uso de las instalaciones del Centro por parte del alumnado,

tanto fuera como dentro del horario escolar, si un profesor asume la responsabilidad.

E. Cuando en aulas, talleres, laboratorios, pabellón deportivo y otras dependencias

similares, utilizadas frecuentemente por el alumnado, se produzcan averías,

deterioros, desperfectos, etc., el delegado del grupo que la esté utilizando recogerá y

rellenará el correspondiente parte de incidencias que pedirá en conserjería, y lo

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 19

pasará inmediatamente al tutor y al secretario del centro, para proceder a su

reparación o sustitución lo mas rápidamente posible. Asimismo, se comprobará si el

deterioro o avería se han producido intencionadamente o por comportamiento

indebido; en estos casos, se aplicará el procedimiento establecido en este RRI.

F. Los materiales del centro estarán inventariados, siendo cada departamento o familia

profesional responsable de los materiales que tiene adscritos.

G. Los vídeos, libros, revistas, DVDs, software informático y discos compactos, se

recogerán en un catálogo de medios audiovisuales.

Utilización por terceras personas

Las instalaciones del Centro, conforme a la legislación vigente, pueden ser utilizados por

los Ayuntamientos y otras entidades, organismos, personas físicas o jurídicas, para la

realización de actividades educativas, culturales, deportivas u otras de carácter social con

carácter no lucrativo.

La cesión de tales dependencias estará supeditada al normal desarrollo de la

actividad docente y del funcionamiento del centro, y deberá hacerse con

conocimiento y consentimiento del Consejo Escolar.

Siempre que alguna persona, entidad pública o privada, ajena a la Comunidad

educativa del Instituto, solicite el uso de instalaciones del Centro, deberá presentar

una petición a Dirección en la que se hará constar: el tipo de actividad que se va

desarrollar, la persona o personas responsables, los beneficiarios de dicha actividad,

los servicios y dependencias que se van a utilizar, así como la gestión de las

medidas oportunas de limpieza, vigilancia y mantenimiento, y la asunción de la

responsabilidad de sufragar los gastos originados por la utilización y posibles

deterioros, roturas o pérdidas de material o instalaciones..

El Instituto, a través de su Consejo Escolar, podrá pedir a los responsables de las

actividades una fianza o depósito para hacer frente a los posibles desperfectos;

también se podrá fijar una contraprestación económica para compensar a los gastos

derivados de estas actividades.

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 20

Seguridad y Plan de Evacuación.

El Centro cuenta con un Plan de evacuación que cumple con la normativa vigente. Es

conveniente dar la debida publicidad al inicio de curso.Dicho Plan se aplicará al menos

una vez por curso, preferentemente en el primer trimestre. Una vez realizado el simulacro,

se informará al Consejo Escolar sobre su eficacia y las posibles deficiencias o dificultades;

esta información se enviará también a la Dirección Provincial de Educación.

2. INSTALACIONES Y AULAS ESPECÍFICAS.

Sala de Profesores.

El Centro cuenta con una Sala de Profesores convenientemente equipada que incluye

tablones de anuncios, estanterías a disposición de los profesores; hay también varios

ordenadores conectados a Internet y al programa IESFácil.

Sala de AMPA, citas de tutoría y visitas.

Se localiza en la planta B, y se emplea principalmente para reuniones de la AMPA y para

atención a familias, proveedores, comerciales, etc.; en caso de que esté ocupada, también

pueden usarse otros despachos y departamentos.

Departamentos.

Como criterio general, el material especifico y las instalaciones asignados a cada

departamento serán utilizados preferentemente por los profesores de ese departamento

de acuerdo con sus normas internas. No obstante, si otros profesores necesitan utilizarlo

ocasionalmente, deberán solicitarlo al Jefe del departamento correspondiente.

El equipamiento y el material de cada departamento figurarán como tales en el Inventario

General del Centro.

3. NORMAS PARA EL USO DE AULAS DOTADAS CON MEDIOS AUDIOVISUALES.

En el Instituto existen, por un lado, aulas fijas que disponen de medios audiovisuales y, por

otro, carros dotados para llevar a cualquier aula ordenador y proyector. De forma general,

son:

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Aula C-8: Dispone de unas 60 sillas de pala, armario completo (vídeo, TV, DVD,

equipo sonido), retroproyector, proyector de opacos, pantalla fija, pizarra digital.

Departamento de MAV: Ordenador para visionados y copias. Armario con cámaras

de vídeo y fotografía, cables. DVD y cintas de vídeo temáticas.

Aula A5, preferentemente asignada a los Departamentos de Inglés y Francés.

Aulas y departamentos dotados con MAV.

Las aulas (C-8) y carros de Medios Audiovisuales disponen de un cuadrante en la

sala de profesores para solicitar y organizar su uso. El uso del aula A-5 se

organizará a principio de curso en función de las necesidades horarias de los

departamentos de Inglés y Francés, y atendiendo posteriormente a otros

departamentos.

Existen manuales de uso de la mayoría de los aparatos. Conviene revisar con

anterioridad al uso el funcionamiento correcto de la instalación. Notificar a el/la

encargado/a de los Medios, mediante parte de incidencias o cualquier otro medio

que facilite la rapidez en la comunicación, el mal funcionamiento detectado, la falta

de pilas u otras irregularidades. La pronta solución de estos detalles mejora

notablemente la coordinación de usos y evita molestias a otros/as profesores/as.

Para conocer la ubicación, estado e idoneidad de uso de las cintas y DVD’s existe un

libro de préstamo con fichas para apuntar las incidencias y/o desplazamientos.

4. NORMAS PARA EL USO DE LAS AULAS DE INFORMÁTICA.

Para el correcto uso de los medios informáticos de que dispone el Instituto deben

respetarse las siguientes normas:

1. Los equipos informáticos de Secretaria de Administración debe reservarse para las

labores propias de aquellas dependencias.

2. Los equipos de Dirección, Jefatura de Estudios y Secretaría están al servicio de

estos cargos.

3. Los equipos de la Sala de Profesores están destinados al uso de éstos.

4. Los departamentos didácticos fijarán las normas de uso de sus equipos informáticos.

5. Las aulas C-1, A-11 y D-4 están reservadas para el uso prioritario de los ciclos

formativos de Administrativo y FPB Ayudante de Oficina. Los medios informáticos de

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la sala anexa al Taller de Tecnología se usarán preferentemente para clases de

dicho departamento en los mismos términos que se dictan para el aula A5 (Idiomas).

6. Los profesores que vayan a utilizar con un grupo de alumnos las aulas C-2 (que

dispone de conexión a Internet), deberán reservarlas en el cuadrante destinado a tal

efecto en el tablón de anuncios de la Sala de Profesores.

7. Debe evitarse el que los alumnos permanezcan solos en las aulas de informática.

Entre clase y clase no deben quedar alumnos dentro y todos los aparatos deberán

ser apagados.

8. Los equipos instalados en las aulas de grupos solo pueden ser utilizados por un

profesor o bajo su supervisión y responsabilidad.

9. Cualquier anomalía o desperfecto deberá comunicarse lo antes posible a la persona

encargada de los equipos informáticos o a la Secretaria del centro.

10. Para la instalación en cualquier ordenador de programas nuevos o para cualquier

sugerencia, dirigirse al encargado de medios Informáticos. Habrá un listado de

programas a disposición de los usuarios. No se instalarán programas de pago en

los ordenadores, si existen herramientas de similares características de libre

distribución.

5. NORMATIVA PARA EL USO DE TALLERES Y AULAS ESPECÍFICAS.

Taller de Tecnología

Se establecen las siguientes normas para todos los usuarios:

1. El comportamiento dentro del aula-taller debe ser en todo momento ordenado; cada

grupo de alumnos tendrá asignada una mesa de trabajo y ningún alumno podrá

cambiarse de sitio sin permiso.

2. Un alumno de cada grupo será el encargado de las herramientas. Sus funciones

consistirán en verificar el estado del armario o tablero de herramientas al comienzo

de cada clase y comunicar al profesor cualquier irregularidad, coger y devolver al

armario o tablero las herramientas que el grupo precise en el transcurso de la sesión

y, por ultimo, comprobar que, al finalizar la sesión, todas las herramientas estén en

su sitio, comunicando acto seguido al profesor si hay algún desperfecto o falta

alguna.

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 23

3. Las mesas de trabajo deben estar perfectamente limpias al finalizar la clase; cada

grupo es responsable del estado de su zona de trabajo. Al final de la sesión, los

responsables de limpieza procederán a limpiar y ordenar la clase.

4. Las maquinas-herramientas solo se utilizarán con permiso del profesor y, por

seguridad, nunca podrá haber en la misma mesa de trabajo más de dos

herramientas. En el caso de que algún grupo necesite la misma máquina lo

comunicara al profesor y esperará su turno en la mesa de trabajo.

5. No se puede sacar el material del aula sin permiso de los miembros del

Departamento de Tecnología.

Aula de Plástica

La utilización del aula de plástica implica la aceptación de las siguientes normas:

1. Los alumnos han de respetar y cuidar tanto el mobiliario como el material específico

del aula y, en todo caso, seguir las instrucciones de uso dadas por el profesor.

2. Las mesas deben quedar limpias al finalizar la clase; cada alumno o grupo es

responsable del estado de su zona de trabajo y zonas comunes.

3. Se subirán los taburetes al final de la jornada.

4. Es necesaria la aprobación de algún profesor del Departamento para hacer uso del

material de Plástica.

Aula de Música

Los instrumentos y demás elementos que hay sobre las vitrinas o dentro de ellas

solo podrán ser utilizados con permiso y supervisión del profesor.

El ordenador, el cañón, la cadena de música o el material de audio solo podrán ser

utilizados con permiso y supervisión del profesor que se encargará de comprobar que

al finalizar queden convenientemente apagados.

En caso de que se autorice a utilizar la cadena de música con el material de audio

del aula (cds, dvds…), éste debe ser devuelto a su lugar después de usado.

Si hay algo escrito en alguno de los encerados, NO debe borrarse.

No se debe permitir a los alumnos manipular el material de la mesa del profesor o

escribir en los encerados o en las mesas.

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 24

No se debe cambiar la disposición de las mesas y sillas o, en caso de realizar

modificaciones de este tipo, después debe quedar todo en la misma posición en la

que estaba.

Si es última hora de la mañana, todas las sillas deben quedar subidas sobre las

mesas. Esta regla se aplica también si las sillas estaban así dispuestas al entrar en

el aula.

Debe cuidarse la limpieza del aula, intentando evitar que los alumnos escriban en las

mesas o tiren papeles.

Al salir del aula se comprobará que queda cerrada con llave y con las luces

apagadas.

Pabellón de Educación Física.

La disponibilidad de las instalaciones deportivas cubiertas del Centro estará

condicionada al horario lectivo del profesorado del Departamento de Educación

Física.

Cuando se prevea la necesidad de realizar una actividad escolar en este espacio,

se avisará con suficiente antelación al Departamento de Educación Física, a fin de

consensuar fechas y horarios.

La ejecución de estas actividades supondrá adoptar todas las medidas necesarias

para salvaguardar las características del pavimento deportivo, la utilización correcta

del material empleado, así como garantizar la limpieza en pista y espacios

auxiliares de la instalación.

Los alumnos deberán estar en todo momento acompañados por los profesores

responsables de la actividad. Nunca permanecerán solos en el recinto.

Los profesores responsables de la actividad solicitarán las llaves del pabellón al

Secretario del Centro e informarán a éste de cualquier incidencia.

No se permitirá beber, comer o fumar en el recinto deportivo.

Normas de utilización extraescolar del Pabellón deportivo.

La cesión temporal del aula de Educación Física estará condicionada al obligado

cumplimiento de una serie de normas básicas de utilización. La Dirección del Centro, en

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 25

primera instancia y el Consejo Escolar en segunda podrán retirar el permiso de utilización

cuando exista un incumplimiento de las mismas. Estas normas son:

1. La instalación deportiva cubierta del Instituto está diseñada para servir de aula para

el desarrollo de los programas escolares de Educación Física y Deporte. No cuenta

con los adecuados espacios auxiliares para espectadores. Por ello deberá

restringirse su acceso.

2. Solo accederán a la pista de juego (pavimento sintético verde) los participantes en

las actividades que lleven el calzado deportivo adecuado, a fin de preservarlo al

máximo. El resto deberá de permanecer en el hall interior.

3. Los organizadores de la actividad velarán por el uso adecuado del material fijo

(espalderas, canastas,...) y móvil (porterías, bancos suecos, colchonetas,...) del

pabellón. En caso de utilizarse deberá ser colocado en su lugar al finalizar la

actividad.

4. La organización se responsabilizará de los desperfectos y daños causados por el

uso de la instalación.

5. La adecuada limpieza de la pista, hall y vestuarios al acabar la actividad será

responsabilidad de los organizadores. Deberá quedar en perfectas condiciones

higiénicas para la impartición de clases al día siguiente.

6. Para facilitar el cumplimiento de la norma anterior está terminantemente prohibido

comer, beber y fumar en todo el recinto escolar.

7. El acceso al recinto del Instituto se realizará por la puerta habilitada para ello.

Dentro del recinto no podrán aparcarse vehículos.

8. La llave de acceso al pabellón estará únicamente en posesión del responsable de la

actividad. Una vez finalizada será entregada al Secretario del Centro.

6. LA BIBLIOTECA ESCOLAR

Observaciones generales

La Biblioteca se considera un recurso fundamental para el desempeño de la labor

educativa de centro y debe ser un lugar de lectura, aprendizaje, investigación, estudio,

consulta sobre libros o sistema informático y préstamo de libros y revistas. Para desarrollar

estas funciones, es necesario mantener un ambiente sereno de silencio.

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 26

El horario de la biblioteca se especificará en la Programación General Anual, siempre

intentando cubrir las necesidades de la comunidad educativa.

Como norma general, durante el horario lectivo los alumnos no pueden permanecer en

ella sin la autorización de su profesor. A excepción de alumnos de 2º de Bachillerato y

Ciclos con asignaturas pendientes o convalidadas. Para el control de este alumnado,

desde principio de curso figurará en el tablón de anuncios de la Biblioteca el listado

correspondiente.

La estancia en la biblioteca es equivalente a la estancia en clase. En consecuencia, se

somete al régimen disciplinario general. Todo comportamiento inadecuado acarreará el

correspondiente parte de disciplina y sus consecuencias.

Funcionamiento y Normas de la Biblioteca

1.- En la PGA se establecerá el horario de apertura de la biblioteca así como la asignación

de profesorado para atención a la misma. El profesor de biblioteca debe permanecer en

ella, aunque haya otro profesor con sus alumnos, para poder atender a los usuarios

presentes.

2.- Las actividades de lectura, consulta y estudio tienen lugar bajo diferentes formas:

Alumnos que realizan labores propias porque tienen horas libres dentro de su horario

personal.

Alumnos que van con el permiso de un profesor o de Jefatura de Estudios para realizar

un trabajo concreto. Deben llevar una autorización por escrito del profesor, indicando la

actividad que van a realizar.

Un profesor con un grupo de alumnos. Este se apuntará previamente en un cuadrante

de utilización de la biblioteca, en el que figuran las horas disponibles para su uso con

alumnos. En la medida de lo posible, el profesor habrá dado instrucciones de cómo

trabajar en la Biblioteca en el aula, para evitar interferir la actividad de los usuarios

presentes en ese momento.

3.- Préstamo y/o uso interno:

Profesor o alumno (en este último caso con la autorización del profesor) que acude

para sacar una obra como apoyo del trabajo del aula durante ese período lectivo. En

este caso, el profesor de guardia de biblioteca debe apuntar todos los datos en la hoja

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 27

del día (nombre, curso, título, autor y número de registro) y advertir que debe ser

devuelto cinco minutos antes de terminar la clase. En caso de que esto no se

produzca, el profesor de guardia dejará constancia de su falta.

En la PGA se establecerá el horario de préstamo de libros. Excepto los diccionarios,

enciclopedias y otras obras destacadas, marcadas en todos los casos por una

pegatina roja, todos los libros y revistas pueden ser objeto de préstamo.

El plazo del préstamo será, tanto para alumnos, profesores, personal no docente y

padres de alumnos por un plazo de quince días naturales, prorrogables por otros

quince si el libro no hubiera sido solicitado por otra persona.

Los alumnos pueden disponer de un máximo de dos libros simultáneamente.

Podrán ser prestadas las revistas, excepto la última recibida de cada título, durante

un plazo de una semana.

El libro deberá entregarse en perfectas condiciones. Si sufre algún deterioro por un uso

inadecuado, la persona correspondiente deberá responder del mismo. En caso de

pérdida, deberá reponerlo o abonar su valor aproximado.

El alumno que al acabar el trimestre no haya devuelto el libro prestado será objeto de

sanción disciplinaria.

4.- Uso de los ordenadores e Internet:

El uso de los ordenadores ha de ser individual, sin sonido ambiente (no se permite

más de un estudiante por ordenador) y dedicado exclusivamente a tareas académicas

solicitadas o encargadas por escrito desde cualquier área (consultas, realización de

trabajos,…).

El uso de los ordenadores durante el recreo podrá ser lúdico si no existe una petición

de trabajo, rellenando igualmente la hoja de registro.

Para acceder a un puesto de ordenador se ha de solicitar permiso al profesor de

biblioteca y rellenar la hoja de registro de utilización de ordenadores.

El tiempo máximo de utilización de ordenadores será de 15 minutos, siempre que haya

otros estudiantes o profesores en espera.

Cualquier deterioro derivado de un uso incorrecto de los medios será sancionado y

deberá abonarse el importe de la reparación o sustitución.

5.- No se puede introducir comida ni bebida en la biblioteca, ni hablar en voz alta.

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 28

6.- Los puestos de estudio y lectura deben mantenerse en la disposición y orden

establecidos.

Organigrama de responsables de Biblioteca

Los profesores con funciones en la biblioteca estarán coordinados por el jefe del

departamento de actividades extraescolares y complementarias y por el profesor

coordinador de biblioteca.

Funciones del profesor coordinador de Biblioteca

a) Coordinar a todos los profesores de biblioteca para el correcto funcionamiento de la

misma.

b) Controlar el sistema de préstamos.

c) Gestionar el sistema informático, colaborando con el responsable de medios

informáticos del centro.

d) Informar periódicamente al equipo directivo sobre el uso de la biblioteca y su

aprovechamiento.

e) Llevar la estadística de préstamo de libros y del uso de la mediateca.

f) Mantener y custodiar el libro de registro, colaborando con el secretario del centro en

estas tareas.

g) Colaborar con los departamentos en la catalogación de los recursos (CDU, ABIES,etc.)

h) El profesor responsable de Biblioteca (con reducción horaria lectiva para esas

funciones) junto con los encargados del préstamo en la misma llevarán un control

trimestral de los libros prestados que no han sido devueltos en la fecha correspondiente.

i) Controlar el mantenimiento del orden de los recursos.

j) Elaborar junto al coordinador del Plan Lector y los departamentos didácticos un plan

anual de actividades que dinamicen y potencien el uso de los recursos de la biblioteca y

mediateca.

Funciones del profesor de guardia en la Biblioteca

Los profesores de la biblioteca tienen las siguientes responsabilidades y funciones:

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 29

a) Permanecer en la biblioteca durante el horario asignado; finalizado ese periodo

constatará que no quedan usuarios en la B.E. y cerrará con llave. La puntualidad será

fundamental tanto a la entrada como a la salida.

b) Atender a los usuarios en cuantas consultas o búsquedas realicen sobre el material de

la biblioteca.

c) Velar por el cumplimiento de las normas de biblioteca. Se ha de vigilar el

comportamiento de los alumnos como si de una clase se tratara y teniendo en cuenta

el reglamento del centro.

d) Registrar la salida y entrada de los recursos en préstamo de uso interno.

e) Controlar que los materiales de uso exclusivo en la biblioteca o en el centro no salgan

del espacio de uso que tienen reservado.

f) Controlar el acceso de los usuarios a los ordenadores, verificando los datos en las

hojas de registro de uso. Se controlará los materiales y su uso como en cualquier otro

aula de medios informáticos, anotando cualquier incidencia de funcionamiento que

será trasmitida al responsable de medios informáticos.

g) Informar al responsable o bibliotecario y al equipo directivo de las posibles incidencias

durante su guardia mediante el parte de guardia.

h) Los profesores de guardias ordinarias sustituirán, si fuera posible, al profesor de

biblioteca en caso de ausencia de este último. Los profesores de guardia cumplirán las

funciones propias de los profesores de guardia de la biblioteca.

CAPÍTULO III: PRESUPUESTOS, COMPRAS E INVENTARIO.

Tanto el presupuesto como la gestión y justificación de los fondos económicos del Centro

deberán atenerse a la legislación vigente. La Secretaría, con el asesoramiento de la

Comisión Económica del Consejo Escolar, elaborará el Proyecto de Presupuesto,

atendiendo a los siguientes criterios:

a) La cantidad asignada por la Dirección Provincial de la Consejería de Educación y

Cultura de la Junta de Castilla y León al Centro para el curso académico para su

funcionamiento.

b) Los gastos fijos de mantenimiento del Centro.

c) Las propuestas de los distintos sectores referentes a obras, mejoras y equipamiento.

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 30

d) Las partidas para gastos docentes.

e) Otros.

Este presupuesto será expuesto ante el Consejo Escolar para su aprobación.

De cualquier compra que se efectué se exigirá una factura con todos los requisitos legales

a nombre del Centro. Se entregará dicha factura en Secretaría y conservará una copia.

Departamentos y profesores particulares podrán solicitar en Secretaría o Conserjería el

material fungible que necesiten para el desarrollo de su labor.

CAPÍTULO IV: REPROGRAFÍA Y COMUNICACIONES.

1. Reprografía

El centro cuenta con fotocopiadoras en Conserjería y Secretaría, todas ellas están

disponibles para la actividad del Centro; su empleo ha de ajustarse a las siguientes

normas:

1. Las máquinas de reprografía están reservadas para las tareas docentes y

profesionales.

2. Los conserjes, personal de Administración y Equipo Directivo son las personas

encargadas de manipular los aparatos de reprografía.

3. El volumen de trabajo y coste económico que suponen las fotocopias hacen que,

curso a curso se intente disminuir su uso, hasta su completa desaparición. Aumentar

el uso de los recursos digitales sustituye de forma eficaz a las fotocopias y

contribuye al ahorro económico.

4. Las fotocopias para la actividad docente y profesional correrán a cargo del

Departamento correspondiente; en cualquier caso, los profesores establecerán los

casos en que las fotocopias deban ser pagadas por cada alumno.

5. Salvo necesidad urgente, durante los periodos lectivos no se puede enviar a los

alumnos a hacer fotocopias.

6. Todo trabajo de reprografía se ha de solicitar, a ser posible, con una antelación de 24

horas, excepto las copias documentos urgentes.

7. Se ha de respetar la normativa legal vigente sobre la reproducción total o parcial de

libros impresos.

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 31

8. La máquina principal del Centro está conectada en línea, siendo accesible desde

otros puntos del Centro. Sus características hacen que sea mucho más económica

que el resto de impresoras o fotocopiadoras, excepto la multicopista. Debemos

priorizar la práctica totalidad de la documentación en estas máquinas de Conserjería.

2. Comunicaciones

La correspondencia profesional, las convocatorias y demás comunicaciones se

repartirán diariamente, bien en los casilleros de los profesores o vía correo

electrónico.

Las comunicaciones telefónicas derivadas de la actividad profesional se podrán

realizar desde Secretaría o despachos.

Para la recepción de llamadas de los padres por los tutores, se utilizará la sala de

profesores.

Para las llamadas internas, hay extensiones en sala de profesores, conserjería,

secretaría y despachos.

Existe un servicio de fax instalado en Secretaría.

Como norma general, no se recogerá paquetería personal en Conserjería. Las

gestiones derivadas de casos aislados deberán contar con el visto bueno de la

Secretaria del centro.

CAPÍTULO V: ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRAESCOLARES.

Los centros educativos deben ofrecer a sus alumnos y alumnas otras propuestas

diferentes a su actividad estrictamente lectiva, posibilitando así la vivencia de experiencias

que contribuyan al desarrollo de las capacidades expresadas en los objetivos generales y

a su formación como personas. Debemos sobrepasar el marco clásico de la educación en

el aula, complementándolo con otras actividades, lo más variadas posibles, que abran a

nuestros alumnos a la sociedad y la cultura de nuestro tiempo.

Estas actividades complementarias y extraescolares deben gozar de un carácter

integrador, basando la realización de la actividad en el desarrollo de las capacidades de

cada alumno y alumna potenciando y transmitiendo valores positivos, desechando

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 32

planteamientos selectivos donde exista cualquier tipo de discriminación por motivos de

edad, sexo, capacidad económica, etc.

Las actividades complementarias y extraescolares son un instrumento fundamental para el

desarrollo de una personalidad crítica, creativa y solidaria. Por ello, toda la comunidad

educativa debe implicarse en su desarrollo y deben estar concebidas como un apoyo y un

respaldo a las actividades curriculares.

Del mismo modo estas actividades deben contribuir a potenciar las relaciones con otros

miembros de la comunidad educativa y contar con la participación de todas aquellas

instituciones, empresas, organizaciones y asociaciones del entorno que, con fines

educativos y sin ánimo de lucro, quieran colaborar con el centro en la puesta en marcha

de las mismas, intentando propiciar entre todos la existencia de una oferta amplia de

actividades, que evite duplicidades y que satisfaga a la comunidad educativa y a las

personas que viven en el entorno escolar. En este sentido, las corporaciones locales cada

vez más, deben asumir sus responsabilidades en la promoción y el desarrollo de este tipo

de actividades.

Quisiéramos destacar que este Departamento tiene sentido y se nutre con la participación

de todos los miembros de la comunidad educativa, por lo que pondremos especial interés

en intentar crear los cauces para que alumnos, padres y profesores contribuyan en la

elaboración y organización de un programa de actividades adaptado a sus necesidades.

1. OBJETIVOS.

a) Favorecer una educación integral para todos nuestros alumnos/as mejorando sus

capacidades cognitivas, motrices, de equilibrio personal y de relación social, así como

de utilización sana del tiempo libre.

b) Conocer y utilizar el entorno físico, socio-económico y cultural como instrumento de

formación.

c) Estimular la capacidad creadora y desarrollar un espíritu crítico.

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 33

d) Reforzar los conocimientos adquiridos y la curiosidad por adquirir otros nuevos con su

propio esfuerzo.

e) Fomentar la participación en el Centro con el fin de crear y mejorar actitudes de

solidaridad, responsabilidad, respeto y valores positivos.

f) Contribuir a crear un clima de trabajo y distensión dentro del Instituto que favorezca la

cohesión y las relaciones interpersonales entre todos los miembros de la comunidad

educativa, en un ambiente más distendido que en los periodos lectivos.

g) Establecer contactos con los responsables de los centros educativos próximos con el fin

de programar posibles actividades conjuntas.

2. CRITERIOS PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES.

Departamento de Actividades Complementarias y Extraescolares

El departamento de actividades complementarias y extraescolares se encargará de

promover, organizar y facilitar este tipo de actividades. Este departamento estará

integrado por el jefe del mismo y, para cada actividad concreta, por los profesores y

alumnos responsables de la misma.

Actividades propuestas por los diferentes departamentos

Al comienzo de curso los distintos departamentos entregarán al Dpto. de Actividades

extraescolares la programación de las distintas actividades que pretendan realizar. Las

excursiones o actividades de Tutoría, en caso de que existiesen, se organizarán dentro del

Departamento de Orientación.

Todas las actividades serán discutidas, analizadas y asumidas por los miembros del

departamento organizador, en coordinación con el Departamento de Extraescolares y bajo

la supervisión de Jefatura de Estudios.

Las excursiones programadas por cada departamento, tanto las de un día, como si

hubiera alguna de más duración, figurarán en la programación de comienzo de curso,

para que el Consejo Escolar, así como los padres, alumnos, etc., puedan tener

conocimiento de las mismas. Esto no impide la organización de algunas actividades

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 34

ocasionales a lo largo del curso que sean ofrecidas en ese momento por entidades ajenas

al centro y aquellas que por su carácter puntual no puedan ser previstas al comienzo del

curso y que por su interés sea aconsejable su realización.

Agenda de Actividades Complementarias y Extraescolares.

El Centro elaborará una agenda de actividades complementarias y extraescolares de

carácter obligatorio que asegure que el alumnado tenga acceso y disfrute de ellas

garantizando la igualdad de oportunidades en su formación.

3. NORMAS GENERALES PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES

COMPLEMENTARIAS Y EXTRAESCOLARES.

Con el fin de lograr un buen funcionamiento de las actividades complementarias y

extraescolares es necesario establecer unos criterios comunes que optimicen los recursos

y permitan tener cierta homogeneidad en las actuaciones. Entre estos criterios señalamos:

1. Cualquier actividad organizada por los alumnos y/o profesores, debe ser supervisada

por el Equipo Directivo y contará con un profesor como mínimo que la coordine.

2. Se procurará optimizar al máximo los recursos económicos de los que disponga el

Centro, intentando hacer coincidir las diversas visitas técnicas y culturales, de manera

que en una sola salida se puedan hacer dos actividades o visitas, una por la mañana y

otra por la tarde, evitándose así la duplicación de salidas de medio día a una misma

ciudad o lugar. Así se intentará potenciar el máximo número de actividades con el

mínimo de recursos económicos.

3. El coste individual de las excursiones lo asumirán los alumnos participantes. El instituto

correrá con los gastos originados por la organización y gestión de la actividad, la

participación de los profesores, las posibles becas para alumnos con dificultades

económicas contrastadas y las desviaciones en el precio final por bajas de alumnos e

imprevistos con el fin de que no repercuta ese incremento en los alumnos. No

obstante, cuando la actividad lo requiera y siempre que exista un acuerdo por mayoría

de los miembros del Claustro, se subvencionará parcial o íntegramente.

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 35

4. Para la realización de actividades que se desarrollen fuera del Instituto cada alumno

adelantará en concepto de fianza el precio acordado por los organizadores, con el fin

de asegurar la participación del mismo en dicha actividad. Esta fianza no se devolverá

si no es por causa muy justificada. Se considerará causa justificada la enfermedad

(avalada por justificante médico) del participante o familiar directo, así como

circunstancias sobrevenidas en el seno familiar de carácter grave.

5. El/la Jefe del Departamento de Actividades Complementarias y Extraescolares velará

para que las actividades se desarrollen de forma equilibrada entre los diversos grupos

y cursos, de modo que todos los alumnos del Centro realicen un número similar de

salidas y actividades.

6. Se procurará que estas actividades se programen con suficiente antelación para

graduarlas en el tiempo de manera que no supongan demasiadas interrupciones en el

horario de cada grupo.

7. Se recomienda que no se hagan salidas complementarias y extraescolares en los diez

días anteriores a cada evaluación.

8. Las actividades de varios días en el tercer trimestre serán objeto de estudio

individualizado teniendo en cuenta las circunstancias específicas de cada propuesta.

La previsión de inicio de curso debe incluir estas actividades para realizar en los dos

primeros trimestres, a ser posible. Las actividades o excursiones de varios días

deberán ser aprobadas específicamente por el Consejo Escolar.

9. En caso de que algún alumno no participe, deberá asistir a clase con los profesores

correspondientes o realizar tareas alternativas preparadas por los profesores

implicados en la actividad extraescolar.

10. Ninguna actividad complementaria o extraescolar supondrá la pérdida de clases para

alumnos que no participen en ella. En ningún momento se suspenderán las clases.

11. Cuando se realice una actividad con los dos tercios de un grupo o un porcentaje

superior, el resto de los alumnos y profesores del mismo asistirán con normalidad a

clase aunque no se avanzará materia, dedicándose la misma a repasar o resolver

dudas de temas anteriores.

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 36

12. Los alumnos/as que no aparezcan en la lista enviada a la dirección Provincial con

anterioridad a la excursión no podrán bajo ningún concepto participar en ella puesto

que no estarían cubiertos/as por el Seguro Escolar.

13. De igual forma, es obligatorio por parte de los alumnos, entregar al profesor

responsable de la actividad o el coordinador de este departamento, una autorización

expresa de los padres dando su conformidad para dicha visita, independientemente

de que el alumno sea o no menor de edad. Para ello se informará previamente a los

padres de cuál es la visita a realizar, el horario de la misma y los profesores

acompañantes.

14. Se velará por el carácter social de las actividades en cuanto a presupuesto, días de

viaje, etc., para hacerlas asequibles al mayor número de alumnos.

15. Se considerarán "jornadas deportivas y culturales" al día o días en que se concentran

actividades físicas y culturales en las cuales se implica a la mayor parte del alumnado

del instituto. Los Departamentos deberán tenerlo en cuenta a la hora de hacer sus

programaciones ya que, durante las jornadas, podrá modificarse el horario establecido.

El Claustro y el Consejo Escolar tendrán conocimiento de las fechas en que se prevé

su realización porque aparecerán en la P.G.A. También se darán a conocer las

actividades que se van a llevar cabo, la relación del alumnado que va a participar y las

tareas encomendadas a los profesores y resto de miembros de la comunidad

educativa.

Alumnos participantes

Las actividades complementarias y extraescolares tendrán carácter voluntario para

alumnos y profesores, no constituirán discriminación para ningún miembro de la

comunidad educativa y carecerán de ánimo de lucro.

El conjunto de actividades estará orientado a todo el alumnado del centro, pudiendo

participar todos en las mismas, salvo que, por sanción, algún alumno quede excluido.

(Esto no excluye que determinadas actividades concretas vayan dirigidas a alumnos o

grupos concretos).

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 37

Como criterio general para realizar la actividad será necesario que al menos dos tercios de

los alumnos del grupo o nivel asistan a la misma, entendiendo como grupo aquel para el

que va dirigida la actividad. Los alumnos sancionados no se tendrán en cuenta para el

cómputo de participantes.

Sin perjuicio de lo dicho anteriormente, siempre que la actividad lo permita, ésta debe

ofertarse a todo el grupo, no sólo a los alumnos de una asignatura optativa.

Profesores Participantes

Será jefatura de estudios quien decida el número de profesores que acompañen a

los alumnos a una excursión. Seguirá, como criterio general, la relación de un

profesor por cada 20 alumnos, o fracción. Se procurará que la excursión se realice

en el día de la semana que los profesores acompañantes tengan menos clases.

Se dejará, en la carpeta de guardias, trabajo preparado para los otros grupos con los

que los profesores acompañantes tengan clase ese día, a fin de que el profesor/a de

guardia se lo entregue para que lo realicen en esa hora.

Los profesores seguirán las instrucciones dadas por Jefatura de estudios.

4. PROTOCOLO A SEGUIR EN LA ORGANIZACIÓN DE ACTIVIDADES

EXTRAESCOLARES

1. El departamento organizador pondrá en conocimiento del Jefe de Actividades

Complementarias y Extraescolares y del Equipo Directivo su voluntad de iniciar este

protocolo con el fin de, supervisar y colaborar en la gestión de la actividad.

2. Los organizadores de la actividad deberán cumplimentar un informe de programación y

entregarlo al Jefe del Departamento de Actividades Complementarias y Extraescolares;

el informe recogerá la siguiente información (cuando proceda): profesores

responsables, grupos o relación nominal de alumnos, fechas y horarios previstos,

itinerarios y objetivos educativos o culturales.

3. El departamento organizador realizará un sondeo entre los alumnos para comprobar si

la actividad propuesta cuenta con el número suficiente de alumnos.

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 38

4. Se presentará en Jefatura un prelistado del que se excluirán aquellos alumnos

sancionados.

5. Si se detectase como resultado de la gestión anterior que pudiera haber problemas por

exceso de alumnos participantes, se seguirán los siguientes criterios:

Orden riguroso de inscripción entregando la autorización firmada y, en su caso la

cuota de inscripción. El Jefe de Actividades Complementarias y Extraescolares

junto con el departamento organizador se asegurarán de que esta convocatoria

de inscripción se haga en condiciones de igualdad para todos los alumnos.

Sorteo entre los participantes.

6. El departamento organizador de la actividad comunicará a Jefatura de estudios los

profesores acompañantes. Ésta, determinará la conveniencia de la propuesta

efectuada y en caso contrario, realizará una propuesta alternativa en función de las

necesidades organizativas del Centro y con la finalidad de afectar lo menos posible a

otros grupos en sus actividades lectivas.

7. El Jefe de Extraescolares con los datos recogidos del departamento organizador se

encargará de redactar y hacer llegar a los alumnos un documento informando de la

actividad a los padres y pidiendo su autorización.

8. El departamento organizador recogerá dichas autorizaciones así como las

aportaciones económicas de los alumnos para sufragar la actividad.

9. El departamento organizador elaborará una lista con los nombres de los alumnos que

asisten a la actividad y se la entregará al Jefe de Extraescolares para que haga la

pertinente comunicación a la Dirección Provincial. Así mismo dicho departamento

elaborará una lista de los alumnos que no participan en la actividad y por tanto deben

asistir a clase con normalidad. Esta lista se pinchará en el corcho de la sala de

profesores para información de los mismos.

10. El jefe de Extraescolares, en colaboración con el departamento organizador, realizarán

las gestiones oportunas con las instituciones o lugares a visitar.

11. El Jefe de Extraescolares realizará las gestiones oportunas con el medio de transporte

a utilizar.

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 39

12. Las actividades deberán estar programadas, planificadas y comunicadas dentro de los

siguientes plazos mínimos: siete días naturales cuando se desarrollen en el centro

escolar o dentro del ámbito local o comarcal, y quince días naturales cuando no

coincidan con ninguno de los supuestos anteriores.

13. Las actividades que se realicen en el centro y dentro del horario lectivo deberán

hacerse públicas con la suficiente antelación para que profesores y alumnos afectados

estén al corriente; de esta publicidad se responsabilizará el Jefe del Departamento de

Actividades Complementarias y Extraescolares.

14. Si se van a utilizar espacios de uso didáctico, deberá contarse previamente con la

aprobación del profesorado que utiliza habitualmente esos espacios, e informar a la

Dirección del centro.

15. Se procurará que las actividades que se realicen en el centro y dentro del horario

lectivo sean obligatorias y gratuitas para todos los alumnos implicados. Los profesores

que no puedan impartir sus clases por el desarrollo de estas actividades estarán

siempre localizables y a disposición de los organizadores.

5. NORMAS DE CONVIVENCIA DURANTE EL DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD.

Todos los participantes en una actividad extraescolar y complementaria deben mantener

una actitud responsable. Con este fin, se establecen las siguientes normas y pautas de

convivencia:

a) Durante el desarrollo de las actividades extraescolares, los alumnos y profesores

siguen vinculados al centro y su normativa.

b) Se debe observar puntualidad y respetar los horarios establecidos.

c) Se mantendrá un comportamiento correcto en los medios de transporte, alojamientos y

espacios visitados.

d) Es obligatoria la asistencia a todas las visitas programadas en las excursiones y el

viaje de estudios.

e) Se prohíbe el uso de alcohol y cualquier sustancia estupefaciente.

El profesorado responsable de la actividad tiene autoridad para sancionar las conductas

contrarias a la convivencia y que incumplan este Reglamento. Si el hecho causante de la

sanción reviste la gravedad suficiente, se comunicará inmediatamente al Director del

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 40

centro, quien, si lo considera oportuno, abrirá expediente disciplinario, cuya resolución se

trasladara al Consejo Escolar y al Claustro de profesores.

El centro no asumirá la responsabilidad civil en aquellos hechos derivados de la mala

intención o negligencia de un alumno.

6. VIAJE DE ESTUDIOS DE FIN DE CURSO.

Habrá un único viaje y estará coordinado por la Dirección del Centro, el Departamento de

Extraescolares y los profesores interesados en acompañarlos. Ha de tener una finalidad

fundamentalmente cultural y educativa; por tanto, el centro no asumirá la promoción y

organización de viajes que incumplan esta primera cláusula.

Podrá organizarse un viaje para 1º de Bachillerato fuera de territorio nacional. Se velará por

el carácter social de la actividad en cuanto a presupuesto, días de viaje, etc., para hacerlos

asequibles al mayor número de alumnos.

Durante el viaje los alumnos deberán cumplir con todo rigor el programa de actividades

previamente establecido, manteniendo en todo momento un comportamiento correcto y

respetando a sus compañeros y profesores acompañantes, así como a las personas y

costumbres del lugar visitado. Ante situaciones puntuales no reglamentadas

explícitamente, el alumno se compromete a acatar lo que disponga el profesor

responsable.

El incumplimiento de las normas anteriores tendrá las siguientes consecuencias:

Expulsión inmediata del viaje y regreso del alumno a su domicilio. El coste

económico de esta medida correrá a cargo de los padres o tutores del alumno.

Posibilidad de apertura de expediente académico.

El coste de los daños provocados por el mal uso de las instalaciones, medio de transporte,

etc. será abonado por los padres o tutores del alumno o alumnos causantes de los

mismos.

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 41

Previo a la realización del viaje, la familia firmará su compromiso de colaboración y la

conformidad con las normas de la actividad.

Consideraciones generales

El Consejo Escolar es el encargado de aprobar, si procede, el proyecto del viaje; tras

la aprobación, se solicitará la autorización del Servicio de Inspección.

Si el comportamiento incorrecto de un alumno ocasiona un gasto económico, este

correrá a cargo del propio alumno o su familia.

No se establece ningún criterio concreto para la selección de los profesores

acompañantes. En todo caso, tendrán preferencia los que imparten clase a los

cursos implicados.

En cualquier caso, el alumno no tiene derecho a la devolución del dinero desde el

momento en que se haya formalizado la reserva con la agencia de viajes, a menos

que la ausencia esté justificada en los términos expresados en este Reglamento.

En caso de suspensión por motivos ajenos al Centro, los beneficios revertirán en los

propios alumnos en la forma que se establezca para el caso.

Los padres o tutores legales de los alumnos participantes serán convocados, al

menos, a una reunión informativa sobre el viaje.

Los padres o tutores legales autorizarán la participación de sus hijos en los términos

establecidos en el modelo de autorización reglamentario; además, estarán obligados

a aportar las indicaciones necesarias sobre particularidades médicas o sanitarias.

El Centro colaborara, en la medida de sus posibilidades, en la organización del viaje,

y se solicitara también la colaboración de la A.M.P.A.

En caso de ausencia de profesores acompañantes o de no alcanzarse el número

mínimo de alumnos, el Centro no se hará responsable del Viaje de Estudios.

CAPÍTULO VI: GUARDIAS.

Los profesores de guardia, serán responsables de los grupos de alumnos que se

encuentran sin profesor por cualquier circunstancia, orientarán sus actividades y velaran

por el orden y funcionamiento del centro. Es también tarea del profesorado de guardia

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 42

cooperar con el Equipo directivo en cualquier actividad que este le encomiende en el

ámbito de sus competencias.

Con este propósito, durante toda la jornada lectiva habrá profesores de guardia realizando

las funciones arriba descritas; también se procurará que este disponible al menos un

miembro del Equipo Directivo sin docencia directa con el alumnado.

1. PROCEDIMIENTO

Jefatura de Estudios publicará diariamente el parte de guardias, en el que se informa

sobre los profesores ausentes, los grupos sin profesor, y las horas y aulas

correspondientes.

Al comenzar el periodo de guardia, los profesores comprobarán si existe algún grupo sin

profesor. En este caso, se actuará del siguiente modo:

• Un profesor de guardia suplirá la ausencia del titular durante ese periodo lectivo y

controlará la asistencia de los alumnos. El listado de alumnos ausentes será

comunicado al tutor del grupo o, en su defecto, al Jefe de Estudios para que

introduzca esas faltas en el programa de gestión.

• El periodo de la guardia será el mismo que tiene el profesor sustituido en su horario

individual (no incluye cambio de clase ni periodos de descanso).

• La guardia se realizará, preferentemente, en el aula habitual del grupo. No se harán

guardias en las aula específicas (talleres, laboratorios, aulas de informática…).

• El profesor de guardia orientará las actividades del grupo que se encuentra sin

profesor y se ocupará de que los alumnos realicen el trabajo que les haya dejado el

profesor ausente.

• Excepcionalmente, y siempre que no haya habido posibilidad de que el profesor

ausente haya dejado tarea, se podrá acompañar a los alumnos a otra aula o

dependencia, siempre bajo la responsabilidad y la atenta vigilancia del profesor de

guardia, con el fin de que no se perturbe el normal desarrollo de la actividad

docente del resto del centro.

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 43

• Si no hubiera suficientes profesores de guardia disponibles para atender a los

grupos sin profesor, el Equipo Directivo establecerá las medidas oportunas para

subsanar esta deficiencia. No obstante, se seguirá como criterio general la atención

prioritaria a los grupos de E.S.O., antes que a los de Bachillerato.

• Los profesores de guardia se encargaran de evitar que los alumnos permanezcan en

los pasillos y zonas comunes en horas de clase. Cuidarán el orden y silencio en los

pasillos con especial atención al inicio de las clases.

• Comunicarán inmediatamente a Jefatura de Estudios las ausencias de los

profesores que no consten en el “Parte de incidencias de Guardias”. Al finalizar el

periodo de guardia, el profesor firmará el parte correspondiente y anotará las

ausencias de profesores y cualquier otra incidencia que se hubiera producido.

• Si no se han producido ausencias u otras incidencias al inicio de la guardia, deberán

permanecer localizados en la sala de profesores para atender las posibles

incidencias que surgieran durante la hora de guardia.

• Los profesores de guardia se harán cargo de cuantas incidencias puedan producirse

durante el periodo de guardia. Cuando se produjeran indisposiciones, accidentes

escolares o cualquier otra incidencia extraordinaria en alguna clase, serán

comunicadas al profesor de guardia; este se encargará de avisar telefónicamente a

los padres del alumno para que se hagan cargo de su hijo; si no se localiza a los

padres, estos no pueden venir o el accidente requiere una intervención urgente, el

profesor acompañará al alumno al Centro de Salud, previa comunicación a un

miembro del Equipo Directivo.

2. GUARDIA DE AULA DE CONVIVENCIA

Funcionará como una guardia ordinaria, a realizar en el aula destinada a los alumnos con

conductas contrarias a las normas de convivencia, que hayan sido expulsados de alguna

clase.

Estos alumnos enviados al aula de convivencia llevarán la firma del profesor en la agenda

o parte de aula de convivencia y las tareas para realizar en el tiempo de clase restante.

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 44

TÍTULO III: CONVIVENCIA EN EL CENTRO.

CAPÍTULO I: DERECHOS Y DEBERES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA.

El articulado de este título, se fundamenta principalmente en el Decreto 51/2017 por el que

se regulan los derechos y deberes de los alumnos en Castilla y León, y la Orden

EDU/1921/2007.

1. DE LOS PROFESORES

Derechos de los profesores:

a) Los profesores tienen los derechos que la legislación les reconoce.

b) Los profesores tienen derecho a ser tratados con la debida consideración y respeto

por todos los miembros de la Comunidad Educativa.

c) Tendrán autonomía para emplear en su actividad lectiva los métodos didácticos que

considere más adecuados, siempre que respeten el P.E.C y los contenidos se

ajusten a la Programación General Anual del Departamento y al Proyecto Curricular

de Etapa.

d) A ser informados regularmente sobre las cuestiones que afecten a la marcha del

Centro.

e) A participar en la gestión del Centro a través de los mecanismos previstos por la

legislación vigente.

f) A conocer las carencias o desventajas de sus alumnos de índole personal, familiar

social y cultural, especialmente si presentan necesidades educativas especiales que

impidan o dificulten el adecuado progreso educativo de los mismos.

Deberes de los profesores:

a) Ejercer la acción educativa en todo el ámbito del Instituto. Asumirán, por tanto, la

responsabilidad de fomentar una buena convivencia y adecuada disciplina.

b) Propiciar un ambiente de trabajo en el aula, cumpliendo y haciendo cumplir las

normas elementales de puntualidad y orden. El profesor informará a los alumnos del

programa de su asignatura y los criterios de evaluación. Deberá conservar los

instrumentos de evaluación durante al menos tres meses después de adoptadas las

decisiones sobre las calificaciones finales de curso.

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 45

c) Todos los profesores llevarán a cabo las actuaciones inmediatas previstas en el

artículo 35 del Decreto 51/2007 de 17 de mayo en el marco de lo establecido por el

presente Reglamento de Régimen Interno.

d) Cuando un profesor prevea que va a faltar a clase, se lo comunicará con antelación

al Jefe de Estudios, En este caso dejará trabajo para que el profesor de Guardia

pueda atender mejor a sus alumnos. Cuando la ausencia no se pueda prever, la

comunicará la mayor brevedad al Equipo Directivo. Al incorporarse al Centro

cumplimentará el parte de falta y aportará el correspondiente justificante

e) Los profesores consignarán las ausencias de los alumnos conforme al sistema

establecido al efecto.

f) Todos los profesores tendrán en su horario una hora complementaria para atender a

los padres de sus alumnos.

g) No permitirá que los alumnos salgan del aula, antes de que finalicen las clases,

incluso durante la realización de exámenes. En atención a las circunstancias

especiales que pueden concurrir en las pruebas de 2º de Bachillerato y Ciclo

Superior de Administración y Finanzas, se arbitrarán para estos casos las medidas

pertinentes, por parte del profesor, comunicado a jefatura de estudios.

2. DE LAS FAMILIAS.

El DECRETO 23/2014, de 12 de junio, establece: “a los padres, madres o tutores legales,

como primeros responsables de la educación de sus hijos o pupilos, les corresponde

adoptar las medidas necesarias, solicitar la ayuda correspondiente y colaborar con el centro

para que su proceso educativo se lleve a cabo de forma adecuada.

Derechos de las familias.

Los padres o tutores legales, en relación con la educación de sus hijos, tienen los derechos

reconocidos en el artículo 4.1. de la LOE 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y cuantos

otros les otorgue la legislación vigente.

Se garantizarán los derechos a:

a) Participar en el proceso educativo de sus hijos y ser informados sobre su proceso

educativo a través de las aclaraciones que puedan solicitar, de las reclamaciones

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 46

que puedan formular, así como del conocimiento e intervención en las actuaciones

de mediación o procesos de acuerdo reeducativo.

b) Ser oídos en aquellas decisiones que afecten a la orientación personal, académica

y profesional de sus hijos y a solicitar, ante el Consejo Escolar del Centro, la revisión

de las resoluciones adoptadas por el Director frente a conductas de sus hijos que

perjudiquen gravemente la convivencia.

c) Participar en la organización, funcionamiento, gobierno y evaluación del Centro, a

través de su participación el Consejo Escolar y mediante la Asociación de madres y

padres de alumnos.

Deberes de las familias.

Con especial atención velará por el cumplimiento de los siguientes deberes:

a) Conocer la evolución del proceso educativo de sus hijos, estimularles hacia el

estudio e implicarse de manera activa en la mejora de su rendimiento y, en su caso,

de su conducta.

b) Adoptar las medidas que faciliten a sus hijos su asistencia regular a clase así como

su progreso escolar. En este sentido deberán comunicar al Centro, a la mayor

brevedad, las faltas de asistencia que pudieran surgir.

c) Respetar y hacer respetar a sus hijos las normas que rigen en el Centro, las

Orientaciones educativas del profesorado. Cuando matriculen a sus hijos se les dará

a conocer un extracto de las principales normas de convivencia y firmarán el

compromiso de cumplir y hacerlas cumplir. Todas las normas que rigen en el Centro

estarán a su disposición para su consulta en cualquier momento.

En aquellas actuaciones en las que el Centro reclame la implicación directa de los padres

y éstos la rechacen de forma expresa, el Centro pondrá en conocimiento de la

Instituciones Públicas competentes los hechos, con el fin de que adopten las medidas

oportunas en el cumplimiento de los deberes de los padres.

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 47

3. DE LOS ALUMNOS

Principios generales

1. Todos los alumnos tienen los mismos derechos y deberes, sin más distinciones, en su

forma de ejercicio, que las derivadas de su edad, desarrollo madurativo y del nivel que

estén cursando.

2. Todos los alumnos tienen el derecho y el deber de conocer la Constitución Española y

el Estatuto de Autonomía de Castilla y León, con el fin de formarse en los valores y

principios reconocidos en ellos.

3. Todos los alumnos están obligados al respeto de los derechos que se establecen en el

RRI.

4. El ejercicio de los derechos por parte de los alumnos implica el deber correlativo de

conocimiento y respeto de los derechos de todos los miembros de la Comunidad

educativa.

Derechos de los alumnos:

a) Todos los alumnos tienen derecho a una formación integral. Este derecho implica:

La formación en el respeto a los derechos y libertades fundamentales y en los

principios democráticos de convivencia.

Una educación emocional que les permita afrontar adecuadamente las relaciones

interpersonales.

La adquisición de habilidades, capacidades y conocimientos que les permitan

integrarse personal, laboral y socialmente.

El desarrollo de las actividades docentes con fundamento científico y académico.

La formación ética y moral.

La orientación personal y profesional que les permita tomar decisiones de

acuerdo con su aptitud y capacidades.

b) Todos los alumnos tienen derecho a que se respete su identidad, integridad y

dignidad. Este derecho implica.

La protección contra toda agresión física, emocional y moral.

El respeto a la libertad de conciencia e ideológica.

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 48

Adecuadas condiciones de seguridad e higiene.

Un ambiente de convivencia que permita el normal desarrollo de las actividades

académicas y fomente el respeto mutuo.

La adecuada confidencialidad de sus datos personales.

c) Todos los alumnos tienen derecho a que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean

valorados y reconocidos con objetividad. Este derecho implica:

Recibir información acerca de los procedimientos, criterios y resultados de la

evaluación de acuerdo con los objetivos y contenidos de la enseñanza. En este

sentido deberán ser informados pro sus profesores al principio del curso de los

objetivos, contenidos y criterios de calificación en sus respectivas materias. Los

criterios de calificación de todos los Departamentos estarán en Jefatura de

Estudios a disposición de todos los miembros de la Comunidad Educativa.

Obtener aclaraciones del profesorado y en su caso efectuar reclamaciones

respecto de los criterios, decisiones y calificaciones obtenidas en las

evaluaciones parciales o en las finales del curso escolar, en los términos que el

Reglamento de Régimen Interior establezca o las órdenes de rango superior que

regulan estos procesos.

d) Todos los alumnos tienen derecho a participar en la vida del Centro y en su

funcionamiento en los términos previstos por la legislación vigente. Este derecho

implica:

La participación de carácter individual y colectivo mediante el ejercicio de los

derechos de reunión, de asociación y de representación en el Centro a

través de sus delegados y de sus representantes en el Consejo escolar.

La posibilidad de manifestar de forma respetuosa sus opiniones, individual y

colectivamente, con libertad, sin perjuicio de los derechos de todos los miembros

de la Comunidad Educativa y del respeto que merecen las personas y las

instituciones.

Recibir información sobre las cuestiones propias de su Centro Los alumnos

deberán conocer las normas y avisos que emanan de la Dirección y de los

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 49

órganos del Centro y que, al efecto, se colocarán en los tablones de anuncios

generales, así como puntualmente en los de las aulas.

Derecho a la manifestación de discrepancias colectivamente en los términos

previstos en el Reglamento de Régimen Interno.

e) Todos los alumnos tienen derecho a protección social, de acuerdo con lo dispuesto

en la legislación vigente. Este derecho implica:

Dotar a los alumnos de recursos que compensen las posibles carencias o

desventajas de tipo personal o familiar, con especial atención a aquellos que

presenten necesidades educativas especiales.

Establecer las cocciones adecuadas para que los alumnos que sufran una

adversidad familiar, un accidente o una enfermedad prolongada, no se vean en la

imposibilidad de continuar o finalizar los estudios que están cursando.

Deberes de los alumnos.

a) Todos los alumnos tienen el deber de estudiar y esforzarse para conseguir el

máximo rendimiento académico, según sus capacidades y el pleno desarrollo de

su personalidad. Este deber implica:

Asistir a clase y participar en las actividades académicas. Durante las horas de

clase, ningún alumno podrá estar fuera del aula o abandonarla sin causa

justificada o permiso del profesor correspondiente.

Realizar las actividades encomendadas por los profesores así como seguir sus

orientaciones.

Participar y colaborar en la consecución de un clima adecuado de estudios y

respetar el derecho de sus compañeros a la educación.

b) Todos los alumnos tienen el deber de respetar a los demás. Este deber implica:

Permitir que sus compañeros puedan ejercer todos los derechos establecidos en

el Reglamento de Régimen Interno.

Respetar la libertad de conciencia e ideológica y la dignidad, integridad e

intimidad de todos los miembros de la Comunidad Educativa y evitar toda

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 50

discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo o cualquier otra circunstancia

personal o social.

c) Todos los alumnos deben respetar y reconocer la autoridad del profesorado, tanto en

el ejercicio de su labor docente y educativa como en el control de las normas de

convivencia.

d) Todos los alumnos tienen el deber de participar en las actividades que configuran la

vida del Centro. Este deber supone:

Implicarse de forma activa y participar, individual y colectivamente, en las

actividades lectivas y complementarias.

Respetar y cumplir las decisiones del personal del Centro, en sus ámbitos de

responsabilidad.

e) Todos los alumnos tienen el deber de colaborar en la mejora de la convivencia

escolar y en la consecución de un adecuado clima de estudios y respeto. Este

deber implica:

Respetar las norma de organización, convivencia y disciplina establecidas en el

Reglamento de Régimen Interior.

Participar y colaborar activamente para favorecer el desarrollo de las actividades

y, en general, la convivencia en el Centro.

Respetar, conservar y utilizar correctamente las instalaciones del Centro y los

materiales didácticos.

4. REGULACIÓN DEL DERECHO A LA MANIFESTACIÓN COLECTIVA DE

DISCREPANCIAS.

A partir del 3° curso de E.S.O., los alumnos pueden manifestar de forma colectiva sus

discrepancias respecto a decisiones educativas que les afecten. Estas discrepancias

serán canalizadas a través de los delegados de curso.

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 51

Si el desacuerdo lleva consigo una propuesta de inasistencia a clase, para que dicha

medida no sea considerada como contraria a las normas de convivencia y por lo tanto

objeto de sanción, deberá ajustarse a los siguientes criterios:

1. La propuesta razonada deberá presentarse ante la Dirección del Centro con una

antelación mínima de 10 días sobre la fecha prevista.

2. La dirección del Centro examinará si la propuesta presentada cumple con los requisitos

establecidos. Una vez verificado este extremo, será sometida a todos los alumnos del

nivel educativo correspondiente que la aprobará o rechazará en votación secreta y por

una mayoría absoluta, previamente informados por sus delegados.

3. Los padres de los alumnos menores de edad deberán autorizar por escrito con

antelación suficiente la autorización de la inasistencia a clase de sus hijos.

4. La Dirección del Centro deberá garantizar el derecho a permanecer en el Instituto,

debidamente atendidos, al alumnado que no desee secundar las decisiones sobre

inasistencia a clase.

Asimismo, pueden determinar que, las decisiones colectivas que adopte el alumnado a partir

del tercer curso de la educación secundaria obligatoria, en relación con su asistencia a clase

no tengan la consideración de conductas perturbadoras de la convivencia ni sean objeto de

corrección cuando éstas hayan sido resultado de una decisión colectiva en el marco del

ejercicio del derecho de reunión y sean comunicadas previamente por escrito de acuerdo

con la forma que establezcan las normas de organización y funcionamiento del centro. En

ese caso, el director del centro comprobará si la inasistencia a clase de los alumnos por

decisión colectiva se ajusta a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3

de julio, reguladora del Derecho a la Educación y adoptará las medidas necesarias para que

esta situación no repercuta en el rendimiento académico de los alumnos y garantizará el

derecho de aquéllos que no deseen secundar las decisiones sobre la asistencia a clase a

permanecer en el centro debidamente atendidos.

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 52

CAPÍTULO II: NORMAS DE CONVIVENCIA.

1. CONSIDERACIONES GENERALES.

El principio básico de intervención para abordar la resolución de los problemas de

convivencia será el empleo del diálogo y la mediación entre las personas afectadas (lo que

no exime de que, cuando proceda, se tengan que cumplir las sanciones oportunas); solo

cuando estos no sean suficientes para solucionar el problema, se aplicarán otros

procedimientos aquí descritos.

En el Instituto, profesores o personal no docente tienen autoridad para indicar a los

alumnos la conducta que debe observar; los alumnos deben acatar estas indicaciones, sin

perjuicio de que los órganos de resolución de conflictos puedan intervenir posteriormente

en la rectificación, si procede, de la instrucción dada.

En todo caso, este RRI y en particular su Titulo III comparten los objetivos y atienden a los

procedimientos establecidos en el Plan de Convivencia de este centro.

Se atenderá fundamentalmente a los principios generales, contenidos y distribución de

competencias establecidos en la legislación vigente.

En la aplicación de los procedimientos disciplinarios que establece este Reglamento se

actuará siempre atendiendo a los siguientes principios:

a) El respeto de los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa.

b) Lo establecido en la Ley 7/2005 de la Función Publica de Castilla y León.

c) El respeto a la libertad de conciencia, convicciones religiosas y morales y la dignidad,

integridad e intimidad de los miembros de la comunidad educativa.

d) La no discriminación de ningún miembro de la comunidad educativa por razones de

nacimiento, raza, sexo o cualquier otra circunstancia personal o social.

e) El cumplimiento de los deberes establecidos oficialmente.

f) La participación democrática en la actividad del Instituto.

g) El fomento de un ambiente de colaboración y comprensión entre los integrantes de

esta comunidad.

h) La consideración de la personalidad, las circunstancias familiares y sociales, y la edad

del alumno.

i) El carácter educativo y recuperador de las sanciones y correcciones.

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 53

j) La consideración de los diversos puntos de vista de las personas que hayan

intervenido u observado el conflicto.

k) La proporcionalidad entre la conducta contraria a la convivencia y la sanción aplicada.

l) Ningún alumno podrá ser privado del ejercicio de su derecho a la educación.

m) Ninguna sanción será contraria a la integridad física y dignidad personal del alumno.

n) Todos los alumnos tienen los mismos derechos y deberes, sin más distinciones, en su

forma de ejercicio, que las derivadas de su edad, desarrollo madurativo y del nivel que

estén cursando.

o) El derecho y el deber de los alumnos de conocer la Constitución Española y el Estatuto

de Autonomía de Castilla y León, con el fin de formarse en los valores y principios

reconocidos en ellos.

p) La obligación de todos los miembros de la comunidad educativa de respetar los

derechos que se establecen en el Decreto 51/2007.

El ejercicio de los derechos por parte de los alumnos implica el deber correlativo de

conocimiento y respeto de los derechos de todos los miembros de la comunidad

educativa. Un factor esencial en la aplicación de medidas correctoras será la actitud del

alumno tras la comisión de una infracción o conducta incorrecta, de modo que:

Se consideraran circunstancias atenuantes el reconocimiento espontáneo de la conducta

incorrecta o la infracción, la petición de excusas y la reparación espontánea del daño

producido, la falta evidente de intencionalidad, el carácter ocasional, y determinadas

circunstancias de carácter personal. También podrá ser atenuante el hecho de que, tras

iniciarse un proceso de mediación, no se haya podido llegar a un acuerdo por causas

ajenas al alumno.

Se consideraran circunstancias agravantes: la premeditación, intencionalidad y reiteración;

la incitación o estimulo a la actuación individual o colectiva lesiva de los derechos de los

demás miembros de la comunidad educativa; la alarma social causada; en especial las

conductas que presenten características de acoso o intimidación a otro alumno; la

gravedad de los perjuicios; la publicidad o jactancia de la conducta a través de aparatos

electrónicos u otros medios; los daños, injurias y ofensas a compañeros menores de edad

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 54

y/o recién llegados; y la discriminación por razón de raza, sexo, nivel social, creencias o

discapacidades físicas o psíquicas.

Se evitará en todo momento cualquier acto directo o indirecto, que derive en violencia

física, así como las agresiones y peleas. Asimismo expresiones o actitudes tales como los

insultos, intimidaciones, amenazas y agresiones psicológicas o morales. Todo episodio de

violencia será tratado inmediatamente de acuerdo al Decreto51/2007.

Objetivos

1. Enseñar a respetar la dignidad de todas las personas. El respeto a todas las

personas es una exigencia absoluta y sin paliativos para cada uno de los miembros

de la Comunidad escolar. Este se manifestará en actitudes constructivas y

dialogantes en la interrelación entre personas, así como en las formas externas del

lenguaje y comportamiento.

2. Enseñar a asumir la responsabilidad que se derivan de nuestras actuaciones.

3. Reparar en lo posible el daño que ciertas conductas producen en los miembros de la

Comunidad Educativa.

4. Ayudar a que los alumnos desarrollen alternativas constructivas para no volver a

incurrir en conductas contrarias a las normas de convivencia.

5. Establecer una respuesta adecuada y proporcionada ante conductas que alteren la

normal convivencia en el Centro.

6. Adoptar las medidas preventivas necesarias que favorezcan la asunción de las

normas de convivencia, estableciendo canales fluidos de comunicación con las

familias como principales responsables de la educación de sus hijos.

2. ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD.

a) Los horarios aprobados para las actividades del Centro han de ser cumplidos y

respetados por todos los miembros de la comunidad educativa. La asistencia a

clase es obligatoria para todos los alumnos matriculados en el Centro, cualquiera

que sean los estudios realizados.

b) El control y la justificación de las faltas de asistencia se realizarán siguiendo los

procedimientos establecidos en este Reglamento.

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 55

c) Ningún alumno, durante las sesiones lectivas, podrá abandonar el centro si no es

acompañado por un familiar o persona mayor de edad convenientemente autorizada

por sus padres o tutores, que se responsabilice del mismo; para ello firmará el

correspondiente impreso que le será facilitado en Conserjería. Los alumnos

mayores de edad podrán salir previa presentación del DNI.

d) Los alumnos de tercer y cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria, de

Bachillerato o de Formación Profesional podrán salir del recinto en los recreos,

salvo que los padres expresen su voluntad en sentido contrario. Queda prohibido

que los alumnos de primero y segundo de ESO abandonen el recinto escolar

durante el recreo. Sólo quedarán autorizados los que, contando dieciséis años,

presenten autorización escrita de sus padres o tutores.

e) Profesores y alumnos han de respetar escrupulosamente los horarios de entrada y

salida de las sesiones lectivas. Las puertas de acceso al recinto escolar podrán

estar cerradas durante el desarrollo de las actividades lectivas, para evitar

molestias. No obstante, dispondrán de sistemas de apertura automática o

controlada por personal del centro.

f) Los alumnos deberán permanecer en clase cuando su profesor esté ausente; de su

cuidado se encargará el profesor de guardia según lo establecido en este

reglamento.

g) Los cambios de clase vienen marcados por una única señal sonora. En los cambios

de clase los alumnos de primero y segundo de ESO deberán permanecer en su

aula y no en el pasillo. Los traslados de los alumnos de su clase de referencia a un

aula específica o viceversa se realizarán durante los cinco minutos de intervalo

entre clases. Por los pasillos y zonas comunes los alumnos deberán tener un

comportamiento correcto. Se transitará evitando carreras o juegos que puedan

poner en peligro la integridad física de los demás y que puedan deteriorar la

imagen y elementos del centro. Los retrasos injustificados serán objeto de sanción

disciplinaria según lo recogido en el presente RRI y en el Plan de Convivencia.

h) Durante los periodos lectivos, ningún alumno puede permanecer en los pasillos, ni

fuera de su clase, salvo con permiso escrito explícito de algún profesor.

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 56

i) Durante los recreos, salvo que las circunstancias meteorológicas lo impidan, los

alumnos no deben permanecer en el interior del Instituto, excepto con permiso

explícito de un profesor o un miembro del equipo directivo, a excepción de la

Cafetería o la Biblioteca. En los recreos las aulas y los pasillos estarán libres, salvo

permiso y responsabilidad de algún profesor. Los días de lluvia o frío extremo, los

alumnos podrán permanecer en los pasillos bajo la vigilancia de los profesores de

guardia de recreo.

j) Los alumnos del CFGS de Administración y Finanzas, podrán permanecer durante

el recreo trabajando dentro de su clase, responsabilizándose del buen uso del

material del aula.

3. DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES DOCENTES.

a) Es obligatorio respetar el ejercicio del derecho al estudio de los compañeros, así

como la labor docente del profesorado.

b) Los alumnos deberán seguir las orientaciones del profesor de área correspondiente

o el profesor de guardia, así como las normas que se establezcan para el desarrollo

de cualquier actividad.

c) Los alumnos asistirán a clase provistos del material requerido en cada materia.

d) En el aula deberá adoptarse una actitud adecuada: posición de trabajo correcta,

léxico y volumen de voz apropiados, silencio cuando el profesor lo requiera,

eliminación de desplazamientos y ruidos innecesarios.

e) La señal sonora al término de cada clase es informativa; en consecuencia, los

alumnos no interrumpirán sus tareas hasta que el profesor indique que la clase ha

terminado.

f) Los alumnos deberán abstenerse de permanecer en aulas que no les correspondan,

excepto por causas justificadas y con permiso de algún profesor.

g) Está prohibido comer y beber en aulas y pasillos.

h) No se permiten las apuestas, los juegos de azar y similares (cartas, etc.) sin valor

educativo.

i) Se prohíbe la venta y el consumo de drogas, tabaco y bebidas alcohólicas en todo

el recinto escolar. Si en el transcurso de la jornada escolar se observa o sospecha que

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 57

algún alumno presenta sintomatología compatible con el consumo de sustancias

perjudiciales para la salud, será notificado a su familia para que a la mayor brevedad se

personen y le conduzcan a su domicilio. En caso de alumnos mayores de edad o ante

la negativa de la familia a seguir las indicaciones descritas anteriormente, se solicitará

la intervención de las autoridades competentes (Sanitarias y G. Civil)

4. USO DE LAS INSTALACIONES Y DEL MATERIAL DEL CENTRO.

a) Es obligatorio cuidar y utilizar correctamente los bienes muebles y las instalaciones

del Centro, así como respetar las pertenencias de los miembros de la Comunidad

Educativa.

b) Se mantendrá limpio el suelo de aulas y espacios comunes, para lo que deberán

usarse las papeleras y contenedores habilitados. Esta norma se hará extensiva al

servicio de transporte escolar.

c) Cada grupo será responsable de las instalaciones y material del aula que tenga

asignada; el delegado de curso comunicara lo antes posible al Tutor y Secretaria

cualquier anomalía que se produzca, por medio del parte de incidencias

correspondiente, incluido como anexo al Reglamento.

d) El uso de la biblioteca y otras instalaciones del centro está regulado en el Título II

(Capítulo II) de este Reglamento.

e) Se tendrá especial cuidado y pulcritud en el uso de los servicios y lavabos.

f) En cualquier caso, se tendrá especial cuidado en mantener luces, material

electrónico e informático apagados y grifos cerrados cuando no se estén utilizando.

g) Las ventanas no se abrirán en épocas que esté encendida la calefacción, a no ser

que sea estrictamente necesario y con el permiso del profesor.

h) Los carteles se colocarán preferentemente en los lugares habilitados para ello: el

tablón de anuncios del vestíbulo y los de las aulas. La colocación de anuncios o

comunicados debe ser conocida y aprobada por la Dirección y la Jefatura de

Estudios.

i) El centro no se hará responsable de los objetos ajenos a la actividad académica que

el alumnado traiga al centro; ni el equipo directivo ni los profesores tendrán la

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 58

obligación de buscar a los responsables de pérdidas, desperfectos o sustracciones

de los objetos ajenos a la actividad académica.

j) De los desperfectos causados individual o colectivamente a instalaciones, material o

mobiliario, por negligencia o mala intención dentro del aula, se responsabilizará

plenamente el grupo que la ocupe, salvo localización o identificación del causante.

De los daños causados en otras dependencias u objetos, tanto dentro como fuera

del recinto escolar, se responsabilizarán todos los cursos que las ocupen o aquellos

que las hubieran ocupado anteriormente, salvo identificación del causante. Del

mismo modo, se han de respetar las pertenencias personales y se exigirá reparación

en caso de deterioro o sustracción. Los daños causados de forma intencionada

conllevarán siempre el pago total de la reparación de los mismos, además de las

sanciones que puedan ser impuestas en aplicación del Decreto 51/2007. Los daños

causados de forma no intencionada conllevarán un pago parcial de la reparación y/o

acciones encaminadas a reparar el daño, siempre aplicando el Decreto 51/2007. En

todo caso, los padres o representantes legales de los alumnos serán responsables

civiles en los términos previstos en la legislación vigente.

k) Las normas de las aulas específicas serán establecidas por cada departamento

responsable de las mismas a comienzo de curso situándolas en un lugar visible. En

caso de ausencia del profesor, la guardia no se realizará en dichas aulas, salvo el

aula C-8, para el uso audiovisual.

l) Los alumnos pueden encargar fotocopias en conserjería durante el recreo.

Igualmente, durante el recreo pueden usar los servicios de Secretaría

m) Los baños se pueden usar en los recreos, nunca en el cambio de clase, y en hora

lectiva con el permiso del profesor encargado de la clase.

n) En los pasillos no se puede gritar, ni correr, ni empujar a los compañeros. Hay que

mantener siempre la compostura y las buenas formas. Se procurará evitar

aglomeraciones, fundamentalmente en los lugares de entrada, salida y escaleras. No

son lugares transitables entre clase y clase, salvo para ir a aulas específicas. En

cualquier caso los alumnos se dirigirán hacia las escaleras y desde allí subirán o

bajarán directamente al pasillo en el cual se encuentre el aula en el que tengan clase.

Estar en un pasillo que no corresponde podrá ser sancionado con un parte leve.

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 59

5. HIGIENE YSALUD.

a) De acuerdo con la legislación vigente, esta prohibida la venta, distribución y

consumo de bebidas alcohólicas dentro del recinto del Instituto. Se exceptúan

aquellos actos institucionales en los que el Centro celebre una recepción,

conmemoración o similares, para profesores, personal no docente, padres e

invitados.

b) De acuerdo con la legislación vigente, está prohibida la venta, distribución y

consumo de tabaco -incluye los cigarrillos electrónicos- y cualquier otra sustancia

psicotrópica o estupefaciente dentro del recinto del Instituto así como en su

perímetro.

c) Queda prohibida la introducción en el centro escolar de cualquier sustancia o

artilugio que presente riesgos para la integridad física y la salud de los miembros de

la comunidad escolar. Se prestará especial atención y se sancionará al alumnado de

1º y 2º de ESO que traiga tabaco al centro. Sin perjuicio de aplicar la norma a todo el

alumnado menor de edad.

d) Se deberá acudir al Centro con las adecuadas condiciones de aseo e higiene

personal y con la indumentaria apropiada a las distintas actividades.

e) Los alumnos se responsabilizarán de la limpieza y el buen estado del aula en la que

permanecen.

f) Se deberá mantener el orden y la limpieza también en las zonas de uso común del

Centro. No se puede comer tampoco en aulas, Biblioteca, Laboratorios o talleres. Se

pondrá especial empeño en no tirar los papeles al suelo.

6. TRANSPORTE ESCOLAR.

a) Los alumnos deben cumplir las normas establecidas y actuar con respeto hacia sus

compañeros, el conductor y el material del autobús. No respetar estas normas

supondrá una infracción leve o grave, que podrá ser sancionada de forma similar

que dentro del horario lectivo, aplicando los criterios establecidos en el Decreto

51/2007.

b) Deben llevar el carnet de transporte que les identifica como alumnos del centro.

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 60

c) Las incidencias que se puedan producir durante la ruta escolar deben ser

comunicadas en Secretaría o Jefatura de Estudios.

7. USO DEL MÓVIL Y APARATOS ELECTRÓNICOS.

Como norma general, no se permite la exhibición y uso de teléfonos móviles en el recinto

escolar, con las siguientes especificaciones:

Los alumnos de 1º y 2º de ESO no podrán traer teléfonos móviles. A este efecto, los

padres firmarán en el impreso de matrícula el compromiso con el cumplimiento de

esta norma.

A partir de 3º de ESO, en Bachillerato y Formación Profesional sólo se permitirá el

uso del teléfono móvil con fines didácticos. Para ello cada departamento

establecerá en su programación de forma precisa las circunstancias en las que se

permita su utilización y se asegurará de que el alumnado las conozca. El uso

indebido de aparatos electrónicos conllevará las sanciones previstas en el presente

RRI y en el Plan de Convivencia anual.

El uso sin permiso en sesión lectiva supondrá dejar el móvil en Jefatura de Estudios 24

horas e informar a los padres. La reiteración de este hecho supondrá dejar el móvil 48

horas en Jefatura de Estudios.

El centro no será responsable de la desaparición de un aparato electrónico, que los

alumnos traen por propia voluntad.

Está prohibida la grabación y difusión de sonidos, imágenes o videos de cualquier miembro

de la comunidad educativa durante la jornada escolar sin autorización de un profesor.

Incumplir esta norma supone una acción grave/muy grave.

El uso inadecuado de aparatos electrónicos en el centro, durante el horario lectivo,

causando alarma social por uso de las redes, publicidad o jactancia de conductas

perturbadoras de la convivencia, acoso o intimidación a cualquier miembro de la

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 61

Comunidad Educativa se considerará muy grave y conllevará la apertura automática de un

procedimiento sancionador por parte de Dirección.

Respecto a la difusión por alumnos en redes sociales o cualquier otro medio de

comentarios o imágenes de carácter ofensivo o intimidatorio hacia otro alumno, siempre

que se determine que ha sido realizada fuera del centro y del horario escolar, Jefatura de

Estudios informará directamente a los padres de los alumnos identificados en cuanto tenga

conocimiento, siendo únicamente de estos, a partir de entonces, la responsabilidad y

competencia de la adopción de las medidas correctoras individuales, sin perjuicio de la

responsabilidad legal en que se hubiere incurrido. Si se determina que el hecho ocurrió en

el centro, en horario lectivo, y/o tuviera consecuencias para la convivencia en el centro o se

refiriera a otro miembro de la Comunidad Educativa, Dirección considerará si es oportuno

aplicar las medidas reeducativas, de mediación y sanciones que correspondieran en cada

caso, independientemente de la información y requerimiento inmediato de la colaboración e

implicación de los padres o tutores legales, pudiendo derivarse la apertura de un

procedimiento sancionador.

8. MECANISMOS PARA EL CONOCIMIENTO Y DIFUSIÓN DE LAS NORMAS DE

CONVIVENCIA.

El Plan Anual de Convivencia recogerá las normas de convivencia con las modificaciones,

si las hubiere, surgidas de la Memoria final de curso. Para su conocimiento, se entregará en

el sobre de matrícula del alumno un extracto de las normas de convivencia, que serán

devueltas firmadas por los padres o tutores. Además, estarán a disposición de la Comunidad

Educativa copias completas de las normas y del resto de documentación del Instituto, tanto

impresas como en formatos electrónicos. Además, en la agenda escolar se recogerá un

resumen de los diferentes aspectos de la convivencia en el centro.

A principio de curso se dedicarán varias sesiones de tutoría para que el alumnado conozca

el plan de convivencia, los derechos y deberes de los alumnos, el R.R.I. y las funciones del

coordinador de convivencia. En esas sesiones se adaptarán las principales normas

contextualizándolas en cada grupo-clase, así como las medidas correctoras.

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 62

Asimismo los tutores, en colaboración con el coordinador de convivencia, informarán al

alumnado de la mediación escolar como herramienta de resolución de conflictos y de los

acuerdos educativos y sus respectivos procesos, así como de los programas de formación

recogidos en el Plan Anual de Convivencia.

En las reuniones de grupo, el tutor explicará a las familias las medidas encaminadas a

promover la convivencia escolar, y los cauces de participación de las familias en los

procesos educativos de sus hijos.

El Equipo Directivo recogerá las propuestas de la AMPA, padres y tutores para la prevención

de conflictos.

CAPÍTULO III: CONDUCTAS PERTURBADORAS DE LA CONVIVENCIA EN EL

CENTRO.

El Centro cuenta con herramientas que permiten mejorar la comunicación de toda la

comunidad educativa, lo que contribuye a prevenir los conflictos y mejorar la convivencia

escolar.

Este RRI se adapta a las nuevas aplicaciones del IES Fácil, que facilitan un tratamiento

eficiente de la información a través de los distintos canales como son Internet y los sms,

con esto se persigue implicar a toda la comunidad educativa en la resolución de conflictos,

y especialmente a las familias, que dispondrán de esta información rápidamente.

En la tipificación se ha tenido en cuenta por un lado las necesidades en la gestión de los

Centros Educativos, la adaptación al Decreto 51/2007 y los contadores de la aplicación de

Convivencia Educativa, así como el Decreto 23/2014, de12 de junio, por el que se establece

el marco de gobierno y autonomía de los centros docentes sostenidos con fondos públicos

que impartan enseñanzas no universitarias en la Comunidad de Castilla y León y corrige el

Decreto 51/2007, de 17 de mayo.

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 63

1. FALTAS DE ASISTENCIA Y DE PUNTUALIDAD DE LOS ALUMNOS.

1. El control de las faltas de asistencia y la puntualidad de los alumnos es, en primera

instancia, responsabilidad del profesor que en cada espacio horario imparta clase o,

en su ausencia, del profesor de guardia. En el caso de los alumnos que salen del aula

a apoyo o a refuerzo, el profesor de estas clases será quien controle las ausencias, o

bien por medios mecánicos (consola, ordenador) o pasando las faltas al tutor y/o a

Jefatura de Estudios.

2. Al menos una vez a la semana, cada profesor grabará en el programa IESFácil las

ausencias y faltas de puntualidad de sus alumnos; cuando el profesor titular falte, el

profesor de guardia hará una lista de los alumnos ausentes y la trasladará al

profesor ausente o al tutor.

3. El tutor es el encargado de controlar periódicamente el número de faltas de

asistencia y puntualidad de los alumnos de su grupo y de comunicar a los padres la

cantidad de faltas no justificadas preferentemente a través de sms del programa IES

Fácil, llamadas de teléfono, etc.

4. Los retrasos y faltas deben ser justificados por los padres o tutores legales,

utilizando la agenda escolar en el caso del alumnado de ESO. El alumno entregará a

su tutor la documentación que justifique debidamente la causa de las ausencias en

un plazo máximo de dos días lectivos desde la reincorporación al Centro.

5. Tres horas de falta a clase a lo largo de dos semanas sin justificar en la ESO

equivalen a un parte leve y como consecuencia el alumno tendrá una sanción de un

recreo. Tres jornadas en un mes o su equivalente en sesiones lectivas de faltas sin

justificar, conllevan que los tutores informen a Jefatura de Estudios y al Profesor

Técnico de Servicios a la Comunidad para que, en el caso de alumnos menores de

16 años, se active el protocolo de absentismo y en el caso de alumnos mayores de

16 años se sancione según lo previsto en este RRI. En Formación Profesional, los

departamentos didácticos reflejarán el porcentaje de faltas de asistencia que

comprometan la evaluación continua y las medidas disciplinarias que les

correspondan.

6. Tres retrasos en un mes, marcados en el IES FACIL, suponen un parte leve y como

consecuencia el alumno tendrá una sanción de un recreo. Ante los retrasos de

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 64

primera hora se avisará a los padres por parte del profesor que imparte la materia,

además de marcar dicha impuntualidad en el programa IES FACIL.

7. Como regla general, la ausencia a un examen conlleva la no repetición de la prueba

escrita a no ser que se presente justificante médico debidamente cumplimentado

que avale la pertinencia de la ausencia. Los departamentos tendrán establecido las

decisiones que se tomarán cuando un alumno falte en las horas previas a un

examen de alguna de sus asignaturas.

2. CONDUCTAS CONTRARIAS AL NORMAL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES

DOCENTES.

Calificación de las conductas que perturban la convivencia:

Las conductas del alumnado que perturban la convivencia en el centro podrán ser

calificadas como:

A. Conductas contrarias a las normas de convivencia del centro, que serán

consideradas como leves.

B. Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro, que podrán

serán consideradas como graves o muy graves.

A. Conductas contrarias a las normas de convivencia leves.

1. Las manifestaciones expresas contrarias a los valores y derechos democráticos.

2. Las acciones de desconsideración, amenaza, insulto y faltas de respeto siempre que

no sean consideradas como "Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia

en el centro".

3. La faltas de puntualidad o de asistencia a clase cuando no estén suficientemente

justificadas.

4. La incorrección en la presencia, motivada por la falta de aseo personal o en la

indumentaria, que pudiera provocar una alteración en la actividad del Centro, tomando

en consideración en todo caso, factores culturales y familiares.

5. El incumplimiento del deber de estudio durante el desarrollo de la clase dificultando la

actuación del profesorado y del resto de los alumnos.

6. El deterioro leve de las dependencias del Centro, de su material o de pertenencias de

otros alumnos, realizado de forma negligente o intencionada. La intencionalidad, como

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Consejería de Educación

Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 65

agravante del hecho, podrá determinar que la actuación sea considerada "Conducta

gravemente perjudicial para la convivencia en el centro".

7. La utilización inadecuada de aparatos electrónicos.

8. Cualquiera otra incorrección que altere el normal desarrollo de la actividad escolar y no

sea calificada como "conducta gravemente perjudicial para la convivencia en el centro"

9. El incumplimiento de las sanciones impuestas por este tipo de conductas.

B. Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia y en el Centro y, por ello,

calificadas como faltas las siguientes:

1. La falta de respeto, indisciplina, acoso, amenaza y agresión verbal o física, directa o

indirecta, al profesorado, a cualquier miembro de la comunidad educativa, y en general,

a todas aquellas personas que desarrollan su prestación de servicios en el centro

educativo.

2. La suplantación de personalidad en actos de la vida docente y la falsificación o

sustracción de documentos y material académico.

3. El deterioro grave, causado intencionadamente, de las dependencias del centro, de su

material o de los objetos y las pertenencias de los demás miembros de la comunidad

educativa.

4. Las actuaciones y las incitaciones a actuaciones perjudiciales para la salud y la

integridad personal de los miembros de la comunidad educativa del centro.

5. La reiteración en la comisión de conductas contrarias a las normas de convivencia en el

centro.

6. Las conductas que atenten contra la dignidad personal de otros miembros de la

comunidad educativa, que tengan como origen o consecuencia una discriminación o

acoso basado en el género, la orientación o identidad sexual, o un origen racial, étnico,

religioso, de creencias o de discapacidad, o que se realicen contra el alumnado más

vulnerable por sus características personales, sociales o educativas, tendrán la

calificación de conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro, con

la consideración de muy graves.

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 66

Coordinación interinstitucional.

1. De acuerdo con la disposición adicional vigésimo tercera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3

de mayo, de Educación, para una mayor precisión y eficacia de las actuaciones

correctoras, los centros podrán recabar los informes que se estimen necesarios acerca

de las circunstancias personales, familiares o sociales del alumno a los padres o tutores

legales o, en su caso, a las instituciones públicas competentes.

2. En aquellos supuestos en los que, una vez llevada a cabo la corrección oportuna, el

alumno siga presentando reiteradamente conductas perturbadoras para la convivencia

en el centro, éste dará traslado, previa comunicación a los padres o tutores legales en el

caso de menores de edad, a las instituciones públicas del ámbito sanitario, social o de

otro tipo, de la necesidad de adoptar medidas dirigidas a modificar aquellas

circunstancias personales, familiares o sociales del alumno que puedan ser

determinantes de la aparición y persistencia de dichas conductas.

3. En aquellas actuaciones y medidas de corrección en las que el centro reclame la

implicación directa de los padres o tutores legales del alumno y éstos la rechacen de

forma expresa, el centro pondrá en conocimiento de las instituciones públicas

competentes los hechos, con el fin de que adopten las medidas oportunas para

garantizar los derechos del alumno según normativa y el cumplimiento de los deberes

recogidos en la normativa.

CAPÍTULO IV: ACTUACIONES CORRECTORAS, RÉGIMEN DISCIPLINARIO Y

SANCIONADOR.

1. ÁMBITO DE LAS CONDUCTAS A CORREGIR.

La facultad para llevar a cabo actuaciones sobre las conductas perturbadoras de la

convivencia se extenderá a las ocurridas dentro del recinto escolar, durante la realización

de actividades complementarias o extraescolares o en el transporte escolar.

También podrán llevarse a cabo actuaciones correctoras en razón de aquellas conductas

de los alumnos que, aunque se realicen fuera del recinto escolar, estén directa o

indirectamente relacionadas con la vida escolar y afecten a algún miembro de la

Comunidad Educativa. Todo ello sin perjuicio de la obligación de poner en conocimiento

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 67

de las autoridades competentes dichas conductas, tales como la denuncia de los hechos

por alguna de las partes implicadas, o terceros, si fuera necesario. En cualquier caso las

sanciones en el ámbito educativo no interfieren ni sustituyen a las responsabilidades

civiles o penales que se deriven de las conductas (por acción u omisión) de dichas

personas, tanto dentro como fuera del recinto escolar.

2. CRITERIOS PARA LA APLICACIÓN DE LAS ACTUACIONES CORRECTORAS.

a) La Comunidad Educativa, y en especial el profesorado, ante las conductas

perturbadoras de la convivencia, aplicarán las correcciones que, en su caso,

correspondan, según la Ley vigente y este Reglamento.

b) Los alumnos no pueden ser privados de su derecho a la educación y, en el caso de la

educación obligatoria, a la escolaridad.

c) En ningún caso se llevarán a cabo correcciones que menoscaben la integridad física o

dignidad personal del alumno.

d) Las actuaciones correctoras de las conductas perturbadoras tendrán un carácter

educativo y recuperador, y supondrán, en primera instancia, la actuación directa e

inmediata del profesor sobre la conducta del alumno, pudiendo ir seguidas de medidas

posteriores, debiendo contribuir a la mejora del proceso educativo del alumnado, a

garantizar el respeto a los derechos y a la mejora en las relaciones de todos los

miembros de la comunidad educativa.

e) Las actuaciones correctoras deberán ser proporcionadas a las características de la

conducta perturbadora del alumnado y tendrán en cuenta su nivel académico y edad, así

como las circunstancias personales, familiares o sociales que puedan haber incidido en

la aparición de dicha conducta.

f) Las conductas que atenten contra la dignidad personal de otros miembros de la

comunidad educativa, que tengan como origen o consecuencia una discriminación o

acoso basado en el género, la orientación o identidad sexual, o un origen racial, étnico,

religioso, de creencias o de discapacidad, o que se realicen contra el alumnado más

vulnerable por sus características personales, sociales o educativas, tendrán la

calificación de conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro, con

la consideración de muy graves y llevarán asociada como medida correctora la

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 68

expulsión, temporal o definitiva, del centro. Durante las etapas de escolarización

obligatoria, la expulsión definitiva supondrá el cambio de centro».

g) Las medidas de corrección que se lleven a cabo sobre las conductas tipificadas con el

incumplimiento del deber de estudio durante el desarrollo de la clase, dificultando la

actuación del profesorado y del resto de los alumnos y que, dada su reiteración, pudieran

ser consideradas como conductas disruptivas en el ámbito escolar, deberán ir

acompañadas por las actuaciones de ajuste curricular y las estrategias de trabajo que se

estimen necesarias por parte del profesorado.

h) El centro, desde las tutorías, departamento de Orientación y Jefatura de Estudios,

favorecerá y facilitará la implicación de los padres o tutores legales del alumno en las

actuaciones correctoras previstas en este R.R.I.

i) Las correcciones que sean preciso aplicar tendrán carácter educativo y supondrán, en

primera instancia, la actuación directa e inmediata del profesor sobre la conducta del

alumno, pudiendo ir seguidas de medidas posteriores.

3. GRADACIÓN DE LAS MEDIDAS CORRECTORAS Y DE LAS SANCIONES.

A efectos de la gradación de las medidas correctoras y de las sanciones, se considerarán

circunstancias que atenúan la responsabilidad:

1. El reconocimiento espontáneo de la conducta, así como la petición de excusas y la

reparación espontánea del daño producido ya sea físico o moral.

2. La falta de intencionalidad.

3. El carácter ocasional de la conducta.

4. Cuando no se pueda llegar a un acuerdo, o no pueda llevarse a cabo una vez

alcanzado, por causas ajenas al alumno infractor o por negativa expresa del alumno

perjudicado, esta circunstancia deberá ser tenida en cuenta como atenuante de la

responsabilidad.

5. Otras circunstancias personales que puedan incidir en su conducta.

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 69

A los mismos efectos se consideran circunstancias agravantes:

1. La premeditación

2. La reiteración. Cuando la reiteración se refiera a falta de puntualidad o de asistencia a

clase, cuando no esté debidamente justificada, las medidas a llevar a cabo sobre dicha

conducta deberán contemplar la existencia, en su caso, de programas específicos de

actuación sobre las mismas.

3. La incitación o estímulo a la actuación individual o colectiva lesiva de los derechos de

los demás miembros de la Comunidad educativa

4. La alarma social causada por las conductas perturbadoras de la convivencia, con

especial atención a aquellos actos que presenten características de acoso o

intimidación a otro alumno.

5. La gravedad de los perjuicios causado al Centro o a cualquiera de los integrantes de la

Comunidad Educativa;

6. La publicidad o jactancia de conductas perturbadoras de la convivencia a través de

aparatos electrónicos o de otros medios.

En el caso de que concurran circunstancias atenuantes y agravantes ambas podrán

compensarse.

4. RESPONSABILIDAD POR DAÑOS.

Los alumnos que individual o colectivamente causen daños de forma intencionada o por

negligencia a las instalaciones del Centro a su material, así como a los bienes y

pertenencias de cualquier miembro de la Comunidad educativa, quedan obligados a

reparar el daño o a hacerse cargo del coste económico de la reparación, en los términos

previstos en este Reglamento,

Los alumnos que sustrajeren bienes del Centro o de cualquier miembro de la Comunidad

Escolar deberán restituir lo sustraído, sin perjuicio de la corrección a que hubiere lugar.

Los padres o tutores legales serán responsables civiles en los términos previstos en las

leyes.

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 70

5. MEDIDAS DE CORRECCIÓN DE CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE

CONVIVENCIA.

Medidas y actuaciones correctoras inmediatas:

Las actuaciones inmediatas, aplicables en primera instancia directamente por el

profesorado presente, en el uso de sus capacidades y competencias y teniendo en cuenta

su consideración de autoridad pública, tienen como objetivo el cese de la conducta

perturbadora de la convivencia, sin perjuicio de su calificación como conducta contraria a

las normas de convivencia o gravemente perjudicial para la convivencia en el centro, al

objeto de aplicar las medidas posteriores previstas en el Reglamento.

Cualquier profesor del Centro podrá imponer sanciones inmediatas, consistentes en:

a) Amonestación verbal pública o privada.

b) Exigencia de petición pública o privada de disculpas.

c) Suspensión del derecho a permanecer en el lugar donde se esté llevando a cabo la

actividad durante el tiempo que estime el profesor. quedando garantizado, en todos los

casos, el control del alumno y la comunicación posterior, en caso de ser necesario, a

Jefatura de Estudios. En este centro se opta por el envío al Aula de Convivencia: en el

caso de conductas disruptivas y de indisciplina que implique la dificultad de continuar la

clase con normalidad, el profesor enviará al alumno rellenando el impreso

correspondiente o en la Agenda del alumno. Deberá cerciorarse de que el alumno ha

acudido a dicho aula y que los padres han firmado la comunicación correspondiente. El

alumno deberá realizar los trabajos que se le encomienden durante ese tiempo. El

profesor de guardia en el aula de convivencia anotará en el libro de registro los datos del

alumno, del profesor que lo envía, y cualquier observación de interés.

d) En caso de que el alumno reincida, se tomarán medidas posteriores. A estos efectos,

cada tres expulsiones al Aula de convivencia serán objeto de sanción: un parte leve con

sanción de un día sin recreo.

e) Realización de trabajos específicos en períodos de recreo u horario no lectivo, en este

caso con permanencia o no en el centro. El profesor que impone la medida controlará

con su presencia física que el alumno realice las tareas que le sean encomendadas.

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 71

El profesor comunicará las actuaciones inmediatas llevadas a cabo al tutor del alumno, que

será quien, de acuerdo con la dirección del centro, determinará la oportunidad de informar a

la familia del alumno. Asimismo, dará traslado al jefe de estudios, en su caso, tanto de las

actuaciones que se especifican en el derecho a permanecer en el lugar donde se esté

llevando a cabo la actividad durante el tiempo que estime el profesor, como de aquellas

situaciones en las que las características de la conducta perturbadora y su evolución, una

vez llevada a cabo la actuación inmediata y la posible calificación posterior, lo hagan

necesario.

Procedimiento de comunicación:

El profesor que realiza la actuación inmediata rellenará el impreso (blanco) correspondiente

(“Parte de acción inmediata”) detallando la conducta que ha dado motivo a la amonestación

y lo hará llegar al tutor. Una copia del parte será entregada en Jefatura de Estudios para su

calificación y contabilidad. En el parte se recogerá la propuesta sobre medida correctora. El

tutor informará a la familia del alumno.

Medidas de corrección posteriores:

Las medidas de corrección que se pueden adoptar en el caso de conductas contrarias a las

normas de convivencia del centro son las siguientes:

a. Amonestación escrita, según anexo. La acumulación de amonestaciones escritas dará

lugar a otras sanciones más graves, pudiendo ser considerada conducta gravemente

perjudicial, dado que la reiteración se considera agravante. Cada amonestación deberá ir

acompañada de una medida correctora acorde con la conducta inadecuada.

b. Modificación temporal del horario lectivo, tanto en lo referente a la entrada y salida del

centro como al periodo de permanencia en él, por un plazo máximo de 15 días lectivos

c. Cambio de grupo del alumno por un máximo de 15 días lectivos.

d. Realización de tareas de apoyo a otros alumnos y profesores por un máximo 15 días

lectivos.

e. Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del

centro o, si procede, dirigidas a reparar el daño causado por un máximo de cinco días

lectivos. Esta sanción la impone y controla el tutor y/o el Equipo Directivo.

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 72

f. Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares del Centro por un

periodo máximo de 15 días. Esta sanción la impone Jefatura de Estudios, oído el tutor.

Si la actividad fuera un viaje de varios días, el plazo de suspensión será de 29 días

lectivos.

g. Suspensión del derecho de asistir a determinadas clases por un período no superior a 5

días lectivos. Durante dicho periodo quedará garantizada la permanencia del alumno en

el Centro, llevando a cabo las tareas académicas que se encomienden. Esta sanción la

impone el Equipo Directivo, oído el tutor, cuando el alumno haya acumulado cuatro

amonestaciones escritas o bien cuando las conductas contrarias a la norma así lo

aconsejen.

h. Procedimientos de acuerdo abreviado. Los procedimientos de acuerdo abreviado tienen

como finalidad agilizar las actuaciones posteriores de las conductas perturbadoras para

la convivencia, reforzando su carácter educativo mediante la ejecutividad inmediata. Se

podrán llevar a cabo con cualquier conducta perturbadora ya sea su calificación como

contraria a la convivencia en el centro, y considerada como falta leve, o gravemente

perjudicial para la convivencia en el centro, y considerada como falta grave o muy

grave, y se concretarán en la apertura de procesos de mediación, procesos de acuerdo

reeducativo y la aceptación inmediata de sanciones. El acogimiento a estos

procedimientos es voluntario y necesita del acuerdo de las partes en conflicto para su

inicio, pudiendo ofrecerse y acogerse a ellos todo el alumnado del centro. El

procedimiento de acuerdo abreviado se abrirá a petición del tutor o de cualquier

profesor con el visto bueno del coordinador de convivencia y del equipo directivo, con la

concurrencia y compromiso de la familia del alumno si este es menor de edad.

i. Apertura de procedimiento sancionador. En el caso de conductas calificadas como

gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro, y consideradas como faltas

graves o muy graves que no se hayan acogido a un procedimiento de acuerdo

abreviado, se procederá a la apertura de procedimiento sancionador. En la apertura del

procedimiento sancionador se tendrá en consideración las circunstancias que han

impedido la adopción de un procedimiento de acuerdo abreviado.

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 73

j. Para la aplicación de las medidas de corrección, salvo la prevista en la amonestación

escrita, será preceptiva la audiencia al alumno y a sus padres o tutores legales si es

menor de edad. Asimismo se comunicará formalmente su adopción mediante un parte

de falta grave (amarillo) o muy grave (naranja).

La competencia para la aplicación de las medidas previstas corresponde al director del

centro, que podrá delegar en el jefe de estudios, en el tutor docente del alumno o en la

comisión de convivencia, en su caso.

Las conductas contrarias a las normas de convivencia en el Centro prescribirán en el

plazo de 29 días lectivos contados a partir de la fecha de su comisión. Asimismo las

medidas correctoras impuestas por estas conductas prescribirán en el plazo de 29 días

lectivos desde su imposición.

6. SANCIONES CORRESPONDIENTES A LAS CONDUCTAS GRAVEMENTE

PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA DEL CENTRO:

Las sanciones que pueden imponerse por las faltas señaladas anteriormente son:

a) Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del

centro o, si procede, dirigidas a reparar el daño causado a las instalaciones o al material del

centro o a las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa. Dichas tareas no

podrán tener una duración inferior a 6 días lectivos ni superior a 15 días lectivos.

b) Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares del centro por un

periodo superior a 15 días lectivos e inferior a 30 días lectivos.

c) Cambio de grupo del alumno durante un periodo comprendido entre 16 días lectivos y la

finalización del curso escolar.

d) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases o a todas ellas,

por un periodo superior a 5 días lectivos e inferior a 30 días lectivos, sin que eso comporte la

pérdida del derecho a la evaluación continua y entregando al alumno un programa de

trabajo para dicho periodo, con los procedimientos de seguimiento y control oportunos, con

el fin de garantizar dicho derecho.

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 74

e) Cambio de centro (en el caso de alumnos de ESO).

f) Expulsión temporal o definitiva (en el caso de enseñanza no obligatoria) del centro.

g) Las conductas gravemente perjudiciales a la norma solo podrán ser sancionadas previa

tramitación del expediente sancionador. Para la tramitación del expediente se tendrá en

cuenta la normativa vigente.

h) Procedimientos de acuerdo abreviado.

Las faltas tipificadas en el artículo 48 del Decreto (Conductas gravemente perjudiciales para

la convivencia en el centro) prescribirán en el plazo de noventa días contados a partir de la

fecha de su comisión. Asimismo, las sanciones impuestas por estas conductas prescribirán

en el plazo de noventa días desde su imposición.

CAPÍTULO V: EVALUACIÓN, PROMOCIÓN Y TITULACIÓN.

1. PROCEDIMIENTO Y GARANTÍAS DE EVALUACIÓN, PROMOCIÓN Y TITULACIÓN.

Según lo dispuesto en la Orden EDU/362/2015, de 4 de mayo, y la Orden EDU/363/2015,

de 4 de mayo, emanadas del Real Decreto 1105/2014 de 26 de diciembre, por las que se

regula la evaluación, respectivamente en educación secundaria obligatoria y bachillerato,

por las que se establece el marco del proceso de evaluación para ambas etapas.

Asimismo regulan los procedimientos de información, revisión y reclamación de

calificaciones y el procedimiento para garantizar el derecho de los alumnos de ESO y

Bachillerato a que su rendimiento escolar sea evaluado conforme a criterios objetivos.

Además del derecho a ser evaluado objetivamente y lo que este derecho implica.

Promoción en E.S.O.

Según lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo, y el artículo

22 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre.

Título de graduado de Educación Secundaria Obligatoria.

Según lo dispuesto el artículo 31 de la Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo, el artículo 23 del

Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, y en el R.D. 5/2016 de 9 de diciembre.

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 75

Promoción en el bachillerato

Según lo regulado en el artículo 36.2 la Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo y en el artículo

32 del R.D. 1105/2014 de 26 de diciembre.

Título de bachillerato.

Según lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo y en el artículo

34 del R.D. 1105/2014 de 26 de diciembre.

Promoción y titulación en Formación Profesional Básica.

Según regulado en la Orden EDU/1103/2014, de 17 de diciembre.

Titulación en E.S.O. para alumnos de FPB.

Según dispuesto en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y el Decreto 362/2015, de 4 de

mayo.

2. PROCEDIMIENTO PARA LAS RECLAMACIONES EN LAS EVALUACIONES

TRIMESTRALES DE CICLOS FORMATIVOS:

Las reclamaciones a las calificaciones obtenidas en las evaluaciones trimestrales, se

deberán de basar en alguno de los siguientes motivos:

- Inadecuación de la prueba propuesta al alumno a los resultados de aprendizaje,

a los contenidos del módulo profesional sometido a evaluación, o al nivel

previsto en la programación.

- No haberse tenido en cuenta en la evaluación, los resultados de aprendizaje, los

contenidos, o los criterios de evaluación recogidos en la programación didáctica.

- Inadecuación de los procedimientos y los instrumentos de evaluación aplicados,

conforme a lo señalado en la programación didáctica

- Incorrección en la aplicación de los criterios de evaluación establecidos en la

programación didáctica.

El procedimiento y los plazos para la presentación, y la tramitación de las reclamaciones a

las calificaciones obtenidas, serán los siguientes:

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 76

- Los alumnos, o sus padres, o tutores, podrán solicitar de profesores y tutores,

cuantas aclaraciones consideren precisas, acerca de las valoraciones que se

realicen sobre el proceso de aprendizaje de los alumnos, así como sobre las

calificaciones de dicho proceso.

- La reclamación se presentará por escrito ante el tutor el grupo, en el plazo

máximo de dos días hábiles a partir de aquél en el que se produzca la

comunicación de la calificación trimestral, por parte del tutor. La solicitud de

reclamación contendrá cuantas alegaciones justifiquen la disconformidad, con la

calificación.

- El tutor del grupo trasladará la reclamación al Jefe de Departamento, que

convocará una reunión extraordinaria de departamento, para analizar el caso, o

casos, y posterior votación para la ratificación, o rectificación de la calificación,

por mayoría de dos tercios.

- La decisión adoptada, será trasladada por el tutor de forma escrita al alumno, y

al profesor del módulo, que en el caso de que la calificación sea rectificada,

deberá tenerla en cuenta para la calificación final del módulo.

- La decisión adoptada agota el procedimiento en las evaluaciones trimestrales.

TÍTULO IV: DISPOSICIONES FINALES.

PRIMERA.

EL FRAUDE ESCOLAR

En este Instituto consideramos que el fraude escolar y académico (chuletas, uso irregular

del móvil, soplos, libros y apuntes debajo del pupitre, copia de trabajos y tareas de otros

compañeros, "bajada" de trabajos de internet, "cambiazo" de exámenes, falsificación de

firmas y de notas, etc.) es una práctica presente en la cultura estudiantil —práctica que es

debida a la presión social, familiar y personal del alumno por el aprobado a toda costa

evitando el esfuerzo del estudio y la evaluación de su rendimiento. Estas conductas

fraudulentas, consideradas a veces por la sociedad graciosas, admiradas, dignas de

solidaridad y, algunas de ellas, antológicas, son en realidad comportamientos antisociales

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Reglamento de Régimen Interior IES Sierra del Valle 77

que, aprendidos y no censurados en el proceso educativo, no sólo lo desprestigian sino que

repercutirán más tarde en la vida cívica (política, economía, sociedad...). Es por ello que,

con carácter general, cualquier modalidad de fraude de las antes señaladas conllevará el

suspenso automático en la prueba, trabajo y/o evaluación correspondiente.

SEGUNDA.

Se podrán debatir propuestas de modificación del presente reglamento si una cuarta parte

de los miembros del Consejo Escolar lo avala. Asimismo, podrán solicitar modificaciones el

Claustro de Profesores, la Junta Directiva de la Asociación de Padres o cualquier otro

elemento representativo, incluido el Equipo Directivo y la Junta de Delegados. El

Presidente estará obligado a incluir en el orden del día el debate de la misma una vez

transcurrido un periodo de información a los representantes del los diferentes sectores no

inferior a 30 días.

Para su aprobación se requerirá en primera convocatoria un quorum de tres cuartas partes

de los miembros y al menos la mayoría de dos tercios de los votos emitidos. En segunda

convocatoria será suficiente un quorum formado por la mitad de los miembros y una

mayoría de dos tercios de los votos emitidos.

En cualquier caso, este Reglamento será revisado una vez al año por el Consejo Escolar.

TERCERA

El presente Reglamento entrará en vigor tras su aprobación por el Consejo Escolar en la

fecha escogida.

Del documento y anexos se enviará una copia a la Dirección Provincial a efectos de

constatación de su adecuación a la legislación vigente.

El contenido del presente Reglamento se hará llegar a todos los sectores implicados en el

proceso educativo. Una copia de este Reglamento estará depositada en la Secretaría del

Centro a disposición de cualquier persona reconocida como parte implicada.