I.E.P. GRAN UNIDAD ESCOLAR LEONCIO PRADO DE HUÁNUCO …gueleonciopradoh.webcindario.com/reglamento...

7
I.E.P. GRAN UNIDAD ESCOLAR LEONCIO PRADO DE HUÁNUCO Creado por Ley del 25 de febrero de 1828 del Congreso General Constituyente del Perú, promulgada el 04 de marzo del mismo año, por el presidente D. José de La Mar, Inicia sus labores el 24 de mayo de 1829 «Rumbo al Bicentenario» / Estudio – Trabajo – Acción www.gueleonciopradoh.webcindario.com www.facebook.com/GUELEONCIOPRADOH Jr. Dámaso Beraún s/n – Parque Cartagena – Huánuco. Teléfono 062-516621 Comité Electoral 2018-2019 REGLAMENTO ELECTORAL APROBADO POR LA ASAMBLEA GENERAL PARA LA ELECCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO, CONSEJO DE VIGILANCIA Y REPRESENTANTES ANTE EL CONEI DE LA APAFA DE LA GUE LEONCIO PRADO DE HUANUCO / PERIODO 2018 - 2019 CAPITULO I GENERALIDADES Art. 01.- El presente Reglamento tiene por finalidad normar la organización y desarrollo del proceso electoral para la elección del Consejo Directivo, Consejo de Vigilancia y representantes ante el Consejo Educativo Institucional (CONEI) de la Asociación de Padres de Familia (APAFA) de la GUE Leoncio Prado, período 2018 2019. Art. 02.- El Reglamento, basa sus disposiciones en la Ley General de Educación Nº 28044, el DS. 009- 2005-ED, Reglamento de la Gestión del Sistema Educativo, la Ley Nº 28628, que regula la participación de las Asociaciones de Padres de Familia en las instituciones Educativa Públicas, el DS 004-2006-ED, Reglamento de la Ley de APAFAS. CAPITULO II DEL COMITÉ ELECTORAL Art. 03.- El Comité Electoral está integrado por un Presidente, un Secretario y un vocal, elegido en la Asamblea General del día 29 de octubre de 2017. Art. 04.- El Comité Electoral es el órgano autónomo encargado de convocar, conducir y concluir con transparencia e imparcialidad el proceso electoral. Sus decisiones en esta materia constituyen instancia única. Art. 05.- El Comité Electoral para el cumplimiento de sus funciones contará con el apoyo logístico de la Dirección del plantel. Art. 06.- El Comité Electoral tiene las siguientes funciones: a. Actualizar el Reglamento Electoral, el mismo que puesto a debate, deberá ser aprobado por la asamblea general, a realizarse el día domingo 05 de noviembre de 2017. b. Convocar, organizar, dirigir, vigilar y llevar a cabo el proceso electoral, bajo el asesoramiento de la ONPE y solicitando la fiscalización del Ministerio Público y Defensoría del Pueblo. c. Actualizar el Padrón de Asociados y elaborar el Padrón Electoral, con la información proporcionada por la Oficina de Administración del plantel, extraída del SIAGIE (Inicial, primaria y secundaria). d. Elaborar las Actas y Cédulas de Sufragio. e. Recepcionar las inscripciones de la listas de candidatos. f. Sortear la designación de miembros de mesa, publicar la relación de los mismos, capacitarlos, acreditarlos. g. Verificar la correcta instalación de las mesas así como el proceso de sufragio y escrutinio. h. Procesar el acta electoral consignando los resultados de la elección. i. Resolver en última instancia los reclamos, tachas y/o consultas que sobre el proceso electoral puedan ser presentados por los Asociados, personeros o candidatos y absolver las observaciones de los veedores. j. Elaborar el informe final y enviar una copia del Acta Electoral a la Dirección de la IE, quien remitirá a la UGEL para los fines de acreditación de los directivos y representantes elegidos. CAPITULO III DE LOS ELECTORES Art. 07.- Están obligados a sufragar todos los asociados mediante voto directo, secreto y universal. Solo votará el Padre, Madre o Tutor del alumno matriculado en la IE, registrado en el Padrón actualizado del Comité Electoral. Art. 08.- Los Asociados que no sufraguen pagarán una multa de 30 con 00/100 soles (S/30.00) lo hará efectivo ante la nueva Junta Directiva, SIN CONDONACIÓN ALGUNA. Art.09.- Las personas que tengan algún impedimento o justificación DEBIDAMENTE DOCUMENTADA Y ACREDITADA para no asistir a votar deberán solicitar oportunamente su dispensa por escrito ante el Comité Electoral 24 horas antes de las elecciones y si es fortuito 24 horas después de las elecciones.

Transcript of I.E.P. GRAN UNIDAD ESCOLAR LEONCIO PRADO DE HUÁNUCO …gueleonciopradoh.webcindario.com/reglamento...

Page 1: I.E.P. GRAN UNIDAD ESCOLAR LEONCIO PRADO DE HUÁNUCO …gueleonciopradoh.webcindario.com/reglamento electoral eleccion del... · Procesar el acta electoral consignando los resultados

I.E.P. GRAN UNIDAD ESCOLAR LEONCIO PRADO DE HUÁNUCO Creado por Ley del 25 de febrero de 1828 del Congreso General Constituyente del Perú, promulgada el 04

de marzo del mismo año, por el presidente D. José de La Mar, Inicia sus labores el 24 de mayo de 1829

«Rumbo al Bicentenario» / Estudio – Trabajo – Acción www.gueleonciopradoh.webcindario.com www.facebook.com/GUELEONCIOPRADOH

Jr. Dámaso Beraún s/n – Parque Cartagena – Huánuco. Teléfono 062-516621

Comité Electoral

2018-2019

REGLAMENTO ELECTORAL APROBADO POR LA ASAMBLEA GENERAL PARA LA ELECCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO, CONSEJO DE VIGILANCIA Y REPRESENTANTES ANTE EL CONEI DE LA APAFA DE LA GUE LEONCIO

PRADO DE HUANUCO / PERIODO 2018 - 2019

CAPITULO I GENERALIDADES Art. 01.- El presente Reglamento tiene por finalidad normar la organización y desarrollo del proceso electoral para la elección del Consejo Directivo, Consejo de Vigilancia y representantes ante el Consejo Educativo Institucional (CONEI) de la Asociación de Padres de Familia (APAFA) de la GUE Leoncio Prado, período 2018 – 2019. Art. 02.- El Reglamento, basa sus disposiciones en la Ley General de Educación Nº 28044, el DS. 009-2005-ED, Reglamento de la Gestión del Sistema Educativo, la Ley Nº 28628, que regula la participación de las Asociaciones de Padres de Familia en las instituciones Educativa Públicas, el DS 004-2006-ED, Reglamento de la Ley de APAFAS.

CAPITULO II DEL COMITÉ ELECTORAL Art. 03.- El Comité Electoral está integrado por un Presidente, un Secretario y un vocal, elegido en la Asamblea General del día 29 de octubre de 2017. Art. 04.- El Comité Electoral es el órgano autónomo encargado de convocar, conducir y concluir con transparencia e imparcialidad el proceso electoral. Sus decisiones en esta materia constituyen instancia única. Art. 05.- El Comité Electoral para el cumplimiento de sus funciones contará con el apoyo logístico de la Dirección del plantel. Art. 06.- El Comité Electoral tiene las siguientes funciones: a. Actualizar el Reglamento Electoral, el mismo que puesto a debate, deberá ser aprobado por la asamblea

general, a realizarse el día domingo 05 de noviembre de 2017. b. Convocar, organizar, dirigir, vigilar y llevar a cabo el proceso electoral, bajo el asesoramiento de la ONPE

y solicitando la fiscalización del Ministerio Público y Defensoría del Pueblo. c. Actualizar el Padrón de Asociados y elaborar el Padrón Electoral, con la información proporcionada por

la Oficina de Administración del plantel, extraída del SIAGIE (Inicial, primaria y secundaria). d. Elaborar las Actas y Cédulas de Sufragio. e. Recepcionar las inscripciones de la listas de candidatos. f. Sortear la designación de miembros de mesa, publicar la relación de los mismos, capacitarlos,

acreditarlos. g. Verificar la correcta instalación de las mesas así como el proceso de sufragio y escrutinio. h. Procesar el acta electoral consignando los resultados de la elección. i. Resolver en última instancia los reclamos, tachas y/o consultas que sobre el proceso electoral puedan

ser presentados por los Asociados, personeros o candidatos y absolver las observaciones de los veedores.

j. Elaborar el informe final y enviar una copia del Acta Electoral a la Dirección de la IE, quien remitirá a la UGEL para los fines de acreditación de los directivos y representantes elegidos.

CAPITULO III DE LOS ELECTORES Art. 07.- Están obligados a sufragar todos los asociados mediante voto directo, secreto y universal. Solo votará el Padre, Madre o Tutor del alumno matriculado en la IE, registrado en el Padrón actualizado del Comité Electoral. Art. 08.- Los Asociados que no sufraguen pagarán una multa de 30 con 00/100 soles (S/30.00) lo hará efectivo ante la nueva Junta Directiva, SIN CONDONACIÓN ALGUNA. Art.09.- Las personas que tengan algún impedimento o justificación DEBIDAMENTE DOCUMENTADA Y ACREDITADA para no asistir a votar deberán solicitar oportunamente su dispensa por escrito ante el Comité Electoral 24 horas antes de las elecciones y si es fortuito 24 horas después de las elecciones.

Page 2: I.E.P. GRAN UNIDAD ESCOLAR LEONCIO PRADO DE HUÁNUCO …gueleonciopradoh.webcindario.com/reglamento electoral eleccion del... · Procesar el acta electoral consignando los resultados

I.E.P. GRAN UNIDAD ESCOLAR LEONCIO PRADO DE HUÁNUCO Creado por Ley del 25 de febrero de 1828 del Congreso General Constituyente del Perú, promulgada el 04

de marzo del mismo año, por el presidente D. José de La Mar, Inicia sus labores el 24 de mayo de 1829

«Rumbo al Bicentenario» / Estudio – Trabajo – Acción www.gueleonciopradoh.webcindario.com www.facebook.com/GUELEONCIOPRADOH

Jr. Dámaso Beraún s/n – Parque Cartagena – Huánuco. Teléfono 062-516621

Comité Electoral

2018-2019

CAPITULO IV DEL PADRÓN ELECTORAL Art. 10.- El Padrón Electoral es elaborado por duplicado y consigna los siguientes datos: Número de inscripción del asociado. Nombres y Apellidos del padre (madre) o tutor. Documento Nacional de identidad. Nombre del alumno(a) indicando Nivel, grado y sección que esté cursando el mayor grado de estudios. Espacio para la firma y huella digital del votante. Art. 11.- El Comité Electoral admitirá la actualización de los datos del Padrón Electoral según el Cronograma establecido.

CAPITULO V CRONOGRAMA ELECTORAL Art. 12.- La inscripción de listas de candidatos al Consejo Directivo, Consejo de Vigilancia y representantes al Consejo Educativo Institucional CONEI de la APAFA de la GUE Leoncio Prado, se sujeta al siguiente cronograma:

CRONOGRAMA ELECTORAL APAFA 2018 – 2019

Nº ACTIVIDAD FECHA

1 Aprobación del Reglamento de Elecciones (en asamblea general) 05/11/2017

2 Publicación del Padrón Provisional de Padres Familia que participarán en las elecciones (Los padres podrán realizar la actualización de datos).

del 07 al 14/11/2017

3 Inscripción de candidatos (Por mesa de partes de la Secretaría del

Despacho Directoral en horas de oficina) del 14 al

17/11/2017

4 Publicación de listas de candidatos inscritos (en el Local Central) del 20 al

22/11/2017

5 Presentación de tachas (Por mesa de partes de la Secretaría del Despacho Directoral, en horas de oficina)

23 y 24/11/2017

6 Resolución de tachas 24/11/2017

7 Sorteo y publicación de Miembros de Mesa. 24/11/2017

8 Publicación definitiva de lista de candidatos aptos (en el Local Central) 25/11/2017

09 Reunión General de PPFF para exposición del Plan Operativo de cada lista inscrita

26/11/2017

10 Acto de Sufragio (elecciones de 8:30 am a 3:00 pm) y proclamación de la lista ganadora, entrega de credenciales y juramentación.

03/12/2017

11 Informe a la Dirección, quien remitirá al Órgano Intermedio 04/12/2017

CAPITULO VI DE LOS CANDIDATOS Art. 13.- Son requisitos para postular a los cargos del Consejo Directivo, de Vigilancia y CONEI: a) Ser Padre o Madre de familia o tutor del alumno matriculado en la IE. b) El Padre o Madre de Familia o Tutor debe tener conducta intachable y proba. c. No integrar el Consejo Directivo y/o de Vigilancia saliente, ni haber integrado en gestiones anteriores de

la GUE Leoncio Prado. d) No ser inquilino de la GUE Leoncio Prado. e) No tener antecedentes penales rehabilitados y no rehabilitados, judicial y policial; acreditado con la

correspondiente Declaración Jurada simple, sujeta a fiscalización posterior por el Comité Electoral. En especial para el caso de los postulantes al cargo de Presidente(a), Vicepresidente(a), Secretario(a), Tesorero(a).

f) No laborar en la misma Institución Educativa. g) Que su hijo o pupilo, esté cursando entre el primer grado de primaria como mínimo al tercer

grado de Educación Secundaria como máximo y con dos años de permanencia acreditados por la Dirección del plantel, al momento de la postulación.

Page 3: I.E.P. GRAN UNIDAD ESCOLAR LEONCIO PRADO DE HUÁNUCO …gueleonciopradoh.webcindario.com/reglamento electoral eleccion del... · Procesar el acta electoral consignando los resultados

I.E.P. GRAN UNIDAD ESCOLAR LEONCIO PRADO DE HUÁNUCO Creado por Ley del 25 de febrero de 1828 del Congreso General Constituyente del Perú, promulgada el 04

de marzo del mismo año, por el presidente D. José de La Mar, Inicia sus labores el 24 de mayo de 1829

«Rumbo al Bicentenario» / Estudio – Trabajo – Acción www.gueleonciopradoh.webcindario.com www.facebook.com/GUELEONCIOPRADOH

Jr. Dámaso Beraún s/n – Parque Cartagena – Huánuco. Teléfono 062-516621

Comité Electoral

2018-2019

h) No haber pertenecido a cargos directivos de APAFA en periodos anteriores de la GUE Leoncio Prado y/o haber sido objeto de remoción en otras Instituciones Educativas.

i) No tener vínculo de parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad entre los miembros de la lista.

Art, 14.- La lista debe tener la cuota de género necesaria, de acuerdo a la ley electoral (30%)

CAPITULO VII DEL PROCESO ELECTORAL SUB CAPÍTULO 1. Postulación de listas y candidatos. Art. 15.- Cada agrupación presentará OBLIGATORIAMENTE la lista de candidatos para el Consejo Directivo, al Consejo de Vigilancia y los representantes ante el CONEI, en esta etapa se evalúan los requisitos exigidos. CARGOS PARA EL CONSEJO DIRECTIVO: Presidente(a), Vicepresidente(a), Secretario(a), Tesorero(a) y tres vocales. CARGOS PARA EL CONSEJO DE VIGILANCIA: Presidente (a), Secretario(a) y Vocal REPRESENTANTES ANTE EL CONEI: Un representante titular y un representante alterno. Art. 16.- Las listas postulantes deben presentar en un folder manila de forma GRATUITA y por Mesa de Partes de la Secretaría del Despacho Directoral del plantel en horario de oficina, adjuntando los siguientes documentos: a) Solicitud de inscripción declarando conocer y acatar el Reglamento Electoral de APAFA 2018 - 2019

en todos sus términos. b) Lista de Integrantes con indicación de sus cargos. No se aceptarán variaciones posteriores. c) Copia simple del DNI de cada postulante. d) Propuesta de Plan Operativo para los dos años de gestión en los aspectos institucional, pedagógico y

promoción educativa comunal. Se acompaña un presupuesto estimado. e) Constancia, expedido por la Dirección del plantel en que su hijo o pupilo esté cursando entre el primer

grado de primaria como mínimo al tercer grado de Educación Secundaria como máximo y con dos años de permanencia en el plantel, al momento de la postulación.

f) Certificado domiciliario o recibos de servicios públicos que demuestren vivencia efectiva para el caso de los postulantes al cargo de Presidente(a) y Tesorero(a).

g) Declaración jurada de: No registrar antecedentes penales rehabilitados y no rehabilitados No Registrar antecedentes judiciales ni policiales.

No haber integrado el cargo en consejos directivos anteriores de la GUE Leoncio Prado, y no haber sido removido del cargo en Consejos Directivos de APAFA y/o de Vigilancia en otras Instituciones Educativas No ser inquilino de la GUE Leoncio Prado No laborar en la GUE Leoncio Prado.

h) Copia simple de la tarjeta de control del padre de familia el cual debe estar al día con los sellos correspondientes de cada postulante

Art.17. Las observaciones que recaigan en la recepción de esta documentación por parte del Comité Electoral, son comunicadas a los interesados a través de sus personeros o en forma individual para el caso de postulantes al CONEI. Art. 18.- De acuerdo al cronograma se publicarán en el frontis de la Institución Educativa las LISTAS INSCRITAS, para que los asociados formulen tachas, si así lo consideran. Art. 19.- Para las tachas serán consideradas toda documentación previa verificación y fiscalización del Comité Electoral en las instancias respectivas. Para tal caso se aceptaran copias simples. Art. 20.- Transcurrido este período las listas o candidatos que no hayan sido tachados (as) o hayan subsanado satisfactoriamente las observaciones son declaradas LISTAS APTAS y/o CANDIDATO APTO para participar en el proceso electoral, asignándole el número que corresponda al orden de inscripción como distintivo en la cédula de sufragio. Art. 21.- En caso de no presentarse listas o no existir candidatos, o en su defecto una sola lista, el Comité Electoral procederá a reprogramar la inscripción por el plazo de siete días calendarios. Vencido este plazo y de haber una sola lista ésta es sometida a votación debiendo obtener más del 50% de votos válidos para ser proclamada ganadora y si no hubiera listas se informará a la Asamblea General quienes determinarán lo necesario.

Page 4: I.E.P. GRAN UNIDAD ESCOLAR LEONCIO PRADO DE HUÁNUCO …gueleonciopradoh.webcindario.com/reglamento electoral eleccion del... · Procesar el acta electoral consignando los resultados

I.E.P. GRAN UNIDAD ESCOLAR LEONCIO PRADO DE HUÁNUCO Creado por Ley del 25 de febrero de 1828 del Congreso General Constituyente del Perú, promulgada el 04

de marzo del mismo año, por el presidente D. José de La Mar, Inicia sus labores el 24 de mayo de 1829

«Rumbo al Bicentenario» / Estudio – Trabajo – Acción www.gueleonciopradoh.webcindario.com www.facebook.com/GUELEONCIOPRADOH

Jr. Dámaso Beraún s/n – Parque Cartagena – Huánuco. Teléfono 062-516621

Comité Electoral

2018-2019

SUB CAPÍTULO 2.- De la campaña Electoral Art. 22.- La campaña electoral comprende todos los actos tendientes a difundir y poner en conocimiento de los electores las propuestas de los candidatos, sujetándose a las siguientes reglas: a) No se puede llevar a cabo dentro del plantel. b) Los carteles de propaganda se pegan en un panel especialmente destinado para ello en las puertas

del local escolar, más no en las paredes, cuya confección corre por cuenta de los candidatos. c) Se conduce con altura y respeto a la institución y sus integrantes. No están permitidos las ofensas o

agravios a otros candidatos o miembros del Comité Electoral y de la Comunidad Educativa. La sanción a estas ofensas y agravios será considerada causal de tacha de la lista y por lo tanto considerado NO APTO.

d) La propaganda Electoral culminará 48 horas antes del día de la elección. e) Concluido el proceso electoral los participantes se obligan a retirar los afiches y propagandas que

hubieran colocado en los paneles con tal fin. SUB CAPÍTULO 3.- De las elecciones Art. 23.- Las elecciones se llevarán a cabo de acuerdo al Cronograma, en el horario de 08.30 a.m. a las 03.00 p.m. ininterrumpidamente en las instalaciones de la GUE Leoncio Prado. SUB CAPITULO 4: De las Mesas de Sufragio Art. 24.- Cada Mesa de sufragio está conformada por tres miembros: Presidente, Secretario y Vocal, además de tres miembros suplentes. En caso de inasistencia de los titulares se instalará la mesa con los miembros suplentes o en su defecto por los primeros votantes. Art. 25.- La elección de los miembros de mesa se efectúa por sorteo en presencia de los personeros y veedores que así lo deseen. Una vez designados los integrantes se publica la lista de mesas de sufragio y de sus miembros. En caso de inconcurrencia a cumplir su función, pagará una multa de 50 y 00/100 soles (S/. 50.00) Art. 26.- Los Miembros de Mesa son responsables ante el Comité Electoral por el desarrollo del sufragio en las mesas de votación a su cargo. Sus funciones son: a) Concurrir media hora antes del inicio de la votación para instalar la mesa levantando el acta respectiva. b) Dirigir el desarrollo del sufragio dando cuenta al Comité Electoral de cualquier incidente que pudiera

surgir y que no pueda ser resuelto por la Mesa. c) Cerrar la mesa de votación y efectuar el escrutinio una vez concluido el acto eleccionario. d) El Presidente de Mesa es el responsable de la entrega del material y actas electorales. e) El Comité Electoral facilitará refrigerio a cada miembro de mesa, con el apoyo logístico de la dirección y

la APAFA. Art. 27.- El voto es personal y corresponde al Padre o Madre o Tutor que se encuentre registrado en el padrón electoral considerado como Asociado a la APAFA. No hay voto por delegación en ningún caso. Art. 28.- Está impedido de participar en el sufragio la persona que se presente en estado ebriedad. Art. 29.- Las mesas de votación funcionaran en las aulas asignadas de la GUE Leoncio Prado (ingreso por la puerta del Parque Cartagena). En la puerta se coloca el Padrón Electoral de la mesa respectiva. Al interior se acondicionará la cámara secreta donde se pegan las listas de candidatos en el proceso electoral. Art. 30.- Los electores sufragan de la siguiente manera: a) Se identifica con su DNI y su nombre debe figurar en el Padrón Electoral. b) Presentará su Tarjeta de Control de Padre de Familia c) Recibirá la cédula de votación y un bolígrafo. d) Pasará a la cámara secreta para proceder a su voto. e) Al salir introducirá la cédula de votación en el ánfora respectiva. f) Firmará el Padrón Electoral estampando su huella digital. g) Recibirá su tarjeta de Control de Padre de Familia debidamente firmada por el Presidente de Mesa. También recibirá sus documentos con las que se ha identificado al principio. Art. 31.- El día de sufragio solo ingresan al local de votación los votantes que posean DNI y que figuren en el padrón de asociados o algún documento de identidad, además del DNI del alumno(a), con excepción de los Veedores convocados por el Comité Electoral (ONPE, Defensoría del Pueblo, Ministerio Público, etc.) Queda prohibido el ingreso de cualquier persona ajena a la APAFA sin autorización expresa del Comité Electoral.

Page 5: I.E.P. GRAN UNIDAD ESCOLAR LEONCIO PRADO DE HUÁNUCO …gueleonciopradoh.webcindario.com/reglamento electoral eleccion del... · Procesar el acta electoral consignando los resultados

I.E.P. GRAN UNIDAD ESCOLAR LEONCIO PRADO DE HUÁNUCO Creado por Ley del 25 de febrero de 1828 del Congreso General Constituyente del Perú, promulgada el 04

de marzo del mismo año, por el presidente D. José de La Mar, Inicia sus labores el 24 de mayo de 1829

«Rumbo al Bicentenario» / Estudio – Trabajo – Acción www.gueleonciopradoh.webcindario.com www.facebook.com/GUELEONCIOPRADOH

Jr. Dámaso Beraún s/n – Parque Cartagena – Huánuco. Teléfono 062-516621

Comité Electoral

2018-2019

SUB CAPÍTULO 6: Del Escrutinio. Art. 32.- En el acto de Escrutinio deben estar presentes todos los miembros de mesa y los personeros y veedores que así lo deseen, teniendo en cuenta lo siguiente: a) Que el número de votantes sea igual al número de votos en el ánfora. De ser menor el número votantes

se anulará al azar tantos votos como sea la diferencia. b) Se consideran votos válidos a aquellos que registren la intersección del aspa o de la cruz dentro del

recuadro respectivo. c) Son votos nulos o viciados los que presenten anotaciones distintas al procedimiento antes descrito o

sobre los cuales se haya escrito o colocado anotaciones o señales inapropiadas. d) Son votos en blanco los que no registren marca alguna. Art. 33.- El acta de votación y escrutinio contendrá lo siguiente: a) Hora de Instalación de mesa y hora de inicio de la votación. b) Observaciones y reclamos presentados durante la votación. c) Hora de finalización del sufragio y hora de inicio del escrutinio. d) Número de votantes y votos reportados. e) Conteo de votos asignados a cada lista o candidato así como el número de votos en blanco o viciados. f) Hora de término de la votación. Art. 34.- El Comité Electoral una vez recepcionado los resultados de la Mesa Electoral hará el conteo general en presencia de los personeros acreditados que estuvieran presentes. Luego de determinar el cómputo final, proclamará a la lista y candidatos ganadores levantándose el acta respectiva.

CAPITULO VIII

DE LA PROCLAMACIÓN JURAMENTACIÓN Y ENTREGA DE CREDENCIALES A LOS DIRECTIVOS Y REPRESENTANTES ELECTOS Art. 35.- Culminado el Proceso, el Comité Electoral en Acto Público dará lectura al acta final en la que consigna la lista y candidatos ganadores. Acto seguido se tomará el juramento respectivo entregándoseles sus respectivas credenciales.

CAPITULO IX DISPOSICIONES FINALES Art. 36.- Durante el proceso Electoral está prohibido la injerencia de personas extrañas a la Asociación de Padres de Familia que con su participación influyan en la decisión de los electores. De presentarse este caso el Comité Electoral denunciará el hecho a la instancia correspondiente. Art. 37.- Ningún asociado, personero o candidato, podrá desconocer o solicitar la anulación del proceso electoral en ninguna de sus etapas. Solo la Asamblea General podrá revisar los actos del Comité Electoral. Art. 38.- Es considerado falta grave el obstaculizar, obstruir o impedir directa o indirectamente el cumplimiento del proceso electoral. Art. 39.- El presente Reglamento entra en vigencia a partir del 05 de noviembre del 2017, el mismo que fue aprobado en asamblea general de padres de familia de la Gran Unidad Escolar Leoncio Prado de Huánuco (inicial, primaria y secundaria).

Huánuco, 05 de noviembre de 2017

El Comité Electoral

NILDA RUDITT VENTURA SANTACRUZ HAYDEE LUZ GASPAR SOLIS Presidenta de Comité Electoral Secretaria de Comité Electoral

ISIDRO BLAS ALEJO Vocal de Comité Electoral

Page 6: I.E.P. GRAN UNIDAD ESCOLAR LEONCIO PRADO DE HUÁNUCO …gueleonciopradoh.webcindario.com/reglamento electoral eleccion del... · Procesar el acta electoral consignando los resultados

I.E.P. GRAN UNIDAD ESCOLAR LEONCIO PRADO DE HUÁNUCO Creado por Ley del 25 de febrero de 1828 del Congreso General Constituyente del Perú, promulgada el 04

de marzo del mismo año, por el presidente D. José de La Mar, Inicia sus labores el 24 de mayo de 1829

«Rumbo al Bicentenario» / Estudio – Trabajo – Acción www.gueleonciopradoh.webcindario.com www.facebook.com/GUELEONCIOPRADOH

Jr. Dámaso Beraún s/n – Parque Cartagena – Huánuco. Teléfono 062-516621

Comité Electoral

2018-2019

CRONOGRAMA ELECTORAL PARA LA ELECCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO APAFA, CONSEJO DE VIGILANCIA Y REPRESENTANTES ANTE

EL CONEI DE LA GUE LEONCIO PRADO DE HUANUCO / 2018 – 2019

Art. 12.- La inscripción de listas de candidatos al Consejo Directivo, Consejo de Vigilancia y representantes al Consejo Educativo Institucional CONEI de la APAFA

de la GUE Leoncio Prado, se sujeta al siguiente cronograma:

CRONOGRAMA ELECTORAL APAFA 2018 – 2019

Nº ACTIVIDAD FECHA

1 Aprobación del Reglamento de Elecciones (en asamblea general)

05/11/2017

2 Publicación del Padrón Provisional de Padres Familia que participarán en las elecciones (Los padres podrán realizar la actualización de datos).

Del 07 al 14/11/2017

3 Inscripción de candidatos (Por mesa de partes de la Secretaría del Despacho Directoral en horas de oficina)

del 14 al 17/11/2017

4 Publicación de listas de candidatos inscritos (en el Local Central)

del 20 al 22/11/2017

5

Presentación de tachas (Por mesa de partes de la Secretaría del Despacho Directoral, en horas de oficina)

23 y 24/11/2017

6 Resolución de tachas 24/11/2017

7 Sorteo y publicación de Miembros de Mesa. 24/11/2017

8 Publicación definitiva de lista de candidatos aptos (en el Local Central)

25/11/2017

09 Reunión General de PPFF para exposición del Plan Operativo de cada lista inscrita

26/11/2017

10

Acto de Sufragio (elecciones de 8:30 am a 3:00 pm) y proclamación de la lista ganadora, entrega de credenciales y juramentación.

03/12/2017

11 Informe a la Dirección, quien remitirá al Órgano Intermedio

04/12/2017

EL COMITÉ ELECTORAL

Page 7: I.E.P. GRAN UNIDAD ESCOLAR LEONCIO PRADO DE HUÁNUCO …gueleonciopradoh.webcindario.com/reglamento electoral eleccion del... · Procesar el acta electoral consignando los resultados

I.E.P. GRAN UNIDAD ESCOLAR LEONCIO PRADO DE HUÁNUCO Creado por Ley del 25 de febrero de 1828 del Congreso General Constituyente del Perú, promulgada el 04

de marzo del mismo año, por el presidente D. José de La Mar, Inicia sus labores el 24 de mayo de 1829

«Rumbo al Bicentenario» / Estudio – Trabajo – Acción www.gueleonciopradoh.webcindario.com www.facebook.com/GUELEONCIOPRADOH

Jr. Dámaso Beraún s/n – Parque Cartagena – Huánuco. Teléfono 062-516621

Comité Electoral

2018-2019

COMITÉ ELECTORAL PARA LA ELECCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO, CONSEJO DE VIGILANCIA Y REPRESENTANTES ANTE EL CONSEJO

EDUCATIVO INSTITUCIONAL (CONEI) DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA (APAFA) DE LA GUE LEONCIO PRADO, PERÍODO 2018 – 2019.

NILDA RUDITT VENTURA SANTACRUZ HAYDEE LUZ GASPAR SOLIS ISIDRO BLAS ALEJO Presidenta de Comité Electoral Secretaria de Comité Electoral Vocal de Comité Electoral