I.- SUMILLA REQUERIMIENTO DE PRISION PREVENTIVA.docx

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SUMILLA: REQUERIMOS MANDATO DE PRISION PREVENTIVA SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TUMBES ERICK LUIS MIGUEL SÁNCHEZ BRICEÑO, Fiscal Adjunto Provincial (E) del Primer Despacho de Investigación de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tumbes, con domicilio procesal en Jirón Bolognesi N° 132 - Tercer Piso del Centro Cívico de Tumbes, a Ud. con el debido respeto digo: I. REQUERIMIENTOFISCAL: A tenor de lo establecido en el artículo 268° del Código Procesal Penal, esta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de TUMBES, solicita MANDATO DE PRISION PREVENTIVA contra PEDRO LUIS ZARATE FARFAN por la presunta comisión del Delito CONTRA EL PATRIMONIO, en la modalidad de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, en agravio de GROVER PEDRO NAMAY CASTILLO. II. HECHOS DENCUNCIADOS: Que, se desprende del acta de Intervención Policial S/N- 2013-DIRTEPOL-CPNP-SAN JOSE y de la Declaración del agraviado, que el día 06 de Noviembre de 2013, aproximadamente a las 20:00 horas, en circunstancias que el agraviado Grover Pedro Namay Castillo se dirigía a bordo de su vehículo menor (motocicleta), de Placa de Rodaje N° BO-4818, Marca Top Ryder, Modelo TRXY15012A-BK, color negro, con número de Motor 162FMJCC052330, y Serie N° LXYPCKL05C0287383, con dirección a MINISTERIO PÚBLICO DISTRITO FISCAL DE TUMBES Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa Primer Despacho de Investigación

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SUMILLA: REQUERIMOS MANDATO DE PRISION PREVENTIVA

SEOR JUEZ DEL JUZGADO DE INVESTIGACIN PREPARATORIA DE TUMBES

ERICK LUIS MIGUEL SNCHEZ BRICEO, Fiscal Adjunto Provincial (E) del Primer Despacho de Investigacin de la Primera Fiscala Provincial Penal Corporativa de Tumbes, con domicilio procesal en Jirn Bolognesi N 132 - Tercer Piso del Centro Cvico de Tumbes, a Ud. con el debido respeto digo:

I. REQUERIMIENTOFISCAL:

A tenor de lo establecido en el artculo 268 del Cdigo Procesal Penal, esta Fiscala Provincial Penal Corporativa de TUMBES, solicita MANDATO DE PRISION PREVENTIVA contra PEDRO LUIS ZARATE FARFAN por la presunta comisin del Delito CONTRA EL PATRIMONIO, en la modalidad de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, en agravio de GROVER PEDRO NAMAY CASTILLO.

II. HECHOS DENCUNCIADOS:Que, se desprende del acta de Intervencin Policial S/N-2013-DIRTEPOL-CPNP-SAN JOSE y de la Declaracin del agraviado, que el da 06 de Noviembre de 2013, aproximadamente a las 20:00 horas, en circunstancias que el agraviado Grover Pedro Namay Castillo se diriga a bordo de su vehculo menor (motocicleta), de Placa de Rodaje N BO-4818, Marca Top Ryder, Modelo TRXY15012A-BK, color negro, con nmero de Motor 162FMJCC052330, y Serie N LXYPCKL05C0287383, con direccin a su domicilio por la Avenida La Marina, logra visualizar por los espejos de su motocicleta, que una Motokar de color rojo lo estaba siguiendo, decidiendo ingresar a la Calle Tarapac donde se encuentra ubicada su vivienda, momentos en que es interceptado por la Motokar color rojo que lo segua, percatndose de que se trataba de cuatro personas, el chofer y tres sujetos ms que se encontraban en el asiento posterior del referido vehculo, quienes descendieron del vehculo, entre los que se encontraban Pedro Luis Zarate Farfn y Edgar Daniel Alvarez Seminario (los que posteriormente cuando fueron intervenidos proporcionaron sus nombres), as como un tercer sujeto quien portaba un arma de fuego con la que lo amenazaron, y gritndole palabras soeces lo hicieron descender de su motocicleta, apuntndole con el arma de fuego, empujndolo y hacindole caer al pavimento, lo que fue observado por algunos de los vecinos quienes salieron a ayudarlo, logrando asustar a los sujetos, quienes se dieron a la fuga, siendo que el chofer de la motokar y el sujeto que tena el arma de fuego se dieron a la fuga en dicho vehculo por la Calle Tacna, dejando a los otros dos sujetos intervenidos abandonados, quienes corrieron por la Calle Arica, refugindose entre los mnibus de la Empresa El Sol, quienes fueron capturados por los vecinos, momentos en que se hizo presente la Polica, que se encontraba patrullando por la jurisdiccin de la Comisara de San Jos, quienes a la altura de la Avenida Tarapac, frente al Hospedaje El Sueo del Barrio San Jos, pudieron divisar un tumulto de personas que pedan el apoyo policial, por haberse perpetrado el robo de una motocicleta, conduciendo al agraviado y a los intervenidos a la Comisara respectiva.

III. FUNDAMENTOS DEL REQUERIMIENTO DE PRISION PREVENTIVA: ARTICULO 268Se dan en el presente caso los elementos concurrentes para que se dicte mandato de preventiva, conforme a lo establecido en el artculo 268 del Cdigo Procesal Penal, ya que de acuerdo a los primeros recaudos es posible determinar lo siguiente:a.- QUE EXISTEN FUNDADOS Y GRAVES ELEMENTOS DE CONVICCION DE LA COMISION DEL DELITO DE ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA Y LA VINCULACION DEL IMPUTADO

Parra acreditar la existencia de este punto ofrecemos como actos de investigacin los siguientes:1. Acta de Intervencin de fs. 06, en la cual se detalla la forma y circunstancias en que se desarrollo la intervencin policial del investigado Pedro Luis Zrate Farfan junto con el menor intervenido Edgar Daniel Alvarez Seminario.2. Acta de situacin de vehculo menor a fs. 15.3. Referencial del menor intervenido Edgar Daniel Alvarez Seminario a fs. 16-18, en la que si bien niega su participacin en los hechos materia de intervencin, este argumento debe ser tomado como un mero argumento de defensa, puesto que el agraviado junto con un aproximado de cuarenta vecinos lo persiguieron luego de cometer el ilcito penal, logrando aprehenderlo a inmediaciones de la primera cuadra de la Calle Arica.4. Declaracin policial del agraviado Grover Pedro Namay Castillo a fs. 19-21, en la que seala que el dia 06 de Noviembre del 2013 siendo aproximadamente las 20:00 horas, mientras se diriga a su domicilio en su vehculo menor de placa de rodaje N BO-4818, logra visualizar por los espejos que una motokar de color rojo lo vena siguiendo, logrando interceptarlo cerca a su domicilio, donde logra percatarse que eran cuatro personas en la motokar, el chofer y tres personas que iban en la parte posterior, siendo que estas tres se bajan del vehculo y una de ellas le apunta con un arma de fuego con el cual le amenazaron dicindole: Bjate de la moto y siendo que dentro de estas tres personas se encontraba el investigado Pedro Luis Zarate Farfn junto con el menor intervenido Edgar Daniel Alvarez Seminario, y con la ayuda de sus vecinos logran oponer resistencia, dndose a la fuga el chofer y el sujeto que le apunt con el arma; y posteriormente el investigado Pedro Luis Zrate Farfn y el menor intervenido logran correr y refugiarse hasta la altura de la Agencia de Transportes EL SOL donde son aprehendidos por los vecinos y trasladarlos hasta la comisara San Jos.5. Declaracin del efectivo policial Cristopher Sarango Sampertegui a fs. 23-24, en la que seala que el da de los hechos cuando se encontraba realizando el patrullaje a inmediaciones de la Agencia el Dorado, unos seores le dieron aviso que haban aprehendido a dos sujetos que haban intentado robar una motocicleta y al llegar al lugar observ a varias personas quienes de forma airada le pegaban a los dos sujetos, encontrndose en el lugar el agraviado quien le refiri que los dos intervenidos fueron los que junto con otros dos sujetos desconocidos le robaron la moto pero con la ayuda de los vecinos lograron oponer resistencia y aprehender a los intervenidos.

6. Declaracin del investigado Pedro Luis Zrate Farfan a fs. 26-28, en la que si bien niega su participacin en los hechos materia de intervencin, este argumento debe ser tomado como un mero argumento de defensa, puesto que el agraviado junto con un aproximado de cuarenta vecinos lo persiguieron luego de cometer el ilcito penal, logrando aprehenderlo a inmediaciones de la primera cuadra de la Calle Arica.

7. Boleta de Identificacin Vehicular N1016 a fs. 34.

8. Copia de la Tarjeta de Propiedad del vehculo a fs. 36, con la que se acredita la preexistencia de la motocicleta de Placa de Rodaje BO-4818, materia de Robo Agravado en grado de Tentativa.

b.- QUE LA SANCIN A IMPONERSE SEA SUPERIOR A LOS CUATRO AOS DE PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD.Los hechos acaecidos el da 06 de Noviembre de 2013 y detallados en el tem hechos investigados, constituyen para el imputado PEDRO LUIS ZRATE FARFAN el delito contra EL PATRIMONIO en su modalidad de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto en el Artculo 188 (Tipo Base) y sus agravantes en el articulo 189 Inciso dos, tres y cuarto (Durante la Noche, a mano armada y con el concurso de dos o mas personas), en concordancia con el artculo 16 del Cdigo Penal que establece la Tentativa; el mismo que prev una pena privativa de libertad NO MENOR DE DOCE NI MAYOR DE VEINTE AOS; y si bien ha sido cometido en grado de Tentativa, debe tenerse en cuenta que sta se ha suscitado por intervencin del agraviado junto con los vecinos de la zona, por lo que existe en el presente caso una prognosis de superacin del quantum mnimo de pena de cuatro aos.

C.- QUE EL IMPUTADO EN RAZN A LAS CIRCUNSTANCIAS DEL CASO PERMITE COLEGIR RAZONABLEMENTE QUE TRATARA DE ELUDIR LA JUSTICIA (PELIGRO DE FUGA) U OBSTACULIZAR LA AVERIGUACIN DE LA VERDAD (PELIGRO DE OBSTACULIZACIN).

C.1.- Peligro de Fuga (Art. 269 inciso 1 v 2)Que, conforme se ha advertido lneas arriba la pena a imponrsele al imputado oscila entre DOCE Y VEINTE AOS DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD, motivo por el cual este Despacho Fiscal considera presumible por la gravedad de la pena que existe latente el peligro de fuga del imputado.Que por otro lado en cuanto al arraigo, el imputado no ha acreditado tener propiedades, ni trabajo establece y al momento de su intervencin fue encontrado sin documentos personales con los que acredite de manera fehaciente su arraigo.

C.2.- Peligro de obstaculizacin) (Art. 270)Debemos de considerar que el imputado por la gravedad de los hechos y la probable pena a imponerse que se espera como resultado, constituye una circunstancia para no acudir al proceso.En ese sentido, este Despacho Fiscal considera que existen fundados elementos de que el imputado estando libre destruir, modificaran, u ocultarn elementos de pruebas con el fin de obstaculizar la actividad probatoria del Ministerio Pblico.V.FUNDAMENTOS JURDICOS:Seor Juez, amparamos nuestra pretensin en los artculos 268, 269 y 270 del Cdigo Procesal Penal.VI.PRUEBAS:1. Acta de Intervencin de fs. 06.2. Acta de situacin de vehculo menor a fs. 15.3. Referencial del menor intervenido Edgar Daniel Alvarez Seminario a fs. 16-18.4. Declaracin policial del agraviado Grover Pedro Namay Castillo a fs. 19-21.5. Declaracin del efectivo policial Cristopher Sarango Sampertegui a fs. 23-24.6. Declaracin del investigado Pedro Luis Zrate Farfan a fs. 26-28.7. Boleta de identificacin Vehicular N 1016, a fs. 34.8. Copia de la Tarjeta de Propiedad del vehculo a fs. 36.

POR TANTO:A usted seor Juez, solicito se sirva dar el trmite que corresponde al presente requerimiento, dictndose mandato de PRISIN PREVENTIVA contra el imputado PEDRO LUIS ZARATE FARFAN conforme a Ley.PRIMER OTROSI DIGO: Pongo a disposicin de su Despacho a los detenido Pedro Luis Zrate Farfan, quien se encuentra en calidad de CUSTODIA en la Carceleta Judicial de apoyo a la Justicia, para los fines correspondientes.

SEGUNDO OTROSI DIGO: Se hace de conocimiento que el domicilio real del imputado est situado en Asentamiento Humano 24 de Junio Mz. B, Lt. 12 - Tumbes (ref.: atras del Tecnolgico), y viene siendo su abogado defensor pblica la Dra. Gisella del Roco Montenegro Pacherrez, con Reg. ICAP n. 1396 - Piura con domicilio procesal en Calle Efran Arcaya Mz. 10, Lt. 23 de la Urbanizacin Andrs Araujo Morn - Tumbes.TERCER OTROSI DIGO: Se hace de su conocimiento que el domicilio real del agraviado est situado en Av. Tarapac N 127 - Barrio San Jos - Tumbes.

MINISTERIO PBLICO DISTRITO FISCAL DE TUMBES Primera Fiscala Provincial Penal CorporativaPrimer Despacho de Investigacin

MINISTERIO PBLICO DISTRITO FISCAL DE TUMBES Primera Fiscala Provincial Penal CorporativaPrimer Despacho de Investigacin

Tumbes, 07 de Noviembre de 2013