I. INTRODUCCIÓN - Principal | UNIVERSIDAD … · comprende la perforación, voladura, carguío y...
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I. INTRODUCCIÓN
Según la DREMH - JUNIN (2011) menciona que la minería ilegal e
informal es un fenómeno presente en casi todos los departamentos del Perú –
aunque con diferente intensidad en cada caso, generando graves impactos
ambientales, sociales y económicos. Esta situación se debe, en parte, a que la
regulación de la minería artesanal y pequeña minería se ha visto debilitada por
la ausencia de procesos claros, efectivos de formalización. Por otro lado a la
escasez de recursos y capacidades para hacer frente y poner freno a la
expansión de la actividad que se realiza fuera de la ley, sin contar con medidas
de protección ambiental o que permitan garantizar el respeto de los derechos
de terceros
Según MINAM (2007) menciona que en el marco del proceso de
descentralización en curso y desde el año 2004, el ministerio de energía y
minas viene transfiriendo facultades a los gobiernos regionales. Estas
facultades están referidas al ejercicio de funciones en el área de minería,
energía e hidrocarburos, tal como contempla la ley orgánica de gobiernos
regionales
Esta práctica se realizó en la unidad técnica de asuntos
ambientales y Unidad Técnica Minera de la dirección regional de energía
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minas e hidrocarburos de Huánuco. Estas unidades técnicas son encargadas
de la revisión en gabinete y constatación en campo de los instrumentos de
gestión ambiental de proyectos mineros metálicos y no metálicos entre otras
funciones dentro del departamento de Huánuco. Este informe contribuye a la
comprensión del cómo se revisa los instrumentos de gestión ambiental que
presentan los titulares mineros y los marcos legales que rigen este
procedimiento y como el Gobierno Regional al fijar las políticas de protección
del ambiente privilegia y promueve la adopción de prácticas de prevención de
la contaminación.
1.1. Objetivo general
Revisar los instrumentos de gestión ambiental de los proyectos de
explotación minera TERRAZAS III y CANTERA VITORS e inspección de la
concesión minera LUYANDO 10 en Huánuco.
1.1.1. Objetivos específicos
- Determinar el cumplimiento de los requisitos para el proceso de
formalización de los proyectos mineros TERRAZAS III, CANTERA
VITORS y LUYANDO 10
- Revisar los instrumentos de gestión ambiental de los proyectos de
explotación minera TERRAZAS III y CANTERA VITORS
- Inspeccionar la concesión minera no metálica del proyecto de
exploración LUYANDO 10
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II. REVISIÓN DE LITERATURA
2.1. Aspectos generales de la dirección regional de Energía, Minas e
Hidrocarburos de Huánuco
2.1.1. Misión
Desarrollar nuestras actividades mineras guiados por los más altos
principios y valores, protegiendo la salud de nuestros trabajadores, la integridad
y el medio ambiente, Ser un sector energético y minero competitivo a nivel
Regional, Nacional e Internacional que contribuye al desarrollo sostenible de la
Región y por ende del país, basado, fundamentalmente, en la iniciativa privada
para una Región promotora, moderna, eficiente y descentralizada (DREMH-
Huánuco, 2014)
2.1.2. Visión
Promover el desarrollo sostenible de las actividades energéticas y
mineras, impulsando la inversión privada en un marco global competitivo,
preservando el medio ambiente y facilitando las relaciones armoniosas del
sector (DREMH-Huánuco, 2014)
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2.2. Formalización
Según MINAM (2007) menciona que la formalización es el proceso
que permite desarrollar cualquier actividad económica dentro del marco legal
que la regula .en el caso de pequeña minería y minería artesanal, se busca que
los titulares de esta actividad
- Cuenten con un derecho minero que respalde sus actividades.
- Puedan gozar de los beneficios que otorga la ley de formalización y
promoción de la pequeña minería y minería artesanal.
- Desarrollen actividades mineras seguras y en condiciones necesarias
para el crecimiento y desarrollo de las mismas.
- Sean conscientes de la necesidad de mitigar los impactos negativos que
genera el desarrollo de sus operaciones.
- Protejan el medio ambiente, buscando el desarrollo de una minería
sostenible.
2.2.1. Ventajas de formalización
Según el MINAM (2007) las ventajas son:
- Le permite permanecer en el área, sin tener que abandonarla antes de
tiempo.
- Genera derechos incuestionables, que eliminan los conflictos que
pudieran surgir con la comunidad y terceros.
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- Incentiva la inversión .la garantía de que no será desalojado, permite
invertir en su actividad sin tener ningún riesgo de pérdida.
- Le permite adquirir los insumos que utiliza en sus labores mineras a
precio de mercado, sin tener que pagar sobreprecios.
- Son aplicables los beneficios mínimos que otorga la ley, tanto en el
aspecto laboral, como de salud y seguridad.
- Logra acceso a crédito y financiamientos, pues puede utilizar el derecho
minero como garantía de pago.
- programas de capacitación en el área legal, técnica y de gestión
ambiental.
2.2.2. Desventajas de la informalidad
Según el MINAM (2007), las desventajas son:
- Genera inestabilidad laboral, al no contar con un área permanente de
trabajo.
- Lo expone a constantes conflictos, dentro de la comunidad y frente a
terceros.
- Le impide realizar inversiones que permitan mejorar sus operaciones, ya
que tiene el constante peligro de ser desalojado
- Obliga a pagar sobreprecios en los llamados mercados negros al
momento de comprar los insumos que utiliza en sus labores mineras.
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- No le permite acceder a los beneficios mínimos que otorga la ley, tanto
en el aspecto laboral, como de salud y seguridad.
- Le dificulta ser sujeto de crédito o tener acceso a fuentes de
financiamiento que permitan el desarrollo de sus actividades.
- No accede a las medidas adicionales de apoyo al sector, tales como
capacitaciones legales, tecnológicas, operativas, administrativas y de
gestión ambiental.
2.3. Diferencias entre minería informal e ilegal
2.3.1. Minería ilegal
Según Decreto legislativo N° 1105 -2012-MINEM, menciona que la
minería ilegal es la Actividad minera ejercida por persona natural o jurídica, o
grupo de personas organizadas, usando equipo y maquinaria que no
corresponde a las características de la actividad minera que desarrolla
(pequeño productor minero o productor minero artesanal) o sin cumplir con las
exigencias de las normas de carácter administrativo, técnico, social y
medioambiental que rigen dichas actividades, o que se realiza en zonas en las
que esté prohibido su ejercicio.
2.3.2. Minería informal
Según Decreto legislativo N° 1105 -2012-MINEM, menciona que la
Actividad minera ejercida por persona natural o jurídica, o grupo de personas
organizadas, usando equipo y maquinaria que no corresponde a las
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características de la actividad minera que desarrolla (pequeño productor minero
o productor minero artesanal) o sin cumplir con las exigencias delas normas de
carácter administrativo ,técnico ,social y medioambiental ,en zonas no
prohibidas para la actividad minera y por persona natural o jurídica ,o grupo de
personas organizadas para ejercer dicha actividad que hayan iniciado un
proceso de formalización conforme se establece en el presente dispositivo.
2.4. Puntos críticos que influyen en la formalización de la minería
artesanal
Según Comisión técnica multisectorial (2011), la problemática de la
minería artesanal informal confluye con los temas de la informalidad y de la
ilegalidad. Por un lado, los mineros artesanales se encuentran en una situación
de informalidad debido a que realizan una actividad sin ajustarse a la
legislación vigente que la regula. Asimismo, la gran mayoría de ellos también
se encuentran en una situación de ilegalidad porque realizan esta actividad
violando los derechos de propiedad de terceros.
Según Comisión técnica multisectorial (2011), nos menciona que
es necesario señalar que la informalidad viene acompañada de un serio
deterioro ambiental. A pesar de que la formalización de la minería artesanal
informal es un tema que ha estado en la agenda del Sector Energía y Minas
desde la década de los noventa, los esfuerzos hechos no han sido consistentes
ni han tenido un enfoque integral
Según Comisión técnica multisectorial (2011), el tema de la minería
artesanal informal siempre se ha visto desde la perspectiva de cómo erradicar
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o regular a los mineros artesanales informales. En este sentido, el problema se
centra en la regulación de agentes sumamente atomizados y dispersos a los
cuales es imposible llegar y mucho menos controlar y fiscalizar. El traslado de
la competencia de su fiscalización hacia los gobiernos regionales (GORE) ha
sido un factor de freno en el proceso de formalización que no ha logrado
facilitar la presencia del Estado porque, por un lado, los mineros se encuentran
en zonas sumamente remotas y, por otro lado, porque los GORE no han
asignado los recursos necesarios a las DREM para que asuman
adecuadamente su competencia de fiscalización de esta actividad.
2.5. Concesión minera
Según Decreto Supremo Nº 013-2002-MINEM, menciona que se
clasifican en metálicas y no metálicas, según la clase de sustancia. La
concesión minera es considerada como un bien inmueble distinto y separado
del predio donde se encuentra ubicada.
Los recursos naturales, renovables o no renovables, son patrimonio
de la Nación. El Estado es soberano en su aprovechamiento y lo ejerce vía
concesión.
2.6. Etapas de la actividades minera
Según MINAM (2007), las actividades de exploración, explotación,
beneficio, labor general y transporte minero, necesitan de una autorización
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previa para ser desarrolladas. En el caso de pequeña minería y minería
artesanal las principales actividades que se desarrollan son las exploración,
explotación y beneficio.
2.6.1. Cateo y prospección
Según MINAM (2007), las actividades de cateo y prospección en
áreas libres no requieren de permiso o autorización previa. No se puede
realizar cateo y prospección en zonas urbanas, zonas reservadas, áreas
naturales protegidas, áreas donde existen concesiones mineras salvo permiso
previo En esta etapa se buscan zonas en las que se presume existe un
yacimiento minero, vale decir, zonas geológicas susceptibles de ser explotadas
(vetas, diseminados, lavaderos) durante el cateo se recogen rocas del suelo o
se cavan zanjas para obtener muestras y analizarlas físicamente (ver color,
dureza, etc.); mientras que en la prospección se aplican análisis químicos y
estudios geofísicos.
2.6.2. Exploración
Según MINAM (2007), esta actividad se realiza con el fin de
demostrar las dimensiones, posición, características mineras, reservas y
valores de los yacimientos minerales.
2.6.3. Explotación
Según MINAM (2007), menciona que es la Etapa en la que se
extraen los minerales contenidos en un yacimiento .en el caso de la minería
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subterránea, es común la perforación, voladura, acarreo y transporte fuera de
la mina (rieles o rueda).cuando se trata de minas superficiales, el proceso
comprende la perforación, voladura, carguío y transporte.
2.6.4. Beneficio
Según MINAM (2007), esta etapa consiste en extraer o concentrar
la parte valiosa de un agregado de minerales desarraigado y/o fundir, purificar
o refinar metales, ya sea mediante un conjunto de procesos físicos, químicos
y/o fisicoquímicos. En otras palabras el mineral que sale de la mina se somete
a un proceso metalúrgico llamado concentración para mejorar su ley.
2.7. Clasificación de la minera en el Perú
Según el Decreto legislativo N°1040 -2008-MINEM, establece
parámetros para distinguir a la pequeña minería y minería artesanal.
Cuadro 1 .Clasificación de la minería en el Perú
Estrato Tamaño de concesiones Capacidad productiva
Gran minería Más de 2000 Ha Más de 5000 TM/día
Mediana minería Más de 2000 Ha Hasta 5000 TM/día
Pequeña minería(1) Hasta de 2000 Ha Hasta 350 TM/día
Minería artesanal(2) Hasta de 1000 Ha Hasta 25 TM/día
Decreto legislativo N°1040 -2008-MINEM
Caso: Materiales de construcción arenas gravas auríferas de placer, metales
pesados Detríticos.
(1)Hasta 3000 m3 / día. (2)Hasta 200 m3 / día.
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2.8. Declaración de compromisos
Según Decreto legislativo N° 1105 -2012-MINEM, menciona que es
un documento que deberá presentar la persona, natural o jurídica, ante el
Gobierno Regional correspondiente, en un plazo de sesenta 60 días calendario
contados a partir de la entrada en vigencia de la presente norma
2.9. Instrumento de gestión ambiental correctivo (IGAC)
Según Decreto legislativo N° 1105 -2012-MINEM, menciona que el
instrumento de gestión ambiental permite la formalización de la actividad
minera de la pequeña minería y de la minería artesanal en curso. El IGAC tiene
como objetivo adecuar las actividades de la pequeña minería y de la minería
artesanal en curso a las obligaciones legales ambientales vigentes. Mediante el
IGAC, el sujeto de formalización adopta las medidas ambientales para prevenir,
controlar, mitigar y remediar los impactos ambientales de su actividad, según
correspondan
Según Decreto legislativo N° 1105 -2012-MINEM, menciona que el
IGAC contiene las metas graduales, cronograma de inversiones, y resultados
ambientales los que son objeto de fiscalización y sanción. El incumplimiento del
IGAC podrá conducir a la cancelación de su inscripción en el correspondiente
registro de Declaraciones de Compromisos previsto en el. Esta situación
determina que el sujeto adquiere la condición de ilegal y, a su vez, es pasible
de la aplicación de las medidas de interdicción
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2.10. Estudio de impacto ambiental
Según CONESA (1997), menciona que es el documento técnico
que debe presentar el titular del proyecto, y sobre la base del que se produce la
Declaración o Estimación de Impacto Ambiental. Este estudio deberá
identificar, describir y valorar de manera apropiada, y en función de las
particularidades de cada caso concreto, los efectos notables previsibles que la
realización del proyecto produciría sobre los distintos aspectos ambientales. Se
trata de presentar la realidad objetiva, para conocer en qué medida repercutirá
sobre el entorno la puesta en marcha de un proyecto, obra o actividad y con
ello, la magnitud del sacrificio que aquél deberá soportar.
2.10.1. Pronostico y análisis de impactos ambientales
Según CONESA (1997), menciona que el análisis se hace sobre la
base de evaluar el carácter significativo de los impactos, poniendo especial
atención en aquellos que presentan un nivel crítico o irreversible. Una vez
conocidos y evaluados los impactos se toma decisiones en relación con sus
ventajas y desventajas desde el punto de vista ambiental. Lo que se busca con
el estudio es una comparación de los condiciones iniciales del medio ambiente,
con aquellas que pueden causar los diferentes elementos de la acción
propuestas.
2.10.2. Plan de manejo ambiental
Según Decreto supremo N° 019-2009-MINAM, menciona que es el
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instrumento de gestión ambiental cuya función es restablecer las medidas de
prevención, control, minimización, corrección y recuperación de los potenciales
impactos ambientales que los proyectos pudieran originar en el desarrollo del
mismo.
- Describir las medidas de mitigación ambiental que serán implementadas
para mitigar los impactos ambientales negativos.
- Describir los programas de manejo ambiental que serán implementados
para controlar los impactos ambientales negativos.
- Describir los programas de monitoreo ambiental que serán
implementados para medir la eficiencia de los programas de mitigación y
manejo.
- Planes de respuesta ante emergencias y de limpieza de derrames y
planes de remediación alternativos para cuando el monitoreo indique
que los planes de mitigación no están obteniendo los objetivos
deseados.
- Describir los planes de contingencia para emergencias y rehabilitación
identificados, según sea requerido.
- Describir los planes de contingencia frente a desastres naturales.
2.10.3. Plan de cierre
Según DÍEZ (2005), menciona que es el conjunto de actividades
que deben realizar los titulares de actividades mineras para rehabilitar las áreas
en que realizaron dichas actividades. Consisten en una serie de compromisos
económicos y técnicos, tanto durante la ejecución del proyecto minero como
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después de su finalización, para lo cual se establece la obligación de presentar
garantías económicas
2.10.4. Plan de monitoreo
Según DELLAVEDOVA (2010), menciona que es el plan que
verifica la efectividad de aplicación de las medidas propuestas, detecta
desviaciones, identifica las causas y propone medidas correctivas. Este plan
debe tener una frecuencia de ejecución programada y consensuada con los
responsables intervinientes. Los parámetros a medir son efluentes, residuos,
contaminación, etc.
- Grado de eficacia de las medidas precautorias, protectoras,
correctoras y compensatorias.
- Medida de los impactos residuales cuya total corrección no sea
posible ni esperada.
- Medida de otros impactos no previstos y de posterior aparición a la
ejecución.
2.10.5. Propuesta de clasificación
Según Decreto supremo N° 019-2009-MINAM, menciona que la
propuesta general de la clasificación ambiental es cumplir con los principios y
lineamientos establecidos, a fin de que los proyectos puedan ser clasificados
en la Categoría I o II y que presenten los respectivos estudios (DIA o EIAsd),
considerando la magnitud de los impactos generados por las actividades del
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proyecto y la extensión de estos impactos en el área de influencia.
2.10.6. Evaluación preliminar (EP)
Según Decreto supremo N° 019-2009-MINAM, menciona que es el
proceso inicial de Evaluación de Impacto Ambiental donde el titular presenta a
la autoridad competente, las características de la acción que se proyecta
ejecutar; los antecedentes de los aspectos ambientales que conforman el área
de influencia de la misma; los posibles impactos ambientales que pudieran
producirse; y, en el caso de la Categoría I, las medidas de prevención,
mitigación o corrección previstas. Para el caso de las Categorías I y II, la
Evaluación Preliminar sustenta la propuesta de clasificación de conformidad
con las categorías establecidas y de términos de referencia para el estudio de
impacto ambiental correspondiente.
2.10.7. Clasificación ambiental
Según Decreto supremo N° 019-2009-MINAM, menciona que la
clasificación de los proyectos se basa en los resultados de su Evaluación
Preliminar (EP). Los proyectos pueden ser clasificados en tres categorías
diferentes de acuerdo a la significancia de sus impactos:
- Categoría I - Declaración de Impacto Ambiental.
- Categoría II - Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado.
- Categoría III- Estudio de impacto ambiental detallado.
La Clasificación ambiental es otorgada por la autoridad competente
una vez que la evaluación preliminar ha sido revisada de acuerdo al
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mecanismo establecido por el reglamento del sistema de evaluación de
impacto ambiental.
2.10.8. Declaración de impacto ambiental (DIA)
Según Decreto supremo N° 019-2009-MINAM, es el estudio cuyo
propósito es evaluar los impactos ambientales y sociales causados por
proyectos clasificados como Categoría I, es decir proyectos que no involucran
potenciales impactos ambientales y sociales significativos.
2.10.9. Certificación ambiental
Según Decreto supremo N° 019-2009-MINAM, menciona que es la
resolución emitida por la autoridad competente a través de la cual se aprueba
el instrumento de gestión ambiental (DIA, EIA-sd o EIA-d), certificando que el
proyecto propuesto ha cumplido con los requisitos de forma y fondo
establecidos en el marco del SEIA. Asimismo, la certificación ambiental
establece las obligaciones que debe cumplir el titular para prevenir, mitigar,
corregir, compensar y manejar los impactos ambientales negativos generados.
2.11. Entidad fiscalización ambiental
Según Decreto Legislativo Nº 1101-2012-MINEM, menciona que
son entidades de fiscalización ambiental comprendidas en el ámbito de la
presente norma, los gobiernos regionales que han recibido la transferencia de
tales funciones en el marco del proceso de descentralización, en lo relacionado
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a la fiscalización de las actividades de pequeña minería y minería artesanal
Entidad facultada para desarrollar funciones de evaluación, supervisión,
fiscalización y sanción en materia ambiental a nivel nacional, regional o local,
con independencia funcional del OEFA.
2.12. Estructura legal
2.12.1. Generalidades
La actividad minera se desarrolla dentro del marco legal vigente de
la Constitución Política del Perú, Ley General del Ambiente, Texto Único
Ordenado de la Ley General de Minería y sus reglamentos, que garantizan las
responsabilidades de cada una de las partes a lo largo de sus gestiones.
2.12.2. Base legal
2.12.2.1. Norma jerárquica nacional
- Constitución política del Perú (1993)
Articulo N° 2. Toda persona tiene derecho a la paz, la tranquilidad,
al disfrute del tiempo libre y al descanso así como gozar en un ambiente
equilibrado y adecuado para el desarrollo de su vida.
Articulo N°66. Establece que los recursos naturales, renovables y
no renovables, son patrimonio de la Nación, siendo el Estado el que debe
promover el uso sostenible de estos; así como, la conservación de la diversidad
biológica de las áreas naturales protegidas.
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2.12.2.2. Normas relacionadas con la preservación del medio
ambiente y el desarrollo sostenible
- Ley 28611: Ley general del ambiente, aprobado por el congreso de
la república el 13 octubre 2005
Establece los principios y normas básicas para asegurar el efectivo
ejercicio del derecho a un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el
pleno desarrollo de la vida, así como el deber de contribuir a una efectiva
gestión ambiental y de proteger el ambiente y a sus componentes, con el
objetivo de mejorar la calidad de vida de la población y lograr el desarrollo
sostenible del país también menciona que toda actividad humana que implique
construcciones, obras, servicios y otras actividades, así como las políticas,
planes y programas públicos susceptibles de causar impactos ambientales de
carácter significativo; están sujetos a Ley del Sistema Nacional de Evaluación
de Impacto Ambiental –SNEIA y los proyectos o actividades que no están
comprendidos en la mencionada ley, deben desarrollarse de conformidad con
las normas de protección ambiental específicas de la materia.
- Decreto supremo Nº 019-2009 reglamento de la ley del sistema
nacional de evaluación del impacto ambiental.
Con objetivo de identificar, prevenir, supervisar, controlar y corregir
anticipadamente los impactos ambientales negativos de los proyectos de
inversión, así como de las políticas, planes y programas públicos. Se ha
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establecido a través del reglamento, diversas modalidades de gestión de la
evaluación de impacto ambiental, para que sean aplicables a los diversos
proyectos de inversión que están comprendidos en el SEIA, desde grandes
proyectos de minería o hidrocarburos, hasta proyectos más pequeños o
dispersos como los de industria, pesquería, de servicios, entre otros, que
puedan presentar impactos ambientales negativos.
Establece diversas categorías en función del riesgo ambiental.
Dicha categorías son las siguientes: categoría I - Declaración de Impacto
Ambiental; categoría II - Estudio de impacto Ambiental Semidetallado,
categoría III - Estudio de Impacto Ambiental Detallado. Asimismo establece que
el contenido del Estudio de Impacto Ambiental debe incluir el Plan de
Abandono o Cierre.
Artículo 6º.- Procedimiento para la certificación ambiental: El
procedimiento para la certificación ambiental constará de las etapas siguientes:
- Presentación de la solicitud
- Clasificación de la acción
- Revisión del estudio de impacto ambiental
- Resolución
- Seguimiento y control.
Artículo 11.- El proponente deberá presentar el estudio de impacto
ambiental a la autoridad competente para su revisión. Asimismo la autoridad
competente, en los casos establecidos mediante decreto supremo, solicitará la
opinión de otros organismos públicos e instituciones.
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Articulo 12.- Culminada la revisión del estudio de impacto
ambiental, la autoridad competente emitirá la resolución que aprueba o
desaprueba dicho estudio indicando las consideraciones técnicas y legales que
apoyan la decisión, así como las condiciones adicionales surgidas de la
revisión del estudio de impacto ambiental si las hubiera.
La resolución que aprueba el estudio de impacto ambiental
constituirá la certificación ambiental, quedando así autorizada la ejecución de la
acción o proyecto propuesto.
Artículo 22.- No podrán otorgarse licencias, derechos,
autorizaciones, ni cualquier otro título habilitante para el inicio de la ejecución
de proyectos de inversión sujetos al SEIA, sin contar con la Certificación
Ambiental expedida por la Autoridad Competente.
Cuadro 2. Términos de referencia para elaboración de la declaración de impacto ambiental.
I. Resumen ejecutivo
Deberá contener los antecedentes y aspectos técnicos sobresalientes del
proyecto; características más relevantes de las condiciones de línea base del
medio físico, biológico y social; breve descripción de los impactos positivos y
negativos que serán originados por el proyecto. Asimismo, se presentará una
breve descripción del Plan de Manejo Ambiental y Social
1.1.Requisitos de Información para el Resumen Ejecutivo son:
-Descripción del proyecto
-Descripción del área
-Descripción de los resultados de las consultas efectuadas hasta la fecha.
-Descripción de los principales impactos ambientales identificados
-Descripción de los planes o las estrategias de manejo ambiental y social que
serán aplicados en el proyecto
II. Descripción del proyecto de inversión (que incluirá todos los componentes del
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proyecto incluyendo aquellos con potencial para generar impactos ambientales o
sociales) indicando: características principales; actividades en las etapas de
planificación, construcción, operación y abandono; aspectos involucrados en cuanto
a infraestructura y proceso productivo; y tamaño.
2.1. Requerimientos de información para la descripción del proyecto son:
2.1.1. Recursos minerales y geología
-Geología regional y del área del proyecto
-Estimación de recursos y reservas minerales
2.1.2. Mina
-Tipo (tajo abierto, subterráneo, dragado, etc.)
-Ubicación
-Rutas de acarreo relacionadas
-Estimados de producción
-Generación de subproductos
-Vida esperada de la mina
2.1.3. Instalaciones de procesamiento
-Tipo (flotación, gravimetría, lixiviación en pilas, etc.)
-Ubicación
-Estimados de producción, capacidad de producción de las instalaciones y
capacidad para expansión
-Uso de reactivos y generación de subproductos
2.1.4. Instalaciones de manejo de residuos
Tipo de depósitos, capacidad, capacidad para expansión, ubicaciones de
alternativas y estabilidad física para:
- Depósitos de relaves
-Botaderos de rocas de desmonte
-Pilas de almacenamiento de suelo orgánico
-Rellenos sanitarios
-Infraestructura para el manejo de residuos peligrosos
2.1.5. Instalaciones de manejo de agua
Infraestructura y requerimientos estimados para:
- Suministro de agua
- Tratamiento de agua y manejo de aguas de lluvia
- Manejo de aguas limpias
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- Identificación de las fuentes de agua y volumen requerido
- Balance de aguas y efluentes de la operación
2.1.6. Otras infraestructuras relacionadas con el proyecto
- Instalaciones Auxiliares (mantenimiento, almacenamiento de productos
químicos, edificios administrativos, etc.)
- Consumo y almacenamiento de combustibles (tipo, infraestructura de
almacenamiento, medios de transporte, consumo, manejo de residuos de
hidrocarburos)
- Suministro de energía (tipo y requerimientos estimados)
- Acceso (accesos existentes y propuestos, incluyendo alternativas)
- Transporte y manipuleo de productos y materiales (tipo de vía, vía férrea,
tuberías, estimados preliminares de volúmenes, instalaciones para transferencia
de carga)
- Descripción de las rutas de transporte
2.1.7. Viviendas y servicios para el personal
-Campamentos (durante la construcción, operación y cierre)
-Servicios de vivienda alternativos (durante la construcción, operación y cierre)
-Servicios que serán proporcionados tales como salud y educación, instalaciones
diseñadas para la diferencia de género (durante la construcción, operación y
cierre)
- Generación y manejo de residuos domésticos
III. Descripción del área de implementación del proyecto (información de
Línea Base), indicando: características de los componentes del ambiente
involucrado; ubicación geográfica; tipo de paisaje, elementos y valores naturales y
humanos existentes; y grado de intervención humana existente.
3.1. Los requerimientos de información para esta sección incluyen:
3.1.1. Ambiente físico
- Fisiografía (descripción de aspectos principales del terreno)
-Geología (información geológica general)
- Suelos (tipos de suelos, edafología, capacidad de uso mayor, erosión, etc.)
- Riesgos Naturales (sismología, riesgo sísmico, deslizamiento de tierras,
inundaciones, etc.)
- Clima/Meteorología (viento, precipitación, temperatura, humedad, etc.)
- Calidad de Aire y Ruido
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- Recursos de Agua Superficial (condiciones hidrológicas incluyendo caudal y
calidad del agua)
- Recursos de Aguas Subterránea (condiciones hidrogeológicas incluyendo flujo y
calidad del agua)
- Sedimentos Acuáticos
3.1.2. Ambiente biológico
- Ecoregiones y Hábitats (mapa del área de influencia del proyecto con una
descripción general de las ecoregiones y hábitats identificados)
- Flora Terrestre (cobertura vegetal, especies amenazadas, especies endémicas,
etc.)
- Fauna Terrestre (mamíferos, aves, anfibios y reptiles incluyendo especies
amenazadas, endémicas, de hábitats restringidos, etc.)
- Recursos Acuáticos (información sobre hábitat y presencia de peces y
organismos bentónicos)
3.1.3. Ambiente social, económico y cultural
- Demografía: Descripción de las comunidades y tipo (urbano, rural, étnico o de
otra identidad, colonización, migración). Proporcionar información sobre población
y densidad de población, crecimiento poblacional, tasas de nacimiento y muerte,
distribución por edad y sexo.
- Infraestructura Social y Física: Proporcionar información sobre el acceso a
asistencia médica, educación, agua y saneamiento. Proporcionar información
sobre el acceso a electricidad, mercados, transporte, comunicaciones y bancos.
- Acceso y Uso de Recursos: Proporcionar información sobre los diferentes tipos
de tenencia y acceso a tierras, al agua y a otros recursos según sea relevante.
Proporcionar información sobre sistemas de producción agrícola, pesquera,
cultivos y ganado, producción, consumo y mercados.
- Empleo y Educación: Proporcionar información sobre empleo, ingresos,
mercados de trabajo, incidencia de pobreza.
- Economía y Negocios: Proporcionar información sobre estructura económica
local, tipos de negocios, formales e informales, mercados.
- Educación y Alfabetismo: Proporcionar información sobre el nivel de educación y
alfabetismo de la población.
- Salud Pública: Proporcionar información sobre la incidencia de enfermedades,
bienestar, salud materno-infantil, nutrición.
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- Organizaciones Políticas, Sociales y Culturales: Proporcionar información sobre
liderazgo, participación, toma de decisiones, grupos de la comunidad, etc.
- Percepciones de la población
- Recursos Culturales, Paleontológicos y Patrimoniales
- Proporcionar información sobre recursos arqueológicos y paleontológicos y
áreas protegidas.
IV. Descripción de los impactos ambientales y sociales potenciales del
proyecto.
4.1. Requerimientos de información para esta sección incluyen:
4.1.1. Identificación y evaluación de impactos.
- Descripción de cada uno de los impactos potenciales identificados.
- Identificación del componente del proyecto que origina impactos potenciales
- Identificación de componentes ambientales o sociales potencialmente afectados.
- Evaluación cualitativa de los impactos como insignificante, moderado o
significativo
V. Medidas de prevención, mitigación, corrección, compensación, en su
caso, y control de aquellos impactos ambientales que pudieran originarse,
incluyendo el abandono o cierre de la actividad.
VI. Plan de cierre
- Decreto supremo N° 013-2002-EM. Reglamento de la ley N°27651.
ley de formalización y promoción de la pequeña minería y la minería
artesanal
Tiene por objeto regular los requisitos, límites y procedimientos
para acreditar y renovar la acreditación de la condición de Pequeño Productor
Minero y Productor Minero Artesanal y las causales de pérdida de tal condición;
norma la conformación y contenido de los registros administrativos de
Pequeños Productores Mineros y de Productores Mineros Artesanales; regula
los acuerdos o contratos de explotación y derecho de preferencia para la
Fuente: MINEM. Guía para la formulación de declaración de impacto ambiental en las actividades
desarrolladas por los pequeños productores mineros y mineros artesanales (2002).
25
formulación de petitorios mineros; regula las medidas excepcionales sobre
medio ambiente; establece las medidas de apoyo especial a la Minería
Artesanal; y señala los procedimientos de fiscalización de las actividades de
Pequeña Minería y Minería Artesanal.
Artículo 39º.- Solicitud de Certificación Ambiental y documentación
requerida: El pequeño productor minero o el productor minero artesanal,
presentará ante la Dirección General de Asuntos Ambientales, una solicitud de
Certificación Ambiental, indicando en ella su propuesta de clasificación de
Categoría I o II del proyecto. La información contenida en la solicitud deberá
ser suscrita por el solicitante y tendrá carácter de declaración jurada.
La solicitud de Certificación Ambiental se presentará con la
siguiente documentación:
Recurso. Datos generales del pequeño productor minero o
productor minero artesanal solicitante; nombre del proyecto o actividad que
desea desarrollar; tipo de documento presentado según se trate de DIA para la
Categoría I o EIASd para la Categoría II; fecha de presentación, la que será
formalmente establecida por la Oficina de Trámite Documentario del Ministerio
de Energía y Minas una vez presentado el documento; y pago por derecho de
trámite.
Evaluación Preliminar, la cual contendrá:
- Descripción del proyecto de inversión indicando: características
principales; actividades en las etapas de planificación, construcción,
operación y abandono; aspectos involucrados en cuanto a
26
infraestructura y proceso productivo; y tamaño.
- Descripción del área de implementación del proyecto, indicando:
características de los componentes del ambiente involucrado;
ubicación geográfica; tipo de paisaje, elementos y valores naturales y
humanos existentes; y grado de intervención humana existente.
- Descripción de los impactos ambientales potenciales y de las medidas
de prevención, mitigación, corrección, compensación, en su caso, y
control de aquellos impactos ambientales que pudieran originarse,
incluyendo el abandono o cierre de la actividad.
- Plan de Cierre.
- Resumen ejecutivo.
Propuesta de la Categoría I o II de clasificación ambiental del
proyecto, basada en la recopilación de información precedente y un análisis de
los posibles impactos ambientales y las medidas de mitigación, seguimiento y
control aplicables.
De ser el caso, propuesta de términos de referencia del EIASd: La
documentación deberá incluir tablas, cuadros, mapas, esquemas, flujogramas,
planos, así como cualquier otra documentación que pueda complementar el
estudio del proyecto propuesto.
Artículo 40º.- Plazo para resolver sobre la solicitud: Presentada la
solicitud de Calificación Ambiental con la propuesta de categoría de estudio
ambiental, la Dirección General de Asuntos Ambientales deberá ratificar o
27
modificar la propuesta de clasificación realizada, lo cual comunicará al titular en
un plazo definido.
Artículo 43º.- Reclasificación de la solicitud por la Dirección General
de Asuntos Ambientales: En caso que la solicitud no corresponda a la
Categoría I a criterio de la Dirección General de Asuntos Ambientales, ésta
clasificará el proyecto como de Categoría II y solicitará al proponente la
presentación de los Términos de Referencia del EIASd correspondiente.
- Decreto supremo N°004-2012-MINAM, aprueban disposiciones
complementarias para el instrumento de gestión ambiental correctivo
(IGAC), para la formalización de actividades de pequeña minería y
minería artesanal en curso
Tiene como objeto regular el Instrumento de Gestión Ambiental
Correctivo – IGAC, aplicable en los procesos de formalización de las
actividades en curso de pequeña minería y minería artesanal, de acuerdo a lo
establecido en el artículo 9º del Decreto Legislativo Nº 1105.
Articulo N° 8.- Etapas del procedimiento del Instrumento de Gestión
Ambiental Correctivo – IGAC
Según el decreto supremo N° 004-2012-MINAM las etapas son:
- Elaboración.
- Revisión.
- Aprobación.
- Seguimiento y control.
28
1. Elaboración del IGAC
El IGAC será elaborado de acuerdo al contenido mínimo
establecido en el Anexo Nº 01 del presente Decreto supremo.
Cuadro 3.terminos de referencia para los instrumentos de gestión ambiental.
I. Resumen ejecutivo
El Resumen Ejecutivo del IGAC es una síntesis del describa las condiciones
ambientales actuales, las actividades realizadas, el tipo de procesamiento utilizado,
prestándole particular atención a las medidas sugeridas para controlar y remediar los
impactos ambientales negativos generados por la actividad en curso. Contenido de
dicho instrumento.
II. Objetivo
El IGAC tiene como objetivo eliminar, controlar y remediar progresivamente, en plazos
definidos claramente, los impactos ambientales negativos que viene causando la
actividad de pequeña minería y minera artesanal, aplicando prioritariamente
actividades de prevención, control, remediación y compensación ambiental.
III. Marco legal
Este capítulo debe incluir las normas legales actualizadas que deben ser
consideradas y sustentan el IGAC.
ETAPA DE ELABORACION Y
PRESENTACION DEL IGAC ETAPA DE REVISION DEL IGAC
ETAPA DE APROBACION
DEL IGAC
ELABORACION
DEL IGAC
REVISION FINAL
DE IGAC
ABSOLUCION
DE
OBSERVACION
ES DEL IGAC
REVISION DEL
IGAC, ENVIO DE
OBSERVACIONES
EMISION DE LA
RESOLUCION DE
APROBACION DEL
IGAC
SUJETO DE
FORMALIZACION DE LA
PEQUEÑA MINERIA Y
MINERIA
GOBIERNO REGIONAL
CORRESPONDIENTE
SUJETO DE
FORMALIZACION DE LA
PEQUEÑA MINERIA Y
PLAZO: 05 MESES PLAZO: 10 DIAS PLAZO: 25DIAS PLAZO: 45DIAS PLAZO: 45DIAS
SEGUIMIENTO
Y
FISCALIZACIO
N DEL IGAC
GOBIERNO REGIONAL CORRESPONDIENTE
Figura 1. Etapa del procedimiento del instrumento de gestión ambiental correctivo
29
IV. Análisis de la actividad
El sujeto de formalización debe proporcionar información respecto de la
infraestructura, equipos y procesos con los que viene ejecutando sus actividades.
Tales como:
4.1. Ubicación
- Mapa general de distribución de las instalaciones y áreas de trabajo. (Escala
1:5000).
4.2. Descripción de la actividad
- Descripción de los procesos productivos, equipos, maquinarias y sus formas de uso.
- Materias primas e insumos (tipos y cantidades incluyendo combustibles).
- Requerimientos de energía.
- Requerimientos de agua.
- Productos generados (tipos y cantidades).
- Emisiones de gases, olores y otros.
- Vertido de aguas residuales.
- Gestión de los Residuos generados. (Incluyendo relaves, desmontes y tipos de
residuos).
- Derrames accidentales.
- Otros que se consideren pertinentes.
V. Descripción del área de influencia de la actividad en curso
Facilitar datos e información suficiente sobre el ambiente y la calidad ambiental, que
permita el Gobierno Regional disponga de una visión clara sobre los componentes del
entorno, de acuerdo al esquema siguiente:
5.1. Descripción del Medio Físico
- Tipo de suelo
- Cobertura vegetal existente
- Calidad de Agua y sedimentos, así como su disponibilidad.
- Presencia de sustancias contaminantes.
- Zona impactada
Se debe adjuntar material fotográfico del área impactada
5.2. Descripción del Medio Biológico
5.3. Descripción del Medio Socio – Económico y Cultural
VII. Propuesta de Plan de Manejo Ambiental (PMA)
El PMA contendrá las siguientes acciones:
30
- Acción en Prevención y Mitigación Ambiental
El Gobierno Regional al fijar las políticas de protección del ambiente privilegia y
promueve la adopción de prácticas de prevención de la contaminación. Las medidas
de prevención se orientan principalmente a evitar y/o mitigar los impactos ambientales
negativos generados por la actividad en curso.
Los objetivos de estas acciones son:
-Mitigar o corregir a niveles aceptables los impactos ambientales negativos generados
por la actividad en curso en el área de influencia.
-Prevenir la generación de nuevos impactos ambientales negativos.
-Establecer las consideraciones ambientales para la realización de los diversos
trabajos y actividades que se desarrollan durante el ciclo de vida de la actividad.
-Conservar los recursos naturales ubicados en el área de influencia.
- Acción en Monitoreo Ambiental.
Debe tener bajo permanente observación algunos de los contaminantes que el
Gobierno Regional considere básicos para controlar los eventuales impactos
ambientales de una determinada actividad tales como el mercurio, cianuro entre otros.
Dentro de las acciones tiene especial valor el monitoreo de la calidad ambiental
(agua, aire y suelo) porque es la base para la adopción de las medidas que se
requiere implementar integralmente en el PMA; así mismo será vital que
periódicamente permita analizar las condiciones ambientales en la zona de
operaciones, y en general mantener bajo vigilancia la evolución de condiciones
ambientales en la calidad del aire, ruido, olores entre otros.
(Incluyendo el mercurio, hidrocarburos totales de petróleo, entre otros).
- Acción de Contingencia
Incluirá procedimientos, equipos, comunicaciones y personal especialmente asignado
a estos eventos y capacitación por especialistas externos.
- Acción de Cierre y Post Cierre
Considerando que todo titular de actividad minera está obligado a realizar el cierre de
las áreas, labores e instalaciones, a través del Plan de Cierre de Minas, regulado por
la normativa vigente, el Plan de Manejo Ambiental
(PMA) deberá incluir la descripción general de las acciones que se seguirán cuando
se produzca el cierre la actividad minera, con el fi n de que el área donde está
ubicada, no constituya un posible pasivo o un peligro posterior de contaminación del
ambiente o de daño a la salud y la vida de las poblaciones vecinas, por lo que
contemplará, entre otras medidas:
31
- La protección o remoción, según sea el caso, de infraestructuras y demás equipos.
- La descontaminación del suelo
- La nivelación y revegetación del área afectada.
- El control de deslizamientos y escorrentías.
-El monitoreo, y
- Otros que establezca el Gobierno Regional, en concordancia con la normativa vigente
VIII. Cronogramas de implementación y de inversión
El IGAC debe establecer un programa de trabajo para implementar las medidas de
prevención y/o mitigación con las metas a alcanzar, acompañado de un cronograma
de inversión detallado con metas graduales y objetivos a corto y mediano plazo,
donde se detallen las actividades y los presupuestos que se asignarán para el cabal
cumplimiento de lo propuesto. Todos los compromisos son sujetos a fiscalización y
sanción correspondiente.
Anexo 1 del decreto supremo N°004-2012 MINAM
El IGAC debe estar suscrito por un profesional, como mínimo;
quién debe estar inscrito en el registro de consultoras regionales autorizadas
para elaborar IGAC o estudios ambientales a cargo del Gobierno Regional, en
cuya jurisdicción se realiza la actividad, o del Registro de consultoras
autorizadas del Ministerio de Energía y Minas o por el Ministerio del Ambiente.
2. Presentación del IGAC
Los requisitos para la presentación del IGAC son los siguientes:
- Solicitud de aprobación del IGAC dirigida al Gobierno Regional.
- Dos (02) ejemplares (original y copia) impresos y en formato electrónico
del IGAC.
- Recibo de pago por derecho de trámite, de acuerdo al Texto Único de
Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional
correspondiente.
32
- Copia del cargo o registro vigente de la Declaración de Compromiso
prevista en el Anexo Nº 01 del Decreto Legislativo Nº 1105 o, de
corresponder, en el Anexo 1 del Decreto Supremo Nº 006-2012-EM.
3. Revisión del IGAC
La revisión del IGAC se llevará a cabo por el Gobierno Regional, el
cual aplicará el principio de Ventanilla Única. Copia del IGAC presentado será
remitida a las autoridades que deban emitir opinión técnica, en un plazo no
mayor de cinco (05) días calendario de admitida la solicitud de revisión,
entidades que deberán pronunciarse en un plazo no mayor de 30 días,
contados a partir de la recepción de la solicitud.
El Gobierno Regional podrá solicitar opinión técnica de otras
autoridades en los casos que se requiera, de acuerdo con las materias objeto
de evaluación.
En caso de existir observaciones o comentarios de cualquiera de
las entidades antes mencionadas, así como de las obtenidas en el proceso de
participación ciudadana; el Gobierno Regional las comunicará, por única vez, al
solicitante, en un plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días calendario,
contados desde la admisión de la solicitud de revisión del IGAC.
El sujeto de formalización tendrá un plazo no mayor de cuarenta y
cinco (45) días calendario contados a partir de la comunicación del Gobierno
Regional para presentar la subsanación de todas las observaciones efectuadas
al IGAC.
33
Luego de presentadas las subsanaciones por parte del sujeto de
formalización, estas deberán ser remitidas por el Gobierno Regional a las
autoridades que efectuaron las observaciones, las deberán pronunciarse, bajo
responsabilidad, sobre las mismas en un plazo máximo de quince (15) días
calendario contados a partir de su recepción.
El Gobierno Regional verificará la subsanación de las
observaciones en un plazo no mayor de veinte y cinco (25) días calendario,
contados a partir de la recepción de las mismas por parte del sujeto de
formalización dicha subsanación.
- Emisión de observaciones
- Absolución de observaciones del IGAC
- Revisión final de IGAC
4. Aprobación del IGAC
En un plazo no mayor de cinco (05) días calendario de verificada la
subsanación de observaciones conforme a lo establecido en el artículo
precedente, el Gobierno Regional respectivo deberá emitir la Resolución de
aprobación o desaprobación del IGAC.
La Resolución deberá ser notificada al sujeto de formalización en
un plazo máximo de cinco (05) días calendario de emitida.
Dicha Resolución deberá estar acompañada de un informe técnico
legal que sustente lo resuelto.
5. Emisión de la resolución de aprobación del IGAC
34
6. Seguimiento y fiscalización del IGAC
El plazo para la culminación de la implementación de las medidas
correctivas establecidas en el IGAC no podrá ser mayor de tres (03) años,
contados a partir de la fecha de la Resolución emitida por el Gobierno Regional
que aprueba el IGAC. El sujeto de formalización deberá implementar las
medidas permanentes durante todo el ciclo de vida de la actividad.
El incumplimiento de las medidas correctivas y medidas
permanentes, precisadas en el IGAC, determina que el sujeto adquiere la
condición de ilegal y, en consecuencia, es pasible de la aplicación de las
medidas de interdicción.
7. Obligaciones del sujeto de formalización con IGAC aprobado
- Ejecutar todas las medidas dispuestas y compromisos incluidos en el
IGAC correspondiente, en los plazos y términos aprobados por el
Gobierno Regional.
- Adoptar medidas para prevenir, controlar, monitorear, mitigar, restaurar,
rehabilitar o reparar, según corresponda, los impactos y efectos
ambientales negativos generados por su actividad.
- Ejecutar las medidas de cierre y post cierre correspondientes.
- Obtener la autorización de inicio/reinicio de operación minera, prevista
en el artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 1100 y artículos 10º y 12º del
Decreto Legislativo Nº 1105.
35
- Decreto legislativo Nº 1105. Decreto legislativo que establece
disposiciones para el proceso de formalización de las actividades
de pequeña minería y minería artesanal
Artículo 4º.- Pasos para la Formalización de la Actividad Minera de
la Pequeña Minería y Minería Artesanal: La formalización podrá ser iniciada o
continuada, según sea el caso, por aquéllos que realizan la actividad
cumpliendo con los pasos siguientes:
- Presentación de Declaración de Compromisos.
- Acreditación de Titularidad, Contrato de Cesión, Acuerdo o Contrato de
Explotación sobre la Concesión Minera.
- Acreditación de Propiedad o Autorización de Uso del Terreno Superficial.
- Autorización de Uso de Aguas.
- Aprobación del Instrumento de Gestión Ambiental Correctivo.
- Autorización para Inicio/Reinicio de Actividades de Exploración,
Explotación y/o Beneficio de Minerales.
Las personas naturales o jurídicas que se someten al proceso de
formalización deben cumplir con todos los pasos y sus requisitos a efecto de
ser considerada su actividad como formal.
- Resolución suprema Nº 004-2000-ED - Reglamento de
investigaciones arqueológica.
Esta normativa contiene un mandato con respecto a los proyectos
de obras públicas y privadas que de un modo u otro se relacionen con un bien
36
cultural inmueble, señalándose que en tales casos se debe contar con la
autorización previa del INC. El objetivo es proteger aquéllas áreas en las cuales
se pueda sospechar que existen restos correspondientes al patrimonio cultural
de la nación, con el fin de que en este caso se obtenga la evaluación técnica
del INC para lograr tal determinación. De no encontrar tales evidencias, el INC
dictamina la liberación de la zona. De esta manera, el artículo 65 del
Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, Resolución Suprema 004-2000-
ED, ha previsto que el titular de una actividad que pueda ocasionar un daño al
patrimonio arqueológico obtenga un certificado de inexistencia de restos
arqueológicos (CIRA).
- Reglamento de la ley de recursos hídricos Nº 29338 - Derechos de
aguas
La ley recursos hídricos, establece que los recursos de agua
pertenecen a la nación. El gobierno peruano no otorga derechos de propiedad
privada para el agua de la nación. El Autoridad Nacional del Agua a través de
entes descentralizados (ALA) otorga derechos para el uso del agua. Las
solicitudes para el uso del agua serán aprobadas tomando en cuenta la
disponibilidad del recurso agua, la necesidad actual y el uso dado al recurso de
agua. Las prioridades en el uso del agua son también aplicables según lo
siguiente:
- Necesidades primarias y consumo de agua por la población
- Fines agrícolas
- Generación de energía, fines industriales y mineros y Otros usos.
37
- Decreto Supremo 014-92-EM - Derechos de superficie
Según el artículo 9 del Texto Único Ordenado de la Ley General de
Minería, Decreto Supremo 014-92-EM, la concesión minera es un inmueble
distinto y separado del predio donde se encuentre ubicada. En este sentido, el
titular de la concesión minera requiere del derecho de acceso al suelo con el fin
de realizar las actividades mineras en la propiedad de terceros.
- Decreto Supremo N°033-2005-EM - Reglamento para el cierre de minas
Reglamenta la Ley que regula el Cierre de minas y tiene por objeto
la prevención, minimización y el control de los riesgos y efectos sobre la salud,
la seguridad de las personas, el ambiente, el ecosistema circundante y la
propiedad, que pudieran derivarse del cese de las operaciones de una unidad
minera.
Establece que el Plan de Cierre de Minas deberá ser elaborado a
nivel de factibilidad, deberá incluir las medidas y presupuesto necesarios para
rehabilitar el lugar en el que han desarrollado las actividades mineras, asegurar
la estabilidad física y química de los residuos y componentes mineros
susceptibles de generar impactos negativos, estimado del presupuesto, el
cronograma anualizado y las garantías del Plan de Cierre y que deberá ser
actualizado luego de tres años desde su aprobación y posteriormente cada
cinco años desde la última modificación o actualización aprobada por la
autoridad competente.
El Reglamento índica que el plan de cierre, debe ser objeto de
revisión y modificación sobre la base de los cambios que ocurran en los
38
años siguientes de operación minera o a las innovaciones tecnológicas en
el sector. Estos aspectos son contemplados en la normatividad ambiental y,
por tanto, incluidos en el diseño del presente Plan de Cierre de tal forma
que permita el aprovechamiento e incorporación de nuevas tecnologías que
permitan una mejor recuperación ambiental.
- Decreto supremo N° 074-2001-PCM. Reglamento de estándares
nacionales de calidad ambiental del aire
Para proteger la salud, la norma establece los estándares
nacionales de calidad ambiental del aire y los lineamientos de estrategia para
alcanzarlos progresivamente. Con el propósito de promover que las políticas
públicas e inversiones públicas y privadas contribuyan al mejoramiento de la
calidad del aire se tomarán en cuenta las disposiciones del Código del Medio
Ambiente y los Recursos Naturales, así como los siguientes principios:
- La protección de la calidad del aire es obligación de todos
- Las medidas de mejoramiento de la calidad del aire se basan en análisis
costo – beneficio.
- Decreto supremo N° 085-2003-PCM. Reglamento de estándares
nacionales de calidad ambiental para ruido
Establece los estándares nacionales de calidad ambiental para
ruido y los lineamientos para no excederlos, con el objetivo de proteger la
39
salud, mejorar la calidad de vida de la población y promover el desarrollo
sostenible.
- Decreto supremo N° 057-2004-PCM. Reglamento de la Ley N° 27314,
ley general de residuos sólidos
Reglamenta la Ley de Residuos Sólidos y tiene por objeto asegurar
que la gestión y el manejo de los residuos sólidos sean apropiados para
prevenir riesgos sanitarios, proteger. Y promover la calidad ambiental, la salud
y el bienestar de la persona humana.
Establece que el almacenamiento, tratamiento y disposición final de
los residuos generados por la actividad minera, deberá ceñirse a la
normatividad y especificaciones técnicas que disponga la autoridad
competente, cuando estos procesos son realizados al interior de las áreas de la
concesión minera y que queda prohibida la alimentación de animales con
residuos orgánicos que no hayan recibido previamente el tratamiento
establecido en las normas vigentes.
- Decreto supremo Nº 002-2008- MINAM. Estándares nacionales de
calidad ambiental para agua
Aprobar los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para
Agua, contenidos en su Anexo I, con el objetivo de establecer el nivel de
concentración o el grado de elementos, sustancias o parámetros físicos,
químicos y biológicos presentes en el agua, en su condición de cuerpo receptor
40
y componente básico de los ecosistemas acuáticos, que no representa riesgo
significativo para la salud de las personas ni para el ambiente. Los Estándares
aprobados son aplicables a los cuerpos de agua del territorio nacional en su
estado natural y son obligatorios en el diseño de las normas legales y las
políticas públicas siendo un referente obligatorio en el diseño y aplicación de
todos los instrumentos de gestión ambiental.
- Decreto supremo N° 034-2004-AG. Categorización de especies
amenazadas de fauna silvestre y prohíben su caza, captura,
tenencia, transporte o exportación con fines comerciales
Este Decreto Supremo N° 034-2004-AG, aprueba la categorización
de especies de fauna silvestres, que requieren de medidas especiales para
lograr su supervivencia, prohibiendo su caza, captura ,tenencia o exportación
para fines comerciales, siendo sólo autorizados con fines de investigación que
contribuyan a la conservación de dichas especies y cuando sea de interés y
Beneficio y beneficio de la Nación, y para lo cual deberá contar con la opinión
favorable del INRENA e instituciones científicas nacionales e internacionales
reconocidas.
- Resolución Ministerial N°043-2006-AG. Aprueban categorización de
especies amenazadas de flora silvestre
Contiene el listado de 777 especies, distribuidas en las categorías
de peligro crítico, en peligro, vulnerable y casi amenazado, prohibiéndose su
extracción, colecta, tenencia, transporte y exportación de todos los
41
especímenes, productos y subproductos, exceptuándose los procedentes de
planes de manejo in situ y ex situ aprobados por la autoridad competente o los
de uso y subsistencia de comunidades nativas y campesinas.
- Decreto supremo N° 020-2012-EM- Modificación del reglamento de
procedimientos mineros, aprobado por decreto supremo 018-92-
EM, a fin de uniformizar criterios para la evaluación y otorgamiento
de autorización de beneficio, concesión de beneficio e inicio de
actividad de exploración y/o explotación, para la minería artesanal,
pequeña minería, mediana minería y gran minería
Articulo N°75. Indica que para iniciar actividades de exploración en
un área determinada debe presentar las siguientes documentaciones.
- Resolución que aprueba el Instrumento ambiental respectivo, aprobado y
consentido por la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros o
gobierno regional correspondiente.
- Programa de trabajo.
- Documento que acredite que el solicitante es propietario o que está
autorizado por el(los) propietario(s) del 100% de las acciones y derechos
del predio para utilizar el(los) terreno(s) superficial (es) donde se
realizará la actividad de exploración, debidamente inscrito en la
Superintendencia Nacional de Registros Públicos - SUNARP o, en su
defecto, el testimonio de escritura pública. En ambos casos, dichos
documentos deberán contener las coordenadas UTM WGS 84 de los
vértices de la poligonal que encierra cada terreno superficial.
42
- Monitoreo ambiental actualizado, efectuado por un laboratorio certificado
o empresa con laboratorio certificado, acreditado por INDECOPI.
- Una vez cumplido con lo señalado en el presente numeral, la Dirección
general de minería o gobierno regional correspondiente, previo informe
técnico favorable del ministerio de energía y minas, a través de la
dirección general de minería, autorizará el inicio de la actividad de
exploración.
43
III. MATERIALES Y MÉTODOS
3.1. Lugar de ejecución
3.1.1. Ubicación política fase de gabinete
La presente práctica tuvo como ámbito las instalaciones de la
dirección regional de energía, minas e hidrocarburos de Huánuco órgano
descentralizado con dependencia de la Gerencia Regional de Desarrollo
Económico del Gobierno Regional de Huánuco, dependencia funcional, técnica y
normativa del Ministerio de Energía y Minas; ubicado en el departamento de
Huánuco, Provincia Huánuco en las siguientes coordenadas 8901951.21N,
364269.23E ver anexo (Apéndice 2).
3.1.2. Ubicación política fase de campo
Se realizó las inspecciones en el departamento de Huánuco en la
provincia de Leoncio prado en la concesión LUYANDO 10 y CANTERA VITORS
que se encuentran ubicadas en las siguientes coordenadas (ANEXO 2):
La inspección a la concesión minera LUYANDO 10 fue el 23 de
enero del presente año.
44
Cuadro 4. Coordenadas UTM de la concesión minera LUYANDO 10
VERTICE Coordenadas UTM Sistema PSAD 56
Norte Este
V1 8990000 393000
V2 8990000 394000
V3 8985000 394000
V4 8985000 392000
V5 8987000 392000
V6 8’987000 393000
La inspección a la concesión minera CANTERA VITORS fue el 20
de abril del presente año
Cuadro 5. Coordenadas UTM de la Concesión Minera CANTERA VITORS
Vértices Coordenadas U.T.M. PSAD 56
Norte Este
V1 8 977 000 392 000
V2 8 976 000 392 000
V3 8 976 000 390 000
V4 8 977 000 390 000
3.1.3. Clima e hidrografía
El departamento cuenta con climas muy variados, lo que posibilita
la explotación de múltiples productos agrícolas y pecuarios. Es cálido en la
cuenca del Pachitea y en el norte (zona de Tingo María), mientras que en los
márgenes de los ríos Marañón y Huallaga es templado, registrándose bajas
temperaturas en la provincia de Dos de Mayo (entre los 2 500 y 3 000 m.s.n.m).
45
Posee importantes recursos hídricos por la existencia de gran
cantidad de ríos, riachuelos, lagos y lagunas. Existen dos cuencas
hidrográficas que integran longitudinalmente al departamento; la cuenca del
Marañón, la cuenca del Huallaga.
3.2. Materiales y equipos
Para la realización del trabajo se utilizaron los siguientes materiales
y equipos:
3.2.1. Materiales
- Lapicero
- Libreta de campo
- Tablero
- Chaleco
- Casco de protección
- USB 16 GB
- Portapapeles
- Formatos de registro de datos del INGEMET
- Formatos de términos de referencias.
- Formatos de requisitos para formalización.
3.2.2. Equipos
- GPS
46
- Cámara digital
- Laptop Toshiba CORE I3
3.3. Metodología
3.3.1. Determinación del cumplimiento de los requisitos de
formalización de los proyectos TERRAZAS III, CANTERA
VITORS y LUYANDO 10
- Se determinó los requisitos para la certificación ambiental de los
proyectos TERRAZAS III y CANTERA VITORS
- Se determinó los requisitos para el inicio de actividades de exploración
para el proyecto de exploración LUYANDO 10
3.3.1.1. Determinación del cumplimiento de los requisitos para
obtener la certificación ambiental del proyecto de
explotación TERRAZAS III
Según Decreto Supremo Nº 013 -2002-MINEM, menciona que para
obtener la certificación ambiental se debe cumplir con los siguientes requisitos.
- Título de concesión minera terrazas III.
- Autorización de uso superficial
- Solicitud de aprobación del instrumento de gestión ambiental.
- INFORME: Evaluación preliminar de la propuesta de clasificación
ambiental.
- RESOLUCION: Ratificación de la propuesta ambiental de la categoría I.
- Recibo de pago por evaluación del estudio.
47
- Opinión técnica de la autoridad nacional del agua. Autorización para uso
de agua
- Certificación de inexistencia de restos arqueológicos.
Se revisó los requisitos antes mencionados y se realizó gráficos
para el análisis cuantitativo del cumplimiento.
3.3.1.2. Determinación del cumplimiento de los requisitos para la
certificación ambiental de la concesión minera no metálica
CANTERA VITORS
Como señala el Decreto legislativo N° 1105-2012-MINEM, que uno
de los documentos para que pueda darse la formalización es tener la
aprobación del instrumento de gestión ambiental correctivo. Para la revisión del
instrumento de gestión ambiental correctivo se procedió a revisar los siguientes
requisitos.
- Declaración de compromisos.
- Acreditación de Titularidad de concesión minera
- Autorización de uso del terreno superficial
- Autorización para uso de agua.
- Solicitud de aprobación del instrumento de gestión ambiental correctivo
- Certificación de inexistencia de restos arqueológicos.
- Recibo de pago para revisión del estudio.
48
3.3.1.3. Determinación del cumplimiento de los requisitos para el inicio
de actividades de exploración del proyecto LUYANDO 10
Se revisó los antecedentes del proyecto de exploración
LUYANDO 10 y verifico el cumplimiento de los requisitos para el Inicio de
actividades de exploración (Decreto Supremo N° 020 -2012-MINEM):
- Resolución que aprueba el Instrumento ambiental respectivo, aprobado
y consentido por la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros o
gobierno regional correspondiente.
- Programa de trabajo.
- Documento que acredite que el solicitante es propietario o que está
autorizado por el(los) propietario(s) del 100% de las acciones y derechos
del predio para utilizar el(los) terreno(s) superficial (es) donde se
realizará la actividad de exploración, debidamente inscrito en la
Superintendencia Nacional de Registros Públicos - SUNARP o, en su
defecto, el testimonio de escritura pública. En ambos casos, dichos
documentos deberán contener las coordenadas UTM WGS 84 de los
vértices de la poligonal que encierra cada terreno superficial.
- Monitoreo ambiental actualizado, efectuado por un laboratorio certificado
o empresa con laboratorio certificado, acreditado por INDECOPI.
- Autorización para inicio de actividades de exploración.
49
3.3.2. Revisión de los instrumentos de gestión ambiental de los
proyectos de explotación minera TERRAZAS III y CANTERA
VITORS
- Para la revisión de la declaración de impacto nos basamos de la Guía
para la formulación de declaración de impacto ambiental en las
actividades desarrolladas por los pequeños productores mineros y
mineros artesanales (Decreto supremo N° 013-2002-MINEM).
- Para la revisión del instrumento de gestión ambiental se basó del
(Decreto Supremo N°004 -2012-MINAM), en el cual mencionan las
disposiciones Complementarias para el Instrumento de Gestión
Ambiental Correctivo (IGAC), para la Formalización de Actividades de
Pequeña Minería y Minería Artesanal en curso.
- También en los proyectos TERRAZAS III y CANTERA VITORS usamos
las normas relacionadas con la preservación del medio ambiente y el
desarrollo sostenible.
3.3.2.1. Revisión de la declaración de impacto ambiental TERRAZAS III
Ya categorizado el proyecto de explotación TERRAZAS III se
procedió a revisar la declaración de impacto ambiental.
Para la revisión del estudio de impacto ambiental de categoría I se
realizó la verificación de los términos de referencia según la Guía para la
formulación de declaración de impacto ambiental en las actividades
desarrolladas por los pequeños productores mineros y mineros artesanales
(Decreto supremo N° 013-2002-MINEM).
50
Se analizó cada capítulo de la declaración de impacto ambiental
con el fin de la elaboración del INFORME Nº 020-2014-
G.R.HUANUCO/DREMH/NEEL, prestando atención al plan de manejo
ambiental, plan de monitoreo y plan de cierre.
El informe Nº 020 - 2014-G.R.HUANUCO/DREMH/NEEL consto de
las siguientes capítulos:
I. Resultado de la evaluación
II. Antecedentes.
III. Contenido de la declaración de impacto ambiental.
IV. Análisis
V. Conclusión
VI. Recomendaciones
Emisión de observaciones: Al titular de la concesión se le hizo
llegar el informe.
Absolución de observaciones: El titular después de un periodo de
tiempo detallado en (Decreto Supremo Nº 013, 2002) presento el estudio del
subsanación de observaciones
Teniendo la subsanación de observaciones, el informe N°020-
2014-G.R.HUANUCO/DREMH/NEEL,la declaración de impacto ambiental y las
opiniones técnicas de otras autoridades solicitadas por la DREMH (ALA) se
procedió a evaluar el levantamiento de Observaciones.
El estudio de subsanación de observaciones también fue revisado
se observó y analizo cada ítem del levantamiento de observaciones para ver si
51
es que la respuesta estaba bien formulada (ABSUELTA) o no estaba bien
formulada (NO ABSUELTA).
3.3.2.2. Revisión del instrumento de gestión ambiental correctivo del
proyecto de explotación minera no metálica CANTERA
VITORS
Se procedió a verificar si el instrumento presentado por el titular
concordaba con el término de referencia del anexo 1 del Decreto Supremo
N°004-2012-MINAM.
Ya que este proyecto minero se encuentra actualmente en
actividad de explotación minera no metálica, ya viene generando impactos: Se
examinó la matriz de Leopold y analizo como las actividades que se realizan y
realizarían en cada etapa del proyecto influyen e influirían en los componentes
ambientales. En los niveles más altos y negativos de impactos identificados en
la matriz Leopold, se prestó atención el plan de manejo ambiental, Se analizó
cada capítulo del estudio para elaborar el informe N°012-2014
G.R.HUANUCO/DREMH/NEEL de asunto evaluación del instrumento de
gestión ambiental correctivo del proyecto de explotación CANTERA VITORS
constituyo de los siguientes capítulos:
I. Resultados de la evaluación
II. Antecedentes
III. Base Legal
IV. Evaluación
52
V. Conclusión
VI. Recomendación
En el capítulo I del informe se menciona si en el IGAC se
encuentran observaciones (OBSERVADO) o si el IGAC se encuentra
formulado correctamente (NO OBSERVADO).
En el capítulo II del informe se detallan los antecedentes desde la
obtención del título de la concesión minera hasta la presentación de solicitud
para la evaluación del instrumento de gestión ambiental.
En el capítulo III Se detalla la base legal a la que se rige este
proceso de formalización extraordinario para la revisión del IGAC.
En el capítulo IV se detalla la evaluación del proyecto tales como:
datos generales tiempo de vida útil, objetivo del proyecto, ubicación, alcances
del proyecto, análisis de actividades por etapa, vías de acceso, equipos a
utilizar, volumen de extracción por día, impactos de la actividad.
En el capítulo V se detalla las observaciones que se realizaron por
algunas partes incoherentes dentro del estudio o vacíos que faltaban detallar
En el capítulo VI se detalla algunas recomendaciones para la
subsanación del estudio en un plazo detallado.
Emisión de informe de observaciones: Al titular de la concesión se
le hizo llegar el informe.
53
Absolución de observaciones El titular después de un periodo de
tiempo detallado por el artículo 12 del Decreto Supremo 004-2012 MINAM.
Presento el estudio de subsanación de observaciones para seguir con el
trámite para llegar a obtener la certificación ambiental.
Se observó y analizo cada ítem del levantamiento de
observaciones para ver si es que la respuesta estaba bien formulada
(ABSUELTA) o no estaba bien formulada (NO ABSUELTA).
3.3.3. Constatación de la concesión minera LUYANDO 10
Se procedió a visitar el lugar de la concesión con representantes de
las siguientes áreas de la dirección regional de energía, minas e hidrocarburos
(Área Técnica de Asuntos Ambientales, Área Técnica de Minería y área legal)
acompañándonos del fiscal en materia ambiental.
Siendo a horas 11:50 horas del día 23 de enero de 2014 se
comenzó a desarrollar la constatación, para lo cual como acto inicial se realizó
la apertura correspondiente haciendo la presentación respectiva de los
participantes e indicando la razón de la constatación.
Acto seguido los presentes expresaron sus opiniones, reclamos y
observaciones.
Luego se hizo un recorrido por el área del proyecto minero,
tomándose fotografías y haciéndose toma de coordenadas de los puntos de
perforaciones diamantinas.
54
Nos trasladamos a las instalaciones de la empresa inspeccionada,
en el que se hizo un pequeño debate y al respecto se orientó a los presentes
sobre el tema del procedimiento de formalización de una empresa.
Finalmente siendo a horas 15:05 horas del mismo día se concluyó
la constatación pasando a firmar el acta de inspección.
Se revisó los antecedentes del proyecto de exploración LUYANDO
10 y verifico el cumplimiento de los requisitos para el Inicio de actividades de
exploración.
Se apoyó en la elaboración del informe Nº 019-2014-GR-
HUANUCO-DREMH/ATM-ATAA-AL en el cual se detalla las actividades
encontradas con sus coordenadas correspondientes y también la multa
impuesta.
55
IV. RESULTADOS
4.1. Determinación del cumplimiento de los requisitos para el proceso
de formalización de los proyectos mineros
- Proyecto de explotación de la concesión minera CANTERA VITORS
- Proyecto de explotación de la concesión minera TERRAZAS III
- Proyecto de exploración de la concesión minera LUYANDO 10
4.1.1. Determinación del cumplimiento de los requisitos del
proyecto de explotación CANTERA VITORS
En el cuadro 6 ,7 y figura 2 se muestra los requisitos que cumple la
concesión minera CANTERA VITORS y el porcentaje de requisitos faltantes
para la emisión de la certificación ambiental.
Cuadro 6. Requisitos para la certificación ambiental de CANTERA VITORS
Requisitos
Presencia/
Ausencia
(cualitativo)
Presencia/
ausencia
(cuantitativo)
Declaración de compromisos. Si (Anexo) 1
Título de concesión minera Si (Anexo) 1
Autorización de uso superficial No 0
Autorización de aguas. Si (Anexo) 1
Certificado de inexistencia de restos arqueológicos No 0
Solicitud para la aprobación del IGAC Si (Anexo) 1
Recibo de pago por evaluación del estudio Si (Anexo) 1
Fuente: Elaboración propia
56
Cuadro 7. Porcentaje de requisitos para la certificación ambiental de CANTERA VITORS
Presencia cualitativa Cantidad de requisitos Porcentaje (%)
Si 5 71
No 2 29
Fuente: Elaboración propia
Figura 2. Proporción de cumplimiento de requisitos para la emisión de certificación ambiental de CANTERA VITORS
4.1.2. Determinación del cumplimiento de los requisitos para el
proceso de formalización del proyecto minero de explotación
TERRAZAS III
En el cuadro 8, 9 y figura 3 se muestra los requisitos que deben
cumplir para la certificación ambiental y los porcentajes de cumplimiento e
incumplimiento de la concesión TERRAZAS III.
71%
29%
Si
No
57
Cuadro 8. Requisitos para la certificación ambiental de TERRAZAS III
Requisitos Presencia/ Ausencia
(cualitativo)
Presencia/ ausencia
(cuantitativo)
Título de concesión minera terrazas III. Si (Anexo) 1
Autorización de uso superficial Si (Anexo) 1
Solicitud con asunto de aprobación del DIA Si (Anexo) 1
INFORME: Evaluación preliminar de la
propuesta de clasificación ambiental. Si (Anexo)
1
RESOLUCION: Ratificación de la propuesta
ambiental de la categoría I. Si (Anexo)
1
Recibo de pago por evaluación del estudio. Si (Anexo) 1
Certificado de inexistencia de restos
arqueológicos Si (Anexo)
1
Opinión técnica de la autoridad nacional del
agua. Si (Anexo)
1
Fuente: Elaboración propia
Cuadro 9.Porcentaje de requisitos para la certificación ambiental de TERRAZAS III
Presencia cualitativa de requisitos Cantidad de requisitos Porcentaje (%)
Si 8 100
No 0 0
Fuente: Elaboración propia
Figura 3. Proporción de cumplimiento de requisitos para la certificación ambiental de TERRAZAS III
100%
SI NO
58
4.1.3. Determinación del cumplimiento de los requisitos para el inicio de
exploración del proyecto de exploración LUYANDO 10
En el cuadro 10, 11 y figura 4 se muestra los requisitos para la
emisión de autorización de inicio de actividades de exploración, porcentaje de
cumplimiento e incumplimiento de los requisitos de la concesión LUYANDO 10.
Cuadro 10. Requisitos para el inicio de actividades de exploración
Requisitos
Presencia/ ausencia
(cualitativo)
Título de concesión minera LUYANDO 10 Si (Anexo)
Autorización de uso superficial Si (Anexo)
Aprobación de la declaración de impacto ambiental Si (Anexo)
Programa de trabajo No
Monitoreo ambiental actualizado, efectuado por un laboratorio
certificado o acreditado por INDECOPI. Si (Anexo)
Autorización de inicio de actividad de exploración No
Fuente: Elaboración propia
Cuadro 11. Porcentaje de requisitos que cumple para el proceso de formalización.
Presencia/ ausencia (cuantitativo) de
requisitos
Cantidad de
requisitos
Porcentaje
(%)
Si 4 67
No 2 33
Fuente: Elaboración propia
59
Figura 4. Proporción de cumplimiento de requisitos para el inicio de
actividades de exploración LUYANDO 10
4.2. Revisión de los instrumentos de gestión ambiental de los
proyectos de explotación minera TERRAZAS III y CANTERA VITORS
- Revisión de la declaración de impacto del proyecto de explotación de la
concesión minera metálica TERRAZAS III
- Revisión del instrumento de gestión ambiental correctivo del proyecto de
explotación de la concesión minera no metálica CANTERA VITORS
4.2.1. Revisión del instrumento de gestión ambiental del proyecto
de explotación minera TERRAZAS III
En el cuadro 12 se muestra las 18 observaciones realizadas a la
declaración de impacto ambiental de la concesión TERRAZAS III la importancia
por cada observación y el incumplimiento en el término de referencia (Tdr).
67%
33%
Si
No
60
Cuadro 12. Observaciones realizadas de la revisión de la declaración de
impacto ambiental de TERRAZAS III
Observaciones realizadas en
el informe
Importancia de la
observación
Incumplimiento del
Tdr
Mencionar criterios técnicos
para la demarcación del área
de influencia directa (AID) e
indirecta (AII).
Permitirán conocer la
delimitación del área real
del estudio, también los
criterios para su
demarcación esto permitirá
poder mitigar y prevenir
los impactos en los
espacios físicos dentro del
área real de estudio.
Descripción del área
de influencia de la
actividad en curso
Elaborar el plano de uso
actual del suelo y capacidad
de uso mayor a escala
adecuada.
Ayuda a describir las
características del área de
influencia del estudio y se
afecte lo menos posible las
importantes áreas que
existen.
Descripción del área
de influencia de la
actividad en
curso(cobertura
vegetal existente y
tipo de suelo)
Presentar datos
meteorológicos tales como
precipitaciones, temperatura,
humedad relativa,
nubosidad, dirección del
viento.
Para usarlas en el diseño
del proyecto y para
determinar. El
comportamiento de gases,
material particulado y
otros.
Descripción del área
de influencia de la
actividad.
Elaborar un plano donde se
muestre la estación
meteorológica con la
concesión minera.
Para la verificación de
datos y también para
determinar si los datos
son representativos.
Propuesta de plan
de manejo
ambiental (Acción
en monitoreo
ambiental).
61
Observaciones realizadas en el informe
Importancia de la observación
Incumplimiento del Tdr
En hidrología menciona una
quebrada llamada Libertad,
se solicita adjuntar caudales
en épocas de lluvia y estiaje.
Necesario ya que se
menciona que la
quebrada será fuente de
agua para los
campamentos y demás
utilidades en el proyecto,
tener en cuenta el caudal
ecológico.
Descripción del área
de influencia de la
actividad
(disponibilidad de
agua)
Precisar el número de
puntos de evaluación de
flora y fauna, así como el
número de días que se tomó
la evaluación en cada punto.
Además presentar la
ubicación en coordenadas
PSAD 56 y el plano
respectivo.
Indicar el tamaño de muestra
y sustentar el número de
días que tomo la evaluación
biológica, considerar que
esto dependerá de la
heterogeneidad del hábitat y
el número de réplicas
necesarias, debida a que la
información debe ser
confiable para identificar
especies indicadoras del
estado del ambiente.
Adjuntar un catálogo
fotográfico de las zonas
evaluadas, personal en
campo, especies
determinadas tanto en flora
como en fauna.
Es necesario indicar el
número de puntos o
metodología de
muestreo, los días de
evaluación, tamaño de
muestra, adjuntar
fotografías ya que
permitirá la
representatividad del
estudio biológico.
Descripción del área
de influencia de la
actividad en curso
(Descripción del
Medio Biológico)
62
Observaciones realizadas en el
informe Importancia de la observación
Incumplimiento
del Tdr
Se debe indicar el número de
individuos que se encontraron por
cada especie de mamífero, ave,
anfibio y reptil. Asimismo se
deberá presentar un panel
fotográfico de los avistamientos
directos (especies avistadas) así
como los avistamientos indirectos
(huellos, pelos, madrigueras, etc.).
Es importante indicar el
número de individuos por
especie de fauna
encontrada ya que
permitirá conocer el grado
de abundancia de dichas
especies, para ver el grado
de afectación del medio
biológico y para poder
mitigar impactos en la
fauna.
Descripción del
área de
influencia de la
actividad en
curso
(Descripción
del Medio
Biológico)
Se solicita Indicar el diagrama de
flujo de recuperación de oro
aluvial.
Permitirá conocer los
procesos que se realizaran
y cuáles son los flujos.
Análisis de la
actividad
(Descripción de
la actividad)
Se solicita adjuntar un plano
delimitando el área efectiva del
proyecto con sus respectivos
componentes mencionados, así
mismo deberá mostrar las fuentes
de recursos hídricos, Quebradas,
Aguajales, Cochas, Etc.
Permitirá conocer los
componentes del proyecto
y la ubicación de cada uno
de ellos también la
superficie del área de la
concesión, las fuentes de
agua que están dentro de
la concesión.
Análisis de la
actividad
(Mapa general
de distribución
de las
instalaciones y
áreas de
trabajo).
El titular deberá describir las
medidas para el tratamiento y
disposición de las aguas
acumuladas dentro del tajo de
explotación y demás componentes
durante la época de
precipitaciones. Similar
observación para las aguas de
escorrentía captadas de los
sistemas de drenaje externo,
debiendo indicar hacia donde se
realizara la disposición de dichas
aguas tratadas y manejo de
sedimentos.
Es importante indicar en el
estudio el cuerpo receptor
para la disposición final de
las aguas residuales del
proyecto para los
posteriores muestreos
también que tratamiento se
darán a estas aguas para
cumplir con los límites
máximos permisibles.
Plan de manejo
ambiental
63
Observaciones realizadas en el
informe Importancia de la observación
Incumplimiento
del Tdr
No determina ninguna propuesta
de manejo ambiental para los
suelos, al respecto se solicita al
titular adjuntar las propuestas,
asimismo describir las medidas a
tomar relacionado a la topografía y
el paisaje, la información es
demasiada genérica.
Es necesario proponer
actividades para el manejo
de suelos y de que estas
actividades estén dentro
del plan de manejo
ambiental para poder
mitigar y prevenir impactos.
Plan de manejo
ambiental
En relación a la cancha de Top
soil, hace mención que los suelos
retirados de su origen natural
serán embolsados y almacenados
en un lugar apropiado, al respecto
se solicita que justifique
técnicamente y su ubicación con
coordenadas UTM.
Para saber la ubicación en
coordenadas y que dicho
componente se ubique
dentro del área de la
concesión.
Análisis de la
actividad
(Mapa general
de distribución
de las
instalaciones)
Menciona que utilizan agua con
fines industriales, al respecto se
solicita al titular adjuntar
información del balance de aguas
a ser utilizada con fines
domésticos e industriales
indicando los volúmenes por día,
semana, mes y año con los
respectivos volúmenes de
generación de aguas residuales
durante todas las etapas del
proyecto.
Es necesario saber cuál es
la demanda de agua del
proyecto ya que la fuente
de agua es una quebrada
hay que tener en cuenta
también el caudal
ecológico la oferta hídrica
de la quebrada.
Descripción del
área de
influencia de la
actividad en
curso
(disponibilidad
de agua,
descripción del
medio físico).
Mencionar el tipo de rotulado que
llevara cada residuo que se
generara, asimismo deberá
mencionar los cilindros con sus
respectivos colores y su ubicación
dentro de los componentes del
proyecto, plasmado mediante un
plano.
El reglamento de residuos
es de cumplimiento
obligatorio para toda
persona natural o Jurídica,
pública o privada dentro
del territorio nacional.
Plan de manejo
ambiental,
Descripción de
la actividad
(gestión de
residuos
generados).
64
Observaciones realizadas en el
informe Importancia de la observación
Incumplimiento
del Tdr
Deberá mejorar el plan de
contingencias, especificando la
organización, formación de
brigadas, el antes, durante y
después de cualquier evento, la
información reportada en muy
genérica.
Permitirá una respuesta
rápida en caso de
incidentes, accidentes o
estados de emergencia.
Plan de manejo
ambiental
(acción de
contingencia)
Presentar el reporte de monitoreo
de agua la original y/o copia
legalizada. (donde indique las
coordenadas de los puntos
monitoreados)
Para tener como línea base
se pide legalizada ya que
se requiere la veracidad
del muestreo y análisis.
Descripción del
área de
influencia de la
actividad en
curso
El reporte de monitoreo del Aire
faltan las coordenadas del punto
de monitoreo. (Presentar una
copia legalizada).
Las coordenadas
permitirán saber la
distancia a la cual se
realizara el monitoreo.
Descripción del
área de
influencia de la
actividad
(Descripción
del medio
físico).
Considerar en todo los planos del
1 al 12 la proyección y/o el
sistema en que se ha graficado.
Se debe especificar el
sistema de proyección de
los planos ya que permitirá
saber la precisión de las
coordenadas.
Análisis de la
actividad
(ubicación)
Fuente: Elaboración propia
4.2.2. Revisión del instrumento de gestión ambiental del proyecto de
explotación minera CANTERA VITORS
En el cuadro 13 se muestra las 9 observaciones realizadas al
instrumento de gestión ambiental correctivo de la concesión CANTERA
VITORS la importancia por cada observación y el incumplimiento en el término
de referencia.
65
Cuadro 13. Los resultados del informe de evaluación y la importancia de que
levanten estas observaciones PROYECTO CANTERA VITORS
Observaciones realizadas Importancia Incumplimiento del
termino de
referencia
En el Ítem 1.4.6 Personal, se
menciona el personal que viene
trabajando en el proyecto,
considerar un jefe de planta, el
cual debe ser un ingeniero, quien
estará a cargo de la explotación
Es importante tener un
personal calificado
para dirigir, organizar,
planificar y
controlarlas
actividades a
realizarse en las
distintas etapas.
Descripción del
área de
implementación
del
proyecto(requerimi
entos de personal,
empleo)
En el Ítem 1.26.1. Afectación a la
Calidad de Aire, debe dar
mayores alcances del control de
las partículas en suspensión
como producto de la ejecución
del proyecto de explotación de la
Concesión Minera.
Es importante detallar
más acerca del plan
de mitigación y
prevención de la
calidad de aire en el
plan de manejo
ambiental ya que en la
explotación a tajo
abierto el material
particulado es
fácilmente esparcir
Descripción del
área de
implementación
del
proyecto(ambiente
físico),plan de
manejo ambiental
En el Ítem 4.3.2 Sistema de
Manejo, se menciona que “La
técnica de extracción altera el
paisaje y produce erosión,
además que una vez que se
termina la extracción la superficie
queda desnuda y estéril, y se
recupera y restaura”. Al respecto,
debe dar mayores
especificaciones técnicas de la
cancha de top-soil a considerar
como parte del proyecto y de la
recuperación y restauración de la
zona mencionada.
Es necesario detallar
como es que se
insertara el material
del top soil para la
restauración y
recuperación del suelo
también cómo será el
manejo del top soil
para la obtención de
mejores resultados.
Plan de cierre
66
Observaciones realizadas
Importancia
Incumplimiento del
termino de
referencia
Se menciona que: “Se utilizará el
área estrictamente definida para
el proyecto minero, procurando
en la medida de lo posible, una
afectación mínima de las otras
zonas localizadas dentro de la
propiedad. En lo posible, se
realizará un mínimo de
movimiento de tierras”. Debe
especificar de qué dependerá que
se realice un mínimo de
movimiento de tierras y de qué
forma se producirá una afectación
mínima. Debe brindar mayores
especificaciones técnicas.
Es necesario que se
detalle cuáles son las
actividades que se
realizaran para un
menor movimiento de
tierras para mejorar la
explicación de este
inciso ya que ayudara
a contribuir en la
prevención de
impactos en el
componente suelo.
Análisis de
actividad
(estimados de
producción) y plan
de manejo
ambiental.
Debe mencionar las medidas
técnicas para el manejo de aguas
de lluvia en toda la zona del
proyecto.
Ya que permitirá
mejorar los drenajes y
aprovechar esta agua
para posteriores usos.
Plan de manejo
ambiental
En el Ítem 7.5.2. Mitigación de
Impactos Ambientales a la
Atmósfera – Afectación a la
Calidad de Aire, se menciona que
“Durante la época seca, se
procederá al humedecimiento del
material en el sitio de la
extracción, a fin de que no se
levanten nubes de polvo”, sebe
mencionar de qué manera se
abastecerá de agua para realizar
esta medida de mitigación.
Se debe saber cuánto
es el volumen de agua
que se utilizara
también cual será la
fuente de agua.
Análisis de
actividad
(Requerimiento de
agua)
Debe adjuntar un Plano,
debidamente georreferenciado,
donde se pueda apreciar la
distancia existente entre la
Asociación de viviendas mártires
de Mapresa, los componentes del
proyecto y el área de explotación.
El Plano debe estar firmado por el
profesional de la especialidad.
También la distancia
permitirá saber si es
que se encuentra
dentro de la concesión
minera y también
como es que se debe
mitigar para no afectar
a la población aledaña
de dicha asociación.
Mina (ubicación)
,instalaciones
(ubicación).
67
Observaciones realizadas Importancia Incumplimiento del
termino de
referencia
Determinar la cantidad de agua
para consumo que será
requerida por el personal del
proyecto diariamente.
Debe detallarse la cantidad
de agua para saber el
balance de materia dentro
de la concesión.
Instalaciones de
manejo de agua
Debe adjuntar la ficha de
inscripción en la DIGESA de la
Empresa Prestadora de Servicios
a la que se entregará los
Residuos Industriales originados.
Es importante detallar cual
será la empresa prestadora
de servicios de recojo de
residuos sólidos.
Plan de manejo
ambiental.
Fuente: Elaboración propia
4.3. Inspección de la concesión minera no metálica del proyecto de
exploración LUYANDO 10
En el cuadro 14 se muestra las 3 observaciones realizadas
producto de la inspección a la concesión LUYANDO 10 también se muestra la
sanción por incumplimiento del proceso de formalización.
Cuadro 14. Observaciones realizadas durante la constatación de la concesión
LUYANDO 10
Observaciones Realizadas Multa
Observación Nº 1: En las coordenadas 393387 E y 8986579 N se
evidenció que hubo movimiento de tierras con un área aproximada de 2
hectáreas.
2 UIT
Observación Nº 2: A la margen derecha del río Tulumayo se empezó
inspeccionando que la empresa había realizado perforaciones
diamantinas (4 verticales y 4 horizontales), a la fecha tales perforaciones
ya fueron tapadas con cemento.
Observación Nº 3: En las instalaciones del proyecto se evidenció
equipos inactivos estacionados (1 Motoniveladora, 1 Rodillo, 1 Cargador
Frontal, 2 Volquete, 1 excavadora.
Fuente: INFORME Nº 019-2014-GR-HUANUCO-DREMH/ATM-ATAA-AL|
68
V. DISCUSIÓN
5.1. Cumplimiento de los requisitos del proyecto TERRAZAS III,
CANTERA VITORS y LUYANDO 10
Según Decreto Supremo N°004 (2012) menciona que para la
obtención y gestión de la certificación ambiental en el proceso de formalización
extraordinario se debe presentar los siguientes requisitos: Declaración de
compromisos, Título de concesión minera, Autorización de uso superficial,
Autorización de aguas., Solicitud de aprobación del instrumento de gestión
ambiental correctivo y Recibo de pago por evaluación del estudio. Según la
verificación de los requisitos para la revisión del instrumento de gestión
ambiental correctivo, se logró determinar que la concesión minera CANTERA
VITORS como muestra la figura 2 cumple con el 71 % de los requisitos antes
mencionados.
Según Decreto Supremo Nº 013 (2002) menciona que los
documentos para la obtención y gestión de la certificación ambiental del
proceso de formalización ordinaria son: Título de concesión minera
TERRAZAS III, Autorización de uso superficial, Solicitud de aprobación del
instrumento de gestión ambiental, INFORME: Evaluación preliminar de la
propuesta de clasificación ambiental, RESOLUCION: Ratificación de la
69
propuesta ambiental de la categoría I, Recibo de pago por evaluación del
estudio, Opinión técnica de la autoridad nacional del agua, Certificación de
inexistencia de restos arqueológicos. Según la verificación de los requisitos
antes mencionados se logró determinar que la concesión minera TERRAZAS III
como muestra la figura 3 cumple con el 100 % de los requisitos estando apto
que después de la revisión se emita la certificación ambiental.
Según Decreto Supremo N° 020 (2012) indica que para iniciar
actividades de exploración en un área determinada debe presentar las
siguientes documentaciones: Resolución que aprueba el Instrumento ambiental
respectivo, Programa de trabajo, autorización superficial, Monitoreo ambiental
actualizado efectuado por un laboratorio acreditado por INDECOPI,
autorización para inicio de actividades. Según la verificación realizada de los
requisitos para el inicio de actividades de exploración, se determinó que la
concesión minera LUYANDO 10 como muestra la figura 4 cumple con el 67 %
de los requisitos antes mencionados estando no apto para iniciar labores en la
concesión minera.
5.2. Revisión de los instrumentos de gestión ambiental de los proyectos
TERRAZAS II y CANTERA VITORS
Según Decreto supremo N° 019 (2009) menciona que el
procedimiento para la obtención de la certificación ambiental consta de varias
etapas entre ellas la Revisión del estudio de impacto ambiental. Según la
revisión realizada del instrumento de gestión ambiental correctivo del proyecto
70
de explotación CANTERA VITORS se obtuvo 9 observaciones que el titular
debe subsanar en un plazo de 45 días según el Decreto Supremo N°004
(2012). Asimismo de la revisión de la declaración de impacto ambiental del
proyecto de explotación minera TERRAZAS se realizó 18 observaciones que el
titular debe subsanar en un plazo de 30 días Según Decreto supremo N° 019
(2009) para seguir con los tramites respectivos para la certificación ambiental.
5.3. Inspección del proyecto minero no metálico LUYANDO 10
Según Decreto Legislativo Nº 1101 (2012) menciona que son
entidades de fiscalización ambiental los gobiernos regionales que han recibido
la transferencia de tales funciones en el marco del proceso de
descentralización, en lo relacionado a la fiscalización de las actividades de
pequeña minería y minería artesanal también es una entidad facultada para
desarrollar funciones de evaluación, supervisión, fiscalización y sanción en
materia ambiental a nivel nacional, regional o local, con independencia
funcional del OEFA. Según la inspección realizada por el equipo técnico de la
dirección regional de energía minas e hidrocarburos se realizaron 3
observaciones como muestra el cuadro 13 cuya sanción económica fue de 2
UIT por no contar con la autorización para inicio de actividades de exploración.
71
VI. CONCLUSIÓN
1. Se determinó que la concesión minera TERRAZAS III cumple con el 100%
de los requisitos para la certificación ambiental. Mientras la concesión
minera no metálica CANTERA VITORS cumple con el 71 % de los requisitos
para la certificación ambiental .La concesión minera no metálica LUYANDO
10 cumple con el 67 % de los requisitos para el inicio de actividades de
exploración.
2. Se revisó los instrumentos de gestión ambiental de los proyectos de
explotación minera TERRAZAS III y CANTERA VITORS resultado de estas
evaluaciones son los informes Nº 020 – 2014
G.R.HUANUCO/DREMH/NEEL del proyecto TERRAZAS III con 18
observaciones y el informe N°012-2014 G.R.HUANUCO/DREMH/NEEL del
proyecto de explotación CANTERA VITORS con 9 observaciones también se
analizó la importancia de que el titular levante estas observaciones para
mejorar la formulación del estudio de impacto ambiental.
3. Se inspecciono la concesión minera LUYANDO 10 encontrando actividad de
exploración y movimiento de tierras sin autorización de inicio de actividades
de exploración, se elaboró un informe con las observaciones realizadas
sancionando con una multa de 2 Unidad impositiva tributaria (UIT) al titular
de dicha concesión.
72
VII. RECOMENDACIONES
1. La dirección regional debería contar con un presupuesto razonable para
hacer frente y poner freno a la expansión de la actividad que se realiza fuera
de la ley, sin contar con medidas de protección ambiental o que permitan
garantizar el respeto de los derechos de terceros ya que el gobierno regional
recibió 1, 043,267 nuevos soles por transferencias del canon minero en el
2013.
2. Se recomienda a los titulares de las concesiones mineras a dar inicio a
actividades de exploración o explotación cuando obtengan su autorización
de inicio o reinicio de actividades y certificación de operaciones mineras.
3. También se recomienda brindar todos los requisitos y documentaciones para
la agilización del trámite y para la obtención de su certificación ambiental.
4. Continuar motivando y concientizando a las personas que quieren
emprender actividad minera pero con responsabilidad social y desarrollo
sostenible
5. Se recomienda a los titulares de derechos mineros poner en marcha el plan
de manejo ambiental de los instrumentos de gestión ambiental correctivos a
partir del momento en el que este se aprueba y no esperar a los 3 años de
plazo para la implementación.
73
6. Los encargados de la elaboración de los estudios de impacto ambiental
deberían formular y detallar las acciones que se realizaran en el plan de
manejo ambiental ya que este documento es como una declaración jurada
que si el titular no cumple lo que está manifestado en el instrumento de
gestión ambiental puede recibir multas u otras sanciones.
7. Se recomienda a los titulares dejar hacer el trabajo de constatación sin
intervención o intromisión para que la autoridad pueda ser imparcial en las
observaciones.
74
VIII. REFERENCIA BIBLIOGRAFICA
Comisión técnica multisectorial. 2011. Plan Nacional para la Formalización de
la Minería Artesanal. 33p. [En línea]: MINEM (http:
//www.minem.gob.pe/minem/archivos/file/Mineria/LEGISLACION/2011/
plan_nacional_para_la_formalizacion_de_la_mineria_artesanal%20%2
0%20.pdf, documento, 16 enero. 2014)
CONESA, F. 1997. Guía metodológica para la evaluación de impacto
ambiental. 2 ed. España, Editorial Acribia.98 p.
Decreto legislativo N°1040. 2008. Decreto legislativo que modifica la ley Nº
27651. Lima, Perú.3p.
Decreto legislativo Nº 1101. 2012. Decreto que establece medidas para el
fortalecimiento de la fiscalización ambiental como mecanismo de lucha
contra la minería ilegal. MINEM. 4p
Decreto legislativo N° 1105. 2012. Disposiciones para el proceso de
Formalización de las actividades de pequeña minería y minería
artesanal. Lima, Perú. 10p.
Decreto supremo N° 014. 1992. Texto único ordenado de la ley general de
minería. Lima, Perú. MINEM. 85p.
75
Decreto supremo N° 074. 2001. Reglamento de estándares nacionales de
calidad ambiental del aire. Lima, Perú. MINEM. 16p.
Decreto supremo Nº 013. 2002. Reglamento de la ley de formalización y
promoción de la pequeña minería y la minería artesanal. Lima, Perú.
MINEM.17p.
Decreto supremo Nº 085.2003. Reglamento de estándares nacionales de
calidad ambiental para ruido. Lima, Perú. MINAM.11p.
Decreto supremo Nº 057. 2004. Reglamento de la ley general de residuos
sólidos. . Lima, Perú. MINAM. 101p.
Decreto supremo N° 034. 2004. Categorización de especies amenazadas de
fauna silvestre y prohíben su caza, captura, tenencia, transporte o
exportación con fines comerciales. . Lima, Perú. MINAM.9p.
Decreto supremo N°033. 2005. Reglamento para el cierre de minas. Lima, Perú.
31p.
Decreto supremo Nº 002. 2008. Reglamento de estándares Nacionales de
Calidad Ambiental para Agua. . Lima, Perú. MINAM. 21p.
Decreto supremo N° 019. 2009. Reglamento de ley del sistema nacional de
evaluación de impacto ambiental. Lima, Perú. MINAM. 17p.
Decreto supremo N°004. 2012. Aprueban disposiciones complementarias para
el instrumento de gestión ambiental correctivo (IGAC), para la
formalización de actividades de pequeña minería y minería artesanal
en curso. Lima, Perú. MINAM. 7p.
76
Decreto supremo N° 020. 2012. Modificación del reglamento de procedimientos
mineros, aprobado por decreto supremo 018-92-em, a fin de
uniformizar criterios para la evaluación y otorgamiento de autorización
de beneficio, concesión de beneficio e inicio de actividad de
exploración y/o explotación, para la minería artesanal, pequeña
minería, mediana minería y gran minería. . Lima, Perú. MINEM. 4p.
DELLAVEDOVA, M. 2010. Guía metodológica para la elaboración de una
evaluación de impacto ambiental. Universidad de la plata. 1ed. Buenos
Aires, Argentina, Editorial espacio. 38 p.
DÍEZ, S. 2005. Guía para la elaboración de planes de mejora en las
administraciones públicas. 1 ed. Madrid, Editorial Instituto Nacional de
Administración Pública. 54p.
DREMH (Dirección regional de energía y minas Junín). 2014. Plan regional de
formalización de la pequeña minería y minería artesanal en la región
JUNIN. [En línea]: DREM JUNIN, (http://www.dremjunin.gob.pe/
GESTION2013/ formalizacion.pdf, documento, 02 de feb. 2014)
Ley N°28611. 2005. Ley general del ambiente. Lima, Perú. MINAM.168p.
MINAM (Ministerio del ambiente). 2007. Proyecto de reforma del sector de
recursos minerales del Perú. Guía para los pequeños mineros y
mineros artesanales. [En línea]: MINAM (http://cdam.minam.
gob.pe:8080/bitstream/123456789/1238/1/0000672.pdf, documento, 05
feb. 2014)
77
Resolución ministerial N°043. 2006. Aprueban categorización de especies
amenazadas de flora silvestre. Lima, Perú. MINAG.13p.
Reglamento N° 29338. 2010. Ley de recursos hídricos. Lima .Perú. ANA.81p.
Resolución Suprema Nº 004. 2000. Reglamento de investigaciones
arqueológica. Lima, Perú. MINEM. 19p.
78
ANEXOS
APENDICE 1: Panel fotográfico
a. Constatación a la concesión “LUYANDO 10” en la provincia de Leoncio Prado
Figura 5.Movimiento de tierras con un área aproximada de 2
hectáreas.
Figura 6. Perforación Diamantina Horizontal sellado con concreto.
79
Figura 7. Toma de coordenadas del punto de la perforación
diamantina vertical
Figura 8. Dentro de la zona del proyecto se encuentran plantaciones de plátano y otros.
80
b. Constatación a la concesión CANTERA VITORS
Figura 9. Los ingenieros a cargo de la elaboración del IGAC nos están
explicando donde será el punto 1 de monitoreo de agua.
Figura 10. Subiendo para la constatación de algunos componentes del
proyecto.
81
Figura 11. El ingeniero se encuentra mostrándonos el plano que
identifica las coordenadas de los componentes de la
concesión
82
APENDICE 2: Mapa de ubicación de trabajo en gabinete y campo
83
84
85
86
APENDICE 3: Requisitos para el proceso de formalización
Requisitos para la certificación ambiental de la concesión minera metálica
TERRAZAS III.
- Título de la concesión minera
- Autorización para uso de terreno superficial
87
- Certificado de inexistencia de restos arqueológicos
- Autorización para uso de agua industrial
- Ratificación de la propuesta de clasificación
88
- Certificación ambiental
Requisitos para la certificación ambiental de la concesión minera metálica
CANTERA VITORS
- Declaración de compromiso
89
- Título de concesión minera
- Autorización de uso del terreno superficial
No presenta
- Certificación de inexistencia de restos arqueológicos.
No presenta
Requisitos para el inicio de actividades de exploración en la concesión
minera LUYANDO 10.
- Título de concesión minera LUYANDO 10
90
- Autorización de uso superficial
- Aprobación de la declaración de impacto ambiental
Si tiene
- Monitoreo ambiental actualizado, efectuado por un laboratorio certificado o
acreditado por INDECOPI.
91
92
Inspección de la concesión minera no metálica LUYANDO 10
93
INDICE
I. INTRODUCCIÓN ........................................................................................................ 1
1.1. Objetivo general ...................................................................................................... 2
1.1.1.Objetivos específicos ...................................................................................... 2
II. REVISIÓN DE LITERATURA ..................................................................................... 3
2.1. Aspectos generales de la dirección regional de Energía, Minas e Hidrocarburos
de Huánuco .............................................................................................................. 3
2.1.1.Misión .............................................................................................................. 3
2.1.2.Visión .............................................................................................................. 3
2.2. Formalización .......................................................................................................... 4
2.2.1. Ventajas de formalización ............................................................................. 4
2.2.2.Desventajas de la informalidad ...................................................................... 5
2.3. Diferencias entre minería informal e ilegal.............................................................. 6
2.3.1.Minería ilegal .................................................................................................. 6
2.3.2.Minería informal .............................................................................................. 6
2.4. Puntos críticos que influyen en la formalización de la minería artesanal ............... 7
2.5. Concesión minera ................................................................................................... 8
2.6. Etapas de la actividades minera ............................................................................. 8
2.7. Clasificación de la minera en el Perú .................................................................... 10
2.8. Declaración de compromisos ................................................................................ 11
2.9. Instrumento de gestión ambiental correctivo (IGAC) ............................................ 11
2.10. Estudio de impacto ambiental ............................................................................... 12
2.10.5.Propuesta de clasificación .......................................................................... 14
2.10.6.Evaluación preliminar (EP) ......................................................................... 15
2.10.7.Clasificación ambiental ............................................................................... 15
94
2.10.8.Declaración de impacto ambiental (DIA) .................................................... 16
2.10.9.Certificación ambiental ............................................................................... 16
2.11. Entidad fiscalización ambiental ......................................................................... 16
2.12. Estructura legal .................................................................................................. 17
2.12.1.Generalidades .............................................................................................. 17
2.12.2.Base legal ................................................................................................... 17
III. MATERIALES Y MÉTODOS ..................................................................................... 43
3.1. Lugar de ejecución ................................................................................................ 43
3.1.1.Ubicación política fase de gabinete .............................................................. 43
3.1.2.Ubicación política fase de campo ................................................................. 43
3.1.3.Clima e hidrografía ....................................................................................... 44
3.2. Materiales y equipos ........................................................................................................... 45
3.2.1.Materiales ..................................................................................................... 45
3.2.2.Equipos ......................................................................................................... 45
3.3. Metodología ........................................................................................................... 46
3.3.1.Determinación del cumplimiento de los requisitos de formalización
de los proyectos TERRAZAS III, CANTERA VITORS y LUYANDO 10 ...... 46
3.3.2. Revisión de los instrumentos de gestión ambiental de los proyectos de
explotación minera TERRAZAS III y CANTERA VITORS .......................... 49
3.3.3.Constatación de la concesión minera LUYANDO 10 ................................... 53
IV. RESULTADOS .......................................................................................................... 55
4.1. Determinación del cumplimiento de los requisitos para el proceso de
formalización de los proyectos mineros ................................................................ 55
4.1.1.Determinación del cumplimiento de los requisitos del proyecto de
explotación CANTERA VITORS .................................................................. 55
95
4.1.2.Determinación del cumplimiento de los requisitos para el proceso de
formalización del proyecto minero de explotación TERRAZAS III .............. 56
4.1.3.Determinación del cumplimiento de los requisitos para el inicio de
exploración del proyecto de exploración LUYANDO 10 ............................. 58
4.2. Revisión de los instrumentos de gestión ambiental de los proyectos de
explotación minera TERRAZAS III Y CANTERA VITORS ..................................... 59
4.2.1.Revisión del instrumento de gestión ambiental del proyecto de explotación
minera TERRAZAS III .................................................................................. 59
4.2.2.Revisión del instrumento de gestión ambiental del proyecto de explotación
minera CANTERA VITORS ......................................................................... 64
4.3. Inspección de la concesión minera no metálica del proyecto de exploración
LUYANDO 10 ......................................................................................................... 67
V. DISCUSIÓN .............................................................................................................. 68
VI. CONCLUSIÓN .......................................................................................................... 71
VII.RECOMENDACIONES .............................................................................................. 72
VIII.REFERENCIA BIBLIOGRAFICA .............................................................................. 74
ANEXOS .......................................................................................................................... 78
96
INDICE DE CUADROS
Cuadro 1 .Clasificación de la minería en el Perú .......................................................................10
Cuadro 2. Términos de referencia para elaboración de la declaración de impacto
ambiental. ..................................................................................................................20
Cuadro 3.terminos de referencia para los instrumentos de gestión ambiental. ........................28
Cuadro 4. Coordenadas UTM de la concesión minera LUYANDO 10 ......................................44
Cuadro 5. Coordenadas UTM de la Concesión Minera CANTERA VITORS ............................44
Cuadro 6. Requisitos para la certificación ambiental de CANTERA VITORS ...........................55
Cuadro 7. Porcentaje de requisitos para la certificación ambiental de CANTERA VITORS .....56
Cuadro 8. Requisitos para la certificación ambiental de TERRAZAS III ..................................57
Cuadro 9.Porcentaje de requisitos para la certificación ambiental de TERRAZAS III ..............57
Cuadro 10. Requisitos para el inicio de actividades de exploración .........................................58
Cuadro 11. Porcentaje de requisitos que cumple para el proceso de formalización. ...............58
Cuadro 12. Observaciones realizadas de la revisión de la declaración de impacto
ambiental de TERRAZAS III ...................................................................................60
Cuadro 13. Los resultados del informe de evaluación y la importancia de que levanten
estas observaciones PROYECTO CANTERA VITORS ........................................65
Cuadro 14. Observaciones realizadas durante la constatación de la concesión
LUYANDO 10 ...........................................................................................................67
97
INDICE DE FIGURAS
Figura 1. Etapa del procedimiento del instrumento de gestión ambiental correctivo ... 28
Figura 2. Proporción de cumplimiento de requisitos para la emisión de certificación
ambiental de CANTERA VITORS ................................................................ 56
Figura 3. Proporción de cumplimiento de requisitos para la certificación ambiental de
TERRAZAS III ............................................................................................. 57
Figura 4. Proporción de cumplimiento de requisitos para el inicio de actividades de
exploración LUYANDO 10 ........................................................................... 59
Figura 5.Movimiento de tierras con un área aproximada de 2 hectáreas. .................... 78
Figura 6. Perforación Diamantina Horizontal sellado con concreto. ............................. 78
Figura 7. Toma de coordenadas del punto de la perforación diamantina vertical ........ 79
Figura 8. Dentro de la zona del proyecto se encuentran plantaciones de plátano y
otros. ............................................................................................................. 79
Figura 9. Los ingenieros a cargo de la elaboración del IGAC nos están explicando
donde será el punto 1 de monitoreo de agua. ............................................. 80
Figura 10. Subiendo para la constatación de algunos componentes del proyecto. ...... 80
Figura 11. El ingeniero se encuentra mostrándonos el plano que identifica las
coordenadas de los componentes de la concesión ..................................... 81
98
UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA
FACULTAD DE RECURSOS NATURALES RENOVABLES
DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE CIENCIAS AMBIENTALES
INFORME FINAL DE PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES
Revisión de los instrumentos de gestión ambiental de los proyectos de explotación minera
TERRAZAS III y CANTERA VITORS e inspección de la concesión minera LUYANDO 10 en
Huánuco
Ejecutor : Villanueva Vilcahuaman, Tatiana Lizbeth.
Asesor : Ing. BETETA ALVARADO, Víctor Manuel
Lugar de Ejecución : Dirección regional de energía, minas e hidrocarburos-Huánuco
Fecha de inicio : 13 de Enero del 2014
Fecha de término : 13 de Abril del 2014
TINGO MARÍA, PERÚ
2014