HOSPITAL SAN RAFAEL DE ITAGÜÍ, LA E.S.E CONVOCATORIA ... · Residuos y zonas verdes 1 6:00 pm a...
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HOSPITAL SAN RAFAEL DE ITAGÜÍ, LA E.S.E
CONVOCATORIA PÚBLICA
OBJETO: “Prestar el servicio integral de limpieza, desinfección y otros servicios
hospitalarios de la Empresa Social del Estado San Rafael del Municipio de Itagüí,
Antioquia”.
CÓDIGO DEL CONTRATO
No. 001 de 2019
FECHA: 08 de marzo de 2019
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I. INTRODUCCIÓN
La Empresa Social del Estado Hospital San Rafael del municipio de Itagüí pone a
disposición de los interesados los términos de condiciones para la selección del
contratista encargado de prestar el servicio integral de limpieza y desinfección
hospitalaria de la entidad, con inclusión del recurso humano, y elementos de protección
personal necesarios para llevar a cabo la prestación del servicio; los cuales se
pueden consultar en la página web de la institución www.hsanrafael.gov.co
El objeto del contrato es “Prestar el servicio integral de Aseo, limpieza y desinfección
hospitalaria en las sedes de la Empresa Social del Estado Hospital San Rafael del
municipio de Itagüí, con inclusión del recurso humano con su dotación, herramientas y
elementos de protección personal necesarios para llevar a cabo la prestación del
servicio”.
El proponente deberá examinar cuidadosamente el presente documento, así como sus
anexos, con el fin de que la propuesta se ajuste en su totalidad a los mismos y tener en
cuenta que las reglas en él contenidas son de obligatorio cumplimiento
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II. ASPECTOS GENERALES
1. INVITACIÓN A LAS VEEDURÍAS CIUDADANAS
En cumplimiento de lo dispuesto en el del Estatuto Contractual de la entidad
(Acuerdo No. 007 del 3 de junio de 2014, modificado por el Acuerdo No. 015 del 21
de noviembre de 2014), la Empresa Social del Estado Hospital San Rafael del municipio
de Itagüí convoca a las veedurías ciudadanas que se encuentran conformadas de
acuerdo con la ley, para que realicen el control social al presente proceso de
contratación.
2. RÉGIMEN JURÍDICO
El presente proceso de selección y el contrato que de él se derive se sujetarán a lo
dispuesto en el artículo 195 numeral 6 de la Ley 100 de 1993, Resolución N. 5185
de 2013 del Ministerio de Salud y Protección Social, en el Estatuto Contractual de la
entidad (Acuerdo No. 007 del 3 de junio de 2014, modificado por el Acuerdo No. 015
del 21 de noviembre de 2014), con sometimiento a las disposiciones contenidas en el
Código Civil, el Código de Comercio y demás normatividad vigente.
El futuro contrato contendrá las cláusulas excepcionales previstas en el Estatuto General
de la Administración Pública, tales como interpretación unilateral, modificación unilateral,
terminación unilateral y caducidad.
3. IDIOMA
El idioma oficial de presentación de las propuestas será el castellano (español). Por
consiguiente, todos los documentos e informaciones de cualquier índole deben ser
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redactados en este idioma. En el evento de catálogos o documentos que estén escritos
en otro idioma, la propuesta debe anexar la traducción de los aspectos más relevantes,
siendo esta traducción la utilizada para efectos de análisis de los mismos. Cuando la
E.S.E Hospital San Rafael de Itagüí., estime necesario hacer la traducción de otros
aspectos podrá solicitarle al oferente que allegue dicha traducción y en el evento de no
ser atendido el requerimiento en forma oportuna, la oferta será rechazada.
4. CORRESPONDENCIA
Toda la correspondencia de los proponentes para el Hospital San Rafael de Itagüí, LA
E.S.E, debe enviarse a:
• Centro de Gestión Documental, Calle 47 No. 48 – 63, en el municipio de Itagüí,
Antioquia, de lunes a viernes entre las 7:00 a.m. a 3:00 p.m.
• Proceso N° 001 de 2019.
• Objeto: “Prestar el servicio integral de Aseo, limpieza y desinfección hospitalaria en
las sedes de la Empresa Social del Estado Hospital San Rafael del municipio de
Itagüí, con inclusión del recurso humano con su dotación, herramientas y elementos
de protección personal necesarios para llevar a cabo la prestación del servicio”.
• Correo: [email protected]
• Datos del remitente: Nombre, Dirección Física, Dirección Electrónica y Teléfono;
Identificación de los anexos presentados con la comunicación.
• El documento debe de ir foliado y debidamente firmado.
Las comunicaciones entre los proponentes y la E.S.E Hospital San Rafael de Itagüí por
canales distintos a los mencionados, no serán tenidos en cuenta.
Ninguna aclaración verbal por parte del personal de la entidad podrá afectar el alcance y
condiciones de la presente convocatoria pública y sus adendas, en caso de existir.
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5. COSTOS DERIVADOS DE PARTICIPAR EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.
Los costos y gastos en que los interesados incurran con ocasión del análisis de los
documentos del proceso, la presentación de observaciones, la preparación y
presentación de las ofertas, y cualquier otro costo o gasto relacionado con la participación
en el presente proceso de contratación estará a cargo exclusivo de los proponentes y
a riego de éste y la E.S.E. Hospital San Rafael de Itagüí en ningún caso será responsable
de los mismos.
6. MODALIDAD DEL PROCESO DE SELECCIÓN
Conforme al artículo 16 del Estatuto Contractual de la Empresa Social del Estado
Hospital San Rafael del municipio de Itagüí (Acuerdo No. 007 del 3 de junio de 2014,
modificado por el Acuerdo No. 015 del 21 de noviembre de 2014), la modalidad del
proceso de selección que procede para elección del futuro contratista es la convocatoria
pública, puesto que la cuantía contrato a suscribir es superior a doscientos cincuenta
(250) salarios mínimos legales mensuales vigentes (S.M.L.M.V).
7. CONSULTA DEL AVISO DE CONVOCATORIA, ESTUDIOS PREVIOS Y DEMÁS
DOCUMENTOS QUE HACEN PARTE DEL PROCESO PRECONTRATUAL Y
CONTRACTUAL.
Las personas interesadas en participar en la presente convocatoria pública podrán
consultar en la página Web www.hsanrafael.gov.co o en el área de contratación o jurídica,
ubicada en la dirección Calle 47 Sur N° 48 – 63, Piso 2, Teléfono 4 48 22 24, extensión
9120 ó 9121, partir de las fechas establecidas en el cronograma, en horario de oficina de
lunes a jueves de 8:00 am a 12:00 m y de 1:00 pm a 5:00 pm y viernes de 8:00 am a
12:00 m y de 1:00 pm hasta las 4:00 pm. Se excluye de este horario días festivos.
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III. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO CONTRACTUAL
1. OBJETO
El presente proceso de contratación tiene por objeto la selección de la empresa
contratista que presente la propuesta más favorable para prestar el servicio integral
de limpieza y desinfección hospitalaria de la Empresa Social del Estado Hospital San
Rafael del municipio de Itagüí, con inclusión del recurso humano y elementos de
protección personal necesarios para llevar a cabo la prestación del servicio.
2. ALCANCE DEL OBJETO
2.1. El servicio de limpieza y desinfección hospitalaria de la Empresa Social del Estado
Hospital San Rafael del municipio de Itagüí comprende todas las áreas administrativas y
asistenciales de la entidad, ubicadas tanto en la sede uno (1) como en la sede dos (2).
La sede uno (1) está en la Carrera 51 A No. 45 – 51 y la sede dos (2) ubicada Calle 47
No. 48 – 63, del Municipio de Itagüí, Antioquia.
2.2. El proponente debe garantizar la cobertura de los siguientes horarios para asegurar
el servicio de limpieza y desinfección hospitalaria, el cual se encuentra discriminado por
servicios:
SERVICIO SEDE HORARIO DÍAS DE LA SEMANA
Sala 1 Alistamiento y alta 2 6:00 am a 6:00 pm Lunes a Domingo
Sala 2 Alistamiento y alta 2 6:00 am a 6:00 pm Lunes a Domingo
Apoyo Sal 1 y 2 2 6:00 am a 6:00 pm Lunes a Domingo
Sala 3 Alistamiento y alta 2 6:00 am a 6:00 pm Lunes a Domingo
Sala 4 Alistamiento y alta 2 6:00 am a 6:00 pm Lunes a Domingo
Apoyo sala 3 y 4 2 6:00 am a 6:00 pm Lunes a Domingo
Sala 5 Alistamiento y alta 2 6:00 am a 6:00 pm Lunes a Domingo
Pediatría Alistamiento alta 2 6:00 am a 6:00 pm Lunes a Domingo
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Urgencias Pediátricas Alista-alta 2 6:00 am a 6:00 pm Lunes a Domingo
Apoyo Urgencias-Pediatría 2 6:00 am a 6:00 pm Lunes a Domingo
Urgencias Pediátricas Alista-alta Noche 2 6:00 pm a 6:00 am Lunes a Domingo
hospitalización noche 2 6:00 pm a 6:00 am Lunes a Domingo
Apoyo-Urgencias- Pediátricas Alista- Noche 2 6:00 pm a 6:00 am Lunes a Domingo
Áreas comunes varios 2 6:00 am a 6:00 pm Lunes a viernes
Áreas comunes y RX 2 6:00 am a 6:00 pm Lunes a viernes
Residuos y zonas verdes 2 6:00 pm a 4:00 pm Lunes
2 6:00 am a 2:30 pm Martes a Domingo
Administración 2 7:00 am a 5:00 pm Lunes a viernes
6:00 pm a 12:30 pm Sábados
Apoyo general 2 6:00 am a 6:00 pm Lunes a Domingo
Administrativo 2 6:00 am a 6:00 pm Lunes a sábado
SERVICIO SEDE HORARIO
DÍAS DE LA SEMANA
U.C.I. 1 6:00 am a 6:00 pm Lunes a Domingo
U.C.I. noche 1 6:00 pm a 6:00 am Lunes a Domingo
Cirugia 1 6:00 am a 6:00 pm Lunes a Domingo
Cirugia 1 6:00 am a 6:00 pm Lunes a Domingo
Apoyo Cirugia 1 6:00 am a 6:00 pm Lunes a Domingo
Cirugia Noche 1 6:00 pm a 6:00 am Lunes a Domingo
Apoyo U.C.I. - Cirugía noche 1 6:00 pm a 6:00 am Lunes a Domingo
Apoyo U.C.I. - Sala 2 1 6:00 am a 6:00 pm Lunes a Domingo
Apoyo Sala 5 Sala 2 - Sala 1 Sede 1 1 6:00 am a 6:00 pm Lunes a Domingo
Sala 1 - Alistamiento y alta 1 6:00 am a 6:00 pm Lunes a Domingo
Sala 2 - Alistamiento y alta 1 6:00 am a 6:00 pm Lunes a Domingo
Urgencias 1 6:00 am a 6:00 pm Lunes a Domingo
Urgencias 1 6:00 am a 6:00 pm Lunes a Domingo
Apoyo urgencias 1 6:00 am a 6:00 pm Lunes a Domingo
Urgencias noche 1 6:00 pm a 6:00 am Lunes a Domingo
Urgencias noche 1 6:00 pm a 6:00 am Lunes a Domingo
Apoyo urgencias noche 1 6:00 pm a 6:00 am Lunes a Domingo
Consulta externa 1 6:00 pm a 6:00 am Lunes a viernes
6:00 pm a 12:30 pm Sábados
Áreas comunes y RX 1 6:00 pm a 6:00 am Lunes a viernes
6:00 pm a 12:30 pm Sábados
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Laboratorio 1 6:00 am a 6:00 pm Lunes a viernes
6:00 pm a 12:30 pm Sábados
Residuos y zonas verdes 1 6:00 pm a 4:00 pm Lunes
6:00 am a 2:30 pm Martes a Domingo
Apoyo general 1 6:00 am a 6:00 pm Lunes a Domingo
2.3. Para la prestación del servicio de limpieza y desinfección hospitalaria, se
establecen en el Manual Aseo y Desinfección de la Empresa Social del Estado, que
se encuentra en el Anexo No. 1 de los presentes términos de condiciones y del cual
deberá hacerse la adherencia respectiva.
2.4. El personal a cargo del contratista realizará las labores de limpieza y desinfección
hospitalaria, tales como: barrer, trapear, sacudir, limpiar, lavar, desinfectar pisos, baños,
unidades sanitarias, techos, ventanas, puertas, paredes, vidrios, muebles, enseres,
equipos de oficina y todo lo relacionado con actividades propias del aseo.
2.5. Las personas que para estas actividades realicen labores de altura, deberán contar
con el respectivo Certificado de Trabajo Altura vigente, de conformidad con la
normatividad vigente y emitido por autoridad competente.
2.6. El contratista además realizará la ruta interna de residuos hospitalarios en ambas
sedes de la Empresa Social del Estado.
El personal a cargo de esta función deberá conocer el manejo de distribución y
manipulación de estos residuos y realizará las siguientes actividades:
• Realizar el recorrido de recolección de residuos por los servicios de la entidad a las
6:00 A.M. y 1:00 P.M., actividad que realizará dos (2) veces al día, todos días.
• Realizar el pesaje de todos los residuos, diligenciando las planillas establecidas por
la institución para tal finalidad, actividad que realizará diariamente.
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• Entregar los residuos a las empresas de gestión externa: residuos ordinarios,
residuos peligrosos y reciclaje, distribuidos así:
ORDINARIOS Y BIOLÓGICOS: Tres (3) veces a la semana
RECICLABLES: Una (1) vez por semana.
• Suscribir los formatos de entrega de residuos a las empresas externas y
guardar las respectivas copias, hacer entrega de ellas al Coordinador de servicios
operativos.
• Mantener diariamente en condiciones de orden y limpieza los cuartos de
almacenamiento intermedios y final de residuos, actividad que realizará diariamente.
• Entregar mensualmente al líder de apoyo a la supervisión designado por la
Empresa Social del Estado, los informes consolidados de los residuos generados
día a día por servicio, en el formato establecido para tal fin.
• Hacer verificación semanal de los desagües en los jardines de la entidad y retirar
cualquier obstrucción que ocasione encharcamiento o acumulación de agua.
Diligenciar el formato establecido para tal fin, y presentarlo al Coordinador para
verificar la actividad y en el evento de presentar alguna novedad deberá ser
reportado inmediatamente al Coordinador, para tomar las medidas necesarias.
• Hacer la separación y clasificación del material reciclable de acuerdo con lo
establecido en la normatividad, material que será entregado y vendido a la empresa
contratista de residuos reciclables.
2.8. El personal a cargo de contratista deberá estar dotado (vestimenta propia para la
actividad a realizar y de elementos para la ejecución de la su actividad designada por el
contratista) para la ejecución del objeto contractual, de los elementos de seguridad
industrial, higiene ocupacional y bioseguridad requeridos para la prestación del servicio
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en la entidad de salud, tales como gafas de bioseguridad con protección lateral, guantes
verdes, rojos y de carnaza, careta de bioseguridad cuando se manipule formol,
uniforme de tela de material antifluidos de color azul, el cual deberá ser aprobado por el
Supervisor del contrato, luego de enviar una muestra a fin de garantizar la calidad de la
tela, calzado antideslizante, que cubra todo el pie y resistente, delantal de material
antifluidos y mascarilla de alto fluido No 95.
Para la adquisición de dichos elementos, la Oficina de Salud Ocupacional de la Empresa
Social del Estado brindará el apoyo técnico, de tal manera que no vayan en contravención
a lo establecido en estándares de calidad ICONTEC y NIOSH y de acuerdo con los
programas de seguridad y sistemas de vigilancia epidemiológica que se desarrollan en
la entidad.
DOTACIÓN
PERSONAL DE SERVICIOS GENERALES
SERVICIOS GENERALES
TIPO DE
ELEMENTO CARACTERÍSTICAS USO REPOSICIÓN
PIJAMA
Material antifluidos,
liviano sin correderas ni
botones.
Aseo de
habitaciones,
pasillos, baños
Mínimo cada tres (3)
meses dependiendo
del desgaste
ZAPATOS
Cómodos y con suela
antideslizante
totalmente cubiertos.
Lo usara para las
labores diarias
Mínimo cada tres (3)
meses dependiendo
del desgaste
DELANTAL Con soporte en cuello,
amarraderas a la cintura
Labores de aseo
terminal, limpieza de
fluidos (sangre,
vómito y otros),
limpieza de baños
Deterioro
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GUANTES DE
CAUCHO
Calibre 25. Largos
aprox. 30 cms. Un par
de color diferente para
un par de color diferente
para manipular
biosanitarios
Aseo instalaciones
general Deterioro
PROTECTOR
RESPIRATORIO Tapabocas
Aseo instalaciones
donde exista riesgo
de infección
Deterioro
GAFAS DE
SEGURIDAD
De policarbonato, visión
panorámica, ventilación
lateral
Aseo instalaciones
de instalaciones,
especialmente donde
exista presencia de
fluidos
Deterioro
GORRO O
CACHUCHA
PROTECTORA
Este debe ser en
material resistente y
liviano. Sin visera y que
no obstruya la visión,
debe cubrir el cabello en
su totalidad. Material de
excelente calidad
Aseo instalaciones,
servicio de
alimentación,
quirófanos, sala de
partos
Deterioro
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DOTACIÓN
PERSONAL DE SERVICIOS GENERALES
MANEJO INTEGRAL DE RESIDUOS SOLIDOS HOSPITALARIOS
TIPO DE
ELEMENTO CARACTERÍSTICAS USO REPOSICIÓN
BOTAS
PLÁSTICAS Caña alta
Aseo instalaciones de
depósito, recolección,
transporte interno
Mínimo cada
tres (3) meses
dependiendo
del desgaste
PIJAMA
Material antifluidos,
liviano sin correderas no
botones.
Transporte interno y
recolección.
Mínimo cada
tres meses
dependiendo
del desgaste
DELANTAL
PLÁSTICO
Con soporte en cuello y
tiras para amarre en la
cintura, preferiblemente
en color claro
Labores de recolección
manual, áreas y
recipientes
Deterioro
GUANTES DE
LÁTEX
(OPCIONAL)
Guantes simples de látex
Para anteponerse a los
guantes de plásticos para
aseo e instalaciones y
recolección.
Deterioro
GUANTES DE
CAUCHO
Calibre 25. largo
aproximado 30 cm, un
par de color diferente
para manipulación de
biosanitarios
Aseo instalaciones de
depósito, recolección,
transporte interno
Deterioro
GUANTES DE
CARNAZA
Preferiblemente de un
gran calibre, no debe
limitar movimientos de
dedos y mano
Transporte interno y
recolección. Deterioro
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PROTECTOR
RESPIRATORIO
Mascarilla de carbón
activado. doble válvula
aseo instalaciones de
depósito, recolección,
transporte interno
Deterioro
PROTECTOR
FACIAL
Careta tipo odontólogo,
con visor de
policarbonato
transparente.
Aseo instalaciones de
depósito, lavado de
recipientes.
Deterioro
GAFAS DE
SEGURIDAD
De policarbonato, visión
panorámica, ventilación
lateral.
Aseo de instalaciones,
recolección y transporte. Deterioro
GORRO O
CACHUCHA
PROTECTORA
Este debe ser en
material resistente y
liviano, sin visera y que
obstruya la visión. debe
cubrir el caballo en su
totalidad
Aseo en instalaciones de
depósito, recolección y
transporte.
Deterioro
2.9. La Empresa Social del Estado dará en comodato al contratista seleccionado los
bienes que se encuentran relacionados en el inventario, que constituye el Anexo No. 2,
de los presentes términos de condiciones; los cuales se compromete a devolver en el
mismo estado en el que fueron entregados.
2.10. El contratista deberá cumplir de manera exclusiva todo lo relacionado con los
derechos laborales del personal que está a su cargo, consagrados en la legislación y
cumplir con todas las normas de salud, seguridad industrial, higiene, seguridad y salud
en el trabajo, establecidas en las normas pertinentes; sin perjuicio de que la Empresa
Social del Estado audite el cumplimiento de dichas obligaciones durante el tiempo de
vigencia del contrato.
2.11. El contratista deberá presentar mensualmente la planilla de los aportes al Sistema
de Seguridad Social Integral (Salud, Pensión y Riesgos Laborales) y el pago de la Caja
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de Compensación Familiar de su personal, según lo dispuesto en el numeral 7 del
artículo 5 del Decreto 1429 de 2010, el numeral 6 del artículo 12 de la Ley 1562 de
2012 y el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, detallada donde se evidencie el pago de
las obligaciones laborales de las personas a su cargo que ejecutarán el contrato.
2.12. Garantizará el cumplimiento del cuadro de turnos programado de acuerdo con las
necesidades de la E.S.E, el cual será entregado mensualmente al Supervisor y al
Coordinador a la supervisión designados por la Empresa Social del Estado. Toda
novedad deberá ajustarse a las necesidades de la E.S.E.
2.13. El proponente deberá manifestar en la propuesta el nombre de la persona que
se encargará de coordinar y supervisar de manera permanente la ejecución del
contrato, además representará al contratista en todas las reuniones y comités que
convoque La E.S.E, y será el responsable de presentar mensualmente al Supervisor de
la entidad y al líder de apoyo a la supervisión designado por La E.S.E, el cuadro de
turnos del personal, hacer seguimiento del desempeño del mismo al personal que
ejecutará el contrato.
El coordinador deberá estar disponible las 24 horas del día, los siete días de la semana,
tener capacidad de resolución y permanecer en contacto con el Subgerente General y
el líder de apoyo a la supervisión; además, vigilará que el personal cumpla con todas las
normas inherentes al servicio objeto del contrato, porten los respectivos uniformes y
carnés.
2.14. El personal con el cual se ejecutará el contrato debe cumplir con los perfiles
establecidos en la institución, de acuerdo al Manual Perfil del Talento (MN_01_TH-1), el
cual se encuentra en el Anexo No. 3 de la presente convocatoria pública, encontrarse
debidamente capacitado en todas las actividades de limpieza, desinfección hospitalaria
y manipulación de sustancias químicas; además, poseer carné de vacunación donde
aparezca consignado la aplicación de las vacunas contra la hepatitis B (titulación),
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varicela, sarampión y tétano, el cual deberá ser presentado al inicio de la ejecución del
contrato.
2.15. El contratista realizará la inducción y reinducción del personal que ejecutará el
objeto contractual en las actividades generales de limpieza y desinfección, de acuerdo
con el Manual Aseo y Desinfección de la Empresa Social del Estado, que se encuentra
en el Anexo No. 1 de los presentes términos de condiciones.
2.16. Deberá contar con el personal suficiente para realizar reemplazos o relevos del
personal cuando la E.S.E, lo requiera en razón de la necesidad del servicio, las posibles
fallas en la prestación del mismo, hechos constitutivos de mala conducta, y también, para
reemplazos por faltas absolutas o temporales a causa de novedades como vacaciones,
incapacidades, licencias, permisos y demás eventos que puedan presentarse, sin que
esto aumente el valor del contrato, deberá suplir esta necesidad en un lapso no superior
a dos (2) horas. Además, cuando se requiera por necesidades del servicio cambio de
personal, deberá comunicar oportunamente esta medida a la entidad y las razones de las
modificaciones.
2.17. El contratista garantizará que el personal que ejecutará el objeto contractual
brindará un trato respetuoso a los pacientes, acompañantes y compañeros de trabajo
de la Empresa Social del Estado.
2.18. Deberá realizar proceso de evaluación del desempeño de su recurso humano, el
cual debe realizarse como mínimo dos (2) veces durante la ejecución del contrato, así
mismo, deberá adelantar los respectivos procesos disciplinarios y el levantamiento del
plan de mejora (de ser requerido), una vez el Supervisor del contrato designado por la
Empresa Social del Estado notifique al contratista, hechos que interfieran con el buen
desarrollo de la prestación del servicio contratado.
2.19. El contratista, enviará muestra del uniforme que portará su personal al supervisor
del contrato para su aprobación, el cual deberá estar de acuerdo con la naturaleza de las
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funciones a desempeñar, garantizando el cumplimiento de las normas de higiene y
seguridad, el cual deberá ser suministrado dentro del mes calendario siguiente a la
suscripción del contrato. Además, el recurso humano deberá portar permanentemente
el carné que los identifique con el contratista seleccionado.
En contratista deberá suministrar como mínimo dos (2) dos uniformes para ser utilizados,
varias veces a la semana
2.20. El personal que ejecutará el contrato deberá estar debidamente identificado, portar
el carné que contenga como mínimo fotografía reciente, número de cédula de ciudadanía,
el RH. Es de carácter obligatorio portar el carné.
2.21. El contratista deberá responder por la conducta de su personal en las instalaciones
de la Empresa Social del Estado y mantener la supervisión directa sobre el mismo,
quienes deberán cuidar, proteger y vigilar los equipos u objetos de propiedad de la entidad
que utilicen en la ejecución del objeto contractual y aun cuando no se estén utilizado.
Responderá cuando por culpa de su recurso humano se genere la pérdida o daño de los
equipos u objetos que tengan a su cargo, a través del reconocimiento y pago de los
perjuicios ocasionados.
2.22. Coordinar con el Supervisor y el líder de apoyo a la supervisión designados por la
entidad, la participación de su personal en las inducciones, re-inducciones, y demás
actividades y capacitaciones programadas por la institución, especialmente aquellas que
tengan por objeto el proceso de habilitación y acreditación de la institución, conforme al
Decreto 1011 de 2006, la Resolución 2003 de 2014 y demás normas que lo reglamentan.
2.23. El contratista se compromete a participar activamente en las reuniones y/o comités
donde la Empresa Social del Estado requiera soporte técnico y administrativo, así como
a otorgar el apoyo necesario y oportuno para la elaboración de las respuestas a las quejas
y reclamos presentados ante la entidad, relacionados con alguno de los servicios
contratados.
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2.24. Bimestralmente el contratista se reunirá con el Supervisor y el líder de apoyo a
la supervisión designados por la Empresa Social del Estado, con el fin de hacer
seguimiento al contrato y tratar temas que contribuyan al mejoramiento de los servicios
contratados.
2.25. El contratista se compromete por medio del su personal a dar cumplimiento a las
normas de bioseguridad, al plan de manejo integral de residuos hospitalarios y al plan de
emergencias de La E.S.E.
2.26. El contratista ni el personal que está a su cargo no utilizará la información a la que
tenga acceso, en beneficio propio o de tercero o para fines diferentes de los consagrados
en el contrato.
2.27. El contratista se compromete a entregar a la Empresa Social del Estado, dentro
del mes calendario siguiente a la suscripción del contrato, el sistema de gestión de
la seguridad y salud en el trabajo con su respectivo cronograma de actividades,
acompañado de la hoja de vida del responsable del sistema, quien debe contar con los
títulos académicos requeridos. Asimismo, entregará informes mensuales de su ejecución
a la Oficina de Talento Humano de la entidad.
2.28. El contratista elegido se compromete a entregar a la Empresa Social del Estado,
dentro del mes calendario siguiente a la suscripción del contrato, el programa de
bienestar y capacitación para el personal con el cual se va ejecutar el objeto del contrato.
2.29. El contratista deberá pagar las retenciones, impuestos, tasa y contribuciones
establecidas en la norma.
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3. PRESUPUESTO ESTIMADO
Para ejecutar el respectivo contrato, la Empresa Social del Estado Hospital San Rafael
del municipio de Itagüí apropió una partida presupuestal de Quinientos Noventa
millones Setecientos treinta y ocho mil Ciento setenta y seis pesos M/CTE
($590.738.176) iva incluido, debidamente amparados en el rubro 2010200-7 Vigilancia
y Aseo, según certificación de viabilidad presupuestal número 389 del 06 de marzo de
2019
4. FORMA DE PAGO.
La Empresa Social del Estado Hospital San Rafael del municipio de Itagüí, cancelará el
valor de los servicios prestados de forma mensual, previa presentación de la factura con
el cumplimiento de los requisitos legales, cuadro de turnos previamente refrendado por
el líder de apoyo a la supervisión designado por la entidad, constancia del pago mes
a mes de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral (salud, pensiones y riesgos
profesionales) del recurso humano que ejecuta el objeto contractual, así como los
correspondientes aportes parafiscales y expedición del aval por parte del Supervisor del
contrato.
El plazo dentro del cual se realizarán los respectivos pagos será señalado por los
proponentes expresamente en sus propuestas y será uno de los criterios para su
evaluación, conforme a lo señalado en el numeral 2 de la sección VI de los
presentes términos de condiciones.
5. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO:
El plazo para la ejecución del contrato será de siete (7) meses, contados a partir de la
suscripción del acta de inicio, sin exceder del 30 de diciembre de 2019.
6. LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO:
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El lugar de ejecución del contrato es en las dos sedes de la Empresa Social del Estado
Hospital San Rafael del Municipio de Itagüí, situadas en la carrera 51 A No. 45 -51 (sede
1) y en la calle 47 No. 46 – 63 (sede 2) del municipio de Itagüí, Antioquia.
IV. PROPONENTES
1. PARTICIPANTES
En el presente proceso de contratación pueden participar personas naturales o jurídicas,
consorcios o uniones temporales, cuyo objeto social esté relacionado con el objeto
del contrato a celebrarse. La duración de las personas jurídicas deberá ser por lo menos
por la vigencia del contrato y tres (3) año más.
En caso de que se constituyan consorcios o uniones temporales deberán reunir los
requisitos legales respectivos, a saber:
a) Que el representante legal de la sociedad efectivamente tenga tal calidad, y cuente
con las autorizaciones estatutarias pertinentes para la realización de los actos requeridos
para la conformación de la unión temporal o consorcio y los contratos que a raíz de ello
se le adjudiquen.
b) Que no se estén violando los regímenes de conflictos de intereses o prohibiciones que
las personas jurídicas intervinientes tengan previstos en sus estatutos.
c) Que cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, entreguen los
balances financieros solicitados.
d) Que cada uno de los integrantes tenga, individualmente considerado, la capacidad
financiera exigida por la entidad contratante para el respectivo contrato.
e) Que los proponentes indiquen si su participación es a título de consorcio o unión
temporal y, en este último caso, señalarán los términos y extensión de la participación en
20
la propuesta y en su ejecución, los cuales no podrán ser modificados sin el
consentimiento previo de la Empresa Social del Estado.
f) Que los miembros del consorcio y de la unión temporal designen la persona que,
para todos los efectos, representará al consorcio o unión temporal y señalen las reglas
básicas que regulen las relaciones entre ellos y su responsabilidad.
g) Que cada uno de los miembros del consorcio o de la unión temporal tengan como
mínimo cinco (5) años de experiencia en la prestación del servicio que se pretende
ofertar, en entidades salud
2. AUSENCIA DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES.
Los proponentes no deben encontrarse incursos en ninguna de las causales de
inhabilidad e incompatibilidad o conflicto de intereses que le impidan la presentación de
propuestas y la suscripción del contrato o actos surgidos en virtud de este proceso de
selección, especialmente las consagradas en los artículos 8º y 9º de la Ley 80 de 1993,
en el artículo 4º del Decreto 679 de 1994, artículo 40 de la ley 734 de 2002 y en las demás
disposiciones constitucionales y legales vigentes sobre la materia.
La Empresa Social del Estado Hospital San Rafael del municipio de Itagüí revisará el
boletín de responsables fiscales, el certificado de antecedentes disciplinarios, el
certificado de antecedentes judiciales para verificar que no haya sanciones inscritas.
Cuando la inhabilidad o incompatibilidad en un proponente sobrevenga dentro del
proceso de selección o durante la ejecución del contrato o sobre alguno de los miembros
de un consorcio o unión temporal, el proponente o interesado será retirado del proceso
de selección. Además, será causal para dar por terminado anticipadamente el contrato si
sobreviene durante su ejecución, sin lugar a indemnización.
La manifestación sobre ausencia de inhabilidades e incompatibilidades se entenderá
hecha con la sola presentación de la propuesta
.
21
V. PROPUESTA
1. PREPARACIÓN DE LA PROPUESTA:
Los proponentes deben presentar sus ofertas por escrito, original debidamente foliada,
en evento de tachones y/o enmendaduras las mismas deberán ir convalidadas con la
firma del representante legal. Y en medio magnético, en sobre cerrado y sellado, con
tabla de contenido en la que se indique la página donde se encuentran los documentos
que soporten la oferta, debe estar foliada de forma consecutiva y ascendente.
La oferta deberá estar vigente por el término de sesenta (60) días calendario, contados
desde la fecha establecida en el cronograma para la presentación de la misma.
Los sobres deberán estar debidamente rotulados así:
EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL SAN RAFAEL DEL MUNICIPIO DE ITAGÜÍ
PROCESO DE SELECCIÓN: Convocatoria pública No. 001 de 2019
OBJETO: “Prestar el servicio integral de limpieza, desinfección y otros servicios hospitalarios
de la Empresa Social del Estado San Rafael del Municipio de Itagüí, Antioquia”.
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL PROPONENTE:
______________________________________________________________________
PROPUESTA: ORIGINAL ____ No. DE FOLIOS: ____
DIRECCIÓN PROPONENTE: _____________________________________________
TELÉFONO PROPONENTE:
CORREO ELECTRÓNICO PROPONENTE:
22
2. ENTREGA DE PROPUESTAS
Las propuestas deberán ser entregadas en la fecha y hora indicada en el cronograma del
presente proceso de invitación pública.
3. PROPUESTAS ALTERNATIVAS O PARCIALES:
El proponente presentará una oferta total que contenga todos los bienes y servicios
requeridos en la presente convocatoria pública.
No se aceptarán ofertas parciales, ni alternativas de ofertas, ni alternativas de
presupuestos, por lo tanto, el proponente debe presentar una oferta total, que incluya la
totalidad de los bienes y servicios que conlleve la ejecución del objeto contractual.
Por cada proponente o interesado, sea persona natural o jurídica, directamente o en
consorcio o en unión temporal, se recibirá una sola propuesta, por lo tanto, un miembro
o integrante de un proponente solamente podrá presentar para este proceso una sola
oferta individualmente o a través de cualesquiera de las formas asociativas.
La propuesta que no ofrezca todos los bienes y servicios será rechazada.
23
VI. VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS
La oferta debe contener la información requerida, vertida en los documentos señalados a
continuación, la cual es necesaria para su verificación y selección objetiva. La Empresa
Social del Estado Hospital San Rafael del municipio de Itagüí podrá comprobar la
autenticidad de los documentos enumerados en el presente capítulo, aportados por los
proponentes.
1. REQUISITOS HABILITANTES
1.1. REQUISITOS LEGALES.
En esta etapa se realizará la verificación del cumplimiento de los requisitos y documentos
jurídicos requeridos, para lo cual se revisará en primer lugar que las propuestas
contengan todos los documentos solicitados en el aviso de convocatoria.
Como segunda medida, se realizará la verificación del contenido de los documentos
básicos que deben anexarse de conformidad con lo establecido con el fin de constatar
que cumplen con los requisitos de ley y los exigidos en el mismo.
La evaluación jurídica no otorgará puntaje alguno, solamente determinará si la propuesta
cumple o no con lo requerido en el presente aviso. Las propuestas que se ajusten a las
exigencias del aviso de convocatoria se calificarán como hábiles.
A)CARTA DE PRESENTACION DE LA PROPUESTA
El proponente deberá diligenciar el formato No. 1 del presente pliego de condiciones,
modelo de carta de presentación de la propuesta, en el cual se indica la información que
24
cada proponente debe manifestar en la misma y cumplir en caso de ser favorecido con el
contrato correspondiente.
En esta carta el proponente deberá manifestar bajo la gravedad de juramento que él o
sus integrantes si el mismo es un consorcio o una unión temporal no se encuentra(n)
incurso(s) en las causales de inhabilidades o incompatibilidades, prohibiciones o
conflictos de intereses establecidas en la Constitución Política, Leyes 80 de 1993, 1150
de 2007, 1474 de 2011 y demás normas pertinentes.
Igualmente deberá manifestar que se conocen y aceptan todas las especificaciones y
condiciones consignadas en el presente documento, el plazo de ejecución del contrato y
las demás manifestaciones señaladas en el formato de carta de presentación de la
propuesta. Si estas manifestaciones no se realizan en la carta de presentación, las
mismas se entenderán efectuadas con la presentación de la propuesta respectiva.
La carta de presentación de la propuesta debe estar debidamente firmada por el
proponente cuando se trate de una persona natural o por el representante legal de la
sociedad cuando se trate de una persona jurídica, consorcio o unión temporal.
B) CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL.
El proponente u oferente, deberá acreditar el Certificado de Existencia y Representación
Legal expedido por la Cámara de Comercio o entidad competente, con fecha no superior
a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre del proceso de selección.
En caso de prórroga del plazo para la entrega de propuestas, la matrícula mercantil o el
certificado de representación legal, tendrán validez con la primera fecha para la
presentación de las ofertas, señalada en esta convocatoria.
Si el proponente es persona natural nacional deberá anexar los siguientes documentos
básicos:
25
a. Fotocopia de la cédula de ciudadanía.
b. Certificado de Inscripción en el Registro Mercantil, si tiene esta obligación de acuerdo
con el artículo 19 del Código de Comercio.
El Registro Mercantil deberá haber sido expedido con fecha no mayor a TREINTA (30)
días, anteriores a la fecha de cierre
El objeto social de la persona jurídica y la actividad mercantil de la persona natural debe
ser directamente relacionado con el objeto contractual
En el evento que se presente al aviso de convocatoria Agremiaciones sindicales, debera
acreditar el respectivo registro de inscripción en la entidad competente. Para acreditar
experiencia deberá anexar certificados con una experiencia mínimo de un (1) año anterior,
a la publicación del presente proceso.
C) BALANCES GENERAL Y ESTADOS DE RESULTADOS
Para el análisis de la capacidad financiera, el proponente presentará con su propuesta,
en original, el Balance General y el Estado de Resultados (P y G) acumulado al 31 de
Diciembre de 2018, debidamente firmados por el Representante Legal de la empresa y
por el Revisor Fiscal cuando exista, o por Contador Público con matricula profesional
vigente
Con la información anterior deberá demostrar que cumple con los indices que se
relación a continuación
CAPACIDAD
FINANCEIRA
ÍNDICE DE LIQUIDEZ:
Activo corriente sobre
pasivo corriente
Igual o superior a dos
punto cinco (2.5)
ÍNDICE DE
ENDEUDAMIENTO:
Pasivo total sobre activo
total
Igual o menor a cero punto
seis (0.6)
26
RAZÓN DE COBERTURA
DE INTERESES:
Utilidad Operacional /
Gastos de Intereses
Igual o mayor a cinco (5)
CAPACIDAD DE
ORGANIZACIÓN
Rentabilidad del
Patrimonio
Utilidad Operacional /
Patrimonio
Igual o mayor cero punto
dos (0.2)
Rentabilidad del Activo
Utilidad Operacional /
Activo Total
Igual o mayor a cero punto
uno (0.1)
D) AUTORIZACIÓN ÓRGANO SOCIAL COMPETENTE O ACTUACIÓN POR MEDIO
DE APODERADO
Cuando el representante legal de la sociedad se halle limitado en sus facultades para
contratar y comprometer a la sociedad, deberá acreditar que ha sido facultado por el
órgano competente para presentar la oferta y firmar el contrato hasta por el valor de la
misma en caso de adjudicación, mediante fotocopia simple y legible del acta o del extracto
del acta del órgano directivo de la sociedad que autorice a su representante legal para
participar en el presente proceso y suscribir el contrato, autorización que debe haberse
conferido con anterioridad a la presentación de la propuesta.
En el evento en que el certificado de la Cámara de Comercio remita a los estatutos de la
sociedad para efectos de determinar las limitaciones al representante legal, se debe
anexar fotocopia de dichos estatutos.
Cuando el(los) proponente(s) nacional(es) actúe(n) por medio de un representante o
apoderado, deberá(n) presentar el original del documento legalmente otorgado en el que
conste tal circunstancia y las facultades conferidas, especialmente que se halla facultado
27
para presentar la propuesta, suscribir el contrato y adelantar los trámites requeridos para
la legalización del contrato, ejecución y liquidación del mismo, según sea el caso. (De
Acuerdo Con El Artículo 25 Del Decreto 019 De 2012).
E) PROPUESTAS CONJUNTAS (CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES).
En caso de consorcio o unión temporal, los proponentes indicarán dicha calidad, los
términos y extensión de la participación, la designación de la persona que lo
representará y señalarán las reglas básicas de la relación entre ellos y su responsabilidad,
Igualmente deberán anexar el respectivo contrato de consorcio o unión temporal. La
omisión de este documento o la de alguna(s) de sus firmas no es subsanable y la
propuesta será rechazada.
Se deben anexar los documentos de constitución y representación legal de cada uno
de sus integrantes y las cédulas de ciudadanía de sus representantes legales.
F) CERTIFICACIÓN DE PAGOS DE SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES.
Los proponentes presentarán con su propuesta la certificación expedida por el Revisor
Fiscal, cuando exista, de acuerdo con los requerimientos de Ley o por el representante
legal, del pago mes a mes de sus obligaciones en cuanto a los aportes a sus empleados
a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones, y aportes a las Cajas de
Compensación Familiar, durante los seis (6) meses inmediatamente anteriores a la fecha
de cierre del presente proceso. (Conforme al art. 50 ley 789 de 2002, en concordancia
con el art. 23 de la ley 1150 de 2007) (Acompañarlo de copia de la tarjeta profesional del
revisor fiscal y certificación de la junta central de contadores).
Además de la Certificación deberán anexar copia de la planilla de la seguridad social de
los meses noviembre y diciembre de 2018, enero y febrero de 2019
28
En el evento en que la sociedad tenga menos de seis (6) meses de constitución, deberá
acreditar los pagos mencionados a partir de la fecha de su constitución. Dicho documento
debe certificar que, a la fecha de presentación de su oferta, ha realizado el pago de los
aportes correspondientes a la nómina de los últimos seis (6) meses del calendario que
legalmente sean exigibles en la citada fecha, (o sea, en los cuales se haya causado la
obligación de efectuar dichos pagos).
Cuando el proponente sea una persona natural, deberá certificar el pago de sus aportes
y el de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes
a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y
Servicio Nacional de Aprendizaje.
En caso de que el proponente no tenga personal a cargo y por ende no esté obligado a
efectuar al pago de aportes parafiscales y seguridad social por personal debe, también
bajo la gravedad de juramento, indicar esta circunstancia.
En el caso de consorcios o uniones temporales, cada uno de sus integrantes deberá
presentar en forma independiente dicha certificación expedida por el Representante Legal
o Revisor Fiscal respectivo según corresponda legalmente. Formato 3.
G) DOCUMENTOS SUSCRITOS POR CONTADOR O REVISOR FISCAL Los documentos y certificaciones que deban suscribir el contador público o revisor fiscal,
según corresponda, deberán acompañarse de copia de la tarjeta profesional y anexar
certificado de antecedentes disciplinarios, expedido por la Junta Central de Contadores,
este certificado debe estar vigente para la fecha de presentación de la propuesta (no
mayor a 3 meses de expedición).
H) REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO (RUT)
Deberá allegarse copia legible, teniendo en cuenta que debe encontrarse actualizado al
régimen tributario que le aplique, conforme a lo dispuesto en el Decreto 2460 de 2013.
29
Para el caso de Consorcios, Uniones Temporales u otras formas asociativas deberá
presentarse el RUT de cada uno de sus integrantes.
I) GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA.
La propuesta deberá acompañarse de una garantía de seriedad expedida por una entidad
bancaria o compañía de seguros legalmente establecida en Colombia y preferiblemente,
sin ser obligatoria, con representación legal en el Valle de Aburrá, con el fin de asegurar
la firma y perfeccionamiento del contrato por parte del proponente favorecido.
Requisitos de la póliza o garantía de seriedad:
1. Asegurado o beneficiario: Hospital San Rafael de Itagüí E.S.E. Nit. 890.980.066-
9, dirección Calle 47 N° 48 63, Municipio de Itagüí, Antioquia.
2. Cuantía: Diez por ciento (10%) del valor de la propuesta.
3. Vigencia: Cuatro (04) meses, contados a partir de la fecha límite de entrega de las
ofertas.
4. Tomador o afianzado: La Persona Natural, Jurídica o el Consorcio o Unión
Temporal. Si el oferente es una persona jurídica, la póliza o garantía deberá tomarse
con el nombre o razón social que figure en el certificado de existencia y
representación legal expedido por la Cámara de Comercio respectiva o entidad
competente, y no sólo con su sigla, salvo que en el referido documento se exprese
que la sociedad podrá denominarse de esa manera. Si el oferente es un consorcio o
unión temporal, la póliza o constancia de depósito debe ser constituida o efectuada
a nombre del consorcio o unión temporal (indicando sus integrantes e identificación)
y NO a nombre del representante del consorcio o unión temporal.
5. Firmas: La póliza ineludiblemente deberá estar firmada por el representante legal o
autorizado de la compañía o entidad bancaria que la expide y por el tomador, so pena
de rechazo de la propuesta.
6. Acompañarse del recibo de pago o constancia de ley.
30
7. No se aceptan pólizas expedidas por aseguradoras que estén intervenidas.
8. En los procesos de contratación, las personas naturales o jurídicas extranjeras sin
domicilio o sucursal en Colombia podrán otorgar, como garantías, cartas de crédito
stand by expedidas en el exterior.
J) CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS EXPEDIDO POR LA
PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN TANTO DEL REPRESENTANTE
LEGAL COMO DE LA SOCIEDAD.
K) CERTIFICADO DE ANTECEDENTES FISCALES EXPEDIDO POR LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA TANTO DEL REPRESENTANTE LEGAL COMO DE LA SOCIEDAD.
L) CERTIFICADO DE ANTECEDENTES JUDICIALES Y CERTIFICADO DE MEDIDAS
CORRECTIVAS EXPEDIDAS POR LA POLICIA NACIONAL
LL) CERTIFICADO DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES. Acreditación de no estar inmerso en alguna causal de inhabilidad e incompatibilidad para
contratar con el Estado, según FORMATO 2
M) CONSTANCIA DE NO SANCIONES O INCUMPLIMIENTO
El proponente, bajo la gravedad de juramento deberá certificar sobre la existencia de multas y/o sanciones de que haya sido objeto, por incumplimiento de sus obligaciones contractuales, frente a entidades públicas o privadas cualquiera que sea su denominación, en los últimos dos (02) años, contados con anterioridad a la fecha prevista para la entrega de las ofertas, para lo cual diligenciará el formato No. 4.
N) FOTOCOPIA DE LA CÉDULA DE CIUDADANÍA DE LA PERSONA NATURAL O
REPRESENTANTE LEGAL DE LA PERSONA JURÍDICA.
Fotocopia por cada lado ampliada al 150% de la cédula de ciudadanía del proponente
persona natural o del Representante Legal de la persona jurídica
31
O) EXPERIENCIA.
El proponente debe acreditar experiencia en contratos con entidades de salud, cuyo
objeto sea igual y/o similar al del presente proceso contractual.
Para lo anterior, la Empresa Social del Estado verificará la experiencia acreditada por el
proponente con base en los certificados o contrados aportados
La confirmación de la experiencia mínima exigida se tendrá en cuenta como documento
jurídico habilitante y no como criterio de evaluación de las ofertas.
P) DOMICILIO O SUCURSAL
El contratista deberá operar en la ciudad de Medellín o Área Metropolitana como sede
principal o sucursal.
1.2. DOCUMENTOS ECONÓMICOS
A) PROPUESTA ECONÓMICA
Para la construcción de la propuesta económica, el interesado deberá tener en cuenta los
anexos y demás documentos que integran la convocatoria pública, así como el número
aproximado de servicios en ambas sedes de la Empresa Social del Estado y los
aspectos técnicos nutricionales.
Los precios ofrecidos deberán en pesos colombianos, presentando cifras enteras, NO
ESTARÁN SUJETOS A REAJUSTE, incluyendo todos los conceptos relacionados con
el objeto de la presente contratación.
En el evento de no discriminar el IVA y que el valor de los bienes y servicios ofrecidos
causen dicho impuesto, la Empresa Social del Estado lo considerará incluido en el valor
32
de la oferta o en el evento de discriminar el IVA y no se cause dicho impuesto, éste no
será tenido en cuenta.
La propuesta deberá ir firmada por el Representante Legal de la entidad
B) CAPACIDAD FINANCIERA
Para el análisis de la capacidad financiera, el proponente presentará con su propuesta,
en original, el Balance General y el Estado de Resultados (P y G) acumulado al 31 de
Diciembre de 2018, debidamente firmados por el Representante Legal de la empresa y
por el Revisor Fiscal cuando exista, o por Contador Público con matricula profesional
vigente.
Con la información anterior el proponente deberá diligenciar el siguiente cuadro con el
fin de verificar si cumple con el requisito habilitante de capacidad financiera exigida por la
entidad.
CAPACIDAD
FINANCEIRA
ÍNDICE DE LIQUIDEZ:
Activo corriente sobre
pasivo corriente
ÍNDICE DE
ENDEUDAMIENTO:
Pasivo total sobre activo
total
RAZÓN DE COBERTURA
DE INTERESES:
Utilidad Operacional /
Gastos de Intereses
CAPACIDAD DE
ORGANIZACIÓN
Rentabilidad del
Patrimonio
33
Utilidad Operacional /
Patrimonio
Rentabilidad del Activo
Utilidad Operacional /
Activo Total
2. EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LA OFERTA ANÁLISIS Y EVALUACIÓN DE
LAS PROPUESTAS
En la etapa de verificación de cumplimento de requisitos y documentos señalados en el
presente capítulo se llevará a cabo el análisis de cumplimiento de los aspectos jurídicos,
técnicos y financieros.
En caso de ser necesario requerir a los proponentes para que aclaren o alleguen
documentos, la entidad elevará los correspondientes requerimientos por escrito, en los
que indicará el término que otorga para subsanar. Estos requerimientos se harán en
igualdad de condiciones para todos los proponentes.
Según lo dispuesto en estos términos de referencia, el Hospital San Rafael, evaluará
aquellas propuestas que hayan obtenido una calificación “HABILITADO” en todos los
criterios de selección y cumplan con la totalidad de las características técnicas exigidas.
3. EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS. 3.1. CRITERIOS DE CALIFICACIÓN La E.S.E, previo análisis comparativo de las propuestas que se ciñan estrictamente a los
requisitos establecidos en la presente contratación recomendará el ofrecimiento más
favorable a la Entidad y a los fines que ella busca. Dichos requisitos se calificarán con
base en el puntaje determinado para este factor, tal como se indica a continuación:
34
FACTORES DE EVALUACIÓN PUNTAJE
PROPUESTA ECONÓMICA 30
PLAZO PARA REALIZAR EL PAGO 40
CAPACIDAD FINANCIERA 30
100
A) PROPUESTA ECONÓMICA (30 PUNTOS)
La propuesta económica deberá expresarse únicamente en pesos colombianos y deberá
ser firme, esto es, no podrá estar sujeto a ningún tipo de variación. Para evaluarlo se
aplicará la siguiente fórmula:
PUNTOS OTORGADOS = (Puntaje máximo X Pm) / Pi
Puntaje máximo: en este caso son 30 puntos.
Pm: Precio total de la propuesta de menor valor económico
Pi: Precio total de la propuesta en estudio (de todos los oferentes)
B) PLAZO PARA REALIZAR EL PAGO (40 PUNTOS)
El plazo deberá expresarse únicamente en días calendario y deberá ser firme, esto es,
no podrá estar sujeto a ningún tipo de variación. Para evaluarlo se aplicarán los siguientes
criterios de ponderación:
PLAZO PARA REALIZAR EL PAGO PUNTAJE
Ciento cincuenta (150) días calendario 40
Ciento veinte (120) días calendario 30
Noventa (90) días calendario 26
35
Sesenta (60) días calendario 16
Treinta (30) días calendario 8
C) CAPACIDAD FINANCIERA (30 PUNTOS)
Una vez evaluados los resultados de los diferentes indicadores financieros, se realizará
un cuadro comparativo de estos y se procederá a evaluar los resultados conforme a la
siguiente tabla:
CONCEPTO BASE PUNTAJE
ÍNDICE DE LIQUIDEZ:
Activo corriente sobre pasivo
corriente
Igual o superior a tres (3) 10
ÍNDICE DE ENDEUDAMIENTO:
Pasivo total sobre activo total
Igual o menor a cero punto
dos (0,2)
10
RAZÓN DE COBERTURA DE
INTERESES:
Utilidad Operacional / Gastos de
Intereses
Igual o mayor a siete (7) 10
NOTA: Para la evaluación del puntaje la entidad tendrá un puntaje máximo de 10 puntos
por cada concepto de indicador financiero, en caso de no alcanzar dicho puntaje se
realizará una regla de tres, con el fin de realizar proporcionalmente el puntaje obtenido.
3. CRITERIOS DE DESEMPATE.
El Hospital San Rafael de Itagüí E.S.E, previos los estudios correspondientes y el análisis
de las ofertas con base en los aspectos jurídicos, técnicos, económicos y financieros,
adjudicará el contrato al oferente cuya propuesta se ajuste al pliego de condiciones y haya
36
obtenido mayor puntaje.
En caso de empate en el puntaje total se procederá de siguiente manera:
• Se aceptará y adjudicará el proceso de selección al proponente que obtenga el
mayor puntaje en el criterio plazo para realizar el pago.
• En caso de mantenerse la igualdad, se aceptará y adjudicará el proceso de
selección al proponente que obtenga el mayor puntaje en el criterio propuesta
económica.
• Si continúa la igualdad, se aceptará y adjudicará el proceso de selección al
proponente que obtenga el mayor puntaje en el criterio capacidad financiera.
• En caso de mantenerse la igualdad, se procederá a la escogencia del contratista por
medio de sorteo, incluyendo solo los proponentes empatados.
De este procedimiento se dejará expresa constancia en las actas del Comité de
Contratación de la Empresa Social del Estado Hospital San Rafael del municipio de
Itagüí.
4. DECLARATORIA DE DESIERTA DE LA CONTRATACIÓN.
La Empresa Social del Estado Hospital San Rafael del municipio de Itagüí declarará
desierto el presente proceso de selección cuando:
a) No se presenten ofertas.
b) Ninguna de las ofertas resulte admisible los factores jurídicos, técnicos, financieros y
de experiencia previstos en los términos de condiciones.
c) Existan causas o motivos que impidan la escogencia objetiva del proponente.
d) El representante legal de la Empresa Social del Estado no acoja la recomendación del
Comité de Contratación de la entidad y opte por la declaratoria de desierta del proceso,
caso en el cual deberá motivar su decisión.
e) Se presenten los demás casos contemplados en la ley.
37
En caso de declararse desierto la presente convocatoria el Hospital actuará de
conformidad con la norma establecida para estos eventos.
5. RETIRO DE LA OFERTA
Los proponentes que opten por entregar su oferta antes de la fecha de cierre del
proceso de selección, podrán retirarlas, siempre y cuando la solicitud, efectuada
mediante escrito, sea recibida por la Empresa Social del Estado Hospital San Rafael del
municipio de Itagüí antes de la fecha y hora de cierre del presente proceso.
Cuando se trate de retiro definitivo, la oferta le será devuelta al proponente sin abrir, previa
expedición de un recibo firmado por el solicitante.
6. DEVOLUCIÓN DE LAS OFERTAS
Una vez finalizado el proceso de selección los proponentes no favorecidos con la
adjudicación del contrato podrán acercarse a reclamar el original de los documentos
presentados, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha en que se expida
el acto de adjudicación, previsto en el cronograma; de lo contrario, la Empresa Social
del Estado Hospital San Rafael del municipio de Itagüí procederá al archivo de la oferta
original y la destrucción de su copia.
7. RECHAZO DE LA OFERTA
En adición a otras causas previstas por la ley, la Empresa Social del Estado Hospital San
Rafael del municipio de Itagüí rechazará las ofertas presentadas por los proponentes
que:
a) Sean presentadas después de vencido el plazo establecido para el efecto en el
cronograma.
38
b) La propuesta no reúna los criterios habilitantes exigidos en la presente convocatoria.
c) La propuesta que no ofrezca la totalidad de los bienes y servicios solicitados en el
presente proceso de contratación.
d) Cuando la propuesta sea firmada por una persona diferente al representante Legal.
VII. ADJUDICACIÓN
El Gerente de la Empresa Social del Estado Hospital San Rafael del Municipio de Itagüí,
adjudicará el contrato, previa recomendación del Comité de Contratación de la entidad,
quien evaluará las propuestas presentadas, según los criterios de selección
establecidos en los presentes términos de condiciones.
En el evento en el cual el Gerente no acoja la recomendación efectuada por el
Comité de Contratación, deberá justificarlo en el acta de adjudicación del proceso.
La Resolución de Adjudicación se comunicará al proponente seleccionado, quien deberá
suscribir el contrato al día hábil siguiente a la recepción de la comunicación. Del mismo
modo, dicho acto se publicará en la página web de la entidad para que los oferentes no
seleccionados tengan conocimiento.
VIII. GARANTÍAS
Una vez suscrito el contrato, el contratista constituirá a favor de la Empresa Social del
Estado las garantías que se señalan a continuación que avalarán el cumplimiento de las
obligaciones surgidas del contrato, el incumplimiento en el pago de la obligaciones
laborales y prestacionales, respecto al recurso humano relacionado con la ejecución del
objeto contractual, la calidad del servicio y los daños y perjuicios que se causen a terceros,
derivados de las actuaciones, hechos u omisiones del contratista o subcontratistas.
Las garantías deben ser presentadas a la Oficina Jurídica de la entidad, dentro de los
39
tres (3) días hábiles siguientes al perfeccionamiento del contrato, para efectos de su
aprobación. De no ser presentadas en este término, sin causa justificada, la institución
contratante podrá celebrar el contrato con el segundo oferente mejor calificado, sin que
por este hecho deba reconocerse indemnización alguna.
1. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO
El contratista debe presentar una garantía de cumplimiento de las obligaciones derivadas
del contrato, a favor de la entidad contratante, que contenga los siguientes amparos:
AMPARO SUFICIENCIA VIGENCIA
Seriedad de la oferta Diez por ciento (10%) del valor
de la propuesta
Vigencia de 4 meses,
contados a partir de la fecha
límite de entrega de
propuestas
Cumplimiento del contrato Veinte por ciento (20%) del
valor total del contrato
Igual al plazo de ejecución
del contrato y seis (6) meses
más
Calidad del servicio Veinte por ciento (20%) del
valor total del contrato
Igual al plazo de ejecución
del contrato y un (1) año más
Pago de salarios,
prestaciones sociales e
indemnizaciones laborales
Veinte por veinte (20%) del
valor total del contrato
Igual al plazo de ejecución
del contrato y tres (3) años
más
Responsabilidad Civil
Extracontractual
Doscientos (200) salarios
mínimos legales mensuales
vigentes (S.M.L.M.V).
Una vigencia por el término de
duración del contrato
40
NOTA: Corresponde EL CONTRATISTA el pago relativo al otorgamiento de las
garantías exigidas. EL CONTRATISTA deberá mantener vigente las garantías y deberá
ajustarlas siempre que se produzca alguna modificación, adición y prórroga del contrato
o en el evento en que se produzca reiniciación del contrato a raíz de la suspensión
temporal del mismo.
IX. SUPERVISIÓN DEL CONTRATO
La Empresa Social del Estado Hospital San Rafael del municipio de Itagüí ejercerá el
control y la vigilancia técnica, administrativa, contable y jurídica a la ejecución del
contrato a través del Subgerente General de la entidad, que tendrá el apoyo profesional,
quien en cualquier momento podrán exigir al contratista la información que considere
necesaria, así como la adopción de medidas para mantener, durante el desarrollo y
ejecución del contrato, las condiciones técnicas, económicas y financieras existentes al
momento de la celebración del mismo.
41
X. CRONOGRAMA
ACTIVIDAD FECHA LUGAR
Publicación de la
Resolución de Apertura
de la convocatoria
pública, aviso de
convocatoria, estudios
previos y anexos (5 días
hábiles desde la
públicación)
Desde el
08 de
marzo de
2019
Hasta el 14
de marzo de
2019
www.hsanrafael.gov.co
Recepción de
observaciones a los
términos de condiciones.
Desde el
08 de
marzo de
2019
Hasta el 14
de marzo de
2019 hasta
las 4:00 pm
contratacionjuridica2@h
sanrafael.org
Aclaración y respuesta de
observaciones, si es el
caso realizar y publicar
adendas.
15 de marzo de 2019
www.hsanrafael.gov.co
Recepción cierre y
apertura de propuestas,
Publicación del acta de
cierre.
Hasta el 19 de marzo de
2019
Hora: hasta las 2:30 PM.
En el Centro de Gestión
Documental ubicado en
el primer piso de la Sede
2 de la institución,
situada en la calle 47 No.
48 — 63 de Itagüí.
42
Evaluación de las
propuestas.
Desde el 19 de marzo de
2019 hasta el 20 de marzo
de 2019
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Publicación del Acta de
Evaluación de las
propuestas.
El 20 de marzo de 2019
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Observaciones al Informe
de Evaluación de las
propuestas.
Desde el
20 de
marzo de
2019
Hasta las
4:00pm del
21 de marzo
de 2019
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Término para dar
respuesta al Informe de
Evaluación de las
propuestas.
El 22 de marzo de 2019
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Plazo para subsanar
requisitos
En el plazo dispuesto por
la entidad, después de
solicitar subsanar
requisitos.
En el Centro de Gestión
Documental ubicado en
el primer piso de la Sede
2 de la institución,
situada en la calle 47 No.
48 — 63 de Itagüí
Publicación de la
Resolución de
Adjudicación o
declaratoria de desierta
A partir del día 22 de
marzo de 2019
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Legalización del contrato
Dentro de los dos dias
siguientes a la
adjudicación
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43
Publicación del contrato Dentro de los 3 días
siguientes a la expedición
del contrato.
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XI. PROYECTO DE MINUTA DEL CONTRATO
TIPO DE CONTRATO PRESTACIÓN DE SERVICIOS
MODALIDAD DE
SELECCIÓN CONVOCATORIA PÚBLICA
CONTRATO N° PS ----- DE 2019
CONTRATANTE EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL SAN RAFAEL
DEL MUNICIPIO DE ITAGÜÍ
IDENTIFICACIÓN 890.980.066-9
CONTRATISTA
IDENTIFICACIÓN
VALOR
PLAZO
Entre los suscritos: por una parte, la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL SAN
RAFAEL DEL MUNICIPIO DE ITAGÜÍ, identificada con NIT 890.980.066-9,
Representada Legalmente por CARLOS FREDY CARMONA RAMIREZ, identificado con
cédula de ciudadanía 98´496.590 de Bello-Antioquia quien actúa en calidad de Gerente,
nombrado mediante Decreto Departamental No. 4017 del 15 de Julio de 2016, entidad
pública descentralizada del orden departamental, que para los efectos del presente
contrato se denominará EL CONTRATANTE o LA E.S.E.; y de la otra,
XXXXXXXXXXXXXX, con NIT. XXXXXXX, XXXXXXX quien en adelante se denominará
EL CONTRATISTA; hemos acordado celebrar el presente contrato de XXXXXXX, previas
las siguientes CONSIDERACIONES: 1) Que de acuerdo con lo establecido en el numeral
6 del artículo 195 de la Ley 100 de 1993, modificado por el artículo 16 del Decreto 1876
de 1994, las Empresas Sociales del Estado, como el HOSPITAL SAN RAFAEL DEL
MUNICIPIO DE ITAGÜÍ, se rigen en su contratación por las normas de derecho privado
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y pueden hacer uso de las cláusulas excepcionales del Estatuto General de
Contratación de la Administración Pública. 2) Que mediante la Resolución No. xx del de
xxx de 2019, se dio apertura a la convocatoria pública No. xxx de 2019 para la elección
del contratista encargado de prestar el servicio integral de limpieza y desinfección
hospitalaria de LA E.S.E., con inclusión del recurso humano y elementos de protección
personal y productos químicos necesarios para llevar a cabo la prestación del servicio.
3) Que mediante la Resolución No. XX del xx de xxx de 2019 se adjudicó la convocatoria
pública No. xxxx de 2019 a XXXXXXXXXXXXXXXXX, por haber obtenido el mayor
puntaje en la evaluación de las ofertas presentadas. Con base en las anteriores
consideraciones, las partes acuerdan suscribir el presente contrato de prestación de
servicios de acuerdo con las siguientes CLÁUSULAS: PRIMERA. OBJETO DEL
CONTRATO: Prestar el servicio integral de limpieza, desinfección y otros servicios
hospitalarios de la Empresa Social del Estado San Rafael del Municipio de Itagüí,
Antioquia. El objeto contractual se ejecutará conforme a los términos de condiciones de
la convocatoria pública No. xxx de 2019 y a la propuesta presentada por EL
CONTRATISTA, documentos que hacen parte integral del presente contrato. SEGUNDA.
VALOR DEL CONTRATO: El valor estimado del presente contrato se pacta en la
suma de XXXXXXXX ($XXXXXXX). TERCERA. FORMA DE PAGO: EL
CONTRATANTE pagará a EL CONTRATISTA, el valor de los servicios prestados de
forma mensual, dentro de los sesenta XXXXX (XXX) días siguientes a la radicación de la
factura con el cumplimiento de los requisitos legales, del cuadro de turnos previamente
refrendado por el líder de apoyo a la supervisión designado por la entidad, de la
constancia del pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral (salud,
pensiones y riesgos profesionales) del recurso humano que ejecuta el objeto contractual,
así como los correspondientes aportes parafiscales; previa expedición del aval por parte
del Supervisor del contrato. PARÁGRAFO: En caso de que LA E.S.E. objete mediante
glosa una factura, procederá a pagar la parte de la factura que no tenga glosa y formulará
las objeciones a EL CONTRATISTA dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes a la
radicación de la factura. EL CONTRATISTA deberá dar respuesta a las glosas
presentadas por EL CONTRATANTE dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a
su radicación, indicando su aceptación o justificando la objeción. LA E.S.E. dentro de
45
los diez (10) días hábiles siguientes a la radicación o presentación de la respuesta de EL
CONTRATISTA, decidirá si levanta total o parcialmente las glosas o las deja como
definitivas. Si cumplidos los quince (15) días hábiles, EL CONTRATISTA considera que
la glosa es subsanable, tendrá un plazo máximo de siete (7) días hábiles para subsanar
la causa de las glosas no levantadas y radicar nuevamente las facturas a EL
CONTRATANTE. Los valores por las glosas levantadas total o parcialmente deberán ser
cancelados dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su levantamiento por LA
E.S.E., informando a EL CONTRATISTA la justificación de las glosas o su proporción,
que no fueron levantadas; lo anterior de conformidad con el artículo 57 de la Ley 1438
de 2011. CUARTA. PLAZO DE EJECUCIÓN: El plazo de ejecución del contrato será
de siete (7) meses, que empezarán a contarse a partir de la suscripción del acta de inicio
y e lleno de los requisitos exigidos. QUINTA. OBLIGACIONES DE EL CONTRATISTA:
1 OBLIGACIONES GENERALES 1) Cumplir con el objeto del contrato en la forma y
oportunidad pactada. 2) Dar cumplimiento a lo preceptuado en las Leyes 1150 de 2007 y
1562 de 2012 y el Decreto 723 de 2013, referente a la obligatoriedad de los contratistas
de estar afiliados al Sistema de Seguridad Social Integral (salud, pensión y Riesgos
Laborales y parafiscales. 2) El contratista se compromete a acreditar, previo a la
realización de los pagos a que tiene derecho, que se encuentra al día con su aporte a la
seguridad social integral y parafiscales si aplica. 3) Cumplir estrictamente con las normas
laborales y en especial con las establecidas en la Ley 100, en relación con el personal
que destine para prestar el servicio de este contrato. 4) Acatar las recomendaciones que
le sean indicadas por el Supervisor del contrato. 5) Elaborar los informes que le sean
solicitados por el Supervisor. 6) Asistir a las diferentes reuniones que le sean
programadas y donde sea requerido para el conocimiento de la gestión de la E.S.E o para
asuntos relacionados con el contrato. 7) Conocer y aplicar los métodos y procedimientos
de control interno y sistema de gestión de la calidad de la entidad contratante. 8) Custodiar
y cuidar la documentación y bienes que por razón de su servicio le sea encomendado,
guardando la reserva legal en la información que así lo requiera. 9) Presentar cuenta de
cobro en las fechas establecidas cada mes con el V° B° del Supervisor. 10) Procurar el
cuidado integral de su salud. 11) Contar con los elementos de protección personal
necesario para ejecutar la actividad contratada, para lo cual asumirá su costo. 12)
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Informar a EL CONTRATANTE la ocurrencia de incidentes, accidentes de trabajo y
enfermedades laborales. 13) Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del
Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST. 14) Informar
oportunamente al contratante toda novedad derivada del contrato. 15) Elaborar los
informes que le sean solicitados por el Supervisor. 16) Asistir a las diferentes reuniones
que le sean programadas y donde sea requerido para el conocimiento de la gestión de la
E.S.E o para que emita conceptos de acuerdo con su especialidad. 17) Garantizar la
calidad del servicio prestado. 18) Obrar con lealtad y buena fe en las diferentes etapas
de ejecución del contrato, evitando dilaciones. 19) Atender todas las obligaciones de
nómina, persona, dotación pertinente y aplicar las normas propias del reglamento interno.
20) Dar cumplimento a las especificaciones contenidas y acordadas en la propuesta de
acuerdo con lo indicado en los estudios previos. 21) Responder por el uso adecuado de
los implementos que en relación con el desarrollo del contrato le provea La E.S.E. 22)
Tratar con respeto, imparcialidad y rectitud a las personas con que tenga relación por
razón del servicio prestado. 23) Controlar debidamente la papelería a diligenciar por
calidad en el Seguimiento y prestación de servicios (norma NTCG 1000-2004). 24)
Conocer, cumplir y observar los preceptos de la política de promoción y prevención del
consumo de cigarrillo, licor, y otras sustancias en el ámbito laboral. OBLIGACIONES
ESPECÍFICAS: 1) El servicio de limpieza y desinfección hospitalaria de la Empresa
Social del Estado Hospital San Rafael del municipio de Itagüí comprende todas las áreas
administrativas y asistenciales de la entidad, ubicadas tanto en la sede uno (1) como en
la sede dos (2). La sede uno (1) está en la Carrera 51 A No. 45 – 51 y la sede dos (2)
ubicada Calle 47 No. 48 – 63, del Municipio de Itagüí, Antioquia. 2) Ejecutar las labores
de limpieza y desinfección hospitalaria y la ruta interna de residuos hospitalarios en
ambas sedes de la E.S.E., a través de personal competente, idóneo y capacitado, de
conformidad con el Manual Aseo y Desinfección de la entidad, y las necesidades
establecidas en los estudios previos y en el aviso de convocatoria de la institución. 3)
Dotar al personal asignado para realizar las actividades de limpieza y desinfección de la
E.S.E., de los elementos de seguridad industrial, higiene ocupacional y bioseguridad
requeridos para la prestación del servicio, tales como: gafas de bioseguridad con
protección lateral, guantes verdes, rojos y de carnaza, caretas de bioseguridad cuando
47
se manipule formol, uniforme de tela de material antifluidos en perfecto estado de material
antifluidos de color azul, el cual deberá ser aprobado por el Supervisor del contrato, luego
de enviar una muestra a fin de garantizar la calidad de la tela, calzado antideslizante, que
cubra todo el pie y resistente, delantal de material antifluidos y mascarilla de alto fluido
No 95. Para la adquisición de dichos elementos, la Oficina de Salud Ocupacional del
contratante brindará el apoyo técnico al contratista, de tal manera que no vayan en
contravención a lo establecido en estándares de calidad ICONTEC y NIOSH y de acuerdo
con los programas de seguridad y sistemas de vigilancia epidemiológica que se
desarrollan en la E.S.E 4) Cumplir de manera exclusiva, todo lo relacionado con los
derechos laborales de su personal consagrados en la legislación y cumplir con todas las
normas de salud, seguridad industrial, higiene, seguridad y salud en el trabajo,
establecidas en las normas pertinentes; sin perjuicio de que la E.S.E. audite el
cumplimiento de dichas obligaciones durante el tiempo de vigencia del contrato. 5)
Presentar mensualmente la planilla de seguridad social detallada donde se evidencie el
pago mes a mes de las obligaciones laborales de las personas que ejecutarán el contrato.
6) Entregar mensualmente el cuadro de turnos de ejecución del servicio contratado, al
Supervisor y al líder de apoyo a la supervisión designado por la E.S.E., verificando su
cumplimiento. Toda novedad deberá ajustarse a las necesidades de la entidad. 7)
Designar una persona que se encargue de coordinar y supervisar de manera permanente
la ejecución del contrato, además representará al contratista en todas las reuniones y
comités que convoque la E.S.E.. Será el responsable de presentar mensualmente el
cuadro de turno del personal, hacer seguimiento al desempeño del mismo dará a conocer
el personal y elementos de protección personal. Deberá estar disponible las 24 horas del
día, los siete días de la semana, tener capacidad de resolución y permanecer en contacto
con el Subgerente General de La E.S.E. y el líder de apoyo a la supervisión; además,
vigilará que el personal cumpla con todas las normas inherentes al servicio objeto del
contrato, porten los respectivos uniformes que deberán estar en óptimas condiciones y
carnés. 8) Las personas que realicen actividades de altura, deberán contar con el
respectivo Certificado de Trabajo Altura vigente, de conformidad con la normatividad
vigente y emitido por autoridad competente. 9) El personal con el cual se ejecutará el
contrato debe cumplir con los perfiles establecidos en el Manual Perfil del Talento
48
(MN_01_TH-1) de la E.S.E., encontrarse debidamente capacitado en todas las
actividades de limpieza, desinfección hospitalaria y manipulación de sustancias químicas;
además, poseer carné de vacunación donde aparezca consignado la aplicación de las
vacunas contra la hepatitis B (titulación), varicela, sarampión y tétano. 10) Realizar la
inducción y reinducción del personal que ejecutará el objeto contractual en las actividades
generales de limpieza y desinfección, de acuerdo al Manual Aseo y Desinfección del
contratista. 11) Deberá contar con el personal suficiente para realizar reemplazos o
relevos del personal cuando la E.S.E, lo requiera en razón de la necesidad del servicio,
las posibles fallas en la prestación del mismo, hechos constitutivos de mala conducta, y
también, para reemplazos por faltas absolutas o temporales a causa de novedades como
vacaciones, incapacidades, licencias, permisos y demás eventos que puedan
presentarse, sin que esto aumente el valor del contrato, deberá suplir esta necesidad en
un lapso no superior a dos (2) horas. Además, cuando se requiera por necesidades del
servicio cambio de personal, deberá comunicar oportunamente esta medida a la entidad
y las razones de las modificaciones. 12) Garantizar que el personal que ejecutará el objeto
contractual brindará un trato respetuoso a los empleados de la E.S.E., a los pacientes,
acompañantes y sus compañeros de trabajo. 13) Tener un proceso de evaluación del
desempeño de su recurso humano, el cual debe realizarse como mínimo dos (2) veces
durante la ejecución, así mismo adelantará los respectivos procesos disciplinarios y el
levantamiento del plan de mejora (de ser requerido), una vez el Supervisor del contrato
designado por la E.S.E. notifique al contratista, hechos que interfieran con el buen
desarrollo del objeto contractual. 14) Informar a la Oficina de Talento Humano de la
E.S.E., la incorporación de nuevo recurso para la ejecución del contrato, para verificar
que se ajuste a los perfiles establecidos en el Manual Perfil del Talento (MN_01_TH-1)
de la entidad y que cumpla con toda la documentación requerida. Solamente cuando
cuente con la aprobación de dicha dependencia podrá empezar a ejecutar las actividades
objeto del contrato. 15) Suministrar a su personal el uniforme que portará durante la
vigencia del contrato, de acuerdo con la naturaleza de las funciones a desempeñar,
garantizando el cumplimiento de las normas de higiene y seguridad. 16) El personal que
ejecutará el contrato, deberá estar debidamente identificado, portar el carné que como
mínimo fotografía reciente, número de cédula de ciudadanía, el RH, nombre de la entidad
49
del contratista, con el logotipo institucional de la Empresa Social del Estado, según
modelo que les será proporcionado por la oficina de comunicaciones de la entidad. Es de
carácter obligatorio portar el carné. 17) Responder por la conducta de su personal en las
instalaciones de la E.S.E. y mantener la supervisión directa sobre el mismo, quienes
deberán cuidar, proteger y vigilar los equipos u objetos de propiedad de la entidad que
utilicen en la ejecución del objeto contractual. 18) Responder cuando por culpa de su
recurso humano se genere la pérdida o daño de los equipos u objetos de la entidad, que
tengan a su cargo, a través del reconocimiento y pago de los perjuicios ocasionados. 19)
Garantizar que su personal hará un adecuado y racional uso de los bienes que facilita la
E.S.E. para el cumplimiento del objeto contractual; los cuales serán entregados bajo
inventario, que será suscrito por ambas partes. 20) Coordinar con el Supervisor y el líder
de apoyo a la supervisión designados por la entidad, la participación de su personal en
las inducciones, re-inducciones, y demás actividades y capacitaciones programadas por
la E.S.E., especialmente aquellas que tengan por objeto el proceso de habilitación y
acreditación de la institución, conforme al Decreto 1011 de 2006, la Resolución 2003 de
2014 y demás normas que lo reglamentan. 21) Participar activamente en las reuniones
y/o comités donde la E.S.E. requiera soporte técnico y administrativo, así como a otorgar
el apoyo necesario y oportuno para la elaboración de las respuestas a las quejas y
reclamos presentados ante la entidad, relacionados con los servicios contratados. 22)
Reunirse bimestralmente con el Supervisor y el líder de apoyo a la supervisión designada
por la E.S.E., con el fin de hacer seguimiento al contrato y tratar temas que contribuyan
al mejoramiento de los servicios contratados. 23) Dar cumplimiento a las normas de
bioseguridad, al plan de manejo integral de residuos hospitalarios y al plan de
emergencias de la institución. 24) Acatar las normas y reglamentos establecidos por la
E.S.E. 25) Abstenerse de utilizar la información a la que tenga acceso, en beneficio propio
o de tercero o para fines diferentes de los consagrados en el contrato. 25) Presentar el
sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo del contratista, con su respectivo
cronograma de actividades, acompañado de la hoja de vida del responsable del sistema,
quien debe contar con los títulos académicos requeridos. 26) Entregar informes
mensuales de la ejecución del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo
del contratista, a la Oficina de Talento Humano de la entidad. 27) Presentar el programa
50
de bienestar y capacitación para el personal con el cual el contratista va ejecutar el objeto
del contrato. 28) Mantener la autonomía jurídica, técnica y administrativa, durante la
ejecución del contrato. 29) El contratista deberá pagar las retenciones, impuestos, tasa y
contribuciones establecidas en la norma. 30) Las demás obligaciones inherentes a la
naturaleza y objeto del contrato. 31) Realizar las actividades de jardineria en las zonas
verdes, zonas comunes, actividades, manejo de resuiduos sólidos y actividades en la
parte administrativa de la E.S.E. PARAGRAFO: El CONTRATISTA mantendrá indemne
a LA EMPRESA contra todo reclamo, demanda, acción legal y costo que pueda causarse
o surgir por daños o lesiones a personas o propiedades de terceros, ocasionados por
culpa o negligencia del CONTRATISTA, de las de sus subcontratistas o dependientes Se
consideran como hechos imputables al CONTRATISTA todas las acciones u omisiones
de su personal y de sus CONTRATISTAS y proveedores y del personal al servicio de
cualquiera de ellos, los errores y defectos de los bienes, trabajos y en general cualquier
incumplimiento de sus obligaciones SEXTA. OBLIGACIONES DE EL CONTRATANTE:
LA E.S.E. se obliga para con EL CONTRATISTA a: 1) Hacer los pagos en los términos
estipulados en el contrato. 2) Exigir y verificar, por intermedio del Supervisor del presente
contrato, el cumplimiento de las obligaciones de EL CONTRATISTA frente al pago de
los aportes de su personal al Sistema General de Seguridad Social en Salud, Pensión,
y Riesgos Laborales y aportes parafiscales a las Cajas de Compensación Familiar,
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje. 3) Liquidar
el contrato a través del Supervisor. SÉPTIMA. SUPERVISIÓN: La supervisión del
presente contrato la ejercerá el Subgerente General de LA E.S.E. conforme a lo
dispuesto en los artículos 83 y 84 de la Ley 1474 de 2011 y demás normatividad
vigente. En desarrollo de su función, el Supervisor cumplirá, en especial lo siguiente: 1)
Realizar el seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable y jurídico del contrato.
2) Expedir los avales requeridos para el pago. 3) Comunicar a la Oficina Jurídica en forma
oportuna, las circunstancias que afecten el normal desarrollo del contrato. 4) Elaborar
técnica y oportunamente las actas y/o constancias requeridas para el cumplimiento y
eficaz ejecución del contrato. 5) Velar porque las garantías se mantengan vigente durante
el plazo de ejecución del contrato, en los términos pactados para cada uno de los riesgos.
6) Verificar que EL CONTRATISTA esté efectuando el pago de aportes al Sistema de
51
Seguridad Social Integral de sus afiliados partícipes, al igual que el pago de aportes
parafiscales sobre la nómina a las entidades que competa. 7) Comunicar a EL
CONTRATISTA cualquier situación irregular y/o anomalía que se presente en la
ejecución del contrato, y que pueda causar perjuicio a LA E.S.E. 8) Proporcionar la
información necesaria a EL CONTRATISTA para efectos de la normal ejecución del
contrato. 9) Informar a EL CONTRATISTA cualquier novedad respecto a la ejecución
del presente contrato. 10) Presentar a EL CONTRATISTA, por medio del coordinador,
en forma escrita y motivada, las reclamaciones o quejas sobre el desarrollo del objeto
contractual. OCTAVA. APROPIACIÓN PRESUPUESTAL: El valor del presente
contrato será aportado por LA E.S.E. con cargo a la vigencia fiscal 2019, según el
Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. XXX del XXX de marzo de 2019.
NOVENA. LUGAR DE ATENCIÓN DE LOS PROCESOS: Para todos los efectos legales,
EL CONTRATISTA atenderá los servicios objeto del presente contrato en las dos (2)
sedes de LA E.S.E. DÉCIMA. CERTIFICACIÓN DE PAGO AL SISTEMA DE
SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL: EL CONTRATISTA Anexar planilla de pago mes a
mes y certificará mensualmente por medio del Revisor Fiscal, que se encuentra a paz y
salvo por concepto de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral (Salud, Pensión
y Riesgos Laborales) y el pago de la Caja de Compensación Familiar de su personal,
según lo dispuesto en el numeral 7 del artículo 5 del Decreto 1429 de 2010, el numeral 6
del artículo 12 de la Ley 1562 de 2012 y el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007. DÉCIMA
PRIMERA. GARANTÍAS: Dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la suscripción
del contrato, EL CONTRATISTA deberá constituir y presentar a favor de LA E.S.E. las
siguientes garantías que amparen el objeto del presente contrato, así: 1)
CUMPLIMIENTO: Por el veinte por ciento (20%) del valor estimado de los servicios
durante la vigencia del contrato y seis (6) meses más. 2) CALIDAD DEL SERVICIO: Por
una cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor estimado del contrato y una
vigencia igual a su término de duración y un (1) año más, contados a partir del recibo del
servicio. 3) SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES DE
PERSONAL: Por una cuantía equivalente al veinte (20%) del valor estimado del contrato,
por el período de duración del contrato y tres (3) años más. 4) RESPONSABILIDAD
CIVIL EXTRACONTRACTUAL: Para asegurar el pago de los daños y perjuicios que
52
se causen a terceros, derivada de las actuaciones, hechos y omisiones de EL
CONTRATISTA o subcontratistas. Su cuantía será igual al periodo de ejecución del
contrato y el valor del amparo será de doscientos (200) Salarios Mínimos Legales
Mensuales Vigentes (S.M.L.M.V.). PARÁGRAFO: Corresponde EL CONTRATISTA el
pago relativo al otorgamiento de las garantías exigidas. EL CONTRATISTA deberá
mantener vigente las garantías y deberá ajustarlas siempre que se produzca alguna
modificación, adición y/o prórroga del contrato o en el evento en que se produzca
reiniciación del contrato a raíz de la suspensión temporal del mismo. DÉCIMA
SEGUNDA. SISTEMA DE CALIDAD: EL CONTRATISTA deberá participar en las
actividades organizadas por LA E.S.E. cuyo objetivo sea la calidad y deberá
comprometerse con el proceso de habilitación y acreditación, con el fin de dar
cumplimiento al Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención en Salud del
Sistema General de Seguridad Social en Salud, conforme al Decreto 1011 de 2006 y
Resolución 1043 de 2006 modificada por Resoluciones 3763 de 2007, 2680 de 2007 y
715 de 2010 y demás normas que la modifiquen o adicionen. Harán parte de los planes
de mejoramiento los servicios y procesos prestados a LA E.S.E. por parte de EL
CONTRATISTA; se realizará seguimiento a la implementación de los mismos, con el fin
de subsanar las falencias presentadas en la prestación de servicios; una vez definido y
ejecutado el plan de mejoramiento se realizará la evaluación de desempeño cuyo
resultado se dará a conocer a EL CONTRATISTA. DÉCIMA TERCERA. CESIÓN:
EL CONTRATISTA no podrá ceder a persona natural o jurídica alguna, los derechos y
obligaciones emanados del presente contrato, sin que medie previa autorización expresa
y por escrito por parte de EL CONTRATANTE. DÉCIMA CUARTA. TENENCIA DE
LOS BIENES Y UTILIZACIÓN DE EQUIPOS: Las partes acuerdan que los equipos de
propiedad de LA E.S.E. que sean utilizados por EL CONTRATISTA, en cumplimiento del
objeto contractual, estarán en calidad de mera tenencia mientras dure su ejecución, los
cuales no podrán ser retirados de la institución; la custodia estará a cargo de EL
CONTRATISTA durante la vigencia del contrato. DÉCIMA QUINTA. SUSPENSIÓN: El
plazo aquí estipulado podrá suspenderse por circunstancias de fuerza mayor o caso
fortuito, sucesos por los cuales se podrá de común acuerdo entre las partes suspender
temporalmente la ejecución, mediante la elaboración de un acta donde conste tales
53
hechos, que deberá ser suscrita por LA E.S.E. y EL CONTRATISTA. El tiempo de
suspensión no se computará para los efectos del plazo pactado y durante ella no existirá
contraprestación alguna entre las partes. Cuando se reanuden las actividades se
elaborará un acta de reanudación del plazo suscrita por quienes firmaron la de
suspensión. DÉCIMA SEXTA. SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO: 1) MULTAS: De
conformidad con el artículo 31 del Estatuto Contractual de LA E.S.E. (Acuerdo No. 007
del 3 de junio de 2014, modificado por el Acuerdo No. 015 del 21 de noviembre de
2014), la entidad podrá imponer multas a EL CONTRATISTA. En caso de mora y/o
incumplimiento de alguna(s) de las obligaciones derivadas del objeto del contrato, EL
CONTRATISTA pagará a EL CONTRATANTE multas diarias y sucesivas hasta del
cero punto uno por ciento (0.1%) del valor total del contrato, sin que la sumatoria de las
multas supere el veinte por ciento (20%) de dicho valor, so pena de la aplicación de la
cláusula penal pecuniaria, conforme al numeral siguiente. 2) CLÁUSULA PENAL
PECUNIARIA: EL CONTRATISTA se obliga a pagar a LA E.S.E. una suma equivalente
al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, a título de indemnización, por los
perjuicios que ocasione en caso de declaratoria de caducidad o de incumplimiento de sus
obligaciones contractuales o de que se declare la terminación anticipada del mismo, sin
perjuicio de que EL CONTRATANTE pueda solicitar a EL CONTRATISTA la totalidad
del valor de los perjuicios causados en lo que excedan del valor de la cláusula penal
pecuniaria. EL CONTRATISTA autoriza que LA E.S.E. descuente de las sumas que le
adeude, los valores correspondientes a la cláusula penal pecuniaria. Se entiende que hay
incumplimiento definitivo del contrato cuando cumplido el plazo de ejecución, EL
CONTRATISTA no ha cumplido la totalidad de sus obligaciones. 3) CADUCIDAD Y
EFECTOS: Si se presenta algún incumplimiento de las obligaciones a cargo de EL
CONTRATISTA establecidas en el presente contrato, que afecte de manera grave y
directa la ejecución del mismo, de manera tal que pueda conducir a su paralización o
afectación, o en cualquier otro evento de incumplimiento de EL CONTRATISTA para
el que la ley prevea la sanción de caducidad, LA E.S.E. por medio de acto administrativo
debidamente motivado y previo los procedimientos que garanticen el debido proceso, el
derecho de defensa y de contradicción, podrá decretar la caducidad del contrato y
ordenar su liquidación en el estado en que se encuentre, todo de conformidad con lo
54
establecido en el artículo 18 de la Ley 80 de 1993 y el artículo 17 de la Ley 1150 de
2007. PARÁGRAFO PRIMERO: Si existiendo las condiciones para declarar la caducidad
del contrato, de conformidad con las facultades que le otorga el inciso 2° del artículo
18 de la Ley 80 de 1993, LA E.S.E. decide abstenerse de hacerlo, podrá en todo caso
adoptar las medidas de control e intervención necesarias que garanticen la ejecución del
objeto contratado. PARÁGRAFO SEGUNDO: El valor de las multas y de la cláusula penal
pecuniaria a que se refieren los numerales anteriores, ingresarán al tesoro de EL
CONTRATANTE. Serán pagadas directamente por EL CONTRATISTA a EL
CONTRATANTE, o en su defecto EL CONTRATISTA autoriza con la firma del presente
contrato a que LA E.S.E., las descuente directamente de los saldos a su favor. De no
existir saldo a favor de EL CONTRATISTA, se cobrará por la jurisdicción competente.
DÉCIMA SÉPTIMA. INTERPRETACIÓN UNILATERAL: Si durante la ejecución del
presente contrato surgieran discrepancias entre las partes sobre la interpretación de
alguna de las estipulaciones del mismo, que puedan conducir a la paralización o a la
afectación de los servicios objeto de dicho contrato, EL CONTRATANTE interpretará en
acto administrativo debidamente motivado las estipulaciones o cláusulas objeto de la
diferencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la Ley 80 de 1993.
DÉCIMA OCTAVA. MODIFICACIÓN UNILATERAL: Si durante la ejecución del presente
contrato y para evitar la paralización o la afectación grave de los servicios objeto del
mismo, fuere necesario introducir variaciones en el contrato y, previamente las partes no
llegaran al acuerdo respectivo, LA E.S.E., a través de acto administrativo debidamente
motivado, hará las modificaciones pertinentes mediante la supresión o adición de
trabajos, actividades, suministros o servicios, de conformidad con lo establecido en el
artículo 16 de la Ley 80 de 1993. Si las modificaciones unilaterales alteran el valor del
contrato en un veinte por ciento (20%) o más de su valor inicial, EL CONTRATISTA podrá
renunciar a la continuación de su ejecución. En este evento, EL CONTRATANTE
ordenará liquidación del contrato, al igual que las medidas del caso para garantizar
la terminación de su objeto. DÉCIMA NOVENA. TERMINACIÓN UNILATERAL DEL
CONTRATO: LA E.S.E. podrá terminar anticipada y unilateralmente el contrato, sin
que sea necesario requerimiento de ninguna índole, por las siguientes causas: 1) Por
incumplimiento de cualquiera de las obligaciones estipuladas en este contrato por parte
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de EL CONTRATISTA. 2) Por extinción del plazo pactado. 3) Por la declaratoria de
terminación unilateral y de caducidad del contrato por parte de EL CONTRATANTE en
la forma y con los efectos previstos en los artículos 17 y 18 de la Ley 80 de 1993. 4) Por
caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobados. 5) Por irregularidades graves en
la facturación cuando se demuestre dolo. 6) Por mutuo acuerdo entre las partes. 7) Por
solicitud expresa debidamente motivada de EL CONTRATISTA quien deberá dar aviso
por escrito a LA E.S.E. con una anticipación no inferior a treinta (30) días calendario de
antelación a la fecha de terminación enunciada. VIGÉSIMA. LIQUIDACIÓN: Una vez
terminado el contrato se procederá a su liquidación, de conformidad con lo preceptuado
en el artículo 38 del Estatuto Contractual de EL CONTRATANTE (Acuerdo No. 007 del
3 de junio de 2014, modificado por el Acuerdo No. 015 del 21 de noviembre de 2014).
PARÁGRAFO: EL CONTRATISTA autoriza con la firma del presente contrato a EL
CONTRATANTE para que los valores que se adeuden a las entidades del Sistema de
Seguridad Social Integral o Parafiscales sea descontado directamente del saldo a su
favor. VIGÉSIMA PRIMERA. AUSENCIA DE RELACIÓN LABORAL: El presente
contrato será ejecutado por EL CONTRATISTA, con absoluta autonomía e
independencia y en desarrollo del mismo, no se generará vínculo laboral alguno entre
LA E.S.E. y EL CONTRATISTA y/o su personal. VIGÉSIMA SEGUNDA.
CONFIDENCIALIDAD: La información que le sea entregada o a la que tenga acceso EL
CONTRATISTA en desarrollo y ejecución del presente contrato, gozan de
confidencialidad por razón del secreto profesional. Por ello toda información a la que
tenga acceso EL CONTRATISTA está protegida por las normas que rige el secreto
profesional y, por tanto, solo podrá ser usada para fines inherentes a su actividad en
desarrollo del contrato que aquí se suscribe. La protección es indefinida, por lo que no
se podrá hacer uso de ella en ningún tiempo, ni durante la ejecución del contrato, ni una
vez finalizado. Cualquier incumplimiento a este compromiso podrá ser objeto de las
sanciones que se pactan en este contrato. VIGÉSIMA TERCERA. CLÁUSULA
COMPROMISORIA: Las controversias relativas a la ejecución y liquidación del presente
contrato se resolverán en primera instancia por el mecanismo de la conciliación ante el
Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Medellín. En caso de
fracasar la conciliación, se resolverán por un Tribunal de Arbitramento integrado por tres
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(3) árbitros que se sujetarán a lo dispuesto por la Ley 446 de 1998, el Decreto 1818 de
1998 y a las normas que los reglamenten, modifiquen o adicionen. Los árbitros serán
designados por las partes de común acuerdo; pero de no llegarse a acuerdo, LA E.S.E.,
EL CONTRATISTA y el Centro de Conciliación y Arbitraje antes mencionado nombrarán
cada uno un (1) árbitro para integrar el Tribunal quien decidirá en derecho, funcionará en
la sede de dicho Centro de Conciliación y se sujetará a las reglas allí previstas sobre
organización interna. VIGÉSIMA CUARTA. DOCUMENTOS DEL CONTRATO: Hacen
parte de este contrato los siguientes documentos: XXXXXXXXXX, XXXXXXXXXXXXX,
XXXXXXXXXXX. VIGÉSIMA QUINTA. PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: El
presente contrato requiere para su perfeccionamiento la suscripción de las partes; para
su ejecución requiere el registro presupuestal, aprobación de garantías y acta de inicio,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 del Estatuto Contractual de EL
CONTRATANTE (Acuerdo No. 007 del 3 de junio de 2014, modificado por el Acuerdo
No. 015 del 21 de noviembre de 2014). VIGÉSIMA SEXTA. DOMICILIO
CONTRACTUAL: Para todos los efectos legales del presente contrato se tendrá como
domicilio contractual el municipio de Itagüí – Antioquia. PARÁGRAFO: Para efectos de
notificación, LA E.S.E. tiene su domicilio en la calle 47 No. 48 – 63 de Itagüí – Antioquia
y EL CONTRATISTA en XXXXXXXXXX. VIGÉSIMA SÉPTIMA. INHABILIDADES E
INCOMPATIBILIDADES: Por medio de esta cláusula, EL CONTRATISTA afirma bajo
juramento que no se halla incurso en ninguna de las inhabilidades, incompatibilidades y
prohibiciones previstas en la Ley 80 de 1993, que no posee ningún tipo de deuda con
las entidades del Estado (parágrafo 3 del artículo 4 de la Ley 716 de 2001), ni ha sido
condenado por fallo alguno con responsabilidad fiscal, en detrimento del patrimonio del
Estado, por parte de la Contraloría General de la República o alguno de sus delegados
en las respectivas entidades territoriales. VIGÉSIMA OCTAVA. INDEMNIDAD: El
contratista se obliga a favor de LA E.S.E a mantenerla libre de cualquier daño o perjuicio
originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de
sus dependientes. VIGÉSIMA NOVENA. MANIFESTACIÓN: Las partes manifiestan
libremente que han procedido a la lectura total y cuidadosa del presente documento, por
lo que, en consecuencia, se obligan a todo lo ordenado y manifestado.
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En constancia de todo lo anterior, se firma en Itagüí por las partes a los xxx (xx) días del
mes de xxxx del año 2019
CARLOS FREDY CARMONA RAMIREZ XXXXXXXXXXXXXXXXXX Gerente de La E.S.E. EL CONTRATANTE EL CONTRATISTA
SAUL MARTINEZ QUINTERO SUBGERENTE GENERAL DE LA E.S.E.