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Gabinete Técnico Enseñanza

FeSP-UGT

Enero

Horario del profesorado de Educación Infantil y Primaria en las Comunidades Autónomas 

 

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CONSIDERACIONES GENERALES

La jornada laboral de los funcionarios docentes es la establecida con carácter general para los funcionarios públicos, adecuada a las características de las funciones que han de realizar. Cada Comunidad Autónoma establece la duración de esta jornada. No obstante, hay que tener en cuenta que el Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo, introdujo una serie de medidas que están afectando directamente al horario del profesorado. Dentro de estas medidas aparece el aumento de las horas lectivas del personal docente y establece un mínimo de 25 horas lectivas en Educación Infantil y Primaria, sin perjuicio de las situaciones de reducción de jornada contempladas en la normativa vigente, así como la jornada laboral de 37,30 horas semanales.

Estas medidas tenían un marcado carácter de flexibilidad para que las Comunidades Autónomas acomodaran su uso a las necesidades de cada una de ellas, pero la realidad ha sido que la aplicación de esta última medida en concreto, se ha llevado a cabo de manera generalizada por las Administraciones educativas.

Las características horarias generales se remontan y están recogidas en la Orden de 29 de junio de 1994 por la que se aprueban las instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de los Centros de Educación Infantil y Primaria, modificada por la Orden de 29 de febrero de 1996 y que se sigue aplicando con carácter supletorio en lo no regulado por las normativas autonómicas. Según esta Orden los maestros permanecerán en el centro 30 horas semanales. Estas horas tendrán la consideración de lectivas y complementarias de obligada permanencia. El resto, hasta alcanzar el horario laboral semanal, serán de libre disposición de los maestros para la preparación de las actividades docentes, el perfeccionamiento profesional o cualquier otra actividad pedagógica complementaria. Las horas dedicadas a actividades lectivas serán 25 por semana. A estos efectos se considerarán lectivas tanto la docencia directa a grupos de alumnos como los períodos de recreo vigilado de los alumnos.

Además del horario lectivo, los Maestros dedicarán cinco horas semanales (complementarias) en el centro para la realización, entre otras, de las siguientes actividades:

Entrevistas con padres. Se concretará para cada tutor una hora fija semanal, que deberá estar expuesta en el tablón de anuncios.

Asistencia a reuniones de tutores y profesores de grupo.

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Asistencia a reuniones del Claustro.

Asistencia, en su caso, a reuniones de la Comisión de Coordinación Pedagógica y del Consejo Escolar.

Actividades de perfeccionamiento e investigación educativa.

Cualquier otra de las establecidas en la Programación general anual que el Director estime oportuna.

La elaboración de horarios se realizará atendiendo a unos criterios fijados, pero se establece que una vez cubiertas las necesidades (sustituciones, atención a alumnos con dificultades de aprendizaje, apoyo a otros Maestros, especialmente a los de educación infantil en actividades que requieran más de un Maestro en el aula, desdoblamiento de grupos de lengua extranjera con más de 20 alumnos) y en función de las disponibilidades horarias del conjunto de la plantilla, se podrán computar dentro del horario lectivo por este orden:

A los coordinadores de ciclo, una hora semanal por cada tres grupos de alumnos del ciclo o fracción.

A los Maestros encargados de coordinar los medios informáticos y audiovisuales, una hora a la semana.

Al responsable de la biblioteca y de los recursos documentales, una hora por cada seis grupos de alumnos o fracción.

Al representante del centro en el centro de Profesores y de recursos, una hora a la semana.

A los maestros que se encarguen de forma voluntaria de la organización de actividades deportivas y artísticas fuera del horario lectivo, una hora por cada seis grupos de alumnos o fracción.

Para el cuidado y vigilancia de los recreos podrá organizarse un turno entre los Maestros del centro, a razón de un Maestro por cada 60 alumnos de educación primaria, y un Maestro por cada 30 alumnos de educación infantil, o fracción, procurando que siempre haya un mínimo de dos maestros.

Es evidente que tras el tiempo transcurrido desde la promulgación de la Orden de 1994, las condiciones y necesidades de los centros han cambiado considerablemente y por tanto los ajustes horarios, no obstante, en numerosas Comunidades Autónomas esta Orden es tenida como un referente a la hora de establecer los horarios de los maestros. Teniendo en cuenta todo lo anterior, es cada Comunidad Autónoma la que determina la duración de la jornada laboral y las condiciones horarias

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de sus funcionarios docentes, de ahí las peculiaridades y variaciones tanto en la duración como en las condiciones según la Comunidad Autónoma que se analice.

Antes de entrar en profundidad en el trabajo comparativo hay que tener en cuenta una serie de aspectos que servirán para entender mejor las tablas. Dentro de la distribución horaria comparamos el horario laboral semanal y los periodos lectivos de los maestros. También analizamos las diferencias horarias entre coordinaciones y otras funciones, existiendo gran diversidad de ellas y más aún si tenemos en cuenta proyectos concretos desarrollados en las distintas Comunidades Autónomas.

Por último abordamos las diferencias existentes en la reducción voluntaria de la jornada lectiva al profesorado mayor de 55 años con la correspondiente disminución proporcional de las retribuciones o la sustitución parcial de la jornada lectiva por actividades de otra naturaleza sin reducción de sus retribuciones, según se contempla en el artículo 105.2.e) de la LOE. Estas horas de reducción se deben dedicar a actividades que, en ningún caso, comporte atención directa al alumnado. 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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ANDALUCIA

HORARIO LABORAL SEMANAL

HORAS DE PERMANENCIA EN EL

CENTRO

REDUCCIÓN HORARIA POR COORDINACIÓN

REDUCCIÓN HORARIA

POR TICs OTRAS REDUCCIONES HORARIAS

REDUCCIÓN JORNADA LECTIVA

PROFESORADO MAYOR DE 55 AÑOS

37 horas y media.

30 horas semanales, de las cuales, 25 horas se computarán como horario lectivo. Las otras restantes de obligada permanencia se estructurarán de manera flexible, de acuerdo con el plan de reuniones establecido por la jefatura de estudios, sin menoscabo de que al menos una hora a la semana se procure la coincidencia de todo el profesorado con objeto de asegurar la coordinación docente.

Ciclo - De 9 a 17 unidades: 1 h. por cada equipo de ciclo. - De 18 o más unidades: 2 h. por cada equipo de ciclo.

Responsable del Plan TIC: De 6 a 17 unidades: 2 h. De 18 a 26: 3 h. De 27 o más: 5 h.

Responsable biblioteca: 3h. semanales de obligada permanencia. Responsable Plan apertura de centros: De 6 a 7 unidades: 3 h. De 18 o más: 5 h.

Con 55 o más años de edad a 31 de agosto de cada anualidad reducción semanal de 2 h. lectivas de docencia directa.

NORMATIVA

Orden de 20 de agosto de 2010, por la que se regula la organización y el funcionamiento de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria y de los centros públicos específicos de educación especial, así como el horario de los centros, del alumnado y del profesorado.

 

 

 

 

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ARAGÓN

HORARIO LABORAL SEMANAL

HORAS DE PERMANENCIA EN EL

CENTRO

REDUCCIÓN HORARIA POR COORDINACIÓN

REDUCCIÓN HORARIA

POR TICs

OTRAS REDUCCIONES HORARIAS

REDUCCIÓN JORNADA LECTIVA

PROFESORADO MAYOR DE 55 AÑOS

37 horas y media. De éstas, 7 horas y media son de libre disposición para la preparación de las actividades docentes, el perfeccionamiento profesional o cualquier otra actividad pedagógica.

30 horas semanales, de las cuales, 25 horas serán lectivas y las 5 horas restantes son complementarias de obligada permanencia.

Coordinación Equipos Didáctico: 1 h. lectiva semanal por cada 3 grupos Coordinación actividades Programa Apertura centros: 3 h. lectivas semanales. Coordinación formación del profesorado: 2 h. lectivas y 2 h. complementarias semanales.

Coordinación medios informáticos, audiovisuales: hasta 4 h. lectivas semanales.

Responsable Biblioteca y recursos documentales: hasta 3 h.lectivas semanales según complejidad centro. Responsable actividades deportivas, artísticas y extraescolares fuera del horario lectivo: 2 h. lectivas semanales. Función tutorial: 1 h. semanal complementaria.

No se contempla.

NORMATIVA ORDEN de 26 de junio de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se aprueban las Instrucciones que regulan la organización y el funcionamiento de los Colegios Públicos de Educación Infantil y Primaria y de Educación Especial de Aragón.

 

 

 

 

 

 

 

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ASTURIAS

HORARIO LABORAL SEMANAL

HORAS DE PERMANENCIA EN EL

CENTRO

REDUCCIÓN HORARIA POR COORDINACIÓN

REDUCCIÓN HORARIA

POR TICs

OTRAS REDUCCIONES HORARIAS

REDUCCIÓN JORNADA LECTIVA

PROFESORADO MAYOR DE 55 AÑOS

37 horas y media. De éstas, 7 horas y media son de libre disposición para la preparación de las actividades docentes, el perfeccionamiento profesional o cualquier otra actividad pedagógica

30 horas semanales, de las cuales, 25 horas serán lectivas y las 5 horas restantes son complementarias de obligada permanencia.

Coordinación de ciclo:1h lectiva semanal Responsables de otras funciones para el desarrollo de otros programas: 1h lectiva semanal Coordinación de los programas de innovación: nº de horas dependiendo de convocatorias.

Máximo 10 horas (puede ser entre 2 personas sin que se concentre más de 5 horas en la misma)

Representante del claustro en el centro de profesores y recursos: 1h. semanal. Tutoría de acogida: 3 h. Responsable actividad deportivas, artísticas y extraescolares fuera del horario lectivo: 1 h. semanal por cada 6 grupos. Función tutorial: 1 h. semanal complementaria.

No se contempla.

NORMATIVA RESOLUCIÓN de 6 de agosto de 2001, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se aprueban las instrucciones que regulan la organización y el funcionamiento de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria del Principado de Asturias (BOPA 13/08/2001) Modificación (BOPA 17/08/2004) Circulares de inicio de curso.

 

 

 

 

 

 

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ILLES BALEARS

HORARIO LABORAL SEMANAL

HORAS DE PERMANENCIA EN EL

CENTRO

REDUCCIÓN HORARIA POR COORDINACIÓN

REDUCCIÓN HORARIA

POR TICs

OTRAS REDUCCIONES HORARIAS

REDUCCIÓN JORNADA LECTIVA

PROFESORADO MAYOR DE 55 AÑOS

37 horas y media. De éstas, 7 horas y media son de libre disposición y se han de dedicar a la preparación de actividades docentes, a la formación permanente y a cualquier otra actividad pedagógica complementaria.

30 horas semanales: de las cuales, 25 horas serán lectivas (docencia directa a grupos, recreos y cargos) y 5 complementarias.

Coordinación de ciclo y equipo apoyo: mínimo 1 h. lectiva semanal en función del número de líneas.

Ver columna siguiente

Coordinación actividad complementarias,  biblioteca, convivencia y coeducación, ecocentro, enseñanza en lenguas extranjeras, extraescolares, normalización lingüística, proyectos europeos (KA1 y KA2), reutilización de libros de texto, salud, tecnologías de la información y la comunicación (TIC), etc De 3 a 5 unidades: 11 h. De 6 a 8: 11 h. De 9 a 12: 14 h. De 13 a 17: 14 h. De 18 a 22: 16 h. De 23 a 26 : 16 h. Más de 27 unidades, 21 h.

Con 55 años antes del 31 de diciembre: - Reducción de media jornada con la correspondiente disminución de retribuciones Los profesores mayores de 55 años tienen derecho a una Reducción horaria retribuida que puede ser: a) 1 Periodo lectivo + 2 complementarios (CHL: compensación hora lectiva). Sustitución por otras actividades de un periodo lectivo semanales y compensación de dos períodos complementarios de no permanencia en el centro. b) 2 periodos lectivos + 1 de complementario (CHL). Sustitución por otras actividades de dos períodos lectivos semanales y compensación de un periodo complementario de no permanencia en el centro. c) 3 períodos lectivos, en función de la disponibilidad del centro. Sustitución por otras actividades de tres períodos lectivos semanales.

 

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CANARIAS

HORARIO LABORAL SEMANAL

HORAS DE PERMANENCIA EN EL

CENTRO

REDUCCIÓN HORARIA POR COORDINACIÓN

REDUCCIÓN HORARIA

POR TICs

OTRAS REDUCCIONES HORARIAS

REDUCCIÓN JORNADA LECTIVA

PROFESORADO MAYOR DE 55 AÑOS

37 horas y media. De éstas, 7 horas y media son de libre disposición para la preparación de las actividades docentes, el perfeccionamiento profesional o cualquier otra actividad pedagógica complementaria

30 horas semanales: De las cuales, 28 horas son de permanencia repartidas en 25 de carácter lectivo y 3 complementarias de permanencia en el centro (exclusiva) y 2 horas más para actividades de periodicidad no fija, en el centro o fuera, como la realización de claustros, de sesiones de formación ,…(No figuran en los horarios individuales del profesorado)

Ciclos de 5 o más unidades: 2 h. lectivas Ciclo de menos de 5 unidades: 1 h. lectiva.

Ver tabla adjunta. Ver tabla adjunta. -Maestros mayores de 60 años: 5 h. lectivas sin docencia directa. -Maestros de 59 o 60 años: hasta 3 h. lectivas. En los dos casos estarán exentos del cuidado de los recreos si así lo solicitan, en cuyo caso este tiempo se computará dentro de su horario lectivo. El tiempo concedido se destinará a la realización de otras tareas complementarias.

Los centros computarán en su proyecto de gestión, como sesiones lectivas o complementarias, las actividades que se detallan en el cuadro siguiente: Actividad/función Finalidad y características Dedicación horaria máxima

Tutoría de 1º y 2º de Primaria. Horas lectivas sin docencia directa, pero de obligada permanencia en el centro, destinadas a la preparación de actividades previstas en el Plan de Acción Tutorial y otras actividades derivadas de la propia función docente.

3 horas lectivas.

Resto de Tutorías 2 horas lectivas.

Resto del profesorado, según disponibilidad del centro.

Hasta 2 horas lectivas.

Dirección. Si el centro cuenta con comedor, tanto de gestión directa como 2 horas lectivas.

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Actividad/función Finalidad y características Dedicación horaria máxima

contratada.

Secretario o director de centro de menos de 6 unidades.

Este descuento es complementario al ya establecido para los cargos unipersonales, solo aplicable en los centros que no cuenten con auxiliar administrativo.

2 horas lectivas.

Responsable de comedor de gestión directa. 5 horas lectivas.

Responsable de comedor de gestión contratada. 2 horas lectivas.

Vigilancia de transporte escolar Por el tiempo necesario requerido para su realización Hasta 4 horas lectivas.

Coordinación de ciclo en Infantil-Primaria. Ciclos de 5 o más unidades. 2 horas lectivas.

Ciclos de menos de 5 unidades. 1 hora lectiva.

Docente de apoyo al programa Impulsa Desarrollo de actividades relacionadas con el programa 2 horas lectivas

Profesorado que desarrolla el programa Tránsito Coordinación con el centro de cabecera 2 horas lectivas

Coordinador de cada red de centro Promover el trabajo coordinado de la red 1 red: 1 hora lectiva, 2 redes: 2 horas lectivas, 3 ó más: 3 horas

Coordinador acciones para el fomento del Patrimonio canario

Promover la participación de la comunidad educativa 1 hora lectiva

Coordinador y participantes del Programa CLIL-AICLE

Seleccionar y elaborar recursos metodológicos para la impartición de áreas no lingüísticas en inglés

1 hora lectiva

Responsable del programa y del servicio de mediación

Centros de menos de 6 unidades, 1 h. complementaria. De 6 a 8 uni. 2 complementarias. De 18 a 26 uni. 2 horas lectivas. De 27 a 35 uni. 3 horas lectivas. De 36 ó más 3 horas lectivas y 1 comple.

Miembro del equipo de mediación Cada uno de los miembros 1 hora complementaria

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Actividad/función Finalidad y características Dedicación horaria máxima

Miembro del equipo gestión de la de convivencia Cada uno de los miembros 1 hora complementaria

Referente del protocolo de acoso Implementación del protocolo 1 hora complementaria

Coordinación acciones para la intervención con alumnado con dificultades de aprendizaje en Infantil y primeros cursos.

1 hora lectiva

Acciones para el fomento de las TIC Coordinación de las actividades CER y centros incompletos y de línea 1: 1 hora lectiva. Centros línea 2: 2 horas lectivas. Centros línea 3: 3 horas lectivas.

Profesorado miembro del Consejo Escolar del centro.

Asistencia 1 hora complementaria.

Profesorado miembro del Consejo Escolar de Canarias

Profesorado integrante de la comisión permanente 2 horas lectivas

Acciones para la prevención de riesgos laborales Coordinación de acciones En CER y centros de 4 ó más unidades: 1 hora lectiva. Centros de 18 o más unidades: 2 horas lectivas

Acciones para el fomento de la igualdad de oportunidades

Planificar y realizar acciones que fomenten la igualdad 1 hora lectiva

Agentes zonales de igualdad 5 horas lectivas concentradas en un día

NORMATIVA

ORDEN de 9 de octubre de 2013, por la que se desarrolla el Decreto 81/2010, de 8 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los centros docentes públicos no universitarios de Canarias, en lo referente a su organización y funcionamiento.

Resolución de la viceconsejería de educación y universidades por la que se dictan instrucciones de organización y funcionamiento dirigidas a los centros docentes públicos no universitarios de Canarias para el curso 2017-2018

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CANTABRIA

HORARIO LABORAL SEMANAL

HORAS DE PERMANENCIA EN EL

CENTRO

REDUCCIÓN HORARIA POR COORDINACIÓN

REDUCCIÓN HORARIA

POR TICs

OTRAS REDUCCIONES HORARIAS

REDUCCIÓN JORNADA LECTIVA

PROFESORADO MAYOR DE 55 AÑOS

37 horas y media. De éstas, 7 horas y media se han de dedicar a preparación de actividades docentes, la formación permanente o cualquier otra actividad pedagógica complementaria.

30 horas semanales: de las cuales, 25 horas serán lectivas y 5 complementarias de obligada permanencia. De las 25 lectivas una se dedicará a recuperar tiempo de coordinación y programación.

Ciclo: 1 h lectiva semanal (2–3 grupos) 2 h (4-6 grupos) 3 h (más de 6 grupos) Interculturalidad: 1 h lectiva. Además podrá dedicar 1 h. más por cada 3 alumnos hasta un máximo de 6 horas. Coordinación Plan Inmersión lingüística en 2º ciclo Infantil: hasta 2 h. lectivas Coordinación Plan Ed. Bilingüe: 1h. lectiva y 2 complementarias Coordinación Escuelas Solidarias: hasta 2 h. complementarias.

Menos de 9 unidades: Hasta 2 horas lectivas. Entre 9 y 18: Hasta 4 h. Más de 18: Hasta 6 horas.

Biblioteca: menos de 9 unidades: hasta 3 h. lectivas De 9 a 18: hasta 6 horas Más de 18: hasta 9 horas. Proyectos integrados de innovación educativa: máximo 3 h. lectivas Representante de igualdad en el centro: 1 hora lectiva y 1 complementaria Existen otras reducciones según proyecto.

No se contempla.

NORMATIVA Instrucciones de inicio de curso 2017-2018. Colegios públicos de Infantil y Primaria. REGLAMENTO ÓRGANICO DE CENTRO (ROC): Decreto 25/2010 de 31 de marzo por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas Infantiles, de los Colegios de Educación Primaria y de los Colegios de Educación Infantil y Primaria en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria. MODIFICADO POR EL DECRETO 16/2016 Decreto 16/2016, de 30 de marzo, que modifica el Decreto 25/2010, de 31 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas Infantiles, de los Colegios de Educación Primaria y de los Colegios de Educación Infantil y Primaria.

 

 

 

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CASTILLA-LA MANCHA

HORARIO LABORAL SEMANAL

HORAS DE PERMANENCIA EN EL

CENTRO

REDUCCIÓN HORARIA POR COORDINACIÓN

REDUCCIÓN

HORARIA POR TICs OTRAS REDUCCIONES HORARIAS

REDUCCIÓN JORNADA LECTIVA

PROFESORADO MAYOR DE 55

AÑOS 37 horas y media De estas, 8 horas y media son de libre disposición, para preparación de actividades docentes, la formación permanente o cualquier otra actividad pedagógica.

29 horas semanales, de las cuales 25 tendrán la consideración de lectivas y el resto de complementarias.

Coordinación de nivel: 1 h. lectiva. Coordinación prevención riesgos laborales: Hasta 14 unidades, 1 hora complementaria. De 15 a 29, 2 horas complementarias. De 30 a 45, 2 horas complementarias y 1hora lectiva Más de 45, 1 hora complementaria y 2 lectivas.

Coordinación de formación como responsable de los proyectos de formación del centro, de la utilización de las TIC en la enseñanza, del asesoramiento al profesorado en las modalidades de formación y de la colaboración y comunicación con el Centro Regional de Formación del profesorado: un máximo de 2 h. lectivas semanales.

Responsable de biblioteca: 1 h. lectiva Responsable actividades complementarias y extracurriculares: 1 h. lectiva. Asesor lingüístico. En función del programa, podrá asignarse como máximo: -Programa de iniciación lingüística: hasta 2 h. lectivas. -Programa de desarrollo lingüístico: hasta 3 h. lectivas. -Programa de excelencia lingüística: hasta 4 h. lectivas Responsable de comedor escolar: - A partir de 60 usuarios: 3 h. lectivas - Menos de 60 usuarios: 2 h. lectivas. Por las tareas del aula matinal, 1 h. lectiva Impartición de talleres y act. extracurricular. 1 h. lectiva por cada taller con un máximo de 2 h lectivas Responsable de formación en centros: hasta 2 h. complementarias.

Mayor de 55 años solicitud de reducción de jornada con disminución de retribuciones.

NORMATIVA Orden de 02/07/2012, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se dictan instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de los colegios de educación infantil y primaria en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Orden de 05/08/2014, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se regulan la organización y la evaluación en la Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

 

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CASTILLA Y LEÓN

HORARIO LABORAL SEMANAL

HORAS DE PERMANENCIA EN EL

CENTRO

REDUCCIÓN HORARIA POR COORDINACIÓN

REDUCCIÓN HORARIA

POR TICs

OTRAS REDUCCIONES HORARIAS

REDUCCIÓN JORNADA LECTIVA

PROFESORADO MAYOR DE 55 AÑOS

37 horas y media De éstas, 7 horas y media de libre disposición, se han de dedicar a preparación de actividades docentes, la formación permanente o cualquier otra actividad pedagógica complementaria.

30 horas semanales: 22,5 h de docencia +2,5 h de recreos 5 h. complementarias (claustros, CCP e internivel, atención a las familias, actividades de formación, preparación de actividades establecidas en la PGA)

Coordinación internivel: 1 h. semanal por cada 3 grupos.

Responsable de recursos informáticos: 1 h. semanal

Enlace de CFIE en el centro: 1 h. semanal Responsable de biblioteca: 1 h. semanal Función tutorial: 1 h. semanal complementaria.

No se contempla.

NORMATIVA Orden 491/2012 de Medidas urgentes de racionalización del gasto público en Cuerpos Docentes LEY 1/2012, de 28 de febrero, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras. Art.70 Orden EDU/1635/2006. Compensación horaria de Itinerantes.

 

 

 

 

 

 

 

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CATALUÑA

HORARIO LABORAL SEMANAL

HORAS DE PERMANENCIA EN EL

CENTRO

REDUCCIÓN HORARIA POR COORDINACIÓN

REDUCCIÓN HORARIA

POR TICs

OTRAS REDUCCIONES HORARIAS

REDUCCIÓN JORNADA LECTIVA

PROFESORADO MAYOR DE 55 AÑOS

37 horas y media. De éstas, 7 horas y media serán para preparación de clases, corrección de actividades, asistencia a cursos y actividades de formación, que no han de ser necesariamente en el centro.

30 horas semanales: de las cuales, 24 horas son de atención directa a grupos y 6 horas complementarias con horario fijo.

Nº global de horas lectivas para órganos unipersonales de coordinación: Centros 1 línea: 10 h. lectivas. 2 líneas: 15 h. 3 líneas: 15 h.

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-------

- Entre 55 y 58 años pueden solicitar la reducción de 2 horas complementarias semanales de presencia en el centro. Las 6 horas complementarias pasan a ser 4. - Entre 59 y 64 años pueden solicitar 2 horas lectivas semanales. Las actividades semanales asignadas en sustitución de las dos horas de reducción lectivas o complementarias se incorporan al horario semanal que no se ha de hacer necesariamente en el centro, y pasarán de 7 horas y media a 9 horas y media.

 

 

 

 

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Gabinete Técnico-Enseñanza FeSP-UGT Página 15  

 

CEUTA

HORARIO LABORAL SEMANAL

HORAS DE PERMANENCIA EN EL

CENTRO

REDUCCIÓN HORARIA POR COORDINACIÓN

REDUCCIÓN HORARIA

POR TICs

OTRAS REDUCCIONES HORARIAS

REDUCCIÓN JORNADA LECTIVA

PROFESORADO MAYOR DE 55 AÑOS

37 horas y media. De éstas, 7 horas y media se han de dedicar a preparación de actividades docentes, la formación permanente o cualquier otra actividad pedagógica.

30 horas semanales, de las cuales 25 tendrán la consideración de lectivas y el resto de complementarias.

Coordinador ciclo: 1 h. semanal por cada 3 grupos.

Coordinador medios informáticos y audiovisuales: 1 h. semanal.

Responsable biblioteca y recursos documentales: 1 h. semanal por cada 6 grupos. Organización de act. deportivas y artísticas fuera del horario lectivo: 1 h. semanal por cada 6 grupos. Responsable claustro en el centro de profesores y recursos: 1 h. lectiva semanal.

Modalidad A: mayores de 55 reducción de 1/3 ó ½ de jornada con reducción haberes. Modalidad B: sin reducción haberes. De 55 a 58 años, reducción de 3 periodos lectivos; de 59 a 64, reducción de 4 periodos; siempre sustituidos por otras actividades dedicación al centro.

 

 

 

 

 

 

 

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COMUNIDAD VALENCIANA

HORARIO LABORAL SEMANAL

HORAS DE PERMANENCIA EN EL

CENTRO

REDUCCIÓN HORARIA POR COORDINACIÓN

REDUCCIÓN HORARIA

POR TICs

OTRAS REDUCCIONES HORARIAS

REDUCCIÓN JORNADA LECTIVA

PROFESORADO MAYOR DE 55 AÑOS

37 horas y media. De éstas, 7 horas y media se han de dedicar a preparación de actividades docentes, la formación permanente o cualquier otra actividad pedagógica

30 horas semanales, de las cuales 25 tendrán la consideración de lectivas y el resto de complementarias.

Coordinación ciclo: máximo 2 h. semanales lectivas. Coordinación de formación en el centro: reducción de hasta un máximo de 4 h. complementarias semanales. Coordinación de igualdad y convivencia: un total de 2 h. lectivas. Coordinación del programa reutilización de libros y materiales curriculares: un total de 2 h. lectivas.

Se contempla la figura de coordinación TIC pero no se establece reducción horaria

Responsables organización distribución y mantenimiento de material didáctico máximo de 2 h. lectivas semanales.

Sustitución de 3 h. lectivas por otras actividades siempre que se pueda. (La generalidad son 1 ó 2 horas para completar horarios incompletos)

NORMATIVA Resolución de 18 julio de 2017, del secretario autonómico de Educación e Investigación, por la que se aprueban las Instrucciones para la organización y funcionamiento de los centros que imparten E. Infantil de segundo ciclo y E. Primaria durante el curso 2017-2018.

 

 

 

 

 

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Gabinete Técnico-Enseñanza FeSP-UGT Página 17  

 

EUSKADI

HORARIO LABORAL SEMANAL

HORAS DE PERMANENCIA EN EL

CENTRO

REDUCCIÓN HORARIA POR COORDINACIÓN

REDUCCIÓN HORARIA

POR TICs

OTRAS REDUCCIONES HORARIAS

REDUCCIÓN JORNADA LECTIVA

PROFESORADO MAYOR DE 55 AÑOS

Jornada anual: 1462 horas.

30 horas semanales de dedicación y permanencia en el centro, de las cuales, 23 horas serán lectivas. Las 7 restantes son complementarias de obligada permanencia.

Corresponde al equipo directivo la gestión del crédito horario.

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Corresponde al equipo directivo la gestión del crédito horario.

-------

El centro escolar dispone de un crédito horario y, como consecuencia, de una dotación de profesorado que, además de cubrir las necesidades de atención docente al alumnado, permite dar respuesta a la realización de actividades y proyectos contemplados en su Plan Anual. Corresponde al equipo directivo la gestión de este crédito horario, asignando a cada profesor o profesora tanto la actividad docente como la tarea específica que debe desarrollar a fin de completar su horario personal de dedicación al centro. Se podrá, asimismo, asignar crédito horario para organizar los medios audiovisuales y/o informáticos del centro, la biblioteca, el laboratorio, talleres, huerto escolar,…

 

 

 

 

 

 

 

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Gabinete Técnico-Enseñanza FeSP-UGT Página 18  

EXTREMADURA

HORARIO LABORAL SEMANAL

HORAS DE PERMANENCIA EN EL

CENTRO

REDUCCIÓN HORARIA POR COORDINACIÓN

REDUCCIÓN HORARIA

POR TICs

OTRAS REDUCCIONES HORARIAS

REDUCCIÓN JORNADA LECTIVA

PROFESORADO MAYOR DE 55 AÑOS

37 horas y media. De éstas, 7 horas y media son de libre disposición para la preparación de las actividades docentes, el perfeccionamiento profesional o cualquier otra actividad pedagógica

30 horas semanales: de las cuales, 25 horas serán lectivas y 5 complementarios de obligada permanencia.

Coordinación ciclo: 1 h. semanal por cada 3 grupos de alumnos.

Coordinación plan TICs: 1 h. semanal por cada 6 grupos de alumnos.

Responsable biblioteca y recursos documentales: 1 h. lectiva semanal por cada 6 grupos. Organización de act. deportivas y artísticas fuera del horario lectivo: 1 h. semanal por cada 6 grupos. Responsable claustro en. el centro de profesores y recursos: 1 h. lectiva semanal. Coordinación en redes en la PGA: 1 h. lectiva semanal por cada 6 grupos.

No se contempla.

NORMATIVA

Orden de 17 junio de 2011 por la que se regulan los horarios de los centros públicos de Educación Infantil y Primaria, así como los específicos de Educación Especial, de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Instrucciones nº20/2017, de 1 de septiembre de 2017, de la secretaria general de educación.

 

 

 

 

 

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Gabinete Técnico-Enseñanza FeSP-UGT Página 19  

 

GALICIA

HORARIO LABORAL SEMANAL

HORAS DE PERMANENCIA EN EL

CENTRO

REDUCCIÓN HORARIA POR COORDINACIÓN

REDUCCIÓN HORARIA

POR TICs

OTRAS REDUCCIONES HORARIAS

REDUCCIÓN JORNADA LECTIVA

PROFESORADO MAYOR DE 55 AÑOS

37 horas y media. De éstas, 7 horas y media son de libre disposición para la preparación de las actividades docentes, el perfeccionamiento profesional o cualquier otra actividad pedagógica.

30 horas semanales: de las cuales, 25 horas serán lectivas y 5 complementarios de obligada permanencia.

Coordinación ciclos: Ciclos de 6 o más unidades: 2 horas. Ciclos de menos de 6 unidades: 1 hora. Coordinación equipos de normalización lingüística y de act. complementarias y extraescolares: - Centros de 18 unidades o más: 2 horas. - Centros de menos de 18 unidades: 1 hora.

Coordinación plan TICs: 1 h. semanal.

Secciones bilingües: Para la coordinación del programa se contará con la reducción de 1 h. lectiva, por nivel educativo implicado en el proyecto, hasta un máximo de 3 h. En ningún caso esta reducción supondrá un aumento en la plantilla del centro. Coordinación Biblioteca: Mínimo 1 h semanal pero no se habla de máximo.

No se contempla.

NORMATIVA

ORDEN de 23 de junio de 2011 por la que se regula la jornada de trabajo del personal funcionario y laboral docentes que imparten las enseñanzas reguladas en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación. ORDEN de 12 de mayo de 2011 por la que se regulan los centros plurilingües en la Comunidad Autónoma de Galicia y se establece el procedimiento de incorporación de nuevos centros a la Red de Centros Plurilingües de Galicia.

 

 

 

 

 

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Gabinete Técnico-Enseñanza FeSP-UGT Página 20  

 

LA RIOJA

HORARIO LABORAL SEMANAL

HORAS DE PERMANENCIA EN EL

CENTRO

REDUCCIÓN HORARIA POR COORDINACIÓN

REDUCCIÓN HORARIA

POR TICs

OTRAS REDUCCIONES HORARIAS

REDUCCIÓN JORNADA LECTIVA

PROFESORADO MAYOR DE 55 AÑOS

37 horas y media. De éstas, 6 horas son de libre disposición para la preparación de las actividades docentes, el perfeccionamiento profesional o cualquier otra actividad pedagógica.

29 horas semanales: de las cuales, 25 horas serán lectivas. Las 4 horas restantes serán complementarias de obligada permanencia.

Coordinación centros bilingüe durante 4 años desde su implantación: De 8 a 21 h. semanales en lengua extranjera:2 h. lectivas De 32 a 75 horas: hasta 3 h. lectivas. De 76 o más: hasta 4h.

Responsable TIC: 1 periodo lectivo por cada 30 ordenadores o fracción superior a 15 de que disponga el centro, con un máximo de 3 periodos. Periodos complementarios a juicio de jefatura: 1 periodo lectivo a un profesor en centros con un mínimo de 15 ordenadores.

Docentes y coordinador proyecto bilingüe cuando den más de 3h en inglés o sean cotutores: 1 h. lectiva semanal para preparación materiales.

Reducción de 2 horas lectivas semanales a los docentes entre 55 y 65 años de edad que se sustituirán por otras actividades complementarias. a actividades alternativas que no supongan atención de grupos de alumnos.

NORMATIVA Instrucciones de 28 de junio de 2017. Orden 7/2017 de 16 mayo por la que se regulan los centros sostenidos con fondos públicos de Infantil y Primaria Bilingües. Resolución 8 octubre 2014. Orden 3/2003 de 3 de enero de la Consejería.

 

 

 

 

 

 

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Gabinete Técnico-Enseñanza FeSP-UGT Página 21  

MADRID

HORARIO LABORAL SEMANAL

HORAS DE PERMANENCIA EN EL

CENTRO

REDUCCIÓN HORARIA POR COORDINACIÓN

REDUCCIÓN HORARIA

POR TICs

OTRAS REDUCCIONES HORARIAS

REDUCCIÓN JORNADA LECTIVA

PROFESORADO MAYOR DE 55 AÑOS

37 horas y media. De éstas, 7 horas y media se han de dedicar a preparación de actividades docentes, la formación permanente o cualquier otra actividad pedagógica.

30 horas semanales, de las cuales 25 tendrán la consideración de lectivas y el resto de complementarias.

Coordinador ciclo: 1 h. semanal por cada 3 grupos.

Coordinador TIC Menos de 4 unidades:1 h. De 4 a 6: 2 h. De 7 a 11: 3 h. De 12 a 25: 4 h. De 26 a 45: 5 h. De más de 45: 8 h.

Responsable biblioteca y recursos documentales: 1 h. semanal por cada 6 grupos. Organización de act. deportivas y artísticas fuera del horario lectivo: 1 h. semanal por cada 6 grupos.

Sustitución del horario lectivo por otras actividades: Entre 55 y 58 años de edad hasta 2 h. lectivas y hasta 3 h. lectivas semanales para los que tengan entre 58 a 64años (Según necesidades de servicio)

NORMATIVA Instrucciones principio curso 2017-18 Orden 3622/2014, de 3 de diciembre, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte de la Comunidad de Madrid.

 

MELILLA

HORARIO LABORAL SEMANAL

HORAS DE PERMANENCIA EN EL

CENTRO

REDUCCIÓN HORARIA POR COORDINACIÓN

REDUCCIÓN HORARIA

POR TICs

OTRAS REDUCCIONES HORARIAS

REDUCCIÓN JORNADA LECTIVA

PROFESORADO MAYOR DE 55 AÑOS

37 horas y media. De éstas, 7 horas y media se han de dedicar a preparación de actividades docentes, la formación permanente o cualquier otra actividad pedagógica

30 horas semanales, de las cuales 25 tendrán la consideración de lectivas y el resto de complementarias

Coordinador ciclo: 1h. semanal, con carácter general, aunque, según las instrucciones, el centro puede, previa autorización del Servicio de Inspección y en función de sus necesidades, un número diferente.

Coordinador medios informáticos y audiovisuales: 1h semanal, con carácter general, aunque, según las instrucciones, el centro puede, previa autorización del Servicio de Inspección y en función de sus necesidades, un número diferente.

Responsable biblioteca y recursos documentales:1h.semanal por cada 6 grupos. Organización de act. deportivas y artísticas fuera del horario lectivo: 2h semanales.

Modalidad A: mayores de 55 reducción de 1/3 ó ½ de jornada con reducción haberes. Modalidad B: sin reducción haberes. De 55 a 58 años, reducción de 3 periodos lectivos; de 59 a 64, reducción de 4 periodos; siempre sustituidos por otras actividades dedicación al centro.

 

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Gabinete Técnico-Enseñanza FeSP-UGT Página 22  

MURCIA

HORARIO LABORAL SEMANAL

HORAS DE PERMANENCIA EN EL

CENTRO

REDUCCIÓN HORARIA POR

COORDINACIÓN

REDUCCIÓN

HORARIA POR TICs

OTRAS REDUCCIONES HORARIAS

REDUCCIÓN JORNADA LECTIVA

PROFESORADO MAYOR DE 55 AÑOS

37 horas y media De éstas, 6 horas y media se han de dedicar a preparación de actividades docentes, perfeccionamiento profesional y a deberes inherentes a la función docente.

31 horas semanales de dedicación al centro (25 horas lectivas -incluidas la vigilancia de recreos y la función tutorial sin docencia directa de los tutores-, 4 h. complementarias de obligada permanencia en el centro recogidas en el horario individual y 2 horas complementarias computables mensualmente).

Coordinador Pedagógico para los cursos de 1º a 3º y otro para 4º a 6º: de 3 a 5 grupos 1 h. lectiva. De 6 a 8 unidades hasta 2 h. De 9 o más, 2 h. lectivas. Coordinación ciclo E. Infantil: igual. Coordinación de prevención riesgos laborales: Hasta 3 h. semanales en los centros con 9 o más unidades (Será el director quién decida si son lectivas o complementarias) Coordinador de educación para la salud (obligatorio solo en los centros que tengan 9 o más unidades): 2 h. semanales (Será el director quién decida si son lectivas o complementarias) Coordinador del sistema de enseñanza lenguas extranjeras: 1 periodo lectivo.

Coordinación medios informáticos y audiovisuales: 1 h. semanal. Responsable de los medios informáticos: 1 h. semanal por cada 4 grupos y como máximo 3 h, en los centros de más de 4 unidades.

Biblioteca: 1 h. semanal por cada 6 grupos. Responsable actividad deportivas, artísticas fuera del horario lectivo: 1 h. por cada 6 grupos Representante del centro en el CPR: 1 h. semanal. Responsable Alumnado transporte escolar: el tiempo que los profesores dediquen podrá serle computado como horario lectivo a compensar con un tiempo equivalente de vigilancia de los recreos.

Los mayores de 55 años a 31 de diciembre de 2017 a los que la Dirección General le haya concedido esta adecuación de la jornada tendrán 29 horas semanales de permanencia en el Centro (23 horas lectivas -incluidas la vigilancia de recreos y la función tutorial sin docencia directa de los tutores-, 4 horas complementarias de obligada permanencia en el centro recogidas en el horario individual y 2 horas complementarias computables mensualmente)

NORMATIVA Orden de 29 de junio de 2017 Orden de 21 de junio de 2012

 

 

 

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Gabinete Técnico-Enseñanza FeSP-UGT Página 23  

NAVARRA

HORARIO LABORAL SEMANAL

HORAS DE PERMANENCIA EN EL

CENTRO

REDUCCIÓN HORARIA POR COORDINACIÓN

REDUCCIÓN HORARIA

POR TICs

OTRAS REDUCCIONES HORARIAS

REDUCCIÓN JORNADA LECTIVA

PROFESORADO MAYOR DE 55 AÑOS

37 horas y media. De éstas, 7 horas y media son de libre disposición para la preparación de las actividades docentes, el perfeccionamiento profesional o cualquier otra actividad pedagógica.

30 horas semanales distribuidas entre 25 horas lectivas semanales y estará formado por las horas de docencia directa, así como por las horas de cómputo lectivo y 5 complementarias de obligada permanencia en el Centro Los maestros especialistas dedicarán 21 h. semanales a la docencia directa con carácter general, si por necesidades organizativas y de modo excepcional se supere ese horario, dicha superación se compensará con horas complementarias

Coordinador del ciclo: 1 h. semanal de su horario lectivo, siempre que haya un mínimo de 2 grupos.

Responsable de Nuevas Tecnologías: de 2 líneas, 2 h. lectivas semanales que no sean de docencia directa y 2 complementarias. De 3 o más líneas dedicará 3 h. lectivas semanales que no sean de docencia directa y 3 complementarias.

Encargado de servicios complementarios: el tiempo necesario para atender estos servicios.

Profesorado de E. Infantil mayor de 55 años podrá acogerse de forma voluntaria a una reducción en su horario lectivo de 2h.semanales. Los mayores de 58 años podrán acogerse a una reducción en su horario lectivo de 5h. semanales. Si la reducción es de 4h., la restante se computará en las horas complementarias. Profesorado de Primaria mayor de 58 años tendrá una dedicación lectiva directa de un máximo de 18 horas y estará eximido del cuidado de recreos y guardias, siempre que las necesidades del centro lo permitan. Todos, sin que suponga reducción en el horario de permanencia en el centro. Cumplidos los 65 años, no se contempla.

Horario complementario de obligada permanencia en el Centro. Las cinco horas complementarias de obligada permanencia en el centro, con carácter semanal, se dedicarán a la realización de las siguientes actividades: - Dos horas semanales dedicadas a las tareas relacionadas con la elaboración o revisión de los instrumentos de planificación institucional (Proyecto Educativo, Proyecto Curricular,...), así como a actividades formativas relacionadas con la especialidad. En este sentido deberán realizarse 35 horas anuales de formación obligatoria, que se acreditarán ante la dirección del centro, teniendo en cuenta lo que se establezca al respecto en las instrucciones que regulen para cada curso aspectos puntuales de la organización y el funcionamiento de estos centros. Dicha formación obligatoria constará, genéricamente, en el horario individual de cada profesor, pudiendo eximirles de acudir al centro, cuando así resulte de dicho horario individual y de la organización del resto de las tareas propias de las horas complementarias de cómputo semanal. Esta

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Gabinete Técnico-Enseñanza FeSP-UGT Página 24  

formación estará recogida en el Plan General Anual del Centro, para lo que contará con la participación activa del centro en su organización y coordinación y se computará dentro de ella la participación en proyectos de gestión de calidad y/o mejora y los proyectos de formación en centros. El director del centro propondrá la certificación de estas horas de formación hasta un máximo de 35 anuales. NORMATIVA Boletín nº 8-17 de enero de 2003. D.F. 229/2002, de 4 de noviembre, por el que se modifica el Decreto Foral 225/1998, de 6 de julio, por

el que se regula la jornada y el horario del profesorado de los centros docentes públicos que imparten las enseñanzas de E. Infantil, E. Primaria, E. Secundaria, E. S. O., Bachillerato, F.P. y Programas de Iniciación Profesional Decreto Foral 225/1998, de 6 de julio. Normas que regulan la jornada y el horario del profesorado de los centros docentes públicos que imparten las enseñanzas de E. Infantil, E. Primaria, E. Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional y Programas de Iniciación Profesional, en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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Gabinete Técnico-Enseñanza FeSP-UGT Página 25  

CONCLUSIONES

Tras analizar las opciones adoptadas por las distintas Administraciones educativas y las consecuencias de la aplicación de los ajustes del Real Decreto-ley de 2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo, se puede concretar el cómputo de horas que realizan los maestros en cada Comunidad Autónoma.

El horario laboral semanal queda establecido en 37 horas y media semanales en todas las Comunidades Autónomas, tal como exige el articulado del Real Decreto-ley de 2012. Anteriormente a los recortes sufridos existía un grupo de Comunidades Autónomas que tenían establecido el horario laboral con 35 horas semanales (La Rioja, Navarra, Castilla-La Mancha, Castilla y León y Murcia con 36 y media) y que ahora han aumentado.

UGT demanda que se restaure la situación previa a las recortes impuestos por el Gobierno, de forma que la jornada laboral se negocie con los sindicatos en los respectivos ámbitos. En todo caso, UGT sigue demandando la jornada máxima de 35 horas semanales. Dentro de esa jornada laboral, el profesorado debe contar con una mayor dedicación a otras funciones que han de considerarse tan imprescindibles como las lectivas y que redundarán en beneficio de la calidad de la enseñanza y de la mejora cualitativa y cuantitativa del empleo.

Con respecto a las horas de permanencia en el centro podemos observar que se generaliza las 30 horas semanales. Solo en Murcia el profesorado permanece 31 horas en los centros y por el contrario en La Rioja, Castilla-la Mancha permanecen 29 horas semanales.

Las horas lectivas semanales que deben impartir los maestros se generalizan a 25 horas en la mayoría de las Comunidades Autónomas. Se dan excepciones como en Euskadi con 23 períodos lectivos y Cataluña con 24.

Si consideramos por un lado el tiempo de trabajo dedicado a impartir clases y por el otro lado el tiempo de trabajo disponible para otras actividades nuestro profesorado cuenta con menos horas para estas últimas actividades que la media de la OCDE y la UE22. En España, el porcentaje de horas de enseñanza directa en Primaria con respecto al tiempo total es de un 62%, mientras que los promedios de la OCDE y la UE22, es de un 49% del tiempo total dedicado a la enseñanza.

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Gabinete Técnico-Enseñanza FeSP-UGT Página 26  

UGT considera que este aumento del número de horas lectivas que el profesorado viene sufriendo en los últimos años, junto con el aumento de ratios no solamente afecta a la calidad educativa y al proceso de aprendizaje del alumnado, sino que supone, además, una reducción del número de profesores/as necesarios para garantizar dicha calidad.

El profesorado está sobrecargado de horas lectivas, en perjuicio del tiempo que sería necesario dedicar a otras actividades que repercuten en la calidad de la enseñanza, como son la participación en proyectos de innovación educativos, atención a las familias, tutorías, preparación de clases, correcciones, cursos de formación, reuniones del personal, innovaciones didácticas, tutorización de profesores noveles, etc...,

Por ello, seguimos demandando la reducción a 20 horas lectivas semanales para los docentes de Primaria e Infantil y el acercamiento y equilibrio del número de horas de atención directa al alumnado con el número de horas para preparación de otras actividades, de manera que se aproximen a las medias de la OCDE y UE22 y en consonancia con el resto de países de nuestro entorno. Supondrá que nuestro profesorado podrá contar con más horas de preparación, evaluación, coordinación, formación,…. y se evitará el desgaste que supone un excesivo número de horas de docencia directa. Esta medida redundará en beneficio de la calidad de la enseñanza, de la atención que recibe el alumnado, de la salud laboral de nuestros docentes y de la mejora cualitativa y cuantitativa del empleo.

Con respecto a la reducción de la jornada lectiva para el profesorado mayor de 55 años al no tener carácter básico en la LOMCE, su desarrollo depende de cada Comunidad Autónoma. Con el Acuerdo básico del 20 de Octubre de 2005 entre el MEC y las organizaciones sindicales más representativas de nuestro país, se crearon expectativas respecto a esta reducción de la jornada lectiva, pero lamentablemente, después de 12 años, el acuerdo sigue sin cumplirse. En Aragón, Asturias, Castilla y León, Extremadura y Galicia no se ha desarrollado ninguna normativa al respecto o ha desaparecido como en Cantabria. En otras Comunidades Autónomas la aplicación paulatina de dicha reducción no se ha completado o solo se aplica a profesores mayores de 59 años. Observamos pues que existen unas diferencias muy significativas en el número de horas lectivas reducidas entre las distintas Comunidades Autónomas, por lo que sería conveniente que estas revisaran su normativa para ir hacia una media más homogénea.

Desde UGT defendemos la reducción voluntaria de la jornada lectiva para los mayores de 55 años, sin reducción de haberes, con lo que además de generar puestos de trabajo, se posibilita el acceso de jóvenes al mundo laboral. Esta reducción no deberá estar supeditada a las necesidades del centro como sucede en la actualidad. Para ello, la Administraciones Educativas deben dotar a los centros de personal docente suficiente para que ningún profesor pueda quedar excluido de este derecho.

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Gabinete Técnico-Enseñanza FeSP-UGT Página 27  

Con respecto a la reducción horaria por coordinaciones podemos observar numerosas variables debido a la diversidad de funciones. La más generalizada es la de reducir 1 hora semanal por cada 3 grupos de alumnos o fracción. En otros casos se reduce una hora semanal para el desarrollo de estas funciones, sin tener en cuenta ni el número de unidades, maestros implicados en dicha coordinación o características del alumnado.

En otras funciones con reducciones horarias y cargos existentes en los centros, observamos gran variedad de ellas, y podemos ver como varía la mayor o menor dedicación a las mismas dependiendo de la importancia que se les conceda a estas funciones como sucede con los coordinadores de las tecnologías de la información y de la comunicación, los encargados de la biblioteca, actividades extraescolares, entre otras.

El profesorado de Infantil y Primaria, debido a las características de su alumnado y al aumento continuo de nuevas tareas docentes que van completando los proyectos educativos de los centros, viene desempeñando funciones y/o tareas que no están contempladas en ninguna norma y que necesitan una dedicación especial. UGT reclama el reconocimiento de dichas tareas con incentivos económicos y profesionales para aquel profesorado implicado en las mismas: coordinaciones, atención a alumnado inmigrante y con necesidades educativas especiales, multiplicidad de grupos, destino en más de un centro, programas de innovación e investigación educativa, compensación, ampliación, nuevos proyectos, etc.

En cuanto a la función tutorial, nos encontramos sin reducciones horarias para su preparación y la diferencia entre Comunidades Autónomas queda marcada por la consideración de ser remunerada o no y las variaciones de las cantidades económicas que se perciben por ella. Solo en Andalucía, Baleares, Ceuta, Euskadi, Galicia, Melilla y Murcia la función tutorial está remunerada, aunque con diferencias en las cantidades, que van desde los 58,18 euros de Euskadi, hasta los 26 euros en Andalucía.

UGT considera que es necesario reforzar y potenciar la función tutorial. En el artículo 105 de la LOMCE se hace referencia a que las Administraciones educativas deberán favorecer el reconocimiento de la función tutorial, mediante los oportunos incentivos profesionales y económicos, por ello y dada la importancia de la labor que se desempeña venimos reclamando a las distintas Administraciones educativas que adopten las medidas necesarias para este reconocimiento. Los incentivos se han de ver reflejados tanto a nivel económico como profesional: disposición de horas lectivas para realizar adecuadamente dicha función, contemplar la tutoría como mérito en todos los procesos administrativos de los que pueda participar el profesor tutor, así como el reconocimiento a efectos económicos en todas las Comunidades Autónomas, con complementos por acción tutorial, que retribuyan el esfuerzo y la dedicación que esta labor requiere.

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A simple vista las diferencias horarias entre Comunidades Autónomas parecen mínimas -hora arriba hora abajo- tanto en las horas lectivas como en las de permanencia en el centro, pero en el cómputo total de horas trabajadas anualmente por el profesorado supone una marcada diferencia y tan solo dependiendo de la Comunidad Autonómica en la que se encuentren.

Venimos exigiendo año tras año una revisión de la distribución horaria semanal y del número de alumnos y grupos asignados a cada profesor, así como recuperar las decenas de miles de puestos docentes perdidos durante estos últimos años, junto con la ampliación de las plantillas de los centros educativos para adecuarlas a las necesidades actuales y en función de sus objetivos, características, contextos y necesidades de su alumnado.

El sistema educativo debe basarse en la confianza hacia el profesorado, que tiene que sentirse identificado con su labor y orgulloso de su tarea. Ello exige un mayor reconocimiento social e institucional de su trabajo por parte, en primer lugar, de las Administraciones mejorando sus condiciones laborales y retributivas que han de ser dignas y adecuadas al grado de responsabilidad de la función docente, y básicamente iguales en todo el Estado.

 

 

 

 

Enero 2018