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Honorable Cámara de Diputados Provincia de Mendoza República Argentina Diario de Sesiones Nº 12 18 DE JULIO DE 2007 “167º PERIODO LEGISLATIVO ANUAL” PERIODO ORDINARIO 12a. REUNIÓN – 11ª SESIÓN DE TABLAS- EMERGENCIA DE LA PROPIEDAD COMUNITARIA INDIGENA“”

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Honorable Cámara de Diputados Provincia de Mendoza

República Argentina Diario de Sesiones

Nº 12

18 DE JULIO DE 2007

“167º PERIODO LEGISLATIVO ANUAL” PERIODO ORDINARIO

12a. REUNIÓN – 11ª SESIÓN DE TABLAS -

EMERGENCIA DE LA PROPIEDAD COMUNITARIA INDIGENA“”

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HHoonnoorraabbllee CCáámmaarraa ddee DDiippuuttaaddooss

Provincia de Mendoza

Presidencia: DR. ANDRÉS OMAR MARÍN (Presidente) DR. GUILLERMO CARMONA (Vicepresidente 1°)

DR. ALBERTO SÁNCHEZ (Vicepresidente 2°) DR. NÉSTOR PIEDRAFITA (Vicepresidente 3°)

Secretaría: DR. JORGE MANZITTI (Legislativo) SR. ANDRÉS GRAU (Habilitado)

DDIIPPUUTTAADDOOSS PPRREESSEENNTTEESS:: 12ª REUNIÓN – 11ª SESIÓN DE TABLAS – 18 DE JULIO DE 2007 ARENAS, Diego

BIANCHINELLI, Carlos O.

BLANCO, Mario Roberto

CANAL, Alberto César

CARBALLO, Jorge Pablo

CARMONA Guillermo R.

CASTELLANO, Mirta

CASTELLER, Mario Augusto

CAZZOLI, Santiago MiguM,el

CIURCA, Carlos Germán

DALLA CIA, Eugenio Jesús

DÍAZ, Mirta Susana

FICARRA, Mariano Cristian

GANTUS, Juan Antonio

GÓMEZ, Omar Héctor

LAZARO, Rubén Alfredo

LIGONIÉ, Oscar L.

LIRA ÁLVAREZ, Rosa del C.

MARÍN, Andrés Omar

MARTÍNEZ, José María

MARTINI, Nidia Elizabeth

MAYORGA, Verónica Leticia

MAZA, Carlos Alexander

MERINO, Guillermo A.

MILLÁN, Raúl Orlando

MONSERRAT, Amalia Martha

MONTAÑO, José Luis

MONTENEGRO, Humberto Elio

MORALES, Hugo Crhistian

MOYANO, Rubén Jorge

OLDRÁ, Leticia Lourdes

PÉREZ, Delia

PÉREZ, María Cristina

PETRI, Luis Alfonso

PIEDRAFITA, Néstor

RECABARREN, Alberto Luis

ROMERO, Fernando Roque

SERRANO, Jorge Alfredo

SFREDDO, Yolanda Miriam

SIMÓN, Julio Antonio

SORIA, Gerardo

TORNELLO, Pablo José

VICCHI, Raúl Horacio

VIETTI, Liliana Edith

VILCHES, Daniel Jesús

AUSENTES CON LICENCIA:

BAUZÁ, Eduardo Mariano

PRADINES, Roberto Arturo

SÁNCHEZ, Alberto Oscar

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18 de julio de 2007 -12ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS – 11ª Sesión de Tablas Pág. 3

. Servidor H.C.D.D/Diario de Sesiones/ORD N° 12 del 18-07-07 (EMERGENCIA PROPIEDAD INDÍGENA)

SUMARIO: I - Izamiento de las Banderas nacional y provincial por los diputados Sfreddo y Soria. Pág. 4 II - ASUNTOS ENTRADOS. 1 - Acta. Pág. 4 2 - Pedidos de licencia. Pág. 4 3 – Resoluciones de Presidencia. Pág. 4 4 – Comunicaciones Oficiales. Pág. 5 5 – Comunicaciones Particulares. Pág. 8 Proyecto del P.E. 6 - Expte. 46014 del 12-7-07 –Estableciendo excepciones a lo establecido en los Arts. 62 y 64 de la Ley 7650 a la DINAADyF y a la Dcción. del Deporte Organizado y de Alto Rendimiento y la Dcción. de Gestión, Promoción y Desarrollo Deportivo. Pág. 8 7 - Expte. 46020 del 13-7-07 –Facultando al Poder Ejecutivo para que a partir del 1 de enero de 2008, incorpore a planta permanente al personal del ISCAMEN que prestaba servicios bajo el régimen de locación de obras afectado como Inspectores de Trampeo y Monitoreo en el Programa de Erradicación de la Mosca del Mediterráneo. Pág. 9 H. Senado de la Provincia: Remite en revisión: 8 - Expte. 45990 del 5-7-07 (H.S. 53653 –Hisa- 3-7-07) –Declarando de utilidad pública la obra de gas de Colonia Las Rosas en Tunuyán. Pág. 10 Proyectos presentados: 9 - Expte. 45975 del 3-7-07 –Proyecto de ley, con fundamentos del diputado Casteller, incorporando en el Plan de Obras Públicas del Presupuesto 2008, la construcción de galería y patio de la Escuela 1-133 “Martín Palero”, en el Distrito Monte Comán, Departamento San Rafael. Pág. 11 10 - Expte. 45984 del 4-7-07 –Proyecto de ley, con fundamentos de la diputada Martini, creando el Colegio de Médicos de la Provincia. Pág. 11 11 - Expte. 45986 del 5-7-07 –Proyecto de ley con fundamentos de la diputada Monserrat y del diputado Arenas, modificando los Arts. 99, 101, 103 y 107 de la Ley 6354. Pág. 17 12 - Expte. 45992 del 5-7-07 –Proyecto de ley con fundamentos del diputado Canal, incorporando al Plan de Obras Públicas la obra de red de gas natural

en el Distrito Las Compuertas, Departamento Luján de Cuyo. Pág. 19 13 - Expte. 45996 del 5-7-07 –Proyecto de ley con fundamentos de los diputados Marín, Petri y Ciurca, modificando el Art. 41 bis e incorporando el Art. 41 ter al Código de Faltas. Pág. 19 14 - Expte. 46012 del 11-7-07 –Proyecto de ley con fundamentos de los diputados Petri y Ciurca, modificando el Código Procesal Provincial. Pág. 21 15 - Expte. 45940 del 2-7-07 –Proyecto de resolución con fundamentos de la diputada Vietti, reiterando el pedido de informes aprobado por Resolución N° 219 del 30-5-07 a la Subsec. de Turismo. Pág. 26 16 - Expte. 45971 del 3-7-07 -Proyecto de resolución con fundamentos del diputado Moyano, solicitando al Poder Ejecutivo que gestione la instalación de un equipo de semáforos en la intersección de Soldado Baigorria y Perito Moreno en Godoy Cruz. Pág. 26 17 - Expte. 45972 del 3-7-07 –Proyecto de resolución con fundamentos del diputado Lazaro, solicitando a la Dcción. Gral. de Escuelas que gestione la liquidación de bonificación por zona que corresponde a los docentes de la Escuela 1-012 “Cte. Saturnino Torres” de Luján de Cuyo. Pág. 27 18 - Expte. 45995 del 5-7-07 –Proyecto de resolución con fundamentos del diputado Tornello, solicitando al Poder Ejecutivo que informe sobre el tratamiento dado al pedido efectuado por Declaración N° 1612/07, solicitando se declarara de interés patrimonial y turístico a la Estación de Cargas Mendoza del FCGB. Pág. 27 19 – Expte. 46002 del 10-7-07 –Proyecto de resolución con fundamentos del diputado Tornello, declarando de interés de la H. Cámara a la convocatoria de autores del Proyecto Comercial y Urbanístico a emplazarse en el ex predio de Maristas. Pág. 28 20 - Expte. 46003 del 10-7-07 –Proyecto de resolución con fundamentos del diputado Tornello, declarando de interés de la H. Cámara la trayectoria artística y musical de la intérprete mendocina Juanita Vera. Pág. 28 21 - Expte. 46005 del 10-7-07 –Proyecto de resolución con fundamentos del diputado Marín, reconociendo el éxito obtenido por el Club Sportivo Independiente Rivadavia, haciéndole entrega de una plaqueta recordatoria a la Comisión Directiva y diplomas a los integrantes del plantel. Pág. 29 22 - Orden del Día. Pág. 30 III – Expte. 45745, modificación del Presupuesto. Pág. 33

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IV – Expte. 46021, incorporación a planta permanente -Del ISCAMEN-. Pág. 36 V – Expte. 46020, programa de erradicación -Mosca del Mediterráneo-. Pág. 36 VI – Expte. 45967, adhiriendo Ley 26160 –Emergencia propiedad comunitaria indígena-. Pág. 37 VII – Expte. 45745, ayuda escolar anual. Pág. 38 VIII – Expte. 45429, programa mejoramiento barrial -PROMEBA. Pág. 39 IX – Expte. 45582, aprobando presupuesto anual de gastos del EPRE. Pág. 42 X – Expte. 37363, modificando Ley y Decreto Reglamentario -Obras viales de reembolso-. Pág. 48 XI – Expte. 46044, sistema de refinanciación hipotecaria. Pág. 48 XII – Expte. 46053, recuperar dinero de los magistrados. Pág. 49 XIII- Expte. 46047, ingresando presupuesto de Rentas. Pág. 50 XIV – Exptes. tratados sobre tablas. Pág. 51 XV – Expte. 45392, ratificando Decretos 465/06 y 988/07. Pág. 62 XVI – Despachos aprobados. Pág. 63 XVII – Expte. 46056, citación a miembros del Ministerio y directivos Hospital Lagomaggiore. Pág. 71 XVIII – Expte. 46055, instalaciones de aguas rotas en todo el territorio provincial. Pág. 72 XIX – Período de Homenajes. Pág. 73 XX – APÉNDICE. I - (Sanciones) Pág. 75 II - (Resoluciones) Pág. 84

I

IZAMIENTO DE LAS BANDERAS

- En el recinto de sesiones de la H. Cámara de Diputados de Mendoza, a 18 de julio de 2007, siendo las 12.34, dice el SR. PRESIDENTE (Marín) - Con quórum legal doy por iniciada la sesión de tablas del día de la fecha.

Invito a los diputados Sfreddo y Soria a izar las Banderas nacional y provincial y a los demás

diputados y público, a ponerse de pie. - Así se hace. (Aplausos).

II

ASUNTOS ENTRADOS 1

(Acta)

SR. PRESIDENTE (Marín) - Por Secretaría se dará lectura a los Asuntos Entrados. SR. SECRETARIO (Manzitti) - (leyendo):

Acta N° 11 de la 10ª Sesión de Tablas del Período Ordinario, correspondiente al 167º Período Legislativo Anual, de fecha 4-7-07. SR. PRESIDENTE (Marín) - Se va a votar.

-Resulta afirmativa. - (Ver Apéndice Nº 14)

2

LICENCIAS

SR. PRESIDENTE (Marín) - Pedidos de licencias. SR. SECRETARIO (Manzitti) - (leyendo):

Licencia: Del diputado Bauzá para ausentarse de la Provincia los días 17,18 y 19 de julio de 2007. Del diputado Canal pedir autorización para faltar a la sesión los días 15 y 22 de agosto, y autorización para salir de la Provincia. Del diputado Sánchez y Pradines para faltar a la sesión de tablas del día 18 de julio. SR. PRESIDENTE (Marín) - Se van a votar los pedidos de licencia.

- Resulta afirmativa. - (Ver Apéndice Nº 15)

3 RESOLUCIONES

SR. SECRETARIO (Manzitti) - (leyendo):

Resoluciones de Presidencia: Resolución N° 10 de Secretaría Legislativa, adelantando la próxima sesión de tablas de este Honorable Cuerpo para el 24 de julio de 2007, a las 17.00, ad referéndum del Cuerpo. SR. PRESIDENTE (Marín) - Se va a votar.

- Resulta afirmativa. - (Ver Apéndice Nº 16) SR. SECRETARIO (Manzitti) - (leyendo):

Resolución N° 8 de Secretaría Legislativa quedando en ejercicio de la Presidencia del

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Honorable Cuerpo, el vicepresidente 2º, diputado Sánchez, a partir del 6 de julio, a las 8.00, hasta el 11 de julio, a las 8.00. SR. PRESIDENTE (Marín) - En conocimiento de los diputados. Tiene la palabra el diputado Petri. SR. PETRI (UCR) - Señor presidente: es para solicitar que se omita la lectura de las Comunicaciones Oficiales, se omita la lectura de los Asuntos Entrados y también solicito que nos apartemos del Reglamento para tratar los proyectos sobre tablas. SR. PRESIDENTE (Marín) - Se va a votar la omisión de la lectura de los Asuntos Entrados.

- Resulta afirmativa. - El texto de los Asuntos Entrados, cuya

lectura se omite, es el siguiente:

4 COMUNICACIONES OFICIALES

A) Poder Ejecutivo de la Provincia: 1 - Expte. 46021 del 13-7-07- Remite observada la Sanción N° 7727 –facultando al P.E. a incorporar a planta permanente al personal contratado del ISCAMEN afectado como Inspectores de Trampeo y Monitoreo en el Programa de Erradicación de la Mosca del Mediterráneo.

A LA COMISIÓN DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y ADJUNTAR COPIA DEL EXPTE. 46020/07) 2 - Remite los siguientes mensajes y proyectos de ley: Expte. 46014 del 12-7-07 –Estableciendo excepciones a lo establecido en los Arts. 62 y 64 de la Ley 7650 a la DINAADyF y a la Dcción. del Deporte Organizado y de Alto Rendimiento y la Dcción. de Gestión, Promoción y Desarrollo Deportivo.

A LAS COMISIONES DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y DE HACIENDA Y PRESUPUESTO Expte. 46020 del 13-7-07 –Facultando al Poder Ejecutivo, para que a partir del 1 de enero de 2008, incorpore a planta permanente al personal del ISCAMEN que prestaba servicios bajo el régimen de locación de obras afectado como Inspectores de Trampeo y Monitoreo en el Programa de Erradicación de la Mosca del Mediterráneo.

A LA COMISIÓN DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y ADJUNTAR COPIA DEL EXPTE. 46021/07) 3 - Comunica la promulgación de las siguientes leyes:

N° 7701, Decreto 1195/07, ampliando el Programa de Educación Vocal para la Prevención de la Disfonía Profesional”. N° 7719, Decreto 1515/07, sustituyendo los Arts. 4º, 5º, 9º y 10 e incorporando los Arts. 11 y 12 de la Ley 6561. N° 7711, Decreto 1337/07, expropiación predio de 33 has. en La Primavera, Tunuyán. N° 7722, Decreto 1423/07, prohibiendo el uso del cianuro, mercurio, ácido sulfúrico y otras similares en la actividad minera. AL ARCHIVO B) Secretaría General de la Gobernación: 1 - Remite informe de las siguientes resoluciones: N° 1544/07 (Expte. 45956/07) –Sobre varios puntos referidos a la Escuela 8-448 “Eva Perón”. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 44400 EN COMISIONES (Dip. Roque Romero) N° 1726/07 (Expte. 45942/07) –Sobre las causas por las que no se ha dado cumplimiento a la Res. 713-H-06 del Ministerio de Hacienda. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 44761 EN COMISIONES (Dip. R. Lira Álvarez) N° 1958/07 (Expte. 45943/07) –Solicitando se declare en emergencia habitacional al Departamento Lavalle. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 45098 EN EL ARCHIVO (Dip. Pablo Tornello) N° 231/07 (Expte. 45944/07) –Sobre varios puntos referidos a la suspensión de las inversiones de los distintos operadores petroleros en la Provincia, debido a las demoras para su autorización. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 45624 EN COMISIONES (Dip. Alberto Recabarren) N° 1410/06 (Expte. 45945/07) –Solicitando se declare en emergencia económica y social a los Dptos. San Martín, Junín, Rivadavia y Santa Rosa. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 41645 EN EL ARCHIVO (Dip. Jorge Carballo) N° 728/06 (Expte. 45946/07) –Sobre el cumplimiento de la Ley 6496. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE 43087 EN COMISIONES (Dip. Eduardo Bauzá) N° 135/07 (Expte. 45947/07) –Solicitando la suspensión de la venta de inmuebles urbanos y rurales hasta tanto el Minist. de Hacienda informe sobre el inventario de los activos patrimoniales bajo su administración. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 45455 EN EL ARCHIVO (Dip. Alberto Canal) N° 126/07 (Expte. 45948/07) –Solicitando se declare

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de interés provincial a la Primera Feria Agroindustrial del Trabajador y el Vino Nuevo” en San Rafael. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 45435 EN EL ARCHIVO (Dip. Hugo Morales) N° 328/06 (Expte. 45949/07) –Sobre medidas administrativas o jurídicas que se habrían adoptado para evitar las posibles consecuencias del fallo del CIADI, con respecto a los servicios concesionados a empresas extranjeras en la Provincia. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 39531 EN COMISIONES (Dip. Roberto Blanco) N° 1857/07 (Expte. 45950/07) –Sobre varios puntos referidos a la Escuela 4-052 “Juan Draghi Lucero” de Godoy Cruz. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 44903 EN COMISIONES (Dip. Roque Romero) N° 1844/07 (Expte. 45951/07) –Solicitando se declare de interés provincial las “II Jornadas de Reumatología del Sur Mendocino” en Malargüe. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 44871 EN EL ARCHIVO (Dip. Alberto Recabarren) N° 1636/07 (Expte. 45955/07) –Sobre existencia de gestiones con el gobierno nacional para prolongar hasta Cuyo el gasoducto minero que se proyecta realizar en el Norte del país y que llegaría hasta La Rioja. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 44633 EN COMISIONES (Dip. Roberto Blanco) N° 133/07 (Expte. 45987/07) –Sobre los fondos recibidos en concepto de ATN para los ejercicios fiscales 2004/05/06/07. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 45439 EN COMISIONES (Dip. Alberto Sánchez) N° 164/07 (Expte. 45957/07) –Sobre los productos químicos con que se fumigan frutas y verduras que ingresan a la Provincia. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 45386 EN COMISIONES (Dip. Raúl Vicchi) N° 1632/07 (Expte. 45958/07) –Solicitando gestiones ante el PEN para prolongar hasta Cuyo el Gasoducto Minero. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 44629 EN EL ARCHIVO (Dip. Roberto Blanco) N° 1995/07 (Expte. 45959/07) –Solicitando se declare la emergencia social y agropecuaria en Santa Rosa, Junín y Luján de Cuyo. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 45121 EN EL ARCHIVO (Dip. E. Dalla Cia) N° 1968/07 (Expte. 45960/07) –Solicitando urgentes medidas para los afectados por inclemencias climáticas en la Provincia. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 45082 EN EL ARCHIVO (Dip. Guillermo Carmona)

N° 1376/06 (Expte. 45988/07) –Solicitando se normalice el Directorio del EPRE. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 44149 EN EL ARCHIVO (Dip. Mario Casteller) 2 - Acusa Recibo de las Resoluciones Nros. 378/07, 394/07, 388/07, 381/07, 402/07, 386/07, 399/07, 395/07,393/07, 371/07, 380/07, 370/07, 390/07, 260/07, 297/07, 286/07, 290/07, 259/07, 314/07336/07, 318/07, 294/07, 311/07, 313/07, 322/07, 256/07, 289/07, 258/07, 304/07, 257/07, 300/07, 296/07, 302/07, 335/07, 316/07, 315/07, 299/07,309/07, 295/07,301/07, 283/07, 303/07 y 325/07.

A SUS ANTECEDENTES EN EXPTES. RESPECTIVOS 3 - Expte. 45961/07 –Remite informe con respecto al proyecto de la Diputada Mirta Castellano, solicitando se informe si en el Presupuesto de la DGE 2007, se ha contemplado una partida de fondos para equipamiento informático para las escuelas de gestión estatal.

A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTO 4 - Solicita hacer uso del plazo de diez (10) días con respecto a lo solicitado por Resoluciones Nros. 132/07, 136/07.

A SUS ANTECEDENTES EN EXPTES. RESPECTIVOS 5 - Expte. 45980/07 –Remite copia de la Res. 748 del Ministerio de Ambiente y Obras Públicas.

A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTO 6 - Expte. 45979/07 –Remite copia del Decreto 1394/07 del Ministerio de Hacienda.

A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTO 7 - Expte. 45978/07 –Remite copia del Decreto 1082/07 del Ministerio de Salud.

A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTO 8 - Expte. 46015/07 –Remite copia de las Res. Nros. 1294, 1295, 1314, 1325, 1326, 1327 y 1328/07 del Ministerio de Salud.

A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTO C) H. Senado de la Provincia: 1 - Remite en revisión: Expte. 45990 del 5-7-07 (H.S. 53653 –Hisa- 3-7-07) –Declarando de utilidad pública la obra de gas de Colonia Las Rosas en Tunuyán. A LA COMISIÓN DE OBRAS PUBLICAS E INFRAESTRUCTURA

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2 - Comunica las siguientes sanciones definitivas: N° 7725, ratificando el Decreto 1216/04, mediante el cual la Provincia adhiere a la Ley 23396. N° 7726, agregando los Arts. 12 bis y 14 bis a la Ley 7294 –cuerpo de Magistrados Subrogantes-. N° 7729, adhiriendo a la Ley Nacional 26141 –fomento actividad caprina-. AL ARCHIVO 3 - Remite copia de la Res. N° 213, declarando el receso de esa H. Cámara a partir del 10-7-07 hasta 13-7-07.

EN CONOCIMIENTO DE LOS DIPUTADOS D) Expte. 45997/07 –OSEP remite copia del Expte. 7224-D-07, informe de gastos correspondientes al período 1-1-07 al 31-5-07.

A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTO E) Expte. 45991/07 –Tribunal de Cuentas remite informe con referencia a lo establecido por Ley 7314 –de Responsabilidad Fiscal, correspondiente al primer trimestre de 2007.

A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTO F) Suprema Corte de Justicia: 1 - Expte. 45976/07 –Remite las actuaciones referidas al caso Micaela Reina, del Primero, Tercero y Sexto Juzgados de Familia e informe de la Dcción. de Recursos Humanos y Jury de Enjuiciamiento.

A LA COMISIÓN DE DERECHOS Y GARANTÍAS CONSTITUCIONALES Y PETICIONES Y PODERES 2 - Expte. 45993/07 –De conformidad a los Autos N° 52.463 “Moonsea c/Gob. de la Pcia. de Mza. s/A.P.A.”, remite en carácter de devolución Carpeta N° 117-D-84, Nº de Archivo 3257/1984 (9) nueve fojas y Diario de Sesiones N° 5 con (72) páginas.

AL ARCHIVO G) Expte. 46000/07 –Contaduría Gral. de la Provincia remite informe sobre el estado de situación patrimonial al 31-3-07 y el estado de ejecución presupuestaria al 27-6-07 del Fondo de Infraestructura Provincial.

A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTO H) Fiscalía de Estado: 1 - Exptes 45998 y 45999/07 –Acusa recibo de las Resoluciones Nros. 288/07 y 369/07.

A SUS ANTECEDENTES EN EXPTES. RESPECTIVOS

2 - Expte. 45964/07 –Remite Expte. 1776-M-2006-05179 –Martínez, María del Rosario, s/Presenta reclamo administrativo por D. y P. producidos por derrumbe de inmueble del Patrimonio Provincial.

A ASESORÍA LETRADA I) Expte. 45966/07 –Ministerio de Hacienda, Dcción. Administ. Activos ex Bancos Oficiales remite informe en relación al dictado de la Ley 7650, Art. 112, a fin de exponer las actuaciones realizadas por la DAABO.

A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTO J) Nota 3782/07 –Departamento Gral. de Irrigación remite copia de Resoluciones Nros 384 y 385/07 por las que se otorgó el título de concesión para aprovechamiento de aguas subterráneas a titulares de perforaciones en San Martín.

A LA COMISIÓN DE OBRAS PUBLICAS E INFRAESTRUCTURA K) Municipalidades remiten: 1 - Luján de Cuyo : Res. 114/07, declarando de interés departamental la preservación de la zona agrícola y considerando la realización de un Plan Ambiental Provincial.

A LA COMISIÓN DE ECONOMÍA, ENERGÍA, MINERÍA E INDUSTRIA 2 - Malargüe, Res. 142/07, declarando de interés departamental al evento Cantapueblo de Niños Malargüe 2007, a realizarse en octubre.

EN CONOCIMIENTO DE LOS DIPUTADOS 3 - Gral. Alvear, Res. 2346/07, adhiriendo al proyecto de resolución del diputado J. Martínez, con respecto a la provisión de prótesis o material quirúrgico a afiliados del PAMI.

A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 45700 EN EL ARCHIVO (Res. 287/07) 4 - Tupungato: Dec. 13/07, expresando el deseo que el llamado a licitación del Servicio de Transporte Público, se realice en la modalidad establecida por Decreto 867/94, reglamentación Ley 6082.

EN CONOCIMIENTO DE LOS DIPUTADOS L) Expte. 46007/07 –Ministerio de Turismo y Cultura remite informe solicitado por Resolución N° 219/07, sobre la situación de la empresa de turismo Pizarro Expediciones.

A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 45500 EN COMISIONES (Dip. Liliana Vietti) M) Ministerio de Seguridad : 1 - Expte. 46008/07 -Remite informe solicitado por Resolución N° 174/07, sobre varios puntos relacionados con la Compañía de Canes de la Policía.

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A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 45487 EN COMISIONES (Dip. Roque Romero) 2 - Expte. 46022/07 –Remite informe solicitado por Resolución N° 117/07, sobre varios puntos referidos al robo del 10 de mayo del corriente, a la agencia de automotores Lens.

A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 45406 EN COMISIONES (Dip. Carlos Ciurca) N) Expte. 46009/07 –Subsec. Gral. de la Presidencia de la Nación acusa recibo de la Resolución N° 189/07, declarando de interés de esta H. Cámara el “Día del Trabajador de la Educación” y solicitando se aceleren las soluciones a los problemas que aquejan al sector.

A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 45519 EN EL ARCHIVO (Dip. Néstor Piedrafita)

5 COMUNICACIONES PARTICULARES

1 - Expte. 45970/07 –Víctor Sosa, solicita intervención de la Comisión de DGCPP.

A LA COMISIÓN DE DERECHOS Y GARANTÍAS CONSTITUCIONALES, PETICIONES Y PODERES 2 - Expte. 45982/07 –Eduardo Orozco, solicita intervención de la Comisión de DGCPP.

A LA COMISIÓN DE DERECHOS Y GARANTÍAS CONSTITUCIONALES, PETICIONES Y PODERES 3 - Expte. 45983/07 –Aldo Ahumada, solicita intervención de la Comisión de DGCPP.

A LA COMISIÓN DE DERECHOS Y GARANTÍAS CONSTITUCIONALES, PETICIONES Y PODERES 4 - Expte. 45985/07 –Patricia Rivero, solicita intervención de la Comisión de DGCPP.

A LA COMISIÓN DE DERECHOS Y GARANTÍAS CONSTITUCIONALES, PETICIONES Y PODERES 5 - Expte. 45994/07 –Empleados del Centro de Salud N° 2, solicita intervención de la Comisión de DGCPP.

A LA COMISIÓN DE DERECHOS Y GARANTÍAS CONSTITUCIONALES, PETICIONES Y PODERES 6 - Nota 3784/07 -Junta de Activos, Pasivos y Empresarios del Centro de Jubilados del Círculo Médico de Mendoza, solicita auspicio y apoyo a la gestión que impulsa JCAPE, desde Mza. en el sentido de repotenciar y consolidar la movilidad de salarios y jubilaciones e implementar un Nuevo Sistema Previsional.

A LA COMISIÓN DE DERECHOS Y GARANTÍAS CONSTITUCIONALES, PETICIONES Y PODERES

7 - Unión Comercial e Industrial de Mza. (UCIM), eleva propuesta para el ahorro de la energía.

A LA COMISIÓN DE ECONOMÍA, ENERGÍA, MINERÍA E INDUSTRIA 8 - Expte. 46006/076 –Rufino Cavallaro, solicita intervención de la Comisión de DGCPP.

A LA COMISIÓN DE DERECHOS Y GARANTÍAS CONSTITUCIONALES, PETICIONES Y PODERES 9 - Expte. 46019/07 –Raúl Arce, solicita intervención de la Comisión de DGCPP.

A LA COMISIÓN DE DERECHOS Y GARANTÍAS CONSTITUCIONALES, PETICIONES Y PODERES

6 PROYECTO DE LEY DEL P.E.

(EXPTE. 46014)

Mendoza, 12 de julio de 2007. A LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA S / R

Tengo el agrado de dirigirme a V.H. con el objeto de someter a su consideración el adjunto proyecto de ley.

El citado proyecto consiste en tramitar excepciones a lo establecido en los artículos 62 y 64 de la Ley 7650 a la DINAADyF y a la Dirección del Deporte Organizado y de Alto Rendimiento y la Dirección de Gestión, Promoción y Desarrollo Deportivo dependiente de la Subsecretaría de Deportes según corresponda, a fin de dar cumplimiento a lo acordado en paritarias y el desarrollo de los programas deportivos previstos.

Fundamenta la excepción solicitada por la DINAADyF a los artículos 62 y 64 de la Ley 7650 la sanción de la Ley 7557 y modificatoria, la cual fue tratada en forma concomitante con la Ley de Presupuesto 2007. Por esa ley se dispuso que el Poder Ejecutivo debe incorporar en el presente ejercicio las partidas necesarias a efectos de proceder al pase a planta permanente del personal contratado 2004 y 2005 perteneciente a la DINAADyF. Esta situación fue imposible de prever en el proyecto de presupuesto que ya se encontraba bajo análisis legislativo, por lo que los créditos correspondientes se encuentran en la partida de locaciones de servicios. Es así que sobre este aspecto no se trata de un aumento de presupuesto a las obligaciones legales vigentes en materia de pase a planta de personal a partir de los créditos votados en la Ley 7650.

Por su parte la Subdirección de Deportes manifestó que al momento de elaborar el presupuesto, dada la modalidad de contratación estacional que caracteriza a esta unidad organizativa, no previó los créditos anuales sino que

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cada contrato fue previsto según la estacionalidad correspondiente al desarrollo de los programas deportivos correspondientes. Una vez más por tanto la excepción al artículo 64 no se trata de requisito de mayor presupuesto sino que se trata de poder desarrollar los programas deportivos previstos en función de los créditos aprobados por Ley 7650.

Sin más que agregar y aprovechando la oportunidad para saludarlo nos despedimos de Ud. atentamente.

Julio Cobos Gobernador

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS

DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY:

Artículo 1° - El pase a planta de personal de la DINAADyF dispuesto por las Leyes 7259 y 7557 y modificatoria se podrá realizar del siguiente modo:

El Poder Ejecutivo queda autorizado a crear los cargos necesarios para dar cumplimiento a este artículo, en el marco de las normas escalafonarias vigentes.

La incorporación de hará efectiva, previa transferencia del crédito de la partida Locación de Servicios u Obras a la partida de Personal por un monto no inferior al 100% del costo total del cargo de planta.

Si aún hubiere que compensar una diferencia, se podrá hacer uso del crédito vigente en su partida de personal.

A los efectos de los dispuesto en este párrafo, el costo de la incorporación deberá incluir todos los conceptos remunerativo y no remunerativos que deba percibir cada agente más las contribuciones patronales respectivas.

Sólo para el pase a planta dispuesto por este artículo exceptúese a la DINAADyF de lo dispuesto por los Artículos 62 y 64 de la Ley 7650. Art. 2° - Exceptúese a la Dirección del Deporte Organizado y de Alto Rendimiento y a la Dirección de Gestión, Promoción y Desarrollo Deportivo dependiente de la Subsecretaría de Deporte de lo establecido en el artículo 64 de la Ley 7650 y sólo para los contratados de locación de servicios y horas módulo deportivas. Art. 3° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Julio Cobos

Gobernador - A LAS COMISIONES DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y DE HACIENDA Y PRESUPUESTO

7

PROYECTO DE LEY DEL P.E. (EXPTE. 46020)

Mendoza, 13 de julio de 2007.

NOTA N° 1502-L A LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA S / R

Tengo el agrado de dirigirme a V.H. con el objeto de elevar a su consideración el adjunto proyecto de ley.

Ello en virtud de que si bien mediante la sanción Nº 7727 se establecieron mecanismos para incorporar a planta permanente al personal contratado del ISCAMEN afectado como Inspectores de Trampeo y Monitoreo en el Programa de Erradicación de la Mosca del Mediterráneo, dicha norma fue objeto de observaciones por el Poder Ejecutivo en razón de detectarse la dificultad de su implementación en forma armónica con el sistema normativo vigente.

De esta manera, se torna imperioso respetar los lineamientos de las negociaciones colectivas del Sector Público, coordinadas por el Poder Ejecutivo en uso de las facultades delegadas por la Honorable legislatura, teniendo en cuenta que, la incorporación como agentes de planta permanente de quienes se han desempeñado como locadores de servicios de la Administración Pública Provincial, debe proceder de conformidad con las leyes vigentes en el Escalafón General, siendo el Decreto 560/73 la norma que informa al resto del sistema normativo del empleo público en la Provincia, y que rige supletoriamente en todos los casos.

Sin perjuicio de ello, la voluntad del legislador resulta atendible y conveniente en miras al objetivo mencionado, por lo cual el presente proyecto contempla la incorporación a planta permanente de la Administración Pública Provincial de los mencionados contratos de locación de obras ajustando dicho proceso al régimen legal imperante para el ingreso de personal a la Administración Pública Provincial.

Así, y en relación a la sanción antes mencionada y vetada por el Poder Ejecutivo se ha previsto que, a partir del 1 de enero de 2008 se incorpore a planta permanente al personal del ISCAMEN, que prestaba servicios bajo el régimen de locación de obras afectado como Inspectores de Trampeo y Monitoreo en el Programa de Erradicación de la Mosca del Mediterráneo, de conformidad con la normativa vigente para el ingreso a la Administración Pública Provincial.

Por lo expuesto, solicito a V.H. quiera impulsar el presente proyecto de ley.

Dios guarde a V. H.

Julio Cobos Gobernador

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EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS

DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY: Artículo 1º - Facúltase al Poder Ejecutivo para que a partir del 1 de enero de 2008, incorpore a planta permanente al personal del ISCAMEN que prestaba servicios bajo el régimen de locación de obras

afectado como Inspectores de Trampeo y Monitoreo en el Programa de Erradicación de la Mosca del Mediterráneo, detallado en planilla adjunta que como Anexo forma parte de la presente ley, todo de conformidad con la normativa vigente para el ingreso a la Administración Pública Provincial. Art. 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Julio Cobos Gobernador

ANEXO

INSPECTORES DE TRAMPEO Y MUESTREO

OASIS NORTE N° DE DOCUMENTO TAREA

1 JORGE GUZMÁN 7.647.172 MUESTREO 2 SERGIO MATUS 22.154.091 MUESTREO 3 SERGIO ROSI 13.793.702 MUESTREO 4 CECILIA BOERO 11.827.586 TRAMPEO 5 MARIO VERGARA 17.640.515 TRAMPEO 6 JUAN C. SERRANO 14.642.117 TRAMPEO 7 HÉCTOR PANELO 13.760.799 TRAMPEO 8 DANIEL GUZMÁN 10.272.425 TRAMPEO

OASIS ESTE N° DE DOCUMENTO TAREA

9 JOSÉ FABIÁN REPETTO 29.918.083 TRAMPEO 10 CARLOS SÁNCHEZ 14.656.265 TRAMPEO 11 WALTER VON KUNOSKY 18.521.293 TRAMPEO 12 ROQUE FARINA 23.012.338 TRAMPEO 13 ROSA VIDELA 14.308.625 MUESTREO 14 REINALDO MORENO 10.768.745 TRAMPEO 15 ARIEL MARCELO DUPAUS 23.059.255 MUESTREO

OASIS CENTRO N° DE DOCUMENTO TAREA

16 DANIEL ADRIÁN BARCENILLA

13.769.220 TRAMPEO

17 JOAQUÍN RODRÍGUEZ 8.031.301 MUESTREO 18 CARLOS FERRARI 8.343.062 TRAMPEO 19 RAÚL GRIS 14.925.783 TRAMPEO 20 ENRIQUE MOLTO 7.662.167 TRAMPEO 21 ANA M. CASTILLO 16.865.927 TRAMPEO

OASIS SUR N° DE DOCUMENTO TAREA

22 JAVIER CRESCITELLI 22.145.994 TRAMPEO 23 MARIANO MUÑOZ 21.038.535 TRAMPEO 24 ORLANDO COLLADO 8.072.565 TRAMPEO 25 DAVID RADA 12.816.393 MUESTREO 26 SILVANA VIDELA 26.528.004 TRAMPEO 27 TOMAS VALDES 14.783.539 MUESTREO 28 DANTE ROJO 18.400.306 MUESTREO 29 ALEJANDRO BONINO 17.683.062 TRAMPEO

- A LA COMISIÓN DE LEGISLACIÓN Y

ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y ADJUNTAR COPIA DEL EXPTE. 46021/07

8 PROYECTO DE LEY EN REVISIÓN

(EXPTE. 45990) Artículo 1º - Declárase de utilidad pública la obra de gas de Colonia Las Rosas del Departamento Tunuyán, a los efectos de dar cumplimiento a la Ley N° 7433, como así también las obras previstas por la Ley N° 7578.

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. Servidor H.C.D.D/Diario de Sesiones/ORD N° 12 del 18-07-07 (EMERGENCIA PROPIEDAD INDÍGENA)

Art. 2° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DEL H. SENADO, en Mendoza, a los tres días del mes de julio del año dos mil siete. Analía V. Rodríguez Mauricio Suárez Sec. Legislativo Pres. Provisional - A LA COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS E INFRAESTRUCTURA

9 PROYECTO DE LEY

(EXPTE. 45975)

FUNDAMENTOS H. Cámara:

La Escuela Nº 1-133 Martín Palero, ubicada en la calle Chubut del distrito de Monte Coman, en el Departamento San Rafael, cuenta con una galería abierta que necesita ser cerrada, porque los alumnos en época invernal no cuentan con un espacio adecuado en donde recrearse, ni con un patio que cuente con las condiciones mínimas para realizar actividades diversas. En la época de verano necesitan refugiarse del sol y de las altas temperaturas, que en la zona alcanzan elevadas marcas térmicas.

El funcionario a cargo de estos temas de la DGE, ingeniero Romagnoli, en declaraciones a Diario Uno del viernes 1 de junio de 2007, manifestó: “que ha habido gran cantidad de reclamos desde que recrudecieron los fríos, inclusive hay otras escuelas que no pudieron dar clases por no tener ninguna alternativa para calefaccionar”. Es importante destacar que de terminarse las obras de infraestructura en esta escuela, se corregiría también el problema de calefacción y se evitarían gran cantidad de accidentes que pueden producirse en el patio del establecimiento mencionado, por no encontrarse en condiciones normales de uso.

Por estos fundamentos y los que oportunamente se darán a conocer, es que solicito el tratamiento y posterior aprobación del siguiente proyecto de ley.

Mendoza, 3 de julio de 2007 .

Mario Casteller Artículo 1° - Incorpórase en las Planillas Analíticas del Plan de Obras Públicas del Presupuesto de Cálculos de Erogaciones y Recursos del año 2008, la construcción de la galería y patio de la Escuela Nº 1-133 Martín Palero, ubicada en calle Chubut, del distrito de Monte Comán, en el Departamento San Rafael. Art. 2º - De forma.

Mendoza, 3 de julio de 2007.

Mario Casteller

- A LAS COMISIONES DE OBRAS

PUBLICAS E INFRAESTRUCTURA Y DE HACIENDA Y PRESUPUESTO

10 PROYECTO DE LEY

(EXPTE. 45984)

FUNDAMENTOS H. Cámara:

Conscientes de la importancia de brindar protección y una adecuada regulación del ejercicio profesional de la Medicina en la Provincia de Mendoza, garantizando de esta manera un correcto ejercicio de quienes se encuentren habilitados a tal fin, vemos necesario la sanción de la Ley de creación del Colegio de Médicos de la Provincia de Mendoza, con la consecuente colegiación obligatoria de dichos profesionales que ejercen en la Provincia.

Es muy importante destacar que la conformación de este tipo de asociaciones, si se lleva a cabo adecuadamente, conlleva implícita una concepción de lo que se conoce como Gestión Asociada, entre las organizaciones de la Sociedad civil y el Estado.

En la persecución del bien común general, se debe tender a lograr que cada colectivo profesional, como en este caso los médicos, encuentre su espacio de contención y participación en la gestión estatal, en tanto pueden aportar materia crítica para la discusión y resolución de problemáticas referidas a cada área específica. Hoy por hoy, la estructura y función de un Colegio de las características que pretendemos debe atender a proveer soluciones a la comunidad en la que está inserto, a la vez que conformar un sólido grupo de profesionales que resguarden sus derechos.

Es decir, conformando su Colegio, no sólo se verán beneficiados directamente aquellos que se enmarcan en la actividad laboral determinada, sino la sociedad mendocina en su conjunto, al recibir indirectamente el producto del trabajo del Colegio, en cualquiera de las formas previstas, por ejemplo, en la distribución y socialización de conocimientos. Cabe destacar que este proyecto fue trabajado conjuntamente con profesionales e instituciones que nuclear a los mismos.

En la seguridad que los motivos antecedentes serán atendidos, es que ponemos a consideración de los legisladores el presente proyecto de ley.

Mendoza, 3 de julio de 2007.

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Nidia Martini

CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1º - Créase el Colegio de Médicos de la Provincia de Mendoza, que funcionará como persona de derecho público con capacidad para obligarse pública y privadamente. Art. 2º - El Colegio de Médicos estará integrado por los profesionales médicos que ejerzan en la Provincia de Mendoza, matriculados en el registro creado a tal fin por la presente ley. Art. 3º - El Colegio de Médicos tendrá asiento en la ciudad capital de la Provincia y comprenderá cuatro distritos: Sur: que comprende los Departamentos de Malargüe, General Alvear y San Rafael. Norte: que comprende los Departamentos de Capital, Guaymallén, Godoy Cruz, Las Heras, Luján, Maipú y Lavalle. Este: que comprende los Departamentos San Martín, Rivadavia, Junín, La Paz y Santa Rosa. Valle de Uco: que comprende los Departamentos San Carlos, Tunuyán y Tupungato. Art. 4º - Son funciones del Colegio:

1- Asegurar el correcto y regular ejercicio de

la profesión médica, incrementando su prestigio mediante el desempeño eficiente de los colegiados en resguardo de la salud de la población y estimulando la armonía y solidaridad profesional.

2 - Procurar la defensa y protección de los médicos en su trabajo en toda clase de instituciones asistenciales o de previsión y para toda forma de prestación de servicios médicos públicos y privados.

3 - Defender a petición del Matriculado su legítimo interés profesional, tanto en su aspecto general como en las cuestiones que pudieran suscitarse en las entidades patronales o privadas, para asegurarse el libre ejercicio de la profesión conforme a las Leyes o cuando se produzcan sanciones en sus cargos técnicos.

4 - Velar por el fiel cumplimiento de las normas de ética profesional.

5 - Velar por el fiel cumplimiento de las Leyes, Decretos y Disposiciones en materia sanitaria, vigentes en la Provincia.

6 - Ejercer el poder disciplinario sobre los médicos de su jurisdicción o aquellos que sin pertenecer a la misma, sean pasibles de sanciones por actos profesionales realizados en la Provincia.

7 - Certificar y reconocer el ejercicio de las especialidades y autorizar el uso del título correspondiente de acuerdo con lo que establezca la reglamentación respectiva.

8 - Fiscalizar los avisos, anuncios y toda forma de propaganda relacionada con el ejercicio de la medicina, según lo que establezca la legislación respectiva.

9 - Combatir y perseguir en toda forma el ejercicio ilegal de la profesión, denunciando

criminalmente a quien lo haga; como asimismo el ejercicio irregular por falta de matriculación.

10 - Colaborar con las autoridades con informes, estudios, proyectos y demás trabajos relacionados con la profesión, la salud pública, las ciencias médico-sociales, para la legislación en la materia.

11 - Promover o participar por medio de delegados, en reuniones, conferencias o congresos, a los fines del inciso anterior.

12 - Fundar y sostener bibliotecas de preferente carácter médico, publicar revistas y fomentar el perfeccionamiento profesional general.

13 - Instituir becas o premios estímulo para ser adjudicados en los concursos de trabajos e investigaciones de carácter médico.

14 - Establecer y mantener vinculaciones con las entidades del arte de curar, dentro y fuera del país, similares, gremiales y científicas.

15 - Aceptar arbitrajes y contestar las consultas que se sometan.

16 - Administrar el derecho de inscripción en la matrícula y la cuota anual que se establezca para el sostenimiento del Colegio y que abonarán todos los médicos que ejerzan su profesión en la jurisdicción de la Provincia ya sea en forma habitual cotemporaria.

17 - Establecer anualmente el cálculo de ingresos y presupuesto de gastos en la forma que determine el reglamento y de cuya aplicación se dará cuenta a la Asamblea.

18 - Adquirir, enajenar y administrar sus bienes, los que solo podrán destinarse a cumplir los fines de la institución.

19 - Aceptar donaciones y legados.

CAPITULO II AUTORIDADES DEL COLEGIO

Art. 5º - Son órganos del Colegio:

A) La Asamblea. B) El Directorio. C) El Tribunal de Ética y Disciplina. D) El Tribunal de Apelación.

CAPITULO III

DEL DIRECTORIO Art. 6º - El Directorio estará constituido por cinco (5) miembros titulares y cinco (5) Suplentes; un miembro por cada Distrito y uno por la Autoridad Sanitaria Provincial. Art. 7º - Para ser miembro del Directorio se requerirá tener una antigüedad mínima de diez (10) años en el ejercicio de la profesión en la Provincia. Durarán dos (2) años en sus funciones y podrán ser reelegidos Art. 8º - Los miembros titulares del Directorio, percibirán una retribución irrenunciable por gastos cuyo monto será establecido anualmente por la Asamblea

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Art. 9º - En la primera reunión, el Directorio, elegirá entre sus miembros un Presidente, un Secretario, un Tesorero, un Secretario de Actas y dos Vocales, todos ellos en funciones de titulares Art. 10 - Corresponde al Directorio:

a) Llevar el registro de matrículas de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 2º, consignando en la ficha profesional, todos los antecedentes profesionales del matriculado.

b) Certificar y reconocer el ejercicio de las especialidades y autorizar el uso del título correspondiente de acuerdo con lo que establezca la reglamentación respectiva.

c) Producir informes sobre antecedentes de profesionales a solicitud del interesado o autoridad competente.

d) Autorizar los avisos, anuncios y toda forma de propaganda relacionada con el ejercicio de la medicina, según lo establece el Artículo 4º en su inciso 8).

e) Representar a los médicos en ejercicio ante las autoridades.

f) Perseguir el ejercicio ilegal de la medicina, denunciando a quien lo haga ante la autoridad competente.

g) Hacer conocer a las autoridades las irregularidades y deficiencias que notare en el funcionamiento de la administración sanitaria e higiene pública.

h) Intervenir y resolver, a pedido de partes, las dificultades que ocurran entre colegas y entre médico-enfermero, médico-empresa, con motivo de la prestación de servicios y cobro de honorarios.

i) Administrar los bienes del Colegio y fijar el presupuesto anual, que será sometido a la consideración de la Asamblea.

j) Convocar a elecciones para miembros del Directorio y del Tribunal de Ética y Disciplina, a la Asamblea y redactar el Orden del Día de la misma; designar los miembros que integrarán la Junta Electoral.

k) Designar los delegados a los que se refiere el Artículo 4º inciso 11).

l) Cumplir y hacer cumplir las resoluciones de la Asamblea.

m) Organizar sus oficinas administrativas y demás dependencias, disponer los nombramientos y la remoción ajustada a derecho de los empleados. Fijar sueldos, viáticos y emolumentos.

n) Proponer a la Asamblea la cuota que estará obligado a abonar todo médico inscripto en el Colegio.

o) Instruir el sumario y elevar al Tribunal de Ética y Disciplina, los antecedentes de las faltas previstos en esta ley o en sus reglamentos y de las transgresiones al Código de Ética cometidas por médicos en situación prevista en el artículo 4º inciso 6) de la presente ley u otra legislación vigente al respecto.

p) Cumplir con todas las obligaciones impuestas por esta ley que no estuvieran expresamente atribuidas a la Asamblea o al Tribunal

Disciplinario. q) Informar a los colegiados acerca de toda

ley, decreto, reglamento, disposición, proyecto o anteproyecto, referentes al ejercicio de la medicina, como también los que pudieran afectarle en su carácter de profesional.

r) Designar las comisiones y subcomisiones que se estimen necesarias, pudiendo las segundas ser integradas por los colegiados que no sean miembros del Consejo.

s) Dictar resoluciones ad referéndum de la Asamblea que hagan operativo el cumplimiento de sus funciones. Art. 11 - El Presidente del Colegio o su reemplazante legal presidirá las reuniones, mantendrá las relaciones de la Institución con sus similares y con los poderes públicos, ejecutará las resoluciones y cumplirá y hará cumplir las decisiones del Colegio de Médicos de la Provincia. El presidente tendrá voto en todas las decisiones y en caso de empate, doble voto

CAPITULO IV DE LAS ASAMBLEAS

Art. 12 - Existirán dos tipos de asambleas ordinarias, a saber: La Asamblea General Ordinaria de Distrito y la Asamblea de Representantes. Art. 13 - La Asamblea General Ordinaria de Distrito es la autoridad máxima del Distrito del Colegio de Médicos de la Provincia de Mendoza, cada año en la forma y fecha que establezca el Reglamento se reunirá para considerar los asuntos de su competencia y, según corresponda, en la misma se proclamará por la Junta Electoral a los electos para los distintos cargos directivos del Distrito, los representantes a la Asamblea de Representantes y dos representantes, titular y suplente, para el Tribunal de Ética y Disciplina, y de igual manera para el Tribunal de Apelaciones. Art. 14 - Habrá dos clases de Asambleas Generales de Distrito: Ordinaria y Extraordinaria. La Asamblea Ordinaria tendrá lugar una vez al año, a los efectos de tratar los siguientes puntos:

a) Consideración de la Memoria, Balance General, Inventario, Cuenta de Ganancias y Pérdidas.

b) Cuando corresponda, para la elección de los miembros directivos del Distrito, los representantes a la Asamblea de Representantes y dos representantes, un titular y un suplente, para el Tribunal de Ética y Disciplina y para el Tribunal de Apelaciones, previa designación de una junta electoral de tres miembros para fiscalizar los comicios y efectuar escrutinio del acto eleccionario.

c) Tratar todos los asuntos incluidos en la convocatoria. Art. 15 - Las Asambleas Extraordinarias serán convocadas siempre que las Autoridades del Distrito

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lo estimen necesario o cuando lo solicite el 20% de los miembros matriculados. Estos pedidos deberán ser resueltos dentro de un término no mayor de treinta (30) días y si no se tomase en cuenta la petición o se negare infundadamente deberán elevarse los antecedentes al Directorio del Colegio de Profesionales Médicos de la Provincia de Mendoza, sin perjuicio de elevarlos a la Dirección de Inspección de personas Jurídicas. Art. 16 - Las Asambleas se celebrarán válidamente con la presencia de un quinto (1/5) del número total de matriculados en el Distrito. Una hora después de la fijada, si antes no se hubiera conseguido ese número, se reunirán legalmente constituidos con el número de matriculados presentes, siempre que no fuese inferior al número de autoridades del Distrito, con excepción de la Asamblea Extraordinaria, que deberá funcionar con la presencia de un quinto (1/5) de los matriculados. Art. 17 - Las Asambleas se convocarán por circulares remitidas al domicilio de los socios con treinta (30) días de anticipación al acto o publicación por dos (2) días en un diario local. En las Asambleas no podrán tratarse asuntos no incluidos en el Orden del Día correspondiente. Art. 18 - Las resoluciones se adoptarán por simple mayoría de los socios presentes salvo en los casos previstos en esta ley o su reglamentación que exigen proporción mayor. Ningún socio podrá tener más de un voto y los miembros de la Mesa Directiva se abstendrán de hacerlo en la Asamblea Ordinaria o Extraordinaria en que se vaya a tratar el ejercicio económico correspondiente al período en que hayan integrado dichos organismos. Art. 19 - Con treinta (30) días de anterioridad a toda Asamblea, como mínimo, se confeccionará un padrón de colegiados en condiciones de votar, el que será puesto a la libre inspección de los matriculados, pudiendo oponerse reclamaciones hasta veinticuatro (24) horas antes del acto eleccionario. Son condiciones esenciales para participar en las Asambleas con voz y voto:

a) Ser matriculado habilitado. b) Encontrarse al día con la Tesorería. c) No hallarse cumpliendo penas

disciplinarias. Art. 20 - La Asamblea de Representantes es la autoridad máxima del Colegio de Profesionales Médicos de la Provincia de Mendoza. Estará constituida por siete (7) representantes electos por cada Distrito y un (1) representante por la Autoridad Sanitaria Provincial. Cada año en la forma y fecha que establezca el reglamento se reunirá para considerar los asuntos de su competencia y de corresponder, en la misma se proclamará por la Junta Electoral a los electos para ser miembros del Directorio.

Art. 21 - Una vez habilitada la misma se designará una comisión de poderes de dos (2) miembros, que verificará los avales de los representantes de los Distritos y de los delegados de los círculos médicos de la Provincia de Mendoza y de la autoridad sanitaria provincial. Seguidamente se designará un Presidente y un Secretario de la Asamblea quienes darán lectura al orden del día. Art. 22 - La Asamblea funcionará en primera citación, con la presencia de dos tercios (2/3) de los representantes. Si no se lograra reunir ese número a la hora fijada para iniciar el acto, éste se realizará una hora después, en que se constituirá válidamente, con el número de representantes presentes. Art. 23 - Las citaciones para la Asamblea se hará por carta certificada, con treinta (30) días de anticipación.

CAPITULO V TRIBUNAL DE ETICA Y DISCIPLINA Y

TRIBUNAL DE APELACIONES Art. 24 - Se compondrán de cuatro (4) miembros titulares e igual número de suplentes, respectivamente, elegidos por la Asamblea de Distrito. Sus miembros durarán dos (2) años en sus funciones y podrán ser reelectos. Se requerirán para ser miembro del Tribunal de Ética y Disciplina y del Tribunal de Apelaciones, quince (15) años de ejercicio profesional en la Provincia. Al entrar en funciones designarán un (1) Presidente y tres (3) Vocales, y dictarán su propio reglamento

CAPITULO VI DE LAS ELECCIONES

Art. 25 - Para elegir las autoridades del Distrito las elecciones se efectuarán por Distrito; se elegirán dos (2) representantes titulares y dos (2) suplentes a la Asamblea de Representantes, dos (2) delegados para el Tribunal de Disciplina, uno (1) titular y uno (1) suplente, de acuerdo con el reglamento a elaborarse por la primera Asamblea y las autoridades del Distrito. Art. 26 - El voto en los Distritos será obligatorio y secreto pudiendo hacerse personalmente o por carta certificada. Aquellos que no ejercieran el voto sin causa justificada, serán pasibles de sanciones que estipulará el Directorio. Art. 27 - No son elegibles ni pueden ser electores en ningún caso los médicos inscriptos que adeuden la cuota anual o se encuentren cumpliendo alguna sanción.

CAPITULO VII DE LAS AUTORIDADES DE DISTRITO

Art. 28 - El Distrito funcionará con un (1) delegado

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titular y un (1) suplente, elegidos de acuerdo con lo establecido en los artículos pertinentes de la presente ley. Durarán dos (2) años en sus cargos, pudiendo ser reelectos. Para ser electo en estos cargos, se deberá acreditar una antigüedad de cinco (5) años en el ejercicio profesional en el Distrito. Art. 29 - Serán funciones de las autoridades de Distrito las que delegue el Directorio, para dar cumplimiento a los objetivos establecidos en la presente ley y atendiendo a la regionalización de las tareas.

CAPITULO VIII DE LOS RECURSOS

Art. 30 - El Colegio de Médicos tendrá como recursos:

* La cuota anual que están obligados a abonar los matriculados.

* El monto de los derechos de inscripción de los contratos de trabajo.

* Los Legados, Subvenciones y todo otro ingreso. Art. 31 - Todos los médicos inscriptos en la matrícula abonarán una cuota anual, cuyo monto fijará la Asamblea. El pago de esta cuota se efectuará en el primer trimestre de cada año, y para aquellos que se incorporen posteriormente, dentro de los noventa (90) días de la fecha de ingreso. En caso de mora en su pago el Directorio fijará las multas, intereses y punitorios correspondientes, pudiendo recurrir a su ejecución judicial mediante certificación de falta de pago emitida por el Presidente, Secretario o Tesorero. Art. 32 - Los recursos serán depositados en la cuenta bancaria que al efecto tendrá el Colegio de Médicos de la Provincia de Mendoza. Art. 33 - Además de la cuota anual que establece esta ley, el Directorio podrá establecer un aporte adicional por médico a los fines de organizar el Seguro Colectivo de Vida y Seguro de Actividad Profesional, con la obligación de dar cuenta en la próxima Asamblea.

CAPITULO IX DEBERES Y DERECHOS DE LOS COLEGIADOS

Art. 34 - Son deberes y derechos de los colegiados:

a) Ser defendido a su pedido y previa consideración por los organismos del Colegio, en todos aquellos casos en que sus intereses profesionales en razón del ejercicio de sus actividades fueran lesionados.

b) Proponer por escrito a las autoridades del Colegio, las iniciativas que consideren necesarias para el mejor desenvolvimiento institucional.

c) Utilizar los servicios que para beneficio general de sus miembros establezca el Colegio.

d) Comunicar dentro de los diez (10) días de

producido, todo cambio de domicilio. e) Emitir su voto en las elecciones para

consejeros y miembros del Tribunal de Ética y Disciplina y Tribunal de Apelaciones y ser electos para desempeñar cargos en los órganos directivos del Colegio, si estuviesen en condiciones para ello.

f) Denunciar al Directorio los casos de su conocimiento que configuren ejercicio legal de la medicina.

g) Contribuir al prestigio y progreso del Colegio colaborando con el desarrollo de su cometido.

h) Abonar con puntualidad las cuotas a que obligan la presente Ley y el reglamento que se dicte, siendo condición indispensable para todo trámite o gestión estar al día en sus pagos.

i) Cumplir estrictamente las normas legales en el ejercicio profesional como también las reglamentaciones internas, acuerdos y resoluciones emanadas de las autoridades del Colegio. Art. 35 - Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente ley, los médicos conservarán el derecho de asociarse y agremiarse libremente

CAPITULO X DE LA MATRICULA

Art. 36 - Es requisito previo al ejercicio de la profesión la inscripción en el Registro de Matrícula, que a tal efecto llevará el Colegio de Médicos de la Provincia, creado por la presente ley. Art. 37 - La inscripción en la matrícula se efectuará a solicitud del interesado, que deberá dar cumplimiento a los siguientes requisitos:

* Acreditar identidad personal. * Presentar título universitario legalmente

reconocido. * Declarar su domicilio real y domicilio

profesional, a los efectos de sus relaciones con el Colegio.

* Declarar no estar afectado por las causales de inhabilidad o incompatibilidad. Art. 38 - Posteriormente el Colegio verificará si el médico reúne los requisitos exigidos por la presente Ley para su inscripción. Art. 39 - Efectuada la inscripción el Colegio expedirá de inmediato un carnet o certificado habilitante, en el que constará la identidad del médico, su domicilio y número de matrícula. El Colegio comunicará la inscripción a la Autoridad Sanitaria Provincial, al Registro Civil y a quienes corresponda a los fines pertinentes Art. 40 - Son causas para la cancelación de la matrícula:

a) Enfermedades físicas o mentales que inhabiliten para el ejercicio de la profesión, mientras duren éstas. La incapacidad será determinada por la mayoría de una junta médica, constituida por el

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médico de cabecera, un médico designado por el Colegio y otro por la Autoridad Sanitaria Provincial. En caso de apelación de parte que se considere afectada, la Autoridad Sanitaria Provincial solicitará obligatoriamente al Ministerio de Salud Pública de la Nación, la constitución de una junta médica, que determinará en definitiva y cuya decisión será inapelable.

b) Muerte del profesional. c) Las inhabilitaciones permanentes o

transitorias, mientras duren, emanadas de Sentencia Judicial.

d) Las inhabilitaciones permanentes o transitorias, mientras duren, emanadas de Colegio Médico de la Provincia o de otros similares.

e) A pedido del propio interesado, por la radicación y ejercicio profesional definitivos fuera de la Provincia. Art. 41 - El médico cuya matrícula le haya sido cancelada podrá presentar nueva solicitud probando, ante el Colegio de Médicos de la Provincia, que han desaparecido las causales que motivaron la cancelación. Art. 42 - La decisión de cancelar la matrícula será tomada por el Colegio Directivo mediante el voto de los dos tercios (2/3) de la totalidad de los miembros que la componen. Esta medida será apelable por recurso directo dentro de los diez (10) días hábiles de notificado ante el Tribunal de Apelaciones. Art. 43 - El Colegio Directivo deberá depurar la matrícula, eliminando a los que cesen en el ejercicio de la profesión por cualquiera de las causales previstas en la presente ley.

CAPITULO XI DEL PODER DISCIPLINARIO

Art. 44 - Es obligación del Colegio de Médicos de la Provincia fiscalizar el correcto ejercicio de la profesión médica y el decoro profesional, a cuyo fin se le confiere poder disciplinario para sancionar transgresiones a la ética profesional que ejercitará sin perjuicio de la jurisdicción correspondiente a los Poderes Públicos. Art. 45 - Le corresponde al Colegio de Médicos de la Provincia la vigilancia de todo lo relativo al ejercicio del arte de curar y a la aplicación de la presente ley y de los reglamentos que en su consecuencia se dicten, como también velar por la responsabilidad profesional que emerja del cumplimiento de dichas disposiciones. Art. 46 - No se podrá aplicar ninguna sanción sin sumario previo instruido por el Colegio de la Provincia, conforme a derecho y sin que el inculpado haya sido citado para comparecer dentro del término de diez (10) días hábiles, para ejercer su derecho de defensa.

Art. 47 - Además de la medida disciplinaria el médico sancionado con la penalidad del inciso c) del artículo 51º, queda automáticamente inhabilitado para desempeñar cargos en el Colegio durante dos (2) años, a contar de la fecha de su rehabilitación. Art. 48 - Las sanciones previstas en el artículo 51, incisos a) y b) se aplicarán con el voto de los dos tercios (2/3) del total de miembros del Tribunal de Ética y Disciplina; los previstos por los incisos c) y d) del mismo artículo por el de todos los miembros del Tribunal. Art. 49 - Las sanciones serán apelables ante el Tribunal de Apelaciones del Colegio de Médicos de la Provincia, por recurso directo dentro de los diez (10) días de notificarse al interesado. Art. 50 - Los trámites disciplinarios pueden ser iniciados por el agraviado; por simple comunicación de los magistrados, por denuncia de reparticiones públicas, por sí o ante denuncia por escrito formulada por cualquiera de los miembros del Colegio. Las actuaciones, una vez concluido el sumario, pasarán al Tribunal de Ética y Disciplina, el que dentro del término de cuarenta y cinco (45) días hábiles resolverá la causa, comunicando el dictamen al Colegio de Médicos de la Provi ncia, para su conocimiento y cumplimiento. La resolución del Tribunal Disciplinario, será siempre fundada. Art. 51 - Las sanciones disciplinarias son:

a) Advertencia privada por escrito. b) Amonestación por escrito que se

comunicará a todos los Distritos de la Provincia y al Directorio del Colegio de Médicos de la Provincia.

c) Suspensión en el ejercicio profesional hasta el término de seis (6) meses, según la gravedad de la falta.

d) Cancelación de la matrícula, cuando se hubiera aplicado más de tres (3) veces la suspensión de seis (6) meses. Las sanciones establecidas en los incisos c) y d) regirán para toda la Provincia y se darán a publicidad. Art. 52 - Se solicitará del Poder Judicial la comunicación de las sanciones y condenas que pronuncie contra los médicos, en oportunidad y ejercicio de la profesión.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS Art. 53 - La Autoridad Sanitaria Provincial conjuntamente con los círculos médicos de cada distrito de la Provincia, designarán una Junta Electoral para cada distrito, constituida por un representante de cada uno de ellos, para la confección del Padrón Electoral y para que en el término de ciento veinte (120) días a partir de la reglamentación de la presente ley, proceda a convocar a los médicos para las elecciones de las primeras autoridades del Consejo de Médicos de la Provincia.

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Art. 54 - Constituido el Colegio de Médicos de la Provincia de Mendoza, de acuerdo con las disposiciones establecidas en la presente ley, el Sistema Provincial de Salud, transferirá al Colegio de Médicos de la Provincia los registros de matrículas que obren en su poder. Art. 55 - El Colegio de Médicos de la Provincia dictará su propio Reglamento Interno. Art. 56 - La presente ley será reglamentada por el Poder Ejecutivo en un plazo de sesenta (60) días a partir de su promulgación, a través de una Comisión que será integrada por tres (3) representantes del Sistema Provincial de Salud, dos (2) representantes de la Caja de Profesionales del Arte de Curar, un (1) Representante del Círculo Médico de la Provincia. Art. 57 – Derógase toda disposición que se oponga a la presente ley Art. 58 - Comuníquese al Poder Ejecutivo. Mendoza, 3 de julio de 2007.

Nidia Martini - A LA COMISIÓN DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES

11 PROYECTO DE LEY

(EXPTE. 45986)

FUNDAMENTOS H. Cámara:

Curioso vacío legal se ha dado con la práctica, en la tramitación de las causas civiles de los juzgados de familia. La Ley 6354 prevé tres tipos de tramitaciones, procesos ordinarios, sumarios y sumarísimos. En los tres prevé el plazo para resolver la causa una vez finalizada la audiencia de vista de causa, ordenada para producir la prueba exclusivamente verbal, contemplada en forma genérica, para los tres procesos, en el Art. 84 de la misma ley.

Pero puede ocurrir, como de hecho ocurre muchas veces, que no exista prueba oral para producir en la audiencia de vista de causa, ya sea porque la misma no se ha ofrecido, o bien, como lo demuestra la práctica, que ya se ha producido con anterioridad. En estos casos, las partes suelen optar por presentar sus alegatos por escrito, y la audiencia de vista de causa, en definitiva, no se realiza.

A su vez, los artículos 99, 101 inc. d) y 103 inc d) de la misma ley, prevén plazos para resolver que consisten, en dictar el veredicto en la misma audiencia de vista de causa, inmediatamente terminado el debate, y en dictar sentencia en los plazos de 10, 8 y 5 días según se trate de

procedimiento ordinario, sumario o sumarísimo respectivamente.

Pero como decía, cuando no se ha realizado la audiencia de vista de causa, no existe previsión legal para resolver, ya que no está previsto ni el plazo, que podría bien ser analógicamente el mismo que ya está previsto para los casos en que sí se realiza la audiencia de vista de causa; ni tampoco, claro está, desde cuándo concretamente debe computarse, ya que a falta de veredicto ni audiencia concomitante, no hay una oportunidad procesal clara para establecer este aspecto tan importante y trascendente para el justiciable, como lo es el plazo en que se dictará la sentencia que vino a pedir al órgano jurisdiccional. Otro tanto cabe agregar respecto a este vacío legal, en cuanto a las causas por adopción, que remiten genérica y vagamente a la legislación aplicable y al código procesal civil.

A ello, debemos agregar que la práctica, por su parte, ha venido a desvirtuar la finalidad de la ley original, ya que muchas veces, no todas pero en numerosas oportunidades, siendo divergente el criterio entre los mismos juzgados, se aplican analógicamente los plazos previstos ya hace muchos años en el Código Procesal Civil, y que son de sesenta (60) días hábiles para los procesos ordinarios y treinta (30) días hábiles para los procesos sumarios, lo que desde ya no se compadece con la celeridad procesal que se ha pretendido establecer en esta ley.

Por ello y en definitiva, entiendo de toda razón y lógica, que cuando no se realice la audiencia de vista de causa, los plazos para resolver, sean los mismos que ya están previstos para cuando esa audiencia sí se realiza, lo que por otra parte, viene a devolver la necesaria igualdad procesal entre los litigantes que sí la solicitan y realizan, y aquellos que no la realizan. Asimismo, entiendo que en las causas por adopción, más allá de la remisión legal apuntada, cabe establecer un plazo concreto y preciso para que el justiciable sepa cuál es el plazo en que su causa será sentenciada.

Por las razones expuestas, solicito dar tratamiento favorable al presente proyecto de ley.

Mendoza, 22 de junio de 2007.

Amalia Monserrat Artículo 1º - Agréguese al final del Art. 99 de la Ley 6354 lo siguiente: “Si al dictarse la resolución prevista en el Artículo 84 no existiera prueba verbal pendiente de ser producida y las partes optaren por alegar por escrito, o por cualquier otra circunstancia no se llegare a realizar la audiencia de vista de causa, una vez puesta la causa para resolver, el plazo máximo para dictar el veredicto, que en este caso se pronunciará conjuntamente con la sentencia, será también de diez (10) días. Art. 2º - Agréguese al final del Art. 101 inc. d) de la Ley 6354 lo siguiente: “Si por tratarse de homologaciones de acuerdos, o por cualquier otra

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circunstancia no se llegare a realizar la audiencia de vista de causa, una vez puesta la causa para resolver, el plazo máximo para dictar el veredicto, que en este caso se pronunciará conjuntamente con la sentencia, será de ocho (8) días”. Art. 3° - Agréguese al final del Art. 103 inc. d) de la Ley 6354 lo siguiente: “Si por cualquier circunstancia no se llegare a realizar la audiencia de vista de causa, una vez puesta la causa para resolver, el plazo máximo para dictar el veredicto, que en este caso se pronunciará conjuntamente con la sentencia, será de cinco (5) días”. Art. 4º - Agréguese al final del Art. 107 de la Ley 6354 lo siguiente: “No obstante, una vez que el proceso sea puesto para resolver, el plazo máximo para dictar sentencia de adopción será de diez días”. Art. 5º - De forma.

Mendoza, 22 de junio de 2007.

Diego Arenas Amalia Monserrat

LEY 6354

DE LA VISTA DE CAUSA

Art. 84 - Contestada la demanda o la reconvención, en su caso, resueltos los incidentes y vencido el plazo para el ofrecimiento de prueba, el juez convocará a las partes a juicio oral y contradictorio, por resolución en la que fijará la fecha en que se desarrollara la audiencia de vista de causa. La audiencia deberá celebrarse dentro de los cuarenta (40) días de dictada la resolución, debiendo en ella producirse la prueba verbal y el debate de mérito.

Art. 85 - En la resolución, el juez deberá: a) fijar día y hora de la audiencia de vista de causa; b) emplazar a las partes a concurrir personalmente a la misma, bajo apercibimiento de llevarse a cabo con la que concurra; c) disponer que se produzcan previamente todas las diligencias probatorias que no pudieran practicarse en la audiencia. los informes, testimonios, documentos no agregados oportunamente al proceso y que se encuentren en poder de terceros, reconocimientos judiciales y reconstrucciones de hechos, deberán agregarse con quince (15) días de antelación a la realización de la audiencia; d) ordenar la producción de la prueba pericial ofrecida, la que se deberá agregar con quince (15) días de antelación a la audiencia; y, e) determinar la prueba, ofrecida por las partes u ordenada de oficio por el juez, que deberá producirse en la audiencia.

Art. 86 - Dentro del término de cuarenta y ocho (48) horas de vencido el plazo para agregar las pruebas que se hayan de recibir con anterioridad a la audiencia y sin perjuicio de las facultades del juez, las partes deberán instar su presentación, en caso de no haberse materializado. La falta de su

incorporación faculta al juez de pleno derecho a llevar a cabo la vista de causa y dictar sentencia sin ellas.

Art. 87 - La prueba pericial requerida por el juez, como medida para mejor proveer, se practicara por intermedio de los profesionales integrantes del cuerpo auxiliar interdisciplinario, sin perjuicio de solicitar la colaboración de los profesionales del cuerpo medico forense o de cualquier organismo publico o privado, estatal o no y deberá agregarse con quince (15) días de antelación a la realización de la audiencia de vista de causa.

Art. 88 - Las partes tienen la carga de hacer comparecer a los testigos propuestos, los que están obligados a asistir a la audiencia a los fines de prestar declaración.

Art. 89 - El juez podrá disponer la conducción inmediata por la fuerza publica de testigos, peritos, funcionarios y otros auxiliares cuya presencia fuera necesaria y que, habiendo sido citados, no hubieren concurrido sin causa justificada, acreditada previamente a la realización de la audiencia.

Art. 90 - La audiencia de vista de causa será presidida, bajo pena de nulidad, por el juez. Cuando así corresponda, contara con la asistencia del asesor de menores e incapaces y del fiscal de familia, sin perjuicio de la presencia de las partes y sus patrocinantes.

Art. 91 - La audiencia de vista de causa se realizara el día y hora fijados y en ella el juez deberá dirigir el debate, recibir juramentos y promesas, formular las advertencias necesarias y ejercer las facultades disciplinarias para asegurar el normal desenvolvimiento de la misma.

Art. 92 - En la audiencia se procederá a recibir la prueba ofrecida por las partes, comenzando por la del actor y, en caso de corresponder que las partes absuelvan posiciones, lo hará en primer termino el actor y luego el demandado.

Art. 93 - Los testigos serán interrogados libre y personalmente por el juez, el asesor de menores e incapaces, el fiscal, la parte que lo ofreció y la contraria, sin perjuicio de la ampliación y de la facultad de repreguntar. Las partes absolverán posiciones a tenor de los pliegos oportunamente acompañados, sin perjuicio de las facultades del juez.

Art. 94 - En la audiencia, el juez escuchara a los peritos respecto de las impugnaciones que se hubieren deducido y resolverá las mismas.

Art. 95 - La recepción de la prueba de producción oral se concentrara siempre en la vista de causa, que podrá pasar a cuarto intermedio, por razones que lo justifiquen, no pudiendo la suspensión exceder el plazo de cinco (5) días desde la resolución, bajo pena de nulidad de lo actuado durante la vista de causa.

Art. 96 - Terminada la recepción de la prueba, las partes y el ministerio publico interviniente alegaran sobre el mérito de la misma pudiendo el juez fijar el tiempo de la exposición, conforme a la

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complejidad del objeto del proceso. Art. 97 - De la audiencia se labrará el acta,

bajo pena de nulidad, por secretaría del juzgado, en la que se consignara el nombre de los comparecientes y sus datos personales, los medios de registración utilizados, circunstancias que el juez estime conducentes y reservas formuladas por las partes.

Art. 98 - La audiencia de vista de causa se registrará íntegramente mediante los medios técnicos que determine el juzgado, sin perjuicio de la actuación del secretario. Dictada la sentencia, se deberá mantener intacta la registración obtenida hasta la oportunidad en que la misma se encuentre firme o haya pasado en autoridad de cosa juzgada. En caso de recurrirse la sentencia, el juez elevara junto con las actuaciones escritas, las registraciones obtenidas, adoptando las medidas de seguridad pertinentes para evitar su alteración. Las registraciones se reintegraran al juzgado de familia, en ocasión de devolverse los autos por no existir recurso alguno pendiente.

Art. 99 - Finalizado el debate, el juez dictará el veredicto, resolución que se notificará en el mismo acto. La sentencia deberá dictarse en el plazo máximo de diez (10) días de la resolución, bajo pena de nulidad.

CAPITULO II - DEL PROCEDIMIENTO SUMARIO

Art. 100 - El procedimiento sumario se aplicara a las causas previstas en los incisos e), f), g), h), j), ll), m), y n) del articulo 52.

Art. 101 - En general, regirán las normas del proceso ordinario, con las siguientes modificaciones: a) de la demanda se correrá traslado por ocho (8) días al demandado para que comparezca y responda; b) el actor y el demandado deberán ofrecer toda la prueba que haga a sus derechos en el escrito de demanda o responde; c) la audiencia de vista de causa será fijada dentro de los veinte (20) días; y, d) la sentencia será dictada dentro de los ocho (8) días posteriores al veredicto.

CAPITULO III - DEL PROCEDIMIENTO SUMARISIMO

Art. 102 - El proceso sumarísimo se aplicará a las causas previstas en los incisos b), k) y l) del articulo 52.

Art. 103 - En general, regirán las normas del proceso sumario, con las siguientes modificaciones:

a) de la demanda o petición se correrá traslado, si correspondiere, por el plazo de cinco (5) días al demandado para que comparezca y responda; b) no procederá la reconvención; c) la audiencia de vista de causa será fijada dentro de los diez (10) días; d) la sentencia será dictada dentro de los cinco (5) días posteriores al veredicto.

ART. 107 - En el caso previsto por el inc. i) del artículo 52, regirán las normas previstas por el Código Procesal Civil y las de la legislación vigente

en la materia. -A LA COMISIÓN DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES

12 PROYECTO DE LEY

(EXPTE. 45992)

FUNDAMENTOS H. Cámara:

Es motivo del presente proyecto la construcción de la red de gas natural, para el distrito Las Compuertas, Departamento Luján de Cuyo.

Los vecinos de la zona manifiestan serios inconvenientes, los cuales se incrementan en la época invernal, como ser la provisión, encarecimiento y bajo rendimiento del combustible, además del peligro que representa el manipuleo de los recipientes o cilindros.

En la zona de Las Compuertas los inviernos son muy rigurosos, registrándose temperaturas muy inferiores a las de la Ciudad. Es por esto que la provisión de gas para calefacción se hace más que necesaria.

Este distrito ha tenido un crecimiento importante en los últimos años, convirtiéndose en una zona turística importante, con numerosos emprendimientos inmobiliarios de alquiler de cabañas, restaurantes de alto nivel y un importante crecimiento poblacional.

Cabe destacar, que se adjunta al presente proyecto una nota de los vecinos mediante la cual se solicita en forma urgente esta obra y su intención de realizar un gran esfuerzo para afrontar los gastos que demande la instalación.

Por estos fundamentos y los que se darán en su oportunidad, es que se solicita se dé sanción favorable al presente proyecto de ley.

Mendoza, 3 de julio de 2007.

Alberto Canal Artículo 1º - Incorpórase en carácter de Obra Nueva, en las Planillas Analíticas que integran el Plan de Obras Públicas, Ley 3507, en el Capítulo, Anexo, Inciso y Rubro correspondiente, el siguiente ítem: “Obra Red de Gas Natural” en el distrito Las Compuertas, del Departamento Luján de Cuyo. Art. 2° - El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley, se atenderá tomando fondos del régimen del Plan de Obras Públicas, conforme a los artículos 20 y 21 de la Ley 2541. Art. 3º - De forma.

Mendoza, 3 de julio de 2007.

Alberto Canal

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- A LAS COMISIONES DE OBRAS PUBLICAS E INFRAESTRUCTURA Y DE HACIENDA Y PRESUPUESTO

13 PROYECTO DE LEY

(EXPTE. 45996)

FUNDAMENTOS H. Cámara:

Salvar vidas, impedir que los delitos se consumen, evitar incendios o su propagación, acudir al auxilio de personas en situaciones de riesgos; todas estas medidas quedarán truncas si la utilización del número de emergencias *911 se realiza con otros propósitos que desvían la atención a hechos falsos, producto de mentiras y fabulaciones.

Mediante la Ley 7551, la Provincia de Mendoza se adhirió a la Ley Nacional 25367, que estableció el Sistema de Emergencia Coordinadas e implementó un único número telefónico de tres cifras *911, a fin de receptar denuncias. El mencionado sistema permite realizar denuncias con carácter gratuito, las 24 horas, siendo derivado a distintos organismos destinados a la prestación de servicios de asistencia comunitaria y de emergencias.

El nuevo número de Emergencias 911 a nivel provincial, se instrumenta a partir de la aplicación de un sistema de alta complejidad y eficiencia en materia de seguridad denominado Sistema Troncalizado de Comunicaciones (TETRA), pero que no está exento de la necesidad de una posterior regulación que tienda a facilitar y hacer posible uno de los fines para el cual fue puesto en funcionamiento. Con la instauración de dicho sistema y el funcionamiento del 911, el centro de atención posee herramientas técnicas para detectar el origen de las llamadas.

Con la presentación de este proyecto de ley se modifica el artículo 41 Bis del Código de Faltas de nuestra Provincia, incrementando el monto de multas y días de arresto a quienes hagan un uso indebido de este número, desvirtuando el objeto para el cual fue creado el sistema. A través del incremento de las multas y días de arresto, se busca por un lado desalentar las conductas contrarias al fin perseguido y por el otro, en caso de que la trasgresión a la norma se consume, incrementar el castigo a los infractores.

Las falsas denuncias y bromas al 911 generan gastos de recursos humanos, económicos y de tiempo de respuesta del número de emergencia. Si las líneas del 911 o las operadoras están ocupadas atendiendo llamadas con emergencias simuladas, es posible que una persona con una emergencia real no sea atendida.

En las bromas, denuncias falsas o llamadas molestas, la intención no es establecer una comunicación sino interrumpir otra, impidiendo la

prestación efectiva de un servicio ante un siniestro, la comisión de un delito u otro tipo de emergencias, que requieren la utilización del *911 para impedirlo, morigerar sus consecuencias o dar con el paradero de sus autores.

En nuestra Provincia, durante el primer día de funcionamiento del servicio coordinado de emergencia, los mendocinos no dejaron de contactarse con el personal del Centro Estratégico de Operaciones (CEO): en sólo siete horas y media, entre las 12 y las 19.30, se produjeron 1925 llamadas de las cuales el 77% (1500) quedaron registradas como ‘falsa alarma”.

En la ciudad de La Plata, de un total de 25000 llamadas que en promedio recibe diariamente la línea telefónica de emergencias 911, el 80% de esas comunicaciones, unas 20000, son efectuadas por bromistas o por personas que cortan apenas son atendidos, según estimaron las autoridades del Ministerio de Seguridad bonaerense anunciando que estudian la posibilidad de sancionarlos, para quienes llamen para hacer bromas o falsas denuncias a la línea gratuita *911, las multas llegarán hasta $45.000 y podrían sufrir un máximo de 60 días de arresto. Un artículo de editorial publicado en diario La Nación, hace mención a este fenómeno de proliferación de falsas denuncias sufridas en dicha Provincia, afirmando que: “Todo el peso de la ley, como ya ocurre en la Provincia de Buenos Aires, debe caer sobre estos absurdos humoristas que, por ignorancia o franca maldad, no reparan en lo imprudente de su grosera intervención”.

A nivel internacional, con respecto al tema aquí abordado, El Salvador está intensificando una serie de campañas que tienden a lograr la penalización por el mal uso o uso abusivo del número de emergencias considerando tal conducta como una conspiración para cometer un delito.

La presente reforma apunta a reforzar la represión del uso indebido de los sistemas de llamados de emergencia. Es dable advertir que la gran problemática finca en la dificultad de la prueba que presenta el supuesto, razón suficiente para considerar que lo más expeditivo consiste en crear una figura fundada en la presunción de autoría en cabeza del titular de la línea, generando una inversión en la carga de la prueba respecto a la falta de participación.

Lo expuesto encuentra un antecedente claro en la letra y el espíritu del artículo 268 del Código Penal. Las razones expuestas por el titular de la línea telefónica deben emanar de pruebas concretas, absolutamente sinceras y judicialmente auditables.

Es cierto que al imputado de ésta falta se le requiere una prueba negativa, más debe tenerse en cuenta que el usuario de la línea, estando en conocimiento de la existencia de números de emergencia, ya estaba advertido que la función era de servicio al ciudadano y en la propia naturaleza comunitaria de ese servicio se encuentra la ratio legis de dar cuanta explicación se le solicite respeto al uso indebido, de allí que no debe llamar a espanto

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que se deba rendir cuentas, porque está incito en la calidad de usuario informar acabadamente respecto del correcto uso de los servicios de emergencia.

Ningún precepto constitucional impide que el Estado eleve a la categoría de falta el uso indebido de un servicio público. Idénticos fundamentos avalan la vigencia y constitucionalidad de normas similares, encontrando sustento lo expuesto en normas contenidas en la Ley Nacional de Ética Pública, toda vez que en los contratos de derecho administrativo existen una serie de condicionamientos tendientes a evitar el uso abusivo de los servicios.

Vastas opiniones jurisprudenciales avalan lo antedicho y ratifican la idea acerca de la constitucionalidad de normas como la que se pretende legislar. Sin embargo hay una consideración más simple aún, que permite resolver el problema en una forma nada excepcional o presuntiva, ya hemos señalado la necesidad de subrayar la existencia de deberes, es decir, no hay nada desmedido o irregular o excesivamente severo en imponer a los usuarios un deber semejante, pues bien, reitero, el correcto uso de un servicio de comunicaciones de emergencia, conlleva responsabilidad, dentro de la cual se encuentra, la obligación de probar la corrección de dicho uso.

Se garantiza el derecho de defensa ya que frente a la imposición de la multa al titular de la línea, el usuario conserva intactas todas sus posibilidades defensivas, y que sólo una persona falta de juicio podría preferir dejar de justificar el correcto uso del servicio y exponerse al pago de la multa. Idénticas apreciaciones pueden hacerse respecto de la garantía derivada del estado de inocencia, ya que no hay nada que impida que luego de un eventual descargo, sea tenido como responsable.

Por último, respecto del texto del artículo 3º del proyecto de ley, se sugiere que quien de la orden de bloque de servicio, frente al supuesto de reincidencia, sea el Juez de Faltas a petición del Ministerio de Seguridad, como modo de resguardar la legitimidad de origen de la orden impartida.

En la elaboración de este proyecto debemos destacar la inestimable colaboración a nuestra iniciativa de parte del Ministro de Seguridad de la Provincia, Lic Alfredo Cornejo, y del Dr. Roberto Godoy Lemos, presidente del Consejo Asesor de Políticas de Seguridad Pública, que con sus miradas particulares y expertas, por enfrentar cotidianamente esta problemática desde distintas ópticas, dotaron al presente proyecto de una riqueza y profundidad imposible de prever en sus comienzos.

Por todo lo expuesto, es que solicito se apruebe el presente proyecto de ley.

Mendoza, 4 de julio de 2007.

Carlos Ciurca Luis Petri

Andrés Marín Artículo 1º - Modifícase el artículo 41 bis del Código de Faltas de la Provincia, Ley 3365 incorporado por

la Ley 7229, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Articulo 41 bis - El que a sabiendas utilizare de manera indebida el sistema de llamadas de emergencia, ya sea policial, bomberos, defensa civil o de salud, será sancionado con arresto entre treinta (30) a noventa (90) días y multa de pesos mil ($1000) a pesos cinco mil ($5000). A tal fin, se presumirá como autor responsable de la falta, al titular de la línea telefónica, a quien le incumbe acreditar en forma fehaciente, su falta de participación.

Si con motivo de la llamada indebida se trasladare personal policial, Cuerpos de bomberos, personal de Defensa Civil o de Salud, al lugar mencionado en la falsa denuncia, el monto de la multa se duplicará. Art. 2º - Incorpórase el artículo 41 ter al Código de Faltas de la Provincia, Ley 3365, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Si el que infringiere la norma fuere menor de dieciséis (16) años, se actuará de conformidad a lo previsto en la Ley 6354, poniéndose en conocimiento de tal circunstancia, en forma inmediata, a los padres, tutor o guardador, quienes serán solidariamente responsables del pago de las multas señaladas, independientemente de las medidas de protección o socioeducativas que correspondan atento a la gravedad del caso. Art. 3º - En el supuesto de reiteración de llamadas indebidas desde una línea telefónica, el Juez de Faltas podrá ordenar a solicitud del Ministerio de Seguridad se proceda al bloqueo de la mencionada línea para ingresar al número *911 de emergencias.

El mencionado bloqueo se realizará previo otorgamiento de un plazo de diez (10) días, a fin de otorgar derecho de defensa al titular de la mencionada línea y tendrá una duración de un año a partir de resolución que disponga la medida. Art. 4º - De forma.

Mendoza, 4 de julio de 2007.

Carlos Ciurca Luis Petri

Andrés Marín - A LA COMISIÓN DE LEGISLACIÓN Y

ASUNTOS CONSTITUCIONALES

14 PROYECTO DE LEY

(EXPTE. 46012)

FUNDAMENTOS H. Cámara:

Los nuevos criterios de política criminal, junto a una visión diferente del conflicto penal y a la

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expansión de la misma criminalidad, han abierto nuevos espacios institucionales y alumbrado nuevas herramientas para la resolución como la Mediación, Conciliación, Avenimiento, Reparación del Daño.

Las modernas corrientes de política criminal, pretenden reducir la inseguridad, injusticia, marginalidad, que se traduce en desprotección del aparato judicial y desigualdad ante la ley, propiciando la participación de la víctima en el proceso y la resolución alternativa de los conflictos. La tendencia moderna es la de humanizar el derecho penal, esto es tener en cuenta a los verdaderos protagonistas, compuesta por la dupla víctima-ofensor.

Julio Maier compara la justicia penal con una central telefónica con capacidad limitada para recibir mensajes; por lo que de la totalidad de llamadas que recibe sólo comunica aquéllas que el aparato lo permite. La pregunta que surge es ¿qué sucede con aquellas que no tienen respuesta? Una primera conclusión nos lleva a decir que existen comportamientos delictivos que carecen de respuesta penal integral, y de acuerdo a las estadísticas publicadas, los que se encuentran en esta situación son los delitos penados con sanciones menores.

Ante el fracaso de los objetivos propuestos como fines de la pena, por cualquiera de las teorías tradicionales, debe pensarse en otras alternativas que puedan resultar válidas para resolver los conflictos sociales, reafirmando la fe y la confianza en el orden jurídico.

Los fines del derecho penal han sido tradicionalmente vinculados con distintas teorías de la pena: retribución por un lado y prevención general, negativa o positiva por otro, además de las consideraciones aportadas por la teoría de la prevención especial.

Hoy en día la teoría de la prevención general positiva ofrece un desarrollo que permite vislumbrar soluciones extrasistemáticas, dentro de un sistema funcionalista que trasciende las soluciones estrictas con que el sistema penal tradicional ha pretendido cumplir sus objetivos.

En la actualidad, se discute la idea de sí el sistema de doble vía, compuesto por penas y medidas de seguridad, debe ser superado mediante la introducción de un sistema de triple vía, en el que se incluye la reparación precisamente como “tercera vía”. En 1992, juristas alemanes desarrollaron el “Proyecto Alternativo sobre Reparación Penal”, en el que la reparación está prevista en el ámbito de las consecuencias jurídicas, con posibilidad de excluir o atenuar la pena.

Desde el punto de vista de la prevención general positiva, el esfuerzo del autor, quien voluntariamente solicita o accede a reparar el daño causado a la víctima, además de solucionar el conflicto, manifiesta su voluntad de reafirmar la norma violada, comprometiéndose a observarla en el futuro.

Por otra parte, su actitud genera efectos sobre la comunidad al tranquilizar la conciencia

jurídica general alterada por la violación de la ley. Al respecto señala Roxin que para el cumplimiento de los fines de la pena la reparación tiene gran importancia. En cuanto a la prevención especial, sostiene que “si sobre la base de un eficaz compromiso entre delincuente y víctima, se le exime de las consecuencias nocivas y socialmente discriminatorias de la privación de libertad y se le da la impresión de volver a ser aceptado por la sociedad, con ello se hace probablemente más por su resocialización que con una costosa ejecución del tratamiento”.

La reparación –afirma Roxin- puede constituir un sustituto de la pena, siempre que cumpla con los fines atribuidos a la misma. Mediante la reparación es posible cumplir con los fines de la pena por lo que aquella deberá funcionar como sustituto de ésta. Puede consiguientemente, no producir efectos sobre la pena o atenuarla, o cumplir la misión de ser un sustituto o una alternativa a la misma. La reparación no debe ser considerada como pena y tampoco constituye un fin penal autónomo, sino que se encuentra al servicio de la prevención especial y general, igual que sucede con las penas y las medidas especialmente orientadas a la prevención especial. Se la ha de colocar como sanción autónoma junto a la pena y a la medida, a las que puede moderar pero también, en su caso sustituir.

Para conseguir la reparación pueden seguirse dos sistemas: el activo o el voluntario. El primero opera como una pena y se impone después de haber seguido el proceso. En cambio, en el segundo la reparación se presenta como un medio de evitarla o atenuarla. En este caso es voluntaria y es el que se plasma como modelo posible en nuestro sistema.

La legitimación de la reparación radica en el principio de subsidiaridad de la pena de prisión, la consideración de la víctima y la no desocialización del delincuente.

La reparación, aún voluntaria, no se obtiene espontáneamente, sino que es preciso fomentarla y proporcionar los cauces para que pueda producirse. Requiere ser promovida mediante soluciones del derecho penal y establecer el canal adecuado para que exista un espacio en el que se pueda resolver el conflicto, lo que ha de llevarse a cabo en la legislación procesal penal, surgiendo así la mediación.

La conciliación penal pretende resolver los conflictos sociales del orden penal dentro del marco del acuerdo de voluntades, devolviéndole a la víctima un rol preponderante y proporcionándole al autor la posibilidad de comprender su acto equivocado, contrario al derecho, propiciando su arrepentimiento que se traducirá en una manifestación de confianza en las normas jurídicas, conllevando seguridad y restableciendo la paz social. Con estos objetivos se complementan tal vez de manera mas humanitaria los fines del derecho penal general.

La conciliación-reparación debe

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implementarse dentro del proceso, con control judicial.

La institución que comentamos no puede producir efectos en relación a todos los delitos, sino que quedaría circunscripta a aquellos que atentan contra la propiedad exclusivamente, excluyéndose de su ámbito de actuación aquellos cometidos con intimidación o violencia en las personas.

Sin embargo, esta aseveración no resulta pacífica ya que el Proyecto Alternativo de la Reparación, sostiene que la misma puede ser aplicada a todos los delitos y a todos los delincuentes, dándole por ello la denominación de “principio de aplicabilidad universal”. El Proyecto Alternativo de la Reparación señala que la reparación debe en primer lugar realizarse a favor del perjudicado; cuando esto no sea posible, no se obtiene ningún resultado o no es suficiente en sí misma, puede tenerse en cuenta la reparación a favor de la comunidad (reparación simbólica).

El derecho penal mínimo, la victimología, la victimodogmática y otras posturas menos extremas, parten del reconocimiento del fracaso de la pretensión punitiva del Estado mediante la justificación basada en las teorías tradicionales de la pena, y agregan lo positivo de otorgarle a la víctima un lugar preponderante en la escena penal, que conllevaría a la tranquilización del clamor comunitario mediante la paz social agitada por la imposibilidad del Estado de resolver los conflictos planteados. En sus cimientos está el reconocimiento y toma de conciencia de la ineficacia del sistema punitivo, casi puramente carcelario.

Tanto la reconciliación como la mediación deben considerarse como la consecuencia directa de tres movimientos contemporáneos; por un lado la creciente preocupación por las víctimas y el rol que juegan en el proceso penal; en segundo término está la falta de satisfacción devengada de las maneras de castigo establecidas al ofensor y por último, la conciencia de que existen nuevas alternativas de reparación, no necesariamente de índole económica.

Lo que acaba de sostenerse implica la imposición de ciertos límites a la potestad punitiva del Estado, más la participación protagónica de la víctima y la aplicación de la solución negociada de conflictos, lo que reposa sobre ciertas premisas que deben tenerse en cuenta como por ejemplo la confrontación entre la víctima y el infractor, la estimulación de sentimientos de buena vecindad y la posibilidad de que autor y damnificado se involucren en la resolución de las diferencias que los afectan en lugar de delegarlas en otros organismos que realizarán una interpretación propia del conflicto. El Principio de Legalidad y la Conciliación Penal.

La conciliación-reparación se inscribe en el marco de aquellas modalidades orientadas en función de criterios de oportunidad procesal, que presuponen la necesidad del sistema penal de seleccionar, racionalmente el ingreso de los casos,

ya sea para evitar la incriminación de hechos punibles mediante otras formas alternativas de solución del conflicto o por ser innecesaria su aplicación.

Ello se opone aparentemente al principio de legalidad, que impone la obligatoriedad a los órganos estatales, en nuestro caso el Ministerio Público Fiscal de perseguir todos los hechos delictuales que ingresan al sistema de justicia, con excepción de los denominados de acción privada y de modo relativo los que dependen de una previa incitación de la víctima o de su representante. El Art. 71 del Código Penal prescribe que la regla general del ejercicio de las acciones es la acción pública, con las excepciones que se establecen en l os Arts. 72 y 73, que son las acciones dependientes de instancia privada o privadas.

No obstante ello, es posible observar manifestaciones del principio de oportunidad, dentro de nuestro sistema en los siguientes casos:

El Art. 26 del Código Penal contempla dentro de la condena de ejecución condicional distintos supuestos que permiten al juzgador tener en cuenta un punto de valoración importante en el análisis de la conveniencia o no, de aplicar una pena de privación de libertad efectiva, entre los cuales deben considerarse los resultados de una mediación positiva entre autor y víctima, que encuadrarían en “las demás circunstancias que demuestren la inconveniencia de aplicar efectivamente la privación de libertad” .

El Art. 27 bis del Código Penal prescribe la alternativa de contemplar un acuerdo exitoso entre víctima y victimario, como posibilidad para influir en el establecimiento de reglas de conducta que el condenado deberá cumplir durante el plazo que el juez fije.

Los Arts. 40 y 41 del mismo cuerpo legal prevén las circunstancias que se tomarán en cuenta a los efectos de individualizar la pena a aplicar, entre las cuales figuran las condiciones personales del imputado, los vínculos, la calidad de las personas y las circunstancias de tiempo, lugar, modo y ocasión que demuestren su mayor o menor peligrosidad. Sin duda, que un acuerdo de mediación-reparación, colocarán al autor del ilícito en una condición más favorable, que merecerá ser considerada por el juzgador.

El Art. 76 bis del Código Penal, se refiere a la suspensión del juicio a prueba, determinando en uno de sus párrafos que si las circunstancias del caso permitieran dejar en suspenso el cumplimiento de la condena aplicable y hubiese consentimiento del Fiscal, el tribunal podrá suspender la realización del juicio.

El nuevo Art. 132 del Código Penal en lo concerniente a delitos contra la integridad sexual dejo sin efecto la excusa absolutoria que suponía el matrimonio posterior con la víctima. La reforma – no obstante- mantuvo el derecho de la víctima al ejercicio de la acción penal pública, pero introdujo un elemento nuevo que es la conciliación de las partes, como extintivo de la acción cuando la víctima tuviere

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más de 16 años. Se establece a continuación que el juzgador podrá excepcionalmente aceptar la propuesta cuando ella implique un mejor resguardo del interés de la víctima, mediando circunstancia de preexistencia afectiva. En estos casos, también podrá disponerse la suspensión del juicio a prueba previamente a la extinción de la acción. Dicho artículo hace expresa mención al “avenimiento” entre las partes.

También merece una breve consideración el Art. 64 del Código Penal, cuando prescribe que la acción por delito reprimido por multa se extinguirá en cualquier estado de la instrucción y mientras no se haya iniciado el juicio, por el pago voluntario del mínimo de la multa correspondiente y la reparación de los daños causados por el delito. En la etapa de juicio, el imputado deberá abonar el máximo de la pena, además de la reparación del perjuicio ocasionado.

El proceso penal debe componer el interés de la víctima, permitiendo que los recursos que dispone el Ministerio Fiscal se apliquen preferentemente a la persecución de los casos más relevantes y complejos. En la actualidad los tribunales se encuentran abarrotados de causas pendientes de resolución, por el creciente número de conflictos que enfrentan los miembros de la sociedad.

La Conciliación es un mecanismo heterocompositivo de solución de conflictos y tiene como objetivo, en lo posible, volver los términos de la relación víctima-victimario al estado anterior de los hechos antijurídicos y restablecer la paz social. Es una negociación asistida, donde las partes buscan dar una solución satisfactoria permitiendo, en forma concertada, la intervención de un tercero, que tenga la capacidad de proponer fórmulas conciliatorias, fomentado en todo el momento del proceso la comunicación entre las partes.

La Conciliación Procesal es el acuerdo entre las partes para poner término al proceso en cualquier estado del mismo, siempre y cuando no se haya dictado sentencia.

Los acuerdos conciliatorios en materia penal, están dirigidos a resolver de forma expedita y sin necesidad de elevación a juicio, el alto número de situaciones en las cuales el delito es de tipo culposo, es decir, involuntario.

El instituto de la conciliación-reparación responde al objetivo de prevención general positiva, por medio del cual el conflicto penal puede solucionarse mediante la voluntad de las partes involucradas y generar gradualmente concientización como forma de constituir una adecuada vía de resolución de conflictos, con menor intervención estatal.

Lo expuesto implica un cambio radical de paradigma, pasando de una Justicia Retributiva a otra Restitutiva, del castigo a la reparación, en donde no haya un vencedor, sino que ambos queden satisfechos con el acuerdo logrado, donde sistema de procedimiento penal no es entendido como un sistema destinado a la aplicación de penas,

sino como un sistema destinado a la resolución de conflictos.

La incorporación del principio de oportunidad a nuestro Código de Procesal Penal en los artículos 26, 27 y 28, consistente en la facultad del Ministerio Publico Fiscal de disponer de la acción penal en determinadas circunstancias, es la piedra basal que da sustento y justificación a la implementación del instituto de la conciliación penal.

La aplicación de criterios de oportunidad y la incorporación de medios alternativos de solución, tales la conciliación y la reparación, el juicio abreviado, la suspensión del proceso a prueba y aun el procedimiento directísimo para los supuestos de delito en flagrancia, posibilita la atención preferente en la persecución penal pública de los hechos que se proyectan más negativamente, dejando de lado un gran número de hechos que insumen considerable tiempo y cantidades de recursos humanos, materiales y económicos, en forma muy gravosa por la desproporción entre su empleo y los resultados en relación con los fines del proceso penal.

La remediación del conflicto, a través de la figura de la conciliación afirma José Raúl Heredia- contribuirá a descomprimir los juzgados, posibilitando respuestas ágiles y eficaces a las partes, responsabilizándolos por sus conductas y previniendo la realización de nuevos hechos delictivos. La conciliación no busca privatizar ni sustituir la justicia, sino complementarla; tampoco será la solución a todos los males que aquélla atraviesa, pero será una herramienta válida para la solución pacífica de los conflictos”.

Tanto la víctima y como el imputado en un proceso penal, deben conocer los efectos y alcance del acuerdo conciliatorio al cual están llegando. Si esto es conocido podemos decir que puede existir “libertad” de elección. La información dará la posibilidad de opción.

Esta información debe prestarse a la víctima en el sentido de que conozca efectos penales y civiles del acuerdo conciliatorio. Debe saber que aprobado el acuerdo conciliatorio se dictará sobreseimiento definitivo en la causa y que el incumplimiento del acuerdo conciliatorio no provoca nunca la reactivación del proceso penal y sólo da lugar al cumplimiento forzado conforme a las normas generales del Código de Procedimiento Civil. El acuerdo conciliatorio es causal de extinción de la responsabilidad penal. De todas formas esto debe ser transmitido en un lenguaje sencillo que permita la cabal comprensión a la víctima.

Otra cuestión por la que debe velar el juez de garantía es que no exista un interés público prevalente.

La conciliación sólo será propicia en los supuestos de la comisión de delitos que no afecten directamente el interés público y en los delitos culposos, en los cuales se exige para su procedencia un acuerdo entre imputado y víctima. Es destacable la participación de la víctima; Si ésta no consiente en la aplicación de la conciliación,

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continua la persecución penal porque la acción penal no se extingue. El sobreseimiento solo podrá dictarse si lo consiente en forma libre y voluntaria.

El acta con acuerdo conciliatorio constituye título de ejecución; es decir, los derechos, deberes o obligaciones ciertos y exigibles contenidos en él, pueden ser ejecutados por el órgano jurisdiccional competente, a través del proceso de ejecución de sentencia, a solicitud de la victima.

El acuerdo entre imputado y agraviado en la mayoría de los casos versará sobre dinero, en otros la víctima podrá prestar su conformidad con la devolución de la especie renunciando a todo reclamo por reparación civil.

La conciliación puede fracasar y en tal caso debe reconocerse que el imputado del hecho delictivo continúa amparado por el principio de inocencia que lo acompañará hasta que se demuestre en juicio su culpabilidad.

En base a lo establecido en este artículo, los acuerdos conciliatorios solo proceden cuando se cumplen alguno de los siguientes requisitos:

a) si el bien jurídico tutelado por la norma es disponible y de carácter patrimonial y el delito es cometidos sin violencia física o intimidación sobre las personas, o

b) si el delito cometido es culposo y no haya ocasionado la muerte o afectado en forma permanente y grave la integridad física de la persona.

En el primer aspecto, es claro que se refiere a los delitos o faltas contra la propiedad o de tipo económico que se encuentran tipificados en nuestra legislación, por lo tanto, no podría celebrarse un acuerdo conciliatorio cuando el bien jurídico tutelado sea la vida, o cuando se trate de bienes patrimoniales pertenecientes al Estado, como lo serían, por ejemplo, los bienes públicos.

En el segundo caso, se refiere a aquellos hechos delictivos perpetrados sin dolo, en los cuales figuran la imprudencia o negligencia, es decir, que son involuntarios, pero sin embargo, producen un resultado ilícito que lesiona a una persona o sus bienes. En este último caso, sin embargo, debe demostrarse el carácter culposo de la acción.

Por otra parte, para que se pueda configurar esta forma alternativa a la prosecución del proceso penal, es necesario que quienes concurran al acuerdo hayan prestado su consentimiento en forma libre y con pleno conocimiento de sus derechos.

Los Jueces de Garantía serán los encargados de velar porque las diligencias realizadas por el Fiscal no vulneren derechos fundamentales del imputado ni se atente contra los derechos de la víctima y, de esta forma, garantiza tanto los derechos del imputado como de la víctima. Es a él a quien corresponde aprobar los acuerdos conciliatorios y para ello debe verificar que los concurrentes al acuerdo hubieren prestado su consentimiento en forma libre y con pleno conocimiento de sus derechos. Antecedentes

El primer antecedente se encuentra en los

años 70 en Canadá, donde se realiza el primer encuentro Victima-Imputado, a fin de lograr la reconciliación de las partes.

La Asamblea General de las Naciones Unidas, mediante la Resolución Nº 40/34, adoptó la Declaración de los Principios Básicos de Justicia para las Victimas de Delitos y Abuso de Poder, en la que se expresa que las víctimas deben ser tratadas con compasión y dignidad, con participación activa en el proceso y se utilizarán cuando proceda mecanismos oficiosos para la solución de las controversias, incluida la mediación a fin de facilitar la conciliación y reparación a favor de las victimas. Derecho Comparado.

En la legislación comparada encontramos múltiples ejemplos de mediación o conciliación en los procesos penales, a saber:

En España se desarrollan programas de mediación penal para jóvenes infractores.

México determina que la mediación es interdisciplinaria y la realiza en dos Estados con grandes logros.

En Panamá se creó el Centro de Mediación bajo la órbita del Poder Judicial.

En Paraguay la mediación comenzó siendo extrajudicial y se judicializó a partir de un convenio con la Corte. Son derivados por los juzgados de Instrucción, Civil y Comercial, Niñez y Adolescencia, Juzgados de Paz Letrado y Laboral. Si no hay acuerdo se deriva al Juzgado para continuar el proceso.

En Perú se otorga la facultad al Fiscal para que (en la Disposición de Abstención) imponga una sanción adicional al imputado, independientemente de la reparación civil a la que éste se hubiere comprometido, solicitando su aprobación al Juez competente. Medida que encuentra su justificación en el grado de responsabilidad del agente y en la tutela del interés público.

De tal manera que, señala el código, si el Fiscal considera imprescindible, para suprimir el interés público en la persecución, [sin oponerse a la gravedad de la responsabilidad], imponer adicionalmente: (1) el pago de un importe a favor de una institución de interés social o del Estado y (2) la aplicación de las reglas de conducta [como: la prohibición de frecuentar determinados lugares, prohibición de ausentarse del lugar donde reside sin autorización del Juez, comparencia mensual, entre otras previstas en el artículo 64 del Código Penal] solicitará la aprobación de la abstención al Juez de la Investigación Preparatoria, el que la resolverá previa audiencia de los interesados.

En Venezuela se regula el acuerdo conciliatorio en el artículo 34 de la ley de procedimiento penal.

Por su parte Chile establece disposiciones en relación a los acuerdos conciliatorios con la finalidad de realzar los intereses concretos de la

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víctima por sobre los intereses abstractos del Estado”. El Código Procesal Penal Chileno señala en su Artículo 241 que: “El imputado y la víctima podrán convenir acuerdos reparatorios, los que el juez de garantía aprobará, en audiencia a la que citará a los intervinientes para escuchar sus planteamientos, si verificare que los concurrentes al acuerdo hubieren prestado su consentimiento en forma libre y con pleno conocimiento de sus derechos”. Desde el 16 de marzo del 2000 hasta el 15 de marzo del 2003, el Ministerio Público del país trasandino ha recibido un total de 293.831 causas, de las cuales ha terminado 257727, lo que representa un 87,71% de los ingresos al sistema. El porcentaje de acuerdos reparatorios y suspensiones condicionales del procedimiento (no se tienen las estadísticas separadas de cada uno de estas salidas alternativas) ha aumentado a un 4% frente al 3,1% del período anterior.

Por los breves motivos expuestos, es que solicitamos la aprobación del presente proyecto de ley a esta H. Cámara.

Mendoza,11 de julio de 2007.

Carlos Ciurca Luis Petri

MODIFICACIÓN LEY 6730

Artículo 1º - Incorpórese al Código de Procesal Penal de la Provincia de Mendoza, Ley 6730, el artículo 29 bis, que quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 29 bis - Conciliación. Procedencia. Cuando se trate de delitos que recaigan sobre bienes jurídicos disponibles con contenido patrimonial cometidos sin violencia física o intimidación sobre las personas o cuando se trate de delitos culposos que no hayan ocasionado la muerte o afectado en forma permanente y grave la integridad física de las personas, la víctima y el imputado podrán, durante la sustanciación de la causa y hasta la citación a juicio, arribar a conciliación, verificando que quienes concurran al acuerdo, hayan prestado su consentimiento en forma libre y con pleno conocimiento de sus derechos.

El cumplimiento del acuerdo conciliatorio extinguirá la acción penal respecto del imputado que hubiere intervenido en él. Cuando existan varios imputados o víctimas el proceso continuará respecto de aquellos que no han concurrido al acuerdo.

El juez de garantías homologará el acuerdo, si correspondiere, y dictará el sobreseimiento. La resolución de homologación constituirá suficiente título para perseguir su cumplimiento conforme con las reglas sustantivas del derecho privado y según las previsiones del Artículo 537 de este Código.

Si el imputado ha cometido un hecho punible de la misma índole de otro que haya cometido con anterioridad y que haya sido objeto de un acuerdo conciliatorio, efectivamente cumplido, la acción penal

derivada del nuevo hecho punible no se extinguirá con el cumplimiento de un acuerdo conciliatorio, pero el juez, en este caso, podrá rebajar hasta las dos terceras partes, la pena aplicable al hecho.

A los efectos de este artículo, se considerarán hechos punibles de la misma índole, aquellos que violan la misma disposición legal; aquellos comprendidos bajo el mismo título del Código Penal o de la ley correspondiente; o aquellos que tengan afinidad en sus móviles o consecuencias con independencia de la ley que los tipifique, siempre que atenten contra el mismo bien jurídico.

La conciliación no procederá en los casos en que se afecte el interés público o lo haya cometido un funcionario público en el ejercicio de sus funciones. Art. 2º - Modifíquese el artículo 357 del Código de Procesal Penal, Ley 6730, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Artículo 357 - Procedencia. El Fiscal de Instrucción requerirá la citación a juicio cuando, estimare cumplida la investigación y siempre que hubiere elementos de convicción suficientes para sostener como probable la participación punible del imputado en el hecho intimado, caso contrario, procederá con arreglo al artículo 351. La etapa preparatoria concluirá también en los supuestos comprendidos por el artículo 29 bis”. Art. 3º - Agrégase el inc. 6 al Artículo 353 del Código de Procesal Penal, Ley 6730, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 353 “Inc. 6) - En el supuesto del artículo 29 bis. Art. 4º - Modifíquese el Artículo 537 del Código de Procesal Penal, Ley 6730, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Artículo 537 - Competencia. La sentencia que condene a restitución, indemnización o reparación de daños, o al pago de costas, cuando no sea inmediatamente ejecutada o no pueda serlo por simple orden del tribunal que la dictó, como así todo acuerdo homologado de conformidad a lo establecido por el artículo 29 Bis, se ejecutará por el interesado ante el juez civil que corresponda con arreglo al Código Procesal Civil”. Art. 5º - De forma.

Mendoza, 11 de julio de 2007.

Carlos Ciurca Luis Petri

- A LA COMISIÓN DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES

15 PROYECTO DE RESOLUCIÓN

(EXPTE. 45940)

Page 27:  · Honorable Cámara de Diputados Provincia de Mendoza Presidencia: DR. ANDRÉS OMAR MARÍN (Presidente) DR. GUILLERMO CARMONA (Vicepresidente 1°) DR. ALBERTO SÁNCHEZ (Vicepresiden

18 de julio de 2007 -12ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS – 11ª Sesión de Tablas Pág. 27

. Servidor H.C.D.D/Diario de Sesiones/ORD N° 12 del 18-07-07 (EMERGENCIA PROPIEDAD INDÍGENA)

Artículo 1° - Reiterar pedido de informe aprobado por Resolución Nº 219, fecha 30/5/07, a la Subsecretaría de Turismo Provincial dependiente del Ministerio de Turismo y Cultura. Art. 2° - De forma.

Mendoza, 2 de julio de 2007.

Liliana E. Vietti -A LA COMISION DE DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES Y PETICIONES Y PODERES

16 PROYECTO DE RESOLUCION

(EXPTE. 45971)

FUNDAMENTOS H. Cámara:

El crecimiento demográfico del Gran Mendoza ha traído aparejado otros problemas como es el del tránsito, tal es el caso de la intersección de Soldado Baigorria y Perito Moreno del Departamento Godoy Cruz.

El intenso tránsito no sólo de vehículos particulares, sino también de Transportes de cargas y de pasajeros, además de un trazado que impide una buena visualización para trasponer el cruce en ambas direcciones, le confieren a la circulación sobre estas vías un elevado nivel de peligrosidad.

Es por ello, y con el fin de atender la situación planteada, previniendo futuros accidentes que cobren vidas humanas, es que se hace imprescindible la instalación de un equipo de semáforos en el lugar, como así también señalización que alerte a quienes las transitan de la inminencia del cruce.

Por estos breves fundamentos y los que daré oportunamente, es que solicito a esta H. Cámara la aprobación del presente proyecto de resolución.

Mendoza, 3 de julio de 2007.

Rubén Moyano Artículo 1º - Dirigirse al Poder Ejecutivo Provincial para que, a través de la Dirección de Vías y Medios de Transporte, viavilice con urgencia lo siguiente:

a) Instalación de un equipo de semáforos en la intersección de Soldado Baigorria y Perito Moreno del Departamento de Godoy Cruz.

b) Instalación de señales viales en las calles mencionadas en el punto precedente, que alerten a conductores y peatones sobre la inminencia del cruce. Art. 2º - Regístrese, hágase saber y archívese.

Mendoza, 3 de julio de 2007.

Rubén Moyano

-A LA COMISION DE OBRAS PUBLICAS E INFRAESTRUCTURA

17

PROYECTO DE RESOLUCION (EXPTE. 45972)

FUNDAMENTOS

H. Cámara:

En visita realizada a la Escuela 1-012 Comandante Saturnino Torres, recibí como inquietud por parte del personal docente de dicho establecimiento, que los docentes de los colegios limítrofes y vecinos reciben como bonificación en concepto de zona 20% y el 40% respectivamente y los maestros de la citada escuela que suman un total de 40 aproximadamente no lo perciben habiendo hecho los reclamos pertinentes a la fecha no tienen respuesta.

Por ello y en base a los fundamentos expuestos, solicitamos a la H. Cámara dar aprobación al presente proyecto de resolución: Mendoza, 5 de julio de 2007.

Rubén A. Lázaro Artículo 1° - Qué la Dirección General de Escuela instrumente los mecanismos necesarios pertinentes a efectos de liquidar el concepto de bonificación por zona que corresponden a los docentes de la Escuela 1-012 Comandante Saturnino Torres de Luján de Cuyo, para el corriente año y prever a los presupuestos futuros el importe de incremento correspondiente. Art. 2° - Comuníquese a la Dirección General de Escuelas a sus efectos. Art. 3° - De forma. Mendoza, 5 de julio de 2007.

Rubén A. Lázaro - A LA COMISIÓN DE CULTURA Y EDUCACIÓN

18 PROYECTO DE RESOLUCIÓN

(EXPTE. 45995)

FUNDAMENTOS H. Cámara:

Page 28:  · Honorable Cámara de Diputados Provincia de Mendoza Presidencia: DR. ANDRÉS OMAR MARÍN (Presidente) DR. GUILLERMO CARMONA (Vicepresidente 1°) DR. ALBERTO SÁNCHEZ (Vicepresiden

18 de julio de 2007 -12ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS – 11ª Sesión de Tablas Pág. 28

. Servidor H.C.D.D/Diario de Sesiones/ORD N° 12 del 18-07-07 (EMERGENCIA PROPIEDAD INDÍGENA)

Habiendo tomado estado público, a través de la denuncia realizada por Marcelo Spinello, presidente de la Asociación Ferrotur Trasandino, que la Empresa SOE S.A., concesionaria del FFCC Belgrano, se encuentra en proceso de desmantelamiento y traslado a la Provincia de Córdoba, de diversos materiales propiedad del FFCC Belgrano, se procede a solicitar el siguiente pedido de informe:

Siendo que algunos de estos bienes pueden revestir importancia o interés histórico patrimonial, tal lo expresado por la Resolución Legislativa Nº 1612/07, en la cual se plantea la necesidad de que el Poder Ejecutivo Provincial proceda a la declaración de interés patrimonial y turístico de la “Estación de Cargas Mendoza del FFCC Belgrano y de las vías destinadas al servicio de transporte de pasajeros que ingresan y egresan de la misma”. Y existiendo la Ley 6034 Mendoza, 10 de junio de 1993, (Ley General vigente con modificaciones) (Decreto Reglamentario Nº 1273/95 B.O. 9/1/96) (Ver además Ley 6403) (ver además Ley 6461) (texto ordenado 1/10/2001), en la que se detalla ampliamente las condiciones y circunstancias que debe reunir un bien para ser considerado de importancia patrimonial, es que se estima que los bienes objeto del presente proyecto deben ser protegidos, ya que se encuentran comprendidos en la legislación vigente.

Para ello el Poder Ejecutivo de la Provincia de Mendoza, a través de la Dirección de Patrimonio Histórico Cultural o del organismo que estime pertinente, deberá brindar las explicaciones necesarias procurando soluciones urgentes que la situación requiere.

Es por ello, presidente de la H. Cámara de Diputados, que solicito la aprobación del presente proyecto.

Mendoza, 4 de julio de 2007.

Pablo Tornello Artículo 1º - Solicítese al Poder Ejecutivo de la Provincia de Mendoza, para que a través de la Dirección de Patrimonio Histórico Cultural o del organismo que estime pertinente, informe a esta Honorable Cámara de Diputados sobre el tratamiento dado a la Resolución Legislativa Nº 1612/07, que trata sobre la necesidad de que el Poder Ejecutivo Provincial proceda a la declaración de interés patrimonial y turístico de la “Estación de Cargas Mendoza del FFCC Belgrano y de las vías destinadas al servicio de transporte de pasajeros que ingresan y egresan de la misma”, debiendo además informar cualquier otro dato de interés relacionado al tema de referencia. Art. 2º - Regístrese, hágase saber y archívese.

Mendoza, 4 de julio de 2007.

Pablo Tornello

- A LA COMISIÓN DE DERECHOS Y GARANTÍAS CONSTITUCIONALES Y PETICIONES Y PODERES

19 PROYECTO DECLARACIÓN

(EXPTE. 46002)

FUNDAMENTOS H. Cámara:

Una Provincia como Mendoza, cuyo desarrollo económico, turístico, cultural y urbanístico ha crecido exponencialmente en los últimos años ha recibido inversiones importantes que están alterando su aspecto tradicional. En cuanto a lo constructivo se refiere, se está modificando su fisonomía y nos estamos enfrentando a una imagen que es el principio de la futura ciudad que tendremos los mendocinos. Esta imagen, de ciudad ordenada, limpia, pujante condice con la idiosincrasia de nuestro pueblo y es la carta de presentación a todos los visitantes que llegan a nuestra tierra.

El futuro emprendimiento urbanístico y comercial que se emplazará en el predio comprendido entre las avenidas San Martín, Montevideo, Don Bosco y Primitivo de la Reta, conocido como ex Predio Maristas, significará un ícono indiscutible en la imagen de la nueva ciudad. De algún modo, por su envergadura y las posibilidades que plantea desde distintos aspectos, modificará el funcionamiento actual de la ciudad.

Hay temas fundamentales que evaluar. La circulación vehicular, el estacionamiento, los accesos, provisión de gas, electricidad y agua, son algunos ejemplos. Por ello, resulta imprescindible que esta H. Cámara, y la comunidad en general, tenga acceso directo a la información de las implicancias del futuro emprendimiento.

Es responsabilidad de todos garantizar que estas construcciones, que modifican nuestro ambiente, tengan el análisis profundo que requiere el hecho. Existe legislación Nacional, Provincial y Municipal que contempla los aspectos técnicos y urbanísticos. Es oportuno entonces, reunirnos a analizar el proyecto con los autores del mismo, y estimo necesario, presidente, la aprobación de la presente resolución, para que la H. Cámara de Diputados de la Provincia de Mendoza, facilite el marco para analizar adecuadamente este Desarrollo Urbanístico y Comercial.

Mendoza, 5 de julio de 2007.

Pablo Tornello Artículo 1º - Declarar de interés de esta H. Cámara la convocatoria a los autores del Proyecto Comercial y Urbanístico a emplazarse en el ex predio Maristas, y a los sectores interesados en el tema, para el jueves 19 de julio de 2007, a las 10.30, en el Salón

Page 29:  · Honorable Cámara de Diputados Provincia de Mendoza Presidencia: DR. ANDRÉS OMAR MARÍN (Presidente) DR. GUILLERMO CARMONA (Vicepresidente 1°) DR. ALBERTO SÁNCHEZ (Vicepresiden

18 de julio de 2007 -12ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS – 11ª Sesión de Tablas Pág. 29

. Servidor H.C.D.D/Diario de Sesiones/ORD N° 12 del 18-07-07 (EMERGENCIA PROPIEDAD INDÍGENA)

de los Pasos Perdidos. Art. 2º - Comunicar e invitar a las Autoridades del sector Académico, Científico, Periodístico, Legislativo y Municipal de la Provincia de Mendoza, para que participen y opinen sobre los puntos de la convocatoria Art. 3º - Regístrese, hágase saber y archívese.

Mendoza, 5 de julio de 2007.

Pablo Tornello - A LA COMISIÓN DE AMBIENTE, URBANISMO Y VIVIENDA

20 PROYECTO DE RESOLUCION

(EXPTE. 46003)

FUNDAMENTOS H. Cámara:

La cantante Juanita Vera, es un verdadero hito en el Folclore Cuyano. Su trayectoria, calidad interpretativa y calidez humana, han hecho que la misma sea una referente indiscutida en todo el Departamento Lavalle, en la Provincia Mendoza y en la región cuyana.

Ese reconocimiento ha alcanzado también, nivel nacional e internacional, siendo una de las pocas representantes de nuestro más genuino folclore, interpretando las piezas artísticas con una calidez difícilmente comparable.

Su trayectoria musical es vasta y rica, comenzando su carrera en los albores de la década del `60, pudiendo señalar entre sus interpretaciones y actuaciones más destacadas las siguientes:

Colaboradora permanente en eventos a beneficio de escuelas, iglesias, centros de jubilados, municipios, etc.

Única interprete que grabó el Himno a la Virgen del Rosario "Estrella Encendida", autoría del Reverendo Padre Jorge Contreras y musicalizada por su hermano Rubén Vera.

Creadora del Festival del Vino, del Canto y la Danza en el Departamento Lavalle, lugar donde reside. PRESENTACIONES EN:

-Festival de la Tonada Tunuyán Mendoza. -Festival Provincial del Melón y la Sandía -

Lavalle- Mendoza. -Festival de la Tradición San Carlos-

Mendoza (Dos años sucesivos) -Festival "Alta Montaña"- Las Heras -

Mendoza. (Dos años sucesivos) -1º Festival del Río Grande - San Rafael-

Mendoza -Festival de la Cueca y el Damasco- La

Dormida- Santa Rosa - Mendoza. -Festival de "La Alfalfa", "El Artesano", "Calle

Angosta"- San Luis. -Fiestas Patronales del Dpto. de Lavalle en

los distritos: Lagunas del Rosario, Asunción y San José.

-Fiesta de la Vendimia de Lavalle. Desde 1962 a la fecha.

-Fiesta del Diario "Los Andes" Año 1992 -Fiesta de la Vendimia Nacional años 1995-

98-99-2000-1-02-Cdad. Mendoza -Diversas interpretaciones en el Teatro

Independencia. -Intercambio Cultural con Chile. Delegación

Lavallina. (Año 1995) -Festival folclórico de Talagante Chile (2003-

2005) -Festival del Carnaval de Valparaíso (2005) -Festival del Chivo Malargüe (1995-1997) -Festival de la Flor- Provincia de Buenos

Aires (1996) -Interpretación de temas tradicionales con la

Orquesta Sinfónica de Mendoza: Inauguración de la Escuela Elpidio González

- Lagunas del Rosario" -Lavalle- Mza. (1996)

-Ciclo Legislatura y Cultura- Cdad. De Mendoza. (1994- 95-97-98)

-Americanto- años 1994- 95- 96- 2000-Mendoza.

-Homenaje a Don Alberto Rodríguez- Casa de Mendoza en Buenos Aires

-Homenaje a Mendoza 2001- Ciudad Vieja - Rep. Del Uruguay

-Homenaje a Mendoza 2002 – Cdad. Rivera Rep. De Uruguay

-V Festival Rivadavia le Canta al País- Rivadavia. Mendoza- (2001)

-Participa en Homenaje a Alberto Rodríguez- Salón Azul Congreso de la Nación (2002)

Entre las obras musicales más importantes interpretadas y grabadas por Juanita Vera, se destacan:

“Póngale por las hileras”, “Los Tiernos Juramentos”; además auspiciada por la Municipalidad de Lavalle grabó las siguientes obras:“a 500 años nace una nueva Lavalle (1.992)"; "Asunción (1.994)"; " Vendimia del Corazón (1.994)"; “Viva Cuyo (1.994)"; “Mendoza Suena"; "Mendoza toda" Vol.1 Homenaje a Félix D. Palorma, “Mendoza” Suena Volumen 1" Homenaje a Félix D. Palorma; "Viva Cuyo Vol. 1 (2001)”.

En su dilatada trayectoria recibió numerosas distinciones, premios y homenajes, entre ellos mencionaremos:

"Premio Cantoras" (Junto a Yolanda Navarro, Año 2005); El Instituto de Cultura de la Provincia la declara de interés cultural por su trayectoria- Resolución 697- (2001); “Premio La Lira” de la Asociación de Músicos Ciudad de Mendoza (2001); Premio “Diario Los Andes (2.003)”; “Premio Escenario Diario Uno (2004)”.

Page 30:  · Honorable Cámara de Diputados Provincia de Mendoza Presidencia: DR. ANDRÉS OMAR MARÍN (Presidente) DR. GUILLERMO CARMONA (Vicepresidente 1°) DR. ALBERTO SÁNCHEZ (Vicepresiden

18 de julio de 2007 -12ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS – 11ª Sesión de Tablas Pág. 30

. Servidor H.C.D.D/Diario de Sesiones/ORD N° 12 del 18-07-07 (EMERGENCIA PROPIEDAD INDÍGENA)

En lo que va del año 2007 Juanita Vera se ha presentado en los festivales más importantes del país: “Festival de Cosquín”, “Fiesta Nacional de la Vendimia”, “Festival Rivadavia le canta al País”, “Festival del Melón y la Sandía”, “Festival de La Cueca y el Damasco”, entre otros.

Para finalizar debemos destacar que Juanita Vera está presentando su último trabajo discográfico titulado “CANTO A LOS CUATRO VIENTOS”, que promete ser otro notable éxito en su carrera.

Como podemos ver reflejado a través de la historia, Juanita Vera, tiene un muy bien ganado lugar en las páginas de la cultura mendocina, por ello y ante el fenómeno de desculturización que enfrenta nuestra sociedad, se impone el reconocimiento de los artistas, que se destacan en el campo de la cultura popular.

En este sentido, sería importante declarar de interés legislativo la trayectoria y labor artística desarrollada por la artista mendocina Juanita Vera, es por ello, presidente que solicito la aprobación del presente proyecto.

Mendoza, 5 de julio de 2007.

Pablo Tornello Artículo 1º - Declarar de interés de esta Honorable Cámara de Diputados, la trayectoria artística y musical de la intérprete mendocina “Maria Juana Vera”, por su aporte a la cultura popular y el rescate permanente del acervo musical de Cuyo. Art. 2º - De forma.

Mendoza, 5 de julio de 2007.

Pablo Tornello - A LA COMISIÓN DE CULTURA Y EDUCACIÓN

21 PROYECTO DE RESOLUCION

(EXPTE. 46005)

FUNDAMENTOS H. Cámara:

El presente proyecto tiene por finalidad reconocer el éxito obtenido por el Club Sportivo Independiente Rivadavia de Mendoza, a través de la entrega por esta Honorable Cámara, de una plaqueta recordatoria a la Comisión Directiva y diplomas a todos los integrantes del plantel profesional.

Ante el éxito obtenido por el Club Independiente Rivadavia de Mendoza, logrando el ascenso a la división “Torneo Nacional B” del fútbol Argentino, resultado que coloca al deporte de Mendoza en los primeros planos nacionales.

Por lo expuesto, la Honorable Cámara de Diputados no puede permanecer ajena a este tipo de logros de todos los mendocinos, los que deben ser reconocidos y para lo cual solicito la aprobación del siguiente proyecto.

Mendoza, 6 de julio de 2007.

Andrés Omar Marín Artículo 1º - Reconocer el éxito obtenido por el Club Sportivo Independiente Rivadavia de Mendoza, a través de la entrega por esta Honorable Cámara, de una plaqueta recordatoria a la Comisión Directiva y diplomas a todos los integrantes del plantel profesional. Art. 2º - De forma.

Mendoza, 6 de julio de 2007.

Andrés Omar Marín - A LA COMISIÓN DE TURISMO Y DEPORTES

22 ORDEN DEL DIA

A) PREFERENCIAS CON DESPACHO DE COMISIÓN: 1-Expte. 43290/06 –Proyecto de ley de las diputadas Díaz y Monserrat y del diputado Marín, regulando el mecanismo de acceso a la información pública. 2-Expte. 43483/06 –Proyecto de ley de la diputada Díaz, creando en el ámbito del Ministerio de Gobierno, la Oficina Anticorrupción. 3-Expte. 44691/07 –Proyecto de ley del diputado Carmona, creando la Empresa Provincial de Biodiesel S.A. 4-Expte. 43947/06 –Proyecto de ley de los diputados Blanco, Canal, Bauzá, Pradines y Marín, estableciendo la Ley Provincial de Catastro. 5-Expte. 43839/06 –Proyecto de ley de la diputada Monserrat, disponiendo la elaboración de un Digesto Legal. 6-Expte. 43649/06 –Proyecto de ley del diputado Gantus, modificando la Ley 6722 –Seguridad Rural- 7-Expte. 45198/07 –Proyecto de ley del diputado Petri, estableciendo que los locales comerciales que realicen compraventa de equipos o terminales móviles de comunicaciones, nuevos o usados, deberán poseer documentación que acrediten la procedencia legítima de los mismos. 8-Expte. 35441/04 –Proyecto de ley del diputado

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18 de julio de 2007 -12ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS – 11ª Sesión de Tablas Pág. 31

. Servidor H.C.D.D/Diario de Sesiones/ORD N° 12 del 18-07-07 (EMERGENCIA PROPIEDAD INDÍGENA)

Canal, constituyendo la reserva natural y área de protección del Cordón del Plata. 9-Expte. 45395/07 –Proyecto de ley del diputado Gantus, modificando el Art. 112 de la Ley 7650 –Presupuesto General 2007-. 10-Expte. 45405/07 –Proyecto de ley del diputado Petri, creando el Programa Provincial de “Juego Responsable” en el ámbito del Plan Provincial de Adicciones. 11-Expte. 45315/07 –Proyecto de ley de las diputadas Díaz, Sfreddo y de los diputados Lázaro, Ciurca, Millán, Recabarren, Tornello y Merino, declarando el estado de emergencia de los establecimientos educativos de gestión privada, cuya cuota no supere los $150, que no reciben aporte del Estado. 12-Expte. 44524/07 –Proyecto de ley de la diputada Monserrat, creando el Programa de recolección, acopio y transporte de botellas de plásticos y latas de aluminio. 13-Expte. 45120/07 –Proyecto de ley de la diputada Monserrat, eximiendo del pago del impuesto a los Ingresos Brutos a los pequeños contribuyentes inscriptos en el Registro Nacional de Electores de Desarrollo Local y Economía Social. 14-Expte. 45429/07 –Proyecto de ley de la diputada Monserrat, regularizando la documentación de los loteos y fraccionamiento en los que el Instituto Provincial de la Vivienda o la Municipalidad con jurisdicción sobre el inmueble, certifiquen que se encuentran comprendidos en el PROMEBA, en el Programa Federal de Mejoramiento de Viviendas “Mejor Vivir” y en el Programa Federal de Construcción de Viviendas. 15-Expte. 45528 del 23-5-07 –Proyecto de ley del diputado Tornello, creando en la Localidad El Cavadito, Distrito La Asunción, Departamento Lavalle, una escuela primaria doble escolaridad (no albergue), con modalidad en Nivel Inicial, EGB 1 y EGB 2. 16-Expte. 45530 del 23-5-07 –Proyecto de ley del diputado Tornello, creando en la Localidad El Puerto, Distrito San Miguel de los Sauces, Departamento Lavalle, una escuela primaria doble escolaridad (no albergue), con modalidad en Nivel Inicial, EGB 1 y EGB 2. 17-Expte. 34684/03 –Proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo, facultando al mismo a incrementar la partida personal de la Dirección General de Escuelas del Presupuesto año 2003, y en consecuencia aumentar el uso del crédito y/o disminuir las Partidas Amortización de Deuda. 18-Expte. 45207/07 –Proyecto de ley del diputado

Canal, estableciendo la difusión en los distintos niveles de enseñanza de la Provincia, los legítimos derechos e intereses Argentinos en la Antártida, su actividad antártica, y su carácter de país bicontinental. 19-Expte. 45967 del 3-7-07 –Proyecto de ley del diputado Tornello, adhiriendo a la Ley Nacional Nº 26160, que declara la “Emergencia de la Propiedad Comunitaria Indígena”. 20-Expte. 45720/07 –Proyecto de Ley de la diputada Oldrá y del diputado Ciurca, incorporando al Plan de Obras Públicas 2008, la creación de una Posta Sanitaria en la calle Lamadrid, Distrito La Bajada, Departamento Lavalle. 21-Expte. 45968 del 3-7-07 –Proyecto ley del diputado Vicchi, autorizando al Poder Ejecutivo a realizar el llamado a licitación para la compra de cámaras de filmación en conjunto con el respectivo estudio técnico para la instalación de las mismas, a fin de ser instaladas en los principales ingresos de la Provincia y del Gran Mendoza. B) DESPACHOS: Nº 46 - Expte. 37012/04 –De Economía, Energía, Minería e Industria, en el proyecto de ley del diputado Pradines, estableciendo el Régimen de Denominación de Origen Mendoza (DOM) para el aceite de oliva virgen extra. EN CONSIDERACIÓN Nº 81- Expte. 45392/07 –De Legislación y Asuntos Constitucionales, en el proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo, ratificando los Decretos Nros. 465/06 y 988/07, por los términos previstos en los mismos y conforme a las disposiciones del Decreto 593/92. EN CONSIDERACIÓN Nº 87- Expte. 44819/07 –De Cultura y Educación y de Legislación y Asuntos Constitucionales, en el proyecto de ley de la diputada Díaz, estableciendo que los establecimientos educativos privados incorporados a la enseñanza oficial no pueden retener boletines de calificaciones, certificados de estudios, pases a otros establecimientos, certificados de regularidad y toda otra documentación oficial del alumno que registra morosidad en el pago de aranceles correspondientes. EN CONSIDERACIÓN Nº 88- Expte. 42161/06 –De Cultura y Educación, en el proyecto de ley de la diputada Sfreddo, incorporando a las ediciones de los libros de textos de Nivel Inicial EGB y Polimodal ordenadas, supervisadas y aprobados bajo la órbita de la Dirección General de Escuelas, la publicación de los Derechos del Niño. EN CONSIDERACIÓN

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18 de julio de 2007 -12ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS – 11ª Sesión de Tablas Pág. 32

. Servidor H.C.D.D/Diario de Sesiones/ORD N° 12 del 18-07-07 (EMERGENCIA PROPIEDAD INDÍGENA)

Nº 89- Expte. 44897/07 –De Cultura y Educación, en el proyecto de ley del diputado Millán, creando en la Escuela de Niños con Discapacidades Sensoriales y Múltiples Discapacidades Nº 2-045 –“Club de Leones” de la Ciudad de Tunuyán, la sala Especial de Estimulación Temprana, para niños a partir de los 45 días de vida. EN CONSIDERACIÓN Nº 90- Expte. 43909/06 –De Turismo y Deportes y de Hacienda y Presupuesto, en el proyecto de ley de la diputada Díaz, creando el Programa de Asistencia a los Clubes (PAC). EN CONSIDERACIÓN Nº 91- Expte. 43135/06 –De Cultura y Educación, en el proyecto de ley del diputado Millán, adhiriendo a la Ley Nacional Nº 26098 denominada “Ley de Educación Técnico Profesional”. EN CONSIDERACIÓN Nº 92- Expte. 42003/06:

A) De Obras Públicas e Infraestructura, en el proyecto de ley del diputado Moyano, incorporando al Plan de Obras Públicas la construcción o adquisición de hornos de incineración para la destrucción de mercadería decomisada en todas las barreras sanitarias dependientes del ISCAMen, ubicadas en los accesos a la Provincia de Mendoza.

B) De Hacienda y Presupuesto, en el proyecto de declaración del diputado Moyano, expresando el deseo que el Poder Ejecutivo incorporara al Plan de Obras Públicas la construcción o adquisición de hornos de incineración para la destrucción de mercadería decomisada en todas las barreras sanitarias dependientes del ISCAMen, ubicadas en los accesos a la Provincia de Mendoza.

EN CONSIDERACIÓN Nº 93- Expte. 41328/06 –De Cultura y Educación, en el proyecto de resolución del diputado Bauzá, solicitando al Poder Ejecutivo informe la cantidad, tipo y principales características de los Acuerdos de Hermanamiento celebrados por el gobierno de la Provincia de Mendoza, a lo largo de su historia con ciudades, provincias o regiones del país y del mundo. EN CONSIDERACIÓN Nº 94- Expte. 43098/06 –De Cultura y Educación, en el proyecto de declaración del diputado Montenegro, expresando el deseo que el Poder Ejecutivo realizara las gestiones necesarias para lograr la impresión de la obra del profesor de folklore, Don Osvaldo Rodolfo Zapata, denominada “La Cueca, danza de América”. EN CONSIDERACIÓN Nº 95- Expte.45181/07 –De Hacienda y Presupuesto, en el proyecto de declaración del

diputado Lázaro, expresando el deseo que H. Congreso de la Nación sancionaran una ley reglamentaria para el uso y distribución de los fondos denominados Aportes del Tesoro Nacional (ATN). EN CONSIDERACIÓN Nº 96- Expte. 40313/05 –De Obras Públicas e Infraestructura y de Hacienda y Presupuesto, en el proyecto de declaración del diputado Moyano, expresando el deseo que el Poder Ejecutivo incorporara al Plan de Obras Públicas, la construcción de edificio para residencia de ancianos desvalidos, en el Distrito Costa de Araujo, Departamento Lavalle. EN CONSIDERACIÓN Nº 97- Expte. 41114/05 –De Obras Públicas e Infraestructura y de Hacienda y Presupuesto, en el proyecto de declaración del diputado Serralta, expresando el deseo que el Poder Ejecutivo incorporara en el Plan de Obras Públicas la construcción de un establecimiento escolar, para nivel inicial, EGB 1 y 2, en el Barrio Unión y Fuerza, Departamento Maipú. EN CONSIDERACIÓN Nº 98- Expte. 40929/05 –De Obras Públicas e Infraestructura y de Hacienda y Presupuesto, en el proyecto de declaración del diputado Falcón, expresando el deseo que el Poder Ejecutivo incorporara al Plan de Obras Públicas, el asfaltado de calle Urquiza desde la intersección con calle Morón, hasta la intersección con calle Del Carmen, Distrito Costa de Araujo, Departamento Lavalle. EN CONSIDERACIÓN Nº 99- Expte. 42452/06 –De Obras Públicas e Infraestructura y de Hacienda y Presupuesto, en el proyecto de declaración del diputado Gantus, expresando el deseo que el Poder Ejecutivo incorporara al Plan de Obras Públicas la construcción Aliviador Cloacal del Colector Juan B. Justo hacia el Colector Escorihuela I, Distrito Luzuriaga, Departamento Maipú. EN CONSIDERACIÓN Nº 100 - Expte. 42451/06 –De Obras Públicas e Infraestructura y de Hacienda y Presupuesto, en el proyecto de declaración del diputado Gantus, expresando el deseo que Poder Ejecutivo incorporara al Plan de Obras Públicas, la construcción Red Troncal de Gas Natural en Calle Videla Aranda, Tramo Calle Sarmiento-Calle Santa Fe y construcción de Cámara Reguladora en el Distrito Tres Esquinas, Departamento Maipú. EN CONSIDERACIÓN Nº 101-Expte. 39273/05 –De Obras Públicas e Infraestructura y de Hacienda y Presupuesto, en el proyecto de declaración del diputado Armagnague, expresando el deseo que el Poder ejecutivo incorporara al Plan de Obras Públicas, la

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construcción del Playón Deportivo de la Escuela Manuel Belgrano, del Salto de Las Rosas, Distrito Cañada Seca, Departamento San Rafael. EN CONSIDERACIÓN Nº 102-Expte. 40708/05 –De Obras Públicas e Infraestructura y de Hacienda y Presupuesto, en el proyecto de declaración del diputado Simón, expresando el deseo que el Poder Ejecutivo realizara todos los actos y acciones útiles con el Comando de Veterinaria Remonta del Ejército Argentino a efectos de lograr la construcción de un aeródromo en el Distrito Campo de Los Andes, Departamento Tunuyán. EN CONSIDERACIÓN Nº 103-Expte. 41358/06 –De Obras Públicas e Infraestructura y de Hacienda y Presupuesto, en el proyecto de declaración del diputado Serralta, expresando el deseo que el Poder Ejecutivo incorporara al Plan de Obras Públicas la construcción de carpeta asfáltica en calle Julio Roca, Distrito Coquimbito, Departamento Maipú. EN CONSIDERACIÓN Nº 104-Expte. 40151/05 –De Cultura y Educación y de Legislación y Asuntos Constitucionales, girando al Archivo de la H. Legislatura el Expte. 40151/05, proyecto de ley del diputado Rivas, estableciendo un régimen legal de prevención de la violencia en las escuelas. EN CONSIDERACIÓN Nº 105-Expte. 38701/05 –De Cultura y Educación y de Legislación y Asuntos Constitucionales, girando al Archivo de la H. Legislatura el Expte. 38701/05, proyecto de ley del diputado Rivas, suspendiendo los efectos jurídicos de la Resolución Nº 149/05 emanada de la Dirección General de Escuelas por el ciclo lectivo 2005. EN CONSIDERACIÓN Nº 106-Expte. 30995/02 –De Turismo y Deportes; Derechos y Garantías Constitucionales, Peticiones y Poderes y de Legislación y Asuntos Constitucionales, girando al Archivo de la H. Legislatura el Expte. 30995/02, proyecto de ley del diputado Poblete, creando el Manual de Recomendaciones y Prevención de Accidentes para el Turista. EN CONSIDERACIÓN Nº 107-Expte. 45328/07 –De Cultura y Educación, girando al Archivo de la H. Legislatura el Expte. 45328/07, proyecto de resolución de la diputada Pérez D., declarando de interés de esta H. Cámara la visita del Presidente de la Nación. EN CONSIDERACIÓN Nº 108-Expte. 37786/04 –De Salud Pública, girando al Archivo de la H. Legislatura el Expte. 37786/04, proyecto de ley del diputado Serralta, creando un Comité de Ética Hospitalaria en todos los hospitales

del Sistema Público de Salud. EN CONSIDERACIÓN Nº 109-Expte. 38172/04 –De Salud Pública y de Hacienda y Presupuesto, girando al Archivo de la H. Legislatura el Expte. 38172/04, proyecto de ley del diputado Rodríguez Medina, garantizando el derecho a la salud mental de todas las personas en el ámbito de la Provincia de Mendoza. EN CONSIDERACIÓN Nº 110-Expte. 40709/05 –De Cultura y Educación y de Hacienda y Presupuesto, girando al Archivo de la H. Legislatura el Expte. 40709/05, proyecto de ley de los diputados Niven y Merino, incorporando en las Planillas Analíticas del Plan a ejecutar una partida especial para el sostenimiento del proyecto de investigación “Aula Digital” en el Tercer Ciclo EGB de la Escuela Tomás Alva Edison, de Ciudad Capital. EN CONSIDERACIÓN Nº 111-Expte. 36060/04 –De Cultura y Educación y de Hacienda y Presupuesto, girando al Archivo de la H. Legislatura el Expte. 36060/04, proyecto de ley del diputado Simón, estableciendo que la Dirección General de Escuelas dicte cursos de capacitación en ceremonial y protocolo. EN CONSIDERACIÓN Nº 112-Expte. 36130/04 –De Cultura y Educación y de Hacienda y Presupuesto, girando al Archivo de la H. Legislatura el Expte. 36130/04, proyecto de ley venido en revisión del H. Senado, implementando cursos de enseñanza de los idiomas inglés y portugués para el personal policial en servicio, oficiales y suboficiales, dependientes del Ministerio de Justicia y Seguridad. EN CONSIDERACIÓN Nº 113-Expte. 33843/03 –De Salud Pública; Desarrollo Social; Cultura y Educación y de Hacienda y Presupuesto, girando al Archivo de la H. Legislatura el Expte. 33843/03, proyecto de ley del diputado Parisi, estableciendo integrar al ciudadano con distintas capacidades o problemas de salud al sistema educativo curricular. EN CONSIDERACIÓN Nº 114-Expte. 36570/04 –De Cultura y Educación, girando al Archivo de la H. Legislatura el Expte. 36576/04, proyecto de resolución del diputado Martín, creando una Comisión Especial con el objeto de investigar irregularidades pedagógicas. EN CONSIDERACIÓN Nº 115-Expte. 35159/04 y acumulados –De Obras Públicas e Infraestructura y de Hacienda y Presupuesto, girando al Archivo de la H. Legislatura los Exptes. 35159/04, 35743/04, 35840/04, 36555/04, 36641/04, 37192/04, 39385/05, 39480/05, 39969/05, 40205/05, 40249/05, 40337/05, 40576/05, 40585/05 y 42587/06.

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EN CONSIDERACIÓN Nº 116-Expte. 26944/00 y acumulados –De Derechos y Garantías Constitucionales, Peticiones y Poderes, girando al Archivo de la H. Legislatura los Exptes. 26944/00, 36190/04, 37480/04, 37683/04, 37870/04, 38589/05, 38647/05, 39044/05, 39045/05, 39075/05, 39114/05, 39157/05, 39236/05, 39303/05 y Nota 2647/05, 39306/05, 39360/05, 39462/05, 39495/05, 39577/05, 39578/05, 39616/05, 39624/05, 39676/05, 39975/05, 41135/05, 41175/05 y 41187/05. EN CONSIDERACIÓN Nº 117-Expte. 35138/04 y acumulados –De Derechos y Garantías Constitucionales, Peticiones y Poderes, girando al Archivo de la H. Legislatura los Exptes. 35138/04, 35298/04, 35330/04, 35470/04, 36697/04, 36732/04, 36855/04, 37042/04, 37226/04, 37474/04, 37481/04, 37712/04, 37851/04, 37860/04, 37861/04, 38581/05, 38790/05, 38967/05, 38977/05, 38979/05, 39328/05, 40049/05, 40280/05, 40304/05, 40352/05, 40364/05, 40381/05, 40516/05, 40639/05, 40756/05, 40791/05, 40818/05, 40872/05, 40893/05, 40986/05, 41006/05, 41076/05, 41080/05, 41122/05, 41193/05, 41261/06, 41263/06, 41274/06, 41657/06, 41715/06, 41841/06, 41845/06, 41890/06, 41891/06 y 41956/06. EN CONSIDERACIÓN SR. PRESIDENTE (Marín) - Se va a votar la

alteración del Orden del Día para dar tratamiento a

los expedientes sobre tablas.

- Resulta afirmativa.

III

EXPTE. 45745. MODIFICACIÓN DEL PRESUPUESTO 2007

SR. PRESIDENTE (Marín) - Esta Presidencia propone el tratamiento sobre tablas el expediente 45745, proyecto de ley venido en segunda revisión del Senado, modificando el Presupuesto Provincial

Se va a votar la toma de estado parlamentario y tratamiento sobre tablas del expediente 45745.

- Resulta afirmativa. - El texto es el siguiente:

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS

DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY:

Artículo 1° - Modifícanse los artículos 10 y 11 de la Ley Nº 7377 y sus modificatorias, los que quedarán redactados de la siguiente forma:

“Artículo 10 - La asignación anual por ayuda escolar para la educación inicial, general básica y polimodal consistirá en el pago al trabajador del importe de Pesos doscientos sesenta ($260), que se harán efectivos en dos (2) cuotas iguales: la primera en marzo de cada año o en el que comience el ciclo lectivo, y la segunda en los haberes correspondientes al mes de agosto de cada año. Esta asignación sólo se abonará al trabajador cuyo hijo o hijos concurran regularmente a establecimientos de enseñanza inicial, general básica y polimodal oficiales o fiscalizados oficialmente, que impartan enseñanza sistematizada y que, de acuerdo con las normas vigentes, tengan derecho a percibir la asignación por hijo. La certificación que acredite ser alumno de instituciones donde se impartan las enseñanzas bonificadas por este artículo, deberá presentarse al inicio del ciclo lectivo y al mes de agosto de cada año”.

“Artículo 11 - La asignación anual por ayuda escolar para la educación por hijo con discapacidad consistirá en el pago al trabajador del importe de pesos doscientos sesenta ($260) que se harán efectivos en dos cuotas iguales: la primera en el mes de marzo de cada año o en el que comience el ciclo lectivo, y la segunda con los haberes correspondientes al mes de agosto de cada año, en ambos casos sin límite en función de la remuneración. Esta asignación se abonará por cada hijo con discapacidad, cualquiera sea su edad, si concurre a establecimientos oficiales o privados fiscalizados oficialmente donde se imparta enseñanza sistematizada común o diferencial y que, de acuerdo con las normas vigentes, tenga derecho a percibir la asignación por hijo con discapacidad. La certificación que acredite ser alumno de instituciones donde se impartan las enseñanzas bonificadas por este artículo, deberá presentarse al inicio del ciclo lectivo y al mes de agosto de cada año”. Art. 2° - Autorízase al Poder Ejecutivo a adquirir por un monto de hasta pesos un millón novecientos cincuenta mil ($1.950.000) los inmuebles propiedad de la Orden de los Predicadores de los Padres Dominicos y Orden de Monjas de la Orden de Predicadores Monasterio Nuestra Señora del Rosario de Monjas Dominicas del Borbollón, identificados en los siguientes detalles:

a) Un inmueble ubicado en el Carril Borbollón s/n, Distrito El Borbollón, Departamento Las Heras, inscripto a nombre de la Asociación Orden de Predicadores de Padres Dominicos en la Dirección de Registros Públicos y Archivo Judicial al Número 12.564 Fojas 481 del Tomo 46 B de Las Heras e identificado en la Dirección Provincial de Catastro con Nomenclatura Catastral Nº 03-99-01-0415-240904-0000 con plano Nº 03-22731-Fracción “E” que consta de una superficie según título y mensura de 6 has., 4.554 m² .

b) Un inmueble ubicado en el Carril Borbollón s/n, Distrito El Borbollón, Departamento

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Las Heras, inscripto a nombre de la Orden de Monjas de la Orden de Predicadores Monasterio Nuestra Señora del Rosario de las Monjas Dominicas de El Borbollón en la Dirección de Registros Públicos y Archivo Judicial al Número 20.034 Fojas 125 del Tomo 55 B de Las Heras, e identificado en la Dirección Provi ncial de Catastro con Nomenclatura Catastral Nº 03-99-00-0400-716543-0000 con plano Nº 03-8953 que consta de una superficie según Título de 2 has., 2.549,30 m² y según mensura de 2 has., 1.275,98 m².

Los inmuebles adquiridos serán destinados a dependencias del Servicio Penitenciario Provincial, ajustándose las superficies a los planos de mensura que se realicen. La Escribanía General de Gobierno extenderá las pertinentes escrituras traslativas de dominio. Art. 3° - Facúltase al Poder Ejecutivo a asignar el excedente de recaudación del impuesto a los ingresos brutos para el Ejercicio 2007, neto de participación a municipios, por hasta la suma de pesos nueve millones quinientos mil ($9.500.000), a fin de financiar las erogaciones destinadas a implementar la segunda cuota de la ayuda escolar, según lo establecido en el artículo 1° de la presente ley, para todos los agentes de la Administración Pública Provincial y Municipal. Art. 4° - Facúltase al Poder Ejecutivo a asignar el excedente de recaudación del impuesto a los ingresos brutos para el Ejercicio 2007, neto de participación a municipios, por hasta la suma de:

a) Pesos ocho millones quinientos mil ($8.500.000) para financiar las mayores erogaciones derivadas de la implementación de las medidas establecidas en el artículo 129 de la Ley Nº 7650, modificado por el artículo 3° de la Ley Nº 7666. b) Pesos setecientos mil ($700.000) destinados a financiar las mayores erogaciones relativas al Instituto de Seguridad Pública con motivo del incremento que se produzca en la matrícula de aspirantes a agentes de seguridad. c) Pesos diez millones quinientos mil ($10.500.000) destinados a financiar las mayores erogaciones relativas a la adquisición integral de comparación e identificación balística del sistema de inspección por rayos X móvil, del sistema de emisión de cédulas y certificados de antecedentes policiales, para la implementación del sistema de comunicaciones TETRA y de otros bienes y servicios requeridos en virtud del énfasis impuesto en las políticas de prevención y seguridad. Art. 5° - Facúltase al Poder Ejecutivo a asignar el excedente de recaudación del impuesto a los ingresos brutos para el Ejercicio 2007, neto de participación a municipios, por hasta la suma de Pesos tres millones ($3.000.000) destinados a

financiar las erogaciones del Poder Judicial de la Provincia de Mendoza. Art. 6° - Facúltase al Poder Ejecutivo a asignar el excedente de recaudación del impuesto a los ingresos brutos para el Ejercicio 2007, neto de participación a municipios, por hasta la suma de Pesos un millón novecientos cincuenta mil ($1.950.000) destinados a financiar las erogaciones derivadas de la adquisición referida en el artículo 2° de la presente ley. Art. 7° - Facúltase al Poder Ejecutivo a asignar el excedente de recaudación del impuesto a los ingresos brutos para el Ejercicio 2007, neto de participación a municipios, por hasta la suma de:

a) Pesos doce millones quinientos mil ($12.500.000) destinados a financiar las erogaciones derivadas de la inversión autorizada por Ley Nº 7599, referentes a la construcción del gasoducto Beazley-La Dormida.

b) Pesos cinco millones ($5.000.000) destinados a financiar las erogaciones relativas al traslado de la planta del ISCAMEN, desde Km. 8 al nuevo establecimiento del Departamento Santa Rosa y la producción posible a partir de la mayor capacidad instalada del mismo. Art. 8° - Facúltase al Poder Ejecutivo a incrementar las partidas “Otros Aportes a Municipios” y “Gastos y Comisiones DGR” contra Uso del Crédito a fin de afrontar todas las obligaciones que imponen el cumplimiento del artículo 14 de la Ley Nº 6396 y su modificatoria Ley Nº 7650, artículo 119, para el primer caso; y el pago de los gastos y comisiones bancarias en la Dirección General de Rentas en el segundo de los casos. Art. 9° - Facúltase al Poder Ejecutivo a incrementar hasta la suma de pesos quince millones ($15.000.000) el Presupuesto del Ministerio de Salud en la partida presupuestaria de Bienes Corrientes (41201) contra Uso del Crédito cuando el proyectado supere al crédito vigente en todos los financiamientos. A los fines de su implementación deberá considerarse como base para la comparación del crédito vigente para el Ejercicio 2007 al 22 de junio del corriente año, quedando prohibida para dicho Ministerio la transferencia de créditos desde la partida Bienes Corrientes a cualquier otra partida. Art. 10 - Facúltase al Poder Ejecutivo a incrementar el Presupuesto 2007 de Rentas Generales del Ministerio de Salud en la partida presupuestaria Servicios Corrientes (41301) en la suma de pesos cuatro millones ($4.000.000) contra la mayor recaudación proyectada, de acuerdo al siguiente detalle, en pesos:

HOSPITAL CENTRAL 600.000 HOSPITAL NOTTI 1.200.000

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HOSPITAL SCHESTAKOW 300.000 HOSPITAL PERRUPATO 500.000 HOSPITAL PAROISSIEN 300.000 HOSPITAL PEREYRA 100.000 HOSPITAL GENERAL ALVEAR 100.000 HOSPITAL EL SAUCE 400.000 HOSPITAL SAPORITI 200.000 HOSPITAL SCARAVELLI 300.000

En ningún caso este incremento

presupuestario significará un incremento en las subpartidas: 41308 y 41312 “Servicios personales para prestaciones indispensables” y “Prestaciones de Salud por efectores privados para emergencia”, respectivamente, las que no podrán superar para todo el ejercicio 2007 pesos cinco millones quinientos dieciocho mil ciento ocho ($5.518.108) en la subpartida 41308 y pesos doce millones cuatrocientos cincuenta y un mil ($12.451.000) en la subpartida 41312. El Ministro de Salud será el

responsable del cumplimiento de los límites establecidos en el presente artículo. Art. 11 - Facúltase al Poder Ejecutivo a incrementar el Presupuesto 2007 de Rentas Generales del Ministerio de Salud en la partida presupuestaria Bienes de Capital (51101) en la suma de Pesos dos millones ($2.000.000) contra la mayor recaudación proyectada, de acuerdo al siguiente detalle, en pesos:

HOSPITAL NOTTI 1.500.000 HOSPITAL PERRUPATO 300.000 HOSPITAL PAROISSIEN 200.000

Art. 12 - Facúltese al Poder Ejecutivo a asignar el excedente de recaudación del impuesto a los ingresos brutos para el ejercicio 2007, neto de participación a municipios, por hasta la suma de:

Inc. a) Pesos un millón ($1.000.000), destinado a financiar la construcción de la Escuela N° 4-204 “Miguel Natalio Firpo”, Distrito Eugenio Bustos, Departamento San Carlos; Inc. b) Pesos dos millones ($2.000.000) destinado a financiar la construcción del Hospital Materno Infantil, a ubicarse en el Departamento Las Heras. Art. 13 - Facúltase al Poder Ejecutivo a realizar las modificaciones presupuestarias correspondientes para el efectivo cumplimiento de lo establecido en la presente ley. Art. 14 - A los fines del cumplimiento de la presente ley exceptúase al Poder Ejecutivo de lo establecido en el artículo 46 de la Ley 7314 -de responsabilidad fiscal-. Art. 15 - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DEL H. SENADO, en Mendoza, a los diecisiete días del mes de julio del año dos mil siete. Analía V. Rodríguez Juan Carlos Jaliff Sec. Legislativo Vicegobernador SR. PRESIDENTE (Marín) -Tratándose de una modificación presupuestaria, corresponde poner el Cuerpo en comisión, manteniendo la unidad del debate y las mismas autoridades. Se va a votar.

- Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE (Marín) - Esta Presidencia propone que se tome como despacho del Cuerpo en comisión, el dictado de una resolución aceptando la media sanción venida del Senado. Si no hay oposición, se da por aprobada la resolución mencionada.

Se va a votar. - Resulta afirmativa. - (Ver Apéndice Nº 19)

SR. PRESIDENTE (Marín) - Habiéndose aprobado, se cierra el debate en comisión y volvemos a la sesión ordinaria.

Esta Presidencia propone que se vote la resolución aceptada por el Cuerpo en Comisión.

- Resulta afirmativa. SR. PRESIDENTE (Marín) - Habiendo sido aprobado en general y en particular, pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación

-(Ver Apéndice Nº 1) SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Soria. SR. SORIA (UCR) - Señor presidente: en ese expediente que hemos tratado recién, recuerdo que a pedido del presidente de la Comisión de Hacienda, se nos hizo llegar una nota firmada por el ministro de Salud, Caletti, y el presidente de dicha Comisión pidió que se adjuntara dicha nota, y veo que el expediente no cuenta con la nota... SR. PRESIDENTE (Marín) - Disculpe diputado: en la Comisión de Hacienda y la de Salud, habían decidido convocar al ministro de Salud, a los efectos de aclarar no sólo la nota a que usted hace

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referencia, sino a 2 ó 3 más, donde él hace algunas observaciones con respecto a modificaciones presupuestarias y se iba a hacer una reunión conjunta de las dos comisiones, para discutir este tema en lo que hace puntualmente en lo hace al área de salud, a los efectos de no demorar el tratamiento de esta modificación presupuestaria.

Tiene la palabra el diputado Bianchinelli. SR. BIANCHINELLI (PJ) - Señor presidente: en función de lo que plantea el diputado Soria, esta mañana hemos presentado desde nuestro bloque con la autoría de la diputada Lira Álvarez y la hemos acompañado con algunas firmas más, un proyecto de ley para que sea imputada la plata que pedía al ministro Caletti, a lo cual en el período que corresponda vamos a pedir que se le dé estado parlamentario y preferencia con despacho de comisión, también vamos a pedir la acumulación de la nota que había elevado el ministro. Entendiendo, como lo discutíamos en Labor Parlamentaria, que con el despacho que viene del Senado o insistimos con el de Diputados, hemos acordado acompañar las modificación que vine de Diputados, los 2.000.000 de pesos para el micro hospital de Las Heras y 1.000.000 de pesos para el micro hospital de San Carlos.

Como no se pueden hacer modificaciones presentamos un proyecto de ley y tendremos tiempo para juntarnos con el ministro y debatir el tema.

IV

EXPTE. 46021. INCORPORACIÓN A PLANTA PERMANENTE DEL ISCAMEN

SR. PRESIDENTE (Marín) - En consideración el tratamiento sobre tabas del expediente 46021, en el que el Poder Ejecutivo remite, observada la sanción de la Ley 7727.

- Se va a votar. - Resulta afirmativa. - (Ver Apéndice Nº 20)

SR. PRESIDENTE (Marín) - Esta presidencia propone que se acepte el veto remitido por el Poder Ejecutivo.

- Se va a votar. - Resulta afirmativa. - (Ver Apéndice Nº 21)

V

EXPTE. 46020. PROGRAMA DE ERRADICACIÓN

-MOSCA DE MEDITERRÁNEO-

SR. PRESIDENTE (Marín) - En consideración el tratamiento sobre tablas del expediente 46020.

- Se va a votar. - Resulta afirmativa. - El texto es el siguiente:

- Consultar Asuntos Entrados Nº 7 SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Arenas. SR. ARENAS (PD) - Señor presidente: este proyecto tiene un solo artículo en el que se hace referencia a un anexo, solicito ver el anexo para saber si es el mismo que había votado esta Cámara oportunamente. SR. PRESIDENTE (Marín) - Es el mismo anexo de la sanción, en el que se incluyen a las 29 personas que estaban trabajando.

Tiene la palabra el diputado Serrano. SR. SERRANO (UCR) - Señor presidente: quisiera saber si se ha consultado con el autor del proyecto. SR. PRESIDENTE (Marín) - No es una modificación, sino una observación, en el Decreto 560/73 con respecto a la forman de ingreso y el escalafón del empleado público.

- Tiene la palabra el diputado Serrano. SR. SERRANO (UCR) - Señor presidente: solicito un cuarto intermedio de 1 minuto en las bancas. SR. PRESIDENTE (Marín) - Presidencia hace suyo el pedido de cuarto intermedio.

- Así se hace, a las 12.45. - A las 12.47, dice el

SR. PRESIDENTE (Marín) - Se reanuda la sesión, en consideración en general el expediente 46020, por secretaría se tomará la votación nominal.

- Votan por la afirmativa los siguientes

diputados: Arenas, Bianchinelli, Blanco, Canal, Castellano, Casteller, Cazzoli, Díaz, Gantus, Lazaro, Marín, Martínez, Martini, Mayorga, Merino, Millán, Monserrat, Montenegro, Morales, Oldrá, Petri, Recabarren, Romero, Serrano, Sfreddo, Soria, Tornello, Vietti y Vilches. SR. PRESIDENTE (Marín) - 30 votos por la afirmativa, por lo que resulta aprobado.

Corresponde su tratamiento en particular. Por Secretaría se enunciará su articulado. Artículo que no sea observado, se dará por aprobado.

- Se enuncia y aprueba sin observación el Art. 1º.

- El Art. 2º es de forma. SR. PRESIDENTE (Marín) - Habiendo sido aprobado en general y en particular, pasa a la Cámara de Senadores en revisión.

- (Ver Apéndice Nº 3)

VI

EXPTE. 45967. ADHIRIENDO LEY 26160.

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-EMERGENCIA PROPIEDAD COMUNITARIA INDÍGENA

SR. PRESIDENTE (Marín) - Corresponde considerar el tratamiento sobre tablas del expediente 45967.

Tiene la palabra el diputado Tornello. SR. TORNELLO (PJ) - Señor presidente: básicamente la adhesión a esta ley por parte de la Provincia de Mendoza, resulta importante, teniendo en cuenta que contamos en la Provincia con más de 13 comunidades aborígenes, que están dispersas en gran parte del territorio provincial, fundamentalmente en Lavalle.

La Ley 26160, que ha sido aprobada el año pasado en el Congreso Nacional, determina que exista una emergencia en las tierras que están ocupadas por estas comunidades y fija un fondo de 30.000.000 de pesos, distribuido en 3 ejercicios consecutivos para el trabajo de relevamiento de cada una de estas comunidades y de los ocupantes y puesteros que existan en esos territorios.

Es importante contar con esos recursos, fundamentalmente para el departamento de Lavalle, que cuenta con 11 comunidades aborígenes, porque así se podrá realizar el relevamiento en una extensión de 10.000 km2 y poder otorgarles la propiedad de las tierras.

Por eso es importante aprobar esto. La semana próxima voy a presentar un proyecto de declaración en donde el Poder Ejecutivo involucra a los municipios en donde existen estas comunidades, Lavalle, Las Heras, Malargüe, para que participen de esta unidad de gestión que prevé la ley que se cree y que va a tener entre sus componentes un representantes del gobierno provincial, la DOADU, un representante del Consejo de Participación Indígena y un representante de la Universidad Nacional de Cuyo a los fines de realizar este trabajo de relevamiento para que en un lapso no mayor de tres años este tema se resuelva en forma definitiva. SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Ligonié. SR. LIGONIÉ (PD) - Señor presidente: sin perjuicio de los fundamentos expresados, consideramos que declarar una emergencia o adherir a una emergencia en este tema, nos lleva a ser un poco cautelosos y ver la necesidad de que haya un análisis más profundo y detallado sobre la conveniencia de la competencia de la Provincia de Mendoza por la situación real de las comunidades indígenas.

En razón de ello y sin que esto signifique obstaculizar, muy por el contrario, es clarificar la posición de la Cámara en este tema, es que voy a solicitar que previo a expedirse el Cuerpo, sea girado este proyecto a la Comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales. SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Petri.

SR. PETRI (UCR) - Señor presidente: desde el bloque de la Unión Cívica Radical vamos a adherir a la presente ley, porque creemos en el reconocimiento a los derechos de los pueblos originarios aborígenes, poner claridad en relación a la situación dominial de sus tierras, determinar con precisión cuáles son las tierras que corresponden a estas 13 comunidades que habitan el suelo mendocino. SR. PRESIDENTE (Marín) -Tiene la palabra el diputado Arenas. SR. ARENAS (PD) - Señor presidente: este tema involucra una gran cantidad de intereses, es un tema discutido en los tribunales de la Provincia y de la Nación, no es un tema menor.

Nosotros pedimos, y no es porque estemos en contra de los derechos de estas comunidades, por el contrario, pero se trae a consideración de esta Cámara en un tratamiento sobre tablas la adhesión a una ley nacional que está diciendo que va a suspender el efecto de sentencias judiciales que ya han sido establecidas y resueltas.

La Provincia de Mendoza también ha legislado en este tema. Hemos citado y la Legislatura ha sancionado leyes en función del tratamiento específico de este tema.

Pedimos que en el seno de la Comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales se pueda hacer una evaluación comparada de la legislación nacional que aquí se pide la adhesión, para ver si corresponde o no hacer alguna salvedad con respecto a la legislación ya sancionada por la Legislatura.

Por ello, es que nosotros pedimos que esto sea tratado con el más profundo estudio en la comisión. Este es un tema de larga data y evidentemente los estudios ya existen. SR. PRESIDENTE (Marín) - Se va a votar el tratamiento sobre tablas del proyecto contenido en el expediente 45967.

- Resulta afirmativa. - (Ver Apéndice Nº 23) - (Consultar Apéndice Nº 4)

SR. PRESIDENTE (Marín) - Se va a votar la moción del diputado Arenas, que el expediente 45967 vaya a la Comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales.

- Rechazado. Se va a votar en general. Por Secretaría se tomará votación nominal. - Votan por la afirmativa los siguientes

diputados: Bianchinelli, Blanco, Carballo, Castellano, Ciurca, Díaz, Gantus, Gómez, Lazaro, Marín, Martínez, Mayorga, Merino, Millán, Monserrat, Montenegro, Oldrá, Pérez María Cristina, Petri, Recabarren, Romero, Sfreddo, Soria, Tornello, Vicchi, Vietti y Vilches.

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- Votan por la negativa los siguientes diputados: Arenas, Canal, Casteller, Dalla Cía y Ligonié. SR. PRESIDENTE (Marín) - Ha resultado aprobado en general con 27 votos por la afirmativa y 5 por la negativa.

Corresponde su tratamiento en particular. Por Secretaría se enunciará su articulado. Artículo que no sea observado, se dará por aprobado.

- Se enuncia y aprueba sin observación el Art. 1º.

- El Art. 2º es de forma. SR. PRESIDENTE (Marín) - Habiendo sido aprobado en general y en particular, pasa en revisión al Senado. - (Ver Apéndice Nº 4)

VII

EXPTE. 45745.

AYUDA ESCOLAR ANUAL SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el

diputado Ciurca.

SR. CIURCA (PJ) - Señor presidente: brevemente, porque he visto en el Orden del Día se puso en primer lugar para ser considerado el expediente 45745 del Poder Ejecutivo.

Quiero hacer dos agradecimientos en función de lo votado al artículo 12 que tiene relación directa para la construcción del microhospital de Las Heras.

El primer agradecimiento a esta Honorable Cámara que aprobara en el corriente el expediente 43859 por unanimidad y este expediente incluía 2.000.000 de pesos para iniciar la primera etapa y poder inaugurar el microhospital en el primer semestre del próximo año.

En segundo lugar, agradecer al bloque de Senadores Justicialista Frente para la Victoria, porque el 16 envié una nota a su presidente, senador Raúl Guerra, solicitándole se incluyeran los 2.000.000 de pesos en el expediente mencionado, pedido que fundamenté en dos puntos que quiero recalcar.

El primero de ellos que, más allá de lo publicado en los medios, este proyecto, y es importante que quede asentado en el Diario de Sesiones, data del año ’98, a partir de la ordenanza número 40 del mismo año y de autoría de quien habla, concejal de Las Heras en esos años. Esta situación, que no se ha hecho pública en los medios, conlleva también que se le impusiera el nombre de Eva Perón al microhospital, tan simple, que el Hospital Lagomaggiore atiende 9.000 partos anuales y casi el 50% provienen de madres de Las Heras.

Este microhospital va a atender situaciones y casos de mamás embarazadas y niños hasta un año de edad, el proyecto consta de 3.500 metros

cuadrados de superficie y va a atender gente de las zonas de El Pastal, Borbollón, El Resguardo, Panquehua, Plumerillo, etcétera.

Va a funcionar regionalmente, atendiendo situaciones de baja y media complejidad de partos de zonas de Lavalle y departamentos límites con la Provincia de San Juan.

Consideramos que el esfuerzo que se ha hecho en Las Heras no ha sido suficiente, si bien contamos con Centros de Salud y postas sanitarias, el esfuerzo mayor lo ha hecho el municipio y se lo expresamos al Ministro de Salud ya que revisando las estadísticas, hemos visto que los centros de salud en Las Heras siguen siendo lo mismos de los últimos 10 años. El municipio atiende a 72.300 prestaciones anuales y las postas sanitarias y los centros de salud cuenta con 73 profesionales contratados por el municipio, y este proyecto viene a intentar para atender una red coordinada con cada centro de salud.

Para finalizar, esta obra de casi de 3.500.000 de dólares va a brindar servicio también al gran Mendoza, considerando que contará con consultorios externos, sectores de diagnósticos y tratamiento, áreas de emergencias, guardias de partos y esto caracteriza a lo que llamamos a la emergencia en zonas de guardia, en donde luego de la estabilización se van a realizar las derivaciones de acuerdo a los casos atendidos, así también la internación de partos, situaciones de alta complejidad, serán derivados al Hospital Lagomaggiore.

Quiero decir que esto que se plantea como una discusión por los medios, quiero decir que este es el resultado de un pedido de todos los lasherinos y demandas que ha recibido en los últimos años el municipio, de cada vecino que ha tenido que asistir al hospital público para recibir asistencia en el desborde de la falta de capacidad de atención, y quiero recalcar también que la autoría de la ordenanza, previa a la Ley Provincial aprobada en el ‘99, es de quien habla y reitero es la número 40 del año ’98, de cuando este legislador era concejal, pero más allá de que continúe esta discusión, causa desagrado ver que incluso algunos funcionarios del gobierno de la Provincia quieren atribuirse méritos y compromisos que no tienen y que no mostraron en los últimos años, porque los centros de salud en Las Heras, han disminuido en la atención y la 73.000 atenciones anuales la presta y la solventa con las arcas el municipio de Las Heras con los recursos de todos los lasherinos.

VIII

EXPTE. 45429. PROGRAMA MEJORAMIENTO BARRIAL

-PROMEBA.- SR. PRESIDENTE (Marín) - Se va a poner en consideración el expediente 42429 y su acumulado, proyecto de ley regulando la situación de los loteos y fraccionamiento de los barrios PROMEBA.

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Tiene la palabra el diputado Dalla Cía SR. DALLA CIA (PD) - Señor presidente: me parece que hay una equivocación en el número 42429. SR. PRESIDENTE (Marín) - Sí, diputado hay un error tipográfico. Es el número 45249 y 45454. En consideración el tratamiento sobre tablas del citado expediente y su acumulado. Se va a votar.

- Resulta afirmativa. - (Ver Apéndice Nº 24)

SR. PRESIDENTE (Marín) - En consideración en general con votación nominal por Secretaría.

Tiene la palabra el diputado Dalla Cía. SR. DALLA CIA (PD) - Señor presidente: habiendo hecho un estudio sobre el proyecto de ley presentado, y sobre algunos antecedentes del PROMEBA que existen en la Comisión de Obras Públicas, voy a solicitar que el mismo sea girado a la Comisión de Obras Públicas y que hagamos un tratamiento más profundo sobre algunas actitudes a tener en cuenta, en base a algunos artículos del proyecto. SR. PRESIDENTE (Marín) - En consideración la moción del diputado Dalla Cia, en el sentido que la explicitó.

- Se vota y dice el SR. PRESIDENTE (Marín) - Rechazada la moción. Por Secretaría se procederá a la votación en general con carácter nominal.

- Votan por la afirmativa los siguientes

diputados: Bianchinelli, Blanco, Carmona, Castellano y Ciurca.

- Votan por la negativa, los siguientes

diputados: Arenas y Casteller. - Al requerírsele el voto, dice el

SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Dalla Cía. SR. DALLA CIA (PD) - Señor presidente: es para fundamentar el voto por la negativa.

Cuando hablo de antecedentes del PROMEBA en la Comisión de Obras Públicas, estoy hablando de un compromiso que se tiene que hacer cargo de los fondos provenientes de la Nación, se tiene que hacer cargo el Gobierno Provincial de más de 4.000.000 de pesos, por la mala obra o por el mal cumplimiento de algunas empresas en el Departamento San Martín, a través del Fondo del PROMEBA, con un explícito compromiso por parte del Estado, donde emite un Acta Compromiso, que solicito permiso para darla a conocer y dice así: “Acta Compromiso. En la Ciudad de Mendoza, a 9 días de enero del 2007. El que suscribe la presente, profesor Sergio Damián Pinto, en mi carácter de

ministro de Desarrollo Social, se dirige a los vecinos de Villa Obrera del Distrito Palmira, con el objeto de comprometer de este Ministerio lo siguiente:

El reinicio de las obras actualmente paralizadas para el 17 de enero de 2007, las mismas serán ejecutadas por los actuales subcontratistas.

En caso de paralizarse nuevamente las obras, se garantiza la finalización de las mismas con recursos de PROMEBA o con recursos del Gobierno Provincial, y con la participación de otra empresa.

Cordialmente, le saluda con atenta consideración”. Esto es lo que le significa al Estado, arriba de 4.000.000 de pesos, del compromiso emitido en aquel tiempo por un fondo del PROMEBA. Por eso, es que solicitaba que vuelva el proyecto de ley a comisión para tratar estos en más profundidad, mi voto es por la negativa. SR. PRESIDENTE (Marín) - Por Secretaría se prosigue con la votación en general, con carácter nominal.

- Votan por la afirmativa los diputados: Díaz, Ficarra, Gantus, Gómez, Lazaro, Lira Álvarez, Marín, Martínez, Martini, Millán, Monserrat, Montenegro, Morales, Pérez Delia, Pérez Cristina, Petri, Piedrafita, Recabarren, Romero, Serrano, Sfreddo, Simón, Soria, Tornello, Vicchi, Vietti y Vilches.

- Votan por la negativa los diputados Ligonié. SR. PRESIDENTE (Marín) - La votación arrojó el siguiente resultado: treinta y dos (32) votos por la afirmativa y cuatro (4) votos por la negativa.

En consecuencia ha quedado aprobado el proyecto en general.

Corresponde su tratamiento en particular. Por Secretaría se enunciará su articulado.

Artículo que no sea observado, se dará por aprobado.

- Se enuncian y aprueban sin observación los Arts. 1º al 9º inclusive.

- El Art. 10 es de forma. SR. PRESIDENTE (Marín) - Habiendo sido aprobado en general y en particular, pasa al Honorable Senado en revisión. - (Ver Apéndice Nº 5)

SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra la diputada Monserrat. SRA. MONSERRAT (UCR) - Señor presidente: es para aclarar a esta Cámara, dado que no todos han tenido tal vez acceso a leer del proyecto, y para aclarar los puntos, porque es muy importante, no solamente para el Gobierno sino para aquellas familias que hoy viven en asentamientos irregulares, asentamientos que fueron formados espontáneamente por ellos, porque no tenían donde vivir.

Esto está dentro de una política de inclusión social que tanto el Gobierno provincial como el

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nacional deciden crear estos programas que son total o parcialmente subsidiados con créditos del BID.

Este proyecto es necesario y voy a explicar dos cosas.

Por el año 2003 comenzó el Programa PROMEBA, que es un programa de mejoramiento barrial para aquellos asentamientos que o tenían acceso a servicios y urbanización. La Ley 7050, que permitía la regularización dominial y escrituración de estos terrenos a sus poseedores ha caducado en sus plazos, en consecuencia y existiendo una ampliación del crédito que daría origen al programa PROMEBA 2, al programa de construcción de viviendas “Mejor Vivir”, que permite que la gente pueda ampliar y mejorar sus viviendas; al plan federal de viviendas y existe, y así se pactó, una exigencia que es la culminación de este programa que es lograr la escrituración y regularización dominial y catastral de estos terrenos o lotes a sus ocupantes. Esta ley permitirá que los nuevos barrios que presentan las intendencias de los distintos departamentos, puedan acceder a esta titularidad que es una exigencia y más allá de ser una exigencia, creo que tiene muchos puntos que vale la pena que nosotros consideremos. Cuando no se ha trabajando en estos programas, cuando no se ha estado dentro de estos barrios uno no comprende las dificultades y lo importante que es para esta gente tener esta regularización. ¿Por qué es importante? En primer lugar porque favorece el congelamiento de la zona, ustedes se imaginan que cuando el terreno es de nadie tenemos 100 familias y en poco tiempo podemos tener 1.000 familias y todas conviviendo en muy malas condiciones. Favorece la autoconstrucción, cuando tengo la propiedad puedo mejorar la vivienda. Favorece el saneamiento del financiamiento público porque esta gente entra en el mercado normal, tiene regularizada su situación y va a comenzar a pagar sus servicios y sus impuestos. Favorece que tengan los servicios indispensables de agua y cloacas que, en muchos casos, no los tienen; que tengan urbanizado, que tengan veredas, que tengan calles transitables y además permite que el mismo departamento, teniendo regularizados estos barrios que entran dentro de lo que es el ejido urbano, puedan terminar de desarrollar urbanísticamente los departamentos. En el proyecto de ley presentado por quien habla y por el diputado Vilches, el artículo 7º fue modificado en la Comisión de Hacienda, dado que permitía no pagar algunos impuestos y ahí se habían colocado tasas municipales, no podemos legislar sobre eso, así que se puso el artículo que tenía el diputado Vilches. Se agregó otro artículo, a pedido de uno de los integrantes de la Comisión de Ambiente, donde incluye o da un plazo de un año de vigencia para esta ley; dijimos que estaba bien ponerle un plazo. Cuando uno está dentro de un barrio donde vive gente, donde hay niños, donde cada uno se apropia de un lote, tiene muchos inconvenientes. ¿Cómo se presenta esto en

Catastro? ¿Cómo se presenta la Comisión de Loteo? Hay que hacer un relevamiento, lote por lote, y hay que hacer un trabajo social que es muy intenso y muy importante, porque muchas veces en lotes aledaños, entre vecinos discuten si el lote termina en esta maceta o en la otra maceta y el otro dice que a la maceta la puso él, entonces se suelen crear conflictos. El PROMEBA se encarga de resolver todos estos conflictos y dificultades, por lo cual es un trabajo largo y laborioso, si no aprobáramos esta ley que para la gente que está trabajando en el PROMEBA es importante y es urgente, los nuevos barrios que hoy están presentando los municipios para hacer la regularización, no podrían ser escriturados porque al ser estos lotes asentamientos espontáneos de la gente, no cumplen con todas las reglamentaciones y principalmente con la Ley de Loteo. Creo que actuamos en forma correcta, incluyendo socialmente a estos barrios, regularizándoles, dándoles un servicio, no nos olvidemos que es gente que vive en la Provincia y que tuvo que tomar estos lotes, donde hace muchos años viven allí y tienen el mismo derecho a los servicios y a la infraestructura como el resto de los mendocinos. SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Arenas. SR. ARENAS (PD) - Señor presidente: sin ánimo de polemizar me hubiera gustado que estos argumentos se hicieran previos al debate de la ley y no con la ley aprobada. Quiero señalarle a la diputada preopinante, que por supuesto ella no desconoce, que esta Legislatura ha hecho excepciones a la Ley de Loteo y las ha hecho específicamente en cada caso, la Ley 7050, la 7646, la 7655 son todas leyes que se han hecho para cada uno de estos lugares, estos asentamientos o barrios de la Provincia de Mendoza que tiene estos problemas específicamente. Lo que acá estamos haciendo es generalizar y no es bueno porque la Ley de Loteos de la Provincia de Mendoza que, por supuesto, tiene sus defectos y merece a lo mejor la consideración y a lo mejor deberemos modificar algunos de sus artículos, pero la Ley de Loteos es sabia porque lo que protege es la dignidad y no es posible que tengamos la posibilidad de que a todos estos asentamientos o que haya gente que pueda instalarse en cualquier parte, que por el solo hecho de que el municipio que tiene, o estaría incluido, o podría estar incluido, entonces tiene el acceso a violar o a mantenerse al margen de esta sabia Ley de Loteos que tiene la provincia de Mendoza, que en definitiva lo único que intenta es proteger la dignidad de todos y cada uno de los habitantes de esta Provincia. Por lo tanto, este ha sido el sentido del voto negativo de este bloque que, en definitiva, lo que pretende es que a toda esta gente que tiene problemas de viviendas, por la vía que corresponda se le proceda de inmediato a producirle las soluciones que le corresponden a cada uno en relación a las viviendas.

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No creemos que sea razonable generalizar la excepción porque estamos perdiendo de vista cuál es el fin último del legislador que es mantener ordenado el crecimiento urbano de la provincia de Mendoza, que lo han caracterizado siempre, que esto se ha mantenido; si esto es así yo, evidentemente, no me puedo oponer a darle soluciones puntuales a los barrios de Godoy Cruz, el barrio Campo Papa, Capitán Sarmiento, todos los barrios que están en el Oeste, por supuesto, a los cuales tenemos que darle soluciones, pero no es por la vía de la generalización sino por la vía de la excepción.

Hace muchos años que se está discutiendo esto en los departamentos donde existen estos tipos de asentamientos y no se hace nada y lo que está pasando es que existen los fondos, están al alcance y se pueden aplicar de inmediato. Por ello este bloque vota negativo este proyecto. SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra la diputada Monserrat. SRA. MONSERRAT (UCR) - Señor presidente: es para hacerle una aclaración al diputado preopinante, estamos confundiendo. Le voy a contar al diputado que a la Comisión de Ambiente entró la prórroga de los loteos clandestinos y la comisión se opuso y no sacó esa ley, justamente porque consideramos que estaba generalizando y que esto iba a llevar a que aquellos barrios que fueron mal entregados, en la política de vivienda descentralizada, fueran incluidos y fueran aprobados cuando no era la culpa de la gente; la culpa fue los que hicieron el barrio, lo hicieron mal, no realizaron la urbanización y nunca le dieron el dominio. Nosotros nos opusimos a ampliar nuevamente el tema del loteo clandestino. Esto es algo absolutamente distinto; son barrios, es cosa hecha, no es algo que vamos a hacer nuevo.

Le quería aclarar al diputado que respecto de esas leyes que él mencionó, nosotros nos opusimos; lo que estamos haciendo es, en aquellos asentamientos que merecen, por su emplazamiento, por su disposición, que los poseedores que hace muchos años que están en el terreno, puedan regularizar su situación. Y ese en ese caso que necesitamos esta ley; no es generalizada y no arregla los problemas anteriores. SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra la diputada Sfreddo. SRA. SFREDDO (PJ) - Señor presidente: es para aportar dos conceptos. Uno, en un total acuerdo con la diputada preopinante, porque como ella bien lo expresó, la esencia del proyecto es ayudar a la gente que vive en estos terrenos y los que conocemos estos lugares, sabemos de esta necesidad, de ayudarlos a regularizar la documentación respectiva y pido que por su intermedio tratemos de agilizar la respuesta.

Desde la Comisión de Obras citamos a la gente de PROMEBA y del Instituto Provincial de la

Vivienda, como lo dijo recién un diputado preopinante, por esta gente de Villa Obrero, que fue muy afectada por las acciones de la Empresa Andar Sociedad Anónima y que están esperando una respuesta para arreglar lo que la empresa destruyó.

Le pido, señor presidente que, a través de esta Honorable Cámara agilice la respuesta que pueda dar PROMEBA a la Comisión de Obras. SR. PRESIDENTE (Marín) - En consideración el tratamiento sobre tablas del expediente.

Tiene la palabra el diputado Bianchinelli. SR. BIANCHINELLI (PJ) - Señor presidente: es para solicitar un cuarto intermedio de un minuto en las bancas. SR. PRESIDENTE (Marín) - Presidencia invita al Cuerpo a pasar a un cuarto intermedio de un minuto.

- Se pasa a cuarto intermedio, a las 13.34. -A las 13.36, dice el

IX

EXPTE. 45582. APROBANDO PRESUPUESTO ANUAL

DE GASTOS DEL EPRE SR. PRESIDENTE (Marín) - Se reanuda la sesión.

Se va a votar el tratamiento sobre tablas del expediente 45582.

- Resulta afirmativa. - (Ver Apéndice Nº 25) SR. PRESIDENTE (Marín) - En consideración en general el expediente 45582.

Tiene la palabra el diputado Bianchinelli. SR. BIANCHINELLI (PJ) - Señor presidente: el expediente tiene despacho firmado de comisión, por lo que voy a solicitar que el mismo tome estado parlamentario. SR. PRESIDENTE (Marín) - Se va a votar la toma de estado parlamentario del despacho de la Comisión de Hacienda, contenido en el expediente 45582.

- Resulta afirmativa. - (Ver Apéndice Nº 25) - El texto del despacho de la Comisión de

Hacienda, es el siguiente:

DESPACHO DE COMISIÓN

Expte. 45582/07 H. Cámara:

Vuestra Comisión de HACIENDA Y PRESUPUESTO, ha considerado el proyecto de ley, venido en revisión del H. Senado, mediante el cual “APRUÉBASE EL PRESUPUESTO ANUAL DE GASTOS Y CÁLCULO DE RECURSOS PARA EL EJERCICIO 2007 DEL ENTE PROVINCIAL

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REGULADOR ELÉCTRICO (EPRE)“, y por las razones que dará el miembro informante, os aconseja prestéis sanción favorable al siguiente PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS

DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY: Artículo 1º - Apruébase el Presupuesto Anual de Gastos y Cálculo de Recursos para el Ejercicio 2007 del Ente Provincial Regulador Eléctrico (EPRE), que como Anexo integra la presente ley. Art. 2º - Autorízase al Directorio del EPRE a realizar las reestructuraciones que considere conveniente en los créditos de partidas principales presupuestarias mientras no se altere el total de las erogaciones fijadas, con las siguientes limitaciones:

A) Personal:

1 - Los créditos de la partida de personal podrán transferirse a otro destino cuando el Directorio resuelva suprimir las vacantes que se produzcan durante el ejercicio.

2 - No podrá incrementarse el gasto autorizado de la partida de personal salvo para: a) aumentos y/o variaciones de alícuotas de contribuciones patronales o seguros contratados para el personal, en el marco de la legislación vigente; b) atender a costos patronales originados en el cumplimiento de los convenios colectivos en vigencia que no impliquen modificaciones en las escalas salariales ni incrementos en los cargos autorizados.

3 - Se podrán realizar todas las modificaciones necesarias de las estructuras y cargos previstos en el presente presupuesto

mientras no se incremente el total de cargos y el crédito autorizado para la partida de Personal, salvo lo indicado en el inciso anterior. Los nombramientos en la partida de Personal deberán contar con el cargo vacante y los créditos previstos para el año.

B) Locaciones de Obra y/o Servicios: Los créditos de este rubro dentro de la partida principal de Servicios Corrientes podrán incrementarse sólo en la medida que ingresen aportes no reintegrables de Entes Públicos o Privados, Provinciales, Nacionales o Internacionales destinados a tal fin. Las contrataciones de Locaciones de Servicios con cargo a esta partida originará el cómputo anual de los usos a los que se decida aplicar independientemente del momento o período que abarque la prestación.

C) No podrán transferirse a la partida de Erogaciones Corrientes los créditos asignados a Erogaciones de Capital. Art. 3º - Autorízase al Directorio del EPRE disponer aumento del Cálculo de Recursos y, consecuentemente en igual medida, las partidas de erogaciones que considere conveniente, con las limitaciones del artículo anterior, para desarrollar las políticas institucionales manteniendo el equilibrio presupuestario, siempre que durante el Ejercicio la recaudación obtenida supere el cálculo previsto en el presente Presupuesto 2007. Art. 4º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Sala de Comisiones, 26 de junio de 2007.

Rosa Lira Álvarez, Daniel Vilches, Alexander Maza, Liliana Vietti, Guillermo Merino, Eduardo Bauzá, Humberto Montenegro, Jorge Carballo, Alberto Recabarren, Juan Gantus, Roberto Blanco, Roberto Pradines, Alberto Sánchez

ANEXO I

ENTE PROVINCIAL REGULADOR ELÉCTRICO

Presupuesto 2007 RECURSOS CORRIENTES $7.011.824 Tasa de Fiscalización y Control Art. 63 Ley 6497 $6.889.424 Otros Ingresos $122.400 Financiamiento Aportes no Reembolsables $1.462.200 Aportes para control FPCT $0 Aportes para renegociación de contratos $0 Saldo no comprometido ejercicio anterior $1.462.200

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TOTAL RECURSOS $8.474.024

EROGACIONES CORRIENTES $7.806.804 Personal $6.022.106 Bienes Corrientes $116.752 Servicios Corrientes $1.667.946 Servicios Generales $1.172.346 Locación de Obras y Servicios $ 495.600 EROGACIONES DE CAPITAL $667.220 Bienes de Capital $612.220 Muebles y útiles $7.920 Equipos $513.790 Rodados $60.000 Material Bibliográfico $30.510 Instalaciones $55.000 Instalaciones $55.000 Inmuebles $0 Inmuebles $0 TOTAL EROGACIONES $8.474.024 SR. PRESIDENTE (Marín) - Habiendo tomado estado parlamentario el despacho de la Comisión de Hacienda, por el cual se acepta la media sanción del Senado al Presupuesto del EPRE.

Tiene la palabra el diputado Casteller. SR. CASTELLER (PD) - Señor presidente: teniendo presente que en su momento la comisión del Senado, investigó al presidente del Directorio del EPRE e hizo una serie de consideraciones a las que el gobernador no le dio mayor importancia y, sabiendo que tampoco está conformado el Directorio en forma legal, en razón que uno de los directores del EPRE, que en el Senado obtuvo mayor cantidad de bolillas negras, en ese sentido tenemos directores interinos que estarían cubriendo al Ente en lo que corresponde como directores legales, nombrados como marca la ley correspondiente y en ese sentido entiendo y quiero que quede constancia de mi voto negativo a este proyecto. SR. PRESIDENTE (Marín) - Presidencia dispone un cuarto intermedio de 5 minutos.

- Se pasa a cuarto intermedio, a las 13.38. - A las 13.48, dice el

SR. PRESIDENTE (Marín) - Se reanuda la sesión.

Tiene la palabra el diputado Vicchi. SR. VICCHI (UCR) - Señor presidente: nos parece que sería prudente, antes de tratar el siguiente proyecto de ley, dejar en claro que la Cámara de Diputados, tiene por el Artículo 74 inciso uno, la facultad de tratamiento de leyes que tengan que ver con impuestos y con el presupuesto; como ésta afecta al presupuesto de la Provincia de un ente

provincial, al aprobarse en el recinto de la Cámara de Diputados, debería considerarse que es la Cámara iniciadora y volver a la Cámara de Senadores para su revisión como que es una sanción originaria.

Caso contrario, estaríamos aceptando sanciones o intervención primaria de la Cámara de Senadores, en leyes en las cuales no puede tener iniciativa. SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Piedrafita. SR. PIEDRAFITA (ARI) - Señor presidente: sobre la aprobación del presupuesto del EPRE.

En primer lugar, me parece fuera de término la aprobación, porque han transcurrido ya 7 meses del año. El presupuesto del EPRE debería estar ejecutado en su mayoría.

En segundo lugar, tiene una serie de cláusulas que también hacen poco útil la aprobación de este presupuesto.

El Art. 2°, dice: “Se autoriza a realizar las estructuraciones que se consideren convenientes en los créditos en partidas principales presupuestarias mientras no se altere el total”.

El Art. 3°, dice: “Se autoriza al Directorio del EPRE a disponer aumento del cálculo de recursos y consecuentemente la partida de erogaciones que considere conveniente, etcétera”. Podríamos agregarle esto que tampoco tiene sanción, ningún tipo de sanción que se violen las pocas restricciones o limitaciones que le estamos poniendo.

La verdad, a lo que agregó el diputado Casteller, que el directorio no está constituido como

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se desearía. Hace que la aprobación de la Cámara sea bastante imperfecta, no está para que se apruebe.

Si queremos aprobar los presupuestos de los entes de control debería ser a principio de año o a fin del año anterior en forma paralela al presupuesto de la Provincia, y también no dar posibilidades de modificaciones presupuestarias tan amplias como las que se dan en estos proyectos que al final hacen que lo que se apruebe sea de escasísima eficacia o sirva de un modo de control para el organismo externo. SR. PRESIDENTE (Marín) - Con las observaciones hechas por el diputado Vicchi, se va a votar el despacho emitido por la Comisión de Hacienda y Presupuesto.

- Resulta afirmativa. SR. PRESIDENTE (Marín) - Habiendo sido aprobado ...

Tiene la palabra el diputado Vilches. SR. VILCHES (UCR) - Señor presidente: es para solicitar la consideración de la Cámara se dé preferencia con despacho para la próxima sesión al expediente 46014, referido al tema de la DINAADyF.

Tiene mucha importancia que le demos esa preferencia y que lo tratemos, porque se trata de un remanente de la regularización que esta misma Cámara le solicitó al ministro de Salud y al ministro de Desarrollo Social de aquella gente que viene desde hace tiempo con contrato de locación y que esta Cámara le solicitó a los ministros que pasen a planta; no se puede hacer, porque al pasar a planta técnicamente estos fondos están en la partida de locación de servicios. Necesitamos hacer una transferencia de fondos de esta partida a la de personal, para que esta gente cuando pase, pueda cobrar.

Es simplemente un cambio de partida, no un aumento, no implica un aumento presupuestario, por el cual le solicito a la Cámara que en la próxima sesión podamos tratarlo para que muchos profesores de Educación Física de la Provincia puedan cobrar sus sueldos. SR. PRESIDENTE (Marín) - En consideración la preferencia con despacho de comisión para la próxima sesión y subsiguientes del expediente 46014.

Se va a votar. - Resulta afirmativa.

- (Ver Apéndice Nº 27) SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Vicchi. SR. VICCHI (UCR) - Señor presidente: me parece que habría que rectificar lo antes tratado. En primer lugar, si nosotros damos por aprobado una sanción que tuvo origen en la Cámara de Senadores, estamos convalidando una inconstitucionalidad; la

misma nace en el mismo procedimiento erróneo que tiene, por lo tanto sería un acto nulo.

Para que no tenga problemas el presupuesto del EPRE y estando todos de acuerdo, me parece que lo que tendría que hacer, es darle sanción al despacho original sacado por el Senado, como que es despacho de la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, plantear que esta es una sanción originaria y lo hace como Cámara que tiene iniciativa en el tema de Presupuesto, y se pasa a la Cámara de Senadores el mismo proyecto, y lo único que tiene que hacer el Senado, es ratificar; porque no es la primera vez que ocurre este tema, lo hemos discutido en reiteradas oportunidades, y la Cámara de Senadores se está arrogando facultades que no tiene, y estamos dejando con una sanción en el aire, a un organismo que necesita vivir de su presupuesto.

Le pido que rectifiquemos la cuestión reconsiderando el tema y utilizando el procedimiento que antes mencioné. SR. PRESIDENTE (Marín) - Presidencia dispone un cuarto intermedio de un minuto. -Finalizado el cuarto intermedio dice el: SR. PRESIDENTE (Marín) - Se reanuda la sesión.

Tiene la palabra el diputado Vilches. SR. VILCHES (UCR) - Señor presidente: me permito disentir con el diputado que hace la objeción en cuanto a la reconsideración del tratamiento en cuestión. La reconsideración constitucional, el tratamiento de cuestiones presupuestarias que le da facultades de Cámara originaria a la Cámara de Diputados, se refiere a la cosa del Presupuesto de la Provincia, a la Ley Impositiva y de Avalúo. No así ocurre con otra ley, como en este caso, de un organismo que tiene una característica distinta, que aparece como parte de la Administración Central. Si esto fuese así, no podría haber un senador que proponga destinar fondos para la construcción de un camino, de un puente, etcétera, que tenga que ver con movimiento de fondos.

De modo tal, si usted señor presidente considera que esto debe ser reconsiderado, huelga que no tiene sentido y que además aquí hay una cuestión adicional.

También quiero contestar otra expresión que se planteó aquí. Se planteó que es extemporánea la presentación del presupuesto del EPRE, y no es así. Esto se hizo en tiempo y forma y ha estado demorada más de 6 meses en la Cámara de Senadores de la Provincia.

Esto no es problema del señor que está a cargo del EPRE ni de los empleados, sino concretamente con la mora en un ámbito de esta Legislatura.

Quiero desestimar esa denuncia, me parece que sí estamos asistiendo a la presentación de un presupuesto razonable, que ha sido explicado concretamente por los administradores del EPRE, lo hemos considerado razonable, tiene arrastre de

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aumentos de sueldos que tienen que ver con la marcha normal de los sueldos que se establece en el orden nacional. Recordemos que los empleados del ERPE, no son empleados públicos, sino que están regidos –en su gran mayoría- por el régimen de contrato de trabajo, ley nacional de fondo. Como antecedente, creo que es innecesaria esta reconsideración y me parece que está equivocado quien plantea que sólo nosotros podemos actuar como Cámara de origen en la consideración del presupuesto del EPRE.

La ley y la Constitución de la Provincia, se refieren claramente, a que tenemos facultad de origen en el tratamiento del presupuesto provincial, entes de administración Central y entes descentralizados, están catalogados en el mismo cuerpo presupuestario, para la Ley Impositiva y para el tratamiento de la Ley de Avalúo.

Para esto he presentado un proyecto de reforma del artículo inherente a los temas de tratamiento por parte de la Comisión de Hacienda y Presupuesto, donde se incluya esto y quede aclarado. De otra manera no podría un senador proponer una reforma o pedir la construcción de algo o una modificación presupuestaria, porque cualquier obra pública implica una modificación presupuestaria. De este modo no tendría sentido, tendría que iniciar todo por la Cámara de Diputados, sabemos que no es así. SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Vicchi. SR. VICCHI (UCR) - Señor presidente: quiero ser tremendamente respetuoso, pero a veces hablar por hablar o decir las cosas por decirlas, sin conocimiento de los temas, habría que empezar por leer el artículo 74 de la Constitución, ¿sería tan amable de hacerlo leer por Secretaría? SR. SECRETARIO (Manzitti) - (leyendo):

Art. 74: Será de competencia exclusiva de la Cámara de Diputados:

1) Ser Cámara iniciadora de las Leyes de

Impuesto y Presupuesto. 2) Acusar ante el Senado los funcionarios

sujetos a juicio. SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Vicchi. SR. VICCHI (UCR) - Señor presidente: para cambiar esto hay que reformar la Constitución, no se puede hacer ni por un organismo interno, ni por una resolución interna, el marco de las competencias exclusivas que tienen cada una de las comisiones son las que tienen solo por el órgano reglamentario de la misma Cámara.

En este campo la determinación es el término genérico, todos los organismos del Estado

tienen presupuesto y este tiene que pasar precisamente por la Cámara de Diputados.

Si el presupuesto del EPRE no pasara por la Legislatura, tampoco tendría que pasar el de Vialidad, ni el de distintos órganos que forzosamente tienen que tener nacimiento en la Cámara de Diputados, como lo dice la Constitución.

No obstante, y para tratar de evitar el tema, lo que propuse es hacer rápidamente la reconversión del tema y arreglar y dejar las cosas sancionadas de la mejor manera posible, de manera tal que no haya inconvenientes ahorrando los tiempos necesarios.

Seguir mediando que la Cámara de Diputados tiene ingerencia y exclusivamente la iniciativa en todos los temas de presupuesto, allí no dice qué Presupuesto General de la provincia, ni general, dice presupuesto, negar esto es negar lo que dice la Constitución. SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Bianchinelli. SR. BIANCHINELLI (PJ) - Señor presidente: nuestro bloque va a acompañar la propuesta del diputado Vicchi, entendemos que si este proyecto ha estado 6 meses en el Senado, como lo ha manifestado el diputado Vilches, el hecho de que vuelva sancionado como corresponde y como Cámara iniciadora a la de Diputados, lo vemos coherente y nos parece lo correcto por lo que vamos a acompañar la propuesta del diputado Vicchi. SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Petri. SR. PETRI (UCR) - Señor presidente: es un debate interesante, sobre todo porque es un debate de interpretación del texto constitucional, cuando interpretamos el mismo necesariamente tenemos que saber cuál es el origen y la verdad es que el origen está en la Constitución Nacional. Se emponderó al pueblo de la Nación y no a los representantes de las provincias, para que fueran éstos quienes discutieran respecto a la Ley Impositiva y respecto a la Ley de Impuestos, para que de esa manera no existieran asimetrías, porque justamente la Cámara de Senadores era la que representaba a las provincias y la cámara de Diputados representaba al pueblo de la Nación Argentina.

Cuando este texto constitucional se traslada a la Constitución Mendocina, se mantiene la disposición que las leyes Impositiva y de Presupuesto, también tenían que tener origen en la Cámara de Diputados, pero en la Provincia de Mendoza existe una salvedad, ambas cámaras representan idénticos intereses, no existen las diferencias que existían en el orden nacional respecto a la representación de las provincias, lo que hubiera tenido en su correlato en el orden provincial con la representación de los departamentos.

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La Cámara de Senadores y la de Diputados representan al pueblo de la Provincia de Mendoza.

Pasando al análisis particular de esta cuestión, una vez que hemos dado cuenta de su origen, pueden existir dos criterios: uno es el que sostiene el diputado Vicchi y otro el del diputado Vilches. La cuestión es compleja, sin duda, la Constitución de la Provincia de Mendoza, cuando hace referencia al presupuesto, lo dice el artículo 74, inciso 1), en otros artículos recalca que se trata del presupuesto general de gastos y cálculos de la Administración Pública para el año en curso, lo hace en el artículo 99, y en otros que se van sucediendo a lo largo del texto constitucional.

Como es una excepción, que sean dos leyes nada más las que tengan origen en una de las cámaras, una de las interpretaciones es que como toda excepción debe tener un criterio restrictivo, por lo tanto debe ser interpretada con una visión restrictiva para no impedir que la otra cámara también tenga iniciativa legislativa en una cuestión presupuestaria.

La iniciativa originaria de la Ley de Presupuesto General de Gastos Cálculo de Recursos de la Administración Pública, es de esta Cámara, si la Cámara de Senadores o cualquier otro poder se arrogara y esa iniciativa, está claro que no tendría valides alguna porque el texto constitucional es claro.

La cuestión a resolver son estos presupuestos especiales que no entran dentro de del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, sino que son presupuestos descentralizados, y en algunos de los casos, entes autárquicos que empezaron a funcionar con posterioridad a la sanción de la Constitución y por lo tanto fueron de imposible previsión para el constituyente.

Si consideramos que es una excepción y que debe tratarse con criterio restrictivo, también podríamos afirmar, porque es una cuestión de interpretación, que en definitiva el Senado no estaría violando la Constitución, si de alguna manera no iniciara el proyecto de Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, sino que tuvieran origen otros presupuestos especiales. Sí conservar estas facultades exclusivas y excluyentes respecto de lo que dice la Constitución Provincial en el Artículo 74, inciso 1.

Existen dos posiciones legítimas y válidas, necesariamente entran a jugar cuestiones de interpretación y criterio, jurídico, contable, porque se entremezclan posiciones jurídicas y contables respecto de lo que debe interpretarse por un presupuesto, por presupuestos especiales y por presupuestos generales.

Creo que esta Cámara es la que debe determinar en su seno la interpretación correcta a darle al texto constitucional, además aceptar, o por lo menos, solicitar a la Cámara de Senadores que mantenga un criterio uniforme, porque nos podemos encontrar en un futuro con situaciones de este tipo que van a ser resueltas de igual o distinto modo del

que hoy estamos resolviendo. No es un problema a resolver sólo por los diputados de esta Cámara, porque es un problema que requiere la voluntad de ambas cámaras para encontrar una solución.

Por esto sostengo, por una cuestión de interpretación, si bien sostengo que es válida la interpretación el diputado Vicchi, además podría llegarse a esa solución, aceptando el criterio restrictivo de esa iniciativa, es que juntamente el Senado pudiera tener en aquellas leyes de presupuestos específicos, iniciativa legislativa. SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Vicchi. SR. VICCHI (UCR) - Señor presidente: no quiero extenderme más en este tema, pero es una cuestión de racionalidad.

¿Por qué vendrá a las Cámaras Legislativas el presupuesto del EPRE o de los entes reguladores, por qué será? De la misma manera que viene el presupuesto de Vialidad o cualquier otro ente del Estado, porque ésta es la Cámara que tiene que tener iniciativa en todos los temas del presupuesto. Imagínense ustedes si Vialidad mandara su presupuesto para que nazca en el Senado, en vez de Diputados? Ustedes dirían que no tiene presupuesto Vialidad al cabo de esa sanción. De la misma manera lo planteo con el tema del EPRE.

Acá no hay una doble iniciativa. Es más, la constitución del sistema bicameral en Mendoza es igualitario para la selección, tanto en uno como en otro, es un sistema complejo, no es un sistema territorial, geográfico, nuestra representación es mixta, por eso está dividida en representación popular, representamos al pueblo unos y otros, pero en el marco de los distritos. Ambas Cámaras conjugan el sistema electoral en el mismo sentido, como sistema mixto. No obstante ello, la misma Constitución quiso que la iniciativa esté en la Cámara de Diputados, por algo será, pero cambiar ese sistema significa reformar la Constitución, cosa que no tengo ningún problema, me da lo mismo que las cuestiones puedan iniciarse en Senadores o en Diputados. Lo que sí digo es que tal cual está redactada la Constitución, y expresamente lo determina así en el artículo 74, inciso 1), sacar a contramano del sistema es no sacar ninguna ley, porque tiene una ineficiencia formal de origen.

Entonces, si la Cámara de Diputados es la originaria, directamente sancionemos como corresponde. En segundo lugar, si a la Cámara de Senadores se le ocurre cambiar el presupuesto, las cifras, asignar partidas, también lo puede hacer como Cámara revisora, cuando tiene iniciativa, al sector que se le dé la gana, porque para eso tiene esa función.

Todo lo demás me parece una discusión en vano, y si no, consúltenlo con los juristas de Mendoza o con sus constitucionalistas y verán que toda la ley de presupuesto, sea el órgano que sea, que dependa del Gobierno de la Provincia, se rige por el artículo 74, inciso 1), que es lo natural y

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normal. SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Vilches. SR. VILCHES (UCR) - Señor presidente: en el medio de esta controversia sobre qué parte del Poder Legislativo se ocupa de aprobar o no como Cámara originaria un presupuesto, está la gente y en relación a esto digo que el EPRE, hace exactamente 7 meses que no tiene presupuesto por culpa de la Legislatura de la Provincia, y me hago cargo de lo que digo.

El EPRE presentó en tiempo y forma este presupuesto y lo hizo en momentos en que ya había pasado por la Cámara de Diputados de la Provincia, la consideración del presupuesto general para la Provincia. De modo tal que consideraron prudente presentarlo en Senadores, pensando que esa Cámara iba a incluirlo en el Cuerpo general, cosa que no tiene obligación, porque, al contrario de lo que plantea el diputado preopinante, el EPRE no forma parte de las jurisdicciones contempladas en el presupuesto general de gastos de la Provincia, es un presupuesto especial. La contextura y el componente de las partidas del presupuesto provincial, contempla la administración central, entes descentralizados y otros entes, entre los cuales no está el EPRE.

De modo tal que quiero reafirmar que no es claro que la Constitución de la Provincia se refiera a que el presupuesto del EPRE deba ser considerado por la Cámara de Diputados como Cámara de origen.

Además quiero decirle al diputado preopinante que en el supuesto que Vialidad pueda mandar su presupuesto en forma independiente, es inexistente, justamente porque Vialidad está contemplado dentro de las jurisdicciones que se tratan en el Cuerpo general del presupuesto.

Nunca podría Vialidad ni el Casino de la Provincia, ni OSEP ni otros 2 ó 3 organismos más, presentar presupuestos por separado, porque no están considerados dentro del marco del presupuesto general de la Provincia. Sí lo puede hacer el EPRE, porque no está en ese esquema, porque tuvo una ley posterior, porque tiene una consideración particular.

Con lo cual reafirmo, porque no quiero seguir hablando sobre este tema, si ustedes consideran prudente, que pasemos a la votación. SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Bianchinelli. SR. BIANCHINELLI (PJ) - Señor presidente: creo que hay que poner a consideración la votación del expediente, y en donde compartimos el criterio del diputado Vicchi, pero tengo que decir algo. Justamente pensando en la gente, me parece que el EPRE no ha dejado de funcionar porque no tenga el presupuesto del 2007 aprobado. El presupuesto del 2007 implica un aumento que no ha sido

significativo con respecto al 2006, y el no tener el del 2007 perfectamente habilita a que pueda ejecutar el del 2006.

Entonces no es que haya sido por falta de presupuesto, sino por ineptitud de algunos directores o gente que lo conduce. SR. PRESIDENTE (Marín) - Presidencia dispone un cuarto intermedio de un minuto.

- Así se hace, a las 14.18. - A las 14.20, dice el

SR. PRESIDENTE (Marín) - Se reanuda la sesión.

En consideración la reconsideración votada en el expediente 45745.

- Resulta afirmativa. SR. PRESIDENTE (Marín) - Se va a votar la aceptación del despacho emitido por la Comisión de Hacienda y Presupuesto como proyecto originario, a los efectos de su remisión al Honorable Senado para su consideración.

- (Ver Apéndice Nº 19)

SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Arenas. SR. ARENAS (PD) - Señor presidente: es para dejar constancia del voto negativo del bloque demócrata. SR. PRESIDENTE (Marín) - Con la aclaración del voto negativo del bloque demócrata al despacho, se da por aprobado y se remite al Senado en las condiciones aprobadas por esta Cámara.

Tiene la palabra la diputada Monserrat. SRA. MONSERRAT (UCR) - Señor presidente: todos escuchamos la discusión y la gente que entiende de jurídica lo ha explicado muy bien, es un tema donde cada uno tiene claro y personalidad propia para votar, porque creo que somos los primeros que tenemos que acatar las reglas, y fundamentalmente lo que dice la Constitución, y porque estimo que si este expediente estuvo 6 meses en el Senado, una semana más no le va a perjudicar para que el EPRE se caiga y deje de funcionar, hagamos bien las cosas y lo reitero, no quiero que el tema sea polémico porque ustedes lo recordarán, cuando el senado se toma 6 meses para resolver un proyecto, nosotros debemos definirlo en un día. Entonces, por eso, mi exposición porque así va a ser mi voto.

X

EXPTE. 37363. MODIFICANDO LEY Y DECRETO

REGLAMENTARIO -OBRAS VIALES DE REEMBOLSO-

SR. PRESIDENTE (Marín) - Se va a votar el tratamiento sobre tablas del expediente 37363, venido en segunda revisión del Senado.

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- Resulta afirmativa. - (Ver Apéndice Nº 30)

SR. PRESIDENTE (Marín) - Presidencia propone al Cuerpo que se redacte una resolución aceptando la media sanción del Senado.

Se va a votar. - Resulta afirmativa.

- (Ver Apéndice Nº 31) SR. PRESIDENTE (Marín) - Se va a votar la resolución en general y en particular.

- Resulta afirmativa. SR. PRESIDENTE (Marín) - Habiendo sido aprobado en general y en particular, pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación. - (Ver Apéndice Nº 2) SR. PRESIDENTE (Marín) - Presidencia dispone un cuarto intermedio de un minuto.

- Así se hace a las 14.23. -A las 14.29, dice el

XI

EXPTE. 46044. SISTEMA DE REFINANCIACIÓN HIPOTECARIA

SR. PRESIDENTE (Marín) - Se reanuda la sesión.

Se va a votar el tratamiento sobre tablas del expediente 46044.

- Resulta afirmativa. - (Ver Apéndice Nº 32)

- El texto el siguiente:

PROYECTO DE LEY (EXPTE. 46044)

ADHESIÓN LEY NACIONAL 26262

SISTEMA DE REFINANCIACIÓN HIPOTECARIA Artículo 1º - Adhiérase a la Ley Nacional 26262 (Sistema de Refinanciación Hipotecaria) prorrogando el plazo del artículo 1º de la Ley 26177 en 90 (noventa) días hábiles a partir de su vencimiento. Art. 2º - En tanto la Unidad de reestructuración no se expida con respecto a lo establecido en la Ley 26177 no podrán ejecutarse los mutuos hipotecarios involucrados y la demora no devengará intereses compensatorios ni punitorios, ni gastos a cargo del deudor. Art. 3º - Comuníquese el Poder Ejecutivo.

Mendoza, 17 de julio de 2007.

Roberto Blanco SR. PRESIDENTE (Marín) - Se va a votar en general. Por Secretaría se tomará lista para la votación nominal.

- Votan por la afirmativa los siguientes

diputados: Arenas, Bianchinelli, Blanco, Canal, Castellano, Dalla Cia, Carballo, Ficarra, Díaz, Marín, Maza, Merino, Millán, Monserrat, Montaño, Montenegro, Morales, Oldrá, Recabarren, Romero, Serrano, Sfreddo, Simón, Tornello, Vicchi, Vietti y Vilches.

- Vota por la negativa el diputado Casteller SR. PRESIDENTE (Marín) - La votación arrojó el siguiente resultado: veintisiete (27) votos por la afirmativa y uno (1), por la negativa. En consecuencia ha quedado aprobado en general.

Corresponde su tratamiento en particular. Por Secretaría se enunciará su articulado. Artículo que no sea observado se dará por aprobado.

- Se enuncian y aprueban sin observación los Arts. 1º y 2º.

- El Art. 3º es de forma. SR. PRESIDENTE (Marín) - Habiendo sido aprobado en general y en particular, pasa al Honorable Senado en revisión. - (Ver Apéndice Nº 7) SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Morales. SR. MORALES (PJ) - Señor presidente: el 12 de julio, próximo pasado, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, falló definitivamente contra la pretensión de los jueces que embargaron las cuentas contra la Provincia de Mendoza, sustentado en el criterio que el Artículo 151 de la Constitución Provincial que determina la intangibilidad salarial, era asimilable a su concepto de indexación salarial.

Felizmente, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en un fallo inapelable determinó de la reforma del Art. 151 de la Constitución Provincial, que clausura la discusión que indexación es igual a intangibilidad salarial, le ha dado la razón al Estado Provincial en la lucha contra estos jueces que embargaron las cuentas de la Provincia de Mendoza, en forma consecutiva y consuetudinaria, desde hace 4 ó 5 años, y que según nuestros propios cálculos, creemos que pueden llegar a los 20.000.000 de pesos.

Ha llegado la hora para nosotros entonces, que estos jueces, que embargaron injustamente las cuentas del Estado Provincial y birlaron los recursos que el Estado tenía para obras públicas, para salud y para educación, la devuelvan. Tiene que devolver la plata que se llevaron.

Por eso, hoy en este proyecto de resolución que he presentado y le solicito a la Cámara su tratamiento sobre tablas, le pido al Poder Ejecutivo Provincial para que instruya al asesor de Gobierno, y le solicitamos también al Fiscal de Estado, para que lleve a cabo todos los actos útiles tendientes a recuperar el dinero que estos jueces indexadores se llevaron en su oportunidad, y que hoy, no solamente

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por imperio de la Constitución Provincial, refrendada la enmienda por la gran mayoría del pueblo mendocino en el año 2005, sino que también ahora, por un fallo inapelable de la suprema Corte de Justicia de la Nación, ha determinado que así sea.

Por lo expuesto, solicito la toma de estado parlamentario y el tratamiento sobre tablas del expediente 46053. Solicito, también a la Cámara, su aprobación para que vaya rápidamente al Poder Ejecutivo y al fiscal de Estado. Muchas gracias.

XII

EXPTE. 46053. RECUPERAR DINERO DE LOS MAGISTRADOS

SR. PRESIDENTE (Marín) - En consideración la toma de estado parlamentario del expediente 46053.

Se va a votar. - Resulta afirmativa. - (Ver Apéndice Nº 33) - El texto es el siguiente:

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

(EXPTE. 46053)

FUNDAMENTOS

H. Cámara:

Como corolario a la larga disputa que el Estado Provincial viene manteniendo por el efectivo cumplimiento del artículo 151 de la Carta Magna mendocina, con algunos miembros del Poder Judicial, es que la Corte Suprema de la Nación puso coto a la controversia determinando expresa y concretamente que el texto del artículo reformado, mencionado anteriormente, no vulnera la garantía constitucional de intangibilidad de los salarios.

Más aún, el máximo tribunal precisó en los fundamentos de su decisión que “la intangibilidad no es un privilegio que los ponga a salvo de toda y cualquier circunstancia que redunde en una pérdida del poder adquisitivo de sus haberes” remarcando “que no puede ser interpretada (la intangibilidad) como actualización monetaria, no implica la aplicación de cláusulas automáticas”.

Remarco la idea que expresara en los fundamentos de un proyecto de mi autoría, presentado ante la avalancha de medidas precautorias interpuesta por un grupo de jueces allá por el año 2005, pues está en perfecta consonancia con lo manifestado actualmente por el Tribunal Superior, a saber: “La indexación de los salarios constituye un “seguro contra la inflación”, un privilegio que gozan quienes ostentan la función judicial, que contraria las normas de igualdad de los funcionarios públicos y que contradicen el principio republicano, lo cual institucionaliza un seguro contra la inflación para beneficiar a todos los miembros del Poder Judicial mediante una actualización

automática de sus haberes de acuerdo a la variación del índice oficial del costo de vida. El Poder Judicial no puede ser la protegida del Gobierno Provincial, al margen de la Justicia, la legalidad y los principios republicanos. No pueden pretender los magistrados pasar por sobre los principios que ellos mismo deberían defender, lo cual es tan ilógico como ilegal”.

Afortunadamente el criterio de justicia distributiva y de sentido común fue el que primó en la decisión del Alto Estrado Nacional, formando un pensamiento monolítico, uniforme y sólido donde se funden en un solo cuerpo del todo coherente, tanto la opinión calificada emitida por el Tribunal como nuestra postura sobre el tema (que nos guió incluso para impulsar la enmienda al artículo 151) y la posición del Gobierno Provincial.

Siguiendo esa línea de pensamiento, nos enfrentamos ahora ante un nuevo escenario, más auspicioso pero no por ello menos laborioso, que es el de reparar y poner en su lugar las piezas que durante años fueron desacomodadas, esto es: DEBEN VOLVER AL ERARIO PUBLICO AQUELLAS SUMAS DE DINERO QUE SON DEL ESTADO.

Cabe recordar que el monto reclamado y que hoy está en manos privadas (jueces de la Provincia) es de una cifra realmente importante, por lo que se hace imperioso contar con ese dinero para que el Estado cumpla con su fin fundamental: EL BIEN COMÚN. Por los motivos que someramente se han mencionado y por otros que en el recinto destacaremos, se hace imperioso que esta H. Cámara apruebe el siguiente proyecto. Mendoza, julio de 2007.

Hugo Morales

Artículo 1º - Solicitar al Poder Ejecutivo Provincial que instruya al Asesor de Gobierno para que realice todos los actos útiles y necesarios tendientes a recuperar las sumas de dinero, oportunamente embargadas de las cuentas públicas por los magistrados judiciales que actualizaron sus salarios por esta vía, en contradicción a lo manifestado por el artículo 151, reformado, de la Constitución Provincial. Art. 2º - Solicitar al Fiscal de Estado de la Provincia de Mendoza, tenga a bien realizar aquellas medidas que se encuentren dentro de la esfera de su competencia, con el objeto de recuperar los dineros públicos a que hace referencia el artículo anterior. Art. 3º - De forma.

Mendoza, julio de 2007.

Hugo Morales

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. Servidor H.C.D.D/Diario de Sesiones/ORD N° 12 del 18-07-07 (EMERGENCIA PROPIEDAD INDÍGENA)

SR. PRESIDENTE (Marín) - En consideración el tratamiento sobre tablas del mencionado expediente.

Se va a votar. - Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE (Marín) - Por Secretaría se dará lectura al articulado del mencionado proyecto. SR. SECRETARIO (Manzitti) – (leyendo):

Art. 1º - Solicitar al Poder Ejecutivo Provincial que instruya al asesor de Gobierno, para que realice todos los actos útiles y necesarios tendientes a recuperar las sumas de dinero, oportunamente embargadas de las cuentas públicas por los magistrados judiciales que actualizaron sus salarios por esta vía, en contradicción a lo manifestado por el Art. 151, reformado, de la Constitución Provincial. Art. 2º - Solicitar al fiscal de Estado de la Provincia de Mendoza, tenga a bien realizar aquellas medidas que se encuentren dentro de la esfera de su competencia, con el objeto de recuperar los dineros públicos a que hace referencia el artículo anterior.

Art. 3º - De forma. SR. PRESIDENTE (Marín) - En consideración en general y particular.

Se va a votar. - Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE (Marín) - Habiendo sido aprobado en general y en particular, se dará cumplimiento. - (Ver Apéndice Nº 34) SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Bianchinelli. SR. BIANCHINELLI (PJ) - Señor presidente: cuando tratamos el sobre tablas, el expediente 46021, donde se remite la observación realizada por el Departamento Ejecutivo, la sanción de la Ley 6277, donde trata el traspaso del personal del ISCAMEN a planta permanente, creo que esta bien, haber aceptado el veto. Creo que hemos cometido un error con respecto al proyecto que a continuación se trató, el 46020, donde el articulado es un solo artículo y viene planteada la postura del Ejecutivo. Solicitaría un cuarto intermedio para que discutamos esto rápidamente, porque por ahí, como lo hemos charlado con algunos legisladores, pedir una reconsideración y hacer una modificación al proyecto tratado sobre tablas. SR. PRESIDENTE (Marín) - Presidencia hace suya la solicitud de cuarto intermedio. - Así se hace, a las 14.38.

- A las 14.43, dice el

SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Simón. SR. SIMÓN (UCR) - Señor presidente: es para pedir la reconsideración del expediente 46020 y si una vez aprobada esta reconsideración, es para introducir una modificación en el artículo 1º. SR. PRESIDENTE (Marín) - Se va a votar la reconsideración de lo votado en el expediente 46020.

- Resulta afirmativa. - (Ver Apéndice Nº 35) SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Simón. SR. SIMÓN (UCR) - Señor presidente: es para solicitarle que al artículo 1º se incorpore: “Luego de la administración pública provincial y en condiciones salariales análogas a los respectivos contratos de locación”. SR. PRESIDENTE (Marín) - Se va a votar la modificación en particular propuesta por el diputado Simón.

- Resulta afirmativa. - (Ver Apéndice Nº 36) SR. PRESIDENTE (Marín) - Pasa al Senado en revisión.

- (Ver Apéndice Nº 3)

XIII

EXPTE. 46047. INGRESANDO PRESUPUESTO DE RENTAS

SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el

diputado Bianchinelli.

SR. BIANCHINELLI (PJ) - Señor presidente: es para pedir la toma de estado parlamentario y preferencia con despacho de comisión para la sesión siguiente y subsiguientes, del expediente 46047. SR. PRESIDENTE (Marín) - Se va a votar.

- Resulta afirmativa. - (Ver Apéndice Nº 37)

SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra la diputada Monserrat. SRA. MONSERRAT (UCR) - Señor presidente: es para pedir preferencia con despacho del expediente 46030. SR. PRESIDENTE (Marín) - Se va a votar.

- Resulta afirmativa. - (Ver Apéndice Nº 38) SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el

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. Servidor H.C.D.D/Diario de Sesiones/ORD N° 12 del 18-07-07 (EMERGENCIA PROPIEDAD INDÍGENA)

diputado Morales. SR. MORALES (PJ) - Señor presidente: la Ley 7526 de hidrocarburos que sancionáramos en el año 2006 y que permitió una serie de actos como la próxima licitación de áreas secundarias llevadas a cabo por el gobierno provincial, disponía, en el artículo 38, la creación de una comisión bicameral de seguimiento; esta comisión nunca se constituyó y lo que solicito a la Comisión de Labor Parlamentaria, trate en su próxima sesión la constitución de esta comisión bicameral de seguimiento de la Ley 7526. SR. PRESIDENTE (Marín) - Se toma debida nota.

XIV

EXPTES. TRATADOS SOBRE TABLAS

SR. PRESIDENTE (Marín) - Se va a votar la toma de estado parlamentario de los expedientes 46025, 46043, 46052, 46050, 46048, 46051, 46031, 46032, 46042, 46023, 46024, 46027, 46029, 46039, 46040, 46041, 46028 y 46034.

- Resulta afirmativa. - (Ver Apéndice Nº 39) - El texto es el siguiente:

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

(EXPTE. 46025)

FUNDAMENTOS H. Cámara:

El señor Vicente “Cholo” Pérez, artista distinguido y cultor del Requinto Cuyano, cumple en julio de 2007 los 50 años como intérprete de este instrumento insuperable en la riqueza del sonido que trasmiten las 12 cuerdas, para la interpretación del Folklore.

En virtud de esto, se hace necesario realizar una síntesis de su vida: Desde muy joven se inició en el Canto Cuyano, abrazándose al Requinto como medio de expresión. Varios escenarios de la Provincia y el país han visto desfilar su arte y su figura. Es uno de los muy pocos exponentes folclóricos que interpretan “el requinto cuyano de doce cuerdas”.

En la actualidad el reconocido grupo de folklore Cuyano “Los de Cuyo”, lo cuentan como compositor e intérprete. Músicos de nuestro país y de otros países como Venezuela han requerido de sus servicios de canto y música.

En el transcurso de julio de 2007, cumple 50 años difundiendo y defendiendo nuestro Canto Nacional, especialmente Cuyano.

En su departamento natal Junín, es personaje reconocido y apreciado por su don de bien, personalidad y entrega, realizando a su vez actos solidarios en cualquier lugar de la provincia en donde se lo requiera.

Es por esto que se hace necesario, rendir un

homenaje y reconocimiento por tan destacada trayectoria artística en el Departamento Junín y la Provincia. Nosotros como representantes del pueblo, no podemos estar ajenos a tan magno acontecimiento, y destacar que en hombres como “el Cholo Pérez” vive y perdura el más profundo sentir del acerbo cuyano.

Es por estas razones y las que se pueden sumar, que solicito a esta Honorable Cámara de Diputados, dé tratamiento y aprobación al presente proyecto de resolución.

Mendoza, 16 de julio de 2007.

Eugenio Dalla Cia Artículo 1º - Declarar de interés legislativo, los “Cincuenta Años de difusión del Requinto Cuyano en la persona del señor Vicente “Cholo” Pérez”, destacado artista del Folklore y la Cultura de Cuyo, oriundo del Departamento Junín de la Provincia de Mendoza. Art. 2º - Distinguir, mediante entrega de placa y diploma de reconocimiento, al señor Vicente “Cholo” Pérez. Art. 3º - De forma.

Mendoza, 16 de julio de 2007.

Eugenio Dalla Cia

PROYECTO DE DECLARACIÓN (EXPTE. 46043)

FUNDAMENTOS

H. Cámara:

A Través de una nota realizada por el personal directivo, docente y no docente de la Escuela Nº 6-502 de Capacitación para el Trabajo del distrito de Real del Padre, del Departamento San Rafael, manifiestan que el establecimiento escolar funciona desde el 26/2/91, originariamente en la localidad Jaime Prats, trasladada en el año 1996 al Distrito Real del Padre, donde funciona actualmente.

Dicho establecimiento no cuenta con la bonificación de la zona correspondiente ya que se encuentra a 75 Km. del Departamento San Rafael y a 320 de la capital de Mendoza, no hay servicio de transporte coincidente con el horario de entrada y salida de la escuela. Además funciona es una zona eminentemente rural, siendo por tanto su población escolar de escasos recursos y proveniente de familias mal constituidas.

Asimismo, en la región funcionan los siguientes establecimientos que cuentan con la siguiente bonificación de zona:

1. Escuela Nº 1-117 Juan de Dios Correas, la cual posee un 40% de zona (ubicada a cuatro cuadras de la Escuela de Capacitación).

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18 de julio de 2007 -12ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS – 11ª Sesión de Tablas Pág. 53

. Servidor H.C.D.D/Diario de Sesiones/ORD N° 12 del 18-07-07 (EMERGENCIA PROPIEDAD INDÍGENA)

2. Escuela Técnico Agropecuaria Nº 4-015, la cual posee el 80% de zona (ubicada a cinco cuadras del Establecimiento).

3. Escuela Nº 1-353 Clemente Sarmiento, que posee el 80% de zona (ubicada a 1500 metros del Establecimiento).

El personal docente debe realizar su traslado desde General Alvear por medios propios viajando a 40 Km. diariamente.

El director debe realizar su traslado desde San Rafael, haciendo un recorrido total de 150 Km. diarios.

Por estos fundamentos y los que oportunamente se darán es que solicito el tratamiento y posterior aprobación del presente proyecto de resolución.

Mendoza, 17 de julio de 2007.

Mario Casteller Artículo 1º - Que vería con agrado que la Dirección General de Escuelas proceda a reconocer la bonificación por zona que corresponde al establecimiento Nº 6-502 Capacitación para el Trabajo del distrito de Real del Padre, del departamento San Rafael según Art. 8º de la Ley 5879. Art. 2º - De forma.

Mendoza, 17 de julio de 2007.

Mario Casteller

PROYECTO DE RESOLUCIÓN (EXPTE. 46052)

FUNDAMENTOS

H. Cámara:

En los distintos medios de comunicación locales trascendió que la ex ministra de Desarrollo Social, Ana María Gotusso, presuntamente involucrada en las irregularidades detectadas en los tickets Vale Más, actualmente está prestando servicios en la Administración Central.

Según la información divulgada públicamente la ex funcionaria estaría percibiendo una alta remuneración de aproximadamente $4.000, sin que se hubiere individualizado función alguna que ameritara su contratación.

Por estos breves fundamentos y los que oportunamente se darán, es que solicitamos a los diputados que se trate y apruebe el siguiente proyecto de resolución.

Mendoza, 18 de julio de 2007.

Diego Arenas Articulo 1º - Solicitar al Poder Ejecutivo Provincial

que por intermedio del ministro de Desarrollo Social, Prof. Sergio Damián Pintos, informe a la Comisión de Desarrollo Social:

* Modalidad de contratación de la Señora Ana María Gotusso.

* Organismo contratante. * Organismo en el que presta servicios. * Espacio físico donde desempeña sus

funciones. * Servicios que presta. * Remuneración percibida.

Art. 2º - De forma.

Mendoza, 18 de julio de 2007.

Diego Arenas

PROYECTO DE RESOLUCIÓN (EXPTE. 46050)

FUNDAMENTOS

H. Cámara:

Hemos recibido información que el estado de salud del único ejemplar de rinoceronte que se encuentra en el Zoológico de nuestra Provincia, se encuentra muy enfermo afectado por un problema digestivo, motivado en apariencia por la ingesta de agua con alto grado de contaminación, que no tiene las condiciones mínimas de potibilización, para ser ingerida por los animales del zoológico.

Lo indicado precedentemente toma mayor relevancia en virtud de considerar, que el avanzado estado de deterioro del animal pone en serio riesgo su vida, además de ser uno de los ejemplares que más curiosidad despierta entre la concurrencia cotidiana de quienes visitan este paseo.

Por las razones expuestas y las que se sumarán, es que solicito el tratamiento y la aprobación del presente proyecto de resolución.

Mendoza, 18 de julio de 2007.

Diego Arenas

Artículo 1º - Solicitar al ministro de Turismo y Cultura, a través del Director del Zoológico Provincial, informe sobre:

* Estado de Salud del Rinoceronte. * Exámenes realizados por la Dirección de

Veterinaria del Zoológico a este ejemplar, durante los últimos 3 (Tres) años.

* Tratamiento alimentario y farmacológico actual de este ejemplar. Art. 2º - De forma.

Mendoza, 18 de julio de 2007.

Diego Arenas

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18 de julio de 2007 -12ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS – 11ª Sesión de Tablas Pág. 54

. Servidor H.C.D.D/Diario de Sesiones/ORD N° 12 del 18-07-07 (EMERGENCIA PROPIEDAD INDÍGENA)

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

(EXPTE. 46048)

FUNDAMENTOS H. Cámara:

El camino de acceso al parque Aconcagua que desde la ruta 7 que lleva hasta la laguna de Horcones no tiene una evaluación de impacto ambiental valida según la ONG Oikos, porque no existió un dictámen técnico formulado por el Instituto Argentino De Zonas Áridas (IADIZA), tal como lo sostiene la ley y faltan informes de la Municipalidad de Las Heras y de la Dirección de Recursos Naturales Renovables.

Según Oikos existirían informes técnicos desfavorables respecto a la construcción del camino que abrían sido omitidos por el ex director de Recursos Naturales, Leopoldo León, y que la ruta realizada “no condice con el camino recomendado por los expertos del propio gobierno, ni con el que el Gobierno Provincial le presentó al BID en el momento de solicitar los fondos para la obra”. (Diario UNO, martes 17 de julio de 2007).

Por estos fundamentos y los que oportunamente se darán es que solicito el tratamiento y posterior aprobación del presente proyecto de resolución.

Mendoza, 18 de julio de 2007.

Mario Casteller Artículo 1º - Cítese a la Comisión de Ambiente y Obras Públicas de esta H. Cámara, al ministro de Ambiente y Obras Públicas, Ingeniero Francisco Morandini, al subsecretario de Ambiente, Gustavo Morgani y al Eduardo Sosa Titular de la entidad Ecologista OIKOS, para que informen a esta Honorable Cámara, respecto:

A) Camino de acceso al Parque Aconcagua desde la ruta 7 hasta la Laguna de Horcones.

b) El porque de la omisión de lo establecido por la Fiscalía de Estado respecto a la paralización de las Obras.

c) Si el camino de acceso, tiene evaluación de Impacto Ambiental Válida.

d) Cualquier otra consideración del tema en cuestión. Art. 2º - De forma .

Mendoza, 18 de julio de 2007.

Mario Casteller

PROYECTO DE RESOLUCIÓN (EXPTE. 46051)

FUNDAMENTOS

H. Cámara:

En el transcurso de los últimos días, se han recibido quejas por parte de alumnos de distintas Escuelas Secundarias de la Provincia, indicando que encontrándose a mediados de julio aún no han recibido los Certificados de Estudio correspondientes a la finalización de su carreras de nivel polimodal, en diciembre de 2006.

Los educandos aducen que al solicitarlos en los lugares en donde han terminado sus estudios, las autoridades de los establecimientos no los entregan indicando a su vez que no los han recibido por parte de la Dirección General de Escuelas, siendo este un detalle administrativo que impide la continuación del proceso de estudios.

Dentro de los requisitos exigidos para la continuidad Educativa del Nivel Terciario/Universitario, la presentación de este documento es fundamental, ya que el mismo certifica la finalización de un ciclo y permite la inscripción para el Nivel Inmediato Superior. Lo llamativo de la situación, es la demora en la provisión de estos certificados, ya que los mismos tienen que ser entregados en un plazo no mayor de 90 días de finalizado el ciclo lectivo correspondiente, todo en virtud de interpretar que este es tiempo administrativo suficiente, interpretando inclusive que puede existir cierta demora por motivos diversos.

Los Institutos de Nivel terciario y/o Universitarios, ponen como fecha tope para la presentación de la documentación pertinente la última semana del mes de junio, a los efectos de permitir a quien deba cumplir con otra formalidad que cuente con un plazo mas extendido.

Pero de igual manera, la Dirección General de Escuelas no cumple con este requisito fundamental, y gran cantidad de alumnos pueden inclusive perder la continuidad de su preparación académica, por no completar esta documentación fundamental.

Por las razones expuestas y las que se sumarán, solicito el tratamiento y la aprobación del presente proyecto de resolución.

Mendoza, 17 de julio de 2007.

Diego Arenas Artículo 1º - Solicitar a la Dirección General de Escuelas, informe la razón por la cual a la fecha aún no se han entregado los Certificados Analíticos de Estudios correspondientes a alumnos que han culminado sus estudios completos de Nivel Polimodal, en diciembre de 2.006, pertenecientes a diversos Establecimientos Educativos de la Provincia de Mendoza. Art. 2º - De forma.

Mendoza, 17 de julio de 2007.

Diego Arenas

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PROYECTO DE DECLARACIÓN

(EXPTE. 46031)

FUNDAMENTOS H. Cámara:

Es un hecho público y notorio el aumento de servicios gastronómicos que reparten comida a domicilio. Por los cambios sociales y económicos acaecidos, se ha desarrollado una práctica que ha venido a cambiar sustancialmente la dinámica familiar. Ya sea por la escasez de tiempo, o por la incorporación cada vez mayor de la mujer a los mercados laborales, o por la crisis económica que motivó más emprendimientos y competencia en estos ramos, lo cierto es que ya no se cocina en forma particular tan habitualmente como antes, encargándose comida a domicilio.

Esta comida es llevada por lo que se ha dado en denominar delivery, término foráneo a nuestras costumbres, lengua y cultura, pero que lamentablemente ha proliferando en nuestra sociedad para referirnos a aquel servicio que tradicionalmente llamábamos reparto a domicilio.

Pero este servicio no está regulado y en la práctica, como ya se dijo, está más que generalizado. Y ello provoca ciertas preocupaciones.

Por un lado, es notorio que las más de las veces son jóvenes quienes se ocupan de estas tareas, y que lo hacen como una salida laboral de cierta precariedad, con los consabidos riesgos que esto implica.

En efecto, no es posible saber por ejemplo, si tienen licencia habilitante para conducir, o si se trata de menores de edad, si están registrados, si tienen relación de dependencia o si existe un contrato de prestación de servicios, entre otras cosas.

Por otro lado, no es menos cierto que muchas veces se observa la imprudencia con que estos jóvenes se manejan, a veces, en forma temeraria, pasando semáforos en rojo, conduciendo sin el casco reglamentario y/o transgrediendo en general, elementales normas de prudencia en el tránsito.

Si bien esta situación no es observable en todos los casos, es dable reconocer que es común sorprenderse en el tránsito con este tipo de anomalías; y a ello favorece, quizás, el apuro que necesariamente termina implicando repartir comida, en un negocio que muchas veces incluye, como parte de su oferta, el tiempo preciso y acotado para la entrega del producto en el domicilio del interesado.

Es indudable que lo aquí descrito pone en serio riesgo no sólo la seguridad de las personas involucradas en estas tareas sino también la seguridad de todas las personas y del tránsito en general.

Lo señalado entonces precedentemente nos indica que sería conveniente que esta Cámara de

Diputados se hiciera eco de esta preocupación, de alcance social, y que expresara con el mayor énfasis posible a las autoridades competentes que pongan el máximo rigor en sus quehaceres, para detectar y corregir, cuando fuera el caso, las irregularidades en las que pudieran estar incurriendo las empresas.

Por las razones expuestas, solicito a esta Honorable Cámara la aprobación del siguiente proyecto de declaración.

Mendoza, 17 de julio de 2007.

Amalia Monserrat Artículo 1° - Vería con agrado que el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Seguridad, preste específica y particularizada atención al estricto cumplimiento de la Ley de Tránsito Nº 6082 y sus decretos reglamentarios por parte de todos aquellos ciclomotores que llevan a cabo el servicio de reparto a domicilio. Art. 2° - De forma.

Mendoza, 17 de julio de 2007.

Amalia Monserrat

PROYECTO DE DECLARACIÓN

(EXPTE. 46032)

FUNDAMENTOS H. Cámara:

Los servicios gastronómicos que reparten comida a domicilio, denominados delivery, han proliferado notoriamente en nuestra Provincia y son utilizados con frecuencia tanto por las familias como en reuniones de jóvenes y adolescentes que han encontrado en esta práctica una modalidad rápida y cómoda para la compra de alimentos.

Es de suma importancia, entonces, verificar el cumplimiento de la normativa que regula las condiciones higiénicas y sanitarias por parte de las empresas productoras de alimentos, en tanto que en el caso que nos ocupa, los alimentos son manipulados por diferentes personas hasta que los mismos llegan para el consumo en los hogares.

en este sentido, resulta fundamental asegurar que las autoridades competentes inspeccionen que las empresas cumplan con lo establecido por el CÓDIGO ALIMENTARIO ARGENTINO en el capítulo II, artículo 21, respecto de la obligatoriedad de tramitar, obtener y mantener vigente la libreta sanitaria de su personal.

Teniendo en cuenta que en la mayoría de los casos, quienes realizan esta actividad de transporte y distribución lo hacen como una salida laboral transitoria, es frecuente encontrar por ello situaciones en donde las empresas omiten el cumplimiento de la norma, precisamente por tratarse de personal vinculado con la misma temporalmente.

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18 de julio de 2007 -12ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS – 11ª Sesión de Tablas Pág. 56

. Servidor H.C.D.D/Diario de Sesiones/ORD N° 12 del 18-07-07 (EMERGENCIA PROPIEDAD INDÍGENA)

La relevancia de lo referido, atento a que involucra aspectos relacionados con la salud de la población, amerita suficientemente el presente proyecto de declaración, solicitando al Poder Ejecutivo que recomiende a los Municipios la mayor rigurosidad en el control de lo exigido por la norma vigente.

Por las razones expuestas, solicito la aprobación del presente proyecto de declaración.

Mendoza, 17 de julio de 2007.

Amalia Monserrat Artículo 1º - Vería con agrado que el Poder Ejecutivo, a través Ministerio de Salud recomiende a los Municipios de la Provincia de Mendoza, que presten específica y particularizada atención al estricto cumplimiento de lo normado por el Código Alimentario Argentino con relación a la obligatoriedad de contar con la libreta sanitaria por parte del personal de las empresas que comercializan, transportan y distribuyen alimentos. Art. 2º - De forma.

Mendoza, 17 de julio de 2007.

Amalia Monserrat

PROYECTO DE RESOLUCIÓN (EXPTE. 46042)

FUNDAMENTOS

H. Cámara:

Pongo a consideración de esta H. Cámara el presente proyecto de declaración, en virtud de las consideraciones que paso a reseñar:

Debido al importante reconocimiento internacional que ha logrado el Coro Universitario de Mendoza en el exterior y al cumplirse 10 años de la partida del maestro Felipe Vallesi, a quien está dedicada toda la programación 2007 del coro, es que resulta trascendental distinguir a estas personas que representan a la Provincia de Mendoza en el mundo a través de la música.

La proyección internacional del CUM tuvo su punto más alto hace poco más de un mes, cuando el coro, dirigido por Silvana Vallesi, participó del X International Chamber Choir Competition en Marktoberdorf, Alemania, uno de los concursos más prestigiosos de Europa, cuyo alma mater es Dolf Rabuss, presidente a su vez de la Federación Alemana de Coros y titular de Música Sacra de la Federación Internacional de Música Coral.

Este logro fue conseguido por los coreutas, luego de una rigurosa selección mundial, donde fue electo como único representante de América para participar en el concurso, junto con 13 coros más de distintos países (6 mixtos y siete femeninos).

El estar entre los mejores coros del mundo

ya es para la Provincia de Mendoza un gran honor, pero, además, el CUM trajo desde Alemania a la Provincia dos importantes premios:

1) Tercer Premio en Coro Mixto, lo que lo convirtió en el primer coro argentino que obtiene un premio en su categoría en el mencionado concurso.

2) Premio Especial a la Mejor Interpretación de una Obra Contemporánea.

El concurso internacional posibilitó que el CUM diera a conocer en Europa el nivel con el que se trabaja la Música Coral en la Provincia de Mendoza y la calidad de los compositores del siglo XX argentinos y latinoamericanos. Ante esta situación, y por la performance demostrada, el CUM recibió numerosas felicitaciones de instituciones musicales nacionales e internacionales y también fueron muchos los medios especializados en música coral que lo entrevistaron durante su estadía para hacer conocer su trabajo.

Finalizado el concurso, el CUM fue seleccionado para ser instrumento del Seminario Internacional de Dirección Coral y luego de seis días de fuerte trabajo, abordó un repertorio totalmente nuevo que tuvo que estudiar en muy pocos días, propuesto por los maestros que dictaron el curso, Jonathan Velasco, Filipinas, y Volker Flemping, Alemania. En esa oportunidad, el CUM fue conducido por veinte directores de todo el mundo (Ucrania, Lituania, Rusia, Francia, Inglaterra, Hungría y Alemania, entre otros).

Con esta experiencia, el CUM inició una gira en Frankfurt y, luego pasó a Salzburgo, donde actuó en la Escuela de Música del lugar. En esta ciudad vivió una de las experiencias más maravillosas, ya que el presidente del Mozarteum, luego de presenciar el concierto, invitó al CUM a una visita especial a la casa natal de Mozart. Este músico, en persona, acompañó al organismo y le permitió entrar en los subsuelos de la casa de Mozart, donde se encuentran los manuscritos originales del compositor. Cabe destacar que esta visita sólo está permitida a las comitivas presidenciales.

Posteriormente, con el pequeño y precioso piano que Mozart tuvo desde los cinco años hasta su muerte, el presidente del Mozarteum (al piano) y el CUM, interpretaron de un modo espontáneo, la última pieza que Mozart escribiera en su agonía, Lacrimosa, de su Réquiem. Ya no será lo mismo para estos integrantes volver a cantar este bellísimo número del Réquiem.

La gira continuó en Viena, con un concierto en la Sala de Conciertos de la Universidad y finalizó con conciertos en Barcelona y Tarragona.

El excelente desempeño del grupo, hizo que se anime a seguir apostando a proyectos como este, a pesar de las dificultades económicas que se les presenta para participar en eventos tan importantes. Es por esto que recién llegado a Mendoza, inició su preparación para el próximo gran proyecto que es el 8° Simposio Internacional para la Música Coral, para el que fue recientemente seleccionado entre 29 coros de todo el mundo y que se realizará en julio de 2008, en Dinamarca. Este es el evento máximo de la

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18 de julio de 2007 -12ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS – 11ª Sesión de Tablas Pág. 57

. Servidor H.C.D.D/Diario de Sesiones/ORD N° 12 del 18-07-07 (EMERGENCIA PROPIEDAD INDÍGENA)

Música Coral Internacional que organiza cada cuatro años la Federación Internacional para la Música Coral.

Mendoza, 16 de julio de 2007.

Luis Petri Artículo 1º - Declarar de interés legislativo la actuación del Coro Universitario de Mendoza en el concurso más prestigioso de Europa, “International Chamber Choir Competition” en Marktoberdorf, Alemania, entre los días 25 y 28 de mayo del presente año, habiendo sido previamente seleccionado como el único coro representante del continente americano, obteniendo el tercer puesto y el Premio Especial a la Mejor Interpretación de una Obra Contemporánea, Art. 2º - Solicitar al Poder Ejecutivo, declare de interés provincial la mencionada actuación del Coro Universitario de Mendoza que enaltecen a nuestra Provincia. Art. 3º - Otorgar una placa de reconocimiento al Coro durante la sesión, del miércoles 1 de agosto del año en curso, de esta H. Cámara. Art. 4º - De forma.

Mendoza, 16 de julio de 2007.

Luis Petri

PROYECTO DE DECLARACIÓN (EXPTE. 46023)

FUNDAMENTOS

H. Cámara:

Más allá de la necesidad de implementar cambios estructurales en el transporte ferroviario en nuestro país, la probabilidad cada vez mayor de accidentes en los pasos a nivel, especialmente a lo largo del trayecto Este-Oeste de la ex línea General San Martín, donde diariamente transitan miles de personas y vehículos de transporte, hace necesario que este Honorable Cámara transmita su preocupación a las autoridades nacionales competentes y estas a su vez a la empresa concesionaria, el grupo brasilero ALL Logística (América Latina Logística).a

El convenio de concesión con esta empresa prevé destinar 9,5% de su facturación para inversiones, 3% para el pago del canon y otro 3% para el pago prorrateado de las multas impagas.

La falta de barreras en los cruces ferroviarios es un problema que afecta significativamente a Mendoza. La provincia se ve surcada por distintos ramales pertenecientes a las líneas de los ex Ferrocarriles Belgrano y San Martín. En la mayoría de los cruces ferroviarios se observa

la inexistencia de barreras manuales o automáticas. En segundo lugar se destaca que los

accidentes producidos por arrollamiento de peatones y automovilistas, se verifican tanto en los pasos a nivel con barreras como sin barreras, pero la proporción es mayor en estos últimos.

Según un informe del MoNaReFA (Movimiento Nacional de Recuperación de los Ferrocarriles Argentinos) y del Instituto Argentino de Estudios Ferroviarios y del Transporte, en estos meses que transcurrieron del año 2.007, se han registrado más 880 muertos y 2.200 heridos en accidentes viales dentro del ámbito de la República Argentina, representado un incremento del alrededor del 30% respecto al año pasado, claro índice de que los accidentes ocurridos anualmente en relación con el transporte ferroviario mantienen un nivel sumamente alarmante y determina, la muerte de una gran cantidad de ciudadanos.

Advierte esta entidad sobre la falta de inversión de las empresas en mantenimiento e infraestructura, a lo que se suma la falta del control por parte del Estado.

El Artículo 40 del Decreto 660/96 fusionó en el ámbito de la ex Secretaría de obras y Servicios Públicos, actualmente Secretaría de Obras Públicas y Transporte del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, a la Comisión Nacional de Transporte Automotor y a la Comisión Nacional de Transporte de Transporte Ferroviario en la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, (CNRT), la Gerencia de Seguridad en el Transporte, de ésta, publica estadísticas que reflejan la gravedad de accidentes ferroviarios; cifras reveladas por el propio Secretario de Transporte.

La antigua advertencia de la señal la Cruz de San Andrés instalada en todos los pasos a nivel del país que decía: Pare, Mire y Escuche, más el montaje de las barreras automáticas o guardabarreras, campanillas, luces intermitentes, el desmalezamiento y otras precauciones, todo está vigente.

Son símbolos y elementos que da un alerta, sirvió y sirven para evitar accidentes. Estas advertencias no son, solamente, para los vehículos y transeúntes que pasan por los pasos a nivel del ferrocarril, hoy se extienden substancialmente a los funcionarios, directivos y concesionarias de nuestros ferrocarriles, porque la ausencia de esos elementos ha aumentado la cantidad de muertos.

Son señales de alerta para combatir la "distracción empresarial” absorta en las ganancias. Las estadísticas dicen que la mayor cantidad de muertes se dan donde faltan esos elementos.

Los adelantos tecnológicos, de nada valen si no son conservados, mantenidos, renovados.

Las barreras automáticas fueron instaladas cuando los ferrocarriles estaban en manos del Estado, estas, en muchos casos, no han sido conservadas ni mantenidas debidamente por los concesionarios.

El Título XIII - Accidentes - Capítulo I - Accidentes en General - Artículo 474 -Precauciones

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para evitar accidentes; establece en su inciso a) “Los empleados cualquiera sea su categoría, deben hacer todo lo posible y recurrir a todos los medios a su alcance para evitar que se produzcan accidentes.

A este efecto, todo empleado está en el deber de informar enseguida a su superior inmediato de las irregularidades que se notara, como ser: rieles rotos, señales o cambios en mal estado, crecientes de ríos que hagan peligrar las vías, barreras o portones abiertos indebidamente, animales en la vía, detentores sin colocar o trampas cerradas cuando no se maniobra, vagones en viaje con carga desarreglada o ejes caldeados, tentativas para descarrilar trenes, et.,etc., (Secretaría de Transporte - Empresa Ferrocarriles del Estado Argentino RITO - Pagina. 355 – Año1.958).

Este es el artículo 1º sobre accidentes del Reglamento Interno Técnico Operativo (RITO) para los empleados del ferrocarril. Reglamento que está en vigencia, que tiene fuerza de Ley y que no es respetado por los concesionarios ferroviarios, parece que los concesionarios lo han archivado, como a la Ley General de Ferrocarriles Nº 18.360 .

Sería sumamente extenso describir el cuadro total de deficiencias observadas, pero como se evidencia son muchos los cruces que carecen de medidas de seguridad adecuadas, basta analizar el informe difundido por un matutino de nuestra Provincia el pasado sábado 14 de julio (Los Andes A y A23, 14/7/2007).

En virtud de los argumentos expuestos, se solicita la intervención del Poder Ejecutivo Nacional para que, a través de los organismos competentes se adopten en forma inmediata y progresiva, las medidas pertinentes para revertir el actual estado de situación y posibilite terminar con un problema que afecta a Mendoza. Mendoza, 6 de julio de 2007.

Juan Antonio Gantus Artículo 1º - Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos nacionales competentes, solicite a la empresas concesionarias del servicio de ferrocarriles que operan en jurisdicción de Mendoza, las medidas necesarias que garanticen la provisión e instalación de barreras en los cruces ferroviarios provinciales, como todas las medidas de seguridad pertinente, según lo estipulado por la Ley Nº 18.360 y el Reglamento Interno Técnico Operativo de FFCC Argentinos. Art. 2° - Se adjunta a la presente norma, los fundamentos que le dan origen. Art. 3° - Regístrese, hágase saber y archívese. Mendoza, 6 de julio de 2007.

Juan Antonio Gantus

PROYECTO DE DECLARACIÓN (EXPTE. 46024)

FUNDAMENTOS

H. Cámara:

Más allá de la necesidad de implementar cambios estructurales en el transporte ferroviario en nuestro país, la probabilidad cada vez mayor de accidentes en los pasos a nivel, especialmente a lo largo del trayecto Este-Oeste de la ex línea General San Martín, donde diariamente transitan miles de personas y vehículos de transporte, hace necesario que este Honorable Cámara, transmita su preocupación a las autoridades nacionales competentes y estas a su vez a la empresa concesionaria, el grupo brasilero ALL Logística (América Latina Logística).a

El convenio de concesión con esta empresa prevé destinar 9,5% de su facturación para inversiones, 3% para el pago del canon y otro 3% para el pago prorrateado de las multas impagas.

La falta de barreras en los cruces ferroviarios es un problema que afecta significativamente a Mendoza. La provincia se ve surcada por distintos ramales pertenecientes a las líneas de los ex Ferrocarriles Belgrano y San Martín. En la mayoría de los cruces ferroviarios se observa la inexistencia de barreras manuales o automáticas.

En segundo lugar se destaca que los accidentes producidos por arrollamiento de peatones y automovilistas, se verifican tanto en los pasos a nivel con barreras como sin barreras, pero la proporción es mayor en estos últimos.

Según un informe del MoNaReFA (Movimiento Nacional de Recuperación de los Ferrocarriles Argentinos) y del Instituto Argentino de Estudios Ferroviarios y del Transporte, en estos meses que transcurrieron del año 2.007, se han registrado más 880 muertos y 2.200 heridos en accidentes viales dentro del ámbito de la República Argentina, representado un incremento del alrededor del 30% respecto al año pasado, claro índice de que los accidentes ocurridos anualmente en relación con el transporte ferroviario mantienen un nivel sumamente alarmante y determina, la muerte de una gran cantidad de ciudadanos.

Advierte esta entidad sobre la falta de inversión de las empresas en mantenimiento e infraestructura, a lo que se suma la falta del control por parte del Estado.

El Artículo 40 del Decreto Nº 660/96 fusionó en el ámbito de la ex Secretaría de Obras y Servicios Públicos, actualmente Secretaría de Obras Publicas y Transporte del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, a la Comisión Nacional de Transporte Automotor y a la Comisión Nacional de Transporte Ferroviario en la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, (CNRT), la Gerencia de Seguridad en el transporte, de ésta, pública estadísticas que reflejan la gravedad de accidentes ferroviarios; cifras reveladas por el propio Secretario

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de Transporte. La antigua advertencia de la señal la Cruz

de San Andrés instalada en todos los pasos a nivel del país que decía: Pare, Mire y Escuche, más el montaje de las barreras automáticas o guardabarreras, campanillas, luces intermitentes, el desmalezamiento y otras precauciones, todo está vigente.

Son símbolos y elementos que da un alerta, sirvió y sirven para evitar accidentes. Estas advertencias no son, solamente, para los vehículos y transeúntes que pasan por los pasos a nivel del ferrocarril, hoy se extienden substancialmente a los funcionarios, directivos y concesionarias de nuestros ferrocarriles, porque la ausencia de esos elementos ha aumentado la cantidad de muertos.

Son señales de alerta para combatir la "distracción empresarial” absorta en las ganancias. Las estadísticas dicen que la mayor cantidad de muertes se dan donde faltan esos elementos.

Los adelantos tecnológicos, de nada valen si no son conservados, mantenidos, renovados.

Las barreras automáticas fueron instaladas cuando los ferrocarriles estaban en manos del Estado, estas, en muchos casos, no han sido conservadas ni mantenidas debidamente por los concesionarios.

El Título XIII - Accidentes - Capítulo I - Accidentes en General - Artículo 474 -Precauciones para evitar accidentes; establece en su inciso a) “Los empleados cualquiera sea su categoría, deben hacer todo lo posible y recurrir a todos los medios a su alcance para evitar que se produzcan accidentes.

I. A este efecto, todo empleado está en el deber de informar enseguida a su superior inmediato de las irregularidades que se notara, como ser: rieles rotos, señales o cambios en mal estado, crecientes de ríos que hagan peligrar las vías, barreras o portones abiertos indebidamente, animales en la vía, detentores sin colocar o trampas cerradas cuando no se maniobra, vagones en viaje con carga desarreglada o ejes caldeados, tentativas para descarrilar trenes, et.,etc., (Secretaría de Transporte - Empresa Ferrocarriles del Estado Argentino RITO - Pagina. 355 – Año 1958).

Este es el artículo 1º sobre accidentes del Reglamento Interno Técnico Operativo (RITO) para los empleados del ferrocarril. Reglamento que está en vigencia, que tiene fuerza de Ley y que no es respetado por los concesionarios ferroviarios, parece que los concesionarios lo han archivado, como a la Ley General de Ferrocarriles Nº 18.360

Sería sumamente extenso describir el cuadro total de deficiencias observadas, pero como se evidencia son muchos los cruces que carecen de medidas de seguridad adecuadas, basta analizar el informe difundido por un matutino de nuestra provincia el pasado sábado 14 de julio (Los Andes A y A23, 14/7/2007).

Por último, es necesario que cada Municipalidad dentro de sus respectivas jurisdicciones, informe sobres las deficiencias que las afectan en este sentido, a fin solicitar las

medidas de prevención correspondientes.

Mendoza, 17 de julio de 2007.

Juan Gantus Artículo 1º - Que vería con agrado que las Municipalidades de Mendoza, remitieran al Poder Ejecutivo Provincial, un amplio detalle de los cruces ferroviarios que no cumplen las condiciones de seguridad previstas por la legislación vigente. Art. 2º - Se adjunta a la presente norma, los fundamentos que le dan origen. Art. 3º - Regístrese, hágase saber y archívese.

Mendoza, 17 de julio de 2007. Juan Gantus

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

(EXPTE. 46027) Artículo 1º - Solicitar a la Dirección de Personas Jurídicas dependiente del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Mendoza informe a esta H. Cámara, a la brevedad, los siguientes puntos relacionados con la conformación de consorcios públicos para la gestión intermunicipal de servicios públicos de prestación local, de acuerdo a lo establecido en la ley provincial No 6957:

a) Cantidad de Personerías Jurídicas tramitadas u otorgadas a estos efectos desde la entrada en vigencia de la mencionada ley provincial, y

b) Detalle de los municipios que tramitaron o recibieron autorización jurídica para conformar consorcios públicos para la gestión intermunicipal de servicios. Art. 2º - Regístrese, hágase saber y archívese. Mendoza, 6 de julio de 2007.

Eduardo Bauzá

PROYECTO DE RESOLUCIÓN (EXPTE. 46029)

FUNDAMENTOS

H. Cámara:

El crecimiento experimentado por el sector turístico en los últimos tiempos, en especial a partir de la devaluación de nuestra moneda, ha sido muy importante.

Dicho crecimiento exige de parte del estado una mayor inversión en recursos para proyectar, dirigir y controlar la evolución del sector.

En este último sentido debemos destacar que son frecuentes las quejas y/o denuncias de

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turistas que nos visitan, respecto del servicio prestado por distintas empresas dedicadas a la actividad.

En estos días llegó a nuestro conocimiento una inquietud planteada por la Organización no Gubernamental denominada “Profesionales del Turismo”, que da cuenta de un lamentable episodio sufrido por unos pasajeros en el complejo turístico “Lomas Blancas” de Penitentes, (cuya copia adjuntamos).

En general podemos señalar con claridad que uno de los inconvenientes centrales de la actividad, es la falta total de control por parte del gobierno provincial en la prestación de los servicios turísticos.

Por el contrario, la actividad turística en la actualidad se presta en forma totalmente irregular y anárquica.

En ese orden, podemos suponer que la Subsecretaría de Turismo no cuenta con ninguna dirección habilitada para efectuar el control necesario de la actividad de referencia, o de existir sus funciones brillan por su ausencia.

Teniendo en cuenta que grandes emprendimientos hoteleros se han radicado en Mendoza. Que las universidades están ofreciendo nuevas carreras relacionadas con el sector, que se han incorporado nuevos circuitos turísticos en relación al vino y que la temporada invernal ha comenzado con una importante cantidad de nieve, favoreciendo el desarrollo de las actividades relacionadas con los deportes invernales, es que se hace necesario prestar especial interés en todo lo relacionado al control y la calidad de los servicios que se ofrecen.

Como hemos dicho, este fenomenal desarrollo no ha tenido el correlato necesario en el marco de este nuevo escenario, por ello solicitamos presidente la aprobación del presente proyecto.

Mendoza, 17 de julio de 2007.

Pablo Tornello Artículo 1° - Solicitar al Poder Ejecutivo Provincial que, a través del Ministerio de Turismo, informe a esta HCD:

a) Si existe organismo público específico destinado a controlar la calidad de los servicios turísticos brindados por los operadores privados en la Provincia de Mendoza.

b) En caso afirmativo informe además, personal afectado a esa área y estadísticas de la repartición de los últimos dos años a la fecha. Art. 2º - En el supuesto caso de no existir organismo destinado al control del servicio turístico, autorizar al Poder Ejecutivo de la Provincia a designar: Inspectores en el ámbito del Ministerio de Turismo, cuya tarea única y específica será ejercer el control de la actividad de los operadores privados del servicio turístico en el territorio de la Provincia de Mendoza.

Art. 3º - Ampliar las partidas presupuestarias correspondientes tanto al Ministerio de Turismo, como a la Dirección de Tránsito y Transporte, a fin de dar cumplimiento a lo planteado en el Art. 1º. Art. 4º - Regístrese, hágase saber y archívese.

Mendoza, 17 de julio de 2007.

Pablo J. Tornello

PROYECTO DE RESOLUCIÓN (EXPTE. 46039)

FUNDAMENTOS

H. Cámara:

Anualmente el Departamento Maipú, en su tradición vitivinícola y olivícola, se viste de fiesta, para agradecer a la Virgen del Olivo por las bendiciones recibidas a lo largo de una temporada de trabajo que culmina con la tan esperada cosecha de aceitunas y su producto el aceite de oliva.

Maipú, durante muchos años aportó la mayor cantidad de superficie implantada con bosques de olivos a Mendoza, consecuencia de una rica herencia que nos lleva hasta la época de la colonia, cuando los primeros evangelizadores jesuitas trajeron estos bíblicos árboles al paraje conocido como Cruz de Piedra.

Actualmente, gracias al ahínco y perseverancia de las instituciones representativas de este pujante sector, se ha difundido y reconocido el valor cultural e histórico que intrínsecamente ha aportado el olivo y sus derivados en nuestras vidas.

En este marco la Comisión Provincial del Olivo y la Aceituna, integrada por la Municipalidad de Maipú, el Club Cruz de Piedra y la Fundación Seminare, ha organizado el “VII Festival Provincial de la Olivicultura-Mendoza 2.007”, el que comprende los siguientes rubros: religioso, académico, histórico patrimonial, gastronómico, turístico, empresarial. Dicho Festival finaliza los días viernes 27 y sábado 28 de julio, con espectáculos artísticos y elección de la Reina Provincial de la Olivicultura y 29 de julio con el Rock del Olivar.

Por la trascendencia del festival, que a lo largo de sus ediciones ha traspasado las fronteras provinciales y la necesidad de reconocer el esfuerzo de sus organizadores, en su incansable aporte a una de las más emblemáticas actividades económicas de Mendoza, es que se eleva el presente proyecto de resolución, con el objeto de que la Honorable Cámara, lo haga extensivo a estos pioneros. Mendoza, 16 de julio de 2007.

Juan Antonio Gantus Artículo 1º - Declarar de interés Económico-Cultural de esta Honorable Cámara al “VII Festival Provincial

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de la Olivicultura- Mendoza 2.007”, organizado por la Comisión Provincial del Olivo y la Aceituna e integrado por los siguientes rubros: religioso, académico, histórico patrimonial, gastronómico, turístico, empresarial y social. Art. 2° - Declarar al Departamento de Maipú “Capital Nacional del Aceite de Oliva Extra Virgen”. Art. 3° - Remitir copia de la presente, con los fundamentos que le dieron origen a los Ministerios de Cultura y Turismo y de Economía de Mendoza y a la Comisión Provincial del Olivo y la Aceituna. Art. 4º - Regístrese, hágase saber y archívese. Mendoza, 16 de julio de 2007.

Juan Antonio Gantus

PROYECTO DE RESOLUCIÓN (EXPTE. 46040)

FUNDAMENTOS

H. Cámara:

La recaudación prevista para el ejercicio 2007, correspondiente al Impuesto Inmobiliario, según el Cálculo de Recursos del Presupuesto General de la Provincia, se estimó en ciento ocho millones de pesos ($108.000.000)

En el pasado mes de abril del corriente, tomamos conocimiento de que por error en la facturación 2.007, se habría afectado al dos por ciento (2%) del padrón total de contribuyentes del citado impuesto; unos once mil quinientos (11.500) inmuebles. De éstos unos cinco mil (5.000) debían ingresar en algunos casos, diez pesos ($10,00) más en concepto de impuesto y seis mil quinientos (6.500) más de diez pesos ($10,00), lo que es pretender cobrar por encima de lo autorizado por Ley Nº 7637.

Esto arrojaría, en forma preliminar, un sobre impuesto inmobiliario de aproximadamente seiscientos mil pesos ($ 600.000), más unos trescientos veinte mil pesos ($320.000), de nueve mil cuatrocientos diez (9.410) contribuyentes que habrían cumplido con sus obligaciones en el 2006, por lo que la Dirección General de Rentas debería reintegrar novecientos veinte mil pesos ($920.000).

Este cobro indebido alcanza aquellas parcelas donde el valor unitario de los terrenos se vio incrementado en los últimos ejercicios fiscales, modificando el coeficiente zonal, lo que impactaría sobre sectores del Gran Mendoza y San Rafael en las categorías que componen los núcleos urbanos cotizados, donde rige el tope del treinta por ciento (30%) en el importe final del tributo.

Este coeficiente, que es calculado en función del valor unitario de la tierra libre de mejoras, correspondiente al ejercicio 2005, no se habría aplicado y en su lugar se habrían tomado los

coeficientes 2006 y 2007. Las leyes de Avalúo 2006 y 2007, ambas en

su artículo 2º, del Capítulo I de Disposiciones Generales, aprueban el Anexo I, el que establece la definición de los parámetros y metodología aplicable para la determinación de Avalúo Fiscal de inmuebles situados en áreas urbanas, suburbanas, rurales y/o de secano, considerando las características y ubicación de éstas. El citado Anexo, al hacer referencia al Coeficiente Zonal, dispone que éste dependerá del lugar donde su ubica la propiedad y los valores se establecen teniendo en cuenta el valor unitario del terreno y su cálculo se hará en función del valor unitario de la tierra libre de mejoras, correspondiente al ejercicio fiscal 2005, tal como lo interpretó y votó esta Legislatura al momento de tratarse la segunda de las leyes.

Ante esta situación, el Ministerio de Hacienda se comprometió a reintegrar los importes ingresados de más o generar una nota de crédito para el próximo ejercicio. Para los contribuyentes que no hayan abonado el impuesto, emitir una nueva liquidación.

Oportunamente, el Poder Ejecutivo remitió una nota a esta Honorable Legislatura, solicitando la modificación de la Ley de Avalúo 2007, con el objeto de remediar tal situación, trámite que no prosperó.

Determinado el error, no se ha informado a esta Honorable Cámara con precisión el importe total que debió o deberá reintegrarse, ni la metodología que se aplicó a tales efectos.

Mendoza, 17 de julio de 2007.

Juan Gantus Artículo 1º - Solicitar al Poder Ejecutivo Provincial, que a través de las Direcciones Generales de Catastro y de Rentas, informe sobre los siguientes puntos:

1. Cantidad de contribuyentes del Impuesto Inmobiliario, afectados por error en el cálculo del Avalúo Fiscal correspondiente a los ejercicios fiscales 2006 y 2007.

2. Monto del Impuesto Inmobiliario determinado en exceso como consecuencia del error a que hace referencia el punto anterior, con detalle de su afectación por ejercicio.

3. Método de devolución del Impuesto Inmobiliario, años 2006 y 2007, determinado en exceso.

4. Resultados de la aplicación del punto anterior.

5. Cantidad de contribuyentes a quienes se les haya regularizado la determinación del débito fiscal y reintegrado los importes cobrados en exceso, correspondiente al Impuesto Inmobiliario 2006 y 2007.

6. Responsables administrativos del cálculo con error y de la reliquidación del Impuesto Inmobiliario 2006 y 2007, determinado en exceso.

7. Estimación del error de determinación si no hubiesen operado los topes contenidos en la

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18 de julio de 2007 -12ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS – 11ª Sesión de Tablas Pág. 62

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fórmula de cálculo del impuesto inmobiliario 2006 y 2007. Art. 2º- Regístrese, hágase saber y archívese.

Mendoza, 17 de julio de 2007.

Juan Gantus

PROYECTO DE RESOLUCIÓN (EXPTE. 46041)

FUNDAMENTOS

H. Cámara: En el marco del “VII Festival Provincial de la Olivicultura-Mendoza 2007”, la Comisión Provincial del Olivo y la Aceituna, integrada por la Municipalidad de Maipú, el club Cruz de Piedra y la Fundación Seminare, ha organizado el Concurso Nacional de Aceite de Oliva Extra Virgen “Cuyoliva 2007”.

Este evento tiene por objeto, calificar y difundir al resto del mundo la alta calidad de los aceites de oliva extra virgen que se producen en las distintas regiones de nuestro país.

Podrán participar en este concurso productores independientes que posean olivos y elaboren a máquina aceite de oliva extra virgen, cooperativas integradas por éstos que elaboren sus aceites de oliva extra virgen y fábricas que elaboren aceites de oliva extra virgen provenientes de la misma provincia donde se ubica.

Los participantes serán admitidos tras la presentación de muestras de aceites de oliva extra virgen correspondientes a la cosecha 2007. Podrán ser varietales y/o blend, proceder de lotes homogéneos, o, en el caso de estar contenidos en dos o más depósitos, éstos se muestrearán en forma conjunta para obtener así muestras fieles con sus lotes originales. Respecto a los varietales, cada concursante podrá presentar sólo una muestra por cada uno de ellos. Por último, en lo que hace al blend, cada concursante podrá presentar además de los varietales, un máximo de dos muestra de blend diferentes.

El concurso prevé que las muestras serán evaluadas sensorialmente, otorgándose a los ganadores en las categorías de los diferentes varietales y/o blend un diploma que reconozca al producto como “Aceite de oliva extra virgen, de alta calidad". Los aceites de oliva extra virgen cuya evaluación sensorial resulte irreprochable serán reconocidos con Diploma de mención de calidad. Ambas menciones serán entregadas durante el evento empresarial del “VII Festival Provincial de la Olivicultura-Mendoza 2007”.

Por la trascendencia del evento, sus implicancias para la economía de la provincia y la necesidad de reconocer el esfuerzo de sus organizadores, en su incansable aporte a una de las más emblemáticas actividades de Mendoza, es que

se eleva el presente proyecto de resolución, con el objeto de que la Honorable Cámara lo haga extensivo a estos pioneros.

Mendoza, 17 de julio de 2007.

Juan Gantus Artículo 1º - Declarar de interés de Mendoza Económico de esta Honorable Cámara al Concurso Nacional de Aceite de Oliva Extra Virgen “Cuyoliva 2007”, en el marco empresarial del “VII Festival Provincial de la Olivicultura- Mendoza 2007”, organizado por la Comisión Provincial del Olivo y la Aceituna. Art. 2º - Remitir copia de la presente, con los fundamentos que le dieron origen al Ministerio de Economía de Mendoza y a la Comisión Provincial del Olivo y la Aceituna. Art. 3º - Regístrese, hágase saber y archívese.

Mendoza, 17 de julio de 2007.

Juan Gantus

PROYECTO DE DECLARACIÓN (EXPTE. 46028)

FUNDAMENTOS

H. Cámara:

Habiendo tomado conocimiento por diferentes Medios de Comunicación tanto nacionales como provinciales, de la Resolución Nº 100/2007 emitida por el Concejo Deliberante del Departamento Malargüe, en la que literalmente expresa en su articulado lo siguiente:

Art. 1°- “Repudiar todo tipo de Convocatoria a Reuniones Provenientes de Organizaciones que defienden Ideas a Ultranza, Deteriorando el Sistema Democrático de Libres Ideas con Fundamentos Palpables, que Favorecen el Crecimiento Integral de los Pueblos y sus Comunidades”.

Art. 2° - “Preveer, que de realizarse en el futuro este tipo de reuniones deberá el Departamento Ejecutivo Municipal y el Honorable Consejo Deliberante, conocer los contenidos y Fines de los Temas Propuestos”.

Teniendo en cuenta los comentarios de la Concejala Silvia Calvi (Autora del mencionado proyecto) -Diario La Nación del 5/7/07 – “Queremos evitar que los ambientalistas corten las rutas”…” La Resolución esta dirigida solamente a Carlos Benedetto que es una persona muy conflictiva en el pueblo, siempre se mete en todo. Esta resolución es contra el”.

Cabe destacar que el mencionado Carlos Benedeto es el Presidente de la FADE (Federación Argentina de Espeleología) y activo defensor del medio ambiente, y que la causa de la presentación

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18 de julio de 2007 -12ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS – 11ª Sesión de Tablas Pág. 63

. Servidor H.C.D.D/Diario de Sesiones/ORD N° 12 del 18-07-07 (EMERGENCIA PROPIEDAD INDÍGENA)

del proyecto según expresa en sus fundamentos la autora, ha sido motivada por realización de una Asamblea realizada en la Escuela R. Ortega, organizada por la FADE y AMPAP (Asamblea Mendocina por Agua Pura) donde se analizaba la posible contaminación del agua producida por algunos tipos de explotación Minera.

Siendo de conocimiento en esta H. Cámara del debate que ha provocado en toda la Provincia y el País ,la conveniencia o no de seguir adelante con este tipo de explotación, por los riesgos que representa.

La Resolución aprobada por el Concejo Deliberante de Malargüe, no solamente nos causa asombro por su intención expresa de acallar la opinión de instituciones reconocidas mundialmente y de ciudadanos interesados en los problemas por la contaminación ambiental, sino que también conforma a nuestro entender una violación al Art. 14 de la Constitución Nacional, al intentar limitar injustificadamente el derecho de reunión.

Por todo lo expuesto y la gravedad que representa que una institución base de la democracia como lo es un Concejo Deliberante, haya aprobado tal resolución. Mendoza, 6 de julio de 2007.

Néstor Piedrafita Artículo 1° - Que verían con agrado que el H. Concejo Deliberante de Malargüe, deje sin efecto la Resolución Nº 100/07. Art. 2° - De forma. Mendoza, 6 de julio de 2007.

Néstor Piedrafita

PROYECTO DE RESOLUCIÓN (EXPTE. 46034)

FUNDAMENTOS

H. Cámara:

Entre los días 23 y 24 próximos tendrá lugar en Mendoza el “Foro Nacional del Seguro Cuyo 2007” importante evento impulsado por la Federación de Asociaciones de Productores Asesores de Seguros de la República Argentina (FAPASA) y APAS Cuyo.

En la oportunidad concurrirán a Mendoza autoridades nacionales y directivos de las distintas asociaciones del país junto con destacados profesionales que disertaran en los paneles sobre las diferentes realidades económicas, políticas y sociales en que se desarrolla esta actividad vital para el futuro del país.

Las Compañías de Seguros (pilares fundamentales de la actividad); sus canales

comerciales y especialmente la actividad de los Productores Asesores de Seguros; el marco jurídico y el mercado serán objeto de análisis y destinatarios de distintas propuestas que tiendan a la evolución de esta importante actividad empresaria.

Por todo lo brevemente expuesto. Mendoza,16 de julio de 2007.

Néstor Piedrafita Artículo 1° - Declarar de interés de la Cámara de Diputados la realización el “Foro Nacional del Seguro Cuyo 2007”. Art. 2° - De forma. Mendoza, 12 de julio de 2007.

Néstor Piedrafita SR. PRESIDENTE (Marín) - Se va a votar el tratamiento sobre tablas de los expedientes 46025, 46043, 46052, 46050, 46048, 46051, 46031, 46032, 46042, 46023, 46024, 46027, 46029, 46039, 46040, 46041, 46028,46034, 46005, 45971, 45995, 46002 y 46003.

- Resulta afirmativa. Expte. 46005, consultar Asuntos Entrados Nº 21 Expte. 45971, consultar Asuntos Entrados Nº 16 Expte. 45995, consultar Asuntos Entrados Nº 18 Expte. 46002, consultar Asuntos Entrados Nº 19 Expte. 46003, consultar Asuntos Entrados Nº 20 SR. PRESIDENTE (Marín) - Se darán cumplimiento.

- (Ver Apéndices 40 al 62 inclusive) SR. PRESIDENTE (Marín) - Despachos de comisión.

Por Secretaría se informa que no hay preferencias con despacho.

Preferencia número 46. Tiene la palabra el diputado Arenas.

SR. ARENAS (PD) - Señor presidente: es para solicitar que dicha preferencia mantenga el mismo estado. SR. PRESIDENTE (Marín) - Se va a votar.

- Resulta afirmativa. - (Ver Apéndice Nº 63)

XV

EXPTE. 45392.

RATIFICANDO DECRETOS 465/06 Y 988/07 SR. PRESIDENTE (Marín) - Despacho número 81.

- El texto del despacho número 81, es el siguiente:

DESPACHO DE COMISIÓN 81

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Expte. 45392/07

H. Cámara:

Vuestra Comisión de LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES, ha considerado el proyecto de ley, remitido por el PODER EJECUTIVO, mediante el cual "SE PRORROGA POR 12 MESES LO DISPUESTO POR DECRETO 593/92 PRORROGADO POR DEC. 465/06”, y por las razones que dará el miembro informante, os aconseja prestéis sanción favorable al siguiente

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY: Artículo 1º - Ratifícanse los Decretos Nros. 465/06 y 988/07, por los términos previstos en los mismos y conforme las disposiciones del Decreto Nº 593/92, a los fines del cumplimiento del Convenio celebrado entre el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial de fecha 5 de febrero de 1992. Art. 2º - Lo establecido por el artículo anterior comprende al personal de la Dirección de Registros Públicos y Archivo Judicial de la Provincia -Sede Central- y al personal de la zona Sur ya afectados. Art. 3º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Sala de Comisiones, 12 de junio de 2007. Raúl Vicchi, Eduardo Bauzá, Raúl Millán, Luis Petri, Gerardo Soria, Julio Simón, Mario Casteller, Oscar Ligonié SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Arenas. SR. ARENAS (PD) - Señor presidente: es para pedir un minuto de cuarto intermedio. SR. PRESIDENTE (Marín) - Presidencia hace suyo el cuarto intermedio solicitado.

- Así se hace, a las 14.51. - A las 14.52, dice el

SR. PRESIDENTE (Marín) - Se reanuda la sesión.

En consideración en general despacho 81, expediente 45392.

Por Secretaría se tomará votación nominal.

- Votan por la afirmativa los diputados: Arenas, Bianchinelli, Blanco, Castellano, Casteller, Cazzoli, Dalla Cia, Díaz, Ficarra, Marín, Martínez, Maza, Merino, Millán, Monserrat, Montaño, Montenegro, Morales, Oldrá, Piedrafita, Recabarren,

Serrano, Sfreddo, Simón, Tornello, Vicchi, Vietti y Vilches. SR. PRESIDENTE (Marín) - Queda aprobado por 28 votos por la afirmativa y ninguno por la negativa.

Corresponde su tratamiento en particular. Por Secretaría se enunciará su articulado. Artículo que no sea observado, se dará por aprobado.

- Se enuncian y aprueban sin observación los Arts. 1º y 2º.

-El Art. 3º es de forma. SR. PRESIDENTE (Marín) - Habiendo sido aprobado en general y en particular, pasa al Senado en revisión. - (Ver Apéndice Nº 8)

XVI

DESPACHOS APROBADOS

SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Vicchi. SR. VICCHI (UCR) - Señor presidente: voy a proponer, siempre que no exista oposición de ningún legislador, que para los expedientes 87, 88, 89, 90 y 91 se dicte una resolución dando por aprobados en general y en particular todos estos proyectos. SR. PRESIDENTE (Marín) - En consideración del Cuerpo.

Tiene la palabra el diputado Casteller. SR. CASTELLER (PD) - Señor presidente: es para solicitar un cuarto intermedio de un minuto. SR. PRESIDENTE (Marín) - Presidencia invita al Cuerpo a pasar a un cuarto intermedio de un minuto.

- Se pasa a cuarto intermedio, a las 14.56. - A las 14.57, dice el

SR. PRESIDENTE (Marín) - Se reanuda la sesión.

Se va a votar la moción del diputado Vicchi, para que apartándonos del Reglamento dictemos una resolución dando por aprobados los despachos solicitados.

- Resulta afirmativa. - (Ver Apéndice Nº 64) - El texto de los despachos 87, 88, 89, 90 y

91, es el siguiente:

DESPACHO DE COMISIÓN 87 Expte. 44819/07 H. Cámara:

Vuestra Comisión de CULTURA Y EDUCACIÓN, ha considerado el proyecto de ley presentado por la diputada Mirta Díaz, mediante el cual "SE ESTABLECE QUE LOS

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ESTABLECIMIENTOS PRIVADOS NO PODRÁN RETENER BOLETINES U OTRA DOCUMENTACIÓN POR FALTA DE PAGO", y por las razones que dará el miembro informante, os aconseja prestéis sanción favorable al siguiente

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY: Artículo 1º - Los establecimientos educativos privados incorporados a la enseñanza oficial no pueden retener boletines de calificaciones, certificados de estudios, pases a otros establecimientos, certificados de regularidad y toda otra documentación oficial del alumno que registra morosidad en el pago de aranceles correspondientes. Art. 2º - Ningún alumno, con motivo de mora en el pago de aranceles, podrá ser privado de la asistencia regular a todas las clases, experiencias y actividades pedagógicas e institucionales en general que conformen la currícula o plan de estudios oficial, mientras no se verifiquen las siguientes condiciones:

1. Que la falta de pago de aranceles corresponda a tres (3) meses consecutivos, 2. Que el padre, madre o responsable del alumno haya sido intimado en forma fehaciente a cancelar la deuda existente, 3. Que se haya asignado la vacante en los términos del artículo 3º. Art. 3º - De verse configurados los extremos descriptos en los incisos 1) y 2) del artículo segundo 2º, y con el fin de garantizar la continuidad de los estudios establecidos en el inciso 3) del mencionado artículo, el establecimiento educativo comunicará la situación a la Dirección General de Escuelas, a efectos de que ésta resuelva, a través del organismo que corresponda y en un plazo máximo de quince (15) días la asignación de una vacante en un establecimiento estatal de su dependencia. Art. 4º - La Dirección General de Escuelas aplicará las sanciones que establezca la reglamentación de la presente norma legal a aquellos establecimientos educativos que no cumplan con la presente ley. Art. 5º - La Dirección General de Escuelas podrá sancionar con hasta la caducidad de la incorporación a la enseñanza oficial, a aquellos establecimientos que no se avengan a entregar la documentación requerida ante la intimación correspondiente. Art. 6º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Sala de Comisiones, 9 de abril de 2007. José María Martínez, Yolanda Sfreddo, Leticia Oldrá, Mirta Díaz, Rubén Lazaro, Pablo Tornello, Raúl Millán

ADHESIÓN H. Cámara:

Vuestra Comisión de LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES, ha considerado el proyecto de ley, presentado por la diputada Mirta Díaz, mediante el cual "SE ESTABLECE QUE LOS ESTABLECIMIENTOS PRIVADOS NO PODRÁN RETENER BOLETINES U OTRA DOCUMENTACIÓN POR FALTA DE PAGO”, y por las razones que dará el miembro informante, ADHIERE al despacho producido por la Comisión de CULTURA Y EDUCACIÓN de fecha nueve de abril de dos mil siete.

Sala de Comisiones, 29 de mayo de 2007. Raúl Vicchi, Eduardo Bauzá, Raúl Millán, Mirta Díaz, Gerardo Soria, Julio Simón

DESPACHO DE COMISIÓN 88 Expte. 42161/06 H. Cámara:

Vuestra Comisión de CULTURA Y EDUCACIÓN, ha considerado el proyecto de ley presentado por la diputada Yolanda Sfreddo, mediante el cual "SE INCORPORA A LAS EDICIONES DE LIBROS DE NIVEL INICIAL, EGB Y POLIMODAL, LA PUBLICACIÓN DE DERECHOS DEL NIÑO", y por las razones que dará el miembro informante, os aconseja prestéis sanción favorable al siguiente

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY: Artículo 1º - Incorpórase a las ediciones de los libros de texto de Nivel Inicial, EGB y Polimodal ordenadas, supervisadas y aprobadas bajo la órbita de la Dirección General de Escuelas la publicación de los Derechos del Niño Art. 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Sala de Comisiones, 19 de junio de 2007. José María Martínez, Yolanda Sfreddo, Mirta Díaz, Mirta Castellano, Rubén Lazaro, Raúl Millán,

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Mario Casteller

DESPACHO DE COMISIÓN 89

Expte. 44897/07 H. Cámara:

Vuestra Comisión de CULTURA Y EDUCACIÓN, ha considerado el proyecto de ley presentado por el diputado Raúl Millán, mediante el cual "SE CREA EN LA ESCUELA Nº 2-045 LA SALA ESPECIAL DE ESTIMULACIÓN TEMPRANA", y por las razones que dará el miembro informante, os aconseja prestéis sanción favorable al siguiente

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY: Artículo 1º - Creáse en la Escuela de Niños con Discapacidades Sensoriales y Múltiples Discapacidades Nº 2-045 “Club de Leones”, de la ciudad de Tunuyán, Provincia de Mendoza, la “Sala Especial de Estimulación Temprana”, para niños a partir de los 45 días de vida. Art. 2º - Instálanse en la sala creada por el artículo anterior, todos los accesorios técnicos y el equipamiento de materiales necesarios para su funcionamiento, para ello se considerarán los elementos que a continuación se detallan como los “más necesarios” para la función inicial, pudiendo la autoridad competente ampliarlo para un mejor funcionamiento de la sala:

*Baño para discapacitados *Camilla Kinesiología *Paralela *Escalera fija en pared (para trepar) *Plano inclinado *Silla con escotadura para niños con PC *Mesas con escotadura para niños con PC *Bicicleta fija *Espirómetro *Corralitos de madera *Equipos de sonido con auriculares y

micrófonos (para estimulación auditiva) *Espejos *Colchonetas forradas con bratina *Pelotas inflables de distintos tamaños y

colores *Túnel didáctico *Bloques de esponja distintos tamaños y

formas, forrados en diferentes colores *Baldes diferentes tamaños y colores *Pelotas diferentes tamaños y colores *Figuras geométricas forradas con distintas

texturas

*Material didáctico con sonido y luz (estimulación auditiva y visual)

*Juegos: de encastre, encaje y enhebrado *Sogas de distintos grosores *Tubos de poliuretano

Art. 3º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Sala de Comisiones, 9 de abril de 2007.

José María Martínez, Yolanda Sfreddo, Leticia Oldrá, Mirta Díaz, Rubén Lazaro, Raúl Millán, Mario Casteller

DESPACHO DE COMISIÓN 90

Expte. 43909/06. H. Cámara:

Vuestra Comisión de TURISMO Y DEPORTES, ha considerado el proyecto de ley, presentado por la diputada Mirta Díaz, mediante el cual “SE CREA EL PROGRAMA DE ASISTENCIA A LOS CLUBES”, y por las razones que dará el miembro informante, os aconseja prestéis sanción favorable al siguiente

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS

DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN

CON FUERZA DE

LEY:

Artículo 1º - Créase en el ámbito de la Provincia de Mendoza, el “Programa de Asistencia los Clubes” (PAC), que dependerá de la Subsecretaría de Deportes y Recreación, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social y de las reparticiones que el Poder Ejecutivo considere competente para la ejecución y elaboración del programa propuesto. Art. 2º - A tales efectos se creará un registro de los clubes existentes en jurisdicción de la Provincia que se encuentren interesados en participar del programa. Art. 3º - Dicho programa tendrá como objetivo principal el asesoramiento, planificación y financiamiento de los proyectos de los distintos clubes presentes ante la Subsecretaría de Deportes y Recreación, quien será la autoridad determinante de la viabilidad de los mismos. Art. 4º - De los proyectos: Podrán ser de distintas características:

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a) Proyectos de infraestructura edilicia, que podrán abarcar mejoras, ampliaciones, reformas y construcciones de nuevas instalaciones.

b) Proyecto de equipamiento de elementos para la practica de actividades deportivas y/o sociales.

c) Proyectos de integración barrial, tendientes al desarrollo de actividades interdisciplinarias que impliquen un nexo con instituciones oficiales y no oficiales (vecinales, centros comunitarios, comedores, etc.)

d) Proyectos de fomento de disciplinas deportivas, con asistencia profesional del personal de la provincia, así como la organización de torneos interclubes. Art. 5º - De la financiación:

a) Los fondos a aportar por la Provincia serán hasta cinco mil pesos ($5.000) por año y por club. Los que podrán ser complementados o ser complementarios de medios alternativos de financiación que surjan tanto de entidades públicas como privadas, cuando el monto necesario para la concreción del proyecto exceda la cifra mencionada.

b) Anualmente el presupuesto designará la partida correspondiente, a fin que el programa se pueda efectivizar.

c) La Subsecretaría de Deportes evaluará, según las características del proyecto, la posibilidad de realizarlo en dos etapas, siendo estas concretadas en dos años consecutivos. Art. 6º - El Poder ejecutivo de la Provincia planificará y pondrá a disposición de las distintas comisiones directivas de los clubes, cursos de capacitación de dirigentes a fin de lograr una mejor gestión en sus entidades. El hecho de asistir al curso de capacitación otorga prioridad a la hora de seleccionar proyectos presentados. Este requisito regirá el año posterior de haberse implementado dicho curso. Art. 7º - Podrán participar de este programa todos los clubes que cumplan con los siguientes requisitos:

a) Que no reciban beneficios estatales de cualquier orden (excepto los subsidios provenientes de los poderes legislativos, tanto provincial como nacional).

b) Que presenten una masa societaria no mayor a 3.000 socios.

c) Que en ellos se practique por los menos una actividad federada.

d) Que posean una cuota promedio de $10 (diez) por mes y por persona, como límite máximo.

e) Que presten sus instalaciones a colegios o reparticiones públicas. Art. 8º - La aprobación de los distintos proyectos será atribución del Poder Ejecutivo, previo dictamen favorable de una comisión conformada por cinco miembros, uno de carácter técnico, en

representación del Poder Ejecutivo, dos legisladores y dos representantes de los clubes beneficiarios.

Los miembros de la comisión serán elegidos anualmente por los presidentes de las instituciones participantes. Art. 9º - Los clubes deberán ser debidamente informados de la vigencia del PAC mediante los medios masivos de comunicación. Art. 10 - El Poder Ejecutivo Provincial reglamentara todos los aspectos no contemplados en la presente. Art. 11º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Sala de Comisiones, 15 de mayo de 2007.

Guillermo Merino, Eduardo Bauzá, Pablo Tornello, Leticia Oldrá, Mario Ficarra, Liliana Vietti, Alberto Sánchez, Cristina Pérez

ADHESIÓN H. Cámara:

Vuestra Comisión de HACIENDA Y PRESUPUESTO, ha considerado el proyecto de ley, presentado por la diputada Mirta Díaz, mediante el cual “SE CREA EL PROGRAMA DE ASISTENCIA A LOS CLUBES”, y por las razones que dará el miembro informante, ADHIERE al despacho producido por la Comisión de TURISMO Y DEPORTES de fecha quince mayo de dos mil siete.

Sala de Comisiones, 29 de mayo de 2007.

Daniel Vilches, Liliana Vietti, Jorge Carballo, Humberto Montenegro, Guillermo Merino, Juan Gantus, Alberto Sánchez

DESPACHO DE COMISIÓN 91

Expte. 43135/06

H. Cámara:

Vuestra Comisión de CULTURA Y EDUCACIÓN, ha considerado el proyecto de ley presentado por el diputado Raúl MILLÁN, mediante el cual "SE ADHIERE A LEY NACIONAL Nº 26058 DENOMINADA “LEY DE EDUCACIÓN TÉCNICO PROFESIONAL", y por las razones que dará el miembro informante, os aconseja prestéis sanción favorable al siguiente

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY:

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18 de julio de 2007 -12ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS – 11ª Sesión de Tablas Pág. 68

. Servidor H.C.D.D/Diario de Sesiones/ORD N° 12 del 18-07-07 (EMERGENCIA PROPIEDAD INDÍGENA)

Artículo 1º - Adhiérese a Ley Nacional Nº 26058 denominada “LEY DE EDUCACIÓN TÉCNICO PROFESIONAL”, en la que se establecen las medidas para regular, ordenar y jerarquizar la Educación Técnico Profesional. Art. 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Sala de Comisiones, 19 de junio de 2007. José María Martínez, Yolanda Sfreddo, Mirta Díaz, Mirta Castellano, Rubén Lazaro, Alberto Recabarren, Cristina Pérez, Raúl Millán SR. PRESIDENTE (Marín) - En consideración el despacho 92, expediente 42003.

- El texto del despacho 92 B, es el siguiente

DESPACHO DE COMISIÓN 92 B

Expte. 42003/06 H. Cámara:

Vuestra Comisión de HACIENDA Y PRESUPUESTO, ha considerado el proyecto de ley, presentado por el diputado Rubén Moyano, mediante el cual “SE INCORPORA EN EL PLAN DE OBRAS PÚBLICAS, PARTIDA PRESUPUESTARIA PARA CONSTRUCCIÓN O ADQUISICIÓN DE HORNOS DE INCINERACIÓN PARA DESTRUCCIÓN DE MERCADERÍA DECOMISADA EN LAS BARRERAS SANITARIAS”, y por las razones que dará el miembro informante, os aconseja prestéis sanción favorable al siguiente

PROYECTO DE DECLARACIÓN

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA: Artículo 1º - Que vería con agrado que se incluya en carácter de Obra Nueva en las Planillas Analíticas que integran el Plan de Obras Públicas (Ley 3507) -PRESUPUESTO 2008-, en el Capítulo, Anexo, Inciso y Rubro correspondiente, el siguiente ítem:

“CONSTRUCCIÓN O ADQUISICIÓN DE HORNOS DE INCINERACIÓN PARA LA DESTRUCCIÓN DE MERCADERÍA DECOMISADA EN TODAS LAS BARRERAS SANITARIAS DEPENDIENTES DEL ISCAMEN, UBICADAS EN LOS ACCESOS A LA PROVINCIA DE MENDOZA”. Art. 2º - Además, se vería con agrado que la inversión que demande el cumplimiento de la presente ley se incorporara a los créditos totales del Plan de Obras Públicas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 20 y 21 de la Ley 2541

Art. 3º - Regístrese, hágase saber y archívese.

Sala de Comisiones, 29 de mayo de 2007. Daniel Vilches, Alexander Maza, Liliana Vietti, Guillermo Merino, Humberto Montenegro, Jorge Carballo, Juan Gantus, Alberto Sánchez SR. PRESIDENTE (Marín) - El expediente 42003 tiene dos despachos: A, de la Comisión de Obras Públicas, proyecto de ley y, despacho B, de Hacienda y Presupuesto, proyecto de declaración.

En primer lugar se va a votar el despacho A. - Se vota y dice el

SR. PRESIDENTE (Marín) - Ha sido rechazado por 10 votos por la afirmativa.

Queda aprobado el despacho B. - (Ver Apéndice Nº 65) SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Vicchi. SR. VICCHI (UCR) - Señor presidente: voy a proponer lo mismo para el despacho B del expediente 42003 y para los despachos 93, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 101, 102 y 103, que nos apartemos del modo de tratamiento de los asuntos y dictando una resolución, demos por aprobados en general y en particular estos proyectos. SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Bianchinelli. SR. BIANCHINELLI (PJ) - Señor presidente: compartimos el criterio del diputado Vicchi, pero en el caso del despacho 103 vamos a pedir que pase a Archivo, porque es una obra ya ejecutada. SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Tornello. SR. TORNELLO (PJ) - Señor presidente: en igual sentido, el despacho 98 es una obra que se está ejecutando, por lo que considero que debe pasar al Archivo. SR. PRESIDENTE (Marín) - Se va a votar la moción del diputado Vicchi, con excepción de los despachos 98 y 103.

- Resulta afirmativa. - (Ver Apéndices 67 y 79)

SR. PRESIDENTE (Marín) – Que se traten en conjuntos los siguientes despachos 93, 94, 95, 96, 99, 100, 101 y 102.

- Resulta afirmativa. - (Ver Apéndice Nº 66) - El texto de los proyectos contenido en los

despachos 93, 94, 95, 96, 97, 99, 100, 101 y 102, es el siguiente:

DESPACHO DE COMISIÓN 93

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18 de julio de 2007 -12ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS – 11ª Sesión de Tablas Pág. 69

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Expte.41328/06

H. Cámara: Vuestra Comisión de CULTURA Y EDUCACIÓN, ha considerado el proyecto de resolución presentado por el diputado Eduardo Bauzá, mediante el cual "SE SOLICITA INFORME AL PODER EJECUTIVO SOBRE TODOS LOS ACUERDOS DE HERMANAMIENTO QUE SE HAYAN CELEBRADO", y por las razones que dará el miembro informante, os aconseja prestéis sanción favorable al siguiente

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Solicitar al Poder Ejecutivo informe por escrito a este H. Cuerpo, a través de las dependencias y organismos públicos que corresponda, la cantidad, tipo y principales características de los Acuerdos de Hermanamiento celebrados por el Gobierno de la Provincia de Mendoza a lo largo de su historia con ciudades, provincias o regiones del país y del mundo. Art. 2º - Regístrese, hágase saber y archívese.

Sala de Comisiones, 19 de junio de 2007. José María Martínez, Yolanda Sfreddo, Mirta Díaz, Mirta Castellano, Rubén Lazaro, Raúl Millán, Mario Casteller

DESPACHO DE COMISIÓN 94 Expte. 43098/06 H. Cámara:

Vuestra Comisión de CULTURA Y EDUCACIÓN, ha considerado el proyecto de declaración presentado por el diputado Humberto Montenegro, mediante el cual "SE VERÍA CON AGRADO QUE EL PODER EJECUTIVO GESTIONE LA IMPRESIÓN DE LA OBRA DEL PROFESOR DE FOLKLORE DON OSVALDO R. ZAPATA LA CUECA DANZA DE AMÉRICA", y por las razones que dará el miembro informante, os aconseja prestéis sanción favorable al siguiente

PROYECTO DE DECLARACIÓN

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA:

Artículo 1º - Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Turismo y Cultura, realizara las gestiones necesarias a fin de lograr la impresión de la obra del Profesor de Folklore, don Osvaldo Rodolfo Zapata, denominada “La Cueca, danza de América” Art. 2º - Regístrese, hágase saber, gírese al Poder Ejecutivo copia certificada del expediente de referencia y archívese. Sala de Comisiones, 29 de mayo de 2007.

Yolanda Sfreddo, Leticia Oldrá, Mirta Díaz, Mirta Castellano, Rubén Lazaro, Pablo Tornello, Raúl Millán

DESPACHO DE COMISIÓN 95 Expte. 45181/07 H. Cámara: Vuestra Comisión de HACIENDA Y PRESUPUESTO, ha considerado el proyecto de ley, presentado por los diputados Rubén Lazaro y Mariano Ficarra, mediante el cual “SE VERÍA CON AGRADO QUE EL CONGRESO DE LA NACIÓN SANCIONE UNA LEY UNA LEY REGLAMENTARIA PARA USO Y DISTRIBUCIÓN DE LOS FONDOS DENOMINADOS ATN, y por las razones que dará el miembro informante, os aconseja prestéis sanción favorable al siguiente

PROYECTO DE DECLARACIÓN LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA: Artículo 1º - Que vería con agrado que ambas Cámaras del Congreso de la Nación sancionen una ley reglamentaria para el uso y distribución de los fondos denominados ATN. Art. 2º - Que dicha norma contemple que el destino de estos recursos sea únicamente para acudir en ayuda de aquellas localidades que se vean afectadas por inundaciones, aluviones, terremotos, granizos, graves sequías, incendios y todo otra forma de estragos que causen un grave daño a localidades o regiones con el consiguiente efecto social Art. 3º - Que los decretos por los cuales se otorgan los referidos aportes, deben tener una detallada fundamentación que justifique su otorgamiento. Art. 4º - La Comisión de Hacienda y Presupuesto de la Cámara de Diputados de la Nación, deberá analizar anualmente la totalidad de los montos asignados en este rubro, debiendo emitir un

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18 de julio de 2007 -12ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS – 11ª Sesión de Tablas Pág. 70

. Servidor H.C.D.D/Diario de Sesiones/ORD N° 12 del 18-07-07 (EMERGENCIA PROPIEDAD INDÍGENA)

dictamen específico sobre este tema. Art. 5º - Regístrese, hágase saber y archívese. Sala de Comisiones, 8 de mayo de 2007. Daniel Vilches, Liliana Vietti, Guillermo Merino, Humberto Montenegro, Jorge Carballo, Juan Gantus, Alberto Recabarren

DESPACHO DE COMISIÓN 96

Expte. 40313/05

H. Cámara:

Vuestra Comisión de OBRAS PÚBLICAS E INFRAESTRUCTURA, ha considerado el proyecto de ley, presentado por el diputado Rubén Moyano, mediante el cual “SE INCORPORA A LAS PLANILLAS ANALÍTICAS QUE INTEGRAN EL PLAN DE OBRAS LA CONSTRUCCIÓN EDIFICIO PARA RESIDENCIA DE ANCIANOS DESVALIDOS, EN EL DEPARTAMENTO LAVALLE”, y por la razones que dará el miembro informante, os aconseja prestéis sanción favorable, al siguiente

PROYECTO DE DECLARACIÓN

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA

PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA:

Artículo 1º - Que vería con agrado que el PE incorpore en carácter de Obra Nueva en las Planillas Analíticas que integran el Plan de Obras Públicas (Ley 2541)- Presupuesto 2006, en el Capítulo, Anexo, Inciso y rubro correspondiente el siguiente ítem: “Construcción edificio para residencia de ancianos desvalidos, en el Distrito Costa de Araujo, Departamento Lavalle”. Art. 2º - Regístrese, hágase saber y Archívese.

Sala de Comisiones, 15 de abril de 2007.

Amalia Monserrat, Hugo Morales, Humberto Montenegro, Gerardo Soria, Roberto Blanco, Rosa Lira Álvarez, Alberto Canal

ADHESIÓN: H. Cámara:

Vuestra Comisión de HACIENDA Y PRESUPUESTO, ha considerado el proyecto de ley, presentado por el diputado Rubén Moyano, mediante el cual "SE INCORPORA A LAS PLANILLAS ANALÍTICAS QUE INTEGRAN EL PLAN DE OBRAS PUBLICAS, LA CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIO PARA RESIDENCIA DE ANCIANOS

DESVALIDOS EN EL DEPARTAMENTO DE LAVALLE", y por las razones que dará el miembro informante, ADHIERE al Despacho producido por la Comisión de OBRAS PÚBLICAS E INFRAESTRUCTURA de fecha quince de abril de dos mil siete.

Sala de Comisiones, 12 de junio de 2007.

Rosa Lira Álvarez, Daniel Vilches, Liliana Vietti, Jorge Carballo, Alexander Maza, Juan Gantus, Roberto Blanco, Alberto Sánchez

DESPACHO DE COMISIÓN 99

Expte. 42452/05 H. Cámara:

Vuestra Comisión de OBRAS PÚBLICAS E INFRAESTRUCTURA, ha considerado el proyecto de ley, presentado por el diputado Juan Gantus, mediante el cual “SE INCORPORA EN CARÁCTER DE OBRA NUEVA LA CONSTRUCCIÓN ALIVIADOR CLOACAL DEL COLECTOR JUAN B. JUSTO HACIA EL COLECTOR ESCORIHUELA, DEPARTAMENTO DE MAIPÚ”, y por la razones que dará el miembro informante, os aconseja prestéis sanción favorable al siguiente

PROYECTO DE DECLARACIÓN

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA: Artículo 1º - Que vería con agrado que el PE incorpore en carácter de Obra Nueva, en las Planillas Analíticas que integran el Plan de Obras Públicas, Ley Nº 2541 y sus modificatorias -Presupuesto 2006-, en el capítulo, anexo, inciso y rubro correspondiente el siguiente ítem: “Construcción Aliviador Cloacal del Colector Juan B. Justo hacia el Colector Escorihuela I, en el Distrito Luzuriaga, Departamento Maipú”. Art. 2º - Regístrese, hágase saber y Archívese.

Sala de Comisiones, 15 de abril de 2007.

Amalia Monserrat, Hugo Morales, Gerardo Soria, Roberto Blanco, Rosa Lira Álvarez, Alberto Canal

ADHESIÓN H. Cámara:

Vuestra Comisión de HACIENDA Y PRESUPUESTO, ha considerado el proyecto de ley, presentado por el diputado Juan Gantus, mediante el cual "SE INCORPORA EN CARÁCTER DE OBRA

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18 de julio de 2007 -12ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS – 11ª Sesión de Tablas Pág. 71

. Servidor H.C.D.D/Diario de Sesiones/ORD N° 12 del 18-07-07 (EMERGENCIA PROPIEDAD INDÍGENA)

NUEVA LA CONSTRUCCIÓN DE ALIVIADOR CLOACAL DEL COLECTOR JUAN B. JUSTO HACIA EL COLECTOR ESCORIHUELA, DEPARTAMENTO MAIPÚ”, y por las razones que dará el miembro informante, ADHIERE al despacho producido por la Comisión de OBRAS PÚBLICAS E INFRAESTRUCTURA de fecha quince de abril de dos mil siete.

Sala de Comisiones, 12 de junio de 2007.

Rosa Lira Álvarez, Daniel Vilches, Liliana Vietti, Jorge Carballo, Alexander Maza, Roberto Blanco, Alberto Recabarren, Alberto Sánchez

DESPACHO DE COMISIÓN 100

Expte. 42451/05

H. Cámara:

Vuestra Comisión de OBRAS PÚBLICAS E INFRAESTRUCTURA, ha considerado el proyecto de ley, presentado por el diputado Juan Gantus, mediante el cual “SE INCORPORA EN CARÁCTER DE OBRA NUEVA LA CONSTRUCCIÓN DE LA RED TRONCAL DE GAS NATURAL EN CALLE VIDELA ARANDA, DEPARTAMENTO DE MAIPÚ”, y por la razones que dará el miembro informante, os aconseja prestéis sanción favorable, al siguiente

PROYECTO DE DECLARACIÓN

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA

PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA:

Artículo 1º - Que vería con agrado que el PE incorpore en carácter de Obra Nueva, en las Planillas Analíticas que integran el Plan de Obras Públicas, Ley N° 2541 y sus modificatorias- Presupuesto 2006-, en el capítulo, anexo, inciso y rubro correspondiente el siguiente ítem: “Construcción Red Troncal de Gas Natural en Calle Videla Aranda, Tramo Calle Sarmiento-Calle Santa Fe y construcción de Cámara Reguladora en el distrito Tres Esquinas, Departamento Maipú”. Art. 2º - Regístrese, hágase saber y Archívese.

Sala de Comisiones, 15 de abril de 2007.

Amalia Monserrat, Hugo Morales, Gerardo Soria, Roberto Blanco, Héctor Gómez, Rosa Lira Álvarez, Alberto Canal

ADHESIÓN H. Cámara:

Vuestra Comisión de HACIENDA Y PRESUPUESTO, ha considerado el proyecto de ley, presentado por el diputado Juan Gantus, mediante el cual "SE INCORPORA EN CARÁCTER DE OBRA NUEVA LA CONSTRICCIÓN DE LA RED TRONCAL DE GAS NATURAL EN CALLE VIDELA ARANDA, DEPARTAMENTO MAIPÚ", y por las razones que dará el miembro informante, ADHIERE al Despacho producido por la Comisión de OBRAS PÚBLICAS E INFRAESTRUCTURA de fecha quince de abril de dos mil siete. Sala de Comisiones, 12 de junio de 2007.

Rosa Lira Alvarez, Daniel Vilches, Liliana Vietti, Jorge Carballo, Alexander Maza, Roberto Blanco, Alberto Recabarren, Alberto Sánchez

DESPACHO DE COMISIÓN 101

Expte. 39273/05

H. Cámara:

Vuestra Comisión de OBRAS PÚBLICAS E INFRAESTRUCTURA, ha considerado el proyecto de ley, presentado por el diputado Fernando Armagnague, mediante el cual “SE INCLUYE EN LAS PLANILLAS ANALÍTICAS DEL PLAN DE OBRAS PUBLICAS LA CONSTRUCCIÓN DEL PLAYÓN DEPORTIVO DE LA ESCUELA MANUEL BELGRANO, DEPARTAMENTO SAN RAFAEL”, y por la razones que dará el miembro informante, os aconseja prestéis sanción favorable, al siguiente

PROYECTO DE DECLARACIÓN

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA

PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA:

Artículo 1º - Que vería con agrado que el PE incluya en las Planillas Analíticas que integran el plan de obras Públicas, en sus respectivos capítulos, anexos, incisos y rubros correspondientes, el siguiente ítem: “Construcción del Playón Deportivo de la Escuela Manuel Belgrano, del Salto de Las Rosas, del distrito de Cañada Seca, del Departamento San Rafael”. Art. 2º - Regístrese, hágase saber y Archívese.

Sala de Comisiones, 15 de abril de 2007. Amalia Monserrat, Hugo Morales, Gerardo Soria, Roberto Blanco, Rosa Lira Álvarez, Alberto Canal

ADHESIÓN H. Cámara:

Page 72:  · Honorable Cámara de Diputados Provincia de Mendoza Presidencia: DR. ANDRÉS OMAR MARÍN (Presidente) DR. GUILLERMO CARMONA (Vicepresidente 1°) DR. ALBERTO SÁNCHEZ (Vicepresiden

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. Servidor H.C.D.D/Diario de Sesiones/ORD N° 12 del 18-07-07 (EMERGENCIA PROPIEDAD INDÍGENA)

Vuestra Comisión de HACIENDA Y PRESUPUESTO, ha considerado el proyecto de ley, presentado por el diputado Fernando Armagnague, mediante el cual "SE INCORPORA A LAS PLANILLAS ANALÍTICAS QUE INTEGRAN EL PLAN DE OBRAS PUBLICAS, LA CONSTRUCCIÓN DEL PLAYÓN DEPORTIVO DE LA ESCUELA MANUEL BELGRANO, DEPARTAMENTO SAN RAFAEL", y por las razones que dará el miembro informante, ADHIERE al Despacho producido por la Comisión de OBRAS PÚBLICAS E INFRAESTRUCTURA de fecha quince de abril de dos mil siete.

Sala de Comisiones, 12 de junio de 2007.

Rosa Lira Álvarez, Daniel Vilches, Liliana Vietti, Jorge Carballo, Alexander Maza, Alberto Recabarren, Alberto Sánchez

DESPACHO DE COMISIÓN 102 Expte. 40708/05 H. Cámara:

Vuestra Comisión de OBRAS PÚBLICAS E INFRAESTRUCTURA, ha considerado el proyecto de ley, presentado por el diputado Julio Simón, mediante el cual “EL GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEBERÁ REALIZAR ACCIONES ÚTILES CON EL COMANDO DE VETERINARIA Y REMONTA DEL EJERCITO ARGENTINO A FIN DE LOGRAR CONSTRUCCIÓN DE UN AERÓDROMO EN EL DEPARTAMENTO TUNUYÁN”, y por la razones que dará el miembro informante, os aconseja prestéis sanción favorable al siguiente

PROYECTO DE DECLARACIÓN

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA

PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA: Artículo 1º - Que vería con agrado que el Gobierno de la Provincia realice todos los actos y acciones útiles con el Comando de Veterinaria Remonta del Ejército Argentino a efectos de lograr la construcción de un aeródromo en el Distrito Campo de Los Andes- Departamento Tunuyán. Art. 2º - Regístrese, hágase saber y Archívese.

Sala de Comisiones, 15 de abril de 2007.

Amalia Monserrat, Hugo Morales, Gerardo Soria, Roberto Blanco, Rosa Lira Álvarez, Alberto Canal ADHESIÓN

H. Cámara: Vuestra Comisión de HACIENDA Y PRESUPUESTO, ha considerado el proyecto de ley, presentado por el diputado Julio Simón, mediante el cual "EL GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE MENDOZA DEBERÁ REALIZAR ACCIONES ÚTILES CON EL COMANDO DE VETERINARIA Y REMONTA DEL EJÉRCITO ARGENTINO, A FIN DE LOGRAR LA CONSTRUCCIÓN DE UN AERÓDROMO EN EL DISTRITO CAMPO LOS ANDES - DEPARTAMENTO TUNUYAN", y por las razones que dará el miembro informante, ADHIERE al despacho producido por la Comisión de OBRAS PÚBLICAS E INFRAESTRUCTURA de fecha quince de abril de dos mil siete. Sala de Comisiones, 12 de junio de 2007. Rosa Lira Álvarez, Daniel Vilches, Liliana Vietti, Jorge Carballo, Alexander Maza, Roberto Blanco, Alberto Recabarren, Alberto Sánchez SR. PRESIDENTE (Marín) - Habiendo sido aprobados, se darán cumplimiento.

- (Ver Apéndices 73 al 82 inclusive) SR. PRESIDENTE (Marín) - Siguiendo con la moción del diputado Vicchi, esta Presidencia propone que los despachos 98, 103, 104, 105, 106, 107, 108, 109, 110, 111, 112, 113, 114, 115, 116 y 117 sean tratados en bloque, ya que proponen el giro al Archivo de los expedientes en esos despachos contenidos.

- Resulta afirmativa. SR. PRESIDENTE (Marín) - Pasan al Archivo. SR. PRESIDENTE (Marín) - Habiéndose agotado el temario del Orden del Día, pasamos al Período de Homenajes.

LICENCIAS

SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Arenas. SR. ARENAS (PD) - Señor presidente: es para justificar las ausencias de los diputados Pradines y Sánchez, que están fuera de la Provincia. SR. PRESIDENTE (Marín) - Se van a votar las licencias solicitadas.

- Resulta afirmativa. - (Ver Apéndice Nº 68) SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Simón.

XVII

EXPTE. 46056.

Page 73:  · Honorable Cámara de Diputados Provincia de Mendoza Presidencia: DR. ANDRÉS OMAR MARÍN (Presidente) DR. GUILLERMO CARMONA (Vicepresidente 1°) DR. ALBERTO SÁNCHEZ (Vicepresiden

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CITACIÓN A MIEMBROS DEL MINISTERIO Y DIRECTIVOS HOSPITAL LAGOMAGGIORE

SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Simón. SR. SIMÓN (UCR) - Señor presidente: solicito la toma de estado parlamentario y tratamiento sobre tablas del expediente 46056 que hemos acordado todos los miembros de la Comisión de Salud, contenido en el expediente 46056. es la citación para la semana que viene de los miembros del Ministerio y los directivos del Hospital Lagomaggiore. SR. PRESIDENTE (Marín) - En consideración la toma de estado parlamentario del expediente 46056 y posterior tratamiento sobre tablas.

Se va a votar. - Resulta afirmativa. - (Ver Apéndice Nº 69) - El texto es el siguiente:

PROYECTO DE RESOLUCIÓN (EXPTE. 46056)

FUNDAMENTOS

H. Cámara:

Dado a los reclamos realizados ante esta H. Cámara de Diputados, por los profesionales del Servicio de Neonatología del Hospital Lagomaggiore, y el planteo específico sobre las normas vigentes de control y funcionamiento de los servicios perinatales, se hace urgente la necesidad de llegar a una rápida solución para lo cual se solicita la presencia del ministro a cargo.

Mendoza, 18 de julio de 2007.

Julio Simón José L. Montaño

Alberto Recabarren José M. Martínez

Artículo 1º - Citar a la Comisión de Salud para el martes 24 de julio a las 10.00, al ministro de Salud de la Provincia de Mendoza, director de Maternidad e Infancia, director del Hospital Luis Lagomaggiore y a los jefes de Servicio de Clínicas y servicio de Neonatología ( Dres. De Gaetano y Ficcetti) Art. 2º - De forma. Mendoza, 18 de julio de 2007.

Julio Simón José L. Montaño

Alberto Recabarren José M. Martínez

SR. PRESIDENTE (Marín) - En consideración la

resolución contenida en dicho expediente. Se va a votar. - Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE (Marín) - Aprobada.

- (Ver Apéndice Nº 70)

XVIII

EXPTE. 46055.

INSTALACIONES DE AGUAS ROTAS EN TODO EL TERRITORIO PROVINCIAL

SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Bianchinelli. SR. BIANCHINELLI (PJ) - Señor presidente: tendrá que ser un proyecto con modificación porque no puede ser de resolución porque se solicita al Gobierno de la Provincia que, a través de la Dirección General de Escuelas, arbitren los medios operativos y presupuestarios y necesarios para realizar la obra de reparación sobre la cañerías e instalaciones de agua rotas en las escuelas de todo el territorio provincial.

Está presentado como resolución, por lo tanto, con modificaciones es el expediente número 46055.

Pido la toma de estado parlamentario y tratamiento sobre tablas para el mismo. SR. PRESIDENTE (Marín) - En consideración la toma de estado parlamentario para el expediente 46055.

Se va a votar. - Resulta afirmativa.

- (Ver Apéndice Nº 71) - El texto es el siguiente:

PROYECTO DE RESOLUCION

(EXPTE. 46055)

FUNDAMENTOS H. Cámara:

El presente proyecto de resolución tiene como objeto solicitar al Gobierno de la Provincia que, a través de la Dirección General, arbitre los medios operativos y presupuestarios necesarios para dar solución a las escuelas de la provincia que han sufrido roturas en sus cañerías e instalaciones de agua, debido a la intensa ola de frío por la que atravesó la Provincia.

Que debido a la reciente ola de frío sufrida en el todo el territorio de la provincia, alrededor de 85 escuelas han sufrido diversas roturas en las cañerías e instalaciones de agua, producto del congelamiento de las mismas. Que si bien el grado de roturas no es alarmante y nos encontramos en época de receso escolar, consideramos necesario que el Gobierno de

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la Provincia arbitre los medios operativos y presupuestarios para llevar a cabo, de forma inmediata, las obras de reparación que necesite cada escuela.

Que teniendo en cuenta la proximidad con la fecha de inicio de clases y atendiendo a la necesidad de que los alumnos no pierdan horas escolares, solicitamos la rápida intervención del Gobierno provincial para solucionar los problemas edilicios en los distintos establecimientos escolares. Mendoza, 18 de julio de 2007.

Raúl Millán Artículo 1º - Solicitar al Gobierno de la Provincia de Mendoza que, a través de la Dirección General de Escuelas, arbitre los medios operativos y presupuestarios necesarios para realizar las obras de reparación sobre las cañerías e instalaciones de agua rotas en las escuelas de todo el territorio Provincial Art. 2º - De forma. Mendoza, 18 de julio de 2007.

Raúl Millán SR. PRESIDENTE (Marín) - En consideración el tratamiento sobre tablas del mencionado expediente, con las modificaciones que obran en Secretaría.

Se va a votar. - Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE (Marín) - En consideración en general y particular.

Se va a votar. - Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE (Marín) - Habiendo sido aprobado en general y en particular, se dará cumplimiento.

- (Ver Apéndice Nº 72)

XIX

PERÍODO DE HOMENAJES

SR. PRESIDENTE (Marín) - Corresponde el Período para rendir Homenajes.

Tiene la palabra el diputado Vicchi. SR. VICCHI (UCR) - Señor presidente: hace pocos días se cumplió un nuevo aniversario del fallecimiento del doctor Felipe Santiago Llaver.

Un hombre de profundas convicciones democráticas, un hombre político que nació a la vida de la mano de la Unión Cívica Radical y con ella, no solamente recreó a los sectores más progresistas de este partido, sino que sembró en toda su trayectoria la imagen y la conciencia de un

hombre que solamente puede darse en muy pocas ocasiones en el esquema del ejemplo, en el del trabajo y de la militancia, de las vivencias, por supuesto, en el esquema de la política misma.

Un hombre austero y profundamente honesto. Caminó y transitó el espacio de la Provincia. Aprendió la política de la mano de los que aprenden perdiendo, de aquellos que descubren que la mejor manera de tener convicciones firmes, es saber que uno tiene la capacidad de luchar en forma permanente.

Fue un gran maestro, un hombre que le dedicó gran parte de su vida a generaciones de mendocinos, que transitando las escuelas secundarias de San Martín, vieron en él no solamente al dilecto hombre de la política, sino también, a aquel que enseñaba las relaciones humanas y recalcaba lo que sería en el futuro, un hombre de bien.

Creo que fue para muchos de nosotros que aprendimos de la mano de él a transitar el nuevo espacio de la democracia y también, en los oscuros años de la dictadura, el que tenía el espíritu amplio de saber entender a aquél que no pensaba como uno, pero también, tener la capacidad de defender pública y políticamente hasta aquel que no pensara como uno.

Por eso digo, que fue un ejemplo de ideales, de hombre democrático, de hombre- república.

Pero hubo algo que a él lo marcó dentro de la Unión Cívica Radical en su faz progresista, un hombre que estuvo siempre conmovido por los sectores sociales más desposeídos de la Provincia; que transitó y caminó sus convicciones políticas al lado de los más humildes, y en eso, aprendió y comprendió que las herramientas políticas no servían para nada si no uno no tenía capacidad de poder expresar en el conjunto social las soluciones que nacen de la misma política. Fue lo que aprendimos cuando llegamos al Gobierno de la Provincia. Quizás en número, fue el gobierno más importante que haya tenido en la historia esta Provincia, no solamente por los resultados, sino también por la ejemplificación de los actos del mismo Gobierno. Haber recuperado la democracia después de tantos años de dictadura, con las persecuciones que existieron y defendiendo convincentemente todo aquello que fueran los derechos civiles y colectivos, como los derechos humanos puestos al servicio de la comunidad y en defensa de los mismos contra cualquier ataque que pudiera surgir en años que fueron difíciles para la ciudadanía, en esa reconversión que todos tuvimos transitando, fruto de nuestras luchas y militancia política.

Encuentro en él, personalmente, a un gran maestro que nos enseñó desde su propia convicción que también podríamos tener acceso a ella, pero también nos enseñó a no doblegarnos, a pelear con la conciencia de aquel que aunque tuviera que perder, perdía para mantener sus ideales. Eso es tan valioso en una persona, que hace que uno lo tenga siempre por sobre cualquier cosa, más allá de

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los entendimientos humanos como el representante de aquellos intereses que han desaparecido en el espectro humano y que a veces hay que volver a rescatar. Siempre tiene que existir la utopía.

Ese viejo, que nos hizo ver de distinta manera la lucha que teníamos todos los días, nos hizo descubrir que las utopías que teníamos, tenían valor.

Me siento profundamente contenido en su palabra y en su militancia, siempre lo voy a tener como un gran padre, como el tipo que peleó y nos acompañó hasta las últimas. Siempre lo recordaré, cuando habían desaparecido algunos militantes que no eran de nuestro partido, eran montoneros, y que hubo que poner la cara acá, en el Comando Militar, y que él nos acompañó para tratar de rescatar a esa gente, uno de ellos, un joven abogado compañero nuestro de militancia, y nos trataron con tanto desprecio y desdén, que por poco “nos cagan a patadas”. El viejo tuvo la hombría de bien de decirles que pelean por desvalores, por cosas que no tenían sentido contra seres humanos, a los cuales los estaban atropellando y quizás hasta les quitaban la vida y que tarde o temprano lo iban a pagar.

- El diputado Vicchi, se manifiesta muy emocionado en su alocución.

Eso no fue en épocas de bonanza, fue en épocas malas, en el año ’78 y estaba junto a él. Ese viejo tenía valores incalculables para la militancia de los mendocinos y de los argentinos y va a ser siempre un ejemplo con su humildad y honradez, siempre existirá en el pensamiento de todos.

Pido disculpas a la Cámara por haberme emocionado en sus recuerdos, pero en las buenas y en las malas, él siempre estuvo y nunca perdió sus valores, como que tampoco nunca perdió sus convicciones y jamás dejó de luchar hasta el día en que murió, porque estaba persuadido que tenía ideas y que las ideas eran más importantes, incluso que hasta él mismo. (Aplausos). SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Recabarren. SR. RECABARREN (PJ) - Señor presidente: me hago eco de las palabras del diputado Vicchi, con respecto al homenaje a don Felipe Santiago Llaver, en el aspecto que no sólo fue un adversario político sino un defensor de la democracia y todo lo que se hace en democracia y en defensa de la misma es importante para todos, ya que podemos seguir disfrutando de la libertad que nos da ésta.

Hace 3 años atrás hubo un atentado en Argentina, el de la AMIA. Quería hablar de cosas muy simples, de las cuales estoy en contra y me parece que habría que resaltar: una es hacer las cosas por la fuerza, entre ellas está el terrorismo, estar en contra del terrorismo, de la muerte de inocentes, y en contra de la impunidad.

También hacer un homenaje brindándoselo a un amigo que está pasando por un mal momento, está grave, que ha sido un puntal en el deporte

mendocino, me refiero a Mario Rubio, de San Martín, que sufrió un accidente y pido en estos momentos por su recuperación, que ha sido un ejemplo deportivo, nos trajo alegrías nacionales, provinciales y mundiales. SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Piedrafita. SR. PIEDRAFITA (ARI) - Señor presidente: es para adherir a los homenajes que me han precedido en la palabra, en el caso de Felipe que distinguió con su amistad tardíamente, no fui muy amigo de él durante el tiempo que fue Gobernador, recorrí con él muchas veces la Provincia, pero fue después que Felipe se retirara como Gobernador que empezamos una amistad y en los últimos tiempos donde lo visitaba asiduamente con Roberto Fayad y con otros amigos, y se da la paradoja que Felipe en su cocina de San Martín sabía todos los secretos de la interna nacional, provincial y municipal y siempre tenía a mano un consejo de político, pero también de un hombre muy sensible.

De todas las cosas que me impresionaron de él, podría destacar dos: una la dijo Raúl, que era un hombre sensible, a pesar de aparentar ser un hombre muy instransigente y duro, pero tenía gran sensibilidad. En una ocasión íbamos a Malargüe, a un evento muy grande, era julio o agosto, una noche muy fría, y en un momento uno de los autos en los cuales viajábamos se rompió, viajábamos en varios autos de la gobernación. Teníamos entusiasmo por llegar al acto, porque éramos muy jóvenes, entonces nos subimos al otro auto y en ese auto se quedó el chofer solo. Cuando llegamos al Sosneado, Felipe preguntó por el otro auto. Le dijimos que se rompió y que el chofer se había quedado a cuidar el auto. Entonces Felipe se subió al auto y dijo: sigan ustedes y que les vaya bien en el acto, porque me vuelvo a buscar al chofer. Y se volvió. Y tuvo que aguantar el acto casi 2 horas hasta que Felipe llegó enojado con nosotros, con toda razón, y esas actitudes con la gente más sencilla y común, eran diarias.

A la par de esa sensibilidad lo unía una fortaleza que donde mejor se manifestaba era ante el poder nacional.

Muchas veces uno se pregunta si esa actitud le dio ventajas o no a Mendoza. Sí, puedo decirlo con certeza que es el gobernador que realmente tenía internalizado lo que era el federalismo y que a veces sin hacer demasiado cálculo, defendía a la Provincia ante la Nación con un tesón y una firmeza inquebrantable.

Cuando autorizamos la venta de la acciones de HINISA e HIDISA, que son las acciones que tenía la Provincia, los diques Los Reyunos, el Nihuil, me venía a la mente la actitud de Felipe Llaver defendiendo los Nihuiles y que lo llevó, incluso, a enfrentarse con Alfonsín, sin tener ningún temor que esa actitud pudiera perjudicar a su gobierno políticamente.

Se decían cosas en la Nación que colocaban

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a los gobernadores en la categoría de administradores, pero a veces, por un manejo que se hace de los fondos nacionales, de la falta de ley de coparticipación, de las retenciones que no coparticipamos las provi ncias, se hace ese tipo de manejo. Lo recuerdo con mucho cariño a Felipe Llaver.

Si hay una cosa que la política a uno le permite, es conocer tanta gente, del campo de la política, de la cultura, de la producción, de las organizaciones sociales y después de tantos años de estar en política, me sobran los dedos de la mano para decir que hubo mendocinos que me han impresionado. Felipe es uno, junto con don Ángel Bustelo, que también tuve la suerte que en los últimos años de su vida tuviéramos una relación estrecha, y el tercero, todavía está entre nosotros, que es el Padre Contreras, son grandes hombres contemporáneos a nosotros que hay que recordar en estas ocasiones y tratar de emularlos. SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Casteller. SR. CASTELLER (PD) - Señor presidente: este bloque va a adherir a los homenajes que se han realizado. Recién un legislador pedía disculpas por su manifestación de sensibilidad o por su emoción, creo que esto enaltece la política, porque cuando uno se refiere a los amigos, a los que quiere, los políticos también queremos a nuestros amigos políticos en ese orden y creo que esto es bueno.

También sumarme al homenaje que se ha hecho respecto a lo que sucedió el 18 de julio del ‘94, cuando una bomba destruyó la sede de la AMIA, 85 vidas fueron las que se perdieron en ese atentado y más de 300 heridos. Hay una frase del Papa actual respecto del terrorismo: “Y éste es y será siempre una manifestación de crueldad inhumana, por eso nunca podrá resolver los conflictos de los seres humanos”.

En la medida en que recordemos con cariño y afecto a aquellos que nos precedieron, recordemos también que el estado de derecho tiene que estar presente en los actos graves como el de la AMIA, que estamos en un orden de humanidad que no lo debemos perder para que la política se enaltezca. SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra la diputada Sfreddo. SRA. SFREDDO (PJ) - Señor presidente: no puedo dejar de adherir como sanmartiniana a las palabras del diputado Vicchi con respecto al doctor Santiago Felipe Llaver. Como docente en aquella zona, sé positivamente que el doctor Llaver dejó innumerables recuerdos en el ámbito educativo y en otros ámbitos. Quiero compartir una anécdota donde él asistió a la inauguración de una escuela rural, donde más allá del protocolo, todas las escuelas presentes tenían que tener sus abanderados, uno al lado del otro y que justamente en este protocolo estaban al sol, el doctor Llaver dijo no, fuera el

protocolo, tiene que prevalecer el bienestar de los chicos y los chicos se quedaron más allá del protocolo debajo de una hilera de álamos. Para mí recordar al doctor Llaver, más allá de las diferencias políticas, es pensar en un hombre que respetó profundamente las convicciones, las propias y las ajenas y dio el ejemplo con su accionar de vida.

También quiero referirme a este nuevo aniversario con respecto a la AMIA, creo que debemos mantener nuestra memoria viva para que cosas como estas no vuelvan a ocurrir en nuestro país, esto nos debe servir para no ser solamente testigos de estos hechos aberrantes que ocurren, sino que en base a eso luchar para que desde la prudencia, la serenidad, pero con absoluta firmeza, podamos ser capaces de aprender de los errores y no volverlos a cometer. SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Arenas. SR. ARENAS (PD) - Señor presidente: no puedo dejar de hacer una referencia al festejo del 9 de julio próximo pasado, donde por 1816 “Nacía a la faz de la tierra una nueva y gloriosa Nación”. Creo que en honor a todos y a esta bendita Patria que tenemos, no debemos olvidar otro aniversario de la Declaración de la Independencia de la República Argentina. SR. PRESIDENTE (Marín) - No habiendo más asuntos que tratar, y si ningún diputado desea hacer uso de la palabra, se levanta la sesión.

- Es la hora 15.23. Manuel Brondo Jorge Zingaretti Jefe a/c Cuerpo Director de Taquígrafos Diario de Sesiones

XX

APÉNDICE I

(Sanciones)

1 (Ley Nº 7732)

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS

DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY: Artículo 1º - Modifícanse los artículos 10 y 11 de la Ley Nº 7377 y sus modificatorias, los que quedarán redactados de la siguiente forma:

“Art. 10 - La asignación anual por ayuda escolar para la educación inicial, general básica y

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. Servidor H.C.D.D/Diario de Sesiones/ORD N° 12 del 18-07-07 (EMERGENCIA PROPIEDAD INDÍGENA)

polimodal consistirá en el pago al trabajador del importe de Pesos doscientos sesenta ($260), que se hará efectiva en dos (2) cuotas iguales: la primera en marzo de cada año o en el que comienzo el ciclo lectivo, y la segunda en los haberes correspondientes a agosto de cada año. Esta asignación sólo se abonará al trabajador cuyo hijo o hijos concurran regularmente a establecimientos de enseñanza inicial, general básica y polimodal oficiales o fiscalizados oficialmente, que impartan enseñanza sistematizada y que, de acuerdo con las normas vigentes, tengan derecho a percibir la asignación por hijo. La certificación que acredite ser alumno de instituciones donde se impartan las enseñanzas bonificadas por este artículo, deberá presentarse al inicio del ciclo lectivo y al mes de agosto de cada año”.

“Art. 11 - La asignación anual por ayuda escolar para la educación por hijo con discapacidad consistirá en el pago al trabajador del importe de Pesos doscientos sesenta ($260) que se hará efectiva en dos cuotas iguales: la primera en marzo de cada año o en el que comience el ciclo lectivo, y la segunda con los haberes correspondientes a agosto de cada año, en ambos casos sin límite en función de la remuneración. Esta asignación se abonará por cada hijo con discapacidad, cualquiera sea su edad, si concurre a establecimientos oficiales o privados fiscalizados oficialmente donde se imparta enseñanza sistematizada común o diferencial y que, de acuerdo con las normas vigentes, tenga derecho a percibir la asignación por hijo con discapacidad. La certificación que acredite ser alumno de instituciones donde se impartan las enseñanzas bonificadas por este artículo, deberá presentarse al inicio del ciclo lectivo y al mes de agosto de cada año”. Art. 2º - Autorízase al Poder Ejecutivo, a adquirir por un monto de hasta Pesos un millón novecientos cincuenta mil ($1.950.000) los inmuebles propiedad de la Orden de los Predicadores de los Padres Dominicos y Orden de Monjas de la Orden de Predicadores Monasterio Nuestra Señora del Rosario de Monjas Dominicas del Borbollón, identificados en los siguientes detalles:

a) Un inmueble ubicado en el carril Borbollón s/n, Distrito El Borbollón, Departamento Las Heras, inscripto a nombre de la Asociación Orden de Predicadores de Padres Dominicos en la Dirección de Registros Públicos y Archivo Judicial al Número 12564 Fojas 481 del Tomo 46 B de Las Heras e identificado en la Dirección Provincial de Catastro con Nomenclatura Catastral Nº 03-99-01-0415-240904-0000 con plano Nº 03-22731-Fracción “E” que consta de una superficie según título y mensura de 6 ha, 4.554 m² .

b) Un inmueble ubicado en el carril Borbollón s/n, Distrito El Borbollón, Departamento Las Heras, inscripto a nombre de la Orden de Monjas de la Orden de Predicadores Monasterio Nuestra Señora

del Rosario de las Monjas Dominicas de El Borbollón en la Dirección de Registros Públicos y Archivo Judicial al Número 20034 Fojas 125 del Tomo 55 B de Las Heras, e identificado en la Dirección Provincial de Catastro con Nomenclatura Catastral Nº 03-99-00-0400-716543-0000 con plano Nº 03-8953 que consta de una superficie según Título de 2 ha, 2.549,30 m² y según mensura de 2 ha, 1.275,98 m².

Los inmuebles adquiridos serán destinados

a dependencias del Servicio Penitenciario Provincial, ajustándose las superficies a los planos de mensura que se realicen. La Escribanía General de Gobierno extenderá las pertinentes escrituras traslativas de dominio. Art. 3º - Facúltase al Poder Ejecutivo, a asignar el excedente de recaudación del Impuesto a los Ingresos Brutos para el Ejercicio 2007, neto de participación a municipios, por hasta la suma de Pesos nueve millones quinientos mil ($9.500.000), a fin de financiar las erogaciones destinadas a implementar la segunda cuota de la ayuda escolar, según lo establecido en el artículo 1º de la presente ley, para todos los agentes de la Administración Pública provincial y municipal. Art. 4º - Facúltase al Poder Ejecutivo, a asignar el excedente de recaudación del Impuesto a los Ingresos Brutos para el Ejercicio 2007, neto de participación a municipios, por hasta la suma de:

a) Pesos ocho millones quinientos mil ($8.500.000) para financiar las mayores erogaciones derivadas de la implementación de las medidas establecidas en el artículo 129 de la Ley Nº 7650, modificado por el artículo 3° de la Ley Nº 7666.

b) Pesos setecientos mil ($700.000) destinados a financiar las mayores erogaciones relativas al Instituto de Seguridad Pública con motivo del incremento que se produzca en la matrícula de aspirantes a agentes de seguridad.

c) Pesos diez millones quinientos mil ($10.500.000) destinados a financiar las mayores erogaciones relativas a la adquisición integral de comparación e identificación balística del sistema de inspección por Rayos X móvil, del sistema de emisión de cédulas y certificados de antecedentes policiales, para la implementación del sistema de comunicaciones TETRA y de otros bienes y servicios requeridos en virtud del énfasis impuesto en las políticas de prevención y seguridad. Art. 5º - Facúltase al Poder Ejecutivo, a asignar el excedente de recaudación del Impuesto a los Ingresos Brutos para el Ejercicio 2007, neto de participación a municipios, por hasta la suma de Pesos tres millones ($3.000.000) destinados a financiar las erogaciones del Poder Judicial de la Provincia de Mendoza. Art. 6º - Facúltase al Poder Ejecutivo, a asignar el

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excedente de recaudación del Impuesto a los Ingresos Brutos para el Ejercicio 2007, neto de participación a municipios, por hasta la suma de Pesos un millón novecientos cincuenta mil ($1.950.000) destinados a financiar las erogaciones derivadas de la adquisición referida en el artículo 2º de la presente ley. Art. 7º - Facúltase al Poder Ejecutivo, a asignar el excedente de recaudación del Impuesto a los Ingresos Brutos para el Ejercicio 2007, neto de participación a municipios, por hasta la suma de:

a) Pesos doce millones quinientos mil ($12.500.000) destinados a financiar las erogaciones derivadas de la inversión autorizada por Ley Nº 7599, referentes a la construcción del gasoducto Beazley-La Dormida.

b) Pesos cinco millones ($5.000.000) destinados a financiar las erogaciones relativas al traslado de la planta del ISCAMEN, desde km 8 al nuevo establecimiento del Departamento Santa Rosa y la producción posible a partir de la mayor capacidad instalada del mismo. Art. 8º - Facúltase al Poder Ejecutivo, a incrementar las partidas “Otros Aportes a Municipios” y “Gastos y Comisiones DGR” contra Uso del Crédito, a fin de afrontar todas las obligaciones que imponen el cumplimiento del artículo 14 de la Ley Nº 6396 y su modificatoria Ley Nº 7650, artículo 119, para el primer caso; y el pago de los gastos y comisiones bancarias en la Dirección General de Rentas en el segundo de los casos. Art. 9º - Facúltase al Poder Ejecutivo, a incrementar hasta la suma de Pesos quince millones ($15.000.000) el Presupuesto del Ministerio de Salud en la partida presupuestaria de Bienes Corrientes (41201) contra Uso del Crédito cuando el proyectado supere al crédito vigente en todos los financiamientos. A los fines de su implementación deberá considerarse como base para la comparación del crédito vigente para el Ejercicio 2007 al 22 de junio del corriente año, quedando prohibida para dicho Ministerio la transferencia de créditos desde la partida Bienes Corrientes a cualquier otra partida. Art. 10 - Facúltase al Poder Ejecutivo, a incrementar el Presupuesto 2007 de Rentas Generales del Ministerio de Salud en la partida presupuestaria Servicios Corrientes (41301) en la suma de Pesos cuatro millones ($ 4.000.000) contra la mayor recaudación proyectada, de acuerdo al siguiente detalle, en Pesos:

HOSPITAL CENTRAL 600.000 HOSPITAL NOTTI 1.200.000 HOSPITAL SCHESTAKOW 300.000 HOSPITAL PERRUPATO 500.000 HOSPITAL PAROISSIEN 300.000 HOSPITAL PEREYRA 100.000

HOSPITAL GENERAL ALVEAR 100.000 HOSPITAL EL SAUCE 400.000 HOSPITAL SAPORITI 200.000 HOSPITAL SCARAVELLI 300.000

En ningún caso este incremento

presupuestario significará un incremento en las subpartidas: 41308 y 41312 “Servicios personales para prestaciones indispensables” y “Prestaciones de Salud por efectores privados para emergencia”, respectivamente, las que no podrán superar para todo el ejercicio 2007 Pesos cinco millones quinientos dieciocho mil ciento ocho ($ 5.518.108) en la subpartida 41308 y Pesos doce millones cuatrocientos cincuenta y un mil ($12.451.000) en la subpartida 41312. El Ministro de Salud será el responsable del cumplimiento de los límites establecidos en el presente artículo. Art. 11 - Facúltase al Poder Ejecutivo a incrementar el Presupuesto 2007 de Rentas Generales del Ministerio de Salud en la partida presupuestaria Bienes de Capital (51101) en la suma de Pesos dos millones ($2.000.000) contra la mayor recaudación proyectada, de acuerdo al siguiente detalle, en Pesos:

HOSPITAL NOTTI 1.500.000 HOSPITAL PERRUPATO 300.000 HOSPITAL PAROISSIEN 200.000

Art. 12 - Facúltese al Poder Ejecutivo a asignar el excedente de recaudación del Impuesto a los Ingresos Brutos para el ejercicio 2007, neto de participación a municipios, por hasta la suma de:

Inc. a) Pesos un millón ($1.000.000), destinado a financiar la construcción de la Escuela N° 4-204 “Miguel Natalio Firpo”, Distrito Eugenio Bustos, Departamento San Carlos;

Inc. b) Pesos dos millones ($2.000.000) destinado a financiar la construcción del Hospital Materno Infantil, a ubicarse en el Departamento Las Heras. Art. 13 - Facúltase al Poder Ejecutivo a realizar las modificaciones presupuestarias correspondientes para el efectivo cumplimiento de lo establecido en la presente ley. Art. 14 - A los fines del cumplimiento de la presente ley exceptúase al Poder Ejecutivo de lo establecido en el artículo 46 de la Ley 7314 -de responsabilidad fiscal-. Art. 15 - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín

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Sec. Legislativo Presidente

2 (Ley Nº 7733)

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS

DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY: Artículo 1º - Modifícase el artículo 22 de la Ley 6063, el que quedará redactado de la siguiente forma: “Art. 22 - Los titulares de propiedades ubicadas en la zona de influencia de un camino afirmado o de superficie de rodaduras mejoradas y construidas por la Dirección Provincial de Vialidad, estarán obligados a abonar un reembolso, el que será determinado por la comisión técnica específica de la Dirección Provincial de Vialidad, en función del beneficio que la obra represente para la propiedad. La suma que corresponda reembolsar no podrá exceder en ningún caso el veinte por ciento (20%) del valor de la superficie beneficiada, el que será determinado conforme a las bases adoptadas para los casos de expropiación por la Comisión Valuadora General de la Provincia.” Art. 2º - La Dirección Provincial de Vialidad, será la responsable y contará con las atribuciones de notificación y cobro de los reembolsos que se determinen en función de lo establecido precedentemente. Art. 3º º - Deróganse los artículos 32 al 47 inclusive del Decreto 2221/94, los artículos 37 y 38 del Decreto 889/96, y el Decreto 622/98, y toda norma que se oponga a la presente. Art. 4º - Lo recaudado por el reembolso dispuesto en el Art. 1° de la presente ley deberá aplicarse, exclusivamente, a la compra de asfalto, de máquinas viales, o al llamado a licitación pública para la construcción de caminos en el territorio provincial.

Bajo ningún concepto podrá aplicarse a la partida de personal ni de viáticos. Art. 5º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

3 (Expte. 46020)

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS

DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY: Artículo 1º - Facúltase al Poder Ejecutivo para que a partir del 1 de enero de 2008, incorpore a planta permanente al personal del ISCAMEN que prestaba servicios bajo el régimen de locación de obras afectado como Inspectores de Trampeo y Monitoreo en el Programa de Erradicación de la Mosca del Mediterráneo, detallado en planilla adjunta que como Anexo forma parte de la presente Ley, todo de conformidad con la normativa vigente para el ingreso a la Administración Pública Provincial y en condiciones salariales análogas a los que perciben en los respectivos contratos de locación. Art. 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADO EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

ANEXO

INSPECTORES DE TRAMPEO Y MUESTREO

OASIS NORTE N° DE DOCUMENTO TAREA 1 JORGE GUZMÁN 7.647.172 MUESTREO 2 SERGIO MATUS 22.154.091 MUESTREO 3 SERGIO ROSI 13.793.702 MUESTREO 4 CECILIA BOERO 11.827.586 TRAMPEO 5 MARIO VERGARA 17.640.515 TRAMPEO 6 JUAN C. SERRANO 14.642.117 TRAMPEO 7 HECTOR PANELO 13.760.799 TRAMPEO 8 DANIEL GUZMÁN 10.272.425 TRAMPEO

OASIS ESTE N° DE DOCUMENTO TAREA

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9 JOSE FABIAN REPETTO 29.918.083 TRAMPEO 10 CARLOS SÁNCHEZ 14.656.265 TRAMPEO 11 WALTER VON KUNOSKY 18.521.293 TRAMPEO 12 ROQUE FARINA 23.012.338 TRAMPEO 13 ROSA VIDELA 14.308.625 MUESTREO 14 REINALDO MORENO 10.768.745 TRAMPEO 15 ARIEL MARCELO DUPAUS 23.059.255 MUESTREO

OASIS CENTRO N° DE DOCUMENTO TAREA 16 DANIEL ADRIÁN BARCENILLA 13.769.220 TRAMPEO 17 JOAQUÍN RODRÍGUEZ 8.031.301 MUESTREO 18 CARLOS FERRARI 8.343.062 TRAMPEO 19 RAÚL GRIS 14.925.783 TRAMPEO 20 ENRIQUE MOLTO 7.662.167 TRAMPEO 21 ANA M. CASTILLO 16.865.927 TRAMPEO

OASIS SUR N° DE DOCUMENTO TAREA 22 JAVIER CRESCITELLI 22.145.994 TRAMPEO 23 MARIANO MUÑOZ 21.038.535 TRAMPEO 24 ORLANDO COLLADO 8.072.565 TRAMPEO 25 DAVID RADA 12.816.393 MUESTREO 26 SILVANA VIDELA 26.528.004 TRAMPEO 27 TOMAS VALDES 14.783.539 MUESTREO 28 DANTE ROJO 18.400.306 MUESTREO 29 ALEJANDRO BONINO 17.683.062 TRAMPEO

4

(Expte. 45967)

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY: Artículo 1º - Adhiérese la Provincia de Mendoza a la Ley Nacional 26160, que declara la “Emergencia de la Propiedad Comunitaria Indígena”. Art. 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADO EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

5 (Expte. 45429)

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS

DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY:

Artículo 1º - Decláranse comprendidos en la presente ley, a los fines de su regularización, en los aspectos que no cumplan con los Decretos Leyes 4341/79, 4886/83, Ley 5804, su Decreto Reglamentario 1077/95 y Ley 5961 y sus modificatorias, todos los loteos y fraccionamientos en los que el Instituto Provincial de la Vivienda o la Municipalidad con jurisdicción sobre el inmueble, certifique que se encuentra comprendido en el Programa de Mejoramiento de Barrios (PRO.ME.BA.), Programa Federal de Mejoramiento de Viviendas “Mejor Vivir” y Programa Federal de Construcción de Vivi endas. Art. 2º - Una vez acompañada la documentación técnica que contenga todos los datos de la propiedad, tendientes a ilustrar sobre la registración dominial y parcelaria, estado de servicios y plano demostrativo de la propuesta a regularizar que contenga las parcelas, el trazado y construcciones existentes, aun precarias, la municipalidad o el Instituto Provincial de la Vivienda, elaborará un amplio informe y se elevará todo lo actuado al Consejo de Loteos de la Provincia.

Previo a su tratamiento por parte del Consejo de Loteos de la Provincia, deberá fijarse el plan de ejecución de los servicios y urbanización y la constancia de su financiación, que puede entrar a regir con posterioridad a haber pasado la titularidad de dominio a favor de los ocupantes.

Es obligatorio el cumplimiento de los conceptos y previsiones del Art. 26 del Decreto Ley 4341/79 cuando exista mayor superficie de título en el mismo inmueble o en otros inmuebles de la zona

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que permitan dotar al grupo habitacional del espacio destinado a equipamiento. Art. 3º - En cada caso particular, el Consejo de Loteos queda facultado para solicitar los informes aclaratorios y ampliatorios, que fueran necesarios para un mejor conocimiento de los proyectos, a todos los organismos nacionales, provinciales o municipales y a los particulares que hubiesen tenido injerencia en el loteo o fraccionamiento que se trate. Si fuera necesario, el referido Consejo, previo a emitir opinión podrá recabar dictamen técnico de la Dirección Provincial de Catastro, o incorporar documentación que exista en la citada dependencia, que resulte pertinente y útil para mejor resolver.

A su vez la autoridad de aplicación de cada área que corresponda, emitirá sugerencias a efectos de preservar a la comunidad de eventuales contingencias a futuro. Art. 4º - Cumplida la tramitación indicada, el Consejo de Loteos remitirá el expediente con todos los antecedentes a la Dirección Provincial de Catastro, la que emitirá resolución que declare la aprobación del loteo y acepte lo actuado. Art. 5º - El resolutivo de la Dirección Provincial de Catastro para el caso de loteos o fraccionamientos, autorizará el desglose de las parcelas en los registros de la Dirección Provincial de Catastro y de la municipalidad que corresponda, facultando a ésta a inscribir las donaciones a su favor, estableciendo el régimen por el cual se dotará de los servicios públicos al núcleo habitacional existente, según el plano de proyecto de urbanización acompañado y que haya merecido tramitación ante la citada repartición. Art. 6º - La realización de obras de urbanización y tendidos de servicios en forma simultánea con la construcción de viviendas, deberá autorizarse por la municipalidad. Art. 7º - A los fines de la escrituración otorgada bajo el régimen de esta ley, queda eximido todo poseedor de lote con o sin vivienda, así como el titular registral que transferirá, del pago de impuesto de sellos, aranceles, deudas por construcciones no declaradas a la municipalidad, deudas por impuestos, servicios, aranceles, tributos y/o sellados de irrigación o inmobiliario como del pago de cualquier sellado, arancel, impuesto o tributo provincial, municipal o del Departamento General de Irrigación aplicable al empadronamiento o transferencia y las multas que el incumplimiento de disposiciones legales en materia tributaria o de loteos se establezcan. Asimismo, se autoriza a escriturar con reconocimiento de deuda por servicios provinciales, municipales, de organismos estatales o privados y de empresas prestadoras. Art. 8º - En el caso de fraccionamiento o loteos, la superficie de los lotes resultará del relevamiento de

la posesión existente, debiendo en lo posible acercarse a los requerimientos que determina la ley general. El emplazamiento de construcciones nuevas deberá contemplar, en lo posible, las reglamentaciones municipales en la materia, dejando expresamente fundamentadas las razones de su apartamiento en cada caso. Las variaciones de trazado interno y su vinculación con otros núcleos habitacionales vecinos deberán merecer expreso análisis, en el informe municipal a que se refiere el Art. 3º de la presente ley. Art. 9º - Entre los municipios, el Estado provincial o sus Organismos Descentralizados, y además las empresas prestadoras de servicios públicos o sus entes reguladores podrán celebrar acuerdos, a fin de instrumentar subvenciones, para la realización de obras de urbanización e infraestructura que no estén comprendidas en el financiamiento del Programa de Mejoramiento de Barrios (PRO.ME.BA) y con intervención del Instituto Provincial de la Vivienda, para el caso de ser factible la construcción de viviendas, debiendo en tal caso, conciliarse las garantías a aplicar a cada adjudicatario poseedor. Art. 10 - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADO EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

6 (Expte. 45582)

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS

DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY: Artículo 1º - Apruébase el Presupuesto Anual de Gastos y Cálculo de Recursos para el Ejercicio 2007 del Ente Provincial Regulador Eléctrico (EPRE) que como Anexo integra la presente ley. Art. 2º - Autorízase al Directorio del EPRE a realizar las reestructuraciones que considere conveniente en los créditos de partidas principales presupuestarias mientras no se altere el total de las erogaciones fijadas, con las siguientes limitaciones:

A) Personal:

1- Los créditos de la partida de personal podrán transferirse a otro destino cuando el Directorio resuelva suprimir las vacantes que se produzcan durante el ejercicio.

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2- No podrá incrementarse el gasto autorizado de la partida de personal salvo para: a) aumentos y/o variaciones de alícuotas de contribuciones patronales o seguros contratados para el personal, en el marco de la legislación vigente; b) atender a costos patronales originados en el cumplimiento de los convenios colectivos en vigencia que no impliquen modificaciones en las escalas salariales ni incrementos en los cargos autorizados.

3- Se podrán realizar todas las modificaciones necesarias de las estructuras y cargos previstos en el presente presupuesto mientras no se incremente el total de cargos y el crédito autorizado para la partida de Personal, salvo lo indicado en el inciso anterior. Los nombramientos en la partida de Personal deberán contar con el cargo vacante y los créditos previstos para el año.

B) Locaciones de Obra y/o Servicios: Los créditos de este rubro dentro de la partida principal de Servicios Corrientes podrán incrementarse sólo en la medida que ingresen aportes no reintegrables de entes públicos o privados, provinciales, nacionales o internacionales, destinados a tal fin. Las contrataciones de Locaciones de Servicios con cargo a esta partida originará el cómputo anual de

los usos a los que se decida aplicar independientemente del momento o período que abarque la prestación.

C) No podrán transferirse a la partida de Erogaciones Corrientes los créditos asignados a Erogaciones de Capital. Art. 3º - Autorízase al Directorio del EPRE disponer aumento del Cálculo de Recursos y, consecuentemente en igual medida, las partidas de erogaciones que considere conveniente, con las limitaciones del artículo anterior, para desarrollar las políticas institucionales manteniendo el equilibrio presupuestario, siempre que durante el Ejercicio la recaudación obtenida supere el cálculo previsto en el presente Presupuesto 2007. Art. 4º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADO EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

ANEXO I

ENTE PROVINCIAL REGULADOR ELÉCTRICO

Presupuesto 2007

RECURSOS CORRIENTES $7.011.824 Tasa de Fiscalización y Control Art. 63 Ley 6497 $6.889.424

Otros Ingresos $ 122.400

Financiamiento

Aportes no Reembolsables $1.462.200

Aportes para control FPCT $0 Aportes para renegociación de contratos $0 Saldo no comprometido ejercicio anterior $1.462.200

TOTAL RECURSOS $8.474.024

EROGACIONES CORRIENTES $7.806.804

Personal $6.022.106 Bienes Corrientes $116.752 Servicios Corrientes $1.667.946 Servicios Generales $1.172.346 Locación de Obras y Servicios $495.600

EROGACIONES DE CAPITAL $667.220

Bienes de Capital $612.220

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Muebles y útiles $7.920 Equipos $513.790 Rodados $60.000 Material Bibliográfico $30.510 Instalaciones $55.000 Instalaciones $55.000 Inmuebles $0 Inmuebles $0

TOTAL EROGACIONES $8.474.024

7 (Expte. 46044)

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS

DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY: Artículo 1º - Adhiérese la Provincia de Mendoza a la Ley Nacional 26262 (Sistema de Refinanciación Hipotecaria) prorrogando el plazo del artículo 1º de la Ley 26177 en noventa (90) días hábiles a partir de su vencimiento. Art. 2º - En tanto la Unidad de Reestructuración no se expida con respecto a lo establecido en la Ley 26177, no podrán ejecutarse los mutuos hipotecarios involucrados y la demora no devengará intereses compensatorios ni punitorios, ni gastos a cargo del deudor. Art. 3º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADO EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

8 (Expte. 45392)

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS

DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY: Artículo 1º - Ratifícanse los Decretos Nros. 465/06 y 988/07, por los términos previstos en los mismos y conforme las disposiciones del Decreto Nº 593/92, a los fines del cumplimiento del Convenio celebrado entre el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial de fecha 5 de febrero de 1992.

Art. 2º - Lo establecido por el artículo anterior comprende al personal de la Dirección de Registros Públicos y Archivo Judicial de la Provincia – Sede Central- y al personal de la zona Sur ya afectados. Art. 3º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADO EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

9 (Expte. 44819)

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS

DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY: Artículo 1º - Los establecimientos educativos privados incorporados a la enseñanza oficial no pueden retener boletines de calificaciones, certificados de estudios, pases a otros establecimientos, certificados de regularidad y toda otra documentación oficial del alumno que registra morosidad en el pago de aranceles correspondientes. Art. 2º - Ningún alumno, con motivo de mora en el pago de aranceles, podrá ser privado de la asistencia regular a todas las clases, experiencias y actividades pedagógicas e institucionales en general que conformen la currícula o plan de estudios oficial, mientras no se verifiquen las siguientes condiciones:

a) Que la falta de pago de aranceles corresponda a tres (3) meses consecutivos.

b) Que el padre, madre o responsable del alumno haya sido intimado en forma fehaciente a cancelar la deuda existente.

c) Que se haya asignado la vacante en los términos del artículo tercero.

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Art. 3º - De verse configurados los extremos descriptos en los incisos a) y b) del artículo 2º, y con el fin de garantizar la continuidad de los estudios establecidos en el inciso c) del mencionado artículo, el establecimiento educativo comunicará la situación a la Dirección General de Escuelas a efectos de que ésta resuelva a través del organismo que corresponda y en un plazo máximo de quince (15) días la asignación de una vacante en un establecimiento estatal de su dependencia. Art. 4º - La Dirección General de Escuelas aplicará las sanciones que establezca la reglamentación de la presente norma legal a aquellos establecimientos educativos que no cumplan con la presente ley. Art. 5º - La Dirección General de Escuelas podrá sancionar con hasta la caducidad de la incorporación a la enseñanza oficial a aquellos establecimientos que no se avengan a entregar la documentación requerida ante la intimación correspondiente. Art. 6º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADO EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

10 (Expte. 42161)

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS

DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY: Artículo1º - Incorpórase a las ediciones de los libros de texto de Nivel Inicial, EGB y Polimodal ordenadas, supervisadas y aprobadas bajo la órbita de la Dirección General de Escuelas la publicación de los Derechos del Niño. Art. 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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11 (Expte. 44897)

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY: Artículo 1º - Creáse en la Escuela de Niños con Discapacidades Sensoriales y Múltiples Discapacidades Nº 2-045 “Club de Leones”, de la ciudad de Tunuyán, la “Sala Especial de Estimulación Temprana”, para niños a partir de los cuarenta y cinco (45) días de vida. Art. 2º - Instálanse en la sala creada por el artículo anterior, todos los accesorios técnicos y el equipamiento de materiales necesarios para su funcionamiento, para ello se considerarán los elementos que a continuación se detallan como los “más necesarios” para la función inicial, pudiendo la autoridad competente ampliarlo para un mejor funcionamiento de la sala.

*Baño para discapacitados. *Camilla para Kinesiología. *Paralela. *Escalera fija en pared (para trepar). *Plano inclinado. *Silla con escotadura para niños con PC. *Mesas con escotadura para niños con PC. *Bicicleta fija. *Espirómetro. *Corralitos de madera. *Equipos de sonido con auriculares y

micrófonos (para estimulación auditiva). *Espejos. *Colchonetas forradas con bratina. *Pelotas inflables de distintos tamaños y

colores. *Túnel Didáctico. *Bloques de esponja distintos tamaños y

formas, forrados en diferentes colores. *Baldes diferentes tamaños y colores. *Pelotas diferentes tamaños y colores. *Figuras geométricas forradas con distintas

texturas. *Material didáctico con sonido y luz

(estimulación auditiva y visual). *Juegos de encastre, encaje y enhebrado. *Sogas de distintos grosores. *Tubos de poliuretano.

Art. 3º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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12 (Expte. 43909)

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS

DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY: Artículo 1º - Créase en el ámbito de la Provincia de Mendoza, el “Programa de Asistencia a los Clubes” (PAC), que dependerá de la Subsecretaría de Deportes y Recreación, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social y de las reparticiones que el Poder Ejecutivo considere competente para la ejecución y elaboración del programa propuesto. Art. 2º - A tales efectos se creará un registro de los clubes existentes en jurisdicción de la Provincia que se encuentren interesados en participar del Programa. Art. 3º - Dicho programa tendrá como objetivo principal el asesoramiento, planificación y financiamiento de los proyectos de los distintos clubes presentes ante la Subsecretaría de Deportes y Recreación, quien será la autoridad determinante de la viabilidad de los mismos. Art. 4º - De los proyectos:

Podrán ser de distintas características:

a) Proyectos de infraestructura edilicia, que podrán abarcar mejoras, ampliaciones, reformas y construcciones de nuevas instalaciones.

b) Proyecto de equipamiento de elementos para la práctica de actividades deportivas y/o sociales.

c) Proyectos de integración barrial, tendientes al desarrollo de actividades interdisciplinarias que impliquen un nexo con instituciones oficiales y no oficiales (vecinales, centros comunitarios, comedores, etc.)

d) Proyectos de fomento de disciplinas deportivas, con asistencia profesional del personal de la Provincia, así como la organización de torneos interclubes. Art. 5º - De la financiación:

a) Los fondos a aportar por la Provincia serán hasta cinco mil Pesos ($5.000) por año y por club. Los que podrán ser complementados o ser complementarios de medios alternativos de financiación que surjan tanto de entidades públicas como privadas, cuando el monto necesario para la concreción del proyecto exceda la cifra mencionada.

b) Anualmente el presupuesto designará la partida correspondiente, a fin que el programa se pueda efectivizar.

c) La Subsecretaría de Deportes evaluará, según las características del proyecto, la posibilidad de realizarlo en dos etapas, siendo estas concretadas en dos (2) años consecutivos. Art. 6º - El Poder Ejecutivo de la Provincia planificará y pondrá a disposición de las distintas comisiones directivas de los clubes, cursos de capacitación de dirigentes a fin de lograr una mejor gestión en sus entidades. El hecho de asistir al curso de capacitación otorga prioridad a la hora de seleccionar proyectos presentados. Este requisito regirá el año posterior de haberse implementado dicho curso. Art. 7º - Podrán participar de este programa todos los clubes que cumplan con los siguientes requisitos:

a) Que no reciban beneficios estatales de cualquier orden (excepto los subsidios provenientes de los poderes legislativos, tanto provinciales como nacional).

b) Que presenten una masa societaria no mayor a 3.000 socios.

c) Que en ellos se practique por los menos una actividad federada.

d) Que posean una cuota promedio de Pesos diez ($10) por mes y por persona, como límite máximo.

e) Que presten sus instalaciones a colegios o reparticiones públicas. Art. 8º - La aprobación de los distintos proyectos será atribución del Poder Ejecutivo, previo dictamen favorable de una comisión conformada por cinco (5) miembros, uno (1) de carácter técnico, en representación del Poder Ejecutivo, dos (2) legisladores y dos (2) representantes de los clubes beneficiarios.

Los miembros de la comisión serán elegidos anualmente por los presidentes de las instituciones participantes. Art. 9º - Los clubes deberán ser debidamente informados de la vigencia del PAC, mediante los medios masivos de comunicación. Art. 10 - El Poder Ejecutivo Provincial reglamentará todos los aspectos no contemplados en la presente. Art. 11 - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADO EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

13 (Expte. 43135)

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PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY: Artículo 1º - Adhiérese la Provincia de Mendoza a la Ley Nacional Nº 26058 denominada “Ley de Educación Técnico Profesional” en la que se establecen las medidas para regular, ordenar y jerarquizar la Educación Técnico Profesional. Art. 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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II

(Resoluciones)

14 (Acta)

RESOLUCIÓN Nº 442

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA

PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Aprobar el Acta Nº 11 de la 10ª Sesión de Tablas del Período Ordinario, correspondiente al 167° Período Legislativo Anual, de fecha 4-7-07. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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15 RESOLUCIÓN Nº 443

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE:

Artículo 1º - Autorizar al diputado Eduardo Bauzá a faltar a la Sesión de Tablas del día de la fecha y ausentarse de la Provincia. Art. 2º - Autorizar al diputado Alberto Canal a faltar a las Sesiones de Tablas de los días 15 y 22 de agosto del corriente año y ausentarse de la Provincia. Art. 3º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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16 RESOLUCIÓN Nº 444

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Ratificar la Resolución de Presidencia Nº 10 SL de fecha 18-7-07. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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17 RESOLUCIÓN Nº 445

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Alterar el Orden del Día a fin de dar tratamiento sobre tablas a los proyectos de ley acordados en la Comisión de Labor Parlamentaria. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

18 (Expte. 45745)

RESOLUCIÓN Nº 446

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Apartarse del Reglamento a fin de permitir el ingreso al H. Cuerpo del siguiente expediente:

Nº 45745/07 (H.S. 53674 -17-7-07-) -Proyecto de ley, venido en segunda revisión del H. Senado, modificando los Arts. 10 y 11 de la Ley 7377 y sus modificatorias y facultando al Poder Ejecutivo a incrementar el Presupuesto de Erogaciones para ser destinados a educación, seguridad, salud, Poder Judicial, Sistema Penitenciario y Desarrollo Económico. Art. 2º - Dar tratamiento sobre tablas al expediente mencionado en el artículo anterior. Art. 3º - Constituir la H. Cámara en Comisión a fin de considerar el expediente mencionado en el artículo 1º. Art. 4º - Adoptar como despacho de la H. Cámara constituida en Comisión la sanción del H. Senado obrante a fs. 28/32 del expediente mencionado en el artículo 1º. Art. 5º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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19 (Expte. 45745)

RESOLUCIÓN Nº 447

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Aceptar la sanción del H. Senado de fecha 17-7-07, obrante a fs. 28/32 del Expte. 45745/07 -Proyecto de ley venido en segunda

revisión del H. Senado, modificando los Arts. 10 y 11 de la Ley 7377 y sus modificatorias y facultando al Poder Ejecutivo, a incrementar el Presupuesto de Erogaciones para ser destinados a educación, seguridad, salud, Poder Judicial, Sistema Penitenciario y Desarrollo Económico. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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20 (Expte. 46021)

RESOLUCIÓN Nº 448

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Dar tratamiento sobre tablas al Expte. 46021/07. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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21 (Expte. 46021)

RESOLUCIÓN Nº 449

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Aceptar la observación a la sanción N° 7727 de la H. Legislatura, mediante el cual se faculta al Poder Ejecutivo a partir del 1 de enero de 2008, incorporar a planta permanente al personal contratado del ISCAMen, afectado como Inspectores de Trampeo y Monitoreo en el Programa de Erradicación de la Mosca del Mediterráneo. Art. 2º - Girar al Archivo de la H. Legislatura el Expte. 46021/07.

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18 de julio de 2007 -12ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS – 11ª Sesión de Tablas Pág. 88

. Servidor H.C.D.D/Diario de Sesiones/ORD N° 12 del 18-07-07 (EMERGENCIA PROPIEDAD INDÍGENA)

Art. 3º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete.

Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

22

(Expte. 46020) RESOLUCIÓN Nº 450

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Dar tratamiento sobre tablas al Expte. 46020/07. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

23 (Expte. 45429)

RESOLUCIÓN Nº 451

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Dar tratamiento sobre tablas al Expte. 45967/07. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

24 (Expte. 45429)

RESOLUCIÓN Nº 452

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA

PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Dar tratamiento sobre tablas al Expte. 45429/07. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

25 (Expte. 45582)

RESOLUCIÓN Nº 453

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Apartarse del Reglamento a fin de permitir el ingreso al H. Cuerpo del siguientes Despacho de Comisión: Expte. 45582/07 -De Hacienda y Presupuesto en el proyecto de ley venido en revi sión del H. Senado, aprobando el Presupuesto Anual de Gastos y Cálculo de Recursos para el Ejercicio 2007 del Ente Provincial Regulador Eléctrico (EPRE). Art. 2º - Dar tratamiento sobre tablas al expediente mencionado en el artículo anterior. Art. 3º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

26 (Expte. 45582)

RESOLUCIÓN Nº 454

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE:

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18 de julio de 2007 -12ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS – 11ª Sesión de Tablas Pág. 89

. Servidor H.C.D.D/Diario de Sesiones/ORD N° 12 del 18-07-07 (EMERGENCIA PROPIEDAD INDÍGENA)

Artículo 1º - Aceptar la sanción del H. Senado de fecha 22-5-07, obrante a fs. 89/91 del Expte. 45582/07 -Proyecto de ley venido en revisión del H. Senado, aprobando el Presupuesto Anual de Gastos y Cálculo de Recursos para el Ejercicio 2007 del Ente Provincial Regulador Eléctrico (EPRE). Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

27 (Expte. 46014)

RESOLUCIÓN Nº 455

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Fijar preferencia para su tratamiento CON DESPACHO DE COMISIÓN, para la próxima Sesión de Tablas y subsiguientes (Art. 115 Reglamento Interno) al siguiente expediente:

Nº 46014/07 -Proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo, estableciendo excepciones a lo establecido en los Arts. 62 y 64 de la Ley 7650 a la DINAADyF y la Dirección de Deportes Organizado y de Alto Rendimiento y la Dirección de Gestión, Promoción y Desarrollo Deportivo. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

28 (Expte. 45582)

RESOLUCIÓN Nº 456

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Reconsiderar el tratamiento del Expte.

45582/07. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

29 (Expte. 45582)

RESOLUCIÓN Nº 457 LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Adoptar y aceptar como de esta H. Cámara el texto de la sanción dada por el H. Senado de fecha 22-5-07, mediante el cual se aprueba el Presupuesto Anual de Gastos y Cálculo de Recursos para el Ejercicio 2007 del Ente Provincial Regulador Eléctrico (EPRE). Art. 2º - Reinvindicar la condición de la H. Cámara de Diputados como “Cámara Iniciadora” en Proyectos de Presupuesto, de conformidad a la normativa del Art. 74, Inc. 1) de la Constitución Provincial y, en consecuencia, considerar a ésta como primera sanción, remitiendo al H. Senado las actuaciones en su condición de “Cámara Revisora”. Art. 3º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

30 (Expte. 37363)

RESOLUCIÓN Nº 458

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Apartarse del Reglamento a fin de permitir el ingreso al H. Cuerpo del siguiente expediente:

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18 de julio de 2007 -12ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS – 11ª Sesión de Tablas Pág. 90

. Servidor H.C.D.D/Diario de Sesiones/ORD N° 12 del 18-07-07 (EMERGENCIA PROPIEDAD INDÍGENA)

Nº 37363/04 (H.S. 51869 -7-7-07-) -Proyecto de ley venido en segunda revisión del H. Senado, modificando el Art. 22 de la Ley 6063 -Reembolsos de Obras Viales-. Art. 2º - Dar tratamiento sobre tablas al expediente mencionado en el artículo anterior. Art. 3º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

31 (Expte. 37363)

RESOLUCIÓN Nº 459

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Aceptar la sanción del H. Senado de fecha 17-7-07, obrante a fs. 47 del Expte. 37363/04 -Proyecto de ley venido en segunda revisión del H. Senado, modificando el Art. 22 de la Ley 6063-Reembolsos de Obras Viales-. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. JORGE MANZITTI OMAR MARÍN Sec. Legislativo Presidente

32 (Expte. 46044)

RESOLUCIÓN Nº 460

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Apartarse del Reglamento a fin de permitir el ingreso al H. Cuerpo del siguiente expediente:

Nº 46044 del 17-7-07 -Proyecto de ley del diputado Blanco, adhiriendo la Provincia de Mendoza a la Ley Nacional 26262 -Sistema de

Refinanciación Hipotecaria-, prorrogando el plazo del Art. 1 de la Ley 26177 en noventa (90) día hábiles a partir de su vencimiento. Art. 2º - Dar tratamiento sobre tablas al expediente mencionado en el artículo anterior. Art. 3º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

33 (Expte. 46053)

RESOLUCIÓN Nº 461

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Apartarse del Reglamento a fin de permitir el ingreso al H. Cuerpo del siguiente expediente:

Nº 46053 del 18-7-07 -Proyecto de resolución del diputado Morales, solicitando al Poder Ejecutivo instruya al Asesor de Gobierno para que realice todos los actos útiles tendientes a recuperar las sumas de dinero, embargadas de las cuentas públicas por los Magistrados Judiciales que actualizaron sus salarios por esta vía, en contradicción a lo manifestado por el Art. 151 de la Constitución Provincia. Art. 2º - Dar tratamiento sobre tablas al expediente mencionado en el artículo anterior. Art. 3º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

34 (Expte. 46053)

RESOLUCIÓN Nº 462

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

Page 91:  · Honorable Cámara de Diputados Provincia de Mendoza Presidencia: DR. ANDRÉS OMAR MARÍN (Presidente) DR. GUILLERMO CARMONA (Vicepresidente 1°) DR. ALBERTO SÁNCHEZ (Vicepresiden

18 de julio de 2007 -12ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS – 11ª Sesión de Tablas Pág. 91

. Servidor H.C.D.D/Diario de Sesiones/ORD N° 12 del 18-07-07 (EMERGENCIA PROPIEDAD INDÍGENA)

RESUELVE:

Artículo 1º - Solicitar al Poder Ejecutivo que instruya al asesor de Gobierno para que realice todos los actos útiles y necesarios tendientes a recuperar las sumas de dinero, oportunamente embargadas de las cuentas públicas por los magistrados judiciales que actualizaron sus salarios por esta vía, en contradicción a lo manifestado por el artículo 151 de la Constitución Provincial. Art. 2º - Solicitar al fiscal de Estado de la Provincia tenga a bien realizar aquellas medidas que se encuentren dentro de la esfera de su competencia, con el objeto de recuperar los dineros públicos a que hace referencia el artículo anterior. Art. 3º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

35 (Expte. 46020)

RESOLUCIÓN Nº 463

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Reconsiderar el tratamiento del Expte. 46020/07. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

36 (Expte. 46020)

RESOLUCIÓN Nº 464

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE:

Artículo 1º - Modificar el Art. 1º del Expte. 46020/07, el que quedará redactado de la siguiente forma:

“Art. 1º: Facúltase al Poder Ejecutivo para que a partir del 1 de enero de 2008, incorpore a planta permanente al personal del ISCAMEN que prestaba servicios bajo el régimen de locación de obras afectado como Inspectores de Trampeo y Monitoreo en el Programa de Erradicación de la Mosca del Mediterráneo, detallado en planilla adjunta que como Anexo forma parte de la presente ley, todo de conformidad con la normativa vigente para el ingreso a la Administración Pública Provincial y en condiciones salariales análogas a los que perciben en los respectivos contratos de locación”. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

37 (Expte. 46047)

RESOLUCIÓN Nº 465

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Apartarse del Reglamento a fin de permitir el ingreso al H. Cuerpo del siguiente expediente:

Nº 46047 del 18-7-07 -Proyecto de ley de la diputada Lira Álvarez y del diputado Bianchinelli, incrementando el Presupuesto año 2007 de Rentas Generales del Ministerio de Salud en la partida presupuestaria 41308 (prestaciones de servicios indispensables) por la suma de $5.450.000. Art. 2º - Fijar preferencia para su tratamiento CON DESPACHO DE COMISIÓN, para la próxima Sesión de Tablas y subsiguientes (Art. 115 Reglamento Interno) al expediente mencionado en el artículo anterior. Art. 3º - Girar a la Comisión de Hacienda y Presupuesto el expediente mencionado en el artículo anterior. Art. 4º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA

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PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

38 (Expte. 46030)

RESOLUCIÓN Nº 466

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Apartarse del Reglamento, a fin de permitir el ingreso al H. Cuerpo del siguiente expediente:

Nº 46030 del 17-7-07 -Proyecto de ley de la diputada Monserrat, autorizando al Poder Ejecutivo incorpore por única vez al servicio de taxímetros y remises a los cuarenta y seis (46) permisionarios suplentes del llamado a licitación por Expte. 10236/05, Resolución Nº 1089/07. Art. 2º - Fijar preferencia para su tratamiento CON DESPACHO DE COMISIÓN, para la próxima Sesión de Tablas y subsiguientes (Art. 115 Reglamento Interno) al expediente mencionado en el artículo anterior. Art. 3º - Girar a las Comisiones de Obras Públicas e Infraestructura y de Legislación y Asuntos Constitucionales el expediente mencionado en el artículo anterior. Art. 4º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo. RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

39 (Exptes. 46025, 46043, 46052, 46050, 46048,

46051, 46031, 46032, 46042, 46023, 46024, 46027, 46029, 46039, 46040, 46041, 46028 y 46034)

RESOLUCIÓN Nº 467

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Apartarse del Reglamento a fin de permitir el ingreso al H. Cuerpo de los siguientes

expedientes:

Nº 46025 del 16-7-07 -Proyecto de resolución del diputado Dalla Cia, declarando de interés legislativo los 50 años de Difusión del Requinto Cuyano, en la persona del Cholo Pérez.

Nº 45043 del 17-7-07 -Proyecto de declaración del diputado Casteller, expresando el deseo que la Dirección General de Escuelas procediera, a reconocer la bonificación por zona que corresponde al establecimiento Nº 6-502 Capacitación para el Trabajo del Distrito Real del Padre, Departamento San Rafael.

Nº 46052 del 18-7-07 -Proyecto de resolución del diputado Arenas, solicitando informe al Poder Ejecutivo sobre varios puntos relacionado con Ana María Gotusso.

Nº 46050 del 18-7-07 -Proyecto de resolución del diputado Arenas, solicitando al Ministerio de Turismo y Cultura, informe sobre la salud del rinoceronte del Zoológico Provincial.

Nº 46048 del 18-7-07 -Proyecto de resolución del diputado Casteller y Arenas, citando al Ministro de Ambiente y Obras Públicas y al Subsecretario de Medio Ambiente, a fin de que informe sobre el acceso al Parque Aconcagua de la ruta 7.

Nº 46031 del 17-7-07 -Proyecto de declaración de la diputada Monserrat, expresando el deseo que el Poder ejecutivo prestara específica y particularizada atención al estricto cumplimiento de la Ley de Tránsito y Transporte, por parte de todos aquellos ciclomotores que llevan a cabo el servicio de reparto a domicilio.

Nº 46032 del 17-7-07 -Proyecto de declaración de la diputada Monserrat, expresando el deseo que el Poder Ejecutivo prestara específica y particularizada atención al estricto cumplimiento de lo normado por el Código Alimentario Argentino con relación a la obligatoriedad de contar con la libreta Sanitaria por parte del personal de las empresas que comercializan, transportan y distribuyen alimentos.

Nº 46042 del 17-7-07 -Proyecto de resolución del diputado Petri, declarando de interés de esta H. Cámara la actuación del Coro Universitario de Mendoza en el Concurso más prestigioso de Europa “International Chamber Choir Competition” en Marktoberdorf, Alemania, entre los días 25 y 28 de mayo del corriente año.

Nº 46023 del 16-7-07 -Proyecto de declaración del diputado Gantus, expresando el deseo que el Poder Ejecutivo gestiona ante las empresas concesionarias del servicio de ferrocarriles que operan en Mendoza las medidas necesarias para el funcionamiento de barreras en los cruces

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ferroviarios.

Nº 46024 del 16-7-07 -Proyecto de Declaración del diputado Gantus, expresando el deseo que las Municipalidades de Mendoza remitieran al Poder Ejecutivo un amplio detalle de los cruces ferroviarios que no cumplen las condiciones de seguridad previstas por la legislación vigente.

Nº 46027 del 17-7-07 -Proyecto de resolución del diputado Bauzá, solicitando a la Dirección de Personas Jurídicas que informe sobre varios puntos relacionados a la conformación de consorcios públicos para la gestión intermunicipal de servicios públicos.

Nº 46029 del 17-7-07 -Proyecto de resolución del diputado Tornello, solicitando al Poder Ejecutivo informe sobre la existencia de organismos público específico destinado a controlar la calidad de los servicios turísticos brindados por los operadores privados en la Provincia de Mendoza.

Nº 46039 del 17-7-07 -Proyecto de resolución del diputado Gantus, declarando de interés de esta H. Cámara al “VII Festival Provincial de la Olivicultura - Mendoza 2007”, organizado por la Comisión Provincial del Olivo y la Aceituna.

Nº 46040 del 17-7-07 -Proyecto de resolución del diputado Gantus, solicitando al Poder Ejecutivo informe sobre contribuyentes del Impuesto Inmobiliario afectados por error en el cálculo del Avalúo Fiscal correspondientes a los ejercicios 2006 y 2007.

Nº 46041 del 17-7-07 -Proyecto de resolución del diputado Gantus, declarando de interés de esta H. Cámara al “Concurso Nacional de Aceite de Oliva Extra Virgen “Cuyoliva 2007”, en el marco empresarial del “VII Festival Provincial de la Olivicultura Mendoza 2007”.

Nº 46028 del 17-7-07 -Proyecto de declaración del diputado Piedrafita, expresando el deseo que el H. Concejo Deliberante de Malargüe dejara sin efecto la Resolución Nº 100/07.

Nº 46034 del 17-7-07 -Proyecto de resolución del diputado Piedrafita, declarando de interés de esta H. Cámara la realización del “Foro Nacional del Seguro Cuyo 2007”.

Nº 46051 del 18-7-07 -Proyecto de resolución del diputado Arenas, solicitando a la Dirección General de Escuelas informe la razón por la cual no se han entregado los Certificados Analíticos de Estudios correspondientes a alumnos que han culminado sus estudios completos de Nivel Polimodal en diciembre de 2006, pertenecientes a diversos establecimientos educativos de la Provincia.

Art. 2º - Dar tratamiento sobre tablas a los expedientes mencionados en el artículo anterior. Art. 3º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

40 (Expte. 46025)

RESOLUCIÓN Nº 468

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Declarar de interés de la H. Cámara a los “Cincuenta años de difusión del Requinto Cuyano” en la persona de Vicente “Cholo” Pérez, destacado artista del folklore y la cultura de Cuyo, oriundo del departamento Junín de la Provincia de Mendoza. Art. 2º - Distinguir, mediante entrega de placa y diploma de reconocimiento a Vicente “Cholo” Pérez. Art. 3º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

41 (Expte. 46043)

RESOLUCIÓN Nº 469

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA: Artículo 1º - Que vería con agrado que la Dirección General de Escuelas procediera a reconocer la bonificación por zona que corresponde al establecimiento Nº 6-502 “Capacitación para el Trabajo” del distrito Real del Padre, del Departamento San Rafael, según Art. 8º de la Ley 5879.

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. Servidor H.C.D.D/Diario de Sesiones/ORD N° 12 del 18-07-07 (EMERGENCIA PROPIEDAD INDÍGENA)

Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

42

(Expte. 46052)

RESOLUCION Nº 470

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA

PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE:

Artículo 1º - Solicitar al Poder Ejecutivo Provincial que por intermedio del ministro de Desarrollo Social, Prof. Sergio Damián Pintos, informe a la Comisión de Desarrollo Social:

a) Modalidad de contratación de Ana María Gotusso.

b) Organismo contratante. c) Organismo en el que presta servicios. d) Espacio físico donde desempeña sus

funciones. e) Servicios que presta. f) Remuneración percibida.

Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete.

Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

43

(Expte. 46050)

RESOLUCIÓN Nº 471

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA

PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE:

Artículo 1º - Solicitar al Ministro de Turismo y Cultura que, a través del director del Zoológico Provincial, informe sobre:

a) Estado de Salud del rinoceronte. b) Exámenes realizados por la Dirección de

Veterinaria del Zoológico a este ejemplar, durante los últimos tres (3) años.

c) Tratamiento alimentario y farmacológico actual de este ejemplar. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete.

Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

44

(Expte. 46048)

RESOLUCIÓN Nº 472

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE:

Artículo 1º - Citar a la Comisión de Obras Públicas e Infraestructura de esta H. Cámara, al ministro de Ambiente y Obras Públicas, ingeniero Francisco Morandini, al subsecretario de Ambiente, Gustavo Morgani y a Eduardo Sosa, titular de la entidad ecologista OIKOS, para que informen respecto a:

a) Camino de acceso al Parque Aconcagua desde la ruta N° 7 hasta la Laguna de Horcones. Motivos de la posible omisión de lo establecido por la Fiscalía de Estado respecto a la paralización de las Obras.

b) Si el camino de acceso, tiene evaluación de Impacto Ambiental Válida.

c) Cualquier otra consideración del tema en cuestión. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

45

(Expte. 46051)

RESOLUCIÓN Nº 473

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

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RESUELVE:

Artículo 1º - Solicitar a la Dirección General de Escuelas, informe la razón por la cual, a la fecha, aún no se habrían entregado los Certificados Analíticos de Estudios correspondientes a alumnos que han culminado sus estudios completos de Nivel Polimodal en diciembre de 2006, pertenecientes a diversos establecimientos educativos de la Provincia. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete.

Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

46

(Expte. 46031)

RESOLUCION Nº 474

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA

PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA:

Artículo 1º - Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Seguridad, prestara específica y particularizada atención al estricto cumplimiento de la Ley de Tránsito Nº 6082 y sus decretos reglamentarios por parte de todos aquellos ciclomotores que llevan a cabo el servicio de reparto a domicilio. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo. DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

47

(Expte. 46032)

RESOLUCIÓN Nº 475

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA:

Artículo 1º - Vería con agrado que el Poder Ejecutivo, a través Ministerio de Salud, recomendara a los municipios de la Provincia de Mendoza, que presten específica y particularizada atención al estricto cumplimiento de lo normado por el Código Alimentario Argentino con relación a la obligatoriedad de contar con la libreta sanitaria por parte del personal de las empresas que comercializan, transportan y distribuyen alimentos. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo. DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

48

(Expte. 46005) RESOLUCIÓN Nº 476

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA

PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE:

Artículo 1º - Reconocer el éxito obtenido por el Club Sportivo Independiente Rivadavia de Mendoza a través de la entrega por esta H. Cámara de una plaqueta recordatoria a la Comisión Directiva y diplomas a todos los integrantes del plantel profesional. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de

Resoluciones del H. Cuerpo. DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

49 (Expte. 46042)

RESOLUCION Nº 477

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA

PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE:

Artículo 1º - Declarar de interés de esta H. Cámara a

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la actuación del Coro Universitario de Mendoza en el concurso, “International Chamber Choir Competition” en Marktoberdorf, Alemania, entre los días 25 y 28 de mayo del presente año, habiendo sido previamente seleccionado como el único coro representante del continente americano, obteniendo el tercer puesto y el Premio Especial a la Mejor Interpretación de una Obra Contemporánea. Art. 2º - Remitir al Poder Ejecutivo copia de la presente, a fin que considere la posibilidad de declarar de interés provincial la mencionada actuación del Coro Universitario de Mendoza. Art. 3º - Otorgar una placa de reconocimiento al Coro durante una sesión de tablas de esta H. Cámara. Art. 4º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo. DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

50 (Expte. 45971)

RESOLUCIÓN Nº 478

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA

PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA:

Artículo 1º - Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de la Dirección de Vías y Medios de Transporte, gestionara la instalación de:

a) Un equipo de semáforos en la intersección de Soldado Baigorria y Perito Moreno del Departamento Godoy Cruz.

b) Señales viales en las calles mencionadas en el punto precedente, que alerten a conductores y peatones sobre la inminencia del cruce. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

51 (EXPTE. 45995)

RESOLUCIÓN Nº 479

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Solicitar al Poder Ejecutivo que, a través de la Dirección de Patrimonio Histórico-Cultural o del organismo que estime pertinente, informe a esta Honorable Cámara de Diputados sobre el tratamiento dado a la Resolución de esta H. Cámara Nº 1612/07, por la que se expresaba el deseo que se declarara de interés patrimonial y turístico de la “Estación de Cargas Mendoza del FFCC Belgrano y de las vías destinadas al servicio de transporte de pasajeros que ingresan y egresan de la misma”. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

52 (Expte. 46002)

RESOLUCIÓN Nº 480

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Declarar de interés de esta H. Cámara la convocatoria a los autores del Proyecto Comercial y Urbanístico a emplazarse en el ex predio Maristas, y a los sectores interesados en el tema, a realizarse el jueves 19 de julio de 2007, a las 10.30, en el Salón de los Pasos Perdidos. Art. 2º - Comunicar e invitar a las autoridades de los sectores académico, científico, periodístico, legislativo y municipal de la Provincia de Mendoza, para que participen y opinen sobre los puntos de la convocatoria Art. 3º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete.

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Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

53 (Expte. 46003)

RESOLUCIÓN Nº 481

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Declarar de interés de esta H. Cámara de Diputados a la trayectoria artística y musical de la intérprete mendocina María Juana Vera, por su aporte a la cultura popular y el rescate permanente del acervo musical de Cuyo. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

54 (Expte. 46023)

RESOLUCIÓN Nº 482

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA: Artículo 1º - Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos nacionales competentes, solicitara a la empresas concesionarias del servicio de ferrocarriles que operan en jurisdicción de Mendoza, las medidas necesarias que garantizaran la provisión e instalación de barreras en los cruces ferroviarios provinciales, como todas las medidas de seguridad pertinentes, según lo estipulado por la Ley Nº 18360 y el Reglamento Interno Técnico Operativo de FFCC Argentinos. Art. 2º - Adjuntar a la presente los fundamentos que le dan origen. Art. 3º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete.

Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

(EXPTE. 46023)

FUNDAMENTOS H. Cámara:

Más allá de la necesidad de implementar cambios estructurales en el transporte ferroviario en nuestro país, la probabilidad cada vez mayor de accidentes en los pasos a nivel, especialmente a lo largo del trayecto Este-Oeste de la ex línea General San Martín, donde diariamente transitan miles de personas y vehículos de transporte, hace necesario que este H. Cámara transmita su preocupación a las autoridades nacionales competentes y estas a su vez a la empresa concesionaria, el grupo brasilero All Logística (América Latina Logística).a

El convenio de concesión con esta empresa prevé destinar 9,5% de su facturación para inversiones, 3% para el pago del canon y otro 3% para el pago prorrateado de las multas impagas.

La falta de barreras en los cruces ferroviarios es un problema que afecta significativamente a Mendoza. La provincia se ve surcada por distintos ramales pertenecientes a las líneas de los ex Ferrocarriles Belgrano y San Martín. En la mayoría de los cruces ferroviarios se observa la inexistencia de barreras manuales o automáticas.

En segundo lugar se destaca que los accidentes producidos por arrollamiento de peatones y automovilistas, se verifican tanto en los pasos a nivel con barreras como sin barreras, pero la proporción es mayor en estos últimos.

Según un informe del MoNaReFA (Movimiento Nacional de Recuperación de los Ferrocarriles Argentinos) y del Instituto Argentino de Estudios Ferroviarios y del Transporte, en estos meses que transcurrieron del año 2.007, se han registrado más 880 muertos y 2.200 heridos en accidentes viales dentro del ámbito de la República Argentina, representado un incremento del alrededor del 30% respecto al año pasado, claro índice de que los accidentes ocurridos anualmente en relación con el transporte ferroviario mantienen un nivel sumamente alarmante y determina, la muerte de una gran cantidad de ciudadanos.

Advierte esta entidad sobre la falta de inversión de las empresas en mantenimiento e infraestructura, a lo que se suma la falta del control por parte del Estado.

El Art. 40 del Decreto 660/96 fusionó en el ámbito de la ex Secretaria de obras y Servicios Públicos, actualmente Secretaria de Obras Públicas y Transporte del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, a la Comisión Nacional de Transporte Automotor y a la Comisión Nacional de Transporte de Transporte Ferroviario en la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, (CNRT), la Gerencia de Seguridad en el Transporte, de ésta, publica estadísticas que reflejan la gravedad de

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accidentes ferroviarios; cifras reveladas por el propio Secretario de Transporte.

La antigua advertencia de la señal la Cruz de San Andrés instalada en todos los pasos a nivel del país que decía: Pare, Mire y Escuche, más el montaje de las barreras automáticas o guardabarreras, campanillas, luces intermitentes, el desmalezamiento y otras precauciones, todo está vigente.

Son símbolos y elementos que da un alerta, sirvió y sirven para evitar accidentes. Estas advertencias no son, solamente, para los vehículos y transeúntes que pasan por los pasos a nivel del ferrocarril, hoy se extienden substancialmente a los funcionarios, directivos y concesionarias de nuestros ferrocarriles, porque la ausencia de esos elementos ha aumentado la cantidad de muertos.

Son señales de alerta para combatir la "distracción empresarial” absorta en las ganancias. Las estadísticas dicen que la mayor cantidad de muertes se dan donde faltan esos elementos.

Los adelantos tecnológicos, de nada valen si no son conservados, mantenidos, renovados.

Las barreras automáticas fueron instaladas cuando los ferrocarriles estaban en manos del Estado, estas, en muchos casos, no han sido conservadas ni mantenidas debidamente por los concesionarios.

El Titulo XIII - Accidentes - Capítulo I - Accidentes en General - Artículo 474 -Precauciones para evitar accidentes; establece en su inciso a) “Los empleados cualquiera sea su categoría, deben hacer todo lo posible y recurrir a todos los medios a su alcance para evitar que se produzcan accidentes.

A este efecto, todo empleado está en el deber de informar enseguida a su superior inmediato de las irregularidades que se notara, como ser: rieles rotos, señales o cambios en mal estado, crecientes de ríos que hagan peligrar las vías, barreras o portones abiertos indebidamente, animales en la vía, detentores sin colocar o trampas cerradas cuando no se maniobra, vagones en viaje con carga desarreglada o ejes caldeados, tentativas para descarrilar trenes, et.,etc., (Secretaria de Transporte - Empresa Ferrocarriles del Estado Argentino RITO - Página. 355 - Año1.958).

Este es el artículo 1º sobre accidentes del Reglamento Interno Técnico Operativo (RITO) para los empleados del ferrocarril. Reglamento que está en vigencia, que tiene fuerza de Ley y que no es respetado por los concesionarios ferroviarios, parece que los concesionarios lo han archivado, como a la Ley General de Ferrocarriles Nº 18.360 .

Sería sumamente extenso describir el cuadro total de deficiencias observadas, pero como se evidencia son muchos los cruces que carecen de medidas de seguridad adecuadas, basta analizar el informe difundido por un matutino de nuestra provincia el pasado sábado 14 de julio (Los Andes A y A23, 14/07/2.007).

En virtud de los argumentos expuestos, se solicita la intervención del Poder Ejecutivo Nacional para que a través de los organismos competentes se

adopten en forma inmediata y progresiva, las medidas pertinentes para revertir el actual estado de situación y posibilite terminar con un problema que afecta a Mendoza. Mendoza, 6 de julio de 2007.

Juan Antonio Gantus

55 (Expte. 46024)

RESOLUCIÓN Nº 483

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA: Artículo 1º - Que vería con agrado que las municipalidades de Mendoza, remitieran al Poder Ejecutivo Provincial, un amplio detalle de los cruces ferroviarios que no cumplen las condiciones de seguridad previstas por la legislación vigente. Art. 2º - Adjuntar a la presente, los fundamentos que le dan origen. Art. 3º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

(EXPTE. 46024)

FUNDAMENTOS H. Cámara:

Más allá de la necesidad de implementar cambios estructurales en el transporte ferroviario en nuestro país, la probabilidad cada vez mayor de accidentes en los pasos a nivel, especialmente a lo largo del trayecto Este-Oeste de la ex línea General San Martín, donde diariamente transitan miles de personas y vehículos de transporte, hace necesario que este H. Cámara transmita su preocupación a las autoridades nacionales competentes y estas a su vez a la empresa concesionaria, el grupo brasilero All Logística (América Latina Logística).a

El convenio de concesión con esta empresa prevé destinar 9,5% de su facturación para inversiones, 3% para el pago del canon y otro 3% para el pago prorrateado de las multas impagas.

La falta de barreras en los cruces ferroviarios es un problema que afecta significativamente a Mendoza. La provincia se ve

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surcada por distintos ramales pertenecientes a las líneas de los ex Ferrocarriles Belgrano y San Martín. En la mayoría de los cruces ferroviarios se observa la inexistencia de barreras manuales o automáticas.

En segundo lugar se destaca que los accidentes producidos por arrollamiento de peatones y automovilistas, se verifican tanto en los pasos a nivel con barreras como sin barreras, pero la proporción es mayor en estos últimos.

Según un informe del MoNaReFA (Movimiento Nacional de Recuperación de los Ferrocarriles Argentinos) y del Instituto Argentino de Estudios Ferroviarios y del Transporte, en estos meses que transcurrieron del año 2.007, se han registrado más 880 muertos y 2.200 heridos en accidentes viales dentro del ámbito de la República Argentina, representado un incremento del alrededor del 30% respecto al año pasado, claro índice de que los accidentes ocurridos anualmente en relación con el transporte ferroviario mantienen un nivel sumamente alarmante y determina, la muerte de una gran cantidad de ciudadanos.

Advierte esta entidad sobre la falta de inversión de las empresas en mantenimiento e infraestructura, a lo que se suma la falta del control por parte del Estado.

El Art. 40 del Decreto Nº 660/96 fusionó en el ámbito de la ex SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, actualmente SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTE del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, a la COMISIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR y a la COMISIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE FERROVIARIO en la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, (CNRT), la Gerencia de Seguridad en el Transporte, de ésta, publica estadísticas que reflejan la gravedad de accidentes ferroviarios; cifras reveladas por el propio Secretario de Transporte.

La antigua advertencia de la señal la Cruz de San Andrés instalada en todos los pasos a nivel del país que decía: Pare, Mire y Escuche, más el montaje de las barreras automáticas o guardabarreras, campanillas, luces intermitentes, el desmalezamiento y otras precauciones, todo está vigente.

Son símbolos y elementos que da un alerta, sirvió y sirven para evitar accidentes. Estas advertencias no son, solamente, para los vehículos y transeúntes que pasan por los pasos a nivel del ferrocarril, hoy se extienden substancialmente a los funcionarios, directivos y concesionarias de nuestros ferrocarriles, porque la ausencia de esos elementos ha aumentado la cantidad de muertos.

Son señales de alerta para combatir la "distracción empresarial” absorta en las ganancias. Las estadísticas dicen que la mayor cantidad de muertes se dan donde faltan esos elementos.

Los adelantos tecnológicos, de nada valen si no son conservados, mantenidos, renovados.

Las barreras automáticas fueron instaladas cuando los ferrocarriles estaban en manos del

Estado, estas, en muchos casos, no han sido conservadas ni mantenidas debidamente por los concesionarios.

El Titulo XIII - Accidentes - Capítulo I - Accidentes en General - Artículo 474 -Precauciones para evitar accidentes; establece en su inciso a) “Los empleados cualquiera sea su categoría, deben hacer todo lo posible y recurrir a todos los medios a su alcance para evitar que se produzcan accidentes.

I. A este efecto, todo empleado está en el deber de informar enseguida a su superior inmediato de las irregularidades que se notara, como ser: rieles rotos, señales o cambios en mal estado, crecientes de ríos que hagan peligrar las vías, barreras o portones abiertos indebidamente, animales en la vía, detentores sin colocar o trampas cerradas cuando no se maniobra, vagones en viaje con carga desarreglada o ejes caldeados, tentativas para descarrilar trenes, et.,etc., (Secretaria de Transporte - Empresa Ferrocarriles del Estado Argentino RITO - Pagina. 355 – Año1.958).

Este es el artículo 1º sobre accidentes del Reglamento Interno Técnico Operativo (RITO) para los empleados del ferrocarril. Reglamento que está en vigencia, que tiene fuerza de Ley y que no es respetado por los concesionarios ferroviarios, parece que los concesionarios lo han archivado, como a la Ley General de Ferrocarriles Nº 18.360

Sería sumamente extenso describir el cuadro total de deficiencias observadas, pero como se evidencia son muchos los cruces que carecen de medidas de seguridad adecuadas, basta analizar el informe difundido por un matutino de nuestra provincia el pasado sábado 14 de julio (Los Andes A y A23, 14/7/2007).

Por último, es necesario que cada municipalidad dentro de sus respectivas jurisdicciones, informe sobres las deficiencias que las afectan en este sentido, a fin solicitar las medidas de prevención correspondientes.

Mendoza, 17 de julio de 2007.

Juan Gantus

56 (Expte. 46027)

RESOLUCIÓN Nº 484

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE : Artículo 1º - Solicitar a la Dirección de Personas Jurídicas dependiente del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Mendoza que informe con respecto a la conformación de consorcios públicos para la gestión intermunicipal de servicios públicos de prestación local, de acuerdo a lo establecido en la Ley No 6957, lo siguiente:

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a) Cantidad de Personerías Jurídicas tramitadas u otorgadas a estos efectos desde la entrada en vigencia de la mencionada Ley provincial.

b) Detalle de los municipios que tramitaron o recibieron autorización jurídica para conformar consorcios públicos para la gestión intermunicipal de servicios. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

57 (Expte. 46029)

RESOLUCIÓN Nº 485

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Solicitar al Poder Ejecutivo Provincial que, a través del Ministerio de Turismo, informe sobre:

a) Si existe organismo público específico destinado a controlar la calidad de los servicios turísticos brindados por los operadores privados en la Provincia de Mendoza.

b) En caso afirmativo informe sobre el personal afectado a esa tarea y estadísticas de la repartición de los últimos dos años a la fecha. Art. 2º - En el supuesto caso de no existir organismo destinado al control del servicio turístico, vería con agrado que el Poder Ejecutivo de la Provincia a designara Inspectores en el ámbito del Ministerio de Turismo, cuya tarea única y específica sería ejercer el control de la actividad de los operadores privados del servicio turístico en el territorio de la Provincia. Art. 3º - Asimismo vería con agrado que se ampliaran las partidas presupuestarias correspondientes tanto al Ministerio de Turismo, como a la Dirección de Tránsito y Transporte, a fin de dar cumplimiento a lo planteado en el Art. 1º. Art. 4º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete.

Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

58 (Expte. 46039)

RESOLUCIÓN Nº 486

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Declarar de interés económico-cultural de esta H. Cámara al “VII Festival Provincial de la Olivicultura- Mendoza 2007”, organizado por la Comisión Provincial del Olivo y la Aceituna e integrado por los siguientes rubros: religioso, académico, histórico-patrimonial, gastronómico, turístico, empresarial y social. Art. 2º - Declarar al Departamento Maipú “Capital Nacional del Aceite de Oliva Extra Virgen”. Art. 3º - Remitir copia de la presente, con los fundamentos que le dieron origen a los Ministerios de Cultura y Turismo y de Economía de Mendoza y a la Comisión Provincial del Olivo y la Aceituna. Art. 4º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

59 (Expte. 46040)

RESOLUCIÓN Nº 487

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Solicitar al Poder Ejecutivo Provincial que, a través de las Direcciones Generales de Catastro y de Rentas, informe sobre lo siguiente:

a) Cantidad de contribuyentes del Impuesto Inmobiliario afectados por error en el cálculo del Avalúo Fiscal correspondiente a los ejercicios fiscales 2006 y 2007.

b) Monto del Impuesto Inmobiliario determinado en exceso como consecuencia del error a que hace referencia el punto anterior, con detalle de su afectación por ejercicio.

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18 de julio de 2007 -12ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS – 11ª Sesión de Tablas Pág. 101

. Servidor H.C.D.D/Diario de Sesiones/ORD N° 12 del 18-07-07 (EMERGENCIA PROPIEDAD INDÍGENA)

c) Método de devolución del Impuesto Inmobiliario, años 2006 y 2007, determinado en exceso.

d) Resultados de la aplicación del punto anterior.

e) Cantidad de contribuyentes a quienes se les haya regularizado la determinación del débito fiscal y reintegrado los importes cobrados en exceso, correspondiente al Impuesto Inmobiliario 2006 y 2007.

f) Responsables administrativos del cálculo con error y de la reliquidación del Impuesto Inmobiliario 2006 y 2007, determinado en exceso.

g) Estimación del error de determinación si no hubiesen operado los topes contenidos en la fórmula de cálculo del Impuesto Inmobiliario 2006 y 2007. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

60 (Expte. 46041)

RESOLUCIÓN Nº 488

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Declarar de interés económico de esta H. Cámara al Concurso Nacional de Aceite de Oliva Extra Virgen “Cuyoliva 2007”, en el marco empresarial del “VII Festival Provincial de la Olivicultura-Mendoza 2007”, organizado por la Comisión Provincial del Olivo y la Aceituna. Art. 2º - Remitir copia de la presente, con los fundamentos que le dieron origen al Ministerio de Economía de Mendoza y a la Comisión Provincial del Olivo y la Aceituna. Art. 3º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

61

(Expte. 46028) RESOLUCIÓN Nº 489

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Que vería con agrado que el H. Concejo Deliberante de Malargüe, dejara sin efecto la Resolución Nº 100/07. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

62 (Expte. 46034)

RESOLUCIÓN Nº 490

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Declarar de interés de la Cámara de Diputados la realización el “Foro Nacional del Seguro Cuyo 2007”. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

63 (Expte. 37012)

RESOLUCIÓN Nº 491

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Posponer para la próxima Sesión de Tablas el tratamiento del siguiente despacho del Orden del Día:

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18 de julio de 2007 -12ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS – 11ª Sesión de Tablas Pág. 102

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N° 46 Expte. 37012/04 /De Economía, Enegía, Minería e Industria, en el proyecto de ley del diputado Pradines, estableciendo el Régimen de Denominación de Origen Mendoza (DOM) para el aceite de Oliva Virgen Extra. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

64

RESOLUCIÓN Nº 492

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Aprobar en conjunto los Despachos de Comisión Nros. 87, 88, 89, 90 y 91. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

65 (Expte. 42003)

RESOLUCIÓN Nº 493

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA: Artículo 1º - Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo incluyera en carácter de Obra Nueva en las Planillas Analíticas que integran el Plan de Obras Públicas (Ley 3507) -Presupuesto 2008-; en el Capítulo, Anexo, Inciso y Rubro correspondiente, el siguiente ítem:

“CONSTRUCCIÓN O ADQUISICIÓN DE HORNOS DE INCINERACIÓN PARA LA DESTRUCCIÓN DE MERCADERÍA DECOMISADA EN TODAS LAS BARRERAS SANITARIAS DEPENDIENTES DEL ISCAMEN, UBICADAS EN LOS ACCESOS A LA PROVINCIA DE MENDOZA”.

Art. 2º - Además, se vería con agrado que la inversión que demandara el cumplimiento de lo solicitado se incorporara a los créditos totales del Plan de Obras Públicas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 20 y 21 de la Ley 2541. Art. 3º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

66

RESOLUCIÓN Nº 494

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Aprobar en conjunto los despachos de Comisión Nros. 93, 94, 95, 96, 99, 100, 101, 102, 104, 105, 106, 107, 108, 109, 110, 111, 112, 113, 114, 115, 116, 117. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

67 (Expte. 41358)

RESOLUCIÓN Nº 495

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Enviar al Archivo de la H. Legislatura el Expte. 41358/06, proyecto de ley de los diputados Serralta y Bianchinelli, disponiendo la construcción de carpeta asfáltica en calle Julio Roca, en el tramo comprendido desde carril Urquiza hasta el edificio escolar Nº 4-071 “Julio Fernández Peláez”, Distrito Coquimbito, Departamento Maipú. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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18 de julio de 2007 -12ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS – 11ª Sesión de Tablas Pág. 103

. Servidor H.C.D.D/Diario de Sesiones/ORD N° 12 del 18-07-07 (EMERGENCIA PROPIEDAD INDÍGENA)

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE

LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

68 RESOLUCIÓN Nº 496

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Autorizar a los diputados Roberto Pradines y Alberto Sánchez, a faltar a la sesión del día de la fecha. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

69 (Expte. 46056)

RESOLUCIÓN Nº 497

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Apartarse del Reglamento a fin de permitir el ingreso al H. Cuerpo del siguiente expediente:

Nº 46056 del 18-7-07 -Proyecto de resolución de los diputados Simón, Martínez, Recabarren y Montaño, citando a la Comisión de Salud al ministro de Salud, al director de Maternidad e Infancia, al director del Hospital Luis Lagomaggiore y a los jefes de Servicios de Clínicas y Servicio de Neonatología, a fin que informen sobre las normas vigentes de control y funcionamiento de los servicios perinatales en la Provincia. Art. 2º - Dar tratamiento sobre tablas al expediente mencionado en el artículo anterior. Art. 3º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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70 (Expte. 46056)

RESOLUCIÓN Nº 498

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Citar a la reunión de la Comisión de Salud al ministro de Salud de la Provincia, al director de Maternidad e Infancia, al director del Hospital Luis Lagomaggiore y a los jefes de Servicios de Clínicas y Servicio de Neonatología (Dres. De Gaetano y Ficchetti), a fin de tratar los reclamos realizados por los profesionales del Servicio mencionado y de los Servicios Perinatales. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

71 (Expte. 46055)

RESOLUCIÓN Nº 499

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Apartarse del Reglamento a fin de permitir el ingreso al H. Cuerpo del siguiente expediente:

Nº 46055 del 18-7-07 -Proyecto de declaración del diputado Millán, expresando el deseo que el Poder Ejecutivo arbitrara los medios necesarios para realizar las obras de reparación sobre las cañerías e instalaciones de agua rotas en las escuelas de todo el territorio Provincial. Art. 2º - Dar tratamiento sobre tablas al expediente mencionado en el artículo anterior. Art. 3º - Comuníquese e insértese en el Libro de

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18 de julio de 2007 -12ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS – 11ª Sesión de Tablas Pág. 104

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Resoluciones del H. Cuerpo.

RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

72 (Expte. 46055)

RESOLUCIÓN Nº 500

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA: Artículo 1º - Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, a través de la Dirección General de Escuelas, arbitrara los medios operativos y presupuestarios necesarios para realizar las obras de reparación de las cañerías e instalaciones de agua, que se encuentran rotas, en las escuelas de todo el territorio provincial. Art. 2º -́ Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

73 (Expte. 41328)

RESOLUCIÓN Nº 501

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Solicitar al Poder Ejecutivo que informe, a través de las dependencias y organismos públicos que corresponda, la cantidad, tipo y principales características de los Acuerdos de Hermanamiento celebrados por el Gobierno de la Provincia de Mendoza a lo largo de su historia con ciudades, provincias o regiones del país y del mundo. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del

mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

74 (Expte. 43098)

RESOLUCIÓN Nº 502

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA: Artículo 1º - Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Turismo y Cultura, realizara las gestiones necesarias, a fin de lograr la impresión de la obra del profesor de folklore, Osvaldo Rodolfo Zapata, denominada “La Cueca, danza de América”. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

75 (Expte. 45181)

RESOLUCIÓN Nº 503

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA: Artículo 1º - Que vería con agrado que ambas Cámaras del Congreso de la Nación sancionaran una ley reglamentaria para el uso y distribución de los Aportes del Tesoro Nacional (ATN). Art. 2º - Que dicha norma estableciera que el destino de estos recursos se destinaran únicamente para acudir en ayuda de aquellas localidades afectadas por inundaciones, aluviones, terremotos, granizos, graves sequías, incendios y toda otra forma de estragos con el consiguiente efecto social. Art. 3º - Que los decretos por los cuales se otorgan los referidos aportes tuvieran una detallada fundamentación justificando su otorgamiento. Art. 4º - Asimismo vería con agrado que la Comisión de Hacienda y Presupuesto de la Cámara de Diputados de la Nación analizara anualmente la totalidad de los montos asignados en este rubro,

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18 de julio de 2007 -12ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS – 11ª Sesión de Tablas Pág. 105

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emitiendo un dictamen específico sobre este tema. Art. 5º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

76 (Expte. 40313)

RESOLUCIÓN Nº 504

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA: Artículo 1º - Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo incorporara en carácter de Obra Nueva en las Planillas Analíticas que integran el Plan de Obras Públicas (Ley 2541) - Presupuesto 2008, en el Capítulo, Anexo, Inciso y rubro correspondiente el siguiente ítem: “Construcción edificio para residencia de ancianos desvalidos, en el Distrito Costa de Araujo, Departamento Lavalle”. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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77 (Expte. 41114)

RESOLUCIÓN Nº 505

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Enviar al Archivo de la H. Legislatura el Expte. 41114/05, proyecto de ley del diputado Serralta, incorporando al Plan de Obras Públicas la construcción de un establecimiento escolar, para nivel inicial, EGB 1 y 2, en el Barrio Unión y Fuerza, Departamento Maipú. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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78 (Expte, 42452)

RESOLUCIÓN Nº 506

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA: Artículo 1º - Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo incorporara en carácter de Obra Nueva, en las Planillas Analíticas que integran el Plan de Obras Públicas, Ley N° 2541 y sus modificatorias -Presupuesto 2008-, en el capítulo, anexo, inciso y rubro correspondiente, el siguiente ítem: “Construcción Aliviador Cloacal del Colector Juan B. Justo hacia el Colector Escorihuela I, en el Distrito Luzuriaga, Departamento Maipú”. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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79 (Expte. 40929)

RESOLUCIÓN Nº 507

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Enviar al Archivo de la H. Legislatura el Expte. 40929/05, proyecto de ley del diputado Falcon, incorporando al Plan de Obras Públicas el asfaltado de calle Urquiza desde la intersección con calle Morón, hasta la intersección con calle Del Carmen, Distrito Costa de Araujo, Departamento Lavalle. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del

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. Servidor H.C.D.D/Diario de Sesiones/ORD N° 12 del 18-07-07 (EMERGENCIA PROPIEDAD INDÍGENA)

mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

80 (Expte. 42451)

RESOLUCIÓN Nº 508

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA: Artículo 1º - Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo incorporara en carácter de Obra Nueva, en las Planillas Analíticas que integran el Plan de Obras Públicas, Ley N° 2541 y sus modificatorias -Presupuesto 2008-, en el capítulo, anexo, inciso y rubro correspondiente el siguiente ítem: “Construcción Red Troncal de Gas Natural en calle Videla Aranda, tramo calle Sarmiento -calle Santa Fe y construcción de Cámara Reguladora en el Distrito Tres Esquinas, Departamento Maipú”. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

81 (Expte. 39273)

RESOLUCIÓN Nº 509

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA: Artículo 1º - Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo incluyera en las Planillas Analíticas que integran el plan de Obras Públicas, en sus respectivos capítulos, anexos, incisos y rubros correspondientes, el siguiente ítem: “Construcción del Playón Deportivo de la Escuela Manuel Belgrano, del Salto de Las Rosas, Distrito Cañada Seca, Departamento San Rafael”. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete.

Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

82 (Expte. 40708)

RESOLUCIÓN Nº 510

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA: Artículo 1º - Que vería con agrado que el Gobierno de la Provincia realizara todos los actos y acciones útiles con el Comando de Veterinaria y Remonta del Ejército Argentino, a efectos de lograr la construcción de un aeródromo en el Distrito Campo de Los Andes, Departamento Tunuyán. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

83 (Expte. 40151)

RESOLUCIÓN Nº 511

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Enviar al Archivo de la H. Legislatura el Expte. 40151/05, proyecto de ley del diputado Rivas, estableciendo un Régimen Legal de Prevención de la Violencia en las Escuelas. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

84 (EXPTE. 38701)

RESOLUCIÓN Nº 512

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18 de julio de 2007 -12ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS – 11ª Sesión de Tablas Pág. 107

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LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Enviar al Archivo de la H. Legislatura el Expte. 38701/05, proyecto de ley del diputado Rivas, suspendiendo por un año los efectos de la Resolución Nº 149/05 de la Dirección General de Escuelas. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

85 (Expte. 30995)

RESOLUCIÓN Nº 513

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Enviar al Archivo de la H. Legislatura el Expte. 30995/02, proyecto de ley del diputado Poblete, creando el manual de recomendaciones y prevención de accidentes para el turista. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

86 (Expte. 45328)

RESOLUCIÓN Nº 514

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Enviar al Archivo de la H. Legislatura el Expte. 45328/07, proyecto de resolución de la diputada Pérez D., declarando de interés provincial la visita del Presidente de la Nación.

Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

87 (Expte. 37786)

RESOLUCIÓN Nº 515

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Enviar al Archivo de la H. Legislatura el Expte. 37786/04, proyecto de ley del diputado Serralta, creando un Comité de Ética Hospitalaria en todos los Hospitales del Sistema Público de Salud. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

88 (Expte. 38172)

RESOLUCIÓN Nº 516

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Enviar al Archivo de la H. Legislatura el Expte. 38172/04, proyecto de ley del diputado Rodríguez Medina, garantizando el Derecho a la Salud Mental de todas las personas en el ámbito de la Provincia de Mendoza. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

Page 108:  · Honorable Cámara de Diputados Provincia de Mendoza Presidencia: DR. ANDRÉS OMAR MARÍN (Presidente) DR. GUILLERMO CARMONA (Vicepresidente 1°) DR. ALBERTO SÁNCHEZ (Vicepresiden

18 de julio de 2007 -12ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS – 11ª Sesión de Tablas Pág. 108

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89

(Expte. 40709) RESOLUCIÓN Nº 517

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Enviar al Archivo de la H. Legislatura el Expte. 40709/05, proyecto de ley del diputado Niven, incorporando en el Presupuesto año 2006 una partida para el sostenimiento del Proyecto de Investigación Aula Digital. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

90 (Expte. 36060)

RESOLUCIÓN Nº 518

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Enviar al Archivo de la H. Legislatura el Expte. 36060/04, proyecto de ley del diputado Simón, estableciendo que la Dirección General de Escuelas dictará cursos de capacitación en ceremonial y protocolo. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

91 (Expte. 36130)

RESOLUCIÓN Nº 519

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Enviar al Archivo de la H. Legislatura el Expte. 36130/04, proyecto de ley venido en revisión del H. Senado, implementando cursos de enseñanza de los idiomas inglés y portugués para el personal policial en servicio, oficiales y suboficiales dependientes del Ministerio de Seguridad. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

92 (Expte. 33843)

RESOLUCIÓN Nº 520

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Enviar al Archivo de la H. Legislatura el Expte. 33843/03, proyecto de ley del diputado Parisi, integrando al ciudadano con distintas capacidades o problemas de salud al sistema educativo curricular. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

93 (Expte. 36570)

RESOLUCIÓN Nº 521

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Enviar al Archivo de la H. Legislatura el Expte. 36570/04, proyecto de resolución del diputado Martín S., creando una Comisión Especial con el objeto de investigar irregularidades pedagógicas. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de

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18 de julio de 2007 -12ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS – 11ª Sesión de Tablas Pág. 109

. Servidor H.C.D.D/Diario de Sesiones/ORD N° 12 del 18-07-07 (EMERGENCIA PROPIEDAD INDÍGENA)

Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

94

RESOLUCIÓN Nº 522

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Enviar al archivo de la H. Legislatura los proyectos de ley que a continuación se detallan:

Expte. 35159/04: “DECLARANDO DE UTILIDAD PUBLICA Y SUJETO A EXPROPIACIÓN UN TERRENO EN EL DISTRITO CHACRAS DE CORIA, DEPARTAMENTO LUJAN DE CUYO”.

Expte. 35743/04: “INCORPORANDO AL PLAN DE OBRAS PUBLICAS DEL EJERCICIO 2004 LA CONSTRUCCIÓN DE LA BIBLIOTECA PUBLICA MANUEL BELGRANO EN EL TERRENO MUNICIPAL UBICADO EN LA CALLE A. TOMBA 54 DEL DEPARTAMENTO GODOY CRUZ”.

Expte. 35840/04: “INCORPORANDO EN CARÁCTER DE OBRA NUEVA -PRESUPUESTO 2005- PAVIMENTACIÓN DE LA CALLE NUEVA GIL DEL DEPARTAMENTO RIVADAVIA”.

Expte. 36555/04: “INCORPORANDO EN LAS PLANILLAS ANALÍTICAS QUE INTEGRAN EL PLAN DE OBRAS PUBLICAS, PAVIMENTACIÓN DE CALLES DEL DISTRITO PALMIRA, DEPARTAMENTO SAN MARTÍN”.

Expte. 36641/04: “ESTABLECIENDO QUE EL PODER EJECUTIVO ASIGNE EN SU PRESUPUESTO ANUAL UN MONTO DESTINADO A OBRAS PUBLICAS QUE PUEDAN LICITAR ÚNICAMENTE LAS PYMES CATEGORIZADAS COMO MICRO-EMPRESAS”.

Expte. 37192/04: “CREANDO EN EL ÁMBITO DEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y OBRAS PUBLICAS EL ÁREA CONTROL USUARIO DEL TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS”.

Expte. 39385/05: “INCORPORANDO EN EL PLAN DE OBRAS PUBLICAS, PARTIDA PRESUPUESTARIA PARA LA PAVIMENTACIÓN DE CALLE ISAAC ESTRELLA DEL DEPARTAMENTO RIVADAVIA”.

Expte. 39480/05: “INCORPORANDO AL PLAN DE OBRAS PUBLICAS -PRESUPUESTO 2006- CONSTRUCCIÓN DE ESCUELA PARA LA VILLA DE SAN CARLOS”.

Expte. 39969/05: “INCORPORANDO AL PLAN DE OBRAS PUBLICAS, PARTIDA PRESUPUESTARIA PARA CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIO PARA DESTACAMENTO POLICIAL EN EL DISTRITO LAS VIOLETAS, DEPARTAMENTO LAVALLE”.

Expte. 40205/05: “INCORPORANDO AL PLAN DE OBRAS PUBLICAS, PARTIDA PRESUPUESTARIA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIO PROPIO PARA LA ESCUELA Nº 1-217 VICENTE VARGAS VIDELA, DEPARTAMENTO LUJÁN DE CUYO”.

Expte. 40249/05: “INCORPORANDO AL PLAN DE OBRAS PUBLICAS PARTIDA PRESUPUESTARIA PARA DEMARCACIÓN, INSTALACIÓN DE SEMÁFOROS Y TORRES DE ILUMINACIÓN DE AVENIDA ACCESO ESTE Y TIRASO DEPARTAMENTO GUAYMALLÉN”.

Expte. 40337/05: “INCORPORANDO EN EL PLAN DE OBRAS PUBLICAS, PARTIDA PRESUPUESTARIA PARA CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIO PARA LA ESCUELA Nº 4-177 HUARPES DE LAS BARRANCAS, DEPARTAMENTO MAIPÚ”.

Expte. 40576/05: “CREANDO EL PROGRAMA DE SEÑALIZACIÓN VIAL DE LAS RUTAS PROVINCIALES”.

Expte. 40.585/05: “INCORPORANDO EN EL PLAN DE OBRAS PUBLICAS PARTIDA PRESUPUESTARIA PARA REFUNCIONALIZACIÓN DE LA RUTA PROVINCIAL Nº 95 DEPARTAMENTO SAN CARLOS”.

Expte. 42587/06: “INCORPORANDO EN CARÁCTER DE OBRA NUEVA, EN LAS PLANILLAS QUE INTEGRAN EL PLAN DE OBRAS PUBLICAS, LA REPARACIÓN Y EXTENSIÓN DE LA RED DE AGUA POTABLE EN EL DEPARTAMENTO TUPUNGATO”. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

95

Page 110:  · Honorable Cámara de Diputados Provincia de Mendoza Presidencia: DR. ANDRÉS OMAR MARÍN (Presidente) DR. GUILLERMO CARMONA (Vicepresidente 1°) DR. ALBERTO SÁNCHEZ (Vicepresiden

18 de julio de 2007 -12ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS – 11ª Sesión de Tablas Pág. 110

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RESOLUCIÓN Nº 523

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE:

Artículo 1º - Girar al archivo de la H. Legislatura de la Provincia de Mendoza, las denuncias radicadas en la Comisión de DERECHOS Y GARANTÍAS CONSTITUCIONALES, PETICIONES Y PODERES, cuyos expedientes a continuación se detallan:

26944/00 9/10/00 ROBERTO GARCÍA C/SECCIONAL Nº 16 36190/04 27/ 5/04 A. COOP. TAC. P/SU FUENTE LABORAL 37480/04 29/ 9/04 MIGUEL GUTIÉRREZ P/ACCIONES CLASE C 37683/04 20/10/04 H ENFERMEROS H. P. P/PETITORIO 37870/04 5/11/04 EULALIO GONZÁLEZ P/SEGURIDAD 38589/05 16/2/05 MARCELA GONZÁLEZ C/I.P.V. 38647/05 23/2/05 AMÉRICO ALTAMIRANO C/CÁMARA DEL CRIMEN 39044/05 11/4/05 MARÍA LUCCHETTI C/BANCO NACIÓN 39045/05 11/4/05 U.V. LAURENTI C/LOS POLÍTICOS 39075/05 14/4/05 RAÚL RUIZ P/CESANTÍAS 39114/05 21/4/05 JOSÉ BRECIA C/D. G. E. 39157/05 27/4/05 ESTELA KAIRUS C/COOP. TAC. 39236/05 9/5/05 JUAN FLORES P/IMPUGNACIÓN DE LICITA.

39303/05 16/5/05 BEATRIZ PÉREZ C/FUNCIONARIOS I.P.V. adj.2647/05 39306/05 16/5/05 ATE/AMPROS/SITEA P/LA SALUD PÚBLICA 39360/05 24/5/05 RODOLFO IBÁÑEZ C/COOP.DE V. LA ROCA 39462/05 6/6/05 NANCI CASTRO P/MALTRATO 39495/05 9/6/05 MARGARITA CAMANI P/JUICIO 39577/05 17/6/05 DANIEL BAZÁN C/ACCIONAR POLICIAL 39578/05 17/6/05 OSVALDO FUNEZ P/PROBLEMAS DE ADUANA 39616/05 22/6/05 MIGUEL CALABRETTO P/IRREGULARIDADES C. TAC 39624/05 23/6/05 ROXANA FERNÁNDEZ P/VIVIENDA 39676/05 29/6/05 FUNDACIÓN SPAS P/SISTEMA ANTIGRANIZO 39975/05 3/8/05 ADELAIDA NAVARRO P/MUERTE DE SU HIJO 41135/05 14/12/05 ISABEL ASTORGA P/JUICIO POLÍTICO 41175/05 15/12/05 GLADYS MEDAURA P/VIOLACIÓN 41187/05 20/12/05 NORMA GALLARDO P/PROBLEMAS CON VECINO

Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente

96 (Expte. 45909)

RESOLUCIÓN Nº 424

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Dar tratamiento sobre tablas al Expte. 45909/07, proyecto de ley venido en revisión del H. Senado, modificando los Arts. 5º y 7º de la Ley 7671 -autorizando al Poder Ejecutivo Provincial a suscribir un Fideicomiso cuya finalidad es la comercialización de mosto, en procura de lograr mejoras en las condiciones de rentabilidad de elaboradores y productores vitivinícolas de la Provincia-.

Art. 2º - Constituir la H. Cámara en Comisión a fin de considerar el expediente mencionado en el artículo anterior. Art. 3º - Adoptar como despacho de la H. Cámara constituida en Comisión la sanción del H. Senado obrante a fs. 11 del expediente mencionado en el artículo 1º. Art. 4º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los cuatro días del mes de julio del año dos mil siete. Jorge Manzitti Omar A. Marín Sec. Legislativo Presidente