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Historia de la Ley Decreto Supremo Nº 5 Promulga el Convenio de Integración Cinematográfica Iberoamericana

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Historia de la Ley

Decreto Supremo Nº 5

Promulga el Convenio de Integración Cinematográfica Iberoamericana

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Téngase presente Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos. Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley. Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley. Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice. Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

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INDICE

1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados 4 1.1. Mensaje Presidencial 4 1.2. Informe Comisión de Relaciones Exteriores 9 1.3. Informe Comisión Hacienda 14 1.4. Discusión en Sala 20 1.5. Oficio de Cámara de Origen a Cámara Revisora 34

2. Segundo Trámite Constitucional: Senado 35 2.1. Informe Comisión de Relaciones Exteriores 35 2.2. Informe Comisión de Hacienda 43 2.3. Discusión en Sala 46 2.4. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen 48

3. Trámite de Finalización: Cámara de Diputados 49 3.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo 49 4. Publicación de Decreto en Diario Oficial 50 4.1. Decreto Supremo N° 5 50

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MENSAJE PRESIDENCIAL

1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

1.1. Mensaje del Ejecutivo Mensaje de S.E. La Presidenta de la República. Fecha 29 de septiembre, 2008. Cuenta en Sesión 88. Legislatura 356. MENSAJE DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CON EL QUE INICIA UN PROYECTO DE ACUERDO QUE APRUEBA EL CONVENIO DE INTEGRACIÓN CINEMATOGRÁFICA IBEROAMERICANA, SUSCRITO EN CARACAS, EL 11 DE NOVIEMBRE DE 1989. __________________________________ SANTIAGO, 29 de septiembre de 2008 MENSAJE Nº 808-356/

Honorable Cámara de Diputados:

Tengo el honor de someter a vuestra consideración el Convenio de Integración Cinematográfica Iberoamericana, suscrito en Caracas, Venezuela, el 11 de noviembre de 1989.

ANTECEDENTES.

El referido Convenio de Integración Cinematográfica Iberoamericana fue suscrito por Argentina, Brasil, México, Nicaragua, Panamá, Bolivia, Perú, Venezuela, República Dominicana, Colombia, Cuba, Ecuador y España, constituyéndose en un importante foro para impulsar diversas iniciativas que benefician a la industria audiovisual de los países miembros.

La integración de Chile a dicho instrumento internacional será relevante y valiosa, toda vez que permitirá impulsar la actual política que promueve el Supremo Gobierno en orden al fomento y desarrollo del cine y la industria audiovisual chilena.

A S.E. EL PRESIDENTEDE LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS.

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MENSAJE PRESIDENCIAL

ESTRUCTURA Y CONTENIDO.

El Convenio de Integración que se somete a la aprobación de Vuestras Señorías se estructura sobre la base de un Preámbulo, que señala los propósitos del mismo, y treinta y dos artículos que contienen las disposiciones del Acuerdo.

Preámbulo.

En el Preámbulo, los Estados Signatarios reconocen que la actividad cinematográfica debe contribuir al desarrollo cultural de la región y a su identidad, impulsando el crecimiento cinematográfico y audiovisual de la región, y de manera especial la de aquellos países con infraestructura insuficiente. Así, además se persigue estimular un efectivo desenvolvimiento de la comunidad cinematográfica de los Estados Miembros.

Disposiciones generales.

El artículo I fija como objetivo del Convenio contribuir al desarrollo de la cinematografía, dentro del espacio audiovisual de los países iberoamericanos, y a la integración de éstos, mediante una participación equitativa en la actividad cinematográfica regional.

El artículo II conceptualiza la obra cinematográfica, para los fines del Convenio, como aquella de carácter audiovisual registrada, producida y difundida por cualquier sistema proceso o tecnología.

En tanto, el artículo III, contempla el compromiso de los Estados Partes de realizar esfuerzos conjuntos a fin de cumplir sus objetivos, mediante diversas acciones de apoyo al desarrollo cultural de la región, la armonía en las políticas audiovisuales de las Partes, la resolución de problemas en el desarrollo de la cinematografía de la región y la ampliación del mercado para el producto cinematográfico, que lleve finalmente a la formación de un mercado común latinoamericano.

El artículo IV, por su parte, establece que serán Miembros del presente Convenio los Estados que lo suscriban y ratifiquen o adhieran al mismo.

Los artículos V y VI comprometen a las Partes, conforme a la legislación interna de cada una de ellas, para facilitar la entrada, permanencia y circulación de los ciudadanos de los países miembros que se encarguen del ejercicio de actividades destinadas al cumplimiento de los objetivos del Convenio, como asimismo para facilitar la importación temporal de los bienes provenientes de los Estados Miembros destinados a igual fin.

En el artículo VII, se regula la posibilidad de que los Estados Partes puedan firmar Acuerdos de Cooperación y Complementación en el marco del presente Convenio.

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MENSAJE PRESIDENCIAL

En virtud del artículo VIII, se fija la obligación de procurar establecer o perfeccionar sistemas y mecanismos de financiamiento y fomento de la actividad cinematográfica nacional.

El artículo IX se refiere al compromiso de las Partes de impulsar la creación en sus cinematecas de secciones dedicadas a cada uno de los Estados Miembros.

Por su parte, el artículo X, consigna que las Partes procurarán incluir en su ordenamiento legal normas que favorezcan la actividad cinematográfica.

El artículo XI prevé la posibilidad de establecer un fondo financiero multilateral de fomento de la actividad cinematográfica.

Seguidamente, el artículo XII estipula la obligación de los Estados Partes de estimular la participación conjunta de las instituciones y asociaciones representativas del sector audiovisual en los principales eventos del mercado audiovisual internacional.

A su turno, el artículo XIII alude al compromiso de promover la presencia de la cinematografía de los Estados Partes en los canales de difusión de los mismos, de conformidad con la legislación vigente en cada uno de ellos.

Los artículos XIV y XV disponen el intercambio de información y documentación entre los Estados Miembros que contribuyan al desarrollo de la cinematografía y la protección de los derechos de autor conforme a las legislaciones internas de cada país, respectivamente.

Órganos de la Convención.

En su artículo XVI, estatuye como órganos principales del Convenio la Conferencia de Autoridades Cinematográficas de Iberoamérica (CACI) y la Secretaría Ejecutiva de la Cinematografía Iberoamericana (SECI). A su vez, como órganos auxiliares considera a las Comisiones de Trabajo, que funcionarán en cada uno de los Estados Partes, las que estarán presididas por la autoridad cinematográfica designada por el respectivo Gobierno.

En tanto, los artículos XVII, XVIII y XIX aluden respectivamente, al órgano máximo del Convenio: la Conferencia de Autoridades Cinematográficas de Iberoamérica; su integración, que lo será por las autoridades competentes en la materia debidamente acreditadas por vía diplomática; a sus reuniones ordinarias una vez al año y extraordinarias, a solicitud de más de la mitad de sus miembros o del Secretario Ejecutivo, de conformidad con su reglamento interno; y a sus funciones, entre las que destacan la formulación de la política general de ejecución del Convenio, la aceptación de la adhesión de nuevos miembros al Convenio, la aprobación de resoluciones que permitan dar cumplimiento al Convenio, como la del presupuesto anual, y el establecimiento de los mecanismos para su financiamiento.

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MENSAJE PRESIDENCIAL

Además, el artículo XVII indica que la CACI tendrá un reglamento interno. Éste fue adoptado por la Reunión de Plenipotenciarios de la Conferencia de Autoridades Cinematográficas de Iberoamérica, celebrada en la ciudad de Guadalajara, México, del 10 al 12 de marzo de 1998.

Los artículos XX, XXI, XXIII y XXXII se refieren a la Secretaría Ejecutiva de la Cinematografía Iberoamericana (SECI) y sus funciones. Se establece que será el órgano técnico y ejecutivo del Convenio de Integración y que tendrá su sede en la ciudad de Caracas, República de Venezuela. Se pacta, además, que el Secretario Ejecutivo gozará en el territorio de cada Estado Miembro de la capacidad jurídica y de los privilegios indispensables para el ejercicio de sus funciones, de conformidad con la legislación interna de cada uno de ellos.

El artículo XXII, como se dijo, indica que en cada Estado Parte funcionará una Comisión de Trabajo para la aplicación del Convenio, las que serán presididas por la autoridad cinematográfica designadas, en cada caso, por los respectivos gobiernos.

Por su parte, los artículos XXIV y XXV contemplan que en caso de existir acuerdos o compromisos bilaterales entre las Partes o disposiciones más favorables en ellos sobre las materias que regula el Convenio, los países miembros podrán invocar esas cláusulas más ventajosas en sus relaciones y tales Acuerdos bilaterales no se verán afectados.

El artículo XXVI establece que el Convenio queda abierto a la adhesión de cualquier Estado Iberoamericano, del Caribe o Estados de habla hispana o portuguesa, adhesión que deberá ser previamente aprobada por la Conferencia de Autoridades Cinematográficas de Iberoamérica (CACI).

El artículo XXVII dispone que cada Parte comunicará por vía Diplomática al Estado Sede de la SECI el cumplimiento de los procedimientos legales internos para la aprobación del presente Convenio y el Ministerio de Relaciones Exteriores del País Sede lo hará a los demás países miembros de la SECI.

Seguidamente, el artículo XXVIII prevé que las dudas o controversias que pudieran surgir en la interpretación o aplicación del presente Convenio serán resueltas por la Conferencia de Autoridades Cinematográficas de Iberoamérica (CACI).

Finalmente, los artículos XXIX, XXX, XXXI Y XXXII, consignan cláusulas de uso tradicional en esta clase de Acuerdos y que están referidas a la entrada en vigor del Convenio, a su posibilidad de denuncia y sus efectos, al Depositario del mismo y a la Sede de la Organización.

En mérito de lo expuesto, y considerando que este Convenio permitirá expandir la política actual de fomento y desarrollo del cine y de la industria audiovisual chilena, someto a vuestra consideración, el siguiente

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MENSAJE PRESIDENCIAL

P R O Y E C T O D E A C U E R D O:

"ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Convenio de Integración Cinematográfica Iberoamericana, suscrito en Caracas, Venezuela, el 11 de noviembre de 1989.".

Dios guarde a V.E.,

MICHELLE BACHELET JERIA Presidenta de la República

ALEJANDRO FOXLEY RIOSECO Ministro de Relaciones Exteriores

PAULINA URRUTIA FERNÁNDEZ Ministra Presidenta Consejo Nacional

de la Cultura y las Artes

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INFORME COMISIÓN RELACIONES EXTERIORES

1.2. Informe de Comisión de Relaciones Exteriores Cámara de Diputados. Fecha 05 de marzo, 2009. Cuenta en Sesión 38. Legislatura 359. BOLETÍN N° 6152-10

INFORME DE LA COMISIÓN DE RELACIONES EXTERIORES, ASUNTOS INTERPARLAMENTARIOS E INTEGRACIÓN LATINOAMERICANA SOBRE EL PROYECTO DE ACUERDO APROBATORIO DEL CONVENIO DE INTEGRACIÓN CINEMATOGRÁFICA IBEROAMERICANA, SUSCRITO EN CARACAS, EL 11 DE NOVIEMBRE DE 1989.

================================================= HONORABLE CÁMARA: La Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana informa, en primer trámite constitucional y con urgencia simple, acerca del proyecto aprobatorio del Convenio de Integración Cinematográfica Iberoamericana, suscrito en Caracas, el 11 de noviembre de 1989. I.- CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS. Previamente a entrar al fondo del tratado en informe, se hace constar, para los efectos reglamentarios, lo siguiente: 1°) Que la idea fundamental del proyecto de acuerdo es aprobar el Convenio de Integración Cinematográfica Iberoamericana, para el fomento de la actividad cinematográfica, contribuyendo al desarrollo cultural de la región y su identidad. 2°) Que el tratado internacional en trámite no contiene normas de carácter orgánico constitucional ni de quórum calificado. 3°) Que corresponde que este Convenio sea conocido por la H. Comisión de Hacienda, habida cuenta que su artículo XI dispone que las partes considerarán la creación de un fondo financiero multilateral de fomento de la actividad cinematográfica. Lo mismo, su artículo XVIII establece que la Conferencia de Autoridades Cinematográficas de Iberoamérica (CACI) aprobará el presupuesto anual presentado por la Secretaría Ejecutiva de la Cinematografía Iberoamericana (SECI) y establecerá los mecanismos de financiamiento del presupuesto anual aprobado, lo cual supone algún tipo de contribución por parte de los países miembros. Cabe hacer notar que, no obstante el carácter programático de los referidos artículos, nuestro país ya se

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INFORME COMISIÓN RELACIONES EXTERIORES

encuentra contribuyendo al mencionado fondo con la suma anual, aproximada al año 2008, de US$ 150.000 (ciento cincuenta mil dólares) según informó la Ministra Presidenta del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, señora Paulina Urrutia, a la Comisión.

4°) Que el proyecto fue aprobado por unanimidad de los HH. Diputados presentes, señores Enrique Accorsi Opazo; Juan Masferrer Pellizzari; Carlos Abel Jarpa Wevar; Renán Fuentealba Vildósola, e Iván Moreira Barros.

5°) Que Diputado Informante se designó al H. Diputado Errázuriz Eguiguren, don Maximiano II.- ANTECEDENTES GENERALES. En virtud de este Convenio se incorpora Chile a un tratado multilateral de cooperación, suscrito entre 12 Estados latinoamericanos, más España; mediante el cual estos países constituyen un foro para impulsar el desarrollo de la industria audiovisual en los países miembros, y, además, se comprometen a procurar establecer o perfeccionar sistemas y mecanismos de financiamiento y fomento de la actividad cinematográfica nacional; compromisos que S.E. la Presidenta de la República estima, según lo afirma en su mensaje, relevantes y valiosos para impulsar la política que promueve el Supremo Gobierno en el sector. III.-RESEÑA DEL ACUERDO INTERNACIONAL EN TRÁMITE. Este instrumento consta de un preámbulo y treinta y dos artículos. En el preámbulo, los Estados Partes formulan las declaraciones fundamentales relacionadas con los propósitos que los animan, ya señalados al definir el objeto del proyecto de acuerdo. En su parte dispositiva, el Convenio regula los compromisos generales que contraen los Estados Partes para lograr el desarrollo regional y nacional de la industria cinematográfica; los órganos internacionales y nacionales que se establecen para su ejecución, y las cláusulas finales propias de todo tratado multilateral. A) Los compromisos generales. En los artículos I, II, III, V, VI y X, los Estados Partes estipulan los compromisos fundamentales que cada Estado Parte contrae en virtud de su participación en este Convenio: contribuir al desarrollo de la industria cinematográfica dentro de los países iberoamericanos y a su integración,

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INFORME COMISIÓN RELACIONES EXTERIORES

mediante una participación equitativa en la actividad cinematográfica regional, de manera que los lleve, finalmente, a la formación de un mercado común cinematográfico latinoamericano, y, se comprometen, además, a incluir en su ordenamiento legal las normas que favorezcan la actividad cinematográfica, comprendidas las facilidades para permitir la entrada, permanencia y circulación de ciudadanos de los Países Partes encargados de ejercer actividades cinematográficas, así como a facilitar la importación temporal de los bienes destinados a igual fin. En los artículos VII, VIII y XI, se comprometen, por un lado, a establecer o perfeccionar mecanismos y sistemas de financiamiento y fomento de la actividad cinematográfica nacional, y, por el otro, a establecer un fondo financiero multilateral de fomento de la actividad. Asimismo, las Partes estimularán la firma de acuerdos de cooperación y coproducción cinematográfica. En los artículos IX, XII y XIII, se comprometen a impulsar la creación, en sus cinematecas, de secciones dedicadas a cada uno de los Estados Miembros; a estimular la participación conjunta del sector audiovisual en los eventos del mercado audiovisual internacional, así como la presencia de la cinematografía de los Estados Partes en los canales de difusión de los mismos, de conformidad con la ley interna. Finalmente, entre los compromisos fundamentales, se contempla en los artículos XIV y XV, el intercambiar información y documentación sobre la actividad, y el de proteger los derechos de autor conforme la legislación interna de cada país. B) Los órganos internacionales y nacionales para la ejecución del Convenio. Entre los órganos internacionales que crea este Convenio se contemplan: la Conferencia de Autoridades Cinematográficas de Iberoamérica (CACI), y la Secretaría Ejecutiva de la Cinematografía Iberoamericana (SECI). La CACI es el órgano máximo del Convenio, integrada por las autoridades competentes de cada país, acreditadas por vía diplomática, y tendrá reuniones ordinarias (anuales) o extraordinarias (citadas a solicitud de más de la mitad de los Estados Miembros o del Secretario ejecutivo). Entre sus funciones destacan: la formulación de la política general de ejecución del Convenio; la aceptación de la adhesión de nuevos Estados miembros; la aprobación de resoluciones que permitan dar cumplimiento al Convenio; la aprobación del presupuesto anual, y establecer mecanismos para su financiamiento. La SECI será el órgano técnico y ejecutivo del Convenio. Su sede estará en Caracas, Venezuela, y su funcionario superior será el Secretario Ejecutivo,

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INFORME COMISIÓN RELACIONES EXTERIORES

designado por la CACI, quien gozará en el territorio de cada Estado Miembro de la capacidad jurídica y de los privilegios, indispensables para el ejercicio de sus funciones internacionales, de conformidad con la legislación interna de cada uno de ellos. En el plano interno, cada uno de los Estados Partes se compromete a establecer una Comisión de Trabajo para la aplicación del Convenio, presidida por la autoridad cinematográfica que designe cada Gobierno. C) Las cláusulas finales del Convenio. Estas son propias de los tratados multilaterales. En este caso, se contemplan entre los artículos XXVI al XXXII, en los que se regulan los trámites de adhesión; ratificación, solución de controversias, vigencia y denuncia, propias de todo tratado multilateral. En lo sustancial, cabe señalar que Chile al no estar entre los Estados que originalmente suscribieron este Convenio (Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Cuba, Ecuador, México, Nicaragua, Panamá, Perú, República Dominicana y Venezuela, más España), una vez sancionado por el Congreso Nacional, podrá ratificarlo, previa aprobación de su adhesión por la Conferencia de Autoridades Cinematográficas de Iberoamérica (CACI). Finalmente, cabría señalar que las controversias que pudieran surgir en la aplicación o interpretación del Convenio serán resueltas por la CACI. IV.- DECISIÓN DE LA COMISIÓN. A) Personas escuchadas por la Comisión. La Comisión recibió a la Ministra Presidenta del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, señora Paulina Urrutia Fernández, quien valoró altamente este Convenio, por cuanto implica la adopción de políticas de apoyo a las artes audiovisuales, tales como facilitar el tránsito de las personas que con el propósito de desarrollar las mismas, deban desplazarse por los países miembros del Convenio; favorecer la adopción de acuerdos de cooperación para el fomento de dichas actividades entre las partes y crear un fondo de fomento de la actividad cinematográfica, al cual nuestro país ya colabora, en cifras del año 2008, con la suma anual de US$ 150.000 (ciento cincuenta mil dólares) según informó a la Comisión esta autoridad. Asimismo, precisó que nuestro país recibió, el mismo año, recursos por un total de US$ 370.000 (trescientos setenta mil dólares) en retorno, provenientes del mismo fondo, lo cual supera con creces el monto aportado al mismo por Chile. B) Aprobación del proyecto de acuerdo.

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INFORME COMISIÓN RELACIONES EXTERIORES

En mérito de lo expuesto por S.E. la Presidenta de la República, en el mensaje respectivo, y por la señora Ministra Presidenta del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, la Comisión decidió proponer a la H. Cámara que le preste su aprobación al artículo único del proyecto de acuerdo, en los mismos términos en que lo formula el mensaje, con modificaciones formales de menor entidad. C) Texto del artículo único del proyecto de acuerdo que la Comisión propone a la H. Cámara: "Artículo único.- Apruébase el “Convenio de Integración Cinematográfica Iberoamericana”, suscrito en Caracas, Venezuela, el 11 de noviembre de 1989.".

)====( Discutido y despachado en sesión del 3 de marzo de 2009, con la asistencia de los Diputados señores Fuentealba Vildósola, don Renán (Presidente de la Comisión); Accorsi Opazo, don Enrique; Allende Bussi, doña Isabel; Díaz Díaz, don Marcelo; Errázuriz Eguiguren, don Maximiano; Jarpa Wevar, don Carlos Abel; León Ramírez, don Roberto; Masferrer Pellizzari, don Juan; Moreira Barros, don Iván, y Palma Flores, don Osvaldo.

SALA DE LA COMISIÓN, a 5 de marzo de 2009. Federico Vallejos de la Barra, Abogado Secretario de la Comisión

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INFORME COMISIÓN HACIENDA

1.3. Informe Comisión de Hacienda Cámara de Diputados. Fecha 03 de junio, 2011. Cuenta en Sesión 38. Legislatura 359.

BOLETÍN Nº 6.152-10 INFORME DE LA COMISIÓN DE HACIENDA RECAÍDO EN EL PROYECTO DE ACUERDO QUE APRUEBA EL CONVENIO DE INTEGRACIÓN CINEMATOGRÁFICA IBEROAMERICANA, SUSCRITO EN CARACAS, EL 11 DE NOVIEMBRE DE 1989.

HONORABLE CÁMARA: La Comisión de Hacienda pasa a informar el proyecto de Acuerdo mencionado en el epígrafe, en cumplimiento del inciso segundo del artículo 17 de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y conforme a lo dispuesto en los artículos 220 y siguientes del Reglamento de la Corporación. La iniciativa tuvo su origen en la Cámara de Diputados por un mensaje de S.E. la Presidenta de la República, señora Michelle Bachelet Jeria, calificada de “simple urgencia” para su tramitación legislativa. Asistieron a la Comisión los señores Horacio del Valle, Director de Asuntos Culturales del Ministerio de Relaciones Exteriores, y Rodrigo Valencia, Asesor del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes. A la primera sesión en que se trató el proyecto, el 17 de junio de 2009, asistieron el señor Eduardo Muñoz, Subsecretario del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes y la señora Marcela Paiva, Asesora Legislativa de dicho Consejo. El propósito de la iniciativa consiste en la aprobación del Convenio de Integración Cinematográfica Iberoamericana, suscrito en Caracas, el 11 de noviembre de 1989, que tiene por objeto fomentar la actividad cinematográfica, contribuyendo al desarrollo cultural de la región y su identidad. Como consecuencia del debate ocurrido en la sesión de junio de 2009, se dejó pendiente la votación del proyecto a la espera del informe financiero.

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INFORME COMISIÓN HACIENDA

El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos, con fecha 14 de marzo de 2011, señala que en relación al gasto fiscal derivado del Convenio, éste no incluye explícitamente en su articulado una cláusula que signifique algún aporte de la República de Chile, pero cabe señalar que por acuerdo de los países miembros anualmente se deberán realizar los siguientes aportes: US $ 150.000 para el Programa de Estímulo al Desarrollo de la Industria Iberoamericana, IBERMEDIA, y US $ 8.829 para la Secretaría Técnica de la Conferencia de Autoridades Audiovisuales Cinematográficas, CAACI, todo ello con cargo al presupuesto del Consejo Nacional de la Cultura y las Arte. En el informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana se consigna un resumen del Convenio que contiene un Preámbulo y 32 artículos. Éste fue suscrito entre 12 Estados latinoamericanos, más España, constituyendo un foro para impulsar el desarrollo de la industria audiovisual en los países miembros. Entre sus principales disposiciones cabe destacar que: En los artículos I, II, III, V, VI y X, se establecen los compromisos fundamentales que los Estados Partes contraen en orden a procurar los fines del Convenio. En los artículos VII, VIII y XI, se comprometen a establecer y perfeccionar mecanismo y sistemas de financiamiento y fomento de la actividad cinematográfica nacional y a establecer un fondo financiero multilateral de fomento a la actividad. En los artículos IX, XII y XIII, se comprometen a impulsar la creación, en sus cinematecas, de secciones dedicadas a cada uno de los Estados Miembros, a estimular la participación conjunta del sector audiovisual en los eventos del mercado audiovisual internacional, así como la presencia de la cinematografía de los Estados Partes en los canales de difusión de los mismos, de conformidad con la ley interna. En los artículos XIV y XV, se comprometen a intercambiar información y documentación sobre la actividad y proteger los derechos de autor conforme la legislación interna de cada país. Entre los órganos internacionales que crea este Convenio se contemplan: la Conferencia de Autoridades Cinematográficas de Iberoamérica (CACI), y la Secretaría Ejecutiva de la Cinematografía Iberoamericana (SECI). La CACI es el órgano máximo del Convenio, integrada por las autoridades competentes de cada país, acreditadas por vía diplomática, y

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INFORME COMISIÓN HACIENDA

tendrá reuniones ordinarias (anuales) o extraordinarias (citadas a solicitud de más de la mitad de los Estados Miembros o del Secretario Ejecutivo). Entre sus funciones destacan: la formulación de la política general de ejecución del Convenio; la aceptación de la adhesión de nuevos Estados miembros; la aprobación de resoluciones que permitan dar cumplimiento al Convenio; la aprobación del presupuesto anual, y establecer mecanismos para su financiamiento. La SECI será el órgano técnico y ejecutivo del Convenio. Su sede estará en Caracas, Venezuela, y su funcionario superior será el Secretario Ejecutivo, designado por la CACI, quien gozará en el territorio de cada Estado Miembro de la capacidad jurídica y de los privilegios indispensables para el ejercicio de sus funciones internacionales, de conformidad con la legislación interna de cada uno de ellos. En el plano interno, cada uno de los Estados Partes se compromete a establecer una Comisión de Trabajo para la aplicación del Convenio, presidida por la autoridad cinematográfica que designe cada Gobierno. Entre los artículos finales, se contemplan los artículos XXVI al XXXII, en los que se regulan los trámites de adhesión, ratificación, solución de controversias, vigencia y denuncia, propios de todo tratado multilateral. Finalmente, cabría señalar que las controversias que pudieran surgir en la aplicación o interpretación del Convenio serán resueltas por la Conferencia de Autoridades Cinematográficas de Iberoamérica (CACI), conforme al artículo XXVIII. En el debate de la Comisión el señor Horacio del Valle hizo presente que el convenio internacional en trámite se ha mostrado extraordinariamente eficaz; concluido en 1989, Chile participa en él como observador sólo desde el año 2005. Agregó que se trata de un instrumento que ha significado un salto cualitativo notable para las industrias cinematográficas de Latinoamérica, España y Portugal, pues ha permitido incorporar ingentes cantidades de recursos para el fomento de la cinematografía iberoamericana desde su suscripción, marcando un hito en la materia. La participación de Chile obedece a un acuerdo entre el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes (CNCA) y la Conferencia de Autoridades Cinematográficas de Iberoamérica (CACI), que es el órgano directivo creado por el citado convenio, en virtud del cual nuestro país cumple también con los compromisos financieros que éste conlleva y que se traducen en un aporte anual al fondo multilateral de fomento y el pago de una cuota anual para

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INFORME COMISIÓN HACIENDA

financiar el funcionamiento de la Secretaría Ejecutiva de la CACI. Estos compromisos se cumplen con cargo al presupuesto del CNCA, por lo que de aprobarse la adhesión de Chile a este convenio, que ya fue manifestada en el año 2008, estarían cubiertas las responsabilidades financieras que tal adhesión implica. Destacó el expositor que, con esta asociación, prácticamente el 50% de los filmes nacionales se involucran actualmente de alguna manera con Ibermedia, que es el nombre dado al fondo de fomento contemplado en el convenio y que es generado por todos los países participantes. El señor Rodrigo Valencia enfatizó la importancia que reviste para el CNCA la aprobación del proyecto de acuerdo aprobatorio del convenio internacional en comento, porque vendría a poner la rúbrica a una política de Estado en materia de fomento del arte audiovisual que se iniciara en la década de los noventa y que cuenta entre sus hitos principales la promulgación de la Ley de Fomento al Audiovisual (sic) del año 2004. Detalló que el convenio, en virtud del acuerdo celebrado entre el CNCA y la CACI, implica para el Estado chileno un aporte financiero de 150 mil dólares al año. Sin embargo, la retribución que reciben los productores audiovisuales chilenos que participan de este fondo de fomento internacional es de 370 mil dólares anuales. Por otra parte, el convenio contiene una serie de disposiciones absolutamente coherentes con la normativa legal interna, tanto en materia de promoción como de financiamiento de la actividad audiovisual. De hecho, Chile tiene un fondo concursable que financia por la vía de subsidios la producción cinematográfica nacional y promueve la conservación del patrimonio audiovisual y el respeto a los derechos de autor de los productores audiovisuales chilenos. Por lo expresado, el CNCA considera muy importante dar esta señal en el ámbito internacional, para que Chile sea miembro de pleno derecho de este convenio, lo cual lo situaría en un rol más activo y potenciaría los mecanismos de fomento que el CNCA está diseñando y que espera presentar prontamente al Poder Legislativo. Respondiendo a las consultas e inquietudes de los miembros de la Comisión, el señor del Valle aclaró que los retornos que genera el convenio internacional en comento no tienen que ver necesariamente con derechos de autor, pues se trata de un sistema que se creó inicialmente para competir con los grandes distribuidores europeos y estadounidenses. Nace simultáneamente en España y Latinoamérica, buscando potenciar la producción y distribución de películas locales para intentar competir con las grandes distribuidoras internacionales que aún hoy siguen monopolizando los mercados

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INFORME COMISIÓN HACIENDA

cinematográficos de Iberoamérica. En este sentido, los avances han sido notables. En todos los países que participan del Convenio se ve una gran cantidad de películas españolas, mexicanas, argentinas o brasileñas que antes no se veían. Las películas chilenas se muestran en diversos mercados de América Latina y han ganado varias veces importantes festivales de cine regionales, como el de Río de Janeiro, lo que les ha valido ingresar a los circuitos cinematográficos comerciales de distintos países. Destacó que este convenio fomenta la coproducción audiovisual entre los países participantes y permite el acceso de éstos a importantes centros de postproducción, como Brasil, y el intercambio de actores y personal técnico, no sólo en materia de cine, sino también de producciones para televisión. Asimismo, resaltó el hecho de que el convenio permite potenciar a los sectores más débiles del cine nacional e iberoamericano en general, como es el caso de la producción de documentales. Agregó que los retornos que genera el convenio provienen fundamentalmente de los tres grandes socios del sistema Ibermedia, que son España, México y Brasil, los cuales tienen una industria cinematográfica fuertemente desarrollada. De hecho, toda la postproducción audiovisual chilena se hace en Brasil, donde hoy está presente Chilefilms, porque allí se encuentran las mejores condiciones técnicas para llevarla a cabo. Resulta, pues, que para competir por los mercados locales y regionales, estos países están haciendo una gran inversión, que es absolutamente relevante para tal propósito. Por último, explicó que los productores nacionales pueden postular a los fondos de Ibermedia a través de concursos organizados por el CNCA, como también a través de la Dirección de Asuntos Culturales del Ministerio de Relaciones Exteriores, para lo cual deben presentar proyectos que se someten a evaluación ante el propio Consejo de Ibermedia, que los aprueba o rechaza. Otra forma de acceder a estos fondos es mediante la obtención de premios en festivales, llamados Cine en Construcción, reservados a largometrajes que, una vez rodados, encuentran dificultades para efectuar el proceso de postproducción, en cuyo caso Ibermedia los financia directamente con recursos del fondo de fomento o facilitando la celebración de acuerdos de coproducción entre los países miembros del convenio. El señor Valencia informó, a su vez, que el convenio ha sido suscrito a la fecha por Argentina, Brasil, México, Nicaragua, Panamá, Bolivia, Perú, Venezuela, República Dominicana, Colombia, Cuba, Ecuador y España.

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INFORME COMISIÓN HACIENDA

Teniendo presente los antecedentes de la iniciativa y las consideraciones expuestas en la Comisión, fueron revisados los artículos XI y XVIII del Convenio y sometido a votación el artículo único del proyecto de Acuerdo, siendo aprobado por la unanimidad de los Diputados presentes señores Auth, don Pepe; Jaramillo, don Enrique; Montes, don Carlos; Ortiz, don José Miguel; Robles, don Alberto; Santana, don Alejandro; Silva, don Ernesto y Von Mühlenbrock, don Gastón. Tratado y acordado en sesiones de fechas 17 de junio de 2009 y 31 de mayo de 2011, con la asistencia a la primera sesión, de los Diputados señores Dittborn, don Julio (Presidente); Aedo, don René; Álvarez, don Rodrigo; Delmastro, don Roberto; Jaramillo, don Enrique; Lorenzini, don Pablo; Montes, don Carlos; Ortiz, don José Miguel; Robles, don Alberto; Tuma, don Eugenio, y Von Mühlenbrock, don Gastón y a la segunda, de los Diputados señores Godoy, don Joaquín (Presidente); Auth, don Pepe; Jaramillo, don Enrique; Lorenzini, don Pablo; Macaya, don Javier; Montes, don Carlos; Ortiz, don José Miguel; Robles, don Alberto; Santana, don Alejandro; Silva, don Ernesto; Von Mühlenbrock, don Gastón, y señora Zalaquett, doña Mónica. Se designó Diputado informante al señor SANTANA, don ALEJANDRO. SALA DE LA COMISIÓN, a 3 de junio de 2011. JAVIER ROSSELOT JARAMILLO Abogado Secretario de la Comisión

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DISCUSIÓN SALA

1.4. Discusión en Sala Cámara de Diputados. Legislatura 359. Sesión 40. Fecha 09 de junio, 2011. Discusión. Se aprueba CONVENIO DE INTEGRACIÓN CINEMATOGRÁFICA IBEROAMERICANA. Primer trámite constitucional. El señor MELERO (Presidente).- Corresponde considerar, en primer trámite

constitucional, el proyecto de acuerdo que aprueba el Convenio de Integración Cinematográfica Iberoamericana, suscrito en Caracas, Venezuela, el 11 de noviembre de 1989. Diputados informantes de las Comisiones de Relaciones Exteriores, Asuntos

Interparlamentarios e Integración Latinoamericana y de Hacienda son los señores Carlos Abel Jarpa y Alejandro Santana. Antecedentes: -Mensaje, boletín N° 6152-10, sesión 88ª, en 14 de octubre de 2008.

Documentos de la Cuenta N° 1. -Informes de las Comisiones de Relaciones Exteriores, Asuntos

Interparlamentarios e Integración Latinoamericana y de Hacienda, sesión 38ª, en 7 de junio de 2011. Documentos de la Cuenta Nos 4 y 5. El señor MELERO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado informante de

la Comisión de Relaciones Exteriores. El señor JARPA (de pie).- Señor Presidente, en representación de la

Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana paso a informar, en primer trámite constitucional, con urgencia calificada de simple, el proyecto de acuerdo aprobatorio del Convenio de Integración Cinematográfica Iberoamericana, suscrito en Caracas, el 11 de noviembre de 1989. En virtud de este Convenio, Chile se incorpora a un tratado multilateral de

cooperación, suscrito por 12 estados latinoamericanos, más España, mediante el cual estos países constituyen un foro para impulsar el desarrollo de la industria audiovisual en los países miembros. Además, se comprometen a procurar establecer o perfeccionar sistemas y mecanismos de financiamiento y fomento de la actividad cinematográfica nacional, compromisos, según se afirma en el mensaje, relevantes y valiosos para impulsar la política que promueve el Supremo Gobierno en el sector. El instrumento consta de un preámbulo y 32 artículos. En el preámbulo, los

Estados Partes formulan las declaraciones fundamentales relacionadas con los propósitos que los animan, ya señalados al definir el objeto del proyecto de acuerdo. En su parte dispositiva, el Convenio regula los compromisos generales que

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DISCUSIÓN SALA

contraen los Estados Partes para lograr el desarrollo regional y nacional de la industria cinematográfica; los órganos internacionales y nacionales que se establecen para su ejecución y las cláusulas finales propias de todo tratado multilateral. Para el estudio de este proyecto de acuerdo, la Comisión contó con la

asistencia y colaboración de la entonces ministra presidenta del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, señora Paulina Urrutia Fernández, quien valoró altamente este Convenio, por cuanto implica la adopción de políticas de apoyo a las artes audiovisuales, tales como facilitar el tránsito de las personas que, con el propósito de desarrollar las mismas, deban desplazarse por los países miembros del Convenio; favorecer la adopción de acuerdos de cooperación para el fomento de dichas actividades entre las partes y crear un fondo de fomento de la actividad cinematográfica. Por su parte, los diputados integrantes de la Comisión expresaron su

decisión favorable a la aprobación del Convenio, reconociendo la conveniencia de impulsar políticas para el desarrollo de la industria audiovisual de los países miembros, además de procurar el establecimiento o perfeccionamiento de sistemas o mecanismos de financiamiento y fomento de la actividad cinematográfica nacional. Por ello, por unanimidad fue acogido el proyecto de acuerdo en informe y

recomienda a la honorable Cámara su aprobación. He dicho. El señor MELERO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado informante de

la Comisión de Hacienda. El señor SANTANA (de pie).- Señor Presidente, en nombre de la Comisión de

Hacienda paso a informar el proyecto de acuerdo que aprueba el Convenio de Integración Cinematográfica Iberoamericana, suscrito en Caracas, el 11 de noviembre de 1989, que tiene por objeto fomentar la actividad cinematográfica, contribuyendo al desarrollo cultural de la región y su identidad. La iniciativa, de origen en un mensaje de su excelencia la Presidenta de la

República, señora Michelle Bachelet, con urgencia calificada de “simple”, cuya tramitación legislativa comenzó en la Cámara de Diputados. Como consecuencia del debate ocurrido en la sesión de junio de 2009, se

dejó pendiente la votación del proyecto a la espera del informe financiero. El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos, con fecha

14 de marzo de 2011, señala que en relación con el gasto fiscal derivado del Convenio, éste no incluye explícitamente en su articulado una cláusula que signifique algún aporte de la República de Chile, pero cabe señalar que, por acuerdo de los países miembros, anualmente se deberán realizar los siguientes aportes: 150.000 dólares para el Programa de Estímulo al Desarrollo de la Industria Iberoamericana, Ibermedia, y 8.829 dólares para la Secretaría Técnica de la Conferencia de Autoridades Audiovisuales Cinematográficas de Iberoamérica (Caaci), todo ello con cargo al presupuesto del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes.

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DISCUSIÓN SALA

En el informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana se consigna un resumen del Convenio que contiene un preámbulo y 32 artículos. Éste fue suscrito por 12 Estados latinoamericanos, más España, constituyendo un foro para impulsar el desarrollo de la industria audiovisual en los países miembros. En el debate de la Comisión, el señor Horacio del Valle hizo presente que el

Convenio internacional en trámite se ha mostrado extraordinariamente eficaz; concluido en 1989, Chile participa en él como observador sólo desde el año 2005. Agregó que se trata de un instrumento que ha significado un salto cualitativo

notable para las industrias cinematográficas de Latinoamérica, España y Portugal, pues ha permitido incorporar ingentes cantidades de recursos para el fomento de la cinematografía iberoamericana desde su suscripción, marcando un hito en la materia. La participación de Chile obedece a un acuerdo entre el Consejo Nacional de

la Cultura y las Artes, CNCA, y la Conferencia de Autoridades Audiovisuales Cinematográficas de Iberoamérica, que es el órgano directivo creado por el citado Convenio, en virtud del cual nuestro país cumple también con los compromisos financieros que éste conlleva y que se traducen en un aporte anual al fondo multilateral de fomento y el pago de una cuota anual para financiar el funcionamiento de la Secretaría Ejecutiva de Caasi. Estos compromisos se cumplen con cargo al presupuesto del CNCA, por lo que, de aprobarse la adhesión de Chile a este Convenio, que ya fue manifestada en el año 2008, estarían cubiertas las responsabilidades financieras que tal adhesión implica. Destacó el expositor que, con esta asociación, prácticamente el 50 por

ciento de los filmes nacionales se involucran actualmente, de alguna manera, con Ibermedia, que es el nombre dado al fondo de fomento contemplado en el Convenio y que es generado por todos los países participantes. El señor Rodrigo Valencia enfatizó la importancia que reviste para el CNCA la

aprobación del proyecto de acuerdo aprobatorio del Convenio internacional en comento, porque vendría a poner la rúbrica a una política de Estado en materia de fomento del arte audiovisual que se iniciara en la década de los noventa y que cuenta entre sus hitos principales la promulgación de la ley de Fomento Audiovisual, de 2004. Detalló que el Convenio, en virtud del acuerdo celebrado entre el CNCA y la

Caaci, implica para el Estado chileno un aporte financiero de 150 mil dólares al año. Sin embargo, la retribución que reciben los productores audiovisuales chilenos que participan de este fondo de fomento internacional es de 370 mil dólares anuales. Por otra parte, el Convenio contiene una serie de disposiciones

absolutamente coherentes con la normativa legal interna, tanto en materia de promoción como de financiamiento de la actividad audiovisual. De hecho, Chile tiene un fondo concursable que financia por la vía de subsidios la producción cinematográfica nacional y promueve la conservación del patrimonio audiovisual y el respeto a los derechos de autor de los productores

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DISCUSIÓN SALA

audiovisuales chilenos. Por lo expresado, el CNCA considera muy importante dar esta señal en el

ámbito internacional, para que Chile sea miembro de pleno derecho de este Convenio, lo cual lo situaría en un rol más activo y potenciaría los mecanismos de fomento que el CNCA está diseñando y que espera presentar prontamente al Poder Legislativo. En respuesta a las consultas e inquietudes de los miembros de la Comisión,

el señor Del Valle aclaró que los retornos que genera el Convenio internacional en comento no tienen que ver necesariamente con derechos de autor, pues se trata de un sistema que se creó al inicio para competir con los grandes distribuidores europeos y estadounidenses. Nace simultáneamente en España y Latinoamérica, buscando potenciar la producción y distribución de películas locales para intentar competir con las grandes distribuidoras internacionales que aún hoy siguen monopolizando los mercados cinematográficos de Iberoamérica. En este sentido, los avances han sido notables. En todos los países que participan del Convenio se ve una gran cantidad de películas españolas, mexicanas, argentinas o brasileñas, lo que antes no ocurría. Las películas chilenas se muestran en diversos mercados de América Latina y han ganado varias veces importantes festivales de cine regionales, como el de Río de Janeiro, lo que les ha valido ingresar a los circuitos cinematográficos comerciales de distintos países. Destacó que este Convenio fomenta la coproducción audiovisual entre los

países participantes y permite su acceso a importantes centros de postproducción, como Brasil, y el intercambio de actores y personal técnico, no sólo en materia de cine, sino también de producciones para televisión. Asimismo, resaltó el hecho de que el Convenio permite potenciar a los

sectores más débiles del cine nacional e iberoamericano en general, como es el caso de la producción de documentales. Por último, explicó que los productores nacionales pueden postular a los

fondos de Ibermedia a través de concursos organizados por el CNCA, como también a través de la Dirección de Asuntos Culturales del Ministerio de Relaciones Exteriores, para lo cual deben presentar proyectos que se someten a evaluación ante el propio Consejo de Ibermedia, que los aprueba o rechaza. Otra forma de acceder a estos fondos es mediante la obtención de premios

en festivales, llamados Cine en Construcción, reservados a largometrajes que, una vez rodados, encuentran dificultades para efectuar el proceso de postproducción, en cuyo caso Ibermedia los financia directamente con recursos del fondo de fomento o facilitando la celebración de acuerdos de coproducción entre los países miembros del Convenio. El señor Valencia informó, a su vez, que el Convenio ha sido suscrito a la fecha

por Argentina, Brasil, México, Nicaragua, Panamá, Bolivia, Perú, Venezuela, República Dominicana, Colombia, Cuba, Ecuador y España. Teniendo presente los antecedentes de la iniciativa y las consideraciones

expuestas en la Comisión, fueron revisados los artículos XI y XVIII del Convenio y sometido a votación el artículo único del proyecto de acuerdo, el

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DISCUSIÓN SALA

que fue aprobado por la unanimidad de los diputados presentes señores Pepe Auth, Enrique Jaramillo, Carlos Montes, José Miguel Ortiz, Alberto Robles, Gastón Von Mühlenbrock, Ernesto Silva y Alejandro Santana. Es cuanto puedo informar a esta Sala. He dicho. El señor MELERO (Presidente).- En discusión el proyecto de acuerdo. Tiene la palabra la diputada señora Ximena Vidal. La señora VIDAL (doña Ximena).- Señor Presidente, nos alegran los

informes del proyecto que está en discusión, porque tienen que ver con la cultura. Sabemos que todos los planes y programas de integración que colaboran en

la producción del arte y la cultura benefician no sólo a los artistas e intelectuales, sino que, sobre todo, tienen resultados comprobados en el buen comportamiento humano. Toda la inversión que hacemos en cultura y educación en nuestro país y en el mundo es pura ganancia económica, social y cultural. Especialmente, a través del cine, es decir, del leguaje audiovisual, no sólo

conocemos la ficción que somos capaces de crear los seres humanos, sino que podemos reconocer y recorrer las diversas culturas que conviven en el mundo de hoy. A través del cine, aprendemos de la inteligencia emocional, de la razón, del mundo espiritual y material que contiene nuestro contexto vital. Felicito a las Comisiones de Relaciones Exteriores y de Hacienda,

respectivamente, por la votación del proyecto, ya que constituye una señal clara sobre la materia. Aquí tenemos las dos dimensiones a las que apunta el proyecto de acuerdo aprobatorio del Convenio de Integración Cinematográfica Iberoamericana, suscrito en Caracas, Venezuela, el 11 de noviembre de 1989: las que tienen que ver, por un lado, con el arte y la cultura y, por el otro, con el financiamiento. En definitiva, cómo nos hacemos cargo de que la dimensión cultural y específicamente la integración cinematográfica iberoamericana se hagan realidad no sólo a través de los recursos humanos con que contamos en todos los países -es decir, los talentos que habitualmente producen cine y los artistas nacionales e internacionales que se dedican con mucho esfuerzo a hacer historia a través del lenguaje audiovisual-, sino que también con un financiamiento potente y continuo. Sin duda, el Convenio recoge la necesidad de contar con más recursos financieros y humanos para tal efecto. Al aprobarlo, nuestro país se está haciendo cargo de una deuda, en el

sentido que tenemos que entregar más recursos y de buscar más y mejores caminos, de acuerdo con las necesidades que cada día enfrenta la sociedad moderna de hoy. De manera que vamos adecuando esas herramientas político-sociales de cooperación, que nos ayudan a profundizar la producción de arte y cultura que nos hace mejores seres humanos. A través del cine no sólo vemos la dimensión de la belleza, de las bondades

y de las capacidades de los seres humanos, sino que también miramos la mezquindad, la violencia y todos los aspectos negativos que también generan

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DISCUSIÓN SALA

los seres humanos. El cine es un gran espejo del que debemos hacernos cargo para minimizar esas debilidades humanas. En realidad, es una herramienta maravillosa que nos hace conciliarnos con lo mejor de nosotros. He dicho. El señor ARAYA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor

Ramón Farías. El señor FARÍAS.- Señor Presidente, el Convenio de Integración

Cinematográfica Iberoamericana es muy importante e interesante para el fomento de la cultura no sólo en Chile, sino también a nivel iberoamericano. Ojalá más diputados puedan tener una opinión respecto del tema, porque creemos firmemente que la cultura hace que los pueblos crezcan, se desarrollen y, finalmente, creen su historia. Lo relevante de la historia y las raíces es que, al mirar hacia atrás, no se repitan los errores y horrores ocurridos. El arte, en general, y el cine, en particular, tienen la característica de

mostrarnos no sólo ficción, sino que también documentales e historias tomadas de la vida real, plasmando para la historia de la humanidad lo sucedido en distintos países, por ejemplo, grandes catástrofes, el Holocausto o problemas como los que hoy están viviendo los habitantes del sur del país por las erupciones volcánicas u otros desastres naturales. Por lo tanto, el convenio -cuya aprobación plantea el acuerdo-, que pretende

generar la integración cinematográfica iberoamericana, me parece de suyo importante, más aún trascendente, por el fomento del cine que implica. Es algo fundamental mantener el patrimonio audiovisual no sólo de Chile,

sino que también de Iberoamérica, a través del impulso a la creación de cinematecas. Hace algunos años, me correspondió asistir a la inauguración de una

cinemateca chilena, donde actualmente se conserva y recupera una serie de materiales audiovisuales y películas chilenas. Sin duda, es muy importante mantener aquello. A través de este Convenio se crea una cinemateca a nivel iberoamericano.

Es decir, no sólo tendremos una sección de cinemateca chilena, sino que, también, una iberoamericana, e iremos a otros países para observar lo mismo respecto de Chile. Lo segundo que me parece interesante es la creación de órganos nacionales

e internacionales para la ejecución del Convenio, que son: uno, la Conferencia de Autoridades Cinematográficas de Iberoamérica y, dos, la Secretaría Ejecutiva de la Cinematografía Iberoamericana. Ellos permitirán que el Convenio se concrete y siga adelante. O sea, no sólo se quedará en las buenas intenciones, sino que se desarrollará en el tiempo. Otro asunto sumamente importante es la referencia que se hace en el

Convenio respecto de quienes integrarán dichos órganos. Se señala que serán las autoridades competentes de cada país acreditadas por la vía diplomática. De ello se infiere que los agregados culturales formarán parte de tales

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DISCUSIÓN SALA

órganos. Aquí es donde cabe advertir a nuestras autoridades y al Ejecutivo respecto de la importancia de tener agregados culturales en nuestras embajadas. No deben ser cualesquiera personas, como ocurre en algunas embajadas, donde a los segundos o terceros secretarios se les da la atribución de ser agregados culturales sin tener la menor idea de lo que eso significa. Incluso en algunas ocasiones se ha nombrado como agregados culturales a quienes no tienen mucho que ver con la cultura, sino que, más bien, están más cerca de la farándula. Ellos poco pueden hacer por la cultura de verdad, que no es solo aparecer en un programa de televisión o en un espectáculo por aquí o por allá, sino que se trata de algo mucho más profundo, que tiene que ver con artistas plásticos o con la difusión de la cultura de los pueblos originarios, con el teatro, el cine, la música, el baile, etcétera. En definitiva, los agregados culturales en nuestras embajadas deben estar a

la altura de lo que hoy se nos está pidiendo. Por último, en este convenio debería reforzarse, de una u otra manera, los

derechos de autor. Sabemos que los canales de televisión están tratando de evadir la ley y no

pagar los derechos a los actores que han hecho distintas incursiones en telenovelas conocidas. Simplemente se niegan a hacerlo. Hay un grupo muy grande de actores y actrices nacionales que están a punto de ir a paro nacional, porque los canales de televisión, lisa y llanamente, no quieren pagar los derechos de retransmisión. Sostienen que cuando un actor o una actriz aparece en una telenovela, se les paga una equis cantidad de dinero y que después pueden repetir el programa o la obra artística todas las veces que quieran. Es decir, el canal continúa ganando dinero, porque sigue vendiendo el producto al extranjero; en cambio, nada reciben quienes ponen la cara y cuyas actuaciones generaron el éxito. A mi juicio, de una u otra manera, este convenio nos va a servir también para

reforzar los derechos que tienen no solamente los actores, sino que también los músicos, quienes están bastante más protegidos que los actores. A un médico no le gustaría atender cuatro veces al mismo paciente que

viene por la misma enfermedad y que le pagara una sola consulta. El médico cobra cada vez, también el abogado, ¿por qué, entonces, el artista va a recibir retribución una sola vez por un trabajo, por el que, además, otros están ganando mucho? Por eso, votaré a favor del proyecto de acuerdo que aprueba el convenio;

voy a apoyarlo con todo, creo que se afirma el tema del patrimonio, la creación de cinematecas me parece muy interesante y lo relacionado con los agregados culturales tiene que analizarlo el Ejecutivo. He dicho. El señor ARAYA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor

Joaquín Godoy. El señor GODOY.- Señor Presidente, no siempre ha sido fácil concordar con

el diputado Farías, pero en este proyecto estamos totalmente de acuerdo, y es así, porque de acuerdo con el convenio, el Estado chileno hará un aporte y la

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DISCUSIÓN SALA

gente que desarrolla la cinematografía en nuestro país tendrá un beneficio que alcanzará prácticamente al doble de lo que entregará nuestro país. Por lo tanto, desde ese punto de vista y como primer argumento, es de toda

justicia y racionabilidad que aprobemos el proyecto. En segundo lugar, la aprobación del Convenio nos incorporará a un grupo de

países que tienen un desarrollo cinematográfico mucho más importante que el nuestro. Conocemos lo que han hecho Brasil y Argentina, experiencias internacionales muy importantes para Chile. Además, concuerdo con los diputados que me antecedieron en el uso de la

palabra, en cuanto a que hoy la cinematografía es una gran herramienta para transmitir cultura, educación, historia y nuestras raíces. En Chile hemos logrado ir desarrollando esta actividad de muy buena manera. Nos sentimos muy orgullosos de que en Valparaíso existan creadores de la talla de Lucho Vera, premiado internacionalmente; pero que cuando inician sus desafíos, los apoyos económicos son pocos. Para nosotros es muy importante todo acuerdo tendiente a potenciar la

generación de más cultura y desarrollo. Por eso me atrevo a decir que la bancada de Renovación Nacional apoyará

con mucho entusiasmo este tratado. He dicho. El señor ARAYA (Vicepresidente).- Tienen la palabra el diputado señor José

Miguel Ortiz. El señor ORTIZ.- Señor Presidente, hace algunos días, en la Comisión de

Hacienda de nuestra Corporación, tratamos este proyecto de acuerdo que aprueba el Convenio de Integración Cinematográfica Iberoamericana, suscrito en Caracas el 11 de noviembre de 1989. Desde el punto de vista legislativo, en prácticamente 22 años no hemos

podido concretar algo que se firmó tantos años atrás y que es vital para la cultura, para el arte, para el desarrollo espiritual y mental, para la recreación en este país: el cine. ¡Qué increíble! Soy un admirador del cine. El arte y la cultura que ha transmitido, muchas

veces ha cambiado la historia de los pueblos, a veces para mal, pero la inmensa mayoría para bien. Por ejemplo, entrega información fidedigna de momentos históricos que sucedieron en el mundo y que ojalá nunca se repitan. Siento orgullo por el enorme avance que en los últimos años la

cinematografía chilena ha tenido. Está participando en los festivales más importantes que se desarrollan en el mundo. En la exposición que hizo el señor Del Valle en la Comisión de Hacienda, me llamo la atención, en primer lugar, que haremos una inversión muy rentable. Por un lado, el estdo chileno hará un aporte de 150 mil dólares para el programa de Estímulo al Desarrollo de la Industria Iberoamericana, Ibermedia, y de 8.829 dólares para la Secretaría Técnica de la Conferencia de Autoridades Audiovisuales Cinematográfica, todo ello con cargo a la partida del Presupuesto del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, pero el retorno es más del doble, asciende a alrededor de 350 mil dólares. Es decir, por todos lados tenemos un avance.

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DISCUSIÓN SALA

Pero lo más importante es que toda esa gente excepcional que cree en el desarrollo del cine, podrá integrarse con lo más potente que hay en América Latina y que los gobiernos han impulsado. España, México y Brasil tienen una industria cinematográfica realmente desarrollada. Nos llamó la atención en la exposición que nos hicieron en la Comisión de

Hacienda lo completo que es este Convenio. Se ha desarrollado en función de que exista integración entre los países y que se dé oportunidades a muchos talentos jóvenes, especialmente en provincias, lo digo como penquista, ya que en Concepción hay mucha gente que se dedica al cine porque lo lleva en la sangre, pero no ha habido un mayor fomento para que siga creciendo. Este Convenio es un gran aporte y estamos en deuda con su despacho,

porque el mensaje fue enviado en el gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet, ingreso en junio de 2009; vale decir, hace dos años, y, debido a que el informe financiero no correspondía a la realidad, no continuó su tramitación. Por eso, después de escuchar todos los planteamientos y, más aún, luego de

saber los países que han suscrito el Convenio, Argentina, Brasil, México, Nicaragua, Panamá, Bolivia, Perú, Venezuela, República Dominicana, Colombia, Cuba, Ecuador y España, no es casualidad que los integrantes de la comisión de Hacienda hayamos tratado y aprobado por unanimidad el proyecto de acuerdo aprobatorio del Convenio en las sesiones de 17 de junio de 2009 y el 31 de mayo de este año, porque fomenta, desarrolla y da la posibilidad a tantos talentos de realizar esta actividad y que seguramente nos van a dar grandes satisfacciones en el mundo de la cinematografía. Por eso, tal como lo han expresado mis camaradas, votaremos a favor, en

general y en particular, el proyecto. He dicho. El señor MELERO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Marcelo

Schilling. El señor SCHILLING.- Señor Presidente, el Convenio cuya aprobación nos

plantea el proyecto de acuerdo, estipula los compromisos fundamentales que cada Estado Parte contrae en virtud de su participación en el mismo. Estos son contribuir al desarrollo de la industria cinematográfica dentro de los países iberoamericanos y a su integración mediante una participación equitativa en la actividad cinematográfica nacional, de manera que los lleve finalmente a la formación de un mercado común cinematográfico iberoamericano. Conviene recordar que el término iberoamericano comprende a España y Portugal; en consecuencia, no se limita sólo a los países de América Latina. Además, los Estados suscriptores se comprometen a incluir en su ordenamiento legal las normas que favorezcan la actividad cinematográfica, comprendidas las facilidades para permitir la entrada, permanencia y circulación de ciudadanos de los países parte encargados de ejercer actividades relacionadas a esta industria, así como facilitar la importancia temporal de los bienes destinados a igual fin. Por otra parte, los Estados suscriptores se comprometen a establecer o

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DISCUSIÓN SALA

perfeccionar mecanismos y sistemas de financiamiento y fomento de la actividad cinematográfica nacional y, por otra, a establecer un fondo financiero multilateral de fomento de la actividad. Asimismo, las Partes se comprometen a estimular las firmas de acuerdo de

cooperación y coproducción cinematográficas. Por último, se comprometen a impulsar la creación, en sus cinematecas, de

secciones dedicadas a cada uno de los Estados Miembros; a estimular la participación conjunta del sector audiovisual en los eventos del mercado audiovisual internacional, así como la presencia de cinematografía de los Estados Partes en los canales de difusión de los mismos, de conformidad con la ley interna. Esta es la importancia de la potencialidad del Convenio que se propone

aprobar. Sin embargo, su efectividad estará dada finalmente por la implementación de los acuerdos vía legislación interna o medidas administrativas del gobierno. Quedamos a su espera. Tiene tareas por delante el ministro de la Cultura señor Cruz-Coke. Finalmente, el Convenio tiene otra importancia. En un mundo globalizado de

alta concentración de la industria cinematográfica y audiovisual, donde la potencia de la industria, en especial estadounidense, casi no tiene contrapeso, este esfuerzo común del iberoamericanismo ayudará a preservar, potenciar y relevar nuestra identidad cultural de modo que no se vea subsumida y homogeneizada por la industria dominante en esta área. Por las razones expuestas, voy a apoyar con entusiasmo el proyecto de

acuerdo. He dicho. El señor MELERO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Enrique

Jaramillo. El señor JARAMILLO.- Señor Presidente, en primer lugar, hago notar que

en la Región de Los Ríos se lleva a cabo anualmente un Festival del Cine, que crece y tiene un prestigio que vale la pena tomar en cuenta. En este minuto, algunos de los participantes y autores de documentales están viendo el canal de la Cámara, por su interés en el tratamiento del proyecto de acuerdo aprobatorio del Convenio de Integración Cinematográfica Iberoamericana. Quería preguntar al Ejecutivo, lo hice en la Comisión de Hacienda, pero

esperábamos su opinión antes de la aprobación del proyecto -no me cabe duda que así será-, sobre lo planteado por Ximena Vidal y Ramón Farías: el resguardo de los derechos de autor. Cuando hice la consulta en la Comisión -su respuesta no aparece muy clara en el informe-, se me dijo que el proyecto no tiene que ver necesariamente con los derechos de autor. Sin embargo, es interesante hacer notar en esta discusión del proyecto, que se trata de un Convenio que contiene un preámbulo y 32 artículos. Eso tiene una referencia mayor, no son sólo tres hojas en un informe. Sus artículos XIV y XV son muy claros, de alguna forma, difieren de la opinión del encargado del Consejo de la Cultura. La primera disposición señala que las Partes intercambiarán

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DISCUSIÓN SALA

información y documentación sobre la actividad. La segunda expresa que las Partes protegerán los derechos de autor, de conformidad con la legislación interna de cada país. Por eso se quería escuchar la opinión del Ejecutivo, que está ausente;

situación que se está repitiendo. No es molestia la que planteo, pero sí una crítica constructiva, porque su presencia se requiere cuando se trata de un proyecto que interesa a distintos grupos o sectores de la opinión pública, de la población, de la ciudadanía, en este caso, los cineastas están pendientes del proyecto. Pero no tenemos la respuesta respecto de este punto, para darles mayor tranquilidad. A lo mejor, si se hubiera formulado una indicación habría demorado un poco

más el despacho del proyecto de acuerdo aprobatorio, pero la opinión del Ejecutivo habría sido parte de la historia de la ley. Sin duda, este ha sido un proyecto especialmente demorado por las

situaciones burocráticas del mundo en que vivimos. Su aprobación no va a dejar de ser unánime; pero, lamentablemente, no tenemos la opinión del Ejecutivo en el tratamiento y discusión en la Sala. He dicho. El señor MELERO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Pepe Auth. El señor AUTH.- Señor Presidente, en la Comisión de Hacienda

acostumbramos a aprobar convenios de integración y aportes del Gobierno de Chile a fondos que promocionan distintas materias y es muy raro que la retribución no sea simbólica o inferior al aporte al que hace Chile. Sin embargo, estamos frente a un caso francamente excepcional. Primero,

el aporte es concreto, material, en dinero y, segundo, la retribución es mayor; prácticamente el doble de lo que entrega Chile, y que recibe nuestra industria cinematográfica. Eso, porque hay tres grandes países que aportan al fondo, México, Brasil y España, interesados, como nosotros, en generar un mercado garantizado y protegido para el conjunto de la industria cinematográfica, cuyas producciones en habla hispana sean vistas en Quito, Valencia, Huelva o Caracas por personas similares culturalmente que, obviamente, tendrán la propensión a identificarse con la producción cinematográfica chilena mucho más que la gente de otras latitudes. Eso contribuye, sin duda, a la integración del continente latinoamericano y

del mundo iberoamericano en general, lo que, a mi juicio, es muy importante, porque aporta a la identidad de los pueblos. Producir cine es generar identidad, es hablar de los problemas que tiene la gente y que luego se ven en pantalla. Sin duda, el evidente deterioro y la pérdida de espacios que ha tenido la

producción latinoamericana en Chile y en otras partes del continente constituye un desafío que se debe asumir y un problema que se tiene que atacarse. Por eso es tan importante que aprobemos por unanimidad el proyecto de

acuerdo aprobatorio del Convenio de Integración Cinematográfica Iberoamericana y el aporte que hará Chile, porque -reitero- la retribución no será simbólica en el plano de lo cultural y de la identidad, ni en el ámbito

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DISCUSIÓN SALA

material, porque Chile y su industria cinematográfica recibirán el doble de lo que el Estado aportará a este fondo. He dicho. El señor MELERO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor de

Urresti. El señor DE URRESTI.- Señor Presidente, no cabe duda de que este

proyecto de acuerdo aprobatorio del Convenio de Integración Cinematográfica Iberoamericana se aprobará por unanimidad. Doce países latinoamericanos más España son Partes del Convenio y se

trata de crear una plataforma, una integración para que la industria del cine tenga la visión latinoamericana, la capacidad técnica y profesional de generar la identidad de nuestras imágenes, personajes, historias, relatos; sin duda, eso posibilitará su desarrollo. El Convenio no sólo va acompañado de una hermosa declaración de

principios y de intenciones para fomentar y avanzar en la integración iberoamericana en materia cinematográfica, sino, particularmente, el Estado de Chile -el proyecto fue ingresado durante el gobierno de la Presidenta Bachelet y será votado en esta Administración- compromete, de manera anual, un aporte de 150 mil dólares. Se trata de una contribución efectiva que será financiada por el Estado de

Chile, que se considerará en la Ley de Presupuestos. De igual manera, se hará un aporte de cerca de 10 mil dólares para la

Secretaría Técnica de la Conferencia de Autoridades Audiovisuales Cinematográficas. Todo ello, con cargo al presupuesto del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes. Me parece óptimo que de ese modo se asegure, por un lado, el

funcionamiento, la continuidad de la integración de la producción cinematográfica y, por otro, la permanencia de la Secretaría Técnica. Aquí es importante, y echamos de menos la presencia de la autoridad del

consejo de la Cultura -esperamos, de acuerdo a la iniciativa gubernamental, transformar la entidad en el Ministerio de Cultura y Patrimonio- para discutir cómo será la participación de Chile en la instancia, si como señaló el diputado Farías, se hará a través de los agregados culturales; de qué manera se integrarán y participarán en las embajadas de Chile en Iberoamerica, ¿o vamos a tener una participación directa del mundo del cine, de las distintas agrupaciones? ¿Qué ocurre con la cinemateca nacional que tenemos en la actualidad? ¿Cómo se integra y se vincula con esta iniciativa? Esperamos que el ministro, al menos en la Comisión de Cultura o en otra

instancia, pueda desarrollar aquello. Si el Estado de Chile se compromete con dinero, destina recursos para la

Secretaría Ejecutiva, es importante que exista una implementación y que quienes hacen cine, que tienen hoy plataformas audiovisuales, que han fomentado la industria audiovisual, efectivamente puedan utilizar y valerse de este instrumento para seguir avanzando y consolidando una actividad que en Chile tiene importantes actores.

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DISCUSIÓN SALA

Como diputado de la Región de Los Ríos, particularmente de Valdivia, donde ya se ha hecho una tradición su Festival Internacional de Cine, donde tenemos un desarrollo de la industria audiovisual con productores y realizadores de la Región, desde una parte del territorio nacional, desde el sur de nuestro país, anuncio que la bancada del Partido Socialista votará favorablemente el proyecto. Sin embargo, insisto en que es importante que desde la instancia

gubernamental, desde el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes -espero que a futuro sea el Ministerio de Cultura y Patrimonio- se tenga una visión clara al respecto. Comprometer de manera permanente recursos en la Ley de Presupuestos es una señal del Estado chileno de seguir avanzando en el desarrollo del cine. Pero es importante que esta vinculación internacional tenga la debida consideración y sincronización con la industria nacional, con los realizadores, con los productores, con las escuelas de cine, con aquellos miles y miles de jóvenes que hoy día incursionan en lo hermoso, en lo apasionante de la industria cinematográfica en toda su cadena de valor, con todos los profesionales que ahí participan. Reitero que votaremos favorablemente el proyecto y que esperamos que el

cargo que se hará al Consejo Nacional de la Cultura y las Artes en la Ley de Presupuestos no desmejore ni disminuya los recursos que ya están considerados para otras iniciativas en el ámbito local. Que el Estado de Chile se comprometa a aportar los 150 mil dólares, sin que

se afecte a la industria audiovisual local y regional, que debe seguir contando con el respaldo económico que requiere. He dicho. El señor MELERO (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. -Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los

siguientes términos: El señor MELERO (Presidente).- En votación el proyecto de acuerdo que

aprueba el Convenio de Integración Cinematográfica Iberoamericana, suscrito en Caracas, Venezuela, el 11 de noviembre de 1989. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el

siguiente resultado: por la afirmativa, 88 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones. El señor MELERO (Presidente).- Aprobado. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Accorsi Opazo Enrique; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Araya

Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Baltolu Rasera Nino; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio;

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DISCUSIÓN SALA

Browne Urrejola Pedro; Burgos Varela Jorge; Calderón Bassi Giovanni; Campos Jara Cristián; Cardemil Herrera Alberto; Carmona Soto Lautaro; Castro González Juan Luis; Cerda García Eduardo; Ceroni Fuentes Guillermo; Cornejo González Aldo; Cristi Marfil María Angélica; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Díaz Marcelo; Eluchans Urenda Edmundo; Espinosa Monardes Marcos; Farías Ponce Ramón; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Godoy Ibáñez Joaquín; Gutiérrez Pino Romilio; Harboe Bascuñán Felipe; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; Rosales Guzmán Joel; Lorenzini Basso Pablo; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Muñoz D’Albora Adriana; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rincón González Ricardo; Rivas Sánchez Gaspar; Robles Pantoja Alberto; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Sauerbaum Muñoz Frank; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Vargas Pizarro Orlando; Velásquez Seguel Pedro; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe.

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OFICIO LEY

1.5. Oficio de Cámara de Origen a Cámara Revisora Oficio de Ley al Senado. Fecha 09 de junio, 2011. Cuenta en Sesión 25. Legislatura 359. Senado Oficio Nº 9514 VALPARAÍSO, 9 de junio de 2011

Con motivo del Mensaje, Informe y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V.E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente

PROYECTO DE ACUERDO: “ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Convenio de Integración Cinematográfica Iberoamericana, suscrito en Caracas, Venezuela, el 11 de noviembre de 1989.”.

Dios guarde a V.E.

PATRICIO MELERO ABAROA Presidente de la Cámara de Diputados ADRIÁN ÁLVAREZ ÁLVAREZ Secretario General (S) de la Cámara de Diputados

A S.E. EL

PRESIDENTE DEL

H. SENADO

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INFORME COMISIÓN RELACIONES EXTERIORES

2. Segundo Trámite Constitucional: Senado

2.1. Informe de Comisión de Relaciones Exteriores Senado. Fecha 30 de agosto, 2011. Cuenta en Sesión 71. Legislatura 359. INFORME DE LA COMISIÓN DE RELACIONES EXTERIORES, recaído en el proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, que aprueba el Convenio de Integración Cinematográfica Iberoamericana, suscrito en Caracas el 11 de noviembre de 1989. BOLETÍN Nº 6.152-10 __________________________________ HONORABLE SENADO:

Vuestra Comisión de Relaciones Exteriores tiene el honor de informaros el proyecto de acuerdo de la referencia, en segundo trámite constitucional, iniciado en Mensaje de S.E. la ex Presidenta de la República, de fecha 2 de octubre de 2008, y con urgencia calificada de “suma”. Se dio cuenta de esta iniciativa ante la Sala del Honorable Senado en sesión celebrada el 14 de junio de 2011, donde se dispuso su estudio por la Comisión de Relaciones Exteriores y por la de Hacienda, en su caso. A la sesión en que se analizó el proyecto de acuerdo en informe, asistieron, especialmente invitados, la Directora (s) de Cultura del Ministerio de Relaciones Exteriores, señora Patricia Ríos, y el Asesor legislativo del Gabinete del Ministro de Cultura, señor Rodrigo Valencia. - - - Asimismo, cabe señalar que, por tratarse de un proyecto de artículo único, en conformidad con lo prescrito en el artículo 127 del Reglamento de la Corporación, vuestra Comisión os propone discutirlo en general y en particular a la vez. - - - ANTECEDENTES GENERALES

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INFORME COMISIÓN RELACIONES EXTERIORES

1.- Antecedentes Jurídicos.- Para un adecuado estudio de esta iniciativa, se tuvieron presentes las siguientes disposiciones constitucionales y legales: a) Constitución Política de la República. En su artículo 54, Nº 1), entre las atribuciones exclusivas del Congreso Nacional, el constituyente establece la de "Aprobar o desechar los tratados internacionales que le presentare el Presidente de la República antes de su ratificación.". b) Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, promulgada por decreto supremo Nº 381, de 5 de mayo de 1981, del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial del 22 de junio de 1981. 2.- Mensaje de S.E. el Presidente de la República.- Señala el Mensaje que el Convenio de Integración Cinematográfica Iberoamericana fue suscrito por Argentina, Brasil, México, Nicaragua, Panamá, Bolivia, Perú, Venezuela, República Dominicana, Colombia, Cuba, Ecuador y España. Añade que se ha constituido en un importante foro para impulsar diversas iniciativas que benefician a la industria audiovisual de los países miembros. Agrega que la integración de Chile a dicho instrumento internacional será relevante y valiosa, toda vez que permitirá impulsar la actual política que promueve el Supremo Gobierno en orden al fomento y desarrollo del cine y la industria audiovisual chilena. Finalmente, el Ejecutivo manifiesta que este Convenio permitirá expandir la política actual de fomento y desarrollo del cine y de la industria respectiva 3.- Tramitación ante la Honorable Cámara de Diputados.- Se dio cuenta del Mensaje Presidencial, en sesión de la Honorable Cámara de Diputados, del 14 de octubre de 2008, donde se dispuso su análisis por parte de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana. Dicha Comisión estudió la materia en sesión efectuada el día 3 de marzo de 2009 y aprobó, por unanimidad, el proyecto en informe. Posteriormente, se derivó a la Comisión de Hacienda la que estudió la materia en sesiones efectuadas los días 17 de junio de 2009 y 31 de mayo de 2011, aprobando por unanimidad el proyecto de acuerdo.

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INFORME COMISIÓN RELACIONES EXTERIORES

Finalmente, la Sala de la Honorable Cámara de Diputados, en sesión realizada el día 9 de junio de 2011, aprobó el proyecto, en general y en particular, por la unanimidad de los Honorables Diputados presentes (88 votos a favor). 4.- Instrumento Internacional.- El Tratado se encuentra estructurado por sobre la base de un Preámbulo, y treinta y dos artículos. En el Preámbulo, los Estados signatarios reconocen que la actividad cinematográfica debe contribuir al desarrollo cultural de la región y a su identidad, impulsando el crecimiento cinematográfico y audiovisual de la región. De manera especial, la de aquellos países con infraestructura insuficiente. Así, además, se persigue estimular un efectivo desenvolvimiento de la comunidad cinematográfica de los Estados miembros. El artículo I fija como objetivo del Convenio contribuir al desarrollo de la cinematografía, dentro del espacio audiovisual de los países iberoamericanos, y a la integración de éstos, mediante una participación equitativa en la actividad cinematográfica regional. El artículo II conceptualiza la obra cinematográfica, para los fines del Convenio, como aquella de carácter audiovisual registrada, producida y difundida por cualquier sistema proceso o tecnología. En tanto, el artículo III, contempla el compromiso de los Estados Partes de realizar esfuerzos conjuntos a fin de cumplir sus objetivos, mediante diversas acciones de apoyo al desarrollo cultural de la región, la armonía en las políticas audiovisuales de las Partes, la resolución de problemas en el desarrollo de la cinematografía de la región y la ampliación del mercado para el producto cinematográfico, que lleve finalmente a la formación de un mercado común latinoamericano. El artículo IV establece que serán miembros del presente Convenio los Estados que lo suscriban y ratifiquen o adhieran al mismo. A su vez, los artículos V y VI comprometen a las Partes, conforme a la legislación interna de cada una de ellas, para facilitar la entrada, permanencia y circulación de los ciudadanos de los países miembros que se encarguen del ejercicio de actividades destinadas al cumplimiento de los objetivos del Convenio, como asimismo para facilitar la importación temporal de los bienes provenientes de los Estados miembros destinados a igual fin.

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INFORME COMISIÓN RELACIONES EXTERIORES

El artículo VII regula la posibilidad de que los Estados Partes puedan firmar Acuerdos de Cooperación y Complementación en el marco del presente Convenio. En virtud del artículo VIII, se fija la obligación de procurar establecer o perfeccionar sistemas y mecanismos de financiamiento y fomento de la actividad cinematográfica nacional. El artículo IX se refiere al compromiso de las Partes de impulsar la creación en sus cinematecas de secciones dedicadas a cada uno de los Estados miembros. Por su parte, el artículo X, consigna que las Partes procurarán incluir en su ordenamiento legal normas que favorezcan la actividad cinematográfica. El artículo XI prevé la posibilidad de establecer un fondo financiero multilateral de fomento de la actividad cinematográfica. Seguidamente, el artículo XII estipula la obligación de los Estados Partes de estimular la participación conjunta de las instituciones y asociaciones representativas del sector audiovisual en los principales eventos del mercado audiovisual internacional. A su turno, el artículo XIII alude al compromiso de promover la presencia de la cinematografía de los Estados Partes en los canales de difusión de los mismos, de conformidad con la legislación vigente en cada uno de ellos. Los artículos XIV y XV disponen el intercambio de información y documentación entre los Estados miembros que contribuyan al desarrollo de la cinematografía y la protección de los derechos de autor conforme a las legislaciones internas de cada país, respectivamente. El artículo XVI, estatuye como órganos principales del Convenio la Conferencia de Autoridades Cinematográficas de Iberoamérica (CACI) y la Secretaría Ejecutiva de la Cinematografía Iberoamericana (SECI). A su vez, como órganos auxiliares considera a las Comisiones de Trabajo, que funcionarán en cada uno de los Estados Partes, las que estarán presididas por la autoridad cinematográfica designada por el respectivo Gobierno. En tanto, los artículos XVII, XVIII y XIX aluden respectivamente, al órgano máximo del Convenio: la Conferencia de Autoridades Cinematográficas de Iberoamérica; su integración, que lo será por las autoridades competentes en la materia debidamente acreditadas por vía diplomática; a sus reuniones ordinarias una vez al año y extraordinarias, a

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INFORME COMISIÓN RELACIONES EXTERIORES

solicitud de más de la mitad de sus miembros o del Secretario Ejecutivo, de conformidad con su reglamento interno; y a sus funciones, entre las que destacan la formulación de la política general de ejecución del Convenio, la aceptación de la adhesión de nuevos miembros al Convenio, la aprobación de resoluciones que permitan dar cumplimiento al Convenio, como la del presupuesto anual, y el establecimiento de los mecanismos para su financiamiento. Los artículos XX, XXI, XXIII y XXXII se refieren a la Secretaría Ejecutiva de la Cinematografía Iberoamericana (SECI) y sus funciones. Se establece que será el órgano técnico y ejecutivo del Convenio de Integración y que tendrá su sede en la ciudad de Caracas, República de Venezuela. Se pacta, además, que el Secretario Ejecutivo gozará en el territorio de cada Estado Miembro de la capacidad jurídica y de los privilegios indispensables para el ejercicio de sus funciones, de conformidad con la legislación interna de cada uno de ellos. El artículo XXII, como se dijo, indica que en cada Estado Parte funcionará una Comisión de Trabajo para la aplicación del Convenio, las que serán presididas por la autoridad cinematográfica designadas, en cada caso, por los respectivos gobiernos. Por su parte, los artículos XXIV y XXV contemplan que en caso de existir acuerdos o compromisos bilaterales entre las Partes o disposiciones más favorables en ellos sobre las materias que regula el Convenio, los países miembros podrán invocar esas cláusulas más ventajosas en sus relaciones y tales Acuerdos bilaterales no se verán afectados. El artículo XXVI establece que el Convenio queda abierto a la adhesión de cualquier Estado Iberoamericano, del Caribe o Estados de habla hispana o portuguesa, adhesión que deberá ser previamente aprobada por la Conferencia de Autoridades Cinematográficas de Iberoamérica (CACI). El artículo XXVII dispone que cada Parte comunicará por vía diplomática al Estado sede de la SECI el cumplimiento de los procedimientos legales internos para la aprobación del presente Convenio y el Ministerio de Relaciones Exteriores del país sede lo hará a los demás países miembros de la SECI. Seguidamente, el artículo XXVIII prevé que las dudas o controversias que pudieran surgir en la interpretación o aplicación del presente Convenio serán resueltas por la Conferencia de Autoridades Cinematográficas de Iberoamérica (CACI).

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INFORME COMISIÓN RELACIONES EXTERIORES

Finalmente, los artículos XXIX, XXX, XXXI Y XXXII, consignan cláusulas de uso tradicional en esta clase de Acuerdos y que están referidas a la entrada en vigor del Convenio, a su posibilidad de denuncia y sus efectos, al Depositario del mismo y a la sede de la Organización. DISCUSIÓN EN GENERAL Y EN PARTICULAR El Presidente de la Comisión, Honorable Senador señor Tuma colocó en discusión el proyecto. El Asesor Legislativo del Gabinete del Ministro de Cultura, señor Rodrigo Valencia, señaló la importancia del proyecto de acuerdo en estudio, ya que define la actividad audiovisual y establece las obligaciones que contraen las partes para fomentar la actividad cinematográfica y audiovisual. Explicó que ellas son compatibles con nuestra legislación. Además, el Convenio permite el desplazamiento de bienes y personas con el objeto de fomentar la actividad cinematográfica. Por su parte, la Directora (s) de Cultura del Ministerio de Relaciones Exteriores, señora Patricia Ríos, indicó que nuestro país apunta a la cinematografía como una industria de exportación cultural. Añadió que, para ello, se incentiva la participación, a bajo costo, en festivales internacionales, tal como ocurrió en el reciente Festival de Cine de Lima, donde nuestro país ganó la categoría de mejor producción extranjera y mejor fotografía. El Presidente de la Comisión Honorable Senador Tuma consultó cómo se materializan los retornos. El señor Valencia contestó que los retornos se materializan a través de postulaciones al Fondo Ibermedia, los cuales son complementarios a los aportes que realiza cada país. El Honorable Senador Larraín resaltó el fenómeno de apoyo a las producciones cinematográficas nacionales, las cuales gozan de éxito en el extranjero, lo que calificó de valioso. Añadió que estos fondos han resultado ser un aporte significativo para el financiamiento de películas. Además, el Honorable Senador Larraín consultó si aparte de los fondos se promueven otros beneficios tributarios, como en Brasil, Argentina o México. A su vez, el Presidente de la Comisión Honorable Senador Tuma preguntó si existen otros fondos u otros fomentos, por ejemplo, vía instrumentos CORFO. El señor Rodrigo Valencia respondió que en Chile existen fondos de producción audiovisual, el cual otorga un subsidio no

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INFORME COMISIÓN RELACIONES EXTERIORES

retornable, salvo que la producción tenga ingresos. Precisó que no existen incentivos tributarios en nuestro país, motivo por el cual se estudia incorporar aquello en la ley de donaciones culturales. En relación a CORFO, expresó que ofrece subsidios en forma amplia, por ejemplo, para televisión. Puesto en votación, el proyecto de acuerdo fue aprobado, en general y en particular, por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señores Larraín, Kuschel, Pizarro y Tuma. ---------- En consecuencia, vuestra Comisión de Relaciones Exteriores tiene el honor de proponeros que aprobéis el proyecto de acuerdo en informe, en los mismos términos en que lo hizo la Honorable Cámara de Diputados, cuyo texto es el siguiente: PROYECTO DE ACUERDO “ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Convenio de Integración Cinematográfica Iberoamericana, suscrito en Caracas, Venezuela, el 11 de noviembre de 1989.”. ---------- Acordado en sesión celebrada el día 16 de agosto de 2011, con asistencia de los Honorables Senadores señores Eugenio Tuma Zedán (Presidente), Carlos Ignacio Kuschel Silva, Hernán Larraín Fernández y Jorge Pizarro Soto. Sala de la Comisión, a 16 de agosto de 2011. JULIO CÁMARA OYARZO Secretario

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INFORME COMISIÓN RELACIONES EXTERIORES

RESUMEN EJECUTIVO _____________________________________________________________ INFORME DE LA COMISIÓN DE RELACIONES EXTERIORES, recaído en el proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, que aprueba el Convenio de Integración Cinematográfica Iberoamericana, suscrito en Caracas el 11 de noviembre de 1989 (Boletín Nº 6.152-10) I. PRINCIPAL OBJETIVO DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: impulsar iniciativas que beneficien a la industria audiovisual de los países miembros. II. ACUERDO: aprobado en general y en particular, por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión (4x0). III. ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: artículo único que aprueba el Convenio que consta de un Preámbulo y 32 artículos. IV. NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: no tiene. V. URGENCIA: suma. _____________________________________________________________ VI. ORIGEN INICIATIVA: Mensaje de S.E. la ex Presidenta de la República, enviado al Senado. VII. TRÁMITE CONSTITUCIONAL: primero. VIII. APROBACIÓN POR LA CÁMARA DE DIPUTADOS: unanimidad de los presentes (88 votos a favor). IX. INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 14 de junio de 2011. X. TRÁMITE REGLAMENTARIO: primer informe. Pasa a la Comisión de Hacienda. XI. LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA: Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados. Valparaíso, 16 de agosto de 2011. JULIO CÁMARA OYARZO Secretario

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INFORME COMISIÓN HACIENDA

2.2. Informe de Comisión de Hacienda Senado. Fecha 23 de noviembre, 2011. Cuenta en Sesión 71. Legislatura 359. INFORME DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, recaído en el proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, que aprueba el Convenio de Integración Cinematográfica Iberoamericana, suscrito en Caracas el 11 de noviembre de 1989. BOLETÍN Nº 6.152-10 __________________________________ HONORABLE SENADO:

Vuestra Comisión de Hacienda tiene el honor de informar acerca del proyecto de acuerdo de la referencia, en segundo trámite constitucional, iniciado en Mensaje de la ex Presidenta de la República, con urgencia calificada de “suma”. - - - El proyecto de acuerdo en informe fue estudiado, previamente, por la Comisión de Relaciones Exteriores. Cabe señalar que dicha Comisión hizo presente, por tratarse de un proyecto de artículo único, en conformidad con lo prescrito en el artículo 127 del Reglamento de la Corporación, su proposición de discutirlo en general y en particular a la vez, la que hace suya la Comisión de Hacienda. Se hace presente, asimismo, que en lo concerniente a los antecedentes jurídicos y de hecho del proyecto de acuerdo en informe, vuestra Comisión de Hacienda se remite a lo expresado en su informe por la Comisión de Relaciones Exteriores. - - - OBJETIVO DEL PROYECTO Aprobar el Convenio de Integración Cinematográfica, con el objeto de impulsar iniciativas que beneficien a la industria audiovisual de los países miembros. - - - DISCUSIÓN Puesto en votación el proyecto de acuerdo, fue aprobado, en general y en particular, por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señores Escalona, Frei, Kuschel, Lagos y Novoa.

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INFORME COMISIÓN HACIENDA

- - - FINANCIAMIENTO El Informe Financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda, de 14 de marzo de 2011 señala, de manera textual, lo siguiente:

“1. El Convenio de Integración Cinematográfica Iberoamericano debe ser aprobado por el Congreso Nacional para su ratificación por el Gobierno de Chile.

2. En relación al gasto Fiscal que significa dicho Convenio, esto no incluye explícitamente en su articulado una cláusula que signifique algún aporte de la República de Chile, pero cabe señalar que por acuerdo de los países miembros anualmente se deberán realizar los siguientes aportes: US$ 150.000 para el Programa de Estímulo al Desarrollo de la Industria Iberoamericana, IBERMEDIA, y US$ 8.829 para la Secretaría Técnica de la Confederación de Autoridades Audiovisuales Cinematográficas, CAACI, todo ello con cargo al presupuesto del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes.”. En consecuencia, el Convenio en informe no producirá desequilibrios macroeconómicos ni incidirá negativamente en la economía del país. - - - En mérito del acuerdo precedentemente expuesto, vuestra Comisión de Hacienda tiene el honor de proponer la aprobación del proyecto de acuerdo en informe, en los mismos términos en que lo hizo la Comisión de Relaciones Exteriores, cuyo texto es el siguiente: PROYECTO DE ACUERDO “ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Convenio de Integración Cinematográfica Iberoamericana, suscrito en Caracas, Venezuela, el 11 de noviembre de 1989.”. - - - Acordado en sesión celebrada el día 22 de noviembre de 2011, con asistencia de los Honorables Senadores señores Eduardo Frei Ruiz-Tagle (Presidente), Camilo Escalona Medina, Carlos Ignacio Kuschel Silva, Ricardo Lagos Weber y Jovino Novoa Vásquez. Sala de la Comisión, a 22 de noviembre de 2011. ROBERTO BUSTOS LATORRE Secretario de la Comisión

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INFORME COMISIÓN HACIENDA

RESUMEN EJECUTIVO INFORME DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE ACUERDO, EN SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL, QUE APRUEBA EL CONVENIO DE INTEGRACIÓN CINEMATOGRÁFICA IBEROAMERICANA, SUSCRITO EN CARACAS EL 11 DE NOVIEMBRE DE 1989 (Boletín Nº 6.152-10) I. PRINCIPAL OBJETIVO DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: aprobar el Convenio de Integración Cinematográfica, con el objeto de impulsar iniciativas que beneficien a la industria audiovisual de los países miembros. II. ACUERDO: aprobado en general y en particular Unanimidad 5X0. III. ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: artículo único que aprueba el Convenio que consta de un Preámbulo y 32 artículos. IV. NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: no tiene. V. URGENCIA: suma. VI. ORIGEN INICIATIVA: Mensaje de la ex Presidenta de la República, señora Michelle Bachelet. VII. TRÁMITE CONSTITUCIONAL: segundo. VIII. APROBACIÓN POR LA CÁMARA DE DIPUTADOS: unanimidad de los presentes (88 votos a favor). IX. INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 14 de junio de 2011. X. TRÁMITE REGLAMENTARIO: informe de la Comisión de Hacienda. XI. LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA: Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados. Valparaíso, 22 de noviembre de 2011. ROBERTO BUSTOS LATORRE Secretario de la Comisión

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DISCUSIÓN SALA

2.3. Discusión en Sala Senado. Legislatura 359. Sesión 80. Fecha 13 de diciembre, 2011. Discusión. Se aprueba CONVENIO DE INTEGRACIÓN CINEMATOGRÁFICA IBEROAMERICANA El señor GIRARDI (Presidente).- La última iniciativa que corresponde tratar como de Fácil Despacho en virtud de lo resuelto por los Comités es el proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, que aprueba el Convenio de Integración Cinematográfica Iberoamericana, suscrito en Caracas el 11 de noviembre de 1989, con informes de las Comisiones de Relaciones Exteriores y de Hacienda y urgencia calificada de “suma”. --Los antecedentes sobre el proyecto (6152-10) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de acuerdo: En segundo trámite, sesión 25ª, en 14 de junio de 2011. Informes de Comisión: Relaciones Exteriores: sesión 71ª, en 23 de noviembre de 2011. Hacienda: sesión 71ª, en 23 de noviembre de 2011. El señor GIRARDI (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario General. El señor LABBÉ (Secretario General).- El objetivo del proyecto es impulsar iniciativas que beneficien a la industria audiovisual de los países miembros. La Comisión de Relaciones Exteriores lo aprobó por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadores señores Kuschel, Hernán Larraín, Pizarro y Tuma. Por su parte, la Comisión de Hacienda adoptó igual resolución por la unanimidad de sus integrantes, Honorables señores Escalona, Frei, Kuschel, Lagos y Novoa. El señor GIRARDI (Presidente).- En discusión. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate En votación. El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto? El señor GIRARDI (Presidente).- Terminada la votación. --Se aprueba en general y en particular el proyecto de acuerdo (28 votos favorables), y queda despachado en este trámite.

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DISCUSIÓN SALA

Votaron las señoras Alvear, Pérez (doña Lily), Rincón y Von Baer y los señores Bianchi, Chahuán, Coloma, Escalona, Espina, Frei (don Eduardo), García, García-Huidobro, Girardi, Horvath, Kuschel, Larraín (don Hernán), Larraín (don Carlos), Letelier, Novoa, Orpis, Prokurica, Quintana, Sabag, Tuma, Uriarte, Walker (don Ignacio), Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés).

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OFICIO APROBACIÓN PROYECTO

2.4. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen Oficio aprobación de Proyecto. Fecha 13 de diciembre, 2011. Cuenta en Sesión 122. Legislatura 359. Cámara de Diputados Nº 1.477/SEC/11 Valparaíso, 13 de diciembre de 2011. Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha aprobado, en los mismos términos en que lo hizo esa Honorable Cámara, el proyecto de acuerdo que aprueba el “Convenio de Integración Cinematográfica Iberoamericana”, suscrito en Caracas, el 11 de noviembre de 1989, correspondiente al Boletín Nº 6.152-10. Lo que comunico a Vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 9.514, de 9 de junio de 2011.

Devuelvo los antecedentes respectivos. Dios guarde a Vuestra Excelencia.

GUIDO GIRARDI LAVÍN Presidente del Senado

MARIO LABBÉ ARANEDA Secretario General del Senado

A S.E. el Presidente de la Honorable Cámara

de Diputados

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OFICIO LEY AL EJECUTIVO

3. Trámite Finalización: Cámara de Diputados 3.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo. Oficio de Ley a S. E. El Presidente de la República. Comunica texto aprobado por el Congreso Nacional. Fecha 15 de diciembre de 2011. Oficio Nº 9863 VALPARAÍSO, 15 de diciembre de 2011

Tengo a honra comunicar a V.E. que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente Proyecto de Acuerdo, correspondiente al boletín N°6152-10.

PROYECTO DE ACUERDO: “ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Convenio de Integración Cinematográfica Iberoamericana, suscrito en Caracas, Venezuela, el 11 de noviembre de 1989.”.

Dios guarde a V.E.

PATRICIO MELERO ABAROA

Presidente de la Cámara de Diputados

ADRIÁN ÁLVAREZ ÁLVAREZ Secretario General de la Cámara de Diputados

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

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DECRETO PROMULGATORIO

4. Publicación de Decreto Supremo en Diario Oficial 4.1. Decreto Supremo N° 5 Tipo Norma : Decreto 5 Fecha Publicación : 19-05-2012 Fecha Promulgación : 09-01-2012 Organismo : MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Título : PROMULGA EL CONVENIO DE INTEGRACIÓN CINEMATOGRÁF ICA IBEROAMERICANA Tipo Versión : Única De: 19-05-2012 Título Ciudadano : Inicio Vigencia : 19-05-2012 Inicio Vigencia Internacional:11-11-1989 País Tratado : ARGENTINA; BRASIL; MÉXIC O; NICARAGUA; PANAMÁ; BOLIV IA; PERÚ; VENEZUELA; REPÚBLI CA DOMINICANA; COLOMBIA; CU BA; ECUADOR; ESPAÑA Organismo tratados : CONFERENCIA DE AUTORIDAD ES CINEMATOGRÁFICAS DE IBEROAMÉRICA Tipo Tratado : Multilateral Id Norma : 1040207 URL : http://www.leychile.cl/N?i=1040207&f=2012-05-19&p= PROMULGA EL CONVENIO DE INTEGRACIÓN CINEMATOGRÁFICA IBEROAMERICANA Núm. 5.- Santiago, 9 de enero de 2012.- Vistos : Los artículos 32, Nº 15, y 54, Nº 1), inciso primero, d e la Constitución Política de la República. Considerando: Que, con fecha 11 de noviembre de 1989, la Con ferencia de Autoridades Cinematográficas de Iberoamérica ado ptó en

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DECRETO PROMULGATORIO

Caracas, Venezuela, el Convenio de Integración Cinematográfica Iberoamericana. Que dicho Acuerdo fue aprobado por el Congreso Nacional, según consta en el oficio Nº 9.863, de 15 de diciem bre de 2011, de la Honorable Cámara de Diputados. Que se ha dado cumplimiento a lo previsto en l os Artículos XXVII y XXIX del referido Convenio, a los efectos de su entrada en vigor internacional. Decreto: Artículo único: Promúlgase el Convenio de Inte gración Cinematográfica Iberoamericana, adoptado en Caracas , Venezuela, el 11 de noviembre de 1989; cúmplase y p ublíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial. Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese .- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la Repúbl ica.- Alfredo Moreno Charme, Ministro de Relaciones Exter iores. Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Ignacio Larraín Arroyo, Embajador, Director General Adminis trativo. CONVENIO DE INTEGRACIÓN CINEMATOGRÁFICA IBEROAMERICANA Los Estados signatarios del presente Convenio Conscientes de que la actividad cinematográfic a debe contribuir al desarrollo cultural de la región y a su identidad; Convencidos de la necesidad de impulsar el des arrollo cinematográfico y audiovisual de la región y de man era especial la de aquellos países con infraestructura insuficiente; Con el propósito de contribuir a un efectivo d esarrollo de la comunidad cinematográfica de los Estados Miem bros; Han acordado lo siguiente: Artículo I El propósito del presente Convenio es contribu ir al desarrollo de la cinematografía dentro del espacio audiovisual de los países iberoamericanos, y a la i ntegración

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DECRETO PROMULGATORIO

de los referidos países, mediante una participación equitativa en la actividad cinematográfica regional . Artículo II A los fines del presente Convenio se considera obra cinematográfica aquella de carácter audiovisual reg istrada, producida y difundida por cualquier sistema, proces o o tecnología. Artículo III Las Partes en el presente Convenio, a fin de c umplir sus objetivos, se comprometen a realizar esfuerzos conj untos para: - Apoyar iniciativas, a través de la cinematogra fía, para el desarrollo cultural de los pueblos de la región. - Armonizar las políticas cinematográficas y aud iovisuales de las Partes. - Resolver los problemas de producción, distribu ción y exhibición de la cinematografía de la región. - Preservar y promover el producto cinematográfi co de las Partes. - Ampliar el mercado para el producto cinematogr áfico en cualquiera de sus formas de difusión, mediante la a dopción en cada uno de los países de la región, de normas que tiendan a su fomento y a la constitución de un mercado común cinematográfico latinoamericano. Artículo IV Son miembros del presente Convenio, los Estado s que lo suscriban y ratifiquen o se adhieran al mismo. Artículo V Las Partes adoptarán las medidas necesarias, d e conformidad con la legislación vigente en cada país , para facilitar la entrada, permanencia y circulación de los ciudadanos de los países miembros que se encarguen del ejercicio de actividades destinadas al cumplimiento de los objetivos del presente Convenio. Artículo VI

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DECRETO PROMULGATORIO

Las Partes adoptarán las medidas necesarias, d e conformidad con su legislación vigente, para facili tar la importación temporal de los bienes provenientes de los Estados Miembros, destinados al cumplimiento de los objetivos del presente Convenio. Artículo VII Las Partes estimularán la firma de Acuerdos de Cooperación y Coproducción, dentro del marco del pr esente Convenio. Artículo VIII Las Partes procurarán establecer o perfecciona r sistemas y mecanismos de financiamiento y fomento de la acti vidad cinematográfica nacional. Artículo IX Las Partes impulsarán la creación en sus Cinem atecas, de secciones dedicadas a cada uno de los Estados Miemb ros. Artículo X Las Partes procurarán incluir en su ordenamien to legal normas que favorezcan la actividad cinematográfica. Artículo XI Las Partes considerarán la posibilidad de crea r un fondo financiero multilateral de fomento de la actividad cinematográfica. Artículo XII Dentro del marco del presente Convenio, las Pa rtes estimularán la participación conjunta de las instit uciones y asociaciones representativas de productores y distr ibuidores de películas nacionales en los principales eventos del mercado audiovisual internacional. Artículo XIII

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DECRETO PROMULGATORIO

Las Partes promoverán la presencia de la cinem atografía de los Estados Miembros en los canales de difusión audiovisual existentes o por crearse en cada uno de ellos, de conformidad con la legislación vigente de cada país . Artículo XIV Las Partes intercambiarán documentación e info rmación que contribuya al desarrollo de sus cinematografías . Artículo XV Las Partes protegerán y defenderán los derecho s de autor, de conformidad con las leyes internas de cad a uno de los Estados Miembros. Artículo XVI Este Convenio establece como sus órganos princ ipales: la Conferencia de Autoridades Cinematográficas de Iber oamérica (CACI), y la Secretaría Ejecutiva de la Cinematogra fía Iberoamericana (SECI). Son órganos auxiliares las C omisiones a que se refiere el Artículo XXII. Artículo XVII La Conferencia de Autoridades Cinematográficas de Iberoamérica (CACI) es el órgano máximo del Conveni o. Estará integrada por las autoridades competentes en la mat eria, debidamente acreditadas por vía diplomática, confor me a la legislación vigente en cada una de los Estados Miem bros. La CACI establecerá su reglamento interno. Artículo XVIII La CACI tendrá las siguientes funciones: - Formular la política general de ejecución del Convenio. - Evaluar los resultados de su aplicación. - Aceptar la adhesión de nuevos miembros. - Estudiar y proponer a los Estados Miembros modificaciones al presente Con-venio. - Aprobar resoluciones que permitan dar cumplimi ento a lo estipulado en el presente Convenio. - Impartir instrucciones y normas de acción a la SECI.

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DECRETO PROMULGATORIO

- Designar al Secretario Ejecutivo de la Cinemat ografía Iberoamericana. - Aprobar el presupuesto anual presentado por la Secretaría Ejecutiva de la Cinematografía Iberoamer icana (SECI). - Establecer los mecanismos de financiamiento de l presupuesto anual aprobado. - Conocer y resolver todos los demás asuntos de interés común. Artículo XIX La CACI se reunirá en forma ordinaria una vez al año, y extraordinariamente a solicitud de más de la mitad de sus miembros o del Secretario Ejecutivo, de conformidad con su reglamento interno. Artículo XX La Secretaría Ejecutiva de la Cinematografía Iberoamericana (SECI) es el órgano técnico y ejecut ivo. Estará representada por el Secretario Ejecutivo des ignado por la CACI. Artículo XXI La SECI tendrá las siguientes funciones: - Cumplir los mandatos de la Conferencia de Auto ridades Cinematográficas de Iberoamérica (CACI). - Informar a las autoridades cinematográficas de los Estados Miembros, acerca de la entrada en vigor del Convenio y la ratificación o adhesión de nuevos miembros. - Elaborar su presupuesto anual y presentarlo pa ra su aprobación a la Conferencia. - Ejecutar su presupuesto anual. - Recomendar a la Conferencia fórmulas que condu zcan a una cooperación más estrecha entre los Estados Miembros en los campos cinematográfico y audiovisual. - Programar las acciones que conduzcan a la inte gración y fijar los procedimientos y los plazos necesarios. - Elaborar proyectos de cooperación y asistencia mutua. - Informar a la Conferencia sobre los resultados de las resoluciones adoptadas en las reuniones anteriores. - Garantizar el flujo de la información a los Es tados Miembros.

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- Presentar a la Conferencia el informe de sus actividades, así como de la ejecución presupuestari a. Artículo XXII En cada una de las Partes funcionará una comis ión de trabajo para la aplicación de este Convenio, la cua l estará presidida por la autoridad cinematográfica designad a por su respectivo gobierno. Artículo XXIII El Secretario Ejecutivo gozará en el territori o de cada uno de los Estados Miembros de la capacidad jurídic a y los privilegios indispensables para el ejercicio de sus funciones, de conformidad con la legislación intern a de cada una de las Partes. Artículo XXIV En el caso de que existiesen acuerdos bilatera les con disposiciones más favorables sobre las materias est ablecidas en el presente Convenio, las Partes podrán invocar aquellas que consideren más ventajosas. Artículo XXV El presente Convenio no afectará cualesquiera acuerdos o compromisos bilaterales asumidos, en el campo de la cooperación o coproducción cinematográfica entre lo s Estados Miembros. Artículo XXVI El presente Convenio queda abierto a la adhesi ón de cualquier Estado Iberoamericano, del Caribe o Estad os de habla hispana o portuguesa, previa aprobación de la CACI. Artículo XXVII Cada Parte comunicará por vía diplomática al E stado Sede de la SECI el cumplimiento de los procedimientos le gales internos para la aprobación del presente Convenio y el Ministerio de Relaciones Exteriores del país sede a los demás países miembros y a la SECI.

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DECRETO PROMULGATORIO

Artículo XXVIII Las dudas o controversias que puedan surgir en la interpretación o aplicación del presente Convenio s erán resueltas por la CACI. Artículo XXIX El presente Convenio estará sujeto a ratificac ión y entrará en vigor cuando tres (3) de los Estados sig natarios hayan efectuado el depósito del Instrumento de Rati ficación en los términos del Artículo XXVII y para los demás Estados a partir de la fecha del depósito del respectivo Inst rumento de Adhesión. Artículo XXX Cada una de las Partes podrá, en cualquier mom ento, denunciar el presente Convenio mediante notificació n, dirigida al Depositario por vía diplomática. Esta d enuncia surtirá efecto para la Parte interesada seis (6) me ses después de la fecha en que la notificación haya sid o recibida por el Depositario. Artículo XXXI Se elige como Depositario del presente Conveni o al Estado sede de la SECI. Artículo XXXII Será sede de la SECI la ciudad de Caracas, Rep ública de Venezuela. Hecho en Caracas, a los once días del mes de n oviembre de mil novecientos ochenta y nueve, en dos ejemplar es, en idioma castellano y portugués, igualmente auténtico s. Por la República Argentina, Octavio Getino, Di rector del Instituto Nacional de Cinematografía. Por la República Federativa del Brasil, Renato Prado Guimaraes, Embajador Extraordinario y Plenipotencia rio. Por los Estados Unidos Mexicanos, Alejandro So barzo Loaiza, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario .

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DECRETO PROMULGATORIO

Por la República de Nicaragua, Orlando Castill o Estrada, Director General del Instituto Nicaragüense de Cine (Incine). Por la República de Panamá, Fernando Martínez, Director del Departamento de Cine de la Universidad de Panam á. Por la República de Bolivia, Guillermo Escobar i Cusicanqui, Encargado de Negocios. Por la República del Perú, Elvira de la Puente de Besaccia, Directora General de Comunicación Social del Instituto Nacional de Comunicación Social. Por la República de Venezuela, Imelda Cisneros , Encargada del Ministerio de Fomento. Por la República Dominicana, Pablo Guidicelli, Embajador. Por la República de Colombia, Enrique Danies R incones, Ministro de Comunicaciones. Por la República de Cuba, Julio García Espinoz a, Presidente del Instituto Cubano del Arte y la Indus tria Cinematográfica. Por la República de Ecuador, Francisco Huerta Montalvo, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario. Por el Reino de España, Miguel Marías, Directo r General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales del Ministerio de Cultura.