Guia voto por Correos 2011

1
Agrupación local de Bocairent Estimada vecina / estimado vecino, Permítanos informarle del procedimiento que debe seguir para poder votar por correo en las elecciones generales, que se celebrarán el próximo 20 de noviembre. A continuación, le ofrecemos resumidos los pasos y plazos que debe atender para ejercer su derecho a voto. 1. Solicitud del voto por correo: hasta el 10 de noviembre Solicite personalmente el impreso en cualquier oficina de Correos hasta el 10 de noviembre. Rellene el impreso y entréguelo personalmente en una oficina de Correos. No olvide su DNI original; es imprescindible para formular la solicitud. 2. Recepción de la documentación: del 31 de octubre al 13 de noviembre Durante este período, recibirá en su domicilio toda la documentación necesaria para votar. Debe recibirla personalmente y con su DNI ya que le llegará por correo certificado. La documentación enviada será la siguiente: Papeletas de votación Sobres de votación Certificado de inscripción en el censo Sobre en el que figurará la Mesa en la que le corresponde votar. Hoja explicativa de cómo enviar la documentación remitida. 3. Envío del voto: hasta el 16 de noviembre Una vez disponga de la documentación electoral, tiene hasta el día 16 de noviembre para enviar su voto. Debe hacerlo mediante correo certificado, que será gratuito en cualquier oficina de Correos. En el sobre en el que figura su Mesa electoral, debe introducir los dos sobres de votación (con las correspondientes papeletas) y el certificado de inscripción en el censo. Personas enfermas o imposibilitadas En caso de enfermedad o incapacidad que impida la formulación personal de la solicitud, es necesario: Acreditar la enfermedad o incapacidad a través de un certificado médico oficial. Otorgar poder notarial a una persona para que actúe de representante. La notaria / el notario se desplazará al domicilio y autorizará a la persona que ejercerá de representante en la tramitación del voto. Tanto el certificado médico como el poder notarial son servicios gratuitos. Ante cualquier duda, estaremos a su disposición a través del correo electrónico [email protected] y del teléfono 660027736. Por último, queremos animarle a hacer el trámite anterior y, así, poder participar en las próximas elecciones. De esta manera, usted también contribuirá activamente a construir el futuro de nuestra sociedad. Saludos cordiales, PSPV-PSOE Bocairent

description

Guia para poder ejercer el voto por Correus de cara a las Elecciones generales del 20 de noviembre

Transcript of Guia voto por Correos 2011

Page 1: Guia voto por Correos 2011

Agrupación local de Bocairent

Estimada vecina / estimado vecino,

Permítanos informarle del procedimiento que debe seguir para poder votar por correo

en las elecciones generales, que se celebrarán el próximo 20 de noviembre. A continuación, le

ofrecemos resumidos los pasos y plazos que debe atender para ejercer su derecho a voto.

1. Solicitud del voto por correo: hasta el 10 de noviembre

Solicite personalmente el impreso en cualquier oficina de Correos hasta el 10 de

noviembre.

Rellene el impreso y entréguelo personalmente en una oficina de Correos.

No olvide su DNI original; es imprescindible para formular la solicitud.

2. Recepción de la documentación: del 31 de octubre al 13 de noviembre

Durante este período, recibirá en su domicilio toda la documentación necesaria para

votar. Debe recibirla personalmente y con su DNI ya que le llegará por correo certificado.

La documentación enviada será la siguiente:

▪ Papeletas de votación

▪ Sobres de votación

▪ Certificado de inscripción en el censo

▪ Sobre en el que figurará la Mesa en la que le corresponde votar.

▪ Hoja explicativa de cómo enviar la documentación remitida.

3. Envío del voto: hasta el 16 de noviembre

Una vez disponga de la documentación electoral, tiene hasta el día 16 de noviembre para

enviar su voto. Debe hacerlo mediante correo certificado, que será gratuito en cualquier

oficina de Correos.

En el sobre en el que figura su Mesa electoral, debe introducir los dos sobres de

votación (con las correspondientes papeletas) y el certificado de inscripción en el

censo.

Personas enfermas o imposibilitadas

En caso de enfermedad o incapacidad que impida la formulación personal de la

solicitud, es necesario:

Acreditar la enfermedad o incapacidad a través de un certificado médico oficial.

Otorgar poder notarial a una persona para que actúe de representante. La notaria / el

notario se desplazará al domicilio y autorizará a la persona que ejercerá de representante en

la tramitación del voto.

Tanto el certificado médico como el poder notarial son servicios gratuitos.

Ante cualquier duda, estaremos a su disposición a través del correo electrónico

[email protected] y del teléfono 660027736.

Por último, queremos animarle a hacer el trámite anterior y, así, poder participar en las

próximas elecciones. De esta manera, usted también contribuirá activamente a construir

el futuro de nuestra sociedad.

Saludos cordiales,

PSPV-PSOE Bocairent