Guia Registro y Licencia de Funcionamiento 19demarzo2013

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DIAGRAMA DEL PROCESO DE REGISTRO DE CENTROS DE DESARROLLO INFANTIL PÚBLICOS Y PRIVADOS Y EMISION DE PERMISOS DE FUNCIONAMIENTO Ingreso al sistema automatizado de los resultados de la ficha de verificación de requisitos básicos por parte del técnico/a del distrito que realizó la visita. Director Distrital envía un oficio al Representante Legal o Propietario del CDI. El oficio se envía en físico de acuerdo a formato establecido e informe emitido por el sistema. Por correo 1. Categoría: centro en rango superior si cumple entre 90% y 100%. Se otorga Permiso de Funcionamiento; se coloca sello correspondiente en lugar visible del centro. 2. Categoría: centro en rango medio si cumple entre 65% y 89%. Se conceden HASTA 3 meses para subir al rango superior y puede continuar con la atención. A los 3 meses se hace una segunda visita de verificación, se aplica nuevamente toda la ficha y se vuelve a ingresar los datos en una nueva ficha en el sistema automatizado. Si no cumple se clausura el centro y tiene que volver a presentar solicitud por escrito cuando cumpla con todos los requisitos. 3. Categoría: centro en rango bajo si está entre 51% a 64%, Se suspende temporalmente el centro y se conceden 3 meses para subir al rango superior: se coloca el sello correspondiente (suspensión temporal); se ingresan los resultados en el sistema. Se realiza 2da. visita y si no cumple se clausura Visita de verificación de requisitos básicos por parte del técnico/a distrital en base a la ficha de “Verificación de requisitos básicos para Permisos de Funcionamiento de Centros Públicos y Privados””. En la visita se firma la ficha y se solicita el escaneado de los documentos en un solo CD para el Registro del Centro de Desarrollo Infantil Integral público y privado por parte del propietario o representante legal. Los datos que se ingresan son: I. Datos de Identificación del Centro de Desarrollo Infantil. II. Cumplimiento de requisitos básicos. Ingreso a la página WEB del MIES e iniciar el proceso de registro en ícono de REGISTRO Sistema envía automáticamente: 1. Confirmación de solicitud y código al Representante Legal o Propietario. 2. Reporte diario de solicitudes al Director/a Distrital para la designación del técnico Cronograma y organización de visitas de verificación requisitos básicos por parte del técnico/a distrital responsable de Desarrollo Infantil. Solicita migración de Sistema genera informe de resultados de la visita. Técnico/a distrital que realizó la visita imprime el informe y envía con firmas al Director Distrital para que se organice el envío de resultados de la visita.

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DIAGRAMA DEL PROCESO DE REGISTRO DE CENTROS DE DESARROLLO INFANTIL PÚBLICOS Y PRIVADOS Y EMISION DE PERMISOS DE FUNCIONAMIENTO

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Ingreso al sistema automatizado de los resultados de la ficha de verificación de requisitos básicos por parte del técnico/a del distrito que realizó la visita.

Director Distrital envía un oficio al Representante Legal o Propietario del CDI.El oficio se envía en físico de acuerdo a formato establecido e informe emitido por el sistema. Por correo

1. Categoría: centro en rango superior si cumple entre 90% y 100%. Se otorga Permiso de Funcionamiento; se coloca sello correspondiente en lugar visible del centro.

2. Categoría: centro en rango medio si cumple entre 65% y 89%. Se conceden HASTA 3 meses para subir al rango superior y puede continuar con la atención. A los 3 meses se hace una segunda visita de verificación, se aplica nuevamente toda la ficha y se vuelve a ingresar los datos en una nueva ficha en el sistema automatizado. Si no cumple se clausura el centro y tiene que volver a presentar solicitud por escrito cuando cumpla con todos los requisitos.

3. Categoría: centro en rango bajo si está entre 51% a 64%, Se suspende temporalmente el centro y se conceden 3 meses para subir al rango superior: se coloca el sello correspondiente (suspensión temporal); se ingresan los resultados en el sistema. Se realiza 2da. visita y si no cumple se clausura el centro, se coloca el sello (Cancelado) y se ingresan los resultados en una nueva ficha en el sistema automatizado. Tiene que volver a presentar solicitud por escrito cuando cumpla con todos los requisitos. Al cierre temporal debe suspenderse la atención a los niños y niñas.

4. Categoría: centro en rango inferior si está entre 0% y 50%. Se cancela. Se coloca el sello correspondiente, se ingresan los datos en el sistema. Tiene que volver a presentar la solicitud por escrito cuando cumpla con todos los requisitos.

Visita de verificación de requisitos básicos por parte del técnico/a distrital en base a la ficha de “Verificación de requisitos básicos para Permisos de Funcionamiento de Centros Públicos y Privados””. En la visita se firma la ficha y se solicita el escaneado de los documentos en un solo CD para el archivo en la Dirección Distrital.

Registro del Centro de Desarrollo Infantil Integral público y privado por parte del propietario o representante legal. Los datos que se ingresan son:

I. Datos de Identificación del Centro de Desarrollo Infantil.

II. Cumplimiento de requisitos básicos.

III. Solicitud de permiso de funcionamiento del centro Infantil.

Ingreso a la página WEB del MIES e iniciar el proceso de registro en ícono de REGISTRO

Sistema envía automáticamente:1. Confirmación de solicitud y código al Representante Legal o

Propietario. 2. Reporte diario de solicitudes al Director/a Distrital para la

designación del técnico distrital responsable.

Cronograma y organización de visitas de verificación requisitos básicos por parte del técnico/a distrital responsable de Desarrollo Infantil. Solicita migración de datos de al técnico informático distrital.

Sistema genera informe de resultados de la visita. Técnico/a distrital que realizó la visita imprime el informe y envía con firmas al Director Distrital para que se organice el envío de resultados de la visita.

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FASES DEL PROCESO DE REGISTRO DE CENTROS INFANTILES PÚBLICOS Y PRIVADOS Y EMISIÓN DEL PERMISO DE FUNCIONAMIENTO

1. REGISTRO: momento inicial que permite identificar la existencia de un Centro de Desarrollo Infantil Integral, sus datos generales de identificación y condiciones del centro. Asimismo, permite al Representante Legal o Propietario identificar y expresar el cumplimiento de los requisitos básicos establecidos por el MIES y solicitar el Permiso de Funcionamiento del centro por un año. La información solicitada se registra en el sistema automatizado del MIES.

Los centros privados que ya se registraron anteriormente en el MIES - INFA, deberán hacerlo nuevamente, en el registro MIES.

Pasos para el Registro:

El/la Representante Legal o Propietario de un Centro de Desarrollo Infantil público o privado, realiza el Registro del Centro de Desarrollo Infantil a través de la página WEB del MIES. Al desplegarse la página debe pinchar en el ícono de REGISTRO. Se despliega una nueva página donde se inicia el proceso de registro.

Los pasos para cumplir con el Registro son los siguientes:

1. Leer la Guía del Usuario que consta junto al ícono de registro para conocer cuál es el proceso a seguir para el ingreso de la información que solicita el sistema automatizado.

2. Tener a mano todos los documentos que se solicitan, una vez iniciado el registro no se puede interrumpir el proceso.

3. Registrar la información: Iniciar el proceso donde dice REGISTRO PRIMERA VEZ. Aplica para todos los CDI públicos y privados a nivel nacional

4. Ingresar la información del Centro Infantil: Los datos que se solicitan en cada una de las pestañas del sistema automatizado son los siguientes:

4.1 Datos de identificación y condiciones de funcionamiento del Centro de Desarrollo Infantil Integral:

Datos de Identificación del Centro de Desarrollo Infantil Datos de identificación del Representante Legal o Propietario (cuando

se guardan estos datos, Ubicación Geográfica Características del servicio Nómina del Personal Características del local

4.2 Requisitos básicos para cumplir con el registro. En este espacio, los Representantes Legales o Propietarios dejan expresa constancia del cumplimiento de los requisitos básicos a través de una lista de verificación. Junto a algunos de los requisitos básicos, los Representantes Legales o Propietarios, tendrán acceso a un documento en PDF que contiene especificaciones técnicas que debe contener el documento en mención.

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Para poder continuar con el proceso, es decir, realizar la solicitud de Permiso de Funcionamiento, deberán expresar que cumplen la totalidad de los requisitos básicos. Esto implica que todo centro para poder funcionar deberá cumplir con los requisitos básicos.

4.3 Solicitud de permiso de funcionamiento. Si los Representantes Legales o Propietarios, han señalado que cumplen con la totalidad de los requisitos básicos, podrán llenar la solicitud de Permiso de Funcionamiento. En este espacio también dejan expresa constancia que conocen que el MIES realizará una visita de verificación de los requisitos básicos exigidos por el MIES y que en ella entregara un CD con todos los documentos señalados en la lista de requisitos básicos escaneados.

Para constancia de haber realizado la solicitud, el sistema automáticamente enviará la notificación y una clave al correo electrónico del Representante Legal o Propietario al registrado en el sistema. El Representante Legal o Propietario deberá imprimir este documento para su archivo del Centro Infantil.

Asimismo, el sistema automáticamente envía al Director/a Distrital, quien remite al responsable Distrital de desarrollo infantil, el reporte diario de las solicitudes presentadas con datos de identificación del centro.

Todo centro obtendrá una clave temporal que servirá para que pueda ingresar y realizar cualquier otro proceso que el MIES establezca luego del registro y emisión del Permiso de Funcionamiento.

A partir de este momento se cierra la ficha en el sistema automatizado y ya no se podrá modificar la información, salvo que se realice una solicitud expresa por escrito de acuerdo a lo que se especifica en el numeral 3 de este documento.

2. PERMISO DE FUNCIONAMIENTO: Momento en el cual el MIES realiza el proceso de verificación en el centro infantil del cumplimiento de los requisitos básicos y determina las acciones a seguir de acuerdo a los resultados de la visita de verificación de los requisitos básicos.

Todo centro de desarrollo infantil integral público o privado, que se registraron por primera vez a través de la web y aquellos centros del MIES que constan en el sistema SIPI, deberán obtener el permiso de funcionamiento.

Pasos para otorgar el Permiso de Funcionamiento:

Los pasos a seguir para otorgar el Permiso de Funcionamiento son los siguientes:

a. Elaborar cronograma de visitas.

El Director Distrital tendrá un plazo de dos días desde la recepción de la solicitud del representante legal del CDI para designar al técnico/a responsable de la visita e informe.

El/la técnico/a distrital responsable de desarrollo infantil, con base al reporte emitido por el director distrital organiza el cronograma y a los técnicos/as responsables de realizar la visita de verificación de los requisitos básicos considerando un máximo de 8 días laborables a partir de la fecha de designación.

b. Enviar oficios a Representante Legal o Propietario y Técnicos del MIES. El/la técnico/a distrital preparará el quipux para la firma de la Directora/or Distrital para que envíe los oficios de acuerdo a formato establecido por el nivel nacional a:

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Representante Legal o Propietario señalando día y hora de la visita y solicitando su participación;

A los técnicos/as distrital y responsable del centro o territorio, señalando día y hora en que deben realizar la visita. Adjuntará el reporte diario con los datos del centro emitido por el sistema automatizado o solicitud del responsable del MIES que solicitó la licencia en el caso de los centros MIES.

El/la Director/ra Distrital, envía por Quipux y en físico los oficios a Representante Legal o Propietario del Centro y a técnicos/as que realizarán la visita de manera inmediata a fin de que se cumpla con las fechas establecidas en el cronograma.

Para constancia de la recepción, solicitará firma de recepción en la copia del oficio respectivo tanto a Representante Legal o Propietario como a los técnicos del MIES; el Representante Legal o Propietario mantendrá el documento en el archivo del Centro; la copia se archivará en la Dirección Distrital.

c. Durante la visita: Verificar los requisitos básicos y recepción de CD de los documentos. El/la técnico/a asignado/a para la visita, conjuntamente con el Representante Legal o Propietario, realizan la visita de verificación de los requisitos básicos con base a la ficha de “Verificación de Requisitos básicos para el Permiso de Funcionamiento de Centros Públicos y Privados” de acuerdo a los criterios establecidos por el MIES.

Es obligatorio que los técnicos del MIES acudan con el chaleco y documento de identificación de la institución.

A medida que realizan la constatación de los documentos, se solicita al Representante Legal o Propietario un CD (se revisa en el CD que esté el documento que se ha verificado). El Representante Legal o Propietario entregará todos los documentos escaneados en un CD debidamente rotulado con los datos de identificación del centro que a continuación se señalan:

Recibe el CD: Nombre del Centro Infantil RUC Nombres y Apellidos completos del Representante Legal o Propietario. Razón Social Dirección del centro infantil: Calle principal, Nro., Calle secundaria,

provincia, distrito, cantón, parroquia, localidad/sector/ comunidad. Teléfonos convencional y celular Correo electrónico señalado en el momento del registro.

Al finalizar la visita, el Representante Legal o Propietario y el técnico que realizó la visita de verificación de requisitos básicos, firman en el original y copia de la ficha como constancia del proceso realizado, que serán impresas en papel químico. Se entrega el original de la ficha al Representante Legal o Propietario, quien a su vez deberá mantener el documento en el archivo del centro. La copia se utilizará para subir los resultados al sistema SIPI y luego se archiva en la Dirección Distrital conjuntamente con el CD del centro.

d. Calificar y obtener informe de cumplimiento de los requisitos básicos. Finalizada la visita de verificación de los requisitos básicos y máximo en ocho días laborables después de la fecha de la visita de verificación, el técnico/a que realizó la visita, registrará los resultados en el sistema automatizado.

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En el mismo momento imprime el informe de resultado de la verificación de los requisitos básicos y que emite el sistema automatizado. El técnico/a distrital que realizó la visita firma el informe y envía por Quipux, inmediatamente después de impreso el informe, al responsable distrital de desarrollo infantil para que continúe con la gestión.

e. Notificar resultados de visita de verificación de requisitos básicos. El/la técnico/a distrital responsable de desarrollo infantil elabora y envía al Director/a Distrital el oficio de resultado de la visita de verificación de acuerdo a formatos establecidos por el nivel nacional adjuntando el informe emitido por el sistema y firmado por el técnico que realizó la visita, máximo dos días laborables después de haber recibido el informe de la visita de verificación.

f. El/la Directora/a Distrital notifica a través de un oficio en físico y por Quipux al Representante Legal o Propietario y a la Coordinadora en el caso de los centros MIES, máximo siete días laborables después de la fecha de impresión del informe. Deberá adjuntar el Informe emitido por el sistema automatizado suscrito por él y por los técnicos que realizaron la visita.

Para constancia de la recepción, se asegurará que el Representante Legal, Propietario, Coordinadora o la persona que en ese momento se encuentre como responsable del centro, firme en la copia del oficio respectivo. Esta copia se archivará en la Dirección Distrital.

En el caso que el centro sea cerrado temporalmente o clausurado, el/la Director/ra Distrital solicitará por escrito vía Quipux al responsable informático realice el cierre del Centro también en el sistema automatizado.

g. Según el resultado de la visita y que se indica en el informe emitido por el sistema, los criterios de calificación del Centro y los procedimientos a seguir de acuerdo a la calificación obtenida son los siguientes:

RESULTADOS VISITA DE VERIFICACIÓN DE REQUISITOS BÁSICOSCategoría Calificación Estado

Centro en rango superior 90% al 100% Centro con permiso de Funcionamiento

Centro en rango medio 65% al 89% Centro en proceso de permiso/ Centro nuevo sin permiso de Funcionamiento

Centro en rango bajo 51% al 64% Centro con Cierre temporal/Centro nuevo sin permiso de Funcionamiento

Centro en rango inferior 0% al 50% Centro clausurado/Centro nuevo sin permiso de Funcionamiento

Categoría: Centro en rango superiorCalificación: 90% A 100%Estado: Centro con permiso de Funcionamiento

Se otorga permiso de Funcionamiento por un año a partir de la fecha de verificación del cumplimiento de los requisitos básicos si el servicio cumple con los requisitos básicos y cuyo porcentaje está en el rango de 90% a 100%.

Se coloca el sello de permiso de funcionamiento por un año en lugar visible para la ciudadanía.

Si es un Centro nuevo se realiza el mismo procedimiento señalado.

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Categoría: Centro en rango medioCalificación: 65% a 89% Estado: Centro en proceso de permiso.

Si el servicio no cumple con algunos requisitos y cuyo porcentaje está en el rango de 65% a 89% implica que puede continuar con la atención y se le otorga un plazo máximo hasta de tres meses para subir la calificación y alcanzar el rango superior de 90% a 100%.

De acuerdo a la necesidad de cumplimiento de los requisitos por las implicaciones que puedan tener para la seguridad de la vida de los niños y niñas, los técnicos establecerán la fecha en que realizarán la segunda visita de verificación de cumplimiento de la totalidad de los requisitos básicos con base a la ficha correspondiente; este plazo no podrá ser mayor a tres meses a partir de la fecha de la visita de verificación de los requisitos básicos. Si alcanza el rango de 90% a 100% se le otorga el permiso de funcionamiento por un año; caso contrario se clausura el servicio y se coloca el sello de clausura en un lugar visible para la ciudadanía.

Para acceder al permiso de funcionamiento por un año, el Representante Legal o Propietario tendrá que cumplir con todos los requisitos básicos y alcanzar la categoría de Centro en Rango Superior. Presentará solicitud por escrito a la Director/a Distrital adjuntando copia de los informes de las visitas de verificación y realizará el procedimiento establecido en el ítem 3.

Si es un Centro nuevo no se autoriza la apertura y para obtener el permiso se cumplirá con el mismo procedimiento señalado.

Categoría: Centro en rango bajoCalificación: 51% a 64%Estado: Centro con cierre temporal

Si el centro solamente alcanza una calificación entre 51% y 64%, se cierra temporalmente el servicio y se le otorgan máximo hasta tres meses a partir de la fecha de la visita de verificación para subir a la calificación de 90% a 100%. Se coloca el sello de cierre temporal en un lugar visible.

En la segunda visita se verifica el cumplimiento de la totalidad de los requisitos básicos de acuerdo a la ficha de verificación de requisitos básicos. Si cumple con la calificación entre 90% y 100%, es decir alcanza el rango superior, se le otorga el permiso de funcionamiento por un año; caso contrario se clausura el centro y se coloca el sello de clausura en un lugar visible para la ciudadanía.

Para acceder al permiso de Funcionamiento por un año, el Representante Legal o Propietario tendrá cumplir con todos los requisitos básicos y alcanzar la categoría de Centro en Rango Superior. Presentará solicitud por escrito a la Director/a Distrital adjuntando copia de los informes de las visitas de verificación y realizará el procedimiento establecido en el ítem 3.

Si es un Centro nuevo no se autoriza la apertura y para emitir el permiso se cumplirá con el mismo procedimiento señalado.

Categoría: Centro en rango inferiorCalificación: 0% a 50%Estado: Centro clausurado

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Si el centro que está en funcionamiento alcanza entre el 0% y el 50%, se decide la clausura del centro si está en funcionamiento. Al Igual que en los otros casos, se le otorgan tres meses para subir la calificación de 90% a 100% y se coloca el sello de clausura en un lugar visible a la ciudadanía.

En la segunda visita se verifica el cumplimiento de la totalidad de los requisitos básicos de acuerdo a la ficha de verificación de requisitos básicos. Si cumple se le otorga el permiso de Funcionamiento por un año; caso contrario se mantiene la clausura. Para acceder al permiso de Funcionamiento por un año, el Representante Legal o Propietario tendrá que cumplir con todos los requisitos básicos y alcanzar la categoría de Centro en Rango Superior. Presentará solicitud por escrito a la Director/a Distrital adjuntando copia de los informes de las visitas de verificación y realizará el procedimiento establecido en el ítem 3.

Si es un centro nuevo no se autoriza la apertura y para emitir la licencia se cumplirá con el mismo procedimiento señalado.

h. Los centros cerrados temporalmente, clausurados o que no se autorizó la apertura (nuevos), para solicitar el permiso de Funcionamiento deberán cumplir con el siguiente procedimiento:

El Representante Legal o Propietario, deberá solicitar por escrito al Director/a Distrital se realice una nueva visita de verificación de los requisitos básicos de acuerdo al formato establecido por el nivel nacional. Adjuntará copias de los informes de las visitas de verificación.

El Director/a Distrital solicitará, vía Quipux, al técnico distrital de desarrollo infantil integral.

3. ACTUALIZACIÓN DEL PERMISO DE FUNCIONAMIENTO: El Representante Legal, Propietario o, deberá solicitar por escrito la actualización del Permiso de Funcionamiento al Director/ra Distrital por los siguientes cambios que proyecta realizar y que se encuentran establecidos en: (se está elaborando un nuevo acuerdo ministerial)

El Representante Legal/Propietario deberá proceder según lo que se establece en el nuevo acuerdo ministerial En la solicitud correspondiente el Representante Legal/Propietario deberá incluir los datos de identificación del centro, los antecedentes y razones de porqué solicita la actualización del Permiso de Funcionamiento; adjuntará copia de los informes de todas las visitas de verificación de requisitos básicos.

El/la Director/a Distrital, de acuerdo a los antecedentes y razones plenamente justificadas, solicitará vía Quipux al técnico distrital de desarrollo infantil integral realice el mismo proceso establecido para otorgar el Permiso de Funcionamiento.

4. ACTUALIZACIÓN DE DATOS EN EL SISTEMA AUTOMATIZADO: La actualización de los datos en el sistema automatizado se realizará por las siguientes razones:

4.1. Solicitud de Permiso de Funcionamiento por:

Cierre temporal Clausura No autorización de apertura de un Centro nuevo

Para la situación establecida en el item 4.1.: El Representante Legal/Propietario deberá solicitar por escrito al Director/a Distrital de la jurisdicción donde se encuentra el centro

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infantil, se le otorgue el Permiso de Funcionamiento por ya haber cumplido con todos los requisitos básicos. En el oficio deberá incluir datos de identificación del centro, los antecedentes y razones de porqué solicita nuevamente el Permiso de Funcionamiento; adjuntará copia de los informes de todas las visitas de verificación de requisitos básicos.

El/la Directora/a Distrital, de acuerdo a los antecedentes y razones plenamente justificadas, procederá a solicitar al técnico de desarrollo infantil integral distrital realice el proceso establecido para otorgar Permiso de Funcionamiento.

Si se le otorga el Permiso de Funcionamiento, el Director/Distrital responde por escrito y por Quipux, al Representante Legal/Propietario el resultado del análisis de la solicitud de acuerdo a los procedimientos establecidos. Indicará además que los datos serán actualizados en el sistema automatizado. Solicita firma de recepción en el oficio y se archiva en la Dirección Distrital.

Paralelamente le solicita, por escrito y vía Quipux, al técnico informático distrital actualice la información del Centro.

Todos los documentos que se generan en este proceso, sea en físico o a través del sistema automatizado, deberán ser archivados y custodiados tanto por el Representante Legal/Propietario o por las Direcciones Distritales, pues son documentos habilitantes que podrán ser solicitados por el MIES para algún tipo de trámite que defina el MIES.

El/la técnico/a distrital responsable de desarrollo infantil a nivel zonal, realizará seguimiento al cumplimiento de cada uno de estos pasos, procedimientos y tiempos. Emitirá informe mensual de avance al Director/a Distrital.

Elaborado por: Lourdes Pérez

Revisión y cambios por técnicos de Política zonales los días 6 y 7 de marzo del año 2013

Revisión y cambios por los técnicos nacionales de Política de Desarrollo Infantil Integral los días 6, 7 y 8 de marzo del 2013

DIRECCION DE POLITICAS DE DESARROLLO INFANTIL INTEGRAL

Quito, 8 de marzo del 2013

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