Guía Práctica Para el Usuario Ecoopsos · Carta de Derechos del afiliado y del paciente ......

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1 Guía Práctica Para el Usuario Ecoopsos Carta de Derechos del afiliado y del paciente Carta de Desempeño EPS

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    Gua Prctica

    Para el Usuario Ecoopsos

    Carta de Derechos del afiliado y del paciente

    Carta de Desempeo EPS

  • 2

    Empresa Promotora de Salud ECOOPSOS EPS SAS Av. Boyaca (Carrera 72) No. 50-34 Tel: 5190088 www.ecoopsos.com.co Novena Edicin - Mayo 2018 ISSN- 2145-6704 Derechos reservados de autor No est permitida la reproduccin total o parcial de este libro, ni su tratamiento informtico, ni la transmisin de ninguna forma o por cualquier medio, ya sea electrnico, mecnico, por fotocopia, por registro u otros mtodos, sin el permiso previo y por escrito de ECOOPSOS EPS SAS Diagramacin: Linca Publicidad Portada: Linca Publicidad Impresin: Nuevas ediciones Ltda Carrera 26 A No 5-92 Tel: 4086677- Bogot D.C- Colombia E_- mail: [email protected]

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  • 3

    GUIA PRCTICA PARA EL USUARIO

    ECOOPSOS

    INDICE

    Pg.

    Glosario PRESENTACION .............................................................................................................................. 8

    CAPITULO PRIMERO ...................................................................................................................... 9

    CARTA DE DERECHOS DE LOS AFILIADOS Y DE LOS PACIENTES ............................................ 9

    I. EL RGIMEN SUBSIDIADO SINNIMO DE EQUIDAD .................................................... 9

    III. SERVICIOS DE SALUD A LOS QUE TENEMOS DERECHO LOS USUARIOS DEL REGIMEN

    SUBSIDIADO Y DEL REGIMEN CONTRIBUTIVO - PLAN DE BENEFICIOS . .................................. 18

    IV. UN COMPROMISO: EL AUTOCUIDADO, LA PROTECCIN Y LA PROMOCIN DE

    ESTILOS DE VIDA SALUDABLES .................................................................................................... 25

    ..Que Necesita como Usuario para Demandar Servicios De Salud..? ................................ 25

    V. LOS SERVICIOS NO SON INFINITOS, PROTEJAMOS LOS RECURSOS ............................ 31

    VI. NUESTROS DERECHOS EN SALUD COMPROMISO Y RESPONSABILIDAD DE TODOS

    34

    DERECHOS DE AFILIADOS, COTIZANTES Y BENEFICIARIOS ..................................................... 34

    VII. NUESTROS DEBERES COMPROMISO Y RESPONSABILIDAD DE TODOS ............... 50

    DEBERES DE AFILIADOS, COTIZANTES Y BENEFICIARIOS .......................................................... 50

    VIII. REGIMEN DE CUOTAS MODERADORAS Y COPAGOS TODOS PONEMOS ...... 56

    IX. LA RED DE INSTITUCIONES DE SALUD, DISPONIBLE PARA SU SERVICIO. .................... 61

    X. RED DE URGENCIAS ANTE LA CUAL PUEDE ACCEDER ................................................ 61

    XI. MECANISMOS DE ACCESO A LOS SERVICIOS Y LIBRE ELECCION .................................. 67

  • 4

    XII. TRANSPORTE Y ESTADIA DENTRO DEL PLAN DE BENEFICIOS ....................................... 69

    XIII. VERIFICACION DE DERECHOS Y SANCIONES ANTE EL USO FRAUDULENTO DEL SERVICIO

    70

    XIV. SERVICIOS ADMINISTRATIVOS DE CONTACTO PARA ACCEDER AL SERVICIO .......... 71

    XV. PARTICIPACION DE LOS AFILIADOS EN LA VIGILANCIA Y CONTROL DE LOS

    SERVICIOS DE SALUD ................................................................................................................... 80

    XVIII. MECANISMOS DE SOLUCIN DE CONFLICTOS DENTRO DEL SGSSS .......................... 88

    XIX. INSPECCION VIGILANCIA Y CONTROL DEL SGSSS ....................................................... 90

    XX. MECANISMOS DE PROTECCION EN CUMPLIMIENTO DE LOS DERECHOS .....................

    CAPITULO SEGUNDO ............................................................................................................... 93

    CARTA DE DESEMPEO DE ECOOPSOS EPS SAS ..................................................................... 93

    I. ECOOPSOS EPS SAS, la Empresa Solidaria de Salud creada por y para la

    comunidad. ................................................................................................................................. 93

    II. RESULTADOS DE LA ENTIDAD POR INDICADORES DE CALIDAD ................................. 94

    III. POSICION EN EL ORDENAMIENTO DEL RANKING DE SATISFACCION EPS ................. 97

    IV. LA ACREDITACION EN CALIDAD UN MEDIO PARA MEJORAR LA CALIDAD DE LOS

    SERVICIOS QUE PRESTAMOS A NUESTROS USUARIOS .............................................................. 98

    V. RESULTADOS DE LA ENTIDAD POR INDICADORES FINANCIEROS CON CORTE A

    DICIEMBRE DE 2017 ................................................................................................................... 100

    VI. SANCIONES EJECUTORIADAS ..................................................................................... 101

    ANEXO PRIMERO

    RED PRESTADORA DE SERVICIOS.97

    ANEXO SEGUNDO

    INDICADORES DE CALIDAD DE LA RED DE SERVICIOS Res. 256 de 2016......119

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    GLOSARIO

    CONOZCAMOS EL SIGNIFICADO DE ALGUNOS TERMINOS QUE UTILIZAMOS

    CON MAYOR FRECUENCIA.

    ATENCIN DOMICILIARIA: Es la prestacin de servicios de salud extra

    hospitalaria que busca brindar una solucin a los problemas de salud

    en el domicilio o residencia y que cuenta con el apoyo de

    profesionales, tcnicos o auxiliares del rea de salud y la

    participacin de la familia.

    ACTIVIDAD EN SALUD: Conjunto de acciones, operaciones o tareas

    que especifican un procedimiento en salud, en las cuales se utilizan

    recursos fsicos, humanos o tecnolgicos.

    ATENCION PRIORITARIA: Es la atencin que puede recibir si est

    enfermo y su vida no corre peligro, pero no puede esperar hasta una

    cita programada.

    ATENCION AMBULATORIA: Son todas aquellas intervenciones que

    pueden hacerse sin que tenga que quedarse en una hospital o

    clnica.

    ATENCION HOSPITALARIA: Contrario a lo anterior son las intervenciones

    que exigen estar hospitalizado en un hospital o clnica ms de 24

    horas.

    DETERMINANTES SOCIALES: son las circunstancias en que las personas nacen, crecen, viven, trabajan y envejecen, incluido el sistema de salud.

    Esas circunstancias son el resultado de la distribucin del dinero, el poder y

    los recursos a nivel mundial, nacional y local, que depende a su vez de las

    polticas adoptadas. REEMBOLSO: Es el dinero que se te devuelve cuando has pagado por

    tu cuenta, servicios que deben ser asumidos por el Plan de Beneficios,

    en situaciones excepcionales y reguladas especficamente.

    BENEFICIARIOS: Son los miembros de un grupo familiar del cabeza de

    familia (conyugue, compaero, hijos y padres).

    COPAGO PARA EL REGIMEN SUBSIDIADO: Son los pagos que hacen los

    beneficiarios para los servicios de salud que reciben, es solo una

    pequea parte de lo que deberan pagar.

    COTIZANTE: Las personas nacionales o extranjeras residentes en

    Colombia, que por estar vinculadas a travs de un contrato de

    trabajo, servidores pblicos, pensionados o jubilados o trabajadores

    independientes, con capacidad de pago, aportan un porcentaje de

    los ingresos para obtener el derecho a recibir los beneficios del

    Sistema de Proteccin Social en Salud.

    CUOTA MODERADORA: Es un aporte en dinero que debe ser pagado

    por todos los afiliados, cotizantes y beneficiarios por los servicios que

  • 6

    demandamos como afiliados, con el fin de regular la utilizacin del

    servicio de salud y estimular su buen uso. Promoviendo en los afiliados

    la inscripcin en los programas de atencin integral desarrollados por

    las EPS.

    COPAGO PARA EL REGIMEN CONTRIBUTIVO: Corresponde a una parte

    del valor del servicio cubierto por el Plan de Beneficios, que debe

    asumir el usuario beneficiario del cotizante, tiene como finalidad

    financiar el sistema con esta contribucin recaudada por la EPS,

    antes de recibir el usuario el servicio.

    DEMANDA INDUCIDA: Son todas la acciones, que como EPS hacemos

    para organizar, incentivar y orientar a nuestros afiliados para que usen

    las actividades de Deteccin Temprana y Proteccin Especfica y se

    vincule a los programas de intervencin de riesgo que desarrolla EPS.

    ENFERMEDAD DE ALTO COSTO: Son todas aquellas enfermedades

    crnicas, severas, progresivas, persistentes y con alto grado de

    letalidad, que afectan gravemente la condicin de salud del afiliado

    y por tanto exigen tratamientos integrales complejos y de elevado

    costo para el sistema de salud.

    INTERCONSULTA: Es la solicitud expedida por el profesional de la salud

    responsable de la atencin de un paciente a otros profesionales de la

    salud, quienes emiten juicios, orientaciones y recomendaciones

    tcnico-cientficas sobre la conducta a seguir con el paciente.

    MOVILIDAD: Es el cambio de pertenencia a un rgimen ya se

    subsidiado o contributivo dentro de la misma EPS para los afiliados en

    el Sistema General de Seguridad Social en Salud focalizados en los

    niveles I y II del SISBN y algunas poblaciones especiales.

    PROMOCION DE LA SALUD: : Son todas las actividades de informacin

    educacin, capacitacin y comunicacin que desarrolla la EAPB

    con los afiliados, para el fomento de factores protectores, la

    induccin a estilos de vidas saludables y para el control de las

    enfermedades crnicas no transmisibles.

    PREVENCION DE LA ENFERMEDAD: Son todas aquellas actividades que

    se realizan en las personas, la familia o la comunidad, con el fin de

    evitar que una dificultad de salud surja o avance y disminuir sus

    consecuencias en la poblacin.

    PARTICIPACION CIUDADANA: Es el ejercicio de los deberes y derechos

    del individuo para propender por la conservacin de la salud

    personal, familiar y comunitaria y aportar a la planeacin, gestin,

    evaluacin y veedura en los servicios de salud.

    PLANILLA INTEGRADA DE PAGO DE APORTE (PILA): Mediante la

    Resolucin 1303 de 2005, es un sistema implementado por el

    Gobierno Nacional a travs del Ministerio de Salud y Proteccin Social

    que busca facilitar a los aportantes realizar los pagos a seguridad

  • 7

    social (pensiones, salud, riesgos profesionales, SENA, ICB, cajas de

    compensacin familiar) a travs de transferencias electrnica.

    PORTABILIDAD: Es la garanta de la accesibilidad a los servicios de

    salud, en cualquier municipio del territorio nacional, para todo

    afiliado al Sistema General de Seguridad Social en Salud que emigre

    del municipio domicilio de afiliacin o de aquel donde habitualmente

    recibe los servicios de salud, en el marco de las reglas previstas en el

    presente Ttulo.

    RUTAS INTEGRALES DE ATENCION EN SALUD (RIAS): Son el conjunto de

    acciones que integran el manejo del riesgo. Su alcance se concentra

    en el cuidado y la gestin de la persona, ya sea en su condicin de

    persona sana con riesgo, con la enfermedad o con discapacidad

    establecida.

    REMISIN: Son aquellas situaciones en las que, por la condicin de

    salud debe ser atendido por otro profesional, especialista o

    instituciones especializada a su cuidado.

    TECNOLOGA EN SALUD: Concepto que incluye todas las actividades ,

    intervenciones ,insumos , medicamentos , dispositivos , servicios y

    procedimientos usados en la prestacin de servicios de salud, as

    como los sistemas organizativos y de soporte con los que se presta

    esta atencin en salud.

    TRIAGE: Es el mtodo de seleccin y clasificacin de pacientes que

    ingresan al servicio de urgencias donde se debe brindar una

    valoracin rpida y ordenada para identificar enfermedades que

    requieren atencin mdica inmediata de aquellas que pueden

    esperar.

    URGENCIA: Son los casos en los que debe ser atendido con prontitud,

    porque su vida corre peligro.

  • 8

    PRESENTACION

    Seor afiliado (a):

    Nos complace tenerle con nosotros como parte activa, centro y fin

    de nuestra gestin; en esta oportunidad le presentamos la Gua

    Prctica del Usuario - ECOOPSOS, que remplaza la Gua del Afiliado

    empleada hasta la fecha.

    Esta Gua lo orientar sobre los Derechos y Deberes que como

    Afiliado y Paciente de la Seguridad Social en Salud usted tiene, los

    Mecanismos y Procedimientos para acceder a los servicios del Plan

    de Beneficios y las Condiciones de Desempeo que ECOOPSOS

    demuestra, como garanta de la competitividad, seriedad y

    compromiso de la entidad con la salud de usted y su familia.

    Si requiere informacin adicional no dude en visitar nuestras oficinas

    de atencin al usuario ubicadas en su municipio, consultar nuestra

    pgina Web: www.ecoopsos.com.co o comunicarse con la lneas

    Gratuitas regionales de Atencin al Usuario 24 horas: Cundinamarca-

    Huila - Tolima: 018000978082 ; Antioquia Boyac - Norte de

    Santander: 018000978084.

    http://www.ecoopsos.com.co/
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    CAPITULO PRIMERO

    CARTA DE DERECHOS DE LOS AFILIADOS Y DE LOS PACIENTES

    I. EL RGIMEN SUBSIDIADO SINNIMO DE EQUIDAD

    El Rgimen Subsidiado es el conjunto de normas que rigen la vinculacin al

    Sistema General de Seguridad Social en Salud de las personas pobres y

    vulnerables con sus grupos familiares quienes no cuentan con capacidad

    para afiliarse al Rgimen Contributivo del Sistema. Esta vinculacin se hace

    a travs del pago de una cotizacin subsidiada, con recursos del Estado.

    Quines se benefician del subsidio en salud?

    Las personas que por su situacin de pobreza y vulnerabilidad no tienen

    capacidad de pagar una cotizacin al Sistema General de Seguridad

    Social en Salud y que se encuentran clasificados en los niveles 1 y, 2 del

    SISBEN o identificadas como poblaciones especiales; para lo cual deben

    las autoridades locales realizar los Listados de Poblacin Pobre No Afiliada,

    teniendo en cuenta los siguientes criterios:

    Recin nacidos

    Poblacin infantil abandonada y Menores desvinculados del conflicto

    armado a cargo del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.

    Poblacin infantil vulnerable bajo proteccin en instituciones diferentes

    al ICBF.

    Poblacin en condiciones de desplazamiento forzado

    Comunidades Indgenas.

    Poblacin desmovilizada.

    Personas mayores en centros de proteccin.

    Poblacin rural migratoria.

    Poblacin ROM (Gitanos).

    Personas incluidas en el programa de proteccin a testigos

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    Qu es el SISBEN?

    Es el Sistema de Identificacin de Beneficiarios de Programas Sociales que

    permite determinar las personas que requieren subsidios del Estado; a travs

    de la aplicacin de una encuesta en el domicilio, que recoge la

    informacin de su situacin social y econmica; el responsable de la

    aplicacin de la Encuesta SISBEN, es el Municipio donde Usted reside, a

    travs de las oficinas de planeacin de la Alcalda y/o del organismo que

    ella designe.

    Cmo se realiza el Proceso de Afiliacin?

    1. A travs de la aplicacin de la encuesta del SISBEN, se identifican los

    beneficiarios de los subsidios del Estado, dando prioridad a los ms

    necesitados, clasificados en los niveles 1y 2

    2. Su municipio debe publicar los listados de la Poblacin Pobre No Afiliada,

    segn le corresponda, para que estas personas puedan hacer uso de

    este derecho.

    3. El Ente Territorial debe publicar el listado de las EPS autorizadas en el

    municipio, la Red Prestadora de Servicios de Salud y la Carta de

    Desempeo y planear e informar a los Usuarios sobre afiliacin en IPS y

    Colegios.

    4. La poblacin que se encuentre en estos listados de elegibles, debe

    acercarse al lugar definido por las autoridades municipales, y

    presentando sus documentos de identidad, escoger la EPS que quiera

    dentro de las autorizadas. de conformidad a lo establecido en el

    Decreto780 Artculo 2.1.7.1 Derecho a la libre escogencia de EPS. En el

    Sistema General de Seguridad Social en Salud la eleccin de EPS se har

    directamente por el afiliado de manera libre y voluntaria.

    5. Suministrar a la EPS, los datos generales de su grupo familiar para que

    pueda ser llenado el Formulario nico de Afiliacin y Traslado.

    El ncleo familiar estar constituido por:

    El cnyuge o compaera(o) permanente.

    Los hijos menores de 18 aos

    Los hijos mayores de 18 aos con incapacidad permanente

    certificada.

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    Los hijos mayores entre los 18 y 25 aos cuando sean estudiantes

    con una intensidad de por los menos 20 horas semanales y

    dependan econmicamente del cabeza del ncleo familiar.

    Los nietos que sean hijos de menores de 18 aos o de menores de

    25 aos estudiantes con una intensidad de por los menos 20 horas

    semanales y que dependan econmicamente del cabeza del

    ncleo familiar.

    Los menores que vivan en el mismo hogar de acuerdo con la

    ficha SISBEN a cargo de cualquiera de los dos cnyuges o

    compaera(o) permanente o bajo proteccin de la familia.

    5. Ninguna persona ajena al propio interesado, tiene autoridad para

    obligar a nadie a escoger una u otra EPS, esta decisin es autnoma

    y libre del beneficiario.

    6. Una vez escogida la EPS del rgimen subsidiado, el afiliado deber

    permanecer mnimo un (1) ao, despus de este tiempo podr

    desistir de su voluntad de afiliacin con esta entidad y durante los

    procesos de traslado seleccionar otra de las EPS autorizadas, a menos

    que pierda las condiciones que lo acrediten como beneficiario de

    subsidios del Estado o que la entidad seleccionada se retire del

    mercado.

    II. REGIMEN CONTRIBUTIVO SINONIMO DE UNIVERSALIDAD

    El Rgimen Contributivo es el conjunto de normas que rigen la vinculacin

    de los colombianos, que tienen vnculos laborales formales con empresas o

    patronos, o trabajan de manera independiente y que por ello, tienen

    capacidad de pago al Sistema General de Seguridad Social en Salud. Esta

    capacidad se asume de manera compartida con la empresa y/o el

    patrono, mediante una contribucin calculada segn sus ingresos laborales

    denominada cotizacin, por medio de la cual tienen derecho a los servicios

    de salud definidos en el Plan de Beneficios, tanto l como empleado,

    como su familia o beneficiarios.

    RECUERDE QUE NO PUEDE FIRMAR EL FORMULARIO DE AFILIACION

    CON MAS DE UNA (1) EMPRESA PROMOTORA DE SALUD, ESTO PONE

    EN RIESGO SU AFILIACION.

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    Quienes son afilados al Rgimen Contributivo?

    Existen dos tipos de vinculacin al Rgimen contributivo:

    Como Trabajador Dependiente: Es aquella persona contratada

    laboralmente por una empresa o por un patrono, para desarrollar labores

    en un cargo especfico segn sus capacidades y formacin, trabajo por el

    cual recibe un salario que incluye las prestaciones sociales, dentro de las

    cuales est el aporte a los servicios de salud, denominado cotizacin.

    Como Trabajador Independiente, es aquella persona que desarrolla una

    actividad comercial, industrial, agrcola, ganadera, tcnica, profesional

    entre otras, por sus propios medios, la cual le genera ingresos suficientes

    que le permiten afiliarse al Sistema de Seguridad Social, con su grupo

    familiar, como Trabajador Independiente; en este caso, asume de los

    recursos que recibe por su trabajo, el aporte correspondiente a la

    Cotizacin, el cual se calcula segn los ingresos que declara recibir.

    Cmo puede mantenerse afiliado al Sistema de manera permanente y

    continua? - Movilidad entre Regmenes -

    Para mantenerse en el Sistema afiliado en forma permanente, debe hacer

    uso del derecho a la movilidad entre regmenes, el cual consiste en la

    posibilidad que el usuario del Rgimen Subsidiado y del Rgimen

    Contributivo tiene de permanecer en la misma EPS, independientemente

    a su condicin de trabajador en un determinado momento o de perder el

    empleo en cualquier circunstancia; de esta forma, se garantiza la

    continuidad e integralidad en la prestacin de los servicios del Plan de

    Salud definido para los colombianos.

    Cmo hago uso de la movilidad entre regmenes?

    Cuando una persona previamente afiliada al rgimen subsidiado adquiere

    capacidad de pago, podr mantenerse en la misma EPS del rgimen

    subsidiado a la que se encuentra afiliado, sin necesidad de hacer nueva

    afiliacin, solo requiere informarle al nuevo patrono, su voluntad de

    mantenerse afiliado con la EPS con la que viene recibiendo servicios como

    usuario del rgimen subsidiado y la empresa est en la obligacin de

    realizar los trmites administrativos correspondientes a esta movilidad; en

    este evento, la persona y su ncleo familiar reciben todos los beneficios del

    rgimen contributivo, incluidas las prestaciones econmicas que

    corresponden por ser afiliado cotizante.

  • 13

    Los Afiliados al Rgimen Subsidiado que deciden asumir su cotizacin

    directamente como trabajadores independientes, deben ingresar a la

    pgina WEB www.ecoopsos.com.co Opciones:

    Rgimen Contributivo

    Empleadores trabajadores independientes

    Pasos de inscripcin.

    Registrndose como Aportante ante ECOOPSOS EPS S.A.S siguiendo el paso

    a paso:

    Paso 1. Descargue el Formulario de Inscripcin y novedades de aportantes

    Paso 2. Diligencie el formulario, conforme al Instructivo

    Paso 3. Remita el Formulario diligenciado al correo electrnico

    [email protected], anexando Copia del

    Documento de Identidad y Registro nico Tributario (RUT)

    Importante: Para agilizar el Proceso le recomendamos que el asunto del

    Correo Electrnico debe ser INSCRIPCION APORTANTE TIPO Y NUMERO DE

    DOCUMENTO:

    Ejemplo: INSCRIPCION APORTANTE CC 41584256

    Por lo anterior el trabajador independiente recibir una notificacin de

    INSCRIPCION COMO APORTANTE INDEPENDENTE siempre y cuando cumpla

    con todos los requisitos; en el transcurso de 3 das hbiles recibir al correo

    electrnico registrado en el FORMULARIO DE INSCRIPCION Y NOVEDADES DE

    APORTANTES una notificacin de Inscripcin como Aportante por parte de

    ECOOPSOS.

    De otra parte ECOOPSOS le asignara una contrasea que debe ser

    solicitada en la pgina WEB WWW.ECOOPSOS.COM.CO opciones:

    Rgimen contributivo

    Empleadores trabajadores independientes

    De clic aqu en caso de no tener contrasea.

    Contrasea que ser enviada al correo electrnico registrado en el

    FORMULARIO DE INSCRIPCIN Y NOVEDADES DE APORTANTE en un

    transcurso de 10 a 15 minutos.

    http://www.ecoopsos.com.co/mailto:[email protected]://www.ecoopsos.com.co/http://webecoopsos.ecoopsos.com.co/WebExterna/Forms/Administracion/FrmForgetPass.aspx
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    De otra parte puede acercarse a las oficinas de ECOOPSOS e informar su

    decisin de afiliarse a la seguridad social como usuario del Rgimen

    Contributivo Trabajador Independiente; asumiendo los siguientes

    acciones:

    1. Diligenciar el FORMULARIO DE INSCRIPCIN Y NOVEDADES DE

    APORTANTE y el FORMULARIO UNICO DE AFILIACION Y REGISTRO DE

    NOVEDADES AL SGSSS teniendo en cuenta los instructivos de

    diligenciamiento, registrando el ingreso base de cotizacin, que

    corresponda a los ingresos como trabajador independiente y

    adjuntando copia del documento de identidad y RUT.

    2. Una vez radicada la afiliacin como trabajador independiente usted

    debe solicitar a un Operador de informacin (Asopagos, Mi Planilla,

    Aportes en Lnea etc) que liquide los Aportes de Seguridad Social

    mediante la modalidad de planilla electrnica, como trabajador

    independiente, el cual debe ser como mnimo UN SALARIO MINIMO

    LEGAL MENSUAL VIGENTE, con esta informacin la Pagina realizar las

    liquidaciones correspondientes a los compromisos econmicos en

    Pensiones, Riesgos Laborales y Salud, con el Sistema General de

    Seguridad Social.

    3. Puede usted, posterior a la liquidacin con el operador, generar el pago

    mediante un cdigo aportado por el mismo para que con l se acerque

    a cualquier punto de pago (Efecty, Servientrega, Pagatodo, Almacenes

    de Cadena y Bancos) realizando este proceso cada mes, garantizando

    con este legalizar su afiliacin al rgimen contributivo con la EPS

    ECOOPSOS.

    Afilie a su familia sin costo adicional

    Por el solo hecho de estar afiliado al Rgimen Contributivo, usted tiene

    derecho a afiliar a los miembros de su familia como beneficiarios,

    recibiendo la misma atencin que el afiliado cotizante, recibiendo el

    mismo Plan de Beneficios en Salud en los mismos lugares y con los mismos

    cuidados.

    Al hacer uso de su derecho a la Movilidad usted tiene DERECHO a incluir

    como beneficiarios a:

    1. Cnyuge, compaera permanente

  • 15

    2. Al recin nacido, presentando el Registro Civil.

    3. Los hijos menores de 18 aos, incluso sin son adoptivos.

    4. Los hijos de cualquier edad si tienen incapacidad permanente y

    dependan econmicamente del Cotizante.

    5. Los Hijos Entre 18 y 25 aos de edad, cuando sean estudiantes de tiempo

    completo y dependan econmica del afiliado Cotizante.

    6. Los Hijos del Conyugue o Compaero(a) permanente del afiliado que se

    encuentra definida en la Numeral 3 y 4.

    7. Cuando no se tenga conyugue o Compaero(a) permanente o hijos,

    pueden afiliar a los padres que no se encuentren pensionados y

    dependan econmicamente de este.

    Nota: Se entiende que existe dependencia econmica cuando una

    persona recibe de otras personas los medios necesarios para la

    subsistencia.

    ...Reconocimiento de Prestaciones Econmicas

    El trabajador dependiente o trabajador independiente, afiliado al

    Rgimen Contributivo, tiene derecho al reconocimiento y pago de

    las incapacidades por enfermedad general y por licencias de

    maternidad y paternidad, as como el derecho a la cobertura en

    caso de accidentes de trabajo y/o enfermedad laboral. En estos dos

    casos, la demanda de servicios de salud que se origina ser cubierta

    por la ARL a la que se encuentre afiliado el cotizante, conforme a las

    reglas propias del Sistema de Riesgos Laborales.

    Cmo se legaliza la Afiliacin?

    1. Diligenciando el Formulario nico de Afiliacin y registro de novedades

    al SGSSS, segn corresponda el caso para Rgimen Subsidiado o

    Rgimen Contributivo.

  • 16

    A partir de cundo queda afiliada la persona?

    A partir del diligenciamiento del Formulario nico de Afiliacin y registro de

    novedades al SGSSS, el cual debe firmar el cotizante o afiliado, segn el

    rgimen al que corresponda; presentando los documentos de identidad

    como: registro civil, tarjeta de identidad, cedula de ciudadana, cedula de

    extranjera etc. del afiliado y su grupo familiar.

    Cmo se identifica un Afiliado dentro del Sistema?

    Con la presentacin del documento de identidad.

    Cmo se afilia un recin nacido hijo de un afiliado?

    Para la afiliacin de los recin nacidos, HIJOS DE AFILIADOS a ECOOPSOS

    EPS SAS, no es necesario que pasen por el proceso de seleccin de

    beneficiarios, pues a sus hijos se les otorga el cupo de manera automtica

    cuando nace, presentando el Certificado de Nacido Vivo, y se legalizada

    la afiliacin en el momento en que los padres y/o responsables del menor,

    presentan el Registro Civil de nacimiento, diligencian el formulario de

    afiliacin y entonces reciben el carne de ste.

    En todo caso, al recin nacido se le garantiza el acceso a los servicios de

    salud, a partir de la fecha de nacimiento y durante un ao con la

    presentacin del Certificado de Nacido Vivo, entregada a los padres por la

    IPS que atendi el parto.

    La afiliacin del recin nacido, HIJO de NO AFILIADOS a ECOOPSOS EPS

    S.A.S, se realiza de manera individual, siempre y cuando se encuentren

    debidamente identificados con el Registro Civil de Nacimiento, y una vez la

    Entidad Territorial disponga de cupos para la afiliacin de su ncleo familiar,

    estas se tramitar ante la EPS a la cual el menor este afiliado.

    .Actualice sus Datos,asegure su afiliacin

    La veracidad y la actualizacin de la informacin de datos tambin es su

    responsabilidad!

    NOTA: Los datos personales aportados, forman parte de los ficheros

    automatizados existentes en la Entidad, sern tratados y protegidos segn:

    la ley Orgnica 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013 de Proteccin de

    Datos de Carcter Personal, las polticas de tratamiento de la informacin y

  • 17

    las normas que los reglamentan o complementan para el almacenamiento

    y uso de la informacin.

    Puede usted hacer Cambio de EPS?

    Claro que s. El perodo mnimo de permanencia de un afiliado en la misma

    Empresa Promotora de Salud del Rgimen Subsidiado y/o Contributivo es de

    un ao; una vez cumplido este periodo, usted podr manifestar libremente

    su voluntad de traslado, diligenciando en la oficina de atencin al usuario

    de la EPS a la cual desea trasladarse ubicada en su municipio, el Formulario

    nico de Traslado definido por el Ministerio de la Salud y de la Proteccin

    Social.

    De acuerdo con lo establecido en el Decreto780 Artculo 2.1.7.1 Derecho a

    la libre escogencia de EPS. En el Sistema General de Seguridad Social en

    Salud la eleccin de EPS se har directamente por el afiliado de manera

    libre y voluntaria.

    III. EL DERECHO A LA PORTABILIDAD NACIONAL

    Qu debo hacer cuando cambio de municipio de manera ocasional y de

    forma permanente?

    De acuerdo a la normatividad vigente Usted puede ejercer su derecho a la

    portabilidad, para lo cual debe notificar a su EPS, la decisin de trasladarse

    de municipio de manera ocasional (menos de un mes), de forma temporal

    (mximo doce meses) o de forma permanente (definitivo), a travs de la

    lnea telefnica de atencin al usuario o mediante una comunicacin

    escrita o por correo electrnico ([email protected]) o

    personalmente en cualquiera de nuestras oficinas municipales, o a travs

    de nuestra pagina web www.ecoopsos.com.co en el link de Portabilidad

    Cambio de municipio, especificando los siguientes datos:

    Sus Nombres y apellidos

    Su nmero de documento de identidad y el tipo de documento

    Telfono fijo

    Telfono Celular

    Municipio del que se va (municipios de origen)

    Municipio al que se traslada (municipio receptor)

    Direccin del nuevo municipio

    Tiempo que estar en el municipio al que se traslada

    mailto:[email protected]://www.ecoopsos.com.co/
  • 18

    Hospital en el que lo estaban atendiendo en su municipio de origen

    Hospital en el que desea que lo atiendan en el nuevo municipio

    Correo electrnico

    De esta forma Ecoopsos EPS SAS o cualquier EPS, podr garantizar la

    portabilidad de su afiliacin y el acceso a los servicios de salud en cualquier

    parte del Territorio Nacional.

    No existen periodos de carencia, ni periodos mnimos de afiliacin para

    que los afiliados del Rgimen Subsidiado, accedan una vez afiliados a una

    EPS a los servicios de salud a los que tiene derecho en el Plan de Beneficios.

    III. SERVICIOS DE SALUD A LOS QUE TENEMOS DERECHO LOS USUARIOS DEL

    REGIMEN SUBSIDIADO Y DEL REGIMEN CONTRIBUTIVO PLAN DE BENEFICIOS

    El Plan de Beneficios comprende una serie de servicios actividades de

    salud, procedimientos y suministros que el Sistema General de Seguridad

    Social en Salud garantiza para las personas de los niveles 1 y 2 del SISBEN y

    sin capacidad de pago afiliadas al Rgimen Subsidiado y a las personas

    con capacidad de pago afiliadas al Rgimen Contributivo, a travs de las

    EPS habilitadas, que busca mantener una vida saludable de los afiliados y

    recuperar su salud.

    Cules Servicios de Salud estn cubiertos por el Plan de Beneficios?

    1. Acciones de Promocin de la Salud y Prevencin de la Enfermedad

    Son acciones en salud que se realizan a la poblacin en general, las

    cuales permiten identificar factores de riesgo individuales y colectivos que

    favorecen la aparicin inicial de la enfermedad, con el fin de planear

    y realizar intervenciones que faciliten el diagnostico, tratamiento

    oportuno, y la reduccin, duracin de la enfermedad, evitando

    secuelas incapacidad o muerte, el desarrollo de estas actividades se

    realizan en el marco de la Poltica de atencin integral (PAIS), Modelo de

    atencin integral ( MIAS) y las Rutas Integrales de:

    Acciones de Proteccin Especfica.

    Vacunacin

    Atencin Preventiva en Salud Bucal

  • 19

    Atencin del Parto

    Atencin al Recin Nacido

    Planificacin familiar

    Acciones de Deteccin temprana de:

    Alteraciones de Crecimiento y Desarrollo en Menores de 10 aos

    Alteraciones de Joven de 10 a 29 aos

    Alteraciones de Mujeres embarazadas

    Alteraciones de Adulto mayor de 45 aos

    Alteraciones de Agudeza visual

    Alteraciones de Cncer de seno y cuello uterino ( Incluye la mamografa y

    la biopsia de mama.

    Las acciones de proteccin especfica y deteccin temprana se organizan bajo

    Rutas Integrales de Atencin las cuales incorporan acciones sectoriales e

    intersectoriales; intervenciones individuales y colectivas, con el propsito de

    identificar e intervenir oportunamente factores de riesgo, ya sea para evitar la

    aparicin de una o varias condiciones especficas en salud o para realizar el

    diagnstico, tratamiento, rehabilitacin y paliacin, segn cada situacin.

    Las RIAS actualmente establecidas son:

    Para la promocin y mantenimiento de la salud.

    Para la poblacin materno perinatal.

    Para la poblacin con riesgo o presencia de alteraciones cardio cerebro

    vascular metablicas manifiestas (Hipertensin Arterial -HTA, Diabetes

    Mellitus DM y Obesidad.)

    Para la poblacin con riesgo o presencia de cncer (Cncer de Mama y

    Cncer de Crvix).

    Para la poblacin con riesgo o presencia de alteraciones nutricionales

    (Atencin a la Desnutricin Aguda para menores de 5 aos).

    Para la poblacin con riesgo o presencia de trastornos mentales y del

    comportamiento manifiesto debido a uso de sustancias psicoactivas y

    adicciones.

    Para la poblacin con riesgo o presencia de enfermedades infecciosas

    (Enfermedades transmitidas por vectores: Chagas, Leishmaniosis, Malaria, Dengue,

    Chikungunya y Zika).

    2. Atencin Ambulatoria y Hospitalaria del Menor Complejidad

    Consulta mdica

    Consulta odontolgica

    Exmenes diagnsticos (laboratorio clnico, radiografas, etc.)

    Procedimientos

  • 20

    Suministro de medicamentos

    Internacin a nivel hospitalario de baja complejidad

    Material mdico quirrgico

    Exmenes de laboratorio

    Imgenes diagnsticas

    Derechos de hospitalizacin

    Ciruga y sala de partos

    Atencin del parto de bajo riesgo vaginal

    Ligadura de Trompas de Falopio.

    3. Atencin Ambulatoria y Hospitalaria de Mayor Complejidad

    Atencin en Salud sexual y reproductiva.

    Atencin de enfermedades del metabolismo.

    Atencin de enfermedades cardiovasculares.

    Atencin de enfermedades gastrointestinales.

    Atencin de enfermedades inflamatorias.

    Atencin de enfermedades infecciosas.

    Atencin de enfermedades neurolgicas.

    Atencin de enfermedades oftalmolgicas.

    Atencin de enfermedades renales y urolgicas.

    Atencin domiciliaria requeridas por el mdico tratante.

    Atencin de enfermedades mentales cubre la hospitalizacin por

    90 das, en caso de ser mujeres o menores vctimas de violencia

    intrafamiliar cubre hasta 180 das de hospitalizacin.

    4. La Atencin de Menores de 18 aos, se establece por Ciclos Vitales

    definindolos as:

    de 0 a 6 aos;

    6 a 14 aos;

    14 a 18 aos.

    Para este grupo poblacional, el Plan de Beneficios cubre las

    tecnologas en salud para el diagnostico, tratamiento y/o

    Rehabilitacin, requeridas en la atencin de cualquier necesidad de

    salud que se presenten en la modalidad ambulatoria, hospitalaria o

    domiciliaria, segn el criterio del profesional tratante. Algunos servicios

    especiales para esta poblacin, por ciclo vital:

  • 21

    Atencin desde la etapa prenatal a menores de 6 aos.

    Cobertura de Implante Coclear a menores de 3 aos.

    Atencin en Salud Mental. Sesiones de psicoterapia individual en

    total por psiclogo y mdico especialista competentes, durante el

    ao calendario.

    Psicoterapia Ambulatoria. Para las personas menores de 6 aos

    vctimas de violencia intrafamiliar, abuso sexual, trastornos

    alimentarios como anorexia o bulimia, caso de abuso de sustancias

    psicoactivas y personas menores con discapacidad.

    Atencin con Internacin En Salud Mental. Para las personas menores

    de 6 aos vctimas de violencia intrafamiliar, abuso sexual, trastornos

    alimentarios como anorexia o bulimia, casos de abuso de sustancias

    psicoactivas y menores con discapacidad,

    Atencin desde los 6 aos a menores de 14 aos.

    Atencin en Salud Mental. Se cubre la atencin ambulatoria con

    psicoterapia individual o grupal. Para las personas de 6 aos a

    menores de 14 aos, vctimas de violencia intrafamiliar, abuso sexual,

    trastornos alimentarios como anorexia o bulimia, caso de abuso de

    sustancias psicoactivas y personas menores con discapacidad

    Psicoterapia Ambulatoria.

    Atencin con Internacin En Salud Mental.

    Atencin Para Menores De 14 Aos A Menores De 18 Aos

    Atencin en Salud Mental, Para las personas de 14 aos a menores de

    18 aos, vctimas de violencia intrafamiliar, abuso sexual, trastornos

    alimentarios como anorexia o bulimia, caso de abuso de sustancias

    psicoactivas y personas menores con discapacidad,

    Psicoterapia Ambulatoria.

    Atencin con Internacin En Salud Mental.

    La atencin para Jvenes y maternas se prestara directamente por

    Pediatra y Ginecologa sin necesidad de ser prescritos por el mdico

    general.

  • 22

    5. Atencin de Enfermedades de Alto Costo

    Trasplante renal, corazn, hgado, mdula sea y crnea.

    Manejo quirrgico de enfermedades cardiacas, de aborto torcica y

    abdominal, vena cava, vasos pulmonares y renales, incluyendo las

    tecnologas en salud de cardiologa y hemodinmia para

    diagnostico, control y tratamiento, as como la atencin hospitalaria

    de los casos de infarto agudo de miocardio.

    Manejo quirrgico para afecciones del sistema nervioso central,

    incluyendo las operaciones plsticas en crneo necesarias para estos

    casos, as como las tecnologas en salud de medicina fsica y

    rehabilitacin que se requieran, as mismo, los casos de trauma que

    afecten la columna vertebral y/o el canal raqudeo siempre que

    involucren dao o probable dao de medula y que requieran

    atencin quirrgica, bien sea por neurociruga o por ortopedia y

    traumatologa.

    Correccin quirrgica de la hernia de ncleo pulposo incluyendo las

    tecnologas en salud de medicina fsica y rehabilitacin que se

    requiera.

    Atencin de insuficiencia renal aguda o crnica, con tecnologa en

    salud para su atencin y/o las complicaciones inherentes a la misma

    en el mbito ambulatorio y hospitalario.

    Atencin integral del gran quemado. Incluye las intervenciones de

    ciruga plstica reconstructiva o funcional para el tratamiento de las

    secuelas, la internacin, fisiatra y terapia fsica.

    Pacientes infectados por VIH/SIDA.

    Pacientes con cncer.

    Reemplazos articulados.

    Internacin en Unidad de Cuidados Intensivos.

    Manejo quirrgico de enfermedades congnitas.

    Manejo del trauma mayor.

    6. Urgencias

    Se garantiza la atencin inicial de urgencias a toda la poblacin afiliada

    independientemente de la edad y para cualquier enfermedad o evento

    de salud que presente, est a tencin se garantiza en las diferentes

    Instituciones Prestadores de Servicios de Salud del Pas. Para el caso de

    los pacientes con problemas mentales se cubre la atencin inicial de

    urgencias.

  • 23

    Las atenciones subsiguiente y/o tratamiento definitivo solo ser

    garantizado por la EPS si los casos y eventos corresponden al Plan de

    Beneficios.

    7. Medicamentos

    Los afiliados tienen derecho a recibir los medicamentos incluidos en la

    Resolucin 5269 de 2017 en su anexo 1 y para tramitarlo y recibirlos,

    usted debe presentar la frmula mdica original vigente y cualquier

    documento que lo identifique tal como carn de salud y/o su

    documento de identificacin en los puntos de atencin incluidos en la

    red de la entidad.

    La cobertura de un medicamento en el Plan de Beneficios en Salud con

    cargo a la UPC est determinada por las siguientes condiciones:

    principio activo, concentracin, forma farmacutica y uso especfico en

    los casos en que se encuentre descrito en el listado de medicamentos

    del Anexo 1 de la Resolucin 5269 de 2017.

    Para la cobertura deben coincidir todas estas condiciones segn como

    se encuentren descritas en el listado.

    Los medicamentos descritos en el Anexo 1 de la Resolucin 5269 de

    2017, al igual que otros que tambin se consideren con cargo a la UPC

    Seor Afiliado recuerde

    (Artculo 16 del Decreto 2200 de 2005)

    Artculo 2.5.3.10.16. Contenido de la prescripcin. La prescripcin del

    medicamento deber realizarse en un formato el cual debe contener,

    como mnimo, los siguientes datos cuando estos apliquen:

    1. Nombre del prestador de servicios de salud o profesional de la salud

    que prescribe, direccin y nmero telefnico o direccin electrnica.

    2. Lugar y fecha de la prescripcin.

    3. Nombre del paciente y documento de identificacin.

    4. Nmero de la historia clnica.

    5. Tipo de usuario (contributivo, subsidiado, particular, otro).

    http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=16944#16
  • 24

    6. Nombre del medicamento expresado en la Denominacin Comn

    Internacional (nombre genrico).

    7. Concentracin y forma farmacutica.

    8. Va de administracin.

    9. Dosis y frecuencia de administracin.

    10. Perodo de duracin del tratamiento.

    11. Cantidad total de unidades farmacuticas requeridas para el

    tratamiento, en nmeros y letras.

    12. Indicaciones que a su juicio considere el prescriptor.

    13. Vigencia de la prescripcin.

    14. Nombre y firma del prescriptor con su respectivo nmero de registro

    profesional.

    (Artculo 17 del Decreto 2200 de 2005)

    Las frmulas de medicamentos tendrn una vigencia no inferior a

    (30) das contado a partir de la fecha de su expedicin.

    Para pacientes con patologas crnicas como Hipertensin, Diabetes

    y otras, con manejo de medicamentos su mdico tratante podr

    realizar la formular hasta por un periodo de (90) das, La EPS a travs

    de sus proveedores realizara la entrega mes a mes.

    Los medicamentos de los programas especiales estn financiados por

    el Ministerio de Salud y Proteccin Social.

    Recuerde a su mdico la formulacin del medicamento en

    presentacin genrica para evitar inconvenientes al momento

    de la entrega de su medicamento.

    8. Traslado de pacientes

    Se cubre el traslado interinstitucional a otros niveles superiores de atencin

    siempre y cuando medie la remisin de un profesional de la salud en las

    patologas cubiertas por el plan de beneficios del POS subsidiado.

    Cmo es la atencin de accidentes de trnsito?

    En caso de accidente de trnsito, la cobertura inicial es por parte de la

    pliza SOAT de los vehculos involucrados. La EPS cubre los servicios

    http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=16944#17
  • 25

    facturados despus que se sobrepasen los 800 Salarios Mnimos Legales,

    cubiertos por el seguro SOAT. La cobertura estar a cargo de la EPS siempre

    y cuando se trate de los procedimientos y actividades definidos dentro de

    la cobertura del Rgimen Subsidiado que fueron detalladas anteriormente.

    IV. UN COMPROMISO: EL AUTOCUIDADO, LA PROTECCIN Y LA

    PROMOCIN DE ESTILOS DE VIDA SALUDABLES

    ..Que Necesita como Usuario para Demandar Servicios De Salud..?

    Crear conciencia de los riesgos biolgicos, ambientales y sociales que

    afectan su salud, por tanto, mejorar las condiciones de salud de nuestros

    afiliados y mantenerlos saludables, es la misin y deber ser de la entidad,

    para ello garantizamos, un programa institucional especial denominada

    Demanda Inducida, mediante el cual directamente la entidad llega al

    domicilio del al afiliado y de la familia y/o lo contacta en los sitios de

    atencin en salud que utiliza, para crearle conciencia de sus riesgos

    biolgicos, ambientales y sociales y de esta forma canalizarle a las

    acciones en salud que requiere y a las acciones educativas, formativas y

    de informacin que le ayuden a transformar sus costumbres y prctica

    individuales y colectivas creando factores protectores para una vida

    saludable.

    Por ello, seor usuario le invitamos a participar en:

    Las actividades educativas desarrolladas a travs de los espacios y

    reuniones peridicas de aprendizajes permanentes y continuados

    programadas en su municipio y orientados a la transformacin de

    costumbres y prctica individuales de vida y estilos saludables que

    generen factores protectores para una vida sana, realizadas por el

    PIEFI, Programa de Informacin y Educacin. Este programa cuenta con

    temas enfocados al Desarrollo Humano y a la Promocin de la salud y la

    prevencin de la enfermedad, en los cuales entregamos material

    informativo como: plegables, volantes, peridico, cartillas, entre otros de

    los diferentes temas, que le ayudaran a recordar estos para fomentar su

    prctica y le facilitaran transmitir a su comunidad el conocimiento

    adquirido.

  • 26

    PARTICIPE EN ESTAS ACTIVIDADES DE CAPACITACION, APRENDERA Y

    PODRA AYUDAR A SU FAMILIA Y A SU COMUNIDAD A MANTENERSE

    SANOS

    Los Grupos de Inters en Salud - GIS, creados para reunir

    peridicamente a los afiliados con riesgos de enfermar comunes a los

    que usted puede tener. A travs de stos desarrollamos:

    a. Capacitacin y educacin en salud para evitar o mitigar el riesgo.

    b. Seguimiento y acompaamiento peridico a la prestacin de las

    acciones en salud necesarias para intervenir sus factores de riesgo,

    monitorizando y acompaando los servicios de salud que usted

    recibe.

    c. Actividades sociales, culturales, recreativas y motivacionales

    ajustadas a sus expectativas, intereses y necesidades como espacio

    de integracin con sus vecinos y otros afiliados interesados en

    prevenir el riesgo de enfermar.

    d. Conocimiento de factores protectores ambientales, culturales,

    econmicos, laborales, habitacionales, que le permitan crear en su

    diario actuar acciones protectoras de su salud y estilos de vida

    saludables y de auto cuidado para prevenir la enfermedad.

    ASISTA PERIODICAMENTE A LOS GRUPO DE INTERS GIS, QUE SEA

    CONVOCADO, RECUERDE QUE DEBEMOS MANTENER CONTROLADOS

    TODOS LOS FACTORES DE RIESGO Y ESTO REQUIERE SU COMPROMISO

    FRENTE A LAS ACTIVIDADES QUE REALIZAMOS, ASI SE MANTENDRA

    SANO

    ASISTACOMPROMETASE

    Programas Especiales de Intervencin del Riesgo

    Programa Infancia Sana

    Orientado a los nios y nias menores de 10 aos, para mantener y/o

    mejorar el estado de salud, en el ambiente en el que se desarrollan

    diariamente: hogar, escuela o colegio, barrio, etc.; as como el refuerzo

    de los lazos de confianza, responsabilidad y afecto previniendo toda

    forma de maltrato infantil.

  • 27

    Programa Jovenes Para Jovenes

    Creado especialmente para los y las jvenes entre los 11 y los 29 aos,

    est orientado a promover el desarrollo de actitudes, comportamientos y

    habilidades para la vida, a travs del autoconocimiento, la autoestima,

    la comunicacin y la adecuada convivencia entre los grupos de

    pertenencia.

    Programa Salud Femenina

    Orientado a las mujeres desde los 15 y hasta los 49 aos de edad, para

    la proteccin de la salud femenina mediante la implementacin de

    acciones de reconocida eficacia en la prevencin de lesiones

    cancerosas invasivas y en la promocin del uso de mtodos de

    planificacin familiar.

    Programa Mujer Gestante

    Busca disminuir la incidencia de complicaciones relacionadas con el

    embarazo, parto y postparto, a travs de la intervencin temprana de

    factores de riesgo mejorando as las condiciones de salud del binomio

    madre e hijo.

    Programa Adulto Sano

    Dirigido a hombres y mujeres adultos, y est orientado al manejo

    adecuado de las enfermedades crnicas no transmisibles como la

    Hipertensin Arterial y la Diabetes Mellitus y de las complicaciones

    derivadas de estas como es la Enfermedad Renal Crnica.

    RECUERDE como afiliado a ECOOPSOS EPS SAS usted recibe en forma

    permanente en nuestras oficinas, en las IPS o directamente en su domicilio o

    espacios comunitarios, a travs de nuestro equipo de gestores en salud:

    Informacin y orientacin sobre las actividades de proteccin

    especfica y deteccin temprana que segn su edad y sexo debe

    recibir y la forma de acceder a estas, garantizando la intervencin

    preventiva de los riesgos de enfermar.

    Educacin y capacitacin promocionando el desarrollo individual e

    integral por ciclo vital y la adopcin de estilos de vida saludable.

  • 28

    Canalizacin a los servicios de Proteccin Especfica, Deteccin

    Temprana contratadas con las IPS, en los diferentes momentos de

    contacto de usted con la entidad (oficina, IPS, jornadas extramurales

    en su comunidad, espacios de participacin comunitaria y visitas

    domiciliarias)

    Participacin en espacios municipales de comunicacin de alto

    impacto que permitan un contacto con otros grupos de poblacin,

    que puedan recibir y multiplicar la informacin referente a

    actividades, procedimientos e intervenciones de proteccin

    especfica y deteccin temprana.

    Cules son los Servicios de Proteccin Especfica y Deteccin Temprana?

    Los promotores de demanda inducida y atencin primaria de nuestra

    Entidad, realizan en cada contacto con usted canalizacin a estos

    programas, de acuerdo al ciclo vital, djese convencer y asista a los

    controles que ellos le indiquen, as:

    Recin Nacidos

    Control mdico a las 72 horas de nacido del menor.

    Nios y Nias de 0 a 10 aos:

    Programa de vacunacin segn esquema PAI.

    Programa de Crecimiento y Desarrollo

    Tamizaje de salud visual (para nios y nias de 4 aos)

    Programa de salud oral

    Jvenes entre los 11 y 29 aos

    Programa Deteccin de alteraciones del joven

    Programa de Salud oral

    Tamizaje visual (para jvenes de 11 y 16 aos)

    Mujeres menores de 25 aos y hasta los 69 aos:

    Canalizacin a toma de citologa vaginal

    Mujeres en edad frtil:

    Programa de vacunacin segn esquema PAI

    Programa de Planificacin familiar

  • 29

    Programa de Control Prenatal

    Control a los 8 das posparto

    Adultos mayores de 45 aos

    Programa de Planificacin familiar

    Programa Deteccin de alteraciones del adulto

    Toma de mamografa (para usuarias de 50 y mas aos)

    Tamizaje visual (adultos de 45, 55, 60, 65 aos y mas)

    Cules son los eventos de Inters en Salud Pblica?

    A continuacin mencionamos algunos eventos de inters en salud pblica

    a los cuales se realiza seguimiento y vigilancia:

    Eventos Inmunoprevenibles

    Parlisis flcida aguda (PFA)

    Sarampin/Rubola, y Sndrome de Rubola Congnita (SRC)

    Parotiditis

    Ttanos neonatal

    Ttanos accidental

    Tos ferina y difteria

    Varicela

    Eventos supuestamente atribuidos a la inmunizacin (ESAVI)

    Meningitis Bacteriana Aguda

    Enfermedades respiratorias

    Infeccin respiratoria aguda

    Infeccin respiratoria aguda grave inusitada

    Eventos por Micobacterias

    Tuberculosis Y Tuberculosis Farmacorresistente

    Lepra

    Enfermedades Transmitidas Por Vectores (ETV) y zoonosis

    Fiebre Amarilla

    Malaria

    Dengue

  • 30

    Chikungua

    Zika

    Leishmaniasis cutnea, mucosa y visceral

    Enfermedad de Chagas

    Infecciones De Transmisin Sexual (ITS)

    VIH/SIDA

    Sfilis gestacional y congnita

    Hepatitis B y C

    ZOONOSIS

    Rabia

    Accidente ofdico

    Leptospirosis

    Encefalitis

    Otros eventos de zoonosis

    Enfermedades vehiculizadas por agua y/o alimentos

    Enfermedad diarreica aguda en menores de 5 aos

    Enfermedades transmitidas por alimentos (ETA)

    Fiebre tifoidea/paratifoidea

    Clera

    Hepatitis A.

    Intoxicaciones

    Eventos de Maternidad Segura

    Mortalidad materna

    Mortalidad perinatal y neonatal tarda

    Morbilidad materna extrema (MME).

    Enfermedades Crnicas no Transmisibles

    Cncer en menores de 18 aos

    Hipotiroidismo congnito

    Defectos Congnitos

    Lesiones por plvora

    Exposicin al Fluor

    Violencia de Gnero

    Enfermedades Hurfanas Raras

  • 31

    Intento de suicidio

    Vigilancia Nutricional

    Bajo peso al nacer a trmino

    Desnutricin en menores de 5 aos.

    V. LOS SERVICIOS NO SON INFINITOS, PROTEJAMOS LOS RECURSOS

    Exclusiones y Limitaciones del Plan de Beneficios

    As como, un nmero importante de actividades estn cubiertas en el

    Rgimen Subsidiado (Resolucin 5269 de 2017), existen algunos servicios

    de salud que no se encuentran dentro del Plan de Beneficios tales como:

    Tecnologas cuya finalidad no sea la promocin de la salud, prevencin,

    diagnstico, tratamiento, rehabilitacin o paliacin de la enfermedad.

    Tecnologas de carcter educativo, instructivo o de capacitacin, que

    no corresponden al mbito de la salud aunque sean realizadas por

    personal del rea de la salud.

    Servicios no habilitados en el sistema de salud, as como la internacin en

    instituciones educativas, entidades de asistencia o proteccin social tipo

    hogar geritrico, hogar sustituto, orfanato, hospicio, guardera o granja

    protegida, entre otros.

    Cambios de lugar de residencia o traslados por condiciones de salud, as

    sean prescritas por el mdico tratante.

    Servicios y tecnologas en salud conexos, as como las complicaciones

    que surjan de las atenciones en los eventos y servicios que cumplan los

    criterios de no financiacin con recursos del SGSSS sealados en el

    artculo 154 de la Ley 1450 de 2011.

    Cmo acceder a los servicios de salud NO contemplados en el Plan de

    Beneficios?

    Existen algunos servicios de salud no incluidos en el Plan de beneficios y por

    tanto, se le denominan TECNOLOGIAS NO POS, estos pueden ser

    medicamentos, procedimiento o servicios, cuya prestacin se encuentran

    bajo la responsabilidad de los Entes Territoriales Departamentales de

    acuerdo a modelos definidos por la Resolucin 1479 de 2015 y adoptado

    por cada uno de los Entes.

  • 32

    Por tanto, seor usuario, si pertenece al Rgimen Subsidiado, una vez el

    mdico le prescriba los servicios y/o medicamentos NO incluidos en el Plan

    de Beneficios, Usted debe dirigirse a las Oficinas de Atencin al Usuario de

    manera Inmediata (cuenta con un plazo mximo de 3 das hbiles) y

    entregar los siguientes soportes:

    Orden medica vigente y legible, expedida por el mdico tratante.

    Justificacin NO POS vigente y legible, expedida por el mdico

    tratante.

    Evolucin, Reporte de consulta, Epicrisis y/o Historia Clnica legible,

    expedida por el mdico tratante.

    Con los soportes correctamente diligenciados y completos, el Comit

    Tcnico Cientfico, conformado por un mdico, un representante de los

    usuarios y un representante de las IPS, evaluar el caso y generara una

    respuesta dentro de los 2 das hbiles siguientes a la solicitud.

    Transcurridos los dos (2 das hbiles), usted debe acercarse a la oficina

    donde radic su solicitud, para ser notificado de la respuesta por parte de

    CTC, la cual puede ser (APROBACIN Y/O NEGACION) segn Criterios de la

    Normatividad Vigente (Resolucin 5395 de 2013 Titulo II)

    En caso de ser Aprobada la solicitud, y su departamento de carnetizacin

    es Cundinamarca, Usted debe dirigirse con el Acta de CTC a la Secretaria

    de Salud Municipal donde le informaran la direccin del proveedor de

    medicamentos ms cercano o la IPS que realizara el procedimiento.

    Usuarios carnetizados en los Departamentos de Antioquia, Boyac, Huila y

    Norte de Santander una vez aprobada la solicitud, le harn entrega del

    Acta de CTC y le informaran la fecha y el proveedor que entregara los

    medicamentos o la IPS donde le ser realizado el procedimiento.

    Si su lugar de carnetizacin corresponde al Departamento de Tolima

    deber radicar la Orden medica, Justificacin NO POS, Evolucin, y/o

    Historia Clnica, expedida por el mdico tratante vigentes y legibles, ante el

    Hospital de la red pblica de I y II Nivel ms cercana a su sitio de

    residencia, donde le realizaran entrega del Medicamento o le informaran la

    IPS que realizara el procedimiento.

    En caso de pertenecer al Rgimen Contributivo, el mdico le entregara un

    documento como este, para ser radicado en las oficinas de ECOOPSOS EPS

    S.A.S

  • 33

    Si tiene alguna inquietud dirjase a nuestras oficinas de informacin y

    atencin al usuario consignadas en sta cartilla o acrquese a las oficinas

    departamentales que a continuacin relacionamos:

    ENTE DEPARTAMENTAL

    DEPARAMENTO

    CIUDAD DIRECCIN PAGINA WEB

    Antioquia Medelln Calle 42B No. 52-106 www.antioquia.gov.co

    Boyac Tunja Calle 20 No. 9 - 90 Casa de la Torre www.boyaca.gov.co

    Cundinamarca Bogot Calle 26 No 51-53 www.cundinamarca.gov.co

    Huila Neiva Carrera 4 Calle 8 esquina www.gobernacionhuila.gov.co

    Norte de Santander San Jos de Ccuta Avenida 5 Calle 13 y 14 Esquina; Ccuta www.nortedesantander.gov.co

    Tolima Ibagu Carrera 3a. Entre calles 10A y 11 www.tolima.gov.co

    Causales de negacin de tecnologas No Cubiertas por el Plan de

    Beneficios.

    De acuerdo a lo definido en la Resolucin 5395 de 2013, la solicitud

    adelantada por usted podr ser negada por las siguientes causas:

    Ilegibilidad en alguno de los documentos.

    Falta de Orden mdica.

    Tecnologa solicitada sin justificacin mdica.

    Error en las cantidades prescritas en nmeros y/o letras.

    http://www.antioquia.gov.co/http://www.boyaca.gov.co/http://www.cundinamarca.gov.co/http://www.gobernacionhuila.gov.co/http://www.nortedesantander.gov.co/http://www.tolima.gov.co/
  • 34

    Identificacin ilegible o no concordante en los soportes clnicos

    entregados.

    Exclusin de la tecnologa dentro del Plan de Beneficios.

    o Tecnologas cuya finalidad no sea la promocin de la salud,

    prevencin, diagnstico, tratamiento, rehabilitacin o paliacin de la

    enfermedad.

    o Tecnologas de carcter educativo, instructivo o de capacitacin,

    que no corresponden al mbito de la salud aunque sean realizadas

    por personal del rea de la salud

    o Servicios no habilitados en el sistema de salud, as como la internacin

    en instituciones educativas, entidades de asistencia o proteccin

    social tipo hogar geritrico, hogar sustituto, orfanato, hospicio,

    guardera o granja protegida, entre otros.

    o Cambios de lugar de residencia o traslados por condiciones de salud,

    as sean prescritas por el mdico tratante.

    o Servicios y tecnologas en salud conexos, as como las complicaciones

    que surjan de las atenciones en los eventos y servicios que cumplan

    los criterios de no financiacin con recursos del SGSSS sealados en el

    artculo 154 de la Ley 1450 de 2011.

    o Servicios y tecnologas que no sean propiamente del mbito de la

    salud o que no se puedan configurar como determinantes sociales

    de salud conforme al artculo 9 de la Ley 1751 de 2015.

    VI. NUESTROS DERECHOS EN SALUD COMPROMISO Y RESPONSABILIDAD

    DE TODOS

    DERECHOS DE AFILIADOS, COTIZANTES Y BENEFICIARIOS

    Los afiliados del Sistema General de Seguridad Social en Salud en Colombia

    independientemente a su condicin de cotizantes, beneficiarios o afiliados

    subsidiados tienen una serie de derechos definidos normativa y

    constitucionalmente, que deben ser acatados y respetados por todos los

    actores del sistema independientemente del Rgimen de Salud al que se

    pertenezcan o al estado de la afiliacin que se tenga.

  • 35

    CONOZCAMOS NUESTROS DERECHOS

    DE TODA PERSONA FRENTE A LOS SERVICIOS DE SALUD

    Derecho al Acceso a los servicios de salud

    Todo afiliado o paciente tiene derecho a que las EPS y las IPS les garanticen

    acceso a los servicios de salud, sin restricciones por motivos de raza, sexo,

    edad, idioma, religin, opiniones polticas o de cualquier ndole, origen

    social, posicin econmica o condicin social tiene derecho a:

    Acceder, en condiciones de calidad y oportunidad y sin restriccin a

    las actividades, procedimientos, intervenciones, insumos y

    medicamentos incluidos en el Plan de Beneficios.

    Acceder a las actividades procedimientos, intervenciones, insumos y

    medicamentos no incluidos en el plan de beneficios y que sean

    requerido con necesidad.

    Ninguna barrera, ni obstculos que impidan su utilizacin y si es

    necesario la presencia y soporte de un acompaante para acceder

    al servicio, este traslado debe garantizarse.

    Acceder a las pruebas de exmenes diagnsticos indispensables para

    determinar si requiere o no un servicio de salud.

    A que la entidad promotora de salud autorice los servicios que

    requiera y aquellos que requiera con necesidad, incluso si no se

    encuentran en el plan obligatorio de salud. El acceso a los servicios de

    salud, debe ser oportuno, de calidad y eficiente.

    Acceder a los servicios y tecnologas de salud, que le garanticen una

    atencin integral, oportuna y de alta calidad.

    Recibir proteccin especial cuando se padecen enfermedades

    catastrficas o de alto costo. Esto implica el acceso oportuno a los

    servicios de salud y la prohibicin de que bajo ningn pretexto se

    pueda dejar de atender a la persona, ni pueda cobrrsele copagos.

  • 36

    Especificaciones muy precisas sobre cul es la institucin prestadora

    de servicios de salud que tiene la obligacin de realizar las pruebas

    diagnsticas requeridas.

    Acompaamiento para obtener una cita con un especialista y

    durante el proceso de solicitud del servicio, con el fin de asegurar el

    goce efectivo de sus derechos.

    No condicionar la prestacin de los servicios a pago de sumas de

    dinero cuando carece de la capacidad econmica para sufragarlas.

    No tener obstculos burocrticos y trmites administrativos que

    demoran irrazonablemente el acceso a un servicio de salud.

    Respeto a la voluntad de aceptar o rechazar la donacin de sus

    rganos para que sean trasplantados a otros enfermos.

    Morir con dignidad y respetando la voluntad de permitir que el

    proceso de la muerte siga su curso natural en la fase terminal de su

    enfermedad.

    Acceder a los servicios de salud sin que la Entidad Promotora De Salud

    pueda imponer como requisito de acceso a un servicio de salud el

    cumplimiento de cargas administrativas propias de la Entidad.

    Toda persona tiene derechos a que su Entidad Promotora De Salud

    autorice y tramite internamente los servicios de salud ordenados por

    su mdico tratante, pudiendo ste iniciar dicho trmite; incluyendo

    aquellos servicios de salud que no se encuentren en el Plan de

    Beneficios.

    Recibir la atencin de urgencias que sea requerida con la

    oportunidad que su condicin amerite sin que sea exigible

    documento o cancelacin de pago previo alguno, ni sea obligatoria

    la atencin en una institucin prestadora de servicios de salud de la

    red definida por la entidad promotora de salud.

    Los pagos moderados no pueden constituir barreras de acceso a los

    servicios de salud para las personas que no tienen la capacidad

    econmica de acuerdo con la estratificacin socioeconmica de

    soportar el pago del mismo.

  • 37

    Recibir los servicios de salud en condiciones de habitabilidad, higiene,

    seguridad y respeto a su intimidad.

    Recibir la valoracin cientfica y tcnica por parte de la entidad

    promotora de salud, cuando del concepto mdico externo de un

    profesional de la salud reconocido, se considere que la persona

    requiera dicho servicio.

    Acceder a los bienes y servicios de salud con continuidad. El acceso

    a un mejor servicio debe ser continuo y en ningn caso puede ser

    interrumpido sbitamente.

    Presentar para la verificacin de derechos nicamente el documento

    de identidad o cualquier otro mecanismo tecnolgico que permita

    demostrar el derecho. No podr exigirse al afiliado, copia, fotocopia

    o autenticaciones de ningn documento.

    Acceder a los servicios de salud de acuerdo con el principio de

    integralidad, garantizando la oportunidad, calidad y eficiencia de

    todos ellos.

    Derecho a la Proteccin especial a nias y nios.

    Proteccin especial a nias y nios que acceden a los servicios de salud,

    para conservar su vida, su dignidad y su integridad, as como para

    desarrollarse armnica e integralmente, estn especialmente protegidos,

    entendindose por nia o nio, toda persona menor de 18 aos, las cuales

    tienen los siguientes derechos:

    Que la EPS que lo afilie incluya en los servicios que le cubre:

    educacin, informacin, fomento de la salud, promocin y

    prevencin, diagnstico, tratamiento y rehabilitacin de la

    enfermedad en los diferentes niveles de complejidad; as como el

    suministro de medicamentos esenciales en su denominacin genrica

    de acuerdo con los contenidos del Plan de Beneficios.

    Que se le preste asistencia mdica durante todo el proceso de su

    enfermedad de acuerdo con los contenidos del Plan de Beneficios.

    Tener el concepto cientfico del mdico tratante, de la IPS

    encargada de garantizar la prestacin del servicio, como el principal

    criterio para establecer si se requiere un servicio de salud.

    Que la IPS tratante, escuche el concepto diferente de un mdico

    tratante del afiliado no adscrito a la entidad, y que su orden mdica,

  • 38

    conceptos y valoracin sea aceptada como la del mdico tratante

    si en el pasado la institucin la haba aceptado.

    Que el mdico tratante solicite al Comit Tcnico Cientfico, la

    autorizacin de los servicios de salud no incluidos dentro del plan de

    beneficios respectivo.

    Que las entidades encargadas de garantizarle el acceso a los

    servicios de salud EPS acten con base en la informacin oficial que

    de ellos se cuente en el Sistema de Salud, la cual ha de ser veraz y

    actual.

    Recibir atencin por eventos de accidentes de trnsito, catastrficos

    y terroristas, cuando se hayan agotado las coberturas del SOAT y/o

    FOSYGA, siempre y cuando estn incluidos en el Plan de Beneficios y

    en las condiciones de ste.

    Que en virtud del principio de integralidad, los usuarios reciban la

    atencin y el tratamiento completo, segn lo prescrito por el mdico

    tratante.

    No ser discriminado cuando se trate de procedimientos o

    medicamentos excluidos del Plan de Beneficios.

    Ser notificado previamente por la IPS tratante de las tarifas que

    aplican para los medicamentos, las cuales no podrn ser superiores

    en ms de un treinta por ciento (30%), de aquellas que la institucin

    aplica en promedio ponderado a las entidades aseguradoras que

    den cobertura a esta clase de servicios.

    Recibir atencin de urgencias en todo el territorio nacional y desde el

    primer da de afiliacin a la EPS.

    Que la atencin inicial de urgencias, incluya todas aquellas acciones

    realizadas a una persona con patologa de urgencia, tales como:

    - Las actividades, procedimientos e intervenciones necesarios para

    la estabilizacin de sus signos vitales;

    - La realizacin de un diagnstico de impresin;

    - La definicin del destino inmediato de la persona con la patologa

    de urgencia tomando como base el nivel de atencin y el grado

    de complejidad de la entidad que realiza la atencin inicial de

    urgencia, al tenor de los principios ticos y las normas que

    determinan las acciones y el comportamiento del personal de

    salud.

    Derecho a la libre escogencia:

    El afiliado tiene derecho a elegir libremente el asegurador, el mdico y en

    general los profesionales de la salud, como tambin a las instituciones de

  • 39

    salud que le presten la atencin requerida dentro de la oferta disponible,

    en desarrollo de ello, tiene derecho a:

    Los cambios en la oferta de prestadores por parte de las entidades

    promotoras de salud no podrn disminuir la calidad o afectar la

    continuidad en la provisin del servicio y debern contemplar

    mecanismos de transicin para evitar una afectacin de la salud del

    usuario.

    Dicho cambio no podr eliminar alternativas reales de escogencia

    donde haya disponibilidad. Las eventuales limitaciones deben ser

    racionales y proporcionales.

    Solicitar cambio de IPS donde recibe los servicios, para realizar este

    trmite puede acercarse a la Oficina de atencin al usuario de su

    municipio y pedir al promotor que diligencie el formulario de solicitud de

    cambio de IPS. Dicha novedad ser aplicada por nuestra entidad al

    comienzo del mes siguiente de su solicitud.

    Desvincularse de aquellas entidades que no garantizan

    adecuadamente el goce efectivo de su derecho a la salud

    Trasladarse a aquellas que demuestren que estn prestando los servicios

    de salud con idoneidad, oportunidad y calidad.

    Derecho al Reconocimiento de reembolsos:

    El afiliado a la seguridad social tiene derecho a acceder al

    reconocimiento de reembolsos a las tarifas que tenga establecidas el

    Ministerio de la Proteccin Social para el sector pblico, de los gastos

    hechos por ste, en casos de atencin de urgencias cuando sea atendido

    en una IPS que no tenga contrato con la respectiva EPS o cuando haya

    sido autorizado expresamente por la EPS, para una atencin especfica y en

    caso de incapacidad, imposibilidad, negativa injustificada o negligencia

    demostrada de la EPS. En todos los casos:

    La solicitud de reembolso debe efectuarse dentro de los 15 das

    siguientes al alta del paciente y debe ser pagada por la EPS en los

    treinta (30) das siguientes a su presentacin.

  • 40

    El solicitante debe adjuntar original de las facturas, certificacin por

    un mdico de la ocurrencia del hecho y de sus caractersticas y

    copia de la historia clnica del paciente.

    La EPS no est obligada a hacer reconocimientos econmicos ni

    asumir ninguna responsabilidad, por atenciones no autorizadas por

    profesionales, personal o instituciones no contratadas o adscritas.

    Para el caso de los Afiliados al Rgimen Contributivo, estos tienen

    derecho a recibir las prestaciones econmicas por licencia o

    incapacidad, an ante la falta de pago o cancelacin extempornea

    de las cotizaciones cuando la Entidad Promotora De Salud no haya

    hecho uso de los diferentes mecanismos de cobro que se encuentran a

    su alcance para lograr el pago de los aportes.

    Derecho a la Informacin:

    Toda persona tiene derecho a la informacin, y por tanto, el usuario tiene

    derecho como mnimo a lo siguiente:

    Solicitar y recibir antes del momento de la afiliacin, informacin sobre

    las opciones de afiliacin con las que cuenta y el desempeo de cada

    una de estas instituciones.

    Obtener informacin especfica sobre los servicios que presta la EPS y

    aquellos que cubre y que no cubre.

    Recibir informacin detallada sobre la forma y procedimientos que

    deben observarse para el acceso a los servicios de salud que le

    corresponde segn el plan de servicios que le corresponde.

    Contar con informacin actualizada sobre la red de prestadores

    contratada por la entidad y a la cual puede acceder.

    Obtener de los funcionarios de la entidad la informacin e instrucciones

    adecuadas sobre asuntos, acciones y prcticas conducentes a la

    promocin y conservacin de su salud personal y de la de los miembros

    de su hogar.

  • 41

    Gozar de absoluta confidencialidad en su relacin con los datos

    registrados en su afiliacin, en los procesos de autorizacin y en su

    historia clnica.

    La historia clnica sea tratada de manera confidencial y reservada y que

    nicamente pueda ser conocida por terceros, previa autorizacin del

    paciente o en los casos previstos en la ley, y a poder consultar la

    totalidad de su historia clnica en forma gratuita y a obtener copia de la

    misma.

    Garantizar que se le preste durante todo el proceso de la enfermedad,

    asistencia de calidad por trabajadores de la salud debidamente

    capacitados y autorizados para ejercer.

    Recibir la provisin y acceso oportuno a las tecnologas a los

    medicamentos requeridos.

    A la intimidad. Se garantiza la confidencialidad de toda la informacin

    que sea suministrada en el mbito del acceso a los servicios de salud y

    de las condiciones de salud y enfermedad de la persona, sin perjuicio de

    la posibilidad de acceso a la misma por los familiares en los evento

    autorizados por la ley o las autoridades en la condiciones que esta

    determine.

    Acceder a los servicios de salud sin que se le trasladen cargas

    administrativas y burocrticas que le corresponde asumir a los

    encargados o intervinientes en la prestacin del servicio.

    Recibir informacin sobre los canales formales para presentar

    reclamaciones, quejas, sugerencias y en general, para comunicarse con

    la administracin de las instituciones, as como a recibir una respuesta

    por escrito y oportuna.

    Conocer previamente en caso de desafiliacin, la causa de sta,

    mediante comunicacin escrita, en la cual se precisen las razones, la

    fecha a partir de la cual se har efectiva la medida y los trmites que

    debe adelantar, en caso de no considerar adecuada la informacin

    empleada y/o estar en desacuerdo con esta.

    Solicitar, revisar y recibir explicaciones o rendicin de cuentas acerca de

    los costos por los tratamientos, de los servicios obtenidos.

  • 42

    Recibir informacin sobre el monto de los copagos y cuotas

    moderadoras correspondientes al nivel del cotizante.

    Disfrutar y mantener una comunicacin plena y clara con el personal de

    la salud, apropiada a sus condiciones sicolgicas y culturales y, en caso

    de enfermedad, estar informando de los procedimientos y tratamientos

    que se le vayan a practicar y el pronstico y riesgo que dicho

    tratamiento conlleve.

    Recibir por escrito, el prestador de servicios de salud, las razones por las

    cuales el servicio no ser prestado, cuando se presenta dicha situacin.

    Toda persona tiene derecho a que las entidades promotoras de salud o

    autoridades pblicas no obligadas a autorizar un servicio de salud

    solicitado, adopten las medidas adecuadas para, por lo menos:

    (a) suministrar la informacin que requiera para saber cmo funciona

    el sistema de salud y cules son sus derechos,

    (b) entregarle al afiliado por escrito las razones por las cuales no se

    autoriza el servicio,

    (c) indicar especficamente cual es la institucin prestadora de

    servicios de salud que tiene la obligacin de realizar las pruebas

    diagnosticas que requiere y una cita con un especialista, y

    (d) acompaarla durante el proceso de solicitud del servicio, con el

    fin de asegurar el goce efectivo de sus derechos.

    Derecho de participacin en los servicios de salud:

    Toda persona tiene el derecho y la obligacin de participar en los servicios

    de salud y por tanto debe:

    Mantener la confidencialidad y secreto de su informacin clnica, sin

    perjuicio de la posibilidad de acceso a la historia con su autorizacin

    o por parte de las autoridades competentes en las condiciones que

    la ley determine.

    Afiliarse al sistema general de seguridad social en salud, en condicin

    de afiliado al Rgimen Contributivo o al Rgimen Subsidiado y otros

    temporalmente estarn como vinculados hasta tanto se afilien a uno

    u otro.

    Acceso al servicio de salud de la manera en que le corresponda

  • 43

    segn el sistema de salud al que se encuentre vinculado

    Participar individual o colectivamente como usuarios de los servicios,

    a travs de la asociacin, la representacin y la veedura, tanto de

    las entidades rectoras del sistema, como de las EPS y las IPS.

    Derecho al Buen Trato

    El afiliado tiene el derecho a recibir un trato digno en el acceso a servicios

    de salud que respete sus creencias y costumbres, su intimidad, as como las

    opciones personales que tenga sobre los procedimientos, sin recibir trato

    discriminatorio.

    A no ser sometido en ningn caso a tratos crueles o inhumanos que afecten

    su dignidad, ni a ser obligados a soportar sufrimiento evitable, ni obligados a

    padecer enfermedades que pueden recibir tratamiento.

    Derechos a la Afiliacin a los Regmenes Subsidiado y Contributivo:

    Para el proceso de seleccin de beneficiarios y afiliacin al Rgimen

    Subsidiado o Contributivo de Salud, se tiene como derechos los siguientes:

    Mantener el ncleo familiar en la misma EPS el cual est constituido por:

    - El cnyuge o compaera(o) permanente.

    - Los hijos menores de 18 aos de cualquiera de los dos cnyuges o

    compaera(o) permanente.

    - Los hijos mayores de 18 aos de cualquiera de los dos cnyuges o

    compaera(o) permanente con incapacidad permanente

    certificada en los trminos de la Ley 100 de 1993.

    - Los hijos mayores entre los 18 y 25 aos cuando sean estudiantes con

    una intensidad de por los menos 20 horas semanales y dependan

    econmicamente del cabeza del ncleo familiar.

    - Los nietos de cualquiera de los dos cnyuges o compaera(o)

    permanente que sean hijos de menores de 18 aos o de menores de

    25 aos estudiantes con una intensidad de por los menos 20 horas

    semanales y que dependan econmicamente del cabeza del ncleo

    familiar, es decir que reciban de otra los medios necesarios para su

    subsistencia.

    - Los menores que vivan en el mismo hogar de acuerdo con la ficha

  • 44

    SISBEN a cargo de cualquiera de los dos cnyuges o compaera(o)

    permanente o bajo proteccin de la familia.

    Cuando existan otros miembros del grupo familiar distintos de los

    contemplados en este listado, estos constituirn otros ncleos familiares

    y continuarn afiliados siempre y cuando mantengan las condiciones

    para pertenecer al Rgimen Subsidiado de Salud.

    Cuando el afiliado cabeza de familia ingrese al Rgimen Contributivo

    como beneficiario, los dems miembros del ncleo familiar que se

    encuentren afiliados al Rgimen Subsidiado de Salud y que no renan

    las condiciones para ser afiliados al Rgimen Contributivo, continuarn

    como beneficiarios del Rgimen Subsidiado de Salud de forma

    individual o podrn conformar un nuevo grupo familiar con otro cabeza

    de familia.

    Cuando uno de los cnyuges o compaero permanente ingrese al

    Rgimen Contributivo como cotizante, los dems miembros del ncleo

    familiar del Rgimen Subsidiado, pasarn a formar parte del ncleo

    familiar del Rgimen Contributivo.

    Toda persona tiene derecho a:

    - Afiliarse sin sujecin a la aplicacin de preexistencias dentro del Plan

    de Beneficios.

    - No ser sometida al otorgamiento de incentivos para lograr su

    renuncia a la EPS,

    - No admitir discriminacin en su afiliacin por causa de su estado

    previo, actual o potencial de salud y utilizacin de servicios,

    - No permitir que la EPS le termine unilateralmente su afiliacin ni que

    niegue la de quien desee afiliarse.

    - Recibir un carn que lo identifique como afiliado de la EPS, el cual

    ser su documento de identificacin y tendr validez mientras

    permanezca afiliado a la entidad.

    DERECHOS COMO PACIENTES CONOCELOS Y EXIGELOS

    Derecho a la Atencin Mdica de Buena Calidad

    Toda persona tiene derecho, sin discriminacin, a:

  • 45

    Una atencin mdica apropiada.

    Ser atendido por un mdico que tenga libertad para dar una opinin

    clnica y tica, sin ninguna interferencia exterior.

    Recibir durante todo el proceso de la enfermedad, la mejor asistencia

    mdica disponible, respetando los deseos del paciente, incluso en el

    caso de enfermedad irreversible.

    Mantener una comunicacin plena, permanente, expresa y clara

    con el profesional de la salud tratante.

    Atencin mdica y de los mdicos con la calidad, aceptando estos

    la responsabilidad de ser los guardianes de la calidad de los servicios

    mdicos.

    Una seleccin justa de los tratamientos particulares de intervencin

    limitada, basada en criterios mdicos, sin discriminacin.

    Atencin mdica continuada, una vez el servicio de salud haya sido

    iniciado.

    Recibir una segunda opinin por parte de un profesional de la salud

    en caso de duda.

    El mdico tiene la obligacin de:

    Agotar las posibilidades razonables de tratamiento efectivo para la

    superacin de su enfermedad y a recibir, durante todo el proceso de

    la enfermedad, la mejor asistencia mdica disponible por personal de

    la salud debidamente competente y autorizada para su ejercicio.

    Cooperar para la coordinacin de la atencin mdicamente

    indicada, con otro personal de salud que trate al paciente.

    No discontinuar el tratamiento de un paciente mientras se necesite

    ms tratamiento indicado mdicamente, sin proporcionar al

    paciente ayuda razonable y oportunidad suficiente para hacer los

    arreglos alternativos para la atencin.

    Derecho a la libertad de eleccin

    El paciente tiene derecho a:

  • 46

    Elegir o cambiar libremente su mdico y hospital o institucin de

    servicio de salud, sin considerar si forman parte del sector pblico o

    privado.

    Solicitar la opinin de otro mdico en cualquier momento.

    Derecho a la autodeterminacin

    El paciente tiene derecho a:

    La autodeterminacin y toma decisiones libremente con relacin a

    su persona, para lo cual, el mdico debe informar al paciente las

    consecuencias de su decisin.

    Dar o negar su consentimiento para cualquier examen, diagnstico o

    terapia.

    Tener la informacin necesaria para tomar sus decisiones, por lo cual

    el profesional de la salud, debe explicar claramente al paciente cul

    es el propsito de todo examen o tratamiento y cules son las

    consecuencias de no dar su consentimiento.

    Negarse a participar en la investigacin o enseanza de la medicina.

    Aceptar o rechazar procedimientos, por si mismo o, en caso de

    inconsciencia, incapacidad para decidir o minora de edad, por sus

    familiares o representantes, dejando expresa constancia en lo posible

    escrita de su decisin.

    Ser respectado en su voluntad de participar o no en investigaciones

    realizadas por personal cientficamente calificado, siempre y cuando

    se le haya informado acerca de los objetivos, mtodos, posibles

    beneficios, riesgos previsibles e incomodidades que el proceso

    investigativo pueda implicar.

    Ser respetado en su voluntad de aceptar o rehusar la donacin de sus

    rganos para que estos sean trasplantados a otros enfermos, de

    conformidad con la ley.

    Morir con dignidad y respeto de su voluntad de permitir que el

    proceso de la muerte diga su curso natural en la fase terminal de su

    enfermedad.

    Derecho del Paciente inconsciente

    Si el paciente est inconsciente o no puede expresar su voluntad, se debe:

  • 47

    El derecho a que los familiares o representantes, en caso de

    inconsciencia, incapacidad para decidir o minora de edad del

    paciente, consientan o rechacen procedimientos o tratamientos. Los

    profesionales de la salud, los progenitores y los tutores o curadores

    promovern la adopcin de decisiones autnomas por parte de los

    menores de edad.

    Obtener el consentimiento de un representante legal, cuando sea

    posible y cuando sea legalmente pertinente.

    Si no es posible y se necesita urgente una intervencin mdica, se

    debe suponer el consentimiento del paciente, a menos que sea

    obvio y no quede la menor duda que ste rechazara la