Guia estado y gobierno

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GUIA SOBRE SOBERANÍA Y ESTADO (FUENTE: http://www.rena.edu.ve/cuartaEtapa/premilitar/Tema1.html) PROFESORA: MARJORIE REYES SEMINARIO III La Soberanía y el Estado son los elementos más representativos del Poder del Estado, y dicho poder se ve reflejado en una

serie de instituciones sin las cuales sería impensable concebir al Estado, y por ende lo que conocemos como sistema

democrático. Esta sección hace un estudio detallado de cada una de esas instituciones y su importancia.

El Estado y sus elementos integradores

El presente tema tiene por objeto dar a conocer la concepción contemporánea de Estado y sus elementos integradores,

lo que permite establecer diferencias entre cada uno de ellos. Ya que el Estado y la Soberanía son los elementos más

representativos del Poder Estadal, pero sin la existencia del Estado no podría concebirse ni la Soberanía ni ninguna de las

unidades que se tratan a continuación.

El Estado

A lo largo de la historia del Derecho Constitucional y del desarrollo de las teorías políticas ha sido difícil establecer una

definición única de lo que representa el Estado. Sin embargo, muchas o la mayoría de las definiciones convergen en que

es una "organización social" con características particulares que permiten diferenciarlo de las demás organizaciones.

Características del Estado: El Estado como una organización social presenta una serie de características que lo diferencian

claramente y le dan su significación, entre ellas:

• Constituye una organización cuasi-perfecta; ya que sus funciones están distribuidas entre sus integrantes o diversas

categorías de funcionarios.

• La solidaridad es intensa; en el sentido que en caso de algún conflicto (desastre o estado de emergencia, por ejemplo)

priva el interés que pueda generar la necesidad estatal sobre cualquier otra.

Tal vez la característica más significativa de los Estados modernos, y del Estado Venezolano es:

• La Soberanía, tal es su importancia que se consagra en el Titulo I, artículo 5 de la Constitución Nacional.

Para facilitar o dar una idea de lo que es el Estado como forma de organización dentro de la sociedad, es necesario

determinar cuál es su base, esta lo constituye la Nación. Históricamente ha sido complicado definir lo que representa la

Nación, ya que dentro de un Estado los factores relativos a las personas y a las instituciones varían con el pasar de los

años. Sin embargo, se considera como Nación al conjunto de elementos comunes que se le atribuyen a un pueblo, tribu o

cualquier agrupación de seres humanos en un territorio determinado, un ejemplo de dichos elementos comunes lo

constituye el idioma, el sistema educativo, la historia. Mientras que una Nación es considerada como tal, siempre y cuando

su territorio esté ocupado por los sujetos que tengan características comunes, rasgos que les da el hecho de compartir

una misma Nación.

Características de una Nación:

• Está integrada por sujetos que comparten un territorio común.

• Por lo general, comparten un mismo idioma oficial.

• Su evolución histórica es recíproca.

Una vez que la base del Estado ha sido definida, es necesario aclarar que el Estado, es la forma de organización social que se asienta en un territorio determinado, tiene una estructura propia y ejerce el control del mismo a través de los órganos creados para tales fines. De este modo, el Estado se forma cuando la sociedad organizada decide darle forma jurídica a lo que ya existe, por medio de la creación de las leyes y las instituciones que se encargan de aplicarlas, para de esa manera, regular la conducta de sus ciudadanos. De tal forma, surge la necesidad de definir el Estado contemporáneo entendiendo como tal, al conjunto de instituciones que lo conforman, una vez que ha alcanzado un desarrollo considerable, cuando dichas instituciones le confieren un mejor control. Los órganos o instituciones, son conocidas como el trinomio del Estado (en lo político, administrativo y judicial).

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La definición de Estado, Nación y Estado contemporáneo es importante y trascendente para las sociedades democráticas ya que en la Carta Magna o Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículo 2, se expone lo que se entiende como Estado. Así, el Estado necesita de una serie de elementos para poder considerarse y constituirse como tal, sin ellos estaría incompleto, estos elementos integradores son: La Población, el Pueblo, Territorio y el Sistema Jurídico.

1. La Población: Es el conjunto de los individuos que habitan en un momento dado en un Estado, y se encuentran

integrados dentro de la concepción del mismo.

Desde el punto de vista jurídico es importante precisar las diferencias que se pueden encontrar en una población, entre

ellas el idioma, la identidad y la nacionalidad que es la principal diferencia y la más importante porque además es el factor

jurídico determinante de la población, es tal su importancia que es necesario clasificarla en dos grandes grupos: los

nacionales y los extranjeros.

• Entendiendo como nacionales a las personas nacidas o naturales del Estado del cual se trate, por lo tanto, este

ciudadano se caracteriza por tener todos los derechos y garantías que consagran las leyes.

• Por el contrario los extranjeros son aquellas personas que no son nacidas en el país, ni tampoco se han naturalizado,

por lo tanto no gozan de los derechos políticos de los nacionales.

Entonces, la Población sería considerada como el elemento humano que es el objeto fundamental y principal de la

actividad del Estado, pues cada individuo es considerado individualmente y cada individuo considerado por sí mismo, da

origen a lo que se conoce como población.

2. El Pueblo: Es el conjunto de personas que están unidas por una serie de elementos como las leyes, o el deseo de habitar

en un lugar que sea seguro y adecuado para su desarrollo; es el conjunto de personas que componen un pueblo, provincia

o Nación. Generalmente el concepto de pueblo está identificado con el de población, pero dentro de la Teoría del Estado

ello no es correcto. Es necesario aclarar que el conjunto de personas, que se entienden como pueblo, no pueden ser

consideradas individualmente en un momento determinado, ya que de ser así, surgiría el concepto de población.

El concepto de Pueblo en la Teoría del Estado debe relacionarse a la idea de generalidad, es decir, el Pueblo de acuerdo

con esta Teoría estaría considerado como el elemento geográfico, político y cultural que señala la gran gama de derechos

que tienen los ciudadanos, así como los rasgos característicos de la zona. De tal forma que la noción de Pueblo está por

encima de la noción de Estado, ya que es el Estado un órgano que surge por disposición del Pueblo y para ocuparse del

cuidado de todo lo que existe.

3. El Territorio: Puede entenderse como la delimitación territorial donde un Estado ejerce y dispone su autoridad

mediante una autoridad legítima. El territorio venezolano es, como lo establece el artículo 10 de la Constitución "los que

correspondían a la Capitanía General de Venezuela antes de la transformación política iniciada el 19 de abril de 1810, con

las modificaciones resultantes de los tratados y laudos arbítrales no viciados de nulidad..."

Características del Territorio:

• Constituye una unidad jurídica, puesto que todo el territorio forma parte de lo que se conoce como República Bolivariana

de Venezuela.

• Desde el punto de vista geográfico: Continental y archipiélagos; el territorio no sólo está conformado por los Estados ya

conocidos, también hay una serie de islas, islotes, cayos, bancos y otras formaciones de tierra que se encuentran en el

Mar Caribe y están dentro de los límites marítimos y forman parte del territorio. Entre el conjunto de archipiélagos se

encuentran: Los Monjes, Los Roques, La Orchila, Las Aves, Los Hermanos, Los Frailes, Los Testigos; entre las Islas tenemos:

La Tortuga, La Blanquilla, Margarita, Cubagua y Coche, La Sola, De Patos, De Aves.

Los derechos que un Estado ejerce sobre su territorio lo hace de forma tridimensional: espacio aéreo, espacio terrestre y

espacio marítimo; y para ello el Estado cuenta con una serie de instituciones que salvaguardan y vigilan estos territorios,

como lo son La Fuerza Aérea Venezolana, La Marina Mercante Venezolana y la Fuerza Armada Nacional.

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Los derechos que un Estado tiene sobre su territorio se dividen en:

Dominio terrestre:

Constituido por la masa continental.

Dominio marítimo:

• Mar territorial, que es el Mar que se encuentra dentro de los límites marítimos establecidos y que se extiende hasta doce millas Mar Adentro. • La zona contigua, extensión de superficie marítima inmediata al Mar Territorial, en la cual el Estado ejerce su soberanía. Dicha extensión no debe exceder de 24 millas. • Zona económica (Mar patrimonial), es aquella zona que extiende los derechos del país sobre el mismo hasta un límite de 200 millas o (370 kilómetros) de la costa. • Altamar o Mar libre, está constituido por la zona marítima donde ningún país ejerce su soberanía, es llamado también Mar Libre. • Plataforma Continental, es aquella que se extiende hasta mucho más allá que lo establecido para el Mar territorial, se extiende hasta donde sean explotables los fondos marinos, y dicha extensión no está delimitada aún, puesto que, por ejemplo, en el caso de las perforaciones petroleras, su explotación cada vez se realiza en profundidades mayores. • Aguas Inferiores, son aquellas aguas marinas o no continentales que tienen su límite interior en tierra firme y su límite exterior en el Mar Territorial, en otras palabras, las aguas interiores son aquellas aguas por medio de las cuales el acceso a la tierra es fácil. La extensión de territorio que afecta las aguas interiores es la misma donde se encuentran los Puertos, las Bahías, los Estuarios, Los Lagos y los Ríos navegables.

Espacio Aéreo:

Masa gaseosa que se extiende de forma perpendicular sobre el territorio terrestre y acuático del Estado.

Espacio Cósmico:

Se define como tal, la zona del Universo que se encuentra ubicada más allá de la atmósfera terrestre. Por ser un espacio que se encuentra fuera de la soberanía que algún país pueda ejercer, el aprovechamiento de dicho espacio está regulado por la “Declaración de las Naciones Unidas sobre los Principios Jurídicos que deben regir las actividades de los Estados en la exploración y utilización del espacio ultraterrestre” aprobada en 1962.

La órbita geoestacionaria:

Es una zona del espacio que se encuentra ubicada a 35.871 kilómetros sobre la línea ecuatorial de nuestro planeta, que tiene una característica muy particular que es estar libre de lluvias cósmicas, lo que permite que muchos países usen dicho espacio para desarrollar sus telecomunicaciones por medio de la colocación de satélites.

Todos estos elementos son los derechos que un Estado tiene y puede ejercer sobre un territorio determinado, y cada uno

de esos elementos es indispensable y complementario para poder ejercer la soberanía de forma efectiva, son elementos

constitucionalmente establecidos e internacionalmente reconocidos. Pero para esto necesita de un sistema jurídico.

4. Sistema Jurídico: Este es un elemento imprescindible dentro de la organización de un Estado, y está conformado por el

conjunto de leyes que regulan el comportamiento de los individuos de la sociedad. Este sistema permite la creación de los

órganos o instituciones que se encargan de aplicar lo consagrado en las leyes, cada órgano tiene una función específica

para la administración de justicia.

Dentro de este sistema jurídico compuesto por leyes, la más importante ley y de la que se derivan todas las demás, es la

Constitución, ya que la misma establece las instituciones, su composición, funciones y competencias. Es también la

llamada Carta Magna, la que establece en su cuerpo todo lo que se entiende por sistema jurídico. Sin la ley o sin el sistema

jurídico, el Estado no podría lograr sus fines, ya que la misma es la que legitima la actuación del Estado a través de sus

órganos.

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El Gobierno El Estado no podría lograr sus objetivos sin organizarse, y la forma de organización de la sociedad está representada por el Gobierno que no es otra cosa que la organización de los individuos y las instituciones autorizadas para formular la política pública y dirigir los asuntos del Estado. Se puede definir como Gobierno un conjunto de órganos que se encargan de ordenar, de gobernar o de mantener un régimen, pero también se denomina como gobierno al grupo de personas que conforman el órgano supremo administrativo de un país. En el caso de Venezuela, es un país con un gobierno presidencialista, donde la función de gobernar está en manos del presidente y su gabinete de ministros o tren ministerial que le coadyuvan en la función de gobierno del Estado. En tal sentido la Constitución establece en su artículo 226 que "El Presidente o Presidenta de la República es el Jefe o Jefa del Estado y del Ejecutivo Nacional, en cuya condición dirige la acción del Gobierno". Así, la actividad del gobierno no es otra cosa que el desarrollo de las funciones que se encuentran en manos del Estado. A la palabra "Gobierno" se le puede dar dos significados: En un sentido amplio es considerado como un elemento constitutivo del Estado. Y en un sentido estricto el conjunto de las principales instituciones estadales. Sin embargo, también podría entenderse como Gobierno en forma restringida al conjunto de los integrantes de la rama ejecutiva. De tal forma, que el Gobierno, en la práctica, es el desarrollador de las funciones del Estado, y en Venezuela esté se encuentra depositado en el Presidente, quien tiene una serie de funciones y privilegios que se encuentran establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en el Capitulo II, Sección Primera, que van desde los artículos 225 al 236. Entendiendo claramente la función o el papel que juega el Gobierno dentro de la organización de un Estado, es necesario y no menos importante por ello, establecer la importancia de otras instituciones sociales y de familia como lo son la Sociedad, La Familia y el Individuo. La Soberanía y su ejercicio La Soberanía es uno de los elementos más representativos del Poder del Estado, y es el pueblo, tan mencionado en los ordenamientos jurídicos quien lo detenta y ejerce por medio de los órganos destinados para tal fin. El estudio de la Soberanía implica el conocimiento de una serie de elementos que permitan su fácil comprensión, así que se debe comenzar por saber de dónde se origina. El concepto de soberanía surgió cuando los europeos de los siglos XVI y XVII empezaron a buscar fundamentos laicos sobre los que basar la autoridad de los incipientes estados nacionales. El término soberanía proviene de la palabra soberano que implica ausencia de control; pero soberano también es el jefe de un Estado monárquico, es decir, de un ente político, y por esta razón la soberanía ha surgido en el campo político. En los sistemas donde el mando está en manos de una sola persona, conocidos como sistemas monárquicos o dictatoriales, la soberanía es ejercida por el soberano, dictador, emperador o rey; y en los sistemas democráticos, que se basan en el estado de derecho, la soberanía está en manos del pueblo. Así que, en primer lugar, es el pueblo, o el factor humano del Estado quien detenta la soberanía. No obstante, es imposible que la soberanía en los Estados democráticos sea ejercida directamente por el pueblo, y por esta razón la misma es delegada en los órganos que conforman el Estado. De esta manera el concepto de soberanía surge en lo político, posteriormente debió transformarse con la intención de garantizar un fondo jurídico al poder del Estado. Históricamente el gran problema con la soberanía ha sido determinar en quién recae la misma. Muchos estudiosos del derecho constitucional, entre ellos Sánchez Viamonte, han explicado con más claridad este hecho, conviniendo que en las repúblicas democráticas, no puede haber más soberanía interna o externa que la popular, es decir, que desde el punto de vista político, la soberanía no es otra cosa que la voluntad de la mayoría. Coincidiendo con el Dr. Humberto La Roche, la Soberanía se encuentra entonces íntimamente ligada al concepto mismo de Estado, de manera que el Poder Soberano viene a ser uno de los elementos que contribuye a estructurarlo. Por esto, se dice que la Soberanía Nacional es lo más importante dentro del Estado. Es la suprema autoridad. En Venezuela la Soberanía está expresamente establecida y también los sujetos que pueden detentarla, o ejercerla, es así como la Constitución de la República en su Titulo I, referido a los Principios Fundamentales, en su artículo 5 establece que la Soberanía esta en manos del pueblo venezolano quien la delega en los órganos del Estado.

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Pudiera definirse la Soberanía como La autoridad suprema de los Poderes Públicos que radica en el pueblo, pero que éste otorga al Estado y la ejerce a través de sus órganos. Características de la Soberanía Es importante conocer cuáles son las características de la soberanía para que todo adulto venezolano la pueda ejercer: a. Es intransferible, es decir, no puede ser ejercida por otra persona que no sea la señalada expresamente por la Constitución. b. Es ejercida o su titularidad está en manos del pueblo. c. La Constitución y las leyes establecen las formas para ejercerla. Es ella quien concede la legalidad al Poder del Estado, por medio del reconocimiento o aceptación del mismo. La Soberanía también es llamada El Poder del Estado, sin embargo, la soberanía no es otra cosa que un elemento integrante de ese poder. Para que éste poder sea considerado como legítimo por el pueblo que es el titular de la soberanía, este poder debe ser originario, es decir, debe ser propio del Estado y no de otro, es así como de esa originalidad puede decirse que se es independiente, y un ejemplo de ello se encuentra en el artículo 1º de La Constitución. Además de lo ya mencionado, para que ese poder sea totalmente soberano debe ser aceptado por el pueblo, quien es el titular de la soberanía. La forma más representativa en la que los ciudadanos ejercen la soberanía es por medio del sufragio, sin embargo, en la

Constitución no solamente se deja ver la intención de canalizar la participación ciudadana hacia el aspecto electoral, sino

que incluye nuevas formas de participación a través de la figura del Referendo, donde el venezolano tiene la potestad de

convocarlo.

El artículo 70 de la Constitución establece las formas por medio de las cuales el pueblo puede ejercer su soberanía tanto

en lo político, a través de los referendos y otros medios allí establecidos; como en lo social y económico, por medio de las

instancias de atención ciudadana, por solo nombrar una. De este modo se pudiera definir la Soberanía como la autoridad

suprema de los Poderes Públicos que radica en el pueblo, pero que éste otorga al Estado y la ejerce a través de sus

órganos.

Ejercicio del Poder como Estado Soberano

Queda totalmente claro que en Venezuela la soberanía está en manos del pueblo, y éste puede ejercerla por medio de

sus órganos o poderes: el legislativo, el ejecutivo, el judicial, el ciudadano o moral, y el electoral.

Ante el Poder Ejecutivo, los ciudadanos pueden plantear sus solicitudes acudiendo al Palacio de Miraflores, donde el

Vicepresidente u otro funcionario son los designados para tales fines. Mientras que en el Poder Legislativo, las personas

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pueden acudir a los despachos de los diputados que representan los Estados de origen ante La Asamblea Nacional o ante

las oficinas de los respectivos Estados en El Edificio Esquina de Pajaritos y plantearle directamente el asunto que les

interese.

En el Poder Judicial, los ciudadanos pueden plantear problemas y exigir justicia, con sólo acudir al Tribunal más cercano al

domicilio del afectado. Si se trata del Poder Moral o Ciudadano, los venezolanos pueden recurrir ante la Defensoría del

Pueblo, que tiene una sede en todos los Estados de la República, ante la Fiscalía del Ministerio Público o ante la Contraloría

General, dependiendo del asunto. Con respecto al Poder Electoral, todos los ciudadanos pueden recurrir para aclarar o

solicitar cualquier información ante el Consejo Regional Electoral o Nacional.

Poderes públicos y elecciones

El Poder Público o Poderes Públicos son el conjunto de instituciones por medio de las cuales el Estado ejerce las funciones

de control en la nación, y también por medio de las mismas mantiene las relaciones con las demás naciones que conforman

la comunidad internacional. Los Poderes Públicos del Estado tienen su base jurídica en el derecho que el pueblo le confiere

al Estado para controlar o administrar a la nación, y para poder ejercer ese derecho necesita de una serie de órganos o

entes que colaboren con la función de gobierno.

Dicha concepción del Estado, en un primer lugar y durante muchos años fue establecida en forma de trinomio, es decir,

por medio de 3 poderes: ejecutivo, legislativo y judicial. Este trinomio fue propuesto en la historia antigua por el filósofo

griego Aristóteles en su libro La Política, donde planteaba que en todo Estado debe haber tres partes, y que el legislador

debía ocuparse de arreglarlos. Decía que una vez organizadas esas partes, el Estado funcionaria bien y que podrían

diferenciarse las funciones, estos tres elementos eran: La Asamblea General (quien delibera sobre los negocios públicos),

El Cuerpo de Magistrados y El Cuerpo Judicial, estos 2 últimos elementos no los definió de forma clara.

Fue en realidad el francés Montesquieu quién en su obra El Espíritu de las Leyes estableció las diferencias entre cada uno

de estos poderes, por eso se le atribuye La Teoría de La Separación de los Poderes. En cada Estado hay tres clases de

poderes: el legislativo, el ejecutivo de las que pertenecen al civil, y el judicial. El Legislativo, representado por el príncipe

o magistrado es quien se encarga de hacer las leyes para cierto tiempo o para siempre, y quien corrige o deroga las que

están hechas. El Ejecutivo, se encarga de hacer la paz o la guerra, establece la seguridad, envía y recibe embajadores y

previene las invasiones; y el judicial, es quien castiga los crímenes o decide las contiendas de los particulares. Cuando los

poderes legislativo y ejecutivo se hallan reunidos en una misma persona, por ejemplo en un Rey o dictador, no se configura

la libertad, ya que lo lógico es que hagan leyes tiránicas para ejecutarlas del mismo modo. Así sucede también cuando el

poder judicial no está separado del poder legislativo y ejecutivo. Estando unido al primero, el imperio sobre la vida y la

libertad de los ciudadanos sería arbitrario, por ser uno mismo el juez y el legislador y, estando unido al segundo, sería

tiránico, por cuanto gozaría el juez de la fuerza propia de un agresor.

Si en algún Estado estos 3 poderes están en manos de un mismo gobernante se perdería la independencia de los poderes

y la libertad de las naciones. La libertad política, en un ciudadano, es la tranquilidad de espíritu que proviene de la opinión

que cada uno tiene de su seguridad; y para que se goce de ella, es preciso que sea tal el gobierno que ningún ciudadano

tenga motivo de temer a otro.

El poder judicial no debe confiarse a un senado permanente y sí a personas elegidas entre el pueblo en determinadas

épocas del año, de modo prescrito por las leyes, para formar un tribunal que dure solamente el tiempo que requiera la

necesidad. De este modo el poder de juzgar, no estaría destinado a una clase determinada, ni perteneciente

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exclusivamente a una profesión. Y de esta forma los jueces no estarían presentes por largos periodos, y se temería es a la

magistratura y no a los magistrados. Esta teoría se aplicó en la Constitución de los Estados Unidos de 1.787, y

posteriormente en la Constitución Monárquica de Francia en 1.791.

De igual forma la primera Constitución de Venezuela de 1.811 asumió esta concepción de los 3 poderes públicos, y ese

sistema se mantuvo en el país hasta el año 1.999 cuando se promulga Constitución Bolivariana de Venezuela y donde se

asume la propuesta del Libertador Simón Bolívar de los 5 Poderes Públicos, añadiendo a los poderes ejecutivo, legislativo

y judicial, el Electoral y el Moral o Ciudadano. Con la asunción de la propuesta de Bolívar y la incorporación de los 2 nuevos

poderes nacionales se crean nuevas instituciones propias de los nuevos poderes, entre las que se destaca La Defensoria

del Pueblo. En las naciones cuyo sistema es el democrático es imprescindible la coexistencia de una serie de Poderes que

colaboren con el desarrollo del Estado. Dichos Poderes son independientes y con una función particular como lo es "la

preservación de la libertad y democracia". En Venezuela los conocemos como "Poderes Públicos". Antes de la entrada en

vigencia de la Constitución de 1999 eran 3 los Poderes; en la actualidad son 5:

Dentro del proceso de democracia en Venezuela las elecciones juegan un papel muy importante en el proceso tanto para

la elección de los ya conocidos Poderes Públicos Nacionales, y la otra forma de Poderes Públicos emanada de la

Constitución y del proceso administrativo denominado Descentralización. Estos Poderes Públicos son conocidos como:

Poder Público Estadal y Municipal

El Poder Público Estadal o los Estados son entidades autónomas, que tienen personalidad jurídica propia y plena. Como

los demás Poderes Públicos su administración y gobierno esta a cargo de un funcionario público llamado Gobernador o

Gobernadora. Para optar a este cargo Público se deben reunir una serie de requisitos establecidos en la Constitución en

su artículo 160, a saber:

• Ser venezolano o venezolana.

• Mayor de 25 años.

• De estado seglar.

Para poder optar al cargo de Gobernador de Estado se debe cumplir con los siguientes requisitos:

• Ser venezolano(a) por nacimiento o naturalización (los naturalizados deben demostrar que residen por lo menos

desde hace 15 años en el Estado).

• Mayor de 25 años.

• De estado seglar.

• Estar inscrito en el Registro Electoral Permanente.

Cualquier sujeto que cumpla con estos requisitos puede postularse, sean de organizaciones políticas nacionales,

regionales, grupos de electores, agrupaciones de ciudadanos o cualquiera que por iniciativa propia desee postularse. Es

necesario señalar que para postularse se debe cumplir con una serie de exigencias además de las ya indicadas:

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1. Si el candidato que se postula lo hace para un cargo de elección nominal, o de elección por lista; este deberá respaldar

su postulación con las firmas del 1% de la población que pertenezca a la circunscripción de que se trate, así como un

programa de su gestión.

2. Una vez cumplido con todos los requisitos de Ley, el postulado debe esperar a que se publique en la Cartelera Electoral

si su candidatura ha sido admitida o rechazada. En caso de ser rechazada, puede interponer ante la Junta Regional Electoral

un escrito de impugnación, y una vez admitido el escrito el Consejo decidirá en los 5 días siguiente si la impugnación es

admitida o no. Si es admitida comenzará a correr un lapso de 20 días donde el Consejo Nacional Electoral deberá decidir,

y su decisión será publicada en la Cartelera Electoral.

Además de la figura del Gobernador(a) de Estado, hay otras instituciones que juegan un papel muy importante en el

desarrollo de las funciones del Estado, como lo son:

1. El Consejo o Asamblea Legislativa Estadal: Que es el órgano encargado de legislar sobre las materias de la competencia

estadal, así como de sancionar la Ley del Presupuesto del Estado, entre otras. Este órgano estará conformado por un grupo

de personas que no pueden exceder de 15 ni ser menor de 7, y las mismas representarán a la población del Estado y de

los Municipios que lo integran.

2. La Contraloría Estadal: Es un órgano que para su funcionamiento requiere de autonomía orgánica (como órgano) y

funcional (con respecto a sus funciones). La misma tiene por objeto la vigilancia, control y fiscalización de los ingresos, los

gastos y los bienes del Estado. Como todo órgano del Estado debe ser dirigido por un funcionario del Público llamado

Contralor o Contralora.

La Constitución de la República en el Capitulo III, denominado Del Poder Público Estadal, que va desde el artículo 159 al

167 establece todo lo referente a este Poder.

El Poder Público Municipal o los Municipios son unidades políticas primarias que tienen personalidad jurídica propia y

autonomía. Se les considera primordial dentro de la organización nacional. Está enmarcado dentro de lo que se denomina

las Entidades Locales, constituidas por:

1. Los Municipios.

2. Los Distritos Metropolitanos, como es el caso de la Alcaldía Metropolitana en Caracas.

3. Las Parroquias.

4. Y las mancomunidades y demás formas de asociaciones descentralizadas que se formen en un Municipio.

El Municipio como figura jurídica y territorial, muy importante dentro del Estado, debe reunir una serie de elementos para

constituirse como tal:

1. Una población que no debe ser menor a 10.000 mil habitantes.

2. Encontrarse en un territorio determinado.

3. Un centro de población donde habite un número no menor a 2.500 habitantes, y que sirva de asiento a sus autoridades.

4. Capacidad económica; capacidad para generar recursos propios para cubrir los gastos de gobierno y administración, así

como para prestar y satisfacer los servicios mínimos que requiere.

El Municipio debe ser dirigido por un funcionario público llamado Alcalde, y por un Concejo Municipal. El Alcalde es un

ciudadano que es elegido para dicho cargo por una mayoría relativa, en votación universal, directa y secreta, tal como lo

establece la Ley Orgánica del Sufragio. El Alcalde es la máxima autoridad ejecutiva del Municipio, y para optar a éste cargo

público se requiere:

1. Ser venezolano (a).

2. Mayor de 25 años.

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3. De estado seglar.

4. Con 3 años, como minino, de residencia en el Municipio.

5. Gozar de todos los derechos civiles y políticos y estar inscrito en el Registro Electoral Permanente de la Entidad.

El Concejo Municipal es la rama legislativa o deliberante del Municipio, y tiene por objeto legislar sobre las materias

competencia del Municipio, así como ejercer control de la rama ejecutiva del municipio. De tal forma que el Municipio es

una especie de célula imprescindible dentro de la conformación del Estado y del Gobierno, puesto que es de allí de donde

se deriva lo que se conoce como República, es decir, los Municipios son la base para la conformación del Estado y del

Gobierno.

PREGUNTAS:

1 DEFINA Y SEÑALE LAS CARACTERÍSTICAS DE:

ESTADO

NACION

SOBERANIA

GOBIERNO

2 SEÑALE Y EXPLIQUE LOS ELEMENTOS DEL ESTADO VENEZOLANO

3 DE ACUERDO A LA CONSTITUCIÓN SEÑALE CUALES SON LOS 5 PODERES PÚBLICOS QUE EXISTEN EN VENEZUELA Y

DESCRIBA CADA UNO.

4 INDIQUE Y DEFINA CUALES SON LOS OTROS PODERES PÚBLICOS DERIVADOS DE LA DESCENTRALIZACIÓN EN VENEZUELA.

SEÑALE ADEMÁS QUE INSTITUCIONES JUEGAN UN PAPEL IMPORTANTE EN LOS PODERES PÚBLICOS DESCENTRALIZADOS.