Guía-del-Inversionista_20121

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GUIA DEL SUBSECTOR ELECTRICO Y DE LAS ENERGIAS RENOVABLES MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS DIRECCION GENERAL DE ENERGIA República de Guatemala Guatemala, marzo de 2012

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GUIA DEL SUBSECTOR ELECTRICO Y DE LAS ENERGIAS RENOVABLES

MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS DIRECCION GENERAL DE ENERGIA

República de Guatemala

Guatemala, marzo de 2012

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CONTENIDO

Política Energética

Marco Regulatorio e Institucional

Mercado de Energía en Guatemala

Sistema Eléctrico

Potencial de Energías Renovables

Potencial Eólico y Solar

Potencial Geotérmico

Autorizaciones para la instalación de Centrales de Generación

Cambio de la Matriz Energética

Plan de Expansión del Sistema de Transporte

Tarifa Solidaria

Generación Distribuida Renovable

Directorio

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Dirección General de Energía República de Guatemala

La Política Energética implementada por el Ministerio de Energía y Minas, tiene un alto componente de desarrollo humano, social y económico; además de convertir al país en productor y exportador de energía para los países vecinos, atracción de inversión, generación de empleo y cambiar la matriz de generación eléctrica en el país, para reducir en el mediano y largo plazo el impacto de la variación de los precios del crudo en el mercado internacional, el cual repercute en los costos de la generación de electricidad. La composición geográfica de nuestro país,

además de elementos culturales, recursos limitados, no ha permitido aún que miles de guatemaltecos que viven en el área rural cuenten con energía eléctrica, lo que ha frenado el desarrollo de sus habitantes y de su nivel de vida.

CAPITULO I POLITICA ENERGETICA DE GUATEMALA

LOS OBJETIVOS ESPECÍFICOS

Evitar la crisis mejorando las condiciones del futuro eléctrico del país, respetando las

políticas ambientales, sociales, económicas y de transparencia, generadas por el

Gobierno.

Cubrir el crecimiento de la demanda de energía actual y futura, de manera que el

sector eléctrico sea confiable y cuente con las reservas técnicas que debe tener,

evitando posibles futuros racionamientos de energía eléctrica.

Fortalecer el sistema de transmisión de energía eléctrica, de manera que sea más

confiable, y tenga la capacidad para transmitir la nueva generación de energía que se

requiere para cubrir la demanda creciente del país.

Modificar la matriz energética del país, a fin de hacerla más eficiente, al reducir su

dependencia del petróleo e impulsar las fuentes renovables de energía.

OBJETIVO ESTRATÉGICO

Asegurar que nuestra población tenga acceso a suministros de energía suficientes,

costeables y confiables en términos y condiciones que respalden el crecimiento económico y la prosperidad de todos los guatemaltecos y guatemaltecas.

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Oferta y demanda energética

POLÍTICA PARA EL SECTOR ELÉCTRICO. Para alcanzar los objetivos propuestos estos se

enmarca en los lineamientos que se presentan a continuación.

PROGRAMAS. Por del lado de la oferta y la demanda, se están implementando los

siguientes programas:

Aumentar la oferta

energética del país a precios competitivos

Diversificar la matriz

energética del país,

priorizando las energías renovables

Promover la competencia e inversiones

Promover el desarrollo

sostenible y sustentable a partir de los

recursos renovables y

no renovables

del país

Incrementar la eficiencia energética

Impulsar la integración energética

Programas

Cambio de matriz

energética

Plan de Expansión

del Sistema de

Transporte

Interconexión Guatemala

México

Interconexión Centroamérica

–SIEPAC-

Focalización del Subsidio

Plan de ahorro y

eficiencia energética

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La política energética contempla el cambio de la Matriz Energética, esto es, independizar a Guatemala del petróleo para la generación de energía eléctrica, buscando que la mayor parte de la energía sea generada con recursos renovables, garantizando que el país cuente con la energía necesaria para mejorar el nivel de todos los habitantes, a precios que permitan su acceso a la mayoría de la población y otorgue al país de las condiciones de competitividad necesarias para ser un destino atractivo para la inversión extranjera.

El cambio de la matriz energética implica el fortalecimiento del Sistema Nacional de Transmisión de Energía, de manera que en un futuro cercano, se pueda evitar las fallas que se generan en el suministro de energía debido a la sobrecarga actual de este sistema y a la falta de redundancia del mismo. Dentro de la política energética también se incluye el Plan de Expansión del Sistema de Transporte (PET), el cual está a cargo de la Comisión Nacional de Energía Eléctrica. Este plan incluye cinco anillos denominados Hidráulico, Metropolitano, Atlántico, Occidente y Oriente, los cuales garantizarán entre otras cosas, el aumento de la capacidad de producción de energía y el suministro de la energía eléctrica con seguridad y calidad.

Otro pilar importante para garantizar la seguridad energética es el ahorro en el consumo, ya que el uso eficiente de la energía eléctrica permitirá cubrir la demanda con menor oferta, generando ahorros para la población en materia de alumbrado domiciliar y alumbrado público. En este sentido, se está impulsando el

programa de eficiencia en alumbrado público y domiciliar que permita, en el corto plazo, bajar el

monto de la factura de energía para la población.

La política energética implementada por el Ministerio de Energía y Minas, por medio de

la matriz energética, promueve la conversión del parque generador actual basado en un alto porcentaje en derivados del petróleo, por el desarrollo sostenible y sustentable a partir de recursos energéticos renovables con que dispone el país. Guatemala está dando este paso ahora, como parte de la política del Gobierno, al haber

identificado las necesidades de los guatemaltecos ofreciendo un futuro promisorio en el área energética.

El Plan de Expansión del Sistema de Transporte, da vida al Sistema Nacional

Interconectado, ya que la misma, mejorará la calidad y la eficiencia energética, además de acercar la energía eléctrica a miles de comunidades que aún no gozan de este servicio.

FERROCARRIL DE LOS ALTOS 1930

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El marco regulatorio del subsector eléctrico que norma el desarrollo delas actividades relacionadas con la generación, transporte, distribución y comercialización de la electricidad, entre otras, son las que se presentan a continuación: Constitución Política de la

República.

Ley General de Electricidad, Decreto Número 93-96.

Reglamento de la Ley General de Electricidad, Acuerdo Gubernativo Número 256-97.

Reformas al Acuerdo Gubernativo No. 256-97, Acuerdo Gubernativo Número 68-2007.

Reglamento del Administrador del Mercado Mayorista, Acuerdo Gubernativo Número 299-98.

Reformas al Acuerdo Gubernativo

No. 299-98, contenidas en el Acuerdo Gubernativo Número 69-2007.

Normas emitidas por la Comisión Nacional de Energía Eléctrica, entre ellas:

o Las Normas de Coordinación Operativa y

o las Normas de Coordinación Comercial.

Ley de Incentivos para el Desarrollo de Proyectos de Energía Renovable, Decreto Número 52-2003.

Reglamento de la Ley de Incentivos para el Desarrollo de Proyectos de Energía Renovable, Acuerdo Gubernativo Número 211-2005.

Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente, Decreto Número 68-86,su reglamento y sus modificaciones.

Norma Técnica para la Conexión, Operación, Control y Comercialización de la Generación Distribuida Renovable –NTGDR- y Usuarios Auto productores con Excedentes de Energía.

CAPITULO II MARCO REGULATORIO DEL SUBSECTOR ELECTRICO

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LEY GENERAL DE ELECTRICIDAD Principios Generales:La ley fundamental en materia de electricidad se sustenta a través de los principios que a continuación se detallan:

Es libre la generación de electricidad y no se requiere para ello autorización o

condición previa por parte del Estado, más que las reconocidas por la Constitución Política de la República de Guatemala y las leyes del país.

Es libre el transporte de electricidad, también es libre el servicio de distribución privada de electricidad.

El transporte de electricidad que implique la utilización de bienes de dominio público

y el servicio de distribución final de electricidad, estarán sujetos a autorización.

Son libres los precios por la prestación del servicio de electricidad, con la excepción de los servicios de transporte y distribución, sujetos a autorización. Las

transferencias de energía entre generadores, comercializadores, importadores y exportadores que resulten de la operación del mercado mayorista, estarán sujetas a regulación en los términos de la Ley.

LEY DE INCENTIVOS PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE ENERGIA RENOVABLE

La Ley de Incentivos para el Desarrollo de Proyectos de Energía Renovable, contenida en el Decreto No 52-2003, tiene por objeto promover el desarrollo de proyectos de energía renovable y establecer los incentivos fiscales, económicos y administrativos para

el efecto. Estos incentivos se refieren a: Exención de derechos arancelarios para

las importaciones, incluyendo el

Impuesto al Valor Agregado -IVA-, cargas y derechos consulares sobre la importación de maquinaria y equipo, utilizados exclusivamente para la

generación de energía en el área donde se ubiquen los proyectos de energía renovable, para los periodos de preinversión y de construcción, el cual no excederá de diez años.

Exención del Impuesto sobre la Renta –ISR-, por 10 años. Este incentivo tendrá vigencia exclusiva a partir de la

fecha en que el proyecto inicia la operación comercial.

Para aprovechar los incentivos anteriores, el interesado deberá dirigir su solicitud al

Ministerio de Energía y Minas y presentarla en la Dirección General de Energía, ubicada en la 24 calle 21-12 zona 12, ciudad de Guatemala.

Ministerio de Energía y Minas

Decreto Número 52-2003

Ley de Incentivos para el Desarrollo de Proyectos de Energía Renovable. Acuerdo Gubernativo No. 211-2005

Reglamento de la Ley de Incentivos para

el Desarrollo de Proyectos de Energía Renovable.

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CAPITULO III MARCO INSTITUCIONAL DEL SUBSECTOR ELECTRICO

ADMINISTRADOR DEL MERCADO

MAYORISTA

COMISION NACIONAL DE

ENERGIA ELECTRICA

GENERADORES

TRANSPORTISTAS

DISTRIBUIDORES

COMERCIALIZADORES

GRANDES USUARIOS

MINISTERIO DE

ENERGIA Y MINAS

La Ley General de Electricidad, determina con claridad los aspectos asociados con la rectoría, la facilitación, la regulación y la coordinación comercial de las actividades del subsector eléctrico y las sustenta en un marco institucional conformado por tres entidades: el Ministerio de Energía y Minas –MEM-; la Comisión Nacional de Energía Eléctrica –CNEE-; y el Administrador del Mercado Mayorista –AMM-; la cual garantizan que los generadores y

consumidores obtengan las señales correctas para el funcionamiento eficiente del mercado eléctrico.

MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS

Es el órgano del Estado responsable de: Aplicar la Ley General de Electricidad y su Reglamento para dar cumplimiento a sus

obligaciones.

Formular y coordinar las políticas, Planes de Estado y Programas Indicativos relativos al subsector eléctrico.

Otorgar autorizaciones para la instalación de centrales generadoras y para prestar

los servicios de transporte y de distribución final de electricidad.

Elaborar informes de evaluación socioeconómica para costear total o

parcialmente proyectos de electrificación rural.

Inscripción y actualización de

Grandes Usuarios y Agentes del Mercado Mayorista.

Promover el desarrollo de

proyectos de energía renovable.

Calificar proyectos de fuentes

renovables de energía, al amparo de la Ley de Incentivos.

Proyecto de Cogeneración Ingenio Trinidad

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COMISION NACIONAL DE ENERGIA ELECTRICA La Comisión Nacional de Energía Eléctrica fue creada por la Ley General de Electricidad, contenida en el Decreto No. 93-96 del Congreso de la República de Guatemala, publicada en el Diario Oficial el 21 de noviembre de 1966 como órgano técnico del Ministerio de Energía y Minas, con independencia funcional para el ejercicio de sus atribuciones y de las siguientes funciones: Cumplir y hacer cumplir la Ley y sus reglamentos, en materia de su competencia e

imponer las sanciones a los infractores.

Velar por el cumplimiento de las obligaciones de los adjudicatarios y concesionarios, proteger los derechos de los usuarios y prevenir conductas atentatorias contra la

libre empresa, así como prácticas abusivas o discriminatorias.

Definir las tarifas de transmisión y distribución, de acuerdo a la Ley General de Electricidad, así como la metodología para el cálculo de las mismas.

Dirimir las controversias que surjan entre los agentes del subsector eléctrico

actuando como árbitro entre las partes cuando éstas no hayan llegado a un acuerdo.

Emitir las normas técnicas relativas al subsector eléctrico y fiscalizar su cumplimiento en congruencia con prácticas internacionales aceptadas.

Emitir las disposiciones y normativas para garantizar el libre acceso y uso de las

líneas de transmisión y redes de distribución, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley y su reglamento.

ADMINISTRADOR DEL MERCARDO MAYORISTA El Administrador del Mercado Mayorista es una entidad privada sin fines de lucro, que coordina las transacciones entre los participantes del Mercado Mayorista, cuyas funciones

principales son: Coordinación de la operación de centrales generadoras, interconexiones

internacionales y líneas de transporte, al mínimo costo para el conjunto de

operaciones del mercado mayorista, en un marco de libre contratación entre generadores, comercializadores, incluidos importadores y exportadores, grandes usuarios y distribuidores.

Establecer precios de mercado de corto plazo para las transferencias de potencia y energía entre sus agentes, cuando estas no corresponden a contratos de largo plazo libremente pactados.

Garantizar la seguridad y el abastecimiento de energía eléctrica en el país. Los agentes del mercado mayorista, operarán sus instalaciones de acuerdo a las

disposiciones que emita el Administrador del Mercado Mayorista.

El funcionamiento del Mercado Mayorista se norma de conformidad con la Ley General de Electricidad y su Reglamento.

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La Ley General de Electricidad, determina que el mercado de energía está constituido por el mercado regulado y el mercado mayorista (mercado libre).

MERCADO REGULADO Por el lado de la oferta: Por las distribuidoras autorizadas que tienen definidas la

zona de autorización y el área obligatoria de servicio (franja no menor de 200 metros entorno a sus instalaciones).

Por el lado de la demanda: Por todos los usuarios del servicio eléctrico con una demanda de potencia menor a 100 kW, situados dentro del área obligatoria de servicio de un distribuidor.

Estas expresiones tienen dos consecuencias:

Todos los usuarios con las características indicadas forman parte del “mercado cautivo” del distribuidor.

Todos los interesados en el servicio de energía eléctrica, situados dentro del área

obligatoria de servicio de un distribuidor, tienen derecho a que éste se lo suministre. Dicho derecho existe, asimismo para el interesado que estando ubicado fuera del

área obligatoria de servicio, llegue al límite de dicha área mediante líneas propias o de terceros.

CAPITULO IV MERCADO DE ENERGIA

Mercado Regulado Mercado Libre

Usuarios con una demanda menor a 100

kW.

Usuarios con una

demanda superior a 100

kW.

SNI

Seguridad en el

suministro. Precios Regulados Derechos y obligaciones

por Ley

Riesgo

Precios Competitivos

Derechos y obligaciones por acuerdo entre partes.

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Empresas Generadoras

Empresas

Comercializadoras

Empresas

Transportistas

Usuario Regulado

Empresas Distribuidoras

Gran Usuario

MERCADO MAYORISTA Las principales características del Mercado Mayorista, son las siguientes:

AGENTES y PARTICIPANTES DEL MERCADO MAYORISTA,aquellos que cumplen con las

siguientes condiciones: Los generadores que tengan una potencia mayor de 5 MW.

Los distribuidores que tengan un mínimo de 15,000 usuarios. Los transportistas que tengan una capacidad de transporte mínima de 10 MW.

Los comercializadores, incluyendo importadores y exportadores, que compren o vendan bloques de energía asociados a una Oferta Firme Eficiente o Demanda Firme de por lo menos 2 MW.

Los Grandes Usuarios que tengan una demanda máxima de potencia que exceda 100 de kW podrán realizar transacciones en el Mercado Mayorista.

Los distribuidores, comercializadores y grandes usuarios deberán contar con contrato de potencia, que les permita cubrir sus requerimientos de demanda firme. Los agentes gozan

de los derechos y obligaciones establecidas en el reglamento del Administrador del Mercado Mayorista y sus reformas.

ESQUEMA DEL MERCADO DE ENERGIA El desarrollo simultáneo de las actividades del mercado eléctrico es desarrollado a través de empresas o personas jurídicas diferentes. Este esquema que es independiente del régimen de propiedad de las empresas del subsector, permite la operación de empresas en un ambiente de total libertad, competencia y sin privilegios, con un marco regulatorio y normativo bien claro y definido; en el cual es

básico, el libre acceso de todos los agentes al sistema de transporte.

Los distribuidores pueden contratar el suministro con cualquier generador o comercializador; mientras que los grandes usuarios pueden realizarlo con un generador, un distribuidor o un comercializador. En este ambiente de libertad de contratación, únicamente están excluidos los usuarios regulados, que están ligados a las empresas

distribuidoras en su zona de autorización.

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¿CÓMO INTERACTÚAN LOS AGENTES Y GRANDES USUARIOS EN EL MERCADO MAYORISTA?

GRANDES USUARIOS

USUARIOS

REGULADOS

GENERADORAS

COMERCIALIZADORES

TRANSPORTISTAS

DISTRIBUIDORAS

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Embalse de Regulación, Hidroeléctrica Jurún Marinalá

El sistema eléctrico es el conjunto de instalaciones, centrales generadoras, líneas de

transmisión, subestaciones eléctricas, redes de distribución, equipo eléctrico, centros de carga y en general toda infraestructura destinada a la prestación del servicio, interconectados o no, dentro del cual se efectúan las diferentes transferencias de energía eléctrica entre diversas regiones del país.

En su representación más simplificada, el sistema eléctrico se divide en sistema de generación (representa a la oferta de energía eléctrica), sistema de transporte (representa el medio de transferencia de la energía eléctrica de los sitios de producción a

los de consumo) y el sistema de distribución (representa la demanda o consumo de energía eléctrica). En Guatemala, el sistema eléctrico está conformado por el Sistema Eléctrico Nacional (SEN), el cual está integrado por el Sistema Nacional Interconectado (SNI) y algunos sistemas aislados. La operación del SNI y todos sus elementos eléctricos es una de las responsabilidades del Administrador del Mercado Mayorista (AMM) estando regido por las Normas de Coordinación Operativa. Estas Normas son un conjunto de disposiciones y procedimientos que tienen por objeto garantizar la coordinación de la operación del Sistema Nacional Interconectado, para abastecer la demanda a mínimo costo, manteniendo la continuidad y la calidad del servicio. Estas Normas son aprobadas por la CNEE.

SISTEMA DE GENERACION

El sistema de generación está conformado por centrales: hidroeléctricas, turbinas de vapor, turbinas de gas, motores de combustión interna y centrales

geotérmicas. La actividad de la generación no está sujeta a la autorización del Ministerio

Energía y Minas, salvo aquellas que hacen uso de bienes de dominio público, tales como las hidroeléctricas y las geotérmicas.

En la generación actual predominan las centrales térmicas, ya que su periodo de construcción es corto, la inversión inicial es menor, y el retorno del capital inicial se da en un menor tiempo. La operación de las centrales generadoras es coordinada por el AMM y ejecutada por los generadores.

CAPITULO V SISTEMA ELECTRICO

Turbina Generador Hidroeléctrica Pasabien

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Regiones de Distribución por Empresa Distribuidora

Región Oriente, DEORSA

Región Occidente, DEOCSA

Región Central, EEGSA

Empresas Eléctricas Municipales

Empresa Privada de Distribución

SISTEMA DE TRANSPORTE

El sistema de transporte está conformado por el sistema principal y el sistema secundario. El sistema principal es compartido por los generadores e incluye las interconexiones. El sistema secundario está conformado por la infraestructura eléctrica

utilizada por los generadores para el suministro de energía al sistema principal; el sistema secundario es el medio de interconexión de un generador a la red de transmisión. La operación de sistema de transporte es coordinada por el Administrador del Mercado

Mayorista –AMM- y ejecutada por los transportistas. La interconexión eléctrica Guatemala México es una realidad, la interconexión fue inaugurada el 26 de octubre de 2009. El sistema de transporte para el futuro estará

interconectado con Centroamérica y Belice, a través de: Sistema de Interconexión Eléctrica de los Países de América Central, SIEPAC, esta

interconexión entrará en funcionamiento en el 2012.

Interconexión Guatemala - Belice. La actividad del transporte está sujeta a la autorización del Ministerio de Energía y Minas, si utiliza bienes de dominio público.

SISTEMA DE DISTRIBUCION FINAL

El sistema de distribución está integrado por la infraestructura de distribución (líneas, subestaciones y redes de distribución) que opera en tensiones menores a 34.5 KV. La operación de los principales componentes del sistema de distribución es coordinada por el AMM y ejecutada por los distribuidores.Las principales empresas distribuidoras son: Empresa Eléctrica de Guatemala, S. A.,

EEGSA, quien presta el servicio eléctrico en el área central del país.

Distribuidora de Electricidad de Occidente, S. A., DEOCSA, quien presta el servicio eléctrico en los departamentos del occidente del país.

Distribuidora de Electricidad de Oriente, S. A., DEORSA, quien presta el servicio eléctrico en los departamentos del oriente.

Las Empresas Eléctricas Municipales,EMM(Empresas Públicas), y

Empresas de Distribución Privada. La actividad del servicio de distribución final está sujeta a autorización del Ministerio de Energía y Minas, si utiliza bienes de dominio público.

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Guatemala es un país que cuenta con una considerable cantidad de recursos renovables de energía, los cuales a la fecha no han sido aprovechados intensamente. Tal afirmación se deriva del hecho que existiendo un potencial aprovechable de 6,000 MW en energía hidroeléctrica y de 1,000 MW energía geotérmica, solamente se utiliza el 14.8% (887.1 MW) y el 4.9% (49.2 MW), en generación hidroeléctrica y geotérmica, respectivamente. El aprovechamiento de los recursos renovables de energía con que cuenta Guatemala para la generación de energía eléctrica le permitirá al país:

Disminuir la dependencia energética del exterior, ya que los recursos renovables de energía son recursos autóctonos.

Reducir el costo de la energía eléctrica, ya que éste no dependería de los precios del barril de petróleo.

En el mediano y largo plazo, estabilizar los precios de la electricidad. Ahorrar divisas, porque se estaría disminuyendo la compra de barriles de petróleo. Proteger al medio ambiente, al reducirse la cantidad de contaminantes al ambiente,

principalmente el dióxido de carbono CO2. Diversificar la oferta energética. A las empresas nacionales, ser más competitivas. Crear fuentes de trabajo.

ENERGIAS RENOVABLES ENERGIAS NO RENOVABLES

POR SUS CONSECUENCIAS

No producen emisiones de CO2 y otros gases contaminantes a la atmósfera.

Las energías producidas a partir de combustibles fósiles (petróleo, gas y carbón) sí producen contaminación.

POR SU PRODUCCION Las energías renovables no generan residuos de difícil tratamiento.

Los combustibles fósiles generan residuos que suponen durante generaciones una amenaza para el medio ambiente.

POR SU USO Las energías renovables son inagotables.

Los combustibles fósiles son finitos.

POR SU EXISTENCIA Las energías renovables son autóctonas.

Los combustibles fósiles existen sólo en un número limitado de países.

POR SUS EFECTOS ECONOMICOS

Las energías renovables evitan la dependencia del exterior.

Los combustibles fósiles aumentan las importaciones energéticas.

CAPITULO VI POTENCIAL DE ENERGIAS RENOVABLES

VENTAJAS DEL USO DE LAS ENERGIAS RENOVABLES

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Bombeo de Agua, kilómetro 151.5 Aldea El Tempisque, Gualán, Zacapa.

MAPA EÓLICO Y SOLAR

Con la ayuda técnica y financiera del Programa de las Naciones Unidas para el

Medio Ambiente (PNUMA) se desarrolló el proyecto Solar and WindEnergyResourceAssessment (SWERA), con la finalidad de promover la utilización

de la energía eólica y solar, minimizando las barreras causadas por la falta de información. Los principales resultados obtenidos son:

Mapas de velocidad (m/s) y de densidad de potencia del viento (W/m2) a una altura

de 50 m, para los países de Centroamérica y Cuba.

Mapas de radiación solar global anual y directa normal en kWh/m2/día, para

Centroamérica y Cuba.

Herramienta geoespacial que muestra el potencial eólico y solar de Guatemala, así como, información geográfica y de infraestructura, entre otras.

MAPA DE POTENCIAL EÓLICO

En el siguiente mapa se muestran las áreas donde existe potencial de viento.

CAPITULO VII

POTENCIAL EÓLICO Y SOLAR

EN PROYECTOS EOLICOS Y SOLARES

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TORRES DE MEDICION EÓLICA

La Dirección General de Energía promueve la localización, evaluación e inventario de los recursos energéticos renovables que sirvan para

la generación de energía, así como, también fomenta el aprovechamiento de estos recursos. Para cumplirla se están desarrollando acciones,

entre ellas, la instalación de torres de medición eólica, las cuales generan información básica para desarrollar de acuerdo al potencial identificado, proyectos de generación de energía

eléctrica, bombeo de agua, entre otras aplicaciones.

OBJETIVOS:

Conocer el potencial eólico en el país. Contar con una base de datos de las

mediciones del viento.

Promoverel aprovechamiento de los recursos renovables de energía, en especial la del viento, como una opción energética limpia.

Disminuir la dependencia de los combustibles fósiles en la generación eléctrica, y por consiguiente, disminuir la factura petrolera.

DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO:

El proyecto consiste en la instalación de torres de medición del recurso eólico, que miden y registran la velocidad y la dirección del viento, principalmente.

Actualmente se cuentan con resultados de la medición del viento en los siguientes sitios:

San Marcos, San Marcos. Alotenango, Sacatepéquez (Finca

Candelaria y Monte María). Santa Catarina Ixtahuacán,

Sololá. Estanzuela, Zacapa. Mataquescuintla, Jalapa. Jutiapa, Jutiapa.

Moyuta,Jutiapa. Quesada, Jutiapa. Chiquimulilla, Santa Rosa. Morales, Izabal.

Villa Canales, Guatemala (Finca La Concha, La Sabana y San Antonio El sitio).

Nentón, Huehuetenango.

Guanagazapa, Escuintla.

Torre de medición eólica San Antonio, Villa Canales, Guatemala

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POTENCIAL SOLAR El valor anual de radiación global solar para todo el país, en

promedio es de 5.3 kWh/m2/día.

La importancia de este mapa radica en que se pueden conocer los lugares de acuerdo a su nivel de radiación, la viabilidadpara el desarrollo de proyectos fotovoltaicos y fototérmicos, como calentadores solares, secadores, entre

otros.

HERRAMIENTA GEOESPACIAL (TOOLKIT) Esta herramienta fue desarrollada como parte del proyecto Solar and Wind Energy Resource Assessment (SWERA) y permite conocer el potencial eólico y solar de

Guatemala. Entre las características de esta herramienta se encuentran: El potencial eólico y solar de Guatemala.

Permite realizar un análisis básico para la selección óptima de sitios para el

aprovechamiento de los recursos solar y eólico.

Se identifican los lugares con los valores promedios anuales de velocidad

de viento más altos, lo que los hace candidatos para el desarrollo de proyectos de energía

eléctrica, bombeo de agua, etc.

Identificación de los sitios para el

desarrollo de proyectos solares (fototérmicos y fotovoltaicos).

Además, de obtener datos de recurso

eólico y solar, se pueden obtener, otros datos tales como: elevaciones, límites municipales, áreas protegidas, líneas de transmisión, aeropuertos, carreteras,

poblados, etc.

MAPA DE POTENCIAL SOLAR

SISTEMA FOTOVOLTAICO PARA ILUMINACION DOMICILIAR

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Geotérmica Ortitlán

POTENCIAL GEOTERMICO

El potencial geotérmico en Guatemala se valora en cerca de 1,000 MW. El Instituto Nacional de Electrificación –INDE- ha realizado estudios en las principales áreas

geotérmicos del país, además, existen otras regiones que muestran características atractivas para la exploración a detalle.

PLANTAS GEOTERMICAS EXISTENTES 1. ORZUNIL I

Ubicación: Se localiza en el municipio Zunil, departamento Quetzaltenango a 200 km al oeste de Ciudad Guatemala.

Características: Es una planta de ciclo binario que cuenta con 7 unidades de 3.6 MW netos cada una para, una capacidad instalada total de 25.2 MW. Es operada por la empresa Orzunil I de Electricidad Limitada quien tiene un contrato de compra venta de energía con el INDE.

Potencia máxima neta: 24 MW Potencia mínima de operación: 18 MW Inicio de operación: 1 de octubre de 1999.

2. AMATITLAN

Ubicación: Se ubica en las cercanías de la aldea San José Calderas del municipio de Amatitlán, a 40 km al sur de la ciudad de Guatemala.

A finales de 2001 se procedió a licitar la instalación de una Planta definitiva la cual se adjudicó a la

Empresa Ormat Industries Ltda., quien instaló una planta modular de 50 MW, cuyo primer módulo de 25 MW se encuentra operando.

Inicio de operación: 1 de julio de 2007

CAPITULO VIII

POTENCIAL GEOTERMICO

EN PROYECTOS EOLICOS Y SOLARES

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AREAS DE INTERES GEOTERMICO 1. CAMPO GEOTÉRMICO DE ZUNIL II

Ubicación: Este proyecto se localiza a 200 Km al oeste de la ciudad de Guatemala y a

unos cuantos kilómetros del Proyecto Zunil I. Aunque tectónicamente los dos campos se encuentran dentro de la caldera de Quetzaltenango, se trata de un reservorio independiente dividido estructuralmente por una falla que corre paralela al río Samalá. La topografía es accidentada aunque en menor medida que Zunil I

2. CAMPO GEOTÉRMICO TECUAMBURRO

Ubicación: El área geotérmica de Tecuamburro se localiza en el municipio de Pueblo Nuevo Viñas del departamento de Santa Rosa a 80 Km al sureste de la Ciudad de Guatemala. Las principales manifestaciones geotermales se localizan en la laguna de Ixpaco y en manantiales y fumarolas dispersas en el volcán Tecuamburro.

3. CAMPO GEOTÉRMICO DE SAN MARCOS

Ubicación: Se localiza en el caserío la Castalia de la aldea Rancho Padre, municipio de San

Cristóbal Cucho, departamento de San Marcos, al occidente del país a 266 Km de la ciudad capital.

4. CAMPO GEOTÉRMICO DE MOYUTA

Ubicación: El área geotérmica de Moyuta se localiza a 115 Km al sureste de la Ciudad de Guatemala, en el municipio de Moyuta, departamento de Jutiapa.

5. CAMPO GEOTÉRMICO DE TOTONICAPAN

Ubicación: El área geotérmica de Totonicapán se localiza a 230 km al noroeste de Ciudad

Guatemala, en el municipio Momostenango, departamento Totonicapán.

Además de las áreas geotérmicas principales, existen otras regiones que muestran

características atractivas para la exploración a detalle. Actualmente se cuenta con información geológica regional y geoquímica, geotermómetros, cuyas temperaturas se muestran entre paréntesis:

Atitlán: En los alrededores del lago de Atitlán, en el departamento de Sololá (186º C). Palencia: En el municipio del mismo nombre, a 20 Km al noreste de la Ciudad de

Guatemala (204º C)

Motagua: A orillas del río del mismo nombre cuando atraviesa el departamento de Zacapa, esta área no está asociada con volcanismo sino con la falla transcurrente del Motagua (160º C).

Ayarza: En los alrededores de la laguna de Ayarza, en el departamento de Santa Rosa (182º C).

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Retana: En la laguna de Retana, cerca del volcán Suchitán en el departamento de Jutiapa (155º C).

Ixtepeque-Ipala: Se encuentra en los alrededores del volcán de Ipala en el

departamento de Chiquimula (155º C). Los Achiotes: Al este del área geotérmica del volcán Tecuamburro en el

departamento de Santa Rosa (155º C).

Pozo

producción

Pozo

reinyección

ENERGÍA GEOTÉRMICA

AREAS CON POTENCIAL GEOTERMICO

Zonas Geotérmicas

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AUTORIZACIONES

Se entiende por autorización para la instalación de centrales generadoras a aquella mediante la cual se faculta al adjudicatario para que utilice bienes de dominio público de conformidad con la Ley General de Electricidad.

Cualquier persona individual o jurídica podrá solicitar la autorización para la instalación de centrales generadoras.

AUTORIZACIONES TEMPORALES

Se podrá otorgar la autorización temporal, para la realización de obras de generación que prevean la utilización de recursos hídricos o geotérmicos, cuando la potencia de la central exceda los 5 Megavatios (MW). La autorización temporal permite efectuar estudios, mediciones y sondeos de las obras en bienes de dominio público y en terrenos particulares, indemnizando a los propietarios de todo daño y perjuicio causado. Las solicitudes para la obtención de la autorización temporal serán presentadas por el interesado al Ministerio, en original y copia, utilizando el formulario que para este efecto cuenta el Ministerio, así como, del mapa de localización objeto de la solicitud. Las autorizaciones temporales serán otorgadas por el Ministerio en un plazo máximo de 60 días de presentada la solicitud, previa verificación que el interesado ha acompañado todos los antecedentes requeridos y la publicará por cuenta del peticionario, en el Diario Oficial y en un diario de mayor circulación nacional. Las autorizaciones temporales serán otorgadas por resolución del Ministerio y las mismas no serán limitativas para que otro

interesado solicite una autorización temporal para la misma área. El plazo máximo de la autorización temporal será de un año.

CAPITULO IX AUTORIZACIONES PARA LA INSTALACION DE CENTRALES GENERADORAS

El Decreto No. 93-96 “Ley General de Electricidad” establece que:

Es libre la instalación de centrales generadoras, las cuales no requerirán de autorización de ente gubernamental alguno, y sin más limitaciones que las que se

den de la conservación del medio ambiente y de la protección a las personas, a sus derechos y a sus bienes.

No obstante, para utilizar con estos fines los que sean bienes de dominio público, se requerirá de la respectiva autorización del Ministerio de Energía y Minas, cuando la potencia de la central exceda de 5 MW.

Para la instalación y operación de centrales nucleoeléctricas se regirá por una ley especial. En el caso de las centrales geotérmicas, el aprovechamiento del recurso tendrá el mismo tratamiento que la autorización de uso de los bienes de dominio público. Sin embargo, en cuanto a su actividad como generador de energía eléctrica, tanto las centrales nucleoeléctricas como las geotérmicas se regirán por las disposiciones de esta ley.

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Hidroeléctrica HidroXacbal

Hidroeléctrica Santa María AUTORIZACIONES DEFINITIVAS

Para obtener la autorización definitiva, para instalación de centrales hidroeléctricas o

geotérmicas mayores de 5 MW, los interesados deberán presentar en plica su solicitud ante el Ministerio, con toda la información que se especifique en el Título II “Autorizaciones” Artículo 4 del Reglamento de la Ley General de

Electricidad, incluida la relativa a las servidumbres que se deban imponer en predios de propiedad pública y/o privada. A la plica se adjuntará el documento que contiene las generalidades de la

solicitud en original y copia, utilizando el formulario de solicitud preparado por el Ministerio y el mapa de localización objeto de la solicitud.

Después de presentada la solicitud, el Ministerio publicará en el Diario de Centro América y en otro de mayor circulación, por una sola vez y a costa del solicitante, las generalidades de la solicitud de

autorización, contenidas en el documento adjunto a la plica. El Ministerio deberá resolver sobre las solicitudes de autorización en un plazo de noventa (90) días contados a partir de la fecha en que se presenten las mismas, previo a que el

solicitante haya cumplido con lo estipulado en el artículo 10 de esta Ley General de Electricidad y de acuerdo con lo que al respecto establece su reglamento” La autorización será otorgada por el Ministerio, mediante Acuerdo, no pudiendo exceder

del plazo de cincuenta (50) años, ni tener carácter de exclusividad de tal manera que terceros pueden competir con el adjudicatario en el mismo servicio. La Autorización quedará firme a través de la suscripción de un Contrato de Autorización.

En el mismo quedarán establecidas las obligaciones que asume el autorizado, las garantías, los procedimientos para rescindir, ampliar o extender la autorización, la duración de la autorización y todo otro aspecto que el Ministerio considere necesario.

Cuando un recurso hidráulico se utilice en forma compartida para generar electricidad y para otros usos, o bien cuando se trate de dos o más aprovechamientos hidráulicos de energía eléctrica en el mismo cauce, el titular de la autorización para el aprovechamiento del recurso deberá prever que no se afecte el ejercicio permanente de otros derechos.

REGISTRO DE CENTRALES GENERADORES MENORES DE 5 MW.

Se entiende por registro para la instalación de centrales hidroeléctricas o geotérmicas,

aquéllas que cuentan con una capacidad menor a los 5 MW. Para tal efecto, los interesados podrán solicitar el registro correspondiente de su proyecto a la Dirección General de Energía en el formulario preparado para tal efecto.

Los proyectos para la instalación de centrales de generación de energía eléctrica, deberán adjuntar el Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental y la resolución de aprobación emitida por el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales –MARN-.

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Planta Arizona Planta de Carbón San José

Con la promulgación de la Ley General de Electricidad en 1996 se ha promovido la apertura en el subsector eléctrico, y como resultado de ello, la participación del sector privado en la instalación de centrales de generación eléctrica en Guatemala se ha ido incrementado año con año, en el 2011 la oferta de potencia del sector privado fue del 78.3%.

SISTEMA NACIONAL INTERCONECTADO

PARQUE GENERADOR 2011 PROPIEDAD ESTATAL

Tipo Potencia en MW %

Hidroeléctricas 481.9 86.2

Termoeléctricas 76.9 13.8

Ingenios 0.0 0.0

Geotérmicas 0.0 0.0

SUBTOTAL 558.8 MW

Participación % 21.7

En el siguiente cuadro y gráfico se muestra la composición del parque generador del Sistema Nacional Interconectado para el 2011, en los que se observa que el 34.4% de la

capacidad instalada lo representó las centrales hidroeléctricas, las geotérmicas el 1.9%, el 46.2% las termoeléctricas y el 17.5% los ingenios azucareros.

SISTEMA NACIONAL INTERCONECTADO

PARQUE GENERADOR 2011 PROPIEDAD PRIVADA

Tipo Potencia en

MW %

Hidroeléctricas 405.2 20.1

Termoeléctricas 1,112.7 55.1

Ingenios 450.5 22.3

Geotérmicas 49.2 2.4

SUBTOTAL 2,017.6 MW

Participación % 78.3

Capacidad instalada 2011

Sistema Nacional Interconectado

Tecnología MW %

Hidroeléctricas 887.1 34.4

Termoeléctricas 1,189.5 46.2

Ingenios 450.5 17.5

Geotérmicas 49.2 1.9

TOTAL 2,576.4

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Guatemala como muchos países a nivel regional y latinoamericano, ha sufrido el impacto de los precios del petróleo en el mercado internacional, repercutiendo en los costos de la energía eléctrica, por lo que la Política del Ministerio de Energía y Minas, impulsa el cambio de la matriz energética promueve modificar el parque generador energético que actualmente depende de los derivados del petróleo. La modificación de la composición actual del parque generador de Guatemala, tiene una visión de corto, mediano y largo plazo, que permitirá que en el año 2022 contar como mínimo con el 60% de la generación eléctrica del país proveniente de recursos renovables, de manera que se reduzca el precio de la tarifa eléctrica, tanto para usuarios residenciales como industriales.

El Plan de Expansión del Parque Generador, permitirá incrementar el parque generador actual y el mismo se basa en los siguientes lineamientos: Repotenciación de centrales hidroeléctricas y geotérmicas existentes. Promoción de nuevos proyectos de generación térmica, con base en carbón. Promoción de nuevos proyectos de generación hidroeléctrica, con particular énfasis en

grandes proyectos del INDE y pequeños proyectos con participación comunitaria. Implementación de proyectos de generación para comunidades aisladas del Sistema

Nacional Interconectado (SNI), mediante el uso de energía solar y/o otros recursos renovables de energía.

Apoyar la ejecución de proyectos hidroeléctricos binacionales con México y El Salvador. Promover y apoyar el desarrollo geotérmico en el país con potencial de 1,000 MW. Convertir generación de alto costo por bunker a generación por carbón, donde sea

factible.

De esta forma, se podrá alcanzar el cambio de la matriz energética objetivo de mediano y largo plazo.

RESULTADOS ESPERADOS DE LA MATRIZ ENERGÉTICA: Beneficiar a la población guatemalteca con mejores precios de la energía eléctrica. Creación de empleos directos durante la fase de construcción de los proyectos.

Inversión, lo que beneficiará a las comunidades en donde se construirán los proyectos.

Ser un país destino propicio para la inversión en las distintos sectores, al ofrecer una mayor oferta de energía a mejores precios.

Convertir a Guatemala en un país exportador de energía.

CAPITULO X CAMBIO DE LA MATRIZ ENERGETICA

CONVERSION DEL PARQUE GENERADOR ELECTRICO DEL PAIS. El cambio de la

matriz energética promueve la conversión del parque generador actual, basado en

derivados del petróleo, por el desarrollo sostenible y sustentable de los recursos

renovables de energía del país.

Con el cambio de la matriz energética, los guatemaltecos se beneficiaran con mejores precios de la energía eléctrica.

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La política Energética impulsada por el Ministerio de Energía y Minas, incluye también el Plan de Expansión del Sistema de Transporte, que se enfoca en la constitución de redes anilladas o malladas con la finalidad de que el mismo cumpla con el criterio de seguridad operativa, lo que significa que al perder un elemento de la red, ésta puede continuar con su desempeño normal. En la actualidad el Sistema Nacional Interconectado está constituido por redes radiales y, como se ha observado, es bastante vulnerable. El plan de expansión del Sistema de Transporte para Guatemala, incluye cinco anillos denominados Hidráulico, Metropolitano, Atlántico, Occidente y Oriente, los cuales garantizarán entre otras cosas, el aumento de la capacidad de producción de energía y el suministro con seguridad, calidad y precio a los usuarios.

CAPITULO XI PLAN DE EXPANSIÓN DEL SISTEMA DE TRANSPORTE

Objetivos del Plan:

Cumplir con los lineamientos, acciones y estrategias establecidas en la Política

Energética aprobada por el Ministerio de Energía y Minas.

Determinar las ampliaciones en el Sistema Nacional Interconectado, para que tenga la capacidad para evacuar la generación proyectada, de los centros de producción hacia los centros de carga, que se requiere para cubrir el crecimiento de la demanda de energía eléctrica de Guatemala, optimizando el costo de las inversiones

necesarias.

Determinar las ampliaciones en el Sistema Nacional Interconectado para aumentar la confiabilidad y mejorar la calidad del suministro, minimizando la frecuencia y

duración de las fallas, adecuando la red, que actualmente tiene una topología radial, a una topología mallada.

Incentivar las inversiones en nuevas centrales eléctricas de generación con base en recursos renovables, que se encuentran alejadas de los mayores centros de carga, proporcionándoles las facilidades de transporte de la energía a través de las obras propuestas en el Plan de Expansión del Sistema de Transporte.

Incentivar el cambio de la matriz energética determinada en el Plan de Expansión de la Generación, ampliando el Sistema Nacional Interconectado conforme el Plan de Expansión del Sistema de Transporte, de tal manera que promueva la instalación de proyectos con fuentes de recursos renovables que minimicen el impacto en el medio

ambiente.

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La reestructuración del beneficio adicional –subsidio- focalizado, denominado “Tarifa

Solidaria” beneficia a los usuarios de energía eléctrica que consumen hasta 100 kilovatios-hora al mes y que actualmente se encuentran dentro de la denominada “Tarifa Social”.

La tarifa social está dirigida a los usuarios de los sectores de mayor pobreza y está regulada por el Decreto 96-2000. Esta tarifa preferencial aplica para el rango de consumo de 0 a 300 kilovatios-hora mes.

La Tarifa Solidaria, beneficia a los usuarios que consumen de 0 a 50 kilovatios-hora

mes, pagan Q 0.50 por kilovatio hora, y con ello, se beneficia al 70% de los usuarios de la tarifa social, tal como se observa el siguiente gráfico.

Dentro de este ajuste solidario, se incluye a los usuarios que consumen de 51 a 100

kWh/mes, que pagan Q 0.75 el kWh.

Lo usuarios con consumos mayores a 100 y menores a 300 kWh, siguen beneficiados con la Tarifa Social, la cual es calculada con una base trimestral de acuerdos a los precios de generación, transporte y distribución de la electricidad a nivel nacional.

CAPITULO XII TARIFA SOLIDARIA

La Tarifa Solidaria se mantiene gracias a que el Instituto Nacional de Electrificación, INDE, continúa brindando el Aporte Solidario, beneficiando así a los usuarios de menor consumo y con menos ingresos.De esta manera, el Gobierno de Guatemala reitera su

compromiso por ayudar a la población más pobre del país, permitiendo un servicio de energía eléctrica a un precio accesible.

70% usuarios tarifa social

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La Generación Distribuida Renovable, es la modalidad de generación eléctrica producida

por unidades de tecnología de generación con recursos renovables que se conectan a instalaciones de distribución cuyo aporte de potencia neto es inferior al que establece el Reglamento de la Ley General de Electricidad (5 MW).

Un Generador Distribuido Renovable –GDR-, es la persona individual o jurídica, titular o

poseedora de una central de generación eléctrica que utiliza recursos energéticos renovables y participa en la actividad de Generación Distribuida Renovable. Estos serán considerados como Participantes del Mercado Mayorista.

La norma técnica para la Generación Distribuida Renovable –NTGDR- y usuarios auto productores con excedentes de energía, establece las disposiciones generales que deben de cumplir los Generadores Distribuidos Renovables y los Distribuidores para la conexión, operación, control y comercialización de la energía eléctrica producida con fuentes

renovables.

Dentro de las opciones de comercialización, el GDR podrá vender su energía que genera a los distribuidores de conformidad con lo que establece la Ley General de Electricidad y sus

Reglamentos; en el Mercado Mayorista, en calidad de Participante Productor, cumpliendo con el marco legal vigente y lo que establecen las Normas de Coordinación Comercial y Operativa que correspondan.

De conformidad con el artículo 70 de la Ley General de Electricidad, los GDR no pagarán

Peaje en Función de Transportista al Distribuidor ni peaje por el uso del Sistema Secundario al que se encuentran conectados, debido a que deberá considerarse el uso de las instalaciones como realizadas en sentido contrario al Flujo Preponderante de la energía del Sistema de Distribución respectivo.El GDR pagará el peaje correspondiente al

sistema Principal de Transporte, únicamente para los casos en los que haya comprometido su producción bajo contrato y cuente con Potencia Firme, de conformidad con lo que al respecto establece el Artículo 65 de la Ley General de Electricidad y la Norma de Comercial No. 9.

La conexión de un Generador Distribuido Renovable a una red representa una alternativa viable para lograr una reducción en los costos que se incurren por pérdidas de energía.

CAPITULO XIII GENERACION DISTRIBUIDA RENOVABLE

La Norma de Generación Distribuida promueve y facilita la instalación de nuevas micros y pequeñas centrales generadoras, así como, de aquellas que existen los cuales son

utilizados para autoconsumo; las centrales existentes podrán conectarse a la red eléctrica nacional, y con ello, tienen la oportunidad de comercializar sus excedentes de energía. Esta norma regula la forma en que el pequeño y micro generador comercializará su

energía, la cual se realiza bajo el esquema de libre mercado, quienes podrán participar en las licitaciones que efectúen las distribuidoras o poner a disposición su energía en el mercado de oportunidad.

Las viviendas que cuentan con sistemas fotovoltaicos u otra instalación de generación eléctrica, también podrán comercializar sus excedentes de energía. En las viviendas en donde se localicen instalaciones de generación eléctrica, se colocará un contador de doble dirección, este contador medirá cuánta energía inyectó a la red y cuánta consumió

de ella, y al final del mes pagará la diferencia si utiliza más de la que aporta.

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MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS

DESPACHO SUPERIOR Ministro de Energía y Minas: Ing. Erick Estuardo Archila Dehesa Viceministro de Energía: Ing. Edwin Ramón Rodas Solares

Viceministro Área Minería e Hidrocarburos: Lic. José Miguel De La Vega Izeppi Viceministra de Desarrollo Sostenible: Licda. Ekaterina Arbolievna Parrilla Artuguina Diagonal 17, 29-78, zona 11 Teléfonos: 2419-6464

Página Web: www.mem.gob.gt

DIRECCIÓN GENERAL DE ENERGÍA Director General de Energía: Ing. Brian Kanell García

Subdirector General de Energía: Ing. Marco Fabio Gudiel Sandoval 24 Calle 21-12, zona 12 Teléfonos: 2419-6363 E-mail: [email protected]

[email protected]

Página Web: www.mem.gob.gt

COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA Presidenta: Licda. Carmen Urízar Hernández 4a. Av. 15-70, zona 10, Edificio Paladium Nivel 12 Teléfonos: 2321-8000. Fax: 23218002 E-mail: [email protected] Página Web: www.cnee.gob.gt

ADMINISTRADOR DEL MERCADO MAYORISTA Gerente General: Ing. Luís Herrera Gálvez Diagonal 6, 10-65, zona 10 Centro Gerencial Las Margaritas, Torre I, Nível 15.

Teléfonos: 2382-9100. Fax: 2331-7148 E-mail: [email protected] Página Web: www.amm.org.gt

INSTITUTO NACIONAL DE ELECTRIFICACION, INDE Gerente General: Ing. Marinus Arie Boer Johannessen 7a. Avenida 2-29, zona 9 PBX: 2422-1800, 2422-1920, 2422-2040, 2422-2160

E-mail: [email protected] Página Web: www.inde.gob.gt

Para mayor información Ing. Rubén Hernández Chan [email protected] Dirección General de Energía 24 calle 21-12 zona 12

CAPITULO XIV DIRECTORIO