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GUÍA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO DIRECCIÓN DE ALIMENTOS Y BEBIDAS DIRECCIÓN DE ALIMENTOS Y BEBIDAS Generalidades página web CONSIGNACIONES INVIMA: Cuenta No. 00286999868-8 de Davivienda Sede principal Cra 10 # 64 – 28 Sede No. 2: Calle 18 No. 68 D-53 Call Center (1) 2948700 Opción 2 PBX: 4269010 Ext. 111 o 109 Bogotá D.C. Colombia NORMATIVIDAD www.invima.gov.co- Normatividad TARIFAS www.invima.gov.co- Trámites y Servicios - Tarifas FORMATOS www.invima.gov.co –Trámites y Servicios – Formatos BÚSQUEDA DE REGISTROS SANITARIOS www.invima.gov.co – Registros Sanitarios – Consulte el Registro Sanitario. CITAS [email protected] Horario del chat: Alimentos (lunes): de 8:00 a.m. a 12:00 p.m. La respuesta de un requerimiento no garantiza la concesión del permiso sanita- rio, ya que si la misma no cumple con la normatividad sanitaria vigente, el trámite debe ser negado. El permiso sanitario de alimentos tendrá una vigencia de 3 (tres) años, contados a partir de la fecha de su expedición, y no podrá renovarse. Sólo se concede para microempresarios. No aplica para alimentos de alto riesgo. (Ver Artículo 1 del Decreto 4444 de 2005), Por ejemplo: Cárnicos y sus derivados, Leches en todas sus variedades, Alimentos infantiles, Agua envasada, por citar algunos. A diferencia de los requisitos del registro sanitario para productos nacionales, el permiso sanitario exige el concepto sanitario FAVORABLE expedido por el INVIMA. Para el trámite del concepto sanitario (requisito previo del permiso sanitario), el interesado deberá solicitar mediante carta de petición la visita al GTT (Grupo Territorial de Trabajo) del INVIMA, adjuntando con ésta, el recibo de consignación de la tarifa 4051. Requisitos para obtener un registro sanitario de alimentos 1. Recibo original (copia al carbón) de la consignación de acuerdo al código establecido para el producto (www.invima.gov.co / Trámites y servicios / tarifas). Si el pago se realiza de manera electrónica, adjuntar la copia de la transacción. Nota: la consignación debe ser por el valor exacto y la tarifa correspondiente. 2. Los Formularios deben ser diligenciados sin tachones ni enmendaduras información básica y de solicitud de Registro Sanitario (www.invima.gov.co/trá- mites / formatos/ Alimentos) • Formulario de información básica. • Formulario de expedición de Permiso Sanitario. • Ficha técnica siguiendo el modelo establecido por el INVIMA (en caso de presen- tar variedades adjunte una ficha técnica por cada variedad). 3. Concepto sanitario FAVORABLE O FAVORABLE CONDICIONADO ( CON LA VALIDACIÓN PARA OTORGAR PERMISO SANITARIO POR PARTE DEL GTT), de la planta fabricante expedido por el INVIMA 4. Poder para gestionar el trámite, conferido a un abogado si es el caso. Tenga en cuenta que si es un poder especial debe venir con con sello de notaria y si es un poder general debe estar elevado a escritura pública.

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GUÍA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO

DIRECCIÓN DE ALIMENTOS Y BEBIDAS

DIRECCIÓN DE ALIMENTOS Y BEBIDAS

Generalidades página web

CONSIGNACIONES INVIMA: Cuenta No. 00286999868-8 de DaviviendaSede principal Cra 10 # 64 – 28

Sede No. 2: Calle 18 No. 68 D-53Call Center (1) 2948700 Opción 2

PBX: 4269010 Ext. 111 o 109Bogotá D.C. Colombia

NORMATIVIDADwww.invima.gov.co- Normatividad

TARIFAS www.invima.gov.co- Trámites y Servicios - Tarifas

FORMATOS www.invima.gov.co –Trámites y Servicios – Formatos

BÚSQUEDA DE REGISTROS SANITARIOSwww.invima.gov.co – Registros Sanitarios –

Consulte el Registro Sanitario.

CITAS [email protected]

Horario del chat:Alimentos (lunes): de 8:00 a.m. a 12:00 p.m.

¿QUÉ ES UN PERMISO SANITARIO DE ALIMENTOS?DECRETO 4444 DE 2005

Es el documento expedido por el INVIMA (autoridad sanitaria competente), mediante el cual se autoriza a una persona natural o jurídica para fabricar y vender un alimento con destino al consumo humano.

Los permisos sanitarios de alimentos no son automáticos. El interesado radica su petición, se estudia y del estudio se deriva la aprobación o el requerimiento del trámite. Así mismo debe hacer seguimiento del trámite dentro de los 15 (quince) días hábiles posteriores a su radicación. De emitirse un requerimiento la norma le da 2 (dos) meses para contestar, de no hacerlo se entiende desistida la petición.

La respuesta de un requerimiento no garantiza la concesión del permiso sanita-rio, ya que si la misma no cumple con la normatividad sanitaria vigente, el trámite debe ser negado. El permiso sanitario de alimentos tendrá una vigencia de 3 (tres) años, contados a partir de la fecha de su expedición, y no podrá renovarse.

Sólo se concede para microempresarios.

No aplica para alimentos de alto riesgo. (Ver Artículo 1 del Decreto 4444 de 2005), Por ejemplo: Cárnicos y sus derivados, Leches en todas sus variedades, Alimentos infantiles, Agua envasada, por citar algunos.

A diferencia de los requisitos del registro sanitario para productos nacionales, el permiso sanitario exige el concepto sanitario FAVORABLE expedido por el INVIMA.

Para el trámite del concepto sanitario (requisito previo del permiso sanitario), el interesado deberá solicitar mediante carta de petición la visita al GTT (Grupo Territorial de Trabajo) del INVIMA, adjuntando con ésta, el recibo de consignación de la tarifa 4051.

Requisitos para obtener un registro sanitario de alimentos

1. Recibo original (copia al carbón) de la consignación de acuerdo al código establecido para el producto (www.invima.gov.co / Trámites y servicios / tarifas). Si el pago se realiza de manera electrónica, adjuntar la copia de la transacción. Nota: la consignación debe ser por el valor exacto y la tarifa correspondiente.

2. Los Formularios deben ser diligenciados sin tachones ni enmendaduras información básica y de solicitud de Registro Sanitario (www.invima.gov.co/trá-mites / formatos/ Alimentos)

• Formulario de información básica.

• Formulario de expedición de Permiso Sanitario.

• Ficha técnica siguiendo el modelo establecido por el INVIMA (en caso de presen-tar variedades adjunte una �cha técnica por cada variedad). 3. Concepto sanitario FAVORABLE O FAVORABLE CONDICIONADO ( CON LA VALIDACIÓN PARA OTORGAR PERMISO SANITARIO POR PARTE DEL GTT), de la planta fabricante expedido por el INVIMA

4. Poder para gestionar el trámite, conferido a un abogado si es el caso. Tenga en cuenta que si es un poder especial debe venir con con sello de notaria y si es un poder general debe estar elevado a escritura pública.

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¿QUÉ ES UN PERMISO SANITARIO DE ALIMENTOS?DECRETO 4444 DE 2005

Es el documento expedido por el INVIMA (autoridad sanitaria competente), mediante el cual se autoriza a una persona natural o jurídica para fabricar y vender un alimento con destino al consumo humano.

Los permisos sanitarios de alimentos no son automáticos. El interesado radica su petición, se estudia y del estudio se deriva la aprobación o el requerimiento del trámite. Así mismo debe hacer seguimiento del trámite dentro de los 15 (quince) días hábiles posteriores a su radicación. De emitirse un requerimiento la norma le da 2 (dos) meses para contestar, de no hacerlo se entiende desistida la petición.

¿QUÉ DEBE CONTENER UNA FICHA TÉCNICA EN ALIMENTOS?

1. Nombre del Producto: hacer alusión a la verdadera naturaleza del producto. (Resolución No. 5109 de 2005 o normas especí�cas a cada tipo de producto, según sea el caso).

2. Composición: relacione en orden decreciente los ingredientes del producto (de mayor a menor). Si el alimento incluye aditivos alimentarios por ejemplo: (colo-rantes, saborizantes, conservantes y/o coadyuvantes del proceso tecnológico), deberá especi�car su nombre en forma genérica y especí�ca.

Por ejemplo: Conservante (GENÉRICO) - Benzoato de sodio (ESPECÍFICO).

Para alimentos enriquecidos, adicionados o con (vitaminas, minerales, proteínas, etc), relacione la composición en forma cualitativa y cuantitativa en orden decre-ciente, el tamaño de la porción diaria y los grupos de edad al cual va dirigido el producto. (Resolución No. 11488/84)

3. Presentaciones Comerciales y Material de Envase: informe el contenido neto del producto en unidades de peso o volumen (dependiendo del tipo de alimen-to). Tenga en cuenta que los alimentos envasados en un medio líquido deben indicar el peso escurrido y el contenido neto. Indique el material y el tipo de envase o empaque del producto.

4. Tipo de Conservación. Por ejemplo: medio ambiente, refrigeración, entre otros.

5. Tipo de Tratamiento. Proceso de Elaboración

6. Vida útil estimada. Firma (�rmado por el Jefe de Producción o el Representante Legal

¿QUÉ ES UN ALIMENTO? Ver Artículo 2 del Decreto 3075 de 1997

Todo producto natural o arti�cial, elaborado o no, que ingerido aporta al organis-mo los nutrientes y la energía necesarios para el desarrollo de los procesos bioló-gicos. Quedan incluidas en la presente de�nición las bebidas no alcohólicas, y aquellas sustancias con que se sazonan algunos comestibles y que se conocen con el nombre genérico de especia.

¿QUÉ ES UN REGISTRO SANITARIO?DECRETO 3075 DE 1997

Es el documento expedido por el INVIMA, mediante el cual se autoriza a una persona natural o jurídica para fabricar, envasar, exportar, empacar e importar un alimento con destino al consumo humano.

Los registros sanitarios de alimentos son automáticos y están condicionados al control posterior establecido en el Decreto 612/2000. Por lo que dentro de la ejecución de este control posterior, el registro sanitario puede ser requerido, de no contestarse o dar una respuesta insatisfactoria, el registro sanitario será suspendido hasta tanto no subsane lo requerido, entendiéndose de lo anterior que mientras este suspendido el producto no puede ser fabricado, importado ni comercializado.

El registro sanitario tendrá una vigencia de 10 (diez) años, contados a partir de la fecha de su expedición y podrá renovarse por períodos iguales en los términos que la norma establezca.

¿QUIENES NO ESTAN OBLIGADOS A SOLICITAR REGISTRO SANITARIO?

De acuerdo con lo estipulado por el Artículo 41 del Decreto 3075 de 1997, todo alimento que se expenda directamente al consumidor bajo marca de fábrica y con nombres determinados, deberá obtener registro sanitario expedido confor-me a lo establecido en el presente decreto. Se exceptúan del cumplimiento de este requisito los alimentos siguientes:

Los alimentos naturales que no sean sometidos a ningún proceso de transforma-ción, tales como granos, frutas, hortalizas, verduras frescas, miel de abejas, y los otros productos apícolas.

Los alimentos de origen animal crudos refrigerados o congelados que no hayan sido sometidos a ningún proceso de transformación.

Las materias primas producidas en el país o importadas para su utilización exclu-siva por la industria y el sector gastronómico como percusores de alimentos terminados.

Los alimentos que se fabrican exclusivamente para ser exportados (entendiéndo-se que por ámbito de aplicación normativa no puede ser comercializado en Colombia)

La panela (no saborizada), acorde con lo establecido por el Decreto 779 de 2006 Requisitos para obtener un registro sanitario de alimentos

Presentar los siguientes documentos foliados (numerados) en la parte superior derecha de la hoja, tomando como primer folio la consignación, y legajados (gancho legajador plástico) en carpeta blanca tamaño o�cio.

Para Nacional:

1. Recibo original (copia al carbón) de la consignación de acuerdo al código de tarifa establecido para el producto (www.invima.gov.co / Trámites y servicios / tarifas). Si el pago se realiza de manera electrónica, adjuntar la copia de la transac-ción.

Nota: la consignación debe ser por el valor exacto y la tarifa correspondiente.

2. Los formularios deben ser diligenciados sin tachones ni enmendaduras información básica y de solicitud de Registro Sanitario (www.invima.gov.co/trá-mites / formatos/ Alimentos)

•Formulario de información básica.

•Formulario de expedición de registro sanitario nuevo o renovación.

•Ficha técnica siguiendo el modelo establecido por el INVIMA (en caso de presen-tar variedades adjunte una �cha técnica por cada variedad).

3. Poder para gestionar el trámite, conferido a un abogado si es el caso. Tenga en cuenta que si es un poder especial debe venir con sello de notaria y si es un poder general debe estar elevado a escritura pública.

Para Importado:

Además de los requisitos para alimentos nacionales debe anexar:

1. Certi�cado de venta libre del país de origen, el cual conste de que el producto se vende libremente en ese país, es apto para el consumo humano y que el fabricante cumple con las normas sanitarias exigidas en dicho país. Debe venir con el respectivo sello de apostille o de consularización (se hace en el país de origen) y legalización (se hace en el ministerio de relaciones exteriores de Colom-bia). Si el documento está en un idioma diferente al castellano es necesario adjun-tar la traducción o�cial. (Este certi�cado debe estar vigente a la fecha de la radica-ción del trámite).

2. Ficha técnica realizada por el fabricante del producto en el país de origen. Esta �cha debe seguir el modelo establecido por el INVIMA en caso de presentar varie-dades, adjunte una �cha técnica por cada variedad). Adjuntar traducción al espa-ñol si viene en un idioma diferente.

3. Carta de autorización del fabricante al importador para importar, distribuir, comercializar y/o ser el titular del registro sanitario del producto en Colombia. Adjuntar traducción al español si viene en un idioma diferente

La respuesta de un requerimiento no garantiza la concesión del permiso sanita-rio, ya que si la misma no cumple con la normatividad sanitaria vigente, el trámite debe ser negado. El permiso sanitario de alimentos tendrá una vigencia de 3 (tres) años, contados a partir de la fecha de su expedición, y no podrá renovarse.

Sólo se concede para microempresarios.

No aplica para alimentos de alto riesgo. (Ver Artículo 1 del Decreto 4444 de 2005), Por ejemplo: Cárnicos y sus derivados, Leches en todas sus variedades, Alimentos infantiles, Agua envasada, por citar algunos.

A diferencia de los requisitos del registro sanitario para productos nacionales, el permiso sanitario exige el concepto sanitario FAVORABLE expedido por el INVIMA.

Para el trámite del concepto sanitario (requisito previo del permiso sanitario), el interesado deberá solicitar mediante carta de petición la visita al GTT (Grupo Territorial de Trabajo) del INVIMA, adjuntando con ésta, el recibo de consignación de la tarifa 4051.

Requisitos para obtener un registro sanitario de alimentos

1. Recibo original (copia al carbón) de la consignación de acuerdo al código establecido para el producto (www.invima.gov.co / Trámites y servicios / tarifas). Si el pago se realiza de manera electrónica, adjuntar la copia de la transacción. Nota: la consignación debe ser por el valor exacto y la tarifa correspondiente.

2. Los Formularios deben ser diligenciados sin tachones ni enmendaduras información básica y de solicitud de Registro Sanitario (www.invima.gov.co/trá-mites / formatos/ Alimentos)

• Formulario de información básica.

• Formulario de expedición de Permiso Sanitario.

• Ficha técnica siguiendo el modelo establecido por el INVIMA (en caso de presen-tar variedades adjunte una �cha técnica por cada variedad). 3. Concepto sanitario FAVORABLE O FAVORABLE CONDICIONADO ( CON LA VALIDACIÓN PARA OTORGAR PERMISO SANITARIO POR PARTE DEL GTT), de la planta fabricante expedido por el INVIMA

4. Poder para gestionar el trámite, conferido a un abogado si es el caso. Tenga en cuenta que si es un poder especial debe venir con con sello de notaria y si es un poder general debe estar elevado a escritura pública.

El INVIMA trabaja para proporcionar a los ciudadanos e industria en general mecanismos, herramientas y canales de comunicación efectivos, con el �n de acercarlos a la institución para que puedan realizar los trámites de una manera e�ciente.

La O�cina de Atención al Ciudadano es el área encargada de recibir y orientar al ciudadano para que pueda efectuar las solicitudes de noti�caciones sanitarias obligatorias, cambios, certi�caciones, autorizaciones y demás trámites relaciona-dos con las competencias del Instituto.

Presentamos esta Guía de atención al usuario, con el �n de aclarar sus dudas y hacer más sencillos estos procesos.