Guía para Padres - Long Beach Unified School District · ajustes/modificaciones razonables para...

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DISTRITO ESCOLAR UNIFICADO DE LONG BEACH Child Development Centers Preescolar Subvencionado y Cuidado de Edad Escolar Guía para Padres Sirviendo a los niños y las familias de Long Beach por más de 75 años

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DISTRITO ESCOLAR UNIFICADO DE LONG BEACH

Child Development Centers Preescolar Subvencionado y Cuidado de Edad Escolar

Guía para Padres

Sirviendo a los niños y las familias de

Long Beach por más de 75 años

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Bienvenidos al Centro de Desarrollo Infantil Estimados Padres: Nuestra familia de los centros de Child Developement Centers les da la bienvenida a usted y a su niño/a al Child Development Centers del Distrito Escolar Unificado de Long Beach. Nuestro programa está integrado por un excelente personal de maestros profesionales, administradores y personal de apoyo cuyo único propósito es brindar un programa integral para satisfacer las necesidades de los niños que atendemos. Nuestros niños son los miembros más importantes de nuestra familia. Los padres de familia son socios importantes en la educación de nuestros niños y están invitados a visitar nuestros planteles escolares en cualquier momento. Esperamos poder trabajar conjuntamente con ustedes para poder cumplir con las metas del programa de Child Development Centers (CDC). Este manual ha sido desarrollado para proporcionarles información importante acerca de nuestros programas y normas. Una vez más, ¡bienvenidos a Child Development Centers! Atentamente, Cindy Young, Directora

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TABLA DE CONTENIDO

Nuestra Misión…………………………………………………………………… 1

Nuestro Programa………………………………………………………………… 2-3

• Edad de los niños que se atienden • Días y Horarios de Servicios • Política de Puerta Abierta, • Acceso Equitativo • Política Razonable para Modificaciones de Comodidad • Instrucción Religiosa

Filosofía del Programa, Metas y Objetivos……………………………………… 3-6 • Perfil de Desarrollo de Resultados Deseados (DRDP) • Programa Educativo • Programa de Desarrollo Profesional • Participación y Educación de Padres de Familia • Servicios de Salud y Servicios Sociales • Participación de la Comunidad • Nutrición • Evaluación del Programa • Escala de Calificación Ambiental

Como Calificar para el Programa ………………………………………..……. 6-8 • Elegibilidad (Criterio y Documentación Requerida) • Número de Personas en la familia (Documentación Requerida) • Necesidad (Criterio y Documentación Requerida) • Pago de Servicios/Plan de Pagos Retrasados

Como se Selecciona a las Familias ………..………………………………......... 9 • Prioridades

Proceso de Inscripción …………………………………………………………. 9-11

• Proceso de Notificación • Documentos Que Debe Traer/Solicitud de Servicios • Aviso de Acción • Proceso de Apelación

Como Continuar en el Programa ………………………………………………. 11 • Recertificación • Notificación de Cambios • Cumplir las Normas, Procedimientos y Requisitos de la Agencia

Procedimientos del Programa …………………………………………………. 11-14 • Asistencia: Normas Respecto al Registro de Entrada/Salida y Ausencias • Registro de Entrada/Salida • Salud y Seguridad (Conducta del Estudiante, Revisiones Diarias de Salud • Procedimientos para Cuando un Niño(a) Está Enfermo o Se Lastima, Medicamentos,

Cambio de Ropa) • Procedimientos para Recoger Tarde a los Niños

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Póliza de la Clase………………………………………………………………… 14-17

• Voluntarios de Clase • Uso de Teléfono celular • Administración de Clase • Lavado de Mano • Pertenencias personales y los juguetes • La vestimenta de los estudiantes • Protección contra el sol • Póliza de cobija

Procedimientos Generales…………………………………...…………………… 18

• Procedimiento Uniforme de Quejas • Apelaciones de las Decisiones del Aviso de Acción (NOA)

Procedimientos para Cancelar Servicios…………… ……………………………. 19

• Solicitud para Cancelar los Servicios del Programa • Cancelación de Servicios

Personal Docente y Personal de Apoyo …………………………………………. 19 • Certificación de Personal • El Reportando Sospechado Infantil • Personal Docente • Personal de Apoyo

Planteles Escolares y Localidades del CDC ……………………………………. 20-23

• MANEJO DE PESTICIDAS

• COPIAS DE LOS DOCUMENTOS FIRMADOS DURANTE INSCRIPCIÓN

• AVISO DEL REQUISITO PARA RECOBRAR LOS GASTOS POR CUIDADO DE NIÑOS COMO RESULTADO DE FRAUDE O ENGAÑO

• ACUERDO DE LOS PADRES

• CONSENTIMIENTO Y EXENCION DE RESPONSABILIDAD LEGAL

• PROCEDIMIENTO QUE SE APLICA POR TARDANZAS, Tiempo Completo

Procedimiento de tardanzas al recoger a su niño, Prescolar Estatal

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• REQUERIMIENTOS DE FIRMA AL DEJAR Y RECOGER A SU NIÑO

• DERECHOS DE LOS PADRES

• DERECHOS PERSONALES

• DERECHOS DE PADRES Y PETICIÓN DE AUDENCIA PROCEDIMIENTOS DE APELACIÓN

• REVISION DIARIA DE SALUD PARA CADA NIÑO/A

• REQUISITOS LEGALES DE AUSENCIA ESTUDIANTIL

• GRUPO DE PADRES

• CODIGO DE VESTIMENTA ESTUDIANTIL

• ELEGIBILIDAD DEL PROGRAMA Y REQUISITOS DE NECESIDAD

• PROCEDIMIENTOS UNIFORMES PARA LA PRESENTACIÓN DE QUEJAS

• DECLARACÍON MEDICA PARA SOLICITAR ALIMENTOS ESPECIALES

O ACOMODACIONES ALIMENTICIAS

• FORMULARIO PARA DECLINAR EL ALIMENTO DEL ABASTECEDOR

• POLÍZA DE CDC: DÍAS FERIADOS Y CELEBRACIONES

• POLÍZA DE CDC: CELEBRACÍON DE FIN AÑO

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NUESTRA MISIÓN Los Centros para Desarrollo Infantil construyen la base educativa que necesitan todos los niños para poder realizar su potencial máximo.

VALORES Respeto Profesionalismo Paciencia Conocimiento Comunicación Efectiva Compasión

METAS DEL PROGRAMA

Ø Construir una base sólida en los elementos fundamentales de la lectura, escritura y matemáticas. Ø Desarrollar autoestima y respeto por los demás.

Ø Atender las necesidades individuales, intereses e inquietudes de todos los niños, planeando una

variedad de actividades.

Ø Atender las necesidades educativas de todos los niños, utilizando estrategias educativas que enseñan diferentes estilos de aprendizaje.

Ø Ayudar a los niños para que pongan en práctica buenos hábitos de salud, seguridad y nutrición

personal.

Ø Brindar apoyo para que los niños puedan desarrollar responsabilidad e independencia.

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Nuestro Programa

El Centro para Desarrollo Infantil (CDC) opera una variedad de programas. Programa Preescolar de Día Completo/Programa Preescolar de Parte del Día

Ø Ambos “programas preescolares” se enfocan en preparar a los niños para que tengan éxito en kindergarten y en sus estudios posteriores al kindergarten, utilizando estrategias educativas basadas en estudios de investigación en las áreas de lectura, escritura y matemáticas.

Ø La mayoría de los centros CDC están ubicados en los planteles escolares de las escuelas primarias.

Ø Los niños de tres a cinco años de edad se atienden de lunes a viernes. Ø Los niños deben estar completamente entrenados para usar el baño al menos que sean elegibles para

los ajustes/modificaciones razonables establecidas bajo la Ley de Americanos con Discapacidades. Ø Durante el año, el Programa Preescolar de Día Completo está abierto de 6:30 A.M. a 5:30 P.M. para

las familias que sean elegibles, excepto durante los días festivos legales y los días festivos declarados por el Distrito escolar.

Ø El Programa Preescolar de Parte del Día es un programa educativo de tres horas al día a través del cual se ofrecen clases en la mañana y en la tarde para las familias, dependiendo del plantel escolar, y en el cual también se tiene un componente de participación de padres de familia. Este programa funciona en un calendario tradicional, el cual está basado en el calendario escolar de la escuela primaria.

Cuidado de Niños de Edad Escolar Ø Este programa ofrece cuidado de niños antes y después del horario escolar regular para los estudiantes de

escuela primaria de los padres de familia que sean elegibles para recibir estos servicios. Durante el año, los centros abren de 6:30 A.M. a 5:30 P.M. lunes a viernes, para las familias que sean elegibles, excepto durante los días festivos legales y los días festivos declarados por el Distrito Escolar. El programa de servicios de cuidado de niños de día completo también se ofrece en los días que las escuelas están cerradas, durante las vacaciones, excepto durante los días festivos legales y los días festivos declarados por el Distrito Escolar.

Ø Extiende y fortalece el plan de estudios regular, brindando ayuda con las tareas, proporcionando actividades/proyectos de lectura, escritura, matemáticas y ciencias, actividades de ejemplos a seguir y excursiones relacionadas con las actividades que se están realizando en los salones de clases regulares.

Ø Promueve la auto-expresión a través de canciones, ritmos creativos, música, drama, arte y la escritura creativa.

Ø Desarrolla las habilidades motrices, sensoriales y físicas a través de juegos y deportes individuales y en grupo, actividades en el patio de recreo y actividades de motricidad fina tales como rompecabezas y objetos manipulativos.

Ø Suplementa el programa escolar regular con actividades relacionadas al desarrollo de habilidades de expresión artística, artes manuales, cocina, costura, construcción y educación física.

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Política de Puerta Abierta

Los padres de familia son socios importantes en la educación de nuestros niños y están invitados a visitar nuestros planteles escolares en cualquier momento. Padres voluntarios tienen que traer un reciente examen de TB negativo, pruebas de vacunas recientes; Sarampión, Tos Convulsiva e Influenza, copia de identificación válida, y completar la aplicación de LBUSD VIP’s.Cuando los documentos sean aprobados le notificaran para darle su gafete VIP’s y pueda ayudar en la clase de su hijo/a. Si está interesado en observar en el salón, debe contactar a la Maestra Coordinadora en avanzado para ser arreglos especiales. Por su solicitud le acomodemos la cita por 30 minutos.

Acceso Equitativo

Ø Los Centros para Desarrollo Infantil del Distrito Escolar Unificado de Long Beach no discriminan con base en sexo, orientación sexual, género, identificación con un grupo étnico, raza, ancestros, origen nacional, religión, color o discapacidad mental/física para determinar que estudiantes son atendidos.

Política Razonable para Modificaciones de Comodidad Ø Los Programas del Centro para Desarrollo Infantil están abiertos para los estudiantes que podrían

necesitar ajustes/modificaciones para poder participar en el programa, y entendemos los requisitos de la Ley de Americanos con Discapacidades (ADA) respecto a desarrollar e implementar ajustes/modificaciones razonables para dichos niños. Si su niño(a) es aceptado(a) a un Centro de Desarrollo Infantil y es un estudiante discapacitado, y si usted cree que él/ella necesita un programa con ajustes/modificaciones para poder participar en dicho programa, favor de informarnos esto durante el proceso de inscripciones.

Ø El Centro de Desarrollo Infantil reserva el derecho de terminar servicios si es determinado que es el mejor interés del niño/a e grupo. Los programas del CDC solo puede servir a los niños/a cuáles las necesidades pueden ser cumplidos por el programa y su personal. No todos los niños/a pueden tener éxito en cuidado de grupo. También el programa esta limitado por fondos, proporción de adulto a niño/a, entrenamiento del personal especializado, e puede ser que no podamos ayudar a todo niño/a. Circunstancia especificas pueden incluir (pero no limitado):

• Agresión, anti-social, e comportamiento inaceptable, la seguridad del niño/a o seguridad de otros niños o del personal no puede garantizarse. Esto puede incluir huyendo o salir de un área supervisada.

• El niño muestra incapacidad de adaptar al grupo. Instrucción Religiosa

Es responsabilidad de las escuelas públicas enseñar entendimiento y respeto mutuo respecto a las diferencias individuales y de los grupos. Dicha enseñanza deberá ser objetiva, justa e imparcial, evitará impacto doctrinal respecto a asuntos religiosos y deberá evitar cualquier implicación que las doctrinas religiosas específicas tengan respecto al apoyo de la autoridad estatal. El Centro de Desarrollo Infantil se abstiene de proporcionar instrucción y culto religioso.

FILOSOFÍA DEL PROGRAMA, METAS Y OBJETIVO

La meta del Centro para Desarrollo Infantil del Distrito Escolar Unificado de Long Beach es asegurarse de que todos los niños estén progresando en el ámbito del desarrollo físico, cognitivo y socio-emocional.

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Perfil de Desarrollo de Resultados Deseados (DRDP)

Ø Nosotros utilizamos el Perfil de Desarrollo de Resultados Deseados (DRDP), una herramienta desarrollada por el Departamento de Educación de California, División de Desarrollo Infantil, para evaluar el desarrollo de los niños.

Ø Los niños son evaluados dentro de un periodo de 60 días de su inscripción, y después de eso ellos serán evaluados a cada seis meses.

Ø La información que nos brindan los padres de familia es un componente necesario de esta evaluación.

Ø La evaluación también se utiliza para planear y conducir actividades educativas adecuadas para la edad y desarrollo de los niños.

Ø El DRDP se enfoca en cuatro resultados deseados: 1. Niños/a son competente social y personal 2. Niños/a son estudiantes con eficiencia 3. Niños/a muestran competencia físicas y motoras 4. Niños/a están seguros y sanos.

Programa Educativo

Ø Programa Preescolar – El programa preescolar del distrito está alineado con las bases de aprendizaje preescolar y los marcos del plan de estudios desarrollados por el Departamento de Educación de California (CDE), en los cuales se identifica el conocimiento, las habilidades y competencias que los niños normalmente adquieren al culminar su primer o segundo año de educación preescolar. Los componentes del programa deberán abordar los temas de desarrollo socio-emocional, físico y cognitivo en las áreas claves que son necesarias como preparación para el kindergarten. Además, el programa preescolar provee servicios adecuados para brindarle apoyo a los estudiantes que están aprendiendo inglés y niños con discapacidades.

Ø Cuidado de Niños de Edad Escolar – El programa para estudiantes de edad escolar que ofrece el distrito antes/después del horario escolar regular y durante la escuela de verano provee enriquecimiento que brinda apoyo y está alineado con el plan de estudios de las escuelas primarias. Los estudiantes también reciben ayuda con las tareas.

Programa de Desarrollo Profesional

Ø Todo el personal tiene certificación adecuada que requiere el Estado de California.

Ø Los empleados nuevos reciben una orientación como guía para que puedan entender de qué manera las normas de una agencia están relacionadas con las descripciones de sus respectivos empleos.

Ø El continuo crecimiento del personal se apoya a través de la evaluación de sus necesidades y brindándoles actividades de capacitación profesional para mejorar su crecimiento profesional.

Ø Nuestro personal es evaluado de acuerdo a los contratos negociados con sus respectivas uniones.

Ø Nosotros tenemos sistemas de comunicación internos que incluyen correo electrónico, teléfono, memorandos y reuniones para proporcionarle al personal la información que necesitan para desempeñar sus respectivos trabajos.

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Participación y Educación de Padres de Familia/Tutores Todos los padres de familia asisten a:

Ø una orientación de padres de familia/tutores; Ø por lo menos dos conferencias de padres de familia/tutores, por año; y Ø reuniones de padres de familia/tutores con el personal del programa.

Además, CDC tiene: Ø una política de puerta-abierta con la cual se motiva a los padres de

familia/tutores para que participen, cuando sea posible, en las actividades que se realizan diariamente;

Ø un comité asesor de padres de familia/tutores, el cual aconseja al distrito respecto a los temas relacionados con los servicios que se ofrecen para las familias y sus niños; y

Ø medios establecidos para compartir la información relacionada con el progreso de los niños.

Servicios de Salud y Servicios Sociales Si es necesario, el personal:

Ø identifica las necesidades de los niños y las familias que necesitan servicios de salud y servicios sociales;

Ø refiere a los niños y/o a las familias a las agencias adecuadas de la comunidad, cuando es necesario; y

Ø conduce procedimientos de seguimiento con los padres de familia/tutores para asegurarse de que sus necesidades sean atendidas.

Participación de la Comunidad

El Centro para Desarrollo Infantil (CDC) solicita apoyo y provee información relacionada con los servicios que están disponibles para la comunidad.

• ChildNet: Servicios de Juventud y Familia tiene servicios de salud mental al local o en casa y clases de educación para padres.

Tambien, cada año participamos en LBUSD Celebración de Educación in Enero que muestran nuestro programa CDC al igual que las escuelas y otros programas del Distrito.

Nutrición

Ø El Centro para Desarrollo Infantil (CDC) se asegura de que los niños que están en el programa reciban alimentos, bebidas y bocadillos nutritivos, tal y como lo establecen las regulaciones estatales y federales.

Ø No se permite traer al centro comida de afuera sin un permiso previo. Ø Debido a requisitos de salud pública, no se permite sacar comida del

centro. Ø Familias tienen la opción de “optar participar” en el programa de

alimento con solo completar los documentos del alimento. Si es que la familia no quiere participar, entonces es la responsabilidad del padre completar los documentos “Parent/Guardian’s Form for Declining a Provider’s Food”

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Ø Si el niño/a requiere una dieta especial por razones médicas, los padres pueden completar el documento “Medical Statement to Request Special Meals and/or Accommodations”. Este documento necesita la firma de un doctor.

Ø El Centro de Desarrollo Infantil provee comida nutritiva sin costo a la familia. Ø Si los padres/guardianes eligen proporcionar comida a sus hijos, esa comida / bocadillos debe ser

saludable y cumplir con los componentes del CACFP.

Evaluación del Programa Anualmente, de acuerdo a los requisitos estatales, se realiza una evaluación del programa de cuidado de niños y los servicios de desarrollo que ofrece el distrito. El reporte de la evaluación es enviado al Consejo Educativo del Distrito Escolar Unificado de Long Beach (LBUSD) y al Departamento de Educación de California junto con un plan de acción en el cual se establecen las metas y los objetivos del programa. Este plan anual concuerda con el sistema de “Resultados Deseados del Estado para los Niños y Familias” e incluye, pero no se limita a, la evaluación de estudiantes (herramienta de DRDP), una auto-evaluación, encuesta de los padres de familia y la escala de calificación ambiental.

Escala de Calificación Ambiental Ø Todos los ambientes de los salones de clases son evaluados

utilizando la Escala de Calificación Ambiental del Estado de California en las áreas de: Espacio y Muebles; Rutinas de Cuidado Personal; Lenguaje-Razonamiento; Actividades tales como ciencias, matemáticas, arte, música y más; Interacción; Estructura de Programa; y Padres de Familia/Personal.

Ø Se diseñan planes de acción para cada salón de clases y programas a nivel escolar para atender las áreas que necesitan mejorar.

Ø Estos datos son compartidos con los Padres de Comité Consultivo para consejo de los próximos planes de acción. Adicionalmente, el Comité también revisa los consejos que dejan los padres en la caja de sugerencias en cada sitio.

CÓMO CALIFICAR PARA EL PROGRAMA

Elegibilidad (todos los programas subsidiados) El ingreso anual ajustado de la familia no puede exceder el límite establecido por el Departamento de Educación de California a la hora de la inscripción, excepto para los niños que reciben Servicios de Protección Infantil. La elegibilidad está basada en documentación y verificación de por lo menos uno de los siguientes requisitos:

Ø Ingreso – ingreso total contable significa todo el ingreso de los miembros de la familia, por ejemplo: • Ingreso bruto (antes de deducciones) o salarios; tiempo extra; propinas; ayuda en efectivo,

pagos recibidos por manutención de menores; porciones de subvenciones o becas identificadas para propósitos educativos.

• La documentación del ingreso es para el mes que precede la certificación o recertificación. Se puede requerir documentación del ingreso actual o ingreso que se recibe normalmente.

• Individuos que trabajan por su propia cuenta – carta que indique la fuente de ingreso; copia firmada de la declaración de impuestos más reciente; otros archivos de negocios tales como libro de contabilidad, recibos, registros de negocios.

• Se podría requerir documentación adicional para verificar el ingreso si es necesario.

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Ø Beneficiario Actual de Asistencia Pública Ø Personas Sin Hogar Ø Servicios de Protección Infantil Ø En Riesgo de Abuso, Negligencia y/o Explotación

Número de Personas en la familia (todos los programas subsidiados) Los padres de familia deben proporcionar documentación adicional respecto al número de niños/adultos en la familia. Esta documentación debe incluir por lo menos uno de los siguientes documentos:

Ø Acta de nacimiento; orden judicial de la custodia del niño(a); documentos de adopción; documentos de la ubicación en una casa de crianza; archivos escolares o médicos; archivos de asistencia pública del departamento del condado; otros documentos fiables que indiquen la relación entre el niño(a) y los padres.

Necesidad (Programa Preescolar de Día Completo y Cuidado de Niños de Edad Escolar Únicamente) Las familias que son elegibles (ver el criterio establecido anteriormente) para el programa subsidiado de cuidado de niños y servicios de desarrollo necesitan documentar que cada uno de los padres en la familia cumple con el criterio de necesidades. La “necesidad” de servicios se determina con base en la documentación y verificación de por lo menos uno de los siguientes requisitos:

Ø Servicios de protección infantil Ø En riesgo de abuso, negligencias y/o explotación Ø Incapacidad de los Padres Ø Empleo Ø Capacitación vocacional directamente enfocada en el comercio, para profesión o profesión

reconocida. Ø Activamente en Busca de Empleo Ø En busca de vivienda permanente para la estabilidad de la familia

Pago de Cuotas/Plan de Pagos Retrasados

Ø Las cuotas por participar en el programa se calcularán y se cobrarán de acuerdo a la Tabla Estatal de Cuotas de la Familia establecida por el Departamento de Educación de California (CDE).

Ø Las familias que se inscriban en los programas subsidiados de cuidado de niños deben tener ingresos inferiores al 70% según lo establecido en la Tabla Estatal de Cuotas de la Familia.

Ø Las familias que reciben servicios por tener a un niño en riesgo de abuso, negligencia o explotación pueden estar exentas de estas cuotas por hasta doce meses. Las familias que reciben servicios por tener a un niño que recibe servicios de protección o tienen una certificación por parte de una agencia de asistencia pública del departamento del condado indicando que es necesario continuar proporcionando servicios de cuidado de niños, podrían estar exentas de estas cuotas por hasta 12 meses.

Ø Si el ingreso de una familia es inferior al 38% del ingreso medio establecido por el estado, la familia no tendrá que pagar por los servicios.

Ø Las cuotas que tiene que pagar una familia se determinan con base en el número de personas que forman la familia y el ingreso mensual bruto (antes de deducciones).

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Ø Las cuotas se cobrarán mensualmente antes de proporcionar los servicios, no son reembolsables y después de siete días de la fecha que se vence el plazo para hacer el pago, el pago será considerado retrasado. En caso de que lo pagos de las cuotas estén retrasados, los padres de familia/tutores recibirán un Aviso de Acción. Se aceptará un plan de pagos razonable y los padres de familia deberán cumplir con el plan de pagos para poder continuar con los servicios. Los servicios de cuidado de niños se cancelarán si no se pagan todos los pagos retrasados en un periodo de dos semanas después de haber recibido el aviso.

Ø Una vez determinados y certificados como ingresos elegibles para los servicios, las familias siguen siendo elegibles por ingresos hasta que su ingreso mensual ajustado exceda el 85 por ciento del ingreso medio estatal más reciente (SMI), ajustado según el tamaño de la familia.

Ø LA CUOTA DE CADA DÍA SE PAGA POR CADA DÍA DE CONTRATO. NO SE HACEN AJUSTES POR NINGUNA AUSENCIA, INCLUYENDO DÍAS DE SUSPENSIÓN.

Ø Las cuotas se deben pagar en efectivo, cheque bancario o cheque de caja (money order) por la cantidad exacta. LAS CUOTAS DEBEN PAGARSE ANTES DE LAS 9:30 a.m. O MÁS TEMPRANO EN CIERTOS PLANTELES ESCOLARES.

Ø Se expedirá un recibo por cada cuota que se pague. Los padres de familia necesitan guardar esos recibos para su declaración de impuestos.

Ø Las cuotas subsidiadas de cada día, de las familias, pueden ser ajustadas con base en la verificación de gastos adicionales por cuidado de niños. Los padres de familia/tutores deben proporcionar copias de recibos o talones de cheques que comprueben los gastos de otros servicios de cuidados de niños y dichas copias serán archivadas en el Archivo de la Familia.

Ø Crédito de Familia por Servicio de guardería gastos pagados a otros proveedores: Título 5 Sección 18112 Ocasionalmente CDC puede no ser capaz de adaptarse a todas las necesidades de cuidado de niños para una familia entera. Si una familia tiene gastos de cuidado de niños para otros niños que no están recibiendo servicios a través de CDC, estos gastos pueden deducirse de las cuotas familiares adeudadas al proveedor de cuidado infantil. Al presentar los registros de asistencia a los CDC, el padre debe adjuntar un recibo o cheque cancelado la verificación de los otros costos de cuidado infantil. El recibo o cheque cancelado deben reflejar el nombre del niño para el que se pagaron y el nombre de la persona que le pagaron y el período de servicio (fechas de cuidado de niños proporcionado) cubiertos por el pago. CDC se aplicará el crédito cuota para el próximo período de facturación. Las familias sólo pueden obtener crédito para otros gastos de cuidado de niños si CDC no puede subsidiar el cuidado de un niño incluido en el tamaño de la familia. El crédito máximo permitido por mes será equivalente a la cuota familiar de un mes.

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CÓMO SE SELECCIONA A LAS FAMILIAS

Prioridad de Inscripción Ø Los de CDC mantienen una lista de elegibilidad vigente en conformidad con las regulaciones

establecidas por el Departamento de Educación de California, División de Educación Temprana y Apoyo Educativo, respecto a las prioridades de admisión. Este requisito se cumple llenando la Solicitud de Elegibilidad del Distrito Escolar Unificado de Long Beach en los centros de CDC.

Ø La primera prioridad de inscripción, para cualquier programa, se le dará a los niños que estén en situaciones de negligencia o abuso o niños que estén recibiendo Servicios de Protección Infantil o estén en Riesgo de Abuso, Negligencia y/o Explotación, al ser referidos por una agencia legal, agencia médica o una agencia de servicios sociales. Si no es posible inscribir a un niño(a) bajo esta categoría, el distritito referirá a la familia del niño(a) a una agencia/recurso local para tratar de conseguirle servicios al niño(a).

Ø Programa Preescolar de Parte del Día – Después de inscribir a todos estos niños en un programa preescolar, el distrito le dará prioridad a los niños de 4 años de edad que sean elegibles antes de inscribir a niños de 3 años de edad.

Ø Programa Preescolar de Día Completo y Cuidado de Niños de Edad Escolar - La segunda prioridad de inscripción se dará de manera equitativa a las familias que sean elegibles con base en sus ingresos. Las familias que tengan el ingreso mensual bruto más bajo en relación al número de personas en la familia serán las primeras en ser admitidas. Si una o más de una familia son elegibles bajo la misma prioridad en relación a su ingreso, la familia que tenga un niño(a) con discapacidades será la primera en ser admitida o, si dicha familia no tiene ningún niño(a) con discapacidades, la familia que haya estado en la lista de elegibilidad por más tiempo será la primera en ser admitida.

PROCESO DE INSCRIPCIÓN Proceso de Notificación Las familias reciben información acerca del proceso de inscripciones en una variedad de lugares, tales como en:

Ø Planteles escolares que tienen un Centro para Desarrollo Infantil (CDC)

Ø El Centro de Inscripción de Estudiantes del CDC. Ø Eventos públicos del distrito como los festivales de Kindergarten

o Celebración de la Educación. Ø Volantes informativos distribuidos en la comunidad. Ø La Página Web del distrito/anuncios de servicios públicos en la

estación local de cable.

Documentos Que Se deben Traer/Solicitud de Servicios Ø Llenar un formulario de solicitud en el Centro de Inscripción de Estudiantes o en un plantel escolar

del CDC es el primer paso del proceso. Después de llenar el formulario, normalmente el proceso de inscripción se concluirá en el Centro de Inscripción de Estudiantes. Favor de llenar y traer el formulario de su solicitud junto con la siguiente información:

• Tarjeta de vacunación y examen físico, antes de comenzar el programa, incluyendo los resultados de la prueba de tuberculosis comprobando que el estudiante no tiene la enfermedad;

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• Acta/Certificado de Nacimiento de todos los niños menores de 18 años de edad que viven en

el mismo hogar; • Comprobante de todo el ingreso de todo el mes de cada uno de los padres que esté

trabajando; • Para los estudiantes del programa preescolar que continúan otro año se les solicitara un

físico medico actualizado o el formulario de exclusión.

Ø Los estudiantes que no tengan la documentación completa no podrán inscribirse. Ø Si hay lugares disponibles, les daremos un paquete de preinscripción y una cita para que puedan

finalizar el proceso de inscripción. Si no hay lugares disponibles, nosotros nos comunicaremos con ustedes en cuanto tengamos espacios disponibles.

Ø El día de su cita, ustedes necesitan devolvernos el paquete de preinscripción completo junto con los talones de sus cheques más recientes. La cita podría durar hasta 2 horas.

Aviso de Acción (NOA, según sus siglas en inglés) Ø Los Avisos de Acción (NOA) se expiden para informar a los padres de familia acerca de una

aprobación, negación, cancelación, pagos retrasados y/o cualquier cambio en el cuidado de niños. Ø El dorso del Aviso de Acción (NOA) delinea para los padres de familia sus Derechos de Apelación

en caso de que ellos estén en desacuerdo con la decisión de la agencia. Proceso de Apelación Si el padre de familia/tutor no está de acuerdo con la resolución de la agencia tal como se establece en el Aviso de Acción, (CD-7617), puede apelar la resolución. Para proteger sus derechos de apelación, el padre de familia/tutor debe seguir las instrucciones que se describen al frente del Aviso de Acción. Si el padre de familia/tutor no responde antes de la fecha plazo que se exige o si no se entrega la información de apelación requerida con su solicitud de apelación, la apelación se podría considerar como abandonada. Paso 1: Complete la información de la apelación que se encuentra en el reverso de la Notificación de Acción. Paso 2: Envíe por correo o entregar la solicitud de audiencia local por escrito dentro de los 14 días de recibir a: Office of Child Development Centers, 4400 Ladoga Ave., Lakewood, CA 90713 Paso 3: Dentro de los 10 días después de que la agencia reciba la solicitud de apelación, la agencia notificará a los padres / tutores para establecer una fecha y hora para la audiencia. Se requiere que el padre / tutor o un representante autorizado para asistir a la audiencia. Si los padres / tutores o representantes autorizados no asisten a la audiencia al padre / tutor abandona el derecho de apelar, y se llevará a cabo la acción de la agencia. Paso 4: Dentro de los 10 días siguiendo a la audiencia, la agencia le enviara por correo o entregar a los padres / tutores una decisión por escrito. Paso 5: Si el padre/tutor no está de acuerdo con la decisión escrita por la agencia, el padre / tutor tiene 14 días desde cuando recibe la decisión de presentar una apelación ante el Departamento de Educación de California (CDE). La apelación debe incluir los siguientes documentos e información:

• Una declaración escrita especificando la razón por la que cree que la decisión de la agencia era incorrecta.

• Una copia de la carta con la decisión de la agencia, y • Una copia de ambos lados de la Notificación de Acción

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Paso 6: Dentro de los 30 días después de recibir la apelación CDE emitirá una decisión por escrito al padre y la agencia. Si se rechaza su apelación, la agencia dejará de proveer servicios de cuidado y desarrollo infantil inmediatamente después de recibir la carta con la decisión del CDE.

CÓMO CONTINUAR EN EL PROGRAMA Recertificación Al aproximarse la fecha de la recertificación, informaremos a todas las familias acerca de la necesidad de una recertificación. Todas las familias necesitarán una recertificación:

Ø Una familia volverá a certificarse en el Centro de inscripción después de la finalización de los 12 meses. Se le pedirá a la familia que complete la solicitud y que envíe información y documentación para determinar que la familia cumple con los requisitos legales para la recepción continua de servicios de desarrollo infantil subvencionados.

Notificación de Cambios

Ø Una familia puede solicitar voluntariamente una reducción en su tarifa familiar informando un cambio como ingresos familiares, días y horas de cuidado necesarios, o el tamaño de la familia, el contratista debe reevaluar la tarifa familiar. El padre debe proporcionar documentación para respaldar el cambio informado. La reducción de la tarifa familiar entra en vigencia el primer día del mes siguiente a la recepción y aprobación de la documentación de respaldo requerida

Ø Los padres / tutores deben notificar al CDC de los cambios cuando los ingresos brutos de la familia exceden el 85 por ciento del SMI, ajustado para el tamaño de la familia. Las familias, cuyos ingresos mensuales ajustados superan el 85 por ciento del SMI, habrán alcanzado el umbral de salida y ya no son elegibles para los ingresos de los servicios subsidiados en curso.

Cumplir las Normas, Procedimientos y Requisitos de la Agencia Ø Si no se sigan las normas, los procedimientos y/o los requisitos establecidos, los servicios de

cuidado de niños se darán por cancelados.

PROCEDIMIENTOS DEL PROGRAMA Asistencia/Ausencias

Ø La División de Educación Temprana y Apoyo del Departamento de Educación de California ha establecido los siguientes parámetros respecto a las ausencias de los centros de cuidado infantil:

• Todas las ausencias serán registradas y verificadas de acuerdo a las causas. Se espera que los padres llamen cada día que el niño sale y que den la razón de la ausencia.

• Las horas contractuales se establecerán con base en las horas de trabajo o capacitación, más el tiempo para transportación de los padres de familia.

• Las normas del distrito establecen que cuando un niño(a) se enferma, él/ella debe ser excluido(a) hasta que su temperatura se haya normalizado por un periodo de 24 horas.

Ø Ausencias Justificadas • Las ausencias justificadas incluyen enfermedades o cuarentenas de un niño(a) o de los

padres de familia/tutores (incluyendo citas con el doctor/dentista), emergencias de la familia, visitas ordenadas por una corte lo cual claramente se hace por el bien del niño(a).

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• “Una emergencia de la familia” se define como una circunstancia inesperada que provoca la necesidad de una acción inmediata, tal y como podría ocurrir durante un desastre natural, cuando muere un miembro de la familia cercano al niño(a), por razones de enfermedad, accidentes o cuando se requiere que se tengan que presentar ante una corte, durante el nacimiento de un niño o por problemas de transporte. Normalmente, se requiere documentación para comprobar lo anteriormente mencionado.

• Orden de una corte: Si una ausencia justificada está fundamentada en el tiempo que el niño(a) pasa con un padre de familia o con cualquier otro miembro de la familia tal y como lo requiere una ley de la corte, el expediente de datos básicos debe incluir una copia de la orden de la corte.

• Por el bien del niño(a): Esto se refiere al tiempo que el niño(a) pasa con un padre de familia o con cualquier otro miembro de la familia lo cual claramente se hace por el bien del niño(a). Por el bien del niño(a) está definido como una vacación, días festivos religiosos o exámenes el distrito requeridos como preparación para ingresar al Kindergarten. Excepto por los niños que reciben Servicios de Protección Infantil o niños que están “en riesgo” de abuso o negligencia, las ausencias justificadas fundamentadas en el mejor interés del niño(a) deberán limitarse a 10 días por cada año fiscal.

• Cuando la enfermedad de un niño(a) excede diez (10) días escolares consecutivos, es necesario que los padres del niño(a) presenten una carta del doctor en la cual se indique la fecha en que dicho niño(a) puede regresar al centro.

• Además, podrían existir condiciones médicas con periodos de duración más cortos, por las cuales se podría requerir una nota del doctor para que el niño(a) pueda regresar al centro.

Ø Ausencias Injustificadas • Cualquier ausencia por razones diferentes a las

mencionadas anteriormente, suspensiones o ausencias sin verificación, está definida como una ausencia injustificada. Ejemplos de ausencias injustificadas son: cuando los padres de familia no dan ninguna razón por la ausencia o cuando los días que se utilizan por el bien del estudiante exceden los 10 días permitidos. Para poder acomodar a otras familias que se encuentran en la lista de elegibilidad para inscribirse en el programa, los servicios se darán por terminados si las ausencias que se utilizan por el bien del estudiante exceden los 10 días permitidos.

• En caso de que se excedan los días de mejores intereses permitidos, el padre tendrá una conferencia con el maestro coordinador o el coordinador del programa para abordar los motivos de las ausencias y ayudar al padre con el plan para que no se desafilien los servicios.

Registro de Entrada/Salida Los siguientes son requisitos legales específicos:

Ø El padre / tutor u otro adulto autorizado recibirá un número PIN para firmar la entrada y salida del niño en el dispositivo electrónico. En caso de que el dispositivo electrónico no esté disponible, se requerirá que el padre o el adulto designado firmen su entrada / salida en la hoja de registro / salida aprobada. (Definición de adulto autorizado: una persona de dieciocho años o más incluida en el formulario de emergencia).

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Ø Una vez que se ingresa el PIN, se requiere una firma legal completa de un adulto. l Ø A Una vez que se ingresa el PIN con firma legal completa, se marcará automáticamente la fecha de

llegada / entrada y salida del niño. Ø Se requiere que todos los adultos le muestren al personal del centro una identificación con

fotografía, todo el tiempo. Por seguridad de los niños, no le entregaremos ningún niño(a) a los adultos que no presenten la identificación adecuada.

Ø Todos los adultos deben tener una identificación con foto para mostrar al personal del centro en todo momento. Para la seguridad de los niños, un niño no será entregado a un adulto sin una identificación adecuada.

Ø Los días y horas del contrato que se han determinado y establecido durante el período de inscripción deben ser seguidos por todos los adultos que dejan o recogen a un niño del programa (si cambia la necesidad de días u horas, notifique al Centro de inscripción de CDC para hacer los ajustes necesarios).

Ø Ningún niño(a) puede llegar al centro después de las 9:30 a.m. sin haber hecho arreglos previos con el maestro(a) coordinador(a) del plantel. En las Escuelas Preescolares Estatales, los niños deben llegar a más tardar 15 minutos después de haber comenzado la clase. Animamos a las familias a llegar a tiempo todos los días para asegurar que su hijo reciba el beneficio completo de nuestro programa.

Ø Los servicios de cuidado de niños se cancelarán si los padres de familia/tutores no siguen los requisitos legales mencionados anteriormente.

Salud y Seguridad Conducta del Estudiante

Ø El personal del centro CDC hace todo lo posible por atender las necesidades de todos los niños, a través de interacciones positivas y colaboración con los padres de familia/tutores.

Ø Si un estudiante está teniendo problemas de conducta, el Consejero Asesor y la Enfermera del Centro para Desarrollo Infantil (CDC) están disponibles para consultas y, si es necesario, ellos referirán al estudiante para solicitar apoyo fuera del centro.

Examen de Salud Diariamente Ø Se requiere un examen de salud diariamente para cada niño que está siendo aceptado al centro.

Todos los niños de edad escolar necesitan ser revisados en el centro de CDC antes de ingresar a la escuela primaria.

Procedimientos para Cuando un Niño(a) Se Enferma o Se Lastima Ø Como el centro de CDC quiere garantizar la salud y seguridad de todos los niños, en caso de que un

niño(a) se enferme o se lastime, la expectativa es que los padres/tutores del estudiante o la persona designada en la lista de emergencia recojan al niño(a) dentro de un periodo de 30 minutos.

Ø Si un niño(a) se lesiona gravemente, el personal llamará a los paramédicos para que transporten al niño(a) al hospital. El personal también llamará inmediatamente a los padres de familia/tutores.

Medicamentos Ø Si un niño(a) necesita tomar medicamentos mientras está en el centro, por favor solicite el

formulario “Medicamentos en la Escuela – Formulario de Petición de Padres. No se le pueden dar medicamentos a los niños (incluyendo medicamentos “sin recetas,” tales como pastillas para la tos) hasta que un médico/enfermera llene el formulario y los padres de familia lo presenten firmado para que la enfermera de la escuela o la oficina del CDC aprueben dicho formulario.

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Cambio de Ropa

Ø Al solicitarlo, los padres de familia proporcionarán una cambia de ropa para cada niño de edad preescolar y también para los otros niños mayores.

Piojos de la cabeza Ø Basado en las regulaciones de licencias 101223(a)(2), 101226.1 tanto como la sección 1596.81 del

código de seguridad y salud, referencia: sección 1596.72, 1596.73, 1596.81 y 1596.95. Los estudiantes preescolares no pueden asistir a la escuela con piojos o liendres. Esta póliza es diferente de la de K-12 póliza, donde los estudiantes pueden asistir a la escuela con liendres. La regulación preescolar dice no liendres y no piojos.

Procedimientos al Recoger Tarde a los Niños: Preescolar Día completo

Ø Cada vez que los padres de familia recojan a sus niños después de la hora de cerrar o más tarde de las horas establecidas en el contrato de las horas contractuales, los padres de familia (o el adulto autorizado) tendrán que firmar un formulario. En caso de que los padres de familia recojan tarde a sus niños, se implementarán los siguientes procedimientos:

1ª vez tarde – Advertencia. 2ª vez tarde – Conferencia con Maestro(a) y Maestro(a) Coordinador. 3ª vez tarde – Conferencia con Administrador(a) del CDC. 4ª vez tarde – Puede resultar en la cancelación de servicios del programa.

Las veces que se recogen tarde a un niño(a) quedan registradas y no se borran del registro hasta después de un año de la fecha en que ocurrió el primer evento. El registro de las veces que se recoge tarde a los niños sigue a sus niños cuando las familias cambian de centros.

Procedimientos al Recoger Tarde a los Niños: Parte Día Preescolar Estatal

Ø Cada vez que los padres de familia recojan a sus niños 5 minutos después de que la clase se termine, los padres de familia (o el adulto autorizado) tendrán que firmar un formulario. Una copia se le dará al padre y una se mantendrá en el expediente familiar. En caso de que los padres de familia recojan tarde a sus niños, se implementarán los siguientes procedimientos:

1ª vez tarde – Advertencia. 2ª vez tarde – Conferencia con Maestro(a) y Maestro(a) Coordinador. 3ª vez tarde – Conferencia con Administrador(a) del CDC. 4ª vez tarde – Puede resultar en la cancelación de servicios del programa.

POLÍZA DE LA CLASE

Voluntarios de Clase Los padres/guardianes son una parte integrante de nuestro programa y le animamos a participar en la clase uno a dos días por mes. Ofrecerse proporciona la oportunidad de ganar nuevas habilidades, realizar habilidades que usted ya tiene, y también puede ser usado como experiencia de trabajo. Esto también proporciona apoyo en la clase y es un maravilloso camino para usted para ser parte de la educación de su niño.

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Los siguientes requisitos deben ser cumplidos por los voluntarios de la clase para cumplir con los procedimientos de Licencia, Estatales y del Distrito:

Ø Debe ser por lo menos 18 años de edad. Ø Debe estar bajo la supervisión directa de un maestro de clase en todo momento y nunca se

quedarse sola con los niños (no puede llevar a los niños al baño). Ø No puede tener otros niño/a en su cuidado, mientras que esta de voluntario en la clase. Ø Debe estar en buenas condiciones de salud física y mentalmente capaz de realizar las tareas

asignadas. Ø Tener una prueba de tuberculosis negativa, prueba de vacunas actuales; Tos ferina (Pertussis),

Sarampión e Influenza, proporciona una copia actual de una identificación con foto y completar la aplicación LBUSD VIPs.

Ø Una vez que la aplicación ha sido revisada por LBUSD, se le llamará a usted para comenzar su servicio voluntario. El sitio le va a dar una credencial/identificación de VIPs.

Uso de Teléfono Celular

Ø El personal docente utilizará sus celulares, IPads, y/o tabletas en el salón como una herramienta para recopilar datos de los estudiantes para evaluaciones de los estudiantes.

Ø CCW (mientras estén trabajando) VIPS, y padres/guardianes no se les permiten el uso del celular mientras estén en el salón al menos que sea una emergencia.

Ø Los niños en nuestro programa pueden poseer o usar dispositivos personales de señalización electrónica, incluidos, entre otros, teléfonos celulares, IPad / Chromebook / tabletas, pulseras electrónicas. Los dispositivos permitidos se deben apagar durante el tiempo que el estudiante esté en el centro y se los guarde en la mochila y en cualquier otro momento que indique un empleado del distrito. Tenga en cuenta que el Distrito no reembolsa ningún artículo perdido, robado o dañado.

Administración de Clase El programa de CDC utiliza un enfoque positivo para guiar el comportamiento de los niños. La redirección se usa principalmente para redirigir el comportamiento inapropiado. Si el comportamiento repetitivo persiste, se contactará al padre/guardián y juntos el maestro, el Especialista de Orientación (Guidance Specialist) de CDC desarrollarán un plan de acción. La consistencia es la clave para guiar a los niños. La cooperación de los padres/guardianes se espera y se requiere para la inscripción continua. Nuestro ambiente en la clase, horarios y actividades están de acuerdo con todos los requisitos estatales y licencias y están diseñadas para captar el interés de los niños pequeños. Actitudes positivas hacia la escuela de uno mismo y los cambios en el comportamiento a largo plazo son metas educativas para cada niño. El personal se centra en enfoques positivos y eficaces en la construcción de autoestima y enseñando a los niños a desarrollar autodisciplina. Premios, eventos especiales y oportunidades adicionales para el reconocimiento del estudiante ayudan a fortalecer la confianza y orgullo. El personal de CDC mantiene altas expectativas para el comportamiento del estudiante. Las responsabilidades, derechos y reglas de la escuela se establecen claramente, así como las consecuencias por conducta inapropiada. Estrategias que utilizamos para ayudar a los niños a aprender a respetar y hacer las opciones positivas incluyen:

Ø Redirigiendo a actividades adecuadas Ø Retiro de la actividad o área en la clase Ø Constante rutina diaria

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Ø Desarrollo planes de acción por el comportamiento Ø Desarrollo con los niños las reglas del salón de clases Ø Refuerzo positivo Ø Dar opciones con límites Ø Enseñar a niños cómo calmar a sí mismos en situaciones frustrantes Ø La pelea física, morder, golpear personal, lanzando artículos, comportamiento ofensivo o

salir del área supervisada puede resultar en una suspensión inmediata. Lavado de Mano El lavado de mano es el modo más eficaz de prevenir la extensión de gérmenes en nuestra clase. Por esta razón se requerirá que todos los adultos y niños laven sus manos en tiempos específicos de su día como la parte de su rutina. Esto incluye, pero no se limita a:

Ø A la hora de llegada Ø Antes de la hora de la comida Ø Después de comer, hacer proyectos de arte, y tocar las mascotas de clase Ø Después de usar el baño Ø Después de jugar fuera de clase

Al comienzo de cada año los estudiantes se les dará instrucciones sobre la técnica de lavado de mano y también durante el programa de verano. Pertenencias personales y los juguetes El Programa CDC proporciona muchos materiales enriquecedores para su hijo/a. Por favor, no envíe juguetes de ningún tipo, incluyendo artículos electrónicos de la casa a la escuela. Los juguetes del hogar pueden ser perjudiciales para el programa y no podemos responsabilizarnos por artículos perdidos, robados o rotos. Si su hijo/a trae un juguete / artículo personal de la casa para compartir con su clase de Kínder en la escuela primaria, ese juguete / artículo personal debe permanecer en la mochila de su hijo mientras asiste al programa de CDC. La vestimenta de los estudiantes La vestimenta de los estudiantes que sigue se ha establecido para asegurarse de que el programa de instrucción en la escuela puede funcionar plenamente y con eficacia las necesidades de todos los estudiantes libres de interferencia y distracción y sin peligro o amenaza para la salud de los alumnos, su seguridad y su bienestar. Ropa a la escuela deben estar ordenadas y limpias. Los centros escolares tienen la responsabilidad de identificar y restringir el vestimento que puede conducir a condiciones inseguras. Si se determina que es ropa particular relacionados con pandillas, el sitio de la escuela puede prohibir a los estudiantes de usar ese tipo de ropa. Cada sitio de la escuela notificará de los requisitos de uniformes a los padres. Por favor, tenga en cuenta el distrito no reembolsará por los objetos perdidos, robados o dañados.

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Vestuario Aceptable • Pantalones cortos (más cerca de la rodilla que de las caderas) • Falda/vestidos/pantalones cortos (más cerca de la rodilla que de las caderas) • Blusas o camisetas que son adecuados para un ambiente escolar. • Calzado cerrado (con calcetines) que cubre todo el pie • Pantalón de mezclilla (limpio, no descolorido o se rompido) •Pantalones: elegante o casual • Ropa exterior debe cubrir totalmente la ropa interior Vestuario Inaceptable • Camiseta con correa delgada, camisetas, T-correas, tubo o cumbres de cabestro • Camisetas o sudadera con símbolo impreso inadecuadas • Ropa Apretada / ropa que revela • Ropa de una pieza o ropa de sol • Blusas que exponen el estómago en cualquier momento • Ropas interiores visibles • Ropa de tamaño grande o sobre suelta • Sandalias abiertas, zapatos con tacón alto, zapatos de pantufla y chanclas • Gorras (béisbol, etc.) (Aprobado solo para protección de sol) • Artículos de joyería que pueden causar potencialmente una herida • Pelo peinado con hebillas de metal que pueden causar una herida Protección contra el sol Cada escuela permitirá a los estudiantes utilizar ropa de protección contra el sol, incluyendo, pero no limitado a, sombreros y anteojos de sol cuando estén afuera. Cada escuela permitirá a los alumnos el uso de protector solar durante el día escolar sin una nota del médico o receta. Protector solar no es considerado un medicamento. Aprobación, el Centro debe haber estado informado por escrito (carta en una pieza de 8 ½ x 11 de papel) o las instrucciones de los padres antes de la administración. Esta aprobación se mantendrá en el archivo de la familia del niño en el sitio Tenga en cuenta: El estado de California ha determinado que 'un alumno que va a la escuela sin la atención adecuada, a higiene personal o limpieza del vestido, puede ser enviado a casa para ser preparado adecuadamente para la escuela, o deberá prepararse personalmente para la clase antes de entrar'. (Código administrativo de California, Título V, sección 302) 1994. Día Completo Pre Escolar: Política de cobija Título 22, sección 101239.1© requiere que cada niño tiene una sábana y una cobija para tomar la siesta todos los días, y que la sábana y cobija se lavarán cada semana o cuando se hayan ensuciado. Por lo tanto, es necesario que proporcione una sábana y una cobija cada lunes por la mañana. Las sábanas se envían cada viernes o al final de la semana para que sea lavado.

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PROCEDIMIENTOS GENERALES

Procedimiento Uniforme de Quejas

Ø Los padres de familia pueden utilizar el Procedimiento Uniforme de Quejas para presentar sus quejas. El procedimiento se proporcionará para los padres de familia durante la inscripción y anualmente a partir de esa fecha.

Apelaciones de las Decisiones del Aviso de Acción (NOA) Ø Cuando una persona recibe un Aviso de Acción y está en desacuerdo con la decisión emitida por el

CDC, la persona tiene el derecho de apelar la acción con la agencia (CDC). El demandante enviará por correo o entregará una apelación dentro de un plazo de 14 días a partir de la fecha de haber recibido el Aviso de Acción. Dentro de un periodo de 10 días del calendario, a partir de la fecha de haber recibido la petición de apelación, la agencia informará al demandante respecto a la hora y lugar de la audiencia. Dentro de un periodo de 10 días del calendario, a partir de la fecha de la audiencia, la agencia enviará por correo o le entregará al demandante una decisión por escrito. Si el demandante está en desacuerdo con la decisión, él/ella tiene 14 días a partir de la fecha de haber recibido la decisión por escrito para presentar una apelación ante el Estado de California, División de Educación Temprana y Apoyo.

Ø Si los padres de familia/tutores no se presentan a la audiencia, se asumirá que los padres de familia han abandonado la petición de su apelación.

PROCEDIMIENTOS DE DESAFILACION/CANCELACION DE SERVICIOS

Solicitud de la Desafiliación del Programa Si el padre / tutor decide cancelar los servicios del programa, usted debe:

Ø Notificar al sitio o el Centro de Inscripción CDC Ø Complete la "Solicitud de Desafiliación" formulario personalmente o

puede ser completado por el personal por teléfono Una vez que un padre / tutor decide cancelar su inscripción en el programa y luego cambia de opinión en una fecha posterior, no se garantiza la reinscripción en el programa. Si el programa está en capacidad, se ofrecerá otro sitio con vacantes como alternativa.

Desafiliación de Servicios

Ø Cuando se produce la desafiliación de los servicios de cuidado infantil, una familia puede volver a inscribirse en 6 meses a menos que se excluya permanentemente por los motivos que se enumeran a continuación:

Exclusión – Una familia puede ser excluida permanentemente del programa por las siguientes razones: Ø Si los padres de familia o tutores hacen una declaración falsa en alguna de la documentación

presentada. Ø Si los padres de familia o tutores no cumplen con las regulaciones estatales y las normas y

procedimientos del distrito, las cuales gobiernan la operación de los centros de CDC Ø Si los padres de familia no cumplen o dejan de cumplir con los requisitos de elegibilidad y

necesidad. Ø Ausencias injustificadas que no han sido pre aprobadas por el Director del CDC en anticipación a

las ausencias solicitadas. Con la aprobación del Director del Centro de CDC, se permiten ausencias injustificadas en circunstancias extenuantes.

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Ø Si los padres de familia no mantienen una lista actualizada y correcta de por lo menos tres personas que se pueden contactar en un caso de emergencia.

Ø Si los padres de familia o tutores no responden rápidamente cuando se les pide que recojan al niño/a del centro debido a una enfermedad, lesión o comportamiento del niño/a.

Ø Si los padres de familia o tutores no recogen a sus niños antes de la hora que el centro tiene que cerrar. (Favor de ver los Procedimientos para Recoger Tarde a los Niños, Manual de los Padres de familia).

Ø Si la conducta de un niño(a) o la conducta de los padres de familia/tutores interfiere con la operación normal y eficiente del programa y/o compromete la salud o seguridad de un niño(a) o la de un miembro del personal. “De acuerdo a los Códigos de Educación de California, 32210, 32211, y 44811, y los códigos penales, 415 y 626, la conducta inadecuada de los padres de familia que afecta la operación ordenada de un Centro de Desarrollo Infantil puede resultar en la terminación inmediata de los servicios del programa”

PERSONAL DOCENTE Y PERSONAL DE APOYO

Certificación Académica del Personal Docente

Ø Se requiere que los maestros/as del CDC y los maestros/as coordinadores/as cumplan con ciertas acreditaciones académicas y obtengan sus permisos a través la Comisión de California de Acreditación de Maestros.

Reportar Cualquier Sospecha de Abuso Infantil Ø Todo el personal del CDC tiene la obligación de reportar y por ley (código Penal 11166) están

obligados a reportar cualquier sospecha de abuso infantil. cualquier persona que no haga un reporte requerido es culpable de un delito menor castigado con Cárcel, multa o ambos. El Departamento o Agencia de Licencia tiene autoridad para entrevistar a niños, personal docente, y inspector al niño e documentos en el CDC sin cualquier aviso. Todos padres tiene que reportar al personal docente cualquiera situación o condición que puedan afectar el bien estar del niño en el programa

Personal Docente Ø El personal de cada uno de los centros está conformado por un maestro(a) coordinador(a) altamente

calificado y maestros capacitados en el área de desarrollo infantil, maestros que tienen las credenciales y la capacitación adecuada para impartir clases en los programas de desarrollo infantil.

Ø El número de miembros del personal se determina por el número y las edades de los niños que se inscriben en el centro. Con la finalidad de cumplir con las guías y requisitos de acreditación, se mantiene una proporción adecuada de adulto/niños.

Ø La operación del programa se mejora a través de los servicios de el Consejero(a) de Orientación del CDC, Asistentes de la Oficina, equipo de limpieza, Trabajadores de Cuidado de Niños (CCW) y voluntarios.

Personal de Apoyo

Ø Además del personal del Centro de Desarrollo Infantil (CDC), el distrito escolar proporciona servicios de apoyo especializado para los programas, por medio de personal especialmente capacitado y disponible a través de la Oficina para Desarrollo Infantil y el Centro de Inscripción de Estudiantes localizado en el 4400 Ladoga Ave, Lakewood, CA 90713.

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Oficina del CDC 4400 Ladoga Ave., Lakewood, CA 90713

PERSONAL DE APOYO

Oficina del CDC– Teléfono: (562) 421-8210 Fax: (562) 496-3219 Ø Cindy Young, Directora Ø Debbie Wall, Secretaria Administrativa Ø Marissa Pacheco, Coordinadora de Programa Ø Cristabel Rodríguez, Coordinadora de Programa Ø Victor Fluckers, Coordinador de Orientación

Oficina del Centro de Desarrollo Infantil – Teléfono: (562) 421-8210 Fax: (562) 496-3219 Ø Patricia Moreno, Especialista en Credenciales Ø Kristen Pratt, Técnica Contadora

Ø Claudia Estrada, Asistente Oficinista Bilingüe de Nivel Intermedio Ø Jeorgina Alvarez, Asistente Oficinista Bilingüe de Nivel Intermedio

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Child Development Centers

Centro de inscripción de estudiantes – Teléfono: (562) 429-­‐8636 Fax: (562) 496-­‐3208

Centros preescolares subsidiados de día completo

Addams: 256 E. Plymouth St. Long Beach, CA 90805 562-­‐422-­‐3579

Burbank: 501 Junipero Ave. Long Beach, CA 90814 562-­‐438-­‐4108

Central: 1133 Rhea St. Long Beach, CA 90806 562-­‐591-­‐7717

Edison: 640 W. 7th St. Long Beach, CA 90813 562-­‐437-­‐6114

Grant: 6405 Walnut Ave. Long Beach, CA 90805 562-­‐422-­‐4686

Mann: 3215 E. Vista St. Long Beach, CA 90803 562-­‐439-­‐7896

MacArthur: 6011 Centralia St. Long Beach, CA 90713 562-­‐377-­‐0485

North: 6335 Myrtle Ave. Long Beach, CA 90805 562-­‐422-­‐5393

Powell: 150 Victoria St. Long Beach, CA 90805 310-­‐631-­‐8987

Riley: 3319 Sandwood Ave. Lakewood, CA 90712 562-­‐421-­‐2924

Twain: 4666 Sunfield Ave. Long Beach, CA 90808 562-­‐425-­‐2735

Centros preescolares de costo total

Gant: 1854 Britton Dr. Long Beach, CA 90815 562-­‐430-­‐3384

Emerson: 2625 Josie Ave. Long Beach, CA 90815 562-­‐421-­‐9652

Tincher: 1701 Petaluma Ave. Long Beach, CA 90815 562-­‐430-­‐6810

Centros subsidiados cuidado de la edad escolar

Barton: 1100 E. Del Amo Blvd. Long Beach, CA 90807 562-­‐422-­‐9867

Burbank: 535 Junipero Ave. Long Beach, CA 90814 562-­‐433-­‐0042

Burcham: 5610 Monlaco Rd. Long Beach, CA 90808 562-­‐420-­‐9578

Carver: 5335 E. Pavo St. Long Beach, CA 90808 562-­‐421-­‐7015

Garfield : 2240 Baltic Ave. Long Beach, CA 90810 562-­‐424-­‐8720

Grant: 405 Walnut Ave. Long Beach, CA 90805 562-­‐422-­‐4686

Holmes: 5020 Barlin Ave. Lakewood, CA 90712 562-­‐531-­‐8519

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Mann: 257 Coronado Ave. Long Beach, CA 90803 562-­‐439-­‐7896

Muir: 3105 Easy Ave. Long Beach, CA 90810 562-­‐427-­‐5515

Riley: 3319 Sandwood St. Lakewood, CA 90712 562-­‐421-­‐2924

Stevenson: 515 Lime Ave. Long Beach, CA 90802 562-­‐436-­‐4500

Tincher: 1701 Petaluma Ave. Long Beach, CA 90815 562-­‐430-­‐6810

Twain: 4666 Sunfield Ave. Long Beach, CA 90808 562-­‐425-­‐2735

Centros basados en la tarifa Kids Korner

Un número limitado de espacios con costos completos y subsidiados están disponibles en centros de cuidado de edad escolar seleccionados.

Burcham: 5610 Monlaco Rd. Long Beach, CA 90808 562-­‐420-­‐9578

Carver: 5335 E. Pavo St. Long Beach, CA 90808 562-­‐421-­‐7015

Riley: 3319 Sandwood St. Lakewood, CA 90712 562-­‐421-­‐2924

Tincher: 1701 Petaluma Ave. Long Beach, CA 90815 562-­‐430-­‐6810

Twain: 4666 Sunfield Ave. Long Beach, CA 90808 562-­‐425-­‐2735

Inscripción de costo completo: cuidado de la edad escolar

Kettering: 550 Silvera Ave. Long Beach, CA 90803 562-­‐493-­‐2850

Programas preescolares GRATUITO Título 1

Addams: 256 E. Plymouth St. Long Beach, CA 90805 562-­‐428-­‐6369

Dooley: 5075 Long Beach Blvd. Long Beach, CA 90805 562-­‐428-­‐7274

Grant CDC 6405 Walnut Ave. Long Beach, CA 90805 562-­‐422-­‐4686

King: 145 E. Artesia Blvd. Long Beach, CA 90805 562-­‐428-­‐3813

McKinley: 6822 Paramount Blvd. Long Beach, CA 90805 562-­‐531-­‐6182

Muir: 3105 Easy Ave. Long Beach, CA 90810 562-­‐427-­‐5515

Powell: 150 Victoria St. Long Beach, CA 90805 310-­‐631-­‐8987

Webster: 1755 W. 32nd Way Long Beach, CA 90810 562-­‐989-­‐1378

22

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Centros preescolares GRATIS subsidiados de medio día Addams: 256 E. Plymouth St. Long Beach, CA 90805 562-­‐422-­‐3579

Burbank: 535 Junipero Ave. Long Beach, CA 90814 562-­‐433-­‐0042

Central: 1133 Rhea St. Long Beach, CA 90806 562-­‐591-­‐7717

Edison: 640 W. 7th St. Long Beach, CA 90813 562-­‐437-­‐6114

Garfield : 2240 Baltic Ave. Long Beach, CA 90810 562-­‐424-­‐8720

Grant CDC 6405 Walnut Ave. Long Beach, CA 90805 562-­‐422-­‐4686

Holmes: 5020 Barlin Ave. Lakewood, CA 90712 562-­‐531-­‐8519

Lincoln: 1175 E. 11th St. Long Beach, CA 90813 562-­‐591-­‐7121

McKinley: 6822 Paramount Blvd. Long Beach, CA 90805 562-­‐531-­‐6182

Muir: 3105 Easy Ave. Long Beach, CA 90810 562-­‐427-­‐5515

Stevenson: 515 Lime Ave. Long Beach, CA 90802 562-­‐436-­‐4500

Willard: 1055 Freeman Ave. Long Beach, CA 90804 562-­‐987-­‐1926

LBUSD DISTRICT OFFICE 1515 Hughes Way Long Beach, CA 90810 562-­‐997-­‐8000

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23

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La siguiente paginas son copias de los

documentos que usted firmo durante el proceso de inscripción. Son para sus archivos e

información. Por favor, no firme ni devuelva porque ya tenemos estas copias archivadas en su

expediente familiar del CDC.

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OFFICE OF CHILD DEVELOPMENT CENTERS 4400 Ladoga Avenue, Lakewood, CA 90713 (562) 429-8636 ٠۰ Fax (562) 496-3208 Original in Family Folder Copy to Parent/Guardian

AVISO DE ELEGIBILIDAD, NECESIDAD Y REQUISITO DEL PROGRAMA PARA RECUPERAR LOS COSTOS DE CUIDADO INFANTIL PROPORCIONADOS COMO

RESULTADO DE FRAUDE O ENGAÑO

Cualquier declaración falsa hecha relacionada con empleo, entrenamiento, incapacitación, tamaño de familia, etc. o si un padre / tutor no notifica al Child Development Center dentro de los cinco días cuando los ingresos de la familia exceden el límite de salida establecido por el Departamento de Educación, División de Apoyo a la Educación Temprana. El padre / tutor deberá pagar el costo real del cuidado infantil durante este tiempo, ya que la necesidad de cuidado no se ha corroborado. Además, si parece que un padre / tutor ha hecho una declaración falsa, sus archivos de inscripción pueden ser entregados a la Oficina del Fiscal del Distrito, lo que podría resultar en un proceso penal. Debido a los requisitos legales del Estado de California *, el Manual para padres del Child Development Centers en la página 11 que usted recibió indica lo siguiente: "Un niño puede ser excluido permanentemente del programa ... por cualquiera de las siguientes causas:

• Una declaración falsa hecha por un padre o tutor sobre cualquier documentación provista. • Fallo de los padres o tutores en cumplir con las regulaciones estatales y las políticas y

procedimientos del distrito que rigen el funcionamiento de los centros Child Development Centers. • Fracaso de una familia para notificar a la agencia cuando el ingreso bruto de la familia excede el

85 porciento del SMI, ajustado para el tamaño de la familia ".

La División de Apoyo y Educación Temprana del Departamento de Educación del Estado requirió que el Child Development Centers del Distrito Escolar Unificado de Long Beach hicieran todos los esfuerzos razonables para recuperar los costos de cuidado infantil que se proporcionaron como resultado de fraude o engaño. El esfuerzo razonable para recuperar el costo de dichos servicios de cuidado infantil puede incluir:

• El establecimiento de un plan adecuado para rembolsar dichos gastos • El ser demandado a las cortes judiciales • Referir el caso al abogado del distrito

La evidencia de fraude o engaño al determinar elegibilidad inicial o actual para los servicios de desarrollo infantil y/o cuotas iniciales o actuales, también resultará en la cancelación del cuidado del niño/a en nuestros programas. He recibido una copia y comprendo el aviso de requisito para recobrar los gastos del cuidado infantil proveído como resultado de fraude o engaño y recibí la copia de Notificación de Acción. _________________________________ _____________________________________ Nombre del Padre/Guardián (letra de molde) Firma del Padre/Guardián ____________________________________ _________________________________________ Fecha Centro Nombre(s) de los Niños: ________________________________________ ______________________________________________ ________________________________________ ______________________________________________ Aprobado: Director/a CDC Ld: 07/14 CDC-536 SP

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OFFICE OF CHILD DEVELOPMENT CENTERS 4400 Ladoga Avenue, Lakewood, CA 90713 (562) 429-8636 ٠۰ Fax (562) 496-3208 _______________________________ Centro

ACUERDO DE LOS PADRES

__________________________________ _______________________________________ Nombre del Niño/a Nombre de Los Padres/Guardianes Favor de poner sus iniciales en las líneas siguientes: _______ Doy permiso para que mi niño/a salga en caminatas cortas dentro del perímetro escolar y para que vaya a otra locación en caso de una emergencia donde sea necesario evacuarlo. Cada centro tiene un plan de evacuación a la vista para que los padres lo puedan revisar. _______ Doy permiso para que le tomen fotos a mi niño/a para uso en el centro y en la Oficina CDC. _______ He recibido una copia del Consentimiento y Exención de Responsabilidad Legal. _______ He recibido una copia de los Procedimientos Uniformes para la Presentación de Quejas. _______ He recibido una copia del Manual para Padres del Child Development Centers y

entiendo los requerimientos del programa en cuanto a: elegibilidad, exclusión, uso de mi PIN y firma legal al entrar y salir, y procedimiento de tardanzas.

Registración y Continuación _____ El padre es responsable de notificar a la maestra sí ocurre algún cambio en la dirección, número de teléfono, o en los números de teléfono de emergencia. _____ El padre es responsable de llevar al niño al médico y al dentista cuando se la haya pedido. _____ El padre es responsable de atender a la cita que ha sido planeada con tiempo para tener una conferencia con la maestra. Yo entiendo que los centros del Child Development Centers no tienen seguro que cubra el costo de tratamiento en caso de lesiones accidentales. Seleccione una opción: _____ Yo he decidido participar en el plan de seguro disponible. _____ Yo ya tengo protección de seguro adecuado. _____ Yo no deseo participar en el plan de seguro disponible. Firma del padre/guardián: ________________________________ Fecha: ____________ Aprobado: Director/a de CDC (CDC-240SP)

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DISTRITO ESCOLAR UNIFICADO DE LONG BEACH 1515 Hughes Way, Long Beach, CA 90810 (562) 997-8000

CONSENTIMIENTO Y EXENCION DE RESPONSABILIDAD LEGAL

Nombre del Participante: ___________________________________________ Fecha: ____________________________ Escuela: __________________________________________________________ Por la presente entiendo y reconozco mi participación o la participación de mi hijo/a en la producción del LBUSD de fotografías en la clase, videos, página de Internet o medios de noticias durante el año escolar. La intención para la distribución y uso de este producto es para reproducir, distribuir, exhibir, crear obras derivadas de y usar el nombre de mi hijo/a, fotografía, video, grabación de audio, imagen y firma por y en conexión con las relaciones publicas del Distrito Escolar Unificado de Long Beach, publicidad, noticias, promociones y reclutamiento, incluyendo pero sin limitarse a compartir estos medios de comunicación para distribución y venta de programas de entrenamiento. Por la presente otorgo al Distrito Escolar Unificado de Long Beach y a aquellos que actúen con la autorización del distrito, el derecho y el permiso para copiar, usar, publicar, exhibir, producir, duplicar, vender y distribuir reproducciones fotográficas, grabaciones de video, o de audio en las que participo yo o mi hijo/a, de acuerdo a la descripción que aparece arriba. Otorgo además mi consentimiento para que el distrito escolar Unificado de Long Beach use segmentos o porciones del producto anteriormente mencionado para anuncios, cortes informales de película u otros usos necesario para brindar información o hacer propaganda para la producción. Por la presente libero, exonero y estoy de acuerdo en no considerar responsable al Distrito Escolar Unificado de Long Beach y a aquellos que actúen con la autorización del distrito, de cualquier responsabilidad en toda la extensión permitida por la ley, para la preparación, distribución y uso del producto que se describe arriba. Cualquier pregunta referente a este formulario o producción debe dirigirse a: Cindy Young, Directora de CDC Office of Child Development Centers 4400 Ladoga Ave., Lakewood, CA 90713 (562) 421-8210

Consentimiento y Exención Para Los Participantes Adultos (Mayores de 18 años)

Soy mayor de 18 años.

Nombre (impreso) ___________________________________ Firma_____________________________________________ Dirección__________________________________________ Teléfono___________________________________________

Consentimiento y exención Para Participantes Menores (menores de 18 años) (Se requiere la firma del padre o tutor legal en la parte de abajo.)

Yo, el padre o tutor legal de _______________________________________________________doy mi consentimiento y autorización a todo lo antedicho. Firma del Padre o Tutor_________________________________________________________________________________ Dirección__________________________________________Teléfono__________________________________________ POR FAVOR COMPLETE Y DEVUELVA ESTE FORMULARIO A LA ESCUELA DE SU HIJO/A Publicación Autorizada por: Christine Domínguez, Asistente del Superintendente Aprobado por: Director/a de CDC CDC-241 SP

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OFFICE OF CHILD DEVELOPMENT CENTERS 4400 Ladoga Ave., Lakewood, CA 90713 (562) 429-8636 w FAX (562) 496-3208 Complete in Duplicate: original to parent, copy to child’s file

Late Pickup Procedures: State Preschool, Full Day and School Age Programs State Preschool: Each time a child is picked up five or more minutes after preschool class has ended the following procedures will be implemented: Full Day and School Age Programs: Each time a child is picked up after closing time, or later than the contract hours agreement the following procedures will be implemented. Reminder: any time beyond the center’s closing time of 5:30 p.m. is considered late.

Date Time Reason Infraction The Following Plan Has Been Agreed Upon

1 -time late - Warning

2 – times late: Conference with Coordinating Teacher or classroom teacher

3 – times late: Conference with Program Coordinator /Specialist

4 – times late: May result in possible disenrollment from the program.

Late pickups transfer with your child if the family changes State Preschool centers within the school year. A late pick up will be dropped one year from the initial date it was incurred. I have read and received a copy of the procedure. _________________________________ _____________________________ _____________ Parent/Guardian Signature Parent/Guardian Print Name Date Completar en Duplicado: 1 Copia para los padres, una copia para el expediente familiar Procedimiento que se Aplica por Tardanzas: Preescolar estatal, preescolar de Día Completo y Centros de Edad Escolar Preescolar Estatal: Cada vez que recoja a su niño/a hasta 5 minutos después de que termina la clase, se implementara el siguiente procedimiento: Preescolar de Día Completo y Centros de Edad Escolar: Cada vez que recoja a su niño/a después de la hora de cerrar, o después de las horas de contrato, se implementara el siguiente procedimiento. Recordatorio: cualquier tiempo después de la hora del cerrar de 5:30 p.m. se considera tarde. Nombre de niño/a_________________________ Escuela_________________________ Maestro(a)_______________

Fecha Tiempo Razón Infracción El Siguiente Plan ha Sido Acordado

1 -vez tarde - Solo se les dará un aviso

2-veces tarde - Conferencia con la Maestra/o Coordinadora o con la maestra/o del salón

3 -veces tarde - Conferencia con la Coordinadora/o del Programa

4- veces tarde - Podría resultar en desafiliación del programa CDC.

Si su niño/a se transfiere a otra guardería las tardanzas se transfieren con el/ella. Una tardanza se anulara después de un año de que sucedió. He leído y recibido una copia de este procedimiento. ________________________________ _______________________________________ ____________ Firma del Padre/Guardián Letra de Molde del Padre/Guardián Fecha Approved: CDC Director CDC-523

Child’s Name__________________________ School______________________ Teacher__________________________

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OFFICE OF CHILD DEVELOPMENT CENTERS 4400 Ladoga Avenue, Lakewood, CA 90713 (562) 429-8636 ♦ FAX (562) 496-3208 Completar en duplicado

REQUISITIOS DE FIRMA AL DEJAR Y RECOGER A SU NIÑO/A

Estimados Padres/Guardianes:

Las regulaciones del para los centros del Child Development Centers, requiere que los padres firmen a los niños al dejarlos y recogerlos diariamente. Estos son específicamente los requerimientos legales.

a. El Padre/Guardianes o cualquier otro adulto autorizado recibirá un número PIN para firmar la entrada y salida del niño en

el dispositivo electrónico. En caso de que el dispositivo electrónico no esté disponible, se requerirá que el padre o el adulto designado firmen su entrada / salida en la hoja de registro / salida aprobada. (DEFINICION DE ADULTO AUTORIZADO: UNA PERSONA DE -18- AÑOS O MAYOR ANOTADA EN EL FORMULARIO DE EMERGENCIA)

b. Una vez que se ingresa el PIN, se requiere una firma completa de un adulto c. Una vez que se ingresa el PIN con firma legal completa, se marcará automáticamente la fecha de llegada / entrada y salida

del niño. d. La firma completa del padre/guardián debe ser la misma que en los documentos firmados al ingresar al programa. e. Se requiere que todos los adultos tengan identificación con foto para enseñar al personal cuando sea requerido. f. Las horas de contrato que se han establecido durante el registro se deben respetar por todos los adultos dejando y recogiendo

al niño. Si las horas no son convenientes, el padre/guardián puede ajustarlas con la maestra coordinadora. g. Los niños no pueden llegar después de las 9:30 a.m. sin previa autorización de la maestra coordinadora. Las razones podrán

ser cita con el Doctor o emergencia familiar y no deben ser frecuentes. Para el programa preescolar del estado, la llega de los niños no puede ser después de 15 minutos del comienzo de la clase.

h. Para los niños en edad escolar, si un niño es recogido temprano de la escuela primaria, el padre / tutor o un adulto autorizado debe firmar la salida del niño del CDC.

i. Si el padre / tutor u otro adulto autorizado no firman debidamente a un niño al dejarlo o recogerlo sin su número PIN, una firma legal completa y / o con la hora correcta indicada en las hojas de registro, se le dará una advertencia. Después del tercer incidente, los servicios de cuidado infantil pueden cancelarse. Las advertencias se eliminarán al final del año fiscal (1 de julio - 30 de junio). Si la familia cambia de centro, el alumno entra y sale de las advertencias recibidas en un centro y se transfiere a cualquier centro futuro dentro de un año fiscal. Las razones por estos requerimientos legales son:

• Los auditores determinan la cantidad de dinero que reembolsa al programa, basado en la revisión de los registros de asistencia, incluyendo las hojas de firmar. Si hay errores en estos registros se puede impactar negativamente los fondos para el programa CDC.

• Cuando recoge a un niño de la guardería y no firma, el personal inmediatamente inicia su búsqueda. Personal de la

escuela y de la guardería revisan las áreas cercanas. Se llama por teléfono a las personas en la forma de emergencia, a la oficina de CDC, Seguridad del Distrito y al Departamento de Policía para asegurar la seguridad del niño.

He leído este boletín y estoy consciente del día de suspensión y posible terminación del programa si mi niño no es firmado correctamente. __________________________________ ______________________________________ Firma de Padres/Guardianes Nombre del Niño __________________________________ _______________________________________ Nombre de Padres/Guardianes Fecha Aprobado Director/a de CDC (CDC 420 sp) ld: 8/13

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LONG BEACH UNIFIED SCHOOL DISTRICT

Office of Child Development Centers Registro de Entrada y Salida del Alumno Incorrecta

____________ AÑO FISCAL

_______________________________ ________________________________ Nombre del niño/a Nombre del Padre/Guardián Su niño/a no fue firmado correctamente de entrada/salida en la siguiente fecha(s):

1er. Aviso

Fecha

Razón

Firma Maestra Coordinadora/Maestra

Firma del Padre/Guardián

2do. Aviso

3ro. Desafilación

Indicar la infracción anotando la letra que corresponde y que se encuentra al frente de esta página en la columna de: razón. * Recordatorio: Los avisos se removerán al final del año fiscal (Julio 1 – Junio 30). Aprobado: Director/a de CDC (CDC420sp) ld:8/13

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STATE OF CALIFORNIA -­ HEALTH AND HUMAN SERVICES AGENCY CALIFORNIA DEPARTMENT OF SOCIAL SERVICES DERECHOS PERSONALES Guarderías infantiles _________________________________________________________________________________________ Derechos personales -­‐ Vea la Sección 101223 sobre las condiciones para exenciones en relación a las guarderías infantiles.

(a) Guarderías infantiles. Cada niño que reciba servicios de una guardería infantil tendrá derechos que incluyen pero que

no se limitan a los siguientes: (1) a ser tratado con dignidad en sus relaciones personales con el personal del establecimiento y con otras personas. (2) a que se le proporcione alojamiento, muebles, y equipo que sean seguros, higiénicos, y cómodos, para satisfacer sus necesidades. (3) a no recibir castigo corporal o poco común; a que no se le cause dolor o humillación; a que no se le intimide; a

no recibir burlas, coerción, amenazas, abuso mental, u otros castigos incluyendo pero no limitándose a: interferir con las funciones diarias de la vida, tales como el comer, dormir, o usar el baño; a que no se le niegue alojamiento, ropa, medicamentos, o medios auxiliares para el funcionamiento físico.

(4) a que la persona con licencia para el cuidado de niños le informe al niño, así como a su representante autorizado si lo hay, sobre lo que dice la ley con respecto a las quejas. Esta información debe incluir pero no

limitarse a la dirección y número de teléfono de la sección en la oficina de licenciamiento que recibe quejas, e información con respecto a la confidencialidad.

(5) a tener la libertad de asistir a los servicios o a las actividades religiosas que desee, y a recibir visitas del consejero espiritual que prefiera. La asistencia a los servicios religiosos, ya sea dentro o fuera del establecimiento, deberá ser completamente voluntaria. En las guarderías infantiles, los padres o tutores legales del niño deberán tomar las decisiones sobre la asistencia a servicios religiosos y las visitas de consejeros

espirituales. (6) a que no se le encierre con llave en ninguna habitación, edificio, ni parte del establecimiento durante el día o

la noche. (7) a que no se le coloque en ningún aparato para limitar sus movimientos, excepto en un aparato de restricción para proporcionar apoyo que haya sido aprobado desde antes por la oficina de licenciamiento.

EL REPRESENTANTE/PADRE/MADRE/TUTOR LEGAL TIENE EL DERECHO A QUE SE LE INFORME SOBRE LAOFICINA DE LICENCIAMIENTO APROPIADA CON LA CUAL DEBE COMUNICARSE SI TIENE QUEJAS. LA OFICINA ES:

______________________________________________________________________________________________________ NOMBRE Department of Social Services_ Community Care Licensing ________________________________________________________________________________________________________________________________________ DIRECCION 1000 Corporate Center Drive, Suite 200B ________________________________________________________________________________________________________________________________________ CIUDAD CODIGO POSTAL AREA/NUMERO DE TELEFONO Monterey Park, CA 91754 323-­981-­3350 -­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­

SEPARE AQUÍ __________________________

AL: PADRE/MADRE/TUTOR LEGAL/NIÑO O REPRESENTANTE AUTORIZADO: PARA EL EXPEDIENTE DEL NIÑO ____________________________________ Complete la siguiente confirmación, una vez que se le haya dado la información respecto a los derechos personales de una manerasatisfactoria y completa, según se explica aquí:

CONFIRMACIÓN: Se me (nos) informó personalmente y recibí una copia de los derechos personales que contiene del Título 22 del Código de Ordenamientos de California, en el momento de admisión a: (ESCRIBA CON LETRA DE MOLDE EL NOMBRE DEL ESTABLECIMIENTO) (ESCRIBA CON LETRA DE MOLDE LA DIRECCIÓN DEL ESTABLECIMIENTO)

____________________________________________________________________________________________________________________________________________ (ESCRIBA CON LETRA DE MOLDE EL NOMBRE DEL NIÑO) ____________________________________________________________________________________________________________________________________________ (FIRMA DEL REPRESENTANTE/PADRE/MADRE/TUTOR LEGAL) ____________________________________________________________________________________________________________________________________________ (TÍTULO/PUESTO DEL REPRESENTANTE/PADRE/MADRE/TUTOR LEGAL) (FECHA) ____________________________________________________________________________________________________________________________________________

LIC 613A (SP) (8/08)

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STATE OF CALIFORNIA—HEALTH AND HUMAN SERVICES AGENCY CALIFORNIA DEPARTMENT OF SOCIAL SERVICES COMMUNITY CARE LICENSING DIVISION

NOTIFICACIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LOS PADRES EN RELACIÓN A LOS HOGARES QUE PROPORCIONAN CUIDADO DE NIÑOS

DERECHOS DE LOS PADRES Como padre/madre/representante autorizado, usted tiene el derecho de: 1. Entrar e inspeccionar el hogar que proporciona cuidado de niños (de aquí en adelante “hogar”) sin

notificación previa, en cualquier momento en el cual los niños estén bajo cuidado. 2. Presentar una queja con la oficina de licenciamiento en contra de la persona con licencia y revisar el

expediente público que la oficina de licenciamiento tiene en relación a la persona con licencia. 3. Revisar, en el hogar, los reportes sobre las visitas por parte de la oficina de licenciamiento y las quejas

comprobadas en contra de la persona con licencia que se hayan presentado durante los últimos tres años. 4. Quejarse con la oficina de licenciamiento e inspeccionar el hogar sin que se discrimine ni que se tomen

represalias en contra de usted ni de su hijo. 5. Ser notificado y recibir, de la persona con licencia, una notificación por escrito con los nombres de las

personas a las que no se les permite estar en el hogar mientras que estén presentes los niños. (NOTA: Esta notificación sólo se requiere cuando el Departamento, por escrito, ha excluido a alguien del hogar el o después del 1º de enero de 2001.)

6. Pedir por escrito que no se le permita a cierto padre/madre que visite al niño de usted ni que se lo lleve del hogar, siempre y cuando usted haya presentado una copia certificada de una orden de la corte.

7. Recibir de la persona con licencia el nombre, dirección, y número de teléfono de la oficina local de licenciamiento. Nombre de la oficina de licenciamiento: _____________________________________ Dirección de la oficina de licenciamiento: _____________________________________ Número de teléfono de la oficina de licenciamiento: _____________________________________

8. Solicitar que la persona con licencia, a petición de usted, le informe del nombre y tipo de asociación con el hogar de cualquier persona adulta que haya obtenido una exención en relación a sus antecedentes penales, y que el nombre de tal persona también se puede obtener comunicándose con la oficina local de licenciamiento.

9. Recibir de la persona con licencia el formulario sobre el proceso para la revisión de los antecedentes de los proveedores de cuidado.

10. Ser informado por la persona con licencia de que el establecimiento tiene o no tiene seguro de responsabilidad civil (liability insurance) o alguna garantía de una compañía de seguridad (bond) que cubra a los clientes por lesiones causadas por negligencia de la persona con licencia o los empleados del establecimiento.

NOTA: LA LEY ESTATAL DE CALIFORNIA ESTIPULA QUE LA PERSONA CON LICENCIA PUEDE NEGAR EL ACCESO AL HOGAR A UN PADRE/MADRE/REPRESENTANTE AUTORIZADO SI SU COMPORTAMIENTO PONE EN RIESGO A LOS NIÑOS BAJO CUIDADO.

Para ver la base de datos del Departamento de Justicia sobre los delincuentes sexuales inscritos (conocida en inglés como “Registered Sex Offender Database”), vaya a: www.meganslaw.ca.gov

LIC 995A (SP) (8/08) (Separe aquí. Déles esta porción a los padres.)

-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­-­ CONFIRMACIÓN DE HABER RECIBIDO LA NOTIFICACIÓN

SOBRE LOS DERECHOS DE LOS PADRES (Se requiere la firma del padre/madre/representante autorizado.)

Yo, el padre/madre/representante autorizado de _________________________________________, he recibido, de la persona con licencia, una copia de la “NOTIFICACIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LOS PADRES EN RELACIÓN A LOS HOGARES QUE PROPORCIONAN CUIDADO DE NIÑOS”, el formulario sobre el PROCESO PARA LA REVISIÓN DE LOS ANTECEDENTES DE LOS PROVEEDORES DE CUIDADO, y el formulario de INFORMACIÓN PARA EL CONOCIMIENTO DEL CONSUMIDOR EN RELACIÓN A LOS HOGARES QUE PROPORCIONAN CUIDADO DE NIÑOS. __________________________________________

Nombre del hogar que proporciona cuidado de niños Firma (Padre/madre/representante autorizado) ____________________________________________ Fecha ____________________ NOTA: Esta confirmación se tiene que conservar en el expediente del niño y una copia de la notificación se le tiene que dar al padre/madre/representante autorizado. Para ver la base de datos del Departamento de Justicia sobre los delincuentes sexuales inscritos (conocida en

inglés como “Registered Sex Offender Database”), vaya a: www.meganslaw.ca.gov LIC 995A (SP) (8/08)

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OFFICE OF CHILD DEVELOPMENT CENTERS 4400 Ladoga Ave., Lakewood, CA 90713 (562) 429-8636 * FAX (562) 496-3208 _____________________

1 copia para el padre/guardián Centro 1 copia para el archivo de la familia, Firmado por el padre.

DERECHOS DE PADRES Y PETICIÓN DE AUDIENCIA PROCEDIMIENTOS DE APELACIÓN

1. Si no esta de acuerdo con la resolución de la agencia tal como se establece en el Aviso de Resolución, (CD-7617), puede apelar la resolución. Para proteger sus derechos de apelación, debe seguir las instrucciones que se describen al reverso del Aviso de Resolución. Si no responde antes de las fechas de vencimiento exigidas o si no presenta la información de apelación requerida con su solicitud de apelación, puede considerarse que usted ha desistido de su apelación. 2. Envíe por correo o entregue la solicitud de audiencia local dentro de los catorce (14) días posteriores a la recepción de este aviso a la dirección listada arriba. 3. La agencia le notificara la hora y el lugar de la audiencia dentro del plazo de diez (10) días calendario después de la recepción de la solicitud de audiencia. Usted o su representante autorizado deben asistir a la audiencia. Si usted o su representante no asisten a la audiencia, renuncia a sus derechos de apelación y se implementara la resolución de la agencia. 4. La agencia le enviara por correo o le entregara una decisión por escrito, dentro del plazo de diez (10) días calendario posterior a la audiencia. 5. Si no está de acuerdo con la decisión por escrito de la agencia, tiene 19 días desde la fecha de la decisión por escrito para presentar una apelación ante el Departamento de Educación de California (conocido en inglés como CDE). Su apelación ante el CDE debe incluir la siguiente información y documentos: (1) Una declaración por escrito que especifique las razones por las cuales considera que la decisión de la agencia es incorrecta, (2) una copia de la carta de decisión de la agencia y (3) una copia de ambos lados de este aviso. Envíe la apelación a la siguiente dirección:

California Department of Education Early Education and Support Division Attention: Appeals Coordinator 1430 N Street, Suite 3410 Sacramento, CA 95814

6. Dentro de un plazo de 30 días calendario posteriores a la recepción de su apelación, la CDD le enviara una decisión por escrito a usted y a la agencia. Si se rechaza su apelación, la agencia dejará de prestar servicios de cuidado y desarrollo infantil inmediatamente después de la recepción de la carta de decisión del CDE. Aprobado: (CDC-451SP) Director/a de CDC ldrv /06/10 Yo he recibido una copia de los Derechos de Padres y el formulario de los Procesos de Petición de Audiencia. _________________________ ___________________________________ Nombre de Padres/Guardianes Firma de Padres/Guardianes _______________________________ ___________________________________ Nombre del Niño/a Fecha

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OFFICE OF CHILD DEVELOPMENT CENTERS 4400 Ladoga Avenue, Lakewood, CA 90713 (562) 429-8636 ♦ FAX (562) 496-3208

Para: Los padres/tutores del programa de Child Development Centers, CDC como sus siglas Asunto: Chequeo diario de salud para cada niño/a El programa de bajo costo es subvencionado por el estado de California y requiere que todos los padres o tutores de los niños/as que asisten el programa del distrito deben cumplir con esta política para mantener la elegibilidad de servicios. El programa de Servicios Sociales del Estado, División de Licencias también requiere los siguientes requisitos. El manual de Políticas y Procedimientos de la Agencia de Salud y Bienestar, Departamento de Servicios Sociales 101226.1(b) declara:

1. Ningún niño/a será aceptado sin contacto entre el personal del centro y el adulto que trae al niño/a al centro." 2. El personal del centro requerirá que el adulto que trae al niño/a permanezca en el centro hasta que el niño/a

sea aceptado. Una vez que se ha determinado que el niño no muestra signos obvios de enfermedad y que ha sido aceptado, se requerirá que el adulto firme al niño en la lista*

3. El adulto que trae y recoge al niño de la guardería, debe de firmarlo.

*Los estudiantes de edad escolar que asisten la guardería antes y después de escuela, DEBEN de chequear con el personal del CDC antes de ir al salón de clases. Los estudiantes son la responsabilidad del CDC y deben permanecer en el territorio escolar después que el adulto que trae al estudiante ha firmado.

(A) Después de que el niño/a ha sido determinado estar sin signos obvios de enfermedad, el personal

requerirá que el adulto que trae al niño/a al centro firme al niño/a de entrada. La política de salud del programa requiere que los niños que tienen cualquiera de los siguientes signos de enfermedad no estén presentes en el centro: fiebre de 101˚F (oral) o 100˚F (debajo del brazo) o más; con síntomas generales de enfermedad tales como: dolor de garganta, tos fuerte, vómito, dolor de oído, rigidez en el cuello, diarrea, sarpullido o dolor de cabeza. Aunque el primer día de cualquier enfermedad se considera generalmente el período más contagioso, su hijo debe estar ausente del centro hasta que él/ella esté libre de los síntomas de la enfermedad durante 24 horas y tenga una temperatura normal por 24 horas. Con anticipación le agradecemos mucho su colaboración para cumplir con estas regulaciones. Entiendo las regulaciones de salud que requieren un chequeo diario por un miembro del personal antes de que un niño/a sea firmado en el centro. Haré los arreglos necesarios para el adulto que lleva mi hijo/a cumpla con los requisitos del programa preescolar LBUSD, CDC. _____________________________ _________________________

Firma del padre/tutor Fecha

CDC-469 Preschool & SAC Spanish

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Para: Padres/Guardianes Asunto: Requisitos legales de ausencia estudiantil Durante una inspección de conformidad reciente por parte del Departamento de Educación de California, se distribuyeron los requisitos legales vigentes-de asistencia estudiantil. Los requisitos se delinean a continuación. Favor de repasar la información y firmar en la parte inferior de la página indicando que ustedes han leído y entienden los requisitos legales de ausencia estudiantil. Faltas Justificadas No hay límite en la cantidad de faltas justificadas. Las faltas justificadas se pueden justificar por las siguientes razones: • Enfermedad o Cuarentena del Niño

o Una enfermedad que impide que el niño(a) asista al centro se considera una falta justificada. Si la enfermedad infantil excede diez días hábiles consecutivos del centro, se necesita una verificación por escrito de parte del doctor indicando la naturaleza de la enfermedad y el periodo aproximado de aislamiento.

o Se cobrará la cuota familiar. • Enfermedad o Cuarentena del Padre de Familia

o Una enfermedad de los padres/guardianes que impide que el niño(a) asista al centro se considera una falta justificada si se documenta. Después de diez días consecutivos se requiere una declaración de parte del doctor.

o Se cobrará la cuota familiar. • Emergencia Familiar

o Una emergencia familiar que impida que el niño(a) asista al centro se considera una falta justificada, si se documenta. Se considerará que existe una “emergencia familiar” cuando hay causas imprevistas que necesitan acción inmediata, tales como las que acontecen en los desastres naturales, cuando alguien de la familia inmediata del estudiante muere, tiene un accidente, está enfermo(a), o tiene que presentarse en los tribunales, el nacimiento de un niño, o tiene problemas de transportación.

o Se cobrará la cuota familiar. • Por Orden Judicial

o Si existe una copia de una orden judicial o de divorcio en el expediente del estudiante que le brinda derechos de visita al padre de familia que no inscribió al estudiante, se considera una falta justificada.

o El padre/guardian que inscribió al estudiante debe completar el formulario, Verificación de Ausencia (CDC-277), poniendo como razón “Parent Visitation” (Visita del Padre de Familia). Estos días no se contarán como “vacaciones”.

o El pago de la cuota familiar continúa durante estas ausencias.

OFFICE OF CHILD DEVELOPMENT CENTERS 4400 Ladoga Avenue, Lakewood, CA 90713 (562) 429-8636 ٠۰ Fax (562) 496-3208

Completar en Duplicado Original para el expediente familiar Copia para los padres

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• Por el Bien del Niño o Por el bien del niño: El tiempo que se pasa con un padre de familia/tutor u otro pariente

que es claramente por el bien del niño/a. Por el bien del niño se define como vacaciones, días festivos religiosos, exámenes requeridos por el distrito en preparación para entrar al Kindergarten, o asistir al campamento del 5º grado. Las faltas justificadas por el bien del niño se limitarán a 10 días por año fiscal excepto por estudiantes que reciben Servicios de Protección Infantil o quienes están en “riesgo” de abuso o negligencia.

o Se cobrará la cuota familiar. Faltas Injustificadas Debido a la pérdida financiera del programa, los estudiantes con faltas injustificadas serán dados de baja del programa inmediatamente de la participación del programa. En caso de que se excedan los días de mejores intereses permitidos, el padre/guardián tendrá una conferencia con el Maestro/a Coordinador/a o el Coordinador/a del Programa para abordar las razones de las ausencias y ayudar al padre con el plan para que no se desafilien los servicios. El padre debe completar el formulario de solicitud de los padres para el uso de ausencias injustificadas (CDC-444). Las ausencias no justificadas se definen de la siguiente manera:

o Cualquier ausencia debido a una razón que no se incluye dentro de la descripción de las faltas justificadas, suspensiones, ausencias sin verificación (por ejemplo, cuando un padre de familia no explica el motivo de la ausencia), o cuando los días por el bien de niño exceden los 10 días que se permiten, se considerará como falta injustificada. El padre de familia debe leer y firmar el formulario de Días de Faltas Injustificadas (CDC-195).

o Se cobrará la cuota familiar.

Yo he leído y entiendo el reglamento de asistencia del Centro de Desarrollo Infantil. Firma del Padre/ Guardián: _________________________________________ Fecha: __________________________________________________________ Aprobado: Director del CDC

Ldrv: 02/11 CDC-575SP

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OFFICE OF CHILD DEVELOPMENT CENTERS 4400 Ladoga Avenue, Lakewood, CA 90713 (562) 429-8636 ٠۰ Fax (562) 496-3208

GRUPO DE PADRES

Cada salón o centro tiene un grupo de padres. Las juntas se programarán conjuntamente con el Coordinador/a para Educación de los Padres, Maestra/o Coordinador/a, los Maestros y los Padres/Guardianes. Se deben programar por lo menos 2 juntas educacionales durante el año. Juntas adicionales se programarán para comidas o paseos.

Cada grupo elegirá un presidente de grupo, un representante, y un representante alterno a las Juntas de Consejo de Padres, y cualquier otro oficial que sea necesario.

Un reporte de cada junta acompañado de la lista firmada por los padres que asistieron se mandara a la oficina principal del CDC.

La participación en eventos para recaudar fondos para los centros no es obligatoria y no se admiten donaciones de dinero mensuales. Si lo desean, los padres pueden donar artículos que no sean de comida, esto es completamente de manera voluntaria. La participación de los padres en eventos para recaudar fondos es VOLUNTARIA. Todo El dinero será manejado por los padres.

EL PERSONAL DE LOS CENTROS NO PUEDE PARTICIPAR EN LA RECOLECCION O EL GASTO DE LOS FONDOS DE LOS PADRES. Si los padres quieren asignar un tesorero, este debe hacer arreglos para colectar, depositar y distribuir los fondos. Cualquier plan que se tenga para recabar fondos, será sometido para aprobación en la forma “Pedido de Aprobación Para Recabar Fondos de la Asociación de Padres” (CDC-255), y se necesita recibir aprobación para implementar el plan.

Si los padres piden información a la Maestra/o Coordinador/a acerca de cómo usar los fondos para el beneficio de los niños, ellos les pueden dar sugestiones, pero NINGUN MIEMBRO DEL PERSONAL PUEDE PEDIR AL GRUPO DE PADRES EL USO DE LOS FONDOS DE LOS PADRES. Cualquier actividad llevada a cabo con los fondos de los padres, será para TODOS los niños, aun cuando los padres no participen en la recaudación de fondos.

Si un grupo de padres desea utilizar los fondos para una actividad en el centro durante las horas de clase, el presidente/a del grupo someterá al Maestra/o Coordinadora la forma “Pedido para Aprobación de una Actividad en la Guardería con Fondos de los padres” (CDC-405). La forma se someterá en duplicado para aprobación con suficiente tiempo, para permitir a la Maestra/o Coordinador/a a enviar una copia a la Coordinador/a del Programa de CDC dos semanas antes de la actividad propuesta.

Aprobado: Director/a CDC CDC-449 SP mc:5/10 - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

He leído la política acerca del Grupo de Padres mencionada arriba.

Firma de Padres/Guardianes____________________________________________ Fecha_______________________________

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OFFICE OF CHILD DEVELOPMENT CENTERS 4400 Ladoga Ave., Lakewood, CA 90713 (562) 429-8636 w FAX (562) 496-3208 Child Development Centers

NUEVAS NORMAS DE VESTIMIENTO DEL ESTUDIANTE: UNIFORMES PARA LOS ESTUDIANTES PREESCOLAR

El Distrito Escolar de Long Beach reconoce que el preescolar es base para el éxito escolar, ya que nuestros estudiantes son parte del campus de la escuela y ahora llevaran el uniforme escolar designado. El Programa del Child Development Centers está adoptando la póliza de uniformes que cada escuela ha elegido como sus normas de vestir. Por favor, consulte la información adjunta para los colores de uniformes específicos. La póliza se iniciará en septiembre, entendemos que toma tiempo para comprar el uniforme requerido, por lo que habrá un período de gracia a medida que trabajemos hacia la plena implementación. Para el 30 de octubre, se espera que todos los estudiantes de preescolar usen el uniforme escolar designado. Si necesita ayuda con los uniformes, por favor notifique al profesor coordinador o maestro.

Los siguientes estándares de vestimenta estudiantil han sido establecidos para asegurar que el programa instructivo y la escuela puedan operar completa y efectivamente para todos los estudiantes sin interferencias y distracciones y sin peligros o amenazas a la salud, seguridad y bienestar de los estudiantes. La vestimenta que se usa para la escuela debe estar limpia y ordenada. Los planteles escolares tienen la responsabilidad de identificar y restringir cualquier vestimenta que pueda llevar a condiciones inseguras. Si es determinado que un tipo de vestimenta en particular está relacionado con pandillas, el personal escolar puede prohibir que se use la vestimenta identificada. Cada escuela les notificará a los padres de los requisitos específicos del uniforme escolar.

Protección Solar – Cada escuela debe permitir a los estudiantes usar ropa protectora para el sol, incluyendo, pero no limitada a sombreros, lentes de sol cuando estén al aire libre. Cada escuela les debe permitir a los estudiantes el uso de protector solar durante el día escolar con o sin una receta o nota medica. Las cremas de protección solar no se consideran como medicamentos sin receta. El personal escolar no está requerido a asistir a los estudiantes en la aplicación del protector solar.

Por favor note: El Estado de California ha determinado que “Un estudiante que asiste a la escuela sin darle la atención apropiada a su higiene personal, o nitidez de su vestimenta, puede ser enviado a casa para que se prepare apropiadamente para la escuela, o puede ser requerido que el/ella se prepare antes de entrar al salón de clases.” (Código Administrativo de California, Titulo V, Sección 302) 1994.

Estoy de acuerdo en seguir este código de vestimenta.

Nombre del Estudiante________________________________ Escuela _____________________________

Firma del Padre/Tutor_______________________________________ Fecha ___________________

Nombre del Padre/Tutor ______________________________________ Aprobado: Director de CDC CDC – 10 10/12 Student Dress Standards

Vestimenta Aceptable

• Pantalones cortos (más cerca de la rodilla que de las caderas) • Faldas/Vestido/Skort (más cerca de la rodilla que de las caderas) • Blusas o camisas que estén apropiadas para ambiente escolar • Zapatos Cerrados (con calcetines) que cubran el pie entero • Pantalones de mezclilla (limpios, no despintados o rotos) • Pantalones: de vestir o casuales • La vestimenta externa debe cubrir completamente la ropa interior

Vestimenta Inaceptable • Manguillos de spaghetti (delgaditos), camisas de manga corta,

manguillos en forma de T, tubos o de tipo halter • Camisetas/sudaderas con logotiposs inapropiados • Ropa apretada/reveladora • Vestimentas de una pieza, como trajes de baño • Blusas o camisas que dejen ver el abdomen en cualquier momento • Ropa interior visible • Ropa demasiado grande, holgada o ancha • Sandalias abiertas, zapatos con tacones, zapatos de tipo

pantuflas, chancletas • Gorras (béisbol, etc.) (Aprobadas para la protección solar) • Los artículos de joyería pueden potencialmente causar heridas • Las peinetas de metal y otros tipos de artículos para el cabello pueden causar heridas

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OFFICE OF CHILD DEVELOPMENT CENTERS 4400 Ladoga Ave., Lakewood, CA 90713 Original in Family Folder (562) 429-8636 · Fax (562) 496-3208 Copy to Parent

Site _________________

PARA: Padre de Familia/Tutor del Centro de Desarrollo Infantil

REFERENTE A: Elegibilidad del Programa y Requisitos de Necesidad

En años anteriores hemos tenido a padres de familia/tutores que no notificaron a la Oficina de CDC del cambio en su "elegibilidad" para el programa del cuidado infantil basado en sus ingresos y/o su "necesidad" para los servicios del cuidado infantil. Esto puede causar un problema legal para el padre de familia/tutor, por lo tanto, queremos asegurarnos que usted entienda lo que la ley requiere.

Debido a los requisitos* legales del Estado de California, El Manual para Padres de Familia del Child Development Centers que se le envió en la página 10 indica lo siguiente:

"Un niño puede llegar a ser excluido permanentemente del programa....por cualquiera de las siguientes causas: • El tutor/padre de familia ha presentado una declaración falsa en cualquier documentación proporcionada. • El incumplimiento del padre de familia o tutor para cumplir con las regulaciones del Estado, y las normas del distrito y los procedimientos que gobierna la operación de los centros Child Development Centers. • El incumplimiento de la familia en mantener la elegibilidad y los requisitos de necesidad."

Si se hace una declaración falsa relacionada al empleo, capacitación, etc. o si un padre de familia/tutor no cumple con notificar al Centro de Desarrollo Infantil dentro de un plazo de cinco días del calendario de cualquier cambio en la necesidad del cuidado del niño, es decir, el horario de empleo ha cambiado, el padre de familia/tutor ya no es empelado o no asiste a la escuela, y situaciones parecidas, el Estado de California, la División de Educación Temprana y Apoyo requiere que el padre de familia pague el cuidado del niño durante este tiempo ya que la necesidad del cuidado no ha sido corroborada. Además, si se sospecha que el padre de familia/tutor ha hecho una declaración en falso, su expediente de inscripción puede entregarse a la Oficina del Fiscal del Distrito lo cual podría resultar en una acusación criminal. Si ha tenido un cambio en el ingreso o necesidad para el niño y no ha notificado al Centro de Desarrollo Infantil, es necesario que se comunique con el Centro de inscripción o Maestro Coordinador inmediatamente para que este problema sea remediado.

Yo entiendo que los requisitos mencionados anteriormente para la Elegibilidad y Necesidad y firma como juramenta bajo pena de sanción por perjurio que los documentos e información actual de inscripción son correctos y ciertos.

____________________________________________ Nombre del Padre de Familia/Tutor (Favor de usar letra de molde) _________________________________ _____________________________________ Firma del Padre de Familia/Tutor Fecha Nombre del Niño(s): ______________________________________________________ ______________________________________________________ _______________________________________________________ *NOTA: FAVOR DE REFERIRSE A LA SECCION AL REVERSO DE ESTA PAGINA PARA LAS LEYES DE CALIFORNIA QUE APOYAN DICHO CENTROS. Aprobado: CDC Director/a CDC-123 (SAC, PSFD)

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Las leyes que apoyan la información al reverso de esta página se basan en el Código de Educación, Titulo 5 lo cual requiere lo siguiente: • "18102- Aviso a las Familias de su Responsabilidad de Notificar a/ Contratista de los Cambios en la Circunstancias Familiares. ...la familia es responsable de notificar al contratista dentro de un plazo de cinco días calendarios de cualquier cambio en el ingreso familiar, tamaño de la familia, o la necesidad para servicios según especifica el Código de Educación ..." • ·'18084- Documentación de la Elegibilidad de Ingresos. El padre de familia/tutor es responsable de proporcionar la documentación de los ingresos contables y total para la familia ...para todos los individuos contados en el tamaño de la familia de la siguiente manera: (I) si el padre de familia esta empleado, proporcione: (A) una autorización para que el contratista se pueda comunicar con el empleador ... (B) Todos los talones de cheque ... (b) El contratista: (4) Puede solicitar documentación adicional para verificar el ingreso contable total hasta el punto que la información proporcionada por el padre de familia o el empleador no es suficiente para hacer una evaluación razonable de la elegibilidad de los ingresos." • "18085.5- Documentación de las Necesidades Basadas en el Empleo, Búsqueda de Empleo, Capacitación, Búsqueda de Vivienda, e Incapacidad; en General. El cuidado del niño subvencionado deben1 estar disponible solamente al grado que: (I) el padre reúna el criterio necesario tal y como se especifica...(2) no hay padre de familia competente para proporcionar el cuidado del niño de la familia durante el tiempo que se solicita el cuidado." • "18086.5- Documentación de Búsqueda de Empleo." Se limita a 60 días hábiles dentro del periodo de contacto del I 0 de julio al 30 de junio, excluyendo los días feriados Federales. "El padre de familia deberá proporcionar semanalmente la documentación de las actividades que él o ella ha realizado durante la semana previa para buscar empleo." • "18087- Documentación de la Capacitación para Lograr Metas Vocacionales. El padre de familia deberá proporcionar un comprobante indicando que la capacitación vocacional es dirigida directamente a un área laboral reconocida profesión paralela, o profesión y entregar la documentación de los días y horas de la capacitación vocacional."

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Distrito Escolar Unificado de Long Beach

Notificación Anual del Procedimiento Uniforme de Quejas (UCP) 2017—2018

Para los estudiantes, empleados, padres de familia o tutores, miembros de comités asesores de la escuela y el distrito, funcionarios de escuelas privadas, y otras personas o entidades interesadas El Distrito Escolar Unificado de Long Beach notifica anualmente a sus estudiantes, empleados, padres o tutores de sus estudiantes, al comité asesor del distrito, comités asesores de las escuelas, a los funcionarios adecuados de las escuelas privadas y otras personas o entidades interesadas acerca del proceso del Procedimiento Uniforme de Quejas (UCP, según sus siglas en inglés). El Distrito Escolar Unificado de Long Beach tiene la responsabilidad primordial de garantizar el cumplimiento de las leyes y regulaciones federales y estatales correspondientes, incluyendo las relacionadas con la discriminación ilícita, acoso sexual, intimidación o acoso escolar en contra de cualquier grupo protegido (o asociación con un grupo protegido con estas características actuales o percibidas) basadas en abolengo, edad, color, discapacidad, género, identidad de género, expresión de género, nacionalidad, raza o identidad étnica, religión, sexo, orientación sexual, estado civil actual o potencial, estado paternal o situación familiar y todos los programas y actividades que están sujetos al Procedimiento Uniforme de Quejas (UCP):

Educación para adultos Ayuda de impacto económico

Educación y seguridad después de clases

Educación para estudiantes en hogares de crianza, estudiantes sin hogar y

exestudiantes del tribunal de menores actualmente inscritos en un distrito escolar

Educación vocacional agrícola Programas para estudiantes que están aprendiendo inglés

Centros de educación para indígenas estadounidenses y evaluaciones del programa de educación infantil

Ley de cada estudiante tiene éxito/Ningún niño se queda atrás (Títulos I–VII)

Educación Bilingüe Plan de Control y Responsabilidad Local (LCAP) Apoyo entre colegas y programas de revisión para

maestros de California Programa de Educación Migrante

Carreras técnicas y educación técnica;; Carreras técnicas;; capacitación técnica

Minutos de instrucción de educación física (para 1º a 6º grado escolar)

Educación técnica profesional Cuota estudiantil

Cuidado y desarrollo infantil Adaptaciones razonables para alumnas en lactancia

Nutrición infantil Centros y Programas Ocupacionales Regionales

Educación compensatoria Planes de seguridad escolar

Ayuda categórica consolidada Educación especial Periodos de cursos sin contenido educativo (para

9º a 12º grado escolar) Preescolar estatal

Educación para la prevención del consumo de Tabaco

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Una cuota estudiantil incluye, pero no se limita a, todas las siguientes:

1. Una cuota impuesta a un estudiante como condición para ser inscrito en la escuela o en clases, o como condición para participar en una clase o en una actividad extracurricular, sin importar si la clase es optativa u obligatoria, o si es para recibir crédito.

2. Un depósito de seguridad u otro pago, que se requiera que el estudiante pague para obtener un candado, casillero, libro, aparato de clase, instrumento musical, ropa u otros materiales o equipo.

3. Una compra que se requiera que un estudiante haga para obtener materiales, útiles, equipo o ropa relacionada con una actividad educativa.

Las quejas relacionadas con una cuota estudiantil pueden ser presentadas ante el director de una escuela o ante nuestro superintendente o su designado(a). Las quejas relacionadas con una cuota estudiantil y/o el Plan de Control y Responsabilidad Local (LCAP) pueden ser presentadas de manera anónima, sin embargo, dicha queja debe proporcionar pruebas o información que conduzcan a las pruebas que sustentarán la queja. Un estudiante inscrito en nuestro distrito no deberá estar obligado a pagar una cuota estudiantil para poder participar en una actividad educativa. Las quejas relacionadas con una cuota estudiantil deberán ser presentadas dentro de un periodo de un año a partir de la fecha en que ocurrió la supuesta violación. Se publicará una notificación estandarizada sobre los derechos educativos de los estudiantes que viven en hogares de crianza, estudiantes sin hogar y exestudiantes del tribunal de menores actualmente inscritos en un distrito escolar tal y como se indica en el Código de Educación (EC) Artículos 48853, 48853.5, 49069.5, 51225.1, y 51225.2. Esta notificación deberá incluir la información del proceso de quejas, según corresponda. El cargo responsable de recibir las quejas de Procedimiento Uniforme de Quejas (UCP) en nuestra agencia es el siguiente: Director, Office of the Deputy Superintendent of Education Services (Directora de la Oficina del Superintendente Delegado de Servicios Educativos) 1515 Hughes Way, Long Beach, CA 90810 (562) 997-­8208 Se llevará a cabo una investigación de las quejas y al denunciante se le enviará un informe escrito con la decisión correspondiente, dentro de un plazo de sesenta (60) días a partir de la fecha en que se recibió la queja. Este plazo puede ser extendido si existe un acuerdo mutuo, por escrito, del denunciante. La persona encargada de la investigación deberá conducir y realizar la investigación de la queja conforme a las políticas y procedimientos de nuestro Procedimiento Uniforme de Quejas (UCP). El denunciante tiene el derecho de apelar la Decisión de las quejas respecto a los programas y actividades específicas que están sujetas al Procedimiento Uniforme de Quejas (UCP), las cuotas estudiantiles y el Plan de Control y Responsabilidad Local (LCAP), ante la Secretaria de Educación de California (CDE) y remitiendo una apelación escrita, dentro de un plazo de 15 días a partir de la fecha en que recibió la Decisión. La apelación debe incluir una copia de la queja original y una copia de la Decisión. Si corresponde, se aconseja que los denunciantes hagan uso de las soluciones disponibles a través de la ley civil, incluyendo, pero si limitarse a, mandatos judiciales, ordenes de restricciones y otras soluciones que pudieran estar disponibles bajo la ley federal y estatal en relación a la discriminación, hostigamiento, intimidación o acoso escolar [‘bullying’]. Las copias del proceso de Procedimiento Uniforme de Quejas deberán estar disponibles gratuitamente.

Revisado: Agosto/2017

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DECLARACIÓN MÉDICA PARA SOLICITAR COMIDAS ESPECIALES O ADAPTACIONES

1. Nombre de la agencia o escuela 2. Nombre del lugar 3. Número de teléfono del lugar

4. Nombre del participante

5. Edad o fecha de nacimiento

6. Nombre del padre, madre o tutor

7. Número de teléfono

8. Marque una opción:

El participante tiene una discapacidad, enfermedad o trastorno y requiere comida especial o una adaptación. (Consulte las definiciones en el reverso de este formulario). Las escuelas y agencias que participan en programas federales de nutrición deben acceder a las solicitudes de comidas especiales y cualquier equipo de adaptación. Un médico con licencia debe firmar este formulario.

El participante no tiene una discapacidad, pero solicita comida especial o una adaptación debido a que tiene una intolerancia alimentaria o por otras razones médicas. Especificar preferencias alimentarias no es un uso adecuado de este formulario. Se alienta a las escuelas y agencias que participan en programas federales de nutrición a aceptar las solicitudes razonables. Un médico con licencia, auxiliar de médico o enfermera practicante debe firmar este formulario.

9. Discapacidad, enfermedad o trastorno por el que se requiere comida especial o una adaptación :

10. Si el participante tiene alguna discapacidad, proporcione una breve descripción de las actividades principales de su vida que se ven afectadas por dicha discapacidad:

11. Dieta prescrita o adaptación: (por favor descríbala en detalle para asegurar una implementación adecuada-­utilice páginas adicionales según sea necesario)

12. Indique la textura:

Normal Picada Molida Puré 13. Los alimentos que deben excluirse y sus sustituciones: (enumere los alimentos específicos que deben excluirse y las sustituciones sugeridas. Puede adjuntar una hoja con información adicional según sea necesario)

A. Alimentos que deben excluirse B. Sustituciones sugeridas

14. Equipo de adaptación:

15. Firma del preparador*

16. Nombre con letra de imprenta

17. Número de teléfono

18. Fecha

19. Firma de la autoridad médica*

20. Nombre con letra de imprenta

21. Número de teléfono

22. Fecha

* La firma del médico es necesaria en el caso de participantes con discapacidades. Para los participantes sin discapacidades, un médico con licencia, auxiliar de médico o enfermera practicante debe firmar el formulario.

La información en este formulario debe actualizarse para reflejar las necesidades médicas y nutricionales actuales del participante.

De acuerdo con la ley federal y la política del Departamento de Agricultura de EE.UU. (U.S. Department of Agriculture, USDA), a esta institución se le prohíbe discriminar por razones de raza, color de piel, país de origen, sexo, edad o discapacidad. Para presentar una queja por discriminación, escriba a USDA, Director, Office of Adjudication, 1400 Independence Avenue, S.W., Washington, DC 20250-9410 o llame al (866) 632-9992 (voz). Las personas con discapacidades auditivas o del habla, pueden comunicarse con el USDA a través del Servicio de Retransmisión Federal al (800) 877-8339 o al (800) 845-6136 (español). El USDA es un proveedor y empleador que ofrece igualdad de oportunidades. CDC-221 Sp. Ld:09/2013

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DECLARACIÓN MÉDICA PARA SOLICITAR COMIDAS ESPECIALES O ADAPTACIONES

INSTRUCCIONES

1. Nombre de la escuela o agencia: Escriba con letra de imprenta el nombre de la escuela o agencia que le proporcionó el formulario al padre o madre. 2. Nombre del lugar: Escriba con letra de imprenta el nombre del lugar en que se servirán las comidas (por ejemplo, escuela, guardería o centro comunitario). 3. Número de teléfono del lugar: Escriba con letra de imprenta el número de teléfono del lugar en que se servirán las comidas. Vea el punto 2. 4. Nombre del participante: Escriba con letra de imprenta el nombre del niño o adulto participante a quien pertenece la información. 5. Edad o fecha de nacimiento: Escriba con letra de imprenta la edad del participante. Para los bebés, utilice la fecha de nacimiento. 6. Nombre del padre, madre o tutor: Escriba con letra de imprenta el nombre de la persona que solicita la declaración médica del participante. 7. Número de teléfono: Escriba con letra de imprenta el número de teléfono del padre, madre o tutor. 8. Marque una opción: Marque (P) una casilla para indicar si el participante tiene una discapacidad o no. 9. Discapacidad, enfermedad o trastorno por el que se requiere comida especial o una adaptación: Describa la enfermedad o trastorno por el que se requiere comida especial o una

adaptación (por ejemplo, diabetes juvenil o alergia a los cacahuates, etc.). 10. Si el participante tiene alguna discapacidad, proporcione una breve descripción de las actividades principales de su vida que se ven afectadas por dicha discapacidad:

Describa cómo el impedimento físico, trastorno o enfermedad afecta la discapacidad. Por ejemplo: "La alergia al cacahuate provoca una reacción potencialmente fatal”. 11. Dieta prescrita o adaptación: Describa la dieta específica o adaptación que ha sido prescrita por un médico, o describa la modificación a la dieta que se solicita debido a una

enfermedad o trastorno que no causa discapacidad. Por ejemplo: "Todos los alimentos deben estar en forma líquida o puré. El participante no puede consumir ningún alimento sólido”. 12. Indique la textura: Marque (P) una casilla para indicar el tipo de textura de los alimentos que se requiere. Si el participante no necesita alguna modificación, marque “Normal”. 13. A. Alimentos que deben excluirse: Indique los alimentos específicos que deben excluirse. Por ejemplo, "excluir la leche líquida”.

B. Sustituciones sugeridas: Indique los alimentos específicos que deben incluirse en la dieta. Por ejemplo, "jugo fortificado con calcio”. 14. Equipo de adaptación: Describa el equipo específico necesario para ayudar a los participantes a comer. (Los ejemplos pueden incluir una taza con pajilla, una cuchara de mango largo,

muebles con acceso para silla de ruedas, etc.). 15 Firma del preparador: Firma de la persona que llenó el formulario. 16. Nombre con letra de imprenta: Nombre con letra de imprenta de la persona que llenó el formulario. 17. Número de teléfono: Número de teléfono de la persona que llenó el formulario. 18. Fecha: Fecha en la que el preparador firmó el formulario. 19. Firma de la autoridad médica: Firma de la autoridad médica que solicita la comida especial o adaptación. 20. Nombre con letra de imprenta: Nombre con letra de imprenta de la autoridad médica. 21. Número de teléfono: Teléfono de la autoridad médica. 22. Fecha: Fecha en que la autoridad médica firmó el formulario. DEFINICIONES*: “Una persona con discapacidad” se define como toda persona que tiene un impedimento físico o mental que limita una o más de las actividades principales de su vida, tiene un historial de tal impedimento o se considera que tiene tal impedimento. “Impedimento físico o mental” significa (a) cualquier condición o trastorno fisiológico, desfiguramiento cosmético o pérdida anatómica que afecta uno o más de los siguientes sistemas del cuerpo: neurológico; musculoesquelético; órganos de los sentidos especiales; respiratorio, incluidos órganos del habla; cardiovascular; reproductivo, digestivo, genitourinario; sanguíneo y linfático; de la piel; y endocrino; o (b) cualquier trastorno mental o psicológico, como retraso mental, síndrome orgánico cerebral, enfermedad mental o emocional y discapacidades específicas de aprendizaje.

“Actividades principales de la vida” incluyen, pero no se limitan a cuidar de uno mismo, realizar tareas manuales, ver, escuchar, comer, dormir, caminar, pararse, levantar, doblarse, hablar, respirar, aprender, leer, concentrarse, pensar, comunicar y trabajar.

“Tiene un historial de tal impedimento” se define como tener un historial de un impedimento físico o mental que limita sustancialmente una o más de las actividades principales de la vida, o haber sido clasificado (o mal clasificado) como que tiene tal impedimento. (*Citas extraídas del artículo 504 de la Ley de Rehabilitación [Rehabilitation Act] de 1973 y de la Ley sobre Estadounidenses con Discapacidades [Americans with Disabilities Act] de 1990) [NOTE TO LOCAL EDUCATIONAL AGENCIES (LEAS): As a form of assistance to LEAs, the California Department of Education (CDE) offers this translation free of charge. Because there can be variations in translation, the CDE recommends that LEAs confer with local translators to determine any need for additions or modifications, including the addition of local contact information or local data, or modifications in language to suit the needs of specific language groups in the local community. If you have comments or questions regarding the translation, please e-mail the Clearinghouse for Multilingual Documents (CMD) at [email protected].]

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Long Beach Unified School District

Nutrition Services Branch CACFP 02/2014

Forma del Padre/Tutor para la Disminución de la Participación en el Programa de Alimentos de Niños y Adultos

Todas las instalaciones de cuidado de niños que participan en el programa, Child and Adult Care Food Program (CACFP) son requeridos a ofrecer alimentos a niños dentro su cuidado de acuerdo con las directrices estatales y federales. Como padre/tutor, que ha elegido por rechazar los alimentos ofrecidos por el proveedor o el centro y proporcionara todos los alimentos para su hijo. Devolver el original a su proveedor o centro.

Apellido del Niño Nombre del Niño Sitio de Escuela

Razón de Padre/Tutor por negar CACFP

Firma de Padre/Tutor Fecha

Fecha

Comentarios Adicionales

Por Favor de mantener una copia en el archivo del niño y envié la forma original a la Sucursal de Servicios de Nutrición (Nutrition Services Branch).

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Long Beach Unified School District Nutrition Services Branch

CACFP 02/2014

El Departamento de Agricultura de Estados Unidos prohíbe la discriminación en contra de sus clientes, empleados y solicitantes de empleo sobre la base de raza, color, origen nacional, edad, discapacidad, sexo, identidad de género, la religión, la venganza, y donde, creencias políticas, estado civil aplicable , estado civil o paternal, orientación sexual, o la totalidad o parte de los ingresos de un individuo se deriva de cualquier programa de asistencia pública, o protegidos información genética en el empleo o en cualquier programa o actividad llevada a cabo o financiada por el Departamento. (No todas las prohibiciones se aplicarán a todos los programas y / o actividades de empleo.)

Si desea presentar una queja programa de derechos civiles de la discriminación, completar el Formulario de Queja USDA Programa de discriminación, que se encuentra en línea en http://www.ascr.usda.gov/complaint_filing_cust.html, o en cualquier oficina del USDA, o llame al (866) 632-­9992 para solicitar el formulario. También puede escribir una carta que contiene toda la información requerida en el formulario. Envíe su formulario de queja o una carta a nosotros por correo en el Departamento de Agricultura, Director, Office of Civil Rights, 1400 Independence Avenue, SW, Washington, DC 20250-­9410, Estados Unidos, por fax (202) 690-­7442 o al correo electrónico program.intake @ usda.gov.

Las personas sordas o con problemas de audición o discapacidades del habla pueden comunicarse con el USDA a través del Servicio de Retransmisión Federal al (800) 877-­8339;; o (800) 845-­6136 (español).

USDA es un proveedor y empleador que ofrece igualdad de oportunidades. Nota: Las clases protegidas para el niño y el Programa de Alimentación para adultos son la raza, color, origen nacional, edad, sexo, y discapacidad

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Póliza de CDC: Días Feriados y Celebraciones

El personal de la escuela alentará a los padres, tutores u otros voluntarios a apoyar el programa de educación nutricional del distrito al considerar la calidad nutricional al seleccionar cualquier aperitivo que donen para fiestas en clase ocasionales. Las fiestas de clase o las celebraciones se llevarán a cabo después del período designado de comida delos alumnos (desayuno, almuerzo o merienda). Cada miembro del personal de CDC determinará un reconocimiento apropiado para las celebraciones de los niños. Esto puede incluir cantar canciones, sombreros de cumpleaños, coronas, pegatinas, etc. Cualquiera que sea la forma de celebración elegida, debe ser la misma para cada niño. Los aperitivos/comidas se pueden servir utilizando los siguientes criterios:

• Como una actividad educacional, los niños y maestros/as pueden hacer comida para servir a todo niño, para honrar un día feriado o celebrar un evento.

• El grupo de padres del centro puede votar hacia los fondos que se podrán usar para comprar las municiones.

• Por razones de seguridad, no se podrá usar velas. • Los padres pueden donar comida comprada de tienda que no está abierta para soportar el día feriado o celebración. No se permite comida hecha en casa.

• Celebraciones de cumpleaños será reconocida mensualmente, no individual. • Restricciones religiosas o médicas serán observadas por cada clase/centro.

Cada personal del centro decidirá cuál día feriado o celebraciones serán observados en clase de su niño. El tiempo de instrucción es extremadamente valioso y las actividades sociales no deben tomar demasiado tiempo del tiempo de instrucción. Por esta razón, el número de días feriados o celebraciones serán limitados a la discreción del personal de la clase para asegurar que el tiempo educacional se cumpla. Este centro ha decidido reconocer las celebraciones siguientes: 1. ______________________________ 2. ______________________________ 3. ______________________________ Si tiene alguna pregunta o inquietud acerca de estas guías, por favor consulte con el coordinador del centro. Approved: CDC Director, Revised 4-21-16

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Póliza de CDC: Celebraciónes de Fin de Año

ANTECEDENTES Cada año se pregunta de la "graduación" Preescolar a Kindergarten. El programa de CDC no considera una ceremonia de graduación (con o sin gorras y batas) apropiada como actividad de fin de año preescolar. Por lo tanto, LBUSD CDC no permite ceremonias de gradación en el programa. Esta póliza está alineada con el programa de LBUSD Head Start. Podemos proveer actividad de fin-­de-­año que sea apropiada para el desarrollo y respaldada por nuestro plan de estudios. PÓLIZA Nuestro programa preescolar es el comienzo del trayecto educacional de los estudiantes. Hemos basado nuestra póliza de la ceremonia de graduación preescolar en una investigación solida sobre experiencias apropiadas y significativas de fin de año de estudiantes de cuatro años. Los programas de educación de la primera infancia y teorías de desarrollo infantil recalcan la importancia de la involucración activa de los estudiantes. El campo del desarrollo infantil ha evolucionado para reconocer que el enfoque y experiencias prácticas apropiadas para el desarrollo pueden ser más significativas para los niños pequeños que actividades centradas en los adultos. Una graduación es una actividad culminante que celebra la terminación de un curso de estudio. Es prematuro celebrar graduación preescolar, cuando los estudiantes están empezando su trayecto educacional. Maestros(as) y familias pueden usar ideas simples para lograr el mismo objetivo para celebrar los logros de los estudiantes y apoyarlos(as) mientras pasan a la clase o escuela siguiente.

EJEMPLOS DE ACTIVIDADES APROPIADAS: Un Picnic (comida comprada en tienda solamente) Día de juego Concierto de clase especial Distribución de certificados Fiesta de álbum de recortes Decoración de camiseta Excursión al parque local Fiesta de pizza Social del helado Approved: CDC Director Revised 4-­21-­16

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POSESIÓN DE TELÉFONOS CELULARES Y OTROS DISPOSITIVOS DE SEÑALIZACIÓN

ELECTRÓNICA PERSONAL EN EL CENTRO DE CUIDADO

Los estudiantes pueden poseer o utilizar dispositivos/objetos de señalización electrónicos personales, incluyendo pero no limitado a teléfonos celulares, IPads/Chromebook/Tabletas, pulseras/relojes electrónicos. Los objetos electrónicos autorizados deberán: 1. Ser apagados durante el tiempo en que el estudiante está en el centro y ser guardo en mochila y en cualquier otro momento dirigido por un empleado del distrito. 2. No interrumpir el programa educativo o la actividad del centro. Si ocurre una interrupción, el empleado debe dirigir al estudiante para apagar el dispositivo/objeto y/o confiscarlo. Si un empleado de la escuela considera necesario confiscar un dispositivo, puede devolverlo al final del día o guardarlo hasta que el Maestro/Maestro de Coordinación haya consultado con el padre/guardián del estudiante. Un estudiante que viola esta póliza puede estar prohibido poseer un dispositivo de señalización electrónico personal en el centro o eventos relacionados con la escuela. En caso de una emergencia inmediata, los padres pueden llamar al centro directamente a _________________________ y pedir hablar con el personal del centro o con el estudiante si es necesario. No se prohibirá a ningún estudiante poseer o usar un dispositivo de señalización electrónico que sea determinado por un médico o cirujano licenciado como esencial para la salud del estudiante y cuyo uso se limite a propósitos relacionados con la salud. (Código de Educación 48901.5) Nombre del centro: El nombre del niño: _________________________ Nombre del Padre / Guardián: _________________ Firma: _____________________ Fecha: __________________

L drive:School\Cell Phone Policy (Site Name)

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MEMORÁNDUM

Fecha: 7 de septiembre de 2017 Para: Familias de CDC De: Administración de CDC Respecto: Firmas electrónicas y uso de electrónica por parte del personal docente Estimadas familias de CDC, ¡Bienvenido al nuevo año escolar 2017-­2018! Queremos agradecerle por elegir nuestro programa y permitirnos brindarle a su hijo una enriquecedora experiencia de aprendizaje. Gracias por su paciencia y comprensión mientras hacemos la transición a nuestro nuevo sistema de firma electrónica, mSign. Habrá algunas fallas en el camino, pero estamos seguros de que a medida que usted y nuestro personal docente se familiaricen con mSign, se convertirá en una experiencia más fluida firmar la entrada y salida de su hijo. Junto con mSign, nuestro personal puede utilizar las tabletas y sus teléfonos como una herramienta para recopilar datos en sus clases, en el tiempo de juego al aire libre y durante las comidas. Esta captura de datos en dispositivos electrónicos permite una forma más eficiente de completar las carteras de los niños y reportar el progreso. Si tiene alguna pregunta o inquietud, compártalo con su maestro coordinador o puede llamar a la oficina principal de los CDC al (562) 421-­8210 y hablar con un coordinador del programa. Con mucho aprecio, Marissa Pacheco, Coordinadora del programa Cristabel Rodriguez, Coordinadora del programa