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Calle 37 No. 8 – 40 Bogotá, D.C. Edificio Anexo Código Postal 110311156 Nit: 900.467.239-2 Centro de Contacto Ciudadano: 57 (1) 2540100 / 018000112998 PBX: 57 (1) 2540111 www.anla.gov.co Página 1 de 12 Grupo de Respuesta a Solicitudes Prioritarias Radicación: 2020030627-2-000 Fecha: 2020-02-27 08:17 - Proceso: 2020030627 Trámite: 70-10DPE - Derecho de Petición de Información y/o Copias 2.7 Bogotá, D.C., 2020-02-27 08:17 Señor WILLIAM FERNENY QUITIAN JIMENEZ Peticionario Asunto: Respuesta a la comunicación con radicación en la ANLA 2020022186-1-000 del 13 de febrero de 2020. “Derecho de petición SOLICITUD DE INFORMACION” Proyecto: “Área de Perforación Exploratoria Quifa Suroeste” Expediente: 10DPE5677-00-2020 – LAM3678. Respetado señor Quitian: Hemos recibido el oficio relacionado en el asunto, mediante el cual solicita información relacionada con el proyecto Área de Perforación Exploratoria Quifa Suroeste”- LAM3678; al respecto, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, en cumplimiento de las competencias y funciones definidas en el Decreto-Ley 3573 de 2011 y Decreto 1076 de 2015, se permite dar respuesta a sus requerimientos en los siguientes términos: “1.- Copia integra física (EXPEDICION DE FOTOCOPIAS) y digital de la totalidad del expediente LAM3678, “AREA DE PERFORACION EXPLORATORIA QUIFA SUR-OESTE” y/o el que corresponda al expediente LAM3678. Solicito de manera respetuosa que la información del expediente este en su totalidad foliada para tener seguridad de su correspondencia y veracidad.” Inicialmente nos permitimos informar que, una vez revisado el expediente LAM3678, se encontró que el mismo consta de 1131 folios, 67 anexos, 33 cd’s y 34 tomos, incorporados dentro del mismo. Ahora bien, como es de su interés obtener copias de los diferentes actos administrativos, conceptos técnicos y/o documentos, se debe tener en cuenta que para su expedición, es necesario acogerse a lo previsto en el artículo 29 de la Ley 1437 de 2011, sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 del 30 de junio de 2015, en donde se establece que los costos de la expedición de las copias correrán por cuenta del interesado en obtenerlas, así como a lo señalado por la Resolución 173 del 17 de febrero de 2015 “Por la cual se regula el cobro de copias expedidas por la Entidad”, modificada por la Resolución 691 del 10 de junio del mismo año; en tal sentido, podrá acceder a la información siguiendo el procedimiento que se menciona a continuación, aclarando que hasta la fecha, continúan siendo los mismos costos del año 2019, así:

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Trámite: 70-10DPE - Derecho de Petición de Información y/o Copias

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Bogotá, D.C., 2020-02-27 08:17

SeñorWILLIAM FERNENY QUITIAN JIMENEZPeticionario

Asunto: Respuesta a la comunicación con radicación en la ANLA 2020022186-1-000 del 13 de febrero de 2020.“Derecho de petición SOLICITUD DE INFORMACION”Proyecto: “Área de Perforación Exploratoria Quifa Suroeste”Expediente: 10DPE5677-00-2020 – LAM3678.

Respetado señor Quitian:

Hemos recibido el oficio relacionado en el asunto, mediante el cual solicita información relacionada con el proyecto “Área de Perforación Exploratoria Quifa Suroeste”- LAM3678; al respecto, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, en cumplimiento de las competencias y funciones definidas en el Decreto-Ley 3573 de 2011 y Decreto 1076 de 2015, se permite dar respuesta a sus requerimientos en los siguientes términos:

“1.- Copia integra física (EXPEDICION DE FOTOCOPIAS) y digital de la totalidad del expediente LAM3678, “AREA DE PERFORACION EXPLORATORIA QUIFA SUR-OESTE” y/o el que corresponda al expediente LAM3678. Solicito de manera respetuosa que la información del expediente este en su totalidad foliada para tener seguridad de su correspondencia y veracidad.”

Inicialmente nos permitimos informar que, una vez revisado el expediente LAM3678, se encontró que el mismo consta de 1131 folios, 67 anexos, 33 cd’s y 34 tomos, incorporados dentro del mismo.

Ahora bien, como es de su interés obtener copias de los diferentes actos administrativos, conceptos técnicos y/o documentos, se debe tener en cuenta que para su expedición, es necesario acogerse a lo previsto en el artículo 29 de la Ley 1437 de 2011, sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 del 30 de junio de 2015, en donde se establece que los costos de la expedición de las copias correrán por cuenta del interesado en obtenerlas, así como a lo señalado por la Resolución 173 del 17 de febrero de 2015 “Por la cual se regula el cobro de copias expedidas por la Entidad”, modificada por la Resolución 691 del 10 de junio del mismo año; en tal sentido, podrá acceder a la información siguiendo el procedimiento que se menciona a continuación, aclarando que hasta la fecha, continúan siendo los mismos costos del año 2019, así:

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Trámite: 70-10DPE - Derecho de Petición de Información y/o Copias

• Acercarse al Centro de Atención Ciudadano de la ANLA, ubicado en la Calle 37 No. 8-40 en la ciudad de Bogotá, en horario de atención de lunes a viernes de 8:00 am a 4:00 pm, donde podrá consultar la información de su interés y determinar así el número de páginas de las cuales requiere una copia; cada copia en físico tiene un valor de CIENTO SETENTA PESOS M/L ($170). Dicho cobro se realizará únicamente cuando el número de copias sea mayor a diez (10).

• De requerirse copias de información que la entidad ha recibido en medios magnéticos o electrónicos, deberá suministrar los medios o unidades en los cuales recibirá la información. Si dicha información supera 3 unidades (CD´S, DVD´S), el interesado deberá cancelar un valor de MIL DOSCIENTOS TRECE PESOS M/CTE ($1.213) por cada unidad copiada.

• El costo de cada folio, entendido como el anverso, cara frontal del folio u hoja del documento y el reverso, parte trasera del mismo, en medio magnético (escaneado), el costo es de SETENTA PESOS M/CTE ($70).

• El interesado deberá cancelar el valor correspondiente en la cuenta corriente número 230-05554-3 del BANCO DE OCCIDENTE a nombre del FONAM.

El interesado deberá acreditar el pago de las copias solicitadas mediante la presentación del original del recibo de consignación y entrega de copia del mismo a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, previo al inicio del proceso de copiado. La copia de la evidencia del pago será remitida al Grupo de Finanzas y Presupuesto de la Subdirección Administrativa y Financiera, por la dependencia encargada del proceso de copiado.

No obstante lo anterior, en aras de facilitar la información, esta Autoridad Nacional cuenta con la Ventanilla Integral de Trámites Ambientales en Línea - VITAL, la cual permite consultar la información de los expedientes a cargo de esta Entidad; a través del siguiente link http://vital.anla.gov.co/SILPA_UT_PRE/ReporteTramite/ReporteTramiteCP.aspx, en la pestaña de búsqueda, ingresando el número del expediente, que para el presente caso corresponde al LAM3678, podrá consultar la información que sea de su interés referente al expediente en comento.

“2.- Documento soporte que contenga información expresa sobre: relación de Actos Administrativos durante la EVALUACION (sic) AMBIENTAL, proferidos en el trámite de licenciamiento ambiental del expediente LAM3678 los cuales solicito respetuosamente sean relacionados así: 2.1) Numero de acto administrativo. 2.2) Fecha del acto administrativo, 2.3) Objeto del acto administrativo. Además solicito la expedición física de fotocopias de todos estos documentos que se relacionen en el documento soporte, las que cancelaré con la contestación del derecho de petición que me indique el trámite para realizar la correspondiente consignación. Solicito de manera respetuosa que la información del expediente este en su totalidad foliada para tener seguridad de su correspondencia y veracidad.”

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Trámite: 70-10DPE - Derecho de Petición de Información y/o Copias

“3.- Documento soporte que contenga información expresa sobre: relación de CONCEPTOS TECNICOS proferidos durante la EVALUACION AMBIENTAL, expedidos durante el trámite de licenciamiento ambiental del expediente LAM3678 los cuales solicito respetuosamente sean relacionados así: 3.1) Fecha del concepto técnico. 3.2) Objeto del concepto técnico (sic). Además solicito la expedición física de fotocopias de todos estos documentos que se relacionen en el documento soporte, las que cancelaré con la contestación del derecho de petición que me indique el trámite para realizar la correspondiente consignación. Solicito de manera respetuosa que la información del expediente este en su totalidad foliada para tener seguridad de su correspondencia y veracidad.”

Por guardar estrecha relación la información solicitada, respecto de los actos administrativosy conceptos técnicos relacionados con la evaluación ambiental del proyecto de su interés, consideramos atenderlas de manera integral, detallando las actuaciones administrativas, de acuerdo con la consulta realizada en nuestro Sistema de Información de Licencias Ambientales -SILA, así:

Tabla 1. Actos Administrativos Expediente LAM3678 – Etapa de Evaluación Etapa No. Acto

AdministrativoFecha Tipo Descripción

Evaluación 1472 30/07/2009 Resolución que modifica Licencia

Ambiental

Acto administrativo por medio del cual se modificó la Resolución 710 del 25 de abril de 2007, en el sentido de autorizar en el Área de Perforación Exploratoria Quifa Suroeste,la perforación de hasta 5 pozos ubicados en 5 áreas denominadas Quifa l-1, Quifa l-2, Quifa H, Quifa 8 y Quifa 9.

Evaluación 1382 13/05/2009 Auto de inicio modificación

Auto por medio del cual se inicia el trámite administrativo para la modificación de la licencia ambiental otorgada mediante Resolución 710 del 25 de abril de 2007, en el sentido de incluir la perforación de cinco (5) pozos exploratorios en las áreas de interés denominadas H, I-1, I-2, Quifa 8 y Quifa 9

Evaluación 1967 11/11/2008 Resolución que modifica Licencia

Ambiental

Acto administrativo por medio del cual se modificó la Resolución 710 del 25 de abril de 2007, en el sentido de incluir el Área de Interés A1 y la perforación del pozo Quifa 5 o prospecto E, entre otros aspectos.

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Trámite: 70-10DPE - Derecho de Petición de Información y/o Copias

Evaluación 2599 20/08/2008 Auto de inicio modificación

Auto de inicio de modificación de licencia ambiental del Área de Perforación Exploratoria Quifa Sur Oeste, en el sentido de incluir un área de interés y la perforación de un nuevo pozo

Evaluación 710 26/04/2007 Resolución que Otorga Licencia

Ambiental

Acto administrativo por medio del cual se otorga licencia ambiental para el proyecto denominado "Área de Perforación Exploratoria Quifa Sur Oeste" a favor de la sociedad META PETROLEUM LTD, y acoge el Concepto Técnico 669 24 de abril de 2007.

Evaluación 1055 25/04/2007 Auto declara reunida la

InformaciónAuto que declara reunida la información

Evaluación 771 28/03/2007 Auto solicitud información

adicional

información complementaria para continuar con el trámite para el otorgamiento de

Licencia Ambiental al proyecto: “Área de Perforación Exploratoria Quifa Sur Oeste”, localizado en jurisdicción del municipio de

Puerto Gaitán en el departamento del MetaEvaluación 61 11/01/2007 Auto de Inicio Da inicio al trámite administrativo de

solicitud de licencia ambiental para el proyecto denominado “Área de Perforación Exploratoria Quifa Sur Oeste”, localizado en jurisdicción del municipio de Puerto Gaitán.

Meta.Fuente: Sistema de Información de Licencias Ambientales – SILA

Tabla 2. Conceptos Técnicos Expediente LAM3678 – Etapa de Evaluación

EtapaNo.

Concepto Técnico

Fecha Tipo Descripción

Evaluación 1205 23/07/2009Concepto técnico de

modificación de Licencia Ambiental

Concepto técnico de evaluación de Modificación de Licencia Ambiental Global otorgada mediante la Resolución 710 del 26 de abril de 2007.

Evaluación 2014 31/10/2008Concepto técnico de

modificación de Licencia Ambiental

Concepto técnico de evaluación de Modificación de Licencia Ambiental Global

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Trámite: 70-10DPE - Derecho de Petición de Información y/o Copias

otorgada mediante la Resolución 710 del 26 de abril de 2007.

Evaluación 669 24/04/2007Concepto Técnico

para Licencia Ambiental

Viabilidad para otorgamiento de Licencia Ambiental.

Evaluación 506 23/03/2007Concepto Técnico

información adicional

Concepto técnico soporte para requerir información adicional dentro del trámite de licencia ambiental.

Fuente: Sistema de Información de Licencias Ambientales – SILA

“4.- Documento soporte que contenga información expresa sobre: relación de ACTOS ADMINISTRATIVOS durante la ETAPA DE SEGUIMIENTO AMBIENTAL, proferidos dentro del expediente LAM3678 los cuales solicito respetuosamente sean relacionados así: 4.1) Numero de acto administrativo. 4.2) Fecha del acto administrativo, 4.3) Objeto del acto administrativo. Además solicito la expedición física de fotocopias de todos estos documentos que se relacionen en el documento soporte, las que cancelaré con la contestación del derecho de petición que me indique el trámite para realizar la correspondiente consignación. Solicito de manera respetuosa que la información del expediente este en su totalidad foliada para tener seguridad de su correspondencia y veracidad.”

“5.- Documento soporte que contenga información expresa sobre: relación de CONCEPTOS TECNICOS proferidos durante la ETAPA DE SEGUIMIENTO AMBIENTAL, proferidos dentro del expediente LAM3678, los cuales solicito respetuosamente sean relacionados así: 5.1) Fecha del concepto técnico. 5.2) Objeto del concepto técnico. Además solicito la expedición física de fotocopias de todos estos documentos que se relacionen en el documento soporte, las que cancelaré con la contestación del derecho de petición que me indique el trámite para realizar la correspondiente consignación. Solicito de manera respetuosa que la información del expediente este en su totalidad foliada para tener seguridad de su correspondencia y veracidad.”

De acuerdo con la consulta realizada en nuestro Sistema de Información de Licencias Ambientales -SILA, se registran las siguientes actuaciones administrativas correspondientes al seguimiento y control ambiental del proyecto, así:

Tabla 2. Actos Administrativos Expediente LAM3678 – Etapa de Seguimiento y Control Ambiental

Etapa No. Acto Administrativo

Fecha Tipo Descripción

Etapa de Seguimiento

1044 12/04/2011 Auto - Auto por el cual se efectúa

Acto administrativo por medio del cual se realiza seguimiento y control ambiental al

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y Control Ambiental

seguimiento y control ambiental

Plan de Inversión del 1% y Compensación Forestal.

Etapa de Seguimiento

y Control Ambiental

3377 25/10/2011 Auto - Auto por el cual se efectúa seguimiento y

control ambiental

Acto administrativo por medio del cual se realiza seguimiento y control ambiental al PMA pozo Quifa H3.

Etapa de Seguimiento

y Control Ambiental

918 08/04/2013 Auto - Auto por el cual se efectúa seguimiento y

control ambiental

Acto administrativo por medio del cual se realiza seguimiento y control documental a la Inversión del 1% y Compensación Forestal.

Etapa de Seguimiento

y Control Ambiental

4366 06/10/2014 Auto - Auto por el cual se efectúa seguimiento y

control ambiental

Acto administrativo por medio del cual se realiza seguimiento y control documental a la Inversión del 1%.

Etapa de Seguimiento

y Control Ambiental

1487 26/04/2017 Auto - Auto por el cual se efectúa seguimiento y

control ambiental

Acto administrativo por medio del cual se realiza seguimiento y control al Área de Perforación Exploratoria Quifa Suroeste en su fase de Construcción y Operación, durante el periodo 2007-2016.

Etapa de Seguimiento

y Control Ambiental

6393 22/10/2018 Auto - Auto por el cual se efectúa seguimiento y

control ambiental

Acto administrativo por medio del cual se realiza seguimiento y control al Área de Perforación Exploratoria Quifa Suroeste en su fase de Construcción y Operación, durante el periodo 2017-2018.

Fuente: Sistema de Información de Licencias Ambientales – SILA

Tabla 2. Conceptos Técnicos Expediente LAM3678 – Etapa de Seguimiento y Control Ambiental

EtapaNo.

Concepto Técnico

Fecha Tipo Descripción

Etapa de Seguimiento

y Control Ambiental

2689 30/11/2010Concepto técnico de

seguimiento y control ambiental

Concepto técnico de seguimiento y control ambiental sobre el plan de inversión del 1% y el Plan de compensación, Pozo Quifa 3.

Etapa de Seguimiento

y Control Ambiental

572 19/04/2011Concepto técnico de

seguimiento y control ambiental

Concepto técnico de seguimiento y control ambiental documental en donde se evalúa el PMA específico del pozo exploratorio Quifa H3.

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Trámite: 70-10DPE - Derecho de Petición de Información y/o Copias

Etapa de Seguimiento

y Control Ambiental

1113 15/03/2013Concepto técnico de

seguimiento y control ambiental

Concepto técnico de seguimiento y control ambiental documental Plan de Inversión del 1% y Compensación Forestal.

Etapa de Seguimiento

y Control Ambiental

10915 16/09/2014Concepto técnico de

seguimiento y control ambiental

Concepto técnico de seguimiento y control ambiental documental Plan de Inversión del 1% y Compensación Forestal.

Etapa de Seguimiento

y Control Ambiental

6392 30/11/2016

Concepto técnico de seguimiento y

control ambiental

Concepto técnico de seguimiento y control al Área de Perforación Exploratoria Quifa Suroeste en su fase de Construcción y Operación, durante el periodo 2007-2016.

Etapa de Seguimiento

y Control Ambiental

2988 08/06/2018

Concepto técnico de seguimiento y

control ambiental

Concepto técnico de seguimiento y control al Área de Perforación Exploratoria Quifa Suroeste en su fase de Construcción y Operación, durante el periodo 2017-2019.

Fuente: Sistema de Información de Licencias Ambientales – SILA

“6.- Documento soporte que relacione, desglose e identifique la totalidad de la Cartografía que permite identificar la ubicación del PROYECTO LAM3678 que forma parte integral del proyecto identificado con el número LAM3678.”

7.- Cartografía en físico y formato Shape de la ubicación del proyecto procesos identificados con el número de expediente LAM3678.”

Revisado el expediente LAM3678 se encontró que la Cartografía que permite identificar lalocalización del proyecto, se encuentra en la comunicación remitida por ECOPETROL S.A.,mediante radicado 4120-E1-1030 del 5 de enero de 2007.

En la comunicación mencionada se presentó el Estudio de Impacto Ambiental del referido proyecto, el cual incluye el plano de localización general del proyecto, entregado también de manera digital.

Así las cosas, y de acuerdo con su solicitud de entregar la cartografía en físico, informamos que la Entidad maneja la entrega de planos de manera digital, por lo tanto, deberá entregar un dispositivo de almacenamiento (preferiblemente disco duro), dentro del cual se almacenará el documento que corresponde a la cartografía solicitada, acogiéndose al procedimiento mencionado en la respuesta al numeral 1 de la presente comunicación.

Adicionalmente, se realizó la consulta de la información Geográfica en el Sistema para el Análisis y Gestión de Información del Licenciamiento Ambiental – AGIL-, de la información solicitada en los puntos 6 y 7, de la cual se presenta siguiente figura:

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Trámite: 70-10DPE - Derecho de Petición de Información y/o Copias

Figura 1. Área licenciada del proyecto “Área de Perforación Exploratoria Quifa Suroeste”- Expediente LAM3678

Fuente: Sistema para el Análisis y Gestión de Información del Licenciamiento Ambiental – AGIL

Sumado a lo anterior, se adjunta como anexo un DVD, que contiene una carpeta digital con lacapa en formato shape de la localización del área licenciada para el proyecto LAM3678.

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Trámite: 70-10DPE - Derecho de Petición de Información y/o Copias

“8.- Por favor informe que procesos sancionatorios aperturados existen vinculados a las licencias otorgadas para la explotación petrolera en el predio EL OASIS, por hechos presuntamente constitutivos de infracción ambiental cometidos en desarrollo del proyecto. en caso afirmativo por favor relacione la información indicando la forma como se identifica cada proceso sancionatorio y solicito respetuosamente se expidan copias de los mismos a mi costa.”

De acuerdo con la consulta realizada en el Sistema de Información de Licencias Ambientales -SILA, nos permitimos informar que, a la fecha con relación al proyecto denominado: “Área de Perforación Exploratoria Quifa Sur Oeste”, localizado en jurisdicción del municipio de Puerto Gaitán, en el departamento del Meta, expediente LAM3678, se ha iniciado un proceso sancionatorio ambiental con las siguientes características:

EXPEDIENTE SANCIONATORIO SAN0074-00-2018 Mediante Auto 3301 del 21 de mayo de 2019, se abrió investigación al tenor de lo previsto en el artículo 18 de la Ley 1333 de 2009 y demás normas concordantes, por los siguientes hechos: • Haber realizado el transporte de residuos líquidos al CPF sin tener autorización para

realizar dicha actividad dentro de la locación Quifa 5, incurriendo en presunta infracción de lo establecido en la Ficha MR.2 Manejo de Residuos Líquidos Industriales y del literal 2 del Artículo Tercero de la Resolución No. 710 del 25 de abril de 2007.

• Realizar captación de agua para uso industrial de la piscina de vertimiento del CPF del Campo Rubiales para el desarrollo de las locaciones Quifa 3, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13 y 17, incurriendo en presunta infracción de lo establecido en los Artículos Tercero, Décimo Sexto, Vigésimo Sexto y Vigésimo Séptimo de la Resolución No. 710 del 25 de abril de 2007.

• Por superar el caudal de vertimiento autorizado para la aspersión en vías de las aguas residuales industriales, incurriendo en presunta infracción de lo establecido en el literal 2 del Artículo Tercero de la Resolución No. 710 del 25 de abril de 2007.

• Por no realizar los monitoreos de aire y ruido en la locación Quifa 3, por no realizar los monitoreos de ruido en las locaciones Quifa 11, 13 y 17 y no realizar los monitoreos de calidad de aire de los planes de manejo específicos para las locaciones Quifa 7, 8, 9, 11 y 17, incurriendo en presunta infracción de lo dispuesto en la ficha SMA.2 Calidad de Aire y Ruido, de acuerdo con el literal b y d del numeral 6 del artículo Séptimo de la Resolución No. 710 del 25 de abril de 2007.

• Por no ejecutar los monitoreos del recurso hidrobiológico conforme a lo establecido en el programa de seguimiento y monitoreo para el medio biótico.

• Por realizar el vertimiento de aguas residuales domésticas e industriales incumpliendo los límites máximos permisibles establecidos para ello y por no realizar el monitoreo de

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la totalidad de los parámetros establecidos en el programa de seguimiento y monitoreo de aguas residuales, incurriendo en presunta infracción de lo establecido en los Artículos Tercero, numeral a de la Resolución No. 710 del 25 de abril de 2007.

• Por realizar la disposición final de cortes de perforación con el incumplimiento de límites de algunos parámetros estipulados por Loussiana 29B y por no realizar el monitoreo de la totalidad de los parámetros requeridos para los cortes de perforación y lixiviados, incurriendo en presunta infracción de lo establecido en el Artículo Sexto, numeral b de la Resolución No. 710 del 25 de abril de 2007 y el artículo cuarto numeral 4g de la Resolución No. 1967 del 11 de noviembre de 2008.

• Por haber realizado la perforación del pozo Quifa 4 sin solicitar modificación de Licencia Ambiental ante Autoridad Ambiental Competente, incurriendo en presunta infracción de lo dispuesto en el numeral a del Artículo Segundo, Artículos Décimo Segundo, Vigésimo Primero, Vigésimo Sexto, Vigésimo Séptimo y Trigésimo Primero de la Resolución No. 710 del 25 de abril de 2007.

Actualmente se encuentra en evaluación para establecer si procede o no proferir Cesación de Procedimiento o auto de cargos tal y como lo prevé los artículos 23 y siguientes de la Ley 1333 de 2009. Ahora bien, de acuerdo con el Sistema de Información de Licencias Ambientales, a la fecha no hay evidencia de que se hayan iniciado otras actuaciones sancionatorias ambientales relacionadas con el proyecto “Área de Perforación Exploratoria Quifa Sur Oeste”, expediente LAM3678 Finalmente, con relación a la obtención de copias de las actuaciones administrativas relacionadas con el expediente Sancionatorio SAN0074-00-2018, nos permitimos manifestar que deberá acogerse al procedimiento mencionado en la respuesta al numeral 1 de la presente comunicación.

• DE SU SOLICITUD ESPECIAL

“SOLICITUD ESPECIAL

Con el único fin de proteger el respeto al derecho fundamental de PETICION consagrado en nuestra Constitución Nacional, solicito a Usted respetuosamente al contestar:

Responder en orden e indicando exactamente que numeral contesta. EN CASO DE NEGARSE A RESPONDER O RESPONDER PARCIALMENTE POR FAVOR INFORME EL FUNDAMENTO JURÍDICO QUE LE PERMITE NEGARME LA INFORMACION EN CADA UNO DE LOS NUMERALES.

Solo notificar en la forma solicitada, teniendo en cuenta que al ser campesinos llaneros, nuestro domicilio es la finca, por lo tanto, respetar si no hay ley que lo prohíba que me

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presente al finalizar el vencimiento del derecho de petición en las oficinas del ANLA para la correspondiente notificación.”

Como fue solicitado de manera especial por usted, la presente comunicación da respuesta a cada una de sus peticiones, de manera oportuna y en el orden en que son presentadas.

Finalmente, teniendo en cuenta que no registra información para efectos de notificación, le indicamos que la presente respuesta será publicada en la página web de la ANLA www.anla.gov.co.

No obstante, puede acercarse al Centro de Atención Ciudadano de la ANLA, ubicado en la Calle 37 No. 8-40 en la ciudad de Bogotá, en horario de atención de lunes a viernes de 8:00 am a 4:00 pm, donde podrá consultar la presente respuesta para su conocimiento y fines pertinentes.

En los anteriores términos se da respuesta a lo solicitado.

Cordialmente,

ANDREA ESTEBAN TORRESCoordinador Grupo de Respuesta a Solicitudes Prioritarias

Anexos: Si (Un DVD que contiene de la localización del área licenciada para el proyecto correspondiente al expediente LAM3678)

Medio de Envió: Físico

EjecutoresDANIEL FERNANDO MOTTA LOPEZContratista Revisor / L�derEFRAIN ALEXANDER USCATEGUI HERNANDEZContratista

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Fecha: febrero de 2020

Archívese en:LAM3678 Plantilla_Oficio_SILA_v5_42800

Nota: Este es un documento electrónico generado desde los Sistemas de Información de la ANLA. El original reposa en los archivos digitales de la Entidad.