GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL REGIÓN MADRE DE...

2
GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL REGIÓN MADRE DE DIOS "AÑO INTERNACIONAL DE LAS LEGUMBRES" " AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU" "MADRE DE DIOS, CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PE" ORDENANZA REGIONAL Nº 002 -2 016-RMDD/CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria, ll evada ~=:::::::,."" cabo el 07 de marzo del 2016, aprobó, la siguiente Ordenanza Regional. CONSIDERANDO: Que, lo s Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, emanan de la ntad popular, gozan de autonomía política, económica y administrativa, y tienen por misión, ~===:;:::::;;,r:, ganizar y conducir la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales. Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional y de conformidad con el literal a) del artículo 15 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, tiene entre otras atribuciones, las de aprobar, modificar o derogar la s normas que regulen o reglamenten lo s asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, el artículo 38 de la precitada Ley, establece que "La s Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia". Que, la Ley 29337, Ley que establece Disposiciones para Apoyar la Competitividad Productiva, precisa que debe declararse como estrategia del Estado, la ejecución de iniciativas de apoyo a la competitividad · productiva, para mejorar la competitividad de cadenas productivas mediante el desarrollo, adaptación, mejora o transformación de tecnología. Por su parte, el artículo 2 de la Ley 28846, Ley para el fortalecimiento de las .Cadenas Productivas y Conglomerados, define a la Cadena · Productiva como el · "Sistema que agrupa a los actores económicos interrelacionados por el mercado y que participan articuladamente en actividades que generan valor, alrededor de un bien o servicio, en las fases de provisión de insumos, producción, conservación, transformación, industrialización, comercialización y el consumo final en los mercados internos y externos". Que, la implementación de las Cadenas Productivas, se halla vinculada a la política de gobierno orientada al desarrollo regional. Al respecto, el artículo 6 de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, concibe el desarrollo regional como "la aplicación coherente y eficaz de las políticas o instrumentos de desarrollo económico, social, poblacional, cultural y ambiental, a través de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento económico armonizado con la dinámica demográfica, el desarrollo social equitativo y la conservación de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional orientado hacia el ejercicio pleno de lo s derechos de hombres y mujeres e igualdad de oportunidades". Que, mediante Ordenanza Regional 12-2014-RMDD/CR, se aprobó el Plan de Implementación de Cadenas Productivas, con la finalidad de mejorar lo s indicadores de competitividad y cumplir con los Lineamientos del proceso de formulación de Proyectos de Inversión Púb li ca de Apoyo al Desarrollo Productivo, en las tres provincias del ámbito regional , habiendo considerado ordinalm ente los siguientes productos: Cacao; Peces Amazónicos; Plátano y Banano; Lácteos y Carnes; Piña; Maí z; Shiringa; Copoazú; Yuc a; y Papaya ; soslayando a la Cadena Productiva de Castaña . SEDE CENTR AL Jr Gud knno Billinghu, st N' -1 80 Teléf.: 57 11 99 - 57 11 02 - 57 1 l ú l - 57 11 57 i\ / 1 OFI C. COORDI NAC,AIJM INI ST LIMA ' Av Alfo nso Uga, te N' 873 610 P, su E~ mai l: regionmdcl pt ~1n.:g 1011111,1d1cdcdios gob.pc

Transcript of GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL REGIÓN MADRE DE...

Page 1: GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL REGIÓN MADRE DE …transparencia.regionmadrededios.gob.pe/descarga.php?archivo=archivos/... · Que, de conformidad con sus atribuciones legales,

GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL

REGIÓN MADRE DE DIOS

"AÑO INTERNACIONAL DE LAS LEGUMBRES" " AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU"

"MADRE DE DIOS, CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ"

ORDENANZA REGIONAL Nº 002-2016-RMDD/CR

POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria, llevada ~=:::::::,."" cabo el 07 de marzo del 2016, aprobó , la siguiente Ordenanza Regional.

CONSIDERANDO:

Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, emanan de la ntad popular, gozan de autonomía política, económica y administrativa, y tienen por misión,

~===:;:::::;;,r:, ganizar y conducir la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales.

Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional y de conformidad con el literal a) del artículo 15 de la Ley Nº 27867 , Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, tiene entre otras atribuciones, las de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional.

Que, el artículo 38 de la precitada Ley, establece que "Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia" .

Que, la Ley Nº 29337, Ley que establece Disposiciones para Apoyar la Competitividad Productiva, precisa que debe declararse como estrategia del Estado, la ejecución de iniciativas de apoyo a la competitividad · productiva, para mejorar la competitividad de cadenas productivas mediante el desarrollo , adaptación , mejora o transformación de tecnología. Por su parte, el artículo 2 de la Ley Nº 28846, Ley para el fortalecimiento de las .Cadenas Productivas y Conglomerados, define a la Cadena · Productiva como el · "Sistema que agrupa a los actores económicos interrelacionados por el mercado y que participan articuladamente en actividades que generan valor, alrededor de un bien o servicio, en las fases de provisión de insumos, producción, conservación, transformación, industrialización, comercialización y el consumo final en los mercados internos y externos".

Que, la implementación de las Cadenas Productivas, se halla vinculada a la política de gobierno orientada al desarrollo regional. Al respecto, el artículo 6 de la Ley Nº 27867 , Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, concibe el desarrollo regional como "la aplicación coherente y eficaz de las políticas o instrumentos de desarrollo económico , social, poblacional, cultural y ambiental , a través de planes, programas y proyectos orientados a generar cond iciones que permitan el crecimiento económico armonizado con la dinámica demográfica, el desarrollo social equitativo y la conservación de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres e igualdad de oportunidades".

Que, mediante Ordenanza Regional Nº 12-2014-RMDD/CR, se aprobó el Plan de Implementación de Cadenas Productivas , con la finalidad de mejorar los indicadores de competitividad y cumplir con los Lineamientos del proceso de formulación de Proyectos de Inversión Pública de Apoyo al Desarrollo Productivo , en las tres provincias del ámbito regional , habiendo considerado ordinalmente los sigu ientes productos: Cacao; Peces Amazónicos; Plátano y Banano; Lácteos y Carnes ; Piña ; Maíz; Shiringa ; Copoazú; Yuca; y Papaya ; soslayando a la Cadena Productiva de Castaña .

SEDE CENTRAL Jr G ud knno Billin ghu, st N' -180

Teléf. : 57 11 99 - 57 11 02 - 57 1 lú l - 57 11 57

i\ / 1

OFIC. COORDI NAC,AIJM INIST LIMA ' Av Alfo nso Uga, te N' 873 6 10 P, su

E~ mai l: regionmdcl pt~1n.:g1011111,1d1cdcdios gob.pc

Page 2: GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL REGIÓN MADRE DE …transparencia.regionmadrededios.gob.pe/descarga.php?archivo=archivos/... · Que, de conformidad con sus atribuciones legales,

GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL

REGIÓN MADRE DE DIOS

·~ '.

Que, el expediente técnico de la Cadena Productiva de la Castaña remitido por la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente a la Gerencia Regional de DesarroTio Económico, ha merecido la op'tnión favorable de ésta última, para su presentación, -priorización y aprobación mediante Ordenanza Regiona l. Dicha propuesta, remitida al Consejo Reg ional mediante Oficio Nº 039-2016-GOREMAD/PR, igualmente cuenta con opinión legal favorable de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Madre de Dios, en cuanto refiere que, "siendo la castaña el producto bandera de la Región, es necesario fortalecer las actividades que se realicen en torno a éste producto, a fin de desarrollar estrategias en beneficio de las empresas regionales. los extractores y la población en general " ... , por lo que, es pertinente su aprobación , según se aprecia del Informe Legal Nº 81 -2016-GOREMAD/ORAJ.

Que, de conformidad con sus atribuciones legales, el Pleno del Consejo Regional, ha considerado aplicable el criterio de incorporar en la Ordenanza Regional Nº 12-2014-RMDD/CR emitida con fecha 09 de setiembre del año 2012, la Cadena Productiva de la Castaña, sin tener que expedir otra norma regional del mismo rango y naturaleza , de modo específico para dicho producto .

El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado ; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regioi;iales y sus modificatorias, y el Reglamento Interno del Consejo Regional , por unanimidad;

HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:

ARTÍCULO PRIMERO: INCORPORAR, con carácter prioritario, el producto Castaña en el Plan de Implementación de Cadenas Productivas aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 12-2014-RMDD/CR.

ARTÍCULO SEGUNDO: ENCARGAR, a la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional de Madre de Dios, la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Madre de Dios .

Comuníquese al señor Gobernador Regional de Madre .de Dios, para su promulgación.

En la ciudad de Puerto Maldonado, a los siete días del mes de marzo del año dos mil dieciséis.

POR TANTO: Mando se reg istre, publique y cumpla.

Dado en la Sede del Gobierno Regional de Madre de Dios, a los siete días del mes de marzo del año dos mil dieciséis.

SE IJE CENTRAL ~ Jr Gu ilknn o Bilhnghu rst 1 ° 480

ldcf 57 11 99-57 11 01- 57 116 1 - 57 11 57

OFIC COORD INA( .-\DM) NIST l .1~1.-\ .-l v .-l lfon so Ugane N' 87J 610 Piso

l: -nia il rc g1011111dclp@rl!gionmadredcd10:i golJ pe