Gestion DemocráTica Del Territorio Vale

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Art. 31.- Las personas tienen derecho al disfrute pleno Art. 31.- Las personas tienen derecho al disfrute pleno de la ciudad y de sus espacios públicos, bajo los de la ciudad y de sus espacios públicos, bajo los

principios de sustentabilidad, justicia social, respeto a principios de sustentabilidad, justicia social, respeto a las diferentes culturas urbanas y equilibrio entre lo las diferentes culturas urbanas y equilibrio entre lo

urbano y lo rural. El ejercicio del derecho a la ciudad se urbano y lo rural. El ejercicio del derecho a la ciudad se basa en la gestión democrática de ésta, en la función basa en la gestión democrática de ésta, en la función social y ambiental de la propiedad y de la ciudad, y en social y ambiental de la propiedad y de la ciudad, y en

el ejercicio pleno de ciudadanía”el ejercicio pleno de ciudadanía”

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• Art. 95.- “La participación de la ciudadanía Art. 95.- “La participación de la ciudadanía en todos los asuntos de interés público es en todos los asuntos de interés público es un derecho, que se ejercerá a través de un derecho, que se ejercerá a través de

los mecanismos de la democracia los mecanismos de la democracia representativa, directa y comunitaria”representativa, directa y comunitaria”

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LA GESTION DEMOCRÁTICA LA GESTION DEMOCRÁTICA PARTICIPATIVA EN LA CIUDAD PARTICIPATIVA EN LA CIUDAD

Y LOS TERRITORIOS Y LOS TERRITORIOS SUBNACIONALESSUBNACIONALES

Tatiana Hidrovo QuiñónezTatiana Hidrovo QuiñónezComisión de Organización TerritorialComisión de Organización Territorial

Comisión Legislativa y de FiscalizaciónComisión Legislativa y de Fiscalización

ASAMBLEA NACIONALASAMBLEA NACIONAL

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GLOSARIO CONCEPTUALGLOSARIO CONCEPTUAL

– Democracia: La democracia pueden entenderse en dos sentidos: “como sistema o régimen de organización social en el que el poder, la toma de decisiones, se halla sujeto a cierto control de la sociedad. O también: como vía para llegar a ese poder o conjunto de procedimientos para ejercerlo bajo el control de la sociedad (…) Lo democrático estriba en la adopción o el control colectivo de decisiones ”. “La democracia es ante todo participación, y esto supone no sólo concebir la presencia de lo colectivo en el sujeto participante y en el lugar en el que participa, sino también en la forma y en el objeto de su participación. La participación de uno supone la de los demás, y así mismo, el respeto y la tolerancia hacia ellos”. (Sánchez Vásquez).

– Democracia representativa: Los ciudadanos delegan a través de procesos electorales el poder de la acción política y la toma de decisiones en sus representantes.

– Democracia participativa: Los ciudadanos delegan a través de procesos electorales el poder de tomar decisiones formales en sus representantes; y mantiene el poder de la acción política, la voz política y la vigilancia del espacio público, para incidir en los representantes, hacer prevalecer el interés común y facilitar el consenso. En suma propender a la democratización de la sociedad. La ampliación de la democracia implica la ampliación de cuatro elementos esenciales: sujeto, espacio, forma y objeto de participación. (Sánchez Vázquez). La democracia participativa está relacionada a la forma como se toman las decisiones (Castells).

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GLOSARIO CONCEPTUALGLOSARIO CONCEPTUAL

– La democratización descentrada con alcance territorial: La democracia debe tener un carácter descentrado, horizontal y territorial. La acción política de la sociedad civil debe ser posible en todo el territorio nacional y en todos los niveles de gobiernos autónomos descentralizados, como partes constitutivas del Estado. La geografía de la democracia de un Estado – nacional debe ser uniforme. La democracia debe ser posible en las unidades territoriales más pequeñas para ser efectivo el estado de derecho y la gestión en todo el cuerpo nacional.

– El territorio subnacional político y la Ciudad política: Los territorios son espacios socialmente construidos donde se dan relaciones de poder que se articulan con el estado de derecho y el Estado como cuerpo político. Las relaciones de poder necesitan espacio públicos de deliberación.

– Espacio público: Es el lugar donde “todos pueden ver y oír” y común a todos (Arendt). En la esfera pública se produce la “igualdad de los desiguales” y donde “las diferencias humanas pueden y deben manifestarse para reclamar su singularidad” (Córdova). “Es el espacio para la acción y el despliegue del poder colectivo” (Birulés).

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GLOSARIO CONCEPTUALGLOSARIO CONCEPTUAL

– Cultura democrática: Conducta política colectiva que basa su acción en la deliberación, en el discurso, la persuasión, la tolerancia, la participación en el espacio público, la inclusión, la búsqueda de consensos, la defensa de los intereses colectivos de mayorías y minorías en oposición a los intereses particulares. La cultura democrática no excluye el recurso de los grupos a la “disrupción” buscando una transformación del orden vigente.

– Poder local: “El poder local no es poder popular si no se rompe con la división tajante entre representantes y representados” (Coraggio)

– Gobierno autónomo descentralizados: Institución territorial del Estado, política y administrativamente autónoma y descentralizada, constituida a través de procesos democrático representativos, y regida por principios de democracia participativa, cuya finalidad es el mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes y la democratización de su sociedad.

La cuestión de la autonomía debe ser entendido como afirmación práctica del poder popular en el ámbito territorial. Los gobiernos autónomos descentralizados son los niveles territoriales subnacionales que deben articular el poder social de base con el poder estatal. (Coraggio)

“La autonomía política se hace abstracta sin un control de la economía” territorial. “¿Cómo lograr un sistema de mediaciones por el cual el pueblo organizado controle la producción, …. o al menos tenga la capacidad de participar en la determinación de los parámetros que las condicionan?”. (Coraggio).

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El modelo de democracia participativa El modelo de democracia participativa en la Constituciónen la Constitución

SOBERANÍA POPULARSOBERANÍA POPULAR

Ejercida mediante órganos y sus funciones, por medio de democracia representativa y participativa a través de todos los “niveles de gobierno”

Función Ejecutiva

Función Legislativa

Función Judicial

Función de Control y Función de Control y Participación Participación

ciudadanaciudadana

Función Electoral

Gobierno autónomo

DescentralizadoGobierna, legisla

y administra

PODER POPULAR/CIUDADANO

Niv

el n

acio

nal

Niv

el s

ub n

acio

nal

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Principios constitucionalesPrincipios constitucionalesdel poder ciudadano y la participacióndel poder ciudadano y la participación

• El Ecuador es un país democrático.• La soberanía radica en el pueblo y se ejerce a través de órganos y de

“las formas de participación directa” (Art. 1)• Las personas tienen derecho al pleno disfrute de los espacios de la

ciudad, y ejerce tal derecho a través de la “gestión democrática de ésta”. (Art. 31)

• Los ciudadanos tienen derecho a “participar en los asuntos de interés público”, presentar proyectos de iniciativa popular normativa y revocar el mandato. (Art. 61).

• Los ciudadan@s “participarán” en las decisiones, planificación y gestión pública (Art. 95)

• Los ciudadanos “participarán” en el control popular de las instituciones del Estado y la sociedad (Art. 95).

• La participación se orientará por principios de igualdad, deliberación pública, control popular e interculturalidad (Art. 95)

• La participación ciudadana en todos los asuntos de interés público es un derecho que se ejercerá a través de mecanismos de democracia directa, comunitaria y representativa (Art. 95).

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• Se reconoce formas de organización ciudadana para incidir en las decisiones y políticas públicas de “todos los niveles de gobierno”, incluyendo entidades privadas que presten servicios públicos.

• Los ciudadanos pueden ejercer el derecho a la “resistencia” frente a acciones u omisiones del poder público si se vulneran sus derechos (Art. 98)

• “Sección tercera. Participación en los diferentes niveles del gobierno”.- En todos los niveles de gobierno se formarán instancias de participación para elaborar planes y políticas, mejorar la calidad de la inversión pública, elaborar presupuestos participativos, fortalecer la democracia, promover la formación ciudadana, impulsar procesos de comunicación. (Art. 100)

• Las instancias de participación deben estar integradas por ciudadanos, autoridades electas y del régimen dependiente (Art. 100)

• La participación se organizará a través de audiencias públicas, veedurías, asambleas, cabildos populares, consejos consultivos, observatorios y otros que promueva la ciudadanía (Art. 100).

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• Las sesiones de los gobiernos autónomos serán públicas (Art. 101)• En las sesiones de los gobiernos autónomos existirá la “silla vacía” que

será ocupada por un representante ciudadano en función de los temas a tratarse (Art. 101)

• La ciudadanía tendrá iniciativa legislativa ante cualquier nivel de gobierno que posea esa facultad, con EL respaldo del 0,20% de la jurisdicción correspondiente. Quienes propongan participarán en el debate (Art. 63).

• La ciudadanía puede pedir consulta popular en su localidad con el 10% de respaldo de los empadronados (Art. 64)

• La ciudadanía podrá pedir revocatoria del mandato con el 10% del respaldo de los electores, durante los dos años intermedios (Art. 105)

• Los ciudadanos se podrán articular a través de organizaciones políticas. A nivel territorial subnacional se podrán conformar movimientos políticos. Estas organizaciones son de carácter público no estatal. (Art. 109).

• Los GAD (Gobiernos autónomos descentralizados) se regirán por los principios de participación ciudadana (Art. 238).

• Las comunas, recintos, barrios, y parroquias urbanas son unidades territoriales de base, que podrán funcionar como unidades básicas de participación ciudadana en los GAD, a través de la regulación de una ley (Art. 248).

• El sistema de planificación en los territorios subnacionales serán realizados por los GAD con la participación ciudadana. Los Consejos ciudadanos serán instancias de deliberación y “generación de lineamientos y consensos estratégicos de largo plazo”. (Art. 279).

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Funcionalidad y articulación de los principios Funcionalidad y articulación de los principios constitucionales de democracia directaconstitucionales de democracia directa

Democracia Democracia representativarepresentativa

Democracia Democracia participativaparticipativa

Consejos de participación ciudadanaConsejos de participación ciudadanaGAD, ciudadanía, gobierno nacionalGAD, ciudadanía, gobierno nacional

Unidades territoriales Unidades territoriales y temáticas de y temáticas de participaciónparticipación

Poder popular soberanoPoder popular soberano

Silla vacíaSilla vacía

Cabildos Cabildos ampliadosampliados

VeeduríasVeedurías

Presupuestos Presupuestos participativos, participativos, planificación planificación participativaparticipativa

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Instancias de participación ciudadana Instancias de participación ciudadana

en los GAD y desafíos de la nueva leyen los GAD y desafíos de la nueva ley

Unidades Unidades territoriales de territoriales de participaciónparticipación

Iniciativa Iniciativa

legislativalegislativa• La iniciativa

popular, para proponer ordenanzas, demanda una instancia y una normativa, para evaluar su coherencia con el marco vigente

• Los ciudadanos participarán en los procesos de planificación. ¿Cómo se califica a los ciudadanos que tienen voz directa en el proceso y en las asambleas?

Participación Participación

en la planificaciónen la planificación

• ¿Cómo se organiza la participación ciudadana en los procesos de elaboración de presupuestos?

Presupuestos Presupuestos participativosparticipativos

Cabildos, veedurías, Cabildos, veedurías, asambleas, consejos asambleas, consejos consultivos, observatorios.consultivos, observatorios.

Silla vacíaSilla vacía• ¿Cómo se designa al

ciudadano?• ¿El ciudadano tiene

voz y voto?• Cómo se evita la

corporativización?• ¿Los ciudadanos

piden ocupar la silla vacía, o es la Corporación la que convoca?

Consejos Consejos

ciudadanosciudadanos

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La experiencia de Porto La experiencia de Porto AlegreAlegre

- Población: 1`300.000

- Población participante: 14.000

- Organización por zona

- Organización por temas

- Se designan delegados

-La fuerza del proceso otorga

poder vinculante.

La experiencia de SevillaLa experiencia de Sevilla

-Elaboraron reglamento

-Se organizan por zonas

-Tienen estamentos jerarquizados: zonas, distritos, ciudad.

- Tienen poder vinculante

-Votan desde los 16 años.

-Se rigen por principios de equidad, planificación, redistribución.

-Son instancias de veedurías

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““El poder local no es poder popular si no se El poder local no es poder popular si no se rompe con la división tajante entre rompe con la división tajante entre representantes y representados” representantes y representados”

(Coraggio)(Coraggio)

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