Gestión de Residuos A

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 Gestión de residuos Ing. Francisco Arteaga Núñez CURSO: Impacto y Gestión Ambienta l (IGA) Facultad de Ingeniería

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Impacto y gestión ambiental

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  • Gestin de residuos

    Ing. Francisco Arteaga Nez

    CURSO: Impacto y Gestin Ambiental

    (IGA)

    Facultad de Ingeniera

  • Agenda

    1. Residuos slidos

    2. Clasificacin

    3. Residuos peligrosos

    Definicin

    Calificacin

    4. Residuos domsticos

    5. Almacenamiento temporal

    6. Sistema de recoleccin

    7. Rellenos de seguridad

    8. Las 3Rs

    9. Sistemas de recoleccin

    10. Normas legales

    11. Criterios de disposicin final

    12. Registros y manifiestos

    13. Plantas de tratamiento

  • Residuos slidos

    [1] Art. 14, Ley 27314, Ley General de Residuos Slidos.

    Sustancia, producto o subproducto

    en estado slido o semislido de

    los que su generador dispone, o

    est obligado a disponer, en virtud

    de lo establecido en la normativa

    nacional o de los riesgos que

    causan a la salud y el ambiente,

    para ser manejados a travs de un

    sistema que incluya, segn

    corresponda, las siguientes

    operaciones o procesos:

  • Residuos slidos

    [1] Art. 14, Ley 27314, Ley General de Residuos Slidos.

    Operaciones o procesos:

    1. Minimizacin de residuos.

    2. Segregacin en la fuente.

    3. Reaprovechamiento.

    4. Almacenamiento.

    5. Recoleccin.

    6. Comercializacin.

    7. Transporte.

    8. Tratamiento.

    9. Transferencia.

    10. Disposicin final.

  • Clasificacin

    Residuos domiciliarios

  • Clasificacin

    Residuos comerciales

  • Clasificacin

    Residuos de limpieza de servicios pblicos

  • Clasificacin

    Residuos de establecimientos de atencin de salud

  • Clasificacin

    Residuos industriales

  • Clasificacin

    Residuos de la construccin

  • Clasificacin

    Residuos agropecuarios

  • Clasificacin

    Residuos de instalaciones o actividades especiales

  • Residuos peligrosos

    Aquellos que por sus caractersticas o el manejo al que son o van a ser

    sometidos representan un riesgo significativo para la salud o el ambiente.

    Se considerarn peligrosos los que presenten por lo menos una de las

    siguientes caractersticas: autocombustibilidad, explosividad, corrosividad,

    reactividad, toxicidad, radiactividad o patogenecidad (biocontaminacin).

    Estas caractersticas de peligrosidad se resumen en las siglas: CRETIB.

  • Residuos peligrosos

  • Residuos peligrosos

    Smbolos de peligro Caractersticas de los residuos peligrosos

    T

    Txico

    Las sustancias y preparados que por inhalacin ingestin o penetracin cutnea en pequeas cantidades puedan provocar efectos agudos o crnicos e incluso la muerte.

    T+

    Muy txico

    Las sustancias y preparados que por inhalacin, ingestin o penetracin cutnea en muy pequea cantidad puedan provocar efectos agudos o crnicos e incluso la muerte.

    C Corrosivo Las sustancias y preparados que, en contacto con tejidos vivos pueden ejercer una accin destructiva de los mismos.

  • Residuos peligrosos

    F

    Fcilmente inflamable

    Las sustancia y preparados que: 1. Puedan calentarse e inflamarse en el aire a

    temperatura ambiente sin aporte de energa, o

    2. Los slidos que puedan inflamarse fcilmente tras un breve contacto con una fuente de inflamacin y que sigan quemndose o consumindose una vez retirada dicha fuente, o

    3. Los lquidos cuyo punto de ignicin sea muy bajo, o

    4. Que, en contacto con el agua o con el aire hmedo, desprendan gases extremadamente inflamables en cantidades peligrosas.

    F+

    Extremadamente inflamable

    Las sustancias y preparados lquidos que tengan un punto de ignicin extremadamente bajo y un punto de ebullicin bajo, y las sustancias y preparados gaseosos que a temperatura y presin normales, sean inflamables en contacto con el aire.

    N Peligroso para el

    ambiente

    Las sustancias y preparados que presenten o puedan presentar un peligro inmediato o futuro para uno o ms componentes del ambiente.

  • Residuos peligrosos

    F

    Fcilmente inflamable

    Las sustancia y preparados que: 1. Puedan calentarse e inflamarse en el aire a

    temperatura ambiente sin aporte de energa, o

    2. Los slidos que puedan inflamarse fcilmente tras un breve contacto con una fuente de inflamacin y que sigan quemndose o consumindose una vez retirada dicha fuente, o

    3. Los lquidos cuyo punto de ignicin sea muy bajo, o

    4. Que, en contacto con el agua o con el aire hmedo, desprendan gases extremadamente inflamables en cantidades peligrosas.

    F+

    Extremadamente inflamable

    Las sustancias y preparados lquidos que tengan un punto de ignicin extremadamente bajo y un punto de ebullicin bajo, y las sustancias y preparados gaseosos que a temperatura y presin normales, sean inflamables en contacto con el aire.

    N Peligroso para el

    ambiente

    Las sustancias y preparados que presenten o puedan presentar un peligro inmediato o futuro para uno o ms componentes del ambiente.

  • Smbolos de peligro Caractersticas de los residuos peligrosos

    O

    Comburente

    Las sustancias y preparados que, en contacto con otras sustancias, en especial con sustancias inflamables, produzcan una reaccin fuertemente exotrmica.

    Xn

    Nocivo Las sustancia y preparados que, por inhalacin, ingestin o penetracin cutnea puedan provocar efectos agudos o crnicos e incluso la muerte.

    Xi

    Irritante Las sustancias y preparados que, en contacto breve, prolongado o repetido con la piel o las mucosas puedan provocar una reaccin inflamatoria.

    B Biocontaminado Riesgo biolgico (virus, bacterias, etc.)

    E Explosivo

    Las sustancias y preparados slidos, lquidos, pastosos, o gelatinosos que, incluso en ausencia de oxgeno atmosfrico, puedan, reaccionar de forma exotrmica con rpida formacin de gases y que en determinadas condiciones de ensayo, detonan, deflagran rpidamente o bajo el efecto del calor, en caso de confinamiento parcial, explosionan.

    Residuos peligrosos

  • Calificacin de un residuos peligroso

    La calificacin de residuo peligroso se realizar de acuerdo a:

    a. Anexo 4 Lista de residuos peligrosos (residuos definidos como peligrosos de

    conformidad con la resolucin Legislativa n 26234, Convenio de Basilea, el cual

    no impide para se use el anexo 6 del reglamento para definir que un residuo no

    es peligroso), y

    b. Anexo 5 Residuos no peligrosos (residuos que no estn definidos como

    peligrosos de acuerdo a la Resolucin Legislativa N 26234, Convenio de

    Basilea, a menos que contengan materiales o sustancias, que son establecidos

    en el anexo 1 del Convenio de Basilea, en una cantidad tal que les confiera una

    de las caractersticas del anexo 6 del reglamento).

    Reglamento de la Ley General de Residuos Slidos,

    D.S N 057-2004/PCM, establece en el Art. 27 pautas

    para calificar a un residuo como residuo

    peligrosos.

  • Residuos domsticos

    Residuos slidos urbanos o

    municipales, incluyen

    principalmente los residuos

    generados en actividades

    domsticas (viviendas) y

    comerciales (tiendas,

    restaurantes, mercados, etc.),

    en oficinas, servicios,

    instituciones (escuelas,

    hospitales, crceles) y aquellos,

    que por su naturaleza o

    composicin, puedan asimilarse

    a los residuos domsticos.

  • Residuos domsticos

    Por su naturaleza fsica, pueden clasificarse en:

    Residuos domsticos ordinarios: se recolectan mediante la recogida

    ordinaria; estn formados por materia orgnica, papel, cartn, vidrio,

    plsticos, metales, envases, tejidos, goma, cueros, restos de jardn, etc.

    Residuos domsticos voluminosos: tienen unas dimensiones tales que no

    pueden ser recolectados por los medios habituales de recogida

    convencionales de los residuos domsticos ordinarios; estn formados por

    muebles, colchones, puertas, ventanas, electrodomsticos, etc.

    Residuos domsticos especiales: son residuos que por el carcter txico de

    su composicin no pueden ser recogidos conjuntamente con los dems

    residuos urbanos ordinarios. Los residuos domsticos especiales estn

    formados por medicamentos, pinturas, pilas, aceite lubricante, fluorescentes,

    aerosoles, bateras de los automviles, cosmticos, colas, betn de zapatos,

    etc.

  • Almacenamiento temporal

    El Reglamento de la Ley de Residuos Slidos, define la operacin de

    almacenamiento de residuos como:

    Almacenamiento: Operacin de acumulacin temporal de residuos en

    condiciones tcnicas como parte del sistema de manejo hasta su disposicin

    final.

    A su vez, diferencia la etapa de almacenamiento en dos situaciones:

    Almacenamiento intermedio: lugar o instalacin que recibe directamente

    los residuos generados por la fuente, utilizando contenedores para su

    almacenamiento y posterior evacuacin hacia el almacenamiento central..

    Almacenamiento central: lugar o instalacin donde se consolida y

    acumula temporalmente los residuos provenientes de las diferentes

    fuentes de la empresa o institucin generadora, en contenedores para su

    posterior tratamiento, disposicin final u otro destino autorizado.

  • Almacenamiento de residuos no peligrosos

    Toda edificacin de uso residencial unifamiliar o multifamiliar deber tener un

    espacio para el almacenamiento temporal de los residuos slidos, en funcin de

    la tipologa de edificacin y la generacin estimada de residuos slidos no

    peligrosos.

    La capacidad mnima de almacenamiento ser de veinte litros por habitante. Se

    calcula la generacin de residuos slidos a partir de una produccin mnima de

    4 litros de residuos slidos por habitante/por da,

    1 kilogramo de residuos slidos por habitante/por da.

    El rea de almacenamiento deber permitir al menos la cantidad de residuos

    generados en tres (3) das consecutivos por habitante.

    El espacio de almacenamiento temporal de residuos slidos no peligrosos tendr

    que estar dentro del dominio privado.

  • Almacenamiento de residuos no peligrosos

    Entre las especificaciones a tener en cuenta para los espacios de

    almacenamiento temporal, para su entrega oportuna al servicio de recoleccin,

    se mencionan los siguientes:

    a. En residencias unifamiliares deber disponerse de un espacio para el

    almacenamiento de los residuos slidos dentro de la propiedad.

    b. En conjuntos residenciales cerrados (unifamiliares en hileras o clsters y/o

    multifamiliares), se deber disponer de un espacio, sala o depsito dentro de

    la propiedad privada, para el almacenamiento temporal de los residuos.

    c. En todo tipo de edificio multifamiliar, se dispondr de un espacio, sala o

    depsito dentro de la propiedad privada, para el almacenamiento temporal

    de los residuos.

    d. En los edificios multipisos se puede disponer de ductos de evacuacin para

    el traslado de los residuos slidos no peligrosos hasta el lugar de

    almacenamiento temporal,

  • Almacenamiento de residuos no peligrosos

    N viviendas o

    apartamentos

    Superficie sala de

    almacenamiento (m2)

    Altura

    mnima (m)

    Ancho

    mnimo (m)

    Profundidad

    mnima (m)

    1 1.0 NA NA NA

    2 4 2.0 NA NA NA

    5 10 4.0 1.5 2.0 1.0

    11 20 7.0 1.5 3.0 1.0

    21 40 13.0 1.8 4.0 2.0

    41 - 60 19.0 1.8 5.0 3.0

  • Almacenamiento de residuos peligrosos

    Su dimensin, forma y material rena las condiciones de seguridad previstas

    en las normas tcnicas correspondientes, de manera tal que se eviten

    prdidas o fugas durante el almacenamiento, operaciones de carga, descarga

    y transporte.

    El rotulado debe ser visible e identificar plenamente el tipo de residuo,

    acatando la nomenclatura y dems especificaciones tcnicas que se

    establezcan en las normas correspondientes.

    Deben ser distribuidos, dispuestos y ordenados segn las caractersticas de

    los residuos.

    Otros requisitos establecidos en el Reglamento y normas que emane de ste.

  • Almacenamiento de residuos peligrosos

    Est prohibido el almacenamiento de residuos peligrosos:

    1. En terrenos abiertos.

    2. A granel sin su correspondiente contenedor.

    3. En cantidades que rebasen la capacidad del sistema de

    almacenamiento.

    4. En infraestructuras de tratamiento de residuos por ms de cinco (5)

    das; contados a partir de su recepcin.

    5. En reas que no renan las condiciones previstas en el Reglamento y

    normas que emanen de ste.

  • Modelo de almacn temporal de residuos

    peligrosos

  • Modelo de almacn temporal de residuos

    peligrosos Orden y ubicacin de los residuos segn su clasificacin de peligrosidad.

    1. Dispositivos de seguridad como alarma, extintor, fosas de contencin,

    canaletas, techo y paredes de material no inflamable, tambores cerrados con

    tapa y letreros de identificacin.

    2. Fosas de contencin construidas para recibir derrames independientes de

    residuos lquidos inflamables y txicos respectivamente.

    3. Conforme al volumen generado histricamente por la concesionaria, se debern

    determinar las reas, dimensiones y volmenes por almacenar. La generacin

    de residuos es variable incluso durante el ao, de acuerdo a la demanda de

    trabajo.

    4. La construccin del almacn y dispositivos de seguridad debern disearse e

    instalarse conforme al volumen generado.

    5. La recoleccin por el transportista autorizado tambin es un factor determinante

    para establecer el tamao de este almacn, ya que en algunas poblaciones

    alejadas, que no cuentan con un proveedor local, requerirn de una mayor

    capacidad de almacenamiento, para adecuarse a los requisitos mnimos de

    recoleccin.

  • Almacenamiento temporal de residuos

    peligrosos

  • 31

    RECOLECCION Y TRANSPORTE

  • 32 Recoleccin de residuos municipales

    En el Per, la recoleccin de residuos slidos se realiza bajo dos grandes

    modalidades:

    Recoleccin por punto fijo: se desarrolla estacionando el vehculo recolector por breves minutos en las esquinas y/o en la mitad de las calles, esperando que

    los vecinos dispongan los residuos slidos en el vehculo. En este proceso es

    comn que la cuadrilla de apoyo del vehculo (normalmente compuesta de 2 a 3

    personas) ayude al vecino a colocar los residuos en el vehculo.

    Recoleccin a domicilio: casa por casa, en viviendas momentos antes o en el mismo instante que pasa el vehculo de recoleccin. Los vehculos de recoleccin

    utilizados comnmente son de tipo compactador, de baranda y volquete. La

    capacidad efectiva de estos vehculos vara de 1.5 toneladas a 7 toneladas, siendo

    el promedio de recoleccin de 4 toneladas por viaje.

  • LAS 3 - 4 ERRES

    RECICLAR, RECHAZAR, REUTILIZAR Y REDUCIR

  • MINIMIZACIN

  • RECICLAR

    Enviemos a centros de acopio todos los materiales que

    podamos como papel, aluminio, vidrio, algunos plsticos y

    haremos abono orgnico.

  • RECICLAJE