GESTION DE EXPLOSIVOS

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GESTION DE EXPLOSIVOS

INTRODUCCION

En la actualidad el Nuevo Estado Plurinacional y en su oportunidad los anteriores gobiernos, nunca se preocuparon por reglamentar el uso de los explosivos en el área de las construcciones y la explotación minera, en la actualidad esta vigente el Decreto Ley 16998 del 02 de agosto de 1979, más conocida como Ley General de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar, que no deja de ser una Ley marco, carente de reglamentación especifica; a pesar para algunos estudiosos que afirman de la existencia de una normativa vigente.

La Ley 1333, otra Ley marco, sólo reglamento específicamente el sector minero productivo, y el poder ejecutivo de entonces emitió el Decreto Supremo Nº 24782 Reglamento Ambiental Para Actividades Mineras (RAAM) el 31 de junio de 1997, sólo en el título XIII con sus cuatro Artículos de Disposiciones finales evade la responsabilidad de elaborar una reglamentación pertinente que rija en todo el territorio.

1 TERMINOLOGIA Y DEFINICIONES

1.1. Familias de explosivos 1

“Los productos explosivos químicos que se utilizan en tronadura se dividen en tres categorías. Tal como se ve en el esquema, hay tres grandes tipos de explosivos: mecánicos, químicos y nucleares.

1 Tomado del MANUAL DE EXPLOSIVOS. CODELCO. Chile. 2005.

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1.1.1. Explosivos mecánicos

Los explosivos mecánicos son los que utilizan principalmente la energía mecánica para fragmentar la roca. Ya no se usan en minería, y sus funciones se restringen a labores puntuales y/o obras civiles con requerimientos de explosivos menores.

1.1.2 Explosivos químicos

En minería se usan los explosivos químicos, que son la mezcla de elementos combustibles y oxidantes en que generalmente el oxígeno es el elemento oxidante.

1.1.3 Explosivos nucleares

Los explosivos nucleares utilizan la energía nuclear para fragmentar la roca. Dadas las características propias de los elementos nucleares que se emplean como fuente de energía y los riesgos asociados a la implementación de este tipo de tecnología, tanto para las personas como para el medio ambiente, actualmente no se usan en la minería.

1.2. Altos explosivos y agentes de tronadura

De acuerdo con el tipo de energía que se libera, los explosivos químicos se clasifican en altos explosivos y agentes de tronadura. Ambos liberan energía de choque y energía de gas.

Los altos explosivos detonan por medio de un detonador, a diferencia de los agentes de tronadura, que necesitan otro producto explosivo -como la dinamita- para detonar confiablemente.

En el caso de los agentes de tronadura, la energía de gas se libera al final de la reacción, y en mayor proporción cuando ésta tiene lugar bajo condiciones de confinamiento. Esto significa que se alcanza a proporciones cercanas al 80% o 90% de la energía que se utiliza para fragmentar y mover la roca.

1.3. Dinamitas

Las dinamitas son altos explosivos que tienen como componente principal la nitroglicerina. Estos productos tienen una densidad de 1,6 g/cc y pueden desarrollar velocidades de detonación de 7.000 m/s. Al ser la nitroglicerina altamente sensible al choque, la fricción y el calor, es necesario mezclarla con elementos inertes para así poder manipularlas.

Las dinamitas, a su vez, se dividen en dos grupos: las dinamitas granuladas, que utilizan la nitroglicerina como base explosiva, y las dinamitas gelatinas, que son una mezcla de nitroglicerina y nitrocelulosa, lo que les permite tener una alta resistencia al agua.

1.4. Suspensiones

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Un alto explosivo tipo suspensión es una mezcla de nitratos de amonio, sensibilizadores, combustibles, aluminio y cantidades variables de agua. A las emulsiones, de cierta manera, también se les relaciona con esta familia de explosivos, pero, por definición, corresponden a un sistema que contiene al menos dos fases líquidas inmiscibles entre sí, una de las cuales está dispersa en la otra en forma de pequeñas gotas o celdillas.

El líquido que se encuentra en forma de gotas se reconoce como fase dispersa y el que las rodea se denomina fase continua, y su tipo o constitución define el comportamiento y características de la emulsión.

Debido a la inmiscibilidad de las fases, se requiere un agente que les confiera estabilidad suficiente, a fin de mantener sus propiedades en el tiempo. Este agente se conoce como "emulsificante", y tiene como principal función reducir la tensión superficial entre las fases de emulsión y promover la formación de una capa protectora entre éstas.

1.5. Nitrocarbonatos

Los nitrocarbonatos se denominan también "agentes de tronadura secos". Son los explosivos más utilizados en minería, concentrando aproximadamente el 80% del uso a través del producto comercial denominado "ANFO", que está formado por 94% de nitrato de amonio y 6% de petróleo.

Estos productos explosivos tienen la ventaja de ser más seguros en su manipulación y uso, e incluso permiten que los componentes sean mezclados en los mismos lugares de trabajo. De esta forma se obtiene una mayor eficiencia, dada la automatización relacionada con el carguío de explosivos y los menores costos asociados. Esto es muy importante, ya que se han podido realizar tronaduras de gran envergadura, cumpliendo los programas de producción de la gran minería. En tal sentido, la incorporación de camiones fábrica con carguío automatizado de explosivos ha permitido cumplir estos objetivos.

La principal materia prima de estos productos explosivos es el nitrato de amonio, el que viene en forma de "prill" o perlas que tienen una dimensión de entre 1 a 3 mm de diámetro. Estas perlas o prills tienen una resistencia al agua y porosidad nula, lo que les permite unirse de mejor forma con el petróleo para formar el ANFO.”

1.6. Detonación.- Para efectuar la detonación de la explosión se requiere: Oxidante +combustible + sensibilizador, esto produce: calor, gases, vapor de agua, cenizas y onda de choque; tiene una reacción violenta (en milésimas de segundo), con la expansión de gases a muy alta presión y temperatura asociada a una onda de choque autosostenida, el trabajo que realiza es el impacto fuertemente triturador y expansivo; como ejemplo tenemos: los altos explosivos, dinamitas, hidrogeles (Riomax), emulsiones, TNT.

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1.7. Explosión.- Es la repentina expansión de los gases en un gran volumen mucho más grande que el inicial, acompañado de ruidos y efectos mecánicos violentos.

Es un fenómeno de naturaleza física, consecuencia de las detonaciones y la recuente expansión de los gases a alta presión y temperatura, es un efecto y no una causa.

Existen explosiones de combustible, aire comprimido y otros; pero éstas no generan una onda de choque como ocurre con los explosivos.

1.8. Voladura:

El empleo de explosivos es la técnica más efectiva para la rotura de rocas y la explotación de minerales. Por la naturaleza de estos productos y de los métodos que se emplean, presenta un alto potencial de riesgo para las personas que las utilizan, por lo que deben tomarse todas las precauciones para su utilización.

La voladura es la detonación que produce una explosión, se efectúa una reacción química del explosivo, por una onda de choque que es producida por un explosivo iniciado por el encendido de la guía o mecha, la detonación del fulminante que produce la voladura.

ONDA DE CHOQUE + REACCION QUIMICA

ONDA EXPLOSIVA

Para hacer una voladura perforaremos en el paraje, a continuación llenamos lo perforado con explosivo, y el espacio que quede en el orificio taladrado sin rellenar se retaquea, es decir, tapar el agujero lo mejor posible, lo que permitirá una voladura mucho más efectiva. En caso de no realizar este retaqueado, la voladura votará los gases producidos en la reacción se escaparán por la parte superior del agujero abierto, con lo cual perderemos mucha efectividad en la voladura.

Una explosión causa ondas de presión en los alrededores donde se produce. El efecto destructivo de una explosión depende precisamente de la potencia de la detonación que produce ondas de choque o diferencias de presión subyacentes de duración muy corta, extremadamente bruscas.

Las voladuras se realizan con varios propósitos, entre ellos: mover y remover roca, controlar superficies de las rocas en excavaciones y triturar la roca hasta un tamaño deseado; para alcanzar cada uno de estos propósitos se utilizan técnicas diferentes. En esta sección se muestran técnicas comúnmente empleadas en voladuras de minería superficial y excavaciones superficiales tales como patrones de voladuras y uso de retardos.

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1.9. Potencia Explosiva.

La potencia puede definirse como la capacidad de un explosivo para fragmentar y proyectar la roca.

Depende por un lado de la composición del explosivo, pese a que siempre es posible mejorar la potencia con una adecuada técnica de voladura.

1.10. Combustión simple.- La velocidad de reacción es apreciable visualmente pero se mantiene inferior a un metros por segundo (1 m/s). La energía desprendida es en parte disipada en el ambiente y el resto se invierte en activar la mezcla comburente – combustible manteniendo la reacción en cadena. Las reacciones que transcurren en los incendios normales son de este tipo. Ejemplos: la combustión del papel, madera, etcétera.

1.11. Deflagración.- Combustión súbita con llama, pero sin explosión. Hay dos tipos de combustión rápida, que se distinguen precisamente por la rapidez de la combustión. Si la combustión es rápida pero sucede a una velocidad menor que la del sonido, se dice que es una deflagración. Si se produce a una velocidad mayor que la del sonido, es una detonación. 1.12. Explosión.- Una explosión es la liberación de energía en un intervalo temporal ínfimo. De esta manera la potencia de la explosión es proporcional al tiempo requerido. Los órdenes de magnitud rondan los gigavatios

Las explosiones se suelen dividir en dos clases:

Físicas: mecánicos (choques de móviles), electromagnéticos (relámpagos) o pneumáticos (presiones y gases).

Químicas: de reacciones de cinética rápida.

2. CLASES DE EXPLOSIVOS

EXPLOSIVO C O M P O S I C I ONTIPO OXIDANTE COMBUSTIBLE SENSIBILIZADOR

DINAMITASSÓLIDO: NITRATO DE

AMONIO Y OTRAS SALES

SÓLIDO: MATERIALES ABSORVENTES, PULPA, DE MADERA, HARINA,

CELULOSA

LIQUIDO: NITROGLISERINA, NITROCELULOSA,

GLICOL

ANFO Y OTROS CARBONITRATO GRANULARES

SÓLIDO: NITRATO DE AMONIO GRANULAR

LIQUIDO: PETROLEO, DIESSEL O ACEITES

RESIDUALES, CARBONAIRE: POROS VACIOS DE AIRE EN LOS PRILLS DE NITRATO (EVENTUALMENTE ALUMINIO)

HIDROGELES SLURRY (DISPERSIÓN DE ACEITE

EN AGUA)

SÓLIDO/LIQUIDO: NITRATO DE AMONIO Y

OTRAS SALES (SOLUCIONES SALINAS)

SÓLIDO/LIQUIDO: PETROLEO, ACEITES,

COMA GUAR

SÓLIDO/LIQUIDO: NMMA, MONONITRATO DE ETILENO, GLICOL,

ALUMINIO EN POLVO Y OTROS

GASIFICANTES: AIRE EN

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EMULSIONES (DISPERSIÓN DE AGUA

EN ACEITES

LIQUIDO: NITRATO DE AMONIO Y OTRAS

SALES (SOLUCIONES SALINAS)

LIQUIDO: ACEITES MINERALES

EMULSIFICANTES, PETROLEO, PARAFINA

MICROBALONES (MICRO ESFERAS DE VIDRIO) O

AGENTES GASIFICANTES

(NITRUROS)

2.1. Primarios o iniciadores.- Muy sensibles y violentos, se usan en pequeñas cantidades como cargas en las capsulas detonantes y detonadores: Por ejemplo la Pentrita y la Azida de plomo.

2.2. Secundarios o rompedores.- Menos sensible con fuerte efecto de impacto y generación de gases, alta simpatía. Mayormente se emplean como cargas de los taladros para triturar rocas. Por ejemplo: las dinamitas, hidrogeles, el ANFO, TNT.

Por su sensibilidad se agrupan como; Altos explosivos, materiales pirotécnicos y propelantes.

2.3. PROPIEDADES

Las características básicas de un explosivo y que nos van a ayudar a elegir el explosivo más idóneo para un fin determinado son las siguientes:

POR SU REGIMEN DE VELOCIDAD

DEFLAGRANTES O EMPUJADORES DETONANTES O TRITURADORES

POR SU SENSIBILIDAD A LA INICIACIÓN

ALTOS EXPLOSIVOS SENSIBLES A LA CAPSULA

AGENTES DE VOLADURA NO SENSIBLES A LA CAPSULA;

REQUIEREN DE UN CEBO DE MAYOR POTENCIA

EXPLOSIVOS ROMPEDORES ENCARTUCHADO:

Dinamitas (NG)Emulsiones sensiblesHidrogeles sensibles

AGENTES DE VOLADURA A GRANEL:

ANFOANFOs preparados reforzadosEmulsionesHidrogeles

EXPLOSIVOS ESPECIALES:Para voladura controladaConos rompedoresBooster de pentolita (taladros largos)Exolosivos moldeables para plasteo (lameo)

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1.- Estabilidad química.

2.- Sensibilidad.

3.- Velocidad de detonación.

4.- Potencia explosiva.

5.- Densidad de encartuchado.

6.- Resistencia al agua.

7.- Humos.

2.3.1. ESTABILIDAD QUÍMICA.

Es la aptitud que el explosivo posee para mantenerse químicamente inalterado durante un cierto periodo de tiempo.

Esta estabilidad con la que el explosivo parte de fábrica se mantendrá sin alteraciones mientras las condiciones de almacenamiento sean las adecuadas. Esto permitiría al usuario tener un producto totalmente seguro y fiable para los trabajos de voladura.

Las pérdidas de estabilidad en los explosivos se producen; por un almacenamiento excesivamente prolongado o porque las condiciones del lugar no sean las adecuadas.

Si los explosivos son polvurolentos con nitrato amónico se estropearán perdiendo dinero pero no tendremos accidentes.

Los explosivos con nitroglicerina si pierden su estabilidad química puede significar que la nitroglicerina se ha descompuesto. El cartucho suda o se observan manchas verdes en la envoltura. En este caso el peligro es inminente y es imprescindible la destrucción de este explosivo.

2.3.2. SENSIBILIDAD.

Para los fines didácticos se define la sensibilidad de un explosivo como la mayor o menor facilidad que tiene un explosivo para ser detonado. Se dice por lo tanto que un explosivo es muy sensible cuando detona sin dificultades al detonador y a la onda explosiva que se produzca en sus cercanías. Un explosivo insensible es todo lo contrario.

Los explosivos sensibles aseguran pocos fallos en los taladros. Los insensibles por lo contrario provocarán más taladros con tiros fallados. En este sentido son mejores los explosivos sensibles.

Existe otro concepto de sensibilidad debido a experimentos realizados en los laboratorios, donde se realizan la sensibilidad del detonador, sensibilidad a la

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onda explosiva, sensibilidad al choque y sensibilidad al rozamiento. De estas las dos primeras son deseadas, mientras que las dos últimas son sensibilidades indeseadas.

Sensibilidad al detonador. Todos los explosivos industriales precisan para su iniciación como norma general de la detonación de otro explosivo de mayor potencia. Este explosivo puede ir colocado dentro de un detonador, de un cordón detonante o de una armada.

Sensibilidad a la onda explosiva. Se basa en determinar la máxima distancia a que un cartucho armado trasmite la detonación a otro cartucho receptor. Colocamos cartuchos en línea y ambos a continuación del otro, separados una determinada distancia.

Sensibilidad al choque. Los diferentes tipos de explosivos industriales pueden ser o no sensibles al choque, lo cual no quiere decir otra cosa que en algunos explosivos se puede producir su iniciación por un fuerte impacto.

Sensibilidad al roce. Al igual que con la sensibilidad al choque existen algunos explosivos que son sensibles al rozamiento. Es por esto que existe un ensayo normalizado que nos indica si un explosivo es sensible o no al rozamiento, y en caso de serlo en que grado lo es.

2.3.3. SIMPATIA.

Tomando en cuenta que el principio de Simpatía; es la capacidad de reacción posterior al detonante, se entiende simpatía como la capacidad para transmitir la onda de detonación a lo largo de toda su masa y a otros explosivos

Esta característica engloba varios significados dependiendo del tipo de acción exterior que se produzca sobre el explosivo.

o Acción controlada. La sensibilidad aquí es equivalente a la aptitud a la detonación por un iniciador (por ejemplo un detonador).

o Acción incontrolada. La sensibilidad es una medida de la facilidad con la que un explosivo puede ser detonado por calor, fricción, impacto o choque.

Sensibilidad a la Iniciación Los explosivos deben ser suficientemente sensibles para ser detonados por un iniciador adecuado. Esta capacidad varía según el tipo de producto, así por ejemplo, para la mayoría de los explosivos gelatinosos se emplean detonantes, mientras que los agentes explosivos requieren en general de un multiplicador o cartucho cebo de mayor presión y velocidad de detonación.

El ensayo de sensibilidad a la iniciación se realiza sobre una placa de plomo en la que se deposita un cartucho de explosivo con unas dimensiones determinadas y con diferentes disparos se determina la potencia mínima del detonador que se precisa. Una clasificación que se emplea es la siguiente: Explosivos sensibles al detonador nº 8 (Cap sensitives) y los no sensibles al detonador nº 8 (Non cap sensitives). El citado detonador, que es el más

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utilizado, tiene una carga de 2 g mezcla de fulminato de mercurio (80%) y clorato potásico (20 %) o una carga de pentrita prensada equivalente.

Sensibilidad al choque y a la fricción

Algunos explosivos pueden detonar por efectos de estímulos subsónicos, tales como: choques o fricción. Por seguridad es importante conocer su grado de sensibilidad frente a estas acciones, especialmente durante su manipulación y transporte.

El ensayo de resistencia al choque suele realizarse con un martillo de caída (Kast), que consiste en colocar sobre un yunque una muestra de explosivo, generalmente de 0.1 g, sobre la que se deja caer un peso de 0.5 a 10 kg, desde diferentes alturas, para observar si explosiona o no.

A título de ejemplo, con un martillo de 2 kg, el fulminato de mercurio detona con una altura de caída de 1 a 2 cm, la nitroglicerina con 4 a 5 cm, la dinamita con 15 a 30 cm, y los explosivos amoniacales con caídas de 40 a 50 cm.

El ensayo de fricción mas utilizado es el de Julius Peter, en el cual se somete a un explosivo a un proceso de rozamiento entre dos superficies de porcelana sin barnizar sobre las que se ejercen diferentes presiones. Tras la prueba se puede apreciar si ha existido carbonización, deflagración o explosión. Los resultados se expresan en kg, que corresponde a la presión con la que actúa el punzón de porcelana sobre la plaquita en la que se deposita el explosivo.

Sensibilidad al calor Los explosivos al ser calentados de forma gradual llegan a una temperatura en que se descomponen repentinamente con desprendimiento de gases, aumentando poco a poco hasta que al final se produce una deflagración o bien una pequeña explosión. A esa temperatura se la denomina “punto de ignición”.

En la pólvora varía entre 300º y 350º C y en los explosivos industriales entre 180º y 230º C.

Esta característica es diferente de la sensibilidad al fuego, que indica su facilidad de inflamación. Así, la pólvora a pesar de su buen grado de sensibilidad al calor es muy inflamable, explosionando hasta con una chispa, lo mismo que la nitrocelulosa.

Diámetro Crítico Las cargas de explosivos con forma cilíndrica tienen un diámetro por debajo del cual la onda de detonación no se propaga o si lo hace es con una velocidad muy por debajo a la de régimen, a dicha dimensión se le denomina “Diámetro crítico”.

Los principales factores que influyen en el diámetro crítico de un explosivo son: el tamaño de las partículas, la reactividad de sus constituyentes, la densidad y el confinamiento de los mismos.

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Transmisión de la Detonación La transmisión por “simpatía” es el fenómeno que se produce cuando un cartucho al detonar induce en otro próximo su explosión.

Una buena transmisión dentro de los barrenos es la garantía para conseguir la completa detonación de las columnas de explosivo. Pero cuando esos barrenos se hallan próximos o las cargas dentro de ellos se diseñan espaciadas, se puede producir la detonación por simpatía por medio de la transmisión de la onda de tensión a través de la roca, por la presencia de agua subterránea y discontinuidades estructurales o por la propia presión del material inerte de los retacados intermedios sobre las cargas adyacentes. En todos estos casos los resultados de fragmentación y vibraciones se verán perjudicados seriamente.

Ensayo de transmisión por simpatía

Uno de los métodos para medir la capacidad o aptitud de la propagación por simpatía, también definido como “Coeficiente de Autoexcitación”, consiste en determinar la distancia máxima a la que un cartucho cebado hace explotar a otro cartucho receptor sin cebar, estando ambos dispuestos en línea según su eje y apoyados bien sobre una superficie de tierra o metálica, o incluso, dentro de tubos de diferentes materiales o al aire. En la mayoría de los explosivos industriales las distancias máximas hasta las que se produce la detonación por simpatía están entre 2 y 8 veces su diámetro, dependiendo del tipo de explosivo. Las medidas de los Coeficientes de Auto excitación pueden efectuarse de forma Directa o Inversa, aunque en este último caso sólo se transmite aproximadamente el 50% de la energía que da la directa. Los factores que modifican los resultados de estas pruebas son: el envejecimiento, el calibre de los cartuchos y el sistema utilizado para hacer la prueba. En cuanto a la transmisión de la detonación entre cargas cilíndricas con barreras inertes, se ha investigado poco desde el punto de vista práctico, pues la mayor parte de las experiencias se han llevado a cabo interponiendo entre la carga cebo y la receptora materiales homogéneos sólidos o líquidos, pero no materiales granulares como los que se emplean en los retacados intermedios, grava de trituración, arena o detritus de perforación.

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3. CONTROLES DE EXPLOSION Y PROTECCION PERSONAL

3.1. RESPIRATORIA: No necesaria en lugares bien ventilados o en manipulaciones al aire libre. No inhalar los humos provenientes de su detonación.

3.2. MANOS: Se puede utilizar guantes de PVC/Neopropeno. No comer ni beber sin lavarse las manos previamente.

3.3. OJOS: Usar gafas de seguridad.

3.4. GENERAL: Ropa de trabajo antiestática (de preferencia % algodón)

3.5. ESTABILIDAD Y REACTIVIDAD

o El producto estable en condiciones normales de almacenamientoo A partir de 80ºC puede descomponerse, desprendiendo óxidos de

nitrógeno, si permanece suficiente tiempo a esa temperatura.o Puede reaccionar con productos altamente oxidantes-o El producto exudado es más sensible al roce y choque que la propia

dinamita.o Riesgo de explosión en masa en caso de fuego, fricción o choques

fuertes.

3.6. INFORMACION TOXICOLOGICA

Valores limite de exposición recomendados:

o Nitroglicerina / Nitroglicol 2 mg/l (FEEM)o Dinitrotolueno 1,5 mg/l según norma UEE (Unión

Española de Explosivos)

3.7. INFORMACION ECOLOGICA

o Los riesgos ecológicos son aquellos derivados de la utilización del producto (explosión)

o Evítese la contaminación de suelos y aguas.

INFORMACIONES RELATIVAS AL TRANSPORTE E INFORMACION REGLAMENTARIA

NOMBRE COMERCIAL DINAMITA DINABOLNo. ONU 0081CLASE/DIV/COMPATIBILIDAD 1/1.1/D

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ETIQUETADO

4. RECOMENDACIONES PARA EL USO CORRECTO DE LA DINAMITA

1. PREPARACION DEL CEBO. Las graficas siguientes ilustran la forma de prepara un cebo. Es imprescindible que el punzón sea de latón, cobre, bronce o madera; además, no cebar DINAMITA DINABOL hasta el momento en que se introducirá el barreno.

2. El detonador debe quedar centrado, bien sujeto y apuntado hacia el resto de la carga del barreno.

3. El diámetro de los cartuchos debe ser ligeramente menor al diámetro del barreno, permitiendo introducirlos con facilidad además de desplazarlos a lo largo del barreno.

4. es recomendable hacer el cargado al taladro por el método de Fondo Volcado para conseguir mayor simpatía.

5. RECOMENDACIONES PARA EL ALMACENAJE.

Almacenar explosivos en un polvorín y accesorios de voladura en otro.

Antes de manipular capsulas, siempre descargar la corriente estática que se pueda tener, tocando una barra/plancha de cobre con la línea a tierra.

En el polvorín no se debe guardar herramientas y objetos de metal (pueden producir chispa), tampoco se debe almacenar combustibles.

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En el polvorín nos e debe fumar ni encender fuego. El polvorinero debe ser una persona emocionalmente estable.

6. “REGLAMENTO INTERNO PARA TRANSPORTE, MANIPULACIÓN, USO Y AMACENAMIENTO DE EXPLOSIVOS. 2

1. Propósito.

Realizar de manera correcta el transporte, manipulación y almacenamiento de explosivos, en las operaciones de la empresa y sus empresas contratistas que deben utilizar explosivos, asimismo cada área debe considerar y analizar las exigencias de este reglamento y las que sean necesarias para disminuir el riesgo de incidente y/o emergencias.

2. Alcance.

Lograr una uniformidad de criterios en las personas que tienen responsabilidad en el transporte, almacenamiento y manipulación de los explosivos y sus accesorios. Evitar que tanto la supervisión y empleados de la empresa como personal de contratista, por desconocimiento o por otros motivos transgredan las disposiciones legales vigentes, produciéndose situaciones que puedan derivar en sanciones o accidentes por el mal uso o uso incorrecto de los explosivos y sus accesorios.

3. Disposiciones Legales y Reglamentarias.

3.1. La construcción de almacenes de explosivos; la adquisición de explosivos y el transporte de explosivos y su equipamiento estará sujeta a lo dispuesto en la ley No 17.798 que establece el Control de Armas y Explosivos y su Reglamento complementario del Ministerio de Defensa Nacional de Chile N° 77 del año 1982.

3.2. Dentro de la faena, el transporte, uso y manipulación de los explosivos se regirá por lo dispuesto en el Decreto N° 72 del Reglamento de Seguridad Minera del Ministerio de Minería, en Chile

3.3. Todo vehículo que se use para el transporte de explosivos deberá cumplir con las disposiciones establecidas en el Reglamento complementario de la Ley N° 17.798 que establece el control de armas y explosivos, como también, con las Normas Chilenas NCH 385, of55 y NCH 391, of60.

3.4. Toda persona que manipule explosivos deberá tener al día su Licencia de Manipulador y/o Programador Calculista, según sea el caso, otorgado por la Autoridad Fiscalizadora. Sin perjuicio de lo anterior, deberá tener aprobado un

2 Al no existir dentro de las Leyes del Estado Plurinacional, y tampoco existir Normativa Boliviana que fije las formas y el uso correcto para el transporte, manipulación, uso y almacenamiento de explosivos; de manera ilustrativa ponemos a consideración de ustedes: El REGLAMENTO INTERNO PARA EL TRANSPORTE, MANIPULACIÓN, USO Y ALMACENAMIENTO DE EXPLOSIVOS DE LA EMPRESA MULTINACIONAL BARRICK GOLD – Con base de acciones en la República de Chile, en la II Región . Elaborado por el Ingeniero Sergio Santander. Superintendente de Seguridad y Salud de BARRICK – ZALDIVAR.

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curso de manipulación y Manejo de Explosivos.

4. Definiciones.

4.1. Almacén de explosivos.

Son las instalaciones destinadas al almacenamiento de los explosivos y sus accesorios, incluyendo las materias primas usadas pan su elaboración.

4.2. Altos explosivos.

Se consideran altos explosivos para los efectos de almacenamiento, transporte, uso y almacenamiento la dinamita, anfo, acuageles, slurries, emulsiones, APD, de cualquier forma y tamaño, además la pólvora negra, cordones detonantes, guías a fuego de ignición interna (thermolita, quarricord).

4.3. Bolsa para explosivos.

Bolsa de lona o cuero que se usa para transportar los altos explosivos.

4.4. Bolsa para detonadores.

Bolsa de cuero o lona usada para el transporte de los detonadores, noneles y conectores.

4.5. Cámara de expansión.

Excavación hecha frente a los almacenes de explosivos cuando el almacenamiento de éstos supera los 100 kilogramos de explosivos equivalentes a dinamita de 60 %.

4.6. Barra de descarga.

Barra de cobre que se instala a la entrada del polvorín y que tiene por finalidad de descargar el potencial electrostático de las personas que ingresan al depósito. Es obligación que toda persona que ingrese se tome de la barra para descargarse a tierra.

4.7. Cajón de devolución.

Cajón de color rojo que se usa para recepcionar el, explosivo deteriorado que se recoge de la marina o que se encuentra abandonado en otro lugar, aprobado por Sernageomín y en su interior debe ser forrado totalmente en goma.

4.8. Detonadores.

Se considera detonadores a los detonantes a fuego, eléctricos, noneles, primated, conectores de guía corrientes y retardadores.

4.9. Explosivos.

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Toda sustancia o mezcla de sustancias químicas que por la liberación rápida de su energía, en general, produce o puede producir, dentro de un cierto radio, un aumento de presión y calor llama o ruido. Del mismo modo, se considera explosivo los objetos cargados con productos explosivos.

4.10.Polvorinero.

Persona encargada del almacén de explosivos, responsable de la entrega y recepción del explosivo y sus accesorios.

4.11.Herramientas no ferrosas.

Son aquellas que se construyen en un material que no produzca chispas al ser usadas o golpeadas. Se fabrican de cobre, madera, aluminios o similares.

4.12. Licencia para manipular explosivos.

Son otorgados por la Autoridad fiscalizadora y tienen dos categorías; programador calculista y manipulador de explosivos.

4.13. Polvorines

Los almacenes de explosivos y se clasifican en:

4.13.1. De Superficie: Son los construidos sobre el nivel del terreno.

4.13.2 Subterráneos: Son aquellos que se construyen en galerías o niveles en el interior de una mina, tienen comunicación con otras galerías de la misma mina y se les destina por lo general para el almacenamiento temporal de explosivos. Si de acuerdo al avance de la faena, se ve la necesidad de cambiar la ubicación del polvorín, este cambio, y la habilitación del nuevo almacén, debe ser previamente solicitado a la Autoridad Fiscalizadora correspondiente, como si se tratara de un nuevo polvorín.

4.13.3.Enterrados: Son los instalados en socavones o galerías sin comunicación a otras labores subterráneas en actividad. Pueden también estar constituidos por una bóveda recubierta de tierra suelta, con una techumbre adecuadamente resistente para soportarla.

4.13.4.Móviles: Son los instalados sobre equipos de transporte, que se desplazan conforme al avance de las faenas. Su construcción debe ser totalmente cerrada e incombustible, recubierta interiormente con material no ferroso, con puertas de acceso metálicas. Pueden también ser cajas de transporte manual en faenas menores.

5. Responsabilidades.

5.1. Jefe de Tronadura o desarrollo subterráneo. Ingeniero de minas con Licencia de Programador Calculista y Licencia de Manipulador de Explosivos otorgado por la Autoridad fiscalizadora, es responsable de:

5.1.1.Del abastecimiento de todos los polvorines principales, de acuerdo a las necesidades de las diferentes áreas. Todos los polvorines principales

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estarán bajo su responsabilidad.

5.1.2. Es la única persona autorizada para retirar explosivos de los polvorines principales.

o Deberá mantener abastecidos los polvorines diarios según sus necesidades.

o Controlará diariamente el libro contable del consumo y existencias de los diferentes explosivos.

o Deberá mantener al día un archivo de todos los vales de consumo que se hagan en los diferentes polvorines de la mina.

o Comprobará las condiciones de orden y aseo de todos los polvorines existentes en el área de protocolo.

o Comprobará que los diferentes informes de los polvorines sean validos y evidencien la realidad del stock de explosivos..

5.2. Supervisor Contratista.

Ingeniero de minas con Licencia de Programador calculista y Licencia de Manipulador de Explosivos otorgado por la Autoridad Fiscalizadora, es responsable de:

o Por el uso y manejo del polvorín diario o de transferencia que se encuentre ubicado en su área.

o Será responsable de la mantención y reparaciones que necesite el polvorín ubicado en su área.

5.3. Jefe de Turno.

Deberá poseer al día su Licencia para el Manejo de Explosivos. Es responsable de:

o Durante su turno por el uso y control del polvorín ubicado en su sector.

o Autorizado para firmar los vales por el consumo de explosivos desde los polvorines de transferencia.

o Controlar el uso, manejo y consumo de explosivos por parte de su personal, de manera que sea usado en forma correcta y en la cantidad exacta, evitando mal uso de ellos.

o Evaluará el desempeño del personal que realiza la tarea de polvorinero, a su cargo.

5.4. Polvorinero.

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o Aprobará un curso de Manipulación de Explosivos.

o Tener licencia para manipular explosivos al día.

o Recepcionar los diferentes explosivos que lleguen a su polvorín cumpliendo con las disposiciones indicadas en este Reglamento y en los marcos regulatorios.

o Sólo entregará explosivos contra entrega de vale firmado por personal autorizado.

o Mantendrá el polvorín en buenas condiciones de orden y aseo, denunciando al jefe de tronadura de cualquier anomalía que detecte dentro del polvorín.

o No permitir el acceso de persona alguna no autorizada dentro del polvorín.

5.5. Manipulador de explosivo.

o Aprobar un curso de Manipulación de Explosivos.

o Deberán poseer al día su Licencia para el Manejo de Explosivos.

o Será responsables del explosivo desde el almacén de entrega hasta el lugar especificado en el vale.

o Deberá cumplir con las disposiciones del presente reglamento.

6. Equipos, materiales y otros.

6.1. Almacenes de explosivos centrales y de transferencias. 6.2. Cajas para almacenar explosivos. 6.3. Diferentes tipos de explosivos. 6.4. Libros de control. 6.5. Vales para anotar pedidos.6.6. Camiones y camionetas para trasporte. 6.7. Señaléticas de diferentes tipos.6.8. Loros fijos.

7. Descripción de las Actividades.

7.1. Transporte de los Explosivos.

7.1.1.El camión que transporte explosivos debe ser aprovisionado de combustible con anterioridad del carguío de explosivos. En caso de necesidad de reabastecimiento de combustible durante el viaje, se deberá conectar el camión a tierra y despejar el área un radio mínimo de 10 metros. El conductor debe bajarse del camión observar la tarea, poner el

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freno de mano, no fumar y apagar celular.

7.1.2. Todo embarque debe contar con una Guía de Libre Tránsito, extendida por la Autoridad Fiscalizadora correspondiente al lugar donde se utilizará el explosivo. Esta guía junto con individualizar al conductor y a quienes deben acompañarlos, identificará las características del vehículo, indicar el o los tipos de explosivo que transporta y el peso neto.

7.1.3. La Guía de Libre Tránsito debe ser timbrada y firmada por todos los controles de Carabineros existentes en la ruta, indicando la hora y fecha en que se efectuó este control.

7.1.4. La selección de los conductores de vehículos que trasportan explosivos y sus relevos, será cuidadosamente realizada por las empresas del fabricante o transportistas, según el caso y solo podrán actuar en esta actividad con el V° B° de la autoridad fiscalizadora que extiende la guía de libre tránsito. En todo caso se debe demostrara conocimientos generales sobre el transporte de explosivos.

7.1.5. Deben someterse a una minuciosa selección de personal, los vigilantes privados o encargados de proteger el trasporte, a los cuales se les entregará una credencial que certifiquen la misión que cumplen y con ella deberán identificarse ante cualquier requerimiento que se les haga en los controles de carabineros en la carretera, mostrando además el permiso para portar armas.

7.1.6. La velocidad máxima de desplazamiento debe ser la estrictamente fijada por la autoridad para cada tramo del camino.

7.1.7 Se debe evitar el tránsito de camiones con explosivos por las vías de las ciudades. Si no fuera posible evitarlo, se efectuará por las partes menos pobladas y en las horas de menor movimiento y con escoltas.

7.1.8. En caso de tempestad eléctrica el camión debe detenerse en un lugar despoblado, retirándose las personas que lo tienen a su cargo a un sitio cubierto de los riesgos de una explosión y de las descargas eléctricas.

7.1.9. La alimentación del personal a cargo del vehículo será llevada, en lo posible, por cada persona. Las detenciones para alimentación y descanso se harán en lugares donde no exista peligro para personas, edificios o instalaciones y en ningún momento se dejará sin vigilancia el camión o vehículo.

7.1.10. El explosivo que se transporte debe encontrarse en buenas condiciones de estabilidad, convenientemente embalado en cajas de madera o cartón resistentes a la deformación, indicando en su parte exterior el tipo de explosivo y su peso neto.

Los altos explosivos no deben ser transportados juntos con aquellos que tengan el carácter de iniciadores, tales como estopines, detonadores o cualquier otro elemento inflamable o

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de difícil combustión.

7.1.11. Sólo con la autorización y control de la autoridad fiscalizadora SERNAGEOMIN se podrá trasportar en un mismo vehículo, detonadores y altos explosivos. Para estos efectos, los primeros deben llevarse en una caja metálica, sólida y forrada interiormente con goma, fieltro u otro material similar, separada del resto de los explosivos por un elemento amortiguador (sacos de arena, fardos de paja, etc). También deberán ser autorizados por el Servicio los vehículos que transportan materias primas y que preparan el explosivo al momento de cargar el disparo.

7.1.12. Se prohíbe estrictamente el traslado de pasajeros en el vehículo que transporta explosivos. Sólo podrán viajar los chóferes en la cabina y nadie sobre la carga.

7.1.13. No se exigirá protección del transporte cuando el peso neto del explosivo sea inferior a 500 kilogramos, equivalentes a dinamita 60%.

7.1.14. El trasporte de explosivo dentro de los recintos de Pascua Lama, se regirá por lo dispuesto en este Reglamento interno, sin perjuicio de lo dispuesto en el Decreto N° 72, del Reglamento de Seguridad Minera.

7.1.15. En las áreas de Pascua Lama, es decir, en la Mina, la escolta será realizada de la siguiente manera:

→ Desde la barrera hasta polvorín principal por personal de Protección Industrial.

7.1.16. Se podrán transportar detonadores eléctricos sólo en cajones originales completos o en receptáculos aislantes cerrados que eviten toda posibilidad de contacto con elementos ferrosos e inducción de corrientes extrañas.

7.2. Requisitos de los Vehículos.

7.2.1.Los camiones que transportan explosivos, sea en forma habitual u ocasional, deberán contar con un certificado de revisión técnica emitido por un garaje autorizado por la Municipalidad, en que conste el buen estado general del vehículo.

7.2.2. Los sistemas eléctricos, motor, frenos, sistema de combustión, suspensión, neumáticos, tubo de escape y carrocería, deben estar en perfecto estado y con conexión a tierra mediante una cadena de arrastre u otro sistema aprobado. La posibilidad de chispas por rozamiento será eliminada aplicando al camión o vehículo un revestimiento interno de aluminio, cobre, goma o madera, con fijación de metal no ferroso.

7.2.3. Se usará solamente camiones petroleros, con piso de madera y barandas cubiertas de maderas, goma, cobre o aluminio.

7.2.4. Los vehículos deben llevar como mínimo dos (2) extintores del tipo "Polvo Químico Seco", de 10 kgs, cada uno, con sus certificados de carga vigente. Para estos efectos dichos certificados tendrán una duración

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máxima de tres meses.

7.2.5. Los vehículos deben contar con silenciador, colector de chispas, el tubo de escape debe estar recubierto y poseer además un interruptor que corte la energía desde la batería. La carrocería y barandas deben estar revestidas con madera, goma, aluminio o cobre, con fijación de metal no ferroso.

7.2.6. Se podrá cargar hasta el 80% de la capacidad total de carga del vehículo, de modo que se eviten choques o fricciones entre los envases de los explosivos. Además debe estar cubierta con una lona gruesa incombustible y antiestática, que la proteja del sol, humedad o chispas que puedan afectarla cuando el camión sea abierto. Se podrá utilizar el 100% de su capacidad en los casos expresamente autorizados por SERNAGEOMIN.

7.2.7. Cuando se empleen camiones u otros vehículos para el transporte de explosivos en las faenas mineras, la distancia mínima entre ellos será de cien (100) metros y su velocidad máxima debe ser aquella que permita al conductor mantener siempre en control del vehículo ante cualquier contingencia. Para ello se sugiere.

→ Camino asfaltado: 50 kms/hora → Caminos de tierra: 30 Kms/hora → Con nieve o hielo: 10 Kms/hora.

7.2.8. El vehículo que transporte explosivos podrá llevar, si es necesario, una baliza con luz de color amarilla, ya sea en el techo o sobre una pértiga, la que se hará funcionar cuando transporte carga.

7.2.9. Los vehículos usados en el transporte de explosivos deben estar al día en sus programas de mantención. Estos vehículos se deberán mantener en perfectas condiciones mecánicas, llevándose para tal efecto una bitácora de mantención y un listado de verificación que el conductor estará obligado a inspeccionar antes de su utilización.

7.2.10. Todo vehículo que transporte explosivos debe llevar en ambos costados un letrero visible de 20 x 80 cms, que diga EXPLOSIVOS escrito con letras de a lo menos 15 cms de alto, de color negro sobre fondo amarillo. Deberá llevar a su vez, en la parte delantera y posterior, sujetas en un asta proporcional dos banderas de 40x40 cms, compuesta de dos franjas verticales de iguales dimensiones, una amarilla y otra negra, la primera junto al asta.

7.2.11. Se prohíbe estrictamente fumar mientras se conduce un vehículo cargado con explosivo. Esta prohibición es tanto para el conductor como su acompañante.

7.3. Transporte manual de explosivos en faenas.

7.3.1. Toda persona que transporte explosivo, en forma manual, deberá

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tener una capacitación formal en Manejo de Explosivos y poseer su licencia otorgada por la Autoridad Fiscalizadora.

7.3.2. El explosivo se debe llevar en las bolsas (lona o cuero) autorizadas por la Gerencia de Seguridad y Salud del proyecto Pascua Lama.

7.3.3. Una persona no podrá transportar al mismo tiempo altos explosivos junto a los detonantes.

7.3.4. La cantidad máxima a transportar por una persona será de veinticinco kilogramos aun cuando el explosivo sea granulado o a base de nitrato. Cuando el transporte se haga a través de una chimenea, los accesos deben estar en buenas condiciones y la pasada debe ser lo suficientemente amplia para permitir el paso del trabajador con la mochila puesta.

7.3.5. El transporte peatonal de explosivos y accesorios deberá efectuarse en distintos tiempos y no conjuntamente. Si se necesitare realizarlo al mismo tiempo por dos personas, éstas deberán mantener entre sí una distancia de seguridad mínima de quince (15) metros.

7.3.6. Las personas que transportan explosivos en forma manual deben transportar además una bandera de color amarillo, para advertir al resto de los trabajadores, los cuales deben retirarse y ceder el libre paso. No podrán transportar explosivos en las manos o bolsas plásticas. Además el trabajador deberá usar chaleco reflectante.

7.4. Almacenamiento de Explosivos.

7.4.1. Todo almacén de explosivos deberá ser ubicado y protegido de tal manera que se prevengan los impactos accidentales de vehículos, rocas, rodados de nieve, bajadas de aguas u otros. Su área circundante deberá mantenerse permanentemente limpia, ordenada, debidamente identificada y exenta de materiales combustibles e inflamables. Para la construcción de almacenes de explosivos, se elegirán terrenos de fácil acceso, firmes y secos, no expuestos a inundaciones y despejados de pastos y matorrales en un radio no inferior a 25 metros, considerados desde la periferia del edificio, o del acceso al almacén cuando éstos sean enterrados. Tendrá además, ductos de ventilación que permitan la normal circulación de aire u otro sistema adecuado de renovación ambiental.

7.4.2. La cantidad de explosivos que se almacena expresada en la equivalencia de dinamita 60%, no puede ser superior a la mitad del volumen útil del almacén, asimismo se debe considerar las cantidades definidas por los cálculos desarrollados según el tipo de polvorín y las edificaciones del entorno Su permanencia en cada lugar no puede ser superior a dos meses. La instalación de estos almacenes en cada faena será comunicada a la Autoridad Fiscalizadora con 8 días de anticipación.

7.4.3. La Los almacenes de superficie deberán cumplir con las siguientes exigencias de carácter general:

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→ Construcciones de un piso, con muros laterales sólidos y que opongan resistencia a los efectos de una eventual explosión, y techos livianos para que la fuerza de la onda se expanda en sentido vertical, siempre que no afecte la estabilidad del edificio ni la seguridad del explosivo almacenado. Los clavos deben estar cubiertos por material aislante.

→ Todo elemento metálico dentro del polvorín debe estar conectado a tierra.

→ Sus puertas serán metálicas y forradas en madera u otro material aislante en el lado interior. Las paredes interiores y los pisos deben ser lisos, para evitar la acumulación de tierra o de residuos de explosivos.

→ Se deberá conectar con un sistema de alarma que permita anunciar cualquier situación de peligro, y con elementos que permitan eliminar un principio de incendio.

→ La instalación de alumbrado debe ir por el exterior del almacén, proyectándose la luz desde afuera hacia el interior; los interruptores se ubicarán fuera del almacén. Se podrán excluir estas exigencias si se utilizan lámparas de seguridad contra llamas, o una instalación blindada.

→ Junto a la entrada, y por el exterior, se colocará en el suelo una plancha metálica conectada a tierra, debiendo toda persona que entre al almacén pisarla, para descargar la electricidad estática que pueda tener acumulada en su cuerpo. Alternativamente se podrá instalar una barra metálica, que cumpla la misma función de tocarla.

→ En las zonas en que sean frecuentes las tempestades eléctricas, se instalará pararrayos junto a los almacenes de superficie.

→ Se instalarán ventanillas o ductos de ventilación ubicados en paredes opuestas y a distintos niveles. La boca de las ventanillas se protegerá con una rejilla o plancha perforada.

→ En caso de tener parapetos, éstos se ubicarán a una distancia mínima de 3 metros del muro exterior del almacén, destinados a limitar los efectos de una eventual explosión.

→ Si el terreno es ondulado, dichas ondulaciones pueden servir como parapeto natural.

→ Los parapetos se construirán de tierra apisonada, con una altura mínima igual a la de los muros del almacén, con talud de 23° a 60°, medidos desde la horizontal, por su parte interior y exterior. Este talud puede sustituirse por un muro que resista el empuje del terreno, por el lado interior.

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7.4.4. En el caso que se diera la construcción de almacenes enterrados y subterráneos se cumplirán con las siguientes exigencias de carácter general:

→ La zona de labor subterránea destinada a almacén de explosivos y la galería de acceso deberán presentar una completa garantía de seguridad contra derrumbes.

→ Tendrán ductos de ventilación que permitan la normal circulación del aire u otro sistema adecuado de renovación ambiental.

→ La iluminación se proyectará desde el exterior, colocándose los interruptores en postes separados del almacén. Se puede aceptar que la iluminación sea la que proporcione la lámpara eléctrica de seguridad montada en el casco del minero, así como también instalaciones blindadas o linternas especiales.

→ Junto a la entrada del almacén, y por el exterior, se colocará en el suelo una plancha metálica conectada a tierra, que permita a la persona que la pise que descargue a través de ella la electricidad estática que acumula en su cuerpo. Alternativamente, se podrá colocar una barra metálica que al tocarla cumpla iguales funciones.

→ El almacenamiento de explosivos se efectuará en un acodamiento de excavación practicada en ángulo recto respecto a la galería de acceso, y a una distancia de la entrada o boca del socavón, o de otros almacenes en el mismo, determinados por la carga almacenada. Si la cantidad almacenada es superior a 100 Kgs. de dinamita 60%, o su equivalente si es otro explosivos, se hará una excavación frente al acodamiento, que servirá como cámara de expansión de los gases para casos de explosión. Esta tendrá el mismo ancho y altura del almacén, y 3 metros de largo como mínimo.

→ Si en los polvorines enterrados la cantidad de explosivos almacenados es superior a 200 Kgs. de dinamita 60%, o su equivalente si se trata de otro producto, se construirá un parapeto de protección de tierra frente a la entrada, con el fin de reducir los efectos de una eventual explosión.

7.4.5. Cuando se trate de polvorines para faenas menores, con una capacidad máxima de 200 Kgs. de explosivos equivalentes a dinamita 60%, la Dirección General podrá establecer otras especificaciones de construcción distintas de las señaladas en los artículos anteriores.

7.4.6. Los altos explosivos se deberán almacenar en un polvorín distinto de los detonantes.

7.4.7. El nitrato de amonio puede guardarse en almacenes que cumplan con los requisitos señalados, o en terreno preparado para tal fin al aire libre, en sacos o a granel y siempre que las características del clima lo

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permitan. Teniendo presente lo siguiente:

→ El terreno debe ser despejado de basura, maleza y en general de todo material combustible, en un radio de 30 metros.

→ La instalación debe contar con pararrayos, especialmente cuando se trate de zonas expuestas a tempestades eléctricas.

→ La iluminación exterior se instalará a una distancia no inferior a 3 metros del área de almacenamiento o depósito.

→ La techumbre deberá tener una altura de 1,20 metros como mínimo sobre el material.

→ No se debe almacenar más de 500 toneladas por sección. Las secciones deberán estar separadas por cortafuegos cuya altura sobrepase en un 40% la altura del nitrato.

→ El piso del depósito al aire libre puede ser de concreto, madera o tierra apisonada lo suficientemente liso para facilitar el barrido, sin junturas en que puedan introducirse cristales de nitrato de amonio. Se prohíbe el uso de macadam asfáltico como piso; si éste es sólo de tierra apisonada, se recomienda colocar el nitrato sobre tarimas de madera separadas 10 centímetros como mínimo del suelo, para evitar la absorción de humedad.

7.4.8. Los explosivos deberán guardarse en sus envases originales. No debiendo almacenar explosivos cuyos envases presenten manchas aceitosas o escurrimiento de líquidos u otros signos de descomposición. Estos deberán ser eliminados.

7.4.9. Semanalmente se deberá hacer un control de humedad y temperatura a todos los polvorines (conforme a las especificaciones de fabricación para cada tipo de explosivos). Esto lo realizará el polvorinero controlador, dejando el registro en el libro determinado para ello.

7.4.10. Personal de la Gerencia de Seguridad y Salud del Proyecto, realizará una inspección cada vez que estime conveniente y sin previo aviso, informando por escrito a la Gerencia Operacional del resultado de la inspección.

7.4.11. En cada turno se llenará una Hoja de Control del movimiento de los explosivos en los almacenes centrales y/o de transferencia de la mina. Esta información deberá estar de acuerdo con los vales entregados.. Al final de cada turno la Hoja de Control de explosivos retirados y devueltos, será firmada por el Supervisor responsable del control de almacenes de cada tipo para el turno entrante. Toda esta información se llevará en un "Libro de Existencias", registrado en la Autoridad Fiscalizadora correspondiente

7.4.12. Todo almacén o recinto destinado al almacenamiento de explosivos debe permanecer cerrado y vigilado por personal idóneo y autorizado por la autoridad fiscalizadora, y sólo tendrán acceso a él, las personas que

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trabajan en las operaciones y manipulación de dichos productos ya sea para retirarlos y utilizarlos o con autorización del Superintendente mina.

7.4.13. Los almacenes de explosivos estarán a cargo de una persona responsable denominado “Polvorinero”. Esta persona deberá cumplir con los requisitos exigidos por la Autoridad Fiscalizadora, haber aprobado el curso de Polvorinero, y tener su licencia al día.

7.4.14. El Polvorinero controlador llevará un libro de existencias, registrado por la Autoridad fiscalizadora, donde se anotará la recepción, entrega y devolución de cada explosivo para las faenas. Se dará prioridad sobre aquellos explosivos que lleven más tiempo almacenados. El libro de existencias no puede ser enmendado por lo que el Polvorinero registrará las existencias y salidas con estricto cuidado.

7.4.15. Aparte del Polvorinero y de quienes trabajen en las faenas antes mencionadas, solo podrán entrar a estos almacenes las personas que tengan un permiso especial para hacerlo, otorgado por la Autoridad responsable de la faena. Al polvorín se debe entrar acompañado; sin embargo no podrán permanecer en total más de cinco personas conjuntamente.

7.4.16. En el interior del almacén, los envases conteniendo explosivos se colocarán en pilas que no excedan de diez cajas de altura, teniendo en cuenta que no se produzcan deformaciones de las cajas ubicadas en la parte inferior. Si las cajas son de cartón, se dejará un espacio de un metro entre pilas para permitir el fácil desplazamiento, ya sea para colocar nuevas cajas o retirar las que se necesiten. Se deberá considerar, además, un espacio de 0.8 metros desde las paredes del almacén, hasta las pilas de cajas.

7.4.17. En todo almacén con más de 10 toneladas de explosivos equivalente a dinamita 60% existirán instrumentos para medir temperatura y humedad ambiente. (Conforme a las especificaciones de fabricación de cada tipo de explosivo).

7.4.18. Estas mediciones se efectuarán diariamente, IIenándose el libro de control de modo de evitar que su valor instantáneo alcance los límites máximos y mínimos permitidos, de acuerdo al tipo de explosivos.

7.4.19. Por ningún motivo se tratará de combatir un incendio declarado en un almacén, en cuyo caso se deberá dar la alarma, para que toda persona que se encuentra cerca se retire hasta un lugar protegido de un eventual estallido del explosivo almacenado. Este lugar debe estar previamente elegido y señalizado.

7.4.20. Se debe tener en cuenta que el Nitrato de Amonio solo se apaga por enfriamiento con agua. No se debe usar otro tipo de elemento para su combate.

7.4.21. En caso de incendios en polvorines, se deberá dar aviso el Supervisor de área, quien avisará de acuerdo a lo indicado en el

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Procedimiento de Emergencias.

7.4.22. Al almacén de explosivos se ingresará con zapatos sin clavos o tomillos ferrosos, además se debe descargar a tierra tomando la barra de cobre ubicada en la entrada del polvorín con las manos desnudas.

7.4.23 Sólo se permitirá ingresar al almacén con lámparas eléctricas o linternas. Los fósforos, encendedores o cadenas metálicas, deben dejarse a la entrada del polvorín, en un lugar seguro y adecuado para este fin.

7.4.24. Las llaves de los polvorines deben permanecer en poder del Jefe de Tronadura, quien solo se las entregará al Polvorinero.

7.4.25. Toda entrega de explosivos se hará contra la presentación de un vale firmado por el Jefe de Tronadura. Estos vales deben estar libres de enmiendas o borrones que se pueden prestar para adulterar el pedido. El Polvorinero debed entregar el explosivo indicado en el vale. No deberá entregar sustitutos ni equivalente de ellos al no tener el explosivo solicitado.

7.4.26. Los envasa tales como cajas, cartones o plásticos usados como envoltorios de los explosivos, deben ser destruidos por el fuego en un lugar de la superficie, previamente escogido. Por ningún motivo se le debe dar otro uso.

7.4.27. Los almacenes estarán circundados en un radio de 25 metros por una malla o cerco de alambre de 1,80 m. de altura, como mínimo, con puerta y candado: la llave se mantendrá en poder del personal de vigilancia o de seguridad.

7.5. Recepción y entrega de explosivos en almacenes central y de transferencia.

7.5.1. Toda salida de explosivos deberá ser efectuada contra entrega del vale firmado por el Jefe de Tronadura, debiendo el polvorinero reducirlo desde sus inventario.

7.5.2. Cuando se trate de un Polvorín Central, no se aceptarán devoluciones por unidades, solo se recibirán por envases cerrados tal como se efectuó la entrega.

7.5.3. El encargado del polvorín o Polvorinero entregará el explosivo para ser usados directamente en la frente. Además, solo se entregará el explosivo si el vehículo en el cual se transportará está autorizado para estos efectos.

7.5.4. Aun cuando el explosivo llegado sea de fabricación reciente, se deben examinar los envases para verificar cualquier anomalía o deterioro que presenten los envases y/o explosivo.

7.5.5. No se entregarán altos explosivos y detonadores al mismo tiempo a una persona, aunque se trate de pequeñas cantidades.

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7.5.6. El Polvorinero tendrá en su poder un listado del personal contratista que está autorizado para manipular explosivos, confirmando mediante revisión del mismo si la persona que solicita el retiro esta realmente autorizado. Si esto no ocurriere no deberá entregar el explosivo e informar inmediatamente, del hecho al Jefe de tronadura o al asesor de la Gerencia de Seguridad y Salud.

7.5.7. Solo se podré retirar explosivos sobrantes de las faenas de Mina Pascua con una Guía de libre tránsito otorgada por la Autoridad Fiscalizadora correspondiente y se procederá el los siguientes casos:

→ Término del contrato de la empresa contratista respectiva.

→ Cuando la empresa contratista realice devolución de explosivos al fabricante.

7.6. Uso y Manipulación de los explosivos.

7.6.1. Toda persona que use o manipule explosivos, cualquiera que sea su naturaleza, deberá contar con una licencia otorgada por la Autoridad Fiscalizadora respectiva.

7.6.2. Las personas que son contratadas para estas tareas y portan licencia vigente (2 años) deberán rendir una prueba de conocimiento teórico y práctico.

7.6.3. Las licencias otorgadas por las Autoridades Fiscalizadoras a los programadores calculistas de explosivos, tendrán una vigencia de cinco años, y serán válidas dentro de todo el territorio nacional.

7.6.4. La gerencia de Seguridad y Salud certifica las competencias técnicas y destrezas de las personas que se desempeñarán como manipulador de explosivos, para presentarlo a las Autoridades Fiscalizadoras.

7.7. Buenas prácticas en la manipulación en interior de almacenes.

7.7.1. Se utilizarán exclusivamente detonadores NO ELECTRICOS, en la etapa de construcción.

7.7.2. Por ningún motivo se tratará de combatir un incendio ya declarado en el interior del almacén, en cuyo caso, sólo cabe dar la alarma, para que toda persona que se encuentre en los alrededores se aleje hasta un lugar protegido. En el caso de combustión del nitrato de amonio, se tendrá presente que éste sólo se apaga por enfriamiento.

7.7.3. En el interior del almacén, los envases conteniendo explosivos se colocarán en pilas que no excedan de 10 cajas de altura, teniendo en cuenta, en todo caso, que no se produzcan deformaciones de las cajas ubicadas en la parte inferior de la pila, si ellas son de cartón. Se dejará un espacio de metro de separación entre pilas para permitir el fácil desplazamiento, ya sea para colocar nuevas cajas, o retirar las que se necesiten para el uso de explosivos. Se deberá considerar, además, una

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separación de 0,8 m. de las paredes del almacén.

7.7.4. Al polvorín se ingresará siempre acompañado; sin embargo, no podrán permanecer en él más de cinco personas conjuntamente.

7.7.5. Se observarán además las siguientes prohibiciones en el interior de los almacenes:

→ Ingresar a los almacenes con fósforos, encendedores u otros artefactos capaces de producir llamas.

→ Usar calefactores en el interior del almacén.

→ Fumar en el interior del almacén.

→ Ingresar con herramientas, excepto aquellas que se utilicen en trabajos propios del almacén, las que deben ser de metales no ferrosos (latón, bronce, cobre, etc.).

→ Guardar ropas, útiles de trabajo, o cualquier otro elemento extraño en su interior.

→ Ingresar con zapatos y ropas que no sean los correspondientes al calzado y vestuario de seguridad.

→ Abrir en su interior los cajones que contienen explosivos.

→ Utilizar lámparas que no sean de seguridad.

→ Transportar explosivos sueltos en los bolsillos o en las manos. En forma especial debe considerarse esta prohibición cuando se trata de detonadores.

→ Vender o regalar los envases de explosivos, cajas, cartones o papeles usados como envases o envolturas de explosivos. Deben ser destruidos por fuego.

→ Almacenar en un mismo local detonadores conjuntamente con explosivos.

→ Mantener o emplear tubos de oxígeno, hidrógeno, acetileno, gas licuado o cualquier otro elemento capaz de producir explosión en los alrededores de los almacenes.

→ Mantener almacenados explosivos cuyos envases presenten manchas aceitosas o escurrimientos de líquidos, u otros signos evidentes de descomposición.

→ Preparar en el interior del almacén los tiros que se utilizarán en las faenas.

→ Utilizar combustible o líquidos inflamables para el aseo de los almacenes. Para dicho aseo es recomendable lavar pisos y paredes con una solución compuesta de:

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o Agua destilada : 1,4 Lt.

o Alcohol desnaturalizado: 4,2 Lt.

o Acetona : 0,2 Lt.

7.8. Buenas prácticas en el uso de explosivos.

7.8.1. En las operaciones con explosivos sólo serán usados aquellos autorizados y entregados por el polvorinero, llevándose a la frente sólo la cantidad necesaria de explosivos para el disparo.

7.8.2. Una vez terminado el soplado de los tiros y despajada el área de tronadura se podrá llevar la carga a la frente e iniciar el carguío. El explosivo deberá ubicarse a unos 20 metros de la frente y se debe elegir un lugar seco, y protegido de caída de rocas.

7.8.3. Los cebos podrán prepararse antes de iniciar el carguío y su número de deberá ser superior a los necesarios para la tronadura. Estos deben permanecer en un lugar seco y seguro a una distancia aproximada de la frente de 5 metros.

7.8.4. Para la preparación del cebo se debe tener presente que el detonador quede completamente introducido dentro del cartucho de dinamita o su similar. Al mismo tiempo se debe incluir señalética para restringir el acceso de personal no autorizado.

7.8.5. La señalética indicada deben ser letreros de tamaño visibles con fondo blanco y letras negras, e indicando “ NO PASAR ¡¡ EXPLOSIVOS!!. estos deben estar ubicados a 60 metros del sector del sector de la tronadura.

7.8.6. Durante la operación de carguío de los explosivos, no debe usar encendedores ni fósforos, como tampoco debe fumar. Revise, antes de introducir el explosivo, el diámetro de la perforación eliminando la posibilidad de tener que forzar el explosivo para ingresarlo en la perforación, como también que las perforaciones estén limpias; en caso de detectar perforaciones obstruidas proceda a soplarlas con aire nuevamente.

7.8.7. En esta operación de carguío debe participar el menor número de personas.

7.8.8. Cuando se use el equipo de aire comprimido para cargar los explosivos granulados, deberá usar manguera semiconductora para que circule dicho explosivo y el equipo debe estar conectado a tierra y verificar la presión del aire.

7.8.9. Para efectuar el carguío comience desde arriba hacia abajo, coloque una prima en cada barreno, de acuerdo al diagrama de disparo. Con el taqueador introduzca suavemente un cartucho hasta el fondo del barreno,

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luego coloque la prima manteniendo tensado los cables de la guía con la mano, cuidando de no cortarlos o pelarlos producto del roce.

7.8.10. Terminada la etapa anterior, enrolle los cables de la prima que quedaron sobrando fuera de la perforación. Durante todo este tiempo las puntas de los terminales de los detonadores se deben mantener en cortocircuito.

7.8.11. La ubicación de los cebos debe ser realizada por el perforista o el supervisor responsable, permitiendo con ello de eliminar la posibilidad que el disparo no tenga la efectividad que se espera, depositándolo hasta el fondo de la perforación, sin forzarlo. Al mismo tiempo deberá evitarse el golpe excesivo en el taqueo de los explosivos, usando para ello taqueadores de material no ferroso, eliminando las chispas.

7.8.12. En todos los tiros cargados con detonadores No eléctricos, el cordón debe sobresalir del hoyo para que la conexión a éste pueda realizarse fácilmente. La secuencia de la conexión debe ser de manera de evitar dejar un tiro sin unir al troncal.

7.8.13. Si por alguna razón le sobre explosivo, éste debe ser devuelto al polvorín o en su defecto a los cajones de devolución.

7.8.14. Para el carguío en pique, buzón o chimenea, sólo se deberá optar por colocar una carga en las siguientes situaciones:

→ Cuando los sistemas manuales no hayan dado resultado.

→ Cuando exista la plena seguridad que las rocas están apretadas y no se van a caer en ese instante o antes de la quemada.

→ Para verificar se debe observar que no gotee la saca que está golpeando, si esto último ocurriera se debe esperar un tiempo prudente para colocar la carga mediante el uso de coligues.

7.8.15. Cuando la carga se “quede”, se deben seguir los siguientes pasos:

→ Revisar el cordón eléctrico para verificar alguna cortadura.

→ Cambiar el explosor.

→ Colocar un nuevo detonador al lado del anterior.

7.9. Destrucción o eliminación de explosivos.

7.9.1. Los explosivos que por congelación, exudación, descomposición por pérdida de su estabilidad o por cualquier motivo aumenten peligrosamente su inestabilidad, deben ser destruidos, PREVIA AUTORlZAClON de la Autoridad Fiscalizadora, dejando constancia en un Acta visada por la mima autoridad. Mantener informado, de esta situación al personal de la Gerencia de Seguridad y Salud del Proyecto.

7.9.2. La inutilización o destrucción de los explosivos será realizada por el

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Polvorinero y acompañado por conductor de camioneta autorizado. El personal que participe en esta operación debe ser el mínimo requerido, pero nunca menos de dos personas.

7.9.3. El lugar elegido para destruir los explosivos debe estar distante a lo menos 500 metros de caminos públicos, ferrocarriles o centros poblados. El lugar sebe ser autorizado previamente por el personal de la Gerencia de Seguridad y salud del Proyecto

7.9.4. Toda la dinamita se destruirá por el método de explosión o detonación controlada, usando un detonador a fuego N° 6 u 8 con guía de un largo de tres metros como mínimo.

7.9.5. La cantidad máxima a destruir será de dos cajas (45 kgs.) cada vez. Cuando se efectúen varias detonaciones, se deben hacer en forma separada. En ningún caso se harán detonaciones simultáneas.

7.9.6. Después de cada detonación se verificará que .el explosivo ha sido completamente destruido, si ello no ocurriera, se hará otra detonación.

7.9.7. El cebo usado para la detonación será un cartucho de dinamita o explosivo similar, en buen estado, detonador o guía.

7.9.8. Todos los sectores aprobados para destruir los explosivos, deberán contar con un parapeto ubicado a 100 metros mínimo, para que se proteja el personal a cargo del trabajo.

7.9.9. El ANFO será destruido por medio de agua. Esta operación se hará sin envoltorio y con la completa seguridad que esta agua no se utilizará en la bebida, riego o proceso.

7.9.10. La destrucción de los detonadores, por ser muy sensibles a los golpes, fricciones y chispas de cualquier origen, se efectuarán en un hoyo de una profundidad mínima de 60 centímetros, cubierto con una capa de arena o tierra fina. La detonación se hará por medio de un cartucho de dinamita u otro explosivo similar, en buen estado o cebado con un detonador en buenas condiciones y una guía de tres metros como mínimo.

7.9.11. Para destruir detonadores eléctricos, se deben estirar los alambres más o menos 50 centímetros de la cápsula, amarrados todos juntos con el cartucho de dinamita y colocados en el agujero hecho para tal efecto.

7.9.12. Se debe esperar a lo menos 15 minutos para volver a revisar el lugar donde se han destruido los detonadores. En caso de encontrar algunos sin destruir, se deberá proceder según lo indicado en el punto anterior.

7.9.13. No deben destruirse más de 1.000 detonadores a la vez independiente a su capacidad

7.9.14. Durante toda la operación de quemada, el personal encargado se deberá refugiar detrás del parapeto de seguridad.

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7.9.15. Las guías o cordones detonantes serán destruidos de manera similar a la indicada para destruir los detonadores, destruyendo un máximo de 300 metros.

7.9.16. Cuando se trate de la destrucción de grandes cantidades de explosivos, se tomarán medidas especiales de protección, ubicando loros en los lugares de acceso, siendo las cantidades máximas a destruir, cada vez, las indicadas en los artículos anteriores.

8. Referencias.

8.1. Decreto Supremo N° 72, del Ministerio de Minería.

8.2. Ley N° 17.798 y sus Reglamentos complementarios.

8.3. Normas Chilenas N° 385 y N° 391.

9. Anexos y Registros.

9.1. Anexo N° 1. Registro de entrega del Reglamento.” 3

6. 1. CONSIDERACIONES SOBRE LA ELIMINACION

Método de eliminación recomendado:

o Destruir en cantidades pequeñas por detonación según normas y por personal capacitado.

o Este tipo de producto nunca debe ser enterrado como medio de eliminación. Existe riesgo de explosión durante la destrucción por combustión.

7. LOCALIZACIÓN DE LOS POLVORINES

La localización de los polvorines esta regida por las normas y reglamentos, y el almacenamiento debe regirse a ellos. Su ubicación y distanciamiento a partir de edificios habitados, ferrocarriles, carreteras, bocaminas y/o entre polvorines, está en función de la cantidad y clase de explosivos que se va a almacenar, esto es válido tanto para polvorines de superficie como para polvorines subterráneos. En otros aspectos la localización de polvorines debe seleccionarse con dos objetivos en mente: la localización de polvorines debe seleccionarse con dos objetivos en mente. Uno de los cuidados especiales que se deben tomar muy en cuenta, es que los polvorines subterráneos principales como los auxiliares deben localizarse de tal modo que en el caso de una explosión o incendio no pongan en peligro la salida de la mina, ni que sus gases circulen a través de ella empujados por el sistema de ventilación.

Los almacenes enterrados que contengan más de 100 kilogramos de dinamita, dispondrán de una prolongación del almacén subterráneo al otro lado de la labor de acceso (tres metros de largo a lo menos) con el objetivo de amortiguar el efecto destructivo en caso de accidentes. Para almacenes de más de 200 3 REGLAMENTO DE BARRICK – ZALDIVAR. Segunda Región Chile. Autor: Ing. Sergio Santander. 2007.

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kilos de dinamita, se recomienda la construcción de un parapeto de tierra en su entrada.

Los polvorines subterráneos dimensionados de acuerdo a la cantidad máxima de almacenamiento, deben proyectarse con un acodamiento de ángulo recto respecto a la galería de acceso, a una distancia X de su orificio de entrada de acuerdo a lo establecido en las tablas.

8. CONSTRUCCION DE LOS POLVORINES

Los altos explosivos deben almacenarse en polvorines resistentes a las condiciones atmosféricas, fuego, bala y robos. La construcción ideal de polvorines grandes debe ser de mampostería o de madera cubierta con láminas metálicas, o una combinación de ambos tipos. Las unidades de mampostería huecas, cuando se quiere que sean resistentes a las balas deben tener los espacios huecos rellenos con una mezcla seca de cemento y arena, o con arena bien retacada arriba del nivel de los cimientos. Para nuestro caso, podemos construir con piedra de mampostería, adobes y/o concreto, que es lo que se tiene al alcance de la mano.

Los pisos y techos deben ser de material incombustible. Todos los clavos que pudieran haber dentro del polvorín y que puedan entrar en contacto con el material almacenado deben estar remitidos (hundidos). Los cimientos de los polvorines permanentes es necesario que estén sólidamente construidos con ventiladores a propósito para proporcionar una buena ventilación en el interior del polvorín. Todas las ventilaciones externas tienen que estar protegidas con una tela de alambre para evitar la entrada de chispas. Las aberturas de los polvorines deben estar restringidas a las necesarias para la colocación y retiro del material. La iluminación, puertas etc. También deben cumplir requisitos de seguridad especiales.

La industria ha desarrollado recientemente polvorines portátiles montados en remolques que satisfacen todos los estándares de construcción requeridos para polvorines. Estos polvorines portátiles no están diseñados y no deben utilizarse para el transporte de explosivos. Se pretende que su uso facilite el movimiento del polvorín de un lugar a otro en diferentes trabajos.

La forma y el tamaño (capacidad) de los polvorines son proyectados o dimensionados de acuerdo a la clase y la cantidad del explosivo que se va a depositar.

Las condiciones actuales de almacenamiento de explosivos en nuestra minería son deficientes porque no se ajustan a las normas de seguridad tanto en su construcción como en su ubicación. Esta aseveración es válida tanto para polvorines de superficie como para polvorines subterráneos.

(planos de especificaciones técnicas de construcción de polvorines)

9. RECOMENDACIONES SOBRE LA CONSTRUCCION DE LAS DEFENSAS DE LOS EDIFICIOS LOCALES PELIGROSOS.

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Esta recomendación no pretende, en modo alguno, ser imperativa, limitándose a exponer tipos de defensas o criterios de su diseño habitualmente adaptados.Cualquier otro diseño, entre los numerosos existentes, que cumpla los objetivos pretendidos con las defensas será igualmente valido, a efectos del Reglamento de Explosivos.

9.1. Defensas.

Como norma general, las defensas deberían tener como altura minima la del edificio local que protegen. En todo caso, deberán superar en un metro de altura de las materias reglamentadas contenidos en dichos locales o edificios.Entre los muy diversos tipos de defensas en uso, se ilustran a continuación algunas de las más habituales:

Especificación para construcción de defensas tipo melón (Parapetos)

El material utilizado para la construcción de Parapetos debe ser relativamente cohesivo (arcilla solidad o mojada y/o tipos similares de suelo son demasiado cohesivos y no deben ser usados), libre de materias orgánicas no higiénicas, basura, escombros y piedras. El uso de piedras (no más de 20 cm de diámetro) Esta limitado al recubrimiento de la base del parapeto con fines de evitar erosiones (ver figura anterior).

El ángulo de inclinación del parapeto debe ser tal que no permita desmoronamientos del material del parapeto debido a lluvias o vientos.La densidad final de compactación del parapeto debe ser de 80 %.

9.2. DISEÑO DE LAS DEFENSAS:

Los criterios recomendados para el diseño de merlones y muros se deberían ajustar a las bases siguientes:

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9.3. Contracción del Polvorín

1. Materiales con combustibles podrán ser usadas en la construcción.2. En el interior del Polvorín no deberá haber ningún metal expuesto que pueda entrar en contacto con las cajas de explosivos.3. Todas las puertas deberán abrirse hacia fuera.4. El polvorín debe ser diseñado de tal manera que sea fácil mantener limpio y que provenga el ingreso de suciedades.5. Los Polvorines deben estar equipados con un pararrayos eficiente (ver Normas Generales para Polvorines).

9.4. Ventilación

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6. Los polvorines deben tener una buena ventilación par aprevenir el sobrecalentamiento de los explosivos.7. En climas calidos es recomendado que los polvorines tengan doble techo con el fin de prevenir sobrecalentamientos.

9.4. Instalaciones eléctricas

8. No deberá haber ninguna instalación eléctrica dentro del Polvorín.

Normas de diseño y emplazamiento para fábricas, talleres y depósitos.

Antes de realizar cualquier diseño de polvorín antes mencionado debe calcularse las distancias en lo que respecta hacia el exterior a observar en su emplazamiento como a las distancias a guardar en la ubicación de los edificios que constituyen dichas fabricas, talleres y depósitos.

Las distancias mínimas que han de observarse en su emplazamiento como a las distancias a guardar en la ubicación de lo s edificios que constituyen dichas fabricas, talleres y depósitos1.1 y

Las distancias mínimas que han de observarse en el emplazamiento de las fábricas, talleres y depósitos, respecto a su entorno, se calcularan, en cada caso, de acuerdo con las siguientes formulas.

División de riesgo Respecto a núcleos de población o aglomeración de personas

Respecto a Vías de comunicación o lugares turísticos

Respecto a viviendas alzadas y otras carreteras y líneas de ferrocarril

1.1 y 1.51.2 (1) (2)1.31.4 y 1.6

(1) Materias y objetos que en caso de explosión no originan metralla pesada(2) Metralla pesada, debida a la posible presencia de proyectiles de calibre mayor de 60 milímetros(3) Distancia minima de 90 metros(4) Distancia minima de 135 metros.(5) Distancia minima de 60 metros.(6) Distancia minima de 40 metros.(7) Distancia minima de 25 metros. En las que:Q: es la cantidad neta máxima de materia reglamentada, que puede haber en un edificio o local peligroso o la capacidad máxima del polvorín unidad, en kilogramos.

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D: es la distancia a observar, en metros.

9.6. Separación entre polvorines limítrofes

La distancia entre polvorines superficiales y semienterrados limítrofes, en metros.

D = K ³√ Q

En la que:D: es la distancia entre los parámetros interiores de los polvorines limítrofes, en metros.Q: es la capacidad máxima reglamentada neta del polvorín de mayor capacidad de los considerados, en kilogramos.K: es el coeficiente de acuerdo con la tabla siguiente