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NATURA Gestión de nuestro patrimonio COMISIÓN EUROPEA DG XI - Medio Ambiente , SEGURIDAD NUCLEAR Y PROTECCIÓN CIVIL NATURA Gestión de nuestro patrimonio 2000 2000 OFICINA DE PUBLICACIONES OFICIALES DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS L-2985 Luxembourg 14 CR-99-96-875-ES-C

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NATURAGestión de nuestro patrimonio

COMISIÓN EUROPEADG XI - Medio Ambiente ,SEGURIDAD NUCLEAR Y PROTECCIÓN CIVIL

NATURAGestión de nuestro patrimonio

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OFICINA DE PUBLICACIONES OFICIALESDE LAS COMUNIDADES EUROPEAS

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a riqueza de la Unión Europea se basa en el respeto mutuo de las diversasidentidades que la componen. Nuestra biodiversidad, cuyo valor biológico,

estético y genético es inestimable, constituye un elemento de identidad.Representa una herencia natural que tenemos el deber moral de gestionar sabia-mente para poder transmitirla a las generaciones futuras. Pese a su riqueza, esepatrimonio natural es frágil; de ahí que sea un reto crucial para la Unión velarpor su perennidad.

La conservación de la naturaleza es una de las principales preocupaciones de lapolítica medioambiental de la Unión Europea desde principios de los años 70. LaDirectiva comunitaria de Aves y, posteriormente, la Directiva comunitaria deHábitats crearon una sólida base legislativa para la protección de las especies ylos medios naturales escasos y amenazados. Se han destinado más de 250 millo-nes de ecus de cofinanciación comunitaria a la realización de centenares de pro-yectos de protección de la naturaleza en todos los Estados miembros.

El Consejo de Ministros de la Unión ha decidido afrontar ahora un gran desafío:crear, en los albores del tercer milenio, una red de lugares protegidos a escalacomunitaria. La red, denominada “NATURA 2000”, desempeñará un papel funda-mental en la protección de los recursos naturales.

Para llevar a bien ese proyecto colectivo, cada Estado miembro puede elegir losmedios que han de aplicarse en su territorio. Deben tener presentes las necesida-des científicas, económicas, sociales y culturales. Así pues, el éxito de “NATURA2000” exige la participación plena y la adhesión de todos los interlocutores impli-cados.

La creación de la red “NATURA 2000” es también una ocasión única para demos-trar que las preocupaciones medioambientales pueden integrarse en otras políti-cas. La conservación de la naturaleza forma parte de la ordenación territorial ypuede ser compatible con numerosas actividades económicas e incluso fomentarla creación de empleo.

Es nuestro deseo que este folleto aporte la información necesaria para entendermejor los retos y los objetivos de la red “NATURA 2000” y favorezca el diálogoacerca de los lugares de interés comunitario que han de protegerse. ■

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Un patrimonio natural rico, pero frágil 2

Juntos para preservar la biodiversidad 4

“NATURA 2000”, un desafío fundamental

para la Unión 8

Más allá de “NATURA 2000” 12

Hacia la gestión patrimonial denuestra herencia natural

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os quince Estados miembros de la Unión Europea cubren lamayor parte de Europa occidental y cuentan con una superfi-

cie de más de 3 millones de km2 y una población de 370 millonesde habitantes. Los distintos climas, suelos, topografías y actividadeshumanas han dado lugar a una gran diversidad de medios natura-les y seminaturales que albergan una enorme variedad de especies.En la Unión Europea existen varios miles de tipos de hábitats natu-rales en los que viven 150 especies de mamíferos, 520 de aves, 180de reptiles y anfibios, 150 de peces, 10.000 especies vegetales y almenos 100.000 de invertebrados(1). Estas cifras reflejan la inmensariqueza del patrimonio natural europeo, sinónimo de la diversidadde las formas de vida, de la belleza de los paisajes, así como de unacierta calidad de vida.

Especies amenazadasPese a los progresos en las medidas de protección de la naturalezade los Estados miembros, las poblaciones de numerosas especiessiguen disminuyendo. Esa rápida y continua regresión no afectaúnicamente a las especies raras. Estudios recientes ponen de mani-fiesto una importante disminución de las poblaciones de especiescomunes como la curruca mosquitera (Sylvia borin) o la alondracomún (Alauda arvensis).En la actualidad, la mitad de las especies de mamíferos y un terciode las especies de reptiles, peces y aves se encuentran amenazadas.Entre las más expuestas se hallan las especies marinas (foca monje,tortugas, etc.), que se ven afectadas por problemas de contamina-ción y de pesca mal controlados. El zarapito fino y el esturión sontan escasos que su supervivencia a corto plazo podría verse com-prometida. Unas 3000 especies vegetales están amenazadas y 27 seencuentran en peligro de extinción.

Medios naturales en decliveLa espectacular regresión de numerosas especies se debe ante todoal deterioro de los hábitats naturales necesarios para su supervi-vencia. En unas cuantas décadas, la intensificación de numerosasactividades humanas - agricultura, silvicultura, industria, energía,transporte, turismo, etc. - ha ocasionado la pérdida o fragmenta-ción de los medios naturales y ha dejado poco espacio para la vidasilvestre, o la ha confinado a una parte exigua del territorio comu-nitario.De esta forma, los ecosistemas fluviales y los estuarios, que revis-ten un interés fundamental para numerosas especies, han sufridoun importante deterioro en toda Europa. Otros medios de granvalor biológico ya sólo ocupan una pequeña proporción de susuperficie original. Los brezales, las estepas y las turberas han dis-minuido de un 60 a un 90% según los Estados miembros. Desdeprincipios de siglo, ha desaparecido un 75% de las dunas deFrancia, Italia y España.Los hábitats seminaturales se han regulado durante siglos pormedio de la agricultura y las actividades tradicionales de pastoreo.El abandono de dichas prácticas y la reducción de las superficiesagrarias han ocasionado un empobrecimiento general de la biodi-versidad y de la variedad de paisajes. ■

(1) Environment in theEuropean Union 1995,Report for the review of theFifth Environmental ActionProgramme - EuropeanEnvironment Agency, EEACopenhagen, 1995.

Un patrimonio natural rico,pero frágilL

■ Región biogeográficaatlanticá

■ Región biogeográficamacarosénica

■ Región biogeográficacontinental

■ Región biogeográficamediterránea

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■ Región biogeográficaalpina

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a Comunidad ha instaurado progresivamente una políticade conservación de la naturaleza en su territorio para mejo-

rar la gestión del patrimonio natural. En 1973 se establecieronprioridades en el primer Programa de Acción sobre MedioAmbiente. Diez años más tarde, se crearon varios instrumentosfinancieros específicos para la protección de la naturaleza.

Las revisiones sucesivas de los Tratados han consolidado los fun-damentos jurídicos de dicha política. En 1992 el Tratado deMaastricht reafirma la obligación de integrar la protección delmedio ambiente en todas las políticas de la Unión Europea. El 5ºPrograma de Acción en materia de Medio Ambiente incluye laprotección de la naturaleza y de la biodiversidad entre sus princi-pales ámbitos de actuación.

La legislación comunitaria se basa en dos textos: la Directiva deAves(1) y la Directiva de Hábitats(2), que contemplan la protección delos medios naturales y de las especies de fauna y flora, en particular,mediante la creación de una red europea de lugares protegidos.

La Directiva de Aves repre-senta un primer paso para fre-nar la regresión de especies

La Directiva de Aves adoptada en 1979 tiene porobjeto proteger a largo plazo y gestionar todas lasespecies de aves que viven en estado silvestre enel territorio comunitario, así como sus hábitats.

Los Estados miembros son responsables de laprotección de todas esas especies y más concre-tamente de las aves migratorias, que son patri-monio común de todos los europeos. Deben pre-servar los distintos hábitats naturales dondeviven las aves silvestres.

Son 181 las especies y subespecies amenazadasdebido a su población escasa o a su distribuciónreducida, para las que han de aplicarse medidasde conservación específicas. Los Estados miem-bros deben clasificar como zonas de especialprotección los territorios más apropiados. Estasmedidas afectan a aves muy conocidas como lacigüeña blanca, la grulla y el buitre leonado.

Pese a que se hayan clasificado ya más de mil seis-cientos lugares como zonas de especial protección,con una superficie superior a la del Benelux (másde 100.000 km2), en la mayoría de los Estadosmiembros aún quedan otros muchos lugares deinterés ornitológico que han de conservarse.

La Directiva de Hábitatsconstituye un marco comúnen favor de la biodiversidadLa Directiva se adoptó en 1992, año de la cum-bre de Río sobre medio ambiente y desarrollo, yes la principal disposición comunitaria en favorde la biodiversidad. Impone la obligación de pre-servar los hábitats y las especies calificados deinterés comunitario. Cada Estado miembro debedeterminar en su territorio y clasificar comozonas especiales de conservación los lugaresimportantes para la protección de las especies ylos hábitats recogidos en la Directiva. En dichaszonas se aplicarán medidas reglamentarias ocontractuales y, en su caso, planes de gestiónpara su conservación a largo plazo, integrandolas actividades humanas en un proceso de desa-rrollo sostenible.

El conjunto de las zonas especiales de conserva-ción designadas por los Estados miembros cons-tituirá la red europea de lugares protegidos,denominada “NATURA 2000”. Todas las zonas deespecial protección para las aves de la Directivade Aves se integran en la red.

Los Estados miembros pueden elegir los mediosque estimen más adecuados en su territorio paraasumir esta responsabilidad colectiva. La Comisiónayuda a establecer la red y se cerciora de que secumplen los objetivos fijados conjuntamente. ■

(1)Directiva 79/409/CEEdel Consejo, de 2 deabril de 1979, relativa ala conservación de lasaves silvestres

(2)Directiva 92/43/CEEdel Consejo, de 21 demayo de 1992, relativaa la conservación delos hábitats naturales yde la fauna y la florasilvestres

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Hábitats y especies de interéscomunitario

Son tipos de hábitats cuya distribución natural es muy reducida oha disminuido considerablemente en el territorio comunitario(turberas, brezales, dunas, hábitats costeros o de agua dulce, etc.),así como los medios naturales destacados y representativos deuna de las seis regiones biogeográficas de la Unión Europea (bos-ques de alerces de los Alpes, pastizales salinos del litoral atlán-tico, etc.). En total, unos 200 tipos de hábitats se consideran deinterés comunitario conforme a la Directiva.

Entre las especies de interés comunitario figuran las que están opueden estar amenazadas y algunas especies endémicas. LaDirectiva recoge cerca de 200 especies animales y más de 500especies vegetales cuyos hábitats deben protegerse. Con el fin detener en cuenta las diferencias entre Estados miembros, algunasespecies declaradas de interés comunitario son objeto de unacláusula de excepción en los países en que sus poblaciones sonviables (por ejemplo, el lince en Finlandia).

Medidas de urgencia para determinadosmedios y especies prioritarios

Sobre la Unión Europea recae la responsabilidad especial de ase-gurar la conservación de hábitats naturales en vías de desapari-ción (praderas de posidonia, lagunas, bosques aluviales, etc.) y deespecies en vías de extinción (glotón, foca monje, etc.), que debenser objeto de medidas de protección urgentes, al considerarseprioritarios.

La red europea “NATURA 2000” incluirá una muestra representa-tiva de todos los hábitats de interés comunitario y, especialmente,de los hábitats prioritarios. De ese modo se logrará una protec-ción suficiente de todas las especies de fauna y flora de interéscomunitario para garantizar su viabilidad a largo plazo.

Desde la entrada en vigor de ambas Directivas, la situación dealgunos hábitats y especies ha evolucionado. Los científicosdeben evaluar las medidas de conservación ya aplicadas, lo quepermitirá a la Comisión y a los Estados miembros llevar a cabolas adaptaciones de estas Directivas, tras la consulta a los comitésespecializados (Comités Ornis y Hábitats). ■

Definiciones

Art. 1 Términos principales: estado de conservación,tipos de hábitats y de especies de interés comu-nitario o prioritarias, etc.

Art. 2 Objetivos de la Directiva

Conservación de los hábitats naturalesy de los hábitats de especies

Art. 3 Definición de la red “NATURA 2000”Art. 4 Elaboración de las listas nacionales de lugares

de importancia comunitaria y designación dezonas especiales de conservación

Art. 5 Papel del Consejo en la determinación de loslugares de importancia comunitaria a propuestade la Comisión

Art. 6 Medidas de protección y planes de gestión en laszonas especiales de conservación

Art. 7 Obligaciones relativas a las zonas de especialprotección (Directiva de Aves)

Art. 8 Conservación y cofinanciaciones comunitarias

Protección de las especies

Art. 12 Medidas de protección de las especies animales y 16 y vegetales amenazadas

Otras disposiciones

Art. 20 Papel del Comité Hábitatsy 21

Anexo I Tipos de hábitats naturales y semi-naturalescuya conservación requiere la designación dezonas especiales de conservación

Anexo II Especies animales y vegetales cuya conser-vación requiere la designación de zonasespeciales de conservación

Anexo III Criterios de selección de los lugares para ladesignación de zonas especiales de conser-vación

Anexo IV Especies animales y vegetales que requierenuna protección estricta

Anexo V Especies animales y vegetales cuya recogiday explotación pueden ser objeto de medidasde gestión

Anexo VI Métodos de captura sacrificio y transporteprohibidos

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a creación de la red “NATURA 2000” constituye el eje de lapolítica comunitaria de conservación de la naturaleza y un

desafío de gran importancia para los quince Estados miembros.La protección y gestión eficaces de los lugares es una empresa degran alcance, que requiere, por una parte, la participación detodos los actores nacionales y locales y, por otra, una selecciónestricta de lugares a escala comunitaria. Para llevar a cabo estaoperación de gran envergadura, la Comisión Europea y los quinceproceden en tres fases.

Fase previa: preparación de las listasnacionalesLos hábitats y especies recogidos en la Directiva de Hábitats seconsideran amenazados o sensibles a escala europea. Ahora bien,el conocimiento de su distribución y su estado de conservaciónen cada Estado miembro es aún dispar. Por ello, la primera fasedel proceso de designación consiste en que cada Estado miembrorealice a escala nacional una evaluación científica precisa detodos los hábitats y especies de interés comunitario. Sobre esabase, se localizan los lugares importantes y se proponen en unalista nacional que se presenta a la Comisión Europea.

“NATURA 2000”, un desafíofundamental para la Unión

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Los lugares se someten a una selección previacon arreglo a criterios comunes: representativi-dad, calidad ecológica del hábitat, tamaño y den-sidad de la población de la especie considerada,grado de aislamiento en relación con el área dedistribución natural, superficie ocupada, etc.

Fase de concertación: deter-minación de los lugares deimportancia comunitariaEn la segunda fase se determinan, con la ayudadel Centro Temático de la Naturaleza, de laAgencia Europea de Medio Ambiente, los lugaresde importancia comunitaria que integrarán la red“NATURA 2000”. La Comisión Europea efectúa laselección en colaboración con los Estados miem-bros. Todos los lugares propuestos en las listasnacionales se evalúan conforme a su valor rela-tivo, su importancia como vía migratoria o locali-zación transfronteriza, su superficie total, la coe-xistencia de los distintos tipos de hábitats yespecies considerados y su carácter único parauna región biogeográfica. Los lugares de las listasnacionales que albergan especies o hábitats priori-tarios se clasifican “de importancia comunitaria”.

Si un Estado miembro omite proponer un lugarde valor excepcional, la Comisión Europea puedeproponer su inclusión en la lista, siempre ycuando se demuestre sobre bases científicas quedicho lugar es fundamental para la conservaciónde hábitats o especies contemplados en laDirectiva de Hábitats. Tras consultar al Estado

miembro, el Consejo de Ministros de la UniónEuropea toma, por unanimidad, la decisión final.

Fase final: designación delas zonas especiales deconservaciónCuando se selecciona un lugar de importanciacomunitaria, los Estados miembros tienen obliga-ción de designarlo zona especial de conservaciónen el plazo de seis años, es decir, en el año 2004a más tardar, considerando prioritariamente loslugares más amenazados o los más importantesen términos de conservación. Durante esos seisaños, los Estados miembros establecerán progre-sivamente las medidas necesarias para proteger ygestionar dichos lugares.

La Directiva de Aves consti-tuye un caso particularLa Directiva de Aves dispone también la designa-ción de lugares para conservar los hábitats de lasespecies de aves más amenazadasi como de lasespecies migratorias y concede especial impor-tancia a la protección de los humedales. Ahorabien, los Estados miembros designan todas laszonas de especial protección para las aves en unasola etapa y éstas se integran directamente a lared “NATURA 2000”. Los objetivos de protecciónson similares a los de las zonas especiales deconservación. ■

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Preguntas acerca de “NATURA2000”El objetivo de la red “NATURA 2000”consiste en crear santuarios para lasespecies y los hábitats amenazados?

La Directiva de hábitats contribuye al objetivogeneral del desarrollo sostenible y tiene porfinalidad favorecer el mantenimiento de labiodiversidad, teniendo presentes las exigen-cias científicas, económicas, sociales, cultura-les y regionales. Por tanto, la red “NATURA2000” no tiene por objeto crear santuarios denaturaleza donde toda actividad humana estésistemáticamente prohibida. La protecciónde la biodiversidad de los lugares designadospuede requerir el mantenimiento o incluso elfomento de actividades humanas. Por ejem-plo, algunos tipos de prados deben segarse odestinarse al pastoreo para no convertirse eneriales que ocasionen la desaparición de

determinadas especies amenazadas.

No obstante, las actividades humanas no deben interferir con losobjetivos de conservación de los lugares designados. Por ello, alestablecer las medidas de gestión, los Estados miembros debenevaluar todas las actividades que se ejercen en el lugar para evitarcualquier deterioro de los hábitats o amenaza para las especiesque hayan motivado su designación.

Cuáles son las obligaciones de gestiónde los lugares “NATURA 2000” ?

En el artículo 6 de la Directiva seexige a los Estados miembros queestablezcan medidas de conserva-ción. Los planes de gestión, especí-ficos a los lugares o integrados enotros planes de ordenación, pare-cen el medio más seguro paracumplir con esa obligación, ya quepermiten determinar los objetivos,prever y solucionar las posiblesdificultades con los propietarios olos usuarios del lugar, definir losmedios de actuación y planificar alargo plazo su conservación.

Los Estados miembros pueden ele-gir el método y el tipo de medidasque deben tomarse. Éstas medi-das, ya sean reglamentarias, admi-nistrativas o contractuales, debenevitar cualquier deterioro de loshábitats e incluso permitir su res-tauración.

Cuando un lugar se designa para formarparte de “NATURA 2000”, puede autori-zarse un proyecto o una actividad nueva?El artículo 6 de la Directiva es explícito a ese respecto: cualquierplan o proyecto que pueda afectar a un lugar “NATURA 2000” deforma apreciable debe tener en cuenta el valor natural quemotivó la integración del lugar a la red. Así pues, es necesariorealizar una evaluación adecuada de las repercusiones del pro-yecto sobre los objetivos de conservación del lugar. Nada seopone a que las autoridades nacionales autoricen el ejercicio deuna actividad si los resultados de la evaluación no ponen demanifiesto perjuicio alguno para el lugar.

En caso contrario y a falta de soluciones alternativas, la actividadsólo puede llevarse a cabo en el lugar si se declara de interéspúblico de primer orden. En tal caso, el Estado miembro adoptatodas las medidas compensatorias necesarias e informa a laComisión Europea. Sin embargo, si un lugar alberga hábitats oespecies prioritarios, la actividad únicamente puede autorizarsepor motivos de interés público de primer orden relacionados conla salud, la seguridad pública o el medio ambiente. Si se trata deotras razones imperiosas de interés público de primer orden serequiere consulta previa con la Comisión.

Pueden evaluarse en la actualidad loscostes de gestión de “NATURA 2000” ?Según el artículo 8 de la Directiva, cada Estado miembro debeevaluar los importes necesarios para conservar los lugares quealbergan especies o hábitats prioritarios y comunicarlo a laComisión Europea, que cofinancia las medidas indispensables deprotección de los lugares “NATURA 2000”.

Desde principios de los años 80, la Comisión Europea financia pro-yectos de conservación de la naturaleza en los Estados miembros.El actual fondo comunitario LIFE participa ya en la instauración de“NATURA 2000” financiando iniciativas en los futuros lugares de lared, si bien los fondos disponibles de dicho instrumento financiero,en su apartado naturaleza, no serán suficientes a largo plazo pararesponder a las necesidades de todos los lugares de la red.

Deberán movilizarse otros recursos mediante la integración de lapolítica medioambiental en las demás políticas comunitarias. Lasmedidas agroambientales ya cofinancian la gestión por parte delos agricultores de lugares destacados. Asimismo, los FondosEstructurales, el Fondo de Cohesión y diversas iniciativas comuni-tarias respaldan la valorización económica de áreas naturales. ■

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l favorecer la creación de la red de lugares “NATURA2000” y el establecimiento de conexiones entre ellos, la

Comisión Europea se propone dar prueba de la credibilidadde la Unión en el cumplimiento de sus compromisos interna-cionales.

En materia de conservación de la naturaleza, las Directivas deHábitats y Aves constituyen dos pilares de la contribucióncomunitaria al mantenimiento de la biodiversidad tal como seestipula en el Convenio de Río (1992) o, anteriormente, en elConvenio de Berna sobre la vida silvestre y el medio natural enEuropa (1979). Además de ello, se ajustan a los principios gene-rales de convenios más específicos como los relativos a la con-servación de humedales (Ramsar, 1971) y a las especies migra-torias (Bonn, 1979), así como de convenios más regionales:Helsinki para el Báltico (1974), Barcelona para el Mediterráneo(1976) y el Convenio sobre la protección de los Alpes (1991).

La creación de “NATURA 2000” formaparte de una actuación más amplia de laUnión Europea en relación con el medioambiente.

De acuerdo con los compromisos adquiri-dos en la cumbre de Río en 1992, laUnión Europea está desarrollando diver-sos instrumentos para aumentar la res-ponsabilidad medioambiental en todoslos sectores de actividad afectados y atodos los niveles de la sociedad: integra-ción del medio ambiente en la PolíticaAgrícola Común, etiquetas ecológicasindustriales, estudios de impacto, etc.

Asimismo, la Unión está intensificando supapel en la actuación y la cooperacióninternacional para el desarrollo sosteni-ble, en particular, con los países vecinosde Europa Central y Oriental. ■

Si desea recibir información sobre lasactividades de la Comisión Europeapara la protección de la naturaleza,envíe su dirección completa -y especi-fique la lengua elegida (alemán,inglés o francés)- a:

Comisión EuropeaDG XI.D.2 - Protección de lanaturaleza, zonas costeras yturismoTRMF 02/04200 Rue de la LoiB - 1049 BRUSELASFax: + 32.2.2969556

Recibirá gratuitamente el follettoinformativo “NATURA 2000”, que sepublica tres veces al año.También puede conectarse al servidorINTERNET de la Comisión en la direc-ción siguiente:http ://europa.eu.int/en/comm/dg11/dg11home.html

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Más allá de “NATURA2000”

Fotos de la portada : © Bertrand/Bios, Boutin/Bios,Cornuet, Bringard/ Bios, Dejonghe/Quetzal

Dibujante : Manuel Manolos