Geo geografia

23

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trabajo de plataforma

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26 Zona contigua Algunos paiacuteses la utilizan siendo en tal caso una zona ex-

terior al mar territorial en la que el Estado ejerce poder de policiacutea siendo su soberaniacutea restringida a la represioacuten de infrac- ciones aduaneras sanitarias migratorias etc

27 Linea de base Normalmente la liacutenea de bajamares desde donde se cuenta

la amplitud del mar territorial En estos casos en presencia de entradas golfos o bahiacuteas puede trazarse uniendo los puntos ex- teriores en ambos extremos de la boca

2 8 Aguas interiores Aguas mariacutetimas que en virtud del trazado de la liacutenea de

base quedan dentro de la misma

2 9 Alta mar Espacio mariacutetimo exterior a los mares territoriales y10 zo-

nas contiguas donde hasta hoy no se ejercen soberaniacuteas exis- tiendo el pleno derecho a la libre navegaciioacuten

3 RECURSOS DEL MAR

Los recursos del mar se dividen en recursos renovables Y no renovables Los recursos renovables son aquellos que posibi- litan un determinado consumo sin que por ello desaparezcan de- bido a una raacutepida renovacioacuten Entre eacutestos podemos considerar los llamados recursos vivos (peces algas) y la energiacutea posible de obtener Los recursos no renovables son aquellos cuyo reacutegi- men de formacioacuten es insignificante en comparacioacuten con el con- sumo

3 1 Recursos renovables 3 1 1 Peces

Desde los comienzos de la humanidad los peces fueron ali- mento humano de faacutecil captura Hace 10000 antildeos el hombre paleoliacutetico recogiacutea mejillones almejas y algunos peces

Hace 8000 antildeos la poblacioacuten mundial era de 5 a 10 millones de habitantes En el antildeo 1800 teniacuteamos 2000 millones en 1960

3000 millones y hoy en 1979 hemos sobrepasado los 4000 millo- nes de seres humanos en nuestro planeta -

Pero la distribucioacuten no es uniforme ni tampoco el creci- miento vegetativo Los paises no desarrollados crecen con una tasa del 25 en tanto que los desarrollados lo hacen con una del 1l

Muchos pueblos estaacuten desnutridos Uno de los factores prin- cipales de ello es la deficiencia de aminoaacutecidos pero se espera que la concentracioacuten de proteiacutenas de pescado podraacute suplir este deacuteficit

De todos modos se estima que en los pnoacuteximos 20 antildeos aeraacute necesario aumentar en el 50 la produccioacuten de alimento

Entre 10 y 15 millones de hombres mueren anualmente de hambre y se calcula que las proteiacutenas del mar pueden cubrir las necesidades de una poblacioacuten de 30000 millones de seres

La pesca actual en todo el mundo estaacute calculada entre 70 y 90 miilones de toneladas y los consumos de alimentos marinos son de 5 kilogramos por antildeo en los Estados Unidos de Ameacuterica per caacutepita 14 kilogramos en Europa y soacutelo 3 kilogramos en nuestro paiacutes

En la actualidad la participacioacuten del mar en la alimentacioacuten humana es soacutelo del 3 y el 80 de las capturas se efectuacutea en las plataformas continentales

No se sabe con exactitud cuaacutel es la cantidad posible de pesca sin causar depredacioacuten pero se la estima en hasta 200 mi- llones de toneladas Otros caacutelculos aprecian que en el antildeo 2000 se podraacuten pescar 700 millones de toneladas

En el habitat de los oceacuteanos podemos encontrar dos zonas la del fondo o suelo llamado benthos y la de las aguas por encima que se denomina pelaacutegica

En el benthos la falta de luz hace disminuir la vida vegetal por lo que los peces son alliacute carniacutevoros y no existe la misma proporcioacuten que en las plataformas No obstante hay algunas especies codiciadas como los atunes sardinas y anchoas Dentro de este panorama general la plataforma continental argentina ofrece excelentes posibilidades Algunos puntos claves estaacuten

americanos extendieron su jurisdiccioacuten a 200 millas Ellos fueron Argentina Brasil Chile Ecuador El Salvador Nicaragua Pana- maacute Peruacute y Uruguay y afirmaron sus derechos de disponer de los recursos del lecho y subsuelo de establecer limites a su sobe- raniacutea de explorar conservar y explotar los recursos vivos y de la plataforma continental y de reglamentar sus jurisdiccioiles sin perjuicio de la libertad de navegacibn y sobrevuelo

El 9 de agosto catorce paises formularon la Decla~acidn de Lima en la que en lineas generales se siguen los lineamientgis de la de Montevideo

Finalmente en junio de 1972 en Santo Domingo quince paiacute- ses del Caribe se pronunciaron por un mar tcrritorial no mayor de 12 millas y un mar patrimonial de 200 mi1as

49 Telce~a Conferencia ds l Mn7

La Tercera Conferencia del Mar se inicioacute en Nueva York en 1973 siguioacute en Caracas en 1974 en Ginebra en 1975 y en Nueva York en 1976 Entre el 20 de junio y el 29 de agosto de 1974 se realizoacute la parte maacutes sustancial en Caracas llegando a que los asuntos en discusioacuten seraacuten aprobados por dos tercios de los pre- sentes y sin tener en cuenta las abstenciones siempre que esa mayoriacutea sea por lo menos igual a la mitad maacutes uno del total de paises participantes en la Conferencia Los prob1enas de proce- dimientos se aprobaraacuten por simple mryoriacutea de los presentes

Con respecto a los distintos temas la Conferencia del Mar tia encontrado diferentes posiciones de acuerdo con el siguiente detalle

a ) Fondos marinos Las grandes potencias (EEUU URSS Polonia Francia Japoacuten Reino Unido) se manifestaron partida- rias de que se pudieran conceder concesiones a los Estados

Por otro lado el grupo llamado de las 77 se pronuncioacute a favor de a institucioacuten de una autoridad internacional para regular esta cuestioacuten A su vez este grupo se dividioacute en dos sectores cl de los pziacuteses maacutes importantes que propiciaban una especie de Consejo de Seguridad con poder de veto y los paiacuteses en desarrol~ que propiciaban una especie de Asamblea General con poder de decisioacuten

b) Mar territorial Gran mayoriacutea propicioacute una extemiamp de 12 millas para jurisdiccioacuten fiscal aduanera de inmigracioacuten etc como mar territorial quedando el resto como zona econoacutemica o mar patrimonial Algunos paises como Brasil pretenden extender el mar territorial hasta 200 millas

c) Zona contigw La mayoriacutea considera que al pasar el mar territorial de 3 a 12 millas no es necesaria la zona contigua Otros quieren llevarla a 30 millae

d) Zona econoacutemica exclzlsiva La mayoriacutea se inclina por un ancho de 200 millas con libertad de navegacioacuten y sobrevuelo

Los paiacuteses sin litoral mariacutetimo abogan porque las actividades pesqueras en esta zona sean reguladas por organismos regio- nales o que se les conceda el derecho de acceso irrestricto y dere- cho de explotacioacuten en iguales condiciones que los riberentildeos Estos en cambio ofrecen libre traacutensito y acuerdos bilaterales Tambieacuten hubo unanimidad absoluta en considerar que si el Estado ribe- rentildeo no explota adecuadamente la pesca debe permitir hacerlo a otros

e) Platafoma continental Los paiacuteses ratificantes de la Convencioacuten de Ginebra de 1958 (Argentina entre ellos) soatienen que debe manteneme el concepto fijando concretamente los Iimi- tes en tanto que los paiacuteses africanos se oponen y soacutelo admiten 200 millas para jurisdicciones estatales siendo el resto patrimo- nio de la humanidad

Los paises con plataformas por el contrario buscan que el liacutemite se wtablezca hasta el borde exterior del margen conti- nental con derechos soberanos para los riberentildeos o estarian dispuestos a compartir con la comunidad internacional loe recur- sos de la plataforma maacutes allaacute de las 200 millas Esta Uacuteltima pos- tura conocida como revenwsha~ing es alentada por Btadofl Unidos de Ameacuterica India Noruega y Nueva Zelandia

f ) amptrechos Este es un aspecto muy conflictivo Los estre- chos utilizados para la navegacioacuten internacional deben tener libre navegacioacuten seguacuten las grandes potencias mariacutetimas y en cambio estar sometidos al reacutegimen del mar territorial seguacuten los Estados riberentildeos con reacutegimen de paso inocente

disidentes o de liberacioacuten ha transformado a la misma en un foro de debates poliacuteticos que desvirtuacutean la misioacuten original

El derecho del mar es parte integrante del derecho inter- nacional que se basa tanto en normas de origen consuetudinario o sea praacutectica uniforme y generalmente considerada como obli- gatoria o convencional o sea basada en tratados bilaterales o multilaterales

Por otra parte el desarrollo tecnoloacutegico ha traiacutedo aparejadas dos consecuencias sumamente preocupantes la contaminacioacuten y la posibilidad del agotamiento de los recursos no renovables lo cual se agrava ante el incontenible aumento de la poblacioacuten

El mar como fuente de recursos vivos ha dado ya lugar a fuertes controversias como fuente de recursos de origen mineral podraacute tambieacuten dar lugar a muy serias disputas si no se logran convenios internacionales que establezcan claramente normas y derechos

La disputa principal estaacute entre quienes consideran al mar como res nuUius o sea apropiable y quienes lo consideran re8 communis o sea perteneciente a la humanidad

Dentro de estas posiciones extremas aparecen los paraacuteme- tros ya sentildealados de mar territorial y mar patrimonial o zona econoacutemica exclusiva fondos marinos alta mar etceacutetera

Las declaraciones unilaterales son siempre objetables y dejan latente el problema en tanto que las demoras en establecer reglas de juego puede provocar la intervencioacuten unilateral de las grandes potencias o empresas multinacionales

La preocupacioacuten de los Estados riberentildeos para proteger sus espacios maritimos yo sus plataformas continentales choca en- tonces con las grandes naciones mariacutetimas a las que conviene la mayor libertad y con las pretensiones de los paiacuteses medite- rrineos de lograr tambieacuten beneficios de los espacios maritimos

Aspectos tales como el derecho de paso inocente o la libre navegaci6n tampoco estaacuten claramente definidos y pueden provo- car futuras controversias

5 POSICION ARGENTINA I A fines del siglo pasado antildeo 1871 se establecioacute en el Coacutedigo - -

Civil de la Nacioacuten artiacuteculo 2340 inciso 12 como mar territorial - I

el comprendido dentro de las 3 millas y la zona contigua en las 12 millas En 1889 se firmoacute en Montevideo el Tratado de Derecho Penal Internacional que es ley de la Nacioacuten y que fijoacute en 5 millaa la amplitud del mar territorial a los efectos de la jurisdiccioacuten penal

Luego ya en esta centuria mediante Decreto del 18 de setiembre de 1907 se establecioacute una zona de 10 millas en la que la Nacioacuten teniacutea derecho exclusivo de pesca

Y fue el entonces Capitaacuten de Fragata Segundo R Storni quien en conferencia pronunciada en el Ciacuterculo de Prensa en 1916 primero abordoacute puacuteblicamente el tema de los derechos argentinos sobre el mar

Dos antildeos maacutes tarde el 12 de setiembre de 1918 lo hariacutea el Dr Joseacute Leoacuten Suaacuterez

En 1923 comenzoacute la extraccioacuten de petroacuteleo del mar en Co- modoro Rivadavia y en 1927 el Profesor Juan Jos6 Naacutegera vuel- ve a ocuparse puacuteblicamente del tema -

E1 24 de enero de 1944 se firma el Decreto 1386 por el que se considera reserva minera nacional a toda la plataforma con- tinental

Sigue el Decreto 14708 del 11 de octubre de 1946 por el que se extiende la soberaniacutea nacional sobre el zoacutecalo continental y mar epicontinental sin afectar la libre navegacMn

En 1957 comienzan en el paiacutes los estudios sobre explotacioacuten de recursos naturales del mar (no renovables) mediante meacuteto- dos modernos y al antildeo siguiente como ya sekalamos se pro- duce la Conferencia de Ginebra que abre paso al estudio con temporaacuteneo del derecho del mar

Ese mismo antildeo en noviembre se dicta la Ley 14773 por la que se declaran bienes del Estado los yacimientos de hidrocar- buros soacutelidos liacutequidos y gaseosos en la plataforma continental

En 1964 hubo un proyecto del Poder Ejecutivo tendiente a declarar soberaniacutea exclusiva sobre la plataforma continental has-

En la cuestioacuten de las idas argentinas sostiene que las que constituyen colonias o estaacuten ocupadas por extranjeros no pue- den invocar derechos Tal es el caso de las Malvinas Sobre las que como anteriormente se indicoacute Gran Bretantildea en 1950 pre- tendioacute asignarles su propia plataforma continental

Es tambieacuten partidaria la Nacioacuten de la autoridad internacio- nal para regular la explotacioacuten de los recursos de los fondos ma- rinos y fuera de las jurisdicciones de los Estados y tambibn para establecer las normas sobre contaminacioacuten corriendo la aplica- cioacuten por cuenta del Estaao riberentildeo En este aspecto tambieacuten el pais estaacute en deacuteficit al carecer Be normas para preservar el am- biente marino Las pocas existentes se encuentran en el Digesto Mariacutetimo y Fluvial y en la Ordenanza Mariacutetima N 32 de 1967

Se opone nuestro pais a que loa paiacuteses de mayor desarrollo tecnoloacutegico establezcan normas sobre disentildeo y construccioacuten de buques propiciando en cambio que las mismas eean determina- das mediante regulaciones internacionales dictadas con interven- cioacuten de los distintos paiacuteses interesados

Finalmente respecto de la investigaci6n oceanograacutefica en mayo de 1973 por Ley 20489 y su Decreto reglamentario 4916 se establecboacute la exigencia de contar con autorizacioacuten del gobier- no argentino para realizar tales actividades dentro de las 200 millas

Tambieacuten en febrero de 1973 por Ley 20736 ae anuloacute la po- sibilidad de otorgar permisos de pesca a extranjeros iguaimente dentro de las 200 millas

Para realver algunos de los problemas sentildealados la Ar- gentina ha celebrado algunos acuerdos internacionales como e suscripto en diciembre de 1967 permitiendo la pesca a Brasil den- tro de las 200 millas sin pagar contribucioacuten el Tratado del Rio de la Plata en noviembre de 1973 por el que se establecioacute una zona comuacuten de pesca con Uruguay y dos convenios con Polo- nia de cooperacioacuten mutua para la pesca al sur del paralelo 420 S mediante una empresa mixta convenios eacutestos que no llegan a sus- tanciarse Junto con Uniguay y Brasil la Argentina integra la Comisioacuten para Pesca en el Atlaacutentico Sud de la FAO

Ni~estra legislacioacuten seguacuten se h s pcrcibido a tra 6 10 sentildealado es incompleta y en muchos casos indefintamp

No obstante ello tal vez tenga su lado favorable tanto la comunidad internacional no llegue a definicio cretas puede no resutar conveniente avanzar unilateralmente salvo en aquellos aspectos r p c haccn a la defensa de los inte- reses mariacutetimos ya sentildealados de la voracidad ajena

Al respecto expresemos que-contando las plataformas y ma- res patriironiaes de las islas dcl Atlaacutentico Sud el total del Mar Argentino alcanza la no desprcciabe cifra de 2 millones de ki- loacutemetros cuadrados que ademaacutes de las riqueas ya destacadas incorporan al patrimonio iiacional nuevas cuencas sedimentarias ei aacuterea de mayor densidad de krill y una puerta de entrada al sector antaacutertico argentino Luchar p rque la Nacioacuten recupere a posicioacuten de estas isas es deber ineludible de todo argentino porque se trata de patrimonio d l niiesiras futuras generaciones

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americanos extendieron su jurisdiccioacuten a 200 millas Ellos fueron Argentina Brasil Chile Ecuador El Salvador Nicaragua Pana- maacute Peruacute y Uruguay y afirmaron sus derechos de disponer de los recursos del lecho y subsuelo de establecer limites a su sobe- raniacutea de explorar conservar y explotar los recursos vivos y de la plataforma continental y de reglamentar sus jurisdiccioiles sin perjuicio de la libertad de navegacibn y sobrevuelo

El 9 de agosto catorce paises formularon la Decla~acidn de Lima en la que en lineas generales se siguen los lineamientgis de la de Montevideo

Finalmente en junio de 1972 en Santo Domingo quince paiacute- ses del Caribe se pronunciaron por un mar tcrritorial no mayor de 12 millas y un mar patrimonial de 200 mi1as

49 Telce~a Conferencia ds l Mn7

La Tercera Conferencia del Mar se inicioacute en Nueva York en 1973 siguioacute en Caracas en 1974 en Ginebra en 1975 y en Nueva York en 1976 Entre el 20 de junio y el 29 de agosto de 1974 se realizoacute la parte maacutes sustancial en Caracas llegando a que los asuntos en discusioacuten seraacuten aprobados por dos tercios de los pre- sentes y sin tener en cuenta las abstenciones siempre que esa mayoriacutea sea por lo menos igual a la mitad maacutes uno del total de paises participantes en la Conferencia Los prob1enas de proce- dimientos se aprobaraacuten por simple mryoriacutea de los presentes

Con respecto a los distintos temas la Conferencia del Mar tia encontrado diferentes posiciones de acuerdo con el siguiente detalle

a ) Fondos marinos Las grandes potencias (EEUU URSS Polonia Francia Japoacuten Reino Unido) se manifestaron partida- rias de que se pudieran conceder concesiones a los Estados

Por otro lado el grupo llamado de las 77 se pronuncioacute a favor de a institucioacuten de una autoridad internacional para regular esta cuestioacuten A su vez este grupo se dividioacute en dos sectores cl de los pziacuteses maacutes importantes que propiciaban una especie de Consejo de Seguridad con poder de veto y los paiacuteses en desarrol~ que propiciaban una especie de Asamblea General con poder de decisioacuten

b) Mar territorial Gran mayoriacutea propicioacute una extemiamp de 12 millas para jurisdiccioacuten fiscal aduanera de inmigracioacuten etc como mar territorial quedando el resto como zona econoacutemica o mar patrimonial Algunos paises como Brasil pretenden extender el mar territorial hasta 200 millas

c) Zona contigw La mayoriacutea considera que al pasar el mar territorial de 3 a 12 millas no es necesaria la zona contigua Otros quieren llevarla a 30 millae

d) Zona econoacutemica exclzlsiva La mayoriacutea se inclina por un ancho de 200 millas con libertad de navegacioacuten y sobrevuelo

Los paiacuteses sin litoral mariacutetimo abogan porque las actividades pesqueras en esta zona sean reguladas por organismos regio- nales o que se les conceda el derecho de acceso irrestricto y dere- cho de explotacioacuten en iguales condiciones que los riberentildeos Estos en cambio ofrecen libre traacutensito y acuerdos bilaterales Tambieacuten hubo unanimidad absoluta en considerar que si el Estado ribe- rentildeo no explota adecuadamente la pesca debe permitir hacerlo a otros

e) Platafoma continental Los paiacuteses ratificantes de la Convencioacuten de Ginebra de 1958 (Argentina entre ellos) soatienen que debe manteneme el concepto fijando concretamente los Iimi- tes en tanto que los paiacuteses africanos se oponen y soacutelo admiten 200 millas para jurisdicciones estatales siendo el resto patrimo- nio de la humanidad

Los paises con plataformas por el contrario buscan que el liacutemite se wtablezca hasta el borde exterior del margen conti- nental con derechos soberanos para los riberentildeos o estarian dispuestos a compartir con la comunidad internacional loe recur- sos de la plataforma maacutes allaacute de las 200 millas Esta Uacuteltima pos- tura conocida como revenwsha~ing es alentada por Btadofl Unidos de Ameacuterica India Noruega y Nueva Zelandia

f ) amptrechos Este es un aspecto muy conflictivo Los estre- chos utilizados para la navegacioacuten internacional deben tener libre navegacioacuten seguacuten las grandes potencias mariacutetimas y en cambio estar sometidos al reacutegimen del mar territorial seguacuten los Estados riberentildeos con reacutegimen de paso inocente

disidentes o de liberacioacuten ha transformado a la misma en un foro de debates poliacuteticos que desvirtuacutean la misioacuten original

El derecho del mar es parte integrante del derecho inter- nacional que se basa tanto en normas de origen consuetudinario o sea praacutectica uniforme y generalmente considerada como obli- gatoria o convencional o sea basada en tratados bilaterales o multilaterales

Por otra parte el desarrollo tecnoloacutegico ha traiacutedo aparejadas dos consecuencias sumamente preocupantes la contaminacioacuten y la posibilidad del agotamiento de los recursos no renovables lo cual se agrava ante el incontenible aumento de la poblacioacuten

El mar como fuente de recursos vivos ha dado ya lugar a fuertes controversias como fuente de recursos de origen mineral podraacute tambieacuten dar lugar a muy serias disputas si no se logran convenios internacionales que establezcan claramente normas y derechos

La disputa principal estaacute entre quienes consideran al mar como res nuUius o sea apropiable y quienes lo consideran re8 communis o sea perteneciente a la humanidad

Dentro de estas posiciones extremas aparecen los paraacuteme- tros ya sentildealados de mar territorial y mar patrimonial o zona econoacutemica exclusiva fondos marinos alta mar etceacutetera

Las declaraciones unilaterales son siempre objetables y dejan latente el problema en tanto que las demoras en establecer reglas de juego puede provocar la intervencioacuten unilateral de las grandes potencias o empresas multinacionales

La preocupacioacuten de los Estados riberentildeos para proteger sus espacios maritimos yo sus plataformas continentales choca en- tonces con las grandes naciones mariacutetimas a las que conviene la mayor libertad y con las pretensiones de los paiacuteses medite- rrineos de lograr tambieacuten beneficios de los espacios maritimos

Aspectos tales como el derecho de paso inocente o la libre navegaci6n tampoco estaacuten claramente definidos y pueden provo- car futuras controversias

5 POSICION ARGENTINA I A fines del siglo pasado antildeo 1871 se establecioacute en el Coacutedigo - -

Civil de la Nacioacuten artiacuteculo 2340 inciso 12 como mar territorial - I

el comprendido dentro de las 3 millas y la zona contigua en las 12 millas En 1889 se firmoacute en Montevideo el Tratado de Derecho Penal Internacional que es ley de la Nacioacuten y que fijoacute en 5 millaa la amplitud del mar territorial a los efectos de la jurisdiccioacuten penal

Luego ya en esta centuria mediante Decreto del 18 de setiembre de 1907 se establecioacute una zona de 10 millas en la que la Nacioacuten teniacutea derecho exclusivo de pesca

Y fue el entonces Capitaacuten de Fragata Segundo R Storni quien en conferencia pronunciada en el Ciacuterculo de Prensa en 1916 primero abordoacute puacuteblicamente el tema de los derechos argentinos sobre el mar

Dos antildeos maacutes tarde el 12 de setiembre de 1918 lo hariacutea el Dr Joseacute Leoacuten Suaacuterez

En 1923 comenzoacute la extraccioacuten de petroacuteleo del mar en Co- modoro Rivadavia y en 1927 el Profesor Juan Jos6 Naacutegera vuel- ve a ocuparse puacuteblicamente del tema -

E1 24 de enero de 1944 se firma el Decreto 1386 por el que se considera reserva minera nacional a toda la plataforma con- tinental

Sigue el Decreto 14708 del 11 de octubre de 1946 por el que se extiende la soberaniacutea nacional sobre el zoacutecalo continental y mar epicontinental sin afectar la libre navegacMn

En 1957 comienzan en el paiacutes los estudios sobre explotacioacuten de recursos naturales del mar (no renovables) mediante meacuteto- dos modernos y al antildeo siguiente como ya sekalamos se pro- duce la Conferencia de Ginebra que abre paso al estudio con temporaacuteneo del derecho del mar

Ese mismo antildeo en noviembre se dicta la Ley 14773 por la que se declaran bienes del Estado los yacimientos de hidrocar- buros soacutelidos liacutequidos y gaseosos en la plataforma continental

En 1964 hubo un proyecto del Poder Ejecutivo tendiente a declarar soberaniacutea exclusiva sobre la plataforma continental has-

En la cuestioacuten de las idas argentinas sostiene que las que constituyen colonias o estaacuten ocupadas por extranjeros no pue- den invocar derechos Tal es el caso de las Malvinas Sobre las que como anteriormente se indicoacute Gran Bretantildea en 1950 pre- tendioacute asignarles su propia plataforma continental

Es tambieacuten partidaria la Nacioacuten de la autoridad internacio- nal para regular la explotacioacuten de los recursos de los fondos ma- rinos y fuera de las jurisdicciones de los Estados y tambibn para establecer las normas sobre contaminacioacuten corriendo la aplica- cioacuten por cuenta del Estaao riberentildeo En este aspecto tambieacuten el pais estaacute en deacuteficit al carecer Be normas para preservar el am- biente marino Las pocas existentes se encuentran en el Digesto Mariacutetimo y Fluvial y en la Ordenanza Mariacutetima N 32 de 1967

Se opone nuestro pais a que loa paiacuteses de mayor desarrollo tecnoloacutegico establezcan normas sobre disentildeo y construccioacuten de buques propiciando en cambio que las mismas eean determina- das mediante regulaciones internacionales dictadas con interven- cioacuten de los distintos paiacuteses interesados

Finalmente respecto de la investigaci6n oceanograacutefica en mayo de 1973 por Ley 20489 y su Decreto reglamentario 4916 se establecboacute la exigencia de contar con autorizacioacuten del gobier- no argentino para realizar tales actividades dentro de las 200 millas

Tambieacuten en febrero de 1973 por Ley 20736 ae anuloacute la po- sibilidad de otorgar permisos de pesca a extranjeros iguaimente dentro de las 200 millas

Para realver algunos de los problemas sentildealados la Ar- gentina ha celebrado algunos acuerdos internacionales como e suscripto en diciembre de 1967 permitiendo la pesca a Brasil den- tro de las 200 millas sin pagar contribucioacuten el Tratado del Rio de la Plata en noviembre de 1973 por el que se establecioacute una zona comuacuten de pesca con Uruguay y dos convenios con Polo- nia de cooperacioacuten mutua para la pesca al sur del paralelo 420 S mediante una empresa mixta convenios eacutestos que no llegan a sus- tanciarse Junto con Uniguay y Brasil la Argentina integra la Comisioacuten para Pesca en el Atlaacutentico Sud de la FAO

Ni~estra legislacioacuten seguacuten se h s pcrcibido a tra 6 10 sentildealado es incompleta y en muchos casos indefintamp

No obstante ello tal vez tenga su lado favorable tanto la comunidad internacional no llegue a definicio cretas puede no resutar conveniente avanzar unilateralmente salvo en aquellos aspectos r p c haccn a la defensa de los inte- reses mariacutetimos ya sentildealados de la voracidad ajena

Al respecto expresemos que-contando las plataformas y ma- res patriironiaes de las islas dcl Atlaacutentico Sud el total del Mar Argentino alcanza la no desprcciabe cifra de 2 millones de ki- loacutemetros cuadrados que ademaacutes de las riqueas ya destacadas incorporan al patrimonio iiacional nuevas cuencas sedimentarias ei aacuterea de mayor densidad de krill y una puerta de entrada al sector antaacutertico argentino Luchar p rque la Nacioacuten recupere a posicioacuten de estas isas es deber ineludible de todo argentino porque se trata de patrimonio d l niiesiras futuras generaciones

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disidentes o de liberacioacuten ha transformado a la misma en un foro de debates poliacuteticos que desvirtuacutean la misioacuten original

El derecho del mar es parte integrante del derecho inter- nacional que se basa tanto en normas de origen consuetudinario o sea praacutectica uniforme y generalmente considerada como obli- gatoria o convencional o sea basada en tratados bilaterales o multilaterales

Por otra parte el desarrollo tecnoloacutegico ha traiacutedo aparejadas dos consecuencias sumamente preocupantes la contaminacioacuten y la posibilidad del agotamiento de los recursos no renovables lo cual se agrava ante el incontenible aumento de la poblacioacuten

El mar como fuente de recursos vivos ha dado ya lugar a fuertes controversias como fuente de recursos de origen mineral podraacute tambieacuten dar lugar a muy serias disputas si no se logran convenios internacionales que establezcan claramente normas y derechos

La disputa principal estaacute entre quienes consideran al mar como res nuUius o sea apropiable y quienes lo consideran re8 communis o sea perteneciente a la humanidad

Dentro de estas posiciones extremas aparecen los paraacuteme- tros ya sentildealados de mar territorial y mar patrimonial o zona econoacutemica exclusiva fondos marinos alta mar etceacutetera

Las declaraciones unilaterales son siempre objetables y dejan latente el problema en tanto que las demoras en establecer reglas de juego puede provocar la intervencioacuten unilateral de las grandes potencias o empresas multinacionales

La preocupacioacuten de los Estados riberentildeos para proteger sus espacios maritimos yo sus plataformas continentales choca en- tonces con las grandes naciones mariacutetimas a las que conviene la mayor libertad y con las pretensiones de los paiacuteses medite- rrineos de lograr tambieacuten beneficios de los espacios maritimos

Aspectos tales como el derecho de paso inocente o la libre navegaci6n tampoco estaacuten claramente definidos y pueden provo- car futuras controversias

5 POSICION ARGENTINA I A fines del siglo pasado antildeo 1871 se establecioacute en el Coacutedigo - -

Civil de la Nacioacuten artiacuteculo 2340 inciso 12 como mar territorial - I

el comprendido dentro de las 3 millas y la zona contigua en las 12 millas En 1889 se firmoacute en Montevideo el Tratado de Derecho Penal Internacional que es ley de la Nacioacuten y que fijoacute en 5 millaa la amplitud del mar territorial a los efectos de la jurisdiccioacuten penal

Luego ya en esta centuria mediante Decreto del 18 de setiembre de 1907 se establecioacute una zona de 10 millas en la que la Nacioacuten teniacutea derecho exclusivo de pesca

Y fue el entonces Capitaacuten de Fragata Segundo R Storni quien en conferencia pronunciada en el Ciacuterculo de Prensa en 1916 primero abordoacute puacuteblicamente el tema de los derechos argentinos sobre el mar

Dos antildeos maacutes tarde el 12 de setiembre de 1918 lo hariacutea el Dr Joseacute Leoacuten Suaacuterez

En 1923 comenzoacute la extraccioacuten de petroacuteleo del mar en Co- modoro Rivadavia y en 1927 el Profesor Juan Jos6 Naacutegera vuel- ve a ocuparse puacuteblicamente del tema -

E1 24 de enero de 1944 se firma el Decreto 1386 por el que se considera reserva minera nacional a toda la plataforma con- tinental

Sigue el Decreto 14708 del 11 de octubre de 1946 por el que se extiende la soberaniacutea nacional sobre el zoacutecalo continental y mar epicontinental sin afectar la libre navegacMn

En 1957 comienzan en el paiacutes los estudios sobre explotacioacuten de recursos naturales del mar (no renovables) mediante meacuteto- dos modernos y al antildeo siguiente como ya sekalamos se pro- duce la Conferencia de Ginebra que abre paso al estudio con temporaacuteneo del derecho del mar

Ese mismo antildeo en noviembre se dicta la Ley 14773 por la que se declaran bienes del Estado los yacimientos de hidrocar- buros soacutelidos liacutequidos y gaseosos en la plataforma continental

En 1964 hubo un proyecto del Poder Ejecutivo tendiente a declarar soberaniacutea exclusiva sobre la plataforma continental has-

En la cuestioacuten de las idas argentinas sostiene que las que constituyen colonias o estaacuten ocupadas por extranjeros no pue- den invocar derechos Tal es el caso de las Malvinas Sobre las que como anteriormente se indicoacute Gran Bretantildea en 1950 pre- tendioacute asignarles su propia plataforma continental

Es tambieacuten partidaria la Nacioacuten de la autoridad internacio- nal para regular la explotacioacuten de los recursos de los fondos ma- rinos y fuera de las jurisdicciones de los Estados y tambibn para establecer las normas sobre contaminacioacuten corriendo la aplica- cioacuten por cuenta del Estaao riberentildeo En este aspecto tambieacuten el pais estaacute en deacuteficit al carecer Be normas para preservar el am- biente marino Las pocas existentes se encuentran en el Digesto Mariacutetimo y Fluvial y en la Ordenanza Mariacutetima N 32 de 1967

Se opone nuestro pais a que loa paiacuteses de mayor desarrollo tecnoloacutegico establezcan normas sobre disentildeo y construccioacuten de buques propiciando en cambio que las mismas eean determina- das mediante regulaciones internacionales dictadas con interven- cioacuten de los distintos paiacuteses interesados

Finalmente respecto de la investigaci6n oceanograacutefica en mayo de 1973 por Ley 20489 y su Decreto reglamentario 4916 se establecboacute la exigencia de contar con autorizacioacuten del gobier- no argentino para realizar tales actividades dentro de las 200 millas

Tambieacuten en febrero de 1973 por Ley 20736 ae anuloacute la po- sibilidad de otorgar permisos de pesca a extranjeros iguaimente dentro de las 200 millas

Para realver algunos de los problemas sentildealados la Ar- gentina ha celebrado algunos acuerdos internacionales como e suscripto en diciembre de 1967 permitiendo la pesca a Brasil den- tro de las 200 millas sin pagar contribucioacuten el Tratado del Rio de la Plata en noviembre de 1973 por el que se establecioacute una zona comuacuten de pesca con Uruguay y dos convenios con Polo- nia de cooperacioacuten mutua para la pesca al sur del paralelo 420 S mediante una empresa mixta convenios eacutestos que no llegan a sus- tanciarse Junto con Uniguay y Brasil la Argentina integra la Comisioacuten para Pesca en el Atlaacutentico Sud de la FAO

Ni~estra legislacioacuten seguacuten se h s pcrcibido a tra 6 10 sentildealado es incompleta y en muchos casos indefintamp

No obstante ello tal vez tenga su lado favorable tanto la comunidad internacional no llegue a definicio cretas puede no resutar conveniente avanzar unilateralmente salvo en aquellos aspectos r p c haccn a la defensa de los inte- reses mariacutetimos ya sentildealados de la voracidad ajena

Al respecto expresemos que-contando las plataformas y ma- res patriironiaes de las islas dcl Atlaacutentico Sud el total del Mar Argentino alcanza la no desprcciabe cifra de 2 millones de ki- loacutemetros cuadrados que ademaacutes de las riqueas ya destacadas incorporan al patrimonio iiacional nuevas cuencas sedimentarias ei aacuterea de mayor densidad de krill y una puerta de entrada al sector antaacutertico argentino Luchar p rque la Nacioacuten recupere a posicioacuten de estas isas es deber ineludible de todo argentino porque se trata de patrimonio d l niiesiras futuras generaciones

Page 4: Geo geografia

En la cuestioacuten de las idas argentinas sostiene que las que constituyen colonias o estaacuten ocupadas por extranjeros no pue- den invocar derechos Tal es el caso de las Malvinas Sobre las que como anteriormente se indicoacute Gran Bretantildea en 1950 pre- tendioacute asignarles su propia plataforma continental

Es tambieacuten partidaria la Nacioacuten de la autoridad internacio- nal para regular la explotacioacuten de los recursos de los fondos ma- rinos y fuera de las jurisdicciones de los Estados y tambibn para establecer las normas sobre contaminacioacuten corriendo la aplica- cioacuten por cuenta del Estaao riberentildeo En este aspecto tambieacuten el pais estaacute en deacuteficit al carecer Be normas para preservar el am- biente marino Las pocas existentes se encuentran en el Digesto Mariacutetimo y Fluvial y en la Ordenanza Mariacutetima N 32 de 1967

Se opone nuestro pais a que loa paiacuteses de mayor desarrollo tecnoloacutegico establezcan normas sobre disentildeo y construccioacuten de buques propiciando en cambio que las mismas eean determina- das mediante regulaciones internacionales dictadas con interven- cioacuten de los distintos paiacuteses interesados

Finalmente respecto de la investigaci6n oceanograacutefica en mayo de 1973 por Ley 20489 y su Decreto reglamentario 4916 se establecboacute la exigencia de contar con autorizacioacuten del gobier- no argentino para realizar tales actividades dentro de las 200 millas

Tambieacuten en febrero de 1973 por Ley 20736 ae anuloacute la po- sibilidad de otorgar permisos de pesca a extranjeros iguaimente dentro de las 200 millas

Para realver algunos de los problemas sentildealados la Ar- gentina ha celebrado algunos acuerdos internacionales como e suscripto en diciembre de 1967 permitiendo la pesca a Brasil den- tro de las 200 millas sin pagar contribucioacuten el Tratado del Rio de la Plata en noviembre de 1973 por el que se establecioacute una zona comuacuten de pesca con Uruguay y dos convenios con Polo- nia de cooperacioacuten mutua para la pesca al sur del paralelo 420 S mediante una empresa mixta convenios eacutestos que no llegan a sus- tanciarse Junto con Uniguay y Brasil la Argentina integra la Comisioacuten para Pesca en el Atlaacutentico Sud de la FAO

Ni~estra legislacioacuten seguacuten se h s pcrcibido a tra 6 10 sentildealado es incompleta y en muchos casos indefintamp

No obstante ello tal vez tenga su lado favorable tanto la comunidad internacional no llegue a definicio cretas puede no resutar conveniente avanzar unilateralmente salvo en aquellos aspectos r p c haccn a la defensa de los inte- reses mariacutetimos ya sentildealados de la voracidad ajena

Al respecto expresemos que-contando las plataformas y ma- res patriironiaes de las islas dcl Atlaacutentico Sud el total del Mar Argentino alcanza la no desprcciabe cifra de 2 millones de ki- loacutemetros cuadrados que ademaacutes de las riqueas ya destacadas incorporan al patrimonio iiacional nuevas cuencas sedimentarias ei aacuterea de mayor densidad de krill y una puerta de entrada al sector antaacutertico argentino Luchar p rque la Nacioacuten recupere a posicioacuten de estas isas es deber ineludible de todo argentino porque se trata de patrimonio d l niiesiras futuras generaciones

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