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Génesis y evolución del sistema educativo Magisterio de Primaria, Grupo 3 Carolina Lalanza Salvador Asier Martínez Sánchez Leticia Montón Nonay Alba Sancho Clariana Patricia Villarón Cía

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  • Gnesis y evolucin del

    sistema educativo

    Magisterio de Primaria, Grupo 3

    Carolina Lalanza Salvador

    Asier Martnez Snchez

    Leticia Montn Nonay

    Alba Sancho Clariana

    Patricia Villarn Ca

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    NDICE

    1. Perspectiva histrica, legislacin y principios generales del sistema educativo ................ Pg.2

    1.1. Perspectiva histrica del sistema educativo ....................................................... Pg.2

    1.1.1 La educacin desde finales del Antiguo Rgimen hasta la promulgacin

    de la Ley Moyano de 1857 ............................................................................ Pg.2

    1.1.2. De la Ley Moyano a la Primera Repblica (1857-1874) ...................... Pg.3

    1.1.3. La educacin en la poca de la Restauracin (1874-1923) ............... Pg.4

    1.1.4. La Segunda Repblica (1931-1936) .................................................... Pg.5

    1.1.5. La Dictadura del general Franco(1936-1975) ..................................... Pg.6

    1.1.6. La Ley General de Educacin (1931-1936) ......................................... Pg.9

    1.1.7. La transicin democrtica y la reforma del sistema educativo ........... Pg.9

    1.2. Marco legislativo general .................................................................................. Pg.10

    1.2.1. Ley Orgnica Reguladora del derecho a la educacin (LODE) ........... Pg.10

    1.2.2. La Ley Orgnica de Ordenacin General del Sistema Educativo

    (LOGSE) ....................................................................................................... Pg.11

    1.2.3. La Ley Orgnica de la Participacin, la Evaluacin y el Gobierno de los

    centros docentes (LOPEG) ........................................................................... Pg.12

    1.3. Principios fundamentales del sistema educativo .............................................. Pg.13

    1.4. La Ley Orgnica de Calidad de la Educacin (LOCE, 2002) ............................... Pg.15

    1.5. Ley Orgnica de Educacin (LOE), 3 de Mayo de 2006) ................................... Pg.16

    2. Conclusin ......................................................................................................................... Pg.17

    3. Valoracin de la visita al museo pedaggico .................................................................... Pg.18

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    1. PERSPECTIVA HISTRICA, LEGISLACIN Y PRINCIPIOS GENERALES DEL SISTEMA EDUCATIVO.

    A lo largo de la historia el sistema educativo ha ido sufriendo cambios al mismo tiempo que se modificaba la sociedad, la poltica conforme se estableca un nuevo gobierno las leyes del sistema educativo cambiaban por lo que siempre se ha visto afectado por el contexto social y todo lo que le rodea.

    1.1. PERSPECTIVA HISTRICA DEL SISTEMA EDUCATIVO.

    Los sistemas educativos nacionales surgen en Europa a principios del siglo XIX a raz de la revolucin francesa llevada a cabo por Napolen Bonaparte sin embargo en Espaa fue la Constitucin de 1812 quien incorpora la idea de la educacin como un entramado en cuya organizacin, financiacin y control debe intervenir el Estado, por lo que se establecen las bases para el posterior establecimiento del sistema educativo espaol. Pero este realmente se establece con la Ley Moyano de 1857.

    1.1.1. LA EDUCACIN DESDE FINALES DEL ANTIGUO RGIMEN HASTA LA PROMULGACIN DE LA LEY MOYANO EN 1857.

    Remontamos al ao 1812 cuando en Espaa se establece por primera vez una Constitucin, la de 1812 que basa la sociedad en los principios de igualdad, libertad y propiedad que adems incluye importantes reformas en el campo educativo.

    Generalizaba la instruccin elemental o primaria ya que deca que en todos los pueblos de la monarqua tendra que haber escuelas para ofrecer unos conocimientos aunque fueran mnimos a los nios y una informacin bsica del catolicismo y obligaciones civiles. Adems atribua al Estado la responsabilidad en todo lo que tena que ver con la organizacin y supresin de centros. A la vez que esto, prevea el establecimiento de un nmero de universidades y de centros de educacin superior.

    Al mismo tiempo Quintana elabor un informe en 1814 para el futuro de la educacin de nuestro pas. En este informe que redact propuso una estructuracin del sistema estatal en tres niveles bsicos los cuales son: una instruccin primaria (inferior y superior), una instruccin secundaria y una enseanza superior que eran las universidades y las academias o centros de investigacin y de estudios especializados.

    Al poco tiempo de esto se produjo un alzamiento militar en Espaa liderado por el general Elo por lo que el gobierno que surge elimina la Constitucin, volviendo a retroceder al Antiguo Rgimen incluso en el campo educativo. La educacin retorna a manos de la Iglesia, especialmente la enseanza privada.

    Posteriormente durante el Trienio (1820-1823) se produjo un perodo importante para el campo de la enseanza. Los principios establecidos en el informe de Quintana en 1814 se aplicaron en el Reglamento General de Instruccin Pblica de 1821 que es significativo para el sistema educativo hasta el establecimiento de la Ley Moyano en 1857. Sus aportaciones fueron:

    Organizar la enseanza en tres niveles. La enseanza primaria para todos, enseanza secundaria de carcter general y la enseanza superior con carcter profesional.

    Principios de gratuidad para la enseanza primaria y de uniformidad en los planes de estudio y contenidos.

    Interpretar la libertad de enseanza especialmente como libertad de creacin de centros docentes. La educacin se organizaba en Espaa en aquel momento en un sistema dual de enseanza pblica y de enseanza privada.

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    Terminado el Trienio, en 1823 se establece el poder absolutista de Fernando VII, periodo en el que se aboli el Reglamento General de Instruccin Pblica de 1821 y la implantacin del Plan y Reglamento de escuelas de primeras letras del Reino (1825) y del Reglamento general de las escuelas de latinidad y colegios de humanidades (1826). Adems contribuy a limitar lo establecido anteriormente:

    Abandonaron la gratuidad absoluta, siendo solo gratuita la primaria elemental. En la primaria superior se reservaba un nmero de plazas gratuitas para los que tuvieran capacidad y talento.

    Se limitaba el concepto de libertad de enseanza entendido como libertad de creacin de centros privados en los niveles primario y secundario. Se nacionalizaba la enseanza universitaria y se podan conseguir los grados acadmicos solamente en universidades estatales.

    Se prescinda del carcter universal de la segunda enseanza y se daba un carcter propedutico para la universalidad.

    Detrs del reinado de Fernando VII en 1833 comienza la regencia de Mara Cristina y con ella la dcada liberal . Donde los liberales se dividen en moderador y progresistas. Estos, los progresistas lograron afianzar sus ideas y su poder, secularizando incluso la enseanza. En 1836 se aprueba el Plan General de Instruccin Pblica, reafirma el sistema dual de enseanza pblica y privada, as como la uniformidad y centralizacin del sector de la enseanza pblica. Este plan supuso un importante antecedente a la Ley Moyano de 1857.

    Finalizada la regencia de Mara Cristina en 1843 Isabel II cumpli mayora de edad, etapa que se denomina dcada moderada que dura hasta 1854. La ley clave de esta poca fue el Plan General de Estudios de Pidal, que reordenaba la libertad de los centros docentes en cuanto que permita que se pudieran imponer requisitos a la plantilla mnima de profesores y titulaciones adecuadas.

    Se establecieron ciertas limitaciones a la libertad de ctedra y se uniformizaba la enseanza universitaria en cuanto que se regulaba lo relativo a planes, mtodos y exmenes. Fue en este perodo cuando se establecieron las bases para la primera definicin del sistema educativo, que se realiza con la implantacin de la Ley Moyano en 1857.

    1.1.2. DE LA LEY MOYANO A LA PRIMERA REPBLICA (1857-1874).

    La Ley Moyano de 1875, fue fruto del consenso entre progresistas y moderados y signific la consolidacin definitiva del sistema educativo liberal y el comienzo de la estabilidad del desarrollo de la instruccin pblica.

    El sistema educativo se organizaba en los tres niveles de enseanza, y el objetivo fundamental de la enseanza primaria era lograr que los ciudadanos se condujeran de manera adecuada en la vida y sacaran plenitud de sus derechos. Era un nivel gratuito en las escuelas pblicas nicamente para los que no pudieran costersela. Como se trataba de un nivel obligatorio, se impona a los padres el deber de enviar a sus hijos a la escuela pblica a no ser que se les facilitase la instruccin en sus propias casas o en establecimientos particulares. La enseanza secundaria se concibi como un paso para la preparacin de los estudios generales y de aplicacin. Las caractersticas fundamentales de esta ley son: su concepcin centralista de la instruccin, el carcter eclctico en la solucin de las cuestiones ms problemticas; la consolidacin de una enseanza privada, bsicamente catlica, a nivel primario y secundario; y la incorporacin definitiva de los estudios tcnicos y profesionales a la enseanza postsecundaria. Pese a recibir fuertes crticas del liberalismo progresista y de la tradicin conservadora, la Ley Moyano se mantuvo en vigor hasta la promulgacin de la Ley General de

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    Educacin de 1970. Desde la Constitucin de 1812, se estaban prodigando muchos cambios significativos en la educacin, y tambin en el pas. Los progresistas defendieron, a partir de la Revolucin de 1868, con la que comienza

    el sexenio revolucionario, la libertad absoluta de enseanza y de ctedra, frente al monopolio

    estatal ideolgico desde el poder. Justificaron la libertad absoluta de enseanza, hasta el

    extremo de permitir la libertad de creacin de centros de enseanza universitaria, que

    despus y a pesar de las intenciones de su creacin, no pudieron financiar y tuvieron que

    suprimirlas. Tambin se intent acometer la reforma de la enseanza secundaria, y pasar a

    considerarla como la ampliacin de la instruccin primaria y el complemento necesario de los

    ciudadanos.

    Con la nueva Constitucin de 1869, se encuadraba de nuevo la concepcin de la

    educacin como una de las libertades pblicas reconocidas por el Estado constitucionalmente.

    Se proclamaba el derecho de todos los espaoles a emitir libremente sus ideas y opiniones, y

    se consagraba la libertad de enseanza, al reconocer el derecho a fundar y mantener

    establecimientos de instruccin sin previa licencia, salvo la inspeccin por razones de

    moralidad e higiene. La libertad de ctedra no se citaba en esta Constitucin, pero s apareca

    en la Constitucin Federal de la I Repblica espaola, en la que se proclamaba abiertamente el

    derecho a la difusin de las ideas por medio de la enseanza.

    1.1.3. LA EDUCACIN EN LA POCA DE LA RESTAURACIN (1874-1923).

    Tras los sucesos del sexenio revolucionario, los deseos de paz y orden de amplios

    sectores de la poblacin, facilitaron la llegada de la Restauracin. En 1876 se aprueba una

    nueva constitucin que restaura la monarqua constitucional y que supo conjugar principios de

    carcter ms progresista: el sufragio universal, la declaracin de los derechos del hombre y la

    tolerancia religiosa.

    El sistema de turnismo hizo de la educacin un espacio de lucha poltica por la libertad

    de enseanza, excluyendo as, la tolerancia religiosa y la libertad de ctedra, ms adelante se

    sucedern momentos en los que se proclama y defiende la libertad de enseanza y de

    conciencia.

    Se proclamaba la libertad de conciencia catlica y la tolerancia de cultos y el

    reconocimiento de la religin catlica como la religin propia del Estado. Para unos, la libertad

    de conciencia supona el derecho a ensear de acuerdo con las propias convicciones, y para

    otros la confesionalidad del Estado autorizaba a la Iglesia a velar para que en todos los centros

    pblicos y privados se impartiese la enseanza de acuerdo con el dogma catlico.

    La poltica de Cnovas se sustentaba en el turno de partidos, y como la educacin no

    era la preocupacin ms importante, las intervenciones se llevaban a cabo segn la posicin

    ideolgica del partido turnante. El partido conservador de Cnovas era ms afn a los intereses

    de la Iglesia, y el partido liberal de Sagasta defenda la libertad de ctedra, la escuela pblica y

    el deber del Estado de promover la educacin. La colaboracin de ambos dio lugar a la

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    creacin del Ministerio de Instruccin Pblica y los sueldos de los maestros fueron

    incorporados a los presupuestos del Estado.

    Las alternancias en el Gobierno continuaron siendo un impedimento para la adopcin

    de medidas adecuadas al desarrollo de la instruccin pblica, y la situacin de la sociedad con

    una mnima financiacin para la enseanza no permiti nuevos proyectos. El principal

    problema en educacin era el ideolgico en materia de enseanza de la religin, junto al que

    haba surgido una fuerte corriente, la ILE, que deseaba la limitacin del poder e influencia de la

    Iglesia en materia educativa y su sustitucin por una corriente de laicismo.

    Aportaban un nuevo modo de sentir la enseanza que se extendi por gran parte de

    Espaa, y la situ a la cabeza de la renovacin educativa de toda Europa. Inspirados por la

    Institucin Libre de Enseanza se crearon posteriormente otra serie de organismos que fueron

    imprescindibles en el florecimiento cultural y cientfico de Espaa. Alrededor de la ILE se

    asocian las figuras ms importantes de la cultura espaola de la poca, hasta que por causa de

    la guerra civil la mayora de sus miembros tuvieron que exiliarse.

    El 13 de octubre de 1923, el general Primo de Rivera encabez un golpe militar que

    puso fin a la Restauracin, y durante su mandato se llevaron a cabo reformas en el Bachiller y

    en la Universidad.

    1.1.4. LA SEGUNDA REPBLICA (1931-1936).

    Tras el triunfo de los partidos republicanos y socialistas en las elecciones municipales

    de 1931, se proclama la Segunda Repblica espaola y se abre una nueva etapa en el sistema

    educativo espaol. En 1931 se aprueba la Constitucin de la Repblica Espaola y se estableci

    el sistema de escuela unificada, enseanza primaria obligatoria y gratuita con carcter laico y

    descentralizacin en las regiones autnomas. Igualmente establece que los maestros,

    profesores y catedrticos de la enseanza sern funcionarios.

    El gobierno provisional de la Repblica acometi una profunda reforma educativa,

    guiado por su conviccin en los ideales de educacin. Destacan los cambios respecto al

    bilingismo en Catalua, permitiendo el uso de la lengua materna en la etapa escolar y en la

    primaria; la democratizacin de la enseanza, creando consejos escolares y centralizando la

    participacin en los mismos de profesores, inspectores y autoridades; la supresin de la

    enseanza de la religin y el fomento de la neutralidad religiosa en las escuelas pblicas; la

    reduccin del dficit de escuelas pblicas, poniendo en marcha un plan de construcciones

    escolares de cinco aos que supuso un hito en nuestra historia; y una poltica de incrementos

    salariales y la sustitucin de las clsicas oposiciones por cursillos flexibles de seleccin.

    En 1933 se celebraron las segundas elecciones a Cortes de la Repblica, dando la

    victoria a los partidos de la derecha, esto supuso que se revocaran muchos de los

    planteamientos educativos del anterior gobierno. Las terceras elecciones de la Repblica

    dieron la victoria al Frente Popular, y a pesar de sus promesas electorales, el alzamiento militar

    no permiti su puesta en prctica.

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    El 18 de julio de 1936 comienza la guerra civil espaola con el alzamiento militar del

    general Franco.

    1.1.5. LA DICTADURA DEL GENERAL FRANCO (1936-1975).

    Terminada la Guerra Civil, el franquismo tuvo como objetivo prioritario deshacer la obra educativa de la Segunda Repblica y los ideales progresistas del s.XIX. El clima de tolerancia poltica desde la Restauracin dio paso al de intolerancia y unilateralidad. El modelo escolar del franquismo sigui conservando las caractersticas de la Ley Moyano (1857). Recogida tambin en la Ley de Principios Fundamentales del Movimiento.

    En los primeros aos, la educacin slo interesa al Gobierno como vehculo transmisor de ideologa. As, proliferan decretos y rdenes ministeriales con una sola idea: la educacin debe ser catlica y patritica.

    El sistema escolar de se caracteriza porque se define una enseanza confesional catlica basada en tres: una educacin de acuerdo con la moral y dogma catlicos, enseanza obligatoria de la religin y derecho de la Iglesia a la inspeccin de los centros. Se observa igualmente una politizacin de la educacin por. En tercer lugar, se establece la subsidiariedad del

    Estado significa que el Estado se desentiende de la tarea educativa y la deja plenamente en manos de la Iglesia. Tambin es importante la separacin de sexos, debida a la prohibicin de la escolarizacin mixta. Y, por ltimo, se incrementan el elitismo y la discriminacin en la enseanza, manifestados en un sistema educativo de doble va: Bachillerato para las lites y otra va para las clases ms desfavorecidas.

    En este perodo se promulgan cuatro leyes importantes de enseanza. La Ley de Reforma de la Enseanza Media, 1938, pretende regular el nivel educativo de las elites del pas. En esa misma lnea, en 1943 la Ley que regula la Ordenacin de la Universidad. La tercera ley, afecta a la Enseanza Primaria, 1945, y la cuarta, la Ley de Formacin Profesional Industrial, de 1949.

    En la dcada de los 50 se observa una cierta apertura. Persisten la confesionalidad y el predominio de la Iglesia, pero remiten un poco el patriotismo y la preponderancia del adoctrinamiento poltico sobre lo tcnico-pedaggico.

    Tres leyes bsicas se promulgan en esta etapa. La Ley sobre Ordenacin de la Enseanza Media Ley de Ruiz Jimnez, 1953. Significa un nuevo enfoque de la educacin, menos dogmtico y ms atento a la calidad intelectual; adems, supone un primer paso hacia la generalizacin de la escolaridad hasta los 14 aos, aunque se mantiene la doble va. La segunda ley, decisiva para la escolarizacin real de la poblacin infantil, 1953 sobre Construcciones Escolares, donde se establece un sistema de convenio entre Estado y ayuntamientos y diputaciones para la construccin de escuelas.

    La remodelacin ministerial de 1957 fue al final de una historia de tensiones entre falangistas integristas catlicos que la estrategia de Franco equilibr introduciendo la nueva ciencia de la tecnocracia del Opus dei. Se intentaba dotar al pas de un cierto cambio necesario, no exento en principio, del propsito de racionalizar el sistema. Contribuy tambin a ello el informe del Banco Mundial, el inicio de la reactivacin econmica y el despegue industrial del pas, ayudado por la emigracin, el turismo y la inversin del capital extranjero.

    Todo esto y los cambios estructurales en el sector demogrfico hacan imprescindible la toma de medidas que favorecieran un cambio en el modelo de educacin.

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    A esta demanda exterior se uni tambin otra ndole personal: la promocin educativa como forma real de movilidad social, consecuencia del derecho fundamental de la persona en la educacin.

    Se adaptaron diversas soluciones para intentar solucionar en la medida de lo posible la fuerte demanda social de educacin. Se cre el Fondo Nacional para la Igualdad de Oportunidades (1960), se destin a Proteccin Escolar una parte sustantiva del Plan de Inversiones (1962) y para atender a los suburbios de las grandes ciudades y el medio rural se diversific una oferta de enseanza media con secciones delegadas, filiales y colegios libres adoptados.

    Por ltimo, la Ley de 20 de julio de 1957 sobre Enseanzas Tcnicas contribuye tambin, a la normalizacin del sistema, al incorporar a la Universidad las escuelas de ingenieros y arquitectos y abrirlas a un mayor nmero de alumnos.

    En los aos 60, la expansin econmica, el proceso de industrializacin, la explosin escolar a pesar de que incluan profundas reformas educativas, el alzamiento militar, que trajo consigo la guerra civil y el final de la Repblica, no permiti su puesta en prctica.

    Al final de la dcada de los 60, el sistema educativo espaol segua conservando el marco institucional de la Ley Moyano. Carente de una respuesta adecuada al mercado de trabajo, con deficiencias estructurales en el sistema de oportunidades y con claros residuos ideolgicos, reclamaba una forma general, como postulado de la sociedad urbana en que se estaba convirtiendo Espaa.

    J.L. Villar Palas, titular del Ministerio de Educacin y Ciencia, fue el responsable de la reforma educativa que se emprenda con el Libro Blanco de la Educacin, que pretenda una reforma de las estructuras educativas (MEC 1969).

    El Libro Blanco constaba de dos partes: la primera, bsicamente crtica de las deficiencias estructurales del sistema educativo, tales como la existencia de dos niveles en educacin primaria, la falta de integracin de las enseanzas profesionales con enseanza media, la rigidez de los planes de estudio La lista de objetivos para conseguir era amplia, se trataba de crear un sistema educativo que respondiera a los criterios de unidad, interrelacin y flexibilidad entre los distintos niveles de educacin: la insercin de la educacin prescolar, formacin profesional, educacin de adultos, y educacin especial en el sistema educativo, como niveles especficos.

    Sobre la base de este Libro Blanco, los ministros de Educacin y de Hacienda elaboraron un Proyecto de Ley en septiembre de 1969, que fue remitido a la Comisin de Educacin de las Cortes y tras un amplio debate, se aprob en julio de 1970. Los principios generales bsicos que lo informaban eran:

    - Un nico nivel de enseanza bsica de ocho aos (EGB), obligatorio y gratuito para todos los espaoles.

    - Sistema educativo no selectivo y permanente al que se incorporaban criterios de renovacin educativa como la presencia de tutores en los cursos para colaborar en la formacin de la persona.

    - Una cierta renovacin pedaggica con aplicacin de mtodos activos y un nuevo sistema de evaluaciones.

    - Un nico bachillerato que permita el acceso a la universidad tras la superacin de un curso de orientacin.

    - Aplicacin del principio de igualdad de oportunidades con la potenciacin de un cierto sistema de becas.

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    - Intercomunicacin entre los distintos niveles del sistema educativo, potenciando cierta apertura del sistema educativo con las posibles salidas entre ellos, por ejemplo, desde FP al bachillerato e incluso a la universidad.

    - Potenciacin de la formacin del profesorado, tanto la inicial transformando las antiguas escuelas normales en primer ciclo de la universidad e introduciendo el CAP para los licenciados que fueran a dedicarse a la enseanza, como la formacin permanente de los profesores a travs de los Institutos de Ciencias de la Educacin.

    - Modificacin de los estudios superiores con la potenciacin de los primeros ciclos o diplomaturas o de los estudios de doctorado.

    Esta ley, que fue concebida como un sistema razonable que pretenda tericamente potenciar la educacin espaola del atraso de tantos nios. Tena bastantes aciertos y tambin grandes vacos legales y pedaggicos e incluso no se planific su financiacin. La nueva dinmica poltica, sociocultural y laboral de la sociedad espaola hara que fuese muy pronto superada antes de poderse desarrollar en toda su extensin, incluso se destituy al ministro Villar Palas.

    La llegada del sistema democrtico y los numerosos cambios sociales y organizativos que lgicamente se dieron, obligaron a nuevos planteamientos legales y en definitiva, a un cambio ms definitivo en el sistema educativo.

    El 18 de julio de 1936 comienza la guerra civil con el alzamiento del general Franco. Durante la confrontacin, la vida social, cultural y poltica del pas vive conmocionada, por lo que habr que esperar hasta la victoria de los sublevados para reanudar la historia del sistema educativo espaol.

    1.1.6. LA LEY GENERAL DE EDUCACIN DE 1970.

    La Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educacin y Financiamiento de la Reforma

    Educativa (LGE), regula y estructura todo el sistema educativo espaol.

    Pretendi superar las contradicciones internas en las que haba cado el sistema por sucesivas reformas sectoriales, insuficientes para responder al cambio social y econmico de aquellos momentos.

    Suponan un reconocimiento del fracaso de la educacin autoritaria de los ltimos 30 aos. Desde una perspectiva global de educacin permanente, la LGE dise un sistema unitario y flexible.

    As, se estructura el sistema en cuatro niveles: Preescolar, Educacin General Bsica, Enseanzas Medias y Enseanza Universitaria. Un resumen de las caractersticas ms relevantes del sistema regulado por la LGE puede ser:

    a) Generalizacin de la educacin de los 6 a los 14 aos, integracin en un sistema nico, de todos los nios y nias, no discriminatorio,

    b) Preocupacin por la calidad de la enseanza.

    c) Fin del principio de subsidiariedad del Estado, funcin docente del Estado en la planificacin de la enseanza.

    d) Presencia notable de la enseanza privada en los niveles no universitarios.

    e) Un sistema educativo, poco selectivo en comparacin con otros pases.

    f) Preocupacin por establecer relaciones entre el sistema educativo y el mundo del trabajo.

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    g) Configuracin de un sistema educativo centralizado.

    1.1.7. LA TRANSICIN DEMOCRTICA Y LA REFORMA DEL SISTEMA EDUCATIVO.

    Franco muere en noviembre de 1975. Le sucede Juan Carlos I, rey de Espaa, quien nombra a Adolfo Surez presidente del gobierno en 1976. Inmediatamente se promulga una Ley de Reforma Poltica.

    Se convocan las primeras elecciones democrticas desde 1936, donde triunfa la Unin de Centro Democrtico, que gobernar seis aos. El Parlamento disea una constitucin democrtica, aprobada por referndum en 1978. El artculo 27 marc los principios generales de toda la legislacin actual educativa. Su formulacin dio pie, en 1980, a la Ley Orgnica por la que se regula el Estatuto de Centros Escolares (LOECE). Sin embargo, esta ley fue derogada pocos aos ms tarde.

    El ajuste de los principios democrticos y de participacin presente en la Constitucin hace que se vayan aprobando nuevas leyes educativas. Ser el Gobierno del PSOE llegado al poder, quien se encargue de dicha tarea.

    En sus aos de gobierno aprobaron las cuatro leyes orgnicas bsicas que, junto con la Constitucin, regulan el sistema educativo espaol. El Partido Popular gan las elecciones en 1996 y en 2000, desempeando desde entonces las tareas de Gobierno del Estado. En la actualidad siguen vigentes las leyes orgnicas antes sealadas.

    1.2 MARCO LEGILSATIVO GENERAL.

    El sistema educativo espaol, se regula por la Constitucin Espaola que fue aprobado por las Cortes Generales el 31 de Octubre de 1978, fue refrendada por el pueblo espaol el 6 de Diciembre de 1978, sancionada y promulgada por el Rey el 27 de Diciembre de 1978 y puesta en vigor el 29 de Diciembre de ese mismo ao.

    Con esta Constitucin el modelo de Estado es pluralista, no centralista, pero s unitario, dentro de una monarqua parlamentaria.

    La aprobacin de la Constitucin supuso el punto culminante de la transicin democrtica espaola. A partir de entonces se ha ido desarrollando los distintos principios del texto constitucional.

    Esta Constitucin recopil 169 artculos y tuvo tres caractersticas importantes:

    Es una Constitucin extensa. Con 169 artculos es la segunda en extensin de las que ha tenido Espaa a lo largo de su historia, slo superada por la de Cdiz que tena 384 artculos. Este rasgo implica el afn de los legisladores por determinar un amplio nmero de cuestiones en el propio texto constitucional.

    Es una Constitucin muy consensuada. Quienes elaboraron y discutieron sus artculos fueron conscientes de que todos deban ceder en sus pretensiones para lograr el mayor acuerdo posible.

    Es una constitucin muy ambigua en algunas cuestiones. Esto se debi a la necesidad de poner de acuerdo a sectores polticos e ideolgicos muy diversos. Esta buscada ambigedad hace posible diferentes interpretaciones y el desarrollo de polticas diferentes con el mismo.

    Pero aparte de estas caractersticas, la legislacin se concreta en una Reforma Universitarias, una regulacin del Derecho a la Educacin, una ordenacin general del sistema educativo, y una participacin, evaluacin y el gobierno de los centros docentes.

    Hasta ahora se han producido dos reformas del texto constitucional: el 27 de agosto de 1992 se modific el artculo 13.2, y el 27 de septiembre de 2011 se modific el art. 135. Esta

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    reforma entr en vigor ese mismo da, excepto el prrafo 2 que entrar en vigor en el ao 2020.

    Al ser aprobada la LOGSE, queda derogada la Ley General de Educacin de 1970. Sin embargo, an sigue vigente algunos artculos. Igualmente, siguen vigentes algunas enseanzas, dado que en la actualidad no se ha completado an el proceso de generalizacin de las enseanzas reguladas por la LOGSE.

    1.2.1 LEY ORGNICA REGULADORA DEL DERECHO A LA EDUCACIN (LODE) (1985).

    La LODE se aprueba en 1985 y desarrolla el artculo 27 de la Constitucin de 1978 a excepcin del apartado dcimo, que hace referencia a la autonoma universitaria. Los fines de esta ley eran tanto personal e intelectual como profesional. Su objetivo era garantizar para todos el derecho a la educacin, haciendo hincapi en la enseanza bsica, obligatoria y gratuita, sin ningn tipo de discriminacin.

    Esta ley persegua el pleno desarrollo de la personalidad del alumno; respeto a las libertades y derechos fundamentales de la persona; adquisicin de mbitos intelectuales y tcnicas de trabajo, as como conocimientos cientficos, humansticos y estticos; capacidad para el ejercicio de actividades profesionales; respeto a la pluralidad lingstica y cultural de Espaa; preparacin para participar activamente en la vida social y cultural, as como la formacin para la paz y la cooperacin.

    Desde esta ley se garantiza y desarrolla el derecho a la libertad de enseanza. Se aprueba la existencia de una doble red (red dual) de puestos escolares (pbicos y privados). Esta ley distingue entre centros cuyo titular es un poder pblico o centros pblicos, privados que funcionan en rgimen de mercado, y centros de titularidad privada sostenidos con fondos pblicos denominados centros concertados.

    El gobierno de los centros pblicos se organiza travs de la participacin democrtica de los rganos unipersonales (director, jefe de estudios, secretario) de los colegiados (Consejo Escolar y Claustro). El Consejo Escolar del centro es el mximo rgano pues en l estn representados todos los estamentos educativos: profesores, padres, alumnos y Ayuntamiento.

    Se regula tambin la participacin en la programacin general de la enseanza de todos los sectores implicados en el proceso educativo, quedando reconocida la libertad de asociacin, federacin, confederacin y participacin de los padres y de los propios alumnos. Critica la participacin "asamblearia" y concede ayudas compensatorias y orientacin.

    1.2.2 LEY ORGNICA DE ORDENACIN GENERAL DEL SISTEMA EDUCATIVO (LOGSE)

    (1990).

    La Ley Orgnica General del Sistema Educativo (LOGSE), de 3 de Octubre de 1990 fue una ley educativa espaola, promulgada por el gobierno socialista y sustituy a la Ley General de Educacin de 1970; fue considerada como el mayor proyecto de escuela inclusiva en la historia del Sistema Educativo Espaol. Ha sido derogada por la Ley Orgnica de Educacin (LOE), en el ao 2006.

    Es un sistema de enseanza comprensiva pero que poco a poco ser progresivamente diversificado, es una educacin obligatoria y gratuita desde los 6 hasta los 16 aos pudiendo estar hasta los 18 si todava no ha conseguido los objetivos propuesto a su edad. Esta ley tambin tiene un compromiso con la educacin infantil antes de pasar a la obligatoriedad antes dicha.

    Fue creada con la intencin de retrasar la separacin del alumnado en diferentes vas de enseanza y ofrecer las mismas oportunidades de formacin sin distincin de clases sociales. Aunque la existencia de una doble red de centros (pblicos y privados) limitaba su

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    carcter comprensivo, pues de una forma menos explcita marcaba una va de discriminacin segn la posicin social del alumnado.

    La LOGSE replantea los contenidos y metodologas arraigadas en el movimiento de la Escuela Activa y de Renovacin Pedaggica, entorno a los aos 70 y 80. Existe tambin un conflicto entre el profesorado de Secundaria y Bachillerato debido a que no hay recursos.

    Esta Ley mantiene el curriculum comn de conocimientos pero con diversificacin ms tarde (ESO y Bachiller). Y tambin podemos decir que incide ms en Primaria que en el resto porque la Educacin es ms integral.

    Dentro de lo que se denominaba el "Rgimen General" las enseanzas se conformaban en diferentes etapas:

    Educacin Infantil. Gratuita aunque no obligatoria. Comprenda las edades de entre 0 y 6 aos en dos ciclos educativos y con carcter tanto asistencial como educativo.

    Educacin Primaria Obligatoria. Para alumnado entre los 6 y los 12 aos, dividida en tres ciclos.

    Educacin Secundaria Obligatoria. Para alumnado de entre 12 y 16 aos, estructurada en dos ciclos ofreciendo como novedad la instauracin de la enseanza obligatoria hasta esa edad. A su trmino se obtena el ttulo de Graduado en ESO.

    Tras esta enseanza obligatoria el alumnado puede optar por ampliar sus estudios y cursar Bachillerato durante el periodo de dos aos para poder acceder a la Universidad mediante la prueba de acceso (PAU). Si por el contrario un alumno que se haya sacado el titulo de la ESO no quiere acceder a la universidad tambin puede optar por la Formacin Profesional Especfica. (FP)

    Una de las novedades de la ley fue: la incorporacin de enseanzas artsticas en el sistema general.

    La LOGSE contempl medidas de atencin individualizada y de refuerzo escolar, y consagr un nuevo modelo de Educacin Especial con el fin de solucionar todas las necesidades educativas especiales.

    Algunas de las medidas de atencin a la diversidad que contempl la LOGSE fueron: las adaptaciones metodolgicas y de materiales, los desdoblamientos de materia en dos grupos durante una sesin, actividades de refuerzo dentro y fuera del aula, los agrupamientos flexibles de alumnado en las reas instrumentales, el incremento de crditos variables, los crditos variables de refuerzo, la posibilidad de permanecer un ao ms en el ciclo, la introduccin de un segundo profesor en el aula y algunas medidas extraordinarias como las adaptaciones curriculares individualizadas y las Unidades de Adaptacin Curricular.

    1.2.3. LA LEY ORGNICA DE LA PARTICIPACIN, LA EVALUACIN Y EL GOBIERNO DE

    LOS CENTROS DOCENTES (LOPEG) DE 1995.

    La Ley Orgnica de la Participacin, la Evaluacin y el Gobierno de los Centros Docentes (LOPEG) ajusta los artculos de la LODE al sistema LOGSE y a la sociedad. Las lneas de actuacin sobre las que se centra esta ley son potenciar el derecho a la educacin, la autonoma y la participacin.

    En su primer ttulo aborda la participacin de la comunidad educativa en la organizacin y gobierno de los centros docentes y en la definicin de su proyecto educativo. Se regulan los rganos colegiados de gobierno, el Consejo Escolar y el Claustro de profesores. Se define la funcin directiva de los centros pblicos y de los miembros del equipo directivo.

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    La participacin en esta ley, se divide en:

    rganos unipersonales de gobierno, compuesto por el director, cuya funcin es favorecer las relaciones, ejecutar decisiones del Consejo Escolar y realizar los criterios para el presupuesto y para el PEC; el jefe de estudios, su funcin es la coordinacin acadmica y de los tutores, realizar los horarios e impulsar la participacin del alumnado; y el secretario, encargado de ordenar el rgimen administrativo del centro, realizar las actas de los rganos colegiados, elaborar el anteproyecto de presupuesto, la contabilidad y el mantenimiento material del Centro, entre otros.

    rganos colegiados de gobierno, compuesto por el Claustro y el Consejo Escolar, este a su vez se compona del equipo directivo; un porcentaje de profesores, alumnos y padres y madres, en funcin de los alumnos que hay en el centro; y un representante del personal de administracin y servicios.

    Otras lneas de actuacin son reforzar el Consejo Escolar, evaluar hacia la calidad e Inspeccin, el desarrollo profesional de los docentes y que haya pluralidad en las competencias autonmicas.

    Se dedica a la evaluacin un ttulo completo, siguiendo lo propuesto en la LOGSE de permanente adecuacin entre el sistema y la demanda social, valorndose aspectos como la evaluacin de los centros, de la funcin pblica docente, de la labor directiva y de la inspeccin, as como de la formacin del profesorado. Por ltimo se desarrollan las funciones, condiciones de acceso y ejercicio de la inspeccin educativa.

    Como disposiciones adicionales se establecen aspectos que las distintas Comunidades Autnomas han de desarrollar, entre otros las condiciones para garantizar la escolarizacin del alumnado con necesidades educativas especiales en centros pblicos, los criterios de admisin de alumnos en algunas enseanzas, convenios con centros de Formacin Profesional o de programas de Garanta Social, planes de formacin de profesorado, adecuacin de los conciertos educativos, etc.

    1.3. PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL SISTEMA EDUCATIVO.

    La Constitucin Espaola aprobada en 1978 por las Cortes propugna como valores superiores del ordenamiento jurdico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo poltico. En su ttulo I se recogen los derechos y deberes fundamentales. Se reconoce el derecho a la educacin como uno de los derechos esenciales que los poderes pblicos deben garantizar a todos los ciudadanos. El artculo 27 desarrolla otros principios bsicos, as aparece en la Constitucin:

    1. Todos tienen el derecho a la educacin. Se reconoce la libertad de enseanza.

    2. La educacin tendr por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democrticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.

    3. Los poderes pblicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formacin religiosa y moral que est de acuerdo con sus propias convicciones.

    4. La enseanza bsica es obligatoria y gratuita.

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    5. Los poderes pblicos garantizan el derecho de todos a la educacin, mediante una programacin general de la enseanza, con participacin efectiva de todos los sectores afectados y la creacin de centros docentes.

    6. Se reconoce a las personas fsicas y jurdicas la libertad de creacin de centros

    docentes, dentro del respeto a los principios constitucionales.

    7. Los profesores, los padres y, en su caso, los alumnos intervendrn en el control y gestin de os centros en los trminos que la ley establezca.

    8. Los poderes pblicos inspeccionarn y homologarn el sistema educativo para

    garantizar el cumplimiento de las leyes.

    9. Los poderes pblicos ayudarn a los centros docentes que renan los requisitos que la ley establezca.

    10. Se reconoce la autonoma de las Universidades, en los trminos que la ley

    establezca.. La Ley Orgnica reguladora del Derecho a la Educacin (LODE) garantiza una oferta

    gratuita en los niveles obligatorios e impide discriminaciones en el ejercicio de la libertad de enseanza. Adems enuncia en el artculo segundo los fines que ha de tener la actividad educativa, que son:

    a) El pleno desarrollo de la personalidad del alumno. b) La formacin en el respeto de los derechos y libertades fundamentales y en el

    ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro de los principios democrticos de convivencia.

    c) La adquisicin de hbitos intelectuales y tcnicas de trabajo, as como de conocimientos cientficos, tcnicos, humansticos, histricos y estticos.

    d) La capacitacin para el ejercicio de actividades profesionales. e) La formacin en el respeto de la pluralidad lingstica y cultural de Espaa. f) La preparacin para participar activamente en la vida social y cultural. g) La formacin para la paz, la cooperacin y la solidaridad entre los pueblos.

    La LODE detalla los derechos y libertades de los miembros de la comunidad educativa

    (profesores, padres y alumnos). A los docentes se les garantiza la libertad de ctedra. A los padres se les reconoce el derecho a que sus hijos tengan una educacin conforme a lo establecido en la Constitucin y en esta Ley, y a que reciban la formacin religiosa y moral que est de acuerdo con sus convicciones, as como a elegir un centro docente distinto de los creados por los poderes pblicos. Tambin se les garantiza la libertad de asociacin.

    Los alumnos tienen reconocido en la LODE el derecho a recibir una formacin que asegure el pleno desarrollo de su personalidad, a la valoracin objetiva de su rendimiento, al respeto de su libertad de conciencia y de convicciones, al respeto de su integridad y dignidad, a participar en el funcionamiento del centro, a recibir orientacin escolar y profesional y la ayuda precisa para compensar carencias de tipo familiar, econmico y sociocultural y a la proteccin social en caso de ser necesario, as como el derecho a asociarse.

    Tambin se determina como deber bsico de los alumnos el estudio y el respeto a las

    normas de convivencia del centro. A todos los miembros de la comunidad educativa se les reconoce el derecho de reunin en el centro docente.

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    Como principio de actuacin para toda la comunidad educativa, la LODE promueve la participacin de dicha comunidad en la programacin de la enseanza, en la organizacin y en el gobierno de los centros docentes. El principio de autonoma pedaggica organizativa y de gestin de los recursos de los centros educativos tambin rige la marcha de nuestro sistema.

    La Ley Orgnica de Ordenacin General del Sistema Educativo (LOGSE) reconoce en su artculo primero que el sistema educativo espaol est configurado con los principios y valores de la Constitucin y se asienta en el respeto a los derechos y libertades reconocidos en ella y en la LODE. Esta ley define los principios a los que debe atender la actividad educativa:

    a) La formacin personalizada, que propicie una educacin integral en conocimientos, destrezas y valores morales de los alumnos en todos los mbitos de la vida personal, familiar, social y profesional

    b) La participacin y colaboracin de los padres o tutores para contribuir a la mejor consecucin de los objetivos educativos.

    c) La efectiva igualdad de derechos entre los sexos, el rechazo a todo tipo de discriminacin y el respeto a todas las culturas.

    d) El desarrollo de las capacidades creativas y del espritu crtico. e) El fomento de los hbitos de comportamiento democrtico. f) La autonoma pedaggica de los centros dentro de los lmites establecidos por las

    leyes, as como la actividad investigadora de los profesores a partir de su prctica docente.

    g) La atencin psicopedaggica y la orientacin educativa y profesional. h) La metodologa activa que asegure la participacin del alumnado en los procesos

    de enseanza y aprendizaje. i) La evaluacin de los procesos de enseanza y aprendizaje, de los centros docentes

    y de los diversos elementos del sistema. j) La relacin con el entorno social, econmico y cultural. k) La formacin en el respeto y defensa del medio ambiente.

    La Constitucin garantiza otros derechos bsicos en educacin como la libertad de

    enseanza, la libertad ideolgica y religiosa y el derecho a la cultura. La Constitucin asegura a su vez la garanta de derechos internacionalmente reconocidos como los derechos humanos, los derechos de los nios y los de los disminuidos fsicos, sensoriales y psquicos.

    Adems del derecho a la educacin y de otros derechos bsicos desarrollados en la misma Constitucin, en la LODE y en la LOGSE, la Constitucin reconoce la descentralizacin de la administracin de la enseanza en el Estado de las Autonomas como un aspecto esencial. Excepto aquellas cuestiones que son de reserva competencial del Estado, las Comunidades Autnomas pueden asumir competencias en la ordenacin y administracin del sistema educativo en su mbito de gestin.

    1.4. LA LEY ORGNICA DE CALIDAD DE LA EDUCACIN (LOCE) DE 2002.

    La Ley Orgnica de Calidad de la Educacin (LOCE) de 2002, modificaba tanto la Ley Orgnica Reguladora del Derecho a la Educacin (LODE) de 1985, como la Ley Orgnica de Ordenacin General del Sistema Educativo (LOGSE) de 1990 y la Ley Orgnica de la Participacin, la Evaluacin y el Gobierno de los Centros Docentes (LOPEG) de 1995, propona una serie de medidas como cambios tecnolgicos. La LOCE elabor cinco ejes reformadores:

    Los profesores tenan que transmitir auto exigencia, valores del esfuerzo y disciplina

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    Prestar ms atencin a los resultados que a los procesos

    Oportunidades para todos con itinerarios flexibles

    Mayor prestigio del profesorado, y mayor formacin cientfica y pedaggica de los mismos

    Autonoma de los centros y profesionalizacin de la Direccin, se cre el Instituto Nacional de Evaluacin y Calidad del Sistema Educativo.

    El principal objetivo de la LOCE era lograr una educacin de calidad para todos, ya que el

    fracaso acadmico en Espaa era mayor que el europeo. La LOCE no fue aprobada por cuestiones polticas, siendo reemplazada por la LOE.

    1.5. LEY ORGNICA DE EDUCACIN (LOE), 3 DE MAYO DE 2006.

    Los objetivos de esta ley son:

    Comprender el actual sistema educativo espaol desde la LOE. Dominar la actual Legislacin educativa bsica. Analizar las leyes educativas actuales. Fomentar actitudes participantes y de comportamiento educativo. Sensibilizar ante el cambio e innovacin en los centros. Ser capaz de trabajar en grupo aportando ideas con inters. Demostrar rigor y creatividad en sus actividades.

    Dentro de esta ley, en la educacin primaria los principios pedaggicos son: Atencin a la diversidad, atencin individualizada, prevencin de dificultades de atencin, y aplicacin de refuerzos. A partir de la LOE se diferencian tres ciclos, se crean reas globales e integradoras y pretenden afianzar el desarrollo.

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    2. CONCLUSIN.

    En este trabajo abordaremos la evolucin de las instituciones espaolas, empezando por su origen, la Ilustracin, y acabando por la ley presente en nuestros das, la LOE.

    Para comprender el origen del sistema educativo espaol, nos remontaremos a la poca de la Ilustracin (S.XVIII), donde se tom conciencia de la importancia de la educacin para el progreso econmico y social del pas. En ese tiempo, las escuelas eran escasas, no haba maestros cualificados y los mtodos de enseanza eran rudimentarios basados en la doctrina cristiana, por ello, el analfabetismo era elevado. Pero los Ilustrados no consiguieron sus metas deseadas.

    Tendramos que esperar a la Constitucin de 1812, con el liberalismo en el poder, para ver generalizada la instruccin pblica elementa. As mismo, se le atribuy al Estado las competencias para dar educacin a sus ciudadanos. El poeta Quintana, en su Informe a las Cortes de Cdiz, propona aplicar los presupuestos pedaggicos de Condorcert y estructur el sistema educativo en tres niveles. Con este Informe se asientan las bases de nuestro sistema educativo contemporneo.

    La conocida como Ley Moyano, de 1857, quin aporto al sistema educativo, los valores del liberalismo moderno, y aunque el liberalismo progresista lo critic, se mantuvo vigente hasta la promulgacin de la ley general de educacin (1970). Su principal objetivo era conducir a los ciudadanos de manera adecuada en la vida y sacar plenitud en sus derechos. Esta ley establece, no slo una ordenacin general casi primigenia de todas las enseanzas del sistema educativo en Espaa, sino que constituye un marco normativo ms que centenario.

    En 1868 se promulg la ley de Institucin Primaria, la cual entregaba la enseanza primaria a la Iglesia. Tras esta ley, los progresistas defendieron la libertad absoluta de enseanza y ctedra. En la Constitucin de 1869, la educacin se considera una de las libertades pblicas, reconocida por el Estado constitucionalmente. La libertad de ctedra queda reconocida expresamente en la Constitucin Federal de la I Repblica Espaola.

    Durante la Restauracin, los partidos alternantes en el poder hicieron una sntesis de diferentes tendencias liberales y conservadoras, aceptando los principios bsicos comunes. El principal problema en la educacin durante este periodo era en realidad la ideologa en materia de enseanza de la religin. Al lado de esta realidad, haba surgido la Institucin Libre de Enseanza (ILLE), respaldada por profesores universitarios que fueron expulsados por defender la libertad de ctedra.

    Los problemas sobre la enseanza pblica seguirn hasta la II Repblica. La constitucin de 1931, estableci el sistema de escuela unificada, primaria, obligatoria y gratuita, de carcter laico descentralizada y prohibi la enseanza a las instituciones religiosas. Estas eran las bases del liberalismo espaol.

    El modelo educativo de la postguerra, empez a cambiar con el ministro aperturista Ruiz Jimnez (1951-1956). La remodelacin ministerial de 1957, fue el final de los conflictos entre los falangistas y otras fuerzas ms aperturistas, que Franco equilibr al introducir en el gobierno a los demcratas del Opus Dei. Se intentaba dotar al pas de un cambio necesario para el progreso y desarrollo econmico, industrial, social

    Al final de la dcada de los 60, el sistema educativo espaol sigui conservando la ley Moyano, hasta que los Ministros de Educacin y Haciendo, sobre la base del Libro Blanco, elaboraron un proyecto de ley que fe aprobada en 1970, era la ley general de educacin. Pero no se pudo poner en prctica, ya que naci desfasada en plena dictadura.

    La aprobacin de la Constitucin Espaola de 1978, supuso el punto culminante de la transicin democrtica espaola. A partir de entonces se ha ido desarrollando los distintos principios del texto constitucional. Con esta Constitucin el modelo de Estado es pluralista, no centralista, pero s unitario, dentro de una monarqua parlamentaria. Al ser aprobada la LOGSE, queda derogada la Ley General de Educacin de 1970. Sin embargo, an sigue vigente algunos artculos y enseanzas.

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    La ley orgnica reguladora del derecho a la educacin (LODE) se aprob en 1985 y desarrolla el artculo 27 de la Constitucin de 1978 a excepcin del apartado dcimo, que hace referencia a la autonoma universitaria. Los fines de esta ley eran tanto personal e intelectual como profesional. Su objetivo era garantizar para todos el derecho a la educacin, haciendo hincapi en la enseanza bsica, obligatoria y gratuita, sin ningn tipo de discriminacin.

    La Ley Orgnica General del Sistema Educativo (LOGSE), de 3 de Octubre de 1990 fue una ley educativa espaola, promulgada por el gobierno socialista y sustituy a la Ley General de Educacin de 1970; fue considerada como el mayor proyecto de escuela inclusiva en la historia del Sistema Educativo Espaol. Ha sido derogada por la Ley Orgnica de Educacin (LOE), en el ao 2006. Esta ley fue creada con la intencin de retrasar la separacin del alumnado en diferentes vas de enseanza y ofrecer las mismas oportunidades de formacin sin distincin de clases sociales. Aunque la existencia de una doble red de centros (pblicos y privados) limitaba su carcter comprensivo, pues de una forma menos explcita marcaba una va de discriminacin segn la posicin social del alumnado.

    La ley orgnica de la participacin, evaluacin y el gobierno de los centros docentes (LOPEG), se aprob en 1995, para ajustar la LODE al sistema LOGSE y a la sociedad. Esta ley potencia el derecho a la educacin, la autonoma y la participacin; refuerza el Consejo Escolar; desarrolla la profesionalidad de los docentes y la pluralidad.

    La ley orgnica de calidad de la educacin (LOCE), se aprob en el 2002, por la falta de consenso, los crecientes cambios tecnolgicos; las expectativas y exigencias de los ciudadanos; un fracaso econmico mayor que el europeo; un desarrollo del espritu emprendedor y una educacin educativa y social de inmigrantes. Tena dos objetivos complementarios: la equidad y calidad; y la cohesin social y desarrollo econmico.

    Por ltimo, la aprobacin de la ley orgnica educativa (LOE) en el 2006, presente an en nuestro sistema educativo. Esta ley se aprob con la intencin de cumplir varios objetivos: dominar la actual Legislacin educativa bsica; analizar las leyes educativas actuales; fomentar actitudes participativas y de compromiso educativo; sensibilizar ante el cambio e innovacin en los centros; ser capaz de trabajar en grupo aportando ideas con inters; demostrar rigor y creatividad en sus actividades.

    En estas dos pginas se muestra la evolucin paso a paso de las diferentes instituciones educativas espaolas, cuando se aprobaron, en qu contexto, sus objetivos y en algunos caso su derogacin. El paso de una ley a otra, en algunos casos a supuesto cambios enormes y en otros apenas detalles. Ha sido un buen avance la aprobacin de la LOE, pero pensamos que no es suficiente y que la educacin espaola puede ser mucho ms de lo que es y de lo que fue en su tiempo.

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    3. VALORACIN DE LA VISITA AL MUSEO PEDAGGICO.

    Durante nuestra visita al museo pedaggico hemos aprendido numerosos contenidos relacionados con la primera parte de la asignatura de Escuela como espacio educativo, en ella hemos visto la evolucin de la Educacin en Espaa desde principios del siglo XX hasta la actualidad. Durante el recorrido que hicimos pudimos observar el tipo de aulas que haba en esas pocas con la explicacin del experto que nos gui a lo largo de la primera parte de la visita.

    Estas aulas estaban ambientadas en tres pocas:

    Principios del siglo XX: La enseanza primaria abarcaba a los nios entre los 9 y los 12 aos de edad, los castigos estaban a la orden del da y algunos incluso podan llegar a ser humillantes y crueles para los alumnos. A principios del siglo XX, todos los das del curso escolar eran lectivos tanto maanas como tardes incluidos los domingos, los alumnos deban permanecer quietos en sus pupitres atentos al maestro y obedecindolo en todo momento. Durante el transcurso de las clases, el maestro expona los contenidos de la asignatura y al final los alumnos podan participar y hacer preguntas, todo bajo unas reglas estrictas de conducta.

    Durante los cambios en la Segunda Repblica. Los alumnos se adaptaron a los modelos de la Escuela Nueva de Ferrer y de la Escuela Activa asumidos por el gobierno, en ellos se estableca nuevos mtodos como los de salir a dar clase fuera del aula.

    Durante la Dictadura de Franco. Un contingente muy numeroso de intelectuales, profesores, artistas, maestros en estos aos se vieron obligados a abandonar Espaa. En esta poca pretendan introducir nuevos valores morales. El principal objetivo de la poltica educativa de los primeros aos del franquismo fue el desmantelamiento de todo lo que recordase la Repblica. En las aulas durante esta poca haba numerosos smbolos de nacionalismo e ideologa fascista.

    En la segunda parte de la visita, nos mostraron materiales y utensilios relacionados con los alumnos y las clases.

    Esta excursin en grupos nos ha parecido muy interesante, hemos reforzado conceptos ya dados con el profesor durante la primera parte de la asignatura y conceptos nuevos, los cuales nos pueden servir mucho en un futuro.