Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote...

94
Municipal Gaceta Año 3 / No. 66 / 3 de septiembre de 2018 Órgano oficial

Transcript of Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote...

Page 1: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

MunicipalGaceta

Año 3 / No. 66 / 3 de septiembre de 2018 Órgano oficial

Page 2: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen
Page 3: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

Presentación

El Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Naucalpan

de Juárez, México, 2016-2018, en cumplimiento a lo dispuesto por los

artículos 124 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano

de México; 31 fracciones I y XXXVI y 48 fracción III de la Ley Orgánica

Municipal del Estado de México, ha tenido a bien publicar la

Gaceta Municipal, Órgano Oficial informativo de la Administración

Pública, que da cuenta de las disposiciones jurídicas y acuerdos

tomados por el H. Ayuntamiento, así como de los reglamentos,

circulares y demás disposiciones administrativas de observancia

general dentro del territorio municipal.

Mtro. Víctor Hugo Gálvez Astorga

Presidente Municipal de Naucalpan

de Juárez, México.

Page 4: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

Mtro. Víctor Hugo Gálvez Astorga Presidente Municipal de Naucalpan

de Juárez, México.

C. María Elena Pérez de Tejada Romero,

Primera Síndico

C. José Luis Gutiérrez Aire,

Segundo Síndico

C. Luisa Elena Gómez Monge,

Tercera Síndico

C. Martha Patricia Calva Camacho

Primera Regidora

C. Bertha Islas Olvera

Novena Regidora

C. Guillermo Rafael Jiménez Zamudio

Segundo Regidor

C. Marisol Cervantes Salvatori

Décima Regidora

C. Claudia Del Rosario Aranda Muela

Tercera Regidora

C. Ignacio Santiago Cruz

Undécimo Regidor

C. Carlos Alberto Trujillo Anell

Cuarto Regidor

C. Pilar Guerrero Rubio

Duodécima Regidora

C. Silvia Ramírez Guzmán

Quinta Regidora

C. Darío Rojas Macías

Decimotercer Regidor

C. Luis Hernández Trejo

Sexto Regidor

C. Gabriela Flores Gutiérrez

Decimocuarta Regidora

C. Alejandra Cuevas Núñez

Séptima Regidora

C. Ranulfo Baraquiel Ruíz García

Decimoquinto Regidor

C. Pablo Rodríguez Becerril

Octavo Regidor

C. Marisol Mayén Mayén

Decimosexta Regidora

Page 5: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

C o n t e n i d o

Página

1. Acuerdos de Cabildo 2016-2018.

2

2. Edictos respecto de los expedientes:

CI/AS/001/2018 y CI/AS/002/2018, emitidos por el

Mtro. Raúl Francisco Ramos Lechuga, Contralor

Interno en Funciones de Autoridad

Substanciadora y Resolutora del Sistema

Municipal para el Desarrollo Integral de la

Familia de Naucalpan de Juárez, del Estado de

México, (D.I.F.).

86

Page 6: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

1

Sumario de Acuerdos de Cabildo del mes de agosto de 2018.

Número Sesión Punto Síntesis Aprobación Página

I

Centésimo Sexta

Sesión Ordinaria de

Cabildo, Resolutiva

Centésimo

Cuadragésimo Octava

(30/Agosto/2018)

5

Acuerdo No. 445. Acuerdo Económico por el que se otorga el uso, aprovechamiento y administración de doce instalaciones deportivas propiedad municipal al “Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Naucalpan de Juárez, México, (IMCUFIDEN).

Unanimidad

2

6

Acuerdo No. 446. Acuerdo Económico por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones al Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Naucalpan de Juárez, México, (Libro Cuarto y Décimo Quinto).

Unanimidad

12

7

Acuerdo No. 447. Acuerdo

Económico por el que se

solicita la comparecencia del

Tesorero y del Director General

de Obras Públicas, ante las

Comisiones Edilicias Unidas de

Obras Públicas, Hacienda y

Contraloría del Municipio de

Naucalpan de Juárez, México

Unanimidad

81

Page 7: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

2

1.- Acuerdos de Cabildo 2016-2018

I. Centésimo Sexta Sesión Ordinaria de Cabildo, Resolutiva Centésimo

Cuadragésimo Octava (30/Agosto/2018)

Mtro. Víctor Hugo Gálvez Astorga Presidente Municipal de Naucalpan

de Juárez, México.

A su población hace saber:

Acuerdo Número 445.

El Honorable Ayuntamiento Constitucional de Naucalpan de Juárez, México, por Acuerdo de

Cabildo de fecha treinta de agosto de dos mil dieciocho, con fundamento en lo dispuesto por los

artículos 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 112, 113,

116 y 122 párrafo primero de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 2,

27, 31 fracciones I, XVI y XXXIX y 125 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de

México; 1, 2 fracción III, 5 fracción VIII, 11 fracciones I y II, 12, 13 fracción I, 14 fracción II, 17, 18

fracción V, 48 fracciones V y VI, 53 y demás relativos y aplicables de la Ley de Bienes del Estado

de México y de sus Municipios; 1, 6 fracción I, 7 fracción I, 52, 53 y 54 del Reglamento de Bienes

Municipales de Naucalpan de Juárez, México; 5, 23 y 24 del Reglamento Interior de las

Comisiones Edilicias del Ayuntamiento de Naucalpan de Juárez, México; 47 fracción IX del

Reglamento de Cabildo del Honorable Ayuntamiento de Naucalpan de Juárez, México; y 153 del

Bando Municipal vigente; expide el “Acuerdo Económico por el que se otorga el uso,

aprovechamiento y administración de doce instalaciones deportivas propiedad municipal

al “Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Naucalpan de Juárez, México,

(IMCUFIDEN)”; en los términos siguientes:

Acuerdo Económico

Primero.- Se otorga el uso, aprovechamiento y administración de las siguientes doce

instalaciones deportivas propiedad municipal al Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de

Naucalpan de Juárez, México, (IMCUFIDEN); de conformidad con los dictámenes elaborados por

la Subdirección de Patrimonio, mismos que forman parte del apéndice del presente Acuerdo.

Page 8: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

3

ID

Cédula en el

Inventario General

de Bienes

Inmuebles

Nombre Ubicación Escritura Pública

1.

31

Deportivo San

Agustín

Calle Prolongación

Morelos S/N, Lote

S/N, Manzana S/N

Col. Lomas de San

Agustín

Escritura Pública Número

ciento cuarenta y ocho mil

novecientos veintiuno,

Volumen dos mil ciento

ochenta y nueve, de fecha

8 de agosto de 2002.

2.

569

Deportivo Plaza

Cívica

Avenida San Mateo

Nopala S/N, Lote

S/N, Manzana S/N

(Fracción A) Plaza

Cívica, Pueblo de

San Mateo Nopala

Escritura Pública Número

mil doscientos noventa y

tres, Volumen LXXIII

Setenta y tres especial, de

fecha 24 de agosto de

1993.

3.

063

Deportivo Mártires

del Río Blanco

Av. de las Granjas

#5, Lote S/N

Manzana 344, Col.

Mártires del Río

Blanco

Escritura Pública Número

doce mil ciento sesenta y

cuatro, Volumen

doscientos treinta y cuatro,

de fecha 4 de julio de

1985.

4.

018

Deportivo

La Modelo

Calle “F” S/N

Col. Cervecera

Modelo

Escritura Pública Número

veinte mil ciento

veinticinco, de fecha 19 de

abril de 1994.

5.

061

Deportivo

La Mancha III

Calle Dieciséis #2

Lote Único, Manzana

34, Col. La Mancha III

Escritura Pública Número

quinientos ochenta y uno,

Volumen especial quince,

de fecha 16 de diciembre

de 1997.

6.

094

Deportivo

El Polvorín

Calle Cerrada

Hidalgo #15 Lote

Único, Manzana B.

Col. Olímpica Radio

Escritura Pública Número

quince, Volumen 1

Especial, de fecha 3 de

diciembre de 1984.

7.

007

Deportivo 21 de

Marzo (Benito

Juárez)

Calle Sierra Madre

del Norte #46, Lote

Único, Manzana 198-

Escritura Pública Número

quinientos noventa y cinco,

Volumen Especial

Page 9: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

4

ID

Cédula en el

Inventario General

de Bienes

Inmuebles

Nombre Ubicación Escritura Pública

A. Col. Ampliación

Benito Juárez.

dieciséis, de fecha 16 de

diciembre de 1997.

8.

208

Deportivo Parque

Los Álamos

Calle los Álamos S/N.

Fraccionamiento los

Álamos

Escritura Pública Número

Sesenta, Volumen II, de

fecha 3 de septiembre de

1981.

9.

124

Deportivo

Boulevares

Boulevard San Mateo

Número 1, Lote S/N,

Manzana S/N,

Fraccionamiento

Boulevares

Escritura Pública Número

treinta y nueve mil seis, de

fecha 06 de julio de 1972.

10.

144

Frontones

Municipales

Avenida Juárez,

No.39,

Fraccionamiento El

Mirador

Escritura Pública Número

ocho mil doscientos

diecinueve, Volumen

doscientos uno, de fecha 4

de noviembre de 2008.

11.

791

Deportivo San

Antonio

Zomeyucan

Calle Nopoltzín S/N,

Lote S/N, Manzana

S/N.

Pueblo de San

Antonio Zomeyucan

Contrato de Compra

Venta, Volumen

veintinueve Especial,

instrumento Número

setecientos cuatro

especial, de fecha 27 de

enero de 2003.

12.

683

Deportivo La

Curva

Avenida Minas

Palacio S/N, Lote

S/N, Manzana S/N,

Col. Tabiquera VIII.

Escritura Pública Número

trece mil diez, volumen

especial ciento veintidós.

De fecha 11 de Diciembre

de 1995.

Segundo.- El otorgamiento del uso, aprovechamiento y administración será única y

exclusivamente de las áreas que ocupen las instalaciones deportivas.

Page 10: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

5

Tercero.- Se instruye al Secretario del Ayuntamiento, a efecto de que en términos de lo ordenado por el artículo 91 fracción X in fine de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, proceda a certificar el Acuerdo que nos ocupa. Cuarto.- Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento, a efecto de que notifique a la Dirección General Jurídica, Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Naucalpan de Juárez, México, Subdirección de Patrimonio Municipal y demás interesados el contenido del que se acuerda, para los efectos legales y administrativos correspondientes.

Transitorios

Primero.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación y hasta la culminación del ejercicio de la presente Administración Municipal. Segundo.- Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial “Gaceta Municipal” del H. Ayuntamiento de Naucalpan de Juárez, México.

El C. Presidente Municipal Constitucional hará que se publique, difunda y se cumpla. Dado en el Salón del Pueblo del Palacio Municipal, Recinto Oficial de las Sesiones de Cabildo en Naucalpan de Juárez, México, a los treinta días del mes de agosto de dos mil dieciocho, Aprobándose por Unanimidad en la Centésimo Sexta Sesión Ordinaria de Cabildo, Resolutiva Centésimo Cuadragésimo Octava.

Mtro. Víctor Hugo Gálvez Astorga Presidente Municipal de Naucalpan

de Juárez, México. (Rúbrica)

Mtro. Carlos Cuauhtémoc Velázquez Amador Secretario del Ayuntamiento

(Rúbrica) En términos del artículo 91 fracción V de la

Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

Page 11: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

6

Integrantes del Honorable Ayuntamiento Constitucional de Naucalpan de Juárez, México.

La Comisión Edilicia de Patrimonio, a través de su Presidenta la Mtra. Luisa Elena Gómez Monge, Tercera Síndico Municipal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 112, 113, 116, 122 párrafo primero de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 2, 27, 31 fracciones I, XVI y XXXIX y 125 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 1, 2 fracción III, 5 fracción VIII, 11 fracciones I y II, 12, 13 fracción I, 14 fracción II, 17, 18 fracción V, 48 fracciones V y VI, 53 y demás relativos y aplicables de la Ley de Bienes del Estado de México y de sus Municipios; 1, 6 fracción I, 7 fracción I, 52, 53 y 54 del Reglamento de Bienes Municipales de Naucalpan de Juárez, México; 5, 23 y 24 del Reglamento Interior de las Comisiones Edilicias del Ayuntamiento de Naucalpan de Juárez, México; 47 fracción IX del Reglamento de Cabildo del Honorable Ayuntamiento de Naucalpan de Juárez, México; y 153 del Bando Municipal vigente; somete a consideración y en su caso aprobación de los miembros del Cabildo, el “Proyecto de Resolución por el que se otorga el uso, aprovechamiento y administración de doce instalaciones deportivas propiedad municipal al ‘Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Naucalpan de Juárez, México, (IMCUFIDEN)”. Propuesta que se fundamenta en las Consideraciones de Hecho y Derecho siguientes:

Consideraciones de Hecho

Primera.- Que dentro de los bienes inmuebles que integran el patrimonio del Municipio de Naucalpan de Juárez, México, se encuentran los siguientes inmuebles propiedad municipal:

ID

Cédula en el

Inventario General

de Bienes

Inmuebles

Nombre Ubicación Escritura Pública

1.

31 Deportivo San

Agustín

Calle Prolongación

Morelos S/N, Lote S/N,

Manzana S/N

Col. Lomas de San

Agustín

Escritura Pública Número

ciento cuarenta y ocho mil

novecientos veintiuno,

Volumen dos mil ciento

ochenta y nueve, de fecha

8 de agosto de 2002.

2.

569

Deportivo Plaza

Cívica

Avenida San Mateo Nopala S/N, Lote S/N,

Manzana S/N (Fracción A) Plaza Cívica, Pueblo de San Mateo Nopala

Escritura Pública Número mil doscientos noventa y tres, Volumen LXXIII Setenta y tres especial, de fecha 24 de agosto de 1993.

Page 12: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

7

ID

Cédula en el

Inventario General

de Bienes

Inmuebles

Nombre Ubicación Escritura Pública

3.

063

Deportivo

Mártires del Río

Blanco

Av. de las Granjas #5,

Lote S/N Manzana 344,

Col. Mártires del Río

Blanco

Escritura Pública Número

doce mil ciento sesenta y

cuatro, Volumen

doscientos treinta y cuatro,

de fecha 4 de julio de

1985.

4.

018

Deportivo

La Modelo

Calle “F” S/N

Col. Cervecera Modelo

Escritura Pública Número

veinte mil ciento

veinticinco, de fecha 19 de

abril de 1994.

5.

061

Deportivo

La Mancha III

Calle Dieciséis #2 Lote

Único, Manzana 34,

Col. La Mancha III

Escritura Pública Número

quinientos ochenta y uno,

Volumen especial quince,

de fecha 16 de diciembre

de 1997.

6.

094

Deportivo

El Polvorín

Calle Cerrada Hidalgo

#15 Lote Único,

Manzana B.

Col. Olímpica Radio

Escritura Pública Número

quince, Volumen 1

Especial, de fecha 3 de

diciembre de 1984.

7.

007

Deportivo 21 de

Marzo (Benito

Juárez)

Calle Sierra Madre del

Norte #46, Lote Único,

Manzana 198-A. Col.

Ampliación Benito

Juárez.

Escritura Pública Número

quinientos noventa y cinco,

Volumen Especial

dieciséis, de fecha 16 de

diciembre de 1997.

8.

208

Deportivo

Parque

Los Álamos

Calle los Álamos S/N.

Fraccionamiento los

Álamos

Escritura Pública Número

Sesenta, Volumen II, de

fecha 3 de septiembre de

1981.

9.

124

Deportivo

Boulevares

Boulevard San Mateo Número 1, Lote S/N,

Manzana S/N,

Fraccionamiento Boulevares

Escritura Pública Número

treinta y nueve mil seis, de

fecha 06 de julio de 1972.

Page 13: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

8

ID

Cédula en el

Inventario General

de Bienes

Inmuebles

Nombre Ubicación Escritura Pública

10.

144

Frontones

Municipales

Avenida Juárez, No.39,

Fraccionamiento El

Mirador

Escritura Pública Número

ocho mil doscientos

diecinueve, Volumen

doscientos uno, de fecha 4

de noviembre de 2008.

11.

791

Deportivo San

Antonio

Zomeyucan

Calle Nopoltzín S/N,

Lote S/N, Manzana

S/N.

Pueblo de San Antonio

Zomeyucan

Contrato de Compra

Venta, Volumen

veintinueve Especial,

instrumento Número

setecientos cuatro

especial, de fecha 27 de

enero de 2003.

12.

683

Deportivo La

Curva

Avenida Minas Palacio

S/N, Lote S/N,

Manzana S/N,

Col. Tabiquera VIII.

Escritura Pública Número

trece mil diez, volumen

especial ciento veintidós.

De fecha 11 de Diciembre

de 1995.

13.

Vía Pública

Deportivo

Barranca de

Zacatecas

Calle Barranca

Zacatecas S/N,

Col. Mártires de Río

Blanco.

Dichos inmuebles, dada su naturaleza, se consideran dentro del grupo de bienes inmuebles que integran el dominio público del Municipio y por sus características es propicio para destinarse a la prestación del servicio público de parques, jardines y áreas recreativas, previsto en la fracción VII del artículo 125 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México. Segunda.- Que con fecha 9 de mayo de 2018, el Titular del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Naucalpan de Juárez, México, solicitó se asignarán los inmuebles antes descritos a dicho Instituto como área usuaria quedando destinados como deportivos. Tercera.- Que dentro de las unidades administrativas que integran a la Administración Pública Descentralizada del Municipio, se encuentra el denominado “Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Naucalpan de Juárez, México” (IMCUFIDEN), el cual tiene por objeto, entre otros, establecer, conducir y ejecutar la política municipal en materia de cultura física y deporte en los

Page 14: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

9

términos de las disposiciones aplicables, por las características propias de los referidos inmuebles, así como la naturaleza de sus instalaciones, se sugiere que los mismos queden bajo la custodia del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Naucalpan de Juárez, México a través de su Titular. Cuarta.- Que con fecha 11 de enero de 2018, en la Octogésimo Séptima Sesión Ordinaria de Cabildo, Resolutiva Centésimo Duodécima, fueron aprobados los Acuerdos Económicos “Acuerdo Económico por el que se otorga el uso, aprovechamiento y administración del inmueble denominado “Deportivo El Tepetatal” al Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Naucalpan de Juárez, México, (IMCUFIDEN)” y “Acuerdo Económico por el que se otorga el uso, aprovechamiento y administración del inmueble denominado “Deportivo Santa Cruz Acatlán” al Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Naucalpan de Juárez, México, (IMCUFIDEN). Quinta.- Mediante oficio SHA/SUB-A/DEI/SNC/DAP/CE/056/2018 de fecha 13 de Agosto del 2018, el Mtro. Carlos Cuauhtémoc Velázquez Amador, Secretario del H. Ayuntamiento, turnó a la Mtra. Luisa Elena Gómez Monge, Tercera Síndico Municipal y Presidenta de la Comisión Edilicia de Patrimonio, 13 expedientes que incluyen dictámenes, actas circunstanciadas y soportes documentales de los deportivos que se pretenden sean otorgados en uso al Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte”. Sexta.- Del estudio y análisis llevado a cabo por la Comisión Edilicia de Patrimonio en su Décima Séptima Reunión de Trabajo, celebrada el 24 de Agosto del 2018, tomando como base los dictámenes elaborados por la Subdirección de Patrimonio Municipal y con el propósito de eficientar el uso de los recursos públicos municipales y destinarlos al cometido de los fines propios del Municipio en beneficio de la sociedad naucalpense, por lo tanto, es procedente autorizar el Proyecto de Resolución y Acuerdo Económico respectivo. Séptima.- Referente al inmueble ubicado en Calle Barranca Zacatecas S/N, Col. Mártires de Río Blanco, denominado como “Deportivo Barranca de Zacatecas”, se identificó que está clasificado como vía pública, razón por la que requiere de un procedimiento previo para poder incorporarse y afectarse al patrimonio municipal, para que pueda otorgarse en uso, aprovechamiento y administración. Octava.- Derivado de lo anterior, tomando como base las Consideraciones de Hecho antes vertidas, resulta necesario otorgar el uso, aprovechamiento y administración de 12 instalaciones deportivas propiedad municipal al Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Naucalpan de Juárez, México.

Consideraciones de Derecho

Primera.- El artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la ley; la fracción IV del referido precepto Constitucional señala que los

Page 15: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

10

municipios administrarán libremente su hacienda; en ese mismo sentido se pronuncia la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México en su artículo 125. Segunda.- Asimismo, el artículo 116 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, señala que los ayuntamientos serán asamblea deliberante y tendrán autoridad y competencia propias en los asuntos que se sometan a su decisión; en este sentido, el artículo 122 párrafo primero del ordenamiento antes invocado prevé que los ayuntamientos de los municipios tienen las atribuciones que establece la Constitución Federal, la Constitución Local y demás disposiciones legales aplicables. Tercera.- Los ayuntamientos como órganos deliberantes, deberán resolver colegiadamente los asuntos de su competencia, en términos de lo dispuesto por los artículos 27 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México y 34 del Bando Municipal vigente. Cuarta.- Dentro del ámbito de sus atribuciones, el Ayuntamiento expedirá el Bando Municipal, reglamentos, resoluciones gubernativas, circulares, acuerdos económicos y demás disposiciones administrativas que regulen el régimen de las diversas esferas de competencia municipal, atento a lo dispuesto por el artículo 153 del Bando Municipal vigente. Quinta.- Específicamente la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, en su artículo 31 fracción XVI, establece que es atribución de los Ayuntamientos acordar el destino o uso de los bienes inmuebles municipales. Sexta.- De igual forma, la Ley de Bienes del Estado de México y de sus Municipios, señala en su artículo 5 fracción VIII, que le corresponde a los Ayuntamientos autorizar el cambio de uso o destino de los bienes de dominio público, así como la sustitución de los usuarios cuando así convenga a las necesidades de la administración municipal.

Resolutivo

Único.- Por tanto, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 66 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México y 153 del Bando Municipal vigente y en ejercicio de las atribuciones que le confiere a los artículos 4, 23 y 24 del Reglamento Interior de las Comisiones Edilicias del Ayuntamiento de Naucalpan de Juárez, México; esta Comisión Edilicia de Patrimonio, es competente para emitir un Proyecto de Resolución y someterlo a consideración del H. Cabildo.

Por lo anterior expuesto y fundado la Comisión Edilicia de Patrimonio a través de su

Presidenta, la Mtra. Luisa Elena Gómez Monge, Tercera Síndico del H. Ayuntamiento

Constitucional de Naucalpan de Juárez, México, somete a consideración del H. Cabildo, el

Proyecto de Acuerdo Económico que se acompaña en el presente documento.

Page 16: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

11

Comisión Edilicia de Patrimonio

Presidenta C. Luisa Elena Gómez Monge

Tercera Síndico (Rúbrica)

Secretario C. José Luis Gutiérrez Aire

Segundo Síndico (Rúbrica)

Vocal 1 Marisol Mayén Mayén Decimosexta Regidor

(Rúbrica)

Vocal 2 C. Guillermo Rafael Jiménez Zamudio

Segundo Regidor

Vocal 3 C. Pablo Rodríguez Becerril

Octavo Regidor

Esta hoja forma parte del Proyecto de Resolución del Acuerdo Económico del H. Ayuntamiento de Naucalpan de Juárez, México, por el que se otorga el uso, aprovechamiento y administración de trece instalaciones Deportivas propiedad Municipal al “Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Naucalpan de Juárez, México, (IMCUFIDEN), durante la Décima Séptima Reunión de trabajo de la Comisión Edilicia de Patrimonio, celebrada el 24 de agosto del 2018, en La Sala de Juntas del “C4”.

Page 17: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

12

Mtro. Víctor Hugo Gálvez Astorga Presidente Municipal de Naucalpan

de Juárez, México.

A su población hace saber:

Acuerdo Número 446.

El Honorable Ayuntamiento Constitucional de Naucalpan de Juárez, México, por Acuerdo de Cabildo de fecha treinta de agosto del dos mil dieciocho, con fundamento en lo dispuesto por los artículos, 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 112, 113, 116, 122 párrafo primero, 123 y 124 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 2, 3, 27, 30 Bis, 31 fracciones I, XXXIX y XLVI, 55 fracción V, 66, 164 y 165 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 33, 35 y 153 del Bando Municipal vigente; 4, 47 fracción IX del Reglamento de Cabildo del Honorable Ayuntamiento de Naucalpan de Juárez, México; expide el “Acuerdo Económico por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones al Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Naucalpan de Juárez, México” (Libro Cuarto y Décimo Quinto); en los siguientes términos:

Acuerdo Económico

Primero.- Se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones al Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Naucalpan de Juárez, México, (Libro Cuarto y Décimo Quinto), a continuación se describen las reformas y adiciones.

Adiciones a fracciones de los

artículos

Reformas a los

artículos

Derogaciones a fracciones de los

artículos

15.3 fracciones:

XII

XIII

XIV

XV

XVI

XVII (recorriéndose las fracciones

subsecuentes)

15.4 fracción VI.

4.42

15.2

4.4 fracciones:

XXXIX

XL

XLI

XLII

XLIII

XLIV

4.30 fracción V

Page 18: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

13

Se adicionan artículos

completos pertenecientes a la

Subdirección de Normatividad

Comercial.

15.22

15.23

15.24

15.25

15.26

15.27

15.28

15.29

15.30

15.31

15.32

15.33

15.34

Se derogan artículos completos de

la Sección Quinta (Subdirección de

Normatividad Comercial) del

capítulo VI del Libro Cuarto

(Tesorería)

4.43

4.44

4.45

4.46

4.47

4.48

4.49

4.50

4.51

4.52

4.53

4.54

4.55

Para quedar en los términos del documento que se anexa al cuerpo del presente Acuerdo. Segundo.- Se instruye al Secretario del Ayuntamiento, a efecto de que en términos de lo ordenado por el artículo 91 fracción X in fine de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, proceda a certificar el Acuerdo que nos ocupa. Tercero.- Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento, para que haga del conocimiento de la Subdirección de Normatividad y Convenios, Dependencias, Unidades Administrativas correspondientes y demás interesados, el contenido del presente Acuerdo económico. Cuarto.- Descárguese el presente asunto de la lista de asuntos pendientes de la Comisión Edilicia de Revisión y Actualización de la Reglamentación Municipal.

Transitorios

Primero.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación. Segundo.- Dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del presente Acuerdo, las dependencias encargadas de la Unidad Administrativa de Normatividad Comercial, deberán

Page 19: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

14

presentar las modificaciones y reformas al Reglamento de Unidades Económicas del Municipio de Naucalpan de Juárez. Tercero.- Hasta en tanto se realicen las reformas del Transitorio anterior, todas las funciones y atribuciones que en el Reglamento de Unidades Económicas de Municipio de Naucalpan de Juárez, México, se establecen para el Tesorero Municipal, a partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo serán ejercidas por el Director General de Desarrollo y Fomento Económico. Cuarto.- Se derogan todas aquellas disposiciones legales o de igual o menor jerarquía que contravengan la reforma. Quinto.- Publíquese el contenido del presente Acuerdo en el Periódico Oficial “Gaceta Municipal” del Ayuntamiento de Naucalpan de Juárez, México.

El C. Presidente Municipal, hará que se publique, difunda y se cumpla. Dado en el Salón del Pueblo del Palacio Municipal, Recinto Oficial de las Sesiones de Cabildo en Naucalpan de Juárez, México, a los treinta días del mes de agosto de dos mil dieciocho, Aprobándose por Unanimidad en la Centésimo Sexta Sesión Ordinaria de Cabildo, Resolutiva Centésimo Cuadragésimo Octava.

Mtro. Víctor Hugo Gálvez Astorga Presidente Municipal de Naucalpan

de Juárez, México. (Rúbrica)

Mtro. Carlos Cuauhtémoc Velázquez Amador Secretario del Ayuntamiento

(Rúbrica) En términos del artículo 91 fracción V de la

Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

Page 20: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

15

A N E X O

REGLAMENTO ORGÁNICO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL DE NAUCALPAN DE JUAREZ, MEXICO.

LIBRO CUARTO

DE LA TESORERÍA MUNICIPAL

TÍTULO PRIMERO COMPETENCIA Y ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA

Artículo 4.4.- La Tesorería, estará a cargo de un titular denominado Tesorero Municipal, a quien

además de las atribuciones señaladas en el artículo 1.12 del LIBRO PRIMERO, le

corresponderán el ejercicio de las atribuciones siguientes:

I. Proponer la política de ingresos de la Tesorería, e intervenir en la elaboración del

programa financiero municipal;

II. Planear, presupuestar, controlar y custodiar los recursos financieros del Municipio, así

como los provenientes del Estado de México y la Federación, promoviendo y

registrando la recaudación de los ingresos del Municipio, ejerciendo el gasto conforme

al presupuesto de egresos aprobado por el Ayuntamiento en el ejercicio fiscal

respectivo;

III. Llevar los registros contables, financieros y administrativos de los ingresos, egresos e

inventarios;

IV. Determinar, liquidar, recaudar, fiscalizar y administrar las contribuciones y, en su caso,

aplicar el procedimiento administrativo de ejecución, en términos de las disposiciones

jurídicas aplicables;

V. Manejar la deuda pública municipal y la contratación de empréstitos;

VI. Proponer al Ayuntamiento la contratación de empréstitos, en términos del código

financiero;

VII. Integrar y mantener actualizados los padrones de contribuyentes;

VIII. Diseñar, aprobar y actualizar las formas oficiales de manifestaciones, avisos y

documentos requeridos;

IX. Presentar anualmente al Ayuntamiento el estado de situación contable financiera de la

Tesorería;

X. Solicitar a las instancias competentes, la práctica de revisiones circunstanciadas, de

conformidad con las normas que rigen en materia de control y evaluación

gubernamental en el ámbito municipal;

Page 21: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

16

XI. Promover e impulsar la permanencia de los mercados públicos, centrales de abasto, y

el reordenamiento del comercio en sus diversas modalidades en las vías públicas y

áreas de uso común, dentro del territorio municipal;

XII. Vigilar el funcionamiento de las unidades económicas en el territorio municipal;

XIII. Formular los anteproyectos de presupuesto de las Dependencias y Entidades cuando

no les sean presentados en los plazos determinados;

XIV. Contestar oportunamente los pliegos de observaciones y responsabilidad que haga el

Órgano Superior de Fiscalización;

XV. Administrar la Hacienda Pública Municipal, de conformidad con las disposiciones

legales aplicables;

XVI. Integrar y presentar al Presidente Municipal, el proyecto de presupuesto de egresos

municipales, para su presentación, discusión y aprobación por el Cabildo, con base a

los ingresos presupuestados para el ejercicio que corresponda, vigilando que se ajuste

a la normatividad aplicable;

XVII. Elaborar políticas, lineamientos y normas para la instrumentación, implementación y

modernización del proceso de planeación, programación, presupuestación, control y

evaluación del gasto público municipal, acorde a lo establecido en el Plan de Desarrollo

Municipal y los programas que deriven de éste, observando la congruencia con el Plan

Nacional de Desarrollo y el Plan de Desarrollo Estatal;

XVIII. Establecer lineamientos para la instrumentación de sistemas de estadística e

informática en las Dependencias de la Administración Pública, en materia hacendaria y

de recaudación;

XIX. Someter a consideración del Cabildo las normas que sobre subsidios pretenda

conceder a entidades o instituciones públicas y privadas, atendiendo a las

disposiciones jurídicas aplicables;

XX. Condonar, con autorización del Ayuntamiento, total o parcialmente las multas por

infracciones a disposiciones del Código Financiero, indemnizaciones por devolución de

cheques así como recargos, en términos del acuerdo de Cabildo que se emita para

tales efectos;

XXI. Ejercer las normas y políticas sobre sistemas de contabilidad gubernamental,

previamente establecidas por las disposiciones legales en materia;

XXII. Controlar y evaluar el ejercicio de la inversión y gasto público municipal, observando su

congruencia con los objetivos y metas señaladas en el Plan de Desarrollo Municipal y la

normatividad aplicable;

XXIII. Integrar los calendarios de gasto, ministraciones, ampliaciones y reducciones líquidas,

liberaciones, retenciones, recalendarizaciones y traspasos presupuestarios de las

Dependencias de la Administración Pública, sobre la base de estudios y la

disponibilidad financiera;

Page 22: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

17

XXIV. Participar y emitir opinión con relación a los convenios, contratos y autorizaciones que

celebre el Ayuntamiento cuando se refieran a asuntos de su competencia;

XXV. Integrar para su glosa ante el Órgano Superior de Fiscalización, los informes mensuales

y anuales de la cuenta pública del Municipio, en coordinación con las Dependencias y

Entidades de la Administración Pública, aplicando la contabilidad gubernamental

establecida;

XXVI. Integrar el programa financiero municipal en coordinación con las Dependencias de la

Administración Pública, así como el proyecto de presupuesto de egresos e ingresos;

XXVII. Resolver y gestionar las solicitudes de devolución, compensación, prórroga,

condonación, exenciones y subsidios, conforme a la Legislación Municipal imperante o

bien en su caso aplicando los lineamientos de las campañas que en materia de

estímulo fiscal emita el Cabildo;

XXVIII. Dictar las medidas de fiscalización a los contribuyentes en forma legal que permita

incrementar la recaudación del Municipio, asimismo, imponer las sanciones que

correspondan por infracciones a las disposiciones fiscales y, en su caso, ordenar la

aplicación del procedimiento administrativo de ejecución;

XXIX. Gestionar y administrar las cantidades que le correspondan al Municipio, derivadas de

convenios con la Federación y el Estado, en los términos de la Ley de Coordinación

Fiscal, convenios de colaboración administrativa y demás ordenamientos legales;

XXX. Participar en la formulación del Plan Municipal para el Financiamiento del Desarrollo y

del Programa Operativo Anual respectivo, conforme a la política de gobierno,

establecida para el sector de la Administración Pública y Finanzas;

XXXI. Resolver a través de la Unidad Administrativa competente, las consultas que en materia

de impuestos y/o derechos realicen los contribuyentes, fundamentando conforme a

derecho sus respuestas y/o resoluciones;

XXXII. Emitir y firmar los nombramientos del personal que se desempeñará como notificador-

ejecutor;

XXXIII. Determinar las reducciones, diferimientos o cancelaciones de programas, proyectos y

conceptos de gasto de las Dependencias de la Administración Pública, cuando

represente la posibilidad de obtener ahorros en función de la productividad y eficiencia

de las mismas, cuando dejen de cumplir sus propósitos, o en el caso de situaciones

supervenientes;

XXXIV. Apoyar y asesorar a las Dependencias de la Administración Pública, en la formulación

del presupuesto de egresos de cada ejercicio fiscal;

XXXV. Ejercer, bajo designación del Ayuntamiento, las atribuciones de titular del área de

catastro municipal;

XXXVI. Expedir las copias certificadas de los documentos a su cuidado que le sean solicitadas;

XXXVII. Acudir a los comités, comisiones, consejos, por si o a través de interpósita persona

Page 23: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

18

cuando así proceda legalmente y que de acuerdo a sus funciones deba participar, así

como aquellos en los que intervenga en representación del Municipio en el ámbito

estatal y federal;

XXXVIII. Solicitar a la Secretaría del Ayuntamiento, por conducto de la Subdirección de

Normatividad y Convenios, la elaboración y/o revisión y validación de los convenios que

pretenda suscribir, previa autorización del Ayuntamiento, en su caso;

XXXIX. (Se deroga);

XL. (Se deroga);

XLI. (Se deroga);

XLII. (Se deroga);

XLIII. (Se deroga);

XLIV. (Se deroga);

XLV. Dar cumplimiento a las disposiciones que resulten aplicables de la Ley de Disciplina

Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, instrumentando los

mecanismos de control necesarios para tal efecto;

XLVI. Incluir en los proyectos de Presupuestos de Egresos de conformidad con la Ley de

Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, lo siguiente:

XLVII. Las proyecciones de finanzas públicas, considerando las premisas empleadas en los

Criterios Generales de Política Económica;

XLVIII. Dichas proyecciones se realizarán con base en los formatos que emita el Consejo

Nacional de Armonización Contable y abarcarán un periodo de tres años en adición al

ejercicio fiscal en cuestión, las que se revisarán y, en su caso, se adecuarán

anualmente en los ejercicios subsecuentes;

XLIX. La Descripción de los riesgos relevantes para las finanzas públicas, incluyendo los

montos de Deuda Contingente, acompañados de propuestas de acción para

enfrentarlos;

L. Resultados de las finanzas públicas que abarquen un periodo de los tres últimos años y

el ejercicio fiscal en cuestión, de acuerdo con los formatos que emita el Consejo

Nacional de Armonización Contable para este fin. y;

LI. Los demás que le sean encomendados por el Ayuntamiento, el Presidente Municipal, el

Reglamento y los demás que les señale la normatividad aplicable.

Artículo 4.30.- Para el eficiente desempeño de sus funciones, la Subtesorería de Egresos se

auxiliará de las unidades administrativas siguientes:

I. Subdirección de Contabilidad General;

II. Departamento de Ramo 33;

III. Departamento de Presupuesto;

Page 24: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

19

IV. Departamento de Solventaciones;

V. (Se deroga).

Artículo 4.42.- La Subdirección de Contabilidad General en todo momento y cuando así se

estime necesario, para el debido cumplimiento de sus funciones, convocará a las distintas

unidades administrativas de la tesorería a reunión de trabajo, a efecto de analizar y

resolver aquellos asuntos que por su naturaleza sea necesaria la opinión técnica y/o

jurídica de las distintas unidades administrativas.

Sección Quinta.

(Se deroga)

Artículo 4.43.- (Se deroga)

Artículo 4.44.- (Se deroga)

Artículo 4.45.- (Se deroga)

Artículo 4.46.- (Se deroga)

Artículo 4.47.- (Se deroga)

Artículo 4.48.- (Se deroga)

Artículo 4.49.- (Se deroga)

Artículo 4.50.- (Se deroga)

Artículo 4.51.- (Se deroga)

Artículo 4.52.- (Se deroga)

Artículo 4.53.- (Se deroga)

Artículo 4.54.- (Se deroga)

Artículo 4.55.- (Se deroga)

LIBRO DÉCIMO QUINTO

DE LA DIRECCIÓN GENERALDE DESARROLLO

Y FOMENTO ECONÓMICO

TÍTULO PRIMERO

COMPETENCIA Y ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA

Artículo 15.2.- La Dirección General, como Dependencia de la Administración Pública

Centralizada, será competente para conocer del despacho de los asuntos que expresamente le

confiere la Ley de Fomento Económico para el Estado de México, la Ley de Competitividad y

Page 25: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

20

Ordenamiento Comercial del Estado de México, el Plan de Desarrollo Municipal, los

programas que de éste se deriven; el Bando Municipal, Reglamentos Municipales y demás

disposiciones jurídicas aplicables, en el presupuesto autorizado por el Ayuntamiento y acuerdos

emitidos por el Presidente Municipal, para el logro de sus objetivos y prioridades.

Artículo 15.3.- La Dirección General, estará a cargo de un Director General, a quien le

corresponderá el despacho de las atribuciones siguientes:

I. Diseñar y tener actualizado, en coordinación con las distintas unidades administrativas

de la Dirección General, el Registro de Unidades Económicas, los padrones y la

información que sea requerida;

II. Solicitar a la Secretaría del Ayuntamiento, la elaboración, revisión y validación de los

contratos y/o convenios en las materias de su competencia, que pretenda suscribir,

previa autorización del Presidente Municipal;

III. Dar atención y estar en permanente comunicación con las Cámaras Empresariales con

sede en Naucalpan, así como con aquellos empresarios que requieran trámites y

servicios municipales

IV. Promover con instituciones y organismos relacionados con la actividad agrícola, la

realización de convenios de cooperación y colaboración, debiendo remitirlos a la

Secretaría del Ayuntamiento para su análisis, revisión y validación;

V. Dirigir, operar y supervisar el eficiente manejo del Sistema Municipal de Microcréditos

San Bartolo Naucalpan, para beneficio de los emprendedores naucalpenses

VI. Instruir sobre el envío a los particulares de cartas invitación para regularizarse en el

pago de los adeudos que reporten con el Sistema Municipal de Microcréditos San

Bartolo Naucalpan;

VII. Ejecutar los acuerdos y resoluciones tomadas por el Ayuntamiento y la Presidencia

Municipal;

VIII. Promover e impulsar la inversión pública y privada realizando las acciones tendientes a

brindar oportunidades de negocio a la planta productiva;

IX. Promover e impulsar en su caso, las exportaciones;

X. Diseñar y promover políticas públicas que estimulen la inversión y generen empleos

bien remunerados, mediante el fortalecimiento de la alianza estratégica entre el

Gobierno y los sectores social, académico y empresarial;

XI. Diseñar políticas y programas de fomento a los sectores productivos del Municipio,

impulsando su modernización tecnológica y su competitividad en el marco del desarrollo

sustentable;

Page 26: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

21

XII. Vigilar que se expidan y revaliden las licencias de funcionamiento a las personas

físicas o jurídico colectivas que lo soliciten, previo cumplimiento de las

disposiciones administrativas y legales establecidas para tal efecto;

XIII. Suscribir y/o en su caso vigilar que se suscriban los convenios, licencias y

concesiones que tengan por objeto prestar el servicio público de mercados,

siempre que hayan sido aprobados previamente por el Ayuntamiento en los

casos en que así se requiera;

XIV. Promover e impulsar la permanencia y modernización de los mercados públicos

y/o centrales de abasto;

XV. Otorgar, los permisos o licencias de aprovechamiento de la vía pública para el

ejercicio del comercio, en aquellos casos de excepción que prevé el Reglamento

de Mercados;

XVI. Instruir a la Subdirección de Normatividad Comercial, a efecto de iniciar el

procedimiento de revocación, rescisión, anulación, cancelación y/o suspensión

de los convenios, concesiones y licencias para el ejercicio del comercio en los

mercados públicos municipales, centrales de abasto o bien para el uso y

aprovechamiento de la vía pública para el ejercicio del comercio, por

incumplimiento de las obligaciones previstas en los mismos, en el presente

Reglamento y demás normatividad aplicable o bien cuando por el interés

colectivo así se requiera;

XVII. Determinar el monto de las multas que por las infracciones cometidas al

Reglamento de Mercados, Centrales de Abasto y Comercio en las Vías Públicas

y/o Áreas de Uso Común del Municipio de Naucalpan de Juárez, Estado de

México y al Reglamento de Unidades Económicas del Municipio de Naucalpan de

Juárez, Estado de México, de conformidad con el Código Financiero del Estado

de México y demás normatividad aplicable en la materia;

XVIII. Orientar y apoyar acciones para la implementación del modelo de competitividad;

XIX. Realizar las gestiones necesarias para formalizar el aprovechamiento de programas de

desarrollo y fomento económico-social, ya sean Federales, Estatales e incluso

internacionales;

XX. Propiciar una efectiva vinculación del sector productivo con centros de investigación

científica y tecnológica, colegios y asociaciones de profesionistas e instituciones de

educación media superior y superior a fin de instrumentar conjuntamente, programas de

capacitación, innovación y proyectos productivos que permitan elevar la competitividad;

XXI. Vincular entre sí, a las empresas asentadas en el Municipio, así como con instituciones

públicas, privadas y académicas a fin de que obtengan oportunidades de negocio,

tecnología, exportación, financiamiento, asociación comercial, capacitación y alianzas

estratégicas;

Page 27: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

22

XXII. Coadyuvar con las autoridades competentes para llevar un proceso de Mejora

Regulatoria Integral, continua y permanente en el Municipio, que bajo los principios de

máxima utilidad para la sociedad y la transparencia en su elaboración, logre promover

la eficacia y eficiencia, promueva la transparencia y fomente el desarrollo económico y

la competitividad del mismo;

XXIII. Vincular y gestionar la relación entre las empresas y los distintos órdenes de gobierno;

XXIV. Dar seguimiento a las propuestas, quejas y sugerencias respecto de los asuntos de su

competencia;

XXV. Planear la agenda de eventos de la Dependencia a su cargo, así como instruir la

realización de éstos a las diferentes Unidades Administrativas que conforman la

Dirección General;

XXVI. Fomentar el desarrollo humano de los naucalpenses, a través de la capacitación y

asesoría para iniciativas emprendedoras y el autoempleo, así como, impulsar el

desarrollo económico de las familias;

XXVII. Promover y en su caso, organizar jornadas, ferias, exposiciones y otros eventos

similares para el desarrollo y promoción del empleo en el Municipio;

XXVIII. Promover que las empresas que se asienten en el territorio municipal, generen empleo

preferentemente a los naucalpenses y consuman productos que se elaboren en el

Municipio mediante el desarrollo de cadenas productivas;

XXIX. Planear, promover e impulsar el desarrollo de la actividad turística sustentable en el

Municipio;

XXX. Vigilar el desempeño y desarrollo de los fideicomisos que sean de su competencia, en

términos de las disposiciones jurídicas aplicables;

XXXI. Formular el programa operativo, de conformidad con el Plan de Desarrollo Municipal y

el presupuesto asignado;

XXXII. Planear, promover, organizar y regular el desarrollo de la actividad agropecuaria y

artesanal, su industrialización y comercialización, así como, todas aquellas acciones

tendientes a elevar la calidad de vida de la población rural;

XXXIII. Promover la organización social productiva de la sociedad rural, aprovechando los

recursos naturales de sus comunidades, a fin de impulsar el bienestar social y

económico bajo criterios de equidad social e igualdad de oportunidades en cuanto a

género, productividad y sustentabilidad;

XXXIV. Coadyuvar con las autoridades competentes en la conservación de la biodiversidad y el

mejoramiento en la calidad de los recursos naturales;

XXXV. Promover ante las autoridades competentes la capacitación, orientación y asesoría para

incrementar y diversificar la producción agropecuaria para atender la demanda del

mercado interno;

Page 28: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

23

XXXVI. Promover en su caso, la capacidad productiva para impulsar el auto abasto y el

desarrollo de mercados regionales en coordinación con la Tesorería Municipal;

XXXVII. Promover el aprovechamiento de recursos naturales que permitan diversificar las

fuentes de empleo;

XXXVIII. Proponer al Presidente Municipal, la integración de consejos y fideicomisos de su

competencia, para el cumplimiento de los fines y programas de la Dirección General,

para aprobación del Ayuntamiento;

XXXIX. Atraer inversión productiva, nacional y extranjera que genere empleos que provean al

bienestar de los habitantes del territorio municipal;

XL. Promover el desarrollo y atractivos turístico de conformidad con el Plan de Desarrollo

Municipal;

XLI. Promover la realización de convenios de colaboración con instituciones privadas a fin

de desarrollar un turismo sustentable dentro del territorio municipal, mismo que en caso

de concretarse deberán ser remitidos a la Secretaría del H. Ayuntamiento para revisión

y aprobación por conducto de la Subdirección de Normatividad y Convenios;

XLII. Diseñar e implementar el Plan Turístico del Municipio en coordinación con la Comisión

Edilicia de Turismo;

XLIII. Las demás que señalen las disposiciones jurídicas aplicables o que determine el

Presidente Municipal.

Artículo 15.4.- La Dirección General para el desempeño de sus funciones, se auxiliara de las

Unidades Administrativas siguientes:

I. Coordinación Técnica;

II. Coordinación Administrativa;

III. Subdirección de Atención Empresarial;

IV. Subdirección de Promoción al Empleo y PYMES

V. Subdirección de Financiamiento a Negocios;

VI. Subdirección de Normatividad Comercial.

CAPÍTULO VI

DE LA SUBDIRECCIÓN DE NORMATIVIDAD COMERCIAL.

Artículo 15.22.- Corresponde a la Subdirección de Normatividad Comercial, a través de su

Titular, el despacho de los asuntos siguientes:

I. Revisar y aplicar la normatividad vigente, referente a las unidades económicas y de

servicios que operan dentro del Municipio, incluyendo el iniciar, tramitar y resolver los

procedimientos administrativos comunes de la materia;

Page 29: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

24

II. Expedir y revalidar las licencias de funcionamiento a las personas físicas o jurídico

colectivas que lo soliciten, previo cumplimiento de las disposiciones administrativas y

legales establecidas para tal efecto;

III. Emitir respuesta respecto a procedencia o no de la emisión de licencias de

funcionamiento;

IV. Recibir, analizar, autorizar o negar, las modificaciones o condiciones a las licencias de

funcionamiento de las unidades económicas solicitadas por particulares;

V. Supervisar el funcionamiento de los departamentos de Vía Pública, Mercados,

Licencias y Verificaciones;

VI. Regular el ejercicio del servicio público de mercados y centrales de abasto, así como

regular y controlar el ejercicio del comercio en la vía pública y/o áreas de uso común;

VII. Instruir, coordinar y supervisar los operativos desarrollados por sus Departamentos;

VIII. Otorgar la factibilidad respecto de los convenios y concesiones que tengan por objeto

prestar el servicio público de mercados, a fin de que, en su caso, puedan ser sometidas

a consideración del Ayuntamiento para su aprobación;

IX. Otorgar, previa autorización del Tesorero Municipal, los instrumentos jurídicos

correspondientes para el aprovechamiento de la vía pública respecto al ejercicio del

comercio, en aquellos casos que prevé el Reglamento de Mercados, Centrales de

Abasto y Comercio en las Vías Públicas y/o Áreas de Uso Común del Municipio de

Naucalpan de Juárez, México;

X. Expedir las cédulas de empadronamiento que acrediten a los comerciantes y locatarios

de mercados públicos, centrales de abasto y vía pública, de forma directa a los

interesados y no a través de alguna organización;

XI. Vigilar la prestación de los servicios públicos de mercados y de centrales de abasto;

XII. Agrupar y ubicar los puestos dentro de los mercados de acuerdo a su giro;

XIII. Ordenar y coordinar los operativos realizados para el control y retiro de puestos fijos,

semifijos, ambulantes y tianguistas, a través del resguardo de mercancías de aquellos

comerciantes que adolezcan del permiso o licencia correspondiente para el ejercicio del

comercio en la vía pública, así como aquellos que violen el presente Reglamento, el

Reglamento de Mercados, Centrales de Abasto y Comercio en las Vías Públicas y/o

Áreas de Uso Común del Municipio de Naucalpan de Juárez, Estado de México y

demás normatividad aplicable;

XIV. Ordenar y coordinar las visitas de verificación a las unidades económicas y de servicios,

así como a los locales que se encuentren dentro de los mercados públicos municipales,

puestos fijos, semifijos y ambulantes asentados dentro del territorio municipal;

XV. Aplicar las sanciones previstas en el presente reglamento y demás disposiciones

legales y reglamentarias;

Page 30: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

25

XVI. Determinar e imponer las multas por infracciones al presente Reglamento y al

Reglamento de Mercados, Centrales de Abasto y Comercio en las Vías Públicas y/o

Áreas de Uso Común del Municipio de Naucalpan de Juárez, Estado de México, de

conformidad con el Código Financiero del Estado de México y demás normatividad

aplicable;

XVII. Establecer los lugares, horarios y fechas en los que pueden operar los comerciantes en

los mercados públicos, centrales de abastos y en vía pública;

XVIII. Determinar mediante los estudios técnicos correspondientes las áreas en donde exista

alta densidad y saturación de comerciantes de la vía pública, realizando las acciones

tendientes a su solución;

XIX. Autorizar a los locatarios que se ausenten de su local hasta por 90 días naturales,

siempre que exista causa justificada, previa notificación;

XX. Habilitar días y horas para que los verificadores, notificadores y ejecutores puedan

trabajar en días y horas inhábiles;

XXI. Supervisar las actuaciones de los verificadores, notificadores y ejecutores en campo

adscritos a la Subdirección de Normatividad Comercial, que porten su gafete a la vista,

asegurándose de que los mismos conozcan las formalidades esenciales de los actos de

autoridad;

XXII. Verificar que todas las peticiones sean contestadas y notificadas en tiempo y forma, de

conformidad con el presente Reglamento y el Código de Procedimientos

Administrativos;

XXIII. Instruir a los Jefes de Departamento a efecto de mantener actualizados los padrones a

su cargo;

XXIV. Conferir sus facultades delegables a servidores públicos subalternos, sin perder por ello

la posibilidad de su ejercicio directo, excepto aquellas que por disposición de ley o de

este Reglamento deban ser ejercidas en forma directa por él;

XXV. Iniciar el procedimiento administrativo común aplicable sobre cancelaciones,

reubicación y modificación del comercio previo las formalidades que regulan el

procedimiento en términos de la normatividad aplicable;

XXVI. Reubicar o retirar los puestos o tianguis, por razones de interés público, vialidad,

higiene u otra causa justificada;

XXVII. Cancelar la Cédula de Empadronamiento que autoriza el ejercicio del comercio en la vía

pública y/o áreas de uso común a los comerciantes reincidentes de los puestos en sus

diversas modalidades, previas las formalidades que regulan el procedimiento en

términos de la normatividad aplicable;

XXVIII. Anular las Cédulas de Empadronamiento o la concesión y su constancia para ejercer el

comercio en sus distintas modalidades, previas las formalidades que regulan el

procedimiento en términos de la normatividad aplicable;

Page 31: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

26

XXIX. Contestar de manera fundada y motivada, las peticiones que le sean formuladas por

comerciantes de la vía pública;

XXX. Aplicar multas a los comerciantes regulados en este Reglamento que laboren en

horarios y días no autorizados por el Departamento de Vía Pública;

XXXI. Autorizar horarios especiales de acuerdo con las necesidades de los comerciantes

mediante el pago de las horas extras a que haya lugar, conforme a la normatividad

aplicable; y

XXXII. Las demás que le sean encomendados por el Subtesorero de Egresos y los que le

señale la normatividad aplicable.

Artículo 15.23.- La Subdirección Normatividad Comercial, para el eficiente ejercicio de sus

funciones, se auxiliará de las siguientes Unidades Administrativas:

I. Departamento de Vía Pública;

II. Departamento de Mercados;

III. Departamento de Licencias;

IV. Departamento de Verificaciones y Clausuras; y

V. Ventanilla Única de Gestión.

DEL DEPARTAMENTO DE VÍA PÚBLICA.

Artículo 15.24.- Corresponde al Departamento de Vía Pública, a través de su Titular, el

despacho de los asuntos siguientes:

I. Registrar y autorizar a los comerciantes a que se refiere la normatividad aplicable a la

materia;

II. Iniciar, tramitar y resolver, los procedimientos administrativos comunes,

correspondientes a los comerciantes en vía pública y áreas de uso común en sus

diversas modalidades, de conformidad con lo establecido en las disposiciones legales y

administrativas vigentes

III. Remitir a la Dirección General Jurídica los expedientes motivo de juicios administrativos

interpuestos en contra de la Subdirección de Normatividad Comercial o del titular del

departamento

IV. Calificar y aplicar las sanciones por violaciones a la regulación aplicable;

V. Previo acuerdo con su superior jerárquico, dividir el Municipio en zonas y éstas a su vez

en áreas de recaudación previa autorización del Tesorero;

VI. Solicitar a la Dirección General de Movilidad Urbana y Viabilidad la elaboración del

estudio y/o dictamen de factibilidad respecto a las solicitudes de permisos o licencias

para el uso y explotación de la vía pública para el ejercicio del comercio, previo acuerdo

Page 32: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

27

con el Subdirector, a fin de que en su caso, puedan ser sometidas a consideración del

Ayuntamiento para su aprobación;

VII. Suspender, como resultado del procedimiento común, las actividades comerciales de

los puestos, en sus diversas modalidades, de los comerciantes que infrinjan las

disposiciones contenidas en el Bando Municipal, el presente Reglamento y demás

normatividad aplicable;

VIII. Expedir previa autorización del Subdirector, las órdenes de pago de los derechos

correspondientes, para el uso y aprovechamiento de la vía pública y áreas de uso

común, para el ejercicio del comercio en sus diversas modalidades, así como todos

aquellos ingresos derivados del ejercicio de su actividad comercial;

IX. Levantar el estado de suspensión de actividades, una vez que el comerciante haya

subsanado el incumplimiento que hubiese dado origen a la sanción;

X. Previo dictamen de factibilidad que emita la Dirección General de Movilidad y Vialidad,

establecer lugares y horarios en los que pueden operar los tianguis en vía pública, los

puestos semifijos, ambulantes y temporales en vía pública;

XI. Elaborar y mantener actualizado el padrón de comerciantes en la vía pública;

XII. Supervisar y controlar el funcionamiento de puestos, en sus diferentes modalidades,

ubicados en el exterior de los mercados públicos, con el objeto de que estos no afecten

los giros considerados en la regulación correspondiente como propios de los mercados

públicos;

XIII. Conminar al retiro de las mercancías que se estén comerciando sin la debida

autorización y retirar las que se encuentran abandonadas en la vía pública, sea cual

fuera su estado o naturaleza;

XIV. Designar y acreditar a verificadores, notificadores y ejecutores para que cumplan sus

funciones;

XV. Coadyuvar y coordinarse con el Subdirector en los operativos realizados para el control

y retiro de puestos fijos, semifijos, ambulantes y tianguistas, a través del resguardo de

mercancías, de aquellos comerciantes que adolezcan del permiso o licencia

correspondiente para el ejercicio del comercio en la vía pública; así como aquellos que

violen el presente Reglamento, el Reglamento de Mercados, Centrales de Abasto y

Comercio en las Vías Públicas y/o Áreas de Uso Común del Municipio de Naucalpan de

Juárez, Estado de México y demás normatividad aplicable;

XVI. Ordenar las visitas de verificación a los puestos fijos, semifijos, ambulantes y tianguis,

asentados dentro del territorio municipal;

XVII. Previo acuerdo con el Subdirector aplicar las sanciones previstas en el presente

Reglamento y demás disposiciones legales y reglamentarias;

XVIII. Informar al Subdirector respecto de las áreas en donde existan alta densidad y

saturación de comerciantes de la vía pública;

Page 33: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

28

XIX. Coordinar en su caso a los verificadores, notificadores y ejecutores a su cargo, para el

control del comercio de la vía pública, y vigilar que cada inspector, porte su gafete a la

vista;

XX. Solicitar en su caso, al Subdirector la habilitación de días y horas para llevar a cabo la

práctica de inspecciones cuando así fuese necesario;

XXI. Instruir previo acuerdo con el Subdirector, a los verificadores, notificadores y ejecutores

a su cargo el retiro de comerciantes que ejerzan su actividad sin el permiso o licencia

correspondiente, en la vía pública y en su caso, el resguardo de mercancías;

XXII. Solicitar realicen reporte diario de actividades a los verificadores, notificadores y

ejecutores; y

XXIII. Los demás que le sean encomendados por el Subdirector de Normatividad Comercial y

los que le señale la normatividad aplicable.

Artículo 15.25.- Los procedimientos administrativos se iniciarán de oficio por acuerdo escrito del

Tesorero Municipal, el Subtesorero de Egresos o en su caso del Subdirector, en los casos que

determine el presente Reglamento, el Reglamento de Mercados, Centrales de abasto y Comercio

en las Vías Públicas y/o Áreas de Uso Común del Municipio de Naucalpan de Juárez, Estado de

México y demás normatividad aplicable. Sin embargo, previo al acuerdo de iniciación del

procedimiento, el Subdirector podrá abrir un período de información previa con el fin de conocer

las circunstancias del caso concreto y estar en posibilidad de determinar la conveniencia o no de

iniciar el procedimiento respectivo.

Artículo 15.26.- En caso de alteración de documentos oficiales por parte de los comerciantes o

de sus representantes, el Departamento de Vía Pública está facultado para revocar los permisos,

licencias o autorizaciones y solicitará a la Dirección General Jurídica elabore y presente la

denuncia ante las autoridades correspondientes.

DEL DEPARTAMENTO DE MERCADOS

Artículo 15.27.- Corresponde al Departamento de Mercados, a través de su Titular, el despacho

de los asuntos siguientes:

I. Registrar y autorizar a los comerciantes a que se refiere la normatividad aplicable a la

materia;

II. Calificar y aplicar las sanciones por violaciones a la regulación aplicable;

III. Dividir el Municipio en zonas y éstas a su vez en áreas de recaudación previa

autorización del Tesorero;

IV. Agrupar y ubicar los locales, puestos permanentes y fijos dentro de los mercados

públicos de acuerdo con sus giros;

Page 34: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

29

V. Expedir las órdenes de pago de los derechos correspondientes, para el caso de los

convenios o concesiones, celebrados con particulares para el uso y aprovechamiento

de los mercados públicos o centrales de abasto, así como todos aquellos ingresos

derivados del ejercicio de su actividad comercial;

VI. Ejecutar visitas de inspección a los locales que se encuentren dentro de los mercados

públicos municipales, a fin de verificar si cumplen con los requisitos que para el ejercicio

del comercio señalan el presente Reglamento y el Reglamento de Mercados, Centrales

de Abasto y comercio en las Vía Públicas y/o Áreas de Usos de Común del Municipio

de Naucalpan de Juárez Estado de México;

VII. Ordenar la instalación, cancelación, reubicación, alineamiento, reparación, pintura y

modificación de los locales, puestos permanentes y fijos dentro de los mercados

públicos;

VIII. Elaborar y mantener actualizado el padrón de mercados públicos y centrales de abasto;

IX. Solicitar la clausura por conducto del Departamento de Verificaciones de los locales,

puestos permanentes y fijos dentro de los mercados públicos, de los comerciantes que

infrinjan la normatividad aplicable y, asimismo, retirar por el mismo conducto los sellos

cuando el comerciante cumpla con sus obligaciones fiscales;

X. Supervisar y controlar el funcionamiento de los mercados públicos y actividades de

abasto así como las condiciones de higiene y seguridad;

XI. Coadyuvar con la Procuraduría Federal del Consumidor en la vigilancia de precios

oficiales, pesas y medidas, con el fin de proteger la economía del público consumidor;

XII. Coadyuvar al cumplimiento de las disposiciones legales de orden Federal y Estatal en

mercados públicos, y actividades de abasto que se encuentren en el Municipio,

específicamente en acciones especulativas de almacenamiento y de ocultamiento, o

abasto condicionado, que lesione la alimentación y economía de la población;

XIII. Emitir opinión a las Dependencias correspondientes, acerca de la creación de nuevos

mercados públicos;

XIV. Prestar los apoyos técnicos y materiales necesarios para la terminación, reconstrucción,

remodelación, y mantenimiento de los mercados públicos autorizados y en operación,

atendiendo a las necesidades prioritarias;

XV. Ordenar y en su caso, realizar el retiro de las mercancías que se estén comerciando sin

la debida autorización;

XVI. Aplicar multas a los comerciantes regulados en este Reglamento que laboren en

horarios y días no autorizados por el Departamento de Mercados;

XVII. Solicitar al Subdirector, la habilitación de días y horas para llevar a cabo la práctica de

inspecciones cuando así fuese necesario;

Page 35: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

30

XVIII. Coordinar en su caso, a los verificadores, notificadores y ejecutores adscritos a su área,

determinando mediante el manual de procedimientos, la forma como deben desarrollar

su trabajo;

XIX. Vigilar que cada inspector, porte su gafete a la vista;

XX. Instruir a los verificadores, notificadores y ejecutores a su cargo el retiro de

comerciantes que ejerzan su actividad sin permiso, en el interior o en las inmediaciones

de los mercados públicos o centrales de abasto y en su caso, el resguardo de

mercancías;

XXI. Contestar de manera fundada y motivada, las peticiones que le sean formuladas por

locatarios y las que le confiera el Subdirector;

XXII. Iniciar, tramitar y resolver los procedimientos administrativos tendientes a la

recuperación de locales que no se encuentren en uso, así como la reasignación de los

mismos en los términos que establezca el Reglamento de Mercados Centrales de

Abasto y comercio en las Vía Públicas y/o Áreas de Usos de Común del Municipio de

Naucalpan de Juárez Estado de México;

XXIII. Iniciar los procedimientos administrativos correspondientes, cuando se trate,

suspensión, revocación y/o rescisión de un convenio, concesión o licencia, expedida

para el ejercicio del comercio en mercados públicos;

XXIV. Remitir a la Dirección General Jurídica los expedientes motivo de juicios administrativos

interpuestos en contra de la Subdirección de Normatividad Comercial o el titular del

departamento;

XXV. Solicitar realicen reporte diario de actividades a los verificadores, notificadores y

ejecutores;

XXVI. Obligar el retiro de la mercancía que no corresponda al giro autorizado y, en caso de

resistencia del comerciante, proceder a su retiro; y

XXVII. Las demás que le sean encomendados por el Subdirector de Normatividad Comercial y

los que le señale la normatividad aplicable.

Artículo 15.28.- Los procedimientos administrativos se iniciarán de oficio por acuerdo escrito del

Tesorero Municipal, el Subtesorero de Egresos o en su caso del Subdirector, en los casos que

determine el presente Reglamento, el Reglamento de Mercados, Centrales de abasto y Comercio

en las Vías Públicas y/o Áreas de Uso Común del Municipio de Naucalpan de Juárez, Estado de

México, y demás normatividad aplicable. Sin embargo, previo al acuerdo de iniciación del

procedimiento, el Subdirector podrá abrir un período de información previa con el fin de conocer

las circunstancias del caso concreto y estar en posibilidad de determinar la conveniencia o no de

iniciar el procedimiento respectivo.

Page 36: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

31

Artículo 15.29.- En caso de alteración de documentos oficiales por parte de los comerciantes o

de sus representantes, el Departamento de Mercados está facultado para solicitar al

Ayuntamiento la revocación de la concesión o bien en su caso cancelar la licencia, permiso o

autorización correspondiente pudiendo presentar la denuncia ante las autoridades

correspondientes.

DEL DEPARTAMENTO DE LICENCIAS

Artículo 15.30.- Corresponde al Departamento de Licencias, a través de su Titular, el despacho

de los asuntos siguientes:

I. Coordinar la emisión o modificación de las licencias de funcionamiento de

establecimientos industriales, comerciales y de servicios, y la conformación de los

expedientes de las mismas, para contar con un padrón confiable

II. Recibir y analizar las peticiones de las personas físicas y jurídico colectivas que

soliciten licencia de funcionamiento para establecimientos industriales, comerciales y de

servicios;

III. Otorgar la licencia provisional de funcionamiento para negocios industriales,

comerciales y de servicios de bajo riesgo sanitario, ambiental o de protección civil,

siempre y cuando se cumpla con la normatividad y requisitos exigidos para ello;

IV. Expedir o negar licencias o permisos de funcionamiento, para las unidades económicas,

dando respuesta en un plazo que no exceda de tres días hábiles posteriores a la fecha

de su solicitud. Función que deberá realizar en coordinación con la Ventanilla Única y

con el visto bueno del Subdirector de Normatividad Comercial;

V. Conformar los expedientes de las licencias de funcionamiento de establecimientos

industriales, comerciales y de servicios;

VI. Resguardar y mantener actualizado el archivo de las licencias de funcionamiento de

establecimientos industriales, comerciales y de servicios;

VII. Verificar que se cumpla con toda la documentación y normatividad en las licencias de

funcionamiento de establecimientos industriales, comerciales y de servicios; Elaborar

las órdenes de pago que amparen el ingreso por concepto de apertura o refrendo anual

de bebidas alcohólicas;

VIII. Verificar que los particulares que deseen hacer uso de la vía pública para ejercer el

comercio, cumplan con todos los requisitos que determine la normatividad aplicable;

IX. Elaborar las órdenes de pago concernientes a los conceptos de otorgamiento,

regularización, así como de todos aquellos ingresos derivados de la licencia de

funcionamiento;

X. Iniciar, tramitar y resolver, por instrucciones de la Subdirección de Normatividad

Page 37: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

32

Comercial, el procedimiento administrativo común correspondiente a los

establecimientos industriales, comerciales y de servicios, de conformidad con lo

establecido en las disposiciones legales y administrativas vigentes;

XI. Diseñar, integrar y elaborar mensualmente, los informes de los ingresos y movimientos

que se generan en la Subdirección de Normatividad Comercial; y

XII. Los demás que le sean encomendados por el Titular de la Subdirección de

Normatividad Comercial y los que le señale la normatividad aplicable.

Artículo 15.31.- Los procedimientos administrativos se iniciarán de oficio por acuerdo escrito del

Tesorero Municipal, el Subtesorero de Egresos o en su caso del Subdirector, en los casos que

determine el presente Reglamento, el Reglamento de Establecimientos Industriales, Comerciales

y de Servicios y demás normatividad aplicable. Sin embargo, previo al acuerdo de iniciación del

procedimiento, el Subdirector podrá abrir un período de información previa con el fin de conocer

las circunstancias del caso concreto y estar en posibilidad de determinar la conveniencia o no de

iniciar el procedimiento respectivo.

DEL DEPARTAMENTO DE VERIFICACIONES Y CLAUSURAS

Artículo 15.32.- Corresponde al Departamento de Verificaciones y Clausuras, a través de su

Titular, el despacho de los asuntos siguientes:

I. Verificar que todas las unidades económicas que se instalan en el territorio del Municipio,

cumplan con la normatividad vigente para su legal funcionamiento y que los

establecimientos apeguen sus funciones de conformidad a lo autorizado en la Licencia

de Funcionamiento, respectiva;

II. Vigilar que las unidades económicas, apeguen sus funciones de conformidad a lo

autorizado en la licencia de funcionamiento, respectiva;

III. Programar, coordinar y ejecutar las visitas de verificación, observando en todo momento

las disposiciones legales en la materia;

IV. Coordinar al personal jurídico de su área, para la atención de los asuntos legales,

competencia de la Subdirección de Normatividad Comercial;

V. Contestar las peticiones de la ciudadanía;

VI. Sustanciar el procedimiento administrativo común correspondiente;

VII. Elaborar el reporte mensual de las actividades realizadas durante las visitas a las

unidades económicas;

VIII. Remitir a la Dirección General Jurídica los expedientes motivo de juicios administrativos

interpuestos en contra de la Subdirección de Normatividad Comercial o el titular del

departamento;

Page 38: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

33

IX. Atender al público en general, así como dar atención especial a las quejas y denuncias

presentadas, en lo relacionado a su competencia, dando vista en su caso a las diversas

Unidades Administrativas de la Tesorería o de la Administración Pública, en su caso,

para su atención; y

X. Las demás que le sean encomendados por el Titular de la Subdirección de Normatividad

Comercial y los que le señale la normatividad aplicable.

Artículo 15.33.- Los procedimientos administrativos se iniciarán de oficio por acuerdo escrito del

Tesorero Municipal, el Subtesorero de Egresos o en su caso del Subdirector, en los casos que

determine el presente Reglamento, el Reglamento de Establecimientos Industriales, Comerciales

y de Servicios y demás normatividad aplicable. Sin embargo, previo al acuerdo de iniciación del

procedimiento, el Subdirector podrá abrir un período de información previa con el fin de conocer

las circunstancias del caso concreto y estar en posibilidad de determinar la conveniencia o no de

iniciar el procedimiento respectivo.

DE LA VENTANILLA ÚNICA

Artículo 15.34.- Corresponde a la Ventanilla Única, a través de su Titular, el despacho de los

asuntos siguientes:

I. Exhortar a las diferentes Dependencias y Entidades de la Administración Pública, para la

debida atención de las personas físicas y jurídico-colectivas emprendedoras que

fomenten la economía dentro del territorio municipal;

II. Dar seguimiento a la apertura de empresas que se generen en el Municipio;

III. Difundir entre la comunidad empresarial y la ciudadanía, los procedimientos aplicables

para la apertura de negocios, así como la reglamentación municipal relacionada con las

actividades económicas;

IV. Informar al solicitante o representante legal todo el procedimiento que se debe llevar a

cabo, los requisitos y el costo legal necesario para la obtención de la autorización;

V. Entregar al solicitante o representante legal la respuesta de su trámite en un término no

mayor a cinco días hábiles, a partir de la fecha de recibo, este plazo se podrá prorrogar

hasta por 5 días hábiles siempre y cuando justifique la necesidad para ello;

VI. Tendrá las más amplias facultades de gestión ante las autoridades estatales y

municipales;

VII. Gestionará los trámites siguientes: permisos, licencias, dictámenes, cédulas informativas

de zonificación y las demás que sean necesarias para la apertura y funcionamiento de

las unidades económicas.

VIII. Acordar con su superior jerárquico, el despacho de los asuntos de su competencia;

Page 39: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

34

IX. Coordinar la operación de la Ventanilla Única;

X. Operar el Sistema de Apertura Rápida de Empresas (SARE) en coordinación con la

Subdirección de Normatividad Comercial y el Departamento de Uso de Suelo y Control

del Suelo de la Subdirección de Operación Urbana de la Dirección General de Desarrollo

Urbano;

XI. Atender e informar a los particulares, de forma gratuita, los trámites que se realizan para

el inicio de operaciones de las empresas, así como, mediante el Sistema de Apertura

Rápida de Empresas (SARE);

XII. Ser el único medio de recepción de la documentación que presenten los particulares

respecto de los trámites para la obtención de licencias de funcionamiento;

XIII. Integrar expedientes y enviar las remesas que en la modalidad (SARE) y trámite ordinario

se reciban, canalizándolas a las unidades administrativas correspondientes;

XIV. Trabajar en conjunto con las demás Dependencias y Entidades de la Administración

Pública Municipal competentes, para dar seguimiento a los trámites empresariales;

XV. Integrar y actualizar la información del SIAC en los campos de su competencia;

XVI. Proporcionar en forma gratuita a la ciudadanía, los formatos de solicitud de trámites de su

competencia;

XVII. Informar y remitir oportunamente la documentación recibida al titular de la Subdirección

de Normatividad Comercial dependiente, respecto a los trámites de apertura rápida y de

obtención de licencias de funcionamiento a efecto de emitir lo que en derecho

corresponda respecto a los trámites antes previstos.

XVIII. Entregar a los particulares que hayan realizado su trámite correspondiente, la licencia de

funcionamiento, certificados y demás documentos que recaigan en los trámites

empresariales;

XIX. Elaborar un informe trimestral de las actividades, logro de objetivos y cumplimiento de los

indicadores de eficiencia del área; y

XX. Las demás que le sean conferidas por el Subtesorero de Egresos y/o Subdirector de

Normatividad Comercial, así como la normatividad aplicable.

Esta hoja pertenece al Anexo que es parte integrante del Acuerdo No. 446, Acuerdo Económico por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones al Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Naucalpan de Juárez, México, (Libro Cuarto y Décimo Quinto).

Page 40: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

35

Integrantes del Ayuntamiento Constitucional de Naucalpan de Juárez, México El C. Guillermo Rafael Jiménez Zamudio, Segundo Regidor y Presidente de la Comisión

Edilicia de Revisión y Actualización de la Reglamentación Municipal del Ayuntamiento de

Naucalpan de Juárez, México, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 115 fracción II

de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 112, 113, 116, 122 párrafo primero,

123 y 124 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 2, 3, 27, 30 Bis, 31

fracciones I, XXXIX y XLVI, 55 fracción V, 66, 164 y 165 de la Ley Orgánica Municipal del Estado

de México; 33, 35 y 153 del Bando Municipal vigente; 4, 47 fracción IX del Reglamento de

Cabildo del Honorable Ayuntamiento de Naucalpan de Juárez, México y 5, 23 y 24 del

Reglamento Interior de las Comisiones Edilicias del Ayuntamiento de Naucalpan de Juárez,

México; somete a consideración y en su caso aprobación de los miembros del Cabildo, el

“Proyecto de Resolución por el que se reforman, adicionan y derogan diversas

disposiciones al Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de

Naucalpan de Juárez, México” (Libro Cuarto y Décimo Quinto); conforme a las Consideraciones

de Hecho y de Derecho que a continuación se exponen:

Consideraciones de Hecho

Primera.- Mediante oficio SHA/SUB-A/DEI/SNC/DAP/CE/047/2018 signado por el Lic. Horacio

Enrique Jiménez López, entonces Secretario del Ayuntamiento, turnó a la Comisión Edilicia de

Revisión y Actualización de la Reglamentación Municipal el “Proyecto de Acuerdo mediante el

cual se reforman y derogan diversas disposiciones del Libro Cuarto y se adicionan

diversas disposiciones al Libro Décimo Quinto, todas del Reglamento Orgánico de la

Administración Pública Municipal de Naucalpan de Juárez, México”.

Segunda.- Se puede entender el Desarrollo Económico como el proceso de crecimiento del

ingreso o del producto total per cápita, acompañados de cambios en la estructura social y

económica de un país. Asimismo, este proceso debe traer aparejados mejoramientos en ciertos

indicadores de bienestar social, como salud, educación, distribución del ingreso, riqueza, entre

otros.

Tercera.- Ahora bien, todo proceso económico tendiente a un desarrollo sostenible, sustentable,

generador igual de riqueza y dinámico, atendiendo a las causas particulares de cada uno de los

factores que integran la población en esta municipalidad, requiere de un marco jurídico eficiente y

Page 41: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

36

que además tienda a brindar a la población las herramientas necesarias y suficientes para poder

incrementar su ingreso económico personal y con esto el del Municipio.

Cuarta.- El Municipio como institución política y de derecho tiene, por mandato constitucional, el

cometido de aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal, los bandos de policía y

gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general

dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal,

regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y

aseguren la participación ciudadana y vecinal.

En corolario de lo anterior, sirva a mayor abundamiento en la jurisprudencia emitida por el

pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de número: Tesis: P./J. 132/2005, Rubro:

MUNICIPIOS. CONTENIDO Y ALCANCE DE SU FACULTAD REGLAMENTARIA, donde

claramente el máximo Tribunal del país estableció que “A raíz de la reforma constitucional de

1999 se amplió la esfera competencial de los Municipios en lo relativo a su facultad

reglamentaria en los temas a que se refiere el segundo párrafo de la fracción II del artículo

115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; derivado de aquélla, los

Ayuntamientos pueden expedir dos tipos de normas reglamentarias: a) el reglamento

tradicional de detalle de las normas, que funciona similarmente a los derivados de la fracción

I del artículo 89 de la Constitución Federal y de los expedidos por los Gobernadores de los

Estados, en los cuales la extensión normativa y su capacidad de innovación está limitada,

pues el principio de subordinación jerárquica exige que el reglamento esté precedido por una

ley cuyas disposiciones desarrolle, complemente o pormenorice y en las que encuentre su

justificación y medida; y b) los reglamentos derivados de la fracción II del artículo 115

constitucional, que tienen una mayor extensión normativa, ya que los Municipios, respetando

las bases generales establecidas por las legislaturas, pueden regular con autonomía aquellos

aspectos específicos de la vida municipal en el ámbito de sus competencias, lo cual les

permite adoptar una variedad de formas adecuadas para regular su vida interna, tanto en lo

referente a su organización administrativa y sus competencias constitucionales exclusivas,

como en la relación con sus gobernados, atendiendo a las características sociales,

económicas, biogeográficas, poblacionales, culturales y urbanísticas, entre otras, pues los

Municipios deben ser iguales en lo que es consustancial a todos -lo cual se logra con la

emisión de las bases generales que emite la Legislatura del Estado-, pero tienen el derecho,

derivado de la Constitución Federal de ser distintos en lo que es propio de cada uno de ellos,

extremo que se consigue a través de la facultad normativa exclusiva que les confiere la

citada fracción II”.

Page 42: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

37

Quinta.- En otro orden de ideas, la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y

Municipios, contiene entre sus objetivos neurálgicos:

Promueva la eficacia y eficiencia gubernamental en todos sus ámbitos;

Fomente el desarrollo socioeconómico y la competitividad de la entidad;

Implemente la desregulación para la apertura, instalación, operación y ampliación de

empresas;

Mejore la calidad e incremente la eficiencia del marco regulatorio, a través de la

disminución de los requisitos, costos y tiempos en que incurren los particulares para

cumplir con la normativa aplicable, sin incrementar con ello los costos sociales;

Modernice y agilice los procesos administrativos que realizan los sujetos de esta Ley, en

beneficio de la población del Estado;

Otorgue certidumbre jurídica sobre la regulación, transparencia al proceso regulatorio, y

continuidad a la mejora regulatoria;

Fomente una cultura de gestión gubernamental para la atención del ciudadano;

Promueva e impulse la participación social en la mejora regulatoria; y

Coadyuve para que sea más eficiente la administración pública, eliminando la

discrecionalidad de los actos de autoridad.

Sexta.- El 23 de junio de 2017, se publicó en la Gaceta Municipal el Reglamento Orgánico de la

Administración Pública Municipal de Naucalpan de Juárez, México, y de acuerdo a la Exposición

de Motivos, establece que el Libro Cuarto (atribuciones de la Tesorería Municipal), tiene como

atribución fundamental la base recaudatoria y el orden presupuestal; atingente a lo anterior,

resulta necesario que algunas de las áreas que componen actualmente el organigrama de la

Tesorería Municipal, tales como la Sección Quinta del actual Reglamento que regula:

La Subdirección de Normatividad Comercial;

Departamento de Vía Pública;

Departamento de Mercados;

Departamento de Licencias;

Departamento de Verificaciones y Clausuras; y

Ventanilla Única.

Dejen de formar parte de dicha organización administrativa dependiente de la Tesorería, y sean

trasladados a dicha Subdirección junto con sus departamentos a la Dirección General de

Desarrollo y Fomento Económico, derogando dichas atribuciones del Libro Cuarto y adicionando

mediante una Sección Segunda al Libro Décimo Quinto del multicitado Reglamento.

Page 43: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

38

Séptima.- De igual manera, operativamente se considera que la Subdirección de Normatividad

Comercial, que es el área que emite las Licencias de Funcionamiento por atribuciones

determinadas en el Reglamento Orgánico, debe incluirse dentro de la estructura de la Dirección

General de Fomento Económico, que es el área encargada del Registro Municipal de Unidades

Económicas; en virtud que los objetivos de ambas áreas van alineadas en función de impulsar la

inversión optimizando los procesos de mejora regulatoria para la obtención y renovación de la

Licencia de Funcionamiento. Esto permitiría que en una sola Dependencia se concentren los

asuntos y trámites relacionados con las unidades económicas del Municipio eficientando los

procesos y trámites relacionados con la inversión y fomento económico.

Octava.- Asimismo, es importante indicar que en la estructura organizacional de la administración

2016-2018 establecida en el Plan de Desarrollo Municipal de Naucalpan de Juárez, México, se

considera a la Dirección General de Desarrollo y Fomento Económico, dentro del pilar Municipio

Progresista y a la Tesorería Municipal, dentro del Pilar Gobierno por Resultados, lo anterior

expone la congruente alineación de los objetivos de la Subdirección de Normatividad Comercial

con la Dirección General de Fomento Económico, impulsando en ambas la inversión para

dinamizar la economía municipal, fomentando el desarrollo de plantas productivas, aumentando

la oportunidad de empleo, vinculando su oferta y demanda y garantizando que la población

económicamente activa disfrute de las mismas condiciones, agrupando proyectos orientados a

fomentar una cultura empresarial que aseguren la pequeña empresa; acciones que promueven la

actividad económica de los ciudadanos naucalpenses. En el otro aspecto en el Pilar Gobierno por

Resultados se enfoca en evaluar la eficiencia de los medios y la eficacia de los fines, que surgen

de la planificación y ejecución de las actividades propias de la administración municipal: así en

tanto un Pilar si enfoca en perspectiva de procesos de negocio, más congruente con la

Subdirección de Normatividad, el otro Pilar tiene una perspectiva de estrategia y resultados.

Asimismo se plantea la posibilidad de que la Subdirección de Contabilidad General, dependiente

de la Tesorería Municipal, para una mayor sinergia con las distintas unidades administrativas,

pueda convocar a reunión de trabajo relativo a asuntos de su competencia.

Novena.- Atento a lo anterior, resulta de suma importancia trasladar dichas unidades

administrativas a la Dirección General de Desarrollo y Fomento Económico, para que esta

Dirección la unidad administrativa del Ayuntamiento encargada de incentivar la industria y la

actividad empresarial del Municipio en aras de un mayor crecimiento económico de los

naucalpenses, alineando así los objetivos, líneas de acción y metas dentro del Pilar Municipio

Progresista.

Décima.- La iniciativa busca que la Administración Municipal, garantice la legalidad de los actos

administrativos y su correcta ejecución.

Page 44: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

39

Undécima.- A efecto de cumplir con lo dispuesto por los artículos 23 y 24 del Reglamento Interior

de las Comisiones Edilicias del Ayuntamiento de Naucalpan de Juárez, México, los integrantes de

la Comisión Edilicia de Revisión y Actualización de la Reglamentación Municipal del

Ayuntamiento de Naucalpan de Juárez, México, se reunieron el día ocho de agosto dos mil

dieciocho, a fin de estudiar, analizar y emitir el presente Proyecto de Resolución y Acuerdo

Económico.

Duodécima.- Los y las Síndicos y Regidores que integramos esta Comisión Edilicia, coincidimos

en aprobar lo siguiente:

Reformas a los artículos:

Artículo 4.42

Articulo 15.2

Adiciones a los artículos:

Artículos adicionados al Libro Décimo Quinto (Dirección General de Desarrollo y

Fomento Económico), antes Sección Quinta del Capítulo VII del Libro Cuarto

(Tesorería).

Artículo 15.3, se adicionan fracciones XII, XIII, XIV, XV, XVI y XVII.

Artículo 15.4, se adiciona la fracción VI

Artículo 15.22;

Artículo 15.23;

Artículo 15.24;

Artículo 15.25;

Artículo 15.26;

Artículo 15.27;

Artículo 15.28;

Artículo 15.29;

Artículo 15.30;

Artículo 15.31;

Artículo 15.32;

Artículo 15.33; y

Artículo 15.34.

Page 45: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

40

Derogaciones a los artículos:

Del Libro Cuarto (Tesorería Municipal):

Artículo 4.4 fracciones: XXXLX, XL, XLI, XLII, XLIII y XLIV;

Artículo 4.30, fracción V;

Artículo 4.43;

Artículo 4.44;

Artículo 4.45;

Artículo 4.46;

Artículo 4.47;

Artículo 4.48;

Artículo 4.49;

Artículo 4.50;

Artículo 4.51;

Artículo 4.52;

Artículo 4.53;

Artículo 4.54; y

Artículo 4.55.

Esta Comisión Edilicia presenta un cuadro comparativo, mismo que para mejor comprensión de

las disposiciones a modificar, estima conveniente integrarlo al cuerpo del presente Proyecto de

Resolución.

Reformas

Texto Actual Propuesta de Redacción

Artículo 4.42.- Corresponde a la Caja General,

a través de su Titular, el despacho de los

asuntos siguientes:

I. Administrar la disponibilidad de los

recursos financieros con que cuenta el

Municipio, para dar cumplimiento a los

compromisos adquiridos por éste,

proporcionando información veraz y

oportuna para la correcta toma de

decisiones;

Artículo 4.42.- La Subdirección de

Contabilidad General en todo momento y

cuando así se estime necesario, para el

debido cumplimiento de sus funciones,

convocará a las distintas unidades

administrativas de la Tesorería a reunión de

trabajo, a efecto de analizar y resolver

aquellos asuntos que por su naturaleza sea

necesaria la opinión técnica y/o jurídica de las

distintas unidades administrativas.

Page 46: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

41

Reformas

Texto Actual Propuesta de Redacción

II. Efectuar los trámites necesarios para los

pagos en general;

III. Realizar diariamente conciliaciones

bancarias de ingresos y egresos;

IV. Determinar el flujo de efectivo;

V. Atender con instituciones de crédito

asuntos relacionados con movimientos

bancarios en general;

VI. Resguardar las cuentas por pagar y los

cheques expedidos no cobrados;

VII. Supervisar la operación de las cajas

adscritas a la Pagaduría;

VIII. Recibir y verificar los cortes diarios, de

las diferentes cajas recaudadoras que

tiene el Municipio;

IX. Elaborar el informe diario de la posición

bancaria del Municipio incluyendo saldos

en bancos, inversiones, cheques en

tránsito, cheques en caja y pagos

programados no efectuados;

X. Elaborar el informe diario de ingresos;

XI. Supervisar que se cumpla con el control

establecido para la entrega de cheques;

XII. Integrar la documentación inherente a

los egresos, remitiéndola para su

resguardo y contabilización a

Contabilidad General;

XIII. Recibir, verificar y depositar la

recaudación diaria de las cajas

receptoras que integran la Tesorería;

XIV. Recibir, verificar y depositar los

reintegros de nómina; y

XV. Las demás que le sean encomendados

por el Titular de Contabilidad General y

los que le señale la normatividad

aplicable.

Page 47: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

42

Reformas

Texto Actual Propuesta de Redacción

Artículo 15.2.- La Dirección General, como

Dependencia de la Administración Pública

Centralizada, será competente para conocer

del despacho de los asuntos que expresamente

le confiere la Ley de Fomento Económico para

el Estado de México, el Plan de Desarrollo

Municipal, los programas que de éste se

deriven; el Bando Municipal, Reglamentos

Municipales y demás disposiciones jurídicas

aplicables, en el presupuesto autorizado por el

Ayuntamiento y acuerdos emitidos por el

Presidente Municipal, para el logro de sus

objetivos y prioridades.

Artículo 15.2.- La Dirección General, como

Dependencia de la Administración Pública

Centralizada, será competente para conocer del

despacho de los asuntos que expresamente le

confiere la Ley de Fomento Económico para el

Estado de México, la Ley de Competitividad y

Ordenamiento Comercial del Estado de

México, el Plan de Desarrollo Municipal, los

programas que de éste se deriven; el Bando

Municipal, Reglamentos Municipales y demás

disposiciones jurídicas aplicables, en el

presupuesto autorizado por el Ayuntamiento y

acuerdos emitidos por el Presidente Municipal,

para el logro de sus objetivos y prioridades.

Artículo 15.3.- La Dirección General, estará a

cargo de un Director General, a quien le

corresponderá el despacho de las atribuciones

siguientes:

I. Diseñar y tener actualizado, en

coordinación con las distintas unidades

administrativas de la Dirección

General, el Registro de Unidades

Económicas, los padrones y la

información que sea requerida;

II. Solicitar a la Secretaría del

Ayuntamiento, la elaboración, revisión

y validación de los contratos y/o

convenios en las materias de su

competencia, que pretenda suscribir,

previa autorización del Presidente

Municipal;

III. Dar atención y estar en permanente

comunicación con las Cámaras

Empresariales con sede en Naucalpan,

Artículo 15.3.- La Dirección General, estará a

cargo de un Director General, a quien le

corresponderá el despacho de las atribuciones

siguientes:

I. Diseñar y tener actualizado, en

coordinación con las distintas unidades

administrativas de la Dirección General,

el Registro de Unidades Económicas,

los padrones y la información que sea

requerida;

II. Solicitar a la Secretaría del

Ayuntamiento, la elaboración, revisión y

validación de los contratos y/o

convenios en las materias de su

competencia, que pretenda suscribir,

previa autorización del Presidente

Municipal;

III. Dar atención y estar en permanente

comunicación con las Cámaras

Empresariales con sede en Naucalpan,

Page 48: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

43

Reformas

Texto Actual Propuesta de Redacción

así como con aquellos empresarios

que requieran trámites y servicios

municipales

IV. Promover con instituciones y

organismos relacionados con la

actividad agrícola, la realización de

convenios de cooperación y

colaboración, debiendo remitirlos a la

Secretaría del Ayuntamiento para su

análisis, revisión y validación;

V. Dirigir, operar y supervisar el eficiente

manejo del Sistema Municipal de

Microcréditos San Bartolo Naucalpan,

para beneficio de los emprendedores

naucalpenses

VI. Instruir sobre el envío a los particulares

de cartas invitación para regularizarse

en el pago de los adeudos que

reporten con el Sistema Municipal de

Microcréditos San Bartolo Naucalpan;

VII. Ejecutar los acuerdos y resoluciones

tomadas por el Ayuntamiento y la

Presidencia Municipal;

VIII. Promover e impulsar la inversión

pública y privada realizando las

acciones tendientes a brindar

oportunidades de negocio a la planta

productiva;

IX. Promover e impulsar en su caso, las

exportaciones;

X. Diseñar y promover políticas públicas

que estimulen la inversión y generen

empleos bien remunerados, mediante

el fortalecimiento de la alianza

estratégica entre el Gobierno y los

sectores social, académico y

empresarial;

así como con aquellos empresarios que

requieran trámites y servicios

municipales

IV. Promover con instituciones y organismos

relacionados con la actividad agrícola, la

realización de convenios de cooperación

y colaboración, debiendo remitirlos a la

Secretaría del Ayuntamiento para su

análisis, revisión y validación;

V. Dirigir, operar y supervisar el eficiente

manejo del Sistema Municipal de

Microcréditos San Bartolo Naucalpan,

para beneficio de los emprendedores

naucalpenses

VI. Instruir sobre el envío a los particulares

de cartas invitación para regularizarse

en el pago de los adeudos que reporten

con el Sistema Municipal de

Microcréditos San Bartolo Naucalpan;

VII. Ejecutar los acuerdos y resoluciones

tomadas por el Ayuntamiento y la

Presidencia Municipal;

VIII. Promover e impulsar la inversión pública

y privada realizando las acciones

tendientes a brindar oportunidades de

negocio a la planta productiva;

IX. Promover e impulsar en su caso, las

exportaciones;

X. Diseñar y promover políticas públicas

que estimulen la inversión y generen

empleos bien remunerados, mediante el

fortalecimiento de la alianza estratégica

entre el Gobierno y los sectores social,

académico y empresarial;

Page 49: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

44

Reformas

Texto Actual Propuesta de Redacción

XI. Diseñar políticas y programas de

fomento a los sectores productivos del

Municipio, impulsando su

modernización tecnológica y su

competitividad en el marco del

desarrollo sustentable;

XII. Orientar y apoyar acciones para la

implementación del modelo de

competitividad;

XIII. Realizar las gestiones necesarias para

formalizar el aprovechamiento de

programas de desarrollo y fomento

económico-social, ya sean Federales,

Estatales e incluso internacionales;

XIV. Propiciar una efectiva vinculación del

sector productivo con centros de

investigación científica y tecnológica,

colegios y asociaciones de

profesionistas e instituciones de

educación media superior y superior a

fin de instrumentar conjuntamente,

programas de capacitación, innovación

y proyectos productivos que permitan

elevar la competitividad;

XV. Vincular entre sí, a las empresas

asentadas en el Municipio, así como

con instituciones públicas, privadas y

académicas a fin de que obtengan

oportunidades de negocio, tecnología,

exportación, financiamiento, asociación

comercial, capacitación y alianzas

estratégicas;

XVI. Coadyuvar con las autoridades

competentes para llevar un proceso de

Mejora Regulatoria Integral, continua y

permanente en el Municipio, que bajo

XI. Diseñar políticas y programas de

fomento a los sectores productivos del

Municipio, impulsando su modernización

tecnológica y su competitividad en el

marco del desarrollo sustentable;

XII. Vigilar que se expidan y revaliden las

licencias de funcionamiento a las

personas físicas o jurídico colectivas

que lo soliciten, previo cumplimiento

de las disposiciones administrativas

y legales establecidas para tal efecto;

XIII. Suscribir y/o en su caso vigilar que se

suscriban los convenios, licencias y

concesiones que tengan por objeto

prestar el servicio público de

mercados, siempre que hayan sido

aprobados previamente por el

Ayuntamiento en los casos en que así

se requiera;

XIV. Promover e impulsar la permanencia y

modernización de los mercados

públicos y/o centrales de abasto;

XV. Otorgar, los permisos o licencias de

aprovechamiento de la vía pública

para el ejercicio del comercio, en

aquellos casos de excepción que

prevé el Reglamento de Mercados;

XVI. Instruir a la Subdirección de

Normatividad Comercial, a efecto de

iniciar el procedimiento de

revocación, rescisión, anulación,

Page 50: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

45

Reformas

Texto Actual Propuesta de Redacción

los principios de máxima utilidad para

la sociedad y la transparencia en su

elaboración, logre promover la eficacia

y eficiencia, promueva la transparencia

y fomente el desarrollo económico y la

competitividad del mismo;

XVII. Vincular y gestionar la relación entre

las empresas y los distintos órdenes

de gobierno;

XVIII. Dar seguimiento a las propuestas,

quejas y sugerencias respecto de los

asuntos de su competencia;

XIX. Planear la agenda de eventos de la

Dependencia a su cargo, así como

instruir la realización de éstos a las

diferentes Unidades Administrativas

que conforman la Dirección General;

XX. Fomentar el desarrollo humano de los

naucalpenses, a través de la

capacitación y asesoría para iniciativas

emprendedoras y el autoempleo, así

como, impulsar el desarrollo

económico de las familias;

XXI. Promover y en su caso, organizar

jornadas, ferias, exposiciones y otros

eventos similares para el desarrollo y

promoción del empleo en el Municipio;

XXII. Promover que las empresas que se

asienten en el territorio municipal,

cancelación y/o suspensión de los

convenios, concesiones y licencias

para el ejercicio del comercio en los

mercados públicos municipales,

centrales de abasto o bien para el uso

y aprovechamiento de la vía pública

para el ejercicio del comercio, por

incumplimiento de las obligaciones

previstas en los mismos, en el

presente Reglamento y demás

normatividad aplicable o bien cuando

por el interés colectivo así se

requiera;

XVII. Determinar el monto de las multas que

por las infracciones cometidas al

Reglamento de Mercados, Centrales

de Abasto y Comercio en las Vías

Públicas y/o Áreas de Uso Común del

Municipio de Naucalpan de Juárez,

Estado de México y al Reglamento de

Unidades Económicas del Municipio

de Naucalpan de Juárez, Estado de

México, de conformidad con el

Código Financiero del Estado de

México y demás normatividad

aplicable en la materia;

XVIII. Orientar y apoyar acciones para la

implementación del modelo de

competitividad;

XIX. Realizar las gestiones necesarias para

formalizar el aprovechamiento de

programas de desarrollo y fomento

económico-social, ya sean Federales,

Estatales e incluso internacionales;

XX. Propiciar una efectiva vinculación del

sector productivo con centros de

investigación científica y tecnológica,

Page 51: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

46

Reformas

Texto Actual Propuesta de Redacción

generen empleo preferentemente a los

naucalpenses y consuman productos

que se elaboren en el Municipio

mediante el desarrollo de cadenas

productivas;

XXIII. Planear, promover e impulsar el

desarrollo de la actividad turística

sustentable en el Municipio;

XXIV. Vigilar el desempeño y desarrollo de

los fideicomisos que sean de su

competencia, en términos de las

disposiciones jurídicas aplicables;

XXV. Formular el programa operativo, de

conformidad con el Plan de Desarrollo

Municipal y el presupuesto asignado;

XXVI. Planear, promover, organizar y regular

el desarrollo de la actividad

agropecuaria y artesanal, su

industrialización y comercialización, así

como, todas aquellas acciones

tendientes a elevar la calidad de vida

de la población rural;

XXVII. Promover la organización social

productiva de la sociedad rural,

aprovechando los recursos naturales

de sus comunidades, a fin de impulsar

el bienestar social y económico bajo

criterios de equidad social e igualdad

de oportunidades en cuanto a género,

productividad y sustentabilidad;

XXVIII. Coadyuvar con las autoridades

competentes en la conservación de la

biodiversidad y el mejoramiento en la

calidad de los recursos naturales;

XXIX. Promover ante las autoridades

competentes la capacitación,

orientación y asesoría para

colegios y asociaciones de

profesionistas e instituciones de

educación media superior y superior a

fin de instrumentar conjuntamente,

programas de capacitación, innovación y

proyectos productivos que permitan

elevar la competitividad;

XXI. Vincular entre sí, a las empresas

asentadas en el Municipio, así como con

instituciones públicas, privadas y

académicas a fin de que obtengan

oportunidades de negocio, tecnología,

exportación, financiamiento, asociación

comercial, capacitación y alianzas

estratégicas;

XXII. Coadyuvar con las autoridades

competentes para llevar un proceso de

Mejora Regulatoria Integral, continua y

permanente en el Municipio, que bajo

los principios de máxima utilidad para la

sociedad y la transparencia en su

elaboración, logre promover la eficacia y

eficiencia, promueva la transparencia y

fomente el desarrollo económico y la

competitividad del mismo;

XXIII. Vincular y gestionar la relación entre las

empresas y los distintos órdenes de

gobierno;

XXIV. Dar seguimiento a las propuestas,

quejas y sugerencias respecto de los

asuntos de su competencia;

XXV. Planear la agenda de eventos de la

Dependencia a su cargo, así como

instruir la realización de éstos a las

diferentes Unidades Administrativas que

conforman la Dirección General;

XXVI. Fomentar el desarrollo humano de los

Page 52: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

47

Reformas

Texto Actual Propuesta de Redacción

incrementar y diversificar la producción

agropecuaria para atender la demanda

del mercado interno;

XXX. Promover en su caso, la capacidad

productiva para impulsar el auto

abasto y el desarrollo de mercados

regionales en coordinación con la

Tesorería Municipal;

XXXI. Promover el aprovechamiento de

recursos naturales que permitan

diversificar las fuentes de empleo;

XXXII. Proponer al Presidente Municipal, la

integración de consejos y fideicomisos

de su competencia, para el

cumplimiento de los fines y programas

de la Dirección General, para

aprobación del Ayuntamiento;

XXXIII. Atraer inversión productiva, nacional y

extranjera que genere empleos que

provean al bienestar de los habitantes

del territorio municipal;

XXXIV. Promover el desarrollo y atractivos

turístico de conformidad con el Plan de

Desarrollo Municipal;

XXXV. Promover la realización de convenios

de colaboración con instituciones

privadas a fin de desarrollar un turismo

sustentable dentro del territorio

municipal, mismo que en caso de

concretarse deberán ser remitidos a la

Secretaría del H. Ayuntamiento para

revisión y aprobación por conducto de

la Subdirección de Normatividad y

Convenios;

XXXVI. Diseñar e implementar el Plan Turístico

del Municipio en coordinación con la

Comisión Edilicia de Turismo;

naucalpenses, a través de la

capacitación y asesoría para iniciativas

emprendedoras y el autoempleo, así

como, impulsar el desarrollo económico

de las familias;

XXVII. Promover y en su caso, organizar

jornadas, ferias, exposiciones y otros

eventos similares para el desarrollo y

promoción del empleo en el Municipio;

XXVIII. Promover que las empresas que se

asienten en el territorio municipal,

generen empleo preferentemente a los

naucalpenses y consuman productos

que se elaboren en el Municipio

mediante el desarrollo de cadenas

productivas;

XXIX. Planear, promover e impulsar el

desarrollo de la actividad turística

sustentable en el Municipio;

XXX. Vigilar el desempeño y desarrollo de los

fideicomisos que sean de su

competencia, en términos de las

disposiciones jurídicas aplicables;

XXXI. Formular el programa operativo, de

conformidad con el Plan de Desarrollo

Municipal y el presupuesto asignado;

XXXII. Planear, promover, organizar y regular el

desarrollo de la actividad agropecuaria y

artesanal, su industrialización y

comercialización, así como, todas

aquellas acciones tendientes a elevar la

calidad de vida de la población rural;

XXXIII. Promover la organización social

productiva de la sociedad rural,

aprovechando los recursos naturales de

sus comunidades, a fin de impulsar el

bienestar social y económico bajo

Page 53: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

48

Reformas

Texto Actual Propuesta de Redacción

XXXVII. Las demás que señalen las

disposiciones jurídicas aplicables o

que determine el Presidente Municipal.

criterios de equidad social e igualdad de

oportunidades en cuanto a género,

productividad y sustentabilidad;

XXXIV. Coadyuvar con las autoridades

competentes en la conservación de la

biodiversidad y el mejoramiento en la

calidad de los recursos naturales;

XXXV. Promover ante las autoridades

competentes la capacitación, orientación

y asesoría para incrementar y

diversificar la producción agropecuaria

para atender la demanda del mercado

interno;

XXXVI. Promover en su caso, la capacidad

productiva para impulsar el auto abasto

y el desarrollo de mercados regionales

en coordinación con la Tesorería

Municipal;

XXXVII. Promover el aprovechamiento de

recursos naturales que permitan

diversificar las fuentes de empleo;

XXXVIII. Proponer al Presidente Municipal, la

integración de consejos y fideicomisos

de su competencia, para el cumplimiento

de los fines y programas de la Dirección

General, para aprobación del

Ayuntamiento;

XXXIX. Atraer inversión productiva, nacional y

extranjera que genere empleos que

provean al bienestar de los habitantes

del territorio municipal;

XL. Promover el desarrollo y atractivos

turístico de conformidad con el Plan de

Desarrollo Municipal;

XLI. Promover la realización de convenios de

colaboración con instituciones privadas

a fin de desarrollar un turismo

Page 54: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

49

Reformas

Texto Actual Propuesta de Redacción

sustentable dentro del territorio

municipal, mismo que en caso de

concretarse deberán ser remitidos a la

Secretaría del H. Ayuntamiento para

revisión y aprobación por conducto de la

Subdirección de Normatividad y

Convenios;

XLII. Diseñar e implementar el Plan Turístico

del Municipio en coordinación con la

Comisión Edilicia de Turismo;

XLIII. Las demás que señalen las

disposiciones jurídicas aplicables o que

determine el Presidente Municipal.

Artículo 15.4.- La Dirección General para el

desempeño de sus funciones, se auxiliara de

las Unidades Administrativas siguientes:

I. Coordinación Técnica;

II. Coordinación Administrativa;

III. Subdirección de Atención Empresarial;

IV. Subdirección de Promoción al Empleo y

PYMES

V. Subdirección de Financiamiento a

Negocios;

Artículo 15.4.- La Dirección General para el

desempeño de sus funciones, se auxiliara de las

Unidades Administrativas siguientes:

I. Coordinación Técnica;

II. Coordinación Administrativa;

III. Subdirección de Atención Empresarial;

IV. Subdirección de Promoción al Empleo y

PYMES

V. Subdirección de Financiamiento a

Negocios;

VI. Subdirección de Normatividad

Comercial.

CAPÍTULO VI

DE LA SUBDIRECCIÓN DE NORMATIVIDAD

COMERCIAL.

Artículo 15.22.- Corresponde a la Subdirección

de Normatividad Comercial, a través de su

Titular, el despacho de los asuntos siguientes:

I. Revisar y aplicar la normatividad

vigente, referente a las unidades

Page 55: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

50

Reformas

Texto Actual Propuesta de Redacción

económicas y de servicios que operan

dentro del Municipio, incluyendo el

iniciar, tramitar y resolver los

procedimientos administrativos

comunes de la materia;

II. Expedir y revalidar las licencias de

funcionamiento a las personas físicas o

jurídico colectivas que lo soliciten, previo

cumplimiento de las disposiciones

administrativas y legales establecidas

para tal efecto;

III. Emitir respuesta respecto a procedencia

o no de la emisión de licencias de

funcionamiento;

IV. Recibir, analizar, autorizar o negar, las

modificaciones o condiciones a las

licencias de funcionamiento de las

unidades económicas solicitadas por

particulares;

V. Supervisar el funcionamiento de los

departamentos de Vía Pública,

Mercados, Licencias y Verificaciones;

VI. Regular el ejercicio del servicio público

de mercados y centrales de abasto, así

como regular y controlar el ejercicio del

comercio en la vía pública y/o áreas de

uso común;

VII. Instruir, coordinar y supervisar los

operativos desarrollados por sus

Departamentos;

VIII. Otorgar la factibilidad respecto de los

convenios y concesiones que tengan

por objeto prestar el servicio público de

mercados, a fin de que, en su caso,

puedan ser sometidas a consideración

del Ayuntamiento para su aprobación;

IX. Otorgar, previa autorización del

Page 56: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

51

Reformas

Texto Actual Propuesta de Redacción

Tesorero Municipal, los instrumentos

jurídicos correspondientes para el

aprovechamiento de la vía pública

respecto al ejercicio del comercio, en

aquellos casos que prevé el Reglamento

de Mercados, Centrales de Abasto y

Comercio en las Vías Públicas y/o Áreas

de Uso Común del Municipio de

Naucalpan de Juárez, México;

X. Expedir las cédulas de

empadronamiento que acrediten a los

comerciantes y locatarios de mercados

públicos, centrales de abasto y vía

pública, de forma directa a los

interesados y no a través de alguna

organización;

XI. Vigilar la prestación de los servicios

públicos de mercados y de centrales de

abasto;

XII. Agrupar y ubicar los puestos dentro de

los mercados de acuerdo a su giro;

XIII. Ordenar y coordinar los operativos

realizados para el control y retiro de

puestos fijos, semifijos, ambulantes y

tianguistas, a través del resguardo de

mercancías de aquellos comerciantes

que adolezcan del permiso o licencia

correspondiente para el ejercicio del

comercio en la vía pública, así como

aquellos que violen el presente

Reglamento, el Reglamento de

Mercados, Centrales de Abasto y

Comercio en las Vías Públicas y/o Áreas

de Uso Común del Municipio de

Naucalpan de Juárez, Estado de México

y demás normatividad aplicable;

Page 57: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

52

Reformas

Texto Actual Propuesta de Redacción

XIV. Ordenar y coordinar las visitas de

verificación a las unidades económicas

y de servicios, así como a los locales

que se encuentren dentro de los

mercados públicos municipales, puestos

fijos, semifijos y ambulantes asentados

dentro del territorio municipal;

XV. Aplicar las sanciones previstas en el

presente reglamento y demás

disposiciones legales y reglamentarias;

XVI. Determinar e imponer las multas por

infracciones al presente Reglamento y al

Reglamento de Mercados, Centrales de

Abasto y Comercio en las Vías Públicas

y/o Áreas de Uso Común del Municipio

de Naucalpan de Juárez, Estado de

México, de conformidad con el Código

Financiero del Estado de México y

demás normatividad aplicable;

XVII. Establecer los lugares, horarios y fechas

en los que pueden operar los

comerciantes en los mercados públicos,

centrales de abastos y en vía pública;

XVIII. Determinar mediante los estudios

técnicos correspondientes las áreas en

donde exista alta densidad y saturación

de comerciantes de la vía pública,

realizando las acciones tendientes a su

solución;

XIX. Autorizar a los locatarios que se

ausenten de su local hasta por 90 días

naturales, siempre que exista causa

justificada, previa notificación;

XX. Habilitar días y horas para que los

verificadores, notificadores y ejecutores

puedan trabajar en días y horas

inhábiles;

Page 58: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

53

Reformas

Texto Actual Propuesta de Redacción

XXI. Supervisar las actuaciones de los

verificadores, notificadores y ejecutores

en campo adscritos a la Subdirección de

Normatividad Comercial, que porten su

gafete a la vista, asegurándose de que

los mismos conozcan las formalidades

esenciales de los actos de autoridad;

XXII. Verificar que todas las peticiones sean

contestadas y notificadas en tiempo y

forma, de conformidad con el presente

Reglamento y el Código de

Procedimientos Administrativos;

XXIII. Instruir a los Jefes de Departamento a

efecto de mantener actualizados los

padrones a su cargo;

XXIV. Conferir sus facultades delegables a

servidores públicos subalternos, sin

perder por ello la posibilidad de su

ejercicio directo, excepto aquellas que

por disposición de ley o de este

Reglamento deban ser ejercidas en

forma directa por él;

XXV. Iniciar el procedimiento administrativo

común aplicable sobre cancelaciones,

reubicación y modificación del comercio

previo las formalidades que regulan el

procedimiento en términos de la

normatividad aplicable;

XXVI. Reubicar o retirar los puestos o tianguis,

por razones de interés público, vialidad,

higiene u otra causa justificada;

XXVII. Cancelar la Cédula de Empadronamiento

que autoriza el ejercicio del comercio en

la vía pública y/o áreas de uso común a

los comerciantes reincidentes de los

puestos en sus diversas modalidades,

previas las formalidades que regulan el

Page 59: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

54

Reformas

Texto Actual Propuesta de Redacción

procedimiento en términos de la

normatividad aplicable;

XXVIII. Anular las Cédulas de Empadronamiento

o la concesión y su constancia para

ejercer el comercio en sus distintas

modalidades, previas las formalidades

que regulan el procedimiento en

términos de la normatividad aplicable;

XXIX. Contestar de manera fundada y

motivada, las peticiones que le sean

formuladas por comerciantes de la vía

pública;

XXX. Aplicar multas a los comerciantes

regulados en este Reglamento que

laboren en horarios y días no

autorizados por el Departamento de Vía

Pública;

XXXI. Autorizar horarios especiales de

acuerdo con las necesidades de los

comerciantes mediante el pago de las

horas extras a que haya lugar, conforme

a la normatividad aplicable; y

XXXII. Las demás que le sean encomendados

por el Subtesorero de Egresos y los que

le señale la normatividad aplicable.

Artículo 15.23.- La Subdirección Normatividad

Comercial, para el eficiente ejercicio de sus

funciones, se auxiliará de las siguientes

Unidades Administrativas:

I. Departamento de Vía Pública;

II. Departamento de Mercados;

III. Departamento de Licencias;

IV. Departamento de Verificaciones y

Clausuras; y

V. Ventanilla Única de Gestión.

Page 60: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

55

Reformas

Texto Actual Propuesta de Redacción

DEL DEPARTAMENTO DE VÍA PÚBLICA.

Artículo 15.24.- Corresponde al Departamento

de Vía Pública, a través de su Titular, el

despacho de los asuntos siguientes:

I. Registrar y autorizar a los comerciantes a

que se refiere la normatividad aplicable a

la materia;

II. Iniciar, tramitar y resolver, los

procedimientos administrativos comunes,

correspondientes a los comerciantes en

vía pública y áreas de uso común en sus

diversas modalidades, de conformidad

con lo establecido en las disposiciones

legales y administrativas vigentes

III. Remitir a la Dirección General Jurídica los

expedientes motivo de juicios

administrativos interpuestos en contra de

la Subdirección de Normatividad

Comercial o del titular del departamento

IV. Calificar y aplicar las sanciones por

violaciones a la regulación aplicable;

V. Previo acuerdo con su superior

jerárquico, dividir el Municipio en zonas y

éstas a su vez en áreas de recaudación

previa autorización del Tesorero;

VI. Solicitar a la Dirección General de

Movilidad Urbana y Viabilidad la

elaboración del estudio y/o dictamen de

factibilidad respecto a las solicitudes de

permisos o licencias para el uso y

explotación de la vía pública para el

ejercicio del comercio, previo acuerdo con

el Subdirector, a fin de que en su caso,

puedan ser sometidas a consideración

del Ayuntamiento para su aprobación;

Page 61: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

56

Reformas

Texto Actual Propuesta de Redacción

VII. Suspender, como resultado del

procedimiento común, las actividades

comerciales de los puestos, en sus

diversas modalidades, de los

comerciantes que infrinjan las

disposiciones contenidas en el Bando

Municipal, el presente Reglamento y

demás normatividad aplicable;

VIII. Expedir previa autorización del

Subdirector, las órdenes de pago de los

derechos correspondientes, para el uso y

aprovechamiento de la vía pública y

áreas de uso común, para el ejercicio del

comercio en sus diversas modalidades,

así como todos aquellos ingresos

derivados del ejercicio de su actividad

comercial;

IX. Levantar el estado de suspensión de

actividades, una vez que el comerciante

haya subsanado el incumplimiento que

hubiese dado origen a la sanción;

X. Previo dictamen de factibilidad que emita

la Dirección General de Movilidad y

Vialidad, establecer lugares y horarios en

los que pueden operar los tianguis en vía

pública, los puestos semifijos, ambulantes

y temporales en vía pública;

XI. Elaborar y mantener actualizado el

padrón de comerciantes en la vía pública;

XII. Supervisar y controlar el funcionamiento

de puestos, en sus diferentes

modalidades, ubicados en el exterior de

los mercados públicos, con el objeto de

que estos no afecten los giros

considerados en la regulación

correspondiente como propios de los

mercados públicos;

Page 62: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

57

Reformas

Texto Actual Propuesta de Redacción

XIII. Conminar al retiro de las mercancías que

se estén comerciando sin la debida

autorización y retirar las que se

encuentran abandonadas en la vía

pública, sea cual fuera su estado o

naturaleza;

XIV. Designar y acreditar a verificadores,

notificadores y ejecutores para que

cumplan sus funciones;

XV. Coadyuvar y coordinarse con el

Subdirector en los operativos realizados

para el control y retiro de puestos fijos,

semifijos, ambulantes y tianguistas, a

través del resguardo de mercancías, de

aquellos comerciantes que adolezcan del

permiso o licencia correspondiente para

el ejercicio del comercio en la vía pública;

así como aquellos que violen el presente

Reglamento, el Reglamento de

Mercados, Centrales de Abasto y

Comercio en las Vías Públicas y/o Áreas

de Uso Común del Municipio de

Naucalpan de Juárez, Estado de México

y demás normatividad aplicable;

XVI. Ordenar las visitas de verificación a los

puestos fijos, semifijos, ambulantes y

tianguis, asentados dentro del territorio

municipal;

XVII. Previo acuerdo con el Subdirector aplicar

las sanciones previstas en el presente

Reglamento y demás disposiciones

legales y reglamentarias;

XVIII. Informar al Subdirector respecto de las

áreas en donde existan alta densidad y

saturación de comerciantes de la vía

pública;

Page 63: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

58

Reformas

Texto Actual Propuesta de Redacción

XIX. Coordinar en su caso a los verificadores,

notificadores y ejecutores a su cargo,

para el control del comercio de la vía

pública, y vigilar que cada inspector, porte

su gafete a la vista;

XX. Solicitar en su caso, al Subdirector la

habilitación de días y horas para llevar a

cabo la práctica de inspecciones cuando

así fuese necesario;

XXI. Instruir previo acuerdo con el Subdirector,

a los verificadores, notificadores y

ejecutores a su cargo el retiro de

comerciantes que ejerzan su actividad sin

el permiso o licencia correspondiente, en

la vía pública y en su caso, el resguardo

de mercancías;

XXII. Solicitar realicen reporte diario de

actividades a los verificadores,

notificadores y ejecutores; y

XXIII. Los demás que le sean encomendados

por el Subdirector de Normatividad

Comercial y los que le señale la

normatividad aplicable.

Artículo 15.25.- Los procedimientos

administrativos se iniciarán de oficio por acuerdo

escrito del Tesorero Municipal, el Subtesorero de

Egresos o en su caso del Subdirector, en los

casos que determine el presente Reglamento, el

Reglamento de Mercados, Centrales de abasto y

Comercio en las Vías Públicas y/o Áreas de Uso

Común del Municipio de Naucalpan de Juárez,

Estado de México y demás normatividad

aplicable. Sin embargo, previo al acuerdo de

iniciación del procedimiento, el Subdirector podrá

abrir un período de información previa con el fin

de conocer las circunstancias del caso concreto

Page 64: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

59

Reformas

Texto Actual Propuesta de Redacción

y estar en posibilidad de determinar la

conveniencia o no de iniciar el procedimiento

respectivo.

Artículo 15.26.- En caso de alteración de

documentos oficiales por parte de los

comerciantes o de sus representantes, el

Departamento de Vía Pública está facultado para

revocar los permisos, licencias o autorizaciones

y solicitará a la Dirección General Jurídica

elabore y presente la denuncia ante las

autoridades correspondientes.

DEL DEPARTAMENTO DE MERCADOS

Artículo 15.27.- Corresponde al Departamento

de Mercados, a través de su Titular, el despacho

de los asuntos siguientes:

I. Registrar y autorizar a los comerciantes a

que se refiere la normatividad aplicable a

la materia;

II. Calificar y aplicar las sanciones por

violaciones a la regulación aplicable;

III. Dividir el Municipio en zonas y éstas a su

vez en áreas de recaudación previa

autorización del Tesorero;

IV. Agrupar y ubicar los locales, puestos

permanentes y fijos dentro de los

mercados públicos de acuerdo con sus

giros;

V. Expedir las órdenes de pago de los

derechos correspondientes, para el caso

de los convenios o concesiones,

celebrados con particulares para el uso y

aprovechamiento de los mercados

públicos o centrales de abasto, así como

Page 65: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

60

Reformas

Texto Actual Propuesta de Redacción

todos aquellos ingresos derivados del

ejercicio de su actividad comercial;

VI. Ejecutar visitas de inspección a los locales

que se encuentren dentro de los

mercados públicos municipales, a fin de

verificar si cumplen con los requisitos que

para el ejercicio del comercio señalan el

presente Reglamento y el Reglamento de

Mercados, Centrales de Abasto y

comercio en las Vía Públicas y/o Áreas de

Usos de Común del Municipio de

Naucalpan de Juárez Estado de México;

VII. Ordenar la instalación, cancelación,

reubicación, alineamiento, reparación,

pintura y modificación de los locales,

puestos permanentes y fijos dentro de los

mercados públicos;

VIII. Elaborar y mantener actualizado el

padrón de mercados públicos y centrales

de abasto;

IX. Solicitar la clausura por conducto del

Departamento de Verificaciones de los

locales, puestos permanentes y fijos

dentro de los mercados públicos, de los

comerciantes que infrinjan la

normatividad aplicable y, asimismo, retirar

por el mismo conducto los sellos cuando

el comerciante cumpla con sus

obligaciones fiscales;

X. Supervisar y controlar el funcionamiento

de los mercados públicos y actividades

de abasto así como las condiciones de

higiene y seguridad;

XI. Coadyuvar con la Procuraduría Federal

del Consumidor en la vigilancia de

precios oficiales, pesas y medidas, con el

fin de proteger la economía del público

Page 66: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

61

Reformas

Texto Actual Propuesta de Redacción

consumidor;

XII. Coadyuvar al cumplimiento de las

disposiciones legales de orden Federal y

Estatal en mercados públicos, y

actividades de abasto que se encuentren

en el Municipio, específicamente en

acciones especulativas de

almacenamiento y de ocultamiento, o

abasto condicionado, que lesione la

alimentación y economía de la población;

XIII. Emitir opinión a las Dependencias

correspondientes, acerca de la creación

de nuevos mercados públicos;

XIV. Prestar los apoyos técnicos y materiales

necesarios para la terminación,

reconstrucción, remodelación, y

mantenimiento de los mercados públicos

autorizados y en operación, atendiendo a

las necesidades prioritarias;

XV. Ordenar y en su caso, realizar el retiro de

las mercancías que se estén

comerciando sin la debida autorización;

XVI. Aplicar multas a los comerciantes

regulados en este Reglamento que

laboren en horarios y días no autorizados

por el Departamento de Mercados;

XVII. Solicitar al Subdirector, la habilitación de

días y horas para llevar a cabo la práctica

de inspecciones cuando así fuese

necesario;

XVIII. Coordinar en su caso, a los verificadores,

notificadores y ejecutores adscritos a su

área, determinando mediante el manual

de procedimientos, la forma como deben

desarrollar su trabajo;

XIX. Vigilar que cada inspector, porte su

gafete a la vista;

Page 67: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

62

Reformas

Texto Actual Propuesta de Redacción

XX. Instruir a los verificadores, notificadores y

ejecutores a su cargo el retiro de

comerciantes que ejerzan su actividad sin

permiso, en el interior o en las

inmediaciones de los mercados públicos o

centrales de abasto y en su caso, el

resguardo de mercancías;

XXI. Contestar de manera fundada y motivada,

las peticiones que le sean formuladas por

locatarios y las que le confiera el

Subdirector;

XXII. Iniciar, tramitar y resolver los

procedimientos administrativos tendientes

a la recuperación de locales que no se

encuentren en uso, así como la

reasignación de los mismos en los

términos que establezca el Reglamento

de Mercados Centrales de Abasto y

comercio en las Vía Públicas y/o Áreas

de Usos de Común del Municipio de

Naucalpan de Juárez Estado de México;

XXIII. Iniciar los procedimientos administrativos

correspondientes, cuando se trate,

suspensión, revocación y/o rescisión de

un convenio, concesión o licencia,

expedida para el ejercicio del comercio en

mercados públicos;

XXIV. Remitir a la Dirección General Jurídica los

expedientes motivo de juicios

administrativos interpuestos en contra de

la Subdirección de Normatividad

Comercial o el titular del departamento;

XXV. Solicitar realicen reporte diario de

actividades a los verificadores,

notificadores y ejecutores;

XXVI. Obligar el retiro de la mercancía que no

corresponda al giro autorizado y, en caso

Page 68: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

63

Reformas

Texto Actual Propuesta de Redacción

de resistencia del comerciante, proceder

a su retiro; y

XXVII. Las demás que le sean encomendados

por el Subdirector de Normatividad

Comercial y los que le señale la

normatividad aplicable.

Artículo 15.28.- Los procedimientos

administrativos se iniciarán de oficio por acuerdo

escrito del Tesorero Municipal, el Subtesorero de

Egresos o en su caso del Subdirector, en los

casos que determine el presente Reglamento, el

Reglamento de Mercados, Centrales de abasto y

Comercio en las Vías Públicas y/o Áreas de Uso

Común del Municipio de Naucalpan de Juárez,

Estado de México, y demás normatividad

aplicable. Sin embargo, previo al acuerdo de

iniciación del procedimiento, el Subdirector podrá

abrir un período de información previa con el fin

de conocer las circunstancias del caso concreto

y estar en posibilidad de determinar la

conveniencia o no de iniciar el procedimiento

respectivo.

Artículo 15.29.- En caso de alteración de

documentos oficiales por parte de los

comerciantes o de sus representantes, el

Departamento de Mercados está facultado para

solicitar al Ayuntamiento la revocación de la

concesión o bien en su caso cancelar la licencia,

permiso o autorización correspondiente pudiendo

presentar la denuncia ante las autoridades

correspondientes.

DEL DEPARTAMENTO DE LICENCIAS

Artículo 15.30.- Corresponde al Departamento

Page 69: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

64

Reformas

Texto Actual Propuesta de Redacción

de Licencias, a través de su Titular, el despacho

de los asuntos siguientes:

I. Coordinar la emisión o modificación de

las licencias de funcionamiento de

establecimientos industriales, comerciales

y de servicios, y la conformación de los

expedientes de las mismas, para contar

con un padrón confiable

II. Recibir y analizar las peticiones de las

personas físicas y jurídico colectivas que

soliciten licencia de funcionamiento para

establecimientos industriales, comerciales

y de servicios;

III. Otorgar la licencia provisional de

funcionamiento para negocios

industriales, comerciales y de servicios de

bajo riesgo sanitario, ambiental o de

protección civil, siempre y cuando se

cumpla con la normatividad y requisitos

exigidos para ello;

IV. Expedir o negar licencias o permisos de

funcionamiento, para las unidades

económicas, dando respuesta en un

plazo que no exceda de tres días hábiles

posteriores a la fecha de su solicitud.

Función que deberá realizar en

coordinación con la Ventanilla Única y

con el visto bueno del Subdirector de

Normatividad Comercial;

V. Conformar los expedientes de las

licencias de funcionamiento de

establecimientos industriales, comerciales

y de servicios;

VI. Resguardar y mantener actualizado el

archivo de las licencias de

funcionamiento de establecimientos

Page 70: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

65

Reformas

Texto Actual Propuesta de Redacción

industriales, comerciales y de servicios;

VII. Verificar que se cumpla con toda la

documentación y normatividad en las

licencias de funcionamiento de

establecimientos industriales, comerciales

y de servicios; Elaborar las órdenes de

pago que amparen el ingreso por

concepto de apertura o refrendo anual de

bebidas alcohólicas;

VIII. Verificar que los particulares que deseen

hacer uso de la vía pública para ejercer el

comercio, cumplan con todos los

requisitos que determine la normatividad

aplicable;

IX. Elaborar las órdenes de pago

concernientes a los conceptos de

otorgamiento, regularización, así como de

todos aquellos ingresos derivados de la

licencia de funcionamiento;

X. Iniciar, tramitar y resolver, por

instrucciones de la Subdirección de

Normatividad Comercial, el procedimiento

administrativo común correspondiente a

los establecimientos industriales,

comerciales y de servicios, de

conformidad con lo establecido en las

disposiciones legales y administrativas

vigentes;

XI. Diseñar, integrar y elaborar

mensualmente, los informes de los

ingresos y movimientos que se generan

en la Subdirección de Normatividad

Comercial; y

XII. Los demás que le sean encomendados

por el Titular de la Subdirección de

Normatividad Comercial y los que le

señale la normatividad aplicable.

Page 71: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

66

Reformas

Texto Actual Propuesta de Redacción

Artículo 15.31.- Los procedimientos

administrativos se iniciarán de oficio por acuerdo

escrito del Tesorero Municipal, el Subtesorero de

Egresos o en su caso del Subdirector, en los

casos que determine el presente Reglamento, el

Reglamento de Establecimientos Industriales,

Comerciales y de Servicios y demás

normatividad aplicable. Sin embargo, previo al

acuerdo de iniciación del procedimiento, el

Subdirector podrá abrir un período de

información previa con el fin de conocer las

circunstancias del caso concreto y estar en

posibilidad de determinar la conveniencia o no

de iniciar el procedimiento respectivo.

DEL DEPARTAMENTO DE VERIFICACIONES

Y CLAUSURAS

Artículo 15.32.- Corresponde al Departamento

de Verificaciones y Clausuras, a través de su

Titular, el despacho de los asuntos siguientes:

I. Verificar que todas las unidades

económicas que se instalan en el territorio

del Municipio, cumplan con la normatividad

vigente para su legal funcionamiento y que

los establecimientos apeguen sus

funciones de conformidad a lo autorizado

en la Licencia de Funcionamiento,

respectiva;

II. Vigilar que las unidades económicas,

apeguen sus funciones de conformidad a lo

autorizado en la licencia de

funcionamiento, respectiva;

III. Programar, coordinar y ejecutar las visitas

de verificación, observando en todo

momento las disposiciones legales en la

Page 72: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

67

Reformas

Texto Actual Propuesta de Redacción

materia;

IV. Coordinar al personal jurídico de su área,

para la atención de los asuntos legales,

competencia de la Subdirección de

Normatividad Comercial;

V. Contestar las peticiones de la ciudadanía;

VI. Sustanciar el procedimiento administrativo

común correspondiente;

VII. Elaborar el reporte mensual de las

actividades realizadas durante las visitas a

las unidades económicas;

VIII. Remitir a la Dirección General Jurídica los

expedientes motivo de juicios

administrativos interpuestos en contra de la

Subdirección de Normatividad Comercial o

el titular del departamento;

IX. Atender al público en general, así como dar

atención especial a las quejas y denuncias

presentadas, en lo relacionado a su

competencia, dando vista en su caso a las

diversas Unidades Administrativas de la

Tesorería o de la Administración Pública,

en su caso, para su atención; y

X. Las demás que le sean encomendados por

el Titular de la Subdirección de

Normatividad Comercial y los que le señale

la normatividad aplicable.

Artículo 15.33.- Los procedimientos

administrativos se iniciarán de oficio por acuerdo

escrito del Tesorero Municipal, el Subtesorero de

Egresos o en su caso del Subdirector, en los

casos que determine el presente Reglamento, el

Reglamento de Establecimientos Industriales,

Comerciales y de Servicios y demás

normatividad aplicable. Sin embargo, previo al

acuerdo de iniciación del procedimiento, el

Page 73: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

68

Reformas

Texto Actual Propuesta de Redacción

Subdirector podrá abrir un período de

información previa con el fin de conocer las

circunstancias del caso concreto y estar en

posibilidad de determinar la conveniencia o no

de iniciar el procedimiento respectivo.

DE LA VENTANILLA ÚNICA

Artículo 15.34.- Corresponde a la Ventanilla

Única, a través de su Titular, el despacho de los

asuntos siguientes:

I. Exhortar a las diferentes Dependencias y

Entidades de la Administración Pública,

para la debida atención de las personas

físicas y jurídico-colectivas

emprendedoras que fomenten la

economía dentro del territorio municipal;

II. Dar seguimiento a la apertura de

empresas que se generen en el Municipio;

III. Difundir entre la comunidad empresarial y

la ciudadanía, los procedimientos

aplicables para la apertura de negocios,

así como la reglamentación municipal

relacionada con las actividades

económicas;

IV. Informar al solicitante o representante

legal todo el procedimiento que se debe

llevar a cabo, los requisitos y el costo legal

necesario para la obtención de la

autorización;

V. Entregar al solicitante o representante

legal la respuesta de su trámite en un

término no mayor a cinco días hábiles, a

partir de la fecha de recibo, este plazo se

podrá prorrogar hasta por 5 días hábiles

siempre y cuando justifique la necesidad

Page 74: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

69

Reformas

Texto Actual Propuesta de Redacción

para ello;

VI. Tendrá las más amplias facultades de

gestión ante las autoridades estatales y

municipales;

VII. Gestionará los trámites siguientes:

permisos, licencias, dictámenes, cédulas

informativas de zonificación y las demás

que sean necesarias para la apertura y

funcionamiento de las unidades

económicas.

VIII. Acordar con su superior jerárquico, el

despacho de los asuntos de su

competencia;

IX. Coordinar la operación de la Ventanilla

Única;

X. Operar el Sistema de Apertura Rápida de

Empresas (SARE) en coordinación con la

Subdirección de Normatividad Comercial y

el Departamento de Uso de Suelo y

Control del Suelo de la Subdirección de

Operación Urbana de la Dirección General

de Desarrollo Urbano;

XI. Atender e informar a los particulares, de

forma gratuita, los trámites que se realizan

para el inicio de operaciones de las

empresas, así como, mediante el Sistema

de Apertura Rápida de Empresas (SARE);

XII. Ser el único medio de recepción de la

documentación que presenten los

particulares respecto de los trámites para

la obtención de licencias de

funcionamiento;

XIII. Integrar expedientes y enviar las remesas

que en la modalidad (SARE) y trámite

ordinario se reciban, canalizándolas a las

unidades administrativas

correspondientes;

Page 75: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

70

Reformas

Texto Actual Propuesta de Redacción

XIV. Trabajar en conjunto con las demás

Dependencias y Entidades de la

Administración Pública Municipal

competentes, para dar seguimiento a los

trámites empresariales;

XV. Integrar y actualizar la información del

SIAC en los campos de su competencia;

XVI. Proporcionar en forma gratuita a la

ciudadanía, los formatos de solicitud de

trámites de su competencia;

XVII. Informar y remitir oportunamente la

documentación recibida al titular de la

Subdirección de Normatividad Comercial

dependiente, respecto a los trámites de

apertura rápida y de obtención de

licencias de funcionamiento a efecto de

emitir lo que en derecho corresponda

respecto a los trámites antes previstos.

XVIII. Entregar a los particulares que hayan

realizado su trámite correspondiente, la

licencia de funcionamiento, certificados y

demás documentos que recaigan en los

trámites empresariales;

XIX. Elaborar un informe trimestral de las

actividades, logro de objetivos y

cumplimiento de los indicadores de

eficiencia del área; y

XX. Las demás que le sean conferidas por el

Subtesorero de Egresos y/o Subdirector

de Normatividad Comercial, así como la

normatividad aplicable.

Artículo 4.4.- La Tesorería, estará a cargo de

un titular denominado Tesorero Municipal, a

quien además de las atribuciones señaladas en

el artículo 1.12 del LIBRO PRIMERO, le

Artículo 4.4.- La Tesorería, estará a cargo de un

titular denominado Tesorero Municipal, a quien

además de las atribuciones señaladas en el

artículo 1.12 del LIBRO PRIMERO, le

Page 76: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

71

Reformas

Texto Actual Propuesta de Redacción

corresponderán el ejercicio de las atribuciones

siguientes:

XXXIX. Vigilar que se expidan y revaliden las

licencias de funcionamiento a las

personas físicas o jurídico colectivas

que lo soliciten, previo cumplimiento

de las disposiciones administrativas y

legales establecidas para tal efecto;

XL. Suscribir y/o en su caso vigilar que

se suscriban los convenios, licencias

y concesiones que tengan por objeto

prestar el servicio público de

mercados, siempre que hayan sido

aprobados previamente por el

Ayuntamiento en los casos en que

así se requiera;

XLI. Promover e impulsar la permanencia

y modernización de los mercados

públicos y/o centrales de abasto;

XLII. Otorgar, los permisos o licencias de

aprovechamiento de la vía pública

para el ejercicio del comercio, en

aquellos casos de excepción que

prevé el Reglamento de Mercados;

XLIII. Instruir a la Subdirección de

Normatividad Comercial, a efecto de

iniciar el procedimiento de

revocación, rescisión, anulación,

cancelación y/o suspensión de los

convenios, concesiones y licencias

para el ejercicio del comercio en los

mercados públicos municipales,

centrales de abasto o bien para el

uso y aprovechamiento de la vía

pública para el ejercicio del comercio,

por incumplimiento de las

corresponderán el ejercicio de las atribuciones

siguientes:

XXXIX. (Se deroga);

XL. (Se deroga);

XLI. (Se deroga);

XLII. (Se deroga);

XLIII. (Se deroga);

XLIV. (Se deroga);

XLV. Dar cumplimiento a las disposiciones

que resulten aplicables de la Ley de

Disciplina Financiera de las Entidades

Federativas y los Municipios,

instrumentando los mecanismos de

control necesarios para tal efecto;

XLVI. ...

Page 77: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

72

Reformas

Texto Actual Propuesta de Redacción

obligaciones previstas en los

mismos, en el presente Reglamento

y demás normatividad aplicable o

bien cuando por el interés colectivo

así se requiera;

XLIV. Determinar el monto de las multas

que por las infracciones cometidas al

Reglamento de Mercados, Centrales

de Abasto y Comercio en las Vías

Públicas y/o Áreas de Uso Común

del Municipio de Naucalpan de

Juárez, Estado de México y al

Reglamento de Unidades

Económicas del Municipio de

Naucalpan de Juárez, Estado de

México, de conformidad con el

Código Financiero del Estado de

México y demás normatividad

aplicable en la materia;

XLV. Dar cumplimiento a las disposiciones

que resulten aplicables de la Ley de

Disciplina Financiera de las

Entidades Federativas y los

Municipios, instrumentando los

mecanismos de control necesarios

para tal efecto; ...

Artículo 4.30.- Para el eficiente desempeño de

sus funciones, la Subtesorería de Egresos se

auxiliará de las unidades administrativas

siguientes:

I. Subdirección de Contabilidad General;

II. Departamento de Ramo 33;

III. Departamento de Presupuesto;

IV. Departamento de Solventaciones;

V. Subdirección de Normatividad

Artículo 4.30.- Para el eficiente desempeño de

sus funciones, la Subtesorería de Egresos se

auxiliará de las unidades administrativas

siguientes:

I. Subdirección de Contabilidad General;

II. Departamento de Ramo 33;

III. Departamento de Presupuesto;

IV. Departamento de Solventaciones;

V. (Se deroga);

Page 78: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

73

Reformas

Texto Actual Propuesta de Redacción

Comercial.

Sección Quinta.

DE LA SUBDIRECCIÓN DE NORMATIVIDAD

COMERCIAL.

Artículo 4.43.- Corresponde a la Subdirección

de Normatividad Comercial, a través de su

Titular, el despacho de los asuntos siguientes:

I. Revisar y aplicar la normatividad

vigente, referente a las unidades

económicas y de servicios que operan

dentro del Municipio, incluyendo el

iniciar, tramitar y resolver los

procedimientos administrativos

comunes de la materia;

II. ……

Artículo 4.44.- La Subdirección Normatividad

Comercial, para el eficiente ejercicio de sus

funciones, se auxiliará de las siguientes

Unidades Administrativas:

I. Departamento de Vía Pública;

II. Departamento de Mercados;

III. Departamento de Licencias;

IV. Departamento de Verificaciones y

Clausuras; y

V. Ventanilla Única de Gestión.

DEL DEPARTAMENTO DE VÍA PÚBLICA. Artículo 4.45.- Corresponde al Departamento de Vía Pública, a través de su Titular, el despacho de los asuntos siguientes:

Sección Quinta.

(Se deroga)

Artículo 4.43.- (Se deroga)

Artículo 4.44.- (Se deroga)

Artículo 4.45.- (Se deroga)

Artículo 4.46.- (Se deroga)

Artículo 4.47.- (Se deroga)

Artículo 4.48.- (Se deroga)

Artículo 4.49.- (Se deroga)

Artículo 4.50.- (Se deroga)

Artículo 4.51.- (Se deroga)

Artículo 4.52.- (Se deroga)

Artículo 4.53.- (Se deroga)

Artículo 4.54.- (Se deroga)

Artículo 4.55.- (Se deroga)

Page 79: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

74

Reformas

Texto Actual Propuesta de Redacción

I. Registrar y autorizar a los comerciantes a que se refiere la normatividad aplicable a la materia;

II. … Artículo 4.46.- Los procedimientos

administrativos se iniciarán de oficio por

acuerdo escrito del Tesorero Municipal, el

Subtesorero de Egresos o en su caso del

Subdirector, en los casos que determine el

presente Reglamento, el Reglamento de

Mercados, Centrales de abasto y Comercio en

las Vías Públicas y/o Áreas de Uso Común del

Municipio de Naucalpan de Juárez, Estado de

México y demás normatividad aplicable. Sin

embargo, previo al acuerdo de iniciación del

procedimiento, el Subdirector podrá abrir un

período de información previa con el fin de

conocer las circunstancias del caso concreto y

estar en posibilidad de determinar la

conveniencia o no de iniciar el procedimiento

respectivo.

Artículo 4.47.- En caso de alteración de

documentos oficiales por parte de los

comerciantes o de sus representantes, el

Departamento de Vía Pública está facultado

para revocar los permisos, licencias o

autorizaciones y solicitará a la Dirección

General Jurídica elabore y presente la denuncia

ante las autoridades correspondientes.

DEL DEPARTAMENTO DE MERCADOS

Artículo 4.48.- Corresponde al Departamento de Mercados, a través de su Titular, el despacho de los asuntos siguientes:

Page 80: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

75

Reformas

Texto Actual Propuesta de Redacción

I. Registrar y autorizar a los comerciantes a que se refiere la normatividad aplicable a la materia;

II. …….

Artículo 4.49.- Los procedimientos

administrativos se iniciarán de oficio por

acuerdo escrito del Tesorero Municipal, el

Subtesorero de Egresos o en su caso del

Subdirector, en los casos que determine el

presente Reglamento, el Reglamento de

Mercados, Centrales de abasto y Comercio en

las Vías Públicas y/o Áreas de Uso Común del

Municipio de Naucalpan de Juárez, Estado de

México, y demás normatividad aplicable. Sin

embargo, previo al acuerdo de iniciación del

procedimiento, el Subdirector podrá abrir un

período de información previa con el fin de

conocer las circunstancias del caso concreto y

estar en posibilidad de determinar la

conveniencia o no de iniciar el procedimiento

respectivo.

Artículo 4.50.- En caso de alteración de

documentos oficiales por parte de los

comerciantes o de sus representantes, el

Departamento de Mercados está facultado para

solicitar al Ayuntamiento la revocación de la

concesión o bien en su caso cancelar la

licencia, permiso o autorización correspondiente

pudiendo presentar la denuncia ante las

autoridades correspondientes.

DEL DEPARTAMENTO DE LICENCIAS

Artículo 4.51.- Corresponde al Departamento

de Licencias, a través de su Titular, el

Page 81: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

76

Reformas

Texto Actual Propuesta de Redacción

despacho de los asuntos siguientes:

I. Coordinar la emisión o modificación de las

licencias de funcionamiento de

establecimientos industriales, comerciales y

de servicios, y la conformación de los

expedientes de las mismas, para contar con

un padrón confiable

Artículo 4.52.- Los procedimientos

administrativos se iniciarán de oficio por

acuerdo escrito del Tesorero Municipal, el

Subtesorero de Egresos o en su caso del

Subdirector, en los casos que determine el

presente Reglamento, el Reglamento de

Establecimientos Industriales, Comerciales y de

Servicios y demás normatividad aplicable. Sin

embargo, previo al acuerdo de iniciación del

procedimiento, el Subdirector podrá abrir un

período de información previa con el fin de

conocer las circunstancias del caso concreto y

estar en posibilidad de determinar la

conveniencia o no de iniciar el procedimiento

respectivo.

DEL DEPARTAMENTO DE VERIFICACIONES

Y CLAUSURAS

Artículo 4.53.- Corresponde al Departamento

de Verificaciones y Clausuras, a través de su

Titular, el despacho de los asuntos siguientes:

I. Verificar que todas las unidades

económicas que se instalan en el territorio

del Municipio, cumplan con la

normatividad vigente para su legal

funcionamiento y que los establecimientos

Page 82: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

77

Reformas

Texto Actual Propuesta de Redacción

apeguen sus funciones de conformidad a

lo autorizado en la Licencia de

Funcionamiento, respectiva;

II. …

Artículo 4.54.- Los procedimientos

administrativos se iniciarán de oficio por

acuerdo escrito del Tesorero Municipal, el

Subtesorero de Egresos o en su caso del

Subdirector, en los casos que determine el

presente Reglamento, el Reglamento de

Establecimientos Industriales, Comerciales y de

Servicios y demás normatividad aplicable. Sin

embargo, previo al acuerdo de iniciación del

procedimiento, el Subdirector podrá abrir un

período de información previa con el fin de

conocer las circunstancias del caso concreto y

estar en posibilidad de determinar la

conveniencia o no de iniciar el procedimiento

respectivo.

DE LA VENTANILLA ÚNICA

Artículo 4.55.- Corresponde a la Ventanilla

Única, a través de su Titular, el despacho de los

asuntos siguientes:

I. Exhortar a las diferentes Dependencias

y Entidades de la Administración

Pública, para la debida atención de las

personas físicas y jurídico-colectivas

emprendedoras que fomenten la

economía dentro del territorio

municipal;

II. …..

Page 83: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

78

Consideraciones de Derecho

Primera.- El artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,

establece que los municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su

patrimonio conforme a la ley; tendrán facultades de aprobar los bandos de policía y gobierno, los

reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus

respectivas jurisdicciones.

Segunda.- Por su parte, los artículos 112 y 113 de la Constitución Política del Estado Libre y

Soberano de México, establecen que el Municipio es la base de la división territorial y de la

organización política y administrativa del estado y que cada municipio será gobernado por un

Ayuntamiento con la competencia que le otorga la Carta Magna, el artículo 116, señala que los

Ayuntamientos serán asamblea deliberante y tendrán autoridad y competencia propias en los

asuntos que se sometan a su decisión; en este sentido, el artículo 122 del ordenamiento antes

invocado prevé que los ayuntamientos de los municipios tienen las atribuciones que establece la

Constitución Federal, la Constitución Local y demás disposiciones legales aplicables, por otro

lado el artículo 123, establece que los ayuntamientos en el ámbito de su competencia

desempeñaran facultades normativas y por último el artículo 124 señala que los ayuntamientos

expedirán todas las normas necesarias para su organización y funcionamiento.

Tercera.- Por lo que respecta a la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, en los artículos

2 y 3 establece que las autoridades municipales tienen las atribuciones que señalen los

ordenamientos federales, locales y municipales, y regularan su funcionamiento de conformidad

con las disposiciones legales aplicables; el artículo 27 señala que los Ayuntamientos como

órganos deliberantes deberán resolver colegiadamente los asuntos de su competencia; el artículo

30 Bis, sostiene que el Ayuntamiento para atender y resolver los asuntos de su competencia,

funcionará en pleno y mediante comisiones; el artículo 31 fracción I establece que es atribución

del Ayuntamiento expedir y reformar reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de

observancia general dentro del territorio del municipio, en su fracción XXXIX establece que el

Ayuntamiento en la esfera de su competencia proveerá lo necesario para el mejor desempeño de

sus funciones y en la fracción XLVI señala que el Ayuntamiento tendrá las demás atribuciones

que señalen las leyes y otras disposiciones legales; el artículo 55 fracción V señala que es

atribución del regidor, proponer al Ayuntamiento alternativas de solución para la debida atención

de los diferentes sectores de la administración municipal; el artículo 66 establece que las

comisiones del Ayuntamiento, serán las responsables de estudiar, examinar y proponer a éste los

acuerdos, acciones o normas tendientes a mejorar la administración pública municipal; el artículo

164 establece que los Ayuntamientos, podrán expedir los reglamentos, circulares y disposiciones

administrativas dentro del ámbito de su competencia y por último, el artículo 165 señala que los

Page 84: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

79

bandos y sus reformas, así como los reglamentos deberán promulgarse y darse a la publicidad

en la Gaceta Municipal.

Cuarta.- El Bando Municipal de Naucalpan de Juárez, México, en el artículo 35 prevé que el

Ayuntamiento deberá resolver colegiadamente los asuntos de su competencia en asamblea

deliberante; y el artículo 153 señala que el Ayuntamiento en el ámbito de su competencia

expedirá reglamentos y demás disposiciones administrativas.

Quinta.- El Reglamento de Cabildo del Honorable Ayuntamiento de Naucalpan de Juárez, México

en su artículo 4, señala que el Cabildo tiene autoridad y competencia propias en los asuntos que

se someten a su consideración; por otro lado, el artículo 47 fracción IX que establece el carácter

de los acuerdos que puede emitir el cabildo, es decir, se trata de acuerdo económico cuando la

disposición normativa se refiera a asuntos de la propia administración pública municipal.

Sexta.- En cuanto al Reglamento Interior de las Comisiones Edilicias del Ayuntamiento de

Naucalpan de Juárez, los artículos 5, 23 y 24 señalan respectivamente lo siguiente, que los

asuntos competencia del Cabildo, serán remitido a las comisiones correspondientes, que las

comisiones emitirán proyectos de resolución para hacer al Cabildo las propuestas que consideren

más adecuadas, respecto de los asuntos que le fueron remitidos, los proyectos de resolución

deben de contener consideraciones de hecho y de derecho que fundamenten y motiven la

resolución y el proyecto de acuerdo correspondiente.

Resolutivo

Único.- Se autorizan las reformas, derogaciones y adiciones a diversas disposiciones al

Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Naucalpan de Juárez, México,

con el objeto de trasladar las unidades administrativas de la Tesorería Municipal a la Dirección

General de Desarrollo y Fomento Económico.

Así lo acordaron los integrantes de la Comisión Edilicia de Revisión y Actualización de la

Reglamentación Municipal en la Vigésima Sesión de dicha Comisión, a los ocho días del

mes de Agosto de dos mil dieciocho.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, el C. Guillermo Rafael Jiménez Zamudio,

Segundo Regidor del Ayuntamiento Constitucional de Naucalpan de Juárez, México y en

carácter de Presidente de la Comisión Edilicia de Revisión y Actualización de la

Reglamentación Municipal, somete a consideración del Cabildo, el Acuerdo Económico

que se acompaña al presente documento.

Page 85: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

80

Comisión Edilicia de Revisión y Actualización de la Reglamentación Municipal

C. Guillermo Rafael Jiménez Zamudio Segundo Regidor

Presidente (Rúbrica)

C. Carlos Alberto Trujillo Anell Cuarto Regidor

Secretario (Rúbrica)

C. José Luis Gutiérrez Aire Segundo Síndico

Vocal (Rúbrica)

C. Luisa Elena Gómez Monge Tercera Síndico

Vocal

C. Gabriela Flores Gutiérrez Decimocuarta Regidora

Vocal

Hoja de firmas perteneciente al Proyecto de Resolución por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones al Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Naucalpan de Juárez, México (Libro Cuarto y Décimo Quinto).

Page 86: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

81

Mtro. Víctor Hugo Gálvez Astorga Presidente Municipal de Naucalpan

de Juárez, México. A su población hace saber:

Acuerdo Número 447.

El Honorable Ayuntamiento Constitucional de Naucalpan de Juárez, México, por Acuerdo de Cabildo de fecha treintade agosto de dos mil dieciocho, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 115 fracciones II, III y IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 112, 113, 116 párrafo primero, 122, 125, 128 fracciones XII y XIV, 129 y 138 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 1, 2, 3, 27 párrafo primero, 31 fracciones VII, XVIII y XIX, 48 fracciones X y XI, 66 párrafo primero, 68 párrafo primero y 125, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 2 del Bando Municipal vigente; 4 y 7 tercer párrafo del Reglamento de Cabildo del Honorable Ayuntamiento de Naucalpan de Juárez, México; somete a consideración y en su caso aprobación del Cabildo, el “Acuerdo Económico por el que se solicita la comparecencia del Tesorero y del Director General de Obras Públicas, ante las Comisiones Edilicias Unidas de Obras Públicas, Hacienda y Contraloría del Municipio de Naucalpan de Juárez, México”; en los siguientes términos:

Acuerdo Económico

Primero.- Se ordena a los titulares de la Tesorería, así como al Director General de Obras Públicas o a quien en este momento funja como tal, a comparecer el próximo Miércoles 05 de septiembre del presente año en el recinto denominado “Salón Madero” a las 11.00 Horas a la Sesión de Comisiones Edilicias Unidas de, Obras Públicas, Contraloría y Hacienda, presidiendo la primera de las antes mencionadas, para que manifiesten lo que a su derecho convenga en razón de la falta de pago por concepto de obra pública terminada dentro del Municipio de Naucalpan de Juárez, México. Segundo.- Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento, coordine la comparecencia de los Titulares de las áreas mencionadas, a efecto de que de forma obligatoria comparezcan el día y hora señalado en el resolutivo que antecede, asimismo, se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento a fin de que convoque a la Titular de la Contraloría Municipal, como invitada especial a dicha Sesión. Tercero.- El Secretario del H. Ayuntamiento, procederá a certificar el Acuerdo que nos ocupa de conformidad con lo previsto por la fracción X in fine del artículo 91 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

Page 87: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

82

Cuarto.-Se instruye a la Secretaría del H. Ayuntamiento, para que haga del conocimiento de los Titulares de las dependencias señaladas en el cuerpo del presente Acuerdo, así como de la Contraloría Municipal y demás interesados el contenido del que se acuerda, para los efectos legales y administrativos correspondientes.

Transitorios

Primero.- El presente Acuerdo entrará en vigor a partir del día de su aprobación. Segundo.- Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial “Gaceta Municipal” del Ayuntamiento de Naucalpan de Juárez, México.

El Presidente Municipal, hará que se publique y se cumpla.

Dado en el Salón del Pueblo del Palacio Municipal, Recinto Oficial de las Sesiones de Cabildo en Naucalpan de Juárez, México, a los treinta días del mes de agosto de dos mil dieciocho, Aprobándose por Unanimidad en la Centésimo Sexta Sesión Ordinaria de Cabildo, Resolutiva Centésimo Cuadragésimo Octava.

Mtro. Víctor Hugo Gálvez Astorga Presidente Municipal de Naucalpan

de Juárez, México. (Rúbrica)

Mtro. Carlos Cuauhtémoc Velázquez Amador Secretario del H. Ayuntamiento

(Rúbrica) En términos de lo ordenado por el artículo 91 fracción V

de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

Page 88: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

83

Integrantes del Honorable Ayuntamiento Constitucional de Naucalpan de Juárez, México. El C. Darío Rojas Macías, en calidad de Decimotercer Regidor del Municipio de Naucalpan de Juárez, México, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 115 fracciones II, III y IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 112, 113, 116 párrafo primero, 122, 125, 128 fracciones XII y XIV, 129 y 138 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 1, 2, 3, 27 párrafo primero, 31 fracciones VII, XVIII y XIX, 48 fracciones X y XI, 66 párrafo primero, 68 párrafo primero y 125 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 2 del Bando Municipal vigente; 4 y 7 tercer párrafo del Reglamento de Cabildo del Honorable Ayuntamiento de Naucalpan de Juárez, México; somete a consideración y en su caso aprobación del Cabildo, el “Proyecto de Resolución por el que se solicita la comparecencia del Tesorero y del Director General de Obras Públicas, ante las Comisiones Edilicias Unidas de Obras Públicas, Hacienda y Contraloría del Municipio de Naucalpan de Juárez, México”. Propuesta que se fundamenta en las Consideraciones de Hecho y de Derecho siguientes:

Consideraciones de Hecho

Primera.- El Municipio de Naucalpan de Juárez, México, es considerado uno de los municipios más importantes de la República Mexicana, esto, por sus características culturales, geográficas, económicas y geopolíticas, además de ser considerado ya, como Ciudad, al estar conurbado a la Ciudad de México y ser sumamente relevante para el Estado de México.

Segunda.- Derivado de la importancia, características y necesidades de nuestro Municipio, el último presupuesto anual aprobado para Naucalpan de Juárez, fue de que $4,287’971,814.00 (Cuatro mil doscientos ochenta y siete millones novecientos setenta y un mil ochocientos catorce pesos 00/100 M.N.).

Tercera.- Cabe recordar que este municipio fue recibido por la actual administración con deudas que rebasaban los $2,000’000,000.00 (Dos mil millones de pesos 00/100 M.N.), esto como consecuencia del mal manejo de las finanzas públicas por parte de las anteriores administraciones conocidas hoy en día por su irresponsabilidad al frente del gobierno de Naucalpan.

Cuarta.- Ahora bien, derivado de la desafortunada experiencia que como naucalpenses tenemos con relación a la malversación de recursos públicos y de la falta de transparencia y rendición de cuentas de los mismos para con los naucalpenses, es necesario que como integrantes del Ayuntamiento de Naucalpan hagamos todo lo necesario, para erradicar estas malas conductas y promovamos los principios básicos que nos rigen como servidores y funcionarios públicos, como lo es el de transparencia.

Page 89: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

84

Quinta.- Aunado a lo anterior, existen diversos hechos de los que hemos tenido conocimiento, que como integrantes del Cabildo nos obligan a cuestionar e investigar el manejo de los recursos públicos por parte de la actual administración, precisando que el día 22 de agosto del presente, fueron recibidos en las oficinas de la Regiduría que presido, tres escritos, en los que representantes de empresas que prestaron sus servicios a este Ayuntamiento, manifiestan que a pesar de haber cumplido con los trabajos acordados mediante contratos de obra firmados con la actual administración y aprobados por el Cabildo en el primer año de la actual administración, en las Sesiones Séptima Ordinaria y Trigésima Extraordinaria, no se cumplió con los pagos acordados, asimismo, obran en los escritos recibidos los contratos de obra antes mencionados además de escritos de los particulares dirigidos al Tesorero, solicitando el cumplimiento de las obligaciones asumidas mediante los contratos.

Sexta.- En consecuencia de lo descrito en el hecho anterior y también de la complicada situación financiera por la que atraviesa nuestro Municipio, es que solicito la intervención del Cabildo y del Secretario del Ayuntamiento, para la comparecencia del Tesorero y del Director General de Obras del Ayuntamiento de Naucalpan de Juárez, México.

Séptima.- Con la aprobación de la propuesta anterior, tendríamos la certeza de que el presente Cabildo promovió la transparencia del manejo de los recursos públicos de los naucalpenses, buscando se cumpla con las obligaciones de los integrantes del Ayuntamiento y su responsabilidad con los habitantes de nuestro Municipio.

Octava.- En consecuencia, será materia del presente Acuerdo Económico, instruir al Secretario del Ayuntamiento a realizar las gestiones necesarias para iniciar los procedimientos necesarios con el fin de llevar a cabo las comparecencias objeto del presente Acuerdo.

Consideraciones de Derecho

Primera.- En términos de lo previsto en los artículos 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se establece que los municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la ley. Los ayuntamientos tendrán facultades para aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán expedir las legislaturas de los Estados, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal.

Segunda.- Por su parte los Artículos 112 y 113 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, establecen que el Municipio es la base de la división territorial de la organización política y administrativa del Estado y que cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento con la competencia que le otorga la Carta Magna. El artículo 116 señala que los

Page 90: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

85

Ayuntamientos, serán la asamblea deliberante y tendrán autoridad y competencia propias en los asuntos que se sometan a su decisión. En este sentido el Artículo 122 del mismo ordenamiento indica que los Ayuntamientos de los Municipios tienen las atribuciones que establecen la Constitución Federal, la Constitución Local y las demás legislaciones aplicables. El Artículo 128 fracción XII establece que el Presidente Municipal expedirá los Acuerdos necesarios para el cumplimiento de las determinaciones del Ayuntamiento.

Tercera.- El artículo 66 párrafo primero de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, señala que las comisiones del ayuntamiento serán responsables de estudiar, examinar y proponer a éste los acuerdos, acciones o normas tendientes a mejorar la administración pública municipal, así como de vigilar e informar sobre los asuntos a su cargo y sobre el cumplimiento de las disposiciones y acuerdos que dicte el cabildo.

Asimismo, el artículo 68 párrafo primero de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, refiere que previa autorización del Ayuntamiento las comisiones podrán llamar a comparecer a los titulares de las dependencias administrativas municipales a efecto de que les informen, cuando así se requiera, sobre el estado que guardan los asuntos de su dependencia.

Cuarta.- Los ayuntamientos como órganos deliberantes, deberán resolver colegiadamente los asuntos de su competencia, en términos del artículo 27 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, el C. Décimo Tercer Regidor, somete a consideración del H. Cabildo, el Proyecto de Acuerdo Económico que se acompaña al presente documento.

Dado en el Palacio Municipal de Naucalpan de Juárez, México, a los treinta días del mes de agosto de 2018.

C. Darío Rojas Macías Décimo Tercer Regidor

de Naucalpan de Juárez, México. (Rúbrica)

Page 91: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

86

2. Edictos respecto de los expedientes: CI/AS/001/2018 y CI/AS/002/2018, emitidos por el Mtro. Raúl Francisco Ramos Lechuga, Contralor Interno en Funciones de Autoridad Substanciadora y Resolutora del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia de Naucalpan de Juárez, del Estado de México, (D.I.F.).

Page 92: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

87

Page 93: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen

88

GACETA MUNICIPAL

Colaboradores

Dirección Técnica

Subdirección de Normatividad y Convenios

Departamento de Acuerdos y Proyectos

Chávez López Juan José

Millán Díaz Omar

Castañeda Vásquez Fernando

Alcántara Guerrero Verónica

Page 94: Gaceta - Naucalpan · 2020-04-28 · Deportivo San Antonio Zomeyucan Calle Nopoltzín S/N, Lote S/N, Manzana S/N. Pueblo de San Antonio Zomeyucan Contrato de Compra Venta, Volumen