Fraude y Corrupcion en El Sector Inmobiliario

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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID. SEMINARIO I: EFECTOS DEL SECTOR PÚBLICO EN EL MERCADO DE LA VIVIENDA, CURSO 2011-2012. PROFESOR: PEDRO MORÓN BÉCQUER AUTORES: DIEGO DOCAVO PEDRAZA: [email protected] CRISTINA GADEA GARCÍA: [email protected] JUAN GARCÍA RODRÍGUEZ: [email protected] Fraude y corrupción en el sector inmobiliario

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  • UNIVERSIDAD AUTNOMA DE MADRID. SEMINARIO I : EFECTOS DEL SECTOR PBLICO EN EL MERCADO DE LA VIVIENDA, CURSO 2011-2012. PROFESOR: PEDRO MORN BCQUER

    AUTORES: DIEGO DOCAVO PEDRAZA: [email protected] CRISTINA GADEA GARCA: [email protected] JUAN GARCA RODRGUEZ : [email protected]

    Fraude y corrupcin en el sector inmobiliario

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    NDICE

    1. INTRODUCCIN...2 1.1 Concepto de fraude y corrupcin.....2

    (Cristina Gadea y Diego Docavo).

    2. FRAUDE INMOBILIARIO EN ESPAA....3 2.1 Recalificacin y urbanizacin de terrenos..3

    (Juan Garca Rodrguez). 2.2 Promocin inmobiliaria5

    (Juan Garca Rodrguez). 2.3 Construccin9

    (Juan Garca Rodrguez). 2.4 Adjudicacin...12

    (Cristina Gadea). 2.5 Intermediacin inmobiliaria y financiera........16

    (Juan Garca Rodrguez). 2.6 Noticias relevantes.....17

    (Diego Docavo). 3. CORRUPCIN URBANSTCA EN ESPAA..19 3.1 Causas de la corrupcin urbanstica19

    (Cristina Gadea). 3.2 Tipologa de las irregularidades..20

    (Diego Docavo). 3.3 Mapa de la corrupcin urbanstica en Espaa.25

    (Diego Docavo). 3.4 Recomendaciones contra la corrupcin...31

    (Cristina Gadea y Diego Docavo). 3.5 Noticias relevantes...33

    (Cristina Gadea).

    4. CONCLUSIONES....37 (Cristina Gadea y Diego Docavo).

    5. DICCIONARIO DEL TRABAJO..............3 9

    (Cristina Gadea y Diego Docavo).

    6. BIBLIOGRAFIA..41

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    1. INTRODUCCIN El objetivo de nuestro trabajo es estudiar y analizar los conceptos de fraude y corrupcin, especficamente dentro del sector inmobiliario, investigando las causas que llevan a esta situacin, la tipologa de las irregularidades y otros aspectos relevantes a la hora de entender este problema. Siendo conscientes de la gravedad del problema y su difcil solucin, explicaremos las medidas pertinentes en cada una de las fases econmicas del proceso inmobiliario que puedan aportar soluciones convincentes y efectivas. 1.1 Conceptos de fraude y corrupcin. Segn Transparencia Internacional (TI), la corrupcin es el mal uso del poder encomendado para obtener beneficios privados. Esto incluye no solamente una ganancia financiera sino tambin ventajas no financieras. La Convencin de Naciones Unidas contra la Corrupcin, el primer instrumento jurdico global para el combate de la corrupcin, en vigor desde diciembre de 2005, opta por un enfoque descriptivo que abarca diversas formas de corrupcin y admite la posibilidad de que puedan surgir otras. Este enfoque incluye:

    - Soborno de funcionarios pblicos nacionales, extranjeros y de funcionarios de organizaciones internacionales pblicas.

    - Malversacin o apropiacin indebida u otras formas de desviacin de bienes por un funcionario pblico.

    - Trfico de influencias. - Abuso de funciones. - Enriquecimiento ilcito. - Soborno en el sector privado. - Malversacin de bienes en el sector privado. - Blanqueo del producto de los delitos de corrupcin.

    El fenmeno de la corrupcin urbanstica se encuadra en el marco de un proceso de transformacin estructural del sistema socioeconmico que incide en las formas de ocupacin del suelo, en general, y en la artificializacin del territorio y la expansin urbana, en particular. El fraude manifiesta las siguientes acepciones: Viene del latin fraus, fraudis; accin contraria a la verdad y a la rectitud que perjudica a la persona contra quien se comete. // Acto tendiente a eludir una disposicin legal en perjuicio del Estado o de terceros // Delito que comete el encargado de vigilar la ejecucin de contratos pblicos, e incluso algunos privados, confabulndose con la representacin de los intereses opuestos. El fraude es una forma de incumplimiento consciente de la norma que supone la obtencin de un beneficio, generalmente econmico, para el transgresor, en perjuicio de aquellos que cumplen honestamente con sus obligaciones respecto a la economa pblica.

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    El fraude inmobiliario tiene por objeto evadir el pago de los tributos que recaen sobre la propiedad, disfrute, adquisicin o transmisin de los bienes inmuebles.

    2. FRAUDE INMOBILIARIO EN ESPAA. 2.1. Recalificacin y urbanizacin de terrenos La planificacin urbana, son un conjunto de instrumentos tcnicos y normativos que sirven para ordenar el uso del suelo y regular las condiciones de transformacin o conservacin. Tiene esencialmente un carcter proyectivo con el que se establece un modelo de ordenacin para un mbito espacial. La planificacin urbana lleva consigo decisiones que afectan al derecho de la propiedad, por lo que es necesario conocer la estructura de la propiedad y establecer la viabilidad de los planes teniendo en cuenta el impacto sobre la propiedad privada. La actividad realizada por el urbanizador, al no limitarse a la venta de la renta de terrenos, se considera una actividad econmica, ya que se dedica a urbanizar, es decir, a dotar a un terreno de los servicios e infraestructuras fijados en el planteamiento o en la legislacin urbanstica, para que adquiera la condicin de solar. En las primeras fases de la actividad inmobiliaria, el mercado del suelo presenta una menor transparencia que el resto de mercados inmobiliarios. Esto se debe fundamentalmente a 3 causas:

    Dificultad de disponer de informacin completa, ya que sta se encuentra en las diferentes entidades y administraciones (ayuntamientos, comunidades autnomas, registro de la propiedad, etc.)

    Necesidad de disponer de la informacin desde el inicio y en las posteriores

    fases del desarrollo urbanstico.

    Existencia de fases crticas en las que se producen las plusvalas ms importantes, como por ejemplo las recalificaciones de nuevos terrenos urbansticos o la finalizacin de las gestiones para la aprobacin del planteamiento del desarrollo, que exigen especial vigilancia.

    2.1.1. Fraudes ms habituales. Observando las circunstancias descritas anteriormente, algunos fraudes fiscales reflejados en el Plan de Prevencin de Fraudes Fiscales son:

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    1. Cuando se trata de titulares de suelo en desarrollos urbansticos y de inmuebles recalificados:

    Ocultacin de la titularidad de los terrenos.

    Ocultacin de la intervencin en el proceso urbanizador.

    Declaracin de transmisiones por un importe inferior al precio real.

    Operaciones que no se inscriben en el registro de la propiedad: operaciones de

    venta de derechos, y otras operaciones similares, que no se reflejan en el registro de la propiedad, porque se han realizado en contrato privado o porque la escritura no se ha registrado.

    Operaciones que encubren transmisiones inmobiliarias: operaciones en las que

    no se corresponden los terrenos aportados a la junta de compensacin y los aprovechamientos urbansticos asignados, lo cual permite encubrir transmisiones inmobiliarias.

    Indemnizaciones recibidas de la entidad urbanstica por elementos que desaparecern en el proceso urbanizador.

    Operaciones acogidas al rgimen especial de fusiones, escisiones y canje de valores, que pueden encubrir transmisiones o separaciones de socios.

    2. Cuando se trata de agentes urbanizadores o promotores de suelo implicados en el desarrollo urbanstico:

    Ocultacin de la intervencin en el proceso urbanizador.

    Ocultacin de ventas de suelo urbanizado.

    Ocultacin de permutas de suelo urbanizado.

    Plusvalas adicionales en acuerdos con ayuntamientos: acuerdos o convenios con

    ayuntamientos que suponen plusvalas adicionales por otorgar un mayor aprovechamiento al suelo, o transferencia de aprovechamiento urbanstico entre polgonos, equivalentes a permutas.

    Acuerdos privados con los propietarios iniciales para la obtencin de suelo, a cambio de sufragar los costes de la urbanizacin.

    Empresas constituidas para una nica actuacin: casos de empresas constituidas para una nica actuacin y que no declaran y liquidan la totalidad de las operaciones, sin que puedan ser localizadas posteriormente, y cuyos socios vuelven a actuar en nuevas operaciones con sociedades diferentes.

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    La clasificacin del suelo nos lleva a determinar qu suelos sern destinados a desarrollo urbanstico y cules deben quedar fuera del proceso de urbanizacin. La clasificacin tiene como finalidad dirigir el desarrollo urbanstico hacia los terrenos adecuados para su transformacin, dando lugar a que los inadecuados o los que no estn preparados para la urbanizacin, queden al margen de la transformacin urbanizadora y edificatoria. La clasificacin es en definitiva una herramienta para la sostenibilidad.

    La clasificacin depende de la consolidacin de la urbanizacin y de la consolidacin de la edificacin. Segn la urbanizacin, para clasificar algunos terrenos como urbanos es preciso que cuenten con los servicios de abastecimiento y evacuacin de aguas, suministros de energa elctrica y acceso rodado adems de otra serie de requisitos como son:

    Criterios de desarrollo tcnico, por ejemplo, no es correcto considerar como evacuacin de aguas residuales un pozo negro.

    Que exista una urbanizacin bsica de la que puedan servirse los terrenos, que no estn desligados del entramado urbano existente.

    Segn edificacin, la normativa autonmica dicta que en general existe consolidacin cuando la edificacin ocupe dos tercios de su superficie. 2.1.2. Medidas contra el fraude. La Administracin Tributaria pretende llevar a cabo las siguientes medidas para prevenir el fraude en esta fase del proceso inmobiliario:

    Establecer un sistema normalizado de captacin de informacin: esta fase se

    divide en Ayuntamientos, Comunidades Autnomas, Catastro, Registro de la Propiedad, agentes urbanizadores, Juntas de Compensacin, o entidades bancarias de la expropiacin, para conocer tanto los cambios de titularidad como otras operaciones que, en muchos casos, no se inscriben en el registro de la propiedad. De esta forma elaborar una base de datos de nuevos desarrollos urbansticos desde su inicio hasta la venta de las promociones.

    Emisin de requerimientos de informacin normalizados segn la fase del

    desarrollo urbanstico y entidad afectada. 2.2. Promocin inmobiliaria Segn el artculo 9 de la ley 38/1999, de ordenacin de la edificacin, ser considerado promotor cualquier persona, fsica o jurdica, pblica o privada, que individual o colectivamente, decida, impulse, programe y financie, con recursos propios o ajenos, las obras de edificacin para s o para su posterior enajenacin , entrega o cesin a terceros bajo cualquier ttulo.

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    Por tanto, el concepto legal de promotor est basado en los siguientes conceptos: Impulsar el proceso edificatorio.

    Financiar las obras de edificacin.

    Ostentar sobre el solar la titularidad de un derecho que le faculte para construir

    en l. De acuerdo con dicha ley, son obligaciones del promotor:

    Ostentar sobre el solar la titularidad de un derecho que le faculte para construir

    en l.

    Facilitar la documentacin e informacin previa necesaria para la redaccin del proyecto, as como autorizar al director de obra las posteriores modificaciones del mismo.

    Gestionar y obtener las perceptivas licencias y autorizaciones administrativas, as como suscribir el acta de recepcin de la obra.

    Suscribir los seguros previstos.

    Entregar al adquiriente, en su caso, la documentacin de obra ejecutada, o cualquier otro documento exigible por las administraciones competentes.

    2.2.1. Fraudes ms habituales El problema de fraude ms importante en las promotoras inmobiliarias es la ocultacin de parte de los beneficios generados en la promocin, aunque los mecanismos de ocultacin varan segn el tipo de empresa, desde el fraude ms sofisticado ligado a la planificacin fiscal internacional de grandes empresas, a la simple ocultacin de parte de los precios de venta de las viviendas, ms habitual en promotores de menos tamao. Los fraudes ms frecuentes son:

    Ocultacin de parte de los beneficios generados en la promocin.

    Suelo escriturado por debajo del precio real: promotores con suelo adquirido a bajo coste, normalmente anteriormente a la recalificacin, y escriturado por debajo del precio real, con permutas por obras, etc.

    Intervencin de las promotoras en las operaciones de pases: intervencin de las promotoras inmobiliarias en las compra-ventas no declaradas entre particulares de los derechos sobre viviendas en construccin (compra sobre plano).

    Promotoras inactivas sin darse de baja en el censo: normalmente promotoras pequeas, que en algunas ocasiones son creadas para una sola promocin, y que

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    posteriormente quedan inactivas, pero sin darse de baja en el censo. Se dan casos de solicitud del IVA soportado, sin ingreso del IVA correspondiente a la venta de las viviendas o los locales terminados.

    Deslocalizacin: muchas sociedades se domicilian en mbitos territoriales diferentes a aquellos en los que realizan sus actividades y en los que aparentemente se encuentra la sede de direccin efectiva, con el objetivo de reducir las posibilidades de comprobacin y dificultar la investigacin completa de la sociedad.

    Rehabilitaciones no declaradas: rehabilitaciones de viviendas, en las que en muchos casos las obras son contratadas por el comprador a la misma empresa inmobiliaria que le ha vendido la vivienda, en el momento de la compra de dicha vivienda, lo que permite blanquear a la sociedad un mayor importe (sobre todo si se escritura antes de la rehabilitacin).

    Fraudes en viviendas de proteccin oficial: en la adjudicacin inicial de viviendas nuevas acogidas a algn tipo de proteccin (viviendas de proteccin oficial, viviendas de precio tasado o similares) es habitual que el suelo se adquiera a precios alto, por lo que, al aadirle el precio de la construccin, muchas veces imposibilita que se puedan vender por el mdulo oficial. El precio final se acaba trasladando al comprador, a veces disfrazado de un precio muy por encima de lo normal en el mercado de los anejos (garajes y trasteros), de las mejoras realizadas, etc., que se paga en metlico. Este mecanismo se traslada a las segundas y posteriores transmisiones.

    2.2.2. Medidas contra el fraude La Administracin Tributaria pretende llevar a cabo las siguientes medidas:

    Depuracin del censo para centrar las actuaciones de control en los promotores realmente operativos y sus sucesores.

    Obtencin de informacin externa de contraste. En ciertos casos, los precios deben contrastarse con los precios escriturados para conocer conductas habituales en la ocultacin de precios.

    En ciertas promociones realizacin de pruebas piloto con investigacin simultnea del vendedor (promotor) y de los compradores, con el objetivo de descubrir el precio realmente pagado.

    Requerimiento de los contratos privados para dificultar que se escrituren las operaciones por un valor inferior al real en los casos de ventas sobre plano. A su vez, algunos inversores adquieren el inmueble al promotor sobre plano y lo transmiten a terceros antes de firmar la escritura, obteniendo un beneficio fcil de ocultar al fisco, debido a que en ningn momento han figurado como propietarios en el Registro de la Propiedad, por lo que es necesario pedir informacin al promotor sobre los titulares intermedios.

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    Habilitacin de la realizacin de actuaciones de investigacin fuera de la

    demarcacin territorial del actuario que conozca el procedimiento cuando sea necesario para el buen fin de ste.

    Tambin es necesario controlar los cambios de domicilio que como nica intencin dificultar la realizacin de actuaciones de control.

    Localizacin de las principales empresas que se dedican a la rehabilitacin de viviendas as como los precios de las principales transmisiones efectuadas, con el objetivo de determinar si los importes declarados por metro cuadrado guardan coherencia con los precios que pueden considerarse como precios medios en el mercado.

    Solicitud a las Comunidades Autnomas de la relacin de los transmitentes y adquirientes de viviendas en los ltimos aos en zonas de especial inters urbanstico, e investigar las formas de pago y los patrimonios, como prueba piloto.

    2.2.3. Operaciones societarias sospechosas de blanqueo de capitales. Las operaciones sospechosas de blanqueo, que a su vez, supondran situaciones de fraude fiscal, son las siguientes:

    Constitucin de sociedades con aportaciones no dinerarias en inmuebles: constitucin de sociedades, o ampliaciones de capital, con aportaciones no dinerarias consistentes en inmuebles cuya valoracin no tenga en cuenta la revalorizacin de activos en trminos de precio de mercado de los inmuebles aportados.

    Constitucin de empresas con testaferros: el nico objetivo de la constitucin es que los bienes figuren a nombre de las mismas interponiendo un testaferro al frente de ellas vinculado con el verdadero titular.

    Aportacin de inmuebles a entidades sin establecimiento permanente: aportacin de inmuebles al capital social de una sociedad que no tenga abierto establecimiento al pblico en territorio nacional.

    Enajenaciones sucesivas de inmuebles: enajenaciones sucesivas de inmuebles o fincas, que se realizan en periodos inusualmente breves y que suponen un incremento del valor de adquisicin.

    Inscripciones de obras nuevas falsas: inscripcin de la venta de un solar o posterior inscripcin de declaracin de obra nueva completamente terminada habiendo transcurrido un tiempo en el que prcticamente es imposible haber realizado la construccin teniendo en cuenta las caractersticas de sta.

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    Inscripciones de obras nuevas falsas por entidad no residente: inscripcin de declaracin de obra nueva terminada por entidad no residente y que no cuenta con un establecimiento permanente, en la que manifiesta haber realizado la construccin a expensas propias sin mediar contrata, ni aportacin de materiales.

    Operaciones en las que se pacten precios notoriamente inferiores a los del mercado.

    Operaciones con figuras inusuales o complejas: operaciones en las que se utilicen figuras jurdicas inusuales o innecesariamente complejas que aparentemente carezcan de lgica econmica.

    2.3. Construccin. Segn el artculo 11 de la ley 38/1999, de ordenacin de la edificacin, ser considerado constructor el agente que asume, contractualmente ante el promotor, el compromiso de ejecutar con medios humanos y materiales, propios o ajenos, las obras o parte de las mismas con sujecin al proyecto y al contrato. Son obligaciones del constructor:

    Ejecutar la obra con sujecin al proyecto, a la legislacin aplicable y a las instrucciones del director de obra y del director de ejecucin de la obra, a fin de alcanzar la calidad exigida en el proyecto.

    Tener la titulacin o capacitacin profesional que habilita para el cumplimiento de las condiciones exigibles para actuar como constructor.

    Designar al jefe de obra que asumir la representacin tcnica del constructor en la obra y que por su titulacin y experiencia deber tener la capacitacin adecuada de acuerdo con las caractersticas y la complejidad de la obra.

    Asignar a la obra los medios humanos y materiales correspondientes que su importancia requiera.

    Formalizar las subcontrataciones de determinadas partes o instalaciones de la obra dentro de los lmites establecidos en el contrato.

    Firmar el acta de replanteo o de comienzo y el acta de recepcin de la obra.

    Facilitar al director de la obra los datos necesarios para la elaboracin de la documentacin de la obra ejecutada.

    Suscribir las garantas legales previstas.

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    2.3.1. Fraudes ms habituales. El Plan de Prevencin del Fraude Fiscal indica como fraudes ms habituales en las actividades de construccin los siguientes:

    Ocultacin de ingresos: normalmente, el principal riesgo en la fase de construccin de las edificaciones es la ocultacin de ingresos, que puede producirse tanto en importantes obras de construccin de edificaciones como en pequeas reformas de locales y viviendas.

    Gastos ficticios: en algunas ocasiones, se realizan anotaciones contables ficticias como gastos, basndose en facturas falsas o reflejando un importe mayor al que realmente se abona.

    Facturas falsas de subcontratistas: casos de subcontratacin con algunas empresas defraudadoras en rgimen de mdulos y entidades no declarantes o mediante emisin de facturas falsas.

    Ocultacin de ingresos extraordinarios: en algunos casos, en constructoras de gran tamao, se da la ocultacin de ingresos extraordinarios.

    Gastos correspondientes a ingresos no declarados: deduccin de gastos asociados a ingresos no declarados que se imputan a otros ingresos que s se declaran.

    Prcticas contables irregulares: en lo que se refiere a la obra civil, es necesario vigilar algunas prcticas contables irregulares derivadas en buena parte de presupuestos artificialmente bajos, con reformados posteriores, ms o menos encubiertos.

    Ausencia de contabilidad: situaciones en las que empresas ms pequeas, simplemente alegan ausencia de contabilidad y de documentacin que permita llevar a cabo las comprobaciones.

    No facturacin al cliente: en el caso de las empresas de pequeas reformas (albailera, fontanera, electricidad, etc.), suele ser habitual no facturar al cliente. Generalmente, la actividad de promocin de edificios muestra de forma continuada en el tiempo un resultado agregado negativo en las declaraciones anuales de IVA. Este resultado es consecuencia, entre otros motivos, de que una parte importante del valor del producto final corresponde a adquisiciones a terceros, es decir, a subcontrataciones, por importes elevados, frente a facturaciones declaradas por montantes reducidos. Tanto si los promotores se dedican a actuar en calidad de tales como si desarrollan la actividad de promotor-constructor, las ejecuciones de obra y las prestaciones de servicios contratadas con terceros suponen importes

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    considerables como cuotas soportadas que tendrn un carcter deducible en sus declaraciones de IVA. De forma parecida, aunque la produccin de edificaciones pueda considerarse intensiva en trabajo, las empresas promotoras suelen habitualmente contar con relativamente poco personal y son las empresas contratistas o subcontratistas las que aportan volmenes considerables de mano de obra e incurren en obligaciones por retenciones en relacin con el IRPF.

    Traslado de obligaciones a empresas insolventes: los comportamientos

    observados tendentes a desplazar obligaciones de ingreso a empresas incumplidoras, de corta vida efectiva y nula solvencia patrimonial, suponen un perjuicio considerable para los intereses de la hacienda pblica y deben ser corregidos con eficacia.

    Ejecucin de obras mediante Uniones Temporales de Empresas: es frecuente la ejecucin de obras mediante Uniones Temporales de Empresas (UTES) sin que se lleve a cabo un control estricto y sistemtico de stas. Lgicamente no es posible un control eficaz de las empresas asociadas si no se controla debidamente las bases de las Uniones Temporales de Empresas que deben imputarse.

    2.3.2. Medidas contra el fraude. La Administracin Tributaria quiere llevar a cabo las siguientes medidas:

    Las medidas propuestas para el caso de los promotores son el seguimiento de las obras desde el principio, captacin previa de informacin, planificacin de actuaciones intensivas y coordinadas, sobre todo en las grandes empresas.

    Obtencin de informacin de Ayuntamientos y colegios profesionales, principalmente sobre obras de gran envergadura y construccin de edificaciones, sobre licencias de obra concedidas, en cuyos expedientes constar la descripcin de las obras a realizar y los importes presupuestados.

    En el caso de existencia de riesgo de facturas falsas o por importe superior al real comprobacin de la realidad de los importes facturados. Para ello es necesario pedir al constructor y, en su caso, al subcontratista, los medios de pago utilizados.

    En el caso de los subcontratistas que no llevan su contabilidad o no la aportan, elaboracin de estudios e informes que faciliten la aplicacin de la estimacin indirecta.

    Elaboracin y mantenimiento de un censo actualizado de Uniones Temporales de Empresas (UTES), identificando sus miembros, para efectuar una eleccin ms precisa de las empresas a comprobar teniendo en cuenta no solo la actividad

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    realizada directamente por stas, sino tambin la realizada en colaboracin con otras empresas mediante Uniones Temporales de Empresas, lo que exigir coordinacin de las actuaciones.

    2.4 Adjudicacin: contratacin y subcontratacin. En este apartado hablaremos de dos conceptos importantes a la hora de la construccin, que son la contratacin y subcontratacin, es decir, la adjudicacin. Se entiende por subcontratacin la operacin por la cual la persona o entidad con la que inicialmente se ha contratado la ejecucin de una obra o la prestacin de un servicio (el contratista) contrata a su vez este encargo con un tercero (el subcontratista). Este tipo de operaciones es susceptible de ser utilizado con fines defraudatorios. En el sector de la construccin, el fenmeno de la subcontratacin ha planteado retos importantes en materia de prevencin de riesgos y contratacin laboral, ya que cuanto ms fraude exista en la contratacin laboral, mayores riesgos laborales habr. Para prevenir estos riesgos, se formul la Ley 31/1995 del 8 de noviembre, de Prevencin de Riesgos Laborales, pero su efecto en la construccin no fue tan contundente como se esperaba. Por esto y por la importancia que el sector de la construccin y obra pblica tiene como impulsor del desarrollo econmico del pas y creador de empleo, y estimndose que la normativa general en materia de prevencin de riesgos no cubra las peculiaridades de este sector, fue por lo que se decidi regular el sistema de subcontratacin en la ejecucin de las obras, ya que se trata de un foco de fraude. 2.4.1 Fraudes ms habituales. Los fraudes ms habituales que encontramos en este aspecto de contratacin y subcontratacin (adjudicacin), son los siguientes:

    Localizacin de obligaciones en entidades insolventes: Para explicar esto, nos basamos en que los subcontratistas localizan sus rentas y obligaciones tributarias en personas o entidades de escasa o nula solvencia patrimonial.

    Incumplimiento de obligaciones fiscales. Este fraude se produce, porque en

    ocasiones, es el subcontratista el que de forma autnoma incumple sus obligaciones fiscales, logrando con ello reducir sus costes y ser ms competitivo en el mercado.

    Traslado de obligaciones a pagadores insolventes. Esto es debido, a que en otros

    casos, se produce una actuacin concertada entre el pagador y el subcontratista, con desviacin de obligaciones y rentas al subcontratista, que resulta ser insolvente.

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    Emisin de facturas falsas. Tambin se produce en algunos casos la emisin por el subcontratista de facturas falsas que reducen la factura fiscal del pagador.

    No ingreso del IVA. El fenmeno de subcontratacin se centra

    fundamentalmente en pequeas empresas de gran volatilidad patrimonial, al carecer prcticamente de activos, que en ocasiones se constituyen para la realizacin de una determinada obra o servicio, desapareciendo con posterioridad sin haber ingresado el IVA correspondiente a la obra ejecutada o servicio prestado ni las retenciones del trabajo practicadas a sus empleados.

    Al planificar su actividad de esta manera, estas empresas pueden presentar unas ofertas ms bajas en las licitaciones o procesos de contratacin, ya que al no tener intencin de ingresar el IVA y las retenciones, el coste fiscal de sus presupuestos desaparece. Por lo tanto, no solamente se produce un fraude fiscal, sino tambin una competencia desleal frente a otros subcontratistas que s incorporan el coste fiscal en sus ofertas al contratante. 2.4.2 Medidas contra el fraude. Por ltimo en este apartado de contratacin y subcontratacin, hablaremos de las medidas que la Administracin Tributaria quiere llevar a cabo para actuar contra el fraude:

    1. Tratamiento sistemtico de la informacin obtenida de las solicitudes de certificados que los subcontratistas formulan a la Agencia Tributaria para que los pagadores puedan quedar exonerados de responsabilidad en los casos de incumplimiento de sus obligaciones en el IVA y retenciones por el subcontratista (artculo 43.1.f de la LGT), para seleccionar los subcontratistas de mayor riesgo fiscal.

    2. Suministrar una mayor informacin en las operaciones inmobiliarias, es decir,

    obtencin de informacin adicional de los pagadores sobre las obras y servicios subcontratados para determinar los importes a ingresar por los subcontratistas seleccionados.

    3. Realizacin de actuaciones de comprobacin inmediatas a cerca de los

    contratistas cuando exista riesgo de incumplimiento o se detecten irregularidades con posible adopcin de medidas cautelares (retencin de los pagos pendientes de abonar por el pagador de la subcontratacin).

    4. La Agencia Tributaria depurar tambin el censo de promotores, para centrar las

    actuaciones en los empresarios realmente operativos. Con un censo depurado se podr perseguir a quienes se dedican espordicamente a estas actividades para ocultar dinero negro.

    5. Aplicacin del nuevo supuesto de responsabilidad subsidiaria previsto en el

    artculo 43.1.f de la LGT que establece la responsabilidad de las personas que

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    contraten o subcontraten la ejecucin de obras o prestacin de servicios respecto de determinadas obligaciones de los contratistas o subcontratistas.

    6. Explotacin de la informacin de los certificados previstos en el artculo 43.1.f

    de la LGT para la identificacin de los derechos de crdito de los contratistas y de los subcontratistas.

    7. Utilizacin de la informacin obtenida para la realizacin de embargos de

    crditos, la adopcin de medidas cautelares en relacin con crditos pendientes de pago y para el anlisis de posibles sucesiones en la actividad.

    A nivel normativo, cabe destacar, la aprobacin de la Ley 36/2006, de 29 de noviembre, de Medidas para la Prevencin del Fraude Fiscal, en la que se regula la aplicacin de una forma ms habitual del supuesto de responsabilidad subsidiaria del artculo 43.1.f de la LGT de los subcontratistas o de los supuestos de sucesin en la actividad. La finalidad de evitar los fraudes en la contratacin inmobiliaria y, por consiguiente, la de alcanzar la mayor seguridad jurdica en este mbito ha sido preocupacin constante del legislador. El grupo Intraser (expertos en sociedad de tasacin), nos facilita un documento en el que podemos encontrar una norma, mediante la cual se trata de conseguir el propsito de poner fin al problema de fraude en la adjudicacin. Citar los artculos ms importantes: Artculo 175. 1. El Notario, antes de autorizar el otorgamiento de una escritura de adquisicin de bienes inmuebles o de constitucin de un derecho real sobre ellos, deber solicitar del Registro de la Propiedad que corresponda la informacin adecuada, mediante un escrito con su sello que podr remitirse por cualquier procedimiento, incluso telefax. El otorgamiento de la escritura deber realizarse dentro de los diez das naturales siguientes a la recepcin por el Notario de la informacin registral. Artculo 249 2. El Notario, por su propia voluntad o necesariamente cuando as lo solicite el interesado, remitir el mismo da del otorgamiento, por telefax o por cualquier otro medio, al Registro de la Propiedad competente, comunicacin, suscrita y sellada, de haber autorizado escritura susceptible de ser inscrita, que dar lugar al correspondiente asiento de presentacin, y en la que constarn testimoniados en relacin, al menos, los siguientes datos: a) La fecha de la escritura matriz y su nmero de protocolo. b) La identidad de los otorgantes y el concepto en el que intervienen. c) El derecho a que se refiera el ttulo que se pretende inscribir. d) La resea identificadora del inmueble haciendo constar su naturaleza y el trmino municipal de su situacin, con expresin, segn los casos, del sitio o lugar en que se hallare si es rstica, nombre de la localidad, calle, plaza o barrio, el nmero si lo tuviere, y el piso o local, si es urbana, y, salvo en los supuestos de inmatriculacin, los datos registrales. El Notario har constar en la escritura matriz, o en la copia si ya estuviese expedida sta, la confirmacin de la recepcin y la decisin de practicar o no

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    el asiento de presentacin, que el Registrador deber enviar el mismo da o en el siguiente hbil. Artculo 354. a) Las solicitudes de informacin respecto a la descripcin, titularidad, cargas, gravmenes y limitaciones de fincas registrales pedidas por los Notarios por telefax sern despachadas y enviadas por el Registrador al solicitante, por igual procedimiento, de acuerdo con las siguientes reglas: 1. Si al recibir la solicitud el Registrador comprueba que la finca est situada en otra demarcacin registral, lo comunicar inmediatamente al Notario. 2. La informacin, que el Registrador formalizar bajo su responsabilidad en una nota en la que se transcribir la descripcin de la finca si sus datos variasen respecto de los de la solicitud de informacin del Notario y se relacionarn su titular y, sintticamente, los datos esenciales de las cargas vivas que le afecten, deber comprender no slo los datos del folio registral de la finca a la que la solicitud se refiera y el contenido de los asientos de presentacin concernientes a ella practicados en el libro diario antes de la remisin, sino tambin las solicitudes de informacin respecto de la misma finca recibidas de otros Notarios pendientes de contestacin o remitidas en los diez das naturales anteriores. 3. Si no existe ninguna diferencia entre los datos descriptivos y jurdicos proporcionados por el Notario y los que consten en el Registro, se har constar nicamente esta circunstancia al dorso o a continuacin del documento de solicitud. 4. El Registrador remitir la informacin en el plazo ms breve posible y siempre dentro de los tres das hbiles siguientes al de la recepcin de la solicitud. En el caso de que el nmero de fincas de las que se pida informacin o la especial complejidad del historial registral de la finca haga imposible el cumplimiento del citado plazo, el Registrador comunicar al Notario, el mismo da en que reciba la solicitud, la fecha en que remitir la informacin, que deber estar comprendida dentro de los cinco das hbiles siguientes a la recepcin de aqulla. 5. El Registrador, dentro de los nueve das naturales siguientes al de remisin de la informacin, deber comunicar tambin al Notario, en el mismo da en que se haya producido, la circunstancia de haberse presentado en el Diario otro u otros ttulos que afecten o modifiquen la informacin inicial. Idntica obligacin incumbe al Registrador respecto de las solicitudes posteriores de informacin registral relativas a la misma finca y que, procedentes de otros Notarios, reciba en el plazo indicado. 6. Si el Notario solicita expresamente la informacin para un da determinado, el Registrador la enviar el da sealado con referencia a lo que resulte del cierre del Diario el da inmediatamente anterior. 7. Si la finca no estuviese inmatriculada, el Registrador har constar esta circunstancia, sin perjuicio de que deba mencionar, en su caso, los documentos relativos a ella, pendientes de calificacin y despacho y cuyo asiento de presentacin est vigente. 8. Cuando el Notario no emplee telefax para obtener la informacin a que se refiere el artculo 175 del Reglamento Notarial se aplicar igualmente lo dispuesto en este artculo.

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    2.5. Intermediacin inmobiliaria y financiera. 2.5.1. Fraudes ms habituales.

    Ocultacin de ingresos en la intermediacin inmobiliaria: en la intermediacin inmobiliaria el riesgo fiscal fundamental lo constituye la ocultacin de los ingresos por parte de quien desarrolla la actividad, sin que en estos casos la operacin se documente mediante la expedicin de factura.

    Ocultacin de ingresos en prstamos entre particulares: en lo que se refiere a la

    financiacin hipotecaria de particulares, cuando la solicitud de un prstamo hipotecario se hace difcil o es denegada por la entidades de crdito, existen empresas de servicios financieros que captan inversores dispuestos a prestar con garanta hipotecaria y a un inters superior al normal de mercado. Al tratarse de prstamos entre particulares, la Administracin Tributaria carece de informacin sobre los mismos y, en consecuencia, existe un claro riesgo de ocultacin de ingresos por el prestamista. Adems, si el prestatario pagador es una sociedad o una persona fsica que acta en el ejercicio de una actividad econmica, tambin existe el riesgo de que no se practique la oportuna retencin sobre los intereses satisfechos.

    2.5.2. Medidas contra el fraude. La Administracin Tributaria quiere llevar a cabo las siguientes medidas:

    Captacin de informacin de las entidades franquiciadoras respecto de los intermediarios en operaciones inmobiliarias que utilizan su franquicia.

    Se pedir informacin a las entidades de crdito sobre las operaciones en las que el intermediario haya percibido comisiones de dichas entidades por los clientes que soliciten la financiacin de la compra del inmueble a la entidad de crdito a travs del intermediario.

    Solicitud de informacin a las notarias y Registros de la Propiedad sobre las hipotecas constituidas en garanta de prstamos otorgados por personas fsicas o entidades distintas a las de crdito.

    En lo que se refiere a los intermediarios de prstamos, se recoger informacin sobre las comisiones percibidas de las partes que interviene en el prstamo.

    Extensin de la obligacin de informacin que afecta a las entidades financieras sobre prstamos hipotecarios concedidos a cualquier operacin financiera relativa a inmuebles.

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    2.6 Noticias relevantes. Las noticias incluidas a continuacin son un complemento interesante para finalizar el tema de fraude urbanstico:

    Artculo de ELPAIS:

    LUCA ABELLN - Madrid - 30/08/2010 Hacienda investiga los ayuntamientos en busca de fraudes urbansticos. La Agencia Tributaria ha pedido informacin a unos 150 municipios en los que hay indicios de irregularidades. Recalificaciones, adjudicaciones de suelo, promociones que se multiplican en sitios remotos... Los ayuntamientos son responsables de la actividad que ms riqueza ha generado en los ltimos aos, el urbanismo. Pero al calor de esa riqueza han surgido tambin fraudes monumentales. Consciente de esa realidad, la Agencia Tributaria rastrea los desarrollos urbansticos de numerosos municipios con indicios de irregularidades. Esa informacin resulta clave para desentraar casos graves de fraude inmobiliario. Desde el ao 2006, la Agencia ha pedido informacin a 55 municipios de forma directa, segn explica un portavoz. Otras fuentes de la Agencia Tributaria aseguran que esa cifra se puede "duplicar o triplicar" si se tienen en cuenta las peticiones que realizan por su cuenta las delegaciones autonmicas de este organismo. As, la cifra ms optimista elevara esos requerimientos de informacin por encima de 150. Andaluca encabeza la lista de comunidades con ms municipios rastreados por la Agencia Tributaria. La intensa actividad urbanstica de los ltimos aos, especialmente en la Costa del Sol, ha situado a los ayuntamientos andaluces en el foco de la Inspeccin. Este organismo recuerda que grandes operaciones de corrupcin, como Malaya o Ballena Blanca, con Marbella como teln de fondo, se originaron a raz de datos suministrados por la Agencia Tributaria. Y esos datos provienen en buena parte de estas pesquisas a los ayuntamientos. Adems de Andaluca, la Comunidad Valenciana, Madrid y Catalua constituyen los territorios ms investigados. De la Comunidad Valenciana es el nico ayuntamiento concreto al que se sabe que Hacienda ha pedido informacin, el de La Vilajoiosa. Este municipio alicantino prximo a Benidorm ha experimentado un desenfrenado desarrollo urbanstico, con adjudicaciones dudosas (ms de la mitad de los sectores del planeamiento urbano se encargaron a sociedades de promotores y empresas prximas al Partido Popular, segn public este diario). La Agencia Tributaria rechaza facilitar los nombres del resto de ayuntamientos bajo la lupa. Para seleccionar los consistorios, Hacienda identifica los de "mayor riesgo fiscal" por el volumen de actividad inmobiliaria que hayan experimentado. Este criterio descarta a la mayora de municipios y centra las pesquisas en muy pocos, en muchos casos costeros.

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    "No es tan relevante el nmero de ayuntamientos como las actuaciones que de ah se derivan", aseguran en la Agencia Tributaria. Con la informacin solicitada, Hacienda investiga las modificaciones de planeamientos urbansticos municipales, la clasificacin, el uso y la edificabilidad del suelo, los nuevos instrumentos de planeamiento municipal, las adjudicaciones de suelo... El objetivo es revisar si lo que hay sobre el papel se corresponde con el desarrollo urbanstico real. Un portavoz de la Agencia Tributaria aclara que las irregularidades detectadas no siempre son imputables a los ayuntamientos. A veces el proceso municipal se ajusta a la legalidad, pero las promotoras se exceden (por ejemplo, construyendo ms, subcontratando irregularmente...). En cualquier caso, los supuestos de fraude clsicos suelen implicar tanto corrupcin de cargos pblicos como ilegalidades empresariales. La mayor parte de los casos de irregularidades urbansticas se salda con la apertura de un proceso inspector, la liquidacin de los impuestos defraudados (IVA, sociedades o tributos municipales, segn el caso) y la imposicin de sanciones. Pero algunos de los supuestos destapan un fraude de mayor magnitud que Hacienda deriva a la fiscala por indicios de delito fiscal (cuando la cuota defraudada supera los 120.000 euros y existe intencin de cometer fraude) o por otros como blanqueo de capitales o malversacin. Hacienda comenz a pedir informacin a los ayuntamientos en 2006, a raz del plan de prevencin del fraude fiscal que constat la "fuerte percepcin social de que el fraude est muy extendido en el sector inmobiliario". La Oficina Nacional de Investigacin del Fraude, dependiente de la Agencia Tributaria, disea la estrategia de control de los ayuntamientos y da instrucciones a las delegaciones regionales de la Agencia para que escruten la informacin. El fraude urbanstico ha concentrado casi la mitad del trabajo de la Agencia Tributaria en los aos del boom urbanstico. El 40% de los inspectores se dedicaba a esas tareas. Con el declive del sector a partir de 2008, los recursos se reorientaron y ahora los esfuerzos dedicados al fraude inmobiliario son menores, aunque el volumen de evasin fiscal sigue siendo muy importante.

    Noticia de Radio televisin Castilla y Len:

    MARA GARCA ARENALES - 08/05/2011 Parque tecnolgico de Boecillo. Imgenes en 3D para detectar fraudes urbansticos. La empresa Blom utiliza un sistema que capta desde el aire cualquier infraccin urbanstica. Las imgenes que capta muestran al detalle todo tipo de edificios. Imgenes areas en tres dimensiones para detectar viviendas ilegales o elementos urbansticos no declarados. Este es el sistema que utiliza la empresa Blom del parque tecnolgico de Boecillo, en Valladolid, para detectar si se produce algn tipo de fraude urbanstico.

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    Disponen de ms de 20 millones de edificios modelados y ms de 4.000 imgenes de ciudades europeas, "algo ms de lo que posee Google", asegura el director de Blom en Espaa Jan Skybak. Esta empresa tiene una treintena de aviones desde los que captan imgenes con cmaras multivista, es decir, son capaces de capturar todos los ngulos de visin. As, el sistema sirve por ejemplo para detectar si alguien construye una vivienda de forma ilegal, una prctica extendida sobre todo en zonas costeras. Compara las imgenes actuales en tres dimensiones con las que tena anteriormente el catastro y as sabe si ha habido variaciones en el terreno. "Es menos costoso que los barridos tradicionales de terreno y como es un proceso automtico, tambin es mucho ms rpido", comenta a CyLTV Nstor Iglesia, director de operaciones de Blom. Adems, esta tecnologa se disea en Castilla y Len desde el parque tecnolgico de Boecillo, "autntico motor de la empresa", dice Skybak. Para ver la noticia en video: http://www.rtvcyl.es/noticia/D01FAB56-9910-6136-8D71070A608F443F/20110509/perry/mason/enga%C3%B1os/urbanisticos

    3. CORRUPCIN URBANSTICA EN ESPAA. 3.1 Causas de la corrupcin urbanstica Dentro de este apartado intentaremos explicar las principales causas por las que se produce corrupcin. Hay que tener en cuenta, que cada vez es ms evidente que el urbanismo en Espaa resulta insostenible, sobre todo en las reas territoriales del litoral y en determinadas zonas de las grandes concentraciones urbanas, donde las presiones urbansticas son claramente irracionales. El crecimiento urbano incontrolado que se ha extendido en esta ltima dcada dentro del marco legal vigente, bajo el lema todo es urbanizable (salvo lo especialmente protegido) ha provocado que se saque la conclusin de que todo se puede edificar, pero no se ha conseguido uno de los principales fines, como es por ejemplo, un mejor acceso a la vivienda con mejores condiciones de vida. Por desgracia no ha supuesto esto, sino todo lo contrario. Nos encontramos ante una menor accesibilidad con unos sobreprecios de las viviendas inflados por el boom inmobiliario a lo que acompaan situaciones de menor calidad y, en muchos casos, peores condiciones de comunicacin y servicios pblicos. DESARROLLO Objeto y planteamiento Estos procesos han dado lugar a un indeseable incremento de la especulacin, que ha dado paso a escndalos de corrupcin y a la consiguiente sensacin de indefensin por parte de los ciudadanos, que asisten a la modificacin de los paisajes urbanos sin contar con su participacin y sin vislumbrar mecanismos correctores eficaces, claras reglas de gobernanza y aplicacin de los principios de sostenibilidad del desarrollo.

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    En los ltimos aos, se han producido un cmulo se casos de corrupcin urbanstica de los que se han ocupado ampliamente los medios de comunicacin y que, en la mayora de los casos, se han traducido en procesos judiciales. Resulta habitual que en los casos de corrupcin se ponga de manifiesto la existencia simultnea de delitos fiscales, de blanqueo de capitales y de otras figuras delictivas, como el cohecho. Las causas de la corrupcin urbanstica en Espaa son muchas y muy diversas y segn analistas el problema que subyace en la corrupcin urbanstica en Espaa es la financiacin de los Ayuntamientos. El proceso de descentralizacin en Espaa que trajo consigo el Estado de las Autonomas, ha llevado a que los Ayuntamientos se hayan visto obligados a prestar a los ciudadanos servicios que antes ofreca el gobierno central. Esta descentralizacin buscaba una mayor eficacia en la prestacin de dichos servicios, a travs de la cercana entre la administracin y los ciudadanos, pero ha planteado desafos de financiacin que no se han logrado superar. Los Ayuntamientos tienen una gran cantidad de gastos, por lo que han buscado frmulas para recaudar impuestos indirectos, (con la potestad de decidir qu suelo es urbanizable y cul no). Tambin se puede afirmar que en Espaa hay una enorme cantidad de dinero negro que se refugia en la construccin, (normalmente un tercio de la vivienda se paga con dinero negro, con los que las prdidas para Hacienda son muy cuantiosas). Adems se ha permitido el acaparamiento de suelo en manos privadas para generar una aparente escasez del mismo y la consiguiente subida de precios, y se ha expropiado a particulares para ceder posteriormente a empresas con fines sociales, las cuales, con suelo en su poder, lo han vendido luego a precios astronmicos. No es de extraar la existencia de partidos ficticios que se presentan a elecciones locales para conseguir la concejala de urbanismo y desde ella tomar decisiones que les favorezcan y en otras ocasiones se infiltran en los partidos tradicionales para conseguir esos mismos objetivos. La corrupcin urbanstica se expande y no respeta institucin alguna y as, donde dicha corrupcin es muy importante, los juzgados han sufrido las consecuencias, siendo el caso de Marbella el ms famoso. 3.2 Tipos de irregularidades. La existencia de irregularidades urbansticas es otro indicador de corrupcin en este sector. Estas irregularidades son entendidas como incumplimientos consentidos de la normativa del sector. No todas las irregularidades que se cometen en el cumplimiento de la normativa urbanstica son ilegalidades, pero s suelen reflejar actuaciones corruptas. La Administracin pblica con competencias urbansticas, normalmente con los Ayuntamientos, es la que incumple la normativa consciente de que su actuacin es contraria a la ley, habindolo puesto de manifiesto los tribunales de forma reiterada.

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    Se establece una clasificacin de las irregularidades basndonos en el INFORME DE LA FUNDACIN ALTERNATIVAS: 3.2.1 Clasificacin del suelo y usos. Una de las tcnicas urbansticas ms importantes es la clasificacin del suelo, por lo que la reclasificacin de los suelos como urbanos, que por sus caractersticas deberan mantenerse como no urbanizables y permanecer fuera de los planes urbansticos para cumplir con el desarrollo sostenible, es una de las principales irregularidades. Aunque tambin se puede dar el caso contrario, no calificar un suelo como urbano cuando en realidad si se puede hacer. Para clasificar un suelo como urbano hay que pasar una serie de requisitos de consolidacin de urbanizacin y consolidacin de edificacin. Las irregularidades se detectan en la aplicacin de los criterios y la valoracin realizada de las consolidaciones. El hecho fraudulento es ms evidente cuando despus de valorar el suelo como snu se opta por cambiar esta decisin para una transformacin urbanstica. Otra irregularidad muy extendida son los determinados usos prohibidos que se realizan de los suelo no urbanizable con la correspondiente autorizacin de la autoridad municipal o aprovechando la permisividad de sta. En el Art. 20 de la Ley 6/1998 se limitan los usos de los terrenos rsticos aunque los planes generales pueden establecer dos casos: medidas para proteger la fauna y flora y medidas para limitar las actividades econmicas no urbansticas con el fin de conservar la naturaleza. Un hecho muy clarividente de corrupcin es la vulneracin municipal del rgimen jurdico de suelo no urbanizable. La autoridad autonmica tiene que realizar un proceso de calificacin previo, que en muchos casos no interviene para paralizar las obras o demolerlas o como mucho imponen leves sanciones legalizando a posteriori la ilegalidad, con lo que se sobreentiende una colaboracin en la irregularidad. El incumplimiento ms comn es el de la construccin de aisladas viviendas unifamiliares en suelo no urbanizable aunque la legislacin urbanstica de las CCAA permite edificar para el uso agrcola y vivienda asociada a este uso. Otra grave irregularidad es la parcelacin urbanstica en suelo no urbanizable ya que estn terminantemente prohibidas estas actuaciones. Todas estas prcticas se castigan con pena de prisin menor e inhabilitacin segn el Art. 319 del Cdigo Penal. 3.2.2 Planificacin urbanstica. En algunos casos la administracin puede modificar el planeamiento inicial para introducir proyectos no previstos. Es sospechoso cuando las modificaciones se hacen de forma constante hasta que el modelo urbanstico cambie casi por completo, dando lugar a otro plan distinto. La alteracin de las ordenaciones puede ser por revisin del plan o por la modificacin de alguno de los elementos constituyentes.

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    Las revisiones son exmenes totales del plan para comprobar si se ajusta a la realidad pero no necesariamente implica una alteracin mientras que la modificacin, puntualmente, corrige siempre alguno de los elementos del plan. El procedimiento para su realizacin en los dos casos es parecido. La irregularidad ocurre cuando las alteraciones del plan provocan una autentica revisin pero sin formalizarse sta ni cumplir sus garantas. Esta prctica suele esconder diversos intereses ocultos porque la modificacin, al contrario que la revisin, no suele informarse pblicamente con lo que se reduce la transparencia. Los procedimientos administrativos existentes intentar que haya transparencia en los procesos urbansticos y cuando se omiten o se hacen de forma incorrecta suele ser por motivos fraudulentos. Se pueden dar diversos casos:

    Suspensin del otorgamiento de licencias que impiden que no se realicen actuaciones que dificulten el plan mientras se tramita ste. Aunque otras veces esta medida es desconocida por la autoridad pertinente y se contina dando licencias cuando no corresponde.

    Omisin de los pertinentes informes que afectan a cuestiones de competencia

    estatal como las aguas, costas, carreteras, evaluacin estratgica Se puede infringir la Ley no solicitando el informe acogindose a las excepciones que marca sta, solicitndolo pero no asumir las recomendaciones al no ser vinculantes y solicitndolo y esperar a que termine el plazo legal para emitirlo. Para cuando la administracin quiera cancelar el plan ste ya est comenzado y sea imposible ejecutar la sentencia. Solo se considera delito cuando los informes informen positivamente de los planes incurriendo en prevaricacin.

    Introducir importantes modificaciones en los planes sin informar pblicamente de ello ocultando a los vecinos de la localidad cambios significativos. Los nuevos cambios no se comunican a la Comunidad Autnoma o se introducen cambios innecesarios.

    Silencio administrativo y consecuente aprobacin del plan. Dado un plazo que

    establece la Ley la Administracin tiene que opinar sobre el plan, en general este plazo expira aprobndose el plan con las irregularidades iniciales.

    La Corporacin Municipal aprueba el plan dndole una legalidad de la que

    carece. Esta negligencia suele ser fruto de un comportamiento corrupto.

    Incumplimiento de los trminos urbansticos mnimos en cuanto a calidad de vida, dotaciones pblicas, espacios libres y densidad de la edificacin. En muchas ocasiones se producen irregularidades en el transcurso del plan cambiando stos para reducir esos estndares mnimos, por eso la Administracin exige requisitos ms duros cuando se producen cambios, para frenar el fraude.

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    3.2.3 Ejecucin del planeamiento. El instrumento ms importante de la gestin urbanstica son los proyectos de reparcelacin que indica sobre qu parcelas se puede construir adems de las cuales deben ir las dotaciones pblicas que se ceden obligatoria y gratuitamente a los Ayuntamientos. Se produce negligencia cuando se construye sin que exista proyecto de reparcelacin y por lo tanto sin que se establezcan los terrenos de cesin a la Administracin local. Los procesos urbanizadores poseen unos requisitos bsicos previos y entre ellos estn la aprobacin del proyecto de reparcelacin, si no se aprueba definitivamente el proyecto no se sabr que terrenos son para construccin y cuales son las parcelas que deben cederse, lo ms frecuente son los casos en los que, se produce fraude y un claro sntoma de corrupcin, se otorgan licencias de urbanizacin sin que exista proyecto de reparcelacin. 3.2.4 Licencias urbansticas. El Tribunal Supremo considera ilegal aprobar un plan nuevo los cuales sean para evitar cumplir las sentencias desfavorables sobre los planteamientos. De esta forma se evita la inejecucin de sentencias de la nulidad de las licencias de los planes urbansticos que de otra manera evitara la accin judicial. 3.2.5 Patrimonio Municipal del Suelo. El Patrimonio Municipal del Suelo por mandato legal puede ser enajenado. La principal irregularidad se da al gestionar los ingresos que se producen al vender el Patrimonio Municipal del Suelo y que deberan dedicarse a incrementar y conservar dicho patrimonio, en cambio a menudo se utiliza para financiar otro tipo de partidas municipales, gastos ordinarios, que no se prevn en la normativa. De forma primaria deben dedicarse a la construccin de viviendas de proteccin oficial u otros fines sociales. 3.2.6 Convenios urbansticos. Los convenios contienen multitud de acuerdos y contenidos, los lmites a stos se basan en el respeto a la Ley y a las normas de aplicacin de los estndares urbansticos. Tienen efectos vinculantes sobre las partes pero solo en cuestiones de iniciativa y tramitacin de procedimientos urbansticos no en las potestades de cada una. Las negociaciones de estos convenios se suelen realizar sin participacin ciudadana.

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    En muchos casos los convenios se usan como preparacin para cambiar la clasificacin de unos terrenos o para incrementar la edificacin o eliminar cesiones y dotaciones obligatorias. En otros se otorgan licencias irregularmente apoyndose en convenios ilegtimos, dando legalidad a proyectos no incluidos inicialmente con intereses especulativos. Estos convenios se han convertido en instrumentos para la corrupcin de los responsables de urbanismo. Los Ayuntamientos usan estos convenios para incrementar los requisitos a los promotores y al intercambio de las cesiones obligatorias por dinero lquido sin que este dinero sea usado para incrementar o conservar el Patrimonio Municipal del Suelo. 3.2.7 Legislacin ambiental. Los casos de corrupcin por el incumplimiento de la normativa medioambiental en el proceso urbanstico generan serios daos ambientales para la sociedad. La proteccin del medioambiente puede ser vista como un enemigo del urbanismo al que reducir. En muchos casos la legislacin puede poner tales restricciones que pueden llegar a generar prdidas para el propietario de ste. El dueo de los terrenos considerados de especial proteccin tiene varias opciones como son involucrarse en la conservacin del espacio natural, con la colaboracin de la administracin en ayudas y compensaciones sin llegar a obtener beneficios, o tambin tiene la opcin de ofrecer los terrenos a la susodicha administracin para obtener una rentabilidad por un suelo que de otra forma solo reportara gastos al propietario y son difciles de vender a otro tipo de agente. Con la desecacin de zonas hmedas, talas, provocacin de incendios forestales, ocupacin de vas pecuarias y de cauces de ros se incurre en unas irregularidades que muchas veces tienen que ver con la permisividad de la autoridad local y la dispersin en materia legal que da lugar a una interpretacin muy amplia e interesada. En todos estos puntos de irregularidades se dan las premisas para considerar o sospechar que se cometen delitos de corrupcin urbanstica.

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    3.3 Mapa de la corrupcin urbanstica en Espaa. A continuacin se expone muy brevemente una conjuncin de casos encontrados en diferentes medios de comunicacin de casos de corrupcin urbanstica en Espaa desde hace algunos aos. Se da por hecho que slo salen a la luz en los medios una pequea parte de la realidad. Con este mapa vemos de un vistazo las dimensiones del problema, que existen miles de casos y aparecen nuevos casi cada da por incumplir la normativa urbanstica o medioambiental.

    Fuente: ElMundo.es y elaboracin propia.

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    ANDALUCA: - Njar. Cuadruplicacin de la edificabilidad de una urbanizacin en zonas de especial proteccin con un convenio ilegal. - Zurgena. Concesin de licencias en terrenos no urbanizables. -Chiclana: Caso Obra Nueva. Parcelaciones irregulares. -Puerto de Santa Maria: licencias fraudulentas. - Garrucha. Convenio ilegal. Roquetas. Recalificacin de terrenos de terrenos de familiares del alcalde. - Crdoba. Construcciones sin licencias, parcelaciones ilegales e incumplimiento de la normativa medioambiental. - Jan. caso Somuvisa - Sevilla. caso Macarena - Grazalema. caso Pinsapar - Almuecar. Construccin en espacios protegidos. Convenios urbansticos irregulares. Recalificaciones y ampliaciones de edificabilidad. - Ogjares. Irregularidades en adjudicaciones de obras pblicas. - Granada. Construcciones sobre suelo no urbanizable. - El Granado. Construccin de chalets en suelo protegido. - Matalascaas. Introduccin de modificaciones y no realizacin de requisitos mnimos. - Alhaurn el Grande. Operacin Troya.

    - Benalmdena. Licencias ilegales. - Cuevas del Becerro. Construccin de un macro proyecto en espacio protegido. -Cuevas de Almanzora: Construccin de viviendas en espacio arqueolgico protegido. - Estepona. Aumento injustificado de la edificabilidad de un campo de golf. - Marbella. Recalificacin de terrenos, concesin de licencias y concursos pblicos amaados. - Manilva. Recalificacin de parcelas y convenios irregulares. - Carboneras. Concesin de licencias en espacio protegido. - Sevilla (caso macarena) - Tolox. Promociones urbansticas en suelos no urbanizables. - Castilblanco de los arroyos. Parcelaciones irregulares, construcciones sin licencias ni regulacin y ausencia de proyectos de urbanizacin. - Camas. caso camas - Burguillos. Recalificaciones. - La Algaba. Reparcelaciones y ordenacin del territorio fraudulentas. - Guillena. Construccin de naves industriales en zonas verdes. - Espartinas. Recalificacin de fincas. - Orihuela. Caso Brugal.

    ARAGN: - La Muela. Plan urbanstico sin dotaciones de servicios. Recalificacin de terrenos en espacio protegido. - Zaragoza. caso del hipermercado de Utrillas, caso ticos ilegales, - Utebo. Delito de ordenacin del territorio por licencias fraudulentas.

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    ASTURIAS: - Llanes. Planes urbansticos que afectan a suelo protegido.Caso rompeolas, caso la tal. - Avils. Caso Galiana. - Oviedo. Caso Sopea, caso Vallobn. - Navia. Caso Unibaso. - Langreo. Caso Campelo.

    BALEARES: - Andratx. Creacin de un entramado societario para ocultar la verdadera procedencia de dinero obtenido con negocios inmobiliarios. - Ses salines. Caso cintas, caso caballistas. - Ibiza. Caso de ses torres de Santa Eulalia, caso Cretu, caso Puig den Serra. - Mallorca. Caso Njera, caso Ses Covetes, caso Can Domenge. - Menorca. Caso Ciudatella. CANARIAS: - Telde. Caso faycn, caso Jinmar. Subastas pblicas irregulares. - Las Palmas. Ordenacin del territorio ilegal. - La Oliva. Delitos de ordenacin del territorio y desobediencia continuada. - Tenerife. Caso El Cotillo. - Antigua. Caso Antigua. - Santa cruz de Tenerife. Caso forum - Mogn. Caso gndola. Ilegalidades en convenios. - Firgas: Concesin de licencias fraudulentamente. CANTABRIA: - Arnuero. Construccin de una urbanizacin en suelo no urbano, caso el encinar. - Camargo. Viviendas protegidas en terrenos rsticos. - Suances. Depuradora de aguas residuales construida sin atender los informes. - Corvera de Toranzo. Caso Quevedo, construccion en suelo urbanizable pero sin licencia. - San Vicente de la Barquera. Golf y urbanizacin en parque natural. - Bezana. Cambio de normativa municipal ilegal para facilitar fraudes. - Pilagos. Terrenos de proteccin especial con proyecto urbanizador. - El Astillero. Recalificacin. - Santander. Recalificacin de suelo rustico en el plan general de urbanismo. - Ribamontn al monte. Construccin de tres casas en terreno rstico. - Castro Urdiales: Falsedad documental, estafa y delito contra la ordenacin del territorio.

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    CASTILLA LA MANCHA: - Helln. Autorizacin de un proyecto urbanstico en una zona de especial proteccin de aves. - Cuenca. Lder en Espaa en construcciones ilegales. - Toledo. Modificaciones del proyecto de sus espacios dotacionales. - Fuensalida. Concesin de licencias y contrataciones pblicas irregulares - Las Pachecas. Proyecto urbanstico no cumple normativa ambiental. - Sagra. Delitos contra la ordenacin del territorio. - Argamasilla de alba. Recalificacin de terrenos. - Sesea. Recalificacin de terrenos del famoso Paco el Pocero. - Portillo. Delitos de ordenacin del territorio. Plan urbanstico ilegal. - Albacete: Ingresos de convenios urbansticos no dedicados a incrementar o conservar el Patrimonio Municipal del Suelo. - Sisante: Adjudicacin irregular.

    CASTILLA LEN: - La Caada. Urbanizacin en zona de utilidad pblica y si servicios municipales. - Hoyos del Espino. Construccin en zonas no urbanizables y sin licencia. - Navas del Marqus. Licencia de obra en zona crtica de cigea negra. - Arlanzn. Invasin de una urbanizacin de suelo rstico de proteccin natural. Desobediencia de los informes tcnicos. - Salamanca. Recalificacin de terrenos protegidos. - Arrollo de la encomienda. Cambio de uso de suelo de industrial a residencial en convenio urbanstico. Caso Arroyo. - Villalba de los Alcores. Irregularidades en un macroproyecto de golf, hoteles, coto de caza - Zamora. Adjudicacin de obras pblicas fraudulenta. - Ponferrada. Caso Ponsegur. - Segovia. Sobre construccin de apartamentos de zona protegida. - Palencia. Desestimacin de informes contrarios a la construccin de viviendas.

    CATALUA: - Alt Aneu. Ampliacin de la zona esquiable de Baqueira-Beret en espacio protegido. - Barcelona. Caso Bara 2000, caso Can Batll, caso Illa Sandoz, caso Adigsa, caso Pretoria. - Sitges. Licencias que no se ajustan a la normativa. - Terres Cavades. Aprobacin irregular de macro proyecto urbanstico. - Salou. Aumento de edificabilidad fraudulenta.

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    COMUNIDAD DE MADRID: - Madrid. Operacin Guateque, concesin de licencias. - Brunete. Plan General de Urbanismo irregular. - Boadilla del Monte. Caso Grtel. - Bustarviejo. Construccin de chalets en suelo protegido. - Ciempozuelos. Recalificacin de terrenos. - Majadahonda. Cesin irregular de parcelas municipales. - Humanes. Subasta de venta de suelo sospechosa. - Colmenarejo. Subasta pblica irregular. - Quijorna. Recalificacin de parcelas. - Torrelodones. Recalificacin de un terreno y expropiacin irregular. - Tres cantos. Plan Urbanstico Municipal irregular. - Villanueva de la caada. Caso Porto. COMUNIDAD VALENCIANA: - Albatera. Delito contra la ordenacin del territorio. - Alicante. Caso de los aparcamientos. - Orihuela. Adjudicaciones municipales irregulares. Caso Medina. - Cullera. Megaproyecto con informes desfavorables por no haber correcto abastecimiento de agua. Caso Manhattan. - Carral. Proliferacin de edificaciones ilegales. - Paiporta. Obra pblica tres veces ms cara de lo presupuestado. - Riba-roja. Construccin de viviendas en suelo agrcola. - Sueca. Delitos contra el medioambiente y la ordenacin territorial. - Valencia. Caso Plan del Cabanyal, caso Mestalla, caso Tabacalera. - Castelln. Caso del aeropuerto, caso RENFE. - Vilajoiosa. Caso Atrium Beach. EXTREMADURA: - Jaraz de la vera. Recalificacin de terrenos. - Badajoz. Caso biblioteconoma, caso golf Guadiana, caso canal de Badajoz, caso senador. - Cceres. Caso Carmelitas.

    GALICIA: - Oleiros. Presunta recalificacin de fincas. - Porto do son. Recalificacin de terrenos. - Nigrn. Recalificacin de suelo rstico costero. - Sada. Paralizacin de obras por irregularidades graves e incumplimientos urbansticos. - Lugo. Operacin muralla.

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    - Benposta. Cambio de uso de suelo de residencial a deportivo. - Teo. Cambio en la normativa dado la urbanizacin sin control en la localidad. - Tui. Incremento de la edificabilidad y alturas en el nuevo Plan General de urbanismo. Recalificacin de suelo rstico y concesin irregular de licencias. - Vigo. Caso PXOM. - Santiago de Compostela. Caso aparcamiento de Praza Roxa.

    LA RIOJA: - Lardero. Plan General Municipal recalifica el doble del suelo urbano existente. - Santurde. Recalificacin. - Brias. Licencia que incumple la normativa urbanstica. - Manjares. Recalificacin de fincas rsticas incluidas en el plan general. - Logroo. Caso casino, caso El Cubo, caso Excuevas. MURCIA: - Totana. Recalificacin de suelo rstico y otros delitos urbansticos. - Los Alczares. Falsedad documental y venta de suelo municipal irregular. - guilas. Recalificacin de una finca para construccin de viviendas. Caso Cabo Cope, La Zerrichera. - Murcia. Caso Pealver. - Mazarrn. Recalificacin de suelo rstico para viviendas. - Cartagena. Sobredificacin e incumplimiento de la normativa medioambiental. Caso Lo Poyo, Novo Cartago, caso Calbanque

    NAVARRA: - Valle de Egs. Parcela para uso escolar con un hotel en construccin. Caso Gorraiz. - Orkoien. Adjudicacin irregular de viviendas de proteccin oficial. - Azagra. Irregularidades presupuestarias y administrativas de obras pblicas. - Pamplona. Delito de orden urbanstico y arqueolgico. - Puente la reina. Contrataciones y urbanismos ilegales y opacos.

    PAS VASCO: - Barrika. Construccin de chalets en zona de proteccin paisajstica. - Bilbao. Modificacin de trazado de va pblica invadiendo zonas verdes. - San Sebastin. Centro Illumbe. Construccion de viviendas en zona historica y de conservacin.

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    3.4 Recomendaciones contra la corrupcin.

    Dentro de este apartado nos dedicaremos a explicar brevemente las principales fuentes emisoras de recomendaciones contra la corrupcin urbanstica. Las fuentes ms importantes son:

    - Fundacin Alternativas:

    Los expertos de Fundacin Alternativas, resumen en diez las propuestas ms significativas:

    1. Replanteamiento de la tutela municipal que deben ejercer CCAA y Estado, de forma que se refuercen los controles sobre la actuacin municipal.

    2. Modificacin del modelo territorial y urbanstico. Slo as estaremos en condiciones de reconducir la expansin indiscriminada del urbanismo y el creciente uso de patrones urbanos de baja densidad, mximo consumo de recursos, emisiones y movilidad, etc., difcilmente viables en el futuro.

    3. Reorientacin de la poltica de ordenacin del territorio, que debe ser la herramienta usual para determinar los usos del suelo, superando al planeamiento urbanstico, de forma que no se pueda llevar a cabo una actuacin urbanstica relevante sin que tenga reflejo en un instrumento de ordenacin del territorio.

    4. Establecimiento del principio de que la proteccin de un suelo debe suponer la imposibilidad de su reclasificacin como suelo urbanizable.

    5. Prohibicin de las modificaciones de planeamiento que desvirtan el modelo urbanstico diseado.

    6. Prohibicin de la venta de aprovechamientos urbansticos. 7. Ejecucin efectiva de demoliciones de construcciones ilegales, as como

    imposicin de sanciones realmente disuasorias. 8. Creacin de una agencia estatal de disciplina urbanstica. 9. Aprobacin de un cambio normativo para que la apertura de un procedimiento

    de disciplina urbanstica en el Registro de la Propiedad sea obligatoria y no dependa de la decisin de la Administracin competente.

    10. Reforma de la legislacin de rgimen local para devolver a los secretarios de Ayuntamiento sus funciones de fiscalizacin de la legalidad de las actuaciones municipales.

    - Congreso de los Diputados:

    Las medidas que el Congreso de los Diputados ha facilitado al Gobierno para que lidere un pacto de Estado son las siguientes:

    1. Urgencia de reformas legales consensuadas en el Parlamento: reformas del Cdigo Penal (endurecimiento de las penas), financiacin de las Haciendas Locales e incompatibilidad de cargos pblicos.

    2. Desarrollar urgentemente medidas preventivas con una nueva Ley del Suelo. 3. Mejorar las Fiscalas de los Tribunales Superiores de Justicia.

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    4. Reforzar la Agencia Tributaria dedicndose ms a la ley de prevencin del fraude fiscal

    5. Pacto Antitransfuguismo. 6. Impulsar un cdigo tico para las formaciones polticas. - Inspectores de Hacienda:

    1. Los representantes locales harn declaracin sobre sus bienes patrimoniales, la

    participacin en sociedades de todo tipo y otras actividades con las que obtengan ingresos. Estas declaraciones se harn antes de la toma de posesin y tendrn carcter pblico.

    2. Remitir a la Agencia Tributaria de forma obligatoria los Registros de Bienes Patrimoniales de cada Entidad Local.

    3. Seguimiento especial al patrimonio de las personas condenadas por corrupcin. 4. Ser delito falsear datos o no entregarlos en las declaraciones de bienes

    patrimoniales, participacin en sociedades de todo tipo. 5. Garantizar la confidencialidad de las denuncias. 6. Mejora de la fiscalidad anticorrupcin aumentando en nmero de tcnicos y de

    inspectores. 7. Necesidad de aprobar una Ley Anticorrupcin.

    - Banco Mundial:

    La corrupcin debilita el Estado de derecho y las bases institucionales de las que depende el crecimiento, por lo que el Banco Mundial ha identificado a la corrupcin como uno de los obstculos ms importantes para el desarrollo social y econmico Las actividades relacionadas con la gestin de gobierno y la lucha contra la corrupcin que se realizan en el Banco Mundial son muchas y todas ellas tienen como objetivo principal:

    supervisar la conducta del personal minimizar este problema en los proyectos financiados por la institucin. ayudar a los pases a mejorar el sector pblico y controlar las prcticas de esta

    naturaleza.

    Segn la Estrategia para el buen gobierno y la lucha contra la corrupcin del Banco Mundial, la institucin continuar ampliando sus esfuerzos en este sentido en tres frentes:

    A nivel nacional, el Banco ayuda a los pases a establecer instituciones capaces, transparentes y responsables y a disear y poner en prctica programas de lucha contra la corrupcin. En los proyectos que financia, la entidad reduce al mnimo la corrupcin evaluando el riesgo en las etapas iniciales, investigando activamente las denuncias de fraude y corrupcin y fortaleciendo el seguimiento y la supervisin de los proyectos.

    A nivel mundial, el Banco est ampliando el nmero de asociaciones con instituciones multilaterales y bilaterales de desarrollo, la sociedad civil, el sector

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    privado y otros actores a fin de llevar adelante iniciativas conjuntas en este mbito.

    El Banco, a travs de su Departamento de Reduccin de la Pobreza y Gestin Econmica, el Instituto del Banco Mundial, el Departamento Jurdico y el de Operaciones Regionales, ayuda a los gobiernos y las empresas a abrirse al examen pblico a fin de fomentar la credibilidad y la confianza en sus operaciones, incrementar la rendicin de cuentas e instaurar programas de control de la corrupcin. Por su parte, la Oficina de tica y Conducta Profesional asesora a los funcionarios del Banco sobre asuntos ticos internos.

    Por ltimo, un equipo de investigadores de la Vicepresidencia de Integridad Institucional (INT) trabaja para descubrir prcticas fraudulentas y corruptas en los proyectos del Banco y tambin para investigar las denuncias de posible conducta indebida del personal, incluyendo fraude y corrupcin. 3.5 NOTICIAS RELEVANTES:

    Directorio, MADRID, 27 Sep. www.europapress.es

    El ex alcalde de Ronda, detenido por corrupcin urbanstica Cohecho, prevaricacin, trfico de influencias, falsedades y blanqueo de capitales. Son los presuntos delitos que hicieron que la Fiscala Anticorrupcin pusiera sus ojos en Ronda (Mlaga). Ms de un ao despus, las autoridades actuaron y procedieron al registro del Consistorio de la ciudad y de la Delegacin de Urbanismo y al arresto de, al menos, siete personas. Entre ellas se encuentran el ex alcalde socialista Antonio Marn Lara, Francisco Caestro, ex primer teniente de alcalde y secretario general del PSOE en el municipio, Mara Jos Martn de Haro, ex delegada municipal de Obras, y Rafael Lara, ex delegado de Seguridad. El PSOE andaluz orden la suspensin cautelar de sus militancias inmediatamente despus de los arrestos y Mara Paz Fernndez (PP), actual primera edil del Ayuntamiento, subray que la operacin slo est relacionada con el Gobierno que precedi al suyo.

    A primera hora de la maana de este martes, los agentes de la Polica Nacional y una patrulla de la Polica Local que se uni ms tarde entraron con cajas vacas a las sedes del Ayuntamiento de Ronda y de la Delegacin de Urbanismo. Comenzaron entonces unos registros que se prolongaron durante nueve horas, hasta las 18.00. Mientras, los funcionarios esperaban a las puertas de los edificios, sin poder entrar. Es el ltimo paso de una investigacin por presunta corrupcin urbanstica que la Fiscala inici hace, al menos, un ao.

    La causa ya se encuentra judicializada. De hecho, fue el Juzgado de Instruccin nmero dos de Ronda el que dirigi la operacin, segn confirmaron a Europa Press

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    fuentes de la investigacin. Adems de a los registros, las autoridades procedieron al arresto de, al menos, siete personas, incluidas Marn Lara, Francisco Caestro, Mara Jos Martn de Haro y Rafael Lara. Es ms, la inspeccin se inici en sus antiguos despachos, segn Mara Paz Fernndez, y prosigui en sus domicilios.

    La alcaldesa hizo hincapi en que la operacin slo est relacionada con el Gobierno que precedi al suyo. Se estudia su presunta comisin de delitos de cohecho, prevaricacin, trfico de influencias, falsedades y blanqueo de capitales, algo que llev al PSOE-A a suspender sus militancias de forma cautelar. La direccin regional del partido inici la tramitacin de los expedientes de suspensin inmediatamente despus de que saltase la noticia.

    En un comunicado, los socialistas andaluces resaltaron su compromiso de "tolerancia cero ante los presuntos casos de corrupcin urbanstica", un principio que motiv su accin. Eso s, "respetando el derecho a la presuncin de inocencia de las personas que estn siendo investigadas", puntualiz. Antonio Camacho, responsable de Interior, confirm los acontecimientos, pero no dio ms detalles.

    "Es una operacin que est declarada secreta. Yo puedo confirmar que se estn produciendo detenciones y se han producido detenciones, sobre todo en la zona de Mlaga, y que se estn llevando a cabo registros", subray el ministro. "La corrupcin urbanstica es una forma de corrupcin y uno de los elementos esenciales en el trabajo de la Polica y Guardia Civil que este Gobierno ha intensificado de manera importante", aadi.

    Elpais.com Martes, 15/11/2011, JUANA VIDEZ.

    "Haba muchos billetes de 500, eso llama la atencin"

    La sesin 100 del 'caso Malaya' se centra en la labor policial. Cinco aos despus de una vigilancia o un registro policial se olvida hasta el nombre de los investigados, aunque algunos detalles, como una gran cantidad de billetes de 500 euros en la caja fuerte de un concejal de Marbella (Mlaga), permanecen en la retina de los investigadores. La sesin nmero 100 del juicio por el caso Malaya contra la corrupcin en el Ayuntamiento de Marbella abord ayer el trabajo de nueve policas que participaron en esta macroinvestigacin por la que hay 95 personas en el banquillo. El gran ausente fue el mximo imputado, Juan Antonio Roca, que tiene permiso del tribunal para preparar su defensa en el ltimo bloque del caso, centrado en los sobornos que supuestamente recibi de empresarios con intereses la ciudad. Uno de los policas que declar ayer particip en el registro de la casa que el exconcejal de Trfico de Marbella, Victoriano Rodrguez (ya fallecido), tena en Las Rozas

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    (Madrid). El agente explic que tena entre 300.000 y 400.000 euros en la caja fuerte. El dinero estaba ordenado por cantidades y en alguno de ellos haba nombres escritos. "Haba muchos billetes de 500 euros, eso siempre llama la atencin", detall. Otros agentes confirmaron que el exasesor de Urbanismo Juan Antonio Roca, se reuni en enero de 2006 con el empresario Ismael Prez Pea en un hotel de Madrid. Prez Pea ha sido el primero de los procesados en reconocer que soborn a Roca a cambio de que la Fiscala Anticorrupcin le rebaje la peticin de condena. En el acuerdo el empresario asegura que el exasesor marbell le pidi dos millones de euros cuando se citaron en el hotel. La sesin transcurri con fluidez, a pesar de que varios policas declararon por videoconferencia. Uno de ellos precis que hubo dos encuentros entre Roca y Prez Pea en el mismo hotel, y que, en el de enero de 2006, escuch parte de la conversacin que mantuvieron. A otro de los agentes le toc vigilar los movimientos del mximo imputado y otras personas, cuyos nombres no recordaba, durante una estancia en el hotel La Malvasa del Roco. El juicio contina hoy con ms testigos y la sala ha citado para el mircoles al comisario Valentn Bahut, responsable de la Udyco Costa del Sol durante la investigacin.

    Polica Nacional, Palma - 05/08/2009. www.cincodias.com

    Cinco detenidos en Palma por un caso de corrupcin urbanstica.

    Cinco personas han sido detenidas hasta el momento en la operacin abierta esta maana por la Polica Nacional por un presunto caso de corrupcin relacionado con la construccin del pabelln deportivo Palma Arena, segn fuentes de la Jefatura Superior de Polica de Baleares. El "Caso Palma Arena", por el que se ha detenido hoy a cinco personas por un presunto caso de corrupcin, se refiere a la construccin del veldromo del mismo nombre, uno de los proyectos estrella de la anterior legislatura y que el ex-presidente balear Jaume Matas calific como "la obra deportiva ms importante de Mallorca". El veldromo Palma Arena fue inaugurado oficialmente el 29 de marzo de 2007 con un espectacular montaje de la compaa de teatro "La Fura del Baus". En la operacin policial de hoy, hasta el momento han sido detenidas cinco personas por la Polica Nacional por un presunto caso de corrupcin relacionado con la construccin del pabelln del Palma Arena, mientras agentes del cuerpo practican un registro en las oficinas de una empresa de comunicacin en la capital balear.

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    Entre los detenidos, se encuentra el concejal y portavoz del PP en el Ayuntamiento de Palma, Rafael Durn, que en el pasado mandato municipal ocupaba la concejala de Deportes y presida el consorcio del pabelln. Tambin ha sido detenido Miquel Romero, director de Nimbus, la agencia de comunicacin y publicidad del pabelln Palma Arena, y que tambin fue jefe de una de las campaas electorales del PP.

    RTVE.es/EFE 15.07.2010

    Imputan al actor Sean Connery y su mujer en una causa sobre presunto blanqueo de capitales. El actor escocs Sean Connery y su esposa han sido imputados por un juzgado de la ciudad turstica de Marbella en unas diligencias abiertas en un caso por presunto delito urbanstico, segn informaron fuentes judiciales. El actor -que verane durante aos en Marbella- y su mujer figuran entre los siete nuevos imputados por un juzgado de esa localidad en una causa en la que ya haba otros 21 imputados. Esta nueva fase est bajo secreto de sumario y en la misma operacin fueron registrados por la Polica dos despachos de abogados de Marbella y Madrid y de la misma compaa simultneamente el pasado mircoles. En esa actuacin policial no se practicaron detenciones, ya que se centr en la recogida de documentacin, segn aseguraron fuentes cercanas a la investigacin.

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    4. CONCLUSIONES. Se puede deducir que el aspecto bsico del que depende la corrupcin es la informacin y de que sta sea disponible desde que comienza el proceso urbanizador hasta que concluye. La falta de informacin o la poca coordinacin entre administradoras para disponer de sta es la clave en el tema del fraude y de la corrupcin. Los polticos y cargos pblicos que conocen esta situacin se aprovechan de la falta de homogeneizacin y descentralizacin entre las diferentes entidades y de la compleja regulacin y control a la actividad inmobiliaria. La lenta respuesta judicial a los procesos judiciales contra los implicados, los casos que diariamente aparecen en los medios de comunicacin, la implicacin poco contundente y dubitativa de los partidos ante sus miembros implicados y el creciente desprestigio de la clase poltica provoca una visin de debilidad de las instituciones que hace multiplicar los casos de fraude y corrupcin. En cuanto al mapa de Espaa de casos de corrupcin urbanstica se puede observar cmo se dan ms casos en la Comunidad Valenciana y sobretodo Andaluca. En estas Comunidades Autnomas predomina la zona litoral como lugar de mayor corrupcin, donde la ley de proteccin y edificacin en las costas, en numerosas ocasiones no es respetada. En los casos de estas dos Comunidades Autnomas predominan los delitos de recalificacin de terrenos y los convenios urbansticos irregulares, perjudicadores del medioambiente. La deduccin obvia de estos datos es que se dan ms casos de corrupcin all donde hay ms demanda de viviendas, aunque sea como segunda vivienda, donde los encargados de urbanismo ven que se puede sacar un mayor beneficio con estas acciones ilcitas. El resto de casos que se producen en Espaa predominan tambin la recalificaciones de terrenos y entran los delitos contra la ordenacin del territorio. Los casos que se producen entorno a los grandes ncleos urbanos tienen una gran relacin con el precio de los pisos en las ciudades, prohibitivos para muchos ciudadanos, con lo que los ayuntamientos prximos ven una oportunidad de negocio. Otros casos aislados que no responden a las razones anteriores son delitos contra el paisaje rstico protegido, crear viviendas en lugares de especial relevancia paisajstica para atraer turismo. Adems, podemos sacar las siguientes conclusiones: - Las alarmas saltaron cuando esta explosin constructora se encontr inmersa en una multitud de irregularidades y corrupciones urbansticas, atentados al medio ambiente y escndalos polticos que han creado una creciente preocupacin social ante el problema de edificacin de tantas viviendas y, no obstante, que el acceso a un apartamento digno y asequible sea en muchas ocasiones imposible, ya que un alto porcentaje de la poblacin espaola no dispone de los medios suficientes. - La corrupcin involucra al sector pblico y privado, impacta a todos los niveles de la sociedad, y minimiza la credibilidad en los sistemas administrativos y polticos.

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    - La corrupcin afecta negativamente la eficiencia del Estado. Esta eficiencia junto con la corrupcin, estn correlacionadas negativamente con la inversin, el crecimiento econmico y el desarrollo del pas. - El aumento espectacular del precio del suelo y de los beneficios logrados con su transformacin ha convertido al urbanismo en una fuente de poder econmico que ha enriquecido a muchos y desfavorecido tambin a numerosos sectores de la poblacin que se encuentran con problemas para disponer de una vivienda. - En toda corrupcin existe una persona que ocupa una posicin en una organizacin pblica, no gubernamental o privada de la que se derivan unos derechos o privilegios. Esa persona siempre dispone de una posicin privilegiada, de la cual se aprovechar para llevar a cabo las actuaciones irregulares. Incumplen los deberes que se derivan del puesto que ocupan (en especial el deber de usar los privilegios para beneficio del otorgante del poder), y existe por lo tanto, un abuso de la confianza otorgada. - Algunos alcaldes estn a favor de convenios urbansticos como forma de conseguir ingresos. - La vigilancia sobre construcciones ilegales y desviaciones del proyecto es poco intensa. Con una vigilancia ms estricta se podran conseguir numerosos avances contra la corrupcin. - Las sanciones consisten en multas y casi nunca en demoliciones. - El sector de la construccin es uno de los principales motores de nuestro crecimiento econmico. En Espaa se edifican tantas o ms viviendas que en toda la Unin Europea, lo que hace mostrarnos que se trata de una riqueza que conviene ordenar. - El problema de la corrupcin urbanstica es el que hoy en da necesita ms medidas y actuaciones para combatirlo aunque siempre haya estado presente a lo largo de los aos. - La mayora de las viviendas que se construyen son inasequibles para un amplio porcentaje de la poblacin espaola, lo que provoca fuertes desequilibrios territoriales y enormes impactos ambientales con efectos irreversibles. - Es necesario contar con una gestin institucional eficiente, eficaz y transparente. En definitiva, la conclusin que se extrae de todo esto, es clara: no estamos ante hechos puntuales sino ante un fenmeno extendido y grave que es necesario afrontar con decisin.

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    5. DICCIONARIO DEL TRABAJO - Agencia Tributaria: Organismo pblico encargado de gestionar el sistema tributario y aduanero de Espaa y de los recursos de otras Administraciones. Cuenta con un servicio policial encargado de vigilar los fraudes, el blanqueo de dinero y los delitos aduaneros. - Blanqueo de capitales: es el proceso por el cual el origen de los ingresos conseguidos con actividades ilegales es ocultado