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Francisco Jesús García García Departamento de Tecnologías de la Información Responsable técnico de Administración Electrónica [email protected]

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Francisco Jesús García García

Departamento de Tecnologías de la Información

Responsable técnico de Administración Electrónica

[email protected]

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Posteriormente se incluye en la Agenda Digital para España,

que es el plan estratégico de desarrollo de la Economía y

Sociedad digital para los años 2013-2015.

La estrategia de crecimiento de la Comisión Europea hasta

2020, identifica que la digitalización y la automatización de

procesos administrativos es un factor clave en la mejora de la

productividad de las economías.

La Comisión Europea publica en 2010 la Comunicación

‘Aprovechar en Europa las ventajas de la facturación electrónica’

argumentando que un uso generalizado de la facturación

electrónica es un paso esencial para construir un mercado

único digital en Europa (Agenda Digital para Europa).

1. Introducción – Antecedentes (Derecho derivado) – Europe 2020

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1. Introducción – Estado del arte en Europa en cuanto implantación

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Ley 25/2013 de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público

Orden HAP/492/2014 por la que se regulan los requisitos funcionales y técnicos del registro contable de facturas

Orden HAP/1074/2014 por la que se regulan las condiciones técnicas y funcionales del punto general de entrada de facturas electrónicas

RD 635/2014 por el que se desarrolla la metodología de cálculo del

periodo medio de pago a proveedores de las AAPP

1. Introducción – Marco normativo básico

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2. Ley 25/2013 – Objetivos

Fiscalización

Reducción de la morosidad de las Administraciones Públicas

Promoción de la factura electrónica en el sector

empresarial español

Mejorar la competitividad de las empresas a través de la

protección del proveedor

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2. Ley 25/2013 – Ámbito en cuanto a las AAPP’s

Las Administraciones Públicas referidas en el artículo 3.2 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público

•Aplicación: Facturas emitidas en el marco de las relaciones jurídicas entre proveedores de bienes y servicios y las Administraciones Públicas según artículo 3.2 de Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

•La Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas y las Entidades que integran la Administración Local.•Las entidades gestoras y los servicios comunes de la Seguridad Social•Organismos autónomos•Universidades públicas•Las entidades de derecho público que, con independencia funcional o con una especial autonomía reconocida por la Ley, tengan atribuidas funciones de regulación o control de carácter externo sobre un determinado sector o actividad.

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2. Ley 25/2013 – Ámbito en cuanto a los proveedores

Obligación a proveedores

•Sociedades anónimas•Sociedades de responsabilidad limitada•Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan de nacionalidad española•Establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes en territorio español en los términos que establece la normativa tributaria•Uniones temporales de empresas•…

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2. Ley 25/2013 – Obligación de facturar en electrónico - Importes

•La ley en su supuesto general obliga a todas las empresas que presenten sus

facturas a todas las administraciones públicas. Existe la posibilidad de excluir

reglamentariamente de obligación de factura electrónica a las facturas cuyo

importe sea de hasta 5.000 euros y a las emitidas por los proveedores a los

servicios en el exterior de las Administraciones Públicas hasta que dichas

facturas puedan satisfacer los requerimientos para su presentación a través del

Punto general de entrada de facturas electrónicas.

•La posibilidad de exclusión reglamentaria se permite al Estado, las

Comunidades Autónomas y los municipios de Madrid y Barcelona, ya que

podrán excluir de obligación de anotación en el registro contable a las facturas

cuyo importe sea de hasta 5.000 euros

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2. Ley 25/2013 – Obligación de facturar en electrónico - Dudas

¿Se va a aplicar este nuevo procedimiento de facturación también a productos especiales con un procedimiento especial más complejo que el resto (marcapasos, prótesis de cadera,…)?

Se aplica a todos los productos, no hay especialidades por razón del producto en la Ley 25/2013

Para facturas de menos de 5.000€, aunque el proveedor pueda y quiera enviar esta factura de forma electrónica, ¿podrá alguna Administración exigir su envío en papel?

El artículo 4 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público establece el derecho del proveedor a la presentación de factura electrónica siempre que quiera y la obligación para determinados tipos de proveedores.

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2. Ley 25/2013 – Obligación de facturar en electrónico - Dudas

Las facturas menores de 5.000€ enviadas en formato electrónico a través del punto general de entrada ¿pueden ser excluidas por las CCAA de su incorporación al registro contable?

Únicamente y con carácter excepcional, pueden excluirse por normativa autonómica por vía reglamentaria

Facturas en papel, ¿Se pueden enviar las facturas a cualquier registro administrativo de cualquier Administración hasta el 15 de Enero de 2015?

Sí, es aplicable la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

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2. Ley 25/2013 – Cambios para las AAPP’s – Flujo interno

PGEFe

RCFOficina

Contable

Control interno previo

Registro Administrativo

Unidadfinanciera

Unidadproponente

del contrato

AHORA:

Unidadproponente

del contrato

Oficina ContableUnidad

financiera

ANTES:

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2. Ley 25/2013 – Cambios con respecto a quién va dirigida la factura

ANTES: CIF

AHORA: CIF

+

Cód. Oficina contable

Unidad o unidades que tienen

atribuida la función de

contabilidad en el organismo

y que también son

competentes para la gestión

del registro contable de

facturas.

Cód. Unidad tramitadora

Órgano administrativo alque corresponda latramitación de losexpedientes, sin perjuiciode a quien competa suaprobación.

Cód. Órgano gestor

Centro directivo, delegación ,

subdelegación territorial u

organismo de la Adminis-

tración General del Estado,

Comunidad Autónoma o

Entidad Local a que

corresponda la competencia

sobre la aprobación del

expediente de gasto.

Orden HAP/1074/2014 por la que se regulan las condiciones técnicas y funcionales del punto general de entrada de facturas electrónicas

¿Qué es el DIRECTORIO COMÚN?

¿De dónde saco estos códigos?Oficina contable

Órgano gestor

Unidad tramitadora

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2. DIRECTORIO COMUN– ¿Qué es y qué información contiene?

DIR3 es una base de datos CO-RESPONSABLE de uso general

con los organigramas de todas las AAPP (AGE, CCAA, EELL),

Universidades y Otras Instituciones.

¿Qué información se introduce en DIR3?

Unidades Orgánicas

Oficinas de registro

UGEP-Unidades Gestión Económico-Presup.

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2. DIRECTORIO COMUN– Estructura jerárquica y relaciones

Estructura DIR3

Unidades orgánicasOficinas de registro UGEP

Si cada uno de nosotros hace eso,¿qué se consigue?

AGE

CCAA’s

EELL’sUniversidades

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2. Ley 25/2003 (OC, OG, UT) y DIR3 (UO, OR, UGEP) ¿?

Unidades Orgánicas

Oficinas de registro

UGEP

Oficina contable

Órgano gestor

Unidad tramitadora

Ley 25/2003

No lo entiendo!¿Dónde los relaciono?

Mi Punto General de Entrada de Facturas

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2. Ley 25/2013 – Figuras referidas(3)

Toda factura que entre en la entidad ha de ser registrada en el

registro oficial de entrada, bien sea una factura entregada en papel

o una factura electrónica que ha entrado por el Punto General de

Entrada de Facturas.

Cada uno de los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de esta

Ley, dispondrán de un registro contable de facturas que facilite su

seguimiento, cuya gestión corresponderá al órgano o unidad

administrativa que tenga atribuida la función de contabilidad

Las administraciones públicas están obligadas a disponer de un punto

general de entrada de facturas electrónicas, éste puede ser de la

comunidad autónoma, de la administración central o uno propio.

EELL

AGE

CCAA

Diputación CCAA AGE Universidad

AGE

CCAA

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2. Ley 25/2013 – ¿Cuál es la situación que se nos plantea?

Reconoce un derecho a los proveedores

Genera una obligacióna las AAPP’s

¿Quien nos ayuda?

Genera una obligacióna los proveedores¿Quién les ayuda?

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3. FACe – Funcionalidades (1/2)

Formato de factura – Facturae 3.2 y 3.2.1

Sistema de seguimiento de las facturas en su proceso interno

Dota a la presentación de la factura de un asiento en el registro administrativo.

Posibilidad de solicitud de anulación de las facturas para el proveedor

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3. FACe – Funcionalidades (2/2)

Remisión automática de las facturas a los sistemas de los RCFs de los organismos adscritos a FACe

Descarga de facturas Gestión del directorio Plataforma de facturación

(custodia de facturas)

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3. FACe – Configuración previa

Unidades orgánicasOficinas de registro UGEP

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3. FACe – Esquema general de funcionamiento

Proveedor (p)

Plataforma

Facturación

HUB

Punto General de entrada de facturas

Registro Adm.

Facturas

Proveedor (G)

Organismo RCF propio

Registro Cont.

Facturas

Organismo (p)

Registro Cont.

Facturas

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3. FACe – Adhesiones de CCAA’s a FACe (14)

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UNIVERSIDADES ADHERIDAS A FACE (a Martes 10/02/15)

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA

UNIVERSIDAD DE ALICANTE UNIVERSIDAD DE SALAMANCA

UNIVERSIDAD DE BURGOS UNIVERSIDAD DE VALLADOLID

UNIVERSIDAD DE CANTABRIA UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO

UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA UNIV. MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE

UNIVERSIDAD DE GRANADA UNIV.NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA

UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA

UNIV. DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA

UNIVERSIDAD DE LEÓN UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS

UNIVERSIDAD DE MURCIA UNIVERSIDAD ROVIRA I VIRGILI

UNIVERSIDAD DE OVIEDO UNIVERSITAT POLITÈCNICA DE VALÈNCIA

3. FACe – Adhesiones de Universidades a FACe (25)

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4. Retos que plantea la Factura Electrónica – Firma electrónica

¿El circuito interno que sigue la factura electrónica va a quedarrefrendado por una firma electrónica de la UT (Unidad Tramitadora)cuando se da la conformidad y del OG (Órgano Gestor) cuando se apruebael gasto?

SI ¿Qué tipo de firma se quiere recabar?

a) Firma electrónicab) Firma electrónica avanzadac) Firma electrónica reconocida

a), b)

Se hace necesario:

Emisión masiva de certificados electrónicosPortafirmas (MINHAP)Gestor documentalIntegración la aplicación Económico y el PortafirmasPolítica de firmas en la organización

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4. Retos que plantea la Factura Electrónica – Archivo facturas

¿FACe custodia por defecto todas las facturas, pero queremos custodiarlasnosotros también? ¿Queremos custodiar también en caso de que así lohayamos decidido los documentos contables que han sido firmados por laUT y por el OG para la conformidad y aprobación del gasto?

SI

Se hace necesario:Archivo electrónico (MINHAP)Política de gestión de documentos electrónicosIntegración entre la aplicación de económico y el archivo

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5. Agradecimientos

► Pablo de Amil Villarrubia – Jefe de Área de Planificación y Explotación en MINHAP (FACe)

por extensión a:

Aitor Cubo Contreras – Subdirector General de Programas, Estudios e Impulso de la

Administración Electrónica del MINHAP

► Mª Dolores Hernández Maroto – Jefe del Área de Tecnología en Subdirección General

de Impulso de la Administración digital y Servicios al Ciudadano (DIR3)

por extensión a:

Manuel Ruiz del Corral – Vocal asesor. Subdirección General de Programas de Atención al

Ciudadano

► Miguel A. Amutio Gómez Subdirector Adjunto Dirección de Tecnologías de la

Información y las Comunicaciones