Formulario-350-Retefuente-2014-con-anexos.xls

4
Nota: Para descargar dicho formulario 350 en versión PDF, y leer las instrucciones que se Mediante el artículo 5 de la Resolución 0049 de febrero 5 de 2014 del 2014 para la presentación mensual de la declaración de retenc aplica por igual tanto para quienes declaren virtualmente como par virtualmente son solo aquellos a quienes les aplique alguno de los Importante: Cuando cada año se define un nuevo formulario 350, se formulario será el que también se tenga que usar para corregir al extemporáneamente alguna de los meses de los años anteriores. Al definió en febrero de 2013, en la Resolución 0021 de febrero de 20 de años 2012 hacia atrás se harían con el formulario que se us periodos 2013 y siguientes. Entonces, en el caso de la Resolución se hizo ninguna aclaración al respecto y por tanto ese nuevo formu que se debe usar para corregir o presentar extemporáneamente decl hicimos esta herramienta, el sistema MUISCA de la DIAN, para pres el viejo formulario que se usó hasta el 2013. Esto lo tendrá que a Por consiguiente, la presente herramienta es una reproducción en E elaborar los borradores de tal declaración aprovechando las bondad

Transcript of Formulario-350-Retefuente-2014-con-anexos.xls

Page 1: Formulario-350-Retefuente-2014-con-anexos.xls

Nota: Para descargar dicho formulario 350 en versión PDF, y leer las instrucciones que se presentan en cada uno de los renglones del formu

Mediante el artículo 5 de la Resolución 0049 de febrero 5 de 2014, la DIAN definió el nuevo formulario 350 que se utilizará a lo largo del 2014 para la presentación mensual de la declaración de retenciones en la fuente (a título de renta, IVA y timbre). Este formulario aplica por igual tanto para quienes declaren virtualmente como para quienes aún declaran en papel. Recuerde que los obligados a declarar virtualmente son solo aquellos a quienes les aplique alguno de los 14 criterios de la Resolución 12761 de diciembre 9 de 2011.

Importante: Cuando cada año se define un nuevo formulario 350, se entiende, y si la resolución no dice nada al respecto, que ese nuevo formulario será el que también se tenga que usar para corregir alguna declaración de los meses de los años anteriores o para presentar extemporáneamente alguna de los meses de los años anteriores. Al respecto, y pensando por ejemplo en el nuevo formulario de IVA que se definió en febrero de 2013, en la Resolución 0021 de febrero de 2013, se hizo expresamente la aclaración de que las declaraciones de IVA de años 2012 hacia atrás se harían con el formulario que se usó hasta el 2012, pues el nuevo formulario 300 de IVA era solo para periodos 2013 y siguientes. Entonces, en el caso de la Resolución 0049 de febrero de 2014, y en relación con el nuevo formulario 350, no se hizo ninguna aclaración al respecto y por tanto ese nuevo formulario 350, mientras no sea modificada la Resolución 0049, sí sería el que se debe usar para corregir o presentar extemporáneamente declaraciones de años anteriores al 2014. Como sea, y hasta el día en que hicimos esta herramienta, el sistema MUISCA de la DIAN, para presentar una formulario 350 por ejemplo del año 2013, sí estaba cargando el viejo formulario que se usó hasta el 2013. Esto lo tendrá que aclarar la DIAN modificando la Resolución 0049 de febrero de 2014.

Por consiguiente, la presente herramienta es una reproducción en Excel de este formulario diseñado por la DIAN y se podrá utilizar para elaborar los borradores de tal declaración aprovechando las bondades de Excel (sumas y restas).

Page 2: Formulario-350-Retefuente-2014-con-anexos.xls

Nota: Para descargar dicho formulario 350 en versión PDF, y leer las instrucciones que se presentan en cada uno de los renglones del formu

Mediante el artículo 5 de la Resolución 0049 de febrero 5 de 2014, la DIAN definió el nuevo formulario 350 que se utilizará a lo largo del 2014 para la presentación mensual de la declaración de retenciones en la fuente (a título de renta, IVA y timbre). Este formulario aplica por igual tanto para quienes declaren virtualmente como para quienes aún declaran en papel. Recuerde que los obligados a declarar virtualmente son solo aquellos a quienes les aplique alguno de los 14 criterios de la Resolución 12761 de diciembre 9 de 2011.

haz click aquí

Importante: Cuando cada año se define un nuevo formulario 350, se entiende, y si la resolución no dice nada al respecto, que ese nuevo formulario será el que también se tenga que usar para corregir alguna declaración de los meses de los años anteriores o para presentar extemporáneamente alguna de los meses de los años anteriores. Al respecto, y pensando por ejemplo en el nuevo formulario de IVA que se definió en febrero de 2013, en la Resolución 0021 de febrero de 2013, se hizo expresamente la aclaración de que las declaraciones de IVA de años 2012 hacia atrás se harían con el formulario que se usó hasta el 2012, pues el nuevo formulario 300 de IVA era solo para periodos 2013 y siguientes. Entonces, en el caso de la Resolución 0049 de febrero de 2014, y en relación con el nuevo formulario 350, no se hizo ninguna aclaración al respecto y por tanto ese nuevo formulario 350, mientras no sea modificada la Resolución 0049, sí sería el que se debe usar para corregir o presentar extemporáneamente declaraciones de años anteriores al 2014. Como sea, y hasta el día en que hicimos esta herramienta, el sistema MUISCA de la DIAN, para presentar una formulario 350 por ejemplo del año 2013, sí estaba cargando el viejo formulario que se usó hasta el 2013. Esto lo tendrá que aclarar la DIAN

Por consiguiente, la presente herramienta es una reproducción en Excel de este formulario diseñado por la DIAN y se podrá utilizar para elaborar los borradores de tal declaración aprovechando las bondades de Excel (sumas y restas).

Page 3: Formulario-350-Retefuente-2014-con-anexos.xls

Plantilla para elaborar el borrador de las declaraciones de Retención en la Fuente año 2014, con anexosFecha de elaboración: Febrero 11 de 2014(Fecha de elaboración : Febrero 11 de 2014)

350Privada

1. Año 2 0 1 4 3.Periodo 0 1

Espacio reservado para la DIAN 4. Número de formulario

1 2 3 3 4 5 6

5. Número de Identificación Tributaria (6. DV7. Primer apellido 8. Segundo apellido 9. Primer nombre 10. Otros nombres

11. Razón social 12-Cód.. Admón.

0

Si es una corrección in 25.Cód 26. No. Formulario anteri

x Retenciones practicadas a título de renta y ComplementariosA

pais

es s

in c

on

ven

ioEnajenación de activos fijos y otras retenciones 57 0

Base s

uje

ta a

rete

nció

n p

ara

pag

os o

ab

on

os e

n c

uen

ta

27 9,370,000 Dividendos y participaciones 58 0

28 0 Rendimientos financieros 59 0

Pagos o abonos en cuenta a trabajadores por cuenta propia 29 0 Pagos por explotación de intangibles 60 0

30 0 Servicios 61 0

Honorarios y comisiones 31 0 Servicios técnicos, asistencia técnica, consultoría 62 0

Servicios 32 0 Enajenación de activos fijos y otras retenciones 63 0

Arrendamientos (Muebles e inmuebles) 33 0 Dividendos y participaciones 64 0

Compras 34 2,500,000 Rendimientos financieros 65 0

Dividendos y participaciones 35 0 Pagos por explotación de intangibles 66 0

Rendimientos financieros 36 0 Servicios 67 0

Transacciones con tarjetas débito y crédito 37 0 Servicios técnicos, asistencia técnica, consultoría 68 0

Contratos de construcción 38 0

Au

torr

ete

ncio

nes

Ventas 69 0

39 0 Honorarios ### 70 0

Loterías, rifas, apuestas y similares 40 0 Comisiones 71 0

Otras pagos sujetos a retención 41 0 Servicios ### 72 0

Rete

ncio

nes a

tit

ulo

de r

en

ta p

or

pag

os o

ab

on

os e

n c

uen

ta Pagos a empleados sujetos a retención. (Art. 383 E.T.) 4291,000

Rendimientos financieros ### 730

Pagos a empleados sujetos a retención. (Art. 384 E.T.) 43 0 Otros conceptos 74 0

Pagos a trabajadores por cuenta propia 440

###754,000

45 0 Total retenciones renta y complementarios (sume 42 a 74 y re###76 89,000

Honorarios y comisiones 460

Retenciones practicadas a titulo de impuesto sobre las ventas (I.V.A.)

Servicios 47 0 A responsables del régimen común ###77 0

Arrendamientos (Muebles e inmuebles) 48 0 Por compras y/o servicios a responsables del régimen simplificado### 78 0

Compras 49 2,000 Practicadas por servicios a no residentes o no domicilados ###79 0

Dividendos y participaciones 50 0 ###80 1,000

Rendimientos financieros 51 0 Total retenciones del I.V.A. (sume 77a 79 y reste 80) ###81 0

Transacciones con tarjetas débito y crédito 52 0 Retenciones impuestos de timbre nacional ###82 0

Contratos de construcción 53 0

Tota

l

Total retenciones (76 + 81 + 82) ###83 89,000

54 0 Más: Sanciones ### 84 0

Loterías, rifas, apuestas y similares 55 0 Total retenciones más sanciones (83 + 84) ###85 89,000

Otras pagos sujetos a retención 56 0

86. No. Identificación signatario 87. DV

981. Código Representación

Firma del declarante o de quien lo representa 980. Pago Total

Firma del declarante o de quien lo representa (Sume 83 a 84) $ 89,000 ###

982. Código Contador o Revisor Fiscal

Firma Revisor Fiscal o Contador 994.Con Salvedade996. Espacio para el Autoadhesivo de la entidad recaudadora

983. No. Tarjeta Profesional

Declaración Mensual de Retenciones en la Fuente

Dato

s d

el

decla

ran

te

Rete

ncio

nes p

racti

cad

as a

tít

ulo

de r

en

ta

pra

cti

cad

as p

or

pag

os o

ab

on

os e

n c

uen

ta a

l exte

rior

Pagos o abonos en cuenta a empleados sujetos a retención. (Art. 383 E.T.)Pagos o abonos en cuenta a empleados sujetos a retención. (Art. 384 E.T.)

Pagos por concepto de salarios a contribuyentes que no pertenecen a la categoría de empleados

A p

ais

es c

on

con

ven

io

vig

en

te

Enajenación de activos fijos de personas naturales ante notarios y autoridades de tránsito

Menos: retenciones de períodos anteriores en exceso o indebidas o anuladas, rescindidas o resueltas

Pagos por concepto de salarios a contribuyentes que no pertenecen a la categoría de empleados

Menos: retenciones de períodos anteriores en exceso o indebidas o anuladas, rescindidas o resueltas

Enajenación de activos fijos de personas naturales ante notarios y autoridades de tránsito

997. Espacio para uso exclusivo para el sello de la entidad recaudadora

Coloque el timbre de la máquina registradora al dorso de este formulario

En estos renglones 27 a 41 siempre irán los pagos o abonos en cuenta brutos totales del mes a los terceros (antes de cualquier depuración). Eso es a lo que se refieren las instrucciones del formulario para estos renglones cuando piden reportar los "pagos o abonos sujetos a retención" (ver el Concepto DIAN 53947 de agosto de 2012).

En el caso de las compras de mercancías, o de servicios, no importa si algunas tenían la cuantía mínima y otras no, igual se reportan todas las compras hechas a un mismo tercero, pero con el condicionante de que al menos algunas hayan sufrido retenciones, pues si en el mes se hicieron por ejemplo varias compras y ninguna sufrió retenciones (o incluso si en el mes se hicieron pagos brutos a un empleado pero al final no sufrieron retención) entonces el formulario virtual de la DIAN para este formulario 350 no dejará reportar "bases" sin que haya al menos algún valor de retención (valor entonces que no importa que no guarde relación aritmética con la "base"). De esta forma el manejo de las "bases" y sus "retenciones" en este formulario 350 termina siendo PARECIDO pero no IGUAL a lo que venía sucediendo cada año hasta el 2013 en la elaboración del formato 1001 de información exógena tributaria anual pues en este último sí se debían reportar todas las "bases" o "pagos del año al tercero" y sin importar que este tercero no haya sufrido ningún tipo de retención. Pero si en el formulario 350 solo piden reportar los pagos totales del mes a un tercero cuando hayan sufrido algún valor de retención, en este caso el trabajo del formulario 350 es de menor volumen que aquel que exigía el 1001.

Además, en estos renglones 27 a 41 solo irán los pagos o abonos en cuenta hechos a personas o entidades que están domiciliados en Colombia y sus retenciones se verán luego en los renglones 42 a 56. En el caso de los pagos o abonos en cuenta hechos a terceros no domiciliados en Colombia, a ellos no se les reportan "bases" (pagos sujetos a retención) sino solamente el valor de la retención (ver los renglones 57 a 68). Además, para efectos de lo indicado en los renglones 27 a 30, tenga en cuenta lo indicado en los artículos 1 a 3 del Decreto 3032 de diciembre 27 de 2013 a través de los cuáles se reglamentó qué personas naturales residentes deben pertenecer a la categoría de "empleados" y cuáles a la categoría de "trabajador por cuenta propia".

Para efectos de saber con cuáles paises se tiene en vigencia y en aplicación algún posible "Convenio para evitar la Doble Tributación" y el tipo de retenciones especiales que en ellos se establecieron consulte la parte pertinente de nuestra herramienta: “Retención en la fuente a título de impuestos nacionales en 2014” la cual se encuentra en el siguiente enlace:

http://actualicese.com/modelos-y-formatos/retencion-en-la-fuente-a-titulo-de-los-impuestos-nacionales-ano-fiscal-2014/

Esta casilla se tiene que llenar manualmente en caso de que el pago incluya intereses de mora, pues en los renglones anteriores no se diseñó ninguno en el cual estos se puedan liquidar. Por tanto, si se prefiere, cuando el pago incluya intereses de mora, lo mejor será usar el formulario 490 y en el mismo hacer solo el pago pues en él sí se pueden discriminar los intereses de mora.

En este ejemplo, si durante el periodo solo hubo "devoluciones" de retenciones de IVA (renglón 80) y no hubo nuevas retenciones de IVA (renglones 77 a 79), entonces en el renglón 81 se formaría un valor negativo y en tal caso lo correcto es colocar un valor de "cero" a pesar de que las instrucciones del formulario para el renglón 81 no lo dicen expresamente.

AS49
Para efectos de saber con cuáles paises se tiene en vigencia y en aplicación algún posible "Convenio para evitar la Doble Tributación" y el tipo de retenciones especiales que en ellos se establecieron consulte la parte pertinente de nuestra herramienta: “Retención en la fuente a título de impuestos nacionales en 2014” la cual se encuentra en el siguiente enlace: http://actualicese.com/modelos-y-formatos/retencion-en-la-fuente-a-titulo-de-los-impuestos-nacionales-ano-fiscal-2014/
D50
En estos renglones 27 a 41 siempre irán los pagos o abonos en cuenta brutos totales del mes a los terceros (antes de cualquier depuración). Eso es a lo que se refieren las instrucciones del formulario para estos renglones cuando piden reportar los "pagos o abonos sujetos a retención" (ver el Concepto DIAN 53947 de agosto de 2012). En el caso de las compras de mercancías, o de servicios, no importa si algunas tenían la cuantía mínima y otras no, igual se reportan todas las compras hechas a un mismo tercero, pero con el condicionante de que al menos algunas hayan sufrido retenciones, pues si en el mes se hicieron por ejemplo varias compras y ninguna sufrió retenciones (o incluso si en el mes se hicieron pagos brutos a un empleado pero al final no sufrieron retención) entonces el formulario virtual de la DIAN para este formulario 350 no dejará reportar "bases" sin que haya al menos algún valor de retención (valor entonces que no importa que no guarde relación aritmética con la "base"). De esta forma el manejo de las "bases" y sus "retenciones" en este formulario 350 termina siendo PARECIDO pero no IGUAL a lo que venía sucediendo cada año hasta el 2013 en la elaboración del formato 1001 de información exógena tributaria anual pues en este último sí se debían reportar todas las "bases" o "pagos del año al tercero" y sin importar que este tercero no haya sufrido ningún tipo de retención. Pero si en el formulario 350 solo piden reportar los pagos totales del mes a un tercero cuando hayan sufrido algún valor de retención, en este caso el trabajo del formulario 350 es de menor volumen que aquel que exigía el 1001. Además, en estos renglones 27 a 41 solo irán los pagos o abonos en cuenta hechos a personas o entidades que están domiciliados en Colombia y sus retenciones se verán luego en los renglones 42 a 56. En el caso de los pagos o abonos en cuenta hechos a terceros no domiciliados en Colombia, a ellos no se les reportan "bases" (pagos sujetos a retención) sino solamente el valor de la retención (ver los renglones 57 a 68). Además, para efectos de lo indicado en los renglones 27 a 30, tenga en cuenta lo indicado en los artículos 1 a 3 del Decreto 3032 de diciembre 27 de 2013 a través de los cuáles se reglamentó qué personas naturales residentes deben pertenecer a la categoría de "empleados" y cuáles a la categoría de "trabajador por cuenta propia".
BO73
En este ejemplo, si durante el periodo solo hubo "devoluciones" de retenciones de IVA (renglón 80) y no hubo nuevas retenciones de IVA (renglones 77 a 79), entonces en el renglón 81 se formaría un valor negativo y en tal caso lo correcto es colocar un valor de "cero" a pesar de que las instrucciones del formulario para el renglón 81 no lo dicen expresamente.
BJ90
Esta casilla se tiene que llenar manualmente en caso de que el pago incluya intereses de mora, pues en los renglones anteriores no se diseñó ninguno en el cual estos se puedan liquidar. Por tanto, si se prefiere, cuando el pago incluya intereses de mora, lo mejor será usar el formulario 490 y en el mismo hacer solo el pago pues en él sí se pueden discriminar los intereses de mora.
Page 4: Formulario-350-Retefuente-2014-con-anexos.xls

Plantilla para elaborar el borrador de las declaraciones de Retención en la Fuente año 2014, con anexosFecha de elaboración: Febrero 11 de 2014

Comentario

Anexos explicativos declaración de Retención en la fuente

Razón social del Declarante

Nit

Mes a declarar

Año gravable

Renglón

Nombre Renglón Código PUC NitBase Retención

Retención

27 42236505 Juan Perez 14,567,890 3,670,000 89,000 236505 David Luna 12,345,654 5,700,000 2,000

Total del Renglón 9,370,000 91,000

28 43

Total del Renglón 0 0

29 44Pagos o abonos en cuenta a trabajadores por cuenta propia

Total del Renglón 0 0

30 45

Total del Renglón 0 0

31 46Honorarios y comisiones

Total del Renglón 0 0

32 47Servicios

Total del Renglón 0 0

33 48Arrendamientos (Muebles e inmuebles)

Total del Renglón 0 0

34 49Compras

236540 La joyita SAS 800,900,111 2,500,000 2,000 236540 La Belleza SAS 899,000,112 4,000

Total del Renglón 2,500,000 2,000

35 50Dividendos y participaciones

Total del Renglón 0 0

36 51Dividendos y participaciones

Total del Renglón 0 0

37 52Transacciones con tarjetas débito y crédito

Total del Renglón 0 0

38 53Contratos de construcción

Total del Renglón 0 0

39 54

Total del Renglón 0 0

40 55Loterías, rifas, apuestas y similares

Total del Renglón 0 0

41 56Otras pagos sujetos a retención

Total del Renglón 0 0

57

Est

as

rete

nci

on

es

no e

xig

en

rep

ort

ar

la "

Base

"

A países sin convenioEnajenación de activos fijos y otras retenciones

Total del Renglón 0

58 A países sin convenioDividendos y participaciones

Total del Renglón 0

59 A países sin convenioRendimientos financieros

Total del Renglón 0

60 A países sin convenioPagos por explotación de intangibles

Total del Renglón 0

61 A países sin convenioServicios

Total del Renglón 0

62 A países sin convenioServicios técnicos, asistencia técnica, consultoría

Total del Renglón 0

63 A países con convenio vigenteEnajenación de activos fijos y otras retenciones

Total del Renglón 0

64 A países con convenio vigenteDividendos y participaciones

Total del Renglón 0

65 A países con convenio vigenteRendimientos financieros

Total del Renglón 0

66 A países con convenio vigentePagos por explotación de intangibles

Total del Renglón 0

67 A países con convenio vigenteServicios

Total del Renglón 0

68 A países con convenio vigenteServicios técnicos, asistencia técnica, consultoría

Total del Renglón 0

69Autorretenciones

VentasTotal del Renglón 0

70Autorretenciones

HonorariosTotal del Renglón 0

71Autorretenciones

ComisionesTotal del Renglón 0

72Autorretenciones

ServiciosTotal del Renglón 0

73Autorretenciones

Rendimientos financierosTotal del Renglón 0

74Autorretenciones

Otros conceptosTotal del Renglón 0

75

Total del Renglón 4,000

77 236,701 La belleza SAS 899,000,112 1,000 A responsables del régimen común

Total del Renglón 0

78

Total del Renglón 0

79Practicadas por servicios a no residentes o no domiciliados

Total del Renglón 0

80

Total del Renglón 1,000

82Retenciones impuestos de timbre nacional -

Total del Renglón 0

En muchos casos se observa que al elaborar las declaraciones mensuales de retención en la fuente en el formulario 350 lo único que se deja como "anexo" es un balance de comprobación de saldos lleno de marcas confusas y difíciles de comprender en cuanto a los valores que dice dicho balance de prueba y la forma como cruzan todos ellos con los respectivos renglones del formulario 350.

Por tal razón, en el modelo de "anexo al formulario 350" que se presenta en esta hoja, sí se lograría contar con unos mejores anexos que expliquen las cifras llevadas a cada renglón del formulario 350. Recuerde que el auxiliar o contador que hace la declaración de retención no siempre será el mismo que estará en la empresa el día en que la DIAN llegue a auditar la declaración (pues se pudo haber ido de la empresa, o incluso haber muerto). Por tanto, si se acostumbra a dejar en cada declaración unos anexos más claros, esto será lo mejor para el colega que llegue a reemplazarlo en el futuro.

Nombre del beneficiario del pago o

abono en cuenta

Retención en la fuente a titulo de renta, IVA y

Timbre Devolución de retenciones de

periodos anteriores

Base (pago o abono en

cuenta sujeto a retención)

Pagos o abonos en cuenta a empleados sujetos a retención. (Art. 383 E.T.)

Pagos o abonos en cuenta a empleados sujetos a retención. (Art. 384 E.T.)

Pagos por concepto de salarios a contribuyentes que no pertenecen a la categoría de empleados

Enajenación de activos fijos de personas naturales ante notarios y autoridades de tránsito

Retenciones practicadas a título de renta practicadas por pagos o abonos en cuenta al exterior

Retenciones practicadas a título de renta practicadas por pagos o abonos en cuenta al exterior

Retenciones practicadas a título de renta practicadas por pagos o abonos en cuenta al exterior

Retenciones practicadas a título de renta practicadas por pagos o abonos en cuenta al exterior

Retenciones practicadas a título de renta practicadas por pagos o abonos en cuenta al exterior

Retenciones practicadas a título de renta practicadas por pagos o abonos en cuenta al exterior

Retenciones practicadas a título de renta practicadas por pagos o abonos en cuenta al exterior

Retenciones practicadas a título de renta practicadas por pagos o abonos en cuenta al exterior

Retenciones practicadas a título de renta practicadas por pagos o abonos en cuenta al exterior

Retenciones practicadas a título de renta practicadas por pagos o abonos en cuenta al exterior

Retenciones practicadas a título de renta practicadas por pagos o abonos en cuenta al exterior

Retenciones practicadas a título de renta practicadas por pagos o abonos en cuenta al exterior

Menos: retenciones de períodos anteriores en exceso o indebidas o anuladas, rescindidas o resueltas

Retenciones practicadas a titulo de impuesto sobre las ventas (I.V.A.)

Retenciones practicadas a titulo de impuesto sobre las ventas (I.V.A.)Por compras y/o servicios a responsables del régimen simplificado

Retenciones practicadas a titulo de impuesto sobre las ventas (I.V.A.)

Retenciones practicadas a titulo de impuesto sobre las ventas (I.V.A.)

Menos: retenciones de períodos anteriores en exceso o indebidas o anuladas, rescindidas o resueltas

Aquí irá el Pago o abono en cuenta bruto total del mes ("pago sujeto a retención") para cada tercero y siempre que dicho pago sí haya sufrido algún valor de retención. Es el valor bruto antes de cualquier depuración. Y en el caso de las compras de mercancías, o de servicios, no importa si algunas tenían la cuantía mínima y otras no, igual se reportan todas, pero si cumplen con la condición de que hayan sufrido algún valor de retención.

En el caso de las "devoluciones de retenciones de periodos anteriores", el formulario solo pedirá el valor de la retención devuelta pero no su "base". Además, cuando se lleguen a colocar valores de retenciones en esta columna, y aunque terminen quedando discriminadas por concepto, lo único que importará es el "total de las retenciones devueltas por renta" (las cuales irán todas juntas, sin importar el concepto, dentro del renglón 75). O el "total de las retenciones devueltas de IVA" (las cuales irán todas juntas, sin importar el concepto, dentro del renglón 80).

H30
Actualicese: Es conveniente detallarlas al mayor nivel de auxiliar que sea posible. Lo dispendioso será montar la primer vez este detalle, pero luego se puede copiar para los bimestres siguientes con la satisfacción de contar con el detalle claro y suficiente (incluso, aprovechando las ventajas del Excel, se podrán insertar u ocultar filas, según se necesite ya sea para agregar nuevas subcuentas que se creen en la estructura del balance de prueba o para no desplegar cuentas que durante el periodo no hayan tenido movimiento)
K30
En el caso de las "devoluciones de retenciones de periodos anteriores", el formulario solo pedirá el valor de la retención devuelta pero no su "base". Además, cuando se lleguen a colocar valores de retenciones en esta columna, y aunque terminen quedando discriminadas por concepto, lo único que importará es el "total de las retenciones devueltas por renta" (las cuales irán todas juntas, sin importar el concepto, dentro del renglón 75). O el "total de las retenciones devueltas de IVA" (las cuales irán todas juntas, sin importar el concepto, dentro del renglón 80).
I34
Aquí irá el Pago o abono en cuenta bruto total del mes ("pago sujeto a retención") para cada tercero y siempre que dicho pago sí haya sufrido algún valor de retención. Es el valor bruto antes de cualquier depuración. Y en el caso de las compras de mercancías, o de servicios, no importa si algunas tenían la cuantía mínima y otras no, igual se reportan todas, pero si cumplen con la condición de que hayan sufrido algún valor de retención.