formato 1732

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Obligados a diligenciar el formato 1732 de acuerdo a la resolución. a) Quienes a 31 de diciembre de 2012 estuvieren calificados como grandes contribuyentes; b) Quienes a 31 de diciembre de 2012 tuvieren la calidad de agencias de aduanas; c) Los importadores que durante el año 2012 hayan presentado una o más declaraciones de importación y que en la declaración inicial o en la última corrección presentada en el año 2012 correspondiente a la declaración de renta del año gravable 2011, hubieren declarado ingresos brutos y/o patrimonio bruto superior a mil doscientos cincuenta millones de pesos ($1.250.000.000); d) Las personas jurídicas, sociedades y asimiladas obligados a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementarios del año gravable 2011 que en la declaración inicial o en la última corrección presentada en el año 2012, hubieren declarado ingresos brutos y/o patrimonio bruto superior a mil doscientos cincuenta millones de pesos ($1.250.000.000). Quedando no obligados a suministrarlo, ni los declarantes de ingresos y patrimonio ni las personas naturales obligadas a llevar contabilidad que no se encuentren en alguna de las categorías anteriores. NO OBLIGADOS La resolución 060 de 2014 señala los sujetos obligados a suministrar la información de relevancia tributaria mediante el formato 1732. De plano, el parágrafo del artículo 2 señala: “Parágrafo. No deberán suministrar la información de que trata el presente artículo, los declarantes de ingresos y patrimonio, así como las personas naturales obligadas a llevar contabilidad que no se encuentren en alguna de las categorías anteriores.” Es decir, que de entrada podemos excluir de la obligación de presentar el formato 1732 a las personas naturales NO obligadas a llevar contabilidad. No obstante queda el universo de las PN que si deben cumplir con dicha obligación y para ellos la situación es distinta.

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obligados a presentar el formato 1732

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Obligados a diligenciar el formato 1732 de acuerdo a la resolucin.a) Quienes a 31 de diciembre de 2012 estuvieren calificados comograndes contribuyentes;b) Quienes a 31 de diciembre de 2012 tuvieren la calidad de agencias de aduanas;c) Los importadores que durante el ao 2012 hayan presentado una o ms declaraciones de importacin y que en la declaracin inicial o en la ltima correccin presentada en el ao 2012 correspondiente a la declaracin de renta del ao gravable 2011, hubieren declarado ingresos brutos y/o patrimonio bruto superior a mil doscientos cincuenta millones de pesos ($1.250.000.000);d) Las personas jurdicas, sociedades y asimiladas obligados a presentar declaracin del impuesto sobre la renta y complementarios del ao gravable 2011 que en la declaracin inicial o en la ltima correccin presentada en el ao 2012, hubieren declarado ingresos brutos y/o patrimonio bruto superior a mil doscientos cincuenta millones de pesos ($1.250.000.000).Quedando no obligados a suministrarlo, ni los declarantes de ingresos y patrimonio ni las personas naturales obligadas a llevarcontabilidadque no se encuentren en alguna de las categoras anteriores.

NO OBLIGADOSLa resolucin 060 de 2014 seala los sujetos obligados a suministrar lainformacin de relevancia tributaria mediante el formato 1732. De plano, el pargrafo del artculo 2 seala:Pargrafo. No debern suministrar la informacin de que trata el presente artculo, los declarantes de ingresos y patrimonio, as como las personas naturales obligadas a llevar contabilidadque no se encuentren en alguna de las categoras anteriores.Es decir, que de entrada podemos excluir de la obligacin de presentar el formato 1732 a las personas naturales NO obligadas a llevarcontabilidad. No obstante queda el universo de las PN que si deben cumplir con dicha obligacin y para ellos la situacin es distinta.