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INSTITUCIÓN EDUCATIVA BOYACÁ
Proceso: GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA
Código GA2P
Procedimiento: PRESUPUESTO
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SISTEMA DE GESTIÓN DE CALIDAD
NORMA ISO 9001:2000
Responsable del Proceso Responsable del Procedimiento
Versión del Documento Vigente desde:
Rectora Rectora
Contador (a)Tesorera
01
Elaborado por: Revisado por: Aprobado por:
Rectora, Tesorera Representante de la Dirección SGC
Rectora
Control de Cambios en el DocumentoCausa del Cambio Cambio Realizado
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Tabla de Contenido
1 OBJETIVO..............................................................................................................................3
2 ALCANCE...............................................................................................................................3
3 DOCUMENTOS DE APOYO..................................................................................................3
4 TERMINOLOGÍA....................................................................................................................3
5 DESARROLLO DE LOS REQUISITOS DE LA NORMA NTC-ISO 9001:2000.....................4
5.1 Flujograma...................................................................................................................4
5.2 DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO......................................................................5
6 INDICADORES.......................................................................................................................8
7 SERVICIO NO CONFORME...................................................................................................8
8 ACCIONES PREVENTIVAS Y CORRECTIVAS....................................................................9
9 ANEXOS.................................................................................................................................9
9.1 Anexo 1: GA2P-R01 Presupuesto de Ingresos, Egresos E Inversiones.................9
9.2 Anexo 2: GA2P- R02 Informe Trimestral de Ejecucion de Presupuesto de Ingresos, Egresos e Inversiones…………………………….…………………………………20
9.3 Anexo 3 GA2P- R03 Traslados y/o Adiciones Presupuestales......……….……….…9
9.4 Anexo 4: GA2P-R04 Certificado de Disponibilidad Presupuestal………….….….….9
9.5 Anexo 5: GA2P-R05 Resolución Caja Menor……………….……………….....……..….9
9.6 Anexo 6: GA2P-R06 Plan Anual de Caja……………………………………….………….
9.7 Anexo 7: GA2P-R07 Certificado de Registro Presupuestal ………………………….9.8 Anexo 8: GA2P-R08 Plan de Compras…………………………………………………….
9.9 Anexo 9: GA2P-R09 Recibido a satisfacción……………………………………………..
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1 OBJETIVODefinir el método de la estructuración del presupuesto de la INSTITUCION EDUCATIVA BOYACA, dependiendo de sus ingresos, egresos e inversiones para su distribución eficiente y eficaz supliendo las necesidades generales de la Institución.
2 ALCANCEEste procedimiento aplica para:
- Determinar las necesidades de egresos o gastos de la Institución.- Proyectar las inversiones de la Institución en un lapso de tiempo dependiendo de sus
Ingresos. - Planificar, anticipar y prevenir las necesidades de recursos y costos de la Institución.- Controlar la ejecución Trimestral de los ingresos y egresos con relación al presupuesto anual.
3 DOCUMENTOS DE APOYO- Norma NTC-ISO 9001:2000- Manual de evaluación y clasificación de establecimientos privados para definición de tarifas.
Formulario 2: Formulación de ingresos y costos de Establecimientos Educativos Públicos: MEN de Colombia. 2003
- PUC Plan Único de Cuentas.- 74 preguntas sobre Fondos Educativos ( Alcaldía de Pereira )
4 TERMINOLOGÍAPresupuesto: Es la planificación, organización, coordinación y ejecución de los ingresos, egresos e inversiones de acuerdo a sus necesidades en su correcta distribución en la institución.
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5 EN DESARROLLO DE LOS REQUISITOS DE LA NORMA NTC-ISO 9001:2000
5.1 Flujo grama
1. Elaborar presupuesto según vigencia y presentar ante consejo directivo para su aprobación.
¿Se presentan modificaciones y/o ajustes al presupuesto?
Fin
Inicio
NO
2. Ejecutar el presupuesto.
SI
GA2P-R03 Traslado y/o Adiciones Presupuestales.
GA2P-R01 Presupuesto de Ingresos, Egresos e inversiones.
GAP2P-R05 Resolución de Caja Menor
GA2P-R06 Plan Anual Mensualizado de caja.
GAP2P-R08 Plan de compras.
PGA-01-R02 Informe Trimestral formato CGN
Informe anual: Sistema integrado de auditoría (SIA). http://pereira.contralorias.com.
Realizar traslados y Adiciones Presupuestales.
3. Controlar la ejecución del presupuesto y presentar informes a los entes territoriales.
SI
GA2P-R04 Certificado de Disponibilidad presupuestal
GA2P-R07 Certificado de Registro Presupuestal.
GA2P-R09 Recibido a Satisfacción..
Cheque
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6 5.2 DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTONo Actividad. Cargo
ResponsableDescripción detallada de la actividad con sus
documentos o registros.01 Elaborar presupuesto
según vigenciaRectora
Contador (a) El presupuesto institucional de cada vigencia, se tramitará en cumplimiento de los principios presupuestales y mediante la metodología de proyectos educativos que garantiza un presupuesto objetivo, social y la integración paralela de valores para el flujo de caja y acciones para el POAI; lo cual permite la inclusión de las necesidades básicas frente al desarrollo de las áreas en el colectivo educativo.
DOCUMENTOS QUE DEBE CONTENER EL PRESUPUESTO:
DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS . Se clasificara de conformidad con el artículo 8º del decreto 4791 de 2008, así: ingresos operacionales, transferencias y recursos de capital, en consideración especifica del cálculo sobre los valores que percibirá el ente por concepto de los servicios educativos: complementarios o derechos académicos (requiere estudio socioeconómico), extensión, espacios, explotación de bienes, entre otros.
DEL PRESUPUESTO DE GASTOS: inversión y funcionamiento. El presupuesto de gastos se conformara por proyectos educativos, serán contempladas las necesidades institucionales expresadas en los proyectos, siempre con sujeción a la disponibilidad presupuestal. En esta instancia se aplica un procedimiento de suma por reglones empleados en cada proyecto.
DISPOSICIONES GENERALES: Adjunto al proyecto de presupuesto de ingresos y gastos, irá un articulado que constituye las reglas sobre las que se hará la ejecución presupuestal durante toda una vigencia, este cuerpo textual establece las facultades y prohibiciones para el ordenador del gasto y tesorero, además de indicar otros procedimientos relacionados con reservas, apropiaciones, traslados y adiciones
Se deben elaborar en el formato: GA2P-R01 Presupuesto de Ingresos, Egresos e inversiones.
PLAN DE CAJA: El Programa Anual Mensualizado de Caja estará clasificado en la misma forma del presupuesto y será elaborado por el ordenador del gasto, con la asesoría de la tesorería institucional y teniendo en cuenta las metas financieras establecidas por el consejo directivo.
Formato: GA2P-R06 Plan Anual de Caja.
PLAN DE COMPRAS: Es un informe detallado de cantidades de bienes o servicios descritos ampliamente, indicando además rubro presupuestal en el que se inscriben y los valores unitarios. Es un importante instrumento desde el punto de vista de la ley 80 de contratación estatal ya que según esta última no podrá adquirirse
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bien o servicio que no haya sido programado o previsto en este plan de compras.
Formato: GAP2P-08 Plan de Compras
Se presenta ante el Consejo Directivo para su respectiva aprobación y posteriormente se remiten debidamente firmado a la Secretaria de Educación Municipal.
02 Ejecutar el presupuesto. Rectora
Tesorero (a).
REQUISITOS DE LA EJECUCIÓN PRESUPUESTAL:
Las tareas y actividades programadas deben llevarse a cabo con el cumplimiento de estos requisitos. A continuación se explica cada uno de ellos:
DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL:Artículo 19 de decreto reglamentario 568 de 1996: Documento expedido por el jefe de presupuesto o quien haga sus veces ( tesorero para IE) con el cual se garantiza la existencia de apropiación presupuestal libre de afectación para la asunción de compromisos, afecta preliminarmente el presupuesto mientras se perfecciona el compromiso y se efectúa el registro presupuestal. . Los órganos deberán llevar un registro de estos que permita determinar los saldos de apropiación disponibles para expedir nuevas disponibilidades. GA2P-R04 Certificado de Disponibilidad presupuestal
CERTIFICADO DE REGISTRO PRESUPUESTAL: Se perfecciona a través del registro presupuestal, afecta de manera definitiva la apropiación, con lo cual se garantiza que esos recursos no se desvíen a otras actividades. En este documento se expresa claramente la cuantía, el plazo o período de ejecución de la actividad y el beneficiario del futuro pago. GA2P-R07 Certificado de Registro presupuestal.
RECIBIDO A SATISFACCIÓN: Este documento se elabora una vez recibida la obra o compra por parte del proveedor o contratista. GA2P-R09 Recibido a Satisfacción
¿Existen modificaciones y/o ajustes al presupuesto?
SI: Continuar paso 03
NO: Continuar paso 0
03 Realizar traslados y Adiciones Presupuestales
RectoraTesorera
TRASLADOS PRESUPUESTALESSe realizan acuerdos de traslado entre las cuentas del presupuesto de gastos, cuando se agotan los valores presupuestados en rubros determinados y requeridos para solucionar necesidades urgentes de las instituciones educativas; de igual manera el rector o directivo de la Institución revisará permanentemente la ejecución en el
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presupuesto de gastos, con el fin de evitar ejecuciones por encima de la disponibilidad presupuestal en el momento de hacer cualquier tipo de gasto.Todo traslado será proyectado por el rector y presentado ante el Consejo Directivo para su aprobación. PGA-01-R03 Traslado o Ajustes Presupuestales.
ADICIONES PRESUPUESTALES.
Según el articulo 12 del Decreto 4791 de 2008. Se realizarán acuerdos de adición al presupuesto únicamente en los rubros del presupuesto de ingresos dado que el acuerdo de traslado no aplica para este caso; el rector de la Institución revisará permanentemente la ejecución en el recaudo por dichos conceptos, con el fin de determinar el momento en el cual se deberá realizar el acta por acuerdo de adición al presupuesto y convocar al Consejo Directivo para la presentación y aprobación de la propuesta de adición, previa autorización del ente territorial (SEM).
PASOS A SEGUIR :
PGA-01-R03 Traslado y/o adiciones presupuestales, debidamente aprobado por el consejo directivo.
Enviar carta a la SEM Solicitando la aprobación para la adición.
04Controlar la ejecución
del presupuesto y presentar informes a
los entes Territoriales.
RectoraContador (a)Tesorero (a).
Control a la ejecución del presupuesto : Según la ley 42 de 1993, los entes públicos deben cumplir los principios de economía, eficacia, equidad y valoración de costos, una razón más para orientar todos los procesos a una lectura acertada bajo informes de gestión.
TRIMESTRALSe realiza informe a la contaduría, formato CGN 2005.001.
ANUALEn el numeral 4º del artículo 19 del decreto 4791 de 2008, se precisa de una periodicidad anual. Se realiza informe a la Contraloría, en el software Sistema integrado de auditoria (SIA). Ingresando a la pagina www.http://pereira. Contralorias.com.
7 INDICADORESNombre Definición Fórmula Frecuencia Técnica
estadística Responsable
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Nivel de ejecución presupuestal
Establece el nivel de cumplimiento del presupuesto
$ Ejecutados X 100 / $ Presupuestados Trimestral. Grafico de
barras Tesorera
8 SERVICIO NO CONFORMESe explica en la matriz de servicio no conforme.
9 ACCIONES PREVENTIVAS Y CORRECTIVAS Acción preventiva:Se aplica sobre los riesgos.
Acción correctiva:Se aplica sobre las no conformidades.
10 ANEXOS
10.1 ANEXO 1: GA2P-R01PRESUPUESTO DE INGRESOS, EGRESOS E INVERSIONES
INSTITUCION EDUCATIVA BOYACA
ACUERDO No. ___
MES ________ DIA ____ AÑO ____
POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECE EL PROYECTO DE PRESUPUESTO GENERAL DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA: BOYACA MUNICIPIO: PEREIRA
PARA LA VIGENCIA FISCAL ___
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El consejo directivo de la institución educativa, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 14 de la ley 715 de 2001, articulo 3º del decreto 992 de 2002 y el decreto 111 de 1996.
ACUERDA
PRIMERA PARTE
PRESUPUESTO DE INGRESOS
ARTICULO 1º : Fijase los cómputos del presupuesto general de ingresos y recursos de capital de la institución educativa vigencia fiscal del 1º de Enero al 31 de Diciembre de ______ en la suma de: $ _________Clasificados así:
CODIGO CONCEPTORECURSOS DE CAPITAL
VALOR
111105
1105011110
111005111006111008
1125112504112505
141407
140701140714
1470147090
RECURSOS DEL BALANCEEFECTIVOCAJA PRINCIPALCajaBANCOS Y CORPORACIONESCuentas corrientesCuentas ahorroTítulosFONDOS ESPECIALESCuenta corriente bancariaCuenta ahorroDEUDORESPRESTACIÓN DE SERVICIOSServicios educativosArrendamientosOTROS DEUDORESOtros deudores
CODIGO CONCEPTORECURSOS DE CAPITAL
VALOR
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442
4210421004
4210900143
4305430550
430550014305500243055003430550044305500543055006430550074305500843055010430550124305501343055015430550164305501743055018430550194305502043055090
4330433010
44440344044407
484805
4805224810
481006
RECURSOS DE CAPITALINGRESOSVENTA DE BIENESBIENES COMERCIALIZADOSImpresos y publicacionesTienda escolarVENTA DE SERVICIOSSERVICIOS EDUCATIVOSServicios conexos a la educaciónServicios complementariosDerechos académicosPensiónSistematización Certificados y ConstanciasPapeleríaCarné estudiantilComisión bancariaDerechos de gradoSostenimiento mobiliario y equipoSostenimiento sala de computoSostenimiento laboratorioMaterial de enseñanzaBibliotecaProyectosVenta de ProductosFotocopiasOtros servicios educativosSERVICIO DE TRANSPORTEServicio de transporte terrestreTRANSFERENCIASCORRIENTES DEL GOBIERNO GENERALCORRIENTES DE LAS EMPRESASSITUADO FISCALOTROS INGRESOSFINANCIEROSIntereses sobre depósitosEXTRAORDINARIOSArrendamientosTOTAL PRESUPUESTO DE INGRESOS
SEGUNDA PARTE
PRESUPUESTO DE GASTOS
ARTICULO 2º: Aprópiense para atender los gastos de funcionamiento y los gastos de inversión en el presupuesto de la institución educativa durante la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y 31 de diciembre de _____ , la suma de: ________.
Según la siguiente clasificación:
CODIGO CONCEPTO VALOR
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161640
164009011655
165504165505165508165509165590
1660166002166003166090
1665166501166502166590
1670167001
167002167003167090
171715
171505
19
1970197008
INVERSIONPROPIEDAD PLANTA Y EQUIPOEDIFICACIONESAdiciones y mejora planta físicaMAQUINARIA Y EQUIPOMaquinaria industrialEquipo de músicaEquipos agrícolasEquipo de enseñanzaOtros: maquinaria y equipoEQUIPO CIENTÍFICOEquipo de investigaciónEquipo de laboratorioOtros : equipos científicosMUEB. ENSERES Y EQ. OFICINAMuebles y enseresEquipo y maquina de oficinaOtros muebles y enseresEQUIPO DE COMUN. Y COMPUTOEquipo de comunicaciónEquipo de computaciónLíneas telefónicasOtros: Equipo de comunicación y computadoresBIENES DE BENEFICIO Y USO PUBLICOBIENES CULTURALESBibliotecasOTROS ACTIVOSINTANGIBLESSoftwareTOTAL GASTOS DE INVERSIÓN
CODIGO CONCEPTO VALOR
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Ññ
51 5111511105511106511107511108511109511111511112511113511114511115511117511119511120511121511123511126511129511134511135511147511148511152511153511190
5111900151119002511190035111900451119010
5120512003
FUNCIONAMIENTOGASTOS DE OPERACIÓNGENERALESGastos de organización y puesta en marchaEstudios y proyectosGastos de desarrolloGastos de asociaciónComisiones, honorarios y serviciosVigilancia y seguridadMateriales y suministrosMantenimientoReparacionesServicios públicos “Teléfonos”Viáticos y gastos de viajeImpresiones y publicacionesFotocopiasComunicación y transporteSeguros generalesCapacitación docenteMateriales de educaciónInscripciones y Participaciones Eventos culturalesServicio aseo, cafetería restaurante, lavanderíaAportes para proyectosOrganización eventosElementos de aseo, lavandería y cafeteríaOtros gastos generalesCaja menorDevolucionesComisión sobre recaudoGastos bancariosOtros gastos generalesIMPUESTOS CONTRIBUCIONES Y TASASContribución sobre transacc. FrasTOTAL PRESUPUESTO DE GASTOS
TERCERA PARTE
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DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 1ºLas disposiciones generales del presente acuerdo, son complementarias de la ley 115, ley 715 de diciembre de 2001 y su decreto reglamentario 992 del 21 de mayo de 2002 y deben aplicarse en armonía con estas.
ARTICULO 2º. El presupuesto general de la institución educativa: BOYACA del Municipio de Pereira, guardará concordancia con los contenidos del plan financiero y del plan operativo anual de inversiones, y regirá para la vigencia de enero 1º enero a diciembre 31 de 2008.
DE LAS RENTAS Y RECURSOS
ARTICULO 3º. El presupuesto de ingresos contiene la estimación de los ingresos operacionales, transferencias y recursos de capital del fondo de servicios educativos de la institución educativa BOYACA La tesorería en coordinación con el consejo directivo de la institución fijara los criterios técnicos para el manejo de los excedentes de liquidez del tesoro institucional, acorde con los objetivos financieros del ente educativo.
ARTICULO 4º. Los rendimientos financieros que generan las inversiones con recursos del fondo de servicios educativos se utilizaran en la consecución de activos que propendan a la calidad de la educación
DE LOS GASTOS
ARTICULO 5º. Incluye las apropiaciones para la institución educativa y sus dependencias. Todos los actos administrativos que afecten las apropiaciones presupuestales deberán contar con certificados de disponibilidad previos que garanticen la existencia de recursos para atender estos gastos.
Igualmente, estos compromisos deberán contar con registro presupuestal para que los recursos con él financiados no sean destinados a ningún otro fin.
En consecuencia el ordenador del gasto no podrá contraer obligaciones sobre apropiaciones inexistentes, o en exceso del saldo disponible, o sin la autorización previa de la Secretaria de Educación Municipal para comprometer vigencias futuras.
Cualquier compromiso que se adquiera sin el lleno de estos requisitos creará responsabilidad personal y pecuniaria a cargo de quien asuma estas obligaciones.
Las obligaciones con cargo del tesoro institucional que se adquieran con violación a este precepto, no tendrán valor alguno.
ARTICULO 6º. Las afectaciones al presupuesto general se harán teniendo en cuenta la prestación principal originada en los compromisos que se adquieran y con cargo a este rubro se cubrirán los demás costos inherentes o accesorios.ARTICULO 7º. Prohíbase tramitar o legalizar actos administrativos u obligaciones que afecten el presupuesto de gastos, cuando no reúnan los requisitos legales o se configuren como hechos
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cumplidos. Los ordenadores de gastos responderán disciplinaria, fiscal y penalmente por incumplir lo establecido en esta norma.
ARTICULO 8º. El ordenador del gasto será el competente para expedir la resolución que regirá la constitución y funcionamiento de las cajas menores de la institución.
DEL PROGRAMA ANUAL MENSUALIZADO DE CAJA - PAC.
ARTICULO 9º. La ejecución de los gastos del presupuesto general del establecimiento educativo se hará a través del Programa Anual Mensualizado de Caja – PAC- . Este es el instrumento mediante el cual se define el monto máximo mensual de pagos que esta puede hacer, con el fin de cumplir los compromisos a cargo de la administración.
El Programa Anual Mensualizado de Caja estará clasificado en la misma forma del presupuesto y será elaborado por el ordenador del gasto, con la asesoria de la tesorería institucional y teniendo en cuenta las metas financieras establecidas por el consejo directivo.
El PAC correspondiente a las apropiaciones de la vigencia fiscal, tendrá como limite máximo el valor del presupuesto aprobado por el Consejo directivo. Las modificaciones al programa anual de caja serán aprobadas por el consejo directivo, con base en las metas financieras establecidas. Este podrá ajustar el PAC en caso de detectarse una deficiencia en su ejecución.
ARTICULO 10º. Las solicitudes de modificación al Programa Anual Mensualizado de Caja serán presentadas por el ordenador del gasto y el tesorero para que las someta a aprobación del Consejo Directivo.
ARTICULO 11º. La tesorería solo podrá transferir recursos de la institución a través de las cuentas registradas.
Los rendimientos generados, cualquiera que sean las fuentes que los produce, deberán ser apropiados en el presupuesto con el fin de satisfacer las necesidades de gasto público.
MODIFICACIONES PRESUPUESTALES
ARTICULO 12º. El rector estará facultado durante la vigencia fiscal para efectuar todos los traslados, adiciones o distribuciones al presupuesto general de la institución mediante resolución, y previo concepto del consejo directivo, cuando su ejecución requiera modificar el monto de las apropiaciones para complementar las partidas insuficientes, ampliar los servicios existentes o establecer nuevos servicios. Para estas modificaciones, se solicitara autorización a la Secretaria de Educación Municipal, en los casos que estima la ley.
DISPOSICIONES VARIAS
ARTICULO 13º. El rector de oficio o a petición del jefe del órgano respectivo hará por resolución las aclaraciones y correcciones de leyenda necesarias para enmendar los errores de trascripción y aritméticos que figuren en el Presupuesto General del Establecimiento para la respectiva vigencia fiscal. Lo anterior no implica cambio en la leyenda del rubro presupuestal ni en su objeto ni en su cuantía.
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ARTICULO 14º. La institución educativa que origina el presupuesto general del ente deberá llevar el registro y el control de la ejecución presupuestal. La Contraloría Municipal ejercerá el control fiscal que le corresponda en los términos de la ley 42 de 1993.
ARTICULO 15º. Contra el presente acuerdo rigen los recursos de reposición ante el rector (a) del establecimiento, y de apelación ante el consejo directivo de la institución, dentro de los cinco (5) primeros días hábiles, después de recibir la notificación.
DEFINICION DE GASTOS
El presupuesto de gastos o ley de apropiaciones, incluirá las apropiaciones para la institución educativa, distinguiendo entre gastos de inversión y gastos de funcionamiento. Para efectos de la ejecución del Presupuesto, las apropiaciones liquidadas para la vigencia fiscal del año 2010, se definen así:
INVERSIÓN16 PROPIEDAD PLANTA Y EQUIPO
Este capitulo se refiere a la adquisición y mejoramiento de la planta física, la maquinaria y equipo, el equipo científico, los muebles, enseres y equipo de oficina, el equipo de comunicaciones y computación, dotación de bibliotecas y de software.
Adiciones y mejora planta física.
Comprende inversiones a la planta física, tales como adición o mejoras.
1655 MAQUINARIA Y EQUIPO
Se establece como la adquisición de maquinaria industrial, Equipo de música, o equipos agrícolas, cuando la especialidad de la institución lo requiera.
1660 EQUIPO CIENTIFICO
Adquisición de equipos de investigación, equipos de laboratorio, o equipos científicos para la institución educativa.
1665 MUEBLES, ENSERES Y EQUIPO DE OFICINA.
Se refiere a la adquisición de muebles y enseres, equipo y maquinas de oficina y otros muebles y enseres.
1670 EQUIPOS DE COMUNICACIÓN Y CÓMPUTO
Comprende aquellos desembolsos en la adquisición de equipos de comunicación, equipos de computación, y líneas telefónicas.
17 BIENES DE BENEFICIO Y USO PÚBLICOBibliotecas.
Adquisición de material e implementos para la dotación de la biblioteca de la institución.
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19OTROS ACTIVOSSoftware.
Adquisición o mejoramiento de software en los equipos de la institución educativa.
FUNCIONAMIENTO
51GASTOS DE OPERACIÓN
5111 GENERALES
Se entiende por gastos generales los causados por concepto de adquisición de bienes y servicios para el normal funcionamiento de la institución educativa, sin incluir en ellos pagos por prestación de servicios, ni honorarios. Estos gastos se clasifican en los siguientes rubros y conceptos que indican la capacidad de cada apropiación para sufragar los giros que la afectan, con el objeto de cubrir únicamente los gastos del ejercicio fiscal respectivo:
Materiales y Suministros.
Comprende la adquisición de bienes y servicios de consumo final para el normal funcionamiento de las oficinas, que por el uso normal que de ellos se hace no pueden volver a emplearse ni son objeto de devolución, como papelería, útiles de escritorio, cintas, disquetes, tintas para computadores, marcadores.
Mantenimiento.
Conservación, reparación, reforma de bienes muebles e inmuebles y adquisición de repuestos y accesorios para equipos de oficina y de computación.
Servicios públicos.
Apropiación destinada al pago de agua, alcantarillado, aseo y teléfono, en el caso de aquellas instituciones que lo posean.
Impresos y publicaciones.
Edición de formas, escritos, publicaciones y libros, trabajos tipográficos, sellos, necesarios para el funcionamiento general de la institución educativa.
Fotocopias.
Gastos en la reproducción de xerocopias y fotocopias de la institución.
Comunicación y transporte.
Comprende el pago del importe postal en el envió de comunicaciones oficiales, o el transporte de las mismas en empresas privadas.
Materiales de educación.Material didáctico de carácter general para la institución educativa.
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Implementos deportivos.
Materiales e implementos para la práctica del deporte de la institución, (balones, mallas, material de entrenamiento).
Eventos culturales.
Celebración de fechas especiales, con la participación de toda la comunidad educativa.
Procesamiento de la información.
Utilización de servicio externo para la preparación de boletines, certificados u otro tipo de información que no pueda ser procesada en la institución.
Elementos de aseo, lavandería y cafetería.
Adquisición de materiales e insumos necesarios para las actividades de aseo y limpieza de la institución educativa.
Otros gastos generales.
Aquellos gastos generales no definidos anteriormente. Caja Menor.
Toda institución debe constituir por resolución interna una caja menor, para efectuar gastos menores en efectivo, que contribuyan al normal funcionamiento de la institución, sujeta a las normas que rigen este tipo de cajas.
Gastos bancarios.
Comprende las comisiones o gastos que cobran las entidades bancarias por efectos de las aperturas de cuentas o transacciones realizadas.
El presente acuerdo rige a partir de la fecha y deroga todas las normas que le sean contrarias.
Dado en Pereira, a los ___ días del mes ______ de _____
COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Rector(a) Docente de Secundaria C.C C.C
Docente Secundaria Repre. De Padres de Sec.C.C
Alumna Grado 11º Repre. De Padres Pri.C.C C.C.
Ex alumna
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IMPORTANTE: ESTE FORMATO ESTÁ SUJETO A CAMBIOS POR PARTE DEL ENTE TERRITORIAL.
9.2 Anexo 2: GP2P-R02 Informe Trimestral de Ejecución de Presupuesto
INFORME TRIMESTRAL DE EJECUCION DE PRESUPUESTO
CódigoPGA-01-R02
FechaD___M__A___
IMPORTANTE: Este formato está sujeto a cambios por parte del ente territorial.
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9.3 ANEXO 3: GA2P-R03 Traslado y/o Adiciones Presupuestales.
RESOLUCION NUMERO _____MODIFICACION AL PRESUPUESTO VIGENCIA____
TIPO: ADICION_____ TRASLADO_____REDUCCION_____FECHA:Por medio del cual se modifica el presupuesto de la actual vigencia.El rector de la institución educativa en uso de sus atribuciones legales y en especial de las conferidas en la ley 715 de 2001, decreto reglamentario 4791 de 2008, procedimiento y reglamento interno para la administración del fondo de servicios educativos, Considerando
1. Que el procedimiento y reglamento interno aprobado mediante acuerdo del consejo directivo número____ del _______, otorga facultades al ordenador del gasto para las modificaciones al presupuesto.
2. Que ________________________ otorgo recursos para ______________________l3. Que dicho importe constituye un nuevo recurso para la institución, el cual debe adicionarse4. El recurso proviene de ___________________________
Resuelve:ARTÍCULO PRIMERO: Adicionar el presupuesto de Ingresos y gastos de la actual vigencia.INGRESOSRubro presupuestal denominación valor
EGRESOSRubro presupuestal denominación valor
TotalPara constancia firma ORDENADOR DEL GASTONOTA: Adaptar el texto de los considerando cuando se trate de un traslado presupuestal o reducción, igualmente el resuelve debe quedar con el término que corresponda: trasladar o disminuir.
FIRMAS
_________________________ _________________________________RECTORA DOCENTE REPRESENTANTE DE PRIMARIA
___________________________ ________________________________
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REPRESENTANTE PADRES DE FAMILIA DOCENTE PRESENTANTE BACHILLERATO
______________________________ ___________________________________REPRESENTANTE PADRES DE FAMILIA REPRESENTANTE DEL SECTOR PRODUCTIVO
______________________________ ___________________________________REPRESENTE DE LAS ALUMNAS REPRESENTANTE DE LAS EXALUMNAS9.4 ANEXO 4-GA2P-R04 C ertificado de Disponibilidad Presupuestal.
9.75ANEXO 5: GA2P-R05 Resolución de Caja Menor.
RESOLUCIÓN DE CAJA MENOR No. XXINSTITUCIÓN EDUCATIVA XXXXXXXXX
PEREIRA - Risaralda
M/D/ DE 200X
Por la cual se constituye el Fondo Fijo de CAJA MENOR de la Institución Educativa __________EL (LA) RECTOR (A) DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA ________________________________En uso de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas en los Decretos 1857 de 1994 y 4791 de 2008 y atendiendo al procedimiento para el manejo y control de cajas menores, y
CONSIDERANDO:
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Que el Articulo 13º del Decreto 1857 autoriza la constitución de la CAJA MENOR en los establecimientos educativos, que no supere los dos salarios mínimos mensuales vigentes, o en su defecto el 10% del valor del presupuesto asignado.
Que el Artículo 6º del decreto 1857 establece entre las funciones del rector, el manejo de la CAJA MENOR.
Que el consejo Directivo de la Institución Educativa _________________________, consciente de las necesidades institucionales, aprobó mediante Acta (o acuerdo) Nº __________ de________ en reunión de fecha __________________ la constitución de la caja menor, en cuantía no superior a los dos salarios mínimos mensuales vigentes, o en su defecto el 10% del valor del presupuesto asignado.
RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: Constituir el Fondo Fijo de CAJA MENOR de la Institución Educativa ARTICULO SEGUNDO: La cuantía de la caja menor aprobada por el Consejo Directivo es de dos salarios mínimos mensuales legales vigentes $_____________________________________________
ARTICULO TERCERO: El objetivo de la Caja Menor es atender erogaciones que sufraguen gastos de carácter urgente e impredecible, para la buena marcha de la administración.
ARTICULO CUARTO: Los gastos que se causen por CAJA MENOR, definidos por el consejo directivo, corresponderán a los siguientes rubros y cuantías:
Rubro________________________ Valor_______________________Total
ARTICULO QUINTO: Asignar para el manejo de la CAJA MENOR, al funcionario (a) _______________, identificado con CC________________, quien se desempeña como ________________ en la institución.
ARTICULO SEXTO: El ordenador del gasto de la CAJA MENOR será el (la) Rector (a).
ARTICULO SÉPTIMO: La presente resolución rige a partir de la fecha de expedición.
COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Dada en ______________ a los _______ días del mes de ______________ de 20_______
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Rector (a)
9.75ANEXO 6: GA2P-R06 Plan Anual mensualizado de Caja.
9.7 ANEXO 7: GAP-R07 Certificado de Registro Presupuestal
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9.8ANEXO 8: GA2P-R08 Plan de compras.
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PLAN DE COMPRAS AÑO 2010CATEGORÍA DE
INVERSIÒNCOMPRAS ARTÌCULO
DESCRIPCION CANTIDADVR
UNITARIOVR
TOTALFUENTES DE
FINANCIACION
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9.9 ANEXO 9: GA2P-R09 Recibido a satisfacción.