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FONDO MIXTO CONACYT - ESTADO DE NUEVO LEON MANUALDE l ,PROCEDIMIENTOS FECHA DE APROBACIÓN POR EL COMITÉ TECNICO Y DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO , MIXTO NOVIEMBRE 12 DEL 2008 ABRIL 30 DEL 2009

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FONDO MIXTO CONACYT - ESTADO DE

NUEVO LEON

MANUALDE l

,PROCEDIMIENTOS

FECHA DE APROBACIÓN POR EL COMITÉ TECNICO Y DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO ,

MIXTO

NOVIEMBRE 12 DEL 2008 ABRIL 30 DEL 2009

FONDO MIXTO CONACYT-GOBIERNO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

l. FUNCIONAMIENTO

1. Comité Técnico y de Administración. 1. Alcance y finalidad. 2. Responsabilidades. 3. Integración e instalación del Comité. 4. Elementos de apoyo del Comité. 5. Atribuciones. 6. Sesiones de trabajo. 7. Instalación y desarrollo de la sesión. 8. Instrucciones a la fiduciaria.

2. Instancias de evaluación. 1. Alcance y finalidad. 2. Responsabilidades. 3. Integración de las instancias de evaluación 4. Atribuciones. '5. Sesiones de trabajo.

3. Aportaciones 1. Alcance y finalidad. 2. Responsabilidades. 3. Aportaciones. 4. Formalización de las aportaciones y creación de subcuentas.

II. PROCESO M 4. Elaboración, publicación y cierre de Convocatorias

1. Alcance y finalidad. 2. Responsabilidades. 3. Definición de prioridades y demandas. 4. Elaboración de la convocatoria. 5. Aprobación, publicación y difusión de la convocatoria. 6. Presentación y captura de propuestas. 7. Inducción de propuestas. 8. Cierre de la recepción de propuestas. 9. Cierre de convocatoria.

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10. Ciclos de convocatoria

5. Evaluación, selección y aprobación. 1. Alcance y finalidad. 2. Responsabilidades. 3. Criterios de evaluación. 4. Tiempos de evaluación. 5. Procedimientos de evaluación. 6. Aprobación de recursos. 7. Conflictos de interés y confidencialidad de la evaluación. 8. Situaciones no previstas.

6. Formalización del Apoyo. 1. Alcance y finalidad. 2. Responsabilidades. 3. Notificación del apoyo y tiempos para la formalización. 4. Convenios de Asignación de Recursos. 5. Proyectos interinstitucionales

Administración de proyectos. 1. Alcance y finalidad. 2. Responsabilidades 3. Formalización del apoyo. 4. Ministración de recursos. 5. Presentación de informes. 6. Modificaciones al Convenio de Asignación de Recursos. 7. Suspensiones y cancelaciones 8. Finiquito de proyectos. 9. Ejercicio del gasto. 10. Comprobación de partidas del gasto corriente. 11. Comprobación de partidas del gasto de inversión. 12. Gastos no elegibles. 13. Incorporación de recursos humanos asociados al proyecto.

' 14. Auditorias

8. Del seguimiento Técnico y financiero de proyectos 1. Alcance y finalidad. 2. Responsabilidades. 3. Evaluación de informes. 4. Ministración de recursos 5. Informe final. 6. Suspensión y cancelación de proyectos. 7. Finiquito de proyectos. 8. Transferencia de resultados. 9. Difusión y divulgación.

9. Proyectos específicos promovidos al amparo del Artículo 33 de la LCyT. 1. Alcance y finalidad. 2. Responsabilidades. 3. Proyectos promovidos al amparo del Articulo 33 de la LCyT. 4. Formalización en el Fomix. 5. Ministración de Recursos. 6. Seguimiento Técnico y financiero 7. Evaluación de impacto

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10. Evaluación de impacto. 1 . Alcance y finalidad 2. Responsabilidades 3. Evaluación del impacto 4. De la metodología.

OPERACIÓN DEL FONDO

11. lnformes financieros del Fideicomiso. 1. Alcance y finalidad. 2. Responsabilidades. 3. Informes financieros. 4. Control de la situación financiera de los proyectos.

12. Programa y presupuesto operativo. 1. Alcance y finalidad. 2. Responsables. 3. Programa y presupuesto operativo anual. 4. Ejercicio del presupuesto. 5. Criterios para el ejercicio y comprobación del gasto. 6. Informe del ejercicio del gasto, ampliaciones y cambios de partida. 7. Contingencias y casos no previstos.

Elaboración de procedimientos. 1. Alcance y finalidad. 2. Responsabilidades. 3. Estructura general de los procedimientos. 4. Formato. 5. Clasificación. 6. Integración del Manual de Procedimientos. 7. Vigencia y revisiones. 8. Presentación y aprobación.

I

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FONDO MIXTO DE FOMENTO A LA INVESTIGACI~N CIENT~FICA Y TECNOLOGICA CONACYT - GOBIERNO

DEL ESTADO DE NUEVO LEON

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

1. ALCANCE Y FINALIDAD.

'TITULO: COMI'TE TECNICO Y DE ADMlNlSTRAClON 1 CLAVE: PF-O1

El presente procedimiento establece los criterios y formas para la integración y funcionamiento del Comité Técnico y de Administración, así como el alcance de las funciones del Secretario Técnico y del Secretario Administrativo del Fondo Mixto de Fomento a la Investigación Cientifica y Tecnológica, conforme a lo dispuesto por el artículo 35 de la Ley de Ciencia y Tecnología, el Contrato de Fideicomiso y las Reglas de Operación del Fondo.

Inicio de vigencia: Octubre 2008 Término de Vigencia: Octubre 201 1 No. de Revisión: O

2. RESPONSABILIDADES

Acuerdo CTA: E -1 212009 No. de Hojas:12 No. de Anexos: 2

Es responsabilidad de los integrantes del Comité Técnico y de Administración, así como del Secretario Administrativo y Técnico del Fondo observar el presente procedimiento.

3. INTEGRAC~ON E INSTALACION DEL COMITE

3.1. El Fondo Mixto de Fomento a la Investigación Científica y Tecnológica CONACYT - Gobierno del Estado de Nuevo León contará tal y como lo indica el Convenio de Colaboración, el Contrato de Fideicomiso y Reglas de Operación, con un Comité Técnico y de Administración, el cual será la máxima autoridad del Fondo, y el cual se integrará acorde a lo señalado en los instrumentos antes señalados.

3.2. Es atribución del CONACYT y de Gobierno del Estado de Nuevo León nombrar a sus respectivos representantes en el Comité Técnico y de Administración del Fondo.

3.3. El Presidente del Comité Técnico será el Gobernador del Estado o en su caso la persona que él designe, quien deberá contar con el nombramiento correspondiente.

\ /'

3.4. Los representantes del Gobierno del Estado Nuevo León así como sus suplentes, deberán ser servidores públicos, que por sus funciones vinculadas con la ciencia y tecnología, designe el Gobierno del Estado, quienes deberán contar con el nombramiento correspondiente.

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3.5. El representante del CONACYT será su Director General o en su caso la persona que él designe, con su respectivo suplente y deberá contar con el nombramiento correspondiente.

3.6. Los representantes propietarios y sus respectivos suplentes, de los sectores académico, empresarial y del sector estratégico del Estado, serán designados de común acuerdo por ambos fideicomitentes y deberán contar con el nombramiento correspondiente?

3.7. Los nombramientos de los representantes del Gobierno del Estado, del CONACYT, así como de los respectivos sectores, estarán vigentes hasta en tanto no se dé su remoción por el Fideicomitente o Fideicomitentes que lo hubieran nombrado.

3.8. La participación de los miembros del Comité Técnico y de Administración tendrá carácter honorífico.

3.9. Asistirán a las sesiones de Comité Técnico y Administración, como invitados permanentes, con voz pero sin voto: un representante de la Fiduciaria, un representante del Órgano Interno de Control del CONACYT; y un representante del Órgano Fiscalizador del Gobierno del Estado de Nuevo León.

3.10. Asistirán a las sesiones el Secretario Técnico y el Secretario Administrativo, quienes tendrán voz pero no voto, y sólo en casos de fuerza mayor, los fideicomitentes podrán designar un suplente por única vez.

3.11. Los Fideicomitentes deberán convocar a las personas designadas como miembros propietarios, a fin de instalar en su caso, el Comité Técnico y de Administración, dentro de un plazo que no exceda a los treinta días hábiles contados a partir de la formalización del Contrato de Fideicomiso.

3.12. Dentro de los cinco días hábiles contados a partir de la fecha de instalación del Comité Técnico y de Administración, el Secretario Administrativo entregará a la Fiduciaria en original, el nombre y registro de firmas de las personas que lo integran, acompañado en su caso, de copia de los nombramientos y de una identificación oficial.

4. ELEMENTOS DE APOYO DEL COMITÉ TECNICO h' 4.1. El Comité Técnico y de Administración contará como elemento de apoyo con un

Secretario Administrativo, designado por el Gobierno del Estado de Nuevo León, mediante oficio de acreditación del Titular del Ejecutivo Estatal, que le auxiliará en el desarrollo de su operación y tendrá como responsabilidades las que se señalan en el Contrato de Fideicomiso, en las Reglas de Operación y en el presente Manual de Procedimientos quien asistirá a las sesiones con voz pero sin voto.

4.2. El Comité Técnico y de Administración contará como elemento de apoyo con un Secretario Técnico designado por el Titular del CONACYT, que le auxiliará en los mecanismos que garanticen la calidad de la evaluación técnica de los proyectos y tendrá como responsabilidades las que se señalan en el Contrato de Fideicomiso, en las Reglas de Operación y en el presente Manual de Procedimientos, quien asistirá a las sesiones con voz pero sin voto.

4.3. El Gobierno del Estado podrá solicitar que uno de sus funcionarios desempeñe las funciones del Secretario Técnico, debiendo en su caso hacer la petición por escrito al

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Director General del CONACYT, quien tendrá la facultad de conferir el nombramiento y estará vigente en tanto no se de su remoción por el CONACYT.

En caso de conferir el nombramiento será necesaria la firma del Convenio de Asunción de Funciones del Secretario Técnico por los Fideicomitentes.

5. ATRIBUCIONES

5.1 Del Comité Técnico y de Administración:

El Comité es la máxima autoridad del Fondo y sus acuerdos serán inobjetables, y además de las atribuciones y obligaciones establecidas en el Contrato de Fideicomiso y Reglas de Operación, tendrán las siguientes:

a) Aprobar las bases, términos de referencia y demandas de las convocatorias.

b) Aprobar la integración del Grupo de Análisis de Pertinencia por convocatoria y ratificar la integración de la Comisión de Evaluación y cualquier modificación a la misma aprobada por los Fideicomitentes.

c) Seleccionar las propuestas con base en los criterios que para el efecto se establezcan en la Convocatoria correspondiente y autorizar los apoyos, con base en las recomendaciones de la Comisión de Evaluación.

d) Conocer y valorar el avance de los proyectos financiados a fin de verificar su correcto desempeño, o bien dictar las medidas preventivas o correctivas con base en los reportes que rindan los Secretarios Técnico y Administrativo, de acuerdo con la información técnica, administrativa y financiera presentada por los Sujetos de Apoyo.

e) Autorizar la suspensión definitiva de proyectos que no cumplan con los compromisos establecidos y la rescisión del Convenio de Asignación de Recursos.

f) Autorizar el finiquito de los proyectos por terminación anticipada y10 conclusión de los mismos.

g) Aprobar el programa y el presupuesto de operación anual.

h) Establecer los sistemas de control y auditoria para el adecuado manejctdel ondo. f i) Autorizar ampliaciones al presupuesto de los proyectos. \

j) Autorizar reconocimientos y en su caso estímulos a proyectos exitosos.

k) Autorizar la canalización de recursos a proyectos derivados de programas de fomento a la ciencia y tecnología promovidos por los Fideicomitentes, en el marco de los Convenios de Colaboración suscritos al amparo del Articulo 33 de la Ley de Ciencia y Tecnología, así como el instruir a los Secretarios Técnicos y Administrativos para que con el apoyo de la plataforma informática y operativa del Fondo den el seguimiento técnico y financiero requerido por estos proyectos.

1) Todas aquellas que resulten necesarias para la buena marcha de los proyectos.

5.2 Del Secretario Administrativo:

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Serán Atribuciones del Secretario Administrativo además de las señaladas en el Contrato de Fideicomiso y Reglas de Operación del Fondo, las siguientes:

a) Presentar para aprobación al Comité Técnico, conjuntamente con el Secretario Técnico, el Manual de Procedimientos y en su caso modificaciones, previa opinión favorable de CONACYT, que contenga los criterios y lineamientos que regulen la operación del Fondo. Una vez aprobado deberá firmarlo conjuntamente con el Secretario Técnico, para su aplicación.

b) Definir con las instancias estataleslmunicipales que correspondan, las prioridades y demandas a considerar en la convocatoria.

c) Realizar y proponer conjuntamente con el Secretario Técnico, las propuestas de convocatorias y demandas específicas, así como las bases específicas sobre las que concursan los proyectos o solicitudes de apoyo.

d) Coordinar con el apoyo del Secretario Técnico, la realización de talleres o acciones que contribuyan a mejorar la calidad y pertinencia de las propuestas que se presenten al Fondo.

e) Analizar, notificar y en su caso autorizar de común acuerdo con el Secretario Técnico, los ajustes al calendario de la Convocatoria.

f) Suscribir los convenios de asignación de recursos con los Sujetos de Apoyo, asistido por el Secretario Técnico.

g) lnstruir al Fiduciario, acerca de la creación de cuentas y subcuentas que sean necesarias para la correcta operación del Fondo, autorizadas por el Comité Técnico.

h) lnstruir al Fiduciario la entrega de recursos a los Sujetos de Apoyo conforme a los términos que se establezcan en los convenios de asignación de recursos, y los acuerdos del Comité Técnico.

i) Realizar el seguimiento financiero de los proyectos de acuerdo a lo Manual de Procedimientos.

j) Asegurar que los recursos asignados para la ejecución del proyecto, conformidad con el Convenio de Asignación de Recursos correspon caso, se realicen las visitas in situ que se consideren necesarias.

k) Autorizar el cierre administrativo de los proyectos, informando de ello al Secretario Técnico, y presentar a aprobación del Comité Técnico el finiquito de proyectos que hayan concluido técnica y financieramente.

1) Girar copia al Secretario Técnico, de toda actuación que realice inherente a la operación del "FONDO", con base al Programa Operativo.

m) Presentar los informes financieros del Fondo, al Comité Técnico, a los Fideicomitentes y al Fiduciario, en los tiempos y formas establecidos en el Contrato del Fideicomiso y en el Manual de Procedimientos.

n) lnstruir al Fiduciario la entrega de los recursos, para ejercicio de los gastos de administración y operación del Fondo, autorizados por el Comité Técnico.

o) Fungir como Secretario de Actas y de Acuerdos del Comite Tecnico, verificando que se haya cumplido con las formalidades de la convocatoria, quórum o cualquier otro requerimiento establecido para que éste sesione válidamente.

p) Realizar los actos necesarios para que se practiquen las auditorias externas contables o legales, de conformidad con lo establecido en el contrato, los convenios de asignación de recursos, las reglas de operación del Fondo y el presente Manual. Asimismo, será responsable de coordinar dichas auditorias y de recibir el resultado de las mismas.

q) Ordenar y ejecutar las medidas preventivas y correctivas procedentes, derivadas del incumplimiento del Convenio de Asignación de Recursos, firmados con los Sujetos de Apoyo.

r) Suscribir los convenios y contratos que por instrucción del Comité Técnico se requieran para la operación y administración del Fondo.

S) lnformar al Fiduciario la aprobación y designación del Comité Técnico y de sus respectivos suplentes, y solicitar el registro de firmas correspondientes.

t) lnformar al Fiduciario la aprobación y designación del Comite Técnico, del despacho de contadores públicos y10 auditores externos designados, en su caso.

u) Instruir al Fiduciario el cambio que indiquen los fideicomitentes, del parámetro general de inversión.

v) Auxiliar al Presidente en el desempeño de sus funciones.

w) Integrar la carpeta de las sesiones.

x) Llevar el registro de asistencia de los integrantes del Comite y verificar el quórum de las sesiones.

y) Llevar un registro y control de los originales de los nombramientos y ratificaciones que hagan los Fideicomitentes de los integrantes del Comité Técnico.

z) Recabar las firmas del acta de las sesiones. proporcionando un ejemplar del a& firmada a los Fideicomitentes y a la Fiduciaria en el plazo establecido en el procedimiento correspondiente.

aa)Llevar a cabo el seguimiento de acuerdos tomados en las sesiones de Comité Técnico.

bb) Cualquier otra derivada del Convenio de Colaboración, Convenio Modificatorio al Contrato de Fideicomiso, de las Reglas de Operación y de este Manual de Procedimientos, necesarias para el cumplimiento de los fines del FOMlX

5.3 Del Secretario Técnico

Son atribuciones del Secretario Técnico además de las señaladas en las Reglas de Operación del Fondo, las siguientes:

a) Presentar al Comite Tecnico, conjuntamente con el Secretario Administrativo, el Manual de Procedimientos y en su caso modificaciones, que deberá contar con la opinión favorable de CONACYT, que contenga los criterios y lineamientos que

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regulen la operación del Fondo. Una vez aprobado deberá firmarlo conjuntamente con el Secretario Administrativo, para su aplicación.

b) Realizar y proponer conjuntamente con el Secretario Administrativo, las propuestas de Convocatorias y demandas específicas, así como las bases específicas sobre las que concursan los proyectos o solicitudes de apoyo y en su caso apoyar el proceso de determinación de demandas.

c) Apoyar al Secretario Administrativo en la realización de talleres o acciones que contribuyan a mejorar la calidad y pertinencia de las propuestas que se presenten al Fondo.

d) Analizar, notificar y en su caso autorizar de común acuerdo con el Secretario Administrativo, los ajustes al calendario de la Convocatoria.

e) Verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria y coordinar el Grupo de Análisis de Pertinencia, elaborar el acta e informar los resultados a la Comisión de Evaluación.

f) Apoyar a la Comisión de Evaluación para el cumplimiento de su función.

g) Recibir, registrar y turnar las solicitudes de apoyo a la Comisión de Evaluación, en cada una de las diferentes modalidades de apoyo.

h) Presentar al Comité Técnico los resultados de la Evaluación de las propuestas recibidas y someter a consideración del Comité Técnico la propuesta de asignación de recursos que hayan sido recomendadas por la Comisión de Evaluación.

i) Llevar a cabo el seguimiento técnico de los proyectos de conformidad a lo establecido en el presente Manual.

j) Turnar a los "SUJETOS DE APOYO" las observaciones que la Comisión o el Comité Técnico emitan sobre los informes técnicos y dar el seguimiento necesario para su atención oportuna.

k) Someter a consideración del Comité Técnico, la ampliación o cancelación de proyectos que se derive del seguimiento técnico de conformidad con lo establecid en el presente Manual de Procedimientos.

1) Asegurar, de manera conjunta con el Secretario Administrativo, la instrumentación

la demanda que estuvieren determinados en la convocatoria. los mecanismos de transferencia de los resultados de los proyectos a los usuarios de

m) Establecer e instrumentar los mecanismos para la difusión y divulgación de los resultados de los proyectos.

n) Realizar, en conjunto con el Secretario Administrativo, los actos necesarios para que se practiquen las auditorias técnicas necesarias para verificar la información presentada por los responsables técnicos de los proyectos.

o) Autorizar el cierre técnico de los proyectos, informando de ello al Secretario Administrativo.

p) Girar copia al Secretario Administrativo de toda actuación que realice inherente a la operación del "FONDO", con base al Programa Operativo.

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q) Cualquier otra derivada del Convenio de Colaboración, Convenio Modificatorio al Contrato de Fideicomiso, de las Reglas de Operación y de este Manual de Procedimientos, necesarias para el cumplimiento de los fines del FOMIX.

6. SESIONES DE TRABAJO

6.1. El Presidente convocará por escrito a las sesiones del Comité Técnico, o a petición del primero, a través del Secretario Administrativo, al menos con cinco días hábiles de anticipación a la fecha en que tenga verificativo la sesión correspondiente, indicando lugar, día, hora y orden del día, debiendo acompañarse de la información definitiva correspondiente a los asuntos que se tratará en cada sesión, pudiendo para ello recurrir al uso de medios electrónicos. Se deberá convocar tanto a los miembros del Comité Técnico como a los invitados permanentes.

De manera excepcional tanto el CONACYT como la Fiduciaria podrán convocar a reuniones extraordinarias.

6.2. En el caso de que no se convoque en tiempo y forma no podrá llevarse a cabo la sesión correspondiente.

6.3. Deberán llevarse acabo al menos dos sesiones ordinarias al año, preferentemente en el primer y ultimo trimestre del año.

6.4. Las sesiones extraordinarias podrán celebrase en cualquier momento, se tratarán asuntos específicos que por su urgencia no puedan esperar a ser desahogados en la siguiente sesión ordinaria, debiéndose cumplir con las formalidades correspondientes para su convocatoria, establecidas en los numerales 6.1 y 6.2. No se incluirá en las sesiones extraordinarias seguimiento de acuerdos o asuntos generales, en cuyo caso deberán ser tratados como puntos especificos del Orden del Día.

6.5. En las sesiones ordinarias los puntos a tratar, de manera enunciativa más no limitativa serán: lista de asistencia y verificación del quórum legal, revisión y en su caso aprobación del orden del día, seguimiento de acuerdos de las sesiones anteriores, informe sobre la situación del fideicomiso, asuntos específicos (aprobación de convocatorias, asignación de recursos, etc.), informe del avance técnico y financiero de los proyectos aprobados, programa y presupuesto operativo anual (aprobación o en su caso seguimiento del programa, del presupuesto o ejercicio del gasto y del informe de resultados), asuntos generales y lectura y firma de acuerdos de la sesión.

6.6. Los acuerdos deberán identificarse de la siguiente forma: Clave de identificación del Fondo, Año correspondiente

de sesión del año, y

d Tipo de Sesión, ordinaria (SO) o extraordinaria un sea el caso y numero

Numero de acuerdo de la sesión.

Ejemplos

JALl2008lSO-01/10 1

7. INSTALACIÓN Y DESARROLLO DE LA SESIÓN

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Las sesiones de Comité Técnico ordinarias o extraordinarias quedarán instaladas en primera convocatoria cuando se cuente con la presencia de la mayoria simple de los miembros con derecho a voto, debiendo estar presentes en ambos casos el Presidente o su suplente y el representante del CONACYT o su suplente.

Para el caso de que en primera convocatoria no se reúna el quórum suficiente, se hará una segunda convocatoria y estas se llevarán a cabo con los miembros presentes con derecho a voto, debiendo estar presentes el Presidente o su suplente y el representante del CONACYT o su suplente.

El día de la sesión se reunirán en el lugar que indique la convocatoria los integrantes del Comite Técnico y de Administración, los invitados permanentes, así como otros invitados, si los hubiere; el Presidente del Comite Técnico y de Administración declarará instalada la misma, previa toma de lista de asistencia y la verificación de la existencia de quórum legal por parte del Secretario Administrativo.

Solo serán válidos los Acuerdos en que los que estén presentes el Presidente del Comite o su suplente y el Representante del CONACYT.

Instalada la sesión deberán ser discutidos y, en su caso, votados los asuntos contenidos en el orden del día.

El presidente del Comite Técnico y de Administración o su suplente, moderará la sesión de acuerdo a lo establecido en el orden del día.

Los acuerdos se tomarán por mayoria de votos, y en caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad. Los acuerdos deberán firmarse por los miembros del Comite Técnico durante o al término de la sesión, los cuales una vez firmados, formarán parte del acta correspondiente.

Los acuerdos se harán constar en acta que será suscrita por el Presidente y el Secretario Administrativo, debiéndose notificar de los mismos al fiduciario por conducto del Secretario Administrativo. El Secretario Administrativo tomará las medidas necesarias para que el acta de la sesión se suscriba preferentemente en la misma sesión y se entregue una copia autógrafa a la Fiduciaria junto con los anexos correspondientes en un plazo no mayor a 10 días hábiles a partir de la fecha de celebración de dicha sesión, debiendo enviar copia de la misma a los fideicomitentes.

El Acta de la Sesión se elaborará preferentemente en el formato establecido en el anexo 2.

INSTRUCCIONES A LA FIDUCIARIA

La concentración, inversión y entrega de recursos que integr el patrimonio del

Administrativo.

4?' Fideicomiso, lo realizará directamente la Fiduciaria, de conformidad con las instrucciones del Comité Técnico. El manejo operativo tendiente al otorgamiento de los apoyos a los Sujetos de Apoyo, será efectuado por conducto del Secretario

Se deberán observar los siguientes lineamientos para los depósitos, retiros e inversión de recursos, o en su caso las vigentes:

a) Las operaciones de retiros, depósitos e inversión de recursos deberán ser instruidas Únicamente mediante el formato "Ficha Única de operación fiduciaria",

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misma que deberá contar con la firma autorizada, previamente registrada en la Fiduciaria.

b) El horario de la Fiduciaria para la recepción de solicitudes de depósito o retiro es invariablemente de lunes a viernes de 8:30 a 12:30 hrs.

c) Las instrucciones que se reciban fuera del horario establecido se operarán con fecha valor al siguiente día hábil y los recursos serán situados un día hábil después.

d) Para las operaciones de retiro se deberá especificar el número de cuenta bancaria en la cual desean que se sitúen los recursos (once digitos), el nombre del titular, el Banco, la plaza y la sucursal donde es manejada dicha cuenta, debiéndose enviar al responsable de la Fiduciaria en la localidad.

e) Utilizar el catálogo de cuentas que proporcione el Fiduciario para la identificación de los movimientos del fideicomiso.

f) Observar las políticas para el manejo e inversión de recursos que al efecto establezca el Fiduciario.

ANEXO 1

RELACIÓN DE ACLIERDOS DE LA REUNIÓN (ORDINARIA O EXTRAORDINARIA) DEL COMITÉ TÉCNICO Y= ADMINISTRACIÓN DEL FONDO MIXTO DE FOMENTO A LA INVESTIGACIÓN CIENT~FICA Y TECNOLÓGICA CONACYT - GOBIERNO DEL ESTADO NUEVO LEÓN, CELEBRADA EL - DE - DE 200-.

ASISTENTES:

NUMERO DE ACUERDO

TEXTO DEL ACUERDO

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1

FIRMA NOMBRE CARGO EN EL COMITE

ANEXO 2

FORMATO DE ACTA DE COMITÉ TÉCNICO

ACTA DE LA - REUNION (ORDINARIA O EXTRAORDINARIA) DEL COMITÉ TECNICO Y DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO MIXTO DE FOMENTO A LA INVESTIGAC~ON C ~ E N T ~ F ~ C A Y TECNOLÓGICA DE FOMENTO A LA INVES'~IGACION C~ENT~F~CA Y TECNOLÓGICA CONACYT - GOBIERNO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, CELEBRADA EL - DE - DE 2008. En la Ciudad de , , siendo las - hrs., del día - de de 200-, se reunieron en , sito en , con el propósito de celebrar la - reunión

del Comité Técnico y de Administración del Fondo Mixto de Fomento a la Investigación Científica y Tecnológica CONACYT - Gobierno del Estado de , con la presencia de los siguientes miembros del Comité:

DESARROLLO DE LA REUNIÓN

1. Una vez verificado el quórum legal, el en su calidad de Presidente (Suplente del Presidente) del Comité Técnico, sometió a la consideración de los miembros el siguiente :

ORDEN DEL D ~ A

1. Aprobación del Orden del Día 2. Lectura del acta de la sesión anterior (sólo para el caso de sesiones ordinarias) 3. Seguimiento de Acuerdos (sólo para el caso de sesiones ordinarias) 4. ... 5. ... 6. Asuntos Generales (sólo para el caso de sesiones ordinarias)

Tomándose el siguiente

ACUERDO .- Los integrantes del Comité Técnico y de Administración . . . . . . . . . . el orden del día.

2. Siguiendo con el orden del día, el , - del Fondo, dio lectura al acta de la sesión anterior

3. Acto seguido a esta reunión y continuando con la agenda de trabajo, el informa al Comité Técnico y de Administración, de la situación que guardan los acuerdos tomados en las pasada reuniones que requieren seguimiento estableciendo el siguiente:

ACUERDO ------ Se dan por atendidos los Acuerdos ... ... . y en su caso se instruye a ... ... para ....

ACUERDO .

5. ...

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ACUERDO .

7. ASUNTOS GENERALES (Sólo para el caso de sesiones ordinarias)

No habiendo otro asunto que tratar y siendo las - hrs. del día en que se actúa, el en su calidad de Presidente da por terminada la - sesión - del Comité

Técnico y de Administración del Fondo Mixto de Fomento a la Investigación Científica y Tecnológica CONACYT - Gobierno del Estado de Nuevo León.

Presidente del Comité Técnico Secretario Administrativo

Anexo: Relación de Acuerdos firmados por los asistentes. Si el acta se elabora en la sesión de trabajo y se firma por los asistentes, no será necesario firmar ni anexar la Relación de Acuerdos.

FONDO MIXTO DE FOMENTO A LA INVESTIGACI~N CIENT~FICA Y TECNOLÓGICA CONACYT-GOBIERNO

DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

1. ALCANCE Y FINALIDAD:

TITULO: INSTANCIAS DE EVALUACION

Este procedimiento establece las instancias de evaluación del Fondo Mixto de Fomento a la Investigación Científica y Tecnológica CONACYT- Gobierno del Estado de Nuevo León, lo sucesivo Fondo Mixto", sus responsabilidades y atribuciones, así como los criterios y lineamientos para su integración, el ejercicio de sus atribuciones y la realización de sesiones de trabajo, conforme a lo establecido en el Contrato de Fideicomiso sus Reglas de

CLAVE: PF-02

Operación.

2. RESPONSABILIDADES:

De conformidad con lo establecido en el Contrato de Fideicomiso y sus1 Reglas de Operación, las instancias que intervienen en los procesos de evaluación del Fondo Mixto y sus principales responsabilidades son las siguientes:

Inicio de vigencia: Octubre 2008

Término de Vigencia: Octubre 2011

No. de Revisión: O

2.1 Secretario Técnico del Fondo Mixto.

Acuerdo CTA: E -1 212009

No. de Hojas: 14

No. de Anexos: 4

Responsable de turnar a las instancias de evaluación las propuestas recibidas por el Fondo, verificando que dichas propuestas cumplan con los requisitos obligatorios establecidos en la Convocatoria.

Responsable de coordinar las sesiones del Grupo de Análisis de Pertinencia y de otorgar el apoyo que requiere la Comisión de Evaluación para la realización de sus tareas.

Asimismo, es responsable de realizar, con el apoyo de las instancias de evaluación que considere pertinentes, el seguimiento técnico de los proyectos y verificar el cumplimiento de metas, compromisos y productos entregables a través de los informes técnicos presentados por los responsables de los proyectos.

2.2 Grupo de Análisis de Pertinencia (GAP).

Grupo de trabajo temporal, facultado por el Comité Técnico y de Administración por convocatoria, para analizar la congruencia de las propuestas con las demandas especificas que se establezcan en las mismas.

En el caso de propuestas de empresas, su función consiste en analizar la oportunidad de negocio y su capacidad de gestión para llevar a cabo el proyecto en sus diferentes fases, o aquellos otros aspectos que el Comité Técnico y de Administración determine.

2.3 Comisión de Evaluación.

Grupo de trabajo integrado por científicos, tecnólogos y especialistas en la materia, designados de manera conjunta por el CONACYT y el Gobierno del Estado de Nuevo León, responsables de evaluar y dictaminar la calidad y factibilidad técnica o científica de las propuestas que se presenten al Fondo y con base en ello, emitir una recomendación al Comité Técnico y de Administración.

Así mismo, la Comisión es responsable de dictaminar la calidad del informe técnico final, de los proyectos apoyados y emitir recomendaciones en los casos específicos que le sean turnados por el Comité Técnico y de Administración o por el Secretario Técnico del Fondo.

La Comisión de evaluación se podrá apoyar en las opiniones que al respecto emitan las siguientes instancias:

a) Evaluadores acreditados en el Registro Conacyt de Evaluadores Acreditados (RCEA).

b) Comisiones o Evaluadores Especializadas designadas por la Comisión de Evaluación.

2.4 Comité Técnico y de Administración:

Responsable de la selección y aprobación de recursos a propuestas que han sido dictaminadas favorablemente.

3. INTEGRACIÓN DE LAS INSTANCIAS DE EVALUACIÓN

3.1 Secretario Técnico:

Designado por el CONACYT, de conformidad a lo establecido en el de integración del Comité Técnico del Fondo.

3.2 Grupo de Análisis de Pertinencia (GAP):

1) El Secretario Técnico, de común acuerdo con el Secretario Administrativo, deberá someter a la consideración del Comité Técnico y de Administración, la integración del GAP en la sesión en la que sea aprobada la Convocatoria correspondiente y surtirá efecto una vez que se formalice el acuerdo a través del acta correspondiente

2) Deberá integrarse preferentemente por representantes de las instancias que definieron las demandas específicas y10 usuarias de los resultados de los proyectos, así como por especialistas, cientificos, tecnólogos, servidores públicos y10 empresarios conocedores de la materia, Se deberá integrar por al menos tres miembros, mayoritariamente representantes de las instancias usuarias.

La Comisión de Evaluación podrá asumir el rol del Grupo de Análisis de Pertinencia en aquellos casos en que, por la naturaleza de la convocatoria, se considere necesario.

3) En el caso de convocatorias para apoyar el desarrollo competitivo de empresas, el GAP se integrará con al menos tres representantes de instancias estatales especializadas en el apoyo a proyectos empresariales y10 especialistas en el tema, del sector académico y10 empresarial.

4) Como coordinador fungirá el Secretario Técnico del Fondo Mixto quien tendrá voz pero no voto.

5 ) La participación de los miembros del Grupo de Análisis de Pertinencia será a titulo personal y honorífico. Para el caso de propuestas de empresas, el GAP podrá contar con el apoyo de expertos para llevar a cabo análisis especializados, como es el caso de planes de negocio, cuyos honorarios serán cubiertos por el Fondo Mixto.

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6) Los integrantes del Grupo de Análisis de Pertinencia deberán firmar un convenio de confidencialidad como condición para acceder a la información, de acuerdo al formato establecido en el Anexo 3.

7) En caso de que no se integre el Grupo de Análisis de Pertinencia, corresponderá a la Comisión de Evaluación desarrollar esta función.

3.3 Comisión de Evaluación:

1) Se integrará por al menos cinco, sin exceder el número de once, científicos, tecnólogos, preferentemente de la entidad, invitados a título personal, designados de común acuerdo por los Fideicomitentes y ratificados por el Comité Técnico y de Administración, uno de los cuales fungirá como coordinador de las sesiones de trabajo y tendra voto de calidad.

2) En su integración se deberá tomar en consideración las áreas estratégicas de desarrollo del estado, los equilibrios institucionales y sectoriales y la participación de tecnólogos o especialistas, con experiencia empresarial. En los casos de no poder satisfacer lo anterior, se podrá invitar a científicos, tecnólogos y10 especialistas de otros estados del país.

3) Los integrantes deberán ser ampliamente reconocidos por el sector académico y10 empresarial, tener una clara orientación a la aplicación de la ciencia y tecnología, y de preferencia tener experiencia en la elaboración y10 evaluación de proyectos.

4) La Coordinación de la Comisión de Evaluación recaerá en uno de sus miembros, propuesto por la propia Comisión, quien tendrá voto de calidad en caso de empate. La designación será por el periodo de un año, pudiendo ampliarse hasta por otro dos periodos más.

En caso de ausencia del Coordinador de la Comisión el Secretario Técnico u i ' la función, sin embargo tendra voz pero no voto.

5) El Secretario Técnico del Fondo participará con voz pero sin voto en las sesione de

la Comisión de Evaluación cuando así lo considere necesario.

&- trabajo de la Comisión de Evaluación. El CONACYT, por conducto del Director Regional correspondiente o en su caso la persona que el Director Adjunto de Desarrollo Regional y Sectorial designe, podrá participar con voz en las sesiones de

6) La participación de los miembros de Comisión de Evaluación será a titulo personal y honorífico, no habiendo lugar a suplencias.

7 ) Los integrantes de la Comisión de Evaluación deberán firmar un convenio de confidencialidad como condición para acceder a la información, de acuerdo al formato establecido en el Anexo 3.

8) Los miembros de la Comisión de Evaluación deberán ser relevados progresivamente, utilizando entre otros criterios tales como la naturaleza de las convocatorias futuras, la disponibilidad y grado de compromiso de los evaluadores y las sugerencias del Coordinador de la Comisión y de los Secretario Técnico y Administrativo.

A partir del segundo año de su conformación, se renovará al menos un miembro por año, de forma tal que el tiempo de permanencia de sus miembros no sea mayor a cinco años.

9) El Secretario Técnico, de común acuerdo con la Secretario Administrativo, presentarán al Comité Técnico y de Administración en su primera sesión ordinaria del año, para conocimiento y ratificación, la modificación de la Comisión de Evaluación, la cual deberá tener el consenso previo de los representantes del Gobierno del Estado y del CONACYT y surtirá efecto una vez que se formalice el Acuerdo a través del Acta correspondiente.

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4. ATRIBUCIONES:

4.1 Secretario Técnico:

a) Verificación del cumplimiento de la normatividad:

1) Verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Convocatoria para cada propuesta recibida.

2) Elaborar y enviar la retroalimentación correspondiente al Responsable Tecnico en los casos que ésta sea requerida.

b) Análisis de Pertinencia:

1) Presentar al Comité Tecnico, conjuntamente con el Secretario Administrativo la propuesta de integración del Grupo de Análisis de Pertinencia (GAP).

2) Convocar a la sesión de trabajo y enviar oportunamente la información, formatos y claves de acceso al Sistema lnformático de Fondos, para que el GAP realice sus funciones.

3) Coordinar la sesión de trabajo, elaborar las actas correspondientes y asegurar la captura de las evaluaciones en el Sistema lnformático del Fondos.

c) Evaluación Técnica.

1) Elaborar conjuntamente con el Secretario Administrativo la propuesta de integración de la Comisión de Evaluación, obtener la aprobación de los representantes de los fideicomitentes y presentarla en tiempo y forma para la ratificación del Comité Técnico y de Administración.

2) Convocar a la sesión de trabajo y enviar oportunamente la información, formatos y claves de acceso al Sistema lnformático de Fondos, para que la Comisión de Evaluación realice sus funciones.

3) Elaborar a solicitud de la Comisión de Evaluación, una cartera de evaluadores acreditados para apoyar la fase de asignación de evaluadores por parte de la Comisión de Evaluación.

4) Asignar en el Sistema lnformático de Fondos, los evaluadores designados por la Comisión de Evaluación a cada una de las propuestas que serán sometidas a evaluación técnica y dar el seguimiento necesario para asegurar su evaluación.

5) Integrar las evaluaciones individuales en el formato correspondiente para que la Comisión de Evaluación dictamine la calidad de las propuestas recibidas. 1

6) Apoyar las tareas de la Comisión de Evaluación y asegurar la los dictámenes.

7) Auxiliar al Coordinador de la Comisión en la elaboración de la sesiones de trabajo y en la integración de la información requerida.

8) Elaborar y presentar al Comité Técnico y de Administración, con el apoyo del Coordinador de la Comisión de Evaluación y del Secretario Administrativo, la recomendación de asignación de recursos elaborada por la Comisión de Evaluación, así como la información de soporte necesaria.

9) Informar a los proponentes los resultados del proceso de evaluación y enviar al Responsable Técnico, la retroalimentación correspondiente emitida por la Comisión de Evaluación.

d) Seguimiento Técnico:

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1) Realizar el seguimiento técnico de los proyectos apoyados, de conformidad a lo establecido en el Convenio de Asignación de Recursos y en el Procedimiento correspondiente. En los casos de propuesta que responden a demandas especificas, obtener la opinión de los representantes del sector usuario sobre la calidad de los entregables tanto en las etapas intermedias como a la conclusión del proyecto.

2) Solicitar la opinión de evaluadores miembros del RCEA, u otras instancias que considere convenientes, sobre la calidad de los informes de avance, cuando así lo considere necesario.

3) Definir y coordinar las auditorias técnicas requeridas para verificar la información presentada por los responsables técnicos, cuando así lo considere necesario.

4) Turnar a los Sujetos de Apoyo las observaciones que se emitan sobre los informes de avances, y dar seguimiento para su atención oportuna.

5) Someter a consideración del Comité Técnico y de Administración la ampliación o cancelación de los proyectos que se derive del seguimiento técnico de conformidad con lo establecido en el procedimiento correspondiente.

6) Verificar la entrega en tiempo y forma de los informes de avance y del informe técnico final.

7) Recibir y turnar a la Comisión de Evaluación y a los evaluadores externos que esta designe, los informes finales de los proyectos apoyados para su evaluación técnica.

8) Turnar los resultados de los dictámenes emitidos por la Comisión de Evaluación y por los representantes del sector demandante o usuario de los informe finales al Secretario Administrativo para en su caso, el trámite de su finiquito.

e) General:

1) Verificar la incorporación de los requisitos y parámetros de la Convocatoria en el Sistema Informático de Fondos.

4.2 Grupo de Análisis de Pertinencia.

Es atribución del Grupo de Análisis de Pertinencia

1) Calificar los parámetros de pertinencia correspondientes. d' 2) Analizar en el caso de propuestas de desarrollo competitivo (embresas), ia

oportunidad de negocio y capacidad de gestión de la empresa para llevar a cabo todas las fases del desarrollo, incluyendo las fases de inversión y comercialización y10 aquellas que el Comité Técnico y Administración autorice.

3) Emitir por consenso, una recomendación sobre la pertinencia de la propuesta.

4) Fundamentar la recomendación emitida que permita una adecuada retroalimentación a los proponentes, utilizando para ello, el formato descrito en el procedimiento correspondiente.

4.3 Comisión de Evaluación.

Es atribución de la Comisión de Evaluación:

1) La asignación de evaluadores acreditados, y en casos extraordinarios, la asignación de evaluadores no acreditados que a su juicio tengan la capacidad para evaluar las propuestas, y en su caso, los informes finales.

2) En los casos que sea necesario, crear grupos especializados que apoyen el trabajo de la Comisión de Evaluación.

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3) En su caso, participar en los Grupos de Análisis de Pertinencia que para el efecto se constituyan. En caso de que no se integre el Grupo de Análisis de Pertinencia, corresponderá a la Comisión de Evaluación llevar a cabo esta función.

4) Evaluar la calidad científica y técnica de las propuestas y de los informes finales.

5) Emitir por consenso el dictamen de la calidad de las propuestas recibidas y de los informes finales, apoyándose en las evaluaciones de los evaluadores acreditados, de los evaluadores designados o de los grupos de trabajo especializados.

6) Emitir una recomendación al Comité Técnico y de Administración sobre las propuestas que a su juicio, pueden recibir el apoyo del Fondo, así como el monto de apoyo sugerido.

7) lntegrar los elementos de justificación y observaciones para cada una de las propuestas presentadas que permitan una adecuada retroalimentacion a los proponentes y proceder a su finiquito.

8) lntegrar los comentarios y recomendaciones de los informes finales que permitan una adecuada retroalimentación a los responsables técnicos.

9) Revisar periódicamente el proceso y los criterios de evaluación y sugerir propuestas de mejora al Comité Técnico y de Administración.

4.4 Coordinador de la Comisión de Evaluación:

1) Analizar los resultados de las evaluaciones individuales realizadas por los evaluadores.acreditados, evaluadores designados por la Comisión o por los grupos de trabajo que para tal efecto se hayan constituido, que le proporcione el Secretario Técnico.

2) Definir con el pleno de la Comisión, las estrategias y criterios a aplicar en la sesión de trabajo en función de los resultados de las evaluaciones disponibles.

3) Obtener un dictamen consensuado de la calidad de las propuestas, coordinar la revisión del recurso solicitado en cada una de las propuestas favorable e indicar el monto de recursos sugerido.

4) Emitir un voto de calidad en caso de empate o no cumplirse definidos para obtener el consenso.

5) Registrar la calificación dada por la Comisión de Evaluación en el &mato de dictamen correspondiente, obtener las firmas de los miembros de la Comisión de Evaluación involucrados y verificar que se plasmen las observaciones y recomendaciones generadas en el proceso de evaluación que deban ser utilizadas para la retroalimentacion al proponente.

6) Con el apoyo del Secretario Técnico, generar el acta de la sesión que incluya los resultados de la dictaminación realizada.

7) Auxiliar al Secretario Técnico en la elaboración de la recomendación de la Comisión de Evaluación al Comité Técnico y de Administración y la propuesta de asignación de recursos.

5. SESIONES DE TRABAJO:

5.1 Grupo de Análisis de Pertinencia.

1) El Coordinador del GAP (Secretario Técnico) deberá convocar por escrito a las sesiones de trabajo, con al menos cinco días hábiles de anticipación a la fecha

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en que tenga verificativo, indicando lugar, día y hora, debiendo además, adjuntar la información necesaria, pudiendo para ello recurrir al uso de medios electrónicos.

2) En el caso de convocatorias permanentes el Secretario establecerá un calendario de sesiones del Grupo de Análisis de Pertinencia, preferentemente desde la convocatoria para asegurar el cumplimiento de los tiempos considerados.

3) Al término de las sesiones de trabajo, el Coordinador del GAP (Secretario Técnico) deberá elaborar el acta de la sesión preferentemente en el formato anexo, y recabará la firma de los miembros participantes.

5.2 Comisión de Evaluación.

1) El Secretario Técnico, de acuerdo con el Coordinador de la Comisión de Evaluación, deberá convocar por escrito a las sesiones de trabajo, con al menos cinco días hábiles de anticipación a la fecha en que tenga verificativo, indicando lugar, día y hora, debiendo además, adjuntar la información necesaria, pudiendo para ello recurrir al uso de medios electrónicos.

2) Habiéndose desahogado los puntos a tratar en las sesiones de trabajo, el Coordinador con apoyo del Secretario Técnico, deberá elaborar el acta de la sesión, y recabará la firma de los miembros participantes.

Anexos

1) Formato de acta de las sesiones del Grupo de Análisis de Pertinencia (GAP)

2) Formato de acta de las sesiones de la Comisión de Evaluación

3) Formato de Convenio de Confidencialidad para Evaluadores(as).

4) Formatos para la integración de las comisiones

Secretario Administrativo

Secretario Técnico

ANEXO 1

ACTA DE ACLIERDOS DE LA SESIÓN DE TRABAJO DEL GRUPO DE ANÁLISIS DE PERTINENCIA PARA LA CONVOCATORIA 66 9 9

DEL FONDO MIXTO DE FOMENTO A LA INVESTIGACION ClENTlFlCA Y TECNOLÓGICA CONACYT-GOBIERNO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, CELEBRADA EL DIA S EN , EN LA CIUDAD DE

Con el propósito de celebrar la Sesión de Trabajo del Grupo de Análisis de Pertinencia de la Convocatoria del Fondo Mixto de Fomento a la Investigación Científica y Tecnológica CONACYT-Gobierno del Estado de Nuevo León, se reunieron Miembro 1, Miembro 2, ...., Miembro N y el Secretario Técnico del Fondo con el siguiente Orden del Día:

Asunto 1

Asunto 2.

Asunto N

Celebrada la sesión y expuestos los puntos a tratar, se tomaron los siguientes acuerdos:

Acuerdo GAP - Convocatoria-XXX-O1

Acuerdo GAP - Convocatoria-XXX -02

Acuerdo GAP - Convocatoria - XXX-03

Nota. En caso necesario hacer referencia a cuadros anexos y rubricar

NOMBRE Y FIRMAS:

Miembro 1,

Miembro 2, \

Miembro N,

Coordinador del GAP

ESTAS FIRMAS CORRESPONDEN AL ACTA DE LA REUNION DE TRABAJO DEL DIA DEL GRUPO DE ANALlSlS DE PER-TINENCIA DE LA CONVOCATORIA

DEL "FONDO MIXTO DE FOMENTO A LA INVESTIGACIÓN CIENT~FICA Y TECNOLÓGICA CONACYT-GOBIERNO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN".

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ANEXO 2

ACTA DE ACUERDOS DE LA SESIÓN DE TRABAJO DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN DEL FONDO MIXTO DE FOMENTO A LA INVESTIGACIÓN C~ENT~F~CA Y TECNOLÓGICA CONACYT-GOBIERNO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, CELEBRADA EL DIA , EN , EN LA CIUDAD DE

Con el propósito de celebrar la Sesión de Trabajo del de la Comisión de Evaluación del Fondo Mixto de Fomento a la Investigación Científica y Tecnológica CONACYT-Gobierno del Estado de Nuevo León, reunieron Miembro 1, Miembro 2, ... , Miembro N, Coordinador de la Comisión y el Secretario Técnico del Fondo para atender los siguientes asuntos:

Asunto 1

Asunto 2

Asunto N.

Celebrada la sesión y expuestos los puntos a tratar, se tomaron los siguientes acuerdos:

Acuerdo CE-Año-No. Sesión- 01

Acuerdo CE-Año - No. Sesión-02

Acuerdo CE-Año - No sesión- N

Nota. En caso necesario hacer referencia a cuadros anexos y rubricar.

NOMBRE Y FIRMAS:

Miembro N,

Coordinador de la Comisión,

Secretario Técnico,

ESTAS FIRMAS CORRESPONDEN AL ACTA DE LA REUNION DE TRABAJO DEL DIA DE LA COMISIOÓN DE EVALUACIÓN DEL "FONDO MIXTO DE FOMENTO A LA INVESTIGACIÓN CIENT~FICA Y TECNOLÓGICA CONACYT-GOBIERNO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN".CELEBRADA EL DIA

DE 20-

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ANEXO 3

CONVENIO DE CONFlDENClALlDAD QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL FONDO MIXTO DE FOMENTO A LA INVESTIGACI~N CIENT~FICA Y TECNOLOGICA CONACYT - GOBIERNO DEL ESTADO DE NUEVO LEON, POR CONDUCTO DE EN SU CARACTER DE SECRETARIO ADMINISTRATIVO DEL FONDO, A Q ~ E N LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO "EL FONDO"; Y POR LA OTRA PARTE,

, POR SU PROPIO DERECHO, Y A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA COMO EL (LA) EVALUADOR (A), AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS:

A N T E C E D E N T E S

1. Uno de los objetos primordiales de la Ley de Ciencia y Tecnologia, contenido en su articulo l o , consiste en regular los apoyos que el Gobierno Federal se encuentra obligado a otorgar, para impulsar, fortalecer y desarrollar la investigación científica y tecnológica en el país, así como para determinar los instrumentos jurídicos, financieros y administrativos, mediante los cuales cumplirá con esta obligación de apoyo.

2. Que el artículo 23 fracción IV de la Ley de Ciencia y Tecnología (LCyT), prevé la constitución de Fondos Mixtos CONACYT, cuyo objeto será el otorgar apoyos y financiamientos a las actividades directamente vinculadas al desarrollo de la investigación cientifica y tecnológica.

3. Que el artículo 35 de la Ley de Ciencia y Tecnologia (LCyT), establece que "EL CONACYT" podrá convenir con los gobiernos de las Entidades Federativas y de los Municipios, el establecimiento y operación de Fondos Mixtos de estatal y municipal de apoyo a la investigación científica y incluir la formación de recursos humanos de alta especialidad.

4. Con fecha 9 de mayo del año 2002, el Gobierno del "CONACYT", con fundamento en los artículos 23 Ciencia y Tecnologia celebraron convenio para establecer el "FONDO.

5. Que con fecha 9 de mayo del año 2002, el Gobierno del Estado de Nuevo León y el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnologia, en su calidad de Fideicomitentes, celebraron con Nacional Financiera, S.N.C., en su calidad de Institución Fiduciaria, el Fideicomiso denominado "Fondo Mixto de Fomento a la Investigación Científica y Tecnológica CONACYT-Gobierno del Estado de Nuevo León, cuya finalidad fundamental es la canalización de recursos para la realización de investigaciones científicas o tecnológicas, innovación y desarrollos tecnológicos, formación de recursos humanos especializados, becas, divulgación científica y tecnológica, creación y fortalecimiento de grupos o cuerpos académicos de investigación y desarrollo tecnológico, y de la infraestructura de investigación y desarrollo que requiera el Gobierno del Estado, conforme a las modalidades que para cada caso expresamente determine el Comité Técnico y de Administración del "FONDO.

D E C L A R A C I O N E S

l. Del "FONDO":

A Por conducto del con fecha designó a , como Secretario Administrativo del "FONDO" con los derechos y obligaciones contenidos en dicho Contrato de Fideicomiso y en sus Reglas de Operación.

6 ) El Comité Técnico y de Administración del "FONDO", en su sesión de fecha , instruyó a la Fiduciaria el otorgamiento del poder por virtud del cual

comparece a la celebración del presente convenio.

C ) Nacional Financiera, S.N.C, en su calidad de Institución Fiduciaria y en cumplimiento a lo dispuesto en el inciso que antecede le otorgó Poder General para pleitos y cobranzas, actos de administración y para cubrir y manejar cuentas bancarias, mismo que se hizo constar en el testimonio de la Escritura Pública número , de fecha - de de , otorgado ante la fe del Lic. , Notario Público número del Distrito Federal.

D) Tiene establecido su domicilio legal en: , mismo que señala para los fines y efectos legales de este convenio.

11. DEL EVALUADOR (A)

A) Que ha sido designado por "EL FONDO" para evaluar las propuestas presentadas como parte de (Grupo de Análisis de Pertinencia de la Convocatoria ... ...) (la Comisión de Evaluación).

6 ) Que para efectos del presente Convenio señala como su domicilio legal el ubicado en

4

111. DECLARACI~N CONJUNTA.

I

ÚNICA.- Que ambas partes reconocen la importancia de guardar confidencialidad respecto de las propuestas evaluadas en virtud de los derechos de propiedad industrial e intelectual que puedan derivar de éstas.

Expuesto lo anterior, las partes expresan su consentimiento para celebrar el presente instrumento, de conformidad con las siguientes:

C L A U S U L A S

PRIMERA.- OBJETO. En virtud del presente Convenio las partes se obligan a mantener absoluta confidencialidad, a no divulgar o revelar a persona fisica o moral, en alguna forma total o parcial, la información confidencial a que se refiere la cláusula segunda del presente instrumento, y que recíprocamente proporcionen las partes, derivado de la evaluación que realice el (la) "EVALUADOR (A)" a los proyectos que le sean asignados por el "FONDO".

SEGUNDA.- INFORMACIÓN CONFIDENCIAL. Se entiende por información confidencial toda aquella información escrita, verbal o gráfica, así como la contenida en medios electrónicos o electromagnéticos, que se encuentre identificada claramente por el "FONDO", como confidencial.

Dentro de este tipo de información se incluye la información de las propuestas que los miembros de las comunidades científica, tecnológica, académica o empresarial hagan llegar al sitio electrónico que para tal efecto se ha instrumentado, ubicado en el servidor del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT), con el objeto de ser evaluadas para su posible apoyo por parte del "FONDO". La información confidencial de las propuestas incluye de manera enunciativa más no limitativa {incluir rubros que de manera general incluven las propuestas) o cualquier otro u otros documentos preparados y conservados con el carácter de confidencial por el "FONDO".

TERCERA.- OBLIGACIONES DEL "EVALUADOR (A)". El "EVALUADOR (A)" expresamente se obliga a no divulgar, revelar, a persona alguna, en forma total o parcial, la información confidencial proporcionada directa o indirectamente por el "SECRETARIO TECNICO Y10 SECRETARIO ADMINISTRATIVO" del "FONDO". Asimismo la información confidencial no podrá ser utilizada por el "EVALUADOR (A)" para beneficio propio o de terceros.

El "EVALUADOR" una vez concluida la evaluación de las propuestas, se obliga a destruir toda la información, a la que haya tenido a-eso.

CUARTA.- PROPIEDAD DE LA INFORMACIÓN. Las partes reconocen que la celebración del presente Convenio no les confiere derechos o licencias de propiedad industrial o intelectual respecto de parte o totalidad de la información confidencial que proporcionen, toda vez que la titularidad de dicha información corresponde a la persona fisica o moral que haya presentado la propuesta.

QUINTA.- INCUMPLIMIENTO. En caso de que alguna de las partes, incluyendo empleados, agentes, asesores, representantes o cualquier otra persona con acceso a la información confidencial incumpla con las obligaciones y compromisos que deriven del presente convenio, será sujeto al pago de daños y perjuicios que esto ocasione, sin perjuicio de las demás acciones legales que procedan por violación a los o industrial.

SEXTA.- MODIFICACIONES. Cualquier modificación al pre&ntd instrumento deberá constar por medio de convenio debidamente firmado por las partes.

SÉPTIMA.- CESION DE DERECHOS

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El "EVALUADOR" reconoce que la calidad con la que se ostenta en el presente convenio, tiene un carácter personal e intransferible, por lo que no podrá ceder los derechos y obligaciones que se deriven, con motivo de la celebración del presente convenio.

OCTAVA.- VIGENCIA. El presente convenio entrará en vigor a partir de la fecha de su firma y estará vigente, hasta en tanto la propietaria de la información autorice su divulgación o pierda el carácter de confidencial.

NOVENA.- JLIRISDICCIÓN. Para el arreglo de controversia que se suscite con motivo de la interpretación ejecución y cumplimiento del presente convenio y que no se resuelva de común acuerdo por las partes, éstas se someterán a las leyes federales y tribunales federales competentes, en la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando desde este momento a cualquier otro fuero que loes pudiera corresponder en razón de sus domicilios presentes o futuros.

PREVIA LECTURA Y CON PLENO CONOCIMIENTO DE SU CONTENIDO, EL PRESENTE CONVENIO SE EXTIENDE POR DUPLICADO QUE DE CONFORMIDAD SUSCRIBEN LAS PARTES EN LA CIUDAD DE , , EL DÍA - DE - DE 200-, CONSERVANDO UN EJEMPLAR CADA UNA DE ELLAS.

"POR EL FONDO" "EL (LA) EVALUADOR (A)"

SECRETARIO ADMINISTRA1-IVO XXX

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FONüü MXiü CONACn - GOBIERNO E L ESTAW

INTEGRACIÓN DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN

2008

NOMBRE EMPRECLCINSTINCIÓN SECTOR DA- GENERALES

NIMLSN I cw ESPECIWW M* AcurdoCTA

Y10 EPENENCIA *w, -1- ~RECQÓN 1 TELÉFONO Ir&lm

I I I I I I I I I

COORDINADOR DE LA COMISI~N DE EVALUAC16N.

FONDO MIXTO DE FOMENTO A LA INVESTIGACI~N CIENT~FICA Y TECNOLOGICA CONACYT-GOBIERNO

DELESTADODENUEVOLE~N

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

TITULO: APORTACIONES DE RECURSOS AL FIDEICOMISO 1 CLAVE: 1

l. ALCANCE Y FINALIDAD:

Inicio de vigencia: Octubre 2008 Acuerdo CTA: E -1 212009

1 . l . Este procedimiento establece los criterios y lineamientos que deberán aplicarse en la recepción, control y destino de las aportaciones hechas al Fideicomiso por los Fideicomitentes y por terceras personas de recursos conforme a lo dispuesto en la fracción IV del Artículo 35 de la Ley de Ciencia y Tecnología y en congruencia con el Contrato de Fideicomiso correspondiente y las Reglas de Operación.

Término de Vigencia: Octubre 201 1 No. de Revisión: O

Su aplicación tiene como finalidad el asegurar un claro y correcto manejo, de la recepción, aplicación y compromisos adquiridos, derivados de las aportaciones federales, estatales, municipales y de terceros para apoyar las actividades científicas, tecnológicas y de innovación requeridas por el estado/municipio. \

No. de Hojas: 4 No. de Anexos: 1

2. RESPONSABILIDADES:

2.1 Es responsabilidad del Secretario Administrativo y del Secretario ~écnlco definir con los representantes de los Fideicomitentes los montos, calendario y fines de las aportaciones anuales que los Fideicomitentes, en función de su suficiencia presupuestal, comprometan.

2.2 Tanto el Secretario Administrativo como el Secretario Técnico y los integrantes del Comité Técnico y de Administración del Fondo tienen la tarea de promover la participación de otras instancias tanto públicas como privadas en el financiamiento de las actividades científicas, tecnológicas y de innovación para impulsar el desarrollo económico y social del estado, de sus municipios y de sus sectores.

2.3 Es competencia del Secretario Administrativo dar seguimiento a las aportaciones comprometidas y asegurar la correcta recepción y control de los recursos aportados y su aplicación en los fines establecidos por los aportantes.

3. APORTACIONES: 3.1 El patrimonio del Fideicomiso se integra principalmente con las aportaciones de las

siguientes instancias: Pdgina 30 de 241

a) De los Fideicomitentes, tanto la aportación inicial para la constitución del Fideicomiso como las aportaciones subsecuentes que realicen en la proporción y fechas que convengan, de acuerdo a su suficiencia presupuestal.

b) Otras dependencias del Gobierno Federal para apoyar iniciativas que respondan a problemáticas comunes de su interés.

c) Por aportaciones que realicen terceros para apoyar iniciativas científicas y tecnológicas que contribuyan al desarrollo económico, social del estado, de sus municipios o de sus sectores, en el corto, mediano o largo plazo, sin que esto implique un compromiso de retribución directa del Fondo al aportante y sin que por este hecho adquieran el carácter de fideicomitentes, ni derechos respecto al patrimonio del "FONDO", salvo la atención de la demanda especifica objeto de su aportación.

d) Por los productos financieros de las inversiones de su patrimonio y de otros ingresos derivados de sus actividades.

3.2 La aportación del CONACYT y su proporción con respecto a la aportación estatal, municipal y10 sectorial dependerá de los criterios que para el efecto establezcan las partes.

3.3 El Gobierno del estado y el CONACYT de común acuerdo podrán establecer un esquema de aportaciones que estimule la participación de los municipios y otros sectores del estado en el financiamiento del desarrollo científico y tecnológico requerido por el estado, estableciendo los mecanismos que sean necesarios para un control adecuado de sus aportaciones.

4. FORMALIZACIÓN DE LAS APORTACIONES Y CREACIÓN DE SUBCUENTAS:

4.1 En el primer trimestre del año el Secretario Administrativo y el Secretario Técnico deberán definir con los representantes de los Fideicomitentes y con otras instancias estatales, los compromisos de aportación de recursos para el año correspondiente, así como el calendario de aportaciones y las prioridades o demandas en los que debería aplicarse el recurso, de conformidad con lo establecido en la Cláusula Colaboración firmado por los Fideicomitentes.

4.2 Los compromisos deberán establecerse mediante el de Ejecución" mostrado en el anexo 1, el cual representantes que para tal efecto conocimiento del Comité Técnico y de Administración:

Este documento será la base de la planeación presupuesta1 y deberá contener: a) Montos y calendario por trimestre (en su caso) de las aportaciones tanto estatales

como del CONACYT. b) Nombre de la instancia estatal que hará la aportación. c) Instancias municipales aportantes. Anexar sus cartas compromiso d) Otros aportantes, tanto públicos como privados. Anexar sus cartas compromiso. e) En su caso, prioridades o demandas en las que deberá aplicarse el recurso. 9 El calendario tentativo para la emisión de la (S) convocatoria (S)

El Secretario Administrativo con el apoyo del Secretario Técnico coordinará la elaboración y firma del documento en tres tantos.

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4.3 El Secretario Administrativo hará del conocimiento del Comité Técnico y de Administración el monto y calendario de las aportaciones comprometidas en función de su suficiencia presupuesta1 por los Fideicomitentes, y en su caso, las prioridades y demandas establecidas por el Gobierno de Estado, municipios o sectores participantes.

4.4 En el supuesto que alguno de los fideicomitentesno pueda cumplir con sus compromisos tanto en el monto como en calendario, el representante del mismo deberá notificar por escrito al otro fideicomitente y deberán establecer de común acuerdo lo conducente.

Así mismo el Gobierno del Estado podrá cambiar o ajustar sus prioridades o demandas en función de sus necesidades, siempre y cuando no se hayan ejercido o comprometido los recursos en alguna convocatoria específica y lo notifique al Comité Técnico y de Administración, por conducto de Secretario Administrativo.

4.5 El Secretario Administrativo dará seguimiento a los compromisos establecidos por lo fideicomitentes, para lo cual deberá: a) Comunicar por escrito a las instancias correspondientes el procedimiento y número de

cuenta del Fideicomiso en la que deberá depositarse el recurso comprometido. b) Solicitar al aportante copia o notificación del depósito así como los datos que debe

contener el recibo de caja que emite la Fiduciaria, dará seguimiento a su emisión y asegurará su entrega a la instancia correspondiente.

c) Notificar al CONACYT la recepción de aportaciones, adjuntar la ficha de depósito y solicitar en su caso, la aportación correspondiente comprometida.

d) Elaborará conjuntamente con el Secretario Técnico un calendario tentativo de emisión de Convocatorias, mismo que podrá hacer del conocimiento del sector oferente.

e) Definir con el Presidente del Comité la fecha de reunión de Comite Técnico para aprobar la emisión de Convocatorias y notificarla al Secretario Técnico.

4.6 El Secretario Administrativo generará en su caso, subcuentas en el sistema contable del Fondo, en las cuales se deberán registrar las aportaciones municipales, de secretarias o de otras instancias, que hayan sido etiquetadas para la satisfacción de un requerimiento específico.

En estas subcuentas se deberá llevar el control de la aplicación de recursos autorizada por el Comité Técnico y se deberá notificar trimestralmente, el estado de la subcuenta al aportante correspondiente.

Estas aportaciones recibidas deberán ser reflejadas en los estados financieros del Fideicomiso y en los reportes financieros trimestrales que el Secretario Administrativo emite, los cuales deberán contener un apartado en los que se muestre el desglose estado de las subcuentas que sean generadas.

Secretario Administrativo 1 Autorizaciones Nombre y firma

Secretario Técnico

Fecha

p

Dr. Oscar Vázquez Montiel

ANEXO 1

FONDO MIXTO DE FOMENTO A LA INVESTIGAC~ON CIENTIFICA Y '~ECNOLOGICA CONACYT- GOBIERNO

DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN

ANEXO DE EJECUCI~N 2008 APORTACIONES COMPROMETIDAS 2008

1. Los montos y fechas señalados estarán sujetos a la suficiencia presupuesta1 de los aportantes y en el caso de CONACYT, adicionalmente, a lo dispuesto en el Presupuesto de Egresos de la Federación.

2. Las aportaciones serán canalizadas para apoyar proyectos científicos, tecnológicos y de innovación y demás modalidades que el Comité Técnico y Administración del Fondo aprueben en apego a los procedimientos y requisitos establecidos tanto en las Reglas de Operación, como en el Manual de Procedimientos, a través de las convocatorias que se emitan para atender preferentemente las prioridades o demandas siguientes:

TOTALES

1) Consolidación de capacidades científica y Tecnológica en la áreas de: Alimentos. Recursos naturales y medio ambiente. Tecnologías de información. Salud y turismo. Desarrollo Regional

2) Fortalecimiento del desarrollo e Innovación tecnológica en la Micro, empresa.

EL ESTADO

3. Las Convocatorias y su fecha de publicación deberán someterse a la aprobación del Comité Técnico y de Administración preferentemente en el 3er. y 4to. Trimestre del 2008. La publicación de las Convocatorias se hará siempre y cuando estén fideicomitidos los recursos comprometidos o lo que para tal efecto determine el Comité Técnico y de Administración.

EL CONACYT Instancia

Total

POR EL GOBIERNO DEL ESTADO POR EL CONACYT .................................................. ------------------------------m----*----------

Presidente del CTA de Fomix LIC. JORGE ROMERO HIDALGO Director Adjunto de Desarrollo Regional y Sectorial

Fecha:

Monto Trimestre Monto Trimestre

FONDO MIXTO DE FOMENTO A LA INVESTIGACI~N C~ENT~F~CA Y TECNOLÓGICA CONACYT-GOBIERNO

DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

1. ALCANCE Y FINALIDAD:

TITULO: ELABORACION, PUBLlCAClON Y CIERRE DE CONVOCATORIA

Este procedimiento establece los criterios y lineamientos para la elaboración, publicación y cierre de las Convocatorias emitidas por los Fondos Mixtos, incluyendo la definición de las prioridades y demandas específicas que dan origen a las mismas.

CLAVE: PP-O1

2. RESPONSABILIDADES:

Es responsabilidad del Secretario Administrativo coordinar la determinación de las prioridades y demandas del Gobierno del Estado, la difusión de la convocatoria, el proceso de inducción de propuestas para asegurar pertinencia y calidad de las mismas, la formalización del apoyo, el seguimiento financiero y el cierre y finiquito de los proyectos. Es responsabilidad de Secretario Técnico elaborar las bases y términos de la Convocatoria, apoyar el proceso de inducción, coordinar el proceso de evaluación y el seguimiento técnico de los proyectos, la evaluación de impacto y el cierre técnico de proyectos. Es responsabilidad del Comité Técnico y de Administración aprobar convocatorias, la asignación de recursos y el finiquito de proyectos.

Inicio de vigencia: Octubre 2008 Acuerdo CTA: E -1212009

3. DEFINICIÓN DE LAS PRIORIDADES Y DEMANDAS

3.1 De las prioridades a) Con el propósito de orientar las tareas del Fondo Mixto y asegu ar su impacto en el

mediante el cual se constituyó el "FONDO".

4 a desarrollo del estado corresponde al Gobierno del Estado definir los problemas, necesidades u oportunidades necesarias de atender de manera prioritaria por el Fondo Mixto, en concordancia con los fines del "FONDO", los cuales se encuentran debidamente establecidos en el Convenio de Colaboración y el Contrato de Fideicomiso

Término de Vigencia: Octubre 201 1

No. de Revisión: O

b) Estas prioridades estatales1 municipales deberán estar claramente definidas y preferentemente acordes con los planes y programas de desarrollo

No. de Hojas: 57

No. de Anexos: 6

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estataleslmunicipales de desarrollo, de tal forma, que los resultados obtenidos de los proyectos financiados por el Fondo tengan un impacto positivo en los indicadores establecidos en dichos documentos.

c) Es responsabilidad del Secretario Administrativo coordinar o coordinarse según sea el caso, con la(s) instancia(s) designada por el Ejecutivo del Estado para definir o revisar con la frecuencia que sea requerida, las prioridades del estado cuyo alcance y número debe ser congruente con los recursos manejados por el Fondo Mixto.

d) El Secretario Administrativo deberá presentar al Comité Técnico y de Administración las prioridades definidas por el estado, durante el primer trimestre del año y preferentemente en su primera reunión ordinaria. Las prioridades deberan mantener al menos una vigencia de un año y altamente deseable, por el periodo de la administración estatal.

e) En el marco de estas prioridades, corresponde al Gobierno del Estado la identificación de las demandas que deberán incorporarse en las convocatorias emitidas por el Fondo Mixto, así como el establecimiento de objetivos, productos esperados y compromisos que las dependencias, sectores o instancias estatales requieren para atender el problema o necesidad que da origen a la demanda.

3.2 Definición de las demandas

a) Es responsabilidad del Secretario Administrativo coordinar con las instancias estataleslmunicipales involucradas, la definición de las demandas específicas que deberán incorporarse en las convocatorias, las cuales deberán ser congruentes con el objeto del fondo, con las prioridades estataleslmunicipales y con los recursos disponibles o comprometidos por los fideicomitentes y demás aportantes.

Para la determinación de las demandas específicas estatales, el Secretario Administrativo podrá apoyarse en esquemas y técnicas de consulta o consenso que considere convenientes y, en caso de requerirlo, el CONACYT podrá apoyar con metodologías e información.

b) Las demandas especificas que resulten de los ejercicios de planeación o consulta, deberán señalarse en términos suficientemente claros y precisos para que por si mismas soporten su naturaleza prioritaria, mostrando indicadores que reflejen la magnitud de los problemas o situaciones que deberán atenderse, así como los resultados esperados en concordancia con el problema presentado. De igual forma deberá señalar la instancia estatallmunicipal responsable de la recepción y aplicación de los resultados generados.

Invariablemente deberán ser demandas que por su naturaleza mediante acciones de índole científica, tecnológica y10 de las diferentes modalidades de apoyo del Fondo.

c) Para el caso de demandas específicas que atienden probl municipales o de una entidad en lo particular, éstas deberan en todo el proceso de la convocatoria, tanto en el análisis

asimilación y adopción de los resultados generados. seguimiento técnico de los proyectos, de tal forma, que se asegure la transferencia,

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d) El Secretario Administrativo presentará preferentemente en la primera reunión ordinaria del Comité Técnico y de Administración del año, las demandas específicas que deberán ser incorporadas en las convocatorias.

4. ELABORACIÓN DE CONVOCATORIAS

4.1 Aspectos Generales:

a) El Secretario Administrativo conjuntamente con el Secretario Técnico deberán elaborar las convocatorias que serán sometidas a la aprobación del Comité Técnico y de Administración, de acuerdo a la estructura establecida y a la naturaleza de las demandas consideradas.

b) Podrán publicarse una o más convocatorias, con base en los acuerdos que el Comité Técnico y de Administración determine.

c) Las convocatorias podrán ser emitidas siempre y cuando estén fideicomitidos los recursos comprometidos para la convocatoria correspondiente o bien se tenga disponibilidad de recursos en el Fideicomiso y el Comité Técnico y de Administración apruebe su aplicación.

d) Las propuestas deberán ser presentadas invariablemente por instituciones, universidades públicas y particulares, centros de investigación, empresas, laboratorios y personas físicas y morales que se encuentren inscritas en el Registro Nacional de Instituciones y Empresas Científicas y Tecnológicas (RENIECYT), a que se refiere la Ley de Ciencia y Tecnología.

e) Se podrá optar por uso de esquemas de prepropuesta cuando por la naturaleza de las demandas consideradas en la convocatoria, se considere conveniente.

f) De acuerdo a su naturaleza, las convocatorias podrán considerar fechas de cierre para la recepción de propuestas o bien, un esquema abierto hasta agotar los recursos asignados a la misma, segun lo autorice el Comité Técnico y de Administración y de Administración.

4.2 Estructura de la convocatoria.

Las convocatorias deberán contener la siguiente estructura:

Bases

Demandas Específicas

Términos de Referencia

a) Bases de la Convocatoria:

En este documento se deberá resumir las características parti#ulares de la convocatoria, contener información que indique claramente quien y a quien se convoca, a que se convoca, el enunciado de la demanda y de ser necesario los recursos disponibles.

Deberá explicitarse requisitos o particularidades que distingan a la convocatoria de otras, siempre y cuando no contravengan la normatividad del Fondo, así como elementos de tiempo, montos y presentación que sea indispensable de satisfacer.

Deberá describirse o hacer referencia de aquellos procesos críticos que es importante que el proponente o solicitante de apoyo, consulte en el documento de

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Términos de Referencia. Se deberá utilizar como referencia el formato que se presenta en el Anexo 1.

b) Demandas Específicas

El Secretario Administrativo con el apoyo en su caso, del Secretario Técnico coordinará con las instancias estatales/municipales responsables la definición y la elaboración de las demandas especificas que deberan ser consideradas en las Convocatorias.

En función de la naturaleza de las demandas, se determinará(n) la(s) modalidad(es) de apoyo para cada una, y se definirá la información que formará parte del anexo de las Bases de la Convocatoria, denominado "Demandas Especificas", que contendrá lo siguiente:

1. Antecedentes: ( dimensión socioeconómica)

Descripción y dimensión del problema, necesidad u oportunidad económica o social que da origen a la demanda.

2. lndicadores de Impacto:

Se refiere a los indicadores relevantes del problema, necesidad u oportunidad origen de la demanda, que permitirá evaluar el impacto o beneficio que el estado obtendrá, una vez aplicados los resultados del proyecto. Estos no deberan exceder el número de cinco.

3. Objetivos:

Definición del propósito general del proyecto y en su caso de los propósitos específicos que orientan el alcance del proyecto esperado.

4. Productos esperados:

Especificación de los entregables que le permitirán a la instancia demandante o usuaria atender el problema, necesidad u oportunidad que dio origen a la demanda.

5. Tiempo de ejecución:

En su caso, periodo de tiempo que el usuario requiere de los entregables para poder atender el problema, necesidad u oportunidad origen de la demanda.

6. Modalidad:

Naturaleza de las acciones científicas, tecnológicas y de cuales se atenderá la demanda.

7. Usuarios:

Indica la(s) instancia(s) del Gobierno O

sector demandante del estado, responsables de u oportunidad y en consecuencia de la Responsable de la clarificación de la demanda a los interesados en la convocatoria, apoyar el seguimiento necesario del proyecto y de la recepción de los productos intermedios y finales generados por el proyecto.

8. Consideraciones particulares: (opcional)

Aspectos que deberhn ser tomados en consideracidn por el proponente tanto en la generación de la propuesta como en la fase de ejecución del proyecto.

9. Contacto:

Datos del enlace designado por el usuario, responsable de apoyar la fase de formulación de la propuesta y la fase de seguimiento de la ejecución del proyecto.

El formato de presentación se encuentra en el Anexo 2.

c) Términos de Referencia

En este documento se establecen los criterios normativos que rigen los diferentes procesos de la convocatoria y que el proponente o solicitante de apoyo deberá conocer y en su caso, atender tanto en fase de formulación de propuestas y prepropuestas, como en la fase de formalización del apoyo y ejecución del proyecto.

El documento deberá contener la siguiente estructura:

1. Especificación de las demandas del Estado. 2. Estructura y características de las propuestas y en su caso prepropuestas. 3. Rubros financiables. 4. Evaluación y selección de propuestas. 5. Asignación de recursos y seguimiento de proyectos. 6. Confidencialidad, propiedad, reconocimientos y difusión de los resultados de los

proyectos. 7. Consideraciones adicionales. 8. Glosario de términos.

w Por su naturaleza normativa el documento mostrado en el Anexo 3.a, será de aplicación general por lo que se podrá utilizar como referencia para cualquier convocatoria emitida por el Fondo, en tanto no se modifique la normatividad vigente, salvo las convocatorias emitidas en la modalidad de Desarrollo Competitivo (empresas) que deberá ajustarse a las particularidades descritas en el documento mostrado en el anexo 3.b.

De acuerdo a la naturaleza de la convocatoria, el proponente deberá referirse a los apartados que en su caso aplique.

w Las particularidades de las Convocatorias no consideradas en los Términos de Referencia, se deberán seiialar en las Bases de las misma y obtener la aprobación del Comité Técnico y en su caso, los Secretarios Técnicos y Administrativo solicitarán su incorporación en el documento de Términos de Referencia vigeyite

5. APROBACIÓN, PUBLlCAClON Y DIFUSIÓN DE CONVOCATORIAS

5.1 El Secretario Administrativo conjuntamente con el Secretario Técnico, presentar n para su aprobación al Comité Técnico y de Administración del Fondo, las bases y de andas de las Convocatorias propuestas. 4' Y

5.2 Tomado el punto de acuerdo sobre su aprobación, y en su caso, habiendo atendido las observaciones emitidas por el Comité Técnico y de Administración, el Secretario Técnico procederá a la publicación de la(s) Convocatoria(s), misma(s) que deberá(n) publicarse en la página electrónica del CONACYT y en la del Gobierno del Estado de Nuevo León.

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5.3 Para su publicación en la página electrónica del CONACYT se enviará el archivo correspondiente a la Dirección Adjunta del Desarrollo Regional y Sectorial, haciendo referencia al acuerdo del Comité Técnico y de Administración en el cual se autoriza su publicación, así como la modalidad del documento de Términos de Referencia que aplica.

5.4 El Secretario Técnico elaborará con base en las fechas y periodos considerados en la convocatoria, una referencia rápida del calendario de la convocatoria que también será publicado en la página del CONACYT, como referencia a los proponentes. El formato de calendario se presenta como Anexo 4.

5.5 Asimismo, podrá publicarse un aviso en medios de comunicación impresos sobre la emisión de la(s) convocatoria(s), con cargo al Presupuesto Operativo del Fondo, observando siempre las disposiciones federales y estatales en materia de austeridad.

5.6 Tanto el Secretario Administrativo como el Secretario Técnico podrán hacer del conocimiento de la publicación y alcance de la Convocatoria a las instancias que tienen la capacidad o interés de presentar propuestas al Fondo, utilizando para ello, los mecanismos de difusión que consideren más convenientes.

6. PRESENTACIÓN Y CAPTURA DE PROPUESTAS

6.1 Las propuestas deberán presentarse en el formato mostrado en el Anexo 5, disponible en el sistema en línea de Fondos Mixtos del CONACYT, dentro de los tiempos establecidos en la convocatoria. En el caso que el formato no se encuentre disponible con el alcance especificado, el proponente podrá recurrir al uso de anexos.

6.2 Los requisitos para la presentación de propuestas y en su caso de prepropuestas, serán los que se establezcan en la convocatoria.

6.3 Únicamente podrán someterse a concurso aquellas propuestas que no hayan sido apoyadas previamente y10 que no estén siendo financiadas por otro fondo o programa del CONACYT.

7. PROCESO DE INDUCCIÓN DE PROPUESTAS

7.1 El Secretario Administrativo con el apoyo del Secretario Técnico podrá promover la realización de talleres o reuniones de trabajo con la comunidad científica y tecnológica y con los sectores usuarios para apoyar la formulación de propuestas pertinentes y de calidad que respondan a las demandas establecidas en las convocatorias a través de los cuales entre otras cosas, se:

a) Analicen y precisen las demandas específicas con el sector usuario.

b) Homogenicen conceptos.

c) Clarifiquen objetivos y mecanismos de operación del Fondo.

d) Analicen los criterios de evaluación y de selección.

e) Propicie la participación de investigadores y especialistas con experiencib en el tema de estudio.

9 Propicie la colaboración interinstitucional y el enfoque interdisciplinario.

g) Vincule al usuario con los grupos de trabajo.

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7.2 Estos talleres o reuniones de trabajo podrán realizarse con cargo al Fondo para lo cual se deberán incorporar en el Programa y Presupuesto Operativo del ejercicio correspondiente que autorice el Comité Técnico y de Administración o en su caso, cuando de manera expresa lo autorice.

7.3 Las propuestas que se generen como resultado de estos talleres o reuniones de trabajo, serán sometidas a los procesos de evaluación y selección al igual que todas las propuestas que se reciban.

8. CIERRE DE RECEPCION DE PROPUESTAS

8.1 Es responsabilidad del Secretario Tkcnico dar seguimiento al ingreso de propuestas a través del Sistema Informático, verificando que no existan problemas tanto en la captura de propuestas como en el envío de las mismas.

Al término del periodo establecido en la convocatoria para la presentación de propuestas, el sistema no permitirá el ingreso de nuevas propuestas.

8.2 En los casos que por el nivel de respuesta, complejidad en la integración de las propuestas o algún otro factor imprevisto, los proponentes o las instancias estatales/municipales podrán solicitar por excepción al Secretario Administrativo, una ampliación a la fecha de cierre de recepción de propuestas, siempre y cuando sea por lo menos con tres días de anticipación a la fecha de cierre programada.

En el caso de que el Secretario Administrativo considere pertinente la solicitud, turnará por escrito al Secretario Técnico la petición de prórroga para que de comun acuerdo determinen la procedencia o no de la solicitud y en su caso, el Secretario Técnico realice los trámites necesarios para la extensión del tiempo y publicación en la página del CONACYT, de un aviso a los interesados en el que se notifica de la ampliación del periodo de recepción de propuestas y modificación del calendario publicado con la nueva fecha de cierre y publicación de resultados.

8.3 En el caso de una falla del sistema que impida la captura de propuestas, el Secretario Técnico, con la anuencia del Secretario Administrativo, podrá solicitar se mantenga abierto el sistema hasta por un periodo de 72 horas después de corregida la falla.

8.4 Cabe mencionar que las ampliaciones de los tiempos de recepción de propuestas se harán de manera excepcional, considerando el impacto que dicha ampliación tendrá en todo el proceso de la convocatoria. En los casos que implique un cambio en los plazos subsecuentes de la convocatoria, se deberá hacer del conocimiento al Comité Técnico y de Administración en la sesión de trabajo inmediata, para su ratificación.

8.5 En los casos que la fecha de publicación se vea afectada por alguna situación no prevista, el Secretario Técnico de comun acuerdo con el Secretario Administrativo deberá notificar a la comunidad la nueva fecha de publicación.

9. CIERRE DE CONVOCATORIA:

9.1 Publicados los resultados de la Convocatoria y formalizados los ap &e$'' Técnico y el Secretario Administrativo definirán, en función de los calendarios comprometidos en los Convenios de Asignación de Recursos, un programa maestro de ejecución y seguimiento de los proyectos apoyados y en base en ello, la fecha probable de cierre de la convocatoria.

9.2 Una vez que se finiquite el último proyecto aprobado en la convocatoria, se haga la evaluación de impacto potencial de los proyectos apoyados y el Secretario Técnico y el Secretario Administrativo elaboren de manera conjunta, el informe correspondiente de la convocatoria, se considerará que ésta ha concluido en su totalidad y se dará por cerrada.

10. CICLOS OBJETIVO DE LA CONVOCATORIA

1 O. 1 Los Secretarios Técnico y Administrativo deberán establecer mecanismos para obtener, preferentemente, los siguientes ciclos de Convocatoria.

1 Aiustes v envio de convenio 1 Días 1 10 1

Etapa de la Convocatoria Recepción de propuestas

30 Publicación de Convocatoria a Publicación de resultados Dlas

Unidad Días

* Se deberá considerar el impacto de periodos no laborables y en su caso hacer el ajuste pertinente.

Meta 30

20 5

Formalización del apoyo Entrega 1 ra. Ministración

Entrega Ministraciones subsecuentes Evaluación informes finales Ciclos de ejecución de proyecto Evaluación ex. post proyectos Ciclo Total Convocatoria

10.2 En el Programa Operativo Anual que los Secretarios Técnico y Administrativo presentan de manera conjunta al Comité Técnico y de Administración deberán quedar descritas las acciones para alcanzar los ciclos de referencia.

Evaluación de informes de avance

Días Días

10.3 En los casos que sea indispensable el esquema de prepropuesta el ciclo de publicación de convocatoria a publicación de resultados deberá ajustarse en 30 días naturales.

* Días hábiles (calendario oficial de la administración pública estatal)

Días Días Años D ias Anos

Anexos

5 30

3 Max. 60 4 Max.

1. Formato de Bases de Convocatoria

2. Formato de Demandas Especificas

3. Formato de Términos de Referencia

a. General ,

b. Desarrollo Competitivo (empresas)

4. Formato para la elaboración del calendario

5. Formato para la presentación de Propuestas y prepropuestas.

a. General

b. Desarrollo Competitivo (empresas)

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Fecha Elaborado por:

Secretario Administrativo

Secretario Técnico

Nombre y firma

Lic. Rogelio Flores de la Peña

Dr. Oscar Vázquez Montiel

ANEXO 1

FONDO MIXTO DE FOMENTO A LA INVESTIGACIÓN CIENT~FICA Y TECNOLÓGICA CONACYT-GOBIERNO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN

CONVOCATORIA 200---

El Gobierno del Estado de Nuevo León y el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT), con fundamento en lo dispuesto en la Ley de Ciencia y Tecnología (LCYT) han constituido un fideicomiso con recursos concurrentes denominado "Fondo Mixto de Fomento a la Investigación Científica y Tecnológica CONACYT-Gobierno del Estado de Nuevo León", con el propósito de apoyar proyectos de investigación cientítica y tecnológica que generen el conocimiento requerido para resolver los problemas, necesidades u oportunidades del Estado de Nuevo León; fortalezcan sus capacidades científicas y tecnológicas y competitividad de sus sectores productivos, con la finalidad de contribuir al desarrollo económico y social del estado de Nuevo León.

Para el cumplimiento de este propósito, el Gobierno del Estado de Nuevo León y el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología por medio del "Fondo Mixto de Fomento a la Investigación Científica y Tecnológica CONACYT-Gobierno del Estado de Nuevo Lebn"

CONVOCAN

A las instituciones, universidades públicas y particulares, centros de investigación, empresas, laboratorios y personas físicas y morales que se encuentren inscritas o en trámite de inscripción en el Registro Nacional de Instituciones y Empresas Científicas y Tecnológicas (RENIECYT), a presentar propuestas de investigación científica y tecnológica que respondan a las siguientes demandas (y en los casos que aplique, las áreas o prioridades):

La descripción de las demandas se muestra en el documento correspondiente, que forma parte de la presente Convocatoria.

Para atender estas demandas el Fondo dispone de un presupuesto de hasta.. . . . . ... millo nes de pesos. (OPCIONAL)

Las propuestas según el caso, deberán presentarse bajo las modalidades descritas en cada una de las demandas.

BASES

1. Presentación de las propuestas:

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1.1 Todas las propuestas serán sometidas a un análisis de pertinencia, entendida ésta como el grado en que la iniciativa responde a las Demandas Específicas de esta Convocatoria. Las propuestas deberán ajustarse a lo especificado en los Términos de Referencia y a los formatos correspondientes, disponibles en las páginas electrónicas del CONACYT www.conacyt.qob.mx y del Gobierno del Estado de Nuevo León.

Para el caso de Convocatorias con prepropuesta:

1.1 Previo al envío de una propuesta en extenso, se deberá presentar una prepropuesta que será sometida a un análisis de pertinencia, entendida ésta como el grado en que la iniciativa responde a las Demandas Específicas de esta Convocatoria. Tanto las prepropuestas como las propuestas en extenso, deberán ajustarse a lo especificado en los Términos de Referencia y a los formatos correspondientes, disponibles en las páginas electrónicas del CONACYT www.conacvt.sob.mx y del Gobierno del Estado de Nuevo León.

1.2 Las propuestas (prepropuestas) deberán atender, en su totalidad, solo una de las demandas especificadas, por lo cual deberán considerar en la integración del grupo de trabajo, las disciplinas o especialidades requeridas que aseguren una respuesta integral a los requerimientos establecidos.

Para el caso de Convocatorias con prepropuesta:

Los resultados de pertinencia se darán a conocer en las páginas electrónicas del CONACYT, Sección de Fondos, y del Gobierno del Estado de Nuevo León a partir del - de de 2008. Adicionalmente se notificará de manera individual el resultado a cada uno de los proponentes cuyas propuestas hayan sido consideradas pertinentes.

1.3 Posterior a los resultados de pertinencia, se deberá presentar la propuesta en extenso vía electrónica al Sistema de Fondos de CONACYT, a más tardar el - de de 2008. No se aceptarán propuestas incompletas o presentadas de forma extemporánea.

Para ambos casos:

1.4 Es indispensable anexar a la propuesta una carta oficial de postulación ddbidamente suscrita por el representante legal, en la cual se establezca el compromiso de la institución, centro o empresa para otorgar el apoyo necesario para llevar a cabo el proyecto.

1.5 Las propuestas deberán considerar las siguientes particularidades: (VARIABLE).

Por ejemplo: o Los centros e instituciones ubicadas fuera del Estado deberán incorporar en sus

grupos de trabajo a investigadores o estudiantes de instituciones del Estado.

o Sólo se aceptarán propuestas cuyo tiempo de ejecución no exceda el tiempo especificado en la demanda, debiendo presentarse preferentemente en dos etapas y no exceder el número de tres.

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O El monto solicitado para desarrollar la primera etapa del proyecto, la cual salvo casos debidamente justificados, no deberá exceder del 50 % del monto total solicitado.

Cualquiera de los puntos anteriores que no sea considerado en la propuesta, será motivo de rechazo de la misma. La propuesta (prepropuesta) deberá enviarse vía electrónica al Sistema de Fondos de CONACYT a partir de la fecha de publicación de la presente Convocatoria y hasta el - de de 2008. No se aceptarán propuestas (prepropuestas) incompletas o presentadas de forma extemporánea.

1 .5 La relación de propuestas aprobadas por el Comité Técnico y de Administración del Fondo, será publicada a partir del - de de 2008, en las páginas electrónicas del CONACYT y del Gobierno del Estado de Nuevo León.

1.6 Los interesados podrán ampliar la información, consultando los Términos de Referencia y las Demandas Específicas del Gobierno del Estado de Nuevo León, que forman parte de esta Convocatoria, disponibles en las páginas electrónicas del CONACYT y del Gobierno del Estado de Nuevo León.

1.7 Para mayor información:

Incluir datos de referencia y contacto

Emitida en la Ciudad de , a los - días del mes de del año dos mil

ANEXO 2

FONDO MIXTO DE FOMENTO A LA INVESTIGACIÓN C ~ E N T ~ F ~ C A Y TECNOLÓGICA CONACYT-GOBIERNO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN

CONVOCATORIA 200---

Demanda 1 : Enunciado

1. Antecedentes: ( dimensión socioeconómica)

Descripción y dimensión del problema, necesidad u oportunidad económica o social que da origen a la demanda.

2. lndicadores de Impacto:

Se refiere a los indicadores relevantes del problema, necesidad u oportunidad origen de la demanda, que permitirá evaluar el impacto o beneficio que el estado obtendrá, una vez aplicados los resultados del proyecto. Estos no deberán exceder el numero de cinco.

3. Objetivos:

Definición del propósito general del proyecto y en su caso de los propósitos específicos que orientan el alcance del proyecto esperado.

4. Productos esperados:

Especificación de los entregables que le permitirán a la instancia demandante o usuaria atender el problema, necesidad u oportunidad que dio origen a la demanda.

5. Tiempo de ejecución:

En su caso, periodo de tiempo que el usuario requiere de los entregables pqra poder . ~

atender el problema, necesidad u oportunidad origen de la demanda. -

6. Modalidad: ,& 4" Naturaleza de las acciones científicas, tecnológicas y de innovación m e u t se atenderá la demanda específica.

7. Usuarios:

Indica la(s) instancia(s) del Gobierno del Estado, Municipio o sector demandante del estado, responsables de atender el problema, necesidad u oportunidad y en consecuencia de la aplicación de los resultados obtenidos. Responsable de la clarificación de la demanda a los interesados en la convocatoria, apoyar el seguimiento necesario del proyecto y de la recepción de los productos intermedios y finales generados por el proyecto.

8. Consideraciones particulares: (opcional)

Aspectos que deberán ser tomados en consideración por el proponente tanto en la generación de la propuesta como en la fase de ejecución del proyecto.

9. Enlace:

Datos del enlace designado por el usuario, responsable de apoyar la fase de formulación de la propuesta y la fase de seguimiento de la ejecución del proyecto.

ANEXO 3.a

FONDO MIXTOS

TÉRMINOS DE REFERENCIA

"GENERAL"

l. ALCANCE:

El presente documento de Términos de Referencia complementa las Bases de la Convocatorias emitidas por el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT) y el Gobierno del Estado de Nuevo León, a través del "Fondo Mixto" correspondiente., siendo su aplicación de carácter general a excepción de la modalidad 82) denominada "Desarrollo Competitivo" en la cual el usuario de los resultados de la investigación es una empresa

El contenido de este documento aborda los siguientes puntos:

1. Especificación de las demandas de la Entidad. 2. Estructura y características de las propuestas y prepropuestas 4. Rubros financiables. 5. Evaluación y selección de propuestas. 6. Asignación de recursos y seguimiento de proyectos. 7. Confidencialidad, propiedad, reconocimientos y difusión de los resultados de los

proyectos. 8. Consideraciones adicionales. 9. Glosario de términos.

II. DEMANDAS DE LA ENTIDAD:

l. Especificación de las demandas de la Entidad:

El Gobierno del Estado de Nuevo León ha identificado en el marco de sus prioridades un conjunto de demandas y necesidades para ser atendidas por la comunidad científica, tecnológica y empresarial inscritas en el Registro Nacional de Instituciones y Empresas Científicas y Tecnológicas, con el apoyo del "Fondo Mixto", mismas que ha incorporado en el Documento "DEMANDAS ESPECIFICAS" que forman parte de las Bases de la Convocatoria correspondiente emitida.

Cada una de las Demandas Específicas está debidamente dimensionada y acotada a través de la siguiente estructura:

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1) Antecedentes: ( dimensión socioeconómica)

Descripción y dimensión del problema, necesidad u oportunidad económica o social que da origen a la demanda.

2) lndicadores de Impacto:

Se refiere a los indicadores relevantes del problema, necesidad u oportunidad origen de la demanda, que permitirá evaluar el impacto o beneficio que el estado obtendrá, una vez aplicados los resultados del proyecto. Estos no deberán exceder el numero de cinco.

3) Objetivos:

Definición del propósito general del proyecto y en su caso de los propósitos específicos que orientan el alcance del proyecto esperado.

4) Productos esperados:

Especificación de los entregables que le permitirán a la instancia demandante o usuaria atender el problema, necesidad u oportunidad que dio origen a la demanda.

5) Tiempo de ejecución:

En su caso, periodo de tiempo que el usuario requiere de los entregables para poder atender el problema, necesidad u oportunidad origen de la demanda.

6) Modalidad:

Naturaleza de las acciones científicas, tecnológicas y de innovación mediante las cuales se atenderá la demanda específica.

7) Usuarios:

Indica la(s) instancia(s) del Gobierno del Estado de Nuevo León o sector demandante del estado, responsables de atender el problema, necesidad u oportunidad y en consecuencia de la aplicación de los resultados obtenidos. Responsable de la clarificación de la demanda a los interesados en la convocatoria, apoyar el seguimiento necesario del proyecto y de la recepción de los productos intermedios y finales generados por el proyecto.

8) Consideraciones particulares: (opcional)

Aspectos que deberán ser tomados en consideración por el proponente tanto en la generación de la propuesta como en la fase de ejecución del proyecto.

I

9) Responsable o Enlace Nombre, puesto y contacto

2. Modalidades: Las acciones científico-tecnológicas requeridas para atender la demanda establecida por la Entidad, podrán presentar bajo una o más de las siguientes modalidades:

A. Investigación Científica: A l ) Básica:

Realizada con el objeto de generar nuevos conocimiento y formar recursos humanos de alto nivel en las áreas de interés para el Gobierno del Estado.

A2)Aplicada:

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Realizada para la adquisición de nuevos conocimientos, dirigida hacia un objetivo o fin práctico, que responda a una demanda específica determinada.

B. Desarrollo Tecnológico: 61) Precompetitivo:

Realizada para el desarrollo con contenido innovativo de productos o procesos de alta apropiabilidad, para beneficio de una comunidad o grupo social..

C. Formación de Recursos Humanos: C l ) Creación y Consolidación de Programas de Posgrado que atiendan las

prioridades específicas: Propuestas cuyo objetivo principal sea la creación y fortalecimiento de posgrados que no cuenten con el Registro de Calidad de CONACYT, en las áreas definidas como prioritarias por el Gobierno del Estado.

C2) Creación y10 consolidación de Grupos y Redes de Investigación e Innovación: Propuestas cuyo objetivo principal sea la creación y consolidación de grupos de investigación científica y tecnológica en áreas prioritarias del Estado, así como su vinculación e incorporación a instituciones de educación superior, centros de investigación y empresas.

C3) Formación de Especialistas: Propuestas cuyo objetivo principal sea la formación de especialistas, que atiendan una necesidad específica del Gobierno del Estado o generen oportunidades de desarrollo para la región o la entidad.

D. Creación y Fortalecimiento de Infraestructura: Propuestas orientadas principalmente a crear y10 fortalecer la infraestructura científica y tecnológica tales como: creación y10 equipamiento de laboratorios de alta especialidad en instituciones de investigación, creación y10 fortalecimiento de centros de investigación y desarrollo en empresas y parques cientificos y tecnológicos, de museos científicos y tecnológicos, centros o departamentos de desarrollo de productos en empresas y parques tecnológicos.

E. Difusión y Divulgación: Propuestas que consideren la formación de una cultura científica y tecnológica; promuevan la difusión, nacional e internacional del trabajo de la comunidad científica y tecnológica nacional, propicien la transferencia del conocimiento a los sectores usuarios, impulsen la realización de actividades y programas que despierten la creatividad y la vocación científico-tecnológica de la niñez y juventud, impulsen o promuevan las actividades y difusión de museos cientificos o tecnológicos, que fomenten la creación de una cultura de aprecio por el desarrollo y explotación de desarrollos cientificos y tecnológicos.

111. ESTRUCTURA Y CARAC'TER~STICA DE LA PROPUESTA.

l . PREPROPUESTA (Solo en los casos que sea requerida)

1.1 La prepropuesta se define como la presentación ejecutiva o resumida de un proyecto, mediante la cual se determinará si cumple con el requisito de la pertinencia, entendida ésta como el grado en que la iniciativa responde a las demandas específicas de la Entidad

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establecidas en la Convocatoria.

1.2 Deberá presentarse en el formato establecido, disponible en las páginas electrónicas del CONACYT: www.conacvt.aob.mx y10 del Gobierno del Estado, que entre otros aspectos considera:

1) Identificación de la propuesta: (prepropuesta y propuesta) Deberá indicarse el Fondo y convocatoria al que aplica, así como el tipo de solicitud: propuesta o prepropuesta.

2) Datos Generales: (prepropuesta y propuesta) Se indicarán el título de la propuesta, la demanda atendida, la modalidad asociada, clasificación y los datos de la institución proponente, incluyendo el número de registro RENIECYT; los datos del responsable técnico, del responsable administrativo y del representante legal, y en su caso la relación de instituciones participantes.

3) Alcance de la prepropuesta:

a) Resumen del proyecto: Descripción concisa de la propuesta en forma tal, que permita a las instancias de evaluación entender en lo general, la naturaleza y alcance de la propuesta presentada y pueda usarse como referencia en publicaciones o fichas técnicas que sean requeridas.

b) Objetivo general y objetivos específicos: Se indicará el objetivo general y los objetivos específicos de la propuesta, así como las metas asociadas. Deberán establecerse indicadores cuantitativos y cualitativos, medios de verificación y supuestos considerados que permita dar seguimiento objetivo al desarrollo del proyecto.

c) Entregables o productos esperados: Listado y enunciado de los entregables intermedios y finales del proyecto y que constituyen el propósito central del mismo.

d) Contribución del proyecto; Especificar la contribución del proyecto a la atención de la demanda en función de los productos entregables.

e) Impacto econ6mic0, social y10 ambiental. (Solo en caso demandas genéricas) f) Estimado de tiempo y costo de ejecución. g) Estimado de aportaciones complementarias (sólo si es solicitado) d) Usuario de los resultados o productos del proyecto (Solo caso de demandas

genéricas en los cuales no se especifique). Instancia(s) comprometida a aplicar los resultados del proyecto en la atención del problema, necesidad u oportunidad que dio origen a la demanda.

2. PROPUESTA

2.1 Las propuestas deberán presentarse en un lenguaje claro y conciso

emitir sus dictámenes. instancias de evaluación disponer de manera $gil y ordenada de información suficiente para

2.2 Las propuestas deberán atender una de las demandas establecidas en la convocatoria y presentarse en el formato disponible en las páginas electrónicas del CONACYT

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www.conacvt.qob.mx, y del Gobierno de la entidad correspondiente. Estas deberán apegarse, a la estructura descrita en este apartado, sin embargo, si por la naturaleza del proyecto es necesario agregar alguna información de soporte, ésta podrá anexarse usando documentos en formato PDF.

2.3 La estructura de la propuesta considera entre otras cosas: 1) Identificación de la propuesta:

Deberá indicarse el Fondo y Convocatoria al que aplica.

2) Datos Generales: Se indicarán el título de la propuesta, la demanda atendida, la modalidad asociada, clasificación y los datos de la institución proponente, incluyendo el número de registro RENIECYT; los datos del responsable técnico, del responsable Administrativo y del representante legal, así como las demás instituciones e instancias involucradas en su ejecución.

3) Alcance de la propuesta: a) Resumen del proyecto:

Descripción concisa de la propuesta en forma tal, que permita a las instancias de evaluación entender en lo general, la naturaleza y alcance de la propuesta presentada y pueda usarse como referencia en publicaciones o fichas técnicas que sean requeridas.

b) Objetivos y metas del proyecto: Descripción del objetivo general y los objetivos específicos de la propuesta, así como las metas asociadas. Deberán establecerse indicadores cuantitativos y cualitativos, medios de verificación y supuestos considerados que permita dar seguimiento objetivo al desarrollo del proyecto.

c) Entregables o productos esperados del proyecto: Listado y enunciado de los entregables o productos intermedios y finales del proyecto, asociados a la demanda, que permitirán al usuario atender el problema, necesidad u oportunidad que dio origen a la demanda y que constituyen el propósito central del proyecto. En los casos que se considere conveniente podrán listarse los productos asociados a los indicadores de ciencia y tecnología, tale como formación de recursos humanos, patentes, etc.

d) Contribución del proyecto: En función de los objetivos y entregables especificar la contribución d atención de la demanda o solución del problema que dio origen a contribución al avance de la técnica en el área bajo estudio.

e) Impacto económico, social y10 ambiental: (solo en caso de demandas genéricas) Descripción cualitativa y cuantitativa del impacto económico, social y10 ambiental potencial que el estado, municipio o sector obtendrá con la aplicación de los resultados del proyecto. Solamente los casos en que la demanda no haga explicito el impacto esperado.

4) Estructura de la propuesta: a) Antecedentes:

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Descripción del conocimiento científico o técnico, de estudios previos, de análisis de alternativas, de tendencias o prospectivas u otros aspectos que fundamenten la propuesta técnica y evidencien el grado de novedad o contenido innovador de la propuesta, así como el dominio en la atención de la problemática o necesidad que la propuesta pretende atender.

b) Metodología o estrategia de ejecución: Descripción de la base metodológica o estrategia de ejecución para el logro de los objetivos, metas y entregables del proyecto.

c) Programa de actividades: Descripción por etapas de las actividades del proyecto asociadas a la generación y entrega de los resultados o productos esperados intermedios y finales definidos, explicitando tiempos e indicadores que permitan verificar su cumplimiento. La propuesta deberá estructurarse preferentemente en dos etapas sin que las etapas excedan en lo individual, el tiempo de un año de ejecución. No se aceptarán proyecto de una sola etapa.

d) Grupo de trabajo: Descripción cualitativa y cuantitativa de las capacidades científicas, técnicas y administrativas de los participantes en el proyecto y, de ser el caso, de las instituciones u organizaciones a las que estén adscritos. Se deberá enunciar los investigadores asociados que serán financiados por el proyecto, así como los estudiantes asociados que realizarán alguna tarea especifica.

e) lnfraestructura para llevar a cabo el proyecto: lnfraestructura física disponible por las instancias involucradas para ejecutar las actividades del proyecto o través de terceros. Enunciar la infraestructura indispensable para llevar a cabo el proyecto pero que no está disponible en las instituciones participantes.

f) Riesgos Técnicos del proyecto: Descripci6n de posibles contingencias de naturaleza técnica que podrían presentarse durante la ejecución del proyecto e impedir la conclusión exitosa del mismo, su probabilidad de ocurrencia, así como las acciones consideradas para enfrentarlas.

g) Presupuesto: Desglose del presupuesto requerido para cada una de las etapas, desagregando lo solicitado a Fondos Mixtos y en su caso, los recursos concurrentes. Justificación del rubro y monto y en su caso, desglose de requerimientos por institución participantes.

Información de soporte: La propuesta deberá acompañarse de la siguiente información:

Carta institucional de apoyo al proyecto Carta compromiso de participantes en el proyecto, en su caso del usuario (demandas genéricas). Declaración de no adeudo o litigios del responsable técnico con el CONACYT o Gobierno del Estado. Declaración de no duplicidad de apoyo de otro fondo del Gobierno Federal o del

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Gobierno Estatal. Otra información que se considere necesaria.

3. REQUISITOS DE LA PROPUESTA: 3.1 Las propuestas deberán indicar un responsable técnico, un responsable administrativo y la

persona con poderes legales para suscribir Convenios. El primero será responsable de la ejecución del proyecto, del cumplimiento de sus objetivos y metas, de la generación de los productos entregables y de la elaboración de los informes de avance y logros alcanzados; el segundo tendrá la responsabilidad del control administrativo y contable, de la correcta aplicación y comprobación de los recursos canalizados por el Fondo Mixto, así como de la elaboración de los informes financieros y administrativos requeridos; por último, el representante legal o apoderado será la persona física con el poder para contraer compromisos a nombre del sujeto de apoyo y firmar los convenios necesarios. El responsable técnico deberá considerar los siguientes señalamientos:

Si se ausenta de su institución de adscripción por un periodo mayor de tres meses, ya sea por receso sabático o por comisiones durante la ejecución del proyecto, no podrá fungir como responsable del proyecto. Cuando el responsable técnico cuente con un proyecto aprobado vigente, podrá someter una nueva propuesta siempre y cuando justifique su capacidad de coordinar ambos proyectos, sin demérito de su calidad.

3.2 En el caso de propuestas presentadas de manera conjunta por más de una instancia, una de ellas deberá identificarse como representante común, con carácter irrevocable durante el proceso de la Convocatoria, en la suscripción del Convenio de Asignación de Recursos, y durante todo el desarrollo del proyecto hasta su conclusión, y único interlocutor con el Fondo Mixto y el CONACYT. Además deberá responsabilizarse de la coordinación del proyecto tanto en lo técnico como en lo administrativo, correspondiendo a su responsable técnico desempeñar la función de Coordinador General, y será quien tendrá la responsabilidad de integrar los avances y resultados de los grupos individuales, así como mantener la cohesión del grupo de trabajo.

3.3 Las propuestas que involucren la participación de grupos multidisciplinarios podrán especificar los objetivos, metas y productos entregables por cada uno de ellos, así como los recursos requeridos, si así lo consideran pertinente.

3.4 En las propuestas con la participación de más de una instancia, se deberán desglosar los montos requeridos por cada una de ellas. Los recursos serán canalizados, salvo casos de excepción, a través de la institución coordinadora, quien deberá establecer los mecanismos para que los recursos se entreguen a las demás instituciones, mediante los procedimientos que la normatividad de las instituciones establezcan para tal efecto.

3.5 En el caso de proyectos de impacto regional, la propuesta podrá ser evaluada por alguno de los Fondos involucrados y aprobar recursos parciales, siempre y cuando se tenga la aprobación expresa del Comité Técnico y de Administración. 1 /

IV. RUBROS FINANCIABLES:

Se apoyarán los gastos e inversiones indispensables para la ejecución exitosa del proyecto, los cuales deberán estar ampliamente justificados. Los rubros que financiables con recursos

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del Fondo Mixto son, entre otros:

1. Gasto corriente:

1.1 Pasajes y viáticos Del grupo de trabajo, incluyendo a estudiantes asociados y especialistas, científicos o tecnólogos invitados para fines estrictamente relacionados con el proyecto.

1.2 Trabajo de Campo Gasto de personal de apoyo de la localidad e insumos requeridos para la realización de trabajo de campo, así como gastos asociados. Se consideran los gastos por arrendamientos de inmuebles, parcelas y vehículos indispensables para realizar el trabajo de campo.

1.3 Servicios externos Pago por servicios externos especializado a terceros, universidades, instituciones de educación superior, institutos y centros de investigación, empresas de ingeniería y10 consultoría especializada, laboratorios nacionales o extranjeros, para la realización de actividades puntuales y altamente especializadas, siempre y cuando estas sean indispensables y estén plenamente justificados, para asegurar el éxito del proyecto. Pago a empresas especializadas para el seguimiento técnico y financiero del proyecto, solo en los casos que por la naturaleza del proyecto sea justificable.

1.4 Gastos de Operación Gastos relacionados con la operación y mantenimiento de laboratorios y plantas piloto; diseños y prototipos de prueba; herramientas y dispositivos para pruebas experimentales; arrendamiento, reparación y mantenimiento de vehículos, equipo de laboratorio, planta piloto, comunicación y cómputo, indispensables para la ejecución exitosa del proyecto.

1.5 Materiales de consumo y Software. Gastos relacionados con material de consumo de uso directo del proyecto en la fase experimental o de pruebas en la aplicación, incluye seres vivos, reactivos, energéticos y combustibles no incluidos en los rubros de pasajes o trabajo de campo.

Considera la adquisición de licencias y programas de software especializado, indispensables por el proyecto y consumibles para equipo de impresión, cómputo y fotografía y equipos de laboratorio,

Gasto relacionado con adquisición de software, dispositivos y consumibles de equipos de impresión, copiado, computo, laboratorio y otros.

1.6 Investigadores asociados Apoyo para investigadores, expertos y tecnólogos incorporados al 4' de arrollo del -Y proyecto como investigadores asociados, en sus niveles de especialización, maestría o doctorado, preferentemente ex -becarios del CONACYT, con no más de tres años de obtenido el grado al momento de la emisión de la convocatoria y no estén adscritos de tiempo completo a alguna institución o empresa, siempre y cuando sean indispensables para el éxito del proyecto. Los lineamientos de incorporación se detallan en el Procedimiento de Administración de Proyectos que le será entregado al sujeto de apoyo, a la firma del Convenio correspondiente. La participación podrá ser por todo el periodo de vigencia del proyecto,

y los montos de los apoyos por nivel se regirán conforme a la normatividad de la institución solicitante sin exceder los siguientes montos:

Especialidad: Hasta 8 SMGVDF* Maestría: Hasta 12 SMGVDF Doctorado: Hasta 20 SMGVDF

Salario Mínimo General Vigente para el Distrito Federal.

1.7 Apoyo a estudiantes asociados

Apoyo mensual a estudiantes asociados al proyecto que realicen su trabajo de tesis o terminal de licenciatura, o que busquen obtener el grado de especialidad, maestría o doctorado a través de su participación en el proyecto. Los estudiantes deberán tener un promedio general escolar mínimo de 8.0 en el ciclo anterior, estar inscritos en un posgrado nacional de tiempo completo (excepto tesis de licenciatura), justificar plenamente su participación en el proyecto y no tener o haber tenido otra beca para el mismo grado por el CONACYT.

Los montos de los apoyos podrán ser:

Licenciatura (ultimo año): Hasta 2 SMMDF y hasta 9 meses. Especialidad/Maestria:* Hasta 4 SMMDF y hasta 24 meses. Doctorado: * Hasta 6 SMMDF y hasta 36 meses.

* o el tiempo de vigencia del proyecto

1.8 Acervos bibliográficos, servicios de información y registros. Servicios de información científica y tecnológica, acervos bibliográficos y documentales; registro de patentes, pagos de derechos de autor, y de otros títulos de propiedad intelectual e industrial, indispensables para proteger los resultados del proyecto.

1.9 Publicaciones, actividades de difusión y transferencia de resultados. Gastos relacionados con las presentaciones, publicaciones y material para transferir, divulgar y difundir los resultados del proyecto incluyendo la organización de talleres o eventos especializados.

1.1 0 Gastos de capacitación Considera los gastos de entrenamiento necesarias para adquirir la técnica lo práctica indispensable para operar los equipos de trabajo, la infraestructura adquirida o ejecutar alguna componente del proyecto.

1.1 1 Otros Rubros autorizados por el Comité Técnico para atender requerimientos particulares de la convocatoria o para asegurar el éxito del proyecto y que se especifican en las bases de la misma.

2. Gasto de inversión:

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Se refiere a los gastos relacionados con la adquisición de activos o bienes de consumo duradero, inventariables, relacionados estrictamente con el proyecto y plenamente justificados, tales como:

2.1 Equipo de Laboratorio: Adquisición de equipos de laboratorio de prueba y experimentales.

2.2 Maquinaria y equipo: Adquisición de accesorios, maquinaria, plantas piloto o aquellos indispensables para el desarrollo de prototipos, productos de prueba o para el escalamiento industrial.

2.3 Equipo de Cómputo, de telecomunicaciones y transporte Equipo necesario para apoyar el trabajo experimental y el trabajo de campo, así como la operación eficiente de centros de investigación y desarrollo tecnológico. El equipo de transporte deberá ser debidamente justificado y preferentemente compartido el costo con el sujeto de apoyo.

2.4 Herramientas y accesorios Herramientas y accesorios considerados de consumo duradero indispensables en la fase experimental o trabajo de campo.

2.5 Obra civil Considera la construcción de edificaciones para contener, o consideradas, como instalaciones experimentales, de trabajo para personal científico y10 tecnológico, de capacitación y divulgación de actividades científicas y tecnológicas. Incluye los servicios internos básicos, siempre y cuando estén debidamente justificados.

No se considera la adquisición de terrenos ni gastos de urbanización de los mismos.

Los activos adquiridos con recursos del Fondo Mixto serán propiedad de las instancias, instituciones o centros a las cuales se les haya autorizado dicha adquisición, o en el caso de proyectos de infraestructura de la instancia o persona moral que para el efecto se constituya, teniendo éstas la obligación de indicar en la factura correspondiente, que fueron adquiridos con recursos del Fondo Mixto y darlos de alta en sus inventarios de acuerdo a lo establecido en el Procedimiento de Administración de Proyectos.

2. Gastos no elegibles

No son elegibles de financiarse con recursos del Fondo, los siguientes

Compra de vehículos automotores que no sean indispensables para la ejecución del proyecto; equipos y maquinaria cuyo propósito, durante el desarrollo del proyecto, contemple actividades de producción o comercialización del solicitante, o se considere como parte de su infraestructura regular de operación. Los sueldos, salarios o compensaciones económicas u honorarios para el personal de las instituciones participantes. Todos aquellos conceptos como mobiliario, equipo, materiales y gastos en general relacionados con tareas operativas, ya sean administrativas, productivas, de ventas o distribución, incluyendo los relacionados con la publicidad.

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Arrendamiento de oficinas; la adquisición de terrenos y la urbanización de los mismos. Todos aquellos rubros que no sean indispensables para la realización del proyecto.

V. EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE PROYECTOS:

1. Criterios de evaluación:

Las propuestas recibidas se someterán a un proceso de evaluación constituido por tres etapas:

a) Cumplimiento de la Normatividad. En esta etapa se verificará el cumplimiento de los requisitos obligatorios establecidos en la convocatoria correspondiente, que los proponentes deben de satisfacer para proceder a la evaluación y dictaminación de las propuestas tales como:

1) Inscripción en el Registro Nacional de Instituciones y Empresas que realizan actividades Científicas y tecnológicas (RENIECYT).

2) Respaldo institucional de la propuesta. 3) Recepción de la documentación completa solicitada. 4) Declaración de no duplicidad del apoyo de Fondos Federales por parte del sujeto de

apoyo. 5) Declaración de no existencia de litigios o adeudos con el Conacyt de los

responsables del proyecto y en el caso de empresas y centros privados, de los sujetos de apoyo.

6) Otras que considere el Comité Técnico y de Administración

En función de lo establecido en las bases de la convocatoria, se podrán considerar como requisitos:

1) Los montos máximos explicitados en la convocatoria. 2) El tiempo limite de ejecución y10 limites en el número de etapas. 3) Las aportaciones complementarias exigidas. 4) La ubicación geográfica de los beneficiarios de los resultados del proyecto. 5) Otros que establezca la convocatoria y normatividad aplicada.

La verificación de algunos parámetros podrá ser hecha por el sistema en linea,,previo al envio de la propuesta.

b) Análisis de pertinencia: 1) Las propuestas o en su caso prepropuestas, que cumplan

obligatorios serán sometidas a un análisis de pertinencia, es decir la congruencia con la demanda especificada en la Convocatoria, particularmente con los objetivos y productos esperados enunciados en la demanda.

2) En el caso de propuestas que respondan Convocatoria de demandas especificas, los parámetros a evaluar deberán permitir valorar la contribución de la propuesta a la demandas especifica, tales como: i. Atención integral a una de las demandas específicas de la Convocatoria. ii. Congruencia de los objetivos del proyecto con los objetivos establecidos en la

demanda.

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iii. Correspondencia de los productos entregables comprometidos con los productos esperados de la demanda.

iv. Los tiempos de ejecución v. Otros que autorice el Comité Técnico y de Administración:

3) En el caso de propuestas o en su caso prepropuesta que respondan a convocatorias de demanda libre u orientada o de demandas genéricas, los parámetros a considerar deberán asegurar su congruencia con las prioridades y requerimientos particulares de la convocatoria y en el caso de demandas genéricas (temas o líneas de investigación), el impacto o beneficio para el estado, municipio o sector.

c) Calidad Científica y Técnica 1) Las propuestas que han cubierto los criterios de pertinencia serán sometidas a un

proceso de evaluación de la calidad científica y10 técnica a través del cual se determina la probabilidad de que el proyecto alcance los objetivos y metas que se han planteado, así como la originalidad o contenido innovador de la propuesta.

2) Los criterios que se utilizarán para determinar la calidad de la propuesta son entre otros:

Calidad de la propuesta: i. El dominio del tema científico o técnico, del problema y el grado de

novedad de la propuesta. ii. La congruencia entre los objetivos y la contribución esperada. iii. La pertinencia e idoneidad de la metodología o de la estrategia de

ejecución. iv. La congruencia de las metas y actividades con la generación de los

productos entregables. v. La capacidad científica, técnica y administrativa del grupo de trabajo. vi. La disponibilidad y alcance de la infraestructura física. vii. Los Riesgos técnicos del proyecto y la calidad de las estrategias para

enfrentarlos.

Originalidad o contenido innovadoc En alguno de los siguientes casos: __...

i. En la generación del conocimiento. ii. En la aplicación del conocimiento. iii. En el uso de materiales, procesos, servicios y tecnologías

2. Instancias de evaluación:

2.1 La verificación del cumplimiento de los criterios normativos establecidos en la convocatoria será llevada a cabo por el Secretario Técnico del Fondo Mixto.

2.2 El análisis de pertinencia estará a cargo del Grupo de Análisis de Pertinencia (GAP), conformado por representantes de las instancias estatales usuarias de los resultados del proyecto, por miembros de la Comisión de Evaluación conocedores de los temas y10 por especialistas que el Conacyt y el gobierno del estado determinen, facultado por el Comité Técnico y de Administración para analizar la congruencia de las propuestas con la demandas establecidas en la Convocatoria y emitir el dictamen correspondiente.

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2.3 La evaluación científica o técnica de la propuesta estará a cargo de la Comisión de Evaluación del Fondo Mixto, integrada por destacados científicos, tecnólogos y especialistas designados de común acuerdo entre el Conacyt y el Gobierno del Estado, responsables de dictaminar la calidad científica o tkcnica de las propuestas recibidas y emitir una recomendación al Comitk Tkcnico y de Administración del Fondo.

La Comisión de Evaluación se podrá apoyar en: a) La recomendación emitida por Evaluadores del Registro CONACYT de Evaluadores

Acreditados (RCEA). b) La recomendación de evaluadores externos o comisiones especializadas,

designadas por la propia Comisión de Evaluación.

2.4 Las instancias de evaluación se apegarán a los procedimientos y normatividad establecida en el Manual de Procedimientos del Fondo Mixto aprobado por el Comité Técnico y de Administración.

2.5 Es importante destacar que tanto el Grupo de Análisis de Pertinencia como la Comisión de Evaluación contarán únicamente con la información contenida en la propuesta, en su caso en la prepropuesta, para emitir su dictamen, por lo que la claridad y calidad de este documento es un factor fundamental para su correcta evaluación.

3. Criterios de Selección:

3.1 El Comité Técnico y de Administración en función de los recursos disponibles, de la recomendación de la Comisión de Evaluación y de los criterios que considere convenientes, seleccionará las propuestas que recibirán apoyo del Fondo Mixto, aprobará el monto de recursos a cada una de la propuestas seleccionadas e instruirá al Secretario Administrativo para que proceda a la formalización del apoyo y al Secretario Técnico para que proceda con la publicación de resultados en la página del CONACYT y en los medios establecidos en la Convocatoria.

3.2 Algunos de los criterios específicos que el Comité Técnico y de Administración podría utilizar en función de la naturaleza de la Convocatoria, para la selección de propuestas son:

1) Calificación de la Calidad Científica o Técnica de la propuesta 1 2) Impacto y beneficio (demandas genéricas)

a) En los indicadores socioeconómicos del problema. b) En la generación del avance científico y tecnol6gico. c) En la formación de recursos humanos requeridos. d) En la consolidación de la infraestructura científica y tecnológica.

3) Factibilidad de la transferencia, asimilación y adopción de los resultados del proyecto (demandas genéricas).

4) Compromisos del proponente. a) Recursos concurrentes aportados (casos requeridos). b) Personal e infraestructura cornprometida.

5) Tiempo y costo de ejecución.

a) Se dará preferencia a las propuestas que en igualdad de condiciones, tengan ventajas en tiempo y10 costo de ejecuci6n.

VI. ASIGNACIÓN DE RECURSOS Y SEGUIMIENTO DE PROYECTOS.

1. Formalización de los apoyos a los proyectos seleccionados:

Los proyectos que resulten seleccionados para ser financiados por el Fondo Mixto, serán formalizados mediante Convenios de Asignación de Recursos.

En los convenios se definirán claramente los compromisos, productos entregables, fechas de entrega de informes por etapa, incorporando en su caso, las observaciones y ajustes emitidos y aprobados por el Comité Técnico.

En el caso de que en el proyecto participen varias instancias, la asignación de recursos será a través de la institución coordinadora.

2. Monto aprobado, ministración de recursos y ejercicio del gasto :

El monto total aprobado para la ejecución del proyecto será el determinado por el Comité Técnico y de Administración y la ministración de recursos se hará de acuerdo a las etapas que se haya estructurado el proyecto, indicadas en el convenio especifico.

El sujeto de apoyo deberá llevar un control administrativo específico del proyecto, para lo cual deberá aperturar, a nombre del sujeto de apoyo, una cuenta de cheques en alguna institución bancaria para el uso exclusivo del proyecto, mancomunada entre el Responsable Técnico y el Responsable Administrativo. Las aportaciones concurrentes líquidas se deberán depositar en la misma cuenta bancaria, para aplicarse en los rubros comprometidos.

Para el caso que de aquellos sujetos de apoyo que por su normatividad cuenten con una cuenta concentradora, deberá notificarlo al Secretario Administrativo, y garantizar la disponibilidad de recursos hacia el proyecto, conforme a lo establecido en el párrafo anterior.

La primera aportaci6n al proyecto se realizará después de la firma del Convenio respectivo y de la entrega del recibo institucional o factura por el monto solicitado para desarrollar la primera etapa del proyecto, la cual salvo casos debidamente justificados por escrito y autorizados por el Secretario Técnico, no deberá exceder del 50 % del ,monto total autorizado.

El plazo previsto para el desarrollo del proyecto se considerará a partir se realice la primera ministración.

- I Los sujetos de apoyo disponen de un mes calendario a partir de la fecha en que el Fondo Mixto les envíe los Convenios de Asignación de Recursos correspondientes para que sean firmados electrónicamente por el responsable técnico, el responsable administrativo y el representante legal de la institución, así como para aperturar la cuenta de cheques, y para el envio del recibo institucional o factura por el monto de la primera ministración. Salvo en casos de fuerza mayor debidamente justificados por escrito y autorizado por el Secretario Administrativo del Fondo Mixto, el no cumplir en tiempo con estos requisitos podrá ser motivo de cancelación del apoyo.

Solo en casos de falla del sistema informático o que la normatividad estatal impida la firma electrónica, se podrá firmar un documento impreso.

3. Ministraciones subsecuentes y reportes de avance:

Las ministraciones subsecuentes se harán con base a las etapas señaladas en la propuesta, previa evaluación de los avances obtenidos y del cumplimiento de lo establecido en el Convenio.

Los informes deberán presentarse en las fechas comprometidas en el convenio y con el suficiente detalle y especificidad para permitir su puntual seguimiento, utilizando el formato considerado en el Procedimiento de Administración de Proyectos, mismo que será entregado al sujeto de apoyo a la firma del Convenio.

El Responsable Técnico y el Responsable Administrativo del proyecto deberán notificar en los informes de avance, cualquier desviación en el desarrollo y cumplimiento de metas y10 situación financiera que se haya presentado durante la etapa que se reporta, así como las acciones para corregirla. Esto formará parte del histórico del proyecto y será motivo de análisis por parte de las instancias responsables del seguimiento y por las instancias responsables del proceso de evaluación del impacto al término del mismo.

En el caso de proyectos en que participen varias instancias, el responsable del proyecto deberá integrar el informe de avance incorporando lo compromisos de cada una de la instancias participantes.

El Fondo podrá sin responsabilidad suspender e incluso cancelar, las aportaciones subsecuentes en caso de no recibir los informes técnicos y financieros correspondientes.

4. Seguimiento de proyectos.

El Secretario Técnico, con el apoyo de las instancias que considere necesario, hará el seguimiento técnico a los proyectos, así como a los resultados y beneficios finales obtenidos, los cuales servirán de base para el otorgamiento de apoyos posteriores, tal como lo establece el artículo 12, fracción II, de la LCYT.

Por su parte, el Secretario Administrativo hará el seguimiento administrativo y financiero de los proyectos apoyados y se regirá por los procedimientos y normas estableci as.

3 Informe final de resultados.

Al término del proyecto y como parte del compromiso de rendición de && cue tas establecido por el Gobierno Federal, el responsable técnico deberá emitir un informe final de los resultados, beneficios obtenidos y de los potenciales que se visualicen para la Entidad, incorporando además el informe financiero final, elaborado por el responsable administrativo del proyecto, el cual no deberá exceder el periodo de 45 días naturales de concluido el proyecto. Con base en estos informes, el Fondo Mixto podrá generar los indicadores correspondientes y publicar un reporte de los avances y logros alcanzados por el Fondo Mixto. El Secretario Técnico coordinará la evaluación técnica del informe final, tanto por parte de la Comisión de Evaluación como por parte de los representantes de las instancias usuarias

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comprometidas con el proyecto. Con base en estos resultados se procederá al cierre y finiquito del proyecto en caso de ser favorables.

6. Auditorias al proyecto.

El Fondo Mixto se reserva el derecho de aplicar auditorias técnicas y contables en las distintas etapas de la ejecución del proyecto y a la terminación del mismo, sin requerir para ello, de la autorización explícita del beneficiario.

7. Evaluación ex-post del proyecto.

Una vez concluido el proyecto y de acuerdo con su naturaleza, el Fondo Mixto llevará a cabo una evaluación de su impacto, beneficios económicos y sociales para la Entidad, con la metodología y el tiempo que defina en su caso, el Comité Técnico y de Administración.

8. Terminación anticipada.

El proyecto se dará por terminado por los causales indicados en el Convenio de Asignación de Recursos y se procederá de acuerdo a lo establecido en el Manual de Procedimientos para los Fondos Mixtos. Los causales de la terminación anticipada podrán ser: a) Por causas de fuerza mayor o fortuita, sin responsabilidad para el ejecutor. b) Por identificación de desviaciones no reportadas en la etapa de desarrollo

correspondiente por parte de los Responsables Técnico y10 el Responsable Administrativo

b) Por causas imputables al ejecutor del proyecto o por mal uso que éste dé a los recursos otorgados.

En estos últimos dos casos se dará por terminado el proyecto de manera anticipada sin que medie requerimiento judicial alguno, y el ejecutor del proyecto estará obligado a la devolución de todos los recursos otorgados.

VII. CONFIDENCIALIDAD, PROPIEDAD, RECONOCIMIENTOS Y RESULTADOS DE LOS PROYECTOS.

1. La información que se reciba con motivo de la presente dispuesto por la Ley Federal de Transparencia y Gubernamental, por lo que aquella documentación que deba ser clasificada como confidencial o reservada, deberá ser expresamente identificada en la solicitud.

El Comité Técnico y de Administración del Fondo Mixto, establecerá los mecanismos necesarios para asegurar la confidencialidad de la información contenida en todas las propuestas presentadas, tanto en la fase de evaluación como de seguimiento.

2. De conformidad con el Articulo 15 de la Ley de Ciencia y Tecnología, es obligación de los beneficiarios del Fondo Mixto proporcionar la información requerida por el Sistema Integrado de Información Científica y Tecnológica y dar crédito al Fondo Mixto en propuestas, publicaciones, materiales para conferencias, exhibiciones, videocintas y otros productos resultantes del apoyo.

3. Los resultados de los proyectos deberán estar siempre a disposición del Fondo Mixto, que respetará la confidencialidad, los derechos de autor, la propiedad industrial y los lineamientos que emanan de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información

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Público Gubernamental.

4. Los derechos de autor y10 propiedad intelectual e industrial que se generen por el proyecto, serán de los sujetos de apoyo beneficiados por el Fondo Mixto. Los beneficios que de ello se deriven se ajustarán a los términos y condiciones que se estipulen en los Convenios de Asignación de Recursos, mediante los cuales se formalice el financiamiento de los proyectos.

5. Los resultados de los proyectos apoyados se publicarán en las páginas electrónicas del CONACYT y del Gobierno del Estado sin demérito de los derechos de propiedad intelectual e industrial y la confidencialidad requerida.

VIII. CONSIDERACIONES ADICIONALES.

1. Generales.

a) No serán elegibles los proyectos presentados por quienes tengan adeudos con el CONACYT, o conflictos planteados en contra de éste ante instancias administrativas o judiciales, derivados de proyectos apoyados en cualquier programa del propio Consejo. No serán evaluados aquellas propuestas cuyos responsables técnicos presenten retrasos injustificados en el cumplimiento de informes técnicos o administrativos de proyectos apoyados.

b) Tanto el responsable técnico como el responsable administrativo de los proyectos apoyados deberán asegurar el cumplimiento de la normatividad vigente de la institución sujeta de apoyo, así como de lo establecido en el procedimiento PP-04 Administración de Proyectos.

c) Los miembros del Comité Técnico y de Administración del Fondo Mixto o de la Comisión de Evaluación correspondiente, podrán presentar propuestas, sin embargo, se abstendrán de participar en los procesos de evaluación y autorización, conforme a las reglas de operación vigentes.

d) Una misma propuesta no podrá ser susceptible de apoyo por más de un Fondo CONACyT.

e) Las cuestiones no previstas en esta Convocatoria, serán Técnico y de Administración del Fondo.

f) Las decisiones del Comité Técnico y de Administración serán definitiv apelables.

g) El número de proyectos apoyados estará sujeto a la disponibilidad prdsupuesta~ del ' Fondo.

h) A través del Convenio de Asignación de Recursos el Sujeto de Apoyo se compromete a presentar toda y cada una de la documentación soporte que le sea requerida y acredite la totalidad de los recursos que se le asignen para desarrollar el proyecto en los términos establecidos en el Convenio.

2. Previsiones éticas, ecológicas y de seguridad.

A través del Convenio de Asignación de Recursos, el sujeto de apoyo se obligará a cumplir y hacer cumplir durante el desarrollo del proyecto y hasta su conclusión la legislación aplicable, especialmente en materia ecológica, de protección a la bioseguridad y la biodiversidad, así como a respetar las convenciones y protocolos en materia de ética aplicada a la investigación, la legislación aplicable y la normatividad institucional en materia

de seguridad.

A la fecha de firma del Convenio de Asignación de Recursos, se deberá contar con los documentos correspondientes a permisos, autorizaciones y aprobaciones, de las instancias facultadas para emitirlos, con la finalidad de dar cumplimiento a las normas vigentes, en los siguientes casos

a) En los estudios o experimentos que pudieran tener un efecto en el medio ambiente.

b) Las propuestas que involucren estudios o experimentos con la participación de seres humanos, deberá anexarse la aprobación del Comité de Ética y Bioseguridad lnstitucional correspondiente.

c) Cuando se requieran realizar experimentos con animales, se deberá proporcionar información que se tomará para dar cumplimiento a las normas vigentes.

d) Aquellos proyectos cuya realización requiera el uso de materiales radioactivos, sustancias tóxicas o patógenos, deberán contar con la aprobación del organismo oficial de seguridad o de la institución correspondiente (Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguarda, etc.).

e) Cuando se requiera de la colección de especies en áreas protegidas, deberá enviarse el permiso respectivo.

f) Los proyectos en los que se requiera la autorización de exploración y excavación deberá contarse con el permiso de las instancias correspondientes.

g) De igual manera en aquellos proyectos en que sea necesario, deberá cumplirse con lo señalado en las Normas Oficiales Mexicanas, evitando en todo caso el replanteamiento del proyecto.

Los términos de la presente Convocatoria obedecen a las disposiciones legales derivadas de la Ley de Ciencia y Tecnología y sus Instrumentos Normativos, de tal forma que los resultados emitidos solo podrán ser cuestionados en el marco que se señala en las presentes Bases y Términos de Referencia.

IX. GLOSARIO DE TÉRMINOS.

Apropiabilidad Factibilidad de convertirse en una solución tecnológica y10 un caso p encial de negocio. &y

Capacidad tecnológica. Posesión de actitud, aptitud, habilidad y conocimiento requeridos para generar y aplicar tecnología de manera planeada, sisteméltica e integral para la obtención de ventajas competitivas.

Comisión de Evaluación del Fondo Mixto. Grupo voluntario de trabajo integrado por distinguidos científicos, tecnólogos y empresarios especialistas en la materia, designados por el Gobierno del Estado y el CONACYT, responsables de dictaminar la calidad y viabilidad técnica de las propuestas que se presenten al Fondo Mixto.

Los miembros de esta Comisión podrán ser parte de instituciones de educación superior e investigación, públicas o privadas, de organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, y de organizaciones privadas relacionadas preferentemente de

la Entidad.

Comité Técnico y de Administración del Fondo Mixto. Máxima autoridad del Fondo Mixto, responsable del cumplimiento de sus fines y de la autorización de recursos a proyectos.

Coordinador General del proyecto. Persona física responsable ante el Fondo Mixto, de la solicitud de apoyo y de la coordinación del desarrollo de las actividades de un proyecto en el cual participe más de una instancia. Generalmente será el responsable técnico de la instancia proponente.

Demandas Específicas. Conjunto de requerimientos y necesidades identificadas por la Entidad para ser atendidas por la comunidad científica, tecnológica y empresarial con el apoyo del Fondo Mixto.

Entregables. Productos o resultados servicios que le serán entregados a la instancia estatal usuaria para atender el problema o necesidad que dio origen a la demanda.

Etapa de proyecto. Conjunto de actividades de un proyecto, orientadas a generar productos o resultados específicos cuantificables y con requerimientos de tiempo y recursos económicos definidos.

Evaluadores acreditados Investigadores, académicos, tecnólogos, consultores, especialistas o profesionales, inscritos en el Registro CONACYT de Evaluadores Acreditados (RCEA).

Fondo Mixto. Al Fideicomiso constituido por Gobierno del Estado y el CONACYT con el objeto de financiar proyectos de investigación científica y tecnológica, de innovación y desarrollo tecnológico, de formación de investigadores, de infraestructura científica y tecnológica, de difusión y divulgación de la ciencia y la tecnología, en el marco que el Comité Técnico y de Administración autorice.

Grupo de Análisis de Pertinencia Grupo voluntario de trabajo conformado por representantes usuarias de los resultado del proyecto, por científicos,

en la convocatoria.

especialistas en la materia, facultado por el Comité Técnico y de Administración para analizar la congruencia de las propuestas recibidas con las demandas establecidas

lndicadores de Impacto. Medidores del beneficio obtenido y10 potencial resultante de la aplicación de las acciones derivadas del proyecto, en la solución y10 atención del problema, necesidad u oportunidad que dio origen a la demanda.

Instancia. Instituciones, universidades públicas y particulares, centros, empresas, laboratorios y personas que se encuentren inscritas en el Registro Nacional de Instituciones y Empresas Científicas y Tecnológicas (RENIECYT) que presenten solicitudes de apoyo al Fondo.

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Interinstitucional. Se refiere a la participación en el proyecto de por lo menos dos instituciones, centros o empresas.

Mecanismos de Transferencia. Los medios o procesos por los cuales el responsable del proyecto hará la entrega de los resultados de la investigación a la Entidad que le permiten asegurar la asimilación del conocimiento generado.

Pari pasu. Para efectos de esta Convocatoria, se refiere al requisito indispensable de que los recursos financieros provenientes del Sujeto de Apoyo sean aportados con antelación a la ministración del apoyo económico otorgado por el Fondo Mixto y en un monto igual al solicitado.

Pertinencia Grado en que la iniciativa responde a las demandas específicas de la Convocatoria a la que concursa.

Prepropuesta Presentación ejecutiva o resumida de un proyecto, mediante la cual se determina si cumple con el requisito de pertinencia.

Productos Entregables. Productos, servicios, tecnología y procesos que le serán entregados a la Entidad para atender el problema o necesidad que dio origen al proyecto.

Propuesta. Documento que describe el proyecto de investigación científica y tecnológica, de innovación y desarrollo tecnológico, de consolidación de grupos de investigación y de fortalecimiento de la infraestructura científica y tecnológica, que pretenden realizar instituciones, universidades públicas y particulares, centros, laboratorios, empresas públicas y privadas y demás personas, para atender las demandas establecidas por la Entidad, y que se presenta al Fondo Mixto.

Proyecto Propuesta aprobada por el Comité Técnico y de Administración para recibir recursos del Fondo ~ i x t o .

Representante legal. Persona física de la instancia proponente, con capacidad compromisos a su nombre y firmar el.convenio específico de asignación de recursos correspondiente.

Responsable administrativo del proyecto. Persona física responsable de la administración de los recursos otorgados por el Fondo Mixto, para la ejecución de las etapas del proyecto.

Responsable General del proyecto. Persona fisica responsable ante el Fondo Mixto, de la solicitud de apoyo y de la coordinación del desarrollo de las actividades de un proyecto en el cual participe más de una instancia. Generalmente será el responsable técnico de la instancia proponente.

Responsable técnico del proyecto. Persona física responsable ante el Fondo Mixto, de la solicitud de apoyo y del

desarrollo de las actividades de un proyecto.

Servicios Satisfactores derivados del proyecto que la instancia ofrece para resolver el problema o necesidad de la Entidad.

Sujeto de apoyo lnstancia beneficiada con recursos del Fondo Mixto.

SMMDF* Salario Mínimo Mensual para el Distrito Federal.

Usuario. Instancia responsable recibir los resultados o productos del proyecto y de instrumentar las acciones derivadas del mismo en la solución del problema, necesidad u oportunidad que dio origen a la demanda.

ANEXO 3.b

FONDO MIXTOS

TÉRMINOS DE REFERENCIA

"DESARROLLO COMPETITIVO"

l. ALCANCE: El presente documento de Terminos de Referencia complementa las Bases de la Convocatorias emitidas por el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT) y el Gobierno del Estado, a través del "Fondo Mixto" en la modalidad B2), denominada "Desarrollo Competitivo" en la cual, el beneficiario de los resultados de la investigación es una empresa en lo particular.

El contenido de este documento aborda los siguientes puntos:

1. Especificación de las demandas de la Entidad. 2. Estructura y características de las propuestas y prepropuestas 3. Rubros financiables. 4. Evaluación y selección de propuestas. 5. Asignación de recursos y seguimiento de proyectos.

proyectos. 7. Consideraciones adicionales. 8. Glosario de términos.

6. Confidencialidad, propiedad, reconocimientos y difusión de los resultados de los

II. DEMANDAS DE LA ENTIDAD:

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1. Especificación de las demandas de la Entidad.

El Gobierno del Estado, con base en la necesidad de impulsar la generación de proyectos productivos y fortalecer la competitividad de sus sectores estratégicos, particularmente de la micro, pequeña y mediana empresa, han definido la necesidad de apoyar proyectos de investigación, desarrollo e innovación tecnológica que conduzcan a la generación de nuevos productos y10 procesos que permita a la empresa fortalecer la competitividad tecnológica de sus negocios actuales, desarrollar nuevos negocios o crear nuevas empresas de base tecnológica en el estado.

Las acciones científico-tecnológicas requeridas para atenderlo anterior cae en la modalidad que se señala y que atiende a la siguiente definición:

B. Desarrollo tecnológico: 82) Competitivo:

Realizada para el desarrollo con contenido innovador de productos y procesos con un propósito comercial en beneficio de una empresa o grupo de empresas.

III. ESTRUCTURA Y CARACTER~STICA DE LA PROPUESTA.

1. Las propuestas deberán presentarse en un lenguaje claro y conciso que permita a las instancias de evaluación disponer de manera ágil y ordenada de información suficiente para emitir sus dictámenes.

2. La estructura de la propuesta deberá apegarse al formato establecido, el cual está disponible en la página electrónica del CONACYT, que entre otras cosas considera:

1) Identificación de la propuesta: Deberá indicarse el Fondo y Convocatoria al que aplica.

2) Datos Generales:

las demás instituciones e instancias involucradas en su ejecución.

&?í- Se indicarán el título de la propuesta, la modalidad asociada, clasificación y los datos de la institución proponente, incluyendo el número de registro REIVIECYT; los datos del responsable técnico, del responsable Administrativo y del representante legal, así como

3) Alcance de la propuesta: a) Resumen del proyecto:

Descripción concisa de la propuesta en forma tal, que permita a las instancias de evaluación entender en lo general, la naturaleza y alcance de la propuesta presentada y pueda usarse como referencia en publicaciones o fichas técnicas que sean requeridas.

b) Objetivos y metas del proyecto: Descripción del objetivo general y los objetivos específicos de la propuesta, así como las metas asociadas. Deberán establecerse indicadores cuantitativos y cualitativos, medios de verificación y supuestos considerados que permita dar seguimiento objetivo al desarrollo del proyecto.

c) Entregables o productos esperados del proyecto:

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Listado y enunciado de los entregables o productos intermedios y finales del proyecto, asociados a la demanda, que permitirán al usuario atender el problema, necesidad u oportunidad que dio origen a la demanda y que constituyen el propósito central del proyecto. En los casos que se considere conveniente podrán listarse los productos asociados a los indicadores de ciencia y tecnología, tale como formación de recursos humanos, patentes, etc.

d) Oportunidad de negocio y capacidad de Gestión: i. Ventaja competitiva derivada del desarrollo tecnológico (análisis competencia):: ii. Oportunidad de negocio, mercado objetivo y participación esperada: iii. Creación de valor y beneficio económico para la empresa. iv. Riesgos de negocio y estrategias para enfrentarlos. v. Capacidad técnica, administrativa y de gestión para llevar a cabo el proyecto en

sus diferentes fases: desarrollo, inversión y comercialización. vi. Impacto en el desarrollo económico y social del estado: empleos, impuestos, etc.

4) Estructura de la propuesta: a) Antecedentes:

Descripción del conocimiento científico o técnico, de estudios previos, de análisis de alternativas, de tendencias o prospectivas, de la situación de la industria, de los competidores, requerimientos potenciales y no satisfechos, derechos de propiedad generados o esperados u otros aspectos que fundamenten la propuesta técnica y evidencien el grado de novedad o contenido innovador de la misma.

b) Metodología o estrategia de ejecución: Descripción de la base metodológica o estrategia de ejecución para el logro de los objetivos, metas y entregables del proyecto.

c) Programa de actividades: Descripción por etapas de las actividades del proyecto asociadas a la generación y entrega de los resultados o productos esperados intermedios y finales definidos, explicitando tiempos e indicadores que permitan verificar su cumplimiento. La propuesta deberá estructurarse preferentemente en dos etapas, apegarse a los tiempos establecidos en la Convocatoria, sin que las etapas excedan en lo individual, el tiempo de un año de ejecución. No se aceptarán proyecto de una sola etapa.

d) Grupo de trabajo: &d Descripción cualitativa y cuantitativa de las capacidades científicas, técnicas y administrativas de los participantes en el proyecto y, de ser el caso, de las instituciones u organizaciones participantes. Se deberá evidenciar la formalidad de las alianzas o colaboración con centros de investigación o instituciones que apoyen el desarrollo tecnológico.

e) Infraestructura para llevar a cabo el proyecto: Infraestructura física disponible por la empresa o por las instancias externas involucradas en la ejecución del proyecto. Enunciar la infraestructura indispensable para llevar a cabo el proyecto pero que no está disponible en las instituciones participantes y requiere adquirirse..

9 Riesgos Técnicos del proyecto:

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Descripción de posibles contingencias de naturaleza técnica que podrían presentarse durante la ejecución del proyecto e impedir la conclusión exitosa del mismo, su probabilidad de ocurrencia, así como las acciones consideradas para enfrentarlas.

g) Presupuesto: Desglose del presupuesto requerido para cada una de las etapas, desagregando lo solicitado a Fondos Mixtos y en su caso, los recursos concurrentes de conformidad a lo establecido en la Convocatoria. Justificación del rubro y monto.

5) Información de soporte:

La propuesta deberá acompañarse de la siguiente información (en formato PDF): Carta de presentación y compromiso de apoyo al proyecto por parte representante legal de la empresa. Carta compromiso o convenios de terceros participantes en el proyecto. Declaración de no adeudo o litigios del responsable técnico con el CONACYT o Gobierno del Estado. Declaración de no duplicidad de apoyo de otro fondo del Gobierno Federal o del Gobierno Estatal. Declaración de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. Otra información que se considere necesaria.

3. REQUISITOS DE LA PROPUESTA:

3.1 Las propuestas deberán indicar un responsable técnico, un responsable administrativo y la persona con poderes legales para suscribir Convenios. El primero será responsable de la ejecución del proyecto, del cumplimiento de sus objetivos y metas, de la generación de los productos entregables y de la elaboración de los informes de avance y logros alcanzados; el segundo tendrd la responsabilidad del control administrativo y contable, de la correcta aplicación y comprobación de los recursos canalizados por el Fondo Mixto, asi como de la elaboración de los informes financieros y administrativos requeridos; por ultimo, el representante legal o apoderado será la persona física con el poder para contraer compromisos a nombre del sujeto de apoyo y firmar los convenios necesarios.

3.2 Se deberá anexar una carta firmada por el representante legal de la empresa, en la que avale el proyecto, haga explicito el apoyo en su ejecución y aplicación de la tecnología generada en los procesos productivos de la empresa, aportar oportunamente los recursos complementarios y el compromiso de realizar las inversiones necesarias para poner el producto en el mercado. Adjuntar en formato digital PDF o JPG.

3.3 En caso de ser necesario, ya sea Dor limitaciones del formato o por las características del proyecto, se podrá anexar información complementaria

IV. RUBROS FINANCIABLES:

Se apoyarán los gastos e inversiones indispensables para la ejecución ekitosa del proyecto, los cuales deberán estar ampliamente justificados. Los rubros financiables con recursos del Fondo Mixto son entre otros:

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1. Gasto corriente:

1.1 Pasajes y viáticos Del grupo de trabajo, incluyendo a estudiantes asociados y especialistas, científicos o tecnólogos invitados para fines estrictamente relacionados con el proyecto.

1.2 Trabajo de Campo Gasto de personal de apoyo de la localidad e insumos requeridos para la realización de trabajo de campo, así como gastos asociados. Se consideran los gastos por arrendamientos de inmuebles, parcelas y vehículos indispensables para realizar el trabajo de campo.

1.3 Servicios externos Pago por servicios externos especializado a terceros, universidades, instituciones de educación superior, institutos y centros de investigación, empresas de ingeniería y10 consultoría especializada, laboratorios nacionales o extranjeros, para la realización de actividades puntuales y altamente especializadas, siempre y cuando estas sean indispensables y estén plenamente justificados, para asegurar el éxito del proyecto. Pago a empresas especializadas para el seguimiento técnico y financiero del proyecto, solo en los casos que por la naturaleza del proyecto sea justificable.

1.4 Gastos de Operación Gastos relacionados con la operación y mantenimiento de laboratorios y plantas piloto; diseños y prototipos de prueba; herramientas y dispositivos para pruebas experimentales; arrendamiento, reparación y mantenimiento de vehículos, equipo de laboratorio, planta piloto, comunicación y cómputo, indispensables para la ejecución exitosa del proyecto.

1.5 Materiales de consumo y Software. Gastos relacionados con material de consumo de uso directo del proyecto en la fase experimental o de pruebas en la aplicación, incluye seres vivos, reactivos, energéticos y combustibles no incluidos en los rubros de pasajes o trabajo de campo.

Considera la adquisición de licencias y programas de software especializado, indispensables por el proyecto y consumibles para equipo de impresión, cómputo y fotografía y equipos de laboratorio,

Gasto relacionado con adquisición de software, dispositivos y de impresión, copiado, computo, laboratorio y otros.

1.6 Investigadores asociados Apoyo para investigadores, expertos y proyecto como investigadores asociados, en sus doctorado, preferentemente ex -becarios del

para el éxito del proyecto.

obtenido el grado al momento de la emisión de la convocatoria y no estén adscritos de tiempo completo a alguna institución o empresa, siempre y cuando sean indispensables

Los lineamientos de incorporación se detallan en el Procedimiento de Administración de Proyectos que le será entregado al sujeto de apoyo, a la firma del Convenio correspondiente. La participación podrá ser por todo el periodo de vigencia del proyecto,

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y los montos de los apoyos por nivel se regirán conforme a la normatividad de la institución solicitante sin exceder los siguientes montos:

Especialidad: Hasta 8 SMGVDF* Maestría: Hasta 12 SMGVDF Doctorado: Hasta 20 SMGVDF

* Salario Mínimo General Vigente para el Distrito Federal.

1.7 Apoyo a estudiantes asociados

Apoyo mensual a estudiantes asociados al proyecto que realicen su trabajo de tesis o terminal de licenciatura, o que busquen obtener el grado de especialidad, maestría o doctorado a través de su participación en el proyecto. Los estudiantes deberán tener un promedio general escolar mínimo de 8.0 en el ciclo anterior, estar inscritos en un posgrado nacional de tiempo completo (excepto tesis de licenciatura), justificar plenamente su participación en el proyecto y no tener o haber tenido otra beca para el mismo grado por el CONACYT.

Los montos de los apoyos podrán ser:

Licenciatura (último año): Hasta 2 SMMDF y hasta 9 meses. Especialidad/Maestría:* Hasta 4 SMMDF y hasta 24 meses. Doctorado: Hasta 6 SMMDF y hasta 36 meses.

* o el tiempo de vigencia del proyecto

1.8 Acervos bibliográficos, servicios de información y registros. Servicios de información científica y tecnológica, acervos bibliográficos y documentales; registro de patentes, pagos de derechos de autor, y de otros títulos de propiedad intelectual e industrial, indispensables para proteger los resultados del proyecto.

1.9 Publicaciones, actividades de difusión y transferencia de resultados. Gastos relacionados con las presentaciones, publicaciones y material para transferir, divulgar y difundir los resultados del proyecto incluyendo la organización de talleres o eventos especializados.

1.1 0 Gastos de capacitación Considera los gastos de entrenamiento necesarias para adquirir la técnica o práctica indispensable para operar los equipos de trabajo, la infraestructura adquirida o ejecutar alguna componente del proyecto.

1.11 Otros Rubros autorizados por el Comité Técnico para atender requerimiento la convocatoria o para asegurar el éxito dei proyecto y que se especifican eh las bases de la misma.

2. Gasto de inversión:

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Se refiere a los gastos relacionados con la adquisición de activos o bienes de consumo duradero, inventariables, relacionados estrictamente con el proyecto y plenamente justificados, tales como:

2.1 Equipo de Laboratorio: Adquisición de equipos de laboratorio de prueba y experimentales.

2.2 Maquinaria y equipo: Adquisición de accesorios, maquinaria, plantas piloto o aquellos indispensables para el desarrollo de prototipos, productos de prueba o para el escalamiento industrial.

2.3 Equipo de Cómputo, de telecomunicaciones y transporte Equipo necesario para apoyar el trabajo experimental y el trabajo de campo, así como la operación eficiente de centros de investigación y desarrollo tecnológico. El equipo de transporte deberá ser debidamente justificado y preferentemente compartido el costo con el sujeto de apoyo.

2.4 Herramientas y accesorios Herramientas y accesorios considerados de consumo duradero indispensables en la fase experimental o trabajo de campo.

2.5 Obra civil Considera la construcción de edificaciones para contener, o consideradas, como instalaciones experimentales, de trabajo para personal científico y10 tecnológico, de capacitación y divulgación de actividades científicas y tecnológicas. Incluye los servicios internos básicos, siempre y cuando estén debidamente justificados.

No se considera la adquisición de terrenos ni gastos de urbanización de los mismos.

Los activos adquiridos con recursos del Fondo Mixto serán propiedad de la empresa o instancia, a las cuales se les haya autorizado dicha adquisición, teniendo éstas la obligación de indicar en la factura correspondiente, que fueron adquiridos con recursos del Fondo Mixto y darlos de alta en sus inventarios de acuerdo a lo establecido en el Procedimiento PP-05 " Administración de Proyectos ". I

3. Gastos no elegibles

No son elegibles de financiarse con recursos del Fondo, los siguientes rub

Compra de vehículos automotores que no sean indispensables para la ejecución del proyecto; equipos y maquinaria cuyo propósito, durante el desarrollo del proyecto, contemple actividades de producción o comercialización del solicitante, o se considere como parte de su infraestructura regular de operación. Los sueldos, salarios o compensaciones económicas u honorarios para el personal de las instituciones participantes. Todos aquellos conceptos como mobiliario, equipo, materiales y gastos en general relacionados con tareas operativas, ya sean administrativas, productivas, de ventas o distribución, incluyendo los relacionados con la publicidad. Arrendamiento de oficinas; la adquisición de terrenos y la urbanización de los mismos. Todos aquellos rubros que no sean indispensables para la realización del proyecto.

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V. EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE PROYECTOS:

1. Criterios de selección:

Las propuestas recibidas se someterán a un proceso de evaluación constituido por tres etapas:

a) Cumplimiento de la Normatividad. En esta etapa se verificará el cumplimiento de los requisitos obligatorios establecidos en la convocatoria correspondiente, que los proponentes deben de satisfacer para poder proceder a la evaluación y dictaminación de las propuestas tales como: 1) Inscripción en el Registro Nacional de Instituciones y Empresas que realizan

actividades Científicas y tecnológicas (RENIECYT). 2) Respaldo institucional de la propuesta. 3) Recepción de la documentación solicitada. 4) Declaración de no duplicidad del apoyo de Fondos Federales. 5) Declaración de no existencia de litigios o adeudos con el Conacyt del sujeto de

apoyo. 6) Declaración de cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

En función de lo establecido en la convocatoria se podrán considerar como requisitos: 1) Los montos máximos explicitados en la convocatoria. 2) El tiempo limite de ejecución y10 limites en el número de etapas. 3) Las aportaciones complementarias exigidas. 4) La ubicación geográfica de los beneficiarios de los resultados del proyecto. 5) Otros que establezca la convocatoria y normatividad aplicada.

La verificación de algunos parámetros podrá ser hecha por el Sistema lnformático de Fondos previo al envío de la propuesta. /

b) Análisis de pertinencia:

1) Las propuestas se turnarán al Grupo de Análisis de Pertinencia, 8 rup de trabajo y facultado por el Comité Técnico y de Administración del Fondo, para verificar que la propuesta represente una oportunidad de negocio para la empresa y que esta tenga la capacidad técnica, administrativa, financiera o de gestión para llevar a cabo el proyecto en sus diferentes etapas: desarrollo, inversión y comercialización.

2) Los criterios que se aplicarán para el análisis de pertinencia son entre otros:

i. La relevancia de la ventaja competitiva derivada del desarrollo tecnológico. ii. La claridad del mercado objetivo y10 la oportunidad de negocio. iii. El valor agregado y10 beneficio económico para la empresa. ¡v. El conocimiento de los riesgos del negocio y calidad de las estrategias

contingentes. v. La capacidad técnica, administrativa, comercial y de gestión de la empresa

para llevar a cabo el proyecto en sus diferentes fases. vi. Otros que determine el Comité Técnico y de Administración.

c) Calidad Científica y Técnica

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1) Las propuestas que han cubierto los criterios de pertinencia serán sometidas a un proceso de evaluación de la calidad cientifica y10 técnica a través del cual se determina la probabilidad de que el proyecto alcance los objetivos y metas que se han planteado, así como la originalidad o contenido innovador de la propuesta.

2) Los criterios que se utilizarán para determinar la calidad de la propuesta son entre otros:

Calidad de la propuesta: i. El dominio del tema científico o técnico, del problema y el grado de novedad

de la propuesta. ii. La congruencia entre los objetivos y la contribución esperada. iii. La pertinencia e idoneidad de la metodología o de la estrategia de ejecución. iv. La congruencia de las metas y actividades con la generación de los

productos entregables. v. La capacidad cientifica, técnica y administrativa del grupo de trabajo. vi. La disponibilidad y alcance de la infraestructura física. vii. Los Riesgos técnicos del proyecto y la calidad de las estrategias para

enfrentarlos.

Originalidad o contenido innovador: En alguno de los siguientes casos:

i. En la generación del conocimiento. ii. En la aplicación del conocimiento. iii. En el uso de materiales, procesos, servicios y tecnologías existentes.

2. Instancias de evaluación:

2.1 La verificación del cumplimiento de los criterios normativos establecidos en la convocatoria será llevada a cabo por el Secretario Técnico del Fondo Mixto.

2.2 El análisis de pertinencia estará a cargo del Grupo de Análisis de Pertinencia (GAP), conformado por tecnólogos y especialistas, facultado por el Comité Técnico y de Administración para analizar la oportunidad de negocio y la capacidad de gestión de la empresa.

2.3 La evaluación científica o técnica de la propuesta estará a cargo de la Comisión de Evaluación del Fondo Mixto, integrada por destacados científicos, tecnólogos y especialistas designados de común acuerdo entre el Conacyt y el Gobierno del Estado, responsables de dictaminar la calidad científica o técnica de las propuestas recibidas y emitir una recomendación al Comité técnico,^ de Administración del Fondo.

La Comisión de Evaluación se podrá apoyar en: a) La recomendación emitida por ~valuadores del pi$y CONACYT de

Evaluadores Acreditados (RCEA). b) La recomendación de evaluadores externos o comisiones especializadas,

designadas por la propia Comisión de Evaluación.

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2.4 Las instancias de evaluación se regirán por los procedimientos y normas establecidas en el Manual de Procedimientos del Fondo Mixto, aprobado por el Comité Técnico y de Administración.

2.5 Es importante destacar que tanto el Grupo de Análisis de Pertinencia como la Comisión de Evaluación contarán únicamente con la información contenida en la propuesta, en su caso en la prepropuesta, para emitir su dictamen, por lo que la claridad y calidad de este documento es un factor fundamental para su correcta evaluación.

3. Criterios de Selección:

El Comité Técnico y de Administración en función de los recursos disponibles, de la recomendación de la Comisión de Evaluación y de los criterios que considere convenientes, seleccionara las propuestas que recibirán apoyo del Fondo Mixto, aprobará el monto de recursos a cada una de la propuestas seleccionadas e instruirá al Secretario Administrativo para que proceda a la formalización del apoyo y al Secretario Técnico para que proceda con la publicación de resultados en la página del CONACYT y en los medios establecidos en la Convocatoria.

4. Convocatorias abiertas (sin fecha de cierre):

4.1 En los casos de convocatorias abiertas el proceso de evaluación se ajustará a los tiempos establecidos en las Bases de la Convocatoria y se hará con apego a lo establecidos en los procedimientos y normas aprobados.

4.2 La evaluación se llevará a cabo en riguroso orden con el que se reciban las propuesta y se aplicara el principio de primero en tiempo primero en derecho.

4.3 La convocatoria y en consecuencia el tiempo de recepción de propuestas, permanecerá abierta hasta que se agoten los recursos asignados, o en su caso, cuando lo determine el Comité Técnico y de Administración.

4.4 El Secretario Técnico notificará a la empresa proponente los resultados no favorables obtenidos en alguna de las etapas de evaluación, para que en su caso, atienda las observaciones y presente nuevamente su propuesta. Esto será posible en tanto permanezca abierta la Convocatoria, sin embargo, será manejada como una nueva propuesta y entrará al proceso de acuerdo a su fecha de recepción.

4.5 Las propuestas que cubran los requisitos exigidos de calidad serán turnadas al Comité Técnico y de Administración para la autorización de recursos de conformidad con lo recomendado por la Comisión de Evaluación y de acuerdo al procedimiento establecido.

VI. ASIGNACIÓN DE RECURSOS Y SEGUIMIENTO DE PROYECTOS. XJ 1. Formalización de los apoyos a los proyectos seleccionados: I -n

Los proyectos que resulten seleccionados para ser financiados por el F ~ O hilixto, serán formalizados mediante Convenios de Asignación de Recursos.

En los convenios se definirán claramente los compromisos, productos entregables, fechas

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de entrega de informes por etapa, incorporando en su caso, las observaciones y ajustes emitidos y aprobados por el Comité Técnico.

En el caso de que en el proyecto participen varias instancias, la asignación de recursos será a través de la empresa que presentó la propuesta y será la beneficiaria de los resultados.

2. Monto aprobado, ministración de recursos y ejercicio del gasto :

El monto total aprobado para la ejecución del proyecto será el determinado por el Comité Técnico y de Administración y la ministración de recursos se hará de acuerdo a las etapas que se haya estructurado el proyecto, indicadas en el convenio específico.

El sujeto de apoyo deberá llevar un control administrativo especifico del proyecto, para lo cual deberá aperturar, a nombre del sujeto de apoyo, una cuenta de cheques en alguna institución bancaria para el uso exclusivo del proyecto, mancomunada entre el Responsable Técnico y el Responsable Administrativo. Las aportaciones concurrentes liquidas se deberán depositar en la misma cuenta bancaria, para aplicarse en los rubros comprometidos.

La primera aportación al proyecto se realizará después de la firma del Convenio respectivo y de la entrega del recibo institucional por el monto solicitado para desarrollar la primera etapa del proyecto, la cual salvo casos debidamente justificados por escrito y autorizados por el Secretario Técnico, no deberá exceder del 50 % del monto total autorizado.

El plazo previsto para el desarrollo del proyecto se considerará a partir de la fecha en que se realice la primera ministración.

Los sujetos de apoyo disponen de un mes calendario a partir de la fecha en que el Fondo Mixto les envíe los Convenios de Asignación de Recursos correspondientes para que sean firmados electr6nicamente por el responsable técnico, el responsable administrativo y el representante legal de la empresa, así como para aperturar la cuenta de cheques y el envío del recibo o factura de la empresa por el monto correspondiente a la primera ministración. Salvo en casos de fuerza mayor debidamente justificados por escrito y autorizado por el Secretario Administrativo del Fondo Mixto, el no cumplir en tiempo con estos requisitos podrá ser motivo de cancelación del apoyo.

Solo en casos de falla del sistema inforrnático que impida firmar un documento impreso.

3. Ministraciones subsecuentes y reportes de Las ministraciones subsecuentes se harán

establecido en el Convenio. propuesta, previa evaluación de los informes de

Los informes deberán presentarse en las fechas comprometidas en el convenio y con el suficiente detalle y especificidad para permitir su puntual seguimiento, utilizando el formato considerado en el Procedimiento de Administración de Proyectos, mismo que será entregado al sujeto de apoyo a la firma del Convenio.

El Responsable Técnico y el Responsable Administrativo del proyecto deberán notificar en los informes de avance, cualquier desviación en el desarrollo y cumplimiento de metas y10 situación financiera que se haya presentado durante la etapa que se reporta, así como las

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acciones para corregirla. Esto formará parte del histórico del proyecto y será motivo de análisis por parte de las instancias responsables del seguimiento y por las instancias responsables del proceso de evaluación del impacto al término del mismo.

En el caso de proyectos en que participen varias instancias, el responsable del proyecto deberá integrar el informe de avance incorporando lo compromisos de cada una de la instancias participantes.

El Fondo podrá sin responsabilidad suspender e incluso cancelar, las aportaciones subsecuentes en caso de no recibir los informes técnicos y financieros correspondientes.

4. Seguimiento de proyectos.

El Secretario Técnico, con el apoyo de las instancias que considere necesario, hará el seguimiento técnico a los proyectos, así como a los resultados y beneficios finales obtenidos, los cuales servirán de base para el otorgamiento de apoyos posteriores, tal como lo establece el artículo 12, fracción II, de la LCYT.

Por su parte, el Secretario Administrativo hará el seguimiento administrativo y financiero de los proyectos apoyados y se regirá por los procedimientos y normas establecidas en el Manual de Administración de Proyectos aprobado por el Comité Técnico y de Administración.

5. Informe final de resultados.

Al término del proyecto y como parte del compromiso de rendición de cuentas establecido por el Gobierno Federal, el responsable técnico deberá emitir un informe final de los resultados, beneficios obtenidos y de los potenciales que se visualicen para la Entidad, incorporando además el informe financiero final, elaborado por el responsable administrativo del proyecto. Con base en estos informes, el Fondo Mixto podrá generar los indicadores correspondientes y publicar un reporte de los avances y logros alcanzados por el Fondo Mixto.

El Secretario Técnico coordinará la evaluación técnica del informe final, tanto por parte de la Comisión de Evaluación como por parte de los representantes de las instancias usuarias comprometidas con el proyecto. Con base en estos resultados se procederá al cierre y finiquito del proyecto, en caso de ser favorables.

6. Auditorias al proyecto.

El Fondo Mixto se reserva el derecho de aplicar distintas etapas de la ejecución del proyecto y a la ello, de la autorización explícita del beneficiario.

7. Evaluación ex-post del proyecto.

Una vez concluido el proyecto y de acuerdo con su natural Mixto llevará a cabo una evaluación de su impacto, beneficios económicos S para la Entidad, con la metodología y el tiempo que definan en su caso el Comité de Administración.

8. Terminación anticipada. El proyecto se dará por terminado por los causales indicados en el Convenio Asignación de Proyectos y se procederá de acuerdo a lo establecido en el Manual de Procedimientos para Fondos Mixtos. Los causales de la terminación anticipada podrán ser: a) Por causas de fuerza mayor o fortuita, sin responsabilidad para el ejecutor. b) Por identificación de desviaciones no reportadas en la etapa de desarrollo

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correspondiente por parte de los Responsables Técnico y10 el Responsable Administrativo

b) Por causas imputables al ejecutor del proyecto o por mal uso que éste dé a los recursos otorgados.

En estos últimos dos casos se dará por terminado el proyecto de manera anticipada sin que medie requerimiento judicial alguno, y el ejecutor del proyecto estará obligado a la devolución de todos los recursos otorgados. El incumplimiento podrá ser sujeto a la cancelación de su registro en el RENIECYT

VII. CONFIDENCIALIDAD, PROPIEDAD, RECONOCIMIENTOS Y DIFUSI~N DE LOS RESLILTADOS DE LOS PROYECTOS.

1. La información que se reciba con motivo de la presente Convocatoria, esta sujeta a lo dispuesto por la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, por lo que aquella documentación que deba ser clasificada como confidencial o reservada, deberá ser expresamente identificada en la solicitud. El Comité Técnico y de Administración del Fondo Mixto, establecerá los mecanismos necesarios para asegurar la confidencialidad de la información contenida en todas las propuestas presentadas, tanto en la fase de evaluación como de seguimiento.

2. De conformidad con el Artículo 15 de la Ley de Ciencia y Tecnología, es obligación de los beneficiarios del Fondo Mixto proporcionar la información requerida por el Sistema Integrado de Información Científica y Tecnológica y dar crédito al Fondo Mixto en propuestas, publicaciones, materiales para conferencias, exhibiciones, videocintas y otros productos resultantes del apoyo.

3. Los resultados de los proyectos deberán estar siempre a disposición del Fondo Mixto, que respetará la confidencialidad, los derechos de autor, la propiedad industrial y los Iineamientos que emanan de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Público Gubernamental.

4. Los derechos de autor y10 propiedad intelectual e industrial que se generen por el proyecto, serán de los sujetos de apoyo beneficiados por el Fondo Mixto. Los beneficios que de ello se deriven se ajustarán a los términos y condiciones que se estipulen en los Convenios de Asignación de Recursos, mediante los cuales se formalice el financiamiento de los proyectos.

5. Los resultados de los proyectos apoyados se publicarán en las páginas electrónicas del CONACYT y del Gobierno del Estado sin demérito de los derechos de propiedad intelectual e industrial y la confidencialidad requerida. 1 I

VIII. CONSIDERACIONES ADICIONALES.

1. Generales.

a) No serán elegibles los proyectos presentados por quienes eng adeudos con el

proyectos apoyados.

k CONACYT, o conflictos planteados en contra de éste ante instancias administrativas o judiciales, derivados de proyectos apoyados en cualquier programa del propio Consejo. No serán evaluados aquellas propuestas cuyos responsables técnicos presenten retrasos injustificados en el cumplimiento de informes técnicos o administrativos de

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b) Tanto el responsable técnico como el responsable administrativo de los proyectos apoyados deberán asegurar el cumplimiento de la normatividad vigente de la institución sujeta de apoyo, así como de lo establecido en el procedimiento PP-04 Administración de Proyectos.

c) Los miembros del Comité Técnico y de Administracion del Fondo Mixto o de la Comisión de Evaluación correspondiente, podrán presentar propuestas, sin embargo, se abstendrán de participar en los procesos de evaluación y autorización, conforme a las reglas de operación vigentes.

d) Una misma propuesta no podrá ser susceptible de apoyo por más de un Fondo CONACyT.

e) Las cuestiones no previstas en esta Convocatoria, serán resueltas por el Comité Técnico y de Administración del Fondo.

f ) Las decisiones del Comité Técnico y de Administracion serán definitivas e inapelables.

g) El numero de proyectos apoyados estará sujeto a la disponibilidad presupuesta1 del Fondo.

h) A través del Convenio de Asignación de Recursos el Sujeto de Apoyo se compromete a presentar toda y cada una de la documentación soporte que le sea requerida y acredite la totalidad de los recursos que se le asignen para desarrollar el proyecto en los términos establecidos en el Convenio.

2. Garantías:

2.1 La empresa sujeta de apoyo deberá extender una garantía que ampare, tanto la correcta aplicación de los recursos como el cumplimiento de sus compromisos establecidos en el Convenio de Asignación de Recursos, lo cual podrá ser mediante: a) Pagaré expedido a favor del Fondo Mixto por el total del apoyo aprobado, en el caso

que éste no exceda el monto de un millón de pesos. b) Fianza por el 50% de monto total autorizado, cuando el monto del apoyo exceda la

cantidad de un millón de pesos, la cual deberá mantenerse vigente hasta en tanto no se finiquite el proyecto. En lo casos que una de las ministraciones exceda el 50 % del monto total del apoyo, la fianza será por el monto de esta ministración.

2.2 A la conclusión del proyecto y con el finiquito del mismo, el Secretario Administrativo hará la devolución del Pagaré correispondiente o en su caso, emitirá la carta requerida para liberación de la fianza.

2.3 En caso de incumplimiento o desvío del apoyo otorgado, el Fo drá ejercer la fianza o exigir el pago del Pagaré.

3. Previsiones éticas, ecológicas y de seguridad.

A través del Convenio de Asignación de Recursos, el sujeto de a o o b obligará a cumplir y hacer cumplir durante el desarrollo del proyecto y hasta su 'Y onclusión la legislación aplicable, especialmente en materia ecológica, de protección a la bioseguridad y la biodiversidad, así como a respetar las convenciones y protocolos en materia de ética aplicada a la investigación, la legislación aplicable y la normatividad institucional en materia de seguridad.

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A la fecha de firma del Convenio de Asignación de Recursos, se deberá contar con los documentos correspondientes a permisos, autorizaciones y aprobaciones, de las instancias facultadas para emitirlos, con la finalidad de dar cumplimiento a las normas vigentes, en los siguientes casos

a) En los estudios o experimentos que pudieran tener un efecto en el medio ambiente.

b) Las propuestas que involucren estudios o experimentos con la participación de seres humanos, deberá anexarse la aprobación del Comité de Ética y Bioseguridad lnstitucional correspondiente.

c) Cuando se requieran realizar experimentos con animales, se deberá proporcionar información que se tomará para dar cumplimiento a las normas vigentes.

d) Aquellos proyectos cuya realización requiera el uso de materiales radioactivos, sustancias tóxicas o patógenos, deberán contar con la aprobación del organismo oficial de seguridad o de la institución correspondiente (Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguarda, etc.).

e) Cuando se requiera de la colecci6n de especies en áreas protegidas, deberá enviarse el permiso respectivo.

9 Los proyectos en los que se requiera la autorización de exploración y excavación deberá contarse con el permiso de las instancias correspondientes.

g) De igual manera en aquellos proyectos en que sea necesario, deberá cumplirse con lo señalado en las Normas Oficiales Mexicanas, evitando en todo caso el replanteamiento del proyecto.

Los términos de la presente Convocatoria obedecen a las disposiciones legales derivadas de la Ley de Ciencia y Tecnología y sus Instrumentos Normativos, de tal forma que los resultados emitidos solo podrán ser cuestionados en el marco que se señala en las presentes Bases y Términos de Referencia.

IX. GLOSARIO DE TÉRMINOS.

Apropiabilidad Factibilidad de convertirse en una solución tecnológica y10 un caso cial de negocio.

Capacidad tecnológica. Posesión de actitud, aptitud, habilidad y conocimiento requeridos para generar y aplicar tecnología de manera planeada, sistemática e integral para la obtención de ventajas competitivas.

Comisión de Evaluación del Fondo Mixto. Grupo voluntario de trabajo integrado por distinguidos científicos, tecnólogos y empresarios especialistas en la materia, designados por el Gobierno del Estado y el CONACYT, responsables de dictaminar la calidad y viabilidad técnica de las propuestas que se presenten al Fondo Mixto..

Los miembros de esta Comisión podrán ser parte de instituciones de educación superior e investigación, públicas o privadas, de organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, y de organizaciones privadas relacionadas preferentemente de la Entidad.

Comité Técnico y de Administración del Fondo Mixto.

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Máxima autoridad del Fondo Mixto, responsable del cumplimiento de sus fines y de la autorización de recursos a proyectos.

Coordinador General del proyecto. Persona física responsable ante el Fondo Mixto, de la solicitud de apoyo y de la coordinación del desarrollo de las actividades de un proyecto en el cual participe más de una instancia. Generalmente será el responsable técnico de la instancia proponente.

Demandas Específicas. Conjunto de requerimientos y necesidades identificadas por la Entidad para ser atendidas por la comunidad científica, tecnológica y empresarial con el apoyo del Fondo Mixto.

Entregables. Productos o resultados servicios que le serán entregados a la instancia estatal usuaria para atender el problema o necesidad que dio origen a la demanda.

Etapa de proyecto. Conjunto de actividades de un proyecto, orientadas a generar productos o resultados específicos cuantificables y con requerimientos de tiempo y recursos económicos definidos.

Evaluadores acreditados Investigadores, académicos, tecnólogos, consultores, especialistas o profesionales, inscritos en el Registro CONACYT de Evaluadores Acreditados (RCEA).

Fondo Mixto . Al Fideicomiso constituido por Gobierno del Estado de Aguacalientes y el CONACYT con el objeto de financiar proyectos de investigación científica y tecnológica, de innovación y desarrollo tecnológico, de formación de investigadores, de infraestructura científica y tecnológica, de difusión y divulgación de la ciencia y la tecnología, en I marco de las demandas que el Comité Técnico y de Administración autorice.

Grupo de Análisis de Pertinencia Grupo voluntario de trabajo conformado por representantes de las in t ias us rias de los resultado del proyecto, por científicos, tecnólogos y empresario S cialistas en la materia, facultado por el Comité Técnico y de Administración para analizar a congruencia

que dio origen a la demanda.

& de las propuestas recibidas con las demandas establecidas en la convocatoria.

lndicadores de Impacto. Medidores del beneficio obtenido y10 potencial resultante de la aplicación de las acciones derivadas del proyecto, en la solución y10 atención del problema, necesidad u oportunidad

Instancia. Instituciones, universidades públicas y particulares, centros, empresas, laboratorios y personas que se encuentren inscritas en el Registro Nacional de Instituciones y Empresas Científicas y Tecnológicas (RENIECYT) que presenten solicitudes de apoyo al Fondo.

Interinstitucional. Se refiere a la participación en el proyecto de por lo menos dos instituciones, centros o empresas.

Mecanismos de Transferencia. Los medios o procesos por los cuales el responsable del proyecto hará la entrega de los resultados de la investigación a la Entidad que le permiten asegurar la asimilación del conocimiento generado.

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Pari pasu. Para efectos de esta Convocatoria, se refiere al requisito indispensable de que los recursos financieros provenientes del Sujeto de Apoyo sean aportados con antelación a la ministración del apoyo económico otorgado por el Fondo Mixto y en un monto igual al solicitado.

Pertinencia Grado en que la iniciativa responde a las demandas específicas de la Convocatoria a la que concursa.

Prepropuesta Presentación ejecutiva o resumida de un proyecto, mediante la cual se determina si cumple con el requisito de pertinencia.

Productos Entregables. Productos, servicios, tecnología y procesos que le serán entregados a la Entidad para atender el problema o necesidad que dio origen al proyecto.

Propuesta. Documento que describe el proyecto de investigación científica y tecnológica, de innovación y desarrollo tecnológico, de consolidación de grupos de investigación y de fortalecimiento de la infraestructura científica y tecnológica, que pretenden realizar instituciones, universidades públicas y particulares, centros, laboratorios, empresas públicas y privadas y demás personas, para atender las demandas establecidas por la Entidad, y que se presenta al Fondo Mixto.

I

Proyecto 1 Propuesta aprobada por el Comitb Técnico y de Administración Fondo Mixto.

Representante legal. Persona física-de la instancia proponente, con capacidad legal paCg( &traer compromisos a su nombre y firmar el convenio especifico de asignación de recursos correspondiente.

Responsable administrativo del proyecto. Persona física responsable de la administración de los recursos otorgados por el Fondo Mixto, para la ejecución de las etapas del proyecto.

Responsable General del proyecto. Persona física responsable ante el Fondo Mixto, de la solicitud de apoyo y de la coordinación del desarrollo de las actividades de un proyecto en el cual participe más de una instancia. Generalmente será el responsable técnico de la instancia proponente.

Responsable técnico del proyecto. Persona física responsable ante el Fondo Mixto, de la solicitud de apoyo y del desarrollo de las actividades de un proyecto.

Servicios Satisfactores derivados del proyecto que la instancia ofrece para resolver el problema o necesidad de la Entidad.

Sujeto de apoyo Instancia beneficiada con recursos del Fondo Mixto.

SMMDF* Salario Mínimo Mensual para el Distrito Federal.

Usuario.

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Instancia responsable recibir los resultados o productos del proyecto y de instrumentar las acciones derivadas del mismo en la solución del problema, necesidad u oportunidad que dio origen a la demanda.

ANEXO 2

FONDO MIXTO DE FOMENTO A LA INVESTIGACIÓN CIENT~FICA Y TECNOLÓGICA CONACYT-GOBIERNO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN

CONVOCATORIA 200---

DEMANDAS ESPEC~FICAS

Demanda 1 : Enunciado

1. Antecedentes: Descripcibn y dimensión del problema u oportunidad económica y10 social que da origen a la demanda.

2. lndicadores de Impacto: Se refiere a los indicadores del problema u oportunidad a atender, no del proyecto y en los que en su caso, se esperaría tener una contribución positiva con la aplicación de los resultados y entregables del proyecto.

3. Objetivos: 3.1 General 3.2 Específico

4. Productos esperados: Establecen la orientación y alcances que deberán considerarse para atender la demanda. Asimismo se definen los entregables esperados por el usuario para implementar las acciones que permitan la atención del problema u oportunidad que dio origen a la demanda.

5. Tiempo de ejecución requerido: (opcional) Tiempo en el que el usuario espera y requiere se desarrolle el proyecto, de acuerdo a la expectativa de recepción de los productos esperados.

6. Modalidad: Naturaleza de las acciones científicas, tecnológicas y de innovación mediante las cuales se atenderá la demanda especifica.

7. Usuarios: Indica las áreas del Gobierno del Estado que serán responsables de la aplicación de los resultados obtenidos, los cuales recibirán los productos esperados y que serán enlace con los proponentes para clarificar la demanda ylq dqrán el seguimiento necesario del proyecto

8. Consideraciones particulares: (opcional)

9. Enlace: u Datos del enlace designado por el usuario, que apoyará a los proponentes en lo que corresponde a orientación, aclaraciones y precisiones de la demanda que sean necesarios para una mejor formulación de las propuestas.

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ANEXO 4

Formato para la elaboración del calendario de Convocatorias

Convocatoria Fomix 20 - Publicación de Convocatoria: ddlmmlaaaa Límite recepción de propuestas: ddlmmlaaaa Publicación de Resultados ddlmmlaaaa

Para el caso de convocatoria con esquema de prepropuestas

Publicación de Convocatoria: ddlmmlaaaa Límite recepción de prepropuestas: ddlmmlaaaa Publicación de Resultados ddlmmlaaaa Límite recepción de propuestas: ddlmmlaaaa Publicación de Resultados ddlmmlaaaa

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ANEXO 5

FORMATO DE CAPTURA INTEGRADO

l. IDENTIFICACIÓN PROPUESTA 1. Clave: 2. Fondo: (Catálogo) 3. Convocatoria: (Catálogo) 4. Tipo de solicitud:

a. Propuesta b. Prepropuesta

5. Fecha de Recepción:

II. DATOS GENERALES DE LA PROPUESTA 1. Titulo: 2. Demanda atendida: (Catalogo) 3. Modalidad: (Asociada a la demandalcatálogo) 4. Clasificación (Conacyt):

a. Área del PECITI: (Catálogo) b. Area de Conocimiento: (catálogo) c. Área estratégicas: (Catalogo) d. Área de desarrollo e. Palabras clave (3)

5. Sujeto de apoyo: a. Nombre: b. Ubicación: Estado (Catálogo) c. DirecciónIDomicilio fiscal: d. Clave RENIECYT: (liga) e. Sector: (Catálogo) f. Tamaño: (empresa)(Catálogo): g. RFC

6. Responsable Técnico a. Nombre b. Clave CVU: (liga). c. Cargolnombramiento: d. Dirección e. Área:

i. Disciplina: (Catálogo) ii. Subdisciplina: (Catálogo) iii. Especialidad: (Catálogo)

f. Nivel SNI: (Catálogo) 7. Responsable Administrativo:

a. Nombre: b. Cargo: c. Dirección

8. Responsable Legal: a. Nombre: b. Cargo: c. Dirección: d. Poder Notarial:

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9. Instituciones participantes: a. Nombre(s) b. Dependencias/centro/unidad c. Ubicación (estado):

III. ALCANCE DE LA PROPUESTA (Propuesta y Prepropuesta)

A. TODAS LAS MODALIDADES EXCEPTO "DESARROLLO COMPETITIVO"

1. Concentrado de la propuesta : Monto Solicitado: O000000 00.0 % Tiempo Ejecución: 00 meses Aportacion complementaria: 0000000 00.0 % No. etapas proy.: O Total costo proyecto O000000 100.0 % Monto I ra etapa: 00.0 %

Formación recursos humanos en el estado (si aplica): Licenciatura: O Especialidad: O Maestría: O Doclorado: O

l. Resumen del proyecto:

2. Objetivo y metas: a. General: b. Específicos: c. Metas:

3. Entregables: a. Asociados a la demanda b. Asociados a los indicadores de ciencia y tecnología: 'd

4. Contribución del proyecto: a. A la solución del problemalatención a la demanda: b. Al avance de la técnica

5. Impacto económico, social y10 ambiental (solo en caso de demandas genéricas).

B. MODALIDAD DE DESARROLLO COMPE'I'ITIVO (PROYECTO DE EMPRESA)

1. Concentrado de la propuesta : Monto Solicitado: O000000 00.0 % Tiempo Ejecución: 00 meses Aportación complementaria: 0000000 00.0 % No. etapas proy.: O Total costo proyecto O000000 100.0 % Monto solic. I ra etapa: 00.0 %

2. Resumen del proyecto:

3. Objetivos y metas: a. General: b. Específicos: c. Metas:

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4. Resultados o productos esperados: a. Descripción y alcance:

5. Oportunidad de negocio y capacidad de gestión. O Ventaja competitiva derivada del desarrollo tecnológico vs. competidores. O Oportunidad de negocio, análisis del mercado objetivo y participación esperada. O Creación de valor y beneficio económico para la empresa. O Riesgos de negocio y estrategias para enfrentarlos

Capacidad de técnica, administrativa y de gestión para llevar a cabo el proyecto en sus diferentes fases: desarrollo, inversión y comercialización. Impacto en el desarrollo económico y social del estado: empleos, ingresos, impuestos, etc.

IV. ESTRUC'TURA DE LA PROPUESTA:

1. Antecedentes . 1.1. Estado del arte:

a. Estudios previos b. Avances a la fecha c. Literatura (publicaciones, patentes): d. Tendencias y10 prospectiva e. Referencias: f. Situación de los competidores: (caso de empresas)

i. Fortaleza y debilidades tecnológicas: ii. Diferenciación iii. Requerimientos no satisfechos

1.2 Novedad en el enfoque metodológico, en la técnica a esarrollar, en las características del producto a obtener.

1.3 Derechos de propiedad generados o esperados.

u 2. Metodología o estrategia de ejecución.

3. Programa de actividades: 3.1 Actividades y tiempos (meses) asociadas a la generación y entrega de los

resultados o producto esperados. 3.2 Cronograma de actividades por etapas.

4. Grupo de trabajo asociado a las actividades Relación de participantes: Nombre, institución, disciplina, nivel SNI y clave de c v u . a. Investigadores, tecnólogos y10 especialistas b. Asistentes de investigación a incorporar financiados por el proyecto. c. Estudiantes asociados al proyecto.

4.2 Tareas y responsabilidades de los integrantes del grupo de trabajo.

5. Infraestructura para llevar a cabo el proyecto Disponible en las instituciones participantes Disponible vía servicios externos No disponible e indispensable para el éxito del proyecto.

6. Riesgos técnicos del proyecto y la estrategia para enfrentarlos.

7. Presupuesto: 7.1 Requerimiento por producto-actividades, justificación por rubro y concepto. 7.2 Desglose financiero por etapa: solicitado al fondo y aportación complementaria. 7.3 Origen de las aportaciones complementarias. 7.4 Desglose de requerimientos por institución participante.

V. ANEXOS: 1. Relación de anexos

Anexo 1 : Carta Institucional de apoyo al proyecto. Anexo 2: Carta compromiso de participantes y de usuarios (demandas genéricas). Anexo 3: Declaración de no adeudos o litigios del responsable con el CONACYT o el

Gobierno de Estado. Anexo 4: Declaración de no duplicidad de apoyo con otro Fondo del Gobierno Federal

o Estatal. Anexo 5 en adelante: Para información en los casos que el espacio disponible resulte

insuficiente.

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ANEXO 6

DECLARATORIA DE ESTAR AL CORRIENTE DE LAS OBLIGACIONES FISCALES

Lugar y fecha

AL COMITÉ TÉCNICO

FONDO MIXTO DE FOMENTO A LA INVESTIGACIÓN CIENT~FICA Y TECNOLÓGICA CONACYT-GOBIERNO DE NUEVO LEÓN.

Por este conducto y en mi calidad de Representante Legal manifiesto, bajo protesta de decir verdad, que la empresa con Registro Federal de Contribuyentes y domicilio fiscal está al corriente de sus obligaciones fiscales y no tiene litigio alguno con la autoridad correspondiente.

Protesto lo necesario

Nombre y firma

RFC :

Anexo: Copia identificación oficial.

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FONDO MIXTO DE FOMENTO A LA INVESTIGACI~N C ~ E N T ~ F ~ C A Y TECNOLÓGICA CONACYT-GOBIERNO

DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

1. ALCANCE Y FINALIDAD.

TITULO: EVALUACION, SELECCION Y APROBACION DE RECURSOS

1.1 Este procedimiento establece los criterios y lineamientos que rigen la evaluación de la pertinencia y calidad científica y técnica de las propuestas recibidas en respuesta a las convocatorias emitidas por los Fondos Mixtos, conforme a lo dispuesto en las fracciones VI y VI1 del Artículo 35 de la Ley de Ciencia y Tecnología y en congruencia con el Contrato de Fideicomiso y sus Reglas de Operación.

CLAVE: PP-02

Su aplicación tiene como finalidad dictaminar de manera objetiva, sistemática, equitativa y transparente la pertinencia y calidad científica y técnica de las propuestas recibidas en los Fondos Mixtos.

2. RESPONSABILIDADES:

Las instancias involucradas en los procesos de recursos con las atribuciones indicadas en el Evaluación, son las siguientes:

1) El Secretario Técnico del Fondo responsable de la verificación del cumplimiento de los criterios normativos establecidos en la Convocatoria y del apoyo a la Comisión de Evaluación.

Inicio de vigencia: Octubre 2008 Término de Vigencia: Octubre 201 1 No. de Revisión: O

2) El Grupo de Análisis de Pertinencia (GAP) facultado por el Comité Técnico para analizar el grado de congruencia de la propuesta con la demanda.

Acuerdo CTA: E -1212009 No. de Hojas: 23 No. de Anexos: 5

3) La Comisión de Evaluación, responsable de dictaminar la calidad de las propuestas recibidas y para ello se deberá apoyar en:

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a) La recomendación emitida por Evaluadores del Registro CONACYT de Evaluadores Acreditados (RCEA).

b) La recomendación de evaluadores externos o comisiones especializadas, designadas por la Comisión de Evaluación.

4) El Comité Técnico y de Administración del Fondo Mixto (CTA), responsable de la selección y aprobación de recursos a propuestas dictaminadas favorablemente por la Comisión de Evaluación.

Las propuestas recibidas se someterán a un proceso secuencial de evaluación constituido por tres etapas (formato evaluación en el Anexo 1):

3.1 Cumplimiento de la Normatividad.

En esta etapa se verificará el cumplimiento de los requisitos obligatorios establecidos en la convocatoria correspondiente, que los proponentes deben de cumplir para poder proceder a la evaluación y dictaminación de sus propuestas tales como:

1) Inscripción en el Registro Nacional de Instituciones y Empresas que realizan actividades Científicas y tecnológicas (RENIECYT).

2) Respaldo institucional de la propuesta.

3) Recepción de la documentación solicitada.

4) Declaración de no duplicidad del apoyo de Fondos Federales.

5) Declaración de no existencia de controversias o adeudos con el CONACYT de los responsables del proyecto y en el caso de empresas, centros, laboratorios o instituciones privadas, de los sujetos de apoyo.

6) Declaración de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales (caso de empresas).

En función de lo establecido en la convocatoria se podrán considerar como requisitos:

1) Los montos máximos explicitados en la convocatoria.

2) El tiempo limite de ejecución y10 limites en el número de etapas.

3) Las aportaciones complementarias exigidas.

4) La ubicación geográfica de los beneficiarios de los resultados del

5) Otros que establezca la convocatoria y normatividad aplicada.

La verificación de algunos parámetros podrá ser hecha por el Sistema lnformático de Fondos previo al envío de la propuesta, en la medida que éste lo permita.

3.2 Análisis de pertinencia:

Las propuestas que cumplan con los requisitos establecidos en la convocatoria correspondiente serán sometidas a un análisis de pertinencia, es decir la congruencia con la demanda especificada en la Convocatoria, particularmente con los objetivos y

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productos esperados enunciados en la demanda. Los parámetros a considerar son entre otros:

1) La atención a una de las demandas de la convocatoria.

2) La congruencia con los objetivos.

3) Los productos o resultados esperados.

4) Los tiempos de ejecución (caso que se solicite).

Los parámetros deberán permitir valorar la contribución de la propuesta a la demanda específica, por lo que en su caso y con la aprobación del CTA, se podrán incluir parámetros adicionales.

En el caso de propuestas de empresa en la modalidad de desarrollo competitivo, adicionalmente a los parámetros de pertinencia anteriormente descritos que apliquen, se deberá evaluar la contribución del producto, proceso o servicio a desarrollar a la competitividad de la empresa, la oportunidad o impacto en el negocio y la capacidad de gestión de la empresa para llevar a cabo las distintas fases del proyecto incluyendo, las fases de inversión y comercialización.

Los criterios de evaluación a considerar son:

1) La relevancia de la ventaja competitiva derivada del desarrollo tecnológico.

2) La claridad del mercado objetivo y10 la oportunidad de negocio.

3) El valor agregado y10 beneficio económico para la empresa.

4) El conocimiento de los riesgos del negocio y calidad de las estrategias contingentes.

5) La capacidad tecnica, administrativa, comercial y de gestión de la empresa para llevar a cabo el proyecto en sus diferentes fases.

3.3 Calidad Científica y Técnica

Las propuestas que han cubierto los criterios de pertinencia serán sometidas a un proceso de evaluación de la calidad científica y10 tecnica a través del cual se determina la probabilidad de que el proyecto alcance los objetivos y metas que se han planteado, así como la originalidad o contenido innovador de la propuesta.

Los criterios de evaluación que se deberán considerar son:

ii. Calidad de la propuesta

i. El dominio del tema científico o técnico, del problema y elSra& de novedad.

ii. La congruencia entre los objetivos y la contribución esperada.

iii. La pertinencia e idoneidad de la metodología o de la estrategia de ejecución.

iv. La congruencia de las metas y actividades con la generación de los productos entregables.

v. La capacidad científica, técnica y administrativa del grupo de trabajo.

vi. La disponibilidad y alcance de la infraestructura física.

vii. Los Riesgos técnicos del proyecto y la calidad de las estrategias para enfrentarlos.

iii. Originalidad o contenido innovador de la propuesta.

Determinada en términos de si el enfoque y la base metodológica de la propuesta constituyen una solución original o novedosa al problema planteado.

En el caso de desarrollo tecnológico la originalidad o contenido innovador se determina en términos de si éste hace evidente al menos alguna de las siguientes contribuciones:

Un avance significativo de la técnica. La generación de una ventaja competitiva. La generación de derechos de propiedad intelectual.

4.1 El Secretario Técnico deberá establecer los mecanismos para asegurar que en un periodo que no exceda a los 20 días habiles a partir de la fecha del cierre para la presentación de propuestas, o de la recepción de la propuesta en el caso de convocatorias abiertas o permanentes, se lleve a cabo el proceso de evaluación, se elaboren los dictámenes de calidad y se turne al Comité Técnico y de Administración la relación de propuestas que satisfagan los criterios de pertinencia y calidad establecidos por el Fondo Mixto para la selección y aprobación de recursos. En los casos que, por el alcance de la Convocatoria, el número de proyectos esperado sea muy alto, los tiempos se podrán ampliar a 30 días hábiles o más, siempre y cuando se cuente con la autorización del Comité Técnico y de Administración.

4.2 De igual forma deberá establecer conjuntamente con el Secretario Administrativo, mecanismos para que en un periodo que preferentemente no exceda de 10 días hábiles a partir de la conclusión de la evaluación, se lleve a cabo el proceso de selección, aprobación de recursos por parte del Comité Técnico y de Administración, así como la publicación de resultados.

4.3 En el caso de convocatorias permanentes que consideren la posibilidad de atender las observaciones que se le haga a las propuestas, el Secretario Técnico deberá establecer los mecanismos necesarios para asegurar los siguientes tiempos a partir de la fecha recepción: a) Verificación del cumplimiento de los requisitos de la convocatoria: 3 días hábiles (sin

exceder en su caso, una semana para envío de la retroalimentación al proponente). b) Análisis de pertinencia: Hasta 10 días habiles ( sin exceder el periodo de 15 días

hábiles para envío de retroalimentación) c) Evaluación de la calidad científica y técnica de la propuesta: Hasta 20 días hábiles (sin

exceder a 25 días hábiles la notificación desfavorable y de 30 días hábiles la notificación favorable, una vez obtenida en este caso, la aprobación del Comité Técnico y de Administración por el mecanismo establecido p y a tal efecto.).

5. PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN

5.1 Para la verificación del cumplimiento de los criterios en la convocatoria, el Secretario Técnico:

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1) Analizará las propuestas recibidas en el sistema de captura y verificará el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Convocatoria correspondiente que no hayan sido filtrados por el propio Sistema Inforrnático, indicando con un SI o un NO si estos han sido o no atendidos.

2) En su caso, el Sistema no deberá aceptar el envío de propuestas incompletas e indicará al proponente lo que falta de atender.

3 ) Utilizará la parte "Verificación de normatividad" del formato de evaluacidn, disponible en el Sistema Informático, cuyos criterios o parámetros podrán variar en función de lo especificado en la convocatoria correspondiente. En el caso de que alguno de los parámetro no esté considerado, deberá capturarlos en el sistema informática o en su caso, solicitar a la Dirección de Desarrollo Estatal del CONACYT su incorporación, de acuerdo a la flexibilidad del sistema.

4 ) En caso de incumplimiento de alguno de los parámetros normativos, integrará la fundamentación en el formato correspondiente y notijicará al proponente el resultado obtenido para su conocimiento y en el caso de convocatorias permanentes en los que proceda, para que puedan atender el incumplimiento de los requisitos obligatorios.

5) Turnará a la Comisión de Evaluación para su in formacidn, la relación de propuestas que no hayan cumplido con los criterios o requisitos normativos y la integrará a la propuesta de los resultados de evaluación que se presente al Comité Técnico y de Administración.

6 ) Las propuestas que hayan cubierto los requisitos los turnará al Grupo de Análisis de Pertinencia (GAP) para su análisis.

5.2 Para el Análisis de Pertinencia se deberá proceder de la siguiente manera:

1) El Secretario Técnico deberá entregar a los miembros de Grupo de Análisis de Pertinencia una clave de acceso al Sistema Inforrnático, personal e intransferible, para la revisión de la propuesta y evaluación en línea. En los casos en que se decida no hacerlo en Iínea, proporcionará a cada uno de los miembros la información requerida, así como los formatos de evaluación individual impresos y registrará en el Sistema de Información de Fondos Mixtos, las evaluaciones obtenidas al término del proceso.

2) En el caso de convocatorias permanentes el Secretario Técnico establecerá un calendario de reuniones del Grupo de Análisis de Pertinencia, preferentemente desde la convocatoria para asegurar el cumplimiento del tiempo de evaluación considerado.

3) Los integrantes del Grupo de Análisis de Pertinencia deberán firmar un convenio de confidencialidad como condición para acceder a la información, ya sea en Iínea o impresa.

4) Las propuestas deberán ser analizada por al menos tres miembros del Grupo de Análisis de Pertinencia, quienes deberán calificar cada uno de los parámetros especificados en la parte II del Formato de Evaluación. Con base en estas apreciaciones se deberá emitir una opinión consensuada de la pertinencia de las propuestas y de no obtenerse se considerará como calificada.

En el caso que el Grupo de Análisis de Pertinencia se i se procederá de manera directa a emitir una opinión conFnSuada o mayoritaria.

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5) En caso de considerarse conveniente, los integrantes del Grupo de Análisis de Pertinencia podrán obviar el análisis individual y emitir de manera colegiada una opinión consensuada, la cual se deberá registrar en el Formato de evaluación correspondiente y al término del proceso, subirse al Sistema lnformático por parte del Secretario Técnico.

6) Establecido el consenso, el Secretario Técnico deberá elaborar el acta de la reunión, llenará el Formato correspondiente y solicitará la firma de los miembros del Grupo de Análisis de Pertinencia participantes, debiendo estar firmada por al menos tres de sus miembros y por el Secretario Técnico, en su papel de coordinador del Grupo.

7) El Secretario Técnico deberá turnar a la Comisión de Evaluación los resultados obtenidos y procederá a la asignación de evaluadores en el Sistema Informático a las propuestas calificadas como "PERTINENTES", de conformidad con lo establecido por la Comisión de Evaluación.

8) En los casos de convocatorias permanentes, el Secretario Técnico notificará a los responsables de propuestas calificadas como "NO PERTINENTES" los resultados y observaciones emitidas para su atención y puedan aplicar nuevamente a la convocatoria.

9) En los casos que se utilice el esquema de prepropuestas, el Secretario Técnico publicará los resultados de pertinencia e invitará a los responsables de propuestas calificadas como pertinentes, a enviar su propuesta en extenso. La relación de propuestas "Pertinentes" serán turnadas a la Comisión de Evaluación para la asignación de evaluadores.

5.3 Para la dictaminación de la calidad científica y técnica de la propuestas se deberá tener en consideración lo siguiente:

1) La Comisión de Evaluación deberá asignar al menos tres evaluadores acreditados en el RCEA, a cada una de las propuestas, lo cual podrá hacerse previo a la fase del análisis de pertinencia o bien una vez que se cuente con los resultados del análisis, según lo determine la Comisión.

En los casos que se considere necesario, la Comisión de Evaluación podrá designar evaluadores no acreditados, sin embargo salvo casos de excepción, el número de éstos no deberá exceder al número de evaluadores acreditados.

El Secretario Técnico, con el apoyo de la Comisión de Evaluación, deberá subir al sistema las asignaciones especificadas y se responsabilizará del seguimiento de las aceptaciones de los evaluadores y evaluaciones en los tiempos establecidos.

2) Las propuestas deberán contar preferentemente con tres evaluaciones individuales para que con base en ellas, la Comisión de Evaluación emita un dictamen con el consenso de al menos tres de sus miembros.

De considerarlo conveniente, la Comisión de Evaluación podrá establecer criterios de consenso los cuales serán aplicados por el Coordinador, quien presentará al pleno los dictámenes obtenidos bajo estos criterios, para su ratificación.

3) El Secretario Técnico integrará en el formato diseñado para tal el efecto (anexo 2), las evaluaciones individuales incluyendo sus comentarios y observaciones, para que con base en ellas, la Comisión de Evaluación emita un dictamen sobre la calidad científica y técnica de las propuestas y en su caso, definan el juicio, deberían recibir las propuestas.

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4) En caso de no disponer de las tres evaluaciones individuales, la Comisión de Evaluación analizará las evaluaciones disponibles, definirá la necesidad de llevar a cabo las evaluaciones faltantes y en su caso asignará a algunos de sus miembros para que las realicen o integrará algún Grupo Especializado para auxiliarlos en esta tarea. Si lo consideran conveniente, procederán a su evaluación de manera colegiada y a emitir un dictamen por consenso.

5) Los miembros de la Comisión deberán firmar los dictámenes de calidad correspondientes, requiriendo la presencia de al menos el 50 % de los miembros y del Coordinador de la Comisión. El Secretario Técnico deberá subir los dictámenes finales al Sistema Inforrnático de Fondos Mixtos en caso que éstos no se hayan realizado en línea.

6) Con base en el dictamen de calidad, la Comisión de Evaluación hará una recomendación al Comite Técnico y de Administración de las propuestas con méritos suficientes para recibir apoyo del Fondo y en su caso los condicionamientos sugeridos.

7) En el caso de propuestas con dictamen "NO FAVORABLE", la Comisión de Evaluación fundamentará su dictamen, el cual servirá de base para la retroalimentación al proponente.

8) El Coordinador de la Comisión elaborará el acta de la reunión correspondiente, anexando a la misma los dictámenes de todas las propuestas recibidas y la recomendación al Comité Técnico y de Administración, la cual deberá ser firmada por al menos el 50 % de los miembros de la Comisión de Evaluación más el Coordinador de la Comisión y la turnará al Secretario Técnico del Fondo para su custodia.

Por su parte el Secretario Técnico informará por escrito al Secretario Administrativo de los resultados obtenidos tanto del análisis de pertinencia como de la evaluación científica y técnica de las propuesta y solicitará se convoque al Comité Técnico y de Administración para la selección y aprobación de propuestas y se integre a la carpeta de trabajo del Comité, la recomendación de la Comisión de Evaluación.

9) En el caso de convocatorias permanentes, la Comisión de Evaluación establecerá un calendario de reuniones el cual deberá incorporarse en su caso en la convocatoria correspondiente, así como los esquemas de trabajo para asegurar el cumplimiento de los tiempos considerados para la dictaminación de las propuestas recibidas.

6. APROBACIÓN DE RECURSOS:

6.1 El Secretario Técnico con el apoyo del Coordinador de la Comisión de Evaluación, deberá presentar al Comité Técnico y de Administración del Fondo, los resultados del proceso de evaluación y la Propuesta de Asignación de Recursos recomendada por la Comisión de Evaluación. Las propuestas con recomendación favorable deberán ser acompañadas por una ficha técnica que contenga entre otras cosas: objetivos, metas, productos esperados y un resumen del cronograma y del presupuesto sugerido para miembros del Comité.

6.2 El Comite Técnico y de Administración en función de los recomendación de la Comisión de Evaluación y de convenientes, deberá seleccionar las propuestas que aprobará el monto de recursos a cada una de la propuestas seleccionadas e instruirá al Secretario Administrativo para que proceda a la formalización del apoyo y a la Secretario

Técnico para que proceda con la publicación de los resultados en la página del CONACYT y en los medios establecidos en la Convocatoria. Anexo 5

6.3 En el caso de convocatorias permanentes, en que el Comité Técnico y de Administración lo considere conveniente, se podrá autorizar un modelo de "aprobación rápida" para que con la autorización del Presidente del Comité o de su suplente y en su caso del representante del Conacyt, se aprueben recursos a propuestas recomendadas por la Comisión de Evaluación y que le son turnadas a través del Secretario Técnico y del Secretario Administrativo, utilizando para ello los formatos indicados en el anexo 3 y 4. Estas autorizaciones se le deberán presentar al pleno del Comité Técnico y de Administración en la sesión de trabajo más inmediata, para su conocimiento y ratificación.

6.4 En caso de las propuestas con una Recomendación "No Favorable", el Secretario Técnico informará al solicitante del resultado, anexando las observaciones emitidas por las instancias de evaluación. En el caso de propuestas que hayan tenido una recomendación "Favorable" pero no hayan sido seleccionadas por el Comité Técnico y de Administración, informará lo conducente al proponente.

7. CONFLICTOS DE INTERES Y CONFlDENClALlDAD DE LA EVALUACIÓN.

7.1 Los evaluadores acreditados no podrán evaluar propuestas:

a) De su propias instituciones o de sus dependencias en el caso de instituciones nacionales.

b) Donde participe el evaluador o miembros de sus grupos de trabajo. c) De responsables técnicos con los que el evaluador considere haya algún conflicto de

interés.

7.2 Los miembros de la Comisión de Evaluación deberán abstenerse de participar en la asignación de evaluadores, análisis de las evaluaciones individuales y del proceso de dictaminación en propuestas propias, en las cuales participen sus grupos de trabajo o en las que participen investigadores con los que exista algún conflicto de interés.

7.3 El Coordinador de la Comisión de Evaluación manejara de manera confidencial la propuesta presentada por alguno de sus integrantes, tanto en lo referente a la asignación de evaluadores como en los resultados de calidad. En el caso que Coordinador de la Comisión presente una propuesta, la asignación de evaluadores y la dictaminación de la calidad de su propuesta se hará sin la presencia del Coordinador, en cuyo caso los miembros de la Comisión designarán para este efecto, a un Coordinador Sustituto para conducir la evaluaci6n y el resultado directa y confidencial al Secretario Técnico del Fondo.

7.4 Los miembros del Grupo de Análisis de Pertinencia, de la Grupos Especializados, no podrán hacer público los de pertinencia y de la evaluación de la calidad acuerdo a lo señalado en el Convenio de Confidencialidad que firmen para el efecto.

7.5 La retroalimentación a los proponentes no deberá contener el nombre de las personas que evaluaron sus propuestas. Sin embargo se les podrá informar que los nombres de los integrantes de la Comisión de Evaluación están disponibles en la página del CONACYT.

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8. DE LAS SITUACIONES NO PREVISTAS.

8.1 Las situaciones o casos no previstos en este Procedimiento o interpretaciones del articulado deberán ser resueltos por el Comité Técnico y de Administración del Fondo Mixto.

Elaborado por:

Secretario Administrativo - - -

Secretario Técnico

Nombre y firma Fecha 1

Lic. Ro elio Flores de la Peña P Dr. Oscar Vázquez Montiel

Anexo 1

Fondo Mixto Conacyt- Gobierno del Estado de Nuevo León

FORMATO EVALUACION

) clave: Convocatoria:

Titulo: t- 1 Modalidad:

l Demanda Específica atendida:

Parte I : NORMATIVA: (Secretario Técnico) APLICA

l. El solicitante está inscrito en el RENIECYT.

2. Cuenta con la carta institucional de apoyo al proyecto.

3. La información entregada está completa y acorde con lo solicitado.

4. Declaración que la propuesta no está siendo apoyada por otro Fondo del Gobierno Federal.

CUMPLE

SI NO NO

5. Declaración que el responsable no tiene controversia o adeudos con el Conacyt. n 6. Declaración de estar al corriente en sus obligaciones fiscales (empresas) n o u 7. El apoyo solicitado está acorde con lo establecido en la Convocatoria..

8. El tiempo de ejecucion y número de etapas están acorde con lo especificado. u u 9. Considera la aportación complementaria definida en la Convocatoria.

10. La instancia o empresa solicitante está ubicada en el estado.

La propuesta pasa a la fase de evaluación

(Todos los requerimientos normativos que apliquen están cubiertos)

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Parte II .- PERTINENCIA: ( GAP ) Para responder a las siguientes preguntas, deberá consultar las demandas especificas enunciadas en la Convocatoria correspondiente 3

SI NO

1. Atiende de manera clara y concreta a demanda especificada.

2. Los objetivos planteados son congruentes con lo especlflcado en la demanda.

3. Los resultados o productos entregables corresponden a lo solicitado en la demanda o permitirán al estado o sector atender el problema necesidad u oportunidad que dio

origen a la misma.

4. Los tiempos de ejecucion satisfacen las expectativas del estado. u La propuesta tiene pertinencia (Todos los parámetros que aplican tienen una respuesta positiva)

NOMBRE Y FIRMA: Miembro del GAP que evalúa

Parte II .- PERTINENCIA: DESARROLLO COMPETITIVO (EMPRESAS) ( GAP )

Para responder a las siguientes preguntas, deberá consultar el plan de negocios preliminar y la información que para el efecto presente la empresa.

SI NO Justificación:

l. Las ventajas competitivas derivadas del desarrollo tecnologico están definidas y bien sustentadas.

2. El mercado objetivo y10 la oportunidad de negocio está claramente identificada.

3. El beneficio económico o la creación de valor para la empresa está sustentado y justifica la inversión considerada.

4. Los riesgos del negocio estan definidos y se tienen las estrategias precisas para enfrentados.

5. La empresa evidencia su capacidad técnica, administrativa y de gestión para llevar a cabo el proyecto en sus diferentes fases:

desarrollo, inversión y comercialización.

LA PROPUESTA ES PERTINENTE (Todos los parametros que aplican tienen una respuesta positiva)

Observaciones

M¿' Pagina 103 de 241

NOMBRE Y FIRMA:

Parte 111 .- CALIDAD CIENT~FICA Y10 VIABILIDAD TÉCNICA DE LA PROPUESTA (EVALUADORES RCEA)

1. CALIDAD

ESCALA DE REFERENCIA Totalmente desacuerdo Totalmente en de acuerdo

[ 1 1 2 ] 3 1 4 1 5 \ 6 1 7 1 8 1 9 1 1 0 j

Calificación

del tema, de la problemática abordada y del grado de novedad de la propuesta.

aseguran la contribución esperada

/-gis es pertinente. idónea y permite alcanzar los -l +l ( objetivos de ¡a propuesta 1 1 1 4. Las metas, etapas y actividades son congruentes y aseguran

la obtención de los productos comprometidos.

5. La capacidad cientifica, técnica y administrativa del grupo de trabajo garantizan el cumplimiento de las metas establecidas

6. La infraestructura disponible permite la realización de las actividades consideradas y el cumplimiento de los objetivos

7. Los riesgos técnicos del proyecto están claramente identificados y se tienen estrategias precisas para enfrentarlos. 71

NO La calidad científica o viabilidad Técnica de la propuesta es satisfactoria CALIFICACI~N (Todos los parámetros tienen una calificacibn al menos de 7 )

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B. ORIGINALIDAD DE LA PROPUESTA:

El enfoque y la base metodológica de la propuesta constituyen una solución original o novedosa al problema planteado

Parte III .- CALIDAD CIENT~FICA YIO VIABILIDAD TECNICA DE LA PROPUESTA - DESARROLLO COMPETlTllVO - EMPRESAS (EVALUADORES RCEA)

l. CALIDAD

ESCALADEREFERENCIA Totalmente desacuerdo Totalmente en de acuerdo

I 1 1 2 1 3 1 4 1 5 ( 6 1 7 1 8 1 9 1 1 0 I

Calificación 1 1. Los antecedentes técnicos vlo económicos refleian el dominio 1 n 1 del tema, de la abordada y del grado de novedad 1 1

aseguran la contribución esperada

y permite alcanzar los objetivos de la propuesta in

7. Las metas, etapas y actividades son congruentes y aseguran la obtención de los productos comprometidos.

8. La capacidad cientifica, técnica y administrativa del grupo de trabajo garantizan el cumplimiento de las metas establecidas

9. La infraestructura disponible permite la realización de las actividades consideradas y el cumplimiento de los objetivos

y se tienen estrategias precisas para enfrentarlos.

SI NO La calidad científica o viabilidad Técnica de la propuesta es satisfactoria CALIFICACIÓN (Todos los parametros tienen una calificación al menos de 7 )

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B. ORIGINALIDAD O CONTENIDO INNOVADOR:

l. El desarrollo tecnológico propuesto hace evidente al menos alguna de las siguientes contribuciones::

m Un avance significativo de la técnica. La generacion de una ventaja competitiva. La generacion de derechos de propiedad intelectual.

Observaciones :

PRESUPUESTO SOLICITADO SI NO

El presupuesto solicitado está debidamente justificado

Si su respuesta es negativa, indique sus recomendaciones de ajuste al presupuesto

Rubro a modificar 1 Monto solicitado 1 Monto recomendado I I l

Observaciones

-

Rubro a modificar 1 Monto solicitado 1 Monlo recomendado I I

Observaciones

Rubro a modificar ( Monto solicilado 1 Monto recomendado I I l

Observaciones

RECOMENDACl6N FINAL

Phgina 106 de 241

, A 1 Se recomienda su aprobación \m B

Se recomienda su aprobación con las modificaciones y ajustes técnicos y presupuestales que se sugieren.

R No se recomienda su aprobación.

1 Observaciones

NOMBRE DEL EVALUADOR Clave RCEA FIRMA FECHA

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ANEXO 2 FORMATO DICTAMEN DE CALIDAD COMISI~N DE EVALUACI~N

FONDO MIXTO CONACYT - GOBIERNO DEL ESTADO DE

Convocator ia 200-

Dictámen de Calidad

Clave del proyecto

Tltulo del Proyecto

11. Antecedentes técnicos v novedad 1 1 1 1 1 1 1

l. CALIDAD ClENTlFlCA Y10 VIABILIDAD TÉCNICA

Parametros de Evaluaclbn

1 E l presupuesto esti4 debidamente /ustífícado 1 1 1 1 1

Evaluaciones Indlvlduales

3. Metodología o estrategia de ejecución

4. Metas, etapas y actividades

II. ORIGINALIDAD O CONTENIDO INNOVADOR

1 Eval. i 1 Eval. 2 1 €val. 3 1 Eval. N 1 Prom. 1 C. E.

1 I 1 1 1

5. Capacidad del grupo de trabajo

6. Infraestructura disponible

7. Riesgos Técnicos

Califfcaci6n Promedio

Recomendaclbn indlvldual

Evaluador 1 Evaluador 2 Evaluador 3 Evaluador N

1

II. Dlctamen de Calldad Aprobado (A)

Aprobado con rsstrlcclones (6)

III. Nombres y Flrmas

Comisionado 1

Comisionado 2

Comisionado 3

Comisionado 4

Comisionado S

Comisionado 6

Comisionado 7

Comisionado 8

Coord. de ia Comísi6n

No aprobado (NA)

d Firma

Firma

Firma

Firma

Firma

Firma

Firma

Firma

ANEXO 2 CONT. ....

ANALlSlS DEL PRESUPUESTO Clave del proyecto: Titulo del proyecto:

Gasto de Inversión:

Total de inversión

GRAN TOTAL 1 1 I OBSERVACIONES

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ANEXO 2 CONT. ....

Clave del proyecto:

Título del Proyecto:

OBSERVACIONES EVALUADORES INDIVIDUALES

EVALUADOR 1

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EVALUADOR 2

EVALUADOR 3 EVALUADOR N

ANEXO 3 Fondo Mixto Conacyt- Gobierno del Estado de Nuevo León

Recomendación de la Comisión de Evaluación l. Datos Generales:

( Titulo del Proyecto

l. CRITERIOS NORMA'I'IVOS

Cumplió

Clave del proyecto

Instituciónlempresa Responsable Técnico

7

No. Etapas Duración proyecto

II. PERTINENCIA

Convocatoria Clave Registro Reniecyt Fecha de ingreso solicitud Fecha emisión

Pertinente

III. CALIDAD TECNICA Y ClENTlFlCA

Dictamen Favorable m Calificación:

IV. RECOMENDACION FINAL

SE RECOMIENDA SU APROBACIÓN

NO cumplió

NO pertinente O

Dictamen No Favorable

SE RECOMIENDA SU APROBACIÓN CON i A S MODIFICACIONES y . 4 1 AJUSTES PRESUPUESTALES SUGERIDOS

NO SE RECOMIENDA SU APROBACIÓN

V. PRESUPUESTO SUGERIDO Gasto Corriente Gasto de Inversión Total

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I Nombre l l l

Firma Firma Nombre

FECHA : m

ANEXO 4 Fondo Mixto Conacyt- Gobierno de Nuevo León

Aprobación de Recursos a Propuestas de Empresas Convocatoria Permanente

l. Datos del Sujeto de Apoyo:

] Nombre de la empresa ] Clave del proyecto

Clave Registro Reniecyt I

I I Domicilio Fiscal Convocatoria

I l 1 1

II. Recursos aprobado por el Fondo

Responsable Legal

Responsable Técnico

Responsable Administrativo

Fecha de ingreso solicitud

Monto solicitado

Monto Aprobado

III. Recursos comprometidos por la empresa

IV. REVISIONES Y AUTORIZACIONES

Concepto

Gasto Corriente

Gasto Inversión

Total

Total

Firma Presidente CTA

Monto Ida. Etapa

Concepto

Gasto Corriente

Gasto Inversi6n

Total

Secretario Técnico CTA gecretario Administral;ivo I

-

Periodo Monto 1 ra. Etapa

Total

Periodo Monto

Monto

Periodo

1 ra. Etapa Periodo Monto

2da. Etapa Periodo Monto Periodo

ANEXO 5

Fondo Mixto de Fomento a la Investigación Científica y Tecnológica Conacyt- Gobierno del Estado de Nuevo León

RESULTADOS Convocatoria 2 0 0 - 0 -

El Comité Técnico y de Administración del Fondo Mixto CONACYT-Gobierno del Estado de Nuevo León notifica a la comunidad que, en su reunión del pasado .. . . de .... de 200.. dio por concluido el proceso de evaluación y selección de la Convocatoria ... .. . ... Las propuestas que aparecen en el siguiente listado han sido aprobadas por dicho Comité y podrán ser sujetas de apoyo, previa formalización y compromiso mediante la firma del Convenio de Asignación de Recursos correspondiente.

RELACIÓN DE PROYECTOS APROBADOS

Los proyectos están condicionados en su caso, a cumplir con las observaciones emitidas por el Comité Técnico y de Administración mismas que les serán notificadas por el Secretario Técnico del Fondo.

Los sujetos de apoyo dispondrán de 30 días naturales a partir del envio del Convenio de Asignación de Recursos para su formalización, apertura de cuenta y entrega del recibo o factura por la primera ministración. Deberán acudir con el Secretario Administrativo del Fondo CONACYT-Gobierno del Estado de Nuevo León para iniciar los trámites o para mayor información.

Ciudad de , a los d í a s del mes de - del 200-

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FONDO MIXTO DE FOMENTO A LA INVES~'IGACIÓN CIEN'~~FICA Y TECNOLÓGICA CONACYT-GOBIERNO

DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

1 TITULO: Formalización do1 annvn l r.1 A V F PP-03 I

- - --

/ No. de ~evisión: O 1 No. de~nexos: 4 1

*

) Inicio de vigencia: Octubre 2008 Acuerdo CTA: E -1 212009

1. ALCANCE Y FINALIDAD. Este procedimiento establece los lineamientos para formalizar con los sujetos de apoyo, la entrega de recursos para la realización de proyectos aprobados por el Comité Técnico y de Administración y establecer los derechos y obligaciones que asume el Sujeto de Apoyo con el Fon-do.

1 Término de Vigencia: Octubre 201 1

2. RESPONSABILIDADES 2.1. Es responsabilidad del Secretario Administrativo, en su carácter de representante legal del

Fondo para estos actos, elaborar y suscribir los Convenios de Asignación de Recursos con los sujetos de apoyo, una vez que se cuente con el acuerdo de Comité Técnico y de Administración y se hayan publicado los resultados de la convocatoria correspondiente.

No. de Hojas: 31

2.2. El Secretario Técnico deberá asistir al Secretario Administrativo en la verificación y precisión de los compromisos, recursos y calendarios establecidos por el sujeto de apoyo.

2.3. El Sujeto de Apoyo a través de su representante legal deberá suscribir el Convenio de Asignación de Recursos, debiendo firmarlo mancomunadamente con el Responsable Administrativo y el Responsable Técnico del Proyecto, y cumplir en tiempo y forma con las obligaciones y compromisos establecidos en el mismo.

3. NOTIFICACI~N DEL APOYO Y TIEMPOS PARA LA FORMALIZACI~N: 3.1. Con base al acuerdo del Comité Técnico y de Administración y una vez publicados los

proyectos aprobados en la página del CONACYT y en los medios que el Comité Técnico autorice, el Secretario Administrativo notificará de manera formal al sujeto de apoyo la aprobación de su proyecto, el monto de recursos y rubros autorizados, en su caso los condicionamientos u observaciones, así como los requisitos y tiempo formalizar el apoyo. Anexo 1

1

El comunicado podrá ser enviado por medios electrónicos y obtenerse el acuse de recibo correspondiente.

3.2 Una vez notificado, el sujeto de apoyo contará con un plazo de 2 0 p a hábiles para firmar el Convenio de Asignación de Recursos, salvo casos de fuerza 48 m yor debidamente justificados y aprobados por el Secretario Administrativo, como es el caso de la ausencia física del representante legal del Sujeto de Apoyo o por ajustes solicitados por el propio Fondo que no puedan ser atendidos en el periodo considerado. La petición de un mayor

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tiempo deberá ser hecha al menos con una semana antes de que concluya el periodo establecido.

4. CONVENIOS DE ASIGNACION DE RECURSOS:

4.1 El Secretario Técnico revisará con el Responsable Técnico del Proyecto las observaciones emitidas por la Comisión de Evaluación y aprobadas por el Comité Técnico y de Administración, y en su caso, se incorporarán en los anexos correspondientes, que forman parte del Convenio de Asignación de Recursos.

En el caso de que el sujeto de apoyo no acepte la observaciones o ajustes presupuestales, se procederá a la cancelación del proyecto, para ello el Secretario Administrativo notificará por escrito al responsable legal e informará al Comité Técnico y de Administración en la siguiente reunió de trabajo. En el caso que derivado de la revisión de las observaciones con el responsable técnico, el Secretario Técnico, con la opinión del usuario y en su caso de la Comisión de Evaluación, considere que procede un ajuste al alcance o al presupuesto autorizado, lo deberá presentar al Comité Técnico para su debida aprobación.

4.2 De no requerir algún cambio o en su caso, hecho los ajustes necesarios, el Secretario Administrativo, elaborará el Convenio de Asignación de Recursos, utilizando el modelo de Convenio Asignación de Recursos correspondiente:

a) Para instituciones, b) Para empresas, c) Interinstitucionales.

Referirse a los anexos 2.A, 2.8 y 2C respectivamente.

El Convenio de Asignación de Recursos deberá contener entre otros, los siguientes puntos:

a) La aprobación del proyecto y su denominación. b) El monto de recursos autorizados por el Fondo Mixto para apoyar la realización del

proyecto. c) El cronograma de actividades, entregables y desglose financiero (Anexos). d) Las instancias usuarias resultados o productos y los indicadores de impacto del

proyecto (Anexo) e) La obligación del sujeto de apoyo de aplicar exclusivamente al desarrollo del

proyecto, la totalidad de los recursos que se le canalicen y devolver en su caso, los recursos no erogados.

f) Las sanciones aplicables al sujeto de apoyo en caso de incumplimiento.

4.3 En el convenio deberá quedar explícito para cada una de las etapas del proyecto, las metas, compromisos, entregables, fechas de entrega de informes, así como el monto del recurso autorizado y, en los caso que aplique, las aportaciones comprometidas por el sujeto de apoyo o terceros interesados en los resultados de los proyectos.

4.4 El Convenio de Asignación de Recursos deberá firmarse de manera electrónica, salvo los casos de excepción que exista impedimentos legales o físicos del sujeto de apoyo para hacerlo. En este supuesto, el Secretario Administrativo enviará al Suj para firmarse de manera autógrafa en tres tantos y una

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Sistema Inforrnático de Fondos y turnará un tanto al Responsable Legal del Sujeto de Apoyo y al Secretario Técnico del Fondo.

Para el caso de los convenios de asignación de recursos a firmarse de manera electrónica, el Secretario Administrativo solicitará al sujeto de apoyo genere una llave privada para la firma del convenio.

4.5 Una vez formalizado el convenio, el Secretario Administrativo deberá: a) Integrar el convenio y sus anexos, al expediente del proyecto. b) Solicitar y recabar del sujeto de apoyo:

1) Copia del contrato de apertura de la cuenta de cheques. 2) Copia del depósito correspondiente a la aportación del sujeto de apoyo

(cuando aplique) 3) Recibo institucional o factura (cuando aplique) del sujeto de apoyo,

correspondiente a la primera ministración, el cual deberá cumplir con los requisitos fiscales vigentes al momento de su emisión.

4) Datos bancarios de la cuenta de cheques del sujeto de apoyo para realizar el depósito electrónico, incluyendo el numero de CLABE.

5) En caso de empresas, la entrega de garantías de conformidad con lo establecido en la convocatoria respectiva.

4.6 El Secretario Administrativo salvo los casos debidamente justificados, procederá a la cancelación de los proyectos que no sean formalizados en tiempo y forma por el Sujeto de Apoyo, e informará al Comité Técnico y de Administración en su próxima reunión de trabajo.

5. PROYECTOS INTERINS'TITUCIONALES 5.1 En el caso que un proyecto participe más una institución, el convenio se formalizará con

la institución o instancia coordinadora y se especificará en un anexo, las instituciones involucradas así como la distribución de recursos por institución. La instancia coordinadora deberá preferentemente firmar un convenio de colaboración con las instituciones involucradas.

5.2 En los casos que la normatividad de las instituciones involucradas no permitan lo expuesto en el apartado previo, se podrá firmar por excepción, convenios específicos o conjuntos, con las instituciones involucrada con el objeto de canalizar los recursos que le corresponden, sin embargo se mantendrá el esquema de relación y responsabilidad con la instancia coordinadora establecido, así como referencia Única del proyecto.

Anexos: Anexo 1 Comunicado de resultados de la convocatoria. Anexo 2. A Convenios de Asignación de Recursos Institucionales. Anexo 2. B Convenios de Asignación de Recursos Empresas. Anexo 2. C Convenios de Asignación de Recursos Interinstitucionales

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Secretario Administrativo Ing. Francisco Niebla Vargas

Fecha Elaborado por: I

Nombre y firma

Secretario Técnico Dr. Oscar Vázquez Montiel

ANEXO 1

- 9 9 - de de

Clave. Título de la propuesta.

Responsable Técnico Institución

Le informo que el proceso de evaluación y selección de las propuestas recibidas en la Convocatoria 200X-OX del Fondo Mixto de Fomento a la Investigación Científica y Tenológica CONACYT-Gobierno del Estado de Nuevo León, ha concluido. Me es grato informarle que el Comité Técnico y de Administración del Fondo aprobó la propuestas " clave, titulo y autorizó recursos por un $monto (monto en letras pesos 001100 M.N.), de la cual usted es el responsable técnico.

Comentarios Adicionales. (si procede)

El apoyo esta condicionado a ... ... ... ... ...... ... ... ... ... ... ...... ... ... ... ...... ...... ..

y en su caso, a la aceptación del compromiso de llevar cabo el proyecto con el alcance y tiempo propuesto, con el recurso autorizado. En caso afirmativo deberá enviar el nuevo desglose financiero en el Formato disponible en el Sistema Informática de Fondos.

La firma del Convenio de Asignación de Recursos correspondiente deberá realizarse en un plazo no mayor a 30 días calendario de recibida esta notificación, para lo cual podrá recurrir a las oficinas de la Secretaría Administrativa ubicada en . . . . . . . . . ... . . . . . Telefonolfax y correo electrónico para mayor información.

Agradeceré el envío del acuse de esta notificación y haga del conocimiento tanto al apoderado legal de la instituciónlempresa como del responsable administrativo del proyecto.

Atentamente ,' '

Nombre Secretario Administrativo del Comité Técnico y de U Administración del Fondo Mixto CONACYT-Gobierno del Estado de Nuevo León

Ccp:

Titular o responsable legal del sujeto de apoyo. Secretario Técnico del Fondo

ANEXO 2.A

CONVENIO DE ASIGNACION DE RECURSOS INSTITUCIONES

CONVENIO DE ASIGNACIÓN DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, NACIONAL FINANCIERA, S.N.C, INSTITUCIÓN FIDUCIARIA EN EL FIDEICOMISO DE ADMINISTRACI~N E INVERSION DENOMINADO "FONDO MIXTO DE FOMENTO A LA INVESTIGACI~N CIENT~FICA Y TECNOLÓGICA CONACYT - GOBIERNO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN", AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ EL "FONDO", POR CONDUCTO DEL COMO SECRETARIO ADMINISTRATIVO DEL "FONDO", A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ EL "SECRETARIO ADMINISTRATIVO", ASISTIDO EN ESTE ACTO POR EL , EN SU CALIDAD DE SECRETARIO TÉCNICO DEL "FONDO"; Y POR OTRA PARTE QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ EL "SU.IET0 DE APOYO", REPRESENTADO POR EN SU CALIDAD DE AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:

A N T E C E D E N T E S

1.- Que uno de los objetos primordiales de la Ley de Ciencia y Tecnología, contenido en su artículo lo, consiste en regular los apoyos que el Gobierno Federal se encuentra obligado a otorgar, para impulsar, fortalecer y desarrollar la investigación científica y tecnológica en el país, así como para determinar los instrumentos jurídicos, financieros y administrativos, mediante los cuales cumplirá con esta obligación de apoyo.

2.- Que el artículo 23 fracción IV de la Ley de Ciencia y Tecnología (LCyT), prevé la constitución de Fondos Mixtos CONACYT, cuyo objeto será el otorgar apoyos y financiamientos a las actividades directamente vinculadas al desarrollo de la investigaci6n cientifica y tecnológica.

3. Que el articulo 35 de la Ley de Ciencia y Tecnología (LCyT), establece que "EL CONACYT" podrá convenir con los gobiernos de las Entidades Federativas y de los Municipios, el establecimiento y operación de Fondos Mixtos de carácter regional, estatal y municipal de apoyo a la investigación científica y tecnológica, que podrán incluir la formación de recursos humanos de alta especialidad.

4.- Que el "CONACYT" con base en las atribuciones legales de que dispone y de conformidad con los lineamientos establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, y en el Programa Especial de Ciencia y Tecnología e Innovación, tuvo a bien expedir las Reglas de Operación de los Programas del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 26 de febrero del 2003, dentro de las cuales se incluyen las relativas a los Programas de Fomento a la Investigación Científica y / de Fomento a la Innovación y al Desarrollo Tecnológico.

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5.- Con fecha 2 de mayo del año 2002, el Gobierno del Estado de Nuevo León y el "CONACYT", con fundamento en los artículos 23 Fracción IV, 26 y 35 de la Ley de Ciencia y Tecnología celebraron convenio para establecer el "FONDO".

6.- Que con fecha 2 de mayo de 2002, el Gobierno del Estado de Nuevo León y el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, en su calidad de Fideicomitentes, celebraron convenio con Nacional Financiera, S.N.C., en su calidad de Institución Fiduciaria, para establecer el Fideicomiso denominado "Fondo Mixto de Fomento a la Investigación Científica y Tecnológica CONACYT-Gobierno del Estado de Nuevo León, cuya finalidad fundamental es la canalización de recursos para la realización de investigaciones científicas o tecnológicas, innovación y desarrollos tecnológicos, formación de recursos humanos especializados, becas, divulgación científica y tecnológica, creación y fortalecimiento de grupos o cuerpos académicos de investigación y desarrollo tecnológico, y de la infraestructura de investigación y desarrollo que requiera el Gobierno del Estado, conforme a las modalidades que para cada caso expresamente determine el Comité Técnico y de Administración del Fondo.

6.- El "FONDO", en términos del artículo 35 Fracción III de La Ley de Ciencia y Tecnología, considera como sujetos de apoyo a "las Universidades e Instituciones de Educación Superior, publicas y particulares, centros, laboratorios, empresas públicas y privadas y demás personas que se inscriban en el Registro Nacional de Instituciones y Empresas Científicas y Tecnológicas" que establece la Ley de Ciencia y Tecnología, los cuales son elegidos mediante concurso y bajo las modalidades que expresamente determine el Comité Técnico y de Administración, con apego a las Reglas de Operación del Fideicomiso y según la convocatoria correspondiente.

7.- Que previo proceso de evaluación a que se refieren las Reglas de Operación del "FONDO", el Comité Técnico y de Administración, en su sesión de fecha - de de , autorizó la canalización de recursos a favor d e , por un monto de 1100 MN, para el desarrollo del proyecto denominado , en lo sucesivo el "P%YECTO".

l. Del "FONDO":

A) , por conducto del con fecha designó a , como Secretario Administrativo del "FONDO" con los derechos y

obligaciones contenidos en dicho Contrato de Fideicomiso y en sus Reglas de Operación.

B) El Comité Técnico y de Administración del "FONDO", en su sesión de fecha , instruyó a la Fiduciaria el otorgamiento del poder por virtud del cual

comparece a la celebración del presente convenio.

C) Nacional Financiera, S.N.C, en su calidad de Institución Fiduciaria y en cumplimiento a lo dispuesto en el inciso que antecede le otorgó Poder General para pleitos y cobranzas, actos de administración y para cubrir y manejar cuentas bancarias, mismo que se hizo constar en el testimonio de la Escritura Pública número , de fecha - de de , otorgado ante la fe del Lic. , Notario Público numero del Distrito Federal.

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D) Tiene establecido su domicilio legal en: , mismo que señala para los fines y efectos legales de este convenio.

11. Del "SUJETO DE APOYO"

A) Que en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 16, 17 y 35, fracción III de la Ley de Ciencia y Tecnología, se encuentra inscrito en el Registro Nacional de Instituciones y Empresas Científicas y Tecnológicas a cargo del "CONACYT", tal y como se acredita con la Constancia de Inscripción

B) Que es una institución constituida legalmente en los términos de las leyes mexicanas.

C) Que en atención a la convocatoria correspondiente, presentó a concurso la propuesta denominada clave , de la que se derivó el "PROYECTO", mismo que se relaciona en el propio antecedente 8" y que forma parte del objeto del presente convenio.

D) Que recibió de "EL SECRETARIO ADMINISTRATIVO", al momento de la firma del presente instrumento, el Procedimiento PP-04 "Administración de Proyectos" que forma parte del Manual de Procedimientos del Fondo Mixto, cuyo contenido obligatorio es de su pleno conocimiento.

E) Que tiene establecido su domicilio legal en , mismo que señala para los fines y efectos legales de este convenio.

ÚNICA.- Las partes expresamente manifiestan su conocimiento al contenido en lo dispuesto por la fracción II del articulo 12 de la Ley de Ciencia y Tecnología, que a la letra dice: "Los resultados de las actividades de investigación y desarrollo tecnológico que sean objeto de apoyo en términos de esta Ley serán invariablemente evaluados y se tomarán en cuenta para el otorgamiento de apoyos posteriores".

Expuesto lo anterior, las partes se obligan de acuerdo a las siguientes:

C L A U S U L A S

PRIMERA: El objeto del presente convenio consiste en canalizar los recursos asignados por el "FONDO" en favor del "SUJETO DE APOYO", para la realización del "PROYECTO" aprobado, denominado: , cuya responsabilidad de ejecución y correcta aplicación de los recursos, queda, desde este momento, plenamente asumida por el "SUJETO DE APOYO".

SEGUNDA: El "SECRETARIO ADMINISTRATIVO", con cargo al patrimonio del "FONDO", y en cumplimiento de los acuerdos tomados por el Comité Técnico y de Administración, y con sujeción a lo establecido en el presente Convenio, canaliza al "SUJETO DE APOYO", la cantidad total de ( M.N), conforme a lo establecido en el desglose financiero por etapas que debidamente firmado forma parte integrante del presente instrumento como anexo 1.

TERCERA: EL "SUJETO DE APOYO", se obliga a desarrollar el "PROYECTO" aplicando la totalidad de los recursos que se canalicen, conforme lo establecido en el Anexo 2 que debidamente firmado forma parte integrante del presente instrumento.

EL "SUJETO DE APOYO" se obliga a desarrollar el "PROYECTO" de acuerdo con los objetivos y las metas por etapas. Asimismo, se obliga a generar y entregar en tiempo y forma al "FONDO" los productos comprometidos, descritos en el Anexo 1.

Los anexos sólo podrán ser modificados si para ello concurren las voluntades de las partes. En el caso de autorización de alguna prórroga, ésta se hará por escrito y de conformidad con el Procedimiento PP-04 Administración de Proyectos vigente, pasando a ser parte integral del Convenio

CUARTA: EL "SUJETO DE APOYO", se obliga a informar oportunamente al "FONDO" sobre la eventualidad de condiciones que impidan la continuidad en el desarrollo del "PROYECTO", a fin de concluirlo anticipadamente o dar por terminado el presente convenio. Dicha notificación deberá justificarse debidamente en el informe de la etapa correspondiente.

Se considerará que existe inconveniencia en continuar el "PROYECTO", cuando no sea posible alcanzar sus objetivos dentro de las condiciones de tiempo y costo previstas en los anexos.

QUINTA: El "FONDO", por conducto del "SECRETARIO ADMINISTRATIVO" canalizará por etapas los recursos al "SUJETO DE APOYO", en términos de lo presentado en la propuesta dentro del Anexo 1, a través de ministraciones relacionadas con cada una de las etapas que conforman, en su conjunto, el plan general del "PROYECTO", en los términos y montos establecidos en los anexos. El "SUJETO DE APOYO" deberá presentar recibo institucional por cada una de las ministraciones.

Una vez liberada la primera ministración y a la conclusión de la primera etapa del "PROYECTO", el "SUJETO DE APOYO" presentará los Informes de avance Técnico y Financiero, a efecto de que previa evaluación favorable del informe, se realice la ministración correspondiente al periodo siguiente y así sucesivamente, hasta la conclusión del proyecto.

Los informes de etapa deberán de contener los entregables comprometidos para esa etapa, la información de la aplicación de los recursos canalizados, y una valoración razonable sobre la viabilidad de alcanzar el objetivo del "PROYECTO " por parte del "SUJETO DE APOYO".

Al término del "PROYECTO" el "SUJETO DE APOYO" deberá presentar los informes técnico y financiero finales, dentro de los treinta días naturales contados a partir de la fecha de conclusión de la última etapa, en el que se incluirá la solicitud expresa del finiquito financiero del apoyo económico otorgado, considerando el debido cumplimiento del "PROYECTO" y que los recursos canalizados fueron utilizados única y exclusivamente para su desarrollo. Para la expedición del finiquito financiero será indispensable el cumplimiento de lo dispuesto en la cláusula décima cuarta de este convenio.

De proceder el informe técnico final y el finiquito, el "FONDO" emitirá un contendrá la resolución de cierre del "PROYECTO", de acuerdo los criterios y procedimientos establecidos por el "FONDO".

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La recepción de los informes de avances técnicos y financieros como soporte, no implica la aceptación definitiva de los resultados. El Comité Técnico y de Administración del "FONDO" se reserva el derecho de suspender la canalización de recursos o bien, de rescindir el presente Convenio, cuando los proyectos no se realicen con el método, la precisión o la secuencia necesaria para la consecución del "PROYECTO".

SEXTA: El "FONDO", por sí mismo, por el despacho externo designado por el Comité Técnico y de Administración o bien, por los Órganos Internos de Control de los Fideicomitentes, podrá en cualquier momento realizar auditorias y practicar visitas de supervisión, con el propbsito de constatar el grado de avance en el desarrollo de los trabajos y la correcta aplicación de los recursos canalizados al "SUJETO DE APOYO", el cual queda expresamente obligado a brindar todo género tipo de facilidades tanto para permitir el acceso a sus instalaciones, como para mostrar toda la información técnica y financiera que le sea solicitada para estos efectos.

El "SUJETO DE APOYO" deberá de guardar toda aquella información técnica que se genere y que estime relevante para realizar futuras evaluaciones sobre el "PROYECTO", durante un periodo de cinco años posteriores a la conclusión de los apoyos otorgados por el "FONDO".

SÉPTIMA: EL "SUJETO DE APOYO" designa a como Responsable Técnico del "PROYECTO", quien será el enlace con el "FONDO" para los asuntos técnicos, teniendo como obligación principal la de coordinar el desarrollo del "PROYECTO", presentar los informes de etapa y de cierre, y en general supervisar el fiel cumplimiento del presente convenio.

En caso de ausencia mayor de tres meses, o definitiva del Responsable Técnico, el "SUJETO DE APOYO" deberá designar al sustituto, de común acuerdo con él, que cuente con un curriculum equivalente o mayor, solicitando autorización al "FONDO", en un plazo que no excederá de quince días naturales posteriores a que éste se ausente, de acuerdo a lo establecido en el Manual de Administración de Proyectos.

El "SUJETO DE APOYO" designa a como Responsable Administrativo del "PROYECTO", quien auxiliará al Responsable Técnico en su función de enlace ante el "FONDO" y tendrá como obligación directa el manejo de los recursos del apoyo económico canalizado al "SUJETO DE APOYO", así como los asuntos contables y administrativos del "PROYECTO".

En caso de ausencia temporal o definitiva del Responsable Administrativo, el "SUJETO DE APOYO" deberá designar al sustituto, notificando de ello al "FONDO", en n plazo que no excederá de 15 días naturales posteriores a que éste se ausente.

OCTAVA: El "SUJETO DE APOYO" deberá disponer de una cuenta de c di q es Y' a través de la cual se le canalizarán las ministraciones correspondientes a cada etapa. Dicha cuenta será operada mancomunadamente por el Responsable Técnico y el Responsable Administrativo a que se refiere la cláusula anterior, en forma exclusiva para administrar los recursos canalizados al "PROYECTO", por lo que será necesario que la misma se encuentre acreditada en el "FONDO", previamente a la entrega de la primera ministración.

El "FONDO" realizará las transferencias de recursos en la forma más ágil posible, de conformidad a sus normas de operación. Es obligación del Responsable Administrativo del "PROYECTO" cumplir con todos los requisitos administrativos y contables derivados del

presente Convenio. Por lo tanto, el Responsable Administrativo deberá de estar en permanente contacto con el personal del "FONDO" para aclarar oportunamente cualquier duda, satisfacer sus requerimientos y conocer la forma en la cual debe de llevar el registro y contabilidad de sus operaciones.

NOVENA: El "SUJETO DE APOYO" y el "FONDO", convienen en que los Derechos de Propiedad Industrial y los Derechos de Autor que se generen como resultado del desarrollo del "PROYECTO", será propiedad de la persona física o moral, a quien conforme a Derecho le correspondan, en el entendido de que el "FONDO" no tendrá interés jurídico sobre esos derechos. No obstante en los casos, que los entregables involucren derechos de propiedad, la instancia estatal usuaria de los resultados del proyecto podrá hacer un uso no exclusivo de ella, siempre y cuando sea para atender el problema o necesidad que dio origen al proyecto y no represente el beneficio individual de una persona o empresa.

El "SUJETO DE APOYO" estará obligado a informar por escrito al "FONDO" sobre el estado que guarden los citados derechos y sobre las posibles implicaciones que ello represente para la viabilidad del "PROYECTO".

En las publicaciones o presentaciones en eventos de carácter público que se realicen derivadas o relacionadas con el resultado del "PROYECTO", el "SU.IET0 DE APOYO" deberá dar, invariablemente, el crédito correspondiente al "FONDO".

Las partes se reservan el derecho de difundir y divulgar los resultados derivados del "PROYECTO".

DECIMA: El "SUJETO DE APOYO" se compromete a proporcionar la información del "PROYECTO" requerida por el Sistema Integrado de Información sobre Investigación Científica y Tecnológica que opera el "CONACYT" en los formatos que se utilizan con tal fin, disponibles en el Sistema lnformático de Fondos o en su caso, proporcionados a través del Secretario Técnico. Dicha información será publicada en su página de Internet, dando con ello cumplimiento a las disposiciones de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

El "SUJETO DE APOYO" deberá abrir un sistema de registro contable de los movimientos financieros relativos al proyecto, así como contar con un expediente específico para la documentación del "PROYECTO".

DÉCIMA PRIMERA: El "FONDO" podrá rescindir el presente convenio y en consecuencia suspender temporal o definitivamente la canalización de recursos al "SUJETO DE APOYO", sin necesidad de declaración judicial previa ni de dar aviso por escrito, cuando éste incurra en alguno de los supuestos de incumplimiento que de manera enunciativa a continuación se señalan.

A) Aplique los recursos canalizados por el "FONDO" con finalidades distintas a la realización directa del "PROYECTO".

B) No presente los informes de etapa o no atienda en tiempo y forma a los mismos.

C) No presente los informes finales o no los haga satisfactoriamente. D) No brinde las facilidades de acceso a la información, o a las

administra y desarrolla el "PROYECTO".

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E) El estado del "PROYECTO" no guarde congruencia con los informes hasta ese momento presentados.

F) No compruebe la debida aplicación de los recursos canalizados para el "PROYECTO" cuando le sea expresamente requerido por el "FONDO".

G) Proporcione información falsa. H) Incurra en algún otro incumplimiento a este convenio y a sus anexos.

Cuando el "SECRETARIO ADMINISTRATNO" ejercite el derecho contenido en la presente cláusula, podrá solicitarle al "SUJETO DE APOYO", reembolsar la totalidad de los recursos o remanentes de los recursos que le fueron canalizados, en el plazo señalado por el Comite Técnico y Administrativo del Fondo, a partir del requerimiento escrito que se le formule para tales efectos, con independencia de que se haga acreedor a la sanción a que se refiere la cláusula siguiente.

DÉCIMA SEGUNDA: En aquellos casos en que el incumplimiento por parte del "SUJETO DE APOYO" a las obligaciones que asume por virtud del presente convenio, sea tan grave que impida continuar con el desarrollo del "PROYECTO" y el "SUJETO DE APOYO" a través de su Responsable Técnico, no subsane el incumplimiento, el "FONDO" podrá cancelar, temporal o definitivamente el apoyo, el Responsable Técnico del "PROYECTO dejará de ser beneficiario de los apoyos que otorga el Gobierno Federal en esta materia, pudiendo tomarse en cuenta este incumplimiento para la participación futura de apoyos de los programas del "CONACYT", incluyendo los diversos Fondos regulados en la Ley de Ciencia y Tecnología.

DÉCIMA TERCERA: El "FONDO" podrá dar por terminado de manera anticipada el presente convenio, cuando a su juicio existan circunstancias que impidan continuar con el desarrollo del "PROYECTO", mismas que deberá de motivar y fundamentar en el escrito que para tal efecto dirija al "SUJETO DE APOYO" en el plazo señalado por el Comite Técnico y de Administración del Fondo, plazo dentro del cual deberá de elaborar el informe de "cierre" del "PROYECTO" para proceder a su finiquito, en los términos del presente convenio y de sus anexos.

DÉCIMA CUARTA: Al término del "PROYECTO" o en el supuesto de terminación anticipada del presente convenio, el "SUJETO DE APOYO" reembolsará al "FONDO" el remanente de los recursos del apoyo económico que, en su caso, no haya aplicado al "PROYECTO", en el plazo señalado por el Comité Técnico y de Administración del "FONDO".

DÉCIMA QUINTA: El "FONDO" no establecerá ninguna relación de carácter laboral con el personal que el "SUJETO DE APOYO" llegase a ocupar para la realización del "PROYECTO".

En consecuencia, las partes acuerdan que el personal designado, contratado o comisionado para la realización del "PROYECTO", estará bajo la dependencia directa del "SUJETO DE APOYO", y por lo tanto, en ningún momento se considerará al "FONDO", como patrón sustituto, ni tampoco al "SUJETO DE APOYO" como intermediario, por lo que el "FONDO", no asume ninguna responsabilidad que pudiera presentarse en materia de trabajo y seguridad social, por virtud del presente convenio.

DÉCIMA SEXTA: El presente convenio tendrá la vigencia necesaria para el desarrollo y la conclusión del "PROYECTO" de acuerdo a lo señalado en el anexo . Para el cálculo del plazo para el desarrollo del "PROYECTO", se considerará fecha de inicio aquella en que el "SUJETO DE APOYO" reciba la primera ministración, sin que el plazo del "PROYECTO" exceda de meses.

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La fecha de firma del presente convenio se entenderá formalizada al momento en que se cuente con la suscripción electrónica de todas y cada una de las partes que intervienen en el mismo.

DÉCIMA SÉP-TIMA: En términos del artículo 1803 fracción 1, del Código Civil Federal, las partes acuerdan que su voluntad expresa para aceptar íntegramente el contenido obligacional de este Convenio, se manifiesta a través de la firma electrónica de cada una de ellas, de manera que reconocen que dicho medio constituye el consentimiento expreso de este Convenio.

DÉCIMA OCTAVA: Las partes se comprometen a guardar la más estricta confidencialidad respecto de la información que con ese carácter se intercambien, bien se trate de información escrita o verbal, necesaria para el desarrollo del "PROYECTO".

DÉCIMA NOVENA: Queda expresamente pactado que las partes no tendrán responsabilidad civil por los daños o perjuicios que pudieran causarse por caso fortuito o fuerza mayor.

VIGÉSIMA: Los asuntos relacionados con el objeto de este convenio y que no queden expresamente previstos en sus cláusulas, ni en sus anexos, serán interpretados y resueltos de común acuerdo por las partes, apelando a su buena fe y consecución de mismos propósitos, haciendo constar sus decisiones por escrito.

VIGÉSIMA PRIMERA: Para la solución a toda controversia que se pudiera suscitar con motivo de la interpretación, ejecución y cumplimiento del presente convenio y sus anexos, y que no se resuelva de común acuerdo por las partes, éstas se someterán a las Leyes Federales vigentes y Tribunales Federales competentes de la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando desde ahora a cualquier otro fuero que les pudiera corresponder en razón de sus respectivos domicilios presentes o futuros.

PREVIA LECTURA Y CON PLENO CONOCIMIENTO DE SU CONTENIDO, LAS PARTES EXPRESAN SU CONSENTIMIENTO AL PRESENTE INTRUMENTO A TRAVÉS DE LA FIRMA ELECTRÓNICA QUE A CONTINUACIÓN SE INSERTA POR CADA UNA DE ELLAS.

"EL FONDO" "EL SUJETO DE APOYO"

SECRETARIO ADMINISTRATIVO REPRESENTANTE LEGAL

SECRETARIO 'TECNICO 1 1 RESPONSABLE TECNICO

RESPONSABLE ADMINISTRATIVO. 0 LAS FIRMAS QUE APARECEN EN ESTA HOJA SE REFIEREN AL CONVENIO DE ASIGNACIÓN DE RECURSOS DE FECHA - DE DE ---m---------------- CONSTE.-

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ANEXO 2.6

CONVENIO DE ASIGNACIÓN DE RECURSOS EMPRESAS

CONVENIO DE ASIGNACIÓN DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, NACIONAL FINANCIERA, S.N.C, INSTITUCIÓN FIDUCIARIA EN EL FIDEICOMISO PÚBLICO DE ADMINISTRACIÓN E INVERSIÓN DENOMINADO "FONDO MIXTO DE FOMENTO A LA INVESTIGACIÓN C~ENT~F~CA Y TECNOLÓGICA CONACYT - GOBIERNO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN", AL QllE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ EL "FONDO", POR CONDUCTO DEL COMO SECRETARIO ADMINISTRATIVO DEL "FONDO", A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ EL "SECRETARIO ADMINISTRATIVO", ASISTIDO EN ESTE ACTO POR EL , EN SU CALIDAD DE SECRETARIO TÉCNICO DEL "FONDO"; Y POR OTRA PARTE QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ EL "SUJETO DE APOYO", REPRESENTADO POR EN SU CALIDAD DE AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:

A N T E C E D E N T E S

1.- Que uno de los objetos primordiales de la Ley de Ciencia y Tecnología, contenido en su articulo lo, consiste en regular los apoyos que el Gobierno Federal se encuentra obligado a otorgar, para impulsar, fortalecer y desarrollar la investigación científica y tecnológica en el país, así como para determinar los instrumentos jurídicos, financieros y administrativos, mediante los cuales cumplirá con esta obligación de apoyo.

2.- Que el artículo 23 fracción IV de la Ley de Ciencia y Tecnología (LCyT), prevé la constitución de Fondos Mixtos CONACYT, cuyo objeto sera el otorgar apoyos y financiamientos a las actividades directamente vinculadas al desarrollo de la investigación científica y tecnológica.

3. Que el artículo 35 de la Ley de Ciencia y Tecnología (LCyT), establece que "EL CONACYT podrá convenir con los gobiernos de las Entidades Federativas y de los Municipios, el establecimiento y operación de Fondos Mixtos de carácter regional, estatal y municipal de apoyo a la investigación científica y tecnológica, que podrán incluir la formación de recursos humanos de alta especialidad.

4.- Que el "CONACYT" con base en las atribuciones legales de que dispone y de conformidad con los lineamientos establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, y en el Programa Especial de Ciencia y Tecnología e Innovación, tuvo a bien expedir las Reglas de Operación de los Programas del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 26 de febrero del 2003, dentro de las cuales se incluyen las relativas a los Programas de Fomento a la Investigación Gientifica y de Fomento a la Innovación y al Desarrollo Tecnológico.

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5.- Con fecha 2 de mayo del ano 2002 el Gobierno de Estado de Nuevo León y el "CONACYT", con fundamento en los artículos 23 Fracción IV, 26 y 35 de la Ley de Ciencia y Tecnología celebraron convenio para establecer el "FONDO.

6.- Que con fecha 2 de mayo de 2002 el Gobierno del Estado de Nuevo León y el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, en su calidad de Fideicomitentes, celebraron con Nacional Financiera, S.N.C., en su calidad de Institución Fiduciaria, el Fideicomiso denominado "Fondo Mixto de Fomento a la Investigación Científica y Tecnológica CONACYT-Gobierno del Estado de Nuevo León, cuya finalidad fundamental es la canalización de recursos para la realización de investigaciones cientificas o tecnológicas, innovación y desarrollos tecnológicos, formación de recursos humanos especializados, becas, divulgación cientifica y tecnológica, creación y fortalecimiento de grupos o cuerpos académicos de investigación y desarrollo tecnológico, y de la infraestructura de investigación y desarrollo que requiera el Gobierno del Estado, conforme a las modalidades que para cada caso expresamente determine el Comité Técnico y de Administración del Fondo. sector. Lo anterior, en el marco de los programas que el Comité Técnico y de Administración apruebe.

7..-Que el "FONDO", en términos del artículo 35 Fracción III de La Ley de Ciencia y Tecnología, considera como sujetos de apoyo a "las Universidades e lnstituciones de Educación Superior, públicas y particulares, centros, laboratorios, empresas públicas y privadas y demás personas que se inscriban en el Registro Nacional de Instituciones y Empresas Científicas y Tecnológicas" que establece la Ley de Ciencia y Tecnología, los cuales son elegidos mediante concurso y bajo las modalidades que expresamente determine el Comité Técnico y de Administración, con apego a las Reglas de Operación del Fideicomiso y según la convocatoria correspondiente.

8. Que previo proceso de evaluación a que se refieren las Reglas de Operación del "FONDO", el Comité Técnico y de Administración, en su sesión de fecha de de , autorizó la canalización de recursos a favor de (EMPRESA) , por un monto de

1100 MN, para el desarrollo del proyecto denominado - , en lo sucesivo el "PROYECTO".

D E C L A R A C I O N E S

l. Del "FONDO": \ A) Con fecha , el CONACYT, en su calidad de Fideicomitente, celebró con Nacional Financiera, S.N.C., en su calidad de Institución Fiduciaria, contrato de fideicomiso del "FONDO", cuya finalidad fundamental es la canalización de recursos para la realización de investigaciones cientificas o tecnológicas, innovación y desarrollos tecnológicos, formación de recursos humanos especializados, becas, divulgación cientifica y tecnológica, creación y fortalecimiento de grupos o cuerpos académicos de investigación y desarrollo tecnológico, y de la infraestructura de investigación y desarrollo que requiera el sector. Lo anterior,' en el marco de los programas que el Comité Técnico y de Administración apruebe.

B) , por conducto del con fecha designó a , como Secretario Administrativo del "FONDO" con los derechos y

obligaciones contenidos en dicho Contrato de Fideicomiso y en sus Reglas de Operación.

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C) El Comité Técnico y de Administración del "FONDO", en su sesión de fecha , instruyó a la Fiduciaria el otorgamiento del poder por virtud del cual

comparece a la celebración del presente convenio.

D) Nacional Financiera, S.N.C, en su calidad de Institución Fiduciaria y en cumplimiento a lo dispuesto en el inciso que antecede le otorgó Poder General para pleitos y cobranzas, actos de administración y para cubrir y manejar cuentas bancarias, mismo que se hizo constar en el testimonio de la Escritura Pública número , de fecha - de de otorgado ante la fe del Lic. , Notario Público número del Distrito Federal.

E) Tiene establecido su domicilio legal en: , mismo que señala para los fines y efectos legales de este convenio.

II. Del "SUJETO DE APOYO"

A) Que en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 16, 17 y 35, Fracción III de la Ley de Ciencia y Tecnología, se encuentra inscrito en el Registro Nacional de Instituciones y Empresas Científicas y Tecnológicas a cargo del "CONACYT", tal y como se acredita con la Constancia de Inscripción

6) Que es una institución constituida legalmente en los términos de las leyes mexicanas.

C) Que en atención a la convocatoria correspondiente, presentó a concurso la propuesta denominada clave , de la que se derivó el "PROYECTO", mismo que se relaciona en el propio antecedente 86" y que forma parte del objeto del presente convenio.

D) Que recibió de "EL SECRETARIO ADMINISTRA-l-IVO", al momento de la firma del presente instrumento, el Procedimiento PP-04 "Administración de Proyectos" que forma parte del Manual de Procedimientos del Fondo, cuyo contenido obligatorio es de su pleno conocimiento.

E) Que tiene establecido su domicilio legal en , mismo que señala para los fines y efectos legales de este convenio.

III. DECLARACION CONJUNTA

ÚNICA.- Las partes expresamente manifiestan su conocimiento al contddidokn lo dispuesto por la fracción II del articulo 12 de la Ley de Ciencia y Tecnología, que a la letra dice: "Los resultados de las actividades de investigación y desarrollo tecnológico que sean objeto de apoyo en terminos de esta Ley serán invariablemente evaluados y se tomarán en cuenta para el otorgamiento de apoyos posteriores".

Expuesto lo anterior, las partes se obligan de acuerdo a las siguientes:

C L A U S U L A S

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PRIMERA: El objeto del presente convenio consiste en canalizar los recursos asignados por el "FONDO" en favor del "SUJETO DE APOYO", para la realización del "PROYECTO" aprobado, denominado: , cuya responsabilidad de ejecución y correcta aplicación de los recursos, queda, desde este momento, plenamente asumida por el "SUJETO DE APOYO".

SEGUNDA: El "SECRETARIO ADMINISTRATIVO", con cargo al patrimonio del "FONDO", y en cumplimiento de los acuerdos tomados por el Comité Técnico y de Administración, y con sujeción a lo establecido en el presente Convenio, canaliza al "SUJETO DE APOYO", la cantidad total de ( M.N), conforme a lo establecido en el desglose financiero por etapas que debidamente firmado forma parte integrante del presente instrumento como anexo 1.

TERCERA: EL "SUJETO DE APOYO", se obliga a desarrollar el "PROYECTO" aplicando la totalidad de los recursos que se canalicen, conforme lo establecido en el Anexo que debidamente firmado forma parte integrante del presente instrumento.

EL "SUJETO DE APOYO" se obliga a desarrollar el "PROYECTO" de acuerdo con los objetivos y las metas por etapas. Asimismo, se obliga a generar y entregar al "FONDO" los productos comprometidos en su propuesta de conformidad con lo establecido en el Anexo 1.

Los anexos sólo podrán ser modificados si para ello concurren las voluntades de las partes.

CUARTA: EL "SUJETO DE APOYO", se obliga a informar oportunamente al "FONDO" sobre la eventualidad de condiciones que impidan la continuidad en el desarrollo del "PROYECTO", a fin de concluirlo anticipadamente o dar por terminado el presente convenio. Dicha notificación deberá justificarse debidamente en el informe de la etapa correspondiente.

Se considerará que existe inconveniencia en continuar el "PROYECTO", cuando no sea posible alcanzar sus objetivos dentro de las condiciones de tiempo y costo previstas en los anexos.

QUINTA: El "FONDO", por conducto del "SECRETARIO ADMINISTRATIVO" canalizará por etapas los recursos al "SUJETO DE APOYO", en términos de lo presentado en la propuesta dentro del Anexo 1, a través de ministraciones relacionadas con cada una de las etapas que conforman, en su conjunto, el plan general del "PROYECTO", en los términos y montos establecidos en los anexos. El "SU.IET0 DE APOYO" deberá cada una de las ministraciones.

Una vez liberada la primera ministración y a la "PROYECTO", el "SU.IET0 DE APOYO" presentará efecto de que se realice la ministración sucesivamente, hasta la conclusión del proyecto.

Los informes de etapa deberán de contener los entregables comprometidos para esa etapa, la información de la aplicación de los recursos canalizados, y una valoración razonable sobre la viabilidad de alcanzar el objetivo del "PROYECTO " por parte del "SU.IET0 DE APOYO".

Al término del "PROYECTO" el "SU.IET0 DE APOYO" deberá presentar los informes técnico y financiero finales, dentro de los treinta días naturales contados a partir de la fecha de conclusión de la última etapa, en el que se incluirá la solicitud expresa del finiquito financiero

del apoyo económico otorgado, considerando el debido cumplimiento del "PROYECTO" y que los recursos canalizados fueron utilizados Única y exclusivamente para su desarrollo. Para la expedición del finiquito financiero será indispensable el cumplimiento de lo dispuesto en la cláusula décima cuarta de este convenio.

De proceder el informe técnico final y el finiquito, el "FONDO" emitirá un dictamen en el que se contendrá la resolución de cierre del "PROYECTO", de acuerdo con los criterios y procedimientos establecidos por el "FONDO".

La recepción de los informes de avances técnicos y financieros como soporte, no implica la aceptación definitiva de los resultados. El Comite Técnico y de Administración del "FONDO" se reserva el derecho de suspender la canalización de recursos o bien, de rescindir el presente Convenio, cuando los proyectos no se realicen con el método, la precisión o la secuencia necesaria para la consecución del "PROYECTO".

SEXTA: El "FONDO", por sí mismo, por el despacho externo designado por el Comite Técnico y de Administración o bien, por los Órganos Internos de Control de los Fideicomitentes, podrá en cualquier momento realizar auditorias y practicar visitas de supervisión, con el propósito de constatar el grado de avance en el desarrollo de los trabajos y la correcta aplicación de los recursos canalizados al "SUJETO DE APOYO", el cual queda expresamente obligado a brindar todo género tipo de facilidades tanto para permitir el acceso a sus instalaciones, como para mostrar toda la información técnica y financiera que le sea solicitada para estos efectos.

El "SU.IET0 DE APOYO" deberá de guardar toda aquella información técnica que se genere y que estime relevante para realizar futuras evaluaciones sobre el "PROYECTO", durante un periodo de cinco aAos posteriores a la conclusión de los apoyos otorgados por el "FONDO".

SÉPTIMA: EL "SUJETO DE APOYO" designa a como Responsable Técnico del "PROYECTO", quien será el enlace con el "FONDO" para los asuntos técnicos, teniendo como obligación principal la de coordinar el desarrollo del "PROYECTO", presentar los informes de etapa y de cierre, y en general supervisar el fiel cumplimiento del presente convenio.

En caso de ausencia mayor de tres meses, o definitiva del Responsable Técnico, el "SUJETO DE APOYO" deberá designar al sustituto, de común acuerdo con él, que cuente con un curriculum equivalente o mayor, solicitando autorización al "FONDO", en un plazo que no excederá de quince días naturales posteriores a que éste se ausente, de acuerdo a lo establecido en el Procedimiento PP-04 Administración de Proyectos.

El "SUJETO DE APOYO" designa a como Responsable Administrativo del "PROYECTO", quien auxiliará al Responsable Técnico en su función de enlace ante el "FONDO" y tendrá como obligación directa el manejo de los recursos del apoyo económico canalizado al "SUJETO DE APOYO", así como los asuntos contables y administrativos del "PROYECTO".

En caso de ausencia temporal o definitiva del Responsable Administrativo, el "SUJETO DE APOYO" deberá designar al sustituto, notificando de ello al "FONDO", en un plazo que no excederá de 15 días naturales posteriores a que éste se ausente.

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OCTAVA: El "SUJETO DE APOYO" deberá disponer de una cuenta de cheques a través de la cual se le canalizarán las ministraciones correspondientes a cada etapa. Dicha cuenta será operada mancomunadamente por el Responsable Técnico y el Responsable Administrativo a que se refiere la cláusula anterior, en forma exclusiva para administrar los recursos canalizados al "PROYECTO", por lo que será necesario que la misma se encuentre acreditada en el "FONDO", previamente a la entrega de la primera ministración.

El "FONDO" realizará las transferencias de recursos en la forma más ágil posible, de conformidad a sus normas de operación. Es obligación del Responsable Administrativo del "PROYECTO" cumplir con todos los requisitos administrativos y contables derivados del presente Convenio. Por lo tanto, el Responsable Administrativo deberá de estar en permanente contacto con el personal del "FONDO" para aclarar oportunamente cualquier duda, satisfacer sus requerimientos y conocer la forma en la cual debe de llevar el registro y contabilidad de sus operaciones.

NOVENA: A la celebración de este convenio, el "SUJETO DE APOYO" hace entrega al "FONDO" de un pagaré (fianza en caso de apoyos superiores al millón de pesos) por la cantidad de, ( ), debidamente firmado (expedida por, institución debidamente autorizada por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas), para garantizar el buen uso y aplicación de los recursos económicos que se canalicen a favor del "SUJETO DE APOYO".

(Dicha póliza, expedida a favor del "FONDO", ampara el monto del 50 % de apoyo otorgado o en su caso, por el monto de la etapa que supere este porcentaje, prevista para el desarrollo del "PROYECTO" y la misma se mantendrá vigente durante todo el tiempo que dure su ejecución, hasta la expedición del dictamen de cierre que contenga el finiquito financiero del "PROYECTO", en el entendido de que sólo podrá cancelarse mediante Acuerdo del Comité Técnico y de Administración del "FONDO" y que cualquier prórroga o espera no alterará su disposición en caso de ser necesario).

Para efectos generales y en particular para la devolución del pagaré (o ejercicio de la fianza) a que se refiere esta Cláusula, el "PROYECTO" se entenderá exitoso cuando este se hubiese realizado en los términos establecidos en el presente convenio, con independencia de su resultado, siempre que el "SUJETO DE APOYO" haya comunicado oportunamente la inviabilidad del mismo al "FONDO", de conformidad a lo estipulado en la cláusula cuarta que antecede.

DÉCIMA: El "SUJETO DE APOYO" y el "FONDO", convienen en que los Derechos de Propiedad Industrial y los Derechos de Autor que se generen como resultado del desarrollo del "PROYECTO", será propiedad de la persona legal, física o moral, a quien conforme a Derecho le correspondan, en el entendido de que el "FONDO" no tendrá interés jurídico sobre esos derechos.

El "SUJETO DE APOYO" estará obligado a informar por escrito al "FONDO" sobre el estado que guarden los citados derechos y sobre las posibles implicaciones viabilidad del "PROYECTO".

En las publicaciones o presentaciones en eventos de carácter o relacionadas con el resultado del "PROYECTO", el "SUJETO POYO" deberá dar, invariablemente, el crédito correspondiente al "FONDO".

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Las partes se reservan el derecho de difundir y divulgar los resultados derivados del "PROYECTO".

DÉCIMA PRIMERA: El "SUJETO DE APOYO" se compromete a proporcionar la información del "PROYECTO" requerida por el Sistema Integrado de Información sobre Investigación Científica y Tecnológica que opera el "CONACYT" para lo cual le serán proporcionados los formatos que se utilizan con tal fin. Dicha información sera publicada en su pagina de Internet, dando con ello cumplimiento a las disposiciones de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

El "SUJETO DE APOYO" deberá abrir un sistema de registro contable de los movimientos financieros relativos al proyecto, así como contar con un expediente especifico para la documentación del "PROYECTO".

DÉCIMA SEGUNDA: El "FONDO" podrá rescindir el presente convenio y en consecuencia suspender temporal o definitivamente la canalización de recursos al "SUJETO DE APOYO", sin necesidad de declaración judicial previa ni de dar aviso por escrito, cuando éste incurra en alguno de los supuestos de incumplimiento que de manera enunciativa a continuación se señalan.

A) Aplique los recursos canalizados por el "FONDO" con finalidades distintas a la realización directa del "PROYECTO".

B) No presente los informes de etapa o no atienda las observaciones emitidas por las instancias de evaluación y seguimiento..

C) No presente los informes de cierre o no lo haga satisfactoriamente. D) No brinde las facilidades de acceso a la información, o a las instalaciones donde se

administra y desarrolla el "PROYECTO". E) El estado del "PROYECTO" no guarde congruencia con los informes hasta ese momento

presentados. F) No compruebe la debida aplicación de los recursos canalizados para el "PROYECTO"

cuando le sea expresamente requerido por el "FONDO". G) Proporcione información falsa. H) Incurra en algún otro incumplimiento a este convenio y a sus anexos.

Cuando el "SECRETARIO ADMINISTRATIVO" ejercite el derecho contenido en la presente cláusula, podrá solicitarle al "SUJETO DE APOYO", reembolsar la totalidad de los recursos o remanentes de los recursos que le fueron canalizados, en el plazo señalado por el Comité Técnico y Administrativo del Fondo, a partir del requerimiento escrito que se le formule para tales efectos, con independencia de que se haga acreedor a la sanción a que se refiere la cláusula siguiente.

DÉCIMA TERCERA: En aquellos casos en que el incumplimiento por parte del "SUJETO DE APOYO" a las obligaciones que asume por virtud del presente convenio, sea tan grave que impida continuar con el desarrollo del "PROYECTO" y el "SUJETO DE APOYO" muestre rebeldía para su corrección, el "FONDO" podrá solicitar al "CONACYT", cancelar, temporal o definitivamente, el registro correspondiente del Registro Nacional de Instituciones y Empresas Científicas y Tecnológicas, con lo cual el afectado dejara de ser beneficiario de los apoyos que otorga el Gobierno Federal en esta materia, pudiendo tomarse en cuent este incumplimiento para la participación futura de apoyos de los programas del Conacyt, in luyendo los diversos Fondos regulados en la Ley de Ciencia y Tecnología.

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DÉCIMA CUARTA: El "FONDO" podrá dar por terminado de manera anticipada el presente convenio, cuando a su juicio existan circunstancias que impidan continuar con el desarrollo del "PROYECTO", mismas que deberá de motivar y fundamentar en el escrito que para tal efecto dirija al "SUJETO DE APOYO" en el plazo señalado por el Comité Técnico y de Administración del Fondo, plazo dentro del cual deberá de elaborar el informe de "cierre" del "PROYECTO" para proceder a su finiquito, en los términos del presente convenio y de sus anexos.

DÉCIMA QUINTA: Al término del "PROYECTO" o en el supuesto de terminación anticipada del presente convenio, el "SUJETO DE APOYO" reembolsará al "FONDO" el remanente de los recursos del apoyo económico que, en su caso, no haya aplicado al "PROYECTO", en el plazo señalado por el Comité Técnico y de Administración del "FONDO".

DÉCIMA SEXTA: El "FONDO no establecerá ninguna relación de carácter laboral con el personal que el "SUJETO DE APOYO" llegase a ocupar para la realizaci6n del "PROYECTO".

En consecuencia, las partes acuerdan que el personal designado, contratado o comisionado para la realización del "PROYECTO", estará bajo la dependencia directa del "SUJETO DE APOYO", y por lo tanto, en ningún momento se considerará al "FONDO", como patr6n sustituto, ni tampoco al "SUJETO DE APOYO" como intermediario, por lo que el "FONDO", no asume ninguna responsabilidad que pudiera presentarse en materia de trabajo y seguridad social, por virtud del presente convenio.

DÉCIMA SÉPTIMA: El presente convenio tendrá la vigencia necesaria para el desarrollo y la conclusión del "PROYECTO" de acuerdo a lo señalado en el anexo . Para el cálculo del plazo para el desarrollo del "PROYECTO", se considerará fecha de inicio aquella en que el "SUJETO DE APOYO" reciba la primera ministración, sin que el plazo general de conclusión del "PROYECTO" exceda de

La fecha de firma del presente convenio se entenderá formalizada al momento en que se cuente con la suscripción electrónica de todas y cada una de las partes que intervienen en el mismo.

DÉCIMA OCTAVA: En términos del articulo 1803 fracci6n 1, del C6digo Civil Federal, las partes acuerdan que su voluntad expresa para aceptar íntegramente el contenido obligacional de este convenio, se manifiesta a través de la firma electrónica de cada una de ellas, de manera que reconocen que dicho medio constituye el consentimiento expreso de este convenio.

DÉCIMA NOVENA Las partes se comprometen a guardar la más estricta confidencialidad respecto de la información que con ese carácter se intercambien, bien se trate de información escrita o verbal, necesaria para el desarrollo del "PROYECTO".

VIGÉSIMA: Queda expresamente pactado que las partes no tendrán los daños o perjuicios que pudieran causarse por caso fortuito o fuerza mayor.

VIGÉSIMA PRIMERA: Los asuntos relacionados con el objeto de queden expresamente previstos en sus cláusulas, ni en sus resueltos de común acuerdo por las partes, apelando a su propósitos, haciendo constar sus decisiones por escrito.

VIGÉSIMA SEGUNDA: Para la solución a toda controversia que se pudiera suscitar con motivo de la interpretación, ejecución y cumplimiento del presente convenio y sus anexos, y que no se

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resuelva de común acuerdo por las partes, éstas se someterán a las Leyes Federales vigentes y Tribunales Federales competentes de la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando desde ahora a cualquier otro fuero que les pudiera corresponder en razón de sus respectivos domicilios presentes o futuros.

PREVIA LECTURA Y CON PLENO CONOCIMIENTO DE SU CONTENIDO, LAS PARTES EXPRESAN SU CONSENTIMIENTO AL PRESENTE INTRUMENTO A TRAVÉS DE LA FIRMA ELECTRÓNICA QLlE A CONTINUACIÓN SE INSERTA POR CADA UNA DE ELLAS.

"EL FONDO" "EL SUJETO DE APOYO"

SECRETARIO ADMINISTRATIVO REPRESENTANTE LEGAL

SECRETARIO TECNICO RESPONSABLE TECNICO

RESPONSABLE ADMINISTRATIVO.

LAS FIRMAS QUE APARECEN EN ESTA HOJA SE REFIEREN AL CONVENIO DE ASIGNACIÓN DE RECURSOS DE FECHA - DE DE CONSTE.-

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ANEXO 2.C

CONVENIO DE ASIGNACIÓN DE RECURSOS

CONVENIO DE ASIGNACIÓN DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, NACIONAL FINANCIERA, S.N.C, INSTITUCIÓN FIDUCIARIA EN EL FIDEICOMISO DE ADMINISTRACIÓN E INVERSIÓN DENOMINADO "FONDO MIXTO DE FOMENTO A LA INVESTIGACIÓN CIENT~FICA Y TECNOLÓGICA CONACYT - GOBIERNO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN", AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA EL "FONDO", POR CONDUCTO DEL COMO SECRETARIO ADMINISTRATIVO DEL "FONDO", A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ EL "SECRETARIO ADMINISTRATIVO", ASISTIDO EN ESTE ACTO POR EL , EN SU CALIDAD DE SECRETARIO '~ÉCNICO DEL "FONDO"; Y POR OTRA PARTE LAS INSTITUCIONES A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ LOS "SUJETOS DE APOYO", REPRESENTADAS POR RESPECTIVAMENTE, EN SU CALIDAD DE AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:

A N T E C E D E N T E S

1 .- Uno de los objetos primordiales de la Ley de Ciencia y Tecnologia, contenido en su artículo 1 O , consiste en regular los apoyos que el Gobierno Federal se encuentra obligado a otorgar, para impulsar, fortalecer y desarrollar la investigación científica y tecnológica en el país, así como para determinar los instrumentos jurídicos, financieros y administrativos, mediante los cuales cumplirá con esta obligación de apoyo.

2.- Que el articulo 23 fracci6n IV de la Ley de Ciencia y Tecnología (LCyT), prevé la constitución de Fondos Mixtos CONACYT, cuyo objeto será el otorgar apoyos y financiamientos a las actividades directamente vinculadas al desarrollo de la investigación científica y tecnológica.

3. Que el artículo 35 de la Ley de Ciencia y Tecnología (LCyT), establece que "EL CONACYT podrá convenir con los gobiernos de las Entidades Federativas y de los Municipios, el establecimiento y operación de Fondos Mixtos de carácter regional, apoyo a la investigación cientifica y tecnológica, que podrán incluir la humanos de alta especialidad.

4.- Con fecha 2 de mayo de 2002 el Gobierno del Estado de Nuevo Le6 y ~I\('CONACYT', con fundamento en los artículos 23 Fracci6n IV, 25, 26 y 35 de I Ley de Ciencia y Tecnologia celebraron convenio para establecer el "FONDO".

i' 5.- Que con fecha 2 de mayo de 20002, el Gobierno del Estado de Nuevo León y el Consejo

Nacional de Ciencia y Tecnologia, en su calidad de Fideicomitentes, celebraron con Nacional Financiera, S.N.C., en su calidad de Institución Fiduciaria, el Fideicomiso denominado "Fondo Mixto de Fomento a la Investigación Científica y Tecnológica CONACYT-Gobierno del Estado de Nuevo León, cuya finalidad fundamental es la canalización de recursos para la realización de investigaciones científicas o tecnológicas,

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innovación y desarrollos tecnológicos, formación de recursos humanos especializados, becas, divulgación científica y tecnológica, creación y fortalecimiento de grupos o cuerpos académicos de investigación y desarrollo tecnológico, y de la infraestructura de investigación y desarrollo que requiera el Gobierno del Estado, conforme a las modalidades que para cada caso expresamente determine el Comité Técnico y de Administración del Fondo.

6.- El "FONDO", en términos del artículo 35 Fracción III de La Ley de Ciencia y Tecnología, considera como sujetos de apoyo a "las Universidades e lnstituciones de Educación Superior, públicas y particulares, centros, laboratorios, empresas públicas y privadas y demás personas que se inscriban en el Registro Nacional de Instituciones y Empresas Científicas y Tecnológicas" que establece la Ley de Ciencia y Tecnología, los cuales son elegidos mediante concurso y bajo las modalidades que expresamente determine el Comité Técnico y de Administración, con apego a las Reglas de Operación del Fideicomiso y según la convocatoria correspondiente.

7.- Que previo proceso de evaluación a que se refieren las Reglas de Operación del "FONDO", el Comité Técnico y de Administración, en su sesión de fecha de - de , autorizó la canalización de recursos a favor de , por un monto de - 1100 MN, para el desarrollo del proyecto denominado , en lo sucesivo el "PROYECTO".

D E C L A R A C I O N E S

l. Del "FONDO":

a) , Por conducto del con fecha designó a , como Secretario Administrativo del "FONDO" con los derechos y obligaciones contenidos en dicho Contrato de Fideicomiso y en sus Reglas de Operación.

b) El Comité Técnico y de Administración del "FONDO", en su sesión de fecha , instruyó a la Fiduciaria el otorgamiento del poder por virtud del cual

comparece a la celebración del presente convenio.

c) Nacional Financiera, S.N.C, en su calidad de Institución Fiduciaria y en cumplimiento a lo dispuesto en el inciso que antecede le otorgó Poder General para pleitos y cobranzas, actos de administración y para cubrir y manejar cuentas bancarias, mismo que se hizo constar en el testimonio de la Escritura Pública número , de fecha - de

de , otorgado ante la fe del Lic. , Notario Público número del Distrito Federal.

d) Tiene establecido su domicilio legal en: que señala para los fines y efectos legales de este convenio.

II. De los "SUJETOS DE APOYO"

1. Institución A

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a) Que en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 16, 17 y 35, fracción III de la Ley de Ciencia y Tecnología, se encuentra inscrito en el Registro Nacional de Instituciones y Empresas Cientificas y Tecnológicas a cargo del "CONACYT", tal y como se acredita con la Constancia de Inscripción

b) Que es una institución constituida legalmente en los términos de las leyes mexicanas.

c) Que en atención a la convocatoria correspondiente, presentó a concurso la propuesta denominada clave , de la que se derivó el "PROYECTO", mismo que se relaciona en el propio antecedente 8" y que forma parte del objeto del presente convenio.

d) Que recibió de "EL SECRETARIO ADMINISTRATIVO", al momento de la firma del presente instrumento, el Procedimiento PP-04 Administración de Proyectos que forma parte del Manual de Procedimientos del Fondo Mixto, cuyo contenido obligacional es de su pleno conocimiento.

e) Que tiene establecido su domicilio legal en , mismo que señala para los fines y efectos legales de este convenio.

2. Institución B:

a) Que en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 16, 17 y 35, fracción III de la Ley de Ciencia y Tecnología, se encuentra inscrito en el Registro Nacional de Instituciones y Empresas Cientificas y Tecnológicas a cargo del "CONACYT", tal y como se acredita con la Constancia de Inscripción

b) Que es una institución constituida legalmente en los términos de las leyes mexicanas.

c) Que en atención a la convocatoria correspondiente, presentó a concurso la propuesta denominada clave , de la que se derivó el "PROYECTO", mismo que se relaciona en el propio antecedente 8" y que forma parte del objeto del presente convenio.

d) Que recibió de "EL SECRETARIO ADMINISTRATIVO", al momento de la firma del presente instrumento, el Procedimiento PP-04 Administración de Proyectos que forma parte del Manual de Procedimientos del Fondo Mixto, cuyo contenido obligacional es de su pleno conocimiento.

e) Que tiene establecido su domicilio legal en , mismo que setiala para los fines y efectos legales de este convenio.

I

ÚNICA.- Las partes expresamente manifiestan su conocimiento al contenidoH llhdispuesto por la fracción II del articulo 12 de la Ley de Ciencia y Tecnología, que a la letra dice: "Los resultados de las actividades de investigación y desarrollo tecnológico que sean objeto de apoyo en términos de esta Ley serán invariablemente evaluados y se tomarán en cuenta para el otorgamiento de apoyos posteriores".

Expuesto lo anterior, las partes se obligan de acuerdo a las siguientes:

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C L A U S U L A S

PRIMERA: El objeto del presente convenio consiste en canalizar los recursos asignados por el "FONDO" en favor de los "SUJETOS DE APOYO", para la realización del "PROYECTO" aprobado, denominado: , cuya responsabilidad de ejecución y correcta aplicación de los recursos, queda, desde este momento, plenamente asumida por los "SUJETO DE APOYO".

SEGUNDA: El "SECRETARIO ADMlNISrRA'I'IVO", con cargo al patrimonio del "FONDO", y en cumplimiento de los acuerdos tomados por el Comité Técnico y de Administración, y con sujeción a lo establecido en el presente, Convenio, canaliza a los "SUJETOS DE APOYO", la cantidad total de ( M.N), conforme a lo establecido en el desglose financiero por etapas y por institución que debidamente firmado forma parte integrante del presente instrumento como anexo 1.

TERCERA: Los "SUJETOS DE APOYO", se obligan a desarrollar el "PROYECTO" aplicando la totalidad de los recursos que se canalicen, conforme lo establecido en el Anexo 2 que debidamente firmado forma parte integrante del presente instrumento.

Los "SUJETOS DE APOYO" se obligan a desarrollar el "PROYECTO" de acuerdo con los objetivos y las metas por etapas. Asimismo, se obliga a generar y entregar en tiempo y forma al "FONDO" los productos comprometidos, descritos en el Anexo 1.

Los anexos sólo podrán ser modificados si para ello concurren las voluntades de las partes. En el caso de autorización de alguna prórroga, ésta se hara por escrito y de conformidad con el Procedimiento PP-04 Administración de Proyectos vigente, pasando a ser parte integral del Convenio

CUARTA: Los "SUJETOS DE APOYO", se obligan a informar oportunamente al "FONDO" sobre la eventualidad de condiciones que impidan la continuidad en el desarrollo del "PROYECTO", a fin de concluirlo anticipadamente o dar por terminado el presente convenio. Dicha notificación deberá justificarse debidamente en el informe de la etapa correspondiente.

Se considerará que existe inconveniencia en continuar el "PROYECTO", cuando no sea posible alcanzar sus objetivos dentro de las condiciones de tiempo y costo previstas en los anexos.

QUINTA: El "FONDO", por conducto del "SECRETARIO ADMINISTRATIVO" canalizará por etapas los recursos a los "SU.IETOS DE APOYO, en términos de lo presentado en la propuesta dentro del Anexo 1, a través de ministraciones relacionadas con cada una de las etapas que conforman, en su conjunto, el plan general del "PROYECTO", en los términos y montos establecidos en los anexos. Los "SUJETOS DE APOYO" deberáN presentar recibo institucional por cada una de las ministraciones.

Una vez liberada la primera ministración y a la conclusión de la primera etapa del "PROYECTO", los "SUJETOS DE APOYO" presentarán los Informes de avance Técnico y Financiero por conducto del coordinador general del proyecto, a evaluación favorable del informe, se realice la ministración y así sucesivamente, hasta la conclusión del proyecto.

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Los informes de etapa deberán de contener los entregables comprometidos para esa etapa, la información de la aplicación de los recursos canalizados, y una valoración razonable sobre la viabilidad de alcanzar el objetivo del "PROYECTO " por parte de los "SUJETOS DE APOYO".

Al término del "PROYECTO" los "SUJETO DE APOYO" deberán presentar los informes técnico y financiero finales, dentro de los treinta días naturales contados a partir de la fecha de conclusión de la última etapa, en el que se incluirá la solicitud expresa del finiquito financiero del apoyo económico otorgado, considerando el debido cumplimiento del "PROYECTO" y que los recursos canalizados fueron utilizados única y exclusivamente para su desarrollo. Para la expedición del finiquito financiero será indispensable el cumplimiento de lo dispuesto en la cláusula décima cuarta de este convenio.

De proceder el informe técnico final y el finiquito, el "FONDO" emitirá un dictamen en el que se contendrá la resolución de cierre del "PROYECTO", de acuerdo con los criterios y procedimientos establecidos por el "FONDO".

La recepción de los informes de avances técnicos y financieros como soporte, no implica la aceptación definitiva de los resultados. El Comité Técnico y de Administración del "FONDO" se reserva el derecho de suspender la canalización de recursos o bien, de rescindir el presente Convenio, cuando los proyectos no se realicen con el método, la precisión o la secuencia necesaria para la consecución del "PROYECTO".

SEXTA: El "FONDO", por sí mismo, podra en cualquier momento realizar auditorias y practicar visitas de supervisión, con el propósito de constatar el grado de avance en el desarrollo de los trabajos y la correcta aplicación de los recursos canalizados al "SUJETO DE APOYO", el cual queda expresamente obligado a brindar todo tipo de facilidades tanto para permitir el acceso a sus instalaciones, como para mostrar toda la información técnica y financiera que le sea solicitada para estos efectos.

Los "SUJETOS DE APOYO" deberán de guardar toda aquella información técnica que se genere y que estime relevante para realizar futuras evaluaciones sobre el "PROYECTO", durante un periodo de cinco años posteriores a la conclusión de los apoyos otorgados por el "FONDO".

SÉPTIMA: Los "SUJETOS DE APOYO" designan a como Responsable Técnico General del "PROYECTO", quien será el enlace con el "FONDO" para los asuntos técnicos, teniendo como obligación principal la de coordinar el desarrollo del "PROYECTO", presentar los informes de etapa y de cierre, y en general supervisar el fiel cumplimiento del presente convenio. Por su parte cada institución designa a un Responsable Técnico quienes coordinarán las actividades y compromisos asumidos por la institución correspondiente.

En caso de ausencia mayor de tres meses, o definitiva del Responsable Técnico, los "SU.IETOS DE APOYO" deberán designar al sustituto, de común acuerdo con él, que cuente con un curriculum equivalente o mayor, solicitando autorización al "FONDO", en un plazo que no excederá de quince días naturales posteriores a que éste se ausente, de acuerdo a lo establecido en el Manual de Administración de Proyectos.

Los "SUJETO DE APOYO" designan a como Responsable Administrativo del "PROYECTO", quien auxiliará al Responsable Técnico en su función de enlace ante el "FONDO" y tendrá como obligación directa el manejo de los recursos d e l ~ p q t o económico

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canalizado a los "SUJETOS DE APOYO", así como los asuntos contables y administrativos del "PROYECTO".

En caso de ausencia temporal o definitiva del Responsable Administrativo, los "SUJETOS DE APOYO" deberá designar al sustituto, notificando de ello al "FONDO", en un plazo que no excederá de 15 días naturales posteriores a que este se ausente.

OCTAVA: Los "SUJETOS DE APOYO" deberán disponer de una cuenta de cheques a través de la cual se les canalizarán las ministraciones correspondientes a cada etapa. Dicha cuenta será operada mancomunadamente por el Responsable Técnico y el Responsable Administrativo de cada una de las instituciones a que se refiere la cláusula anterior, en forma exclusiva para administrar los recursos canalizados al "PROYECTO", por lo que será necesario que la misma se encuentre acreditada en el "FONDO", previamente a la entrega de la primera ministración.

El "FONDO" realizará las transferencias de recursos en la forma más ágil posible, de conformidad a sus normas de operación. Es obligación del Responsable Administrativo del "PROYECTO" cumplir con todos los requisitos administrativos y contables derivados del presente Convenio. Por lo tanto, el Responsable Administrativo deberá de estar en permanente contacto con el personal del "FONDO" para aclarar oportunamente cualquier duda, satisfacer sus requerimientos y conocer la forma en la cual debe de llevar el registro y contabilidad de sus operaciones.

NOVENA: Los "SUJETOS DE APOYO" y el "FONDO", convienen en que los Derechos de Propiedad Industrial y los Derechos de Autor que se generen como resultado del desarrollo del "PROYECTO", será propiedad de la persona física o moral, a quien conforme a Derecho le correspondan, en el entendido de que el "FONDO" no tendrá interés jurídico sobre esos derechos. No obstante en los casos, que los entregables involucren derechos de propiedad, la instancia estatal usuaria de los resultados del proyecto podrá hacer un uso no exclusivo de ella, siempre y cuando sea para atender el problema o necesidad que dio origen al proyecto y no represente el beneficio individual de una persona o empresa.

Los "SUJETOS DE APOYO" estarán obligado a informar por escrito al "FONDO" sobre el estado que guarden los citados derechos y sobre las posibles implicaciones que ello represente para la viabilidad del "PROYECTO".

En las publicaciones o presentaciones en eventos de carácter público que se realicen derivadas o relacionadas con el resultado del "PROYECTO", los "SUJETOS DE APOYO" deberán dar, invariablemente, el crédito correspondiente al "FONDO".

Las partes se reservan el derecho de difundir y divulgar los resultados derivados del "PROYECTO".

DECIMA: Los "SUJETOS DE APOYO" se comprometen a proporcionar la información del "PROYECTO" requerida por el Sistema Integrado de Información sobre Investigación Científica y Tecnológica que opera el "CONACYT" para lo cual le serán proporcionados los formatos que se utilizan con tal fin. Dicha información será publicada en su página de Internet, dando con ello cumplimiento a las disposiciones de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. . /

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Los "SUJETOS DE APOYO" deberán abrir un sistema de registro contable de los movimientos financieros relativos al proyecto, así como contar con un expediente específico para la documentación del "PROYECTO".

DECIMA PRIMERA: El "FONDO" podrá rescindir el presente convenio y en consecuencia suspender temporal o definitivamente la canalización de recursos a los "SUJETOS DE APOYO", sin necesidad de declaración judicial previa ni de dar aviso por escrito, cuando éste incurra en alguno de los supuestos de incumplimiento que de manera enunciativa a continuación se señalan.

A) Aplique los recursos canalizados por el "FONDO" con finalidades distintas a la realización directa del "PROYECTO".

B) No presente los informes de etapa o no atiendan en tiempo y forma con la observaciones a los mismos.

C) No presenten los informes finales o no lo hagan satisfactoriamente. D) No brinde las facilidades de acceso a la información, o a las instalaciones donde se

administra y desarrolla el "PROYECTO". E) El estado del "PROYECTO" no guarde congruencia con los informes hasta ese momento

presentados. F) No compruebe la debida aplicación de los recursos canalizados para el "PROYECTO"

cuando le sea expresamente requerido por el "FONDO". G) Proporcione información falsa. H) Incurra en algún otro incumplimiento a este convenio y a sus anexos.

Cuando el "SECRETARIO ADMINIS'TRATIVO" ejercite el derecho contenido en la presente cláusula, podrá solicitarle a los "SUJETO DE APOYO", reembolsar la totalidad de los recursos o remanentes de los recursos que le fueron canalizados, en el plazo serialado por el Comité Técnico y Administrativo del Fondo, a partir del requerimiento escrito que tales efectos, con independencia de que se haga acreedor a la sanción cláusula siguiente.

DÉCIMA SEGUNDA: En aquellos casos en que el incumplimiento por DE APOYO" a las obligaciones que asumen por virtud del presente que impida continuar con el desarrollo del "PROYECTO" y los través de su Responsable Técnico, no subsane el incumplimiento, el "FONDO" podrá cancelar, temporal o definitivamente el apoyo, el Responsable Técnico del "PROYECTO dejará de ser beneficiario de los apoyos que otorga el Gobierno Federal en esta materia, pudiendo tomarse en cuenta este incumplimiento para la participación futura de apoyos de los programas del "CONACYT", incluyendo los diversos Fondos regulados en la Ley de Ciencia y Tecnología.

DECIMA TERCERA: El "FONDO" podrá dar por terminado de manera anticipada el presente convenio, cuando a su juicio existan circunstancias que impidan continuar con el desarrollo del "PROYECTO", mismas que deberá de motivar y fundamentar en el escrito que para tal efecto dirija a los "SUJETOS DE APOYO" en el plazo señalado por el Comité Técnico y de Administración del Fondo, plazo dentro del cual deberá de elaborar el informe de "cierre" del "PROYECTO" para proceder a su finiquito, en los términos del presente convenio y de sus anexos.

DECIMA CUARTA: Al término del "PROYECTO" o en el supuesto de terminación anticipada del presente convenio, los "SUJETOS DE APOYO" reembolsarán al "FONDO" el remanente

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de los recursos del apoyo económico que, en su caso, no haya aplicado al "PROYECTO", en el plazo señalado por el Comité Técnico y de Administración del "FONDO".

DÉCIMA QUINTA: El "FONDO" no establecer6 ninguna relación de carácter laboral con el personal que los "SUJETOS DE APOYO" llegasen a ocupar para la realización del "PROYECTO".

En consecuencia, las partes acuerdan que el personal designado, contratado o comisionado para la realización del "PROYECTO", estará bajo la dependencia directa de los "SUJETOS DE APOYO", y por lo tanto, en ningún momento se considerará al "FONDO", como patrón sustituto, ni tampoco a los llSU.IETOS DE APOYO" como intermediario, por lo que el "FONDO", no asume ninguna responsabilidad que pudiera presentarse en materia de trabajo y seguridad social, por virtud del presente convenio.

DÉCIMA SEXTA: El presente convenio tendrá la vigencia necesaria para el desarrollo y la conclusión del "PROYECTO" de acuerdo a lo señalado en el anexo . Para el cálculo del plazo para el desarrollo del "PROYECTO", se considerará fecha de inicio aquella en que los "SU.IETOS DE APOYO" reciban la primera ministración, sin que el plazo general de conclusión del "PROYECTO" exceda de meses.

La fecha de firma del presente convenio se entenderá formalizada al momento en que se cuente con la suscripción electrónica de todas y cada una de las partes que intervienen en el mismo.

DÉCIMA SÉPTIMA: En términos del artículo 1803 fracción 1, del Código Civil Federal, las partes acuerdan que su voluntad expresa para aceptar íntegramente el contenido obligacional de este Convenio, se manifiesta a través de la firma electrónica de cada una de ellas, de manera que reconocen que dicho medio constituye el consentimiento expreso de este Convenio.

DÉCIMA OCTAVA: Las partes se comprometen a guardar la más estricta confidencialidad respecto de la información que con ese carácter se intercambien, bien se trate de información escrita o verbal, necesaria para el desarrollo del "PROYECTO".

DÉCIMA NOVENA: Queda expresamente pactado que las partes no tendrán responsabilidad civil por los daños o perjuicios que pudieran causarse por caso fortuito o fuerza mayor.

VIGÉSIMA: Los asuntos relacionados con el objeto de este convenio y que no queden expresamente previstos en sus cl6usulas, ni en sus anexos, serán interpretados y resueltos de común acuerdo por las partes, apelando a su buena fe y consecución de mismos prppósitos, haciendo constar sus decisiones por escrito.

VIGÉSIMA PRIMERA: Para la solución a toda controversia que se pudiera suscit r c n motivo de la interpretación, ejecución y cumplimiento del presente convenio y sus anexos, y $ q no se resuelva de común acuerdo por las partes, éstas se someterán a las Leyes Federales vigentes y Tribunales Federales competentes de la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando desde ahora a cualquier otro fuero que les pudiera corresponder en razón de sus respectivos domicilios presentes o futuros.

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PREVIA LECTURA Y CON PLENO CONOCIMIENTO DE SU CONTENIDO, LAS PARTES EXPRESAN SU CONSENTIMIENTO AL PRESENTE INTRLIMENTO A TRAVÉS DE LA FIRMA ELECTRÓNICA QUE A CONTINUACIÓN SE INSERTA POR CADA UNA DE ELLAS.

"EL FONDO" "SUJETO DE APOYO A

SECRETARIO ADMINISTRATIVO REPRESENTANTE LEGAL

SECRETARIO TECNICO RESPONSABLE TECNICO

RESPONSABLE ADMINIS'TRATIVO.

"SUJETO DE APOYO 6" "SUJETO DE APOYO C"

REPRESENTANTE LEGAL

RESPONSABLE TECNICO

REPRESENTANTE LEGAL

RESPONSABLE TECNICO

RESPONSABLE ADMINISTRATIVO. RESPONSABLE ADMINISTRATIVO.

LAS FIRMAS QUE APARECEN EN ESTA HOJA SE REFIEREN AL CONVENIO DE

FONDO MIXTO DE FOMENTO A LA INVESTIGACI~N C~ENT~F~CA Y TECNOLÓGICA CONACYT-GOBIERNO

DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

1 TITULO: ADMINISTRACION DE PROYECTOS 1 CLAVE: PP-04 1

1. ALCANCE Y FINALIDAD

Inicio de vigencia: Octubre 2008

Término de Vigencia: Octubre 201 1

, No. de Revisión: O

Este procedimiento establece criterios y lineamientos que los sujetos de apoyo de Fondos Mixtos deberán seguir para el correcto manejo de los recursos otorgados, de la administración de las distintas fases del proyecto y de la relación y compromisos asumidos con el Fondo, para lo cual:

a) Establece las normas para la aplicación y la comprobación de los recursos económicos en proyectos por los Fondos Mixtos.

b) Regula el procedimiento para la presentación de los informes de avance técnicos y financieros así como del informe final, la entrega de resultados y productos comprometidos, así como el cierre y finiquito de los proyectos.

c) Establece las responsabilidades de los participantes e instancias involucradas en la ejecución de proyectos.

Acuerdo CTA: E -1212009

No. de Hojas: 44

No. de Anexos: 7

SECCION 1: RESPONSABILIDADES.

2. RESPONSABILIDADES:

2.1 Son responsables de observar y aplicar el presente procedimiento:

a) Por el Sujeto de Apoyo.

1) El Representante Legal. 4 /

Persona física con poderes legales para contraer y suscribir compromiso con el Fondo a nombre del Sujeto de Apoyo.

2) EL Responsable Técnico del proyecto.

Persona física responsable ante el Fondo Mixto, de la solicitud de apoyo y del desarrollo de las actividades del proyecto. En el caso de proyectos interinstitucionales el coordinador general del proyecto.

3) El Responsable Administrativo del proyecto.

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Persona física responsable de la administración de los recursos otorgados por el Fondo Mixto, para la ejecución de las etapas del proyecto.

b) Por el Fondo Mixto

1) EL Secretario Técnico del Fondo Mixto.

Elemento de apoyo del Comité Técnico y de Administración y designado por el CONACYT para auxiliar en los mecanismos que garanticen la calidad técnica de los proyectos.

2) EL Secretario Administrativo del Fondo Mixto.

Elemento de apoyo del Comité Técnico y de Administración y designado por el Gobierno del Estado para auxiliar en los mecanismos que garanticen un correcto manejo de los recursos y de los procesos administrativos inherentes.

2.2 Son obligaciones de los responsables de aplicar este procedimiento, las descritas en el anexo 1 y que se resumen en:

a) Representante Legal del Sujeto de Apoyo.

La designación y aseguramiento de la correcta actuación de los responsables técnico y administrativo del proyecto, del cumplimiento de los compromisos establecidos por el proyecto, del adecuado manejo, aplicación y comprobación de los recursos recibidos y de la formalización del Convenio de Asignación de Recursos correspondiente.

b) Responsable Técnico del Proyecto.

De la ejecución del proyecto conforme a la metodología, programa y presupuesto aprobado y del cumplimiento de los compromisos establecidos el Convenio de Asignación de Recursos.

c) Responsable Administrativo.

De la aplicación de los recursos del proyecto con estricto apego a lo establecido en el presente procedimiento y a la normatividad institucional vigente y de la adecuada comprobación del gasto.

d) Secretario Técnico del Fondo.

De la verificación del avance técnico del proyecto, del cumplimiento de los objetivos, metas y entregables establecidos y de lo conducente en función de los resultados de las evaluaciones realizadas.

e) Secretario Administrativo del Fondo

De la formalización del apoyo aprobado y del finiquito del proyecto, de la ministración de recursos en los tiempos establecidos en el Convenio de Asignación y del seguimiento financiero del proyecto.

SECCIÓN 11. ADMINISTRACIÓN DEL PROYECTO

3. FORMALIZACI~N DEL APOYO.

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3.1 La formalización implica la firma del Convenio de Asignación de Recursos cuyo objeto consiste en establecer las bases sobre las cuales se canalizarán los recursos asignados a un proyecto previamente aprobado, de conformidad con los derechos y obligaciones que las partes asumen por virtud del mismo, de tal suerte que este acto formal se constituye en el requisito esencial para que el Convenio surta efectos y se proceda a la ministración de los recursos.

3.2 En el Convenio quedará explícito para cada una de las etapas, las metas, compromisos, entregables, fechas de entrega de informes, así como el monto del recurso y las partidas autorizadas y, en el caso que aplique, las aportaciones comprometidas por el Sujeto de Apoyo, así como los usuarios de los resultados del proyecto. En el caso de proyectos interinstitucionales deberá incluirse un desglose del presupuesto por institución.

3.3 La partes firmantes son por una parte la institución Fiduciaria en la que se encuentra constituido el Fideicomiso, a la que se le denomina como el "FONDO1', representada por el Secretario Administrativo, asistido por el Secretario Técnico del propio "FONDO" y por la otra, el Sujeto de Apoyo representado por su representante legal y asistido por los Responsables Técnico y Administrativo del proyecto.

3.4 El Sujeto de apoyo dispondrá de un plazo no mayor de veinte días hábiles a partir del envío del Convenio de Asignación de Recursos, para su firma. Este plazo podrá modificarse solo en casos excepcionales, debidamente justificados y a juicio del Secretario Administrativo, mediante solicitud expresa con al menos una semana de anticipación a la fecha límite.

4. MINISTRACION DE RECURSOS.

4.1 Apertura de la cuenta bancaria para el ejercicio de los recursos.

a) El Sujeto de Apoyo, dentro del plazo de 20 días hábiles para la firma del Convenio de Asignación de Recursos, abrirá una cuenta de cheques a su nombre en una institución bancaria establecida en territorio nacional, para el uso exclusivo de los recursos asignados al proyecto, firmando de manera mancomunada el Responsable Técnico y el Responsable Administrativo.

b) En el caso de sujetos de apoyo que en su administración utilicen una cuenta concentradora, deber4 notificarlo en forma oficial al Secretario Administrativo, justificando dicha situación, así como su compromiso de la canalización oportuna de los recursos al proyecto. K

4.2 Garantías en la aplicación del recurso (caso de empresas) 1/ \ a) En los casos de proyectos de empresa cuyo monto total del apoyo sea hasta de un

millón de pesos, el Sujeto de Apoyo debera firmar un "Pagaré" a nombre del Fondo Mixto, por el monto total del apoyo con el fin de asegurar el buen uso y aplicación de los recursos en el desarrollo del proyecto.

4' b) En los casos que el monto total del apoyo sea superior al millón de pesos, el Sujeto de

Apoyo debera obtener una fianza con recursos propios ante una compañía afianzadora legalmente autorizada. El otorgamiento de la fianza será a favor del Fondo y10 del Secretario Administrativo del mismo, por un monto correspondiente al cincuenta por ciento del apoyo otorgado.

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El Sujeto de Apoyo deberá entregar la póliza de la fianza contratada al Secretario Administrativo, como requisito indispensable para proceder al trámite de la primera ministración, y tendrá la obligación de mantenerla vigente hasta el término del proyecto. Cualquier cambio que se autorice al proyecto en cuanto a plazos, alcances o metas, durante la ejecución del proyecto, deberá de reflejarse en los términos del otorgamiento de la fianza como condición indispensable para la aplicación de dicho.

c) Una vez que el Sujeto de Apoyo haya cumplido con los compromisos contraídos en el Convenio de Asignación de Recursos, el Secretario Administrativo le devolverá el "Pagare firmado o en su caso, expedirá a la afianzadora la carta de liberación de obligaciones.

4 .3 Ministración inicial

a) El Responsable Administrativo del proyecto enviará al Secretario Administrativo del Fondo, copia del contrato de apertura de la cuenta de cheques, incluyendo la CLABE bancaria, acompañada del recibo oficial o factura que cumpla con los requisitos fiscales, por el importe correspondiente al monto neto de la primera ministración, dentro del plazo de los 20 días hábiles considerados para la firma del Convenio de Asignación de Recursos. En caso de aportaciones concurrentes, deberá anexarse además, la comprobación del depósito de la aportación comprometida, efectuado en dicha cuenta

b) En el caso de Sujetos de apoyo que en su administración utilicen una cuenta concentradora, deberán enviar al Secretario Administrativo, el número de cuenta, CLABE bancaria y el recibo o factura.

c) Una vez cumplidos los requisitos descritos, el Secretario Administrativo del Fondo procederá a efectuar el depósito correspondiente.

4.4 Ministraciones subsecuentes

a) Al término de cada etapa, con el envío de los informes técnico y financiero, el Responsable Administrativo del proyecto enviará al Secretario Administrativo del Fondo el recibo institucional en el caso de instituciones o centros públicos de investigación, o factura que cumpla con los requisitos fiscales en el caso de empresas, por el importe correspondiente al monto neto de la siguiente etapa y; tratándose de aportaciones concurrentes, deberá también anexar la comprobación del depósito de su aportación, efectuado en la cuenta abierta para el uso exclusivo de los recursos asignados al proyecto.

b) El Secretario Administrativo procederá a ministrar los recursos correspondientes a la etapa subsecuente una vez recibidos los resultados de las evaluaciones de los informes técnico y financiero siempre y cuando, ambos sean positivos y se haya comprobado como mínimo el 80% de lo ministrado para la etapa anterior.

c) En los casos en que las revisiones de los informes técnicos o financieros resulten desfavorables, los Secretarios Técnico y Administrativo, respectivamente, deberán solicitar las correcciones o ajustes que correspondan.

4.5 Aportaciones del Sujeto de Apoyo

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Las aportaciones concurrentes comprometidas serán registradas en el formato correspondiente, comprobando el depósito ante la Secretaría Administrativa, tanto de la aportación inicial como de las subsecuentes.

5. PRESENTACION DE INFORMES

5.1 Informes Técnicos de Avance

a) El Responsable Técnico del proyecto deberá presentar los informes técnicos de cada etapa al Secretario Técnico del Fondo, en el formato mostrado en el Anexo 2 y en la fecha estipulada en el Convenio de Asignación de Recursos, independientemente de haber o no concluido con la totalidad de las actividades y compromisos programados.

b) Cabe mencionar que las fechas indicadas en el Cronograma, se refieren a fechas límite, por lo que los informes deberán presentarse preferentemente antes de esa fecha.

c) El informe deberá presentarse en línea, utilizando el Sistema Inforrnático de Fondos y contener únicamente la información solicitada. La información adicional o de soporte, debera adjuntarse en forma de anexos y hacer referencia a ella en el texto del informe.

En caso de alguna limitación del Sistema Inforrnático se enviará preferentemente de manera electrónica.

d) Con base en estos informes, el Secretario Técnico verificará el cumplimiento de metas, compromisos y productos entregables y en caso de considerarlo necesario, solicitara la opinión de evaluadores acreditados en el RCEA o de otras instancias de evaluación que considere pertinentes.

e) El Responsable Técnico del proyecto deberá justificar y notificar oportunamente al Secretario Técnico, las desviaciones que ocurran durante la ejecución del proyecto tanto en el cumplimiento de las metas como en los entregables e indicar, en su caso, las acciones que llevará a cabo para corregirlas e incluirlas en el informe correspondiente.

f) El Secretario Técnico debera notificar por escrito al Responsable Técnico los resultados de la revisión de los informes.

g) En los casos en que hubiera observaciones a atender que condicionaran la continuidad del proyecto, el Responsable Técnico contará con 15 días hábiles como máximo para dar respuesta a dichas observaciones, una vez recibida la notificación. \ 1

h) El incumplimiento a cualquiera de las obligaciones contenidas en el Convenio de Asignación de Recursos por parte del Responsable Técnico del proyecto, puede poner en riesgo el desarrollo del mismo, dando lugar a la aplicación inmediata de las sanciones previstas en dicho Convenio, o bien a la ejecución de medidas administrativas como la suspensión temporal o definitiva de las ministraciones, que equivaldría en este segundo caso, a cancelar el apoyo otorgado

M .

i) La veracidad de la información proporcionada por el Responsable Técnico podrá ser verificada en el momento en que el Secretario Técnico del Fondo lo considere necesario, quien podrá llevar a cabo revisiones "in situ" con el apoyo de las instancias de evaluación que considere conveniente.

5.2 Informes Financieros

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a) El Responsable Administrativo del proyecto deberá presentar al Secretario Administrativo del Fondo, el informe financiero en el formato descrito en el anexo 3, simultáneamente con el informe técnico y con la periodicidad estipulada en el Convenio de Asignacion de Recursos.

b) No deberá enviarse el respaldo documental del informe financiero, sin embargo éste deberá estar disponible en el momento que le sea requerido por el Secretario Administrativo. Las facturas y comprobantes deberán tener la leyenda "Apoyado por el Fondo Mixto Conacyt-Gobierno del Estado de Nuevo León y el número de proyecto de referencia.

c) Deberá comprobarse (incluyendo las previsiones contempladas a ejercer hasta el fin de la etapa) haber ejercido como mínimo el 80% de lo ministrado para la etapa.

d) El informe deberá presentarse en línea, en el sistema de captura del Sistema Inforrnático de Fondos Mixtos, y contener Únicamente la información solicitada incluyendo los estados de la cuenta de cheques de manera digitalizada. A solicitud del Secretario Administrativo, deberá enviarse en fotocopia o digitalizada, la documentación de soporte de las erogaciones realizadas, así como de las pólizas de cheque y conciliaciones bancarias.

e) El Secretario Administrativo deberá notificar por escrito al Responsable Administrativo los resultados de la revisión de los informes.

f) En los casos en que hubiera observaciones a atender que condicionaran la continuidad del proyecto, el Responsable Administrativo contará con 15 días hábiles como máximo para dar respuesta a dichas observaciones.

g) El incumplimiento a cualquiera de las obligaciones contenidas en el Convenio de Asignación de Recursos por parte del Responsable Administrativo del proyecto, puede poner en riesgo el desarrollo del mismo, dando lugar a la aplicación inmediata de las sanciones previstas en dicho Convenio, o bien a la ejecución de medidas administrativas como la suspensi6n temporal o definitiva de las ministraciones, lo que equivale a cancelar el apoyo otorgado.

h) La veracidad de la información proporcionada por el Responsable Administrativo podrá ser verificada en el momento en que el Secretario Administrativo del Fondo lo considere necesario. \ /

5.3 Informes Finales

a) Al término del proyecto, el Responsable Técnico, presentará al Secretario Técnico el I/ '

informe final en la fecha establecida en el Convenio de Asignacion de Recursos, utilizando el formato mostrado en el Anexo 2.C, destacando los resultados obtenidos y el impacto científico, económico y social que se haya generado. 4'

b) En el informe se deberá reportar las metas alcanzadas, los productos obtenidos del proyecto en su totalidad y adjuntar toda la información técnica de soporte que fundamente lo informado.

c) El Secretario Técnico turnará el informe a evaluadores designados por la Comisión de Evaluación y en su caso, a las instancias creadas por los usuarios para el seguimiento del proyecto. Una vez dictaminada la calidad del informe por la Comisión de Evaluación el Secretario Técnico informará al responsable técnico, en un periodo no mayor 30 días hábiles de recibido el informe, los resultados u observaciones emitidos por la Comisión.

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d) En caso de un dictamen no favorable, el Responsable Técnico del Proyecto dispondrá hasta de 20 días hábiles de recibido dicho dictamen, para atender las observaciones emitidas por la Comisión de Evaluación o en su caso, justificar las razones que impiden su atención.

e) Concluido el proceso de evaluación a través del Secretario Administrativo se hará la entrega formal de los resultados del proyecto al representante del sector usuario.

f) La evaluación de dicho informe por parte del Fondo y del CONACYT constituirá la base para el otorgamiento de futuros apoyos, de conformidad a lo establecido en el Artículo 12 de la Ley de Ciencia y Tecnología.

6. MODIFICACIONES AL CONVENIO DE ASIGNACION DE RECURSOS

6.1 Cambio de Responsables

Solo en casos debidamente justificados, el Sujeto de Apoyo podrá someter a consideración de las instancias que en este apartado se señalan, modificaciones al Convenio de Asignación de Recursos, o a sus estipulaciones, en relación a los siguientes aspectos:

a) Cambio de Responsable Técnico

El Sujeto de Apoyo podrá solicitar por escrito el cambio de Responsable Técnico del proyecto al Secretario Técnico del Fondo, indicando los motivos de su petición, a la que adjuntará la aceptación del candidato y su curriculum vitae. La solicitud deberá enviarse con un mínimo de dos semanas de anticipación al cambio, será evaluada por la Comisión de Evaluación y contestada por el Secretario Técnico.

En caso de proceder, deberá hacerse del conocimiento del Comité Técnico y de Administración dicho cambio.

De no aceptarse la solicitud el Sujeto de Apoyo deberá hacer una nueva propuesta o proceder al cierre anticipado del proyecto.

b) Cambio de Responsable Administrativo

El Sujeto de Apoyo informará por escrito al Secretario Administrativo del Fondo el cambio de Responsable Administrativo del proyecto, quedando responsabilizado de garantizar la continuidad en el ejercicio de los recursos y demás acciones administrativas como lo es el trámite inmediato de baja y alta en la cuenta de cheques. d

6.2 Cambio de Sujeto de apoyo \ / a) En casos excepcionales y justificados como pudiera ser el cambio de razón social o

imposibilidad de continuar con la administración del proyecto, el Sujeto de Apoyo podrá plantear al Fondo, por conducto de su Secretario Técnico, la solicitud de sustitución de Sujeto de Apoyo, razonando y motivando debidamente y por escrito las justificaciones de procedencia de dicha solicitud..

b) El Comité Técnico y de Administración del Fondo evaluará la solicitud de sustitución, a la brevedad posible, y resolverá sobre su procedencia

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c) Si la resolución es negativa, se procederá de acuerdo a las previsiones del Convenio de Asignación de Recursos, dependiendo de las causales de inoperatividad del proyecto por parte del Sujeto de Apoyo o de aquellas que originen la cancelación anticipada del mismo, o la rescisión del Convenio señalado.

d) Si la resolución es afirmativa, se procederá a la cesión de derechos correspondiente y a la modificación del Convenio de Asignación de Recursos el Sujeto de Apoyo sustituto deberá de reunir todos los requisitos exigidos en la Convocatoria correspondiente, y subrogarse o asumir los derechos y obligaciones contenidos con el objeto de continuar con la realización del proyecto

6.3 Transferencias

El Responsable Técnico, de común acuerdo con el Responsable Administrativo, podrá realizar transferencias de recursos entre las partidas y rubros elegibles mencionados en los Términos de Referencia o en la Convocatoria a la que aplicó, sin necesidad de autorización previa del Secretario Administrativo, siempre y cuando le sean justificadas y notificadas al mismo en los informes correspondientes, sean indispensables para garantizar el logro de los objetivos y entregables del proyecto y no contravenga las observaciones de la Comisión de Evaluación o las consideraciones específicas establecidas en este procedimiento o en la convocatoria correspondiente.

Son intransferibles los recursos asignados tanto al rubro de estudiantes asociados como al de investigadores asociados.

Queda restringida la transferencia de gasto de inversión a gasto corriente a la aprobacidn del Secretario Técnico y del Secretario Administrativo.

6.4 Prórrogas:

a) Se entiende como prórroga la extensión de la vigencia del Convenio de Asignación de Recursos, y que se deriva de la imposibilidad de cumplir en el plazo originalmente planteado con los objetivos y metas del proyecto.

b) El Responsable Técnico del proyecto deberá presentar al Secretario Técnico la solicitud de prórroga, al menos con 30 días naturales antes de la fecha de conclusión del proyecto, indicando los motivos de su petición y anexando la justificacidn correspondiente y precisando el tiempo requerido.

c) El Secretario Técnico con el apoyo del Secretario Administrativo y de las instancias de evaluación que considere pertinentes, resolverá la solicitud en un término que no exceda de los 20 días hábiles posteriores a la fecha de su recepción.

d) Salvo casos excepcionales, las prórrogas no deberán exceder un máximo de seis meses contados a partir de la fecha de término original ni deberá otorgarse más de una.

e) En el caso que la prórroga sea aceptada el Secretario Técnico informará al Comité Técnico en su próxima reunidn de trabajo para su ratificación y asentamiento en el Acta de la reunión correspondiente.

f) En los casos que la prórroga no sea aceptada, el responsable técnico deberá elaborar el informe final con los resultados alcanzados a la fecha y explicitando

los causales que impidieron cumplir con todos los compromisos establecidos en el Convenio de Asignación de Recursos.

g) No son motivo o justificación de prórrogas:

Graduacidn de estudiantes Publicación de artículos Impresión de libros o material.

6.5 Recalendarizaciones:

El Secretario Administrativo podrá realizar recalendarizaciones de los proyectos, en función de:

a) Depósito de la primera ministración.

La recalendarización se realizará en forma automática, tomando como fecha de inicio, la fecha en la que fue realizado el depdsito correspondiente a la primera ministración.

b) Retrasos en las ministraciones subsecuentes.

Cuando el Sujeto de Apoyo cumplid en tiempo y forma con la entrega de sus informes y se tengan retrasos en los tiempos de evaluación o en la ministración de recursos, se podrán recalendarizar las siguientes etapas, siempre y cuando así lo solicite el responsable Técnico.

No aplica los retrasos generados por el periodo de atención a observaciones, tanto del informe técnico como al informe financiero.

El Secretario Administrativo informará al Comité Técnico y de Administración las recalendarizaciones autorizadas, así como los causales de las mismas.

6.6 Ampliación de recursos.

a) Solo bajo condiciones excepcionales, el Comité Técnico y de Administración del Fondo autorizará ampliaciones a los montos originalmente autorizados, previa solicitud presentada por escrito al Secretario Técnico por el Sujeto de Apoyo, a travks de los Responsables Técnico y Administrativo.

1

b) En dicha solicitud se deberá justificar técnicamente y de manera amplia la necesidad de la ampliacidn.

c) La solicitud deberá turnarse a la Comisión de Evaluación para que emita una recomendación.

7. SUSPENSIONES Y CANCELACIONES

7.1 Suspensiones

a) En caso de la presencia de cualquiera de los eventos siguientes, el Fondo podrá sancionar con la suspensión de los apoyos económicos asignados al proyecto:

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Falta de cumplimiento por parte del Responsable Técnico y10 el Responsable Administrativo del proyecto, en la presentación de los informes técnicos o financieros de alguna de las etapas.

En la detección de anomalías por el uso indebido de los recursos ejercidos en los conceptos de Gasto corriente y Gasto de inversión.

Ante el incumplimiento de cualquiera de las disposiciones establecidas en el Convenio de Asignacibn de Recursos que se señalen como causales de suspensión o cancelación.

Ante la deteccibn de que se haya presentado falsedad de informacibn.

b) Ante el incumplimiento grave de los compromisos establecidos en el convenio de asignación de recursos, que se señalen como causales de suspensión o cancelación, se podrá proceder a lo siguiente:

1) El sujeto de apoyo deberá corregir las anomalías detectadas dentro del plazo, otorgado con la finalidad de continuar con el otorgamiento del apoyo económico.

2) En caso de no regularizar su situacibn en el plazo otorgado, el Fondo podrá realizar una revisión total del proyecto y proceder a la cancelación del apoyo económico, exigir la devolucibn del recurso y en su caso, hacer efectiva la garantía marcada en el Convenio de Asignación de Recursos.

7.2 Cancelación del apoyo

a) Si el Sujeto de Apoyo no adopta las medidas correctivas que garanticen la viabilidad del proyecto, el Comité Técnico y de Administración del Fondo, sin necesidad de declaración judicial previa, procederá a la cancelacibn definitiva de las ministraciones y en consecuencia, dará por terminado anticipadamente el Convenio de Asignación de Recursos.

b) El Fondo solicitará al Sujeto de Apoyo la presentación del finiquito por sanción, en un plazo que no exceda a los 30 días naturales y procederá de acuerdo con lo establecido en el Convenio de Asignación de Recursos.

7.3 Sanciones

En el caso de que los resultados de las revisiones técnicas y10 auditorias realizadas por cualquiera de los órganos de control mencionados, revelen el incumplimiento de alguno de los procedimientos administrativos descritos en el presente manual, o que el sujeto de apoyo no proporcione informacibn fidedigna, el Fondo se reserva el derecho de ejercer la acción legal pertinente. \ ,

8. FINIQUITO

a) Al término de la vigencia del proyecto, en un periodo no mayor a 45 días naturales, el Sujeto de Apoyo a través de los Responsables Técnico y Administrativo, deberá presentar un informe técnico final Éste describirá las actividades desarrolladas, los

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productos obtenidos, y los impactos del proyecto. Presentará asimismo, un informe financiero final que justifique la totalidad de los recursos ejercidos en el desarrollo del proyecto. Esto con el propósito de llevar a cabo los procesos de información y evaluación técnica y financiera que exige la administración de recursos públicos.

b) Para la evaluación del informe técnico se contará con el apoyo de la Comisión de Evaluación, de las instancias de evaluación que se consideren pertinentes y de los representantes del sector usuario. Una vez concluida la evaluación de los informes técnico y financiero, y habiendo tenido un resultado favorable, el Secretario Técnico informará al Secretario Administrativo de los resultados y solicitará se proceda a la elaboración del acta de finiquito para que sea presentada al Comité Técnico y de Administración del Fondo para su aprobación.

c) El Secretario Administrativo del Fondo, con la anuencia del Comité Técnico y de Administración procederá a firmar el acta de finiquito y deberá remitir copia al Responsable Legal del Sujeto de Apoyo y al Responsable Técnico del Proyecto, a fin de que se integre al expediente del proyecto y se de por concluido el Convenio de Asignación de Recursos correspondiente. El Sujeto de Apoyo esta obligado a mantener el expediente en resguardo por un período no menor a cinco años posteriores al finiquito.

d) En caso de existir recursos no aplicados al proyecto o erogaciones incorrectas, el sujeto de apoyo deberá reintegrarlos al Fondo en un plazo no mayor de 30 días naturales al término del proyecto.

e) El acta de finiquito servirá de base para el otorgamiento de apoyos posteriores, tal como lo establece el Artículo 12 de la LCYT, así como para el caso de empresas, para la liberación de la garantía.

SECCIÓN III EJERCICIO Y COMPROBACIÓN DEL GASTO

9. EJERCICIO DEL GASTO

9.1 Responsabilidades en la aplicación del gasto

Es responsabilidad del Sujeto de Apoyo, así como del Responsable Técnico y del Responsable Administrativo del proyecto, el correcto ejercicio de los recursos en los rubros autorizados por el Comité Técnico y de Administración del Fondo de acuerdo a la normatividad, políticas administrativas y tabuladores vigentes de las instituciones, dependencias o empresas donde se desarrollan los proyectos, para lo cual deberá de llevarse una contabilidad por separado. N El gasto no puede en ningún caso y bajo ninguna circunstancia destinarse temporal o definitivamente a aspectos productivos y de administración u otros no relacionados exclusivamente con el proyecto. &' Es de mencionar que el ejercicio de los recursos podrá ser sujetos de auditorias y revisiones en cualquier momento por parte de los órganos fiscalizadores, tanto estatales como federales, así como de las requeridas por el Secretario Administrativo.

9.2 Catálogo de cuentas

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Deberá existir un control contable exclusivo por cada proyecto para lo cual se hará referencia al siguiente catálogo de cuentas.

01 Gasto Corriente

01 Pasajes y Viáticos.

02 Trabajo de Campo.

03 Servicios externos.

04 Gastos de operacibn.

05 Materiales de consumo y software

08 l nvestigadores Asociados.

07 Apoyo a Estudiantes Asociados.

08 Acervos bibliográficos, servicio informacibn, registros.

09 Publicaciones, actividades de difusión y transferencia de resultados.

10 Gastos de Capacitacibn

11 Otros

02 Gasto de inversión:

01 Equipo de laboratorio.

02 Maquinaria y equipo.

03 Equipo de Cómputo, telecomunicaciones y transporte.

04 Herramientas y accesorios.

05 Obra civil.

10. Ejercicio y comprobación de las partidas de Gasto Corriente

10.1 Los recursos asignados bajo el concepto de gasto corriente, considera todos aquellos rubros requeridos para llevar a cabo la ejecución del proyecto, con el alcance, metodología y programa tiempos comprometidos, conforme a lo estipulado en el Convenio de Asignación de Recursos. X/

10.2 Los recursos que se ejerzan en las partidas de Gastos de Trabajo de Campo, Pasajes y Viáticos, sólo podrán ser ejercidas por miembros del grupo de trabajo, integrado por el responsable técnico, investigadores participantes, estudiantes (con apoyo de beca o no, por parte del proyecto), investigadores asociados, o científicos tecnólogos invitados, todos debidamente registrados, ya sea en la propuesta original o ante el Secretario Técnico, quien deberá registrar cualquier cambio en el equipo. &'

10.3 Los conceptos considerados en cada uno de los rubros son entre otros los siguientes:

1) Pasajes y viáticos:

a) El pago de los gastos de pasajes y transportación a los participantes registrados en el proyecto, incluyendo los investigadores y estudiantes asociados, así como

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científicos o tecnólogos invitados, de acuerdo con el tabulador, normativa y políticas vigentes del sujeto de apoyo

Con cargo a esta partida se pagarán los siguientes tipos de pasajes:

Boletos de avión, autobús, barco, ferrocarril.

En pasajes de avión sólo se autorizarán las tarifas de clase turista y no se aceptarán boletos abiertos

Los gastos de transportacibn en autombvil (combustible y peaje), ya sea del sujeto de apoyo o propio

Traslados locales (autobús y taxis, diferentes a gastos de trabajo de campo)

Los boletos y los comprobantes que amparen los pasajes y gastos de transportación otorgados deberán coincidir con las fechas y el número de días de la comisión. Del mismo modo, todos los comprobantes que amparen dichos gastos deberán cumplir con los requisitos fiscales vigentes.

b) El pago de los gastos por hospedaje y alimentación asociados al viaje considerado, la comprobación será mediante facturas a nombre del sujeto de apoyo, de acuerdo con su tabulador, normativa y políticas vigentes del sujeto de apoyo.

2) Gastos de trabajo de campo:

a) Esta partida está destinada al pago de los gastos derivados de trabajos en campo requeridos para el desarrollo del proyecto, de acuerdo con las condiciones económicas locales y los criterios de valoración aceptables para el sujeto de apoyo, independientemente de no cumplir con los requisitos fiscales vigentes, de acuerdo con las condiciones económicas locales y los criterios de valoración aceptables para el sujeto de apoyo.

b) Comprende los siguientes conceptos:

Pago de trabajo eventual:

Levantamiento de encuestas. Aplicacibn de entrevistas. Observaciones directas. Recoleccibn de muestras. Jornadas de trabajo agrícola, acuícola y pecuario. Pago de traductores de dialectos o idiomas regionales.

Pago de servicios informales:

Alquiler de semovientes para transportacibn Alquiler de herramientas y accesorios para trabajo agrícola, acuícola y pecuario. Gastos de estancia y alimentación en lugares ubicados en el medio rural.

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Arrendamiento y reparaciones de equipo de transporte:

Indispensables para realizar el trabajo de campo o que están asignados totalmente a trabajo de campo del proyecto, incluye lanchas y otros vehículos de transporte.

c) En el caso de las actividades de los trabajos de campo, así como los eventuales y los servicios informales, las relaciones laborales y la responsabilidad patrimonial son responsabilidad exclusiva del sujeto de apoyo, no obstante de haber recibido el apoyo económico del Fondo.

3) Servicios externos:

a) Pago por servicios externos especializados a terceros, universidades, instituciones de educación superior, institutos y centros de investigación, empresas de ingeniería y10 consultoría especializada, laboratorios nacionales o extranjeros, para la realización de actividades puntuales y altamente especializadas, siempre y cuando estos sean indispensables para el éxito del proyecto.

b) El servicio se refiere a una actividad puntual y concreta y que forma parte del protocolo o metodología, mediante un contrato por objeto determinado. A su termino deberá presentar el documento, informe o estudio objeto del contrato.

c) El Fondo sólo reconocerá los honorarios que estipule el contrato de prestación de servicios profesionales, toda vez que dichos contratos no incluyen las prestaciones de seguridad social, tales como pago de cuotas del IMSS, primas vacacionales, SAR, FOVISSSTE, etc..

d) Es obligación del sujeto de apoyo la retención de los impuestos correspondientes, de conformidad con la legislación fiscal vigente. Los recibos que por este concepto entreguen las personas contratadas serán a favor de la institución receptora del apoyo.

e) En ningún momento y bajo ninguna circunstancia se considerará al Fondo como patrón sustituto, ni a la Institución o empresa como intermediaria, por lo que el Fondo no tiene relación alguna de carácter laboral con las personas que presten sus servicios profesionales para el desarrollo de los proyectos, quedando liberado en todo momento de cualquier responsabilidad que pudiese presentarse en materia laboral, fiscal y de seguridad social.

\ / f) No se aceptan dentro de esta partida, los contratos por servicios profesionales que

tengan las siguientes características: N Servicios secretariales I / \ Personal adscrito a la institución o empresa sujeta de apoyo. v \

4) Gastos operación:

Gastos relacionados con la operación y mantenimiento de laboratorios y plantas piloto; diseños y prototipos de prueba; herramientas y dispositivos para pruebas experimentales; arrendamiento, reparación y mantenimiento de equipo de laboratorio, planta piloto, comunicación y cómputo, indispensables para la ejecución exitosa del proyecto.

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5) Materiales de consumo y software:

a) Material de consumo de uso directo del proyecto en la fase experimental, incluye seres vivos, reactivos, energéticos y combustibles no incluidos en los rubros de pasajes o trabajo de campo.

b) Adquisición de licencias y programas de software especializado, indispensables por el proyecto. No se consideran los programas de uso común.

c) Consumibles para equipo de impresión, cómputo, fotografía equipos de laboratorio.

d) Con cargo a esta partida no se aceptarán las erogaciones por concepto de adquisición de los artículos de oficina y material que la Institución o empresa debe proporcionar para la operación y administración del proyecto.

6) Investigadores asociados:

a) Incorporación dentro de los proyectos, a científicos y tecnólogos, con niveles de especialidad, maestría o doctorado como investigadores asociados, que hayan obtenido el grado en instituciones nacionales o del extranjero, preferentemente ex-becarios del CONACYT o del Gobierno del Estado y que no cuenten al momento con una ubicación laboral definida.

b) La comprobación se efectúa con la presentación de la lista de pagos efectuados en el periodo determinado, anexando los comprobantes que amparen el ejercicio del gasto, firmada por el Responsable Técnico y el Responsable Administrativo y deberg corresponder a los recursos ministrados para este efecto. Al término de la vigencia del proyecto, en caso de no agotarse ésta partida, el remanente se reintegrará al Fondo.

c) La participación podrá ser por todo el periodo de vigencia del proyecto, y los montos de los apoyos por nivel se regirán conforme a la normatividad de la institución o centro solicitante sin exceder los montos siguientes:

Especialidad: Hasta 8 SMMDF

Maestría: Hasta 12 SMMDF

Doctorado: Hasta 20 SMMDF

7) Apoyo a estudiantes asociados: h! a) Apoyo mensual a estudiantes asociados al proyecto, cuyo trabajo realizado sirva

como proyecto de tesis, conduzca a la obtención del título profesional o grado académico correspondiente, y reciban la experiencia y el entrenamiento sistemático y metodológico de la investigación científica y10 tecnológica.

b) Los niveles y montos de los apoyos podrán ser:

Nivel 1: Licenciatura (último año): Hasta 2 SMMDF y hasta 9 meses.

Nivel 11: Especialidad/Maestria:* Hasta 4 SMMDF y hasta 24 meses.

Nivel lll Doctorado: * Hasta 6 SMMDF y hasta 36 meses.

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* o el tiempo de vigencia del proyecto

c) La comprobación se efectúa con la presentación de la lista de pagos efectuados en el periodo determinado, anexando los comprobantes que amparen el ejercicio del gasto, firmada por el Responsable Técnico y el Responsable Administrativo y deberá corresponder a los recursos ministrados para este efecto. Al término de la vigencia del proyecto, en caso de no agotarse ésta partida, el remanente se reintegrará al Fondo.

d) Para el incremento de esta partida, el Responsable Técnico deberá solicitar en forma justificada la transferencia de recursos al Secretario Técnico sin que el monto total de recursos solicitados sobrepase lo estipulado en el Convenio de Asignación de Recursos.

8) Acervos bibliográficos, servicios de información y registros:

a) Considera la adquisición de libros, publicaciones y suscripción a revistas, que sirvan de apoyo al desarrollo del proyecto, cuyos comprobantes que amparen dichos gastos, deberán cumplir con los requisitos fiscales vigentes.

b) Gastos efectuados por consultas a bancos de información y para la impresión o fotocopia de la misma, que sirvan de apoyo al desarrollo del proyecto, cuyos comprobantes que amparen dichos gastos deberán cumplir con los requisitos fiscales vigentes.

c) Gastos indispensables para proteger los resultados del proyecto, destinados para la contratación de especialistas en la elaboración de patentes, gestiones, trámites, gastos legales, y todos aquellos gastos asociados al proceso para asegurar la protección de la propiedad Intelectual a nivel nacional e internacional, cuya comprobación deberá documentarse con las facturas, notas o recibos que cumplan con los requisitos fiscales vigentes.

9) Publicaciones, actividades de difusión y transferencia de resultados:

a) Se refiere a aquellos gastos de organización y coordinación de actividades que tengan como propósito, transferir, divulgar y difundir los resultados del proyecto, tales como seminarios. talleres, foros. etc.

b) Incluye también la asistencia a congresos (inscripción) para el responsable del proyecto y el grupo de trabajo, siempre y cuando sea para presentar los resultados del proyecto.

c) Incluye la publicación de libros y artículos, contratación de espacios para la publicación de artículos en revistas y periódicos con circulación certificada, la impresión de material para la divulgación y10 la difusión de los resultados del proyecto. Todos los comprobantes que amparen dichos gastos deberán cumplir con los requisitos fiscales vigentes.

10) Gastos de capacitación:

Equipos especializados de montaje e instalacibn específica

Equipos especializados para trabajos de campo, acuícola y oceanográfico

Equipos de cómputo integrados a los equipos especializados (equipo y programas).

2) Equipo de cómputo, telecomunicaciones.

Considera la compra de equipo como:

Estaciones de trabajo (work station)

Servidores

Computadoras personales (PC)

Computadoras portátiles (lap top o note book)

Lector electrónico de imágenes y caracteres (escáner)

Impresoras electrbnicas

Reguladores de voltaje con batería (no break)

Equipo de radiocomunicación y localización satelital.

Equipo fotográfico y audiovisual.

3) Maquinaria y equipo

Considera la compra de maquinaria y equipo para:

Desarrollo de prototipos

Plantas piloto

Plantas piloto experimentales

Equipos de línea para prueba semicomerciales o de escalamiento.

4) Herramientas y accesorios

Considera la compra de equipo como:

Herramental y accesorios de laboratorio de producción en serie o de catálogo

Herramental y accesorios de línea para uso comercial e industrial

Herramental y accesorios para trabajos de campo, acuicola y oceanográfico. \ 1

5) Equipo de transporte:

Considera la adquisición de equipo de transporte para realizar el trabajo de campo o como parte indispensable de la infraestructura de investigación y desarrollo que requiere un proyecto de infraestructura o para la difusión y divulgación. .. En este rubro se podrá considerar lanchas, remolques vehiculos de carga y de transporte.

El caso de vehículos para la realización de trabajo de campo, deberá ser de los considerados de trabajo y el sujeto de apoyo deberá aportar al menos el cincuenta porciento del costo de vehículo. El Comité Técnico basada en la recomendación de la Comisión de Evaluación podrá autorizar o no esta partida

6) Obra civil:

Se refiere únicamente a obras indispensables para el desarrollo del proyecto, tal como construcción, adaptación y ampliación de espacios, previa justificación del sujeto de apoyo.

Considera la construcción de edificaciones para contener o consideradas como: instalaciones experimentales, de trabajo para personal científico y10 tecnológico, de capacitación y divulgación de actividades científicas y tecnológicas, así los servicios internos básicos indispensables para la realización del proyecto.

No se considera la adquisición de terrenos ni gastos de urbanización de los mismos.

7) Otros:

Rubros específicos descritos en la convocatoria de referencia que autorice el Comité Técnico y de Administración.

12. Gastos no elegibles:

12.1 No son elegibles de apoyo con recursos de Fondos Mixtos:

a) Equipos y maquinaria cuyo propósito, durante el desarrollo del proyecto, contemple actividades de producción o comercialización del solicitante, o se considere como parte de su infraestructura regular de operación.

b) Los sueldos, salarios o compensaciones económicas u honorarios para el personal de las instituciones participantes.

c) Todos aquellos conceptos, materiales y gastos en general relacionados con tareas operativas, ya sean administrativas, productivas, de ventas o distribución, incluyendo los relacionados con la publicidad.

d) La adquisición de terrenos ni la urbanización de los mismos.

e) Todos aquellos rubros que no sean indispensables para la realización del proyecto.

12.2 Todos aquellos gastos no elegibles que estén directamente relacionados con el proyecto, podrán ser cubiertos con recursos concurrentes, debiéndose justificar plenamente dicha situación.

SECCIÓN III DE LOS RECURSOS HUMANOS

13. INCORPORACIÓN DE RECURSOS HUMANOS ASOCIADOS A LOS PROYECTOS

13.1 Investigadores Asociados:

a) Objetivo.

La incorporación de investigadores, científicos y tecnólogos con nivel de especialidad, maestría o doctorado como investigadores asociados para la ejecución de proyectos apoyados, tiene el propósito de impulsar la participación de recursos humanos de alto nivel,

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promover la excelencia de la calidad de la investigación, fortalecer los grupos locales e incentivar la repatriación de los becarios que se encuentran en el extranjero.

Los niveles considerados en esta categoría son:

Especialidad Maestría Doctorado

La estancia de investigadores con el grado de doctor, puede considerarse como "Estancias Posdoctorales", si la normatividad de la institución lo permite.

b) Requisitos académicos.

1) El alta de un asistente de proyecto procede en el periodo de vigencia del proyecto y hasta seis meses antes de que concluya éste, sin rebasar el monto autorizado para este rubro. Se deberá solicitar al Secretario Técnico del Fondo, en el formato de registro de Investigador Asociado mostrado en el anexo 3.a, acompañándolo de carta de postulación y describiendo brevemente el tipo de colaboración que el candidato realizará, con las fechas de inicio y de término de la participación.

2) Los requisitos son los siguientes:

Haber obtenido el grado en un periodo anterior no mayor a tres anos anteriores a la convocatoria

Que no cuenten con una ubicación laboral o adscripción institucional

Contar con la evaluación del candidato que lo ubique en una categoría y se determine su tabulador.

Para el caso de Estancias Posdoctorales, además:

Presentar la carta oficial de aceptación para la realización de la estancia posdoctoral en la institución de adscripción del Responsable Técnico del proyecto.

c) Montos y duración del apoyo

Los montos se regirán de acuerdo a la normatividad de la institución de acuerdo a sus tabuladores vigentes, sin exceder los montos máximos y se cuente con la suficiencia presupuesta1 de acuerdo a los montos totales aprobados. La participación podrá ser por todo el periodo de vigencia del proyecto. \ /"

Para Especialidad N Monto mensual: Hasta 8 SMMDF* I I\

Para Maestría: V \

Monto mensual: Hasta 12 SMMDF*

Para Doctorado:

Monto mensual: Hasta 20 SMMDF*

* SMMDF es el monto oficial del salario mínimo mensual autorizado en el Distrito Federal.

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d) Expediente de los lnvestigadores Asociados

En la institución o empresa donde se realiza el proyecto estará, bajo resguardo de ésta, el expediente de cada asistente de proyecto, con toda la documentación comprobatoria de su desempeño y en disponibilidad permanente del Fondo.

Lo anterior incluye el programa de trabajo en el que se detalle su participación y aportación al proyecto, en el que se indiquen claramente las metas que el investigador asociado se compromete a alcanzar durante su participación en el proyecto y que deberán ser congruentes con los objetivos del mismo y que fundamentan su participación, así como los avances en el mismo.

e) Pago a Investigadores Asociados

Se realiza contra la presentación del recibo expedido por el lnvestigador Asociado y con cargo a la cuenta de cheques del proyecto. Dichos recibos deberán contar con las siguientes características:

Nombre del Investigador

Número de referencia del Investigador

Número del proyecto

Monto y periodo devengado

Firma del asistente de proyecto y visto bueno del Responsable Técnico

El recibo original expedido por el asistente de proyecto se integrará a la comprobación financiera y deberá guardarse una copia en el expediente del proyecto.

f) Comprobación de gastos a Investigadores Asociados

Es requisito indispensable contar con los recibos con las características ya descritas y exhibir las firmas autógrafas del Investigador Asociado y del Responsable Técnico.

La comprobación de esta partida será por separado del gasto corriente y en este caso debera corresponder a los recursos ejercidos independientemente de la calendarización de las ministraciones, particularmente en los casos en que se expidan recibos institucionales específicos para este concepto.

La comprobación se efectúa con la presentación de la lista de pagos efectuados en el periodo determinado, anexando los comprobantes que amparen el ejercicio del gasto, firmada por el Responsable Técnico y el Responsable Administrativo y deberá corresponder a los recursos ministrados para este efecto.

g) Baja y cambio de lnvestigadores Asociados I /\ La baja o substitución de cualquier Investigador Asociado deberá reportarse al 'J \ Secretario Técnico del Fondo, mediante escrito con la fecha del movimiento, las causas que lo motivaron y precisando el último mes de cobro y el monto total pagado al asistente de proyecto por este concepto. Asimismo deberá entregar un informe de actividades en el que se reporte el detalle de su participación hasta el momento de la baja.

Para el caso de substitución, además de lo anterior se debera proceder con todo el proceso de alta del nuevo investigador.

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Cuando la baja haya sido solicitada por el propio Investigador Asociado, él también deberá firmar el informe requerido.

En cualquier caso el Responsable Tecnico del proyecto deberá conservar el expediente respectivo bajo resguardo, para toda consulta o revisión del Fondo.

h) Impedimento para otorgar el apoyo.

En el caso de Investigadores Asociados, no se podrán otorgar apoyos en los siguientes casos:

Cuando la persona beneficiada tenga una relación laboral con alguna institución o empresa.

Cuando no participe de tiempo completo en el proyecto.

Cuando esté recibiendo una beca o apoyo como estudiante.

Al encontrarse desarrollando servicios por honorarios profesionales dentro del proyecto

13.2 Estudiantes Asociados.

a) Objetivos:

La participación de estudiantes de licenciatura y posgrado como "Estudiantes Asociados" tiene un doble propósito; por una parte, el proyecto se enriquece por la incorporación de personal con mayor preparación académica al grupo de trabajo y, por otra parte, los estudiantes colaboran en un proyecto de investigación científico y10 tecnológico definido, financiado y dirigido por un Responsable Tecnico y en el que reciben la experiencia y el entrenamiento sistemático y metodológico de la investigación científica y10 tecnológica. Se espera, incluso, que el trabajo realizado sirva como proyecto de tesis y que conduzca eventualmente a la obtención del título profesional o grado académico correspondiente.

Los niveles estudiantiles considerados en la categoría de Asistente de Proyecto son:

Nivel 1: Estudiantes de licenciatura

Nivel II Estudiantes de maestría

Nivel III: Estudiantes de doctorado

También podrán incorporarse al grupo de trabajo como Investigadores Asociados, aquellos estudiantes que por contar ya con una beca, no reciben un apoyo directo mensual del proyecto. M

L/

b) Requisitos académicos

La alta de un asistente de proyecto procede en el periodo de vigencia del proyecto y seis meses antes de que concluya éste, sin rebasar el monto autorizado para este rubro y mediante la presentación debidamente requisitado, ante el Secretario Técnico del Fondo, del formato de registro anexo 3.b, acompañado de una carta de postulación y

4' describiendo brevemente el tipo de colaboración que el candidato realizará y su aportación al proyecto, con las fechas de inicio y de término de la participación.

Los requisitos por nivel son los siguientes:

Para el nivel 1:

Estar inscrito en una institución de educación superior nacional. Contar cuando menos con el 75% de los créditos de la licenciatura. Contar con un promedio general de calificaciones en el ciclo no menor a 8.0 Presentar constancia oficial del registro del proyecto, o parte de él, como tema de tesis profesional. Se consideran también prácticas profesionales o estancias industriales.

En este nivel I deberá existir el compromiso del Responsable Técnico de que la participación del estudiante de licenciatura en el proyecto antecede a la elaboración y terminación de su tesis profesional.

Para el Nivel II y el Nivel III

Estar inscrito en un posgrado científico o tecnológico en una institución nacional.

Contar con un promedio general de calificaciones en el ciclo anterior y conservación del mismo durante la vigencia del apoyo no menor a 8.0.

Nota: En este caso se considera la participación de estudiantes de este nivel tanto para la elaboración de la tesis de maestría o doctorado y obtención del grado académico, como para la nueva colaboración del estudiante en tareas o etapas específicas del proyecto.

c) Montos y duración de las becas para Estudiantes Asociados:

Para el Nivel 1:

Monto máximo mensual: 2 SMMDF* Duración: 12 meses, no prorrogables

Para el Nivel II:

Monto máximo mensual 4 SMMDF" Duración: 24 meses máximo.

Para el Nivel III:

Monto máximo mensual: 6 SMMDF* 1 1 Duración: La vigencia del proyecto N

Los montos máximos de apoyo podrán variar de acuerdo a la política de apoyo a becarios del CONACYT y en su caso, deberán señalarse en la Convocatoria y Términos de Referencia.

* SMMDF es el monto oficial del salario mínimo mensual autorizado en el Distrito Federal. %

d) Expediente de los Estudiantes Asociados.

La institución o empresa donde se realiza el proyecto es responsable del resguardo del expediente de cada asistente de proyecto, con toda la documentación comprobatoria de su desempeño y en disponibilidad permanente del Fondo:

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Para niveles 1, II y III, deberá contar con constancia oficial de inscripción vigente, certificado oficial de calificaciones de todos los créditos cursados, promedio general obtenido, o bien certificación de créditos obtenidos o registro actualizado de tesis ante la institución que expedirá el titulo o grado, carta compromiso que señale la fecha de titulación, avalada por el asesor de tesis y copia de una identificación oficial con fotografía.

En el caso de estudiantes que han sido beneficiarios de becas crédito del CONACYT, o de beca para estudios en el extranjero por la misma institución, deberán obtener el oficio de liberación de su beca anterior ya que de lo contrario no podrán participar en el proyecto. Este trámite podrá realizarse en la Dirección Adjunta de Desarrollo y Formación de Científicos y Tecnólogos del CONACYT.

Programa de trabajo en el que se detalle su participación y aportación al proyecto, en el que se indiquen claramente las metas que el estudiante se compromete a alcanzar durante su participación en el proyecto y que fundamentan su participación, así como los avances en el mismo.

En el informe tkcnico final del proyecto, se deben anexar los comprobantes académicos de los titulos profesionales, grados o certificados, publicaciones, presentaciones en congresos, etc. obtenidos.

e) Pago a Estudiantes Asociados.

Se realiza contra la presentación del recibo expedido por el asistente de proyectos y con cargo a la cuenta de cheques del proyecto. Dichos recibos deberán contar con las siguientes características:

Nombre del estudiante asociado. Número de referencia del estudiante asociado. Número del proyecto Monto y período devengado Firma del asistente de proyecto y visto bueno del Responsable Técnico.

El recibo original expedido por el asistente de proyecto se integrará a la comprobación financiera y deberá guardarse una copia en el expediente del proyecto.

f) Comprobación de gastos de becas

Es requisito indispensable contar con los recibos con las características ya descritas y exhibir las firmas autógrafas del asistente de proyecto y del Responsable Técnico.

\ 1 La comprobación de esta partida será por separado del gasto corriente y en este caso deberá corresponder a los recursos ejercidos independientemente de la calendarización de las ministraciones, particularmente en los casos en que se expidan recibos institucionales específicos para este concepto.

La comprobación se efectúa con la presentación de la lista de pagos efectuados en el periodo determinado, anexando los comprobantes que amparen el ejercicio del gasto, firmada por el Responsable Tkcnico y el Responsable Administrativo y deberá corresponder a los recursos ministrados para este efecto. Al término de la vigencia del proyecto, en caso de no agotarse ésta partida, el remanente se reintegrará al Fondo.

g) Informes finales de Asistentes de Proyectos

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Al término de la vigencia de la beca, el beneficiario de la misma entregará a través del Responsable Técnico, ante el Secretario Técnico del Fondo, un informe final de sus actividades en función de los estudios realizados y del desarrollo del proyecto.

El informe consistirá en: Reporte detallado de las actividades realizadas, aportación al proyecto, período especifico de colaboración y monto total recibido durante la vigencia de la beca. En su caso, copia del acta de obtención del título profesional, último certificado de calificaciones con promedio final. Copia de las publicaciones en las que se acreditó como autor o coautor, durante su participación en el proyecto.

h) Impedimentos para otorgar apoyos

No se otorgan apoyo en los siguientes casos:

No acreditar ser estudiante activo, o no demostrar registro vigente de tesis en la Institución donde realizó sus estudios.

Cuando se tenga apoyo de un Fondo Sectorial o Mixto o por parte del CONACYT como beca de proyecto; se cuente con beca de posgrado de excelencia o beca para estudios en el extranjero.

Al cumplirse tres atios en el desarrollo de estudios de maestría.

Al cumplirse seis años para el desarrollo de estudios doctorado, aún si éstos incluyen la maestría.

Haber sido beneficiado durante seis años por cualquiera de las becas que otorga el CONACYT o el apoyo que otorga los fonoslos Fondos.

Cuando la beca solicitada sea de nivel inferior al que cursa en la actualidad.

No entregar al Secretario Técnico del Fondo la documentación completa que avale los requisitos, o se demuestre falta de veracidad en la misma.

Al encontrarse desarrollando servicios por honorarios profesionales dentro del proyecto.

i) Baja y cambio de Asistentes de Proyectos

La baja o substitución de cualquier estudiante asociado, así como la continuación del apoyo deberhn, en los dos primeros casos, reportarse al Secretario Técnico del Fondo, en el tercer caso, al concluir la periodicidad anual de la misma, mediante escrito con la fecha del movimiento, las causas que lo motivaron, precisando el último mes de cobro y el monto total pagado al estudiante por este concepto, constando en el expediente del becario un informe de actividades del periodo cubierto.

Cuando la baja haya sido solicitada por el propio asistente de proyecto, él también deberá firmar el informe requerido.

En cualquier caso el Responsable Técnico del proyecto deberá conservar el expediente respectivo bajo resguardo, para toda consulta o revisión del Fondo.

SECCIÓN V DE LAS AUDITORIAS

14. AUDITORIAS.

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El sujeto de apoyo está 'obligado a dar las facilidades necesarias para que se lleven a cabo las auditorias y revisiones técnicas, tanto las solicitadas por el Fondo como las que efectúen los órganos superiores de control. Éstas podrán efectuarse en el momento que sea necesario en las instalaciones del sujeto de apoyo.

14.1 Auditorias solicitadas por el Fondo

De conformidad con lo dispuesto en el Convenio de Asignación de Recursos, el Comité Técnico y de Administración del Fondo, por sí mismo o mediante terceros, podrá realizar auditorias y revisiones para verificar el desarrollo del proyecto, así como el cumplimiento de las normas y procedimientos considerados en el presente documento. El Fondo podrá efectuar las revisiones técnicas que considere convenientes para supervisar el avance técnico del proyecto, así como la observancia de las normas y procedimientos descritos en el presente documento.

14.2 Otras instancias de auditoria

Pueden ser auditorias solicitadas por la Secretaría de la Función Pública a través de los funcionarios de la Secretaría, o de terceros designados por ellos, por la Auditoría Superior de la Federación, así como por los órganos internos de Control del CONACYT y su contraparte correspondiente en cada Fondo.

ANEXOS

1. Responsabilidades.

2. Informes:

2.A Formato para la presentación de Informes Técnicos de Avance.

2.B Formato para la presentación de Informes Financieros de Avance.

2.C Formato para la presentación de la relación de gastos.

2.D Formato para la presentación del Informe Técnico Final

3. Incorporación de Recursos Humanos asociados a los proyectos

3.a Investigadores Asociados (Estancias Académicas)

3.b Estudiantes Asociados

Elaborado por:

l

1 Dr. Oscar Vázquez Montiel I i Secretario Técnico

Secretario Administrativo M Nombre y firma

Lic. Rogelio Flores de la Peña

Fecha

ANEXO 1

RESPONSABILIDADES

1. REPRESENTANTE LEGAL DEL SUJETO DE APOYO

a) Asignar un Responsable Técnico y un Responsable Administrativo del proyecto. b) Suscribir y cumplir con el objeto del Convenio de Asignación de Recursos. c) Obtener y mantener vigente durante la duración del proyecto, la garantía establecida por

el Comité Técnico y de Administración que ampare el cumplimiento de los términos del convenio de asignación de recursos (Caso Empresa).

d) Abrir en una institución nacional de crédito una cuenta de cheques a su nombre, con firma mancomunada del Responsable Técnico y del Responsable Administrativo, exclusiva para el manejo de los recursos del proyecto.

e) En el caso de cuentas concentradoras, asegurar la oportuna distribución de los recursos y de que el destinatario de los mismos cumpla con el objeto del proyecto apoyado.

9 Depositar con oportunidad los recursos correspondientes a cada etapa del proyecto, en caso de aplicar recursos concurrentes (Obligatorio en el Caso Empresa).

g) Asegurar que los recursos aportados para la ejecución del proyecto, se apliquen de manera exclusiva y oportuna a los fines del mismo.

h) Asegurar que los procedimientos de adquisiciones y de prestación de servicios, incluyendo la incorporación de recursos humanos al desarrollo de proyectos, se realicen de conformidad con las políticas y prácticas de las instituciones y de las empresas, y a los lineamientos y normatividad aplicable a las instituciones.

i) Abrir un sistema de registro contable de los movimientos financieros relativos al proyecto.

j) Verificar que se cumpla en tiempo y forma con la entrega de los informes técnicos y financieros correspondientes a cada etapa, así como con el informe final del proyecto.

k) Dar las facilidades necesarias para llevar a cabo las auditorias y revisiones técnicas y financieras, tanto las solicitadas por el Fondo, como las que efectúen los órganos de control, y atender las observaciones que de ellas se deriven.

1) Informar de manera inmediata sobre alguna eventualidad que impida continuar o afecte el curso normal del proyecto.

m) Mantener al día toda la documentación técnica, financiera y administrativa inherente al proyecto, incluyendo la que respalda gastos, adquisición de bienes y contratación de servicios durante su vigencia, y hasta cinco años después del finiquito del mismo.

n) Poner a disposición del Fondo y del Sistema Integrado de Información sobre Investigación Científica y Tecnológica (SIICYT), toda la información y documentación relativa al proyecto que le sea solicitada.

o) Rembolsar al Fondo el remanente del apoyo económico no ejercido a la culminación del proyecto.

p) Notificar a la brevedad posible, tanto al Secretario Administrativo del Fondo, como al RENIECYT, cualquier cambio en la razón social, dirección, composición, etc., que tenga lugar durante la vigencia del proyecto.

M 4-

2. Responsable Técnico del Proyecto

a) Firmar el convenio de asignación de recursos.

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b) Firmar mancomunadamente con el Responsable Administrativo, la cuenta de cheques de los recursos destinados al proyecto

c) Ejercer los recursos asignados para el desarrollo del proyecto, en coordinación con el Responsable Administrativo, con apego a los términos establecidos en el Convenio de Asignación de Recursos.

d) Cumplir en tiempo y forma con la ejecución del proyecto, así como sustentar las adecuaciones técnicas de ejecución necesarias para mantener el correcto desempeño del proyecto

e) Conformar y sustentar las adecuaciones técnicas de ejecución necesarias para mantener el correcto desempeiio del proyecto.

f) Sustentar, precisar y validar las especificaciones técnicas de los bienes y servicios necesarios que se adquirirán para la ejecución del proyecto, incluidos los requerimientos de incorporación de recursos humanos al desarrollo del mismo.

g) lntegrar en el expediente del proyecto la información técnica generada durante el desarrollo del mismo.

h) Responder oportunamente a las solicitudes de información técnica del proyecto que le requiera el Fondo.

i) Elaborar y enviar al Secretario Técnico, en las fechas establecidas en el Convenio de Asignación de Recursos, los informes técnicos correspondientes a cada etapa, así como el informe final del proyecto.

j) Integrar los avances y resultados de las instituciones participantes, en caso de proyectos interinstitucionales, y asegurar el cumplimiento de los compromisos de cada una de ellas.

k) Notificar y justificar de manera inmediata, al Secretario Técnico, cualquier desviación o problemática en el proyecto que pudiera impedir el cumplimiento de las metas y la generación de entregables establecidos en el Convenio de Asignación de Recursos e indicar y fundamentar las acciones contingentes para corregirlas.

1) Revisar y transferir los resultados del proyecto a los usuarios en los tiempos y formas convenidos.

m) Atender a los auditores o personal designado por el Comité Técnico y de Administración del Fondo, así como de los órganos de control, proporcionando la información y documentación pertinente, y dar las facilidades para cumplir con su cometido.

n) Solventar las observaciones que se deriven de las revisiones o auditorias tanto las solicitadas por el Fondo como las realizadas por los órganos de control.

3. Responsable Administrativo

a) Firmar el Convenio de Asignación de Recursos. b) Verificar en el caso de cuentas concentradoras, la realización de los depósitos conforme

a lo establecido en el Convenio de Asignación de Recursos. c) Obtener la garantía, pagaré o fianza, que asegure el cumplimiento del convenio. d) Elaborar y enviar al Secretario Administrativo, en las fechas establecida en el Convenio

de Asignación de Recursos, los informes financieros correspondientes a cada etapa del proyecto.

e) Abrir y firmar mancomunadamente con el Responsable Técnico la cuenta de cheques de los recursos destinados al proyecto.

9 Enviar al Secretario Administrativo del Fondo copia del contrato de apertura de la cuenta de cheques y los recibos institucionales o facturas correspondientes a las ministraciones de cada etapa del proyecto,

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g) Realizar las adquisiciones y prestación de servicios, incluidos los recursos humanos necesarios para la ejecución del proyecto, de conformidad a las políticas y prácticas de las empresas, y a los lineamientos y normatividad aplicable a las instituciones.

h) Resguardar los comprobantes del ejercicio del gasto e informar al Secretario Administrativo del Fondo el número de inventario asignado a los activos adquiridos.

i) lntegrar en el expediente del proyecto la información financiera y administrativa generada durante el desarrollo del mismo.

j) lntegrar la información financiera de las instituciones participantes, en caso de proyectos interinstitucionales, y entregar oportunamente los recursos asignados a cada una de ellas.

k) Atender a los auditores o personal designado por el Comité Técnico y de Administración del Fondo, así como de los órganos de control, proporcionando la información y documentación pertinente, y dar las facilidades para cumplir con su cometido.

1) Solventar las observaciones que se deriven de las revisiones o auditorias tanto las solicitadas por el Fondo como las realizadas por los órganos de control.

m) Gestionar y obtener los documentos de conclusión técnica y de finiquito financiero del proyecto.

4. Comité Técnico y de Administracion del Fondo (solo las relevantes para la administración de proyectos)

a) Aprobar y en su caso, asignar recursos, a los proyectos previamente dictaminados como aprobados por las Comisiones de Evaluación.

b) Conocer y valorar periódicamente el avance de los proyectos financiados, a fin de verificar su correcto desarrollo, o bien, dictar las medidas preventivas o correctivas, con base en los reportes que le rindan los Secretarios Técnico y Administrativo, de acuerdo con la información técnica, administrativa y financiera presentada por el Sujeto de Apoyo.

c) Cancelar el apoyo cuando los avances y resultados del proyecto no satisfagan las metas, existan desviaciones o incumplimiento al Convenio de Asignación de Recursos.

5. Secretario Administrativo del Fondo (solo las relevantes para la administración de proyectos)

a) Elaborar y suscribir el Convenio de Asignación de Recursos. b) Verificar la entrega de los informes de avance técnicos y financieros, así como del final,

conforme a lo establecido en el Convenio de Asignación de Recursos de cada proyecto. c) Realizar el seguimiento financiero y administrativo del uso de los recursos del

fideicomiso por parte de los sujetos de apoyo, a fin de asegurar que los recursos fluyan en los términos del Convenio de Asignación de Recursos de cada proyecto.

d) Transmitir al Sujeto de Apoyo las observaciones que se emitan sobre los informes financieros y dar el seguimiento para su cumplimiento.

e) Ordenar, coordinar y recibir el resultado de las auditorias administrativas y contables realizadas a los proyectos que considere pertinentes.

f) Ordenar las medidas correctivas y, una vez agotadas, suspender las ministraciones cuando a su juicio o de la Secretaría Técnica, se incurra en incumplimiento de los compromisos establecidos en el Convenio de Asignación de Recursos, informando de ello al Comité Técnico y de Administración del Fondo.

K g) Autorizar la liberación de recursos de conformidad con lo establecido en el Convenio de

4' Asignación de Recursos, previa notificación favorable del Secretario Técnico sobre el informe técnico correspondiente.

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h) Autorizar el cierre financiero del proyecto, previa notificación favorable del Secretario Técnico sobre el informe final.

i) Presentar, conjuntamente con el Secretario Tkcnico, informes periódicos al Comité Técnico y de Administración, basados en los reportes técnicos y financieros que le rinda el Sujeto de Apoyo.

j) Elaborar la calendarización de ministraciones de cada proyecto e incorporarlas al Convenio de Asignación de Recursos correspondientes.

k) Turnar al Secretario Técnico copia de toda actuación relacionada con el desarrollo de los proyectos.

3.6 Secretario Técnico del Fondo

a) Realizar el seguimiento técnico de los proyectos. b) Evaluar con el apoyo de las instancias de evaluación que considere necesarias, los

informes técnicos intermedios y final, de conformidad con el Convenio de Asignación de Recursos.

c) Turnar al Responsable Técnico, al Sujeto de Apoyo y al Secretario Administrativo, los resultados y observaciones que se emitan sobre los informes de avance y final, y dar el seguimiento para su atención oportuna.

d) Ordenar, coordinar y recibir el resultado de las auditorias técnicas realizadas a los proyectos que se considere pertinentes

e) Autorizar el cierre técnico del proyecto informando de ello al Secretario Administrativo. 9 Coordinar y dar seguimiento a la evaluación de impacto de los proyectos terminados. g) Turnar al Secretario Administrativo copia de toda actuación relacionada con el desarrollo

de los proyectos.

ANEXO 2. A

FORMATO DE INFORME TÉCNICO DE AVANCE

Fondo Mixto Clave del Proyecto: Titulo del proyecto:

Responsable Técnico: Sujeto de Apoyo (Institución o Empresa): Informe de la etapa de

1. Avances del proyecto en la etapa (resumen en una cuartilla)

2. Logro de objetivos y metas (enunciarlos de forma específica y su porcentaje de avance en media cuartilla)

3. Productos obtenidos en la etapa

a) Descripción y alcance de los productos generados

b) Descripción de los productos entregables a los usuarios

c) Mecanismos de Transferencia

4. Desviaciones y10 modificaciones en la etapa

a) Descripción de las desviaciones y10 modificaciones

b) Acciones para corregir las desviaciones y10 modificaciones

5. Grupo de Trabajo Integración y desempeiio

6. Compromisos para la etapa siguiente

Firma del Responsable Técnico Fecha

PP-04-0.0 Pagina 176 de 241

ANEXO 2.A cont ...

1. Avances del proyecto en el periodo

Describir brevemente las actividades más relevantes realizadas en la etapa de forma tal que permita verificar el cumplimiento del programa de trabajo establecido, así como la consistencia metodológica.

2. Metas y objetivos alcanzados

Indicar las metas alcanzadas en la etapa y el cumplimiento de los objetivos considerados en el proyecto. La información debe presentarse de forma que se pueda verificar con facilidad el cumplimiento de las metas establecidas.

3. Productos obtenidos en la etapa

Describir los productos generados por el proyecto en la etapa

a) Descripción y alcance de los productos generados en la etapa. Estos productos deben ser conforme a lo comprometido en el anexo 2 del Convenio de Asignación de Recursos

b) Descripción de los productos entregables a los usuarios. Productos entregables que hayan sido entregados o estén en condiciones para ser entregados o transferidos.

c) Mecanismos de Transferencia. Acciones necesarias realizadas o por realizar para la transferencia y asimilación de los productos entregables a los usuarios o las áreas operativas.

4. Desviaciones y10 modificaciones en el periodo

a) Descripción de las desviaciones y10 modificaciones. Describir los problemas o mejoras mas importantes surgidos o presentes en la etapa y su impacto en el desarrollo del proyecto y que han dificultado o favorecido el cumplimiento de las metas, objetivos, programas comprometidos y el seguimiento de la metodología establecida.

b) Acciones para corregir las desviaciones y10 modificaciones. lndicar las acciones realizadas o consideradas para atender las desviaciones y10

" \ modificaciones mencionadas en el punto anterior y fundamentar que con ellas el proyecto podrá concluirse exitosamente. En el caso de mejoras incorporadas al proyecto, indicar los beneficios y ajustes en los aspectos metodológicos y programáticos.

%' Nota. Por cada desviación o modificación, debe(n) indicarse la(s) accion(es) realizada(s) o considerada(s).

5. Grupo de trabajo

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En caso de cambios en la integración del grupo original de trabajo, indicar su impacto en el desarrollo del proyecto, los motivos que lo propiciaron y en su caso, los protjlemas potenciales que pudieran presentarse.

6. Compromisos para la etapa siguiente

Enunciar las principales metas y actividades comprometidas para la etapa siguiente, indicando si están acordes con el cronograma original o pertenecen a etapas precedentes.

Documentos que soportan la información descrita

Adjuntar al informe técnico en forma de anexos, aquellos productos y10 documentos que soportan la información descrita, particularmente en lo referente al cumplimiento de metas y objetivos, haciendo referencia a ellos en el texto del informe.

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ANEXO 2. B FORMATO DE INFORME FINANCIERO

Gastos cubiertos con recursos del Fondo

Fondo Mixto Clave del Proyecto: Titulo del proyecto:

Responsable Técnico: Sujeto de Apoyo (Institución o Empresa): Informe de la etapa de

Concepto

Gasto Corriente

01 Pasajes y viáticos

02 Trabajo de campo

03 Servicios externos

04 Gastos de operación

05 Materiales de consumo y software 06 l nvestigadores Asociados

07 Estudiantes Asociados

08 Acervos bibliográfico y sistemas de información 09 Publicaciones, difusión y transferencia.

10 Gastos capacitación

11 Otros

Total Gasto Corriente

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Monto Aprobado

Total Modificado*

Monto de Recibido

Acumulado Recibido

la etapa Ejercido Ejercido

Gran Total

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Concepto

Gasto de Inversión

01 Equipo de laboratorio

02 Maquinaria y equipo

03 Cómputo, telecomun.

04 Transporte

05 Herramientas y accesorios

06 Obra civil

Total Gasto de Inversión

Acumulado Monto de la etapa Recibido Recibido Ejercido

Monto Total Ejercido Aprobado Modificado*

ANEXO 2.8 cont..

FORMATO DE INFORME FINANCIERO

Gastos cubiertos con aportaciones complementarias

Fondo Mixto Clave del Proyecto: Titulo del proyecto:

Responsable Técnico: Sujeto de Apoyo (Institución o Empresa): Informe de la etapa de

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Concepto

Gasto Corriente

01 Pasajes y viáticos

02 Trabajo de campo

03 Gastos de operación

04 Materiales de consumo

05 Servicios externos

06 Investigadores Asociados

07 Estudiantes Asociados

08 Acervos bibliográfico y sistemas de información

09 Publicaciones, difusión

10 Otros

Total Gasto Corriente

Acumulado Recibido Ejercido

Monto Aprobado

Monto de Recibido

Total Modificado*

la etapa Ejercido

Gran Total

Concepto

Gasto de Inversión

01 Equipo de laboratorio

02 Equipo de cómputo

03 Maquinaria y equipo

04 Herramientas y accesorios

05 Equipo se transporte

06 Obra civil

07 Otros

Total Gasto de Inversión

Acumulado Monto de la etapa Recibido Recibido Ejercido

Monto Total Ejercido Aprobado Modificado*

ANEXO 2. C

RELACIÓN DE GASTOS 01 PASAJES Y VIÁTICC-

FECHA No. 1 Nombre Monto

DESCRIPCIÓN DEL GASTO

Total Total 1 1

Total u

02 TRABAJO DE CAMPO

Total 1 1

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DESCRIPCIÓN DEL GASTO FECHA DOCUMENTOS FUENTE No.

CHEQUE Fecha No. Monto Emitido (S) por RFC Nombre Monto

ANEXO 2.D

GUlA PARA LA PRESENTACION DEL INFORME FINAL

l. OBJETIVO DEL INFORME

Presentar en detalle y bien fundamentado el grado de cumplimiento de los compromisos establecidos, tanto en los aspectos técnicos y financiero, como los relacionados con el impacto esperado del proyecto.

II. CARACTERISTICAS GENERALES DEL DOCUMENTO

Para la elaboración del documento deberá considerarse el uso de un lenguaje claro, conciso y preciso, entendible por los usuarios y miembros de la Comisión de Evaluación con apoyo de los evaluadores acreditados del Fondo, en un máximo de 20 cuartillas. Se deberán utilizar los anexos para presentar de manera pormenorizada el desarrollo del proyecto, en el lenguaje técnico y10 científico apropiado y con los apoyos gráficos, estadísticos o matemáticos que sean requeridos.

En los anexos deberán incluirse las pruebas documentales o comprobatorias que se consideren pertinentes, tanto para demostrar los logros y10 productos de la investigación, como para soportar la información presentada.

El original y una copia del informe se hará llegar a la Secretaria Técnica del Fondo, asegurándose que incluya la evaluación realizada por cada uno de los representantes de los usuarios comprometidos con el proyecto.

III. ESTRUCTURA DEL INFORME

El informe deberá contener los siguientes rubros:

1. DATOS GENERALES

Deberá especificarse la clave y título del proyecto, el nombre del responsable técnico, así como el nombre de la institución que presentó el proyecto.

2. RESUMEN DEL PROYECTO ,/

Describir en un máximo de una cuartilla, el problema abordado, los resultados obtenidos y la metodología aplicada. Esta información será utilizada para apoyar el proceso de difusión y consulta a través de medios electrónicos.

3. RESLILTADOS DEL PROYECTO

En esta sección se deberán presentar los logros obtenidos en los siguientes rubros:

3.1 Metas y objetivos alcanzados

Presentar de manera comparativa las metas y los objetivos alcanzados por el proyecto, sustentando las desviaciones contra lo originalmente comprometido y10 destacando logros adicionales.

3.2 Contribución técnica del proyecto

Describir las contribuciones del proyecto al avance del conocimiento en el área de estudio, indicando si éstas son únicas, permiten la generación de patentes, representan una mejora gradual, pueden presentarse en revistas especializadas, congresos, simposios o foros.

3.3 Productos de la investigación

lndicar los productos obtenidos de la investigación, comparándolos con los productos comprometidos y en caso de desviaciones explicar motivos e impacto de éstas. Adjuntar al informe todo aquello que evidencie los productos y sus características.

3.4 Formación de recursos humanos

lndicar el numero y nombre de los estudiantes que participaron y en su caso, obtuvieron el grado comprometido, el nombre de la institución que otorgó el grado o la situación del trámite en caso de estar en proceso. Anexar copias de los documentos que avalan la información.

Explicar la situación de estudiantes que no obtuvieron el grado comprometido.

3.5 Colaboración interinstitucional y multidisciplinaria

Describir el grado de colaboración entre las instituciones participantes, así como del grupo de trabajo, indicando la contribución de cada uno de ellos al cumplimiento de los objetivos del proyecto.

4. IMPACTO DE LA INVESTIGACION EN LOS SECTORES USUARIOS

4.1 Productos del proyecto transferidos o transferibles a los usuarios (o al área correspondiente para el caso de proyectos de empresa)

Enunciar los productos del proyecto que han sido transferidos a los usuarios de la investigación, tanto a los inicialmente comprometidos como a los que surgieron durante la ejecución del proyecto. Soportar documentalmente la entrega de estos productos. \ /

4.2 Mecanismos de transferencia utilizados K Describir los mecanismos utilizados para transferir al usuario los productos de la investigación y asegurar la correcta comprensión del conocimiento generado por la investigación, para que pueda promover e implantar las acciones requeridas que den respuesta al problema abordado.

y \

4.3 Beneficio potencial del proyecto

Precisar el beneficio económico y10 social del proyecto, tanto en el sector usuario comprometido como en los sectores que potencialmente podrían beneficiarse de los resultados del proyecto.

Utilizar preferentemente indicadores cuantitativos que muestren con claridad el impacto del proyecto, comparándolos con lo comprometido.

Se sobreentiende que el beneficio real sólo se dará si el usuario implanta las acciones pertinentes para resolver el problema. Por otra parte, es muy probable que al finalizar el proyecto se pueda establecer con mayor precisión su impacto socioeconómico, el cual puede diferir de las estimaciones originales.

4.4 Compromisos asumidos por los usuarios (no aplica al caso de proyectos de empresa

lndicar los compromisos, programas y10 acciones que los usuarios llevarán o han llevado a cabo para implantar los resultados del proyecto. Adjuntar la información de soporte correspondiente.

4.5 Observaciones a la evaluación de los usuarios

lndicar la apreciación y nivel de satisfacción que tienen los usuarios de la investigación de los resultados del proyecto. En caso de no ser favorable, explicar las causas que impidieron cumplir las expectativas del usuario.

5. APLlCAClON DE LOS RECURSOS FlNAClEROS

5.1 Resumen financiero

Presentar en el formato anexo la información financiera del proyecto, explicando los cambios de partida y la comprobación aprobada por el Secretario Administrativo del Fondo.

5.2 Resumen de aportaciones complementarias

lndicar las aportaciones recibidas, describiendo y cuantificando las aportaciones en especie. Destacar las aportaciones extraordinarias que se generaron durante la ejecución del proyecto.

6. RECOMENDACIONES

6.1 Para la implantación de las acciones derivadas del proyecto

Enunciar las ideas, sugerencias y10 los aspectos necesarios de tomar en consideración por los usuarios, con el objeto de asegurar la correcta implantación de las acciones derivadas del proyecto. \ /

6.2 Para la difusión de los resultados N lndicar los sectores y10 instituciones de la región y de fuera de la región que podrían ser V \ usuarios potenciales de los resultados de la investigación, a los cuales sería conveniente hacerles llegar la información generada.

7. ANEXOS C=s

Presentar la información detallada, complementaria o de soporte que se considere necesario de incluir para cumplir con el objetivo del informe.

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Anexo 1 Desarrollo del proyecto Informe detallado del desarrollo y resultados técnicos del proyecto.

Anexo 2 Resúmenes Financieros

Anexo 3 Productos generados e información de soporte Anexar copias de documentos, publicaciones, etc., que muestren los productos generados y10 fundamenten la información presentada.

Anexo 4 Entrega a los usuarios Anexar copias que avalen o hagan evidente la entrega y recepción de resultados del proyecto al usuario, así como su opinión sobre los mismos. En caso de que durante el desarrollo del proyecto se hayan realizado entregas parciales y10 transferencias de resultados, también deberán incluirse en esta sección \ /

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ANEXO 3.a

FORMATO DE REGISTRO DE INVESTIGADOR ASOCIADO

Clave del Proyecto Título del proyecto Responsable Técnico del proyecto Sujeto de Apoyo (Institución o Empresa) Ex becario de CONACYT Si No Clave de ex becario Nivel: I Especialidad II Maestría II I Doctorado

1. Nombre del Investigador Asociado

2. Último grado y fecha de obtención (especialidad, maestría o doctorado)

3. Institución educativa que otorgó el grado

4. Nombre del Programa (y especialidad, en su caso)

5. Aportación específica al proyecto. (Descripción de la participación en el proyecto)

6. Productos académicos esperados (posdoctorado, publicaciones, dirección de tesis, etc.)

7. Período de participación en el proyecto (no. en meses y fecha de inicioltérmino)

8. Monto mensual del apoyo

ANEXO 3.B

FORMATO DE REGISTRO ESTUDIANTES ASOCIADOS

Clave del Proyecto Título del proyecto Responsable Técnico del proyecto Sujeto de Apoyo (Institución o Empresa) Ex becario de CONACYT Si No Clave de ex becario Nivel: I Licenciatura II Maestría III Doctorado

1. Nombre completo del estudiante

2. Programa actual de estudio

3. Institución educativa

4. Grado que cursa

5. Promedio general de estudios (al término del último periodo escolar)

6. Aportación específica al proyecto.

7. Productos académicos esperados (Tesis, trabajo terminal, práctica profesional, etc.)

8. Período de participación en el proyecto (no. en meses y fecha de inicioltérmino)

9. Monto mensual del apoyo (si aplica). M

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FONDO MIXTO DE FOMENTO A LA INVESTIGACI~N CIENT~FICA Y TECNOLÓGICA CONACYT-GOBIERNO

DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

1. ALCANCE Y FINALIDAD

1

Este procedimiento establece los criterios y lineamientos para el seguimiento técnico y financiero de los proyectos apoyados por el Fondo.

2. RESPONSABILIDADES

TITULO: SEGUIMIENTO TECNICO Y FINANCIERO DE PROYECTOS Y MINISTRACI~N DE RECLIRSOS

2.1 Son responsables de observar y aplicar el presente procedimiento:

CLAVE: PP-04

Sujeto de Apoyo.

Instancia beneficiada con recursos del Fondo Mixto para el desarrollo de un proyecto, inscrita en el Registro Nacional de instituciones y Empresas Científicas y Tecnológicas (RENIECYT).

Inicio de vigencia: Octubre 2008

Término de Vigencia: Octubre 201 1

No. de Revisión: O

Responsable Técnico del proyecto. 1

Acuerdo CTA: E -1 212009

No. de Hojas: 29

No. de Anexos: 11

Persona física, designada por el Sujeto de Apoyo, responsable ante el Fondo Mixto, de la solicitud de apoyo y de la coordinación del desarrollo de un proyecto.

Responsable Administrativo del proyecto. I / \ Persona física, designada por el Sujeto de Apoyo, responsable de la V \

administración y control de los recursos canalizados a un proyecto.

Comité Técnico y de Administración. A' 6rgano colegiado, máxima autoridad del Fondo, responsable del cumplimiento de U los fines del Fondo.

Secretario Técnico del Fondo Mixto.

Elemento de apoyo del Comité Técnico y de Administración y designado por el CONACYT para auxiliar en los mecanismos que garanticen la calidad técnica de los proyectos

Secretario Administrativo del Fondo Mixto.

Elemento de apoyo del Comité Técnico y de Administración y designado por el Gobierno del EstadolMunicipio para auxiliar en el desarrollo de la operación del Fondo.

PP-04-0.0 Página 190 de 241

2.2 Las responsabilidades para efectos de seguimiento de proyectos, sin limitar otras que se determinen en los Convenios de Asignación de Recursos o en las Reglas de Operación son aquellas que se indican en el Anexo 1 de este procedimiento.

3. EVALUACIÓN DE INFORMES DE AVANCE:

3.1 Informes Técnicos de Avance:

a) El Responsable Técnico del proyecto deberá presentar los informes técnicos de cada etapa al Secretario Técnico del Fondo, en el formato establecido y en las fechas estipuladas en el Convenio de Asignación de Recursos, de acuerdo al Cronograma de Actividades.

b) Cabe mencionar que las fechas indicadas en el Cronograma, se refieren a fechas limite, por lo que los informes deberán presentarse preferentemente antes de esa fecha. El Secretario Técnico deberá implementar aquellas prácticas que juzgue convenientes para minimizar el riesgo de incumplimiento en la entrega de los informes, así como enviar un recordatorio al menos con 15 días naturales antes de la fecha límite.

c) El informe deberá presentarse en el sistema en línea, en la sección correspondiente, y contener únicamente la información solicitada. La información adicional o de soporte, deberá adjuntarse en forma de anexos y hacer referencia a ella en el texto del informe.

d) El Responsable Técnico del proyecto deberá justificar y notificar oportunamente al Secretario Técnico, las desviaciones que ocurran durante la ejecución del proyecto tanto en el cumplimiento de las metas como en los entregables e indicar, en su caso, las acciones que llevará a cabo para corregirlas e incluirlas en el informe correspondiente.

3.2 Evaluación de Informes Técnicos de Avance.

a) Con base en los informes de avance y a lo establecido en el Convenio de Asignación de Recursos, el Secretario Técnico verificará el cumplimiento de metas, compromisos y productos entregables y en caso que lo considere necesario, solicitará la opinión de evaluadores acreditados en el RCEA o de otras instancias que considere pertinentes.

b) El Secretario Técnico deberá notificar por escrito al Responsable Técnico los resultados de la revisión de los informes en un periodo no mayor a 10 días hábiles posteriores a la recepción de los informes, y turnará copia al Secretario Administrativo, quien integrará estos resultados al expediente del proyecto.

4' c) En los casos en que hubiera observaciones por atender que condicionaran la

continuidad del proyecto, el Responsable Técnico contará con 15 días hábiles de recibidas éstas como máximo, para dar respuesta a dichas observaciones.

d) El incumplimiento a cualquiera de las obligaciones contenidas en el Convenio de Asignación de Recursos por parte del Responsable Técnico del proyecto, podrá poner en riesgo el desarrollo del mismo, dando lugar a la aplicación inmediata de las sanciones previstas en dicho Convenio, o bien a la ejecución de medidas administrativas como la suspensión temporal o definitiva de las ministraciones, lo que equivale a cancelar el apoyo otorgado

e) El objetivo de esta evaluación es:

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Evaluar el cumplimiento de los objetivos, metas y compromisos establecidos por el proyecto en la etapa, Evaluar, en su caso, la justificación de las desviaciones y las acciones derivadas de las mismas al respecto del cumplimiento de los compromisos del proyecto. Emitir una recomendación sobre la aceptación o no del informe técnico con base a los elementos de juicio generados en los puntos anteriores.

f) Para el caso de proyectos que atienden demandas específicas con usuarios claramente identificados, el Secretario Técnico debera además, establecer esquemas de seguimiento en los que participen dichos usuarios, de tal forma que se verifiquen aspectos como la comunicación entre el equipo de trabajo del proyecto y los usuarios, la entrega y transferencia de resultados intermedios y en su caso, se ratifique el interés por el proyecto.

g) Las acciones que se lleven a cabo para cumplir con el párrafo anterior, serán cubiertas con recursos del Fondo y deberán establecerse en el Programa Operativo Anual y en el presupuesto.

h) El formato de evaluación se presenta como Anexo 2. a

i) La veracidad y soporte de la información proporcionada por el Responsable Técnico podrá ser verificada en el momento en que el Secretario Técnico del Fondo lo considere necesario.

3.3 Informes Financieros

a) El Responsable Administrativo del proyecto tiene la obligación de presentar al Secretario Administrativo del Fondo el informe financiero, en el formato establecido en el Procedimiento PP-04 "Administración de Proyectos" y con la periodicidad estipulada en el Convenio de Asignación de Recursos, y en su caso, con el apoyo del Despacho Contable contratado para tal efecto, verificará la correcta aplicación de los recursos al proyecto.

b) Cabe mencionar que las fechas para entrega de informes, indicadas en el cronograma descrito en el anexo 1 del Convenio de Asignación de Recursos, se refieren a fechas limite, por lo que los informes deberán presentarse preferentemente antes de esa fecha. El Secretario Administrativo deberá implementar aquellas prácticas que juzgue convenientes para minimizar el riesgo de incumplimiento en la entrega de los informes y enviar un recordatorio al menos 15 días antes de la fecha limite.

c) Deberá comprobarse (incluyendo las previsiones contempladas a ejercer hasta el fin de la etapa) haber ejercido como mínimo el 80% de lo ministrado para la etapa o en su caso la causa de las desviaciones, su impacto en el desarrollo del proyecto y las acciones consideradas para reducirlo. 4'

d) El informe deberá presentarse en el sistema en línea, en la sección correspondiente, y contener Únicamente la información solicitada. Adicionalmente, debera enviarse al Secretario Administrativo en un documento PDF copia de los estados de cuenta y conciliaciones bancarias.

e) El Secretario Administrativo debera notificar por escrito al Responsable Administrativo los resultados de la revisión de los informes en un periodo no mayor 15 días naturales posteriores a la recepción de los informes, adjuntando el dictamen, en su caso, del despacho contable contratado para tal efecto, y turnará copia al

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Secretario Técnico, quien integrará estos resultados al expediente del proyecto Anexo 2. b

f) En los casos en que hubiera observaciones a atender que condicionaran la continuidad del proyecto, el Responsable Administrativo contará con 15 días hábiles de recibida la notificación como máximo para dar respuesta a dichas observaciones.

g) El incumplimiento a cualquiera de las obligaciones contenidas en el Convenio de Asignación de Recursos por parte del Responsable Administrativo del proyecto, puede poner en peligro el desarrollo del mismo, dando lugar a la aplicación inmediata de las sanciones previstas en dicho Convenio, o bien a la ejecución de medidas administrativas como la suspensión temporal o definitiva de las ministraciones, lo que equivale a cancelar el apoyo otorgado

h) La veracidad de la información proporcionada por el Responsable Administrativo podrá ser verificada en el momento en que el Secretario Administrativo del Fondo lo considere necesario.

3.4 Evaluaciones "In situ":

a) Evaluación Técnica

1) El Secretario Técnico debera realizar evaluaciones técnicas "in situ" de los proyectos que presenten desviaciones o irregularidades o bien de aquellos que por su monto y10 impacto se considere conveniente, para lo cual podrá apoyarse en las instancias de evaluación que considere necesarias para verificar el avance real o lo reportado en los informes.

Este tipo de evaluaciones debera retroalimentar al responsable técnico y clarificar dudas sobre las desviaciones en el cumplimiento de metas y objetivo, así como de las acciones realizadas.

2) Estas evaluaciones se realizarán en las instalaciones del Sujeto de Apoyo y preferentemente, por un evaluador con experiencia en el área correspondiente. i

3) El formato de evaluación se presenta como Anexo 3 hJ b) Evaluación Administrativa I A

1) El Secretario Administrativo deberá realizar al menos una evaluación de carácter 'J ' administrativo "in situ" durante la vida del proyecto, para verificar y cotejar los expedientes del proyecto contra lo presentado al Fondo.

2) Esta evaluación se podrá hacer con el apoyo de un despacho contable, quien revisará los documentos originales de las comprobaciones presentadas al Fondo, verificará la ubicación de los bienes adquiridos y que éstos estén debidamente

4' incorporados al inventario del sujeto de apoyo y claramente localizables.

4. MINISTRACIÓN DE RECURSOS:

4.1 Inicial:

a) Una vez firmado el Convenio de Asignación de Recursos y recibidas la copia del contrato de apertura de la cuenta de cheques, incluyendo la CLABE bancaria, el recibo oficial o factura que cumpla con los requisitos fiscales por el importe correspondiente al monto neto de la primera ministración y en el caso de

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aportaciones concurrentes, la comprobación del depósito de la aportación comprometida efectuado en dicha cuenta, el Secretario Administrativo procederá a la ministración del recurso.

b) En el caso de sujetos de apoyo que en su administración utilicen una cuenta concentradora, deberán enviar al Secretario Administrativo, el numero de cuenta, CLABE bancaria y el recibo o factura.

c) Una vez cumplidos los requisitos descritos, el Secretario Administrativo del Fondo contará con un plazo no mayor de 5 días hábiles para efectuar el depósito correspondiente.

d) El plazo previsto para el desarrollo del proyecto se considerará a partir de la fecha en que se realice la primera rninistración por lo que si esta excede en más de cinco días hábiles a la fecha considerada en el Convenio de Asignación de Recursos, se procederá a la reprogramación de fechas compromiso en la proporción del retraso de la ministración..

e) En caso de darse el supuesto anterior, la recalendarización de las ministraciones se realizará en forma automática, tomando como fecha de inicio, la fecha en la que fue realizado el depósito correspondiente a la primera ministración y de acuerdo a los periodos señalados en el cronograma de actividades del Anexo 1 del Convenio de Asignación de Recursos, para las etapas subsecuentes.

f) En estos casos, el Secretario Administrativo notificará al Sujeto de Apoyo a través de los Responsables Técnico y Administrativo, del ajuste al Cronograma de Actividades, asimismo notificará al Secretario Técnico para su conocimiento y control.

4.2 Subsecuentes:

a) Al término de cada etapa, con el envio de los informes técnico y financiero, el Responsable Administrativo del proyecto enviara al Secretario Administrativo del Fondo el recibo oficial, en el caso de instituciones o centros públicos de investigación, o factura que cumpla con los requisitos fiscales, en el caso de empresas, por el importe correspondiente al monto neto de la siguiente etapa y; tratándose de aportaciones concurrentes, deberá también anexar la comprobación del depósito de su aportación, efectuado en la cuenta abierta para el uso exclusivo de los recursos asignados al proyecto.

b) El Secretario Administrativo procederá a ministrar los recursos correspondientes a la etapa siguiente en un periodo preferentemente no mayor a una semana posterior a la recepción de los resultados de las revisiones de los informes técnico y financiero siempre y cuando, ambos sean positivos y se haya comprobado como mínimo el 80% de lo ministrado para la etapa anterior. El tiempo de evaluación y ministración de recursos no deberá ser mayor a 20 días hábiles, salvo casos debidamente justificados.

c) En los casos en que la revisión del informe técnico o financiero resulte desfavorable, el Secretario Técnico o el Secretario Administrativo según el informe, deberán solicitar por escrito al Responsable Técnico o al Responsable Administrativo, la atención de las observaciones emitidas y en su caso las correcciones o ajustes que correspondan, en un periodo de 15 días hábiles de recibida la notificación. El Secretario Administrativo o el Secretario Técnico, segun sea el caso, podrán autorizar un periodo mayor siempre y cuando esto sea solicitado por escrito por los responsables técnico o financiero y la petición esté debidamente sustentada.

5. INFORME FINAL

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Al término del proyecto, el Responsable Técnico, deberá presentar al Secretario Técnico en un tiempo no mayor de 45 días naturales a la fecha de conclusión del proyecto, un informe tecnico final destacando los resultados y productos generados del proyecto, y el impacto esperado en el formato descrito el procedimiento "Administración de Proyectos". Asimismo se reportará los resultados técnicos del proyecto en su totalidad y se deberá adjuntar toda la información de soporte que fundamente lo informado.

El informe deberá presentarse en el sistema en línea, en la sección correspondiente del Sistema Inforrnático de Fondos, y contener Únicamente la información solicitada. La información adicional o de soporte, deberá adjuntarse en forma de anexos y hacer referencia a ella en el texto del informe.

El informe tecnico final deberá permitir:

a) Evaluar el cumplimiento de los objetivos, metas y compromisos establecidos por el proyecto, particularmente los productos entregables, así como la calidad del informe.

b) Evaluar en su caso, la contribución del proyecto al desarrollo científico y tecnológico y a la formación de recursos humanos.

c) Evaluar, en su caso, la justificación de las desviaciones al cumplimiento de los compromisos del proyecto.

d) Emitir una recomendación sobre la aceptación o no del informe técnico con base a los elementos de juicio generados en los puntos anteriores.

Simultáneamente al envío del informe técnico final deberá enviarse el informe financiero final el cual deberá incluir en su caso, la devolución de remanentes y la cancelación de la cuenta de cheques del proyecto, así como la solicitud de finiquito.

El Secretario Técnico turnará el informe a evaluadores designados por la Comisión de Evaluación y en su caso a instancias de evaluacion que se consideren necesarios, así como a los usuarios registrados para su revisión y en su caso para transferencia de resultados y entrega de productos. Una vez dictaminada la calidad del informe por la Comisión de Evaluación el Secretario Técnico informará al responsable técnico, en un periodo no mayor a 30 días hábiles, los resultados u observaciones emitidos por la Comisión y en su caso por los usuarios. / De igual forma el Secretario Administrativo revisará el informe financiero final e informará al Responsable Administrativo en un periodo no mayor de 30 días hábiles, el resultado de la revisión y en su caso las observaciones correspondientes.

El formato de evaluación individual del informe tecnico, se presenta como Anexo 4.a, el de evaluación del usuario como anexo 4.b y el formato de dictamen de la Comisión de Evaluación como Anexo 4.c. Por su parte el dictamen sobre el informe financiero final se presenta en el Anexo 4.d.

El Responsable Técnico y el Responsable Administrativo disponen de 20 días hábiles a partir de la fecha de recepción de la notificación para atender las observaciones que en su caso requieran de su atención. De hacer caso omiso a este requerimiento, se podrá proceder en su caso, a la solicitud de devolución de recursos o a ejercer la garantía en el caso de empresas.

En los casos de no contar con un usuario definido, el informe se entregará al Consejo Estatal de Ciencia y Tecnología del Estado para su difusión y divulgación.

La evaluación de dichos informes por parte del Fondo constituirá la base para el otorgamiento de futuros apoyos, de conformidad a lo establecido en la Ley de Ciencia y Tecnología.

6. SUSPENSIÓN Y CANCELACIÓN DE PROYECTOS:

6.1 Suspensiones:

a) En caso de la presencia de cualquiera de los eventos siguientes, el Fondo podrá sancionar con la suspensión de los apoyos económicos asignados al proyecto:

Falta de cumplimiento por parte del Responsable Tecnico y10 el Responsable Administrativo del proyecto, en la presentación de los informes técnicos o financieros de alguna de las etapas.

En la detección de anomalías por el uso indebido de los recursos ejercidos en los conceptos de Gasto corriente y Gasto de inversión.

Ante el incumplimiento de cualquiera de las disposiciones establecidas en el Convenio de Asignación de Recursos que se señalen como causales de suspensión o cancelación.

Ante la detección de que se haya presentado falsedad de información

b) Ante el incumplimiento grave de los compromisos establecidos en el convenio de asignación de recursos, que se señalen como causales de suspensión o cancelación, se podrá proceder a lo siguiente:

El sujeto de apoyo deberá corregir las anomalías detectadas dentro del plazo, otorgado con la finalidad de continuar con el otorgamiento del apoyo económico.

En caso de no regularizar su situación en el plazo otorgado, el Fondo podrá realizar una revisión total del proyecto y proceder a la cancelación del apoyo económico.

6.2 Cancelación del apoyo.

a) Si el Sujeto de Apoyo no adopta las medidas correctivas que garanticen la viabilidad del proyecto, el Comité Tecnico y de Administración del Fondo, sin necesidad de declaración judicial, procederá a la cancelación definitiva de las ministraciones y en consecuencia, dará por terminado anticipadamente el Convenio de Asignación de Recursos.

b) El Fondo solicitará al Sujeto de Apoyo la presentación del finiquito por sanción, en el plazo no mayor a 30 días naturales de recibida la notificación, de acuerdo con lo establecido en el Convenio de Asignación de Recursos, y en su caso solicitará la devolución de los recursos. En caso de empresas, de no cumplir con esta ultima obligación, el Fondo hará efectiva la garantía. El Secretario Administrativo elaborará y firmará el Acta de Cancelación autorizada por el Comité Técnico y de Administración del Fondo en el formato descrito en el anexo 5.a

6.3 Terminación anticipada.

a) Para el caso de terminación anticipada, solicitada por el Sujeto de Apoyo, en la que no medie ningún tipo de sanción o incumplimiento, el Secretario Administrativo deberá realizar las diligencias para proceder a la cancelación del proyecto e informar al Comité Técnico y de Administración, previa presentación de los informes técnico y financiero finales a la fecha de la solicitud de la terminación anticipada. El Secretario Administrativo elaborará el Acta descrita en el Anexo 5.b

6.4 Sanciones

a) En el caso de que los resultados de las revisiones técnicas y10 auditorias realizadas por cualquiera de los órganos fiscalizadores de los Fideicomitentes mencionados,

revelen el incumplimiento de alguno de los procedimientos administrativos descritos en el presente manual, o que el sujeto de apoyo no proporcione información fidedigna, el Fondo se reserva el derecho de ejercer la acción legal pertinente.

b) Siendo el Secretario Administrativo el responsable de ordenar y ejecutar las medidas preventivas y correctivas procedentes, derivadas del incumplimiento del Convenio de Asignación de Recursos, signados con los sujetos de apoyo segun se establece en las Reglas de Operación, este deberá informar de manera formal al sujeto de apoyo las condiciones y plazos para corregir las anomalías y en su caso, realizar las diligencias para proceder a la cancelación del proyecto e informar al Comité Técnico y de Administración.

7. FINIQUITO DE PROYECTOS

7.1 Una vez que el Informe Técnico Final y el lnforme Tecnico tengan un dictamen favorable se procederá al cierre técnico y financiero del proyecto por parte de los Secretarios Técnico y Administrativo.

7.2 El Secretario Administrativo solicitará al Comité Técnico y de Administración su autorización para el finiquito del proyecto y con ello el término de las obligaciones del Sujeto de Apoyo con el Fondo establecidas en el Convenio de Asignación de Recursos correspondiente.

7.3 Una vez que se cuente con la anuencia del Comité Tecnico y de Administración el Secretario Administrativo procederá, en un término no mayor a 10 días hábiles, a firmar el Acta de Finiquito, Anexo 6 notificando al Sujeto de Apoyo y al Secretario Técnico. En los casos que aplique hará la devolución del "pagaré" firmado como garantía o la carta de Liberación de la Fianza dirigida a la afianzadora correspondiente.

8. TRANSFERENCIA DE RESULTADOS Y ENTREGA DE PRODUCTOS

8.1 Como parte de los compromisos de los proyectos, debe establecerse la forma en que los resultados de los proyectos serán transferidos y entregados a los usuarios de los mismos. \ /

8.2 Es responsabilidad del Secretario Técnico vigilar y verificar que esta transferencia y entrega se realice conforme a lo comprometido, así como de establecer con el usuario el beneficio real o potencial obtenido y documentarlo, para efecto de una posterior evaluación "ex-post" del impacto de dichos resultados, así como para garantizar que los receptores harán uso de los resultados.

9. DIFUSI~N Y DIVULGACI~N DE RESULTADOS 4" 9.1 De conformidad con el artículo 15 de la Ley de Ciencia y Tecnología es obligación de

los beneficiarios del Fondo Mixto proporcionar la información requerida por el Sistema Integrado de Información Cientifica y Tecnológica y dar crédito al Fondo Mixto en propuestas, publicaciones, materiales para conferencias, exhibiciones, videocintas y otros productos resultantes del apoyo.

9.1 Es responsabilidad tanto del Secretario Técnico como del Secretario Administrativo asegurar que la información tanto de Sujeto de Apoyo como de los procesos de evaluación técnica y financiera estén en el Sistema Informática del Fondos Mixtos, para facilitar el control y la consulta de las distintas instancias involucradas.

9.2 El Secretario Técnico deberá incorporar en el Sistema Informática de Fondos Mixtos los resultados de los proyectos concluidos con el propósito de facilitar la difusión y divulgación de los mismos, salvaguardando aquella información considerada confidencial por el Sujeto de Apoyo.

9.2 Los derechos de propiedad intelectual respecto de los resultados obtenidos por las personas físicas o morales que reciban ayuda del Fondo, serán materia de regulación específica en los convenios de asignación de recursos.

9.4 El Secretario Administrativo deberá considerar en el Programa Operativo Anual, actividades de difusión que permitan informar a la sociedad acerca los resultados de los proyectos apoyados por el Fondo.

9.5 Con lo anterior se busca dar cumplimiento a lo estipulado en la Ley de Ciencia y Tecnología en lo referente a la oportuna y completa información de la actividad científica en el país.

ANEXOS

1. Responsabilidades.

2. Formato de evaluación de informes de avance:

2. A lnforme Técnico.

2. B lnforme Financiero.

3. Formato de evaluación técnica "in situ".

4. Formato de evaluación de informes finales:

4. A Evaluación individual.

4. B Evaluación usuario

4. C Dictamen de la Comisión de Evaluación.

4. D Evaluación lnforme Financiero.

5. Formato de Cierre Proyecto.

6. Acta de Finiquito

1 Secretario Administrativo

Elaborado por:

/ Lic. Rogelio Flores de la Pena

1 Secretario Técnico

Nombre y firma

1 Dr. Oscar VOzquez Montiel

Fecha

Página 198 de 241

ANEXO 1

RESPONSABILIDADES

a) Sujeto de Apoyo

Depositar con oportunidad los recursos correspondientes a cada etapa del proyecto, en caso de aplicar recursos concurrentes (Obligatorio en el Caso Empresa). Asegurar que los recursos aportados para la ejecución del proyecto, se apliquen de manera exclusiva y oportuna a los fines del mismo. Asegurar que los procedimientos de adquisiciones y de prestación de servicios, incluyendo la incorporación de recursos humanos al desarrollo de proyectos, se realicen de conformidad con las políticas y prácticas de las instituciones y de las empresas, y a los lineamientos y normatividad aplicable a las instituciones. Abrir un sistema de registro contable de los movimientos financieros relativos al proyecto. Verificar que se cumpla en tiempo y forma con la entrega de los informes técnicos y financieros correspondientes a cada etapa, así como con el informe final del proyecto. Dar las facilidades necesarias para llevar a cabo auditorías y revisiones técnicas y financieras, tanto las solicitadas por el Fondo, como las que efectúen los Órganos fiscalizadores d los Fideicomitente, y atender las observaciones que de ellas se deriven. Informar de manera inmediata sobre alguna eventualidad que impida continuar o afecte el curso normal del proyecto. Mantener al día toda la documentación técnica, financiera y administrativa inherente al proyecto, incluyendo la que respalda gastos, adquisición de bienes y contratación de servicios durante su vigencia, y hasta cinco años después del finiquito del mismo. Poner a disposición del Fondo y del Sistema Integrado de Información sobre Investigación Científica y Tecnológica (SIICYT), toda la información y documentación relativa al proyecto que le sea solicitada. Rembolsar al Fondo el remanente del apoyo económico no ejercido a la culminación del proyecto.

R Notificar a la brevedad posible, tanto al Secretario Administrativo del Fondo, como al RENIECYT, cualquier cambio en la razón social, dirección, composición, etc., que tenga lugar durante la vigencia del proyecto.

b) Responsable Técnico

Firmar mancomunadamente con el Responsable Administrativo, la cuenta de cheques de los recursos destinados al proyecto

Ejercer los recursos asignados para el desarrollo del proyecto, en coordinación con el Responsable Administrativo, con apego a los términos establecidos en el Convenio de Asignación de Recursos. Cumplir en tiempo y forma con la ejecución del proyecto, asi como sustentar las adecuaciones técnicas de ejecución necesarias para mantener el correcto desempeño del proyecto Conformar y sustentar las adecuaciones técnicas de ejecución necesarias para mantener el correcto desempeño del proyecto. Sustentar, precisar y validar las especificaciones técnicas de los bienes y servicios necesarios que se adquirirán para la ejecución del proyecto, incluidos los requerimientos de incorporación de recursos humanos al desarrollo del mismo. lntegrar en el expediente del proyecto la información técnica generada durante el desarrollo del mismo. Responder oportunamente a las solicitudes de información técnica del proyecto que le requiera el Fondo. Elaborar y enviar al Secretario Técnico, con la periodicidad establecida en el Convenio de Asignación de Recursos, los informes técnicos correspondientes a cada etapa, así como el informe final del proyecto. lntegrar los avances y resultados de las instituciones participantes, en caso de proyectos interinstitucionales, y asegurar el cumplimiento de los compromisos de cada una de ellas. Notificar y justificar de manera inmediata, al Secretario Técnico, cualquier desviación o problemática en el proyecto que impida la obtención de los objetivos y entregables establecidos en el Convenio de Asignación de Recursos e indicar, a su juicio, las acciones contingentes para corregirlas.

c) Responsable Administrativo. Firmar mancomunadamente con el Responsable Técnico, la cuenta de cheques de los recursos destinados al proyecto Verificar en el caso de cuentas concentradoras, la realización de los depósitos conforme a lo establecido en el Convenio de Asignación de Recursos. Obtener la garantía correspondiente que asegure el cumplimiento del convenio. Elaborar y enviar al Secretario Administrativo, con la periodicidad establecida en el Convenio de Asignación de Recursos, los informes financieros correspondientes a cada etapa del proyecto. Abrir y firmar mancomunadamente con el Responsable Técnico la cuenta de cheques de los recursos destinados al proyecto. Enviar al Secretario Administrativo del Fondo los recibos institucionales o facturas correspondientes a las ministraciones de cada etapa del proyecto, Realizar las adquisiciones y prestación de servicios, incluidos los recursos humanos necesarios para la ejecución del proyecto, de conformidad a las políticas y prácticas de las empresas, y a los lineamientos y normatividad aplicable a las instituciones. Resguardar los comprobantes del ejercicio del gasto e informar al Secretario Administrativo el numero de inventario asignado a los activos adquiridos. lntegrar en el expediente del proyecto la información financiera y administrativa generada durante el desarrollo del mismo. lntegrar la información financiera de las instituciones participantes, en caso de proyectos interinstitucionales, y entregar oportunamente los recursos asignados a cada una de ellas. Atender a los auditores o personal designado por el Comité Técnico y de Administración del Fondo, así como de los órganos fiscalizadores de los

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Fideicomitentes, proporcionando la información y documentación pertinente, y dar las facilidades para cumplir con su cometido. Solventar las observaciones que se deriven de las revisiones o auditorias tanto las solicitadas por el Fondo como las realizadas por los órganos de fiscalizadores de los Fideicomitentes. Gestionar y obtener los documentos de conclusión técnica y de finiquito financiero del proyecto.

d) Comité Técnico y de Administración del Fondo Conocer y valorar periódicamente el avance de los proyectos financiados, a fin de verificar su correcto desarrollo, o bien, dictar las medidas preventivas o correctivas, con base en los reportes que le rindan los Secretarios Técnico y Administrativo, de acuerdo con la información técnica, administrativa y financiera presentada por el Sujeto de Apoyo. Cancelar el apoyo cuando los avances y resultados del proyecto no satisfagan las metas, existan desviaciones o incumplimiento al Convenio de Asignación de Recursos. Autorizar los finiquitos de los proyectos apoyados por el Fondo.

e) Secretario Administrativo del Fondo Verificar la entrega de los informes financieros, así como del final, conforme a lo establecido en el Convenio de Asignación de Recursos de cada proyecto. Realizar el seguimiento financiero y administrativo del uso de los recursos del

fideicomiso por parte de los sujetos de apoyo, a fin de asegurar que los recursos fluyan en los términos del Convenio de Asignación de Recursos de cada proyecto. Transmitir al Sujeto de Apoyo las observaciones que se emitan sobre los informes financieros y dar el seguimiento para su cumplimiento. Ordenar, coordinar y recibir el resultado de las auditorias administrativas y contables realizadas a los proyectos que considere pertinentes. Ordenar las medidas correctivas y, una vez agotadas, suspender las ministraciones cuando a juicio del Secretario Técnico o Administrativo se incurra en incumplimiento de los compromisos establecidos en el Convenio de Asignación de Recursos, informando de ello al Comité Técnico y de Administracion del Fondo. Autorizar la liberación de recursos de conformidad con lo establecido en el Convenio de Asignación de Recursos, previa notificación favorable del Secretario Técnico sobre el informe técnico correspondiente. Autorizar el cierre financiero del proyecto, previa notificación favorable del Secretario Técnico sobre el informe final. Presentar, conjuntamente con el Secretario Técnico, los informes periódicos al Comité Técnico y de Administración, basados en los reportes técnicos, administrativos y financieros que le rinda el Sujeto de Apoyo. Elaborar la calendarización de ministraciones de cada proyecto e incorporarlas al Convenio de Asignación de Recursos correspondientes. Turnar al Secretario Técnico copia de toda actuación relacionada con el desarrollo de los proyectos. Presentar al Comité Técnico y de Administracion los proyectos terminados para su finiquito.

fl Secretario Técnico del Fondo Realizar el seguimiento sustantivo de los proyectos.

Evaluar los informes técnicos, de conformidad con el Convenio de Asignación de Recursos. Solicitar la opinión de evaluadores miembros del RCEA, o de las instancias correspondientes, sobre los informes de avances, cuando así lo considere necesario. Turnar al Responsable Técnico y al Sujeto de Apoyo las observaciones que se emitan sobre los informes de avance, y dar el seguimiento para su atención oportuna. Coordinar la evaluación de los informes finales por parte de los evaluadores designados por la Comisión de Evaluación y obtener el dictamen de la calidad del informe por parte de la Comisión de Evaluación. Turnar el informe final al usuario del proyecto y obtener la evaluación correspondiente. Turnar al Secretario Administrativo los resultados y observaciones que se emitan sobre los informes de avance y final. Ordenar, coordinar y recibir el resultado de las auditorias técnicas realizadas a los proyectos que considere pertinentes Autorizar el cierre técnico del proyecto informando de ello al Secretario Administrativo. Coordinar y dar seguimiento a la evaluación de impacto de los proyectos terminados.

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ANEXO 2. A

FORMATO DE EVALUACION DE INFORMES TÉCNICOS

FONDO MIXTO CONACYT-GOBIERNO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN

FORMATO DE EVALUACION DE INFORME TECN~COS PARCIALES

Institución: Responsable Técnico: Etapa evaluada: de Fecha programada de entrega: Fecha de entrega:

1. El informe es claro y conciso Si No Parcial 7

Comentarios ylu observaciones

2. Se alcanzaron los objetivos y metas comprometidos No Parcial

3. Se generaron los productos o entregables comprometidos de la etapa Si No Parcial

L Comentarios ylu observaciones (Ver anexos 2 y 3 del Convenio de Colaboración)

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4. Las desviaciones o modificaciones en su caso, en el cumplimiento de objetivos, metas y entregables están debidamente justificados

Si No Parcial

Comentarios ylu observaciones (Ver anexos 2 y 3 del Convenio de Colaboración)

5. Las,acciones para corregir las desviaciones o modificaciones permiten alcanzar o cumplir con las metas y objetivos:

Si No Parcial 1 1 1

Comentarios vlu observaciones -

6. Recomendación:

Continuar el apoyo Continuar el apoyo y atender recomendaciones Continuar el apoyo hasta atender recomendaciones Suspender el apoyo.

Secretario Técnico del Fondo ( Evaluador) Fecha

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ANEXO 2. B

FORMATO EVALUACIÓN INFORME FINANCIERO

Clave del proyecto: Convocatoria: Título del Proyecto:

Institución: Responsable Técnico: Etapa evaluada: de Fecha programada de entrega: Fecha de entrega:

1. El resumen financiero. la relación de gastos Y los estados de cuenta son claros y congruentes.* Si No Parcial 7

Comentarios ylu observaciones

2. Los gastos son acordes con lo rubros autorizados y se han ejercido conforme a los previsto. No Parcial

Comentarios ylu observaciones (Ver anexos 1 Convenio de Colaboración)

3. Las aportaciones comprometidas se han dado en el tiempo y monto establecido. Si No Parcial -

I I I I

Comentarios v/u observaciones (Ver anexos 1 del Convenio de Colaboración)

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4. La transferencia de partidas está debidamente justificadas y son en rubros permitidos. Si No Parcial 7

Comentarios y/u observaciones (Ver anexos 2 y 3 del Convenio de Colaboración)

5. Las acciones para corregir desviaciones o subejercicios están definidas y son viables. Si No Parcial -

Comentarios y/u observaciones

7. Recomendación: 1 Continuar el apoyo Continuar el apoyo y atender recomendaciones Continuar el apoyo hasta atender recomendaciones Suspender el apoyo.

\i Comentarios u observaciones

Secretario Administrativo del Fondo Fecha

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ANEXO 3

FORMATO DE EVALUACI~N "IN SITU"

FONDO MIXTO CONACYT-GOBIERNO DEL ESTADO DE TAMAULIPAS

FORMATO DE EVALUACIÓN "IN SITU"

Convocatoria: Clave del proyecto: Título del Proyecto: Responsable Técnico: Institución: Etapa(s) evaluada (S): de Fecha evaluación:

8. La información proporcionada es congruente con lo mostradolexpuesto durante la visita. Si No Parcial -

Comentarios ylu observaciones

9. Las evidencias del trabajo realizado en el marco del proyecto mostradas por el responsable técnico y el grupo de trabajo reflejan el dominio del temalproblema abordado y tienen claridad sobre el resultado a obtener.

No Parcial l/, Comentarios ylu observaciones (Ver anexos 2 y 3 del Convenio de Colaboración) \

3. Los avances logrados demuestran un trabajo sistemático y acorde con lo comprometido Si No Parcial -

1 1

Comentarios ylu observaciones (Ver anexos 2 y 3 del Convenio de Colaboración)

4. En su caso, las desviaciones del proyecto y las acciones programadas y realizadas permitirán alcanzar los objetivos planteados.

Si No Parcial w

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Comentarios ylu observaciones (Ver anexos 2 y 3 del Convenio de Colaboración)

5. Estas desviaciones son imputables a la incertidumbre propia del proyecto y fuera del control del grupo de trabajo.

Si No Parcial 7 1 1 1 I

Comentarios ylu observaciones

Recomendación:

Continuar el apoyo Continuar el apoyo y atender recomendaciones Continuar el apoyo hasta atender recomendaciones Suspender el apoyo.

Evaluador:

Firma:

Por la Secretaría Técnica:

Firma:

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ANEXO 4. A

FORMATO DE EVALUACION INDIVIDUAL DE INFORMES FINALES

Clave del Proyecto: Convocatoria:

Titulo del Proyecto:

Institución Director Proyecto

Fecha entrega: Fecha comprometida:

l. EVALUACION LOGROS DEL PROYECTO

Totalmente en desacuerdo Totalmente de acuerdo

1. El informe es claro y los resultados, conclusiones y recomendaciones estan debidamente fundamentados. 1

2. Se alcanzaron las metas y objetivos establecidos en el proyecto. EEEIII 3. Los productos generados son congruentes con lo comprometido en el Convenio Especifico y satisfacen las expectativas del usuario. 4. Los productos transferidos y los mecanismos utilizados aseguran que el usuario disponga de los elementos necesarios para implantar las acciones derivadas del proyecto. Noaplica: n

Los resultados del proyecto y la calidad del informe son satisfactorios.

II. CONTRIBUC~ÓN AL DESARROLLO CIENT~FICO Y TECNOLÓGICO 1. La contribución técnica del proyecto representa un avance significativo en el area de estudio, conduce a la publicación de articulas cientificos relevantes y10 a la generación de patentes. No aplica:

2. La participación de los estudiantes involucrados en el proyecto fue congruente con el programa establecido, alcanzaron el grado o avance comprometido y ambos aspectos están debidamente documentados.

No aplica:

Impacto en el desarrollo Científico y Tecnológico ALTO MEDIO^ BAJO

III. DESVIACIONES Las desviaciones. en SU caso. en el cumplimiento de metas y10 en la generación de los productos entregables comprometidos, están debidamente justificados, es decirno son imputables al grupo de trabajo. sino a imponderables propios de la incertidumbre del proyecto No Aplica: ]

Aceptar el informe:

Aceptar hasta que se atiendan recomendaciones

Rechazar el informe

Fecha: Nombre y Firma del Evaluador

V. OBSERVACIONES Y RECOMENDACIONES

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ANEXO 4. B

FORMATO EVALUACIÓN DEL USUARIO

DATOS GENERALES:

Clave del proyecto: Convocatoria:

Título del proyecto:

Sujeto de apoyo: Responsable Técnico:

Fecha de entrega informe: Fecha comprometida:

1. EVALUACION

SI NO PARCIAL

1. El informe es claro, entendible, suficiente y muestra los resultados y productos comprometidos.

2. Los resultados o productos generados cumplen con la expectativa del usuario y le permite atender el problema que dio origen a la demanda

3. La transferencia de resultados la considera efectiva y lo dejan satisfecho como usuario.

4. La comunicación durante la ejecución del proyecto fue la apropiada y le permitió instrumentar acciones para atender el problema o necesidad.

EN LO GENERAL: SI NO PARCIALMENTE

COMO USUARIO SE SIENTE SATISFECHO.

II. OBSERVACIONES:

111. BENEFICIOS POTENCIALES QUE ESPERA LOGRAR CON LA APLICACIÓN O USO DE LOS RESULTADO:

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Nombre y firma del Usuario Fecha

ANEXO 4. C

DICTAMEN CALIDAD DE LA COMISIÓN DE EVALUACION

DATOS GENERALES:

Clave del proyecto: 11646 Convocatoria:

Título del proyecto:

Sujeto de apoyo: Responsable Técnico:

Fecha de entrega informe: Fecha comprometida:

A. DE LA EVALUACIÓN EXTERNA:

Evaluador Externo:

RESULTADOS

I . Logros del proyecto

Los resultados del proyecto y la calidad del informe son satisfactorios

II. Contribución al desarrollo Científico y Tecnológico

Impacto en el desarrollo Científico y Tecnológico

Alto Medio Bajo

III. Desviaciones

Las desviaciones, en su caso, en el cumplimiento de metas y10 en la generación de los productos entregables comprometidos, están debidamente justificados, es decir no son imputables al grupo de trabajo, sino a imponderables propios de la incertidumbre del proyecto

Totalmente en desacuerdo Totalmente de acuerdo

1 2 3 4 5

Clave: 1 1646

IV. Recomendación sobre informe

Aceptar el informe

Aceptar el informe hasta atender recomendaciones

Rechazar el informe

V . Observaciones al informe y recomendaciones

1

Tomando en consideración la recomendación hecha por el Evaluador Externo al respecto del Informe Técnico Final presentado por el Responsable Técnico del proyecto, y habiendo analizado las observaciones y recomendaciones sobre dicho informe, la Comisión de Evaluación del Fondo Mixto CONACYT-Gobierno del Estado de emite el siguiente DICTAMEN:

l. Dictamen

Aceptar el informe y proceder al finiquito

Atender recomendaciones del evaluador externo

Rechazar el informe

II. Observaciones al informe y recomendaciones

111. COMISIÓN DE EVALUACIÓN (NOMBRE Y FIRMA)

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ANEXO 4. D

FORMATO EVALUACIÓN INFORME FINANCIERO

Clave del proyecto: Convocatoria: Titulo del Proyecto:

Institución: Responsable Técnico: Monto Autorizado: Monto ejercido: Fecha programada de entrega: Fecha de entrega:

1. El informe es claro, suficiente y consistente: No Parcial

Comentarios ylu observaciones

2. Los gastos ejercidos son acordes con lo rubros autorizados, se hizo la devolución de remanentes Si No Parcial

l

3. Las aportaciones comprometidas se dieron en el monto comprometido. Si No Parcial -

l 1 I 1

Comentarios ylu observaciones (Ver anexos 1 del Convenio de Colaboración)

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4. La transferencia de partidas está debidamente justificadas y son en rubros permitidos Si No Parcial

1 1 1

Comentarios ylu observaciones (Ver anexos 2 y 3 del Convenio de Colaboración)

5. Los equipos se dieron de alta en el inventario, el soporte documental del gasto está debidamente resguardado Si No Parcial 7 I I 1

Comentarios ylu observaciones

6. Recomendación:

APROBAR EL INFORME NO APROBAR EL INFORME

Comentarios u observaciones

Secretario Administrativo del Fondo Fecha

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ANEXO 6.a

FONDO MIXTO

ACTA DE CANCELACION (Por sanción)

Clavedel Proyecto: Título del Proyecto:

Director del Proyecto: Sujeto de Apoyo: Representante Legal Recursos autorizados por el Fideicomiso: Recursos ministrados al Proyecto: Recursos no ejercidos:

El Comité Técnico y de Administración del Fideicomiso "Fondo Mixto CONACYT- Gobierno del Estado de " ante el incumplimiento de los compromisos establecidos en el Convenio de Asignación de Recursos

firmado el día del mes de del año 20-, que se señalan como causales de suspensión o cancelación del proyecto, así como la no atención del Sujeto de Apoyo de la solicitud del Fondo Mixto para atender o regularizar las anomalías o desviaciones detectadas y que le fueron comunicadas por el Secretario Administrativo, mediante el ~ c u e r d ~ de la - reunión celebrada el autoriza la cancelación y por lo tanto el cierre operativo y contable del proyecto, instruyendo al Secretario Administrativo del Fondo, solicite la devolución del total de los recursos ministrados en un plazo no mayor a 30 y se proceda con lo conducente para asegurar su total devolución y en su caso, aplicar las sanciones contempladas en la norma, queel caso amerite.

A los días del mes de del año 20

Secretario Administrativo Fondo Mixto

Secretario Técnico Fondo Mixto

ANEXO 6.b

ACTA DE CANCELACION (Anticipada)

Clave del Proyecto: Titulo del Proyecto:

Director del Proyecto: Sujeto de Apoyo: Apoderado Legal: Recursos autorizados por el Fideicomiso: Recursos autorizados por el Fideicomiso: Recursos ministrados al Proyecto: Recursos no ejercidos:

El Comité Técnico y de Administración del Fideicomiso "Fondo Mixto CONACYT- Gobierno del Estado de " habiendo revisado la información presentada por la Secretaría Técnica de la imposibilidad de cumplir los compromisos establecidos en el Convenio de Asignación de Recursos firmado el día del mes de del año 20-y con base en la recomendación emitida por la Comisión de Evaluación, mediante el Acuerdo de la - reunión celebrada el , autoriza la cancelación y por lo tanto el cierre operativo y contable del proyecto, instruyendo al Secretario Administrativo del Fondo, solicite en su caso, la devolución de los recursos no ejercidos en un plazo no mayor a 30 días naturales y se proceda al finiquito del proyecto.

A los días del mes de del año 20

Secretario Administrativo Fondo Mixto

Secretario Técnico Fondo Mixto

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ANEXO 6

ACTA DE FINIQUITO DE PROYECTO

l. DATOS GENERALES DEL PROYECTO: Clave del Proyecto: Convocatoria: Titulo del Proyecto:

Sujeto de Apoyo: Responsable Técnico: Responsable Legal:

Recursos autorizados: Recursos ejercidos:

II. ANTECEDENTES

1 .- El Comité Técnico y de Administración del Fideicomiso del "Fondo Mixto CONACYT-Gobierno del Estado de " en su reunión celebrada el reviso y autorizó mediante acuerdo la propuesta de finiquito del proyecto de referencia presentada por las secretaria administrativa y la secretaria técnica del Fondo en base a:

a) Que el proyecto de referencia ha sido concluido y el informe técnico final y los productos comprometidos fueron entregados y evaluados de manera satisfactoria o en su caso, el no cumplimiento de metas y10 la no generación de los productos comprometidos fueron debidamente justificados.

b) Que el informe financiero final fue recibido y dictaminado favorablemente, y su caso las observaciones generadas fueron atendidas en su totalidad. no quedando ningun asunto pendiente.

c) Que "EL SUJETO DE APOYO" ha realizado la cancelaci6n de la cuenta aperturada para recibir y administrar los recursos autorizados a "EL PROYECTO" y que en su caso, el saldo remanente fue devuelto a la cuenta bancaria del Fideicomiso. \ 1

2.- Que el "SUJETO DE APOYO" reconoce la obligatoriedad de facilitar la información que le sea requerida para la realización de auditorias y revisiones técnicas posteriores que se lleven a cabo al proyecto concluido, conforme lo señala la cláusula octava del Convenio de Asignación de Recursos.

iii. CLAUSULA UNICA.

En virtud que SUJETO DE APOYO ha llevado a término el proyecto cumplido con el clausulado del Convenio Especifico correspondiente, o en su caso, ha justificado a satisfacción

sus compromisos y obligaciones con el Fondo Mixto y h a 6 las desviaciones incurridas en el proyecto de referencia, a través de este instrumento se establece el término de

---CONACYT-Gobierno del estado de , establecidos en el Convenio Especifico de Asignación de Recursos de fecha de

del año .

Se extiende este documento por duplicado, en la ciudad de , a los dias del mes de del año , quedando en poder una copia por cada una de las partes.

Secretario Administrativo del Comitk Técnico y de Administración

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FONDO MIXTO DE FOMENTO A LA INVESTIGACION C~ENT~FICA Y TECNOLÓGICA CONACYT-GOBIERNO

DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

1 TITULO: PROYECTOS EsPEcIFICOS PROMOVIDOS EN EL MARCO 1 CLAVE:

1 No. de Revisión: O ( No. de Anexos: O

DEL ARTICULO 33 DE^

1. ALCANCE Y FINALIDAD:

1.1 Este procedimiento establece los criterios y lineamientos que deberán aplicarse para el

Inicio de vigencia: Octubre 2008 201 1 Término de Vigencia: Octubre

correcto manejo de proyectos y recursos derivados de programas de fomento en materia

Acuerdo CTA: E -1 212009 No. de Hojas: 4

de ciencia y tecnología promovidos por los Fideicomitentes en el marco de los

convenios de colaboración suscritos entre ellos, al amparo del Articulo 33 de la Ley de

Ciencia y Tecnología.

1.2 Su aplicación tiene como propósito el asegurar la formalización del apoyo y la entrega oportuna de recursos, así como el seguimiento técnico y financiero necesario para garantizar el cumplimiento de sus objetivos y metas.

2. RESPONSABILIDADES: \ / 2.1 Es responsabilidad del Secretario Administrativo del Fondo: N

Recibir los convenios de colaboración suscritos al amparo del Articulo 33 de la Ley de Ciencia y Tecnología para canalizar recursos específicos, a proyectos derivados de programas de fomento en materia de ciencia y tecnología, y seleccionados mediante procesos competitivos y públicos aplicados individualmente o en conjunto por los Fideicomitentes.

Integrar, con el apoyo del Secretario Técnico, los expedientes tanto técnicos como financieros de los proyectos, con la información que para el efecto le proporcionen los Fideicomitentes.

Informar al Comité Técnico y de Administración del alcance del Convenio de Colaboración suscrito por los Fideicomitentes al amparo del Articulo 33 de la Ley de Ciencia y Tecnología, así como el alcance y fines del proyecto o proyectos considerados, los montos de recursos y10 compromisos convenidos para cada uno de ellos.

Solicitar la autorización del Comité Técnico y de Administración para recibir en el Fideicomiso los recursos convenidos por los Fideicomitentes, establecer una subcuenta especifica y la canalización del recurso a los proyectos involucrados, así como la instrucción tanto al Secretario Técnico como Administrativo para dar el

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seguimiento técnico y financiero, de conformidad con los procedimientos establecidos para tal efecto.

Es responsabilidad del Comité Técnico y de Administracion autorizar la canalización de recursos a proyectos derivados de programas de fomento a la ciencia y tecnología promovidos por los Fideicomitentes, en el marco de los Convenios de Colaboración suscritos al amparo del Artículo 33 de la Ley de Ciencia y Tecnologia, así como el instruir a los Secretarios Técnicos y Administrativos para que con el apoyo de la plataforma informática y operativa del Fondo den el seguimiento técnico y financiero requerido por estos proyectos.

2.3 Es responsabilidad de los Secretarios Técnico y Administrativo el seguimiento técnico y financiero del proyecto de acuerdo a los procedimientos vigentes, el informar a los Fideicomitentes y al Comité Técnico y de Administracion los avances y cumplimento de los objetivos y metas del proyecto, así como del cierre y finiquito de los mismos.

3. PROYECTOS PROMOVIDOS AL AMPARO DEL ARTICULO 33 DE LA LCyT:

3.1 En el marco del Artículo 33 el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología y el Gobierno del Estado de Nuevo León podrán celebrar convenios a efecto de establecer programas y apoyos específicos para impulsar el desarrollo y descentralización de las actividades científicas y tecnológicas.

3.2 En estos convenios se determinarán los objetivos comunes y las obligaciones de las partes, los compromisos concretos de financiamiento y de aplicación de los principios que establecen en el artículo 12 de la LCyT, que entre otros aspectos destaca que los programas, proyectos y personas destinatarias de los apoyos, deberán realizarse mediante procedimientos competitivos, eficientes, equitativos y públicos, sustentados en méritos de calidad, así como orientados a un claro sentido de responsabilidad social que favorezcan el desarrollo del país.

3.3 En este contexto los apoyos a proyectos o programas derivados de programas de fomento a la ciencia y tecnología impulsado por uno o ambos Fideicomitentes y determinados mediante el procedimiento descrito en el párrafo anterior podrán ser canalizados en su caso, a los sujetos de apoyo a traves del Fondo Mixto, con el propósito de lograr una mayor eficiencia y calidad en la entrega del apoyo y seguimiento de los proyectos. Esto será posible siempre y cuando los Fideicomitente lo establezcan mediante convenio expreso y se solicite la autorización del Comité Técnico y de Administración del Fondo.

4. FORMALIZACI~N EN EL FONDO MIXTO.

4.1. El responsable o coordinador del programa o convocatoria del cual se derive el apoyo, solicitará al Comité Técnico y de Administración, a través de su Secretario Administrativo, la autorización para la canalización de recursos y el seguimiento requerido, a traves del Fondo Mixto, a proyectos o programas de la entidad que ambos Fideicomitentes hayan convenido, al amparo del artículo 33 de la Ley de Ciencia y Tecnologia.

La solicitud deberá contener la información necesaria que explicite las características del apoyo, describa los mecanismos y procedimientos utilizados para la determinación del apoyo, los documentos del proyecto, así como el convenio firmado por los Fideicomitentes en el que se establecen los objetivos y compromisos de financiamiento acordados.

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4.2. El Secretario Administrativo integrará un expediente del proyecto o programa, elaborará un informe al Comité Técnico y de Administración e incluirá su presentación en el orden del día de la reunión de trabajo del Comité Técnico y de Administración o en su caso solicitar al Presidente del Comité Técnico se convoque a una reunión extraordinaria para presentar el tema.

4.3. El proyecto deberá ser presentado por el Secretario Administrativo con el apoyo en su caso del Secretario Técnico, y se solicitara al Comité Técnico y de Administración un punto de acuerdo para que se autorice, entre otros lo siguiente:

1) La recepción en el fideicomiso del recurso etiquetado, comprometido por los Fideicomitentes, así como la apertura de una subcuenta especifica en el catálogo de cuentas del Fondo para su control.

2) La canalización del recurso al sujeto de apoyo en el monto y tiempo convenido por los Fideicomitentes.

3) La instruccion al Secretario Administrativo para que proceda a la formalización del apoyo, mediante el Convenio de Asignación de Recursos.

4) La instruccion al Secretario Técnico y al Secretario Administrativo para que se lleve a cabo el seguimiento técnico y financiero de conformidad a lo establecido en los procedimientos vigentes del Fondo Mixto.

5) Se autorice en su caso, la contratación de instancias especializadas para apoyar el proceso de seguimiento del proyecto o programa autorizado, con cargo a los productos financieros originados por los recursos depositados o con recursos considerados para este propósito en el proyecto.

4.4 Una vez que se obtenga la autorización del Comité Técnico y de Administración, el Secretario Administrativo notificará a los Fideicomitentes el número de cuenta del Fideicomiso para que se proceda al depósito de los recursos líquidos comprometidos en el convenio firmado por los fideicomitentes, solicitará copia de la ficha de depósito o de la transferencia de recursos que realicen los fideicomitentes e informará a la fiduciaria de los depósitos realizados.

4.5 El Secretario Administrativo procederá a formalizar el apoyo través del Convenio de Asignación de Recursos que deberá firmar el sujeto de apoyo, para lo cual procederá de acuerdo a lo establecido en el procedimiento PP-03 Formalización del Apoyo.

5.1 Una vez firmado el Convenio de Asignacion de Recursos, aperturada la cuenta de cheques del proyecto y recibido el recibo institucional correspondiente por el monto de la primera ministración, el Secretario dará la instruccion a la fiduciaria para que transfiera el recurso autorizado, de conformidad a lo establecido en el Procedimiento PP-05 Seguimiento Técnico y Financiero y Ministración de Recursos".

5.2 Las ministraciones subsecuentes se harán en los tiempos y montos autorizados por el Comité Tkcnico y de Administración y formalizados en el Convenio de Asignación de Recursos, previa revisión favorable de los informes de avance de técnico y financiero

6. SEGUIMIENTO TÉCNICO Y FINANCIERO:

6.1 El seguimiento técnico del proyecto estará a cargo del Secretario Técnico de conformidad con lo establecido en el Procedimiento PP-05 "Seguimiento Técnico y Financiero y Ministración de Recursos".

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En los casos que por la naturaleza o complejidad del proyecto se considere necesario el Secretario Técnico podrá apoyarse en una instancia especializada, contratada exclusivamente para hacer un seguimiento puntual de la ejecución del proyecto, previa autorización del Comité Técnico y de Administración, sin que esto excluya la evaluación de los informes de avance y final de conformidad con lo establecido en el procedimiento PP-05 referido.

6.2 El CONACYT y10 el Gobierno del Estado podrá participar en el seguimientos de estos proyectos en el caso de considerarlo conveniente, así como en la evaluación del informe final

6.3 El Secretario Administrativo hara el seguimiento financiero del proyecto de conformidad con el procedimiento PP-05 " Seguimiento Técnico y Financiero" y deberá verificar que las aportaciones complementarias se realicen de acuerdo a lo comprometido.

En el caso de aportaciones en especie se deberá verificar que estas se realicen con el alcance y monto de recursos comprometido.

7. EVALUACIÓN DE IMPACTO

7.1 Con base a los resultados finales obtenidos y los indicadores socioeconórnicos considerados, el Secretario Administrativo con el apoyo del Secretario Técnico, hara un análisis, considerando un horizonte de cinco años, del beneficio potencial que el estado o región podría recibir con los resultados del proyecto, el cual deberá ser turnado al CONACYT junto con el informe final. En lcaso que sea necesario podrá apoyarse en las instancias que considere convenientes.

7.2 El CONACYT, en el tiempo y con el apoyo de las instancias que considere convenientes, hará una evaluación de impacto, utilizando la metodología que para el efecto determine e informará al estado, los resultados obtenidos. Los gastos incurridos en esta evaluacion serán cargados al gasto operativo del Fondo correspondiente, para lo que en su caso deberá incluirse en el programa y presupuesto operativo anual. M

Secretario Administrativo

Elaborado por

Lic. Rogelio Flores de la Peña

( Secretario Técnico

1 1

Nombre y firma

1 Dr. Oscar Vázquez Montiel

Fecha

Paaina 222 de 241

FONDO MIXTO DE FOMENTO A LA INVESTIGACIÓN C~ENT~F~CA Y TECNOLÓGICA CONACYT-GOBIERNO

DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

TITULO: EVALUACIÓN DE IMPACTO

1. ALCANCE Y FINALIDAD.

CLAVE: PP47 8 . v .

Este procedimiento establece los criterios y lineamientos que deberán aplicarse para la evaluación del impacto de los proyectos apoyados por los Fondos Mixto en el desarrollo económico y social del estado, así como en los indicadores de sistema estatal de ciencia y tecnología, con el objeto de dar cumplimiento a lo establecido en las fracciones II y Vlll del Artículo 12 de la Ley de Ciencia y Tecnología.

Inicio de vigencia: Octubre 2008 Término de Vigencia: Octubre 201 1 No. de Revisión: O

Su aplicación tienen el propósito de conocer el impacto de la inversión realizada por el Fondo en términos del beneficio potencial esperado al término los proyectos, el beneficio real obtenido por los usuarios y la contribución a la mejora de los indicadores de desarrollo del estado, permitiendo evaluar la correcta orientación del Fondo y en su caso la efectividad del Programa a través de los cambios o mejoras generados y de la percepción de los sectores beneficiarios del mismo.

Acuerdo CTA: E -1 212009 No. de Hojas: 3 No. de Anexos: O

2. RESPONSABILIDADES:

Es responsabilidad del Secretario Técnico y del Secretario Administrativo determinar, al término de los proyectos, el cumplimiento de los compromisos involucrados en un proyecto, el beneficio potencial, estimado con base en los indicadores socioeconómicos de problema, necesidad u oportunidad atendida e integrar indicadores apropiados por convocatoria emitida, especificando los supuestos, probabilidad y tiempos en que se espera materializar los beneficios. De igual forma deberá determinar el impacto en los indicadores de ciencia y tecnología.

K Es responsabilidad del Comité Técnico y de Administración evaluar los resultados del

impacto potencial que presente el Secretario Técnico y emitir en su caso, las recomendaciones necesarias para asegurar el impacto de las convocatorias emitidas por el Fondo Mixto.

Es responsabilidad del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología evaluar con la metodología y en el tiempo que determine, el beneficio socioeconómico obtenido de la inversión realizada a través del Fondo Mixto.

3. EVALUACIÓN DEL IMPACTO DE LOS PROYECTOS:

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1 El propósito general de la evaluación de impacto es determinar la efectividad de las políticas y programas, asi como de los apoyos otorgados, a través de la medición de los cambios y mejoras generados que permitan verificar la efectividad del Fondo Mixto.

3.2 Para realizar una evaluación objetiva del impacto de los proyectos tanto el Secretario Administrativo como el Secretario Tecnico deberán asegurar:

a) Que en la demanda especifica establecida en una convocatoria se defina con claridad y se dimensione el problema socioeconómico, asi como los indicadores de impacto.

b) Que en los proyectos esté claramente definida y dimensionada su contribución en la solución del problema o necesidad y en particular en sus indicadores socioeconómicos.

c) Que en el informe final y en la evaluación del usuario se precise la contribución o beneficio potencial esperado.

3.3 La evaluación de impacto se debera realizar con base en.:

a) Beneficio potencial esperado:

1) A nivel proyecto (Al término del mismo)

2) A nivel Convocatoria (A la conclusión de la Convocatoria).

b) Beneficio Real obtenido:

1) A nivel convocatoria (Dos años después del cierre de la misma).

3.4 El Secretario Técnico con el apoyo del Secretario Administrativo deberá definir la metodología a utilizar en cada uno de los casos y someterla a la aprobación del Comité Tecnico y de Administración. En el Programa de Operación anual deberá especificar las metas y calendarios para llevar a cabo el proceso de evaluación de impacto.

La metodología para determinar el impacto de la convocatoria, con base en el beneficio potencial o real según sea el caso, debera considerar de manera enunciativa más no limitativa:

a) Beneficio potencial de la Convocatoria: La realización de un muestro aleatorio estratificado, donde en aquellos proyectos seleccionados se aplique la metodologia conducente, a efecto de medir, principalmente si los impactos basados en los indicadores considerados en el proyecto original, se darán conforme a lo esperado.

El involucramiento de los usuarios o beneficiarios que definieron la demanda que dio origen a la convocatoria.

Evidencias del beneficio potencial que se alcanza con el proyecto, asi como del avance en la aplicación de los resultados del proyecto en la solución del problema que dio origen a la demanda.

El grado de corriprorniso que tiene el usuario de los resultados del proyecto, medido a través de los planes o programas con que se cuenten para atender el problema inicial con los resultados generados por el proyecto.

b) Beneficio Real de la(s) Convocatoria(s):

Un muestre0 estadístico estratificado para determinar los proyectos a los cuales se aplicará una medición que consistirá en la aplicación de instrumentos de recolección de datos para obtener el beneficio tangible que perciba el usuario final.

De igual forma se solicitará evidencia respecto del avance en la aplicación de los resultados del proyecto en la solución del problema inicial, mostrando las tendencias del caso a través del comportamiento de los indicadores pertinentes.

La metodología aplicada deberá ser validada por el CONACYT para poder asegurar la integración de los resultados que se generen a nivel nacional.

4.1 En el caso de la evaluación a nivel Convocatoria el cual necesariamente deberá involucrar a los usuarios de los resultados de los proyectos, el Secretario Técnico se podrá apoyar en instancias especializadas para llevar a cabo su realización, requiriendo de la aprobación del Comité Técnico tanto de la instancia involucrada como del presupuesto requerido.

4.2 Con base a los resultados obtenidos y los indicadores socioeconómicos considerados, el Secretario Técnico con el apoyo del Secretario Administrativo, harán un análisis de los resultados de las evaluaciones realizadas mismas que serán presentadas al Comité Técnico y de Administración para su análisis y toma de decisiones a través del informe correspondiente.

4.3 Por su parte el CONACYT, en el tiempo y con el apoyo de las instancias que considere convenientes, podrá llevar a cabo una evaluación de impacto, utilizando la metodología que para el efecto determine e informará al estado, los resultados obtenidos. Los gastos incurridos en esta evaluación serán cargados al gasto operativo del Fondo correspondiente.

/ Secretario Técnico

Elaborado por:

Secretario Administrativo

/ Dr. Oscar Vázquez Montiel

Nombre y firma

Lic. Rogelio Flores de la Peña

Fecha -

FONDO MIXTO DE FOMENTO A LA INVESTIGACION CIENT~FICA Y TECNOLÓGICA CONACYT-GOBIERNO

DEL ESTADO DE NUEVO LEON

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

1. ALCANCE Y FINALIDAD

l

La finalidad del presente procedimiento es establecer los criterios para la elaboración de los informes financieros y en su caso, dictaminación por parte de persona moral debidamente acreditada para tales efectos, requeridos por el Comite Técnico y de Administración para asegurar el correcto manejo del patrimonio del Fideicomiso, así como para atender los requerimientos de información de los Fideicomitentes.

2. RESPONSABILIDADES:

TITULO: INFORMES FINANCIEROS DEL FIDEICOMISO

2.1 Es responsabilidad de Secretario Administrativo la elaboración y presentación de los informe financieros del Fideicomiso tanto al Comite Técnico y de Administración como a los Fideicomitentes, en el tiempo y forma que para el efecto se establezcan.

2.2 Es responsabilidades del Comité Técnico y de Administración revisar los informes financieros, y emitir en su caso las observaciones e instrucciones correspondientes, incluyendo la realización de las auditorias que a su juicio sean necesarias. i

CLAVE: PO-o1

3. INFORMES FINANCIEROS: M 3.1. De conformidad con lo establecido en el Contrato de Fideicomiso y sus Reglas de

Operación, o en su caso Convenio Modificatorio al Contrato de Fideicomiso y Reglas de Operación del Fondo, el Comité Tecnico y de Administración podrá autorizar la contratación de un despacho contable quien será responsable entre otras cosas, de elaborar los informes financieros del Fondo.

Inicio de vigencia: Octubre 2008 Término de Vigencia: Octubre 201 1 No. de Revisión: O

3.2. En cumplimiento a lo anterior el Secretario Administrativo del Fondo, solicitará de tres despachos contables, la cotización del servicio que se desea contratar.

Acuerdo CTA: E -1 212009 No. de Hojas: 2 No. de Anexos: O

3.3. Una vez que se cuenta con las cotizaciones, estas serán sometidas a consideración del Comite Técnico y de Administración del Fondo, a fin de que éste mediante acuerdo opte por la que resulte más conveniente.

3.4. Con fundamento en el acuerdo de Comité Tecnico, el Secretario Administrativo contratará los servicios del despacho, quien deberá ser una persona moral debidamente acreditada.

Pagina 226 de 241

a) Balance General, indicando en su caso, el estado que guardan las subcuentas. b) Estado de Resultados, c) Balanza de comprobación, d) Relación de los sujetos de apoyo, indicando el monto de los recursos aprobados,

entregados y pendientes de entregar por convocatoria, indicando el nombre del sujeto de apoyo,

e) Resumen de los estados financieros, y f) Reporte de Auxiliares.

3.6. La información financiera del Fondo deberá estar firmada por el Secretario Administrativo y por el despacho contable acreditado para tales efectos.

3.7. El Secretario Administrativo enviará de manera mensual, los informes financieros del Fondo, a los fideicomitentes y al fiduciario, los cuales deberán ser presentados al Comité Técnico para su revisión en la sesión ordinaria proxima.

3.8. Una vez presentados al Comité Técnico, este los revisará y en su caso emitirá las observaciones pertinentes en la sesión correspondiente.

4. CONTROL DE LA SITUACIÓN FINANCIERA DE LOS PROYECTOS

El Secretario Administrativo deberá llevar un registro de la situación financiera de los proyectos por convocatoria apoyados por el Fondo, para tener un control del estado que guardan dichos proyectos, utilizando para tal efecto el formato disponible en el Sistema Informática de Fondos o en su caso el diseñado para tal efecto.

Secretario Administrativo 1 Lic. Rogelio Flores de la Peña l

r

Elaborado por:

Secretario Técnico Dr. Oscar Vázquez Montiel

Nombre y firma

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Fecha

FONDO MIXTO DE FOMENTO A LA INVESTIGACI~N CIENT~F~CA Y TECNOLÓGICA CONACYT - GOBIERNO

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

1. ALCANCE Y FINALIDAD:

1-1-KILO: Programa y presupuesto operativo anual. 1 CLAVE: PO-02

Este procedimiento establece los criterios para la elaboración del programa y presupuesto operativo anual, así como para el ejercicio y comprobación de las erogaciones autorizadas por el Comité Técnico y de Administración del Fondo Mixto, a fin de garantizar la transparencia, eficacia y racionalidad en el uso de los recursos que constituyen el patrimonio del FOMIX.

Inicio de vigencia: Octubre 2008 Término de Vigencia: Octubre 201 1 No. de Revisión: O

2. RESPONSABILIDADES:

Acuerdo CTA: E -1 212009 No. de Hojas: 8 No. de Anexos: 1

2.1 Es responsabilidad del Secretario Administrativo definir los objetivos, metas y actividades necesarias de llevar a cabo las acciones necesarias para asegurar el cumplimiento de los fines del Fondo Mixto, su adecuada operación y el correcto ejercicio de sus recursos.

2.2 Es responsabilidad del Secretario Técnico definir los objetivos, metas y actividades necesarias para llevar a cabo en los procesos del Fondo Mixto de su competencia las acciones necesarias para asegurar su adecuada operación. 4'

\ 2.3 Es responsabilidad de ambos Secretarios someter a la aprobación del Comité Técnico

y de Administración la propuesta de Programa Operativo Anual, así como el presupuesto requerido para llevarlo a cabo y los informes de resultados y de ejercicios del gasto correspondientes. M

2.4 Es responsabilidad del Comité Técnico y de Administración revisar y en su caso aprobar la propuesta de Programa Operativo, analizar en base a los resultados del Fondos las acciones de mejora que deberán ser consideradas y en su caso autorizar el presupuesto para la realización de las actividades consideradas en el Programa. De igual forma es responsable de aprobar los informes de actividades y resultados y revisar el ejercicio del gasto.

3. PROGRAMA Y PRESUPLIESTO OPERATIVO.

Se considera como Programa Operativo Anual las acciones relevantes que el Secretario Técnico y Secretario Administrativo llevarán a cabo en el ejercicio correspondiente, para asegurar la correcta operación del Fondo y para incorporar las acciones de mejora que se consideren necesarias. Se considera como Presupuesto Operativo, las erogaciones realizadas para el desarrollo de las actividades y acciones sustantivas y adjetivas, orientadas al cumplimiento del Programa Operativo autorizado por el Comité Técnico y de Administración del FOMIX, incluyendo el pago a evaluadores tanto en la fase de la

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evaluación inicial, como en la fase de control de la ejecución de los proyectos apoyados por el FOMIX.

El Secretario Técnico y el Secretario Administrativo deberán elaborar de manera conjunta el Programa Operativo Anual y presentarlo en la primera reunión de trabajo del año del Comite Técnico y de Administración para su aprobación.

El programa de trabajo deberá contener las acciones relevantes a realizar por ambos secretarios, conteniendo cada una de ellas, la justificación, objetivo, metas y entregables, tiempos y responsable de la misma.

Las acciones a considerar deberán presentarse preferentemente en el orden secuencia1 de los procesos del Fondo Mixto y estar relacionadas entre otras cosas con:

1) Determinación de demandas. 2) Convocatorias:

Difusión. Aseguramiento de ciclos. Talleres de inducción.

3) Evaluación. 4) Seguimiento Técnico y Financiero. 5) Difusión y divulgación de los resultados. 5) Evaluación de Impacto. 6) Operación del Fideicomiso.

Para cada una de las acciones consideradas se deberá especificar el monto de recursos necesarios para llevarlas a cabo, de acuerdo al catálogo de rubros permitidos y que se explicitan en el anexo 1, en un formato como el mostrado en el anexo 2.a, en el cual se especifique el concepto del gasto, la justificación, el costo unitario y el número de unidades. De igual forma se deberá elaborar un calendario mensual de erogaciones presupuestadas, en un formato como el mostrado en el anexo 2.b.

El monto presupuestado no deberá exceder al estimado de productos financieros del ejercicio correspondiente, salvo casos de excepción en que por el monto del patrimonio fideicomitido, los recursos financieros resulten insuficientes para cubrir los rubros indispensables para una correcta operación del Fondo Mixto, como es el caso de los procesos de evaluación y seguimiento.

La propuesta de programa y presupuesto se integran en un documento que deberá ser entregado al Comite Técnico y de Administración para su aprobación.

EJERCICIO DEL PRESUPUESTO:

Solo se podrán ejercer los recursos en los montos y conceptos autorizados por el Comité Técnico y de Administración.

La disposición o manejo de recursos autorizados podrá ser: a) A través de una cuenta de cheques productiva aperturada exclusivamente para

esos fines a nombre del Fondo Mixto y manejada con la firma del Secretario Administrativo, salvo los casos en que la normatividad del Gobierno de Estado exija que sea mancomunada, en cuyo caso, el Gobierno del Estado definirá el funcionario que estará involucrado en el manejo de la cuenta.

b) A través de pagos directos solicitados a la Fiduciaria de gastos autorizados, mediante instrucciones por escrito o vía electrónica en el sistema habilitado para tal propósito.

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4.3 El Secretario deberá ajustarse al calendario del ejercicio del gasto aprobado, o en su caso hacer la planeación pertinente cuidando: a) Que el saldo en la cuenta de cheques no rebase a los requerimientos del bimestre

siguiente. b) Se hagan las provisiones pertinentes de fin de año, de pagos comprometidos. c) Al finalizar el periodo del ejercicio se reintegre al Fideicomiso el remanente no

ejercido.

4.4 Los gastos operativos autorizados serán los derivados de:

a) La realización de reuniones del Comité Técnico y de Administración y de la Comisión de Evaluación, así cómo de instancias temporales del FOMIX, Grupo de Análisis y Pertinencia, Comisión de Planeación, Reuniones de identificación de demandas, Reunión presencial de evaluadores, Foros de avance y difusión de resultados de proyectos apoyados con recursos del fondo.

b) Estudios especializados requeridos por el Comité Técnico y de Administración, para apoyar los procesos del Fondo y mejorar su toma de decisiones, P.e. desarrollo de modelos de planeación, evaluación de impacto.

c) La realización de foros o congresos autorizados por el Comité Técnico y de Administración, relacionados con actividades de difusión y divulgación de proyectos en desarrollo o concluidos, resultados de evaluación de impacto del programa y de casos de éxito apoyados por el fideicomiso.

d) Gastos de difusión de las Convocatorias, publicaciones de resultados y otras notificaciones importantes.

e) Gastos derivados de la evaluación inicial, seguimiento técnico y financiero de los proyectos en desarrollo y evaluación final. \ /'

f) El pago por concepto de evaluación de propuestas, informes de avance e informes técnicos finales.

4.5 Las erogaciones autorizadas y consideradas en el catálogo por objeto del gasto, deberán sujetarse a las medidas de racionalidad y austeridad presupuesta1 emitidas por los Gobiernos Federal y del Estado. Por lo tanto, las erogaciones para sufragar los gastos de operación del FOMIX, deberán reducirse al mínimo necesario, autorizándose exclusivamente, los siguientes rubros:

01 Gasto de Alimentación,

02 Combustibles,

03 Servicio de Mensajería,

04 Arrendamiento de Inmueble y Equipos para la realización de Eventos,

05 Impresiones y Publicaciones,

06 Pasajes Nacionales,

07 Viáticos Nacionales,

08 Contratación Servicios Profesionales,

09 Papelería.

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4.6 Solo se podrán cubrir pasajes y viáticos a los Secretarios Técnico o Administrativo cuando asistan con tal carácter a reuniones de trabajo directamente relacionadas con el Fondo Mixto. No se cubrirán gastos en que éstos asistan como funcionarios o en representación de la institución a la cual pertenecen.

4.7 El Secretario Administrativo, con el apoyo del despacho contable contratado por el Fondo, deberá llevar un control contable del presupuesto autorizado y del ejercicio del gasto, en el sistema contable que facilite su consulta.

5. CRITERIOS PARA EL EJERCICIO Y COMPROBACIÓN DEL GASTO:

5.1 Con el propósito de asegurar un correcto control del ejercicio del gasto autorizado, se deberá considerar lo siguiente:

a) Todos los gastos efectuados deberán ser pagados con cheque nominativos, provenientes de la cuenta aperturada, a favor de proveedores, de prestadores de servicios o de la persona autorizada que realizó el gasto y que aplica el esquema de reembolso. En su caso, el Secretario Administrativo podrá instruir a la Fiduciaria para que realice el pago por medios electrónicos o por la emisión de un cheque nominativo.

b) Salvo en el concepto de viáticos, no se podrán dar gastos a comprobar o anticipos que no tengan el recibo o factura correspondiente, a nombre del Fondo Mixto y que cumpla con los requisitos fiscales.

c) En los casos de excepción en los que no se pueda obtener la factura o recibo con los requisitos fiscales, como podría ser el caso de pago taxis, alimentos o estacionamiento, deberán ser justificados con recibo simple, que expliciten el concepto sin que estos gastos excedan al 10% de la comprobación total.

d) Será obligación del Secretario Administrativo o Técnico responsable de la \ actividad, presentar ante el Comité Técnico y de Administración del FOMlX el informe técnico y financiero de los eventos realizados. 1/

e) Toda la erogación deberá justificarse plenamente y la documentación deberá cumplir con los requisitos fiscales legales.

f) No se aceptarán como comprobaciones de erogaciones aquellos casos que no cumplan los procedimientos establecidos.

5.2 Los comprobantes deberán contener los siguientes requisitos:

a) Expedir a nombre del FOMlX correspondiente.

b) Cumplir con los requisitos fiscales vigentes.

c) En su caso, IVA desglosado

d) La firma del Secretario Administrativo o Técnico segun el origen del gasto y la responsabilidad asignada en el programa operativo anual, autorizado por el Comité Técnico y de Administración.

e) No deberá tener tachaduras o enmendaduras.

f) Los requisitos particulares exigidos por la entidad federativa.

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5.3 En el caso anticipo por viáticos, la persona dispone de cinco días hábiles de concluida su comisión para presentar al Secretario Administrativo, la comprobación del gasto.

5.4 El Secretario Administrativo, con el apoyo del despacho contable contratado, dispone de 10 días hábiles de recibida la solicitud de pago, para emitir el cheque nominativo o la instrucción de pago a la Fiduciaria, o en caso de rechazo, notificar al proveedor del bien o servicio, o al solicitante de reembolso por gastos erogados, la causas de éste.

5.5 La documentación comprobatoria deberá bajo custodia del Secretario Administrativo a fin de estar disponible para cualquier revisión o auditoría.

6. INFORME DEL EJERCICIO DEL GASTO OPERATIVO Y SOLICITUD DE AMPLIACIÓN O CAMBIOS DE PARTIDA.

6.1 El Secretario Administrativo deberá elaborar un informe trimestral detallado del ejercicio del gasto, en el cual se incluya las recalendarizaciones del gasto necesarias, así como el gasto estimado al final del ejercicio. Estos informes deberán formar parte de la información de la situación financiera del Fondo Mixto que el Secretario Administrativo presenta en las reuniones de Comité Técnico.

6.2 En los casos que el presupuesto autorizado para cubrir los gastos requeridos en la ejecución del Programa Operativo resulte insuficiente, el Secretario Administrativo, en su caso con el apoyo del Secretario Técnico, elaborarán la justificación pertinente y someterán a la aprobación del Comité Técnico y de Administración la ampliación necesaria. En caso de cambios de partida se procederá de manera similar, justificando en este caso tanto el requerimiento como su posible efecto en las actividades, a las que se le reduzca o elimine el presupuesto.

7. CON'TINGENCIAS Y CASOS NO PREVISTOS

Las contingencias y casos no previstos en las presentes reglas serán resueltos por el Comité Técnico y de Administración del FOMIX.

1 Secretario Administrativo

Elaborado por

1 Lic. Rogelio Flores de la Pena

1 Secretario Técnico

Nombre y firma

Dr. Oscar Vázquez Montiel

Fecha

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ANEXO 1

CATALOGO POR OBJETO DE GASTO

O 1 Gastos de Alimentación: Este gasto será aplicado a las siguientes personas: miembros del Comité Tecnico y de Administración, Comisión de Evaluación y Seguimiento, Comités de Planeación, Grupo de Análisis y Pertinencia, Evaluadores, y Conferencistas invitados en Foros o Congresos. Sólo será aplicable para sufragar gastos de alimentación en reuniones o cuando los integrantes estén fuera de su lugar de residencia, por actividades del FOMIX.

02 Combustibles: Este gasto será aplicado a las siguientes personas: Secretarios Administrativo y Técnico, Evaluadores y Conferencistas invitados en Foros y10 Congresos, cuando se trasladen de su lugar de residencia, por actividades estrictamente relacionados con el FOMIX.

03 Servicio de Mensajería: Los Secretarios Administrativo y Técnico realizarán este gasto, siempre y cuando resulte indispensable para lograr el cumplimiento de los objetivos y metas del programa de trabajo y presupuesto autorizado. Asimismo, se fomentará la utilización del equipo de informática y sistemas de comunicación electrónica para el envio de documentación dentro y fuera de las dependencias.

04 Arrendamiento de Inmueble y equipos para la realización de eventos: Se efectuará este tipo de erogaciones, en cumplimiento a los objetivos y metas del programa de trabajo y se ajustara al presupuesto autorizado. Este rubro comprende, entre otros conceptos: Salón de sesiones, servicio de apoyo logística y servicios especializados tales como arrendamiento de equipo inforrnático, de sonido o proyección, durante el evento, tomando en consideración las disposiciones de austeridad presupuesta1 señaladas por las Secretarías de Hacienda tanto federal como estatales.

05 Impresiones y Publicaciones: Se deberán utilizar los medios de difusión del sector público y el tiempo que por ley otorgan al Gobierno Federal las empresas de comunicación que operan mediante concesión federal, salvo que se trate de comunicaciones que por su relevancia y oportunidad deban realizarse en espacios propios del FOMIX, como son la publicación de boletines informativos, tripticos, espacios en diarios de difusión nacional y regional, memorias de foros, etc.

06 Pasajes: Este gasto será aplicable a los Secretarios Administrativo y Técnico y al personal de apoyo de éstos, cuando en el ejercicio de sus funciones tengan necesidad de trasladarse de sus lugares de residencia, particularmente para coordinar los procesos de determinación de demandas y el seguimiento de proyectos, exceptuando los casos de reuniones ordinarias o extraordinarias del Comité Técnico y de Administración del FOMIX o de la Comisión de Evaluación. También aplicará para los evaluadores que asistan a reuniones de trabajo presenciales, así como a invitados especiales para su participación en eventos previamente autorizados por el Comité Tecnico y de

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Administración. El monto aplicable en este rubro atenderá a la tarifa asignada en cada una de sus instituciones de referencia.

07 Viáticos: Este gasto será aplicable a los Secretarios Administrativo y Técnico y al personal de apoyo de éstos, cuando en el ejercicio de sus funciones tengan necesidad de trasladarse de sus lugares de residencia, exceptuando los casos de reuniones ordinarias o extraordinarias del Comité Técnico y de Administración del FOMIX y de la Comisión de Evaluación. Ambos Secretarios, Técnico y Administrativo, deberán ajustarse a los tabuladores de sus correspondientes organismos de adscripción. También aplicará para los evaluadores que asistan a reuniones presenciales y a los invitados especiales para su participación en eventos previamente autorizados.

08 Contratación de Servicios Profesionales: Para la realización del Seguimiento financieros a proyectos, auditorias especializadas, estudios especializados aprobados por el Comité Técnico y de Administración para apoyar el desarrollo de metodologias o modelos de operación del Fondo Mixto, en cumplimiento a los objetivos y metas del programa de trabajo y se ajustará al presupuesto autorizado. La contratación la realizará el Secretario Administrativo con el prestador de servicios, previa autorización del Comité Técnico y de Administración del FOMIX. La contratación de servicios deberá realizarse por comparación de ofertas (mínimo tres cotizaciones) y en el contrato correspondiente deberá especificarse, entre otros: las responsabilidades contraídas, la duración del período de contratación y en su caso el numero de contrataciones que se podrán realizar con el mismo proveedor.

09 Papelería y correspondencia: Este gasto será aplicado para la adquisición del material requerido para atender las actividades propias del FOMIX. Deberá realizarse por el Secretario Técnico y Administrativo y cubrirá los rubros que se requieran para atender las necesidades de documentación, correspondencia y mensajería, derivado de reuniones del Comité Técnico y de Administración, del Grupo de Análisis de Pertinencia, de la Comisión de Evaluación, así como de los procesos planeación, inducción de proyectos, evaluación, seguimiento, y evaluación de impacto, difusión y divulgación, foros.

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ANEXO 2.a

PRESUPUESTO

1 Total

Anexo 2.b

Calendario

Total

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Costo Unit Unidad Rubros 9

ACCION o1

Deteninaci6n de demandas

Monto Conceptos

FONDO MIXTO DE FOMENTO A LA INVESTIGACION CIENT~FICA Y TECNOLÓGICA CONACYT-GOBIERNO

DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

TITULO: ELABORACIÓN DEL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

1 No. de Revisión: O 1 No. de Anexos: 1 1

CLAVE: PO-O3

- Termino de Vigencia: Octubre 201 1

1. OBJETIVOY ALCANCE:

Inicio de vigencia: Octubre 2008 1 cuerdo CTA: E -1 212009 No. de Hojas: 6

Establecer los lineamientos y criterios para elaborar los procedimientos y formatos de los distintos procesos del Fondo Mixto de Fomento a la Investigación Científica y Tecnológica Conacyt- Gobierno del estado de Nuevo León, a fin de sistematizar la operación, asegurar una mayor efectividad en la aplicación de sus procesos y precisar las responsabilidades y facultades de los participantes en las diferentes instancias funcionales.

Comprende los procedimientos relacionados tanto con el Funcionamiento de las instancias de operación del Fondo, como de los procesos y esquemas de operación del Fondo.

2. RESPONSABILIDADES:

Los procedimientos, constituyen una descripción detallada que muestra de manera secuencia1 y ordenada como llevar a cabo un proceso o función requerida por el FOMIX. \ 1 Es responsabilidad de los Secretarios Administrativo y Técnico del FOMIX en apego al Contrato de Fideicomiso y sus Reglas de Operación, identificar y analizar los objetivos de los procesos vigentes, elaborar los procedimientos y someterlos a revisión y aprobación en su caso, del Comité Técnico del FOMIX, para su integración al manual de procedimientos vigente.

Ya sea por sugerencia de alguna instancia, cuando las condiciones lo requieran o una vez cumplida la vigencia del procedimiento, ambos Secretarios deberán revisar y en su caso adecuar, aquellos procedimientos que por alguna circunstancia lo requieran, generando para ello, una versión "revisada", la cual deberá someterse a la aprobación del Comité Técnico y de Administración del FOMIX.

En el caso que el nombramiento de Secretario Técnico recaiga en un funcionario estatal, ésta tendrá la obligación de consensuar previamente la propuesta de adecuación del procedimiento con el CONACYT.

3. ESTRUCTURA GENERAL DE LOS PROCEDIMIENTOS:

Los procedimientos deberán contener preferentemente la siguiente estructura:

a) Datos generales: 1) Título.

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Deberá nombrarse el procedimiento, de tal forma que describa el propósito para el que es elaborado

2) Clave del procedimiento.

Incluye la clasificación del procedimiento y un numero consecutivo dentro de la misma clasificación

3) Número de acuerdo por el cual el Comité Técnico y de Administración aprueba el procedimiento.

4) Inicio de vigencia.

Fecha a partir de la cual entra en vigor el nuevo procedimiento.

5) Termino de vigencia.

Fecha hasta la cual esta en vigor el nuevo procedimiento.

6) Número total de hojas de las que consta el procedimiento.

7) Número de anexos.

Número total de anexos que acompañan al procedimiento.

8) Número de revisión.

Se refiere al número de versiones a las que ha sido sometido a revisión y aprobación un mismo procedimiento.

b) Alcance y Finalidad: Se deberá enunciar el alcance y finalidad del procedimiento

c) Responsables de su aplicación Indicar a quienes va dirigido el procedimiento y bajo que circunstancias debe ser aplicado.

d) Descripción del proceso Describe y enumera de manera consecutiva y detallada la secuencia de las acciones o

criterios considerados del proceso involucrado.

Se deberán incorporar los anexos que se consideren necesarios para la correcta

interpretación y ejecución del procedimiento, incluyendo los formatos requeridos para la

adecuada aplicación del procedimiento.

e) Formalizacion En los recuadros correspondientes se deberá registrar el Acuerdo de Comité Técnico aprobando el procedimiento y deberá considerar un recuadro en el cual el

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Secretario Técnico y el Secretario Administrativo formalicen con su firma la vigencia del procedimiento.

4. FORMATO: Los documentos deberán ser escritos en WORD, usando tipo de letra Aria1 11, márgenes superior, inferior y laterales de 2.5 cm, interlineado sencillo y numeración arábiga en los diferentes incisos que conformen el procedimiento.

O 1 Funcionamiento (PF) 02 Proceso 03 Operaci6n

(PP) (PO)

6. INTEGRACIÓN DEL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS:

El manual de procedimientos se integrará de acuerdo al índice de procedimientos adjunto.

En el caso de requerirse de un nuevo procedimiento este se clasificará de acuerdo a su naturaleza y se le asignará el número subsecuente que le corresponda.

7. VIGENCIA Y REVISIONES: Los procedimientos deberán ser revisados al menos cada tres años por lo que su vigencia deberá coincidir con el periodo descrito.

8. PRESENTACIÓN Y APROBACIÓN: Corresponde al Secretario Técnico y al Secretario Administrativo elaborar de manera conjunta o en su caso adecuar los procedimientos vigentes, inherentes al funcionamiento del Fondo, presentarlos al Comité Técnico para su revisión y en su caso aprobación, siendo indispensable el voto favorable del Presidente del Comité Técnico y del Representante del CONACYT.

M Una vez autorizado el procedimiento o su adecuación, el Secretario Administrativo registrara en el documento el número de Acuerdo del Comité Técnico y de Administración y firmará y rubricará conjuntamente con el Secretario Técnico el procedimiento.

El nuevo procedimiento se incorporará al manual de procedimientos vigente y se turnará copia del mismo al CONACYT para su información y control quedando el original en custodia del Secretario Administrativo.

1 Secretario Administrativo

Elaborado por:

l 1 Lic. Rogelio Flores de la Peña

1 Secretario Técnico

Nombre y firma

( Dr. Oscar Vázquez Montiel

Fecha

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ANEXO 1

INDICE MANUAL DE PROCEDIMIENTO

l. FUNCIONAMIENTO (PF)

1. PF-O1 Comité Técnico y de Administración. l . Alcance y finalidad. 2. Responsabilidades. 3. Integración e instalación del Comité. 4. Elementos de apoyo del Comité. 5. Atribuciones. 6. Sesiones de trabajo. 7. Instalación y desarrollo de la sesión. 8. Instrucciones a la fiduciaria.

2. PF-02 Instancias de evaluación. 1. Alcance y finalidad 2. Responsabilidades 3. Integración de las instancias de evaluación 4. Atribuciones. 5. Sesiones de trabajo.

3. PF-03 Aportaciones 1. Alcance y finalidad 2. Responsabilidades 3. Aportaciones 4. Formalización de las aportaciones y creación de subcuentas.

11. PROCESO (PP)

4. PP-O1 Elaboración, publicación y cierre de Convocatorias 1. Alcance y finalidad 2. Responsabilidades 3. Definición de prioridades y demandas. 4. Elaboración de la convocatoria. 5. Aprobación, publicación y difusión de la convocatoria. 6. Presentación y captura de propuestas. 7. Inducción de propuestas. 8. Cierre de la recepción de propuestas. 9. Cierre de convocatoria. 10. Ciclos de convocatoria

5. PP-02 Evaluación, selección y aprobación. l . Alcance y finalidad. 2. Responsabilidades. 3. Criterios de evaluación. 4. Tiempos de evaluación. 5. Procedimientos de evaluación. 6. Aprobación de recursos.

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7. Conflictos de interés y confidencialidad de la evaluación. 8. Situaciones no previstas.

6. PP-03 Formalización del Apoyo. 1. Alcance y finalidad. 2. Responsabilidades. 3. Notificación del apoyo y tiempos para la formalización. 4. Convenios de Asignación de Recursos. 5. Proyectos interinstitucionales

7. PP- 04 Administración de proyectos. 1. Alcance y finalidad. 2. Responsabilidades 3. Formalización del apoyo. 4. Ministracion de recursos. 5. Presentación de informes. 6. Modificaciones al Convenio de Asignación de Recursos. 7. Suspensiones y cancelaciones 8. Finiquito de proyectos. 9. Ejercicio del gasto. 10. Comprobación de partidas del gasto corriente. 1 1. Comprobación de partidas del gasto de inversión. 12. Gastos no elegibles. 13. Incorporación de recursos humanos asociados al proyecto. 14. Auditorias

8. PP-05 Del seguimiento Técnico y financiero de proyectos 1. Alcance y finalidad. 2. Responsabilidades. 3. Evaluación de informes. 4. Ministracion de recursos 5. Informe final. 6. Suspensión y cancelación de proyectos. 7. Finiquito de proyectos. 8. Transferencia de resultados. 9. Difusión y divulgación.

9. PP-06 Proyectos específicos promovidos al amparo del Artículo 33 de la LC yT.

1. Alcance y finalidad. 2. Responsabilidades. 3. Proyectos promovidos al amparo del Artículo 33 de la LCyT. 4. Formalización en el Fomix. 5. Ministración de Recursos. 6. Seguimiento Técnico y financiero 7. Evaluación de impacto

10. PP-07 Evaluación de impacto. 1. Alcance y finalidad 2. Responsabilidades 3. Evaluación del impacto 4. De la metodología.

111. OPERACION DEL FONDO (PO)

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11. PO-O1 lnformes financieros del Fideicomiso. l. Alcance y finalidad. 2. Responsabilidades. 3. lnformes financieros. 4. Control de la situación financiera de los proyectos.

PO-02 Programa y presupuesto operativo. 1. Alcance y finalidad. 2. Responsables. 3. Programa y presupuesto operativo anual. 4. Ejercicio del presupuesto. 5. Criterios para el ejercicio y comprobación del gasto. 6. Informe del ejercicio del gasto, ampliaciones y cambios de partida. 7. Contingencias y casos no previstos.

13. PP-03 Elaboración de procedimientos. l. Alcance y finalidad. 2. Responsabilidades. 3. Estructura general de los procedimientos. 4. Formato. 5' Clasificación. 6. Integración del Manual de Procedimientos. 7. Vigencia y revisiones 8. Presentación y aprobación.

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