Fonacide. Muchos recursos, escamoteos y...

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1 Fonacide. Muchos recursos, escamoteos y confusiones 1 Lila Molinier tape´a, abril de 2014. El Fonacide está ganando más espacios en el interés de la gente y de la prensa, generando preocupación y movilización, en vista de que es cada vez más evidente que en muchos municipios los recursos no se están aplicando para la construcción, reparación y mantenimiento de las escuelas, así como tampoco para el suministro de la merienda y el almuerzo escolar, como está previsto en la ley de creación. Tampoco se sabe, y se desconfía, de la aplicación que han hecho las gobernaciones de las transferencias recibidas entre el 2012 – 2013. De ahí la pregunta recurrente ¿cuánto se ha recibido hasta ahora, y cuánto y en qué se invirtieron los recursos del Fonacide en las gobernaciones departamentales y las municipalidades? Participar de la toma de decisión y dar seguimiento a los planes de inversión a nivel local; conocer los resultados, o su ausencia, por la acción e inacción de las gobernaciones y municipalidades, es un derecho y una obligación de la ciudadanía, de las organizaciones sociales y políticas, en particular de la población local. Pero a nivel nacional, enfocar la información sobre la aplicación de los recursos del Fonacide sólo en las transferencias a las gobernaciones y municipalidades, es hacerlo sobre una porción de la torta, el 25% del total anual, correspondiente a dichas transferencias. ¿Qué pasa con el 75% restante? El desconocimiento o la información fragmentada e incompleta sobre la totalidad de los recursos públicos y su distribución, es evidente, por lo que aquí presentamos la definición, la distribución general y desagregada de los recursos, sus destinatarios, así como algunas inquietudes para el debate y el involucramiento de la ciudadanía, por tratarse de un recurso público muy importante. 1. ¿Qué es el Fonacide? Para empezar, el Fonacide es el Fondo Nacional de Inversión Pública y Desarrollo, creado por la Ley Nº 4.738/2012 2 . Es una fuente de recursos públicos que contiene y distribuye, con exclusividad, los ingresos generados por la hidroeléctrica binacional Itaipú, en concepto de compensación por cesión de la energía paraguaya excedente a su socio, el 1 Versión corregida y actualizada. Elaborado para la Asociación de ONG del Paraguay, Pojoaju, Asunción, publicado el 14.04.14, en: www.pojoaju.org/2. 2 Fue aprobada y sancionada por los Diputados y Senadores del período saliente, y promulgada el 21 de septiembre de 2012 por Federico Franco, a tres meses del golpe parlamentario que destituyó al gobierno de Fernando Lugo. Está basada en un proyecto diferente a los presentados al Congreso Nacional a mediados de 2011, por el Poder Ejecutivo, el Foro de Iniciativa Popular, y otras organizaciones e individualidades.

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Fonacide. Muchos recursos, escamoteos y confusiones1 Lila Molinier

tape´a, abril de 2014.

El Fonacide está ganando más espacios en el interés de la gente y de la prensa, generando

preocupación y movilización, en vista de que es cada vez más evidente que en muchos

municipios los recursos no se están aplicando para la construcción, reparación y

mantenimiento de las escuelas, así como tampoco para el suministro de la merienda y el

almuerzo escolar, como está previsto en la ley de creación. Tampoco se sabe, y se

desconfía, de la aplicación que han hecho las gobernaciones de las transferencias

recibidas entre el 2012 – 2013. De ahí la pregunta recurrente ¿cuánto se ha recibido hasta

ahora, y cuánto y en qué se invirtieron los recursos del Fonacide en las gobernaciones

departamentales y las municipalidades?

Participar de la toma de decisión y dar seguimiento a los planes de inversión a nivel local;

conocer los resultados, o su ausencia, por la acción e inacción de las gobernaciones y

municipalidades, es un derecho y una obligación de la ciudadanía, de las organizaciones

sociales y políticas, en particular de la población local.

Pero a nivel nacional, enfocar la información sobre la aplicación de los recursos del Fonacide sólo en las transferencias a las gobernaciones y municipalidades, es hacerlo sobre una porción de la torta, el 25% del total anual, correspondiente a dichas transferencias. ¿Qué pasa con el 75% restante? El desconocimiento o la información fragmentada e incompleta sobre la totalidad de los recursos públicos y su distribución, es evidente, por lo que aquí presentamos la definición, la distribución general y desagregada de los recursos, sus destinatarios, así como algunas inquietudes para el debate y el involucramiento de la ciudadanía, por tratarse de un recurso público muy importante.

1. ¿Qué es el Fonacide? Para empezar, el Fonacide es el Fondo Nacional de Inversión Pública y Desarrollo, creado por la Ley Nº 4.738/20122. Es una fuente de recursos públicos que contiene y distribuye, con exclusividad, los ingresos generados por la hidroeléctrica binacional Itaipú, en concepto de compensación por cesión de la energía paraguaya excedente a su socio, el

1 Versión corregida y actualizada. Elaborado para la Asociación de ONG del Paraguay, Pojoaju, Asunción,

publicado el 14.04.14, en: www.pojoaju.org/2. 2 Fue aprobada y sancionada por los Diputados y Senadores del período saliente, y promulgada el 21 de

septiembre de 2012 por Federico Franco, a tres meses del golpe parlamentario que destituyó al gobierno de Fernando Lugo. Está basada en un proyecto diferente a los presentados al Congreso Nacional a mediados de 2011, por el Poder Ejecutivo, el Foro de Iniciativa Popular, y otras organizaciones e individualidades.

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Brasil. Estos ingresos se han acrecentado tras la negociación y los acuerdos firmados entre los gobiernos de Fernando Lugo y Luiz Ignacio “Lula” Da Silva3. El incremento consistió en el aumento al triple del factor de ajuste de la compensación pagada por el Brasil, que pasó de 5.1 dólares a 15.3 dólares por MWh de energía cedida4. De ahí que Itaipú Binacional deposita en una cuenta especial, abierta en el Banco Central del Paraguay, los pagos efectuados por el Brasil.

2. La cantidad de recursos disponibles, su distribución y los destinatarios

La suma recibida como compensación variará anualmente según la cantidad de energía hidroeléctrica cedida, pero la tendencia promedio estimada será por encima de los 340 millones de dólares anuales hasta el 20235, por lo que el propósito del Fondo es asignar dichos recursos anuales a los sectores socioeconómicos considerados de mayor impacto para el desarrollo socioeconómico del país, según la Ley de creación. Al mismo tiempo, establecer criterios que faciliten el monitoreo y evaluación sobre su uso e impacto. Los destinatarios del Fonacide son cinco instancias/órganos públicos, para determinados objetivos, y las asignaciones otorgadas son en porcentajes fijos6 (Cuadro 1): (i) Tesoro Nacional, para infraestructura pública; (ii) Fondo para la Excelencia de la Educación y la Investigación. para aumentar la

calidad de la educación y la gestión de la investigación; (iii) Gobiernos departamentales y municipales, para infraestructura y complemento

nutricional escolar, y otras inversiones para el desarrollo local; (iv) AFD, para capitalizar la agencia, y (v) Sistema Nacional de Salud, para aumentar la infraestructura de servicios.

3 Ver el texto completo de la Declaración Conjunta en: www.digital.com.py, edición del día 26 de julio de

2009. También se puede ver la Nota Reversal Nº 4, aprobado por Ley Nº 3.923/09, y el Congreso brasileño.

4 A ese efecto, fue modificado el Anexo C, punto III.8 del Tratado de Itaipu, manteniéndose invariable la

cuota principal de la compensación determinada por dicho Anexo, de 300 dólares por GWh. 5 En dicho año vence el plazo de 50 años previsto en el Tratado de Itaipú para mantener sus términos, y

podrá ser renegociado por ambas partes. Ver estudio: “En 13 años, Paraguay recibirá tres veces más que en 26 años. Ingreso anual hasta el 2023”, 10 de febrero de 2012. Disponible en: www.ande.gov.py/Inicio.

6 Ley Fonacide/FEEI Nº 4.738/2012, Art. 3º

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Considerando estos porcentajes y el promedio anual total disponible, la distribución por

sector beneficiado y suma estimada en dólares muestra que la cantidad de recursos que

cada órgano o instancia beneficiada gestionará, en forma anual, es extraordinaria en

relación con los recursos y la capacidad de gestión pública existente. Ante el crecimiento

de los recursos, cabe mejorar y aumentar dicha capacidad.

La asignación para los gobiernos departamentales y municipales es sólo una de las cinco

partidas en las que se distribuyen los recursos del Fonacide, en forma anual. La más

importante, es la destinada al Fondo para la Excelencia de la Educación y la Investigación

(FEEI), que fue creado por la misma ley del Fonacide, por lo que la denominación de la Ley

es en adelante Fonacide/FEEI. Le siguen la asignación al Tesoro Nacional/Ministerio de

Hacienda, para la inversión en infraestructura, y la ya indicada, destinada para los

gobiernos descentralizados. La asignación para el Fondo Nacional de Salud es del 10%,

transferida al Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPBS), y el porcentaje más

bajo (7%), pero significativo, es para capitalizar la AFD, banco público de segundo piso,

descentralizado, con vínculos con el Ministerio de Hacienda (MH).

Para dimensionar mejor la cantidad de recursos anuales asignados por el Fonacide,

estimados en dólares, comparamos con los desembolsos anuales del crédito externo para

proyectos de inversión pública en el Paraguay. El resultado nos muestra que los recursos

disponibles en el Fonacide son superiores a dichos desembolsos anuales.

La distribución interna de cada partida asignada también está establecida por la Ley

Fonacide/FEEI, para tres de las cinco partidas: el FEEI, las transferencias a los gobiernos

departamentales y municipales, y la asignación para el Fondo Nacional de Salud.

En el caso del FEEI, la distribución establecida es por programas y porcentajes en rangos

que varían de máximos a mínimos (Cuadro 2). Generalmente, es confundida con los

programas de construcción, reparación y rehabilitación escolar, gestionado por los

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gobiernos departamentales y municipales, lo cual es incorrecto. Como se puede ver en el

cuadro 2, el FEEI tiene incluido en el 3. Programas de mejoramiento de la oferta educativa,

la construcción y rehabilitación de los espacios escolares, pero ella será gestionada por el

MEC.

En cuanto a las transferencias a los gobiernos departamentales y municipales, las

disposiciones establecen los porcentajes que deben ser invertidos en infraestructura

escolar; merienda y almuerzo escolar, y en otros proyectos de desarrollo (Cuadro 3).

Total FEEI. En dólares US$ 102.000.000 De Hasta1. Programa de incorporación de TIC en el SEN, como herramienta

de uso pedagógico, al alcance de estudiantes y docentes (una

computadora por niño y por docente; laboratorios, TV educativas,

portal educativo, enciclopedia virtual, magazin informativo, radio

difusión digital, otros) y requerimientos conexos- 30 a 40% 30.600.000 40.800.000

2. Formación de docentes y formadores (EI y EB, Media, Superior

no Universitaria, Permanente); fortalecimiento de los IFD. 10% 10.200.000

3. Programas de mejoramiento de la oferta educativa de las

escuelas, colegios, IFD; construcción y habilitación de espacios

escolares; equipamiento básico, materiales educativos, nuevos

espacios como comedores, 15% 15.300.000

4. Programa de atención integral a la primera infancia conforme a

los l ineamientos del PNDIPI 2011 - 2020 10% 10.200.000

3. Programas de organización, formación y fortalecimiento de

redes de cooperación de padres, tutores y comunidades de

escuelas y colegios públicos. 3 a 5% 3.060.000 5.100.000

4. Becas para estudios de formación superior, para cursos

universitarios en el interior y al exterior del país, con el Programa

Nacional de Becas (MEC), y para doctorados y posdoctorados en

universidades y centros de investigación de alta especialización y

reconocida reputación (Conacyt.) 10 a 20% 10.200.000 20.400.000

5. Investigación y desarrollo, para proyectos del Programa de

Incentivos para Investigadores Nacionales del Conacyt 20 a 30% 20.400.000 30.600.000

6. Fortalecimiento de la Agencia Nacional de Evaluación y

Acreditación de la ES y del Sistema de la Calidad de la Educación,

de los diferentes niveles y modalidades educativas 5% 5.100.000

FUENTE: Elaboración propia, con base en la Ley Nº 4.758 Fonacide/FEEI, art. 12 #1

Cuadro 2: Fondo Educación e Investigación (FEEI). Distribución por programas exclusivos

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En el caso de la asignación al Fondo Nacional de Salud están establecidas las líneas de

inversión, pero no las proporciones, por lo que el nivel de la inversión depende de las

decisiones del MSPBS (Cuadro 4).

En cuanto a la inversión en el área económica, la asignación para el Tesoro Nacional debe

ser invertida en infraestructura. Las disposiciones finales y transitorias de la Ley

Fonacide/FEEI, Art. 27º, establecen la transferencia de 15 mil millones de guaraníes al

Comité Olímpico Paraguayo, durante los tres primeros años (2012 – 2014), para la

construcción del Parque Olímpico Paraguayo. En cambio, la llamada Ley de Alianza Público

Privada (Nº 5102/13), asigna hasta el 25% de la partida correspondiente al Tesoro

Nacional, para integrar el Fondo de Garantías y Liquidez de los contratos APP, y otro 7%

de dicha partida para financiar proyectos APP ejecutados en Asunción y su Área

Metropolitana. En síntesis, al Tesoro Nacional le resta 65% de sus asignaciones para la

inversión en otros proyectos de infraestructura.

Transferencias anuales totales en US$ 100% 85.000.000

1. Infraestructura escolar 50% 42.500.000

2. Almuerzo escolar 30% 25.500.000

3. Otras inversiones 20% 17.000.000

FUENTE: Elaboración propia con base en la Ley Nº 4.758 Fonacide/FEEI, art. 4º

Cuadro 3: FONACIDE. Transferencias a gobiernos departamentales y municipales

En porcentajes establecidos y cifras absolutas estimadas en dólares

Cuadro 4: Fonacide. Distribución de las asingnaciones para el Fondo Nacional de Salud

En porcentajes establecidos y cifras absolutas estimadas en dólares

Totales anuales = 34.000.000 de dólares para:

1. Plan de fortalecimiento y renovación tecnológica de hospitales

2. Complemento para la adquisición de medicamentos de alto costo y medicina de alta

complejidad

3. Fortalecimiento de los servicios hospitalarios y de unidades de cuidados intensivos,

con énfasis en el interior del país

4. Fortalecimiento de los laboratorios de los hospitales

5. Fortalecimiento de los programas de apoyo a la atención integral de la mujer

embarazada, niños menores de 5 años y adultos mayores

6. Apoyo al desarrollo de los recursos humanos con énfasis en salud pública e

investigación relacionados con la salud.

FUENTE: Elaboración propia con base en la Ley Nº 4.758 Fonacide/FEEI, art. 12 #2

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En el caso de la asignación para la Agencia Financiera para el Desarrollo (AFD), de 7% del

total de los recursos anuales del Fonacide, son para capitalizar la Agencia, es decir

fortalecer su patrimonio, para canalizar créditos al sector privado, mediante las

instituciones financieras intermediarias privadas (bancos, financieras, cooperativas).

Para dimensionar mejor la cantidad de recursos públicos que el Fonacide/FEEI canalizará

hay que considerar que las partidas de inversión por cada sector beneficiario, como

hemos visto, serán transferidas anualmente, las que aplicadas en el mediano y largo plazo,

impactarán considerablemente en las líneas y programas de inversión establecidas, así

como en la actividad económica nacional. De ahí su gran importancia, por lo que cabe

revisar el consenso en los que se basan y monitorear su aplicación efectiva.

3. La incidencia de la Ley Especial y las disposiciones transitorias de la Ley Fonacide/FEEI

La cantidad de recursos disponibles, y la suma resultante para la distribución de los

mismos según los criterios establecidos e ilustrados en los cuadros 1 al 5, son modificadas

durante los tres primeros años de vigencia de la Ley Fonacide/FEEI, por efecto de las

disposiciones de la Ley Especial Nº 4597/12, y de las finales y transitorias de la propia Ley

de creación del Fonacide.

Fonacide. Promedio anual total 100% 340.000.000

1. Asignaciones anuales al Tesoro Público */ 28% 95.200.000

2012 - 2014

Transferencias anuales al Comité Olímpico

Paraguayo, por 15 mil millones de guaraníes

entre 2012-2014 **/

3.389.831

Ley APP, Nº 5102/2013 32% 30.464.000

Aporte al Fdo Fiduciario de Garantía y

Liquidez p/ Contratos de APP ***/ 25% 23.800.000

Financiamiento p/ proyectos APP

ejecutados en Asu y su AM *v/ 7% 6.664.000

2. Otros 72% 68.544.000

*/ Ley Fonacide/FEEI, Art. 3º, inciso a), y **/ Art. 27º

FUENTE: Cuadro 3 y Ley APP, Nº 5.102/2013, ***/ Art. 11º, a. y *v 12º

Cuadro 5: Fonacide/Tesoro Público. Distribución de las asignaciones para

infraestructura pública. Año 2014 y 2015 en adelante.

En porcentajes y cifras absolutas promedio estimadas en dólares anuales

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La Ley Especial de Compensación al Municipio de Saltos del Guairá (departamento de

Canindeyú) busca reparar las pérdidas por la desaparición de los Saltos del Guairá, que dio

paso a la hidroeléctrica Itaipú, y obliga al MH a descontar el 3% sobre el total de ingresos

por compensación pagada por el Brasil, durante los tres (3) primeros años 2012-2014, y

transferirlo a dicho Municipio (Cuadro 6).

Asimismo, las disposiciones finales y transitorias de la propia Ley de Fonacide/FEEI, por

medio de las asignaciones puntuales establecidas en tres casos, para el 2012, y entre el

2012-2014, modifican los recursos disponibles totales y los de las sumas asignadas, no así

el porcentaje, a cada institución/sector beneficiario. Las dos primeras deducciones

otorgaron el 12% del total de los recursos disponibles en el Fonacide, en el año 2012, a

dos programas del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG): (i) de Fortalecimiento del

Programa del sector Fruti-hortícola del país, al cual destinó la partida más importante, del

10% del Fonacide, y (ii) el subprograma de Educación Agropecuaria, el 2% restante7.

La tercera asignación puntual otorgó otro 10% del total de recursos disponibles en el 2012

al MSPBS, (estimado sobre el saldo restante de la deducción de la compensación a favor

del Municipio de Saltos del Guairá) para gastos en salud pública, con prioridad en las

unidades de cuidados intensivos (UTI) y en los servicios de las Unidades de Diálisis8.

4. La ejecución en el año 2012

El 2012 fue el primer año de ejecución del Fonacide, una vez promulgada la Ley de

creación en la última semana de septiembre, y emitido el decreto reglamentario, a fines

de octubre. Es decir, fue ejecutado en el último bimestre de dicho año y en el primero de

2013, en el margen de tiempo permitido para la ejecución presupuestaria 2012.

Se caracterizó por ejecutar las asignaciones, especial y transitorias, así como el saldo

disponible para las cinco instituciones/sectores beneficiarios. En el cuadro 6, se muestra la

totalidad de la ejecución de las transferencias de recursos asignados en forma especial y

transitoria, así como las constantes, según la distribución prevista antes vista. El ingreso

total como compensación por cesión de la energía de Itaipú fue de 1 billón, 205 mil

millones, 559 millones de guaraníes, equivalentes a 271 millones de dólares9.

7 Ley Fonacide/FEEI, Art. 26º, inciso a)

8 Idem, inciso b)

9 El tipo de cambio utilizado es un promedio. A efectos de la ejecución de la cuenta especial en la que se

depositan los ingresos por compensación en el BCP, el tipo de cambio es actualizado por éste, por lo que su variación puede favorecer o no los recursos disponibles a ser distribuidos por el Fonacide.

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Para ejecutar la compensación especial, el MH calculó el 3% sobre el total de ingresos por compensación de la Itaipú, para su transferencia a la Municipalidad de Saltos del Guairá. Seguidamente, se calcularon las otras dos transferencias para el MAG, y la tercera para el MSPBS. El saldo restante de las cuatro deducciones, fue el recurso disponible del Fonacide distribuido a los cinco órganos institucionales establecidos, como se ha visto anteriormente.

5. La discrecionalidad, y falta de información sistematizada y completa

5.1 La concreción del Fonacide en su marco legal e institucional, y su ejecución inicial en el año 2012 fueron realizadas en un contexto país inapropiado para promover una nueva estrategia de financiamiento de la inversión pública y el desarrollo. La destitución del gobierno de Fernando Lugo, 10 meses antes de las elecciones generales, tras un juicio político sumarísimo, y los hechos de gran violencia en Curuguaty, establecieron condiciones de excepción en las que gobernó Federico Franco el período restante de un año, además del clima típico de las internas partidarias hasta diciembre; de la campaña pre-electoral de las generales de abril de 2013, de transición del mando hasta agosto en que asumió el actual gobierno.

5.2 La enorme cantidad de recursos transferidos por el Fonacide al MAG para la ejecución

de las inversiones en los programas indicados (Cuadro 6), equivalentes a 31 millones de dólares, al tipo de cambio señalado, es una muestra de la discrecionalidad con la que se actuó desde el Ejecutivo en relación con el uso de los fondos. La auditoría

Institución - destinatario Millones de Gs. En %

Total ingresos como compensación por cesión de energía */ 1.205.559

Deducciones por Ley 4597/12 y 4857/12, Art. 26º 282.169 23%

Municipio de Saltos del Guairá 21.887 3%

Ministerio de Agricultura y Ganadería 141.972 12%

Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social 118.310 10%

Saldo distribuido por Ley Fonacide/FEEI, Art. 3º 923.389 100%

Tesoreía Nacional 243.889 26%

Comité Olímpico Parauguayo (Art. 27º) 15.000 2%

Fdo para la educacion y la investigación (FEEI) 276.916 30%

Agencia Financiera para el Desarrollo (AFD) 64.597 7%

Fondo para la Salud 92.282 10%

Gobiernos departamentales y municipales 230.705 25%

*/ Equivalen a 271 millones de dólares al cambio promedio de 4.450 Gs.= 1 dólar.

FUENTE: Con base en CGR, 2013, Fonacide. Informe final. Primer semestre 2013.-

Cuadro 6: Fonacide. Deducciones de los recursos y distribución del restante

Período septiembre - diciembre de 2012

En millones de guaraníes

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realizada por la Contraloría General de la República sobre una parte de dicha ejecución revela que los aportes y subsidios a las instituciones sin fines de lucro, ejecutoras de las acciones de Fortalecimiento del Programa del sector Fruti-hortícola, fueron entregados a los comités en forma de bienes como herramientas, equipos, materiales e insumos. No se pudieron evidenciar los costos de los mismos, porque los listados de bienes recepcionados por dichos comités no especificaban su valor, de cada bien en particular, ni del total10. La suma auditada fue de más de 69 mil millones de guaraníes, equivalente a más de 15 millones de dólares11. Es decir, el informe de auditoría de la CGR no informa sobre el total ejecutado.

5.3 El FEEI, el único órgano creado por la Ley Fonacide/FEE, es un fondo fiduciario que es

administrado por la Agencia Financiera del Desarrollo (AFD), en calidad de Fiduciario (encargado)12, siendo el Estado paraguayo el Fideicomitante (propietario), respecto de sus aportes; de los rendimientos, y Beneficiario en todos los casos en que la Ley del Fonacide/FEEI no lo disponga de otra manera.13 Está representado por el Consejo de Administración del FEEI. Es regido por la Ley de creación; la Ley de Fideicomisos, y el Contrato entre el Consejo de Administración y la AFD. Es frecuente que se confunda a la AFD como el responsable de administrar el Fonacide. A fines de marzo pasado, el Consejo firmó el Contrato de Prestación del Servicio de Fiduciario con la AFD, por lo que la administración financiera del FEEI se inicia a un año medio después de la vigencia de la Ley Fonacide/FEEI, con dos programas aprobados por el Consejo: (i) el Programa Paraguayo para el Desarrollo de la Ciencia, a ser ejecutado por el Conacyt, en un período de 5 años y un monto de más de 97 millones de dólares14, y (ii) el Programa de Desarrollo Integral de la Primera Infancia, focalizado en los niños y niñas de 3 y 4 años del país, gestionado por la Dirección General de Educación Inicial y Escolar Básica, del MEC, de 2 años de duración, de 8 millones de dólares.

5.4 Es frecuente que se presente al Consejo de Administración del FEEI como del Consejo

del Fonacide, lo cual es provocado por la propia deficiencia de la letra de la Ley Fonacide/FEEI, y por la conformación de su Consejo, integrado por los ministros de Hacienda (Presidente del Consejo), Educación y Cultura, Salud Pública y Bienestar Social, el ministro secretario ejecutivo de la STP, y el presidente del Conacyt. Incluso, hay proyectos del área de la salud pública estudiados en el FEEI, cuando que el decreto reglamentario vigente especifica claramente que su objeto de regulación es el Art. 12

10

Las instituciones ejecutoras involucradas fueron: la Federación de Productores Frutihortícolas y Otros del Paraguay; la Asociación Alto Forrest Paraguay, y la Cámara de Productores Frutihortícolas del Paraguay.

11 Contraloría General de la República, 2013, Primer Semestre de 2013. Informe final. FONACIDE, Cap II.

12 En los términos de la Ley Nº 921/1996 “De negocios fiduciarios”

13 Ley Fonacide/FEEI, Art. 13º

14 Disponible en: www.presidencia.gov.py/noticia/12070-consejo-del-fondo-de-la-excelencia-aprobo-

programa-de-usd-97-millones-para-investigacion-cientifica-.html

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# 1 de la Ley Fonacide/FEEI15, por lo que no incluye el #2, referente a los programas y proyectos financiados con la asignación del Fonacide, y transferido al MSPBS.

5.4 Los recursos del Fonacide 2011 – 2013. Los ingresos anuales en concepto de compensación por la cesión de energía de la Itaipú cedida al Brasil desde octubre de 2011 han ido creciendo (Cuadro 7), y a diciembre de 2013 suman un total de más de 616 millones de dólares, lo cual indica la enorme importancia de dicho recurso, y justifica los proyectos de ley promovidos por la sociedad civil y el Estado en el año 2011, para diseñar una ingeniería financiera estratégica, para aprovecharlo y generar impacto en el desarrollo socioeconómico del país.

5.5 La Ley Fonacide/FEEI, tal como está estructurada, y gestionada por sus beneficiarios presenta muchas deficiencias para ser asumida como un instrumento legal adecuado a la función que debe desempeñar, así como las instituciones involucradas directamente en su gestión. Es hora de que los aprendizajes que se han podido lograr durante el tiempo y los procesos transcurridos sirvan para plantear cambios adecuados para consolidar una estrategia de financiamiento público propio como eje de la articulación del sistema nacional en su conjunto.

En ese sentido, es preocupante que el gobierno actual continúe la política económica

promovida por las autoridades económicas del gobierno anterior, el MH y el BCP

principalmente, obsesionados por abrir el sistema financiero público y nacional en

forma indiscriminada al circuito financiero internacional, a través de los bonos

soberanos, de 500 millones de dólares, la contratación de nuevos créditos

reembolsables, y la serie de emisiones de bonos nacionales. La situación financiera

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Asunción, 27 de marzo de 2014, disponible en: http://www.lanacion.com.py/articulo/160465-crean-organo-para-controlar-fondos-para-la-educacion-e-investigacion.html

Mes/año Dólares Millones de Gs.

oct a dic 2011 54.805.727 231.431

ene a dic 2012 216.592.521 953.905

ene a dic 2013 */ 344.783.566 1.483.949

Totales 616.181.814 2.669.286

*/ La suma en guaraníes fue estimada con un dólar promedio=4.304 Gs.

Cuadro 7: Fonacide. Ingresos totales.

Compensación por cesión energía de Itaipú

En dólares americanos y millones de guaraníes.

Octubre de 2011 a junio de 2013

FUENTE: CGR, 2013, FONACIDE. Informe Final. Primer Semestre de 2013,

y Ministerio de Hacienda, SSEAF, marzo, 2014. -

Page 11: Fonacide. Muchos recursos, escamoteos y confusionesfiles.tapea.org/200000495-624ff64422/Fonacide... · 2009. También se puede ver la Nota Reversal Nº 4, aprobado por Ley Nº 3.923/09,

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pública es delicada, pues se tiende a aumentar la deuda pública interna y externa, sin

que se cuenten con proyectos consolidados de inversión pública, ni la activación y

conclusión de los iniciados entre el 2012-2013.

Además, al mismo tiempo se buscan concretar los proyectos de inversión en alianza

público-privada bajo la nueva Ley Nº 5102/13, que inyectará capital privado al

patrimonio y la gestión pública, bajo contratos de largo plazo, modificando las reglas

del juego de la intervención pública, y de la producción de bienes y prestación de

servicios públicos afectados, los cuales pasarán a ser registrados como inversiones y

actividades privadas.

5.6 La ley de creación del Fonacide prevé el registro de la información y de rendición de cuentas, en todos los ámbitos. Internet y los sitios web de todas las instituciones involucradas en la dirección y administración de sus recursos, así como las ejecutoras deben ser aliadas de dichas instituciones públicas y privadas, y de la ciudadanía para acceder a la información sobre los movimientos y resultados del Fonacide. Esta es una deuda pendiente debido a la fragmentación de la información ofrecida por las páginas del MH, el BCP, la STP, para citar las más importantes. El MH publica actualmente, bajo la sección Fonacide, únicamente las transferencias a las municipalidades, no así, a las gobernaciones, ni las relacionadas con la distribución total prevista por la Ley Fonacide/FEEI16.

Por su parte, el BCP publica en su informe económico mensual los ingresos de divisas provenientes de las hidroeléctricas binacionales, y en relación con la Itaipú sigue sin desagregar los royalties de las compensaciones, cuando existe una Ley que destina esta última al Fonacide. El propio informe citado de la Contraloría reseña las reiteradas notas remitidas al BCP para obtener dicha desagregación y las cifras en concepto de compensación por cesión de la energía paraguaya de la Itaipú al Brasil, en vista de la falta de una fuente unificada de información al respecto.

5.7 El mejoramiento de la gestión pública y de los resultados logrados en beneficio del ejercicio de los derechos y las obligaciones de la población, están asociados con el aumento de la transparencia y la reducción de la corrupción público-privada, así como la difusión y uso de la información, por las propias instituciones del Estado y de las organizaciones y medios de la sociedad civil. El Fonacide, como se ha visto, está asociado con la distribución de recursos y competencias entre el gobierno central, y los gobiernos departamentales y municipales, de gran interés para la ciudadanía y el

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www.hacienda.gov.py/inicio/informes/Fonacide/situacióndeliquidacionesdeFONACIDE. La alternativa para acceder a la información sobre la ejecución de los ingresos y gastos del Fonacide son los informes financieros anuales, Informe Financiero. Control Financiero y Evaluación Presupuestaria, Tomo II, disponible en el mismo sitio web.

Page 12: Fonacide. Muchos recursos, escamoteos y confusionesfiles.tapea.org/200000495-624ff64422/Fonacide... · 2009. También se puede ver la Nota Reversal Nº 4, aprobado por Ley Nº 3.923/09,

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ejercicio de sus derechos. Los organismos de control del Estado, en todos sus niveles, no han superado sus limitaciones y dificultades para garantizar el uso adecuado y racional de los recursos públicos, por lo que es necesario que las organizaciones institucionales y sociales, y los medios de comunicación, diversos y plurales, ejerzan su rol con responsabilidad para reclamarlos y lograr mayores resultados de la organización y gestión pública.

Bibliografía utilizada

ANDE, 2012, “En 13 años, Paraguay recibirá tres veces más que en 26 años. Ingreso anual hasta el 2023”, 10

de febrero de 2012. Disponible en: www.ande.gov.py/Inicio. Contraloría General de la República, (2013), Primer Semestre de 2013. Informe final. FONACIDE

www.silpy.gov.py, para el texto de las leyes referidas

www.abc.com.py

www.lanacion.com.py

www.ultimahora.com.py

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