Firma digital 17 ag

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Carla Correa Débora Cuichan Cecilia Galarza Ivonne Lozada Aideé Yanchaliquín LA FIRMA DIGITAL

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Carla CorreaDébora Cuichan

Cecilia GalarzaIvonne Lozada

Aideé Yanchaliquín

LA FIRMA DIGITAL

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Una FIRMA DIGITAL es un mecanismo criptográfico, que permite al receptor de un mensaje firmado digitalmente, determinar la entidad originadora de dicho mensaje (autenticación de origen y no repudio), y confirmar que el mensaje no ha sido alterado desde que fue firmado por el originador (integridad)

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TERMINOLOGÍA ASOCIADA AL CONCEPTO: Algoritmo de verificación de firma digital. También llamado simplemente algoritmo de verificación, es un método que permite la verificación de que una FIRMA DIGITAL es auténtica.

Un esquema o mecanismo de FIRMA DIGITAL consiste en un algoritmo de generación de firma y su algoritmo de verificación asociado.

Un proceso o procedimiento de FIRMA DIGITAL es un algoritmo de generación de firma digital, junto con un método para formatear los datos en mensajes que puedan ser firmados.

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Propiedades Necesarias

Se han establecido una serie de propiedades necesarias que debe cumplir un esquema de firma para que pueda ser utilizado. La validez de una firma se ampara en la imposibilidad de falsificar cualquier tipo de firma, radica en el secreto del firmante.

En el caso de las firmas escritas el secreto está constituido por características de tipo grafológico inherentes al signatario y por ello difíciles de

falsificar. Por su parte, en el caso de las firmas digitales, el secreto del firmante es el conocimiento exclusivo de una clave (secreta) utilizada para generar la firma.

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SEGURIDAD DE LAS FIRMAS DIGITALES

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FIRMA SEGURA HACIA ADELANTE.

La idea básica de estos esquemas de firma es extender los algoritmos de FIRMA DIGITAL con un algoritmo de actualización de clave que haga que la clave secreta pueda ser cambiada frecuentemente mientras la clave pública permanece siendo la misma. El esquema resultante es seguro hacia adelante si el conocimiento de la clave secreta en un momento del tiempo no ayuda a falsificar firmas relativas a un periodo anterior de tiempo.

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CLASIFICACIÓNSe puede construir esquemas de firma digital, basándose en

técnicas:Supuesta seguridad de dispositivos físicos.Criptografía de clave simétrica.Criptografía de clave asimétrica.

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SUPUESTA SEGURIDAD DE DISPOSITIVOS FÍSICOS

UNA TARJETA INTELIGENTE.Resistente a modificaciones, se cree que es difícil acceder a la clave

secreta almacenada en él.Por lo tanto se la puede utilizar para construir una firma digital.

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CRIPTOGRAFÍA DE CLAVE SIMÉTRICAESQUEMAS.Firma de DesmedtFirma de Lamport – DiffieFirma de Clave simétrica de RabinFirma de Matyas – Meyer.Basados en una función de un solo sentido.Desventaja: Tamaño de claves, firmas, y pueden ser usadas un número fijo

de veces. UNA SOLA VEZ ( lo más frecuente).

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CRIPTOGRAFÍA DE CLAVE ASIMÉTRICADISTINTOS PROTOCOLOS PROPUESTOS:Firma RSAFirma DSAFirma ESINGFirma de clave asimétrica de RabinFirma El GamalFirma con curvas elípticasFirma de Guillou – Quisquater.

Page 11: Firma digital 17 ag

Firma de Ohta – OkamotoFirma de SchnorrFirma de OkamotoFirma de Feige – Fiat – ShamirEl uso de criptografía asimétrica para firma digital, se

basa en el concepto de funciones de un solo sentido con trampa, funciones fáciles de una sola dirección y difíciles en otra dirección Excepto para alguien que conozca la información trampa.

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EN FUNCIÓN DE SI USA INFORMACIÓN ALEATORIA

1. Las firmas que usan bits aleatorios revelan menos información sobre la clave secreta.

Algunos esquemas de firma son deterministas y otros usan bits aleatorios

3. Sin embargo aun tomando esta medida, si la fuente de bit aleatorio es revelada, tanto la firma como la clave secreta pueden ser bloqueadas.

2. Esto obliga al usuario a tener una fuente segura de bit aleatorio.

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EN FUNCIÓN DE SI NECESITA EL MENSAJE ORIGINAL PARA LA VERIFICACIÓN DE LA FIRMA

Esquemas de firma digital con recuperación de mensaje

Esquemas de firma digital con apéndice

Requieren el mensaje original para poder verificar la firma

El mensaje original no es aplicado al algoritmo de la firma, sino una función hash que la hace resistente frente a ataques.

No requiere del mensaje original , porque este se recupera cuando la propia firma digital también es recuperada.

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EN FUNCIÓN DE LA INTERVENCIÓN O NO DE UNA ENTIDAD ÁRBITRO

Firma digital con árbitro

Dos usuarios con desconfianza mutua llaman a un tercero “árbitro”, el mismo que es de la entera confianza, además que él tiene una clave secreta de cada uno de ellos.

Firma digital sin árbitro

El usuario firmante envía directamente la firma al destinatario, éste debe poder comprobar la firma sin necesidad de un árbitro

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FACTORES IMPLICADOS EN LA VERIFICACIÓN DE LA FIRMA

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Hay que verificar que la clave usada por el signatario sea válida.

Normalmente las claves para firmar suelen tener mecanismos que sólo las hacen válidas durante cierto periodo de tiempo.

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En algunas ocasiones la firma lleva un sello de tiempo .Este sello de tiempo establece el momento en el que se

ha realizado la firma.Este sello se puede utilizar por los protocolos para

establecer periodos de tiempos después del cual la firma no es válida.

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APLICACIONESUna firma electrónica puede utilizarse para firmar

electrónicamente: correos electrónicos, facturas electrónicas, contratos electrónicos, ofertas del Sistema Nacional de Contratación Pública, transacciones electrónicas, trámites tributarios electrónicos o cualquier otro tipo de aplicaciones donde se pueda reemplazar la firma manuscrita.

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Normativa LegalArt. 1.- Objeto de la ley.- Esta ley regula los mensajes de datos, la firma electrónica, los servicios de certificación, la contratación electrónica y telemática, la prestación de servicios electrónicos, a través de redes de información, incluido el comercio electrónico y la protección a los usuarios de estos sistemas.

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Art. 2.- Reconocimiento jurídico de los mensajes de datos.- Los mensajes de datos tendrán igual valor jurídico que los documentos escritos. Su eficacia, valoración y efectos se someterá al cumplimiento de lo establecido en esta ley y su reglamento.

Art. 4.- Propiedad intelectual.- Los mensajes de datos estarán sometidos a las leyes, reglamentos y acuerdos internacionales relativos a la propiedad intelectual.

Art. 13.- Firma electrónica.- Son los datos en forma electrónica consignados en un mensaje de datos, adjuntados o lógicamente asociados al mismo, y que puedan ser utilizados para identificar al titular de la firma en relación con el mensaje de datos, e indicar que el titular de la firma aprueba y reconoce la información contenida en el mensaje de datos.