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FICHA TECNICA DE NEGOCIACION COMPRA DE BIENES, PRODUCTOS Y/O SERVICIOS DE CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS UNIFORMES Y DE COMÚN UTILIZACIÓN 1. OBJETO Objeto de la Negociación: La presente negociación tiene como objeto la adquisición del servicio de vigilancia y seguridad privada de los bienes muebles e inmuebles de propiedad de la UAESP - Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos - y de los que sea legalmente responsable, con una empresa legalmente constituida y autorizada por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, cuyas características técnicas se encuentran detalladas en los documentos de condiciones especiales anexas al presente documento y de conformidad con el procedimiento establecido en el Reglamento de Funcionamiento y Operación de la Bolsa para el mercado de compras públicas. Modalidad de Adquisición: La negociación se realizará bajo la modalidad de puja por precio, en una operación (1), contra el valor de los medios tecnológicos así: ITEM DESCRIPCION Cantidades Totales 1 Televisor o monitor de 40" LED Full HD Resolución: Full HD 1920x1080 Brillo de 280 cd/m2, 3 Entradas HDMI, 2 Entradas USB Multimedia 7 2 CAMARAS IP TIPO DOMO o BALA según se requiera • 2MP • Día/Noche Real • IR 30m • Chip CMOS 1/2.8'' • Lente varifocal 2.8 a 12mm • Slot para memoria SD soporta hasta 128G• H.265+/H.265/H.264+ • soporte de 3 flujos de video • 120dB WDR, 3DNR, HLC, AGC, BLC • PoE • Seguridad IP67 & IK10 • ONVIF S/G Garantía 2 Año • material metal. 180 3 CIBERDOMO IP PTZ cámara Tipo DomoIP PTZ cámara Tipo Domo PTZ IP • 2 MP HD • Zoom Optico 32x • Día/Noche Real • Color:0.005 B/N:0.001 LUX • IR Led 150m • Chip CMOS 1/2.8'' • Alarma: 2 entradas/1 salida • Audio: 1 entrada/1 salida • Autotracking • • 300 presets • Min 240°/s pan speed • H.265+/H.265/H.264+ • Slot para memoria SD (Max.128Gb) • 120dB WDR • HLC • BLC • Defog • EIS • Regional Exposure • Regional Focus • 3D DNR • Seguridad IP66 • 24VAC/3A • Hi- PoE • Incluye fuente y soporte para pared • Garantía 2 Años 6 4 GRABADOR DE 16 CANALES PENTAHIBRIDO AHD/HDCVI/HDTVI/IP/CVBS 16 Channel Penta-brid 1080P Lite 2U Digital Video Recorder > Embedded processor > H.265+/H.265/H.264+ dual-stream video compression > Support HDCVI/AHD/TVI/CVBS/IP video inputs > Max 10/18 channels IP camera inputs, each channel up to 5MP > Min. 200/260Mbps Network Bandwidth > soporta 128 conexiones remotas > Smart Search and Intelligent Video System 12 5 Identificación Biométrica Interna 6 La serie de lectores FR transmiten las plantillas de las plantillas almacenadas en la base de datos. Las entradas Wiegand permiten utilizar lectores RFID tradicionales. Controladores de Puerta y Otras Funciones Después de la programación, los relevadores auxiliares pueden funcionar como luces, alarmas y paneles de detección de intrusiones; y pueden gestionarse mediante el mismo software de administración. Comunicación Los paneles se instalan de forma sencilla en la red y soportan

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FICHA TECNICA DE NEGOCIACION COMPRA DE BIENES, PRODUCTOS Y/O SERVICIOS DE CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS UNIFORMES Y DE COMÚN UTILIZACIÓN

1. OBJETO

Objeto de la Negociación: La presente negociación tiene como objeto la adquisición del servicio de vigilancia y seguridad privada de los bienes muebles e inmuebles de propiedad de la UAESP - Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos - y de los que sea legalmente responsable, con una empresa legalmente constituida y autorizada por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, cuyas características técnicas se encuentran detalladas en los documentos de condiciones especiales anexas al presente documento y de conformidad con el procedimiento establecido en el Reglamento de Funcionamiento y Operación de la Bolsa para el mercado de compras públicas. Modalidad de Adquisición: La negociación se realizará bajo la modalidad de puja por precio, en una operación (1), contra el valor de los medios tecnológicos así:

ITEM DESCRIPCION Cantidades Totales

1 Televisor o monitor de 40" LED Full HD Resolución: Full HD 1920x1080 Brillo de 280 cd/m2, 3 Entradas HDMI, 2 Entradas USB Multimedia

7

2

CAMARAS IP TIPO DOMO o BALA según se requiera • 2MP • Día/Noche Real • IR 30m • Chip CMOS 1/2.8'' • Lente varifocal 2.8 a 12mm • Slot para memoria SD soporta hasta 128G• H.265+/H.265/H.264+ • soporte de 3 flujos de video • 120dB WDR, 3DNR, HLC, AGC, BLC • PoE • Seguridad IP67 & IK10 • ONVIF S/G Garantía 2 Año • material metal.

180

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CIBERDOMO IP PTZ cámara Tipo DomoIP PTZ cámara Tipo Domo PTZ IP • 2 MP HD • Zoom Optico 32x • Día/Noche Real • Color:0.005 B/N:0.001 LUX • IR Led 150m • Chip CMOS 1/2.8'' • Alarma: 2 entradas/1 salida • Audio: 1 entrada/1 salida • Autotracking • • 300 presets • Min 240°/s pan speed • H.265+/H.265/H.264+ • Slot para memoria SD (Max.128Gb) • 120dB WDR • HLC • BLC • Defog • EIS • Regional Exposure • Regional Focus • 3D DNR • Seguridad IP66 • 24VAC/3A • Hi-PoE • Incluye fuente y soporte para pared • Garantía 2 Años

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GRABADOR DE 16 CANALES PENTAHIBRIDO AHD/HDCVI/HDTVI/IP/CVBS 16 Channel Penta-brid 1080P Lite 2U Digital Video Recorder > Embedded processor > H.265+/H.265/H.264+ dual-stream video compression > Support HDCVI/AHD/TVI/CVBS/IP video inputs > Max 10/18 channels IP camera inputs, each channel up to 5MP > Min. 200/260Mbps Network Bandwidth > soporta 128 conexiones remotas > Smart Search and Intelligent Video System

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Identificación Biométrica Interna

6

La serie de lectores FR transmiten las plantillas de las plantillas almacenadas en la base de datos. Las entradas Wiegand permiten utilizar lectores RFID tradicionales. Controladores de Puerta y Otras Funciones Después de la programación, los relevadores auxiliares pueden funcionar como luces, alarmas y paneles de detección de intrusiones; y pueden gestionarse mediante el mismo software de administración. Comunicación Los paneles se instalan de forma sencilla en la red y soportan

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comunicación HTTP/HTTPS. El Webserver permite configurar y modificar los parámetros de la red.

3 diferentes opciones de tamaños para poder adaptarse a las necesidades de cada proyecto y disminuir los costos que puede generar la capacidad no utilizada. Modelos para 1, 2 y 4 puertas pueden ser combinados para lograr un sistema optimizado. Capacidad El sistema soporta hasta 20.000 plantillas de huellas digitales, 60.000 tarjetas y almacena hasta 100.000 eventos y transacciones. La información permanece guardada en la memoria interna en caso de pérdida de energía. El controlador continúa operando aún si se interrumpe la conexión de red. Costo Total más Bajo El firmware del controlador puede ser actualizado. Las nuevas características del controlador se pueden cargar para extender y ampliar el valor de su inversión sin necesidad de herramientas avanzadas deberá incluir panel gabinete batería transformador y 2 lectoras en las que se necesite el bloqueo de puertas electroimán de 350lb brazo anti remanente y pulsador.

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Sistema control de acceso visitantes software + accesorios (pc - lectora de cedulas y capturador biométrico completamente licenciado y operativo para 20mil usuarios) compatible con el sistema de control de acceso.

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Arco detector de metales 18 Zonas 18 zonas de detección interconectadas en diferentes áreas y alarma simultánea de múltiples zonas. Pantalla LCD 5.7”. Sensibilidad ajustable: Cada zona tiene 256 niveles de sensibilidad. Control remoto. Alarma de sonido y LEDs para indicar la zona del metal detectado. Conteo automático de personas y alarmas. Intensidad de alarma mostrada en el panel. Contraseña de programación. Diseñado con material de alta densidad anti-in amable. 1 Función de autodiagnóstico al encenderse, sin necesidad de calibración inicial o periódica. Fácil instalación. Diseño modular para fácil mantenimiento y reemplazo. Batería de respaldo con duración de 4-8 horas (opcional). Inofensivo para el cuerpo humano, personas con marcapasos, colgantes magnéticos, prótesis, mujeres embarazadas, etc.

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UPS DE 3KVA PARA SOPORTAR SISTEMA DE CCTV • Doble conversión en línea, entrada y salida monofásica • Alto Factor de potencia de Entrada 0.98 y salida 0.9 • Alta confiabilidad y Eficiencia > 95% • Función ECO ahorrador de energía • Software de monitoreo local • EPO apagado de emergencia • Conexión batería externa UPS ONLINE con tipo control micro-procesado por DSP, generando una mayor calidad de energía, regulación de voltaje de salida <2%, amplio rango de tensión a la entrada, ofrece una protección completa, Bypass automático. Interfaz RS-232 - USB de comunicación, ranura para SNMP, pantalla LCD todos los parámetros, diseño compacto, software de gestión, tarjetas opcionales de SNMP, contiene dos segmentos de control de carga, salida de THDv <4%,

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certificación RETIE.

9 RACK DE PISO DE 10 UNIDADES DE RACK 3

10

Switch de 16 puertos POE en cobre, 10/100 is a 16-port managed PoE Ethernet switch, which provides 16 100Mbps downlink PoE Ethernet ports, supports IEEE802.3 af/at and 2 1000Mpbs uplink Ethernet ports. It supports Layer 2 network management and PoE management based on web and provides high-speed data forwarding. It is widely used in security surveillance, network engineering projects and so on · Two-layer network management PoE switch · Support IEEE802.3af, IEEE802.3at standard · Support spanning tree protocol STP/RSTP · Conform IEEE802.3, IEEE802.3u, IEEE802.3ab andIEEE802.3X standards · Support one-key recovery of IP address & user password

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11 Disco duro 4 TB multimarca que soporte función RAID para CCTV

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12

ESTACION DE TRABAJO PARA VIDEO WALL DE 2*2 PC CLON CORE 7 DE 7 GENERACION CON BOARD QUE SOPORTE 4 ENTRADAS PCI EXPRESS CON DISCO DE ESTAO SOLIDO DE 1 THERA 16 IGAS DE MEMORIA RAM SISTEMA OPERATIV LICENCIADO WINDOWS 10 3 TARJETAS DE VIDEO O LAS VECES QUE HAGAN DE ELLA PARA ADMINISTRACION VIDEO WALL QUE PERMITA LA INTERCONECCION DE 9 PANTALLAS SUS RESPECTIVOS ADAPTADORES VGA Y DVI PARA QUE SE CUENTA CON 9 SALIDAS HDMI CON SUS RESPECTIVOS CABLES HDMI DE 30 MTS con su respectivo software para la administración de las cámaras incluidas en el CCTV en la central que se ubicara en la sede administrativa.

1

13 Instalación punto de video a todo costo. 3

14 Equipo para detección de metales manuales (Centro de Reciclaje de La Alquería)

1

15 Equipo para detección de metales manuales (Sede del Archivo Central).

1

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Radios de comunicación, uno por cada vigilante, manejadores caninos, Jefe de Seguridad o Coordinador, Supervisor y para el Supervisor del Negocio designado por la Entidad, con sus respectivos cargadores.

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La Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos, requiere contratar para las sedes que se relacionan a continuación los siguientes servicios en la modalidad de vigilancia:

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PUNTO DE VIGILANCIA SERVICIO

1 SUPERVISOR 24 HORAS PERMANENTES SIN ARMA

2 PORTERIA CALLE 53 24 HORAS PERMANENTES CON ARMA

3 RECEPCIÓN CALLE 53 10 HORAS DIURNAS LUNES A VIERNES SIN ARMA sin festivo

4 PARQUEADERO CASITAS 10 HORAS DIURNAS LUNES A VIERNES SIN ARMA sin festivo

5 RECEPCIÓN CORRESPONDENCIA 10 HORAS DIURNAS LUNES A VIERNES SIN ARMA sin festivo

6 PARQUEADEARO AV CALLE 53 24 HORAS PERMANENTES CON ARMA

7 RECORREDOR 12 HORAS DIURNAS LUNES A VIERNES SIN ARMA sin festivo

8 ARCHIVO DE GESTIÓN 24 HORAS PERMANENTES SIN ARMA

9 BODEGA EN USAQUEN 1 24 HORAS PERMANENTES CON ARMA

10 BODEGA EN USAQUEN 2

9 HORAS DIURNAS LUNES A SABADOS PERMANENTES SIN ARMA

11 BODEGA ENGATIVA 24 HORAS PERMANENTES SIN ARMA

12 BODEGA LA ALQUERIA 24 HORAS PERMANENTES SIN ARMA

13 BODEGA CORABASTOS 2

9 HORAS DIURNAS LUNES A SABADOS PERMANENTES SIN ARMA

14 BODEGA VALLADOLID

9 HORAS DIURNAS LUNES A SABADOS PERMANENTES SIN ARMA

15 BODEGA LAS FERIAS

9 HORAS DIURNAS LUNES A SABADOS PERMANENTES SIN ARMA

16 BODEGA MONTEVIDEO

9 HORAS DIURNAS LUNES A SABADOS PERMANENTES SIN ARMA

17 BODEGA RICAURTE 24 HORAS PERMANENTES SIN ARMA

18 BODEGA PUENTE ARANDA 2

9 HORAS DIURNAS LUNES A SABADOS PERMANENTES SIN ARMA

19 ARCHIVO CENTRAL 24 HORAS PERMANENTES SIN ARMA

20 CEMENTERIO CENTRAL 24 HORAS PERMANENTES SIN ARMA

21 CEMENTERIO CENTRAL 24 HORAS PERMANENTES CON CANINO

22 CEMENTERIO CERAFIN 24 HORAS PERMANENTES CON ARMA

23 BODEGA MARIA PAZ

8 HORAS DIURNAS MARTES A DOMINGO PERMANENTES SIN ARMA

24 BODEGA PUENTE ARANDA 24 HORAS PERMANENTES SIN ARMA

25 MOCHUELO MULTIPROPOSITO 24 HORAS PERMANENTES SIN ARMA

26 CEMENTERIO DEL NORTE 24 HORAS PERMANENTES CON CANINO

27 CENTRO DE MONITOREO 12 HORAS DIURNAS LUNES A VIERNES SIN ARMA sin festivo

28 PUNTO LIMPIO/RELLENO SANITARIO D.J 24 HORAS PERMANENTES SIN ARMA

Las características técnicas de los servicios, se encuentran detalladas en el documento de condiciones especiales anexas y que hacen parte integral a este documento y las obligaciones descritas en este documento. De igual manera, el comitente vendedor debe tener en cuenta, que el personal requerido puede ser modificado en número y modalidad, obedeciendo a la variación de la necesidad de la Entidad, para lo cual, se informará oportunamente al comitente vendedor.

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Una vez cerrada la negociación, el comisionista vendedor y su comitente vendedor informarán a la comisionista compradora y a la Dirección de Información de la Bolsa, los precios unitarios de cada uno de los puestos de servicios. Así mismo, deberá informar el IVA de cada uno de los bienes con el fin de liquidar los bienes entregados; los porcentajes de IVA, deben ser informados a la Bolsa Dirección de Operaciones ya que son necesarios para la expedición del comprobante. El comitente comprador podrá solicitar durante la ejecución de la negociación la prestación del servicio al comitente vendedor por encima o por debajo hasta en un cincuenta por ciento (50%), previa aceptación del comitente vendedor.

La adición en caso de aumento de cantidades o la terminación anticipada en caso de disminución en los términos indicados en precedencia de más o de menos, es posible siempre y cuando el comitente comprador la solicite con cinco (5) días hábiles de anticipación a la fecha establecida a la prestación del servicio.

2. VALOR MÁXIMO DE LA OPERACIÓN

El presupuesto estimado para la celebración de las negociaciones NO incluye IVA, impuestos, tasas o contribuciones ni costos de la operación. Valores discriminados de la siguiente manera:

- VALOR DEL SERVICIO DE VIGILANCIA - MIL QUINIENTOS OCHENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS SETENTA MIL DOSCIENTOS

NOVENTA Y SIETE PESOS ($1.583.270.297,00) M/CTE

- VALOR DE MEDIOS TECNOLOGICOS SETENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL SETENTA Y DOS PESOS ($ 73.855.072,00) M/CTE

Valor total de la negociación por 8,9 meses: Son MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES CIENTO VEINTICINCO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE PESOS MCTE. ($ 1.657.125.369.00). Los impuestos, tasas, contribuciones, descuentos y retenciones aplicables a la operación que se realizará por cuenta de la Entidad Estatal son los siguientes:

Porcentaje Descripción del Impuesto, Tasa o Contribución aplicable

2.5% De acuerdo con lo establecido en el Decreto 479 del 30 de diciembre de 2005, actualizado por la circular informativa 036 de 2016 se hará la respectiva retención equivalente al 0.5% del valor total del presente contrato, en las correspondientes órdenes de pago, por concepto del tributo "Estampilla Pro Cultura'' y otra retención equivalente al 2% del valor total del presente contrato, en las respectivas órdenes de pago por concepto del tributo "Estampilla Pro Personas Mayores".

1.1% Estampilla 50 años Universidad Distrital

19% Impuesto al Valor Agregado IVA

Adicionalmente, se harán las retenciones a que haya lugar, sobre dichos impuestos, tasas y contribuciones y las demás, que, de conformidad con la normatividad vigente, haya a lugar.

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3. PLAZOS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO

El COMITENTE VENDEDOR debe estar en disposición de prestar el servicio a partir del 01 de Septiembre de 2020 y hasta por el término de de ocho (8) meses y veintisiete (27) días contados a partir de la fecha en la que se suscriba el acta de inicio la cual deberá suscribirse dentro al siguiente día hábil de la negociación, por parte del comitente vendedor, comisionista vendedor, el supervisor de la negociación designado por el comitente comprador y el comisionista comprador previo cumplimiento de los requisitos de ejecución, es decir expedición del registro presupuestal y aprobación de las garantías única y adicionales señaladas en la presente ficha por parte del comitente comprador, una vez sea constituida y presentada en debida forma por el comitente vendedor.

4. SITIOS DE PRESTACION DE SERVICIOS

La prestación del servicio será en las sedes inmuebles descritos en el Documento de Condiciones Especiales, las cuales son:

PUNTO DE VIGILANCIA SERVICIO

1 SUPERVISOR 24 HORAS PERMANENTES SIN ARMA

2 PORTERIA CALLE 53 24 HORAS PERMANENTES CON ARMA

3 RECEPCIÓN CALLE 53 10 HORAS DIURNAS LUNES A VIERNES SIN ARMA sin festivo

4 PARQUEADERO CASITAS 10 HORAS DIURNAS LUNES A VIERNES SIN ARMA sin festivo

5 RECEPCIÓN CORRESPONDENCIA 10 HORAS DIURNAS LUNES A VIERNES SIN ARMA sin festivo

6 PARQUEADEARO AV CALLE 53 24 HORAS PERMANENTES CON ARMA

7 RECORREDOR 12 HORAS DIURNAS LUNES A VIERNES SIN ARMA sin festivo

8 ARCHIVO DE GESTIÓN 24 HORAS PERMANENTES SIN ARMA

9 BODEGA EN USAQUEN 1 24 HORAS PERMANENTES CON ARMA

10 BODEGA EN USAQUEN 2 9 HORAS DIURNAS LUNES A SABADOS PERMANENTES SIN ARMA

11 BODEGA ENGATIVA 24 HORAS PERMANENTES SIN ARMA

12 BODEGA LA ALQUERIA 24 HORAS PERMANENTES SIN ARMA

13 BODEGA CORABASTOS 2 9 HORAS DIURNAS LUNES A SABADOS PERMANENTES SIN ARMA

14 BODEGA VALLADOLID 9 HORAS DIURNAS LUNES A SABADOS PERMANENTES SIN ARMA

15 BODEGA LAS FERIAS 9 HORAS DIURNAS LUNES A SABADOS PERMANENTES SIN ARMA

16 BODEGA MONTEVIDEO 9 HORAS DIURNAS LUNES A SABADOS PERMANENTES SIN ARMA

17 BODEGA RICAURTE 24 HORAS PERMANENTES SIN ARMA

18 BODEGA PUENTE ARANDA 2 9 HORAS DIURNAS LUNES A SABADOS PERMANENTES SIN ARMA

19 ARCHIVO CENTRAL 24 HORAS PERMANENTES SIN ARMA

20 CEMENTERIO CENTRAL 24 HORAS PERMANENTES SIN ARMA

21 CEMENTERIO CENTRAL 24 HORAS PERMANENTES CON CANINO

22 CEMENTERIO CERAFIN 24 HORAS PERMANENTES CON ARMA

23 BODEGA MARIA PAZ 8 HORAS DIURNAS MARTES A DOMINGO PERMANENTES SIN ARMA

24 BODEGA PUENTE ARANDA 24 HORAS PERMANENTES SIN ARMA

25 MOCHUELO MULTIPROPOSITO 24 HORAS PERMANENTES SIN ARMA

26 CEMENTERIO DEL NORTE 24 HORAS PERMANENTES CON CANINO

27 CENTRO DE MONITOREO 12 HORAS DIURNAS LUNES A VIERNES SIN ARMA sin festivo

28 PUNTO LIMPIO/RELLENO SANITARIO 24 HORAS PERMANENTES SIN ARMA

5. FORMA DE PAGO

A través del Sistema de Compensación, Liquidación y Administración de Garantías de la Bolsa Mercantil de Colombia S.A., el comitente comprador realizará al comitente vendedor los pagos correspondientes, con cortes mensuales, el último día del mes de acuerdo con los servicios efectivamente prestados a satisfacción. El pago se efectuará dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la radicación de la factura con la aceptación

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del servicio dada por el supervisor de la negociación designado por el comitente comprador, plazo que incluye la presentación de los siguientes documentos durante los primeros cinco (5) días calendario del mes siguiente al corte:

• Factura con el cumplimiento de los requisitos legales de los servicios prestados, equipos y elementos suministrados.

• Presentación de certificación al día en el pago de aportes relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los parafiscales correspondientes al Sena, ICBF, y Cajas de Compensación Familiar (Art 52 Ley 789 de 2002, Ley 828 de 2003 y Art 23 de la Ley 1150 de 2007)

Una vez, el comitente vendedor entregue la documentación definida anteriormente, el supervisor designado por el comitente comprador expedirá la Certificación de cumplimiento dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la radicación de la factura por el comitente vendedor. Se aclara que el IVA aplicable al servicio de vigilancia será de 19% del AIU, que no podrá ser inferior al diez 10% del valor de la negociación según lo establecido en la Ley 1607 de 2012, artículo 46. En todo caso los pagos se encuentran sujetos al Programa Anual de Caja –PAC- de conformidad con las normas legales vigentes. NOTA: El comitente comprador consignará el valor correspondiente para el pago al comitente vendedor de acuerdo con los servicios efectivamente prestados a satisfacción en el mes programado previa presentación por parte del comitente vendedor de los documentos. El pago al comitente vendedor se realizará mensualmente de acuerdo con los procedimientos establecidos por la Bolsa y en los términos establecidos en el presente documento y de acuerdo con el Plan Anual de Caja de la UAESP PARÁGRAFO: Los pagos de cada uno de los ítems anteriores se efectuarán dentro del plazo establecido, efecto para el cual la UAESP adelantará los trámites pertinentes para realizar el pago dentro de dicho término. NOTA: La Entidad realizará la respectiva modificación al valor del servicio contratado de conformidad con el Decreto de ajuste salarial y la Circular expedida por la Superintendencia para el año 2021.

6. CONDICIONES Y OBLIGACIONES DE LA SOCIEDAD COMISIONISTA VENDEDORA CORRESPONDIENTES AL COMITENTE VENDEDOR

A efectos de participar en la Rueda de Negociación por cuenta del Comitente Vendedor, la Sociedad Comisionista Vendedora deberá entregar a la Bolsa, debidamente diligenciados, los Anexos No. 40 (Manifestación de Interés para participar en Rueda de Negociación) y No. 41 (Certificación del cliente sobre la no conformación de Beneficiario Real - Autorización para el levantamiento de la reserva para la validación de la conformación de Beneficiario Real) de la Circular Única de Bolsa, los cuales se adjuntan a la presente Ficha Técnica de Negociación. La certificación con todos los documentos señalados, deben ser entregados a más tardar el CUARTO (4°) día hábil anterior a la Rueda de negociación por lo menos antes de las 2:00 p.m. adjuntando cada uno de los documentos soportes de las condiciones exigidas en la presente ficha técnica de negociación, los cuales tienen que ser radicados debidamente foliados y con su respectivo índice, que contendrá los documentos de carácter jurídico y el otro los de carácter técnico, financiero y de experiencia. Para efectos de revisión, cada carpeta debe estar marcada, dependiendo si los documentos son Jurídicos o Técnicos. A más tardar el segundo (2°) día hábil anterior antes de las 12:00 m a la Rueda de Negociación, la Unidad

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de Gestión Estructuración remitirá a las sociedades comisionistas que hayan radicado documentos, el resultado de la verificación documental, para lo cual, las sociedades comisionistas vendedoras deberán, el día hábil anterior a la Rueda de Negociación a más tardar a las 02:00 p.m. entregar los documentos sujetos a subsanación. Nota: En cumplimiento del Artículo 3.1.2.5.6.1 de la Circular Única de Bolsa, el término pactado anteriormente para la subsanación será único, por lo que, los documentos allegados con posterioridad no serán admitidos ni objeto de verificación documental. Nota: En cumplimiento del Artículo 3.1.2.5.6.1 de la Circular Única de Bolsa, el término pactado anteriormente para la subsanación será único, por lo que, los documentos allegados con posterioridad no serán admitidos ni objeto de verificación documental.

7. CONDICIONES HABILITANTES DE ACREDITACION DEL COMITENTE VENDEDOR

CONDICIONES JURIDICAS

1. CONDICIONES HABILITANTES JURIDICAS

1.1. Certificado de Existencia y de Representación Legal Tratándose de persona jurídica, encontrarse inscrita en la Cámara de Comercio y tener vigente y renovada la matrícula mercantil, para lo cual, deberá allegar el certificado de existencia y representación legal, expedido por la Cámara de Comercio o por la autoridad que corresponda, con fecha de expedición no superior a treinta (30) días calendario anteriores a la entrega de la documentación, en el cual, de conformidad con la normatividad vigente se certifique su existencia y representación legal, donde conste que el objeto social permita celebrar y ejecutar la negociación, y que la duración de la sociedad no es inferior a la vigencia de la misma y un (1) año más. En caso de requerirlo, autorización expresa y específica del órgano social competente (Asamblea, Junta Directiva, etc.), en la que conste que el representante legal está plenamente facultado para presentar los documentos que acreditan las condiciones de participación del presente proceso de selección y para asumir obligaciones hasta por el valor del presupuesto oficial estimado (cuando el representante legal de la persona jurídica tenga restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma). El documento de autorización deberá presentarse debidamente suscrito y expedido con anterioridad a la presentación de los documentos.

1.2. Fotocopia legible de la cédula de ciudadanía del comitente vendedor Deberá allegar fotocopia de la cédula de ciudadanía del comitente vendedor, del representante legal (persona jurídica y/o proponente plural), correspondiente a la persona que suscribe los documentos requeridos por la Entidad como condiciones jurídicas de participación.

1.3. Documento privado de constitución de la figura asociativa; Consorcio o Unión Temporal Deberá allegar documento privado de constitución de la figura asociativa bajo los términos establecidos en el artículo 7 de la Ley 80 de 1993 y demás normas que lo modifiquen, aclaren, adicionen o sustituyan. Los integrantes de la figura asociativa (consorcio o unión temporal) deberán allegar de forma individual las condiciones jurídicas de participación.

1.4. Certificado de pagos a la Seguridad Social, aportes Parafiscales

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El comitente vendedor deberá haber pagado los aportes a Seguridad Social (salud, pensión, ARL), aportes Parafiscales (SENA, ICBF y cajas de compensación), , para lo cual allegará certificación expedida por el revisor fiscal cuando cuente con esta figura según el tipo societario, o por el representante legal, en el cual se señale que la sociedad ha cumplido en los últimos seis (6) meses con las obligaciones sobre el pago de aportes al Sistema de Seguridad Social (Salud, Pensiones, Riesgos laborales), aportes parafiscales (ICBF, SENA y Cajas de Compensación Familiar.)- - En caso de que sea el revisor fiscal quien firme esta certificación, deberá aportar una fotocopia de la tarjeta profesional y el Certificado de Antecedentes Disciplinarios expedido por la Junta Central de Contadores con una vigencia no superior a noventa (90) días anteriores a la fecha de entrega de la documentación.

1.5. Registro Único Tributario Documento de inscripción en el Registro Único Tributario, expedido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN –. NOTA: Para el caso de Consorcios o Uniones temporales, si es adjudicada la negociación, deberá presentar el Registro Único Tributario, el cual deberá ser entregado al comisionista comprador dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la negociación.

1.6. Certificación de antecedentes fiscales No podrán aparecer reportados en el Boletín de responsables fiscales de la Contraloría General de la República, de conformidad con lo exigido por el artículo 60 de la Ley 610 de 2000, para lo cual, deberá allegar el certificado que en tal sentido expida la Contraloría General de la República, correspondiente al comitente vendedor y el representante legal.

1.7. Certificado o consulta de antecedentes disciplinarios No podrán registrar antecedentes disciplinarios o inhabilidades vigentes, para lo cual, deberá allegar certificado que en tal sentido expida la Procuraduría General de la Nación, correspondiente al comitente vendedor y el representante legal.

1.8. Antecedentes Judiciales No podrán registrar antecedentes judiciales, para lo cual, deberá allegar certificado que en tal sentido expida la Policía Nacional, correspondiente al representante legal del comitente vendedor.

1.9. Certificado Registro Nacional de Medidas Correctivas- RNMC de la Policía Nacional de Colombia.

El Representante Legal del comitente vendedor deberá encontrarse al día en el pago de multas por infracciones al código nacional de policía y convivencia, en el Registro Nacional de Medidas Correctivas- RNMC de la Policía Nacional de Colombia.

1.10. Registro Único de Proponentes Allegar Registro Único de Proponentes RUP expedido por la Cámara de Comercio, con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días calendarios anteriores a la fecha de entrega de la documentación, bajo los términos

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establecidos en el artículo 2.2.1.1.1.5.1 del Decreto 1082 de 2015 debidamente renovado y en firme y demás normas que lo modifiquen, aclaren, adicionen o sustituyan.

1.11. Certificación de no encontrarse incurso en causales de inhabilidad e incompatibilidad para contratar con Entidades Estatales

Certificación con fecha de expedición no superior a treinta (30) días calendarios anteriores a la fecha de entrega de la documentación, suscrita por el representante legal del comitente vendedor, bajo la gravedad de juramento donde manifieste que ni él ni la persona jurídica que representa se encuentran incursos en causal alguna de Inhabilidad e Incompatibilidad para contratar con Entidades Estatales.

CONDICIONES FINANCIERAS

Con el objetivo de determinar cuáles comitentes vendedores tienen la capacidad financiera para la ejecución de la negociación, se revisará y analizará la información financiera con corte financiero a 31 de diciembre de 2019 de cada uno de los comitentes vendedores, de acuerdo a lo estipulado en la Ley 1150 de 2007 y Decreto 1082 de 2015, para lo cual el comitente vendedor deberá presentar copia del Registro Único de Proponentes RUP expedido por la Cámara de Comercio VIGENTE y en FIRME a la fecha de presentación de los documentos y con fecha de expedición no mayor a 30 días calendario, en el cual se refleje la información requerida para determinar la Capacidad Financiera exigida con base en el cálculo de los indicadores de liquidez, nivel de endeudamiento, patrimonio y capital

de trabajo. Para el caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus integrantes deberá presentar copia legible de este documento. Deberá cumplir con todos los siguientes factores financieros:

✓ Liquidez: La liquidez deberá ser mayor o igual a 1:

Liquidez = Activo Corriente/Pasivo Corriente > = 1 En caso de consorcios o uniones temporales, el cálculo se hará con base en la sumatoria de los productos del activo corriente de cada uno de los integrantes por el respectivo porcentaje de participación, y dividiéndola por la sumatoria de los productos del pasivo corriente por el respectivo porcentaje de participación de cada uno de los integrantes. La fórmula a aplicar será la siguiente: ((AC1*PP1)+ (ACn *PPn ))/((PC1*PP1) + (PCn*PPn) = Liquidez Donde, AC1 = activo corriente del integrante No. 1 PC1 = pasivo corriente del integrante No. 1 PP1 = porcentaje de participación en el consorcio y/o unión temporal del integrante No. 1 ACn = activo corriente del integrante No. n PCn = pasivo corriente del integrante No. n PPn = porcentaje de participación en el consorcio y/o unión temporal del integrante No. n

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✓ Nivel de endeudamiento: El nivel de endeudamiento deberá ser menor o igual a sesenta por

ciento (60%). Nivel de endeudamiento = Pasivo total/activo total < = 0,60 En caso de consorcios o uniones temporales el cálculo se realizará haciendo la sumatoria de los productos de la multiplicación del pasivo total de cada uno de los integrantes, por el respectivo porcentaje de participación y dividiéndola por la sumatoria de los productos de la multiplicación del activo total de cada uno de los integrantes, por el respectivo porcentaje de participación. La fórmula a aplicar será la siguiente: ((PT1*PP1)+ (PTn*PPn)) /((AT1*PP1) + (ATn*PPn)) = Nivel de endeudamiento PT1 = pasivo total del integrante No. 1 AT1 = activo total del integrante No. 1 PP1 = porcentaje de participación en el consorcio y/o unión temporal del integrante No. 1 PTn = pasivo total del integrante No. n ATn = activo total del integrante No. n PPn = porcentaje de participación en el consorcio y/o unión temporal del integrante No. n

✓ Cobertura de intereses: La cobertura de intereses deberá ser mayor o igual a 1.

Cobertura de Intereses = Utilidad Operacional/Gastos de Intereses ≥ 1

En caso de consorcios o uniones temporales, el cálculo será la sumatoria de los indicadores de Patrimonio de cada uno de los integrantes que conforman el consorcio o unión temporal.

La fórmula a aplicar será la siguiente:

((UO1*PP1)+(UOn*PPn))/((GI1*PP1)+(GIn*PPn))=Razón de Cobertura de Intereses

Donde,

UO1 = Utilidad Operacional del integrante No. 1 GI1 = Gastos de Intereses del integrante No. 1 PP1 = porcentaje de participación en el consorcio y/o unión temporal del integrante No. 1 UOn = Utilidad Operacional del integrante No. n GIn = Gastos de Intereses del integrante No. n PPn = porcentaje de participación en el consorcio y/o unión temporal del integrante No.

Si el comitente vendedor no tiene obligaciones financieras y por ende no registra gastos de intereses se considera cumple para este indicador. CAPACIDAD ORGANIZACIONAL Un comitente vendedor se considerará como CUMPLE con relación a su capacidad organizacional, si cumple con los siguientes indicadores de rentabilidad.

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Rentabilidad sobre patrimonio: Utilidad Operacional / Patrimonio, el cual determina la rentabilidad del patrimonio del comitente vendedor, es decir, la capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso invertido en el patrimonio. A mayor rentabilidad sobre el patrimonio, mayor es la rentabilidad de los accionistas y mejor la capacidad organizacional del comitente vendedor. La Rentabilidad sobre el patrimonio deberá ser mayor o igual al 7%. En caso de consorcios o uniones temporales, el cálculo se realizará haciendo la sumatoria de los productos de la multiplicación de la Utilidad Operacional de cada uno de los integrantes, por el respectivo porcentaje de participación, dividiéndola por la sumatoria de los productos de la multiplicación del Patrimonio de cada uno de los integrantes por el respectivo porcentaje de participación. La fórmula a aplicar será la siguiente: ((UO1*PP1)+(UOn*PPn))/((Pt1*PP1)+(Ptn*PPn))=Rentabilidad sobre patrimonio Donde, UO1 = Utilidad Operacional del integrante No. 1 Pt1 = Patrimonio del integrante No. 1 PP1 = porcentaje de participación en el consorcio y/o unión temporal del integrante No. 1 UOn = Utilidad Operacional del integrante No. n Ptn = Patrimonio del integrante No. n PPn = porcentaje de participación en el consorcio y/o unión temporal del integrante No. n Rentabilidad sobre activos: Utilidad Operacional / Activo Total, el cual determina la rentabilidad de los activos del comitente vendedor, es decir, la capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso invertido en el activo. A mayor rentabilidad sobre activos, mayor es la rentabilidad del negocio y mejor la capacidad organizacional del comitente vendedor. Este indicador debe ser siempre menor o igual que el de rentabilidad sobre patrimonio. La Rentabilidad sobre los activos deberá ser mayor o igual al 5%. En caso de consorcios o uniones temporales, el cálculo se hará realizando la sumatoria de los productos de la multiplicación de la Utilidad Operacional de cada uno de los integrantes, por el respectivo porcentaje de participación, dividiéndola por la sumatoria de los productos de la multiplicación del Activo Total de cada uno de los integrantes por el respectivo porcentaje de participación. La fórmula a aplicar será la siguiente: ((UO1*PP1)+(UOn*PPn))/((Pt1*PP1)+(Ptn*PPn))=Rentabilidad sobre activos Donde, UO1 = Utilidad Operacional del integrante No. 1 AT1 = Activo Total del integrante No. 1 PP1 = porcentaje de participación en el consorcio y/o unión temporal del integrante No. 1 UOn = Utilidad Operacional del integrante No. n ATn = Activo Total del integrante No. n PPn = porcentaje de participación en el consorcio y/o unión temporal del integrante No. n”

CONDICIONES TECNICAS

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1. REQUISITO DE EXPERIENCIA

1.1. EXPERIENCIA ESPECÍFICA El comitente vendedor deberá aportar certificaciones que acrediten experiencia en Contratos de Servicio de Vigilancia: Acreditar máximo dos (2) certificaciones de contratos cuyo objeto haya sido la prestación de servicio de vigilancia que hayan sido ejecutados con entidades públicas y/o privadas colombianas y que cada una de las certificaciones debe ser igual o superior a una vez el CIEN por ciento (100 %) del presupuesto oficial. Las certificaciones deben evidenciar, como mínimo, los siguientes datos:

• Entidad contratante

• Entidad contratista

• Fecha de Expedición de la certificación

• Objeto del contrato

• Fecha de Inicio (día, mes y año)

• Fecha de Terminación (día, mes y año)

• Valor del contrato en pesos

• Nombre, Firma y Cargo de quien expide la certificación.

• Calificación Solo se aceptarán las certificaciones en las que se acredite una calificación de ejecución igual de excelente o bueno. NOTA 1: En el caso donde la información contenida en las certificaciones no sea suficiente para validar el objeto y el valor solicitado para acreditar experiencia, el comitente vendedor deberá allegar copias de facturas, contratos, actas de liquidación. Si el comitente vendedor es un Consorcio o una Unión Temporal, para efectos de acreditar la experiencia mínima solicitada por la entidad, se realizará la sumatoria de las certificaciones que se allegue por cada uno de sus integrantes, cabe resaltar que cada integrante de la figura asociativa deberá acreditar, por lo menos un contrato ejecutado. En caso de que alguno de los miembros de la Unión temporal o el Consorcio no acredite, por lo menos un contrato ejecutado a las condiciones de experiencia, acorde con lo requerido en el presente numeral, se entenderá el no cumplimiento de las condiciones previas y no podrá participar en la negociación Cuando la experiencia corresponda a contratos realizados en consorcio o unión temporal, la experiencia en valor será tomada de acuerdo al porcentaje que le correspondió en dicha figura asociativa, al integrante que pretenda hacerla valer en el presente proceso. EXPERIENCIA DE NEGOCIACIONES EN BOLSA Para el caso de experiencia en negociaciones en el escenario de Bolsa, la sociedad comisionista vendedora, deberá allegar comunicación suscrita por su representante legal, en el que indique las operaciones celebradas en este escenario por su comitente, que pretende sean aportadas al presente proceso de contratación. Así, para la validación de la experiencia, la Unidad de Estructuración de Negocios solicitará las certificaciones de las operaciones indicadas por la sociedad comisionista vendedora a través del aplicativo tecnológico dispuesto para estos efectos, y procederá a su validación adjuntándolas a la carpeta correspondiente.

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2. LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO El comitente vendedor deberá allegar copia de la licencia de funcionamiento vigente, expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada para prestar el servicio de vigilancia y seguridad privada en las modalidades de vigilancia fija, con la utilización de armas de fuego, medios caninos, tecnológicos; la cual deberá estar vigente a la fecha de presentación de documentos y renovarse una vez esté vencida. Cuando se trate de consorcio o unión temporal cada uno de los miembros del consorcio o unión temporal deberán allegar dicha licencia. Se entiende que bajo ninguna circunstancia durante la ejecución de la operación el Comitente vendedor podrá operar sin licencia de funcionamiento ni en forma temporal o definitiva por la no aprobación de la renovación, por lo cual, tanto para la acreditación de condiciones de participación como en la ejecución en caso de adjudicación deberá efectuar en forma oportuna la respectiva solicitud de renovación de acuerdo a lo establecido por la normatividad vigente. (Artículo 3 del Decreto 356 de 1994 del Estatuto de Vigilancia y Seguridad Privada). La radicación de renovación deberá ser presentada. Además de la Licencia, el comitente vendedor deberá anexar la Licencia con medio canino, con su respectiva Resolución de registro y asignación de códigos de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada autoridad competente y en la que conste la cantidad de caninos que posee nombre del comitente vendedor. Adicionalmente deberá allegar certificación de la idoneidad de los caninos, expedida por la Escuela de Adiestramiento Canino de la Policía Nacional, acreditar la actualización de la hoja de vida de los caninos con sus respectivos registros clínicos y esquemas de vacunación, aportar los respectivos permisos por la Alcaldía Mayor de Bogotá de acuerdo con los lineamientos del Código de Policía (Ley 1801 de 2016) 3. LICENCIA DE COMUNICACIONES El comitente vendedor deberá anexar, copia de la Resolución expedida por el Ministerio de Comunicaciones que lo autorice para operar en la jurisdicción del Distrito Capital, mediante la cual se otorga el permiso para la utilización de frecuencias radioeléctricas, la cual deberá estar vigente a la fecha de presentación de los documentos. En caso de vencerse durante la ejecución de la negociación debe renovarse inmediatamente, siguiendo los lineamientos establecidos en el Artículo 35 del Decreto 0019 de 2012. Cuando se trate de consorcio o unión temporal cada uno de los miembros del consorcio o unión temporal debe allegar dicha licencia. De conformidad con la Ley 1341 de 2009 "Por la cual se definen Principios y conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones -TIC-, se crea la Agencia Nacional del Espectro y se dictan otras disposiciones", la Resolución 2118 de 2011 “Por la cual se establecen las condiciones, los requisitos y se determina el trámite para otorgar permisos para el uso de espectro radioeléctrico por el procedimiento de Selección Objetiva”, la Resolución 1588 de 2012 “Por medio de la cual se modifica parcialmente la Resolución 2118 de 2011.”, el proponente deberá anexar copia del acto administrativo mediante el cual el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones le concedió al proponente licencia para desarrollar actividad de telecomunicaciones y permiso para el uso del espectro radioeléctrico y la autorización de la red privada. Debe estar vigente en la fecha de cierre de la Licitación. En el caso de Consorcios y Uniones Temporales, dicha certificación será exigible respecto de todos los integrantes encargados de la prestación del servicio, so pena de rechazo de la propuesta. Para el caso de consorcios y uniones temporales, la Entidad requiere que en el documento de constitución de los mismos se señale con claridad la empresa que prestará este servicio, la cual deberá contar con la licencia y permiso expedido por el Ministerio Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

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Se aceptará la certificación de solicitud de renovación de la Licencia de Comunicaciones de conformidad con lo previsto en el artículo 35 del Decreto 019 de 2012 por el cual “ Cuando el ordenamiento jurídico permita la renovación de un permiso, licencia o autorización, y el particular la solicite dentro de los plazos previstos en la normatividad vigente, con el lleno de la totalidad de requisitos exigidos para ese fin, la vigencia del permiso, licencia o autorización se entenderá prorrogada hasta tanto se produzca la decisión de fondo por parte de la entidad competente sobre dicha renovación”. Nota 1: Este requisito aplica en el caso que el proponente dote al personal de vigilancia con equipos de comunicación que utilicen el espectro radioeléctrico Nota 2: En el evento en que el comitente vendedor dote al personal de vigilancia con equipos de comunicación que NO utilicen el espectro radioeléctrico, deberá aportar certificación suscrita por el Representante Legal en la que manifieste el equipo de comunicación a utilizar. Nota3: El comitente vendedor debe acreditar mediante certificación suscrita por su representante legal que dentro de su planta de personal cuenta con un apoyo para los medios tecnológicos y debe acreditar el siguiente perfil: 1. Profesional (Ingeniero de sistemas, Ingeniero Electrónico, Ingeniero Eléctrico, Ingeniero Industrial, Ingeniero Mecatrónico y/o profesionales afines y competentes para el desarrollo de la actividad requerida) con Diploma y Tarjeta Profesional. 2. Especialista en Administración de la Seguridad y/o en áreas afines. 3. Consultor en Seguridad 4. Vinculación con el comitente vendedor de más de tres (3) años, acreditada mediante planillas de pago seguridad social. 5. Experiencia como Coordinador de Medios Tecnológicos de más de (5) cinco Años. 4. RESOLUCIÓN DE AUTORIZACIÓN DE UNIFORMES Y DISTINTIVOS:

El comitente vendedor deberá allegar copia de la Resolución por la cual, la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada le autoriza el uso de uniformes y distintivos, de conformidad con lo establecido en el Decreto 1979 del 17 de septiembre de 2001 y la Resoluciones 510 de 2004, 2852 de 2006, y 5351 de 2007 de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.

Si el comitente vendedor ha solicitado ante la Superintendencia alguna modificación a sus informes y distintivos, allegara además de la copia de la Resolución el respectivo documento con recibo de radicación ante dicha Superintendencia.

En caso de Consorcio o Unión Temporal, cada uno de sus integrantes deberá cumplir con el requisito señalado anteriormente.

5. RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN DE HORAS EXTRAS.

El comitente vendedor debe presentar fotocopia del acto administrativo por medio del cual el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (Hoy Ministerio de Trabajo) le autoriza para laborar horas extras, la cual se debe encontrar vigente para el momento de la presentación de documentos.

En caso de Consorcio, Uniones Temporales, cada uno de los integrantes de estas personas conjuntas, debe allegar

la copia de este documento.

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En caso de Cooperativas deberá aportar copia del régimen de trabajo asociado y régimen de compensaciones debidamente avalado y autorizados por el Misterio de Trabajo En el caso en que el documento de Resolución de Aprobación de Horas Extras se encuentre en proceso de renovación, se deberá acreditar certificado y/o soporte de radicación del respectivo trámite ante la autoridad competente, esto en cumplimiento de lo establecido en artículo 8 del Decreto Legislativo Número 491 de 2020, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, por causa de la pandemia del COVID 19. Adicionalmente deberá llegar documento donde conste bajo la gravedad del juramento que una vez se reactiven los procedimientos requeridos se allegará dicho requisito a la Entidad. 6. CERTIFICACION BAJO GRAVEDAD DE JURAMENTO DE INSCRIPCION A LA RED DE APOYO DE LA

POLICIA METROPOLITANA Y/O LAS DEMAS QUE SE CREEN. El Comitente vendedor, allegará constancia o certificación suscrita por el Representante Legal, en donde bajo la gravedad del juramento, manifiesta que una vez la Policía Nacional de cumplimiento a lo ordenado por el Honorable Consejo de Estado, procederá nuevamente a la expedición de los Certificados y/o Constancias de Vinculación a la Red de Apoyo de la Policía Metropolitana, se comprometa a la inscripción en dichas redes y/o en las demás que se creen. Cuando se trate de consorcio o unión temporal, cada uno de los miembros del consorcio o unión temporal debe anexar dicha constancia. Esta deberá ser debidamente renovada durante el plazo que se preste el servicio 7. FOTOCOPIAS DE LOS PERMISOS VIGENTES DE TENENCIA O PORTE DE ARMAS DE FUEGO El comitente vendedor deberá anexar fotocopias legibles de los permisos de tenencia o porte de armas de fuego vigentes, expedidos por la autoridad competente a nombre del comitente vendedor, para todas y cada una de las doce (12) armas. En el caso de uniones temporales o Consorcios, entre los integrantes de la figura podrán dar cumplimiento a este requisito. 8. CERTIFICACIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA El comitente vendedor deberá allegar, copia de la certificación de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, con fecha de expedición no superior a noventa (90) días hábiles a la presentación de los documentos, en la cual conste si se le han aplicado o no sanciones. Cuando se trate de consorcio o unión temporal cada uno de los miembros del consorcio o unión temporal deberá allegar dicha certificación. 9. COPIA DE POLIZA DE SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL Se deberá allegar copia legible de la póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual, que ampare el uso indebido de las armas de fuego u otros elementos de vigilancia, el valor asegurado por el o los contratos de seguros que amparan la responsabilidad civil extracontractual no debe ser inferior a: (400) smmlv, conforme al Decreto 356 de 1994.

8. REVISIÓN Y ACEPTACIÓN DOCUMENTAL

No se tendrán en cuenta documentos que no se ciñan estrictamente a los requisitos solicitados.

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Una vez adjudicada la operación, los documentos soporte de los requisitos del comitente vendedor deberán ser solicitados por el comisionista comprador en la Unidad de Gestión de Estructuración de Negocios, al día siguiente que se celebre la rueda de negocios antes de las 5:00 p.m., a fin de que ésta última los entregue al comitente comprador para la revisión, aceptación o rechazo de los mismos, para lo cual contará con un máximo de dos (2) días hábiles contados a partir del día siguiente a la negociación. La sociedad comisionista compradora se obliga a informar a la Unidad de Gestión de Estructuración de Negocios mediante certificación suscrita por el representante legal manifestando el cumplimiento y aceptación de los requisitos por parte del comitente vendedor (es) que resulta (n) adjudicatario (s), en caso de concepto de rechazo por parte del comitente comprador de los documentos soporte de los requisitos de los comitentes vendedores así deberá informarlo a la Unidad de Operaciones. En todo caso, el plazo máximo para establecer la aceptación por cumplimiento o rechazo por incumplimiento, será como máximo el tercer (3) día hábil siguiente al plazo establecido para la entrega de los documentos incluido en precedencia, en todo caso, de no hacerlo o requerir de forma extemporánea se entenderá la aceptación de los mismos por parte del comitente comprador.

9. OBLIGACIONES DE LA SOCIEDAD COMISIONISTA VENDEDORA Y COMITENTE VENDEDOR

Para el cumplimiento del objeto descrito en la presente negociación es necesario el cumplimiento por parte del comitente vendedor de las siguientes obligaciones:

• Suministrar al comitente comprador, el servicio objeto de la negociación, conforme a los requisitos que se describen en el presente documento y en el documento de condiciones especiales.

• Remplazar a sus expensas y a entera satisfacción, todos los bienes que resulten de mala calidad o con defectos de fabricación, en referencia a los medios tecnológicos provistos por el servicio, dentro de los veinticuatro (24) horas siguientes a la entrega de estos.

• El valor del servicio debe ser fijo durante todo el plazo de la negociación e incluir los costos directos e indirectos en que incurran para el cumplimiento del objeto.

• La Sociedad Comisionista vendedora y su comitente deberán entregar una vez adjudicada la negociación y antes de la entrega del comprobante de negociación, las tarifas a las cuales cerro cada uno de los servicios, lo anterior con el objetivo que el comitente comprador pueda garantizar que dichas tarifas no estén por debajo de las tarifas mínimas establecidas según el Decreto 4950 del 2007.

• Mantener vigente durante la ejecución de la negociación las licencias y autorizaciones para la prestación del servicio de vigilancia privada, las licencias y/o autorizaciones del servicio de comunicaciones y los salvoconductos de las armas.

• Cumplir, cuando corresponda, con las obligaciones frente al sistema de seguridad social integral y aportes parafiscales (salud, pensiones, ICBF, caja de compensación, SENA y ARL) de conformidad con lo previsto en la Leyes 789 de 2002, 828 de 2003 y demás normas concordantes.

• Garantizar la prestación del Servicio de Vigilancia y Seguridad Privada para los bienes muebles e inmuebles del comitente comprador los que se adquieran y los que ingresen para el funcionamiento de la misma, así como para las personas que accedan a los mismos.

• Garantizar que el personal que prestará el servicio esté debidamente carnetizado por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, entrenado y capacitado, con aptitud psicológica, mental y condiciones físicas para el ejercicio de la función, de buen trato y atención, tanto con los funcionarios, prestador del servicios y visitantes.

• Garantizar la coordinación, programación y control del personal de vigilancia que prestará el servicio, así como las visitas a la sede del comitente comprador, las cuales las realizará el supervisor del prestador del servicio.

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• Reubicar el personal de acuerdo con la solicitud del supervisor de la negociación o quien éste autorice.

• Suministrar los equipos, medios tecnológicos, radios de comunicación y armas en perfecto estado de funcionamiento en las cantidades y con las especificaciones técnicas detalladas en los requisitos generales de la presente ficha técnica y las incorporadas en el documento de condiciones especiales.

• Instalar y poner en funcionamiento la totalidad de los equipos presentados para la ejecución de la negociación dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a la fecha de suscripción del acta de inicio entregando copia de los manuales de usuario de los equipos instalados. Los sistemas deberán emplear una red propia sin afectar otros tipos de redes como eléctricas, de datos y de voz existentes en las sedes donde se prestará el servicio. El mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos y elementos contratados estará a cargo del comitente vendedor.

• Realizar todas las adecuaciones y los trabajos necesarios para la interconexión de las señales de vídeo análogo de las cámaras instaladas en las instalaciones del comitente comprador a los Sistemas digitales de grabación y monitoreo de la Entidad.

• Recibir, verificar y vigilar todos los bienes existentes en las instalaciones del comitente comprador y las sedes de la misma, los que se adquieran, y los que ingresen para el funcionamiento de la misma, durante la ejecución de la negociación.

• Realizar, a través del sistema de circuito cerrado de televisión instalado, la grabación simultánea y permanente de cada cámara durante las 24 horas del día, en las sedes estipuladas en el cuadro denominado “Medios Tecnológicos”.

• Asumir todos los costos de instalación y puesta en funcionamiento de los equipos y medios tecnológicos y de comunicación contratados.

• Conservar los archivos, consignas, investigaciones, cuadernos de minuta y demás documentos y medios magnéticos de grabación digital, que se produzcan durante el desarrollo, ejecución y liquidación de la negociación, archivar las órdenes de entrada y salida de personas, elementos y vehículos, la cual tendrá una duración para consulta por parte del comitente comprador por un período de 2 años a partir de la terminación de la negociación - prestación del servicio en la entidad.

• Proporcionar los bienes muebles necesarios para la instalación de todos los equipos y medios tecnológicos requeridos, el cableado que sea instalado o empleado para cualquier adecuación o instalación debe, dependiendo del caso ir en canaleta, tubería o coraza debidamente marquillado e identificado. Los costos de estos bienes serán asumidos por el comitente vendedor.

• Registrar en libros de pasta dura el cambio de turno, el control de ingreso y salida de personas, vehículos y demás elementos. Los costos derivados de dichos insumos serán asumidos por el comitente vendedor.

• Permitir al supervisor de la negociación designado por la Entidad o a quien éste autorice el acceso a los documentos de vigilancia antes mencionados, sin ningún tipo de restricción o condición por parte del comitente vendedor.

• Cambiar los equipos y demás elementos cuando no cumplan con las especificaciones técnicas mínimas requeridas en un término de veinticuatro (24) horas siguientes a la fecha en que el supervisor o quien éste autorice lo ponga en conocimiento del comitente vendedor.

• Atender oportunamente dentro de las 12 horas siguientes el llamado de solicitud de asistencia que realice la supervisión de la negociación o los técnicos operadores de turno del Centro de Seguridad y Control, en cuanto a fallas que presenten los equipos instalados.

• Reubicar, cuando el comitente comprador lo requiera, los equipos y medios tecnológicos de seguridad contratados, sin costo adicional para la misma.

• Adelantar las investigaciones pertinentes en caso de pérdida y daño de bienes cuando se instalen los equipos, dentro de los ocho (8) días calendario siguientes a la fecha en que el supervisor o quien éste autorice lo ponga en conocimiento del comitente vendedor. Los resultados de ésta investigación deberán ser entregados en el término antes previsto al supervisor de la negociación determinado por la Entidad.

• Será responsabilidad total del prestador del servicio adelantar las investigaciones pertinentes, con el fin de

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esclarecer el siniestro previa comunicación de la Entidad de su ocurrencia, si las causas que dieron lugar a la pérdida no obedecen a fuerza mayor o caso fortuito, el prestador del servicio deberá restituir los bienes en un término no mayor a diez (10) días.

• Suministrar los caninos necesarios para la prestación del servicio en las mismas calidades y condiciones establecidas anteriormente.

• Arreglar o reponer los equipos y demás elementos que se dañen o queden fuera de servicio, en un tiempo no mayor de veinticuatro (24) horas a partir del momento en que se presente la novedad.

• Cumplir con los lineamientos que en materia de gestión ambiental dicten los entes competentes que serán verificados por el supervisor de la negociación.

• Asegurar los equipos y medios tecnológicos y demás elementos de su propiedad que suministre para la prestación de los servicios, conforme a las normas legales que rigen la materia.

• Garantizar el cumplimiento mediante certificación expedida por la Empresa de Vigilancia que durante la ejecución de la negociación y la prestación del servicio cumple con todos los requisitos que la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada exige para la prestación del servicio con medio canino, como es el que cada uno de los caninos se encuentran registrados los códigos y Chips.

• Suministrar los remplazos para el caso de descansos, hora de almuerzo y los que tuvieren que hacerse, una vez tenga conocimiento de la ausencia con un tiempo de respuesta inmediato, disponiendo del personal necesario para hacer los relevos.

• Realizar el pago de los salarios ó compensaciones (para el caso de cooperativas), del personal que prestará el servicio en la entidad, a más tardar dentro de los cinco (5) primeros días siguientes al mes en que éstos prestaron el servicio.

• Dar cumplimiento a las instrucciones y protocolos de seguridad y bioseguridad emitidas por las autoridades estatales para prevenir y/o contener en el ejercicio de la actividad, el contagio de covid 19, e infecciones o enfermedades virales u otras.

• Implementar los protocolos de bioseguridad, de conformidad con lo previsto en las normas, decretos y circulares emitidas por las entidades del Orden Nacional, Regional y Local, en lo referente a las especificaciones técnicas y requisitos del protocolo de bioseguridad por COVID-19 y otras infecciones o enfermedades virales.

• Cumplir con las demás obligaciones que se deriven de la naturaleza de la negociación y las establecidas por la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto 1082 de 2015, Decretos reglamentarios y demás normas concordantes y las demás que resulten procedentes para la adecuada ejecución de la negociación.

En caso de presentarse el hecho de no tener licencia de funcionamiento por no haberse renovado oportunamente, se solicitará la declaratoria de incumplimiento total de la operación y se procederá de acuerdo a lo establecido por los reglamentos de la Bolsa.

10. OBLIGACIONES NO COMPENSABLES POR EL SISTEMA DE COMPENSACIÓN, LIQUIDACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE GARANTÍAS DE LA BOLSA MERCANTIL DE COLOMBIA S.A. Y A CARGO DE

COMITENTE VENDEDOR

Se refiere a las obligaciones de pago del precio de la operación, entrega del Activo correspondiente, constitución y ajuste de las respectivas garantías, así como las demás cuyo cumplimiento, de conformidad con lo previsto en el Libro Sexto del presente Reglamento, deba ejecutarse o acreditarse a través del sistema de compensación y liquidación administrado por la Bolsa. Toda obligación relacionada con una operación y contenida en la Ficha Técnica de Negociación, diferente a las señaladas en esta definición, será considerada no compensable. 1.- El incumplimiento de las condiciones previas a la negociación.

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Estas obligaciones serán cumplidas por fuera del Sistema de Compensación, Liquidación y Administración de Garantías de la Bolsa Mercantil de Colombia S.A. y serán cumplidas directamente entre los comitentes, en consecuencia, la liberan de todo tipo de responsabilidad por el cumplimiento de estas obligaciones.

11. GARANTÍAS ADICIONALES A CARGO DEL COMITENTE VENDEDOR

El comitente vendedor, de conformidad con el artículo 7 de la Ley 1150 de 2007, el Decreto 1082 de 2015 y demás normas concordantes, se compromete a constituir a favor de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos identificada con NIT No. 900.126.860-4, las siguientes garantías, en plazo máximo de tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de celebración de la rueda de negociación tratándose de personas naturales o jurídicas individualmente o en plazo máximo de cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de celebración de la rueda de negociación tratándose de figuras asociativas consorcio o unión temporal. a) Cumplimiento: El amparo de cumplimiento de la negociación cubrirá a la entidad estatal contratante de los perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones nacidas con el proceso de negociación, así como de su cumplimiento tardío o de su cumplimiento defectuoso, cuando ellos son imputables al comitente vendedor garantizado en cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total de la negociación más IVA, con una vigencia igual al plazo de ejecución de la negociación y cuatro (4) meses más, contados a partir de la fecha de celebración de la rueda de negociación b). Calidad del servicio: El amparo de calidad del servicio cubre a la entidad estatal contratante de los perjuicios imputables al comitente vendedor, garantizando que surjan con posterioridad a la terminación de la ejecución de la negociación y que se deriven de la mala calidad del servicio prestado, teniendo en cuenta las condiciones pactadas en la presente ficha técnica de la negociación en cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total de la negociación más IVA, con una vigencia igual al plazo de ejecución de la negociación y cuatro (4) meses más, contados a partir de la fecha de celebración de la rueda de negociación c). Salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales: El amparo de pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales cubre a la entidad estatal contratante de los perjuicios que se le ocasionen como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones laborales a que esté obligado el comitente vendedor garantizado, derivadas de la negociación del personal utilizado para la ejecución de la negociación, por cuantía equivalente al cinco por ciento (5%) del valor de la negociación más IVA, con una vigencia igual al plazo de ejecución de la negociación y tres (3) años más, contados a partir de la celebración de la rueda de negociación y d). Póliza de responsabilidad civil extracontractual: Por cuantía equivalente 400 SMMLV y vigencia igual al plazo de ejecución de la negociación, contado a partir de la celebración de la rueda de negociación. PARÁGRAFO: En los casos en que se prorrogue el plazo de ejecución de la negociación y/o se adicione en valor, EL comitente vendedor se compromete, dentro de los tres (3) días calendarios siguientes a la rueda de negociación en la que resulte adjudicatario, a presentar el certificado de modificación de la garantía de conformidad con el nuevo plazo y/o valor pactados. En todos los casos los actos de verificación, aprobación, seguimiento y custodia corresponderán al comitente comprador que las solicita, así como los actos necesarios para la efectividad de las mismas

11. CONDICIONES Y CAUSAS RELACIONADAS CON LA CALIDAD Y OPORTUNIDAD QUE GENERAN EL INCUMPLIMIENTO DEL SERVICIO

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CONDICIONES Y CAUSAS QUE AFECTAN LA EJECUCIÓN DEL SERVICIO: Se entiende como condiciones y causas que afectan la ejecución del servicio, las siguientes: 1. En relación a las obligaciones referentes a la prestación del servicio con el personal requerido en las sedes establecidas: • Se produce la afectación cuando las sedes o puestos no son cubiertos de acuerdo con el dispositivo de seguridad establecido, con el personal mínimo requerido.

• No se presenta el personal requerido en el sitio de trabajo en dos (2) oportunidades.

• No se procede al remplazo inmediato del personal asignado de manera oportuna en dos (2) oportunidades.

• No se produce el reemplazo o cambio de los equipos o medios de comunicación en el plazo establecido anteriormente en dos (2) oportunidades

2. En relación con las obligaciones referentes al cumplimiento de las normas de seguridad industrial y salud ocupacional, previo un (1) llamado de atención: • Porte indebido de uniformes y equipos. • Ausencia o indebida calidad de los equipos requeridos. • Actos de indisciplina. • Pérdida de bienes entre otros. • La carencia o no renovación de las licencias del servicio de vigilancia, de comunicaciones y los salvoconductos

de las armas. PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO EN LA EJECUCIÓN DE LA NEGOCIACIÓN: Frente a las causas anteriores el procedimiento es el siguiente: • Se harán llamados de atención escritos por parte del supervisor de la negociación designado por el comitente comprador los cuales contendrán el detalle de la no conformidad del servicio prestado, así como también el compromiso de solución de inmediata de parte del personal operativo del comitente vendedor y sobre los cuales se remitirá informe al representante que designe el comitente vendedor. • El supervisor de la negociación designado por el comitente comprador y el representante que designe el comitente vendedor, registrarán en un acta la evaluación del cumplimiento de la prestación de servicio, teniendo en cuenta los aspectos señalados previamente, los cuales, serán consignados de forma detallada y se verificará que se cumplieron los compromisos adquiridos con relación a los llamados de atención escritos. • En caso de incumplimiento total o parcial de alguna de las obligaciones del comitente Vendedor consignadas en las fichas técnicas de negociación y documento de condiciones especiales exigidas por la UAESP, y de acuerdo a las condiciones y causas que afectan la ejecución del servicio en relación a las obligaciones referentes a la prestación del servicio con el personal requerido en las sedes establecidas y en relación con las obligaciones referentes al cumplimiento de las normas de seguridad industrial y salud ocupacional enumeradas anteriormente, las partes acuerdan la imposición de descuento del cero punto dos por ciento (0,2%) del valor de la negociación adjudicada por cada día de retardo en el cumplimiento de sus obligaciones hasta un límite del veinte por ciento (20%) del valor total de la negociación. • Sí se evidencia el incumplimiento reiterativo en lo concerniente a las obligaciones, plazos y compromisos pactados en más de dos (2) eventos, puede derivar el incumplimiento total de la operación. Para lo cual el supervisor de la negociación designado por el comitente comprador informará a la sociedad comisionista de Bolsa compradora

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para que este informe a la Bolsa de manera inmediata cuando se cumplan los dos (2) eventos mencionados, con el objetivo que la Bolsa Mercantil de Colombia pueda proceder según su reglamento. • En caso de declaratoria de incumplimiento, el servicio no se suspenderá de manera inmediata, dada la imposibilidad de que se interrumpa la prestación del servicio negociado, razón por la cual el comitente vendedor incumplido seguirá prestando los servicios, bajo las mismas condiciones pactadas, hasta tanto la Bolsa Mercantil de Colombia, de acuerdo a sus procedimientos, honre la operación, o hasta cuando la Entidad pueda iniciar un nuevo proceso hasta lograr el cierre de una nueva negociación y el inicio de la prestación del servicio, término que será cancelado por la entidad bajo los mismos términos.

12. INTERVENTORÍA Y/O SUPERVISIÓN

La Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos por cuenta de quien se celebra esta operación utilizará mecanismos de supervisión para verificar el cumplimiento de la misma. La Supervisión de la presente negociación estará a cargo de la Subdirección Administrativa y Financiera, a través de un Asesor o Profesional Responsable del proceso de Vigilancia, en la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos, delegado por el ordenador del gasto.