FEITEC-AGE-Corrección Propuesta 1: Modificación del artículo 101 del Estatuto Orgánico de la...

3
ASAMBLEA GENERAL DE ESTUDIANTES FEDERACIÓN DE ESTUDIANTES DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA AGE-02-2014 (SESIÓN EXTRAORDINARIA, SEMESTRE 2-2014, 31 DE OCTUBRE DEL 2014) Propuesta base: Modificación del artículo 101 del Estatuto Orgánico de la FEITEC Resumen de la propuesta Se pretende la modificación del Artículo 101 del Estatuto Orgánico de la FEITEC, con el fin de cambiar de la fecha de elección y nombramiento del Directorio del Tribunal Electoral Estudiantil (DTEE). Justificación de la propuesta El cambio del Directorio del Tribunal Electoral Estudiantil (DTEE) se realiza en la primera quincena del mes de octubre de cada año (últimas semanas del segundo semestre de cada año), lo que causa 2 grandes dificultades: 1. Becas de representación estudiantil a los miembros del DTEE: Actualmente 2 personas pueden optar por una misma beca, una antes y otra después de octubre. Si se cambia la fecha de nombramiento, se logra maximizar el uso de las becas disponibles, de tal manera que por cargo solo pueda optar una persona. 2. El TEE cambia su directorio con procesos electorales en curso, lo cual representa un problema de continuidad de los que se encuentren en ejecución, lo que repercute en la calidad y fiabilidad. Con el fin de resolver lo anterior, se debe realizar el cambio de directorio en una fecha distinta a la actual. Para resolver las dificultades anteriores, conviene modificar el Artículo 101. Dado que se propone realizar la elección del DTEE junto a la del DPAE, conviene entonces modificar también el Artículo 51 del Estatuto Orgánico de la FEITEC para dejar claro la elección de ambos directorios en la misma sesión del Plenario de Asociaciones Estudiantiles. Por tanto, se propone: 1. Modificar el Artículo 101 del Estatuto Orgánico de la FEITEC de la siguiente manera: Actual Propuesta de modificación ARTÍCULO 101: Los miembros propietarios del directorio del Tribunal Electoral Estudiantil serán ARTÍCULO 101: Los miembros propietarios del directorio del Tribunal Electoral Estudiantil serán

description

FEITEC-AGE-Corrección Propuesta 1: Modificación del artículo 101 del Estatuto Orgánico de la FEITEC

Transcript of FEITEC-AGE-Corrección Propuesta 1: Modificación del artículo 101 del Estatuto Orgánico de la...

Page 1: FEITEC-AGE-Corrección Propuesta 1: Modificación del artículo 101 del Estatuto Orgánico de la FEITEC

ASAMBLEA GENERAL DE ESTUDIANTES FEDERACIÓN DE ESTUDIANTES DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

AGE-02-2014

(SESIÓN EXTRAORDINARIA, SEMESTRE 2-2014, 31 DE OCTUBRE DEL 2014)

Propuesta base: Modificación del artículo 101 del Estatuto Orgánico de la FEITEC

Resumen de la propuesta

Se pretende la modificación del Artículo 101 del Estatuto Orgánico de la FEITEC, con el fin de cambiar de la fecha de elección y nombramiento del Directorio del Tribunal Electoral Estudiantil (DTEE).

Justificación de la propuesta

El cambio del Directorio del Tribunal Electoral Estudiantil (DTEE) se realiza en la primera quincena del mes de octubre de cada año (últimas semanas del segundo semestre de cada año), lo que causa 2 grandes dificultades:

1. Becas de representación estudiantil a los miembros del DTEE: Actualmente 2 personas pueden optar por una misma beca, una antes y otra después de octubre. Si se cambia la fecha de nombramiento, se logra maximizar el uso de las becas disponibles, de tal manera que por cargo solo pueda optar una persona.

2. El TEE cambia su directorio con procesos electorales en curso, lo cual representa un problema de continuidad de los que se encuentren en ejecución, lo que repercute en la calidad y fiabilidad. Con el fin de resolver lo anterior, se debe realizar el cambio de directorio en una fecha distinta a la actual.

Para resolver las dificultades anteriores, conviene modificar el Artículo 101. Dado que se propone realizar la elección del DTEE junto a la del DPAE, conviene entonces modificar también el Artículo 51 del Estatuto Orgánico de la FEITEC para dejar claro la elección de ambos directorios en la misma sesión del Plenario de Asociaciones Estudiantiles. Por tanto, se propone:

1. Modificar el Artículo 101 del Estatuto Orgánico de la FEITEC de la siguiente manera:

Actual Propuesta de modificación

ARTÍCULO 101: Los miembros propietarios del directorio del Tribunal Electoral Estudiantil serán

ARTÍCULO 101: Los miembros propietarios del directorio del Tribunal Electoral Estudiantil serán

Page 2: FEITEC-AGE-Corrección Propuesta 1: Modificación del artículo 101 del Estatuto Orgánico de la FEITEC

electos por el Plenario de Asociaciones de Estudiantes en sesión convocada para tal fin. Cada asociación de carrera tendrá el derecho de presentar ante dicho Plenario de Asociaciones de Estudiantes, una terna (3) de estudiantes, aspirantes a formar parte del nuevo directorio. Todos los miembros del Tribunal Electoral Estudiantil durarán en sus funciones un año debiendo re-novarse en la segunda semana del mes de octubre de cada año.

electos por el Plenario de Asociaciones de Estudiantes en la primera sesión ordinaria del segundo semestre de cada año, convocada para tal fin, junto a la elección del DPAE, la cual deberá realizarse en la cuarta semana lectiva de ese semestre. Cada asociación de carrera tendrá el derecho de presentar ante dicho Plenario de Asociaciones de Estudiantes, una terna (3) de estudiantes, aspirantes a formar parte del nuevo directorio. Todos los miembros del Tribunal Electoral Estudiantil permanecerán en sus funciones un año.

Dado que se propone realizar la elección del DTEE junto a la del DPAE, conviene entonces modificar también el Artículo 51 del Estatuto Orgánico de la FEITEC para dejar claro la elección de ambos directorios. Por tanto se propone:

1. Modificar el Artículo 101 del Estatuto Orgánico de la FEITEC de la siguiente manera:

Actual Propuesta de modificación

ARTÍCULO 51: El directorio del Plenario será electo en la primera sesión ordinaria del segundo semestre de cada año, convocada para tal fin, la misma deberá realizarse en la cuarta semana lectiva de ese semestre. La elección estará organizada y fiscalizada por los representantes del Tribunal Electoral Estudiantil. Los miembros del directorio podrán ser reelectos hasta por dos períodos. Los puestos del directorio serán a título personal. El nombramiento de todos sus miembros es por período de un año.

ARTÍCULO 51: El directorio del Plenario será electo en la primera sesión ordinaria del segundo semestre de cada año, convocada para tal fin, junto a la elección del DTEE, la misma deberá realizarse en la cuarta semana lectiva de ese semestre. La elección estará organizada y fiscalizada por los representantes del Tribunal Electoral Estudiantil. Los miembros del directorio podrán ser reelectos hasta por dos períodos. Los puestos del directorio serán a título personal. El nombramiento de todos sus miembros es por período de un año.

Page 3: FEITEC-AGE-Corrección Propuesta 1: Modificación del artículo 101 del Estatuto Orgánico de la FEITEC

POR LO TANTO LA ASAMBLEA GENERAL DE ESTUDIANTES ACUERDA:

Desarrollo de la propuesta

Modificar el Artículo 101 del Estatuto Orgánico de la FEITEC para que quede de la siguiente manera: ARTÍCULO 101: Los miembros propietarios del directorio del Tribunal Electoral Estudiantil serán electos por el Plenario de Asociaciones de Estudiantes en la primera sesión ordinaria del segundo semestre de cada año, convocada para tal fin junto a la elección del DPAE, la cual deberá realizarse en la cuarta semana lectiva de ese semestre. Cada asociación de carrera tendrá el derecho de presentar ante dicho Plenario de Asociaciones de Estudiantes, una terna (3) de estudiantes, aspirantes a formar parte del nuevo directorio. Todos los miembros del Tribunal Electoral Estudiantil permanecerán en sus funciones un año. Modificar el Artículo 51 del Estatuto Orgánico de la FEITEC para que quede de la siguiente manera: ARTÍCULO 51: El directorio del Plenario será electo en la primera sesión ordinaria del segundo semestre de cada año, convocada para tal fin, junto a la elección del DTEE, la misma deberá realizarse en la cuarta semana lectiva de ese semestre. La elección estará organizada y fiscalizada por los representantes del Tribunal Electoral Estudiantil. Los miembros del directorio podrán ser reelectos hasta por dos períodos. Los puestos del directorio serán a título personal. El nombramiento de todos sus miembros es por período de un año.

Proponentes

Nombre Carné Cédula Firma

1 José Paulo Jiménez segura 200867167 1-1347-0561

2 Eddie José Gómez Serrano 2013194126 1-1545-0221

La recepción de propuestas se realizará de manera digital al correo electrónico

[email protected] y [email protected], de igual manera las mismas deberán ser

entregadas en la oficina de la Federación de Estudiantes en el periodo establecido para

dicho fin.