Fausto 2

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COLOMBIA ADMINISTRANDO JUSTICIA

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COLOMBIA ADMINISTRANDO

JUSTICIA

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Tras este proceso y sobre todo a partir de las revoluciones liberales surge lo que se conoce como Estado liberal. Antes de estas revoluciones no se reconocía la igualdad de todos los hombres como principio jurídico; a partir de ellas, estos dejarán de ser súbditos para pasar a ser ciudadanos, con derechos y obligaciones iguales.

Con posterioridad a la instalación del régimen administrativo, surge en Francia la pregunta de quién debe juzgar a la Administración. Se cuestiona si, por una parte, debían ser los jueces ordinarios pertenecientes al Poder Judicial quienes juzgaran a la Administración, o si, por otra parte, debía ser la propia Administración quien ejerciera esa función. La raíz del problema se encuentra en que los jueces ordinarios eran aquellos del Antiguo Régimen, nobles que quedarían dotados de poder de anular las decisiones del Nuevo Régimen. Por tal razón, se desconfiaba sumamente. En Francia se resolvió el problema con la creación del Consejo de Estado, que será el órgano encargado de juzgar a los entes administrativos, al mismo tiempo que será dependiente del Jefe de Gobierno.

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El acto administrativo es una declaración devoluntad o de juicio o

de conocimiento de la Administración Pública, que estásujeta alDerecho Administrativo. Ej: una licencia paraconstruir un chalet, una sanciónadministrativa por aparcar en doble fila, undictamen del Consejo de Estado sobre si laM-30 precisa EIA

Distinción del reglamento: el criterio de lainnovación y del

agotamiento ACTO ADMINISTRATIVO: CONCEPTO 2 Claves de la distinción actoadministrativo/acto político: Órgano del que procede Función pública que se ejercita. Importancia a efectos de control judicial: art.2 LJCA.

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Claves de la distinción actoadministrativo/acto político:

Órgano del que procede Función pública que se ejercita. Importancia a efectos de control

judicial: art.2 LJCA.

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El acto ha de reunir una serie derequisitos subjetivos (competencia,inexistencia de causas de

abstención o recusación(art.28 ley 30/92 ), objetivos (presupuesto dehecho, fin, causa, motivos,

voluntad no viciada,contenido ) y formales ( procedimiento, forma(art.55), motivación

(art.54)

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Concepto: comunicación formal del acto administrativo, de la quedepende la eficacia del

acto Objeto: actos que exigen notificación Sujeto al que debe realizarse la notificación Contenido de la notificación Práctica de la notificación Tiempo Forma: cualquier medio que permita tener constancia de surecepción (agente

notificador, correo, telegrama,notificación telemática). Lugar Persona a la que puede realizarse la entrega Imposibilidad de notificación

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GRACIAS