FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo,...

109
UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS SOCIALES Y POLÍTICAS CARRERA DE DERECHO “INCIDENTE DE REBAJA DE PENSIÓN ALIMENTICIA FRENTE AL DERECHO A LA IGUALDAD, APLICADO AL CASO NO. 09209-2015-03042” AUTORES: ZAMBRANO SANTANA MIGUEL ANGEL VILLACIS MORALES MARCOS PAUL TUTORA: ABG. SANDRA TAPIA BARROS GUAYAQUIL, SEPTIEMBRE, 2019

Transcript of FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo,...

Page 1: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS SOCIALES Y

POLÍTICAS

CARRERA DE DERECHO

“INCIDENTE DE REBAJA DE PENSIÓN ALIMENTICIA FRENTE AL

DERECHO A LA IGUALDAD, APLICADO AL CASO NO. 09209-2015-03042”

AUTORES: ZAMBRANO SANTANA MIGUEL ANGEL

VILLACIS MORALES MARCOS PAUL

TUTORA: ABG. SANDRA TAPIA BARROS

GUAYAQUIL, SEPTIEMBRE, 2019

Page 2: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

ii

X

REPOSITORIO NACIONAL EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA

FICHA DE REGISTRO DE TESIS/TRABAJO DE GRADUACIÓN

TÍTULO Y SUBTÍTULO: INCIDENTE DE REBAJA DE PENSIÓN ALIMENTICIA FRENTE AL DERECHO A LA IGUALDAD, APLICADO

AL CASO NO. 09209-2015-03042

AUTORES: MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA

MARCOS PAUL VILLACIS MORALES

REVISOR:

TUTOR:

ABG. JUAN VARELES CABRERA

ABG. SANDRA DEL ROCIO TAPIA BARROS

INSTITUCIÓN: UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL

FACULTAD: JURISPRUDENCIA, CIENCIAS SOCIALES Y POLÍTICAS

ESPECIALIDAD: DERECHO

GRADO OBTENIDO: TERCER NIVEL

FECHA DE PUBLICACIÓN: SEPTIEMBRE, 2019 No. DE PÁGINAS: 109

ÁREAS TEMÁTICAS: DERECHO CONSTITUCIONAL.

PALABRAS CLAVES:

KEYWORDS:

PENSIÓN ALIMENTICIA, DERECHO DE IGUALDAD, ALIMENTANTES, REBAJA, VULNERACIÓN.

ALIMONY, EQUALITY RIGHT, FEEDERS, REBATE, VIOLATION.

RESUMEN:

Este trabajo de investigación tiene como tema “INCIDENTE DE REBAJA DE PENSIÓN ALIMENTICIA FRENTE AL DERECHO A LA IGUALDAD APLICADO

AL CASO NO. 09209-2015-03042” en esta investigación demostraremos la vulneración del derecho constitucional de igualdad que sufre el alimentante al

momento de requerir la rebaja de la pensión alimenticia frente a la petición de aumento de la misma. Nuestra Constitución, en su artículo 11, numeral 2

manifiesta el derecho de igualdad; pero en el Código de la Niñez y Adolescencia al hablar del derecho de alimentos, podemos notar que existen

procedimientos diferentes, vulnerando así el principio Constitucional de igualdad. Por esta razón, vemos necesario reformar el Código de la Niñez y

Adolescencia, en su artículo innumerado 8 en el cual se debe aplicar el mismo procedimiento tanto como lo es para el aumento de pensión alimenticia; así

también debe ser para la rebaja de la misma.

ABSTRACT:

This research work has the theme “ALIMONY REDUCTION INCIDENT AGAINST THE RIGHT TO EQUALITY AP- PLIED TO CASE NO. 09209-2015-03042”

in this investigation, we will show the violation of the constitutional right of equality suffered by the obligor at the time of requiring the reduction of the alimony

against the request to increase it. Our Constitution, in its article 11, numeral 2 states the right to equality; but in the Childhood and Adolescence Code, when

talking about food right, we can notice that there are different procedures, thus violating the Constitutional principle of equality. For this reason, we see it

necessary to reform the Code of Childhood and Adolescence, in its innumerable article 8 in which the same procedure should be applied as much as it is for the

increase of alimony; so it must also be for the reduction of the same.

ADJUNTO PDF: X SI NO

CONTACTO CON AUTOR: Teléfono:

0995853195

0979651014

E-mail:

[email protected]

[email protected]

CONTACTO CON LA INSTITUCIÓN: Nombre: UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL

Teléfono:

E-mail:

Page 3: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA Y CIENCIAS SOCIALES Y POLITICAS CARRERA DE DERECHO

UNIDAD DE TITULACIÓN

CERTIFICACIÓN REVISOR METODOLÓGICO

Habiendo sido nombrado Abg. Juan Váreles Cabrera, MSc., revisor

metodológico del trabajo de titulación INCIDENTE DE REBAJA DE PENSIÓN

ALIMENTICIA FRENTE AL DERECHO A LA IGUALDAD, APLICADO AL

CASO NO. 09209-2015-03042 certifico que el presente trabajo de titulación,

elaborado por MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, con C.C. No.

092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES con C.C. No.

092773572-0, con mi respectiva supervisión como requerimiento parcial para

la obtención del título de Abogado de los tribunales y Juzgados de la

República del Ecuador , en la Carrera de Derecho Facultad de

Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas ha sido REVISADO Y

APROBADO en todas sus partes, encontrándose apto para su sustentación.

ANEXO 11

Page 4: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA Y CIENCIAS SOCIALES Y POLITICAS CARRERA DE DERECHO

UNIDAD DE TITULACIÓN GRADO

LICENCIA GRATUITA INTRANSFERIBLE Y NO EXCLUSIVA PARA EL USO NO

COMERCIAL DE LA OBRA CON FINES NO ACADÉMICOS

Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS

PAUL VILLACIS MORALES, C.C.: 092773572-0 certifico que los contenidos

desarrollados en este trabajo de titulación, cuyo título es “INCIDENTE DE

REBAJA DE PENSIÓN ALIMENTICIA FRENTE AL DERECHO A LA

IGUALDAD, APLICADO AL CASO NO. 09209-2015-03042” son de mi absoluta

propiedad y responsabilidad Y SEGÚN EL Art. 114 del CÓDIGO ORGÁNICO DE

LA ECONOMÍA SOCIAL DE LOS CONOCIMIENTOS, CREATIVIDAD E

INNOVACIÓN*, autorizo el uso de una licencia gratuita intransferible y no

exclusiva para el uso no comercial de la presente obra con fines no académicos,

en favor de la Universidad de Guayaquil, para que haga uso del mismo, como

fuera pertinente.

*CÓDIGO ORGÁNICO DE LA ECONOMÍA SOCIAL DE LOS CONOCIMIENTOS, CREATIVIDAD E

INNOVACIÓN (Registro Oficial n. 899 - Dic./2016) Artículo 114.- De los titulares de derechos de obras

creadas en las instituciones de educación superior y centros educativos.- En el caso de las obras creadas

en centros educativos, universidades, escuelas politécnicas, institutos superiores técnicos, tecnológicos,

pedagógicos, de artes y los conservatorios superiores, e institutos públicos de investigación como

resultado de su actividad académica o de investigación tales como trabajos de titulación, proyectos de

investigación o innovación, artículos académicos, u otros análogos, sin perjuicio de que pueda existir

relación de dependencia, la titularidad de los derechos patrimoniales corresponderá a los autores. Sin

embargo, el establecimiento tendrá una licencia gratuita, intransferible y no exclusiva para el uso no

comercial de la obra con fines académicos.

Page 5: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA Y CIENCIAS SOCIALES Y POLITICAS CARRERA DE DERECHO

UNIDAD DE TITULACIÓN GRADO

CERTIFICADO PORCENTAJE DE SIMILITUD

Habiendo sido nombrada ABG. SANDRA DEL ROCIO TAPIA BARROS, tutora

del trabajo de titulación certifico que el presente trabajo de titulación ha sido

elaborado por MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7

y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES, C.C.: 092773572-0, con mi

respectiva supervisión como requerimiento parcial para la obtención del título

de ABOGADO DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA.

Se informa que el trabajo de titulación: “INCIDENTE DE REBAJA DE

PENSIÓN ALIMENTICIA FRENTE AL DERECHO A LA IGUALDAD,

APLICADO AL CASO NO. 09209-2015-03042”, ha sido orientado durante

todo el periodo de ejecución en el programa antiplagio URKUND quedando el

9 % de coincidencia.

https://secure.urkund.com/view/53376905-603734-

167969#BcGxDYAwDATAXVK/kOPHNmEVRIEiQClIkxKxO3dvekZaNw0wgwQdc4YpjDC

DBazAFWVHGu3u7Wr16PVMq0yykJqd7uIS4fr9

Page 6: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA Y CIENCIAS SOCIALES Y POLITICAS CARRERA DE DERECHO

UNIDAD DE TITULACIÓN GRADO

Guayaquil, 16 de agosto de 2019

Dr. Tito Palma Caicedo, Msc Vicedecano de la Carrera de Derecho Facultad De Jurisprudencia y Ciencias Sociales y Políticas UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL

Ciudad. -

De mis consideraciones:

Envío a Ud. el Informe correspondiente a la tutoría realizada al Trabajo de

Titulación “INCIDENTE DE REBAJA DE PENSIÓN ALIMENTICIA FRENTE

AL DERECHO A LA IGUALDAD, APLICADO AL CASO NO. 09209-2015-

03042”, de los estudiantes MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA y

MARCOS PAUL VILLACIS MORALES, indicando ha (n) cumplido con todos

los parámetros establecidos en la normativa vigente:

El trabajo es el resultado de una investigación.

El estudiante demuestra conocimiento profesional integral.

El trabajo presenta una propuesta en el área de conocimiento.

El nivel de argumentación es coherente con el campo de conocimiento.

Adicionalmente, se adjunta el certificado de porcentaje de similitud y la

valoración del trabajo de titulación con la respectiva calificación.

Dando por concluida esta tutoría de trabajo de titulación, CERTIFICO, para

los fines pertinentes, que el estudiante está apto para continuar con el

proceso de revisión final.

Atentamente,

Page 7: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

vii

DEDICATORIA

El presente trabajo investigativo lo dedico principalmente a Dios, por ser el

inspirador y darme fuerza para continuar en este proceso de obtener uno de los

anhelos más deseados.

A mis padres, por su amor, trabajo y sacrificio en todos estos años; a ti madre, por

demostrarme siempre tu cariño, apoyo incondicional y enseñarme que no hay

nada imposible en la vida, solo que depende de mí y las ganas de seguir adelante

sin importar las circunstancias que se encuentre en el camino; a pesar de nuestra

distancia física, siento que estás conmigo siempre, sé que este momento hubiera

sido tan especial para ti, como es para mí, gracias a ti he logrado llegar hasta aquí

y convertirme en lo que soy.

A mis abuelas Rosa y Rosalina, fueron las personas después de mis padres que

más se preocupaban por mí. Me enseñaron muchas cosas importantes para la

vida, y me encaminaron por el buen sendero.

A mis tíos Walter y Xavier, a quienes los quiero y considero como un padre, por

compartir momentos significativos conmigo y por siempre estar dispuestos a

escucharme y ayudarme en cualquier momento.

A mí querida esposa Gladys por estar siempre presente, acompañándome en los

buenos y malos momentos en esta trayectoria, por el apoyo moral y amor

incondicional que me has brindado a lo largo de esta etapa en nuestras vidas.

A mis compañeros, amigos y compadre Marcos, quienes sin esperar nada a

cambio compartieron sus conocimientos, alegrías y tristezas, durante estos años

estuvieron a mi lado apoyándome y lograron que este sueño se haga realidad.

A todos mis maestros que me han apoyado durante la carrera, que me abrieron

las puertas y compartieron sus conocimientos.

Miguel Zambrano Santana

Page 8: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

viii

DEDICATORIA

Le dedico a mi Mami Teresita, Sofía y papi Vicente por el apoyo emocional,

afectivo y económico para poder llegar a esta gran meta.

Marcos Villacis Morales

Page 9: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

ix

AGRADECIMIENTO

Al finalizar este trabajo quiero utilizar este espacio para agradecer a Dios por

todas sus bendiciones, a mis padres, a mis abuelas y a mis tíos que han sabido

darme su ejemplo de trabajo y honradez, y a mi esposa Gladys por su apoyo en

este proyecto de estudio.

También quiero agradecer a la Universidad de Guayaquil, directivos y profesores

de la Facultad de Derecho, Ciencias Sociales y Política por verme abierto las

puertas de tan prestigiosa institución.

Miguel Zambrano Santana

Page 10: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

x

AGRADECIMIENTO

Agradezco infinitamente a mi familia, en especial a mi Mami Teresita, mi mami

Sofía, mis hermanos y con un sentimiento infinito a mi ángel que está en el cielo

mi papi Vicente.

Cómo no recordar esta época académica en convivencia con mi compadre, que

ahora es mi compañero de tesis la cual es como el hermano mayor que nunca

tuve, gracias totales.

Marcos Villacis Morales

Page 11: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

xi

ÍNDICE GENERAL

DEDICATORIA ..................................................................................................... vii

DEDICATORIA .................................................................................................... viii

AGRADECIMIENTO .............................................................................................. ix

AGRADECIMIENTO ............................................................................................... x

ÍNDICE GENERAL ................................................................................................. xi

ÍNDICE DE TABLAS ............................................................................................ xiv

ÍNDICE DE GRÁFICOS ........................................................................................ xv

ÍNDICE DE ANEXOS ........................................................................................... xvi

RESUMEN .......................................................................................................... xvii

ABSTRACT ........................................................................................................ xviii

INTRODUCCIÓN ................................................................................................... 1

CAPITULO I ........................................................................................................... 3

1. - Planteamiento del problema............................................................................. 3

2. - Formulación del problema ................................................................................ 4

3. - Objetivos de la investigación ............................................................................ 5

3.1. - Objetivo general ......................................................................................... 5

3.2. - Objetivos específicos ................................................................................. 5

4. - Interrogantes de investigación ......................................................................... 6

5. - Delimitación del objeto de investigación ........................................................... 6

6. - Justificación e importancia de la investigación ................................................. 6

7. - Premisa............................................................................................................ 7

8. - Operacionalización de las variables ................................................................. 8

CAPITULO II .......................................................................................................... 9

9. - Marco teórico ................................................................................................... 9

9.1. - Derecho de los niños, niñas y adolescentes. Evolución ............................. 9

10. - Trámite para rebaja ........................................................................................ 9

Page 12: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

xii

10.1. - Evolución del Código de la Niñez y Adolescencia en Ecuador:

Antecedentes ...................................................................................................... 9

11. - Trámite para rebaja de pensión alimenticia .................................................. 11

12. - Formulario de la demanda de pension alimenticia ....................................... 12

13. - Articulo innumerado 8 del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia ...... 13

14. - Características de la reducción de la pensión alimenticia ............................ 15

15. - Maneras en las que se puede pedir la rebaja de pensión alimenticia ........... 16

Forma extrajudicial ........................................................................................ 16

Forma Judicial ............................................................................................... 16

16. - El derecho de Igualdad ................................................................................ 18

17. - Marco contextual .......................................................................................... 19

18. - Marco conceptual ......................................................................................... 20

Pensión Alimenticia ....................................................................................... 20

Alimentos ....................................................................................................... 20

19. - Marco legal .................................................................................................. 20

CAPITULO III ....................................................................................................... 27

20. - Marco metodológico ..................................................................................... 27

20.1. - Procedimiento a utilizar .......................................................................... 27

20.2. - Tipos de investigación ........................................................................... 27

20.3. - Instrumentos de recolección de datos .................................................... 28

20.4. - Población o muestra .............................................................................. 28

20.5. - Análisis e interpretación de datos .......................................................... 29

CAPITULO IV ....................................................................................................... 38

21. - Resumen del caso: Causa N° 09209 – 2015 – 03042 .................................. 38

22. - La propuesta ................................................................................................ 41

22.1. - Desarrollo de la propuesta de la investigación ....................................... 41

CONCLUSIONES ................................................................................................ 46

RECOMENDACIONES ........................................................................................ 47

Page 13: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

xiii

BIBLIOGRAFÍA .................................................................................................... 48

ANEXOS .............................................................................................................. 50

Page 14: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

xiv

ÍNDICE DE TABLAS

Tabla 1 ......................................................................................................... 29

Tabla 2.......................................................................................................... 31

Tabla 3.......................................................................................................... 32

Tabla 4. ......................................................................................................... 33

Tabla 5. ......................................................................................................... 34

Tabla 6.......................................................................................................... 35

Tabla 7.......................................................................................................... 36

Tabla 8.......................................................................................................... 37

Page 15: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

xv

ÍNDICE DE GRÁFICOS

Gráfico 1 ....................................................................................................... 30

Gráfico 2 ....................................................................................................... 31

Gráfico 3 ....................................................................................................... 32

Gráfico 4. ...................................................................................................... 33

Gráfico 5. ...................................................................................................... 34

Gráfico 6 ....................................................................................................... 35

Gráfico 7 ....................................................................................................... 36

Gráfico 8 ....................................................................................................... 37

Page 16: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

xvi

ÍNDICE DE ANEXOS

Anexo 1. Análisis y Resultados.

Anexo 2. Informe de Avance de la Gestión Tutorial.

Anexo 3. Causa No. 09209 – 2015 – 03042

Anexo 4. Formulario único para disminución de pensión alimenticia.

Anexo 5. Encuesta.

Anexo 6. Fotografías.

Page 17: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA Y CIENCIAS SOCIALES Y POLITICAS CARRERA DE DERECHO

UNIDAD DE TITULACIÓN GRADO

xvii

INCIDENTE DE REBAJA DE PENSIÓN ALIMENTICIA FRENTE AL

DERECHO A LA IGUALDAD, APLICADO AL CASO NO. 09209-2015-03042

Autores: Miguel Angel Zambrano Santana

Marcos Paul Villacis Morales

Tutora: Abg. Sandra Tapia Barros

RESUMEN

Este trabajo de investigación tiene como tema “INCIDENTE DE REBAJA DE

PENSIÓN ALIMENTICIA FRENTE AL DERECHO A LA IGUALDAD APLICADO

AL CASO NO. 09209-2015-03042” en esta investigación demostraremos la

vulneración del derecho constitucional de igualdad que sufre el alimentante al

momento de requerir la rebaja de la pensión alimenticia frente a la petición de

aumento de la misma. Nuestra Constitución, en su artículo 11, numeral 2

manifiesta el derecho de igualdad; pero en el Código de la Niñez y Adolescencia al

hablar del derecho de alimentos, podemos notar que existen procedimientos

diferentes, vulnerando así el principio Constitucional de igualdad. Por esta razón,

vemos necesario reformar el Código de la Niñez y Adolescencia, en su artículo

innumerado 8 en el cual se debe aplicar el mismo procedimiento tanto como lo es

para el aumento de pensión alimenticia; así también debe ser para la rebaja de la

misma.

PALABRAS CLAVES: Pensión alimenticia, derecho de igualdad, alimentantes,

rebaja, vulneración.

Page 18: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA Y CIENCIAS SOCIALES Y POLITICAS CARRERA DE DERECHO

UNIDAD DE TITULACIÓN GRADO

xviii

FOOD PENSION REDUCTION INCIDENT AGAINST THE RIGHT TO

EQUALITY APPLIED TO THE CASE NO. 09209-2015-03042

Author: Miguel Angel Zambrano Santana

Marcos Paul Villacis Morales

Advisor: Abg. Sandra Tapia Barros

ABSTRACT

This research work has the theme “ALIMONY REDUCTION INCIDENT AGAINST

THE RIGHT TO EQUALITY AP- PLIED TO CASE NO. 09209-2015-03042” in this

investigation, we will show the violation of the constitutional right of equality

suffered by the obligor at the time of requiring the reduction of the alimony against

the request to increase it. Our Constitution, in its article 11, numeral 2 states the

right to equality; but in the Childhood and Adolescence Code, when talking about

food right, we can notice that there are different procedures, thus violating the

Constitutional principle of equality. For this reason, we see it necessary to reform

the Code of Childhood and Adolescence, in its innumerable article 8 in which the

same procedure should be applied as much as it is for the increase of alimony; so

it must also be for the reduction of the same.

KEYWORDS: Alimony, equality right, feeders, rebate, violation.

Page 19: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

1

INTRODUCCIÓN

Este trabajo de investigación tiene como tema “INCIDENTE DE REBAJA DE

PENSIÓN ALIMENTICIA FRENTE AL DERECHO A LA IGUALDAD APLICADO AL

CASO NO. 09209-2015-03042” este tema es muy importante por la necesidad que

tiene los alimentantes para exigir el derecho a la igualdad que se manifiesta en

nuestra Constitución, sin dejar que este cumpla con sus obligaciones.

La idea de la investigación es modificar el artículo innumerado 8 para que los

padres tengan la facilidad de cumplir con la pensión alimenticia, de forma

igualitaria para todas sus cargas familiares, de una manera responsable evitando

inconvenientes como falta de pago al tiempo establecido, y de esta manera

impidiendo una boleta de apremio personal.

En Capítulo I se hace referencia al planteamiento del problema, para conocer la

problemática que se está dando por lo cual hemos establecidos los objetivos

Generales y Específicos, los cuales nos indican el propósito alcanzar en este

estudio de investigación el mismo que no es solo en nuestra provincia, sino a nivel

Nacional.

En el Capítulo II se denomina Marco Teórico, en donde se plasma la recolección

de biografías para tener más claro el tema, y poder educar a los alimentantes

sobre el beneficio que causaría la igualdad de pensión alimenticia cuando hay más

de una carga familiar, también está la argumentación legal referente al tema de

investigación la misma que se tomó de la Constitución de la República del

Ecuador.

Page 20: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

2

En el Capítulo III está compuesto por la Metodología donde se señala el método a

utilizarse en este trabajo investigativo como es la muestra cuantitativa la que nos

ayudó a tomar un total de 186 alimentantes demandados en la Unidad Judicial

Florida de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia; para realizar el mismo utilizamos

unas encuestas, las cuales cuentan con sus respectivas tablas, gráficos e

interpretación.

En el Capítulo IV contiene la propuesta el mismo que consta el resumen del caso

No 09209-2015-03042, el desarrollo de la propuesta y el proyecto de reformatoria

al Código de la Niñez y Adolescencia en el Art 8 innumerado. La investigación

concluye con las recomendaciones, conclusiones y Bibliografía.

Page 21: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

3

CAPITULO I

1. - Planteamiento del problema

Nuestro trabajo está basado en la rebaja de la pensión alimenticia debido a que es

un problema actual en nuestra sociedad, el Código de la Niñez y Adolescencia, en

el artículo innumerado 8 expresa textualmente: “El pago de alimentos se debe

desde la presentación de la demanda, el aumento se debe desde la presentación

de la correspondiente demanda, pero la rebaja es exigible desde la fecha de la

resolución declarada por un juez” (Codigo Orgánico de la Niñez y Adolescencia,

2012), con el fin de que todo sea igualitario para las partes en dicho proceso.

La Constitución en su Art.11 numeral 2 señala la igualdad de derechos, al

presentar el incidente de rebaja de pensión alimenticia, esto surte efecto a partir

de la resolución emitida por el Juez; si aplicaríamos principio a la igualdad lo ideal

sería que surta efecto desde la exposición de la demanda como se realiza con los

incidentes de aumento de pensión alimenticia, de esta forma se ayudaría la

igualdad de derechos y no se vulneraria los mismos, en el caso de una nueva

carga familiar se generará una problemática al referirnos al desajuste en la

pensión alimenticia lastimando el interés superior del nuevo niño, viviendo un

riesgo tanto en su desarrollo personal, en el ámbito académico y social, motivando

gran desventaja en su vida diaria.

Creemos que el deber de pagar un monto de pensión alimenticia, no debe ser

inflexible hasta una resolución, más bien debe ser adecuado a la condición

económica del alimentante, considerándose desde la presentación del incidente y

no solo favorecer a cierto grupo como está sucediendo en los actuales momentos

sino a toda la ciudadanía sin medir clase social; exceptuando el niño que nació

Page 22: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

4

con un problema congénito o en su defecto en el post parto que se le presento una

afección que lo obliga a tener una atención especial.

Al constar un gran número de juicios de alimentos, en algún momento, el

alimentante de uno de estos juicios pedirá el incidente de rebaja de pensión

alimenticia, por alguno de los motivos exhibidos en nuestra legislación

(Disminución de ingresos económicos, nuevas cargas familiares) y dar igualdad de

derechos las cargas familiares ayudando a mejorar la calidad de vida sin

perjudicar a ninguno de ellos y consiguiendo que el demandado cumpla con la

pensión alimenticia para sus hijos.

2. - Formulación del problema

¿Cuál es la situación de los alimentantes de la Unidad Judicial Florida de Familia,

Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Guayaquil, desde el último

trimestre del año 2018 hasta el segundo trimestre del año 2019, en mención al

incidente de la rebaja de pensión alimenticia, por su situación económica?

Page 23: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

5

3. - Objetivos de la investigación

3.1. - Objetivo general

Establecer de manera judicial y doctrinaria el derecho del alimentante y el

derecho de igualdad, en el momento de solicitar rebaja de pensión

alimenticia.

3.2. - Objetivos específicos

Establecer un valor referencial al momento que se presente la demanda por

rebaja de pensión alimenticia.

Formular que se exija la rebaja desde la presentación de la demanda,

cuidando el interés superior del niño, niña y adolescente.

Diseñar una alternativa de solución al problema social y familiar de la

investigación.

Page 24: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

6

4. - Interrogantes de investigación

¿Qué significa incidente de rebaja de pensión alimenticia?

¿De qué manera la rebaja de pensión alimenticia vulnera el derecho de igualdad?

5. - Delimitación del objeto de investigación

Campo: Derecho.

Área: Niñez y Adolescencia.

Aspecto: La Rebaja de Pensión Alimenticia.

Espacial: Unidad Judicial Florida de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia.

Tiempo: Desde el último trimestre del año 2018 hasta el segundo trimestre del

año 2019.

6. - Justificación e importancia de la investigación

Este trabajo tiene como importancia el interés social y jurídico; es social, porque

impedirá que exista vulneración a los derechos de una nueva carga familiar es

decir el nuevo beneficiario, y si nos referimos que el motivo sea por variación de la

situación económica del alimentante no ocurriría una infracción a su derecho al

buen vivir instituido en nuestra Constitución, es jurídico, porque al realizar la

investigación adquiriremos cambios necesarios para esta problemática en la

administración de justicia de nuestro país.

La importancia de este trabajo se justifica en que el incidente de rebaja de la

pensión alimenticia es una problemática presente en nuestra colectividad, al no

Page 25: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

7

aprobar que la rebaja de pensión alimenticia sea reivindicatoria desde que se

presenta la demanda, como si ocurre al presentar la pensión alimenticia y el

aumento; forjando una contradicción a nuestra norma constitucional, quebrantando

los principios consagrados en la Constitución.

La necesidad alimenticia desde hace tiempo ha desempeñado una cargo de ayuda

social entre los familiares, lo cual nos aprueba un camino al éxito de nuestra

investigación tomamos en consideración la Declaración de los Derechos del Niño

de 1959, ya que lo consideramos uno de los Tratados Internacionales más

importantes que responde los derechos de los niños, niñas y adolescentes de esta

forma, procuramos investigar recursos de forma práctica a que tanto el

alimentante u obligado primordial como los alimentados, no queden

desamparados de sus derechos que se encuentran establecidos tanto en nuestra

Constitución como en los Tratados Internacionales de Derechos Humanos.

Mediante esta propuesta averiguamos hacer del incidente de rebaja de pensión

alimenticia un procedimiento sencillo, rápido y eficaz, adoptando el derecho tanto

para la persona que presta alimentos, para los beneficiarios de la misma y para

la nueva carga familiar por la que requiere la rebaja, a tener una vida digna que

certifique su desarrollo normal.

7. - Premisa

El incidente de rebaja de pensión alimenticia vulnera el derecho de igualdad,

desgastando tiempo y recursos tanto al sistema judicial como a los implicados; el

objetivo es disminuir la pensión para que ninguna de las cargas quede

desprotegida y reciban de manera igualitaria el dinero que le corresponde por el

demandado, desde la presentación de la demanda.

Page 26: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

8

8. - Operacionalización de las variables

Variable

Independiente

Conceptualización Dimensiones Indicadores Instrumentos

Rebaja de

Pensión

Alimenticia

La pensión alimenticia es una obligación económica ordenada por un Juez, tratándose de niños y adolescentes para alimentación, salud, educación etc.

Niños, niñas y

adolescentes

Código de la niñez

Encuestas

Dependiente: Conceptualización Dimensiones Indicadores Instrumentos

Derecho de

Igualdad

El derecho de igualdad es un

derecho inherente que tenemos todos los seres humanos

para ser reconocidos como

iguales ante la ley y de gozar de todos

los derechos otorgados.

Personas iguales

Constitución de La República del Ecuador

Sentencias

Page 27: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

9

CAPITULO II

9. - Marco teórico

9.1. - Derecho de los niños, niñas y adolescentes. Evolución

En la antigüedad los niños eran llamados como adultos pequeños, la idea de la

protección de los niños inicia en Francia ofreciendo la protección a los menores.

En 1841, protegieron a los menores en sus lugares de trabajo, en 1881 las leyes

de Francia garantizan el derecho a la educación de los menores, a inicios del siglo

XX, se implementa la protección de los menores en el área social, jurídica y

sanitaria. En 1924, la liga de las naciones (luego se llamaría en la ONU) le dio

importancia a tema de los menores por lo que se elaboró el comité para la

protección de los niños.

En 1959 se aprobó la declaración del derecho del niño, en medio de la guerra fría;

en Nueva York se aprueba los textos a la Declaración Universal de los Derechos

Humanos. En 1989 la Asamblea de la ONU aprueba la convención sobre los

derechos del niño, el mismo que contenía 54 artículos en el que manifestaban los

derechos económicos, sociales y culturales de los niños. Actualmente la

Convención ha sido firmada por 190 estados.

10. - Trámite para rebaja

10.1. - Evolución del Código de la Niñez y Adolescencia en Ecuador:

Antecedentes

Entendemos por derecho al conjunto de normar y principios con la cuya finalidad

es regular la conducta del ser humano, desde el siglo XIX, la mayoría de países

Page 28: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

10

publicaron sus códigos según sus propias necesidades, las mismas que tenían en

común en sus derechos y obligaciones.

“El siglo XX ha sido testigo de un proceso de reconocimiento y defensa a

los derechos de los niños/as, cuya máxima expresión fue la aprobación en el año

1989 por las Naciones Unidas de la Convención de los Derechos del Niño, lo cual

ha tenido una transcendencia jurídica”. (Maritan, 2012)

Los códigos han ido evolucionando según las necesidades de la sociedad y más

aún los de grupo de atención prioritaria entre estos los menores, con el fin que sus

derechos sean respetados y cumplidos como lo señala la ley. Esto ha conllevado

a que los progenitores mantengan el cuidado y protección del menor.

“El 6 de abril de 1934, se dicta el código del niño en Uruguay, siendo este

un guía para el código de menores en Ecuador, que se establece el 01 de agosto

de 1938, en la presidencia del general Alberto Enriquez Gallo, siendo la primera

ley en el país que sobre la protección jurídica del menor. En 1939, en los Registros

Oficiales No. 107 y 108 del 02 de marzo y 11 de abril respectivamente constan las

reformas al código de Menores de 1938 y se promulga la codificación de la ley de

menores, en la que manifiesta la disposición de garantizar los derechos de los

menores de parte del Estado”. (Mendoza, 2016)

Y es así que con el trascurso del tiempo ha habido cambios para bienestar de los

grupos de atención prioritaria, mejorando también los derechos de los niños, niñas

y adolescentes, tomando en cuenta también las obligaciones de los padres, por el

cual el tema de investigación ayuda a que los padres sean responsable dándole lo

justo que necesitan sus cargas familiares.

Page 29: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

11

“En el año 1948 se realiza la creación de los tribunales de menores con las

competencias en trámites y resoluciones en la protección de los menores que

tuvieron en vigor hasta junio del 2003, con la creación del Código de la Niñez y

Adolescencia, se creó la Sala Especializadas de la Familia, Mujer, Niñez y

Adolescencia; en la actualidad están las Unidades Judiciales de Familia Mujer

Niñez y Adolescencia en donde también conocen causas de los adolescentes

infractores, las salas están conformadas por jueces especializados en la materia”.

(Mendoza, 2016)

“En el año 1995 algunas organizaciones realizan un proceso de reflexión

sobre la legislación vigente, esto conllevo a que se realice una reforma al Código

de Menores, en especial en las instituciones encargadas de las garantías y

protección de los derechos”. (Universidad Católica de Santiago de Guayaquil,

2016)

11. - Trámite para rebaja de pensión alimenticia

Para iniciar este trámite se debe considerar el cambio de ingreso económico o la

responsabilidad de una carga familiar nueva, este trámite se debe presentar en la

misma Unidad Judicial donde se fijó a la pensión alimenticia anterior, para que el

juez establezca una nueva pensión alimenticia según la tabla de pensiones

alimenticias.

Actualmente el Consejo Nacional de la Judicatura en su pagina de web, podemos

descargar la solicitud (formulario único para demanda de rebaja/disminución de

pension alimenticia), el mismo que podemos presentar sin la necesidad de tener

un abogado para asi agilitar el tramite y cumplir con sus obligaciones a tiempo con

sus hijos (as).

Page 30: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

12

Fuente: Ecuador Legal online

12. - Formulario de la demanda de pension alimenticia

La evolución del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia establece el

bienestar y protección de los niños, niñas y adolescentes con el fin de certificar el

cumplimiento de sus derechos hasta que ellos tengan la edad capaz para hacerse

valer por sí mismo. El Código de la Niñez tiene como fin colaborar en el

cumplimiento de los principios inherentes al desarrollo de los niños y adolescentes

buscando una sociedad de igualdad y justicia.

Page 31: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

13

El Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia tiene la finalidad que los

progenitores cumplan con la responsabilidad que los alimentantes puedan percibir

las pensiones alimenticias. Lamentablemente en nuestra legislación se quebranta

el derecho de igualdad en el momento que se gestiona el trámite de reducción de

pensión alimenticia.

13. - Articulo innumerado 8 del Código Orgánico de la Niñez y

Adolescencia

Dentro de este estudio se plantea reformar el artículo citado que señala la pensión

de alimento que se debe por parte de uno de los progenitores, el mismo que

podemos señalar que se vulnera el derecho de igualdad, en el trámite de

reducción de la pensión alimenticia. El mismo que señala lo siguiente:

Código de la Niñez y Adolescencia título V del derecho de alimentos

Capítulo I derecho de alimentos art. innumerado 8 manifiesta desde que momento

se establece la pensión de alimentos:

“La pensión de alimentos se debe desde la presentación de la

demanda. El aumento se debe desde la presentación del correspondiente

incidente, pero su reducción es exigible sólo desde la fecha de la resolución

que la declara”. (Codigo Orgánico de la Niñez y Adolescencia, 2014)

En el artículo antes mencionado en cuanto al momento a la fijación de la pensión

alimenticia se ha vulnerado el derecho de igualdad. Vulnerando la jerarquía de la

norma como lo señala el art 425 de la Constitución de la Republica que señala:

Page 32: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

14

La Constitución de la República del Ecuador en el art 425 manifiesta:

“El orden jerárquico de atención de las normas será el siguiente: La

Constitución; los tratados y convenios internacionales; las leyes orgánicas; las

leyes ordinarias; las normas regionales y las ordenanzas distritales; los decretos y

reglamentos; las ordenanzas; los acuerdos y las resoluciones; y los demás actos y

decisiones de los poderes públicos”. (Constitucion de la República del Ecuador,

2008)

“Cuando exista conflicto entre normas, pero con jerarquía distinta, la Corte

Constitucional, las jueces, las juezas, servidores públicos entre otros,

deberán resolver mediante la aplicación de la norma jerárquica superior”.

(Constitucion de la República del Ecuador, 2008) La misma que se encuentra en

concordancia con el Art. 66 Núm. 4 que dice: “Derecho a la igualdad formal,

igualdad material y no discriminación”. (Constitucion de la República del Ecuador,

2008)

Ante los artículos antes expuestos de la Constitución vale manifestar que lo

referente a la rebaja de pensión alimenticia se viola el derecho de igualdad, ya que

la rebaja solo es aplicable con la resolución del juez, en comparación con el

trámite de fijación y aumento de pensión alimenticia, sin considerar que el

alimentante gestiona el trámite correspondiente, ya que no puede realizar el

mismo pago. Esto genera daños al alimentante, el cual debe seguir pagando la

misma pensión fijada hasta que no sea resuelta por un juez su petición de rebaja,

dejando al alimentante en indefensión.

Page 33: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

15

14. - Características de la reducción de la pensión alimenticia

Los tipos para la reducción de pensión alimenticia se dan por motivos, que han

afectado principalmente el ambiente económico del alimentante por lo que pueden

solicitarla cuando cumpla con dos requisitos importantes que son:

Nuevo integrante. (carga familiar)

Poco ingreso económico.

“La doctrina y la jurisprudencia con relación a la disminución de los ingresos

económicos del demandado, sostiene que para solicitar una rebaja de pensión

alimenticia debemos analizar dos elementos fundamentales, que es la capacidad

económica de quien debe el sustento de los alimentos y la otra es el cambio de las

circunstancias que este atravesando, para solicitar la incidencia de rebaja de la

pensión alimenticia”. (Asesoría Jurídica – Abogados del Maule, 2014)

“La capacidad financiera es de gran importancia y el juez tiene que ser

consiente en sus resoluciones y señalar un valor de acuerdo a la economía del

alimentante, en caso contrario estaría vulnerando los derechos del alimentante y

de sus nuevas cargas familiares a una vida decente y esto lo garantiza la

Constitución”. (Asesoría Jurídica – Abogados del Maule, 2014)

“Si nos referimos en el ámbito laboral del alimentante, si los ingresos económicos

ya no son los mismos por diferentes motivos, que pueden ser temporales como el

desempleo o nuevo trabajo, con sueldo menor al que se fijó una pensión

alimenticia, es lógico que esa pensión disminuya porque ya el alimentante no

cuenta con los ingresos anteriores para pagar”. (Maule, 2014)

Page 34: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

16

“El incidente de pensión alimenticia se puede solicitar si existe una de las causas

que son nueva carga familiar, o cambio de la situación económica del alimentante,

así exista una resolución en un futuro es factible su presentación. Para solicitar la

rebaja de la pensión de alimentos, debemos presentar una demanda en la Unidad

Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia; dentro del trámite de

rebaja/disminución de la pensión alimenticia es necesario nombrar al Juez

competente y este dará su resolución sobre lo solicitado por el actor favorable o en

contra según lo actuado en la audiencia”. (Mendoza Arroba Yesenia Estefani,

2016)

Por lo antes expresado tienen los mismos derechos y garantías constitucionales el

alimentante como el alimentado a un buen vivir, que no exista una vulneración a

los derechos de igualdad en el modo de rebaja de la pensión alimenticia; que se

genere desde la presentación de la demanda, como se lo efectúa con la incidencia

de aumento.

15. - Maneras en las que se puede pedir la rebaja de pensión alimenticia

Forma extrajudicial. - “No existe un proceso legal como su nombre lo indica es

extrajudicialmente se firma un acta entre las personas interesadas en una notaría

o también se puede acudir ante un mediador acreditado por el Consejo de la

Judicatura y presentarse el mismo documento en la Unidad Judicial de la Familia,

Mujer, Niñez y Adolescencia para que tenga fuerza legal existiendo cumplimento

de lo acordado”. (Abogados del Maule, 2016)

Forma Judicial. – “Si el alimentante no está de acuerdo con el monto que está

pasando a sus hijos, por motivo que tiene una nueva carga familiar y no se puede

Page 35: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

17

tramitar la rebaja de pensión alimenticia de forma extrajudicial, debemos llevar

mediante la instancia que corresponda”. (Abogados del Maule, 2016)

Nuestra Constitución establece el deber para las niñas, niños y

adolescentes y nos indica su desarrollo integral primordial para ellos, el ejercicio

pleno de sus derechos algo muy importante en este capítulo de nuestra

constitución aprobada en Montecristi en el año 2008 se refiere sobre que sus

derechos prevalecerán sobre los de las demás personas.

“Señala que las niñas, niños y adolescentes tendrán derecho a su

desarrollo integral, crecimiento, maduración y despliegue de su intelecto y

capacidades y también hace referencia en un entorno familiar, escolar, social ya

que esto permitirá la satisfacción de sus necesidades sociales, afectivas,

emocionales y culturales, con el apoyo de políticas intersectoriales nacionales y

locales”. (Constitución de la República del Ecuador, 2008)

El derecho de alimentos es una garantía constitucional y legal, es decir

todos tienen los mismos derechos el Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia

en el proceso del incidente de reducción de pensión alimenticia no procede al

momento de presentar la demanda, existiendo la vulneración de los derechos y

oportunidades de igualdad; por motivo de disminución de ingresos económicos o

porque el alimentante tuvo otra carga familiar y por lo tanto es imposible que

contribuya con el mismo monto establecido por el señor Juez en resolución

basado en la tabla de pensiones alimenticias.

Page 36: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

18

16. - El derecho de Igualdad

“Todas las personas somos iguales o semejantes ante la ley, sin

discriminación alguna de raza, sexo o condición social” (Constitución de la

República del Ecuador, 2008) pero por ser un grupo de atención prioritaria los

niños, niñas y adolescentes tienen un trato preferente. El Estado Ecuatoriano

“promueve la igualdad de derechos y obligaciones de sus padres para que pasen

alimentos como es uno de los derechos muy importantes para el alimentado”.

(Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, 2014)

El Ecuador por ser un Estado constitucional de derecho, en la última

reforma de la Constitución de la República del Ecuador del 2008 estableció “El

buen vivir, la dignidad de las personas, la igualdad y la no discriminación que por

años se ha venido dando, plantando mecanismos para la aplicación efectiva de la

igualdad evitando el trato desigual entre personas”. (Constitución de la República

del Ecuador, 2008)

El artículo 11 numeral 2 de la Constitución:

Hace referencia que todos somos iguales, por eso vemos la importancia de citarlo

en nuestra investigación y se refiere también que nadie podrá ser discriminado por

las diferentes razones que establece nuestra Constitución de la República del

Ecuador , se habla de igualdad ante la ley pero en el caso de los incidentes de

rebaja de pensión alimenticia eso queda tan solo en letra muerta, y se estaría

violando derechos Constitucionales resaltando que es nuestra norma suprema y

no puede estar otra ley encima de ella.

“El concepto de igualdad es indiscernible de los derechos humanos es el

principio que les da sustancia y razón de ser, la piedra angular es precisamente la

Page 37: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

19

idea de igualdad, los derechos humanos son producto del pensamiento ilustrado y

por lo tanto del primado de la razón en las sociedades tradicionales. Todo tiene un

lugar en un orden social y político que se considera externo a cada persona; los

privilegios de unos cuantos y la correlativa subordinación de otros se originan en el

nacimiento y son inmutables.

Los derechos sociales se configuran como derechos de igualdad entendida en el

sentido de igualdad material o sustancial, esto es, como derechos, no a

defenderse ante cualquier discriminación normativa, sino a gozar de un régimen

jurídico diferenciado o desigual en atención precisamente a una desigualdad de

hecho que trata de ser limitada o superada”. (Llanos Vilcanqui G, 2016)

Hasta la actualidad no hemos superado en su totalidad la aplicación del derecho

de igualdad a pesar que el Estado ha efectuado normas para la aplicación; pero

que notamos que existe una contradicción en su aplicación como en lo que se

refiere al incidente de rebaja de pensión alimenticia vulnerando los derechos de

las personas al momento de presentar dicho trámite.

17. - Marco contextual

La presente investigación, tiene a manera de muestreo el juicio 09209-2015-

03042, de la Unidad Judicial Florida de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con

sede en el cantón Guayaquil, en la que los autores han desarrollado su análisis a

base de la técnica de investigación del estudio del caso, en el que se exponen

concepto de tratadistas nacionales e internacionales, normativas constitucionales,

así como la jurisprudencia.

Page 38: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

20

18. - Marco conceptual

Pensión Alimenticia: “Pensión alimenticia es una obligación que adquieren los

padres de manera legal asignadas a ciertas personas para que generen, respecto

de otras, los beneficios necesarios para satisfacer las necesidades de los

menores, y que no lo quieran hacer de forma voluntaria”. (Abogados del Maule,

2016)

Alimentos: Cabanella define alimentos como “El contrato, testamento que se le

establece a alguna persona para sus gastos entre estos los más primordiales,

alimentación, salud, vivienda y educación, este se establece cuando él aún es

menor de edad”. (Miguel Cabanellas, 2011)

19. - Marco legal

Constitución de la República del Ecuador

En la Constitución se establece:

“El derecho a alimentos, a un cuidado íntegro de las niñas, niños y

adolescentes, también como otros derechos como a la salud integral, a la

educación al deporte, a la seguridad social, a tener una familia, a la participación

social, al respeto de su dignidad y libertad”. (Constitución de la República del

Ecuador, 2008)

“…Art. 11 numeral 2.-

“Señala que todas las personas somos iguales ante la ley y todos gozamos de los

mismos derechos, deberes y oportunidades; Sin importar nuestra etnia, genero,

sexo, edad, condición socioeconómica y por cualquier otra distinción personal o

Page 39: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

21

colectiva. Y con el fin de garantizar la aplicación de este principio el Estado debe

adoptar medidas que promuevan la igualdad de personas cuando los derechos se

encuentren en desigualdad”. (Constitución de la República del Ecuador, 2008)

El Art 43 manifiesta que:

“Las personas y colectividades tienen entre otros derechos el acceso seguro y

permanente a alimentos sanos, suficientes y nutritivos; preferentemente

producidos a nivel local y en correspondencia con sus diversas identidades y

tradiciones culturales. El Estado ecuatoriano es responsable de promover la

soberanía alimentaria”. (Constitución de la República del Ecuador, 2008)

El Art 44 señala que:

“El Estado, la sociedad y la familia promoverán de forma prioritaria el desarrollo

integral de las niñas, niños y adolescentes, y asegurarán el ejercicio pleno de sus

derechos; se atenderá al principio de su interés superior y sus derechos

prevalecerán sobre los de las demás personas”. (Constitución de la República del

Ecuador, 2008)

El Art. 45 establece:

“Las niñas, niños y adolescentes gozarán de todos los derechos comunes del ser

humano, adicional de los específicos de su edad. El Estado reconocerá y

garantizará la vida, incluso el cuidado y protección desde la concepción”.

(Constitucion de la Republica del Ecuador, 2008)

Page 40: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

22

El Art 69 indica:

“El estado promueve maternidad y paternidad responsables; la madre y el padre

estarán comprometidos entre otros deberes al cuidado, crianza, educación,

alimentación, desarrollo integral y protección de los derechos de sus hijas e hijos,

en particular cuando se encuentren separados de ellos por cualquier motivo”.

(Constitucion de la Republica del Ecuador, 2008)

Convenios Internacionales

Declaración de los Derechos del Niño, 1959

Resalta la idea de que los niños necesitan protección y cuidado especial,

“incluyendo una protección legal adecuada, antes del nacimiento y después del

nacimiento”.

La Declaración de los Derechos del Niño establece diez principios:

1. El derecho a la igualdad, sin distinción de raza, religión o nacionalidad.

2. El derecho a tener una protección especial para el desarrollo físico, mental

y social del niño.

3. El derecho a un nombre y a una nacionalidad desde su nacimiento.

4. El derecho a una alimentación, vivienda y atención médicos adecuados.

5. El derecho a una educación y a un tratamiento especial para aquellos niños

que sufren alguna discapacidad mental o física.

6. El derecho a la comprensión y al amor de los padres y de la sociedad.

7. El derecho a actividades recreativas y a una educación gratuita.

8. El derecho a estar entre los primeros en recibir ayuda en cualquier

circunstancia.

9. El derecho a la protección contra cualquier forma de abandono, crueldad y

explotación.

10. El derecho a ser criado con un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad

entre los pueblos y hermandad universal.

Page 41: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

23

Convención sobre los Derechos del Niño – Naciones Unidas, 1989

El 20 de noviembre de 1989 la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó

la Convención sobre los Derechos del Niño. Este es el primer tratado vinculante a

nivel nacional e internacional relativo al cumplimiento de los derechos civiles,

políticos, sociales, económicos y culturales de la infancia y la adolescencia. Todos

los países de América Latina y el Caribe han ratificado la Convención, asumiendo

así el compromiso de garantizar, proteger y promover los derechos de niños, niñas

y adolescentes, así como de generar las condiciones para que estos puedan exigir

su cumplimiento.

Código Orgánico de la Niñez y de la Adolescencia

“Cuerpo legal que trata de forma específica el Derecho a Alimentos, este

Código dispone sobre la protección integral que el Estado, la sociedad y la familia

deben garantizar a todos los niños, niñas y adolescentes que viven en el Ecuador,

con el fin de lograr su desarrollo integral y el disfrute pleno de sus derechos, en un

marco de libertad, dignidad y equidad, así como el derecho a presentar la Rebaja

de Pensión Alimenticia cuando el derecho de alimentos ha sido declarado”.

(Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, 2014)

“…Art. Innumerado (1). – “El presente Título reglamenta el derecho a alimentos

de los niños, niñas, adolescentes y de los adultos y adultas considerados como

titulares de derechos establecidos en esta Ley”. (Código Orgánico de la Niñez y

Adolescencia, 2014)

“…Art. Innumerado (2). – “El derecho a alimentos es propio a la relación

parentofilial y está relacionado con el derecho a la vida, la supervivencia y una

vida digna. Involucra la garantía de proporcionar los recursos necesarios para la

Page 42: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

24

satisfacción de las necesidades básicas de los alimentarios”. (Código Orgánico de

la Niñez y Adolescencia, 2014)

“…Art. Innumerado (3). “Este derecho es intransferible, intransmisible,

irrenunciable, imprescriptible, inembargable y no admite compensación ni

reembolso de lo pagado, salvo las pensiones de alimentos que han sido fijadas

con anterioridad y no hayan sido pagadas y de madres que hayan efectuado

gastos prenatales que no hayan sido reconocidos con anterioridad, casos en los

cuales podrán compensarse y transmitirse a los herederos”. (Código Orgánico de

la Niñez y Adolescencia, 2014)

“…Art. Innumerado (4). - Tienen derecho a reclamar alimentos:

1. “Las niñas, niños y adolescentes, salvo los emancipados voluntariamente que

tengan ingresos propios, a quienes se les suspenderá el ejercicio de éste derecho

de conformidad con la presente norma;

2. Los adultos o adultas hasta la edad de 21 años que demuestren que se

encuentran cursando estudios en cualquier nivel educativo que les impida o

dificulte dedicarse a una actividad productiva y carezcan de recursos propios y

suficientes; y,

3. Las personas de cualquier edad, que padezcan de una discapacidad o sus

circunstancias físicas o mentales les impida o dificulte procurarse los medios para

subsistir por sí mismas, conforme conste del respectivo certificado emitido por el

Consejo Nacional de Discapacidades CONADIS”. (Código Orgánico de la Niñez y

Adolescencia, 2014)

“…Art. Innumerado (5). “Los padres son los titulares principales de la obligación

alimentaria, aún en los casos de limitación, suspensión o privación de la patria

Page 43: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

25

potestad. En caso de: ausencia, impedimento, insuficiencia de recursos o

discapacidad de los obligados principales, ordenará que la prestación de alimentos

sea pagada o completada por uno o más de los siguientes obligados subsidiarios,

en su orden:

1. Los abuelos/as;

2. Los hermanos/as que hayan cumplido 21 años y no estén comprendidos en los

casos de los numerales dos y tres del artículo anterior; y,

3. Los tíos/as”. (Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, 2014)

“…Art. Innumerado (6). – “Estarán legitimados para demandar la prestación del

derecho de alimentos a favor de un niño, niña o adolescente o de las personas de

cualquier edad que padezcan de una discapacidad física o mental que les impida

hacerlo por sí mismas:

1. La madre o el padre bajo cuyo cuidado se encuentre el hijo o hija.

2. Los y las adolescentes mayores de 15 años”. (Código Orgánico de la Niñez y

Adolescencia, 2014)

“…Art. Innumerado (7). “La pensión de alimentos procede aún en los casos en

que el alimentado y el obligado convivan bajo el mismo techo.

Los miembros de la familia ampliada que en virtud de una medida de protección

dispuesta por la autoridad competente o en ejercicio de la tutela se encuentren

conviviendo con niños, niñas y adolescentes titulares del derecho de alimentos, no

serán obligados subsidiarios de la pensión de alimentos”. (Código Orgánico de la

Niñez y Adolescencia, 2014)

Page 44: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

26

“…Art. Innumerado (8). “La pensión de alimentos se debe desde la presentación

de la demanda. El aumento se debe desde la presentación del correspondiente

incidente, pero su reducción es exigible sólo desde la fecha de la resolución que la

declara”. (Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, 2014)

Código Orgánico de la Función Judicial

El artículo 9 del Código Orgánico de la Función Judicial establece que: “La

actuación de las juezas y jueces de la Función Judicial será imparcial, respetando

la igualdad ante la ley. En todos los procesos a su cargo, las juezas y jueces

deberán resolver siempre las pretensiones y excepciones que hayan deducido los

litigantes, sobre la única base de la Constitución, los instrumentos internacionales

de derechos humanos, los instrumentos internacionales ratificados por el Estado,

la ley y los elementos probatorios aportados por las partes”. (Código Orgánico de

la Función Judicial (actualizado), 2012)

Page 45: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

27

CAPITULO III

20. - Marco metodológico

20.1. - Procedimiento a utilizar

Este trabajo se desarrollará en una investigación cuantitativa, ya que nos permite

examinar nuestro estudio de campo, de esta manera “El método cuantitativo, usa

la recolección de datos para aprobar hipótesis, con base en la medición numérica

y el análisis estadístico, para establecer patrones de comportamiento y probar

teoría”. (Hernández & Batista, 2006)

Esta investigación se establece en una realidad existente de acuerdo a los datos

investigados, la misma que se llevará a cabo en la Unidad Judicial Florida de

Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la ciudad de Guayaquil. Mediante el

método cuantitativo se aplicará tabulación de los datos de la encuesta a realizarse,

la misma que nos ayudará a seguir los parámetros establecidos en esta

investigación.

20.2. - Tipos de investigación

Esta investigación es de enfoque cuantitativo, en base a las encuestas que se

realizará a los alimentantes que llevan su caso en la Unidad Judicial Florida de

Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la ciudad de Guayaquil.

En cuanto a esta investigación es una manera de recopilar información

dirigiéndonos al campo de estudio como lo es la encuesta, ya que con esta

información recopilada podemos analizar los datos para que este trabajo tenga un

mejor análisis.

Page 46: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

28

20.3. - Instrumentos de recolección de datos

Los datos para esta investigación fueron recolectados a una base preguntas

concernientes a nuestro estudio del caso. La elección de técnicas e instrumentos

de recolección de datos implica determinar por cuales medios o procedimientos el

investigador obtendrá la información necesaria para alcanzar los objetivos de la

investigación.

20.4. - Población o muestra

La muestra se obtuvo mediante encuestas que se realizó a los alimentantes.

Las opiniones en la entrevista nos ayudan a obtener una investigación certera de

los datos adquiridos.

La presente investigación se tomó como universo a los alimentantes de la Unidad

Judicial Florida de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con un total de 350.

En la presente investigación la muestra de acuerdo a la población se aplica la

siguiente formula:

n = N

( E )² ( N - 1 + 1 )

n= muestra

N= población

E= error o precisión admisible

n = 350

(0,05)² (350 - 1) + 1

Page 47: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

29

n = 350

(0,05)² (349) + 1

n = 350

1,8725

n = 186

20.5. - Análisis e interpretación de datos

Encuestas realizadas a los alimentantes en la Unidad Judicial Florida de Familia,

Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Guayaquil.

Pregunta N° 1

¿Considera que existe una protección a los derechos de las niñas, niños y

adolescentes en la Constitución de la República del Ecuador estableciendo el

pago de alimentos?

Tabla N° 1.

Alternativa Frecuencia Porcentaje %

SI 155 83%

NO 31 17%

TOTAL 186 100%

Fuente: Alimentantes de la Unidad Judicial Florida Elaborado por: Miguel Zambrano – Marcos Villacis.

Page 48: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

30

Gráfico 1. Protección a los derechos de las niñas, niños y adolescentes en la

Constitución de la República del Ecuador.

Elaborado por: Miguel Zambrano – Marcos Villacis.

Análisis e Interpretación de Datos

De los resultados obtenidos en la presente investigación se pone en evidencia que

el 83% de encuestados considera que nuestra Constitución protege los derechos

de las niñas, niños y adolescentes estableciendo el pago de alimentos

garantizando este derecho; mientras que el 17% creen que la Constitución de la

República del Ecuador no garantiza la protección los derechos de las niñas, niños

y adolescentes dictaminando en el pago de alimentos.

Page 49: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

31

Pregunta N° 2

¿Conoce en que consiste el Derecho de Alimentos?

Tabla N° 2.

Fuente: Alimentantes de la Unidad Judicial Florida Elaborado por: Miguel Zambrano – Marcos Villacis.

Gráfico 2. En que consiste el Derecho de Alimentos.

Elaborado por: Miguel Zambrano – Marcos Villacis.

Análisis e Interpretación de Datos

De los resultados obtenidos en la presente investigación se pone en evidencia que

el 96% de encuestados conoce en que consiste el derecho de alimentos; mientras

que el 4 % desconoce el derecho que tienen todos los niños a una mantención

alimenticia.

Alternativa Frecuencia Porcentaje %

SI 179 96%

NO 7 4%

TOTAL 186 100%

Page 50: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

32

Pregunta N° 3

¿Cree que todas las personas son iguales ante la Constitución de la República del

Ecuador?

Tabla N° 3.

Fuente: Alimentantes de la Unidad Judicial Florida

Elaborado por: Miguel Zambrano – Marcos Villacis.

Gráfico 3. Las personas son iguales ante la Constitución de la República del

Ecuador.

Elaborado por: Miguel Zambrano – Marcos Villacis.

Análisis e Interpretación de Datos

De los resultados obtenidos en la presente investigación se pone en evidencia que

el 53% de encuestados considera que nuestra Constitución no protege los

derechos de las niñas, niños y adolescentes estableciendo el pago de alimentos

garantizando este derecho; mientras que el 47 % creen que la Constitución de la

República del Ecuador si garantiza la protección los derechos de las niñas, niños y

adolescentes dictaminando en el pago de alimentos.

Alternativa Frecuencia Porcentaje %

SI 88 47%

NO 98 53%

TOTAL 186 100%

Page 51: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

33

Pregunta N° 4

¿Tiene conocimiento en que consiste la rebaja de pensión alimenticia?

Tabla N° 4.

Fuente: Alimentantes de la Unidad Judicial Florida Elaborado por: Miguel Zambrano – Marcos Villacis.

Gráfico 4. En que consiste la rebaja de pensión alimenticia.

Elaborado por: Miguel Zambrano – Marcos Villacis.

Análisis e Interpretación de Datos

De los resultados obtenidos en la presente investigación se pone en evidencia que

el 65% de encuestados desconocían, que cuando hay otra carga familiar, se

puede solicitar la rebaja de la pensión alimenticia; mientras que el 35% de los

encuestados si tienen conocimiento, que pueden solicitar la rebaja de pensión

alimenticia.

Alternativa Frecuencia Porcentaje %

SI 66 35%

NO 120 65%

TOTAL 186 100%

Page 52: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

34

Pregunta N° 5

¿Piensa que la rebaja de pensión alimenticia se aplica el derecho de igualdad,

referente al aumento de pensión alimenticia?

Tabla N° 5.

Fuente: Alimentantes de la Unidad Judicial Florida Elaborado por: Miguel Zambrano – Marcos Villacis.

Gráfico 5. Se aplica el derecho de igualdad, referente al aumento de pensión

alimenticia.

Elaborado por: Miguel Zambrano – Marcos Villacis.

Análisis e Interpretación de Datos

De los resultados obtenidos en la presente investigación se pone en evidencia que

el 98% de encuestados considera que no se aplica el derecho de igualdad en el

pago de la pensión alimenticia; mientras que el 2% creen considera que si hay

igualdad en la misma.

Alternativa Frecuencia Porcentaje %

SI 4 2%

NO 182 98%

TOTAL 186 100%

Page 53: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

35

Pregunta N° 6

¿Está de acuerdo que se rebaje la pensión alimenticia desde la resolución del

Juez?

Tabla N° 6.

Fuente: Alimentantes de la Unidad Judicial Florida Elaborado por: Miguel Zambrano – Marcos Villacis.

Gráfico 6. Se rebaje la pensión alimenticia desde la resolución del Juez.

Elaborado por: Miguel Zambrano – Marcos Villacis.

Análisis e Interpretación de Datos

De los resultados obtenidos en la presente investigación se pone en evidencia que

el 100% de encuestados tienen mutuo acuerdo que debe rebajarse la pensión

alimenticia cuando existe otra carga familiar. Para poder cumplir con sus

obligaciones con todos sus hijos (as) de manera igualitaria.

Alternativa Frecuencia Porcentaje %

SI 0 0%

NO 186 100%

TOTAL 186 100%

Page 54: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

36

Pregunta N° 7

¿Está de acuerdo que la rebaja de pensión se debe aplicar desde la presentación

de la demanda, para garantizar el derecho de igualdad?

Tabla N° 7.

Fuente: Alimentantes de la Unidad Judicial Florida

Elaborado por: Miguel Zambrano – Marcos Villacis.

Gráfico 7. Se debe aplicar desde la presentación de la demanda, para garantizar

el derecho de igualdad.

Elaborado por: Miguel Zambrano – Marcos Villacis.

Análisis e Interpretación de Datos

De los resultados obtenidos en la presente investigación se pone en evidencia que

el 100% de encuestados considera que este trámite debe aplicarse desde la

presentación de la demanda y evitar que se haga una diferencia proporcional en la

pensión alimenticia. Cabe recalcar que la encuesta se realizó a alimentantes que

están demandados por alimentos y tienen más de una carga familiar.

Alternativa Frecuencia Porcentaje %

SI 186 100%

NO 0 0%

TOTAL 186 100%

Page 55: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

37

Pregunta N° 8

¿Cree que para aplicar el derecho de igualdad se debe reformar el artículo

innumerado 8 del Código de la Niñez y Adolescencia?

Tabla N° 8.

Fuente: Alimentantes de la Unidad Judicial Florida Elaborado por: Miguel Zambrano – Marcos Villacis.

Gráfico 8. Se debe reformar el artículo innumerado 8 del Código de la Niñez y Adolescencia.

Elaborado por: Miguel Zambrano – Marcos Villacis.

Análisis e Interpretación de Datos

De los resultados obtenidos en la presente investigación se pone en evidencia que

el 100% de encuestados considera que si se debe reformar el artículo 8 del

Código de la Niñez y Adolescencia. Para evitar inconvenientes como falta de

pagos a tiempos de la pensión alimenticia.

Alternativa Frecuencia Porcentaje %

SI 186 100%

NO 0 0%

TOTAL 186 100%

Page 56: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

38

CAPITULO IV

21. - Resumen del caso: Causa N° 09209 – 2015 – 03042

Dentro de la petición de Rebaja de Pensión Alimenticia analizaremos el caso del

señor “JOHNNY RICHARD VASQUEZ RIERA que según lo que establece el

Código de la Niñez y Adolescencia Art. Innumerado 42 se inicia con la

presentación del formulario para la demanda de rebaja/disminución de pensión

alimenticia el 30 de octubre de 2018” (Consulta de Procesos , s.f.)

El 22 de febrero de 2019 la demanda es considerada clara, precisa, completa, y

al reunir los correspondientes requisitos de Ley, se sigue tramite Sumario,

establecido en los artículos 332 y 333 del COGEP y se cita en lugar que se indica,

la parte demandada luego de realizada la citación tiene 10 días para presentar la

contestación a la demanda, y de la obligación que tiene de señalar domicilio

judicial electrónico, para sus futuras notificaciones y de la obligación que tiene de

comparecer de manera personal a la Audiencia Única que se convocara con

posterioridad y dentro de los términos señalados en el artículo 333.4 del COGEP”

(Consulta de Procesos , s.f.)

“En este caso la citación a la demandada Nerys Diana Hernández Manrique, se

realizó el día 8, 10 y 11 de abril de 2019, bajo responsabilidad del citador judicial

Coronel Heredia Fernando Francisco, habiéndosela declarado citada legalmente a

la demandada en providencia de fecha 15 de mayo de 2019. (Consulta de

Procesos , s.f.)”

Y de esta manera el juez convoca a audiencia, para el martes 04 de junio de

2019, los mismos que se presentaran, ya sea de forma personal o a través de sus

Page 57: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

39

abogados legalmente autorizados, quienes intervenir con procuraduría judicial. La

Audiencia Única se desarrollará en dos fases, una es la fase de saneamiento,

fijación de los puntos que se debatirán y la conciliación estos son los puntos

tratados dentro de la primera fase y en la otra fase concierne a las pruebas y los

respectivos alegatos, para la cual las partes deberán contar con todos los medios

de prueba anunciados en su demanda y contestación de ser el caso, dejando

constancia el juez que la demandada no compareció al proceso dentro del término

de diez días para su contestación (Consulta de Procesos , s.f.)

Martes 4 de junio de 2019 se realizó la audiencia única compareció el actor

acompañado de su abogada patrocinador; sin la presencia de la parte

demandada, se admitió como prueba a favor de la parte actora la partida de

nacimiento de su otra carga familiar de nombres Vásquez Cevallos Nelson

Maximiliano; Certificado emitido por la Agencia de Tránsito Municipal, Certificado

emitido por el SRI.

EL Juez Resolvió declarar con lugar el INCIDENTE DE REBAJA DE PENSION

ALIMENTICIA presentada por Johnny Richard Vásquez Riera en contra de Nerys

Diana Hernández Manrique, y se determinó como pensión alimenticia definitiva la

cantidad de $169,93 (Ciento Sesenta Y Nueve Dólares Norteamericanos), más los

beneficios de ley, a favor de los menores Iván Antonio Y Johnny Xavier Vásquez

Hernández, Que deberán ser pagados los cinco primero días de cada mes por

mesadas adelantadas, QUE CORRERÁN A PARTIR DESDE LA FECHA DE LA

PRESENTE RESOLUCIÓN

Notamos con en el caso investigado que se vulnera el derecho de Igualdad ya

que transcurrió desde la fecha de presentación del incidente de rebaja de pensión

alimenticia 30 de octubre de 2018 hasta su resolución que fue el 4 de junio de

Page 58: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

40

2019 para que el alimentante cancele la pensión alimenticia de acuerdo a su

estado económico, existió vulneración tanto para el alimentante como para la otra

carga familiar pues en el tiempo transcurrido desde la presentación de la demanda

hasta la resolución el otro hijo del actor no goza de sus derechos ya que el padre

no contaba con suficiente dinero para cubrir las necesidades del menor. Es por tal

razón que consideramos que esta reforma es necesaria para que de la misma

manera que el aumento, la rebaja de pensión alimenticia se aplique desde su

presentación.

Consideramos que existe un vacío legal en nuestra legislación, que vulnera el

principio de igualdad, nos referimos que muestra constitución establece de manera

prioritaria el interés del niño, pero no señala como resolver los derechos de un

menor sobre los derechos de otro menor (nueva carga familiar).

Para Jaramillo ponderación es “Es una técnica de interpretación jurídica que, se

utiliza para resolver conflictos entre principios constitucionales, cuando estos no

pueden ser resueltos mediante los criterios de competencia, y es así que la

ponderación establece una jerarquía que el juez construye con el fin de resolver

casos específicos”. (Jaramillo, 2011)

Tomando en cuenta lo que es la ponderación vale señalar que en la legislación

ecuatoriana no es aplicada correctamente ya que solo se está valorando el

derecho del menor que demando alimentos, y no el derecho de alimentos que

tiene la nueva carga familiar del alimentante.

Page 59: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

41

TEMA: “INCIDENTE DE REBAJA DE LA PENSIÓN ALIMENTICIA FRENTE AL

DERECHO A LA IGUALDAD, APLICADO AL CASO No. 09209- 2015-03042”

22. - La propuesta

22.1. - Desarrollo de la propuesta de la investigación

La rebaja de pensión alimenticia vulnera los derechos en dos aspectos primero del

alimentante que debe la pensión y que solicita la rebaja porque su situación

económica cambió, y segundo en el caso de que se dé por nueva carga familiar,

ya que se solicita rebaja por otra carga familiar al no existir la aplicación desde el

momento en que se presenta el incidente de rebaja de pensión alimenticia se

estaría vulnerando los derechos de las nuevas cargas familiares.

La Constitución de la República del Ecuador garantiza la igualdad como derechos

que tenemos que respetar, para lograr que se ofrezca a la sociedad iguales

derechos y deberes, para tener justicia, transparencia e imparcialidad en los

procesos y sobre todo que con lleve una sentencia justa este estudio de caso va

enfocado a la aplicación del derecho de igualdad. El Art. 66 de la Constitución de

la República del Ecuador en su numeral 4 manifiesta que los derechos son de

igual forma y de igual manera y no existir discriminación.

En el trámite de reducción de pensión alimenticia tomamos en consideración la

norma de mayor jerarquía nuestra Constitución en referencia a la igualdad porque

existe una vulneración del derecho de igualdad del alimentante al momento de

presentar el incidente de rebaja. Hasta que mediante resolución del juez se rebaje

la pensión alimenticia quien velará por los hijos dependientes del obligado, será

que se suspende sus derechos o se endeuda el alimentante para satisfacer un

monto que le es insostenible pagar y que todos disfruten del mismo derecho, pero

nos hacemos una pregunta después de endeudarse de que manera va a cancelar

Page 60: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

42

por lo tanto va a privar a sus otros hijos al buen vivir establecido en nuestra norma

suprema.

Lo que planteamos es reformar el artículo del Código Orgánico de la Niñez y

Adolescencia Innumerado 8, para garantizar el derecho de igualdad establecido en

nuestra Constitución, y que no exista una vulneración de derechos tanto para las

nuevas cargas familiares como para el alimentante, por lo que consideramos la

necesidad que el incidente de rebaja de pensión alimenticia se lo aplique desde su

presentación sin tener que esperar la resolución del Juez.

Realizamos esta propuesta en los siguientes términos.

“PROPUESTA DE PROYECTO DE LEY ORGÁNICA REFORMA AL CÓDIGO

ORGÁNICO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA SOBRE EL INCIDENTE DE

REBAJA DE PENSION ALIMENTICIA FRENTE AL DERECHO DE IGUALDAD”

Page 61: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

43

REPÚBLICA DEL ECUADOR, ASAMBLEA NACIONAL PLENO DE LA

ASAMBLEA NACIONAL

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad al art 1 de la Constitución de la República manifiesta que el

Ecuador es un es Estado Constitucional de derechos y justicia, social,

democrático, soberano. Independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico.

Que, “el Artículo 6 de la Constitución de la República del Ecuador señala que

todas las ecuatorianas y los ecuatorianos son ciudadanos y gozaran de los

derechos establecidos en la Constitución”.

Que, el Artículo 11 numeral 2 de la de la Constitución de la República del Ecuador

establece que todas las personas son iguales y gozan de los mismos derechos,

deberes y oportunidades.

Que, “el Artículo 11 numeral 3 de la Constitución de la República del Ecuador

manifiesta que los derechos y garantías Constitucionales serán de directa e

inmediata aplicación por y ante cualquier funcionario o funcionaria judicial sea de

oficio o a petición de parte.

Page 62: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

44

Que, el Artículo 45 de la Constitución de la República del Ecuador señala que los

niños, niñas y adolescentes gozarán de los derechos frecuentes del ser humano,

además de los específicos de su edad.

Que, el artículo 424 de la Constitución de la República del Ecuador indica que la

Constitución tiene mayor jerarquía ante cualquier otro ordenamiento jurídico y

tanto las normas y los actos de poder público deberán conservar conformidad con

las disposiciones; en otro caso carecerán de eficacia jurídica.

En el ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 6 del artículo 120 de

la Constitución, numeral 6 del artículo 9 de la Ley Orgánica de la Función

Legislativa, remite la siguiente Ley Orgánica para reformar CÓDIGO ORGÁNICO

DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA.

Artículo 1.- Añádase en el Art. Innumerado 8 del Código de la Niñez y

Adolescencia lo siguiente:

TÍTULO V

CAPÍTULO 1

DERECHO A ALIMENTOS

Texto anterior:

El Artículo Innumerado 8 “La pensión de alimentos se debe desde la presentación

de la demanda. El aumento se debe desde la presentación del correspondiente

incidente, pero su reducción es exigible sólo desde la fecha de la resolución que la

declara”. (Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, 2014)

Page 63: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

45

Texto Actual

El Artículo Innumerado 8 La pensión de alimentos se debe desde la presentación

de la demanda. El aumento y rebaja será exigible desde el momento de la

presentación de la demanda.

Page 64: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

46

CONCLUSIONES

“En este análisis realizado establecimos que en el momento de administrar

justicia se vulnera el derecho de igualdad, más aún representar a las

pensiones alimenticias. Ya que no existe igualdad en la tramitación del

aumento de pensión alimenticia contra la rebaja de la misma. En el primero

hay un efecto inmediato y se genera desde el momento de poner la

demanda por pensión alimenticia mientras en el segundo el efecto se

genera luego de que exista una resolución, logrando evidenciarse que en

esta manera existe diferencia para el alimentante.

“Este proceso en muchos casos puede tardar meses, los mismos que

generarían una inestabilidad económica al alimentante ya que debería

pagar la pensión alimenticia establecida, pero en esta ocasión con una

situación económica diferente. El artículo del Código Orgánico de la Niñez y

Adolescencia innumerado 8 mientras beneficia a unos, el mismo perjudica a

otros sin respetar el derecho de igualdad establecido en nuestra

Constitución.

Dentro de esta investigación comprobamos que el derecho de igualdad no

se emplea en lo que manifiesta el artículo 8 innumerado del Código

Orgánico de la Niñez y Adolescencia, lo cual requerimos que este artículo

sea reformado, así respetando el derecho de igualdad.

Page 65: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

47

RECOMENDACIONES

Que los asambleístas revisen las inconsistencias (vacíos) que se

encuentran dentro del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia

concerniente al procedimiento para la rebaja de la pensión alimenticia,

considerando que la constitución prevalece ante cualquier otra norma y así

hacer practicar lo que esta dispone.

Que el Art. innumerado 8 sea reformado y así impedir la vulneración del

derecho de igualdad, en el momento que la situación económica del

alimentante cambie, tanto el alimentado como el alimentante gocen de una

vida digna.

Que el incidente de rebaja de la pensión alimenticia se dé desde la

presentación de la demanda y no de la manera que actualmente se hace,

de la misma manera que se da en el aumento. De esta forma se respeta el

derecho de igualdad para todos y todas sin discriminación de género.

Page 66: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

48

BIBLIOGRAFÍA

A.E . Perez Luño. (2007). Dimensiones de igualdad. España.

Abogados del Maule. (2016). Pension Alimenticia.

Codigo Orgánico de la Niñez y Adolescencia. (2012). Asamblea Nacional. Quito:

Lexis.

Constitucion de la Republica del Ecuador. (2008). Asamblea Nacional. Quito.

Consulta de Procesos . (s.f.). ESATJE. Obtenido de

http://consultas.funcionjudicial.gob.ec/informacionjudicial/public/informacion.

jsf

Defensoria del Pueblo Ecuador. (2012). Compendio de los casos mas relevantes

en relacion al derecho a la igualdad y no discriminacion.

Ferrando M.G. (1993). La entrevista. México: Alianza.

Hernández & Batista . (2006). Metodologia de la investigación. México.

Hurtado . (2000). Técnica de la investigación .

Jaramillo, V. (2011). Las garantias jurisdiccionales en el sistema juridico

Ecuatoriano. Quito: Corporación de Estudios Publicaciones.

Llanos Vilcanqui G, R. (2016). Principio de Igualdad Maestria en derecho

constitucional.

Maritan, G. (Marzo de 2012). "La convención de los derechos del niño como

tratado de derechos específicos de la niñez y la adolescencia". Obtenido de

www.eumed.net/rev/cccss/19/

Maule, A. J.-A. (2014). Pension Alimenticia Generalidades. Quito.

Mendez, H. (s.f.). Origen de la igualdad y causa de la desigualdad humana.

Obtenido de monografias.com: https://www.monografias.com

Mendoza Arroba Yesenia Estefani. (2016). Proyecto de reforma al artículo

innumerado 6 del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, para

garantizar la aplicación del artículo 76 numeral 7 literal g de la Constitución,

en la Unidad Judicial Primera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia.

Quito.

Mendoza, Y. (2016). PROYECTO DE REFORMA AL ARTÍCULO INNUMERADO 6

del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia. Obtenido de

Page 67: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

49

http://dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/5421/1/Yesenia%20Est

hef

Miguel Cabanellas. (2011). Diccionario Juridico Elemental . Buenos Aires -

Argentina: HELIASTA.

Universidad Católica de Santiago de Guayaquil. (28 de Noviembre de 2016).

Revista Jurídica Facultad de Jurisprudencia. Obtenido de

http://www.revistajuridicaonline.com/2006/01/anlisis-del-cdigo-de-la-niez-

yadolescencia-del-ecuador/

Page 68: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,

50

ANEXOS

Anexo 1. Análisis y Resultados.

Anexo 2. Informe de Avance de la Gestión Tutorial.

Anexo 3. Causa No. 09209 – 2015 – 03042

Anexo 4. Formulario único para disminución de pensión alimenticia.

Anexo 5. Encuesta.

Anexo 6. Fotografías.

Page 69: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,
Page 70: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,
Page 71: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,
Page 72: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,
Page 73: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,
Page 74: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,
Page 75: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,
Page 76: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,
Page 77: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,
Page 78: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,
Page 79: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,
Page 80: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,
Page 81: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,
Page 82: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,
Page 83: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,
Page 84: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,
Page 85: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,
Page 86: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,
Page 87: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,
Page 88: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,
Page 89: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,
Page 90: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,
Page 91: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,
Page 92: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,
Page 93: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,
Page 94: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,
Page 95: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,
Page 96: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,
Page 97: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,
Page 98: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,
Page 99: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,
Page 100: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,
Page 101: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,
Page 102: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,
Page 103: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,
Page 104: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,
Page 105: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,
Page 106: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,
Page 107: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,
Page 108: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,
Page 109: FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS …repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/42988/1/Zambrano...Yo, MIGUEL ANGEL ZAMBRANO SANTANA, C.C.: 092590475-7 y MARCOS PAUL VILLACIS MORALES,