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l. ",,, ," N" ....' .... ['"n ' p'",""", lo '" f,,"',.' ..... p,,,, «,,.,,,,, d, D.,,,. Pn .. Sujeto obligado ante el cual se pr ese nt ó la solic itud : Partido de la Revolución Democráti ca Folio de la so l ic itud: 2234000027819 Expediente: RRA 1546 111 9 Com ision ad o Po ne nt e: Osear Mauricio Guer ra Ford Ciudad de México, a cuatro de marzo de dos mil veinte VI ST O: El estado que guarda el expediente identificado con el número RRA 15461119, re lativo al recurso de revisión sel'\ alado al rubro, el cual se interpuso en cont ra de la respuesta emitida por el Pa rti do de la Revolu ció n De moc tica, se formu la resolución en atención a los siguientes: RESU LTAND OS 1. El dieciséis de oc tu bre de dos mil diecinueve, a través de la Plat aforma Naciona l de Transpa rencia, la parte interesada requ irió, en forma to el ect rón ico g ra t uit o, lo siguiente, Desc ripción de la solicit ud de información: Oelalle de la so l iCi tud Requ i ero l oda la inf orm a ció n refe ren te a FUTURO 21, proyecto , propuestas po liticas, docume n tos, inl eg ra nt es , eventos, I nV i tados, gasl os, paglnaweb, s ed e, lelet ono oficial y di re cc n, en todo l os estados donde esten trabajando este proyecto. conSide ran do que lo han anu nciado olicialmente en el PRO , 1 1. El ve intiocho de noviembre de dos mil diecinueve, la parte inconforme presentó el recurso de revisión, e xp resando al efecto lo siguiente- de la Inte rposición: NO ME ENTR EGARON l)\, INFO RMACiÓN QUE SOLICITE NO ME ENTREGARON l)\, IN FORMAC iÓN QUE SOLICI TE 111. El veintiocho de noviembre de dos mil diecinueve, el Comisionado Presidente asignó el número de exp ediente RR A 1546 111 9 al recurso de revisión y, de conformidad con el Pág ina 1 de 37

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Sujeto obliga do ante e l cual se presentó la solic itud : Partido de la Revolución Democrática Fo lio de la solicitud: 22340000278 19 Exped iente: RRA 1546111 9 Comisionado Ponente: Osear Mauricio Guerra Ford

Ciudad de México, a cuatro de marzo de dos mil veinte

VI STO: El estado que guarda el expediente identificado con el número RRA 15461119,

re lativo al recurso de revisión sel'\alado al rubro, el cual se interpuso en contra de la

respuesta emit ida por el Pa rtido de la Revo lución Democrá t ica, se formu la resolución

en atención a los siguientes:

RESU LTAND OS

1. El dieciséis de octubre de dos mil diecinueve, a través de la Plataforma Naciona l de

Transpa rencia, la parte interesada requ irió, en fo rmato electrónico g ra tuito , lo

siguiente,

Descripción de la solicitud de información: Oelal le de la soliCitud Requiero loda la información referente a FUTURO 21, proyecto, propuestas politicas, documentos, inlegrantes, eventos, InVitados, gaslos, paglnaweb, sede, leletono oficial y direcc ión, en todo los estados donde esten trabajando este proyecto. conSiderando que lo han anunciado olicialmente en el PRO,

11. El veintiocho de noviembre de dos mil diecinueve, la parte inconforme presentó el

recurso de revisión, expresando al efecto lo siguiente-

Ra~ón de la Interposición: NO ME ENTREGARON l)\, INFORMACiÓN QUE SOLICITE NO ME ENTREGARON l)\, INFORMAC iÓN QUE SOLICITE

111. El veintiocho de noviembre de dos mil diecinueve, el Comisionado Presidente asignó

el número de expediente RRA 1546111 9 al recurso de revisión y, de conformidad con el

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Sujeto obligado ante el cual se presentó la solici tud : Partido de la Revolución Democrática Folio de la solici tud : 22340000278 19 Expediente: RRA 15461/19 Comisionad o Ponente: Oscar Mauricio Guerra Ford

sistema aprobado por el Pleno de este Inslllulo, lo lumó al Comisionado Ponente Oscar

Mauriclo Guerra Ford , para efectos del articulo 156, fracción I de la Ley Federal de

TransparenCia y Acceso a la Informae.ón Publica

IV. El tres de diciembre de dos m il diecinueve, a través del sistema electrónico habililado

por este Instituto para realizar solicitudes de InformaCión, el sujeto obligado Incorporó el

oficio alfanuménco CPRFI687119, del veintidós de octubre de ese mismo a¡")o, suscnto

por el Coordinador Nacional del Patrimonio y Recursos FinanCieros, dirigido al Titular de

la Unidad de Transparencia, ambos adscritos al sujeto obligado, mediante el cual notificó

la respuesta siguiente

Me perm~o dar respuesta a IIUS ofICIOS no PROUT-765120t9, de fecha 16 de otlubre del ar'io en curso dirigido a esta Coordinacl6n Nacional de Patrimonio y Recursos Financieros, denvado de la solie.tud de informaCión con numero de fo lio 2234000027819, en la que se requiere la InformaCión siguiente

[Se 1fansalbe Integramente la solle.tud de inlorm3OÓn ele méntoJ

En cumplimiento a lo soliCitado, nos permitimos proporcional la información referida en los siguientes términos.

Sobra al particular, se informa que Futuro 21, es una Inle.atlva del Partido de la RevolUCión DemocrátICa, que busca construor una organlZae.Ón supenor, y para lo cual lItO está trabajando para construirla, y en este proceso Intervienen todas aquellas personas que se qUieran sumar a dicho proyecto, ejerCiendo el derecho contemplado en el artlcuto 9 en re laci6n con el 41, fracci6n 1, de la Constitución Polltlca de los Estados Unidas Mexicanos

En esta sanlido el PRO ha realIZado convocatorias abiertas a toda la soaedad CIVil, para fortalecer al proyecto plataforma 21, con el proPÓSItO de sumar voluntades e IndUIf actores

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Sujeto ob l igado ante e l cual se presentó la solic itud : Part ido de la Revolución Democrática Fo lio de la solicitud : 22340000278 19 Expediente : RRA 15461/19 Com isionado Ponente: Osea r Maurieio Guerra Ford

de la Sociedad Civil que quieren incorporarse en plena libertad a su derecho de asociación contemplado en los preceptos constitucionales invocados

Inclusive, en la página de Internet de Futuro 21 , a la cual puede accesar con el SIguiente lInk: httpsllfutur021,or9.mKl, eXIste un apartado para registrarse y ser parte de esa Iniciativa, informándole que a dicho proyecto se ha sumado, entre otras agrupaciones, "Vamos Juntos", 'UNE", ' VAMOS", ' Cambiemos MX\ part icipando además en dicho proyecto, BeatriZ Pagés. Gabriel Quadri, Tere Va le, Demetrio Sodi, Paola Mlgoya, entre ot ras personal idades

• •

- - -- - --

NO obstante ello, le informo que por lo que hace a la sede, te léfono oficial y dirección donde entregar o solicitar información, hago de su conocimiento que al ser Futuro 21 una inicial iv .. de este P .. rtido con algunas organizaCIones de la Sociedad Civi l, no existe sede o teléfono oficial , sin embargo, la cor respondencta que se pretenda hacer llegar respecto a dicho proyecto, se puede dirigir a la oficialía de partes del Partido de la Revolución Democrática, ubicada en avenida Benjamin Franklin, número 84, planta baja, co lonia Escandón, alca ldía Miguel Hidalgo, Ciudad de México. C,P 11800.

Ahora bien por lo que refiere a la información relativa de los gaslos es importante senalar que la Coordinación Nacional del Pa trimonio y Recursos Financieros del Part ido de la Revolución Democrática, concibe el derecho a la información como un instrumento de la sociedad para que participe en la toma de decisiones públ ica, por lo que desde la entrada en vigor de la legislación actual en materia de transparencia, ha tratado de cumpllf con las ob ligaCiones contenidas en dIchos ordenamientos, motivo por el cual , gran parte de la informaci6n generada por esta Coordinación a mi cargo, ya se encuentra publicada en la

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Sujoto obligado ante el c ual so presentó la solicitud: Partido de la Revolución Democrática Fol io de la solici tud : 2234000027819 Expodiente: RRA 15461119 Comis ionado Po nonto: Oscar MauriCIO Guerra forl1

página de Iransparencla del mismo (http./ltransparenCla prd,oro rn)(/) y en la Plataforma NaCIOnal de Transparencia del INAI (httpsJIWww,plataformadelransparenClaorom&'auestfiniti!!),oensucaso en la péglna del In511Mo NaCIonal ElecIoral Ihttpsllfiscallzac,on inemidWe!)loonals,flinoClO)

Por lo que de conformidad con el art icu lo 130 de la ley General de Transparenc ia y Acceso a la Información Publica, cuando la información del sUlelo obHgado obre en medios electr6nicos o Impresos, este deben" hacer del coooClmoenlo al solICitante la fuente, el lugar y la forma en que puede adqulnr dicha ,nformación

Cabe mencionar, que en lo referente a $U soliC:rtud de conocer los proyectos, propuestas polilicas, documentos, integrantes , eventos, inv,'ados, pá.gina web de Futuro 21, el 50l icitanle puede acceder a la pégina de inlernel cilada, en la que enconlraré la informaCión soliCitada

Al respecto me penn'to onsenar algunas ,mégenes de la ,nformac,ón que encontraré en la péglna de internet de Futuro 21

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Sujeto obligado ante e l c ual so presentó la solici tud : Partido de la Revoluc ión Democrat ica Folio de la solicitud : 2234000027819 Expediente: RRA 1546 1/19 Comisionado Ponente : Oscar Mauricio Guerra Ford

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Par la anterior, se informa al so licitante que la informaciÓr. respect iva a los gastas que se han realizada con motivo de contratac iones de prestadores de servicia y proveedores de b'enes, en cumplimiento a la fracciÓn IV del art icu la 76 de la Ley General de TransparenCia y Acceso a ta InformaCión Pública. se encuentran publicadas en el portal de Trar.sparencla del Partido de la Revolución Democratlca, a la que se puede ongresar mediante el Siguiente enlace web: http://transparencia .prd. org_mxlindex. phpl11-iv-contratos-y-convenios-para-la­adguisicion-o·arrendamiento

Se informa ademas al sol icitante. que actualmente se está integrando la información correspondiente a las contrataciones rea lizadas por el periodo julio septiembre 2019, donde se inclUIrá la concerniente a la sol icitud que nas ocupa, atendiendo lo establecido en las lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarizaCión de la info rmac iOn de las obligaciones estableCidas en el titulo qUinto y en la fracciÓn IV del art iculo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Info rmación Pública , que deben difundir los sujetos obligados en los porta les de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia

Por ta l motiVO, en el momento que se cuente con la información respect iva. se pondra a su diSpOSición en la página de transparencia del Partido de la Revolución Democrática, a la que se puede tener acceso mediante el sigUiente enlace- hllp:/llransparencla.prd_org_mx/)

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Sujoto obligado ante el cual se presentó la solici tud : Partido de la Revolución Democrálica Folio do la solicitud : 2234000027819 Expodionto: RRA 15461/19 Comisionado Ponente: Osear MaurlclO Guerra Foro

y en la Platalorma NacIOnal de TransparenCia del INAI en el siguiente enlace web https 1!www.plataformadetransparencla.ora.mKlguesVinlcio

V. El CIMCO de dlClE!mbre de dos mil dlE!clnueve. el Comisionado Ponente. a través de su

Secretario de Acuerdos y Ponencia de Acceso a la Información, acordó la admisión del

recurso de revisión que nos ocupa, reqUiriendo al Partido de la Revolución

Democrática para que se manifestara al respecto. ASimismo, ordenó hacer del

conoc!mlento de las partes su derecho de audlE!ncla. a presentar alegatos y ofrecer

pruebas.

El cinco de diCiembre de dos mil dieCinueve se notificó el acuerdo sel'lalado en el párrafo

anterior al sujeto obligado y a la parte recurrente, mediante la Plataforma Naciona l de

Transparencia.

VI. El dieciséis de dlclE!mbre de dos mil diecinueve. este Instituto recibió a través del

Sistema de Gestión de Medios de Impugnación de la Plataforma NaCional de

Transparencia el ofiCIO alfanumériCo CPRF1844119, del doce de ese mismo mes yal'lo,

suscrito por el Coordinador NacIOnal de PatnmonlO y Recursos Financieros y dingldo a la

Unidad de Transparencia del sujeto obl igado, por medio del cual, el Partido de la

Revolución Democrática remite la slQuiente información en via de alegatos·

En relaCión a su oficio no PROUT·911/2019. de fecha 11 de diCiembre del al'lo en curso, dirigido a esta Coordinación Nacional de PatrimoniO y Recursos Financieros, derivado del recurso de revis iOn RRA , 5461/19 originado con motivo de la soücltud de infOl'maClÓn con número de lolio 2234000027819 en la Que se requlno la InformaCIÓn SlgUlOnle

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Sujeto obl igado ante el cual se presentó la solicitud : Part ido de la Revolución Democrat ica Fol io de la solicitud : 2234000027819 Expediente: RRA 15461/19 Comisionado Ponente : Osear Maurieio Guerra Ford

¡Se transcribe la sol icitud de Información de mérito]

Oe conformidad a lo dispuesto en el art iculo 156, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la InformaCión Públ ica , se rea lilan las siguientes manifestaciones re lativas al recurso de revisión citado al rubro.

Tal como se advierte de la interpOSICión del recurso de revisión RRA 1546 1119 of1g inado con motivo de la solicitud de información con número de fo lio 2234000027819, el sol icitanle se duele de que no le entregaron la Información que solicitó, por lo que a fin de no vu lnerar su derecho al acceso a la información, por medio del presente se proporcionar la Info rmación requeri da bajo los siguientes términos:

Sobre el particular, se informa que Futuro 21, es una iniciat iva del Part ido de la Revolución Democrática, que busca constru ir una organilación superior, y para lo cua l se está trabajando para constrUirla , y en este proceso intervienen todas aquellas personas que se qUieran sumar a dicho proyecto, ejerciendo el derecho contemplado en el arti culo 9 en re laCión con el4 1, fracción 1, de la Constitución Polít ica de tos Estados Unidos Mexicanos

En este sentido, el PRO ha real ilado convocatorias abiertas a toda la sociedad cov ll, para fortalecer el proyecto de plataforma Futuro 21 , con el propósito de sumar voluntades e InclUir actores de la Sociedad CIVil que quieren incorporarse en plena libertad a su derecho de aSOCiación contemplado en lOS preceptos const itucionales invocados,

Inclusive, en la pagina de in ternet de Futuro 21 , a la cual puede accesar con el siguiente link, hUps:/lfutur021 019 mx/, e~iste un apartado para registrarse y ser parte de esta Iniciati va, informándole que a dicho proyecto se ha sumado entre otras agrupaciones, 'Vamos Juntos·, "UNE", -VAMOS', "Cambiemos MX', part icipando además en dicho proyecto, Beatnl Pagés. Gabnel Quadri , Tere Vale. Oemetflo Sodi, Paola Migoya, entre ot ras personal idades

Cabe menCionar, que en lo refe rente a su sol icitud de conocer tos proyectos, propuestas politicas, documentos, integrantes, eventos, inVitados, página web de Futuro 21, el so licitante puede acceder a la pagina de internet cotada, en la que encontrará la informaCión so licitada Al respecto me permito insertar algunas imágenes de la información que

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Sujeto obligado anto 01 cual se presentó la solicit ud: Part ido de la Reyolución Democrática Folio do la solici tud : 2234000027819 Expediente: RRA 15461119 Comisionado Ponente: Osear Mauricio Guerra Ford

enconlrará en la pagina de Inlornel de Futuro 21

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Sujeto obligado ante el cual se presentó la solic itud : Partido de la Revolución Democrática Folio de la solicitud: 2234000027819 Expediente: RRA 1546 1/19 Comisionado Po nente: Osca r Mauricio Guerra Ford

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No obstante ella, le info rmo que por lo que hace a la sede, teléfono oficia l y dirección donde entregar o soliCItar informaCIón, hago de su conoc imIento que al ser Futuro 21 una Iniciativa de este Part ido con algunas organi<!:aciones de la Sociedad Civil. no existe sede o teléfono ofi cial, SIn embargo, la correspondencia que se pretenda hacer llegar respecto a dicho proyecto, se puede dirigI r a la oficialia de partes del Partido de la RevolUCión Democrática, ubicada en avenida Benjam ín Franklin, numero 84, planta baja, colonia Escandón, alca tdia Miguel Hidalgo, Ciudad de Mé~ ICO , C P 11800.

Ahora bien por lo que refiere a la información relativa de los gastos, es importante se~a l ar

que la Coordinación Nacional del Patrimonio y Recursos Financieros del Partido de la Revolución Democrática, concibe el derecho a la información como un instrumento de la sociedad para que part icipe en la toma de decisiones públicas, por lo que desde la entrada en vigor de la legislaCión actual en materia de transparencia, ha tratado de cumplir con las ob ligaciones contenidas en dichos orden3mientos, motivo por el cua l, gran parte de la información generada par esta Coordinación a mi cargo, ya se encuentra publ icada en la página de transparencia del mismo (http://tr3nsparencia,prd.orgmxJ) y en la Plataforma Nacional de Transparencia del INAI (https:/fwww.plataformadetransparenCla.org.mx/guestlinicio). o en su caso, en la página del I nshtuto Nacional Electoral (htt DS: I/fisca l lza cion .i ne,m~lweb/porta I Slfl i n i c i o)

Por lo que de confo rmidad con el arti culo 130 de la Ley Genera l de Transparencia y Acceso a la InformaCión Pública, cuando la información del sujeto obligado obre en medios electrónicos o impresos , éste debera hacer del conocimiel'\to al sol icitante la fuente, el lugar y la forma en que puede adquim dicha información

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Sujoto obligado anto 01 cua l se prosentó la sol icitud: Partido de la Revolución Democratica Folio d o la solici tud : 2234000027819 Expediento: RRA 15461/19 Comis ionado Ponente: Osear Mauricio Guerra Ford

Por lo amenor, se informa al soliCitante que la InformaCIón respectiva a los gastos que 1M!

han rea lizado con motivo de contrataciones de prestadores de 5eNlClOS y proveedores de bienes. en cumplimiento a la fracaón IV del art iculo 76 de la Ley General de TransparenCia '1 Acceso a la Información PUblica, se encuentran publicadas en el portal de transparenCia del Partido de la RevolUCión Democrática, a la que se puede Ingresar mediante el siguiente enlace web hllp"/itransparencla prd.org mmn<!e-.' phpll'-iy-CQntratos-'t=CQnvenlos-para­la-adgulssición-o-arrendamiento.

Se informa además al solicitante, que la InfOfTTlaOOn correspondiente a las contratacoones realIZadas por este partido concernlemes a la soliCitud que nos ocupa. se encuentra a su d,sposic¡ón en la pagma de transparenCIa del Partido de la RevolUCión Democráloca, a la que se puede tener acceso mediante el siguiente enlace: hnp.lltransparencla.Ofd orgmxJ y en la Plataforma Nacional de TransparenCia del INAI en el siguiente enlace web hitoS 1!yIww ola!aformjldelransoarenCla_9f9 mxfguesWnlCÍ9

Por ultimo, ~ hago de su conoclmlemo que la iniCIatIVa Futuro 21 . solo se ha trabajado en la ciudad de MéXICO, por lo que no ex,ste informaCión re lativa a dicho proyecto en las Entidades Federativas

Con las manifestaCiones realizadas se da Cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 156 de la l ey Fedoral de Transparer"lC!a y Acceso a la InformaciOo Pública. respetando en todo momento el derecho al acceso de mformacl6n del solicitante y por ende se soliCita que al momento de dictar la reso lucl6n correspondIente se tenga al partidO pol itico cumpliendo sus obligaciones en materia de transparenCIa.

Por lo antenormente expuesto, se solic~a lo sigUiente

Primoro._ Tenerme por presentado en tiempo y forma rea lizando las manifestaCIones relatIvas al Recurso de ReVISIón RRA 15461/19, Vinculada con la soj,cltud de ,nformac,ón con número de folio 2234000027819

Segundo.- PrevIO los tramites de ley. emitir la resolUCión correspondiente, absolviendo de toda responsabilidad al Part ido de la Revoluci6n Democrática, al cump li r con sus oblIgaciones en materia de transparencia respectado siempre el derecno al acceso de mlormaClón del solicitante

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Sujeto obligado anto 01 cual so p rosen tó la solicitud : Partido de la Revolución Democr~tica Folio dota solic itud : 2234000027819 Expediente: RRA 15461119 Comisionado Ponente : Osear Mauricio Guerra Ford

VII. Por medio de un acuerdo del diecisiete de febrero de dos mil vein te , a través de su

Secretario de Acuerdos y Ponencia de Acceso a la Información, el Comisionado Ponente

tuvo por recibidos los alegatos del sujeto obl igado. Asim ismo, hizo constar Que la

particular se abstuvo de presentar alegatos y pruebas en el plazo concedido, por lo Que

declaró la preclusión de su derecho procesal.

Además, con fundamento en el artículo 151 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso

a la Iflformación Pública, se amplió el plazo por un período de veinte dias para efectos de

estudiar y resolver el fondo del mismo.

Asimismo. con fundamento en el articulo 156. fracc ión VI , de la Ley en comento, se

decretó el cierre de instrucc ión.

El diecinueve de febrero de dos mil veinte. se notificó el acuerdo sel'lalado en el párrafo

anterior al sujeto obl igado y a la parte recurren te, mediante la Plataforma Nacional de

Transpa rencia.

En razón de Que fue debidamente substanciado el expediente , que las pruebas

documentales que obran en autos se desahogaron por su propia y especial naturaleza y

Que no existe diligencia pendiente de desahogo, se ordenó emitir la resolución que

conforme derecho proceda, de acuerdo con los siguientes:

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Sujoto o bligado ante el cua l se presentó la solici tud: Partido de la Revolución Democrétiea Folio do la so lici tud : 2234000027819 Expediente: RRA 15461119 Comisionado Po nente: Osear Mauñcio Guerra Ford

CO N S IDERANDO S

PRIMERO. El Pleno dellnstitulo Nacional de Transparencia, Acceso a la Infonnación y

Protección de Datos Personales. es competente para conocer del asunto, de confonnldad

con lo ordenado por los artículos 6°, apartado A, fracción Viii de la Constilución Politica

de lo Eslados Unidos Mexicanos: Transitorio Octavo del Decreto por el que se reforman

y adiCionan diversas dispoSICiones de la propia Carta Magna. publicado el slOte de febrero

de dos mil ca torce en el Diario Oficial de la FederaCión: los artlculos 3°, fraCCIÓn Xiii y el

Transitorio Primero de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información

Publica; asi como los articulas 21 fracción 11 . 147. 148. 151 Y 156 de la Ley Federal de

Transparencia y Acceso a la Información Publica publicada en el Diario Oficial de la

Federación el nueve de mayo de dos mil dieciséiS. además de los artlculos 12, fraCCiones

l . V Y XXXV. 18, fracciones XIV y XVI del Estatuto Organico del Institu to NaCional de

Transparencia, Acceso a la Infonnaclón y Protección de Datos Personales. publicado en

el Diana Oficial de la FederaCión el diecisiete de enero de dos mil dieciSiete

SEGUNDO. Previo al análisis de fondo de los argumentos formulados en el medio de

Impugnación que nos ocupa. este Instituto real iza el estudio ofiCIoso de las causales de

Improcedencia y sobreseimiento del recurso de reVISión, por tralarse de una cuestión de

orden publico y de estudio preferente, alento a lo establecido en las siguientes tesis de

Jurisprudencia. emitidas por el Poder Judicial de la FederaCIÓn:

Registro No. 395571 Local ización: QUinta ¡;:poca InstanCia Pleno

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Sujeto obligado ante el cual se presentó la solic itud: Part ido de la Revolución Democrát ica Folio de la solicitud : 2234000027819 ElIpediente : RRA 15461/19 Comisionado Ponente: Oscar Mauricio Guerra Ford

Tipo de Tesis: Jurisprudencia Fuente Apéndice de 1985 Parte VI II Materia(s) Común Tesis: 158 Página 262 IMPROCEDENCIA. Sea que las panes la aleguen o no, debe examinarse previamente la procedencia del juicio de amparo, por ser esa cuest ión de orden púbtico en el juicio de garantlas

Registro No. 168387 Locati~ación :

Novena Época Instancia, Segunda Sala Fuente' Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XXVIII, DICiembre de 2008 Página' 242 Tesis: 2a.lJ, 186/2008 Jurisprudencia Materia(s): Administrati va APELACiÓN . LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL ESTÁ FACULTADA PARA ANALIZAR EN

de la Ley del Tribunal de lo Contencioso Administrat ivo del Distrito Federal, se advierte que las causales de Improcedencia y sobreseimiento se refieren a cuestiones de orden publ ico, pues a través de ellas se busca un beneficio al interés general, al constituir la base de la regu laridad de los actos administrativos de las autoridades del Distrito Federal, de manera que los actos cont ra los que no proceda el juicio contencioso administrat ivo no puedan anularse Ahora, si bien es cierto que el art iculo 87 de la Ley c,tada establece el recurso de apelación, cuyo conocimiento corresponde a la Sala Superior de dicho Tribunal, con el objeto de que revoque, modifique o confi rme la resolución recurrida, con base en los agravios formulados por el apelante, también lo es que en esa segunda instancia subsiste el principio de que las causas de improcedencia y sobreseimiento son de orden público y, por tanto, la Sala Superior del Tribunal de

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Sujoto obligado anto 01 cual so prosentó la solicitud: Partido de la Revolución Democratica Folio do la solicitud : 2234000027819 Expodionto: RRA 15461/19 Comis ionado Pononto: Osear Mauriclo Guerra Ford

lo Contencioso Administrativo del Distrito Fedoral esti facultada para anal izarlas, Independientemente do que se al09uon o no en los agravios formulados por 01 ap,lante, ya que el legislador no ha esta~ecodo limite alguno para su apreciaCión

Al respecto, este Órgano Colegiado no advierte la eXistencia de alguna de las eausales

de improcedencia previstas en el art iculo 161 de la Ley Federal de Transparencia y

Acceso a la Información Pública, publicada en el Diario Oficial de la FederaCión el nueve

de mayo de dos mil d!Ociséls_

NO obstante, de las constancias que obran en el expediente se advierte que se advierte

que durante la substanciación del medio de impugnación, el sUjeto obligado emitió una

respuesta a la soliCitud de informaCión folio 2234000027819, la cual debe tomarse como

un acto tendiente a modificar su OmiSiÓn de respuesta y, que en su caso, pudiera

actualizar la causal de sobreseimiento prevista en el articulo 162, fracción 111, de la Ley

Federal de TransparenCia y Acceso a la InformaCión Pública misma que se cila a

continuación para lener inmediala referencia

ARTiCULO 162. El recul"5o será 'oOreseldo, ,n todo o en parte, cuando, una vez admmdo se aClUallcon alguno de los SlgUlOntes supuestos

111. El sujeto obligado responsable dol acto lo modifique o revoque de tal manera quo el recurso de revisión quede sin materia.

Asi pues, para que se determine que se actualiza la causal de sobreseimiento antes

re ferida, se deben cumplir dos requisitos:

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Sujeto obl igado ante el cual se presentó la sol ic itud: Partido de la Rel/oluci6n Democralica Folio de la solicitud : 2234000027819 Expediento: RRA 15461119 Comisionado Ponente: Osear Mauflcio Guerra Ford

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1. El sUjeto obligado modifique o revoque eJ acto impugnado. y

2. El reCurso de revisi6n Quede sin materia

En tal orden de Ideas. primeramente. es de resaltar Que de la revisi6n a la instrumental

de actuaciones en la Que se actúa . se tiene certeza Que dicha respuesta complementana

emitida por parte del Partido de la Revolución Democrática. fue puesta a dispoSICIÓn en

el medio electróniCO sel'latado por la parte recurrente para recibir la contestación a la

solici tud de información publica. a saber, la ' entrega por internet en la PNT", tal como

se adl/ierte en las capturas de pantalla siguientes:

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De aClJerdo a lo antenor. se puede desprender Que efectIVamente se emitió una respuesta

a la solicitud de informacl6n folio 2234000027819, misma Que fue notificada postenor a

la presen tación del recurso de revisión Que nos ocupa 'l . de la cual se advierte un

P~",. 1 5 de 37

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s .... joto obligado ante el cual so presentó la sotic itud: Partido de la Revolución Democrética Folio de la solicitud : 2234000027819 Expediente: RRA 15461/19 Comisionado Ponente: Osear Mauricio Guerra Ford

documento adjunto correspondiente al ofiCio numero CPRFI687f19, del veintidós de

octubre de ese mismo a~o , suscrito por el Coord inador Nacional del Patrimonio y

Recursos FinanCIeros, que fue descrito en el resultando tV del presente medio de

Impugnación

De Igual manera, resulta conveniente especificar la sol icitud de acceso a la información,

el agravIo de la particular en s .... recurso de revIsión y la respuesta en alcance eml1Ída por

el sUjeto obligado una vez tramitado el recurso de reviSión, a través de la s¡gulente tabla

'elerl"'te iI la

1 Proyecte 2 Propues:as petibea$ 3 Documentos 4 Eventos 5 Inv,tadca 6 Pagma web 7 Integran:es

8 "" 9 T elflfono oficial 10 Olreccoo 11 Estados oono:le estén traoajan(jo este p'oye<:1o 12 Gastos

re5P\Jesta a su soI l~tua

ser consu ltada en la siguiente

hllDS1/futuro21 org m!(!

As,m,smo s.eflal6 l'Iue perwnas Que OItervoeneo en el preyecto &On aQuellas que en eje'clCIO de su aerecllo de asodad6n se qUieren sumar, a tra~és de convocatoriu ab<ertas para ,fldwr actores de la socl4Kiad CMI

De igual manera, IOdIC8 que no eXIsle una sede e lel6lono ofICIal, pero cualquie' correspondenoa puede le r rsc lbKla en la ofiCialía de partes de l PRO

F",almeme por lo que hace a los gaslos (remareando tos realIZados con m<lt!vo de eonlfat.oor>es de p,estadOres de ....... ICIO Y p,cv&&dCrI!S dI! b_l, indlCil que docha onlormaC>6n se encuentra pubhcooa en la p.¡Iglna de IransparenCIa del panido, la PNT o en la página del INE, insertando lal yincu les eloclrÓfl icO$ ~. oentes

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Sujeto obl igado ante 01 cual so presentó la solicitud : Partido de la Revolución Oemocrática Folio de la solici tud: 2234000027819 Expediente: RRA 15461119 Comisionado Ponente: Oscar Mauflclo Guerra Ford

Por med io del oficio de alegatos, el Partido de la Revolución Democrática reitera la

respuesta sel'ialada en via de alcance, ya que insiste que la inICIatIva Futuro 21 se

compone por las personas que qUieren asociarse al proyecto, as! como remarca que no

cuenta con una sede o teléfono oficial, y lambién, pone a disposición la información

soliCitada por la particular, correspond¡enle los puntos 1 a 6 y 12, a través de las mismas

ligas eleclrónicas.

Por otro lado, el sujeto obligado indica por primera ocasión que la iniciativa únicamente

se ha trabajado en la Ciudad de México, por lo que no existe información relat iva a

proyecto en diferentes entidades federativas

Los hechos anteriores se desprenden de las constanCIas obtenidas del SIstema habilitado

por eSle Instllulo tanto para lram~ar soliCItudes de Información, como recursos de

reviSIón, y a las cuales se les otorga valor probatorio pleno en favOf de las pretenSIones

de las partes, y las cuales serán analizadas, en lérminos de lo dispuesto por el enterio

em itido por el Poder JudIcial Federal que se inserta a continuación, obligatorio para esta

aulorldad conforme lo dispone el articulo 217, de la Ley de Amparo:

época Décima ¡;:poca RegiS1fo 160064 InstanCla_ Tribllnales ColegIado. de CIfCU~O Tipo de TeSIS JUlisprudentliil Fuente Semanano JudICIal de la FederaCIÓn y su Gaceta LIbro IX, Junio de 2012, Tomo 2 Malena(s) CIVIl TesIS I 50 C J/36 (9a ) Péglna 744

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Sujeto obl igado ante el cual se presentó la sol icitud : Part ido de la Revolución Democrática Folio de la so licit ud : 22340000276 19 Exped iente : RRA 15461/19 Comisionado Ponen te : Osear Mauflcio Guerra Ford

PRUEBAS. SU VALORACiÓN EN TERMINOS DEL ARTic ULO 402 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL.

El articulo 402 del Código de Procedlmoentos Civiles para el QlstMo Federal establece que los Jueces, al valorar en su conjunto los mediOS de prueba que se apol'1en y se admitan en una controversia judiCial, deben exponer CUidadosamente los fundamentos de la valoraCión jurldica realizada y de su deciSión, lo que Significa que la valoraCión de las probanus debe estar delimitada por la lógica y la e~penencla. asi como por la conjunCión de ambas, con las que se confOflTla la sana critICa, como produClO d,aléctico, a Jln de que la argumentaCión y deciSión del Juzgador sean una verdadera e~preslón de justlCI8. es deCir. lo sufiCientemente contundentes para JustTficar ta determinaCIÓn JudiCial y asi rechazar la duda y el margen de subjetividad del juzgador, con lo cual es evidente que se deben aprovechar "las máximas de la expenenc,a", que constituyen las reg las de vida o verdades de sentido común

En ese contexto. el agravIo del particular está encaminado a comballr la omisión de la

respuesta por parte del sujeto obl igado. motivo de inconformidad pre ... isto en la fracción

VI del al1lculo 148 de la Ley de la matena AsI pues. con la finalidad de advertir si con tal

actuacIÓn se actualiza la causal de sobreseimiento, establecida en la fracción 111, del

articulo 162, de la Ley Federal en comento, lo procedente es analizar dicha respuesta en

alcance emitida.

Como punto de partida, el Pal1ldo de la RevolUCión Democrática con el fin de subsanar

la inconformidad re lacionada con la omisión de atención a la solic itud, revocó su

actuación Imclal e Indicó que con respecto a los proyectos. propuestas polUicas,

documentos, eventos. Invitados y página web de la imcialiva Futuro 2t [puntos 1 a 6]

éstos pueden ser consultados dentro de la dirección eleclrónica siguiente

https:/lfulur021_org .mxJ

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Sujeto obligado ante el cual se presentó la solicitud : Partido de la Revolución Democratica Folio de la solicitud: 2234000027819 Expediente: RRA 15461/19 Comisionado Ponente : Osear Mauricio Guerra Ford

Con motivo de la manifestación anterior, este Instituto real izó una búsqueda integral

dentro del portal senalado por el part ido poll tico, en donde se puede observar que se

encuentran diferentes apartados que atienen lo solicitado por la parte recurrente,

La sección principal de la página web, se conforma de tres documentos [punto 3) que

fundamen tan la razón de ser. los objetivos y visión de la inicia tiva polí tica, los cua les se

intitu lan "Plataforma Futuro 2' ", "El partido que queremos" y "Manifiesto por la República".

de acuerdo a la siguiente imagen :

El primero de el los , además de exponer un contexto de la politica mexicana, corresponde

al proyecto integral de Futuro 21 [punlo 1 de la solicitud], y además tiene inmerso una

agenda con 16 puntos cruciales de acción de la iniciati"a y corresponden a las propuestas

que en materia de políticas públicas resultan necesarios atender [punto 2], ta les como la

separación de poderes, combate a la corrupción , ciencia y tecnologia. derechos

humanos, sistema de salud , entre otros.

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Sujeto obligado ante el cuat so presentó la sol ici tud : Partido de la Revolución Democrática Falto de la solicitud: 2234000027819 Expodiente : RRA 15461119 Comisionado Ponente: Oscar Mauricio Guerra Ford

El segundo apartado se compone de los eventos [punto 4] que se estarian llevando a

cabo para poder reahzar el desarrollo y exposIción de sus ideales a través de diversas

convocatoflas a CorwersatorlOS sobre temas como la Ciencia y la prosperidad . problemas

y retos en el sector sa lud, asl como la situación de la industria petrolera mexicana; estos

eventos cuentan con d iversos ponentes invitados [punto 5] quienes moderan y dirigen

los respectivos conversa torios. Lo anterior puede ser corroborado con la siguiente

captura de pantalla

-• , . .. __ ..

Además. resulta evidente que el punto 6 de la sohcltud correspoodiente a la págtna web

del proyecto Futuro 21. queda colmado con la dirección electrónica que fue

proporcionada para poder realizar la consulta de los documentos y elementos

anteriormente seria lados. y que para eVitar confusiones se realiza la transcripción a

continuación hltps flfutur021 oro mxl

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Sujeto obligado anlo el cual se presontó la sol icitud : Pal1ldo de la RevoluCión Democrática Folio de la solic itud: 2234000027819 El(pedionto: RRA 15461/19 Comis ionado Poncnte: Osear Mauflclo Guerra Ford

Ahora bien, en el mismo oficio de respuesta complementaria, se realiza la precisión que

el proyecto es una propuesta del Partido de la Revolución Democrática para llamar a los

Individuos '1 organizaciones de la SOCiedad civil y sumarse a los ideales ahí propuestos.

en eJerCICIO de su derecho de aSOCiaCión Respecto al punto 7 de lo soliCitado. referente

a los Integrantes de Futuro 21 , el sUjeto obligado Indicó que. en la 'la menCionada página

electrónICa se encuentra un apal1ado para poder registrarse y ser pal1e de dicha iniciativa,

ademés, IOformó que a dicho proyecto se han sumado varias agrupaciones Civ iles '1

diversos actores politicos. entre otras personalidades, tales como: "Vamos Juntos' .

"UNE", "VAMOS", "Cambiemos MX', Beatriz Pagés, Gabriel Quadri, Tere Va le, Demelrio

Sedi y Paola Migaya.

Ahora bien, de la consulta de la pégina electrónica ya antes referida, se muestra lo

siguiente

De lo anterior se adviel1e que en la pégina electrónica de Futuro 21 se encuentra el

apal1ado "Registro a Futuro 21 ", el cual , remite a un formulano electrónico, tal y como se

muestra a COnllOuaci6n

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Sujeto obligado anto el cual se prosontó la solicitud: Part ido de la Revolución Democratica Folio de la solicitud: 2234000027819 EJlpodienle: RRA 15461/19 Comisionado Pononte: Oscar Mauriclo Guerra Ford

Regist.ate en ' FUTURO 2t· Platal,",ma Ciudadarla "_.,,,,- ..... '-_ ... ' ",- , ~,

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-

En atención a lo antenor, es posible advertir que el sUjeto obligado atendió el

requerimien to identificado con el punto 7 de la solicitud de mérito

Por otro lado. el sujeto obligado hizo del conocimiento de la recurrente que al ser Futuro

21 una iniciativa del Part ido con los individuos y organlzaclolles de la SOCiedad Civil , ésta

carecia de una sede [punto 8] y un teléfono [punto 91 que pud ieran ser considerados

como oficial. No obstante esa precisión. cualquier comunicación o paqueterla podria ser

recibida a través de la oficialia de partes del Partido de la Revolución Democrática,

indicándole el domicilio pertillente [punto 10)

Por lo que respecla a los gastos que fueran erogados por el proyecto Futuro 21, el Partido

indicó que la información generada por la Coordinación Nacional de Patrimonio y

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Sujeto obligado anto 01 cual se presontó la solici tud : Partido de la Revolución Democrática Folio de la solicitud: 2234000027819 Expodionto: RRA 15461119 Comis ionado Ponente : Oscar Mauricio Guerra Ford

Recursos Financieros se encontraba disponible dentro de la página de tres porta les

electrónicos. los cuales son, la página de transparencia del Part ido de la Rovolución

Democrática (http://transparencia.Drd.org .rnxll, la Plataforma Nacional de Transparencia

habilitada por este Instituto para publicitar las obligaciones de transparencia

(httDS:lfwww.plataformadetranspa rencia.org .mxlguestlin icio). y además la página del

Instituto Naciona l Electoral (https:lftiscalización.ine .mxJweblportalsifliniciol; además

indica que todos los convenios de los prestaciones de setvicios y proveedores de bienes.

al margen de la fracc ión IV del art iculo 76 de la Ley General de Transparencia y Acceso

a la Información Pública, se encontraban disponibles para su consu lta en la dirección

electrónica sigu iente: http://t ransparencia.prd.org .mxlindex . ph pll 1-iv-contratos-v-

convenios-para-Ia-adguicision-o-arrendamiento.

De esta manera, el sujeto obl igado pretende poner a disposición lodos los convenios

celebrados con motivo de la rea lización del proyecto futuro 21 , sin embargo, al rea lizar

una investigación a los vinculas transcr itos con anterioridad , es posible obsetvar diversas

dificu ltades de acceso, pues no podian visualizarse de manera efectiva o solicitaban

usuarios. contrasei'ias y permisos como requis ito para poder acceder; errores que se

muestran a continuación:

Con respecto a la página de transparencia del Partido de la Revolución Democrática se

observan lo siguiente '

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Sujeto obligado ante el cual se presentó la solicitud : Partido de la Revolución DemocrátICa Folio de la solicitud: 2234000027819 Expediente: RRA 15461119 Comisionado Ponente: Osear Mauriclo Guerra Ford

No se puede . ccede." esl. <itio w~ ._.-.. ...... ...

No ........... _ ........... _ ._ ..... -e e

Por lo que respecta a la página del Instituto Nacional Electoral, se observa que esta

plalaforma puede ser utilizada como medio de búsqueda de información sobre procesos

eleclorales para dlferenles Eslados de la Republica, asi como realizar la consulta de los

sistemas de registro de candidatos, proveedores, de monitorea de espectaculares y

medIOS Impresos colocados en la vla publica, y además del sis tema de fiscahzaclÓn de

los ingresos y gastos de los Sujeto obligados en materia electoral; no obstante, para

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Sujeto obligado ante el cual se presentó la solici tud: Partido de la Revolución Democrática Fol io de la solici tud : 2234000027819 Expediente: RRA 15461/19 Comisionado Ponente: Osear Mauricio Guerra Ford

poder acceder a la mayoría de ellos, es necesario el empleo de un usuario y contrasel'ia,

situación que los hace de difíci l acceso. Para mejor ilustrar esta problemática se inserta

la siguiente captura de pantalla:

Sistema Integral de Flscalizaci6n *INE ---, • 1......-1

Mención aparte merece la man ifes tación hecha por el sujeto obl igado con respecto de la

Plataforma Nacional de Transparencia, pues dentro de ella es posible poder contar con

los contratos o convenios especi ficos para la adquisición o arrendamiento de bienes o

servicios para la celebración de diversos eventos relacionados con el proyecto Futuro 21 .

La mencionada plataforma contiene un total de 8 registros de convenios que fueron

celebrados en el transcurso de los 4 trimestres que conforman el al'io 2019, y es posible

observar los conceptos por los cuales fueron celebrados, el nombre de la persona o ratón

social con la cual se real izó, el inicio y término de la vigencia y, además, se habil ita el

hipervinculo para la consulta electrónica del contra to respectivo

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Sujeto obligado ante el cual so presentó la solic itud: Part ido de la Revolución Democratica Fo lio do la solici tud : 2234000027819 Expodionto: RRA 15461119 Comisionado Pononte: Oscar Mauricio Guerra Ford

Para poder consultar de manera publica la información de dichos contratos o convenios,

es necesano acceder al apartado de consulta pública dentro de la Plataforma NaCIOnal

de Transparencia. y ademas utilizar filtros de busqueda especi ficos dentro de las

obligaciones especificas del Partido de la Revolución Democrallca que prevé la fracción

IV del articu lo 76 de la ley general de la materia,

Ahora bien. el articulo 132 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la InformaCIÓn

Pública indica lo siguiente '

Art iculo 132. Cuando la infOffilaCIÓIl requerida por el sollQtante ya esté disponible al público en medios-,mpresos, tales como hbros. compendios, triplicas registros públiCOS. en formatos electrónicos disponibles en tnlernet o en cualquier Olro med io, se le hara saber por el medio requerido por el solicitante la fuerlte. et lugar y la forma Orl auo puede consul lar. reprodUCir o adqUirir dicha ,nformaclón en un plazo rlO mayor a tirlCO dias

De ddlO artículo se deriva que cuando la Información soliCitada obre en formatos

electrónicos disponibles en inlernel o en cua lquier otro medio. corresponde a los sujetos

obligados hacerle de su conocim iento la fuonto, el lugar y la forma on quo puedo

consul tar y acceder a dicha información, y ademas. se establece en el mismo dispoSitiVO,

que en el caso de tratarse de un formato electrónico que consis ta en bases de datos,

debe de entregarlo en el estado que se encuentre, privilegiando su entrega en formatos

abiertos.

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Para el caso concreto, no es posible validar que la información otorgada por el sujeto

obtigado consistente en la manifestación que dentro de la Plataforma Nacional de

Transparencia está la información requerida, asl como el que haya brindado una

dirección electrónica que únicamente redirige a la página de inicio de la plataforma en

comento, sean considerados como una respuesta adecuada en el tenor del artículo 132

antes menCIonado

Lo anterior es asl ya que , si bien este Instituto pudo localizar la información respectiva,

ello se debe a la experticia que se tiene con respecto de la util ización de la Plataforma y

de los posibles contenidos en razón de las obl igaciones de transparencia a reportar por

parte de cada uno de los entes compelidos en materia de transparencia: por lo que no es

posible exigir le a un particular que también tenga un dominio en el manejo de la

información reportada por ese Partido de la Revolución Democrática .

Abunda a lo anterior, la consideración que hace la misma disposición normativa, la cual

establece que dar a conocer la forma en que se puede consu ltar la información

requerida, es un requisito indispensable para aquellos sujetos obligados que pretendan

dar contestación a una solicitud con información que ya se encuentre publicitada a través

de medios electrónicos_ Situación especifica que no se colma para el caso concreto,

porque únicamente se limita a indicar que la información se encuentra dentro de la

Plataforma Nacional de Transparencia, sin plasmar los pasos a seguir para su consulta

efecti va.

En este respecto, por lo que se refiere al punto 12 de la solicitud , no es posible afirmar

que la respuesta otorgada por el sujeto obligado de manera complementaria sea la

Page 28: 'f,,',.' p,,,,«,,.,,,,,...Sobra al particular, se informa que Futuro 21, es una Inle.atlva del Partido de la RevolUCión DemocrátICa, que busca construor una organlZae.Ón supenor,

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Sujeto obligado ilnte el cual se prasentó la solici tud: Partido de la Revolución Democratlea Folio de la solicitud: 2234000027819 Expediente: RRA 1546111 9 Comisionado Ponente : Osear Mauricio Guerra Ford

adecuada para poder dejar sin materia el recurso de revisión, subsistiendo ilsi la

incenformidad del particular

Por último, con respecto a los Estados donde se esté trabajando el proyecto Futuro 21

[Punto 11 j, es de destacar Que, dentro de la respuesta comptementaria notificada por el

sujeto obligado a través de la Plataforma NaCional de Transparencia, no hubo

manifestaCión alguna, ello al ormlnse pronunciamiento alguno y/o proporcionarse lo

especialmente requerido.

Tampoco se pierde de vista Que, dentro del oficio de a~gatos sI obra una manifestaCión

expresa , con respecto del punto 11, donde Indica por primera vez Que la iniCiativa

unicamente se ha trabajado en la Ciudad de MéxICO, por lo Que no existe informaCión

relativa a proyecto en diferentes entidades federallvas. No obstante, esta manifestación

tampoco puede ser tomada como una modificación a la respuesta inicial , ya Que en este

Instituto no obra constanCia alguna Que el oficio de alegatos haya Sido puesto a

dispoSICiÓn de la ahora recurrente, dentro del medio senalado para oír y recibir

notificaciones dentro del presente procedimiento

Estas ultimas consideraciones conl~van a senalar Que. el sujeto obligado no ha

proporcionado la tota lidad de la información requerida, puntualmente la relativa a

lo peticionado en el punto 11 de la sol ici tud. Situación con la cual. esa parte del

requerimiento aun persiste

Asi las cosas. se tiene que la remisión de la Información de la respuesta complementana

si es idónea para revocar el acto impugnado de manera tal Que deje sin materia los

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Sujeto obligado ante el cual se presentó la solicitud : Part ido de la Revolución Democrática Folio do la solicitud : 2234000027819 Expediente: RRA 15461/19 Comisionado Ponente : Osear Mauricio Guerra Ford

requerimientos que comprenden los puntos 1, 2, 3, 4, 5, 6 , 7,8, 9 Y 10 de la solicitud, los

cuales conciten en la remis ión del proyecto, propuestas políticas, documentos, eventos,

invitados , paginas web, sede, teléfono oficial y dirección de la Iniciativa Futuro 21, por lo

que se estima pertinente SOBRESEER únicamente en lo conducente.

Consecuentemente, al no tenerse por atendido el requerimiento de información número

11, relativo a los Estados donde se trabaje el proyecto, por permanecer la omIsión de

respuesta; y fina lmente. subsist iendo la inconformidad sobre el número 12, que se

sel'iala en los términos expuestos (no observa rse a cabal idad los requisitos de publ icidad

que establece la Ley) , es que se tiene que tales actos del alcance comunicado, no se

encontraron ajustados a derecho ,

En razón de lo anterior, es que se determina que no se actual iza la causa l de

sobreseimiento respecto de dicha atención a esos puntos de la solicitud , razón por la que

resu lta procedente, entrar al estudio de fondo del presente asunto.

TERCERO. Una vez realizado el estudio de las consta ncias que integran el exped iente

en que se actúa, se desprende que la resolución consiste en determinar si la respuesta

emit ida por el Partido de la Revolución Democrática, la cual se deta lla en el Resultando

IV, transgredió el derecho de acceso a la información pública de la parte recurren te, de

conformidad con lo dispuesto por la Ley en la materia ,

Por razón de método, en un primero apartado se rea lizará el estudio y resoluc ión del

cumplimiento de la obligación del sujeto obligado de proporcionar la información

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Sujeto obligado ante el cual se presentó la sol ici tud : Partido de la Re\loluclón Democrá tica Folio de la solici tud: 22340000278 19 Expediente : RRA 15461/19 Comisionado Ponenle: Oscar Mauricio Guerra Ford

solicitada Y. en su caso. las posibles infracciones a la Ley se tra tarán en cap!tulos

Indepenchentes.

CUARTO. Con base en lo ana lizado anteriormente en el Considerando Segundo, se tiene

que el acto impugnado (omisión de respuesta dentro de los plazos legales). no se

encuentra apegado a lo dispuesto por la normatl\la en maleria de transparenCIa

Sentado lo pre\lio, debe tomarse en cuenta el contenido de los art lculos 133 y 135 de la

Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Info rma ción Pública. mismos que

dispone lo siguiente :

Arti cu lo 133. Las Unidades de Transparencia deberán garantlur que las sol icitudes se turnen a todas las Áreas competentes que cuenten con ta información o deban tenerla de acuerdo a sus facoHades competenCIas y funciones. con el objeto de que realicen una bUsqueda eJ(haust~a y razonable de la InformaCIón solICItada

Artículo 135. La respuesta a la soliCitud deber" ser nonicada al interesado en el menor tiempo posible que no podrá e-ceder de veinte dias, contados a part ir del dia siguiente a la presentaCión de aquélla

Excepcionalmente, el plazo refendo en el párrafe antenor pod@ ampliarfe has!a DOf dlel días más stempre y cuando e~lstan razones fyns:!adas y motlyadas. tas cuates deberán ser aprobadas pDf el Comité de Transparencia, mediante la emisión de una resolución que deber" notificarse al soliCitante. antes de su vencimiento

Pág in a lO <le 37

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Sujeto obligado anto 01 cual so prosentó la solici tud : Partido de la Revolución Democrática f o lio de la so licitud : 22340000278 19 Expediente: RRA 15461/19 Comis ionado Pononte: Oscar Mauricio Guerra f ord

De la anterior disposición normativa se desprende que:

• las áreas competentes deberán rea lizar la búsqueda exhaustiva y razonable de la

Información solicitada.

• Una vez que se cuente con la respuesta proporcionada por la unidad o área

competente, ésta será notificada al interesado en el menor tiempo posible , que no

podrá exceder de veinte días hábiles, contados a partir del dla siguiente a ta

presentación de ta solicitud.

• Que el plazo de respuesta antes referido, podrá ampliarse hasta por diez d ias

hábiles más, siempre y cuando existan razones fundadas y motivadas, las cuales

deberán será aprobadas por el Comité de Transparencia, mediante la emisión de

una resoluc ión que deberá notificarse al solicitante , antes de su vencimiento.

Como puede advert irse, en la Ley federa l de Transparencia y Acceso a la Información

Pública se establece como parte del procedimiento que deben seguir los sujetos

obligados anle la presentación de una sol icitud de acceso a la información los plazos en

los que ésta debe ser atendida, es decir. un periodo de respuesta, el cual no puede

exceder de veinte días hábiles, contados a part ir del día siguiente a la presentac ión de

la solicitud, mismo que pude ampliarse hasta por diez días hábiles más , siempre y

cuando existan razones fundadas y motivadas.

En el caso concreto, el término pa ra que el sujeto obli9adO produjera su respuesta, de

conformidad con el artículo 135 de la Ley Federal de la materia, corrió del diec iséis de

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Sujeto obligado ante 01 cual so p resentó la solicitud : Partido de la RevoluCión Democrática Folio de la solicitud : 2234000027819 Expodionte : RRA 15461119 Comisionado Pononte: Oscar Mauricio Guerra Ford

octubro al ca torce de noviembre de dos mil diecinueyo, sin que se tomen en cuenta

para el calculo correspondiente los días dleclnueye, veinte, veintiséis y Yelntlslete de

octubre, asi como los dias uno. dos, tres, nueve y diez de nOViembre, por ser dias

inhébiles de acuerdo con lo previsto en el articulo 28 de la ley Federal de Procedimiento

AdministratiYo, asi como el acuerdo ACT-EXT-PUB/18/12/2018 .03 mediante el cual se

establecIÓ el calendano ofiCial de dias inhábiles dellnstilul0 Nacional de TransparenCia,

Acceso al a Información y ProtecCIÓn de Datos Personales. para el año 2019 y enero de

2020 ..

lo anterior es asi porque, la parte solicitante presentó su solicitud a través de la

Plataforma NaCional de Transparencia el dieCiséiS de octubre del afio en curso, aunado

a que de las constancias que obran en el expediente en el que se actúa, no se desprende

que el sujeto obligado hubiera comunicado una prórroga para dar atenciÓn a la solicitud

de información. lal como lo prevé la Ley en la materia: por tanto es que se determina que

el sujeto obligado tenia hasta el catOfce de noviembre de dos mi' diecinueve, para dar

respuesta a la soliCitud de acceso a la informaCión, lo que en el presente caso no

ocu rrió

Consecuentemente. y ante los argumentos esgtlmldos. es dable declarar como fundado

el agravio manifestado.

Ahora bien, para efecto de proteger efectivamente el derecho de acceso a la información

que le asiste a la particular, tal como quedó analizado en el Considerando Segundo, el

Partido de la RevolUCión Democrática emitió una respuesta a la soliCitud de información

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Sujeto obligado ante el cual se presentó la solic itud : Part ido de la Revolución Democrática Folio de la solicitud: 22340000276 19 Expediente: RRA 15461119 Comisionado Pono n!e: Osear Mauricio Guerra Ford

folio 2234000027619, misma en la que remitió al part icu lar un oficio mediante el cual

pretendió subsanar su omisión principal.

NO obstante, lo anterior, tal como quedó determinado en dicho apartado, el sujeto

obligado faltó a dos cuestiones:

1) No realizó un pronunciamiento en la respuesta complementaria ni tampoco hizo

entrega de la información contenida en alegatos con respecto de los Estados

donde se trabaja la inicia tiva Futuro 21 , por lo que tal situación conlleva a señalar

que, al seguir sin ser atendido dicho punto, es que perdura la omisión del sujeto

obligado para emit ir respuesta al mismo.

2) Fue omiso en indicarle al particular la forma en que puede consultar la información

dentro de las plataformas electrónicas donde se encuentran públ icos los convenios

o contratos que reflejan los gastos erogados con motivo de la real ización de la

Iniciativa 21, pues no basta solamente indicar el lugar donde se encuentran. sino

también es necesario facil itar su consulta.

En consecuencia, y de acuerdo a lOs argumentos vertidos a lo largo de la presente

resolución, este Instituto. con fundamento en el articulo 157, fracción 11 1, de la Ley Federa l

de Transparencia y Acceso a la Información Pública, considera procedente ORDENAR

al Partido de la Revolución Democrática que:

~ Atienda la solici tud fo l io 2234000027819. con relación los puntos 11 v 12 de la

sol icitud, en tenor de lo previsto en los art icu las 132 y 133, de la Ley Federal de

P/lg,na 3J dtl37

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Sujeto obligado ante el cua l se presentó la so lic itud: Partido de la Revolución Democrétlca Folio de la so lici tud : 2234000027819 Expediente: RRA 15461/1 9 Comisionado Ponente: Osear Mauricio Guerra Ford

Acceso a la InformaCión Publica: y asl, gestione los requerimientos a todas sus

unidades administrativas competentes, con la finalidad de que emitan una

respuesta res pecto los requerimien tos de especial interes del part icular,

conforme a la Ley en la Materia ,

Respecto de la modalidad de entrega de la Información (comumcación de la nueva

respuesta), deberá realizarse a través de la dirección de correo electrónico proporCIonada

por la parte recurrente para efecto de oir y recibir noti ficaciones, ello en Virtud del

momento procesa l en que se actua,

Finalmente, este InSl!luto tnsta a la autondad recumda para que en futuras ocasiones

observe y atienda las soliCitudes de acceso a la Información en los !lempos establecidos

en la Ley de ta materia y a través del mediO senalado por los particulares,

Con fundamento en el articulo 165 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la

Información Pública, se informa a la parte recurrente que, en caso de estar Inconforme

con la presente resolución, puede impugnarla ante el Poder Judicial de la FederaCión

QUINTO. En el caso en estudio esta autoridad no advierte que las personas encargadas

de atender las solicitudes de acceso a la informaCión y los recursos de revISión derivados

de las mismas hayan Incurrido en pOSibles InfraCCiones a la Ley Federal de Transparencia

y Acceso a la Información Publica, por tanto, no ha lugar a dar vis ta al Institu to NaCional

Electoral

Por los anteflores argumentos y fundamentos legales se

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Sujoto obligado ante 01 cual se presontó la solicitud : Partido de la Revolución Democrática Folio de la solicitud: 2234000027819 Expediente: RRA 15461f19 Comisionado Pononte: Osear Mauricio Guerra Ford

RESUE L VE

PRIMERO. Por las razones expuestas en el Considerando Cuarto y con fundamento en

to que establece el articulo 157, fracción 111 , de la Ley Federal de Transparencia y Acceso

a la Información Pública, se ORDENA al sujeto obligado que atienda la sol icitud fo lio

2234000027819, conforme a lo determinado por este Instituto.

SEGUNDO. Con fundamento en el articulo 157 , último párrafo. de la Ley Federal de

Transparencia y Acceso a la Información Pública, se instruye al sujeto obligado para que

en un término no mayor a diez días hábiles , contados a partir del día hábil siguiente al de

su notificación, cumpla con la presente resolución. y en el término de tres dias hábiles

contados a part ir del día hábil siguiente a aquél en que haya dado cumplimiento, informe

a este Instituto, lo anterior con fundamento en el artículo 159, párrafo segundo , de la Ley

aludida.

TERCERO, Con fundamento en el articulo 169, de la Ley Federal de Transparencia y

Acceso a la Información Pública, se apercibe al sujeto obl igado que, en caso de negarse

a cumplir la presente resoluc ión o hacerlo de manera parcial, se actuara de conformidad

con lo previsto en el articulo 171, 174, 182 Y 183de dicha Ley_

CUARTO, Se instruye a la Secretaría Técnica del Pleno para que, a través de la Dirección

General de Cumplimientos y Responsabil idades de este Instituto, verifique que el sujeto

obligado cumpla con la presente resolución y dé el seguimiento que corresponda, de

P~g 1n8 35 de 31

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Sujeto obligado ante el cual se presentó la solic itud : Partido de la Revolución Democrática Folio de la so licitud : 2234000027819 Expodiente: RRA 15461{19 Comisionado Ponente: Oscar Mauricio Guerra Ford

conformidad con lo previsto en los art icu los 21, fracción V; 170 Y 171 de la Ley Federal

de Transparencia y Acceso a la Información Pública

QUINTO. Se hace del conocimiento del hoy recurrente que . en caso de enconlrarse

insatisfecho con la presente resolución. le asiste el derecho de impugnarla ante el Poder

Jud icial de la Federación, con fundamento en lo previsto en el articulo 165 de la Ley

Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

SEXTO. Con fundamento en el articulo 149, fracción 11 , y 159 de la Ley Federal de

Transparencia y Acceso a la Información Pública. notifíquese la presente resolución al

part icular en la dirección serialada para tales efectos. y a través del Sistema de Gestión

de Medios de Impugnación de la Plataforma Nacional de Transparencia, al Comité de

Transparencia del sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia

SEPTIMO. Se pone a disposición de la recurrente para su atención el teléfono 01 800

TElINAI (835 4324) Y el correo electrónico vigilancia@inai .org mx para que comunique

a este Instituto cualquier incumplimiento a la presente resolución.

OCTAVO. Háganse las anotaciones correspondientes en los registros respectivos

Asi , por unan imidad. lo resolvieron y firman los Comisionados del Instituto Nacional de

Transparencia , Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, Francisco

Javier Acuna Llamas, Osear Mauricio Guerra Ford, Blanca Lilia Ibarra Cadena, María

Patricia Kurczyn Vil lalobos. Rosendoevgueni Monterrey Chepov, Josefina Román

Vergara y Joel Salas Suárez con voto particular, siendo ponente el segundo de los

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Sujeto obligado ante el cual se presentó la solicitud : Partido de la Revolución Democrática Folio de la solici tud : 2234000027819 Expediente: RRA 15461119 Comisionado Ponente: Osear Mauricio Guerra Ford

mencionados, en sesión celebrada el cuatro de marzo de dos mil veinte, ante Hugo

Alejandro Córdova Diaz, Secretario Técnico del Pleno.

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Comisionado

Francisco Javier Acuña llamas Comisionado Presidente

HU~O A I-,j~.itl¡) Secretar!

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Comisionada

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Som lsionado

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SuJoto obligado ante el cual se presentó la solici tud: Partido de la Revoluci6n Democral lea folio de la solicitud: 2234oo0027819 Numero de expediente : RRA 15461119 Comisionado Ponente: Osear Mauricio Guerra ford

Voto particu lar del Comisionad o Joel Salas Suá re~, elaborado con fundamento en el articulo lB, fracc iones XII y XV del Estatuto Orgánico del Ins tituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, respecto do la rosolución del recurso do revisión numero RRA 15461119, interpuesto on contra del Partido do la Revolución Democrática, votado en la sesión plenaria de fecha 04 de marzo do 2020.

En relación con este caso. emito mi voto parocular ya que. por una parte. considero que se debe ordenar al sujeto obligado a notificar la respuesta al particular a la dirección establecida para ello: y por otra. desde mi perspectiva el analisis realizado en la resolución desborda la litis en vi rtud del agravio planteado por el part icular.

En este tenor. en primer lugar. es necesario senalar que el sol icitante interpuso el recurso de revisión en contra de la fa lta de respuesta Asl . si bien durante la etapa recursiva el sujeto obl igado modifi c61a atenci6n inicial a la solicitud y. a través de la Plataforma Nacional de Transparencia notif,¡;ó su respuesta fuera de los tiempos establecidos en el articulo 135 de la Ley f ederal de Transparencia y Acceso a la InfOflT'laci6n Pública. lo cierto es que no se tiene constancia. de que dicha respuesta haya sido remitida a la direcci6n establecida por el particular a efecto de notificaciones. a saber. su dirección de correo electrónico.

BaJO tales circunstancias, conSidero que en el caso concreto resultaba procedente ordenar al sujeto obligado a que notifICara la respuesta at solici tante en la dirección de correo electrónico que proporcionó para tales efectos. Lo anterior, en virtud de que el particular no se encuentra constrei'iido a consultar la Plataforma Nacional de Transparencia en una fecha posterior al vencimiento del plazo para atender su solicitud. ci rcunstancia que acaeció en el caso particUlar de la presente resolución y que motivó la interposición del recurso de revisión por la parte recurren te.

Aunado a lo anterior. desde mi perspectiva en la resoluci6n aprobada se desborda la litis al analizar si la respuesta -que fue atendida a través de la Plataforma Nacional de Transparencia durante el Iramite del presente recurso- fue incompleta

Al respecto. el art iculo 93 de la Ley Federal de Procedimiento Administratrvo. supletoria en la materia. ordena que no se pueden revocar o modificar los actos administrativos en la parte no Impugnada por el recurrente. As!. las resoluciones del Inslrtuto deben limitarse a resolver sobre lo eKpresamente impugnado por los recurrentes. pues. lo contrario. implica que se desborde la /!tis de! asunto.

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Sujelo obligado anto 01 cual se presentó la solici tud: Partido de la Revolución Democrática Folio de la solicitud : 2234000027819 Número de expediente: RRA 15461/19 Comis ionado Ponente: Oscar Mauricio Guerra Ford

Por tanto, si bien coincido con el sentido de la resolución, no comparto el hecho de que fuera necesario realizar un anélisis a efeclo de verificar si la entrega de información proporciOllada durante el trémite del presente recurso fue incompleta.

Ello, pues estimo que el recurso de revisión debió cenirse a lo manifestado como agravio por el particular, toda vez que en ningun momento exteriorizó inconformidad por la entrega de información incompleta, sino unicamente la fa lta de respuesta.

Asimismo, considero que debió dejarse a salvo el derecho del particular para impugnar, en su caso, en un nuevo recurso de revisión, la entrega de información incompleta, respecto de lo otorgado en la etapa recurs iva,

A partir de los razonamientos vertidos, formulo el presente voto particular, exponiendo mi disenso con la determinación adoptada por la mayoría del Pleno de este Instituto, en tanto que, por una parte, se debió instruir al sujeto obl igado a notificar la respuesta en la dirección de correo electrónico del particular: mientras que, de manera adicional a lo anterior, no resultaba conducente anal izar la entrega de información incompleta.

Respetuosamente

-

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