EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES Ciclo de Vida de los Derechos Reales EXTINCIÓN Y...

21
EXTINCIÓN Y PERDIDA DE EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES LOS DERECHOS REALES Ciclo de Vida de los Derechos Reales Ciclo de Vida de los Derechos Reales Material para el curso de Derechos Reales Material para el curso de Derechos Reales Facultad de Derecho Facultad de Derecho Universidad de Costa Rica Universidad de Costa Rica Profesor Marco Vinicio Alvarado Quesada Profesor Marco Vinicio Alvarado Quesada

Transcript of EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES Ciclo de Vida de los Derechos Reales EXTINCIÓN Y...

Page 1: EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES Ciclo de Vida de los Derechos Reales EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES Ciclo de Vida de los Derechos.

EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALESDERECHOS REALES

Ciclo de Vida de los Derechos RealesCiclo de Vida de los Derechos Reales

Material para el curso de Derechos RealesMaterial para el curso de Derechos RealesFacultad de DerechoFacultad de DerechoUniversidad de Costa RicaUniversidad de Costa RicaProfesor Marco Vinicio Alvarado QuesadaProfesor Marco Vinicio Alvarado Quesada

Page 2: EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES Ciclo de Vida de los Derechos Reales EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES Ciclo de Vida de los Derechos.

PÉRDIDA Y EXTINCIÓN

PÉRDIDA Cuando el DR se

pierde no necesariamente sale el mismo de la vida jurídica y siempre existe adquisición concomitante de parte de otro.

EXTINCIÓN Cuando el DR se

extingue no solo lo pierde su titular sino que sale de la vida jurídica.

Page 3: EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES Ciclo de Vida de los Derechos Reales EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES Ciclo de Vida de los Derechos.

Pérdida y extinciónPérdida y extinción

Los derechos reales se pierden Los derechos reales se pierden por quien los tuviese, cuando por quien los tuviese, cuando voluntaria o involuntariamente voluntaria o involuntariamente cesa de ser titular de ellos. La cesa de ser titular de ellos. La pérdida es distinta de la pérdida es distinta de la extinción. Al extinguirse un extinción. Al extinguirse un derecho real sale de la esfera derecho real sale de la esfera jurídica y lo pierde su titular, jurídica y lo pierde su titular, pero cuando hay transmisión a pero cuando hay transmisión a otro, hay pérdida sin extinción.otro, hay pérdida sin extinción.

Page 4: EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES Ciclo de Vida de los Derechos Reales EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES Ciclo de Vida de los Derechos.

Causas de extinciónCausas de extinción

1. Destrucción de la cosa objeto del derecho1. Destrucción de la cosa objeto del derecho 2. Cuando por algún motivo, la cosa queda 2. Cuando por algún motivo, la cosa queda

fuera del comerciofuera del comercio 3. Renuncia de su titular3. Renuncia de su titular 4. No uso4. No uso 5. Caducidad5. Caducidad 6. Prescripción6. Prescripción 7. Consolidación (subsiste la propiedad y 7. Consolidación (subsiste la propiedad y

acaba el derecho limitativo de ésta).acaba el derecho limitativo de ésta). 8. Adquisición originaria por otro8. Adquisición originaria por otro 9. Expropiación9. Expropiación 10. Muerte de su titular si son derechos 10. Muerte de su titular si son derechos

vitaliciosvitalicios

Page 5: EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES Ciclo de Vida de los Derechos Reales EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES Ciclo de Vida de los Derechos.

1. DESTRUCCIÓN DE LA COSA Y 1. DESTRUCCIÓN DE LA COSA Y SALIDA DEL COMERCIOSALIDA DEL COMERCIO

La destrucción total de la cosa La destrucción total de la cosa objeto del derecho real objeto del derecho real extingue éste, pues siendo un extingue éste, pues siendo un poder sobre la misma, poder sobre la misma, desaparece el poder al desaparece el poder al desaparecer el objeto. Si la desaparecer el objeto. Si la desaparición es parcial, desaparición es parcial, subsiste el derecho sobre la subsiste el derecho sobre la parte que reste.parte que reste.

Page 6: EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES Ciclo de Vida de los Derechos Reales EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES Ciclo de Vida de los Derechos.

Sustitución de una cosa por otraSustitución de una cosa por otra

Aunque un derecho real no puede Aunque un derecho real no puede sobrevivir a la destrucción de su sobrevivir a la destrucción de su objeto, en ciertos casos el puesto de objeto, en ciertos casos el puesto de éste lo ocupa la cosa que lo sustituya éste lo ocupa la cosa que lo sustituya (por ejemplo, en vez del predio que (por ejemplo, en vez del predio que sufre un siniestro, la suma en que sufre un siniestro, la suma en que estuviese asegurado o un bien que lo estuviese asegurado o un bien que lo sustituya). Verdaderamente se trata sustituya). Verdaderamente se trata de otro derecho real, pero que toma, de otro derecho real, pero que toma, en lo posible, las circunstancias en lo posible, las circunstancias relativas al anterior, y viene a ocupar relativas al anterior, y viene a ocupar su puesto.su puesto.

Page 7: EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES Ciclo de Vida de los Derechos Reales EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES Ciclo de Vida de los Derechos.

2. 2. Salida del comercioSalida del comercio

El derecho real se extingue, como El derecho real se extingue, como poder jurídico de Derecho privado poder jurídico de Derecho privado que es, si la cosa sale del comercio. que es, si la cosa sale del comercio. Entonces, no por razones materiales Entonces, no por razones materiales (como en el caso de la destrucción), (como en el caso de la destrucción), sino jurídicas, cesando de ser apta sino jurídicas, cesando de ser apta para seguir sometida al poder para seguir sometida al poder jurídico de los particulares. Ejemplo jurídico de los particulares. Ejemplo expropiación. (ver caso de reversión)expropiación. (ver caso de reversión)

Page 8: EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES Ciclo de Vida de los Derechos Reales EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES Ciclo de Vida de los Derechos.

3. 3. RENUNCIARENUNCIA

La renuncia es posible a no ser que La renuncia es posible a no ser que vaya contra el interés o el orden vaya contra el interés o el orden público o en perjuicio de un tercero.público o en perjuicio de un tercero.

Puesto que la ley no exige en general Puesto que la ley no exige en general que se renuncie poniéndolo en que se renuncie poniéndolo en conocimiento de nadie ni que se haga conocimiento de nadie ni que se haga en forma determinada, la renuncia es en forma determinada, la renuncia es una declaración de voluntad no una declaración de voluntad no recepticia ni solemne, que puede recepticia ni solemne, que puede realizarse expresa o tácitamente, y realizarse expresa o tácitamente, y constituye una manifestación constituye una manifestación unilateral irrevocable. unilateral irrevocable.

Page 9: EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES Ciclo de Vida de los Derechos Reales EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES Ciclo de Vida de los Derechos.

La renuncia es un acto que requiere La renuncia es un acto que requiere sólo la declaración de voluntad del sólo la declaración de voluntad del que la hace, sin necesidad de acto que la hace, sin necesidad de acto adicional alguno por su parte. Sin adicional alguno por su parte. Sin embargo, cuando el derecho embargo, cuando el derecho renunciado es el de propiedad y la renunciado es el de propiedad y la cosa estaba en poder del cosa estaba en poder del renunciante, es preciso, además, renunciante, es preciso, además, que éste de desposea de ella, no que éste de desposea de ella, no produciéndose hasta entonces la produciéndose hasta entonces la pérdida del derecho.pérdida del derecho.

Page 10: EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES Ciclo de Vida de los Derechos Reales EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES Ciclo de Vida de los Derechos.

4,5,6. 4,5,6. NO USO, PRESCRIPCIÓN Y NO USO, PRESCRIPCIÓN Y CADUCIDADCADUCIDAD

Por no uso se extinguirían en Por no uso se extinguirían en principio los derechos reales en principio los derechos reales en cosa ajena, susceptibles de cosa ajena, susceptibles de posesión, pero no el de posesión, pero no el de propiedad.propiedad.

Según el punto de vista de Según el punto de vista de nuestra ley, el no uso no es nuestra ley, el no uso no es diferente de la prescripción diferente de la prescripción extintiva.extintiva.

Page 11: EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES Ciclo de Vida de los Derechos Reales EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES Ciclo de Vida de los Derechos.

La prescripción extintiva se produce si el La prescripción extintiva se produce si el derecho permanece inactivo, en el sentido derecho permanece inactivo, en el sentido de que ni sea ejercitado por su titular ni de que ni sea ejercitado por su titular ni reconocido por el sujeto pasivo u reconocido por el sujeto pasivo u obligado. Sin embargo, el no uso tiene obligado. Sin embargo, el no uso tiene lugar tiene lugar cuando el titular de un lugar tiene lugar cuando el titular de un derecho no saca su fruto, es decir, no derecho no saca su fruto, es decir, no llena o satisface con él el interés que llena o satisface con él el interés que tiende a cubrir o no lo aprovecha y tiende a cubrir o no lo aprovecha y obtiene su rendimiento. La caducidad es obtiene su rendimiento. La caducidad es similar salvo en lo corto de los plazos y la similar salvo en lo corto de los plazos y la no aplicación de interrupción y no aplicación de interrupción y suspensión.suspensión.

Page 12: EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES Ciclo de Vida de los Derechos Reales EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES Ciclo de Vida de los Derechos.

7. 7. CONSOLIDACIÓNCONSOLIDACIÓN

Los derechos reales en cosa ajena se Los derechos reales en cosa ajena se extinguen también por consolidación, extinguen también por consolidación, que es la reunión de la propiedad y que es la reunión de la propiedad y del derecho real en cosa ajena de del derecho real en cosa ajena de que se trate, en un misma persona. que se trate, en un misma persona. Si ambas titularidades coinciden en Si ambas titularidades coinciden en una sola mano, se extingue como una sola mano, se extingue como poder autónomo, el derecho real poder autónomo, el derecho real limitativo del dominio, y su contenido limitativo del dominio, y su contenido de facultades pasa a engrosar el de facultades pasa a engrosar el poder total que sobre la cosa poder total que sobre la cosa pertenece al dueño.pertenece al dueño.

Page 13: EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES Ciclo de Vida de los Derechos Reales EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES Ciclo de Vida de los Derechos.

8. ADQUISICIÓN ORIGINARIA DE OTRO Y DESTRUCCIÓN 8. ADQUISICIÓN ORIGINARIA DE OTRO Y DESTRUCCIÓN DE LOS EFECTOS DEL ACTO CREADORDE LOS EFECTOS DEL ACTO CREADOR

También un derecho real se puede También un derecho real se puede extinguir por adquisición originaria extinguir por adquisición originaria de otro de la cosa de que se trate. de otro de la cosa de que se trate. Por ejemplo, si alguien usucape la Por ejemplo, si alguien usucape la propiedad de una finca, la adquiere propiedad de una finca, la adquiere ex novo y se extingue el derecho de ex novo y se extingue el derecho de propiedad del anterior dueño.propiedad del anterior dueño.

Page 14: EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES Ciclo de Vida de los Derechos Reales EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES Ciclo de Vida de los Derechos.

Supuestos de adquisición originaria Supuestos de adquisición originaria de otro:de otro:

La usucapiónLa usucapiónLa accesiónLa accesiónEl hallazgoEl hallazgoLa adquisición a non La adquisición a non

dominiodominioOcupaciónOcupación

Page 15: EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES Ciclo de Vida de los Derechos Reales EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES Ciclo de Vida de los Derechos.

9. EXPROPIACIÓN FORZOSA9. EXPROPIACIÓN FORZOSA

Los derechos reales pueden extinguirse por Los derechos reales pueden extinguirse por expropiación forzosa de la cosa sobre que expropiación forzosa de la cosa sobre que recaen.recaen.

Expropiación es el acto del Estado por el que Expropiación es el acto del Estado por el que se priva de un poder patrimonial, cualquiera se priva de un poder patrimonial, cualquiera que éste sea. Extinción de derechos sobre la que éste sea. Extinción de derechos sobre la cosa expropiadacosa expropiada

Si lo que se expropia es una cosa, se Si lo que se expropia es una cosa, se extinguen todos los derechos existentes extinguen todos los derechos existentes sobre ella, derechos que, en su conjunto, sobre ella, derechos que, en su conjunto, constituyen el poder total y pleno de que la constituyen el poder total y pleno de que la misma es susceptible.misma es susceptible.

Page 16: EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES Ciclo de Vida de los Derechos Reales EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES Ciclo de Vida de los Derechos.

RequisitosRequisitos

La expropiación forzosa se da La expropiación forzosa se da por causa de utilidad pública o por causa de utilidad pública o de interés social, en virtud de de interés social, en virtud de decisión de la autoridad decisión de la autoridad competente y previa la competente y previa la correspondiente indemnización. correspondiente indemnización. ( salvo lo señalado en el artículo ( salvo lo señalado en el artículo 45 de la Constitución Política)45 de la Constitución Política)

Page 17: EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES Ciclo de Vida de los Derechos Reales EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES Ciclo de Vida de los Derechos.

La expropiación forzosa no siempre La expropiación forzosa no siempre da lugar a la extinción del derecho da lugar a la extinción del derecho (privado) expropiado. La da, (privado) expropiado. La da, verdaderamente, cuando por pasar verdaderamente, cuando por pasar a pertenecer a un ente público como a pertenecer a un ente público como cosa de dominio público, sale del cosa de dominio público, sale del comercio privado. En otro caso (así, comercio privado. En otro caso (así, se expropia en beneficio de un se expropia en beneficio de un particular para que éste destine la particular para que éste destine la cosa a actividades de interés social) cosa a actividades de interés social) simplemente hay una transmisión simplemente hay una transmisión forzosa del derecho.forzosa del derecho.

Page 18: EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES Ciclo de Vida de los Derechos Reales EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES Ciclo de Vida de los Derechos.

10. 10. Muerte del titular si son Muerte del titular si son derechos vitaliciosderechos vitalicios

Al morir el titular, el derecho Al morir el titular, el derecho desaparece, por lo que sale de desaparece, por lo que sale de la esfera jurídica.la esfera jurídica.

Page 19: EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES Ciclo de Vida de los Derechos Reales EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES Ciclo de Vida de los Derechos.

Situación en Costa Rica Situación en Costa Rica

Los siguientes artículos confunden Los siguientes artículos confunden los términos extinción y pérdida:los términos extinción y pérdida:

Art. 381 del C.C.Art. 381 del C.C. Art. 358 del C.C.Art. 358 del C.C.

Page 20: EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES Ciclo de Vida de los Derechos Reales EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES Ciclo de Vida de los Derechos.

Artículo 381 C.C.Artículo 381 C.C.

Artículo 381Artículo 381 Las servidumbres se extinguen:Las servidumbres se extinguen: 1. Por la resolución del derecho del que ha constituido la 1. Por la resolución del derecho del que ha constituido la

servidumbre.servidumbre. 2. Por la llegada del día o el cumplimiento de la condición, si fue 2. Por la llegada del día o el cumplimiento de la condición, si fue

constituida, por determinado tiempo o bajo condición.constituida, por determinado tiempo o bajo condición. 3. Por la confusión, o sea la reunión perfecta e irrevocable de 3. Por la confusión, o sea la reunión perfecta e irrevocable de

ambos predios en manos de un solo dueño.ambos predios en manos de un solo dueño. 4. Por remisión o renuncia del dueño del predio dominante.4. Por remisión o renuncia del dueño del predio dominante. 5. Por el no uso durante el tiempo necesario para prescribir.5. Por el no uso durante el tiempo necesario para prescribir. 6. Por venir los predios a tal estado que no puede usarse de la 6. Por venir los predios a tal estado que no puede usarse de la

servidumbre; pero ésta revivirá desde que deje de existir la servidumbre; pero ésta revivirá desde que deje de existir la imposibilidad, con tal que esto suceda antes de vencerse el imposibilidad, con tal que esto suceda antes de vencerse el término de la prescripción.término de la prescripción.

Page 21: EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES Ciclo de Vida de los Derechos Reales EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES Ciclo de Vida de los Derechos.

Artículo 358 del C.C.Artículo 358 del C.C.

El usufructo concluye:El usufructo concluye: 1. Por dejar de existir el 1. Por dejar de existir el

usufructuario.usufructuario. 2. Por el no uso de la cosa 2. Por el no uso de la cosa

usufructuada durante el tiempo usufructuada durante el tiempo necesario para prescribir.necesario para prescribir.

3. Por pérdida total de la cosa en 3. Por pérdida total de la cosa en que recae el derecho.que recae el derecho.