EXPEDIENTE: RR.1570/2010 MODIFICA · 2016-02-19 · EXPEDIENTE: RR.1570/2010 Calle de La Morena No....

43
EXPEDIENTE: RR.1570/2010 JUAN JOSÉ SALAS FECHA RESOLUCIÓN: 10/02/11 Ente Público: Partido Acción Nacional MOTIVO DEL RECURSO: inconformidad con la respuesta emitida por el Ente Público. SENTIDO DE LA RESOLUCIÓN: El Pleno del Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, Resuelve: se MODIFICA la respuesta emitida por el Partido Acción Nacional el veintidós de octubre de dos mil diez, y se ORDENA que emita una nueva en la que, en relación con los recursos públicos locales que aplicó al treinta y uno de agosto de dos mil diez en la que: Proporcione las hojas de cálculo denominadas “BASE” contenidas en los archivos titulados “Plantilla laboral CDR” y “Plantilla laboral CDD’s”, que se encuentran publicadas en su portal de Internet, específicamente en el hipervínculo http://www.pandf.org.mx/www.transparencia.org.mx/art222/art222.htm, inciso e). Proporcione la tabla denominada “PRESUPUESTO COMPARATIVO ORDINARIO 2010”, con los rubros “NOMINA”, “PRESUPUESTO ANUAL”, “GASTO REAL AGOSTO 2010” y “DIFERENCIA”. Aclare cuánto de los $17, 886 305.00 (DIECISIETE MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS CINCO PESOS M.N.), ejercidos a agosto de dos mil diez para nómina, corresponde al pago del personal del Comité Directivo Regional, Comités Directivos Delegacionales (CDD’s) y Consejo Regional, desglosado por cada uno. Proporcione el monto que pagó por concepto de sueldos y similares (horas extras, gratificaciones, comisiones, aguinaldos, bonos, premios, etcétera): i) a los miembros del Consejo Regional y, ii) al personal de la Secretaría de Estudios, Formación Política y Cultura que durante el año dos mil diez se encargó de las actividades de la Fundación Adolfo Christlieb Ibarrola. Emita pronunciamiento sobre si cuenta con alguna otra fundación, además de la ya referida en el inciso anterior. En caso de ser afirmativo el pronunciamiento, deberá proporcionar al particular los montos que por concepto de sueldos y similares (horas extras, gratificaciones, comisiones, aguinaldos, bonos, premios, etcétera) entregó al personal que se encargó de sus actividades durante el año de dos mil diez. En caso contrario deberá hacerlo del conocimiento del recurrente.

Transcript of EXPEDIENTE: RR.1570/2010 MODIFICA · 2016-02-19 · EXPEDIENTE: RR.1570/2010 Calle de La Morena No....

Page 1: EXPEDIENTE: RR.1570/2010 MODIFICA · 2016-02-19 · EXPEDIENTE: RR.1570/2010 Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito

EXPEDIENTE: RR.1570/2010

JUAN JOSÉ SALAS FECHA RESOLUCIÓN: 10/02/11

Ente Público: Partido Acción Nacional

MOTIVO DEL RECURSO: inconformidad con la respuesta emitida por el Ente Público.

SENTIDO DE LA RESOLUCIÓN: El Pleno del Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, Resuelve: se MODIFICA la respuesta emitida por el Partido Acción Nacional el veintidós de octubre de dos mil diez, y se ORDENA que emita una nueva en la que, en relación con los recursos públicos locales que aplicó al treinta y uno de agosto de dos mil diez en la que: Proporcione las hojas de cálculo denominadas “BASE” contenidas en los archivos titulados “Plantilla laboral CDR” y “Plantilla laboral CDD’s”, que se encuentran publicadas en su portal de Internet, específicamente en el hipervínculo http://www.pandf.org.mx/www.transparencia.org.mx/art222/art222.htm, inciso e). Proporcione la tabla denominada “PRESUPUESTO COMPARATIVO ORDINARIO 2010”, con los rubros “NOMINA”, “PRESUPUESTO ANUAL”, “GASTO REAL AGOSTO 2010” y “DIFERENCIA”. Aclare cuánto de los $17, 886 305.00 (DIECISIETE MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS CINCO PESOS M.N.), ejercidos a agosto de dos mil diez para nómina, corresponde al pago del personal del Comité Directivo Regional, Comités Directivos Delegacionales (CDD’s) y Consejo Regional, desglosado por cada uno. Proporcione el monto que pagó por concepto de sueldos y similares (horas extras, gratificaciones, comisiones, aguinaldos, bonos, premios, etcétera): i) a los miembros del Consejo Regional y, ii) al personal de la Secretaría de Estudios, Formación Política y Cultura que durante el año dos mil diez se encargó de las actividades de la Fundación Adolfo Christlieb Ibarrola. Emita pronunciamiento sobre si cuenta con alguna otra fundación, además de la ya referida en el inciso anterior. En caso de ser afirmativo el pronunciamiento, deberá proporcionar al particular los montos que por concepto de sueldos y similares (horas extras, gratificaciones, comisiones, aguinaldos, bonos, premios, etcétera) entregó al personal que se encargó de sus actividades durante el año de dos mil diez. En caso contrario deberá hacerlo del conocimiento del recurrente.

Page 2: EXPEDIENTE: RR.1570/2010 MODIFICA · 2016-02-19 · EXPEDIENTE: RR.1570/2010 Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito

RECURSO DE REVISIÓN

RECURRENTE: JUAN JOSÉ SALAS

SUJETO PÚBLICO OBLIGADO:

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

EXPEDIENTE: RR.1570/2010

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

En México, Distrito Federal, a diez de febrero de dos mil once.

VISTO el estado que guarda el expediente identificado con el número RR.1570/2010,

relativo al recurso de revisión interpuesto por Juan José Salas, en contra de la

respuesta emitida por el Partido Acción Nacional, se formula resolución en atención a

los siguientes:

R E S U L T A N D O S

I. El veinticinco de octubre de dos mil diez, Juan José Salas presentó ante este Instituto

recurso de revisión en contra de la respuesta emitida por el Partido Acción Nacional el

veintidós de octubre de dos mil diez, a través de correo electrónico y con motivo de la

solicitud de información presentada el quince de octubre de dos mil diez, a la cual le

correspondió el número de folio 5502000031410, en la que requirió en medio

electrónico gratuito:

“Arturo, como prácticamente todo lo que les solicito me responden lo que se les ocurre, te insisto, esto que me acabas de enviar no es todo lo que solicité, te renvío el formato, si tienes dudas por favor comunícate conmigo, ya tienes mi teléfono. …” (sic)

A su solicitud de información el particular adjuntó en formato “Excel”, el archivo

denominado “Formato importe sueldos provenientes del cdr a varios 30 agosto

2010.zip”, que contiene la siguiente información:

Ingresos

presupuestados

Variaciones de

mas o de

(menos) Ingresos Reales cdr cdd´s

Fundacion

Ibarrola

Otros

provenientes

cdr Suma sueldos

Ingresos reales

menos sueldos

Totales

Sueldos personal al 30 de agosto de 2010Al 30 de agosto de 2010

Page 3: EXPEDIENTE: RR.1570/2010 MODIFICA · 2016-02-19 · EXPEDIENTE: RR.1570/2010 Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito

EXPEDIENTE: RR.1570/2010

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

2

El Sujeto Público Obligado respondió dicha solicitud de información el veintidós de

octubre de dos mil diez, a través de correo electrónico, en los términos siguientes:

“… Hago referencia a la solicitud de información recibida en esta Oficina de Información Pública mediante el sistema INFOMEX de fecha 15 de octubre 2010, con No. De Folio 5502000031410, donde requiere de esta dependencia lo siguiente: [Transcripción de la solicitud de información] Con fundamento en el artículo 11, 51 y 54 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se indica al solicitante que consulte el Portal de Transparencia del Partido Acción Nacional (http://www.pandf.org.mx/www.transparencia.org.mx/art82fracc/art82fracc.html) y consultar las fracción V referente a la descripción y monto de los cargos, emolumentos, remuneraciones, percepciones, ordinarias y extraordinarias o similares, de total de sus dirigentes y su plantilla laboral: Comité Directivo Regional: http://www.pandf.org.mx/www.transparencia.org.mx/art82fracc/AGOSTOTRANSPARENCIACDR21SEPT10.xls Comités Directivos Delegacionales: http://www.pandf.org.mx/www.transparencia.org.mx/art82fracc/AGOSTOTRANSPARENCIACDDS21JUN10.xls Cabe mencionar que los empleados del PAN-DF no tienen percepciones adicionales, sistemas de compensación, así como cualquier otro ingreso diferente al que está publicado en esta fracción. Se remite presupuesto anual de nomina del Partido Acción Nacional en el Distrito Federal y lo ejercido hasta el mes de agosto de 2010.

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL EN EL DISTRITO FEDERAL PRESUPUESTO COMPARATIVO ORDINARIO 2010

PRESUPUESTO ANUAL

GASTO REAL

AGOSTO 2010

DIFERENCIA

NÓMINA

26,000,000

17,886,305

-8,113,695

Page 4: EXPEDIENTE: RR.1570/2010 MODIFICA · 2016-02-19 · EXPEDIENTE: RR.1570/2010 Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito

EXPEDIENTE: RR.1570/2010

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

3

TOTAL GASTOS 26,000,000 17,886,305 También puede consultar el Presupuesto anual 2010 en la siguiente dirección electrónica: http://www.pandf.org.mx/www.transparencia.org.mx/art82fracc/presupuestoanual2010.pdf …” (sic)

En su escrito inicial, el recurrente manifestó lo siguiente:

“… Solicité a la OIP (Oficina de Información Pública), del Comité Directivo Regional del PAN (partido acción nacional en el DF), el importe los recursos públicos (locales y federales) que se han aplicado al 31 de agosto de 2010 en diversos organismos que reciben estos fondos, asimismo los provenientes de otras fuentes. La información solicitada debe incluir, cuánto se ha pagado de sueldos y similares (horas extras, gratificaciones, comisiones, aguinaldos, bonos, premios, etc.) a personal del Comité Directivo Regional, pero también cuánto de los recursos públicos que se entregan a los Comités Directivos Delegacionales (CDD's) del PAN en el DF (16 comités), se han aplicado para pagar sueldos y salarios y cantidades análogas (horas extras, gratificaciones, comisiones, aguinaldos, bonos, premios, etc.), asimismo cuánto de los fondos públicos que el partido en la entidad (DF) le entrega a la Fundación Adolfo Christlieb Ibarrola, se aplican también a sueldos y salarios y similares, lo mismo a otras fundaciones afines al partido y que reciban fondos públicos y por último, cuánto se ha pagado a los miembros del Consejo Regional, por el mismo concepto o similares. La OIP, a través del Lic. Arturo Castillo Ramírez encargado de transparencia, me ha contestado en dos ocasiones prácticamente lo mismo, pero en resumidas cuentas no me entrega la información solicitada, solo me remite a páginas del sitio del PAN en donde aparece información diversa pero no la solicitada.” (sic)

II. Por acuerdo del veintiocho de octubre de dos mil diez, la Dirección Jurídica y

Desarrollo Normativo de este Instituto previno al recurrente para que en un plazo de

cinco días hábiles exhibiera el documento que recibió como respuesta a su solicitud de

información, apercibido de que, en caso de no hacerlo, su recurso se tendría por no

presentado.

Page 5: EXPEDIENTE: RR.1570/2010 MODIFICA · 2016-02-19 · EXPEDIENTE: RR.1570/2010 Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito

EXPEDIENTE: RR.1570/2010

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

4

Dicho acuerdo se notificó al recurrente el tres de noviembre de dos mil diez, a través del

correo electrónico señalado para tal efecto.

III. El cuatro de noviembre de dos mil diez, se recibió en la Unidad de Correspondencia

de este Instituto un correo electrónico del día anterior, por medio del cual el recurrente

desahogó la prevención formulada en los siguientes términos:

“… La solicitud al Partido Acción Nacional con jurisdicción en el DF denominado Comité Directivo Regional (CDR) y en específico a la OIP, fue hecha vía correo electrónico a la cuenta del titular de dicha oficina y al área de Transparencia (misma persona): Arturo Castillo Ramírez <[email protected]>; [email protected]; asimismo las respuestas fueron por esa vía. O sea, no ha mediado documento impreso alguno en todo el proceso, por lo tanto no cuento con un documento específico, excepto el correo electrónico con la respuestas de Lic Castillo, la cual al momento de enviarles mi petición de apoyo, lo hice sobre el correo de ellos recibido con su respuesta. Voy a reenviarles (en otro correo) nuevamente la respuesta recibida del Lic. Castillo, en el cual consta su respuesta. …” (sic)

IV. Mediante acuerdo del cinco de noviembre de dos mil diez, la Dirección Jurídica y

Desarrollo Normativo de este Instituto tuvo por presentado al recurrente, haciendo las

manifestaciones contenidas en el correo referido en el Resultando anterior, y toda vez

que se encontraba transcurriendo el término concedido para desahogar la prevención

que se le formuló el veintiocho de octubre de dos mil diez, ordenó que se acordaría lo

conducente una vez que feneciera el plazo.

Dicho acuerdo se notificó al recurrente el diez de noviembre de dos mil diez, a través

del correo electrónico señalado para tal efecto.

Page 6: EXPEDIENTE: RR.1570/2010 MODIFICA · 2016-02-19 · EXPEDIENTE: RR.1570/2010 Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito

EXPEDIENTE: RR.1570/2010

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

5

V. El cuatro de noviembre de dos mil diez, se recibió en la Unidad de Correspondencia

de este Instituto un correo electrónico del día anterior, por medio del cual el recurrente,

remitió el diverso correo electrónico del veintidós de octubre de dos mil diez, enviado de

la cuenta electrónica institucional del Responsable de la Oficina de Información Pública

del Partido Acción Nacional a su cuenta, el cual refiere:

“… Hago referencia a la solicitud de información recibida en esta Oficina de Información Pública mediante el sistema INFOMEX de fecha 15 de octubre 2010, con No. De Folio 5502000031410, donde requiere de esta dependencia lo siguiente: [Transcripción de la solicitud de información] Con fundamento en el artículo 11, 51 y 54 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se indica al solicitante que consulte el Portal de Transparencia del Partido Acción Nacional (http://www.pandf.org.mx/www.transparencia.org.mx/art82fracc/art82fracc.html) y consultar las fracción V referente a la descripción y monto de los cargos, emolumentos, remuneraciones, percepciones, ordinarias y extraordinarias o similares, de total de sus dirigentes y su plantilla laboral: Comité Directivo Regional: http://www.pandf.org.mx/www.transparencia.org.mx/art82fracc/AGOSTOTRANSPARENCIACDR21SEPT10.xls Comités Directivos Delegacionales: http://www.pandf.org.mx/www.transparencia.org.mx/art82fracc/AGOSTOTRANSPARENCIACDDS21JUN10.xls Cabe mencionar que los empleados del PAN-DF no tienen percepciones adicionales, sistemas de compensación, así como cualquier otro ingreso diferente al que está publicado en esta fracción. Se remite presupuesto anual de nomina del Partido Acción Nacional en el Distrito Federal y lo ejercido hasta el mes de agosto de 2010.

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL EN EL DISTRITO FEDERAL PRESUPUESTO COMPARATIVO ORDINARIO 2010

Page 7: EXPEDIENTE: RR.1570/2010 MODIFICA · 2016-02-19 · EXPEDIENTE: RR.1570/2010 Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito

EXPEDIENTE: RR.1570/2010

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

6

PRESUPUESTO ANUAL

GASTO REAL

AGOSTO 2010

DIFERENCIA

NÓMINA

26,000,000

17,886,305

-8,113,695

TOTAL GASTOS 26,000,000 17,886,305 También puede consultar el Presupuesto anual 2010 en la siguiente dirección electrónica: http://www.pandf.org.mx/www.transparencia.org.mx/art82fracc/presupuestoanual2010.pdf …” (sic)

Asimismo, en el correo de mérito el particular adjuntó un archivo denominado “Formato

importe sueldos provenientes del cdr a varios 30 agosto 2010.xls”, refiriendo a manera

de “nota”, que en la información requerida al Sujeto Público Obligado, solicitó que se la

proporcionara en el siguiente formato:

INFORME DE LA oip DEL CDR, RELATIVO A LOS SUELDOS Y ASIMILADOS, PAGADOS A PERSONAL DEL PAN DEL DF, EN DIVERSAS POSICIONES Y PUESTOS

Al 30 de agosto de 2010 Sueldos personal al 30 de agosto de 2010

Ingresos

presupuestados

Variaciones de mas o de

(menos)

Ingresos Reales

B4-C4

Comité

Directivo Regional

(CDR DF)

Comités

Directivos Delegacionales

(16 en DF)

Fundación

Adolfo Christleb

Ibarrola

Consejeros

Regionales

Otros provenientes

CDR

Suma sueldos

E4 a 14

Ingresos reales menos

suma sueldos D4-

J4

Públicos ___________________________________________________________________________

Otros ___1 DD____________________________________________________________________

Totales __%________________________________________________________________________ Favor de señalar de los fondos públicos cuánto es local y cuánto federa, y del rubro otros cuales son los conceptos.

VI. Mediante acuerdo del once de noviembre de dos mil diez, la Dirección Jurídica y

Desarrollo Normativo de este Instituto tuvo por presentado al recurrente, desahogando

en tiempo y forma la prevención que se le formuló el veintiocho de octubre de dos mil

diez.

Page 8: EXPEDIENTE: RR.1570/2010 MODIFICA · 2016-02-19 · EXPEDIENTE: RR.1570/2010 Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito

EXPEDIENTE: RR.1570/2010

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

7

Por otra parte, admitió a trámite el presente recurso de revisión, así como las

documentales exhibidas por el recurrente y las obtenidas del sistema electrónico

“INFOMEX”, relativas a la solicitud de información con folio 5502000031410, mismas

que se describen a continuación:

Impresión de pantalla del formato: “Acuse de recibo de solicitud de acceso a la

información pública”, con fecha de registro quince de octubre de dos mil diez.

Impresión de las pantallas “Avisos del Sistema” que contiene el apartado

“Historial de la solicitud”, “Documenta la respuesta de información vía INFOMEX”, “Acuse de información entrega vía INFOMEX” y “Recibe información

vía INFOMEX”.

Asimismo, requirió al Sujeto Público Obligado el informe de ley respecto del acto

impugnado. Dicho acuerdo fue notificado al recurrente, en el correo electrónico

señalado para tal efecto, el veintidós de noviembre de dos mil diez.

VII. Mediante el oficio INFODF/DJDN/SS/1782/2010 notificado el veintidós de

noviembre de dos mil diez, se requirió al Sujeto Público Obligado el informe de ley a

que se refiere el artículo 80, fracción II de la Ley de Transparencia y Acceso a la

Información Pública del Distrito Federal.

VIII. El veintinueve de noviembre de dos mil diez, se recibió en la Unidad de

Correspondencia de este Instituto un oficio sin número del veintitrés de noviembre de

dos mil diez, a través del cual el Secretario General del Partido Acción Nacional rindió el

informe de ley que le fue requerido en los siguientes términos:

“… En relación al Recurso de Revisión 1570/2010 interpuesto por el C. Juan José Salas, donde se adolece de la respuesta emitida derivada de a solicitud de información con folio 5502000031410, es importante aclarar que esta solicitud fue originada de una solicitud

Page 9: EXPEDIENTE: RR.1570/2010 MODIFICA · 2016-02-19 · EXPEDIENTE: RR.1570/2010 Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito

EXPEDIENTE: RR.1570/2010

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

8

anterior con número de folio 5502000030010 ingresada el 01 de octubre de 2010. En esta solicitud, el solicitante requirió de este Partido Político lo siguiente: „Arturo, en base al formato adjunto solicito me indiques cuánto del financiamiento público del cdr se destina a sueldos, honorarios y otros pagos similares a los de una contraprestación por servicios personales, al 30 de agosto de 2010. ‟ La respuesta que emitió el Partido para cumplir con lo que el solicitante requirió en el cuerpo de la solicitud fue la siguiente: México D.F. a 14 de octubre de 2010 Estimado Solicitante: Hago referencia a la solicitud de información recibida en esta Oficina de Información Pública mediante el sistema INFOMEX de fecha 01 de octubre 2010, con No. De Folio 5502000030010, donde requiere de esta dependencia lo siguiente: „Arturo, en base al formato adjunto solicito me indiques cuánto del financiamiento público del cdr se destina a sueldos, honorarios y otros pagos similares a los de una contraprestación por servicios personales, al 30 de agosto de 2010. ‟ Con fundamento en el artículo 11 y 54 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se remite presupuesto anual de nomina del Partido Acción Nacional en el Distrito Federal:

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL EN EL DISTRITO FEDERAL PRESUPUESTO COMPARATIVO ORDINARIO 2010

PRESUPUESTO ANUAL

GASTO REAL

AGOSTO 2010

DIFERENCIA

NÓMINA

26,000,000

17,886,305

-8,113,695

TOTAL GASTOS 26,000,000 17,886,305 También puede consultar el Presupuesto anual 2010 en la siguiente dirección electrónica: http://www.pandf.org.mx/www.transparencia.org.mx/art82fracc/presupuestoanual2010.pdf … Para tal efecto, el solicitante anexó un formato de Excel para que fuera llenado por la Oficina de Información Pública, a lo cual con fundamento en el artículo 11 de la Ley de Transparencia la Oficina de Información Pública, la Oficina de Información Pública entregó

Page 10: EXPEDIENTE: RR.1570/2010 MODIFICA · 2016-02-19 · EXPEDIENTE: RR.1570/2010 Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito

EXPEDIENTE: RR.1570/2010

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

9

la información como es generada por la Secretaría de Administración y Finanzas, entregando en formato electrónico el cuadro „PRESUPUESTO COMPARATIVO ORDINARIO 2010‟ que refleja los sueldos realmente pagados hasta agosto de 2011 y agregando la liga de Internet al Presupuesto 2010 del Partido Acción Nacional para que el solicitante corroborara el cuadro que se presentó, es último en apego al artículo 54 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Posteriormente el solicitante ingresa la solicitud, la cual es objeto el presente Recurso de Revisión, señalando que la Oficina de Información Pública le entrega información que no solicitó o „información que se le ocurre‟ y reenvía el mismo formato para su llenado por la Oficina de Información Pública, a lo que la Oficina de Información Pública emite una nueva solicitud de información que corresponde a lo siguiente: [Transcripción de la respuesta impugnada] Cabe mencionar que el solicitante en el cuerpo de esta solicitud no especifica lo que requiere que se le aclare de la respuesta anterior o alguna petición en específico, sólo reingresa el mismo formato para su llenado, lo cual en apego al artículo 11 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, se entrega al solicitante la misma tabla „PRESUPUESTO COMPARATIVO ORDINARIO 2010‟ que refleja los sueldos realmente pagados hasta agosto de 2011, que es la información como se genera en la Secretaría de Administración y Finanzas del Partido. En esta nueva respuesta se agregan las ligas de Internet que remiten al solicitante a los sueldos que perciben los empleados del Comité Directivo Regional y de los Comités Directivos Delegacionales, en apego al artículo 54 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, ya que éste no requirió la información en alguna modalidad específica. Es importante recalcar en la Plantilla Laboral del Comité Directivo Regional aparece el personal adscrito a la Fundación Adolfo Christlieb Ibarrola. En una conversación telefónica con el recurrente el día tres noviembre, tras recibir copia de un correo electrónico que envío a la Dirección Jurídica del Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal el mismo día, se le explicó a éste que la Oficina de Información Pública está obligada a entregar la información como se genera y tal cual se encuentra en nuestros archivos. Derivado de esto, la Oficina de Información Pública envió al solicitante un correo electrónico con el link de la Plantilla laboral de los Comités Directivos Delegacionales y con la información del presupuesto que se le asignó a la Fundación Adolfo Christlieb Ibarrola en el año 2008 y 2009. Se invitó al solicitante a ingresar una nueva solicitud siendo más específico para poder entregar la información correcta. Como resultado el solicitante ingresó la siguiente solicitud: México D.F. a 11 de noviembre de 2010

Page 11: EXPEDIENTE: RR.1570/2010 MODIFICA · 2016-02-19 · EXPEDIENTE: RR.1570/2010 Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito

EXPEDIENTE: RR.1570/2010

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

10

Estimado Solicitante: Hago referencia a la solicitud de información recibida en esta Oficina de Información Pública mediante el sistema INFOMEX de fecha 04 de noviembre 2010, con No. De Folio 5502000032910, donde requiere de esta dependencia lo siguiente: Arturo, en relación a la petición que te hice el 29 de septiembre del 2010, acerca de los sueldos realmente pagados (no solo los nominales) y a qué funcionarios del Comité Directivo Regional CDR, te aclaro que aunque en el cuerpo del mensaje no lo solicité en el formato que te envíe adjunto a la solicitud, se contemplaban también la información de los sueldos efectivamente pagados en los Comités Directivos Delegacionales (16) y los efectivamente pagados y a quiénes, de la Fundación Christlieb Ibarrola. Con fundamento en el artículo 11, 51 y 54 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se indica al solicitante que consulte el Portal de Transparencia del Partido Acción Nacional (http://www.pandf.org.mx/www.transparencia.org.mx/art82fracc/art82fracc.html) y consultar las fracción V referente a la descripción y monto de los cargos, emolumentos, remuneraciones, percepciones, ordinarias y extraordinarias o similares, de total de sus dirigentes y su plantilla laboral:

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL EN EL DISTRITO FEDERAL PRESUPUESTO COMPARATIVO ORDINARIO 2010

PRESUPUESTO ANUAL

GASTO REAL

AGOSTO 2010

DIFERENCIA

NÓMINA

26,000,000

17,886,305

-8,113,695

TOTAL GASTOS 26,000,000 17,886,305 Comité Directivo Regional: http://www.pandf.org.mx/www.transparencia.org.mx/art82fracc/AGOSTOTRANSPARENCIACDR21SEPT10.xls Comités Directivos Delegacionales: http://www.pandforg.mx/www.transparencia.org.mx/art82fracc/AGOSTOTRANSPARENCIACDDS21JUN10.xls

Page 12: EXPEDIENTE: RR.1570/2010 MODIFICA · 2016-02-19 · EXPEDIENTE: RR.1570/2010 Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito

EXPEDIENTE: RR.1570/2010

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

11

Cabe mencionar que los empleados del PAN-DF no tienen percepciones adicionales, sistemas de compensación, así como cualquier otro ingreso diferente al que está publicado en esta fracción. Se remite presupuesto anual de nómina del Partido Acción Nacional en el Distrito Federal y lo realmente ejercido hasta el mes de agosto de 2010. Esta tabla ya se había enviado en la anterior respuesta, únicamente que se omitió especificar que eran los salarios realmente pagados hasta el mes de agosto, aunque en la tabla lo especificaba. Dicha cantidad engloba Comité Regional, Comités Delegacionales y Fundación.

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL EN EL DISTRITO FEDERAL PRESUPUESTO COMPARATIVO ORDINARIO 2010

PRESUPUESTO ANUAL

GASTO REAL

AGOSTO 2010

DIFERENCIA

NÓMINA

26,000,000

17,886,305

-8,113,695

TOTAL GASTOS 26,000,000 17,886,305

También puede consultar el Presupuesto anual 2010 en la siguiente dirección electrónica: http://www.pandf.org.mx/www.transparencia.org.mx/art82fracc/presupuestoanual2010.pdf Fundación Adolfo Christlieb Ibarrola: Con la entrada en vigor del Nuevo Código Electoral del Distrito Federal en 2008, los partidos políticos no están obligados a mantener una fundación. Por lo que las actividades de la Fundación Adolfo Christlíeb Ibarrola son ahora responsabilidad de la Secretaría de Estudios, Formación Política y Cultura y en 2010 no se asignó presupuesto a la Fundación. Personal adscrito a la Secretaría de Estudios, Formación Política y Cultura:

Secretario de Estudios Gastelum Lage Jesús Formación Política y Cultura

Juan Pablo Saavedra Olea Director de Cultura Paz Márquez Gina Ishell Asistente

Garcés Méndez Itzel Panambi Asistente Salmorán Bautista Itandehui Asistente

Page 13: EXPEDIENTE: RR.1570/2010 MODIFICA · 2016-02-19 · EXPEDIENTE: RR.1570/2010 Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito

EXPEDIENTE: RR.1570/2010

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

12

Nota: esta información puede diferir con la Plantilla Laboral en cuanto a los puestos, ya que en el mes de octubre la Secretaría de Estudios, Formación Política y Cultura se reorganizó. … Es importante analizar los agravios que señala el ahora recurrente: „cuánto se ha pagado de sueldos y similares (horas extras, gratificaciones, comisiones, aguinaldos, bonos, premios, etc.) al personal del Comité Directivo Regional, pero también cuánto de los recursos públicos que se entregan a los Comités Directivos Delegacionales (CDD's), se han aplicado para pagar sueldos y salarios y cantidades análogas (horas extras, gratificaciones, comisiones, aguinaldos, bonos, premios, etc…‟ En la solicitudes 5502000030010, 5502000031410, 5502000032910 en el cuerpo de la solicitud no solicita específicamente de lo que se adolece ni en el formato que anexó al ingresar sus solicitudes, no obstante en la respuesta emitida de la solicitud 5502000032910 se señala al recurrente que “los empleados del PAN-DF no tienen percepciones adicionales, sistemas de compensación, así como cualquier otro ingreso diferente al que está publicado en esta fracción‟, por lo que los empleados del Comité Directivo Regional y Comités Delegacionales no perciben ingresos adicionales por hora extras, gratificaciones, comisiones, bonos, premios, etc. El ingreso que reciben los empleados en el mes de diciembre por concepto de aguinaldo está especificado en la platinilla laboral tanto del Comité Directivo Regional como de los Comités Directivos Delegacionales, el cual corresponden a 30 días de salario. „ así mismo cuánto de los fondos públicos que el partido recibe en la entidad (DF) le entrega a la Fundación Adolfo Christlieb Ibarrola, se aplican también en sueldos y salarios y similares, lo mismo a otras fundaciones afines al partido y que reciban fondos públicos...‟ En la solicitudes 5502000030010, 5502000031410, 5502000032910 en el cuerpo de la solicitud no solicita específicamente de lo que se adolece ni en el formato que anexó al ingresar sus solicitudes, no obstante en la respuesta emitida de la solicitud 5502000032910 se le indicó al solicitante que con la entrada en vigor del Nuevo Código Electoral del Distrito Federal en 2008, los partidos políticos no están obligados a mantener una fundación. Por lo que las actividades de la Fundación Adolfo Christlieb Ibarrola son ahora responsabilidad de la Secretaría de Estudios, Formación Política y Cultura y en 2010 no se asignó presupuesto a la Fundación, y que el personal adscrito a la Secretaría de Formación y Estudios aparece en la Plantilla Laboral del Comité Directivo Regional. Además en el correo del 03 de noviembre de 2010 se le envío al solicitante el link del Presupuesto que recibió en el año 2008 y 2009, no obstante que no especificó la periodicidad con la que requería la información. „y por último cuánto se ha pagado a los miembros del Consejo Regional, por el mismo concepto o similares‟

Page 14: EXPEDIENTE: RR.1570/2010 MODIFICA · 2016-02-19 · EXPEDIENTE: RR.1570/2010 Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito

EXPEDIENTE: RR.1570/2010

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

13

Este requerimiento no aparece en ninguna de las solicitudes que ingresó ni el formato que adjuntó el solicitante por lo que debe ser desechada. La Oficina de Información Pública considera pertinente explicar lo que aconteció con las solicitudes 5502000030010, 5502000031410, 5502000032910 que se mencionan a lo largo del escrito para comprobar que el Partido a través de la Oficina de Información Pública atendió los requerimientos que ha hecho el ahora recurrente, a pesar de que estos no son claros y precisos, y que estos tienen relación entre sí ya que él mismo solicitante lo señala en la solicitud 5502000032910. Estrictamente en la solicitud recurrida 5502000031410, el solicitante en ninguna parte del cuerpo de la solicitud y del formato anexo especificó el nivel de detalle del que requería la información, por lo que la Oficina de Información Pública entregó la respuesta apegado al artículo 11 y 54 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal el día 22 de octubre de 2010. …” (sic)

En el oficio anterior, el Sujeto Público Obligado adjuntó como pruebas distintas a las

referidas en los Resultandos I y V de la presente resolución, copia simple de las

siguientes documentales:

Impresión de un correo electrónico del catorce de octubre de dos mil diez, enviado de la cuenta de la Oficina de Información Pública del Partido Acción

Nacional a la cuenta del recurrente.

Impresión de un correo electrónico del veintidós de octubre de dos mil diez,

enviado de la cuenta de la Oficina de Información Pública del Partido Acción

Nacional a la cuenta del recurrente.

Impresión de un correo electrónico del tres de noviembre de dos mil diez,

enviado de la cuenta de la Oficina de Información Pública del Partido Acción Nacional a la cuenta del recurrente.

Impresión de un correo electrónico del once de noviembre de dos mil diez

enviado de la cuenta de la Oficina de Información Pública del Partido Acción Nacional a la cuenta del recurrente.

Page 15: EXPEDIENTE: RR.1570/2010 MODIFICA · 2016-02-19 · EXPEDIENTE: RR.1570/2010 Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito

EXPEDIENTE: RR.1570/2010

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

14

IX. Mediante acuerdo del dos de diciembre de dos mil diez, la Dirección Jurídica y

Desarrollo Normativo de este Instituto tuvo por presentado al Secretario General del

Partido Acción Nacional, rindiendo el informe de ley que le fue requerido. Asimismo,

admitió las pruebas descritas en el Resultando anterior.

Por otra parte, se ordenó dar vista al recurrente con el informe de ley, por el plazo de

cinco días hábiles, para que manifestara lo que a su derecho conviniera.

Dicho acuerdo se notificó al Sujeto Público Obligado el siete de diciembre de dos mil

diez, a través de los estrados de este Instituto; y al recurrente en la misma fecha, por

medio del correo electrónico señalado para tal efecto.

X. Por acuerdo del veinte de diciembre de dos mil diez, la Dirección Jurídica y

Desarrollo Normativo de este Instituto hizo constar el transcurso del plazo concedido al

recurrente para que manifestara lo que a su derecho conviniera con relación al informe

de ley que rindió el Sujeto Público Obligado, sin que hubiera formulado manifestaciones

tendientes a desahogar dicho requerimiento. En tal virtud, con fundamento en lo

dispuesto por el artículo 133 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito

Federal, de aplicación supletoria a la ley de la materia, declaró precluído su derecho

para tal efecto.

Finalmente, otorgó un plazo común de tres días a las partes para que formularan sus

alegatos por escrito. Dicho acuerdo se notificó al Sujeto Público Obligado el siete de

enero de dos mil once, a través de los estrados de este Instituto; y al recurrente también

en esa fecha, a través del correo electrónico señalado para tal efecto.

Page 16: EXPEDIENTE: RR.1570/2010 MODIFICA · 2016-02-19 · EXPEDIENTE: RR.1570/2010 Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito

EXPEDIENTE: RR.1570/2010

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

15

XI. El doce de enero de dos mil once, se recibió en la Unidad de Correspondencia de

este Instituto un correo electrónico de la misma fecha y un archivo adjunto, a través del

cual el Secretario General del Partido Acción Nacional realizó las siguientes

manifestaciones:

“… En relación al Recurso de Revisión 1570/210, se informa que el día 12 de enero de 2010, la Oficina de Información Pública envió al C. Juan José Salas el oficio OIP/PAN/12012011, con la respuesta a sus agravios referentes a: 1. Cuánto se ha pagado de sueldos y similares (horas extras, gratificaciones, comisiones, aguinaldos, bonos, premios, etc.) al personal del Comité Directivo Regional, pero también cuánto de los recursos públicos que se entregan a los Comités Directivos Delegacionales (CDD's), se han aplicado para pagar sueldos y salarios y cantidades análogas (horas extras, gratificaciones, comisiones, aguinaldos, bonos, premios, etc. 2. así mismo cuánto de los fondos públicos que el partido recibe en la entidad (DF) le entrega a la Fundación Adolfo Christlieb Ibarrola, se aplican también en sueldos y salarios y similares, lo mismo a otras fundaciones afines al partido y que reciban fondos públicos. Mismas que ya habían sido resueltas mediante las solicitudes 5502000030010, 5502000031410, 5502000032910, respectivamente. …”

El archivo adjunto, contiene un correo electrónico del doce de enero de dos mil once,

enviado de la cuenta electrónica de la Oficina de Información Pública del Partido Acción

Nacional a la diversa del recurrente, por medio de cual le remitió el oficio

OIP/PAN/12012011, que en la parte conducente refiere:

“… C. Juan José Salas Presente Derivado del Recurso de Revisión 1570/2010 ingresado al Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, la Oficina de Información Pública envía Información referente a los agravios que manifestó en su escrito recursal, referente a:

Page 17: EXPEDIENTE: RR.1570/2010 MODIFICA · 2016-02-19 · EXPEDIENTE: RR.1570/2010 Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito

EXPEDIENTE: RR.1570/2010

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

16

1. Cuánto se ha pagado de sueldos y similares (horas extras, gratificaciones, comisiones, aguinaldos, bonos, premios, etc.) al personal del Comité Directivo Regional, pero también cuánto de los recursos públicos que se entregan a los Comités Directivos Delegacionales (CDD's), se han aplicado para pagar sueldos y salarios y cantidades análogas (horas extras, gratificaciones, comisiones, aguinaldos, bonos, premios, etc. 2. así mismo cuánto de los fondos públicos que el partido recibe en la entidad (DF) le entrega a la Fundación Adolfo Christlieb Ibarrola, se aplican también en sueldos y salarios y similares, lo mismo a otras fundaciones afines al partido y que reciban fondos públicos. Con fundamento en el artículo 11, 51 y 54 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se indica al solicitante que consulte el Portal de Transparencia del Partido Acción Nacional (http://www.pandf.org.mx/www.transparencia.org.mx/art82fracc/art82fracc.html) y consultar las fracción V referente a la descripción y monto de los cargos, emolumentos, remuneraciones, percepciones, ordinarias y extraordinarias o similares, de total de sus dirigentes y su plantilla laboral:

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL EN EL DISTRITO FEDERAL PRESUPUESTO COMPARATIVO ORDINARIO 2010

PRESUPUESTO

ANUAL

GASTO REAL

AGOSTO 2010

DIFERENCIA NÓMINA

26,000,000

17,886,305

-8,113,695

TOTAL GASTOS 26,000,000 17,886,305

Comité Directivo Regional: http://www.pandf.org.mx/www.transparencia.org.mx/art82fracc/AGOSTOTRANSPARENCIACDR21SEPT10.xls Comités Directivos Delegacionales: http://www.pandforg.mx/www.transparencia.org.mx/art82fracc/AGOSTOTRANSPARENCIACDDS21JUN10.xls Cabe mencionar que los empleados del PAN-DF no tienen percepciones adicionales, sistemas de compensación, así como cualquier otro ingreso diferente al que está publicado en esta fracción.

Page 18: EXPEDIENTE: RR.1570/2010 MODIFICA · 2016-02-19 · EXPEDIENTE: RR.1570/2010 Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito

EXPEDIENTE: RR.1570/2010

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

17

Se remite presupuesto anual de nómina del Partido Acción Nacional en el Distrito Federal y lo realmente ejercido hasta el mes de agosto de 2010. Esta tabla ya se había enviado en la anterior respuesta, únicamente que se omitió especificar que eran los salarios realmente pagados hasta el mes de agosto, aunque en la tabla lo especificaba. Dicha cantidad engloba Comité Regional, Comités Delegacionales y Fundación.

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL EN EL DISTRITO FEDERAL PRESUPUESTO COMPARATIVO ORDINARIO 2010

PRESUPUESTO

ANUAL

GASTO REAL

AGOSTO 2010

DIFERENCIA NÓMINA

26,000,000

17,886,305

-8,113,695

TOTAL GASTOS 26,000,000 17,886,305 También puede consultar el Presupuesto anual 2010 en la siguiente dirección electrónica: http://www.pandf.org.mx/www.transparencia.org.mx/art82fracc/presupuestoanual2010.pdf Fundación Adolfo Christlieb Ibarrola: Con la entrada en vigor del Nuevo Código Electoral del Distrito Federal en 2008, los partidos políticos no están obligados a mantener una fundación. Por lo que las actividades de la Fundación Adolfo Christlíeb Ibarrola son ahora responsabilidad de la Secretaría de Estudios, Formación Política y Cultura y en 2010 no se asignó presupuesto a la Fundación. Personal adscrito a la Secretaría de Estudios, Formación Política y Cultura:

Secretario de Estudios Gastelum Lage Jesús Formación Política y Cultura

Juan Pablo Saavedra Olea Director de Cultura Paz Márquez Gina Ishell Asistente

Garcés Méndez Itzel Panambi Asistente Salmorán Bautista Itandehui Asistente

Nota: esta información puede diferir con la Plantilla Laboral en cuanto a los puestos, ya que en el mes de octubre la Secretaría de Estudios, Formación Política y Cultura se reorganizó. …”

Page 19: EXPEDIENTE: RR.1570/2010 MODIFICA · 2016-02-19 · EXPEDIENTE: RR.1570/2010 Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito

EXPEDIENTE: RR.1570/2010

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

18

XIl. Por acuerdo del diecinueve de enero de dos mil once, la Dirección Jurídica y

Desarrollo Normativo tuvo por presentado al Secretario General del Partido Acción

Nacional en el Distrito Federal formulando alegatos en tiempo y forma, no así al

recurrente, quien se abstuvo de realizar manifestaciones tendientes a desahogar dicho

requerimiento. En tal virtud, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 133 del

Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, de aplicación supletoria a la

ley de la materia, declaró precluído su derecho para tal efecto.

Por otra parte, se tuvo por presentado al Sujeto Público Obligado presentando una

respuesta complementaria con la cual ordenó dar vista al recurrente por el término de

tres días hábiles para que manifestara lo que a su derecho correspondiera y, debido a

que se encontraba transcurriendo dicho término, se ordenó reservar el cierre de

instrucción hasta en tanto no precluyera el plazo de referencia.

Finalmente, considerando la ambigüedad de la solicitud de información y la necesidad

de estudiar las respuestas emitidas por el Sujeto Público Obligado a las solicitudes con

folios 5502000030010 y 5502000032910, así como la necesidad de que se conocieran

las manifestaciones del particular con la vista dada de forma complementaria, con

fundamento en el artículo 80, fracción VII de la Ley de Transparencia y Acceso a la

Información Pública del Distrito Federal, se decretó la ampliación del plazo para resolver

el presente asunto hasta por veinte días hábiles más.

Dicho acuerdo se notificó al Sujeto Público Obligado el veinticuatro de enero de dos mi

once, a través de los estrados de este Instituto; y al recurrente también en esa fecha a

través del correo electrónico señalado para tal efecto.

Page 20: EXPEDIENTE: RR.1570/2010 MODIFICA · 2016-02-19 · EXPEDIENTE: RR.1570/2010 Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito

EXPEDIENTE: RR.1570/2010

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

19

XIII. Mediante acuerdo del dos de febrero de dos mil once, la Dirección Jurídica y

Desarrollo Normativo de este Instituto hizo constar el transcurso del plazo concedido al

recurrente para que manifestara lo que a su derecho conviniera respecto de la

respuesta complementaria, sin que hicieran consideración alguna tendiente a

desahogar dicho requerimiento. En tal virtud, con fundamento en lo dispuesto por el

artículo 133 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, de aplicación

supletoria a la ley de la materia, declaró precluído su derecho para tal efecto.

Finalmente, se decretó el cierre del periodo de instrucción y se ordenó elaborar el

proyecto de resolución correspondiente.

En razón de que ha sido debidamente substanciado el presente recurso de revisión y

de que las pruebas que obran en el expediente consisten en documentales, que se

desahogan por su propia y especial naturaleza, con fundamento en el artículo 80,

fracción VII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito

Federal, y

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO. El Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal es

competente para resolver el presente recurso de revisión con fundamento en lo

establecido en los artículos 1, 2, 9, 63, 70, 71, fracciones II, XXI y XLIV, 76, 77, 78, 79,

80, 81, 82 y 88 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del

Distrito Federal; 81 y 85, párrafo primero, del Código Electoral del Distrito Federal; y en

los diversos 2, 3, 4, fracción IV, 12, fracciones I y XXIV, 13, fracción VII, y 14, fracción III

del Reglamento Interior del Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito

Federal.

Page 21: EXPEDIENTE: RR.1570/2010 MODIFICA · 2016-02-19 · EXPEDIENTE: RR.1570/2010 Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito

EXPEDIENTE: RR.1570/2010

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

20

SEGUNDO. Previo al análisis de fondo de los argumentos formulados en el recurso de

revisión que nos ocupa, este Instituto realiza el estudio oficioso de las causales de

improcedencia, por tratarse de una cuestión de orden público y de estudio preferente,

atento a lo establecido por la Jurisprudencia número 940, publicada en la página 1538,

de la Segunda Parte del Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1988,

que a la letra dice:

IMPROCEDENCIA. Sea que las partes la aleguen o no, debe examinarse previamente la procedencia del juicio de amparo, por ser una cuestión de orden público en el juicio de garantías.

Una vez analizadas las constancias que integran el presente recurso de revisión, se

advierte que el Sujeto Público Obligado no invocó causal de improcedencia alguna y

este Órgano Colegiado no advierte que se actualice alguna de las previstas por la Ley

de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal o sus

ordenamientos supletorios.

Sin embargo, de las constancias que integran el expediente, se advierte que, con

posterioridad a la presentación del presente medio de impugnación el Instituto Político

notificó, a través de un correo electrónico del doce de enero de dos mil once (visible a

foja setenta del expediente), información complementaria en atención a las

inconformidades del particular.

En ese orden de ideas, toda vez que el Sujeto Público Obligado dio a conocer a este

Órgano Colegiado que envió al recurrente una respuesta complementaria en atención a

las inconformidades del particular, es que se advierte de manera oficiosa que en el

presente caso podría actualizarse la causal de sobreseimiento prevista en el artículo 84,

Page 22: EXPEDIENTE: RR.1570/2010 MODIFICA · 2016-02-19 · EXPEDIENTE: RR.1570/2010 Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito

EXPEDIENTE: RR.1570/2010

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

21

fracción IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito

Federal, que a la letra dispone:

… Artículo 84. Procede el sobreseimiento, cuando: … IV. El Ente Público cumpla con el requerimiento de la solicitud, caso en el que deberá haber constancia de la notificación de la respuesta al solicitante, dándole el Instituto vista al recurrente para que manifieste lo que a su derecho convenga. …

Conforme al texto que antecede, para que proceda el sobreseimiento del presente

medio de impugnación es necesario que durante su sustanciación se reúnan tres

requisitos, a saber:

a) Que el Ente Público cumpla con el requerimiento de la solicitud;

b) Que exista constancia de la notificación de la respuesta al solicitante, y

c) Que el Instituto dé vista al recurrente para que manifieste lo que a su derecho convenga.

En ese sentido, resulta necesario analizar si, en el caso que nos ocupa, las

documentales que obran en el expediente son idóneas para demostrar que se reúnen

los tres requisitos mencionados.

Por cuestión de método, se considera pertinente analizar el segundo requisito,

consistente en la existencia de una constancia que acredite que con posterioridad a la

interposición del presente medio de defensa (veinticinco de octubre de dos mil diez), el

Sujeto Público Obligado notificó al recurrente una respuesta complementaria.

Al respecto, el partido político exhibió como constancia de notificación de la respuesta

complementaria copia simple de la impresión de un correo electrónico del doce de

Page 23: EXPEDIENTE: RR.1570/2010 MODIFICA · 2016-02-19 · EXPEDIENTE: RR.1570/2010 Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito

EXPEDIENTE: RR.1570/2010

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

22

enero de dos mil once, del que se advierte que fue enviado de la cuenta electrónica

institucional de su Oficina de Información Pública, pero no así la cuenta a la que fue

remitido (foja setenta y cuatro y setenta y seis del expediente).

A dicha documental, se le otorga valor probatorio en términos de lo dispuesto por los

artículos 373 y 402 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, de

aplicación supletoria a la ley de la materia, así como con apoyo en la siguiente

Jurisprudencia:

Novena Época Instancia: Pleno Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: III, Abril de 1996 Tesis: P. XLVII/96 Página: 125 PRUEBAS. SU VALORACIÓN CONFORME A LAS REGLAS DE LA LÓGICA Y DE LA EXPERIENCIA, NO ES VIOLATORIA DEL ARTÍCULO 14 CONSTITUCIONAL (ARTÍCULO 402 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL). El Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, al hablar de la valoración de pruebas, sigue un sistema de libre apreciación en materia de valoración probatoria estableciendo, de manera expresa, en su artículo 402, que los medios de prueba aportados y admitidos serán valorados en su conjunto por el juzgador, atendiendo a las reglas de la lógica y de la experiencia; y si bien es cierto que la garantía de legalidad prevista en el artículo 14 constitucional, preceptúa que las sentencias deben dictarse conforme a la letra de la ley o a su interpretación jurídica, y a falta de ésta se fundarán en los principios generales del derecho, no se viola esta garantía porque el juzgador valore las pruebas que le sean aportadas atendiendo a las reglas de la lógica y de la experiencia, pues el propio precepto procesal le obliga a exponer los fundamentos de la valoración jurídica realizada y de su decisión. Amparo directo en revisión 565/95. Javier Soto González. 10 de octubre de 1995. Unanimidad de once votos. Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Secretaria: Luz Cueto Martínez. El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada el diecinueve de marzo en curso, aprobó, con el número XLVII/1996, la tesis que antecede; y determinó que la votación es idónea para integrar tesis de jurisprudencia. México, Distrito Federal, a diecinueve de marzo de mil novecientos noventa y seis.

Page 24: EXPEDIENTE: RR.1570/2010 MODIFICA · 2016-02-19 · EXPEDIENTE: RR.1570/2010 Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito

EXPEDIENTE: RR.1570/2010

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

23

Del contenido de la documental referida no se aprecia dato alguno que demuestre que

efectivamente fue enviado a la cuenta del recurrente, si bien se observa en el rubro

“Para” el nombre de “juan jose”, lo cierto es que carece de los elementos que al efecto

integran una cuenta de correo electrónico, tales como lo serían un conjunto de

caracteres seguido del símbolo “@” y el nombre de dominio que presta el servicio del

correo electrónico, componentes con los que este Órgano Colegiado pudiera corroborar

que efectivamente la respuesta fue remitida a la cuenta del particular.

Por lo que no se tiene satisfecho el segundo de los requisitos para que se actualice la

causal de sobreseimiento prevista en el artículo 84, fracción IV de la Ley de

Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito, siendo procedente entrar

al estudio de fondo del recurso de revisión.

TERCERO. Una vez realizado el estudio de las constancias que integran el expediente

que nos ocupa, se desprende que la resolución sustancialmente consiste en determinar

si la respuesta impugnada, transgredió el derecho de acceso a la información pública

del recurrente y, en su caso, si resulta procedente ordenar la entrega de la información

solicitada, de conformidad con lo dispuesto por la Ley de Transparencia y Acceso a la

Información Pública del Distrito Federal.

Por razón de método, el estudio y resolución del cumplimiento de la obligación del

Sujeto Público de proporcionar la información solicitada se realizará en un primer

apartado y, en su caso, las posibles infracciones a la Ley de Transparencia y Acceso a

la Información Pública del Distrito Federal, se tratarán en capítulos independientes.

CUARTO. En la solicitud de acceso a la información pública, el ahora recurrente solicitó

al Partido Acción Nacional:

Page 25: EXPEDIENTE: RR.1570/2010 MODIFICA · 2016-02-19 · EXPEDIENTE: RR.1570/2010 Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito

EXPEDIENTE: RR.1570/2010

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

24

“Arturo, como prácticamente todo lo que les solicito me responden lo que se les ocurre, te insisto, esto que me acabas de enviar no es todo lo que solicité, te reenvío el formato, si tienes dudas por favor comunícate conmigo, ya tienes mi teléfono. …” (sic)

A su solicitud de información el particular adjuntó en formato “Excel”, el archivo

denominado “Formato importe sueldos provenientes del cdr a varios 30 agosto

2010.zip”, que contiene los siguientes datos:

Al 30 de agosto de 2010 Sueldos personal al 30 de agosto de 2010

Ingresos

presupuestados

Variaciones de mas o de

(menos)

Ingresos

Reales cdr cdd´s

Fundación

Ibarrola

Otros provenientes

cdr

Suma

sueldos

Ingresos

reales menos

sueldos

Totales

En respuesta, el Sujeto Público Obligado informó, con fundamento en los artículos 11,

51 y 54 de la ley de la materia, que consultara su Portal de Transparencia,

específicamente la fracción V, referente a la descripción y monto de los cargos,

emolumentos, remuneraciones, percepciones ordinarias y extraordinarias o similares,

del total de sus dirigentes y su plantilla laboral; agregando así la ligas de su Comité

Directivo Regional y de sus Comités Directivos Delegacionales.

En adición de lo anterior, también le informó que los empleados del Partido Acción

Nacional no tienen percepciones adicionales, sistemas de compensación, así como

cualquier otro ingreso diferente al que está publicado en la fracción ya referida.

Finalmente, le proporcionó el hipervínculo en el que podía consultar el Presupuesto

anual 2010 y remitió específicamente el presupuesto anual de nómina del Partido

Acción Nacional y lo ejercido hasta el mes de agosto de dos mil diez con la tabla que a

continuación se inserta:

Page 26: EXPEDIENTE: RR.1570/2010 MODIFICA · 2016-02-19 · EXPEDIENTE: RR.1570/2010 Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito

EXPEDIENTE: RR.1570/2010

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

25

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL EN EL DISTRITO FEDERAL PRESUPUESTO COMPARATIVO ORDINARIO 2010

PRESUPUESTO

ANUAL

GASTO REAL

AGOSTO 2010

DIFERENCIA

NÓMINA

26,000,000

17,886,305

-8,113,695

TOTAL GASTOS 26,000,000 17,886,305

Lo anterior, se desprende de las documentales consistentes en el “Acuse de recibo de

solicitud de acceso a la información pública” con folio 5502000031410 (visible a fojas

tres a cinco del expediente) y la impresión del correo electrónico del veintidós de octubre

de dos mil diez, por medio del cual el recurrente exhibió en desahogo de la prevención

que le fue formulada, la respuesta impugnada (visible a foja dieciséis del expediente).

A dichas documentales, se les concede valor probatorio en términos de lo dispuesto por

los artículos 374 y 402 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, de

aplicación supletoria a la ley de la materia, así como con apoyo en la Jurisprudencia

“PRUEBAS. SU VALORACIÓN CONFORME A LAS REGLAS DE LA LÓGICA Y DE

LA EXPERIENCIA, NO ES VIOLATORIA DEL ARTÍCULO 14 CONSTITUCIONAL

(ARTÍCULO 402 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO

FEDERAL)”, citada en el Considerando Segundo.

En contra de la respuesta el recurrente hizo valer, por una parte, que la Oficina de

Información Pública del Sujeto Público Obligado le ha contestado en dos ocasiones

prácticamente lo mismo, pero no le entrega la información solicitada y sólo lo remite a

páginas del sitio del Partido Acción Nacional en donde aparece información diversa

pero no la requerida y, por la otra, que lo que requirió en su solicitud de información

Page 27: EXPEDIENTE: RR.1570/2010 MODIFICA · 2016-02-19 · EXPEDIENTE: RR.1570/2010 Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito

EXPEDIENTE: RR.1570/2010

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

26

fue, en relación con el importe de los recursos públicos locales, federales y aquellos

provenientes de otras fuentes que el partido político ha aplicado al treinta y uno de

agosto de dos mil diez, el monto que ha pagado por el concepto de sueldos y similares

(horas extras, gratificaciones, comisiones, aguinaldos, bonos, premios, etcétera): a) al

personal del Comité Directivo Regional y Comités Directivos Delegacionales (CDD’s), b)

a los miembros del Consejo Regional y c) a la Fundación Adolfo Christlieb Ibarrola y

otras fundaciones afines.

Al rendir su informe de ley, el Sujeto Público Obligado defendió la legalidad de su

respuesta en los siguientes términos:

En el cuerpo de la solicitud origen del presente medio de impugnación, el

recurrente no especificó lo que realmente requería que se le aclarara de la respuesta impugnada o alguna otra solicitud en específico, ya que sólo reingresó un formato para su llenado.

En apego al artículo 11 de Ley de Transparencia y Acceso a la Información

Pública del Distrito Federal, proporcionó al particular la tabla denominada “PRESUPUESTO COMPARATIVO ORDINARIO 2010”, que refleja los sueldos

realmente pagados hasta agosto de dos mil diez, que es la información que

genera su Secretaría de Administración y Finanzas, respuesta en la que agregó las ligas de Internet que remiten al solicitante a los sueldos que perciben los empleados del Comité Directivo Regional y de los Comités Directivos

Delegacionales, en apego al artículo 54 de la ley de la materia, debido a que dicho recurrente no requirió la información en alguna modalidad en específico.

En una conversación telefónica con el recurrente el tres de noviembre de dos mil diez, le explicó que su Oficina de Información Pública está obligada a entregar la información como se genera y tal cual se encuentra en sus archivos,

derivado de ello fue que le envió un correo electrónico con el link de la plantilla laboral de los Comités Directivos Delegacionales, así como la información del presupuesto que asignó a la Fundación Adolfo Chistlieb Ibarrola en el año dos

mil ocho y dos mil nueve y lo invitó a ingresar una nueva solicitud siendo más específico para poder entregar la información correcta.

Page 28: EXPEDIENTE: RR.1570/2010 MODIFICA · 2016-02-19 · EXPEDIENTE: RR.1570/2010 Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito

EXPEDIENTE: RR.1570/2010

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

27

En el cuerpo de la solicitud 5502000031410 el particular no requirió específicamente de lo que se inconforma, ni en el formato que anexó al

integrar su solicitud.

La información relativa al requerimiento relacionado con el monto pagado a los

miembros del Consejo Regional no aparece como requerimiento en su solicitud ni en el formato que ingresó el particular, por lo que debe ser desechada.

Su oficina de información pública atendió los requerimientos que ha hecho el recurrente a pesar de que no son claros y precisos.

En ninguna parte de la solicitud o del formato origen del presente medio

de impugnación, el solicitante especificó el nivel de detalle del que requería la información, por lo que su oficina de información pública entregó la respuesta con apego al artículo 11 y 54 de la ley de la materia el veintidós de

octubre de dos mil diez.

Expuestas en estos términos las posturas de las partes, se procede a dilucidar a cuál de

ellas le asiste la razón.

En ese orden de ideas, lo primero que advierte este Instituto es que el Ente Público en

su informe de ley manifestó que “las solicitudes… 5502000031410… en el cuerpo de la

solicitud no solicita específicamente de lo que se adolece ni en el formato que

anexó al ingresar sus solicitudes” y que su “Oficina de Información Pública atendió

los requerimientos que ha hecho el ahora recurrente, a pesar de que estos no son

claros y precisos”, así como que el particular incorporó a su requerimiento un archivo

(“Formato importe sueldos provenientes del cdr a varios 30 agosto 2010.zip”) que

contiene datos aislados de los cuales no se desprende exactamente lo solicitado al

Partido Acción Nacional, tal y como se muestra a continuación:

“… 5. Información solicitada (anote de forma clara y precisa)

Page 29: EXPEDIENTE: RR.1570/2010 MODIFICA · 2016-02-19 · EXPEDIENTE: RR.1570/2010 Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito

EXPEDIENTE: RR.1570/2010

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

28

Arturo, como prácticamente todo lo que les solicito me responden lo que se les ocurre, te insisto, esto que me acabas de enviar no es todo lo que solicité, te reenvío el formato, si tienes dudas por favor comunícate conmigo, ya tienes mi teléfono. …” (sic)

Con el requerimiento anterior, el particular adjuntó el siguiente archivo::

Al 30 de agosto de 2010 Sueldos personal al 30 de agosto de

2010

Ingresos

presupuestados

Variaciones de mas o de

(menos) Ingresos Reales cdr cdd´s

Fundación Ibarrola

Otros provenientes

cdr Suma

sueldos

Ingresos reales menos sueldos

Totales

Visto lo anterior, resulta procedente citar el contenido de los artículos 3, 45 y 47, párrafo

tercero, fracción III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del

Distrito Federal, los cuales a la letra señalan:

Artículo 3. Toda la información generada, administrada o en posesión de los Entes Públicos se considera un bien de dominio público, accesible a cualquier persona en los términos y condiciones que establece esta Ley y demás normatividad aplicable. Artículo 45. Toda persona por sí o por medio de representante legal, tiene derecho a presentar una solicitud de acceso a la información, sin necesidad de sustentar justificación o motivación alguna. … Artículo 47. La solicitud de acceso a la información pública se hará por escrito material o por correo electrónico, a menos que la índole del asunto permita que sea verbal, incluso por vía telefónica, en cuyo caso será responsabilidad del Ente Público registrar la solicitud y procederá a entregar una copia de la misma al interesado. … La solicitud de acceso a la información que se presente deberá contener cuando menos los siguientes datos: … III. Descripción clara y precisa de los datos e información que solicita;

Page 30: EXPEDIENTE: RR.1570/2010 MODIFICA · 2016-02-19 · EXPEDIENTE: RR.1570/2010 Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito

EXPEDIENTE: RR.1570/2010

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

29

De las disposiciones transcritas, se desprende que el derecho de acceso a la

información es la prerrogativa de toda persona para acceder a la información generada,

administrada o en poder de los entes públicos, la cual se considera un bien del dominio

público accesible a cualquier persona, no obstante, existe un procedimiento especifico

para acceder a la misma, y si bien no se requiere sustentar justificación o motivación

alguna, lo cierto es que la solicitud necesita ciertos datos, como lo son la descripción

clara y precisa de los datos e información que se requieren, por lo que resulta

innegable que la solicitud planteada por el ahora recurrente y el archivo adjunto a ésta

carecen de claridad y precisión.

En ese orden de ideas, es importante señalar que si bien existe una deficiencia de

claridad y precisión en la solicitud origen del presente medio de impugnación, lo cierto

es que, dichas irregularidades debieron ser advertidas y resueltas por el Sujeto Público

Obligado al momento de darle trámite, ya que el artículo 47, párrafo quinto, de la Ley de

Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, faculta al Sujeto

Público Obligado a prevenir al solicitante, quien en un plazo no mayor a cinco días

hábiles deberá hacer las aclaraciones pertinentes y, en caso de incumplimiento de la

prevención, dicha solicitud de información se puede tener por no presentada.

Pese a lo anterior, en el presente caso no se advierte que el Partido Acción Nacional

haya hecho uso de la figura de la prevención, cuya finalidad es la de atender de la

mejor forma posible cada solicitud, proporcionando los datos que verdaderamente

interesan al solicitante.

Conforme a las aclaraciones anteriores, resulta claro que a fin de determinar a cuál de

las partes le asiste la razón, se hace necesario traer a colación las manifestaciones

realizadas por el recurrente en su escrito inicial consistentes en

Page 31: EXPEDIENTE: RR.1570/2010 MODIFICA · 2016-02-19 · EXPEDIENTE: RR.1570/2010 Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito

EXPEDIENTE: RR.1570/2010

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

30

“… Solicité a la OIP (Oficina de Información Pública), del Comité Directivo Regional del PAN (Partido Acción Nacional en el DF), el importe los recursos públicos (locales y federales) que se han aplicado al 31 de agosto de 2010 en diversos organismos que reciben estos fondos, asimismo los provenientes de otras fuentes. La información solicitada debe incluir, cuánto se ha pagado de sueldos y similares (horas extras, gratificaciones, comisiones, aguinaldos, bonos, premios, etc.) a personal del Comité Directivo Regional, pero también cuánto de los recursos públicos que se entregan a los Comités Directivos Delegacionales (CDD's) del PAN en el DF (16 comités), se han aplicado para pagar sueldos y salarios y cantidades análogas (horas extras, gratificaciones, comisiones, aguinaldos, bonos, premios, etc.), asimismo cuánto de los fondos públicos que el partido en la entidad (DF) le entrega a la Fundación Adolfo Christlieb Ibarrola, se aplican también a sueldos y salarios y similares, lo mismo a otras fundaciones afines al partido y que reciban fondos públicos y por último, cuánto se ha pagado a los miembros del Consejo Regional, por el mismo concepto o similares. …” (sic)

Vista la transcripción que antecede, este Instituto estima que a fin de dar cumplimiento

a la solicitud de información el Sujeto Público Obligado debió proporcionar al ahora

recurrente los recursos públicos locales que aplicó al treinta y uno de agosto de dos mil

diez, el monto que pagó por el concepto de sueldos y similares (horas extras,

gratificaciones, comisiones, aguinaldos, bonos, premios, etcétera):

a) Al personal del Comité Directivo Regional y Comités Directivos

Delegacionales (CDD’s). b) A los miembros del Consejo Regional y

c) a la Fundación Adolfo Christlieb Ibarrola y otras fundaciones afines.

Lo anterior con apego al principio de congruencia que debe prevalecer en toda

resolución, es decir, la coherencia entre lo solicitado y lo que este Órgano garante

resuelva sobre su inconformidad. Sirve de apoyo la siguiente Tesis aislada emitida por

el Poder Judicial de la Federación:

Page 32: EXPEDIENTE: RR.1570/2010 MODIFICA · 2016-02-19 · EXPEDIENTE: RR.1570/2010 Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito

EXPEDIENTE: RR.1570/2010

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

31

No. Registro: 239,479 Tesis aislada Materia(s): Común Séptima Época Instancia: Tercera Sala Fuente: Semanario Judicial de la Federación 217-228 Cuarta Parte Tesis: Página: 77 Genealogía: Informe 1987, Segunda Parte, Tercera Sala, tesis 252, página 189. CONGRUENCIA DE LA SENTENCIA. EN QUE CONSISTE ESTE PRINCIPIO. La congruencia significa conformidad en cuanto a extensión, concepto y alcance entre lo resuelto por el órgano jurisdiccional y las demandas, contestaciones y demás pretensiones deducidas oportunamente por las partes. Amparo directo 8650/86. Municipio de Rioverde, San Luis Potosí. 15 de junio de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: María del Carmen Arroyo Moreno. Amparo directo 1213/87. Francisco Araujo Alatriste. 1o. de junio de 1987. Cinco votos. Ponente: Jorge Olivera Toro. Secretaria: Hilda Martínez González. Séptima Época, Cuarta Parte: Volumen 88, página 31. Amparo directo 5981/74. Benita Mata viuda de Torres. 7 de abril de 1976. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: J. Ramón Palacios Vargas. Volumen 55, página 23. Amparo directo 4388/71. José María Peñuelas. 2 de julio de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Enrique Martínez Ulloa. Volumen 54, página 122. Amparo directo 4419/70. Jesús L. Camacho. 15 de junio de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez. Sexta Época, Cuarta Parte: Volumen CV, página 27. Amparo directo 2014/65. María de Jesús Villalpando Jiménez de Dávila y coagraviados. 9 de marzo de 1966. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela. Volumen XXVIII, página 136. Amparo directo 7333/58. Angel Piña. 7 de octubre de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente. Manuel Rivera Silva. Volumen XX, página 51. Amparo directo 7906/57. Graciana Bobadilla viuda de Fernández. 13 de febrero de 1959. Cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez. Nota: En el Volumen 88, página 31; Volumen 55, página 23; y Volumen XXVIII, página 136, la tesis aparece bajo el rubro "CONGRUENCIA DE LA SENTENCIA, PRINCIPIO DE.". En el Volumen 54, página 122, la tesis aparece bajo el rubro "SENTENCIAS, PRINCIPIO DE CONGRUENCIA DE LAS.". En el Volumen CV, página 27, la tesis aparece bajo el rubro "CONGRUENCIA DE LAS RESOLUCIONES JUDICIALES, PRINCIPIO DE LA.". En el Volumen XX, página 51, la tesis aparece bajo el rubro "CONGRUENCIA, ALCANCE DEL PRINCIPIO DE.

Page 33: EXPEDIENTE: RR.1570/2010 MODIFICA · 2016-02-19 · EXPEDIENTE: RR.1570/2010 Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito

EXPEDIENTE: RR.1570/2010

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

32

En ese orden de ideas, no pasa desapercibido para este Instituto que, mediante oficio

OIP/PAN/12012011, el partido político en alcance a los requerimientos identificados con

los incisos a, b y c, pretendió informar al recurrente lo siguiente:

“… Derivado del Recurso de Revisión 1570/2010 ingresado al Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, la Oficina de Información Pública envía Información referente a los agravios que manifestó en su escrito recursal, referente a: 1. Cuánto se ha pagado de sueldos y similares (horas extras, gratificaciones, comisiones, aguinaldos, bonos, premios, etc.) al personal del Comité Directivo Regional, pero también cuánto de los recursos públicos que se entregan a los Comités Directivos Delegacionales (CDD's), se han aplicado para pagar sueldos y salarios y cantidades análogas (horas extras, gratificaciones, comisiones, aguinaldos, bonos, premios, etc.

2. así mismo cuánto de los fondos públicos que el partido recibe en la entidad (DF) le entrega a la Fundación Adolfo Christlieb Ibarrola, se aplican también en sueldos y salarios y similares, lo mismo a otras fundaciones afines al partido y que reciban fondos públicos.

Con fundamento en el artículo 11, 51 y 54 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se indica al solicitante que consulte el Portal de Transparencia del Partido Acción Nacional (http://www.pandf.org.mx/www.transparencia.org.mx/art82fracc/art82fracc.html) y consultar las fracción V referente a la descripción y monto de los cargos, emolumentos, remuneraciones, percepciones, ordinarias y extraordinarias o similares, de total de sus dirigentes y su plantilla laboral:

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL EN EL DISTRITO FEDERAL PRESUPUESTO COMPARATIVO ORDINARIO 2010

PRESUPUESTO ANUAL

GASTO REAL

AGOSTO 2010

DIFERENCIA

NÓMINA

26,000,000

17,886,305

-8,113,695

TOTAL GASTOS 26,000,000 17,886,305

Page 34: EXPEDIENTE: RR.1570/2010 MODIFICA · 2016-02-19 · EXPEDIENTE: RR.1570/2010 Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito

EXPEDIENTE: RR.1570/2010

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

33

Comité Directivo Regional: http://www.pandf.org.mx/www.transparencia.org.mx/art82fracc/AGOSTOTRANSPARENCIACDR21SEPT10.xls

Comités Directivos Delegacionales: http://www.pandforg.mx/www.transparencia.org.mx/art82fracc/AGOSTOTRANSPARENCIACDDS21JUN10.xls

Cabe mencionar que los empleados del PAN-DF no tienen percepciones adicionales, sistemas de compensación, así como cualquier otro ingreso diferente al que está publicado en esta fracción.

Se remite presupuesto anual de nómina del Partido Acción Nacional en el Distrito Federal y lo realmente ejercido hasta el mes de agosto de 2010. Esta tabla ya se había enviado en la anterior respuesta, únicamente que se omitió especificar que eran los salarios realmente pagados hasta el mes de agosto, aunque en la tabla lo especificaba. Dicha cantidad engloba Comité Regional, Comités Delegacionales y Fundación.

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL EN EL DISTRITO FEDERAL PRESUPUESTO COMPARATIVO ORDINARIO 2010

PRESUPUESTO ANUAL

GASTO REAL

AGOSTO 2010

DIFERENCIA

NÓMINA

26,000,000

17,886,305

-8,113,695

TOTAL GASTOS 26,000,000 17,886,305

También puede consultar el Presupuesto anual 2010 en la siguiente dirección electrónica:

http://www.pandf.org.mx/www.transparencia.org.mx/art82fracc/presupuestoanual2010.pdf

Fundación Adolfo Christlieb Ibarrola:

Con la entrada en vigor del Nuevo Código Electoral del Distrito Federal en 2008, los partidos políticos no están obligados a mantener una fundación. Por lo que las actividades de la Fundación Adolfo Christlíeb Ibarrola son ahora responsabilidad de la Secretaría de Estudios, Formación Política y Cultura y en 2010 no se asignó presupuesto a la Fundación.

Personal adscrito a la Secretaría de Estudios, Formación Política y Cultura:

Secretario de Estudios Gastelum Lage Jesús Formación Política y Cultura

Juan Pablo Saavedra Olea Director de Cultura

Page 35: EXPEDIENTE: RR.1570/2010 MODIFICA · 2016-02-19 · EXPEDIENTE: RR.1570/2010 Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito

EXPEDIENTE: RR.1570/2010

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

34

Paz Márquez Gina Ishell Asistente Garcés Méndez Itzel Panambi Asistente Salmorán Bautista Itandehui Asistente

Nota: esta información puede diferir con la Plantilla Laboral en cuanto a los puestos, ya que en el mes de octubre la Secretaría de Estudios, Formación Política y Cultura se reorganizó. …” (sic)

En ese orden de ideas, se advierte que si bien, el particular solicitó de los recursos

públicos locales, federales y aquellos provenientes de otras fuentes que aplicó el Sujeto

Público Obligado al treinta y uno de agosto de dos mil diez:

El monto que pagó por el concepto de sueldos y similares (horas extras,

gratificaciones, comisiones, aguinaldos, bonos, premios, etcétera):

a) al personal del Comité Directivo Regional y Comités Directivos

Delegacionales (CDD’s),

b) a los miembros del Consejo Regional y

c) a la Fundación Adolfo Christlieb Ibarrola y otras fundaciones afines.

Lo cierto es que con la información que antecede, específicamente con la tabla

denominada “PRESUPUESTO COMPARATIVO ORDINARIO 2010”, el Partido Político

sólo refleja el monto anual que recibió en dos mil diez para ser afectado en materia de

nómina, y que para el caso que nos ocupa aplicó hasta el mes de agosto de dos mil

diez el importe de $17,886,305.00 (DIECISIETE MILLONES OCHOCIENTOS

OCHENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS CINCO PESOS M.N.), información que en

términos generales podría atender la solicitud del particular respecto del monto que por

concepto de sueldos se pagó al mes de agosto de dos mil diez, entendiendo para tal

situación que en el pago de dicha nómina se encuentra el personal de su interés.

Page 36: EXPEDIENTE: RR.1570/2010 MODIFICA · 2016-02-19 · EXPEDIENTE: RR.1570/2010 Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito

EXPEDIENTE: RR.1570/2010

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

35

No obstante, si bien lo proporcionado refleja el monto global que recibió para nómina, lo

cierto es que, no se tiene certeza de cuanto de los $17, 886 305.00 (DIECISIETE

MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS CINCO PESOS

M.N.), ejercidos a agosto de dos mil diez, corresponde al pago del personal del Comité

Directivo Regional, Comités Directivos Delegacionales (CDD’s) y Consejo Regional y a,

desglosado por cada uno.

Ahora bien, de la consulta efectuada por este Órgano Colegiado a los hipervínculos

señalados por el Sujeto Público Obligado, se advirtieron como únicas percepciones

y prestaciones de los integrantes tanto del Comité Directivo Regional y de los

Comités Directivos Delegacionales los sueldos y aguinaldos que al efecto se

encuentran contenidas en las tablas que contienen ambas ligas electrónicas; sin

embargo, contrario a lo aseverado por el partido político consistente en que “los

empleados del PAN-DF no tienen percepciones adicionales…”, se logró ubicar, en el

caso de los integrantes del Comité Directivo Regional, como percepciones adicionales

aquellas obtenidas por concepto de “Puntualidad” y “Asistencia”, como se muestra a

continuación:

Page 37: EXPEDIENTE: RR.1570/2010 MODIFICA · 2016-02-19 · EXPEDIENTE: RR.1570/2010 Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito

EXPEDIENTE: RR.1570/2010

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

36

En ese sentido, considerando que el recurrente también solicitó, los montos pagados

por concepto de similares; es decir: horas extras, gratificaciones, comisiones, bonos,

premios, etcétera; y que en el portal de Internet se ubicó de conformidad con el artículo

222, fracción XXII, inciso e del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales en

el Distrito Federal; como únicas percepciones y prestaciones del interés del recurrente,

los sueldos y aguinaldos de los integrantes del Comité Directivo Regional y de los

Comités Directivos Delegacionales y, en el caso de los primeros citados como

percepciones adicionales las cantidades que algunos empleados recibieron por

concepto de puntualidad y asistencia, se estima pertinente que el Sujeto Público

Obligado proporcione dicha información al particular para dar atención al requerimiento

identificado con el inciso a), a través del medio señalado para tal efecto, asimismo,

deberá aclarar cuánto de los $17, 886 305.00 (DIECISIETE MILLONES

OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS CINCO PESOS M.N.),

ejercidos a agosto de dos mil diez para nómina, corresponde al pago del personal del

Comité Directivo Regional, Comités Directivos Delegacionales (CDD’s) y Consejo

Regional, desglosado por cada uno.

Lo anterior, de conformidad con el segundo párrafo del artículo 54, de la Ley de

Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, que señala que

cuando la información solicitada se encuentre disponible en Internet, las oficinas de

información pública deberán de indicarlo a los solicitantes, precisando la dirección

electrónica completa del sitio donde se encuentra la información requerida, lo cual no

los exime de proporcionar la información en la modalidad solicitada, como lo es en el

caso concreto, en medio electrónico.

Ahora bien, del estudio realizado por este Órgano Colegiado a la información contenida

en el oficio OIP/PAN/12012011 y los hipervínculos señalados por el Sujeto Público

Page 38: EXPEDIENTE: RR.1570/2010 MODIFICA · 2016-02-19 · EXPEDIENTE: RR.1570/2010 Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito

EXPEDIENTE: RR.1570/2010

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

37

Obligado, no se advirtió alguna relacionada con el pago que realiza respecto de los

sueldos y similares (horas extras, gratificaciones, comisiones, aguinaldos, bonos,

premios, etcétera) de los miembros del Consejo Regional que en términos del artículo

72 de sus Estatutos Generales forma parte como Órgano Estatal del Partido Acción

Nacional, por lo que resulta procedente ordenar al Partido Político que proporcione la

información solicitada para dar atención al requerimiento identificado con el inciso b),

pues en términos del artículo 222, fracción XXII, inciso e, del Código de Instituciones y

Procedimientos Electorales en el Distrito Federal, los partidos políticos tienen la

obligación de que sin mediar solictud alguna, la debe poner a disposición del público en

sus sitios de Internet, entre otra información, la relacionada con la descripción y

monto de los cargos, emolumentos, remuneraciones, percepciones, ordinarias y

extraordinarias o similares, de total de sus dirigentes y su plantilla laboral.

Finalmente, por lo que hace a la solicitud del recurrente que para efectos de la presente

resolución se ha identificado con el inciso c), consistente en cuál fue el monto que el

Sujeto Público Obligado pagó por el concepto de sueldos y similares (horas extras,

gratificaciones, comisiones, aguinaldos, bonos, premios, etcétera) al personal de la

Fundación Adolfo Christlieb Ibarrola y otras fundaciones afines, se estima necesario

traer a colación el pronunciamiento que al efecto realizó el partido en el oficio

OIP/PAN/12012011:

“… Fundación Adolfo Christlieb Ibarrola:

Con la entrada en vigor del Nuevo Código Electoral del Distrito Federal en 2008, los partidos políticos no están obligados a mantener una fundación. Por lo que las actividades de la Fundación Adolfo Christlíeb Ibarrola son ahora responsabilidad de la Secretaría de Estudios, Formación Política y Cultura y en 2010 no se asignó presupuesto a la Fundación.

Personal adscrito a la Secretaría de Estudios, Formación Política y Cultura: Secretario de Estudios

Page 39: EXPEDIENTE: RR.1570/2010 MODIFICA · 2016-02-19 · EXPEDIENTE: RR.1570/2010 Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito

EXPEDIENTE: RR.1570/2010

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

38

Gastelum Lage Jesús Formación Política y Cultura Juan Pablo Saavedra Olea Director de Cultura Paz Márquez Gina Ishell Asistente

Garcés Méndez Itzel Panambi Asistente Salmorán Bautista Itandehui Asistente

Nota: esta información puede diferir con la Plantilla Laboral en cuanto a los puestos, ya que en el mes de octubre la Secretaría de Estudios, Formación Política y Cultura se reorganizó. …” (sic)

Vista la transcripción anterior, éste Órgano Colegiado estima que si bien el Sujeto

Público Obligado emitió pronunciamiento para atender el requerimiento en estudio, lo

cierto es que no atendió los principios de exhaustividad y congruencia, previstos en

el artículo 6, fracción X de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal,

de aplicación supletoria a la ley de la materia, de acuerdo con los cuales:

i) Los Sujetos Obligados deben resolver expresamente sobre cada uno de los puntos propuestos por los interesados y

ii) todo acto administrativo debe tener una relación lógica con los puntos propuestos por los interesados.

Lo anterior es así, porque de la lectura del requerimiento identificado con el inciso c), no

se advierte que el recurrente haya solicitado saber si el Sujeto Público Obligado en

términos del Código Electoral del Distrito Federal (vigente al momento de la

presentación de la solicitud de información) estaba o no obligado a mantener una

fundación, y porque de la confrontación entre el referido requerimiento y el

pronunciamiento en estudio, se advierte que el partido político sólo dio atención

respecto de la Fundación Adolfo Christlieb Ibarrola, pero no así respecto de la

existencia de otras fundaciones afines.

Considerando que si bien las actividades de la Fundación Adolfo Christlieb Ibarrola

ahora son responsabilidad de la Secretaría de Estudios, Formación Política y Cultura

Page 40: EXPEDIENTE: RR.1570/2010 MODIFICA · 2016-02-19 · EXPEDIENTE: RR.1570/2010 Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito

EXPEDIENTE: RR.1570/2010

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

39

del Sujeto Obligado a la que no le asignó presupuesto alguno en ese mismo año,

resulta procedente ordenar al partido político que informe de los montos que por

concepto de sueldos y similares (horas extras, gratificaciones, comisiones, aguinaldos,

bonos, premios, etcétera) entregó al personal de la Secretaría de Estudios, Formación

Política y Cultura, al ser ésta última la responsable en el ejercicio de sus funciones de

llevar a cabo las actividades de la Fundación del interés del hoy recurrente.

En ese mismo tenor, resulta procedente ordenar al Sujeto Público Obligado que emita

pronunciamiento para que informe al particular si cuenta con alguna otra fundación,

además de la ya referida en el párrafo anterior y, de ser así, proporcione al particular

los montos que por concepto de sueldos y similares (horas extras, gratificaciones,

comisiones, aguinaldos, bonos, premios, etcétera) entregó al personal que se encargó

de sus actividades durante el año de dos mil diez.

Por lo anterior, con fundamento en el artículo 82, fracción III de la Ley de Transparencia

y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, este Instituto considera

procedente modificar la respuesta emitida por el Partido Acción Nacional el veintidós

de octubre de dos mil diez, y ordenar que emita una nueva en la que, en relación con

los recursos públicos locales que aplicó al treinta y uno de agosto de dos mil diez en la

que:

i. Proporcione las hojas de cálculo denominadas “BASE” contenidas en los archivos titulados “Plantilla laboral CDR” y “Plantilla laboral CDD‟s”, que se

encuentran publicadas en su portal de Internet, específicamente en el

hipervínculo http://www.pandf.org.mx/www.transparencia.org.mx/art222/art222.htm,

inciso e).

ii. Proporcione la tabla denominada “PRESUPUESTO COMPARATIVO

ORDINARIO 2010”, con los rubros “NOMINA”, “PRESUPUESTO ANUAL”, “GASTO REAL AGOSTO 2010” y “DIFERENCIA”.

Page 41: EXPEDIENTE: RR.1570/2010 MODIFICA · 2016-02-19 · EXPEDIENTE: RR.1570/2010 Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito

EXPEDIENTE: RR.1570/2010

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

40

iii. Aclare cuánto de los $17, 886 305.00 (DIECISIETE MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS CINCO PESOS M.N.), ejercidos a agosto de dos mil diez para nómina, corresponde al pago del personal del

Comité Directivo Regional, Comités Directivos Delegacionales (CDD’s) y Consejo Regional, desglosado por cada uno.

iv. Proporcione el monto que pagó por concepto de sueldos y similares (horas

extras, gratificaciones, comisiones, aguinaldos, bonos, premios, etcétera): i) a los miembros del Consejo Regional y, ii) al personal de la Secretaría de Estudios, Formación Política y Cultura que durante el año dos mil diez se encargó de las

actividades de la Fundación Adolfo Christlieb Ibarrola.

v. Emita pronunciamiento sobre si cuenta con alguna otra fundación, además de la

ya referida en el inciso anterior. En caso de ser afirmativo el pronunciamiento, deberá proporcionar al particular los montos que por concepto de sueldos y similares (horas extras, gratificaciones, comisiones, aguinaldos, bonos, premios,

etcétera) entregó al personal que se encargó de sus actividades durante el año de dos mil diez. En caso contrario deberá hacerlo del conocimiento del recurrente.

La respuesta que se emita en cumplimiento a este fallo deberá notificarse al particular a

través del correo electrónico proporcionado para tal efecto, en un plazo de cinco días

hábiles, contados a partir del día siguiente a aquel en que surta efectos la not ificación

de esta resolución, atento a lo dispuesto por el artículo 82, segundo párrafo de la Ley

de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, en relación con

el diverso 517, primer párrafo, del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito

Federal.

QUINTO. Esta Instituto no advierte que, en el caso que nos ocupa, los responsables de

dar respuesta en el Partido Acción Nacional hayan incurrido en posibles infracciones a

la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, por lo

que no ha lugar a dar vista al Instituto Electoral del Distrito Federal.

Por lo anteriormente razonado, expuesto y fundado se:

Page 42: EXPEDIENTE: RR.1570/2010 MODIFICA · 2016-02-19 · EXPEDIENTE: RR.1570/2010 Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito

EXPEDIENTE: RR.1570/2010

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

41

R E S U E L V E

PRIMERO. Por las razones expuestas en el Considerando Cuarto de este fallo y con

fundamento en el artículo 82, fracción III de la Ley de Transparencia y Acceso a la

Información Pública del Distrito Federal, se MODIFICA la respuesta emitida por el

Partido Acción Nacional y se ordena al Sujeto Público Obligado que emita una nueva,

en el plazo y conforme a los lineamientos establecidos en el Considerando inicialmente

referido.

SEGUNDO. Con fundamento en el artículo 90 de la Ley de Transparencia y Acceso a la

Información Pública del Distrito Federal, se instruye al Sujeto Público Obligado informe

a este Instituto por escrito sobre el cumplimiento a lo ordenado en el punto Resolutivo

Primero, dentro de los cinco días posteriores a que surta efectos la notificación de la

resolución, anexando copia de las constancias que lo acrediten. Asimismo, se le

apercibe de que, en caso de no dar cumplimiento dentro del plazo ordenado, se

procederá en términos del artículo 91 de la ley de la materia.

TERCERO. En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 88, segundo párrafo de la Ley

de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, se informa al

recurrente que, en caso de estar inconforme con la presente resolución, puede

interponer juicio de amparo ante los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa.

CUARTO. Se pone a disposición del recurrente el teléfono 56 36 21 20 y el correo

electrónico recursoderevisió[email protected] para que comunique a este Instituto

cualquier irregularidad en el cumplimiento de la presente resolución.

QUINTO. La Dirección Jurídica y Desarrollo Normativo de este Instituto dará

seguimiento a la presente resolución llevando a cabo las actuaciones necesarias para

asegurar su cumplimiento y, en su momento, informará a la Secretaría Técnica.

Page 43: EXPEDIENTE: RR.1570/2010 MODIFICA · 2016-02-19 · EXPEDIENTE: RR.1570/2010 Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito

EXPEDIENTE: RR.1570/2010

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

42

SEXTO. Notifíquese la presente resolución al recurrente en el medio señalado para tal

efecto y por oficio al Sujeto Público Obligado.

Así lo resolvieron, por unanimidad, los Comisionados Ciudadanos del Instituto de

Acceso a la Información Pública del Distrito Federal: Oscar Mauricio Guerra Ford, Jorge

Bustillos Roqueñí, Areli Cano Guadiana, Salvador Guerrero Chiprés y Agustín Millán

Gómez, en Sesión Ordinaria celebrada el diez de febrero de dos mil once, quienes

firman para todos los efectos legales a que haya lugar.

OSCAR MAURICIO GUERRA FORD COMISIONADO CIUDADANO

PRESIDENTE

JORGE BUSTILLOS ROQUEÑÍ

COMISIONADO CIUDADANO

ARELI CANO GUADIANA

COMISIONADA CIUDADANA

SALVADOR GUERRERO CHIPRÉS COMISIONADO CIUDADANO

AGUSTÍN MILLÁN GÓMEZ COMISIONADO CIUDADANO