Expediente electronico

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POR: VÍCTOR FLORES LOPEZ EXPEDIENTE ELECTRONICO

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P O R: V Í C T O R F LO R E S LO P E Z

EXPEDIENTE ELECTRONICO

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INTRODUCCION

• La Justicia española se moderniza para ofrecer un servicio público tecnológicamente avanzado, más ágil y eficiente, que garantice los derechos de los ciudadanos. En este imparable y necesario proceso de renovación, englobado en el Plan Estratégico de Modernización del Sistema de Justicia 2009-2012 del Ministerio de Justicia, cobra especial importancia la implantación del expediente judicial electrónico.

• Esta implantación, inicialmente en la Audiencia Nacional, y progresivamente en otros juzgados y tribunales del país, permitirá la progresiva superación de una secular tradición jurídica basada en el papel y la adecuación de la Justicia española a los nuevos tiempos. En este proceso, y gracias al Proyecto de Digitalización que arrancó en 2010, la Audiencia Nacional se convierte en un tribunal con “papel cero”. En el marco de este proyecto, a mayo de 2011 se han digitalizado, indexado y catalogado unos 20 millones de páginas y la previsión es llegar a los 27 millones.

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EXPEDIENTE ELECTRÓNICO JUDICIAL DE ESPAÑA

• Para tener un mejor entendimiento de este tema tan importante en el sistema judicial mencionaremos primero el concepto de expediente. El expediente propiamente dicho es una herramienta administrativa utilizada en organismos de los diferentes países, así también podemos decir que los expedientes son el conjunto de los documentos que corresponden a una determinada cuestión. También puede tratarse de la serie de procedimientos de carácter judicial o administrativo que lleva un cierto orden. Pero La definición de expediente varía incluso según el país. En general, se trata de un instrumento administrativo que recopila la documentación imprescindible que sustenta un acto administrativo.

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• Entonces ahora que ya conocemos el concepto de expediente veamos que es un expediente electrónico, en el ámbito de la Administración de Justicia, se define como el conjunto de información que se genera durante la tramitación de un expediente judicial, tanto la emitida desde la propia oficina judicial como la aportada por las partes durante el desarrollo del proceso o la que se deriva de los informes o aportaciones de peritos y profesionales.

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• Las ventajas que brinda el expediente electrónico al sistema judicial son amplias como por ejemplo los sistemas de información que se implementan en las oficinas judiciales, permiten que toda la información que se genera ya esté en formato electrónico y se integre de forma natural en el Expediente Judicial Electrónico, así también los documentos aportados por las partes y los profesionales al expediente llegar a las oficinas judiciales, donde se incorporarán al Expediente Judicial Electrónico, tanto si se trata de escritos de trámite como en el caso de documentos que dan origen a un nuevo asunto judicial, es así que se mantiene un mejor orden y conservación de dichos expedientes además de su mejor y más rápida ubicación.

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• Para poder interrelacionar a todos los usuarios de la Administración de Justicia, es imprescindible que se disponga de medios seguros. Es necesario acreditar quién está firmando los documentos, quién está realizando las presentaciones, que lo que figura en el Expediente Judicial Electrónico es lo que se ha presentado, en definitiva quién y en qué condición está accediendo a la Administración de Justicia y es aquí donde la firma digital adquiere todo su protagonismo.

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• Por todo lo expuesto podemos decir que La existencia del Expediente Judicial Electrónico facilita la iteración de los mismos no sólo dentro de la nueva organización entre las unidades procesales de apoyo directo y los servicios comunes, sino también entre diferentes órganos de la estructura judicial, tanto si se trata de itineraciones de asuntos entre órganos de la misma provincia tales como elevaciones, recursos, inhibiciones, etc como entre órganos de distintas ubicaciones geográficas

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VENTAJAS DEL EXPEDIENTE JUDICIAL ELECTRÓNICO

• La implantación del expediente judicial electrónico es pieza fundamental para el desarrollo de una nueva Administración de Justicia que sea:• Más segura. Permite autentificar a través de

certificación electrónica los documentos que se incorporan al gestor• Más rápida. Se tramitarán los procedimientos

con más celeridad y se dará una respuesta en menos tiempo• Más eficiente. Se optimizan los recursos

materiales y humanos por una Justicia más ágil.

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• Tecnológicamente más avanzada. Las nuevas tecnologías son imprescindibles para la implantación del expediente judicial electrónico y son clave en el proceso de modernización de la Justicia.

• Más sostenible. Al suprimir el uso reiterado del papel en los expedientes judiciales se estará contribuyendo a lograr un medio ambiente más sostenible.

• Más interconectada. La digitalización de los expedientes favorecerá el intercambio de información y la comunicación entre los órganos judiciales y otras instituciones y órganos implicados en la Administración de Justicia. El Esquema Judicial de Interoperabilidad y Seguridad (EJIS) va a permitir la comunicación en red de todos los sistemas de gestión procesal que actualmente coexisten en el territorio nacional.

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MARCO NORMATIVO

Ley Orgánica 16/1994, de 8 de noviembre de reforma la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial: introduce por primera vez en nuestro ordenamiento jurídico la posibilidad de utilizar medios técnicos, electrónicos e informáticos en la actividad judicial • La Carta de Derechos de los Ciudadanos ante la

Justicia: recoge los principios que deben inspirar la consecución de dicho objetivo: una justicia transparente y comprensible, y reconoce el derecho “a comunicarse con la Administración de Justicia a través del correo electrónico, videoconferencia y otros medios telemáticos con arreglo a lo dispuesto en las leyes procesales”.

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• La Ley 15/2003, de 26 de mayo reguladora del régimen retributivo de las carreras judicial y fiscal: inspira el Plan de Transparencia Judicial que identifica, como instrumento imprescindible para lograr el objetivo de la transparencia, la plena utilización de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia.

• Finalmente, la ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, supuso el reconocimiento definitivo del derecho de los ciudadanos a comunicarse electrónicamente con las Administraciones públicas.

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• En este marco normativo general, el Congreso ha aprobado el 5 de mayo de 2011 el Proyecto de Ley Reguladora del Uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación en la Administración de Justicia (actualmente en trámite en el Senado).

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• Esta Ley regula los aspectos básicos del derecho a la utilización de las tecnologías de la información por parte de los ciudadanos y profesionales en sus relaciones con la Administración de Justicia y establece las condiciones necesarias para poder tramitar íntegramente en formato electrónico todos los procedimientos judiciales.  Con ella se consigue:

• • Una justicia más accesible• Una justicia más transparente• Una justicia más ágil, al tramitarse íntegramente en formato electrónico y acortarse enormemente los plazos de tramitación• Una justicia más eficiente, al asignar mejor los recursos disponibles