Etica
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INTRODUCCIÓNColombia experimenta la problemática
de la trata de menores y la muerte de niños por parte de sus padres, tema que se ha abordado poco y no hay la suficiente información e investigación al respecto, además en los últimos 50 años es un fenómeno que se ha agudizado notoriamente; por lo tanto es importante informar a nuestros compañeros sobre estos flagelos; para lo cual hemos creado la siguiente presentación.
Niños, niñas y adolescentes provenientes de familias de escasos recursos y bajo nivel educativo, la mayor parte de las veces, familias desestructuradas.
¡LAS VICTIMAS!
¿ALGUNA CAUSA SIGNIFICATIVA?
La existencia de poderosas redes internacionales, las grandes ganancias con este tipo de negocios y el desconocimiento de estas mafias.
¿CÓMO LO HACEN?
1.La búsqueda
2.El contacto
3.El engaño o rapto
4.El desplazamiento
5.La explotación
PENALIZACIÓN EN COLOMBIA
la Ley 985 aprobada en el 2005, que prescribe penas de hasta 23 años de prisión y una multa de hasta 1.500 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Estas penas no son rebajables!
MENORES EN LA GUERRA
Grupos insurgentes y paramilitares han
reclutado ala fuerza y explotado
a miles de niños como soldados.
Según la constitución art. 44, el gobierno debe garantizar la seguridad de los niños incluyendo educación, hogar, vivienda digna, y no una ONG para que cumpla con este valor, aun que con su trabajo hacen una labor social muy importante.
¿Y EL
GOBIERNO
QUE?
POR QUE LOS PADRES MATAN A SUS HIJOS..
Por suerte es poco frecuente pero hay que tener en cuenta que son personas enfermas cuya percepción y curso de razonamiento está alterada y pueden ser por causas orgánicas.
Madres desesperadas por la situación económica
Depresión postparto
Venganza
Abandono
¡POSIBLES
CAUSAS!
La psiquiatría, la neurología y psicología tratan de explicar este tipo de conductas socio
paticas como resultado, en primer lugar, de problemas de bioquímica cerebral.
Problemática que está atacando a la población del mundo y nos está llevando a conductas
agresivas, ansiosas, depresivas, autodestructivas y antisociales.
INSEMINACION ARTIFICIAL NO CONSENTIDA
Está castigada y tipificada como delito contra la autonomía
personal (Art. 280 del código penal).
ARTICULO 280. SE IMPONDRA PRISION DE TRES DIAS A DOS AÑOS O DE 30 A 90 DIAS MULTA:
I. AL QUE OCULTE, DESTRUYA O SEPULTE UN CADAVER O UN FETO HUMANO, SIN LA ORDEN DE LA AUTORIDAD QUE DEBA DARLA O SIN LOS REQUISITOS QUE EXIJAN LOS CODIGOS CIVIL Y SANITARIO O LEYES ESPECIALES;
II. AL QUE OCULTE, DESTRUYA, O SIN LA LICENCIA CORRESPONDIENTE SEPULTE EL CADAVER DE UNA PERSONA, SIEMPRE QUE LA MUERTE HAYA SIDO A CONSECUENCIA DE GOLPES, HERIDAS U OTRAS LESIONES, SI EL REO SABIA ESA CIRCUNSTANCIA.
EN ESTE CASO NO SE APLICARA SANCION A LOS ASCENDIENTES O DESCENDIENTES, CONYUGE O HERMANOS DEL RESPONSABLE DEL HOMICIDIO, Y
III. AL QUE EXHUME UN CADAVER SIN LOS REQUISITOS LEGALES O CON VIOLACION DE DERECHOS.
Creemos que llegó el momento de decir no más. Basta ya. No más niños
víctimas como consecuencia de nuestro egoísmo, inconsciencia,
falta de tolerancia y enfermedad mental.
¡NO
MAS!