Estudio Del Proceso de Organizacion Politica en Venezuela

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ESTUDIO DEL PROCESO ORGANIZACIN POLTICA EN VENEZUELALa participacin social y poltica en Venezuela es de larga data. Existen registros desde 1934 que dan cuenta del proceso organizativo en comunidades. Los pioneros que coadyuvaron en la fundacin de los primeros conglomerados urbanos populares, tales como San Agustn del Sur, La Vega y Antemano, crearon organizaciones comunitarias llamadas Ligas de Colonos que luego pasaran a llamarse Juntas Profomento o Promejoras.

Lo que comenz como formas organizativas para resolver problemas del espacio social que ocupaban adquiere mayor consistencia organizativa y fortaleza y se convierten en organizaciones populares, con capacidad de movilizacin comunitaria y de organizar protestas callejeras como instrumento de presin poltica al gobierno de Eleazar Lpez Contreras. Una de estas manifestaciones tuvo que ver con las protestas en contra de los propietarios de casas destinadas al arriendo, obligando al gobierno a dictar un decreto mediante el cual se estableci un conjunto de regulaciones sobre el cobro de los alquileres.

Para 1940 se haba creado la Junta Central en la que se agrupaban las juntas promejoras. Para 1944 stas se haban extendido a gran parte del pas y dan un paso ms: se constituyen en federaciones de juntas promejoras.

Varios partidos polticos comenzaron a evaluar el potencial que le brindaban estas formas organizativas comunitarias para el desarrollo de sus agrupaciones y orientaron parte de sus acciones hacia stas, realizando trabajos de penetracin en los que trataban de imponer sus respectivas lneas polticas: Como resultado de ello, hacia finales del 45 lo que haba demostrado un dinamismo organizativo comunitario daba muestra de fuerte estancamiento. Dado el cambiante clima poltico al inicio de los 60 resurgen las juntas promejoras. Las situaciones de alta conflictividad poltico-social de entonces las hacen sucumbir nuevamente.

En 1964 el gobierno de Ral Leoni lanza el Programa Nacional de Desarrollo de la Comunidad, desde el cual se coordinaran las acciones gubernamentales y comunitarias para la dotacin de infraestructura para la urbanizacin, apoyo a las actividades deportivas y culturales con un marcado acento en el populismo asistencialista. Ms que una forma de estimular la organizacin autnoma de las comunidades era una estrategia poltica diseada para garantizar una adhesin al pacto de elites para garantizar la gobernabilidad tras la dictadura de Prez Jimnez y neutralizar la influencia que pudieran tener otras fuerzas disidentes en estos sectores. Otro elemento que se destaca es que el Estado asume el rol de organizador de formas organizativas comunitarias. Estas organizaciones fomentadas desde el Estado, guiadas por intereses del partido en funciones de gobierno, tuvieron poco xito y pronto se convirtieron en correaje de transmisin de Accin Democrtica. Cayendo en el desprestigio y su posterior desaparicin.

La dcada de los 70 bien la podramos caracterizar como un perodo de auge considerable de las formas organizativas populares. Se caracterizaban por dinmicas autnomas, prcticas democrticas y elevados niveles de participacin social. Su accionar estaba fuertemente impregnado por demandas de carcter reivindicativo. Muchas de ellas realizaron planteamientos que trascendan lo social-reivindicativo para proponer transformaciones polticas en la formacin social venezolana.

Las muy variadas demandas de los sectores populares de alguna manera eran atendidas por una avalancha de recursos financieros. Parte de la renta petrolera fue usada para anular todo tipo disenso y crear consensos socio-polticos artificiales mediante la conciliacin populista de intereses por parte de las elites que manejaban el Estado.

Al final de la misma dcada, coincidiendo con el inicio de una prolongada crisis econmica, tienen un reimpulso diversos tipos de organizaciones con finalidades distintas al igual que el origen de clases de las mismas. Es el auge de las asociaciones de vecinos y organizaciones sociales los cuales se ocupaban de temas como los problemas comunitarios y vecinales, lucha por instalacin o mejoras en los servicios sociales y pblicos, hasta organizaciones que tenan como inters el trabajo con jvenes, nios y mujeres, organizaciones ecolgicas, deportivas y religiosas, entre muchas otras.

A lo largo de la dcada de los 80 lo que exista en trminos organizativos se encontraba en situacin de dispersin, debilitamiento y fragmentacin. Se haba llegado a una situacin de retroceso en las forma organizativas. El copamiento de los partidos polticos de las asociaciones de vecinos, las cuales usaban como espacio de disputas y control, termin por desgastar y desprestigiar esta forma organizativa vecinal.

En la dcada de los 90 se inicia el resurgimiento de las organizaciones populares. Un renacer lento, progresivo, superando antiguos vicios, con planteamientos de horizontes polticos distintos ante la prdida de referentes sistmicos que de alguna manera las alimentaron. Las movilizaciones populares tienen un incremento significativo, con un fuerte matiz reivindicativo. Las protestas van adquiriendo un carcter confrontacional violento. Las demandas reivindicativas y las de tipo poltico se van equilibrando abriendo paso a ms formas organizativas.

En el 92 se producen dos intentos de golpes de Estado. Hay un creciente apoyo de una porcin considerable de los sectores populares a los responsables de las dos intervenciones militares y aumento del rechazo a la institucionalidad democrtica liberal hasta el momento vigente. Muchas de las nuevas formas organizativas populares estaban motivadas por la adhesin a estos militares. La participacin popular tiene un auge ciertamente multitudinario.

II. El rol del Estado en el fomento de las organizaciones comunitarias

Con la aprobacin de un nuevo texto constitucional en 1999, se da un nuevo impulso a las formas participativas posibilitando la aparicin de diversos tipos de las mismas. A lo que habra que aadir la estimulacin profunda que hace el actual Presidente de la Repblica para la organizacin social comunitaria. En el texto constitucional existen, al menos, existen unos 70 artculos que promueven la participacin ciudadana en varios aspectos de la vida pblica del pas. Algunos de ellos hacen alusin directa a la participacin popular.

El mismo Estado nacional se ha reestructurado para facilitar la organizacin a travs de mecanismos de informacin y atencin ciudadana (lneas telefnicas gratuitas de atencin, servicios de recepcin y entrega documentos, servicio de taquilla nica, horarios especiales de atencin); estructura institucional gubernamental (Sistema de Planificacin, Sistema Nacional de Control Fiscal, Sistema de Participacin y Planificacin Social); reconocimiento de derechos (derecho de peticin, derecho de informacin, derecho de queja y reclamo, derecho de ser consultado, derecho de formular opinin, derecho de presentar propuestas). Promulgacin de leyes en las que se alude de manera directa la participacin social en los procesos que deben llevar a cabo instancias del gobierno, tales como la Ley Orgnica de Planificacin; Ley de Asignaciones Econmicas Especiales derivadas de Minas e Hidrocarburos (2006).

La actual administracin gubernamental elabor un documento titulado Lneas Generales del Plan de Desarrollo Econmico y Social de la Nacin 2001-2007, que marca las directrices para la creacin de de formas organizativas desde el poder central. A partir de estas lneas generales, el Estado se concibe como un facilitador del proceso de organizacin y participacin dirigidos a la creacin de un poder popular. En la Gaceta Oficial Extraordinaria n 5.890 del 31 de julio de 2008, salen publicados veintisis (26) decretos con Rango, Valor y Fuerza de Ley que abordan diferentes materias. En 14 de las cuales hay mencin a consejos comunales, otras formas de organizacin y participacin comunitaria, participacin popular, formas de organizacin social, cualquier forma de organizacin y participacin comunitaria, las comunidades organizadas. En una nota de prensa del Ministerio del Poder Popular para la Participacin y la Proteccin Social se seala que hay 6.600 Mesas Tcnicas de Agua, 6.740 Comits de Tierra Urbana, 3.600 Bancos Comunales, 472 Mesas Tcnicas de Telecomunicaciones, 27.872 Consejos Comunales, 4.156 Mesas Tcnicas de Energa, 485 Medios Comunitarios y 7.800 Comits de Salud... (Ministerio del Poder Popular para la Participacin y la Proteccin Social, 2009, Internet)A partir de la promulgacin del texto constitucional de 1999 y con mayor nfasis a partir de 2006, luego de la reeleccin del actual Presidente, se ha estado estimulando fuertemente la participacin y la organizacin social comunitaria disponiendo gran cantidad de recursos econmicos, tcnicos y logsticos para fortalecer lo que desde la nueva hegemona en la conduccin del Estado ha llamado la construccin del socialismo del siglo xxi, teniendo como uno de sus pilares el poder popular.

III. Consejos Comunales

Uno de los mayores esfuerzos que ha realizado el Gobierno nacional en torno a la organizacin para la participacin social ha sido a travs de los consejos comunales. El origen de estos bien la podemos rastrear hasta el texto constitucional de 1999. El artculo 62 refiere a la participacin popular en la gestin pblica. El artculo 70 determina las formas de participacin en lo econmico, social y poltico. El artculo 182 establece la creacin del Consejo Local de Planificacin Pblica (CLPP), el cual estara "presidido por el Alcalde o Alcaldesa e integrado por los concejales y concejalas, los presidentes o presidentas de las juntas parroquiales y representantes de organizaciones vecinales y otras de la sociedad organizada, de conformidad con las disposiciones que establezca la ley".

La Ley de los Consejos Locales de Planificacin Pblica, del 12 de junio de 2002 es cuando aparecen por primera vez la mencin de los consejos comunales los miembros del Consejo Local de Planificacin Pblica estarn obligados a cumplir con sus funciones, en beneficio de los intereses colectivos, mantendr una vinculacin permanente con las redes de los consejos parroquiales y comunales, atendiendo sus opiniones y sugerencias, y prestar informacin oportunamente, de las actividades del Consejo Local de Planificacin Pblica.

Los consejos locales de planificacin pblica no fueron aceptados tan fcilmente por las autoridades municipales quienes deban estimular su conformacin. En vista de ello se modifica la Ley del Fondo Intergubernamental para la Descentralizacin (Fides Gaceta Oficial de la Repblica Bolivariana de Venezuela N 5.805 Extraordinario, de fecha 22 de marzo de 2006) permitiendo la creacin acelerada de estos consejos locales de planificacin, ya que en su artculo 20 se exige que los programas y proyectos de las alcaldas deben ser presentados por los mismos CLPP para su aprobacin, Los programas y proyectos sern presentados para su aprobacin: en el caso de las gobernaciones a travs de los Consejos Estadales de Planificacin y Coordinacin de Polticas Pblicas; en caso de las alcaldas, a travs de los Consejos Locales de Planificacin Pblica. Los programas y proyectos de los Consejos Comunales de acuerdo con lo previsto en su respectiva ley.

Para junio de 2005 se promulga Ley Orgnica del Poder Pblico Municipal (Gaceta Oficial n 38.204 del 8 de junio de 2005). En este texto quedaba claro que los consejos comunales eran una instancia de los CLPP. Art. 112: Los consejos parroquiales y comunales son instancias del Consejo Local de Planificacin Pblica que tendrn como funcin servir de centro principal para la participacin y protagonismo del pueblo en la formulacin, ejecucin, control y evaluacin de las polticas pblicas, as como para viabilizar las ideas y propuestas que la comunidad organizada presente ante el Consejo Local de Planificacin Pblica.

El artculo 113, de esta misma ley, sealaba que el alcalde o alcaldesa en su carcter de presidente o presidenta del Consejo Local de Planificacin Pblica, promover la conformacin de los consejos parroquiales y comunales5. A la luz de los hechos, poco fueron los consejos parroquiales y comunales promovidos por las autoridades municipales. Desde mediados de 2005 el mismo Presidente de la Repblica ha estado realizando exhortaciones para la organizacin de los consejos comunales como forma de participacin social. Los programas de Al Presidente6 han sido una plataforma de amplia difusin para promover esta forma organizativa, a fin de estimular la participacin organizada de las comunidades en la solucin de los problemas ms urgentes y cotidianos en relacin al espacio social que habita.

Al momento de rendir memoria y cuenta de lo actuado ante la Asamblea Nacional en febrero de 2006, el Presidente de la Repblica hace un llamado para que las comunidades se organizaran en consejos comunales, a la vez que exhort a la Asamblea Nacional para que promulgara una ley sobre esta figura de organizacin comunitaria. El 7 de abril de 2006, se promulga la Ley de los Consejos Comunales y publicada en Gaceta Oficial Extraordinaria N. 5806 de fecha 10 de abril 2006.

La disposicin transitoria de la Ley de los Consejos Comunales seala: Queda derogado el artculo 8 de la Ley de los Consejos Locales de Planificacin Pblica y todas las disposiciones que contradigan lo previsto en esta Ley con lo que se separan de los Consejos Locales de Planificacin Pblica. Se reforma la Ley Orgnica del Poder Pblico Municipal para suprimir la relacin de los consejos comunales con las alcaldas y las juntas parroquiales. En el artculo 30 se crea la Comisin Nacional Presidencial del Poder Popular, designada por el Presidente de la Repblica, a travs de esta comisin se establece el enlace de los consejos comunales con el Estado. Se trata de la conformacin de instancias de participacin comunitaria, sin cuerpos intermedios de relacin con el Ejecutivo. Establecindose una relacin directa entre los consejos comunales y el Ejecutivo nacional.

En esta ley los consejos comunales son definidos como instancias de participacin, articulacin e integracin entre las diversas organizaciones comunitarias, grupos sociales y los ciudadanos y ciudadanas, que permiten al pueblo organizado ejercer directamente la gestin de las polticas pblicas y proyectos orientados a responder a las necesidades y aspiraciones de las comunidades en la construccin de una sociedad de equidad y justicia social (Ley de los Consejos Comunales, 2006. Art. 2)

Desarrollo de los consejos comunales

Antes de la promulgacin de la Ley de los Consejos Comunales, haba organizaciones de este tipo partiendo de lo establecido en la Ley de Consejos Locales de planificacin Pblica. A partir de abril de 2006 hay un gran esfuerzo desde el Gobierno nacional para la conformacin de consejos comunales en el pas. El para entonces, ministro del Poder Popular para la Participacin y Proteccin Social, David Velsquez, haba sealado, en una nota de prensa ese mismo ao, que la meta para 2007 era la conformacin de unos 50 000 consejos comunales y para 2008 la meta era de unos 100 000 consejos comunales en todo el pas. Segn informacin aportada por Fudacomunal10, para marzo de 2008 en Venezuela existan 36.812 consejos comunales, de los cuales 26.143 estn constituidos y 10.669 en proceso de conformacin en todo el pas. Lo que es evidente, partiendo de los datos obtenidos, es que los consejos comunales son la forma organizativa, fundamentalmente popular, con mayor extensin, nmeros de miembros y mayor extensin en la Venezuela contempornea.

ORGANIZACIN ECONMICA DURANTE LA POCA DE LA COLONIA VENEZOLANADurante la poca de la Colonia, la organizacin econmica se meda desde los siguientes aspectos:

1.- Economa Agrcola A partir del siglo XVII la Corona comenz a impulsar actividades agrcolas que se desarrollaron sobre dos bases legales: La propiedad privada de la tierra , basada en el repartimiento, la venta y composicin de tierras; y la explotacin de la mano de obra a travs de la encomienda y la esclavitud.

2.- El Repartimiento Tuvo su origen en la facultad otorgada por la Corona a los jefes de expedicin para repartir entre pobladores las tierras descubiertas. Sin embargo, para obtener la propiedad definitiva, el colono deba cultivarlas y vivir en ellas por un tiempo determinado. Con el surgimiento de los poblados, los cabildos pudieron dotar de solares y terrenos del ejido a los vecinos.A mediados del siglo XVII surgieron algunos problemas sobre la legalidad de los ltimos ttulos de propiedad, as como sobre los verdaderos lmites de los terrenos. Ante tal situacin, la Corona orden a la Real Audiencia de Santo Domingo que pidiera a los vecinos la presentacin de los ttulos de propiedad de sus tierras. Si las medidas de los linderos eran mayores que las sealadas en el documento, los vecinos deban comprar a la Corona, la porcin de tierra sobrante.

3.- Economa Agrcola

A partir del siglo XVII la Corona comenz a impulsar actividades agrcolas que se desarrollaron sobre dos bases legales: La propiedad privada de la tierra , basada en el repartimiento, la venta y composicin de tierras; y la explotacin de la mano de obra a travs de la encomienda y la esclavitud.

4.- El Repartimiento

Tuvo su origen en la facultad otorgada por la Corona a los jefes de expedicin para repartir entre pobladores las tierras descubiertas. Sin embargo, para obtener la propiedad definitiva, el colono deba cultivarlas y vivir en ellas por un tiempo determinado. Con el surgimiento de los poblados, los cabildos pudieron dotar de solares y terrenos del ejido a los vecinos. A mediados del siglo XVII surgieron algunos problemas sobre la legalidad de los ltimos ttulos de propiedad, as como sobre los verdaderos lmites de los terrenos. Ante tal situacin, la Corona orden a la Real Audiencia de Santo Domingo que pidiera a los vecinos la presentacin de los ttulos de propiedad de sus tierras. Si las medidas de los linderos eran mayores que las sealadas en el documento, los vecinos deban comprar a la Corona, la porcin de tierra sobrante.

5.- Uso de la Tierra

Durante la Colonia hubo dos grandes grupos de actividades econmicas: La ganadera y la agricultura. La ganadera se desarroll principalmente en los hatos, donde pastoreaban grandes rebaos de reses al cuidado de peones. Esta actividad se localiz en la regin de los llanos centro-occidentales. A partir del siglo XVI se introdujo el ganado vacuno, caballar y lanar. La agricultura se practic principalmente bajo las siguientes modalidades econmicas y tcnicas:

La Hacienda: Estaba caracterizada por una produccin variada de cultivos destinados al consumo directo de la poblacin. En ella se trabajaban grandes extensiones de tierra, con tecnologa muy sencilla y numerosa de mano de obra en tiempos de siembra y cosecha.

La Plantacin: Dedicada a la produccin de un solo tipo de cultivo, que por lo general se destinaba a la exportacin. El trabajo en la plantacin era intensivo, empleaba tcnicas de produccin ms avanzadas y requera grandes inversiones. La mano de obra, principalmente esclava, era pequea pero sumamente explotada. Tanto en las haciendas como en las plantaciones existi la agricultura de subsistencia, es decir, familias de campesinos, peones y esclavos, que cultivaban en sus conucos alimentos para consumo propio, como la yuca y el pltano.

6.- La Encomienda Consisti en la asignacin de indgenas a cada localidad entre los conquistadores, quienes estaban obligados a educarlos y vestirlos a cambio de la obediencia, la servidumbre y el trabajo gratuito en las tierras del espaol, que consista fundamentalmente en el cultivo del maz y algodn. En Venezuela la encomienda se inicio en 1545 en el Tocuyo, y pronto se extendi a la mayora de las ciudades. La economa agrcola se desarroll durante los primeros aos de la Colonia, con la mano de obra gratuita de los encomendados. La mayora de los encomenderos no respetaron las obligaciones hacia los indgenas, y en muchos casos los sometieron a maltratos y trabajos forzados, lo que provoc la protesta de muchos sacerdotes, como Bartolom de las Casas. Finalmente, la institucin de la encomienda qued abolida en 1718 y el servicio personal del indgena fue sustituido por el pago en dinero o su equivalente fruto, pagado directamente al encomendero.

7.- La Esclavitud

La explotacin de la fuerza de trabajo indgena se inici en la costa oriental de Venezuela, donde los aborgenes fueron capturados y obligados a extraer las perlas de Cubagua. Los abusos cometidos por los espaoles llegaron pronto a odos de los reyes de Espaa, quienes prohibieron la esclavitud indgena en 1542. A partir de entonces, los nativos fueron incorporados al proceso productivo de la tierra por medio de la encomienda. La importacin de esclavos negros de frica se inici desde muy temprano en el continente americano, especialmente en las islas del Caribe. Los primeros autorizados para traer esclavos africanos a Venezuela fueron los Welser, de acuerdo con la capitulacin de 1528. Luego, lo realizaron compaas inglesas, francesas y holandesas. La mano de obra esclava de origen africano constituy la principal fuerza de trabajo en las minas y en las plantaciones. Los espaoles se interesaron en este tipo de mano de obra por su resistencia fsica y por la ms absoluta carencia de derechos para los esclavos, quienes fueron sometidos a trabajar en condiciones crueles. Jurdicamente, el esclavo era un animal domstico que poda comprarse o venderse de acuerdo con la voluntad del amo. Viva en barracas ubicadas en las plantaciones. De acuerdo con las leyes de la poca, el hijo de una esclava naca esclavo, y por lo tanto se le consideraba tambin como una propiedad del dueo de la plantacin.

Entre las actividades econmicas ms importantes de la poca colonial estn:

La Pesca de Perlas. Fue la primera actividad econmica que realizaron los espaoles en Venezuela, especialmente en las Islas de Cubagua y Margarita. La actividad perlfera en Cubagua di origen a la Ciudad de Nueva Cadiz, pero a los pocos aos fue abandonada al acabarse las perlas. La Minera. Durante el perodo colonial fueron descubiertas algunas minas de oro de poco valor en Borburata, Buria, Los Teques, Yaracuy y en Barquisimeto.Tambin se hallaron minas de cobre en San Felipe (Yaracuy) y en la Grita (Tchira).

La Agricultura.Durante la Colonia se desarroll en el rea de las Costas, Valles y Llanos Centrales de Venezuela. Los principales cultivos fueron: el cacao, el maz, el ail y el caf La Ganadera. Con la llegada de los espaoles se introdujo el ganado vacuno en nuestras tierras y tuvo un gran impulso debido a las grandes reas de pastos naturales que existan en el Territorio. Se criaron vacas, toros, bueyes, caballos, jabales y mulas. De la ganadera se obtuvieron productos como los cueros, la carne y la leche. Los primeros hatos ganaderos se ubicaron en el Tocuyo, Coro, Barquisimeto y San Sebastian de los Reyes.

EXPLICA EL IMPACTO QUE LAS ACTIVIDADES ECONMICAS EJERCIDAS SOBRE LOS MEDIOS AMBIENTALES Y LOS RECURSOS NATURALES EN LA POCA COLONIAL VENEZOLANAEl aprovechamiento de los recursos naturales y el asentamiento en las diferentes zonas del pas produjeron modificaciones en el paisaje. Esas modificaciones estn relacionadas con los cultivos, con la ganadera, con la tecnologa aplicada, con las concentraciones de la poblacin y con las comunicaciones entre las mismas. A continuacin tratamos cada punto en particular:

a)Cultivos. El caf y el cacao: en el cultivo de estos productos haba una fase inicial basada en la deforestacin por medio del fuego. As era devastada parte de la vegetacin; sta era sustituida por la siembra de rboles de sombra, conjuntamente con la plantacin, lo cual permita as una recontsruccin del ambiente. En las haciendas se procuraba mantener los bosques vrgenes en las cabeceras de los ros. Igualmente, cuano se usaba una zona para conucos, se cuidaba de reconstruir la vegetacin con la formacin de nuevos bosques.

La caa de azcar: el cultivo de sta modific sustancialmente el paisaje al producir el agotamiento progresivo de los suelos porque hacia la siembra en un mimo sitio durante mucho tiempo. El limitado uso del abono contribuy al agotamiento. Con este cultivo hubo un acentuado cambio en el paisaje natural.

b)Aplicacin de arado. El uso del arado contribua a deteriorar el ambiente, ya que empobreca los suelos y contribua a la erosin. En consecuencia, se modificaba el paisaje. Sin embargo, el arado tuvo un limitado uso; se adapt a la agricultura sedentaria de la regin andina y al cultivo de la caa de azcar.

En las laderas andinas se inici la aplicacin del ardo muy temprano; con ello se lleg al empobrecimiento de las tierras productivas por la explotacin intensiva de las mismas.

c)La ganadera extensiva. El desarrollo de la ganadera, que fue extensiva, no produjo cambios de importancia en el paisaje. El ganado cimarrn (libre) se incorpor al paisaje y no produjo el deterioro de los suelos. En menor escala, el ganado caprino y ovino si provoc el deterioro de los suelos por la erosin en los estados Lara y Falcn.

d)Los centros urbanos. El surgimiento de centros urbanos no modific grandemente el paisaje porque se trataba de pequeos poblados con pocas infraestructuras, es decir, construcciones para servicios y administracin. Siempre se procuraba que las poblaciones se adptaran al paisaje. Los ros y quebradas quedaban sin modificacin. Por otra parte, las ciudades ocuparon, inicialmente, la regin centro costera y el Occidente hasta los Andes bsicamente; el resto del territorio qued sin modificacin.e)Vas de comunicacin. Tampoco las vas de comunicacin causaron impacto en el ambiente porque se trat de caminos para bestias de carga en muy escaso nmero. Apenas interesaba la comunicacin con los puertos de embarque, ya que tuvo importancia la importacin y la exportacin.

Como dijimos en su oportunidad, la comunicacin entre las diversas ciudades fue muy escasa.

f)Produccin de energa. El uso del carbn y de la lea produjo un gran deterioro de los bosques que rodeaban a los centros poblados. Sin embargo, el efecto en el ambiente fue escaso debido a la limitada poblacin de las ciudades y, por lo tanto, el escaso consumo de aquel material. Adems, se trataba de recursos naturales renovables, en tal forma que la recuperacin espontnea de los bosques era rpida.