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III ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD ALUMNO: BLAS JESÚS SORIANO VIRUÉS ESPECIALIDAD: MECÁNICA DE CONSTRUCCIÓN DEPARTAMENTO: INGENIERÍA DEL DISEÑO CONVOCATORIA: SEPTIEMBRE 2005

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III

ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD ALUMNO: BLAS JESÚS SORIANO VIRUÉS ESPECIALIDAD: MECÁNICA DE CONSTRUCCIÓN DEPARTAMENTO: INGENIERÍA DEL DISEÑO CONVOCATORIA: SEPTIEMBRE 2005

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ÍNDICE Pág. 1. MEMORIA ESTUDIO DE SGDAD. Y SALUD……………………………………………… 230 1.1. OBJETO Y CONSIDERACIONES GENERALES........................................................ 230 1.2. PROPIEDAD. AUTOR. ENTORNO………………………………………………………. 231 1.3. SITUACIÓN Y EMPLAZAMIENTO…………………………………………..…………… 231 1.4. OBJETIVO Y FINALIDAD………………………………………………………………….. 232 1.5. PRESUPUESTO, PLAZO DE EJECUCIÓN Y MANO DE OBRA……………………... 232 1.6. AMBITO DE APLICACIÓN………………………………………………………………… 232 2. PLAN DE ETAPAS……………………………………….…………………………………... 233 2.1. RELACIÓN DE ELEMENTOS A UTILIZAR……………………………………………… 235 2.2. TRABAJOS A EJECUTAR. RIESGOS. PREVENCIONES…………………………….. 236 2.2.1. PREVIOS………………………………………………………………………………….. 236 2.2.2. EXCAVACIÓN A CIELO ABIERTO. DESMONTE……………………………………. 236 2.2.3. EXCAVACIÓN EN VACIADO…………………………………………………………... 239 2.2.4. EXCAVACIÓN EN POZOS……………………………………………………………… 241 2.2.5. EXCAVACIÓN EN ZANJAS ……………………………………………………………. 242 2.2.6. RELLENOS DE TIERRA………………………………………………………………… 244 2.2.7. VERTIDOS DE HORMIGÓN……………………………………………………………. 246 2.2.8. ALCANTARILLADO………………………………………………………………………. 247 2.2.9. MONTAJE DE PREFABRICADOS……………………………………………………... 249 2.2.10. INSTALACIONES DE ELECTRICIDAD………………………………………………. 250 2.2.11. INSTALACIÓN ELÉCTRICA PROVISIONAL………………………………………… 252 2.2.12. PRESENCIA DE LÍNEAS ELÉCTRICAS…………………………………………….. 256 2.2.13. MAQUINARIA PARA EL MOVIMIENTO DE TIERRAS…………………………….. 257 2.2.14. MÁQUINAS-HERRAMIENTAS………………………………………………………… 271 2.2.15. MEDIOS AUXILIARES. ANDAMIOS………………………………………………….. 272 3. INSTALACIONES DE BIENESTAR E HIGIENE………………………………………….. 274 3.1. CONDICIONES DE UBICACIÓN…………………………………………………………. 274 3.2. ORDENANZAS Y DOTACIONES DE RESERVA DE SUPERFICIE RESPECTO AL NÚMERO DE TRABAJADORES………………………………………………………………. 274 3.3. INSTALACIONES SANITARIAS DE URGENCIA………………………………………. 276 4. INSTALACIONES PROVISIONALES……………………………………………………… 277 5. FORMACIÓN DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO………………………………………… 278 5.1. FORMACIÓN……………………………………………………………………………….. 278 5.2. AVISO PREVIO…………………………………………………………………………….. 278 5.3. MEDICINA PREVENTIVA Y PRIMEROS AUXILIOS…………………………………… 278 5.3.1. BOTIQUÍN………………………………………………………………………………… 278 5.3.2. RECONOCIMIENTO MÉDICO OBLIGATORIO………………………………………. 278 5.4. ACTUACIONES A SEGUIR EN CASO DE ACCIDENTE GRAVE O MORTAL…….. 278 6. PLIEGO DE CONDICIONES......................................................................................... 279 7. LIBRO DEINCIDENCIAS.............................................................................................. 305 8. NORMATIVA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO…………………………………………. 306

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1. MEMORIA ESTUDIO DE SGDAD. Y SALUD 1.1. OBJETO Y CONSIDERACIONES GENERALES

El presente Estudio de Seguridad y Salud en el Trabajo intenta marcar una normativa de equipamiento, funcionalidad y manejo de maquinarias y herramientas, así como de los restantes medios de seguridad y conducta del personal de obra, al objeto de la prevención de accidentes de trabajo y la realización de éste en las mejores condiciones posibles.

Se ha redactado de manera que en su memoria se estudian los tipos de trabajo, sus

riesgos y la forma de prevenir éstos, así como las restantes circunstancias de la función laboral.

Han sido estudiadas separadamente las características de los trabajos y el manejo de la

máquina e emplear, de tal manera que mediante el uso y consulta de éste documento, en cualquier momento durante la realización de los trabajos, o antes del inicio de los mismos, se puedan adoptar las medidas de prevención que nos aseguren la eliminación de los riesgos previsibles.

La interpretación de estas normas corresponde a personal calificado; jefes de obra,

encargados y vigilantes de seguridad; de tal forma que mediante su estudio y análisis pueda ser convenientemente redactado el Plan de Seguridad y Salud de la obra. Se incluyen en este apartado los objetivos y restricciones principales, dictados por el cliente, o que nacen de la necesidad de obtener una mayor rentabilidad y del cumplimiento de la normativa que se aplica a este tipo de industrias. Estos objetivos y restricciones son:

• Molturación aproximada de 200 T de aceitunas por día, lo que supone aproximadamente 18.000 T por campaña, estimando una duración de unos 80 a 90 días por campaña.

• Rendimiento medio de aceite de 20%, lo que supone 3.600 T de Aceite de Oliva Virgen.

• Zona de recepción cubierta y cerrada parcialmente.

• Línea de producción independiente para la molturación de aceituna procedente de

agricultura ecológica.

• Gran flexibilidad en líneas de recepción para realizar una correcta clasificación de la aceituna.

• Gran capacidad de almacenamiento de aceituna en condiciones tales que eviten el

“atrojamiento” de la misma.

• Deshuesado del orujo de 2 fases para obtener orujillo (hueso de aceituna triturado), que constituirá el combustible principal de la caldera.

• Venta de excedentes de orujillo y orujo deshuesado como combustibles de caldera o

para centrales térmicas adaptadas a este tipo de combustibles.

• Disponer de un sistema de evacuación de los alpechines que se puedan generar para la recogida de los mismos por parte de un gestor de residuos autorizado.

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• Actividad envasadora durante todo el año. Envasado de aceites de otras Plantas.

• Flexibilidad en la elección de la capacidad del envase a comercializar.

• Prever posibles ampliaciones y mejoras del proceso. El proyecto se confeccionará con todos los componentes especificados con entidad conjunta, pero se dará la opción de modificar el modo de operación reduciendo la inversión inicial, para que se empiece a trabajar, si la inversión inicial excede las previsiones. Podría realizarse una primera inversión construyendo una primera fase, correspondiente a dos o tres líneas de producción completas, la mitad de los depósitos de la bodega y una línea de envasado. De esta forma la almazara podrá ir aumentando sus instalaciones, correspondientes a las especificadas en este proyecto, al ritmo que crezca su producción anual y las expectativas de comercio del aceite de oliva en la provincia de Sevilla. 1.2. PROPIEDAD. AUTOR. ENTORNO

D. Blas Jesús Soriano Virués redacta el presente Estudio de Seguridad y Salud a petición de la propiedad, de la Universidad de Sevilla, con domicilio en la Escuela Superior de Ingeniería, Av. de los Descubrimientos s/n y representada por el Departamento de Ingeniería del Diseño.

En cuanto a las redes de infraestructuras de los servicios existentes han de contemplarse los siguientes:

- Abastecimiento de agua. Existe una conducción de abastecimiento de agua que

discurre paralelamente a la calle Aviación y otra paralela a la calle Antonio. - Saneamiento. Existe canalización de este servicio que discurre por el interior de la

parcela hasta la conexión con el exterior. - Suministro de energía eléctrica. Actualmente se dispone de dos líneas que discurren

una paralelamente a la calle Aviación y otra paralelamente a la calle Antonio. Las líneas aéreas de media tensión dan suministro mediante desviaciones a las edificaciones colindantes. Esta línea deberá enterrarse en su paso por los terrenos en las condiciones que señale la Compañía Endesa-Sevillana y constituirá la conexión para el suministro general del sector. 1.3. SITUACIÓN Y EMPLAZAMIENTO El emplazamiento elegido es una parcela del “Polígono Calonge”, en terrenos del Territorio Municipal de Sevilla, estando representado en los planos nº 01-00 y 01-01. La parcela tiene una superficie de 26.814 m2. Su calificación en el Plan General Municipal de Ordenación Urbana de la Ciudad es de “Superficie Industrial”

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1.4. OBJETIVO Y FINALIDAD

El presente Estudio de Seguridad y Salud laboral (en lo sucesivo E.S.S.), tiene por objeto cumplimentar las previsiones contenidas en el Real Decreto 1627/1997 de 24 de Octubre, por el que se establecen las DISPOSICIONES MINIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OBRAS, presentándose como un capítulo del proyecto de PLANTA DE FABRICACIÓN DE ACEITE DE 200 Tm/día, con la descripción de los procedimientos, equipos técnicos y medios auxiliares que hallan de utilizarse en la presente obra, así como con los sistemas de ejecución de las empresas subcontratadas, trabajadores autónomos, industriales y oficios que han de intervenir en dichos trabajos.

Se atenderá especialmente a los trabajos de mayor riesgo como son los que se efectúan en el interior de zanjas, circulación de maquinaria pesada y manejo de máquinas herramientas, y se cuidarán las medidas para las protecciones individuales y colectivas, señalizaciones, instalaciones provisionales de obra y primeros auxilios.

1.5. PRESUPUESTO, PLAZO DE EJECUCIÓN Y MANO DE OBRA

El Presupuesto de Ejecución Material para las obras, reflejado en el Proyecto de Ejecución de la Urbanización asciende a 3.969.619,00 €.

El plazo de ejecución del presente proyecto de 9 meses, a partir de la fecha de firma del

Acta de Replanteo o del inicio de las mismas. En cuanto a la mano de obra y en función de las características de la urbanización a ejecutar, se prevé la participación en la ejecución de los trabajos de un pico máximo de 20 operarios. 1.6. ÁMBITO DE APLICACIÓN

La vigencia del Estudio de Seguridad y Salud se inicia desde la fecha en que se produzca el visado del proyecto base de ejecución por el Colegio Oficial correspondiente y la aprobación expresa del Plan de Seguridad, por el Coordinador en materia de Seguridad e Higiene durante la ejecución de la Obra, responsable de su control y seguimiento.

Su aplicación será vinculante para todo el personal propio de la empresa constructora,

el dependiente de otras empresas subcontratadas por esta y los distintos trabajadores autónomos, para realizar sus trabajos en el interior del recinto de la obra, con independencia de las condiciones contractuales que regulen su intervención en la misma.

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2. PLAN DE ETAPAS

Atendiendo a la memoria del Proyecto de Ejecución y del análisis de su documento Presupuesto con el desglose por capítulos y partidas, los trabajos que fundamentalmente se van a ejecutar son los que siguen, a los cuales aplicaremos las medidas preventivas adecuadas a fin de evitar los riesgos detectables más comunes:

CAPITULO I - Movimiento de tierras

- Excavación en desmonte y apertura de cajas para calles. - Apertura de zanjas para canalizaciones y posterior relleno y compactado. - Excavación de cimentación formada por losas de 60 cm de profundidad y zapatas de 80

cm de profundidad máxima. - Transporte de tierras sobrantes a vertedero y carga de las mismas.

CAPITULO II - Cimentación y estructuras

- Losas de cimentación y zapatas de hormigón armado HA-25 N/mm2. - Estructura metálica con pórticos biempotrados de acero estructural laminado en caliente

S275JR y S235JR. - Cubierta poligonal inclinada a dos aguas, con una pendiente del 10%, compuesta por

chapa conformada de acero prelacado con perfil trapezoidal de 0,6 mm de espesor y tipo sandwich con aislamiento interior de lana de virio o de roca según zona. Fachada de panel de chapa aislado.

- Cerramiento de fachada con paneles prefabricados de hormigón armado, machihembrados de 15 cm de espesor. Divisiones interiores con paneles prefabricados de hormigón armado, machihembrados de 15 cm de espesor, y fábrica de bloque 20x20x40. Tabiquería de aseos y oficinas de fábrica de ladrillo.

- Acabados: Los paneles de fachada con acabado de árido de mármol por el exterior y fratasado por el interior, y de las divisiones interiores, con acabado interior liso y exterior fratasado. Los cerramientos interiores de fábrica de bloque irán enfoscados y fratasados, al igual que la tabiquería de oficinas.

CAPITULO III - Instalaciones

- Abastecimiento de agua.

o Hormigonado de soleras y cobijado de conducciones. o Puesta en obra de conductos y hormigonado de anclajes. o Pasos de calzadas protegidos. o Ejecución de arquetas y colocación de válvulas e hidrantes.

- Saneamiento.

o Soleras de canalizaciones y cobijado de conductos. o Puesta en obra de piezas prefabricadas de hormigón para canalizaciones. o Ejecución de pozos, pozos de resalto, arquetas e imbornales. o Pasos de calzadas protegidos.

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- Electricidad en Baja/Media Tensión.

o Ejecución de canalización y colocación de conductores en media/baja tensión. o Ejecución de arquetas y pasos de calzadas protegidos. o Ejecución de anclajes y colocación de farolas y luminarias. o Cableado y conexionado.

- Transporte de orujo. - Trasporte de pasta de aceituna. - Instalación de vapor y agua caliente. - Instalación de trasiego de aceite.

CAPITULO IV - Red telecomunicaciones

- Puesta en obra de canalizaciones y conductos. - Ejecución de arquetas de conexionado. - Cableado principal y conexionado. - Pasos de calzadas protegidos.

CAPITULO V - Pavimentaciones

- Puesta en obra de bordillos y encintados. - Ejecución de sub-bases con albero y bases de zahorra. - Compactación de terraplenes, desmontes, explanada, bases y sub-bases. - Riegos bituminosos, bases de mezclas y capas de rodadura en caliente. - Extendido y compactado de hormigón asfáltico en caliente. - Hormigonado de soleras de acerados y aparcamientos. - Solado de pavimentación de acerados.

CAPITULO VI - Varios

- Montaje de maquinaria y líneas de recepción, extracción, almacenamiento de aceite y envasado.

- Construcción de depósitos de acero y tolvas de estructura metálica.

Del estudio de los trabajos a ejecutar se comprueba la diversidad de riesgos, que son inherentes y específicos de cada partida.

Se prevé utilización de maquinaria pesada de obras públicas para la ejecución de las calzadas, así como retroexcavadoras para las conducciones y grúas y aparatos elevadores para la puesta en obra de las piezas prefabricadas de hormigón.

Operaciones de especial riesgo son las correspondientes a la colocación de tuberías y ovoides en las zanjas abiertas para las conducciones del alcantarillado.

A continuación se hace una exposición detallada por capítulos de los riesgos detectables más comunes y de las medidas preventivas que habrá que adoptar y tener en consideración para la confección del Plan de Seguridad de la obra.

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2.1. RELACIÓN DE ELEMENTOS A UTILIZAR Está previsto que se utilicen durante el transcurso de la obra la siguiente maquinaria, máquinas herramientas y herramientas:

• Movimiento de tierras:

- Martillo rompedor - Retroexcavadora - Pala cargadora

• Transporte horizontal:

- Motovolquete (dúmper pequeño) - Camión basculante - Camión cisterna

• Maquinaria de elevación:

- Grúa móvil autopropulsada - Cabrestante (maquinillo)

• Maquinaria para hormigones:

- Hormigonera - Camión hormigonera - Vibrador de agujas - Regla vibradora

• Maquinaria para compactación y pavimentación:

- Extendedora - Rodillo vibrante autopropulsado - Explanadora - Bituminadora - Pisón mecánico

• Maquinaria transformadora de energía:

- Grupo electrógeno • Máquinas herramientas:

- Martillo neumático - Tronzadora de metal - Tronzadora de cerámica - Amasadora - Pulidora - Fratasadota - Herramientas eléctricas portátiles de corte y soldadura de metales - Herramientas de mano

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2.2. TRABAJOS A EJECUTAR. RIESGOS. PREVENCIONES 2.2.1. PREVIOS

Previo a la iniciación de los trabajos en la obra, debido al paso continuado de personal, se acondicionarán y protegerán los accesos, señalizando conveniente los mismos y protegiendo el contorno de actuación con señalizaciones del tipo:

PROHIBIDO APARCAR EN LA ZONA DE ENTRADA DE VEHÍCULOS

PROHIBIDO EL PASO DE PETONES POR ENTRADA DE VEHÍCULOS USO OBLIGATORIO DEL CASCO DE SEGURIDAD

PROHIBIDO EL PASO A TODA PERSONA AJENA A LA OBRA etc.

2.2.2. EXCAVACIÓN A CIELO ABIERTO. DESMONTE RIESGOS DETECTABLES MÁS COMUNES - Deslizamiento de tierras y/o rocas.

- Desprendimiento de tierras y/o rocas por el manejo de la maquinaria.

- Desprendimientos de tierras y/o rocas por sobrecarga de los bordes de la excavación.

- Desprendimientos por no emplear el talud adecuado.

- Desprendimientos por variación de la humedad del terreno.

- Desprendimientos de tierras y/o rocas por filtraciones acuosas.

- Desprendimientos por vibraciones cercanas (vehículos, martillos, etc.).

- Desprendimientos por variaciones fuertes de temperaturas.

- Desprendimientos por cargas estáticas próximas.

- Desprendimientos por fallos en las entibaciones.

- Desprendimientos por excavaciones bajo el nivel freático.

- Atropellos, colisiones, vuelcas y falsas maniobras de la maquinaria empleada en el

movimiento de tierras.

- Caídas de personas y/o de cosas a distinto nivel, desde el borde de la excavación.

- Riesgos derivados de las condiciones climatológicas.

- Caídas del personal al mismo nivel.

- Contactos eléctricos directos e indirectos.

- Interferencias con conducciones enterradas existentes en el subsuelo.

- Riesgos a terceros por presencia incontrolada de personal ajeno a obras en ejecución.

Cualesquiera otros que conocidos por el contratista deban ser integrados en las

medidas del Plan de Seguridad.

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NORMAS Y MEDIDAS PREVENTIVAS TIPO - Antes del inicio de los trabajos se inspeccionará el tajo con el fin de detectar posibles

grietas o movimientos del terreno. - El frente de excavación realizado mecánicamente, no sobrepasará en más de un metro la

altura máxima del ataque del brazo de la máquina. - Se prohibirá el acopio de tierras o de materiales a menos de dos metros del borde de la

excavación. - Se eliminarán los bolos y viseras de los frentes de excavación ofrezcan riesgo de

desprendimiento. - El frente y los paramentos de las excavaciones serán inspeccionados - por el encargado al

iniciar y dejar los trabajos debiendo señalar - los que deben tocarse antes del inicio o cese de las tareas.

- El saneo de tierras mediante palanca o pértiga se ejecutará estando - el operario sujeto por

el cinturón de seguridad amarrado a un punto - "fuerte" fuertemente anclado. - Se señalizará mediante una línea de yeso la distancia de seguridad a los taludes o bordes

de excavación (mínimo dos metros). - Las coronaciones de taludes permanentes a las que deban acceder las personas, se

protegerán mediante una barandilla de 90 cm de altura, listón intermedio y rodapié, situada a dos metros como mínimo del borde de coronación del talud.

- El acceso a esta zona restringida de seguridad de un talud sin proteger, se realizará sujeto

con un cinturón de seguridad. - Cualquier trabajo realizado a pié de talud será interrumpido si no reúne las condiciones de

estabilidad definidas por la Dirección de Seguridad. - Serán inspeccionadas por el Jefe de Obra y Encargado ó Capataz las entibaciones antes

del inicio de cualquier trabajo en la coronación o en la base del talud. - Se paralizarán los trabajos a realizar al pié de las entibaciones cuya garantía ofrezca

dudas. - Deben prohibirse los trabajos en la proximidad de postes cuya estabilidad no esté

garantizada antes del inicio de las tareas. - Serán eliminados arbustos, matojos y árboles cuyas raíces han quedado al descubierto

mermando la estabilidad propia y la del terreno colateral. - Han de utilizarse testigos que indiquen cualquier movimiento del terreno que suponga el

riesgo de desprendimientos. - Redes tensas o mallazo electrosoldado situadas sobre los taludes actúan como avisadores

al llamar la atención por su embolsamiento que son comúnmente inicios de desprendimientos.

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- Como norma general habrá que entibar los taludes que cumplan cualquiera de las siguientes condiciones:

Pendiente 1/1 terrenos movedizos, desmoronables. Pendiente 1/2 terrenos blandos pero resistentes. Pendiente 1/3 terrenos muy compactos.

- Se prohíbe permanecer o trabajar al pie de un frente de excavación recientemente abiertos

antes de haber procedido a su saneo etc. - Las maniobras de carga a cuchara de camiones serán dirigidas por el Capataz ó vigilante

de seguridad. - La circulación de vehículos no se realizará a menos de 3 metros para los vehículos ligeros y

4 para los pesados. - Los caminos de circulación interna se mantendrán cubriendo baches, eliminando blandones

y compactando usando para resanar material adecuado al tipo de deficiencia del firme. - Se recomienda evitar los barrizales en evitación de accidentes. - Se prohíbe expresamente la utilización de cualquier vehículo por un operario que no esté

documentalmente facultado para ello. - Como norma general no se recomienda la utilización del corte vertical no obstante cuando

por economía o rapidez se considere necesario se ejecutara con arreglo a la siguiente condición:

Se desmochará el corte vertical en bisel (su borde superior) con pendiente 1/1 1/2 1/3 según el tipo de terreno, estableciéndose la distancia mínima de seguridad de aproximación al borde, a partir del corte superior del bisel. Se observará asimismo el estricto cumplimiento de las medidas preventivas de circulación aproximación al borde superior y las sobrecargas y vibraciones.

- Las excavaciones tendrán dos accesos separados uno para la circulación de personas y otro para las máquinas y camiones.

- Caso de no resultar factible lo anterior, se dispondrá una barrera, valla, barandilla, etc. de

seguridad para proteger el acceso peatonal al tajo. - Se acotará y prohibirá trabajar o permanecer dentro del radio de acción de las máquinas

empleadas para el movimiento de tierras. PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL RECOMENDABLES Todas las prendas de protección personal deberán estar homologadas por los organismos correspondientes, y a continuación se relacionan:

- Ropa adecuada al tipo de trabajo - Casco protector de polietileno

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- Botas de seguridad e impermeables - Trajes impermeables - Mascarillas antipolvo con filtro mecánico recambiable - Mascarillas filtrantes - Cinturón antivibratorio (conductores de maquinaria) - Guantes de cuero - Guantes de goma ó PVC

2.2.3. EXCAVACIÓN EN VACIADO RIESGOS DETECTABLES MÁS COMUNES - Repercusiones en las edificaciones colindantes.

- Desplomes de tierras o rocas,

- Deslizamiento de la coronación de los taludes.

- Desplomes por filtraciones o bolas ocultos.

- Desplomes de tierras por sobrecarga de los bordes de coronación.

- Desprendimientos por vibraciones próximas.

- Desprendimientos por alteración del corte por exposición a la intemperie durante largo

tiempo.

- Desprendimiento de tierras por cargas próximas al borde de la excavación.

- Desprendimientos de tierras por afloramiento del nivel freático.

- Atropellos colisiones vuelcos y falsas maniobras de la maquinaria para el movimiento de

tierras.

- Caídas de personas, vehículos, maquinaria u objetos desde el borde de coronación de la

excavación al interior de la misma.

- Interferencias con conducciones enterradas.

- Caídas de personas al mismo nivel.

NORMAS Y MEDIDAS PREVENTIVAS TIPO - Antes del comienzo de los trabajos tras cualquier parada, se inspeccionará el estado de las

medianerías de las posibles edificaciones colindantes. Cualquier anomalía se comunicará inmediatamente a la Dirección de obrar tras proceder a desalojar el tajo expuesto al riesgo

- También antes del comienzo de los trabajos tras cualquier parada, el Encargado o Vigilante

de Seguridad inspeccionará los apeos y apuntalamientos existentes comprobando su perfecto estado. De no ser así lo comunicará a la Dirección procediendo como anteriormente.

- En caso de presencia en el tajo de agua se procederá a su inmediato achique, en

prevención de alteraciones en los taludes.

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- Se eliminarán del frente de la excavación las viseras y bolos inestables. - El frente de avance y los taludes laterales del vaciado, serán revisados antes de iniciar las

tareas interrumpidas por cualquier causa. - Se señalizará mediante una línea de yeso la distancia de seguridad mínima de

aproximación (2 m) al borde del variado. - La coronación del borde de vaciado al que deban acceder las personas, se protegerá con

una barandilla de 90 cm. de alturas formada por pasamanos 9 listón intermedio y rodapié, situada a dos metros como mínimo del borde de coronación del talud.

- El acceso o aproximación a distancias inferiores a dos metros del borde de coronación del

talud se efectuará, caso de ser necesario haciendo uso del cinturón de seguridad de la forma expuesta anteriormente.

- Queda terminantemente prohibido el trabajo o circulación al pié de los taludes inestables. - Antes de reiniciar los trabajos interrumpidos por cualquier causa, se inspeccionará el

perfecto estado de las entibaciones, tomando las medidas necesarias en caso de duda de su comportamiento.

- Como norma general habrá que entibar los taludes que cumplan cualesquiera de las

siguientes condiciones:

pendiente 1/1 en terrenos movedizos desmoronables. pendiente 1/2 en terrenos blandos pero resistentes. pendiente 1/3 terrenos muy compactos.

- Se recomienda la NO-UTILIZACIÓN de taludes verticales y en caso de ser necesarios se

cumplirán las siguientes normas:

Se desmochará el borde superior del corte vertical en bisel con una pendiente 1/1, 1/2, 1/3 según el tipo de terreno, estableciéndose la distancia mínima de seguridad a partir del corte superior del bisela instalándose la barandilla de seguridad y cumplimentando las limitaciones de circulación de vehículos y aproximación al borde del talud, permanencia en su borde inferior y otras medidas de seguridad necesarias.

- Se prohíbe permanecer ó trabajar en el entorno del radio de acción de una máquina para

movimiento de tierras. - Se prohíbe permanecer o trabajar al pié de un frente excavador en tanto se haya

estabilizado, apuntalado, entibado etc. - Las maniobras de carga y descarga de camiones serán dirigidas por el Capataz, Encargado

ó Vigilante de Seguridad. - Se prohíbe la circulación de vehículos a una distancia menor de aproximación del borde de

coronación del talud de 3 m. para los vehículos ligeros y de 4 m. para los pesados. - Serán asimismo de aplicación cualquiera otra norma de seguridad que no estén

contempladas en este articulado y sean consideradas necesarias.

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PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL RECOMENDABLES Todas las prendas de protección personal deberán estar homologadas por los organismos correspondientes y a continuación se relacionan:

- Ropa de trabajo adecuada. - Casco de polietileno. - Botas de seguridad. - Botas de goma o PVC de seguridad. - Trajes impermeables. - Mascarillas antipolvo sencillas. - Cinturones de seguridad A B ó C. - Guantes de cuero ó goma ó PVC según necesidades.

2.2.4. EXCAVACIÓN EN POZOS RIESGOS DETECTABLES MÁS COMUNES - Caídas de objetos al interior,

- Caídas de personas al entrar o salir.

- Caídas de personas al circula por las inmediaciones.

- Caídas de vehículos al interior que circulen próximamente.

- Derrumbamiento de las paredes del pozo.

- Interferencias con conducciones subterráneas.

- Inundación, electrocución y asfixia.

NORMAS Y MEDIDAS PREVENTIVAS TIPO - El personal empleado en la ejecución de estos trabajos será de probada da experiencia y

competencia en los mismos. - El acceso y salida se efectuará mediante una escalera sólida, anclada en la parte superior

del pozo que estará provista de zapatas antideslizantes. Su longitud sobrepasará en todo momento un metro ó más de la bocana del pozo.

- Como norma general no se acoplarán tierras alrededor del pozo a una distancia inferior a

los dos metros. - Los elementos auxiliares de extracción de tierras, se instalarán sólidamente recibidos sobre

un entablado perfectamente asentado entorno a la boca del pozo. - El entablado será revisado por persona responsable cada vez que el trabajo se haya

interrumpido y siempre antes de permitir el acceso al interior del personal. - Se entibarán o encamisarán todos los pozos cuando su profundidad sea igual ó superior a

1-50 metros, en prevención de derrumbes.

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- Cuando la profundidad de un pozo sea igual 0 superior a los 2 metros se rodeará su boca con una barandilla de 90 cm. de altura formada por pasamanos, listón intermedio y rodapié ubicada a una distancia mínima de 2 m. del borde del pozo.

- Como norma general en las bocas de los pozos se colocará una de las siguientes

señalizaciones de peligro:

a) Rodear el pozo con una señal de yeso de diámetro igual al del pozo más dos metros.

b) Proceder igualmente sustituyendo la señal de yeso por cinta de banderolas sobre pies derechos. c) Cerrar el acceso de forma eficaz, al personal ajeno a los trabajos del pozo.

- Al ser descubierta cualquier conducción subterránea, se paralizarán los trabajos dando

aviso a la Dirección de la obra. - La iluminación interior de los pozos se efectuará mediante "portátiles estancos" antihumedad alimentados a 24 voltios. - Se prohíbe expresamente la utilización de maquinaria accionada por combustión o explosión en el interior de los pozos en prevención de accidentes por intoxicación. PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL RECOMENDABLES Todas las prendas de protección personal deberán estar homologadas por los organismos correspondientes y a continuación se relacionan:

- Prendas de trabajo adecuadas y homologadas existentes. - Casco de polietileno, de ser necesario con protectores auditivos ó con iluminación

autónoma por baterías. - Máscara antipolvo de filtro mecánico recambiable. - Gafas protectoras antipartículas. - Cinturón de seguridad. - Guantes de cuero, goma ó FVC. - Botas de seguridad, de cuero o goma, punteras reforzadas y suelas antideslizantes. - Trajes para ambientes húmedos. - Resultan de aplicación específica las normas para el uso de escaleras de manos

barandillas y maquinaria. 2.2.5. EXCAVACIÓN EN ZANJAS RIESGOS DETECTABLES MÁS COMUNES - Desprendimientos de tierras.

- Caídas del personal al mismo nivel.

- Caídas de personas al interior de las zanjas.

- Atrapamiento de personas por la maquinaria.

- Interferencias con conducciones subterráneos.

- Inundación.

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- Golpes por objetos.

- Caídas de objetos al interior de la zanja.

NORMAS Y MEDIDAS PREVENTIVAS TIPO - El personal que trabaje en el interior de las zanjas conocerá los riesgos a que puede estar

sometido. - El acceso y salida se efectuará mediante una escalera sólida anclada en el borde superior

de la zanja y estará apoyada sobre una superficie sólida de reparto de cargas. Sobrepasará en un metro el borde superior

- Quedan prohibidos los acopios de tierras ó materiales en le borde de la misma, a una

distancia inferior a la de seguridad. (2 m.) - Cuando la profundidad de una zanja sea igual o superior a 1-5 M- se entibará según el

apartado VACIADOS, pudiéndose disminuir esta entibación desmochando el borde superior del talud.

- Cuando una zanja tenga una profundidad igual ó superior a los 2 m. se protegerán los

bordes de coronación mediante una barandilla reglamentaria situada a una distancia mínima del borde de 2 metros.

- Cuando la profundidad de la zanja sea inferior a los 2 m. puede instalarse una señalización

de peligro de los siguientes tipos:

a) Línea de yeso o cal situada a 2 m. del borde de la zanja y paralela a la misma. b) Línea de señalización igual a la anterior formada por cuerda de banderolas y pies derechos. c) Cierre eficaz de la zona de accesos a la coronación de los bordes.

- Si los trabajos requieren iluminación se efectuará mediante torretas aisladas con toma de tierras en las que se instalarán proyectores de intemperie.

- Si la iluminación es portátil la alimentación de las lámparas se efectuará a 24 V. teniendo

esto a portátiles rejilla protectora y carcasa mango aislados. - Para los taludes que deban mantenerse estables durante largo tiempos - se dispondrá una

malla protectora de alambre galvanizado ó red de las empleadas en edificación firmemente sujeta al terreno.

- Como complemento de las medidas anteriores se mantendrá una inspección continuada del

comportamiento de los taludes y sus protecciones. - Se establecerá un sistema de señales acústicas conocidas por el personal, para en caso de

peligro abandonar los tajos rápidamente. - Los taludes y cortes serán revisados a intervalos regulares previendo alteraciones de los

mismos por acciones exógenas, empujes por circulación de vehículos ó cambios climatológicos.

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- Los trabajos a ejecutar en el borde de los taludes o trincheras no muy estables se realizarán utilizando el cinturón de seguridad en las condiciones que indica la norma.

- En caso de inundación de las zanjas por cualquier causa, se procederá al achique

inmediato de las aguas, en evitación de alteración en la estabilidad de los taludes y cortes del terreno.

- Tras una interrupción de los trabajos por cualquier causa, se revisarán los elementos de las

entibaciones comprobando su perfecto estado antes de la reanudación de los mismos. PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL RECOMENDABLES

Todas las prendas de protección personal deberán estar homologadas por los organismos correspondientes y a continuación se relacionan:

- Casco de polietileno. - Mascarilla antipolvo con filtro mecánico recambiable. - Gafas antipolvo. - Cinturón de seguridad A, B ó C. - Guantes de cuero. - Botas de seguridad. - Botas de goma. - Ropa adecuada al tipo de trabajo. - Trajes para ambientes húmedos. - Protectores auditivos.

2.2.6. RELLENOS DE TIERRAS RIESGOS DETECTABLES MÁS COMUNES - Siniestros de vehículos por exceso de carga o mal mantenido.

- Caídas de materiales desde las cajas de los vehículos.

- Caídas de personas desde las cajas ó cabinas de los vehículos.

- Interferencias entre vehículos por falta de señalización y dirección en las maniobras.

- Atropellos.

- Vuelcos de vehículos en las maniobras de descarga.

- Accidentes debidos a la falta de visibilidad por ambientes pulverulentos motivados por los

propios trabajos.

- Accidentes por el mal estado de los firmes.

- Vibraciones sobre las personas.

- Ruido ambiental.

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NORMAS Y MEDIDAS PREVENTIVAS TIPO - Todo el personal que maneje vehículos será especialista en el manejo del mismo, estando

acreditado documentalmente. - Los vehículos serán revisados periódicamente, al menos una vez por semana, en especial

los mecanismos de accionamiento mecánico. - Está terminantemente prohibido sobrecargar los vehículos y la disposición de la carga no

ofrecerá riesgo alguno para el propio vehículo ni para las personas que circulen en las inmediaciones.

- Los vehículos tendrán claramente la tara y carga máxima. - Se prohíbe el transporte de personas fuera de la cabina de conducción y en número

superior al de asientos. - Los equipos de carga para rellenos serán dirigidos por un jefe coordinador que puede ser el

vigilante de seguridad. - Loa tajos, cargas y cajas se regaran periódicamente en evitación deformación de

polvaredas. - Se señalizaran los accesos, recorridos y direcciones para evitar interferencias entre los

vehículos durante su circulación. - Se instalaran topes delimitación de recorrido en los bordes de los terraplenes de vertido. - Las maniobras de vertido en retroceso serán dirigidas por personas especialmente

destinadas a esta función. - Se prohíbe la permanencia de personas en un radio inferior a 5 m. En torno a las palas,

retroexcavadoras, compactadoras y apisonadoras en movimiento. - Todos los vehículos empleados en excavaciones y compactaciones, estarán dotados de

bocina automática de aviso de marcha atrás. - Se señalizaran los accesos a la vía publica mediante señales normalizadas de manera

visible con “peligro indefinido”, “peligro salida de camiones” y STOP. - Los vehículos de compactación y apisonado irán provistos de cabina de seguridad

antivuelco. - Todos los vehículos estarán dotados con póliza de seguro con responsabilidad civil ilimitada - A lo largo de la obra se dispondrá letreros divulgatorios del riesgo de este tipo de trabajos,

peligro, vuelco, colisión, atropello, etc.

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PRENDA DE PROTECCIÓN PERSONAL RECOMENDABLE

Todas las prendas de protección personal deberán estar homologadas por los organismos correspondientes y a continuación se relacionan:

- Casco de polietileno. - Botas impermeables ó no de seguridad. - Mascarillas antipolvo con filtro mecánico intercambiable. - Guantes. - Cinturón antivibratrio. - Ropa de trabajo adecuada.

2.2.7. VERTIDOS DE HORMIGÓN RIESGOS DETECTABLES MÁS COMUNES - Caídas de personas u objetos al mismo nivel. - Caídas de personas u objetos a distinto nivel. - Contactos con el hormigón, dermatitis del cemento. - Fallos en entibaciones. - Corrimientos de tierras. - Vibraciones por manejos de aparatos vibradores del hormigón. - Ruido ambiental. - Electrocución por contactos eléctricos. NORMAS Y MEDIDAS PREVENTIVAS TIPO

• Para vertidos directos mediante canaleta - Se instalaran topes al final del recorrido de los camiones hormigonera en evitación de

vuelcos o caídas. - No acercar las ruedas de los camiones hormigoneras a menos de 2 m. del borde de la

excavación. - No situar operarios tras los camiones hormigoneras durante el retroceso en las maniobras

de acercamiento. - Se instalarán barandillas sólidas en el borde de la excavación protegiendo en el tajo de guía

de la canaleta. - La maniobra de vertido será dirigida por el capataz o encargado

• Para vertidos mediante bombeo - El personal encargado del manejo de la bomba de hormigón será especialista en este

trabajo. - La tubería se apoyara en caballetes arriostrados convenientemente.

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- La manguera terminal será manejada por un mínimo de 2 operarios. - El manejo, montaje y desmontaje de la tubería de la bomba de hormigonado se hará por

personal especializado. Se evitaran codos de radio reducido. - Se prohíbe accionar la pelota de limpieza sin antes instalar la redecilla de recogida. En caso

de detención de la bola separara la maquina se reduce la presión a cero y se desmontara la tubería.

NORMAS Y MEDIDAS PREVENTIVAS APLICABLES DURANTE EL HORMIGONADO EN ZANJAS - Antes del inicio del hormigonado se revisara el buen estado de las entibaciones. - Se instalar pasarelas de circulación de personas sobre las zanjas a hormigonar, formadas

por al menos tres tablones tablados. ( 60 cm). - Iguales pasarelas se instalaran para facilitar el paso y movimientos de personas que

hormigonan. - Se respetara la distancia de seguridad (2 m) con fuertes topes de final de recorrido, para los

vehículos que deban aproximarse a las zanjas para verter el hormigón. - Siempre que sea posible el vibrado se efectuara desde el exterior de la zanja utilizando el

cinturón de seguridad. PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL RECOMENDABLES

Todas las prendas de protección personal deberán estar homologadas por los organismos correspondientes y a continuación se relacionan:

- Casco de polietileno con barbuquejo. - Guantes de cuero, goma ó PVC. - Botas de cuero, goma ó lona de seguridad. - Ropa de trabajo adecuada. - Cinturones de seguridad A-B ó C. - Gafas de seguridad antiproyecciones.

2.2.8. ALCANTARILLADO RIESGOS DETECTABLES MÁS COMUNES - Caídas de personas al mismo o distinto nivel.

- Hundimiento de la bóveda en excavaciones y minas.

- Desplome y vuelco de los paramentos del pozo.

- Golpes y cortes por manejo de herramientas.

- Lesiones por posturas obligadas continuadas.

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- Desplomes de taludes de las zanjas.

- Los derivados de trabajos realizados en ambientes húmedos y viciados.

- Electrocución.

- Intoxicaciones por gases.

- Riesgos de explosiones por gases o líquidos.

- Averías en los torno.

- Infecciones por trabajos en las proximidades de alcantarillados o albañales en servicio.

NORMAS Y MEDIDAS PREVENTIVAS TIPO - Recabar la información necesaria sobre la posible existencia de conducciones subterráneas

en la zona y localización de las mismas. - Acopio de tuberías en superficies horizontales sobre durmientes. - Entibaciones suficientes según cálculos expresos. - Entubado de pozos en evitación de derrumbamientos. - Las excavaciones en minas se ejecutaran protegidas mediante un escudo sólido de

bóveda. - Como norma general los trabajos en el interior de pozos o zanjas no se efectuaran en

solitario. - Se dispondrá una soga a lo largo de la zanja para asirse en caso de emergencia. - En acceso as los pozos y zanjas se hará mediante escaleras según las normas al efecto. - Los trabajadores permanecerán unidos al exterior mediante una soga anclada al cinturón

de seguridad de tal forma que permita su inmediata localización y posible extracción al exterior.

- En las galerías se dispondrá una manguera de ventilación con posible impulsión forzada. - Se vigilara la existencia de gases. En caso de detección se procederá al desalojo

inmediato. - En caso de detección de gases nocivos la permanencia se efectuara con equipo de

respiración autónomo de una hora mínima de autonomía. - Los pozos y galería tendrán iluminación suficiente suministrada a 24 voltios y todos los

equipos serán blindados. - Se prohibirá fumar en el interior de pozos y galería donde se sospeche posible existencia

de gases. - Se prohibirá el acceso a los pozos de cualquier operario que aun perteneciendo a la obra

no pertenezca a la cuadrilla encargada.

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- La excavación en mina bajo los viales transitados se efectuara siempre entibada con escudo de bóveda.

- Los ganchos del torno tendrán pestillo. - Alrededor de la boca del pozo se instalara una superficie de seguridad a base de un

entablado trabado entre si. - El torno se anclara firmemente a la boca del pozo y se recomienda la entibación de la boca

del mismo. Estará provisto de cremallera de sujeción contra en desenroscado involuntario. - Los vertidos se efectuaran fuera de la distancia de seguridad. (2m). - No se acopiaran materiales sobre las galerías en fase de excavación evitando sobrecargas. PRENDAS DE PROTECCION PERSONAL RECOMENDABLES

Todas las prendas de protección personal deberán estar homologadas por los organismos correspondientes y a continuación se relacionan:

- Casco de polietileno con barbuquejo. - Casco con equipo de iluminación autónomo. - Guantes de cuero, goma ó PVC. - Botas de cuero, goma ó lona de seguridad. - Ropa de trabajo adecuada. - Equipos de iluminación y respiración autónomos. - Cinturones de seguridad A-B ó C. - Manguitos u polainas de cuero. - Gafas de seguridad antiproyecciones.

2.2.9. MONTAJE DE PREFABRICADOS RIESGOS DETECTABLES MÁS COMUNES - Golpes a las personas por el transporte en suspensión y acoplamiento de grandes piezas.

- Atrapamientos durante las maniobras de ubicación.

- Caídas de personas al mismo o distinto nivel.

- Vuelco ó desplome de piezas prefabricadas.

- Cortes por manejo de herramientas ó maquinas herramientas.

- Aplastamientos al recibir y acoplar las piezas.

NORMAS Y MEDIDAS PREVENTIVAS TIPO - Las piezas prefabricadas se izarán del gancho de la grúa mediante el auxilio de balancines. - La pieza en suspensión se guiara mediante cabos sujetos a los laterales por un equipo de

tres hombres. Dos de ellos gobernarán los movimientos de la pieza mediante los cabos, mientras un tercero guiará la maniobra.

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- Una vez la pieza este presentada en su destino, se procederá sin descolgarla del gancho de la grúa y sin descuidar la guía mediante los cabos al montaje definitivo, concluido el cual se desprenderá del balancín.

- Diariamente el vigilante de seguridad revisara el buen estado de los elementos de

elevación, eslingas, balancines, pestillos de seguridad, etc. anotándolo en su libro de control.

- Se prohíbe permanecer o transitar bajo piezas suspendidas. - Los prefabricados se descargarán de los camiones y se acopiaran en los lugares

destinados al efecto. - Se acopiarán en posición horizontal sobre durmientes dispuestos por capas de ser posible,

de forma que no se dañen los elementos de enganche para su izado. - Queda prohibido guiar los prefabricados en suspensión con las manos y a tal efecto, los

cabos guías se amarrarán antes de su izado. - Cuando una pieza llegue a su punto de colocación girando, se inmovilizará empleando

únicamente el cabo guía, nunca empleando las manos o el cuerpo. PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL RECOMENDABLES

Todas las prendas de protección personal deberán estar homologadas por los organismos correspondientes y a continuación se relacionan:

- Cascos de polietileno con barbuquejo. - Guantes de cuero, goma o PVC. - Botas de seguridad con punteras reforzadas. - Cinturones de seguridad A o C. - Ropa adecuada al trabajo.

2.2.10. INSTALACIÓN DE ELECTRICIDAD RIEGOS DETECTABLES DURANTE LA INSTALACIÓN - Caídas de personas al mismo o a distinto nivel.

- Cortes por manejo de herramientas manuales.

- Lesiones por manejo de útiles específicos.

- Lesiones por sobreesfuerzos y posturas forzadas continuadas.

- Quemaduras por manejo de mecheros.

RIESGOS DETECTABLES DURANTE LAS PRUEBAS Y PUESTA EN SERVICIO - Electrocución o quemaduras por mala protección de los cuadros eléctricos, por maniobras

incorrectas en las líneas, por uso de herramientas sin aislamiento, por puenteo de los mecanismos de protección, por conexionados directos sin clavijas.

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- Explosionado de grupos de transformación durante la entrada en servicio de los mismos.

- Incendios por incorrecta instalación de la red eléctrica.

NORMAS Y MEDIDAS PREVENTIVAS TIPO - El almacén para acopio del material eléctrico se ubicara en lugar adecuado al material

contenido. - El montaje de aparatos eléctricos siempre se efectuara por personal especialista. - La iluminación de los tajos no será inferior a 100 lux medidos a 2 m del suelo. - La iluminación mediante portátiles se efectuará con arreglo a la norma a 24 voltios y

portalámparas estancos con mango aislante y provisto de rejilla protectora. - Se prohíbe absolutamente el conexionado a los cuadros de suministro eléctrico sin la

utilización de las clavijas adecuadas. - Las escaleras cumplirán las normas de seguridad, zapatas antideslizantes, cadena

limitadora de apertura (tijeras) etc. - Se prohíbe la formación de andamios utilizando escaleras de mano. - Los trabajos de electricidad en general, cuando se realicen en zonas de huecos de

escalera, estarán afectos de las medidas de seguridad referentes a la utilización de redes protectoras.

- De igual manera se procederá en terrazas, balcones, tribunas, etc. - Las herramientas utilizadas estarán protegidas con material aislante normalizado contra

contactos de energía eléctrica. - Para evitar la conexión accidental a la red, el último cableado que se ejecute será el del

cuadro general al del suministro. - Las pruebas de tensión se anunciaran convenientemente para conocimiento de todo el

personal de la obra. - Antes de poner en carga la instalación total o parcialmente, se hará una revisión suficiente

de las conexiones y mecanismos, protecciones y empalme de los cuadros generales y auxiliares, de acuerdo con la norma del reglamento electrotécnico.

- La entrada en servicio de la celda de transformación, se efectuará con el edificio desalojado

de personal, en presencia de la jefatura de obra y de la D. F. - Antes de poner en servicio la celda de transformación se procederá a comprobar la

existencia en la sala de los elementos de seguridad indicados en el reglamento electrotécnico, banqueta, pértiga, extintores, botiquín y vestimenta de los propietarios. Una vez comprobado esto se procederá a la entrada en servicio.

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PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL RECOMENDABLES

Todas las prendas de protección personal deberán estar homologadas por los organismos correspondientes y a continuación se relacionan:

- Cascos de polietileno. - Botas de seguridad (aislantes en su caso) - Guantes (aislantes en su caso) - Ropa adecuada de trabajo. - Cinturón de seguridad y/o faja elástica de cintura. - Banqueta de maniobra. - Alfombrilla aislante. - Comprobadores de tensión. - Herramientas aisladas. Son también de aplicación las normas de seguridad para trabajo de montacarga,

escaleras de mano, andamios, maquinillo, etc. 2.2.11. INSTALACIÓN ELÉCTRICA PROVISIONAL RIESGOS DETECTABLES MÁS COMUNES - Contactos eléctricos indirectos y/ o directos.

- Los derivados de la caída de tensión en las líneas por sobrecarga.

- Mal funcionamiento de los mecanismos de protección.

- Mal comportamiento de las tomas de tierra.

- Caídas del personal al mismo o distinto nivel.

NORMAS Y MEDIDAS PREVENTIVAS TIPO a) Para los cables y conductores - Planos que reflejen la distribución de las líneas principales y secundarias, desde el punto de

acometida al cuadro general y desde éste a los secundarios, con especificación de las protecciones adoptadas para los circuitos.

- El calibre de los conductores será el adecuado para la carga eléctrica que ha de

transportar. - Dispondrán de sus fundas protectoras de aislamiento en prefecto estado. - La distribución desde el cuadro general a los secundarios de obra se hará con cable

manguera antihumedad. - El tendido de los conductores y mangueras se efectuará a una altura mínima de dos metros

en los lugares peatonales y de cinco metros en los de vehículos o más altos de ser necesario.

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- Podrán enterrarse los cables eléctricos en los pasos de vehículos, siempre que esta operación se efectúe con garantías y correctamente.

- En el cruce de los viales de obra los conductores eléctricos estarán siempre enterrados, y

se señalizará el “paso del cable” mediante una cubrición permanente de tablones, que tendrán la misión de señalización de reparto y de carga. La profundidad mínima de enterramiento será de cuarenta cm y el cable irá alojado en el interior de un tubo rígido.

- Los empalmes de manguera siempre irán enterrados y los provisionales se ejecutarán

mediante conexiones normalizadas estancas antihumedad. - Igual medida se aplicará a los definitivos. Los trazados de las líneas eléctricas de obra no

coincidirán con los de suministro de agua. - Las mangueras de alargadera pueden llevarse tendidas por el suelo y sus empalmes (de

existir) serán estancos antihumedad. b) Para los interruptores

- Se ajustarán a los indicados en el reglamento electrotécnico de baja tensión.

- Se instalarán en el interior de cajas normalizadas, con la señal: Peligro electricidad.

- Las cajas irán colgadas de paramentos verticales o de “pies derechos” estables.

c) Para los cuadros eléctricos - Serán metálicos de tipo intemperie, con puerto y cerradura con llave, según la norma UNE

20324. - Se protegerán con viseras como protección adicional, tendrán la carcasa conectada a tierra

y en la puerta adherida la señal normalizada “peligro electricidad”. - Podrán ser los cuadros de PVC si cumplen con la norma UNE 20324. - Los cuadros eléctricos se colgarán en tableros de madera recibidos en pies derechos y las

maniobras en los mismos se efectuarán usando la banqueta de maniobra o alfombrilla aislante.

- -Las tomas de corriente de los cuadros serán normalizadas blindadas para intemperie en

número suficiente a sus funciones. - -Los cuadros eléctricos estarán dotados de enclavamiento eléctrico de apertura. d) Para las tomas de energía eléctrica - Las tomas de los cuadros se efectuarán mediante clavijas blindadas normalizadas. - Cada toma de corriente suministrará energía a un solo aparato, maquina ó máquina

herramienta y siempre estará la tensión en la clavija "hembra" para evitar los contactos eléctricos directos.

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e) Para la protección de los circuitos - La instalación dispondrá de los interruptores automáticos necesarios que se calcularán

minorando, con el fin de que actúen dentro del margen de seguridad antes de que el conductor al que protegen llegue a la carga máxima admisible.

- Los interruptores automáticos se instalarán en todas las líneas de toma de corriente de los

cuadros de distribución y de alimentación a todas las máquinas aparatos y herramientas de funcionamiento eléctrico.

- Los circuitos generales estarán también protegidos. - La instalación de "alumbrado general" para las instalaciones de obra y primeros auxilios

estarán protegidas además por interruptores automáticos magnetotérmicos. - Toda la maquinaria eléctrica estará protegida por un disyuntor diferencial y como as¡ mismo

todas las líneas, los cuales se instalarán con las siguientes sensibilidades según R.E.B.T.:

Alimentación a maquinaria: ...................................... ........ 300 mA Alimentación a maquinaria mejora del nivel de seguridad: 30 mA Para las instalaciones de alumbrado no portátil: ................. 30 mA

f) Para las tomas de tierra - El transformador irá dotado de toma de tierra con arreglo al Reglamento vigente.

- Dispondrán de toma de tierra las partes metálicas de todo equipo eléctrico y así como el neutro de la instalación.

- La toma de tierra se efectuará a través de cada pica de cuadro general.

- El hilo de tomas de tierra será el de color verde y amarillo. Se prohíbe en toda la obra su uso distinto.

- Se instalarán tomas de tierra independientes en carriles para estancia ó desplazamiento de máquinas y máquinas herramientas que no posean doble aislamiento.

- Para las máquinas que no posean doble aislamiento las tomas de tierra se efectuarán mediante hilo neutro en combinación con el cuadro de distribución correspondiente y el cuadro general de obra.

- Las tomas de tierra de cuadros generales distintos serán eléctricamente independientes. g) Para la instalación de alumbrado - El alumbrado nocturno, de ser necesario, cumplirá las Ordenanzas de Trabajo en la

Construcción y la General de Seguridad de Salud en el Trabajo.

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- La iluminación de los tajos será la adecuada a las características de los mismos y se efectuará mediante proyectores ubicados sobre pies derechos estables.

- La iluminación con portátiles se efectuará con portalámparas estancos de seguridad con

mango aislante rejilla protectora manguera antihumedad clavija de conexión normalizada estanca de seguridad y alimentados a 24 voltios.

- La iluminación se efectuará a una altura no inferior a 2 metros. - Las zonas de paso estarán siempre perfectamente iluminadas. h) Durante el mantenimiento y reparaciones - El personal de mantenimiento estará en posesión del carné profesional correspondiente. - La maquinaria eléctrica se revisará periódicamente. Cuando se detecte un fallo se

declarará "fuera de servicio" mediante su desconexión y cuelgue del rótulo avisador correspondiente.

- Las revisiones se efectuarán por personal cualificado en cada caso. - Se prohíben las revisiones ó reparaciones con la maquinaria en servicio. - Se desconectará y colocará en lugar bien visible el rótulo: "NO CONECTAR HOMBRES TRABAJANDO EN LA RED" NORMAS Y MEDIDAS DE PROTECCIÓN GENERALES Las indicaciones que se hacen a continuación son generales y se recomienda su observancia, ya que desde el comienzo de las obras hasta el final de las mismas "la electricidad y sus riesgos de utilización están siempre presentes": - Los cuadros eléctricos de distribución se ubicarán en lugares de fácil acceso. - Los cuadros eléctricos sobre pies derechos se colocarán a más de 2 metros de los bordes

de las excavaciones y al menos a 2 m. de alto. - No se instalarán en las rampas de acceso a las excavaciones. - Como protección adicional se curarán con viseras. - Los postes provisionales de colgar mangueras se ubicarán a más de 2 metros de los

bordes de las excavaciones. - El suministro eléctrico al fondo de las excavaciones se apartará de las rampas de acceso y

de las escaleras de mano. - Los curadores eléctricos en servicio permanecerán siempre cerrados. - Nunca se utilizarán fusibles improvisados, serán normalizados y adecuados a cada caso.

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- Se conectarán a tierra las carcasas de los motores que no dispongan de doble aislamiento. - No se permiten las conexiones a tierra a través de conducciones de agua y armaduras etc. - No deben circular carretillas o personas sobre mangueras alargaderas dispuestas por el

suelo. - No se permitirá el tránsito bajo líneas eléctricas en servicio7 tras portando elementos ó

piezas longitudinales. - Se revisará la adecuada conexión del hilo de tierra en los enchufes de las mangueras

alargaderas. - No se permitirán conexiones directas cable/ clavija. - Vigilar no se desconecten las alargaderas por el sistema "tirón". - Comprobar diariamente el buen estado de los disyuntores diferencia les accionando el

mando de test. - Se dispondrán repuestos de disyuntores magnetotérmicos clavijas y otros elementos como

fusibles, etc. - Comprobar el funcionamiento de los extintores. - Disponer convenientemente las señales normalizadas avisadoras de los distintos peligros

existentes. - Comprobar la utilización de las prendas de protección personal. 2.2.12. PRESENCIA DE LÍNEAS ELÉCTRICAS NORMAS Y MEDIDAS PREVENTIVAS TIPO - Notificar a la compañía suministradora propietaria de la línea, la intenci6n de iniciar los

trabajos.

- Si fuese necesario y posibles solicitar el corte de fluido y puesta a tierra de los cables.

- No realizar trabajos en las proximidades de la línea hasta que se ha, ya comprobado el corte de fluido y puesta a tierra.

- Caso de ser necesario se desviará la línea eléctrica por fuera de los límites que se consideren adecuados.

- Las distancias de seguridad a conductores de líneas eléctricas en ser vicio, serán las que marquen las Normas de Alta, Media y Baja Tensi6n y será en cualquier caso mayor de 5 metros.

- Esta distancia de seguridad será balizada y señalizada según el siguiente procedimiento:

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1. -Se marcarán con aparatos (taquímetro) las alienaciones perpendiculares a ambos lados de la línea a la distancia adecuada en el suelo. 2. -Sobre cada alineación se marcará a cada lado de la línea la distancia de 5 m. según los caso de mas el 50% del ancho del conjunto del cableado del tendido eléctrico. 3. -Sobre estas señalizaciones se levantarán piés derechos de madera de una altura de 5 m. en los que se pintará una franja de color blanco. 4. -Las tres hileras de postes así conformadas a ambos lados de la línea se unirán entre sí de todas las formas posibles con cuerda de banderolas formando un entramado perfectamente visible. 5. -La separación entre los postes de balizamiento de cada línea será de 4 a 5 metros.

2.2.13. MAQUINARIA PARA EL MOVIMIENTO DE TIERRAS Dada la gran incidencia de utilización de esta maquinaria en la obra objeto del presente Estudio de Seguridad, a continuación se expone los riesgos más comunes y las medidas de seguridad aplicables a cada una de las máquinas estudiadas por separado. Se considera como más representativas las que se reseñan a continuación:

- Palas cargadoras

- Retroexcavadoras

- Bulldozers

- Motoniveladoras

- Mototraílla. (remolcadas ó autopropulsadas)

- Dumpers. Motovolquete autopropulsado

- Camión dumper

- Rodillos vibrantes autopropulsados

- Compactadores

- Compactados manuales

- Pisones mecánicos

- Extendedoras de productos bituminosos

RIESGOS DETECTABLES COMUNES A TODAS LAS MAQUINAS - Los derivados de su circulación. Vuelos, atropellos, atrapamientos, proyecciones

vibraciones y ruidos formación de polvo. - Los provocados por su uso específico características de cada tipo de máquina y su trabajo

realizado y los particulares de mantenimiento de sus mecanismos. NORMAS PREVENTIVAS GENERALES - Las máquinas estarán dotadas de faros de marcha adelante y retroceso servofreno, freno

de mano, bocina automática de retroceso, retrovisores a ambos lados del pórtico de seguridad antivuelco, cabinas anti-impactos y extintores.

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- Las máquinas serán revisadas diariamente comprobando su buen estado. - Periódicamente (determinar plazos) se redactará un parte de revisión que será controlado

por el Vigilante de Seguridad y estará a disposición de la Dirección Facultativa. - Se prohíbe permanecer transitar o trabajar dentro del radio de acción de las máquinas en

movimiento. - Durante el periodo de paralización se señalará su entorno con indicaciones de peligros

prohibiendo expresamente la permanencia del personal en sus proximidades o bajo ellas. - La maquinaria no entrará en funcionamiento en tanto no se haya señalizado

convenientemente la existencia de líneas eléctricas en Servicio. - De producirse un contacto de una máquina con una línea eléctrica teniendo la máquina

rodadura de neumáticos el conductor permanecerá inmóvil en su asiento y solicitará auxilio por medio de la bocina. Acto seguido se inspeccionará el posible puenteo eléctrico con el terreno y de ser posible el salto, sin riesgo de contacto eléctrico, el maquinista saltará fuera del vehículo, sin tocar al mismo tiempo la máquina y el terreno.

- Antes del abandono de la máquina el conductor dejará en reposos en contacto con el suelo

el órgano móvil de la máquina y accionando el freno de mano y parado el motor. - Las pasarelas o peldaños de acceso a las máquinas, permanecerán siempre limpios de

barros gravas o aceites en evitación de lesiones, - Se prohíbe en estas máquinas el transporte de personas. - Se instalarán de manera adecuada donde sea necesario topes de recorrido y señalización

de tráfico y circulación. - No se ejecutarán trabajos de replanteo o comprobación durante la permanencia de

máquinas en movimiento en el tajo. - Dentro de los trabajos de mantenimiento de la maquinaria se revisar especialmente la

presión de neumáticos y aceites de los mecanismos.

PALA CARGADORA SOBRE ORUGAS O NEUMÁTICOS RIESGOS DETECTABLES MÁS COMUNES

- Atropellos del personal de otros trabajos.

- Deslizamientos y derrapes por embarramiento del suelo.

- Abandono de la máquina sin apagar el contacto.

- Vuelcos y caídas por terraplenes.

- Colisiones con otros vehículos.

- Contactos con conducciones aéreas o enterradas.

- Desplomes de taludes ó terraplenes.

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- Quemaduras y lesiones. (durante el mantenimiento).

- Proyección de materiales durante el trabajo.

- Caídas desde el vehículo.

- Producción de ruidos y vibraciones y polvo etc.

NORMAS PREVENTIVAS Entregar a los maquinistas las siguientes normas de funcionamiento: - Para subir y bajar de la máquina utilizar los peldaños de acceso. - No abandonar el vehículo saltando del mismo si no hay peligro. - No efectúe trabajos de mantenimiento con la máquina en movimiento o con el motor en

marcha. - No permitir acceder a la máquina a personal no autorizado. - Adopte las precauciones normales cuando mantenga la máquina y use las prendas de

protección personal recomendadas. - Comprobar antes de dar servicio al área central de la máquina que está instalado el

eslabón de traba. - Para manipular repostar etc. desconectar el motor. - No liberar los frenos de la máquina en posición de parada sin instalar los tacos de

inmovilización. - Durante las operaciones de repostado y mantenimiento adopte las medidas de precaución

recomendadas en la Norma. - Todas las palas dispondrán de protección en cabina antivuelco pórtico de seguridad. - Se revisarán los puntos de escape de gases del motor para que no dan en la cabina del

conductor. - Se prohíbe abandonar la máquina con el motor en marcha o con la pala, levantada. - Los ascensos ó descensos de la cuchara se efectuarán siempre utilizan do marchas

cortase estando ésta en carga. - Se prohíbe usar la cuchara para cualquier cosa que no sea su funci6n específica y como

transportar personas izarlas, utilizar la cuchara como grúa etc. - La palas estarán equipadas con un extintor timbrado y revisado. - La conducción de la pala se hará equipado con ropa adecuada (ceñida). - Son de aplicación todas las Normas Generales expuestas con anterioridad.

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PRENDAS DE PROTECCION PERSONAL RECOMENDABLES

- Casco de polietileno, gafas antiproyecciones, ropa adecuada, guantes de cuero 1 goma ó PVC para labores de mantenimiento, cinturón elástico antivibratorio, calzado antideslizante, mascarillas antipolvo, mandil y polainas de cuero para mantenimiento.

RETROEXCAVADORA SOBRE ORUGAS O NEUMÁTICOS RIESGOS DETECTABLES MÁS COMUNES

- Los enumerados para las palas cargadoras.

- Los derivados de situaciones singulares por trabajo empleando bivalva.

NORMAS PREVENTIVAS - Entregar a los maquinistas la hoja de recomendaciones e instrucciones enumerada

anteriormente para palas cargadoras. - En los trabajos con bivalva extremar las precauciones en el manejo del brazo y controlar

cuidadosamente las oscilaciones de la bivalva. - Acotar la zona de seguridad igual a la longitud de alcance máximo del brazo de la “retro”. - Serán de aplicación las normas generales de protección en cabina (aros antivuelco) y los

escapes de gases del motor sobre su incidencia en el área del conductor. - Los conductores no abandonarán la máquina sin antes haber parado el motor y depositado

la cuchara en el suelo. Si la cuchara es bivalva estará cerrada. - Los desplazamientos se efectuarán con la cuchara apoyada en la máquina evitando

balanceos. - Se prohíben específicamente los siguientes puntos:

· El transporte de personas. · Efectuar con la cuchara ó brazo trabajos puntuales distintos de los propios de

la máquina. · Acceder a la máquina para su manejo con equipo inadecuado. · Realizar trabajos sin usar los apoyos de inmovilización. · Utilizar la "retro" como una grúa. Estacionar la máquina a menos de 3 m. del

borde de tajos inseguros. · Realizar trabajos dentro de un tajo por otros equipos están do la "retro" en

funcionamiento. · Verter los productos de la excavación a menos de 2 m. del borde de la misma.

(como norma general). Esta distancia de seguridad para las zanjas estará en función del tipo de terreno y de la profundidad de la zanja.

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PRENDAS DE PROTECCION PERSONAL RECOMENDABLES

- Las indicadas para los trabajos realizados con palas cargadoras.

BULLDOZER RIESGOS DETECTABLES MAS COMUNES

- Los enumerados para la pala cargadora.

- Los específicos de las máquinas traccionadas por orugas en terrenos enfangados.

NORMAS PREVENTIVAS

- Entregar a los maquinistas las normas generales de seguridad para el manejo y conservación de las máquinas que efectuaran movimientos de tierras.

- Las enumeradas anteriormente para palas cargadoras y retroexcavadoras - Para abandonar la máquina además de depositar en el suelo la pala y se procederá de

forma con el escarificador. - Como norma general la distancia de seguridad de aproximaoi6n a los bordes de los

taludes para los bulldozers, será de 3 metros.

- En las proximidades de los bulldozers en funcionamiento se prohibirá la realización de otros trabajos.

- Antes de iniciar vaciados a media ladera con vertido hacia la pendiente, se inspeccionará

la zona en prevención de desprendimientos. - Como norma general se evitará en lo posible superar la velocidad de 3 Km/h. en el

movimiento de tierras.

- Se prohíbe la utilizaoi6n de estas máquinas en las zonas de los trabajos cuba pendiente sea en torno al 50 por ciento.

- Antes del inicio de los trabajos se inspeccionará al pié de los taludes aquellos materiales

que pudieran desprenderse con facilidad accidentalmente sobre el tajo. PRENDAS DE PROTECCION PERSONAL RECOMENDABLES

- Las indicadas anteriormente para palas cargadoras y "retros".

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CAMIONES DE TRANSPORTES EN GENERAL (SUMINISTROS) RIESGOS DETECTABLES MÁS COMUNES

- Los inherentes a la circulación por el interior del recinto de las obras, como son: Atropellos y/ o Choques con otros vehículos.

- Específicos de su trabajo o del entorno: Vuelcos por accidentes del terreno, Vuelcos por desplazamientos de cargas, Caídas y atrapamientos del personal operario de las obras.

NORMAS PREVENTIVAS

- Respetar las normas de circulación interna de la obra. - Efectuar cargas y descargas en los lugares designados al efecto.

- Buen estado de los vehículos.

- Uso de calzos en las ruedas además del freno de mano.

- Acceso y abandono de las cajas de transporte de mercancías mediante el uso de

escalerillas de mano.

- Dirigir las maniobras de carga y descarga por una persona adecuada.

- El colmo máximo permitido para materiales sueltos debe ser menos del 5 por ciento en su pendiente.

- Instalación de las cargas en las cajas de manera uniforme.

- En caso de disponer de grúa auxiliar el cami6n, el gancho de ésta estará provisto de

pestillo de seguridad.

- Los operarios encargados de las operaciones de carga y descarga de materiales estarán provistos del siguiente equipo:

Guantes o manoplas de cuero adecuadas al trabajo. Botas de seguridad.

- Se les instruirá para la adopción de las siguientes medidas:

No trepar ni saltar de las cajas de los camiones. Para guiar cargas en suspensión usar los cabos guías. No permanecer debajo de las cargas.

PRENDAS DE PROTECCION PERSONAL RECOMENDABLES

- Casco, cinturón, botas de seguridad, ropa de trabajo adecuada, manoplas o guantes de cuero y salva hombros y cara.

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MOTOVOLQUETES AUTOPROPULSADOS, DUMPERS RIESGOS DETECTABLES MAS COMUNES Los derivados por tratarse de un vehículo en circulación:

- Atropellos. - Choques.

Los producidos por ser una herramienta de trabajo:

- Vuelcos durante el vertido o en tránsito. - Vibraciones, ruidos y polvo ambiental. - Golpes con la manivela de puesta en marcha.

NORMAS PREVENTIVAS

- Los conductores serán personal especializado comprobado.

- Usarlo como una máquina no como un automóvil.

- Comprobar el buen estado del vehículo antes de su utilización. Frenos neumáticos etc.

- Manejar con atención y cuidado la manivela de puesta en marcha y ni accionar ésta sin accionar el freno de mano.

- No cargar por encima del peso límite ni con colmos que dificulten la visibilidad frontal.

- No verter en vacíos ó cortes del terreno sin los topes de recorrido.

- Respetar las señales de circulación interna.

- Remontar pendientes preferiblemente marcha atrás.

- No usar velocidades inadecuadas. Máxima velocidad 20 Km./h.

- No transportar piezas que sobresalgan excesivamente.

- Nunca transportar personas en la cuba.

- Los conductores tendrán carnet de conducir clase B.

- Para trabajos nocturnos tendrán los dumpers faros de marcha adelante y de marcha atrás.

PRENDAS DE PROTECCION PERSONAL RECOMENDABLES - Casco protector, ropa de trabajo adecuada, cinturón elástico antivibratorio y calzado

adecuado.

CAMION DUMPER PARA MOVIMIENTOS DE TIERRAS RIESGOS DETECTABLES MÁS COMUNES - Los derivados de su circulación:

- Atropellos, choques y colisiones.

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- Proyección de objetos. - Producción de vibraciones, ruido y polvo. - Desplomes de taludes.

- Los producidos por su uso y manejo:

- Vuelcos o caídas al subir o bajar de las cabinas de conducción. - Contactos con conducciones.

- Lesiones derivadas de su mantenimiento y aprovisionamiento. NORMAS PREVENTIVAS - Estos vehículos estarán dotados de los siguientes medios:

- Faros de marcha adelante y retroceso, Intermitentes de giro. - Pilotos de posicionamiento y balizamiento de la caja. - Servofrenos y frenos de mano. - Cabinas antivuelco y anti-impacto. - Bocina automática de marcha atrás.

- El servicio de revisión y mantenimiento se efectuará en la maquinaria pesada de movimiento de tierras.

- Se entregará a los conductores las Normas de Seguridad del anexo 1.

- No circular con la caja alzada ó en movimiento basculantes.

- La distancia de seguridad para estos vehículos será de 10 metros.

- Estos vehículos en estación se señalizaras con "señales de peligro'.

- Para las normas de cargas descarga y circulación se adoptarán las medidas generales del

resto de vehículos pesados ya enunciadas.

PRENDAS DE PROTECCION PERSONAL RECOMENDABLES - Casco de polietileno al abandonar la cabina de conducción

- Las recomendadas anteriormente para conductores de vehículos.

RODILLOS VIBRANTES AUTOPROPULSADOS RIESGOS DETECTABLES COMUNES - Atropello o atrapamiento del personal de servicio.

- Pérdida del control de la máquina por avería de alguno de sus mecanismos durante su funcionamiento.

- Vuelcos o caídas por pendientes.

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- Choque contra otros vehículos.

- Caídas de personas al subir o bajar.

- Ruidos y vibraciones.

- Los derivados de la pérdida de atención por trabajo monótono.

- Los derivados de su mantenimiento.

MEDIDAS PREVENTIVAS - Los conductores y operarios serán de probada destreza en la máquina. - Se entregará al conductor del rodillo las normas generales de seguridad para conductores

de máquinas. - Se observarán en esta máquina las medidas preventivas indicadas anteriormente sobre

utilización de maquinaria pesada. NORMAS DE SEGURIDAD PARA LOS CONDUCTORES DE LAS COMPACTADORAS - Se trata de una máquina peligrosa, por lo que debe extremarse la precaución para evitar

accidentes. - Para subir o bajar a la cabina deben utilizarse los peldaños y asideros dispuestos para tal

menester para evitar caídas y lesiones. - No debe accederse a la máquina encaramándose por los rodillos. - No debe saltarse directamente al suelo si no es por peligro inminente para el conductor. - No hay que tratar de realizar «ajustes» con la máquina en movimiento o con el motor en

marcha. - No debe permitirse el acceso a la compactadora de personas ajenas y menos a su manejo. - No debe trabajarse con la compactadora en situación de avería o de semiavería. - Para evitar las lesiones durante las operaciones de mantenimiento, hay que poner en

servicio el freno de mano, bloquear la máquina y parar el motor extrayendo la llave de contacto.

- No deben guardarse combustible ni trapos grasientos sobre la máquina, pueden

producirse incendios.

- La tapa del radiador no debe levantarse en caliente. Los gases desprendidos de forma incontrolada pueden causar quemaduras graves.

- Hay que protegerse con guantes si por alguna causa debe tocar el líquido anticorrosión y

además con gafas antiproyecciones.

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- El aceite del motor y del sistema hidráulico debe cambiarse en frío para evitar quema-duras.

- Los líquidos de la batería desprenden gases inflamables, por lo que si deben ser

manipulados no se debe fumar ni acercar fuego.

- Si debe tocarse el electrólito, (líquidos de la batería), se hará protegido con guantes impermeables ya que el líquido es corrosivo.

PRENDAS DE PROTECCION PERSONAL RECOMENDADAS

- Casco de polietileno con protectores auditivos. - Cinturón elástico antivibratorio. - Gafas antiproyecciones y antipolvo. - Calzado adecuado para conducción de vehículos. - Prendas de protección para mantenimiento. - Guantes, mandil y polainas.

EXTENDEDORAS DE PRODUCTOS BITUMINOSOS RIESGOS DETECTABLES MÁS COMUNES - Atropello o atrapamiento de personas de los equipos auxiliares.

- Caídas de personas desde o en la máquina.

- Los derivados de la inhalación de vapores de betunes asfálticos, nieblas y humos.

- Quemaduras y sobreesfuerzos

- Los derivados de trabajos realizados en condiciones penosas por alta: temperaturas y

vapores calientes.

MEDIDAS PREVENTIVAS - No se permite la permanencia de otra persona que el conductor sobre la extendedora en

marcha. - Las maniobras de aproximación y vertido en la tolva estará dirigida por el Jefe de Equipo

que será un especialista. - Los operarios auxiliares de la extendedora quedarán en posición en la cuneta por delante

de las máquinas durante las operaciones de llena do de la tolva de tal manera que se evite el riesgo de atropello o atrapamiento en las maniobras.

- Los bordes laterales de la extendedora estarán señalizados con bandas amarillas y negras

alternadas. - Las plataformas de estancia o ayuda y seguimiento al extendido asfáltico y estarán

protegidas por barandillas normalizadas con rodapié desmontable. - Se prohíbe expresamente el acceso a la regla vibrante durante las operaciones de

extendido. La máquina y lugares de paso se señalizarán con:

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PELIGRO SUBSTANCIAS CALIENTES, PELIGRO FUEGO NO TOCAR ALTAS TEMPERATURAS. - De permitirlo el modelo de la máquina se instalarán toldos ó sombrilla de protección

intemperie: PRENDAS DE PROTECCION PERSONAL RECOMENDADAS

- Casco de polietileno. - Prenda de cabeza para protección solar. - Botas de media caña impermeables. - Guantes , mandil , polainas , impermeables. - Ropa de trabajo adecuada.

NORMAS DE SEGURIDAD GENERALES PARA ENTREGAR A LOS MAQUINISTAS QUE HAYAN DE CONDUCIR LAS MÁQUINAS PARA MOVIMIENTOS DE TIERRAS

- Para subir y bajar de la máquina utilice los peldaños y asideros de que dispone el vehículos se evitan lesiones por caídas.

- No acceder a la máquina encaramándose a través de la llanta al ordenar las cubiertas.

- Suba y baje del vehículo frontalmente por el acceso a la cabina agarrándose con ambas

manos de forma segura.

- No abandone el vehículo saltando desde el mismo si no existe situación de peligro.

- No realizar "ajustes" con la máquina en movimiento o con el motor en marcha. Pare y efectúe las operaciones necesarias.

- No permita el acceso a la máquina a ninguna persona no autorizada.

- No trabaje en situación de semi-avería. Corrija las deficiencias y continúe su trabajo.

- En las operaciones de mantenimiento apoye los órganos móviles del vehículo en el suelo,

pare el motor, accione el freno de mano y bloquee la máquina. Realice a continuación lo necesario.

- No guardar trapos sucios o grasientos ni combustible en el vehículo, producen incendios.

- No levante en caliente la tapa del radiador.

- Protéjase con guantes para manejar líquidos.

- Use las gafas anti-protecciones y mascarillas antipolvo cuando sea necesario.

- Para cambiar aceites del motor o de los sistemas hidráulico el hágalo en frío.

- Los líquidos de las baterías son inflamables, recuérdelo.

- Para manipular el sistema eléctrico, parar siempre el motor y ex traiga la llave de contacto.

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- No libere los frenos en posición de parada sin antes haber colocado los calzos de las ruedas.

- Si ha de arrancar el motor usando baterías de otro vehículo, evite saltos de corriente. Los

electrolitos producen gases inflamables.

- Vigile la presión de los neumáticos.

- Para llenar los neumáticos sitúese tras la banda de rodadura y previniendo una rotura de la manguera.

- Compruebe el buen funcionamiento de la máquina antes de empezar el trabajo después

de cada parada.

- Ajuste bien el asiento para alcanzar los controles con facilidad.

- Si contacta con cables eléctricos proceda como sigue:

- Separe la máquina del lugar del contacto. - Toque la bocina indicando situación peligrosa. - Pare el motor y ponga el freno de mano. - Salte del vehículo evitando estar en contacto al mismo tiempo con la máquina y

el suelo.

- No abandone el vehículo con el motor en marcha.

- No abandone el vehículo sin haber dejado los órganos móviles apoyados en el suelo.

- No transporte personas en la máquina ni en el interior de la cabina de conducción.

- Compruebe el buen estado del arco de proteoci6n antivuelco de su vehículo.

- Cumpla por su seguridad las instrucciones sobre el manejo de las máquinas durante la realización de los trabajos y adopte las medidas preventivas del plan de seguridad.

GRUAS AUTOPROPULSADAS RIESGOS DETECTABLES MAS COMUNES

- Vuelco.

- Atropellos , atrapamientos , caídas .

- Golpes de la carga suspendida.

- Desprendimientos de las cargas manipuladas.

- Contactos con conducciones eléctricas.

- Caídas al acceder o abandonar la cabina.

- Lesiones propias del mantenimiento de la máquina.

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NORMAS PREVENTIVAS APLICABLES - Controlar el libro de mantenimiento de la grúa y revisiones. - El gancho o doble gancho estará dotado de pestillo de seguridad. - Entregar al conductor el anexo Nº 1 sobre normas generales de seguridad para

maquinistas. - Comprobar el perfecto apoyo de los gatos. - Controlar las maniobras de la grúa por un especialista. - Comprobar el no sobrepasar la carga máxima admitida en funci6n de la longitud y

pendiente o inclinación del brazo de la grúa. - Mantener siempre a la vista la carga. De no ser posible efectuar las maniobras con un

señalista experto. - Se prohíbe expresamente arrastrar las cargas con estas máquinas. - Se respetará la distancia de seguridad de 5 metros.

- Hacer cumplir al maquinista las normas de seguridad y mantenimiento de las

máquinas que enumeramos a continuación: - Mantener la grúa alejada de los terrenos inseguros. - No pasar el brazo de la grúa por encima del personal. - No dar marcha atrás sin el auxilio de un ayudante. - No realizar trabajos sin una buena visibilidad. - No realizar arrastres de cargas o esfuerzos sesgados. - Izar una sola carga cada vez. - Asegurar la estabilidad de la máquina antes de trabajar. - No abandonar la grúa con una carga suspendida. - Respetar las cargas e inclinaciones de pluma máximas. - Asegure los aparatos de izado y ganchos con pestillos. - Atender fielmente las medidas de seguridad de la obra. - Usar las prendas de seguridad y protección personal adecuadas

PRENDAS DE PROTECCION PERSONAL RECOMENDADAS - Casco de polietileno. - Guantes adecuados de conducoí6n, impermeables, para manipular, etc. - Calzado adecuado de seguridad, aislante etc.

ALISADORAS DE HORMIGONES (HELICOPTEROS) RIESGOS DETECTABLES MAS COMUNES - Caídas y resbalones de los manipuladores.

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- Atrapamientos - golpes - cortes en los pies por las aspas.

- Contactos por energía eléctrica.

- Incendios. (motores de explosión).

- Explosiones. (motores de explosión).

- Los derivados de respirar gases de combustión.

MEDIDAS PREVENTIVAS

- El personal encargado del manejo será especialista.

- Las alisadoras estarán dotadas de aros de protección.

- Las alisadoras eléctricas serán de doble aislamiento y conectadas a la red de tierra.

- Los aros de protección serán antichoque y antiatrapamiento.

- El mando de la lanza de gobierno será de mango aislante. (eléctricas).

- Dispondrán en el mango un interruptor ó dispositivo de paradas de fácil manejo para el operador.

PRENDAS DE PROTECCION PERSONAL RECOMENDABLES - Casco de polietileno y ropa adecuada. - Botas de seguridad de goma ó FVC. - Guantes - de cuero - de goma ó PVC - impermeables. - Mandil y manguitos impermeables.

ESPADONES (MÁQUINAS DE CORTE CON DISCO) RIESGOS DETECTABLES MAS COMUNES - Contactos con conducciones enterradas.

- Atrapamientos y cortes.

- Proyecciones de fragmentos.

- Producción de ruidos y polvo al cortar en seco.

NORMAS PREVENTIVAS - El personal que utilice estas máquinas será especialista.

- Antes de producir el corte estudiar posibles conducciones enterradas

- Los órganos móviles estarán protegidos.

- Se usará siempre la vía húmeda.

- En los espadones de motor eléctrico los mangos estarán aislados.

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PRENDAS DE PROTECCION PERSONAL RECOMENDABLES

- Casco de polietileno con protectores auditivos.

- Ropa adecuada de trabajo.

- Botas de goma ó PVC.

- Guantes de cuero, goma, PVC, impermeables.

- Gafas de seguridad para cortes en seco.

- Mascarilla con filtro mecánico o químico recambiable.

2.2.14. MAQUINAS-HERRAMIENTAS RIESGOS DETECTABLES MAS COMUNES - Las máquinas herramientas de aoci6n eléctrica estarán protegidas por doble aislamiento. - Los motores estarán protegidos por carcasas adecuadas. - Igualmente estarán protegidos los órganos motrices, correas, cadenas engranajes. y otros

órganos de transmisión. - Se prohíbe efectuar reparaciones ó manipulaciones con la máquina en funcionamiento. - El montaje y ajuste de correas re realizará con herramienta adecuada.

- Las transmisiones de engranajes estarán protegidas por carcasas de malla metálica que

permita ver su funcionamiento. - Las máquinas en avería se señalizarán con: NO CONECTAR AVERIADO. - Las herramientas de corte tendrán el disco protegido con carcasas. - Las máquinas herramientas que hayan de funcionar en ambientes con productos

inflamables y tendrán protección antideflagrante. - En ambientes húmedos la tensi6n de alimentación será de 24 voltios - El transporte aéreo de las máquinas mediante grúas se efectuará con éstas en el interior de

bateas nunca colgadas. - En general las máquinas herramientas que produzcan polvos se utilizarán en vía húmeda. - Las herramientas accionadas por aire a presi6n (compresores) estarán dotadas de camisas

insonorizadoras. - Siempre que sea posible las mangueras de alimentación se instalarán aéreas y señalizadas

por cuerdas de banderolas.

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PRENDAS DE PROTECCION PERSONAL RECODIENDABLES - Cascos de polietileno. - Ropa adecuada de trabajo. - Guantes de seguridad, cuero, goma, PVC, impermeables. - Botas de seguridad, de goma PVC protegidas. - Plantillas de seguridad, anticlavos. - Mandil y polainas muñequeras de cuero impermeables. - Gafas de seguridad, anti-impactos, antipolvo, anti-proyecciones. - Protectores auditivos. - Mascarillas filtrantes, antipolvo , anti-vapores, filtros fijos y recambiables. - Fajas elásticas anti-vibraciones. 2.2.15. MEDIOS AUXILIARES. ANDAMIOS RIESGOS DETECTABLES MÁS COMUNES - Caídas: a distinto nivel, al mismo nivel, al vacío.

- Desplome del andamio.

- Contactos con conducciones eléctricas.

- Caída de objetos desde el andamio.

- Atrapamientos.

- Por enfermedades de los operarios vértigos, mareos, etc.

MEDIDAS PREVENTIVAS DE APLICACION GENERAL - Los andamios se arrastrarán siempre. - Antes de subir a los andamios revisar su estructura y anclajes. - Los tramos verticales se aportarán sobre tablones repartiendo cargas. - Los desniveles de apoyo se suplementarán con tablones trabados consiguiendo una

superficie estable de apoyo. - Las plataformas de trabajo tendrán un ancho mínimo de 60 m. ancladas a los apoyos

impidiendo los deslizamientos o vuelcos. - Las plataformas a más de 2 metros de altura, tendrán barandillas perimetrales completas

de 90 m. de alturas con pasamanos listón intermedio y rodapié. - Las plataformas permitirán la circulación e intercomunicación. - Los tablones componentes de las plataformas de trabajo no tendrán defectos visibles ni

nudos que mermen su resistencia. - No se abandonarán las herramientas sobre las plataformas de manera que al caer

produzcan lesiones.

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- Se prohíbe arrojar escombros directamente desde los andamios, se recogerá y descargará a través de conductos, (trompas).

- No se fabricarán morteros directamente en las plataformas. - La distancia de separación de un andamio al paramento vertical donde se trabaja no será

superior a 30 cm. - Se prohíbe saltar del andamio al interior. Se usarán pasarelas. - Los andamios se anclarán a puntos fuertes. - Los cables de sustentación (de haberlos), tendrán la longitud suficiente para depositar los

andamios en el suelo. - Los andamios deberán poder soportar cuatro veces la carga estimada. - Los andamios colgados en fase de parada temporal descansarán en el suelo hasta la

reanudación de los trabajos. - Los cinturones de seguridad, de uso preceptivo para el trabajo en andamios, se anclarán a

"puntos fuertes". - Los reconocimientos médicos seleccionarán el personal que puede trabajar en estos

puestos. PRENDAS DE PROTECCION PERSONAL - Casco de polietileno preferentemente con barbuquejo. - Botas de seguridad ó calzado antideslizante. - Cinturón de seguridad clases A ó C - Ropa de trabajo adecuada. - Trajes de agua (ambientes lluviosos) de ser necesarios.

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3. INSTALACIONES DE BIENESTAR E HIGIENE

La contrata principal, así como las empresas subcontratadas vinculadas contractualmente con ella, asume en primera instancia la dotación y mantenimiento de la implantación para albergar, en condiciones de salubridad y confort equivalentes, a la totalidad del personal que participe en esta obra.

El cargo de amortización, alquileres y limpieza, derivados de la dotación y equipamiento de estas instalaciones provisionales del personal en obra, se prorratear por parte de la empresa constructora en función de las necesidades de utilización tanto del personal propio como del subcontratado en condiciones de una utilización no discriminatoria, funcional y digna.

Las condiciones necesarias para su trazado se resumen en los siguientes conceptos:

3.1. CONDICIONES DE UBICACIÓN

Debe ser el punto más compatible con las circunstancias producidas por los objetos en

sus entradas y salidas de obra.

Debe situarse en una zona intermedia entre los dos espacios más característicos de la obra, que son normalmente el volumen sobre rasante y sótanos, reduciendo por tanto los desplazamientos.

En caso de dificultades producidas por las diferencias de cotas con las posibilidades

acometidas al saneamiento, se resolverán instalando bajantes provisionales o bien recurriendo a saneamiento colgado con carácter provisional.

3.2. ORDENANZAS Y DOTACIONES DE RESERVA DE SUPERFICIE RESPECTO AL NÚMERO DE TRABAJADORES

Abastecimiento de agua

Las empresas facilitarán a su personal en los lugares de trabajo agua potable.

Vestuarios y aseos

- Separados por sexos

- Superficie aconsejable: 1,25 m2 por persona.

- Limpieza diaria realizada por persona fija.

- Ventilación suficiente en verano y calefacción efectiva en invierno.

- Útiles de limpieza: Serrín, escobas, recogedor, cubo de basura con tapa hermética,

fregona y ambientador.

- Suelo liso y aislado térmicamente.

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- Una taquilla guardarropa dotada de cierre individual mediante clave o llave y doble

compartimento (separación del vestuario de trabajo y el de calle) y dos perchas por cada

trabajador contratado o subcontratado directamente por la empresa constructora.

- Bancos corridos o sillas.

- Una ducha por cada 10 trabajadores o fracción.

- Pileta corrida para el aseo personal: Un grifo por cada 10 usuarios.

- Jaboneras, portarrollos, toalleros, según el número de duchas y grifos.

- Un espejo de 40 x 50 cm mínimo, por cada 25 trabajadores o fracción.

- Rollos de papel, toalla o secadores automáticos.

- Instalaciones de agua caliente y fría.

Lavabos

El número de grifos será, por lo menos, de uno por cada diez usuarios. La empresa los

dotará de toallas individuales o secadores de aire caliente, toalleros automáticos o toallas de papel, con recipientes.

Número de grifos: 1 ud. / 10 trabajadores = 2 unidades

Retretes

- Estarán separados por sexos - Situados en lugar aislado de los comedores y vestuarios. - Limpieza diaria realizada por persona fija. - Ventilación continua. - Una placa turca o inodoro de taza alta cada 25 hombres o fracción. - Un inodoro de taza alta cada 15 mujeres o fracción. - Espacio mínimo por cabina de evacuación: 1,5 m x 2,3 m con puertas de ventilación

inferior y superior. - Equipamiento mínimo por cabina: papel higiénico, descarga automática de agua y

conexión a la red de saneamiento o fosa séptica. Disponer de productos para garantizar la higiene y limpieza.

Duchas

El número de duchas será de una por cada 10 trabajadores y serán de agua fría y

caliente. Número de duchas: 1 ud. / 10 trabajadores = 2 unidades Los suelos, paredes y techos de estas dependencias serán lisos e impermeables y con

materiales que permitan el lavado con líquidos desinfectantes o antisépticos con la frecuencia necesaria. Comedores

- Se dotará cuando más de 10 trabajadores tomen su comida en la obra. - Superficie aconsejable: 1,20 m por persona.

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- Ventilación suficiente en verano y calefacción efectiva en invierno. - Limpieza diaria realizada por persona fija. - Bancos corridos y mesas de superficie fácil de limpiar (hule, tablero fenólico o laminado). - Dimensiones previstas: 0,65 m lineal por persona. - Dotación de agua: Un grifo y fregadero por cada 10 usuarios del refectorio y un botijo

por cada 5 productores. - Plancha, hornillo o parrilla a gas, electricidad o de combustión de madera para calentar la

comida, a razón de un punto de calor para cada 12 operarios. - Recipiente hermético de 60 l de capacidad y escoba con recogedor para facilitar el acopio

y retirada de los desperdicios, por cada 20 productores. 3.3. INSTALACIONES SANITARIAS DE URGENCIA

No se considerará servicio Médico permanente al estimar una mano de obra inferior a 50 operarios.

Se instalarán dos botiquines que contendrán como mínimo: -Agua Oxigenada. -Alcohol de 96°. -Tintura de Yodo. -Mercurio-cromo. -Amoniaco. -Gasa estéril. -Algodón Hidrófilo. -Vendas. -Esparadrapos. -Antiespasmódico. -Analgésico. -Torniquete. -Jeringuilla esterilizada. -Termómetro.

Este botiquín se revisará mensualmente y se repondrá de inmediato cuando se agote cualquier medicamento. Se colocará en lugar bien visible, colgado de la pared y en zona protegida de agua y polvo.

Asistencia a accidentados

Se deberá informar a la obra del emplazamiento de los diferentes Centros Médicos (Servicios Propios, Mutuas Patronales, Mutualidades Laborales, Ambulatorios, etc.), donde trasladar a los accidentados para su más rápido y efectivo tratamiento.

Se dispondrá en la obra, y en sitio bien visible, de una lista con los teléfonos, direcciones de los centros asignados para urgencias, ambulancias, taxis, etc., para garantizar un rápido transporte de los posibles accidentados a los Centros de Asistencia. Reconocimiento médico

Todo el personal que empiece a trabajar en la obra, deberá pasar un reconocimiento médico previo al trabajo, y que será repetido en el período de un año.

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4. INSTALACIONES PROVISIONALES Se prevé la dotación de locales provisionales para ser utilizados por el personal que dispondrán de comedor y servicios higiénicos. En el plano correspondiente en el apartado dedicado a documentación gráfica, se indican los modelos considerados más adecuados para los servicios de vestuarios, comedor y aseos. Ya que mediante la utilización de estos elementos prefabricados se consigue, con el menor costo, proporcionar las mejores prestaciones y funcionalidad en este tipo de instalaciones.

Estas instalaciones se deberán realizar al inicio de las obras y mantenerlos hasta casi su terminación, evitando cualquier posible interferencia con la construcción y acabado de las obras que nos ocupan. Para el servicio de limpieza de las instalaciones higiénicas se responsabilizará a una persona, o equipo de personas, los cuales podrán alternar este trabajo con otros propios de la obra.

Considerando el número previsto de operarios se realizarán las siguientes instalaciones: Comedores

El recinto destinado a comedores consistirá en una caseta prefabricada modulada, realizada con estructura de perfiles laminados, con cerramiento y cubiertas de paneles "sandwich" en chapa termolacada, por ambas caras, con aislamiento de espuma de poliuretano extruido en su interior. Carpintería en ventanas de aluminio anodizado en su color, rejas de protección, suelo constituido por tablero fenólico y pavimento todo ello previa preparación del terreno y cimentaciones.

Contará con calienta platos o comidas y fregadero, perfectamente diferenciado del recto del local mediante tabique. Dispondrá de recipientes para basuras o desperdicios, con tapa hermética que se retirarán diariamente.

El resto del local dispondrá de mesas dobles y bancos con capacidad para 2x3 personas, según se desarrolla en la documentación gráfica. Vestuarios y Aseos

Para cubrir las necesidades se habilitarán dos locales de idénticas dimensiones y características que el descrito anteriormente para comedor, disponiendo cada uno de una cabina con tazas turcas de porcelana o acero esmaltado, una cabina de ducha, con agua fría y caliente, dos lavabos con idénticos servicios y un urinario, todo ello debidamente compartimentado e independizado.

Se dispondrá de un termo eléctrico de 100 L., así como de 10 taquillas metálicas de 25x50x180 cm. dispuestas en el recinto, junto con bancos corridos de listones de madera. Se equiparán debidamente con perchas, papeleras, portarrollos, toalleros o secamanos automáticos. Oficina Técnica

En un local de similares características y dimensiones a los citados, se situarán los servicios de oficinas técnica y almacén de herramientas, que se dispondrá según las necesidades de la Contrata.

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5. FORMACIÓN DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO 5.1. FORMACIÓN

Se impartirá formación en materia de Seguridad e Higiene en el trabajo, al personal de Obra. 5.2 AVISO PREVIO

El promotor de la obras está obligado a efectuar un aviso previo a la autoridad laboral competente antes del comienzo de los trabajos.

5.3. MEDICINA PREVENTIVA Y PRIMEROS AUXILIOS 5.3.1. BOTIQUÍN

En la Obra se dispondrá de Botiquín, como se especifica en el punto 3.3. de esta memoria.

5.3.2. RECONOCIMIENTO MÉDICO OBLIGATORIO

Todo el Personal pasará un reconocimiento médico previo a su ingreso, que será repetido anualmente.

El servicio medico de la empresa será el encargado de prestar los primeros auxilios a los

trabajadores.

5.4. ACTUACIONES A SEGUIR EN CASO DE ACCIDENTE GRAVE O MORTAL 1.- Avisar a la familia del accidentado, dando facilidades en caso necesario, para su desplazamiento y trámites oportunos, atendiéndola en todo momento. 2.- Comunicar al Servicio Médico de Empresa o Mutua, para que se emita el Preceptivo Informe sobre Accidente grave o mortal. 3.- Contactar con el Departamento de Seguros. 4.- Comunicarlo al Centro de Seguridad e Higiene Provincial. 5.- Comunicar por medio de telegrama u otro sistema análogo en el plazo de 24 horas, a la autoridad Laboral provincial, (según establece el art. 6 de la Ordenanza del Ministerio de trabajo y Seguridad Social de 16-XII-87 por la que se establecen nuevos modelos para la notificación de accidentes de trabajo y se dan instrucciones para su cumplimiento y tramitación.) 6.- Tramitar el Parte de Accidente. 7.- Seguimiento de las Actuaciones del gabinete de Seguridad e Higiene, Inspección de trabajo, etc.

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6. PLIEGO DE CONDICIONES 6.1. PLANIFICACIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL 6.1.1. ORDENACIÓN DE LA ACCIÓN PREVENTIVA 6.1.1.1. CRITERIOS DE SELECCIÓN DE LAS MEDIDAS PREVENTIVAS

Las acciones preventivas que se lleven a cabo en la obra estar n constituidas por el conjunto coordinado de medidas, cuya selección deberá dirigirse a:

- Identificar los riesgos laborales que puedan ser evitados, con indicación de las medidas preventivas.

- Evaluar los riesgos que no se pueden evitar, adoptando las medidas pertinentes.

- Combatir los riesgos en su origen.

- Adaptar el trabajo a la persona, en particular en lo que respecta a la concepción de los

puestos de trabajo, así como a la selección de los m‚todos de trabajo y de producción, con miras, en especial, a atenuar el trabajo monótono y repetitivo y a reducir los efectos del mismo en la salud. (Ergonomía)

- Tener en cuenta la evolución de la técnica.

- Sustituir lo peligroso por lo que entraña poco o ningún peligro.

- Planificar la prevención buscando un conjunto coherente que integre en ella la técnica,

la organización del trabajo, las condiciones de trabajo, las relaciones sociales y la influencia de los factores ambientales en el trabajo.

- Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual.

- Dar las debidas instrucciones a los trabajadores, formación e información.

En la selección de las medidas preventivas se tendrán en cuenta los riesgos adicionales que las mismas pudieran implicar, debiendo adoptarse, solamente, cuando la magnitud de dichos riesgos sean sustancialmente inferiores a la de los que se pretende controlar y no existen alternativas razonables más seguras. 6.1.1.2. PLANIFICACIÓN Y ORGANIZACIÓN

La planificación y organización de la acción preventiva deberá formar parte de la organización del trabajo, orientando esta actuación a la mejora de las condiciones de trabajo y disponiendo de los medios oportunos para llevar a cabo la propia acción preventiva. La acción preventiva deberá integrarse en el conjunto de actividades que conllevan la planificación, organización y ejecución de la obra y en todos los niveles jerárquicos del personal adscrito a la obra, a la empresa constructora principal y a las subcontratas.

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La empresa constructora deberá tomar en consideración las capacidades profesionales, en materia de Seguridad y Salud laboral, de los trabajadores en el momento de encomendarles tareas que impliquen riesgos graves. 6.1.1.3. COORDINACIÓN DE LAS ACTIVIDADES EMPRESARIALES

Se adoptarán las medidas necesarias para que los trabajadores de las demás empresas subcontratadas reciban la información adecuada sobre los riesgos existentes en la obra y las correspondientes medidas de prevención.

Se comprobará que los subcontratistas o empresas con las que se contraten determinados trabajos reúnen las características y condiciones que les permitan dar cumplimiento a las prescripciones establecidas en este Pliego. A tal fin, entre las condiciones correspondientes que se estipulen en el contrato que haya de suscribirse entre ellas, deberá figurar referencia especifica a las actuaciones que tendrán que llevarse a cabo para el cumplimiento de la normativa de aplicación sobre Seguridad y Salud laboral en el trabajo.

Se vigilará que los subcontratistas cumplan con la normativa de protección de la salud de los trabajadores en la ejecución de los trabajos que desarrollen.

Se vigilará que los trabajadores autónomos cumplan con la normativa de protección de la salud de los trabajadores en la ejecución de los trabajos que desarrollen. 6.1.2. ORGANIGRAMA FUNCIONAL 6.1.2.1. SERVICIOS DE PREVENCIÓN

En los términos y con las modalidades previstas en las disposiciones vigentes, dispondrán de servicios encargados de la asistencia técnica preventiva, en cuya actividad participarán los trabajadores conforme a los procedimientos establecidos. El conjunto de medios humanos y materiales constitutivos de dicho servicio será organizado por el contratista directamente.

Los servicios de prevención deberán estar en condiciones de proporcionar a la empresa

el asesoramiento y apoyo que precise en función de los tipos de riesgo en ella existentes y en lo referente a: · Diseñar y aplicar los planes y programas de actuación preventiva.

· Evaluar los factores de riesgo que puedan afectar a la salud e integridad física de los

trabajadores.

· Determinar las prioridades en la adopción de las medidas preventivas adecuadas y la

vigilancia de su eficacia.

· La asistencia para la correcta información y formación de los trabajadores.

· Asegurar la prestación de los primeros auxilios y planes de emergencia.

· Vigilar la salud de los trabajadores respecto de los riesgos derivados del trabajo.

El servicio de prevención tendrá carácter interdisciplinar, debiendo sus medios ser

apropiados para cumplir sus funciones. Para ello, el personal de estos servicios, en cuanto a su

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formación, especialidad, capacitación, dedicación y número, así como los recursos técnicos, deberán ser suficientes y adecuados a las actividades preventivas a desarrollar en función del tamaño de la empresa, tipos de riesgo a los que puedan enfrentarse los trabajadores y distribución de riesgos en la obra, todo ello al amparo de dispuesto por el R.D. 39/97, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención. 6.1.2.2. REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES Los representantes del personal que en materia de prevención de riesgos hayan de constituirse según las disposiciones vigentes, contarán con una especial formación y conocimiento sobre Seguridad y Salud laboral en el Trabajo, de acuerdo con el anexo IV del R.D. 39/97. El contratista deberá proporcionar a los representantes de los trabajadores la formación complementaria, en materia preventiva, que sea necesaria para el ejercicio de "sus funciones, por sus propios medios o por entidades especializadas en la materia. Dicha formación se reiterará con la periodicidad necesaria. 6.1.2.3. COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD

Se constituirá obligatoriamente un Comité de Seguridad y Salud cuando la obra cuente con más de 50 trabajadores. Estará compuesto por los representantes de los trabajadores y por el contratista o sus representantes, en igual número. Su organización, funciones, competencias y facultades serán las determinadas legalmente. 6.1.2.4. COORDINADOR DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL, TÉCNICOS Y MANDOS INTERMEDIOS El contratista deberá nombrar, entre el personal técnico adscrito a la obra, al representante de seguridad que coordinar la ejecución del Estudio de Seguridad y Salud laboral y ser su representante e interlocutor ante el Coordinador en materia de Seguridad y Salud durante la ejecución de la obra, en el supuesto de no ejercitar por si mismo tales funciones de manera permanente y continuada.

Antes del inicio de la obra, el contratista habrá de dar conocimiento al Coordinador en materia de Seguridad y Salud en fase de ejecución de obra, de quien asumir los cometidos mencionados, así como de las sustituciones provisionales o definitivas del mismo, caso que se produzcan. La persona asignada para ello deberá estar especializada en prevención de riesgos profesionales y acreditar tal capacitación mediante la experiencia, diplomas o certificaciones pertinentes. El coordinador de la seguridad deberá ejercer sus funciones de manera permanente y continuada, para lo que le ser preciso prestar la dedicación adecuada, debiendo acompañar en sus visitas a la obra al responsable del seguimiento y control del Estudio de Seguridad y Salud y recibir de éste las órdenes e instrucciones que procedan, así como ejecutar las acciones preventivas que de las mismas pudieran derivarse. El resto de los técnicos, mandos intermedios, encargados y capataces adscritos a la obra, tanto de la empresa principal como de las subcontratas, con misiones de control,

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organización y ejecución de la obra, deberán estar dotados de la formación suficiente en materia de prevención de riesgos y salud laboral, de acuerdo con los cometidos a desempeñar. En cualquier caso, el contratista deberá determinar, antes del inicio de la obra, los niveles jerárquicos del personal técnico y mandos intermedios adscritos a la misma. 6.1.2.5. COORDINACIÓN DE LOS DISTINTOS ÓRGANOS ESPECIALIZADOS

Los distintos órganos especializados que coincidan en la obra, deberán coordinar entre sí sus actuaciones en materia preventiva, estableciéndose por parte del contratista la programación de las diversas acciones, de modo que se consiga una actuación coordinada de los intervinientes en el proceso y se posibilite el desarrollo de sus funciones y competencias en la Seguridad y Salud laboral del conjunto de la obra. El contratista de la obra o su representante en materia de prevención de riesgos deberá poner en conocimiento del responsable del seguimiento y control del Estudio de Seguridad y Salud cuantas acciones preventivas hayan de tomarse durante el curso de la obra por los distintos órganos especializados. El contratista principal organizará la coordinación y cooperación en materia de seguridad y salud que propicien actuaciones conjuntas sin interferencias, mediante un intercambio constante de información sobre las acciones previstas o en ejecución y cuantas reuniones sean necesarias para contraste de pronunciamientos y puesta en común de las actuaciones a emprender. 6.1.3. NORMAS GENERALES DE SEGUIMIENTO Y CONTROL 6.1.3.1. TOMA DE DECISIONES

Con independencia de que por parte del contratista, su representante, los representantes legales de los trabajadores o Autoridad Laboral se pueda llevar a cabo la vigilancia y control de la aplicación correcta y adecuada de las medidas preventivas recogidas en el Estudio de Seguridad y Salud, la toma de decisiones en relación con el mismo corresponder al responsable de la prevención, salvo que se trate de casos en que hayan de adoptarse medidas urgentes sobre la marcha que, en cualquier caso, podrán ser modificadas con posterioridad si el referido técnico no las estima adecuadas.

En aquellos otros supuestos de riesgos graves e inminentes para la salud de los trabajadores que hagan necesaria la paralización de los trabajos, la decisión deberá tomarse por quien detecte la anomalía referida y está facultado para ello sin necesidad de contar con la aprobación previa del responsable de la Seguridad y Salud, aun cuando haya de darse conocimiento inmediato al mismo, a fin de determinar las acciones posteriores. 6.1.3.2. EVALUACIÓN CONTINUA DE LOS RIESGOS

Por parte del contratista principal se llevará a cabo durante el curso de la obra una evaluación continuada de los riesgos, debiéndose actualizar las previsiones iniciales, reflejadas en el Plan de Seguridad y Salud laboral, cuando cambien las condiciones de trabajo o con ocasión de los daños para la salud que se detecten, proponiendo en consecuencia, si procede, la revisión del Plan aprobado, antes de reiniciar los trabajos afectados.

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Asimismo, cuando se planteen modificaciones de la obra proyectada inicialmente, cambios de los sistemas constructivos, métodos de trabajo o proceso de ejecución previstos, o variaciones de los equipos de trabajo, el contratista deberá efectuar una nueva evaluación de riesgos previsibles y, en base a ello, proponer, en su caso, las medidas preventivas a modificar, en los términos reseñados anteriormente. 6.1.3.3. CONTROLES PERIÓDICOS

La empresa deberá llevar a cabo controles periódicos de las condiciones de trabajo, y examinar la actividad de los trabajadores en la prestación de sus servicios para detectar situaciones potencialmente peligrosas. Cuando se produzca un daño para la salud de los trabajadores o, si con ocasión de la vigilancia del estado de salud de éstos respecto de riesgos específicos, se apreciasen indicios de que las medidas de prevención adoptadas resultan insuficientes, el contratista deberá llevar a cabo una investigación al respecto, a fin de detectar las causas de dichos hechos. Sin perjuicio de que haya de notificarse a la autoridad laboral, cuando proceda por caso de accidente.

Asimismo, el contratista deberá llevar el control y seguimiento continuo de la siniestralidad que pueda producirse en la obra, mediante estadillos en los que se reflejen: tipo de control, número de accidentes, tipología, gravedad y duración de la incapacidad (en su caso) y relaciones de partes de accidentes cursados y deficiencias. La empresa principal deberá vigilar que los subcontratistas cumplen la normativa de protección de la salud de los trabajadores y las previsiones establecidas en el Plan de Seguridad y Salud laboral, en la ejecución de los trabajos que desarrollen en la obra. El personal directivo de la empresa principal, delegado o representante del contratista, técnicos y mandos intermedios adscritos a la obra deben cumplir personalmente y hacer cumplir al personal a sus órdenes lo establecido en el Plan de Seguridad y Salud laboral y las normas o disposiciones vigentes sobre la materia. 6.1.3.4. ADECUACIÓN DE LAS MEDIDAS PREVENTIVAS Y ADOPCIÓN DE MEDIDAS CORRECTORAS

Cuando, como consecuencia de los controles e investigaciones anteriormente reseñadas, se apreciase por el contratista la inadecuación de las medidas y acciones preventivas utilizadas, se procederá a la modificación inmediata de las mismas en el caso de ser necesario, proponiendo al responsable de la Seguridad y Salud laboral su modificación en el supuesto de que afecten a trabajos que aún no se hayan iniciado. En cualquier caso, hasta tanto no puedan materializarse las medidas preventivas provisionales que puedan eliminar o disminuir el riesgo, se interrumpirán, si fuese preciso, los trabajos afectados. Cuando el responsable de la Seguridad y Salud laboral observase una infracción a la normativa sobre prevención de riesgos laborales o la inadecuación a las previsiones reflejadas en el Plan de Seguridad y Salud laboral y requiriese la adopción de las medidas correctoras que procedan, vendrá obligado su ejecución en el plazo que se fije para ello.

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A la empresa constructora, no le será exigible por la Autoridad Laboral ni por la Propiedad, la responsabilidad "in vigilando", de las diversas empresas de contrata no vinculadas contractualmente, de forma directa o indirecta con ella. 6.1.3.5. PARALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS

Cuando se observase la existencia de riesgo de especial gravedad o de urgencia, se dispondrá la paralización de los trabajos afectados o de la totalidad de la obra, en su caso, debiendo la empresa principal asegurar el conocimiento de dicha medida a los trabajadores afectados. Si con posterioridad a la decisión de paralización se comprobase que han desaparecido las causas que provocaron el riesgo motivador de tal decisión o se han dispuesto las medidas oportunas para evitarlo, podrá acordarse la reanudación total o parcial de las tareas paralizadas mediante la orden oportuna. El personal directivo de la empresa principal o representante del mismo así como los técnicos y mandos intermedios adscritos a la obra, habrán de prohibir o paralizar, en su caso, los trabajos en que se advierta peligro inminente de accidentes o de otros siniestros profesionales. A su vez, los trabajadores podrán paralizar su actividad en el caso de que, a su juicio, existiese un riesgo grave e inminente para la salud, siempre que se hubiese informado al superior jerárquico y no se hubiesen adoptado las necesarias medidas correctivas. Se exceptúan de esa obligación de información los casos en que el trabajador no pudiera ponerse en contacto de forma inmediata con su superior jerárquico. En los supuestos reseñados no podrá pedirse a los trabajadores que reanuden su actividad mientras persista el riesgo denunciado. De todo ello deberá informarse, por parte del contratista principal o su representante, a los trabajadores, con antelación al inicio de la obra o en el momento de su incorporación a ésta. 6.1.3.6. REGISTRO Y COMUNICACIÓN DE DATOS E INCIDENCIAS Las anotaciones que se incluyan en el libro de incidencias estarán únicamente relacionadas con la inobservancia de las instrucciones, prescripciones y recomendaciones preventivas recogidas en el Plan de Seguridad y Salud laboral. Las anotaciones en el referido libro sólo podrán ser efectuadas por el Coordinador en materia de Seguridad y Salud durante la ejecución de la obra, por la Dirección facultativa, por el contratista principal, por los subcontratistas o sus representantes, por técnicos de los Organismos de la Administración autónoma, por la Inspección de Trabajo, por miembros del Comité de Seguridad y Salud laboral y por los representantes de los trabajadores en la obra. Efectuada una anotación en el libro de incidencias, el contratista principal deberá remitir en el plazo máximo de 24 horas copias a la Inspección de Trabajo de la provincia en que se realiza la obra, al responsable del seguimiento y control del Plan, al Comité de Salud y Seguridad y al representante de los trabajadores. Conservará las destinadas a sí mismo, adecuadamente agrupadas, en la propia obra, a disposición de los anteriormente relacionados.

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Los partes de accidentes, notificaciones e informes relativos a la Seguridad y salud laboral que se cursen por escrito por quienes estén facultados para ello, deberán ser puestos a disposición del responsable del seguimiento y control del Plan de Seguridad y Salud laboral Los datos obtenidos como consecuencia de los controles e investigaciones previstos en los apartados anteriores serán objeto de registro y archivo en obra por parte del contratista, y a ellos deberán tener acceso el responsable del seguimiento y control del Plan. 6.1.3.7. COLABORACIÓN CON EL RESPONSABLE DEL SEGUIMIENTO DEL PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL. El contratista deberá proporcionar al responsable del seguimiento y control del Plan de Seguridad y Salud laboral cuantos medios sean precisos para que pueda llevar a cabo su labor de inspección y vigilancia. El contratista se encargará de coordinar las diversas actuaciones de seguimiento y control que se lleven a cabo por los distintos órganos facultados para ello, de manera que no se produzcan interferencias y contradicciones en la acción preventiva y deberá, igualmente, establecer los mecanismos que faciliten la colaboración e interconexión entre los órganos referidos. El contratista habrá de posibilitar que el responsable del seguimiento y control del Plan pueda seguir el desarrollo de las inspecciones e investigaciones que lleven a cabo los órganos competentes. Del resultado de las visitas a obra del Coordinador en materia de Seguridad y Salud durante la ejecución de la obra, se dará cuenta por parte del contratista principal a los representantes de los trabajadores. 6.1.4. REUNIONES DE SEGUIMIENTO Y CONTROL INTERNO Las reuniones de seguimiento y control interno de la Seguridad y Salud laboral de la obra tendrán como objetivo la consulta regular y periódica de los planes y programas de prevención de riesgos de la empresa, el análisis y evaluación continuada de las condiciones de trabajo y la promoción de iniciativas sobre métodos y procedimientos para la efectiva prevención de los riesgos, así como propiciar la adecuada coordinación entre los diversos órganos especializados que incidan en la Seguridad y Salud laboral de la obra. En las reuniones del Comité de S. y S., participarán, con voz, pero sin voto, además de sus elementos constitutivos, los responsables técnicos de la seguridad de la empresa. Pueden participar en las mismas condiciones, trabajadores de la empresa que cuenten con una especial cualificación o información respecto de concretas cuestiones a debatir en dicho órgano, o técnicos en prevención ajenos a la empresa, siempre que así lo solicite alguna de las representaciones del Comité. Sin perjuicio de lo establecido al respecto por la normativa vigente, se llevará a cabo como mínimo, una reunión mensual desde el inicio de la obra hasta su terminación, con independencia de las que fueren, además, necesarias ante situaciones que requieran una convocatoria urgente, o las que se estimen convenientes por quienes estén facultados para ello.

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Salvo que se disponga otra cosa por la normativa vigente o por los Convenios Colectivos Provinciales, las reuniones se celebrarán en la propia obra y dentro de las horas de trabajo. En caso de prolongarse fuera de éstas, se abonarán sin recargo, o se retardará, si es posible, la entrada al trabajo en igual tiempo, si la prolongación ha tenido lugar durante el descanso del mediodía. Las convocatorias, orden de asuntos a tratar y desarrollo de las reuniones se establecerán de conformidad con lo estipulado al respecto por las normas vigentes o según acuerden los órganos constitutivos de las mismas. Por cada reunión que se celebre se extenderá el acta correspondiente, en la que se recojan las deliberaciones y acuerdos adoptados. El contratista o su representante vienen obligados a proporcionar al responsable de Seguridad y Salud laboral cuanta información o documentación le sea solicitada por el mismo sobre las cuestiones debatidas. Se llevará, asimismo, un libro de actas y se redactará una memoria de actividades, y en casos graves y especiales de accidentes, o enfermedades profesionales se emitirá un informe completo con el resultado de las investigaciones realizadas y la documentación se pondrá a disposición del responsable del seguimiento y control del Plan. Con independencia de las reuniones anteriormente referidas, el contratista principal deberá promover además, las que sean necesarias para posibilitar la debida coordinación entre los diversos órganos especializados y entre las distintas empresas o subcontratas que pudieran concurrir en la obra, con la finalidad de unificar criterios y evitar interferencias y disparidades contraproducentes. 6.2. FORMACIÓN E INFORMACIÓN 6.2.1. ACCIONES FORMATIVAS 6.2.1.1. NORMAS GENERALES Como mínimo los Delegados de Prevención y sucesivamente todo el personal recibirá formación de acuerdo con el Anexo IV del R.D. 39/97 El contratista está obligado a posibilitar que los trabajadores reciban una formación teórica y práctica apropiada en materia preventiva en el momento de su contratación, cualquiera que sea la modalidad o duración de ésta, así como cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeñen o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo susceptibles de provocar riesgos para la salud del trabajador. Esta formación deberá repetirse periódicamente. La formación inicial del trabajador habrá de orientarse en función del trabajo que vaya a desarrollar en la obra, proporcionándole el conocimiento completo de los riesgos que implica cada trabajo, de las protecciones colectivas adoptadas, del uso adecuado de las protecciones individuales previstas, de sus derechos y obligaciones y, en general, de las medidas de prevención de cualquier índole.

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6.2.1.2. CONTENIDO DE LAS ACCIONES DE FORMACIÓN A) A nivel de mandos intermedios, el contenido de las sesiones de formación estará principalmente integrado, entre otros, por los siguientes temas:

• Plan de Seguridad y Salud laboral de la obra. • Causas, consecuencias e investigación de los accidentes y forma de

cumplimentar los partes y estadillos de régimen interior. • Normativa sobre Seguridad y Salud laboral. • Factores técnicos y humanos. • Elección adecuada de los métodos de trabajo para atenuar el trabajo monótono

y repetitivo. • Protecciones colectivas e individuales. • Salud laboral. • Socorrismo y primeros auxilios. • Organización de la Seguridad y Salud laboral de la obra. • Responsabilidades. • Obligaciones y derechos de los trabajadores.

B) A nivel de operarios, el contenido de las sesiones de formación se seleccionará fundamentalmente en función de los riesgos específicos de la obra y estará integrado principalmente, entre otros, por los siguientes temas:

• Riesgos específicos de la obra y medidas de prevención previstas en el Plan de Seguridad y Salud laboral

• Causas y consecuencias de los accidentes. • Normas de Seguridad y Salud laboral (señalización, circulación, manipulación de

cargas, etc). • Señalizaciones y sectores de alto riesgo. • Socorrismo y primeros auxilios. • Actitud ante el riesgo y formas de actuar en caso de accidente. • Salud laboral. • Obligaciones y derechos.

C) A nivel de representantes de los trabajadores en materia de SEGURIDAD Y SALUD LABORAL, el contenido de las sesiones de formación estará integrado, además de por los temas antes especificados para su categoría profesional, por los siguientes:

• Investigación de los accidentes y partes de accidentes. • Estadística de la siniestralidad. • Inspecciones de seguridad. • Legislación sobre Seguridad y Salud laboral. • Responsabilidades. • Coordinación con otros órganos especializados.

6.2.1.3. ORGANIZACIÓN DE LA ACCIÓN FORMATIVA Las sesiones de formación serán impartidas por personal suficientemente acreditado y capacitado en la docencia de Seguridad y Salud laboral contándose para ello con los servicios de seguridad de la empresa, representante o delegado de ésta en la obra, servicios de

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prevención, mutuas, organismos oficiales especializados, representantes cualificados de los trabajadores y servicio médico, propio o mancomunado, que por su vinculación y conocimientos de la obra en materia específica de Seguridad y Salud laboral sean los más aconsejables en cada caso. En el Plan de Seguridad y Salud laboral que haya de presentar el contratista se establecerá la programación de las acciones formativas, de acuerdo con lo preceptuado en el presente Pliego y según lo establecido, en su caso, por los Convenios Colectivos, precisándose de forma detallada: número, duración por cada sesión, períodos de impetración, frecuencia, temática, personal al que van dirigidas, lugar de celebración y horarios. 6.2.2. INSTRUCCIONES GENERALES Y ESPECÍFICAS Independientemente de las acciones de formación que hayan de celebrarse antes de que el trabajador comience a desempeñar cualquier cometido o puesto de trabajo en la obra o se cambie de puesto o se produzcan variaciones de los métodos de trabajo inicialmente previstos, habrán de facilitársele, por parte del contratista o sus representantes en la obra, las instrucciones relacionadas con los riesgos inherentes al trabajo, en especial cuando no se trate de su ocupación habitual; las relativas a los riesgos generales de la obra que puedan afectarle y las referidas a las medidas preventivas que deban observarse, así como acerca del manejo y uso de las protecciones individuales. Se prestará especial dedicación a las instrucciones referidas a aquellos trabajadores que vayan a estar expuestos a riesgos de caída de altura, atrapamientos o electrocución. El contratista habrá de garantizar que los trabajadores de las empresas exteriores o subcontratas que intervengan en la obra han recibido las instrucciones pertinentes en el sentido anteriormente indicado. Las instrucciones serán claras, concisas e inteligibles y se proporcionarán de forma escrita y/o de palabra, según el trabajo y operarios de que se trate y directamente a los interesados. Las instrucciones para maquinistas, conductores, personal de mantenimiento y otros análogos se referirán, además de a los aspectos reseñados, a: restricciones de uso y empleo, manejo, manipulación, verificación y mantenimiento de equipos de trabajo. Deberán figurar también de forma escrita en la máquina o equipo de que se trate, siempre que sea posible. Las instrucciones sobre socorrismo, primeros auxilios y medidas a adoptar en caso de situaciones de emergencia habrán de ser proporcionadas a quienes tengan encomendados cometidos relacionados con dichos aspectos y deberán figurar, además, por escrito en lugares visibles y accesibles a todo el personal adscrito a la obra, tales como oficina de obra, comedores y vestuarios. Las personas relacionadas con la obra, con las empresas o con los trabajadores, que no intervengan directamente en la ejecución del trabajo, o las ajenas a la obra que hayan de visitarla serán previamente advertidas por el contratista o sus representantes sobre los riesgos a que pueden exponerse, medidas y precauciones preventivas que han de seguir y utilización de las protecciones individuales de uso obligatorio.

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6.2.3. INFORMACIÓN Y DIVULGACIÓN El contratista o sus representantes en la obra deberán informar a los trabajadores de: • Los resultados de las valoraciones y controles del medio-ambiente laboral

correspondientes a sus puestos de trabajo, así como los datos relativos a su estado de salud en relación con los riesgos a los que puedan encontrarse expuesto.

• Los riesgos para la salud que su trabajo pueda entrañar, así como las medidas técnicas de prevención o de emergencia que hayan sido adoptadas o deban adoptarse por el contratista, en su caso, especialmente aquéllas cuya ejecución corresponde al propio trabajador y, en particular, las referidas a riesgo grave e inminente.

• La existencia de un riesgo grave e inminente que les pueda afectar, así como las disposiciones adoptadas o que deban adoptarse en materia de protección, incluyendo las relativas a la evacuación de su puesto de trabajo.

• Esta información, cuando proceda, deberá darse lo antes posible. • El derecho que tienen a paralizar su actividad en el caso de que, a su juicio, existiese un

riesgo grave e inminente para la salud y no se hubiesen podido poner en contacto de forma inmediata con su superior jerárquico o, habiéndoselo comunicado a éste, no se hubiesen adoptado las medidas correctivas necesarias.

Las informaciones anteriormente mencionadas deberán ser proporcionadas personalmente al trabajador, dentro del horario laboral o fuera del mismo, considerándose en ambos casos como tiempo de trabajo el empleado para tal comunicación. Asimismo, habrá de proporcionarse información a los trabajadores, por el contratista o sus representantes en la obra, sobre:

• Obligaciones y derechos del contratista y de los trabajadores. • Funciones y facultades de los Servicios de Prevención, Comités de Salud y Seguridad

y delegados de Prevención. • Servicios médicos y de asistencia sanitaria con indicación del nombre y ubicación del

centro asistencial al que acudir en caso de accidente. • Organigrama funcional del personal de Seguridad y Salud laboral de la empresa

adscrita a la obra y de los órganos de prevención que inciden en la misma. • Datos sobre el seguimiento de la siniestralidad y sobre las actuaciones preventivas que

se llevan a cabo en la obra por la empresa. • Estudios, investigaciones y estadísticas sobre la salud de los trabajadores.

Toda la información referida se le suministrará por escrito a los trabajadores o, en su defecto, se expondrá en lugares visibles y accesibles a los mismos, como oficina de obra, vestuarios o comedores, en cuyo caso habrá de darse conocimiento de ello. El contratista deberá disponer en la oficina de obra de un ejemplar del Plan de Seguridad y Salud laboral aprobado y de las normas y disposiciones vigentes que incidan en la obra. En la oficina de obra se contará, también, con un ejemplar del Plan y de las normas señaladas, para ponerlos a disposición de cuantas personas o instituciones hayan de intervenir, reglamentariamente, en relación con ellos. El contratista o sus representantes deberán proporcionar al responsable del seguimiento y control del Plan de Seguridad y Salud laboral toda la información documental

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relativa a las distintas incidencias que puedan producirse en relación con dicho Plan y con las condiciones de trabajo de la obra. El contratista deberá colocar en lugares visibles de la obra rótulos o carteles anunciadores, con mensajes preventivos de sensibilización y motivación colectiva. Deberá exponer, asimismo, los que le sean proporcionados por los organismos e instituciones competentes en la materia sobre campañas de divulgación. El contratista deberá publicar mediante cartel indicado, en lugar visible y accesible a todos los trabajadores, la constitución del organigrama funcional de la Seguridad y Salud laboral de la obra y de los distintos órganos especializados en materia de prevención de riesgos que incidan en la misma, con expresión del nombre, razón jurídica, categoría a cualificación, localización y funciones de cada componente de los mismos. De igual forma habrá de publicar las variaciones que durante el curso de la obra se produzcan en el seno de dichos órganos. 6.2.4. ATRIBUCIONES GENERALES DE SEGURIDAD DEL PERSONAL FACULTATIVO DE OBRA

Independiente de las atribuciones, obligaciones y responsabilidades que el R.D.1426/97 establece para los Responsables de Seguridad y Salud durante la ejecución de la Obra y durante la elaboración del proyecto, las cuales vienen definidas en el mismo.

La empresa constructora en su estructura de gestión empresarial tiene fijado para todos sus Centros de Trabajo, el sistema de "Seguridad Integrada", es decir considera que la Seguridad, la Higiene, la Prevención de Pérdidas y el Control de la Calidad Total, son tareas directivas a realizar por las diferentes "Líneas de Mando" habituales en la misma y que incluyen desde la Alta Dirección hasta Jefes de Equipo, Capataces así como los Responsables Técnicos a pie de obra de las empresas subcontratadas, siendo todos ellos, y a su nivel, Supervisores de Seguridad. Por principio, el Supervisor es responsable de cuantas actividades se desarrollen en su área de competencia, incluyendo naturalmente, la seguridad de las personas e instalaciones a su cargo.

A la hora de establecer prioridades, la Prevención de Accidentes ocupa el mismo nivel de importancia que la Producción, la Calidad y los Costos.

A continuación van descritas las más relevantes funciones de tipo general, entre las que destacan:

1. Encargados de que todos los que participan en una operación bajo su mando reciben

el entrenamiento adecuado para la realización de los trabajos a ellos encomendados con un grado aceptable de aseguramiento de la calidad y del control de los riesgos para las personas y las cosas.

2. Encargados de que los Planes de Seguridad que afecten a su área de trabajo estén

actualizados, a disposición de los ejecutantes y que sea exigido su cumplimiento.

3. Encargados de que exista la información suficiente sobre los ìriegos de exposición a los productos, medios auxiliares, máquinas y herramientas utilizadas en su área de responsabilidad. Si no existiese, deberá solicitarla al suministrador o departamento competente para facilitarla, y en última instancia, al Director o Responsable de su Centro de Trabajo.

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4. Encargados de que en su área se cumpla con el programa de Seguridad, previamente establecido.

5. Encargados de que exista en su área de responsabilidad y se realice prácticamente

un programa rutinario de comprobación del entorno laboral, los medios, aparatos y dispositivos que existan en relación con la Prevención. En particular:

• Prendas y Equipos de Protección Individual, su estado y mínimos de utilización. • Sistemas de Protección Colectiva y su eficacia preventiva. • Equipos de detección de riesgos higiénicos y comprobación del medio ambiente

de trabajo. • Estado de limpieza y salubridad de las instalaciones de implantación provisional

a utilizar por el personal de obra. • Estado y funcionamiento de los recipientes de gases a presión, retimbrado de

los mismos y válvulas de seguridad. • Mangueras y juntas de expansión. • Maquinaria, máquinas herramientas, instrumentos críticos, medios auxiliares,

aparatos de elevación, herramientas y en general todos aquellos sistemas o equipos que se consideren problemáticos o peligrosos en condiciones normales de trabajo.

• Condiciones climatológicas adversas. • Almacenamiento de productos tóxicos, contaminantes y/o peligrosos. • Etc.

6. Encargados de efectuar las revisiones de Seguridad del área a su cargo, en relación

con las distintas operaciones que allí se realicen. En el caso de que su realización se salga fuera de su competencia, solicitarla de los correspondientes Servicios o Especialistas, propios o concertados.

7. Encargados de informar, mediante reuniones de seguridad, charlas de tajo u otros

medios, siempre que ocurra un accidente o incidente potencialmente importantes en su área de responsabilidad, para su estudio y análisis o cuando lo crea oportuno para la motivación o la formación en Prevención.

8. Encargados de solicitar a su superior jerárquico y cumplir las revisiones de seguridad de nuevas instalaciones, así como sugerir mejoras para la modificación de las existentes.

9. Encargados asimismo de garantizar la clasificación de los riesgos y la prelación de los distintos niveles preventivos en la utilización de todos los productos y energías incluidos en los procesos de trabajo desarrollados en su área.

10. Encargados de preparar los trabajos e instalaciones para realizar las tareas de Mantenimiento Preventivo, proporcionando a los ejecutantes la información y los medios necesarios para su realización con seguridad.

11. Encargados de cumplir y hacer cumplir la reglamentación vigente en materia de seguridad, las Normas Internas de Seguridad de su propia empresa y las contenidas en el presente Estudio de Seguridad y Salud, tanto en lo que respecta al personal propio como al subcontratado.

12. Encargados de notificar jerárquicamente a su Dirección la producción de cualquier incidente o accidente que ocurra en sus instalaciones e iniciar la investigación técnica del

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mismo, así como el establecimiento de medidas preventivas, con independencia de que se hayan producido o no daños.

13. Realización de la parte que les corresponda de las tareas y actividades señaladas

en el estudio de seguridad y salud y controles administrativos. En aras del perfeccionamiento y simplificación de los mismos, aportará las sugerencias de mejora y simplificación que estime necesarios, a sus superiores jerárquicos.

14. Establecer un programa básico de Mantenimiento preventivo de las instalaciones,

utillaje, máquinas, herramientas y equipos de protección individual y colectivos correspondientes a su área de responsabilidad. 6.2.5. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE SEGURIDAD

6.2.5.1. DIRECCIÓN DE OBRA

La empresa constructora y Responsables Técnicos de las empresas subcontratadas,

tienen las funciones de seguridad siguientes: 1. Tienen la máxima responsabilidad en materia de Producción y Condiciones de

Trabajo, en función de sus atribuciones sobre la "Línea Ejecutiva". 2. Asignan responsabilidad y autoridad delegada a los Mandos en materia de

prevención de accidentes y control de aseguramiento de la calidad del personal y actividades sometidos a su jurisdicción.

3. Participan e intervienen en el establecimiento de las políticas de Seguridad

atendiendo las sugerencias de los especialistas, propios o externos, asesores de seguridad, así como a los restantes órganos ejecutivos de la Empresa competentes en la mejora de las Condiciones de Trabajo.

4. Promulgan las políticas en materia de prevención de la siniestralidad y mejora de las

condiciones de trabajo en la empresa, y las hace cumplir. 5. Dentro de sus respectivas competencias, autorizan los gastos necesarios para

desarrollar las políticas de mejora de las condiciones de trabajo. 6. Promocionan y facilitan el adiestramiento profesional y de prevención, adecuado para

cualificar a los Técnicos y Cuadros de Mando bajo su jurisdicción. 7. Aprueban, a iniciativa propia o propuesta del Comité de Seguridad e Higiene, la

concesión de premios o sanciones de los Cuadros de Mando que dependan jerárquicamente de él, y que a su juicio sean acreedores a las mismas, por su actitud ante la prevención de accidentes y enfermedades profesionales.

6.2.5.2. JEFES Y TÉCNICOS DE OBRA Los responsables Técnicos de obra de la empresa constructora y de las empresas

subcontratadas, tienen las funciones de seguridad siguientes:

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1. Tienen responsabilidad y autoridad delegada en materia de Producción y Condiciones de Trabajo en función de sus competencias sobre el personal de la "Línea Productiva" sometido a su jurisdicción, y de las Empresas de Subcontrata que estén a su mando.

2. Asignan responsabilidades y autoridad delegada en materia de prevención de

accidentes a los Cuadros de Mando y Técnicos, del personal a su cargo, tanto propios como subcontratado.

3. Participan e intervienen en el establecimiento de las políticas de seguridad, según lo

recomendado por la Dirección de la empresa, Dirección Facultativa de la Obra y Mutuas Patronales de Accidentes de Trabajo (propia y de las empresas subcontratadas).

4. Supervisan y colaboran en el análisis y propuestas de solución de la investigación

técnica de los accidentes ocurridos en la obra (tanto del personal propio como subcontratado), mediante la cumplimentación del documento establecido al efecto, adoptando de inmediato las medidas correctoras que estén a su alcance.

5. Divulgan la política general de la empresa en materia de seguridad y medicina

preventiva, dentro de su jurisdicción, y velan por su cumplimiento, así como de mantener unos niveles altos en la relación productividad y condiciones de trabajo.

6. Dentro de sus competencias, autorizan los gastos necesarios para desarrollar la

política de prevención en las obras a su cargo. 7. Promocionan y facilitan el adiestramiento profesional y de prevención adecuado para

cualificar a los Técnicos, Cuadros de Mando y Personal de Producción, dentro de su jurisdicción.

8. Presiden el órgano colegiado de seguridad que en función del volumen e importancia

de la obra, se considere oportuno establecer (p.e. Comisión General de Seguridad e Higiene de Empresas de Contrata, Comisión de Seguridad e Higiene de Subcontratistas, Círculos de Seguridad o Comité de Seguridad e Higiene). En obras de menor volumen despachará regularmente con el o los Delegados de Prevención.

9. Controlan el cumplimiento y materialización de los compromisos adquiridos en el

E.B.S.S. de aquellas obras que lo tengan establecido por ley. 10. Proponen a sus superiores jerárquicos y/o al Comité de S. e H. los nombres y

circunstancias del personal a su mando, que a su juicio sean acreedores de premio o sanciones graves o muy graves, por su actitud ante la prevención de accidentes y enfermedades profesionales.

11. Exigirán a las empresas contratadas o subcontratadas el cumplimiento riguroso de

las cláusulas de Seguridad anejas al contrato pactado con la empresa constructora.

6.2.5.3. MANDOS INTERMEDIOS

Los mandos intermedios, Encargados, Capataces, Jefes de Equipo o de Brigada y

Técnicos Especialistas a pie de obra de la empresa constructora y de las empresas subcontratadas, tienen las funciones de seguridad siguientes:

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1. Son responsables de la seguridad y condiciones de trabajo de su grupo de trabajadores.

2. Son responsables de la seguridad del lugar de trabajo, orden y limpieza, iluminación,

ventilación, manipulación y acopio de materiales, recepción, utilización y mantenimiento de equipos.

3. Cuidarán de que se cumplan las normas relativas al empleo de prendas y equipos

protectores. 4. Son responsables de que se presten con rapidez los primeros auxilios a los

lesionados. 5. Deben informar a su Mando Superior e investigar técnicamente todos los accidentes

producidos en su área de responsabilidad, analizando las causas y proponiendo soluciones, mediante el documento establecido al efecto en el presente E.S.S. "Informe Técnico de Investigación de Accidente" (ITIA).

6. Facilitarán gratuitamente a los trabajadores los medios de protección personal

homologados por el Ministerio de Trabajo o normalizados para todo el personal de la empresa constructora. Entra dentro de sus competencias, asegurarse el acopio suficiente y suministro de éstos materiales, así como el control documental de su entrega y seguimiento de su correcta utilización. Los operarios de empresas subcontratadas que incumplan con el compromiso de su empleador respecto a la correcta utilización de Equipos de Protección Individual y Sistemas de Protección Colectiva, para la realización de sus trabajos, fijados en las cláusulas de seguridad anejas al contrato pactado con la empresa constructora, verán subsanadas por parte de la misma, las situaciones de riesgo voluntariamente asumidas, imputando íntegramente la repercusión de su coste en la certificación a abonar al subcontratista del cual dependa.

7. Mantendrá reuniones informales de seguridad con sus productores y responsables de

las empresas subcontratadas, tratando también de los temas de seguridad con los trabajadores por separado.

8. Fomentarán y estimularán los cometidos de los Delegados de Prevención a su cargo. 9. Colaborará con los Representantes legales de los Trabajadores en cuantas

sugerencias de carácter preventivo puedan aportar. 10. Cumplirán personalmente y harán cumplir al personal y subcontratistas a sus

órdenes la normativa legal vigente en materia de prevención y las Normas de Seguridad de carácter interno de la empresa constructora, así como las específicas para cada Centro de Trabajo fijadas por el Estudio de seguridad y Salud y el Plan de seguridad y salud.

11. Tienen responsabilidad y autoridad delegada de la Alta Dirección de su empresa en

materia de seguridad en función de sus atribuciones sobre el personal de la Línea Productiva y subcontratistas sometidos a su jurisdicción.

12. Asignan responsabilidades y autoridad delegada al personal de producción

cualificado en materia de prevención de accidentes, sobre los trabajadores y subcontratistas que estén a cargo de ellos.

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13. Darán a conocer al personal a su cargo y subcontratistas, las directrices de prevención que sucesivamente adopte la Empresa y la Dirección Facultativa de la Obra, velando por su cumplimiento.

14. Participan e intervienen en el establecimiento de las políticas de seguridad que

afecten a este Centro de Trabajo, según lo recomendado por los órganos de la empresa constructora y de la Dirección Facultativa, competentes en materia de prevención.

15. Dentro de sus competencias autorizarán los gastos necesarios para desarrollar la

política en su Centro de Trabajo. 16. Procederán a una acción correctora cuando observen métodos o condiciones de

trabajo inseguras e interesarán a aquellas personas, departamentos, empresas subcontratadas, Dirección Facultativa o Propiedad, según proceda, que por su situación o competencias puedan intervenir en la solución de aquellos problemas que escapen a sus medios y competencias técnicas.

17. Tienen la facultad de prohibir o paralizar, en su caso, los trabajos en que se advierta

peligro inminente de accidentes, siempre que no sea posible el empleo de los medios adecuados para evitarlos o minimizarlos.

18. Realizarán y supervisarán mensualmente la inspección de seguridad y de

mantenimiento preventivo de los diferentes tajos y equipos de la obra a su cargo. 19. Intervendrán con el personal a sus órdenes en la reducción de las consecuencias de

siniestros que puedan ocasionar víctimas en el Centro de Trabajo y prestarán a éstos los primeros auxilios que deban serles dispensados. Fomentará y estimulará los cometidos de los Socorristas del Centro de Trabajo a su cargo.

20. Promocionarán y facilitarán el adiestramiento profesional de sus trabajadores,

seleccionándolos y controlando se observen las prácticas de trabajo habituales para el correcto desempeño de cada oficio.

21. Dentro de sus posibilidades, promocionarán y facilitarán la formación en materia de

prevención del personal a su cargo. 22. Exigirán a las empresas contratadas y Subcontratistas el cumplimiento de las

cláusulas de Seguridad anejas al contrato pactado con la empresa constructora

6.2.5.4. REPRESENTANTES LEGALES DEL PERSONAL DE LA EMPRESA CONSTRUCTORA

1. Corresponde a los órganos de representación del Personal y los Representantes

Sindicales, de acuerdo con lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores y la Ley Orgánica de Libertad Sindical, la vigilancia y control de la puesta en práctica de la normativa de aplicación en materia de seguridad, patología laboral y condiciones de trabajo, formulando en su caso, y en su calidad de representantes, las acciones legales oportunas ante la empresa y los órganos de jurisdicción competentes.

2. Las funciones básicas de los Representantes legales de los Trabajadores en el área

de la Prevención de Riesgos en la empresa serán la definidas en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

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6.2.5.5. DELEGADOS DE PREVENCIÓN 1. La empresa constructora y cada una de las empresas contratadas, con más de 5

trabajadores a pie de obra, tendrá nombrado un Delegado de Prevención.

2. Su cualificación técnica estará avalada por documento expedido por el Servicio de Seguridad de su Mutua de Accidentes de Trabajo, con antelación a su nombramiento definitivo, que deberá estar acreditado ante la Inspección Provincial de Trabajo.

3. Sus funciones como Delegados de Prevención, serán compatibles con las que

normalmente preste en la Línea Productiva el trabajador designado al efecto y tendrán las competencias legales que dicta la citada Ley 31/1.995 de Prevención de Riesgos Laborales.

6.2.5.6. TRABAJADORES 1. Los trabajadores de la empresa constructora, de las empresas subcontratadas y los

trabajadores autónomos, realizarán su actividad de conformidad con las prácticas de seguridad establecidas en el presente Estudio de Seguridad y Salud. y aceptadas en la especialidad que desarrolle.

2. Deben dar cuenta a su Encargado de las condiciones, averías o prácticas inseguras

apreciadas en equipos, personal propio o ajeno que puedan implicar directamente a la empresa constructora o a terceros en las inmediaciones de la obra.

3. Hacer sugerencias de mejora de las medidas de prevención y protección a los

mandos responsables de su materialización. 4. Usar correctamente los Equipos de Protección Individual (EPI), homologados por el

Ministerio de Trabajo o normalizado en la obra, cuidando de su perfecto estado y conservación. 5. Someterse a los reconocimientos médicos preceptivos y a las vacunaciones

ordenadas por las Autoridades Sanitarias competentes o por el Servicio Médico de Empresa. 6. Cuidar y mantener su higiene personal, en evitación de enfermedades contagiosas o

molestas para sus compañeros. 7. Comprometerse a no introducir bebidas u otras sustancias no autorizadas en los

Centros de Trabajo, no presentarse o permanecer en los mismos en estado de embriaguez o de cualquier otro género de intoxicación.

8. Recibir las enseñanzas sobre prevención de accidentes y sobre extinción de

incendios, salvamento y socorrismo en los Centros de Trabajo que les sean facilitados por la empresa, Mutua Patronal o por las instituciones competentes de la Administración.

9. Proponer a su Mando Inmediato superior la demora o sustitución de la realización de

trabajos que impliquen riesgo de accidentes o enfermedad profesional en el caso de que no se disponga de los medios adecuados para llevarlas a cabo con las suficientes garantías para su integridad física o la de sus compañeros.

10. Pedir asesoramiento suficiente a su Mando Inmediato superior sobre la realización

de aquellas tareas que no comprenda o no se sienta capacitado para llevarlas a término en condiciones de seguridad.

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11. Si el trabajador conociese la existencia de posibles incompatibilidades entre sus características personales y las condiciones de determinados puestos de trabajo a los que pudiera ser destinado, deberá poner tal hecho en conocimiento del empresario. La omisión de esta comunicación tendrá la consideración de transgresión de la buena fe contractual.

12. Cumplirá personalmente la normativa legal vigente en materia de prevención y las

Normas de Seguridad internas de la Empresa y de la Dirección Facultativa de la obra donde presta sus servicios.

13. Cooperará en la extinción de incendios y en el salvamento de las víctimas de

accidentes de trabajo en las condiciones que, en cada caso, sean racionalmente exigibles. 6.2.5.7. FUNCIONES DEL “ENCARGADO GENERAL”

En cualquier fase el Encargado General deberá realizar la formación específica de su

personal, haciendo especial hincapié en su disciplinada integración a los usos y costumbres preventivos del sector de la construcción.

1. Velará por todos los medios que sus hombres estén en todo momento bajo la

cobertura de protecciones de carácter colectivo; cuando esto no fuera posible por las especiales circunstancias del tajo o escasa duración de los trabajos con exposición a riesgo, obligará al empleo de la totalidad de los equipos de protección individual (EPI) recomendados para minimizar las consecuencias de los previsibles incidentes y/o accidentes.

2. Es responsable de que la construcción de los andamios y plataformas a utilizar por su personal se haga conforme a la normativa técnica del fabricante y reglamentación legal vigente. Velará constantemente por el estado reglamentario y de estabilidad de utilización de andamios, plataformas de trabajo y plataformas de apoyo y accesos.

3. En su calidad de "Jefe de Maniobra" vigilará constantemente la forma de elevación

del material.

6.2.5.8. FUNCIONES DE “JEFE DE MANIOBRA”

1. Es el responsable de la coordinación de un equipo compuesto por el "Señalista" y el

"Estrobador" durante las operaciones de preparación de equipos, materiales, apilado, eslingado, aplomo, ajuste, embridado, deslingado, descarga, acopio y posicionado de los mismos.

2. Dará las instrucciones y comprobará personalmente las condiciones de utilización o

rechazo de: • Accesorios, suplementos, trabazón, monolitismo de los materiales, para su

transporte y sistemas de elevación y manutención mecánica. • Balizado y señalización de zonas de acopio de los materiales y zonas de

paso elevado durante la trayectoria de las maniobras. • Estado de las cuerdas de retenida, eslingas planas (de banda textil de

fibra), de cable o cadenas, ganchos y sus cierres de seguridad, anclajes de los equipos, conexionado de los elementos hidráulicos, estado de los cables y condiciones de utilización de sus distintos elementos como sistema de trabajo.

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Conjuntamente con el "Gruista", comprobará la zona de partida de la maniobra, la zona intermedia a seguir por la trayectoria de la misma y la zona de destino final, cerciorándose de:

• Que el piso esté plano y su superficie resista la carga a acopiar y las

dinámicas de trabajo de la propia máquina. • Que en las máquinas accionadas por cable, en la posición nominal más baja

del bloque diferencial queden aún dos vueltas de cable en el enrollamiento del tambor de elevación.

• Que en las máquinas hidráulicas las articulaciones no tengan holguras y los bombines, manguitos y émbolos trasmitan la presión correcta sin descompresiones por pérdidas o fugas.

• Que la trayectoria de la maniobra no pueda dañar conducciones, instalaciones, equipos ni personas.

• Que los medios auxiliares los equipos y accesorios sean los adecuados a la maniobra a realizar.

El "Jefe de Maniobra" indica al "Señalista" de viva voz (sin gesto ni ademán alguno que

pueda ser mal interpretado por el "Gruista"), el momento en que puede iniciarse la maniobra, su destino y eventualmente, el itinerario y precauciones especiales a adoptar.

Si el "Jefe de Maniobra" realiza conjuntamente otras funciones como las de "Señalista"

o las correspondientes al "Estrobador", debe prestar especial atención en que las señales que pueda hacer con las manos a sus ayudantes no puedan nunca ser confundidas con los ademanes dirigidos al "Gruista". 6.2.5.9. FUNCIONES DEL SEÑALISTA

1. El "Señalista" es un auxiliar de "Jefe de Maniobra" de quien recibe las órdenes, cuya

misión consiste en dirigir al "Gruista" en cada una de las fases de la maniobra.

2. El "Señalista" pasa a ser el "Jefe del Gruista", desde el momento en que hace el ademán normalizado de toma de mando y este ha contestado "entendido".

3. Desde que se inicia la maniobra, durante su trayectoria, y si tiene jurisdicción en la

zona de llegada, el "Señalista" tiene la responsabilidad de las órdenes dadas al "Gruista".

4. El "Señalista" ha de comunicarse con el "Gruista" mediante señales normalizadas, utilizando ambos brazos.

5. Salvo en los casos de movimientos lentos de aproximación, el "Señalista" no debe

repetir ningún ademán (excepto si el "Gruista" da la señal de repetición).

6. No es misión del "Señalista" indicar al operador de la grúa cuáles son las palancas o mandos a accionar para efectuar determinado movimiento.

7. Durante el desplazamiento en la zona de su mando, el "Señalista" guía el movimiento

de cargas y elementos articulados, para evitar golpes con obstáculos, ya que el gruista carece de la adecuada referencia de relieve.

8. El "Señalista" no abandona el mando hasta la llegada al destino final de la maniobra

o al límite de su jurisdicción.

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9. Antes de dar la orden de bajada, el "señalista" se asegurará de que no hay persona alguna en la zona sobre la que se ha de depositar la carga.

10. Para el cumplimiento correcto de su función, el "Señalista" se situará en un lugar

que le permita:

• Ser visto perfectamente por el "Gruísta". • Ver por su parte, y en las mejores condiciones posibles, todos los

sistemas implicados en la maniobra, y poder seguirla con la vista durante su desplazamiento en la zona que tiene asignada.

• No encontrarse él mismo amenazado por los desplazamientos de la maniobra, si ésta pasa por las inmediaciones de donde se encuentra situado.

La plataforma de señalización u observatorio situado a más de 2 m de altura, dispondrá

de las protecciones colectivas perimetrales reglamentarias, y si esto no es posible, el "Señalista" utilizará cinturón anticaídas a una sirga de afianzamiento que le facilite los desplazamientos horizontales sin dificultad. El suelo estará limpio y libre de obstáculos.

El "Señalista" debe permanecer constantemente a la vista del "Gruista". En los casos

necesarios, pedirá al "Jefe de Maniobra" un auxiliar como enlace, para que le informe sobre la situación de determinado punto de acción de la maniobra.

El "Señalista" debe disponer de una indumentaria suficientemente vistosa e identificativa

de su misión (P.e. casco y guantes en color fosforito, brazalete, chaleco fotoluminiscente, parka de señalista de O.P., etc,).

6.2.5.10. FUNCIONES DEL “ESTROBADOR”

El "Estrobador" es un auxiliar del "Jefe de Maniobra", de quien recibe las órdenes, su

misión consiste en elegir los medios auxiliares y equipos para asegurar la correcta operatividad de la maniobra y la estabilidad del conjunto durante su trayectoria. Su función puede coincidir con la del "Señalista".

Al comenzar la jornada, comprobará la inexistencia de defectos que descalifiquen la

utilización de medios o equipos para la realización de las maniobras previstas. Procederá a la retirada, etiquetaje e inutilización de los elementos aportados por

equipos de trabajo, designados como "fuera de servicio". Distribuirá los pesos y cargas de forma racional y uniformemente repartida para no

castigar los equipos empleados. Se asegurará de que el equipo o medio auxiliar a utilizar, no sobrepase la capacidad de

la máquina que tiene que utilizarlo. Empleará solo señales convenidas para dirigir al "Señalista" y permanecerá donde el

"Gruista" o, en su defecto el "Señalista", puedan verle.

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No pasará nunca por debajo de cargas suspendidas, ni permitirá que otros lo hagan. No arrastrará descolgará o dejará caer las eslingas o equipos acoplados, antes bien,

apilará y acuñará los elementos de forma que no puedan deslizarse o desequilibrarse. No permitirá el izado, suspensión, sostenimiento o descenso de ninguna armadura, uña

portapalets, cangilón o tolva, por medio de cadena o eslinga de cable metálico que tenga un nudo en cualquier parte sometida a tracción directa, ni tampoco con cadenas acortadas o empalmadas provisionalmente o de forma inadecuada.

Exigirá y comprobará los certificados de control de calidad realizados por los

fabricantes respecto a sus equipos, medios auxiliares y accesorios de estrobado. El transporte suspendido de cargas, debe realizarse de forma que el equilibrio del

conjunto transportado sea estable. Los trabajadores responsables de la maniobra estrobado y aparejado de armaduras irán provistos de guantes anticorte y antiabrasión, casco, calzado de seguridad y chalecos reflectantes de señalista. 6.3. MEDIDAS DE SEGURIDAD PREVIAS AL INICIO DE LA OBRA 6.3.1. CONDICIONES GENERALES

No deberá iniciarse ningún trabajo en la obra sin la aprobación previa del Plan de

Seguridad y Salud laboral y sin que se haya verificado con antelación, por el responsable del seguimiento y control del mismo, que han sido dispuestas las protecciones colectivas e individuales necesarias y que han sido adoptadas las medidas preventivas establecidas en el Estudio. Antes del inicio de la obra, habrán de estar instalados los locales y servicios de higiene y bienestar para los trabajadores. Antes de iniciar cualquier tipo de trabajo en la obra, será requisito imprescindible que el contratista tenga concedidos los permisos, licencias y autorizaciones reglamentarias que sean pertinentes, tales como: colocación de vallas o cerramientos, señalizaciones, desvíos y cortes de tráfico peatonal y de vehículos, accesos, acopios, etc. Antes del inicio de cualquier trabajo en la obra, deberá realizarse las protecciones pertinentes, en su caso, contra actividades molestas, nocivas, insalubres o peligrosas que se lleven a cabo en el entorno próximo a la obra y que puedan afectar a la salud de los trabajadores. 6.3.2. INFORMACIÓN PREVIA Antes de acometer cualquier de las operaciones o trabajos preparatorios a la ejecución de la obra, el contratista deberá informarse de todos aquellos aspectos que puedan incidir en las condiciones de Seguridad y Salud laboral requeridas. A tales efectos recabará información previa relativa, fundamentalmente, a:

• Servidumbre o impedimentos de redes de instalaciones y servicios y otros elementos

ocultos que puedan ser afectados por las obras o interferir la marcha de éstas.

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• Intensidad y tipo de tráfico de las vías de circulación adyacentes a la obra, así como cargas dinámicas originadas por el mismo, a los efectos de evaluar las posibilidades de desprendimientos, hundimientos u otras acciones capaces de producir riesgos de accidentes durante la ejecución de la obra.

• Vibraciones, trepidaciones u otros efectos análogos que puedan producirse por actividades o trabajos que se realicen o hayan de realizarse en el entorno próximo a la obra y puedan afectar a las condiciones de Seguridad y Salud laboral de los trabajadores.

• Actividades que se desarrollan en el entorno próximo a la obra y puedan ser nocivas insalubres o peligrosas para la salud de los trabajadores.

• Tipo, situación, profundidad y dimensiones de las cimentaciones de las construcciones colindantes o próximas, en su caso, e incidencia de las mismas en la seguridad de la obra.

6.3.3. SERVICIOS AFECTADOS: IDENTIFICACIÓN, LOCALIZACIÓN Y SEÑALIZACIÓN Antes de empezar cualquier trabajo en la obra, habrán de quedar definidas qué redes de servicios públicos o privados pueden interferir su realización y pueden ser causa de riesgo para la salud de los trabajadores o para terceros. En el caso de líneas eléctricas aéreas que atraviesen el solar o estén próximas a él se interfieran la ejecución de la obra, no se deberá empezar a trabajar hasta que no hayan sido modificadas por la compañía suministradora. a tales efectos se solicitará de la propia compañía que proceda a la descarga de la línea o a su desvío. De no ser viable lo anterior, se considerarán unas distancias mínimas de seguridad, medidas entre el punto más próximo con tensión y la parte más cercana del cuerpo o herramienta del obrero, o de la máquina, teniéndose en cuenta siempre la situación más desfavorable. Habrá de vigilarse en todo momento que se mantienen las distancias mínimas de seguridad referidas. En el supuesto de redes subterráneas de gas, agua o electricidad, que afecten a la obra, antes de iniciar cualquier trabajo deberá asegurarse la posición exacta de las mismas, para lo que se recabará, en caso de duda, la información necesaria de las compañías afectadas, gestionándose la posibilidad de desviarlas o dejarlas sin servicio. Estas operaciones deberán llevarlas a cabo las citadas compañías. De no ser factible, se procederá a su identificación sobre el terreno y, una vez localizada la red, se señalizará marcando su dirección, trazado y profundidad, indicándose, además, el área de seguridad y colocándose carteles visibles advirtiendo del peligro y protecciones correspondientes. 6.3.4. ACCESOS, CIRCULACIÓN INTERIOR Y DELIMITARON DE LA OBRA Antes del inicio de la obra deberán quedar definidos y ejecutados su cerramiento perimetral, los accesos a ella y las vías de circulación y delimitaciones exteriores. Las salidas y puertas exteriores de acceso a la obra serán visibles o debidamente señalizadas y suficientes en número y anchura para que todos los trabajadores puedan abandonar la obra con rapidez y seguridad. No se permitirán obstáculos que interfieran la salida normal de los trabajadores.

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Los accesos a la obra serán adecuados y seguros, tanto para personas como para vehículos y máquinas. Deberán separarse, si es posible, los de estos últimos de los del personal. Dicha separación, si el acceso es único, se hará por medio de una barandilla y será señalizada adecuadamente. El ancho mínimo de las puertas exteriores serán suficientes para el número de personas que se prevea los utilicen normalmente. En todos los accesos a la obra se colocarán carteles de "Prohibido el paso a toda persona ajena a la obra", "Es obligatorio el uso del casco" y "Prohibido aparcar" y, en los accesos de vehículos, el cartel indicativo de "Entrada y salida de vehículos". Los vehículos, antes de salir a la vía pública, contarán con un tramo horizontal de terreno consistente o pavimentado, de longitud no menos de vez y media de separación entre ejes o de 6 metros. Si ello no es posible, se dispondrá de personal auxiliar de señalización para efectuar las maniobras. Se procederá a ejecutar un cerramiento perimetral que delimite el recinto de la obra e impida el paso de personas y vehículos ajenos a la misma. Dicho cerramiento deberá ser suficientemente estable, tendrá una altura mínima de 2 metros y estará debidamente señalizado.

Las rampas para el movimiento de camiones y/o máquinas tendrán un ancho mínimo de

4,5 metros, ensanchándose en las curvas. Sus pendientes no serán mayores del 12 y 8%, respectivamente, según se trate de tramos rectos o curvas. En cualquier caso, habrá de tenerse en cuenta la maniobrabilidad de los vehículos que se utilicen. Deberán acotarse y delimitarse las zonas de cargas, descargas, acopios, almacenamiento y las de acción de los vehículos y máquinas dentro de la obra. Habrán de quedar previamente definidos y debidamente señalizados los trazados y recorridos de los itinerarios interiores de vehículos, máquinas y personas, así como las distancias de seguridad y limitaciones de zonas de riesgo especial, dentro de la obra y en sus proximidades.

6.4. PLIEGO DE CONDICIONES DE LOS EQUIPOS DE PROTECCIÓN 6.4.1. PROTECCIONES COLECTIVAS 6.4.1.1. GENERALIDADES Cuando se diseñen los sistemas preventivos, se dará prioridad a los colectivos sobre los personales o individuales. La protección personal no dispensa en ningún caso de la obligación de emplear los sistemas de tipo colectivo. En cuanto a los colectivos, se preferirán las protecciones de tipo preventivo (las que eliminan los riesgos) sobre las de protección (las que no evitan el riesgo, pero disminuyen o reducen los daños del accidente). Los medios de protección, una vez colocados en obra, deberán ser revisados periódicamente y antes del inicio de cada jornada, para comprobar su efectividad.

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6.4.1.2. SEÑALIZACIÓN Y ORDENACIÓN DE TRÁFICO La señalización será visible y sencilla, que con fácil interpretación, advierta de los riesgos existentes. Se emplearán colores, avisos, señales, balizamientos, etc., para facilitar la atención visual. Se considerará una zona de 5 cm. alrededor de la máquina como zona de peligrosidad. Cuando trabajan varias máquinas en el mismo tajo, la distancia mínima entre ellas será de 30 m. Las rampas de acceso serán estables y con el talud adecuado, el borde la rampa estará reforzado con un retablo que sirve de tope a los camiones en la circulación. Las rampas estarán señalizadas con stop, limitación de velocidad, pendiente, etc. 6.4.2. EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL (E.P.I.) 6.4.2.1. GENERALIDADES Solo podrán disponerse en obra y ponerse en servicio los E.P.I. que garanticen la salud y la seguridad de los usuarios sin poner en peligro ni la salud ni la seguridad de las demás personas o bienes, cuando su mantenimiento sea adecuado y cuando se utilicen de acuerdo con su finalidad. A los efectos de este Pliego de Condiciones se considerarán conformes a las exigencias esenciales mencionadas los E.P.I. que lleven la marca "CE" y, de acuerdo con las categorías establecidas en las disposiciones vigentes. 6.4.2.2. EXIGENCIAS ESENCIALES DE SANIDAD Y SEGURIDAD Los E.P.I. deberán garantizar una protección adecuada contra los riesgos. Reunirán las condiciones normales de uso previsibles a que estén destinados, de modo que el usuario tenga una protección apropiada y de nivel tan elevado como sea posible. El grado de protección óptimo que se deberá tener en cuenta será aquel por encima del cual las molestias resultantes del uso del E.P.I. se opongan a su utilización efectiva mientras dure la exposición al peligro o el desarrollo normal de la actividad. Los materiales de que estén compuestos los E.P.I. y sus posibles productos de degradación no deberán tener efectos nocivos en la salud o en la higiene del usuario. Cualquier parte de un E.P.I. que esté en contacto o que pueda entrar en contacto con el usuario durante el tiempo que lo lleve estará libre de asperezas, aristas vivas, puntas salientes, etc., que puedan provocar una excesiva irritación o que puedan causar lesiones. Los E.P.I. ofrecerán los mínimos obstáculos posibles a la realización de gestos, a la adopción de posturas y a la percepción de los sentidos. Por otra parte, no provocarán gestos que pongan en peligro al usuario o a otras personas.

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Los E.P.I. posibilitarán que el usuario pueda ponérselos lo más fácilmente posible en la postura adecuada y puedan mantenerse así durante el tiempo que se estime se llevarán estos, teniendo en cuenta los factores ambientales, los gestos que se vayan a realizar y las posturas que se vayan a adoptar. Para ello, los E.P.I. se adaptarán al máximo a la morfología del usuario por cualquier medio adecuado, como pueden ser sistemas de ajuste y fijación apropiados o una variedad suficiente de tallas y números. Los E.P.I. serán lo más ligeros posible, sin que ello perjudique a su solidez de fabricación ni obstaculice su eficacia. Antes de la primera utilización en la obra de cualquier E.P.I. habrá de contarse con el folleto informativo elaborado y entregado obligatoriamente por el fabricante, donde se incluirá, además del nombre y la dirección del fabricante y/o de su mandatario en la Comunidad Económica Europea, toda la información útil sobre:

• Instrucciones de almacenamiento, uso, limpieza, mantenimiento, revisión y desinfección. • Los productos de limpieza, mantenimiento o desinfección aconsejados por el fabricante

no deberán tener, en sus condiciones de utilización, ningún efecto nocivo ni en los E.P.I. ni en el usuario.

• Rendimientos alcanzados en los exámenes técnicos dirigidos a la verificación de los grados o clases de protección de los E.P.I.

• Accesorios que se pueden utilizar en los E.P.I. y características de las piezas de repuesto adecuadas.

• Clases de protección adecuadas a los diferentes niveles de riesgo y límites de uso correspondientes.

• Fecha o plazo de caducidad de los E.P.I. o de algunos de sus componentes. • Tipo de embalaje adecuado para transportar los E.P.I. • Este folleto de información estará redactado de forma precisa, comprensible y, por lo

menos, en la lengua oficial del Estado español, debiéndose encontrar a disposición del responsable del seguimiento del Plan de Seguridad y Salud.

6.5. SEÑALIZACIONES 6.5.1. NORMAS GENERALES El contratista deberá establecer un sistema de señalización de seguridad a efectos de llamar la atención de forma rápida e inteligible sobre objetos y situaciones susceptibles de provocar peligros determinados, así como para indicar el emplazamiento de dispositivos y equipos que tengan importancia desde el punto de vista de seguridad. La puesta en práctica del sistema de señalización no dispensará, en ningún caso, de la adopción de los medios de protección indicados en el presente documento. Se deberá informar a todos los trabajadores, de manera que tengan conocimiento del sistema de señalización establecido. En el sistema de señalización se adoptarán las exigencias reglamentarias para el caso, según la legislación vigente y nunca atendiendo a criterios caprichosos. Aquellos elementos que no se ajusten a tales exigencias normativas no podrán ser utilizados en la obra.

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Aquellas señales que no cumplan con las disposiciones vigentes sobre señalización de los lugares de trabajo no podrán ser utilizadas en la obra. El material constitutivo de las señales (paneles, conos de balizamiento, letreros, etc) será capaz de resistir tanto las inclemencias del tiempo como las condiciones adversas de la obra. La fijación del sistema de señalización de la obra se realizará de modo que se mantenga en todo momento estable. 6.5.2. SEÑALIZACIÓN DE LAS VÍAS DE CIRCULACIÓN Las vías de circulación, en el recinto de la obra, por donde transcurran máquinas y vehículos deberán estar señalizadas de acuerdo con lo establecido por la vigente normativa sobre circulación en carretera. 6.5.3. PERSONAL AUXILIAR DE LOS MAQUINISTAS PARA SEÑALIZACIÓN Cuando un maquinista realice operaciones o movimientos en los que existan zonas que queden fuera de su campo de visión y por ellos deban pasar personas u otros vehículos, se empleará a una o varias personas para efectuar señales adecuadas, de modo que se eviten daños a los demás. Tanto maquinistas como personal auxiliar para señalización de las maniobras serán instruidos y deberán conocer el sistema de señales previamente establecido y normalizado.

7. LIBRO DE INCIDENCIAS

En cada centro de trabajo existirá con fines de control y seguimiento del plan de

seguridad y salud, un libro de incidencias que constará de hojas duplicado y que será facilitado por el colegio profesional al que pertenezca el técnico que haya aprobado el plan de seguridad y salud.

Deberá mantenerse siempre en obra y en poder del coordinador. Tendrán acceso al

libro, la Dirección Facultativa, los contratistas y subcontratistas, los trabajadores autónomos, las personas con responsabilidades en materia de prevención de las empresas intervinientes, los representantes de los trabajadores, y los técnicos especializados de las Administraciones Públicas competentes en esta materia, quienes podrán hacer anotaciones en el mismo.

Efectuada una anotación en el libro de incidencias, el coordinador estará obligado a

remitir en el plazo de 24 h. una copia a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de la provincia en que se realiza la obra. Igualmente notificará dichas anotaciones al contratista y a los representantes de los trabajadores.

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8. NORMATIVA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO 8.1. LEGISLACIÓN Y NORMATIVA TÉCNICA DE APLICACIÓN - R.D. 1627/1997 de 24 de Octubre, sobre condiciones mínimas de Seguridad y Salud en las

obras de construcción. - R.D. 485/1997 de 14 de Abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de

Seguridad y Salud en el trabajo. - R.D. 486/1997 de 14 de Abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de

Seguridad y Salud en los lugares de trabajo. - R.D. 487/1997 de 13 de Abril, sobre disposiciones mínimas de Seguridad y Salud relativas

a la manipulación manual de las cargas que entrañen riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores.

8.2. ORDENANZAS - Ordenanza Laboral de la Construcción: Vidrio y Cerámica (OM de 28/08/70. BOE de

5, 7, 8 y 9/09/70). - Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo (OM de 09/03/71. BOE de

16/03/71). 8.3. REGLAMENTOS - Reglamento General de Seguridad e Higiene en el Trabajo (OM de 31/01/40. BOE de

03/02/40, Vigente capítulo VII). - Reglamento de Seguridad e Higiene en al Industria de la Construcción (OM de 20/05/52.

BOE de 15/0652). - Reglamento de Actividades Molestas, Nocivas, Insalubres y Peligrosas (RD 2414 de

30/11/61. BOE de 07/06/61). - Protección de los trabajadores frente a los riesgos derivados de la exposición al ruido

durante el trabajo (RD. 1316 de 27/10/89. BOE de 02/11/89). - Señalización de seguridad en los centros locales de trabajo (RD 1403/86. BOE de

08/07/86). - Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (RD 2413 de 20/09/73.BOE de 09/10/73 y RD

2295 de 09/10/85. BOE de 09/10/73). - Homologación de equipos de protección personal para trabajadores (OM de 17/05/74. BOE

de 29/05/74. Sucesivas Normas MT de la 1 a la 29). - Reglamento de los Servicios de Prevención (RD 39/1997 de 17/01/97).

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8.4. NORMAS UNE Y NTE - Norma UNE 81 707 85 Escaleras portátiles de aluminio, simples y de extensión. - Norma UNE 81 002 85 Protectores auditivos. Tipos y definiciones. - Norma UNE 81 101 85 Equipos de protección de la visión. Terminología. Clasificación y

uso. - Norma UNE 81 200 77 Equipos de protección personal de las vías respiratorias.

Definición y clasificación. - Norma UNE 81 208 77 Filtros mecánicos. Clasificación. Características y requisitos. - Norma UNE 81 250 80 Guantes de protección. Definiciones y clasificación. - Norma UNE 81 304 83 Calzado de seguridad. Ensayos de resistencia a la perforación de

la suela. - Norma UNE 81 353 80 Cinturones de seguridad. Clase A: cinturón de sujeción.

Características y ensayos. - Norma UNE 81 650 80 Redes de seguridad. Características y ensayos. - Norma NTE ADD/1975 Demoliciones. - Norma NTE ADG/1983 Galerías. - Norma NTE ADZ/1976 Zanjas y pozos. - Norma NTE IEP/1973 Puesta a tierra. - Norma NTE ISV/1975 Ventilación. - Norma NTE ASD/1977 Drenajes. - Norma NTE CEG/1975 Geotécnicos. - Norma NTE EHZ/1973 Zanjas. - Norma NTE EME/1975 Encofrados. - Norma NTE CCM/1979 Muros. - Norma NTE CSL/1984 Losas.

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- Norma NTE CCP/1083 Pantallas. - Norma NTE CSC/1984 Corridas. - Norma NTE FCA/1974 Hormigón. - Norma NTE EMB/1980 Vigas. - Norma NTE EHJ/1981 Jácenas. - Norma NTE CCT/1977 Taludes. - Norma NTE RPP/1976 Pintura. - Norma NTE QTF/1976 Fibrocemento. - Norma NTE QTP/1973 Pizarra. - Norma NTE QTS/1976 Sintéticos. - Norma NTE QTZ/1975 Zinc. - Norma NTE QAA/1976 Ajardinadas. - Norma NTE QAN/1973 No transitables. - Norma NTE QAT/1973 Transitables. - Norma NTE IFA/1975 Abastecimiento. - Norma NTE IFC/1973 Agua caliente. - Norma NTE IFF/1973 Agua fría. - Norma NTE IFR/1974 Riego. - Norma NTE ISA/1973 Alcantarillado. - Norma NTE ISB/1973 Basuras. - Norma NTE ISH/1974 Humos y gases. - Norma NTE ISS/1974 Saneamiento.

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8.5. DIRECTIVAS COMUNITARIAS - Directiva del Consejo 89/655/CEE de 30/11/89 relativa a las disposiciones mínimas de

Seguridad y Salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo (DOCE L. 393 de 30/12/89, p. 13).

- Directiva del Consejo 97/57/CEE de 26/08/92 sobre disposiciones mínimas de Seguridad y

Salud en el trabajo en obras de construcción temporales o móviles (DOCE L. 245 de 26/08/92, p. 6).

- Directiva del Consejo 89/656/CEE de 30/11/89 relativa a las disposiciones mínimas de

Seguridad para la utilización por los trabajadores en el trabajo de equipos de protección individual (DOCE L. 393 de 30/01/89, p. 18).

- Directivo del Consejo 79/113/CEE de 19/12/78 relativa a la armonización de las

legislaciones de los estados miembros sobre la determinación de la emisión sonora de la maquinaria y material de obra de la construcción (DOCE L. 33 de 08/02/79).

- Directiva del Consejo 81/1051/CEE de 07/12/81 por la que se modifica la Directiva

79/113/CEE de 19/12/78 (DOCE L. 376 de 30/12/81). - Directiva del Consejo 84/532/CEE de 17/09/84 referente a la aproximación de las

legislaciones de los estados miembros relativas a las disposiciones comunes sobre material y maquinaria para la construcción (DOCE L. 300 de 19/11/84).

- Directiva del Consejo 84/537/CEE de 1709/84 sobre la armonización de las legislaciones de

los estados miembros referente al nivel de potencia acústica admisible de los grupos electrógenos de potencia (DOCE L. 300 de 19/11/84).

- Directiva del Consejo 86/295/CEE de 26/05/86 sobre aproximación de las legislaciones de

los estados miembros relativas a las estructuras de protección en caso de vuelco (ROPS) de determinadas máquinas para la construcción (DOCE L. 186 de 08/07/86).

- Directiva del Consejo 86/296/CEE de 26/05/86 relativa a la aproximación de las

legislaciones de los estados miembros sobre las estructuras de protección de caídas de objetos (FOPS) de determinadas máquinas para la construcción (DOCE L. 186 de 08/07/96).

- Directiva del Consejo 386 L. 0594 de 22/12/86 relativa a las emisiones sonoras de las palas

hidráulicas, de las palas de cable, de las topadoras frontales, de las cargadoras y de las palas cargadoras.

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8.6. CONVENIOS DE LA OIT, RATIFICADOS POR ESPAÑA - Convenio n º 62 de la OIT de 23/06/37 relativo a prescripciones de seguridad en la industria

de la edificación. Ratificado por Instrumento de 12/06/58 (BOE de 20/08/59). - Convenio n º 167 de la OIT de 20/06/88 sobre seguridad y salud en la industria de la

construcción. - Convenio n º 119 de la OIT de 25/06/63 sobre protección de maquinaria. Ratificado por

Instrucción de 26/11/71 (BOE de 30/11/72). - Convenio n º 155 de la OIT de 26/06/81 sobre seguridad y salud de los trabajadores y

medio ambiente de trabajo. Ratificado por Instrumento publicado en el BOE (Boletín Oficial del Estado) de 11/11/85.

Aparte de las disposiciones legales citadas, se tendrá en cuenta las normas contenidas en el Reglamento de Régimen Interior de la empresa, así como las que provienen del Comité de Seguridad e Higiene y en el caso de los Convenios Colectivos y por su interés, el repertorio de recomendaciones prácticas de la O.I.T.